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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 155, de 07/10/2020
cve: BOCG-14-D-155 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


7 de octubre de 2020


Núm. 155



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


Creación de Comisiones


152/000002 Creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias
para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular... (Página3)


Solicitud de creación de Comisiones


156/000017 Solicitud de creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas
inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000067 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre salario mínimo interprofesional y derogación de reformas laborales. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas... href='#(Página5)'>(Página5)


162/000386 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas encaminadas a prevenir y atajar el fenómeno de la 'okupación'. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas... href='#(Página7)'>(Página7)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000055 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, para valorar la ausencia de medidas puestas en marcha por parte del Gobierno para asegurar la supervivencia de los negocios y empleos en el sector de la hostelería y
otros sectores relacionados con el turismo en España... (Página12)



Página 2





172/000056 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la gestión política del Gobierno, la defensa del Estado de Derecho y del orden constitucional... (Página13)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000023 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre las previsiones del Gobierno para atender el mayor impacto de la crisis en Canarias por sus singularidades y su reflejo en los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página13)


Aprobación... (Página20)


173/000024 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para que el Gobierno valore las alarmantes previsiones conocidas recientemente en relación a la economía y el empleo de los
españoles. Texto de la moción, enmiendas formuladas y rechazo por el Pleno de la Cámara... (Página21)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


Creación de Comisiones


152/000002 y 156/000017


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado la creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de
favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular (núm. expte. 152/000002) en los siguientes términos:


'Objeto.


La Comisión tendrá por objeto investigar la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP, perseguir ilícitamente a
personas y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del Partido Popular.


Composición.


La Comisión estará compuesta por cuatro representantes de los grupos parlamentarios que cuenten con más de cien miembros, tres de cada grupo parlamentario con más de cincuenta miembros, dos de cada grupo parlamentario con más de diez
miembros y un representante de cada uno de los restantes grupos parlamentarios. En las votaciones se atenderá al criterio del voto ponderado.


Duración.


La duración de los trabajos de esta Comisión será de tres meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados. En ese plazo la Comisión elevará al Pleno, para su aprobación, el
dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos particulares que los grupos parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado
al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las acciones que sean procedentes.'


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo, se ordena la publicación de la solicitud de los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de
efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular (núm.
expte. 156/000017).


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, Grupo Parlamentario Socialista y Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, al amparo de lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de la Cámara, solicitan
la creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido
en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.



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Exposición de motivos


El levantamiento del secreto de sumario de la investigación denominada operación kitchen, ha sacado a la luz hechos muy graves de utilización ilegal y partidista de los recursos del Ministerio del Interior durante el Gobierno del Partido
Popular entre los años 2013 y 2015.


Tras años de investigación, la Fiscalía Anticorrupción ha enviado un informe al juez de la Audiencia Nacional, en el que pide la imputación del ex ministro de Interior Jorge Fernández Díaz y la exministra de Defensa, María Dolores de
Cospedal, por el espionaje al antiguo tesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, con el propósito de anular y hacer desaparecer pruebas relativas a la contabilidad B del PP, actualmente en instrucción judicial y pendiente de juicio, del caso
relativo a los 'ordenadores de Bárcenas' en el que se investigaba un presunto delito de encubrimiento por destrucción de pruebas, y del sumario Gürtel en el que fueron condenados distintos integrantes del PP y se estableció en sentencia que el
partido había resultado beneficiario a título lucrativo de estos delitos de financiación irregular.


En el informe de la Fiscalía hay contundentes indicios de la presunta puesta en marcha de una trama 'parapolicial' dirigida por el ex ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, el ex secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez y
el antiguo máximo responsable de la Policía, Eugenio Pino. Esta operación irregular, pagada presuntamente con fondos reservados, tenía como finalidad obtener 'material comprometedor para altos dirigentes del PP'. Algunas de las pruebas aportadas
en el informe apuntan al presunto conocimiento de la trama por parte de Mariano Rajoy, siendo entonces Presidente del Gobierno.


El informe señala también a la ex secretaria general del Partido Popular, María Dolores de Cospedal, por su 'interés personal' en esta trama parapolicial, dado su papel 'como afectada por documentación supuestamente comprometedora para ella
misma', y como máxima dirigente del partido, al 'existir material comprometedor respecto de otros altos dirigentes del mismo'. La Fiscalía Anticorrupción atribuye a Fernández Díaz y a Cospedal los delitos de prevaricación, descubrimiento y
revelación de secretos y malversación. En el mencionado informe se citan asimismo conversaciones potencialmente comprometedoras entre Francisco Martínez y miembros de la actual dirección del PP.


La gravedad de los hechos denunciados por la Fiscalía Anticorrupción revela que el Partido Popular habría utilizado presuntamente las instituciones del Estado durante el gobierno de Mariano Rajoy para desarrollar operaciones policiales
ilegales, persiguiendo ilícitamente a personas, malversando fondos públicos, todo ello para interés y beneficio propio.


Esta inaceptable utilización partidista con fines políticos de los efectivos, medios y recursos del departamento del Interior y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuya misión es precisamente garantizar los derechos y
libertades de la población, es claramente un abuso de poder que quebranta las reglas esenciales del Estado de Derecho y de la democracia.


Por todo lo anterior, se propone la creación de una Comisión de Investigación con el siguiente objeto, composición y duración:


Objeto.


La Comisión tendrá por objeto investigar la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP, perseguir ilícitamente a
personas y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del Partido Popular.


Composición.


La Comisión estará compuesta por cuatro representantes de los grupos parlamentarios que cuenten con más de cien miembros, tres de cada grupo parlamentario con más de cincuenta miembros, dos de cada grupo parlamentario con más de diez
miembros y un representante de cada uno de los restantes grupos parlamentarios. En las votaciones se atenderá al criterio del voto ponderado.


Duración.


La duración de los trabajos de esta Comisión será de tres meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados. En ese plazo la Comisión elevará al Pleno, para su aprobación, el
dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos particulares que los grupos parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo



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previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las acciones que sean procedentes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de septiembre de 2020.-Enrique Fernando Santiago Romero y Txema Guijarro García, Portavoces del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.-Adriana Lastra
Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


Pleno


162/000067


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre salario mínimo interprofesional y derogación de reformas laborales,
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 23, de 31 de enero de 2020.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se publican las enmiendas presentadas a dicha Proposición no de Ley.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre salario mínimo
interprofesional y derogación de reformas laborales.


Enmienda


De sustitución.


Los puntos de la Proposición no de Ley quedan sustituidos por el texto que viene a continuación:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diseñar la estrategia para aumentar progresivamente el Salario Mínimo Interprofesional hasta alcanzar en esta legislatura el 60 % del salarlo medio en el Estado español, tal y como establecen los criterios de la Carta Social Europea.


2. Establecer los mecanismos para que las CCAA puedan voluntariamente establecer el SMI adaptado a cada realidad económica diferenciada, nunca por debajo para ninguna de ellas del SMI establecido para el conjunto del Estado.


3. Derogar todos los aspectos lesivos para los y las trabajadoras de la reforma laboral del Partido Popular, sustituyéndolos por medidas garantistas con los derechos laborales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Oskar Matute García de Jalón, Diputado.-Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de modificación a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu,
sobre salario mínimo interprofesional y derogación de reformas laborales, que se verá en la próxima Sesión Plenaria.


Enmienda


De supresión.


Supresión del apartado b).


Justificación.


Por ser contradictoria con la propuesta en su apartado a), e incongruente con el planteamiento de un 'marco vasco de relaciones laborales'.


Enmienda


De modificación.


Modificación del apartado c), de conformidad al siguiente texto:


'c) Derogar los aspectos más lesivos de las sucesivas reformas laborales, atendiendo a la necesidad de causalizar la contratación, el despido y las modificaciones de las condiciones de trabajo a través de la objetivación de los contratos y
la potenciación de la negociación colectiva, que debe atender en su eficacia a criterios de la realidad económica en la que se inserta. A dicho efecto, se debe considerar impulsar un nuevo Estatuto de los Trabajadores.'


Justificación.


Frente a referencias genéricas e inconcretas, resulta conveniente precisar los ámbitos de las medidas propuestas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2020.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de supresión a la Proposición no de Ley sobre salario mínimo y derogación
reforma laboral, propuesta por el Grupo Parlamentario EH Bildu. ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, número 23, de 31 de enero de 2020), cuyo debate está incluido en el Punto II.4 del orden del día de la sesión 45 del Pleno que se
celebrará el próximo martes, 29 de septiembre de 2020.


Enmienda


De supresión.


Texto que se propone:


Se propone la supresión de la parte dispositiva de la Proposición no de Ley.


Justificación.


La PNL presentada por EH Bildu insta al Gobierno de España a adoptar otra medida más que tiene por objeto incidir en la creación de desigualdades entre los españoles.


En efecto, las medidas propuestas en la PNL relativas al salario mínimo interprofesional son contrarias al principio de igualdad previsto en el artículo 14 de la Constitución Española ('Los españoles son iguales



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ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social').


El Estado tiene la competencia exclusiva en legislación laboral (art. 149.1.7.ª CE); esta atribución pretende garantizar la igualdad de todos los españoles en todo el territorio nacional en materia laboral, sin que las distintas
legislaciones autonómicas puedan ser creadoras de desigualdades. Por este motivo, el artículo 139 de la Constitución Española dispone que 'Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado'.
Y que, 'ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español'.


En este sentido, la implementación del salario mínimo interprofesional tiene por objetivo principal evitar que se produzcan desigualdades en las retribuciones salariales. Así resulta de la Exposición de Motivos del Real Decreto 231/2020, de
4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, en el que se dispone 'el incremento del salario mínimo interprofesional contribuye a (...) la adopción de políticas salariales que logren de manera progresiva una mayor
igualdad'.


Por todo ello, las medidas pretendidas por el Grupo Parlamentario EH Bildu consistentes en 'vincular el salario mínimo con la realidad, el nivel de vida y el modelo productivo de cada territorio' y 'transferir a la Comunidad Autónoma Vasca y
a la Comunidad Foral de Navarra, la capacidad y competencia para establecer un Salario Mínimo Interprofesional propio y acorde a la realidad económica del territorio' es claramente contrario a la razón de ser del salario mínimo interprofesional. Su
aprobación quebrantaría la igualdad entre los españoles y supondría la materialización de trabajadores de diferente categoría, en función del territorio en el cual hayan nacido, vulnerando directamente el artículo 139 y el artículo 14 de la CE y, en
definitiva, la finalidad del artículo 149.1.7.ª CE.


A todo ello habría que añadir que el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ya prevé mecanismos para que el salario mínimo interprofesional sea
el más equitativo entre las diversas partes del territorio nacional. Así, el artículo 27 dispone que 'el Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario
mínimo interprofesional, teniendo en cuenta:


a) El índice de precios de consumo.


b) La productividad media nacional alcanzada.


c) El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.


d) La coyuntura económica general'.


Es decir que, como puede apreciase, la misma norma prevé diversos criterios a partir de los cuales se determina el salario mínimo interprofesional que, en todo caso, se comprende como una medida integradora -y no disgregadora- y para evitar,
precisamente, la generación de desigualdades.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


162/000386


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas encaminadas a prevenir y atajar el fenómeno de la 'okupación', publicada en
el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 147, de 25 de septiembre de 2020.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se publican las enmiendas presentadas a dicha Proposición no de Ley.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Ciudadanos, de medidas encaminadas a
prevenir y atajar el fenómeno de la 'okupación', que se verá en la próxima Sesión Plenaria.


Enmienda


De modificación.


Se modifica el texto de la iniciativa con el siguiente tenor:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diseñar en el plazo de seis meses los mecanismos legales precisos para que respecto a las ocupaciones ilegales de inmuebles:


a) se les dé respuesta punitiva adecuada en el plazo más breve posible.


b) se asegure a sus propietarios o poseedores legítimos su recuperación inmediata.


2. Asegurar la protección social, económica y jurídica de las personas en situación de vulnerabilidad habitacional.'


Justificación.


A propuesta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, en breve debatiremos en esta Cámara legislativa una Proposición de Ley sobre distintas medidas a adoptar, y desde distintas ópticas legales, en relación con la ocupación ilegal de inmuebles.


Así, en esa iniciativa se proponen medidas concretas a adoptar en el ámbito de la Ley de Enjuiciamiento Civil; de la Ley de Propiedad Horizontal; de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local; del Código Penal; de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal; de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas; de la Ley de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social y de la Ley de protección de la seguridad
ciudadana.


Por otro lado, y como quiera que ahora se recaba el apoyo de los Grupos del Congreso de los Diputados para instar al Gobierno, a través de una Proposición no de Ley, algo sobre el mismo objeto y con el mismo contenido que la referida
Proposición de Ley, no nos parece adecuado que se solicite a través de esta iniciativa no legislativa, que ahora se tramita, la anuencia indirecta sobre el contenido de una Proposición de Ley que será precisamente objeto de debate y, en su caso,
tramitación, en el futuro próximo.


Por ello, y a fin de cohonestar en sus lógicas parlamentarias y políticas ambas iniciativas de Ciudadanos, y siendo plenamente conscientes de la gravedad de los perjuicios ocasionados por las ocupaciones ilegales de inmuebles para con sus
propietarios o poseedores legítimos, el Grupo Parlamentario Vasco propone la enmienda de modificación de la iniciativa que se acompaña.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2020.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas de modificación a la Proposición no de Ley de medidas encaminadas a
prevenir y atajar el fenómeno de la okupación. ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, número 147, de 25 de septiembre de 2020), cuyo debate está incluido en el Punto 11.3 del orden del día del Pleno que se celebrará el próximo martes 29 de
septiembre de 2020.



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Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto del apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'1. Diseñar legislativamente los mecanismos necesarios al objeto de que puedan resolverse los casos de ocupación ilegítima o usurpación a través de un proceso sumario que garantice a los titulares del derecho usurpado u ofendido por la
ocupación ilegítima la recuperación de la vivienda, inmueble o edificio en un plazo inferior a 24 horas.'


Justificación.


En primer lugar, se matiza que se está hablando de ocupación ilegal en relación con la usurpación. Existen dos delitos que tipifican conductas penales vinculadas con la ocupación ilegal. Por una parte, se encuentra el allanamiento de
morada, recogido en el artículo 202 del Código Penal y, por otro lado, existe el delito de usurpación recogido en el artículo 245 del Código Penal. Conviene matizar que en este caso se está refiriendo a la usurpación.


Asimismo, en el texto original se hace referencia a la recuperación de la vivienda por parte de los legítimos propietarios en un plazo inferior a 24 horas. La presente enmienda pretende mejorar esa definición ya que introduce el término de
usurpación y, además, se refiere de forma genérica al derecho usurpado, solicitando la recuperación de la vivienda, inmueble o edificio en un plazo inferior a 24 horas por parte de los titulares del derecho usurpado, ampliando el texto original que
solo recogía el concepto de vivienda.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica la parte a del apartado segundo de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'2. Reformar, en el sentido anteriormente expuesto, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, con el objeto de que:


a) Se decidan en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas que pretendan el lanzamiento o desalojo y la inmediata recuperación de la plena posesión del inmueble, vivienda o edificio por parte de su dueño o usufructuario, por
haber sido desposeído del mismo sin su consentimiento, siempre que se traten de personas físicas o jurídicas.'


Justificación.


En primer lugar, se propone la inmediata recuperación no solo de la vivienda, sino también del inmueble o edificio, con el fin de extender la protección legal del juicio verbal al que se hace referencia, de forma que además de proteger a los
propietarios de viviendas también se proteja la propiedad de otros inmuebles o edificios.


En segundo lugar, se elimina la parte final del apartado 2.ª, que en su texto original decía 'En este último caso, solo podrán ser los titulares de viviendas acogidas a cualquier régimen de alquiler social', referido a las personas
jurídicas. El derecho a la propiedad privada está protegido por el artículo 33 de la Constitución Española y el hecho de que los propietarios del inmueble sean personas jurídicas no justifica que se incumpla el derecho a la propiedad privada y, por
ende, la Constitución Española.



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Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se Modifica el apartado tercero de la paree dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'3. Reformar asimismo la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, a los efectos de que, en el caso de viviendas, inmuebles u otras edificaciones, si el legítimo titular o propietario hubiese establecido
denuncia o querella por la ocupación ilegítima o usurpación, hubiese suficientes indicios que lo corroboraran y los que se encuentran en el interior no dieran razón suficiente que legitimase su conducta, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán
desalojar a quienes se encuentren en el interior de dicha vivienda, inmueble o edificio.'


Justificación.


El texto original desprotegía a los legítimos titulares de los inmuebles, ya que únicamente hablaba de intervención en el caso de que se tratara de delitos graves tales como terrorismo, tráfico de drogas o trata de seres humanos, y
únicamente permitía a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a registrar e identificar a los ocupantes. En esta reformulación, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden intervenir en dicha vivienda, inmueble o edificio con una denuncia, sin que se
tengan que producir delitos de esa magnitud, defendiendo así el derecho a la propiedad privada.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el apartado cuarto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'4. Reformar el artículo 245 del Código Penal con el objeto de endurecer las penas de prisión, estableciendo penas de prisión de 4 a 6 años para casos de usurpación u ocupación violenta o con intimidación, y de 1 a 3 años para el resto de
casos de ocupación ilegítima o usurpación en los que no haya habido violencia o intimidación, a fin de (i) garantizar que los autores del delito de usurpación cumplen en todo caso su castigo, (ii) disuadir a otros de cometer el mismo delito en el
futuro e (iii) impedir la proliferación de organizaciones criminales que obtienen lucro de la actividad ilegal de la ocupación.


Asimismo, se establecerá en el artículo 245 que, si las conductas descritas en dicho artículo se realizaran con fuerza en las cosas, en el sentido de los artículos 238 y 239 del Código Penal, las penas se incrementarán en un grado.
Finalmente, se incluirá en el artículo 245 que, a efectos preventivos, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán desalojar a quienes se encuentren en el interior de un inmueble si, mediando denuncia o querella, existiera apariencia de usurpación u
ocupación ilegítima, y aquellos no dieran razón suficiente que legitimase su conducta y que en dicho atestado se harán constar las circunstancias y la entrega de la posesión al titular del derecho usurpado u ofendido por la ocupación ilegítima,
sobre la que la autoridad judicial competente resolverá posteriormente.'


Justificación.


Por una parte, se matiza las penas de prisión que se impondrán, concretándolas según los casos de usurpación con violencia o intimidación y sin ella.


Por otra parte, se incluye el incremento en un grado de las penas en el caso de que las conductas se realizaran con fuerza en las cosas. Igualmente se incluye que, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad puedan desalojar a los ocupantes de la
vivienda o inmueble en el caso de denuncia o querella del titular y devolverle la posesión del derecho usurpado, de forma que una vez más se defienda la propiedad privada que protege la Constitución Española. El endurecimiento de penas es
importante, a modo de disuasión, pero tiene que venir acompañado de otras medidas para que no se eternice la devolución del inmueble al titular. Con esta reforma, se protege también a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que puedan
actuar al respecto.



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Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el apartado quinto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'5.a) Reformar el artículo 795.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el objeto de incluir los delitos de usurpación, previstos en el artículo 245 del Código Penal, en el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados
delitos, regulado en los artículos 795 y siguientes de dicha ley.


b) Reformar el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que los agentes de policía puedan actuar cuando se trate de presuntos responsables de las acciones referidas en el artículo 245 del Código Penal, en el caso de que hubiera
denuncia y existiera apariencia de usurpación u ocupación ilegítima y aquellos no dieran una razón suficiente que explique su conducta.'


Justificación.


En la primera parte se especifica que se quiere reformar el artículo 795.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para incluir el delito recogido en el artículo 245 del Código Penal en el procedimiento para enjuiciamiento rápido de
determinados delitos a fin de que no haya malentendidos, ya que la redacción original lo recoge de forma más genérica y ambigua.


En segundo lugar, se introduce la reforma del artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a fin de incluir lo que se ha propuesto anteriormente, es decir, el desalojo inmediato, por parte de la policía, en caso de denuncia e indicios
claros de usurpación para que el titular de la posesión la pueda recuperar en dicho momento y las personas que se encuentran en dicha propiedad ajena sean desalojadas.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el punto a del apartado sexto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'a) Flexibilizar, con las salvaguardas adecuadas, los requisitos para que los deudores más vulnerables puedan cancelar sus deudas mediante la dación en pago de su vivienda habitual y se promoverán acuerdos entre las partes implicadas para
que estas personas vulnerables puedan abandonar su vivienda teniendo otra alternativa.'


Justificación.


Se sustituye la parte en la que el texto original habla de mantener el derecho a permanecer en su casa durante 3 años con un alquiler que no supere el 30 % de sus ingresos y se sustituye por la promoción de diálogo entre partes para que
ninguna persona se vea en la calle sin tener un techo bajo el que cobijarse. Hay que distinguir dos aspectos que muchas veces se mezclan. Por una parte, el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada recogida en el artículo 47 de la
Constitución Española y, por otra, el derecho a la propiedad privada recogida en el artículo 33 de la Constitución. En ningún caso el derecho a una vivienda digna justifica la usurpación, que es el incumplimiento del derecho a la propiedad privada.


Distinguiendo entre ambos conceptos, tampoco se puede obligar a una entidad a que establezca un acuerdo específico con unos términos económicos específicos, por eso se promueven los acuerdos entre las partes, pero no se imponen condiciones
específicas. Por supuesto, ninguna persona debe verse abocada a vivir en la calle, estas situaciones no se deben dar, por eso se refleja claramente que se deben establecer acuerdos para evitar estas situaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas encaminadas a prevenir y atajar el fenómeno de la 'okupación'.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diseñar legislativamente los mecanismos necesarios al objeto de que puedan resolverse los casos de okupación a través de un proceso sumario que garantice a los legítimos propietarios la recuperación de su vivienda en un plazo inferior a
12 horas.


2. Reformar, en el sentido anteriormente expuesto, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, con el objeto de que:


a) Se decidan en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas que pretendan el lanzamiento o desalojo y la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella, por parte de su dueño o usufructuario, por
haber sido desposeído de la misma sin su consentimiento, ya se trate de las personas físicas o jurídicas que sean propietarias o poseedoras legítimas por otro título.


3. Asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia en situaciones de vulnerabilidad, en particular, habitacional y, a este fin:


a) Estudiar la posibilidad, con las salvaguardias adecuadas, de flexibilizar los requisitos para que los deudores más vulnerables puedan cancelar sus deudas mediante la dación en pago de su vivienda habitual, revisando las condiciones para
mantener el derecho a permanecer en dicha vivienda en régimen de alquiler.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000055


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para valorar la ausencia de medidas puestas en marcha por parte del Gobierno para asegurar la
supervivencia de los negocios y empleos en el sector de la hostelería y otros sectores relacionados con el turismo en España, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente interpelación urgente al Gobierno para valorar la
ausencia de medidas puestas en marcha por parte del Gobierno para asegurar la supervivencia de los negocios y empleos en el sector de la hostelería y otros sectores relacionados con el turismo en España.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


172/000056


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la gestión política del Gobierno, la defensa del Estado de Derecho y del orden
constitucional, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Interpelación urgente al Gobierno sobre su gestión política,
la defensa del Estado de Derecho y del orden constitucional.


Exposición de motivos


Las noticias y anuncios que se van sucediendo durante estos días, algunas de ellas conocidas por fuentes tan directas como lo son las declaraciones de los propios ministros en sede parlamentaria, aumentan cada vez más la preocupación de la
ciudadanía y de este Grupo, pues somos testigos de cómo las posiciones del Gobierno de España derivan a pasos agigantados hacia postulados extremos, completamente ajenos a su obligación de defender la Constitución que juraron guardar al tomar
posesión de sus cargos.


La Constitución Española establece en el Título dedicado a las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales que el ejecutivo responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente Interpelación urgente al Gobierno sobre su gestión política, la defensa del Estado de Derecho y del orden constitucional.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2020.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000023


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre
las previsiones del Gobierno para atender el mayor impacto



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de la crisis en Canarias por sus singularidades y su reflejo en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre previsiones del Gobierno del Estado
para atender el mayor impacto de la crisis en Canarias por sus singularidades y su reflejo en los Presupuestos Generales del Estado de 2021.


Exposición de motivos


Canarias está padeciendo la crisis económica y social derivada de la pandemia mundial COVID-19 con mucha mayor crudeza que el resto del país. Una realidad basada en datos oficiales incontrovertibles. El hecho de que la actividad más
afectada sea la turística, debido a las restricciones de movilidad provocadas por la pandemia y de que el peso del sector turístico en Canarias venga a ser el triple que la media del Estado, con un 35 % de su PIB y un 40 % del empleo, define por sí
solo el mayor calado de las consecuencias de la crisis en el Archipiélago. Baste indicar que, durante el primer semestre, el número de turistas se ha reducido un 63,67 % (5,8 millones menos) respecto al mismo periodo del año pasado.


Esta realidad requiere respuestas diferenciadas y singulares, un trato que permita amortiguar el mayor daño de la crisis con el objetivo de que los ciudadanos de Canarias no se queden a la zaga ni al borde de la quiebra social. Por ejemplo,
se convierte en la perentoria la necesidad de prorrogar los ERTE hasta que se supere la crisis y un plan específico de recuperación del turismo, conforme a la moción aprobada en pasado 17 de junio en el Congreso de los Diputados.


Son múltiples los datos que subrayan los mayores perjuicios de la crisis en Canarias. Entre los más destacados, cabe citar que de marzo a julio el número de parados se ha incrementado casi el 24 % respecto a febrero. Durante el segundo
trimestre, el paro registrado en Canarias ha aumentado un 15 %, frente al 8 % de incremento a escala estatal, es decir, doblamos el crecimiento del paro. En términos de EPA, la tasa de paro se situó en Canarias al finalizar ese segundo trimestre en
el 21,5 %, mientras que la media estatal fue del 15,3 %.


En cuanto a la evolución del PIB, desgraciadamente los datos también son apabullantes. En el segundo trimestre de este año el PIB real de Canarias retrocedió el 36,27 %, la mayor caída de todas las comunidades, frente al 22,1 % del conjunto
de España (14 puntos porcentuales de diferencia). El sector con mayor bajada fue el de servicios, con -40,6 %. Según distintas previsiones para el cierre de 2020, la mayor dependencia del turismo en Canarias respecto al resto del Estado quedará
igualmente evidenciada.


En las islas ya se han tomado y se están tomando medidas en su ámbito competencial. Sin ir más lejos, el día 21 del presente mes de septiembre se ha aprobado el Plan Reactiva Canarias para la reactivación social y económica, impulsado por
el Gobierno canario y suscrito por la práctica totalidad del arco parlamentario, las organizaciones empresariales y sindicales, y el tercer sector. Un documento que define una hoja de ruta clara con un orden de prioridad en las medidas consensuadas
y su cuantificación.


Además, la Consejería de Hacienda está en pleno proceso de elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2021, con el objetivo irrenunciable de que sean aprobados por el Parlamento canario antes de finalizar el año para su
entrada en vigor desde el 1 de enero.


Unos presupuestos que priorizan el mantenimiento de los servicios públicos esenciales a toda costa; el apoyo a las empresas, trabajadores y población más afectados por la crisis, y la consolidación de la inversión para tirar la demanda.


Unos presupuestos canarios que han de encajar para el próximo año una caída de ingresos fiscales competencia de la CAC (impuestos cedidos y, sobre todo, impuestos propios y los del bloque de financiación canario contemplado en el REF) que
rondará los 450 millones de euros respecto al presupuesto inicial de 2020. Recuperar los niveles de ingresos tributarios del año 2019, nos llevará probablemente hasta 2023. Será la clave el ritmo de recuperación de la actividad turística, que se
prevé lento y sujeto a factores externos de origen sanitario sobre cuya solución aún no hay certezas.



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Nos encontramos, pues, en un entorno plagado de incógnitas. Las más acuciantes, pendientes de despejar por el Gobierno de España. Incógnitas tan relevantes y trascendentales como que aún desconocemos los objetivos de estabilidad (déficit),
deuda pública y regla de gasto para 2021 individualizados para las comunidades autónomas, cuestiones vitales para la elaboración de los presupuestos autonómicos. La ministra de Hacienda avanzó a principios de agosto que en septiembre presentaría un
aumento del techo de gasto para 2021 ante el que estamos expectantes.


Igual de relevante es la aclaración de los ingresos que las comunidades recibiremos de las entregas a cuenta del año 2021 y de la liquidación del año 2019 del Sistema de Financiación Autonómica, que suponen el 72,9 % de los ingresos no
financieros no finalistas de la Comunidad canaria. En el presente ejercicio, las cantidades por ese concepto fueron actualizadas por el Estado sin considerar el ciclo económico adverso, un esfuerzo que le significó un endeudamiento de 8.500
millones de euros y que consideramos una medida muy acertada para evitar situaciones dramáticas. En el caso de Canarias, de no haberse actualizado la financiación autonómica en esos términos, habría perdido más de 600 millones de euros.


Para resolver la pérdida de ingresos, el Gobierno de Canarias tiene previsto utilizar sus ahorros, entre los que contempla los 500 millones de euros consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el Convenio de Carreteras y
registrado como superávit excepcional de la CAC del año 2018 y que el Gobierno de España mantiene en la cuenta 413 como deuda a nuestra Comunidad. La idea del Ejecutivo es incorporar al presupuesto del próximo año ese importe como ingreso, de modo
que, sumado a una actualización del SEA anticíclica, estaría en condiciones de aprobar una ley presupuestaria similar a la del año en curso.


Si aun con esos factores no fuese posible mantener los servicios esenciales y medidas de apoyo a los sectores productivos y de protección a la población más vulnerable, Canarias tendría que abordar sus necesidades a través de la deuda. Esta
comunidad goza de una muy buena salud financiera como para poder endeudarse, ya que su nivel de endeudamiento per cápita es el más reducido de todas las comunidades y la segunda en relación con el PIB.


Cabe apuntar en ese sentido que medidas adoptadas por el Gobierno estatal en el marco de sus competencias como la actualización del SFA, el Fondo no reembolsable de 16.000 millones de euros, los ERTE, el Ingreso Mínimo Vital o las ayudas a
los autónomos, acciones de impacto muy positivo en Canarias, se han financiado con deuda pública.


Tampoco podemos olvidar los Presupuestos Generales del Estado para 2021 deben respetar al Régimen Económico y Fiscal y al Estatuto de Autonomía de Canarias, con las nuevas disposiciones aprobadas en noviembre de 2018, cumpliendo todas las
referencias concretas a partidas anuales como el Plan Integral de Empleo de Canarias, las inversiones en infraestructuras turísticas, los fondos contra la pobreza, la dotación de la totalidad del POSEI adicional o el agua de riego agrícola.


La voluntad inequívoca de la formación política que promueve esta moción es, desde nuestra posición parlamentaria, contribuir a la aprobación, por fin, de unos nuevos PGE en beneficio de los todos los territorios para no seguir prorrogando
los del 2018; pero siempre y cuando reconozcan el derecho de Canarias a un trato diferenciado en virtud de singularidades consagradas por nuestro Estatuto de Autonomía, las leyes que regulan el Régimen Económico Fiscal canario e incluso el propio
Tratado de Funcionamiento de la UE que, en su artículo 349, nos consolida un tratamiento especial como Región Ultraperiférica (RUP).


De igual modo, Canarias tiene derechos emanados de la citada condición de Región Ultraperiférica (RUP) que han de estimarse al distribuir el Plan de Reconstrucción de 750.000 millones de euros de la Unión Europea, recursos adiciones claves
para atender al turismo, las pymes, la construcción, la vivienda, la eficiencia energética o el cambio climático.


Por ello, se presenta la siguiente


Moción.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Garantizar para 2021 a las Comunidades Autónomas los ingresos no financieros precisos que le permitan mantener el gasto en los servicios públicos fundamentales y en el ejercicio de sus competencias al menos en un importe similar al de
este año 2020. Esto significa compensar la previsible reducción de las entregas a cuenta de los recursos del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de



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régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, de forma que, en su conjunto, los recursos por entregas a cuenta y para la compensación por la minoración de las mismas, asciendan, como mínimo, a los importes de las entregas a cuenta de
2020 derivadas del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.


2. En caso de que se considere que esa medida fue excepcional para el año 2020 y no se aplicara para el año 2021, compensar la reducción de ingresos que se produjera por la no actualización de las entregas a cuenta del Sistema de
Financiación bien mediante transferencias no reembolsables como el establecido con la creación del Fondo COVID-19, regulado en el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, o bien con la autorización de endeudamiento a las CCAA que lo soliciten, dado
que las necesidades derivadas de la crisis por el COVID-19 se mantendrán en 2021.


3. Convocar el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas para que informe los objetivos de estabilidad presupuestaria y el objetivo de deuda pública para los ejercicios 2021 a 2023, del subsector Comunidades
Autónomas, y aprobados los mismos, convoque al citado consejo para que informe los objetivos individuales, para su correspondiente aprobación por el Gobierno. Los objetivos a fijar a cada Comunidad Autónoma, junto con los recursos no financieros
establecidos en los puntos anteriores, deben garantizar el mantenimiento de la capacidad de gasto de las Comunidades Autónomas del presente año.


4. Librar en 2021 a la Comunidad Autónoma de Canarias los recursos por importe de 516,1 millones de euros de las sentencias del Tribunal Supremo por incumplimiento por parte del Estado del Convenio de carreteras suscrito en 31 de enero de
2006, registrados en el superávit de la CAC de 2018, para que puedan destinarse en 2021 a gastos no financieros en sus servicios públicos y demás competencias. Estos gastos no financieros no formarán parte del gasto computable de la CAC a los
efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


A la Comunidad Autónoma de Canarias se le asignará un objetivo de estabilidad presupuestaria que le permita destinar los citados recursos a gastos no financieros, o bien que estos gastos no financieros, derivados de los referidos recursos,
no computen para el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.


5. Incluir en los Presupuestos Generales de Estado para el año 2021 las dotaciones económicas anuales que recogen las disposiciones del Régimen Económico y Fiscal y del Estatuto de Autonomía de Canarias.


6. Aplicar, en cuanto a la distribución de los fondos europeos extraordinarios del Plan de Reconstrucción, especialmente los 72.000 millones asignados al Reino de España en transferencias no reembolsables, entre las comunidades autónomas el
mismo criterio seguido por la Unión Europea para hacer la distribución de los 750.000 millones entre los Estados miembros: atender a los sectores económicos y los territorios más dañados por la crisis sanitaria y socioeconómica derivada de la
pandemia causada por el coronavirus.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2020.-Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.-Tomás Guitarte Gimeno, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 184.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas en relación a la moción consecuencia de la interpelación urgente
sobre previsiones del Gobierno del Estado para atender el mayor impacto de la crisis en Canarias por sus singularidades y su reflejo en los Presupuestos Generales del Estado de 2021, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, incluida en el punto
III.5 del orden del día del Pleno que se celebrará el martes 29 de septiembre de 2020.



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Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica la parte dispositiva del apartado 4 con el siguiente texto:


'4. Librar en 2021 a la Comunidad Autónoma de Canarias los recursos por importe de 516,1 millones de euros de las sentencias del Tribunal Supremo por incumplimiento por parte del Estado del Convenio de carreteras suscrito en 31 de enero de
2006, registrados en el superávit de la CAC de 2018, para que puedan destinarse en 2021 a gastos no financieros en sus servicios públicos y demás competencias. Estos gastos no financieros no formarán parte del gasto computable de la CAC a los
efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. A la Comunidad Autónoma de Canarias, y al resto de Comunidades Autónomas, se le asignará un
objetivo de estabilidad presupuestaria que le permita destinar los superávits de ejercicios anteriores a gastos no financieros, o bien que estos gastos no financieros, derivados de los referidos recursos, no computen para el cumplimiento del
objetivo de estabilidad presupuestaria de la Comunidad Autónoma.'


Justificación.


El superávit debe consolidarse como recurso financiero disponible para la administración pública que lo ha generado, fruto de la disciplina presupuestaria observada. Sin embargo, este criterio, no debe ser exclusivo de la Comunidad Autónoma
de Canarias, sino que debe extenderse a todas aquellas administraciones que hubiesen alcanzado idéntico resultado. Si no fuese así, se estaría generando una injusta desigualdad entre los distintos territorios y sus administraciones públicas.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añaden dos apartados, números 7 y 8, a la parte dispositiva de la Moción consecuencia de interpelación urgente, con el siguiente texto:


'7. Promover ante el Gobierno de Canarias que, en atención al mayor impacto de la crisis en dicha Comunidad Autónoma, se elimine toda gasto no relacionado con la prestación de los servicios públicos esenciales que la administración
autonómica ha de prestar.


8. Promover ante el Gobierno de Canarias que, en atención al mayor impacto de la crisis en dicha Comunidad Autónoma, se reduzca su Consejo de Gobierno a la estructura estrictamente necesaria para garantizar los servicios esenciales durante
la pandemia COVID-19.'


Justificación.


Los recursos financieros necesarios para hacer frente a los servicios más esenciales que ha de prestar la Comunidad Autónoma de Canarias, no llegarán por la vía de mayores ingresos o transferencias canalizados a través de los Presupuestos
Generales del Estado para el ejercicio 2021. En un escenario económico tan adverso como el que enfrentamos, con una paralización casi completa del turismo, principal sector económico del archipiélago canario, la única vía de garantizar los recursos
financieros necesarios para la prestación de los servicios esenciales de la Comunidad Autónoma de Canarias, es la eliminación de todo gasto público no esencial,


Por lo tanto, el equilibrio financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias solo será posible si la Comunidad Autónoma de Canarias ajusta sus gastos a la inevitable y drástica caída de sus ingresos públicos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, del Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Quevedo Iturbe), sobre las
previsiones del Gobierno para atender el mayor impacto de la crisis en Canarias por sus singularidades y su reflejo en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Garantizar para 2021 a las Comunidades Autónomas los ingresos no financieros precisos que le permitan mantener el gasto en los servicios públicos fundamentales y en el ejercicio de sus competencias al menos en un importe similar al de
este año 2020. Esto significa compensar la previsible reducción de las entregas a cuenta de los recursos del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, a través de un Fondo no
reembolsable similar al que se aprobó este año a través del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento de forma que, en su
conjunto, los recursos por entregas a cuenta y por el Fondo no reembolsable para la compensación por la minoración de las mismas, asciendan, como mínimo, a los importes de las entregas a cuenta de 2020 derivadas del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de
marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.


2. Flexibilizar el cumplimiento de la regla de gasto en 2021, permitiendo a las CCAA la misma flexibilidad que Bruselas concede a todos los Estados miembros al haber activado la cláusula de salvaguarda.


3. Convocar el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas para que informe los objetivos de estabilidad presupuestaria y el objetivo de deuda pública para los ejercicios 2021 a 2023, del subsector Comunidades
Autónomas, y aprobados los mismos, convoque al citado consejo para que informe los objetivos individuales, para su correspondiente aprobación por el Gobierno. Los objetivos a fijar a cada Comunidad Autónoma, junto con los recursos no financieros
establecidos en los puntos anteriores, deben garantizar el mantenimiento de la capacidad de gasto de las Comunidades Autónomas del presente año.


4. Librar en 2021 a la Comunidad Autónoma de Canarias los recursos por importe de 516,1 millones de euros de las sentencias del Tribunal Supremo por incumplimiento por parte del Estado del Convenio de carreteras suscrito en 31 de enero de
2006, registrados en el superávit de la CAC de 2018, para que puedan destinarse en 2021 a gastos no financieros en sus servicios públicos y demás competencias. Estos gastos no financieros no formarán parte del gasto computable de la CAC a los
efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. A la Comunidad Autónoma de Canarias se le asignará un objetivo de estabilidad presupuestaria que
le permita destinar los citados recursos a gastos no financieros, o bien que estos gastos no financieros, derivados de los referidos recursos, no computen para el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la Comunidad Autónoma de
Canarias.


5. Incluir en los Presupuestos Generales de Estado para el año 2021 las dotaciones económicas anuales que recogen las disposiciones del Régimen Económico y Fiscal y del Estatuto de Autonomía de Canarias. En caso de volver a prorrogar los
Presupuestos Generales de Estado del año 2018 garantizar igualmente el cumplimiento de los compromisos incluidos en el Régimen Económico y Fiscal y del Estatuto de Autonomía de Canarias.


6. Crear una Agencia Independiente y Profesional para la distribución, gestión y control de los fondos europeos extraordinarios del Plan de Reconstrucción, especialmente los 72.000 millones asignados al Reino de España en transferencias no
reembolsables, que tenga en cuenta entre las comunidades autónomas el mismo criterio seguido por la Unión Europea para hacer la distribución de los 750.000 millones entre los Estados miembros: atender a los sectores económicos y los territorios más
dañados por la crisis sanitaria y socioeconómica derivada de la pandemia causada por el coronavirus.



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7. Con fundamento en el criterio anterior, resulta manifiesto que las islas Canarias son desgraciadamente una de las áreas geográficas más perjudicadas y devastadas por los efectos de la pandemia en la Unión Europea. Con un descenso de
turistas a lo largo del último año del 99,8 % junto con una caída de ingresos del sector turístico del 99,76 %; una caída del PIB isleño de más del 30 % y una tasa de desempleo del 22 %, la condición de región ultraperiférica del archipiélago
consagrada en el artículo 349 TFUE permite la justificación de aplicación de medidas singulares para un territorio singular, fragmentado y alejado del continente europeo, cuya fuente exclusiva de riqueza está sufriendo una serie de consecuencias
catastróficas sin precedentes.


Por todo lo anterior, en un momento de enorme incertidumbre sobre cuándo resultará posible revertir la presente coyuntura y reactivarse los flujos turísticos en las islas con cierta normalidad, el Gobierno de España debe poner en valor ante
la UE las especificidades de las islas para lograr un tratamiento singular en forma de un Plan turístico específico para Canarias.


De otro lado, en lo que va de año 2020, más de 5000 migrantes (incremento de cerca de un 575 % con respecto a un año anterior) han llegado de manera irregular a bordo de cayucos, pateras y lanchas a distintos rincones del archipiélago. En
efecto, Canarias se ha convertido en destino de repunte de llegadas y rescates de migrantes procedentes tanto de Marruecos como de Argelia. Como consecuencia de ello y teniendo en cuenta que las competencias en materia de inmigración y extranjería
son estatales, se propone la creación de un fondo especial destinado a las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos para la atención de la migración irregular, que permita atender dignamente la presión migratoria que están padeciendo las islas en el
contexto además de un grave problema de salud pública.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de Interpelación Urgente del Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Quevedo Iturbe), sobre las previsiones del Gobierno para atender el mayor impacto de la crisis en Canarias por sus singularidades y su reflejo en los Presupuestos Generales
del Estado para el año 2021.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar para 2021 a las comunidades autónomas los ingresos precisos que les permitan mantener el gasto en los servicios públicos fundamentales y demás competencias asumidas en un importe similar al del año 2020, vía transferencias
directas, vía capacidad de endeudamiento o vía capacidad de déficit.


2. Convocar el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las comunidades autónomas de manera inmediata para que informe los objetivos de estabilidad presupuestaria y el objetivo de deuda pública para los ejercicios 2021 a 2023.


3. Contemplar en la previsión presupuestaria para 2021 los recursos económicos acordados en las sentencias del Tribunal Supremo por incumplimiento por parte del Gobierno del PP del Convenio de carreteras suscrito el 31 de enero de 2006 con
la Comunidad Autónoma de Canarias.


4. Contemplar en los Presupuestos Generales de Estado para el año 2021 las disposiciones del Régimen Económico y Fiscal y del Estatuto de Autonomía de Canarias.



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5. Contar con la participación de todas las administraciones públicas en la ejecución de los fondos europeos extraordinarios del Plan de Reconstrucción, especialmente de los 72.000 millones asignados al Reino de España en transferencias no
reembolsables, de manera que atiendan a los sectores económicos y los territorios más dañados por la crisis sanitaria y socioeconómica derivada de la pandemia causada por el coronavírus.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú
Podem-Galicia en Común.


173/000023


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre las previsiones del Gobierno para atender el mayor impacto de la crisis en
Canarias por sus singularidades y su reflejo en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, sin modificaciones con respecto al texto inicial que se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento
de la Cámara:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Garantizar para 2021 a las Comunidades Autónomas los ingresos no financieros precisos que le permitan mantener el gasto en los servicios públicos fundamentales y en el ejercicio de sus competencias al menos en un importe similar al de
este año 2020. Esto significa compensar la previsible reducción de las entregas a cuenta de los recursos del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, de forma que, en su conjunto,
los recursos por entregas a cuenta y para la compensación por la minoración de las mismas, asciendan, como mínimo, a los importes de las entregas a cuenta de 2020 derivadas del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.


2. En caso de que se considere que esa medida fue excepcional para el año 2020 y no se aplicara para el año 2021, compensar la reducción de ingresos que se produjera por la no actualización de las entregas a cuenta del Sistema de
Financiación bien mediante transferencias no reembolsables como el establecido con la creación del Fondo COVID-19, regulado en el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, o bien con la autorización de endeudamiento a las CCAA que lo soliciten, dado
que las necesidades derivadas de la crisis por el COVID-19 se mantendrán en 2021.


3. Convocar el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas para que informe los objetivos de estabilidad presupuestaria y el objetivo de deuda pública para los ejercicios 2021 a 2023, del subsector Comunidades
Autónomas, y aprobados los mismos, convoque al citado consejo para que informe los objetivos individuales, para su correspondiente aprobación por el Gobierno. Los objetivos a fijar a cada Comunidad Autónoma, junto con los recursos no financieros
establecidos en los puntos anteriores, deben garantizar el mantenimiento de la capacidad de gasto de las Comunidades Autónomas del presente año.


4. Librar en 2021 a la Comunidad Autónoma de Canarias los recursos por importe de 516,1 millones de euros de las sentencias del Tribunal Supremo por incumplimiento por parte del Estado del Convenio de carreteras suscrito en 31 de enero de
2006, registrados en el superávit de la CAC de 2018, para que puedan destinarse en 2021 a gastos no financieros en sus servicios públicos y demás competencias. Estos gastos no financieros no formarán parte del gasto computable de la CAC a los
efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


A la Comunidad Autónoma de Canarias se le asignará un objetivo de estabilidad presupuestaria que le permita destinar los citados recursos a gastos no financieros, o bien que estos gastos no financieros, derivados de los referidos recursos,
no computen para el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.


5. Incluir en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 las dotaciones económicas anuales que recogen las disposiciones del Régimen Económico y Fiscal y del Estatuto de Autonomía de Canarias.



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6. Aplicar, en cuanto a la distribución de los fondos europeos extraordinarios del Plan de Reconstrucción, especialmente los 72.000 millones asignados al Reino de España en transferencias no reembolsables, entre las comunidades autónomas el
mismo criterio seguido por la Unión Europea para hacer la distribución de los 750.000 millones entre los Estados miembros: atender a los sectores económicos y los territorios más dañados por la crisis sanitaria y socioeconómica derivada de la
pandemia causada por el coronavirus.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000024


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para que el Gobierno valore las alarmantes previsiones conocidas
recientemente en relación a la economía y el empleo de los españoles, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de Interpelación urgente, para que el
Gobierno valore las alarmantes previsiones conocidas recientemente con relación a la economía y al empleo de los españoles.


Exposición de motivos


La eficacia de un gobierno debe medirse por sus resultados y, si en términos sanitarios estamos a la cola del mundo, en términos económicos la fotografía es igualmente bochornosa: España lideró en el segundo semestre la caída del PIB (-18,5
%) y triplicó la destrucción de empleo media de los países europeos (-7,5 % vs -2,7 %).


La vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, responsable última de la política económica del Gobierno:


- reaccionó tarde, el 4 de marzo afirmaba que 'las estimaciones apuntan a un impacto transitorio y poco significativo sobre la economía';


- se dejó ganar por la facción comunista del gobierno que, frente a su criterio para que España no se parase (23 de marzo 'el Gobierno no quiere que España se pare'), paralizó completamente nuestro país con nocturnidad y alevosía (aprobando
un Real Decreto la madrugada del domingo 29 de marzo).


- permitió enviar a Bruselas unas previsiones fiscales sesgadas, que la propia Airef veía incoherentes con el cuadro macroeconómico.


- y, ni siquiera, adoptó medidas para evitar el colapso administrativo que ha restado eficacia a medidas acertadas, como el uso de los ERTE mejorados en la Reforma Laboral del PP o en la gestión de los créditos ICO.


El resultado es muy negativo: se cerraron 100.000 empresas, se destruyeron 750.000 empleos y tenemos un millón de autónomos en la cuerda floja. Si no hacemos nada estos autónomos, los 3,8 millones de parados y los 812.000 trabajadores en
ERTE acabarán engrosando las listas del paro por mucho tiempo.


Los Fondos Europeos de Reconstrucción y Resiliencia suponen una oportunidad única, aunque el hecho de que se gestionen directamente desde Moncloa y no a través de una Agencia Independiente y Profesional, nos hace temer que sea una
oportunidad perdida.



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Es imprescindible acertar con la política económica para volver al círculo virtuoso del crecimiento y la creación de empleo, y no cronificar en el subsidio a 6 millones de españoles; y en estos objetivos, las recetas social-comunistas
siempre han fracasado.


Por todo ello,


El Grupo Parlamentario Popular insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas para volver a activar España:


'1. Reducir la presión fiscal a autónomos, empresas y familias,


- Rebajando el Impuesto de Sociedades por debajo del 20 %.


- Eliminando los Impuestos de Sucesiones, Donaciones y Patrimonio para ayudar a las familias, y el de Actos Jurídicos Documentados para incentivar la emancipación de los jóvenes.


- Creando una nueva modalidad de contratación bonificada para parados por el COVID-19.


- Con exenciones fiscales para empresas afectadas por el COVID y aumentando el período de carencia en el pago de los créditos ICO.


- Con un Plan de captación de empresas deslocalizadas y grandes empleadores con un 'fast track' administrativo y una nueva 'ley Beckham' de incentivos fiscales.


2. Aumentar la flexibilidad laboral,


- Manteniendo la reforma laboral que facilitó crear 3 millones de empleos.


- Ampliando los ERTE con vinculación a itinerarios formativos, en especial a los sectores más afectados por el COVID como el turismo y la hostelería.


- Ampliando la tarifa plana para autónomos y, a ingresos cero, cuota cero.


- Potenciando la Ley de Segunda Oportunidad.


- Regulando el teletrabajo e impulsando la conciliación de 0-3 años.


3. Reducir la burocracia,


- Facilitando una autopista administrativa para que una empresa pueda crearse en 5 días en oficinas de emprendedores con ventanilla de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Registro Mercantil.


- Transformando el sistema de licencia previa por el de declaración responsable.


- Impulsando la Unidad de Mercado, con armonización de normas administrativas.


- Con una Ley de Crecimiento Empresarial eliminando trabas fiscales, burocráticas y laborales.


- A través de la racionalización, digitalización y eficiencia de la Administración, estableciendo una carrera funcionarial con incentivos y reduciendo estructura, empezando por el Gobierno.


4. Mejorar la formación,


- Impulsando la FP dual en secundaria y la participación de la empresa en la universidad.


- Garantizando el bilingüismo, las materias de emprendimiento y las STEM tecnológicas y científicas.


- Orientando los currículos formativos, titulaciones académicas y plazas a la demanda laboral.


- Con evaluaciones públicas nacionales a lo largo de toda la enseñanza.


5. Mejorar la competitividad,


- Fomentando la reindustrialización del tejido productivo y el abaratamiento de la energía.


- Apoyando la internacionalización de las empresas con respaldo del servicio de acción exterior.


- Apostando por la sostenibilidad, la economía circular y el sector primario.


- Potenciando la digitalización empresarial, el 5G y el fomento de start ups.


- Garantizando la seguridad jurídica, despolitizando los organismos reguladores y simplificando la regulación, con el compromiso de derogar 2 normas por cada norma que se apruebe.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2020.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación del Grupo Parlamentario Popular, para que el Gobierno valore las alarmantes previsiones conocidas recientemente con relación a la
economía y al empleo de los españoles.


Enmienda


De adición.


Nuevo punto 1.


Texto que se propone y enumeración de los siguientes:


'Por ello, el Grupo Parlamentario Popular insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas para volver a activar España:


1. Crear una agencia independiente con capacidad para evaluar, priorizar y aprobar los proyectos financiados con fondos europeos que asegure que estos recursos se asignan con criterios de eficiencia, encargándose también de garantizar la
ejecución de los fondos, la coordinación con los organismos afectados y de los trámites y comunicaciones necesarias con las instituciones europeas.'


Justificación.


Es fundamental asegurar la capacidad ejecutora de España en relación con el Fondo de Recuperación y Resiliencia puesto en marcha por la Comisión Europea ya que atendiendo a estadísticas previas de nuestro país en esta materia, las actuales
estructuras administrativas del Estado no serán, probablemente, capaces de absorber tal cantidad de recursos de una forma eficiente.


Enmienda


De modificación.


Del punto 2 de medidas fiscales.


'2. Reducir la presión fiscal a autónomos, empresas y familias:


- Promover una revisión en profundidad del Impuesto de Sociedades, no solo de los tipos impositivos que resultan de aplicación, sino también del régimen de deducciones, régimen de exención por doble imposición de dividendos, uso de bases
imponibles, regímenes especiales, eliminación de las medidas que desincentivan el crecimiento empresarial de las pequeñas y medianas empresas, etc.


- Impulsar una reforma del Impuesto de Sociedades en el marco de la Unión Europea para armonizar las bases imponibles del Impuesto, con el fin de evitar que la regulación laxa de algunos países sirva para erosionar el Estado de Bienestar del
resto.


- Armonizar a la baja, en todo el territorio español, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de tal forma que las herencias y donaciones dentro del núcleo familiar no tengan efectos tributarios y se reduzca sustancialmente la tributación
cuando los beneficiarios sean los hermanos, así como, en menor medida, parientes más lejanos.


- Estudiar e implementar soluciones eficientes para incentivar la contratación de parados.


- Promover un marco fiscal competitivo para atraer inversiones y trabajadores cualificados.'


Justificación.


Se ha demostrado por parte de diferentes estudios y si se tiene en cuenta la situación de España en términos comparados con el resto de Europa que nuestro país no tiene un problema con los tipos impositivos de los impuestos, en particular
del Impuesto de Sociedades, sino en las deducciones, bonificaciones, exenciones y demás instrumentos que hacen que los tipos efectivos sean muy heterogéneos en función de los tipos de empresas. Por lo que una modificación del tipo, sin una reforma
estructural del impuesto, será una medida que no solucionará el problema de la tributación empresarial en



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nuestro país. Asimismo, proponemos un impulso a la armonización de este impuesto a nivel comunitario que, de verdad, suponga un reequilibrio de las reglas de juego entre los socios comunitarios.


Además, hemos introducido una modificación al punto referente al contrato bonificado de parados por el COVID, ya que diferentes análisis publicados no encuentran un impacto positivo en la contratación a través de este tipo de bonificaciones,
por lo que consideramos más razonable una evaluación de todos los mecanismos incentivadores posibles con criterios de eficiencia y la implementación de aquellos que hayan mostrado resultados positivos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas en relación con la moción consecuencia de la interpelación urgente
para que el Gobierno valore las alarmantes previsiones conocidas recientemente con relación a la economía y al empleo de los españoles, presentado por el Grupo Parlamentario Popular, incluido en el Punto III.6 del orden del día del Pleno que se
celebrará el próximo martes, 29 de septiembre de 2020.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto del primer guion del apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Rebajando el Impuesto sobre de Sociedades por debajo del 20 % y reduciendo de forma generalizada los impuestos a las familias y a los autónomos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el mantenimiento de la capacidad
adquisitiva, la supervivencia de los negocios ante la caída de los ingresos, para la mejora de la competitividad económica.'


Justificación.


El texto del grupo proponente no abarca la reducción de impuestos a familias y a autónomos, llevando a confusión el título del primer apartado 'reducir la presión fiscal a autónomos, empresas y familias'. En este sentido, las únicas medidas
fiscales para las familias sería el segundo guion del primer apartado. Sin embargo, no es el impuesto recurrente al que todas las familias se enfrentan en su día a día. Por ese motivo, se incorpora la mención a la figura del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, ya que a pesar de que estamos de acuerdo con la eliminación de los Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el de Actos Jurídicos Documentados, esto no es suficiente para dotar de mayor liquidez y capacidad adquisitiva
a las familias y a los autónomos ante la crisis económica generada por el Gobierno.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto del segundo guion del apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Eliminado los el Impuestos de sobre Sucesiones y Donaciones, y el de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre el Patrimonio como figuras tributarias de doble tributación, en el marco de la necesaria reforma del
sistema de financiación de las Comunidades Autónomas.'



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Justificación.


Por un lado, el guión requería de ciertas mejoras técnicas en la definición de los impuestos. Por otro lado, se considera adecuado incluir la eliminación del Impuestos sobre el Patrimonio. Los impuestos mencionados suponen una doble
tributación rompen con los principios constitucionales de equidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad ya referidos, como en lo que se refiere a aspectos de justicia social.


Si bien son instrumentos para dotar de recursos a las Comunidades Autónomas para la gestión de las competencias cedidas, romper con dichos impuestos es cuestión de voluntad política e institucional, lo que aboca a una reforma de las
competencias autonómicas, el estudio de su viabilidad a largo plazo y un plan para la reforma del sistema de financiación.


Por ejemplo, en cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en relación con una normativa autonómica cuya validez fue cuestionada tanto por la Comisión Europea como por el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional, 'intérprete
supremo de la Constitución', declaró, en su Sentencia 60/2015, de 18 de marzo, que 'si bien las desigualdades de naturaleza tributaria producidas por la existencia de diferentes poderes tributarios (estatal, autonómico y local) se justifican, en
principio, no solo de forma objetiva sino también razonable, siempre que sus consecuencias sean proporcionales, en la propia diversidad territorial, al convertirse el territorio en un elemento diferenciador de situaciones idénticas, en el caso que
nos ocupa (...) el territorio ha dejado de ser un elemento de diferenciación de situaciones objetivamente comparables para convertirse en un elemento de discriminación, pues con la diferencia se ha pretendido exclusivamente favorecer a sus
residentes, tratándose así a una misma categoría de contribuyentes de forma diferente por el solo hecho de su distinta residencia'.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion sexto al apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Promoviendo la implantación del cheque de subsidio familiar por el cual se estipule una cuantía mínima que permita a aquellas familias afectadas por la crisis socio-económica derivada de la pandemia y los decretos de cierre de la
actividad del Gobierno, hacer frente a los gastos básicos consecuentes al desarrollo de su vida diaria, entre los cuales se incluyen los gastos domésticos de agua, electricidad y gas.'


Justificación.


Cientos de miles de familias están pasando por momentos muy duros en términos sanitarios y económicos, por lo que con esta medida se pretende aliviar la carga de gastos que suponen los costes fijos de cualquier familia, pero con especial
relevancia a aquellas que han sufrido despidos, cierres de actividad empresarial o cualquier otro shock de índole económica que suponga una merma de más del 40 % de sus ingresos familiares.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion séptimo al apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Eliminar todo tipo de coste público (tasas e impuestos) para la constitución y puesta en marcha de una empresa.'



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Justificación.


Para el apoyo a los emprendedores y autónomos de todas las edades, es una losa que para poder comenzar con un negocio, con cualquier actividad económica, tengan que pagar tasas e impuestos antes de poder generar un solo euro con su proyecto.
Cualquier negocio está destinado a pagar impuestos pero lo correcto es que lo haga cuando genere riqueza y valor, no antes de poder siquiera poder demostrarlo, Todas las tasas e impuestos para la constitución y puesta en marcha de negocios suponen
sin duda una barrera de entrada que obstaculiza el desarrollo de negocios en nuestra Nación.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion octavo al apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Promover la redistribución de la asignación de los tipos del IVA a los productos para dar el reducido y el súper reducido a aquellos que son de verdadera necesidad básica.'


Justificación.


Se deben tomar las medidas necesarias para promover en la Unión Europea una reasignación de los bienes y servicios que consumen los ciudadanos a los tipos del IVA que corresponden con la realidad del hecho imponible, dotando así de mayor
eficiencia al impuesto y de mayor capacidad de gasto a las familias españolas.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el primer guion del apartado segundo de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Manteniendo la reforma laboral que facilitó crear 3 millones de empleos. Acometiendo una reforma laboral intensa que incentive y simplifique la contratación.'


Justificación.


Si bien la reforma laboral de 2012 flexibilizó el mercado laboral, es necesario constatar que la autocomplacencia es dañina a medio y largo plazo, por lo que se propone promover más medidas en materia laboral para así seguir avanzando en
conseguir un mercado ágil y resolutivo tanto para las empresas como para los trabajadores, dotando de mecanismos que garanticen la rápida reincorporación al trabajo de aquellas personas que lo hayan perdido.


Esta moción aprovecha la evidente catástrofe económica en la que el gobierno está sumiendo a España, para hacer campaña política a favor del PP. Se observa cómo la moción aprovecha para alabar la última reforma laboral promovida por este
partido. Pues bien, lo cierto es que esa reforma fue incompleta y, si bien su efecto neto pudo ser positivo, también dejó muchas cuestiones sin resolver. Por ello se propone la eliminación de estas menciones, Así, otros grupos parlamentarios, más
allá del PP, podrían sumarse a la moción.



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Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el tercer guion del apartado segundo de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Ampliando la tarifa plana para autónomos y, a ingresos cero, cuota cero, analizando la implementación de un sistema del cálculo de la cuota en función de la facturación de forma análoga al sistema de autoliquidación del IVA trimestral.'


Justificación.


Es necesario completar la iniciativa planteada para poder avanzar en la mejora del mercado laboral, en lo que se refiere concretamente a los autónomos. Proponemos que se añada una mención específica al cálculo de las bases de cotización de
los autónomos conforme a la facturación real. El sistema sería similar la del cálculo del IVA trimestral y eliminará una barrera de entrada notable. Esta medida permitiría que mucho empleo sumergido aflorase y además mejorará la situación
económica de muchos autónomos en España.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el quinto guion del apartado segundo de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Impulsando la conciliación de 0-3 años.'


Justificación.


El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia que tendrá que ser convalidado en el Congreso de los Diputados, por lo que pedir algo que está pendiente de trámite no
parece oportuno.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el tercer guion del apartado tercero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Impulsando la Unidad de Mercado, con armonización de normas administrativas y simplificando la normativa relativa a la contabilidad de las PYMES.'


Justificación.


Proponemos completar la iniciativa asegurando el libre acceso a los negocios sin restricciones normativas, generando libre concurrencia en igualdad de condiciones.



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Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion quinto al apartado cuarto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Garantizando el acceso a la enseñanza en castellano y en igualdad de condiciones en todas las regiones de España.'


Justificación.


Proponemos que se incluya una mención específica a la despolitización de la educación y al acceso a la enseñanza en castellano. Esta última cuestión está cada vez más en peligro y este idioma, compartido por más de 400 millones de
hispanoparlantes es una herramienta utilísima en el mercado profesional internacional.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion sexto al apartado cuarto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Despolitizando la educación en todos sus tramos, desde la educación básica obligatoria hasta la educación universitaria.'


Justificación.


Proponemos que se incluya una mención específica a la despolitización de la educación y al acceso a la enseñanza en castellano. Esta última cuestión está cada vez más en peligro y este idioma, compartido por más de 400 millones de
hispanoparlantes es una herramienta utilísima en el mercado profesional internacional.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion séptimo al apartado cuarto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Promoviendo la eliminación de la endogamia académica en el ámbito universitario.'


Justificación.


Es preciso que el Gobierno promueva actuaciones con el fin de eliminar la endogamia académica en el ámbito universitario.



Página 29





Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion sexto al apartado quinto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Fomentando una normativa atractiva para los nuevos nómadas digitales o turistas permanentes.'


Justificación.


Introducimos una mención específica a los nómadas digitales o turistas permanentes. Son aquellos profesionales para los que el teletrabajo es la norma. Estas personas pueden desempeñar sus labores profesionales desde cualquier parte del
mundo. Suelen ser trabajadores con alto poder adquisitivo que desempeñan funciones de alto valor añadido. Pueden aportar beneficios a la sociedad española no solo por los impuestos indirectos que abonen en España sino también por el conocimiento
que traen consigo y las potenciales externalidades positivas derivadas de él.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion séptimo al apartado quinto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Reduciendo el gasto político improductivo del Estado promoviendo las normas oportunas que permitan recortar el número de políticos, cargos de libre designación o altos cargos de organismos públicos.'


Justificación.


Proponemos que se introduzca una mención al gasto político disparatado que padecemos en España. Es claramente uno de los lastres de la economía nacional, no solo por el coste directo, sino también por el impacto negativo que genera.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo guion octavo al apartado quinto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'- Instando a las Comunidades Autónomas a que igualmente reduzcan el gasto político improductivo en sus ámbitos de actuación, supeditando la facilidad de fondos de libre disposición al cumplimiento de este requisito.'


Justificación.


Proponemos que se introduzca una mención al gasto político disparatado que padecemos en España. Es claramente uno de los lastres de la economía nacional, no solo por el coste directo, sino también por el impacto negativo que genera.



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Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo apartado sexto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'6. A favorecer el libre desarrollo de la economía y la industria,


- Garantizando la neutralidad tecnológica en la concesión de ayudas a proyectos empresariales.


- A trazar un plan industrial que relance el tejido productivo nacional.


- A favorecer el desarrollo de la industria asociada al sector primario que además del evidente efecto positivo en la economía, fija población en el medio rural y mejora la vida de españoles a los que difícilmente alcanzan los planes de
desarrollo ordinarios.'


Justificación.


Proponemos que se incluya una mención al desarrollo industrial nacional, a la neutralidad tecnológica y al sector primario. Este último punto es especialmente relevante en la medida en que España es una potencia en este ámbito. Este sector
favorecerá a los españoles no solo económicamente sino también socialmente al fomentar la fijación de población e incrementar el nivel de vida en la mal llamada 'España vaciada'.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo apartado séptimo a la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'7. Conseguir un marco fiscal y presupuestario que alivie la carga del sector público a la economía:


- Elaborando los Presupuestos Generales del Estado con la metodología en base cero.


- Revisando y evaluando la totalidad de las subvenciones de la Administración General del Estado y los requisitos para su concesión.


- Desarrollando el principio de eficiencia fiscal para mejorar el coste marginal de los fondos públicos.


- Exigiendo en el gasto público un mínimo de complementariedad y cofinanciación.


- Eliminando el gasto para políticas ideológicas.


- Eliminando entes y fundaciones públicas que no atienden al interés general.


- Reorganizando del sector público empresarial.


- Eliminando subvenciones para partidos políticos y sindicatos.'


Justificación.


Para poder llegar a una iniciativa transversal como la que presenta el Grupo Parlamentario Popular, es necesario siempre tener en cuenta el gran lastre que tiene para la economía española el sector público, que no por su existencia, sino por
su mal uso en gran parte, supone una rémora para el conjunto de la sociedad y para la actividad económica del sector privado fundamentalmente. Un uso adecuado del gasto público, generando un marco de eficiencia fiscal, reduciendo al máximo los
costes margines de los fondos públicos, así como reestructurando el sector público empresarial y reduciéndolo, y el resto de medidas propuestas, supondría un ahorro de miles de millones de euros que redundaría en la posibilidad de aplicar una rebaja
drástica de los impuestos que soportan como carga todos los españoles, dotando de mayor capacidad adquisitiva, para mayor gasto y ahorro, y generando riqueza y competitividad para el conjunto de la economía.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2020.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.