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BOCG. Senado, apartado III, núm. 22-349, de 21/02/2020
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III. Autorizaciones


Acuerdo, adoptado en la reunión del Consejo de Ministros del día 11 de febrero de 2020, por el que, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria
y Sostenibilidad Financiera, se adecuan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el año 2020, y se fija el límite de gasto no financiero del
Presupuesto del Estado para 2020.
Texto remitido por el Gobierno
702/000001



La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 18 de
febrero de 2020, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:

Acuerdo por el que se fija el objetivo de estabilidad presupuestaria.

702/000001

AUTOR: GOBIERNO

Remisión del Acuerdo, adoptado en
la reunión del Consejo de Ministros del día 11 de febrero de 2020, por el que, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se adecuan los objetivos
de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el año 2020, y se fija el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2020, así como de
documentación complementaria.

ACUERDO:

Trasladar a la Comisión de Presupuestos y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En ejecución de dicho acuerdo, se
ordena la publicación de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Senado, 18 de febrero de 2020.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.

A la Excma. Sra. Presidenta del Senado.


Excma. Sra.:

Tengo el honor de remitir a V.E., en cumplimiento de lo acordado en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 11 de febrero de 2020, y conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Acuerdo por el que se adecuan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para
el año 2020, y se fija el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2020.

Al Acuerdo del Consejo de Ministros se acompaña la siguiente documentación:

• Memoria del Acuerdo por el que se adecuan los
objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el año 2020, y se fija el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2020.


• Certificado del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas.

• Certificado de la Secretaría de la Comisión Nacional de Administración Local.

• Informe de situación de
la economía española, 2020.

Madrid, 11 de febrero de 2020.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales, José Antonio Montilla Martos.

ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE SE ADECUAN LOS
OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA PÚBLICA PARA EL CONJUNTO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE CADA UNO DE SUS SUBSECTORES PARA EL AÑO 2020 PARA SU REMISIÓN A LAS CORTES GENERALES, Y SE FIJA EL LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO DEL
PRESUPUESTO DEL ESTADO PARA 2020

Exposición:

El artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera relativo al «Establecimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas» señala en su apartado primero que corresponde al Gobierno la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública. Asimismo, el apartado segundo
establece que para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria se tendrá en cuenta la regla de gasto recogida en su artículo 12, la cual será la referencia a tener en cuenta por la Administración Central y cada una de las Comunidades
Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus presupuestos.

Los objetivos vigentes en la actualidad para los años 2018 a 2020 son los aprobados por Consejo de Ministros en julio de 2017 y que sirvieron de base para la aprobación
de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2018. Como ya quedó patente en verano de 2018 esta senda no se ajustaba a la realidad económica, fiscal y social del país al exigir unos esfuerzos de consolidación fiscal en 2019 y 2020 que
podrían ser muy negativos para el crecimiento económico y el empleo.

De este modo el Gobierno consensuó con las instituciones comunitarias una senda realista y firmemente comprometida con la estabilidad presupuestaria del Pacto Fiscal de la
Unión Europea que fue objeto de aprobación por Consejo de Ministros pero no obtuvo el refrendo de las Cortes Generales.

Posteriormente, el rechazo del Parlamento al Proyecto de PGE para 2019 ha conllevado que los PGE para 2018 hayan estado
vigentes durante todo el año 2019, año en el que el Gobierno ha tenido que afrontar dos procesos electorales y un conjunto de gastos tendencialmente crecientes para los que no existía dotación presupuestaria en el presupuesto prorrogado, por lo que
ha tenido que realizar un importante esfuerzo de racionalización del gasto al no poder contar con las medidas tributarias que recogía el proyecto de PGE para 2019.

Todo ello unido a que, también, iniciado 2020 continúa vigente una situación
de prórroga hace necesario modificar el objetivo de estabilidad presupuestaria fijado para 2020 y adaptarlo a la actual realidad económica y presupuestaria.

Por tanto, teniendo en cuenta esta situación y ante la necesidad y compromiso del
nuevo Gobierno de elaborar unos Presupuestos Generales del Estado para 2020, es necesario que los objetivos de estabilidad que encuadren la elaboración del nuevo presupuesto sean coherentes con una posición real de partida, en la que la senda de
reducción de déficit prevista en el periodo 2019-2020 no ha podido implementarse.

En consecuencia el Gobierno para ajustar la senda de déficit a la realidad presupuestaria de España, reitera su pleno compromiso con la estabilidad
presupuestaria y la sostenibilidad financiera y propone la adecuación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para 2020, así como fija un límite de gasto no financiero de 2020 para el inicio de la elaboración de unos
Presupuestos Generales del Estado para 2020 fiables, económicamente coherentes y factibles para España en su situación actual.

Para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria del conjunto de comunidades autónomas, siguiendo el
procedimiento previsto en la ley, el Ministerio de Hacienda remitió la propuesta de objetivos, al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, que fue objeto de informe favorable en su sesión de 7 de febrero de 2020, de
conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, habiéndose remitido, también a estos efectos, a la Comisión Nacional de Administración Local con fecha 10 de febrero de 2020.

En la
fijación del objetivo de deuda pública se ha mantenido la coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido, conforme el artículo 15.3 de la citada Ley Orgánica.

Finalmente, la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera establece que el acuerdo del objetivo de estabilidad incluirá el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para el próximo ejercicio.

En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión
del día 11 de febrero de 2020,

ACUERDA

1. El objetivo de estabilidad presupuestaria del ejercicio 2020 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, de conformidad con los términos previstos
en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que figura en el Anexo I que se acompaña.

2. El objetivo de deuda pública del ejercicio 2020 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de
sus subsectores, de conformidad con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que figura en el Anexo II que se acompaña.

3. La variación del gasto computable de la
Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española que se recoge en el Anexo III.


4. La Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, remitirá a las Cortes Generales el presente Acuerdo, para que el Congreso de los Diputados y el Senado se pronuncien aprobando o rechazando los objetivos
propuestos por el Gobierno.

5. Este acuerdo de Consejo de Ministros se acompaña de un informe en el que se evalúa la situación económica.

6. El límite máximo de gasto no financiero del Estado en 2020 se fija en 127.609
millones de euros.

De conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Ministerio de Hacienda informará al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las
Comunidades Autónomas sobre el límite máximo de gasto no financiero del Estado de 2020.

Elévese a Consejo de Ministros.

Madrid, 11 de febrero de 2020.—La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

El Consejo de
Ministros aprobó la presente propuesta en su reunión del día 11 de febrero de 2020.—La Ministra Secretaria.

ANEXO I

OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PARA 2020

Capacidad (+) Necesidad (-) de Financiación,
SEC-2010

(En porcentaje del PIB)


2020
Administración Central -0,5
Comunidades Autónomas -0,2
Entidades Locales0,0
Seguridad Social -1,1
Total Administraciones Públicas -1,8

ANEXO II

OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA PARA 2020

(Deuda PDE en
porcentaje del PIB)





2020
Administración Central y Seguridad Social 69,2
Comunidades Autónomas 23,4
Entidades Locales2,0
Total Administraciones Públicas 94,6

* El objetivo de deuda pública del subsector Comunidades Autónomas se podrá rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los
mecanismos adicionales de financiación que se produzca durante el ejercicio, siempre que no se destine a financiar vencimientos de deuda o déficit del ejercicio respectivo. Asimismo, se podrá rectificar por la reducción del nivel de endeudamiento
neto pendiente tanto por la aplicación del artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y sus reglas especiales de desarrollo en relación con el superávit presupuestario, como por
la financiación de un objetivo de déficit superior al efectivamente incurrido, de conformidad con el Ministerio de Hacienda. En cualquier caso, a efectos del cumplimiento del objetivo de deuda fijado, podrá tenerse en cuenta la concurrencia de
cualesquiera circunstancias que, no afectando al cumplimiento de los objetivos de déficit ni al cumplimiento de la regla de gasto, pudieran afectar a los límites de deuda y no derivaran de decisiones discrecionales de las Comunidades Autónomas de
conformidad con el Ministerio de Hacienda.

ANEXO III

REGLA DE GASTO PARA 2020

Tasa de referencia nominal

(% variación anual)


2020
2,9

ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS

POR EL QUE SE ADECÚAN LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DEUDA PÚBLICA PARA EL CONJUNTO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE CADA UNO DE SUS SUBSECTORES Y SE FIJA EL LÍMITE DE GASTO NO
FINANCIERO PARA 2020

MEMORIA

1. INTRODUCCIÓN

El presente Acuerdo de Consejo de Ministros se circunscribe al siguiente contexto normativo.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera (en adelante LOEPySF) constituye en España una norma esencial que da cumplimiento a lo previsto en la Directiva 2011/85 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de
los Estados miembros de la Unión Europea. Conforme a esta Directiva, los marcos presupuestarios son el conjunto de disposiciones, procedimientos, normas e instituciones que establecen la base de las políticas presupuestarias de las Administraciones
Públicas, en particular, los procedimientos presupuestarios, comprendidas las normas procedimentales que sostienen todas las etapas del proceso presupuestario.

Una de las piedras angulares del marco reforzado de supervisión presupuestaria de
la Unión es la existencia de reglas presupuestarias numéricas sólidas, específicas para cada Estado miembro y conformes con los objetivos presupuestarios a nivel de la Unión.

Si bien la aprobación de la ley de presupuesto anual se caracteriza
por ser la etapa primordial del proceso presupuestario, gran parte de las medidas y decisiones adoptadas en ese marco tienen implicaciones presupuestarias que van mucho más allá del ciclo presupuestario anual. A fin de integrar la perspectiva
plurianual en el marco de supervisión presupuestaria de la Unión, la planificación de la ley de presupuesto anual debe basarse en una planificación plurianual derivada del marco presupuestario a medio plazo.

Las disposiciones del marco de
supervisión presupuestaria establecido en el TFUE y, en particular, en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, son aplicables al conjunto de las administraciones públicas, que comprenden los subsectores de la administración central, las comunidades
autónomas, las corporaciones locales y seguridad social, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013 relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión
Europea.

Así, en este contexto, el artículo 15 de la LOEPySF recoge el procedimiento para el establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas, señalando que
corresponde al Gobierno, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública referidos a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto de administraciones públicas como
para cada uno de sus subsectores.

Para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública del conjunto de comunidades autónomas y de entidades locales, siguiendo el procedimiento previsto en la ley, el Ministerio de
Hacienda remitió la propuesta de objetivo para 2020 al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas que fue objeto de informe favorable en su sesión de 7 de febrero de 2020, de conformidad con el artículo 15, de la LOEPySF,
habiéndose remitido, también a estos efectos, a la Comisión Nacional de la Administración Local con fecha 10 de febrero de 2020.

De conformidad con el apartado tercero del citado artículo, en la fijación del objetivo de deuda pública se ha
mantenido la coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido.

Además de lo anterior, la LOEPySF establece que para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria se tendrá en cuenta la regla de gasto. El
artículo 12 señala que esta será la referencia a tener en cuenta por la Administración Central y cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus presupuestos.

El Acuerdo del Gobierno en el que se fijan
los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública debe remitirse a las Cortes Generales acompañado del informe en el que se evalúa la situación económica prevista, tal como establece el citado artículo 15.

Adicionalmente, el
artículo 15 señala que el Acuerdo del objetivo de estabilidad incluirá el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para el próximo ejercicio.

2. OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA PÚBLICA PARA 2020


La senda de consolidación fiscal para el periodo 2018-2020 contenida en el Acuerdo de Consejo de Ministros de julio de 2017 ha mantenido su vigencia ante la imposibilidad de aprobar unos nuevos objetivos y el posterior rechazo del Parlamento al
Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019.

En la actualidad, la necesidad y compromiso del nuevo Gobierno de elaborar unos Presupuestos Generales del Estado para 2020, motiva la adecuación del objetivo de estabilidad fijado
para 2020 a la situación económica y presupuestaria existente.

En consecuencia el Gobierno para ajustar la senda de déficit a la realidad presupuestaria de España, reitera su pleno compromiso con la estabilidad presupuestaria y la
sostenibilidad financiera y propone la adecuación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para 2020, así como fija un límite de gasto no financiero de 2020 para el inicio de la elaboración de unos Presupuestos Generales del
Estado para 2020 fiables, económicamente coherentes y factibles para España en su situación actual.

Conforme a lo anterior, para el año 2020 se fija el siguiente objetivo, tanto para el conjunto de Administraciones Públicas como para cada uno
de sus subsectores:

Capacidad (+) Necesidad (-) financiación pública en % del PIB (*)

(en porcentaje del PIB)



2020
Administración Central -0,5
Comunidades Autónomas -0,2
Entidades Locales 0,0
Seguridad Social -1,1
Total Administraciones Públicas -1,8

Por lo que se refiere al objetivo de deuda pública para 2020, se fija el siguiente para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores:

Deuda PDE en porcentaje del PIB





2020
Administración Central y Seguridad Social 69,2
Comunidades Autónomas 23,4
Entidades Locales 2,0
Total Administraciones
Públicas
94,6

* El objetivo de deuda pública del subsector Comunidades Autónomas se podrá rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los mecanismos adicionales de financiación que se produzca durante el
ejercicio, siempre que no se destine a financiar vencimientos de deuda o déficit del ejercicio respectivo. Asimismo, se podrá rectificar por la reducción del nivel de endeudamiento neto pendiente tanto por la aplicación del artículo 32 de la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y sus reglas especiales de desarrollo en relación con el superávit presupuestario, como por la financiación de un objetivo de déficit superior al
efectivamente incurrido, de conformidad con el Ministerio de Hacienda. En cualquier caso, a efectos del cumplimiento del objetivo de deuda fijado, podrá tenerse en cuenta la concurrencia de cualesquiera circunstancias que, no afectando al
cumplimiento de los objetivos de déficit ni al cumplimiento de la regla de gasto, pudieran afectar a los límites de deuda y no derivaran de decisiones discrecionales de las Comunidades Autónomas, de conformidad con el Ministerio de Hacienda.


Asimismo, de acuerdo con la regla de gasto, la variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar el 2,9 por ciento.

3. LÍMITE DE GASTO NO
FINANCIERO DEL ESTADO PARA 2020

De conformidad con el artículo 30 de la LOEPySF, el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el
objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus presupuestos.

Este límite constituye el techo de gasto del Estado, y está definido en términos presupuestarios o de caja. Para
su cálculo es necesario ajustar el gasto en términos de contabilidad nacional que resulta del objetivo de déficit establecido para el Estado y de los ingresos no financieros previstos. El gasto en términos de contabilidad nacional debe ajustarse
por las diferencias de criterio utilizado para contabilizar determinadas operaciones en el presupuesto y en contabilidad nacional y también es necesario hacer ajustes por las diferencias de ejecución que responden al grado de realización del gasto
respecto a las previsiones presupuestarias iniciales.

De conformidad con la redacción del artículo 30 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en el límite de gasto no se computarán las transferencias
vinculadas a los sistemas de financiación de comunidades autónomas y corporaciones locales.

El resultado de sumar el déficit, los ingresos, los ajustes de contabilidad nacional y de deducir el gasto de los sistemas de financiación de las
administraciones territoriales, da un techo de gasto no financiero del Estado para 2020 de 127.609 millones de euros.

D. DIEGO MARTÍNEZ LÓPEZ, SECRETARIO DEL CONSEJO DE POLÍTICA FISCAL Y FINANCIERA,

CERTIFICA: Que en la sesión
plenaria del Consejo de Política Fiscal y Financiera, celebrada el día 7 de febrero de 2020, se informó favorablemente la siguiente propuesta de objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública del conjunto de las Comunidades Autónomas
para el ejercicio 2020:

OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL CONJUNTO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

EJERCICIO 2020

Capacidad (+) Necesidad (-) de financiación, SEC-2010

(En porcentaje del Producto Interior
Bruto)

2020
-0,2 %

OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA DEL CONJUNTO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 2020

Deuda PDE (*)

(En porcentaje del Producto
Interior Bruto)

2020
23,4

(*) Este objetivo de deuda pública se podrá rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los mecanismos
adicionales de financiación que se produzca durante el ejercicio, siempre que no se destine a financiar vencimientos de deuda o déficit del ejercicio respectivo. Asimismo, se podrá rectificar por la reducción del nivel de endeudamiento neto
pendiente tanto por la aplicación del artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y sus reglas especiales de desarrollo en relación con el superávit presupuestario, como por la
financiación de un objetivo de déficit superior al efectivamente incurrido, de conformidad con el Ministerio de Hacienda. En cualquier caso, a efectos del cumplimiento del objetivo de deuda fijado, podrá tenerse en cuenta la concurrencia de
cualesquiera circunstancias que, no afectando al cumplimiento de los objetivos de déficit ni al cumplimiento de la regla de gasto, pudieran afectar a los límites de deuda y no derivaran de decisiones discrecionales de las Comunidades Autónomas, de
conformidad con el Ministerio de Hacienda.

El presente certificado se emite sin perjuicio de la posterior aprobación del acta que habrá de efectuarse en la próxima sesión plenaria del Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Y para que
conste, se expide el presente certificado en Madrid, a 10 de febrero de 2020.

El Secretario, Diego Martínez López.—V.º B.º La Presidenta, María Jesús Montero Cuadrado.

D. AGUSTÍN DÍEZ QUESADA, SECRETARIO DEL PLENO DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL,

CERTIFICO,

Que el Pleno de la Comisión Nacional de Administración Local, en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2020, en el segundo punto del orden del día ha informado sobre la siguiente
propuesta de objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Entidades Locales para el año 2020 y para el periodo 2021-2023 formulada por el Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15
de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera:

OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL CONJUNTO DE LAS ENTIDADES LOCALES

EN EL AÑO 2020

Capacidad (+) Necesidad (-) de
financiación, SEC-2010

(En porcentaje del Producto Interior Bruto)

2020
0,0

OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL CONJUNTO DE LAS
ENTIDADES LOCALES EN EL TRIENIO 2021-2023

Capacidad (+) Necesidad (-) de financiación, SEC-2010

(En porcentaje del Producto Interior Bruto)


2021 2022 2023
0,0 0,0 0,0

OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA DEL CONJUNTO DE LAS ENTIDADES LOCALES

EN EL AÑO 2020

Deuda PDE

(En porcentaje del Producto Interior Bruto)





2020
2,0

OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA DEL CONJUNTO DE LAS ENTIDADES LOCALES EN EL TRIENIO 2021-2023

Deuda PDE

(En porcentaje del Producto Interior Bruto)


2021 2022 2023
2,0 1,9 1,8

Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a once de febrero de dos
mil veinte, con la advertencia de que el acta de la sesión de referencia está pendiente de aprobación por parte del Pleno de la Comisión Nacional de Administración Local en la siguiente sesión que celebre (art. 18.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).

El Secretario del Pleno, Agustín Díez Quesada.

INFORME DE SITUACIÓN DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA

ESPAÑA

2020

Febrero de 2020

ÍNDICE


1. INTRODUCCIÓN.

2. ENTORNO ECONÓMICO Y PREVISIONES.

2.1. Situación macroeconómica 2019.

2.2. Principales tendencias macroeconómicas para 2020.

2.3. Escenario
macroeconómico 2020-2023.

2.4. Posición cíclica de la economía española.

1. INTRODUCCIÓN

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (Ley de Estabilidad
Presupuestaria), regula en un texto único la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas —Administración Central, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y Seguridad Social—
consiguiendo, de este modo, una mayor coherencia en la regulación jurídica y mayor claridad en la Ley e igualdad en las exigencias presupuestarias entre las diferentes Administraciones Públicas.

Esta Ley establece en su artículo 15.5 que el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital elaborará un informe anual, previa consulta al Banco de España (BE) y teniendo en cuenta las previsiones del Banco Central Europeo (BCE) y de la Comisión Europea (CE), en el que se
especifique, por una parte, la tasa de referencia de crecimiento de la economía española a la que se refiere el artículo 12.3 de la Ley de Estabilidad y, por otra, se valore la situación económica prevista para cada uno de los años a los que se
refiere el informe. En cumplimiento de esta disposición, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital elabora este informe.

El Informe de Situación de la Economía Española 2020 contiene un escenario macroeconómico de
horizonte plurianual (2020-2023) que especifica, entre otras variables, la evolución prevista del Producto Interior Bruto (PIB), la brecha de producción, la tasa de referencia de la economía española y el saldo cíclico del conjunto de las
Administraciones Públicas.

2. ENTORNO ECONÓMICO Y PREVISIONES

2.1. Situación macroeconómica 2019

2.1.1. Contexto internacional

Durante el año 2019 la economía mundial experimentó una moderación en su
crecimiento. Según estimaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI), el crecimiento global en 2019 ascendió al 2,9 %, tasa inferior en siete décimas a la de 2018 y la más reducida desde 2010. A nivel geográfico la moderación del crecimiento
fue generalizada, aunque de especial relevancia en China, EE. UU. y la Eurozona. Esta desaceleración se reflejó especialmente en el sector de manufacturas y en el comercio mundial.

Las tensiones comerciales entre EE. UU. y China junto al
posible riesgo de un Brexit desordenado provocaron un aumento de la incertidumbre, distorsionando las relaciones comerciales internacionales y retrasando las decisiones de inversión. Asimismo, desde la perspectiva sectorial, la industria del
automóvil atravesó por ciertas dificultades a nivel europeo, dado que, a los factores mencionados, se añadieron los cambios regulatorios europeos, la transformación tecnológica del sector y los cambios en los hábitos de los consumidores.


Estas incertidumbres en el ámbito internacional inciden lógicamente en una economía como la española, que registra una tasa de apertura que se encuentra en niveles muy elevados, concretamente el 67 % del PIB.

Sin embargo, España resistió
la desaceleración global de 2019 mejor que el resto de países europeos y prolongó su senda expansiva iniciada en 2014. Según las estimaciones del Avance de la Contabilidad Nacional Trimestral publicado a finales de enero de este año, el PIB real
experimentó un avance del 2 % en 2019, 4 décimas menos que en 2018, pero casi el doble que el crecimiento registrado por el PIB de la Eurozona (1,2 %).

2.1.2. Evolución doméstica

La desaceleración de la economía española se
produjo tanto por el contexto internacional descrito anteriormente como por el grado de madurez del ciclo. En efecto, la economía española se encuentra en una posición cíclica avanzada y, en consecuencia, el ritmo de crecimiento tenderá a moderarse
para converger con la tasa de crecimiento del PIB potencial.

El patrón de crecimiento registrado por la economía española en 2019 mostró aportaciones positivas tanto de la demanda nacional como del sector exterior. La demanda nacional
contribuyó al crecimiento en 1,5 puntos, más de un punto menos que el año precedente, mientras que la demanda externa registró una contribución positiva (0,4 puntos), debido principalmente a la notable desaceleración de las importaciones de bienes y
servicios.

Entre los componentes de la demanda nacional, el consumo de los hogares moderó su crecimiento en 2019, pero con dinámicas diferenciadas entre el primer y el segundo semestre. El gasto en consumo final privado creció el pasado año
en volumen a una tasa media anual del 1,1 %, inferior en siete décimas a la de 2018. En efecto, en la evolución del consumo privado durante 2019 se pueden distinguir dos etapas. Durante el primer semestre, el consumo privado se desaceleró debido a
la significativa recuperación de la tasa de ahorro de las familias, que contribuyó a sanear su situación patrimonial, y al agotamiento de la demanda embalsada que se había ido creando durante los años de la crisis. Sin embargo, durante el segundo
semestre el consumo privado experimentó una significativa aceleración y la tasa de ahorro pasó a estabilizarse. Por su lado, el gasto en consumo final del conjunto de las Administraciones Públicas en volumen se aceleró el pasado año tres décimas,
hasta el 2,2 %.

A la expansión de la demanda nacional durante los últimos años también ha contribuido la formación bruta de capital, si bien su ritmo de avance se moderó en 2019, hasta el 1,9 %, en línea con la evolución de la demanda final y
con la de un entorno internacional incierto. Por componentes, la inversión en equipo y activos cultivados experimentó en 2019 un incremento del 3,0 %, y la inversión en construcción del 0,8 %, tasas ambas inferiores a las de años anteriores (5,6 %
y 6,6 % en 2018, respectivamente). Analizando ambos componentes a nivel trimestral, se observan tendencias contrapuestas. Mientras la inversión en bienes de equipo mostró una aceleración en su crecimiento durante la segunda mitad de 2019, la
inversión en construcción contrajo su crecimiento en los dos últimos trimestres de 2019.

Respecto al sector exterior, la demanda externa neta aportó 0,4 puntos al crecimiento anual del PIB en 2019, tras la contribución negativa en 2018 de
-0,3 puntos, fundamentalmente por la desaceleración de las importaciones de bienes y servicios (2,1 puntos hasta el 1,2 %), y, en menor medida, por la ligera aceleración de las exportaciones (una décima hasta el 2,3 %).

El ritmo de creación
de empleo y de reducción del desempleo fue en 2019 más moderado que el de los años precedentes, en consonancia con el grado de madurez del ciclo, si bien la economía española consiguió crear más de 950.000 empleos durante el bienio 2018-2019, según
las cifras de la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre. El nivel de ocupación al cierre de 2019, fue de 19.966.900 personas y la tasa de paro continuó reduciéndose hasta el 13,8 %, en un contexto de incremento persistente de la
población activa.

En términos cualitativos, los datos de empleo también mostraron señales positivas. En 2019 la tasa de crecimiento de los asalariados con contrato indefinido fue superior a la tasa de crecimiento del total de ocupados (3,5 %
frente a 2,3 %), el empleo temporal se fue reduciendo paulatinamente y creció la ocupación en la población femenina, en los jóvenes y entre quienes llevan más de un año desempleados. Respecto a 2018, los salarios se aceleraron en 4 décimas hasta
el 1,9 %, sin provocar, hasta el momento, pérdidas de competitividad-precio.

Pese a este dinamismo, los desequilibrios del mercado de trabajo persisten. La tasa de desempleo juvenil (menores de 25 años) se situó en el cuarto trimestre
de 2019 todavía en el 30,5 % y el número de parados de larga duración (más de 12 meses consecutivos en paro) ascendía a 1,2 millones de trabajadores.

A su vez, el crecimiento económico ha venido acompañado de tasas de inflación moderadas. En
efecto, el deflactor del PIB aumentó en 2019 el 1,6 %, como consecuencia del incremento del deflactor de la demanda nacional, del 1,9 %, parcialmente contrarrestado por la caída de la relación real de intercambio (-0,9 %). En particular, los
precios de consumo aumentaron en media anual el 0,7 % según el Índice de Precios de Consumo (IPC), un punto menos que en 2018, debido principalmente a los precios energéticos, que cayeron el 1,2 %, tras aumentar el 6,1 % en 2018, mientras que la
inflación subyacente permaneció estabilizada todo el año en tasas próximas al 1 %.

Desde el punto de vista fiscal, la ratio deuda-PIB de la economía española se situó en noviembre de 2019 en el 96,1 % del PIB, lo que permite mantener el
objetivo de cierre para 2019 en el 95,9 % del PIB. Por consiguiente, la ratio deuda-PIB se redujo en los dos últimos años en aproximadamente 2,5 puntos porcentuales de PIB, frente a la reducción de 0,61 puntos registrada entre 2016 y 2017. Esta
evolución permitió continuar reduciendo los costes de financiación del Tesoro, que registraron un ahorro en el pago de intereses, respecto a la previsión al inicio de 2019, de 2.371 millones de euros.

Por su parte, el endeudamiento del sector
privado, en términos consolidados, continuó su corrección, y acumula una caída de 74 puntos de PIB desde el máximo alcanzado a mediados de 2010, situándose en el 131,2 % del PIB en el tercer trimestre de 2019. Con ello la cifra de endeudamiento del
sector privado se sitúa, por primera vez desde 2003, por debajo del umbral del 133 % que establece el Procedimiento Europeo de Desequilibrios Macroeconómicos.

El sólido crecimiento de la economía española está siendo compatible con el avance
en la corrección de los desequilibrios exteriores. Según cifras de Balanza de Pagos, la economía española generó en septiembre de 2019 una capacidad de financiación frente al exterior, en términos acumulados de cuatro trimestres, equivalente
al 2,1 % del PIB, ligeramente inferior a la del mismo periodo de 2018 (2,5 % del PIB), que permite seguir reduciendo el saldo deudor de la posición neta de inversión internacional.

2.2. Principales tendencias macroeconómicas
para 2020

Algunos indicadores apuntan a una estabilización del crecimiento mundial a finales de 2019, que podría traducirse en una aceleración del crecimiento mundial para 2020 y 2021, en un contexto de moderación de los riesgos a la baja.
En este contexto, el FMI prevé, en su actualización del Informe de perspectivas de la economía mundial, publicada en enero de 2020, una aceleración del PIB mundial en 2020 y 2021, desde el 2,9 % en 2019 hasta el 3,3 % y el 3,4 %. Por su lado, el
Banco Central Europeo (BCE), también previó el pasado diciembre una aceleración del PIB mundial, excluida la zona euro, de dos décimas tanto en 2020 como 2021, del 3,1 % y 3,3 %.

En relación con la zona euro, se prevén tasas de crecimiento
ligeramente superiores en 2020 y 2021, tras la desaceleración de 2019. Así, el FMI prevé una ligera aceleración del PIB real en 2020 y 2021, de una décima cada año, hasta el 1,3 % y 1,4 %, debido a la mejora prevista para la demanda externa.


Estas previsiones se asientan en un contexto de reducción de tensiones comerciales y alejamiento de la amenaza de un Brexit desordenado. También parece previsible que se mantengan las políticas monetarias acomodaticias adoptadas tanto en las
economías avanzadas como en las emergentes. Sin embargo, cabe destacar el resurgimiento de ciertas tensiones geopolíticas entre Estados Unidos e Irán y su impacto en el precio del petróleo como nuevos riesgos a la baja.

A medio plazo, el
contexto de estabilización y posible mejoría del contexto internacional favorecen las perspectivas de la economía española. Asimismo, y de acuerdo con los últimos datos disponibles, se observa una estabilización del crecimiento económico durante el
segundo semestre de 2019, que podría mantenerse durante el primer trimestre de 2020 en mayor medida por el impulso de la demanda interna. No obstante, la posible recuperación del sector exterior se prevé para la segunda parte del año, a medida que
las señales positivas de algunos indicadores avanzados de carácter global vayan materializándose.

2.3. Escenario macroeconómico 2020-2023

En lo que se refiere al contexto internacional, el escenario macroeconómico se sustenta en
unas hipótesis de mayor dinamismo del crecimiento mundial. Las previsiones del BCE sobre la economía mundial excluida la UE apuntan a una aceleración paulatina del crecimiento entre 2019 y 2022, desde el 2,9 % hasta el 3,4 %, y a una estabilización
del crecimiento en 2023. Por su parte, la zona euro experimentará una ligera aceleración entre 2019 y 2021, desde el 1,2 % hasta el 1,4 %, para después estabilizarse el crecimiento en 2022 y 2023, según las estimaciones del Fondo Monetario
Internacional.

En cuanto a la evolución del tipo de cambio, se prevé que se sitúe, en media anual, en 1,10 dólares por euro durante todo el periodo de proyección.

Respecto a los mercados de exportación, se prevé una paulatina
aceleración, desde un crecimiento del 2,1 % en 2019 hasta 2,5 % en 2022 y 2023, en línea con las perspectivas de evolución de la demanda de nuestros principales socios comerciales.

En lo que respecta a los tipos de interés, los de largo plazo
se han revisado ligeramente al alza en 2019 y 2020 respecto al escenario del Plan Presupuestario 2020 hasta 0,7 % y 0,5 %, proyectando a continuación una senda ascendente hasta 1,1 % en 2023. Los tipos a corto plazo permanecen en negativo durante
todo el periodo de previsión.

En cuanto a los precios de las materias primas, el petróleo Brent, llegó a cotizar por encima de los 70 dólares por barril en abril de 2019 y se moderó posteriormente hasta alcanzar a finales de septiembre
niveles en el entorno de los 60 dólares. Desde entonces y hasta principios de enero de 2020 tomó una senda ascendente hasta acercarse a los 70 dólares, pero en el transcurso de enero y principios de febrero ha experimentado una notable contracción.
En este contexto, el precio del petróleo se sitúa en 65 dólares por barril en todo el periodo de previsión.

El Cuadro 1 recoge los supuestos externos en los que se fundamenta el escenario macroeconómico que acompaña al presente Informe de
Situación, basados principalmente en las hipótesis incluidas en las Previsiones de otoño de 2019 de la Comisión Europea (CE), disponibles hasta el año 2021, en las previsiones del Banco Central Europeo (BCE) y del Fondo Monetario Internacional y en
estimaciones propias del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Cuadro 1. Hipótesis de la proyección
Variación anual en %, salvo indicación en contrario

2.3.1. Escenario macroeconómico inercial 2020-2023

Desde una perspectiva inercial, la economía española mantendrá para el período 2020-2023 una senda robusta de crecimiento, con tasas que acabarán
convergiendo con las del PIB potencial. Esta senda estaría apoyada en la demanda doméstica y una aportación ligeramente positiva del componente externo, que presenta un perfil más dinámico al final del período.

Si se analizan los componentes
de la demanda, en el consumo privado, tras haber registrado tasas inferiores a las esperadas en 2019, se prevé una recuperación en 2020, madurando en el medio plazo, en línea con sus fundamentos y con una recuperación progresiva de la renta
disponible, esencialmente a través de una mejora de los salarios. Por consiguiente, las principales razones de esta aceleración se derivan de la evolución del mercado laboral, tanto en términos salariales como de creación de empleo, así como el
actual contexto de menor endeudamiento de los hogares y de tipos de interés bajos. Estos dos últimos factores permiten, además, compatibilizar el buen comportamiento del consumo privado con un suave aumento de la tasa de ahorro de los hogares. Por
su lado, las previsiones inerciales para el consumo público establecen una senda desacelerada desde 2020.

Tras la desaceleración observada en 2019 y en línea con los últimos datos disponibles, la inversión productiva tendería a estabilizarse
en tasas históricamente moderadas, teniendo en cuenta el momento cíclico. Por componentes, el crecimiento inercial de la inversión en equipo se sustentaría fundamentalmente en el incremento de la utilización de la capacidad productiva, aunque ésta
se sitúa en niveles cercanos a máximos históricos al final del período. Como principal factor explicativo, la capacidad de financiación de las sociedades no financieras se mantendría en valores positivos, apoyando una posición financiera mucho más
saneada de las empresas, con el consiguiente efecto positivo en la calidad de los proyectos de inversión. Asimismo, en relación con la inversión en construcción las previsiones inerciales apuntan hacia una moderación de la evolución de este
agregado, en línea con los últimos datos observados en el segmento inmobiliario.

En relación con el sector exterior, las previsiones apuntan hacia una recuperación gradual de las exportaciones hasta estabilizarse en tasas en el entorno
del 3 %. Esta evolución se encuentra alineada con la esperada ligera recuperación de dinamismo del comercio mundial en un contexto de menor incertidumbre y relajación de las tensiones comerciales a corto plazo. Por su lado, las previsiones de las
importaciones señalarían un repunte inicial y una posterior estabilización, consistente con la dinámica de la demanda interna. Finalmente, el saldo exterior de la economía española continúa siendo positivo, aunque se modera en coherencia con la
evolución de las importaciones y la limitada aceleración de la demanda de exportaciones.

En cuanto a los precios, se observa una progresiva aceleración del IPC general que tiende a converger con los niveles de inflación subyacente, a medida
que se agota el impacto en 2020 de la caída de los precios de la energía. Asimismo, a lo largo del período 2020-2023, los precios se acelerarán ligeramente, como consecuencia de la recuperación esperada de los salarios. En consecuencia, el
crecimiento nominal se estabilizará en el entorno del 3,5 %, al compensarse el efecto maduración del ciclo real y la ligera aceleración de los precios.

La creación de empleo presenta un perfil similar al del crecimiento, por lo que la
maduración en el ritmo de creación de empleo y el aumento de la población activa suponen una menor reducción del desempleo. Asimismo, el crecimiento de los salarios se acelerará suavemente a lo largo del periodo, sin apreciarse pérdidas de
competitividad.

2.3.2. Escenario macroeconómico 2020-2023

A partir del escenario inercial descrito, se ha elaborado un cuadro macroeconómico que recoge los efectos sobre el crecimiento de medidas coherentes con el escenario
presupuestario de medio plazo y la Agenda de reformas estructurales, cuyo objetivo es producir una corrección de la senda de déficit hasta el 0,9 % del PIB en 2023. Este ajuste fiscal se concentrará principalmente en el primer
bienio 2020-2021(frontloading), teniendo un impacto prácticamente neutral sobre el crecimiento.

En relación con las medidas presupuestarias, estas ejercen sus efectos fundamentalmente a través de las rentas netas de los agentes económicos,
impactando con ello sobre el PIB a través del consumo privado y de la formación bruta de capital fijo. En términos de contribución al crecimiento, durante el bienio 2020-2021 la demanda nacional reducirá ligeramente su aportación respecto al
escenario inercial, dejándole un mayor protagonismo al sector exterior.




Por su lado, los efectos positivos de las reformas estructurales se alcanzarán hacia el final del periodo. Concretamente, estas reformas serán en parte responsables de la ligera aceleración del crecimiento que la economía española
experimentará durante el bienio 2022-2023. Estas medidas impactarán positivamente sobre el crecimiento potencial de la economía española y, por ende, sobre el crecimiento del PIB real. Por componentes, se observan sus efectos a través de una
aceleración de la inversión.

En suma, el impacto de las distintas medidas se transmite fundamentalmente a través de las cuentas de los hogares y sociedades, afectando finalmente a los componentes de demanda, como se aprecia en el
gráfico 1.

Gráfico 1. Principales canales de transmisión de las medidas

Las medidas y reformas introducidas provocarán que la
demanda de consumo se vea afectada, de forma ligeramente positiva, durante los primeros años del periodo y crezca en paralelo con la evolución de su principal determinante, la renta disponible de los hogares. Esta evolución del consumo tendrá lugar
en la medida en que la tasa de ahorro de los hogares estabilice su crecimiento, como se apuntaba anteriormente lo que implicaría un cierto repunte con relación a 2019. El positivo comportamiento del consumo privado contribuirá a contrarrestar la
desaceleración experimentada por la inversión en 2020, comentada anteriormente.

Sin embargo, será la propia inversión la que impulsará el crecimiento a partir de 2022, apoyándose en las exportaciones y en el efecto de las medidas de reforma
estructural que producen una aceleración del crecimiento del PIB en los últimos dos años del período.

Cuadro 2. Escenario Macroeconómico 2019-2023
Variación anual en %, salvo
indicación en contrario









2019 2020 2021 2022 2023
Gasto en consumo final nacional privado (a) 1,11,5 1,4 1,3 1,3
Gasto en consumo final de las AAPP 2,2 2,0 1,8 1,6 1,6
Formación bruta de capital fijo 2,4 1,31,4 1,7 2,2
Demanda Nacional (contribución al crecimiento del PIB) 1,5 1,5 1,4 1,4 1,5
Exportación de bienes y servicios 2,32,7 3,1 3,4 3,4
Importación de bienes y servicios 1,2 2,6 2,9 3,1 3,3
Saldo exterior (contribución al crecimiento del PIB)0,4 0,1 0,1 0,2 0,1
PIB real 2,0 1,61,5 1,6 1,7
Deflactor del PIB 1,6 1,8 1,8 1,9 1,9
Deflactor del consumo privado 1,2 1,5 1,71,7 1,8
Empleo total (b) 2,3 1,4 1,4 1,4 1,5
Tasa de paro (% población activa) 14,1 13,6 13,0 12,612,3
Cap.(+)/Nec.(-) financiación frente al Resto del Mundo (% PIB) 2,4 2,1 1,8 1,7 1,4
(a) Hogares e ISFLSH. (b) Empleo equivalente a tiempo
completo. Fuentes: INE y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

2.4. Posición cíclica de la economía española

Con objeto de analizar la situación cíclica de la economía
española, el presente informe presenta estimaciones de la brecha entre la producción efectiva y potencial (output gap). Para ello se parte de la metodología de la función de producción utilizada por la Comisión Europea (CE) y acordada en el seno
del Grupo de Trabajo del Output Gap del Comité de Política Económica de la UE. Al igual que en anteriores actualizaciones, se han incorporado algunos cambios estadísticos con el fin de obtener estimaciones más precisas y consistentes con la
situación cíclica de la economía española. Asimismo, se han utilizado las nuevas semielasticidades estimadas por la CE en 2019, que corrigen el saldo presupuestario de las fluctuaciones del ciclo económico y se actualizan cada seis años. En el
caso de España, dicha semielasticidad ha pasado de 0,54 en 2013 a 0,60 en 2019, lo que implica un aumento de la sensibilidad del saldo presupuestario ante el ciclo.

Es importante tener en cuenta la elevada incertidumbre a la que están sujetas
las estimaciones de output gap basadas en la metodología común de la CE, especialmente en el caso de la economía española y particularmente en un momento como el actual, tal y como la propia CE ha reconocido en su Opinión sobre el Plan
Presupuestario 2020. Las notables discrepancias existentes en las estimaciones del nivel de output gap y la consiguiente incertidumbre sobre la posición cíclica son especialmente relevantes puesto que el output gap (brecha de producción) es una
variable central para valorar la orientación de la política fiscal.

Como se muestra en el cuadro 3 el output gap se ha reducido progresivamente desde 2013, cuando se alcanzó la máxima diferencia entre PIB potencial y el observado (-8,7 % del
PIB potencial) hasta cerrarse en 2017 y registrar valores positivos a partir de 2018, que reflejan el inicio de un nuevo ciclo económico. La brecha de producción se amplía desde 2018, como consecuencia de un crecimiento PIB observado superior al
del potencial, situándose en el nivel próximo al 3 % del PIB potencial los dos últimos años del horizonte de proyección.

El crecimiento y el compromiso con la consolidación fiscal permitirán seguir reduciendo el déficit y la deuda pública.
El déficit de las AA. PP. cerró 2018 en el 2,5 % del PIB, según cifras validadas por Eurostat en abril de 2019, permitiendo a España salir del Procedimiento de Déficit Excesivo.

El esfuerzo de consolidación fiscal se mantendrá durante todo
el periodo de previsión. Para 2020, el déficit público se situará en el 1,8 % del PIB; en 2021 se prevé un déficit público de 1,5 %; en 2022 del 1,2 %, y en 2023 del 0,9 % del PIB. Ajustado cíclicamente, el déficit público se reducirá 0,3 puntos
porcentuales de PIB en 2020; 0,2 puntos porcentuales en 2021, y 0,1 puntos porcentuales en 2022 y 2023.

Cuadro 3. Cálculo del saldo cíclico
(% del PIB, salvo indicación en
contrario)




Saldo público Output gap (1) Saldo cíclico
2020 -1,8 2,3 1,4
2021-1,5 2,5 1,5
2022 -1,2 2,7 1,6
2023 -0,92,9 1,8
(1) NAWRU calculada con Curva de Phillips forward-looking no centrada. Fuente: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

La tasa de
referencia para la evolución del gasto computable se sitúa por debajo del crecimiento nominal de la economía, apoyando la senda de reducción de la ratio de déficit. El Cuadro 4 recoge la estimación de la tasa de referencia, que establece el límite
a la variación del gasto computable de los diferentes agentes de las AA. PP. La tasa de referencia se calcula cada año como la media de los crecimientos reales potenciales de dicho año, así como los de los cinco años anteriores y los cuatro años
posteriores. De esta forma se obtiene la tasa de referencia real.

En línea con la metodología de desarrollo de la Ley Orgánica de Estabilidad, los crecimientos de los deflactores utilizados para pasar de la tasa de referencia real a la
nominal se corresponden con el menor valor entre el 2 % y la tasa del deflactor del PIB prevista o efectivamente realizada cada año, según la Contabilidad Nacional.

Cuadro 4. Tasas de referencia del PIB
reales y nominales

Variación anual en % 2020 2021 2022 2023
Tasa de referencia real (1) 1,1 1,21,3 1,4
Tasa de referencia nominal 2,9 3,0 3,2 3,3
(1) NAWRU calculada con Curva de Phillips forward-looking no centrada. Fuente: Ministerio de
Economía y Empresa.