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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 212, de 02/02/2021
cve: BOCG-14-D-212 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


2 de febrero de 2021


Núm. 212



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001904 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la condena, denuncia e imposición de sanciones internacionales contra el régimen sandinista en Nicaragua... (Página7)


Comisión de Defensa


161/001926 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la eliminación de la diferencia en el copago farmacéutico de los pensionistas funcionarios de las Fuerzas Armadas, acogidos al régimen de
mutualismo administrativo... (Página12)


Comisión de Hacienda


161/001919 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el IVA aplicado a la venta automática de bebidas y alimentos... (Página13)


161/001923 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a reducir el tipo impositivo del IVA que grava la factura eléctrica del 21 % al 10 %, en el caso de tratarse del domicilio
habitual de la persona titular del suministro... (Página14)


161/001924 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a aplicar el tipo reducido del IVA del 10 % a los servicios de peluquería y estética... (Página15)


Comisión de Interior


161/001900 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a reforzar la presencia y los efectivos de la Guardia Civil en las zonas rurales, con el fin de aumentar la seguridad de las mismas y combatir la
despoblación de España... (Página16)


161/001902 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la declaración de la provincia de Toledo como 'zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil' por los efectos del temporal
Filomena... (Página19)


161/001906 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la declaración como 'zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil' de todos aquellos territorios afectados por el temporal
causado por la borrasca Filomena en toda España... (Página21)



Página 2





161/001911 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la provisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de los medios suficientes para ejercer sus funciones durante fenómenos meteorológicos invernales
de carácter extremo... (Página22)


161/001925 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la eliminación de la diferencia en el copago farmacéutico de los pensionistas funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
acogidos al régimen de mutualismo administrativo... (Página27)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/001899 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso de las actuaciones para la mejora de los enlaces 409 y 411 de la autovía A-7 del Mediterráneo... (Página28)


161/001935 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la mejora, mantenimiento y recuperación del transporte ferroviario en la Cornisa Cantábrica... (Página31)


161/001937 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre cambio denominación de la Estación de Fanjul de la red de Cercanías de Madrid... (Página32)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/001909 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la prohibición de los teléfonos móviles en las aulas durante la etapa de Educación Obligatoria... (Página33)


161/001934 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la creación de la Agencia Independiente de Evaluación Educativa... (Página34)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/001898 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a suprimir el coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que
solo se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada, así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo para el cálculo de las pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo
parcial... (Página36)


161/001901 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a prorrogar la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos, al menos, hasta el
31 de mayo de 2021... (Página37)


161/001914 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a aplazar la subida de cuotas a los trabajadores autónomos, al menos, hasta el año 2022... href='#(Página38)'>(Página38)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/001917 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre apoyo y fomento del turismo de nieve y montaña en la provincia de Huesca y de la promoción de la zona como destino deportivo de invierno...
(Página40)


161/001922 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre un Plan de ayudas al colectivo de los feriantes que haga frente al impacto económico y social del COVID-19... href='#(Página42)'>(Página42)



Página 3





161/001933 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la intervención pública en la planta de Alu Ibérica de A Coruña... (Página44)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001897 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al reconocimiento de la historia del Pueblo Gitano en España y para la adopción de medidas para evitar la discriminación que sufre este pueblo... href='#(Página45)'>(Página45)


161/001903 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para garantizar los derechos y la atención adecuada a las personas que padecen Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y a sus familias... href='#(Página47)'>(Página47)


161/001912 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre medidas en relación con las víctimas de la talidomida... (Página49)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/001907 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la necesaria protección de los cetáceos de la pesca accidental... (Página54)


161/001908 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la participación de las Comunidades Autónomas en los Consejos Europeos de Agricultura y Pesca y en las negociaciones bilaterales pos-Brexit
en materia pesquera... (Página55)


161/001910 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a un plan de rescate al campo español tras los efectos de la borrasca Filomena... (Página56)


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/001915 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a mejorar la legibilidad del lenguaje empleado por la Administración General del Estado en sus comunicaciones a los administrados... href='#(Página58)'>(Página58)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/001896 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la creación de un centro en Galicia para la competitividad y la I+D+i en el almacenamiento de energía... (Página64)


161/001916 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre prevención y contención de los envenenamientos ilegales de la fauna silvestre... (Página65)


Comisión de Cultura y Deporte


161/001895 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la declaración del Puente de Cruzul como Bien de Interés Cultural... (Página67)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/001921 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso de las startups, el fomento del emprendimiento y la atracción del talento... (Página69)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000311 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el abordaje del impacto social y sanitario frente a la creciente proliferación de las casas de apuestas y salones de juego. Retirada... href='#(Página71)'>(Página71)



Página 4





161/001931 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la utilización de suplementos de vitamina D en el tratamiento y prevención de los casos graves de COVID-19... (Página71)


161/001932 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la puesta en marcha de una red nacional de atención al ictus... (Página72)


161/001936 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la nueva variante del SARS-CoV-2 procedente de Brasil... (Página74)


Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género


161/001918 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reforzar la lucha contra la violencia de género en mujeres mayores... (Página75)


161/001920 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a implementar las recomendaciones recogidas en el Informe del Defensor del Pueblo de actuaciones ante la pandemia de COVID-19... href='#(Página76)'>(Página76)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001913 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la protección de los menores en los entornos digitales... (Página78)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/001905 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a subvencionar a las entidades locales en la adaptación de la señalización a los nuevos límites de velocidad en vías urbanas aprobados
por el Gobierno... (Página83)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Interior


181/000657 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre desmantelamiento del Grupo Especial de Intervenciones en Montaña de la Guardia Civil en el Roncal, con competencia de actuación en la Comunidad Foral de
Navarra, lo que supondría un paso más del Gobierno en la expulsión de la Guardia Civil de Navarra... (Página84)


181/000658 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre motivos por los que, tras el contagio masivo por COVID-19 de 52 internos en el centro penitenciario de Picassent el día 07/01/2021, no se han realizado
por parte de la dirección del centro pruebas PCR a los trabajadores penitenciarios que están en permanente contacto con dichos internos... (Página85)


181/000669 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre balance de su gestión como Ministro del Interior de la crisis migratoria que ha azotado a nuestro país durante el año 2020... href='#(Página85)'>(Página85)


181/000670 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre identidad de quien dio la orden de retirada de la Unidad Militar de Emergencias (UME) en la Comunidad de Madrid, notificada a través de un correo
electrónico el día 10/01/2021, antes de que se redujese la alerta a nivel 1... (Página85)


181/000671 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre identidad de la persona que dio la orden de aprobar a los alumnos aspirantes de la pasada promoción que hubieran obtenido entre un 4 y un 4,5 de nota...
(Página86)



Página 5





181/000672 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre existencia de una investigación interna para aclarar los hechos y depurar las responsabilidades disciplinarias oportunas derivadas de las irregularidades
del proceso de selección de la Policía Nacional del curso pasado... (Página86)


181/000673 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre conocimiento por parte del Director General del Cuerpo Nacional de Policía de la falsificación de calificaciones obtenidas en el proceso de selección de
la Policía Nacional del curso pasado... (Página86)


181/000674 Pregunta formulada por la Diputada doña Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre consciencia por parte del Director General del Cuerpo Nacional de Policía, de la falsificación de calificaciones obtenidas en el proceso de selección de
la Policía Nacional del curso pasado... (Página87)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/000659 Pregunta formulada por el Diputado don Andrés Lorite Lorite (GP), sobre previsión temporal para el establecimiento del servicio ferroviario AVLO... (Página87)


181/000665 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia de las Heras Fernández (GVOX), sobre certeza acerca de que AENA no pudo despejar la nieve acumulada del aeropuerto de Adolfo Suárez-Madrid Barajas debido a que parte del personal
subcontratado se encontraba bajo un ERTE... (Página87)


181/000666 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia de las Heras Fernández (GVOX), sobre motivo por el que AENA no fue capaz de desplegar toda la maquinaria disponible y todos los medios que tenía a su alcance para limpiar el
aeropuerto de Adolfo Suárez-Madrid Barajas, teniendo que pedir ayuda a la Unidad Militar de Emergencias (UME)... (Página88)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


181/000667 Pregunta formulada por la Diputada doña Rocío de Meer Méndez (GVOX), sobre balance sobre la gestión realizada desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de la crisis migratoria que ha azotado a nuestro país
durante el año 2020... (Página88)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/000662 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), sobre manera en la que afectará la subida del precio de la electricidad que ha experimentado España este mes de enero de 2021 a la industria, al comercio y al
turismo, sin que el Gobierno haya establecido ningún tipo de compensación para estos sectores tan afectados por la crisis... (Página88)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/000663 Pregunta formulada por el Diputado don Ricardo Chamorro Delmo (GVOX), sobre situación en España del foco de gripe aviar (virus H5N8) detectado en las granjas francesas... (Página89)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/000664 Pregunta formulada por la Diputada doña Mireia Borrás Pabón (GVOX), sobre repercusión del retraso de la interconexión eléctrica submarina entre España y Francia a través del Golfo de Bizkaia, que se estima mínimo en dos años, en
el cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC)... (Página89)



Página 6





181/000668 Pregunta formulada por la Diputada doña Mireia Borrás Pabón (GVOX), sobre motivo por el que distintos Ministros aseguran que 'con la llegada de este Gobierno se ha reducido la factura eléctrica un 40 % en los dos últimos años'...
(Página90)


Comisión de Sanidad y Consumo


181/000660 Pregunta formulada por el Diputado don Juan Antonio Callejas Cano (GP), sobre procedimiento para la vacunación contra la COVID-19 de los pacientes que están afiliados a MUFACE, MUGEJU e ISFAS y que reciben la asistencia sanitaria
a través de aseguradoras privadas y no de la Seguridad Social, así como número de los que han sido vacunados... (Página90)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/032527 Autor: Olona Choclán, Macarena. González Coello de Portugal, Víctor. Utrilla Cano, Julio. De Meer Méndez, Rocío.


Posible utilización por parte de yihadistas de los flujos de inmigración ilegal para acceder a nuestro país de la que, según informaciones publicadas en prensa, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ya había alertado en noviembre de
2020... (Página90)


184/033791 Autor: Telechea i Lozano, Carolina.


Porcentajes de defunciones registradas en los Registros Civiles durante el año 2020, incrementos de dichos porcentajes en el primer estado de alarma en los meses de marzo a junio de 2020 y aumentos de defunciones en el segundo estado de
alarma en los meses de octubre a diciembre de 2020, así como Registros Civiles con mayor número de defunciones registradas y número de las mismas... (Página91)


184/033792 Autor: Maestro Moliner, Roser.


Situación en la que se queda el personal militar destinado en la Unidad (UALSAN) encuadrada en la BRISAN (Brigada Sanidad Militar, Pozuelo de Alarcón, Madrid), prevista su disolución en el segundo semestre de 2021, así como previsiones
acerca de la integración de la UALSAN en alguna otra Unidad y de quedar disponible de la Subdelegación de Defensa de la plaza que corresponda, y situación en la que quedarían las figuras del Cabo Mayor y del Suboficial Mayor de la actual UALSAN,
dada la particularidad de estos empleos... (Página92)



Página 7





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/001904


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Víctor Sánchez del Real, D. Agustín Rosety Fernández de Castro y D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la condena, denuncia e
imposición de sanciones internacionales contra el régimen sandinista en Nicaragua, para su discusión en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. La República de Nicaragua vive en la actualidad una pésima y muy preocupante situación política y social, la cual se debe, en buena medida, a la convulsa historia reciente de este país. En concreto, podemos remontar buena parte de
los actuales problemas políticos y sociales al conflicto que azotó el país en las décadas de los 70s y 80s, y que se puede dividir fácilmente en dos fases:


En la primera fase, que iría desde 1972 a 1979, las fuerzas guerrilleras del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) se opusieron al gobierno dictatorial de Anastasio Somoza, último de una dinastía que llevaba asentada en el poder
desde los años 30 del siglo XX. Este movimiento se inspiraba inicialmente en el legado del general Augusto Sandino, líder militar nacionalista que luchó contra la intervención norteamericana en los años 20 y 30, aunque derivó paulatinamente hacia
el marxismo-leninismo en el contexto de la Guerra Fría.


En 1979, el FSLN logró tomar Managua, la capital del país, y terminar con la dictadura somocista, estableciendo la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, que regiría el destino del país hasta 1985 y de la que formaría parte José
Daniel Ortega Saavedra. En este momento comenzaría la nueva fase del conflicto civil en Nicaragua, pues determinados sectores de la sociedad nicaragüense, apoyados por los Estados Unidos, crearían el movimiento Resistencia Nicaragüense,
popularmente conocido como 'La Contra', que se opondría al régimen sandinista mediante la guerra de guerrillas.


Esta nueva fase del conflicto se enmarcaría de lleno en el último período de la Guerra Fría, caracterizado en un primer momento por un período de aumento de la tensión entre finales de los 70s y primeros de los 80s, seguido del período de
distensión a partir de la llegada al poder en la URSS de Mijaíl Gorbachov. Así, países como Cuba y la Unión Soviética apoyarían al régimen sandinista frente a la Resistencia Nicaragüense financiada por los Estados Unidos.


El conflicto terminaría de forma pactada en 1990, en el contexto de la Caída del Muro de Berlín y el colapso del bloque comunista, cuando el régimen sandinista se vio obligado a pactar una transición con los partidos de la oposición ante la
presión internacional, especialmente de la Organización de Estados Americanos. En los Acuerdos de Managua se pactó la desmovilización de parte del Ejército sandinista y de las fuerzas de la Resistencia Nicaragüense, así como la celebración de
elecciones libres, en las que venció una unión de partidos opositores frente al sandinismo.



Página 8





Desde entonces, y a pesar de subsistir toda una serie de problemas relacionados con la economía, la corrupción política y la inseguridad, la situación y el nivel de vida de la población venía mejorando de forma sustancial. Además, durante
ese período se aseguró el respeto al sistema político democrático surgido del fin del largo conflicto civil. En este contexto, en un proceso democrático abierto y de libre concurrencia, el FSLN, con Daniel Ortega a la cabeza, ganó las elecciones en
2006, manteniéndose en el poder desde entonces.


Segundo. Sin embargo, Daniel Ortega y el FSLN han venido implantando un nuevo régimen dictatorial de corte chavista o bolivariano, al estilo de otros países de la región. Democracias formales en teoría, dictaduras de partido único en la
práctica, en donde la separación de poderes se ha ido eliminando progresivamente, las libertades políticas y fundamentales no se encuentran garantizadas y los medios de comunicación y la economía son controlados por el Estado-Partido.


En este sentido se expresa el Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre Violaciones de Derechos Humanos y abusos en el contexto de las protestas en Nicaragua 1, el cual manifiesta lo
siguiente:


'Desde las elecciones presidenciales de 2006, el marco institucional se ha debilitado, con la concentración de los diferentes poderes del Estado en manos del partido gobernante. Esto ha contribuido a la reducción del espacio cívico, la
falta de independencia del Poder Judicial y de la institución nacional de derechos humanos (la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos), denuncias recurrentes de corrupción, de fraude electoral y de censura de medios de comunicación y a
altos niveles de impunidad, entre otros problemas.'


Así pues, la situación de este nuevo régimen dictatorial, auspiciado y apoyado desde Cuba y Venezuela, empezaría a degenerar especialmente desde las fraudulentas elecciones de 2016, donde los supuestos apoyos al FSLN llegaron a un 72,44 %.
Meses antes de estas elecciones, la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua había retirado de su cargo a 16 Diputados opositores, incluido al líder del Partido Liberal Independiente, principal partido de la oposición, imponiendo otro líder del
partido. Además, en estas elecciones no se permitió a observadores internacionales supervisar el proceso electoral 2.


Sin embargo, la verdadera cara del régimen sandinista y del dictador Ortega no quedaría al descubierto completamente hasta la violenta represión desatada a raíz de las protestas de 2018. Este movimiento popular de protesta, surgido
inicialmente contra la reforma del sistema de seguridad social, terminaría ampliando más adelante sus reivindicaciones a una enmienda total al régimen y una solicitud de elecciones anticipadas.


Dichas protestas, que comenzaron el 18 de abril, se extenderían durante casi todo el resto de 2018. Durante las mismas, amplios sectores de la sociedad nicaragüense se movilizaron contra el gobierno de Ortega y el FSLN de forma pacífica.
Así, estudiantes, sindicatos, organizaciones empresariales, campesinas y religiosas, entre otras organizaciones de la sociedad civil, participarían en las manifestaciones.


Tercero. Por su parte, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en este momento cargo ocupado por la expresidente chilena Michel Bachelet Jeria, ha realizado sendos informes acerca de la situación de los
derechos humanos en Nicaragua a raíz de las protestas y la posterior represión encabezada por el régimen de Ortega. Entre estos informes se encuentran el ya referido anteriormente 'Violaciones de Derechos Humanos y abusos en el contexto de las
protestas en Nicaragua 18 de abril-18 de agosto de 2018' 3, así como el titulado 'Situación de los derechos humanos en Nicaragua. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas' 4 que analiza la situación desde el 19 de agosto de 2018 al 31
de julio de 2019.


Estos informes denuncian el hecho de que el régimen nicaragüense habría recurrido a diversas técnicas represoras ya utilizadas en países como Venezuela, programando contramanifestaciones de colectivos cercanos al régimen que atacaban a los
manifestantes opositores, y utilizando a las fuerzas policiales y militares para reprimir las protestas con extrema violencia y el uso de armas de fuego. Así, en


1 http://www.oacnudh.org/wp-content/uploads/2018/08/Nicaragua-Report-FINAL_SP.pdf.


2 https://www.cartercenten.org/resources/pdfs/news/pr/nicaragua-060716-spanish.pdf#en %20espa%C3%Blol.


3 http://www.oacnudh.org/wp-content/uploads/2018/08/Nicaragua-Report-FINAL_SP.pdf.


4 http://www.oacnudh.org/wp-content/uploads/2019/09/A_HRC_42_18_SP.pdf.



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el resumen ejecutivo del primer informe, nos encontramos con una descripción muy certera de cómo fueron evolucionando las protestas de 2018 y la represión del régimen, señalando lo siguiente:


'La crisis ha tenido diversas formas y experimentado diversas fases. La fase inicial se caracterizó por la respuesta represiva del Estado a las manifestaciones públicas y por la generalización de las protestas por todo el país en distintas
modalidades, incluyendo barricadas y tanques. La segunda etapa (desde mediados de junio a mediados de julio) se caracterizó por el levantamiento por la fuerza de las barricadas y tranques por parte de las autoridades estatales y elementos armados
progubernamentales. En la tercera y actual etapa, que comenzó tras la represión de las protestas, se ha producido la criminalización y persecución de todas aquellas personas que participaron en las protestas o que son de alguna forma percibidas
como opositores al gobierno.' 5


Adicionalmente, sobre las consecuencias de la represión y las violaciones de derechos humanos que pudo documentar, el segundo informe expone lo siguiente:


'Más de 300 personas murieron en el contexto de estas protestas y su represión, mientras que 2.000 personas resultaron heridas. Esta crisis provocó la huida de Nicaragua de más de 80.000 personas. La OACNUDH documentó un gran número de
violaciones de los derechos humanos cometidas entre el 18 de abril y el 18 de agosto de 2018, entre ellas violaciones graves, tales como el uso desproporcionado de la fuerza por parte de la policía, que se materializó en varias ejecuciones
extrajudiciales y en maltrato generalizado, registrándose casos de tortura y violencia sexual en los centros de detención. La OACNUDH pudo verificar la participación de elementos armados progubernamentales en ataques contra los manifestantes y en
detenciones llevadas a cabo con el consentimiento de las autoridades del Estado, principalmente de las fuerzas de orden público, y a menudo de manera conjunta y coordinada con éstas.' 6


Por si no fuera suficiente, no sólo la Organización de las Naciones Unidas ha constatado las diversas violaciones de los derechos humanos ocurridas en Nicaragua desde entonces. Gran cantidad de instituciones internaciones y organizaciones
no gubernamentales han denunciado al régimen sandinista. Así, por ejemplo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), perteneciente a la Organización de Estados Americanos (OEA), también ha realizado un exhaustivo seguimiento de la
situación, publicando a su vez otro informe 7 sobre las violaciones de los derechos humanos en el marco de las protestas, además de un exhaustivo listado de las personas fallecidas 8.


En el mencionado informe, la CIDH concluye que 'el Estado de Nicaragua violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, libertad personal, reunión, libertad de expresión y acceso a la justicia. Es de especial preocupación para la
Comisión los asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, malos tratos, posibles actos de tortura y detenciones arbitrarias cometidos en contra de la población', y señala que 'es indispensable generar las condiciones necesarias para el ejercicio
irrestricto a los derechos a la libertad de expresión, reunión y participación política' 9.


Por otro lado, el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), organización de la sociedad civil nicaragüense reconocida por la ONU y que trabaja sobre el terreno, se ha dedicado de forma muy activa a denunciar las violaciones de
derechos humanos perpetradas por el régimen de Ortega, elaborando gran cantidad de informes y documentos 10 sobre la represión de las protestas de 2018 y posteriores hasta la actualidad. Además, otras organizaciones, como Amnistía Internacional,
han realizado un seguimiento de la situación en Nicaragua, afirmando que 'durante 2019 prosiguió la peor crisis de derechos humanos de los últimos decenios en Nicaragua'. En España, la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo publicaba un
comunicado recientemente denunciando la persecución del Gobierno a las organizaciones y las personas que defienden los derechos humanos, haciendo 'un llamamiento a la Unión Europea y especialmente al Gobierno de España para que condenen estas
medidas que dificultan profundamente


5 http://www.oacnudh.org/wp-content/uploads/2018/08/Nicaragua-Report-FINAL_SP.pdf.


6 http://www.oacnudh.org/wp-content/uploads/2019/09/A_HRC_42_18_SP.pdf.


7 https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Nicaragua2018-es.pdf.


8 https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Nicaragua-es-22junio2018-Anexo.pdf.


9 https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Nicaragua.2018-es.pdf.


10 https://www.cenidh.org/recursos/documentos/.



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los procesos democráticos en Nicaragua, los espacios de participación ciudadana y la defensa de los derechos humanos' 11.


Como vemos, la represión, crímenes y violaciones de los derechos humanos por parte del régimen de Ortega, durante y desde las protestas de 2018, quedan de sobra acreditados desde múltiples fuentes independientes y diversas.


Cuarto. Desde el final de las protestas masivas que vivió el país en 2018, el régimen sandinista ha ido dando rápidos pasos en aras de consolidar su sistema dictatorial y totalitario a imagen y semejanza de los países hispanoamericanos
dominados por regímenes de corte comunista y chavista, especialmente Cuba y Venezuela.


Además de continuar con la represión de la oposición, calificando las protestas pacíficas y a los opositores de 'golpistas', el régimen de Ortega, a través de la Asamblea Nacional controlada por el FSLN desde las fraudulentas elecciones de
2016, ha ido aprobando toda una serie de leyes destinadas a consolidar la dictadura, así como a marginar, perseguir e impedir la participación política de la oposición.


Entre estas leyes, encontramos la Ley de Ciberdelincuencia, la Ley de regulación de agentes extranjeros y la Ley contra los Delitos de Odio, sobre las que el Parlamento Europeo presentó la propuesta de resolución con número de referencia
2020/2814(RSP) titulada 'Resolución del Parlamento Europeo sobre la Ley de regulación de agentes extranjeros de Nicaragua' 12 el día 7 de octubre de 2020. Dicha resolución, en su punto C, considera que la Ley de regulación de agentes extranjeros
'se utilizaría como instrumento de represión contra las personas y las organizaciones de derechos humanos que reciben recursos de la cooperación internacional en Nicaragua; que la aprobación de esta ley podría afectar directamente a la cooperación
de la Unión con el país y a las personas vinculadas a los intereses europeos', mientras, en su punto D, sobre la Ley de Ciberdelincuencia, expone 'que pretende censurar los medios de comunicación digitales' y, en el mismo punto, sobre la Ley contra
los Delitos de Odio, que 'reformaría el Código penal para permitir la condena a cadena perpetua por disidencia política, sin una definición clara de las conductas punibles de forma tan severa, y que podría utilizarse para castigar a quienes alzan su
voz contra las políticas represivas del Gobierno', considerando en su punto F 'que estas iniciativas son los ejemplos más recientes y confirman la pauta más general de represión y violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales'.


El último ejemplo lo encontramos en la Ley de Defensa de los derechos del pueblo a la independencia, la soberanía y autodeterminación para la paz, aprobada el 21 de diciembre de 2020, y cuya intención oculta es la de inhabilitar a los
opositores para presentarse a las elecciones. En este sentido, el Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión Europea, Josep Borrell Fontelles, en una reciente declaración afirmaba sobre esta Ley 'que tiene por
objetivo evitar las candidaturas de la oposición en un paso más en la intimidación contra el pueblo nicaragüense, alejando al país del Estado de derecho'. 13


Todo lo anterior nos muestra de forma clara que el régimen político actualmente imperante en la República de Nicaragua no puede ser considerado de manera alguna una democracia, por más que formalmente su Constitución así lo considere, sino
que nos encontramos ante un sistema totalitario y dictatorial de corte bolivariano y comunista.


Quinto. Por si todo lo anterior no fuera suficiente, la corrupción del Gobierno nicaragüense, así como la expoliación de los recursos naturales del país por parte de los líderes políticos y militares, ha llegado a límites obscenos.


En particular, se estima que la fortuna de Daniel Ortega y su esposa ascienda a los 2.500 millones de dólares. Así lo denuncia el medio digital Infobae, el cual declara que 'un botín de aproximadamente 2.500 millones de dólares se mueve en
Nicaragua al ritmo de las sanciones económicas que Estados Unidos ha impuesto a personajes e instituciones ligados a la corrupción y a la violación de derechos humanos.


Se trata de parte de la fortuna que maneja Daniel Ortega, construida a través de una década de cooperación petrolera venezolana'. 14


11 https://coordinadoraongd.org/2020/09/profunda-preocupacion-ante-los-obstaculos-del­gobierno-de-nicaragua-a-organizaciones-y-personas-defensoras-de-derechos-humanos0/.


12 https://www.europarteuropa.eu/doceo/document/ RC-9-2020-0317_ES.pdf.


13 https://eeas.europa.eu/delegations/nicaragua/90973/nicaragua-declaraci %C3%B3n-del­alto-representante-y-vicepresidente-de-la-ue-josep-borrell_es.


14 https://www.infobae.com/america/america-latina/2019/08/14/las-maniobras-de-daniel­ortega-para-ocultar-un-botin-de-usd-2-500-millones-de-los-negociados-con-el-chavismo/.



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Por su parte, el subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera de Estados Unidos, Sigal Mandelker, ha asegurado que 'Durante años, Ortega y su gobierno hicieron elecciones fraudulentas, suprimieron a la sociedad civil y
a los medios independientes de comunicación y han robado dinero de los fondos del Gobierno'. 15


Sexto. La respuesta internacional ante la represión de las protestas y la deriva totalitaria y dictatorial que ha imperado en Nicaragua desde entonces ha sido contundente, si bien no ha logrado ser eficaz en revertir el proceso y devolver a
la senda democrática a Nicaragua.


En particular, los Estados Unidos de América fue de los primeros países en reaccionar frente a la represión de las protestas. Así, el Senado y la Cámara de los Representantes promulgaron la 'Nicaragua Human Rights and Anticorruption Act of
2018' 16, conocida popularmente como 'Nica Act'. A través de esta resolución, se solicitaba una salida negociada al conflicto, el desarrollo de elecciones libres y democráticas, el cese de la represión y justicia para los crímenes cometidos, además
de establecer una serie de sanciones y restricciones económicas para presionar al régimen de Ortega.


Por un lado, la 'Nica Act' establece una serie de directrices en su sección 4 por la que se ordena al secretario del Tesoro a utilizar la influencia y capacidad de voto de los Estados Unidos en el Banco Mundial, el Banco Interamericano de
Desarrollo y el Fondo Monetario Internacional para oponerse a la concesión o extensión de créditos a Nicaragua. Además, obliga al presidente a establecer una serie de sanciones de carácter personal 'con respecto a cualquier persona extranjera,
incluyendo cualquier actual o antiguo oficial del Gobierno de Nicaragua o cualquier persona actuando a favor de ese Gobierno', la cual se determine que sea responsable de violaciones de los derechos humanos, entre las que se incluyen los actos de
violencia que vulneren los derechos humanos, las acciones encaminadas a subvertir el sistema democrático, actos de corrupción en beneficio del Gobierno de Nicaragua, la expropiación de bienes públicos o privados por motivos políticos o la
persecución de los medios de comunicación y la libertad de expresión. El tipo de sanciones a estas personas van desde el bloqueo de activos financieros y propiedades, a la expulsión de los Estados Unidos y la prohibición de entrar en este país y la
imposición de diferentes penas.


Por otro lado, la Unión Europea tampoco ha permanecido ajena a la situación que vive Nicaragua y, tras la condena del Parlamento Europeo, el Consejo adoptó el Reglamento (EU) 2019/1716, del 14 de octubre de 2019, relativo a medidas
restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua 17, por el que se aplicaban diversas sanciones y que recientemente ha sido prorrogado por el Consejo por plazo de un año 18. Dichas sanciones consisten, para las personas colaboradoras con el
régimen sandinista de Nicaragua o que perpetren violaciones de derechos humanos, en la prohibición de viajar a la UE y la inmovilización de bienes. Además, se prohíbe a las personas y entidades de la UE poner fondos a disposición de aquellas
personas que figuren en la lista aprobada por el Consejo, y que, por el momento, incluye una serie de funcionarios nicaragüenses implicados directamente en la represión, pero no a los responsables políticos.


No obstante lo anterior, este régimen de sanciones europeas ha sido considerado insuficiente, y recientemente el Parlamento Europeo se ha pronunciado al respecto pidiendo imponer nuevas sanciones más duras, además de incluir al dictador
Ortega y a su esposa y vicepresidente Rosario Murillo en las mismas 19.


Adicionalmente, otros países como Canadá han impuesto también sanciones similares contra el régimen de Ortega 20. A pesar de no haber logrado sus objetivos, la 'Nica Act' y las sanciones europeas y de otros países, han sido por el momento
la respuesta internacional más efectiva y que más daño ha hecho al régimen de Ortega, tal y como demuestran las múltiples declaraciones que han realizado solicitando su levantamiento. 21


15 https://www.eluniversal.com.mx/mundo/eu-pone-en-la-mira-la-fortuna-de-orte&a-y-de­sus-socios.


16 Public Law No: 115-335 (12/20/2018) https://www.congress.gov/bill/115th-congress/house-bill/1918/text.


17 https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2019/1716/oyeng.


18 https:/www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/020/10/12/nicaragua-council­renews-eu-sanctions-regime-for-one-year/#.


19 https://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20201002IPR88448/nicaragua-el-pe­denuncia-la-represion-y-pide-sanciones-contra-ortegály-murillo.


20 https://www.international.gc.ca/world-monde/internationalrelations-relationsa.aspx?lang=eng.


21 https://www.elperiodico.com/es/internacional/20201211/gobierno-nicaragua-rechaza­sanciones-internacionales-11380074.



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Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a:


1. Condenar la represión política, las constantes violaciones de derechos humanos y el desmantelamiento del sistema democrático y el Estado de derecho en la República de Nicaragua por parte del régimen sandinista.


2. Denunciar la represión política, las constantes violaciones de derechos humanos y el desmantelamiento del sistema democrático y el Estado de derecho en la República de Nicaragua por parte del régimen sandinista, a través de todos los
foros internacionales en los que está presente España.


3. Instar en el seno de la Unión Europea a la adopción de nuevas medidas sancionadoras, así como a la intensificación de las ya existentes, al objeto de que el régimen totalitario nicaragüense se persiga con dureza y eficacia desde las
instituciones europeas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Alberto Asarta Cuevas, Agustín Rosety Fernández de Castro, Víctor González Coello de Portugal, Víctor Sánchez del Real y Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Defensa


161/001926


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la eliminación de la diferencia en el copago
farmacéutico de los pensionistas funcionarios de las Fuerzas Armadas, acogidos al régimen de mutualismo administrativo, para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Cuando un miembro de las Fuerzas Armadas llega a la jubilación, procedente de Clases Pasivas, sufre una situación de desigualdad con el resto de los jubilados de España.


Esto es así porque, si bien los pensionistas, con carácter general, tienen unos gastos farmacéuticos abultados, con más razón ocurre entre los pensionistas procedentes de alguno de estos colectivos, en gran parte a causa de que un miembro de
las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, atraviesa vicisitudes a lo largo de su carrera profesional que, por su importancia y gravedad, muchas veces ponen en riesgo su salud y su integridad física. Nos referimos,
claro está, no solo a la preparación física al más alto nivel que deben tener estos profesionales durante toda su carrera, sino al cumplimiento de funciones que, por su propia naturaleza, implican una dificultad agravada, como la lucha contra el
terrorismo, el narcotráfico, la criminalidad organizada, o misiones internacionales de conflicto armado, entre otras situaciones de peligro.


Así pues, tras toda una vida de servicio público, al que se suman a menudo diversas secuelas por las funciones realizadas, el agradecimiento a tan ingrata labor no alcanza sino a una jubilación de condiciones manifiestamente mejorables.


A ello es preciso añadir que las enfermedades derivadas de esta vida de servicio público suelen mostrarse precisamente en el momento de la jubilación, donde estos servidores públicos se enfrentan a la figura del copago en los productos
farmacéuticos.


El copago farmacéutico es una figura que produce un daño irreparable en las economías de los jubilados procedentes de las mutuas MUFACE, MUGEJU E ISFAS y además consolida una discriminación de estos jubilados con respecto a los procedentes
de la Seguridad Social.


Siendo esta situación materialmente injusta, el objetivo de esta iniciativa parlamentaria no es otro que garantizar la igualdad de todos los españoles a la hora de acceder tanto a la sanidad como también garantizar un tratamiento
farmacológico que no suponga un gasto extra a las maltrechas economías de nuestros jubilados a los que tanto debemos.



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Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer la situación de discriminación que se está produciendo en el ámbito de los funcionarios jubilados acogidos al régimen de mutualismo administrativo en cuanto al copago farmacéutico al que tienen que hacer frente y, en
particular, a aquellos con patologías en muchos casos derivadas de las excepcionales situaciones de penosidad y peligrosidad a las que han debido hacer frente durante su carrera en activo, como los miembros de las Fuerzas Armadas.


2. Eliminar en un plazo de tres meses la diferencia en el copago farmacéutico que sufren estos pensionistas, e igualarlo a aquél a satisfacer por los pensionistas cubiertos por el sistema de Seguridad Social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Hacienda


161/001919


A la Mesa de la Comisión


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el IVA aplicado a la venta
automática de bebidas y alimentos, para su debate en Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


España, con una facturación de 1.430 millones de euros anuales y más de 22.000 empleos -tanto directos como indirectos-, es uno de los principales países de venta automática o 'vending' en Europa. En la actualidad, nuestro país cuenta con
un parque de 380.000 máquinas automáticas que ofertan todo tipo de bebidas y productos alimenticios, destacando por su importancia bebidas calientes (café, té, chocolate...), bebidas frías (zumos, refrescos, agua...) y snacks (galletas,
chocolatinas, frutos secos...).


La venta automática o vending está regulada como venta especial dentro de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista que la define como aquella actividad empresarial que comprende el transporte de las máquinas y su instalación, la provisión
y carga de los productos, el servicio de limpieza y mantenimiento preventivo de las máquinas, la atención y reparación de averías y hasta la contratación de un seguro de responsabilidad civil frente a terceros y consumidores en general a su
exclusivo cargo.


En términos estadísticos y de acuerdo con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) esta actividad se incluye dentro del epígrafe 4799: 'otro comercio al por menor no realizado ni en establecimiento, ni en puestos de
venta ni en mercadillos'.


La particularidad de este sector es que, si bien está regulado tanto en la Ley de Ordenación de Comercio Minorista estatal como en las leyes reguladoras del comercio interior de las Comunidades Autónomas, el consumo de las bebidas y
alimentos se realiza en el acto y en el mismo lugar, tras su suministro por la máquina expendedora, por lo que se asemeja más a un servicio que a la mera entrega de bienes. De hecho, las grandes compañías proveedoras de producto tienen encuadrado
al sector de vending como integrante del canal HORECA (hoteles, restaurantes y cafeterías).


Basándose en esta característica peculiar, el hecho de que las comidas y bebidas suministradas a través de máquinas automáticas lo son para su consumo inmediato en el mismo lugar de venta, los operadores de máquinas expendedoras automáticas
facturan aplicando el tipo reducido de IVA en todas sus ventas de bebidas y alimentos a pesar de que no tienen un respaldo legal expreso que apoye esta práctica, circunstancia que les genera una enorme inquietud e incertidumbre.



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Es cierto que la operativa de venta y consumo de este canal encaja dentro del artículo 91.1.2.2 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido que señala que se aplicará el tipo reducido del 10 por ciento a la
prestación de servicios consistente en 'los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del
destinatario', pero es necesario que no exista ninguna duda al respecto.


La doble cara de este canal (comercio minorista a efectos regulatorios y estadísticos, y prestación de servicios a efectos de IVA) genera incertidumbre entre sus operadores y un agravio comparativo respecto al resto de servicios del canal
HORECA con el que comparte, en muchas ocasiones, incluso el espacio físico (p.e. en los hospitales, donde hay cafeterías y máquinas de vending).


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para incluir el suministro de comidas y bebidas por medio de máquinas expendedoras automáticas en el
artículo 91.1.2.2 de forma que se aplique el tipo reducido del IVA del 10 % a la prestación de este servicio, acabando así con la incertidumbre actual con la que opera este sector.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001923


A la Mesa de la Congreso


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata (PDeCAT) Ferran Bel Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siempre siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la
Comisión de Hacienda, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a reducir el tipo impositivo del IVA que grava la factura eléctrica del 21 % al 10 %, en el caso de tratarse del domicilio habitual de la persona titular del
suministro.'


Exposición de motivos


Hace años que se denuncia el elevado coste de la factura eléctrica en España, hecho que se ha agudizado a principios de enero, cuando la subida de la luz el precio de la energía eléctrica superó el 30 % de incremento.


El artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006 relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido dice: 'Los Estados miembros podrán aplicar un tipo impositivo reducido al suministro de gas
natural, de electricidad y de calefacción urbana, siempre que no exista riesgo alguno de distorsión de la competencia', por lo que no hay una normativa de la Comisión Europea que prohíba bajar el IVA de la factura de la luz para el consumo
doméstico, al contrario.


En esta línea, Portugal, un gobierno también de coalición y progresista, ha impulsado la bajada del IVA de la luz desde el pasado 1 de diciembre, desde el 23 % al 6 %. Optó por reducir el impuesto en el primer tramo de consumo, para
favorecer a los ciudadanos con menos recursos.


La factura eléctrica resulta más cara para los ciudadanos y las empresas en España que en la mayoría de sus socios europeos a causa del elevado IVA, al que se le suma el impuesto especial de la energía y otros cargos como las primas a las
renovables, que se añaden a los costes de tarifa e incrementan el precio final, que se sitúa por encima de la media de la UE.


En lo que atañe al IVA, la electricidad y el gas soportan en España un tipo impositivo del IVA del 21 %, cuando en otros países es claramente inferior.


Por ejemplo, en Francia se aplica un IVA del 20 % para la parte no fija de la tarifa y un 5,5 % en la parte fija. En otros países se ha optado incluso por gravámenes reducidos o superreducidos, como es el caso de Italia (10 %) o Grecia y
Portugal (6 %). En el Reino Unido para uso doméstico se aplica el 5 % en gas y electricidad.



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Por todo ello, los Diputados del Partit Demócrata (PDECAT) presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las modificaciones normativas necesarias para reducir el tipo impositivo del IVA que grava la factura eléctrica del 21 % al 10 %, en el caso de tratarse del domicilio habitual de la
persona titular del suministro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-El Portavoz del Grupo Plural.


161/001924


A la Mesa de la Comisión


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata (PDeCAT) Ferran Bel Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siempre siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate ante la
Comisión de Hacienda, una Proposición no de Ley Para aplicar el tipo reducido del IVA del 10 % a los servicios de peluquería y estética.


Exposición de motivos


La pandemia ha demostrado que los servicios de peluquería y servicios complementarios, como son los servicios de estética, constituyen servicios esenciales para la comunidad, siendo de gran intensidad de mano de obra, con importante
incidencia sobre el empleo.


Uno de los aspectos que se considera especialmente gravoso en la actividad económica de estos servicios en España es el IVA que se les aplica, del 21 %, cuando bien se les podría aplicar el tipo reducido del 10 %, tal y como está previsto en
la normativa comunitaria.


En efecto, la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido determina, en su anexo IV, que los estados miembros pueden aplicar a los servicios de peluquería los
tipos reducidos de IVA y, en particular, como señala el artículo 106, por su incidencia sobre el empleo y con la posibilidad de ser aplicado en casos excepcionales, como seria en este momento la grave crisis sanitaria, económica y social que se
deriva de las medidas adoptadas al objeto de prevenir y combatir la pandemia del COVID-19.


Cabe recordar que hace años que el sector viene reclamando esta reducción, ya que los servicios de peluquería estuvieron sometidos al tipo impositivo reducido hasta la aprobación del RD 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, hace más de 8 años. Entonces se les aplicó de golpe un aumento en el tipo impositivo de 13 puntos, a pesar de su elevada incidencia sobre el empleo.


Ahora, tal como ha acordado también la UE, es momento de preparar la recuperación y transformación económica. El objetivo es doble, pero la 'transformación' será más factible cuanto mejor se consiga la 'recuperación' y en este marco urge
reactivar las actividades con elevada capacidad de generación y mantenimiento del empleo, como es el caso de los servicios de peluquería y estética. Reducir el IVA a este sector contribuirá a esta recuperación.


Por todo ello, los Diputados del Partit Demòcrata (PDeCAT) presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las modificaciones normativas necesarias para que la prestación de servicios de peluquería y estética quede sujeta al tipo reducido del IVA del 10 %.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-El Portavoz del Grupo Plural.



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Comisión de Interior


161/001900


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Ángel López Maraver, D. Luis Gestoso de Miguel, D.ª Magdalena Nevado del Campo, D. Francisco José Contreras Peláez, D. Pedro Jesús Requejo Novoa, D. Francisco
José Alcaraz Martos, D. Ignacio Gil Lázaro y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para reforzar la presencia y los efectivos de la Guardia Civil en las zonas rurales, con el fin de aumentar la seguridad de las mismas y combatir la
despoblación de España, para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. En su ensayo 'La España Vacía', Sergio del Molino habla de dos Españas: una urbana y europea y una España de interior y despoblada. Y, en efecto, de los muchos retos que España está sufriendo, la despoblación es uno de los más
difíciles porque supone una amenaza a la sostenibilidad de los servicios públicos y la cohesión territorial. Este vaciamiento interior ha venido careciendo del adecuado análisis y respuesta política, y por dejadez de los distintos gobiernos es un
problema que se agudizado en los últimos años con especial gravedad.


La población de amplias zonas de España, caracterizadas por una complicada orografía y una situación de lejanía de los grandes ejes demográficos, ha envejecido significativamente, se ha masculinizado y ha pasado a encontrarse en una fase de
cuasi desaparición. Según observamos, más del 54 % del territorio español tiene densidades de población inferiores a 10 habitantes/km2. Una vez detraídas las capitales de provincia y algunas ciudades medias, esta densidad se reduce por debajo de
los 4 habitantes/km2.


Los movimientos migratorios que acompañaron al incremento de la población en los años 50 del siglo pasado no se han revertido, y nos encontramos ahora con una grave situación, con tasas de reposición bajísimas en las zonas más afectadas por
este problema. Es más, España ha pasado de ser un país de 'reserva demográfica' en Europa a estar sumido en uno de los más rápidos procesos de envejecimiento de la Unión Europea.


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La situación de las zonas citadas, dependientes de la actividad del sector primario y, en algunos casos, del sector industrial, sigue pasando inadvertida para las Administraciones Públicas, que son incapaces de ofrecer una solución.


De esta manera, la regresión demográfica se ha convertido en un problema de primer orden, que ha trascendido el ámbito regional hasta convertirse en un problema de Estado. 22


Segundo. Ahora bien, cabe hacerse una pregunta. ¿Cómo podemos revertir el proceso de despoblación de España si no garantizamos la seguridad en estas zonas?


En diversos estudios se constata la estrecha relación que existe entre seguridad y organización territorial 23. No obstante, si observamos los datos, España tiene un problema de infradotación de las plantillas de los cuerpos de seguridad y,
además, un problema con la distribución territorial de los efectivos disponibles.


Por un lado, según los datos oficiales del Ministerio del Interior (respuesta escrita del Gobierno 70748, exp. 184/26672 del 18 de enero de 2018), en el año 2018 había un déficit de casi 30.000 policías nacionales y Guardias Civiles y,
aunque en estos dos últimos años se ha recortado dicha cifra, todavía queda más de la mitad de efectivos por cubrir.


Por otro lado, esta infradotación hace difícil mantener la seguridad en numerosas zonas de España, perjudicándose a ciudadanos de pequeños municipios y zonas despobladas.


Tercero. De conformidad con el artículo 11 y siguientes de la Ley 2/1986, de 30 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Guardia Civil tiene asignada la vigilancia del medio rural, es decir, es el cuerpo encargado de la
seguridad de la mayor parte del territorio nacional, con más de 500.000 km2 y más de 8.000 municipios.


No obstante, para esta labor la benemérita cuenta con cerca de 89.000 efectivos por toda España. Si hacemos el cómputo del número de agentes por kilómetro cuadrado el resultado es desalentador: un guardia civil por cada kilómetro cuadrado.
Así pues, es evidente que faltan efectivos.


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Número de efectivos de la Guardia Civil por provincias


22 FEMP (2017) 'Listado de medidas para luchar contra la despoblación en España'. Comisión de despoblación Abril de 2017. Disponible en: http://www.femp.es/sites/ default/files/doc_despob_definitivo_0_0.pdf.


23 Pedro Fraile (2007) 'La percepción de seguridad: entre el delito, el conflicto y la organización del espacio'; Felipe Hernando (2008) 'La seguridad en las ciudades: el nuevo enfoque de la geoprevención' o Patricio Tudela (2010)
'Conceptos y orientaciones para políticas de seguridad ciudadana'.



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Desde finales de los años ochenta se ha ido produciendo un continuo cierre de los cuarteles y de los puestos de la Guardia Civil en el medio rural. Un repliegue que se ha intentado justificar en el hecho de la pérdida de habitantes en las
zonas rurales, pero que ha provocado que la actual situación en estas sea crítica. Cada vez hay menos agentes para vigilar el territorio.


Además de pocos efectivos, la situación de estos guardias civiles que todavía quedan en estos territorios es pésima. Según se deriva de los datos que facilitó el Ministerio del Interior a través del Portal de Transparencia 24, más de
ochenta y ocho cuarteles de la Guardia Civil han cerrado en los últimos quince años. Es más, una cuarta parte de estos se ubica en poblaciones de menos de un millar de habitantes, y en varios de ellos el número de vecinos no llega a superar los
trescientos.


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Zonas donde se ubicaban los ochenta y ocho cuarteles cerrados.


Cuarto. La mayor parte de estos cierres se ha debido al mal estado de conservación de los acuartelamientos por la falta de inversiones para mantenimiento registrada en la última década. La situación, por tanto, de las casas cuartel,
pabellones y otras dependencias de la Guardia Civil en estos territorios es insostenible, y empeora la calidad de vida de quienes allí nos protegen. Un problema que se debe atajar cuanto antes.


De esta forma, la España despoblada es también la menos vigilada y, como consecuencia, hay una gran extensión del territorio, con población dispersa en pequeños municipios, que tiene escasez de efectivos de seguridad que trabajen en buenas
condiciones, con infraestructuras adecuadas y dotados de medios suficientes.


Una situación que alcaldes, agricultores y ganaderos vienen denunciando desde hace años por los problemas de inseguridad que se generan. Por ejemplo, desde 2019 se vienen produciendo una media de veintiséis robos diarios en explotaciones
agrarias. En 2018 se llevaron a cabo 11.697 robos (denunciados) y en 2019, 9.575 robos, una cifra que todavía es muy elevada y que ha aumentado en las provincias de Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Cáceres y Lugo.


Quinto. Urge, por tanto, resolver esta situación y dotar a las zonas rurales de efectivos policiales suficientes. Una de las soluciones pasa por reforzar las bases y acuartelamientos del Ministerio de


3 https://www.elindependiente.com/politica/2020/01/19/el-goteo-incesante-de-cuarteles-de-la-guardia-civil-que-echan-el-candado-88-en-15-anos/
https://www.antena3.com/noticias/sociedad/la-espana-vacia-se-queda-sin-cuarteles-de-la-guardia-civil_202001215e273a3d0cf252fclOc2lef2.html.



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Defensa en el medio rural, lejos de los centros urbanos donde se concentran la mayoría de estas instalaciones, como una forma de recuperar población en esas zonas. A día de hoy, hay más de doscientos emplazamientos de este Ministerio en más
de cincuenta zonas rurales que podrían rehabilitarse.


La despoblación es un serio problema que nos afecta a todos y que requiere la colaboración de todas las Administraciones Públicas, dado que se trata de un problema transversal. Esta propuesta del Grupo Parlamentario VOX pretende incidir en
el ámbito rural y su seguridad, reforzando la presencia y los efectivos de la Guardia Civil para atraer y fijar población en estos territorios.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Ejecutar el Plan de Infraestructuras para la Seguridad del Estado 2019-2025 aprobado en Consejo de Ministros el 18 de enero de 2019, y dotado con una inversión de 275 millones de euros, con especial énfasis en la rehabilitación de
cuarteles de la Guardia Civil en zonas rurales y, en caso de insuficiencia de inversiones aprobadas en dicho Plan, llevar a cabo la asignación de partidas presupuestarias extraordinarias para ejecutar la rehabilitación de los Cuarteles en las
referidas zonas.


2. Aumentar el número de guardias civiles y la oferta de dichos puestos en las zonas rurales y despobladas de España, con mejoras en sus infraestructuras y dotación de medios suficientes.


3. Crear un incentivo económico en favor de los Guardias Civiles que haga atractivo el destino en territorios despoblados.


4. Que se lleven a cabo planes específicos de gestión de los cuarteles, pabellones y otras dependencias de la Guardia Civil para que puedan ejercer en óptimas condiciones su labor en las zonas rurales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.-Ricardo Chamorro Delmo, Mireia Borrás Pabón, Ángel López Maraver, Luis Gestoso de Miguel, Magdalena Nevado del Campo, Francisco José Contreras Peláez, Pedro Jesús Requejo Novoa,
Francisco José Alcaraz Martos, Ignacio Gil Lázaro y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001902


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la declaración de la provincia de Toledo
como 'zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil' por los efectos del temporal Filomena, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La pasada semana, la borrasca Filomena azotó el territorio peninsular tras haber provocado un fuerte temporal de viento en las Islas Canarias. A su llegada a la Península Ibérica, Filomena dejó importantes precipitaciones que, combinadas
con las masas de aire frío procedentes del norte, se manifestaron en forma de nieve. Pese a que las previsiones alertaban de que sería una gran nevada, todo el centro peninsular, con especial incidencia en la Comunidad Autónoma de Madrid y
Castilla-La Mancha, experimentó precipitaciones de nieve que batieron récords con relación a los registros de los últimos setenta años.


En la comunidad manchega, la provincia de Toledo fue una de las más gravemente afectadas por el temporal. Hubo pueblos que perdieron la luz durante días, obligando a familias enteras a resguardarse en la calefacción de sus vehículos
mientras les durara el carburante, y otros muchos quedaron completamente aislados por las nieves, como los vecinos del pueblo toledano de Villamuelas, que hablan de desesperación y circunstancias críticas y extremas. Según los Servicios de
Emergencias, más de 18.000 personas resultaron afectadas por cortes totales o parciales del suministro eléctrico y, hasta ayer, todavía



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permanecían en esta situación más de 2.000 personas, es decir, sin luz, agua caliente o electricidad durante varios días en pleno temporal y con la ola de frío azotando el centro de la península. Pero las consecuencias van mucho más lejos.
En los pueblos más pequeños de la provincia, muchos de los comercios no pueden abrir al tener aperturas eléctricas, están perdiendo el género al no funcionar los equipos de refrigeración y, en todo caso, no pueden reponer al no llegar los
aprovisionamientos. La telefonía y la cobertura móvil sufrió importantes problemas y cortes, agravando la sensación de aislamiento que resultaba, ya de por sí, enormemente trágica.


La provincia de Toledo, además, cuenta con numerosos pueblos pequeños cuyos habitantes son, esencialmente, personas de avanzada edad. Ello produjo situaciones muy complicadas durante los peores días del temporal, al requerirse unos
servicios especiales que no llegaban, como ambulancias en algunos casos concretos, o el servicio de farmacia, cerrado durante días en varias de estas localidades. Además, los ancianos no podían salir de sus casas para proveerse de comida.


La agresividad de la tormenta alteró también muy sustancialmente la vida y la normalidad de la ciudad de Toledo quien, según sus dirigentes, tardará más de una semana en recuperar la tranquilidad. Las conexiones ferroviarias con Madrid se
encuentran aún suspendidas, el servicio de autobuses de la ciudad estuvo cancelado durante días, aún se están limpiando los accesos a centros sanitarios, y el Ejército ha tenido que colaborar en las labores de limpieza de un casco histórico de valor
incalculable que se ha visto seriamente dañado, sobre todo porque la estrechez de sus calles impide el acceso de las máquinas quitanieves.


Durante el primer día del temporal, en apenas unas horas, la Policía local había recibido más de 400 incidencias y los bomberos habían intervenido en más de 70 relacionadas con la peligrosa caída de árboles y ramas. La borrasca provocó la
caída de techos en pabellones deportivos, centros comerciales y colegios, así como cortes en carreteras o paradas de los servicios de taxi en los accesos a centros hospitalarios. Igualmente, los centros escolares han permanecido cerrados durante
días, al no poderse garantizar la seguridad de profesores y alumnos.


En definitiva, el tremendo temporal colapsó Toledo con una nevada completamente histórica que obligó a toda la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a declarar la alerta roja, y cuya capital se configuró como la 'zona cero' de la
catástrofe.


Considerada esta situación, el artículo 23 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, define la zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, como aquella en la que se hayan producido daños
personales o materiales derivados de un siniestro que perturbe gravemente las condiciones de vida de la población en un área geográfica determinada, o cuando se produzca la paralización de todos o algunos de los servicios públicos esenciales.


El estado en el que ha quedado la provincia de Toledo tras el temporal encaja en la definición dada por la norma para que el Gobierno declare la misma como zona afectada gravemente por una emergencia, con todas las consecuencias que de ello
puedan derivarse.


Así, la ley prevé desde ayudas a particulares por daños en sus viviendas, como ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, subvenciones por daños en infraestructuras municipales o de la red viaria, ayudas por daños en
producciones agrícolas, ganaderas o forestales, o la apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial, entre otras medidas. La norma contempla, igualmente, la concesión de ayudas fiscales a los
afectados, en forma de exención de determinados impuestos, o medidas laborales y de Seguridad Social, todas ellas encaminadas a intentar paliar las consecuencias del siniestro y asistir a las personas y administraciones públicas más afectadas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Declarar la provincia de Toledo como 'Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil', como consecuencia de los daños sufridos por el temporal de frío y nieve Filomena, en los términos contenidos en el artículo 23 de la
Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.


2. Adoptar todas las medidas que sean necesarias para la compensación de daños a las personas y administraciones públicas afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la citada ley.



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3. Realizar con la mayor urgencia el pago de las ayudas a las zonas afectadas contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones
de emergencia o naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.


4. Realizar una labor de coordinación con el resto de Administraciones públicas afectadas para cooperar tanto en la prevención de futuros daños como en la mitigación de los perniciosos efectos ocasionados por el temporal Filomena.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de enero de 2021.-Pablo Cambronero Piqueras, Diputado.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001906


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la declaración como 'zona afectada
gravemente por una emergencia de protección civil' de todos aquellos territorios afectados por el temporal causado por la borrasca Filomena en toda España, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La pasada semana la borrasca Filomena ha azotado el territorio peninsular tras haber provocado un fuerte temporal de viento en las Islas Canarias. A su llegada a la Península Ibérica, Filomena dejó importantes precipitaciones que,
combinadas con las masas de aire frío procedentes del norte, se manifestaron en forma de nieve. Pese a que las previsiones alertaban de que sería una gran nevada, todo el centro peninsular, con especial incidencia en la Comunidad Autónoma de
Madrid, han experimentado precipitaciones que han batido récords, con casi cincuenta centímetros de nieve en la capital, algo que no ocurría desde hace más de setenta años.


Los daños producidos por el temporal de nieve han sido muy elevados y aún se están cuantificando muchos de los desperfectos. Se han registrado numerosas incidencias en muchas ciudades y pueblos españoles por el desplome de cubiertas debido
al peso de la nieve y se hundieron estructuras en diversas edificaciones tanto privadas como de inmuebles patrimoniales y demaniales de las Administraciones Públicas. La gran acumulación de nieve sobre las cubiertas, azoteas, marquesinas, salientes
y demás vuelos de las edificaciones, ha provocado que las estructuras que las soportan se hayan visto sometidas a sobrecargas que las han llevado al límite de su capacidad, originando su colapso y hundimiento. Otras muchas, se encuentran afectadas
por daños estructurales sobre las que será necesario adoptar medidas de seguridad, llegando incluso a la demolición controlada.


Zonas enteras han quedado bloqueadas durante días sin poder recibir suministros básicos, operar los servicios básicos de transporte o atender a las personas que requerían atención médica o socio-sanitaria debido a la imposibilidad de
desplazamiento. Esta situación, aunque ha mejorado, continúa considerándose de extremada gravedad en algunos lugares donde, además, se han tenido que suspender las clases durante una semana hasta que pueda garantizarse la seguridad de los
estudiantes y profesores, lo que hoy todavía no se da.


Considerada esta situación, el artículo 23 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, define la zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, como aquella en la que se hayan producido daños
personales o materiales derivados de un siniestro que perturbe gravemente las condiciones de vida de la población en un área geográfica determinada, o cuando se produzca la paralización de todos o algunos de los servicios públicos esenciales.


El estado en el que han quedado muchos municipios en España tras el temporal encaja en la definición dada por la norma para que el Gobierno declare la misma como zona afectada gravemente por una emergencia, con todas las consecuencias que de
ello puedan derivarse. Así, la ley prevé desde ayudas a particulares por daños en sus viviendas, como ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, subvenciones por daños en infraestructuras municipales o de la red viaria,
ayudas por daños en



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producciones agrícolas, ganaderas o forestales, o la apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial, entre otras medidas. La norma contempla, igualmente, la concesión de ayudas fiscales a
afectados, en forma de exención de determinados impuestos, o medidas laborales y de Seguridad Social, todas ellas encaminadas a intentar paliar las consecuencias del siniestro y asistir a las personas y administraciones públicas más afectadas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Proceder a la declaración de todos los municipios especialmente afectados por el temporal causado por la borrasca Filomena como 'zonas afectada gravemente por una emergencia de protección civil', como consecuencia de los daños sufridos
por el temporal de frío y nieve Filomena, en los términos contenidos en el artículo 23 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.


2. Adoptar todas las medidas que sean necesarias para la compensación de daños a las personas y administraciones públicas afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la citada ley.


3. Realizar con la mayor urgencia el pago de las ayudas a las zonas afectadas contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones
de emergencia o naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.


4. Realizar una labor de coordinación con el resto de Administraciones públicas afectadas para cooperar tanto en la prevención de futuros daños como en la mitigación de los perniciosos efectos ocasionados por el temporal causado por la
borrasca Filomena.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Pablo Cambronero Piqueras, Diputado.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001911


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario
VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para la provisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de los
medios suficientes para ejercer sus funciones durante fenómenos meteorológicos invernales de carácter extremo, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desempeñan unas funciones vitales en la protección de los ciudadanos.


1. El artículo 11 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ('LOFCSE') dispone que 'las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ['FCSE'] tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y
libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de [sus] funciones'. Entre estas se encuentran las siguientes:


- 'Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales'.


- 'Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa'.


- 'Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana' y 'prevenir la comisión de actos delictivos'.



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2. En cuanto al cuerpo que debe llevar a cabo estas competencias, el apartado 2 del mismo artículo 11 LOFCSE declara que corresponde al Cuerpo Nacional de Policía (CNP) hacerlo 'en las capitales de provincia y en los términos municipales y
núcleos urbanos que el Gobierno determine'. Por su parte, la Guardia Civil (GC) 'las ejercerá en el resto del territorio nacional y su mar territorial'.


3. Además de las funciones anteriormente expresadas, en el presente documento ha de hacerse mención especial al deber de nuestras FCSE de 'colaborar con los servicios de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofe, o calamidad
pública, en los términos que se establezcan en la legislación de protección civil'. A esta capital función nos referiremos en la presente iniciativa.


4. En este sentido, el artículo 1.1 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil ('LSNPC') establece que:


'La Protección Civil, como instrumento de la política de seguridad pública, es el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por
causas naturales o derivadas de la acción humana, sea esta accidental o intencionada.'


5. Esta ley crea el Sistema Nacional de Protección Civil ('SNPC') 'como instrumento esencial para asegurar la coordinación, la cohesión y la eficacia de las políticas públicas de protección civil, y regular las competencias de la
Administración General del Estado en la materia', y atribuye a las FCSE el deber de 'colaborar en las acciones de protección civil' (artículo 38 LSNPC). En este marco se gestionarán las situaciones que suponen un mayor riesgo para los ciudadanos y
para la sociedad, y que tengan su origen en diferentes tipos de emergencias por causas naturales o humanas.


6. De esta manera, el SNPC integra la actividad de protección civil de todas las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, con el fin de garantizar una respuesta coordinada y eficiente a través de las siguientes
actuaciones: anticipación, prevención, planificación, respuesta inmediata, recuperación, evaluación e inspección.


7. Así pues, ya sea en el ejercicio de sus propias competencias, ya en el marco de participación en funciones de protección civil, las FCSE realizan una labor esencial en la gestión y tratamiento de situaciones meteorológicas adversas que
tienen un gran impacto en el desenvolvimiento ordinario de la sociedad. En tal categoría se encuadran las fuertes nevadas sufridas en distintas regiones de España en los últimos días.


Segundo. La borrasca Filomena ha vuelto a evidenciar la falta de medios de la policía nacional y la guardia civil en el desempeño de su labor.


8. Entre los pasados 6 y 11 de enero de 2021 la borrasca Filomena azotó España, generando una situación de emergencia en muchas regiones y provocando el bloqueo de numerosas poblaciones del centro peninsular, especialmente Madrid y Toledo,
así como del interior de Cataluña y la Comunidad Valenciana.


9. Según la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), se trata de la mayor nevada en décadas. La nieve no cesó de caer en Madrid durante, al menos, 30 horas, registrándose acumulaciones de hasta 70 centímetros de nieve. Asimismo, la
histórica nevada ha provocado al menos cinco muertes y ha impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos, poniendo en riesgo la seguridad ciudadana: cortes de carreteras, ciudadanos atrapados en sus vehículos durante toda la noche,
cancelaciones y retrasos de trenes, suspensiones de vuelos y enlaces marítimos, cierre del aeropuerto de Madrid y colapso de las autovías de circunvalación de la capital, así como cortes de suministro eléctrico, desprendimientos de balcones, caídas
de árboles, cierre de comercios y miles de asistencias a urgencias por dolencias traumatológicas.


10. Gran parte de los sindicatos y asociaciones policiales han denunciado que los agentes del CNP no estaban equipados con los medios necesarios para ejercer sus funciones en tan adversa situación. Así, los coches patrulla no disponían de
cadenas de nieve, lo que impidió que los agentes colaborasen de manera más adecuada con los servicios de protección civil. Tampoco disponían de los suficientes vehículos todoterreno con tracción a las cuatro ruedas para poder actuar, o palas y sal
para adecuar las instalaciones policiales y el acceso a estas.


11. Según algunos agentes, la orden de la Dirección General de Policía era que los vehículos Z, de patrulla, no salieran a la calle salvo en casos de emergencia y 'utilizando los SUV que haya disponibles



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y las cadenas que se tengan'. Asimismo, el sindicato Justicia Policial (JUPOL) ha denunciado que 'actualmente, ningún coche patrulla de la Policía Nacional en Madrid dispone de cadenas que les permitan circular en condiciones meteorológicas
de nieve o hielo, lo que supone que, en toda la Comunidad de Madrid, los agentes no puedan acudir a las llamadas de los ciudadanos, ante la imposibilidad de trasladarse por la nieve con los vehículos de dotación' y que 'las cadenas que se han puesto
a disposición de los agentes no son compatibles con los coches actuales de la Policía Nacional ya que pertenecen a una flota de hace al menos ocho años' 25.


12. Por su parte, la Confederación Española de Policía (CEP) también ha denunciado la falta de medios y ha exigido a la Dirección General de Policía la provisión de los mismos para que los agentes 'puedan hacer su trabajo con seguridad y
que no se interrumpa el servicio de atención a los ciudadanos' 26.


13. En este último sentido, la falta de medios de la Policía Nacional ha generado una grave situación de inseguridad ya que, tal y como manifiestan los sindicatos, no se pudieron atender situaciones de especial relevancia, no solo en el
ámbito de la protección civil, sino también en el marco del resto de competencias de las FCSE: robos, peleas o custodia y traslado de enfermos. Por ejemplo, JUPOL declaró que 'no se pudo acudir a socorrer un apuñalamiento o un robo con el autor
material presente'.


14. La Guardia Civil ha sufrido idénticos problemas. Así, la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha expresado en su cuenta de Twitter que 'guardias civiles carecen del material necesario para dar el mejor servicio al ciudadano
de: vehículos todoterreno, palas, cadenas para vehículos oficiales, botas de agua, cuerdas para auxiliar a personas, bolsas de rescate de aguas bravas o eslingas para remolcar' 27.


15. La consecuencia de la falta de equipamiento apropiado ha hecho que no hubiera suficientes agentes en la calle y carreteras para atender a los ciudadanos que lo necesitaban. Muchos de esos agentes tuvieron que retirarse del servicio por
no disponer de ropa térmica que les protegiera del frío y, finalmente, han causado baja por enfermedades. Otros han tenido que hacer turnos de 45 horas y han dormido en el interior de las cárceles, como ha ocurrido en la de Valdemoro, a la que ha
sido imposible acceder hasta el lunes 11 de enero 28.


Tercero. El Ministerio del Interior es el competente en el ámbito de la Administración General del Estado.


16. El Ministerio del Interior es el departamento de la Administración General Estado al que corresponde 'el mando superior y la dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado' 29. Asimismo, la persona titular
del Ministerio ostenta la superior autoridad en materia de Protección Civil y cuenta con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias ('DGPCE') como órgano directivo de asistencia. La DGPCE es, igualmente, la encargada de la planificación
y la coordinación entre los distintos actores implicados en materia de Protección Civil, tanto de las Comunidades Autónomas como de los organismos supranacionales e internacionales, aportando, en su caso, medios útiles para la gestión de emergencias
importantes o cuando exista una alta probabilidad de que estas se produzcan.


17. En tal sentido, el artículo 34 LSNPC establece que corresponde al Ministro del Interior impulsar, coordinar y desarrollar la política del Gobierno en materia de protección civil y determina que una de sus competencias es la de
'disponer, con carácter general, la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y solicitar del titular del Ministerio de Defensa la colaboración de las Fuerzas Armadas'.


18. El Ejecutivo, a través de su departamento competente, ha realizado una gestión negligente, que se ha caracterizado por la ausencia de previsión, de planificación, de coordinación y de acción frente a la contingencia meteorológica
adversa que se analiza. El Gobierno de España es, además, reincidente.


25 Tweet de JUPOL del 9 de enero de 2021 a las 11:26 horas: https://twitter.com/IupolNacional/status/1347852241957490689.


26 Tweet de CEP del 9 de enero de 2021 a las 11:23 horas:?'Los compañeros de Madrid necesitan medios para hacer su trabajo con seguridad en la Borrasca Filomena. En CEP hemos pedido compra urgente de cadenas, distribución de todoterrenos
(los hay) y equipos de protección civil en los patrullas. Y reconocimiento profesional'. https://twitter.com/cep_cepolicia/status/1347851406833758208.


27 Tweet de AUGC del 9 de enero de 2021 a las 08:29 horas: https://twitter.com/AUGC Comunica/status/1347988787448729600


28 Noticia de OK Diario de 12 de enero de 2021 a las 06:47 horas: https://okdiario.com/espana/sin-chaquetones-ni-botas-marlaska-desovo-peticion-guardia-civil-protegerse-temporal-6680945.


29 Artículo 1 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.



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19. Así, en enero del año pasado las inclemencias temporales provocadas por la borrasca Gloria supusieron que en ciudades como Castellón, que fue cubierta por un gran manto de nieve, los agentes de la Benemérita tuvieran que prestar
servicio en vehículos sin cadenas y con neumáticos de verano. A este respecto, la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) ha manifestado lo siguiente:


'El pasado 22 de enero del 2020 AEGC denunció las condiciones en las que muchos guardias civiles habían tenido que hacer frente al temporal que asolaba el país. Casi un año después otro temporal, la borrasca Filomena, ha vuelto a dejar de
manifiesto las mismas carencias. Un año ha tenido la Dirección General para dotar a los guardias de la equipación necesaria que les permita protegerse de las inclemencias meteorológicas: botas especiales, guantes, chaquetones de invierno,
camisetas térmicas. Toda esta ropa de abrigo debería estar en la equitación de todos los guardias civiles, con independencia de donde estén destinados, ya que por nuestra movilidad hoy podemos estar en Canarias pero mañana tener que prestar
servicio en Soria, Burgos o Teruel.' 30


20. Asimismo, en enero de 2018 una gran nevada provocó que miles de personas quedaran atrapadas en la autopista AP-6, cortada desde el kilómetro 47 (Guadarrama) al kilómetro 80 (Segovia). También en marzo de 2011 tuvo lugar una nevada que
provocó el colapso de las vías madrileñas. En todas estas situaciones se ha denunciado la falta de previsión y de medios de las FCSE para ejercer correctamente sus funciones.


21. La gestión por el Gobierno, entonces ocupado por el Partido Popular, de la nevada de 2018 motivó fuertes críticas por los entonces líderes del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Podemos, D. Pedro Sánchez Pérez Castejón y D.
Pablo Iglesias Turrión, respectivamente. Se solicitaron las comparecencias en el Congreso de los Diputados de los Ministros del Interior, D. Juan Ignacio Zoido Alvarez, y de Fomento, D. Íñigo de la Serna Hernaiz, así como la destitución del
director general de Tráfico, D. Gregorio Serrano López.


22. Al respecto, el hoy presidente del Gobierno declaró:


'El Ministro de Fomento y el Ministro del Interior aún no han comparecido en el Congreso de los Diputados para rendir cuentas sobre su pésima gestión al frente de ambos departamentos en el temporal de nieve que sufrieron miles y miles y
miles de ciudadanos y ciudadanas atascados también como consecuencia de la inoperancia del Partido Popular.'


Por su parte, el actual vicepresidente segundo y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 publicó en su perfil de la red social Twitter:


'La falta de previsión es un clásico cada invierno. Muchos vivas al Rey y mucha bandera pero la corrupción y la incompetencia son la realidad del Gobierno. Cumpliremos nuestro deber y pediremos la comparecencia del Ministro de Fomento para
que explique lo sucedido en la AP-6.' 31


23. Para la prevención, planificación y gestión de situaciones meteorológicas extremas se elaboró el Protocolo de 27 de marzo de 2009, para la 'coordinación de los órganos de la Administración General del Estado, ante nevadas y otras
situaciones meteorológicas extremas que puedan afectar a la Red de Carreteras del Estado' 32. Con base en este documento se elaboró el Plan de Vialidad Invernal 2020/2021, que subraya cómo gran parte de la red viaria española se ve afectada en
invierno por problemas de nieve o hielo, estando el 37% de la Red de Carreteras del Estado ubicada por encima de los 700 metros de altitud (con máximos por encima de 1.700 metros). Todo ello hace necesario establecer cada invierno un operativo para
mantener la RCE en las mejores condiciones posibles de confort y seguridad para el ciudadano.


30 https://www.aegc.es/asociacion-espanola-de-guardias-civiles/actualidad/aegc-denuncia-las-mismas-carencias-de-equipacion-en-la-guardia-civil-para-hacer-frente-al-temporal-que-hace-un-ano_867_4_1475_0_1_in.html.


31 http://www.abc.es/espana/abci-cuando-pedro-sanchez-criticaba-mariano-raioy-gestion-temporal-nieve-2018-202101122234 video.html


32 http://www.proteccioncivil.es/documents/20486/156609/Protocolo+Vialidad+Invernal.pdf/b9c383e9-cf2c-4496-8274-d71e35e97890.



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Cuarto. Los agentes de las FCSE han sufrido, una vez más, la gestión negligente del Gobierno de España.


24. Tal y como se ha expuesto, la labor de las FCSE es fundamental en situaciones de emergencia de protección civil, situaciones climatológicas adversas, catástrofes naturales y demás escenarios que implican una mayor vulnerabilidad de los
ciudadanos y una mayor exposición a diferentes riesgos.


25. En situaciones como la actual, en la que muchas provincias y regiones de España se han visto azotadas por un temporal histórico, que ha colapsado carreteras y núcleos urbanos, las FCSE necesitan, al menos, disponer de los medios
precisos para desempeñar su trabajo con garantías. Cadenas de nieve, palas, sal, vehículos todoterreno, cuerdas para auxiliar a personas, bolsas de rescate, equipación térmica, guantes y botas de nieve y los demás elementos necesarios para ejercer
adecuadamente sus funciones son artículos de primera necesidad para hacer frente a estas contingencias.


26. La provisión a las FCSE de medios e instrumentos adecuados es de justicia por las siguientes razones: (i) para que puedan seguir ejerciendo las funciones de seguridad ciudadana y demás competencias que las leyes les atribuyen; (ii)
para permitirles ejercer la función específica de colaboración y participación con los servicios de protección civil y garantizar así la seguridad de los ciudadanos; y (iii) para garantizar la propia seguridad de los agentes en el ejercicio de
tales importantes funciones.


27. En definitiva, visto el reiterado abandono al que se somete a nuestras FCSE sin que el Gobierno adopte las medidas necesarias, ya no sólo para proteger la integridad y salud física de sus propios miembros, sino la de los demás
ciudadanos, este Grupo Parlamentario propone exigir el cumplimiento de unas condiciones indispensables para el correcto ejercicio de las vitales funciones que desempeñan nuestros agentes, con especial incidencia en supuestos de inclemencias
meteorológicas tan adversas como las que están atravesando los ciudadanos de muchas localidades españolas.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para suministrar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los medios materiales necesarios para poder ejercer sus funciones con garantías tanto para los
agentes como para los ciudadanos, durante fenómenos meteorológicos invernales de carácter extremo, con especial atención a las nevadas.


En particular, y a título ejemplificativo, se les deberá proveer de medios esenciales, tales como: (i) cadenas de nieve aptas para todos los vehículos de los que disponga cada comisaría del Cuerpo Nacional de Policía o cuartel de la Guardia
Civil; (ii) un vehículo todoterreno con tracción a las cuatro ruedas para cada comisaría de Policía Nacional o cuartel de la Guardia Civil; (iii) herramientas básicas para retirar la nieve y desbloquear las carreteras, accesos, calles, y demás
espacios públicos, especialmente picos y palas; (iv) prendas aptas para resistir las condiciones meteorológicas de frío extremo, como ropa térmica, abrigos, guantes y botas de agua o nieve; (v) equipos básicos de rescate para ejercer las funciones
de protección civil que les sean requeridas; o (vi) cualquier otro medio necesario para la situación meteorológica de frío extremo.'


Palacio de Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario
VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la eliminación de la diferencia en el copago
farmacéutico de los pensionistas funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, acogidos al régimen de mutualismo administrativo, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Cuando un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado llega a la jubilación, procedente de Clases Pasivas, sufre una situación de desigualdad con el resto de los jubilados de España.


Esto es así porque, si bien los pensionistas, con carácter general, tienen unos gastos farmacéuticos abultados, con más razón ocurre entre los pensionistas procedentes de alguno de estos colectivos, en gran parte a causa de que un miembro de
las FCSE o las Fuerzas Armadas atraviesa vicisitudes a lo largo de su carrera profesional que, por su importancia y gravedad, muchas veces ponen en riesgo su salud y su integridad física. Nos referimos, claro está, no solo a la preparación física
al más alto nivel que deben tener estos profesionales durante toda su carrera, sino a turnos interminables que, en muchos casos, llegan a ser de 24 horas, con el trastorno físico que ello supone, y al cumplimiento de funciones que, por su propia
naturaleza, implican una dificultad agravada, como la lucha contra el terrorismo, el narcotráfico, la criminalidad organizada, o misiones internacionales de conflicto armado, entre otras situaciones de peligro.


Así pues, tras toda una vida de servicio público, al que se suman a menudo diversas secuelas por las funciones realizadas, el agradecimiento a tan ingrata labor no alcanza sino a una jubilación de condiciones manifiestamente mejorables.


A ello es preciso añadir que las enfermedades derivadas de esta vida de servicio público suelen mostrarse precisamente en el momento de la jubilación, donde estos servidores públicos se enfrentan a la figura del copago en los productos
farmacéuticos.


El copago farmacéutico es una figura que produce un daño irreparable en las economías de los jubilados procedentes de las mutuas MUFACE, MUGEJU E ISFAS y además consolida una discriminación de estos jubilados con respecto a los procedentes
de la Seguridad Social.


Siendo esta situación materialmente injusta, el objetivo de esta iniciativa parlamentaria no es otro que garantizar la igualdad de todos los españoles a la hora de acceder tanto a la sanidad como también garantizar un tratamiento
farmacológico que no suponga un gasto extra a las maltrechas economías de nuestros jubilados a los que tanto debemos.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer la situación de discriminación que se está produciendo en el ámbito de los funcionarios jubilados acogidos al régimen de mutualismo administrativo en cuanto al copago farmacéutico al que tienen que hacer frente y, en
particular, a aquellos con patologías en muchos casos derivadas de las excepcionales situaciones de penosidad y peligrosidad a las que han debido hacer frente durante su carrera en activo, como los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y Fuerzas Armadas.


2. Eliminar en un plazo de tres meses la diferencia en el copago farmacéutico que sufren estos pensionistas, e igualarlo a aquel a satisfacer por los pensionistas cubiertos por el sistema de Seguridad Social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Pablo Cambronero Piqueras, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/001899


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, Dña. Mercedes Jara Moreno, Dña. Patricia Rueda Perelló, Dña. Patricia de las Heras Fernández, Dña. Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío
Vega Arias y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente Proposición No de Ley relativa al impulso de las actuaciones para la mejora de los enlaces 409 y 411 de la autovía A-7 del Mediterráneo, para su discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. Importancia de las conexiones por carretera en la actualidad.


1. Actualmente, la situación que vive España está claramente marcada por la crisis sanitaria originada por el virus SARS-CoV-2 y por las negligentes medidas adoptadas por el Gobierno, que a su vez ha derivado en una crisis social y
económica.


2. En este contexto, es evidente que el transporte por carretera se está erigiendo en una herramienta esencial para garantizar la movilidad y el abastecimiento de los productos esenciales para la ciudadanía.


3. A este respecto, los datos del último Informe Anual del Observatorio del Transporte y la Logística en España (OTLE) de 2019, referidos al año 2018, advierten de que el transporte por carretera supuso prácticamente el 86% con respecto a
la totalidad de la movilidad nacional de viajeros, y aproximadamente el 95% del reparto modal del transporte interior de mercancías 33.


[**********página con cuadro**********]


Ilustración 1 Reparto modal del transporte interior de viajeros y de mercancías en el año 2018. Fuente: OTLE 2019


4. Por lo anterior, debe ser una prioridad la mejora de las conexiones entre las diferentes carreteras, ya formen parte de la Red de Carreteras del Estado o sean competencia de las comunidades autónomas, diputaciones o cabildos, a fin de
asegurar la correcta movilidad de los pasajeros y mercancías, así como la seguridad vial.


5. A esto hay que añadir el factor social que supone la eficaz conexión entre diferentes carreteras, contribuyendo así a la vertebración de territorios y favoreciendo la cohesión social.


33 1https://observatoriotransporte.mitma.es/recursos_otle/informe_otle 2019_1.pdf, págs. 116 y 119.



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Segundo. El Ejido: Problema con los enlaces 409 y 411 de la autovía A-7.


6. El municipio de El Ejido, situado en la provincia de Almería, tiene 83.594 habitantes, según los datos del Padrón Continuo publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a 1 de enero de 2019 34. Así, El Ejido es el tercer
municipio más poblado de la provincia, sólo superado por Almería y por Roquetas de Mar.


7. En consecuencia, que este municipio tenga unas infraestructuras adecuadas es esencial tanto para sus habitantes como para la provincia de Almería en general.


8. No obstante, en el municipio de El Ejido existe un problema en uno de los tramos de carretera en los que mayor volumen de tráfico existe, en concreto, en relación con los enlaces 409 y 411, de Copo y Santa María del Águila, de la autovía
A-7 del Mediterráneo.


9. Ya se iniciaron actuaciones para solucionar los problemas ocasionados en este tramo, no obstante, no se han llegado a concretar.


10. Así, el 28 de octubre de 2017, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado ('BOE') el Anuncio de licitación de la Dirección General de Carreteras, para la redacción del proyecto de construcción de la mejora de los enlaces 409 y 411 de
la autovía A-7 del Mediterráneo, con un presupuesto base de licitación que ascendía a 178.000 euros de importe total 35.


11. Atendiendo al pliego de prescripciones técnicas particulares, el proyecto de construcción, para cuya redacción se estimaba un plazo de diez meses, debería recoger las siguientes actuaciones 36:


- Mejora del enlace 409:


• Aumento y mejora de las plataformas de las glorietas.


• Ampliación del paso superior sobre el tronco de la autovía, mediante la construcción de otra estructura paralela a la ya existente, que pueda albergar dos carriles por sentido, carril bici y acerado para los peatones.


• Aumentar la capacidad de salida de la autovía duplicando el ancho de los ramales de deceleración y segregando el giro a la derecha en las glorietas.


- Mejora del enlace 411:


• Transformación del enlace sur a tipo diamante.


• Construcción de sendas glorietas cerradas, una al norte y otra al sur.


• Reordenamiento de las intersecciones existentes.


• Transformación de los carriles de cambio de velocidad de tipo directo a tipo paralelo, dotándoles al mismo tiempo de una mayor longitud.


- Otras actuaciones complementarias:


• Rediseño del sistema de drenaje.


• Construcción de desvíos de provisionales durante la ejecución de las obras.


• Elementos de balizamiento y defensa, señalización vertical y marcas viales.


• Reposición de los servicios afectados.


• Medidas favorables a la integración paisajística del enlace.


12. Asimismo, en el citado pliego se establecía un presupuesto estimado de licitación de las obras de 4.450.000 € (IVA incluido).


13. Finalmente, casi un año más tarde, el 15 de octubre de 2018, se publicó en el BOE la formalización del contrato para la redacción de dicho proyecto, siendo adjudicado a la empresa 'Betancourt Ingenieros S.L.P.' por un valor de 95.500
euros 37.


2 https://www.ine.es/buscar/searchResults.do?searchType=DEF_SEARCH&startat=0&L=0&searchString=%22Ejido,% 20E1% 22.


3 https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/28/pdfs/BOE-B-2017-62994.pdf.


4 https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/7369fb5e-bf92-460c-8285-26793361bc6e/DOC2Q17102512163615-AL-3700+PPTP.pdf?MQD=ATPERES, págs. 5 y 6.


5 https://www.boe.es/boe/dias/2018/10/lb/pdfs/BOE-B-2018-49016.pdf.



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14. Por último, el Gobierno comunicó el 19 de agosto de 2020, mediante una contestación con número de registro 50075 que 'continúa trabajando en la redacción del proyecto de remodelación de los enlaces de El Copo y Santa María del Águila,
que deberá ser sometido a información pública'. No obstante, no consta avance alguno en el mencionado proyecto.


[**********página con cuadro**********]


Ilustración 2. Enlaces 409 y 411 de la autovía A-7. Fuente: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


15. La remodelación de estos enlaces serviría para descongestionar el tráfico, mejorar la seguridad vial, así como incrementar el desarrollo turístico y empresarial de El Ejido, en concreto, y de Almería, en general.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar la siguiente medida para la mejora de las conexiones de la autovía A-7 en el municipio de El Ejido:


- Promover la redacción urgente del proyecto de construcción de la mejora de los enlaces 409 y 411 de la autovía A-7 del Mediterráneo, a fin de agilizar la ejecución de las obras e impulsar dicho proyecto constructivo para preservar la
seguridad vial y descongestionar el tráfico en el tramo referido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.- Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Tomás Fernández Ríos, Cristina Alicia Esteban Calonje, Rubén Darío Vega Arias, Rocío de
Meer Méndez y Mercedes Jara Moreno, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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161/001935


Más País Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley para su debate en la Comisión de transportes, movilidad y agenda
urbana, relativa a la mejora, mantenimiento y recuperación del transporte ferroviario en la Cornisa Cantábrica.


Exposición de motivos


El servicio público de transporte ferroviario, que en la Cornisa Cantábrica se presta a través de las líneas de FEVE y de RENFE, ha sido, es y debiera ser un nexo de unión entre poblaciones el norte de España. Se trata de un medio de
transporte de personas y mercancías, público, sostenible y esencial, que la cornisa cantábrica necesita para vertebrar la actividad social y económica.


El tren representa la única opción de transporte público para muchas personas de los municipios rurales de la denominada 'España vaciada'. Debido al constante deterioro de la calidad del servicio ferroviario, la paupérrima oferta de
horarios existentes anterior a la pandemia se ha visto todavía más afectada con la excusa del COVID-19, hasta llegar a un único tren diario en muchas ocasiones. A esta reducción de las frecuencias hay que añadir el pésimo estado de conservación de
las vías, con una alarmante falta de inversiones, intentando suplir las mejoras con señales de limitación de velocidad. Además, la falta de tramos para finalizar la electrificación de la vía obliga a mantener las locomotoras diesel en algunas
zonas, lo que conlleva un mayor coste y contaminación. Así mismo, la falta de personal provoca constantes retrasos, transbordos innecesarios, falta de mantenimiento, falta de información, etc., redundando todo ello negativamente en la prestación
del servicio público y siendo la ciudadanía la perjudicada por tal situación.


Ayuntamientos afectados y multitud de personas se han dirigido en numerosas ocasiones a los responsables de FEVE, RENFE y ADIF, incluso por medio de mociones aprobadas por ayuntamientos en las que se denunciaba la situación y se exigían
medidas correctoras inmediatas. Dichas mociones se enviaron igualmente a los responsables de transportes de los Gobiernos autonómicos, solicitando su intermediación, sin que, hasta la fecha, se haya dado ninguna solución.


Mientras el transporte en ferrocarril ha sufrido esta continua desinversión y empeoramiento del servicio, las instituciones han priorizado transportes mucho menos sostenibles, como el tren de alta velocidad, que sólo comunica unas grandes
ciudades con otras; el transporte para el turismo de alto standing, como el Transcantábrico, cuyo billete cuesta 5.500€; así como a las grandes empresas de transporte de mercancías para las cabeceras de las líneas.


No resulta comprensible que el Gobierno de España se desentienda de una infraestructura ya existente que se puede mantener con inversiones relativamente modestas. Y tampoco es comprensible que las sucesivas administraciones se hayan
desentendido de toda la población que vive en las poblaciones afectadas, que paga sus impuestos como el resto de ciudadanos y ciudadanas españolas, y que a cambio recibe servicios de transporte ineficaz, ineficiente y, en tiempos de pandemia,
inseguro debido a las aglomeraciones.


La España interior, rural, vacía o vaciada necesita un servicio de transporte público de calidad. Más aún cuando se trata de una zona que viene sufriendo desde hace año la falta de infraestructuras y con accesos por carretera en pésimas
condiciones. No es de recibo que tener un vehículo privado sea la única forma de viajar entre ciudades y pueblos. La movilidad por motivos laborales, formativos, sanitarios, administrativos y para el disfrute de la vida debería estar garantizada.


Además, las distintas administraciones han enviado mensajes confusos respecto al transporte público a raíz de la pandemia. 'Recomendar' el uso del automóvil como alternativa de transporte en tiempos de pandemia es una irresponsabilidad que
no tiene en cuenta que el transporte público colectivo es una opción imprescindible -cuando no la única- para centenares de miles de personas que cada día utilizan el tren, el metro o el autobús.



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Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Defender el futuro del tren convencional en el norte de España, adoptando medidas urgentes y eficaces, ligadas a los Fondos Europeos de reconstrucción Covid y a los Presupuestos Generales del Estado, para apoyar un transporte público,
social y sostenible de calidad para las comarcas y comunidades autónomas de la cornisa cantábrica (Galicia, Asturias, Castilla-León, Cantabria y Euskadi).


2. Crear junto a las instituciones implicadas, un plan específico de inversiones en mejora y mantenimiento de las líneas ferroviarias ya existentes, en telecomunicaciones, señalización, supresión de pasos a nivel, electrificación, trazados,
estaciones, frecuencias, convoyes y accesibilidad al tren.


3. No desarrollar los planes de la Alta Velocidad Española (AVE) en detrimento de las inversiones que necesita el ferrocarril convencional para su supervivencia y transformación en un medio de transporte accesible, moderno y de calidad.


4. A mejorar la eficiencia del servicio público ferroviario mediante la modificación de los horarios actuales, e incrementar su coordinación con el transporte urbano a través de los Consorcios autonómicos de transportes. Así mismo, le
insta a facilitar la accesibilidad e intermodalidad del servicio ferroviario con la bicicleta, especialmente en los servicios de cercanías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/001937


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre cambio denominación de la Estación de Fanjul de la red de Cercanías de Madrid, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Durante los últimos años se ha procedido al cambio de denominaciones de distintos aspectos en la nomenclatura de la red ferroviaria de Madrid en aplicación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y
se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.


A su vez, el Ayuntamiento de Madrid durante el anterior mandato procedió a la revisión del callejero en virtud de la mencionada ley aplicándose con carácter efectivo en el año 2018. Hacemos mención al caso de la Avenida del General Fanjul
que desde aquel momento tiene como denominación Avenida de Las Águilas.


La actual estación de Fanjul, línea C5 de Cercanías Madrid, proviene del nombre de la antigua avenida donde se sitúa la estación, Avenida del General Fanjul. El mantenimiento del nombre de estación resulta anacrónico tanto por su
incoherencia con el nombre de la actual vía como, y más importante, al suponer un vestigio dentro del actual sistema de Cercanías al recordar a uno de los máximos exponentes del Golpe de Estado encabezado por Franco en 1936 contra la legalidad
democrática y que causó la Guerra Civil Española.


En noviembre de 2018, el Pleno de la Junta de Distrito de Latina de la Ciudad de Madrid aprobó, a propuesta del Foro Local Ciudadano del Distrito, instar a la administración competente a cambiar el nombre de la estación de ferrocarril de
'Fanjul' por el nombre de 'Polideportivo'. Aunque desde los colectivos vecinales señalaron su disponibilidad a que sea dotada la estación con otro nombre.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar los trámites para el cambio de denominación de la Estación Fanjul en la red de Cercanías de Madrid en aplicación de la legislación vigente en materia de memoria democrática.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Daniel Vicente Viondi, Rafael José Vélez, Omar Anguita Pérez, Zaida Cantera de Castro, Gema López Somoza, Julio Navalpotro Gómez, Isaura Leal Fernández y César Joaquín Ramos
Esteban, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/001909


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la prohibición de los teléfonos móviles en las aulas durante
la Etapa de Educación Obligatoria, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


Según el estudio Equipamiento y Uso de Tecnologías y Comunicación en los Hogares elaborado por el Instituto Nacional de Estadística cuyos resultados fueron publicados el pasado mes de noviembre, el 69,5% de la población de 10 a 15 años
dispone de teléfono móvil frente al 66,0% de 2019. Si desagregamos por edades, un 22,1% de las menores con 10 años, el 41,4%, con 11 años; el 68,8% de los menores con 12 años; el 88,1% de los menores con 13 años; el 92,8% de los menores con 14
años y el 95,8% de los menores con 15 años.


El aumento de menores de edad que disponen de teléfono móvil en los últimos años así como la necesidad de promover un uso saludable de la tecnología entre los menores de edad puso sobre la mesa la necesidad de abordar un debate sobre su uso
en los centros educativos y el impacto que pudieran tener estos dispositivos sobre el rendimiento educativo del alumnado.


En el año 2015, según los datos de una investigación realizada por la London School Economic, los estudiantes a los que se les prohibió el uso del móvil en el instituto incrementaron sus calificaciones académicas un 6%. Según los resultados
de este mismo análisis, el impacto de la prohibición era dos veces más eficaz en niños con bajo rendimiento.


Tres años más tarde, la Revista Educational Psychology publicaba las conclusiones la primera investigación realizada en una clase real que muestra una relación causal entre la distracción de un dispositivo electrónico y el rendimiento
académico en un examen. Según los resultados del estudio, el uso de dispositivos electrónicos reducía la retención de conocimientos del alumnado a largo plazo.


Además del impacto sobre el rendimiento educativo del alumnado que tiene el uso de estos aparatos tecnológicos, esta medida podría resultar efectiva para frenar los casos de acoso a través de las redes sociales. Según los datos del III
Estudio sobre el acoso escolar y el ciberbullying, realizado por la Fundación Anar y la Fundación Mutua Madrileña, el ciberbullying supone el 24,7% de los casos totales de acoso escolar.


En lo que respecta a la regulación por parte de la Administraciones educativas sobre el uso del teléfono móvil en los centros educativos en España, la Comunidad Autónoma de Galicia fue la primera región española que prohibió el uso de
móviles en las aulas en el año 2015, habilitando la posibilidad de que excepcionalmente los centros pudieran establecer normas pedagógicas para su correcta utilización como herramienta pedagógica. Posteriormente, la Comunidad Autónoma de Madrid ha
implementado esta



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medida en el presente curso escolar, haciendo extensiva la prohibición del teléfono al horario del recreo y habilitando a los profesores para confiscar estos aparatos al alumnado que incumpliera la prohibición.


En lo que respecta al resto de autonomías, mientras algunas han apostado por delegar la regulación del uso de estos aparatos en los centros educativos, otras no cuentan en estos momentos un marco reglamentario mínimo relativo a esta materia.


En el contexto europeo, cabe destacar que la prohibición de los teléfonos móviles no sería una medida ajena a las adoptadas por otros Estados. En el año 2018, la Asamblea Nacional Francesa aprobó una ley por la que se prohibía el uso del
móvil en el recinto escolar. Por su parte, Dinamarca y el Estado federado de Baviera también prohíben el uso de los dispositivos durante el horario académico, mientras que en Italia solo se posibilita su uso en las aulas para fines pedagógicos.


Teniendo en cuenta la evidencia empírica con la que contamos hasta el momento en lo que respecta al impacto en el rendimiento educativo del uso del teléfono móvil en los centros escolares y con el objetivo de armonizar cuantas disposiciones
se consideren necesarias para garantizar el pleno desarrollo de la personalidad humana a través del sistema educativo, se presenta como necesario que el Gobierno de España, de manera coordinada con las Comunidades Autónomas, adopte de manera
conjunta un marco común en lo relativo al uso de los dispositivos de telefonía en los centros educativos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a desarrollar en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, un protocolo común que determine la prohibición en la Etapa de Educación
Obligatoria del teléfono móvil durante las horas lectivas, las posibles excepciones a esta prohibición y su posible uso durante el resto del tiempo que el alumnado permanece en los centros educativos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2020.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001934


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la creación de la Agencia Independiente de Evaluación
Educativa, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


La Constitución Española establece en su artículo 27 que todos tienen derecho a la educación y que esta tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los
derechos y libertades fundamentales. A su vez, el artículo 103 determina que la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y
coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.


En el año 1990 se creó el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación. Posteriormente, en el año 1993, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 928/1993, de 18 de junio, por el que se regulaba la organización y
funcionamiento del Instituto Nacional de Calidad y Evaluación que tenía entre sus objetivos mejorar la calidad de nuestro sistema educativo articulando los mecanismos adecuados para la obtención y análisis de datos, con vistas a apoyar la toma de
decisiones y a rendir cuentas de su actuación del legislador. Entre las funciones de este organismo público se encontraban la capacidad de adoptar las decisiones necesarias para la elaboración de los planes anuales y plurianuales de actuación del
Instituto, la elaboración de un sistema estatal de indicadores que permitiera evaluar el grado de eficiencia y eficacia del sistema educativo y la evaluación de las reformas generales del sistema educativo.



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En el año 2012, el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación pasó a denominarse Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE), pasando a depender orgánicamente y funcionalmente de la Dirección General de Evaluación y Cooperación
Territorial del Ministerio. En lo relativo a sus funciones y competencias, las mismas aparecen actualmente desarrolladas en la Ley Orgánica de Educación, modificada recientemente por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE).


La tramitación de la última reforma de la Ley Básica de Educación no ha servido para mejorar la organización y las competencias que le son propias a este ente. En particular, el Instituto Nacional de Evaluación Educativa sigue siendo un
organismo dependiente políticamente del Gobierno de España a pesar de que se presentaron enmiendas durante la tramitación de la LOMLOE para despolitizar su funcionamiento y garantizar su autonomía económica, tomando como referencia el actual modelo
de organización de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. En segundo lugar, también durante la tramitación del mencionado Proyecto de Ley, el Gobierno de España desecho cualquier posibilidad de aumentar las competencias que
actualmente tiene encomendadas este organismo, en particular, la posibilidad de capacitar al INEE a para evaluar las reformas educativas de carácter general del sistema educativo o el resultados de los programas innovadores que pudieran desarrollar
en esta materia las comunidades autónomas o los centros educativos. A su vez, de haber aceptado los grupos parlamentarios que sostienen el Gobierno de España estas modificaciones al Proyecto de Ley, en la actualidad contaríamos con un ente con
capacidad suficiente para evaluar la distribución, uso e impacto de los fondos europeos que gestionará el Ministerio de Educación y Formación Profesional.


La existencia de un órgano encargado de aportar datos y propuestas de forma independiente en materia educativa ayudaría a mejorar el análisis sobre las deficiencias de nuestro sistema de educación y a poner sobre la mesa la necesidad de
impulsar reformas en diferentes ámbitos en los que nuestro país aún tiene un largo camino que recorre, como la actualización del currículo educativo, la mejora de la autonomía de los centros educativos y el sistema de selección y formación del
profesorado. De esta manera también se garantizará el derecho de la sociedad, en su conjunto, a conocer el estado general del sistema educativo y de sus componentes.


En la actualidad, ya existen países en nuestro entorno organismos 'encargados de la generación de evidencias científicas (cuantitativas y cualitativas) en educación de programas e intervenciones educativas realizadas en el sistema educativo,
como la Education Endowment Foundation en Reino Unido o la Iterative Best Education Synthesis en Nueva Zelanda'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Impulsar un Proyecto de Ley para crear la Agencia Independiente de Evaluación Educativa (AIEE), que estará dotada de personalidad jurídica propia y tendrá la capacidad de ejercer sus funciones con autonomía e independencia funcional
respecto de las Administraciones Públicas.


2. Establecer entre las funciones de la Agencia Independiente de Evaluación Educativa:


a) La evaluación de las reformas generales del sistema educativo, así como la estructura, el alcance y los resultados de las innovaciones de carácter general introducidas en el mismo.


b) La evaluación de los Programas de Cooperación Territorial impulsados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.


c) La evaluación del impacto de los fondos europeos que reviertan en la mejora del sistema educativo.


d) La formulación de opiniones a iniciativa propia sobre el cualquiera de las políticas educativas aplicadas por las Administraciones educativas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2020.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/001898


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones


Isidro Martínez Oblanca, Diputado de FORO, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto del Congreso, al amparo del reglamento de la Cámara presenta, para su debate en Comisión, la siguiente Proposición no de Ley referente a la necesidad de
suprimir el coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que solo se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada, así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo
para el cálculo de las pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo parcial.


Exposición de motivos


La crisis social y económica derivada de la pandemia de COVID-19 está agudizando gravemente algunos de los problemas de índole laboral que ya se venían arrastrando desde años atrás. Es el caso del denominado 'coeficiente de parcialidad' que
se aplica a la prestación por desempleo y a los subsidios.


Prestaciones por desempleo.


Actualmente, para determinar la prestación por desempleo (o un ERTE) se toma la base de cotización de los últimos 6 meses, previos al despido o al ERTE, y, durante los primeros 6 meses se cobra el 70% de dicha base y durante el resto del
tiempo, hasta 24 meses, el 50%. La duración del desempleo la marca el tiempo cotizado en los últimos 6 años y la cantidad varía un poco en función de los hijos a cargo (0, 1 o 2). La cantidad resultante no pude ser superior a un máximo (1.482,42€)
ni inferior a un mínimo (527,08€).


Pero, además, si durante los últimos 6 meses la jornada trabajada no ha sido el 100%, la cantidad a pagar se reducirá proporcionalmente. Es decir, si a alguien le corresponde el mínimo y trabajó al 80% su prestación se reduce al 80% de ese
mínimo. Semejante circunstancia resulta muy injusta porque a la precariedad de trabajar menos, se le suma que, en ciertos casos, a igual salario y cotización menor prestación por desempleo.


Sirva como muestra el siguiente ejemplo: una persona, sin hijos, gana 1.500€/mes trabajando el 100% de la jornada y otra, que trabaja en otra empresa, gana lo mismo, pero trabajando el 50% (no hablamos de tipos de trabajos ni categorías
sino de salarios y bases de cotización). La primera persona cobrará de paro 1.050€ durante los primeros 6 meses y luego 750€ el tiempo que le corresponda, pero la segunda persona cobrará 576,66€ durante todo el tiempo, es decir más o menos la
mitad. (Los cálculos están realizados en el simulador del SEPE (https://sede.sepe.gob.es/dgsimulador/introSimulador.do).


Subsidios.


Pero el asunto no termina aquí, toda vez que la 'parcialidad' se sigue 'arrastrando' de cara a las futuras ayudas y subsidios estatales. En el supuesto de que ambas personas agoten su prestación y no encuentran empleo. La primera podrá
optar a los subsidios que son el 80% del IPREM, concretamente cobrará 451,92€, pero la segunda optará parcialmente a ese mismo subsidio cobrando el 50% del 80% del IPREM, es decir 225,96€.


En resumen, ambos cotizaron lo mismo (misma cantidad y tiempo), ambos tienen las mismas circunstancias familiares, pero ambos no reciben la misma cantidad o protección, lo que resulta una palmaria desigualdad.


La eliminación del coeficiente de parcialidad en las pensiones, el modelo a seguir.


Similar problema a los ya expuestos también se trasladaba a las pensiones, pero varias sentencias del Tribunal Supremo, del Constitucional y de la Unión Europea han obligado a la Seguridad Social a calcular las pensiones atendiendo a las
bases de cotización y a los años cotizados y no minorando la cantidad en caso de parcialidad. Estas sentencias reflejan que lo importante y decisivo es cuánto se cotiza y no en qué jornada se cotiza, dando igual una hora que ocho al día (STC
91/2019).


https://www.libremercado.com/2019-07-04/el-tc-acaba-con-elsistema-de-calculo-que-penalizaba-las-pensiones-de-los-trabajadoresa-tiempo-parcial-1276641382/.



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Sin embargo, pese al trayecto inequívoco que marcan las sentencias, la Seguridad Social no ha eliminado el coeficiente de parcialidad en las pensiones y, en consecuencia, no está trasladando a los subsidios ni a la prestación por desempleo
la eliminación de ese coeficiente.


La necesidad de corregir este problema se acentúa con la crisis del COVID-19, ya que cuando finalicen los ERTES muchos trabajadores asumirán volver a sus empresas reduciendo jornada, cosa lógica para dar viabilidad a la actividad empresarial
y laboral. Esto está sucediendo especialmente en las PYMES donde, en algunos casos, el empresario solo puede ofrecer volver 'a medias' o no volver. Aun así, muchas de estas empresas acabarán cerrando o despidiendo a estos trabajadores, ya que la
actividad no será viable por muchos ajustes que se hagan, con lo que al final el trabajador que se redujo la jornada 'para ayudar' acabará siendo perjudicado doblemente porque a la reducción del sueldo y de base de cotización durante esos meses
previos al despido, le sumará el coeficiente de parcialidad de los últimos 6 meses previos al desempleo, que haya aceptado, perdiendo en la prestación por desempleo y en los subsidios a los que pueda tener derecho.


Por lo expuesto, el Diputado de FORO, Isidro Martínez Oblanca, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto del Congreso formula ante la Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a suprimir el coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que solo
se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada, así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo para el cálculo de las pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo parcial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/001901


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a prorrogar la
prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos, al menos, hasta el 31 de mayo de 2021, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


El colectivo de los trabajadores autónomos está siendo uno de los grandes afectados por la crisis sanitaria. Las restricciones que hemos padecido con el estado de alarma, con toque de queda nocturno, con confinamientos, cierres
perimetrales, cierres de actividades, restricciones a la movilidad, etc., unido a las escasas medidas adoptadas por el Gobierno en beneficio de los trabajadores por cuenta propia, ha hecho que las consecuencias económicas derivadas de la pandemia
sean astronómicas para estos.


El balance del año 2020 ha sido fatídico para los autónomos. Según el último barómetro de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) publicado el pasado 11 de enero de 2021: (i) dos millones de autónomos perdieron más de 15.000 euros en
2020, (ii) uno de cada tres autónomos, el 33,5%, aseguran que sus pérdidas son superiores a 30.000€, (iii) en torno a 1.500.000 autónomos han solicitado el cese de actividad tanto la prestación ordinaria como la extraordinaria en 2020, (iv) uno de
cada tres autónomos sufre morosidad, tanto pública como privada, (v) casi el 40% de los autónomos que tienen trabajadores afirma que ha solicitado un ERTE o tiene previsto hacerlo, (vi) el 34,9% de los autónomos con trabajadores no tiene liquidez
para afrontar despidos.



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La prestación extraordinaria por cese de actividad, ha sido la principal ayuda para este colectivo durante la crisis sanitaria; según la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) casi el 60% del total de los trabajadores por
cuenta propia cotizantes al Reta se han acogido a la misma.


El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, aún pendiente de tramitarse como Proyecto de Ley a pesar de haber transcurrido ya diez meses desde
su aprobación y entrada en vigor, reguló la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por la crisis del coronavirus. Esta ayuda se ha prorrogado en diversas ocasiones y continua vigente en la
actualidad -en virtud del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre de medidas sociales en defensa del empleo- hasta el 31 de enero de 2021. Si bien, el alcance de la misma es insuficiente y deja fuera a miles de autónomos por el simple hecho
de no haberse acogido a la prestación por cese de actividad entre los meses de marzo y junio.


La vigencia de esta medida imprescindible para la supervivencia de miles de trabajadores autónomos va a finalizar en breve y el Gobierno debe de reaccionar; los autónomos no pueden seguir siendo los grandes olvidados de sus políticas. Es
imprescindible prorrogar de manera inmediata la prestación extraordinaria por cese de actividad al menos hasta el 31 de mayo, de lo contrario, numerosos emprendedores tendrán que cerrar su negocio o reducir personal por no poder afrontar los gastos
en un momento de intensa pérdida de actividad y reducción de ingresos.


El Partido Popular siempre ha mostrado una especial sensibilidad hacia el colectivo de los autónomos y pymes consciente de que sólo si se facilita la actividad emprendedora y empresarial se puede crear empleo. Recordemos que los autónomos y
las pymes representan el 99% del tejido productivo y el 73% del empleo de nuestro país.


Desde el Partido Popular tenemos claro que el presente y el futuro de España pasa por apoyar a los emprendedores y de manera particular a los autónomos. No podemos dejar a un lado y solos ante la adversidad -como sí está haciendo el
Gobierno- a un colectivo que tanto aporta a nuestro país, hablar de autónomos es hablar de un colectivo que genera riqueza y empleo en España, ya que crean más de 4 millones de puestos de trabajo de manera directa o indirecta. Los autónomos nos
necesitan y nos van a encontrar.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que, en el seno del diálogo social y en consenso con las organizaciones implicadas:


- Apruebe de manera inmediata la prórroga de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos hasta, al menos, el 31 de mayo de 2021.


- Elimine el requisito para acceder a la prestación que obliga a haber sido beneficiario del cese de actividad entre los meses de marzo y junio de 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de enero de 2021.-José Ignacio Echániz Salgado y Diego Movellán Lombilla, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001914


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a aplazar la
subida de cuotas a los trabajadores autónomos, al menos, hasta 2022, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


El pasado mes de diciembre de 2018, cuando la economía se incrementaba al ritmo de un 3% anual, las principales asociaciones de trabajadores autónomos y el Gobierno pactaron el aumento progresivo de



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los tipos de cotización por contingencias profesionales y cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el RETA y de los incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, para los años 2019, 2020 y 2021. Dicho
acuerdo quedó reflejado en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley, del 28 de diciembre de 2018 para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.


En enero de 2020 correspondía aplicar la actualización de cuota correspondiente, si bien, debido a problemas organizativos de la Seguridad Social no se aplicó el incremento pactado durante el mes de enero ni los meses posteriores. Parece
que al Gobierno ya le vino bien aplicar la citada subida durante el mes de octubre, ya que diez meses después, en octubre de 2020 -en plena segunda ola y cuando se decretó de nuevo el estado de alarma- procedieron a subir la cuota con efectos
retroactivos.


En enero de 2021 se prevé aplicar una nueva subida de cuota de conformidad con lo establecido en el citado Real Decreto-ley 28/2018: los trabajadores por cuenta propia pagarán entre 3 y 12 euros más al mes, dependiendo de si cotizan por la
base mínima o por la máxima. En total, los 3,2 millones de este colectivo pagarán de 36 a 144 euros más este año.


Desde el Partido Popular creemos que no es momento de aplicar ninguna subida de cuotas. Cabe recordar que el acuerdo suscrito entre las principales asociaciones de autónomos y el Gobierno se hizo en un contexto previo a la pandemia, cuando
la economía crecía a un 3% anual, es decir, en unas circunstancias que nada tienen que ver con el momento excepcional de crisis económica y sanitaria actual y cuando la economía cae a un ritmo cercano al 12% anual.


El colectivo de los trabajadores autónomos está siendo uno de los grandes afectados por la crisis sanitaria. Las restricciones que hemos padecido y que a día de hoy continuamos padeciendo con el estado de alarma, con toque de queda
nocturno, con confinamientos, cierres perimetrales, cierres de actividades, restricciones a la movilidad, etc., unido a las escasas medidas adoptadas por el Gobierno en beneficio de los trabajadores por cuenta propia, ha hecho que las consecuencias
económicas derivadas de la pandemia sean astronómicas para estos.


El balance del año 2020 ha sido fatídico para los autónomos. Según el último barómetro de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) publicado el pasado 11 de enero de 2021: (i) dos millones de autónomos perdieron más de 15.000 euros en
2020, (ii) uno de cada tres autónomos, el 33,5%, aseguran que sus pérdidas son superiores a 30.000€, (iii) en torno a 1.500.000 autónomos han solicitado el cese de actividad tanto la prestación ordinaria como la extraordinaria en 2020, (iv) uno de
cada tres autónomos sufre morosidad, tanto pública como privada, (v) casi el 40% de los autónomos que tienen trabajadores afirma que ha solicitado un ERTE o tiene previsto hacerlo, (vi) el 34,9% de los autónomos con trabajadores no tiene liquidez
para afrontar despidos.


El Partido Popular siempre ha mostrado una especial sensibilidad hacia el colectivo de los autónomos y pymes consciente de que sólo si se facilita la actividad emprendedora y empresarial se puede crear empleo. Recordemos que los autónomos y
las pymes representan el 99% del tejido productivo y el 73% del empleo de nuestro país.


Desde el Partido Popular tenemos claro que el presente y el futuro de España pasa por apoyar a los emprendedores y de manera particular a los autónomos. No podemos dejar a un lado y solos ante la adversidad -como sí está haciendo el
Gobierno- a un colectivo que tanto aporta a nuestro país, hablar de autónomos es hablar de un colectivo que genera riqueza y empleo en España, ya que crean más de 4 millones de puestos de trabajo de manera directa o indirecta. Los autónomos nos
necesitan y nos van a encontrar.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que, debido a la situación de excepcionalidad que estamos viviendo como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, que está afectando gravemente al colectivo de trabajadores autónomos,
proceda a:


1. Posponer la aplicación de la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley, de 28 de diciembre de 2018, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, de tal
manera que no se incrementen las cuotas a los trabajadores autónomos al menos hasta el año 2022.



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2. Reintegrar, sin mayor dilación, a los trabajadores autónomos el incremento de cuota ya cobrado correspondiente a la subida pactada para el año 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-José Ignacio Echániz Salgado y Diego Movellán Lombilla, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/001917


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de apoyo y fomento del turismo de
nieve y montaña en la provincia de Huesca y de la promoción de la zona como destino deportivo de invierno para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Hasta el estallido de la crisis COVID-19, la tendencia del comportamiento del turismo blanco se revelaba como uno de los nichos de mercado más dinámicos y asentados dentro de la oferta turística española, y de manera muy singular en la
provincia de Huesca, destacando además especialmente por su capilaridad y efecto multiplicador en zonas deprimidas y en áreas de montaña de la zona; motor económico sin cuya existencia los municipios de Huesca verían amenazada su propia
subsistencia.


El planteamiento de esta iniciativa pretende contribuir a potenciar la generación de riqueza y empleo en las comarcas de Huesca, luchando contra la despoblación y promoviendo el asentamiento en destinos de montaña. Todo ello mientras se
sigue diversificando y modernizando la oferta de otros productos a través de la implantación de una política de desarrollo turístico sostenible, respetuosa y equilibrada en enclaves generalmente singulares y de enorme valor paisajístico, sin dejar
de mencionar el aumento del gasto medio, el incremento de frecuencia de asistencia y la duración de la estancia y con todo ello, la mejora de la rentabilidad de los destinos rurales.


No obstante, a pesar de que las estaciones de esquí generan actividades al aire libre en zonas consideradas de bajo riesgo y han procedido a revisar y ajustar sus planes operativos y de contingencia, estableciendo un protocolo de actuación
común en todas ellas que contempla medidas de protección, seguridad e higiene frente al COVID-19 (destacando entre otras, la obligatoriedad de respetar la distancia social, el uso de mascarilla y gel hidroalcohólico, limitaciones de aforo en las
pistas, señalización especial, la digitalización del forfait o la implantación de tecnología contactless) y garantizando, con ello, la seguridad sanitaria tanto en espacios interiores como exteriores, lo cierto es que la falta de consenso europeo
sobre la reapertura de los complejos turísticos de nieve, acompañada sobre todo de las dispares restricciones de movilidad de las Comunidades Autónomas en forma de cierres perimetrales de sus respectivos territorios e incluso a nivel municipal, se
ha traducido en la práctica en el retraso de la apertura de estas instalaciones.


Esta situación ha sido especialmente grave en la provincia de Huesca a consecuencia de las medidas restrictivas adoptadas por la Diputación General de Aragón. El confinamiento perimetral regional y provincial impuesto y el cierre acordado
por el Gobierno de Aragón de las estaciones de esquí de la empresa 'Aramón' supone una nítida asimetría con las decisiones de apertura de las estaciones en otras Comunidades Autónomas, provocando un perjuicio manifiesto a los intereses de todos los
altoaragoneses de la zona. Es más, si en la decisión han influido factores de rentabilidad interna de la compañía, inducidos por la idea de que la cuenta de resultados de la empresa sería deficitaria, no parecen haber evaluado las posibles
externalidades que la actividad, aunque sea limitada, produce en los negocios afectos de la zona. De otro modo, si ese ha sido el factor decisivo, esa misma lógica debería llevar a la Diputación General de Aragón a liquidar aquellas entidades y
sociedades que dependen de su sector público empresarial y que estructuralmente son deficitarias, porque de lo contrario, la determinación adoptada es manifiestamente injusta.



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La decisión adoptada por la Diputación General de Aragón compromete el beneficio de la temporada de vacaciones de invierno y, en consecuencia, pone en riesgo las constantes vitales de un sector intensivo (los gastos de personal suelen rondar
de media el 50% de la cuenta de resultados de estos resorts). 1.300 personas entre trabajadores fijos y temporales han perdido su empleo, además de la afectación sobre el empleo indirecto a través del personal de restauración, hoteles,
alimentación, pequeño comercio, etc. en el entorno de las estaciones de esquí de la provincia (estimados en torno hasta 12.000 puestos de trabajo).


En una primera aproximación, el Pirineo aragonés ha perdido y perderá más de 150.000 turistas entre diciembre y enero, y más de 400.000 pernoctaciones en hoteles y alojamientos turísticos. Todavía es pronto para hacer una valoración precisa
del daño económico total en la zona cuyo sector de la nieve moviliza más de 150 millones de euros cada temporada. Pero la única certidumbre que existe es que las medidas acordadas por la Diputación General de Aragón condenan irremisiblemente a la
ruina a un número importante de negocios de la provincia de Huesca. Por ello, si la Diputación General de Aragón no revierte la situación de cierre perimetral, en función de las variables sanitarias de que dispone, al menos debería instrumentar un
conjunto de medidas para compensar los daños provocados por esta decisión. Por ello, los operadores y las asociaciones empresariales de las estaciones de la provincia de Huesca vienen demandando un compromiso y apoyo públicos similares a los que ya
están aplicando en otras Comunidades Autónomas, o en países como Francia, Austria, Suiza u otros países escandinavos como Suecia y Noruega. Así es cómo se produce la alarmante paradoja de que hoteles situados en estaciones de esquí de la provincia,
en la frontera de Francia y de propietario francés, reciben una ayuda mensual directa del Gobierno francés por el cierre de la estación, mientras que un hotel situado a escasos metros en suelo español, permanece cerrado sin que su propietario
perciba ninguna ayuda por el cierre.


Por todo lo expuesto, con la finalidad de apoyar y dar visibilidad a la industria altoaragonesa de la nieve, poniendo en valor el potencial turístico de la cultura del esquí y atrayendo el interés por la práctica del deporte blanco del mayor
número de esquiadores, aficionados y turistas no esquiadores a la provincia de Huesca, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción inmediata de las siguientes medidas:


1. Posicionar dentro de los circuitos turísticos a la Marca España como a un destino de calidad y competitivo para la práctica de deportes de nieve, contemplando para ello el impulso y la elaboración por parte de la Secretaría de Estado de
Turismo de un primer Plan específico de apoyo y promoción del turismo de nieve en Huesca, habida cuenta del deterioro económico, social y reputacional experimentado por las decisiones de cierre las estaciones de esquí aprobadas por la Diputación
General de Aragón. El indicado Plan deberá aunar esfuerzos de cooperación con las Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca, Entidades Locales de la provincia, empresas gestoras públicas y privadas de las estaciones de esquí,
proveedores del sector, escuelas de esquí, clubes y otras entidades involucradas.


2. De manera extraordinaria, y considerando el coste anual elevado de las inversiones en las estaciones con ingresos muy reducidos o iguales a cero, articular una línea de ayudas directas destinada a cubrir los costes fijos de mantenimiento
de las infraestructuras de nieve de la provincia de Huesca como mecanismo de protección urgente para evitarla quiebra mayoritaria de estos negocios.


3. Financiar un plan RENOVE NIEVE de ayudas de renovación y adaptación de las infraestructuras de las estaciones de esquí (remontes, vehículos pisa pistas y maquinaria para retirar o circular por la nieve) y demás establecimientos
hosteleros comprendidos dentro de su zona de influencia.


4. Establecimiento de mecanismos de compensación en forma de financiación adicional a la Comunidad Autónoma de Aragón por parte del Estado como consecuencia de las medidas de restricción adoptadas por la Diputación General de Aragón a causa
de la declaración del Estado de Alarma, y que dicha financiación adicional revierta en beneficio de los establecimientos impactados por las medidas anteriores.


5. Orientar e incluir dentro de la actividad de TURESPAÑA acciones de marketing turístico y de apoyo a la comercialización de la provincia de Huesca como destino de turismo familiar para la práctica de deportes de invierno.



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6. Confección de un programa temporal de incentivos de descuento del que se puedan beneficiar las familias para el estímulo al consumo directo en las estaciones de esquí de la provincia de Huesca (forfait), compra de material de deportes y
demás servicios relacionados con la experiencia (alojamiento y actividades de aprés-ski) para facilitar la recuperación y compensar la pérdida de actividad durante el curso de la crisis sanitaria.


7. Desarrollar bajo el paradigma de 'esquí para todos' incentivos a la programación y comercialización de Semanas Blancas en colaboración con la Diputación General de Aragón a fin de asegurar el futuro del esquí en la región.


8. Diseño de acciones directas dirigidas a captar nueva demanda de flujos de equipos de deportistas extranjeros y sus cuerpos técnicos, que posibiliten situar a la provincia de Huesca como a un prescriptor de destino de turismo deportivo
invernal explotando nuestras ventajas competitivas frente a otros mercados. Promover en general el reposicionamiento y la mejora de la experiencia y las expectativas del cliente esquiador mediante el diseño y la programación de productos 360°
(deportes de nieve combinados con experiencias gastronómicas de calidad, sol y playa, turismo enológico, patrimonio arquitectónico, turismo cultural, ecoturismo, turismo de bienestar o wellness, etc.).


9. Reducción del IVA aplicado a las actividades del esquí, así como al sector del alojamiento, hostelería, la restauración y resto de empresas prestadoras de servicios turísticos en las estaciones de esquí españolas; establecimiento de
tributación a las actividades de dicho sector al tipo super reducido del 4% como mínimo durante el año 2021.


10. Ampliación hasta 8 años del plazo de amortización y extensión del período de carencia de los préstamos de la línea de liquidez del ICO COVID-19 por parte de pymes y autónomos.


11. Prórroga automática hasta el próximo 31 de mayo de 2021 de los expedientes de regulación temporal de empleo por causa de fuerza mayor o por impedimento o limitaciones de actividad.


12. En materia de cotizaciones, exoneración de la obligación de cotizar a aquellos trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de resoluciones dictadas para contener la expansión y
propagación del virus durante el periodo de vigencia de las mismas.


13. Adopción de medidas pertinentes para asegurar que los contribuyentes pertenecientes al colectivo de trabajadores autónomos forzados a cesar su actividad durante la vigencia del estado de alarma, no tengan obligación de pagar impuestos
durante ese mismo período afectado.


14. Estudio y establecimiento en su caso de fórmulas compensatorias específicas en forma de reembolsos o subvenciones directas al arrendamiento de locales de autónomos, microempresas y pymes vinculadas a servicios y/o actividades turísticas
en las estaciones de esquí de la provincia de Huesca, impactadas a causa de confinamientos y toda clase de restricciones y limitaciones a su normal funcionamiento como consecuencia de las decisiones adoptadas por la Diputación General de Aragón
durante el Estado de Alarma y que hayan visto mermar su caída de ingresos un 50% o más.


15. Impulsar en coordinación con la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca y los Ayuntamientos de la provincia la tramitación de un paquete de reducciones, exenciones y bonificaciones de cuotas significativas de
impuestos y tasas (IBI, IAE, tasas por recogida de basuras, tasas de terrazas, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, impuestos medioambientales, tasas que graven pernoctaciones, etc.), para disminuir la carga fiscal de los establecimientos
localizados en las áreas de montaña de la provincia de Huesca.


16. Mantenimiento y ampliación de medidas en materia de aplazamiento de deudas tributarias y de Seguridad Social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-Mario Garcés Sanagustín, Agustín Almodóbar Barceló e Isabel María Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


161/001922


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no



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de Ley sobre un Plan de ayudas al colectivo de los Feriantes que haga frente al Impacto económico y social del COVID-19, para su debate en la Comisión de Industria, Turismo y Comercio.


Exposición de motivos


Las Asociaciones de Empresarios Feriantes, como vienen haciendo desde hace tiempo, representan los intereses de multitud de asociados dedicados a la actividad de las ferias, los industriales feriantes y por ende, a todas sus familias. El
sector al que estas asociaciones representan es de gran importancia en el sector del ocio, moviendo a su alrededor un gran flujo económico que abarca no solo a la actividad de cada asociado, sino, además, al resto de sectores que, al desarrollarse
la actividad de las ferias, ve incrementado su volumen de negocios como consecuencia del gasto que los feriantes realizan y el que desembolsan los turistas que acuden a las diferentes localidades al clamor de las ferias, fiestas y verbenas.


Como consecuencia del decreto del Estado de Alarma por parte del Gobierno Central, la actividad empresarial del colectivo que las asociaciones representan se ha visto frenada en seco, hasta el punto de que se han ido cancelando las
diferentes ferias y fiestas que se debían celebrar a lo largo del verano. Debido a lo anterior, el colectivo se encuentra en una situación muy difícil que compromete la subsistencia, no solo ya de los negocios de los empresarios feriantes, sino de
sus familias que dependen económicamente de tal actividad. La celebración de fiestas y eventos se ha anulado para esta temporada.


Así las cosas, el sector de los feriantes siente como ha sido olvidado por el Gobierno de cara a su encuadre en las diferentes medidas de ayuda previstas durante la pandemia, teniendo en cuenta además que ni tan siquiera han podido acogerse
al llamado 'paro del autónomo' al encontrarse en baja de la actividad debido a que el estallido de la pandemia ha sucedido justo antes del inicio de la campaña 2020. Y es por esto por lo que entendemos que el sector de las ferias se encuentra en
una situación aún más grave que la mayoría de los sectores azotados por el COVID-19 por cuanto la campaña de ferias está prácticamente terminada, abocando a los feriantes a no ejercer su actividad y, por tanto, a carecer de ingresos hasta mediados
del próximo año, esto es, 18 meses de cese forzoso.


Por todo ello, se reclama que se adopten medidas tendentes a aliviar la carga económica que los empresarios feriantes soportan, que se extiendan en el tiempo hasta el inicio de la actividad con total normalidad y sin las restricciones
propias de la amenaza sanitaria.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha de manera urgente un Plan de Actuación para el colectivo de los Feriantes que permita paliar los efectos de la crisis generada por el coronavirus (COVID-19). Así, se estiman
necesarias la adopción de las siguientes medidas:


1. Creación de una línea ICO complementaria a las ya existentes adaptada a las necesidades y casuísticas de los feriantes, con la excepcionalidad de poder disponer de ella durante los doce meses siguientes a la llamada 'normalidad'.


2. Con respecto a la cuota de Autónomo:


2.1 Suspensión de la cuota mensual de autónomo hasta el levantamiento del estado de alarma.


2.2 Una reducción del 50 % de la cuota, los tres meses siguientes a dicha normalización.


3. Reducción de la tasa de Seguridad Social para los empleados contratados por los empresarios feriantes en un importe del 50% los dos primeros meses y aplazamiento de su pago hasta los tres meses desde que se pueda retomar la actividad.


4. La inclusión de todos los profesionales que puedan acreditar que no pueden ejercer su profesión por la suspensión de las ferias, en la prestación otorgada a todos los trabajadores por cuenta propia, aunque en el momento del decreto no se
encontrasen dados de alta en RETA, teniendo consideración especial de la temporalidad del sector y extensión de la misma hasta el momento en que se pueda reiniciar la actividad, bastando acreditación de haber estado de alta en RETA en el año 2019
y/o 2020.


5. Con respecto los trabajadores contratados por los empresarios feriantes acogidos a un ERTE de fuerza mayor, que se mantengan en esta situación hasta que se reanude la actividad con total normalidad.



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6. En lo que respecta a las pólizas de seguros suscritas, resulta necesaria la adopción de alguna medida por parte del Gobierno de la Nación para llegar a acuerdos con las compañías y poder paralizar las pólizas tanto de Responsabilidad
Civil como de los vehículos hasta que el sector pueda volver a funcionar.


7. Instar a la FEMP la elaboración y aprobación de un Protocolo para el reinicio de la actividad del colectivo de feriantes que contenga las medidas a aplicar para minimizar el riesgo de contagios por COVID-19 que resulten procedentes
conforme a las recomendaciones y/o instrucciones dadas por las autoridades sanitarias.


8. Constituir una Mesa de Dialogo con las Administraciones Públicas para atender la problemática del sector.


9. Puesta en marcha de un Plan trianual que articule sistemas de apoyo a comerciantes feriantes y actividades comerciales bajo modalidades de venta ambulante, dotado en PGE con 75 millones de euros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-María de la O Redondo Calvillo, Tristana María Moraleja Gómez y Guillermo Mariscal Anaya, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


161/001933


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la intervención pública en la planta de Alu Ibérica de A Coruña para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


En el mes de mayo de 2020 el Bloque Nacionalista Galego interpelaba al Gobierno sobre el anuncio de venta de la planta de Alu Ibérica de A Coruña tan solo ocho meses después de que se formalizara la transmisión de las plantas de Alcoa Avilés
y A Coruña a Parter Capital. Así, en el mes de abril este fondo suizo anunciaba su intención de vender una participación del 75% al Grupo Industrial Riesgo, que a través de su vehículo de inversión System Capital Management SL (SCM), pasaba a
hacerse con el control de la actual Alu Ibérica.


La citada operación de venta por parte de Parter Capital al Grupo Riesgo se hizo de forma apresurada y sin que tan siquiera se informara al Comité de Empresa. Así, desde que se hizo pública la adquisición, los representantes de las y los
trabajadores de la factoría advertían sobre la dudosa solvencia y la poco fiable praxis empresarial de los nuevos compradores.


Debe recordarse que la venta de las factorías de Alcoa a Parter Capital estuvo tutelada por el Ministerio de Industria, quien dio su visto bueno a la operación, destacando que con ese acuerdo se daba cumplimiento al compromiso suscrito entre
el Gobierno, las administraciones autonómicas, los comités de empresa y Alcoa para dar una solución integral y viable que garantizase los casi 700 puestos de trabajo en riesgo.


El acuerdo de venta incluía la puesta en marcha de un plan industrial que garantizara el futuro de la planta, sin embargo, la venta por Parter a Riesgo puso en evidencia la falta de compromiso real del fondo suizo en lograr el objetivo
descrito. Puso también en duda el papel del Ministerio en la venta, tanto en la elección del comprador como en la falta de actuación cuando se evidenció que el adquirente consideraba el contenido del acuerdo papel mojado. Así, no se logró el
objetivo, pues la supuesta solución alcanzada con la venta sigue aún a día de hoy sin garantizar la actividad industrial y el mantenimiento del empleo.


Es más, ocho meses después el futuro de la planta de Alu Ibérica en A Coruña sigue lleno de incertidumbre, pues los nuevos propietarios siguen sin poner en marcha un plan tangible que asegure el mantenimiento de la actividad productiva y de
los puestos de trabajo. Todo lo contrario, en este tiempo se han acumulado denuncias de despidos improcedentes e impagos de salarios, e incluso la Inspección de Trabajo ha certificado en un informe fechado en el mes de septiembre de 2020 la falta
de ocupación efectiva y de las inversiones necesarias en la factoría.



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Por todo ello, queda claro que la única alternativa viable es que el Gobierno del Estado intervenga la Planta para que posteriormente la SEPI busque un inversor fiable que se comprometa a poner en marcha el tan necesario plan de reactivación
industrial de la factoría y que garantice el mantenimiento de los puestos de trabajo.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a la intervención pública de la planta de Alu Ibérica en A Coruña para que posteriormente la SEPI busque un inversor que garantice un plan industrial de futuro para la empresa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001897


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento de la historia del Pueblo Gitano en España y
para la adopción de medidas para evitar la discriminación que sufre este pueblo, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Existe un documento de 12 de enero de 1425 en el que figura la llegada a Zaragoza de un grupo de peregrinos gitanos. Por ello, hoy 12 de enero de 2021 se cumplen 596 años de la llegada del Pueblo Gitano a la península Ibérica tras la
autorización expedida mediante un Salvoconducto por del Rey Alfonso V el Magnánimo por la que autorizaba a Juan, Duque de Egipto Menor, a transitar por la Corona de Aragón para seguir su peregrinaje hacía Santiago de Compostela. El conde de Egipto
Menor y el grupo de entre doce y cien personas que lo acompañaban, fueron la avanzadilla de la 'primera ola migratoria del Pueblo Gitano que llego a España en el siglo XV proveniente desde Europa central que habría penetrado en la península a través
de los Pirineos'. Este documento es la primera prueba documental de la presencia de los gitanos en la Península Ibérica, junto a otros como la Recepción por la Reina Branca de Navarra en el castillo de Olite en 1435 o los Hechos del Condestable de
Don Miguel de Lucas de Iranzo, gobernador de Jaén como prueba de la primera presencia en tierras andaluzas un 22 de noviembre de 1462.


Aunque las primeras personas de etnia gitana que llegaron a la península fueron acogidas con expectación y no sufrieron ningún tipo de rechazo en un primer momento, pronto empezaron a padecer actitudes de discriminación similares a la que
les obligaron a marcharse de otros territorios. Hay que lamentar las más de 200 leyes antigitanas que se promulgaron en nuestro país desde el año 1499 cuyo objetivo era que desapareciera su cultura y sus rasgos de identidad (lengua, vestimenta,
costumbres).


No sería hasta la aprobación de la Constitución de Cádiz del año 1812 cuando los gitanos pasarían a ser reconocidos plenamente como ciudadanos españoles, al abandonar el antiguo requisito para obtener esta condición ligada a la existencia de
una residencia física para pasar a estar sujeto al de nacimiento en territorio español.


Ya durante la dictadura franquista, la población gitana volvió a convertirse en objeto de especial estigmatización por parte del Régimen. A modo de ejemplo cabe destacar el Reglamento de la Guardia Civil del año 1943 en el que se
determinaba que 'se vigilará escrupulosamente a los gitanos, cuidando mucho de reconocer todos los documentos que tengan, averiguar su modo de vida y cuanto conduzca a



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una idea exacta de sus movimientos y ocupaciones... conviniendo tomar de ellos todas las noticias necesarias para impedir que cometan robos'.


La Constitución Española de 1978 fue uno de los principales hitos normativos para el pueblo gitano al reconocer la igualdad plena de todos los españoles. Es la primera introducción en la normativa española de una garantía de convivencia y
ciudadanía, con todos los derechos para los gitanos.


A pesar de que ya han transcurrido casi 600 años desde la llegada del Pueblo Gitano a España y la existencia en nuestro país de un marco constitucional que consagra la igualdad ante la ley de cualquier ciudadano así como la obligación de los
poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, esta minoría étnica no goza del suficiente reconocimiento histórico y cultural. Además sigue
siendo objeto estereotipación y discriminación, lo cual tiene consecuencias evidentes en el disfrute del derecho a la Igualdad.


En la actualidad, es necesario avanzar en dos ámbitos para impulsar la igualdad del pueblo gitano, uno el reconocimiento de su identidad, historia y cultura, y otro promover mediante políticas activas la Igualdad de Trato y de Oportunidades
de este grupo de población.


Según la información proporcionada por la Fundación Secretariado Gitano el pasado mes de diciembre, la tasa de paro entre la población gitana es de un 52 %, tres veces más que la tasa de la población general, que es el del 14,5 %. A su vez,
cabe destacar la situación de especial vulnerabilidad que sufren las mujeres en este ámbito, donde las diferencias son aún más pronunciadas con una tasa de desempleo del 60 % frente al 16%.


En materia educativa los datos resultan totalmente desalentadores. El abandono escolar temprano del alumnado gitano se sitúa en el 63,7% frente al 19,4% que presenta el conjunto de la población. También cabe destacar los pésimas datos en
cuanto al rendimiento escolar de este colectivo, es la elevada tasa de absentismo escolar que se eleva hasta el 14,3%, siendo más pronunciada en las chicas gitanas (16%) que en los chicos (12,8%). Además, las ausencias no justificadas, que incluyen
también las faltas entre uno y cuatro días al mes, se elevan al 26,4%. Teniendo en cuenta que el sistema educativo es la manera más poderosa que tienen las Administraciones Públicas de nuestro país para deshacer las desigualdades de base, los
actuales resultados del alumnado gitano apuntan a que la cronificación de la pobreza en este colectivo.


Por último, cabe destacar la discriminación directa que sufre la población gitana y que se encuentra en el origen de la situación en la que se encuentran en términos económicos, laborales y sociales. La Fundación Secretariado Gitano
contabilizó 334 denuncias de personas de esta etnia por discriminación y antigitanismo en toda España en 2018, lo que supuso un incremento del 30% en relación al año anterior. Lejos de remitir esta tendencia, el actual contexto económico y
sanitario provocado por la COVID-19 en España habrá provocado un aumento de estas situaciones. Así lo advirtió el pasado mes de abril el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica, dependiente del Ministerio de Igualdad, que
alertó del incremento de casos de discriminación, rechazo y odio producidos contra determinados grupos étnicos o raciales en el contexto de la crisis sanitaria, los cuales afectaban de manera mayoritaria a la comunidad gitana.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España:


1. Impulsar el reconocimiento del pueblo gitano en España, siendo vital garantizar en colaboración con las Comunidades Autónomas, que, una vez finalizada la etapa de Educación Obligatoria, el alumnado tenga un conocimiento sobre la historia
y cultura del Pueblo Gitano en España. En concreto, las Administraciones educativas pondrán especial énfasis en aquellos contenidos relativos a su origen, la discriminación sufrida por el Pueblo Gitano desde su llegada a la península, su importante
legado cultural, así como de las principales figuras históricas del colectivo en nuestro país. Junto a ello, se abordará la realidad actual de esta minoría para promover el conocimiento de la realidad heterogénea de este grupo de población, aspecto
esencial para sensibilizar a nuestra sociedad.



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2. Promover la Igualdad de Trato y de Oportunidades de esta minoría mediante las siguientes acciones:


2.1 Aprobar un plan de choque contra el fracaso escolar en el que se aborden específicamente las desigualdades estructurales que padece el alumnado gitano, que están sobrerrepresentados en la tasa de fracaso escolar y sufren una grave brecha
educativa respecto al conjunto del alumnado.


2.2 Incluir en las propuestas legislativas que se realicen desde esta cámara en el ámbito de la igualdad y los derechos sociales la especificidad del pueblo gitano para corregir las brechas de desigualdad existentes (vivienda, empleo,
igualdad de género, etc.).


2.2. Aprobar con carácter inmediato la Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en España 2021-2029.


2.3 Aprobar la Ley Integral de Igualdad de Trato y no Discriminación tal y como nos establecen desde las instituciones europeas, siendo un marco normativo esencial para avanzar en la no discriminación del pueblo gitano.


2.4. Incluir en el Código Penal el 'antigitanismo' como circunstancia agravante en la comisión de un delito y como motivación en los tipos penales relativos a los delitos de odio y discriminación, en línea con las recomendaciones realizadas
por el Consejo de Europa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2020.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001903


A la Mesa de la Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas para garantizar los derechos y la atención adecuada a las
personas que padecen Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y a sus familias, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de Naciones Unidas, ratificada por España en el año 2007, compromete a los Estados firmantes a 'asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad'.


La Constitución Española, en sus artículos 49 y 50, se refiere a la obligación de los poderes públicos para garantizar un sistema de atención a personas con discapacidad y personas mayores y a un sistema de servicios sociales promovido por
los poderes públicos para el bienestar de los ciudadanos.


En desarrollo de este mandato constitucional, en el año 2006 se aprobó la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia por la que se regulaban 'las condiciones
básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y participación de todas las
Administraciones Públicas'.


La Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) es una enfermedad progresiva del sistema nervioso que afecta a las células nerviosas en el cerebro y la médula espinal, y causa pérdida del control muscular. Esta patología tiene carácter degenerativo
e incapacitante y en su fase más avanzada acaba paralizando por completo los músculos del cuerpo de la persona afectada.


Aunque España no cuenta con una base de datos oficial, según un artículo publicado por la Sociedad Española de Neurología en el año 2020, en nuestro país hay 3.000 personas a las que les habría sido diagnosticada esta enfermedad, aunque la
cifra podría ser mayor. A su vez, cada año se realizan aproximadamente 900 nuevos diagnósticos de esta enfermedad, cifra muy similar a la del número de fallecidos que se contabilizan de manera anual por esta patología en España. Según datos de la
misma fuente, cada día se detectan 3 nuevos casos de ELA, siendo la patología neurodegenerativa más frecuente en España según su incidencia, por detrás de la demencia y el Parkinson.



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Según el estudio 'RecogEMos tu voz para avanzar en la EM' publicado en el año 2018, elaborado por Roche y la organización Esclerosis Múltiple España, uno de cada cinco pacientes con esclerosis múltiple el tiempo transcurrido entre los
primeros síntomas y el diagnóstico supera los tres años, lo que implica la existencia de un amplio margen de mejora en la evaluación precoz de enfermedad. Entre los motivos que explican la tardanza a la hora de diagnosticar la patología se
encuentran el tiempo que se tarda en acudir a la consulta del médico de familia y el de derivación al especialista en neurología. A esta demora del diagnóstico en nuestro país se le suma concienciación para acelerar el inicio del tratamiento, ya
que uno de cada tres pacientes con esclerosis múltiple no lo comienza antes de los seis meses desde el diagnóstico y solo uno de cada cuatro lo inicia antes de un mes, según datos del mismo estudio.


Otro de los problemas a los que se ven obligadas a hacer frente las personas con ELA en España es la ineficacia de nuestro sistema de ayudas y prestación de servicios básicos para personas dependientes. A pesar de las obligaciones
constitucionales que recaen sobre los poderes públicos y los compromisos internacionales adquiridos por nuestro Estado, el tiempo que transcurre entre la solicitud de valoración del grado de dependencia y la resolución del expediente puede llegar es
de 426 días de medía, según información en un artículo publicado en 'El País' en el año 2019, siendo distinto en función de cada Comunidad Autónoma. Esta situación es especialmente grave en el caso de las personas a las que se les hubiera
diagnosticado ELA, en la medida en que los rangos temporales de supervivencia se encuentran entre los 23 a los 48 meses hasta los 5 años.


La velocidad con la que avanza la enfermedad en estas personas y los numerosos problemas burocráticos que retrasan el reconocimiento del derecho a las prestaciones y ayudas previstas en nuestra legislación para personas dependientes obligan
a las administraciones competentes a actuar de manera decida para promover, proteger y asegurar el goce pleno de los derechos de estas personas y mejorar su calidad de vida durante el proceso de desarrollo de la enfermedad. Son todos aspectos los
que desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos prioritario corregir para garantizar un trato digno y una atención adecuada a todas las personas que padecen ELA y a sus familias.


Por otro lado, el fomento de la investigación sobre el ELA y otras enfermedades neurodegenerativas similares es en último término la respuesta verdaderamente eficaz para poder hacer frente a estas patologías y asegurar la calidad de vida de
las personas que la padecen. En ese sentido, las recientes noticias sobre las posibilidades de nuevos tratamientos sobre el ELA, inclusive el eventual desarrollo de una vacuna, a raíz de las investigaciones realizadas durante estos meses en torno a
una vacuna para la COVID-19, abre la puerta a la esperanza de una solución para las personas que padecen ELA. Además, pone de manifiesto, una vez más, la importancia capital que tiene para cualquier sociedad apostar por una inversión decidida en
ciencia en todos los ámbitos que permita sostener un proceso acumulativo, dado que muchas veces sus avances se producen incluso cuando no se buscan deliberadamente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Impulsar un estudio específico para evaluar las necesidades y problemáticas que afectan a las personas con ELA en el marco de servicios sociales y sistemas de apoyo e inclusión social de las Administraciones Públicas, de acuerdo con las
Comunidades Autónomas, con el objetivo de contar con información suficiente para elaborar políticas públicas que mejoren la calidad de vida de estas personas y la de sus familiares.


2. Impulsar una evaluación del impacto de la Estrategia en Enfermedades Neurodegenerativas del Sistema Nacional de Salud, aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, aprobada el 13 de abril de 2016.


3. Impulsar los cambios legislativos necesarios para que el diagnóstico de la Esclerosis Lateral Amiotrófica implique el reconocimiento automático de la condición de persona con discapacidad a todos los efectos, en los términos previstos
por el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, desde el mismo momento de diagnóstico y con independencia de su estadio de desarrollo, así como el reconocimiento del Grado II de
Dependencia con tan sólo la aparición de la sintomatología que se determine, con la finalidad de garantizar un apoyo temprano ante la enfermedad.


4. Incluir la fisioterapia dentro del Servicio de ayuda a domicilio previsto en el catálogo de servicios para la promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia.



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5. Garantizar que la Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud incluya todos los tratamientos, terapias y servicios necesarios para asegurar una asistencia sanitaria integral a todas las personas con ELA adaptadas a sus
necesidades específicas.


6. Incluir dentro de la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud la prestación de ayudas técnicas dedicadas a la comunicación de los pacientes diagnosticados con ELA, así como de ayudas para la financiación del transporte y
el alojamiento de las personas con ELA y sus familias cuando tengan que desplazarse a provincia distinta de la residencia para acceder a tratamientos en Centros, Servicios y Unidades de Referencia (CSUR) del SNS.


7. Impulsar cursos específicos de formación para los cuidadores profesionales que trabajan en el Sistema de Dependencia para dotarlos de las herramientas necesarias para atender a personas con ELA, así como de cursos de capacitación
dirigidos a las familias.


8. Garantizar por Ley que todos los centros residenciales de atención a personas dependientes cuenta al menos con una persona con formación específica para cuidar a personas con ELA.


9. Impulsar una reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades para incluir una deducción del 20% del importe de los gastos de mejoras
realizadas a la vivienda habitual para las personas a las que les hubiera sido diagnosticada ELA que tengan por finalidad adaptar las condiciones de su hogar a sus necesidades.


10. Adoptar cuantas medidas considere necesarias, en colaboración con las Comunidades Autónomas, para fomentar el uso del Registro Nacional de ELA.


11. Potenciar la investigación científica biosanitaria sobre la ELA y contribuir, en colaboración con otros Estados miembro de la Unión Europea y en el marco de las instituciones comunitarias, a las investigaciones sobre los avances
recientes para el desarrollo de una vacuna eficaz y viable para la ELA con vistas a su futura puesta a disposición de toda la población.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de enero de 2020.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001912


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª María de los Reyes Romero Vilches, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D.ª Georgina Trías Gil, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas y D. Antonio Salvá
Verd, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPV0X), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley de medidas en relación con las víctimas de la talidomida, para su discusión en la Comisión de Derechos sociales y Políticas integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. La talidomida. Definición, indicaciones y efectos secundarios.


1. La talidomida (N-[2,6-dioxo-3- piperidil]ftalimida) es una molécula derivada del ácido glutámico. Fue sintetizada en 1954 por la empresa alemana Grünenthal Pharma, SA y comercializada como fármaco a partir de 1957, con una doble
indicación: como sedante y como tratamiento sintomático de la hiperémesis gravídica 38 (de hecho, durante unos años se consideró el 'fármaco de elección para ayudar a las mujeres embarazadas' 39). En España comenzó a dispensarse en 1960 40.


38 El Manual MSD la define como 'presencia de vómitos incontrolables durante el embarazo que producen deshidratación, pérdida de peso y cetosis' (htlps://www.msdmanuals_com/es-es/professional/ginecolog%C3%ADa-y-obstetricia/anomal%C3%
ADas-del-embarazo/ hiperemesis-grav% C3 %ADdica).


39 https://www.who.int/lcp/research/thalidomide/en/.


40 F. J. 11.° de la SAP Madrid, Sección 14.a, 85/2014, de 13 de octubre.



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2. Pocos años después de su entrada en el mercado se demostró que la ingesta de talidomida provocaba efectos teratogénicos, concretamente dos: (i) focomelia ('anomalía congénita caracterizada por la carencia o excesiva cortedad de las
extremidades') 41; y (ii) elevación de la tasa de mortalidad en menores de un año hasta en un 40 % 42. En este sentido, afirma la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo siguiente:


'A principios de los 60, se descubrió la relación entre la talidomida y una anomalía congénita que causaba problemas graves en los nacidos de mujeres a las que se les había prescrito esta medicación durante el embarazo. En los 46 países en
los que se había comercializado la talidomida, se reportaron más de 10.000 casos de defectos congénitos: los niños nacieron sin piernas, brazos, pies y manos o con deformidades en los mismos; defectos en la médula espinal; labio leporino;
ausencia o anormalidad en el oído externo; anomalías cardíacas, renales y genitales; y anomalías en la formación del sistema digestivo.' 43


3. La alerta sanitaria producida por la talidomida fue la causa y base para la creación del denominado Programa OMS de Vigilancia Farmacéutica Internacional. El objetivo de esta Programa era reunir los datos existentes sobre las reacciones
adversas a los medicamentos y 'evitar que se repitiera una crisis semejante y promover la seguridad de los pacientes' 44.


4. En España, sin embargo, la respuesta regulatoria se hizo esperar:


a. Hasta 20 años después de la aparición de los primeros casos no se promulgó la primera norma al respecto: la Orden de 13 de mayo de 1985 sobre medicamentos sometidos a especial control médico en su prescripción y utilización, que sometió
los fármacos con talidomida a un 'régimen de especial control médico'. En su virtud se obligaba a los profesionales que los prescribieran a 'comunicar a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios los efectos adversos que pudieran
detectarse' (artículo 4).


b. 'Aunque el 27 de noviembre de 1961, (...) Grünenthal retiró la droga, según información de la propia Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dependiente del Ministerio de Sanidad, no es hasta el 21 de enero de 1963 que se
anula su autorización en el caso del Gluco Naftil(r), Imidan(r), Softenon0, Noctosediv(r), Varial(r) y Entero Sediv(r), y hasta el 10 de julio de 1969, en el caso del Insonid(r), todos ellos medicamentos comercializados que tenían en su composición
talidomida' 45.


5. El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) colige que 'el retraso en la toma de decisiones por parte del Gobierno de la época propició un aumento del número de afectados por talidomida' 46. Así, en nuestro país nacieron
aproximadamente 3.000 personas con diversas anomalías congénitas derivadas de la ingesta materna de talidomida, de las cuales aún viven unas 500, según refiere la Asociación Española de Víctimas de la Talidomida y otras inhabilidades (AVITE) 47.


6. Actualmente se encuentra autorizada la prescripción de medicamentos que contengan talidomida, toda vez que se han demostrado (i) útiles para el tratamiento de la lepra y el mieloma; y (ii) seguros, siempre y cuando los pacientes no sean
mujeres embarazadas 48.


Segundo. Regulación jurídica de las ayudas a las víctimas de talidomida en España.


7. La Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ('Ley 26/2009') fue la primera disposición del ordenamiento jurídico español que contempló una


4 https:/ /www.quimica.es/enciclopedia/Talidomida.html.


5 https://www.cgcom.es/sites/default/files/u183/declaracion_omc_talidomida_12_12_15.pdf


6 https://www.who.int/lep/research/thalidomide/en/.


7 https://www.whoint/mediacentre/news/releases/ pr8l/es/.


8 https://www.cgcom.es/sites/dcfault/files/u183/declaracion_omc_talidomida_12_12_15.pdf. La relación de fechas aportada por el CGCOM coincide con la reconocida por la SAP Madrid, Sección 14ª, 85/2014, de 13 de octubre (ver específicamente
el Fundamento Jurídico Undécimo) (http://www.poderjudicial.es/search/AN/0openCDocument/c5308f76d64f5ce53f9ca72198a997120cf6f6c206d954a4).


9 https://www.cgcom.es/sites/default/files/u183/declaracion_omc talidomida_12_12_15.pdf.


10 https://www.avite.org/.


11 https://www.who.int/lep/research/thalidomide/en/. http://www.oncohealth.eu/es/area-paciente/cancer/informacion-soporte-paciente/informacion-general/tratamiento/terapia-biologica/listado-farmacos/talidomida.
https://analesdepediatria.org/es-talidomida-una-historia-inacabada-articulo-S1695403312005383.



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'indemnización a las personas afectadas por la Talidomida en España durante el periodo 1960-1965'. En su Disposición adicional quincuagésima séptima estableció lo siguiente:


'Uno. Se concederá una indemnización por una sola vez a quienes durante el periodo 1960-1965 sufrieron malformaciones corporales durante el proceso de gestación como consecuencia de la ingestión de talidomida por la madre gestante. Estas
indemnizaciones serán compatibles con cualquier pensión pública a que el beneficiario tuviera derecho.


Dos. Las cuantías serán las siguientes:


A los afectados con un grado de discapacidad del 33 % al 44 %, 30.000 euros.


A los afectados con un grado de discapacidad del 45 % al 64 %, 60.000 euros.


A los afectados con un grado de discapacidad del 65 % al 74 %, 80.000 euros.


A los afectados con un grado de discapacidad del 75 % o superior, 100.000 euros.


Tres. Se autoriza al Gobierno para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo previsto en esta disposición adicional'.


8. Un año después se promulgó el Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España durante el periodo 1960-1965 ('RD 1006/2010'). Esta
norma pretendía, según se afirma en su preámbulo, 'responder a la necesidad de reconocimiento y apoyo solidario a las personas afectadas por la sustancia activa 'talidomida' a lo largo del periodo señalado, según las diferentes situaciones
personales que concurren en cada una de ellas, y entronca con la línea seguida por la mayoría de países de nuestro entorno, donde se han establecido esquemas solidarios de ayuda a las personas afectadas'.


9. El artículo 2 del RD 1006/2010 recogía los requisitos que debían concurrir en los beneficiarios, señalando lo siguiente:


'Tendrán derecho a percibir una ayuda, cuya concesión se regula en este real decreto, exclusivamente y por una sola vez, aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:


1. Haber sufrido malformaciones corporales durante el proceso de gestación en el periodo 1960-1965, cuyo origen no pueda descartarse que pueda haber sido producido por la ingesta de talidomida en España por la madre gestante.


2. Que el diagnóstico que acredita lo dispuesto en el apartado anterior se haya realizado por el Instituto de Salud Carlos III, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación.


3. Para las personas nacidas en el extranjero, la madre gestante deberá haber residido en España en cualquier periodo comprendido entre 1960-1965. Asimismo la persona solicitante no deberá haber recibido, en el país en el que se produjo su
nacimiento, una ayuda o prestación con finalidad análoga a la regulada en este real decreto.'


10. Las ayudas contenidas en el referido RD 1006/2010 serían sufragadas, según el artículo 4, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010:


'Las ayudas que se contemplan en este real decreto se financiarán con cargo al crédito presupuestario consignado en el presupuesto de gastos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales para el año 2010 con el siguiente desglose:
359L4870.8. No contributivo. 'Ayudas sociales a los afectados por la talidomida'.'


Tercero. Falta de ejecución de las ayudas previstas.


11. El RD 1006/2010 planteó un grave problema práctico: se publicó en el BOE de 6 de agosto de 2010, y el dies a quem que fijaba para la solicitud de las ayudas (artículo 5) era el 30 de septiembre. El plazo de solicitud fue, por tanto,
menor a dos meses, y buena parte del mismo transcurrió en agosto: un mes tradicionalmente de vacaciones e incluso inhábil en ciertas jurisdicciones.


12 La fijación de tan exiguo plazo de caducidad contrastaba sobremanera con la pretensión de 'reconocimiento y apoyo solidario a las personas afectadas' del RD 1006/2010, a la que ya hemos hecho



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alusión. Produjo, como resultado obvio, que la mayor parte de los interesados no pudiera formalizar en plazo su solicitud: solo 24 personas resultaron perceptoras de dichas ayudas 49.


13 Adicionalmente, tanto la Ley 26/2009 como el RD 1006/2010 adolecían de otra serie de defectos de fondo, referidos por AVITE 50:


a. Excluían la posibilidad de resultar beneficiario de las ayudas a quien tuviera una discapacidad inferior al 33 % ocasionada por la talidomida.


b. Exigían que el Instituto de Salud Carlos III emitiese un nuevo diagnóstico de todos los afectados, por lo que cualquiera que no pudiera someterse a él entre en el escaso plazo concedido se vería asimismo excluido de la condición de
beneficiario.


14. Así, estas primeras ayudas reguladas por el Estado español para los afectados por la talidomida fueron un fracaso, ya que la mayor parte de aquellos nunca las recibió. Tan injusta situación se agravó por el hecho de que, al contrario
que en otros países, en España los afectados tampoco percibieron indemnizaciones de las empresas farmacéuticas que habían comercializado la talidomida 51.


15. Siete años después, en 2017, el Gobierno puso en marcha un Plan para dar respuesta a los afectados por la talidomida 52, que contemplaba la participación de diversas entidades:


a. Un Comité Científico-Técnico de la Talidomida en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud;


b. una Comisión Institucional para la Talidomida, 'formada [por] el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el de Empleo y Seguridad Social, el de Hacienda y Función Pública y el de Economía, Industria y Competitividad, así
como las Comunidades Autónomas, la Organización Médica Colegial y la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España' 53; y


c. 'un Comité de seguimiento del plan en el que estarán presentes los representantes de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España' 54.


16. En 2018 -entendemos que basándose en el mencionado Plan, si bien las conclusiones del mismo se desconocen- se redactó un Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por
la talidomida en España durante el período 1950-1985, que aún no ha sido aprobado. En el texto sometido a consulta pública se recogen, amén de lo referido hasta ahora, las siguientes afirmaciones:


a. 'Las últimas investigaciones en España sobre la materia han propiciado que por primera vez nuestro país se admita la notable ampliación del rango de años dentro de los cuales pueden haber sido gestadas las personas afectadas por
Talidomida (estableciéndose ahora en el período 1950-1985)' 55.


b. 'Se considera necesario establecer una regulación complementaria de la anterior que, por un lado, amplíe el período inicial de 1960-1965 al nuevo de 1950-1985 y, por otro, actualice las cuantías de las ayudas previstas en el año 2010,
dado el período transcurrido desde entonces' 56.


17. La disposición adicional quincuagésima sexta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 disponía, asimismo, lo siguiente:


'Uno. Se concederá una ayuda a quienes durante el periodo 1950-1985 sufrieron malformaciones corporales durante el proceso de gestación compatibles con las descritas para la talidomida, cuyo origen no pueda ser explicado por otras
embriopatías o alteraciones cromosómicas siempre que la


12 Solo se reconocieron 24 casos de afectados por talidomida de 85 solicitudes que se presentaron. Menos de un 30 %. https://www.avite.org/fechas-y-documentos-claves-de-la-talidomida-en-espana/.


13 Ídem.


14 La STS, Sala de lo Civil, 544/2015, de 20 de octubre, desestimó los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE), contra la sentencia dictada
en grado de apelación, por la Audiencia Provincial de Madrid, de fecha 13 de octubre de 2014, que revocaba la sentencia condenatoria en primera instancia contra Grünenthal Pharma, SA, por prescripción de los hechos.
(http://www.poderjudicial.es/search/openDocument/8820abc34f79e960).


15 https://www.mscbs.gob.es/ gabinete/notasPrensa.do?id=4194.


16 Ídem.


17 Ídem.


18 https://www.mscbs.gob.es/normativa/audiencia/docs/RD_AYUDAS_TALIDOMIDA_1950-1985.pdf.


19 Ídem.



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gestación se haya producido en España. Estas ayudas serán compatibles con cualquier pensión pública a que la persona beneficiaria tuviera derecho, y complementarias con la percepción de otras ayudas o prestaciones de análoga naturaleza y
finalidad a las reguladas en esta disposición y, en concreto, con las ayudas establecidas en el Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la Talidomida en España
durante el período 1960-1965.


Dos. El importe de la ayuda a percibir será el resultado de multiplicar 12.000 euros por cada uno de los puntos porcentuales de discapacidad reconocida a la persona afectada, por los organismos competentes, a la fecha de presentación de la
solicitud de la ayuda.


Tres. Las personas afectadas por talidomida en España tienen derecho a las prestaciones farmacéuticas y ortoprotésicas que sean precisas para desempeñar las actividades básicas de la vida diaria, así como para suplir las deficiencias
causadas por las lesiones originadas por la embriopatía, estando para ello exentos de cualquier tipo de pago.


Cuatro. El Gobierno de España recabará de la compañía propietaria de la patente y, en su caso, de aquellas que hubieran realizado la distribución del fármaco en España la colaboración económica necesaria para la reparación de las víctimas,
así como el reconocimiento del daño causado. Esta colaboración se destinará a incrementar proporcionalmente las cantidades reconocidas a las personas afectadas.


Cinco. Se autoriza al Gobierno para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo previsto en esta disposición adicional.'


18. Pese a las normas, proyectos normativos y planes de actuación citados en la presente Exposición de Motivos, lo cierto es que los afectados por la talidomida en España (a excepción de aquellos 24 que pudieron acogerse a lo dispuesto en
el RD 1006/2010 y beneficiarse de sus exiguas medidas de protección) siguen sin percibir a día de hoy ayudas públicas específicamente vinculadas a la aparición de esta enfermedad.


Cuarto. Propuesta del GPVOX.


19. El Estado no puede obviar ni postergar más su responsabilidad en este sentido. Es vital su contribución activa en la resolución urgente del agravio social, abandono personal y desamparo institucional que a día de hoy siguen sufriendo
las familias españolas que tienen miembros afectados por la talidomida. A tal vía de actuación pública apunta incluso el propio Tribunal Supremo, cuando afirma, en la Sentencia 544/2015, de 20 de octubre, lo siguiente:


'La solución sin duda no está en estos momentos en los tribunales, ni ninguno se cita de algún país nuestro entorno que haya procurado soluciones distintas del orden civil a la que aquí se pretende, lo que no anula una eventual expectativa
de que la administración tome conciencia de situaciones como la acontecida, o de cualquier otra especie, y le haga frente.' 57


20. Por primera vez, las ayudas asociadas a la afectación por talidomida se recogen en el Presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y no en el del Ministerio de Sanidad. Concretamente, la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 contempla una partida de 'ayudas sociales a los afectados por la talidomida' de 20 millones de euros, cuyo código presupuestario es el 29.03.426.


21 Esta Proposición No de Ley pretende, pues, instar al Gobierno a que, a través del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y partiendo de la labor pública realizada hasta la fecha en la materia, regule un procedimiento ágil que
permita la ejecución urgente de las ayudas prometidas y presupuestadas a los afectados de la talidomida en España.


57 Fundamento jurídico 40 de la STS, Sala de lo Civil, 544/2015, de 20 de octubre.



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Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dar traslado a la Comisión de Derechos sociales y Políticas integrales de la Discapacidad de las conclusiones del trabajo realizado en el seno del Plan para dar respuesta a los afectados por la talidomida de 2017.


2. Incrementar la partida presupuestaria 'ayudas sociales a los afectados por la talidomida' prevista en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, debido a la insuficiencia de lo
presupuestado en relación con la gravedad de la afectación de estas víctimas.


3. Abrir, con carácter de urgencia, un proceso de concesión de las ayudas sociales a los afectados por la talidomida que, adicionalmente,


a. No limite la condición de beneficiario a la tenencia de un concreto grado de discapacidad;


b. actualice oportunamente las cuantías de las ayudas en relación a la inflación; y


c. amplíe el período de causación de los daños por la talidomida (1950 a 1985).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de enero de 2021.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio, Georgina Trías Gil, Juan Luis Steegmann Olmedillas y Antonio
Salvá Verd, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/001907


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la necesaria protección de
los cetáceos de la pesca accidental, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


La Comisión Europea, el pasado mes de agosto de 2020, anunció medidas sancionadoras a varios países, entre ellos España, por la falta de medidas de protección para los cetáceos afectados por acciones de pesca accidental, al considerar a
estas especies marinas de especial interés. Durante el pasado año se encontraron, solo en las costas francesas, más de mil ejemplares varados con marcas de redes de pesca.


Para el Comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca es prioritario el cese de capturas accidentales de especies de delfines por parte de la flota comunitaria, por lo que urge a España y a otros Estados miembros a buscar soluciones que
pongan fin a esta situación, cada vez más frecuente en algunas aguas, como las del Golfo de Vizcaya, Mar Céltico, al sur de la isla de Irlanda,o en las aguas de Gran Sol, entre otros lugares.


El Gobierno de España respondió anunciando una estrategia de lucha contra la pesca accidental coordinado entre los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y el de Transición Ecológica, del que hasta la fecha desconocemos su
aplicación y resultados.


También desde Galicia, donde se encuentra la mayor flota pesquera española, se ha informado al Gobierno de España de que la mayor interacción entre las artes de pesca y estos cetáceos se produce en la modalidad de arrastre pelágico, al
tiempo que se solicitaba que las medidas y normas a adoptar sean diferentes en función de estas modalidades.



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Consideramos, por lo tanto, que es necesario contar con la mayor y mejor información sobre esta problemática, que cada año parece incrementarse, para que las medidas a aplicar sean de eficacia y den respuesta al mandato comunitario.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar de manera urgente los necesarios estudios exhaustivos sobre la eficacia de las medidas de protección de cetáceos, informando de ellas a las Comunidades Autónomas y al sector pesquero, para lograr la mayor y deseable coordinación
en las actuaciones precisas.


2. Proponer medidas diferenciadas en función de la incidencia producida por los diferentes tipos de artes pesqueras en su interacción con estas especies de cetáceos, en atención a la diferencia de incidencia de unas y otras en la pesca
accidental de estas especies.


3. Que, en la futura estrategia de lucha contra la pesca accidental, se tengan en cuenta, para alcanzar los mayores consensos, las propuestas y experiencias del sector pesquero y de las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Joaquín María García Díez, Jaime Eduardo de Olano Vela, Marta González Vázquez, Tristana María Moraleja Gómez, María Valentina Martínez Ferro, María Pilar Ramallo Vázquez. Diego
Gago Bugarín, Javier Bas Corugeira, Ana Belén Vázquez Blanco y Celso Luis Delgado Arce, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001908


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la participación de las
Comunidades Autónomas en los Consejos Europeos de Agricultura y Pesca, y en la negociación bilaterales post-Brexit en materia pesquera, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


La pandemia de COVID-19 que afecta a todo el mundo, y muy especialmente a Europa, desde el pasado mes de febrero, ha supuesto una serie de limitaciones de participación en reuniones presenciales en prácticamente todas las administraciones,
empresas y organizaciones, entre ellos las instituciones europeas. Mientras en muchas de ellas, las dificultades de movilidad y acceso se han paliado a través del recurso a las reuniones on-line, en otras, en cambio, se ha mantenido la
presencialidad, pero restringiendo el número de personas participantes.


Esto es lo que ha ocurrido con las reuniones del Consejo de Ministros de la UE y sus grupos de trabajo en algunas materias, como Agricultura y Pesca, con el consiguiente menoscabo de los derechos de Comunidades Autónomas, como Galicia, que
participaban en ellos y a los que esta restricción ha afectado directamente, restricción que en cambio se ha solventado en otras reuniones, como las de Empleo, a las que asiste el gobierno autonómico vasco. Aunque en principio no se producía la
participación de las Comunidades Autónomas en los Consejos de Ministros, con el tiempo el Secretariado del Consejo ha permitido que sean dos personas las que asistan en la sala principal y otras dos las que ocupan la sala de escuchas del consejo,
habilitándose un cuarto puesto que debe corresponder a una autoridad autonómica, antes del Embajador Representante Permanente de España ante la Unión Europea, que es quien de facto lo está ocupando.


Desde la Xunta de Galicia se ha pedido por escrito recientemente y en varias ocasiones, sin éxito, la habilitación de más salas de escuchas que permitan que sean más numerosas las delegaciones, para no



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menoscabar los derechos legítimos de las autoridades regionales, y dar así cumplimiento a los acuerdos de la Conferencia para asuntos relacionados con la Unión Europea (GARUE).


Esta demanda de vuelta a la participación de la comunidad autónoma gallega fue ya trasladada por la Xunta de Galicia el pasado martes 27 de octubre en la 63 Reunión del Pleno de la Conferencia para asuntos relacionados con la Unión Europea
(GARUE), presidida, por videoconferencia, por la Ministra de Política Territorial Carolina Darias. Esta vuelta al modelo previo al COVID-19, aunque se realicen las reuniones por videoconferencia, será fundamental para futuras negociaciones que
afecten al sector pesquero español.


Por otra parte, una vez finalizada la negociación del Brexit, los Estados miembros tendrán que negociar bilateralmente futuros acuerdos con el Reino Unido. En este sentido, es fundamental establecer un mecanismo de gobernanza y colaboración
en el que se tenga en cuenta la opinión de las comunidades autónomas implicadas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que devuelva a las Comunidades Autónomas la representación en los Consejos de Ministros de la Unión Europea, en especial en los Consejos de Ministros de Agricultura y Pesca, sin excepciones ni excusas vinculadas a la participación no
presencial.


2. Que la reserva de ajuste del Brexit, destinada a los sectores más afectados por la ruptura, incluya a las regiones que se verían afectadas por una mayor concentración de buques pesqueros en sus zonas de trabajo, debido al cierre de las
aguas británicas, además de los criterios preestablecidos, como la proximidad geográfica al Reino Unido o la influencia económica de esa ruptura.


3. Que establezca más puestos de inspección fronteriza para no colapsar las descargas de pescado de esos barcos en los puertos comunitarios.


4. Tener en cuenta el criterio de las Comunidades Autónomas en futuras negociaciones bilaterales entre España y Reino Unido en materia pesquera.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Joaquín María García Díez, Milagros Macos Ortega, María Pilar Ramallo Vázquez y Marta González Vázquez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


161/001910


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para un plan de rescate al campo español tras los efectos de la
borrasca Filomena para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El paso de la borrasca Filomena ha dejado fuertes nevadas en gran parte de la Península Ibérica, y sus efectos han provocado importantes destrozos y pérdidas materiales en el tejido social y económico de múltiples territorios de nuestro
país. En particular, el sector primario se ha visto fuertemente afectado y el impacto de las fuertes precipitaciones y las bajas temperaturas se ha traducido en daños aún no cuantificados para nuestros agricultores y ganaderos en numerosas
infraestructuras, accesos y cultivos.


A la espera un balance exacto de la situación, que aún sigue pendiente de evaluación y de las intensas heladas que se siguen registrando, es urgente que las diferentes autoridades competentes tomen medidas de apoyo a un sector que está
jugando un papel esencial durante la crisis de la COVID-19 manteniendo la producción alimentaria y asegurando la cadena de suministro y el abastecimiento de la población. Según un estudio de Caixabank Research del pasado octubre, el sector
agroalimentario español experimentó un aumento en su valor añadido bruto en el segundo trimestre del año 2020, creciendo



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un 3,6 % intertrimestral y hasta un 6,3 % interanual. De este modo, el sector primario ganó peso en el conjunto de la economía española en ese trimestre, llegando casi a suponer el 4 % del PIB mientras que en el mismo período de 2019 esa
contribución se quedaba en el 2,7 %. Por tanto, el sector primario ha sido la red de salvación de los españoles y de nuestra economía en los momentos más duros de esta crisis sanitaria.


El sector primario tampoco ha dudado en arrimar el hombro ante la borrasca Filomena y sus efectos más adversos, poniendo sus máquinas quitanieves y otro tipo de maquinaria agrícola a disposición de las autoridades para despejar caminos y
carreteras, de forma solidaria, evitando así que muchos vecinos de nuestras zonas rurales quedaran incomunicados por la nieve y el hielo. Esta labor altruista, allí donde ni siquiera llega la acción de los cuerpos de emergencias, le ha valido a
nuestros agricultores y ganaderos el título de 'la UME del campo'. Asimismo, y pese a las restricciones al movimiento debido al bloqueo de vías de comunicación y transporte, los establecimientos y superficies de productos agroalimentarios contaban
con productos agrícolas de primera calidad en un tiempo récord, asegurando así el abastecimiento incluso en las condiciones más adversas.


Sin embargo, este sector es también el que ha sufrido la peor parte de los efectos del temporal, especialmente en las zonas rurales. Según las principales asociaciones agrarias, las afectaciones son múltiples y de distinta naturaleza. En
la zona de la vega del Tajo, por ejemplo, los daños y el riesgo de nuevos desplomes en los invernaderos es muy alto a causa del peso de la nieve. En Fuenlabrada, en la Comunidad de Madrid, un agricultor lamentaba el hundimiento de 30.000 metros
cuadrados de invernaderos.


En cultivos como el del olivar, se han registrado daños en las plantaciones por acumulación de nieve, especialmente en los árboles jóvenes. Olivares como los de Cuenca, Toledo o Ciudad Real se han visto especialmente afectados. Por su
parte, unas 1.500 familias han visto peligrar su sustento debido a los efectos de la borrasca Filomena en los campos de flor cortada de Chipiona, en Cádiz, pero también por sus efectos en las plantaciones de patata, boniatos, calabacín o guisantes.
El de la flor cortada es, además, un sector que se preparaba para un repunte previsto en la demanda de cara al 14 de febrero.


En cuanto a la ganadería, es especialmente preocupante que muchos ganaderos no han podido acceder, todavía hoy, a las fincas para cuidar a sus reses, proporcionarles alimento y asegurar que se encuentran a una temperatura adecuada. Se teme
que las consecuencias puedan ser catastróficas para muchos ganaderos. En Villaseca de la Sagra, una nave se desplomó por el peso de la nieve y el hielo y su techo se derrumbó sobre 400 reses de ovino. El temporal, además, complicó el transporte de
lecheras en varias Comunidades Autónomas, al no poder utilizar los vehículos que se usan normalmente y obligando a realizar ese transporte de lecheras a pie en las condiciones tan adversas que se han vivido en gran parte de España.


Por ello, consideramos que es esencial y de justicia tomar medidas excepcionales para paliar los efectos de la borrasca Filomena en la agricultura y la ganadería y mitigar su terrible impacto en nuestro campo.


Teniendo esto en cuenta, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incorporar el uso del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y otros fondos europeos para la reconstrucción del sector primario y de nuestras zonas rurales tras el impacto económico provocado por la borrasca Filomena.


2. Ofrecer apoyo técnico a las Comunidades Autónomas que lo soliciten para incluir en sus Programas de Desarrollo Rural (POR), en los casos que corresponda, la solicitud de ayudas para la reconstitución del potencial de producción agrícola
dañado por desastres naturales y catástrofes de acuerdo al artículo 18 del Reglamento 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER.


3. Habilitar una línea de créditos blandos que faciliten la liquidez y el apoyo financiero necesarios a los agricultores y ganaderos españoles para reparar infraestructuras dañadas, con especial atención a las infraestructuras consideradas
esenciales para garantizar el suministro de productos básicos.



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4. Proporcionar una línea de subvenciones extraordinarias para aquellos casos en que los efectos han sido definitivos y tendrán un alcance a largo plazo, como por ejemplo en el caso de numerosas explotaciones de olivos de regadío que han
tenido que ser talados debido a la congelación de las aceitunas.


5. Revisar el sistema de seguros agrarios de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) y el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) para asegurar su sostenibilidad y
saneamiento en un contexto de fenómenos extremos más frecuentes y más severos que afectan a nuestro campo como consecuencia de los efectos del cambio climático.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2021.-María Carmen Martínez Granados, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/001915


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. José María Sánchez García, D. Pablo Juan Calvo Liste y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta
y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para mejorar la legibilidad del lenguaje empleado por la
Administración General del Estado en sus comunicaciones a los administrados, para su discusión en la Comisión de Política Territorial y Función Pública.


Exposición de motivos


Primero. Un obstáculo habitual: las Administraciones Públicas utilizan un lenguaje confuso.


1. Las Administraciones Públicas ('AAPP'), en general, y la Administración General del Estado ('AGE'), en particular, se expresan con dificultad a los ojos del administrado. Es un hecho público y notorio.


2. El trato de la AGE hacia los españoles en sus relaciones con el ámbito administrativo demuestra una realidad que los ciudadanos viven en su día a día: el lenguaje usado en los diversos actos administrativos de comunicación es de
compleja legibilidad, densa redacción y tendente a generar confusión. La consecuencia es la incertidumbre y nerviosismo del administrado por no entender el contenido de lo que las AAPP le notifican.


3. Las causas de este particular uso del lenguaje han sido estudiadas en profundidad por la doctrina y los expertos en la materia. Entre ellas se cuentan las siguientes:


- Uso desmedido de tecnicismos jurídico-administrativos.


- Lenguaje arcaico innecesario.


- Oraciones extensas y con una o varias subordinadas, que exigen varias lecturas.


- Abuso de gerundios y formas verbales inhabituales en el lenguaje diario.


- Falta de estructuración del texto.


- Utilización de palabras ambiguas y poco clarificadoras.


- Errores de puntuación.


- Excesivo uso de frases pasivas.



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4. Como ejemplo paradigmático de desconexión entre la realidad y el lenguaje administrativo se cita el siguiente anuncio de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa, publicado en 2014 en el Boletín Oficial del Estado ('BOE') 58:


[**********página con cuadro**********]


5. Para poner remedio a esta situación, la AGE debe conocer al interlocutor: una significativa mayoría de españoles no tiene conocimientos jurídicos suficientes para entender muchos de los conceptos, expresiones y jergas acuñadas por la
AGE en sus textos. El informe de la Comisión para la Modernización del Lenguaje Jurídico, constituido por acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2009, tiene por objeto hacer recomendaciones sobre cómo transformar en más claro y
comprensible el lenguaje jurídico. En este sentido, señala que 'todo buen profesional del derecho es y debe ser capaz de explicar con sencillez y claridad el significado de un determinado acto o resolución' 59.


6. Esta máxima debe extenderse al ámbito del lenguaje administrativo en beneficio de los ciudadanos y su 'derecho a comprender'. Ello promovería 'el necesario conocimiento por parte de los ciudadanos de sus derechos y obligaciones (una
ciudadanía informada, en suma); el incremento de la confianza hacia las instituciones y la participación; la convicción de que la mejora de la claridad del lenguaje jurídico fortalece el Estado de Derecho (...)' 60.


7. Asimismo, se ha de entender este 'derecho a comprender' como integrante del haz de derechos de los ciudadanos a acceder a la información sobre actividades públicas. Ello es clave para fomentar la necesaria transparencia y el buen
gobierno. No basta ofrecer información a los administrados sobre actuaciones llevadas a cabo por el Gobierno u órganos de la AGE; si estas se formulan en términos incomprensibles y complejos, la deseable transparencia se convierte en opacidad, en
muchos casos deliberada para escapar del escrutinio público. En consecuencia, el ciudadano verá mermados su propia esfera de derechos.


8. El citado 'derecho a comprender' también encuentra impulso y apoyo en instituciones de la sociedad civil, de la academia y del empresariado español.


Así, el XII Seminario Internacional de Lengua y Periodismo, celebrado en 2017, se centró en el Lenguaje claro, reto de la sociedad del siglo XXI. El encuentro fue organizado por la Fundación San Millán de la Cogolla y la Fundación del
Español Urgente y fue promovido por la Agencia EFE y BBVA, reuniendo a lingüistas, filólogos, periodistas y políticos. Entre sus conclusiones, destacó la definición del lenguaje


58 https://www.boe.es/boe/dias/2014/06/18/pdfs/BOE-B-2014-21943.pdf.


59 https://www.administraciondejusticia.gob.es/paj/PA_PAGATGenerico/descarga/Informe%20de%20la %20Comisi%C3%B3n%20de%20Modernizaci%C3%B3n%20del%20Lenguaje%20Tur%C3%ADdico.pdf?idFile=41ae8714-a3a7-462e-b496-6da3ffcb7421.


60 Revista del Ministerio Fiscal n.º 8 (2019), pág. 105.



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claro y legible como aquel 'que permite al ciudadano encontrar fácilmente la información que necesita, comprenderla sin dificultad y tomar, gracias a ella, las decisiones que afectan a su vida' 61. De igual manera, y como se señaló supra,
se añadió que 'la claridad de los mensajes está vinculada a la transparencia y la responsabilidad'.


9. Por si estos datos no fueran suficientes, la consultora 'Prodigioso Volcán' lleva a cabo distintos proyectos de Comunicación Clara 62, que 'significa transmitir de forma fácil, directa, transparente, simple y eficaz información relevante
para la ciudadanía por cualquiera de los diferentes canales actuales (papel, teléfonos móviles, ordenadores y otros dispositivos ) y adaptada a sus particularidades' 63.


10. Acerca del tipo de lenguaje usado por las AAPP en sus comunicados y textos, la firma reflejó cifras llamativas: por ejemplo, el 97 % de los textos sobre ayudas, becas y subvenciones no son claros. Esta ilegibilidad se extiende a
textos relacionados con el empleo y trámites habituales en las relaciones entre las AAPP y los administrados (el 82 % y 85 %, respectivamente).


11. Por otra parte, la consultora encuestó a técnicos de las AAPP sobre diferentes aspectos relativos al lenguaje administrativo torpe y confuso. Los resultados son de sumo interés:


- 14 de los 20 técnicos coincidieron en que el lenguaje utilizado por las AAPP suele ser arcaico y poco preciso.


- 16 de 20 reconocieron la falta de intuición y la confusión generalizada a la hora de realizar una gestión en las páginas webs o sedes oficiales electrónicas de los órganos de las AAPP.


- 11 de cada 20 sostuvieron que, en general, las páginas web de las AAPP carecen de los mecanismos de accesibilidad necesarios con el fin de facilitar a la tercera edad y la población con discapacidad sus gestiones telemáticas.


12. Estas carencias lingüísticas y comunicacionales impactan directamente en aspectos concretos de la relación Administración-administrado y, por ende, en el funcionamiento y servicio de los poderes públicos 64:


'La Administración no involucra a la ciudadanía en el día a día de sus comunicaciones. Existe una insatisfacción ciudadana y un distanciamiento con la sociedad al no responder a las necesidades que demandan las personas: información clara,
sencillez en los trámites administrativos y factor humano, que haya una persona detrás con la que poder contactar directamente (...). Las consecuencias inmediatas de la falta de claridad en la comunicación son la pérdida de confianza en las
instituciones y la vulneración del derecho a entender de las personas. Si las personas no entienden, no pueden completar un trámite, encontrar la información o acceder a un procedimiento administrativo que necesiten' 65.


Segundo. El ordenamiento jurídico español no regula de manera omnicomprensiva la claridad del lenguaje jurídico administrativo y el derecho a comprender.


13. En tiempos de la Castilla medieval se dejó por escrito en el Fuero Juzgo un principio relativo al uso de un lenguaje jurídico claro y sencillo para los gobernados:


'(...) el fazedor de las leyes debe fablar poco, e bien; e non debe dar iuyzio dubdoso, mas lana e abierto, que todo lo que saliere de la ley, que lo entiendan luego todos los que lo oyeren, e que lo sepan sin toda dubda, e sin nenguna
gravedumbre (...)' 66.


61 Conclusiones del XII Seminario Internacional de Lengua y Periodismo 'Lenguaje claro, un reto de la sociedad del siglo XXI'.


62 https://comunicacionclara.com/.


63 ¿Habla claro la Administración pública?: Estudio preliminar sobre el estado del lenguaje administrativo en España (2020).


64 Conviene recordar el artículo 9.2 de la Constitución: 'Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los
obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social'.


65 ¿Habla claro la Administración pública?: Estudio preliminar sobre el estado del lenguaje administrativo en España (2020), pág. 36.


66 https://www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-LH-2015-6.



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14. Sobre la necesidad de legislar con un lenguaje sencillo ya hablaron pensadores como Erasmo o Montesquieu 67. Hoy en día, en cambio, las disposiciones legales que cumplen este principio en España son fragmentarias, dispersas y
excepcionales, 'no de manera global y omnicomprensiva' 68:


- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.


El artículo 58 del Reglamento General de Protección de Datos hace referencia directa a la necesidad de acudir a un lenguaje legible:


'El principio de transparencia exige que toda información dirigida al público o al interesado sea concisa, fácilmente accesible y fácil de entender, y que se utilice un lenguaje claro y sencillo, y, además, en su caso, se visualice. Esta
información podría facilitarse en forma electrónica, por ejemplo, cuando esté dirigida al público, mediante un sitio web.'


- Reglamento de la organización y régimen del Notariado.


En el artículo 148 se lee:


'Los instrumentos públicos deberán redactarse empleando en ellos estilo claro, puro, preciso, sin frases ni término alguno oscuros ni ambiguos, y observando, de acuerdo con la Ley, como reglas imprescindibles, la verdad en el concepto, la
propiedad en el lenguaje y la severidad en la forma.'


- Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.


El artículo 4, bajo el título 'Derecho a entender y ser entendida', se indica:


'Toda víctima tiene el derecho a entender y ser entendida en cualquier actuación que deba llevarse a cabo desde la interposición de una denuncia y durante el proceso penal, incluida la información previa a la interposición de una denuncia
(...). Todas las comunicaciones con las víctimas, orales o escritas, se harán en un lenguaje claro, sencillo y accesible.'


15. En España, los proyectos de comunicación clara han encontrado cierto eco y apoyo a nivel público y privado 69. Respecto de las primeras, destacan: (i) el Plan de Transparencia Judicial (2005), que contempló impulsar acciones en
materia de una Justicia más comprensible, (ii) la antes mencionada Comisión para la Modernización del Lenguaje Jurídico con su correspondiente informe final y (iii) el estudio 'Políticas públicas comparadas', dirigido por Dña. Cristina Carretero
González. En el ámbito privado resulta de interés la actividad de organizaciones como el Instituto Lectura Fácil y diversos grupos de investigación académica.


16. Desde la relevancia de un órgano constitucional, la ex Defensora del Pueblo, Dña. María Soledad Becerril Bustamante, formuló en 2017 la recomendación 'Claridad en el lenguaje administrativo como garantía de transparencia'. Esta iba
dirigida, entre otros, al entonces Ministerio de Hacienda y Función Pública y al Instituto Nacional de Seguridad Social y de ella se dio traslado al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. En el documento, la Defensora del Pueblo hizo referencia
a la transparencia de las AAPP en sus relaciones con los ciudadanos como:


'(...) algo más que el proporcionar la información debida desde organismos que se financian con presupuestos, gestionan bienes o prestan servicios públicos.


La información debida tiene, además, que ser clara, precisa y comprensible. No solo consiste en el buen uso de la lengua sino en transmitir la información de manera clara, sencilla y procurar la concreción en la respuesta es parte de la
transparencia. Ello es la transparencia obligada.' 70


17. La mencionada recomendación contenía distintos datos de interés en la materia. Entre ellas, destacó que casi la mitad de las personas que respondieron al cuestionario de esta institución acerca de la transparencia en la información
ofrecida por las AAPP indicaron que aquella era difícil de entender. Por otra parte, educación, sanidad, empleo y seguridad social y los impuestos eran los asuntos de las AAPP


67 Arenas Arias, G. J. (2018), 'Lenguaje claro (derecho a comprender el Derecho)', Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, n.º 15, octubre 2018-marzo 2019, pág. 251.


68 Revista del Ministerio Fiscal n.º 8 (2019), pág. 109.


69 Guía 'Lenguaje claro. Comprender y hacernos comprender' 1 págs. 17-21.


70 https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/claridad-en-el-lenguaje-administrativo-como-garantia-de-transparencia-42/.



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que más interesaban a los ciudadanos a la hora de documentarse. Son materias en las que es habitual encontrar documentos y comunicaciones destinadas al público con poca o nula claridad y sencillez en su redacción y exposición. No es
extraño que muchos administrados que busquen acceder a una ayuda pública o participar en un procedimiento de concesión de subvenciones desistan al enfrentarse a una documentación farragosa, espesa y desordenada en su redacción.


18. Ante esta demanda social, la por entonces Defensora del Pueblo recomendó 'instar a las administraciones públicas a usar un lenguaje comprensible en sus escritos' 71.


19. Este nuevo enfoque, necesario para la relación diaria entre la Administración y sus administrados, no necesita del planteamiento de un derecho de nueva generación. Al contrario, es suficiente con cristalizar de manera generalizada
iniciativas a nivel local y autonómico que avancen en ese sentido. Por ejemplo, manuales de estilo y redacción de lenguaje administrativo 72 y guías con los errores más frecuentes del lenguaje administrativo 73.


20. En definitiva, se trata de utilizar los instrumentos con los que ya cuenta la AGE (gran preparación de los empleados públicos, formación interna y externa, manuales de estilo o generalización de la supervisión y revisión de documentos)
para lograr dar pasos firmes hacia un idioma de la AGE menos aparatoso y distante para el ciudadano. Por supuesto, todo ello sin necesidad de recurrir a un lenguaje ordinario, cercano a la vulgaridad.


21. El camino hacia la comprensibilidad de los textos de la AGE pasa por un equilibrio entre la concisión lingüística y el tratamiento respetuoso. El trabajo y los servicios de la AGE deben caracterizarse por su excelencia en los medios
(entre ellos, unas comunicaciones comprensibles para la ciudadanía) y en los resultados.


Tercero. Son muchas las razones para lograr un idioma administrativo más comprensible y sencillo para los administrados.


22. Visto lo anterior, debe concluirse que las razones que motivan un cambio de paradigma en la forma de comunicación entre la AGE y los administrados son abundantes. Asimismo, el mencionado Instituto de Lectura Fácil (asociación de
entidades sociales sin ánimo de lucro cuyo fin es defender el derecho de todas las personas a la accesibilidad cognitiva, la lectura fácil y el lenguaje claro en las AAPP y las entidades privadas) señala las siguientes 74:


a. Efectividad e impacto del mensaje. La incidencia del mensaje en el receptor será mayor de utilizarse un lenguaje comprensible, porque resultará accesible y más fácil para quien lo lee.


b. Seguridad frente a ambigüedad. Un lenguaje administrativo llano y comprensible debe evitar la multiplicidad de interpretaciones para evitar la inducción al error.


c. Localización de la información. El enunciado claro facilita la identificación de la idea principal y las secundarias.


d. Reducción de tiempo y costes, evitando conflictos. Un lenguaje diáfano evita destinar tiempo y recursos a conflictos entre la AGE y el administrado por la falta de claridad en contratos, normas u otro tipo de comunicaciones.


e. Reducción de la discrecionalidad, impulso de la transparencia y buen gobierno y, consecuentemente, refuerzo del Estado de derecho y la democracia.


f. Generación de confianza. La exposición clara y comprensible de normas justas genera confianza hacia las instituciones e impulsa el cumplimiento de las obligaciones.


23. En suma, el mínimo común de estas motivaciones engloba una serie de elementos positivos tanto para el funcionamiento de la AGE como para la agilidad de trámite demandada por la ciudadanía:


- En primer lugar, ambas partes observan una mejora en su relación administrativa fruto de un mayor esfuerzo en dotar de una pátina de claridad a las comunicaciones administrativas.


- En segundo lugar, la AGE progresa en sus técnicas lingüísticas para ofrecer un mejor servicio público.


71 Ibíd.


72 Manual de Lenguaje Administrativo del Ayuntamiento de Madrid.


73 Guía práctica n.º 1. Errores más frecuentes del lenguaje administrativo. (Instituto Madrileño de Administración Pública de la Comunidad de Madrid).


74 Guía 'Lenguaje claro. Comprender y hacernos comprender', pág. 11.



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- En tercer lugar, se fortalece la seguridad jurídica y se ahonda en una suerte de 'economía administrativa' que evita ulteriores actuaciones de tipo aclaratorio innecesarias en el propio trámite del acto de la AGE.


- Finalmente, el indudable beneficio social que implica que las dos partes de la sociedad, individuo y Estado, se comuniquen en el mismo idioma.


24. Los españoles tienen el derecho a entender las comunicaciones emitidas por la AGE. La falta de entendimiento entre emisor (AGE) y receptor (administrado) genera toda una casuística de malentendidos, conflictos, tensiones y
declaraciones no intencionadas. Si la persona no comprende, si no puede realizar un trámite, hallar la información buscada o acceder a un procedimiento administrativo que necesita.


25. La AGE cuenta con los recursos y medios necesarios para iniciar un camino cuyo fin sea mejorar su interacción con los administrados. Las iniciativas mencionadas pueden servir de eje principal para, observando las necesidades y
particularidades de cada órgano administrativo, desarrollar otras actividades más especializadas en función de las competencias, los objetivos y la concreta relación mantenida con los ciudadanos.


26. El Gobierno, en tanto director de la Administración del Estado (artículo 97 de la Constitución), tiene la responsabilidad de plantear iniciativas de calado en esta materia.


27. La consecución de una Administración del siglo XXI, que el propio Gobierno ha definido, en su habitual uso pomposo de neologismos, como una 'política palanca que permitirá a la Administración del siglo XXI contribuir para que España sea
un país moderno, de reformas y más resiliente en la respuesta de futuro' 75, ha de ser una meta que asegure que esta 'sirve con objetividad a los intereses generales' (artículo 103.1 de la Constitución).


28. Ello supondría, como se ha expresado, que gane la sociedad española, que se agilice y realce el trabajo de la AGE y que, en fin, se fortalezca nuestro Estado de derecho.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas destinadas a mejorar la legibilidad de los escritos y comunicados emitidos desde la Administración General del Estado en su relación con los administrados. Para ello,
deberá servirse de los medios personales y materiales con los que ya cuenta la AGE para, entre otras iniciativas:


1. Elaborar un Manual de Comunicación Clara de la Administración del Estado, a cargo de la Secretaría General de Función Pública, en cumplimiento de sus competencias de 'impulso de propuestas de reforma de la Administración Pública' y de
'política de reducción de cargas administrativas y la simplificación y mejora de los procedimientos administrativos y de la calidad de los servicios públicos, en el ámbito de la Administración General del Estado', contando para ello con la ayuda y
concurso de cualesquiera instituciones o entidades públicas o privadas con conocimientos en la materia.


2. En el ámbito del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), (i) incorporar en sus planes de formación un curso general de Comunicación Clara por la Administración General del Estado para empleados públicos; y (ii) impulsar el
diseño de cursos de comprensibilidad del lenguaje administrativo para empleados públicos por temáticas y áreas de trabajo de los departamentos ministeriales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, José María Sánchez García y Pablo Juan Calvo Liste, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


75 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/territorial/Paginas/2020/08102020_confiberamericana.aspx.



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Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/001896


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la creación de un centro en Galiza para la competitividad y la I+D+i en el almacenamiento de energía, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El conocido como Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) establece objetivos, políticas, y medidas para, según el gobierno del estado, alcanzar la neutralidad climática antes de 2050. Señala el almacenamiento de energía
en sus diversas formas como una de las tecnologías que serán claves para la descarbonización, incluyendo 6 GW para la próxima década en el sector eléctrico, con un balance de casi que 250 TWh para 2030. También prevé la elaboración de un Plan de
Desarrollo Industrial que permita capturar el máximo potencial en cuanto a generación de desarrollo económico y empleo industrial derivados de la transición energética, en el que el ámbito del almacenamiento puede suponer una oportunidad para
desarrollar una cadena de valor propia que sea competitiva a nivel gallego, estatal e internacional.


Según la información disponible en la web de Red Eléctrica de España (REE) sobre el último balance eléctrico en Galiza (2020, provisional a 31 de octubre), con el cierre politico-administrativo y/o de mercado de las dos térmicas de carbón y
con la problemática de las electrointensivas, fundamentalmente los centros de Alcoa en A Coruña y en A Mariña, Galiza continúa a derivar una parte importante (33 %) de su generación eléctrica fuera del propio país, con un dato relevante: la
generación renovable (10 TWh) supera a la demanda (8,7 TWh).


Por otro lado, aún con el abandono de los 1,4 GW que hasta ahora se movían con base de carbón importado, el carácter del municipio de As Pontes (A Coruña) sigue impregnado de energía; el ciclo combinado de gas, dos centrales hidroeléctricas
y cinco parques eólicos aportan más de 1 GW al sistema eléctrico ibérico. Es necesario contabilizar, también, en el mix energético pontés su recientemente estudiado potencial renovable, que, según el documento, se establece en 437 MW de eólica
(frente a los 112 MW en funcionamiento), 44 MW hidráulicos (60 MW actuales), 0,87 MW de biogás y 981 MW fotovoltaicos -considerando sólo el 60 % de capacidad máxima instalable-, con una generación anual de unos 2,1 TWh, el 24 % de la demanda de
Galiza en 2020 -hasta el 31 de octubre-, según el dato anterior de REE. La potencia total sería de 2,5 GW, entre la renovable, existente y potencial, y la correspondiente al ciclo de gas (856 MW).


A pesar de las reiteradas solicitudes de los últimos meses, e iniciadas ya las subastas de renovables y en pleno proceso de consulta previa pública sobre las bases de las subastas de la capacidad de acceso de los nudos llamados de transición
justa -Meirama y As Pontes en Galiza-, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico no ha informado ni ha hecho público el dato de la capacidad de evacuación de los citados nudos, pero atendiendo a los datos públicos de REE para el caso
de As Pontes, el potencial de generación del municipio, en fuentes y en productividad, junto al carácter histórico impuesto a Galiza de productora y exportadora de electricidad, evidencian la oportunidad y la necesidad -y la obligación de
compensación para con ella y sus gentes- de, dentro de la Estrategia de Almacenamiento Energético, situar en Galiza un centro tecnológico encargado de llevar a cabo los proyectos, gestionar y monitorizar los mismos, así como participar en el
desarrollo de herramientas y tecnologías que mejoren la flexibilidad y la seguridad de la red eléctrica, que posibiliten disponer de una verdadera 'smartgrid' o red inteligente; en él participarían las administraciones competentes en energía y
cambio climático, junto a las responsables de áreas relacionadas y de interés (industria, movilidad, urbanismo, formación, I+D+i...), así como empresas, instituciones y organismos interesados.


La aplicación de diversas tecnologías de almacenamiento dentro de una misma red, el desarrollo y testado de nuevos sistemas, y la investigación y desarrollo en el campo del almacenamiento energético, tienen en As Pontes un enclave perfecto
para su implantación, en el que el diseño de cada instalación de



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almacenamiento, así como su programación temporal, se coordinaría con el ritmo de la instalación de las fuentes renovables en el término municipal, posibilitando dar respuesta a la necesidad de probar, en escenario real, el comportamiento de
las diferentes tecnologías eléctricas, electroquímicas, mecánicas, térmicas y químicas del almacenamiento, a gran escala, en redes, y a nivel de usuario final.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Crear el Centro en Galiza para la Competitividad y la I+D+i en el Almacenamiento de Energía, fundación del sector público estatal, adscrita al Instituto de Transición Justa, con la participación y aportación económica, al menos, del
Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Ministerio de Educación y Formación Profesional, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, del Ministerio de Ciencia e
Innovación y del Ministerio de Universidades.


2. Negociar y acordar con la Xunta de Galiza, con la participación del Concello de As Pontes, aspectos relacionados con la gestión, aportaciones económicas, instalaciones, medios materiales y humanos, programación de actividades para
2021-2030, y puesta en funcionamiento inmediata del Centro en Galiza para la Competitividad y la I+D+i en el Almacenamiento de Energía.


3. Realizar una convocatoria pública, una vez constituida y formalizada, para la participación y/o colaboración de instituciones, organismos y/o empresas interesadas en el Centro en Galiza para la Competitividad y la I+D+i en el
Almacenamiento de Energía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/001916


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Xavier Eritja Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Prevención y
contención de los envenenamientos ilegales de la fauna silvestres para su debate en instancia en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El estudio 'El veneno en España informe 2020', realizado por las ONG VVWF, MAVA-Foundation pour la Nature, Birdlife Europe y SEO Birdlife, analiza la evolución del envenenamiento de la fauna silvestre en el Estado español durante el período
de 1992 a 2017. Los datos revelan que durante este período han muerto alrededor de 21.260 animales envenenados por consumo de cebos, en un total de 9.700 episodios de envenenamiento. A su vez, se estima que la dimensión de la problemática puede
ser mucho más alta ya que sólo se detecta una pequeña parte de los casos totales.


Las principales especies afectadas son el buitre negro, el buitre leonado, el alimoche, el quebrantahuesos o el milano real. Así mismo, son víctimas todos los años del uso de cebos envenenados, aunque en menor medida, otros mamíferos como
el oso pardo, el lobo ibérico, el lince ibérico o el zorro. Los análisis toxicológicos realizados apuntan a una cifra de más de 80 sustancias utilizadas para el envenenamiento de fauna o la elaboración de cebos envenenados. El uso de estas
sustancias no permite un empleo exclusivo sobre las especies a eliminar, sino que cualquier animal puede resultar intoxicado, incluido el hombre, causando así una muerte violenta. La comercialización y uso de algunas de las sustancias detectadas es
legal y se encuentran autorizadas mayoritariamente para el control de plagas en los cultivos. No obstante, los venenos más utilizados en el Estado español son el carbamato aldicarb, sustancia prohibida desde el año 2007, y que aparece en el 40 % de
los episodios registrados, seguido del



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carbofurano (24 % de casos), prohibido desde 2008, y la estricnina (5 %), prohibida desde 1994. Las tres sustancias están fuera de la Lista Comunitaria de Sustancias Activas autorizadas para su uso como fitosanitarios, por haber demostrado
ser peligrosas para la salud humana y el medio ambiente.


El informe 'El veneno en España informe 2020' revela una tendencia descendente en el uso de cebos envenenados en los últimos 10 años. No obstante, los expertos apuntan a que el sesgo a la baja en el número de animales en los que se confirma
el envenenamiento puede deberse a una menor atención tanto en su recogida en campo como también, en caso de recogerse, a los informes de necropsia o analíticas toxicológicas, debido a la limitación de recursos.


Todavía debe considerarse la masividad que caracteriza el veneno, con lo que pocos episodios pueden tener un amplio impacto sobre determinadas especies y su conservación, poniendo en grave riesgo la biodiversidad de los territorios. Esto
es, aunque se registren menos episodios de veneno, la existencia de este método de control de depredadores en el medio natural supone un riesgo potencial para muchas especies que pueden verse afectadas por unos pocos incidentes. A su vez, las
especies más afectadas y amenazadas por el problema siguen teniendo cifras de envenenamiento demasiado altas. Por lo tanto, lejos de desaparecer, el envenenamiento con cebos sigue siendo un peligro para la fauna silvestre, el medio ambiente y el
bienestar humano.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Incrementar las sanciones por la tenencia de venenos para la captura o muerte de animales en la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Tipificar en la Ley como infracción leve la tenencia de venenos formulados con sustancias
fuera de Lista Comunitaria de Sustancias Activas, autorizadas para su uso como fitosanitarios, y como infracción grave la tenencia de cebos y el uso de venenos formulados con sustancias fuera de Lista Comunitaria de Sustancias Activas, autorizadas
para su uso como fitosanitarios.


2. Aprobar en coordinación con las comunidades autónomas y demás administraciones territoriales, a la mayor brevedad posible, la revisión de la estrategia contra el uso ilegal de cebos envenenados en el estricto y único ámbito de
competencias de la Administración General del Estado, incorporando los avances y los conocimientos adquiridos en los últimos años de lucha contra el veneno, así como dotar de los recursos necesarios a las distintas comunidades autónomas, para poder
hacer efectiva la experiencia obtenida en el ámbito internacional.


3. Apoyar proyectos que den cobertura a la red de laboratorios toxicológicos especializados en el análisis de mortalidad de fauna silvestre existente en el Estado español, en coordinación con las comunidades autónomas y demás
administraciones territoriales competentes. Así como garantizar la realización de analíticas toxicológicas en número suficiente.


4. Dotar mediante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y en coordinación con las comunidades autónomas y demás administraciones territoriales, de unidades caninas propias, a disposición de las Comunidades
Autónomas que las requieran. Siempre trabajando en cada territorio bajo la dirección y coordinación de los responsables de la lucha contra el veneno de cada Comunidad Autónoma a fin de lograr una cobertura suficiente en el territorio y la
realización tanto de inspecciones preventivas programadas (en zonas con antecedentes o sospechas), como inspecciones urgentes (cuando surgen casos de envenenamiento).


5. Dotar mediante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y en coordinación con las comunidades autónomas y demás administraciones territoriales, equipos con personal experto de seguimiento de especies de fauna
amenazada que tengan una presencia efectiva en los territorios. Así como de los recursos materiales y/o tecnológicos necesarios.


6. Dotar a las comunidades autónomas y a las administraciones competentes de los recursos necesarios para reforzar el número de agentes de las autoridades autonómicas que tengan dedicación especial al problema. Así como de los recursos que
las administraciones competentes estimen necesarios para asegurar la percepción de formación sobre técnicas de identificación in situ de fauna envenenada e investigación de los casos de envenenamiento, así como aplicación de metodologías de trabajo
para la detección del uso de los cebos envenenados.


7. Garantizar la dotación necesaria de recursos a disposición de las comunidades autónomas y las administraciones territoriales competentes para mejorar la formación de personal especializado en la



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lucha contra el veneno. Habilitar los medios para realizar un plan de formación a disposición de las comunidades autónomas, dirigido a crear especialistas en la lucha contra el veneno, tanto entre servicios técnicos de las consejerías
competentes, como abogados y servicios jurídicos o agentes de la autoridad ambiental.


8. Dotar a las comunidades autónomas y a las administraciones territoriales competentes de los recursos necesarios para mejorar la formación en los servicios jurídicos y técnicos para una aplicación más frecuente de las posibilidades
legales de la normativa administrativa ambiental.


9. Dotar a las comunidades autónomas y a las administraciones competentes de los recursos necesarios para mejorar la dotación de centros veterinarios de fauna silvestre para poder realizar informes de necropsia de estas especies centinelas
del veneno.


10. Proveer a las comunidades autónomas y a las administraciones territoriales competentes de los recursos necesarios para la realización de campañas de sensibilización y prevención. Incluyendo dichas campañas la entrega, por los
particulares, de productos tóxicos prohibidos.


11. Proveer de los recursos necesarios para mejorar la capacidad técnica, en términos de personal y medios necesarios, de los Centros de Recuperación de Fauna y asegurar su funcionalidad plena. Siendo esta medida clave para el
mantenimiento de toda la cadena de actuaciones que se realizan en las distintas comunidades autónomas.


12. Remitir a la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico un informe, en el plazo de seis meses desde la aprobación de la PNL, donde consten y queden reflejadas la evolución y el estado de las medidas aprobadas en la iniciativa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


Comisión de Cultura y Deporte


161/001895


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la declaración del Puente de Cruzul como Bien de Interés Cultural para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


El puente de Cruzul es uno de los bienes patrimoniales de mayor valor histórico y patrimonial del municipio de Becerreá. Se trata de una infraestructura que a lo largo de los años se ha consolidado como uno de los símbolos de identidad del
Concello, testigo prestigioso de su historia y cultura.


En los últimos años, vecinos y asociaciones vienen denunciando públicamente el estado de abandono y deterioro del bien debido a la inexistencia de las necesarias obras de restauración, por lo que urge la incoación del expediente de Bien de
Interés Cultural como única garantía de salvaguardia de uno de los monumentos más emblemáticos del Concello de Becerreá.


Se trata de un puente situado en la parroquia de Cruzul en Becerreá (Lugo) a la altura del km 465 de la antigua NVI, por lo que su titularidad corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Construido para salvar el
desnivel del Río Cruzul o Narón, tributario del Navia, se mantuvo en uso hasta finales de los años 60 del pasado s. XX, formando parte de la NVI, pero dejando de utilizarse a partir de la construcción de un nuevo puente que supuso el desvío de la
carretera nacional, motivo por el que en la actualidad sólo es frecuentado por el tráfico local.


Es una construcción típica de los puentes del s. XVIII que presenta tres arcos semicirculares de 12 metros de diámetro realizados con dovelas uniformes de piedra calcárea, material que también se emplea en el resto del puente. Consta de dos
pilares centrales de sección rectangular de 4 por 8,5 metros que rematan en una imposta de la que arrancan dos arcos. Una segunda imposta se encarga de marcar el perfil de la calzada. En los extremos hay unos monolitos rematados en un cuerpo de
forma piramidal que



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imitan a los leguarios, conocidos vulgarmente como picudos, que fueron colocados en el camino en 1767, conservándose hoy 3 de los cuatro originales. En el centro hay también un frontón, coronado con una pirámide de base rectangular, que
poseía una inscripción, perdida en la actualidad que hacía alusión probablemente, a la construcción del puente.


El puente de Cruzul es el único de la provincia de Lugo vinculado al período Neoclásico, pudiendo considerarse como la primera infraestructura de la ingeniería civil moderna, de vital importancia para las comunicaciones de la provincia de
Lugo con la Meseta.


El puente de Cruzul es un ejemplo de obra civil proyectada por el ingeniero Carlos Lemaur, que había sido nombrado por el Marqués de la Ensenada como director de obras del Camino Real entre Benavente y A Coruña, en sustitución del ingeniero
José Crame. Lemaur participó en el diseño del Canal de Castilla y del Canal del Guadarrama. En Galiza realizó obras de fortificación en Cee y Corcubión, además de la reforma de la Capilla Mayor de la catedral de Lugo y la construcción del Pozo de
Raxoi en Santiago de Compostela, encargado por el arzobispo del que tomó el nombre. Construido por sus sucesores, Balthasar Ricaud y Bartolomé Amphoux, el puente de Cruzul pertenecía al Camino Real de acceso a Galiza, importante obra de ingeniería
desarrollada durante el reinado de Carlos III, iniciándose las obras entre los años 1776 y 1778, si bien se desconoce cuando terminaron, aunque todos los investigadores concuerdan en que el puente estaría en funcionamiento antes de finalizar el s.
XVIII, ya en el reinado de Carlos IV. Lo que sí está bien documentado es que estaba concluido a principios del año 1809, durante la invasión napoleónica.


Esta infraestructura está ligada a la Guerra de la Independencia (1808-1814), pues aunque en Galiza la ocupación del ejército napoleónico fue breve (menos de un año) debido a la fuerte oposición de la Iglesia, la pequeña nobleza y, sobre
todo, del campesinado que, utilizando la estrategia de la guerra de guerrillas, hostigaron desde el primer momento de la invasión a las fuerzas francesas, presión que culminó en los primeros días de junio de 1809 con su derrota.


Entre la multitud de episodios de los que el puente fue testigo podemos destacar una escaramuza durante la cual los guerrilleros gallegos se apoderaron de más de mil fusiles que los soldados franceses habían escondido junto al puente, y de
los que aún pueden encontrarse restos y ejemplares en la comarca de Os Ancares. También se encuentra documentado entre otros, el enfrentamiento de los vecinos en el puente de Cruzul cuando el general Pedro Caro y Sureda, llamó a la movilización.
La importancia histórica de estos hechos se conservó en las tradiciones locales, y hasta finales del siglo pasado era habitual que durante las fiestas de carnaval se reunieran en el puente grupos de vecinos y vecinas vestidos de guerrilleros.


Las imágenes y fotos históricas de los puentes de Os Ancares anteriores a los años 60 del siglo pasado son prácticamente inexistentes, pero esta ausencia se exceptúa el Puente de Cruzul, lo que es prueba de la importancia y prestigio que
tenía y aún tiene en la comarca.


La primera imagen del puente de Cruzul figura en el libro de Adam Noel 'Letter from Portugal and Spain', editado en Londres en el año 1809. En el libro, el general británico sir John Moore relata que al día siguiente de pernoctar en Ad
Nogais, camino de Lugo, llegó al puente de Cruzul donde los franceses preparaban su voladura. Noel hace un dibujo del puente donde figuran cuatro arcos en vez de los tres con los que cuenta en la actualidad, hecho que lleva a la conclusión de que
se pudo reconstruir posteriormente, perdiendo uno de sus arcos. Hay que destacar que, como pudo comprobar el mismo Noel, el puente no fue volado, como conjetura algún investigador, por los franceses, lo que hace suponer que la reconstrucción se
debió a otras razones.


Además se conserva una lámina del s. XIX en la que se representa la retirada del ejército inglés por el puente de Cruzul, hostigado por los franceses y en el Semanario pintoresco del 21 de abril de 1850 aparece un dibujo del puente de
Cruzul.


El puente se encuentra actualmente en un claro estado de deterioro debido a la falta de las necesarias obras de conservación, además de estar invadido por la maleza y la vegetación.


A favor de la protección de este bien puede también argumentarse su ubicación dentro de un espacio natural adscrito a la Red Natura 2000 y que además cuenta con una Zona de Especial Conservación (ZEC) y un Lugar de Interés Comunitario (LIC),
por lo que la declaración como BIC del puente redundaría en beneficio del conjunto de la comarca. Cerca de esta infraestructura se encuentra el llamado Aciñeiral de Cruzul, encinar mediterráneo enclavado en zona atlántica y asociada al sustrato
rocoso calizo, además de un bosque de castaños a los que se suman otras especies autóctonas en la parte superior de las laderas. El puente, de incuestionable valor arquitectónico, contribuye, al fusionarse con el paisaje, a dotar a esta zona de un
gran valor histórico y ecológico.



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Además, en sus inmediaciones se encuentran varios bienes catalogados por la Xunta de Galiza, como las Cuevas paleolíticas de Valdavara, el castro galaico-romano de Vilar de Ousón, la Casa-Torre de Cruzul y un molino de agua.


En conclusión, el puente de Cruzul es uno de los bienes patrimoniales más destacados, no solo del ayuntamiento de Becerreá, también de la comarca de Os Ancares, y único de la provincia de Lugo vinculado al período Neoclásico, ejemplo de la
ingeniería de la época que a lo largo de más de doscientos años actuó como una de las infraestructuras principales en la red viaria que comunicaba la Meseta con Lugo y Galiza. Otorgarle la distinción como BIC implicaría, además de su protección y
conservación, una mayor divulgación, lo que supondría un aliciente más para promover el turismo en la zona y ayudar a frenar el despoblamiento.


Esta declaración fue instada por el Colectivo Patrimonio dos Ancares inicialmente ante la Xunta de Galiza que, en virtud de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galiza, tendría competencia exclusiva para la protección,
conservación, acrecentamiento, difusión y fomento del patrimonio cultural de Galicia que está constituido por los bienes muebles, inmuebles o manifestaciones inmateriales que, por su valor artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico,
paleontológico, etnológico, antropológico, industrial, científico y técnico, documental o bibliográfico, deban ser considerados como de interés para la permanencia, reconocimiento e identidad de la cultura gallega a través del tiempo.


Así, a pesar de ostentar plenas competencias, dada la titularidad estatal del Puente de Cruzul y que este sigue adscrito a un fin público, se comunicó a la asociación que consideraba que debía instarse la declaración como BIC ante el
Ministerio de Cultura, en virtud del artículo 10 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, lo que esta hizo presentando la solicitud el 22 de noviembre de 2019, pero sin que se haya recibido comunicación alguna sobre el
estado del expediente.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) del Puente de Cruzul situado en el Concello de Becerreá (Lugo) en virtud del artículo 10 de la Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, otorgándosele así la protección adecuada que garantice su conservación y puesta en valor.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de enero de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/001921


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el impulso de las startups, el
fomento del emprendimiento y la atracción del talento para su debate en Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La economía y la sociedad española atraviesan uno de los momentos más graves de su historia como consecuencia de la epidemia del COVID-19 y su gestión sanitaria. En estos momentos, España se enfrenta a un proceso de recuperación que se
prevé especialmente complicado. Para lograrlo, el país debe modificar una parte importante de sus sectores productivos; los proyectos de innovación deben convertirse en una de las palancas claras para impulsar una nueva economía con más capacidad
de crecer, crear empleo y generar un impacto positivo en el conjunto de la sociedad.



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Las startups y los emprendedores españoles llevan años creando nuevos productos y servicios, innovadoras soluciones para los problemas emergentes y un ecosistema de innovación con dos nodos europeos principales: Madrid y Barcelona; en
definitiva, generando empleo de calidad y riqueza en todo el territorio nacional.


Sin embargo, el emprendimiento tecnológico choca reiteradamente en nuestro país con todo tipo de barreras económicas y regulatorias que impiden a nuestros emprendedores alcanzar todo su potencial. Mientras en otros países más adelantados se
han dado pasos decididos para impulsar sus ecosistemas (Reino Unido, Alemania o Francia, entre otros), España sigue pendiente de propuestas efectivas para salir de la última fila del impulso al emprendimiento y la generación de empresas innovadoras.


Se debe reconocer la singularidad de las startups como modelo empresarial, un proyecto a medio camino entre una empresa y un proyecto de innovación, siendo fundamental que cuente con una legislación que ayude en su desarrollo y crecimiento,
en lugar de frenar su labor.


Se necesitan iniciativas que reconozcan su singularidad y establezcan una definición y un registro sencillo y gratuito, de forma que los emprendedores sólo tengan que hacer una vez el proceso administrativo para la consecución de ayudas o
medidas que se promuevan posteriormente.


Dichas iniciativas deben recoger las mejores prácticas internacionales en ecosistemas de startups de éxito y plantear desgravaciones fiscales para incrementar la inversión en los proyectos. El Gobierno debería coinvertir, junto a los
inversores privados, en las startups, fomentar la atracción y retención de talento e impulsar con decisión nuestro el ecosistema español.


El Gobierno debe acometer actuaciones definitivas que no sean un mero enunciado de buenas intenciones, sino medidas profundas y concretas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar la creación, consolidación y desarrollo de startups de innovación con medidas concretas derivadas del diálogo con las asociaciones del sector.


2. Establecer una definición concreta y escalable de startup.


3. Crear un registro público ágil y gratuito de startup para que puedan acreditar su condición y hacer valer un 'Sello Startup' ante cualquier administración pública para acceder a financiación, ayudas, realizar trámites, etc.


4. Eliminar todo tipo de barreras administrativas y poder crear una startup de manera online en 48 horas, así como eliminar trámites para facilitar a los inversores extranjeros y nacionales su apuesta por startups españolas.


5. Promover los cambios oportunos en las normas para que sea igualmente sencillo cerrar una startup, modificando aquellos aspectos de la legislación mercantil para que su operativa sea más sencilla.


6. Crear un nuevo modelo de VISA, al modo de la Fren TECH (acreditación otorgada a las ciudades francesas reconocidas por su ecosistema de empresa emergente) y un Welcome Pack (difusión de las normas de la organización a los nuevos
miembros) para que sea más fácil contratar talento y que este se establezca en España.


7. Para el impulso del Sector Público, impulsar las siguientes medidas:


a) Incrementar en las ayudas a I+D+i las cuantías de las subvenciones no reembolsables a modo de otros modelos de ecosistemas que han resultado exitosos.


b) Dotar de un Fondo Público de Coinversión especializado dentro un plan plurianual en los PGE.


c) Fomentar los programas de compra pública innovadora reservando un porcentaje de este gasto para startups y empresas innovadoras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-Teodoro García Egea, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cotés Carballo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Comisión de Sanidad y Consumo


161/000311


Mediante escrito de fecha 16 de diciembre de 2020, se ha retirado por el Grupo Parlamentario Socialista la Proposición no de Ley sobre el abordaje del impacto social y sanitario frente a la creciente proliferación de las casas de apuestas y
salones de juego, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', Serie D, núm. 55, de 18 de marzo de 2020.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/001931


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la utilización de suplementos de vitamina D en el
tratamiento y prevención de los casos graves de COVID-19 para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


La pandemia de COVID-19 ha afectado de forma especialmente grave a nuestro país, provocando ya más de dos millones de contagios y en torno a las 80.000 muertes. Uno de los principales retos a los que se enfrentan los profesionales
sanitarios son los cuadros clínicos más graves, puesto que tienen un mayor riesgo de mortalidad y su carga viral hace más posible el contagio, especialmente hacia esos profesionales que están tratando al paciente.


Según un estudio publicado por el portal médico MedrXIV, adscrito al British Medical Journal y la Universidad de Yale, la prescripción de suplementos de vitamina D a pacientes con infección grave por COVID-19 podría disminuir la tasa de
mortalidad de los mismos, así como la gravedad de los síntomas y los niveles de serotonina de los marcadores inflamatorios. Este estudio consiste, a su vez, en un metaanálisis de varios estudios previos publicados hasta el pasado 16 de diciembre de
2020 utilizando el software Comprehensive Meta-Analysis (CMA) y 2.0.


La prescripción de suplementos de vitamina D a pacientes con infección por COVID-19 parece disminuir la tasa de mortalidad, la gravedad de la enfermedad y los niveles de serotonina de los marcadores inflamatorios, según un metaanálisis
publicado en MedrXIV. No es el primer estudio que analiza si esta vitamina tiene efectos positivos en la salud de infectados con coronavirus, de hecho, los expertos sanitarios insisten en que la vitamina D es beneficiosa para ellos. Tras realizar
una criba de 2.311 resultados, el metaanálisis se ha basado en cuatro estudios completos a 259 pacientes, incluidos 139 pacientes en grupos de intervención con vitamina D. El análisis mostró que la tasa de mortalidad era significativamente menor (en
torno a un 10,5 % de mortalidad) que la de los grupos de control (en torno a un 23,8 %). Además, otro de los estudios contemplados en el análisis ya mostraba que la administración de suplementos de vitamina D reducía la tasa de ingreso en unidad de
cuidados intensivos (UCI).


Por ello, los autores del metaanálisis apuestan por promover la prescripción domiciliaria y hospitalaria de vitamina D, animando además a evaluar los posibles efectos de la terapia con esta vitamina en pacientes infectados por COVID-19.
Apuestan por ello, además, al no haber aún ninguna evidencia clara de un tratamiento efectivo contra la enfermedad, por lo que afirman que centrarse en mejorar la respuesta inmunológica es lo más recomendable actualmente, al menos hasta que haya
nuevos avances en cuanto a un medicamento o tratamiento más radical. Por ello, la vitamina D, cuyas propiedades inmunomoduladoras ya se habían investigado de forma previa a la pandemia para el tratamiento de infecciones en las vías respiratorias
superiores, parece ofrecer una clave para evitar los peores cuadros clínicos de COVID-19 y sus fatales consecuencias.



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Teniendo esto en cuenta, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover y reforzar el apoyo a las investigaciones españolas sobre las propiedades inmunomoduladoras de la vitamina D y su efecto sobre la prevención y el tratamiento del COVID-19.


2. Informar debidamente, en colaboración con las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas, tanto a facultativos como a pacientes de las ventajas de utilizar suplementos de vitamina D como prevención y tratamiento de COVID-19,
siempre en línea con la evidencia científica disponible.


3. Asegurar, en colaboración con el sector farmacéutico, el suministro de suplementos de vitamina D en nuestro país, así como su distribución por todo el territorio nacional, en previsión de un repunte en la demanda de los mismos durante la
tercera ola de la pandemia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001932


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la puesta en marcha de una red nacional de atención al
ictus para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


La pandemia de COVID-19 ya ha provocado más de 2 millones de contagios en España, cobrándose la vida de al menos 52.000 personas. Incluso cuando los pacientes de COVID-19 se recuperan de la enfermedad, las secuelas son graves, incluyendo
disnea, amiotrofia, el síndrome de la polineuropatía del enfermo crítico, dificultad para caminar, problemas respiratorios o tos, trastorno del sueño o problemas emocionales. Además, un estudio publicado hace unos días en la revista especializada
'Stroke' concluye que los pacientes con COVID-19 tienen accidentes cerebrovasculares más graves como consecuencia de la enfermedad, lo que presenta un mayor riesgo para la salud de estos pacientes.


Esta investigación, llevada a cabo por médicos y doctores españoles, se ha llevado a cabo analizando 550 casos de apoplejía aguda. En 105 se detectó la presencia de COVID-19 (19,1 %), mientras que otros 19 pacientes eran sospechosos de
tenerla (un 3,5 %). El grupo de pacientes con COVID-19 mostró peores resultados que los que no tenían la enfermedad a la hora de medir el tiempo medio desde la admisión en urgencias a la opción terapéutica, asociado con la realización de una
tomografía computarizada de tórax en los primeros. En definitiva, el estudio demuestra que los pacientes con esta enfermedad tienen accidentes cerebrovasculares más severos y peores consecuencias de los mismos pese a recibir un tratamiento similar
a aquellos que no lo tienen. Así pues, los investigadores recomiendan una red de atención al ictus robusta que pueda disminuir el efecto del COVID-19 en la atención a la apoplejía, reduciendo las transferencias secundarias y permitiendo el
mantenimiento de terapias de reperfusión, evitando a su vez los incrementos en el tiempo desde la admisión en urgencias hasta la opción terapéutica debido a tomografías computarizadas de tórax.


La pandemia ha añadido dificultades a la prestación de una atención de calidad para los pacientes con accidentes cerebrovasculares agudos debido a que, además, se han destinado muchos de sus recursos a la atención del COVID-19. De acuerdo a
los datos ofrecidos por el doctor Tomás Segura, del Hospital General Universitario de Albacete, y presentados durante la LXXII Reunión Anual de la Sociedad Española de Neurología (SEN), la caída de diagnósticos de ictus llegó a situarse por encima
del 40 % en los meses de marzo y abril, tal y como informan en el portal especializado MedScape. España es, además, uno de los países que mayor número de estudios ha publicado sobre el papel que ha jugado y juega la COVID-19 en el diagnóstico de
los ictus, algo que sigue produciéndose, como evidencia el estudio citado en el párrafo anterior. Algunos de estos trabajos ponen de relieve que no solo se han reducido el número de



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diagnósticos y de ingresos hospitalarios debido al colapso del sistema sanitario, sino que en España también ha aumentado la mortalidad por estas enfermedades.


El ictus representa actualmente en España la segunda causa de muerte, después de la cardiopatía isquémica, mientras que en algunas Comunidades Autónomas como Galicia y Extremadura es la primera causa de mortalidad en ambos sexos. Según un
estudio del Hospital General Universitario de Albacete, la mortalidad que registraron por ictus se situaba en un 1,9 % en 2019, mientras que se ha disparado hasta el 19 % en 2020. Además, mientras el año pasado el 40 % de las altas tras un ictus
presentaban un grado de discapacidad importante y limitante para la autonomía personal, esa tasa ha escalado hasta el 53 % en 2020. Por tanto, se vuelve más pertinente si cabe la advertencia de los investigadores españoles de contar con una red de
atención al ictus en forma para hacer frente a este reto y minimizar el impacto que esta patología tiene sobre los pacientes.


Varios estudios apuntan también al riesgo de recurrencia de isquemia y de la hemorragia intracraneal, por lo que el tratamiento de pacientes con accidente vascular agudo debe extenderse también en el tiempo y estar sujeto a una vigilancia
prácticamente continua. La doctora Mar Castellanos, del Hospital Universitario de A Coruña, ha advertido de la importancia de los anticoagulantes orales de acción directa a la hora de prevenir el ictus en pacientes con fibrilación auricular,
apuntando a que los investigadores apuestan ahora por ofrecer estos anticoagulantes de forma más temprana para minimizar ese riesgo de recurrencia. Así pues, la eliminación de visados para la prescripción de anticoagulantes entre Comunidades
Autónomas provocada por la pandemia es una buena noticia en este sentido, respondiendo así a una reclamación de pacientes y facultativos durante años.


Teniendo esto en cuenta, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer una red de atención al ictus en España que incluya:


1. Simplificar el visado para la prescripción de anticoagulantes orales de acción directa (ACOD) para pacientes con indicación clara de anticoagulación, unificándolo entre Comunidades Autónomas y estudiando su exención mediante acuerdo en
el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS).


2. Apoyo financiero e institucional, en colaboración con el sector farmacéutico, a la investigación española en materia de accidentes cerebrovasculares, tanto en lo referente a su prevención como a su diagnóstico, tratamiento y seguimiento
de pacientes que reciben el alta.


3. Reforzar el papel del terapeuta ocupacional en centros sanitarios, sociosanitarios y hospitalarios públicos y privados en línea de lo establecido por la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, con el
objetivo de hacer de la aplicación de técnicas y la realización de actividades de carácter ocupacional que tiendan a potenciar o suplir funciones físicas o psíquicas disminuidas o pérdidas a causa de accidentes cerebrovasculares, un elemento central
del tratamiento de pacientes de ictus.


4. Acelerar los procesos de evaluación para pacientes afectados por accidentes cerebrovasculares que deban acceder a un tribunal médico que dirima su nivel de discapacidad, reduciendo la burocracia de este procedimiento y evitando así que
el paciente pueda quedar en situación de desamparo si no puede realizar su actividad laboral previa.


5. Una mejor información al paciente sobre tratamientos preventivos, en colaboración con la Federación Española de Ictus y con los profesionales sanitarios, como las estatinas para prevenir la aparición y recurrencia del ictus isquémico,
facilitando el acceso a los mismos sin discriminación entre Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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161/001936


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao, D. Antonio Salvá Verd, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D.ª Mercedes Jara Moreno, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la nueva variante del SARS-CoV-2 procedente de Brasil,
para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


El descubrimiento, en diciembre del 2020, de una nueva variante de SARS-CoV-2 procedente de la zona amazónica del norte de Brasil, en concreto de Manaos, está planteando numerosas incógnitas sobre la repercusión que pueda tener. Más
concretamente, la comunidad científica se pregunta si dicha variante afectará a la gravedad de la enfermedad o a la eficacia de las vacunas que ya están aprobadas.


Todo apunta a que se trata de la misma variante que apareció en Japón, a raíz de que cuatro viajeros japoneses visitaran la región amazónica brasileña que hemos comentado 76.


Como evidencia el artículo de la revista científica de la BBC Science Focus, titulado 'Everything we know about the new coronavirus variant in Brasil' (Todo lo que sabemos sobre la nueva variante del coronavirus en Brasil), 'la variante
brasileña tiene tres mutaciones clave en el dominio de unión al receptor de pico (RBD) [sitio de unión al receptor] que reflejan en gran medida algunas de las mutaciones que preocupan a los expertos en la variante sudafricana' 77.


'Como la variante sudafricana, la brasileña porta una mutación en la proteína de pico llamada E484K, que no está presente en la cepa del Reino Unido. Se ha demostrado que la mutación E484K reduce el reconocimiento de anticuerpos, lo que
ayuda al virus a evitar la protección inmunitaria proporcionada por una infección o vacunación previa.' 78


Así las cosas, 'los científicos dicen que es esencial investigar rápidamente si existe una mayor tasa de reinfección en personas previamente expuestas. Esto nos ayudará a comprender si la infección previa brinda protección contra esta nueva
variante' 79.


A tenor de lo expuesto, es plausible pensar que la aparición de esta nueva variante pueda no solo ser peligrosa en términos de contagiosidad, morbilidad o mortalidad, sino también disminuir la eficacia de la vacunación en curso.


En su virtud, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impedir la entrada en España, a través de todos los puestos transfronterizos, de las personas procedentes de Brasil que no sean nacionales españoles o residentes en España.


2. Realizar un examen clínico y una PCR a los nacionales españoles y residentes en España que regresen a nuestro país procedentes de Brasil.


a) Si el resultado fuera positivo, se aplicará el protocolo estándar establecido por el Ministerio de Sanidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Antonio Salvá Verd, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y Mercedes Jara Moreno, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


76 Así lo aseveran diversos medios de comunicación: https://www.rtve.es/noticias/20210113/brasil-confirma-circulacion-nueva-cepa-coronavirus/2065440.shtml;
https://www.infobae.com/america/tendencias­america/2021/01/18/la-oms-describio-a-la-nueva-cepa-del-sars-cov-2-hallada-en-brasil-como­una-variante-preocupante/, o https://www.forbes.com.mx/mundo-japon-nueva-variante­coronavirus-viajeros-brasil/.


77 https://www.sciencefocus.com/news/everything-we-know-about-the-new-coronavirus-variant-in-brazil/.


78 https://www.sciencefocus.com/news/everything-we-know-about-the-new-coronavirus-variant-in-brazil/.


79 Ídem.



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Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género


161/001918


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a reforzar la lucha contra la violencia de género en mujeres mayores, para
su debate en la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género.


Exposición de motivos


En 2019, la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género (Ministerio de Igualdad) publicó el estudio 'Mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género'. Este estudio fue impulsado, financiado y supervisado por el Ministerio
de Igualdad para dar cumplimiento al Pacto de Estado en materia de Violencia de Género y concretamente a la medida número 100 que indica que se deben 'realizar estudios sobre la situación de las mujeres mayores de 65 años que sufren violencia de
género y preparar recursos adaptados a ellas'.


Este estudio, realizado por Cruz Roja Española con apoyo de la Universidad Carlos III de Madrid, tuvo como principal objetivo analizar la situación de las mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género. La investigación evaluó
los factores que determinan la especial vulnerabilidad de las mujeres mayores frente a la violencia de género con el fin de aportar información que permita diseñar medidas y actuaciones que contribuyan a la detección de los casos y faciliten el
acceso de las víctimas a recursos especializados.


Según las conclusiones del estudio, las mujeres mayores experimentan discriminación de género en mayor medida que las mujeres jóvenes y en materia de discriminación por edad, en mayor medida que los hombres mayores. La intersección de estos
dos factores de discriminación profundiza la invisibilidad de la violencia de género contra las mujeres mayores.


Según los datos aportados por el estudio, el 40 % de las víctimas ha sufrido violencia de género durante más de 40 años y el 27 %, entre 20 y 30 años. Cabe destacar, además, que el 56 % de las mujeres encuestadas afirma haber mantenido
relaciones sexuales contra su voluntad por miedo al maltratador y seis de cada diez han sufrido violencia económica.


En relación a los motivos por los que las mujeres se mantuvieron en la relación a pesar de la violencia ejercida sobre ellas, la razón más señalada por las mujeres encuestadas es la de seguir vivas, ya que el 35 % manifiesta haber tenido
miedo a que las mataran. Tres de cada diez mujeres señalaron que consideraban que este tipo de violencia estaba aceptada por la sociedad y el 32 % indicó que lo hacía por sus hijos.


El maltratador, según refleja el estudio, impedía a las víctimas tomar decisiones relacionadas con la economía familiar. En el 55 % de los casos, las mujeres no recibían dinero para los gastos del hogar, el 41 % de las mujeres dijo que el
maltratador se apropiaba de su dinero, el 34 % de las víctimas aseguran que no les dejaban trabajar o estudiar fuera del hogar y un 31 % se apropiaba de sus bienes. El 98 % de las mujeres siente miedo y ocho de cada diez manifestaron que el
maltratador las ignoraba y las trataba con indiferencia.


Las mujeres mayores pertenecen a una generación que en su mayoría fueron socializadas para poner en un segundo plano su propia identidad, necesidades y deseos. Por tanto, sufrir violencia de género a una edad avanzada puede convertirse en
un tabú para muchas de ellas. Esta socialización de las mujeres mayores basada en roles sexistas y tradicionales dificulta la posibilidad de que estas mujeres puedan pedir apoyo en servicios sociales o psicológicos o iniciar procesos de separación
y divorcio.



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Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en colaboración con las comunidades autónomas, a:


1. Promover acciones de difusión, prevención y sensibilización acerca de la Violencia de Género en mujeres mayores de 65 años destinadas a mejorar el conocimiento de sus derechos y de los servicios disponibles para atenderlas, así como la
confianza en los mismos, adecuando los materiales, lenguaje y contenidos a las percepciones y enfoques de las personas mayores, de forma que estas pudiesen sentirse identificadas.


2. Impulsar programas de prevención de la violencia de género y el abuso en los centros de mayores y otros recursos públicos destinados a esta población.


3. Desarrollar programas orientados a la reparación emocional de las supervivientes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-Lidia Guinart Moreno, Diputada.-Susana Ros Martínez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001920


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a implementar las
recomendaciones recogidas en el Informe del Defensor del Pueblo de actuaciones ante la pandemia de COVID-19, para su debate en la Comisión del Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto en materia de Violencia de Género.


Exposición de motivos


El Informe del Defensor del Pueblo relativo a las actuaciones ante la pandemia de COVID-19 que contiene las conclusiones y trabajos previos realizados para su comparecencia ante la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo de
las Cortes Generales celebrada el pasado 26 de noviembre de 2020, con el objetivo de explicar las quejas de los ciudadanos y las actuaciones de la Institución durante la pandemia de la COVID-19 ha recogido un apartado específico dedicado a la
violencia de género.


El Informe coincide con lo afirmado por otros organismos e Instituciones y que el Partido Popular ha referenciado en otras iniciativas parlamentarias, 'La situación de las mujeres maltratadas es aún mucho más angustiosa desde que el mundo
está en suspenso debido a la COVID. Es en estas crisis cuando hay que reforzar la vigilancia sobre la violencia de género para poder paliar el daño causado en las vidas de las mujeres. Muchas veces, la amenaza es mayor precisamente allí donde
debieran estar más seguras: en sus propios hogares'.


La Organización Mundial de la Salud (OMS) en un documento publicado el pasado mes de abril de 2020, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, así como otros expertos lo han corroborado.


'La crisis de la COVID-19, con medidas como el distanciamiento social y con toques de queda, ha dado lugar a un mayor riesgo de violencia machista. Ahora se comete en el entorno privado o doméstico, y su aumento se ve reflejado en datos.'


Durante los trimestres que duró en el confinamiento, los indicadores relativos a denuncias, órdenes de protección, etc. bajaron a excepción de las llamadas al 016, esta línea de auxilio batió el segundo mayor récord de actividad de su
historia el pasado mes de abril, con 8.692 alertas.


Una vez finalizado el mismo, los datos del tercer trimestre del Observatorio del CGPJ indican que el número de denuncias por violencia de género ha aumentado y se ha situado en niveles similares a los de antes del confinamiento.



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Desde 2003, fecha en la que tenemos datos oficiales hasta el 4 de enero de 2021, 1.078 mujeres han sido asesinadas, 304 niñas y niños menores de 18 años han quedado huérfanos y son 37 menores los que han sido asesinados desde 2013. Hasta la
fecha, en 2020, han sido asesinadas 45 mujeres que han dejado 26 menores huérfanos y huérfanas, de las que 86 % no había presentado denuncia.


Por otro lado, siguiendo el Informe del Defensor del Pueblo, el Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (GREVIO) del Consejo de Europa indica que 'España tiene una agenda sólida en materia
de protección de las mujeres de sus parejas o exparejas violentas, realizando un trabajo pionero desde 2004, el año en el que se aprobó la Ley integral contra la violencia de género'. No obstante, 'los sistemas para implementar los dispositivos de
ayuda varían demasiado entre las autonomías', y manifiesta su preocupación porque los servicios de apoyo integral para víctimas y la cooperación entre diversas agencias en España se hayan concentrado exclusivamente en la violencia relacionada con la
pareja, en detrimento de otras formas de violencia, especialmente la violencia sexual, o el matrimonio forzado.


Entre sus recomendaciones, el GREVIO insta a las autoridades españolas 'en todos los niveles de Gobierno, en particular en el regional' a garantizar que la legislación y las regulaciones administrativas sean conformes a los principios del
Convenio de Estambul.


Es más, de conformidad con lo recogido en el Informe, la propia Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género reconoce que la asistencia puede variar no ya por Comunidades Autónomas, sino en entornos rurales y en municipios de menor
tamaño. Además, los datos de la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, indican que el porcentaje de mujeres que verbalizan el maltrato que reciben por parte de sus parejas o exparejas disminuye en función del tamaño del municipio en el
que viven: el 83,3 % en las mujeres que viven en municipios de más de 100.000 habitantes; un 78,5 % en municipios de entre 10.000 y 2.001 habitantes, mientras que en los municipios de menos de 2.000 solo han denunciado el 66,9 % de las víctimas.


Por último, aunque las quejas recibidas a esta Institución son escasas dado que estamos ante hechos delictivos, sí que ha realizado una serie de recomendaciones dirigidas a prevenir esta lacra o corregir 'aquellas disfunciones que se
originen en los sistemas de alertas' que desde el Partido Popular se comparten dado que resultan necesarias para seguir mejorando la atención y tratamiento de las víctimas y, por otro lado, previendo la comisión de estos execrables delitos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar las recomendaciones del Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (GREVIO) del Consejo de Europa para España, más concretamente las concernientes a:


- Mejorar la coordinación y homogeneización de los recursos puestos a disposición de las víctimas de violencia de género por las distintas Administraciones competentes, para que puedan disponer de servicios de calidad vivan donde vivan y con
independencia de sus circunstancias.


- Establecer servicios de apoyo integral para víctimas de otras formas de violencia, como la violencia sexual o los matrimonios forzados.


- Garantizar que la legislación nacional y autonómica, así como el resto de las regulaciones administrativas, sean conformes a los principios del Convenio de Estambul.


2. Implementar las recomendaciones efectuadas en materia de violencia de género por el Defensor del Pueblo, específicamente las siguientes:


- Solicitar al Ministerio de Justicia que modifique la legislación oportuna, de manera que se establezca con carácter imperativo la suspensión cautelar o provisional del régimen de visitas para todo condenado por violencia de género, penado
con medidas de salida de domicilio, alejamiento o suspensión de las comunicaciones respecto de la madre.


- Poner en funcionamiento del Sistema de Seguimiento Integral en los casos de violencia de género contra menores, adaptando sus parámetros para que sean específicos y adecuados para el tipo de riesgo al que estos están sometidos.



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- Reclamar al Ministerio del Interior para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado remitan a Magistrados, Jueces y Fiscales la información de sus estimaciones sobre la situación de los menores, con el fin de que esta valoración sea
tenida en cuenta en todos los procesos en los que puedan verse involucrados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2021.-Beatriz Álvarez Fanjul y Margarita Prohens Rigo, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001913


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D.a María Teresa López Álvarez, D. Pablo Juan Calvo Liste, D.a Rocío de Meer Méndez, D.a María de la Cabeza Ruiz Solás y D.a Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del
Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la protección de los menores en los entornos digitales, para su
discusión en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


Previo. El marco legal de la protección de los menores en los entornos digitales.


El artículo 18.1 de la Constitución Española consagra 'el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen'. Este derecho se desarrolla en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (en adelante, 'LO 1/1982'), cuyo artículo tercero hace referencia al consentimiento respecto a la intromisión de este derecho -'irrenunciable, inalienable e imprescriptible'- para el
caso de los menores de edad, señalando expresamente lo siguiente:


'Uno. El consentimiento de los menores e incapaces deberá prestarse por ellos mismos si sus condiciones de madurez lo permiten, de acuerdo con la legislación civil.


Dos. En los restantes casos, el consentimiento habrá de otorgarse mediante escrito por su representante legal, quien estará obligado a poner en conocimiento previo del Ministerio Fiscal el consentimiento proyectado. Si en el plazo de ocho
días el Ministerio Fiscal se opusiere, resolverá el Juez.'


La protección de este derecho de los menores de edad refuerza sus 'mecanismos de garantía' con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la
Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante, 'LO 1/1996'), cuyo artículo 4 dispone lo siguiente:


'1. Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Este derecho comprende también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como del secreto de las comunicaciones.


2. La difusión de información o la utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses,
determinará la intervención del Ministerio Fiscal, que instará de inmediato las medidas cautelares y de protección previstas en la Ley y solicitará las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios causados.


3. Se considera intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del menor, cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación



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que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales.


4. Sin perjuicio de las acciones de las que sean titulares los representantes legales del menor, corresponde en todo caso al Ministerio Fiscal su ejercicio, que podrá actuar de oficio o a instancia del propio menor o de cualquier persona
interesada, física, jurídica o entidad pública.


5. Los padres o tutores y los poderes públicos respetarán estos derechos y los protegerán frente a posibles ataques de terceros'.


Asimismo, el propio artículo 18 de la Constitución Española, al referir en su apartado cuarto que 'la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de
sus derechos', reconoce el derecho fundamental a la 'protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales'; así lo sostiene la vigente Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (en adelante, 'LOPD'), que expone en su artículo 7, respecto al consentimiento de los menores lo siguiente:


'1. El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de catorce años.


Se exceptúan los supuestos en que la ley exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela para la celebración del acto o negocio jurídico en cuyo contexto se recaba el consentimiento para el tratamiento.


2. El tratamiento de los datos de los menores de catorce años, fundado en el consentimiento, solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determinen los titulares de la patria potestad o
tutela.'


Primero. Ausencia de norma específica relativa a la protección del menor en Internet.


Para abarcar esta materia es pertinente tomar como referencia lo expuesto por el Ministerio Fiscal en la Memoria de 2014, que proponía, refiriéndose a los riesgos de los menores en las comunicaciones on line, 'elevar el nivel de las cautelas
y actualizar los instrumentos normativos desde la triple perspectiva de la protección de datos de carácter personal, la protección civil y penal de los derechos al honor, intimidad y propia imagen, integridad e indemnidad sexuales, integridad moral
80.


Por otro lado, en la trayectoria de la Fiscalía General del Estado tiene especial relevancia la Instrucción 2/2006, de 15 de marzo, sobre el Fiscal y la protección del derecho al honor, intimidad y propia imagen (en adelante, 'Instrucción
2/2006'). Su punto (13) dispone lo siguiente:


'La extraordinaria expansión de las redes de telecomunicaciones y, en especial, de Internet como vehículo de transmisión e intercambio de todo tipo de información está generando sin duda innumerables ventajas, en todos los ámbitos de la
vida.


Sin embargo, son también evidentes las posibilidades de que su uso desemboque en comportamientos antijurídicos. Entre estos comportamientos antijurídicos por lo que ahora interesa debe ponerse el acento en los ataques a los derechos al
honor, intimidad y propia imagen del menor a través del contenido de páginas web.'


Estas observaciones y consideraciones de la Fiscalía General del Estado, en marzo de 2006, lo eran respecto del statu quo de aquel momento. Actualmente, es necesario adaptarlas y aplicarlas a los problemas que padecen los menores y sus
padres y tutores tras la irrupción de las redes sociales y el aumento del uso de Internet.


La Instrucción advertía, a su vez, de la necesidad de una 'auténtica concienciación social que asuma la necesidad de una escrupulosa tutela frente a las intromisiones que puedan llegar a poner en riesgo o perturbar su proceso de maduración
[de los menores]', toda vez que los 'derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor se encuentran hiperprotegidos por nuestro ordenamiento jurídico', 'garantías adicionales' que 'se justifican por el plus de antijuridicidad
predicable de los ataques a estos derechos cuando el sujeto pasivo es un menor'.


80 https://www.fiscal.es/memorias/memoria2014/FISCALIA_SITE/.



Página 80





En definitiva, nos encontramos con que el entorno digital, con todos los beneficios que pueda tener, acarrea -en cuanto que lugar condicionado por la técnica- unas consecuencias constatables, quizás auspiciadas por un progreso material no
correspondido o no recorrido a la par con una formación acerca de un uso correcto, todavía por delimitar. Presenta, asimismo, unas notas características que pueden llegar a suponer un perjuicio, como la inmediatez o la falta de conciencia de la
eventual repercusión de la puesta en circulación de los datos de carácter personal en el tráfico de Internet. Si los riesgos para el caso de los mayores de edad son de por sí notables, es evidente que para los menores de edad se multiplican.


Naturalmente, el papel fundamental a la hora de proteger a los menores en Internet lo tienen sus padres y tutores, como lo atestigua la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su informe sobre Protección del menor en Internet, de
febrero de 2020 81. Informe que señala el papel de los padres y tutores a la hora de 'tomar medidas para proteger [a los menores] de las amenazas del entorno digital al igual que se hace en el mundo físico'. No obstante, también 'la industria ha
de proporcionar herramientas para ayudar a salvaguardar su intimidad y bienestar'.


A pesar de las reticencias al uso o de las consecuencias perjudiciales que uno pueda reconocer en el entorno digital para la educación de sus hijos, existe, como reconoce el informe, una 'tendencia imparable' del uso 'de tecnologías móviles
conectadas por parte de menores de edad'. Esta tendencia se expresa en cifras que hablan por sí solas: 'cerca del 85 % de la población española tiene acceso a internet desde su hogar y, en particular, casi el 70 % de los menores de 15 años dispone
de un teléfono móvil' (INE, 2018).


En definitiva, el objeto de la presente iniciativa es instar al Gobierno a que, teniendo en consideración el principio de subsidiariedad y, por tanto, reconociendo la necesidad de que tanto padres y tutores, así como la industria de
Internet, ponga todos los medios necesarios para salvaguardar los derechos de los menores de edad en el entorno digital, refuerce la protección de los menores en Internet tanto en lo relativo a su derecho fundamental al honor, la intimidad y la
propia imagen, como en lo tocante a sus derechos en materia de protección de datos.


Segundo. La exposición de los menores en internet por parte de sus padres o tutores.


La especial vulnerabilidad de los menores en Internet no solo se expresa en su relación con el resto de las personas que concurren al entorno digital, sino que, en algunos casos, puede estar relacionada con el ejercicio de la patria
potestad, concretado en la publicación de imágenes y datos de carácter personal de los menores de edad. De igual modo, ciertas formas de uso de Internet pueden llegar a generar una huella digital difícil de borrar, sin hablar de los efectos
perjudiciales que pudiera generar en el presente o en el futuro, así como ocasionales consecuencias psicológicas como resultado de una pronta exposición en redes sociales y la forma en que esta pueda configurar la personalidad del menor, o los
peligros a los que pudiera sometérsele, en una realidad que se ha venido a expresar con el anglicismo oversharing, y que no se trata sino de 'la sobreexposición de información personal en Internet, en particular en las redes sociales a través de los
perfiles de los usuarios' 82.


Como señala Ana Gil Antón en su estudio 'Redes sociales y privacidad del menor: un debate abierto' 83, 'el verdadero escollo en la tutela de la 'intimidad informática' surge en este último sentido: cómo proteger a quien voluntariamente
desvela la misma en la Red, si bien en ocasiones lo hace porque ignora la relevancia de sus actos aislados o bien porque no puede evitar su monitorización a través de Internet. Pregunta que tiene difícil respuesta, sobre todo, en lo que a la
primera parte se refiere: el volcado de datos en la Red se realiza de forma voluntaria, y por tanto, el acceso a los mismos por parte de otras personas es lícito, en principio. De ahí que, sea realmente compleja la conculcación de este derecho en
este sentido. Derecho, por otra parte, plenamente disponible a voluntad de su titular, aunque se trate de un menor de edad, pues salvo casos relevantes, la cesión de datos será por sí sola insuficiente para poder apelar a la protección penal una
vez 'arrepentido de la cesión o comunicación pública y voluntaria de los mismos' 84.


81 https://www.aepd.es/sites/default/files/2020-04/ nota-tecnica-proteccion-del-menor-en-internet.pdf.


82 https://www. aepd.es/ sites/default/ files/2019-09/ fichas-proteccion-datos-y-prevencion-de-delitos.pdf.


83 Publicación: Revista Aranzadi de Derecho y Nuevas Tecnologías núm. 36/2014 parte Cuestiones. Editorial Aranzadi, S.A.U., Cizur Menor. 2014.


84 García Gonzalez, J.; Ciberacoso: La tutela penal de la intimidad, la integridad y la libertad sexual en Internet. Valencia 2010. Pág. 118 y ss.



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De ahí que haya que reflexionar y abordar el problema de que padres o representantes legales de los menores expongan completamente su vida diaria personal y familiar en Internet y redes sociales, y el papel del Ministerio Fiscal en este
terreno, como defensor del menor (artículo tercero, Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal) y, más concretamente en este caso, de su derecho a al honor, a la intimidad y a la propia imagen.


Esta 'intensificación en los niveles de protección y su publificación', dice la Instrucción 2/2006, 'se justifica teniendo en cuenta que la entidad del daño se multiplica exponencialmente cuando el ataque a los derechos del menor se realiza
a través de los medios de comunicación'. Y es que, en definitiva, 'nos hallamos ante un conflicto entre la libertad de expresión o de información y el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los menores', en la que 'el superior
interés del menor habrá de ser, a la hora de colocar en la balanza los diferentes intereses en conflicto, el de mayor peso'.


No obstante, tal y como apunta la magistrada Natalia Velilla Antolín, a propósito del citado artículo 3 de la LO 1/1982, 'si bien tenía como finalidad la protección de la imagen de los menores frente al uso económico o profesional por parte
de sus progenitores de forma que pudiera afectar a los intereses de aquellos, en la práctica, al poco de ser promulgada, tuvo, necesariamente, que ser reiteradamente incumplida. Resultaba ya imposible en los ochenta que cada vez que unos padres
quisieran difundir una fotografía de sus hijos en cualquier publicación (bastaría una revista escolar, por ejemplo), tuvieran que acudir al fiscal [oposición que encuentra su cauce en el Capítulo VII de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la
Jurisdicción Voluntaria] por escrito, y esperar a la contestación de este para, en su defecto, acudir al Juez. Si ya era difícil entonces, en la actualidad es materialmente imposible' 85.


Es habitual encontrar en las redes sociales perfiles de padres que publican constantemente momentos de la vida de sus hijos, dejando constancia de esta desde los primeros momentos de su existencia y llegando hasta la misma retransmisión en
directo de las escenas más cotidianas. Esta circunstancia, que de por sí abre un debate en términos jurídicos, adquiere otro cariz al entrar en escena el lucro. Se cuentan por miles las imágenes, vídeos y seguidores de perfiles de padres que, hoy
por hoy, obtienen un rendimiento económico por la publicación de datos de carácter personal de sus hijos en distintas modalidades.


Para estos casos, sirven de base la Convención de los Derechos del Niño en sus artículos 31 y 32, la Directiva 94/33/CE del Consejo, de 22 de junio de 1994, relativa a la protección de los jóvenes en el trabajo en su artículo 5.1, o el
artículo 2.1 del Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos, relativo a la autorización de la autoridad laboral.


Es necesario, por tanto, reflexionar acerca de las repercusiones y relaciones jurídicas que puedan derivarse de la obtención de beneficios económicos de los padres con las imágenes o datos de carácter personal de sus hijos, y la analogía que
pueda establecerse entre esta situación, tan común hoy día, y lo que la vigente legislación señala en los referidos casos de tipo artístico o publicitario. Y ello porque, como venimos insistiendo, los padres perciben una remuneración económica por
el contenido que comparten en la red en razón del número de seguidores, visitas o visualizaciones (hablamos de miles de personas), así como por los productos que publicitan en ellos, y sería necesaria también, en estos casos, el permiso de la
autoridad laboral competente.


Tercero. Protección de datos del menor.


El Preámbulo LOPD reconoce que 'la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española'. Por otro lado, el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (en adelante, 'Reglamento general de protección de datos') manifiesta un particular empeño en el reconocimiento de la protección de los menores de edad en lo relativo a sus datos personales. Así lo expresa en sus considerandos
38, 58, 65 y 75. Estas motivaciones se concretan en el articulado del RGPD (como puede verse en sus artículos 7, 8, 12, 40 o 57) y, por tanto, en nuestra LOPD (como podemos reconocer en sus


85 Ejercicio del derecho a la imagen de los menores de edad e incapaces. Redes sociales y prensa. Natalia Velilla Antolín, Magistrada. Artículo Monográfico. Enero 2018 SP/DOCT/44915.



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artículos 7, 12, 28, 84, 92 o 97). Cabe interpretar que esta es la razón por la cual la LOPD dejó establecido en su Disposición adicional decimonovena lo siguiente:


'En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley orgánica, el Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de ley dirigido específicamente a garantizar los derechos de los menores ante el impacto de Internet.'


Transcurridos ya más de dos años desde la fecha de entrada en vigor de la LOPD (el 7 de diciembre de 2018), todavía no ha sido remitido tal proyecto de ley con carácter específico. Si bien existe actualmente un Proyecto de Ley Orgánica de
protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (con fecha 16 de junio de 2020). Sin embargo, dicho Proyecto de Ley no es específico de la materia como tal, según los términos en que se expresa la disposición adicional a
la que hacíamos referencia supra. Por este motivo, para dar respuesta a una necesidad cada vez más acuciarte como es el velar por la protección de los menores en Internet y, en especial, en redes sociales, presentamos la presente Proposición no de
Ley, con el fin de contribuir a dar solución a este problema real a través de medidas de protección concretas.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Proyecto de Ley dirigido específicamente a garantizar los derechos de los menores ante el impacto de Internet, y especialmente de las redes sociales, con el fin de garantizar su
seguridad y luchar contra la discriminación y la violencia que sobre los mismos pudiera ser ejercida mediante las nuevas tecnologías, cumpliendo así con la disposición adicional decimonovena de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Proyecto de Ley deberá recoger, cuando menos, los siguientes contenidos:


- Articular mecanismos de protección institucional de los menores que hagan extensibles a Internet y, particularmente, a las redes sociales, las previsiones del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor.


- Regular, para el caso de exposición de menores en Internet y en redes sociales con fines comerciales efectuada por sus progenitores o tutores, la necesidad de un permiso de carácter previo por parte de la autoridad laboral competente.


- Promover que las empresas titulares de las distintas redes sociales y de otros canales de difusión en Internet dispongan de los mecanismos necesarios para que se pueda llevar a cabo, en cualquier momento, de forma eficaz y sin dilación
indebida, la eliminación total o parcial de la huella digital de los menores expuestos en estas plataformas virtuales, bien a instancia del Ministerio Fiscal, de los titulares de los datos -si tienen capacidad jurídica para prestar su
consentimiento-, o de sus progenitores o tutores, garantizando el derecho de rectificación y supresión (el derecho al olvido) de los menores, reconocidos respectivamente en los artículos 16 y 17 del Reglamento general de protección de datos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de enero de 2021.-María Teresa López Álvarez, Pablo Juan Calvo Liste, Rocío de Meer Méndez, María de la Cabeza Ruiz Solás y Georgina Trías Gil, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.



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Comisión sobre Seguridad Vial


161/001905


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para subvencionar a las entidades
locales en la adaptación de la señalización a los nuevos límites de velocidad en vías urbanas aprobados por el Gobierno, para su debate en la Comisión sobre Seguridad Vial.


Exposición de motivos


El Consejo de Ministros, el 10 de noviembre, aprobó una serie de reformas legales modificando la normativa en materia de tráfico y circulación. Entre ellas, aprobó el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifican el
Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico.


El Real Decreto, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' el 11 de noviembre, redefine los límites generales de velocidad en vías urbanas (artículo 50) en función de su distinta clasificación: en las vías que dispongan de plataforma
única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h; en las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.


Atendiendo a la disposición final única del Real Decreto la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE para que los ciudadanos los conozcan de forma
adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.


Una vez más la Dirección General de Tráfico impulsa un cambio en las velocidades en la red viaria que conllevará la necesaria adaptación de la señalización horizontal y vertical en los todos los municipios de España con coste cero para el
organismo autónomo de la Jefatura Central de Tráfico, ya que los cambios de las señales y marcas correrán a cargo del titular de la vía, es decir, de los presupuestos municipales de los Ayuntamientos. El actual Director General de Tráfico se
vanagloriaba del coste cero para la DGT que supuso la reducción de la velocidad en las vías convencionales adoptado en diciembre de 2018 porque el cambio de la señalética corría a cargo del presupuesto del Ministerio de Fomento. Así, el 29 de enero
de 2019, en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, el Sr. Navarro Olivera llegó a señalar que el cambio de 100 kilómetros por hora a 90 km/h para las carreteras convencionales suponía un 'coste para la Dirección General de Tráfico,
cero. Repito, coste para la Dirección General de Tráfico, cero. Ha habido que cambiar las señales y lo paga Fomento con sus presupuestos. Quiero decir que es un tema de imaginación, y es verdad que es del presupuesto de Fomento'.


Se debe evitar que otras administraciones públicas asuman el coste de estas medidas, especialmente los Ayuntamientos, y teniendo en consideración que la Jefatura Central de Tráfico es un organismo autónomo evidentemente recaudador que en el
Proyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 transfiere a la Administración General del Estado 111 millones de euros. Teniendo en cuenta, además, el mayor esfuerzo presupuestario que los Ayuntamientos están realizando en
materia de derechos sociales y atención a todos colectivos para hacer frente a la crisis sanitaria, social y económica derivadas de la COVID-19.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apoyar económicamente el esfuerzo que van a realizar las entidades locales al adaptar la señalización de sus vías urbanas a los nuevos límites de velocidad aprobados por el Consejo de Ministros.


2. Subvencionar, a todas las entidades locales, el 100 % de los costes tanto de la ejecución de la señalización como del suministro de materiales para la señalización horizontal y vertical necesarios para



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la adaptación de los nuevos límites de velocidad de las vías urbanas en cumplimiento del Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de
noviembre y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Óscar Gamazo Micó y Carlos Rojas García, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Interior


181/000657


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro del Interior.


Texto:


¿El desmantelamiento del Grupo Especial de Intervenciones en Montaña de la Guardia Civil en el Roncal, con competencia de actuación en la Comunidad Foral Navarra, es un paso más del Gobierno en la expulsión de la Guardia Civil de Navarra?


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.



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181/000658


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro del Interior.


Texto:


¿Por qué motivo, y tras el contagio masivo por COVID-19 de 52 internos en el Centro Penitenciario de Picassent el pasado día 7 de enero, no se han realizado por parte de la Dirección del Centro pruebas PCR a los trabajadores penitenciarios
que están en permanente contacto con dichos internos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


181/000669


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro del Interior, don Fernando Grande-Marlaska Gómez.


Texto:


¿Qué balance hace sobre la gestión realizada desde su Ministerio de la crisis migratoria que ha azotado a nuestro país durante el año 2020?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


181/000670


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro del Interior, don Fernando Grande-Marlaska Gómez.


Texto:


¿Quién dio la orden de retirada de la UME en la Comunidad de Madrid notificada a través de un correo electrónico del día 10 de enero antes de que se redujese la alerta a nivel 1?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.



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181/000671


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Director General del Cuerpo Nacional de Policía, don Francisco Pardo Piqueras.


Texto:


¿Dio la orden de aprobar a los alumnos aspirantes de la pasada promoción que hubieran obtenido entre un 4 y un 4,5 de nota?


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


181/000672


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Director General del Cuerpo Nacional de Policía, don Francisco Pardo Piqueras.


Texto:


¿Inició una investigación interna para aclarar los hechos y depurar las responsabilidades disciplinarias oportunas derivadas de las irregularidades del proceso de selección de la Policía Nacional del curso pasado?


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


181/000673


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Director General del Cuerpo Nacional de Policía, don Francisco Pardo Piqueras.


Texto:


¿Tuvo conocimiento en algún momento de la falsificación de calificaciones obtenidas en el proceso de selección de la Policía Nacional del curso pasado?


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.



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181/000674


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Director General del Cuerpo Nacional de Policía, don Francisco Pardo Piqueras.


Texto:


¿Fue consciente en algún momento de las irregularidades del proceso de selección de la Policía Nacional del curso pasado?


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/000659


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Diputado don Andrés Lorite Lorite.


Texto:


¿Qué previsión temporal tiene el Gobierno para el establecimiento del servicio ferroviario AVLO?


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de enero de 2021.-Andrés Lorite Lorite, Diputado.


181/000665


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Patricia de las Heras Fernández, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, don José Luis Ábalos Meco.


Texto:


¿Es cierto que AENA no pudo despejar la nieve acumulada del aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez debido a que parte del personal subcontratado se encontraba bajo un ERTE?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Patricia de las Heras Fernández, Diputada.



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181/000666


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Patricia de las Heras Fernández, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, don José Luis Ábalos Meco.


Texto:


¿Por qué AENA no fue capaz de desplegar toda la maquinaria disponible y todos los medios que tenía a su alcance para limpiar el aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez, teniendo que pedir ayuda a la Unidad Militar de Emergencias (UME)?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Patricia de las Heras Fernández, Diputada.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


181/000667


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Rocío de Meer Méndez, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, don José Luis Escrivá Belmonte.


Texto:


¿Qué balance hace sobre la gestión realizada desde su Ministerio de la crisis migratoria que ha azotado a nuestro país durante el año 2020?


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2021.-Rocío de Meer Méndez, Diputada.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/000662


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Patricia Rueda Perelló, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, doña María Reyes Maroto Illera.


Texto:


¿De qué manera afectará la subida del precio de la electricidad que ha experimentado España este mes de enero de 2021 a la industria, al comercio y al turismo, sin que el Gobierno haya establecido ningún tipo de compensación para estos
sectores tan afectados por la crisis?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2021.-Patricia Rueda Perelló, Diputada.



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Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/000663


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputado don Ricardo Chamorro Delmo, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, don Luis Planas Puchades.


Texto:


¿Cuál es la situación en España del foco de gripe aviar (virus H5N8) detectado en las granjas francesas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2021.-Ricardo Chamorro Delmo, Diputado.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/000664


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Mireia Borrás Pabón, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Vicepresidenta Cuarta y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, doña Teresa Ribera Rodríguez.


Texto:


¿Cómo va a repercutir el retraso de la interconexión eléctrica submarina entre España y Francia a través del Golfo de Vizcaya, que se estima mínimo en dos años, en el cumplimiento del PNIEC, que recoge el objetivo de incrementar la ratio de
interconexión del actual 3 % al 15 % que señala la UE para el año 2030?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2021.-Mireia Borrás Pabón, Diputada.


181/000668


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputada doña Mireia Borrás Pabón, Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida a la Vicepresidenta Cuarta y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, doña Teresa Ribera Rodríguez.


Texto:


¿Por qué aseguran distintos ministros del Ejecutivo que 'con la llegada de este Gobierno se ha reducido la factura eléctrica un 40 % en los últimos dos años'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de enero de 2021.-Mireia Borrás Pabón, Diputada.



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Comisión de Sanidad y Consumo


181/000660


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Diputado don Juan Antonio Callejas Cano.


Texto:


¿Cómo va a ser la vacunación contra la COVID-19 a aquellos pacientes que están afiliados a MUFACE, MUGEJU e ISFAS y reciben la asistencia sanitaria a través de aseguradoras privadas y no de la Seguridad Social y cuántos han sido vacunados
hasta el día de la fecha en que se responda a esta pregunta?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2021.-Juan Antonio Callejas Cano, Diputado.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/032527


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Olona Choclán, Macarena (GVOX). González Coello de Portugal, Víctor (GVOX). Utrilla Cano, Julio (GVOX). De Meer Méndez, Rocío (GVOX).


Posible utilización por parte de yihadistas de los flujos de inmigración ilegal para acceder a nuestro país de la que, según informaciones publicadas en prensa, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ya había alertado en noviembre de 2020.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, excepto las preguntas 1 y 2, en la medida en que, conforme a lo dispuesto en
el artículo 11 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, Reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, la información apropiada sobre el funcionamiento y actividades del CNI se somete al conocimiento del Congreso de los Diputados a través de la Comisión
que controla los créditos destinados a gastos reservados, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª. Macarena Olona Choclán, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Julio Utrilla Cano y Dña. Rocío de Meer Méndez, en sus condiciones de Portavoz adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en
los artículos 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para la que solicitan respuesta por escrito.



Página 91





Exposición de motivos


Según informaciones publicadas en prensa 86, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ya había alertado en noviembre de 2020 de la posible utilización por parte de yihadistas de los flujos de inmigración ilegal para acceder a nuestro país.
En particular, estas fuentes señalan que 'desde hace meses, los servicios de inteligencia del Estado han puesto sobre la mesa la posibilidad de que el terrorismo yihadista tratara de utilizar las vías de acceso ilegal a Europa gestionadas por las
mafias para entrar en el continente'.


Del mismo modo, la información añade que 'el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) consideró en sus informes la posibilidad de que, de manera individual u organizada, las tramas terroristas yihadistas traten de hacer entrar en Europa a sus
activistas por esta vía iba cobrando cada vez más potencia', centrando 'sus preocupaciones en la ruta abierta por las mafias con Canarias. Porque, como apuntaba Frontex, mientras el descenso de intentos de acceder a Europa de manera ilegal estaba
claramente en descenso debido fundamentalmente a la Covid-19, la nueva ruta de Canarias estaba en cambio batiendo récords'. Ante estos motivos, 'los analistas del Centro Nacional de Inteligencia pusieron sobre la mesa de los cuerpos operativos
informes en los que alertaban de esta situación. Como mínimo, esas alertas de la inteligencia se produjeron ya el pasado mes de noviembre'.


A tenor de lo expuesto anteriormente, resulta procedente plantear las siguientes


Preguntas:


1. [...]


2. [...]


3. ¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno de aquí en adelante para neutralizar la posibilidad de que, de manera individual u organizada, las tramas terroristas yihadistas traten de hacer entrar en Europa a sus activistas a través de los
flujos de inmigración ilegal?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2021.-Víctor González Coello de Portugal, Julio Utrilla Cano y Rocío de Meer Méndez, Diputados.


184/033791


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Telechea i Lozano, Carolina (GR).


Porcentajes de defunciones registradas en los Registros Civiles durante el año 2020, incrementos de dichos porcentajes en el primer estado de alarma en los meses de marzo a junio de 2020, y aumentos de defunciones en el segundo estado de
alarma en los meses de octubre a diciembre de 2020, así como Registros Civiles con mayor número de defunciones registradas y número de las mismas.


Acuerdo:


Admitir a trámite como pregunta con respuesta escrita, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a la Sra.
Diputada autora de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


86 https://www.elmundo.es/espana/2021/01/12/5ffdf851fdddffbf6c8b458c.html



Página 92





D.ª Carolina Telechea i Lozano, Diputada del Grupo Parlamentario Republicano.


El Grupo Parlamentario Republicano recaba para el mejor cumplimiento de sus funciones parlamentarias, los siguientes datos:


- ¿Cuáles son los porcentajes de defunciones registradas en los registros civiles de España durante el 2020?


- Durante el primer estado de alarma, decretado desde el 14 de marzo al 21 de junio de 2020, ¿cuáles han sido los incrementos de los porcentajes de defunciones registradas en cada uno de los registros durante los meses de marzo, abril, mayo
y junio de 2020, respectivamente?


- Durante el segundo estado de alarma, decretado desde el 25 de octubre del 2020 hasta el mes de mayo del 2021, ¿cuáles han sido los aumentos de defunciones registradas en cada uno de los registros durante los meses de octubre, noviembre y
diciembre de 2020, respectivamente?


- ¿Cuáles han sido los registros civiles con mayor número de defunciones registradas hasta la fecha de hoy? ¿Qué número de defunciones se registraron en estos registros civiles?


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 2021.-Carolina Telechea i Lozano, Diputada.


184/033792


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Maestro Moliner, Roser (GCUP-EC-GC).


Situación en la que se queda el personal militar destinado en la Unidad (UALSAN) encuadrada en la BRISAN (Brigada Sanidad Militar, Pozuelo de Alarcón, Madrid), prevista su disolución en el segundo semestre de 2021, así como previsiones
acerca de la integración de la UALSAN en alguna otra Unidad y de quedar disponible de la Subdelegación de Defensa de la plaza que corresponda, y situación en la que quedarían las figuras del Cabo Mayor y del Suboficial Mayor de la actual UALSAN,
dada la particularidad de estos empleos.


Acuerdo:


Admitir a trámite como pregunta con respuesta escrita, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a la Sra.
Diputada autora de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


D.ª Roser Maestro Moliner, Diputada del Grupo Parlamentario de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común recaba para el mejor cumplimiento de sus funciones parlamentarias, los siguientes:


A) Datos.


- Situación en la que queda el personal militar destinado en la Unidad (UALSAN) encuadrada en la BRISAN (Brigada Sanidad Militar, pozuelo de Alarcón. Madrid) prevista su disolución en el segundo semestre de este año 2021, desglosada por
empleos y especialidades.


- Previsión de integración de la UALSAN en alguna otra Unidad.


- Previsión de quedar disponible de la Subdelegación de Defensa de la plaza que corresponda.



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- Situación en la que quedarían las figuras del Cabo Mayor y del Suboficial Mayor de la actual UALSAN dada la particularidad de estos empleos.


B) [...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2021.-Roser Maestno Moliner, Diputada.