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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 567, de 07/02/2023
cve: BOCG-14-D-567 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


7 de febrero de 2023


Núm. 567



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/004734 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al reconocimiento del Holodomor 1932-1933 en Ucrania como genocidio ... (Página5)


Comisión de Justicia


161/004730 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a impulsar todas las actuaciones necesarias a fin de dignificar las condiciones en que se presta el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita ... href='#(Página6)'>(Página6)


161/004731 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a promover medidas que garanticen la protección a los menores en las redes sociales ... (Página7)


Comisión de Defensa


161/004747 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la integración en la red de centros públicos del centro educativo Juan Salvador Elcano de Pontevedra ... (Página9)


Comisión de Interior


161/004745 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la protección de los españoles frente al yihadismo y las políticas que favorecen la creciente islamización de España ... (Página10)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/004727 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a reformar la bonificación de las tarifas de los billetes aéreos para garantizar la conectividad de Canarias a precios razonables ... href='#(Página12)'>(Página12)


161/004728 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la reparación urgente y apertura al tráfico de la N-642 en A Mariña ... (Página14)


161/004740 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la mejora de los servicios ferroviarios en la comarca de As Mariñas ... (Página15)



Página 2





Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/004739 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la verificación de los datos reales del número de delegados sindicales con el fin de acabar con la figura de los 'delegados fantasma' ... href='#(Página16)'>(Página16)


161/004746 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a que se corrijan inmediatamente las deficiencias de los servicios de atención a la ciudadanía por diferentes
ámbitos de la Administración General del Estado y, especialmente, la Administración de la Seguridad Social ... (Página18)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/004738 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la supresión de la Fundación Pluralismo y Convivencia ... (Página20)


161/004742 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre transparencia y publicidad de la prestación del ingreso mínimo vital ... (Página22)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/004733 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la regularización definitiva de la flota pesquera gallega y la adopción de medidas que eviten la expulsión de buques de manera inminente ... href='#(Página24)'>(Página24)


161/004735 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la aprobación de medidas efectivas al combustible de los buques pesqueros ... (Página26)


161/004741 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Republicano, Euskal Herria Bildu y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a promover una regulación del cáñamo con fines industriales y
el cannabis no psicoactivo que proteja las personas cultivadoras, transformadoras, comercializadoras y usuarias ... (Página27)


Comisión de Cultura y Deporte


161/001055 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a favorecer la igualdad en el deporte profesional femenino.


Retirada ... (Página31)


Comisión de Política Territorial


161/004737 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la ampliación a todas la víctimas de violencia doméstica del objeto de protección dispensada por las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la
Mujer y las Unidades de Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares ... (Página32)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/004732 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a promover medidas que garanticen la protección a los menores en las redes sociales ... (Página34)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/004743 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la inclusión de la seguridad vial en la cooperación internacional ... (Página36)



Página 3





161/004744 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la implantación de medidas económicas que incentiven la incorporación de planes de seguridad vial, dentro de los planes de la seguridad laboral ... href='#(Página36)'>(Página36)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/002084 Pregunta formulada por los Diputados Patricia Rueda Perelló (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Miralles Martín, Onofre (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX) y Segura Just,
Juan Carlos (GVOX), sobre seguimiento que se está realizando de la implantación y aplicación del mecanismo de compensación por rentas dejadas de percibir y gastos corrientes de la vivienda en caso de suspensión de desahucio ... href='#(Página37)'>(Página37)


181/002085 Pregunta formulada por los Diputados Patricia Rueda Perelló (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Miralles Martín, Onofre (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX) y Segura Just,
Juan Carlos (GVOX), sobre actividades definidas y calendario de ejecución del proyecto de la Travesía Central de los Pirineos de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión Europea para la Red Global de la Red TEN-T4 ... href='#(Página38)'>(Página38)


181/002086 Pregunta formulada por los Diputados Patricia Rueda Perelló (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Miralles Martín, Onofre (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX) y Segura Just,
Juan Carlos (GVOX), sobre estado actual del proyecto de la Travesía Central de los Pirineos ... (Página38)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/002091 Pregunta formulada por los Diputados Patricia Rueda Perelló (GVOX), Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), sobre
medidas que va a adoptar el Gobierno para subsanar los errores cometidos en el desarrollo del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico (PERTE-VEC) ... (Página39)


181/002092 Pregunta formulada por los Diputados Patricia Rueda Perelló (GVOX), Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), sobre
estado en el que se encuentra el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de descarbonización industrial ... (Página39)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/002093 Pregunta formulada por el Diputado Joaquín María García Díez (GP), sobre medidas o planes que articula el Gobierno para facilitar el relevo generacional y la incorporación de profesionales a la actividad pesquera ... href='#(Página39)'>(Página39)


181/002094 Pregunta formulada por los Diputados Ricardo Chamorro Delmo (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX), Nevado del Campo, María Magdalena (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Mariscal Zabala, Manuel (GVOX), sobre medidas que tiene
previsto impulsar el Gobierno para proteger al sector productor español y, en especial, al sector vitivinícola español, ante la decisión de Irlanda de incluir advertencias sanitarias en el etiquetado de las bebidas alcohólicas ... href='#(Página40)'>(Página40)



Página 4





Comisión de Cultura y Deporte


181/002090 Pregunta formulada por los Diputados Mireia Borrás Pabón (GVOX) y Ramírez del Río, José (GVOX), sobre conocimiento por parte del Ministerio de Cultura y Deporte de que las prórrogas del contrato de don Manuel Borja-Villel como
Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía incumplían la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional de Arte Reina Sofía ... (Página40)


Comisión de Igualdad


181/002087 Pregunta formulada por las Diputadas Carla Toscano de Balbín (GVOX) y Méndez Monasterio, Lourdes (GVOX), sobre principales deficiencias de las normas impulsadas desde el Ministerio de Igualdad durante la XIV Legislatura en lo
relativo a la erradicación de la violencia que sufren las mujeres ... (Página40)


181/002088 Pregunta formulada por las Diputadas Carla Toscano de Balbín (GVOX) y Méndez Monasterio, Lourdes (GVOX), sobre porcentaje en el que calcula el Ministerio de Igualdad que se reducirá el número de mujeres maltratadas gracias a la
aprobación de la 'Estrategia estatal para combatir las violencias machistas 2022-2025' ... (Página41)


181/002089 Pregunta formulada por las Diputadas Carla Toscano de Balbín (GVOX) y Méndez Monasterio, Lourdes (GVOX), sobre principales deficiencias de las políticas públicas adoptadas por el Ministerio de Igualdad durante la XIV Legislatura
en lo relativo a la erradicación de la violencia que sufren las mujeres ... (Página41)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/100748 Autor: Martínez Ferro, María Valentina Hispán Iglesias de Ussel, Pablo Hoyo Juliá, Belén


Comienzo de una agenda de doña Coromoto Godoy Calderón, en calidad de Embajadora de Venezuela en España, antes de serlo oficialmente ... (Página42)


184/100750 Autor: Martínez Ferro, María Valentina Hispán Iglesias de Ussel, Pablo Hoyo Juliá, Belén


Posible intermediación del expresidente Rodríguez Zapatero para que el exministro venezolano don Miguel Rodríguez Torres haya sido excarcelado y posteriormente exiliado en nuestro país ... (Página43)


184/100751 Autor: Martínez Ferro, María Valentina Hispán Iglesias de Ussel, Pablo Hoyo Juliá, Belén


Eliminación de las residencias humanitarias para los ciudadanos venezolanos que huyen del régimen dictatorial chavista en busca de oportunidades en nuestro país ... (Página44)



Página 5





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/004734


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento del
Holodomor 1932-1933 en Ucrania como genocidio, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Desde el pasado 24 de febrero, Ucrania ha sido víctima de una brutal e injustificada invasión por parte de la Federación de Rusia. Sin embargo, desde 2014, Rusia comenzó una ofensiva en contra de la integridad territorial y la soberanía de
Ucrania, con la anexión ilegal de Crimea e invadiendo las regiones de Donetsk y Lugansk.


Estos hechos no son aislados ni diferentes a los que la antigua URSS ejercía, basta recordar que desde el gobierno de Stalin se inició una transformación radical de la estructura económica y social de la Unión Soviética, orientada a alcanzar
el control político y económico mediante la represión de millones de campesinos ucranianos inocentes.


En 1932-1933 el régimen totalitario de la URSS ejecutó un plan de exterminio de millones de ucranianos. Este episodio, Holodomor, cuya palabra proviene de 'hambruna' y 'muerte' en ucraniano, es uno de los más crueles, despiadados y
horrorosos del régimen de Stalin.


El decreto de la colectivización forzosa de la agricultura y la expropiación de tierras, fue la medida del Estado soviético mediante la cual el régimen stalinista incautó por la fuerza todas las cosechas a los campesinos ucranianos. No
conforme, estas medidas fueron aumentando de rigor y bajo la ley de espigas, se privó a los campesinos de la libertad de movilidad y el acceso a la comida, lo que terminó con la muerte masiva de millones campesinos y sus familias. Todos estos
hechos fueron perfectamente diseñados y planeados por parte del régimen totalitario de Stalin.


En numerosas ocasiones el Parlamento Europeo ha condenado el totalitarismo comunista soviético y la amenaza que ha supuesto para la paz, la convivencia y la democracia en nuestro continente.


Este 2022, inmersa en una desoladora e injustificada agresión, Ucrania conmemora el 90 aniversario de las víctimas del Holodomor. Este país aprobó, en 2007, la ley 'Sobre el Holodomor en Ucrania de los años 1932-1933', en la que se declara
el Holodomor como genocidio contra el pueblo ucraniano. En su preámbulo se incluye la definición del genocidio, de acuerdo con la jurisprudencia internacional aceptada.


La Verjovna Rada de Ucrania, ha hecho un llamamiento internacional, a organismos y parlamentos, para reconocer el Holodomor de 1932-1933 en Ucrania como un crimen de genocidio en contra del pueblo



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ucraniano. El Senado de Irlanda y el Bundestag en Alemania, han sido los primeros en responder positivamente a este llamamiento internacional.


Actualmente, numerosos parlamentos de Estados miembros de Naciones Unidas reconocen el Holodomor como crimen de genocidio en contra del pueblo ucraniano. Entre ellos, Estonia, Australia, Canadá, Hungría, Lituania, Georgia, Polonia, Perú,
Paraguay, Ecuador, Colombia, México, Letonia, Estados Unidos, Portugal, República Checa, y recientemente, Alemania e Irlanda.


Considerando que, estos actos causaron la muerte deliberada de millones de ucranianos inocentes, fueron planificados de forma cínica y cruel por el régimen stalinista en contra de la voluntad del pueblo ucraniano y dado que España cree en
los Derechos Humanos como eje de la política exterior y como principio básico, es nuestro deber moral continuar apoyando a Ucrania, poniendo a su disposición todos los medios necesarios. Por lo que, es de justicia responder positivamente a este
llamamiento que contribuirá a fortalecer y honrar al pueblo ucraniano.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer el Holodomor 1932-1933 en Ucrania como un acto de genocidio, perpetrado inhumana y cruelmente por el régimen comunista de Stalin contra el pueblo de Ucrania.


2. Solidarizarse y honrar la memoria de las víctimas del Holodomor 1932-1933 en Ucrania públicamente, contribuyendo al reconocimiento y condena internacional.


3. Seguir apoyando con determinación, en el marco de la Unión Europea, la ayuda económica, humanitaria y militar a Ucrania para defender su democracia y su integridad territorial frente al régimen autoritario ruso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-María Valentina Martínez Ferro, Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Alberto Casero Ávila, José Ignacio Echániz Salgado, Juan José Sáez Matarí, Joaquín María García Díez, Marta González
Vázquez, Belén Hoyo Juliá, Ana María Pastor Julián y José Antonio Bermúdez de Castro Fernández, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Justicia


161/004730


A la Mesa de la Comisión de Justicia


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar todas las actuaciones necesarias a fin de
dignificar las condiciones en que se presta el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


La Constitución en su artículo 119 reconoce el derecho a la Justicia Gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. También cuando así lo disponga la ley en casos específicos. La Justicia Gratuita es un servicio
público prestado por 46.000 abogados adscritos al Turno de Oficio para que sus beneficiarios puedan acceder a la justicia para cumplir con el principio de igualdad y el derecho a la tutela efectiva.


Uno de los elementos que provocan más indignación entre los letrados que prestan este servicio público es la diferencia retributiva entre los abogados de oficio del territorio común y los de las comunidades autónomas con competencias en
Justicia. En este sentido, por ejemplo, en 2021 el País Vasco fue la comunidad que mejor pagó a los abogados de oficio, con 311,3 euros de media por asunto, mientras que los abogados de Castilla y León (dependientes del Ministerio) cobraron 158
euros o Andalucía, una de las



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que peor retribuyó, que pagó 106,4 euros. Esta situación se debe a que cada comunidad establece sus baremos y actualiza las cantidades de forma discrecional, sin que haya una coordinación esencial por parte del Ministerio de Justicia que, a
su vez, tampoco paga lo mismo a los abogados de todas las autonomías del territorio común.


Otra de las reivindicaciones de los letrados del turno de oficio es la actualización de baremo, y no solo para que el servicio esté 'digna y suficientemente remunerado', como prevé la Ley, sino para que se amplíen las actuaciones letradas
cubiertas por la asistencia jurídica gratuita. Decanos de diferentes Colegios de toda España dejaron muy clara esta petición en el año 2022 en el Congreso de los Diputados, en el marco de una reunión con representantes de los grupos parlamentarios
sobre la reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.


En este marco, el reconocimiento de la labor de estos profesionales pasa en primer lugar por promover que las actuaciones letradas llevadas a cabo en cualquier territorio sean compensadas bajo unos mismos criterios. Por otra parte, no
podemos ni debemos olvidarnos de los míseros importes que retribuyen tales servicios y que en múltiples ocasiones ni siquiera se encuentran cubiertos. La transferencia de la competencia de Justicia a diversas Comunidades Autónomas ha quebrado en su
más grave expresión el principio de igualdad, pues cada una de ellas dispone de un baremo muy diferente, lo que implica que por idéntico trabajo no se perciba la misma indemnización.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover a través de la Conferencia Sectorial de Justicia la equiparación de los baremos de retribución de las actuaciones realizadas en el Turno de Oficio, de tal modo que las cantidades
abonadas sean las mismas por el mismo trabajo, con independencia del territorio donde hayan sido ejecutados, en aplicación del principio de igualdad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/004731


A la Mesa de la Comisión de Justicia


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para promover medidas que garanticen la protección a los menores
en las redes sociales, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


No cabe duda de que las Redes Sociales son un fenómeno que, contando con más de 10 años de edad en algunos casos, aún son, en cierto modo, desconocido en lo que a implicaciones jurídicas, pautas, límites y responsabilidades que se derivan de
la actuación en las mismas se refiere; siendo este desconocimiento e incertidumbre aún mayor cuando los protagonistas, ya sea directa o indirectamente, son menores de edad.


En los últimos años, los niños influencers, considerados como tal aquellos menores con un gran número de seguidores en las redes sociales, han canalizado a una buena parte de la industria publicitaria en este medio. La presencia de menores
en redes sociales es un fenómeno creciente, hasta el punto de que -según un ranking de Forbes- la estrella de YouTube mejor pagada en 2019 fue un niño de 8 años, cuyas ganancias ascendieron a nada menos que 26 millones de dólares. Los videos con la
presencia de niños en ellos promedian casi tres veces más vistas que otros tipos de videos de canales con muchos suscriptores, según un estudio del Pew Research Center realizado este año.


En algunos de estos casos, y debido a la falta de previsiones legales adecuadas que regulen la exposición de los menores, estos pueden hallarse bajo un grave riesgo de explotación ya que, en este ámbito en concreto, carecen del derecho legal
a los ingresos que generan, o de condiciones de trabajo adecuadas a su edad. Leah Plunkett, subdecana de experiencia y tecnología del aprendizaje de la



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Facultad de Derecho de Harvard y autora de 'Compartir material familiar en redes sociales: por qué debemos pensar antes de hablar sobre nuestros hijos en Internet' ha señalado que 'En muchos casos, los niños que participan en el 'sharenting
comercial' (fenómeno que se define como la práctica de los padres de compartir en las redes sociales la imagen de los menores con fines comerciales) son demasiado pequeños para comprender lo que ocurre o para dar algún tipo de consentimiento o
participación consciente'.


Tratando de hacer frente a los peligros y retos que el empleo de menores con fines comerciales conlleva, y de remediar el vacío legal existente, Francia promulgó en el año 2020 una normativa específica, (Ley n.° 2020-126 6, de 19 de octubre
de 2020, sobre la explotación comercial de la imagen de menores de dieciséis años en las plataformas en línea). La nueva regulación entró en vigor en abril de 2021, tratando de garantizar una participación adecuada de los menores en redes sociales
y de evitar la explotación, también por parte de sus progenitores, de influencers menores de edad en las plataformas. Con ello Francia buscaba otorgar a estos niños la protección que la normativa laboral dispensa en el país a los actores y modelos
menores de edad.


En lo que respecta a los menores de 13 años, han sido las propias redes sociales las que han impuesto una edad mínima para poder registrarse. Véase en Instagram, Tik Tok o Snapchat, donde la edad mínima es de 13 años; mientras que otras
redes sociales como Facebook o YouTube han fijado la edad mínima a los 14. Teniendo en cuenta que han sido las propias redes sociales las que han establecido edades mínimas para el uso de sus aplicaciones, se debería, desde la propia legislación,
regular la edad mínima para el uso de las mismas.


Teniendo en cuenta que el fenómeno de los menores influencers, es una cuestión creciente en nuestro país, y atendiendo a la posición que otros países de nuestro entorno están tomando en esta cuestión, deberíamos, desde los poderes públicos,
poner en marcha los trámites necesarios para garantizar la adecuada protección de los menores en el entorno de las redes sociales.


Por todo ello, desde el Grupo Ciudadanos se propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar los trámites necesarios para el impulso de una Ley para la protección de la imagen de los menores en redes sociales, que contenga las siguientes obligaciones mínimas:


1. La obligación de toda persona, incluidos los progenitores, que graben vídeos en los que aparezca como sujeto principal un menor de 16 años, con la intención de monetizarlo y los compartan en plataformas de intercambio de vídeos, de
obtener una autorización previa de la autoridad administrativa competente.


En el caso de menores de 13 años, toda persona, incluidos los progenitores, tendrá obligación de obtener dicha autorización cuando se publique cualquier tipo de contenido en el que estos aparezcan.


2. En el supuesto de que los ingresos (directos e indirectos) derivados de la difusión de estos contenidos superen determinados umbrales, que a tal efecto se establezcan en la legislación, los progenitores deberán declarar las actividades
de sus hijos y, en su caso, consignar las ganancias hasta que el menor cumpla la mayoría de edad.


3. Establecer la obligación de los anunciantes que emplacen en un programa, o cualquier otro formato audiovisual, difundido en una plataforma de intercambio de vídeo, un producto en el que el interviniente principal sea un menor de 16 años,
de comprobar si el dinero derivado de la comercialización del vídeo en el que aparezca el menor se destina a la persona responsable de su emisión o a la cuenta bloqueada del menor, enfrentándose en caso contrario a las sanciones económicas
dispuestas al efecto.


4. Garantizar que las plataformas de intercambio de vídeos proporcionen información adecuada sobre sus derechos a los menores, tratando igualmente de concienciarlos sobre el impacto psicológico y legal que pueda tener la publicación de su
imagen en línea. También deberán facilitar a los menores de 16 años la posibilidad de pedir la retirada de los vídeos en los que aparezcan, incluso sin la autorización previa de sus progenitores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Comisión de Defensa


161/004747


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la integración en la red de centros públicos del centro educativo Juan Salvador Elcano de Pontevedra, para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


El colegio Juan Sebastián Elcano de Pontevedra, dependiente del Ministerio de Defensa y financiado a cargo de los Presupuestos Generales del Estado se autoconsidera un centro privado y acaba de integrarse en la Red de Escuelas Católicas.


Aunque el centro pretende ser considerado como un centro privado, debe recordarse que se trata, en realidad, de un centro público financiado por el Estado y con personal docente y laboral perteneciente también al Estado, dependiente del
Ministerio de Defensa, tanto funcional como económicamente.


Su clasificación como centro público es preceptiva según lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que dice claramente que 'son centros públicos aquellos cuyo titular sea una administración
pública', mientras que, por su parte, el artículo 115 de esta misma norma, establece que solo los centros privados pueden establecer el carácter propio del centro.


Un centro dependiente del Ministerio y, por lo tanto, un centro público, no puede integrarse en una red de escuelas católicas, ni promover la confesionalidad católica, pues debe garantizar una enseñanza laica. Este centro debe, en
consecuencia, integrarse en la red pública mediante la transferencia de su gestión a la Consellería de Educación de la Xunta de Galiza.


Tal y como se recoge en la propia página web del centro, la gestión depende de la Armada desde el año 2015, cuando la dejó la Congregación de las Discípulas de Jesús por jubilación de sus integrantes. Sin embargo, resulta incongruente que,
corriendo su financiación íntegramente a cargo de los PGE, por ser su titular Defensa, sea gestionado como un centro privado. Dependiente concretamente de la Junta Superior de Acción Social de la Armada, el centro establece sus propias normas de
admisión en la que se prioriza la escolarización de las y los hijos del personal destinado en la Escuela Naval Militar de Marín, completándose con otros niños y niñas de familias de personal del Ejército de Tierra, la Policía Nacional y la Guardia
Civil, así como de 'personal ajeno a las Fuerzas Armadas pero con cierta vinculación a la Armada'.


Claramente, lo más polémico del centro, después del cambio de denominación para respetar la Ley de Memoria, es el mantenimiento de un ideario propio de los tiempos de la dictadura, que no respeta ni la aconfesionalidad ni el pluralismo
democrático, como debería hacer un colegio financiado y dependiente del Ministerio.


Es más, en la propia web, se ha publicado literalmente que el centro tiene 'un ideario propio que recoge los valores y principios que siempre han caracterizado a los miembros de la Armada y a sus familias, de los que nos sentimos orgullosos'
haciendo referencia explícita a la 'concepción cristiana del hombre y de la vida, acorde con los valores de la civilización occidental, y asimismo, ofrece 'formación de la personalidad cristiana del alumno'.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a excluir de forma inmediata al centro educativo Juan Sebastián Elcano de la Red de Centros de Escuelas Católicas y asegurar el respeto de la educación laica y en valores
democráticos, así como proceder a su reconocimiento como centro público, tal y como establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, procediendo a la transferencia de su gestión a la Consellería de Educación da Xunta de Galiza.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2023.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.



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Comisión de Interior


161/004745


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, don José María Figaredo Álvarez-Sala, doña María Teresa López Álvarez, don Francisco José Alcaraz Martos, don Luis Gestoso de Miguel, don Ignacio Gil Lázaro, doña Rocío de Meer Méndez, don Agustín
Rosety Fernández de Castro y don Carlos Zambrano García-Raez, en sus respectivas condiciones de Portavoz adjunto, Portavoz sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la protección de los españoles frente al yihadismo y las políticas que favorecen la creciente islamización de España, para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. El atentado yihadista en Algeciras.


Agentes del Cuerpo Nacional de Policía han detenido en Algeciras a un yihadista de nacionalidad marroquí, inmigrante ilegal en España, por haber cometido un ataque terrorista en el que asesinó a una persona e hirió a cuatro más, una de ellas
gravedad. Las víctimas fueron atacadas por el hecho de ser católicos, al grito de 'Alá es grande'.


El terrorista entró en varias iglesias de la localidad armado con un machete de grandes dimensiones, profiriendo alabanzas a Alá e insultando a la religión católica y a los fieles cristianos que en ellas se encontraban.


Así, en la capilla de la Parroquia de María Auxiliadora y San Isidro, tras increpar violentamente a una feligresa, destruyó con su machete las imágenes religiosas, cruces y velas que se encontró a su paso. Tras llegar al altar, asestó una
puñalada al párroco, D. Antonio Rodríguez, que se encontraba terminando de oficiar Misa en esos momentos y que resultó herido de gravedad. Varias personas que trataron de detener el ataque fueron también heridas.


Posteriormente se dirigió a la Parroquia de Ntra. Sra. de la Palma, en la que comenzó a atacar violentamente el altar. El sacristán del templo, D. Diego Valencia, fue apuñalado y, gravemente herido por el terrorista, consiguió salir a la
Plaza Alta. Allí, el yihadista volvió a atacarle y logró finalmente asesinarlo. Tras ello, el terrorista se dirigió a la Capilla de Europa, también en la Plaza Alta, que encontró cerrada. Finalmente, fue detenido por la Policía Local.


Varios testigos afirman que, antes del ataque, al menos media decena de magrebíes proferían insultos a los fieles que acudían a la misa de la tarde en la capilla de San Isidro.


El yihadista detenido es un marroquí de 25 años que no portaba documentación en el momento de su detención y al que se acusa de un delito de asesinato y, al menos, otros tres de homicidio en grado de tentativa. Los hechos se están
investigando por terrorismo yihadista.


El terrorista se encontraría ilegalmente en Algeciras, al menos, desde el pasado mes de junio, y estaba siendo vigilado por la Policía Nacional desde cuatro días antes de la comisión de estos actos terroristas 1.


Segundo. Los atentados yihadistas, cada vez más frecuentes en Europa.


La islamización progresiva de Europa supone, entre otras muchas consecuencias perversas, que los ataques a iglesias y a fieles cristianos se hayan convertido en habituales. Las políticas multiculturalistas llevadas a cabo por los países
occidentales (y, especialmente, por Bélgica, Suecia o Francia) se basan en la contemporización con el islamismo incompatible con Occidente, en el fomento de la inmigración masiva y el reemplazo poblacional y en las cesiones a los líderes políticos y
espirituales islámicos para 'mantener la paz social'. El resultado de estas no ha sido sino el incremento de la inseguridad en nuestros barrios y la pérdida de identidad de nuestras naciones.


Así, el primer hito de los crecientes ataques contra los cristianos en Europa fue el asesinato del Padre Jacques Hamel en la iglesia de San Esteban de Rouvray (Normandía) el 26 de julio de 2016. El sacerdote


1 https://www.elmundo.es/espana/2023/01/26/63dlae31fdddffa5a38b4571.html.



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fue degollado por dos terroristas de Estado Islámico mientras oficiaba la Santa Misa. Dos monjas y dos feligreses fueron capturados como rehenes; las religiosas fueron utilizadas como escudos humanos para escapar y una de las fieles fue
gravemente herida. Uno de los atacantes, fichado por la Gendarmería francesa, tendría que haber llevado una pulsera electrónica en el momento del atentado, pero el sistema de vigilancia falló.


En octubre de 2020, pocos días después de la decapitación por un yihadista checheno del profesor Samuel Paty a la salida de su escuela en París, otro terrorista asesinó a tres cristianos en la Basílica de Nuestra Señora, en Niza. El
yihadista, de origen tunecino, había entrado ilegalmente en Europa un mes antes por la isla de Lampedusa, desde la que se desplazó impunemente hasta Niza. En el atentado, intentó decapitar a una feligresa, pero al no conseguirlo la degolló, le
cortó el cuello al sacristán del templo y provocó graves heridas a otra mujer, que supusieron su muerte en las inmediaciones de la iglesia.


En los últimos días, los ataques islamistas se suceden sin freno en Europa, poniendo de manifiesto la presunta ingenuidad de nuestros gobernantes y medios de comunicación al tratarlos como supuestos 'casos aislados'. De esta manera:


- También el 25 de enero por la mañana una joven fue apuñalada por un inmigrante ilegal de 25 años en el campus de París Cité.


- Prácticamente a la misma hora, un terrorista armado hirió a siete personas y mató a dos de ellas en el tren regional entre Hamburgo y Kiel (Alemania).


- Hace una semana, también en París, otro terrorista apuñaló al azar a numerosos pasajeros que aguardaban sus trenes en la Estación del Norte, dejando una decena de heridos.


- También la semana pasada, una adolescente de 14 años fue asesinada en el municipio alemán de Illerkirchberg (Baden-Wurtemberg) por un inmigrante ilegal procedente de Eritrea que esperaba la concesión de asilo.


En España, los últimos atentados yihadistas fueron los ocurridos el 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils, reivindicados por Estado Islámico. El atropello masivo cometido en Las Ramblas de la capital catalana se saldó con 15 muertos
(entre ellos, dos niños) y 131 heridos, mientras que en Cambrils se registraron un muerto y seis heridos, tres de ellos Mozos de Escuadra.


Tercero. El islamismo, incompatible con occidente.


A pesar de que los postulados del islamismo son radicalmente incompatibles con las democracias occidentales, muchos gobernantes han permitido e, incluso, fomentado una inmigración masiva de musulmanes a nuestros países. Cada vez es más
evidente en España la insoportable inseguridad que causa en la población la inmigración ilegal, así como los efectos de la creación de auténticos guetos donde rige la sharía y, a la postre, la destrucción de nuestra cultura y valores.


Hoy en día, solo gobiernos alejados de los intereses de sus naciones y de sus pueblos sostienen las políticas de puertas abiertas a inmigrantes musulmanes, sin duda con el ánimo de destruir nuestros valores para imponer su propia ideología.
Incluso desde las instituciones europeas se amparan prácticas del Islam incompatibles con los principios occidentales, como es el caso de la promoción del velo, instrumento de sometimiento de la mujer al hombre. Muchos países de nuestro entorno,
incluso con gobiernos denominados 'progresistas', han entendido el riesgo de la creciente islamización de Occidente y han comenzado a adoptar medidas para revertirlo. Por desgracia, no es el caso de España, cuyos dirigentes persisten contumazmente
en las políticas de permisividad e, incluso, fomento de la inmigración ilegal.


Es el momento de la unidad de todos los españoles para poner freno a esta invasión que causa ataques como los descritos. Los españoles y los inmigrantes legales que viven con nosotros con honradez y voluntad de integración no se merecen la
situación que provoca la inmigración ilegal. Se debe cesar en cualquier promoción de la inmigración ilegal, en la formulación de políticas que causan un 'efecto llamada', en la dejación de responsabilidades para garantizar la seguridad de nuestras
fronteras y de los españoles, en la desidia ante la expulsión inmediata de los inmigrantes que entran de forma ilegal en España, y en la permisividad con el Islam, que es incompatible con Occidente.


Por el contrario, es necesario impulsar la adopción de políticas que contribuyan al bien común y no a la destrucción de nuestras naciones y de sus principios esenciales. Hay que poner freno a la expansión del islamismo en nuestras
sociedades. Unos les abren las puertas, otros los financian y el pueblo los sufre.



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Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, como representante del pueblo español, condena y lamenta el atentado yihadista cometido en Algeciras, se une al dolor de las víctimas, de sus familiares y allegados y de los algecireños, en especial a las
parroquias de María Auxiliadora y San Isidro y de Ntra. Sra. de la Palma y a sus feligreses. Asimismo, llama a la unidad de todos los españoles para poner fin al terrorismo islamista.


De igual forma, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Cesar en su política de fomento de la inmigración ilegal, especialmente de la procedente del Norte de África y de países de cultura islámica.


2. Adoptar políticas tendentes a frenar la islamización de nuestra Nación, así como cesar en la promoción de esta cultura por ser incompatible con los principios esenciales de la civilización cristiana occidental.


3. Expulsar inmediatamente a todos los inmigrantes ilegales que se encuentren en España.


4. Reforzar la protección de nuestras fronteras para evitar la entrada de inmigrantes ilegales, proporcionando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado todos los medios humanos y materiales necesarios para el adecuado desempeño de
sus funciones en orden a garantizar la libertad y la seguridad de los españoles en el ejercicio de sus derechos, implicando, si fuere preciso, a nuestras Fuerzas Armadas.


5. Eliminar todas las ayudas económicas dirigidas a inmigrantes en situación ilegal y destinar esos fondos a paliar la emergencia social que sufren los españoles.


6. Exigir, en el seno de la Unión Europea, la adopción de cuantas medidas sean necesarias para poner fin al efecto llamada de la inmigración ilegal, en especial la procedente de países cuyas costumbres chocan abiertamente con el modo de
vida occidental, así como asignar recursos a frenar la expansión de culturas incompatibles con nuestros principios históricos, sociales y culturales.


7. Someter a referéndum consultivo, en los términos del artículo 92 de la Constitución Española, si los españoles quieren políticas de puertas abiertas que, como se está observando, fomentan la inmigración ilegal masiva y redundan en la
inseguridad en nuestros barrios o si, por el contrario, prefieren una política de control de fronteras que garantice una inmigración legal, controlada y adaptada a las necesidades de nuestra Nación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2023.-María Teresa López Álvarez, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro, Rocío de Meer Méndez, Agustín Rosety Fernández de Castro y Carlos José
Zambrano García-Raez, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/004727


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para reformar la bonificación de las tarifas de los billetes
aéreos para garantizar la conectividad de Canarias a precios razonables, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


En julio de 2020 la AIReF constató que la subida de la subvención del 50% al 75% ha influido significativamente en el aumento de precios observado en los trayectos entre la península y las islas Canarias (12%). El aumento de los precios de
los billetes rompe la tendencia a la baja que se venía registrando desde hace diez años y es más importante en aquellos vuelos con mayor porcentaje de residentes. En suma, el actual sistema de bonificaciones en lugar incentivar la reducción de las
tarifas está



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empujándolas al alza. Además de este problema de ineficacia, el sistema tal y como está diseñado en la actualidad tiene efectos colaterales perniciosos que es necesario abordar.


Por un lado, crea un círculo vicioso donde el aumento de la bonificación, al incrementar aún más las tarifas generales, incentiva los empadronamientos falsos en territorio insular o impide que canarios que pasan a residir en la Península se
empadronen en su nuevo domicilio ante el enorme coste que supone la pérdida de condición de residente para la adquisición de billetes de avión. Este último caso, por desgracia muy frecuente, no solo supone una irregularidad administrativa, sino que
puede tener profundas consecuencias a la hora de acceder a prestaciones o servicios en el lugar de residencia efectiva, especialmente graves en el caso de los hogares con menos poder adquisitivo. Así, un mal empadronamiento puede suponer la
denegación de prestaciones como el IMV pero, al mismo tiempo, empadronarse de forma correcta en la Península conllevaría un incremento del 400% en el coste del billete a Canarias que un hogar con renta baja no se puede permitir.


Por otra parte, la configuración actual crea una dinámica de suma cero entre residentes y no residentes, de manera que cuanto mayor es el descuento aplicado a residente y mayor la proporción de residentes en cada ruta, más aumenta la tarifa
aérea, que lo hace de forma desproporcionada en el caso de no-residentes. Esto lleva a situaciones que rozan lo absurdo como precios entre Península y Canarias superiores, en numerosas ocasiones, a los precios de vuelos transatlánticos. No es de
extrañar, por lo tanto, que el peso del turismo nacional, según datos de Frontur, haya caído del 16% en 2010 al 13% en 2019. Dada la importancia del turismo en las Canarias, esta pérdida de competitividad por un mal diseño regulatorio no resulta
aceptable.


La dinámica perversa generada y el descontento generado por el descuento de residente en su configuración actual no se limita a su impacto económico, sino que somete a los canarios que han optado por residir en otra parte del territorio
nacional a un agravio comparativo y les fuerza, en muchas ocasiones, a renunciar a sus vínculos familiares y sociales en Canarias por la imposibilidad material de asumir el coste. Como denuncian colectivos como 'Canarios sin alas', el sistema
vigente les trata 'como si tuviéramos que dejar de sentir por decreto la necesidad de regresar a casa por Navidad, a una boda, a cualquier evento familiar o incluso a un entierro'.


Finalmente, la configuración actual de las bonificaciones para residentes resulta significativamente regresiva. La razón de ser del descuento es, dada la dependencia del transporte aéreo y la falta medios alternativos de transporte que sí
existen en territorio continental, evitar que existan colectivos excluidos del acceso a la movilidad debido a su más elevado coste en términos relativos. Se debería de tratar, pues, de un instrumento eminentemente corrector de fallos de mercado.
Sin embargo, se aprecia una concentración en su disfrute sobre todo en rentas medias-altas y altas quienes, a priori, son también quienes menos dificultades para acceder a la movilidad aérea.


En definitiva, la realidad del transporte aéreo contemporáneo es muy diferente de la existente en el momento en que se creó por primera vez la de bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los
residentes de las islas Canarias y la conectividad aérea a nivel global ha experimentado un enorme desarrollo y abaratamiento general del que Canarias, sin embargo, no se está beneficiando como debiera por un mal diseño regulatorio de la
bonificación que debería facilitarlo. Es necesario, por lo tanto, plantear una reforma del mecanismo de bonificación de las tarifas o su sustitución por un mecanismo alternativo que garantice la conectividad y competitividad general del transporte
aéreo a Canarias, independientemente de la situación administrativa particular del pasajero.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar una reforma del actual mecanismo de bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo para los residentes en Canarias que tenga como objetivos:


a) Lograr la contención efectiva de los precios.


b) Evitar que sean las aerolíneas quienes se beneficien de las bonificaciones, en lugar de los residentes.


c) Reducir la regresividad del mecanismo vigente.


d) Garantizar precios moderados para residentes sin que esto se traduzca en un incremento de las tarifas para no residentes.



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e) Reducir los incentivos existentes en la práctica a los falsos empadronamientos.


f) Garantizar la competitividad general de las tarifas aéreas, independientemente de las circunstancias subjetivas del usuario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2023.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/004728


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la reparación urgente y apertura al tráfico de la N-642 en A Mariña, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La N-642, que une distintos concellos de la comarca de A Mariña lucense, quedó este fin de semana cortada al tráfico a la altura del acceso a Burela desde Foz debido a derrumbe de parte de la vía por la acumulación de agua tras las fuertes
lluvias caídas en los últimos días.


El corte de tráfico consecuencia del derrumbe entre los kilómetros 41 y 47 de esta vía, a la altura de la playa de Areoura, en Foz ha dejado a toda la comarca en una grave situación de incomunicación que es necesario remediar de forma
urgente para restablecer el tránsito de vehículos y reponer el firme derribado por el embalse de agua.


Transcurridas veinticuatro horas del colapso de la vía, el Ministerio mantenía completamente cortada la N-642, mientras los residentes en A Mariña recorrían vías secundarias en busca de una alternativa que permitiera acceder a Burela y
viceversa, sin apenas señalizaciones ni efectivos que dirigieran a los vehículos en la dirección adecuada. Finalmente, hoy lunes 23, se logró habilitar el carril no afectado por el derrumbe, que permite el paso con semáforo para ambos sentidos, ha
logrado mantener un mínimo de conexión, pero dista mucho de ser una solución definitiva a la espera de que se pueda reabrir completamente la vía para lo que se prevén meses de obras.


Es inconcebible que no exista ningún vial en condiciones alternativo a la N-642, lo que viene a demostrar una vez más, el total abandono de las infraestructuras por parte del Estado de la comarca de A Mariña que lleva más de dos décadas
esperando por la A-74, sin que ninguno de los sucesivos Gobiernos, de uno y otro signo, haya sido capaz de construir ni un solo kilómetro de autovía.


Así mismo, el derrumbe no puede achacarse únicamente a las condiciones meteorológicas, pues la red viaria necesita de un mantenimiento que, en el caso de la comarca de A Mariña, no existe. Es imprescindible destinar los recursos necesarios
para la conservación e invertir en material y en personal, tanto en la red de carreteras como en las conexiones ferroviarias.


Por lo tanto, la N-642 constituye la única alternativa posible para todas las personas trabajadoras que la utilizan a diario para ir a sus empleos, la que utilizan las propias empresas para sacar sus productos fuera, la que comunica con los
principales servicios como colegios y hospital. Por eso es imprescindible lograr su reposición de forma urgente.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Realizar, a la mayor brevedad posible, las obras necesarias que permitan reabrir al tráfico rodado el tramo derrumbado de la N-642 en A Mariña.


2. Prever un trazado alternativo que asegure una adecuada comunicación entre los concellos de la comarca mientras duren las obras de reparación del tramo colapsado.


3. Reforzar y mejorar la oferta de transporte ferroviario de la comarca como alternativa mientras se mantenga el cierre de la N-642.



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4. Prever un plan de vigilancia y mantenimiento adecuado de la red de carreteras dependientes de la Administración General del Estado y dar un impulso a las nuevas vías de comunicación que necesita la comarca como es la A-74.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2023.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


161/004740


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la mejora de los servicios ferroviarios en la comarca de As Mariñas, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Las personas usuarias del tren que une A Coruña y Ferrol saben que es necesario que el maquinista cambie de cabina en la estación de Betanzos-Infesta y proceder a la inversión de marcha del convoy pues no existe una conexión directa,
maniobra que ralentiza el viaje pero que puede completarse en unos cinco minutos. Sin embargo, ahora, a esta operación, cuando menos en el servicio que sale a las 8:40 de Ferrol, se ha añadido la obligación de realizar un transbordo en la estación
de Betanzos-Infesta que implica un retraso de entre veinte y cuarenta minutos.


La duración del trayecto, ahora aún más larga, la imprevisibilidad sobre posibles retrasos y sobre la hora estimada de llegada, la falta de personal que informe o controle los accesos, hacen que este trayecto cuente con pocos usuarios y que,
muchos de ellos, incluso no consten, pues a falta de revisores algunos viajan sin tan siquiera comprar billetes.


En todo caso, sería necesario acelerar los trabajos para acometer una obra imprescindible en la comarca y que solucionaría la necesidad de invertir la marcha en la estación de Infesta, como es el by-pass de Betanzos. Esta es una obra
demandada durante décadas y que permitiría la mejora en la conexión ferroviaria entre A Coruña y Ferrol. En los presupuestos para 2021 contemplaba 120 mil euros para esta actuación que no se ejecutaron. Para 2022 recogía 170 mil euros que tampoco
se llegaron a ejecutar. En la propuesta para 2023 la partida es de 28 mil euros, absolutamente insuficientes para una actuación que costaría un total de entre 20 y 40 millones de euros en según los estudios.


Así mismo, sería necesario acometer una modernización del trazado ferroviario entre Ferrol y A Coruña, contemplando la electrificación y una doble vía, así como la mejora de los accesos y aumento de los puntos de cruce que permitiría poner
en marcha un sistema de frecuencias intensivo para las proximidades ferroviarias.


Además, es preciso restituir los apeaderos abandonados como el de Guísamo en Bergondo o el de San Pantaleón en Paderne, y la apertura de estaciones en Betanzos y Miño para dar cobertura a los principales núcleos de población. También sería
fácil la habilitación de zonas de aparcamiento gratuito en sus proximidades que promoviesen el uso del transporte ferroviario, colectivo y sostenible.


En definitiva, el tren entre Ferrol y A Coruña, que pasa por muchos de los municipios de As Mariñas, podría habilitarse perfectamente como tren de cercanías de forma inmediata para lo que solo haría falta implementar las frecuencias,
horarios, personal y tarifas adecuadas, al tiempo que se realizan las mejoras en las infraestructuras que permitan un adecuado servicio de proximidad ferroviario.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Reponer el servicio evitando la realización de un transbordo en la estación de Betanzos-Infesta y apostar por la construcción del by-pass como una prioridad para mejorar el servicio y acortar los tiempos del trayecto.



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2. Acometer la modernización del trazado ferroviario entre Ferrol y A Coruña, contemplando la electrificación y una doble vía, así como la mejora de los accesos y aumento de los puntos de cruce que permitiría poner en marcha un sistema de
frecuencias intensivo para las proximidades ferroviarias.


3. Restituir los apeaderos abandonados como el de Guísamo en Bergondo o el de San Pantaleón en Paderne y abrir las estaciones en Betanzos y Miño para dar cobertura a los principales núcleos de población.


4. Habilitar zonas de aparcamiento gratutito en sus proximidades que faciliten y promuevan el uso del transporte ferroviario, colectivo y sostenible.


5. Implantar un servicio de cercanías ferroviarias en la línea A Coruña-Ferrol que dé servicio a la comarca de As Mariñas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/004739


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan José Aizcorbe Torra, doña Rocío de Meer Méndez, doña María Teresa López Álvarez y doña María de la Cabeza Ruiz Solás, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo
193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para la verificación de los datos reales del número de delegados sindicales con el fin de acabar con la figura de los 'delegados
fantasma', para su discusión en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Primero. Fondos públicos destinados a sindicatos.


Los sindicatos, como 'interlocutores sociales', se erigen como entidades beneficiadas por un conjunto de prerrogativas incluidas en la Ley. Éstas, consideradas por un amplio porcentaje de la ciudadanía española como una pléyade de
privilegios injustificados, implican entre otras la presencia y actuación de las organizaciones sindicales en todos los ámbitos de las relaciones laborales, así como el reconocimiento de los delegados sindicales en las empresas, el cobro por las
empresas de la cuota sindical o la participación de los sindicatos en importantes instituciones, organismos o en la negociación colectiva.


Junto a todo ello, por añadidura, hay que hacer mención de la cesión de inmuebles del llamado 'patrimonio sindical' o la concesión de subvenciones, cuya transferencia también procede de gobiernos regionales y entidades locales.


Reflejo de esta última cuestión es la Orden TAS/1303/2007, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en proporción a su representatividad por la
realización de actividades de carácter sindical; o la Ley 4/1986, de 8 de enero, de Cesión de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado, por las que se cede el uso de bienes del patrimonio del Estado a organizaciones sindicales y empresariales para
el desarrollo de sus funciones.


Este compendio normativo está amparado por la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que consolida una situación que contrasta con una aceptación social de estas organizaciones cada vez más cuestionada, en parte por la
total opacidad de la contabilidad de los sindicatos, que incumple lo preceptuado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Los sindicatos no publican sus cuentas ni la mayor parte de
la información más relevante, por lo que los españoles no pueden fiscalizar su gestión.



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Segunda. La cifra de delegados de empresa.


En España, los sindicatos de clase 2 (Comisiones Obreras -CCOO- y Unión General de Trabajadores -UGT-, principalmente) han conformado una suerte de 'bipartidismo sindical', que ha sido alimentado y favorecido por los sucesivos gobiernos
nacionales en detrimento de los derechos de los trabajadores. Las prebendas concedidas a los sindicatos (en particular a los mencionados) en las últimas décadas han sido acompañadas de una falta absoluta de fiscalización sobre ellos, lo que ha
tenido numerosas consecuencias perversas para el sistema.


Nos referimos, por seleccionar una de esas consecuencias, a la figura de los delegados de empresa, figura clave, como se ha expuesto supra, para la consideración de un sindicato como 'representativo' y para el acceso a mayores cotas de
subvenciones públicas. Esto es, la figura de los delegados de personal es muy relevante para la determinación de las facultades que la ley atribuye a los sindicatos. Puede afirmarse, grosso modo, que cuantos más delegados de personal tenga un
determinado sindicato, más poder tendrá.


En este escenario, el duopolio sindical accede a subvenciones públicas que no le corresponderían, debido a que un enorme número de representantes de trabajadores permanecen inscritos en el registro oficial del Ministerio de Trabajo y
Economía Social como delegados de personal o miembros de comités de empresa aun cuando la propia empresa se ha extinguido.


Esta situación provoca que, actualmente, haya miles de representantes sindicales en los registros oficiales que no tienen ninguna función sindical porque su empresa, simplemente, ya no existe. Las cifras de casos varían -de los 30.000 a los
80.000 delegados- según denuncian distintos medios de comunicación y el resto de sindicatos perjudicados. Como se ha anticipado, la total opacidad de los datos imposibilita el conocimiento exacto del número total de delegados que ya no tienen
función tras el cierre de la empresa pero que siguen computando a efectos de subvenciones y representatividad .


Se trata de los conocidos popularmente como 'delegados fantasma', que representan una injusticia manifiesta, al generar una ventaja para los sindicatos supuestamente mayoritarios, 'representativos', que estarían recibiendo entre uno y tres
millones de euros que no les corresponderían, según los cálculos de otras entidades sindicales.


En este sentido, las propias organizaciones mayoritarias habrían admitido en algunas ocasiones que existen pactos entre ellas para no dar de baja a sus delegados una vez su mandato ha expirado por desaparecer las empresas en las que trabajan
3. De esta forma, se aseguran el cobro de las pertinentes subvenciones públicas durante el resto del mandato representativo, que dura hasta cuatro años. Hoy en día CCOO y UGT son los sindicatos de trabajadores más representativos y los que, en
consecuencia, poseen el mayor número de 'delegados fantasma' existentes. Este hecho, a todas luces fraudulento, no puede suponer en ninguna circunstancia el acceso a ninguna subvención; ello no estaría amparado o respaldado por un mandato
electoral, toda vez que la empresa en cuestión ha sido extinguida.


En consecuencia, es preciso denunciar que los sindicatos de clase reciben importes superiores a los que realmente les corresponden en concepto de subvenciones públicas, debido a que las cifras oficiales y no actualizadas por el Ministerio de
Trabajo y Economía Social les atribuyen representantes en empresas ya desaparecidas.


Tercero. La necesaria verificación de los datos de delegados sindicales: una solución.


Una solución ante esta situación pasa por cruzar los datos de empresas existentes en la Seguridad Social con los propios del Registro Mercantil, a fin de que se depuren las listas. Se procedería, de tal modo, a la desaparición de los
delegados de empresa que no ejercen función sindical alguna tras el cierre de las entidades para las que trabajaban, con el fin de que no computen a ningún efecto legal como en activo.


Esta solución se presenta como la vía más propicia para subsanar este hecho. Por la mala praxis de las organizaciones sindicales (que no puede ser casualidad) al no comunicar el cese de sus delegados a las oficinas provinciales, esta
información resulta desconocida para la Oficina Pública nacional de Elecciones Sindicales; al mismo tiempo que el Estatuto de los Trabajadores no contiene ninguna disposición sobre el imprescindible cese de la actividad de los representantes
sindicales por el cierre de la empresa y consiguiente baja de estos a cualesquiera efectos legales.


2 Se definen de esta manera aquellas entidades que reúnen a los trabajadores frente a los empresarios, siguiendo la dialéctica marxista de 'lucha de clases'. De esta manera, solo admite a empleados por cuenta ajena, estando vetada su
participación para los empresarios o trabajadores por cuenta propia.


3 https://www.Iarazon.es/economia/dopaje-en-los-sindicatos-uno-de-cada-cuatro-delegados-no-existe-IE22511118/.



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En definitiva, entre las consecuencias de décadas de este sistema se encuentra la conformación de un modelo laboral en el que los grandes sindicatos subvencionados y la patronal defienden sus privilegios y abandonan a los españoles
trabajadores, convirtiéndose en terminales mediáticas de los gobiernos y los distintos partidos y en elementos de choque contra los trabajadores.


Para acabar con todo ello, es preciso avanzar hacia un marco jurídico que frene la sobrerrepresentación de unos sindicatos de clase que se ha traducido en privilegios públicos en muchos casos carentes de justificación real. Todos los
trabajos son imprescindibles y deben ser defendidos por asociaciones de trabajadores realmente comprometidas con las necesidades y demandas de los españoles en sus puestos de trabajo y que, además, gocen de independencia respecto de los poderes
políticos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a, en tanto no se eliminen por completo las subvenciones a partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales, lo siguiente:


1. Impulsar el establecimiento de los mecanismos oportunos a fin de efectuar un cruce de datos con periodicidad, al menos, semestral que subsane las diferencias existentes entre el número de empresas reflejadas en el sistema de la Seguridad
Social y las que figuran en el Registro Mercantil, a fin de determinar el número de delegados de empresa que ya no ejercen función sindical por haberse extinguido la empresa.


2. Promover la configuración legal de un régimen sancionador para los casos de percepción de subvenciones públicas por parte de sindicatos y asociaciones empresariales en fraude de ley que, entre otras cuestiones:


a) Imponga sanciones cuando el montante de la subvención pública recibida exceda del 5% que realmente correspondería de no haberse sobredimensionado la representatividad del sindicato o asociación empresarial por haber computado
fraudulentamente los ''delegados fantasma''; y


b) Ordene la devolución inmediata de las cantidades indebidamente percibidas por las referidas entidades en el marco de lo establecido legalmente.


3. Utilizar el instrumento del referéndum del artículo 92 de la Constitución Española, mediante el procedimiento legalmente previsto, para preguntar a los españoles si quieren mantener el sistema de subvenciones públicas a sindicatos y
asociaciones empresariales o si, por el contrario, prefieren que estas organizaciones se financien con las cuotas de sus afiliados, garantizándose así la independencia de las mismas y contribuyendo a que defiendan verdaderos intereses generales, de
todos los trabajadores españoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Juan José Aizcorbe Torra, María Teresa López Álvarez, Rocío de Meer Méndez y María de la Cabeza Ruiz Solás, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sola, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.


161/004746


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que se corrijan inmediatamente
las deficiencias de los servicios de atención a la ciudadanía por diferentes ámbitos de la Administración General del Estado y, especialmente, la Administración de la Seguridad Social, para su debate en la Comisión de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones.


Exposición de motivos


La Constitución Española es clara: la Administración ha de servir con objetividad a los intereses generales, atendiendo, entre otros, al principio de eficacia. Así lo impone el artículo 103 de nuestra Carta Magna, pero también el resto de
nuestro marco normativo. Destaca, por ejemplo, la Ley 40/2015, de 1 de



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octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que amplía lo mandatado por la norma constitucional al enumerar como principios del funcionamiento y actuación de las administraciones públicas, entre otros, los de servicio efectivo a los
ciudadanos; la simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos; la racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión; así como la responsabilidad por la gestión pública.


Estos principios rectores son aplicables y exigibles, también, a la actuación de la Administración de la Seguridad Social, cauce institucional imprescindible para garantizar lo que nuestra Constitución reconoce en los artículos 41 y 50.


Sin embargo, estos mandatos no están siendo observados en los tiempos más recientes. Es algo que ha evidenciado el Defensor del Pueblo, el cuatro de enero de este año, al señalar que la Administración de la Seguridad Social ha de resolver
los grandes problemas que se aprecian en un aspecto tan relevante como el de proveer un servicio eficaz a los ciudadanos a través los servicios de citas -y su disponibilidad- en sus oficinas administrativas. Insta expresamente el Defensor del
Pueblo a que 'se superen las deficiencias apreciadas en los servicios de atención a la ciudadanía, situación que se aleja mucho de la necesaria prestación de un servicio público efectivo y de calidad, incompatible con el derecho de buena
Administración'.


Esta llamada de atención es especialmente significativa toda vez que el Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales al que se encarga la imprescindible tarea de 'defender los derechos fundamentales y las libertades
públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas españolas'. Su informe supone, en suma, una cuestión de extraordinaria relevancia, ya que pone el acento en el insatisfactorio servicio que esta
administración pública está prestando a los españoles en una cuestión tan nuclear como es el Sistema Nacional de la Seguridad Social, eje vertebrador de nuestro estado social y del bienestar.


Alerta especialmente el Alto Comisionado de las innumerables quejas que los ciudadanos presentan por la deficiencia que se observa últimamente en la 'atención directa en los servicios de atención e información al público, alternativos a la
comunicación telemática' por parte de la Seguridad Social.


Es, también, llamativo el hecho de que el informe se emite con posterioridad al envío de unas recomendaciones a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. Parece desprenderse que la administración no atendió satisfactoriamente a un
primer requerimiento ante el 'incesante número de quejas' recibidas, viéndose obligado posteriormente el Defensor del Pueblo a elevar la llamada de atención a nivel ministerial toda vez que las medidas que se observaron 'no resultan suficientes'.


Lo anterior no solo es un quebranto de las exigencias constitucionales y normativas del procedimiento administrativo y del servicio que se ha de garantizar a los españoles, sino que además evidencia las incongruencias manifiestas en las que
incurre este ejecutivo.


Dos son los ejemplos más llamativos de las contradicciones del gobierno de la nación en lo referente a la necesidad de garantizar un servicio de atención eficiente y para todos los ciudadanos: de una parte, se está tramitando en el Congreso
de los Diputados el proyecto de Ley por el que se regulan los Servicios de Atención a la Clientela que exige a las empresas la mejora en el servicio que prestan, imponiendo en numerosas ocasiones cargas inasumibles, lo cual no exige ni aplica -a la
vista del informe del Defensor del Pueblo- el gobierno a sus propios servicios de atención. En segundo lugar, este insatisfactorio e inaceptable comportamiento de los servicios públicos básicos es incompatible con los Objetivos de Desarrollo
Sostenible, con los que este ejecutivo dice estar comprometido.


Del proyecto de ley de servicios de atención a la clientela llama la atención que su exposición de motivos dispone que '[l]a práctica muestra que muchas de las quejas y reclamaciones formuladas ante los servicios de protección de las
personas consumidoras y usuarias no se presentarían si las empresas dispusieran de servicios de atención a la clientela más eficaces'. En base a ello, se imponen exigencias a las empresas para garantizar que estas prestan un mejor servicio de
atención. Sin embargo, ninguna de las exigencias que el ejecutivo quiere imponer a las entidades privadas se exigen a los que servicios de atención que presta la Administración General del Estado o la Seguridad Social. ¿No es también esencial la
salvaguarda de la atención que se dispensa a los administrados?


Por otra parte, en 2015 se acordaron en el seno de las Naciones Unidas una serie de metas (los ODS) que pretenden erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad de todos. España se comprometió con ellos, por lo que toda
actuación de los poderes públicos ha de encaminarse a su consecución. El mal servicio de atención dispensado por las oficinas de la seguridad social que se han relatado va en la dirección opuesta a estos objetivos. Por ejemplo, el Objetivo 16,
para 'Promover



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sociedades justas, pacíficas e inclusivas', conmina a crear y promover instituciones eficaces, lo cual es incompatible con el informe emitido por el Defensor del Pueblo. No es eficaz aquella institución administrativa que es objeto de
quejas 'incesantes', es evidente.


Otro de los aspectos que pone en cuestión el informe de enero de 2023 es que las medidas adoptadas por la administración 'no resultan suficientes en orden a recibir una atención eficaz y eficiente que permita gestionar de forma directa las
necesidades ciudadanas, en especial las del colectivo afectado por la brecha digital y en situación de vulnerabilidad para los que la atención presencial constituye una necesidad preferente'. Es decir, se está olvidando el ejecutivo, en especial,
de quienes se ven perjudicados por esta brecha digital y los más vulnerables, cuestión que es manifiestamente opuesto no solo a los objetivos que todo gobierno responsable ha de perseguir, sino también a numerosos de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible como el número 10, para la reducción de las desigualdades.


Desgraciadamente, este olvido de las metas que una administración eficiente ha de prestar no es exclusivo de la Seguridad Social (aunque sí más llamativo en este caso, toda vez que esta rama de nuestra administración, hasta hace poco, era
una de las mejor valoradas por la ciudadanía), sino que es una realidad que, hoy, es común a la mayoría de los servicios que presta la Administración General del Estado como denuncian constantemente los representantes sociales, por lo que es
necesario actuar.


En aras a revertir esta lamentable situación de la administración, este grupo parlamentario entiende que es esencial analizar las circunstancias que la han motivado, así como adoptar cuantas medidas se consideren necesarias. De hecho, el
Partido Popular presentó este mes de enero una serie de propuestas para reforzar la Calidad Institucional de nuestro país, instando, entre otras cuestiones, a llevar a cabo una 'evaluación del sector público que permita tomar conciencia de sus
dimensiones y poder así, a la vista del mapa de jubilaciones, plantear una reordenación de la Administración Pública'. Sin un análisis objetivo previo no será plausible adoptar las soluciones correctas.


La búsqueda de una Administración de la Seguridad Social (así como de la Administración General del Estado en su conjunto) que busque siempre servir con eficacia a los intereses de la sociedad ha de ser un compromiso inquebrantable del
conjunto de los poderes públicos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


- De manera inmediata 'se superen las deficiencias apreciadas en los servicios de atención a la ciudadanía, situación que se aleja mucho de la necesaria prestación de un servicio público efectivo y de calidad, incompatible con el derecho de
buena Administración' como mandata el Defensor del Pueblo al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


- Que se regulen medidas para que los servicios de atención a los ciudadanos prestados por las oficinas de la Administración General del Estado y de la Administración de la Seguridad Social recuperen la calidad y la eficacia que les son
propias.


- Realice una evaluación del sector público, para hacerla más eficiente y efectiva, que permita tomar conciencia de sus dimensiones y poder así plantear una reordenación de la Administración Pública, especialmente en el ámbito de la
Administración de la Seguridad Social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2023.-Jaime Eduardo de Olano Vela, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/004738


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de los Reyes Romero Vilches, don Juan Carlos Segura Just, doña Lourdes Méndez Monasterio y doña Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz
sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX



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(GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la supresión de la Fundación Pluralismo y Convivencia, para su discusión en la Comisión de
Derechos sociales y Políticas integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. La fundación pluralismo y convivencia.


La Fundación Pluralismo y Convivencia (en adelante, la 'Fundación') se define en su propia página web como 'una Fundación del Sector Público Estatal adscrita al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática'
4.


Su origen se remonta al 15 de octubre de 2004, cuando el Consejo de Ministros del Gobierno socialista de don José Luis Rodríguez Zapatero acordó, a propuesta del Ministerio de Justicia, su creación con el objetivo inicial de 'contribuir a la
promoción de 3 la libertad religiosa en España, derecho fundamental recogido en la Constitución Española' 5. La Fundación ha sido mantenida durante estos años por parte de los Gobiernos de uno y otro signo.


Según consta en su sitio web, su actividad se orienta hacia la consecución de los siguientes objetivos estratégicos:


1. 'Contribuir a la ejecución de programas y proyectos por parte de las confesiones religiosas no católicas con Acuerdo de cooperación con el Estado español o con notorio arraigo en España relacionados con la promoción del ejercicio
efectivo del derecho de libertad religiosa.


2. Mejorar el conocimiento sobre la diversidad religiosa en España, su impacto y necesidades derivadas.


3. Mejorar la gestión de la diversidad religiosa.


4. Incidir en la construcción de una opinión pública informada y tolerante con la pluralidad religiosa' 6.


Sin embargo, lejos de garantizar la libertad y diversidad religiosa, su actividad se ha limitado a difundir y promover confesiones que son, en algunos casos, hostiles a la convivencia democrática y que atenían contra la dignidad de las
mujeres. Y, todo ello, bajo la forma de fundación del sector público.


A modo de ejemplo, encontramos el informe elaborado por la Fundación en diciembre de 2022, titulado 'Ciudadanía, juventud e islam. El asociacionismo de los jóvenes musulmanes en España', a través del cual ofrece 'una panorámica de las
principales entidades e iniciativas en las que participan de modo activo jóvenes musulmanes españoles en el conjunto del país' y 'analiza los debates y discursos internos que se desarrollan en el seno de estas entidades' 7.


Más allá del ropaje con que se revista al Estado, es innegable que España pertenece a la civilización del humanismo cristiano, reconocedor de la dignidad de todo ser humano por el mero hecho de serlo, igual que ocurre en el resto de los
países europeos.


Segundo. Espacio ideológico al servicio del propósito sectario del Gobierno.


La Fundación es una más de las múltiples herramientas que utiliza el Gobierno de España para difundir su agenda ideológica con cargo al dinero de todos los españoles. Demuestra con ello su animadversión a la cultura, costumbres y
tradiciones de España, y perpetra un ataque frontal a nuestra identidad y raíces.


No se puede entender la civilización occidental sin los tres pilares sobre los que se constituyó -tradición cristiana, filosofía griega y Derecho romano-; tampoco se comprende la identidad de España como entidad política sin la catolicidad,
que ha sido uno de sus principales elementos vertebradores (así lo aseveran, entre otros, G. Bueno y M. Menéndez Pelayo). El cristianismo es una parte esencial de la identidad histórica española, y la raíz filosófica y antropológica de nuestros
valores de libertad, solidaridad y respeto a la dignidad humana.


4 https://www.pluralismoyconvivencia.es/fundacion/.


5 Ídem.


6 https://www.pluralismoyconvivencia.es/fundacion/patronato/.


7 Por otro lado, podemos destacar otros informes o documentos titulados 'La presencia de las minorías religiosas en las series de ficción nacional' o 'El impacto de la crisis del COVID-19 en las minorías religiosas en España: desafíos para
un escenario futuro'. https://www.pluralismoyconvivencia.es/fundacion/patronato/.



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Este Gobierno lleva facilitando toda la Legislatura que otras confesiones religiosas adquieran una mayor influencia en nuestra sociedad, al insistir en perpetrar el efecto llamada de la inmigración ilegal y potenciar el llamado
multiculturalismo. Dichas confesiones y culturas atenían frontalmente contra los principios básicos de nuestra sociedad; no buscan adaptarse a nuestras costumbres y tradiciones, sino imponer las suyas.


Cabe señalar que todas las acciones de la Fundación están impregnadas de los dogmas y pretensiones de transformación social globalista que representan la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible ('ODS'). Los dirigentes de esta
Fundación, en la misma línea que el actual Gobierno de España, asumen sin atisbo alguno de crítica los postulados de las élites globalistas.


Concretamente, y tal y como se recoge en su página web, la Fundación dice alinearse con los ODS números 4, 10, 11 y 16 (educación de calidad; reducción de las desigualdades; ciudades y comunidades sostenibles y paz, justicia e
instituciones sólidas, respectivamente) 8.


A este fin de contribución al menoscabo de la identidad de España sirven los impuestos de los españoles. En concreto, en los Presupuestos Generales del Estado del año 2023 se destinan a la Fundación 1.980.000 euros en concepto de
subvenciones, donaciones y legados incorporados al excedente del ejercicio, provenientes de la Administración General del Estado 9.


Tercero. Conclusión: otro ejemplo más de gasto político innecesario.


En definitiva, nos encontramos ante uno más de los muchos chiringuitos ideológicos a través de los cuales el Gobierno de España financia sus satélites propagandísticos con el dinero de todos los españoles. VOX lleva denunciando desde su
origen la necesidad de eliminar todas las entidades que se alejan por completo de las necesidades reales de los españoles, el bien común, la convivencia, el Estado de Derecho y la identidad de España, y que solo sirven a fines de colocación y
subvención a personas y entidades afines a los postulados disolventes de la izquierda.


Todo lo expuesto hasta el momento justifica la necesidad de suprimir la Fundación Pluralismo y Convivencia, destinando la totalidad de su presupuesto a paliar las nefastas consecuencias que sufren las familias españolas en el actual
escenario de emergencia social y económica.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a suprimir la Fundación Pluralismo y Convivencia, por ser un ejemplo de gasto político improductivo, y destinar el dinero público que hasta ahora se presupuestaba para su sostenimiento y
actividad a resolver la emergencia social y económica que afrontan las familias españolas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Juan Carlos Segura Just, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/004742


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre transparencia y publicidad de la
prestación del Ingreso Mínimo Vital, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


8 https://www.pluralismoyconvivencia.es/fundacion/patronato/.


9 https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/Presup/PGE2023Proyecto/MaestroTomos/PGE-ROM/doc/L_23_A_V1.PDF.



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Exposición de motivos


El Real Decreto 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital, hoy Ley 19/2021, de 20 de diciembre, crea la prestación no contributiva del Ingreso Mínimo Vital, dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión
social de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.


Como recoge la Exposición de motivos de la norma, esta prestación nace con el objetivo principal de garantizar, a través de la satisfacción de unas condiciones materiales mínimas, la participación plena de toda la ciudadanía en la vida
social y económica, rompiendo el vínculo entre ausencia estructural de recursos y falta de acceso a oportunidades en los ámbitos laboral, educativo o social de los individuos.


La prestación no se concibe pues como un fin en sí misma, sino como la herramienta para facilitar la transición de estas personas desde la exclusión social hacia la plena inclusión en la sociedad, especialmente a través del empleo y la
formación.


España sufre una crisis social y económica de terribles consecuencias. Según el Informe 'El Estado de la Pobreza. Seguimiento de los Indicadores de la Agenda 2030' realizado por EAPN-ES en España 13,1 millones de personas viven en riesgo
de pobreza y más de cuatro millones de españoles viven en situación de carencia material severa. Ha crecido en 380.000 personas el número de personas en riesgo de pobreza.


Además, la desigualdad en España se está disparando y las familias son cada vez más pobres, debido a la falta de poder adquisitivo de las rentas medias y bajas como consecuencia de la alta inflación y la subida de precios, especialmente la
de la cesta de la compra, con un crecimiento de más del 15% en los últimos meses.


A pesar de esta situación, tras dos años y medio en vigor, el Ingreso Mínimo Vital ha llegado a 549.670 hogares, en los que viven 1.542.675 personas. (Datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en fecha
29/12/2022), apenas el 64% de la meta prometida por el Gobierno en el momento de su aprobación: 850.000 hogares y 2,3 millones de beneficiarios.


Según la Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales solo se aprueba el 35,6% de las solicitudes que se presentan y únicamente el 13,35% de la población bajo el umbral de la pobreza en España se habría beneficiado del Ingreso
Mínimo Vital, a junio de 2022.


En cumplimiento de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital, en fecha 19 de julio de 2022 la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF) ha
emitido la primera Opinión sobre esta prestación.


En ella, la Airef se centra en tres aspectos: su diseño, sus resultados y su implementación.


A modo de resumen ejecutivo -y teniendo en cuenta que en dicho documento no se incluyen los posibles beneficiarios de País Vasco y Navarra- la AIREF manifiesta que a 31 de diciembre de 2021 el Ingreso Mínimo Vital, había desplegado solo una
parte de su capacidad potencial y ha ejecutado solo el 56% de su presupuesto.


Además, 400.000 hogares que podrían percibir el Ingreso Mínimo Vital, no lo han solicitado (el 57% de los posibles beneficiarios), fenómeno conocido como non take-up.


Y esto a pesar de que, como igualmente señala el organismo independiente, las tasas de pobreza en España son de las más altas de la Unión Europea, siendo especialmente elevadas entre los hogares con menores dependientes.


Según la Airef, en 2020, el 21% de los hogares en España se encontraba en riesgo de pobreza (usando como referencia el 60% de la mediana de ingresos por unidad de consumo), más de cuatro puntos por encima de la Unión Europea (16,6%).


A pesar de estas cifras, expone la AIREF en su Opinión que en el periodo comprendido entre su puesta en marcha y el 31 de diciembre de 2021, se aprobaron 352.000 solicitudes, un 27% de las resueltas. Sin embargo, 975.000 solicitudes, el 73%
fueron rechazadas debido al incumplimiento de algún requisito. Si no se tienen en cuenta los expedientes tramitados de oficio por la Administración, el porcentaje de solicitudes rechazadas se situó cerca del 80% durante el año 2020.


A la vista de todos estos datos, resulta evidente que el Gobierno no ha cumplido aquello a lo que se comprometió respecto a la implementación de la prestación no contributiva de la Seguridad Social de Ingreso Mínimo Vital, actuando respecto
de los datos reales del mismo con una total falta de transparencia, pues no solo se niega de manera reiterada a facilitar el número de solicitantes por Comunidades Autónomas y provincias -a pesar de las peticiones efectuadas por este grupo
parlamentario-, que permitirían conocer el porcentaje de expedientes resueltos, así como de los aprobados y denegados



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respecto al total de solicitudes, sino que tampoco publica con carácter mensual los datos y estadísticas de esta prestación, como si ocurre con otras prestaciones de la Seguridad Social.


Pero más sorprendente es el hecho de que la información que publica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones respecto al ingreso mínimo vital son los Datos acumulados de altas iniciales de prestaciones que han figurado en
nómina según Comunidad Autónoma y provincia desde junio de 2020, pero no la nómina real de prestaciones en el momento de publicación de dicha información.


Ello impide conocer las variaciones periódicas de altas y bajas en la prestación, que indudablemente ha de haberlas por motivos diversos: extinción por revisión de oficio, por cambio de las circunstancias que dieron lugar a la concesión,
por inserción laboral que dé lugar a la extinción de la prestación, por fallecimiento del beneficiario, etc., lo que supondría un conocimiento real y preciso de la evolución de la prestación y con ello una mejor evaluación de la misma, algo que
intencionadamente no realiza el Gobierno para intentar ocultar el fracaso de su gestión.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Publicar, con periodicidad mensual, los datos y estadísticas de la nómina real de la prestación no contributiva de la Seguridad Social de Ingreso Mínimo Vital según Comunidad Autónoma y provincia.


2. Publicar y facilitar información sobre el número de solicitudes de la prestaciones por Comunidad Autónoma y provincia, con objeto de poder conocer el porcentaje que con respecto al total de las mismas han sido aprobadas y/o rechazadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2023.-María Teresa Angulo Romero, Llanos de Luna Tobarra, Margarita Prohens Rigo y Marta González Vázquez, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/004733


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la regularización definitiva de la flota pesquera gallega y la adopción de medidas que eviten la expulsión de buques de manera inminente, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


A raíz de la entrada del Estado español en la Unión Europea, por imperativo legal desde hace ya más de 20 años, diversas normativas han intentado regularizar las embarcaciones de la flota pesquera gallega, una regularización que se lleva a
cabo desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por no tener Galiza competencias sobre la ordenación del sector pesquero, sin que se adecuen las distintas normas a la realidad de la flota, todo lo contrario, regulando de forma
contraria a la misma.


El primer procedimiento fue iniciado en el año 1999 cuando se marcaron los criterios, competencias y objetivos de la regulación. Posteriormente, la Ley 9/2007, de 22 de junio, impuesta por Bruselas, establecía criterios, actuaciones y
plazos para que las embarcaciones pesqueras y empresas navieras se inscribieran en el registro de buques y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.


La norma pretendía que el nuevo procedimiento administrativo de regularización fuera impulsado por las Comunidades Autónomas, ampliaba el plazo de regularización e instauraba la cancelación de oficio de aquellas embarcaciones que no se
hubieran acogido a la regularización. Pretendía regularizar 2.442 embarcaciones



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pesqueras pendientes de regularización por razones de distinto tipo (dimensiones, arqueo bruto, materiales y fundamentalmente potencia propulsora), estableciendo un plazo de 2 años para su regularización.


Más tarde, a través de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, en su Disposición Adicional Quinta, se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, añadiéndole el
Título VI sobre la 'Regularización de buques pesqueros en el Censo de la Flota Pesquera Operativa y en el Registro de Buques y Empresas Navieras'.


A este nuevo procedimiento podían acogerse aquellos armadores y propietarios cuyos expedientes no habían sido admitidos a trámite en la inscripción prevista por la Ley 9/2007 y que habían presentado solicitud antes de 31 de diciembre de
2007.


Aun así, esta nueva medida tampoco fue suficiente y se publicó, en menos de un año, el Real Decreto 1081/2012, de 13 de julio, que establecía una nueva regularización para las solicitudes aún pendientes, pero únicamente para aquellas que se
habían presentado en plazo con la Ley 9/2007 y que no habían sido admitidas por no aportar las bajas y para las que no habían presentado la solicitud según la misma Ley antes de 31 de diciembre de 2007 y no habían sido admitidas.


El procedimiento se demostró engorroso y tan limitado que no recogía gran parte de las múltiples casuísticas existentes y, finalmente, no acabó resolviendo la mayor parte de las solicitudes.


El pasado 29 de diciembre se publicó el Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera, que pretende refundir todos los procedimientos anteriores y unificar toda la normativa anterior y que ya está causando
una honda preocupación entre la flota gallega, especialmente su artículo 5, sobre la potencia de los buques de pesca, así como la prohibición de faenar con un buque de pesca equipado con un motor cuya potencia exceda la establecida en su licencia.


El sector asegura que existen a día de hoy muchas embarcaciones con mayor potencia de la que legalmente le pertenece lo que, evidentemente, de ser así, representaría un problema más a añadir a los muchos que ya tienen en la actualidad. Sin
embargo, se desconoce cuál es la situación real y si se ha realizado algún estudio que permita conocer de forma rigurosa cual ha sido la evolución de nuestra flota a lo largo de los distintos períodos de regularización de embarcaciones o si desde el
Ministerio, se ha elaborado algún informe que contribuya a comprender la realidad actual de la flota.


Sería de gran importancia y de mucha utilidad tener datos reales, saber que parte de la flota supera el caballaje por motivos de seguridad, para mejorar las condiciones de trabajo a bordo, la eficiencia energética, etc. Datos que servirían
para evaluar la necesidad de una regularización adaptada a la realidad de la flota gallega y a las condiciones de trabajo de sus buques, que pudiera evitar males mayores, como los que ahora amenazan su medio de vida.


En el Real Decreto también se recogen diversos aspectos relacionados con la capacidad de la flota pesquera. A este respeto, sería muy aclaratorio conocer con exactitud la capacidad de la que dispone el Estado, en GT y en CV, y, sobre todo,
se va a desarrollar alguna actuación para que esa capacidad sirva para la regularización de las embarcaciones que ahora pueden estar comprometidas o si se va a persistir en el modelo actual que viene dando pie a la especulación sobre la compra de
caballaje y capacidad en los últimos años.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


- Establecer medidas que faciliten la regularización definitiva de la flota pesquera gallega y que eviten la expulsión de buques del mar de manera inminente.


- Dar a conocer la situación real de la flota pesquera gallega después de los distintos procesos de regularización llevados a cabo hasta la actualidad.


- Transferir a la Xunta de Galiza las competencias en materia de ordenación pesquera que permitan, entre otras muchas actuaciones, llevar a cabo procesos de estas características con conocimiento real de la situación y condiciones de trabajo
de las embarcaciones y con mayor eficacia y prontitud.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la aprobación de medidas
efectivas al combustible de los buques pesqueros, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El incremento de los costes de los carburantes en la actividad del sector marítimo-pesquero y en la cadena mar industria se ha convertido en la mayor carga en las cuentas de explotación al llegar a multiplicarse por cuatro este precio,
afectando de manera más sensible a toda la actividad extractiva.


Tal y como reconoce la propia Memoria Abreviada de Impacto Normativo del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción
de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad: 'En cuanto al precio del gasóleo pesquero, este ha aumentado aproximadamente un 100% ...' en un año. Así mismo 'En la estructura productiva de este sector tienen una enorme
repercusión los precios del gasóleo, ya que alcanza en muchos casos más de un 25 % de sus consumos intermedios'.


Desde la mayoría de las representaciones del sector pesquero se ha trasladado la petición de mantener las bonificaciones existentes durante el pasado año al combustible empleado en el sector pesquero, dado que la crisis económica no ha
remitido y al incremento de costes de explotación hay que añadir la caída en las ventas y el consumo de productos pesqueros.


Además, se viene solicitando que estas ayudas se mantengan en la línea precedente de bonificación de 20 céntimos por litro, en lugar de considerarse ayudas de Estado como contempla el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.


Desde el sector pesquero se ha mostrado la sorpresa que han causado los criterios aplicados como la perdida de homogeneización vigente hasta finales de 2022. Así estos nuevos criterios sin duda pueden generar desigualdades entre buques
pesqueros que faenan en un mismo caladero, o entre empresas con uno o más buques, o incluso entre aquellos que utilicen uno u otro arte de pesca.


A ello habría que añadir las limitaciones que impone el citado Real Decreto por tratarse de ayudas de Estado, 300.000 euros máximo en el plazo de 5 años, que puede impedimentos para poder acceder a otras ayudas.


También conviene recordar que la nueva redacción excluiría de sus posibles beneficiarios a miles de buques pesqueros y auxiliares de acuicultura, también a buques de capital español abanderados fuera de España.


Sin duda, la imperiosa necesidad de que la medida entrara en vigor el 1 de enero de 2023, ante la finalización de la ayuda al gasóleo general, utilizando cauces ya existentes y en función a estimación de consumo, pone de manifiesto que no se
ha analizado en profundidad.


España sigue siendo el líder pesquero de la Unión Europea y un sector esencial cuyos costes en su producción repercuten en el consumidor. Si las medidas adoptadas por el gobierno realmente tienen por objeto la sostenibilidad del conjunto
del sector y la repercusión en el precio de los productos, tiene que adaptarse a la realidad productiva del mismo, salvo que no se pretenda sustentar a todos los productos pesqueros por igual.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aplicar fórmulas de bonificación directas al combustible de uso pesquero alternativas al tratamiento como ayudas de Estado contempladas en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, y modificar su alcance a todos los buques
incluidos en las listas 3.ª y 4.ª del Registro General de Flota Pesquera.



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2. Contemplar como beneficiarios de dichas ayudas a los buques de capital español con abanderamientos foráneos, siempre que mantengan un vínculo económico con España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Joaquín María García Díez y Jaime Eduardo de Olano Vela, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios: Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu y Grupo Parlamentario Republicano presentan, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Agricultura Pesca y alimentación, relativa a promover una regulación del cáñamo con fines industriales y
el cannabis no psicoactivo que proteja las personas cultivadoras, transformadoras, comercializadoras y usuarias, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


I


El cáñamo industrial es un cultivo centenario que cuenta con gran tradición en el agro del Estado español. Esto es debido a nuestra particular situación climática, la cual propicia las condiciones idóneas para su desarrollo.


Son por todo el mundo conocidos los usos tradicionales de esta planta, tales como la producción de fibras textiles o aceites y proteínas vegetales derivadas de sus semillas. Es además un cultivo que contribuye a la reducción del impacto
medioambiental de la agricultura al requerir un consumo bajo de recursos del suelo y tener bajas necesidades hídricas (consume 2,5 veces menos agua que el cultivo de algodón), todo lo cual ayuda a frenar la desertificación. Por otra parte, es un
cultivo excelente como posible sustituto de plantaciones excedentes y como cultivo de rotación.


Además de sus usos tradicionales, en los últimos años, se han comenzado a comercializar en toda Europa un número cada vez mayor de productos derivados del cáñamo con valores muy reducidos de tetrahidrocannabinol (THC) y concentraciones más
elevadas de otros cannabinoides, principalmente de cannabidiol (CBD), conocidos comúnmente como productos de cannabis light o cannabis no psicoactivo. Entre estos productos, podemos distinguir aquellos que se utilizan generalmente de forma
combustionada, como las sumidades floridas y las resinas, y aquellos productos que se venden como cosméticos, alimentos, bebidas, complementos alimenticios y piensos animales, entre otros. Asimismo, a raíz de este incremento de la demanda de estos
productos, han proliferado plantaciones de cáñamo en todo el territorio del Estado español, que, en determinados supuestos, implican una extracción y distribución de sumidades floridas y otros productos basados en la obtención del CBD de las mismas.


Esta circunstancia ha suscitado inquietudes a nivel político en cuanto a la situación jurídica de estos productos y en torno a los marcos normativos que son aplicables a su producción y comercialización.


II


Las convenciones de fiscalización de estupefacientes de Naciones Unidas constituyen la base de las legislaciones nacionales del control de sustancias estupefacientes. Si bien es cierto que en la Convención Única de Estupefacientes de 1961
se fiscalizaron las sumidades floridas, extractos y tinturas de la planta Cannabis sativa L, también lo es que se excluye de su aplicación al cultivo de las plantas de cannabis con fines industriales, siendo incluso un cultivo subvencionado por la
Unión Europea.


Para que este cultivo pueda ser subvencionado, han de emplearse semillas certificadas de variedades inscritas en el catálogo común de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea o de variedades que cuenten con una Autorización
Provisional de Comercialización (APC). Todas estas variedades se



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caracterizan por expresar, durante el periodo de floración en su cultivo, un contenido en THC cercano a 0,2% (la nueva Política Agraria Común eleva ese porcentaje al 0,3% de THC a partir de 2023).


Aunque la limitación establecida para el THC únicamente se aplica a la obtención de subvenciones, en la práctica, dicho límite es interpretado de forma errónea por las administraciones del Estado como una prohibición general al cultivo de la
planta.


Dado que no existe ninguna regulación que establezca esta limitación general del 0,2% de THC, un método que empieza a ser cada vez más aplicado en el ámbito jurídico español es el denominado 'Índice de psicoactividad', a través de su puesta
en práctica por parte del Instituto Nacional de Toxicología (INT) al realizar análisis de productos derivados del cáñamo en el contexto de procesos judiciales contra personas que los cultivan o comercializan. Este método se muestra como el idóneo
de cara a determinar un límite por el cual discernir entre una muestra de cáñamo no estupefaciente y una de cannabis estupefaciente. De hecho, existen actualmente multitud de resoluciones judiciales favorables de distintos tribunales de todo el
Estado (tanto sentencias como autos de archivo en fase de instrucción) fundamentadas en la aplicación del 'Índice de psicoactividad'.


Este método lo encontramos en el Protocolo ST/NAR/40 de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), que en su epígrafe 3.15 establece en qué casos las plantas de cannabis pueden ser consideradas como estupefacientes.
Para ello, se ha de ponderar la relación entre los principales cannabinoides: el THC, el Cannabinol (CBN) y el CBD, de manera que 'si la relación entre las áreas de los picos en [THC + CBN]: [CBD] es <1, entonces la planta de cannabis se considera
un tipo de fibra; y si la relación es >1, se considera un tipo de droga'.


Con este método se valora con precisión si una muestra de cannabis es o no estupefaciente. Esto es debido a que se tiene en cuenta el efecto del CBD, ya que como se recoge en la bibliografía científica especializada este cannabinoide modula
y reduce el efecto estupefaciente del THC.


III


En la Unión Europea, los nuevos usos del cáñamo y del CBD adolecen de una inconveniente falta de regulación, lo cual ha generado distintas interpretaciones normativas por parte de los Estados que la integran.


De este modo, a falta de un marco legal estable, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tuvo que arrojar luz acerca de la interpretación legal que debía hacerse sobre este principio activo. Este tribunal, con su sentencia de
fecha 19 de noviembre de 2020 (C-663/18, B. S. Y C. A.), se opuso a que un Estado limitara la comercialización de extracto de CBD producido, bajo una interpretación legal positiva, en otro Estado miembro, cuando se extrae de la planta Cannabis
sativa L. en su totalidad y no solo de sus fibras y semillas. Esta limitación supondría una vulneración del principio comunitario de reconocimiento mutuo previsto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


En esa misma sentencia, el TJUE manifiesta que el CBD no es una sustancia que pueda ser considerada estupefaciente, por lo que su extracción procedente de plantas de cáñamo no puede ser considerada ilegal, independientemente de las partes de
la planta que se utilicen para su extracción.


El fundamento jurídico que esgrime el TJUE se basa en que, además de la Convención de 1961 sobre Estupefacientes, en la que se fiscalizan partes de la planta como las sumidades floridas o las extracciones de la planta Cannabis sativa L.,
existe otro convenio internacional a tener en cuenta: el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971. En dicho convenio, se fiscalizan los principios activos estupefacientes del cannabis, entre otros muchos. El principal de ellos y el único
incluido relativo a la planta del cannabis es el THC (junto con sus isómeros y variantes estereoquímicas).


Por este motivo, el TJUE determinó que, en base a los conocimientos científicos actuales, el cannabinoide CBD no parece tener efectos psicotrópicos ni nocivos para la salud humana, además de que este principio activo no encuentra mención
alguna en los Convenios internacionales en materia de fiscalización de estupefacientes. En base a lo anterior, el CBD o cualquier otro cannabinoide distinto al THC procedente de la planta no pueden entenderse como fiscalizados, ya que, si el
espíritu del legislador hubiera sido someterlos a control, los hubiera incluido en las listas del Convenio de 1971, tal y como hizo con el THC; afirmar lo contrario atentaría contra el espíritu de ambas normas.


Esta exégesis que el TJUE hace sobre la cuestión del CBD se encuentra en consonancia con el informe emitido en 2018 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para analizar los efectos adversos y potencial de dependencia del CBD. En este
informe, la OMS concluye que el CBD, además de no estar fiscalizado como el THC de forma expresa por los convenios internacionales, no presenta un potencial adictivo ni estupefaciente.



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En definitiva, no se observa ningún efecto perjudicial en la salud, ya que no es tóxico, por lo que no se puede argumentar la limitación de su comercialización por motivos de protección de la salud pública.


A raíz de esta resolución del TJUE, se procedió a la introducción en el catálogo de ingredientes que pueden ser incluidos en productos cosméticos dentro de la Unión Europea (catálogo Cosing), de tres nuevas entradas relativas al empleo de
CBD, Cannabigerol (CBG) y CBN, para cuya obtención se requiere utilizar las sumidades floridas y la resina derivada de las mismas.


Asimismo, la Comisión Europea (CE) también reaccionó al fallo del TJUE y señaló que en el futuro ya no clasificará al CBD como estupefaciente, declarando que este principio activo puede calificarse como alimento, siempre que se cumplan
también las demás condiciones de la legislación alimentaria europea.


Así las cosas, la declaración del TJUE afirmando que el CBD no es un estupefaciente según los convenios internacionales está teniendo profundas consecuencias para la actividad legislativa de la UE, que deberá adaptarse a este criterio y
abordar la cuestión de forma armonizada en un futuro próximo.


IV


Son cada vez más los países del ámbito de la Unión Europea, así como de nuestro entorno social, cultural, político y económico, que han avanzado con la intención de adaptarse al nuevo paradigma legal en relación al cannabis no psicoactivo.


En Bélgica, a través del Service Public Fédéral, se ha anunciado que los productos para utilización de forma combustionada de origen vegetal, como las sumidades floridas de cáñamo secas que no contienen tabaco, que contienen CBD y con bajo
contenido en THC son legales y pertenecen a la categoría de 'otras hierbas para fumar'.


Asimismo, en Austria y Luxemburgo, las sumidades floridas de cáñamo se registran como productos herbales para fumar, utilizando el portal EU-CEG establecido por la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.


Por otro lado, el 30 de diciembre de 2021, Francia promulgó un Decreto (pendiente de una decisión por parte del Conseil d'État) por el que autorizaba 'el cultivo, importación, exportación y uso industrial y comercial únicamente de variedades
de Cannabis sativa L. igualmente con bajo contenido en THC y que, además, figuren en el catálogo común de variedades de especies agrícolas y hortícolas o en el catálogo oficial de especies y variedades de plantas cultivadas en Francia'. Además, el
Decreto también detalla que 'solo los agricultores activos en el sentido de la normativa europea y nacional vigente podrán cultivar las sumidades floridas y las hojas de cáñamo'.


Del mismo modo, pueden tenerse en cuenta varias consideraciones basadas en la cada vez más dilatada experiencia legislativa sobre el cannabis no psicoactivo de países de la Unión Europea, como Italia o República Checa, entre otros.


En Italia el cultivo de cáñamo se encuentra regulado desde enero de 2017, cuando entró en vigor la Ley n.º 242/2016, que promueve el cultivo de cáñamo y sus usos industriales. La finalidad de esta ley es regular el cultivo y cadena de
suministro del cáñamo. El Ministerio de Salud italiano no requiere a las personas agricultoras ninguna autorización para cultivar plantas de cáñamo que contengan un máximo de THC entre el 0,2 y el 0,6 %.


En el mismo sentido, el 1 de enero de 2022, la República Checa reguló el cáñamo, así como sus extracciones, con un THC total inferior al 1%, el cual ha dejado de ser considerado estupefaciente tras la aprobación de la Ley N.º 366/2021 Coll.,
que modifica las disposiciones de la Ley N.º 167/1998 Coll. sobre Sustancias Adictivas.


V


Al margen de la Unión Europea, existen otros países en Europa y el resto del mundo, en los que el cannabis no psicoactivo se encuentra regulado, como es el caso de Suiza.


En Suiza la regulación establece que, al igual que en República Checa, el factor decisivo para la clasificación como estupefaciente prohibido es la cantidad de THC total que contiene un producto de cannabis. Si el contenido de THC no supera
el 1% el producto está permitido, incluyendo en esta regulación las sumidades floridas, tanto para realizar extractos como para consumir como sustitutivo del tabaco. Las leyes helvéticas distinguen entre los productos de cannabis no psicoactivo que
se comercializan como materias primas y los destinados al consumidor final. Para decidir qué legislación es



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aplicable es necesario considerar todas las propiedades del producto en una evaluación general y sopesarlas caso por caso. Igualmente, en Suiza también se permite cultivar cáñamo de forma privada siempre que el contenido de THC de la
variedades empleadas igualmente sea inferior al 1%.


En materia de alimentos, Reino Unido disfruta de una clara ventaja competitiva respecto a la legislación de la UE. Su agencia gubernamental responsable de la seguridad alimentaria (Food Standards Agency) permite que las empresas continúen
vendiendo los productos de CBD que ya estaban a la venta el 13 de febrero de 2020, siempre que sean seguros, estén etiquetados correctamente y no contengan THC ni ninguna otra sustancia contemplada en la legislación sobre estupefacientes.


En Latinoamérica, cada vez son más los estados que han regulado o que están proponiendo regulaciones sobre el cannabis no psicoactivo. Podemos destacar los ejemplos de Uruguay, Perú, México y Colombia, entre otros, donde sus regulaciones
establecen como común denominador la limitación del THC al 1%.


En los últimos años, la tendencia a regular el cannabis no psicoactivo se ha observado igualmente en otros continentes, como China y Tailandia, en Asia, o Sudáfrica y Marruecos en África.


VI


Como consecuencia de todo lo anterior, se puede afirmar que existe una clara voluntad por parte de los Estados europeos tendente a regular los nuevos hábitos de consumo relativos a los productos derivados del cáñamo industrial, así como el
mercado del cannabis light o cannabis no psicoactivo. Todo ello en relación al reconocimiento del hecho de que el CBD no es un principio activo fiscalizado, en el sentido que estima el TJUE.


En el Estado español, la interpretación legal debería asimilarse a la del resto de países de nuestro entorno, para alejarnos de las interpretaciones tan restrictivas de los Convenios Internacionales de Fiscalización de Estupefacientes que,
en algunos casos, realizan nuestras administraciones.


La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) argumenta que las partes de la planta como las sumidades floridas, independientemente de que no contengan suficientes niveles de THC como para producir efectos
estupefacientes, se encuentran fiscalizadas. En efecto, la AEMPS interpreta de forma muy restrictiva los convenios internacionales sobre estupefacientes, prohibiendo las sumidades floridas solo por la forma que tienen y no por su potencial
estupefaciente, motivo este en el que debería fundamentarse este control en base al espíritu de los citados convenios.


Como consecuencia, esta institución supedita todo lo relacionado con el cultivo de cáñamo y el aprovechamiento de sus sumidades floridas y productos derivados de las mismas a una previa autorización por su parte. Esto en la práctica no es
posible y resulta, además, incongruente con las competencias de este ente, al tratarse de una cuestión agroindustrial cuya competencia debería recaer en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y en las Consejerías Autonómicas
competentes.


Del mismo modo, tanto la Fiscalía Especial Antidroga (FEA) como el MAPA se pronunciaron en este sentido el pasado año 2021. La primera, por medio de una Instrucción de su Fiscal Jefe y el segundo, a través de una nota informativa que luego
replicaron distintas Consejerías de Agricultura, como las de Andalucía, Extremadura y Cataluña. En estos documentos, hacen suya la restrictiva interpretación de la AEMPS y consideran las sumidades floridas como estupefacientes, incluso en cultivos
de variedades inscritas en el catálogo común de variedades de especies de plantas hortícolas y agrícolas con porcentaje de THC inferior al 0,2%.


VII


Mantener un enfoque restrictivo y contrario a la realidad regulatoria de la Unión Europea y del resto del mundo nos relega a una situación de atraso injustificado que no debe continuar. Pues de esta situación impeditiva se desprende pobreza
e inseguridad jurídica para las personas que producen y comercializan esta planta y sus derivados, lo cual supone un claro agravio comparativo respecto a otros países de la UE.


Por todo lo anterior, es pertinente desarrollar, a nivel estatal y en torno al concepto de cannabis no psicoactivo, un texto legal que regule todos los aspectos que afectan a las actividades del ciclo de producción de estos productos, al
igual que se ha hecho en otros países. O, como mínimo, esclarecer jurídicamente esta cuestión, y así adaptarnos a los límites fijados por la normativa europea y sus tribunales.



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Finalmente, cabe destacar que es posible desarrollar legislaciones autonómicas en base a las competencias en materia de agricultura, desarrollando las directivas europeas para el cultivo de cáñamo industrial de una manera más precisa, así
como el comercio de sus productos derivados.


Por todo ello, los grupos parlamentarios abajo firmantes elevan a la Mesa de la Cámara la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Avanzar en la regulación integral del cannabis con el objeto de dar seguridad jurídica a las actividades de producción, comercialización y consumo de productos derivados del cáñamo industrial, respetando las competencias autonómicas y
el principio de subsidiariedad en materia de la protección de la seguridad ciudadana, sanidad y agricultura.


2. Instar a la AEMPS a que realice una declaración de conformidad con la resolución del TJUE de 19 de noviembre de 2020, que tenga por objeto aclarar y hacer ostensible el compromiso y respeto que desde el Estado se tiene con el orden
jurisdiccional europeo.


3. Establecer en una futura regulación del cannabis no psicoactivo la limitación del porcentaje de THC al 1%, asegurando de esta forma la ausencia de efectos estupefacientes, así como un mayor rendimiento de los cultivos y su sostenibilidad
conforme al Pacto Verde Europeo; algo que, de no hacerse, obligaría a operar en este mercado con una desventaja clara respecto de otros países de nuestro entorno.


4. Clarificar la plena competencia sobre el cultivo de cáñamo de las autoridades autonómicas competentes en materia de agricultura y, en concreto, para la tramitación de las declaraciones de cultivo de cáñamo con fines industriales y
hortícolas. Lo anterior con relación no solo a sus usos tradicionales, sino también a la producción y comercio de todas las partes de la planta de cáñamo, incluidas las sumidades floridas sin efectos estupefacientes, ya sea para su comercialización
como 'hierbas para fumar' o para la extracción de sus cannabinoides no estupefacientes como el CBD.


5. Estar observantes a los avances que se están realizando a nivel europeo para implementar diligentemente un marco legal sobre todos los alimentos derivados del cáñamo, incluso con contenido en CBD y otros cannabinoides que carezcan de
efecto estupefaciente, tomando en cuenta, en su caso, los procesos de autorización de nuevos alimentos.


6. Armonizar el proceso de inspección, fiscalización y análisis de los cultivos de derivados de la planta del cáñamo a través de las autoridades autonómicas competentes en materia de agricultura, mediante métodos no intrusivos ni
destructivos para los cultivos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Marta Rosique i Saltor, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.-Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


Comisión de Cultura y Deporte


161/001055


Mediante escrito de fecha 23 de enero de 2023 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Plural la Proposición no de Ley relativa a favorecer la igualdad en el deporte profesional femenino, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados',
serie D, núm. 114, de 30 de junio de 2020.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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Comisión de Política Territorial


161/004737


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Emilio Jesús del Valle Rodríguez, don Onofre Miralles Martín, don Eduardo Luis Ruiz Navarro, doña Inés María Cañizares Pacheco, don Pablo Sáez Alonso-Muñumer, don Juan Carlos Segura Just y don Andrés
Alberto Rodríguez Almeida, en sus respectivas condiciones de Portavoz sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente
Proposición no de Ley para la ampliación a todas las víctimas de violencia doméstica del objeto de protección dispensada por las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y las Unidades de Violencia sobre la Mujer de las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, para su discusión en la Comisión de Política Territorial.


Exposición de motivos


Primero. La administración periférica.


La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (la 'Ley 40/2015') regula lo relativo a la organización, funcionamiento y competencias de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que pertenecen a lo que se
conoce como Administración periférica o Administración General del Estado en el territorio.


Así, según queda redactado en el artículo 72 y siguientes de la Ley 40/2015, corresponde a los titulares de las Delegaciones del Gobierno, principalmente, la representación del Gobierno de la Nación en cada una de las regiones españolas, así
como la dirección y supervisión de la Administración General del Estado en el territorio de las respectivas regiones, entre otras funciones.


La estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno está formada por una secretaría general, como órgano de gestión de los servicios comunes, y los distintos servicios integrados en el departamento. Estos servicios son de muy
variada índole: desde control sanitario en fronteras y atención a los ciudadanos hasta asuntos de economía y desarrollo social o con la protección ciudadana y derechos de los ciudadanos. Pero, en particular, interesa a esta iniciativa otro de los
servicios incardinados en estos órganos territoriales: las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y las Unidades contra la Violencia sobre la Mujer.


Segundo. Las unidades de coordinación contra la violencia sobre la mujer y las unidades de violencia sobre la mujer.


Las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y las Unidades de Violencia sobre la Mujer fueron creadas en 2007 en el seno de las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares. Se
encuentran adscritas a la Secretaría General de cada uno de estos órganos con el objeto de 'realizar en su respectivo ámbito territorial el seguimiento de la violencia de género y de la respuesta institucional para la protección y recuperación
integral de quienes la sufren' 10, así como de la trata de mujeres y niñas confines de explotación sexual, la mutilación genital femenina y los matrimonios forzados 11.


Esto es, se trata de un órgano plenamente integrado en la Administración periférica del Estado con más de 15 años de funcionamiento y que, por ese bagaje, debería haber arrojado resultados significativos. Sin embargo, los escasos frutos de
estas unidades saltan a la vista: no han logrado, como pretendían desde su fundación, erradicar la denominada 'violencia de género'. Según se desprende de los datos oficiales, estas unidades no han logrado la meta de reducir a la nada el número de
víctimas mortales 12:


10 https://mpt.gob.es/dam/es/portal/delegaciones_gobiemo/informe-evaluación/informe-evaluacion-2020/Informe-Evaluaci-n-completo.pdf#page=1


11 https://violenciagenero.igualdad.gob.es/instituciones/unidades/docs/InstruccionConjunta.pdf


12 https://violenciagenero.igualdad.gob.es/vioIenciaEnCifras/victimasMortales/fichaMujeres/2022/VMortales/2022_12_19.pdf



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Tercero. La necesidad de ensanchar el objetivo en el combate contra todo tipo de violencias.


A pesar de contar con ingentes presupuestos destinados a este fin, la realidad es que la violencia que el Gobierno denominada 'de género' se encuentra lejos de desaparecer en España. No en vano, la legislación en materia de 'violencia de
género' se fundamenta en una razón de base totalmente inconstitucional: al destinarse de manera específica solo a erradicar un tipo de violencia, se viola el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución.


Es más adecuado afrontar la violencia desde el ámbito de la violencia doméstica. Se trata este último de un concepto más amplio y menos excluyente que el de violencia 'de género', siendo que este último se centra únicamente en la violencia
hacia las mujeres por parte de varones que sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.


La razón por la que ha de ampliarse el espectro de la lucha a la violencia doméstica estriba, principalmente, en proteger a un mayor número de potenciales víctimas en un ámbito como el doméstico, en el que los poderes públicos deben
igualmente intervenir para atajar estos casos.


En tanto no se derogue la legislación en materia de 'violencia de género' y se sustituya por normas que, en igualdad de condiciones, persigan todas las clases de violencias en el ámbito doméstico, conviene que las Administraciones Públicas
centren sus servicios en la violencia doméstica en vez de la denominada 'violencia de género' por estrictas razones de eficiencia y eficacia social.


Al perseguir la violencia doméstica, además, no solo se beneficiarían las mujeres al ampliar el espectro de los posibles agresores, sino a los varones de todos los rangos de edad, especialmente los ancianos y los menores. Del mismo modo,
abordar el problema desde un enfoque global y ampliar la mirada sobre la variedad de posibles agresores y víctimas que pueden estar involucrados en el complejo entramado de relaciones violentas que pueden tener lugar en el entorno doméstico
reportaría numerosos beneficios.


De esta manera, las Administraciones Públicas cumplirían con su misión de servicio público a la mayoría social, abandonando el cariz ideológico y sectario que impregna toda la violencia denominada 'género':


- En primer lugar, por el número de víctimas, puesto que existen más potenciales víctimas de violencia doméstica (menores, madres, padres, parientes, parejas, ancianos ...) que de la denominada violencia 'contra la mujer', todas ellas dignas
y merecedoras de especial respeto y protección.


- En segundo lugar, por una cuestión de justicia, por cuanto lo loable es ampliar al mayor número de personas el acceso a unos servicios que ayuden a las víctimas de cualquier tipo de agresiones en el ámbito familiar. De lo contrario, se
incurre en un injusto ejercicio de discriminación contra ciertas víctimas. Existen, de esta manera, víctimas de primera y de segunda. Lo razonable, así, es reconocer a todas las víctimas por igual, independientemente del origen de la violencia en
el ámbito doméstico.


En definitiva, con esta modificación se apuesta por abordar este grave problema desde una aproximación más amplia y eficaz y aglutinar un mayor número de potenciales víctimas en el ámbito doméstico, abarcando mayor terreno en la lucha de las
Administraciones Públicas contra cualquier clase de violencia y acercando los recursos económicos de los españoles a sus problemas reales, y no al servicio particular de ninguna ideología.


Cuarto. Conclusión.


Las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares deben ampliar el espectro de protección de potenciales violencias cometidas en el ámbito doméstico y abandonar la



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excluyente perspectiva de la 'violencia de género', que se ha demostrado, además, manifiestamente ineficaz. Las Administraciones Públicas deben perseguir todo tipo de violencias cometidas en el ámbito doméstico, y no únicamente una clase de
ellas.


En conclusión, el Estado debe dar un paso al frente y ampliar al resto de violencias cometidas en el ámbito doméstico el destino de los recursos públicos para paliar este fenómeno perverso. De hacerlo, las Administraciones Públicas servirán
mejor a los españoles y combatirán con mayor tino esta grave lacra social.


Por todo ello, en tanto no se derogue la legislación vigente en materia de 'violencia de género' y se promulgue una ley de violencia doméstica que persiga todas las violencias cometidas en el ámbito doméstico, se solicita al Gobierno que
redirija el foco desde las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y las Unidades de Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones del Gobierno, las Subdelegaciones del Gobierno y las Direcciones Insulares hacia la verdadera lucha
contra la violencia doméstica.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Impulsar la inmediata derogación de la legislación en materia de 'violencia de género', así como su sustitución por normas que luchen contra la violencia doméstica.


2. En tanto este cambio normativo no se produzca, fomentar que las Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer y las Unidades de Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones del Gobierno y
Direcciones Insulares atiendan por igual a todas las víctimas que produzcan en el ámbito doméstico luchando, así, contra toda clase de violencias cometidas sin discriminación de ningún tipo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Onofre Miralles Martín, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Inés María Cañizares Pacheco, Pablo Sáez Alonso-Muñumer, Juan Carlos Segura Just y Andrés
Alberto Rodríguez Almeida, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/004732


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para promover medidas que garanticen la protección a los menores
en las redes sociales, para su debate en la Comisión de derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


No cabe duda de que las Redes Sociales son un fenómeno que, contando con más de 10 años de edad en algunos casos, aún son, en cierto modo, desconocido en lo que a implicaciones jurídicas, pautas, límites y responsabilidades que se derivan de
la actuación en las mismas se refiere; siendo este desconocimiento e incertidumbre aún mayor cuando los protagonistas, ya sea directa o indirectamente, son menores de edad.


En los últimos años, los niños influencers, considerados como tal aquellos menores con un gran número de seguidores en las redes sociales, han canalizado a una buena parte de la industria publicitaria en este medio. La presencia de menores
en redes sociales es un fenómeno creciente, hasta el punto de que -según un ranking de Forbes- la estrella de YouTube mejor pagada en 2019 fue un niño de 8 años, cuyas ganancias ascendieron a nada menos que 26 millones de dólares. Los vídeos con la
presencia de niños en ellos promedian casi tres veces más vistas que otros tipos de vídeos de canales con muchos suscriptores, según un estudio del Pew Research Center realizado este año.



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En algunos de estos casos, y debido a la falta de previsiones legales adecuadas que regulen la exposición de los menores, estos pueden hallarse bajo un grave riesgo de explotación ya que, en este ámbito en concreto, carecen del derecho legal
a los ingresos que generan, o de condiciones de trabajo adecuadas a su edad. Leah Plunkett, subdecana de experiencia y tecnología del aprendizaje de la Facultad de Derecho de Harvard y autora de 'Compartir material familiar en redes sociales: por
qué debemos pensar antes de hablar sobre nuestros hijos en Internet' ha señalado que 'En muchos casos, los niños que participan en el 'sharenting comercial' (fenómeno que se define como la práctica de los padres de compartir en las redes sociales la
imagen de los menores con fines comerciales) son demasiado pequeños para comprender lo que ocurre o para dar algún tipo de consentimiento o participación consciente'.


Tratando de hacer frente a los peligros y retos que el empleo de menores con fines comerciales conlleva, y de remediar el vacío legal existente, Francia promulgó en el año 2020 una normativa específica (Ley n.° 2020-126 6, de 19 de octubre
de 2020, sobre la explotación comercial de la imagen de menores de dieciséis años en las plataformas en línea). La nueva regulación entró en vigor en abril de 2021, tratando de garantizar una participación adecuada de los menores en redes sociales
y de evitar la explotación, también por parte de sus progenitores, de influencers menores de edad en las plataformas. Con ello Francia buscaba otorgar a estos niños la protección que la normativa laboral dispensa en el país a los actores y modelos
menores de edad.


En lo que respecta a los menores de 13 años, han sido las propias redes sociales las que han impuesto una edad mínima para poder registrarse. Véase en Instagram, Tik Tok o Snapchat, donde la edad mínima es de 13 años; mientras que otras
redes sociales como Facebook o YouTube han fijado la edad mínima a los 14. Teniendo en cuenta que han sido las propias redes sociales las que han establecido edades mínimas para el uso de sus aplicaciones, se debería, desde la propia legislación,
regular la edad mínima para el uso de las mismas.


Teniendo en cuenta que el fenómeno de los menores influencers, es una cuestión creciente en nuestro país, y atendiendo a la posición que otros países de nuestro entorno están tomando en esta cuestión, deberíamos, desde los poderes públicos,
poner en marcha los trámites necesarios para garantizar la adecuada protección de los menores en el entorno de las redes sociales.


Por todo ello, desde el Grupo Ciudadanos se propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar los trámites necesarios para el impulso de una Ley para la protección de la imagen de los menores en redes sociales, que contenga las siguientes obligaciones mínimas:


1. La obligación de toda persona, incluidos los progenitores, que graben vídeos en los que aparezca como sujeto principal un menor de 16 años, con la intención de monetizarlo y los compartan en plataformas de intercambio de vídeos, de
obtener una autorización previa de la autoridad administrativa competente.


En el caso de menores de 13 años, toda persona, incluidos los progenitores, tendrá obligación de obtener dicha autorización cuando se publique cualquier tipo de contenido en el que estos aparezcan.


2. En el supuesto de que los ingresos (directos e indirectos) derivados de la difusión de estos contenidos superen determinados umbrales, que a tal efecto se establezcan en la legislación, los progenitores deberán declarar las actividades
de sus hijos y, en su caso, consignar las ganancias hasta que el menor cumpla la mayoría de edad.


3. Establecer la obligación de los anunciantes que emplacen en un programa, o cualquier otro formato audiovisual, difundido en una plataforma de intercambio de vídeo, un producto en el que el interviniente principal sea un menor de 16 años,
de comprobar si el dinero derivado de la comercialización del vídeo en el que aparezca el menor se destina a la persona responsable de su emisión o a la cuenta bloqueada del menor, enfrentándose en caso contrario a las sanciones económicas
dispuestas al efecto.


4. Garantizar que las plataformas de intercambio de vídeos proporcionen información adecuada sobre sus derechos a los menores, tratando igualmente de concienciarlos sobre el impacto psicológico y legal que pueda tener la publicación de su
imagen en línea. También deberán facilitar a los menores de 16 años la posibilidad de pedir la retirada de los vídeos en los que aparezcan, incluso sin la autorización previa de sus progenitores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.- Sara Giménez Giménez, Diputada.- Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 36





Comisión sobre Seguridad Vial


161/004743


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la inclusión de la seguridad vial en la cooperación internacional, para su
debate y votación en la Comisión sobre Seguridad Vial.


Exposición de motivos


Los accidentes de tránsito y sus dramáticas consecuencias son un problema grave en la región de Latinoamérica y Caribe.


Cada año fallecen del orden de 110.000 personas en estas zonas con un coste económico estimado por la Organización Mundial de la Salud del 3% del PIB de estos territorios.


La progresión de los datos, no son buenos en la región, donde no solo no se ha cumplido con el objetivo de reducir los fallecidos en un 50% fijado para el Primer decenio de acción por la Seguridad Vial 2011-2020 y en la Agenda 2030, sino que
el número de personas fallecidas en siniestros ha aumentado desde 2010.


El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha iniciado el proceso de consulta previa para la elaboración del VI Plan Director de la Cooperación Española que debe marcar nuestra estrategia de cooperación al desarrollo
sostenible para los próximos años.


En el anterior Plan Director, la seguridad vial no estaba contemplada entre las materias susceptibles de promover proyectos de cooperación en Latinoamérica y Caribe, por lo que se podrían firmar acuerdos bilaterales con algunos de los países
socios.


España constituye un reconocido referente mundial en materia de seguridad vial. Cuenta con un importante tejido de empresas, fundaciones y organizaciones con amplia experiencia en el asesoramiento y el acompañamiento a los países de
Latinoamérica y el Caribe, y en la implementación de planes y medidas dentro de sus políticas de seguridad vial.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a tomar las medidas oportunas, para introducir en el marco de los resultados de los MAP y en el diálogo de políticas con los países de renta media y avanzada de América Latina y
Caribe, la posibilidad de colaborar en la política de seguridad vial, dentro de los sectores de la salud, el transporte y las ciudades habitables.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Maribel García López, Manuel Arribas Maroto, Daniel Senderos Oraá, Adolfo Pérez Abellás, José Carlos Díaz Rodríguez, Natividad González Laso, Rafael José Vélez y María Guijarro
Ceballos, Diputados.-Esther Padilla Ruiz e Isaura Leal Fernández, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/004744


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la implantación de medidas económicas que incentiven la incorporación de
planes de seguridad vial, dentro de los planes de la seguridad laboral, para su debate en la Comisión sobre Seguridad Vial.



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Exposición de motivos


Según se desprenden en sucesivos informes y estudios, el 35,9% del total de los accidentes laborales que se producen en España se sitúan en los desplazamientos a los centros de trabajo o en su defecto motivados por los recorridos realizados
dentro del horario laboral.


El cometido de las empresas es el de procurar la seguridad de sus trabajadores en el desempeño de su trabajo; entendiendo que el trayecto o desplazamiento también forma parte de su jornada laboral.


Por todo ello, es necesario que las empresas cuenten con planes de prevención y formación en seguridad vial, evitando en la medida de lo posible los accidentes de tráfico derivados del desempeño de su trabajo, y en especial en todas aquellas
personas trabajadoras cuya función es la de trasladar a usuarios en las flotas de vehículos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Estudiar la implementación de medidas económicas que incentiven la implantación de planes de seguridad vial, dentro de los planes de seguridad laboral de las empresas.


2. Incentivar los planes de movilidad y de formación como una herramienta para garantizar la salud laboral en las empresas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Manuel Arribas Maroto, Maribel García López, Juan Francisco Serrano Martínez, Adolfo Pérez Abellás, José Carlos Díaz Rodríguez, Natividad González Laso, Rafael José Vélez, Ignacio
López Cano, José Ramón Ortega Domínguez, Joan Ruiz i Carbonell, Alfredo Sancho Guardia, Daniel Senderos Oraá, David Serrada Pariente y Esther Peña Camarero, Diputados.-Esther Padilla Ruiz e Isaura Leal Fernández, Portavoces del Grupo Parlamentario
Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/002084


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Patricia Rueda Perelló, doña Patricia de las Heras Fernández, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, don Onofre Miralles Martín, don Rubén Darío Vega Arias y don Juan Carlos Segura Just, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



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Texto:


¿Qué seguimiento se está realizando de la implantación y aplicación del mecanismo de compensación por rentas dejadas de percibir y gastos corrientes de la vivienda en caso de suspensión de desahucio creado por el Real Decreto-ley 37/2020, de
22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Patricia Rueda Perelló, Patricia de la Heras Fernández, Cristina Alicia Esteban Calonje, Onofre Miralles Martín, Rubén Darío Vega Arias y Juan Carlos Segura Just, Diputados.


181/002085


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Patricia Rueda Perelló, doña Patricia de las Heras Fernández, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, don Onofre Miralles Martín, don Rubén Darío Vega Arias y don Juan Carlos Segura Just, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Texto:


¿Cuáles son las actividades definidas y el calendario de ejecución del proyecto de la Travesía Central de los Pirineos de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión Europea para la Red Global de la Red TEN-T4?.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Patricia Rueda Perelló, Patricia de la Heras Fernández, Cristina Alicia Esteban Calonje, Onofre Miralles Martín, Rubén Darío Vega Arias y Juan Carlos Segura Just, Diputados.


181/002086


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Patricia Rueda Perelló, doña Patricia de las Heras Fernández, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, don Onofre Miralles Martín, don Rubén Darío Vega Arias y don Juan Carlos Segura Just, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Texto:


¿Cuál es el estado actual del proyecto de la Travesía Central de los Pirineos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Patricia Rueda Perelló, Patricia de la Heras Fernández, Cristina Alicia Esteban Calonje, Onofre Miralles Martín, Rubén Darío Vega Arias y Juan Carlos Segura Just, Diputados.



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Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/002091


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Patricia Rueda Perelló, doña María de la Cabeza Ruiz Solás, doña Mireia Borrás Pabón, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida y don José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo.


Texto:


Teniendo en cuenta los errores cometidos en el desarrollo del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico ('PERTE-VEC'), ¿qué medidas va a adoptar el Gobierno?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Patricia Rueda Perelló, María de la Cabeza Ruiz Solás, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados.


181/002092


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Patricia Rueda Perelló, doña María de la Cabeza Ruiz Solás, doña Mireia Borrás Pabón, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida y don José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo.


Texto:


¿En qué estado se encuentra el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de descarbonización industrial?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-Patricia Ruedo Perelló, María de la Cabeza Ruiz Solás, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/002093


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Diputado don Joaquín García Díez.


Texto:


¿Qué medidas o planes articula el Gobierno para facilitar el relevo generacional y la incorporación de profesionales a la actividad pesquera?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Joaquín María García Díez, Diputado.



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181/002094


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados don Ricardo Chamorro Delmo, don Rubén Darío Vega Arias, doña María Magdalena Nevado del Campo, don Luis Gestoso de Miguel y don Manuel Mariscal Zabala, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Texto:


¿Qué medidas tiene previsto impulsar el Gobierno para proteger al sector productor español (vino, cervezas y otras) y, en especial, al sector vitivinícola español por su importancia socioeconómica y cultural en España, ante la decisión de
Irlanda de incluir advertencias sanitarias en el etiquetado de las bebidas alcohólicas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2023.-Ricardo Chamorro Delmo, Rubén Darío Vega Arias, María Magdalena Nevado del Campo, Luis Gestoso de Miguel y Manuel Mariscal Zabala, Diputados.


Comisión de Cultura y Deporte


181/002090


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Mireia Borrás Pabón y don José Ramírez del Río, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Cultura y Deporte


Texto:


¿Conocía el Ministerio de Cultura y Deporte que las prórrogas del contrato de don Manuel Borja-Villel como director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS) incumplían la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo
Nacional Centro de Arte Reina Sofía?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2023.-Mireia Borrás Pabón y José Ramírez del Río, Diputados.


Comisión de Igualdad


181/002087


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputadas doña Carla Toscano de Balbín y doña Lourdes Méndez Monasterio, Diputadas del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Igualdad.



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Texto:


¿Cuáles han sido las principales deficiencias de las normas impulsadas desde su Ministerio durante la presente Legislatura, en lo tocante a la erradicación de la violencia que sufren las mujeres?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2023.-Carla Toscano de Balbín y Lourdes Méndez Monasterio, Diputadas.


181/002088


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputadas doña Carla Toscano de Balbín y doña Lourdes Méndez Monasterio, Diputadas del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Igualdad.


Texto:


¿En qué porcentaje calcula el Ministerio de Igualdad que se reducirá el número de mujeres maltratadas en nuestro país gracias a la aprobación de la 'Estrategia estatal para combatir las violencias machistas 2022-2025'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2023.-Carla Toscano de Balbín y Lourdes Méndez Monasterio, Diputadas.


181/002089


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputadas doña Carla Toscano de Balbín y doña Lourdes Méndez Monasterio, Diputadas del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Igualdad.


Texto:


¿Cuáles han sido las principales deficiencias de las políticas públicas adoptadas por su Ministerio durante la presente Legislatura, en lo referente a la erradicación de la violencia que sufren las mujeres?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2023.-Carla Toscano de Balbín y Lourdes Méndez Monasterio, Diputadas.



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PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/100748


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Martínez Ferro, María Valentina (GP) Hispán Iglesias de Ussel, Pablo (GP) Hoyo Juliá, Belén (GP)


Comienzo de una agenda de doña Coromoto Godoy Calderón, en calidad de Embajadora de Venezuela en España, antes de serlo oficialmente.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la incorporación de firma contenida en el escrito número de registro 253288, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña María Valentina Martínez Ferro, Diputada por A Coruña, don Pablo Hispan Iglesias de Ussel, Diputado por Granada, y doña Belén Hoyo Julia, Diputada por Valencia, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de
lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean obtener respuesta por escrito.


Desde el 18 de enero, Coromoto Godoy Calderón, es la nueva embajadora de Venezuela en España, hasta esa fecha, era encargada de negocios de la Embajada. Esta designación, surge después de que el Gobierno de España decidiera elevar el rango
de Ramón Santos de encargado de negocios a embajador de España en Venezuela. Godoy Calderón ha dicho que difundirá la verdad de Venezuela, en el marco de lo establecido en la diplomacia 'bolivariana'.


- Según informaciones públicas de la Embajada de Venezuela, desde el 16 de enero, Coromoto Godoy comenzó una agenda en calidad de embajadora, ¿es aceptable que se lleve una agenda en calidad de embajadora sin serlo oficialmente?


- ¿Cuáles son las perspectivas de trabajo que tiene el Gobierno con la embajadora de Venezuela?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-María Valentina Martínez Ferro, Pablo Hispán Iglesias de Ussel y Belén Hoyo Juliá, Diputados.



Página 43





184/100750


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Martínez Ferro, María Valentina (GP) Hispán Iglesias de Ussel, Pablo (GP) Hoyo Juliá, Belén (GP)


Posible intermediación del expresidente Rodríguez Zapatero para que el exministro venezolano don Miguel Rodríguez Torres haya sido excarcelado y posteriormente exiliado en nuestro país.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la incorporación de firma contenida en el escrito número de registro 253288, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña María Valentina Martínez Ferro, Diputada por A Coruña, don Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Diputado por Granada y doña Belén Hoyo Juliá, Diputada por Valencia, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de
lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean obtener respuesta por escrito.


El 22 de enero, autoridades del régimen chavista en Venezuela, liberaron a Miguel Rodríguez Torres, exministro del Interior y Justicia de Maduro y hombre de confianza de Hugo Chávez. En un comunicado, la familia de Rodríguez Torres
agradeció al expresidente Rodríguez Zapatero por su intermediación para que el exministro venezolano fuera excarcelado y posteriormente, exiliado en nuestro país.


- ¿Solicitó el expresidente Zapatero al Gobierno de España realizar gestiones con el régimen de Maduro para excarcelar a Rodríguez Torres?


- ¿Cuál es el papel que juega el Gobierno de España en los viajes del expresidente Zapatero a Venezuela? ¿Qué servicios se le otorgan?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-María Valentina Martínez Ferro, Pablo Hispán Iglesias de Ussel y Belén Hoyo Juliá, Diputados.



Página 44





184/100751


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Martínez Ferro, María Valentina (GP) Hispán Iglesias de Ussel, Pablo (GP) Hoyo Juliá, Belén (GP)


Eliminación de las residencias humanitarias para los ciudadanos venezolanos que huyen del régimen dictatorial chavista en busca de oportunidades en nuestro país.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la incorporación de firma contenida en el escrito número de registro 253288, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña María Valentina Martínez Ferro, Diputada por A Coruña, don Pablo Hispan Iglesias de Ussel, Diputado por Granada, y doña Belén Hoyo Julia, Diputada por Valencia, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de
lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desea obtener respuesta por escrito.


Tras el nombramiento del nuevo embajador de España en Venezuela y el de la nueva embajadora de Venezuela en España, ha trascendido información respecto a que, el Gobierno de España eliminará las residencias humanitarias para los ciudadanos
venezolanos que huyen del régimen dictatorial chavista, en busca de oportunidades en nuestro país.


- ¿Cuándo dejaran de emitirse este tipo de residencias?


- ¿Qué pasará con los ciudadanos venezolanos que se encuentran en nuestro país y están en espera de cumplir los requisitos para que les sea otorgada la residencia?


- ¿Esto ha sido una condición del régimen de Maduro?


- ¿Cuáles han sido todos los acuerdos a los que se ha comprometido España con el régimen de Maduro desde la reunión entre el ministro Albares y Carlos Faria, en septiembre de 2022?


- ¿Ha dejado de ser Venezuela una dictadura?


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2023.-María Valentina Martínez Ferro, Pablo Hispán Iglesias de Ussel y Belén Hoyo Juliá, Diputados.