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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 284, de 02/06/2021
cve: BOCG-14-D-284 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


2 de junio de 2021


Núm. 284



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/002669 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la promoción de la independencia política y neutralidad institucional del Centro de Investigaciones Sociológicas ... (Página8)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002581 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Republicano, Plural y Vasco (EAJ-PNV), relativa al acuerdo trilateral de 9 de noviembre de 2020 relativo al cese del conflicto armado en Nagorno-Karabaj (ARTSAJ).
Incorporación de firma ... (Página12)


161/002635 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a implementar un Plan Integral de Migraciones ... (Página13)


161/002656 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la imposición de sanciones a Israel por crímenes de guerra contra la población palestina ... (Página15)


161/002659 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas urgentes en defensa de España frente a la agresión sufrida por parte de Marruecos en Ceuta ... href='#(Página16)'>(Página16)


161/002686 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Euskal Herria Bildu, Republicano y Plural, relativa a la emergencia humanitaria en Gaza y la escalada de
violencia en Cisjordania y Jerusalén ... (Página19)


Comisión de Defensa


161/002622 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la promoción de la investigación de la tecnología hipersónica y sus aplicaciones civiles y militares ... (Página21)


Comisión de Hacienda


161/002494 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la mejora del funcionamiento del mercado de operadores de productos petrolíferos al por mayor de cara a reducir el fraude y permitir la libre competencia.
Retirada ... (Página25)



Página 2





161/002623 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover la derogación de la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales ... (Página25)


161/002624 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre los incentivos fiscales a las producciones cinematográficas en Canarias ... (Página28)


161/002630 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a ampliar, como mínimo cuatro años, el plazo de vencimiento de todas aquellas operaciones financieras formalizadas por
Corporaciones Locales en situación de riesgo financiero con el Fondo de Financiación a Entidades Locales ... (Página29)


161/002632 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la liquidación de los Entes Locales en 2022 y 2023 respecto a las entregas a cuenta de 2020 y 2021 ... (Página30)


161/002648 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a modificar la normativa existente sobre subvenciones y ayudas ... (Página31)


161/002649 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre incentivos fiscales a la I+D+i ... (Página32)


Comisión de Interior


161/002618 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la modificación de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo ... href='#(Página34)'>(Página34)


161/002634 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a implementar un Plan Integral de Migraciones ... (Página35)


161/002658 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el mantenimiento compartido del ejercicio formal de la competencia de tráfico en la Comunidad Foral de Navarra, entre la Policía Foral de Navarra y la
Guardia Civil, en el marco de las negociaciones para la transferencia de dicha competencia a la Comunidad Foral ... (Página37)


161/002675 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la vacunación de la Seguridad privada ... (Página38)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002619 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a liderar la aplicación del Certificado Verde Digital COVID-19 de la Unión Europea ... (Página40)


161/002647 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a establecer las líneas estratégicas del ferrocarril en España y las actuaciones necesarias para desarrollarlas ... href='#(Página42)'>(Página42)


161/002650 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la inclusión de las inversiones del AVE Madrid-Talavera de la Reina en el Plan de Recuperación 2021-2023 ... href='#(Página43)'>(Página43)


161/002652 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar la variante ferroviaria exterior de Alta Velocidad de Ourense ... (Página44)


161/002653 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al soterramiento del AVE en Talavera de la Reina ... (Página46)



Página 3





161/002654 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno al replanteamiento de la construcción de un parque fotovoltaico en Marratxí, Illes Balears ... href='#(Página47)'>(Página47)


161/002660 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre elaboración de un Atlas sobre la pandemia COVID-19 en España ... (Página48)


161/002666 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre un ferrocarril público, sostenible, vertebrador e integrado para todo el territorio aragonés ... (Página49)


161/002667 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impedir que se establezca un impuesto sobre el uso del transporte aéreo y a que se estudien medidas alternativas para conseguir reducir las emisiones de
CO2 del sector aéreo sin perjudicar la economía de los usuarios ... (Página50)


161/002672 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre impulso y dotación presupuestaria para la autovía Linares-Albacete a su paso por la provincia de Albacete ... href='#(Página54)'>(Página54)


161/002673 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre impulso y dotación presupuestaria para la construcción del tercer carril de la autovía A-31 entre Albacete y Chinchilla ... href='#(Página55)'>(Página55)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/002633 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a implementar un Plan Integral de Migraciones ... (Página56)


161/002657 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre apoyo integral a los trabajadores autónomos ... (Página58)


161/002678 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a rechazar la aprobación de la propuesta del sistema de cotización por ingresos reales para trabajadores por cuenta propia anunciada por
el Gobierno ... (Página59)


161/002685 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos ... (Página61)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/002664 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la articulación inmediata de un Programa extraordinario de viajes y experiencias turísticas denominado '¡Disfruta España!', como medida
de estímulo al relanzamiento de la actividad turística nacional desde la temporada de verano de 2021, así como la recuperación urgente de los Programas del Imserso de turismo social ... (Página62)


161/002671 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a un Plan Integral de Recuperación del Turismo ... (Página64)


161/002681 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre apoyo urgente al sector del ocio nocturno español ... (Página66)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002621 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre promoción y fomento de la familia y la natalidad como solución a la crisis demográfica en España ... (Página68)



Página 4





161/002626 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la superación de la inequidad territorial existente en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) ... href='#(Página75)'>(Página75)


161/002628 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al fomento y protección de los Centros de Educación Especial ... (Página77)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/002682 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impacto de la nueva metodología de cálculo de los costes eléctricos sobre la agricultura de regadío ... href='#(Página84)'>(Página84)


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/002683 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a revertir el proceso de despoblación a través de la deslocalización de organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General
del Estado de nueva creación ... (Página85)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/002629 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación de la termita subterránea oriental (Reticulitermes flavipes) ... href='#(Página87)'>(Página87)


161/002665 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la retirada del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por el que se impugna
la Orden de 21 de diciembre de 2020 por la que se aprueba el Plan general de explotación marisquera para el trienio 2021-2023 ... (Página88)


161/002670 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación del siluro (Silurus glanis) en España ... href='#(Página90)'>(Página90)


161/002680 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la conservación de la tórtola europea en España ... (Página92)


Comisión de Cultura y Deporte


161/002679 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a incluir a las galerías de arte en el listado de actividades susceptibles de recibir ayudas directas en respuesta a la pandemia ... href='#(Página93)'>(Página93)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/002631 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre incentivo a la producción audiovisual canaria ... (Página94)


161/002636 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la utilización de Blockchain ... (Página96)


161/002637 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar la digitalización en la Administración Pública española ... (Página99)


161/002638 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la mejora de la financiación y fiscalidad de las PYMES españolas ... (Página101)



Página 5





161/002640 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso de los sistemas basados en Inteligencia Artificial y Big Data en España ... (Página104)


161/002641 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la regulación de Internet de las cosas y computación en la nube en España ... (Página107)


161/002642 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar el sector de las aeronaves no tripuladas ... (Página109)


161/002643 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre impulso del vehículo conectado y parcialmente automatizado en España ... (Página111)


161/002644 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la protección de los derechos digitales y protección del menor en España ... (Página113)


161/002645 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar la formación en competencias digitales de los empleados públicos ... (Página115)


161/002646 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a modernizar la tecnología y digitalizar los procedimientos administrativos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ... href='#(Página116)'>(Página116)


161/002676 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso de las infraestructuras y comunicaciones electrónicas en España ... (Página117)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/002617 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a liderar la aplicación del Certificado Verde Digital COVID-19 de la Unión Europea ... (Página118)


161/002625 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la revisión y reformulación de la vacunación en varones contra el virus del Papiloma Humano ... (Página120)


161/002663 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a adoptar las medidas necesarias para bajar los aumentos desproporcionados de los precios de la luz y el gas ... href='#(Página122)'>(Página122)


161/002684 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la vacunación urgente de ciudadanos españoles y residentes legales en Ceuta y Melilla ... (Página123)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/002662 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la participación en el proyecto solidario de vacunación contra la COVID-19 en Cuba ... (Página124)


Comisión de Igualdad


161/002661 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la modificación del Real Decreto 326/2021 que impide a las mujeres con endometriosis ingresar en la Policía Nacional ... href='#(Página126)'>(Página126)



Página 6





Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/002668 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al efectivo cumplimiento del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración
ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado ... (Página127)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/002677 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la mejora de la seguridad vial en la N-VI a su paso por Coirós ... (Página130)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Asuntos Exteriores


181/001070 Pregunta formulada por el Diputado don Alberto Asarta Cuevas (GVOX), sobre previsiones acerca de exigir a la Unión Europea que adopte medidas contra el Reino de Marruecos ... (Página132)


181/001072 Pregunta formulada por el Diputado don Alberto Asarta Cuevas (GVOX), sobre previsiones acerca de si el Gobierno va a denunciar la violación de su 'frontera exterior' por parte de Marruecos ante el Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas ... (Página132)


181/001073 Pregunta formulada por el Diputado don Alberto Asarta Cuevas (GVOX), sobre previsiones acerca de llamar a consultas al Embajador del Reino de Marruecos en España ante la llegada masiva de inmigrantes ilegales a la Ciudad Autónoma
de Ceuta ... (Página132)


Comisión de Defensa


181/001067 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre previsiones acerca de solicitar apoyo a la OTAN ante la invasión de inmigrantes ilegales que está padeciendo la Ciudad Autónoma de Ceuta ... href='#(Página133)'>(Página133)


181/001068 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre previsiones acerca de iniciar acciones diplomáticas con la finalidad de incluir a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla bajo el 'paraguas' de la OTAN
... (Página133)


Comisión de Interior


181/001061 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre confirmación de si alguna instalación dependiente del Ministerio del Interior ha sido puesta a disposición de los miembros del servicio de seguridad
privada de Unidas Podemos para la realización de cursos de formación ... (Página133)


181/001071 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre acciones que ha llevado a cabo desde el Ministerio del Interior para frenar la avalancha de miles de inmigrantes irregulares que el día 17/05/2021
entraron a España a través de la Ciudad Autónoma de Ceuta ... (Página133)


181/001074 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre motivos por los que el Consejo de Ministros de 18/05/2021 ha acordado una ayuda de 30 millones de euros a Marruecos dentro del marco de la cooperación y
coordinación policial y seguridad, cuando un día antes el Director Central de la Policía Judicial de la Dirección General de la Seguridad Nacional de Marruecos, Mohammed Dkhissi, había anunciado la suspensión de la cooperación en materia de
seguridad entre Marruecos y España ... (Página134)



Página 7





181/001075 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre cesión por el Ministerio del Interior a las presiones y chantaje llevados a cabo por el Reino de Marruecos al otorgarle una ayuda de 30 millones de euros
mediante acuerdo del Consejo de Ministros ... (Página134)


181/001079 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre acciones que se han llevado a cabo desde el Ministerio del Interior para frenar la avalancha de miles de inmigrantes irregulares que, en la noche del
17/05/2021, entraron a España a través de la Ciudad Autónoma de Ceuta ... (Página134)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/001066 Pregunta formulada por la Diputada doña María Soledad Cruz-Guzmán García (GP), sobre inclusión en la planificación del Gobierno dentro del desarrollo del Corredor ferroviario Transeuropeo del Mediterráneo con financiación de los
Fondos Europeos de Reconstrucción Next Generation, de la conexión con el puerto de Algeciras ... (Página135)


181/001076 Pregunta formulada por el Diputado don Miguel Ángel González Caballero (GS), sobre actuaciones contempladas para la modernización del corredor ferroviario Mérida-Puertollano ... (Página135)


181/001077 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia de las Heras Fernández (GVOX), sobre previsiones acerca de incluir entre los grupos a vacunar con carácter prioritario a los pilotos comerciales, a los tripulantes de cabina de
pasajeros y a los demás trabajadores del sector aéreo ... (Página135)


181/001078 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia de las Heras Fernández (GVOX), sobre previsiones acerca de incluir entre los grupos a vacunar con carácter prioritario a los trabajadores del sector del transporte considerados como
esenciales durante la pandemia por la COVID-19 ... (Página136)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/001063 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), sobre impacto económico que va a suponer para el sector turístico español la exclusión de España de la lista verde de países seguros elaborada por el Reino
Unido ... (Página136)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/001062 Pregunta formulada por el Diputado don Ricardo Chamorro Delmo (GVOX), sobre labores de control cinegético en los Parques Nacionales de España que está realizando la empresa pública Tragsa ... href='#(Página136)'>(Página136)


Comisión de Igualdad


181/001064 Pregunta formulada por la Diputada doña Beatriz Álvarez Fanjul (GP), sobre previsiones del Gobierno acerca de incorporar la autodeterminación de género en alguno de los proyectos legislativos en los que está trabajando ... href='#(Página137)'>(Página137)


Comisión de seguimiento y evaluación de los Acuerdos del Pacto de Estado


en materia de Violencia de Género


181/001065 Pregunta formulada por la Diputada doña Margarita Prohens Rigo (GP), sobre medidas previstas para abordar los nuevos escándalos de menores tuteladas por la Administración Pública de Baleares ... href='#(Página137)'>(Página137)



Página 8





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/002669


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Contreras Peláez, D. José María Sánchez García, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Juan José Aizcorbe Torra, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. Carlos José Zambrano
García-Ráez y D. José María Figaredo Álvarez- Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan
la siguiente Proposición no de Ley relativa a la promoción de la independencia política y neutralidad institucional del Centro de Investigaciones Sociológicas, para su discusión en la Comisión Constitucional.


Exposición de motivos


Primero. La Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas.


El Centro de Investigaciones Sociológicas ('CIS') es un organismo autónomo cuyo misión es el estudio científico de la sociedad española.


Sus orígenes como organismo autónomo se retrotraen a comienzos de los años 90. Así, el artículo 84 de la Ley 4/1990, de 29 de jimio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990 transformó la Dirección General del Centro de
Investigaciones Sociológicas en Organismo Autónomo administrativo adscrito al Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno. Tal acontecimiento supuso el inicio de una suerte de apertura para con la ciudadanía del CIS, a
fin de lograr una mayor transparencia y objetividad en sus actividades.


Pocos años después, la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas ('Ley 39/1995') consolidó el régimen jurídico del CIS. La norma resultó un importante paso hacia la modernización de su
estructura organizativa, así como la instauración de una mayor política de transparencia en sus actividades, cometidos y funcionamiento.


Tal y como se infiere del preámbulo de la Ley 39/1995, la nueva regulación introdujo innovaciones como el principio de público e igual acceso a los datos resultantes de su actividad científica.


Asimismo, cristalizó los principios rectores de su actuación por medio del artículo 2 de la Ley 39/1995:


'El Centro de Investigaciones Sociológicas desarrollará sus funciones de acuerdo con los principios de objetividad y neutralidad en su actuación, de igualdad de acceso a sus datos y de respeto a los derechos de los ciudadanos y al secreto
estadístico.'



Página 9





Las funciones a las que se hace referencia en el citado artículo 2 se encuentran desarrolladas inmediatamente después, en el artículo 3:


'Son funciones del Centro de Investigaciones Sociológicas:


a) La realización de estudios que contribuyan al conocimiento científico de la sociedad española.


b) La realización de estudios que contribuyan al conocimiento científico de la realidad social de las diferentes Comunidades Autónomas, cuando proceda.


c) La realización de estudios que proporcionen diagnósticos sobre situaciones y asuntos sociales y sirvan de orientación a los poderes públicos en sus iniciativas normativas y ejecutivas.


d) La creación y mantenimiento de bases de datos en las materias de su competencia.


e) La difusión, a través de sus publicaciones, de los resultados de la actividad científica del Organismo, así como de otros estudios de naturaleza académica que contribuyan al conocimiento científico de la sociedad española.


f) La colaboración con centros universitarios y de investigación para la realización de proyectos de investigación conjuntos y para la formación de investigadores en ciencias sociales.'


Para una mayor precisión de la estructura organizativa, el funcionamiento y la actividad de esta entidad se aprobó posteriormente el Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, sobre la Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas
('Real Decreto 1214/1997').


Segundo. El Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, Sobre Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas.


Como se ha dicho anteriormente, el Real Decreto 1214/1997 desarrolló con más detalle el régimen jurídico plasmado en la Ley 39/1995. Además de reiterar cuestiones ya contempladas en esta norma, el Real Decreto 1214/1997 añadió interesantes
apreciaciones sobre la naturaleza del CIS. Entre ellas, su carácter técnico y su clara pertenencia a la Administración General del Estado ('AGE') y, por ende, el encontrarse al servicio de todos los españoles. Así se concluye de la lectura del
artículo 1.3 del Real Decreto 1214/1997:


'El Centro de Investigaciones Sociológicas tendrá la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, para la realización de las
funciones recogidas en los párrafos a), c) y e) del artículo 3, cuya ejecución será, en tales casos, de obligado cumplimiento. Dentro de ese ámbito, no podrá participar en los procedimientos para la adjudicación de los contratos que convoquen
aquéllos. No obstante, cuando no concurra ningún licitador, podrá encargarse al Centro de Investigaciones Sociológicas la actividad objeto de licitación pública.'


Además, la naturaleza jurídica del CIS (organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios) ya indica su integración en el entramado de la AGE.


De ello se deduce su deber de respeto y cumplimiento de los principios generales enumerados en el artículo 3.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ('LRJSP'):


'Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la
Ley y al Derecho.


Deberán respetar en su actuación y relaciones los siguientes principios:


a) Servicio efectivo a los ciudadanos.


b) Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.


c) Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa.


d) Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.


e) Buena fe, confianza legítima y lealtad institucional.


[ ...]'



Página 10





Asimismo, al funcionamiento y actividad del CIS le es de aplicación la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno ('LTAIBG'). El artículo 2.1 (Ámbito subjetivo de aplicación) menciona
explícitamente a los organismos autónomos. Igualmente, el presidente del CIS, en tanto que tiene categoría de Director General conforme al artículo 13.1 del Real Decreto 1214/1997, le es aplicable el título II (Buen gobierno) de la LTAIBG.
Concretamente, el artículo 25 señala:


'En el ámbito de la Administración General del Estado las disposiciones de este título se aplicarán a los miembros del Gobierno, a los Secretarios de Estado y al resto de los altos cargos de la Administración General del Estado y de las
entidades del sector público estatal, de Derecho público o privado, vinculadas o dependientes de aquella.'.


Por tanto, el presidente del CIS debe observar los principios de buen gobierno enumerados en el artículo 26 de la LTAIBG, destacando entre ellos el respeto del '[ ...] principio de imparcialidad, de modo que mantengan un criterio
independiente y ajeno a todo interés particular'.


En definitiva, de la lectura de la legislación vigente se colige el deber de imparcialidad, objetividad, transparencia, buena fe y neutralidad con que debe dirigirse el CIS en su funcionamiento y actividad, en tanto en cuanto forma parte del
de la AGE. Igualmente, debe concluirse la inexistencia de vinculación ni relación de subordinación del CIS al Gobierno de turno, independientemente del nombramiento de su presidente acordado en Consejo de Ministros a propuesta del titular del
Ministerio de la Presidencia (artículo 10 de la Ley 39/1995) y de su adscripción administrativa al mismo (Disposición adicional primera de la Ley 39/1995).


Tercero. Los Excesos de la actual Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas hacen necesario recalcar su debida independencia política y neutralidad institucional en el ejercicio de sus actividades.


Desde su nombramiento el pasado 29 de junio de 2018 por medio de Real Decreto 771/2018 1, el CIS presidido por don José Félix Tezanos Tortajada se ha caracterizado por su falta de fiel observancia de los principios antes referidos. Poco
después de inaugurar su dirección al frente de la entidad demoscópica, la prensa se hizo eco de los primeros desvarios en sus sondeos electorales 2.


El continuó goteo de escándalos de todo tipo a lo largo de los últimos casi tres años ha generado una lógica falta de confianza de enormes proporciones por parte de los españoles hacia el CIS.


El señor Tezanos Tortajada, al convertir el CIS en instrumento al servicio de los intereses políticos del Gobierno presidido por el señor Sánchez Pérez-Castejón, en general, y del PSOE, en particular, ha dinamitado el prestigio científico y
social de la entidad. Especialmente polémicos han sido los cambios metodológicos de los sondeos electorales del CIS desde la llegada del señor Tezanos Tortajada:


'Muchas de las críticas contra Tezanos son sobre detalles técnicos, cruciales para los expertos pero a veces difíciles de comprender para el público. En general, se le ha acusado de alterar los métodos sin justificación y romper de ese modo
las series históricas de datos, muy valiosas para los investigadores 3.'


Por consiguiente, las críticas se incrementan. No se limitan a la oposición al Gobierno y la opinión pública de los españoles. Expresidentes del CIS nombrados por el PSOE y el PP, indistintamente, valoran negativamente la gestión y
resultados del actual presidente del organismo:


'Los defensores de Tezanos son escasos y, por el contrario, muchos profesionales han elevado sus críticas. Algunos que hasta ahora callaban ya no lo hacen. Tres expresidentes del CIS consultados son críticos con la marcha de la
institución, pero solo uno ha aceptado aparecer con su nombre, Belén Barreiro, que ocupó el cargo entre 2008 y 2010, con la presidencia de Rodríguez Zapatero. 'Yo creo que el CIS tiene claramente en este momento un problema de reputación, me
preocupa mucho desde hace tiempo', opina. 'Se puede decir que siempre los ha tenido, pero no es verdad. Sí había polémicas, pero no lo de ahora. La institución sigue siendo enormemente útil y cuenta con buenos profesionales, tiene que ver con
prácticas cuestionables. Y es muy preocupante. Yo cuando fin presidenta tenía claro que es una institución


1 'BOE' núm. 158, de 30 de junio de 2018, páginas 65776 a 65776 (1 pág.).


2 https://www.elespanol.com/espana 720180926/crece-escandalo-cis-tezanos-psoe-puntos- ventaia/340717320 O.html


3 https://elpais.com/espana/elecciones-madrid/2021-05-09/el-prestigio-del-cis-tocado-criticas-generalizadas-mas-errores-y-sesgo-a-la-izquierda.html



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del Estado, con recursos públicos, que tiene que mirar por todos y para todos, y tan interiorizado lo tenía que ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega, destituyó por desavenencias 4.'


Asimismo, académicos y expertos de reconocido prestigio en la materia comparten el diagnóstico: la reputación del CIS se encuentra en niveles ínfimos como consecuencia de la dirección del señor Tezanos Tortajada. A ello se suman
intervenciones del presidente del CIS en el debate político durante contiendas electorales como los pasados comicios madrileños del 4 de mayo de 2021. El presidente del CIS incumple su deber de neutralidad institucional cuando publica artículos
donde realiza juicios de valor sobre partidos políticos 5 y personajes públicos concretos 6.


Asimismo, las actuaciones del presidente del CIS constituyen una infracción disciplinaria, tipificada como muy grave, de conformidad con lo dispuesto en la letra g) del artículo 29 de la LTAIBG, a saber:


'g) La violación de la imparcialidad, utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito.'


Así, según dispone la ley supra, las infracciones disciplinarias muy graves llevaran aparejadas las siguientes sanciones (ex artículo 30, apartados 3 y 4):


'3. En el caso de las infracciones muy graves, se impondrán en todo caso las sanciones previstas en el apartado anterior 7.


4. Los sancionados por la comisión de una infracción muy grave serán destituidos del cargo que ocupen salvo que ya hubiesen cesado y no podrán ser nombrados para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre
cinco y diez años con arreglo a los criterios previstos en el apartado siguiente.'


En definitiva, los acontecimientos protagonizados por el presidente del CIS durante los últimos años obligan al Poder Legislativo a exigir la debida objetividad y neutralidad institucional de este organismo autónomo y, al Ejecutivo, incoar
el procedimiento sancionador legalmente previsto para depurar posibles responsabilidades administrativas. Todo ello a fin de recuperar el prestigio perdido del CIS, un instrumento cuya única finalidad es el estudio científico de la sociedad
española.


Cuarto. Es necesario garantizar la imparcialidad y neutralidad institucionales del Presidente del Centro De Investigaciones Sociológicas.


Tras todo lo señalado en los expositivos anteriores, parece conveniente y necesario reforzar el proceso de nombramiento del presidente del CIS. Actualmente, el titular de la entidad es nombrado por acuerdo del Consejo de Ministros a
propuesta del titular del departamento ministerial competente (Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática).


La última experiencia con el señor Tezanos Tortajada sugiere una modificación del modo de nombrar a este alto cargo de la AGE en pro de una presidencia del CIS más imparcial y objetiva.


Además, resulta complicado imaginar que quien ostente la presidencia del CIS respete los principios de buen gobierno de la LTAIBG, en especial aquel referente a la imparcialidad, cuando es notoria y pública la estrecha relación entre el don
José Félix Tezanos Tortajada y el PSOE: a fecha de su nombramiento como presidente del CIS mantenía el cargo de secretario de Estudios y Programas de la Comisión Ejecutiva Federal de dicha formación política 8.


Así, no parece ético ni profesional que la dirección de la institución pública encargada, entre otras responsabilidades, de realizar estudios y sondeos electorales en la sociedad española esté ostentada por una personalidad de marcado
carácter partidista.


4 Ibíd.


5 'En la sociedad española estamos asistiendo a esfuerzos recurrentes por radicalizar y bipolarizar el debate político. Esfuerzos en los que destacan los líderes de VOX y algunos personajes del PP. Aacompañados (sic) de núcleos muy
específicos del poder de los medios de comunicación social'. Cita obtenida de: https:/ /fundacionsistema.com/radicalizacion-v-bipolarizacion-meta-o-mito/


6 https://fundacionsistema.com/wp-content/uploads72021 /05/ElPulso T317.pdf


7 'a) La declaración del incumplimiento y su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' o diario oficial que corresponda. b)La no percepción, en el caso de que la llevara aparejada, de la correspondiente indemnización para el caso de
cese en el cargo.'


8 https://www.elespanol.com/espana/720180709/tezanos-dimite-eiecutiva-psoe-dedicarse-plenamente-cis 7321218164 O.html



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Quinto. Conclusiones.


El CIS es una herramienta del Estado cuyo exclusivo fin es el examen científico de la sociedad española. La desnaturalización de este organismo durante los últimos años responde a un intento velado por poner el organismo al servicio de los
intereses políticos y partidistas de un Gobierno. Para recuperar la reputación otrora respetada del CIS es conveniente recordar y afianzar la objetividad en sus actividades y la neutralidad institucional con la que debe regirse, conforme a los
principios generales del artículo 3.1 de la LRJSP.


Entre otras medidas, la modificación del procedimiento de nombramiento del titular del CIS puede servir de cauce para avanzar hacia una mayor imparcialidad, objetividad y neutralidad institucional en las actividades y funcionamiento de la
entidad.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar la independencia política y neutralidad institucional de la actividad del Centro de Investigaciones Sociológicas con el objetivo de evitar su uso con fines partidistas o políticos.


2. Que, tras la oportuna tramitación del correspondiente procedimiento sancionador contra el Presidente del Centro Investigaciones Sociológicas por haber violado la imparcialidad, utilizando las facultades que tiene atribuidas para influir
en un proceso electoral, infracción tipificada como 'muy grave' de acuerdo con lo previsto en los artículos 25.1, 26.2. 29.1.g) y 30 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se imponga
la sanción prevista en el artículo 30.3 y 30.4 ibidem, consistente en la destitución inmediata del Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, don José Félix Tezanos Tortajada.


3. Modificar el proceso de nombramiento del presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas contenido en el artículo 10 de la Ley 39/1995, de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas, de tal manera
que el Ministro competente por razón de la materia, previa deliberación del Consejo de Ministros, proponga cinco candidatos entre personas de reconocido prestigio y competencia profesional para ocupar el cargo. Los candidatos propuestos habrán de
comparecer previamente en audiencia pública en el Congreso de los Diputados, en la forma que reglamentariamente se determine, con el fin de que pueda informarse de su idoneidad para el cargo. Su nombramiento requerirá el voto favorable por parte de
una mayoría de dos tercios del Congreso de los Diputados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-Eduardo Luis Ruiz Navarro, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan José Aizcorbe Torra, José María Figaredo Álvarez-Sala, Pablo Juan Calvo Liste, Carlos José Zambrano García-Ráez, José
María Sánchez García y Francisco José Contreras Peláez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002581


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


Incorporación de la firma del portavoz de dicho Grupo Parlamentario en la Proposición no de Ley relativa al acuerdo trilateral de 9 de noviembre de 2020 relativo al cese del conflicto armado en Nagorno-Karabaj (ARTSAJ).



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Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por incorporada la firma de referencia, así como comunicarlo a la Comisión de Asuntos Exteriores, al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 279, de 25 de mayo de 2021.


161/002635


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para implementar un Plan Integral de
Migraciones, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


A lo largo de la tarde de ayer, las autoridades ceutíes y varios medios de comunicación comenzaron a informar de entradas masivas de personas procedentes de Marruecos a la ciudad de Ceuta, cruzando principalmente a través de la playa del
Tarajal. Según las últimas cifras facilitadas por las autoridades ceutíes, hasta 5.000 personas habrían conseguido entrar de forma irregular en la ciudad, de los cuales entre 1.000 y 1.500 serían menores. Teniendo en cuenta el número de habitantes
locales, esto supone que Ceuta ha recibido, en un solo día, el equivalente al 6 % de su población.


La magnitud del desafío es tal que las Fuerzas Armadas se han desplegado en Ceuta para ayudar a asegurar la frontera que separa la ciudad española de Marruecos. No en vano, estas entradas suponen, también en solo un día, ya el doble de
todas las que se registraron conjuntamente en la ciudad autónoma en 2019 y 2020. Asimismo, tanto los dispositivos locales de Policía Nacional y de Guardia Civil como las organizaciones encargadas de dar asistencia sanitaria a los migrantes, como
Cruz Roja, han afirmado encontrarse desbordados. Es más, incluso las instalaciones habilitadas para acoger temporalmente a estas personas hasta su devolución o el desarrollo del procedimiento de solicitud de asilo son también insuficientes. La
Comandancia General de Ceuta ha ofrecido unas 300 literas militares para acoger a estas personas, especialmente a menores, en las naves de los polígonos comerciales del Tarajal.


Estas llegadas, sin embargo, no son casuales para muchos analistas. Hace solo unas semanas se conocía que el líder del Frente Polisario, Brahim Gali, había sido trasladado de urgencia a Logroño para ser tratado por un cuadro clínico grave
de COVID-19. Aunque el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación admitió esta acogida aludiendo razones humanitarias, lo cierto es que las autoridades marroquíes ya mostraron su desacuerdo con el traslado de Gali del Sáhara
Occidental, bajo ocupación de Marruecos, a España. Por tanto, varios expertos apuntan a este episodio como la causa de las llegadas masivas de personas a Ceuta. No sería la primera vez que las autoridades marroquíes utilizan los flujos migratorios
hacia España como elemento de presión política para expresar su desacuerdo con posiciones del Gobierno de España. En las últimas horas, de hecho, se han registrado también llegadas a Melilla, aunque de forma mucho más limitada que en Ceuta.


Mientras tanto, la ministra González Laya ha afirmado que la llegada masiva de personas desde Marruecos a Ceuta no se debe a desacuerdos políticos entre ambos gobiernos, y ha añadido que no concibe 'poner en riesgo la vida de menores como
respuesta a una acción humanitaria', en referencia a la atención hospitalaria que está recibiendo Brahim Gali en La Rioja. Pese a ello, un episodio similar se vivió el pasado invierno en Canarias, cuando la ruptura del alto el fuego entre el Frente
Polisario y Marruecos en el Sáhara Occidental tuvo como consecuencia una llegada masiva de personas al archipiélago español. Además,



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varios testigos afirman que no había presencia policial en el lado marroquí de la frontera, evidenciando la falta de control de los flujos migratorios por parte de las autoridades de Marruecos.


En definitiva, no se trata de un incidente sin precedentes, sino que todo apunta a que se trata de un intento más del gobierno marroquí de utilizar la presión migratoria como moneda de cambio para presionar políticamente al Gobierno de
España. No debemos olvidar, sin embargo, que las fronteras entre España y Marruecos son también fronteras exteriores de la Unión Europea, lo que significa que tanto España tiene la responsabilidad de que esas fronteras son seguras como la necesidad
de recibir asistencia de las instituciones de la Unión Europea, especialmente de la agencia FRONTEX, a la hora de garantizar unos flujos migratorios sostenibles y acordes a la legalidad internacional y europea.


Ante esta situación crítica, varias organizaciones e incluso los vecinos de Ceuta se han movilizado para proporcionar la atención necesaria a las personas que han entrado en la ciudad a través de la frontera con Marruecos. Se han habilitado
finalmente pabellones y estadios para poder dar cobijo a estas personas, incluidas familias enteras con niños. Por tanto, la falta de acción en materia migratoria acaba provocando situaciones humanitarias especialmente graves que requieren también
de una actuación decidida por parte del Gobierno de España, ya que no se puede dejar la responsabilidad de proporcionar esa asistencia humanitaria en manos únicamente de las organizaciones de la sociedad civil y de la responsabilidad ciudadana de la
población local.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos hemos planteado en varias ocasiones la necesidad de contar con una verdadera política de gestión inteligente de la migración en España, dado que nuestro país desgraciadamente se enfrenta a crisis
migratorias de forma recurrente por nuestra proximidad al norte de África. En 2018, el Presidente del Gobierno declaró públicamente que España por primera vez tenía una política migratoria con motivo de su decisión de acoger el buque Aquarius en el
puerto de Valencia. Sin embargo, tres años después tanto la Comunidad Autónoma de Canarias como Ceuta y Melilla han vivido las peores crisis migratorias de los últimos años, batiendo récords de llegadas de migrantes y superando incluso, en el caso
de Canarias, la situación crítica vivida con la crisis de los cayucos de 2006.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha, a la mayor brevedad posible, un Plan de Refuerzo Migratorio que consista en cinco actuaciones clave:


1. La colaboración con nuestros socios internacionales para garantizar un control efectivo de fronteras, incluyendo el establecimiento de centros de recepción de solicitudes de asilo en las regiones de origen y tránsito, evitando así que
quienes buscan protección internacional se vean obligados a desplazarse y emprender un viaje peligroso que pone en riesgo su vida.


2. Una política de retornos efectiva, incentivando los retornos voluntarios y asegurando el cumplimiento de los acuerdos bilaterales en materia de retorno de personas al país del que llegaron, condicionando otro tipo de colaboración de
carácter económico o comercial al cumplimiento de dichos acuerdos de gestión migratoria y de lucha contra las mafias.


3. Reforzar el personal de la Oficina de Asilo y Refugio para reducir los plazos de resolución de solicitudes de protección internacional, asegurando que quienes llegan a España huyendo de la guerra, la persecución o el acoso encuentran en
nuestro país un verdadero refugio, y mejorar los itinerarios de inclusión de migrantes en situación regular y refugiados, facilitando su acceso al aprendizaje de las lenguas españolas, al reconocimiento de cualificaciones y formación, y
estableciendo procedimientos claros y ágiles para el acceso a la residencia permanente.


4. Los incentivos a la atracción de migración legal cualificada, con un sistema de visado por puntos similar al canadiense, en el que los perfiles que se ajusten mejor a las necesidades del mercado laboral, o que demuestren experiencia en
materia de emprendimiento o investigación científica, puedan acceder de forma más rápida a los permisos migratorios.


5. Liderar el enfoque migratorio europeo, basado en el nuevo Pacto Migratorio presentado por la Comisión Europea, solicitando un mayor apoyo logístico, económico y técnico a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por parte de las
instituciones de la Unión Europea, especialmente de FRONTEX, asegurando que la labor de control de fronteras de estos profesionales no supone un riesgo para su integridad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-María Carmen Martínez Granados, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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161/002656


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la imposición de sanciones a Israel por crímenes de guerra contra la población palestina, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Ante la agresión militar israelí contra la Franja de Gaza y la población palestina de los últimos días, el BNG considera urgente que el Gobierno manifieste un cambio de actitud y haga pública una condena firme del comportamiento criminal de
Israel reclamando además el cese de los bombardeos que, en cuatro días causaron más de cien muertos, entre ellos, decenas de niños y niñas palestinas.


La agresión israelí al pueblo palestino es un acto criminal que no puede contar con el silencio cómplice, cuando no con el apoyo directo, de la comunidad internacional. Con esta nueva operación Israel continua el genocidio y etnocidio que
desde 1948 ha practicado con la población palestina.


No se trata de una simple ofensiva militar, sino de verdaderos crímenes de guerra en la medida que son ataques indiscriminados contra la población civil -incluyendo a niños y niñas- y contra los servicios básicos como la electricidad o las
comunicaciones. Todo ello manifiesta la clara intención convertir en imposible la vida en la Franja de Gaza.


En este contexto, el Gobierno español debe reclamar a Israel el cese de las agresiones y el respeto de los acuerdos de paz y las resoluciones de las Naciones Unidas sobre Palestina. Sin embargo, las recientes declaraciones de la Ministra de
Exteriores condenando la autodefensa palestina, sitúan al Gobierno -autocalificado como 'progresista'- al lado del agresor israelí, siguiendo sumisamente la pauta marcada por Biden y el sionismo internacional. Es una actitud de complicidad
vergonzosa con Israel que no puede tolerarse pues no respeta la legalidad internacional ni los derechos humanos.


Es necesario un cambio de actitud y pasar de la complicidad a la firmeza frente a la agresión sionista, para preñar los ataques y avanzar en la línea de los acuerdos que deben llevar a la constitución de un Estado palestino independiente.
En este sentido, deben desplegarse todas las medidas posibles, desde la expulsión de agentes diplomáticos, la imposición de sanciones o el apoyo al embargo de productos israelís que desde hace años reclama BDS, a la intervención en la ONU reclamando
la paz y el respecto por las resoluciones internacionales aprobadas en relación a Palestina.


Resulta absolutamente incomprensible que el Gobierno español ni siquiera condenase el ataque a la torre Al-Jawhara, edificio residencial y comercial que albergaba la sede de 13 medios de comunicación y ONGs, entre ellos de la Agencia EFE.
Un corresponsal de esa agencia tuvo que huir del edificio para no ser alcanzado por el bombardeo. Acción que la Federación Internacional de Periodistas denuncia como un ataque a la libertad de información y un intento de Israel de silenciar las
voces que informan de la agresión. Además, desde la Federación también ha denunciado que desde el inicio de la ofensiva israelí 27 periodistas fueron detenidos con este mismo objetivo y reclama que se exijan responsabilidades a Israel por este
bombardeo.


En definitiva, el Estado español y el conjunto de la comunidad internacional deben actuar de forma contundente y condenar sin paliativos la agresión israelí, la última de las violaciones sistemáticas por parte de Israel de los derechos
humanos y del derecho de la población palestina a vivir en paz y con total seguridad en su País, en un Estado Palestino independiente y soberano.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Actuar de forma contundente y condenar sin paliativos la agresión y las violaciones sistemáticas por parte de Israel de los derechos humanos y del derecho de la población palestina a vivir en paz y con total seguridad en su País, en un
Estado Palestino independiente y soberano.



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2. Desplegar todas las medidas coercitivas reguladas en el Derecho internacional como puede ser la expulsión de diplomáticos, la imposición de sanciones, el apoyo a los embargos sobre productos israelíes o la intervención ante la ONU para
reclamar la paz y el respeto de las resoluciones internacionales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D.ª María Teresa López Álvarez y D. Víctor González Coello de Portugal, en sus respectivas condiciones de portavoz adjunta
y diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la Adopción de Medidas
Urgentes en defensa de España frente a la Agresión sufrida por parte de Marruecos en Ceuta, para su discusión en Comisión de Asuntos Exteriores


Exposición de motivos


Primero. La ciudad autónoma de Ceuta es española desde el año 1581, incorporada a La Corona de Felipe II tras su juramento ante las Cortes lusas y la culminación de la Unión Ibérica. Por otro lado, y pese a que las pretensiones
soberanistas por parte de Marruecos se encuentren en su máximo esplendor, Ceuta jamás ha pertenecido al Estado de Marruecos, que solamente existe desde el 7 de abril de 1956, en que Francia renunció de manera oficial a su protectorado.


Los últimos acontecimientos en Ceuta son de una extraordinaria gravedad, superan todos los límites y han puesto de manifiesto la enorme envergadura de una crisis que llevamos arrastrando decenas de años y que no va a hacer sino aumentar de
manera exponencial. En tomo a diez mil inmigrantes según algunas informaciones cruzaron durante la jornada del 17 de mayo y la madrugada del 18 a la Ciudad autónoma, fundamentalmente por el paso fronterizo del Tarajal. Marruecos materializa así
una estrategia de expansión territorial, invasión y extorsión al Reino de España, en una serie de actuaciones hostiles en nuestras fronteras que suman, a las entradas masivas, las continuas agresiones a nuestras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado (en adelante, 'FYCSE').


Por su parte, el presidente del Gobierno de Marruecos, Saadedin Otmani, ha revelado en diversas ocasiones su intención de reclamar la soberanía de Ceuta y Melilla; la última de ellas fue el pasado diciembre en una entrevista pública en que
llegaba a afirmar que las ciudades autónomas españolas 'son marroquíes como el Sahara', declaraciones que debieron hacer saltar las alarmas en el ejecutivo español, que siempre ha negado las hostilidades con Marruecos.


España se enfrenta a un colapso migratorio imposible de gestionar por nuestra ya maltrecha economía, así como a una crisis humanitaria inasumible por el desbordamiento de los servicios de asistencia de nuestro país. A fecha de 15 de mayo de
2021, han accedido a nuestro país de forma ilegal un total de 9.318 inmigrantes, un 42,2 % más que las entradas registradas en 2020, según el último informe del Ministerio de Interior. Todo ello sin sumar las entradas que se han producido a partir
del 15 de mayo en Ceuta, Canarias o Almería. Cifras que duplican los últimos registros oficiales. No obstante, nuestras FYCSE estiman que los números reales son mayores.


Como apuntan algunos medios, la ministra González Laya ha declarado que la llegada masiva de inmigrantes a Ceuta 'no es fruto de un desencuentro' de Marruecos con España. Y, al mismo tiempo, según declaraciones del propio ministro Marlaska,
se afirma que la cooperación entre las fuerzas policiales en la frontera no se ha visto afectada, palabras contrarias al propio director de la Policía Judicial marroquí, Mohammed Dkhissi, que afirma que la cooperación y coordinación en materia
policial con sus homólogos españoles está en suspenso. Algunos informadores, como el experto en movimientos migratorios Rubén Pulido, se han hecho eco de estas declaraciones publicando que 'Dkhissi habló de una 'congelación de las relaciones
diplomáticas' que afectará y se reflejará en la cooperación policial y que Marruecos es una



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potencia policial y de inteligencia a nivel regional e internacional gracias a su compromiso, a los acuerdos firmados y la precisión de sus informaciones de inteligencia. Y por ello, España quedará muy afectada a nivel internacional'.


En el caso de Ceuta es de extrema gravedad. Ha generado una crisis sin precedentes que no solo pone en grave riesgo la situación económica de la ciudad autónoma, sino que apuntala una inminente alarma social sin precedentes. Más de la
mitad de los alumnos no han acudido a los centros escolares por temor, como apuntan informaciones de medios locales como El Faro de Ceuta: 'Así, Ceuta está viviendo todas estas últimas horas su momento más crítico en muchos años. La ciudad está
colapsada ante la entrada masiva de inmigrantes y eso se ha notado en los colegios, prácticamente vacíos ante el temor de una escalada de tensión en estos lugares tan sensibles como colegios e institutos, con cientos de menores ceutíes en clases.
Hay marroquíes irregulares en todas las partes, en todas las barriadas, en el centro, en cualquier lugar de una ciudad que es el punto clave de España en estas horas'.


Los ceutíes han comenzado a movilizarse ante la alarmante situación que viven y que relatan y también han comenzado los episodios de delincuencia callejera, las ocupaciones y los robos como este referido en un medio de comunicación: 'A las
5 de la mañana un grupo de inmigrantes asaltaba la popular cafetería Aire, en el Paseo de las Palmeras. 'Han reventado las puertas correderas y han entrado al local -nos cuenta su dueño-. Han arrancado la caja registradora de cuajo, se han llevado
el dinero, alcohol y hasta las PDA (los pequeños ordenadores portátiles de mano, que se utilizan para tomar nota en muchos establecimientos)''.


El miedo se ha apoderado de los ceutíes que no ven una solución a la masiva oleada que constituye casi un 10 % de la población de la ciudad autónoma. Así recogía Libertad Digital algunas de las expresiones de alarma social: ''Miedo. Esa
es la palabra', nos resume al otro lado del teléfono la secretaria del colegio'.


Segundo. En la actualidad, España ha sido lesionada en su integridad territorial y paz social por parte del Reino de Marruecos, a la luz de la invasión migratoria masiva -constituida en su mayoría por varones jóvenes en edad militar- que ha
comenzado el 17 de mayo de 2021 sobre Ceuta. Este fenómeno pone en evidencia la intención de llevar a cabo las pretensiones soberanistas de Marruecos sobre las ciudades españolas de Ceuta y Melilla.


Los acontecimientos constituyen una auténtica invasión planificada en la que han participado las fuerzas policiales y agentes de fronteras marroquíes que, a lo largo de las distintas jornadas, se hallan facilitando la entrada de los miles de
marroquíes en los pasos transfronterizos (en su aplastante mayoría, jóvenes varones en edad militar).


Cuando un Estado ve lesionado su derecho por parte de otro Estado responsable, con arreglo al Derecho Internacional, puede hacer uso de medidas de autotutela tales como las contramedidas, en aras de su soberanía y para restaurar el daño
causado. Y es lo que España debiera haber iniciado hace tiempo, como solicitó este mismo Grupo Parlamentario hace meses con la negativa de todos los demás en la Cámara. Contramedidas como el bloqueo de visados y sanciones económicas en el seno de
las Organizaciones Internacionales habrían evitado la actual agresión internacional sufrida por parte de España.


Tales contramedidas habrían estado absolutamente amparadas por el Ordenamiento Internacional a la luz del propio Proyecto de Artículos sobre la Responsabilidad de los Estados por hechos Internacionalmente Ilícitos, adoptado por la Comisión
de Derecho Internacional de la ONU, y anexado por la Asamblea General en su Resolución 56/83, de 12 de diciembre de 2001. Concretamente, el artículo 22 recoge una definición de las contramedidas, señalando expresamente lo siguiente:


'La ilicitud del hecho de un Estado que no esté en conformidad con una obligación internacional suya para con otro Estado queda excluida en el caso y en la medida en que ese hecho constituya una contramedida tomada contra ese otro Estado'.


Al mismo tiempo, la naturaleza de las contramedidas es también pacífica 9 y, por tanto, se encuentra absolutamente alineada con los Principios Generales del Derecho Internacional y la Carta de Naciones Unidas suscrita por España 10. Su uso
a tiempo habría evitado el quebrantamiento de la paz y la seguridad


9 Las contramedidas o represalias no pueden hacer uso o amenaza del uso de la fuerza, pues ello se encuentra expresamente prohibido por el Derecho Internacional (Artículo 50 de la Resolución aprobada por la Asamblea General 56/83.
Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos).


10 Véase el caso Gabcíkovo-Nagymaros en 1997, el cual fortaleció sus bases doctrinales y las consideró una medida pacífica de resolución de conflictos internacionales.



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internacionales que han tenido lugar desde el 17 de mayo de 2021, con el menoscabo de la integridad territorial de la ciudad española de Ceuta.


En aplicación de dicho concepto recogido por el Derecho Internacional, España estaría habilitada para adoptar contramedidas o represalias, con el objetivo de instar a Marruecos a que respeten los acuerdos adoptados en materia de control de
los flujos de inmigración irregular existentes entre dichos países y nuestro país, así como para evitar ceder ante la extorsión encubierta que sufre actualmente nuestra nación en virtud de estos mismos acuerdos.


Tercero. Es público y notorio que tanto el Reino de Marruecos como Argelia han utilizado históricamente los flujos migratorios como arma geopolítica para debilitar la posición negociadora tanto de España como de la Unión Europea. Sabedoras
de la debilidad del Gobierno actual en esta materia, las autoridades de ambos países han relajado sobre manera los controles migratorios acordados entre España y dichos Estados, al objeto de que nuestro país ceda en cualesquiera pretensiones que
estos Estados tengan. Sin embargo, estas actuaciones no han sido aisladas, sino que se incardinan junto a otras medidas mucho más ambiciosas y, por tanto, más dañinas para los intereses nacionales de España.


En el caso de Argelia, el país norteafricano amplió de forma unilateral sus aguas territoriales en abril de 2018 11, incluyendo a la isla española de Cabrera. Por su parte, Marruecos hizo oficial la ampliación de sus aguas territoriales a
través de dos leyes, ampliando así su zona económica exclusiva en 200 millas y su plataforma continental en 350 millas. En el caso de la zona del archipiélago canario, se encuentra el monte submarino Tropic, al sur de la isla del Hierro, la mayor
reserva de Telurio del mundo.


Además de estas acciones, el Reino de Marruecos está bloqueando las ciudades autónomas españolas de Ceuta y Melilla, ejerciendo una presión sin precedentes, de manera gravísima tras los últimos acontecimientos del Tarajal. Este acto
beligerante, que obedece a las nunca caducas pretensiones marroquíes de retomar ambas plazas pero que no ha tenido respuesta por parte del Gobierno español, está generando enormes perjuicios a los habitantes de la ciudad autónoma donde el caos, el
miedo y la inseguridad son altamente preocupantes.


Adicionalmente, con el fin de fortalecer sus demandas, Marruecos se encuentra en un enorme proceso de rearme, lo cual está reduciendo a marchas forzadas la superioridad de nuestras Fuerzas Armadas ante sus homologas del otro lado del
Estrecho de Gibraltar.


Cuarto. Por último, la posición geográfica que ocupa el Reino de España, siendo frontera exterior sur de la Unión Europea con el continente africano, implica una estrategia de defensa en el ámbito de la Unión Europea. España no puede
tolerar esta invasión por parte de Marruecos, y el menoscabo de su integridad territorial y paz social han de tener consecuencias inmediatas.


El Gobierno parece haber renunciado a la defensa de la frontera sur en un alarde de progresismo sin límites y sobre la base de una concepción absurda respecto de la inexistencia y relativización de las fronteras, que ha logrado dejar
desprotegidos a los españoles de Ceuta.


España debe defender sus intereses intrínsecos, tales como su integridad territorial, su soberanía y su seguridad.


Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a:


1. Declarar la crisis migratoria como situación de interés para la Seguridad Nacional en virtud de los artículos 23 y 24 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, de tal manera que se faculte al despliegue de todos los
recursos humanos y materiales necesarios y suficientes (artículo 24.1.e ibidem), con el fin de prevenir, proteger y disuadir el atraque de embarcaciones con inmigrantes ilegales en territorio nacional.


2. Denunciar ante el resto de los organismos internacionales la agresión que sufre España por parte de Marruecos al ser artífice de una invasión migratoria planificada de la ciudad de Ceuta.


3. Devolver de forma masiva a todos los individuos, incluidos los menores, que han violado nuestras fronteras de manera inminente.


4. Archivar de manera inmediata todos los expedientes de reconocimiento de residencia legal a nacionales marroquíes.


11 'Argelia amplió de forma unilateral sus aguas hasta la isla de Cabrera', ABC, 20/02/2020. Disponible [en línea]: https://www.abc.es/espana/abci-argelia-amplio-forma-unilateral-aguas-hasta-isla-cabrera-202002192317 noticia.html



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5. Archivar de manera inmediata todos los expedientes de concesión de nacionalidad a todos los residentes legales de nacionalidad marroquí.


6. Suspender cualquier pago y subvención a las autoridades marroquíes.


7. Poner en marcha un cierre total de fronteras con Marruecos.


8. Llamar a consultas al embajador de España en Marruecos y declarar persona non grata a la embajadora de Marruecos en España, dándole un plazo máximo de 24 horas para abandonar nuestro país.


9. Bloquear, incluso anular, la expedición o concesión de visados de entrada en Europa a todos los ciudadanos de países emisores de inmigración irregular como Marruecos, en tanto en cuanto estos países no readmitan en sus fronteras a todos
los inmigrantes que dejan salir de sus costas en dirección a España.


10. Instar a las instituciones europeas a imponer sanciones económicas sobre Marruecos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo 2021.-Rocío de Meer Méndez, Agustín Rosety Fernández de Castro, Alberto Asarta Cuevas, María Teresa López Álvarez y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002686


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


Grupo Parlamentario Republicano.


Grupo Parlamentario Plural.


Proposición no de Ley relativa a la emergencia humanitaria en Gaza y la escalada de violencia en Cisjordania y Jerusalén.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la incorporación de firma contenida en el escrito número de registro 126740, y considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194
del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Asuntos Exteriores. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Grupos Parlamentarios autores
de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes presentan, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley relativa a la emergencia humanitaria en
Gaza y la escalada de violencia en Cisjordania y Jerusalén, para su debate y aprobación en la Comisión de Asuntos Exteriores.



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Exposición de motivos


El pasado 21 de mayo el Gobierno de Netanyahu y Hamas llegaron a un acuerdo de alto el fuego, que celebramos, para poner fin a días de destrucción. En 11 días los bombardeos israelíes en Gaza han provocado la muerte de 230 palestinos y
palestinas, entre ellos 65 menores de edad y 39 mujeres y varias familias enteras. Han resultado heridas 1710 personas y han sido destrozados más de 130 edificios, entre ellos sedes de medios de comunicación palestinos, árabes y estadounidenses,
300 viviendas y 19 instalaciones médicas. Cerca de 60.000 personas han huido de sus hogares buscando protección frente a los bombardeos en las escuelas de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA).
Los cohetes lanzados desde la Franja de Gaza han provocado la muerte de 12 israelíes, entre ellos 5 menores de edad. Por otro lado, los linchamientos a palestinos dentro de Israel y los ataques del ejército de Israel a manifestantes en Cisjordania
han provocado la muerte de 24 palestinos.


Esta última escalada de violencia se produce después de un mes de Ramadán de elevadísima tensión, especialmente en Jerusalén, con altos niveles de violencia y enfrentamientos con la policía que han dejado centenares de heridos en la
explanada de las Mezquitas. A ello se suman las cargas dentro de lugares con un importante valor religioso y cultural para la población palestina; una manifestación racista al grito de 'muerte a los árabes'; violencia por parte de colonos
israelíes y detenciones contra la campaña pacífica para evitar el desalojo, traslado forzoso y colonización del barrio jerosolimitano de Sheik Jarrah.


Estos hechos se insertan en un contexto estructural de deterioro de las condiciones de vida y de los derechos humanos de la población palestina, tras décadas de ocupación y bloqueo israelí de los territorios palestinos, de falta de
implementación sobre el terreno de las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, y de pronunciamientos de tribunales internacionales, la Unión Europea y España. Durante este
tiempo la colonización no ha dejado de aumentar, manteniéndose la ocupación en Cisjordania y, desde hace más de una década, el bloqueo colectivo a Gaza, pero también la apropiación de tierras y de agua, la discriminación en derechos de la población
palestina, las violaciones de derechos humanos y la desposesión de millones de personas. Todo ello se ha visto agravado recientemente por los efectos de la pandemia de la COVID-19 y por la discriminación sanitaria que supone una gran mayoría de la
población israelí vacunada frente a la escasez de medios sanitarios y vacunas para la población palestina.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'Por la que el Congreso de los Diputados:


- Hace un llamamiento al diálogo, celebra el alto el fuego entre el Gobierno de Israel y Hamas y demanda el mantenimiento del mismo.


- Exige responsabilidades ante los ataques indiscriminados a la población civil que vulneran el derecho internacional humanitario;


- Muestra su gran preocupación por la situación en la región, y especialmente la emergencia humanitaria en Gaza, con más de 200 muertos, 55 de ellos niñas y niños, y con escuelas, hospitales y comercios al borde del colapso;


- Insta a Israel a permitir la entrada de ayuda humanitaria a Gaza para dar protección a aquellas personas que más lo necesitan;


- Rechaza los desahucios de familias palestinas en Sheij Jarrah por parte de Israel;


- Rechaza la profanación de lugares sagrados, como el complejo de Al Aqsa en Jerusalén;


- Reafirma el derecho al retorno de los palestinos, de acuerdo con la Resolución 3236 de la Asamblea General de Naciones Unidas del 22 de noviembre de 1974, como 'el derecho inalienable de los palestinos a regresar a sus hogares y recuperar
sus bienes desde donde quiera que se encuentren desplazados y desarraigados y pide su retorno';


- Muestra su compromiso con los derechos de la población refugiada palestina y con el trabajo de la UNRWA a la espera de una solución justa basada en la resolución 194 (III);


- Insta a la comunidad internacional a trabajar y adoptar medidas para alcanzar una solución justa y sostenible que ponga fin a la ocupación y bloqueo israelí de los territorios palestinos, así como las violaciones de derechos humanos y
políticas discriminatorias hacia la población palestina;



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- Aboga por la solución de dos Estados para alcanzar la paz y seguridad entre Israel y Palestina, y que se respeten los derechos humanos y el derecho internacional. El diálogo pacífico entre ambas partes en el marco de la legalidad
internacional es la única solución posible, y la que protege las vidas de palestinos e israelíes. Tanto israelíes como palestinos tienen el derecho de vivir en paz y seguridad, libertad y democracia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo 2021.-María Gloria Elizo Serrano y Lucía Muñoz Dalda, Diputadas.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en
Común.-Oskar Matute García de Jalón, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Erria Bildu.-Marta Rosique i Saltor, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.-Mariona Illamola Dausà y Joan Baldoví Roda,
Diputados.-Iñigo Errejón Galván y Néstor Rego Candamil, Portavoces del Grupo Parlamentario Plural.-Albert Botran Pahissa y Pedro Quevedo Iturbe, Diputados.


Comisión de Defensa


161/002622


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, doña Patricia Rueda Perelló y don Luis Gestoso
de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a la promoción de la investigación de la tecnología hipersónica y sus aplicaciones civiles y militares, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Ante un panorama internacional globalizado que 'se caracteriza por el incremento permanente de la velocidad de cambio, en el que cada vez es más frecuente la aparición de hechos disruptivos especialmente de la mano de la tecnología
o de actores no estatales capaces de convertirse en riesgos y amenazas poliédricas, cambiantes, difíciles de evaluar y de predecir' 12, se torna indispensable la anticipación y la proactividad por parte de los servidores públicos con el fin de poder
afrontar los desafíos y amenazas que deparan los nuevos tiempos.


Así, esta aceleración del cambio 'obrará como un impulso exponencial acumulativo que provocará la aparición de novedades a un ritmo cada vez más acelerado, obligando a un constante y creciente esfuerzo por dotarse de las capacidades de
última generación, que dejarán los equipos y materiales obsoletos a gran velocidad'. 13


En este sentido, el profesor Guillem Colom ha definido estos fenómenos transformadores como Revoluciones en los Asuntos Militares (RAM), entendiéndose por tal:


'Una profunda transformación en Informa de operar de los ejércitos que deriva de la aplicación e integración de nuevas tecnologías, doctrinas, procedimientos o formas de organización que convierten en irrelevantes las formas de guerra
prerrevolucionarias. En consecuencia, el primer ejército que explota estos cambios disfruta de una gran superioridad respecto a sus competidores, que sólo pueden acabar con esta supremacía bien adquiriendo estas capacidades producto de la RAÍA o
desarrollando una respuesta que acabe con esta situación' 14.


12 'Panorama de tendencias geopolíticas: Horizonte 2040', Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE), Ministerio de Defensa. 2019. Pp. 7-8. Disponible [en línea]:
file:///C:/Users/iorto/Downloads/panorama_de_tendencias_geopolíticas_2040.pdf


13 Ibidem. P. 148.


14 COLOM, Guillem: 'Entre Ares y Atenea: el debate sobre la Revolución en los Asuntos Militares', Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado-UNED, 2008. P.26. Disponible [en línea]:
https://iugm.es/wp-content/uploads/2016/07/Libro Entre ares.pdf



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En concreto, y a pesar de no existir un consenso absoluto sobre los hechos disruptivos que pueden constituir un punto de inflexión en el arte de hacer la guerra contemporáneo, los expertos coinciden en que la tecnología hipersónica -y sus
armas-, 'podrían habilitar opciones de ataque de largo alcance, contra amenazas distantes, protegidas y críticas, mientras que otras fuerzas no están disponibles o no tienen acceso' 15. Con ello, todos los sistemas de defensa actuales quedarían
irremediablemente obsoletos. De este modo, la tecnología hipersónica dejaría a los países que no la desarrollen en una posición de indefensión total.


Segundo. El interés que suscita esta tecnología -calificada por algunos como disruptiva-, queda patente en su inclusión entre las prioridades de las grandes potencias. De hecho, el pasado 26 de abril, el servicio de investigación del
Congreso de los Estados Unidos de América publicó un informe titulado 'Hypersonic Weapons: Background and Issuesfor Congress' 16.


Este informe destaca la voluntad de Estados Unidos por desarrollar armas hipersónicas como 'parte de su programa de Ataque Global Inmediato Convencional' iniciado a principios del siglo XXI. En este sentido, 'tanto el Pentágono como el
Congreso han mostrado un creciente interés en el desarrollo y el despliegue en el corto plazo de sistemas hipersónicos' 17. No obstante, el por entonces subsecretario de Defensa estadounidense, Michael Griffin, máximo responsable de Investigación e
Ingeniería, declaró ante el Congreso que 'Estados Unidos no tiene sistemas que puedan amenazar [a China y Rusia] de forma proporcionada, y no tenemos defensas contra sus sistemas.' 18


Una de las grandes diferencias entre los programas de las potencias citadas reside en que las armas hipersónicas que Estados Unidos está desarrollando no están diseñadas para incorporar cabezas nucleares.


Sin perjuicio de lo anterior, la participación de países como Estados Unidos, China y Rusia en el desarrollo de este tipo de tecnología es una señal inequívoca del recorrido que esta tecnología tiene en el campo militar. Diversos autores
sostienen que los misiles hipersónicos son una 'evolución revolucionaria, el último paso de la carrera misilística iniciada durante la Segunda Guerra Mundial', y señalan que 'no resulta demasiado aventurado suponer que el despliegue masivo de
misiles hipersónicos tiene todos los visos de marcar un antes y un después en la forma de combatir en el mar, de cumplirse las expectativas acerca de su relativa inmunidad ante las defensas actuales, combinada con un gran alcance (superior a 1.000
kilómetros en algunos casos)'. 19


De cumplirse esta predicción, se produciría un 'desequilibrio como mínimo temporal entre la lanza y el escudo, en favor de la primera ... y que obligará a modificar la composición de las flotas en las próximas décadas'. Así, estos misiles
se convertirán en la punta de lanza de las estrategias A2/ AD -denegación de acceso-, que beneficiarían enormemente a los países con menor fuerza naval.


15 GOULD, Joe: 'US nuclear general worries over Russia's weapons outside New START', Defensenews. 26.02.2019. Disponible [en línea]:
https://www.defensenews.com/smr/nuclear-arsenal/2019/02/26/us-nuclear-general-worries-over-russias-weapons-outside-new-start/


16 SAYLER, Kelley M: 'Hypersonic Weapons: Background and Issues for Congress', Cogressional Research Service, R45811, 26.01.2021.


17 Ibídem. P.l.


18 Ibídem. P.l.


19 El artículo que se ha tomado de referencia es: RODRÍGUEZ, Antonio, y POSSE, Sergio: 'Armas hipersónicas y guerra naval', Revista Ejércitos. Publicado el 24/04/2020.



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A continuación se adjunta un diagrama que demostraría la superioridad armamentística que representan los misiles hipersónicos:


[**********página con cuadro**********]


Por tanto, la gran ventaja de estas armas -concretamente de los misiles-, reside en su capacidad de no realizar una trayectoria balística convencional y de maniobrar durante la misma 20. Con ello, las defensas convencionales antimisiles
quedarán obsoletas, incapaces de seguir a unos objetivos cuya 'huella' es 'entre 10 y 20 veces más débil que la de un misil balístico convencional 21. Si a esto añadimos que tanto Rusia como China están desarrollando esta tecnología con cabezas
nucleares, la necesidad de una defensa antimisiles moderna -el escudo-, adquiere un carácter perentorio.


Tercero. Por su parte, la Federación Rusa lleva realizando investigaciones sobre la tecnología hipersónica desde los años ochenta. Actualmente, cuenta con tres programas de armas hipersónicas principales: el Avangard, el 3M22 Tsirkon -más
conocido como Zircon-, y el Kinzhal. El primero es un vehículo de planeo hipersónico lanzado desde un misil balístico intercontinental (ICBM) 22, lo que le da un rango de alcance ilimitado. Ha sido probado con éxito en 2016 y 2018, alcanzando
velocidades de Mach 20. El segundo, es un misil de crucero lanzado desde un buque que es capaz de alcanzar velocidades entre Mach 6 y Mach 8. Su alcance se sitúa entre las 250 y 600 millas (entre 400 y 965 kilómetros). Empero, la gran ventaja de
este misil es que puede ser lanzado desde varios tipos de buques. Entre ellos, los cruceros Almirante Nakhimov y el Pyotr Veliky, o las corbetas Proyecto 20380, las fragatas Proyecto 22350 o los submarinos clase Yasen. Por su parte, el Kinzhal,
según la inteligencia estadounidense, fue probado -con resultado positivo- en julio del año 2018 23 y ya estaría listo para el combate. El objetivo de la Federación Rusa es desplegar este sistema en sus MiG-31 y los Su-34, lo que sumado a su
velocidad -Mach 10-, y su rango de acción -hasta los 2.100 km cuando se lanza desde un MiG-31-, hacen del Kinzhal una potente herramienta de disuasión dentro del arsenal ruso.


Cuarto. El Gobierno chino está desarrollando un ambicioso plan de rearme. En este sentido, el alto mando chino es conocedor del profuso programa que Estados Unidos está desarrollando en tecnología hipersónica, concretamente en misiles, por
lo que tiene como meta contrarrestar los avances norteamericanos.


Los sistemas de misiles chinos más relevantes son los siguientes:


- El DF-17, un misil balístico, cuyo alcance oscila entre los 1.600 y los 2.400 kilómetros.


- El DF-41, que puede transportar una cabeza nuclear. Este sistema incrementa de forma exponencial la capacidad china, y pone en serio riesgo el territorio estadounidense.


20 'Gliding missiles that fly faster than Mach 5 are coming', The Economist, 06.04.2019


21 SAYLER, Kelley M: 'Hypersonic Weapons ...' op.cit. p. 3.


22 Concretamente el SS-19 Stiletto ICBM. No obstante, en el citado informe del Congreso de los Estados Unidos se destaca que Rusia planea lanzar el Avangard desde el ICBM Sarmat.


23 SAYLER, Kelley M: 'Hypersonic Weapons ...' op.cit. p. 13.



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Asimismo, China ha probado con éxito el Starry Sky-2 -también conocido como Xing Kong-2-, un prototipo de vehículo hipersónico capaz de transportar carga nuclear alcanzando una velocidad de Mach 6 y de realizar maniobras en vuelo,
dificultando su interceptación. El ex subsecretario de Defensa ha apuntado que en marzo de 2018 'China ha realizado 20 veces más test hipersónicos que los Estados Unidos.' 24


Quinto. Así las cosas, la relevancia que está adquiriendo la tecnología hipersónica se manifiesta en el desarrollo de programas similares que están siendo llevados a cabo por otros países que, pese a no ser grandes potencias, sí tienen esta
tecnología entre sus prioridades 25.


Este es el caso de Australia, que desde el año 2007 colabora, junto con Estados Unidos, en el programa Hypersonic International Flight Research Experimentation (HiFIRE), y en el Southern Cross Integrated Flight Research Experiment (SCIFiRE),
sucesor del primero.


Por su parte, en el Viejo Continente, Francia está llevando a cabo programas de experimentación similares. Tras tres décadas de investigación, y de estrecha colaboración con la Federación Rusa, el Gobierno francés ha anunciado su intención
de desarrollar armas hipersónicas. La ministra de Defensa gala, Florence Parly, realizó las siguientes declaraciones:


'Muchos países están adquiriéndolas [armas hipersónicas] y nosotros sabemos cómo desarrollarlas, no podemos permitirnos el lujo de esperar' 26.


En este sentido, la Agencia France-Presse ha publicado que 'bajo el proyecto V-MaX [Vehículo de Maniobra Experimental], dirigido por ArianeGroup, una empresa conjunta entre Airbus y la francesa Safran, el misil aire-tierra ASN4G, que
reemplazará al ASMP de rango medio, posiblemente podría configurarse para viajar a velocidades hipersónicas' 27, concretamente a Mach 5.


Fruto de este largo proceso de investigación, Francia es el país que lidera el programa europeo TWISTER (Timely Warning and Interception with Space-Based Theather Surveillance). Su objetivo es desarrollar para 2030 una red de sensores de
alerta temprana basados en satélites y un interceptor capaz de ser lanzado desde tierra y mar, el cual deberá hacer frente a IRBM maniobrables, misiles de crucero y planeadores hipersónicos, además de aviones.


Además de nuestro país vecino, España también participa en este proyecto junto a Italia y Finlandia.


Sexto. En síntesis, y como ha quedado patente a lo largo del texto, la tecnología hipersónica supone un punto de inflexión en el modo contemporáneo de hacer la guerra. La adquisición de este tipo de armas por parte de países con intereses
antagónicos a los de España y a los de nuestros socios comunitarios, dejan a nuestras Fuerzas Armadas en una posición de debilidad que genera una grave situación de indefensión. Esto, a su vez, produce un fuerte incentivo a nuestros rivales
geoestratégicos para obligarnos a ceder ante sus intereses.


En este estado de cosas, la investigación de la tecnología hipersónica no debe entenderse únicamente en su faceta militar, sino que esta es una consecuencia lógica y positiva del desarrollo de la Base Industrial y Tecnológica de Defensa
(BITD) de nuestro país. Por tanto, y ante un entorno condicionado por la innovación tecnológica constante, es esencial 'desarrollar una estrategia de anticipación, y no de reacción, mediante una estrecha colaboración con el sector académico,
empresarial, público, privado y militar' 28. Así lo contempla el 'Entorno Operativo 2035', el principal documento prospectivo del Ministerio de Defensa.


Asimismo, la inversión en Defensa actúa en una simbiosis perfecta con el desarrollo industrial del país, generando empleos de alta cualificación y gran productividad.


24 Ibidem. P.15.


25 SPEIER, Richard H., NACOUZI, George, LEE, Carrie A., MOORE, Richard M.: 'Hypersonic Missile Nonproliferation: Hindering the Spread of a New Class of Weapons', RAND Corporation, 2017. p. 34.


26 PECK, Michael: 'Now France wants hypersonic Missiles by 2021', The National Interest, 04.02.2019. Disponible [en línea]: https://nationalinterest.org/blog/buzz/now-france-wants- hypersonic-missiles-2021-43202


27 Ibidem.


28 'Entorno Operativo 2035', Ministerio de Defensa, 2019. P. 29. Disponible [en línea]: https:/ / publicaciones.defensa.gob.es/entorno-operativo-2035-libros-papel.html



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Por todo ello, y al amparo de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a:


1. Crear un grupo de trabajo interministerial relativo a la tecnología hipersónica y sus implicaciones en el mundo civil y militar. Este grupo estará coordinado por el Ministerio de Defensa e incluirá al Ministerio de Ciencia e Innovación,
y al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


2. Promover la creación de un consorcio universitario cuyo objeto sea la aplicación de la tecnología hipersónica a las necesidades que marque el grupo de trabajo interministerial citado en el punto 1. De esta forma, se mejorará la
colaboración entre el mundo académico y las administraciones públicas, reduciendo duplicidades y fortaleciendo el desarrollo de la Base Industrial y Tecnológica de Defensa (BITD) española.


3. Comprometerse a elaborar un informe de carácter anual dirigido a la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, en el que se incluya los avances realizados por el grupo de trabajo ministerial y el consorcio universitario en las
investigaciones sobre la tecnología hipersónica y el coste de las mismas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2021.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Luis Gestoso de Miguel, José María Figaredo Álvarez-Sala y
Patricia Rueda Perelló, Diputados.- Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda


161/002494


Mediante escrito de fecha 11 de mayo de 2021, se ha retirado por el Grupo Parlamentario VOX la Proposición no de Ley relativa a la mejora del funcionamiento del mercado de operadores de productos petrolíferos al por mayor de cara a reducir
el fraude y permitir la libre competencia, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 270, de 12 de mayo de 2021.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2021.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/002623


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer, D. Rubén Silvano Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta, en
sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a promover la derogación de la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. España ha sido uno de los primeros países en aprobar un Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.



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1. El 7 de octubre de 2020, se aprobó definitivamente por parte del Pleno del Senado el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.


2. Culminaba de esta manera un largo camino iniciado por el Gobierno Socialista en enero de 2019, cuando el Consejo de Ministro aprobó el Proyecto de esta Ley y lo remitió al Congreso de los Diputados para su tramitación. La falta de
acuerdo en el Congreso para la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado 2020 y la convocatoria de elecciones ante el rechazo de los Presupuestos, hizo decaer la tramitación de este Proyecto de ley.


3. En febrero de 2020, el Consejo de Ministros aprobó de nuevo el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales e inició su tramitación parlamentaria que concluyó, una vez aprobado en el Congreso de los Diputados, con
su aprobación definitiva en el Senado el 7 de octubre de 2020, publicándose en el BOE de 16 de octubre de 2020 con el título 'Ley 4/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales'.


4. El Impuesto grava, en la forma y condiciones previstas en la Ley, las prestaciones de determinados servicios digitales, siempre que exista intervención de usuarios ubicados en el territorio de aplicación del impuesto (territorio español
sin perjuicio de los regímenes tributarios torales de Concierto y Convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra).


5. Se gravan con un 3 % los ingresos provenientes de:


a) Servicios de publicidad en línea, considerados como servicios de inclusión en una interfaz digital de publicidad dirigida a los usuarios de esa interfaz.


b) Servicios de intermediación en línea, entendidos como la puesta a disposición de plataformas que permitan a diferentes usuarios ponerse en contacto entre ellos, bien para facilitar entregas de bienes o prestaciones de servicios
subyacentes, bien para interactuar entre ellos.


c) Servicios de transmisión de datos, esto es, la venta o cesión de datos de usuarios recopilados en las interfaces digitales por la actividad de éstos.


6. Este impuesto se aplica a empresas cuyo importe neto de su cifra de negocios en el año natural anterior supere 750 millones de euros; y que el importe total de sus ingresos derivados de prestaciones de servicios digitales sujetas al
impuesto correspondientes al año natural anterior supere 3 millones de euros en España.


7. El Gobierno estimó que la recaudación de este impuesto alcanzará los 968 millones de euros en el año 2021 29, estableciendo como primer periodo de pago julio de 2021, fecha en la que se liquidarán los dos primeros trimestres.


8. No obstante, este impuesto va a tener consecuencias negativas para España:


a. En primer lugar, va a suponer un impacto en el consumidor, ya que las empresas trasladarán este impuesto al usuario. La Asociación Multisectorial de Empresas de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Electrónica (Ametic), y la
Asociación Española de la Economía Digital (Adigital) estimaron el incremento a pagar por los consumidores españoles al usar ciertos servicios digitales en una cantidad entre 515 y 665 millones de €.


b. Supondrá también pérdida de competitividad de nuestras empresas, al tener que asumir un impuesto que otras compañías similares ubicadas en otros países no tienen.


Segundo. La implantación de este impuesto ha generado un intenso debate a nivel internacional.


9. La irrupción de internet en la sociedad ha supuesto un antes y un después en la manera de hacer negocios y en las relaciones personales. El alto crecimiento de las empresas que ofrecen productos y servicios en la red, ha puesto sobre la
mesa la cuestión de su fiscalidad. Generalmente, en Europa estas empresas establecen su sede fiscal en países con un tratamiento favorable a nivel impositivo para luego colgar de estas sedes sus filiales en los diferentes países europeos, y de esta
manera pagar los impuestos en países con mejores condiciones fiscales. Las filiales actúan como intermediarias, cobrando por los servicios de apoyo que dan a la matriz, imputándose la amplia mayoría de los beneficios a la misma.


10. Debido al riesgo del establecimiento de tributos de forma unilateral por parte de diferentes países, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), estableció una estrategia, de acuerdo con 137 países, incluida
España, a través de dos pilares:


29 Presupuestos Generales del Estado 2021.



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a. Pilar Uno: se centra en adjudicar un porcentaje de los beneficios a ciertas jurisdicciones, garantizando que las multinacionales digitales, incluso cuando no tengan presencia física, paguen impuestos cuando lleven a cabo negocios
sostenidos y significativos. Dentro de este pilar, la OCDE estima en 100.000 millones de euros el montante potencial a recaudar y repartir entre los diferentes países.


b. Pilar Dos: plantea un tipo mínimo global para impedir los efectos que suponen que las empresas establezcan sus sedes en paraísos fiscales.


11. La toma de un acuerdo común sobre estos pilares se ha retrasado hasta verano del 2021.


12. Con anterioridad, la Comisión Europea fue la primera en proponer la creación de una tasa digital en marzo de 2018 con el objetivo de implantar un impuesto a las 'actividades digitales'. En marzo de 2019, en la reunión del Ecofin,
debido principalmente al rechazo de los países nórdicos, se decidió no aprobarla. En esta Propuesta ya se planteaba en su articulado, que 'la mejor estrategia consistiría en encontrar una solución internacional y multilateral al respecto ...' ya
que de lo contrario ' ...la descoordinación de las medidas adoptadas por los Estados miembros de forma individual puede fragmentar el mercado único y falsear la competencia, obstaculizando el desarrollo de nuevas soluciones digitales y la
competitividad de la Unión en su conjunto'.


13. El principal motivo hasta la fecha para el retraso en la consecución de un acuerdo en el marco de la OCDE ha sido la oposición de Estados Unidos, ya que consideraba que este impuesto suponía un ataque directo a sus principales empresas
de tecnología. No obstante, la administración Biden anunció en marzo del 2021, a través de la secretaria del Tesoro de EE UU, Janet Yellen, en el marco de la reunión con los ministros de Economía y Finanzas del G20, que su país renunciaba al
conocido como refugio tributario (Safe Harbor), uno de los principales obstáculos para la creación de un impuesto a las grandes compañías digitales. Este hecho es uno de los detonantes para que la OCDE haya expresado que espera aprobar este
impuesto este año.


Tercero. Los países que de manera unilateral han implantado este impuesto se exponen al riesgo de sanciones comerciales por parte de Estados Unidos.


14. Ante la falta de acuerdo tanto en el seno de la OCDE como en la Unión Europea, algunos países europeos, España, Francia, Italia, Reino Unido retomaron los planes de implantación de este impuesto en sus respectivos países. La reacción
del Gobierno Norteamericano no se hizo esperar. En junio del 2020 el secretario del Tesoro, Steve Mnuchin, remitió una carta a los ministros de Hacienda de estos países, en las que les comunicaba que rompía las negociaciones sobre este impuesto,
poniendo sobre la mesa sanciones económicas.


15. Por ejemplo, en el Foro de Davos del año 2020, Estados Unidos planteó el establecimiento de aranceles a la importación de vehículos fabricados en Reino Unido.


16. En julio de 2020, Estados Unidos anunció su intención de nuevos aranceles a productos franceses, entre los que se encontraban bolsos de señora o cosméticos, por un valor total de 1.300 millones de euros.


17. España ha recibido numerosos avisos por parte del Gobierno estadounidense que, en el caso de aprobar este impuesto, se materializaría en sanciones comerciales. Ya en junio del 2020, la administración Trump anunció que estaba estudiando
la posibilidad de aprobar aranceles a las exportaciones a su territorio de aquellos países que considerasen aprobar una tasa a los servicios digitales.


18. A finales de marzo el Representante Comercial de los Estados Unidos, anunció una imposición del 25 % de arancel a la importación de determinados productos procedentes de España, tales como, el calzado, la marroquinería, los sombreros y
el sector de la cristalería. Esto supone alcanzar un arancel del 35 % para el calzado, lo cual le haría perder competitividad en el mercado estadounidense. Conviene recordar que en el año 2020 'el 7 % de las exportaciones de calzado español fue a
USA, un porcentaje que supone 156 millones de euros y 3,5 millones de pares.' 30


19. El sector del calzado ha experimentado una notable reducción de su actividad durante el año 2020 por el cierre de fronteras, los confinamientos y el cierre de establecimientos comerciales. Concretamente en el año 2020 el sector
registró una caída del 43,5 % del IPI (índice de Producción Industrial).


20. Nuevos aranceles representarían caídas adicionales de facturación que su-pondrían la destrucción de gran parte de nuestro tejido productivo.


30 Invertia.



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21. Dado que tanto la OCDE como la Comisión Europea tienen en su agenda, y ya están negociando, la implantación de este Impuesto, siempre de acuerdo con los países que integran dichos estamentos, carece de toda lógica abordar la
implantación de este impuesto de manera unilateral, por el daño que supone a la competitividad, y por el riesgo en la capacidad exportadora de nuestro tejido productivo.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la derogación de la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con carácter inmediato.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Rodrigo Jiménez Revuelta, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán
e Iván Espinosa de los Monteros de Simón, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/002624


A la Mesa de la Comisión de Hacienda


Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Congreso de los Diputados presenta, para su debate en Comisión, la siguiente
Proposición no de Ley sobre los incentivos fiscales a las producciones cinematográficas en Canarias.


Exposición de motivos


El incentivo fiscal a las producciones cinematográficas internacionales, tal y como está definido, fue modificado hace un año permitiendo a los estudios recibir hasta 10 millones de euros en los rodajes que se realizan en la Península y
Baleares y, en cambio, para Canarias no se tuvo en cuenta nuestro Régimen Económico y Fiscal manteniendo el incentivo hasta 5.400.000 euros.


Esto supone un lastre para seguir atrayendo producciones a Canarias ya que los estudios valoran a qué territorio ir en atención a este incentivo.


El Régimen Económico y Fiscal de Canarias contempla deducciones que no existen en la Península ni Baleares, como también que éstas sean de mayor importe y de mayor límite. Es el artículo 94 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, el que lo
permite.


Sin embargo, la Disposición Adicional 14 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, establece un importe fijo de en Canarias (5.400.000 euros) y, en estos momentos, existe un debate jurídico sobre si esta disposición adicional prevalece sobre el
artículo 94.


Al margen de la discusión jurídica, lo cierto es que el solo hecho de que exista duda y que pueda plantearse la discusión, a los estudios les supone un coste que no asumen, razón por la que se pone en riesgo que continúen creciendo en
nuestras islas este tipo de rodajes, que tantos beneficios hasta ahora nos ha dado.


El futuro de los rodajes en Canarias está en riesgo por la inseguridad jurídica creada y por la pérdida de competitividad que supone tener un estatus del incentivo no ya igual que en Península, sino peor, lo que es absolutamente contrario al
régimen jurídico que ampara nuestro régimen fiscal especial.


Por esta razón y al margen de la modificación normativa que se está promoviendo para tener por debidamente redactada la disposición adicional decimocuarta, los productores llevan esperando desde el pasado mes de mayo por el pronunciamiento
de la Dirección General de Tributos, del Ministerio de Hacienda, mediante una instrucción, bien una resolución interpretativa, bien una respuesta a consulta de los contribuyentes, confirmando el criterio que todos entendemos, es decir, que al límite
de los 10 millones se le aplica un incremento del 80 %, para hacer valer así, entre otros aspectos, la realidad de nuestro REF que, en otro caso, quedaría de facto inhabilitado.



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Por todo lo expuesto se formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la modificación la Disposición adicional decimocuarta de la Ley 19/1994, de 6 de julio, eliminando el importe fijo de en Canarias que podría limitar a 5.400.000 euros como límite máximo al
que pueden acceder los estudios en Canarias, y que prevalezca el porcentaje del artículo 94 que daría lugar a que de estos 5.400.000 euros se cumpla el diferencial fiscal favorable de manera que ascienda la deducción a 18.000.000 euros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/002630


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del Diputado del PDeCAT Ferran Bel i Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Hacienda, una
Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a ampliar, como mínimo cuatro años, el plazo de vencimiento de todas aquellas operaciones financieras formalizadas por Corporaciones Locales en situación de riesgo financiero con el Fondo de
Financiación a Entidades Locales.


Exposición de motivos


La comisión delegada del Gobierno para asuntos económicos adoptó el 14 de marzo de 2019 un Acuerdo por el que se aprobaban medidas de apoyo a las entidades locales mediante la modificación de las condiciones financieras en los casos de
aplicación de retenciones de la participación en Tributos del Estado y en los préstamos formalizados por Ayuntamientos en situación de riesgo financiero con el fondo de Financiación a entidades locales.


La medida 3 del mencionado acuerdo consistió en la agrupación de los préstamos formalizados con los compartimentos Fondo en Liquidación para la financiación de los Pagos a los Proveedores de Entidades Locales, con el Fondo de Ordenación y
Fondo de Impulso Económico, del Fondo de Financiación a Entidades Locales (FFEELL), modificando las condiciones financieras. Esto supuso que todos los préstamos formalizados hasta 31 de diciembre de 2018 con los distintos compartimentos del FFEELL,
incluidos los correspondientes al Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores, se agruparan en una sola operación, con las condiciones financieras recogidas en el Acuerdo de 14 de marzo. Esta medida era una medida de
carácter obligatorio, que se aplicaba de oficio.


Para esta agrupación en una operación única de los mencionados préstamos, se establecieron una serie de condiciones financieras. Entre estas, se estableció la condición 5.ª, Plazo de la operación, que fue diferente para cada caso, así para
cada Entidad Local, el plazo de la operación fue hasta la fecha de vencimiento de la operación que tenía el mayor período de amortización de las que hubiere suscrito hasta 31 de diciembre de 2018. También se estableció la condición 13.ª, Esquema de
amortizaciones, que fijaba para las operaciones formalizadas un periodo de carencia de 2 años a partir de junio de 2019 (2020 y 2021), y que la amortización del principal sería lineal anual comenzando en junio de 2022. Durante el periodo de
carencia se satisfará el pago de intereses. Esto supuso que para todas aquellas CCLL que formalizaron préstamos durante 2012 al amparo de la creación del FFEELL, y al ser la duración de estos préstamos de diez años, esta medida les supusieron que
en el momento de la agrupación el plazo de la operación fuese de tres años (2022) y, al establecerse una carencia de dos años, las cantidades previstas de amortizar durante el 2020 y 2021 deberán amortizase en el 2022, conjuntamente con la
amortización prevista para este ejercicio, es decir, no se amortiza nada en 2020 y 2021, pero deberá amortizarse el triple durante el 2022, aumentando de forma importante las amortizaciones en este ejercicio presupuestario. Este efecto también se
producirá con las operaciones formalizadas en ejercicios posteriores, aunque como el número de años pendientes en dichas operaciones es superior, el impacto de los dos años de



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carencia en el incremento de las amortizaciones en los ejercicios posteriores será menor a medida que mayor sea el plazo de la operación.


Esta medida supuso en un primer momento un alivio para los presupuestos de las corporaciones locales durante los ejercicios 2020 y 2021, y aunque no estuviera previsto en el momento de la decisión, facilitó a las corporaciones locales
afectadas el afrontar el impacto de la pandemia del COVID-19. La situación derivada de la pandemia y post pandemia hace previsible que la situación financiera y presupuestaria de las CCLL durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 sea muy complicada,
de hecho, es previsible que la liquidación definitiva de la PIE del 2020 y 2021, a efectuar en los ejercicios 2022 y 2023, sean negativas.


Por todo ello, los Diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas oportunas para modificar, ampliando como mínimo cuatro años, el plazo de vencimiento, y por tanto el periodo de amortización, de todas aquellas operaciones financieras
agrupadas al amparo del acuerdo de la comisión delegada del Gobierno para asuntos económicos de 14 de marzo de 2019, por el que se aprobaron medidas de apoyo a las entidades locales mediante la modificación de las condiciones financieras en los
casos de aplicación de retenciones de la participación en Tributos del Estado y en los préstamos formalizados por Ayuntamientos en situación de riesgo financiero con el fondo de Financiación a entidades locales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-Miriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/002632


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la liquidación de los Entes
Locales en 2022 y 2023 respecto a las entregas a cuenta de 2020 y 2021, para su debate en Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


La excepcionalidad de la crisis sanitaria y económica ha impactado de forma directa tanto en las comunidades autónomas como en los entes locales, que han visto reducidos sus ingresos al tiempo que han aumentado sus gastos para poder hacer
frente a las consecuencias sanitarias, económicas y sociales de la pandemia. No olvidemos que las CCAA, entre otras, tienen transferidas las competencias en sanidad, en educación y en la mayoría de los servicios sociales.


Por su parte, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local establece las competencias reservadas a los municipios, un amplio listado que convierte estas administraciones públicas en la base de los
servicios que el Estado presta a los ciudadanos y que van desde la policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios, protección de la salubridad pública, promoción del deporte, la cultura y la igualdad entre hombres y mujeres, a
la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria, entre otros.


La ventaja del ámbito local es doble. De una parte, los 8.131 municipios que hay en nuestro país garantizan la máxima cercanía al ciudadano y los convierten en el primer lugar al que acuden las familias cuando tienen problemas, como ha
quedado más que evidenciado con la crisis económica y social que ha seguido a la crisis sanitaria. De otra, su versatilidad permite adaptar las políticas públicas generales a las especificidades y singularidades de cada territorio, logrando que su
ejecución sea más eficiente y eficaz. Y además lo puede hacer con una capacidad de reacción de la que adolece la administración central del Estado.


Por eso, desde el inicio de la pandemia provocada por el virus COVID-19 las entidades locales se adelantaron al propio gobierno central y pusieron en marcha medidas para contener la expansión del



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virus, para preservar la salud de empleados públicos y vecinos, y también para paliar los efectos de la crisis sanitaria, social y económica derivada de la pandemia.


Un esfuerzo extraordinario realizado por los gobiernos locales que no se ha visto correspondido por el gobierno de España, que no solo no ha destinado un solo euro a apoyar a las entidades locales en su lucha contra el virus y las negativas
consecuencias del mismo, sino que intentó apropiarse de los remanentes de tesorería que estas administraciones fueron ahorrando desde 2012 (en una propuesta que la unión del municipalismo consiguió tumbar) y, además, le ha generado de forma
consciente un problema en 2022 y 2023.


Recordemos que a las provincias y los municipios que sean capitales de provincia o de Comunidad Autónoma, o aquellos que tengan más de 75.000 habitantes, se les cede una parte del IRPF, del IVA y de los impuestos especiales sobre alcoholes,
hidrocarburos y labores del tabaco (que oscila entre el 1 % y el 3 %, aproximadamente, dependiendo del impuesto y de si se trata de un municipio o una provincia). Por otra parte, los denominados 'municipios turísticos' (aquellos que, no cumpliendo
los requisitos para acceder al sistema de cesión de impuestos tienen una población superior a 20.000 habitantes y un número de viviendas de 2.ª residencia superior al de viviendas principales) también se financian mediante una participación en los
tributos del Estado de carácter mixto, en el que además de participar en el modelo general de variables se incluyen elementos relacionados con la cesión de rendimientos de los impuestos especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del tabaco
imputables a los mismos.


Cada año, y coincidiendo normalmente con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, el ejecutivo central hace una estimación de ingresos tributarios y transfiere a las Entidades Locales (EELL) unas entregas a cuenta de esos
ingresos estimados. Dos años después, cuando se conoce la liquidación definitiva, se realiza una compensación a favor de las EELL (si las entregas a cuenta que recibieron dos años antes fueron menores que los ingresos tributarios reales) o a favor
de la Administración General del Estado (si las entregas a cuenta que recibieron dos años antes las EELL fueron mayores que los ingresos tributarios reales).


La solución adoptada por el ejecutivo central en 2020, incrementando las entregas a cuenta un 1,6 % a pesar de que se sabía que, como consecuencia de la pandemia, se produciría una fuerte caída de los ingresos tributarios (finalmente han
caído un - 8,8 %), va a generar a las Entidades Locales un problema en 2022 y 2023 cuando deba realizarse la liquidación definitiva y tengan que devolver a la Administración Central del Estado el exceso recibido en 2020 y 2021.


Teniendo en cuenta que en 2022 aún no se habrán recuperado los niveles de actividad previos a la pandemia y que el Gobierno ha incumplido su compromiso de reformar el sistema de financiación local, ninguna Entidad Local va a poder hacer
frente a esta deuda que el Gobierno le ha generado de forma consciente, puesto que le hemos advertido de forma reiterada de esta circunstancia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aprobar los mecanismos que sean necesarios para impedir que se produzca el desajuste económico-financiero resultante del saldo negativo que se generará en 2022 y 2023, cuando se calcule la liquidación definitiva y se compare con las
entregas a cuenta recibidas en 2020 y 2021 por las Entidades Locales.


2. Dar los pasos necesarios para reformar el sistema de financiación local para garantizar la suficiencia económica que el artículo 140 y siguientes de la Constitución Española reconocen a la Administración Local'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira, Mario Garcés Sanagustín, Antonio González Terol y Eloy Suárez Lamata, Diputados.- Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002648


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para modificar la normativa existente
sobre subvenciones y ayudas, para su debate en la Comisión de Hacienda.



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Exposición de motivos


Durante la crisis provocada por el COVID-19, las administraciones públicas han arbitrado medidas de ayuda en función de sus capacidades para dar solución a numerosos colectivos que la situación económica ha puesto en unas dificultades
extremas.


Es muy difícil reseñar todos los sectores a los que se han dirigido estas ayudas desde los diferentes niveles de la Administración Pública: personas que carecen de ingresos, autónomos, comercios, bares, restaurantes, empresas etc.


Lo cierto es que las administraciones, en la medida de sus competencia y de lo que sus capacidades le permiten, y unas con más intensidad que otras, están haciendo un esfuerzo por apoyar a los ciudadanos desfavorecidos o a sectores
económicos que han visto reducidos de forma importante o casi total sus ingresos.


Pero existe un importante problema en la actualidad dada la regulación actual de las normativas de concesión de subvenciones y ayudas. Ésta dispone que es necesario estar al corriente de pago de los diferentes impuestos y tasas que las
administraciones arbitran. El impago de las mismas imposibilita el acceso a estas ayudas. Es por ello que, dadas las circunstancias actuales, numerosos colectivos de personas o empresas que están padeciendo la crisis del COVID-19 al carecer de
ingresos o reducirse estos de forma importante son deudores de las Administraciones Públicas por no poder hacer frente al pago de deudas tributarias o deudas de la Seguridad Social.


Ante esta situación excepcional es obvio que se necesitan medidas excepcionales de carácter transitorio, hasta que la situación económica mejore, encaminadas a facilitar el acceso de las ayudas a sus destinatarios que les permitan tener una
vida digna o facilite la viabilidad de sus negocios.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Popular propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a efectuar las modificaciones legislativas necesarias del régimen de concesión de ayudas y subvenciones públicas que posibiliten el acceso a las mismas en las circunstancias
excepcionales provocadas por el COVID-19, teniendo en cuenta los siguientes fundamentos:


1.º Excepcionalmente, en los ejercicios 2021 y 2022, para las convocatorias de subvenciones por motivos relacionados con la COVID-19, las administraciones públicas podrán exonerar el requisito que impide obtener la condición de beneficiario
o entidad colaboradora por no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente, establecido en los
artículos 13.2.e) y 34.5 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, siempre que las deudas tengan su causa en incumplimientos de obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, las administraciones autonómicas y/o locales
en el ejercicio 2020/2021.


2.º De igual manera, para esos mismos ejercicios, en caso de no poder acreditar la inexistencia de deudas con la administración tributaria, frente a la Administración de la Seguridad Social, las administraciones autonómicas y locales el
beneficiario deberá acreditar la deuda, su concepto y origen en el ejercicio 2020/2021 mediante certificación expedida por la Administración Tributaria, la Seguridad Social, las administraciones autonómicas y/o locales al efecto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.- Eloy Suárez Lamata, Diputado.- Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002649


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre incentivos fiscales a la
l+D+i, para su debate en Comisión de Hacienda.



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Exposición de motivos


La profunda crisis económica y social que ha seguido a la pandemia, y a una gestión sanitaria y económica más que discutible por parte del gobierno socialista, ha dejado seis millones de personas que, queriendo trabajar, no pueden hacerlo.


Mientras el gobierno fía todo a la llegada de los fondos europeos, en el Partido Popular creemos que son imprescindibles reformas estructurales que nos permitan aumentar la competitividad de las empresas, reducir trabas burocráticas,
abaratar los costes energéticos y apostar por las personas apoyándonos en dos pilares básicos: la educación y la innovación.


El último informe de la OCDE 'Perspectivas de la OCDE sobre Ciencia, Tecnología e Innovación 2021: Oportunidades en tiempos de crisis' recoge la importancia de los incentivos fiscales para el fomento de la inversión privada en l+D+i.


No obstante, tal y como destaca la AIReF en su 'Evaluación de la deducción por l+D+i' dentro del Estudio de Beneficios Fiscales, los incentivos necesitan adaptarse a las crecientes necesidades del tejido empresarial innovador para mantener y
aumentar su eficacia.


En la misma línea de situar la l+D+i en el centro de la política económica, el informe del Instituto de Estudios Económicos (IEE) 'Una propuesta de mejora para los incentivos fiscales a la l+D+i' recoge las siguientes conclusiones son:


- España está muy por debajo del conjunto de la OCDE y de la UE en ayudas del sector público a la inversión empresarial, tanto en ayudas directas como sobre todo en ayudas indirectas, donde la diferencia es sensiblemente más acusada.


- Una mayor financiación en l+D+i repercute en la sociedad, con tasas de retorno de la inversión de al menos el doble.


- El sistema de incentivos fiscales a la l+D+l debe mantenerse y mejorarse, tanto en su diseño como en su aplicación, buscando estabilidad y seguridad jurídica, así como su simplificación y agilización.


En el Grupo Parlamentario Popular compartimos estas conclusiones, por lo que presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer, en línea con el sistema propuesto por la AIReF, un mecanismo de acreditación de la l+D+i rápido y semiautomático para empresas cuya inversión por l+D+i no supere un límite determinado.


2. Simplificar los requisitos para acogerse al régimen opcional, que favorece, en especial, a las pymes, de forma que se consiga aumentar su alcance práctico.


3. Dotar de un mayor peso a la Innovación Tecnológica en las políticas fiscales, ampliando el porcentaje de deducción por este tipo de inversiones.


4. Fomentar la 'Ecoinnovación o Innovación ecoeficiente' (l+D+l sostenible y eficiente), para tratar de minimizar el impacto de la actividad económica sobre el medio ambiente.


5. Ampliar los supuestos en los que el software pueda ser considerado como l+D+i incluyendo, como tales, a los destinados a la mejora de servicios y procesos, en línea con las definiciones del Manual de Oslo y no solo a la mejora de
producto.


6. Eliminar los límites temporales de aplicación de deducciones por l+D+i, que actualmente se sitúa en 18 años desde el ejercicio de generación.


7. Incluir los costes de certificación por entidad acreditada por ENAC en la base de deducción por l+D+i.


8. Poder solicitar el Informe Motivado Vinculante en cualquier momento del proceso de inversión, incluso con carácter retroactivo.


9. Introducir nuevos modelos de financiación de la l+D+i que permitan la inversión privada en proyectos de l+D+i.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira, Mario Garcés Sanagustín y Eloy Suárez Lamata, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.



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Comisión de Interior


161/002618


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la modificación de la Ley 29/2011, de 22 de
septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


El Defensor del Pueblo recogió en su Informe Anual correspondiente al ejercicio 2018, la recomendación remitida al Ministerio del Interior, de modificar la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral de las
Víctimas del Terrorismo, en el sentido de ampliar los medios de prueba con los que cuentan las víctimas para poder acreditar la condición de una persona como amenaza por el terrorismo.


Esta recomendación se puso de relieve con motivo de la tramitación de una queja en la que el interesado, un coronel retirado de la Guardia Civil destinado en Vizcaya durante los años más duros de la lucha antiterrorista, exponía la
problemática que afecta a aquellas víctimas que no pueden probar su situación de amenazados por el terrorismo de la forma exigida por la ley, al no haberse producido nunca denuncia debido al entorno de miedo en el que estas amenazas se producían.
Ante estos delitos, sus víctimas, no solo se veían obligadas a abandonar el País Vasco, como sucedió en tantos casos, sino que después se veían desprotegidas por un Estado incapaz de ampararlas y otorgarles su condición de víctima del terrorismo,
con todos los derechos inherentes a ello.


El artículo 5 de la Ley 29/2011 referida, viene a establecer que la condición de 'amenazado' y, con ello, las ayudas extraordinarias recogidas en la normativa para estas víctimas, se otorgará a quienes acrediten, de la forma recogida en el
artículo 3 bis del mismo texto legal, sufrir situaciones de amenazas o coacciones directas y reiteradas procedentes de organizaciones terroristas. Por su parte, el artículo 3 bis exige sentencia firme o la incoación de diligencias judiciales o
procesos penales para el enjuiciamiento de los delitos de los que derive la condición de víctima.


Según se podía desprender del planteamiento de la queja formulada al Defensor del Pueblo, y en palabras del mismo, antes del año 1986 los Cuerpos de Seguridad con carácter general no instruían diligencias policiales por amenaza terrorista
para su entrega a la autoridad judicial con la que se inician la mayoría de los procesos penales y, en cambio, sí se aconsejaba a las víctimas que abandonaran su localidad de residencia. A su vez, la asistencia en salud mental no se integró en el
servicio sanitario general hasta el año 1986, por lo que, antes de esa fecha, las víctimas de amenazas terroristas no podían aportar los preceptivos informes psiquiátricos y psicológicos que debieron redactarse en las fechas inmediatas a ocurrir los
hechos. Por ello, prosigue el Defensor del Pueblo, es 'razonable en el momento actual proponer que los medios probatorios que se exijan para la acreditación de las amenazas se ajusten y se acomoden a los existentes en la época y momento en que la
víctima sufrió la amenaza, mediante la adición a los dos supuestos del artículo 3 bis de la ley (sentencia firme, diligencias judiciales o incoación de proceso penal) de un tercer supuesto que recoja el derecho constitucional de contenido procesal a
'utilizar los medios de prueba para su defensa', enumerado en el artículo 24.2 de la Constitución española, y la regla general del artículo 77 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.


El Defensor del Pueblo admite que esta pretensión ha sido objeto de otras muchas quejas en el mismo sentido, por lo que estima procedente formular la Recomendación al Ministerio del Interior a la que nos hemos referido y que, hasta la fecha,
no ha tenido respuesta. Por su parte, en apoyo de esta propuesta la Abogacía General del Estado, en un informe de fecha 17 de octubre de 2014, apuesta también por modular el rigor probatorio exigido en el repetido artículo 3 bis de la Ley 29/2011.


Desde Ciudadanos creemos que las víctimas del terrorismo son una referencia ética y moral para nuestro país y, nosotros, como poderes públicos, tenemos la obligación de proteger su memoria y dignidad y profundizar en la mejora de sus
derechos.



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Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la Ley 29/2011, de 22 de septiembre de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, en el sentido recomendado por el Defensor del Pueblo, para añadir, en el
subapartado 1.b) del artículo 3 bis) de la misma, un nuevo inciso por el que se permita acreditar, mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho, la condición de amenazado o coaccionado por actividad terrorista, aun cuando no exista
sentencia firme, ni se hayan practicado diligencias judiciales ni incoado proceso penal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002634


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para implementar un Plan Integral de
Migraciones, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


A lo largo de la tarde de ayer, las autoridades ceutíes y varios medios de comunicación comenzaron a informar de entradas masivas de personas procedentes de Marruecos a la ciudad de Ceuta, cruzando principalmente a través de la playa del
Tarajal. Según las últimas cifras facilitadas por las autoridades ceutíes, hasta 5.000 personas habrían conseguido entrar de forma irregular en la ciudad, de los cuales entre 1.000 y 1.500 serían menores. Teniendo en cuenta el número de habitantes
locales, esto supone que Ceuta ha recibido, en un sólo día, el equivalente al 6 % de su población.


La magnitud del desafío es tal que las Fuerzas Armadas se han desplegado en Ceuta para ayudar a asegurar la frontera que separa la ciudad española de Marruecos. No en vano, estas entradas suponen, también en sólo un día, ya el doble de
todas las que se registraron conjuntamente en la ciudad autónoma en 2019 y 2020. Asimismo, tanto los dispositivos locales de Policía Nacional y de Guardia Civil como las organizaciones encargadas de dar asistencia sanitaria a los migrantes, como
Cruz Roja, han afirmado encontrarse desbordados. Es más, incluso las instalaciones habilitadas para acoger temporalmente a estas personas hasta su devolución o el desarrollo del procedimiento de solicitud de asilo son también insuficientes. La
Comandancia General de Ceuta ha ofrecido unas 300 literas militares para acoger a estas personas, especialmente a menores, en las naves de los polígonos comerciales del Tarajal.


Estas llegadas, sin embargo, no son casuales para muchos analistas. Hace sólo unas semanas se conocía que el líder del Frente Polisario, Brahim Gali, había sido trasladado de urgencia a Logroño para ser tratado por un cuadro clínico grave
de COVID-19. Aunque el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación admitió esta acogida aludiendo razones humanitarias, lo cierto es que las autoridades marroquíes ya mostraron su desacuerdo con el traslado de Gali del Sáhara
Occidental, bajo ocupación de Marruecos, a España. Por tanto, varios expertos apuntan a este episodio como la causa de las llegadas masivas de personas a Ceuta. No sería la primera vez que las autoridades marroquíes utilizan los flujos migratorios
hacia España como elemento de presión política para expresar su desacuerdo con posiciones del Gobierno de España. En las últimas horas, de hecho, se han registrado también llegadas a Melilla, aunque de forma mucho más limitada que en Ceuta.


Mientras tanto, la ministra González Laya ha afirmado que la llegada masiva de personas desde Marruecos a Ceuta no se debe a desacuerdos políticos entre ambos gobiernos, y ha añadido que no concibe 'poner en riesgo la vida de menores como
respuesta a una acción humanitaria', en referencia a la atención hospitalaria que está recibiendo Brahim Gali en La Rioja. Pese a ello, un episodio similar se vivió el pasado invierno en Canarias, cuando la ruptura del alto el fuego entre el Frente
Polisario y Marruecos en el Sáhara Occidental tuvo como consecuencia una llegada masiva de personas al



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archipiélago español. Además, varios testigos afirman que no había presencia policial en el lado marroquí de la frontera, evidenciando la falta de control de los flujos migratorios por parte de las autoridades de Marruecos.


En definitiva, no se trata de un incidente sin precedentes, sino que todo apunta a que se trata de un intento más del gobierno marroquí de utilizar la presión migratoria como moneda de cambio para presionar políticamente al Gobierno de
España. No debemos olvidar, sin embargo, que las fronteras entre España y Marruecos son también fronteras exteriores de la Unión Europea, lo que significa que tanto España tiene la responsabilidad de que esas fronteras son seguras como la necesidad
de recibir asistencia de las instituciones de la Unión Europea, especialmente de la agencia FRONTEX, a la hora de garantizar unos flujos migratorios sostenibles y acordes a la legalidad internacional y europea.


Ante esta situación crítica, varias organizaciones e incluso los vecinos de Ceuta se han movilizado para proporcionar la atención necesaria a las personas que han entrado en la ciudad a través de la frontera con Marruecos. Se han habilitado
finalmente pabellones y estadios para poder dar cobijo a estas personas, incluidas familias enteras con niños. Por tanto, la falta de acción en materia migratoria acaba provocando situaciones humanitarias especialmente graves que requieren también
de una actuación decidida por parte del Gobierno de España, ya que no se puede dejar la responsabilidad de proporcionar esa asistencia humanitaria en manos únicamente de las organizaciones de la sociedad civil y de la responsabilidad ciudadana de la
población local.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos hemos planteado en varias ocasiones la necesidad de contar con una verdadera política de gestión inteligente de la migración en España, dado que nuestro país desgraciadamente se enfrenta a crisis
migratorias de forma recurrente por nuestra proximidad al norte de África. En 2018, el Presidente del Gobierno declaró públicamente que España por primera vez tenía una política migratoria con motivo de su decisión de acoger el buque Aquarius en el
puerto de Valencia. Sin embargo, tres años después tanto la Comunidad Autónoma de Canarias como Ceuta y Melilla han vivido las peores crisis migratorias de los últimos años, batiendo récords de llegadas de migrantes y superando incluso, en el caso
de Canarias, la situación crítica vivida con la crisis de los cayucos de 2006.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha, a la mayor brevedad posible, un Plan de Refuerzo Migratorio que consista en cinco actuaciones clave:


1. La colaboración con nuestros socios internacionales para garantizar un control efectivo de fronteras, incluyendo el establecimiento de centros de recepción de solicitudes de asilo en las regiones de origen y tránsito, evitando así que
quienes buscan protección internacional se vean obligados a desplazarse y emprender un viaje peligroso que pone en riesgo su vida.


2. Una política de retornos efectiva, incentivando los retornos voluntarios y asegurando el cumplimiento de los acuerdos bilaterales en materia de retorno de personas al país del que llegaron, condicionando otro tipo de colaboración de
carácter económico o comercial al cumplimiento de dichos acuerdos de gestión migratoria y de lucha contra las mafias.


3. Reforzar el personal de la Oficina de Asilo y Refugio para reducir los plazos de resolución de solicitudes de protección internacional, asegurando que quienes llegan a España huyendo de la guerra, la persecución o el acoso encuentran en
nuestro país un verdadero refugio, y mejorar los itinerarios de inclusión de migrantes en situación regular y refugiados, facilitando su acceso al aprendizaje de las lenguas españolas, al reconocimiento de cualificaciones y formación, y
estableciendo procedimientos claros y ágiles para el acceso a la residencia permanente.


4. Los incentivos a la atracción de migración legal cualificada, con un sistema de visado por puntos similar al canadiense, en el que los perfiles que se ajusten mejor a las necesidades del mercado laboral, o que demuestren experiencia en
materia de emprendimiento o investigación científica, puedan acceder de forma más rápida a los permisos migratorios.


5. Liderar el enfoque migratorio europeo, basado en el nuevo Pacto Migratorio presentado por la Comisión Europea, solicitando un mayor apoyo logístico, económico y técnico a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por parte de las
instituciones de la Unión Europea, especialmente de FRONTEX,



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asegurando que la labor de control de fronteras de estos profesionales no supone un riesgo para su integridad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002658


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el mantenimiento compartido del ejercicio
formal de la competencia de tráfico en la Comunidad Foral de Navarra, entre la Policía Foral de Navarra y la Guardia Civil, en el marco de las negociaciones para la transferencia de dicha competencia a la Comunidad Foral, para su debate en la
Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Fruto de un acuerdo entre el PSOE y el PNV, con el visto bueno de EH Bildu y como pago al apoyo a la investidura de Pedro Sánchez como Presidente del Gobierno y de María Chivite como Presidenta de Navarra, el Gobierno de España se
comprometió a negociar la transferencia de la competencia en materia de tráfico a la comunidad Foral de Navarra 'con el mismo contenido en extensión que la realizada en su momento a la CAV'.


Dicho acuerdo interpretado en su literalidad supone de hecho que la Guardia Civil deje de realizar las funciones de control de tráfico que ha compartido históricamente, sin ningún problema y en beneficio de toda la sociedad navarra, con la
Policía Foral de Navarra.


La única razón de semejante cesión no es sino satisfacer una exigencia del nacionalismo vasco, que no busca una mejora del servicio de tráfico que se ofrece a los ciudadanos, sino la paulatina desaparición de la Guardia Civil de la Comunidad
Foral. Se suma, además, a las últimas acciones llevadas a cabo por el Ejecutivo central encaminadas a potenciar a los partidos nacionalistas en el País Vasco y Navarra a cambio de obtener su apoyo político, como ha sido el traspaso de la
competencia de prisiones en la comunidad autónoma vasca, o el indigno acercamiento indiscriminado de presos etarras a prisiones próximas al País Vasco y Navarra.


Los acuerdos llevados a cabo por el Gobierno central con partidos nacionalistas, como los mencionados, no solo atentan contra la igualdad y, muchas veces, la dignidad, de todos los españoles, sino que responden mayoritariamente a maniobras
políticas en beneficio de sus propios intereses partidistas. Además, reciben el rechazo unánime de los principales afectados, como agentes de la Policía Nacional, Guardia Civil o Funcionarios de Prisiones. Así, a los agentes de la Agrupación de
Tráfico de Navarra, y a sus familias, se les está generando una enorme situación de incertidumbre e indefensión, al no conocer el momento ni las condiciones en que tendrán que abandonar sus trabajos, sus lugares de residencia y sus hogares.


Por otro lado, como acostumbra a hacer este Gobierno, la opacidad de este proceso mantiene al conjunto de la ciudadanía, y a sus principales afectados, en el desconocimiento más absoluto sobre sus principales características y consecuencias.
No conocemos si la Policía Foral Navarra cuenta con los recursos necesarios para hacerse cargo de estas competencias de manera íntegra en apenas unos meses; cuáles serán las condiciones de la denominada 'pasarela' para los agentes de la Guardia
Civil que pasen a la Policía Foral; cuál será la situación de los agentes trasladados fuera del territorio navarro; qué estadísticas se manejan sobre el número de agentes que querrán cambiar de Cuerpo y el número de agentes que se mantendrán en la
Benemérita y, en este caso, si éstos podrán quedarse ejerciendo sus funciones en la comunidad navarra; qué coste tendrá toda esta operación y por quién será asumida, y un largo etcétera.


Este proceder, en suma, no es sino otra muestra más del poco respeto y, muchas veces, desprecio, con el que el Presidente del Gobierno y su Ministro del Interior, tratan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de lo que pueden darse
incontables ejemplos que han desembocado en la petición reiterada de este grupo parlamentario, y otros, de reprobación, cese y petición de dimisión del Ministro Grande-Marlaska.



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Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mantener, en el marco de las negociaciones para la transferencia de la competencia en materia de tráfico a la Comunidad Foral de Navarra, el ejercicio formal de dicha competencia de forma
compartida entre la Policía Foral de Navarra y la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, como históricamente se viene efectuando a plena satisfacción de la ciudadanía navarra.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2021.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002675


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán y don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, en su condición de Portavoces Adjuntos, y don Francisco José Alcaraz Martos, don Luis Gestoso de Miguel y don Ignacio Gil Lázaro y don Juan Luis Steegmann Olmedillas, en
su condición de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la vacunación
de la Seguridad Privada, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Seguridad privada.


1. Se entiende por seguridad privada en atención al artículo 2.1 de la Ley 5/2014, de 4 de abril de Seguridad Privada ('Ley 5/2014') como 'el conjunto de actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad adoptadas, de forma
voluntaria u obligatoria, por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, realizadas o prestados por empresas de seguridad, despachos de detectives privados y personal de seguridad privada para hacer frente a actos deliberados o riesgos
accidentales, o para realizar averiguaciones sobre personas y bienes, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas, proteger su patrimonio y velar por el normal desarrollo de sus actividades'.


2. Del mismo modo, la exposición de motivos de la Ley 5/2014 indica la importancia de la seguridad privada en la sociedad, apuntando que esta seguridad 'se perfila como la forma en la que los agentes privados contribuyen a la minoración de
posibles riesgos asociados a su actividad industrial o mercantil, obtienen seguridad adicional más allá de la que provee la seguridad pública o satisfacen sus necesidades de información profesional con la investigación de asuntos de su legítimo
interés. En esta óptica, la existencia de la seguridad privada se configura como una medida de anticipación y prevención frente a posibles riesgos, peligros o delitos. La consideración de la seguridad privada como una actividad con entidad propia,
pero a la vez como parte integrante de la seguridad pública'.


3. Entre los fines que tiene la seguridad privada se encuentra 'contribuir a garantizar la seguridad pública, a prevenir infracciones y a aportar información a los procedimientos relacionados con sus actuaciones e investigaciones' [artículo
4.1.b) Ley 5/2014], así como colaborar 'en todo momento y lugar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con sujeción a lo que éstas puedan disponer en relación con la ejecución material de sus actividades' (artículo 8.2 Ley 5/2014).


4. Tal y como apunta Roldán Barbero, desde los poderes públicos se ha procedido a realizar actos de delegación en favor de la seguridad privada, quedando encargada esta de la protección y prevención de la comisión de ilícitos en
determinados ámbitos; estando ante una suerte de complemento de la también fundamental labor que llevan a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ('FCSE') 31.


31 Barbero, H. R. (2001). La seguridad privada en la prevención de delito. La Ley: Revista jurídica española de doctrina, jurisprudencia y bibliografía (1), 1816-1827, pág. 13.



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5. En nuestro país, conforme a los últimos datos publicados por el Ministerio del Interior sobre la evolución del número de empresas de seguridad privada, se puede observar que ascienden a más de 1.900 empresas, siendo las más numerosas las
dedicadas a la vigilancia, protección, instalación y mantenimiento 32.


6. En definitiva, la seguridad privada interviene de manera preventiva y activa en el mantenimiento de la estabilidad de la sociedad; en este sentido se ha de valorar y entender a este colectivo también como parte motora de la seguridad
ciudadana de nuestro país.


Segundo. Vacunación contra la COVID-19 a los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.


7. Desde que se promulgase el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 ('RDL 463/2020') se ha visto hasta qué punto los
servidores públicos y personal esencial en el desarrollo de la sociedad han llevado a cabo funciones fundamentales en nuestro país durante uno de los momentos más duros de nuestra historia reciente, ámbito en el que indubitadamente se encuentra el
personal de la seguridad privada.


8. La Estrategia de Vacunación frente a la COVID-19 en España, aprobada el 2 de diciembre de 2020, por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ('Estrategia de Vacunación'), establece en el punto 3.6.8, relativo a la
priorización en la vacunación y la evaluación de los grupos de personas a vacunar, las personas con trabajos esenciales, entendiéndolas como 'aquel o aquella necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad,
el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas'. Así, de este modo, en este punto de la Estrategia de Vacunación se incluyen, entre otros, a los Agentes
de las FCSE y otros colectivos de emergencias. De acuerdo con la Actualización n.° 7 de la Estrategia de Vacunación de 11 de mayo de 2021, los Agentes de las FCSE, junto al personal de emergencias y Fuerzas Armadas se incluyen en el Grupo 6.ª,
'desarrollando su actividad con carácter presencial, al menos una parte de la jornada' 33.


9. Argumenta la Estrategia de Vacunación sobre este colectivo que 'en un escenario de transmisión comunitaria, las personas con trabajos que prestan servicios en los sectores calificados como esenciales deben tener mayor prioridad en la
medida en que la función social, la vida y el sustento de otras personas dependen de ellas directamente y estaría en peligro si enfermaran.'.


10. Sin embargo, en la Estrategia de Vacunación y su última actualización no se dice nada sobre el personal de seguridad privada, un colectivo que desde el inicio de la pandemia ha sufrido la muerte de más de 40 agentes 34.


Tercero. Necesidad de vacunación a la seguridad privada.


11. Son varias las voces que, desde el sector de la seguridad privada, han venido reclamando que se les incluya en la Estrategia de Vacunación, valorando el papel fundamental que estos desarrollan en la sociedad. De esta forma, desde la
Federación Empresarial Española de Seguridad ('FES') han solicitado directamente al Ministro del Interior el pasado mes de febrero que el personal de las Empresas de Seguridad fuesen sujetos preferentes en los procesos de vacunación, destacando que
'entendemos que todas las empresas de seguridad y su personal que desempeña funciones de seguridad privada como servicio esencial, están en primera línea en esta lucha por contener el coronavirus y satisfacer los servicios esenciales de los
ciudadanos'.


12. A la referida misiva remitida al Ministerio del Interior se recibió respuesta por parte del Ministerio de Sanidad en la que, sin aceptar la petición de FES, se limita a apuntar obviedades, entre otras que '[ ...]a disponibilidad de
dosis de vacunas está siendo gradual, y esto hace necesario determinar paulatinamente el orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en cada una de las etapas señaladas. Para


32 Evaluación 2012-2015 del número de empresas de seguridad privada por actividades-Anuarios y Estadísticas del Ministerio del Interior; http://www.interior.gob.es/web/ archivos-ydocumentacion/seguridad-privada2 (última visita 11-05-2021).


33 Actualización 7. Estrategia de vacunación frente a COVID19 en España. Ministerio de Sanidad. https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/vacunaciones/covid19/docs/COVID-19_Actualizacion7_EstrategiaVacunacion.pdf
(última visita 12-5-2021).


34 Datos facilitados por Alternativa Sindical en noticia 'Indignación entre los vigilantes de seguridad por su exclusión del grupo prioritario de vacunación'.



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ello se ha establecido un marco ético donde prevalecen, por este orden, los principios de igualdad y dignidad de derechos, necesidad, equidad, protección a la discapacidad y al menor, beneficio social y reciprocidad. Igualmente se han
establecido cuatro criterios de riesgo: de morbilidad grave y mortalidad, de exposición, de impacto socioeconómico y de transmisión en cada grupo de población'.


13. Alternativa Sindical ha denunciado la situación describiéndola como un 'agravio comparativo' con otros grupos profesionales a los que sí se ha incluido en la Estrategia de Vacunación 35. Asimismo, el Observatorio Sectorial de Seguridad
Privada ha reclamado el mismo sentido de las anteriores Agrupaciones indicando que 'decenas de miles de profesionales de la seguridad privada han desempeñado y siguen desempeñando funciones críticas en los grandes centros e intercambiadores de
transporte, hospitales o centros comerciales, garantizando la seguridad en los controles de acceso con las nuevas medidas de toma de temperatura o el necesario distanciamiento social, actividades críticas para garantizar la vuelta definitiva a la
normalidad' 36, a lo que aducen que ha de ejecutarse una nueva actualización de la Estrategia de Vacunación para incluir un subgrupo 6A* para que se integre a los profesionales de la Seguridad Privada 37.


14. En conclusión, se puede entender la voluntad de las asociaciones y agrupaciones de los profesionales de la Seguridad Privada como algo lógico y fundamental, máxime respecto al papel que estos han tenido y siguen teniendo en la
prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana.


15. Desde el Gobierno se han de adoptar las medidas que aseguren la salud de los profesionales de la Seguridad Privada para que puedan seguir desarrollando su labor fundamental. En este sentido, los profesionales de la Seguridad Privada
habrían de estar incluidos en el Grupo 6 relativo a Personas con trabajos esenciales, por cuanto que este sector sí que se integra en ese carácter esencial.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir a los profesionales de la Seguridad Privada de forma inmediata en la Estrategia de Vacunación frente a la COVID-19, teniendo en cuenta el papel esencial que estos realizan en la
seguridad de nuestro país'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro y Juan Luis Steegmann Olmedillas, Diputados.-Macarena Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina,
Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002619


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para liderar la aplicación del Certificado Verde Digital COVID-19
de la Unión Europea para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


35 Indignación entre los vigilantes de seguridad por su exclusión del grupo prioritario de vacunación; El Independiente; https://
www.elindependiente.com/espana/2021/02/23/indignacion-entre-los-vigilantes-deseguridad-por-su-exclusion-del-grupo-prioritario-de-vacunacion/ (última visita 12-5-2021).


36 La Seguridad Privada clama por incluir a sus profesionales en la segunda fase de vacunación; Seguritecnia;
https://www.seguritecnia.es/actualidad/seguridad-privada/la-seguridad-privada-clama-por-incluir-a-sus-profesionales-en-la-segunda-fase-de vacunacion 20210218.html (última visita 12-5-2021).


37 El sector de la Seguridad Privada solicita su inclusión en el plan de vacunación después de los profesionales de seguridad pública; Cuadernos de Seguridad;
https://cuadernosdeseg-uridad.com/2021/02/vacunacion-seguridad-privada-profesionales/ (última visita 12-5-2021).



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El pasado 17 de marzo la Comisión Europea puso sobre la mesa una propuesta de certificado COVID-19 con el objetivo de recuperar cuanto antes la libertad de movimiento en la Unión Europea, evitando así restricciones arbitrarias por parte de
los gobiernos nacionales que pudieran poner en peligro esa libertad de todos los ciudadanos de la Unión, incluidos los españoles, de moverse libremente. Mediante este certificado, se aspira también a homogeneizar en un solo documento los diferentes
requisitos que pueden solicitar las autoridades nacionales de los diferentes Estados miembros para permitir la entrada en su territorio.


Según lo propuesto por la Comisión Europea, este certificado -que se denomina Certificado Verde Digital- incluirá información sobre si una persona ha sido vacunada contra el COVID-19, si ha obtenido un resultado negativo en una prueba
diagnóstica PCR o equivalente, o si se ha recuperado de una infección pasada por COVID-19. Este certificado se expedirá por parte de las autoridades nacionales, y su versión digital podrá almacenarse en cualquier dispositivo móvil. Ambas
versiones, tanto la analógica como la digital, tendrán un código QR que contendrá esa información esencial sobre la situación COVID-19 de esa persona y un sello digital específico que demuestre la autenticidad del certificado.


Este código QR será escaneado en el momento en el que un ciudadano se desplace, y se verificará el sello digital que contiene. Cada centro emisor del certificado, sea un hospital, un laboratorio de pruebas o una autoridad sanitaria, tendrá
su propia firma única encriptada en ese sello digital, y sus datos se almacenarán en una base de datos de cada país. La Comisión Europea, por su parte, pondrá en marcha las medidas necesarias para establecer un portal digital en el que poder
verificar esos sellos digitales en toda la Unión Europea, sin importar el Estado miembro en el que se haya emitido el certificado en su origen. Además, la Comisión Europea ayudará a los Estados miembros a desarrollar el programa informático
necesario para esa verificación.


Una vez esté en vigor, las restricciones al movimiento que están actualmente en vigor podrán eliminarse de forma progresiva y coordinada, evitando además diferencias entre Estados miembros y, por tanto, la fragmentación del espacio de libre
movimiento europeo. Esto es particularmente beneficioso para los países que son destino turístico de la Unión Europea, como Italia, Grecia o la propia España. Con este Certificado Verde Digital, los viajeros de toda la Unión Europea que puedan
demostrar su situación COVID-19 negativa podrán circular libremente y, simplemente, cumplir con las restricciones locales del Estado miembro que vayan a visitar, si las hubiere.


Por esta oportunidad que el Certificado Verde Digital supone tanto para las libertades fundamentales como para el sector turístico español, la delegación de Ciudadanos en el Parlamento Europeo ha liderado los trabajos del grupo liberal
europeo para avanzar cuanto antes en la implementación de este certificado. Además, hemos defendido como prioridad que este certificado no pueda ser utilizado en ningún caso como elemento discriminatorio, especialmente frente a aquellos que aún no
tienen acceso a la campaña de vacunación contra el COVID-19. La inclusión de datos sobre pruebas diagnósticas negativas y sobre infecciones pasadas es un paso adelante para evitar esa posible discriminación.


Hace unos días, el Parlamento Europeo aprobó su posición respecto al Certificado Verde Digital, y ahora es el turno de los gobiernos nacionales, representados en el Consejo de la Unión Europea, de ponerse a trabajar en sus respectivas
jurisdicciones para poner en marcha cuanto antes las plataformas, certificados, bases de datos y programas necesarios para hacer posible el funcionamiento de este certificado lo antes posible, y a poder ser antes de la campaña turística de verano.


Teniendo esto en cuenta, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implementar, a la mayor brevedad posible, la Tarjeta Sanitaria Única recogida en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 de forma que actúe como Certificado Verde Digital, recogiendo datos sobre si un ciudadano español o
residente en España ha sido vacunado, tiene una prueba diagnóstica con resultado negativo o ha superado una infección de COVID-19.


2. Trabajar con hospitales, laboratorios y autoridades sanitarias para informarles de las necesidades logísticas que requerirá el Certificado Verde Digital y proporcionarles los recursos económicos y humanos necesarios para que pongan en
marcha los sistemas necesarios para expedir dichos certificados.



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3. Formar a las autoridades competentes sobre el control de viajeros internacionales en aeropuertos, puertos y estaciones en los detalles del Certificado Verde Digital y el correcto chequeo de los datos incluidos en el mismo.


4. Poner en marcha la base de datos nacional necesaria para hacer funcionar el Certificado Verde Digital de la Unión Europea, de forma siempre compatible con los estándares nacionales y europeos en materia de privacidad y protección de
datos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-María Muñoz Vidal, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002647


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para establecer las líneas
estratégicas del ferrocarril en España y las actuaciones necesarias para desarrollarlas, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El fundamento técnico del ferrocarril y de su rentabilidad como sistema de transporte es el bajo coeficiente de acero sobre acero (rueda y rail) frente a otros medios de transporte con unos coeficientes mucho más altos, como el del neumático
del turismo o camión sobre el firme. Por ello la introducción del ferrocarril en los modos de transporte contribuyó a que descendiera el coste del transporte por pura economía energética.


Una serie de procesos en el transporte de mercancías por ferrocarril llevaron a su éxito, al reducir el coste del transporte, las mercancías se pueden vender más baratas, más personas pueden comprar los productos, más demanda, más empleo,
más prosperidad ...


Además el transporte ferroviario aporta varias ventajas importantes especialmente hoy en día: el bajo ratio de accidentes relacionados con el ferrocarril frente a la carretera, el bajo impacto de contaminación ambiental (especialmente en
emisiones) en la tracción eléctrica y la menor ocupación de terreno para la infraestructura. Al margen de la regularidad, comodidad y seguridad.


El ámbito geográfico diversifica el ámbito de actuación del ferrocarril: larga distancia, regionales, cercanías, suburbanos, urbanos, tranvías, metros y servicios privados para minerías o industrias, turístico o militar.


La Unión Europea ha decidió apostar por este tipo de transporte, fomentándolo y creando una serie de medidas políticas comunes a todos los países miembros. Estas medidas pasan por fijar objetivos económicos con criterios de explotación
comerciales y de mercado que permitan mejorar la calidad/precio, habilitar nuevos servicios, proponer nuevos productos y separar las distintas gestiones.


Así mismo la Unión Europea marca como objetivos los corredores, existiendo en España tres corredores por desarrollar: Atlántico, Mediterráneo y Central.


Las evoluciones comparadas del transporte nacional de viajeros-km y toneladas con los datos de Europa muestran un déficit en el transporte en España de cercanías y de mercancías, también un déficit importante en la interconectividad con
Europa.


España tiene una carencia importante en el transporte de cercanías de viajeros, por sus frecuencias y destinos, cuando se trata de un tipo de transporte fundamental en los ordenamientos urbanos modernos y desarrollados.


En Alta Velocidad tenemos una red viaria mallada en alta velocidad de calidad, que vertebra el territorio, pero inacabada en muchos territorios, que es necesario terminar para evitar diferencias entre territorios y su calidad de vida y
crecimiento económico.


Por todo ello se hace necesario el desarrollo del transporte ferroviario en España, estableciendo unas líneas estratégicas y unas actuaciones y plazos para llevarlas a cabo, dotándolas presupuestariamente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:



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1. Presentar una actualización de las líneas estratégicas del ferrocarril en España incluyendo una planificación realista y detallada de las actuaciones necesarias para su desarrollo.


2. Potenciar los núcleos de cercanías existentes, como forma de transporte público sostenible, dotándolos de las infraestructuras complementarias necesarias, como por ejemplo estaciones intermodales o aparcamientos disuasorios, que fomenten
su uso como transporte preferente a corto plazo.


3. Potenciar el transporte ferroviario de mercancías poniendo en valor los corredores de ancho ibérico, mejorando las conexiones ferroportuarias y creando nuevos nudos logísticos desbloqueando para ello todos los proyectos en tramitación
que no se están impulsando con la necesaria intensidad.


4. Potenciar los corredores ferroviarios Atlántico, Mediterráneo y Central sin priorizar ninguno de ellos sobre los demás garantizando así la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y territorios cuyo desarrollo futuro depende
en gran medida de dichas infraestructuras.


5. Terminar, en los plazos comprometidos, las infraestructuras de alta velocidad en ejecución como son los corredores de Galicia, Cantabria, Asturias o Extremadura garantizando el máximo aprovechamiento de los fondos europeos disponibles y
el retorno de aquellos ya invertidos en forma de impulso a la movilidad de los ciudadanos y la economía del conjunto del país.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Paloma Gázquez Collado, Andrés Lorite Lorite, Ana Zurita Expósito y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


161/002650


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la inclusión de las
inversiones del AVE Madrid-Talavera de la Reina en el Plan de Recuperación 2021-2023, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La actual línea ferroviaria Madrid-Illescas-Torrijos-Talavera de la Reina-Oropesa-Valencia de Alcántara fue inaugurada en 1881, es una línea de ferrocarril de vía única en ancho ibérico sin electrificar en la gran mayoría de su recorrido.
Las características de la actual infraestructura, vía única, supone un problema de capacidad ante un aumento de demanda, sin electrificar, lo que supone un gran impacto ambiental por el consumo de diesel, y dotada de un sistema de señalización,
seguridad y comunicaciones obsoletos, que suponen problemas de seguridad que unido a largos tiempos de viaje y constantes averías y accidentes en la línea, hacen necesario el desarrollo urgente de la Línea Ferroviaria de alta Velocidad
Madrid-Extremadura: Tramo Madrid-Oropesa.


El proyecto del AVE Madrid-Talavera de la Reina-Extremadura en el tramo Madrid-Talavera de la Reina-Oropesa se inició con el estudio informativo en 2001 que se aprobó en 2008 y la Declaración de Impacto Ambiental que se emitió con fecha 28
de febrero de 2008. El estudio informativo sirvió de base para la redacción de los proyectos constructivos de plataforma realizados por la Dirección General de Ferrocarriles para los siguientes subtramos:


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Conexión LAV Madrid-Sevilla-Olías del Rey (Toledo). Plataforma. Fecha abril 2012.


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Olías del Rey-Rielves (Toledo). Plataforma. Fecha marzo 2012.


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Rielves-Carmena (Toledo). Plataforma. Fecha septiembre 2012.


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Carmena-Montearagón (Toledo). Plataforma. Fecha diciembre 2012.


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Montearagón-Talavera de la Reina (Toledo). Plataforma. Fecha noviembre 2012.



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- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Talavera de la Reina-Calera y Chozas (Toledo). Plataforma. Fecha diciembre 2012.


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Calera y Chozas-Oropesa (Toledo). Plataforma. Fecha diciembre 2012.


- Proyecto Constructivo LAV Madrid-Extremadura-frontera Portuguesa. Tramo: Madrid-Oropesa. Subtramo: Oropesa-Límite provincial de Toledo (Toledo). Plataforma. Fecha septiembre 2012.


Tras superar la grave crisis económica, el gobierno popular impulso el proyecto en el tramo Oropesa-Talavera-Madrid adjudicando la redacción del nuevo 'Estudio Informativo del proyecto línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Extremadura.
Tramo: Madrid-Oropesa' en febrero de 2018 por un importe de 589.777,50 euros y un plazo de redacción de 24 meses. Entre sus objetivos se encontraban, además de la actualización del trazado, obtener una nueva declaración de impacto ambiental para
el tramo o la introducción de mejoras sustanciales para garantizar la continuidad de los tráficos de mercancías hacia Madrid. El estudio no fue presentado por el Ministro Ábalos hasta finales de 2020 acumulando así casi un año de retraso.


Y es que tras la moción de censura, el Gobierno actual ha paralizado de forma evidente este proyecto siendo la mejor muestra de ello la no inclusión en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de partida presupuestaria alguna hasta el año
2023, eliminando todo lo presupuestado en los PGE 2018 que incluían inversiones plurianuales de 25 millones en 2019, 85,5 en 2020 y 175 en 2021.


Ante la urgencia de terminar esta infraestructura que lleva más de diez años de retraso y teniendo en cuenta que la Unión Europea ha destinado a España 140.000 millones de euros dentro de los Fondos Europeos para la recuperación
NextGeneratiónEU y que estos recursos deben destinarse a la lucha contra el cambio climático y la despoblación, está plenamente justificado el uso de los mismos para finalizar definitivamente el Corredor Suroeste Ibérico en el Eje Atlántico
París-Madrid-Talavera de la Reina-Extremadura-Lisboa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Actualizar por procedimiento de urgencia todos los proyectos constructivos elaborados en 2012, del tramo ferroviario de alta velocidad Madrid-Talavera de la Reina-Extremadura, compatibles con el nuevo trazado.


2. Solicitar la financiación del coste de todos los proyectos constructivos de la infraestructura ferroviaria de alta velocidad del eje Atlántico del tramo Madrid-Talavera-Oropesa a través del Plan de Recuperación 2021-2023.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Carmen Riolobos Regadera, Vicente Tirado Ochoa y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002652


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la variante ferroviaria
exterior de alta velocidad de Ourense para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La variante exterior de alta velocidad de Ourense es el último tramo que ADIF-AV tiene pendiente de construir de la Línea de Alta Velocidad (LAV) a Galicia, ya que la solución de adaptación a la alta velocidad del sinuoso tramo de vía única
de 14 km desde Taboadela a Ourense tiene un carácter provisional.



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Poco después de la sesión constitutiva de la XIV Legislatura, los diputados del Partido Popular por la provincia de Ourense, Celso Delgado y Ana Vázquez, registramos el 12 de diciembre de 2019 varias preguntas al Gobierno, entre ellas estas
dos:


'¿Cuáles son los motivos por los que no fueron todavía licitadas por ADIF -AV las obras de plataforma de la Variante de Ourense, Túnel de Rante- Conexión Seixalbo y Conexión Seixalbo-Seixalbo pese a que en el Diario Oficial de la Unión
Europea del 7 de marzo, se había anunciado que tendría lugar el 1 de julio de 2019?'.


El Gobierno, con fecha 24 de enero de 2020, respondió idénticamente ambas preguntas: 'En relación con los asuntos interesados, se señala que en el anuncio del pasado 7 de marzo de 2019 se indicaba como tentativa de licitación del contrato
de obras del contrato 'Variante de Ourense. Túnel de Rante-Conexión Seixalbo y Conexión Seixalbo-Seixalbo Plataforma, a finales de 2019. En todo caso, se indica que las publicaciones de anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión
Europea (DOUE) son informativas, y no vinculantes.'


Una respuesta claramente decepcionante que evidenciaba que ADIF-AV no trabajó con diligencia y acreditaba carecer de voluntad real de licitar la variante exterior de alta velocidad ferroviaria entre Taboadela y Ourense, de 16,9 km, sobre la
que la presidenta de ADIF había declarado en noviembre de 2018: 'se optó por aprovechar el trazado actual y modernizarlo con 104 millones, pero hay una variante que se hará, que espera por la adecuación de los proyectos a la normativa, porque
nosotros pensamos en términos ferroviarios y quedarnos con 14 km de vía única en la entrada de Ourense puede, en algún momento, condicionar la fiabilidad de la línea. Adif tiene que tener flexibilidad para que no haya incidencias'.


El 23 de julio de 2020 el Boletín Oficial del Estado publicó tres anuncios de ADIF-Alta Velocidad por los que se sometía la información pública, a efectos de expropiaciones: los Proyectos de Construcción de Plataforma de Integración urbana
y Acondicionamiento de la Red Ferroviaria de Ourense. Tramo: Túnel de Rante-Conexión Seixalbo. Tramo Conexión Seixalbo-Seixalbo y Tramo: Taboadela-Túnel de Rante.


El 28 de octubre de 2020 entraba en el Congreso de los Diputados el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, en el que figuraba una partida de ADIF-AV de 29 millones de euros para la llamada variante exterior (el tramo
entre Taboadela y Ourense). Dentro del proceso de tramitación parlamentaria los diputados ourensanos del GPP registramos enmiendas para incrementar la dotación para esta variante, que fueron rechazadas en el Congreso de los Diputados el 3 de
diciembre. Y luego en el Senado.


El 21 de diciembre de 2020, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con ocasión de una visita a los viaductos ourensanos de Teixeiras, dijo 'que en la variante de Ourense ya está aprobado el primero de los proyectos y pronto se
aprobará el segundo hasta Seixalbo. Su licitación se realizará por tramos sucesivos, para facilitar la puesta en servicio segundo se completan las obras y evitar que tramos concluidos no presten servicio por una incorrecta planificación'.


Finalmente a principios de abril de 2021 se conocía que estas actuaciones se volvían a anunciar, de nuevo, en el Diario Oficial de la Unión Europea. Como ya hemos visto, en el año 2019 este anuncio no se tradujo en la licitación de las
obras, por lo que su nueva publicación, presentada por Adif como un importante avance, resulta totalmente decepcionante en ese sentido.


Procede por tanto que, sin nuevas demoras, tenga lugar ya, en el presente año 2021, la licitación de las obras de construcción de los tramos de la variante ferroviaria exterior de Ourense de la LAV a Galicia desde Taboadela hasta Seixalbo y
que se agilice la tramitación del siguiente tramo que va desde Seixalbo hasta la estación de Ourense.


Por todo lo anterior el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a licitar en el año 2021 las obras de la variante ferroviaria exterior de Ourense de la LAV a Galicia en los tramos que van desde Taboadela hasta Seixalbo y que se agilice la
tramitación de la licitación del siguiente tramo desde Seixalbo a la estación de Ourense'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Celso Delgado Arece, Ana Belén Vázquez Blanco, Ana María Pastor Julián, Juan Manuel Constenla Carbón, Diego Gago Bugarín, Javier Bas Corugeira, Jaime Eduardo de Olano Vela, Joaquín
María García Díez, Marta González Vázquez, Tristana María Moraleja Gómez y María Valentina Martínez Ferro, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al soterramiento del AVE en
Talavera de la Reina, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Ante la publicación del Estudio Informativo de la línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Extremadura en su tramo Madrid-Oropesa y su paso por la ciudad de Talavera de la Reina y las alternativas que se plantean en este estudio,
consideramos que debe haber una tercera alternativa que contemple el soterramiento a su paso por el casco urbano de Talavera de la Reina (Toledo).


Esta tercera alternativa es la que todas las instituciones, asociaciones, Colegio de Ingenieros de Caminos, Colegio de Arquitectos, Plataforma del Tren, Ayuntamiento de Talavera de la Reina y gran parte de los partidos políticos democráticos
han consensuado y apoyado.


Consideramos, por tanto, como todas estas instituciones que se recoja el protocolo de actuación firmado por los titulares de las distintas administraciones, Ministerio de Fomento, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ADIF y
Ayuntamiento de Talavera de la Reina, en octubre de 2007, según el cual, la decisión adoptada para la integración del ferrocarril en Talavera consistiría en el soterramiento de las vías de alta velocidad.


Además destacamos que en julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la resolución sobre la evaluación del impacto ambiental del proyecto, que contempla en Talavera de la Reina una longitud total de 5,66 kilómetros de trazado,
de los cuales 3,65 kilómetros serían soterrados, 1,26 kilómetros de rampas de acceso y el resto en superficie, adjudicándose en junio de 2011 la redacción del proyecto constructivo.


Ante todos estos antecedentes, y con la redacción del proyecto constructivo ya realizada, solicitamos el soterramiento del AVE a su paso por Talavera de la Reina, ya que se conseguiría con ello, no sólo la integración del ferrocarril en la
ciudad, sino también el objetivo de aumentar la velocidad de paso por Talavera de la Reina de los trenes sin parada en la estación: 300 kilómetros en dirección a Extremadura; de esta manera no provocaría problemas medioambientales y sociales,
puesto que de lo contrario afectaría a los aspectos paisajísticos, urbanísticos y acústicos que entran en juego.


La realidad es que un trazado en superficie, en el caso de Talavera de la Reina, podría suponer la creación de una barrera definitiva que impida el desarrollo urbanístico por el norte, zona de expansión natural de la ciudad, dado que por el
sur está limitada por la presencia del cauce del río Tajo.


Es en base a todo ello que el Ayuntamiento de Talavera de la Reina ha solicitado de manera formal el soterramiento de las vías del futuro AVE Madrid-Extremadura a su paso por la ciudad, en las alegaciones presentadas recientemente al estudio
informativo que ha aprobado el Ministerio de Transportes para el tramo Madrid-Oropesa. Todos los grupos con representación en el Consistorio (PP, PSOE, Ciudadanos, Vox y concejal no adscrita) han apoyado el texto.


Finalmente hay que recordar que la Unión Europea ha destinado para España 140.000 millones de euros y que parte de este dinero se tiene que destinar a ejecutar y desarrollar los grandes corredores ferroviarios diseñados por la Unión Europea,
entre los que se encuentra el Eje Atlántico en el que se inscribe el tren transeuropeo París-Madrid-Talavera-Extremadura-Lisboa, por lo que la financiación, que es vital para afrontar actuaciones como esta, hoy gracias a estos fondos estaría
garantizada.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Introducir en el estudio informativo una tercera alternativa del paso del AVE por Talavera de la Reina con el soterramiento como base constructiva para la integración del ferrocarril en la ciudad.


2. Respetar el protocolo de actuación firmado por los titulares de las distintas administraciones (Ministerio de Fomento, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Adif y Ayuntamiento de Talavera



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de la Reina) en octubre de 2007, según el cual, la decisión adoptada para la integración del ferrocarril en Talavera consistiría en el soterramiento de las vías de alta velocidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Carmen Riolobos Regadera, Vicente Tirado Ochoa y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002654


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a instar el replanteamiento
de la construcción de un parque fotovoltaico en Marratxí, Islas Baleares, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


AENA anunció el pasado enero que construirá un parque solar que estará operativo en 2026 en Son Bonet (Marratxí, Islas Baleares). El proyecto ocuparía 19,89 hectáreas de extensión y sería una de las plantas fotovoltaica más grandes de la
región.


El terreno, situado entre las localidades de Pont d'Inca, Es Pla de Na Tesa, Cas Capitá i Sant Llatzet es una zona arbolada que los vecinos consideran zona verde y que utilizan como espacio de recreo desde hace más de cuarenta años. Es por
tanto un área rodeada de casas, que queda afuera del primer vallado de la pista y de las Instalaciones de AENA en Son Bonet, y cuya ocupación privaría del uso actual del espacio a los vecinos.


Es cierto que Ley de Cambio Climático y Transición Energética garantiza, junto a la actuación y disposición del Consejo de Ministros, que se debe cumplir la normativa de forma eficiente y asegurando la protección del medio ambiente:


'El 7 de julio el Consejo de Ministros aprobó la creación de una comisión de expertos para elaborar un informe sobre diferentes escenarios de transición energética, que garantizando la competitividad de la economía, el crecimiento económico
y la creación de empleo permitan alcanzar los compromisos de sostenibilidad medioambiental de la forma más eficiente posible'.


Además, la misma Ley expone que se debe garantizar una cierta flexibilidad para que, los planes relacionados con las renovables y la descarbonización, se puedan sustituir proyectos que no sean los más efectivos para el bien de la ciudadanía:


'Ante estas incertidumbres, el plan de transición debe de ser flexible y adaptable a la situación de cada momento, de ahí la necesidad de contemplar objetivos medibles y seguimientos periódicos que permitan corregir los desvíos y la adopción
de nuevas medidas que sustituyan aquellas que no sean viables'.


Es por ello que el Partido Popular atendiendo las quejas de las entidades vecinales ha presentado diferentes iniciativas tanto en el Ayuntamiento de Marratxí como en el Parlament de les Illes Balears, para defender la instalación de dichas
placas, y por tanto el cumplimiento de la normativa vigente, pero en otros terrenos de AENA disponibles para ellos y menos perjudiciales para los vecinos del municipio.


Entre los argumentos enarbolados por las entidades vecinales y entidades de protección del patrimonio destacamos los siguientes:


- Supondría un impacto visual y medioambiental muy negativo. Además, AENA dispone de espacios suficientes dentro de las instalaciones de Son Bonet para instalar placas fotovoltaicas para autoconsumo sin tener que invadir el gran espacio
libre que hay entre el Pla de Na Tesa y Es Pont d'Inca.


- Con el parque solar, se pretende abastecer un 40 % del suministro eléctrico del Aeropuerto de Son Sant Joan, por lo que se entiende más razonable, en términos de eficiencia y eficacia, establecerlo en un



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espacio menos alejado del aeródromo disminuyendo así los múltiples aspectos en los que se perjudica a la comunidad.


- Los vecinos de Son Bonet sufren la contaminación acústica producida por el ruido de avionetas y helicópteros. Con la obra planteada, sufrirían también el impacto visual de los paneles fotovoltaicos.


- Arca (Asociación de Defensa del Patrimonio de Mallorca) y el Gob (Grupo Balear de Ornitología y Defensa de la Naturaleza) han manifestado su rechazo a la instalación de dicho parque fotovoitaico. Incluso, el director General de Energía
del Govern de les Illes Balears, Aitor Urresti, declaró que no tiene sentido la ejecución de la instalación en Son Bonet para el suministro de energía a Son Sant Joan.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la ubicación prevista de un parque solar entre las localidades de Pont d'Inca y Es Pla de Na Tesa, disponiendo para dicho fin otros espacios diferentes titularidad de AENA, de forma
que se mantenga este espacio natural icónico del municipio de Marratxí inalterado y evitando así los considerables perjuicios que dicho uso supondría para los vecinos de la zona'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Margarita Prohens Rigo, Miguel Ángel Jerez Juan, Mario Garcés Sanagustín y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.


161/002660


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para la elaboración de un Atlas sobre la pandemia COVID-19 en España, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La emergencia sanitaria vinculada a la propagación del coronavirus de la pandemia COVID-19, ha tenido un enorme impacto en las sociedades y economías nacionales a escala global y, así mismo, hizo más evidentes las desigualdades entre los
territorios en cuanto a la situación socioeconómica de los ciudadanos, de manera que se han polarizado las diferencias entre ciudadanos por el impacto de la crisis y los niveles de protección de los mismos. Es un hecho que nos encaminamos hacia un
esfuerzo de recuperación sin precedentes que, a la vez, debe continuar haciendo frente a muchos de los efectos a medio plazo de la anterior crisis que aún permanecen, especialmente en las economías más frágiles, las empresas más pequeñas, los
trabajadores más precarios, las familias más humildes, los autónomos, los parados y las personas más vulnerables, que tienen un grado de exposición mucho mayor.


El actual Gobierno ha iniciado con firmeza el camino hacia un desarrollo socioeconómico inclusivo, resultando muy conveniente instrumentar medios para medir el avance de las políticas públicas de carácter social más relevantes, con objeto de
poder evaluar el impacto generado por esta crisis y poder modificar, en su caso, las medidas implantadas, así como adoptar nuevas medidas en el ámbito social y económico.


En este sentido, los mapas y gráficos elaborados con los indicadores más significativos, obtenidos de los organismos y unidades estadísticas oficiales, son una herramienta fundamental no solo para la toma de decisiones sino para evidenciar
un aspecto crítico en cualquier nivel de gobierno, las lecciones aprendidas a través del conocimiento de la situación y la evolución de los diferentes aspectos socioeconómicos. El Atlas Nacional de España constituye una referencia imprescindible a
este respecto.


Los mapas sobre los retos de mejora social, como la situación de los hogares, la dependencia, la desigualdad entre mujeres y hombres, la sanidad, la educación, las pensiones, el medio ambiente o la investigación, permiten una comprensión
inmediata y eficaz de cada uno de los temas. La representación



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gráfica de la realidad supone una abstracción de los factores que influyen en un determinado fenómeno social o económico y facilita la estimación de las causas, errores y aciertos en un periodo singular de nuestra historia más reciente.


Para evidenciar esta evolución y, a la vez, tener la capacidad de transmitir esta realidad en un formato accesible para toda la ciudadanía, se considera que el instrumento óptimo es un Atlas, que crea un hilo narrativo a través de mapas,
gráficos, textos y otros elementos visuales, que dan razón de la realidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a confeccionar una separata del Atlas Nacional de España denominada Atlas sobre la pandemia COVID-19 en España (primera ola-final de junio de 2020), con los principales indicadores a este
respecto desagregados por comunidades autónomas, así como a analizar su posible ampliación con la actualización de dichos indicadores desde la segunda ola hasta el final de la crisis sanitaria'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2021.-César Joaquín Ramos Esteban, Diputado.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002666


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre un ferrocarril público, sostenible, vertebrador e
integrado para todo el territorio aragonés para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda urbana.


Exposición de motivos


Desde Puyalón de Cuchas, organización soberanista de izquierdas de Aragón, nos han hecho llegar su reivindicación de un modelo de transporte ferroviario público, integral, sostenible y que vertebre todo el territorio, favoreciendo la
interconectividad con las líneas regionales vasca y catalana, mediante la extensión de un Cercanías este-oeste, y que refuerce los ejes norte-sur. De la misma forma, tienen que potenciarse los trenes convencionales, los accesibles para la clase
trabajadora y la gran mayoría de las personas.


Así mismo, nos trasladan la denuncia de que todos los gobiernos que han pasado por la Moncloa han mostrado una dejadez e hipocresía absoluta en relación con las comunicaciones ferroviarias de la Comunidad Autónoma de Aragón. La realidad
demográfica aragonesa ha condicionado una jerarquía de inversiones ridícula, en cuanto a aspectos que no influyen en los nodos socioeconómicos del gran capital estatal. Un ejemplo tan significativo como el cierre de las taquillas más pequeñas, de
las estaciones de trenes del medio rural aragonés, nos muestra que más allá del marketing en torno a la despoblación y sus propuestas, no existe un plan estatal ni voluntad para vertebrar internamente nuestro espacio autonómico.


Desde hace una década, Renfe Operadora ha ido deteriorando lo que se considera un servicio público obligatorio, con la supresión de elementos en todos los ejes (Zaragoza-Jaca, Zaragoza-Canfranc, Zaragoza-Huesca, Teruel-Valencia,
Zaragoza-Mora de Ebro, Zaragoza-Lérida, Calatayud-Arcos de Jalón). Este agravio comparativo se ha acompañado de un descenso progresivo en las circulaciones diarias, pérdida de conexiones directas interterritoriales, y por supuesto, si nos referimos
a un sistema integral, con una aceleración en el oligopolio de las grandes empresas de transporte en línea.


El sistema ferroviario español es un ejemplo perfecto de tratamiento desigual hacia Aragón. La hemeroteca de las últimas décadas nos deja un rastro de vagones de segunda mano, horarios intempestivos, frecuencias en franco retroceso, los
agravios en política de precios. Sólo la posición estratégica del valle del Ebro explica nuestro sistema de líneas ferroviarias (corredor Bilbo-Iruña-Logroño



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con Barcelona, y a su vez con Madrid). El cierre del Canfranc en 1970 fue la guinda del sistema y las conexiones con Teruel son dignas de un espacio tercermundista.


En este sentido, el progreso y las comunicaciones intercomarcales (fundamentales para tránsito laboral, social y económico) han quedado absolutamente olvidados, con tremendos vacíos respecto a este sistema de transporte (Sobrarbe, Ribagorza,
Cinco Villas, una gran parte de las comarcas del Sistema Ibérico, etcétera).


Todo lo invertido en Alta Velocidad supone una cortina de humo cuando hay que tratar y planificar sobre trenes convencionales. El AVLO (alta velocidad low cost) agravará esta situación Aparte de su ineficiencia por los altísimos costes de
mantenimiento, lo que condiciona que no tenga horarios nocturnos -lo cual desconecta a Aragón de la red europea de trenes nocturnos-.


Es a raíz de estas informaciones y demandas que nos plantean organizaciones como Puyalón de Cuchas, para que puedan ser tratadas en el Congreso de los Diputados, que presentamos la siguiente


Proposición no de Ley.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reabrir la línea de Canfranc y su conexión con el Estado francés a través de Oloron, tanto para mercancías como para viajeros. Todos los estudios que ha ido elaborando Crefco van en esta línea, por costes, medioambientales y económicos.


2. Reforzar la línea de Cercanías para el corredor del valle del Ebro, extendiendo este servicio hasta Pradejón (conexión con la red vasca) y por el este hasta Caspe-Móra d'Ebre (conexión con la red catalana).


3. Potenciar todas las líneas hacia el Este, para dinamizar el corredor Monzón-Lleida.


4. Apostar por la línea de cercanías entre Zaragoza y Tardienta-Huesca, para potenciar la interconectividad con el corredor del Este y el eje pirenaico.


5. Potenciar y priorizar el corredor cantábrico-mediterráneo, recuperando la conexión entre Calatayud y Soria.


6. Integrar el transporte en áreas altamente despobladas.


7. Potenciar la conexión con Madrid a través de trenes de media distancia -actualmente sólo hay uno diario-. Se propone un segundo tren a media mañana.


8. Integrar y conectar Teruel y Madrid mediante la conexión con Calatayud (parada AVE en la actualidad), mejorando el transporte de viajeros por carretera.


9. Mejorar horarios y frecuencias de Teruel con el País Valenciano (eje sudeste).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-Oskar Matute García de Jalón, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Patricia Rueda Perelló, doña Patricia de las Heras Fernández, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Rubén Darío Vega Arias y don Juan Carlos Segura Just, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley dirigida a impedir que se establezca un impuesto sobre el uso del transporte aéreo y a que se estudien medidas alternativas para conseguir reducir las emisiones de CO2 del sector aéreo sin perjudicar la economía de los usuarios, para su
discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: Nuevo impuesto sobre el uso del transporte aéreo.



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1. El 13 de abril de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española ('PRTR') que fue finalmente enviado a Bruselas para su evaluación el 30 de abril 38.


2. Este plan, entre otras cuestiones, recoge la necesidad de establecer un impuesto sobre el uso del transporte aéreo:


'Impuesto sobre el uso del transporte aéreo: El objetivo de este gravamen es el fomento del uso de medios de transporte más sostenibles y respetuosos con el medio ambiente así como el incentivo a la exploración de nuevas tecnologías y
carburantes menos contaminantes' (pág. 272 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).


3. Así, en el componente 28 del PRTR, denominado 'Adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI', se fija como uno de los objetivos 'Revisar la fiscalidad del sector aéreo para actuar sobre las emisiones de esos sectores'
(pág. 10).


4. Esta medida ya habría sido objeto de análisis a finales de febrero de 2020. Exactamente, el 28 de febrero de 2020, se sometió a consulta pública previa la implantación de un impuesto que gravara el uso del transporte aéreo. No
obstante, este trámite quedo suspendido como consecuencia de la situación de pandemia por la COVID-19.


5. Aunque no se han señalado más datos al respecto en el PRTR, este gravamen sería una cantidad adicional que se impondrá a las aerolíneas por sus emisiones y tendrá una repercusión directa en la economía de los clientes. Precisamente,
esta falta de detalle, previsión y cuantificación ha sido objeto de crítica por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal ('AIReF') en su informe sobre la actualización del programa de estabilidad 2021-2024 de 11 de mayo de 2021 (pág.
12).


6. En concreto, sobre el referido Componente 28, en el informe de la AIReF se indica que 'el PRTR enumera las líneas principales de reforma, pero no especifica ningún objetivo de incremento que se pretende alcanzar. Asimismo, la entrada en
vigor de la reforma fiscal estaría prevista en el primer trimestre de 2023, aunque su impacto no está recogido en la APE' (pág. 108).


Segundo. Situación actual del sector aéreo y turístico.


7. Según la Estadística de Movimientos Turísticos en Frontreras ('FRONTUR') publicada por el Instituto Nacional de Estadística ('INE') para el año 2019, visitaron España 83,7 millones de turistas extranjeros 39, de los que 68,7 millones
(82,1 %) llegaron por vía aérea 40.


8. Asimismo, de acuerdo con la Cuenta Satélite del Turismo de España ('CSTE') publicada por el INE, en 2019 el peso del turismo alcanzó los 154.487 millones de euros (12,4 % del Producto Interior Bruto) y las ramas características del
turismo generaron 2,72 millones de puestos de trabajo (12,9 % del empleo total) 41.


38 https://www.lamoncloasob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/presidencia/Paginas/2021/3 00421-plan_recuperacion.aspx (fecha de consulta: 6 de mayo de 2021).


39 https://www.ine.es/daco/daco42/frontur/frontur1219.pdf, pág. 1.


40 Ibid., pág. 9.


41 https://www.ine.es/prensa/cst 2019.pdf, pág. 1.



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9. No obstante, la crisis sanitaria, social y económica y las restricciones de movimiento establecidas por el Gobierno han llevado al turismo y al sector aéreo a una situación insostenible.


10. De esta manera, según la encuesta FRONTUR del INE en el año 2020 visitaron España un total de 19 millones de turistas extranjeros frente a los 83,7 millones de 2019 42. Y, según la Encuesta de Gasto Turístico ('EGATUR') del INE, el
gasto acumulado de los turistas extranjeros en 2020 fue de 19.740 millones de euros frente a los 91.912 millones de 2019 (- 78,5 %) 43. En relación con el empleo, de acuerdo con los datos de Turespaña la caída del número de ocupados en 2020 fue del
12,7 % y el aumento de los parados fue del 36,6 % 44. La consecuencia de lo expuesto ha sido, tal y como indican los datos de la Alianza para la excelencia turística Exceltur, que la aportación del turismo al PIB caiga del 12,4 % al 4,3 % 45.


11. Respecto a los datos para el sector aéreo, según Aena, en 2020 el volumen de pasajeros descendió un 72,4 % con respecto a 2019, las operaciones disminuyeron un 53,4 % y el tráfico de mercancías un 26,3 %. Asimismo, el tráfico
internacional de pasajeros descendió un 77,8 % y el nacional un 60,6 % 46.


12. El estado económico de la empresa pública Aena precisamente es muestra de la situación crítica que vive el sector, ya que, según datos de la propia compañía, en el primer trimestre de 2021 obtuvo unas pérdidas de 241,2 millones de euros
47. A esto se suma, sin entrar en lo discutible de algunas de estas decisiones, que se han tenido que rescatar determinadas compañías aéreas.


42 https://www.ine.es/daco/daco42/frontur/frontur1220.pdf, pág. 1.


43 https://www.ine.esiclaco/daco42/egatur/egatur1220.pdf, pág. 1.


44 https://www.hosteltur.com/142520 la-aportacion-del-turismo-al-pib-cayo-del-124-a1-55-en2020.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


45 Idem.


46 https://portal.aena.es/es/corporativa/principales-datos-anuales.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


47 https://portal.aena.es/es/corporativa/aena-registra-perdidas-2412-millones-euros-en-tres---primeros-meses-2021.html?p=1237548067609 (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).



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13. Además, la Asociación del Transporte Aéreo Internacional ('IATA') ha avisado que más de 1,1 millones de puestos de trabajo directos e indirectos están en riesgo en el sector aéreo debido a las restricciones de viaje 48. Igualmente, se
estiman que se han perdido más de 60.000 millones de euros del PIB y que la contribución de los viajes y el turismo a la economía se redujo del 12 % al 4 % 49.


Tercero. Consecuencias de un nuevo tipo impositivo sobre el sector aéreo. Alternativas.


14. La situación de crisis económica y sanitaria que ha golpeado especialmente al sector del turismo y del transporte requiere actualmente de acciones de impulso por parte del Gobierno; no medidas que lastren aún más la recuperación del
turismo como es un impuesto que desincentive viajar.


15. Como se indicaba, esta iniciativa no es nueva, sino que fue propuesta justo antes del comienzo de la crisis, febrero de 2020. Y ya en aquel momento, se elaboraron determinados estudios que analizaban los efectos que podrían producirse
como consecuencia de esta medida.


16. De hecho, una fundación íntimamente vinculada con el Gobierno actual, aunque se mostraba favorable a esta medida, al mismo tiempo afirmaba que este tipo impositivo supondría un incremento de los billetes de 7,47 euros en los viajes de
corta distancia, de 23,32 euros en media distancia y de 41,99 euros en larga distancia. Asimismo, señalaban que se conseguiría una reducción de emisiones de simplemente un 5 %, aunque se conseguiría una recaudación de 1.366 millones de euros 50, lo
que no deja de demostrar que la creación de este impuesto responde a un afán recaudatorio.


17. Asimismo, se recogen expresamente en este mismo informe las siguientes implicaciones negativas de establecer un impuesto sobre los billetes de avión, como son la pérdida de riqueza y el perjuicio a los viajeros con menos renta (pág.
10) 51:


'En todo caso, hay que tener en cuenta los posibles impactos negativos de esta medida. Por una parte, la introducción unilateral por parte de un país de este impuesto podría provocar un desplazamiento de pasajeros hacia los aeropuertos de
otros países cercanos a la frontera (Gordijn et al., 2011; Borbely, 2019). Por ello, hasta que haya un acuerdo a nivel europeo, el impuesto debería partir de un nivel reducido que podría elevarse si su aplicación se extendiese a los países
limítrofes. Asimismo, el impuesto tendría un impacto negativo sobre la industria turística (Mayor y Tol, 2007, 2010; Forsyth et al., 2014), algo preocupante para un país como España y que podría recomendar medidas compensatorias. Finalmente, en
términos distributivos, el impuesto encarece relativamente más los billetes de las compañías de bajo coste, por lo que afectaría principalmente a los viajeros de menor renta (Falk y Hagsten, 2019)' (énfasis añadido*.


18. En el mismo sentido, un estudio de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio (ETSIAE), perteneciente a la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), habría concluido que un impuesto a los billetes de avión
tendría una gran repercusión negativa para toda España. Según este documento de la ETSIAE, por un 10 % de impuesto aplicado sobre el billete de avión se producirían unas pérdidas en el sector turístico internacional de 916 millones de euros, una
caída de 844.000 turistas internacionales y una destrucción de 34.000 empleos. No obstante, el ahorro de emisiones de CO2 alcanzaría únicamente el 0,6 %. Además, no se debe olvidar, tal y como se indica en este informe, que esta medida
perjudicaría enormemente a las conexiones de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla 52.


19. Y, también en esta línea, han mostrado su disconformidad varias asociaciones desde distintos sectores. Entre otros, IATA ha calificado esta decisión de 'irresponsable', afirmando que 'dañará la recuperación económica y el empleo'. Al
mismo tiempo IATA recordaba que Aena 'tiene una excelente calificación crediticia para acceder a financiación. Sus accionistas fueron bien recompensados y ahora deben compartir parte del impacto de la crisis' 53.


48 https://www.iata.org/contentassets/7d8d1c6Ofc0a48cc8399d676d3650fea/2021-03-16-01-es.pdf (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


49 https://www.bolsamania.com/noticias/empresas/iata-aena-subida-irresponsable-tarifas-danara-recuperacion-empleo--7915686.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


50 https://www.fundacionalternatiyas.org/public/storage/publicaciones_archivos/58ce043c930 b1da7b5d92cffac6f5215.pdf (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


51 Idem.


52 Información extraída de informaciones recogidas en medios de comunicación (por ejemplo: https://cincodias.elpais.com/ cincodias/2020/03/15/companias/1584295028_298630.html) que se habrían basado en el referido informe al que no se ha
podido tener acceso por lo que los datos podrían ser rectificados con posterioridad


53 https://www.preferente.com/noticias-de-transportes/noticias-de-aerolineas/ofensiva-delgobierno-contra-la-recuperacion-turistica-encareciendo-los-billetes-de-avion-309187.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).



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20. La Asociación de Líneas Aéreas ha manifestado que existen otras alternativas a un impuesto de este tipo, apostando por 'por una renovación de flotas para convertir a los aparatos en más eficientes y con un menor impacto medioambiental'
54.


21. Por otro lado, desde asociaciones del sector turístico, como es la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE), se ha afirmado que 'con la crisis que tenemos, necesitamos acciones que
reactiven la demanda. No es el momento y creemos que puede ser un impuesto meramente recaudatorio' 55. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) también ha manifestado su 'profundo malestar' ante esta medida, ya que
'suponen una importante traba a la movilidad, elemento clave para la reactivación del turismo'. Igualmente asevera que 'mientras los países competidores se dedican a implantar medidas para incentivar el turismo, España parece que se dedica a poner
trabas' y lamenta que no haya habido una consulta previa con representantes del sector 56.


22. Por todo lo expuesto, se han propuesto alternativas a esta medida que cumplirían con el objetivo referido en la página 272 del Plan, sin que impliquen una repercusión directa negativa en la economía de la sociedad civil, entre otras:


a) Mejora de la eficiencia de los aviones a través de la introducción de biocombustibles y la transición hacia el avión híbrido o el eléctrico.


b) Implantación del Cielo Único Europeo de forma que se simplifique la estructura de control del tráfico aéreo.


c) Establecimiento de medidas que permitan reducir los precios del viaje en ferrocarril.


23. En conclusión, debido al significativo esfuerzo fiscal que ya se realiza en nuestro país y a la pésima situación económica que están viviendo tanto autónomos y empresarios del sector del transporte y del turismo como sus usuarios a
consecuencia de la pandemia por la COVID-19, el Gobierno debe retirar la propuesta de establecer un tipo impositivo sobre los billetes de avión.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Retirar la propuesta presentada ante la Comisión Europea de creación de un impuesto sobre el uso del transporte aéreo y, en todo caso, abstenerse de promover un mecanismo de ingresos de esta índole en futuras normas jurídicas.


2. Estudiar medidas alternativas a la creación de nuevos impuestos, con el fin de reducir la cantidad de emisiones de CO2 en el sector aéreo que no se traduzcan en perjuicios económicos para los usuarios. Y ello, acompañando cada estudio
siempre con un informe que recoja el impacto económico y sobre el empleo de la medida y la reducción de emisiones esperada con la misma.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Rubén Darío Vega Arias, Cristina Alicia Esteban Calonje y Juan Carlos Segura Just,
Diputados.- Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002672


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no


54 https://www.tourinews.es/resumen-de-prensa/notas-de-prensa-economia-y-politica-turismo/espana-impuesto-ecologico-billetes-avion-bruselas-crisis-covid 4464209 102.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


55 https://www.telemadrid.es/programas/buenos-dias-madrid/gobierno-plantea-impuestoecologico-billetes-2-2338886102-20210507114625.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).


56 https://www.vozpopuli.com/economia y finanzas/ impuestos-avion-carreteras.html (fecha de consulta: 11 de mayo de 2021).



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de Ley de impulso y dotación presupuestaria para la Autovía Linares Albacete a su paso por la provincia de Albacete, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La autovía A-32 es una autovía de nuevo trazado entre Linares y Albacete cuyo proyecto ha sido concebido a partir del desdoblamiento de la carretera N-322 y que comunicará Bailén con la capital manchega de Albacete permitiendo la conexión
directa a través de una red de alta capacidad entre Andalucía y la Comunidad Valenciana, la Región de Murcia y Madrid.


La situación geográfica de Albacete en el mapa de España la hace estratégica como nudo de comunicaciones y la A-32 es otro eje estratégico de comunicación por carretera que debe ser una prioridad política del Gobierno de España en el
desarrollo logístico de este país para cohesionar los territorios y como empuje al crecimiento económico de la provincia de Albacete que debido a otras decisiones en materia de infraestructuras ha quedado más rezagada, y debe volver a ser el nudo de
comunicaciones que siempre ha sido.


El trazado de la A-32 que discurre por la provincia de Albacete se divide en seis tramos y tiene una longitud de 90,5 km. Los 100.000 euros presupuestados para cada tramo de la A-32 que discurre por la provincia de Albacete, a excepción de
la Circunvalación Sur, en los presupuestos generales del Estado de 2021 son totalmente insuficientes para esta infraestructura presupuestada en más de 600 millones de euros y que precisa la inversión necesaria para concluir los tramos pendientes.


Además esta actuación en la provincia de Albacete se debe entender con el desarrollo de los tramos de la A-32 que discurre por la provincia de Jaén que también ha sufrido un drástico recorte presupuestario y que suma numerosos retrasos en
los calendarios previstos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar la dotación presupuestaria necesaria para aprobar los proyectos definitivos que permitan licitar las obras y hacer realidad el proyecto de la A-32, eje estratégico de la Red Global
Transeuropea, en los tramos que discurren por la provincia de Albacete y a retomar e impulsar de manera definitiva y hasta su finalización las obras de ejecución de la A-32 a su paso por la provincia de Jaén.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-Carmen Navarro Lacoba, Diputada.Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002673


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de impulso y dotación presupuestaria
para la construcción del tercer carril de la autovía A-31 entre Albacete y Chinchilla, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La A-31 es una autovía que inicia su andadura en el punto kilométrico 177 de la A-3 (autovía Madrid-Valencia) y que a lo largo de sus 239 km atraviesa las provincias de Cuenca y Albacete hasta llegar a Alicante.


Por su situación, la A-31 es una de las autovías más transitadas de nuestro país, recoge los vehículos que provienen de la zona centro y se dirigen a la zona alicantina, vehículos de transporte y, sobre todo, turistas que buscan las playas
levantinas. El excesivo tráfico que soporta, especialmente en épocas vacacionales, provoca retenciones y problemas de seguridad vial en puntos concretos como en el tramo albaceteño de La Roda-Chinchilla, problemática que llevó al Ministerio de
Fomento en 2015 a elaborar un estudio informativo de la ampliación de la capacidad de la A-31 entre ambas ciudades.



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El estudio añade un tercer carril por sentido a un tramo de más de 71 kilómetros entre los límites con la frontera de Cuenca y las cercanías de Chinchilla. El proyecto requería una inversión de 150 millones de euros. El documento elaborado
desde la Demarcación de Carreteras en Castilla-La Mancha señala que el tramo sobre el que se debe actuar soporta un tráfico diario superior a los 20.000 vehículos (28.000 entre la Roda y Albacete, y 24.500 entre Albacete y Chinchilla), y se hace eco
de la problemática ya comentada de concentración de tráfico, sobre todo en los momentos de salidas y retornos vacacionales (en agosto el índice diario de paso de vehículos supera los 50.000). El estudio informativo también subraya la población que
vive en el área directamente afectada por esta infraestructura: cerca de 210.000 habitantes. Entre los beneficiarios se citan las zonas industriales cercanas en el área de influencia: cinco de Albacete, dos de Chinchilla, dos de La Roda y dos de
la Gineta.


La justificación de este tercer carril en el estudio informativo hace alusión precisamente a estas zonas industriales como una de las causas de que la actual A-31 con dos carriles por sentido sea insuficiente, y señala que 'existen numerosas
zonas industriales que generan un tráfico de agitación importante que entorpece el tráfico de largo recorrido por la autovía'. También se dice que la puesta en servicio en 2006 de la autopista AP-36 entre la radial R-4 y esta autovía a Alicante
provocó por sí misma 'un incremento de tráfico' entre La Roda y Chinchilla, situación que 'se ve agravada en fines de semana y períodos vacacionales'.


El 20 de abril de 2018, el Boletín Oficial del Estado publica la resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba el expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo del proyecto de la mejora de la
capacidad en el corredor de la autovía A-31, en el tramo La Roda-Chinchilla (148 millones de euros). Previo a la aprobación de este expediente, el BOE del 12 de julio de 2017 publicaba la resolución favorable de la Declaración de Impacto Ambiental.


En definitiva, el tercer carril de la A-31 entre la Roda y Chinchilla es, desde hace tiempo, una prioridad, un proyecto necesario que ha cumplido y superado todos los informes técnicos exigibles a expensas de verse plasmado en los
Presupuestos Generales del Estado.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar en este año 2021 la redacción de los proyectos de trazado y construcción de 'Mejora de la capacidad en el corredor de la A-31 en el tramo La Roda-Chinchilla' para, una vez aprobados,
poder licitar, adjudicar e iniciar las obras para la construcción de un tercer carril que permita descongestionar el tráfico entre Madrid y Levante, y garantizar la seguridad vial en dicho tramo de autovía a su paso por la provincia de Albacete.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-Carmen Navarro Lacoba, Diputada.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/002633


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para implementar un Plan Integral de
Migraciones, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


A lo largo de la tarde de ayer, las autoridades ceutíes y varios medios de comunicación comenzaron a informar de entradas masivas de personas procedentes de Marruecos a la ciudad de Ceuta, cruzando principalmente a través de la playa del
Tarajal. Según las últimas cifras facilitadas por las autoridades ceutíes, hasta 5.000 personas habrían conseguido entrar de forma irregular en la ciudad, de los cuales



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entre 1.000 y 1.500 serían menores. Teniendo en cuenta el número de habitantes locales, esto supone que Ceuta ha recibido, en un sólo día, el equivalente al 6 % de su población.


La magnitud del desafío es tal que las Fuerzas Armadas se han desplegado en Ceuta para ayudar a asegurar la frontera que separa la ciudad española de Marruecos. No en vano, estas entradas suponen, también en sólo un día, ya el doble de
todas las que se registraron conjuntamente en la ciudad autónoma en 2019 y 2020. Asimismo, tanto los dispositivos locales de Policía Nacional y de Guardia Civil como las organizaciones encargadas de dar asistencia sanitaria a los migrantes, como
Cruz Roja, han afirmado encontrarse desbordados. Es más, incluso las instalaciones habilitadas para acoger temporalmente a estas personas hasta su devolución o el desarrollo del procedimiento de solicitud de asilo son también insuficientes. La
Comandancia General de Ceuta ha ofrecido unas 300 literas militares para acoger a estas personas, especialmente a menores, en las naves de los polígonos comerciales del Tarajal.


Estas llegadas, sin embargo, no son casuales para muchos analistas. Hace sólo unas semanas se conocía que el líder del Frente Polisario, Brahim Gali, había sido trasladado de urgencia a Logroño para ser tratado por un cuadro clínico grave
de COVID-19. Aunque el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación admitió esta acogida aludiendo razones humanitarias, lo cierto es que las autoridades marroquíes ya mostraron su desacuerdo con el traslado de Gali del Sáhara
Occidental, bajo ocupación de Marruecos, a España. Por tanto, varios expertos apuntan a este episodio como la causa de las llegadas masivas de personas a Ceuta. No sería la primera vez que las autoridades marroquíes utilizan los flujos migratorios
hacia España como elemento de presión política para expresar su desacuerdo con posiciones del Gobierno de España. En las últimas horas, de hecho, se han registrado también llegadas a Melilla, aunque de forma mucho más limitada que en Ceuta.


Mientras tanto, la ministra González Laya ha afirmado que la llegada masiva de personas desde Marruecos a Ceuta no se debe a desacuerdos políticos entre ambos gobiernos, y ha añadido que no concibe 'poner en riesgo la vida de menores como
respuesta a una acción humanitaria', en referencia a la atención hospitalaria que está recibiendo Brahim Gali en La Rioja. Pese a ello, un episodio similar se vivió el pasado invierno en Canarias, cuando la ruptura del alto el fuego entre el Frente
Polisario y Marruecos en el Sáhara Occidental tuvo como consecuencia una llegada masiva de personas al archipiélago español. Además, varios testigos afirman que no había presencia policial en el lado marroquí de la frontera, evidenciando la falta
de control de los flujos migratorios por parte de las autoridades de Marruecos.


En definitiva, no se trata de un incidente sin precedentes, sino que todo apunta a que se trata de un intento más del gobierno marroquí de utilizar la presión migratoria como moneda de cambio para presionar políticamente al Gobierno de
España. No debemos olvidar, sin embargo, que las fronteras entre España y Marruecos son también fronteras exteriores de la Unión Europea, lo que significa que tanto España tiene la responsabilidad de que esas fronteras son seguras como la necesidad
de recibir asistencia de las instituciones de la Unión Europea, especialmente de la agencia FRONTEX, a la hora de garantizar unos flujos migratorios sostenibles y acordes a la legalidad internacional y europea.


Ante esta situación crítica, varias organizaciones e incluso los vecinos de Ceuta se han movilizado para proporcionar la atención necesaria a las personas que han entrado en la ciudad a través de la frontera con Marruecos. Se han habilitado
finalmente pabellones y estadios para poder dar cobijo a estas personas, incluidas familias enteras con niños. Por tanto, la falta de acción en materia migratoria acaba provocando situaciones humanitarias especialmente graves que requieren también
de una actuación decidida por parte del Gobierno de España, ya que no se puede dejar la responsabilidad de proporcionar esa asistencia humanitaria en manos únicamente de las organizaciones de la sociedad civil y de la responsabilidad ciudadana de la
población local.


Desde el GP Ciudadanos hemos planteado en varias ocasiones la necesidad de contar con una verdadera política de gestión inteligente de la migración en España, dado que nuestro país desgraciadamente se enfrenta a crisis migratorias de forma
recurrente por nuestra proximidad al norte de África. En 2018, el Presidente del Gobierno declaró públicamente que España por primera vez tenía una política migratoria con motivo de su decisión de acoger el buque Aquarius en el puerto de Valencia.
Sin embargo, tres años después tanto la Comunidad Autónoma de Canarias como Ceuta y Melilla han vivido las peores crisis migratorias de los últimos años, batiendo récords de llegadas de migrantes y superando incluso, en el caso de Canarias, la
situación crítica vivida con la crisis de los cayucos de 2006.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha, a la mayor brevedad posible, un Plan de Refuerzo Migratorio que consista en cinco actuaciones clave:


1. La colaboración con nuestros socios internacionales para garantizar un control efectivo de fronteras, incluyendo el establecimiento de centros de recepción de solicitudes de asilo en las regiones de origen y tránsito, evitando así que
quienes buscan protección internacional se vean obligados a desplazarse y emprender un viaje peligroso que pone en riesgo su vida.


2. Una política de retornos efectiva, incentivando los retornos voluntarios y asegurando el cumplimiento de los acuerdos bilaterales en materia de retorno de personas al país del que llegaron, condicionando otro tipo de colaboración de
carácter económico o comercial al cumplimiento de dichos acuerdos de gestión migratoria y de lucha contra las mafias.


3. Reforzar el personal de la Oficina de Asilo y Refugio para reducir los plazos de resolución de solicitudes de protección internacional, asegurando que quienes llegan a España huyendo de la guerra, la persecución o el acoso encuentran en
nuestro país un verdadero refugio, y mejorar los itinerarios de inclusión de migrantes en situación regular y refugiados, facilitando su acceso al aprendizaje de las lenguas españolas, al reconocimiento de cualificaciones y formación, y
estableciendo procedimientos claros y ágiles para el acceso a la residencia permanente.


4. Los incentivos a la atracción de migración legal cualificada, con un sistema de visado por puntos similar al canadiense, en el que los perfiles que se ajusten mejor a las necesidades del mercado laboral, o que demuestren experiencia en
materia de emprendimiento o investigación científica, puedan acceder de forma más rápida a los permisos migratorios.


5. Liderar el enfoque migratorio europeo, basado en el nuevo Pacto Migratorio presentado por la Comisión Europea, solicitando un mayor apoyo logístico, económico y técnico a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por parte de las
instituciones de la Unión Europea, especialmente de FRONTEX, asegurando que la labor de control de fronteras de estos profesionales no supone un riesgo para su integridad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-María Muñoz Vidal, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de Apoyo Integral a los trabajadores autónomos, para su debate ante la
Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


El debate acerca de la cotización sobre ingresos reales de los autónomos no es nuevo y siempre ha estado acompañado de una gran controversia, ya que chocan intereses enfrentados. Por un lado, el de ligar las cotizaciones de los autónomos a
sus ingresos reales y por otro, el de incrementar los derechos de un colectivo que siempre se ha caracterizado por la insuficiencia de la protección social en caso de desempleo, accidente, baja por enfermedad laboral o jubilación.


Sin embargo, esta situación no legitima al Gobierno a encontrar en los trabajadores autónomos una fuente de ingresos sin más, con subidas de la cotización que superan con mucho las contribuciones que hacen los trabajadores por cuenta ajena.
Además, cualquier medida en este ámbito debe venir avalada por un acuerdo amplio con el sector. Acuerdo que el gobierno no ha querido, o conseguido, alcanzar. De nuevo, ha preferido optar por parches y vías unilaterales en lugar de por defender a
un colectivo eternamente perjudicado.


Desde Ciudadanos reclamamos que el Gobierno se siente a negociar con todos los actores, asociaciones y partidos, para lograr un acuerdo amplio, que permita resolver los problemas aquí



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señalados. Nosotros siempre hemos considerado que los autónomos son una de las bases de la riqueza de un país, y que necesitamos protegerlos, en tanto en cuanto colectivo con menor protección. El Gobierno debe cejar en su empeño por actuar
unilateralmente y seguir condenando a los autónomos a la desprotección y la ruina.


Los autónomos han sido uno de los grupos más afectados por la pandemia, más de 1,5 millones de autónomos que se han visto abocados a depender de prestaciones y muchos de ellos, se han mantenido al frente de actividades esenciales cuando
nuestro país y nuestra economía más lo necesitaba.


La hostelería, por ejemplo, ha perdido más de 100.000 autónomos en el 2020, un año en el que su facturación ha caído por encima del 85 %. El 30 % de los negocios hosteleros no volverán a levantar sus persianas después de esta crisis, son
unas cifras catastróficas para el sector en la que la mayoría son trabajadores por cuenta propia. Por su parte, los más de 300.000 autónomos que trabajan en el sector del ocio nocturno cargan con la losa de ser los trabajadores por cuenta propia
que antes cerraron, y los que menos oportunidades han tenido en este último año de retomar su actividad. Más de un 29 % de los 16.500 locales que existían en marzo de 2020, ya han cerrado para siempre. Las cifras no mejoran para los sectores de
las agencias de viajes, el transporte de pasajeros, las peluquerías o el comercio minorista.


Desde Ciudadanos defendemos ofrecer soluciones para que aquellos que se han pasado su vida trabajando, creando valor y empleo, no se vean en una situación de vulnerabilidad cuando llegan a la jubilación, cuando son padres o tienen que darse
de baja por un accidente o por enfermedad.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Frenar la reforma de las cotizaciones de los autónomos hasta encontrar una solución consensuada con las asociaciones relevantes y el resto de los grupos parlamentarios, evitando poner en riesgo la economía de muchos autónomos en un
momento en el que estamos lejos de recuperar la actividad por completo.


2. Aprobar el Plan de Rescate para Autónomos, para asegurar la protección y la prosperidad de un colectivo que ha sido constantemente maltratado u olvidado por las Administraciones Públicas.


3. Conformar una mesa de negociación en la que estén presentes las asociaciones de autónomos y aborden el problema de la falta de protección que sufren los trabajadores autónomos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2021.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002678


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a rechazar la aprobación de
la propuesta del sistema de cotización por ingresos reales para trabajadores por cuenta propia anunciada por el Gobierno, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha anunciado recientemente y por sorpresa, al margen del diálogo social y del Pacto de Toledo, un nuevo modelo de cotizaciones para trabajadores autónomos.


El nuevo sistema de cotización anunciado dice ampararse en la Recomendación 5a del Pacto de Toledo, donde se acuerda establecer un sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia basado en los rendimientos reales, vinculando la
cuantía de las cuotas a los ingresos reales obtenidos. La Recomendación 5a también establece que este nuevo sistema de cotización deberá acordarse en el seno



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del diálogo social, no de manera unilateral y con un sistema desproporcionado y excesivo como ha ocurrido en el presente caso.


La propuesta sorpresa del Gobierno, recoge un sistema de cotización por ingresos reales para los autónomos de 13 tramos, que irían de un mínimo de 90 euros, hasta un máximo 1.220 euros al mes de cotización. La implementación de la reforma
comenzaría en 2023 con un periodo de adaptación de nueve años.


La realidad es que esta nueva propuesta de reforma es absolutamente abusiva y supone un sablazo para los autónomos. Muchos autónomos trabajarán pagando más al Estado que lo que les queda para vivir ellos. Así, por ejemplo, un trabajador
autónomo con un rendimiento neto de 49.000 euros pagaría 27.000 euros sumando cotización e IRPF, lo que supone que le quedarían para sí mismo sólo 22.000 euros. Si el trabajador por cuenta propia tuviera unos ingresos netos de 32.000 el importe
para el Estado entre cotización e IRPF ascendería a casi 13.000 euros, quedándose para sí, poco más de 19.000 euros. Pero el problema no termina aquí, uno de los argumentos del Gobierno para implementar esta reforma es la progresividad. Sin
embargo, este nuevo sistema choca frontalmente contra el principio de progresividad ya que un autónomo que tenga un rendimiento neto de más de 48.000 euros, una vez pagada la cuota y liquidado el IRPF, se llevará neto a su casa menos dinero que un
trabajador por cuenta propia que tenga unos ingresos de 42.000 euros, y eso es profundamente injusto, ya que la progresividad supone que pague más el que más tiene, y viceversa. El nuevo sistema tal y como está planteado, fomenta la economía
sumergida y desincentiva la actividad a partir de determinados tramos de facturación.


Como ya viene siendo habitual en este Gobierno pretenden -ahora a costa de los autónomos- que seamos todos quienes carguemos y paguemos el incremento de gasto en el que se han visto inmersos a causa de la estructura mastodóntica de un
Ejecutivo al que le sobra la mitad del personal. Necesitan dinero para mantener su gigantesca red clientelar de asesores y altos cargos y ahora necesitan exprimir, una vez más, a los autónomos, uno de los colectivos que más ha padecido la crisis
económica derivada de la pandemia.


El Partido Popular siempre ha sido leal al Pacto de Toledo, el gran pacto en términos sociales de la democracia. Un instrumento que ha sabido guiar con acertadas recomendaciones el devenir de nuestra Seguridad Social. El Pacto de Toledo
tiene una misión: servir de hoja de ruta para el futuro -gobierne quien gobierne- dejando esta cuestión fuera del debate partidista. Exigimos lealtad al Pacto de Toledo, y por ello rechazamos cualquier medida o reforma que desde el Gobierno se
haga de manera unilateral al margen del consenso de la citada Comisión.


Es evidente que la reforma planteada de forma unilateral por el Gobierno no está bien diseñada, no es justa, es desproporcionada y excesiva y choca contra el principio de progresividad. Es por ello que procede desestimar en todos sus
términos la propuesta de cotización por tramos propuesta por el actual Gobierno y estudiar y consensuar en el seno del diálogo social y del Pacto de Toledo un sistema de cotización por ingresos reales justo y equilibrado a los tiempos que estamos
viviendo.


Necesitamos un Gobierno que esté a la altura, que cumpla, con vocación de servicio público, que vele por los ciudadanos y que sea responsable en sus decisiones.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Paralizar y descartar la aprobación de la abusiva, injusta, unilateral e incremental propuesta del sistema de cotización por ingresos reales para trabajadores por cuenta propia anunciada por el Gobierno en todos sus términos.


- Estudiar la implementación de un sistema de cotización por ingresos reales justo, equilibrado y acorde a los tiempos que estamos viviendo, en el seno del Pacto de Toledo, con el acuerdo del diálogo social y de las organizaciones
implicadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2021.-José Ignacio Echániz Salgado, Diego Movellán Lombilla y Tomás Cabezón Casas, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/002685


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos, para su debate en la
Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


La fuerza vinculante de los convenios colectivos dimana directamente del artículo 37 de la Constitución que, a tal efecto, proclama: 'La ley garantiza el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los
trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios'.


Es el Título III de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en adelante, ET), el encargado de otorgar tal garantía, y así en su artículo 82.1 declara que 'los
convenios colectivos, como resultado de la negociación desarrollada por los representantes de los trabajadores y de los empresarios, constituyen la expresión del acuerdo libremente adoptado por ellos en virtud de su autonomía colectiva'.


Nos encontramos ante la segunda fuente del Derecho Laboral, pues, a través del convenio colectivo articulamos la voluntad normadora del núcleo social de la relación laboral, una voluntad normativa que en tiempo anteriores sólo estaba en
poder del empresario.


El convenio colectivo vino a equilibrar la desigual posición entre los dos elementos constitutivos de la relación laboral, la persona trabajadora y el empresario, pues la relación derivada del contrato individual de trabajo solía quedar
constreñida al poder unilateral del empresario.


Este equilibrio en la relación laboral fue dinamitado por la reforma laboral del Gobierno del Partido Popular de 2012, a través de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, una Ley adoptada sin el
necesario consenso social que, entre otras razones, modificó el régimen de ultraactividad del convenio, sustituyendo su duración indefinida por un máximo de un año desde la denuncia del convenio, salvo pacto en contrario. Decaído el convenio se
aplicará, si los hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación (artículo 86. 3, párrafo quinto ET). Este extremo contribuyó a generar un marco confuso sobre qué norma legal o convencional a aplicar tras la pérdida de
vigencia del convenio en temas tan importantes como la jornada o el salario, los permisos o las horas extraordinarias, con un gran incremento de la conflictividad laboral.


A corregir esta situación de grave inseguridad jurídica generada por esta desregularización de la relación laboral responde la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de diciembre de 2014 (rec. 264/2014) que argumentó mediante la teoría de la
contractualización de las condiciones de trabajo, si bien, y como la misma sentencia reconoce 'esas condiciones contractuales, carentes ya de ese sostén normativo del mínimo convencional, podrán ser modificadas, en su caso, por la vía del artículo
41 ET, sin más limitaciones que las de origen legal pues, insistimos, las limitaciones dimanantes del convenio colectivo, si no hay otro superior, han desaparecido'.


Esta teoría de la contractualización de las condiciones laborales ha sido contextualizada por el propio Tribunal Supremo en sentencias posteriores, al entender que esa declaración de contractualización obedecía a la inexistencia de convenio
de ámbito superior. Al respecto, y por todas, el Alto Tribunal resuelve en su sentencia 66/2020, de 28 de enero, dictada en unificación de doctrina, que para evitar la petrificación de esas condiciones laborales el legislador ha resuelto que, una
vez que se ha producido la pérdida de vigencia del convenio anterior, se aplique el convenio de ámbito superior que resulte de aplicación, resultando en este punto palmariamente claro el artículo 86.3 (Fj 4).


La situación de indeterminación de la normativa aplicable tras la conclusión de la fuerza vinculante del convenio colectivo, pues pudiera darse la circunstancia de inexistencia de convenio de ámbito superior o que no regulara los aspectos
más determinantes de la relación laboral, y el consiguiente vacío normativo que ello produciría y, por tanto, de inseguridad jurídica, a la que se añade la grave indefensión que supone para la persona trabajadora el hecho de que el empresario de
forma unilateral y sin causa pueda modificar las condiciones sustanciales de sus contrato de trabajo, también fruto de la reforma laboral de 2012, aconsejan acometer una modificación de la regulación actual de la ultraactividad, con el fin de
recuperarla y devolver la fuerza vinculante a los convenios colectivos.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a adoptar, previo diálogo social, las medidas que permitan garantizar la fuerza vinculante de los convenios colectivos, modificando a estos efectos la regulación de la ultraactividad fruto de la Ley 3/2012, de
6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2021.-Esther Peña Camarero y María Dolores Narváez Bandera, Diputadas.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la articulación inmediata
de un Programa extraordinario de viajes y experiencias turísticas denominado '¡Disfruta España!', como medida de estímulo al relanzamiento de la actividad turística nacional desde la temporada de verano de 2021, así como la recuperación urgente de
los Programas del Imserso de turismo social para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Desde el pasado mes de septiembre de 2020 el Grupo Popular presentaba una Proposición no de Ley relativa a la aprobación inmediata de un plan urgente de medidas de apoyo y estímulo a la reactivación de la demanda del turismo doméstico de
forma alternativa a la cancelación de los programas del lmserso dedicado a la atención de los mayores.


Se hace preciso exponer que como consecuencia de la interrupción de la ejecución de dichos programas comercializados ininterrumpidamente desde el año 1985, en lo que se refiere al impacto de su paralización sobre lo que hubiese sido unas
condiciones lógicas en el funcionamiento de la demanda turística, más de 300 establecimientos hoteleros de nuestro país junto con aproximadamente 90.000 puestos de trabajo vinculados han acusado de manera muy significativa la cancelación de estos
programas senior, incluyendo además a las agencias de viajes, servicio y suministro de comidas y bebidas de bares, restaurantes y cafeterías, empresas de transporte, ocio nocturno y resto de oferta turística complementaria, pequeño comercio, etc.,
todos los cuales en conjunto se han visto seriamente damnificados ante la imposibilidad de prestar servicio a una demanda que solía comprender más de 900.000 viajes y alrededor de 8,5 millones de pernoctaciones con una concentración geográfica a
nivel turístico muy dependiente de estos circuitos y que ante el desplome en paralelo de la demanda extranjera, ha traído como resultado una nula generación de actividad e ingresos para la inmensa mayoría de estos negocios turísticos. En efecto, el
impacto económico directo de estos programas se cifraba en torno a la cifra de 300 millones de euros e indirectamente se elevaba hasta la cantidad de 600 millones de euros. Por último, no se puede olvidar que el 65 % de los pensionistas que suelen
participar en estos programas cuenta con una pensión inferior a los 1.050 euros/mes.


A día de hoy, con el proceso de vacunación en marcha, una vez garantizada la protección de la salud de los consumidores turísticos más vulnerables en un porcentaje importante y sin perjuicio de en primer lugar, apremiar e instar al Gobierno
a que proceda cuanto antes a la recuperación y convocatoria de los programas de turismo social del Imserso, con el fin de continuar propiciando el mayor equilibrio posible entre una recuperación económica del sector turístico y el desarrollo de una
estrategia sanitaria que evite la transmisión comunitaria del virus hasta su superación y erradicación definitiva, en esta fase de la pandemia resulta igualmente del todo aconsejable y oportuno incentivar y articular medidas por parte de



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los poderes públicos dirigidas a sufragar los gastos de experiencias turísticas y de viaje que contrarresten la pérdida acumulada de actividad turística por espacio de más de un año y que posibiliten en definitiva la normalización de una
demanda terriblemente dañada.


A los efectos de dimensionar de manera muy gráfica la situación de desplome turístico sin precedentes que sufre la cadena de valor turística española, cabe recordar que de acuerdo con la última Encuesta de Coyuntura Turística Hotelera del
INE, las pernoctaciones en marzo cayeron un 57,9 % respecto al mismo mes del año pasado, se cubrieron tan sólo el 19,3 % de las plazas ofertadas y tan sólo un 49,3 % de la planta hotelera se encontraba operativa. Asimismo, comparado con los datos
de los niveles previos a la pandemia, sobre marzo de 2019 coincidiendo con el inicio de la crisis y el primer decreto del Estado de Alarma, la contracción alcanzaría el 83,6 %. En el apartado del empleo turístico, el mes de marzo cerró con una
caída de un 4,8 % equivalente en términos absolutos a 103.672 trabajadores vinculados a actividades turísticas menos afiliados a la Seguridad Social. Mención singularizada merece la dramática situación que están afrontando las agencias de viaje y
turoperadores españoles, donde sólo el pasado ejercicio se perdieron más de 8.000 puestos de trabajo y a día de hoy se trata del subsector turístico con la cifra porcentual de mayor número de trabajadores incluidos en ERTE (22.723 personas a fecha
de 31 de marzo), concretamente más de un 60 % de sus asalariados. En términos de actividad, según los Indicadores de Actividad del Sector Servicios elaborados por el INE, agencias y turoperadores registraron en el segundo mes de este año una caída
de su cifra de negocio del 87,1 % respecto a febrero de 2020 y más de un 40 % de los puntos de venta existentes en España tendrían seriamente comprometida su viabilidad y solvencia a corto plazo a cuenta de esta pandemia.


Con el objetivo de compensar las afecciones económicas provocadas por la pandemia, en primer lugar acelerando urgentemente la reanudación de los programas de turismo social lmserso y en paralelo, agilizar desde este verano el relanzamiento
de la actividad turística doméstica una vez se encuentre plenamente restaurada la movilidad interna y haciendo uso de la misma como elemento estratégico que impulse la recuperación poscovid de la economía productiva nacional


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la aprobación y ejecución inmediata de las siguientes medidas:


- Diseño, habilitación de los créditos necesarios y comercialización de una programación dinámica de viajes y experiencias turísticas dentro del territorio nacional, incluyendo dentro del gasto subvencionable la prestación de servicios de
alojamiento reglado y/o servicios de restauración, gastronómicos y en general, la venta y el consumo de bienes, productos, servicios y actividades de interés turístico.


- Establecer como fecha de comienzo de la ejecución de este programa el 1 de julio de 2021 con periodo límite de disfrute y consumo hasta el 31 de diciembre de 2021.


- Garantizar el cumplimiento de una estricta protección y seguridad de los consumidores y trabajadores de zonas turísticas, procurando asegurar la introducción de salidas escalonadas, reducciones significativas del número de viajeros
participantes en circuitos, etc.


- Garantizar una armonización suficiente de criterios en materia de movilidad turística entre Comunidades Autónomas a los efectos de facilitar la ejecución de este programa y evitar la imposición de medidas de restricción contradictorias.


- Asegurar la aplicación de unas condiciones de rentabilidad atractivas y equitativas a las agencias de viaje que desarrollen tareas de intermediación y asesoramiento personalizado a los consumidores de este programa extraordinario, esencial
para generar transmisión de confianza y satisfacer el nivel de expectativas, particularmente en el caso del perfil del turista senior.


- De manera urgente y una vez garantizada la revisión, adaptación y mejora de las condiciones globales del programa por parte conjunta de los Ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de Industria, Comercio y Turismo, proceder al
inicio formal de la tramitación de la licitación del contrato de servicios, cuyo objeto corresponde con la organización, gestión y ejecución del programa de turismo social del lmserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas
turísticas, introduciendo y contemplando acciones de mejora en las próximas temporadas, tales como especialmente incrementar la oferta del número de plazas (900.000 plazas en la última convocatoria del año 2019), rebajando el criterio de edad y
abarcando al segmento de personas físicas mayores de 60 años, así como la inclusión



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preferente de otros colectivos profesionales destacados por su exposición al riesgo en la lucha y contención de la pandemia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2021.- Agustín Almodóbar Barceló e Isabel María Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002671


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a un Plan Integral de Recuperación del Turismo para su
debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La pandemia de COVID-19 ha supuesto un duro golpe para el conjunto de la economía española, pero para ningún sector ha resultado tan devastador como para el sector turístico. La situación es especialmente crítica para los archipiélagos
canario y balear y las zonas turísticas de litoral. En el caso de Canarias, las islas sufren ahora los estragos de haber perdido su temporada alta en la que se habían depositado las esperanzas de recuperar parte del daño económico sufrido en 2020.
Baleares y el litoral peninsular, por su parte, se encuentran en la situación crítica de llevar 18 meses casi sin actividad.


Las cifras hablan por sí solas. En el primer trimestre de 2021 la actividad turística ha sufrido un desplome del 80,4 % comparado con el mismo trimestre de 2019, el último con plena normalidad. El turismo extranjero ha sido prácticamente
nulo, con una caída del 91,6 % en las llegadas y del 90,9 % de los ingresos, y el turismo nacional ha sido fuertemente perjudicado por la sucesión de restricciones a la movilidad y el vaivén con las mismas, lo que se ha traducido en caídas de
alrededor del 70 %.


En marzo de 2021, todavía había 755 mil empleos turísticos afectados por la menor actividad, de los cuales 445 mil empleados se encontraban en ERTEs (lo que supone un escalofriante 57 % de todas las personas en ERTE en España) y 310 mil
personas afiliadas menos. Las ramas turísticas acusan, así, una caída del volumen de empleo en marzo un 40 % inferior a los niveles de marzo de 2019. Para ilustrar la magnitud del reto al que se enfrenta el sector, debe tenerse en cuenta que el
resto de los sectores de la economía española están tan sólo un 1 % por debajo en ese mismo periodo.


En estas dramáticas circunstancias, lograr que la temporada turística estival sea un éxito deja de ser una cuestión de política económica general y pasa a ser una auténtica cuestión de Estado.


La única forma definitiva de acabar con esta crisis es poner todo lo que está de nuestra parte para acelerar el proceso de vacunación e inmunizar cuanto antes a la población española. La mejor política económica y social, hoy por hoy, es la
vacunación. Esto no quiere decir, sin embargo, que las Administraciones Públicas no tengan en su arsenal herramientas para, por un lado, ayudar al sector turístico en lo que llega la vacunación total y, por otro lado, permitir al sector sacarle el
máximo partido a la situación una vez mejore.


Sirva aquí de ejemplo la encomiable labor que han llevado acabo varias Comunidades Autónomas, algunas de cuyas exitosas iniciativas podrían ampliarse al conjunto del territorio nacional. Merecen mención especial, por su enorme potencial
para la dinamización de la actividad turística y para dar seguridad a los operadores, el recientemente ampliado bono turístico puesto en marcha por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía, o
el seguro internacional de viajes gratuito para dar tranquilidad a los viajeros ante el riesgo de verse obligados a ponerse en cuarentena, también puesto en marcha por, entre otros, los gobiernos andaluz y canario.


No se puede restar la importancia de lo que el Turismo ha supuesto para la economía española. En 2019 la contribución del sector turístico al PIB nacional alcanzó el 12,4 %, lo que permite que, en tiempos normales, más de dos millones de
puestos de trabajo sean imputables de forma directa a este sector. La aportación del turismo a España no se reduce al ámbito estrictamente económico, sino que permite poner en valor el rico patrimonio cultural y natural español, además de ser una
herramienta fundamental de proyección internacional de la marca España.



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El Turismo es, en definitiva, un sector estratégico para la economía española y es imprescindible colaborar en su desarrollo sostenible, modernización y crecimiento para que pueda seguir siendo fuente de empleo de calidad y garantía de
prosperidad de todos los españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que impulse un Plan Integral de Recuperación del Turismo, en colaboración con los agentes económicos y sociales, que contenga, al menos, los siguientes puntos:


1. Declaración del Turismo como sector estratégico de la economía española.


2. Acelerar el ritmo de vacunación y aspirar a la inmunización de la sociedad española antes del inicio de la temporada turística estival.


3. Fomento de actividades turísticas, hosteleras y de ocio seguras.


a. Eliminación progresiva, atendiendo a la evidencia disponible, de la obligación del uso de mascarilla en exteriores para fomentar la presencia y actividades al aire libre, frente a las más arriesgadas actividades de interior.


b. Campaña publicitaria institucional de fomento de actividades en el exterior como alternativa segura de ocio.


c. Promover, en colaboración y acuerdo con las Corporaciones Locales, la facilitación de la concesión de licencias para la realización de eventos en exteriores, la instalación de terrazas para la hostelería y bonificar de forma excepcional
las tasas correspondientes hasta el 31 de diciembre de 2021.


d. Plan de reactivación progresiva del ocio nocturno seguro, para facilitar la recuperación del sector evitando aglomeraciones o situaciones inseguras y atendiendo al avance de la vacunación.


e. Facilitar, de forma coordinada con las Comunidades Autónomas, el uso de pruebas diagnósticas para actividades en interiores, celebraciones, festivales, congresos y otros eventos de gran afluencia, así como para profesionales con gran
exposición al público.


4. Alivio fiscal para reactivar el sector turístico y hostelero.


a. Suspensión de las tasas turísticas de ámbito local y autonómico.


b. Rebaja temporal del tipo de IVA aplicado a alojamientos turísticos y establecimientos hosteleros, aplicándosele el IVA súper reducido del 4 %.


c. Exención en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de las nuevas contrataciones hasta septiembre de 2021 del sector turístico y de hostelería.


d. Tarifa Plana de 60 euros/mes para los autónomos tras reabrir su negocio después de haberse acogido a la prestación extraordinaria cese de actividad por el coronavirus.


e. Aplazamiento sin intereses de los pagos de Seguridad Social, así como la liquidación y el pago del IVA para la cadena de valor del sector turístico.


5. Estrategia de movilidad nacional e internacional.


a. Implementación de un Certificado Verde Digital a nivel nacional para permitir la movilidad entre territorios confinados perimetralmente de las personas vacunadas contra el COVID-19 o con resultado negativo en una prueba diagnóstica PCR o
equivalente, así como impulsar en el seno de la UE su puesta en marcha a nivel europeo.


b. Puesta en marcha a nivel nacional de un seguro internacional de viajes gratuito a disposición de los viajeros internacionales con cobertura COVID-19 para estancias en cualquier tipo de establecimiento reglado.


c. Reducción del 50 % de las tasas aeroportuarias de 2021.


d. Aplazamiento del incremento previsto de las tasas aeroportuarias hasta 2023.


e. Creación de corredores aéreos seguros entre los principales países emisores de turistas y los destinos nacionales, priorizando los corredores con origen o destino en los archipiélagos balear y canario por sus especiales características.



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6. Proteger a los trabajadores y mitigar la pérdida de ingresos.


a. Ampliación del periodo de aplicación de los ERTEs hasta que se recupere la actividad turística, dotando al sector de seguridad jurídica y evitando la disparidad de criterios en su aplicación por parte de las administraciones.


b. Exención de la totalidad de la cuota de autónomos para aquellos que no estén percibiendo ingresos con motivo de las medidas sanitarias de control del COVID-19.


7. Diseñar e implementar un Bono Turístico con el que todas las personas podrán recuperar los gastos que realicen en la compra de paquetes turísticos en agencias de viaje o en estancias en hoteles o alojamientos turísticos dentro de España,
con un tope máximo de 500 euros por persona, para, ante el cierre de gran parte de los mercados internacionales, fomentar el turismo doméstico y facilitar los viajes dentro del territorio nacional.


8. Inclusión de Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTEs) específicos para el sector turístico, priorizando la inversión y renovación de los destinos turísticos maduros o de primera generación para
garantizar su sostenibilidad y competitividad a largo plazo.


9. Elaborar y ejecutar a la mayor brevedad una campaña publicitaria de promoción del destino España que, además de poner en valor la riqueza del patrimonio cultural y natural español, promocione España como destino turístico seguro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de apoyo urgente al sector del ocio
nocturno español, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


El sector del ocio nocturno ha sido el único al cual se le ha prohibido ejercer su actividad mediante Real Decreto. En concreto, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 obligó al cierre de los locales de ocio nocturno con efectos inmediatos. Por su parte, el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, exigía la implementación de una serie de medidas urgentes de prevención y
contención que hacían totalmente inviable la apertura de este tipo de negocios. Posteriormente, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, estableció el coloquialmente llamado 'toque de queda' dando la puntilla definitiva el sector, medida que se
prolongó hasta el 9 de mayo a través de Real Decreto 956/2020.


Cabe subrayar que con este escenario, tras un año de pandemia el sector del ocio nocturno se encuentra al borde de la quiebra. Según los últimos datos facilitados por el sector, en estos momentos las pérdidas ascienden ya a casi 20.000
millones de euros y más de un 65 % de las empresas del sector están en situación de insolvencia. Añadir que de los 16.500 locales de ocio nocturno que existían en marzo de 2020, ya son más de 5.000 los locales que se han visto obligados a cesar su
actividad definitivamente, cifra que supone más del 30 % de los mismos.


Resulta preciso señalar que el sector del ocio nocturno es un complemento clave para la oferta turística del modelo español y da empleo de forma directa e indirecta a más de 250.000 personas, tratándose el mismo de uno de los principales
nichos de empleo juvenil, que en estos momentos cuenta con un índice de desempleo superior al 40 %, alrededor de 600.000 jóvenes. Asimismo, este sector empleaba a 28.000 artistas de pymes y autónomos del sector de las artes escénicas, dicho sea de
paso, otro sector muy penalizado también por las medidas para combatir la COVID-19.


Por otra parte, el Presidente del Gobierno y la Ministra de Sanidad han anunciado que el objetivo marcado es llegar a finales del próximo verano con el 70 % de la población vacunada, fecha sin embargo demasiado tarde para el sector del ocio
nocturno en el supuesto de que el mismo no pudiese reiniciar su actividad y abrir



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sus puertas este verano. En este sentido, los representantes del ocio nocturno español han advertido que si antes del comienzo del verano no se reabren los locales o se inyecta un plan de ayudas económicas específicas para este sector, el
70 % de las pymes del ocio nocturno desaparecerá inmediatamente, teniendo en cuenta además la imposibilidad de muchas de las empresas de este sector en poder cumplir los requisitos exigidos para acceder a las ayudas previstas en el Real Decreto-ley
5/2001, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia COVID-19.


En este punto, resulta necesario aclarar la absoluta predisposición del empresariado de este sector a explorar y asumir cualquier fórmula para garantizar la seguridad sanitaria en el interior de los establecimientos en cuanto a los sistemas
de detección y renovación del aire se refiere. Un ejemplo podría ser el sistema de test de antígenos previos similar al que se empleó en el concierto piloto de Love of Lesbian, que reunió a 5.000 personas en el Palau Sant Jordi de Barcelona, o
medidores de CO2 y sistemas de filtrado y purificación de aire.


Por todo lo anterior, a fin de garantizar la supervivencia del sector del ocio nocturno español, -uno de los más gravemente afectados por las medidas restrictivas-, evitar mayor destrucción de este tejido productivo, así como asegurar la
creación de espacios seguros anti-COVID en estos establecimientos.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción urgente de las siguientes medidas:


- Aprobación urgente de un nuevo marco de concesión de ayudas directas ágil y sencillo en su tramitación, en forma de compensaciones al cierre y parálisis de actividad a la que se han visto forzadas, entre otras, las empresas de ocio
nocturno como consecuencia de las medidas dictadas para combatir la pandemia, dentro de un fondo dotado de 12.500 millones de euros para salir al rescate del tejido productivo hostelero y turístico español y del que se puedan beneficiar en
proporción suficiente todos los establecimientos de ocio nocturno.


- Dejar sin efecto, siempre y cuando la situación epidemiológica no lo desaconseje, la Orden comunicada procedente del acuerdo adoptado en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en su sesión de fecha 14 de agosto
de 2020, al objeto de iniciar una fase de desescalada ordenada que posibilite la reapertura de actividad de los establecimientos de ocio nocturno en condiciones de seguridad tanto para los clientes como para los trabajadores de los mismos.


- Diseño e implementación de protocolos sanitarios y de actuación específicos en los establecimientos de ocio nocturno que resulten eficaces para minimizar cualquier riesgo de transmisión comunitaria del virus, tales como la exigencia de
test negativo previo al acceso, códigos QR y aparatos de desinfección de aire y superficies en espacios cerrados.


- Financiar un plan RENOVE de ayudas de mejora y modernización de instalaciones y equipamientos y adaptación a las nuevas normativas sanitarias para los establecimientos de ocio nocturno.


- Seguir flexibilizando las condiciones de las líneas de liquidez ICO concedidas a pymes o micropymes del sector del ocio nocturno español hasta lograr la normalización y el retorno a la situación anterior de su actividad empresarial.


- Reducción del IVA aplicable al sector del ocio nocturno; establecimiento de tributación a las actividades de dicho sector al tipo super reducido del 4 % como mínimo durante el año 2021.


- Prórroga como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2021 de los expedientes de regulación temporal de empleo por causa de fuerza mayor o por impedimento o limitaciones de actividad para empresas vinculadas al ocio nocturno como única
herramienta capaz de garantizar de manera transitoria la no destrucción de empleo en este sector tras un periodo especialmente prolongado sin generación de ingresos.


- Extensión en paralelo de las prestaciones económicas extraordinarias de cese de actividad para autónomos hasta finales de 2021.


- Impulsar la creación, organización y ejecución de un programa extraordinario dedicado a incentivar el consumo directo y disfrute en productos y servicios turísticos en toda la geografía española, como mecanismo para estimular la
reanimación de la demanda interna y de cuya sinergia se pueda beneficiar el sector del ocio nocturno español.


- Impulsar en coordinación con las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos la tramitación de un paquete de exenciones y bonificaciones de cuotas significativas de impuestos y tasas (IBI, IAE, tasas de residuos, etc.), para así aliviar la
carga fiscal de los establecimientos destinados a los usos de ocio nocturno en un contexto enormemente crítico para los mismos.'



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Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2021.-Agustín Almodóbar Barceló, Mario Cortés Carballo y Isabel María Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002621


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de los Reyes Romero Vilches, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, doña Lourdes Méndez Monasterio, doña Georgina Trías Gil y don Francisco José Contreras Peláez, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GP VOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley de promoción y fomento de la familia y la natalidad como solución a la crisis demográfica en España, para su discusión en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. El problema demográfico de España.


'En España, la termita demográfica viene trabajando sin descanso desde hace ya años (desde mediados de los sesenta del siglo pasado)' 57. Son palabras del Defensor del Pueblo en un estudio monográfico dedicado a esta cuestión, que concluye
que el descenso de la natalidad y el aumento de la esperanza de vida convierten indefectiblemente al sistema poblacional español en una 'demografía insostenible' 58.


Efectivamente, España se enfrenta a una grave crisis demográfica de funestas consecuencias socioeconómicas -a corto y medio plazo- y de supervivencia biológica -a largo plazo-. Y es que, como afirmó don Juan Velarde Fuertes, premio Príncipe
de Asturias de Ciencias Sociales, '¿qué futuro tiene un país de viejos?'.


A fin de ilustrar la referida premisa, traemos a colación una serie de datos relativos al aumento de la población envejecida y a la disminución de la tasa de natalidad:


a) En 1976, el porcentaje de población menor de 20 años era el 35,60 %. En 2018, dicho porcentaje se redujo casi a la mitad (19,80 %).


Cuadro 16


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Fuente: INE.


b) A la inversa ocurre con la población de la tercera edad. Así, según las proyecciones del INE elaboradas en 2018, si en ese año la población mayor de 80 años era el 6,2 % del total, en 2030 el porcentaje crecerá hasta el 7,2 %.


57 'La situación demográfica en España. Efectos y consecuencias', separata del volumen II del Informe anual del Defensor del Pueblo, Madrid, 2019, p. 13. Acceso en línea:
https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2019/06/Separata_situacion_demografica.pdf.


58 Ibidem, p. 14.



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Cuadro 21


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c) Además, en España contamos con una elevada esperanza de vida que el INE concretaba, en estudios de 2019, en 80,9 años para los hombres y 86,2 para las mujeres 59.


d) Por el contrario, el número de hijos por mujer en España se ha reducido, entre 1976 y 2018, de 2,77 a 1,31. Esta última cifra no solo se sitúa por debajo del índice de reemplazo (2,05 hijos por mujer), sino que incluso es muy inferior a
la media europea (1,59 hijos por mujer en 2017).


Cuadro 1


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Fuente: INE y Eurostat.


e) Con arreglo a las estadísticas oficiales de los últimos años, la tendencia de la pirámide de población española es hacia una creciente inversión. Hay comunidades como Galicia 60, Asturias o Castilla y León, donde a final de año el número
de fallecidos duplica al de nacidos. El futuro que aguarda a los países con pirámides demográficas inviables es un declive socioeconómico insubsanable. Por el contrario, los países con una demografía saneada gozan de una ventaja económica
innegable frente al resto. Como escribió Auguste Comte, filósofo y sociólogo del siglo XIX, 'la demografía es el destino'.


59 https://www.ine.es/jaxi/Datos.htm?path=/t00/mujeres_hombres/tablas_2/10/&file=d1g1.px#!tabs-tabla.


60 Galicia: https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=6546#!tabs-tabla y https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=6519#!tabs-tabla. Principado de Asturias: https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=6546#!tabs-tabla y
https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=6519#!tabs-tabla. Castilla y León: https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=6546#!tabs-tabla y https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=6519#!tabs-tabla.



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Gráfico 1


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Fuente: Cifras de población (INE).


Gráfico 2


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Fuente: proyecciones de población a largo piazo (INE) de 2016.


Segundo. Consecuencias del problema demográfico.


De acuerdo con lo señalado, las consecuencias que a corto y medio plazo acarrea para nuestro país el problema descrito son de dos tipos: sociales y económicas.


El principal perjuicio social que se derivará del llamado 'invierno demográfico' es el exponencial aumento de la población anciana, cada vez más dependiente y sola, cuyas necesidades no podrán ser suficientemente atendidas por las
generaciones más jóvenes, mucho menos numerosas.


Por cuanto respecta a las consecuencias económicas, la más acuciante de ellas es la imposibilidad de mantener el funcionamiento del actual sistema de pensiones. En el citado informe del Defensor del Pueblo se afirma que, 'si se capitalizara
todo lo aportado a la Seguridad Social para pensiones (por un trabajador y su empresa) y ese trabajador se jubilase a los 65 años, este capital serviría para pagar, aproximadamente, 16 años de su pensión. Pero la esperanza media de vida de ese
trabajador en el momento de jubilarse es, aproximadamente, de veinte años. A medida que aumente la esperanza de vida por encima de la edad de jubilación, mayor será el desequilibrio' 61. La conclusión es obvia: a mayor esperanza de vida y menor
natalidad, más dificultad para hacer frente al sistema de pensiones tal y como está diseñado en España. El brutal déficit del sistema de pensiones ha obligado a consumir en pocos años el Fondo de Reserva.


61 'La situación demográfica en España. Efectos y consecuencias', separata del volumen II del Informe anual del Defensor del Pueblo, Madrid, 2019, pp. 77-78.



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Tercero. Posibles soluciones.


1. Medidas públicas para revertir la tendencia demográfica


Es responsabilidad de los poderes públicos tratar de revertir la situación demográfica expuesta y las consecuencias que de la misma se derivan. Y ello porque recaen sobre ellos, entre otras, las siguientes obligaciones de orden
constitucional:


a) 'Promover [ ...] las condiciones favorables para el progreso social y económico' (artículo 40.1 de la Constitución española, CE).


b) 'Manten[er] un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad' (artículo 41 CE).


c) 'Garantizar [ ...] la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad' (artículo 50 CE).


Las acciones que los poderes públicos pueden y deben acometer para vencer el invierno demográfico han de centrarse, en esencia, en el apoyo al matrimonio y a la familia y, más específicamente, en el fomento de la natalidad. Tal línea de
actuación se reconoce asimismo como deber en el artículo 39.1 CE, que afirma que 'los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia'. La Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias numerosas,
concreta la referida obligación en su disposición adicional segunda, al puntualizar que 'el Estado, las comunidades autónomas y las Administraciones locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán ampliar la acción protectora de esta
ley para contribuir a la mayor efectividad del principio establecido en el artículo 39 de la Constitución'. A tal fin:


a) En primer lugar, los poderes públicos han de respetar el principio de protección a la familia consagrado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 16.3), que afirma que 'la familia es el elemento natural y fundamental
de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado'. Es en la familia donde se desarrolla la enseñanza básica afectiva, educativa, social y económica de todas las personas. Como medida de protección de dicha institución, no
solo ha de promoverse la creación de nuevas familias, sino que también ha de prestarse el oportuno apoyo a las ya existentes.


b) En segundo lugar, los poderes públicos han de reconocer y declarar que el matrimonio es una institución social esencial, en tanto que es el fundamento de la familia. Las estadísticas demuestran que las parejas casadas tienen más hijos
(1,8 en España) que las parejas de hecho, y que los niños que se crían con su padre y su madre gozan de un mayor bienestar económico y mejores índices de aprovechamiento escolar, estabilidad emocional y adaptación social que los criados por padres
separados o sobrevenidos. Y, como aplicación de lo anterior, han de implementar las políticas necesarias para revertir la curva descendente de número de matrimonios contraídos 62.


2. La lucha contra la natalidad en el Derecho comparado.


i. Hungría.


Europa debiera fijarse en el ejemplo de Hungría, un país que ha logrado en poco más de diez años paliar el problema demográfico en que se encontraba inmerso. Lo ha conseguido, además, sin tener que recurrir a soluciones parciales y de corto
alcance como la inmigración 63, sino simplemente fomentando el potencial de su propio país.


Para lograr tal objetivo, los poderes públicos húngaros adoptaron una serie de medidas tendentes a revertir la tendencia antinatalista (o antifamilia, si nos fijamos en la causa remota), que impera en las modernas sociedades occidentales.


Concretamente, articularon un sólido sistema de apoyo a la familia que agrupaba medidas institucionales (creación de un Ministerio de Familia), tributarias (reconocimiento de ventajas fiscales asociadas al número de hijos), sociales
(otorgamiento de ayudas económicas como préstamos para


62 https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176999&menu=ultiDatos&idp=1254735573002.


63 Don Alejandro Macarrón Larumbe, director general de la Fundación Renacimiento Demográfico, en una entrevista concedida a la COPE (http://www.carlosherrera.com/web/noticias1.asp?Id=9613) afirmó a este respecto lo siguiente: 'Ya no
podemos apoyarnos en pensar que con la inmigración se puede solucionar, porque si hay un declive demográfico fuerte tampoco van a venir extranjeros. Que haya inmigración es solo una solución parcial'.



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parejas jóvenes), laborales (aumento de la baja por maternidad), bioéticas (campaña de disuasión del aborto) y de concienciación social (información sobre las consecuencias del invierno demográfico).


Los resultados hablan por sí solos. Según los datos de la Oficina de Estadística Central de Hungría, sus políticas para vencer el invierno demográfico han alcanzado los siguientes logros, comparando las cifras de 2008 y 2018:


Que el número de matrimonios aumente de 35.520 a 50.828.


Que los divorcios se reduzcan de 23.873 a 16.952.


Que la tasa de fecundidad aumente de 1,25 a 1,49 hijos por mujer.


Que el número de abortos disminuya de 40.449 a 26.941.


ii. Polonia.


En abril de 2016, el Parlamento polaco aprobó un aumento de las ayudas económicas a todas las familias que tuviesen dos o más hijos y que no alcanzan ciertos niveles adquisitivos 64. Puede observarse que la natalidad en Polonia comenzó a
aumentar a partir de ese año:


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Fuente: Expansión.


64 https://www.lavanguardia.com/vida/20190426/461869634060/polonia-amplia-sus-ayudas-a-la-natalidad-y-las-hace-universales.html y https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20190426/polonia-amplia-ayudas-natalidad-universales-7425457.



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Las ayudas del Gobierno polaco a las familias para el fomento de la natalidad se han ampliado en 2019; ahora ya no dependen del nivel económico de los perceptores, sino que la ayuda se recibe por el mero hecho de tener uno o más hijos, en
las siguientes cuantías:


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Fuente: https://www.arbeitsagentur.de/datei/kg2-pl-merkblattkindergeld_ba014320.pdf.


iii. Estados Unidos.


Durante el gobierno de George H. W. Bush (1989-1993), se implantaron una serie de medidas encaminadas a la 'revalorización sociopolítica de la familia basada en el matrimonio' 65, tales como la 'obligación de que las parejas que solicitan
casarse asistan a cursillos previos sobre el significado del matrimonio' 66, 'la obligación, para las parejas que solicitan un divorcio, de pasar antes por consejeros y mediadores' 67, la 'educación para el matrimonio' 68, o la 'reintroducción de la
necesidad de motivar el divorcio' 69.


Tales políticas públicas de apoyo a la familia fueron puestas en marcha, en primer término, únicamente en una serie de municipios, bajo el nombre de community marriage policies. Propiciaron, entre otros efectos, un notable 'descenso del 57
% del índice de divorcios en Modesto (California) y de un 79 % en El Paso (Texas)' 70.


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Fuente: https://dofh.org/community-marriage-policies-answer-a-vital-need/.


65 Contreras Peláez, F.J. La fragilidad de la libertad. Madrid: Homo Legens, 2018, p. 76.


66 Op. cit., p. 77.


67 Ibidem.


68 Ibidem.


69 Ibidem.


70 Ibidem.



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George W. Bush continuó durante sus años de mandato (2001-2009) la línea iniciada por su padre y predecesor en relación con las políticas profamilia 71. Así, en 2006 aprobó y dotó con 100 millones de dólares anuales una serie de programas
('Marriage and Fatherhood Programs') coordinados por el Gobierno a través del Departamento de Salud y Servicios sociales ('Department of Health and Human Serinces').


Estos programas destinados a fortalecer la institución del matrimonio y de la familia 72, especialmente mediante el apoyo económico a los estratos sociales económicamente menos favorecidos. El efecto positivo de algunos de ellos (v. gr., el
denominado 'Supporting Healthy Marriage') fue estudiado en un informe publicado en 2014 por varios investigadores a petición del Gobierno 73.


Cuarto. Conclusión.


Sobre la base de los datos expuestos en los ordinales precedentes, es claro que España afronta un grave problema demográfico cuya solución estriba -y así se ha visto en otros países similares al nuestro- en el aumento de los índices de
natalidad. Por ello, en aras de un mayor bien para la sociedad y economía españolas del presente y del futuro, el Grupo Parlamentario VOX propone que España apueste por el fomento de la familia y la natalidad como medio para revertir la actual
'demografía insostenible'.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Diseñar, impulsar y coordinar políticas familiares encaminadas a la reversión de la tendencia descendente de la natalidad.


2. Elaborar un Pacto Social, Político e Institucional que recupere el espíritu de consenso de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección n las Familias Numerosas.


3. Crear una Conferencia Sectorial de la Familia que establezca planes específicos de cooperación entre las diferentes Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, procurando la supresión de duplicidades y la consecución de
una mejor eficiencia de los servicios públicos destinados a esta materia.


4. Poner en marcha una campaña de comunicación institucional que, desde un tratamiento positivo del matrimonio, la familia y la paternidad, promueva la concienciación de la opinión pública acerca de la gravedad del invierno demográfico en
España.


5. Elaborar informes independientes que versen sobre la situación demográfica de España, las causas que han llevado al grave decrecimiento de la natalidad y las posibles soluciones para revertiría.


6. Otorgar ayudas públicas directas a los progenitores que tienen hijos a su cargo, que serán independientes de las que aquellos puedan percibir por otros conceptos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2021.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio, Georgina Trías Gil y Francisco José Contreras Peláez,
Diputados.-Macaraena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlmentario VOX.


71 https://www.nytimes.com/2004/01/14/us/bush-plans-1.5-billion-drive-for-promotion-of-marriage.html.


72 https://www.acf.hhs.gov/ofa/programs/healthy-marriage-responsible-fatherhood#:-:text=The %20Healthy %20Marriage %20and %20Responsible,and %20improve %20family %20economic %20stability.
https://www.nationalaffairs.com/publications/detail/the-evolution-of-divorce.


73 'A Family-Strengthening Program for Low-lncome Families: Final Impacts from the Supporting Healthy Marriage Evaluation, Technical Supplement'. Acceso en línea:
https://www.acf.hhs.gov/sites/default/files/opre/shm_30_months_technical_supplement.pdf. En la página 30, afirma: 'The mam impact analysis was limited to 30 prespecified core outcomes. These were outcomes that were deemed most likely to be
affected by a successful marriage education program and that have substantial policy significance. When conducting a multiple comparisons adjustment, limiting the set of outcomes considered reduces the evídence required to conclude that impacts on
each outcome are significant'.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de los Reyes Romero Vilches, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, doña Lourdes Méndez Monasterio y doña Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la superación de la inequidad territorial
existente en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), para su discusión en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. Fundamento jurídico de la existencia del SAAD.


El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia ('SAAD') se creó en virtud de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia ('LAPAD'). Podría
definirse como el 'conjunto de servicios y prestaciones económicas destinados a la promoción de la autonomía personal, la atención y protección a las personas en situación de dependencia, a través de servicios públicos y privados concertados
debidamente acreditados, [que] contribuye a la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos' 74.


Se trata de una herramienta que permite la consecución de los derechos de las personas que presentan algún tipo de dependencia ex artículo 2.2 LAPAD:


'El estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o ala pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de
la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.'


La creación y el correcto mantenimiento del SAAD es una concreción de las obligaciones de los poderes públicos en materia de protección de las personas de la tercera edad o con discapacidad, recogidas en los artículos 49 y 50 de la
Constitución Española ('CE'), en sede de los 'principios rectores de la política social y económica' 75.


Segundo. Creciente necesidad del SAAD en España.


La promulgación de la LAPAD fue un hito reseñable, en tanto que 'el SAAD suponía un importante salto cualitativo respecto a la protección que se venía prestando, en el ámbito de la discapacidad y a las personas mayores, de manera
fragmentaria con diferentes instrumentos, dispositivos y prestaciones públicas, especialmente desde los servicios sociales' 76. El Expositivo segundo LAPAD habla, en este sentido, de la 'necesidad de garantizar un marco estable de recursos y
servicios para la atención a la dependencia', cuya 'progresiva importancia lleva ahora al Estado a intervenir en este ámbito con la regulación contenida en esta Ley'.


Tal necesidad no ha hecho sino aumentar en España con el transcurso de los años:


- En 2006, un 16,64 % de la población era mayor de 65 años. En 2020, ese porcentaje ya había crecido hasta el 19,58 % 77.


- De igual modo ha ocurrido con la población aquejada de alguna discapacidad que, en 2008 (fecha de la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística 'Discapacidad, Autonomía Personas y


74 https://www.imserso.es/imserso_01/autonomia_personal_dependencia/saad/saad/el_saad/index.htm.


75 Dichos principios rectores 'constituyen normas provistas de un valor normativo general con fiierza vinculante para todos los poderes públicos, que cumplen una función interpretativa importante de las restantes normas constitucionales como
de las leyes (STC 19/1982)', según afirma GOÑISEIN, J. L., 'Artículo 50', en VV. AA., Comentarios a la Constitución Española, Fundación Wolters Kluwer, Madrid, 2018, p. 1418. Acceso en línea:
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-PB-2018-94_1.


76 Consejo Económico y Social de España, Informe. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, n. 3, 2020, p. 56.


77 https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=1488.



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situaciones de Dependencia') 78 era de 3,8 millones. Diversas fuentes 79 señalan que, actualmente, esa cifra se ha elevado a 4,1 millones.


- El número de solicitudes de prestaciones por dependencia también ha aumentado de forma exponencial: de 374.000 en mayo de 2008 (la fecha más remota que publica el IMSERSO) 80 a 1.845.862 en enero de 2021 81.


- En cuanto al número de personas beneficiarias del SAAD, en mayo de 2008 fue de 200.690 82, mientras que en enero de 2021 fue de 1.422.173 83.


El fenómeno del envejecimiento de la población española provoca, por tanto, que la función social del SAAD sea cada día más esencial.


Tercero. Diseño del SAAD en la LAPAD.


El SAAD está diseñado como un sistema que requiere la actuación coordinada de todas las Administraciones Públicas (artículo 1.2). Este principio se concreta, entre otros preceptos, en el 7 LAPAD, que establece que la protección de la ley se
presta desde tres niveles diferenciados:


'1.º El nivel de protección mínimo establecido por la Administración General del Estado en aplicación del artículo 9.


2.º El nivel de protección que se acuerde entre la Administración General del Estado y la Administración de cada una de las Comunidades Autónomas a través de los Convenios previstos en el artículo 10.


3.º El nivel adicional de protección que pueda establecer cada Comunidad Autónoma.'


El SAAD se articula además como una 'red de utilización pública que integra, de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados', según lo dispone el artículo 6.2 LAPAD.


En el marco expuesto, a las personas beneficiarías se les otorgan una o varias prestaciones económicas o de servicios, que se concretan en un Programa de Atención Individual ('PIA'), y que han de estar destinadas 'a la promoción de la
autonomía personal' y 'a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria' (artículo 14.1 LAPAD).


Cuarto. La problemática de la inequidad territorial del SAAD.


El SAAD, según refiere la Exposición de Motivos LAPAD, debe satisfacer 'la necesidad de garantizar a los ciudadanos [ ...] un marco estable de recursos y servicios para la atención a la dependencia'. Sin embargo, tanto del hecho de existir
diecisiete comunidades autónomas con competencias en materia social (ex artículo 148.1.20.ª CE) como de la propia configuración legal del SAAD, que exige una coordinación entre aquellas y el Estado, se deriva un efecto indeseable y que vulnera los
derechos de muchos de los beneficiarios: la inequidad territorial. Ello significa que, a fin de cuentas, no se está cumpliendo respecto de todos los españoles el propósito referido al inicio de este expositivo. Desglosaremos un poco esta
afirmación:


- Por un lado, para el desarrollo del SAAD las comunidades autónomas reciben fondos de la Administración General del Estado que no son iguales en todos los casos, sino que su cuantía deriva del Convenio que se pacte. Sorprendentemente, la
fijación de los fondos no se realiza en atención al número real de solicitudes de prestaciones, por lo que hay comunidades que reciben, en proporción al volumen de solicitantes, unas cantidades muy superiores a las que perciben otras regiones.


- En segundo lugar, ya hemos mencionado que el 'nivel adicional de protección' de los beneficiarios depende de lo que cada comunidad autónoma presupueste a tal efecto (artículo 7 LAPAD). Pues bien, se da la circunstancia de que algunas
regiones destinan al SAAD mucha más dotación que otras. Es decir:


78 https://www.ine.es/jaxi/Datos.htm?path=/t15/p418/a2008/hogares/p01/modulo1/l0/&file=01001.px.


79 https://www.observatoriodeladiscapacidad.info/category/documentos/observatorio/breves-observatorio/#:~:text=Se %20estima %20que %20en %20Espa %C3 %B1a.que %20las %20personas %20sin %20discapacidad.


80 https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20080505.pdf.


81 8https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20210131.pdf.


82 https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20080505.pdf


83 https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20210131.pdf



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en materia de ayudas a la dependencia, no es lo mismo ser cántabro que ser andaluz, ser madrileño que murciano. La desigualdad a estos efectos es palmaria.


- Además, el sistema de copago es diverso en cada comunidad 84, y exige una mayor colaboración por parte de los beneficiarios en unas regiones que en otras.


- Por último, los precios de los servicios varían enormemente entre comunidades. A título de ejemplo, 'el coste por usuario anual se sitúa para la teleasistencia en una horquilla que va desde los 83,3 euros (Navarra) a los 260,6 (Canarias).
Para la ayuda a domicilio el precio por hora oscila entre 10,5 euros de Murcia y los 20,5 del País Vasco, y el tiempo de atención domiciliaria mensual que se presta va desde las 9,5 horas en Navarra hasta las 28,7 en Andalucía. Por su parte, el
rango de precios de los centros de día públicos va de 3.786 (Navarra) a 11.067 euros (Baleares). [ ...] Por lo que respecta al coste por usuario de las residencias públicas, la horquilla va de los 10.449 euros en La Rioja a los 25.262 en el País
Vasco' 85.


Se está generando, en suma, un 'desarrollo desigual de los servicios sociales en cada una de las Comunidades Autónomas' 86, en el que se producen innegables 'contrastes [ ...] respecto de los tiempos de resolución, manejo de la información
estadística, financiación, diferencias entre personas con resolución favorable para recibir prestaciones respecto de la cantidad de dependientes con PIA asignado y disfrute efectivo de prestaciones' 87.


En conclusión, a causa de la referida inequidad territorial existente en el SAAD puede afirmarse que, en esta materia, los poderes públicos no están cumpliendo suficientemente con sus obligaciones establecidas en los artículos 149.1.1.ª,
9.2, 49 y 50 CE, ni tampoco están garantizando para todos los españoles los criterios de 'accesibilidad, calidad y sostenibilidad' que la Unión Europea ha fijado en materia de derechos sociales 88.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover una armonización estatal del vigente sistema de atención a la dependencia, para garantizar el acceso en igualdad de condiciones a las prestaciones del SAAD por parte de todos los
beneficiarios, con independencia de su lugar de residencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2021.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputadas.-Macarena Olona Choclán, Portavoz
del Grupo Parlamentario VOX.


161/002628


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de los Reyes Romero Vilches, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, doña Lourdes Méndez Monasterio, doña Georgina Trías Gil y don Joaquín Robles López en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al fomento y protección de
los Centros de Educación Especial, para su discusión en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


84 Consejo Económico y Social de España, Informe. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, n.º 3, 2020, p. 166.


85 Consejo Económico y Social de España, Informe. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, n.º 3, 2020, p. 167.


86 Informe Final del Grupo de Expertos para la evaluación del desarrollo y efectiva aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia, septiembre
2009, p. 52.


87 VV. AA., 'El Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia en España (SAAD). Memoria de debilidades desde su implantación', Revista Prisma Social, n.º 32, enero 2021, pp. 29-30.


88 Consejo Económico y Social de España, Informe. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, n.º 3, 2020, p. 21.



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Exposición de motivos


Primero. La LOMLOE: Contexto y tramitación.


El pasado 19 de enero de 2021 entraba en vigor la Ley Orgánica 3/2020, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante, 'LOMLOE'). Esta Ley Orgánica se ha caracterizado, entre otros muchos factores,
por la ausencia de garantías democráticas durante toda su tramitación parlamentaria, y por la situación de crisis sanitaria que estaba viviendo España en ese momento, debido a la COVID-19. Situación que fue aprovechada deliberadamente por el
Gobierno de la nación para tramitar y aprobar la LOMLOE.


Cabe recordar que el 14 de marzo de 2020, el Ejecutivo impuso, a través del Real Decreto 463/2020, un estado de alarma en todo el territorio nacional, recluyendo a la totalidad de los ciudadanos en sus domicilios. Justamente durante dicho
periodo de tiempo tuvo lugar la fase de tramitación de enmiendas a la totalidad por los diferentes Grupos Parlamentarios. Este hecho se llevó a cabo sin la posibilidad de que estos últimos pudieran reunirse con las distintas asociaciones de padres
y docentes y demás afectados. Además, durante su tramitación, y debido al contexto de crisis, tampoco fueron escuchados los agentes sociales y educativos interesados, o los expertos en la materia. Incluso no se solicitaron los informes preceptivos
a los principales órganos consultivos del Estado, como el Consejo de Estado 89 o el Consejo Escolar.


En definitiva, no se ha permitido el diálogo, ni consenso posible alguno, ni siquiera se ha tenido en cuenta a la comunidad educativa, siendo evidente que la situación de excepcionalidad que se estaba viviendo en España no era el contexto
propicio para seguir adelante con la tramitación de un Proyecto de Ley tan importante. No existe precedente en nuestra historia democrática en cuanto a que, estando todo el país en estado de alarma, con la restricción de derechos fundamentales que
ello conlleva -como los de reunión o asociación-, se tramite hasta su publicación una Ley Orgánica de contenido tan sustancial para los derechos fundamentales y libertades de todos los españoles.


Segundo. La LOMLOE: vulneración del artículo 169 de la Constitución española.


Es necesario señalar, en relación con la LOMLOE y su tramitación, que el artículo 169 de la Constitución Española (CE) prohíbe el inicio de una reforma constitucional en tiempo de vigencia de unos de los estados de excepcionalidad regulados
en el artículo 116 de la CE, es decir, bajo la vigencia de una Estado de Alarma, Excepción o de Sitio. Expresamente señala el citado artículo que 'no podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los
estados previstos en el artículo 116'.


La Doctrina constitucional entiende que este precepto, mal ubicado en el texto constitucional, tiene inherente una serie de límites, tanto procesales como materiales. Los materiales pueden ser expresos y también implícitos, que afectan al
contenido sustancial del propio texto constitucional 90. Por tanto, esta previsión constitucional obedece a la necesidad de garantizar que reformas tan sustanciales en el entramado jurídico-constitucional -como puede ser la modificación de la Ley
Orgánica que regula el Derecho a la Educación en España- se aborden con la precisa serenidad y a través del procedimiento deliberativo que caracteriza al sistema democrático representativo. Estas garantías, sin embargo, no pueden darse en una
situación de tanta excepcionalidad como lo es un Estado de Alarma, al que hace referencia expresamente el artículo 116 de la CE.


Por tanto, resulta indudable que la prohibición material recogida en el citado artículo 169 de nuestra Carta Magna debe considerarse tácitamente impuesta a las normas que conforman el bloque de la constitucionalidad, y especialmente a la
Leyes Orgánicas de directo desarrollo de los derechos fundamentales, pilares esenciales de nuestra sustancialidad constitucional, que exigen, además, una tramitación y aprobación donde se aseguren las máximas garantías constitucionales. Asimismo, y
como así lo ha señalado reiteradamente el Tribunal.


Constitucional, forman parte del bloque las leyes orgánicas específicas e incluso constituyen un parámetro constitucional, a los efectos del artículo 28 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional (LOTC), la
propia legislación básica estatal en cuanto delimita las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas.


89 La LOMLOE es la primera Ley educativa que no cuenta con un dictamen del Consejo de Estado.


90 GARCÍA FERNÁNDEZ. Sinopsis del artículo 169 de la Constitución. Constitución Española comentada. Congreso de los Diputados.



Página 79





En definitiva, no cabía iniciar, tramitar ni aprobar bajo la vigencia de un Estado de Alarma una reforma tan sustancial desde el punto de vista jurídico constitucional como la que aborda la LOMLOE, pues esta Ley Orgánica no solo afecta a
derechos fundamentales tan relevantes como los recogidos en los artículos 16 91 y 27 92 de la CE, sino que además delimita las competencias del Estado y de las CC. AA. en materia educativa.


Tercero. La educación especial en la Ley Orgánica 3/2020.


Una de las principales novedades de la LOMLOE es el tratamiento de 'la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales' 93.


Cabe señalar que los centros de educación especial escolarizan a los alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad, cuando sus necesidades no puedan ser atendidas adecuadamente en los centros ordinarios,
proporcionando a estos alumnos y a sus padres un marco educativo específico y personalizado y los medios necesarios que necesitan para lograr su máximo desarrollo tanto personal como académico y social 94.


En España al alumnado con necesidades educativas especiales se les atiende, mayoritariamente, a través de centros de educación concertados especializados 95. Sin embargo, con la entrada en vigor de la LOMLOE, estos centros especiales están
destinados a desaparecer, dejando desamparados a las personas con necesidades educativas especiales y a sus familias.


A través de la nueva modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ('LOE'), el legislador orgánico impone una progresiva reducción de las plazas concertadas y un correlativo crecimiento de las plazas en centros públicos,
de manera que la primera se configura como subsidiaria en vez de complementaria 96. Sin embargo, en el caso específico de los centros de educación especial esta subsidiariedad, según la LOMLOE, desaparecerá en un plazo de 10 años, sustituyéndose
por completo por un aumento de plazas en centros de titularidad pública. Este desmantelamiento progresivo de la operatividad de los centros de educación especial se plasma expresamente en la Disposición Adicional cuarta. Así, señala que 'el
Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, de acuerdo con el artículo 24.2.e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en
cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. Las Administraciones educativas
continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los
centros ordinarios'.


Esta 'evolución de la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales' que impone la LOMLOE, en aras de la 'plena inclusión', como señala la nueva redacción del artículo 74.2 de la Ley Orgánica de Educación 97, supone el
traslado de los alumnos con necesidades especiales a centros


91 Libertad ideológica, religiosa y de culto.


92 Derecho a la educación y la libertad de enseñanza.


93 El mismo preámbulo de LOMLOE así lo señala, según el cual son 'especialmente novedosas, por su alcance social o por responder a los actuales requerimientos profesionales, las disposiciones adicionales referentes a la adaptación de los
centros y extensión del primer ciclo de educación infantil, a la evolución de las modalidades de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales ...'.


94 Guía: Centros de Educación Especial en España.


95 Tal y como señala la Estadística de las Enseñanzas no Universitarias respecto al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en el curso 2018-2019, la cifra total 'ascendió a 707.405, lo que representa el 8,8 % del total de
alumnado. De ellos, 212.807 (30,1 %) la recibieron por necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave'7. A su vez, de este total, 175.308 corresponde al alumnado integrado en centros de enseñanza ordinaria y 37.499 al
alumnado en centros de educación especial, repartidos en 477 centros a nivel nacional.


96 Caber recordar que el modelo educativo en España, público y gratuito, de conformidad con el artículo 27 de la CE, se realiza a través de la red dual de centros públicos, cuyo titular es la administración pública, y, complementariamente, a
través de centros privados concertados, cuyo titular es una persona física o jurídica de carácter privado que se acoge al régimen de concierto legalmente establecido, como señala el artículo 108 de la LOE. La existencia de una red de centros
privados concertados complementaria, que no subsidiaria, respecto de los centros de titularidad pública constituye una garantía esencial para la efectiva realización de principios estructurales de nuestro sistema democrático.


97 '2.La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por profesionales especialistas y en los términos que determinen las Administraciones educativas. En este
proceso serán preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado. Las Administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta
el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo.'



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ordinarios, salvo para los casos que requieran una 'atención muy especializada', discriminando a los padres que prefieren que sus hijos se eduquen en una escuela especializada cuando sus características y necesidades lo requieran, atacando
su derecho a elegir la educación que consideran más adecuada para sus hijos. En definitiva, los actuales centros de educación, de conformidad con la disposición adicional cuarta de la LOMLOE, pasan de atender a la mayoría del alumnado con
necesidades especiales, a cumplir un papel meramente residual de 'atención muy especializada' a aquellos alumnos que de ningún modo pueden integrarse en centros ordinarios y a configurar como simples centros de asesoramiento para los de régimen
ordinario, acotando al mínimo las funciones que actualmente ejercen. Sin perjuicio, además, de que se entiende por 'alumnos que requieran una atención muy especializada', instaurando así un nuevo concepto jurídico indeterminado.


Por otro lado, llama la atención que en la Memoria de Análisis de Impacto Normativa de la LOMLOE el Gobierno indica que para llevar a cabo el objetivo de la Disposición Adicional cuarta no se prevé incremento alguno de gasto 98. Por tanto,
el único recurso que se ha previsto para hacer efectivo el traslado a los centros ordinarios de los centros de educación especial será el que les ofrezcan estos últimos, que actuarán, como señala la LOMLOE, como centros de referencia. Esta medida
es claramente utópica e inviable de ejecutar, pues no es posible condicionar los centros ordinarios a las necesidades de los nuevos alumnos con discapacidad sin que esto suponga un incremento en el gasto destinado a estos efectos.


En definitiva, el objetivo de la LOMLOE respecto a la Educación Especial no es otro que el desmantelamiento de los Centros de Educación Especial. Así lo ha afirmado la propia Ministra de Educación y Formación Profesional, la Sr. Celaá
Diéguez, tal y como se recoge en el Diario de Sesiones del Senado del 11 de diciembre de 2018 99: 'El objetivo del Gobierno es impulsar el proceso de transformación de los centros de educación especial para convertirse en centros sectoriales de
apoyo a la inclusión, que brinden asesoramiento y la ayuda necesaria para que el alumnado que actualmente está escolarizado en esos centros específicos pueda incorporarse progresivamente a centros ordinarios'.


Cuarto. Un ataque a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 27 de la CE.


Como hemos visto, la LOMLOE dispone que el alumnado con necesidades especiales, que ahora es atendido a elección de sus padres en centros concertados especializados, pase a integrarse en centros de titularidad pública ordinarios. Esta
imposición supone ir en contra de la realidad existente en el ámbito educativo y constituye un ataque directo a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 27 de la CE.


Así, el Tribunal Constitucional ha señalado reiteradamente en relación con la educación diferenciada, igualmente aplicable a la educación especial, que se integra en 'el derecho de los padres a elegir el centro y tipo de formación de sus
hijos o, incluso, que se refiere al contenido mismo de libertad del artículo 27 de la CE y [ ...] al derecho de los padres a elegir el centro y tipo deformación de sns hijos (artículo 27.1 y 3 de la CE)' (FJ 5 y 6 de la STC 74/2018). Asimismo, este
Tribunal afirmó que este modelo de educación constituye 'una parte del ideario o carácter propio del centro que escoge esta fórmula educativa', que puede configurarse conforme a la Constitución como cualquier otro 'modelo educativo que tenga por
objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el respeto a los principios y a los derechos y libertades fundamentales que reconoce el artículo 27.2 de la CE'.


Igualmente, este Tribunal señaló en la sentencia 31 /2018 que el modelo educativo diferenciado, trasladable a la opción pedagógica de los centros de educación especial, se trataba de 'un modelo concreto para el mejor logro de los objetivos
perseguidos comunes a cualquier tipo de enseñanza. Por lo tanto, se trata de un sistema meramente instrumental y de carácter pedagógico, fundado en la idea de optimizar las potencialidades propias de cada uno de los sexos (alumnos)'. Esta última
sentencia enmarca estas modalidades pedagógicas en la libertad de creación de centros docentes reconocida en el apartado 6 del artículo 27 de la CE 100, y en la libertad de enseñanza y, además, pone de manifiesto la relación existente entre el
derecho al ideario y el derecho de los padres a elegir el tipo de formación que desean para sus hijos. En definitiva, podemos afirmar que este modelo pedagógico destinado a alumnos con necesidades


98 Página 103 de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo.


99 https://www.senado.es/legis12/publicaciones/pdf/senado/ds/DS_P_12_91.PDF.


100 Artículo 27.6 de la CE: 'Se reconoce n las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales'.



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especiales responde perfectamente a los fines constitucionales de la educación recogidos en el artículo 27.2 de la CE 101.


Además, esta opción pedagógica, elegida por los padres en ejercicio de su libertad reconocido constitucionalmente, se encuentra reconocida igualmente en el artículo 14.3 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea 102 (la
'Carta'). El citado artículo, relevante en la interpretación de la extensión de los derechos fundamentales recogidos en el artículo 27 de la CE -así lo dispone el artículo 10.2 103 de la CE-, reconoce expresamente 'la libertad de creación de
centros docentes dentro del respeto a los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas'. Por tanto, el derecho de
los padres a la enseñanza de sus hijos con arreglo a sus convicciones pedagógicas se configura como un derecho primario de la Unión Europea y, por consiguiente, de todos sus Estados miembros. Por ello, este derecho primario únicamente puede ser
limitado, como señala la propia Carta en su artículo 52.1 104, por la ley, y respetando, en todo caso, el contenido esencial de dicho derecho y libertad y el principio de proporcionalidad. En conclusión, es evidente que estas condiciones necesarias
para limitar el derecho a la Educación y a la enseñanza, reconocido en todos los Estados miembros de la Unión Europea, no se cumplen en la última modificación de la Ley Orgánica de Educación, ni mucho menos en la Disposición Adicional cuarta de la
LOMLOE.


Quinto. La LOMLOE no garantiza una inclusión de los alumnos con necesidades especiales.


Como anteriormente hemos mencionado, la desaparición paulatina de los centros de educación especial se debe, entre otros factores, al deseo del actual Gobierno de coalición de instaurar en el ámbito educativo 'un régimen más inclusivo',
independientemente de la voluntad de los padres. Esta intención se recoge expresamente en el apartado segundo del artículo 74 de la Ley Orgánica de Educación, tras la nueva redacción dada por la LOMLOE. Dicho apartado señala expresamente que 'La
identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por profesionales especialistas y en los términos que determinen las Administraciones educativas. En este proceso serán
preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado. Las Administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés
superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo' 105. Por tanto, se infiere del articulado que el futuro de los alumnos con necesidades especiales queda en manos de las 'Administraciones
Educativas', que decidirán atendiendo a lo que, a su juicio, sea el interés del menor, teniendo en cuenta únicamente la voluntad de los padres cuando muestren su preferencia por el régimen más inclusivo. Todo ello, con la excusa de garantizar una
supuesta inclusión de los alumnos con necesidades especiales, desconociendo por completo la realidad existente en el ámbito educativo y los problemas reales de las personas con tales necesidades.


Sin embargo, la imposición de este régimen de inclusión choca, precisamente, con la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006 ('CDPD'). Concretamente el artículo 24 de la CDPD, que reconoce el
derecho a la educación de las personas con discapacidad,


101 Artículo 27.2 de la CE: 'La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales'.


102 El Carta amplía el derecho reconocido a los padres en el artículo 2 del Protocolo Adicional al Convenio Europeo de Derechos Humanos, que imponía a los Estados, en el ejercicio de las funciones que asuma en el campo cíe la educación y de
la enseñanza, la obligación de respetar el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas.


103 Artículo 10.2 de la CE '2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos
internacionales sobre las mismas materias ratificados por España'.


104 Artículo 52.1 de la Carta: '7. Cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades reconocidos por la presente Carta deberá ser establecida por la ley y respetar el contenido esencial de dichos derechos y libertades. Sólo
se podrán introducir limitaciones, respetando el principio de proporcionalidad, cuando sean necesarias y respondan efectivamente a objetivos de interés general reconocidos por la Unión o a la necesidad de protección de los derechos y libertades de
los demás'.


105 Siguiendo la línea del artículo 74.2 de la LOE, el artículo 87.1 de la misma señala que 'Con el fin de asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social y la igualdad de oportunidades, las Administraciones garantizarán una
adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza'. A través de este precepto,
el legislador orgánico asimila como segregación del alumnado con necesidades especiales, su formación en centros especializados sin tener en cuenta el derecho de los padres a elegir una educación para sus hijos en centros especializados'.



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señala en su apartado segundo que para garantizar este derecho los Estados partes deberán asegurar, entre otras medidas, las siguientes:


- Las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad.


- Las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan;


- Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales;


- Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión.


Por tanto, el citado artículo, siguiendo el objetivo de la inclusión, prevé un sistema en el que deban prestarse medidas personalizadas y efectivas para cada caso particular, considerando los ajustes razonables. Por ello, estamos ante un
régimen de inclusión que colisiona frontalmente con el dispuesto en LOMLOE, pues el sistema de valoración de necesidades educativas de los alumnos con necesidades especiales, así como el procedimiento a través del cual son oídos los padres o tutores
y se resuelven las posibles discrepancias, no constituyen ni mucho menos un sistema individualizado. Así lo confirma el apartado siguiente del mismo artículo 74 106 de la LOE, modificado por la LOMLOE, señalando que el sistema de evaluación
tenderá, en todo caso, a la inclusión. Este sistema, por tanto, prescinde de la valoración individual, de la voluntad de los padres, del interés superior del menor y de todo los elementos que lo individualizan, al objeto de instaurar un sistema
global que solo considera la tendencia a la inclusión o permanencia a en ella. Nada de ajustes razonables, nada de estudio de necesidades individuales del alumnado, únicamente progresión o permanencia en la inclusión. Esto supone, en definitiva,
una clara violación del derecho que tienen los padres a decidir sobre la educación de sus hijos (artículo 27 de la CE y 14 de la Carta).


En la relación con el régimen de inclusión, merece la pena destacar la Observación General n°4 (2016) sobre el derecho a la educación inclusiva formulada por el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad. La Observación
señala al respecto, en su apartado 11, que 'La inclusión implica un proceso de reforma sistémica que conlleva cambios y modificaciones en el contenido, los métodos de enseñanza, los enfoques, las estructuras y las estrategias de la educación para
superar los obstácidos con la visión de que todos los alumnos de los grupos de edad pertinentes tengan una experiencia de aprendizaje equitativa y participativa y el entorno que mejor corresponda a sus necesidades y preferencias. La inclusión de
los alumnos con discapacidad en las clases convencionales sin los consiguientes cambios estructurales, por ejemplo, en la organización, los planes de estudios y las estrategias de enseñanza y aprendizaje, no constituye inclusión. Además, la
integración no garantiza automáticamente la transición de la segregación a la inclusión.


Asimismo, el apartado 33 de la citada Observación general n.º 4 dispone que para ello 'debe proporcionarse directamente un apoyo adecuado, continuo y personalizado. El Comité hace hincapié en la necesidad de ofrecer planes educativos
individualizados que puedan determinar los ajustes razonables y el apoyo concreto necesarios para cada alumno, entre otros medios proporcionando ayudas compensatorias de apoyo, materiales didácticos específicos en formatos alternativos y accesibles,
modos y medios de comunicación, ayudas para la comunicación, y tecnologías de la información y auxiliares. El apoyo también puede consistir en un asistente de apoyo cualificado para la enseñanza, compartido entre varios alumnos o dedicado
exclusivamente a uno de ellos, dependiendo de las necesidades del alumno'.


En definitiva, para el artículo 24 de la CDPD, precepto que es de obligada observancia a la hora de interpretar el derecho a la educación en el ámbito de la discapacidad, la inclusión no presupone la integración de todos los niños en los
colegios ordinarios y, en consecuencia, la desaparición los centros de educación especial. Al contrario, la CDPD persigue un sistema individualizado, en el que las personas con discapacidad tengan las ayudas necesarias para obtener eficazmente su
derecho a la educación, mediante herramientas, estrategias y demás apoyos necesarios que necesiten. Por tanto, los centros ordinarios no pueden, per se, ofrecerles tales medios específicos, siendo los centros especializados los adecuados para tales
fines.


106 Artículo 74.3 de la LOE (nueva redacción dada por la LOMLOE: 'Al finalizar cada curso se evaluará el grado de consecución de los objetivos establecidos de manera individual para cada alumno. Dicha evaluación permitirá proporcionar la
orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más inclusivo'.



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Por último, y de conformidad con la CDPD, en la Carta Social Europea, en su artículo 15.1, se establece expresamente que la Partes signatarias deberán 'tomar las medidas adecuadas para procurar a las personas discapacitadas orientación,
educación y formación profesional en el marco del régimen general, siempre que sea posible, o, en caso contrario, a través de instituciones especializadas, ya sean públicas o privadas'.


Sexto. Conclusión.


Como hemos visto a lo largo del expositivo, la LOMLOE implanta en nuestro ámbito educativo un régimen de inclusión en colegios ordinarios, independientemente de las características y necesidades individuales que puedan presentar los alumnos
en cada caso, reduciendo a la mínima expresión los centros de educación especial para una nueva categoría de alumnado, aquellos necesitados de 'una atención muy especializada', configurando un concepto jurídico indeterminado, y sin establecer ni
siquiera ninguna norma o previsión al efecto.


En conclusión, la regulación contenida en la LOMLOE -especialmente la disposición adicional cuarta y el apartado 50 del artículo único por el que se modifica el artículo 74.2 de la LOE- a través de la cual se prevé el desmantelamiento de los
centros de educación especial en aras de una supuesta inclusión, coartando la libertad de los padres para decidir qué opción educativa prefiere para sus hijos, acabando así con la complementariedad de los colegios privados concertados en el ámbito
educativo, es contraria a la libertad de enseñanza (27.1 de la CE), a la libertad de creación de centros docentes especializados con financiación pública (27.6 y 9 de la CE) y, especialmente, al derecho de los padres a que sus hijos reciban la
educación conforme a las convicciones religiosas, filosóficas o pedagógicas reconocido en el artículo 27 de la CE y en el artículo 14 de la Carta).


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo todas las acciones necesarias para fomentar y proteger a los Centros de Educación Especial en España y, en concreto, a las siguientes:


1. Promover las medidas normativas pertinentes con el fin de derogar los apartados cincuenta y cincuenta bis del artículo único de la LOMLOE, así como su disposición adicional cuarta.


2. Adoptar las medidas necesarias para garantizar que los alumnos con discapacidad puedan recibir su educación en aquella modalidad que garantice el interés superior del menor, así como su derecho a recibirlo en los Centros Especializados,
públicos y privados concertados, cuando así se garantice la mayor protección del mismo. Que cualquier familia, independientemente de sus ingresos, tenga garantizada la posibilidad de acceder a cualquier tipo de Centro de Educación Especial que
desee para cubrir las necesidades de un hijo con discapacidad.


3. Garantizar que este derecho pueda ser ejercido de forma efectiva y gratuita por cualquier alumno que así lo requiera, y respetando el derecho de los padres a escolarizar a sus hijos en centros especializados, cuando por sus
características y necesidades así lo quisieran, de conformidad con el artículo 27 de la Constitución Española.


4. Potenciar los Centros de Educación Especial de todo el territorio nacional con un plan de apoyo financiero y presupuestario que permita ampliar su capacidad de acogida de personas con discapacidad y la mejora, modernización y adaptación
de sus instalaciones para el mejor funcionamiento, accesibilidad y autonomía de sus alumnos.


5. Promover la creación de un acuerdo marco para homogeneizar el ámbito de los Centros de Educación Especial en todo el territorio nacional, con el objeto de paliar las desigualdades generadas por las Comunidades Autónomas y sus diferentes
diecisiete sistemas educativos.


6. Garantizar que los niños y jóvenes con discapacidad reciban la respuesta más adecuada a sus necesidades específicas especialmente en los entornos rurales, donde es preciso un especial hincapié en el apoyo a los programas de inclusión de
manera individualizada, y teniendo en cuenta los casos de cada centro.


7. Promover la creación de un mapa nacional del alumnado con necesidades educativas especiales, su tipo de escolarización y necesidades particulares en cada provincia española, para poder implementar



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las medidas adecuadas de recursos humanos y económicos, en base a criterios de equidad y atención personalizada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2021.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio, Georgina Trías Gil y Joaquín Robles López, Diputados.-Macarena
Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/002682


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impacto de la nueva
metodología de cálculo de los costes eléctricos sobre la agricultura de regadío, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico, establece que esta metodología entrará en vigor y surtirá efectos simultáneamente con la metodología de cálculo
de los peajes de transporte y distribución aprobados en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución
de electricidad, y en ningún caso antes del 1 de junio de 2021.


Según el Gobierno, la combinación de los nuevos peajes, establecidos por las normas anteriormente citadas y por la orden ministerial que fija su cuantía, permitirá que la nueva factura eléctrica dependa de la energía consumida, lo que
fomentará el ahorro y la eficiencia energética y permitirá que las medidas en este sentido tengan un mayor impacto en el recibo del usuario.


Sin embargo, existen sectores económicos, como la agricultura vinculada al regadío, que se consideran muy perjudicados por la nueva regulación, ya que se incrementan los periodos más caros y se reducen los más baratos, precisamente en los
momentos en los que los cultivos necesitan de los riegos. Además, la brevedad de los horarios que podrían resultar menos caros hacen imposible que los agricultores puedan acumular los riegos para optimizar el gasto.


Según cálculos de algunas organizaciones agrarias, la nueva tarifación propuesta por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico supondría en muchos casos un incremento de costes de entre el 40 y el 50 por ciento. Este
incremento tendría un efecto contrario al objetivo planteado con el diseño de la metodología de cálculo, pues repercutiría sobre las cuentas de resultados de la explotación, y con ello en el coste de producción, e impediría las inversiones en
modernización del regadío o en la implantación de energías renovables para mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad de los regadíos.


El propio ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación reconoció el problema generado por su gobierno y se comprometió con los representantes de la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (Fenacore) en estudiar nuevos mecanismos de
tarificación que permitirán disminuir el coste energético de los agricultores en la factura eléctrica que pagan por el regadío, sin que hasta la fecha se haya tenido noticia de ninguna propuesta.


Cabe recordar la importancia del regadío en el sistema agroalimentario español: la agricultura de regadío supone el 22,54 % de la tierra cultivada y es responsable de más del 65 % de la producción vegetal. Contribuye a fijar la población,
pues la densidad de población es hasta tres veces superior en zonas de regadío de alta intensidad respecto a zonas de secano, y el número de incorporaciones de jóvenes agricultores es hasta 6,5 veces superior en estas zonas de regadío.


En definitiva, en ciernes de que entren en vigor los nuevos peajes de transporte y distribución de la electricidad y en vista de las previsiones sobre el impacto económico en las explotaciones que realizan



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regadío, se hace necesario tomar medidas que aseguren la viabilidad de las explotaciones, que permitan la disponibilidad de inversión para la modernización de los regadíos, y con ello una verdadera competitividad de nuestros productos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover y regular con carácter inmediato un modelo de tarifación favorable y adaptado a las especiales características del sector agroalimentario español, a fin de incentivar la incorporación de los jóvenes y asegurar la rentabilidad de
la actividad económica a él vinculada, como motor fundamental de la economía del medio rural.


2. Adoptar las medidas necesarias para evitar incrementos de facturación eléctrica, en tanto se aprueba la nueva normativa.


3. Potenciar la implantación de energías renovables en el mundo rural como mecanismo de reducción de emisiones, ahorro de costes y, por tanto, complemento de los ingresos de los agricultores y ganaderos.


4. Llevar a cabo las acciones necesarias para un adecuado desarrollo reglamentario con el fin de evitar un impacto negativo, en las explotaciones del agro español, de las previsiones legales de la inminente Ley de Cambio Climático y
Transición Energética y del anunciado Fondo para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional.


5. Incorporar la financiación de nuevos regadíos y modernización de los existentes a los planes para la reconstrucción económica de España post COVID-19, especialmente en los Fondos Next Generation EU, a fin de cumplir con los compromisos
previstos en los diferentes Planes Hidrológicos de Cuenca.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2021.-Milagros Marcos Ortega, Marta González Vázquez y Juan Diego Requena Ruiz, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/002683


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para revertir el proceso de despoblación a través de la deslocalización
de organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado de nueva creación, para su debate en la Comisión de Política Territorial y Función Pública.


Exposición de motivos


La Constitución Española establece en su artículo 103 que la 'Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y
coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho'.


El informe 'Tendencias Recientes de la Población en las Áreas Rurales y Urbanas de España' elaborado por el Banco de España, publicado el mes de mayo de 2021, alertaba que el proceso de despoblación rural se ha acelerado, en comparación a
los tendencias fijadas durante la primera década de este siglo, 'alcanzando una velocidad casi comparable a la de la etapa del éxodo rural'.


Según el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, la Administración del Estado contaba con 230.395 efectivos en el mes de julio de 2020. Asimismo, en los próximos años asistiremos a una oleada de
jubilaciones del personal al servicio de la Administración Central, que podría



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alcanzar una cifra superior a los 250.000 puestos de trabajo en los próximos quince años según un estudio publicado por la academia ADAMS Formación en el año 2020.


Esta situación supone una oportunidad para deslocalizar organismos autónomos, agencias estatales y autoridades administrativas independientes a provincias afectadas por la despoblación con la finalidad de fijar a población en el territorio,
generar riqueza en estas zonas de nuestro país y aumentar la presencia de Administración General del Estado, sin que estas actuaciones tengan impacto en el vida personal de la mayoría de funcionarios que trabajan actualmente al servicio de la
Administración General del Estado.


A su vez, esta medida podría servir para obligar al Gobierno de España a impulsar de manera definitiva el proceso de modernización pendiente de la Administración del Estado, en lo que respecta a la digitalización de su funcionamiento y la
agilización de los procedimientos administrativos.


Para ello, es necesario que el Gobierno de España fije estrategia coordinada con las comunidades autónomas, especialmente con aquellas que se encuentran más afectadas por el fenómeno de la despoblación, para de elaborar un plan transparente
y con medidores objetivos que ordene un proceso de deslocalización de organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado.


De manera paralela, el Ejecutivo deberá elaborar un nuevo abanico de incentivos económicos y laborales que haga atractivo para los nuevos funcionarios y el resto del personal que se incorpore al servicio de la Administración Central
trasladarse fuera de las grandes urbes de España, donde actualmente se encuentran ubicados gran parte de las entidades que conforman el sector público institucional estatal.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente:


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Elaborar, en coordinación con las comunidades autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Administraciones Públicas, un Plan para deslocalizar organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado de
nueva creación a las provincias más afectadas por el éxodo rural.


2. Modificar Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público para mejorar los derechos económicos y laborales de los funcionarios de carrera cuyo
puesto de trabajo se encuentre ubicado en una provincia afectada por el éxodo rural en los siguientes términos:


a) Establecer un complemento territorial específico para los funcionarios de carrera cuyo puesto de trabajo definitivo se encuentra en una provincia afectada por el éxodo rural.


b) Aumentar a siete días el permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o
afinidad cuando el suceso se produzca en una provincia distinta a la que se encuentra el puesto de trabajo.


c) Aumentar a seis días el permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad
o afinidad cuando el suceso se produzca en una provincia distinta a la que se encuentra radicada el puesto de trabajo.


d) Aumentar a dos meses el permiso para atender el cuidado de un familiar de primer grado cuando este resida en una provincia distinta a la que se encuentra radicada el puesto de trabajo.


3. Reconocer los derechos previstos en el apartado anterior al personal laboral fijo al servicio de la Administración Central a través de la actualización del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General
del Estado.


4. Alcanzar un acuerdo con las comunidades autónomas para facilitar el acceso a los servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia a los familiares a cargo de los funcionarios de carrera y del
personal laboral al servicio de la Administración General del Estado que decida trasladarse a un puesto de trabajo en una provincia afectada por el éxodo rural.


5. Aumentar el número de plazas destinadas a funcionarios en prácticas en la Administración Periférica del Estado y se encuentran ubicadas en provincias afectadas por el éxodo rural.



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6. Impulsar una campaña informativa específica, en coordinación con las Administraciones educativas y las Universidades públicas, para captar talento para la Administración Central entre aquellas personas que residen en zonas afectadas por
el éxodo rural


7. Reformar el sistema de exámenes para el acceso a la función pública facilitando que se puedan realizar de forma descentralizada en todo el territorio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-José María Espejo-Saavedra Conesa, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/002629


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Rubén Darío Vega Arias, don Ricardo Chamorro Delmo, doña Mireia Borrás Pabón, don Ángel López Maraver, don Luis Gestoso de Miguel, doña Magdalena Nevado del Campo, don Francisco José Contreras Peláez, don
Pedro Jesús Requejo Novoa y don Andrés Alberto Rodríguez Almeida, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación de la termita subterránea oriental (Reticulitermes flavipes), para su discusión en la
Comisión para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. La termita subterránea oriental (Reticulitermes flavipes).


Desde hace diez años se ha detectado en España la presencia de una grave plaga que está afectando a numerosas explotaciones agrarias (zonas de cultivo, viveros e invernaderos) y a numerosas viviendas, en especial en la provincia de Tenerife:
la termita subterránea oriental (Reticulitermes flavipes). Esta especie exótica invasora (EEI) es originaria de las regiones orientales y centrales de Norteamérica 107, y pertenece al grupo de las termitas subterráneas, dado que viven y se
desarrollan en el subsuelo a través de nidos, y solo acuden a la madera para alimentarse 108.


Su presencia confirmada en España se ha localizado principalmente en la isla de Tenerife en el año 2010, aunque algunos estudios señalan que su introducción real pudo ser anterior al año 2007 109. Además, en todo este tiempo ha demostrado
tener un gran potencial invasor por su gran voracidad y porque es capaz de ocasionar daños tanto a especies vegetales con indiferencia del tipo (ornamentales, frutales, etcétera) como a los bienes inmuebles. Además, las buenas condiciones
climáticas de las islas Canarias (temperatura y humedad) genera una situación idónea que favorece su expansión 110.


Estos motivos la han llevado a ser considerada como una de las especies de termitas más dañinas del mundo por expertos biólogos de la Universidad de La Laguna (ULL) 111 y, según datos de Estados Unidos, provoca daños por valor de 27.000
millones de euros al año 112.


En el caso de la isla de Tenerife, el primer foco se detectó en el municipio de Tacoronte, y después se expandió por las zonas de La Laguna, Arona y Guía de Isora, lo que obligó al Cabildo de Tenerife a poner en marcha trabajos de
erradicación de esta plaga 113 en la zona norte de la isla. Sin embargo, ya se tiene constancia de su presencia en la isla de Lanzarote 114 y se sospecha de haber llegado también a la península


107 https://www.miteco.gob.es/en/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/mtjreticulitermesflavipes_tcm38-523170.pdf.


108 https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/agricultura/galerias/doc/publicaciones/termitas.pdf


109 https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/agricultura/galerias/doc/publicaciones/termitas.pdf.


110 https://www.miteco.gob.es/en/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/mtjreticulitermesflavipes_tcm38-523170.pdf.


111 https://diariodeavisos.elespanol.com/canariasenred/las-termitas-americas-imparables-en-tenerife-lo-arrasan-todo-y-asi-son/.


112 https://www.eliminar-termitas.es/las-termitas-de-formosa-consideradas-la-especie-invasora-mas-danina/.


113 https://www.efe.com/efe/canarias/sociedad/el-cabildo-de-tenerife-comienza-un-procedimiento-unico-para-erradicar-la-plaga-termitas/50001312-4125443.


114 https://www.miteco.gob.es/en/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/mtjreticulitermesflavipes_tcm38-523170.pdf.



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ibérica, aunque hasta la fecha no se ha podido confirmar por las dificultades para detectar su presencia y por su parecido con la variante autóctona de termita subterránea.


Segundo. El Catálogo de Especies Exóticas Invasoras.


Por estos motivos, el Gobierno decidió en noviembre de 2020, mediante la Orden TED/1126/2020, de 20 de noviembre 115, la inclusión de la termita subterránea oriental (Reticulitermes flnvipes) en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras
(CEEI) 116 por el riesgo alto de invasión y por los problemas medioambientales que genera a las especies vegetales nativas de la isla de Tenerife como el drago (Dracaena draco) -símbolo natural de la isla- o la tabaiba amarga (Euphorbin lamnrckii).
Este nuevo régimen establece una serie de prohibiciones en cuanto a su tenencia, transporte y comercio.


No obstante, a la vista del grave problema medioambiental y contra el ecosistema autóctono de España, los daños a las explotaciones agrarias y los serios costes económicos que genera; además de que se trata de un problema no circunscrito
solo a una zona delimitada, sino que afecta a varios territorios y está presente tanto en el archipiélago canario como en la península, es necesario aprobar un Plan Nacional de Erradicación y Control de esta plaga de la termita subterránea oriental
(Reticulitermes flavipes) para evitar que continúe su expansión por España.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Promover un Plan Nacional específico de protección del ecosistema español frente a la invasión de la termita subterránea oriental (Reticulitermes flavipes).


2. Promover un Programa Nacional de Erradicación o Control de la termita subterránea oriental (Reticulitermes flavipes) en coordinación con las Comunidades Autónomas, adoptando medidas urgentes tendentes a impedir de manera eficaz su
transmisión o propagación al resto del territorio nacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2021.-Rubén Darío Vega Arias, Ricardo Chamorro Delmo, Mireia Borrás Pabón, Ángel López Maraver, Luis Gestoso de Miguel, Magdalena Nevado del Campo, Francisco José Contreras Peláez, Pedro
Jesús Requejo Novoa y Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para retirada del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el MITECO por el que se impugna la Orden de 21 de diciembre de 2020 por la que se aprueba el Plan general de explotación marisquera para el trienio 2021-2023,
para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha presentado un recurso contencioso-administrativo impugnando la orden que aprueba el Plan Xeral de Explotación Marisqueira aprobado por la Consellaría de Pesca de la Xunta
para el trienio 2021-2023, el primero acordado con carácter plurianual.


Este recurso supone un ataque frontal a las competencias exclusivas de Galiza en materia de marisqueo tal y como se recoge en el artículo 27 apartado quince de la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galiza.
Pero la regulación impugnada no solo es del ámbito competencial


115 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-15296.


116 https://www.miteco.gob.es/es/prensa/201130elalgaasiaticalatermitaoriental­ylaacacianegraincluidasenelcatalogoespanoldeespeciesexoticasinvasoras_tcm30-517784.pdf



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gallego, sino que se trata de unas normas pactadas con las cofradías para regular la actividad marisquera en los bancos de las rías gallegas.


El argumento esgrimido por el Ministerio para intentar la derogación es única y exclusivamente, el hecho de no haber sido consultado previamente. Se considera, que dado que la actividad marisquera supone la necesidad de dar concesiones y
autorizaciones sobre el dominio público marítimo, resulta imprescindible que se hubiera solicitado un informe preceptivo al Ministerio para que diera su visto bueno al contenido de la orden.


Sin embargo este argumento es falso, pues aunque tanto la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas de carácter estatal como la gallega, el Decreto 97/2019, de 18 de julio, por el que se regulan las competencias de Galiza en la zona de
servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, hablan de la necesidad de solicitar un informe obligatorio, este se refiere exclusivamente a los casos en que se declaren zonas de interés para cultivos marinos, concesiones y
autorizaciones o para cuando se otorguen esas autorizaciones y concesiones. Pero el Plan de Xeral de Explotación Marisqueira no concede autorizaciones, se limita a establecer y regular medidas dirigidas a la conservación, a la gestión y a la
explotación responsable, racional y sostenible de los recursos marinos vivos. Es decir, se regula una materia de competencia exclusiva y que no afecta a las competencias estatales.


El recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galiza llega después de un requerimiento remitido por el Ministerio en el que exigía la retirada de la orden bajo ese mismo argumento, no haber solicitado un
informe, arrogándose así unas competencias que no le corresponden y negando la autonomía para regular esta materia por Galiza.


El Plan pactado con el sector marca las directrices que regularán la explotación sustentable de los recursos marisqueros en las zonas de explotación ya existentes. Viene a establecer esa normativa para el trienio 2021-2023, un marco
plurianual que sí es una novedad, pero atendiendo a la misma materia que venían recogiendo los planes anteriores, publicados anualmente por la Consellaría do Mar desde los años 90, sin que en ninguna de esas órdenes anteriores se hubiera considerado
necesario la petición de un informe preceptivo previo desde el Ministerio.


El Gobierno del Estado con esta demanda está demostrando una actitud completamente irresponsable, no sólo por la clara injerencia en las competencias exclusivas de Galiza en la ordenación del marisqueo y la acuicultura, si no sobre todo por
las graves consecuencias que tendrá para el sector que, ante la suspensión o derogación del Plan ahora en vigor, quedaría sin la normativa que regula su actividad y además supondría derogar también los planes elaborados por las cofradías y
asociaciones de mariscadoras y mariscadores.


Así, la orden recoge un total de 94 planes de gestión, diseñados por 63 cofradías y otras entidades, de los que 52 ordenan el marisqueo a pie, y 35, el a flote, además de incorporar otros siete mixtos. La derogación de esta normativa
afectaría así, a unas 3.700 personas que se dedican al marisqueo a pie, en su mayor parte mujeres (casi las tres cuartas partes del total), y a unos 5.000 productores dedicados al marisqueo a flote.


En definitiva, esta reclamación carente de todo fundamento supone una intromisión intolerable en las competencias que el Estatuto de Autonomía de Galiza califica de exclusivas y afectará muy negativamente a todo el sector marisquero de
Galiza, que puede verse privado de una normativa cierta que regule su actividad, por lo que el Ministerio debe rectificar y retirar el recurso interpuesto ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galiza, respetando así el marco normativo y
competencial.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Retirar el recurso contencioso administrativo interpuesto ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galiza en el que se impugna la Orden de 21 de diciembre de 2020 por la que se aprueba el Plan general de explotación marisquera para el
trienio 2021-2023.


2. Rectificar y reconocer que esta acción supone una grave injerencia en las competencias exclusivas de Galiza en materia de marisqueo y acuicultura reconocidas en el artículo 27 apartado quince de la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de
Estatuto de Autonomía.


3. Evitar la grave afectación que la derogación o suspensión de la orden tendrá en todo el sector marisquero que se enfrentaría a un vacío legal y se quedaría sin la normativa que regula su actividad



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diaria y además supondría derogar también los planes elaborados por las propias cofradías y asociaciones de mariscadoras y mariscadores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de mayo de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


161/002670


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Ricardo Chamorro Delmo, doña Mireia Borrás Pabón, don Ángel López Maraver, don Luis Gestoso de Miguel, doña Magdalena Nevado del Campo, don Francisco José Contreras Peláez y don Pedro Jesús Requejo Novoa, en
sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación del siluro (Siluros glanis) en España, para su discusión ella Comisión para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. El siluro (Silunts glanis).


Un estudio realizado por el grupo de investigación 'Biología de las aguas epicontinentales' de la Universidad de Huelva detectó en 2015 117 la presencia de siluros (Silurus glanis) en las aguas de la presa de Alcalá del Río (Sevilla) 118.
Desde entonces, el número de ejemplares de esta especie ha aumentado en las cuencas, embalses y ríos, amenazando con ello al ecosistema acuático de España.


El siluro (Silurus glanis) es un pez nativo del centro y este de Europa, Asia central y Asia menor y de las cuencas de los ríos Danubio y Volga 119. Hasta la fecha se conoce la introducción de esta especie en más de seis países europeos,
uno de ellos España.


Según se desprende de algunos estudios realizados, la primera introducción de siluros, realizada de forma ilegal, fue en el río Segre (Aragón y Cataluña) en torno a 1974, con treinta y dos individuos juveniles 120. Más tarde se llevó a cabo
su introducción también ilegal en 2011 para fomentar el turismo pesquero 121. Primero localizado en los embalses de Mequinenza (Zaragoza) y Ribarroja (Zaragoza-Tarragona), más tarde en el tramo final del río Ebro, y hoy ya presente en distintos
embalses de la península ibérica y en cauces como el del río Guadalquivir 122.


Segundo. Los problemas medioambientales y económicos del siluro.


El siluro es el pez de aguas continentales más grande de Europa con una talla máxima registrada de 5 m y 306 kg de peso 123, aunque en España normalmente alcanza una talla de 2,5 m y 100 kg de peso 124.


Este tamaño genera un enorme problema medioambiental porque afecta negativamente a la calidad del agua por la alteración de la cadena trófica 125, ya que es un súper predador, altamente agresivo y de una voracidad extraordinaria capaz de
comer de todo, incluidos anfibios, aves (patos o palomas) o pequeños


117 https://www.reabic.net/journals/bir/2019/4/BIR_2019_Saez-Gornez_Prenda.pdf


118 https://elcorreoweb.es/andalucia/la-invasion-de-los-siluros-CK7286026


119 https://www.castillalamancha.es/sites/default/files/documentos/20120511/triptico20siluro-web.pdf


120 https://www.castillalamancha.es/sites/default/files/documentos/20120511/triptico20siluro-web.pdf


121 https://www.elmundo.es/andalucia/2021/04/10/6071dlfcfdddffc9?68b459e.html?cid=BESOCYEM01&utmsource=twitter&utm medium=socialbesocy&utm campaign=BESOCYEMOl


122 https://www.elmundo.es/andalucia/20?1/04/10/6071dlfcfdddffc9268b459e.htm1?cid=BESOCYEM01&utmsource=twitter&utm medium=social besocy&utm campaign=BESOCYEMOl


123 https://www.castillalamancha.es/sites/default/files/documentos/20120511/triptico20siluro-web.pdf


124 https://www.lavanguardia.com/natural/fauna-flora/20210414/6745234/siluro-100-kilos-dispara-alerta-invasion-guadalquivir.html


125 https://www.castillalamancha.es/sites/default/files/documentos/20120511/triptico20siluro-web.pdf



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mamíferos (roedores) 126, porque necesita de una enorme ingesta de biomasa cada día 127. Incluso se han dado casos de ataques a perros 128 y personas 129.


A todo ello se suma que las condiciones climáticas de España conforman una situación ambiental que favorece su crecimiento, ya que se desarrolla mejor en lugares con mayor temperatura de las aguas y de gran diversidad biológica fluvial como
sucede en nuestro país.


En el caso del cauce del río Guadalquivir, según un informe de un grupo investigador de la Universidad de Córdoba (grupo Aphanius), la proliferación de siluros supone un grave problema medioambiental para la abundancia y la supervivencia de
las especies endémicas del entorno del Parque Nacional y Natural de Doñana, así como para los recursos pesqueros e incluso agrarios de toda la comarca 130.


Esto se debe a que el bajo Guadalquivir es una zona de cría y engorde de muchas especies, sobre todo comerciales, que se ve alterada por la gran talla y los hábitos predatorios del siluro. La desembocadura del río Guadalquivir produce el 90
% de los boquerones, sardinas, lubinas, corvinas y lenguados -entre otras especies- que después se pescan en el Golfo de Cádiz 131, y que la presencia de esta especie pone en serio riesgo.


Tercero. El Catálogo de Especies Exóticas Invasoras.


Por todos estos motivos la especie de Silurus glanis está incluida desde 2013 en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, regulado por el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto 132. Este nuevo régimen establece una serie de
prohibiciones en cuanto a su tenencia, transporte y comercio.


Además, en desarrollo de esta decisión, las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, han aprobado diferentes normativas regionales para facilitar la pesca de la referida especie dentro de sus territorios, como la Orden
FYM/491/2019, de 20 de mayo, de Castilla y León 133 ; la Orden de 22 de septiembre de 2014 de Andalucía 134 o la Resolución ARP/430/2019, de 25 de febrero, de Cataluña 135.


Cuarto. Conclusiones.


Por tanto, dado que el siluro (Silurus glanis) es una especie con unos efectos muy lesivos para el medio acuático en el que vive, ya que produce graves impactos tanto en el hábitat natural como en el conjunto de especies acuáticas, y un
significativo perjuicio económico a las áreas pesqueras, es necesario poner en marcha un Programa Nacional de erradicación y control de esta especie con medidas concretas y eficaces que impidan su continua expansión y colonización de los espacios
fluviales de nuestro país.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover un Plan Nacional específico de protección del ecosistema español frente a la invasión del siluro (Silurus glanis).


126 10https://www.castillalamancha.es/sites/default/files/documentos/ 20120511/triptico20siluro-web.pdf


127 https://revistajaraysedal.es/expertos-piden-medidas-frenar-siluro-guadalquivir /


128 https://revistajaraysedal.es/graha-decenas-siluros-guadalquivir /


129 https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/ temas/ conservacion-de-especies/silurus_glanis_2013_tcm30-699?9.pdf


130 https://www.abe.es/sociedad/abci-siluro-nuevo-superpredador-amenaza-donana-202104101953_noticia.html?ref=https: %2F %2Fwww.google.com


131 https://revistajaraysedal.es/graba-decenas-siluros-guadalquivir/


132 https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/especies-exoticas-invasoras/ce-eei-catalogo.aspx


133 Orden FYM/491/2019, de 20 de mayo, por la que se aprueba el plan de control del siluro (Silurus glanis) en el embalse del Sabrán (Burgos), el azud de Almarail y el embalse de Los Rábanos (Soria)
https:/lmedioanzbiente.icl(l.es/web/es/caza­ pesca/plan-control-siluro./1t111l


134 https://www.juntadeandalucia.es/ eboja/2014/191/BOJA14-191-00003-16047-01 00055461.pdf


135 https://www.iberley.es/legislacion/resolucion-arp-430-2019-25-febrero-ordena-pesca-aguas-continentales-cataluna-durante-temporada-2019-26195920



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2. Promover un Programa Nacional de Erradicación o Control del siluro (Silurus glanis), adoptando medidas urgentes tendentes a impedir de manera eficaz su propagación al resto del territorio nacional.


3. Reforzar el sistema de control del comercio de especies ilegales como el siluro (Silurus glanis).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo 2021.-Ricardo Chamorro Delmo, Mireia Borrás Pabón, Ángel López Maraver, Luis Gestoso de Miguel, Magdalena Nevado del Campo, Francisco José Contreras Peláez y Pedro Jesús Requejo Novoa,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002680


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la conservación de la tórtola
europea en España, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


España acoge a más de la mitad de la población reproductora de tórtola común de la UE. Por consiguiente, el territorio español es de vital importancia para la conservación de esta especie. Entre 1996 y 2016, la población de tórtola común
disminuyó un 40 % en España. La tórtola común está ahora amenazada, lo cual contribuye a la pérdida de biodiversidad. La especie se considera 'vulnerable' tanto en la lista roja de aves mundial como en la lista roja de aves europea. En 11 países
de la UE se considera una especie cinegética, entre ellos, España. La Directiva Aves exige a los Estados miembros que garanticen que la tórtola común disponga de hábitats suficientes, que estos hábitats estén protegidos por garantías jurídicas
adecuadas y se gestionen de acuerdo con las necesidades ecológicas de la especie, y que solo la caza se practique cuando sea sostenible hacerlo. Dado que España no había adoptado las medidas necesarias para garantizar la protección de los hábitats
y la caza sostenible de esta especie, la Comisión le envió una carta de emplazamiento en 2019. Las autoridades españolas no han respondido satisfactoriamente, por lo que la Comisión envío el pasado diciembre un dictamen motivado a España, la cual
tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, la Comisión podría optar por recurrir al Tribunal de Justicia de la UE.


Hasta aquí la descripción somera del estado de este expediente, sobre el que el gobierno debe actuar, y tratar de evitar que el tema llegue al Tribunal de Justicia de la UE, con las sanciones que ello pudiera acarrear. Ahora bien, las
actuaciones emprendidas por el gobierno hasta la fecha, no van en la buena dirección, ni toman en consideración las medidas adoptadas por las Comunidades Autónomas en los últimos datos, con la iniciativa y el apoyo del sector cinegético.


Por una parte, España ha reducido las capturas de tórtolas en más de un 50 % desde 2015, hasta los 450.000 de este año, y ha sido el propio sector cinegético el que propuso la reducción de los días de caza. Como la propia Comisión Europea
reconoce, el problema de la tórtola es su hábitat, que es preciso mejorar y proteger, abordando esta cuestión desde muy diversos ámbitos, de cultivos, de fechas de los mismos, y también en este ámbito es de justicia reconocer el trabajo que
desempeña el sector cinegético en su protección, razón por la que no consideramos que la prohibición de la caza y la declaración de la especie como vulnerable en España, sean la solución.


Mientras las Comunidades Autónomas han venido desarrollando importantes actuaciones en favor de la protección de la tórtola en el ámbito de sus competencias, desde censos, estudios de monitorización hasta el parón temporal de dos años en la
caza, el Ministerio de Transición Ecológica y para el Reto Demográfico ha permanecido sordo a las peticiones de las Comunidades Autónomas, en cuanto a la necesidad de contar con un censo poblacional actualizado, que permita acondicionar las zonas de
caza, y en su caso, levantar en dos años el parón temporal de caza.


La iniciativa que plantea el gobierno, y que sometió a votación en la Comisión Estatal de Patrimonio Natural y Biodiversidad el pasado 4 de febrero, de incluir a la especie en el catálogo español de especies amenazadas, en la categoría de
vulnerable, sin obtener su aprobación, sin contar con los estudios



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científicos actualizados, ni haber consensuado esta cuestión con las Comunidades Autónomas, ha generado gran preocupación en las Comunidades afectadas, y en general, en todos los sectores implicados en la protección de la naturaleza y la
biodiversidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Trabajar, en colaboración con las Comunidades Autónomas y el sector cinegético, en la elaboración de un sistema de monitorización anual que permita a las propias Comunidades a incorporarlo a sus órdenes anuales de caza y promover así una
gestión sostenible de la caza, en línea con lo realizado en otros programas de caza adaptativa.


- Actualizar el censo de la especie, de acuerdo con la mejor evidencia científica disponible, para conocer las causas del declive, y poder abordar mejor su recuperación.


- Introducir en la nueva PAC medidas de protección del hábitat de la tórtola, con su correspondiente financiación, para cumplir con las exigencias de la Directiva Aves.


- Entretanto, renunciar a incluir la tórtola en el catálogo de especies amenazadas en la categoría de vulnerables.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo 2021.-Carmen Navarro Lacoba, Guillermo Mariscal Anaya, Diego Gago Bugarín, Juan Diego Requena Ruiz, César Sánchez Pérez, Paloma Gázquez Collado, José Ángel Alonso Pérez, José Alberto Herrero
Bono y Tomás Cabezón Casas, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cultura y Deporte


161/002679


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para incluir a las galerías de arte en
el listado de actividades susceptibles de recibir ayudas directas en respuesta a la pandemia, para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


Que la crisis económica es global es tan cierto como que la errática gestión del gobierno nos ha situado a la cabeza de todos los rankings económicos negativos: hemos sufrido la mayor caída del PIB desde la guerra civil -un 11 %, 125.000
millones de euros perdidos-, y la mayor destrucción de empleo de todos los países europeos -tenemos 6 millones de personas que quieren trabajar y no pueden hacerlo-.


A la cabeza de esa gestión está una ministra que, en marzo del año pasado, afirmó que el impacto económico del coronavirus 'iba a ser transitorio y poco significativo', unas palabras que nos recuerdan a las del responsable científico de la
acción contra la COVID-19, Fernando Simón. Desde entonces todo han sido bruscos giros de timón, incluyendo su afirmación de que 'e/ Gobierno no quiere que España se pare' tan solo cinco días antes de que se obligara a cerrar toda actividad
económica no esencial. Un cierre que se llevó por delante a 107.000 empresas, mandó al ERTE a más de 3,5 millones de trabajadores y directamente al paro a otras 725.000 personas.


Un año después, con una actividad económica que sigue restringida en muchos sectores que no atisban la recuperación antes del segundo semestre, como muy pronto, y después de un informe del Banco Central Europeo que situaba a España como el
país europeo que menos recursos fiscales ha destinado a combatir la pandemia de toda Europa (1,3 % del PIB versus 4 % de media europea), por fin el



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Gobierno ha reconocido que ya no tenemos sólo un problema de liquidez, sino que tenemos además un problema de solvencia, y que no basta con dar créditos, sino que hacen falta ayudas directas para salvar a empresas que son viables pero tienen
un problema de solvencia.


Y con ese objetivo se aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. Un Real Decreto que llega tarde, pues
ya han quebrado 102.000 empresas y hay 300.000 autónomos que -según ATA- prevén cerrar antes de final de año; es insuficiente, porque las ayudas directas de 7.000 millones no resuelven los problemas de un sector que ha perdido 72.000 millones de
euros; y peor aún, es arbitrario, porque ha dejado fuera a sectores muy importantes de nuestro tejido productivo, que han sufrido caídas tan grandes como otros sectores que sí se han incluido en el listado de actividades CNAE incorporado en el
Anexo I del citado Real Decreto, que sí pueden beneficiarse de esas ayudas directas.


Uno de estos sectores 'olvidados' es el de las galerías de arte, que interviene en la producción de obras de arte contemporáneo colaborando con los artistas; realiza la difusión y exhibición de las mismas a través de exposiciones de acceso
libre y gratuito; se encarga de la promoción de la obra de los artistas a través de la participación en ferias y exhibiciones internacionales, lo que implica gastos en alquiler de stands, en transportes y seguros, en viajes y publicaciones, y la
adquisición de estas obras a sus autores y la venta a coleccionistas privados o institucionales.


El Consorcio de Galerías ha elaborado un informe actualizado como punto de referencia y análisis del impacto real de la pandemia en el ámbito de las galerías de arte contemporáneo españolas. Según este informe, se calcula que el 80.23 % de
las galerías ha registrado pérdidas respecto al 2019, el 13,95 % no ha tenido pérdidas y solo un 1,16 % de las galerías ha registrado ganancias. Asimismo, se estima que un 47,67 % se ha acogido a un ERTE; de éstos, el 60,98 % fue para solicitar
una suspensión de empleo y el 53,66 % para la reducción de jornada.


Por eso no se entiende que este sector, tan claramente perjudicado por la pandemia, haya sido excluido del listado de actividades susceptibles de recibir unas ayudas que se antojan imprescindibles para salvar empresas y empleos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir las Actividades de las galerías de arte en el listado de Actividades Económicas de la CNAE, incluidas en el Anexo I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas
extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, para que las empresas de este sector que cumplan el resto de requisitos sean susceptibles de recibir ayudas directas para garantizar su supervivencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo 2021.-María Soledad Cruz-Guzmán García, Eduardo Carazo Hermoso y Marta González Vázquez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/002631


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


El Grupo Parlamentario Mixto, en nombre del Diputado Pedro Quevedo Iturbe, de Nueva Canarias, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre incentivo a la
producción audiovisual canaria para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La deducción por inversiones en producciones cinematográficas establecida en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, con porcentajes, tipos y límites de deducción incrementados respecto al régimen



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general en España, ha permitido que la producción cinematográfica se haya convertido en una actividad estratégica en Canarias, con un claro potencial para la creación de empleo y para la promoción internacional de la economía canaria.


Los efectos de esta singularidad en la regulación fiscal han dado como resultado un incremento espectacular en las producciones nacionales y extranjeras en los últimos años, que han convertido a las Islas en un destino de primer nivel
internacional para la realización de películas y, en general, para las producciones audiovisuales, tanto de ficción como documentales, series tv y cine de animación.


Según los últimos datos del estudio publicado en diciembre de 2021 por la entidad pública PROEXCA, en 2018, último año para el que existen cifras, el número empresas audiovisuales en Canarias ha aumentado y dicho incremento ha sido superior
al producido en el conjunto de España, del 12,6 % frente al 3,7 % en la media nacional. Dos tercios del total de empresas del sector audiovisual, que en 2018 eran 570, se dedicaban a actividades relacionadas con el cine. De acuerdo con los datos
del Ministerio de Cultura, empresas productoras canarias participaron en la producción de dieciocho largometrajes en 2019, mientras que en 2010 se localizaron dos largometrajes en las islas. Tan solo entre 2018 y 2019 se realizaron treinta y nueve
producciones en Canarias. Canarias, junto con Navarra, han sido las comunidades don de más ha crecido el sector audiovisual. El volumen de inversión asociada se estima que supuso 60 millones de euros en el año 2018.


Este crecimiento en la última década se debe en gran medida a los incentivos fiscales que ofrece Canarias, junto con el resto de atributos que hacen atractivas las islas para las grandes producciones nacionales e internacionales.


Hasta ahora, cualquier reforma legal que haya supuesto una alteración de los porcentajes y límites de una deducción por inversión a nivel estatal, implicaba la adaptación en paralelo en Canarias, elevando los citados porcentajes y límites
cumpliendo siempre con lo establecido en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, cuya primera formulación legal tiene en su origen en la Ley 30/1972, de 22 julio, en la época que España la gobernaba el General Francisco Franco.


El Gobierno de España modificó mediante Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, la Ley del
Impuesto de Sociedades para incrementar porcentajes y límites de deducción por inversión cinematográfica hasta los 10 millones. Sin embargo, no se ha hecho lo mismo con disposición adicional decimocuarta de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de
modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, sobre deducciones por producciones cinematográficas en el Archipiélago, que establece el límite en 5,4 millones cuando, de acuerdo con el artículo 94 de la Ley 20/1991, debiera corresponder 18
millones, lo que permite mantener nuestro diferencial fiscal.


Efectivamente, el artículo 94.1 establece que:


a) Los tipos aplicables sobre las inversiones realizadas serán superiores en un 80 por 100 a los del régimen general, con un diferencial mínimo de 20 puntos porcentuales.


b) Deducción por inversión en Canarias, tendrá por límite máximo el porcentaje que a continuación se indica de la cuota líquida resultante de minorar la cuota íntegra en el importe de las deducciones por doble imposición y, en su caso, las
bonificaciones previstas en el artículo 25 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. Tal porcentaje será siempre superior en un 80 % al que para cada modificación de la deducción por inversiones se fije en el régimen
general con un diferencial mínimo de 35 puntos porcentuales ( ...)


Por primera vez, una deducción por inversiones es más favorable para gastos realizados en el territorio común en la península y Baleares que para gastos en Canarias, lo que no solo resulta una anomalía, sino que conculca principios
esenciales de nuestro especial Régimen Económico y Fiscal.


Esto produce, además, una situación de inseguridad jurídica para los inversores, con consecuencias en la inversión cinematográfica en Canarias y el consiguiente desvío de la actividad a otros territorios.


Un año después de la modificación efectuada a nivel estatal, la totalidad de iniciativas y solicitudes al Ministerio de Hacienda para la acometer la modificación puntual de ley del REF a efectos de incrementar la deducción con el nuevo
límite que corresponde a Canarias, en virtud del propio REF, de 5,4 a 18 millones de euros, realizadas por la Consejería de Hacienda y otros departamentos de Gobierno de Canarias han resultado infructuosas. Ente otras iniciativas carta dirigida a
la Ministra de Hacienda con propuestas de modificación normativa para resolver esta situación por parte del vicepresidente y Consejero



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de Hacienda de Gobierno de Canarias, así como numerosas comunicaciones con la Directora General de Tributos por parte del Viceconsejero de Hacienda canario.


A estos efectos, Nueva Canarias ya presentó en el Congreso de Diputados una enmienda el 24 de junio de 2020 al trámite como proyecto de Ley del Real Decreto-ley 17/2020, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de
carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, tras su convalidación.


Como quiera que el trámite de este proyecto de Ley está paralizado, Nueva Canarias volvió a presentar la misma enmienda el 25 de febrero de 2021 en este caso al Proyecto de Ley de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al
sector energético, y en materia tributaria, por considerar que su tramitación fuera más rápida que la correspondiente al proyecto de Ley antes citado, que tampoco ha avanzado en su tramitación.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España para que de forma urgente tramite, a través de un Real Decreto Ley o norma con rango de ley, la actualización de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 19/1994, de 6 de
julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias sobre deducciones por producciones cinematográficas en el Archipiélago, con el objeto de recuperar el diferencial fiscal que a Canarias le corresponde de acuerdo con lo establecido en
el artículo 94 de la Ley 20/1991 del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/002636


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la utilización de Blockchain,
para su debate en Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La Cuarta Revolución Industrial, basada en la transformación digital, va a generar nuevas fuentes de ventajas competitivas determinantes para la industria del siglo XXI. Los nuevos desarrollos tecnológicos y la hiperconectividad plantean
retos y oportunidades históricas en el desarrollo de la 'industria inteligente'. Avances como Internet de las cosas (loT), Big Data, Blockchain o la inteligencia artificial forman parte de un ecosistema que cambiará la forma de vivir y trabajar de
las personas.


En el año 2009, se puso en marcha la tecnología Blockchain a través de la primera moneda virtual descentralizada, el Bitcoin, que consigue evitar intermediarios que validen los intercambios de esta moneda. Satoshi Nakamoto fue el primer
experto que habló sobre este aspecto en la 'Carta Blanca de Bitcoin', que dio el pistoletazo de entrada al uso de las criptomonedas y de la tecnología Blockchain.


En Sentencia de octubre de 2015 (asunto C-264/14, apartado 24) el Tribunal de Justicia Europea (TJUE) decretó que el bitcoin es una 'divisa virtual de flujo bidireccional' que se intercambia por divisas internacionales en las operaciones de
cambio de moneda y que 'no puede calificarse de bien corporal' porque su única finalidad es la de ser 'un medio de pago'. A través de las diferentes tecnologías 8/ockchain, se puede lograr la certificación inmutable de información, la
representación de valor (cualquier activo físico o digital) como dinero, productos financieros, propiedad intelectual o contratos.


La Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AET), aprobó las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018, en el que se establece la
vigilancia, por parte de la AEAT, del uso de las criptomonedas. En el caso de España, existe una regulación fragmentaria para cada sector por lo que es necesaria una legislación armonizada que proteja al inversor.



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Se puede decir que Blockchain es una especie de libro registro inmodificable y compartido para registrar el historial de transacciones que establece confianza, responsabilidad y transparencia, desde contratos hasta escrituras y pagos, en
definitiva, cualquier activo.


Al actuar la tecnología Blockchain como una fuente de confianza entre las partes, tiene el potencial de transformar el papel de muchos intermediarios como se conocen hoy en día, siempre y cuando la regulación se adapte y lo permita. Por
otra parte, en el mundo financiero virtual han surgido las denominadas ICO (Initial Coin Offering u oferta inicial de moneda), como metodología de financiación de proyectos mediante la venta de tokens -ficha que puede ser una criptomoneda emitida
por la propia empresa, una participación en acciones o un derecho a recibir un producto o servicio- por medio de la tecnología Blockchain. Se perfila como una herramienta innovadora y exitosa para captación de inversión por parte de nuevas empresas
(startups) y la circulación de nuevas divisas virtuales.


La tecnología Blockchain ya se ha probado con éxito en muchos ámbitos. En las Administraciones Públicas, Blockchain y los contratos inteligentes pueden ayudar a resolver los trámites burocráticos automáticamente, e incluso reportar ingresos
extra a la Administración mediante el impulso de nuevos modelos de intercambio de derechos en sectores como el logístico, el turístico o las infraestructuras. En el sector de la banca, la tendencia es usar la cadena de bloques como apoyo a las
operaciones actuales gracias a la automatización de pagos y cobros. Por otro lado, gracias a Blockchain los contratos inteligentes están empezando a automatizar todo tipo de acuerdos: herencias, traspasos de propiedades, hipotecas, seguros,
indemnizaciones y todo tipo de contratos civiles y mercantiles. En la industria alimentaria, Blockchain sirve para mejorar la transparencia y facilitar el seguimiento de los alimentos mediante el rastreo de su recorrido en toda la cadena de
suministro. En el ámbito sanitario, ya se está utilizando esta herramienta para proteger los historiales clínicos digitales de los pacientes, ayudar al paciente a tener el control de sus propios datos, permitir a los intervinientes que requieran la
información del paciente acceder a los mismos de una forma más ágil con el consentimiento del mismo y facilitar el acceso del médico a los datos mediante la generación de un código encriptado. Por último, la cadena de bloques puede permitir la
participación ciudadana en política a través del sistema de voto electrónico cifrado, frenar la reventa ilegal de entradas en espectáculos públicos y hasta certificar currículos y expedientes académicos.


La cuestión de la identidad digital del ciudadano debe hacerse mediante mecanismos de firma electrónica reconocida. En este sentido, la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, alineada con el grupo de trabajo europeo EBP (European
Blockchain Partnership), trabaja en una iniciativa para el desarrollo de una nueva plataforma tecnológica basada en Blockchain e integrada con los diferentes certificados de firma electrónica que pondrá a disposición de los clientes de las
diferentes administraciones públicas. En este proyecto también participa España, que desplegará un nodo en España de la EBSI (European Blockchain Services lnfraestructure).


En cuanto a la falsificación de medicamentos, ya está en marcha el Sistema Español de Verificación de Medicamentos (SEVeM), un sistema aprobado por la normativa europea, de aplicación a todos los agentes de la cadena de valor del medicamento
(fabricantes, distribuidores y farmacéuticos), que tiene como objetivo prevenir la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal.


Recientemente, Puertos del Estado acogió el proyecto de la plataforma SIMPLE (Simplificación de Procesos para la Mejora de la Logística, por sus siglas en inglés) que contempla el análisis, desarrollo, implantación y gestión de un prototipo
útil para un sistema de intercambio de información logística.


El potencial de Blockchain se observará a medida que se vaya avanzando en el entendimiento y adopción de esta tecnología en la sociedad. Debido a la complejidad de algunos conceptos y principios, se requiere la formación de usuarios por
parte de expertos y profesionales. Es necesario que los ciudadanos entiendan el funcionamiento de esta tecnología digital que está abocada a implantarse de forma inmediata. En este sentido, la FNMT realiza proyectos demostradores para PYMEs y
ciudadanos para divulgar los diferentes usos de la tecnología.


Recientes casos de fraude, estafas y ataques de hackers relacionados con las ICO han activado acciones por parte de las autoridades de diversos países y han puesto en evidencia la necesidad de una legislación, dando origen a la publicación
de la Directiva 2018/843/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y
por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE.



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La situación de confinamiento para detener la pandemia del COVID-19 ha puesto de manifiesto el gran potencial que la tecnología Blockchain ofrece para realizar todo tipo de acciones por Internet. Las empresas tecnológicas han reconocido
esto y han comenzado a diseñar una serie de soluciones Blockchain para evitar el colapso financiero y poder realizar un seguimiento de las cadenas de suministro de medicamentos, los suministros médicos, la gestión de los datos médicos, el
asesoramiento a los ciudadanos y la identificación de los síntomas de la infección del COVID-19, entre otras aplicaciones.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Crear el Consejo Nacional de Criptoactivos (CNC) como entidad administrativa del sector público con fines consultivos, formado por representantes de la Dirección General del Tesoro, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y del Banco
de España, dependiente del Ministerio de Hacienda, a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El Consejo Nacional de Criptoactivos tendrá entre sus funciones:


a) Estudiar y analizar las implicaciones del uso de los criptoactivos y otras formas de bienes y servicios que utilizan la tecnología Blockchain.


b) Evaluar la introducción de Blockchain en el sector público español con el objetivo de mejorar los procesos internos, aportar trazabilidad, robustez y transparencia en la toma de decisiones y ofrecer recomendaciones.


c) Velar por el establecimiento de mecanismos para detectar el fraude, la evasión de capitales y el terrorismo.


d) Elaborar un Libro de Criptoderecho, que se actualizará mediante adendas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, al menos anualmente, con las recomendaciones para garantizar las buenas prácticas y buen uso en el marco del
intercambio Blockchain y el uso de criptomonedas en actividades de las entidades financieras o de aquellas otras que, de alguna manera, participen o estén presentes profesionalmente en los mercados financieros. Dichas recomendaciones se basarán en
los principios de transparencia en la cadena de bloques de las transacciones, irrevocabilidad e integridad de los datos, así como la inmutabilidad de su contenido en cada bloque.


2. Fomentar en las Administraciones Públicas, la tecnología Blockchain y los contratos inteligentes para ayudar a resolver los trámites burocráticos y garantizar su automatización.


3. Incentivar la aplicación de la tecnología blockchain en el sistema de seguros e indemnizaciones, a través de las siguientes medidas:


a) En el sistema hipotecario, los propietarios podrán utilizar una criptomoneda propia a través de la cual pagar su hipoteca.


b) El sector inmobiliario podrá utilizar una criptomoneda propia para invertir en grupos de hipotecas.


c) Los bancos podrán utilizar Blockchain como sistema para gestionar hipotecas y seguros y agilizar el pago de indemnizaciones con divisas electrónicas.


d) En las pólizas de seguros, podrán utilizarse contratos inteligentes que conformen unas condiciones en función de los trámites a seguir, los procesos de verificación, gestión y adecuación de las pólizas a los potenciales incidentes.


4. Establecer el régimen jurídico general de la tecnología Blockchain, a través de las siguientes medidas:


a) Los contratos inteligentes (Smart Contracts) se regirán por lo establecido en el artículo 23 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y por el régimen jurídico general que
se contempla en el Código Civil.


b) Los productos alimentarios podrán contar con un pasaporte en el que se asigne una etiqueta asociada a cada producto con información codificada en una cadena de bloques personal, intransferible e inalterable, para que quede constancia de
su paradero y se utilizará el sistema Blockchain para su trazabilidad de principio a fin.



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c) Los centros sanitarios podrán usar la tecnología Blockchain con el fin de ofrecer una mayor trazabilidad en las decisiones y procesos médico-hospitalarios, así como en las gestiones de equipos valiosos de hospitales o expedientes médicos
que impliquen decisiones de diferentes especialistas. En esos casos, el paciente será el propietario de su historial digital y decidirá a quién permite el acceso.


d) Garantizar la autenticad de medicamentos, mediante el establecimiento de tecnología Blockchain en los centros farmacéuticos que registre y garantice el seguimiento, desde que el fármaco se crea en el laboratorio hasta que llega al
consumidor final.


e) Fomentar la tecnología blockchain, contratos inteligentes y otras formas de automatización para la transparencia, simplificación, seguridad y trazabilidad en el comercio.


f) Impulsar un marco de identidad digital distribuida basada en Blockchain para personas físicas y jurídicas.


5. Impedir operaciones fraudulentas de blanqueo de capitales y terrorismo, a través de las siguientes medidas:


a) Utilizar Blockchain para garantizar la transparencia en las operaciones con criptomonedas y evitar el blanqueo y la fuga de capitales.


b) Dotar de recursos y formación adecuada y suficiente a los Cuerpos de la Administración del Estado que tengan entre sus funciones detectar y evitar casos de fraude, estafas y ataques de hackers relacionados con las ICO, la creación,
control y mantenimiento de un registro de proveedores exchanges y proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos, evitando así el anonimato y la financiación de operaciones fraudulentas y terroristas.


6. Promocionar por medio de Blockchain la participación ciudadana en política a través del sistema de voto electrónico cifrado, frenar la reventa ilegal de entradas en espectáculos públicos e incluso certificar currículos y expedientes
académicos.


7. Procurar incentivos fiscales, por medio de las siguientes medidas:


a) Las empresas tecnológicas digitales, en especial las que utilicen la tecnología Blockchain y las criptomonedas, se incluirán en la regulación del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades referente a
la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.


b) La deducción de los gastos efectuados en el período impositivo será de cinco puntos más de lo establecido en el punto c) del citado artículo 35, durante dos años.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la digitalización en la
Administración Pública española, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La digitalización de las Administraciones Públicas debe realizarse de forma urgente para garantizar a los ciudadanos españoles sus derechos digitales, protegerlos de los ciberataques, facilitarles el acceso a las nuevas tecnologías, eliminar
la brecha digital y poner a su disposición unos servicios públicos más ágiles y eficientes, sin olvidar la necesaria protección del menor en su relación con las herramientas digitales.


Los cambios tecnológicos que impulsan la innovación en el sector privado deben ir acompañados de una respuesta, también digital de las Administraciones Públicas, que están obligadas a resolver con eficacia los trámites burocráticos que exige
la ciudadanía.



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El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que los poderes públicos reconocen el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las
Administraciones Públicas y el compromiso de adoptar las medidas que posibiliten dicho derecho y obligación.


El artículo 2.b) de la disposición adicional novena de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que la Comisión Sectorial de la administración electrónica tiene, entre sus funciones, impulsar el
desarrollo de la administración electrónica en España.


En el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones y el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de
septiembre, reguló el trabajo a distancia.


El pasado mes de enero, el Gobierno socialista presentó el 'Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025. Estrategia en materia de Administración Digital y Servicios Públicos Digitales' estructurado en tres ejes
estratégicos: Eje 1. Transformación digital de la Administración General del Estado; Eje 2. Proyectos de alto impacto en la digitalización del Sector Público; Eje 3. Transformación Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial
y Función Pública, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.


No obstante, este plan necesita una legislación que lo impulse y establezca normas para su cumplimiento. Así pues, corresponde al Gobierno legislar para modernizar el sistema administrativo y la política de recursos humanos, que debe
incluir la formación digital. Las Administraciones Públicas deben incorporar herramientas digitales, tales como Big Data e Inteligencia Artificial, para mejorar las políticas públicas en ámbitos como la salud pública, transporte, educación, empleo,
medio ambiente, condiciones de salubridad, alimentación y cualquier otra que afecte a la ciudadanía.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Garantizar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas y aplicaciones utilizados, sea cual fuere la tecnología de acceso, dispositivo o aplicación.


2. Promover e invertir en el uso de las soluciones Cloud para mejorar la eficiencia de sus actuaciones y reducir el impacto ambiental.


3. Fomentar un desarrollo normativo para la cooperación, coordinación y equiparación de las políticas destinadas a la digitalización y a la disminución de las brechas digitales entre las Comunidades Autónomas y el Gobierno de España.


4. Habilitar la utilización por parte de las empresas de las infraestructuras públicas existentes de l+D+i, centros empresariales, centros de demostración avanzada e Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS).


5. Crear un certificado de sello de calidad de la industria española digital, incorporando sus requisitos e instrumentos de control.


6. Promover la estandarización internacional de procesos, la formación de los trabajadores en el ámbito digital y una digitalización coherente con la economía circular.


7. Apoyar financieramente a las empresas que inviertan en tecnología para adaptar sus equipos al teletrabajo y en formación en ciberseguridad, en proteger el acceso a los datos de la empresa y a sus documentos y en salvaguardar los derechos
de sus clientes respecto a la seguridad de las transacciones.


8. Priorizar los trámites para la apertura y creación de empresas y negocios a través de herramientas digitales seguras y que nunca superarán el plazo de cuarenta y ocho horas desde su solicitud, siempre y cuando se cumplan los requisitos
legales establecidos en cada caso.


9. Establecer incentivos fiscales a las empresas que investiguen en tecnologías para reducir el impacto medioambiental y el consumo de recursos de servicios de loT, Cloud Computing o Big Data.


10. Desarrollar, hasta la plena implementación y la total interoperabilidad en toda España, el modelo de historia clínica digital del Sistema Nacional de Salud, que incluya la documentación clínica necesaria para garantizar una atención
sanitaria de calidad, con independencia del lugar del territorio nacional en el que se encuentre el paciente, así como facilitar la labor de los profesionales sanitarios.


11. Fomentar los cauces necesarios para garantizar el pleno acceso y la total disponibilidad de los pacientes a la información relativa a su historia clínica, mediante el uso de estas tecnologías, favoreciendo



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además la creación de canales digitales eficaces para la comunicación directa y la consulta con los profesionales sanitarios.


12. Elaborar un mapa actualizado de inventario de las capacidades industriales y tecnológicas de las Comunidades Autónomas, relacionado con las necesidades sanitarias, creando una reserva estratégica de equipamiento que permita dar una
solución diligente ante situaciones de emergencia como pandemias u otras catástrofes, sin depender de terceros países.


13. En cuanto a la Protección de Datos, las Administraciones Públicas, deberán emprender las siguientes acciones:


a) Promover las iniciativas europeas destinadas a crear un entorno competitivo justo en el uso de los datos.


b) Velar por el equilibrio entre privacidad e innovación en el mundo digital basado en el dato.


c) Evitar el establecimiento de marcos de restricción distintos para las diferentes empresas del ecosistema digital.


d) Optimizar la reducción de la burocracia innecesaria y promover la reducción de cargas administrativas, poniendo a disposición de los ciudadanos y las empresas las infraestructuras digitales necesarias para una eficaz gestión.


14. Crear la Oficina Técnica para la Financiación Digital, dependiente del Ministerio de Hacienda, formada por representantes de organismos públicos y privados, que tendrá entre sus funciones:


a) Optimizar la gestión de los fondos públicos destinados al sector tecnológico y digital provenientes de la Unión Europea.


b) Asesorar la gestión de los fondos europeos destinados a la digitalización.


c) Participar en la valoración de las diferentes propuestas de digitalización que se presenten desde España para la concesión de fondos europeos.


15. Encomendar al Consejo Consultivo para la Transformación Digital, además de las funciones que legalmente tiene encomendadas, los siguientes cometidos:


a) Fomentar los planes de formación digital para aquellos trabajadores cuyos puestos pueden ser reemplazados por tecnologías emergentes por causas de transformación digital de sus empresas.


b) Incentivar la formación de directivos y trabajadores industriales en la tecnología de Big Data, robótica avanzada e inteligencia artificial.


c) Realizar el seguimiento de los indicadores que recojan el nivel de implementación de las medidas para la digitalización.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la mejora de la financiación y
fiscalidad de las PYMEs españolas en Comisión Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Las pequeñas y medianas empresas (PYME) constituyen el 99,8 % del tejido empresarial español. La pandemia ha puesto de manifiesto que muchas de ellas sufren un retraso tecnológico, lo que implica la urgencia de adaptarse al actual contexto
cambiante. La planificación de recursos, la previsión y las cuentas, la gestión de la cadena de suministro o la contabilidad han sido las funciones más digitalizadas



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antes de la COVID-19. Las empresas se ven obligadas a digitalizar las inversiones de nuevos procesos de venta, la gestión de la fuerza laboral, la publicidad o el servicio al cliente.


Especial atención, por su alta generación de valor y su potencial de crecimiento a corto plazo, merecen las PYMEs con productos innovadores y disruptivos, denominadas Startups, fuertemente orientadas al cliente y con un uso intensivo de las
tecnologías de la información y las comunicaciones. España asiste a un rápido crecimiento de las startups tecnológicas. En todas las Comunidades Autónomas surgen iniciativas de emprendimiento e innovación que necesitan urgentemente el apoyo de la
Administración Pública, mediante incentivos fiscales y la simplificación de los procedimientos burocráticos.


En España, las diversas leyes, en especial las mercantiles y tributarias, no tienen en cuenta las particularidades de estos nuevos modelos de negocio: Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del
crecimiento y de la creación de empleo; Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización; Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad; y Ley 5/2015, de 27 de abril, de Fomento de la
Financiación Empresarial que regula el micromecenazgo (crowdfunding, en inglés). En este sentido, los fondos de capital privado, en operaciones de Prívate Equity y Venture Capital deben contribuir a la reconstrucción económica de nuestro país,
asegurando el mantenimiento e impulso de las empresas, como pilar fundamental para el desarrollo del tejido empresarial basado en las startups tecnológicas e innovadoras. Por ello, se hace necesario adaptar el marco normativo español al de los
países de nuestro entorno para fomentar la inversión y facilitar la financiación privada de las empresas españolas que lo necesiten.


Los Sandbox son espacios donde las empresas pueden probar sus nuevos productos, servicios, y modelos de negocio de una forma segura, sin tener que atenerse a toda la regulación que, en circunstancias normales, requeriría dicha actividad y
bajo condiciones de supervisión. El Congreso de los Diputados aprobó el 18 de febrero de 2020 el Proyecto de Ley para la Transformación Digital del Sistema Financiero, que permite llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en este
ámbito. Es el momento de ampliar la normativa a todos aquellos sectores que presenten nuevos modelos de negocio basados en ideas o tecnologías disruptivas, de manera que puedan ser testados y validados sin colisionar con la regulación existente.
Es necesaria una nueva legislación de Sandbox que permita desarrollarse a empresas de otros sectores como farmacia, atención primaria, logística, postal, seguridad, energía, seguridad vial o movilidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Crear el 'certificado cien por cien digital', que supone la certificación oficial de calidad digital de las PYMEs españolas y la garantía del cumplimiento de los requisitos de producción e innovación en el marco de unos parámetros de
sostenibilidad. El 'certificado cien por cien digital' estará asociado a incentivos fiscales.


2. Crear un 'Fondo Capital Semilla', destinado a las subvenciones y ayudas financieras o no financieras, avales, etc. de las empresas tecnológicas, conforme a los principios de concurrencia, objetividad y no discriminación.


3. Facilitar el acceso a la financiación bancaria y no bancaria para apoyar la transformación digital de las empresas. Impulsar los mercados alternativos de valores, bursátil y de renta fija, así como fomentar capital riesgo, el sistema de
garantías y otras vías de financiación no convencional.


4. Respecto a la fiscalidad:


a) Adaptar la normativa española a la que se establezca para la Unión Europea, impidiendo que se incorporen en España cargas fiscales que no hayan sido objeto de procesos de armonización fiscal supranacional.


b) Elaborar un marco normativo que reduzca la complejidad impositiva y disminuya la inseguridad jurídica.


c) Revisar y reorganizar el actual marco tributario y analizar las principales cargas tributarias que afectan de manera específica al sector de la economía digital en España y a las compañías tecnológicas.


5. En el ámbito educativo:


a) Desarrollar una Estrategia Nacional de Innovación Educativa Digital que permita la creación de un marco de reconocimiento e incentivos de los centros y del profesorado que aporten innovación digital docente, dotándolos de recursos y
herramientas tecnológicas.



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b) Intensificar las enseñanzas en Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM), en todas las etapas educativas, así como fomentar las vocaciones y el talento científico.


c) En la Formación Profesional, adaptar las titulaciones educativas a las necesidades de la sociedad digital, actualizar los mapas de empleabilidad de las mismas, potenciar las especialidades STEM entre los jóvenes, promoviendo el
equipamiento y el uso de las tecnologías digitales desde las primeras etapas educativas.


d) Financiar y promover el diseño de grados universitarios que utilicen metodologías para la formación online y la oferta en todas las titulaciones de asignaturas optativas en competencias digitales.


6. En el ámbito laboral:


a) Impulsar la creación de contenidos digitales dirigidos a mejorar las competencias digitales de las empresas. Para ello, se promoverá y financiará, en el ámbito educativo y de empresas dedicadas a la formación, el desarrollo de cursos
MOOCs, para la educación en los nuevos conocimientos digitales, estableciendo sinergias entre la educación formal y las empresas e instituciones que demandan dichos conocimientos.


b) Establecer incentivos fiscales que fomenten la inversión de las empresas en la formación digital de sus empleados, adaptando la normativa existente a la nueva realidad pedagógica del mercado de trabajo y la estrategia de las empresas.


c) Aumentar las oportunidades formativas de los trabajadores y del conjunto de ciudadanos a través de préstamos subsidiados, o con intereses muy bajos, para la educación, programas de becas y medidas fiscales.


7. En el ámbito profesional:


a) Establecer un sello de acreditación profesional, homogéneo en todo el territorio español, que certifique las competencias y capacidades profesionales en el ámbito de las tecnologías disruptivas digitales, que serán evaluadas por los
Colegios Profesionales o los Consejos Generales de las titulaciones correspondientes, incentivando el reconocimiento laboral, la experiencia y la mejora continua de los profesionales en el ámbito de la digitalización.


8. Respecto a las startups españolas:


a) Simplificar mediante la digitalización, los trámites relacionados con la constitución, puesta en marcha, traspaso o cierre de una startup, en el plazo de cuarenta y ocho horas.


b) Promover medidas para la financiación directa a emprendedores y financiación a agentes privados para su inversión en emprendimiento, impulsará el micromecenazgo (crowdfunding, en inglés) y la financiación colectiva (crowdlending, en
inglés) e incorporará medidas de transparencia que ayuden a limitar los riesgos para los inversores y aumentar los límites de inversión.


c) Respecto a la contratación de talento extranjero, simplificar y facilitar los medios necesarios para la acreditación de medios económicos, materiales y personales para el proyecto empresarial, con el fin de facilitar su incorporación en
el ámbito de la empresa, la universidad o la investigación.


d) Durante los dos primeros ejercicios fiscales, desde la constitución de una startup, la cuota del Impuesto de Sociedades tendrá una bonificación del 50 %.


e) Implantar la exención tributaria como rendimiento del trabajo de las acciones o participaciones de las startups que, de forma gratuita o por debajo de su precio de mercado, se entreguen a sus trabajadores.


f) Poder ofertar acciones o participaciones a los trabajadores de una startup, en condiciones diferentes, a criterio de la compañía.


g) El trabajador mantendrá las acciones y su condición de trabajador durante dos años salvo fallecimiento, incapacidad permanente, cierre de la empresa, operación corporativa o salida a cotización bursátil en ese periodo.


h) Establecer una exención en el IRPF del 100 % de la plusvalía obtenida siempre que el importe íntegro de la enajenación se reinvierta en la suscripción de acciones o participaciones de otra startup y una exención parcial en caso de
reinversión parcial, en un plazo de 4 años.


i) Modificar en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, de manera que se optimice el tratamiento normativo y fiscal del retorno adicional de la Inversión de los gestores en los fondos que gestionan,
adecuándolo al de los principales países de nuestro entorno.



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j) Facilitar el acceso de inversores no profesionales en entidades de Venture Capital, fomentando el acceso a este tipo de productos a inversores minoristas no profesionales, evitando la actual rigidez de los criterios objetivos para
calificar al 'inversor profesional', modificando el artículo 72 de la Ley 22/2014, que regula las entidades de capital-riesgo.


k) Establecer incentivos fiscales a la inversión por parte de personas jurídicas y físicas. Para ello, se extenderá a las personas físicas, la deducción del 20 % en el IRPF sobre el capital invertido, en el caso de participar en Entidades
de Capital Riesgo especializadas en Venture Capital.


9. Promover la creación de un Sandbox multisectorial, abierto a todo tipo de innovación, que permita crear condiciones seguras para que puedan probarse innovaciones de base tecnológica bajo vigilancia de los supervisores:


a) Una compañía ya existente, que se ajuste a los requisitos legales vigentes, podrá utilizar este nuevo marco Sandbox para poner en marcha un proyecto de innovación, confirmar su viabilidad y su funcionamiento o desecharla en caso de que no
funcione según lo esperado.


b) Podrá utilizar un Sandbox toda aquella compañía o empresa que tenga una idea original que pueda ser probada en un entorno regulado, con el fin de impulsar a las empresas que apuesten por la transformación digital.


10. Respecto a los proyectos de software que incorporen Inteligencia Artificial:


a) Participar de las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades, establecidas en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto
sobre Sociedades.


b) Respecto a los gastos inherentes al registro de la propiedad industrial y a la Certificación Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) de los proyectos de l+D+I, establecer que sean considerados como actuaciones de 'Innovación Tecnológica'
a efectos de Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.


c) Para las startups en el proceso de explotación de la innovación tecnológica, establecer una reducción del 90 % del coste de las tasas del Registro de Patentes y modelo de utilidad de ámbito nacional en la Oficina de Patentes y Marcas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002640


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el impulso de los sistemas
basados en Inteligencia Artificial y Big Data en España para su debate en la Comisión Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La Industria Digital y la Inteligencia Artificial son dos conceptos que evidencian un cambio radical en la forma de producción a gran escala y la fabricación de todo tipo de bienes industriales y productos cotidianos. La Inteligencia
Artificial (IA), aporta beneficios importantes a la industria como la mejora de los procesos y servicios, la reducción de los costes, el uso eficaz de los recursos, la predicción de comportamientos futuros o la corrección de los errores de
producción actual, ofreciendo mayor calidad, rapidez y eficiencia, tal y como demanda la sociedad.


Las principales plataformas digitales ofrecen ya la IA como uno de sus servicios debido a la necesidad de gestionar la enorme cantidad de datos que manejan, empleando algoritmos predictivos que ofrecen al usuario recomendaciones basadas en
su historial de búsquedas o compras e, incluso, predicen las decisiones de búsqueda del usuario en Internet. La proliferación de datos, la progresiva capacidad



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tecnológica para automatizar procesos y la aparición de técnicas basadas en el aprendizaje de máquinas han permitido que la IA esté siendo ya aplicada a múltiples sectores.


En el año 2017, la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo instó a la Unión Europea (UE) a armonizar las normas de seguridad, éticas y legales para regular los importantes progresos en el campo de la robótica y de la
Inteligencia Artificial. El Consejo Europeo celebrado en octubre de 2017 señaló que la UE necesita concienciarse de la urgencia de hacer frente a las nuevas tendencias, tales como la IA, garantizando también un elevado nivel de protección de los
datos, los derechos digitales y las normas éticas, mediante un planteamiento europeo común a esta tecnología. El retraso en Europa respecto al desarrollo de la IA precisa de actuaciones regulatorias en España para crear un entorno que propicie las
inversiones y que haga uso de la financiación pública para estimular las inversiones privadas. Así pues, el marco ofrecido por la Directiva 85/374/CEE no es suficiente para aprovechar las capacidades de la nueva generación de robots, en la medida
en que se les puede dotar de capacidades de adaptación y aprendizaje que entrañan cierto grado de imprevisibilidad en su comportamiento, convirtiéndolos en robots inteligentes.


Tanto los ciudadanos como las empresas deben poder confiar en la tecnología con la que interactúan, disponer de un entorno jurídico predecible y contar con la garantía efectiva de la protección de los derechos y libertades fundamentales.
Para aumentar la transparencia y reducir el riesgo de sesgo o error, los sistemas de IA deben desarrollarse de tal modo que las personas puedan comprender cuál es la base de sus acciones.


En marzo de 2019, la Comisión Europea redactó un informe para abordar las cuestiones éticas que plantea la tecnología inteligente, poniendo el énfasis en la supervisión humana y el foco en el bienestar social, en la diversidad y en el
respeto medioambiental como último fin de la IA. El 19 de febrero de 2020, la Comisión Europea publicó el Libro Blanco de la Inteligencia Artificial, con el objetivo de poner en marcha una amplia consulta de la sociedad civil, la industria y el
mundo académico de los Estados, con propuestas concretas en torno a un enfoque europeo.


Muchas aplicaciones basadas en IA, tienen una gran repercusión en el derecho a la intimidad de las personas. El reconocimiento facial y biométrico es un ámbito clave en el que la IA puede afectar a los derechos fundamentales. Su uso con
fines de identificación personal está sujeto al Reglamento General de Protección de Datos -Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016-, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales, a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE) y al artículo 7.2 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza. Sin embargo, no existe límite en el uso generalizado del reconocimiento biométrico basado en IA para otras actuaciones de clasificación en función de comportamientos o emociones de los seres humanos.


El Big Data es una tecnología que permite a empresas y administraciones dirigir sus actividades y servicios hacia un mercado o hacia usuarios, extraídos del análisis de millones de datos de distintas fuentes, de manera que sea posible tomar
decisiones comerciales de forma rápida y precisa. Y cada vez tiene más efectividad, porque el avance de la tecnología permite que los costes de almacenaje de datos sean más económicos.


Esta tecnología, bien empleada, tiene la capacidad de mejorar la gestión del medio ambiente, la salud, la productividad o la vida personal. Así pues, la tecnología Big Data y su ecosistema proporcionan el procesamiento y análisis de una
gran cantidad de datos que aportan los negocios y las grandes empresas, pero que necesita mejorar en integridad, seguridad y transparencia. Por tanto, el dato y sus sistemas de almacenamiento y computación se han convertido en una infraestructura
clave que hay que proteger y desarrollar en el territorio español, habida cuenta de lo relevante y crítico que puede resultar para el actual y futuro uso en la práctica totalidad de sectores productivos.


Por otro lado, es necesario establecer un marco jurídico que potencie esta tecnología, bajo el cumplimiento de las leyes de protección a consumidores e inversores, el establecimiento de unos requisitos reforzados para compradores no
cualificados, la transparencia y la estabilidad financiera del sistema.


La Unión Europea promulgó el Reglamento 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, cuyo objetivo es que los ciudadanos puedan
controlar y decidir sobre el uso de sus datos. En España, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD) derogó a la anterior Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos
de Carácter Personal.



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Una de las aplicaciones de la Inteligencia Artificial es el robot inteligente. Se define robot inteligente al dispositivo que tiene la capacidad de adquirir autonomía mediante sensores o mediante el intercambio de datos con su entorno y de
procesar y analizar dichos datos, permitiendo el autoaprendizaje a partir de la experiencia y la interacción. Están cada vez más presentes en nuestra vida diaria y abarcan diversas funciones que van desde las misiones espaciales hasta la ayuda a
las personas de la tercera edad.


El enorme desarrollo de las tecnologías digitales hace cada vez más necesario establecer en España las bases reguladoras para la adaptación de la Inteligencia Artificial y el Big Data y el mundo de la robótica a las nuevas realidades de una
economía digital.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Respecto a la responsabilidad de la aplicación de IA en los sistemas:


a) Proteger a los ciudadanos de los posibles efectos de la aplicación de la IA, con pleno respeto a los derechos y libertades previstas en la constitución española.


b) Garantizar que los sistemas de IA, aunque sean capaces de sostener conversaciones complejas con personas a través de programas computacionales, sean convenientemente identificados para evitar la suplantación de la identidad humana.


2. Respecto al marco ético para los sistemas de IA:


a) Elaborar un marco ético por el que se rija el funcionamiento de los robots inteligentes o de cualquier otro sistema que posea inteligencia artificial, para lo que deberá contar con expertos en investigación y desarrollo en IA del ámbito
privado.


b) Garantizar que los sistemas de IA se diseñen de manera que respeten el Estado de Derecho, los derechos humanos, los valores democráticos y la diversidad, e incorporen las salvaguardias adecuadas para garantizar una sociedad justa y
equitativa.


c) Garantizar que las organizaciones y las personas que desarrollen, desplieguen o gestionen sistemas de IA respondan de su correcto funcionamiento en consonancia con el presente marco ético.


d) Fijar que los fabricantes de cualquier sistema basado en IA, desarrollen un protocolo de desactivación para que los usuarios puedan recuperar su control en caso de peligro potencial.


3. Incluir entre las funciones del Consejo Asesor de Inteligencia Artificial, establecido en la Orden ETD/920/2020, de 28 de septiembre, la supervisión del sistema de IA español a través de un organismo de inspección que vigile la actividad
de las empresas que lo incorporen a sus equipos fabricados.


4. Respecto a la financiación e incentivos fiscales:


a) Promover medios de financiación pública para estimular y atraer las inversiones privadas en el entorno de la IA y Big Data.


b) Diseñar un plan coordinado entre la inversión pública y la privada para estas tecnologías.


c) Dotar de recursos suficientes y adecuados los programas de becas y subvenciones a los sectores de la IA y Big Data.


d) Incluir a las empresas tecnológicas digitales, en especial las que utilicen sistemas basados en Inteligencia Artificial, en la regulación del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades referente a la
deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.


5. Procurar que los consumidores de sistemas basados en IA reciban información clara sobre la utilización, características y propiedades de los productos que utilizan Inteligencia Artificial.


6. Establecer que los usuarios puedan contar con las herramientas necesarias para controlar los datos generados y distinguir si se están comunicando con un sistema o con un usuario. En particular, cuando se esté interactuando con un
sistema automatizado, se deberá conocer el carácter de esta interactuación, conociendo en qué momento es más conveniente ponerse en contacto con una persona, así como la forma de garantizar que las decisiones del sistema puedan verificarse o
corregirse.



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7. Respecto al reconocimiento biométrico:


a) Permitir el uso del reconocimiento facial y biométrico basado en IA para fines de identificación personal, siempre que se respete la legislación actual.


b) Regular el uso generalizado de esta tecnología para la vigilancia, rastreo o evaluación, basados en clasificación del comportamiento o emociones de las personas.


c) Garantizar que los marcos reglamentarios para el desarrollo y el uso de las tecnologías de IA estén en consonancia con los valores y derechos fundamentales.


8. Respecto a los derechos de propiedad intelectual y patentes, establecer que la persona física o jurídica que inicie el proceso de creación, con independencia del autor del algoritmo utilizado por el sistema, sea considerado el autor de
las obras generadas con IA.


9. Respecto al robot inteligente:


a) Otorgar a los usuarios de robots inteligente licencias de uso que se asignen a cada robot específico, sea de uso personal o industrial, y que será expedido por la Administración Pública a la que corresponda esta competencia.


b) Aprobar un código ético de la robótica, basado en la seguridad y salud, la libertad, la intimidad, la integridad, la dignidad, la justicia, la equidad, la autodeterminación, la no discriminación, la no estigmatización, la protección de
datos personales, la transparencia y la responsabilidad de los ciudadanos.


c) Establecer que la responsabilidad de las actuaciones llevadas a cabo por los robots recaiga siempre en los fabricantes que diseñen o comercialicen los productos o servicios que utilicen esta tecnología.


d) Garantizar que los fabricantes de robots inteligentes estén obligados a garantizar el derecho de los trabajadores a su seguridad, además de su protección.


e) Establecer un marco ético y jurídico común para la tecnología de robótica inteligente, basado en los valores de la Unión Europea y en consonancia con la Carta de los Derechos Fundamentales.


f) Colaborar en la creación de una Agencia Europea para la regulación de los principios éticos de la robótica, determinar las normas en materia de mejores prácticas, definir nuevos principios y hacer frente a posibles problemas de protección
de los consumidores y desafíos sistémicos.


g) Evaluar el impacto legislativo del uso de los robots inteligentes y considerar la posibilidad de establecer un régimen de seguro obligatorio en los casos en que sea pertinente y necesario para categorías específicas de robots, obligando a
los fabricantes o a los propietarios de robots a suscribir un contrato de seguro por los posibles daños y perjuicios causados por sus robots inteligentes.


h) Garantizar que los datos personales procesados por robots estén obligados al cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos de la UE (2016/679).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002641


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la regulación del Internet de las
cosas y computación en la nube en España, para su debate en la Comisión Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


El Internet de las cosas (loT, por sus siglas en inglés) es un concepto que se refiere a una interconexión de todo tipo de sensores y de objetos cotidianos a través de internet. La tecnología loT está ya en todos los ámbitos: Salud,
agricultura y ganadería, movilidad, ciudades, hogar, comercio e incluso hasta en la ropa y complementos como chaquetas, calzado, relojes, pulseras, gafas, etc.



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A finales de 2019 existían 9.500 millones de dispositivos loT conectados en el mundo, sin contar con teléfonos móviles y ordenadores. Se estima que el número de dispositivos loT conectados podrá alcanzar, o incluso superar, los 41.000
millones en 2025. Así pues, la adopción de las soluciones de la loT ofrece nuevas oportunidades de negocio y permite a las empresas reducir costes y aumentar su productividad.


Por este motivo, debe elaborarse una legislación que obligue a las empresas a establecer unos requisitos de seguridad para los dispositivos capaces de conectarse a Internet, directa o indirectamente, y que tengan asignada una dirección de
Protocolo de Internet, una dirección Bluetooth o cualquier otro tipo de red inalámbrica o satelital, fomentando el desarrollo de esta tecnología.


Pero los datos y los programas que genera la loT ya no se alojan en los ordenadores de los hogares u oficinas, sino en un centro de computación en la 'nube'. El operador del centro es responsable de la seguridad y permite que siempre estén
disponibles con los programas necesarios y la oportuna copia de seguridad y protección ante los ciberataques.


Por su parte, la computación en la nube (cloud computing, en inglés) es una tecnología que permite una mayor eficiencia en el usos de los recursos naturales con el consecuente beneficio para el medio ambiente y que consiste en el acceso
remoto, desde cualquier lugar del mundo y en cualquier momento, a software, almacenamiento de archivos y procesamiento de datos a través de Internet, sin la necesidad de conectarse a un ordenador personal o servidor local.


Al mismo tiempo, permite al usuario acceder a recursos, programas e información desde cualquier dispositivo electrónico en ubicaciones de dichos datos que pueden no ser conocidas por el usuario.


La tecnología Cloud es uno de los mayores avances tecnológicos y socioeconómicos de los últimos 20 años como elemento habilitador y democratizador del acceso a la innovación y a las tecnologías de la información más avanzadas, ya que
facilita a todas las personas el acceso a las últimas tecnologías a precios muy bajos.


Mediante esta tecnología, cualquier empresa o administración pública, desde el más pequeño de los ayuntamientos con un presupuesto muy limitado hasta el mayor de los ministerios u organismos internacionales, pueden tener acceso al mismo
catálogo de productos y servicios tecnológicos.


Con el objeto de favorecer el desarrollo de centros de computación y acceso a contratación por parte de las empresas, es necesario establecer programas de apoyo y colaboración público-privada para la implantación de centros Cloud, así como
su consideración como industria electrointensiva, según el Estatuto publicado en el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre.


Es ahora, cuando el desarrollo de loT y los centros Cloud están en pleno desarrollo cuando se necesita urgentemente elaborar una legislación que regule su empleo y proteja a los consumidores.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Respecto a Internet de las Cosas:


a) Instar al fabricante de dispositivos conectados para que tenga la obligación de informar al consumidor de los riesgos, usos, posibles manipulaciones, defectos y, en especial, todo lo relacionado con su privacidad y confidencialidad; que
equipen sus dispositivos con características de seguridad razonables y adecuadas a la naturaleza del mismo y a la información que recopila; que diseñen dispositivos conectados con indicadores visuales, auditivos u otros que alerten a los
consumidores cuando estén transmitiendo información personal; y que tengan contraseñas por defecto sólidas y seguras, además de que en sus instrucciones figuren de forma expresa y visible la importancia de establecer, desde el comienzo de su
utilización, contraseñas seguras para evitar los ciberataques.


b) Establecer mecanismos de seguridad en los sistemas de loT para salvaguardar la seguridad y la privacidad, tanto de los consumidores como de las empresas.


c) Adoptar medidas para la inspección, seguimiento y control de la fabricación de los dispositivos conectados.


d) Delimitar la responsabilidad de los profesionales en la cadena de suministro del producto.


e) Establecer mecanismos de participación de las empresas que fabriquen dispositivos conectados para la solución de controversias y la adaptación de nuevas tecnologías aplicadas a loT.



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2. Respecto a la computación en la nube:


a) Fomentar que las organizaciones que contraten servicios de nube pública, establecerán límites de responsabilidad compartida entre los proveedores de servicios de nube y los contratantes y evitarán poner en riesgo información sensible de
empleados, clientes, proveedores y todos los que participen en el flujo del negocio.


b) Incluir a las empresas proveedoras de servicios Cloud, con sistemas hardware físicos ubicados en el territorio nacional, como sector de actividad para optar a la categoría de consumidor electrointensivo y así poder beneficiarse de los
mecanismos de ayuda para esta figura de consumidor que contempla el Estatuto del Consumidor Electrointensivo.


c) Establecer programas de apoyo para la implantación, en el territorio nacional, de los sistemas hardware físicos de los proveedores de la nube.


d) Promover la colaboración público-privada para la capacitación y formación digital de profesionales en las administraciones públicas y sector privado para la gestión de servicios Cloud.


e) Establecer programas de incentivos para la migración y el acceso de nuevos servicios Cloud para PYME y autónomos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar el sector de las
aeronaves no tripuladas, para su debate en la Comisión Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Los avances científicos y técnicos han contribuido en los últimos años a la progresiva reducción del coste del sector industrial de las aeronaves no tripuladas pilotadas por control remoto o autónomos, denominadas comúnmente drones, que son
vehículos aéreos no tripulados.


El artículo 50 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, realiza ciertas modificaciones sobre legislación aérea, con la aclaración de que las aeronaves no
tripuladas pilotadas por control remoto son efectivamente aeronaves y, como tales, su utilización civil está sujeta a la legislación aeronáutica.


El Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, y se modifica el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones
operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea, el que supuso un gran avance en la normativa existente y un paso
importante para el establecimiento de un marco jurídico definitivo aplicable a la utilización civil de estas aeronaves no tripuladas, no sujetas a la normativa de la Unión Europea.


El citado real decreto prevé también la posibilidad de realizar operaciones aéreas especializadas en distintos ámbitos, a través del cumplimiento de una serie de requisitos, el desarrollo de estudios aeronáuticos de seguridad
correspondientes o la solicitud del permiso a la Agencia Española de Seguridad Aérea.


La Comisión Europea ha regulado, mediante reglamentos, algunos aspectos sobre el uso de las aeronaves no tripuladas (Reglamento 2018/1139, 2019/945 y 2019/947).


Así pues, en España es necesario regular ahora el desarrollo de aerovías que permitan a los drones circular por un espacio aéreo exclusivo, lo que favorecerá el desarrollo de nuevos servicios logísticos en aquellos casos en los que estas
aeronaves pudieran ser utilizadas para realizar transporte de pequeñas mercancías o materiales, hecho que favorecerá especialmente a los habitantes de las zonas rurales en situación de aislamiento o confinamiento.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Impulsar la creación de un marco europeo del uso de aeronaves no tripuladas o drenes, dirigido al ámbito de operaciones de búsqueda, salvamento y contraincendios, bien sean autónomos o por control remoto, y que no estén contemplados
específicamente en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión de 24 de mayo de 2019 relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas.


2. Elaborar, por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el Plan Nacional de Aerovías y Rutas españolas para la navegación ordenada de aeronaves no tripuladas pilotadas por control remoto o autónomas, estableciendo una red de
corredores aéreos que permitan su empleo para uso comercial, industrial y, en particular, para el transporte.


3. Fijar, en el Plan Nacional de Aerovías y Rutas, espacios aéreos segregados o aerovías exclusivas para UAS civiles de uso comercial e industrial, especialmente de transporte.


4. Revisar la normativa reglamentaria en materia de aeronaves no tripuladas, pilotadas por control remoto o autónomas, con la finalidad de establecer un procedimiento de autorización simplificado para la utilización del espacio aéreo con
fines comerciales o industriales.


5. Adecuar el marco legal para la utilización de aeronaves no tripuladas a los requisitos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947.


6. Favorecer el establecimiento de bases y espacios específicos para el repostaje y mantenimiento de aeronaves no tripuladas en áreas logísticas, a fin de facilitar el cambio modal de las mercancías.


7. Establecer zonas en núcleos urbanos para la navegación aérea de aeronaves no tripuladas, en condiciones de seguridad y compatible con los usos urbanos.


8. Dictar medidas básicas para habilitar el entorno urbano a la navegación aérea de aeronaves civiles pilotadas por control remoto o autónomas, estableciendo las limitaciones correspondientes para la realización de usos de última milla.


9. Establecer un sello de homologación nacional de drones que, junto con el marcado de CE (Comunidad Europea), garantice la seguridad de su fabricación ante posibles fallos y accidentes.


10. Impulsar la implantación de aeronaves no tripuladas pilotadas por control remoto en el desarrollo del servicio postal universal para las actividades de recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de envíos
postales nacionales y transfronterizos, tanto de cartas y tarjetas postales, con las limitaciones de peso y tamaño impuestas por el Reglamento de Ejecución UE 2019/947 y el Reglamento Delegado 2019/945 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, sobre
los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas.


11. Autorizar el uso de aeronaves civiles pilotadas por control remoto para el transporte de medicamentos, baterías, balizas o equipamiento médico, en situaciones de emergencia.


12. Permitir la utilización de drones para el reparto en zonas de difícil acceso para mejorar la accesibilidad de todos los territorios y ciudadanos españoles y reducir el impacto medioambiental producido por el sector del transporte.


13. Respecto a la normativa municipal:


a) Permitir a los ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, el uso de drones en situaciones de grave riesgo, emergencia o catástrofe pública, así como para la protección y socorro de personas y bienes, o cuando les sea requerido por
las autoridades responsables de la gestión de dichas situaciones.


b) Permitir a los ayuntamientos el uso de drenes para la mejora de las funciones propias de la policía municipal, tales como proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, garantizando su seguridad; vigilar y
realizar informes sobre daños y anomalías en las vías públicas, parques, jardines o lugares y bienes que constituyen el patrimonio municipal; denunciar las obras y actividades ilícitas sometidas a la ordenación y disciplina del Ayuntamiento;
vigilar y ordenar el tráfico, controlando la circulación y el estacionamiento de vehículos; vigilar la salubridad e higiene de zonas públicas; y cualquier otra función contemplada en sus ordenanzas municipales.



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c) Incentivar a los ayuntamientos que en el uso de sus competencias, apliquen los requisitos establecidos en el citado Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 por parte de los operadores y pilotos de drenes, ya sean recreativos o
profesionales, estableciendo las sanciones correspondientes.


d) Incentivar a los ayuntamientos para que establezcan ordenanzas municipales para fomentar e incentivar el desarrollo y el uso de drenes para uso comercial y entrega de paquetería.


14. Incluir a las empresas tecnológicas digitales, incluidas las que utilicen aeronaves civiles pilotadas por control remoto, para que se incluyan en la regulación del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades referente a la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.


15. Incentivar a las aeronaves no tripuladas, bien sean pilotadas por control remoto o autónomas, y que se utilicen para usos comerciales e industriales para que respeten los espacios naturales y eviten la alteración del comportamiento
animal.


16. Apremiar a los responsables del uso de drenes para que sean responsables del cumplimiento de la normativa medioambiental y, en particular, del Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las
aeronaves pilotadas por control remoto, y por el que se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y
el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002643


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el impulso del vehículo conectado
y parcialmente automatizado en España, para su debate en la Comisión Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Los vehículos terrestres son cada vez más complejos desde el punto de vista tecnológico. La informatización de los vehículos permite la conexión con otros dispositivos, dando lugar al concepto de 'coche conectado' que la Sociedad de
Tecnología Vehicular (VTS, por sus siglas en inglés) define como aquel que equipa aplicaciones, servicios y tecnologías que lo conectan con su entorno. La incorporación al vehículo del Sistema Avanzado de Apoyo a la Conducción (ADAS, por sus siglas
en inglés), según diversos estudios, pueden reducir los gastos por siniestralidad o accidentes de tráfico en 4.500 millones de euros y evitar 25.000 muertes y 140.000 heridos graves, hasta el año 2038 en Europa.


La Unión Europea ha aprobado el Reglamento (UE) 2019/2144 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre, relativo a los requisitos de homologación de tipo de los vehículos de motor y de sus remolques, así como de los sistemas,
componentes y unidades técnicas independientes destinadas a esos vehículos, en lo que respecta a su seguridad general y a la protección de los ocupantes y de los usuarios vulnerables de la vía pública.


Esto implica la incorporación obligatoria de un paquete de diez sistemas de seguridad en todos los nuevos modelos de turismos y furgonetas ligeras que se vendan en el mercado a partir de 2022, así como todos los nuevos modelos fabricados a
partir de 2024. De esta manera, los vehículos deberán incorporar o preinstalar algunos sistemas como pueden ser: frenado autónomo de emergencia urbano e interurbano; alerta de tráfico cruzado; detector de somnolencia y sistemas de reconocimiento
y prevención de distracciones; sistema de detección de peatones; sistema de cambio involuntario de carril; detección o avisador de ángulo muerto; control de crucero adaptativo para vigilar la distancia entre vehículos en carretera; limitador de
velocidad con reconocimiento de señales, bloqueo del vehículo con alcoholímetro o caja negra.



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En enero de 2017, la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad de las Redes y la Información (ENISA, por sus siglas en inglés) publicó un estudio centrado en la seguridad cibernética y la resistencia de los automóviles inteligentes que
enumera los activos sensibles, así como las correspondientes amenazas, riesgos, factores de mitigación y posibles medidas de seguridad.


Sin embargo, el marco legal aplicable a los coches conectados de la UE es el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos, que se aplica cuando el procesamiento de datos implica el manejo datos personales.


En España, los usuarios de un vehículo conectado están protegidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Es preciso impulsar ahora nuevas medidas para
incrementar aún más la ciberseguridad de estos vehículos a medida que avanza su desarrollo e implementación que permita el impulso de esta tecnología con las mayores garantías.


Más de 50 países, entre ellos España, junto con los miembros de la Unión Europea, han firmado en la Organización de Naciones Unidas el reglamento para la prevención de la ciberseguridad (WP29/2020/79) que afecta a coches, autobuses,
camiones, auto caravanas y remolques. Esta normativa exigirá un certificado de ciberseguridad a todos los vehículos que sean homologados a partir del 1 de enero de 2022. Además, en 2024, ningún vehículo nuevo podrá comercializarse sin atenerse a
sus criterios.


Todo lo anterior pone de manifiesto que fabricantes y suministradores de componentes tienen poco tiempo para adaptarse a las estrictas nuevas exigencias legales y España no puede ser ajena a ello.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Disponer que los vehículos conectados y parcialmente automatizados estén sujetos al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), que se aplica cuando el procesamiento de datos en el contexto de vehículos
conectados implique el procesamiento de datos personales de individuos.


2. Publicitar que los usuarios de un vehículo conectado están protegidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.


3. Promover el despliegue de una infraestructura de comunicaciones dedicada a vehículos conectados en las distintas carreteras.


4. Inducir a los fabricantes y suministradores de componentes de vehículos conectados a cumplir con las normas de certificación aprobadas por la UE, con especial atención a la norma WP29/2020/79 de Naciones Unidas.


5. Promover campañas de difusión y concienciación ciudadana relativas a las ventajas para los pasajeros, peatones y ciclistas, de la incorporación de los nuevos servicios basados en Sistemas Avanzados de Asistencia a la Conducción (ADAS) y
de intercambio de información en vehículos.


6. Elaborar normas claras e inequívocas para proteger la seguridad del usuario de vehículos conectados.


7. Establecer programas de apoyo para facilitar a fabricantes y suministradores de componentes la adaptación urgente de sus procesos de diseño y fabricación al cumplimiento de las normas de certificación aprobadas por la UE.


a) Establecer programas de difusión, información y apoyo a los talleres de vehículos y su personal, para adaptarlos a la nueva realidad tecnológica de los vehículos conectados y parcialmente automatizados.


b) Diseñar un plan de rediseño de los requisitos para la Inspección Técnica de Vehículos, así como de apoyo a la reconversión de las estaciones de inspección, para adaptarlas a la nueva realidad tecnológica de los vehículos conectados y
parcialmente automatizados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/002644


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la protección de los derechos
digitales y protección del menor en España, para su debate en la Comisión Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Los derechos y libertades establecidos en la Constitución Española, así como en los tratados y convenios internacionales en los que España forme parte, son de aplicación a las actuaciones de las personas en Internet.


Se consideran derechos digitales a los establecidos en los artículos del 79 al 90 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.


En enero de 2021, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital presentó a consulta pública la 'Carta de Derechos Digitales'. En ella se indica que 'no tiene carácter normativo, sino que su objetivo es reconocer los novísimos
retos de aplicación e interpretación que la adaptación de los derechos al entorno digital plantea, así como sugerir principios y políticas referidas a ellos en el citado contexto. Con ello, también, proponer un marco de referencia para la acción de
los poderes públicos de forma que, siendo compartida por todos (en cuanto continuadora de los principios básicos que inspiran nuestra norma suprema), permita navegar en el entorno digital en que nos encontramos aprovechando y desarrollando todas sus
potencialidades y oportunidades y conjurando sus riesgos. Y contribuir a los procesos de reflexión que se están produciendo a nivel europeo y, con ello, liderar un proceso imprescindible a nivel global para garantizar una digitalización humanista,
que ponga a las personas en el centro'.


Sin embargo, el enorme desarrollo de los productos digitales, en continua evolución, hace necesaria algo más que una Carta de buenas intenciones; es necesaria una legislación que garantice los derechos de los ciudadanos en el uso de los
mismos y les dé protección ante los abusos y ciberataques. Por ello, consideramos necesario una legislación al respecto.


Al hilo de los derechos de los ciudadanos como consumidores de productos digitales, merece especial mención la llamada obsolescencia programada, que es la determinación del fin de la vida útil de productos tecnológicos digitales fabricados
para el consumo particular que, tras un período de tiempo calculado previamente por el fabricante, se vuelven obsoletos e inservibles por falta de repuestos o dificultad de reparación. A este respecto, se hace necesario actualizar la legislación
para garantizar el derecho de los ciudadanos a la hora de consumir productos digitales.


Las familias, y la sociedad en general, se muestran seriamente preocupados por la desprotección de los menores ante el uso de los dispositivos digitales y sus aplicaciones. El acceso a contenidos digitales se ha convertido en una realidad
de la que participan adultos y menores. Cerca del 85 % de la población española tiene acceso a internet desde el hogar y, en particular, casi el 70 % de menores de 15 años dispone de un teléfono móvil. Nadie duda de las ventajas y beneficios que
aportan las nuevas tecnologías, pero también debemos de ser conscientes de los riesgos que corren los colectivos más vulnerables en especial los menores. Así pues, es necesario establecer un marco legal que les proteja de las amenazas y les otorgue
herramientas para salvaguardar su intimidad y bienestar.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Garantizar los derechos digitales de los ciudadanos estableciendo las siguientes medidas:


a) Asegurar el acceso a Internet de todos los ciudadanos españoles, así como promover medidas para eliminar la brecha digital.


b) Ampliar las competencias de la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones para dar cobertura a todos los usuarios consumidores de servicios digitales a nivel estatal.



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c) Establecer, para todos los servicios digitales, la posibilidad de identificarse de manera segura, siguiendo el esquema de la autenticación reforzada o Strong Customer Authentication (SCA), establecida por la Directiva Europea 2015/2366
sobre servicios de pago en el mercado interior conocida como PSD2, con el objetivo de reforzar la seguridad en las compras online.


2. Garantizar la obligación de las empresas para que dispongan de herramientas digitales para que los usuarios puedan reclamar el respeto a sus derechos. Para ello, las empresas prestadoras de los servicios digitales a ciudadanos
españoles, independientemente de su lugar de establecimiento o ubicación física, deberán seguir las directrices del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos. Así mismo, estos servicios deberán someterse a las mismas normas de protección de derechos de usuarios que los servicios de comunicaciones
electrónicas y contarán con los mismos mecanismos alternativos de resolución de conflictos que dichos servicios.


3. Procurar que los riesgos de comisión de delitos en el ámbito de sus servicios dirigidos a ciudadanos españoles se gestionen de forma adecuada y que las autoridades competentes dispongan de las herramientas necesarias para garantizar la
persecución de delitos en el ámbito digital.


4. Vigilar que el lugar de establecimiento de la empresa prestadora no pueda suponer la inexistencia de pagos monetarios a cambio de acceso a datos del consumidor o usuario.


5. Respecto a la obsolescencia programada de los productos digitales:


a) Proteger los derechos de los consumidores y usuarios cuando la obsolescencia programada afecte directamente a bienes o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.


b) A los actos derivados de la obsolescencia programada, aplicar lo establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal sobre actos de engaño, confusión u omisión engañosa.


c) Establecer el tiempo que deben estar disponibles para los consumidores las piezas de recambio de los productos tecnológicos, fabricados para el consumo.


d) Crear un Órgano de Inspección específico, dependiente del Ministerio que tenga entre sus competencias las de Industria, para detectar casos de obsolescencia programada.


6. Respecto a la Protección del menor:


a) Velar por el cumplimiento de lo establecido en los artículos 7, 84 y 92 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, sobre la protección del menor en Internet.


b) Diseñar campañas de divulgación en los medios de comunicación sobre el uso adecuado de las redes sociales, los peligros de la difusión de imágenes personales, la protección de datos y el uso de loT por los menores.


c) Fomentar actividades de formación dirigida a familias, profesorado y alumnado para garantizar el honor y la intimidad personal de los menores en los centros escolares y protegerlos del ciberacoso y de la adicción a la tecnología.


d) Dotar a los centros escolares de herramientas para tener una presencia segura en Internet y conocer los mecanismos necesarios de actuación cuando sea necesario.


e) Coordinar las acciones divulgativas y formativas realizadas por otros Ministerios y Organismos oficiales dirigidas a los centros escolares como el Defensor del Menor, el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), la Agencia Española
de Protección de Datos (AEPD) o el Ministerio de Educación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la formación en
competencias digitales de los empleados públicos, para su debate en Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


El pasado 23 de julio de 2020, el Gobierno de España adoptó la agenda España Digital 2025 para impulsar la Transformación Digital 'como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico, la reducción de la desigualdad,
el aumento de la productividad, y el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan estas nuevas tecnologías'.


Asimismo, el 7 de octubre presentó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, 'que incluye entre sus principales palancas de transformación la Palanca IV -Una administración para el siglo XXI-, incluyendo
tres elementos: digitalización, programa de rehabilitación de edificios públicos y reforma de la administración'.


Por su parte, el 27 de enero de 2021, el presidente Sánchez presentó el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 que desarrolla el Eje 1: Transformación Digital de la Administración General del Estado y el Eje 2:
Proyectos de alto impacto en la Digitalización del Sector Público.


Así pues, es hora ya de abandonar las teorías e impulsar con decisión esta apuesta del Gobierno por la digitalización. La transformación digital de las Administraciones Públicas es una necesidad urgente; es un proceso ya imparable al que
deben adaptarse sin dilación. Los gobiernos deben dar un servicio eficiente a los ciudadanos y aprovechar las tecnologías existentes para transformar y mejorar la caduca maquinaria administrativa. Para ello, deben afrontar el primer reto: la
formación del personal de la administración, para que sean capaces de gestionar el paso hacia la digitalización de sus operaciones.


Pero no debe confundirse las competencias digitales con una simple utilización de las herramientas tecnológicas. La definición utilizada por el Marco Europeo de Competencias Digitales para los Ciudadanos, conocido como DigComp y que
proviene de la Recomendación 2006/962/CE sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, dice lo siguiente: 'La competencia digital entraña el uso seguro y crítico de las tecnologías de la sociedad de la información (TSI) para el
trabajo, el ocio y la comunicación. Se sustenta en las competencias básicas en materia de TIC: el uso de ordenadores para obtener, evaluar, almacenar, producir, presentar e intercambiar información, y comunicarse y participar en redes de
colaboración a través de Internet'.


Según varios estudios elaborados por importantes auditorías, nuestras Administraciones públicas suspenden en transformación digital, ya que no cumplen con las normas básicas que suponen cambios en el funcionamiento y prestación de servicios
públicos, recogidas en las leyes que lo regulan; Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común y la 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.


Por otra parte, los temarios de las actuales oposiciones a funcionarios de las administraciones públicas responden más a la competencia tecnológica que a la digital, y esto tiene que cambiar. Los procesos selectivos deben valorar las
posibilidades de los candidatos para utilizar las TIC en su futuro trabajo, máxime teniendo en cuenta lo establecido en el marco DigComp, antes mencionado. Por este motivo, es importante determinar las competencias digitales necesarias para cada
puesto de trabajo y evaluarlas en el proceso selectivo, según el cometido a desarrollar y su carrera profesional.


La actual crisis sanitaria ha puesto de manifiesto la importancia del teletrabajo para no detener los procesos administrativos que el ciudadano necesita en su vida cotidiana. Sin embargo, muchos funcionarios no han podido dar lo mejor de sí
mismos por carecer de la formación digital imprescindible para desarrollar su trabajo. Así pues, es fundamental procurar la capacitación de los empleados públicos en las competencias digitales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Impulsar la formación de los empleados públicos en la transformación digital, invertir en tecnologías de la información y mejorar las competencias digitales del personal.



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2. Definir las competencias digitales de cada puesto administrativo y procurar la formación de los empleados que lo gestionan.


3. Incluir las competencias digitales en los temarios de oposiciones a la administración pública, en torno a las siguientes áreas:


a) Información y alfabetización digital.


b) Comunicación y colaboración online.


c) Creación de contenidos digitales.


d) Seguridad en la red.


e) Resolución de problemas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002646


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para modernizar la tecnología y
digitalizar los procedimientos administrativos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


El día 9 de marzo, el Ministerio de Trabajo confirmó que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), encargado de gestionar actualmente las prestaciones de desempleo de cuatro millones de parados y 900.000 trabajadores afectados por un
ERTE, entre otras funciones, se vio obligado a paralizar su actividad en todo el país tras sufrir un ciberataque.


Las 710 oficinas que prestan servicio presencial, así como 52 telemáticas, no estuvieron operativos debido a un virus informático que afectó a la agencia de empleo y también a la página web del SEPE. El propio SEPE informó en Twitter que su
sede electrónica no estaba disponible por 'causas ajenas', aunque sin especificar el motivo real.


El virus (ransonware) afectó tanto a los ordenadores de los puestos de trabajo fijos como a los portátiles de la plantilla que estaba teletrabajando. El SEPE aseguró que el ataque fue debido al virus RYUK. Este tipo de virus se crea a
propósito para un ataque y puede entrar a través del correo de un empleado que ha abierto un archivo infectado en un mensaje de spam.


Este ciberataque ha provocado el retraso en la gestión de centenares de miles de citas en toda España, agravando el problema de la gran cantidad de expedientes que gestiona el SEPE desde el inicio de la pandemia.


La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), el sindicato más representativo en las administraciones públicas, denunció la incongruencia de que, en la era digital, las consultas realizadas ese día y los posteriores se
atendieran y apuntaran a mano a la espera de poder introducirse en los equipos informáticos. El sindicato mostró su preocupación por este fallo e hizo hincapié en que llevan meses pidiendo un decidido apoyo en inversión tecnológica, ya que las
aplicaciones y sistemas informáticos tienen una antigüedad media de unos treinta años.


Según el sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.), este incidente es un problema añadido a la situación de colapso que arrastra el SEPE; y denunció que en provincias como Barcelona, Madrid, Valencia o Baleares, las citas del SEPE se dan con
más de dos meses de retraso.


Precisamente, fuentes del SEPE han avisado: 'Lo peor está por llegar, con las nuevas restricciones y la oleada de ERTE que se avecinan. La tercera oleada de la pandemia va a volver a bloquearnos más de lo que ya estamos, y lo único que han
hecho hasta ahora es poner parches y tapar agujeros. Ninguna solución definitiva'.


Esta situación es muy grave, pues más de 900.0000 personas se encuentran actualmente afectadas por un ERTE en España. Pero los retrasos en los pagos y las tramitaciones de los ERTE empiezan a ser algo



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más que un problema y es necesario que esta situación se solucione definitivamente, pues de ello dependen muchas familias españolas que han sufrido los terribles efectos económicos de la crisis del COVID.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Actualizar de inmediato los equipos informáticos de las 710 oficinas físicas del SEPE y de las cincuenta sucursales virtuales.


2. Impulsar un plan de formación de los empleados del SEPE en competencias digitales.


3. Establecer medidas para proteger los equipos y las operaciones del SEPE en materia de ciberseguridad.


4. Digitalizar con urgencia los procedimientos administrativos para procurar un mejor y más rápido servicio a los parados y afectados por un ERTE de nuestro país.


5. Designar una partida presupúestaria específica para la modernización de los equipos del SEPE, la formación de los empleados y la ciberseguridad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002676


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el impulso de las
infraestructuras y comunicaciones electrónicas en España, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Resulta imprescindible que la legislación avance decididamente en el reconocimiento de los nuevos servicios digitales basados en aplicaciones o plataformas, que garantice la equidad entre los agentes que compiten en el mismo mercado y que
elimine las asimetrías de las normas aplicadas a los operadores de telecomunicaciones y otros prestadores.


El sector de las telecomunicaciones se encuentra en un momento crucial que requiere acometer fuertes niveles de inversión en despliegues de nuevas infraestructuras de comunicaciones fijas, radiocomunicaciones o inalámbricas, en un momento en
que los retornos de dichas inversiones presentan incertidumbre, especialmente motivada por la crisis generada por COVID-19.


A esta situación, se suma un problema creciente de fiscalidad que supone una importante desmotivación para el despliegue e inversión en infraestructuras de los operadores de comunicaciones electrónicas tradicionales. La presión fiscal del
sector de las telecomunicaciones es muy elevada, superior a la que recae en otros sectores de actividad en España y Europa, ya que los operadores suman tributos estatales, autonómicos, locales y otros específicos del sector que afectan directamente
a su capacidad inversora y, por tanto, al desarrollo digital de nuestro país.


España no solo posee los tipos más elevados en la mayoría de los conceptos impositivos, sino que además contempla un mayor número de figuras tributarias. Por tanto, la presente regulación debe servir para abordar este problema de
fiscalidad, teniendo en cuenta que la transformación digital de España depende de la conectividad y el despliegue de las redes de nueva generación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Impulsar la cooperación horizontal y la compra conjunta de derechos de explotación multiterritorial, de manera que los operadores locales europeos puedan competir con los grupos digitales globales.



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2. Incentivar que los operadores no europeos que presten sus servicios por Internet en Europa estén sometidos a las mismas exigencias en materia de financiación de obra europea o en porcentajes de emisión o catálogo.


3. Facilitar la sostenibilidad de infraestructuras de redes y equipamientos privados y públicos de telecomunicaciones en España, especialmente en territorios poco poblados de gran riqueza natural o cultural.


4. Promover iniciativas para facilitar y agilizar el despliegue de Infraestructuras digitales dentro de su territorio, acorde a las siguientes actuaciones:


a) Desarrollar medidas de simplificación y agilidad administrativa, revisando la legislación vigente o promoviendo nueva normativas para garantizar el despliegue de infraestructuras digitales en núcleos urbanos.


b) Elaborar un plan de desarrollo de las zonas rurales que permita y garantice la configuración del 'Pueblo Inteligente' o Smart Village, y que incluya conectividad de banda ancha, medidas de apoyo fiscales, reducción de cuotas de autónomos,
ayudas para la creación de empresas y centros de trabajo colaborativo o coworking. El plan de desarrollo contendrá incentivos fiscales que estimulen la captación de empresas digitales innovadoras en el ámbito rural.


c) Identificar las zonas rurales españolas potenciales para implantar este tipo de proyectos, utilizando las soluciones que ofrecen las tecnologías digitales.


5. Respecto a la fiscalidad en los operadores y prestadores de servicios de telecomunicación:


a) Sustituir los epígrafes de la sección 76 de las Tarifas del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) por un solo epígrafe 761 denominado 'Comunicaciones electrónicas'.


b) Establecer que la carga fiscal de los ingresos de explotación de los prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas como contribución a la Tasa General de operadores sea de 0,5 por mil.


c) Establecer en 0,02 euros la tasa por numeración, direccionamiento y denominación que establece la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Sanidad y Consumo


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para liderar la aplicación del Certificado Verde Digital COVID-19
de la Unión Europea, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


El pasado 17 de marzo la Comisión Europea puso sobre la mesa una propuesta de certificado COVID-19 con el objetivo de recuperar cuanto antes la libertad de movimiento en la Unión Europea, evitando así restricciones arbitrarias por parte de
los gobiernos nacionales que pudieran poner en peligro esa libertad de todos los ciudadanos de la Unión, incluidos los españoles, de moverse libremente. Mediante este certificado, se aspira también a homogeneizar en un solo documento los diferentes
requisitos que pueden solicitar las autoridades nacionales de los diferentes Estados miembros para permitir la entrada en su territorio.


Según lo propuesto por la Comisión Europea, este certificado -que se denomina Certificado Verde Digital- incluirá información sobre si una persona ha sido vacunada contra el COVID-19, si ha obtenido



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un resultado negativo en una prueba diagnóstica PCR o equivalente, o si se ha recuperado de una infección pasada por COVID-19. Este certificado se expedirá por parte de las autoridades nacionales, y su versión digital podrá almacenarse en
cualquier dispositivo móvil. Ambas versiones, tanto la analógica como la digital, tendrán un código QR que contendrá esa información esencial sobre la situación COVID-19 de esa persona y un sello digital específico que demuestre la autenticidad del
certificado.


Este código QR será escaneado en el momento en el que un ciudadano se desplace, y se verificará el sello digital que contiene. Cada centro emisor del certificado, sea un hospital, un laboratorio de pruebas o una autoridad sanitaria, tendrá
su propia firma única encriptada en ese sello digital, y sus datos se almacenarán en una base de datos de cada país. La Comisión Europea, por su parte, pondrá en marcha las medidas necesarias para establecer un portal digital en el que poder
verificar esos sellos digitales en toda la Unión Europea, sin importar el Estado miembro en el que se haya emitido el certificado en su origen. Además, la Comisión Europea ayudará a los Estados miembros a desarrollar el programa informático
necesario para esa verificación.


Una vez esté en vigor, las restricciones al movimiento que están actualmente en vigor podrán eliminarse de forma progresiva y coordinada, evitando además diferencias entre Estados miembros y, por tanto, la fragmentación del espacio de libre
movimiento europeo. Esto es particularmente beneficioso para los países que son destino turístico de la Unión Europea, como Italia, Grecia o la propia España. Con este Certificado Verde Digital, los viajeros de toda la Unión Europea que puedan
demostrar su situación COVID-19 negativa podrán circular libremente y, simplemente, cumplir con las restricciones locales del Estado miembro que vayan a visitar, si las hubiere.


Por esta oportunidad que el Certificado Verde Digital supone tanto para las libertades fundamentales como para el sector turístico español, la delegación de Ciudadanos en el Parlamento Europeo ha liderado los trabajos del grupo liberal
europeo para avanzar cuanto antes en la implementación de este certificado. Además, hemos defendido como prioridad que este certificado no pueda ser utilizado en ningún caso como elemento discriminatorio, especialmente frente a aquéllos que aún no
tienen acceso a la campaña de vacunación contra el COVID-19. La inclusión de datos sobre pruebas diagnósticas negativas y sobre infecciones pasadas es un paso adelante para evitar esa posible discriminación.


Hace unos días, el Parlamento Europeo aprobó su posición respecto al Certificado Verde Digital, y ahora es el turno de los gobiernos nacionales, representados en el Consejo de la Unión Europea, de ponerse a trabajar en sus respectivas
jurisdicciones para poner en marcha cuanto antes las plataformas, certificados, bases de datos y programas necesarios para hacer posible el funcionamiento de este certificado lo antes posible, y a poder ser antes de la campaña turística de verano.


Teniendo esto en cuenta, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implementar, a la mayor brevedad posible, la Tarjeta Sanitaria Única recogida en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 de forma que actúe como Certificado Verde Digital, recogiendo datos sobre si un ciudadano español o
residente en España ha sido vacunado, tiene una prueba diagnóstica con resultado negativo o ha superado una infección de COVID-19.


2. Trabajar con hospitales, laboratorios y autoridades sanitarias para informarles de las necesidades logísticas que requerirá el Certificado Verde Digital y proporcionarles los recursos económicos y humanos necesarios para que pongan en
marcha los sistemas necesarios para expedir dichos certificados.


3. Formar a las autoridades competentes sobre el control de viajeros internacionales en aeropuertos, puertos y estaciones en los detalles del Certificado Verde Digital y el correcto chequeo de los datos incluidos en el mismo.


4. Poner en marcha la base de datos nacional necesaria para hacer funcionar el Certificado Verde Digital de la Unión Europea, de forma siempre compatible con los estándares nacionales y europeos en materia de privacidad y protección de
datos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de mayo de 2021.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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161/002625


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Mercedes Jara Moreno, don Juan Luis Steegmann Olmedillas, don Antonio Salvá Verd, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida y don Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para la revisión y reformulación de la
vacunación en varones contra el Virus del Papiloma Humano, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Hasta la fecha, en España se discrimina al varón en la vacunación contra el virus del papiloma humano, no estando recogido en el calendario vacunal más que para las niñas/ adolescentes de entre doce y dieciocho años, sin que esta
distinción por sexo resulte científicamente fundada.


Sin embargo, la NIH, National Institutes of Health 136 de Estados Unidos señala que '( ...) los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) cuentan con un Comité Asesor sobre Prácticas de Vacunación (ACIP) que formula
recomendaciones respecto a todas las vacunaciones en los Estados Unidos, incluso la vacuna contra el VPH. Las recomendaciones actuales del ACIP para la vacunación contra el VPH son las siguientes:


a) Niños y adultos de nueve a veintiséis años de edad. Por lo habitual se recomienda la vacunación contra el VPH a los once o doce años de edad, pero se puede iniciar a los 9 años. En el caso de las personas que no se vacunaron de forma
satisfactoria, se recomienda la vacunación contra el VPH hasta los veintiséis años.


b) Adultos de entre veintisiete y cuarenta y cinco años. La Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) aprobó el uso de la vacuna contra el VPH en personas de hasta cuarenta y cinco años, pero no se recomienda para todos los adultos
de veintisiete a cuarenta y cinco años. El ACIP recomienda que los médicos hablen con los pacientes de esas edades que no recibieron la vacuna en el momento debido, para determinar si necesitan la vacuna contra el VPH. La vacuna contra el VPH es
menos beneficiosa en este grupo porque en esas edades hay más personas que se expusieron al virus.


c) Mujeres embarazadas. Se debe esperar hasta después del embarazo para recibir la vacuna contra el VPH pero no es necesario hacerse una prueba de embarazo antes de vacunarse. No hay indicios de que la vacunación afecte a las mujeres
embarazadas ni que dañe al feto.'


Siendo así, se puede concluir que desde la administración sanitaria de USA se recomienda la vacunación rutinaria contra el virus del papiloma humano para niñas y niños de once y doce años de edad, aunque puede comenzar a administrarse a los
nueve años.


Lo ideal es que tanto las niñas como los niños reciban la vacuna antes de que tengan contacto sexual y se expongan al virus del papiloma humano. Una vez que alguien se infecta con el virus del papiloma humano, es posible que la vacuna no
sea tan eficaz o no tenga efecto alguno. Además, la respuesta a la vacuna es mejor en edades más tempranas que en edades más avanzadas. Pero si se administra antes de que alguien se infecte, la vacuna puede prevenir la mayoría de los casos de
cáncer asociados a la infección por virus del papiloma humano.


Los CDC ahora recomiendan que todos los niños de once y doce años reciban dos dosis de la vacuna contra el virus del papiloma humano con al menos seis meses de diferencia, en lugar de las tres dosis recomendadas anteriormente. Los
adolescentes más jóvenes de nueve y diez años de edad y los adolescentes de trece y catorce años de edad también pueden recibir la vacuna según el programa actualizado de dos dosis. Las investigaciones han demostrado que el programa de dos dosis es
eficaz para los niños menores de quince años. Los adolescentes y adultos jóvenes que comienzan a recibir la serie de vacunas más tarde, entre los quince y los veintiséis años, deben recibir tres dosis de la vacuna.


Asimismo, recomiendan la actualización e imposición de la vacuna contra el virus del papiloma humano para todas las personas hasta los veintiséis años que no estén vacunadas adecuadamente.


136 Vacunas contra el VPH-Instituto Nacional del Cáncer (cancer.gov).



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En el continente europeo, el servicio nacional de salud británico (Natíonal Health Service), ofrece de forma rutinaria a chicos y chicas de doce a trece años la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH). La primera dosis cuando están
en el octavo curso escolar, y la segunda entre deis y veinticuatro meses después de aquella, como parte de su programa de vacunación 137.


Informa el NHS que la vacuna contra el VPH ayuda a proteger contra los cánceres causados por el virus, por lo que resulta esencial recibir las dos dosis de la vacuna para tener una protección óptima. Entre estos cánceres se incluyen los
siguientes:


- El cáncer de cuello de útero.


- Algunos cánceres de boca y garganta (cabeza y cuello).


- Algunos cánceres de la zona anal y genital.


Como se puede apreciar en la siguiente tabla del ECDC, 16 países de los 31 del EEE recomiendan vacunar tanto a los niños como a las niñas, y entre los que así lo hacen se encuentran los países más desarrollados.


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Segundo. Como ya ha sido expuesto, las vacunas contra el VPH protegen contra la infección por el virus de los papilomas humanos (VPH), que son un grupo de más de 200 virus relacionados, de los cuales más de 40 se transmiten por contacto
sexual directo. Entre estos, hay dos tipos de VPH que causan verrugas genitales, y cerca de 12 tipos que causan cánceres -como los de cuello uterino, ano, orofaringe, pene, vulva y vagina-.


Esta vacuna puede prevenir la mayoría de los casos de cáncer de cuello uterino si se aplica antes de que la niña o la mujer se exponga al virus. Además, esta vacuna puede prevenir el cáncer vaginal y vulvar en las mujeres, y puede prevenir
las verrugas genitales y el cáncer anal, peneano y orofaríngeo en mujeres y hombres.


De acuerdo con lo señalado por el conjunto de la comunidad científica internacional, la vacunación de los niños contra los tipos de VPH asociados al cáncer de cuello uterino también ayuda a proteger a las niñas del virus, mediante la posible
disminución de la transmisión. En España, el Ministerio de Sanidad señala que las vacunas frente a VPH no contienen el virus completo ni material genético del virus, de forma que no pueden producir la enfermedad. La vacuna tiene la capacidad de
estimular la producción de defensas (anticuerpos) frente a VPH.


Por su parte, las últimas recomendaciones de vacunación acordadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en relación con el Calendario Común de Vacunación a lo largo de toda la vida (2020), estable lo siguiente:


137 HPV vaccine overview - NHS (www.nhs.uk).



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- Vacunación a los doce años: Se vacunará únicamente a las niñas. Se administrarán dos dosis con una separación de al menos cinco-seis meses (según vacuna utilizada).


- Vacunación entre los trece y los dieciocho años: Se vacunará únicamente a las adolescentes que no se hayan vacunado, o que no hayan recibido la pauta completa. Se administrarán dos dosis con separación de al menos cinco-seis meses (según
vacuna utilizada). Si se inicia la vacunación a partir de los catorce o quince años se administrarán tres dosis con pauta cero, uno-dos, seis meses (según vacuna utilizada).


- Vacunación en condiciones de riesgo: Las personas con ciertas condiciones de riesgo deberán recibir una pauta de tres dosis, tanto hombres como mujeres. Se consideran situaciones de riesgo las siguientes:


• Síndrome WHIM: vacuna que cubra tipos 6 y 11.


• Infección por VIH (hasta los veintiséis años).


• Hombres que tienen relaciones sexuales con hombres (hasta los veintiséis años).


• Personas en situación de prostitución (hasta los veintiséis años).


• Mujeres que hayan tenido tratamiento escisional de cérvix (cualquier edad).


Como podemos observar, este programa vacunal no recoge la vacunación de los niños, lo que va en contradicción con lo que se recomienda en los CDC de EEUU, en el servicio nacional de salud británico y en la casi totalidad de los países
europeos más desarrollados.


Todo ello hace que la petición de introducir la vacuna en el calendario vacunal sin distinción por sexo resulte científicamente fundada, y además corrige una discriminación respecto a los niños. Aun con años de retraso respecto de otros
países, esta petición es extremadamente oportuna.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley



parte 1 parte 2