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III. Autorizaciones
Enmienda para la supresión del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecha en La Haya el 26 de noviembre de 2015. Texto remitido por el Congreso de los Diputados 610/000074
(Congreso de los Diputados, Serie C, Num.82, Núm.exp. 110/000074) (Cortes Generales, Serie A, Num.167)
Con fecha 26 de octubre Se ordena la remisión de esta Enmienda a la Comisión de Asuntos Exteriores. Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo 107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de las Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del Senado. Palacio del Senado, 26 de octubre de 2021.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
de 2021 ha tenido entrada en esta Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, la Enmienda para la supresión del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecha en La Haya el 26 de
noviembre de 2015.
propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado terminará el próximo día 8 de noviembre, lunes.
de 1996, el texto de la citada Enmienda aparece publicado en el BOCG, Cortes Generales, Serie A, número 167, de fecha 30 de agosto de 2021, encontrándose la restante documentación a disposición de los señores Senadores en la Secretaría General de la
Cámara.