Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 100, de 10/06/2020
cve: BOCG-14-D-100 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


10 de junio de 2020


Núm. 100



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/000927 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre 'la transposición de la Directiva Europea relativa a la protección efectiva de los denunciantes de casos de corrupción' ... href='#(Página7)'>(Página7)


Comisión de Justicia


161/000926 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial para devolver la competencia para el conocimiento de los procedimientos concursales que afectan
a personas físicas no empresarios, a los juzgados mercantiles ... (Página8)


Comisión de Hacienda


161/000900 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al uso adecuado de los procedimientos excepcionales de contratación pública ... (Página9)


161/000932 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la puesta en marcha de una Ley de Eficiencia Fiscal ... (Página15)


161/000933 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a autorizar a los ayuntamientos a invertir su superávit y los remanentes de tesorería para hacer frente a la crisis sanitaria, social y económica ... href='#(Página19)'>(Página19)


Comisión de Interior


161/000935 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el reconocimiento de la labor de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias ... (Página21)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/000903 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso de autobuses, autocares y del transporte de viajeros por carretera ... (Página22)


161/000911 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la supresión del tren hotel Galicia-Madrid-Barcelona y sobre el transporte ferroviario en Galicia ... (Página24)



Página 2





Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/000938 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la derogación urgente de ciertos aspectos de la reforma laboral referidos a las condiciones del despido colectivo ... href='#(Página25)'>(Página25)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/000901 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a establecer un sistema único de clasificación para los hoteles de España y la adhesión al sistema europeo de HOTELSTARS UNION ... href='#(Página26)'>(Página26)


161/000902 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a medidas que reduzcan la morosidad de operadores turísticos europeos con alojamientos turísticos de España ... (Página30)


161/000904 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas de apoyo a las agencias de viajes y al turismo ... (Página31)


161/000908 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre medidas de impulso a la reconstrucción industrial ... (Página33)


161/000909 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre medidas de impulso al turismo alternativo ... (Página36)


161/000919 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso del turismo deportivo español tras la crisis del coronavirus COVID-19 ... (Página38)


161/000920 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la realización de un Plan Nacional de la Industria ... (Página40)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000905 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a los cambios propuestos por el Gobierno en la gestión de 0,7 % del IRPF y del 0,7 % del Impuesto de Sociedades para financiar entidades
y proyectos de interés social ... (Página42)


161/000913 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al reconocimiento del grado de discapacidad mínimo del 33 % a los pacientes de enfermedades crónicas, autoinmunes y neurodegenerativas con independencia del
estadio de la enfermedad ... (Página43)


161/000921 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a articular medidas de apoyo al sector de campamentos de verano ... (Página45)


161/000924 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reforzar el sistema de atención a las personas en situación de dependencia ... (Página46)


161/000931 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la extensión del concepto de 'familia numerosa de categoría especial' ... (Página47)


161/000939 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, por la que se insta al Gobierno a rectificar su decisión de recortar los fondos destinados a las ONG del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal ...
(Página48)


161/000940 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al desarrollo de una Garantía Alimentaria para garantizar el derecho básico de alimentación de personas y familias en situación de vulnerabilidad ...
(Página50)



Página 3





Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/000915 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, por la que se insta al Gobierno a tomar medidas de impulso al sector de la panadería y pastelería ... (Página52)


161/000918 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promocionar y fomentar la imagen del sector primario y defender la labor de este sector ... (Página54)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/000897 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a prorrogar un año las concesiones de explotación de los servicios de temporada en las playas ... (Página55)


161/000910 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a introducir aspectos de justicia social y transición justa en los futuros mecanismos de subastas específicas de renovables para los territorios
afectados por cierres de centrales térmicas ... (Página56)


161/000922 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a avanzar en una gestión forestal inteligente, en el marco del Pacto Verde Europeo y las nuevas líneas de financiación sostenible, que
mejore la calidad de las masas de bosques de nuestro país y sea palanca para reactivar la economía y salir de la crisis económica post COVID-19 ... (Página59)


161/000925 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el servicio de interrumpibilidad con autoconsumo sin excedentes ... (Página61)


Comisión de Cultura y Deporte


161/000896 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la creación de un plan nacional cultural post COVID-19 ... (Página62)


161/000917 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a declarar la Primera División nacional de fútbol femenino como Liga Profesional ... (Página66)


161/000923 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la toma en consideración del Gobierno del deporte como actividad de interés general y su inclusión en los 'acuerdos de reconstrucción de país' ...
(Página69)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/000934 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la elaboración de un nuevo plan para garantizar la cobertura de banda ancha en las zonas rurales ... (Página71)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000914 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la financiación total o parcial de las mascarillas de uso obligatorio por la población ... (Página72)


161/000916 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a proporcionar mascarillas FFP2 a los pacientes de enfermedades crónicas, autoinmunes y/o neurodegenerativas, hasta que se pueda disponer de vacuna contra
el COVID-19 ... (Página74)



Página 4





161/000929 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a las medidas para defender el uso del dinero en efectivo en el marco del COVID-19 ... (Página75)


161/000941 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para garantizar el tratamiento adecuado de la trombosis, favorecer la adherencia terapéutica y facilitar el acceso a medicamentos
anticoagulantes ... (Página79)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000895 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la gestión de deuda externa de España con regímenes no democráticos ... (Página80)


Comisión de Igualdad


161/000906 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la suspensión de la liga de Primera División del fútbol femenino en España ... (Página84)


Comisión para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales


161/000907 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la reforma del marco institucional de España y, en particular, del Consejo de Estado ... (Página85)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/000930 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a vehículos de movilidad personal post COVID-19 ... (Página91)


161/000936 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la reducción de tasas máximas de alcohol en sangre permitidas en la conducción ... (Página93)


161/000937 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a fomentar el uso del airbag entre motoristas ... (Página94)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Hacienda


181/000295 Pregunta formulada por el Diputado don Mario Garcés Sanagustín (GP), sobre razones que justifican la dimisión de la Directora de Recursos Humanos de Correos ... (Página95)


Comisión de Sanidad y Consumo


181/000296 Pregunta formulada por la Diputada doña Elena Castillo López (GP), sobre previsiones acerca de realizar alguna inversión en salud, a pesar de la reticencia a bajar los impuestos indirectos (IVA) a mascarillas y productos
sanitarios, básicos, para hacer frente al COVID-19 ... (Página96)


181/000297 Pregunta formulada por la Diputada doña Elena Castillo López (GP), sobre datos de los que se dispone para afirmar que durante el COVID-19 se ha producido una bajada del consumo de juego online ... href='#(Página96)'>(Página96)



Página 5





181/000298 Pregunta formulada por la Diputada doña Elena Castillo López (GP), sobre previsiones acerca de poner en marcha alguna medida para frenar el creciente aumento del juego ilegal detectado durante el COVID-19 ... href='#(Página96)'>(Página96)


181/000299 Pregunta formulada por la Diputada doña Elena Castillo López (GP), sobre previsiones acerca de poner en marcha alguna medida para reforzar el Turismo, aunque se considere que el sector turístico es de bajo valor añadido,
estacional y precario ... (Página97)


Comisión sobre Seguridad Vial


181/000294 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco José Alcaraz Martos (GVOX), sobre previsiones de incluir en el Real Decreto Legislativo 6/2015, como infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos, las relacionadas con la
circulación de vehículos emisores de gases contaminantes, tal y como lo han solicitado ayuntamientos como el de Barcelona ... (Página97)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/012401 Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo Garcés Sanagustín, Mario


Cantidades pagadas durante el mes de marzo de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma de Ceuta. Retirada ... href='#(Página97)'>(Página97)


184/012408 Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo Garcés Sanagustín, Mario


Cantidades pagadas durante el mes de abril de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma de Ceuta. Retirada ... href='#(Página98)'>(Página98)


184/012413 Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo Garcés Sanagustín, Mario


Cantidades pagadas durante el mes de marzo de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma de Melilla. Retirada ... href='#(Página98)'>(Página98)


184/012414 Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo Garcés Sanagustín, Mario


Cantidades pagadas durante el mes de abril de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma de Melilla. Retirada ... href='#(Página99)'>(Página99)


184/013175 Autor: Ruiz Navarro, Eduardo Luis De las Heras Fernández, Patricia Ortega Smith-Molina, Francisco Javier Sánchez García, José María Fernández Hernández, Pedro


Asignación a los responsables funcionales de la Administración de Justicia de responsabilidades propias de gestión de personal, al tener que determinar el personal que debe participar en los turnos, así como autoridad responsable de
establecer un turno forzoso rotatorio en caso de que no hubiera el número necesario de funcionarios que se ofrecieran a trabajar en el turno de tarde ... (Página99)



Página 6





184/013920 Autor: Fernández-Roca Suárez, Carlos Hugo Utrilla Cano, Julio


Emisión por el Centro Nacional de Inteligencia de un informe favorable a la activación del actual dispositivo de seguridad frente a la residencia del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, informes
en los que se ha basado el Ministerio del Interior para coartar el derecho a la libre circulación, consideración del Gobierno acerca de si las caceroladas son una 'amenaza o peligro' y certeza de si el Centro Nacional de Inteligencia está
monitorizando las manifestaciones públicas contra el Gobierno ... (Página101)


184/014258 Autor: Fernández-Roca Suárez, Carlos Hugo Utrilla Cano, Julio


Motivos por los que el Gobierno ha revelado la identidad del número tres del Centro Nacional de Inteligencia, acciones previstas para proteger la identidad del Director de dicho Centro, así como para depurar responsabilidades y evitar que
dicha situación se vuelva a repetir ... (Página102)



Página 7





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/000927


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre 'la transposición de la Directiva Europea relativa a la protección efectiva de
los denunciantes de casos de corrupción', para su debate en la Comisión Constitucional.


Exposición de motivos


La lucha contra la corrupción y los efectos que provoca en la credibilidad de la democracia, ha de constituir una prioridad para cualquier estado democrático. En un periodo de convulsión, como el actual, ante el avance de determinados
fenómenos políticos vinculados a la extrema derecha y a movimientos nacional-populistas, se requiere consolidar y reforzar el sistema democrático para recuperar la plena confianza ciudadana en sus instituciones. De ahí, la necesidad de dar un paso
decisivo en la lucha integral contra la corrupción y proteger al denunciante o alertador de casos y situaciones de corrupción y fraude para proteger el interés general.


El pasado día 26 de noviembre de 2019, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó la Directiva (UE) 2019/1937, aprobada por el Parlamento Europeo el 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre
infracciones del Derecho de la Unión.


La Directiva Europea expresa que 'la protección de los denunciantes en la Unión se encuentra fragmentada en los diferentes Estados miembros y es desigual en los distintos ámbitos. Las consecuencias de las infracciones del Derecho de la
Unión con dimensión transfronteriza de las que informan los denunciantes, muestran cómo una protección insuficiente en un Estado miembro no solo incide de forma negativa en el funcionamiento de las políticas de la Unión en ese Estado miembro, sino
que puede extenderse también a otros Estados miembros y a la Unión en su conjunto'.


De este modo, la existencia de una Directiva Europea garantiza unas normas mínimas comunes de aplicación que permitan una protección efectiva de los denunciantes en lo que respecta a aquellos actos y ámbitos en los que sea necesario reforzar
la aplicación del Derecho, para evitar que la escasez de denuncias procedentes de denunciantes se convierta en un factor clave que impida esa aplicación, y las infracciones del Derecho de la Unión puedan provocar graves perjuicios al interés
público.


La protección de los intereses públicos en los diferentes ámbitos de la Unión Europea guarda relación directa con la lucha contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, y ha llevado a la UE a acordar una Directiva. En
ella, establece las normas mínimas, a partir de las cuales es posible para los Estados miembros introducir o mantener disposiciones que sean más favorables para el denunciante. La trasposición de la Directiva no debe, en ninguna circunstancia,
proporcionar una justificación para la disminución del nivel de protección de que ya gozaran los denunciantes en virtud del Derecho nacional en sus ámbitos de aplicación.



Página 8





Lo cierto es que el objetivo no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros actuando en solitario o de forma no coordinada, sino que, puede lograrse mejor a escala de la Unión estableciendo normas mínimas comunes para
la protección de los denunciantes. Solo la acción de la UE puede aportar coherencia y armonizar las normas vigentes en los Estados sobre protección de los denunciantes, de acuerdo con el principio de subsidiaridad establecido en el artículo 5 del
Tratado de la Unión Europea.


En su artículo 26, la Directiva fija el plazo para que los Estados de la Unión aprueben la Transposición de la Directiva: 'Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar
cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 17 de diciembre de 2021'.


La trasposición en plazo de directivas de la Unión Europea constituye en la actualidad uno de los objetivos prioritarios establecidos por el Consejo Europea. Por tanto, mediante la promulgación de una ley, en el plazo establecido para ello,
España habrá incorporado a su ordenamiento interno y dado pleno cumplimiento a la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.


En España, distintas asociaciones, organizaciones que trabajan contra la corrupción y en favor de la transparencia, juristas expertos y fuerzas políticas, han presentado, en los últimos meses, diferentes propuestas de ley en materia de
prevención y lucha contra la corrupción que incluyen de modo destacado la defensa de los denunciantes. Es importante que el Parlamento afronte la tarea legislativa de trasponer dicha directiva de protección al denunciante y alertadores y que se
impidan todo tipo de represalias.


Por todo ello, el Gobierno de España ha de promover un texto normativo que cumpla con la trasposición de la Directiva de protección al denunciante aprobada en octubre del pasado año por la Unión Europea, lo que además es coherente con el
Programa de regeneración democrática del Gobierno de coalición progresista, entre el PSOE y Unidas Podemos, el cual ya indica que 'aprobaremos una Ley integral contra la corrupción, en la que se incluirá un Estatuto del denunciante'.


En base a las anteriores consideraciones, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar la tramitación de una Ley que transponga la Directiva de la Unión Europea 2019/1937 aprobada por el Parlamento Europeo de 23 de octubre de 2019, relativa al establecimiento de un
sistema de protección a denunciantes y alertadores sobre casos de corrupción y fraude, mediante un proceso de participación y deliberación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Odón Elorza González, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Justicia


161/000926


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas de reforma de la Ley Orgánica del poder Judicial para devolver la
competencia para el conocimiento de los procedimientos concursales que afectan a personas físicas no empresarios, a los juzgados mercantiles, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


El artículo 85.6 de la de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por reforma lleva a cabo en la por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
atribuyó la competencia para el conocimiento de los procedimientos concursales que afectaban a personas físicas no empresarias, a los juzgados de primera instancia, en vez



Página 9





de a los juzgados mercantiles que, de modo general, asumían hasta ese momento las competencias plenas en todos los procedimientos concursales.


La decisión del legislador en 2015, tenía por efecto el de descongestionar los juzgados mercantiles, que estaban sobrecargados de asuntos como consecuencia de la crisis de 2008, y aproximar este tipo de procedimientos al deudor persona
natural no empresario, que acudía al juzgado de su domicilio en vez de al mercantil, de ámbito provincial.


La medida ha fracasado rotundamente. No se tuvo en cuenta que los juzgados de primera instancia estaban también colapsados, por lo que la asunción de estos procedimientos, más los que afectaban a acciones individuales de consumidores,
supuso un incremento sustancial de competencias, sin que contaran con nuevos medios, ni modelos de tramitación que permitan una gestión ágil de los procedimientos.


Además, de forma habitual, se están planteando muchos problemas de competencia objetiva entre juzgados por concursos de personas físicas ya que no siempre es fácil determinar cuando el deudor es empresario o no lo es.


Los letrados de la administración de justicia y los funcionarios de los juzgados de instancia no están familiarizados por la normativa concursal y atendiendo al gran número de asuntos y a la variedad de los mismos en un juzgado de 1.ª
instancia, y que la normativa concursal con sus peculiaridades materiales y procesales no deja de ser residual, tiene una incidencia negativa en la tramitación de los concursos.


Y ello, por no mencionar que los juzgados de instancia no disponen de las herramientas informáticas y de los servicios comunes que sí tienen algunos juzgados mercantiles para tramitar estos expedientes, en los que no es necesaria la
personación del deudor con procurador y en los que la presencia de los administradores concursales dificulta en ocasiones la normal notificación de resoluciones.


Somos conscientes de que esta reforma supondría un incremento de asuntos de los juzgados mercantiles, que todavía no han terminado de dar salida al colapso de asuntos derivados de la crisis y que, además, tendrán que asumir nuevos
procedimientos concursales por las insolvencias que se puedan generar como consecuencia de la crisis sanitaria.


Por ello, creemos que esta reforma debe acompañarse de medidas complementarias para la gestión de estos procedimientos en oficinas judiciales comunes, permitiendo solicitudes formulario, e incluso propuestas novedosas como la tramitación on
line del procedimiento.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, promover la reforma del actual artículo 85.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, procediendo a devolver la competencia para el conocimiento de los procedimientos concursales, que afectan
a personas físicas no empresarios, a los juzgados mercantiles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Francisco Aranda Vargas y Andrea Fernández Benéitez, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Hacienda


161/000900


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D, Eduardo Luis Ruiz Navarro y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193
y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al uso adecuado de los procedimientos excepcionales de contratación pública, para su discusión en la Comisión para la auditoría de la calidad democrática,
la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales.



Página 10





Exposición de motivos


Primero. Principios generales de la contratación pública. Procedimientos ordinarios de contratación: abierto y restringido.


La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP)
destaca, en su exposición de motivos, el papel fundamental que desempeña la contratación pública en el 'crecimiento inteligente, sostenible e integrador' del mercado interior de nuestro país.


Para alcanzar tan alto objetivo, empero, han de respetarse los principios que inspiran el articulado de dicha ley, a saber:


'Una mayor transparencia en la contratación pública y [...] una mejor relación calidad-precio [...], persiguiéndose en todo momento la eficiencia en el gasto público y el respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminación,
transparencia, proporcionalidad e integridad.'


Teniendo esto presente, la LCSP enuncia y regula una serie de procedimientos de adjudicación de los contratos públicos a los que deben ajustarse las distintas entidades del sector público en su actuación. Así, en el artículo 131.2 se
menciona que, como norma general, 'la adjudicación se realizará, ordinariamente utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación basados en el principio de mejor relación calidad-precio, y utilizando el procedimiento abierto o el procedimiento
restringido'.


Se establecen, por tanto, dos cauces procedimentales ordinarios: el procedimiento abierto -con su variante de abierto simplificado- (arts. 156 a 159 LCSP) y el procedimiento restringido (arts. 160 a 165). La diferencia entre ambos radica
esencialmente en el grado de apertura a los posibles oferentes. Así, mientras que en el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar su proposición, en el restringido solo podrán hacerlo quienes hayan recibido, previamente, una
convocatoria de licitación por parte de la entidad pública adjudicadora.


El procedimiento abierto es, pues, el de uso general. Por el contrario, el restringido suele reservarse para 'servicios intelectuales de especial complejidad' (160.4 LCSP), en los cuales se precisa una selección previa por parte de la
entidad adjudicadora para garantizar que los oferentes cumplen con unos criterios objetivos de solvencia.


Además, existen tres formas especiales de contratación, mencionadas en el artículo 131.2 LCSP:


- La licitación con negociación (166-171 LCSP) es una alternativa que la ley ofrece cuando los procedimientos ordinarios no satisfagan las necesidades de una contratación en particular. El artículo 167 explicita una serie de supuestos en
los que tiene cabida dicho procedimiento especial.


- El procedimiento de diálogo competitivo (172-176 LCSP) se basa en un intercambio de opiniones, moderado por la entidad pública adjudicadora, entre los candidatos previamente seleccionados por esta. Se busca con ello que la licitación se
ajuste a las necesidades de ambas partes contratantes.


- La asociación para la innovación (177-182 LCSP) es una forma de contratación de bienes o servicios que no están disponibles en el mercado, fomentando con este procedimiento la innovación en sectores determinados por parte de la
Administración Pública.


Segundo. Formas excepcionales de contratación pública: Negociado sin publicidad y tramitación de urgencia.


Además de las formas ordinarias y especiales de contratación enunciadas, existen dos formas excepcionales de contratación pública reservadas para circunstancias tales: el negociado sin publicidad y la tramitación de emergencia.


A) Negociado sin publicidad.


El procedimiento negociado sin publicidad, el método de contratación más utilizado por la Administración durante el presente estado de alarma, está regulado en el artículo 168 de la LCSP. Este procedimiento exime a la entidad adjudicadora
de la obligación inicial de publicitar la licitación. Por ello, la



Página 11





única publicación que ha de efectuarse 1, si bien una vez finalizado el procedimiento, será la formalización de la adjudicación.


Esta vía permite una mayor celeridad en la contratación pública, pero presenta dos inconvenientes: (i) se reduce la posibilidad de que más empresas participen en la licitación, cuya existencia estas desconocerán por la falta de publicidad;
(ii) la falta de transparencia intrínseca a este tipo de contratación determina que cualquier posible control deba efectuarse ex post.


A causa de ambas restricciones, la ley limita la utilización del negociado sin publicidad a una serie de supuestos tasados. Así, por lo que respecta a los contratos de obras, suministros y servicios, la norma requiere 'una imperiosa
urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al mismo, que demande una pronta ejecución del contrato que no pueda lograrse mediante la aplicación de la tramitación de urgencia regulada en el
artículo 119'. Este es el presupuesto de hecho habilitante de la contratación por la vía del negociado sin publicidad. Ausente aquel, la contratación administrativa sería nula de pleno derecho 2.


B) Tramitación de emergencia.


La tramitación de emergencia, regulada en el artículo 120 LCSP, es la más extraordinaria de las formas de contratación pública. En ella 'el órgano de contratación, sin obligación de tramitar expediente de contratación, podrá ordenar la
ejecución de lo necesario para remediar el acontecimiento producido o satisfacer la necesidad sobrevenida, o contratar libremente su objeto, en todo o en parte, sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en la presente ley'. Es decir, se
reconoce la libertad de forma para la Administración contratante, solamente con tres limitaciones:


- El deber de las entidades públicas estatales o autonómicas de informar al Consejo de Ministros de la contratación en un plazo de 30 días a contar desde su celebración.


- La ejecución de las prestaciones no podrá ser superior a un mes. De superarse este plazo, la tramitación debería continuar por la vía del procedimiento ordinario.


- La rendición de cuentas de los fondos utilizados y, en caso de que se hubiera dotado partida presupuestaria ad hoc, el reintegro de los no invertidos.


La tramitación de emergencia, por la especialidad que conlleva, requiere la concurrencia del siguiente presupuesto de hecho habilitante: 'cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos
catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional'.


Pues bien, el recurso a esta vía excepcional de contratación ha sido justificado, en tanto que dure el estado de alarma, mediante el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto
económico del COVID-19. Concretamente, su artículo 16 señala que:


'A todos los contratos que hayan de celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID-19,
les resultará de aplicación la tramitación de emergencia.'


Tercero. Contratos adjudicados durante el presente estado de alarma.


Al amparo de las formas excepcionales de contratación expuestas en el ordinal segundo, la Administración Pública está llevando a cabo multitud de contratos desde que se declaró en España el estado de alarma a causa de la pandemia por
COVID-19. De forma paradójica, las adjudicatarias de estos han sido, principalmente:


(i) empresas extranjeras;


(ii) en muchos casos sin dirección conocida en España;


(iii) constituidas de manera casi coetánea a la contratación;


(iv) con un objeto social radicalmente distinto al objeto del contrato.


1 En el BOE y en la Plataforma Oficial de la Contratación Pública.


2 En virtud del artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por haber sido este acto 'dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente
establecido.'



Página 12





Los contratos referidos adolecen de una serie de irregularidades, tanto de forma como de fondo, inadmisibles en el ámbito de la contratación pública. La urgencia derivada de la emergencia de salud pública no justifica, en modo alguno, la
vulneración de la normativa vigente en materia de contratación pública.


Adicionalmente, estas anomalías merecen un mayor reproche por cuanto la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de febrero supuso la concentración en el Gobierno de unos poderes extraordinarios,
incomparables a los reunidos por cualquier otro Ejecutivo en democracia. Ello dificultaba, también extraordinariamente, la legítima, saludable e imprescindible fiscalización y control de la actividad política y administrativa del Gobierno por parte
de la oposición y de los ciudadanos.


El 1 de abril de 2020 se publicó una comunicación titulada 'Orientaciones de la Comisión Europea sobre el uso del marco de contratación pública en la situación de emergencia relacionada con la crisis del COVID-19'. Según consta en la misma,
la tramitación de emergencia permite eliminar todo el procedimiento ex ante de una contratación, pero en ningún caso impide que ese contrato deba posteriormente formalizarse por escrito e, incluso, publicarse en el correspondiente 'Perfil del
contratante' 3.


La principal irregularidad observada en los contratos públicos adjudicados durante la emergencia de salud pública es la muy deficiente consignación de sus elementos esenciales. Por ejemplo, en muchos de los contratos no se aporta la memoria
de adjudicación. En otros casos, en la memoria sí se publica, pero le faltan datos sobre los productos sanitarios adquiridos y/o información básica relativa al precio de estos.


Tras el examen de un gran número de adjudicaciones efectuadas desde la declaración del estado de alarma, podemos señalar algunas cuestiones que, o bien no han sido suficientemente definidas en los contratos, o bien han sido incumplidas por
la entidad pública adjudicadora, entre otros, los siguientes:


1. Adjudicaciones no publicadas en el BOE.


2. Anuncios de adjudicaciones incompletos:


- En cuanto a los datos de la empresa adjudicataria (dirección fiscal, país de residencia, etc.).


- Respecto de los bienes o servicios objeto del contrato (detalle y enumeración).


- Con relación al transporte de las mercancías adquiridas.


3. Discordancias en los datos publicados en las memorias de las adjudicaciones (dentro de la Plataforma de Contratación Pública) y, posteriormente, en el BOE.


4. Incumplimiento de plazos.


Por otro lado, se detectan anomalías en torno a las empresas adjudicatarias:


1. Empresas vinculadas a paraísos fiscales o incluso condenadas en delitos de estafa.


2. Empresas que tienen relación con otras sociedades offshore.


3. Empresas que proveen material defectuoso.


4. Empresas que suministran material a un precio muy por encima del de mercado.


5. Empresas especializadas en bienes o servicios distintos del objeto del contrato.


6. Contratos en los que una única empresa presenta oferta de licitación.


La falta de información enunciada supone una conculcación de los principios de transparencia, concurrencia y no discriminación enunciados en la LCSP que limita la participación de las empresas en los procesos de adjudicación. Y, dado que
muchas de las empresas concurrentes son españolas o europeas, en último término este fenómeno causa un perjuicio en nuestros mercados. Por otro lado, ocultar información en los contratos públicos agrava la dificultad -intrínseca a los
procedimientos excepcionales de contratación- de control ex post del proceso de adjudicación.


3 En la misma línea discurre el informe emitido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (JCCPE) que versa precisamente sobre la contratación de emergencia en el contexto de la crisis sanitaria. Amén de hacer referencia a
la posibilidad de publicación posterior de los contratos, el informe hace hincapié en el deber de una justificación sólida del presupuesto de hecho habilitante de la contratación excepcional.



Página 13





Desglosamos a continuación algunos contratos suscritos por el Gobierno durante el estado de alarma, respecto de los que hemos observado las irregularidades de fondo y de forma anteriormente descritas:


Adjudicadora;Adjudicataría;Precio;Comentarios


INGESA.;Weihai Textile Group Import&Sport Co.Ltd.;10.192.605,41 €;PVP por encima de precio de mercado.


INGESA.;MJ Steps GmbH.;5.210.000,00 €;Dirección mal especificada.


INGESA.;HongKong Travis Asia Limited.;4.173.174,09 €;Dirección mal especificada.


Proveedor sanitario del Gobierno vinculado a los papeles de Panamá.


INGESA.;China National Instruments Import & Export Corporation.;35.985.961,03 €;Dirección mal especificada.


INGESA.;HongKong Travis Asia Limited.;181.574.074,88 €;Proveedor sanitario del Gobierno vinculado a los papeles de Panamá.


INGESA.;Hangzhou Ruining.;31.751.844,77 €;Material defectuoso.


INGESA.;Hong Jin Medical Science and Tecnology service, LTD.;51.688.371,66 €;Tipo de material sanitario sin especificar.


INGESA.;Shandong Liangfu Pharmaceuticals Co. LTD.;779.301,75 €;PVP por encima de precio de mercado.


INGESA.;Sysmed (China) Co.,LTD.;771.220,10 €;Dirección inicialmente desconocida


Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.;Soluciones de Gestión y Apoyo a las Empresas, SL.;24.000.000,00 €;Sin especificar el material sanitario.


No consta su publicación en el BOE.


Ministerio de Sanidad.;FCE Select Products, SL.;12.172.600,00 €;Condenada por estafa en 2016 y dedicada a marketing de bebidas de alta gama.


No consta su publicación en el BOE.


Correos y Telégrafos, S.A.;Gamma Solutions, SL.;11.875.000,00 €;Tipo de material sanitario sin especificar.


INGESA.;Dsv Air & Sea, SAUC.;8.678.121,67 €;En el BOE solo se ha publicado el expediente COVID20 (posteriormente anulado), pero no su duplicación (expediente Covid48bis).


INGESA.;Dsv Air & Sea, SAUC,.;9.788.505,60 €;No consta su publicación en el BOE.


INGESA.;Iberia, Líneas Aéreas de España, S.A,.;Sin especificar;No especifica en la memoria precio final, ya que está sujeto al tipo de aeronave que se emplee para el transporte.


No consta su publicación en el BOE.


INGESA.;Jumbo Tours España, SLU.;1.250.000,00 €;Sobrecoste del transporte.


INGESA.;MJ Steps, GmbH.;468.300,00 €;Material defectuoso.


INGESA.;Tec Pharma Europe, SL.;9.922.000,00 €;Material defectuoso.



Página 14





Adjudicadora;Adjudicataría;Precio;Comentarios


INGESA.;Danbury Enterprises LTD.;9.180.500,00 €;No especifica número de mascarillas objeto del contrato.


Matriz en Chipre y solo cuatro empleados.


INGESA.;Globalia Broker Services, SAU.;1.210.000,00 €;Sobrecoste del transporte.


INGESA.;Hyperin Grupo Empresarial, SL.;3.310.560,000 €;Empresa renuncia al contrato y pide un número de cuenta para proceder a la devolución del dinero que ya había cobrado de antemano y enviado a Estados Unidos.


No consta su publicación en el BOE.


INGESA.;Value&Bro, SL.;4.200.000,00 €;PVP por encima de precio de mercado.


No consta su publicación en el BOE.


Ministerio de Defensa.;Angelina Environmental Spain, SL.;232.925,00 €;Creada el 1 de enero de 2020, participada por una empresa offshore china con sede en el paraíso fiscal de Islas Caiman.


No consta su publicación en el BOE.


Importe total.;;428.415.065,96 €;


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Proyecto de Ley de contratos del sector público que, en el marco de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
modifique la vigente LCSP en sede normativa aplicable a los procedimientos excepcionales de contratación, para promover una mayor adecuación de su articulado a los principios generales de transparencia, publicidad, integridad y eficiencia que deben
regir la contratación pública y, en particular, en lo que se refiere a los siguientes extremos:


1. Justificación ex ante, por parte de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, de la concurrencia del presupuesto de hecho habilitante de la contratación.


i. Obligar a las entidades adjudicadoras a publicar, al menos en la Plataforma de la Contratación del Sector Público, y siempre antes de comenzar una contratación por la vía del procedimiento negociado sin publicidad o de la tramitación de
emergencia, una exhaustiva motivación de la concurrencia del supuesto de hecho habilitante.


ii. Atribuir a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación la competencia para verificar, en un máximo de 48 horas, la motivación ofrecida por las entidades adjudicadoras. Siendo este un órgano creado para
promover la concurrencia y combatir las ilegalidades en la contratación pública, parece el más indicado para supervisar que los procedimientos excepcionales de contratación se utilizan de forma adecuada.


a) En caso de que dicha Oficina considere que efectivamente concurre el presupuesto de hecho para una contratación mediante un procedimiento excepcional, lo consignará así en la Plataforma de la Contratación del Sector Público y se procederá
a la tramitación por la vía elegida.


b) Si, en cambio, la Oficina concluye que no concurre el debido presupuesto de hecho, o si existieran dudas al respecto, prevalecerá un criterio restrictivo sobre la utilización de los procedimientos excepcionales de contratación. Las
entidades públicas adjudicadoras deberán, en ese caso, continuar la contratación mediante los procedimientos ordinarios que la ley reconoce.



Página 15





2. Mayor control legal a las empresas adjudicatarias por parte de las entidades públicas adjudicadoras.


i. Con carácter previo al inicio de la contratación:


a) Compeler a las entidades públicas adjudicadoras a verificar con cautela la identidad de las empresas licitadoras y su idoneidad para cumplir con el objeto del contrato. En el caso excepcional de que tales extremos no puedan verificarse,
a consignar razonadamente las causas de esa falta de verificación y a justificar los motivos por los que, aun en ese caso, debe continuarse la contratación.


ii. Con posterioridad a la adjudicación:


a) Reducir los plazos legales de publicación de los anuncios de formalización de las adjudicaciones a un máximo de 7 días. Asimismo, endurecer las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de publicación, a fin de evitar las
contrataciones públicas poco transparentes en contextos excepcionales de contratación.


b) Concretamente, a establecer mecanismos efectivos para que las entidades públicas adjudicadoras cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones legales de publicación, de tal forma que se identifiquen suficientemente los contratos
ofreciendo, al menos, la siguiente información pormenorizada en el BOE y en la Plataforma de la Contratación del Sector Público:


1.º Mención del procedimiento de contratación utilizado y, nuevamente, exposición motivada de la concurrencia del presupuesto de hecho habilitante.


2.º Enunciación de las partes del contrato y de sus principales datos identificativos, con especial cuidado a la hora de comprobar la veracidad de los ofrecidos por las empresas adjudicatarias que no tengan domicilio social en España.


3.º Descripción del objeto del contrato, incluyendo el número de unidades o cualesquiera otras formas de medición del objeto, su forma de transporte, en su caso, y cualesquiera otros datos que resultaren necesarios para la determinación del
objeto.


4.º Desglose del precio de la adjudicación, consignando la base imponible y el precio final una vez añadidos los impuestos aplicables.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-José María Figaredo Álvarez-Sala y Eduardo Luis Ruiz Navarro, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000932


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Victor González Coello de Portugal y D. Pablo Saez Alonso-Muñumer en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo
193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la puesta en marcha de una Ley de Eficiencia Fiscal, para su discusión en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. El artículo 31.1 de la Constitución Española (CE) establece que 'todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de
igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio'. Asimismo, el apartado segundo del artículo 31 de la CE establece que 'el gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y
ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía'. Por otro lado, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece en su artículo 3.2 que 'la aplicación del sistema tributario se basará en los principios de
proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios', y en su artículo 4.1 que 'la potestad originaria para
establecer tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley'. Finalmente, el artículo 26.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que 'la programación presupuestaria se regirá por los principios de
estabilidad presupuestaria,



Página 16





sostenibilidad financiera, plurianualidad, transparencia, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad y lealtad institucional, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera'.


Segundo. Uno de los conceptos fundamentales en el contexto de la política fiscal es que los impuestos no son gratuitos, esto es, llevan asociados unos costes para el conjunto de la economía que los transforma en socialmente gravosos. El
más evidente de estos costes es el que sufre el contribuyente al ver como una renta, ganada con su esfuerzo y dedicación, desaparece de su bolsillo de manera imperativa y sin contraprestación directa. Este coste, consistente en la transferencia de
renta privada hacia el presupuesto público es lo que los economistas llaman 'efecto renta' de los impuestos, cuyo valor equivale a la pérdida de bienestar que sufre el contribuyente como consecuencia de la reducción de su renta disponible. Junto a
este coste obvio, existen otros asociados a la imposición que pasan más desapercibidos pero que tienen una importancia capital en el desarrollo económico y social de los países. La teoría económica ha identificado al menos tres costes impositivos
adicionales:


- Los costes de eficiencia, provocados por las distorsiones que los impuestos generan en el comportamiento de los agentes económicos. Estos costes disminuyen el tamaño de las economías, reduciendo los niveles de producción, de empleo y de
la productividad de los factores productivos.


- Los costes de cumplimiento, que son los costes, directos e indirectos, a los que debe enfrentarse el contribuyente para cumplir con sus obligaciones fiscales (costes de oportunidad del tiempo dedicado a la gestión de los impuestos, costes
de asesoramiento, costes psicológicos, etc...). En España estos costes se estiman, dependiendo del año y las figuras impositivas consideradas, entre un 0,6 % y 1,25 % de la recaudación generada.


- Los costes de Administración, que recogen los costes en los que debe incurrir el Estado para gestionar el cobro de los impuestos tal y como se reconocen en las normas tributarias (inspectores, personal de apoyo, edificios, equipamiento,
formación, etc...).


Estos otros costes son también parte de la factura económica y social de la política impositiva de un país y, por tanto, no pueden ni deben ser obviados. Ignorarlos implica subestimar la verdadera pérdida de bienestar social generada por el
sistema fiscal. La transparencia y las buenas prácticas profesionales indican, por tanto, que en la contabilización de los pasivos de un sistema fiscal deben considerarse todos y cada uno de los costes mencionados.


Los costes de administración, los costes de cumplimiento y, especialmente, los costes de eficiencia dependen de la arquitectura organizativa del conjunto del sistema fiscal, y del diseño específico de las figuras impositivas que lo
conforman. Es decir, no todos los sistemas fiscales son igual de gravosos.


Como reconoce el prestigioso informe Mirrlees, el coste de recaudar un euro adicional de impuestos se puede determinar calculando el Coste Marginal de los Fondos Públicos (CMFP) de dicho impuesto. Este concepto, el CMFP, cuantifica la
cantidad de recaudación necesaria para disponer de un euro adicional de gasto público efectivo, una vez considerados los distintos costes sociales generados por el impuesto analizado.


Las estimaciones disponibles del CMFP para España se mueven en un rango entre 1.4 y 2.15, lo que significa que para poder disponer de un euro en gasto público efectivo se debe recaudar nada más y nada menos que entre 1.4 y 2.15 euros. Es
decir, para poder gastar un euro adicional en gasto público real (por ejemplo, en construir una carretera o prestar un servicio sanitario) el sistema fiscal español desperdicia por el camino entre 40 céntimos y 1,15 euros. Cifras que dan una idea
de la ineficiencia que presenta el actual diseño de nuestro sistema fiscal. La evidencia empírica disponible determina que este desperdicio de recursos es especialmente significativo en el Impuesto sobre la Renta Personal (IRPF) y en el Impuesto
sobre Sociedades (IS), siendo menos importante en los impuestos que recaen sobre el consumo. Es decir, que reducir los costes de eficiencia asociados a nuestro sistema fiscal requeriría aumentar el peso recaudatorio de las figuras con un menor CMFP
(impuestos sobre el consumo) y reducir el de las figuras con el CMFP más alto (IRPF e IS).


Tercero. La globalización económica y la generalización de los flujos internacionales de capitales y beneficios es una realidad indiscutible. En este nuevo contexto internacional, la competencia entre países, para atraer inversión foránea
y mantener la doméstica, está presente en las agendas económicas de todo el mundo y España no puede mantenerse al margen. Uno de los factores con mayor influencia en la inversión productiva es, sin duda, la fiscalidad, y especialmente el IS. Los
márgenes de distorsión del IS son variados e inciden sobre múltiples áreas decisorias de la empresa, como por ejemplo la localización geográfica de las inversiones, el tamaño de los proyectos de inversión o la selección de la jurisdicción fiscal a
la que asignar los beneficios generados. Cada una de estas decisiones se encuentra afectada de manera distinta por el IS.



Página 17





Así, por ejemplo, las inversiones tienden a localizarse allí donde la rentabilidad neta de impuestos es mayor, por lo que la localización geográfica de las inversiones productivas se ve afectada por el tipo medio del IS. En cambio, como el
tamaño óptimo de las inversiones se alcanza cuando la productividad del capital iguala su coste marginal, el tamaño de los proyectos de inversión no depende del tipo medio sino de lo que los economistas llaman tipo marginal efectivo. Por último, la
asignación territorial del beneficio viene condicionada por la magnitud de la noción de tipo impositivo más visible y conocida: el tipo nominal del IS. Es decir, el espectro decisorio de las empresas es heterogéneo y cada ámbito de decisión
empresarial se encuentra influenciado de manera distinta por el IS, lo que hace que su diseño sea una tarea extremadamente compleja.


A pesar de lo expuesto, el debate cotidiano sobre el IS suele limitarse exclusivamente a la magnitud del tipo nominal. Sin embargo, esta visión es extremadamente simplista, puesto que como hemos visto, la incidencia del IS sobre
determinadas decisiones empresariales se captura mejor a través del tipo medio o del tipo marginal efectivo. Entender correctamente esta sutileza semántica reduciría significativamente muchos de los errores e imprecisiones que se cometen en el
diseño del IS.


En VOX creemos que un diseño eficiente del IS exige el establecimiento de un tipo nominal relativamente reducido con una definición neutra de la base imponible. Asimismo, debe evitarse dispensar tratos fiscales desiguales por razón de
tamaño, actividad o sector económico. De este modo, se aproximarían el tipo nominal, el tipo medio y el tipo marginal del IS, consiguiéndose un elevado grado de neutralidad fiscal respecto a los distintos márgenes de decisión empresarial.


Cuarto. Los seres humanos tendemos a ajustar nuestro comportamiento a las reglas que regulan el entorno en donde tomamos nuestras decisiones vitales. Los impuestos no son una excepción. Uno de los impuestos que tiene una mayor influencia
en el comportamiento de las personas, y por tanto en el desarrollo de las economías, es, sin duda, el IRPF.


El IRPF incide directamente sobre la renta, fruto del esfuerzo, del talento y de la productividad de los individuos. Por ello, los economistas han dedicado tiempo y esfuerzo a entender cómo este impuesto influye en el deseo y capacidad de
generar rentas personales. Uno de los procedimientos más extendidos consiste en medir la elasticidad de la base liquidable (EBL). Este parámetro mide la sensibilidad de la generación de rentas ante un cambio impositivo. Si la elasticidad es
elevada, elevada también será la respuesta de la economía a cambios en el impuesto. Por el contrario, si la elasticidad es reducida las distorsiones sobre la capacidad de generar renta y riqueza serán pequeñas.


Los economistas han demostrado que para medir los costes de eficiencia de un impuesto basta con conocer la magnitud de tres parámetros: el valor de la base liquidable, los tipos marginales que se aplican y la elasticidad de la base
liquidable. El análisis de estos factores y su incidencia sobre los costes de eficiencia nos permite afirmar que:


1. Los costes de eficiencia crecen con la magnitud de la base liquidable. Es decir, los impuestos que recaen sobre hechos imponibles amplios, como el IRPF, son más distorsionantes que los impuestos que gravan hechos imponibles más
estrechos. Asimismo, dentro de un mismo impuesto, las ineficiencias tenderán a ser más significativas en los contribuyentes con bases imponibles más altas.


2. Los costes de eficiencia crecen con los tipos marginales, y lo hacen de forma más que proporcional. Es decir, los incrementos de tipo marginal son más distorsionantes cuanto mayor es el tipo marginal del que se parte.


3. Los costes de eficiencia crecen con la reactividad de los contribuyentes. Cuanto mayor es la elasticidad de la base liquidable mayor es la pérdida de eficiencia generada por el impuesto.


Aunque los estudios que estiman la EBL en España son escasos, los pocos trabajos existentes confirman un valor medio de la EBL en España en el entorno del 0.5, siendo mayor para las unidades contribuyentes cuyo perceptor principal es mujer
(0.8) que cuando es hombre (0.52). Asimismo, en los trabajos que estiman la EBL por tipo de rentas, se encuentra que la elasticidad de la base liquidable general (0.44) es, en media, ligeramente inferior a la elasticidad de la base liquidable del
ahorro (0.67), lo que indica que en España las rentas del ahorro son más sensibles a los tipos marginales que el resto de rentas. Por otro lado, también se confirma que cuanto mayor es el nivel de renta de la unidad contribuyente mayor tiende a ser
también la EBL. Estos valores, por tanto, confirman el alto potencial distorsionador que en España tienen los tipos marginales del IRPF. Por ello, es primordial ahondar más en el concepto de tipo marginal para entender mejor el papel que debería
jugar en el diseño de un IRPF eficiente.



Página 18





Quinto. Si existe un contexto económico en donde la semántica es primordial, ese es el contexto impositivo. Uno de los errores fundamentales que se comete cuando se habla del diseño del IRPF es no distinguir entre las distintas nociones de
tipo impositivo que existen.


Es fundamental diferenciar entre los conceptos de tipo medio y tipo marginal. El tipo medio identifica el impuesto pagado por una renta ya ganada. El tipo marginal, en cambio, cuantifica el impuesto que se pagaría por una hipotética renta
adicional que previsiblemente pudiese generar el contribuyente. Es decir, mientras el tipo marginal informa sobre una carga fiscal futura, el tipo medio, en cambio, informa sobre una carga fiscal pasada.


Por otro lado, el tipo medio y el tipo marginal tienen una incidencia muy desigual sobre la progresividad impositiva. La definición genuina de progresividad reposa sobre la progresión del tipo medio, que postula que para que un impuesto sea
progresivo basta con que el tipo medio crezca monótonamente con la renta. Es decir, la progresividad se define de manera robusta en términos de tipo medio, no en términos de tipo marginal. Por ello, teniendo en cuenta los comentarios precedentes
se puede concluir que mientras el tipo marginal es el responsable de los costes de eficiencia del impuesto, el tipo medio es el concepto de tipo impositivo que verdaderamente transfiere al impuesto su capacidad recaudatoria y su progresividad.


Desde un punto de vista técnico, esto significa que diseñar impuestos recaudadores no debe conllevar necesariamente a impuestos fuertemente ineficientes. Para ello, basta con evitar el error, ampliamente extendido, de identificar tipos
marginales elevados con altos niveles de recaudación y progresividad. Si la pretensión es aumentar la recaudación, la atención debe centrarse en elevar la magnitud de los tipos medios. Si el objetivo es alterar la progresividad, la meta debe ser
modificar la velocidad con que el tipo medio crece con la base liquidable. Esto no significa que el tipo marginal no afecte al tipo medio, sino que, de todas las formas posibles de influir en el tipo medio, hacerlo a través del tipo marginal es la
menos eficaz de todas. La razón se encuentra en que los tipos marginales son generadores de importantes costes de eficiencia.


Por todo lo comentado, se puede asegurar que en el diseño del IRPF los tipos marginales tienen un protagonismo desproporcionado, claramente inapropiado y que debe ser denunciado con determinación. La curva de Laffer y las ideas que subyacen
a ella son un claro movimiento en esa dirección.


Sexto. La curva de Laffer, cuya forma se recoge en la Figura 1, es un instrumento de análisis económico que describe la relación existente entre recaudación y tipo marginal aplicado. Su perfil tiene una forma de C invertida, que indica
que, a partir de un determinado valor de tipo de gravamen, tipo marginal y recaudación se relacionan inversamente. Esto hace que, como se ilustra en la figura, la curva de Laffer presente dos secciones distintas: una creciente, denominada 'zona
normal' y otra decreciente, conocida como 'zona prohibida'. En la primera, incrementos del tipo marginal generan ganancias recaudatorias, en la segunda, el aumento del tipo marginal reduce la recaudación.


[**********página con cuadro**********]



Página 19





Esta forma de C invertida tiene importantes implicaciones para el diseño impositivo:


1. Indica que cualquier nivel de recaudación (R') es susceptible de generarse en dos escenarios distintos: en uno de tipos marginales bajos o en uno de tipos marginales altos. Aunque en ambos la recaudación será la misma, en el escenario
de tipos marginales altos los costes de eficiencia serán mayores y, por tanto, su economía presentará una menor producción y empleo (decrecimiento económico).


2. Indica que existen límites a los tipos marginales incluso si el objetivo prioritario es maximizar la recaudación.


3. Indica que las subidas del tipo marginal no siempre generan ganancias recaudatorias.


4. Indica que el impacto recaudatorio de una subida de tipos marginales depende del lugar en donde se encuentre el contribuyente en su curva de Laffer personal.


El efecto Laffer se origina porque el tamaño de la base imponible gravada por un impuesto depende de los tipos marginales que este impuesto aplique. Es decir, se produce porque los contribuyentes no somos robots sino que reaccionamos a 'las
reglas del juego' que definen el entorno donde tomamos nuestras decisiones. Por ello, el impacto recaudatorio real de un cambio impositivo debe tener en cuenta la variación de recaudación provocada por el cambio de comportamiento inducido en el
contribuyente. No hacerlo así, originará estimaciones recaudatorias incorrectas. La magnitud del efecto Laffer depende esencialmente de dos factores: de la magnitud de los tipos marginales y de la magnitud de la elasticidad de la base liquidable.
Cuánto mayor sean ambos factores, mayores serán los costes de eficiencia asociados a la imposición y, por tanto, mayores serán las distorsiones originadas en el comportamiento de las personas. Teniendo en cuenta estos elementos, los escasos
trabajos que existen en España sobre la curva de Laffer ratifican de forma contundente su existencia. La proposición que se presenta tiene en cuenta el efecto comportamiento de los impuestos y, por tanto, el efecto Laffer asociado a los cambios
impositivos.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar ante las Cortes Generales un Proyecto de Ley de Eficiencia Fiscal con la premisa capital de reducir el exorbitante coste marginal de los fondos públicos, y centrado en cuatro
pilares fundamentales:


- Definir, cuantificar y reducir los costes de eficiencia, los costes de cumplimiento y los costes de administración. Estos otros costes pueden ser muy gravosos y afectan de manera significativa al bienestar de los individuos.


- Aumentar el peso recaudatorio de las figuras que presentan un menor CMFP (impuestos sobre el consumo), reduciendo el peso de las figuras con CMFP más alto (IRPF e IS).


- Optimizar el funcionamiento de la Administración Tributaria.


- Reducir los costes indirectos de cumplimiento que recaen sobre los contribuyentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-Víctor González Coello de Portugal y Pablo Sáez Alonso-Muñumer, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000933


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia Joan Baldoví Roda, Diputado de Compromís, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a
autorizar a los ayuntamientos a invertir su superávit y los remanentes de tesorería a hacer frente a la crisis sanitaria, social y económica, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


La crisis COVID-19, fue reconocida por primera vez por la Organización Mundial de la Salud el 31 de diciembre 2019, y en menos de 3 meses se ha convertido en una pandemia global que está causando



Página 20





estragos sin precedentes en casi todos los rincones de la tierra. Miles de hogares se enfrentan a trágicas situaciones con la pérdida de familiares y seres queridos, mientras que, a la vez, que el temor al contagio es generalizado.


A diario comprobamos las consecuencias en nuestras vidas de la pandemia del COVID-19, y poco a poco tenemos más datos para llegar a hacer una aproximación del alcance que estas tienen y tendrán en el presente y futuro de nuestra sociedad.
Estamos viviendo, por tanto, un momento trascendente de nuestra historia y debemos estar a la altura desde la responsabilidad colectiva e individual.


Ante esta situación, se precisa colaboración y trabajo institucional coordinado cuya prioridad es atenuar la cadena de transmisión del contagio por COVID-19 y frenar así la pandemia. Únicamente desde las sinergias institucionales y de la
sociedad civil podremos hacer frente a esta situación; y es aquí donde debemos incluir a las entidades locales.


Los ayuntamientos asumen con lealtad su papel dentro de la estructura institucional, para ofrecer a la ciudadanía la responsabilidad, la gestión, los servicios y ese aliento de seguridad que contribuye a mitigar, en lo posible, los
problemas, adversidades y preocupaciones de sus vecinos y vecinas. Por tanto, el municipalismo y la coordinación entre administraciones son el capital social y el eje de actuación sobre el cual pivotar en la búsqueda de soluciones.


Las Entidades Locales son la Administración más próxima a la ciudadanía, la primera puerta de acceso a las peticiones de vecinos y vecinas, y los que administran y ejecutan la mayoría de las decisiones tomadas por las demás Administraciones.
Por tanto, los ayuntamientos necesitan disponer de instrumentos efectivos para dar respuesta a todas las situaciones que está crisis está generando.


Cabe recordar que, a partir de la crisis de 2008, se produjo una reconfiguración sobre la estabilidad y sostenibilidad financiera que derivaría en fuertes ajustes presupuestarios y afectaría profundamente a las Entidades Locales.
Consagrando así los principios constitucionales de estabilidad financiera a través de una serie de normas fiscales a respetar por parte de las administraciones públicas con el objetivo de sanear sus finanzas.


La reforma del artículo 135 de la Constitución Española, y su desarrollo normativo en la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; obligaron indiscriminadamente a que las Entidades Locales cumplieran con tres reglas
fiscales independientemente de si tenían o no sus cuentas saneadas: por un lado, no permitirían superar un máximo de déficit público; por otro lado, se impondría un límite máximo de deuda, y por último, respetarían la regla gasto.


A lo anterior, hay que añadir que el actual diseño de financiación local está ahogando en los ayuntamientos e impidiendo mejoras en el bienestar de la ciudadanía, son los entes locales los responsables de buena parte de la política social y
de servicios, y a los cuales se les ha exigido un mayor esfuerzo de contención fiscal el que ha afectado las políticas sociales básicas.


Así pues, a día de hoy y por octavo año consecutivo, Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos y Consells Insulares arrojan un superávit en sus balances, este año de 3.839 millones de euros, lo que representa un 0,31 % del PIB. Y cabe recordar
que los remanentes que las Entidades Locales han generado desde el año 2012, pertenecen a las Corporaciones Locales; siendo ellas las únicas que tienen el derecho, exclusivo y excluyente, de decidir cómo gestionarlos y aplicarlos en las actuales
circunstancias para luchar contra el coronavirus y para reactivar la economía de sus municipios y provincias a partir del día después.


La actual situación de crisis sanitaria requiere de acciones directas y perentorias de los municipios, donde las limitaciones económicas que impone la regla de gasto pueden ser una barrera en la hora de reactivar las economías locales una
vez superada la pandemia del COVID-19, donde los municipios requerirán de los superávits y remanentes líquidos de tesorería para poder inyectar fluidez y consistencia a las debilitadas economías de proximidad que se han visto afectadas por este
dilatado tiempo de confinamiento.


Ante esta situación, urge por un lado que el Gobierno negocie con la Comisión Europea nuevos objetivos de déficit, y por otro, que adopte las medidas oportunas para flexibilizar la regla de gasto con el fin de que los ayuntamientos con
superávit puedan gastar más allá de las estimaciones de crecimiento de la economía a medio plazo. Además, en necesario modificar la norma que fija el techo de gasto, límite que marca el Ministerio de Hacienda para diseñar los presupuestos
municipales, de forma que se fije sobre las necesidades futuras de los ayuntamientos y no sobre el presupuestado en el ejercicio anterior.


Por todo ello, es necesario que se impulse la adopción de una serie de líneas estratégicas que tengan como fin combatir la legislación sobre las referidas restricciones presupuestarias, de forma que las



Página 21





diferentes administraciones públicas puedan poner en marcha las iniciativas necesarias para mejorar el bienestar de los ciudadanos y ciudadanas. Todo ello con el fin de que las corporaciones locales supongan una capacidad potencial de
acción conjunta para combatir las políticas de recorte e impulsar el necesario objetivo de modificación del marco legal que las hace posible.


Por todo lo expuesto anteriormente, presento la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a:


1. Autorizar que los ayuntamientos puedan disponer del 100 % del superávit, flexibilizando la regla de gasto para todas las entidades locales con superávit con independencia de que cumplan o no los requisitos establecidos en la disposición
adicional sexta de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, con el fin de paliar los daños económicos provocados por el estado de alarma.


2. Permitir que los remanentes de tesorería obtenidos por las entidades locales se utilicen para afrontar las medidas que la situación actual requiere, disponiendo del superávit de 2019 y los remanentes acumulados de años anteriores.
Asimismo, prestar una consideración especial a los ayuntamientos que arrastran endeudamiento, por diferentes circunstancias, arbitrando fórmulas que les permita hacer frente a la salida de la crisis para que su situación no suponga un perjuicio en
los servicios a prestar a la ciudadanía.


3. Autorizar a las entidades locales a realizar gastos en servicios, en lo referido al apartado anterior, con el fin de que los ayuntamientos puedan implementar las medidas necesarias para abordar los efectos producidos por la crisis de la
COVID-19, de forma que los ayuntamientos puedan realizar ayudas a pymes, autónomos, pequeño comercio para apoyar al tejido empresarial local.


4. Establecer una prórroga extraordinaria sobre plazos de los términos recogidos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 10/2019, de 29 de marzo, por el que se prórroga para 2019 el destino del superávit de comunidades autónomas y de las
entidades locales para inversiones financieramente sostenibles y se adoptan otras medidas en relación con las funciones del personal de las entidades locales con habilitación de carácter nacional; para poder así finalizar las obras a cargo del
superávit obtenido en la liquidación del ejercicio 2018 y que se han visto paralizadas como consecuencia de la suspensión de los plazos y otros expedientes de contratación durante el Estado el Estado de Alarma.


5. Adoptar las medidas oportunas para facilitar que se puedan aprobar Ofertas Públicas de Ocupación en función de la realidad financiera de las corporaciones locales y no vinculadas a la tasa de reposición, eliminando esta tasa de
reposición, con la posibilidad de crear nuevas plazas que permitan mejorar los servicios municipales y consolidar la ocupación.


6. Establecer un Fondo de financiación Municipal directo igual con una distribución equitativa con criterios objetivos.


7. Establecer la participación de las entidades locales en los Planes y Fondos que se dispongan para el restablecimiento económico y social de nuestras ciudades. La coparticipación a todos los niveles, europeo, estatal, autonómico y local,
en los Planes de dinamización para reconstrucción de nuestras economías, es la base para activar y reparar el sistema productivo de nuestros pueblos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de mayo de 2020.-Joan Baldoví Roda, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Interior


161/000935


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de los establecido en el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre el
reconocimiento de la labor de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias, para su debate en la Comisión de Interior.



Página 22





Exposición de motivos


Además se han potenciado las medidas penitenciarias alternativas al internamiento en prisión, permitiendo que los internos e internas puedan cumplir su condena fuera del establecimiento penitenciario. Así, se ha pasado de 2.684 internos e
internas en régimen extra-penitenciario a 6.069 en la primera semana del mes de mayo, es decir 3.385 personas más haciendo uso de los correspondientes controles electrónicos u otros controles previstos reglamentariamente y en consonancia con las
recomendaciones de organismos internacionales tendentes a la excarcelación de aquellas personas en las que las circunstancias lo hicieran posible. Por tanto, en este periodo del estado de alarma se producido un incremento del 119.4 % de la
población que cumple en un régimen de vida extra-penitenciario.


En paralelo se han tomado medidas de protección que eviten contagios entre los funcionarios de prisiones y que puedan propagar el virus hacia el exterior. De este modo Instituciones Penitenciarias ha formado parte de la distribución de más
de 9,2 millones de EPI realizada por el Ministerio del Interior. Adicionalmente, a través de la Resolución de la Secretaría General de 20 de marzo, se permite la flexibilización de turnos de trabajo y horarios para evitar, en la medida de lo
posible, los desplazamientos de funcionarios a los centros penitenciarios y se crean equipos de trabajo estancos para evitar el contacto entre ellos. También, se ha elaborado un protocolo con recomendaciones para centros penitenciarios
conjuntamente con el Ministerio de Sanidad.


Además se ha incorporado seis interinos facultativos a las prisiones de Daroca, La Moraleja, Murcia II, Ocaña I, Puerto II y Valencia y se han convocado 40 nuevas plazas de interinos facultativos para dotar de más medios a los servicios de
sanidad penitenciaria.


Todo este conjunto de medidas explican que el impacto de la epidemia en el conjunto de los centros penitenciarios es unas cuatro veces inferior al impacto en la población general en número de casos confirmados por PCR y siete veces inferior
en ingresos hospitalarios, permaneciendo sin ningún caso diagnosticado el 85 % de los centros. En este sentido la mortalidad también se ha visto reducida siendo en el conjunto de Instituciones Penitenciarias diez veces menos en II.PP que en la
población general.


Finalmente y en el contexto de la desescalada hacia la nueva normalidad, se ha elaborado una orden sobre la flexibilización paulatina y gradual en los centros penitenciarios de las medidas contra el COVID-19.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Reconoce y agradece la labor de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias y también valora positivamente el compromiso de los internos con el mantenimiento de las medidas de protección para reducir el impacto de la pandemia
en el Sistema Penitenciario.


2. Insta al Gobierno de España a continuar con su política en materia de protección de la salud en las Instituciones Penitenciarias que ha logrado reducir los riesgos para la salud de sus empleados públicos y los internos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-David Serrada Pariente y Zaida Cantera de Castro, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/000903


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D.a Patricia Rueda Perelló, D.a Patricia de las Heras Fernández, D.a Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa
al



Página 23





impulso de autobuses, autocares y del transporte de viajeros por carretera, para su discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Desde la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, los sectores dedicados al transporte se han visto especialmente afectados, uno de ellos es el de autobuses y autocares dedicados al transporte de
viajeros. Actualmente, con las restricciones a la movilidad y la circulación de vehículos, los servicios de autocares y autobuses están sufriendo una grave crisis, tanto en lo referente a los servicios discrecionales, como a los servicios de
transporte regulares especializados y al resto de las tipologías.


De acuerdo con los datos publicados por el INE en el mes de marzo la reducción de los viajeros de autobús se situó en una media de alrededor del 50 % para todos los servicios y, concretamente, para los sectores del transporte discrecional y
especial se redujo el número de pasajeros en un 53,3 % y en un 40,5 %, respectivamente, en relación con el mes de marzo del año 2019.


El sector del transporte discrecional de viajeros tiene un impacto evidente en una actividad esencial para la economía española, el turismo, que según datos del INE en el año 2018 aportó un 12,3 % al PIB español, lo que pone de manifiesto
que es una actividad económica clave. No hay que olvidar que el transporte discrecional facilitó la movilidad en el año 2019 de más de 220 millones de usuarios, según la Estadística de Transporte de Viajeros (TV) del INE.


Asimismo, hay que tener en cuenta la importancia social del transporte de viajeros en autocares y autobuses. Es un elemento fundamental para facilitar la movilidad de las personas mayores, los jóvenes, los estudiantes de colegios e
institutos y las personas que tienen movilidad reducida, entre otros. Según datos del INE, de la Estadística de Transporte de Viajeros (TV) anteriormente mencionada, en 2019 el número de escolares que utilizaron los transportes escolares fue de más
de 244 millones. En total, sumando los usuarios del transporte discrecional, del transporte especial escolar y el especial laboral en 2019 hubo más de 552 millones de viajeros.


En cuanto a la situación económica actual, algunas empresas afirman que hay 40 000 vehículos parados, a los que no se les está dando salida y cerca de 70 000 puestos de trabajo están en peligro. A esto hay que añadir los miles de puestos de
trabajo indirectos que se ven amenazados por la crisis del sector, como son los fabricantes, los relacionados con los neumáticos, talleres, gasolineras, aparcamientos, empresas de limpieza, etc.


Si se analizan los datos y estadísticas del transporte de autobús en España, al margen del discrecional y el especial, es un medio de transporte ampliamente utilizado en España y esencial en diferentes ámbitos. De acuerdo con el INE y el
informe estadístico anteriormente citado, fue el medio de transporte urbano más utilizado en 2019 con más de 1.831 millones de viajeros y también fue líder en el transporte interurbano con más de 731 millones de usuarios.


Además, las más de 3.000 empresas dedicadas al transporte discrecional están en serio riesgo de desaparición, estando este sector formado fundamentalmente por pequeñas y medianas empresas, muchas de ellas de carácter familiar y con décadas
de tradición. Según algunas encuestas y barómetros, 9 de cada 10 empresas del sector del autobús se ha visto obligada a aplicar un ERTE, más del 40 % de empresarios confiesa que sus ingresos se han visto reducidos en su totalidad y más del 90 % de
ellos reconoce que al menos se han reducido los beneficios en un 75 %, cifras realmente preocupantes. Igualmente, casi el 80 % comunica que de mantenerse esta situación durante seis meses no van a ser capaces de mantener el empleo.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta aI Gobierno a tomar las siguientes medidas para impulsar el sector de los autobuses y autocares dedicados al transporte de viajeros frente a la crisis originada por el SARS-CoV-2:


- Promover el aplazamiento de las cuotas de leasing y renting relacionadas con la renovación de flota para las empresas del transporte de viajeros por carretera o establecer una línea de créditos específica para este asunto.


- Incluir al sector de autobuses y autocares de transporte de viajeros en los planes de ayudas al turismo para la recuperación económica tras el estado de alarma.



Página 24





- Ampliar la duración de los plazos de los ERTEs por causa de Fuerza Mayor para que las empresas de transporte de viajeros por carretera puedan ir recuperando de manera progresiva la máxima cantidad de puestos de trabajo en este sector.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Patricia Rueda Perelló, Patricia de las Heras Fernández, Tomás Fernández Ríos, Cristina Alicia Esteban Calonje, Rubén Darío Vega Arias y José María Figaredo Álvarez-Sala,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000911


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego, Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la supresión del tren hotel Galiza-Madrid-Barcelona y sobre el transporte ferroviario en Galiza, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El pasado 26 de mayo se hacía pública la intención de Renfe de no reanudar la circulación del conocido 'tren hotel' que une Galiza con Madrid y Barcelona una vez finalice la declaración del estado de alarma. Para tal decisión se aduce como
motivo fundamental el económico. Por una parte, debido a las pérdidas que la compañía justifica para esta línea -25 millones de euros en el último informe económico- sumadas a las pérdidas económicas por la crisis del coronavirus y la suspensión de
millones de conexiones durante más de dos meses.


Sin embargo, más allá de las consecuencias derivadas de la crisis del coronavirus, es evidente que se está utilizando como excusa en este momento para seguir profundizando en el proceso de desmantelamiento de los servicios ferroviarios y de
su carácter público, proceso iniciado ya hace tiempo. Por ejemplo, cabe recordar que recientemente en octubre de 2019 la compañía ya anunciaba su decisión de substituir los trenes habituales por 'talgos' más viejos. Esta cuestión se sumaba así a
un largo historial de retrasos y averías que hacían del tren hotel una constante de incidencias. No es menor la pérdida de calidad del servicio a lo largo de los años a la hora de comprender su pérdida de popularidad entre las y los viajeros.


Ahora nos encontramos con que esta decisión podría suponer no solo la definitiva desaparición de este servicio, si no que un paso más en el empeoramiento de los servicios ferroviarios en Galiza. Hay que tener en cuenta que a día de hoy
nuestro país no cuenta aún con un servicio de proximidad o cercanías como si tienen otros territorios como Catalunya o Asturias. Esto hace que, por fuerza mayor, servicios como el tren hotel sean empleados por poblaciones pequeñas para desplazarse
a otras poblaciones. Como de ejemplo se puede señalar la situación de A Rúa y O Barco de Valdeorras, que con esta decisión quedan prácticamente aisladas después de haber vivido estos últimos años el intento de cierre y posterior privatización del
servicio de venta de billetes, por ejemplo.


El servicio ferroviario es un servicio público que debe entenderse y organizarse como tal, y no se puede permitir que, una vez más, sea Galiza quien pague las consecuencias de un modelo cada vez menos público y que continúa avanzando en la
centralización de las conexiones, al tiempo que renuncia a promover las cercanías, y destina sus mayores esfuerzos a una alta velocidad mal planificada, y que también acumula deudas históricas con nuestro país.


Esta situación deriva en la actualidad en numerosos problemas de conexión y vertebración territorial que pueden resumirse en las siguientes cuestiones: conexión deficiente con Portugal desde la provincia de Pontevedra e inexistente en la de
Ourense; una línea prácticamente abandonada en el eje cantábrico entre Ferrol y Viveiro (Feve); el práctico aislamiento de Lugo provincia y más concretamente de su ciudad, que ni siquiera está conectada con Santiago de Compostela; el abandono
progresivo de las líneas de regional por su desuso, por ejemplo en el eje Santiago-Ourense-A Gudiña con el cierre de numerosas estaciones y paradas, situación que también se ha dado en el tramo Coruña-Vigo en el eje atlántico, donde también destaca
la falta de conexiones adecuadas entre Ferrol y A Coruña.



Página 25





La crisis del coronavirus no puede ser aprovechada por el gobierno central para continuar en esta línea de pérdida de servicios, y advertimos que tampoco debe suponer el aumento de los precios de los servicios que presuntamente se van a
mantener y que en muchos casos han sido denunciados también por abusivos, como es el caso de la línea Avant entre A Coruña y Ourense o como las subidas aplicadas en el año 2020 para todos la tarifa media de los títulos de transporte en un 1,1 % para
los servicios de media distancia, 1,1 % para los de larga distancia, 1,1 % para los Feve y un 1,2 %, la más alta, para los trenes Avant. Esta subida, recordemos, tuvo lugar al mismo tiempo se está fomentando el denominado AVE low cost, AVLO, en la
línea Madrid-Barcelona.


Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana demande de la entidad pública empresarial ferroviaria dependiente que reanude de forma inmediata el servicio de tren hotel entre A Coruña, Pontevedra y Vigo a Madrid y
Barcelona.


2. Iniciar con la Comunidad Autónoma de Galiza un calendario para acordar la transferencia de las competencias en materia de ferrocarril interior, junto con una financiación adecuada, con el objetivo de impulsar un servicio público gallego
de cercanía que mejore la prestación de este servicio y favorezca la vertebración económica, social y territorial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/000938


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego, Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para la derogación urgente de ciertos aspectos de la reforma laboral referidos a las condiciones del despido colectivo, para su debate en la Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


La Reforma de la legislación laboral en España en 2012 fue aprobada a través del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, y a través del cual se modificaba la normativa laboral
recortando derechos y medidas protectoras del empleo y de los trabajadores y trabajadoras para flexibilizar y facilitar el despido.


Una de las principales modificaciones de esa reforma fue la referida al despido colectivo y por causas objetivas. Así, en primer lugar, se ampliaban las causas económicas que permiten llevar a cabo un despido colectivo procedente,
permitiendo el despido en caso de disminución persistente de ingresos durante tres trimestres consecutivos o simplemente justificando, en las organizativas, la necesidad de hacer un cambio en el modo de organizar la producción.


También ha supuesto la desaparición de la obligación por parte de la empresa de justificar la razonabilidad de la medida extintiva, sustituyéndolo por la exigencia de elaborar una memoria justificativa y detallada de las razones por las que
acuerda llevar a cabo los despidos colectivos.


Pero sin duda, el cambio más importante, y que coloca a los trabajadores y a su capacidad de negociación ante los despidos colectivos en una situación de mayor desigualdad, es la supresión del permiso previo de la previo de la autoridad
laboral competente para poder llevar a cabo el despido colectivo. Tras la reforma laboral de 2012 las empresas podrán decir unilateralmente si realizan o no un



Página 26





despido colectivo, solo tienen que cumplir con las formalidades legales exigidas y aportar una memoria justificativa y explicativa de las causas. Los trabajadores podrán impugnar los despidos, pero se limita su capacidad de actuación
colectiva para evitarlos.


En consecuencia, tras la entrada en vigor de este cambio legislativo, suprimiendo la necesidad de contar con el permiso previo de la autoridad laboral, han aumentado los ERE no pactados. Esto se debe a que las partes no tienen ya que
negociar y alcanzar un acuerdo para que así la empresa obtenga el visto bueno de la autoridad laboral y que se pueda producir el despido colectivo. En la actualidad un empresario puede llevar a cabo un ERE de forma unilateral una vez realizado el
período de consultas.


Resulta evidente que, ante la situación de crisis económica a la que nos vamos a enfrentar en los próximos meses, y que ya está empezando a manifestarse crudamente, necesitamos una reforma urgente de este aspecto concreto de la reforma
laboral, para así garantizar que los despidos colectivos, deban negociarse previamente con los representantes de los trabajadores y los sindicatos, y que luego cuenten con el visto bueno de la autoridad laboral, ratificando ese acuerdo. Así, aunque
la derogación de la totalidad de la reforma laboral sigue siendo necesaria, es imprescindible recuperar este mecanismo cuanto antes, para así evitar casos como el posible despido de más de 500 personas en Alcoa, en el cual, si se restaura el poder
de supervisión e intermediación de la administración en el procedimiento, se garantizaría la posibilidad de buscar soluciones alternativas a la ejecución de un Expediente de Regulación de Empleo. Es por ello que se hace necesario que, de forma
urgente, a través de los mecanismos previstos para ello, se deroguen estas disposiciones de la reforma laboral, al igual que se hizo con otros aspectos de la misma, como en el caso del Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, por el que se deroga
el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.


Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que de forma inmediata y urgente se rehabilite la necesidad de negociar con los representantes de los trabajadores y trabajadoras las condiciones de los Expedientes de Regulación de Empleo
ante despidos colectivos, y la posterior aprobación de los mismos por la autoridad laboral, eliminando la posibilidad de despidos colectivos unilaterales por parte de las empresas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/000901


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D.a Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.a Mireia Borrás Pabón, D.a María Ruiz Solás y D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados
del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a establecer un sistema único de
clasificación para los hoteles de España y la adhesión al sistema europeo de HOTELSTARS UNION, para que se debata en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. El artículo 1.2 de la Constitución Española señala expresamente que 'la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del estado'. Del citado artículo deriva, a su vez, el artículo segundo de nuestra
Carta Magna, que dispone que 'la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles [...]'. Con



Página 27





estos preceptos, el Poder Constituyente quiso subrayar que la soberanía de nuestro país descansa en el pueblo español en su conjunto y no de forma individual en cada una de las 17 autonomías, ni siquiera en cada uno de los pueblos de España.


Segundo. La clasificación hotelera española era la tercera de Europa en antigüedad, tras Francia (1942) y Portugal (1954). En nuestro país la primera clasificación hotelera surge en 1968, con la Orden de 19 de julio de 1968 por la que se
dictan normas sobre clasificación de los establecimientos hoteleros. Dicha Orden estableció un sistema de clasificación hotelera basada en criterios puramente arquitectónicos, donde se establece el rango de una a cinco estrellas.


En virtud del artículo 148.1.18.a de la Constitución, las Comunidades Autónomas han asumido las competencias en materia de ordenación de turismo. No vamos a entrar en una valoración de la idoneidad de un modelo como este para nuestro país y
su desarrollo en los últimos cuarenta años. Pero sí que podemos adelantar algunos fallos que consideramos clamorosos. Uno de ellos es el de la clasificación de nuestros hoteles.


Tercero. Actualmente, no existe en España un sistema nacional de clasificación para los hoteles, debido a la falta de homogeneidad entre las normativas de las distintas Comunidades Autónomas. Cada Gobierno Autonómico tiene su propia
legislación, aplicándose una serie de requisitos técnicos generales.


Por todo ello, podemos pensar que España no es un destino turístico. Son 17 destinos turísticos compitiendo entre ellos mismos porque la normativa es distinta en cada una de las 17 Comunidades Autónomas.


Cuarto. España carece de una normativa, única y homogénea, de clasificación hotelera nacional, siendo necesaria una categorización unificadora con base en el nivel de calidad de los equipamientos y oferta hotelera y frente a aspectos
relacionadas con los servicios de valor añadido que en la actualidad demandan los usuarios.


En España hay casi veinte mil hoteles con casi dos millones de plazas hoteleras.


[**********página con cuadro**********]


La legislación autonómica a la fecha actual es la siguiente:


- Andalucía: Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía. Afectada por Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.


- Aragón: Decreto 14/2018, de 23 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos balnearios en Aragón.


- Asturias: Decreto 45/2011, de 2 de junio, de primera modificación del Decreto 143/2002, de 14 de noviembre, de Alojamientos de Turismo Rural, del Reglamento de Establecimientos Hoteleros aprobado



Página 28





por Decreto 78/2004, de 8 de octubre, y del Reglamento de Campamentos de Turismo aprobado mediante Decreto 280/2007, de 19 de diciembre.


- Cantabria: Decreto 64/ 2013, de 7 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 81/2010, de 25 de noviembre, por el que se regulan los establecimientos hoteleros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


- Castilla-La Mancha: Decreto 4/1992 por el que se modifica el Decreto 4/1989 sobre ordenación y clasificación de establecimientos hoteleros.


- Castilla y León: Decreto 65/2015, de 8 de octubre, por el que se regulan los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad de Castilla y León.


- Cataluña: Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico.


- Extremadura: Decreto 235/2012, de 4 de diciembre, por el que se establece la ordenación y clasificación de los Alojamientos Turísticos Hoteleros de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


- Galicia: Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia. Afectada por Decreto 57/2016, de 12 de mayo, por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros.


- Islas Baleares: Decreto 20/2011, de 18 de marzo, por el cual se establecen las disposiciones generales de clasificación de la categoría de los establecimientos de alojamiento turístico en hotel, hotel apartamento y apartamento turístico
de las Illes Balears.


- Islas Canarias: Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.


- La Rioja: Decreto 10/2017, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Turismo de La Rioja en desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja.


- Madrid: Decreto 159/2003 de 10 de julio de Ordenación de Establecimientos Hoteleros de la Comunidad de Madrid, modificado por Decreto 77/2006.


- Murcia: Decreto n.º 38/ 2018, de 18 de abril, por el que se regulan los establecimientos hoteleros de la Región de Murcia.


- Navarra: Decreto Foral 146/2005, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Establecimientos Hoteleros en la Comunidad Foral de Navarra.


- Comunidad Valenciana: Decreto 75/2015, de 15 de mayo, del Consell, regulador de los establecimientos hoteleros de la comunidad Valenciana.


- País Vasco: Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo.


- Ceuta: Reglamento de Turismo de la Ciudad de Ceuta, de 30 de noviembre de 2010.


- Melilla: Decreto 351 de 19 de julio de 2010, relativo a la aprobación definitiva del reglamento de turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla.


Cuarto. Este sistema genera un altísimo nivel de desconcierto en el sector turístico. El desconcierto entre nuestros visitantes es notorio, cuando, además, ya existe un sistema, HOTELSTAR UNION implementado en países europeos, siendo
conocido por gran parte de los turistas que nos visitan.


El sector hotelero español arrastra un problema que no facilita su correcta adaptación a lo requerido por la demanda, y que no favorece ni a la propia competitividad del sector ni a las expectativas de los usuarios ante la calidad de los
hoteles.


Cada país tiene su propio sistema, y en casos como España son las Comunidades y ciudades autónomas las que tienen el suyo propio. Esto provoca, entre otras cuestiones, que los requisitos de calidad, por ejemplo, para un hotel de cuatro
estrellas de la Toscana italiana o de la Comunidad Autónoma de Galicia sean diferentes a los de Andalucía, con la consecuente incertidumbre para un usuario carente de una categorización unificadora con base en el nivel de calidad de los
equipamientos y servicios de oferta hotelera.


Conscientes de esta problemática, HOTREC-Hospitality Europe (asociación que engloba a las entidades empresariales nacionales representantes de hoteles, restaurantes, cafés y establecimientos similares en Europa), desde el año 2010, está
impulsando un sistema de clasificación hotelero determinado por unos requisitos que se pueden aplicar en hoteles de la Unión Europea. El modelo HOTELSTARS UNION (HSU), que es como se denomina, proporciona una clasificación de hoteles armonizada con
criterios y procedimientos comunes en los países participantes 4. El HSU mejora la reputación y la calidad


4 Actualmente los siguientes países se han incorporado al sistema de Hotelstars Union: Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Grecia, Holanda, Hungría, Latvia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta,
Suecia y Suiza.



Página 29





de la industria hotelera al crear transparencia y seguridad para los huéspedes y, por lo tanto, fomentar la comercialización de los hoteles. La idea es tener una sola clasificación para toda Europa que sea fácilmente identificable por los
clientes y los empresarios hoteleros.


Dicho sistema se encuentra implementado en diferentes países europeos y, en el caso de España, está siendo la base de los sistemas de clasificación que en los últimos años se están actualizando en Baleares, Valencia, La Rioja y recientemente
Andalucía. Este sistema, además, se encarga de valorar aspectos relacionados con aquellos servicios y productos de los establecimientos hoteleros más demandados por el turista, de forma que las estrellas de un determinado establecimiento se puedan
corresponder a la calidad esperada por el usuario.


En España, el modelo actual es calificado por los profesionales del turismo como obsoleto, debido a que la clasificación hotelera se encuentra supeditada esencialmente a los elementos estructurales de los establecimientos, dejando de lado
otros aspectos importantes, como son, sin ninguna duda, el servicio.


Quinto. En un cálculo aproximado, los países participantes del sistema HSU representan más de 26 millones de los turistas que visitan nuestro país, y que ya conocerían el sistema de clasificación hotelera pues es el que se practica en sus
establecimientos hosteleros. Además, este sistema es muy similar al que se aplica en el Reino Unido, que no hay que olvidar es el primer país emisor en cuanto al origen de nuestros turistas.


HSU es un sistema en constante revisión e inspección, mientras que el sistema español, en general, una vez obtenida la clasificación no se vuelve a revisar. Así, no es extraordinario encontrarnos en España con hoteles que tienen una calidad
muy superior o en ocasiones muy inferior a las estrellas concedidas, bien por el paso del tiempo y la falta de inversión o porque no pudieron adaptar sus infraestructuras al sistema actual.


En resumen, el sistema de HOTELSTARS UNION, sistema de clasificación hotelera común, está compuesto por 270 criterios clasificatorios, que combina una serie de criterios mínimos por categoría con un conjunto de criterios opcionales que se
pueden cumplir para conseguir los puntos requeridos para la obtención de las distintas categorías.


Sexto. En nuestro país, como anteriormente hemos mencionado, cada Gobierno autonómico tiene su propia legislación en cuanto a establecimientos hoteleros, en virtud del artículo 148.1.18 de la CE. Así pues, nos encontramos ante la
paradójica situación que mientras en Europa se avanza hacia una sola clasificación hotelera europea, en España tenemos diecisiete sistemas de clasificación hotelera.


Sin embargo, la industria hotelera española ve los beneficios de un sistema de clasificación común, e ingresar en la 'HOTELSTAR UNION' le haría participar en la toma de decisiones que condicionarán el futuro de la clasificación hotelera
europea. Esta adhesión dejará atrás la fragmentación de las autonomías y favorecerá que España lidere el sistema de clasificación hotelera en Europa, adaptando los establecimientos hoteleros a la realidad del turismo, y ampliando la red de
establecimientos de categoría superior.


Finalmente, destacar que el objeto de esta Proposición no de Ley es aplicar un sistema ya conocido en Europa y en el que España, por la calidad de su planta hotelera y alojamientos turísticos estará por encima, poniendo en valor la
competitividad de nuestro sector, armonizando la legislación, creando certidumbre, no estando supeditados a criterios legislativos según color político en cada Comunidad y Ciudad Autónoma, y permitiendo libertad al empresario en la que la
diferenciación hará que mejore la competencia.


Por esos motivos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar un diálogo institucional con las Comunidades Autónomas en el marco de la Conferencia Sectorial de Turismo con el fin de armonizar el sistema de clasificación hotelera en España,
adhiriéndose al sistema denominado HOTELSTARS UNION.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, María de la Cabeza Ruiz Solás y Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 30





161/000902


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª Mireia Borrás Pabón y D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, en sus respectivas condiciones de Portavoz y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a medidas que reduzcan la morosidad de operadores turísticos
europeos con alojamientos turísticos de España, para su discusión en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. Según ha informado Handelsblatt 5, el operador turístico alemán FTI recibirá un crédito puente (cuya cuantía no ha trascendido), tanto del Gobierno federal como del estado de Baviera.


De la misma manera, el 4lnvestors 6 ha informado del préstamo de 1.800 millones de euros concedido al operador turístico alemán TUI por parte del banco gubernamental KfW.


Segundo. Esta acción contrasta con el comportamiento que ambos operadores turísticos están manteniendo con los alojamientos turísticos españoles, a los que adeudan una gran cantidad de dinero por estancias, ya disfrutadas, antes de la
irrupción de la pandemia COVID-19, cuyo precio ya fue satisfecho anticipadamente por los turistas y, por lo tanto, está en posesión del operador turístico.


Tourinews también ha informado sobre el incumplimiento de las obligaciones financieras por parte de los operadores turísticos alemanes en detrimento de los establecimientos de alojamiento españoles 7.


Tercero. La posición dominante de operadores turísticos como TUI deriva en la imposición unilateral de una inmoderada forma de pago. Tal y como ha trascendido 8, 'dichas condiciones, subrayan, no son negociables y serán comunes para
todos'.


La exclusividad o semiexclusividad es muy frecuente en el sector y en la mayoría de las ocasiones responde a una exigencia del propio operador turístico a través de mejora de las condiciones del contrato. Ello, unido a las condiciones de
pago de la deuda acumulada, y la cancelación unilateral de las garantías establecidas contractualmente, causarán la quiebra de la mayoría de alojamientos, especialmente en aquellos en los que las plazas contratadas representan un volumen alto
respecto al total.


Así, la intención del operador TUI, según informan fuentes periodísticas, pasa por abonar inicialmente solo un 25 % del importe total del servicio prestado. Este pago se haría efectivo en los diez días posteriores a la firma de los nuevos
términos. Un mes después de que se reabra el destino, el grupo procedería al pago de otro 25 %, mientras que la tercera liquidación se llevaría a cabo tras la reactivación de las operaciones de TUI en el mismo. El último 25 % se abonaría tres
meses después de la reapertura del destino.


Cuarto. Son varios los foros en los que los representantes del Gobierno del Reino de España y del Gobierno de la República Federal de Alemania han compartido mesa de diálogo y negociación respecto a la gestión de la crisis provocada por la
pandemia y, en algunos casos, reuniones muy específicas de la actividad turística, como la convocada por el Gobierno de la República Federal de Alemania para el lunes 18 de mayo y en la que participaron los Ministros de Asuntos Exteriores del Reino
de España, Italia, Austria, Bulgaria, Malta, Grecia, Chipre, Croacia, Eslovenia y Portugal, países con un gran flujo de turistas alemanes. Entendemos que el incumplimiento de los compromisos financieros por parte de estos grandes operadores
turísticos alemanes, que han recibido financiación pública, debe ser no solo reprochado, sino que debe exigirse el cumplimiento de los compromisos con los proveedores españoles para evitar la quiebra de nuestros alojamientos turísticos, con los que
han mantenido una relación comercial estrecha y satisfactoria durante décadas. Alojamientos gestionados por empresarios y autónomos que en estos delicados momentos necesitan liquidez y el cumplimiento de los compromisos financieros.


5 Christoph Schlautmann. (3 de abril de 2020). Reisekonzern FTI Touristik erhält Staatshilfe samt Bankenkredit. Handelsblatt.


6 Michael Barck. (28 de marzo de 2020). TUI: Milliardenkredit von der KfW. 4investors.


7 Redacción. (30 de abril de 2020). TUI retendrá el 75?% de lo que debe a los hoteles españoles hasta que se permita viajar. Tourinews.


8 Ibídem.



Página 31





Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las siguientes medidas para disminuir la morosidad de los operadores turísticos alemanes con los alojamientos turísticos de España:


1. Iniciar, de manera inmediata, las acciones diplomáticas necesarias para requerir al Gobierno Alemán que conmine a sus operadores turísticos, que han sido financiados con fondos públicos, el cumplimiento inmediato de los compromisos
financieros con sus proveedores españoles, nuestros alojamientos turísticos.


2. Solicitar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Informe sobre los posibles abusos de posición dominante de los grandes operadores turísticos extranjeros en España y, en su caso, la adopción de medidas necesarias para
evitar tales abusos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Patricia Rueda Perelló y María de la Cabeza Ruiz Solás, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000904


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta
y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas de
apoyo a las Agencias de Viajes y al Turismo, para que se debata en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. El turismo es uno de los sectores más importantes de la economía española. Según la última publicación de la Cuenta Satélite del Turismo en España (CSTE), elaborada por la Subdirección General de Cuentas Nacionales del Instituto
Nacional de Estadística (INE) -que permite medir el impacto del Turismo sobre la Economía Nacional-, el Turismo representa el 12,3 % del Producto Interior Bruto y da empleo a más de dos millones y medio de personas, lo que supone el 12,7 % del
empleo total de la economía española.


Estos datos, que desde 2015 experimentaban un crecimiento anual y que situaban a España como el segundo destino turístico del mundo, han cambiado radicalmente debido a la pandemia de la COVID-19. Así, el propio Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, en el Plan de Estabilidad que se ha remitido a Bruselas, estima que la caída del PIB será entorno al 9,2 %, cifra bastante superior a las estimaciones que hiciera el Fondo Monetario Internacional. Estos datos
económicos han llevado a la conclusión de que la tasa de paro se disparará al 19 % de promedio. Y, además, estas cifras pueden empeorar.


Segundo. Si la situación de la economía española es desalentadora, en el turismo es, si cabe, aún peor. A las pérdidas de Semana Santa, la no celebración de Ferias y Congresos y la incertidumbre ante la campaña de verano se suma la falta
de llegada de turistas extranjeros, el espacio aéreo cerrado, la incertidumbre y la desconfianza en los consumidores. La única esperanza que cabe es un incremento del turismo nacional y de interior y que las condiciones mejoren a finales de año,
confiando en que la campaña de invierno pueda salvar algo del 2020, en aquellos destinos en los que son temporada alta como es el caso de las Islas Canarias. Y todo ello ante un horizonte desconocido en previsible recesión, y que padecerá las
desacertadas decisiones del Ejecutivo.


Tercero. Dentro del turismo, un sector muy afectado es el de las Agencias de Viaje, quienes dan a conocer el destino y gestionan el flujo de turistas. Asimismo, son los cumplidores frente al cliente, lo que ha supuesto un agravante de la
situación que han vivido estos últimos meses ante la masiva cancelación de viajes como consecuencia del virus de Wuhan.



Página 32





A la vista de esta perspectiva, se hace necesaria una firme respuesta que ayude a amortiguar el negativo impacto de la crisis en un sector esencial para la economía española. Y dentro de esa respuesta, también es necesario establecer unas
particularidades para cada subsector dentro del Turismo, en el que ocupan un puesto destacado las agencias de Viajes.


Más de 7.000 agencias de viajes han sufrido daños incalculables y sin un apoyo inmediato por parte del Gobierno. Muchas de ellas no sobrevivirán los próximos meses. Es un sector con bajos márgenes y con casi 70,000 trabajadores y familias
afectadas.


Se hace imprescindible establecer medidas para salvaguardar el empleo del sector turístico en general y de las agencias de viajes en particular, con atención al mantenimiento de las propias empresas y autónomos y como eje dinamizador y
generador de empleo indirecto (transportes público y privado, cafeterías, restaurantes, parques de ocio, hoteles, museos, agricultura, distribución de bebidas y alimentación, alquiler de vehículos comercios de proximidad y tiendas de suvenires,
entre otros).


La capacidad de generación de empleo de las actividades turística se ve indirectamente amplificada por los puestos de trabajo generados en otras actividades que son proveedoras del sector. Todo ello representa el 'efecto arrastre' que
inducen las actividades turísticas sobre estos sectores y que según la CSTE se cuantifica en el 41,4 %, es decir, por cada 100 empleos generados en las actividades características del turismo en contacto directo con el turista, se crean 70,6 en
otros sectores de actividad de forma indirecta.


El turismo como generador de empleo, permite el autoempleo y facilita, a su vez, la incorporación al mercado laboral de colectivos con dificultades de inserción laboral (p. ej. jóvenes, mujeres, mayores de 45 años) y en el que las agencias
de viajes tienen un destacado papel.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar y establecer medidas para amortiguar el impacto de la actual crisis provocada por el virus de Wuhan, en especial para el Turismo, como uno de los sectores más castigados y, dentro
del mismo, a las Agencias de Viaje. A tal fin se habrán de adoptar las siguientes medidas:


a) Que las Agencias de Viajes puedan aplicar ERTEs por fuerza mayor a consecuencia de la COVID-19 durante un periodo de seis meses posteriores al levantamiento del estado de alarma.


b) Rebajar cotizaciones de la Seguridad Social y tener por cotizados los meses en los que estén vigentes los ERTEs.


c) Incentivar fiscalmente la contratación de paquetes de viajes combinados.


d) Impulsar el turismo nacional, con atención especial al rural y de naturaleza, con creación de campañas de promoción.


e) Establecimiento de promociones gestionadas por las agencias de viajes, especialmente los Paradores titularidad del Estado.


f) Aprobar descuentos para el acceso a actividades turísticas de titularidad pública cuando el mismo sea gestionado por agencias de viaje.


g) Llevar a cabo todas las acciones necesarias para ejecutar, en el marco de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, la modificación de la Ley 37/1992,
de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con el fin de aplicar un tipo reducido del 4 % al IVA turístico y la reducción generalizada de todos los tipos de IVA al mínimo del 15 % para reincentivar el consumo.


h) Apoyar a los propietarios de agencias de viajes, autónomos, con ventajas fiscales y bonificaciones por el mantenimiento del personal.


i) Instar al ICO de acuerdo con el artículo 12.3 del Real Decreto-ley 7/2020 para que establezca con las entidades financieras y compañías de seguros un sistema de avales para los vales o vouchers que se vayan emitiendo por las agencias de
viajes por las suspensiones de los viajes por razón de la COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, María de la Cabeza Ruiz Solás, Mireia Borrás Pabón y Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 33





161/000908


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley en materia de medidas de impulso a
la reconstrucción Industrial, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La crisis sanitaria ocasionada por la expansión del virus COVID-19 está teniendo un fuerte impacto negativo en la economía mundial, y en especial en la española. La prolongación de esta coyuntura de crisis se proyecta además a un escenario
de corto y medio plazo, caracterizado por un elevado grado de incertidumbre. Distintos organismos internacionales como el FMI, la OMC o la UNCTAD pronostican, en base a distintos escenarios de evolución de la crisis, unas caídas abruptas de la
producción, del comercio internacional y de los flujos de inversión directa exterior.


En este sentido, también existe un consenso amplio en torno a que el sector industrial será uno de los más afectados por esta crisis. La industria representa en España en torno al 14,3 % del PIB y el 11,6 % del empleo. A efectos de la
crisis actual, hay que tener en cuenta dos rasgos que caracterizan a nuestra industria y que revelan, por un lado, el importante rol estratégico que juega en el conjunto de la economía, y por otro lado, su debilidad estructural, especialmente en
contextos de crisis como el actual.


El primero de ellos tiene que ver con la fuerte interconexión del tejido productivo industrial a nivel nacional. En el sector manufacturero, más del 70 % del valor de la producción corresponde a la compra de inputs productivos, tanto del
sector industrial como de otros sectores de la economía. Cerca de dos tercios de estos consumos intermedios proviene del conjunto de España. La industria se sitúa, en este sentido, como el sector que mayor capacidad de arrastre tiene del conjunto
de la economía. Dicho de otro modo, un aumento de la actividad industrial también conlleva un incremento importante de la actividad en el sector primario y el sector servicios.


En segundo lugar, el sector industrial, sobre todo el tejido productivo con fuerte vocación exportadora es altamente dependiente del exterior. La inserción particular de la industria española en las denominadas cadenas globales de valor
revela una fuerte dependencia de la producción industrial nacional a la importación de insumos que provienen del exterior. De este modo, con la paralización de las cadenas de suministro globales como consecuencia de la crisis, la actividad
industrial española está sufriendo una fuerte contracción. En definitiva, la industria es un importante foco de arrastre del conjunto de la actividad económica, pero al mismo tiempo es dependiente del resto del tejido productivo, tanto nacional
como internacional.


Igualmente, en el contexto de la actual crisis sanitaria, la industria también se ha mostrado como un sector estratégico clave en la provisión de productos y servicios esenciales para la población. Esta crisis ha puesto en evidencia la
escasa capacidad de la industria española para autoabastecernos, entre otras cosas, de productos esenciales para garantizar la seguridad sanitaria. Por tanto, esa dependencia exterior nos resta soberanía y capacidad para autosatisfacer las
necesidades esenciales nacionales.


Asimismo, tampoco hay que obviar que la industria española ya presentaba carencias y limitaciones estructurales con carácter previo a esta crisis. En términos del peso que representa la industria en el PIB, España mantenía una brecha
negativa histórica con respecto a sus socios comunitarios, situándose significativamente por debajo del objetivo del 20 % para el conjunto de la UE, tal y como marcaba la Estrategia Europa 2020. Asimismo, otros países de nuestro entorno comunitario
llevan años desarrollando estrategias de impulso y modernización del sector en torno a los parámetros de la denominada cuarta revolución industrial.


Por todos estos motivos, la Industria española necesita un fuerte impulso, tanto a corto plazo para responder a la crisis económica actual, como a medio y largo plazo, con una clara orientación estratégica dirigida a revertir las debilidades
estructurales actuales y a situar a la industria como un motor de desarrollo socioeconómico crucial en nuestro país. En este sentido, la Administración del Estado es por su visión de conjunto y su capacidad de planificación estratégica el único
actor capaz de diseñar y poner en marcha una estrategia coordinada de reindustrialización que promueva el crecimiento y la modernización de



Página 34





nuestra industria, en el marco de la ineludible transición que debemos atravesar, y que debe abordarse desde una perspectiva de sostenibilidad ecológica y de justicia social.


Este marco estratégico ya se encontraba en proceso de elaboración con la publicación, en febrero de 2019, de las 'Directrices Generales de la Nueva Política Industrial Española 2030'. En este sentido, el Estado debe actuar de manera
decisiva por impulsar una política industrial activa a través de diferentes formas de intervención, ya sean directas o presupuestariamente, con regulaciones que incentiven la actividad del sector privado hacia determinados objetivos y fines, o
mediante la colaboración público-privada.


El papel activo de la Administración del Estado en la puesta en marcha de una política industrial ambiciosa queda amparado en la aplicación del artículo 131 de la Constitución Española, según el cual se establece que 'el Estado, mediante
ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución', así como
en el artículo 128, que reconoce la iniciativa pública en la actividad económica y justifica, en favor del interés general, reservar al sector público recursos o servicios esenciales y la intervención de empresas, y en el artículo 149, en el que se
atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación industrial y para establecer las bases y coordinar la planificación general de la actividad económica. Igualmente, en la Ley de Industria, que data de 1992, en su artículo 5
referido a los programas de promoción industrial, se especifica que será la Administración del Estado la encargada de adoptar programas para favorecer el desarrollo industrial, y de manera particular, que en la adopción y ejecución de los programas
'se tendrá especialmente en cuenta la necesidad de promover un desarrollo armónico del conjunto del país y de reforzar su cohesión económica y social, favoreciendo el desarrollo de las regiones de bajo nivel de vida, en las que exista una grave
situación de desempleo o resulten gravemente afectadas por el declive industrial o demográfico'. En definitiva, la participación del Estado en la planificación y puesta en marcha de una política industrial ambiciosa para el período de
'reconstrucción' del país se encuentra justificada y avalada por el marco jurídico nacional.


Del mismo modo, también nos enfrentamos a una serie de retos generales que como sociedad debemos afrontar, y que deben guiar y transversalizar toda acción de gobierno. Es por ello que este proceso de impulso industrial debe hacer frente a
la desigualdad social y territorial, a la crisis ecológica, a la desigualdad de género, al reto demográfico vinculado al despoblamiento territorial y el envejecimiento, y al reto que supone la protección del empleo y la promoción de su calidad. Las
políticas públicas pueden jugar un papel importante en la generación de un esquema de incentivos que ayuden a modificar el comportamiento de los agentes económicos hacia fines y objetivos que reviertan en un beneficio para el conjunto de la
sociedad.


Por todo ello el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diseñar un plan estratégico de 'reconstrucción del país' que en materia de industria promueva un proceso de reindustrialización articulado sobre la modernización tecnológica del tejido productivo, la transición hacia la sostenibilidad
ecológica y el fomento de la cohesión social y territorial. Por ello, la estrategia debe contemplar las siguientes líneas de actuación en materia de industria:


- Mapeo de inversiones estratégicas que modernicen la estructura productiva, promuevan la innovación industrial y la transición digital. En concreto, se debería potenciar la inversión en tecnologías prioritarias y disruptivas, y el
desarrollo de las infraestructuras y los habilitadores digitales clave para la industria. En este punto, las llamadas 'tecnologías facilitadoras esenciales', como la nanotecnología, la biotecnología, los materiales avanzados y los sistemas de
fabricación avanzados, deben jugar un papel crucial. Por tanto, se debe incrementar la inversión pública en I+D+i y diseñar esquemas de incentivos a través de la colaboración público-privada que fomenten e impulsen la inversión en I+D+i privada
especialmente en estas áreas.


- Reducción de la dependencia energética y tecnológica atendiendo a las debilidades actualmente existentes y a las necesidades de adaptación al cambio tecnológico en el largo plazo.



Página 35





- Mejora de las infraestructuras sociales para reducir las disparidades territoriales, favorecer la convergencia regional y garantizar unas prestaciones equivalentes en todos los territorios.


- Apostar por una reindustrialización verde y por la economía circular, con el objetivo de crear empleo en industrias con un impacto positivo sobre el entorno y actividades de gestión de la contaminación, los recursos y la biodiversidad, con
prioridad en las zonas con más problemas de empleo. Perseguir el objetivo de 'residuos cero' mediante la prohibición de los plásticos de un solo uso, el establecimiento de objetivos ambiciosos de reutilización y reciclaje, introduciendo sistemas de
devolución y retorno. Con ello ganaríamos soberanía productiva al sustituir elementos importados por propios durante todo el ciclo de producción. Igualmente, se debe apostar también por un proceso sostenido de descarbonización de nuestro modelo
productivo garantizando, en todo caso, que dicho proceso no suponga la destrucción de los puestos de trabajo, únicamente su adaptación.


2. Priorizar la introducción, en el marco de los programas de apoyo financiero al sector privado, de mecanismos que incentiven actuaciones que promuevan la transición hacia la sostenibilidad ecológica y la igualdad de género de las empresas
que optan a las ayudas. Esto se puede articular, por ejemplo, introduciendo en las bases reguladoras de los programas de concesión de apoyo financiero nuevos criterios a partir de los cuales se pondere positivamente en el baremo de evaluación de
solicitudes cuestiones tales como el seguimiento y cumplimiento acreditado de un plan de igualdad, incluyendo, de manera contrastada, la participación decisoria de las mujeres en todas las estructuras de dirección, disponer del distintivo para las
empresas en materia de igualdad que otorga el Estado, disponer de planes de gestión ambiental, o la presentación de informes de gestión ambiental de su actividad, necesariamente acompañado de un currículum de acciones positivas sobre el Medio
Ambiente a nivel local, autonómico o nacional.


3. Establecer criterios de exclusión para optar a la adjudicación de ayudas en los programas de apoyo financiero a empresas que tengan sedes registradas en paraísos fiscales, tanto a nivel del pago de impuestos, como de su reparto de
dividendos. De igual manera, se introducirán criterios en el baremo de evaluación de solicitudes de ayudas a empresas que valoren positivamente la protección del empleo en los centros de trabajo. Los criterios de valoración de la protección del
empleo pueden ser diversos: por ejemplo, establecer umbrales límite de contratación atípica en la composición contractual de las plantillas.


4. Establecer una condicionalidad vinculada a la concesión de apoyo financiero que implique la permanencia del tejido productivo en el territorio durante cuatro años. En el convenio de colaboración se adjuntará un plan de viabilidad de la
actividad de la empresa o centro de trabajo que garantice el mantenimiento de la misma en el territorio durante al menos cuatro años. Frente al incumplimiento de dicho requisito, la Administración tendrá la posibilidad de estudiar la viabilidad de
las empresas que quieran marcharse o cerrar, con el objetivo de apoyar técnica y financieramente a sus trabajadores y trabajadoras en la adquisición de la empresa, si así lo deciden. En caso de que la situación de los trabajadores y la empresa haga
imposible esta transición, el Estado podrá asumir la titularidad de las instalaciones para evitar la eliminación abrupta de los puestos de trabajo y con la perspectiva de que los trabajadores puedan acabar asumiendo la titularidad. En los casos más
graves y cuando esté demostrada la falta de viabilidad de la empresa, el Estado garantizará que se recuperan dos puestos de trabajo por cada puesto desaparecido en la misma comarca. Estas medidas se implementarán de manera especial en las comarcas
más vulnerables a la despoblación.


5. Contemplar en la Estrategia de Política Industrial para España 2030 el desarrollo de agendas sectoriales que adapten la estrategia general a las particularidades que presenta cada sector de la industria, revisando las agendas
estratégicas sectoriales ya formuladas para determinados sectores de cara a introducir modificaciones que respondan al nuevo contexto que surge de la crisis derivada del COVID-19.


6. Crear un comité de análisis que tenga como objetivo la elaboración de un informe sobre la inserción del tejido productivo industrial español en las cadenas globales de valor. Este informe debe tener como objetivo prioritario la
realización de un análisis diagnóstico de la inserción de los distintos sectores de la industria nacional en las cadenas globales de valor, y la elaboración de recomendaciones de políticas públicas que permitan mejorar la posición del tejido
productivo industrial nacional en las mismas.


7. Incrementar con suficiencia la dotación de créditos presupuestarios en los programas de gasto que se inscriben en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y que se encuentran vinculados al impulso industrial que anteriormente se ha
detallado. Asimismo, diseñar una estrategia de evaluación de



Página 36





impacto y de análisis coste-beneficio que permita en lo sucesivo reevaluar el cumplimiento de objetivos operativos y estratégicos de los programas, así como la mejora de la eficiencia y eficacia del gasto.


8. Garantizar que las cuestiones señaladas anteriormente formen parte de los contenidos que se sometan a procesos de negociación con otras fuerzas políticas y en el diálogo social tanto en la nueva Ley de Industria como en el Pacto de
Estado por la Industria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galica en Común.


161/000909


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, en materia de medidas de Impulso al
Turismo alternativo, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Las previsiones que actualmente se están proyectando sobre el impacto que la expansión del virus COVID-19 tendrá sobre el sector del turismo son muy negativas para todo el año 2020. Este sector será uno de los principales afectados a nivel
mundial, en tanto que como consecuencia de las restricciones de movilidad derivadas de las medidas de contención de la expansión del virus, las llegadas de turistas internacionales se verán muy constreñida, cuando no completamente paralizada,
durante los próximos meses. Según un comunicado de la Organización Mundial del Turismo fechado el 28 de abril de 2020, el 100 % de los destinos del mundo han restringido ya los viajes a causa de la COVID-19.


Los escenarios que se está barajando a nivel europeo apuestan, entre otras cosas, por la apertura de 'corredores turísticos' en aquellas regiones y países menos afectados por la pandemia, entre los que por razones obvias no se encuentra
España. Nuestro país se situó en el año 2018 como el segundo destino mundial en llegadas e ingresos por turismo, y en la temporada estival de 2019, es decir, entre los meses de junio y septiembre, el número de turistas no residentes en España
alcanzó una cifra de 37.752.292 personas, y el gasto que efectuaron fue de 43.146.714.165 euros. En este sentido, un escenario previsible de fuertes restricciones en la movilidad internacional durante los próximos meses tendrá como consecuencia una
caída abrupta de la demanda en el sector, que afectará principalmente a los establecimientos hoteleros y geográficamente a aquellas regiones costeras más dependientes del turismo masivo de sol y playa.


Por otro lado, dentro de nuestro territorio el protocolo de desescalada establecido por el Gobierno y articulado en diferentes fases prevé una apertura gradual y parcial del tejido empresarial vinculado al sector del turismo. En todo caso,
se contempla un primer escenario de movilidad circunscrita al interior de cada provincia, que podría abrirse a la movilidad entre provincias a partir del mes de julio de este año en las proyecciones más optimistas. Respecto al turismo efectuado por
residentes, durante los meses de julio a septiembre de 2019 se produjo el mayor volumen de desplazamientos turísticos de residentes nacionales, con una cifra que se sitúa alrededor de los 61.000.000 de desplazamientos en territorio nacional. No
obstante, en este escenario la oferta se restringirá para poder asegurar la adecuación de los establecimientos y lugares de ocio a las condiciones de seguridad sanitarias que en cada caso y escenario estipule el Ministerio de Sanidad. Además de
esta restricción de la oferta, cabe prever también una constricción de la demanda, por la vía de una caída de las rentas generalizada como consecuencia de la crisis económica derivada de la situación de paralización de la actividad, así como por los
mecanismos de reordenación de los calendarios laborales que el sector privado pueda realizar como resultado de las medidas que se están aplicando durante la crisis sanitaria.


Debido tanto a las restricciones de oferta como a la caída generalizada y pronunciada de la demanda, las previsiones para la temporada de verano, período en el que se concentra el grueso de la facturación del año, son muy adversas,
principalmente para la región peninsular de la costa mediterránea, las Islas Canarias y las Islas Baleares. Frente a esta situación Turespaña, organismo dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ha diseñado con acierto una
campaña de fidelización del turista



Página 37





internacional. No obstante, en materia comunicativa y promocional debiera articularse una campaña más ambiciosa que abarque objetivos vinculados también a la diversificación y la promoción del turismo nacional efectuado por residentes.


En las Directrices Generales de la Estrategia de Turismo Sostenible de España 2030, publicada por el Gobierno en enero de 2019, se apuesta por sentar las bases de la transformación del turismo nacional hacia un modelo sostenido y sostenible.
Entre otras cuestiones, en el segundo eje estratégico del plan se pretende impulsar un desarrollo equilibrado del turismo en el territorio y promover una mayor sostenibilidad de la demanda, diversificándola temporalmente a lo largo del año.
Asimismo, en su quinto eje estratégico se trata de apostar por diversificar la propuesta de valor con productos que extiendan el hecho turístico más allá de la costa y las grandes ciudades, como son el turismo de interior, enogastronómico, el
turismo activo o el ecoturismo.


En esta coyuntura conviene acelerar la puesta en marcha de instrumentos o mecanismos que ayuden a diversificar la demanda de turismo nacional, tanto territorialmente como temporalmente, de manera que se pueda atenuar en la medida de lo
posible el impacto negativo que sin duda la crisis tendrá sobre al conjunto del sector turístico durante todo este año. En este sentido, además de la pertinencia de potenciar el eje comunicativo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en
materia de promoción de un turismo alternativo, se debería apostar por la colaboración público-privada con organizaciones del sector (ANETA, Ecotur, etc.) en la búsqueda de fórmulas que incrementen la demanda de este tipo de turismo.


Por último, tal y como se ha estipulado en otros instrumentos de ayuda al sector privado a nivel nacional, así como en otros países de nuestro entorno comunitario, se deben establecer mecanismos de condicionalidad o contrapartidas en las
ayudas que desde el Estado se otorguen al sector del turismo, encaminadas al mantenimiento y la protección de la calidad del empleo, en tanto esto supone una de las debilidades estructurales que caracterizan al sector, más si cabe en este contexto
de crisis. Por el lado de la demanda, una contención de la caída de las rentas de los trabajadores y trabajadoras del sector, que aglutina al 12,7 % del empleo nacional, repercutirá en unos mayores niveles de demanda de consumo, que tendrá un
efecto de retroalimentación para el sector, especialmente en aquellas regiones más dependientes del turismo.


Por todo ello el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Encargar a Turespaña el desarrollo de una campaña de promoción, en coordinación con las Comunidades Autónomas, los organismos de promoción y los clubs de producto, que tenga por objetivo potenciar estrategias de promoción turística
específicas y diferenciadas según la tipología de los mercados emisores.


2. Diseñar, en el marco de esta campaña de promoción de Turespaña, una comunicación dirigida a la captación y el desarrollo de nuevos mercados o nuevos segmentos en los mercados tradicionales, con especial énfasis en aquellos que mayor
potencial tengan en el contexto de crisis actual, como puede ser el turismo de interior, el turismo local y rural, y el turismo al aire libre.


3. Diseñar, en el marco de este plan, una campaña basada en la colaboración público-privada dirigida a fomentar productos turísticos como el ecoturismo o el turismo enogastronómico, entre otros, de manera que no solo se cumpla el objetivo
de redirigir la demanda nacional hacia mercados alternativos en la coyuntura de crisis actual, sino que se inscriba en el objetivo más amplio de fomentar una diversificación de la demanda que tenga efectos derivados positivos a medio y largo plazo:
aliviar la saturación de las grandes ciudades en determinados momentos del año y los perjuicios que ello conlleva para la ciudadanía, revertir la despoblación progresiva del medio rural, diversificar la carga sobre los recursos y destinos turísticos
españoles, que se encuentra fuertemente concentrada en los meses estivales, etc.


4. Facilitar y promover la movilidad en el interior del territorio nacional declarando como obligaciones de servicio público las rutas aéreas entre la península y las Islas Canarias y las Islas Baleares, en tanto que son regiones que se
verán especialmente afectadas por la crisis.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



Página 38





161/000919


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley relativa al impulso del Turismo Deportivo Español tras la crisis del Coronavirus COVID-19, para que se debata en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. Según la Organización Mundial del Turismo (OMT), España es la segunda potencia turística, por detrás de Francia y habiendo adelantado a Estados Unidos. Además de ello, según el informe realizado por el Consejo Mundial de Viajes y
Turismo (WTTC) en 2017, la contribución del turismo a la economía española es del 14,9 % del PIB y un 15,1 % del empleo, entre directos e indirectos.


En el año 2018, el último del que tenemos datos objetivos, España recibió 82,6 millones de viajeros y en cuanto a lo que repercute en nuestra economía, la aportación del turismo al PIB fue de 148.000 millones de euros, lo que equivale al
12,3 % del total, alcanzando un nuevo máximo de la serie histórica. Entre el año 2013 y el año 2018, la contribución del turismo a la riqueza nacional ha crecido en 7.636 millones al año.


En el año 2019, España recibió 83,7 millones de turistas, un 1,1 % más respecto al mismo periodo del año anterior. Los principales países de origen de los turistas fueron Reino Unido, Alemania y Francia. El gasto medio por turista alcanzó
los 1.102 euros, con un incremento del 1,7 % respecto al año 2018.


Segundo. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, debido a la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país, tanto a nivel económico como sanitario. La crisis sanitaria
producida por el Coronavirus COVID-19 ha causado el fallecimiento de más de 30.000 personas y ha contagiado a más de 233.000 personas en España.


Ante esta situación, el pasado 14 de marzo el Gobierno de España declaró el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020. Esta disposición normativa contenía medidas que tienen como finalidad paliar los efectos negativos causados por
el coronavirus. El estado de alarma ha sido prorrogado sucesivamente hasta el día de hoy, en algún caso con mayores restricciones a la movilidad y a la práctica de actividades. Como es lógico, esta crisis está generando y va a provocar un impacto
económico severo, especialmente para ciudadanos, pymes y autónomos en situación de especial vulnerabilidad.


Tercero. El coronavirus ha afectado especialmente al turismo en España: el estado de alarma ha paralizado todo el sector turístico español, perjudicando a fiestas y tradiciones populares. Todas estas fiestas se han cancelado con el
consecuente impacto en el turismo. En general, según los pronósticos de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), la crisis del coronavirus podría provocar pérdidas de entre 2,7 y seis millones de turistas internacionales en función de cuándo se
levanten las restricciones derivadas del Estado de alarma. Además, resalta que 'una de las principales consecuencias es que desaparecerán miles de puestos de trabajo' derivados de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE) que se están dando en
el sector.


Cuarto. Según la motivación del turista, suelen distinguirse distintos tipos de turismo. Entre estos motivos, actualmente, cada vez más gente tiene la práctica de actividades deportivas.


Según se desprende de la Encuesta de Gasto Turístico elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) -y que se acompaña más abajo-, en el año 2019 el gasto total de los viajeros internacionales en España ascendió a 1.433,8 millones
de euros.



Página 39





Gasto turístico deportivo de los viajeros extranjeros en España


Gasto total expresado en millones de euros. Gasto por persona y diario expresado en euros. Duración del viaje expresado en días.


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Encuesta de Gasto Turístico.


Fuente: Palco23.com. Creado con Datawrapper.


Por su parte, según datos del Ministerio de Cultura y Deporte, los residentes en España realizaron 4,1 millones de viajes motivados principalmente por el turismo deportivo. La gran mayoría, cerca de 3,5 millones, tuvo como destino España.
Esta cifra supone, a su vez, el 3,9 % del total de los viajes de ocio, recreo y vacaciones.


Y es que, de los 83 millones de turistas internacionales que visitaron España en el año 2018, 9,8 millones aproximadamente realizaron una actividad deportiva, entre las que destacan principalmente las náuticas, el golf, el senderismo o el
montañismo. El gasto realizado alcanzó los 12.000 millones de euros.


En este sentido, son muchas las zonas de montaña que se han ido transformando gracias a las estaciones de esquí o el auge, por ejemplo, de deportes como la escalada. El senderismo ha puesto en el mapa a cientos de pueblos que de otra manera
no tendrían visitantes (como buena prueba de ello tenemos el Camino de Santiago).


Quinto. España es uno de los países que más eventos deportivos organiza a lo largo del año. Esto lo ha convertido en uno de los destinos preferidos para los grandes amantes de los deportes, y algunas empresas han visto esta oportunidad
única para conseguir aumentar su presencia en los eventos deportivos a través de los patrocinios. Multitud de localidades albergan pruebas deportivas que generan un impacto económico en las mismas a gran escala.


A título de ejemplo, puede citarse la final de fútbol de la UEFA Champions League, celebrada el año pasado en Madrid y que supuso para la ciudad un impacto económico de más de 62 millones de euros, según la Confederación de Empresarios
Madrileños (CEIM).


También en el fútbol, este año estaba prevista la celebración de la Eurocopa, competición que organiza la UEFA, y que, a causa de la pandemia, finalmente se ha postergado para el año 2021. Está previsto que una de las ciudades que alberguen
la disputa de partidos sea Bilbao, lo cual generaría evidentes beneficios económicos, de empleo o de proyección de la marca España.


Sexto. Tras la devastadora crisis generada por el Coronavirus, el sector deportivo nacional va a tener que afrontar muchos problemas. Los expertos coinciden en señalar que uno de los motivos que pueden afectar negativamente al sector va a
ser el pánico psicológico de los usuarios a juntarse con miles de personas para realizar pruebas deportivas.


Ante estos ejemplos, el Grupo Parlamentario VOX, entiende que dado que no conocemos el momento en el que España podrá volver a albergar eventos deportivos a nivel internacional, se deben tomar las decisiones oportunas para que una vez que
hayamos logrado vencer al virus y podamos volver al escenario anterior, España sea uno de los países más preparados para albergar eventos deportivos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


a) Establecer un conjunto de medidas consignadas al fomento del turismo deportivo interior y destinado a touroperadores, agencias de viajes y todas las pymes y autónomos cuya actividad profesional esté relacionada de manera directa con el
turismo. Promocionar el turismo deportivo dentro de nuestras fronteras debería ser la prioridad de nuestro Gobierno, frente a paquetes turísticos exteriores que ofrecen mejores precios.


b) Destinar una parte de la dotación presupuestaria de la Secretaría de Estado para el Turismo y la Secretaría de Estado de la España Global (Ministerio de Asuntos Exteriores) al fomento del turismo deportivo, ayudando de esta manera a que
las PYMES puedan seguir generando impacto en este sector.



Página 40





c) Favorecer la colaboración del sector turístico con las grandes empresas con ayudas como las desgravaciones fiscales para aquellas empresas que patrocinen un evento deportivo dentro de nuestras fronteras.


d) Desarrollar campañas de comunicación en medios nacionales con la intención de promocionar que una vez que sea posible, los eventos deportivos sean desarrollados dentro de nuestras fronteras. España cuenta con gran cantidad de centros
deportivos nacionales (estadios y polideportivos) en los que poder albergar estos eventos. De esta manera, se ayuda al destino turístico que responde a la marca España, activando la economía de nuestra nación.


e) Prórroga de los ERTEs por causa de fuerza mayor de las empresas del sector turístico, en especial de aquellas deportivas, y de las medidas extraordinarias y excepcionales establecidas en el Real Decreto-ley 8/2020, debido a las
restricciones del tráfico de turistas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, María de la Cabeza Ruiz Solás y Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000920


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la realización de un Plan Nacional de la
Industria para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


El sector industrial es un elemento esencial de la economía española y, en última instancia, la cohesión social de nuestro país.


La industria se constituye como el principal motor de competitividad exterior de España, siendo el sector más orientado a la exportación y por tanto contribuyendo decisiva y positivamente a nuestra tradicionalmente deficitaria balanza
comercial.


Asimismo, la industria es el sector más sensible a la Innovación y el Desarrollo, dado que nuestra competitividad no puede asentarse exclusivamente en los costes laborales y debe confiar buena parte de su éxito en la I+D.


Finalmente, cabe adelantar que estamos hablando del sector con mayor contratación indefinida, remuneración y permanencia en el puesto de trabajo en términos comparativos.


Durante la última década, el sector industrial experimenta un cierto estancamiento tras la pérdida relativa de peso en el último tercio del siglo XX. Desde el período previo a la crisis económica hasta la actualidad, se puede observar como
el peso de la industria en el PIB se ha ido manteniendo en aproximadamente un 16 % del mismo.


Este dato está muy lejos del de un 20 % del peso de la industria sobre el PIB, según la Estrategia Europea para una política industrial integrada para la era de la globalización. Esta estrategia incide en la necesidad de impulsar el avance
competitivo de los países de la Unión y en poner la innovación industrial como referente de nuestra política a este respecto. Aún queda mucho trabajo por hacer.


A esta circunstancia se une una enorme incertidumbre sobre el sector, fruto de las improvisaciones del actual Gobierno y sus distintas declaraciones, así como de los posibles enfoques dogmáticos que en materia de transición energética y en
materia laboral se han venido adoptando por parte del Ejecutivo.


La amenaza constante sobre la producción de determinados vehículos, el ataque a determinadas industrias como la electrointensiva o las dudas sobre una hipotética derogación de la reforma laboral han dado lugar a un entorno de incertidumbre y
pesimismo que ya tiene consecuencias.


Este mismo mes de mayo (2020) hemos conocido la intención de Nissan de abandonar algunas de sus factorías en España, una pésima noticia que se une a los posibles planes de Renault para trasladar la fabricación de determinados modelos de
automóvil a Reino Unido y al conflicto latente en la planta de Ford en Almussafes (Valencia).



Página 41





Esta situación en la industria del automóvil se une asimismo a la ya vivida hace un año en la industria electrointensiva gallega y asturiana, que todavía hoy padece una situación de extrema delicadeza.


No podemos permanecer de brazos cruzados mientras el sustento básico de muchas comunidades autónomas de nuestro país desaparece por acción u omisión de un Gobierno irresponsable; por todo ello vemos imprescindible lanzar un mensaje
pragmático y de confianza a todos los agentes del sector; porque el liderazgo industrial español no puede quedar en el pasado.


Creemos que el impulso industrial debe venir acompañado de tres elementos clave:


1. Liderazgo: España debe ponerse a la cabeza de la industria europea, mediante un Plan Nacional de la Industria que haga de esta política una que compartan todos los actores y que parta del consenso y la voluntad de situar a España a la
cabeza de la Unión Europea en el cumplimiento de los objetivos de industrialización adaptada a nuestro tiempo. Las luchas partidistas deben dejarse a un lado para un tema de interés nacional como es este.


2. Innovación: Es responsabilidad de los poderes públicos seguir fomentando la inversión en innovación y prestar todo el apoyo desde la administración. Al menos el 2 % del PIB debe ser destinado a I+D+I para poder ponernos a la cabeza en
el desarrollo industrial europeo.


3. Simplificación: Legislativa y fiscal. Debemos poner orden en la superposición de normas e impuestos ambientales de los últimos años, sin control alguno sobre su eficacia ni coordinación entre CC.AA.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación de un Plan Nacional de la Industria en el que estén presentes los siguientes elementos:


1. Un Plan Específico para la Automoción, estableciendo ayudas para la compra de nuevos vehículos con bajas o nulas emisiones. Los poderes públicos tienen que estar al lado de los fabricantes en el proceso de transición energética y no
frente a ellos como ha venido sucediendo. Asimismo, se debe incrementar la inversión en I+D para el desarrollo de baterías en territorio nacional, como elemento clave del proceso de descarbonización del parque móvil.


2. Planes de Estímulo Urgentes en sectores industriales con efecto tractor y de alta tecnología, con especial énfasis en el apoyo a la mejora de la tecnología en equipos y procesos, apoyando a nuestras industrias con los mismos instrumentos
y en la misma cuantía que lo hacen otros países europeos. Así mismo, abrir estos planes al fomento de actividades de regeneración, reciclaje y aprovechamiento de residuos, tendiendo a iniciativas de economía circular.


3. Impulso de políticas de inversión, internacionalización y comercio exterior que asuman los objetivos de atracción de inversiones productivas industriales en nuestro territorio y facilite la penetración de la producción española en
mercados exteriores.


4. Impulsar la intermodalidad del transporte de mercancías, reduciendo los costes del mismo, con especial atención al incremento del transporte por ferrocarril, del transporte aéreo, y del transporte marítimo (tanto de corta distancia como
de grandes líneas). En consonancia con ello, apostamos por adaptar las vías de tren españolas al ancho UIC y culminar el Corredor Mediterráneo, de tal forma que los productos de nuestra industria tengan fácil acceso a los mercados internacionales.
Pondremos solución al problema de la 'Última Milla' mediante una renovación de las conexiones dentro del país.


5. Revisión de tributos e impuestos locales, autonómicos y estatales para evitar la doble imposición, garantizando la unidad de mercado, evite la inseguridad jurídica que genera la sobrerregulación y mejore la eficacia y eficiencia de las
normas en vigor y futuras mediante la realización de evaluaciones de impacto rigurosas.


6. Transición energética que garantice una energía competitiva, sin incremento de costes para los consumidores industriales; con especial acento en los costes eléctricos y gasistas que han venido experimentando un fuerte incremento en los
últimos 20 años. En esta línea, creamos un ambicioso Estatuto del consumidor electrointensivo para aquellas industrias que dependen decisivamente del precio de la electricidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-María Carmen Martínez Granados y Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Diputados.-José María Espejo-Saavedra Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 42





Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000905


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a los cambios propuestos por
el Gobierno en la gestión del 0,7 % del IRPF y del 0,7 % del Impuesto de Sociedades para financiar entidades y proyectos de interés social, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


España atraviesa una crisis sin precedentes, tanto desde el punto de vista sanitario, como económico y social. Por este motivo, se necesitan políticas públicas firmes, fuertes, centradas por y para los ciudadanos, pensando en los más
vulnerables, pero también en todas aquellas familias a las que la crisis del COVID-19 le ha dejado en una grave situación económica por pérdida del empleo, autónomos, trabajos temporales, etc.


Ahora más que nunca se necesita consenso y confianza en estas políticas públicas, sin embargo, el Gobierno de Pedro Sánchez, una vez más, ha generado desasosiego e incertidumbre, en este caso con los cambios previstos en la gestión del 0,7 %
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del 0,7 % del Impuesto de Sociedades para financiar entidades y proyectos de interés social.


Actualmente, las entidades que integran la Plataforma del Tercer Sector están efectuando una importante labor en paliar las consecuencias sociales que está generando la crisis del COVID-19, muchas veces porque las Administraciones Públicas
competentes no llegan, o por la ineficacia e ineficiencia en la toma de decisiones de alguna de ellas.


Por este motivo, desde el Partido Popular rechazamos la pretensión de modificar la gestión del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del 0,7 % del Impuesto de Sociedades para financiar entidades y proyectos de
interés social que ha planteado la Vicepresidencia de Derechos Sociales y Agenda 2030.


En lo que al IRPF se refiere, hasta este momento, y de acuerdo con una resolución del Tribunal Constitucional, el total recaudado mediante el 0,7 % del impuesto era gestionando en un 80 % por las Comunidades Autónomas y en un 20 % por el
Estado.


Sin embargo, con los cambios planificados, las entidades estatales podrán gestionar algo más del 14 % de lo recaudado en el IRPF, es decir, una proporción un 6 % menor al 20 % fijado sobre el total para acción social, y que asciende a 283
millones de euros. Es decir, en un momento crucial para nuestra sociedad, estas entidades van a perder 14,5 millones de euros, que resultan fundamentales, no solo para su supervivencia, sino también para ayudar a los que realmente lo necesitan. Es
más, esta bajada se repetiría en los años siguientes, lo que podría implicar la desaparición de este 0,7 % del IRPF.


El Partido Popular considera que no es el momento de realizar cambios, mucho menos si se realizan unilateralmente, sin dialogo, y sin el consenso de las entidades afectadas.


En cuanto al 0,7 % del Impuesto de Sociedades, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, dicta que la recaudación mediante la casilla con fines sociales del 0,7 % del impuesto en cuestión se debe articular como una
convocatoria supraterritorial y en su totalidad debe ir destinada a financiar proyectos de interés social presentados por entidades de acción social de ámbito estatal.


Sin embargo, desde la Vicepresidencia de Derechos Sociales y Agenda 2030 también pretenden cambiar la distribución, lo que supondrá recortes en su financiación. El Partido Popular considera que esta recaudación debe destinarse
exclusivamente a proyectos planteados por entidades estatales del Tercer Sector de Acción Social, y rechaza incluir otros proyectos, como los medioambientales y de cooperación que, por supuesto deben financiarse, pero por otras vías.


El Gobierno de Sánchez y su Vicepresidente Iglesias debiera dedicarse a destinar más recursos económicos a estas entidades y no en generarles confusión, y dudas sobre su viabilidad, en un momento en que deben centrarse todos los esfuerzos en
proteger a los más necesitados.


Para el Partido Popular, debe reforzarse la cohesión social, asegurando su sostenibilidad y garantizando la protección de aquellos en situación de mayor vulnerabilidad, máxime en la situación de



Página 43





grave crisis económica y social en la que estamos inmersos, con la pérdida de empleo, más de 900.000 personas que no han cobrado las prestaciones de los ERTEs, etc.


El rechazo de la Plataforma del Tercer Sector a estas decisiones tomadas por la Vicepresidencia que dirige Pablo Iglesias es 'absoluto' y se suma al que también ha manifestado en los últimos días otras entidades como el Comité Español de
Representantes de Personas con Discapacidad.


Por todo ello, y teniendo en cuenta también el papel que pueden desempeñar las entidades del tercer sector de acción social en el contexto de la crisis generada por la pandemia de COVID-19,


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a rectificar su propuesta de cambios en la gestión del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del 0,7 % del Impuesto de Sociedades para financiar entidades y proyectos de
interés social, para mantener el sistema y las proporciones vigentes hasta el momento y favorecer que las entidades del tercer sector de acción social estatales cuenten con la financiación adecuada para dar una respuesta satisfactoria a las
necesidades de los colectivos más vulnerables.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2020.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Alicia García Rodríguez y María Sandra Moneo Díez, Diputadas.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


161/000913


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª Reyes Romero Vilches, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D.ª Cristina Esteban Calonje y D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados
del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento del grado de discapacidad
mínimo del 33 % a los pacientes de enfermedades crónicas, autoinmunes y neurodegenerativas con independencia del estadio de la enfermedad, para su discusión en la Comisión de Políticas Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. Los pacientes con enfermedades crónicas, autoinmunes y neurodegenerativas se encuentran en una situación muy particular que se extiende a lo largo de toda su vida. Esta situación genera determinadas barreras que suponen
impedimentos desde la más tierna infancia para las personas que las sufren, pero también para sus entornos familiares. Se trata de enfermedades de muy diverso tipo, muchas de ellas raras y sin un diagnóstico claro, que obligan a una medicalización
habitual en muchas ocasiones desde la niñez.


Segundo. Los poderes públicos tienen la obligación de tener en cuenta estas circunstancias extraordinarias en las vidas de miles de personas y sus familias, y esto se ha de traducir en políticas concretas de mejora de la calidad de vida de
las mismas, y en un aumento de las oportunidades. Al amparo del artículo 9.2 de la Constitución Española 'corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra
sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social'.


Tercero. Plataformas como la POP (Plataforma de Organizaciones de Pacientes) afirman que 'hoy la legislación española no garantiza ciertos derechos a las personas con enfermedad crónica', y que 'el perfil de los pacientes ha cambiado y cada
vez son más las personas con enfermedades crónicas que presentan pluripatologías y comorbilidades. Esta es una realidad imparable que requiere de un nuevo enfoque de nuestro sistema sanitario y social que debe centrarse en las necesidades de estos
ciudadanos y sus familiares'.


Sus necesidades esenciales comienzan en la infancia, donde niños desde la más temprana edad que tienen enfermedades de este tipo, no tienen acceso a una educación inclusiva ni especial, por no ser



Página 44





reconocida su discapacidad. Pero lo cierto es que su infancia no es habitual, puesto que son niños que en muchas ocasiones están medicalizados con frecuencia, y deben ausentarse del colegio constantemente para ir al hospital. También los
brotes e ingresos hospitalarios son el día a día de muchos de estos niños, y ello dificulta enormemente su normalidad educativa.


La Vicepresidenta de Especialidades de la Asociación Española de Pediatría (AEP), Inmaculada Calvo, afirma que estos niños 'tienen problemas de integración en la educación, ya que ellos quieren ser como los demás y no destacar, pero la
realidad es que se encuentran con una serie de problemas que hacen que su situación sea distinta al resto'.


Por su parte, la presidenta de la Asociación Nacional e Internacional de Enfermería Escolar (AMECE), Natividad López, suscribía en unas jornadas organizadas por la POP que 'los alumnos con enfermedades crónicas y sus familias están, en
general, muy abandonados y no reciben una educación de calidad en las mismas condiciones que el resto de alumnos sin patologías'.


Cuarto. Esta circunstancia se podría solventar con un acceso al régimen aplicable a los niños con discapacidad reconocida superior al 33 %, pues de esa manera tendrían acceso automático a la educación inclusiva o especial, en función de la
casuística y los deseos de las distintas familias.


No obstante, los jóvenes se encuentran también con las barreras fruto de su situación en el momento en que aspiran a encontrar un puesto de trabajo. Teniendo en cuenta, además, la actual circunstancia derivada de la crisis sanitaria,
económica y social motivada por la pandemia del virus de Wuhan, este problema también puede ser solventado en el momento en que se pongan a su disposición los regímenes de empleo protegido aplicables a personas con discapacidad reconocida superior
al 33 %, como la adaptación del puesto de trabajo, los incentivos a las empresas, subvenciones para el empleo autónomo, reserva de plazas, adaptaciones para oposiciones y todo lo que conlleva su inclusión en los Centros Especiales de Empleo.


Quinto. Organizaciones como Esclerosis Múltiple España, llevan tiempo solicitando esta medida como el punto de partida de la protección efectiva de los afectados por tal enfermedad. Reclaman el 'reconocimiento automático del 33 % de
discapacidad con el diagnóstico. La Esclerosis Múltiple se manifiesta en muchas ocasiones con 'síntomas invisibles' que no siempre se contemplan en los baremos, pero que inciden de forma relevante en la calidad de vida de las personas afectadas por
la enfermedad'.


A pesar de haberse aprobado ya en el Congreso el compromiso de otorgar el grado de discapacidad del 33 % de manera automática a los pacientes con enfermedades neurodegenerativas, nunca se ha llegado a poner en marcha con una intención clara,
ni se han desarrollado las correspondientes modificaciones, ni se ha instado a las Comunidades Autónomas que ostentan la titularidad de la competencia en valoración del grado de discapacidad.


Hace unos meses, Pedro Carrascal, director de Esclerosis Múltiple España y presidente de la Plataforma Europea de Esclerosis Múltiple dejaba esta cuestión en evidencia diciendo que 'no basta con que se nos escuche, o que exista consenso
sobre la necesidad de subsanar esta situación: exigimos que este cambio se produzca cuanto antes'.


Sexto. Desde el Grupo Parlamentario VOX consideramos, además, que teniendo en cuenta la grave circunstancia en la que vivimos actualmente, que incrementa la vulnerabilidad de los colectivos referidos en el presente escrito, se torna urgente
y es de justicia proceder a conceder el grado de discapacidad del 33 % a los pacientes de enfermedades crónicas, neurodegenerativas y autoinmunes desde el momento de su diagnóstico y con independencia del estadio de la misma, con el objeto de
protegerles un poco mejor frente a la crisis socioeconómica que asola nuestro país.


Por último cabe recordar, que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud es el órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los servicios de salud entre ellos y con la Administración del
Estado, que tiene como finalidad promover la cohesión del Sistema Nacional de Salud a través de la garantía efectiva y equitativa de los derechos de los ciudadanos en todo el territorio del Estado.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Modificar y actualizar los baremos del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, con el objeto



Página 45





de recoger la necesidad de la concesión, como mínimo, del grado de Discapacidad del 33 % a los pacientes de enfermedades crónicas, neurodegenerativas y autoinmunes desde el momento de su diagnóstico.


2. Promover, en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que las Comunidades Autónomas lleven a cabo las correspondientes modificaciones con el objeto de poner en marcha cuanto antes una remodelación en que se
incluya la concesión como mínimo del grado de discapacidad del 33 % a los pacientes de enfermedades crónicas, neurodegenerativas y autoinmunes desde el momento de su diagnóstico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Rocío de Meer Méndez, Lourdes Méndez Monasterio, Juan Luis Steegmann Olmedillas, María de los Reyes Romero Vilches y Cristina Alicia Esteban Calonje, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000921


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para articular medidas de apoyo al
sector de campamentos de verano, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El sector de campamentos de verano cuenta con 37.800 empresas con un volumen de facturación anual de más de 8.600 millones de euros, generando 200.000 empleos directos y cuatro millones de participantes al año.


Los Campamentos de verano constituyen una auténtica labor social que incide en de forma transversal a una mayoría de familias, facilitando la conciliación de la vida familiar y laboral.


El pasado 12 de mayo de 2020, el sector de campamentos de verano emitió un comunicado de prensa en el que, ante la crisis generada por el Coronavirus (COVID-19), solicitan al Gobierno 'el pistoletazo de salida para poder llevar a cabo del
modo más seguro sus actividades este verano', y para ello se han coordinado buscando 'un diálogo directo con el Gobierno, unificando criterios y tratando de llegar a un consenso con el objetivo de realizar esta actividad de Ocio Educativo y Tiempo
Libre, tan esencial en el desarrollo integral y personal para los cerca de los cuatro millones de jóvenes, niños y niñas de toda España que cada año participan'.


Este sector ha lanzado un manifiesto que pone en valor su tarea y explica lo importante que 'es su labor, no solo desde el punto económico, sino desde el impacto social y educativo que tienen los campamentos en la población'. En dicho
manifiesto quieren expresar 'la necesidad de obtener las condiciones necesarias e imprescindibles para realizar su actividad con la mayor normalidad posible haciendo un especial hincapié en la prevención higiénico-sanitaria creando 'Espacios
protegidos de COVID-19'; también solicitan la aprobación de 'un calendario de adaptación para que todo el sector, y las familias que necesitan de sus servicios, puedan conocer con la mayor anticipación posible la situación que vamos a encontrar
este verano', hacen hincapié también en 'la importancia de que, a pesar de ser una competencia atribuida a las comunidades autónomas, el plan de adaptación a las medidas del COVID-19 sea a nivel nacional para no general un marco de desigualdad entre
Comunidades'.


Por otro lado, destacan que 'se ponen a disposición para asesorar y ayudar en la desescalada sobre los campamentos de verano a las instituciones', algo que 'creen esencial para poder realizar con las medidas adecuadas una actividad que va a
ser de gran calado social, debido al tiempo de confinamiento de las familias y marco actual en el modelo vacacional que se encontrará la sociedad tras estas semanas de cuarentena'.


Asimismo, solicitan que 'se estudien medidas de ayudas a un sector estructuralmente necesario en la sociedad, con un alto nivel de temporalidad y que actualmente se encuentra en una situación límite ante este parón necesario por las
circunstancias actuales'.



Página 46





El objetivo del sector de campamentos de verano es prestar sus servicios de la mejor manera posible haciendo hincapié en las medidas higiénico-sanitarias a través de la aprobación por parte del Gobierno de Protocolos y medidas
higiénico-sanitarias dirigidas al sector de Campamentos de Verano.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar un protocolo único de actuación que contemple medidas higiénico sanitarias para todos los campamentos de verano, que permita su desescalada atendiendo a las demandas. Aprobar un
calendario de adaptación para que todo el sector, y las familias que necesiten de sus servicios, puedan conocer con la mayor anticipación posible la disponibilidad de los mismos. Impulsar medidas de apoyo reales y directas a un sector
estructuralmente necesario en la sociedad, con un alto nivel de temporalidad y que actualmente se encuentra en una situación límite ante la crisis generada por el coronavirus.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-Alicia García Rodríguez, Agustín Almodóbar Barceló y María Sandra Moneo Díez, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


161/000924


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para reforzar el sistema de atención a las personas en situación de dependencia, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El actual Estado del Bienestar español basa sus cimientos en la Constitución española de 1978, que establecía como elementos fundamentales la protección sanitaria y la Seguridad Social. Desde entonces hasta 2006, el avance social de nuestro
país ha situado los servicios sociales, desarrollados fundamentalmente por las Comunidades Autónomas, con colaboración especial del tercer sector, como uno de los pilares potenciales del Estado de Bienestar.


La promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia se recoge por primera vez como derecho subjetivo en la legislación española en 2006. El objetivo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal
y Atención a la Dependencia, era atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requiriesen de apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor
autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía. Una necesidad que había sido detectada ya en el año 2003, en el marco del Pacto de Toledo, en el que se consideraba necesario que se recogiese la definición de dependencia,
la situación de su cobertura, los retos previstos y las posibles alternativas para su protección.


Desde entonces, tanto para las personas dependientes a causa de la edad, como las que lo son por alguna discapacidad, el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) garantiza un marco estable de recursos y servicios para la
atención a la dependencia, configurando un derecho subjetivo fundamentado en los principios de universalidad, equidad y accesibilidad, y desarrollando un modelo de atención integral a la persona. Se completaba así, una nueva modalidad de protección
social que ampliaba y complementaba la acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social; y lo hacía con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas. De este modo se ampliaba la cartera de servicios que
se ofrecía tanto a las personas dependientes como a sus familias. Y a la oferta residencial se le añadían otros servicios como la atención personal, la atención domiciliaria, la teleasistencia, el asistente personal o el cuidador/a no profesional.



Página 47





Catorce años después de su aprobación, y tras años en los que se hubiese necesitado una mayor inversión en la implementación de la ley, una pandemia mundial, la COVID-19, ha atacado de manera contundente nuestra sociedad, y en concreto a las
personas mayores, el perfil más vulnerable ante el Coronavirus. En España el crecimiento de la población mayor de 65 años se ha triplicado en los últimos 50 años. De los 3,3 millones de 1970, pasamos a 6,6 millones en el año 2000, década en la que
se aprobaba la Ley de Dependencia, y a 9,12 millones en la actualidad (2019). A ello hay que añadir el fenómeno demográfico denominado 'envejecimiento del envejecimiento', es decir, el aumento del colectivo de población con edad superior a 80 años,
que se ha quintuplicado en los últimos 50 años, pasando de 523.739 a 2.839.000 mayores.


Este incremento de la esperanza de vida ha ido acompañado de una mayor fragilidad sobre todo en las franjas de edad más alta, que coincide con la edad media de las personas que viven en centros residenciales. De hecho, de las 300.000
personas que vivían en residencias, 226.000 superan los 80 años. Esto es debido a que desde la aprobación de la LAPAD, el perfil de las personas que vive en los centros residenciales ha cambiado. La mayoría de personas mayores autónomas o con
dependencia moderada prefieren vivir en su propio hogar, conservando su entorno relacional, con servicios asistenciales de diferente índole, a los que tienen derecho por el propio SAAD o por los servicios sociales municipales: teleasistencia,
comida domiciliaria o comedores para gente mayor o atención domiciliaria, entre otros.


Esta realidad se ha hecho patente, desgraciadamente, en la crisis de la COVID-19. La pandemia en España concentra la letalidad a partir del grupo de edad de más de 60 años (4,6 %), llegando a superar el 20 % de los mayores de 80 años (datos
de abril 2020). El 75 % de la población en centros residenciales es mayor de 80 años.


Ante esta situación, la atención a este colectivo de población se convierte, pues, en un reto ineludible para los poderes públicos, que requiere una respuesta firme, sostenida y adaptada al actual modelo de nuestra sociedad.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a revisar y reforzar el sistema tradicional de atención a las personas en situación de dependencia para actualizar y asegurar una adecuada capacidad de prestación de cuidados que genere un
continuo asistencial que ponga a las personas mayores en el centro de las políticas sanitarias, asistenciales y de cuidado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-Sonia Guerra López, Diputada.-Susana Ros Martínez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000931


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª Reyes Romero Vilches, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D.ª Cristina Esteban Calonje, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas y D. Francisco José Contreras Peláez, en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no
de Ley relativa a la extensión del concepto de 'familia numerosa de categoría especial', para su discusión en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales Para la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. España se encuentra en una gravísima situación demográfica, que amenaza su supervivencia biológica a largo plazo, y su sostenibilidad económico-social en un horizonte mucho más breve.


La tasa de fecundidad de las mujeres con nacionalidad española se situó en 2018 en 1.19 hijos/mujer; si contabilizamos a las residentes con nacionalidad extranjera, el promedio sube a 1.25 hijos/mujer. En todo caso, estamos un 40 % por
debajo del índice de reemplazo generacional (2.1 hijos/mujer). Y eso



Página 48





significa que cada cohorte generacional será un 40 % más reducida que la de sus padres. España lleva 40 años por debajo del reemplazo generacional: perdimos la cota de 2.1 hijos/mujer en 1981, para nunca más recuperarla.


Segundo. Las últimas estadísticas demográficas publicadas por el Instituto Nacional de Estadística se refieren al primer semestre de 2019. Entre enero y junio de 2019, nacieron menos niños en España (170.074) que en cualquier fecha desde
que hay registros; supone un descenso del 6 % respecto de la ya raquítica cifra de 2018. El decrecimiento vegetativo del primer semestre de 2019 fue ya de 45.404 personas; proyectando la cifra al total del año, nos resultaría una sangría de
91.000.


De mantenerse las tasas actuales de natalidad y esperanza de vida, el tramo quinquenal de edad más numeroso en 2055 será el 75-79. El segundo más numeroso, el 80-84. Habrá más septuagenarios y octogenarios que personas en cualquier otra
franja de edad.


El constante deterioro de la ratio entre activos y pasivos (cotizantes y jubilados) aboca a nuestro país a la insostenibilidad. No habrá suficientes jóvenes para pagar las pensiones de jubilación, el gasto sanitario (que también crece
exponencialmente en una sociedad envejecida), los impuestos en general. Es nuestra viabilidad misma como sociedad la que está en juego.


Tercero. Según datos del Ministerio de Sanidad, en 2017 había en España 70.311 familias numerosas con cuatro hijos. Estas familias realizan una aportación preciosa e insustituible a la sostenibilidad social. El Estado no reconoce ni
compensa suficientemente esa vital aportación.


La crianza de hijos implica un precio muy alto en pérdida de libertad personal, un gran desembolso económico y un elevado coste de oportunidad en términos de empleabilidad y promoción profesional, especialmente para las mujeres. Según la
encuesta de la Federación Española de Familias Numerosas de 2018, el nacimiento de un hijo ha supuesto en el 45 % de las familias numerosas que uno de los padres se haya acogido a la reducción de jornada; en un 27 %, que haya dejado de trabajar
para dedicarse al cuidado de hijos; y en un 18 %, que haya cambiado de empleo para incrementar los ingresos familiares.


Según Save The Children, el coste mínimo mensual en España de la crianza de un hijo de cero-tres años es de 479 euros. Es decir, al año el coste por cuidado y educación de un hijo en ese tramo de edad es de 5.748 euros. Dicho desembolso
aumenta en función de la edad de los hijos, llegando a un mínimo de 588 €/mes para hijos con edades comprendidas entre los 13 y los 17 años; es decir, un gasto medio anual de 7.056 euros.


Es cuestión de justicia compensar en mayor medida a las familias numerosas por su sacrificada contribución a la sociedad, y es cuestión de supervivencia incentivar a un mayor número de parejas españolas a embarcarse en la noble aventura de
tener cuatro o más hijos.


En consideración a lo anterior, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Extender la consideración de 'familia numerosa de categoría especial' a todas las familias con cuatro hijos, así como a las de tres hijos habidos en parto o adopción múltiple.


2. Elevar en un 30 % el mínimo por descendiente deducible en el IRPF a partir del tercer hijo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Rocío de Meer Méndez, Lourdes Méndez Monasterio, Juan Luis Steegmann Olmedillas, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje y Francisco José Contreras Peláez,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000939


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que el Gobierno rectifique su decisión de recortar los fondos
destinados a las ONGs del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.



Página 49





Exposición de motivos


En circunstancias como las actuales, de graves complicaciones en la sociedad española desde un punto de vista social y económico, la actividad de las asociaciones y del Tercer Sector de Acción Social es clave para la construcción desde un
punto de vista más solidario, algo muy necesario actualmente. Estamos hablando de un trabajo que realizan en España unas 30.000 entidades y que atiende diferentes necesidades sociales de unos seis millones de españoles.


Estas entidades que integran el Tercer Sector de Acción Social siempre han realizado un valioso trabajo de impulso de la sociedad y han estado en todos los momentos complicados apoyando a la ciudadanía con sus actividades, proyectos y
voluntariado. Hay que agradecer este trabajo que han realizado estas entidades cuando los servicios sociales han estado desbordados con motivo de la grave pandemia que ha afectado a nivel mundial, pero especialmente a España.


Hasta ahora, la financiación recaudada a través del 0,7 % de interés social del IRPF era gestionando en un 80 % por las Comunidades Autónomas y en un 20 % por el Estado. Igualmente, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2018 establece que la distribución de la financiación obtenida a través de la casilla con fines sociales del 0,7 % del Impuesto de Sociedades se distribuirá a través de una convocatoria de carácter supraterritorial y que sus
recursos deben ir destinados en su totalidad a financiar proyectos de interés social presentados por entidades de ámbito estatal.


Pese a estas previsiones legales, desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se ha trasladado que en esta convocatoria los fondos gestionados por el Estado destinados a las ONGs estatales de Acción Social únicamente serán del 14
%, un recorte de un 30 % que se traduce en 14,5 millones menos que resultarían indispensables para asegurar la viabilidad de estas entidades sociales de ámbito estatal. En paralelo, respecto del 0,7 % del Impuesto de Sociedades, desde el Ministerio
igualmente se ha informado de su intención de modificar la distribución de estos recursos, recortando la cuantía de los fondos destinados a las ONGs estatales de Acción Social en un 23 % respecto a lo inicialmente previsto.


Resulta significativo que, cuando la actuación de este tipo de entidades sociales es más necesaria que nunca, ya que son ellas las que están contribuyendo, en mayor medida, con sus estructuras y redes al sostenimiento de las necesidades de
los colectivos más vulnerables, vean recortados la financiación de proyectos por el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos.


Desde Ciudadanos reconocemos la encomiable labor que vienen desarrollando las ONGs de Acción Social a la hora de atender las necesidades básicas y garantizar los derechos sociales de los grupos de población en situación de mayor
vulnerabilidad económica y social. En ese sentido, resulta injustificable, sobre todo en un contexto como el actual, que desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se decida un recorte de una financiación que resulta tan necesaria para
el sostenimiento de las estructuras de estas entidades sociales. Por otra parte, esta actuación no debe hacernos olvidar que las fragilidades en la sostenibilidad financiera del Tercer Sector de Acción Social van mucho más allá del recorte puntual
que pueda ser decidido por el Gobierno, por mucho que les perjudique. Porque la inseguridad del Tercer Sector de Acción Social viene motivada, fundamentalmente, por la necesidad de tener que dedicar cada año tiempo y esfuerzos a asegurar su
financiación para el ejercicio siguiente, situación que se produce porque carecen de un marco estable de financiación.


Esta flagrante ausencia de una mínima estabilidad financiera resulta completamente incongruente con la naturaleza de la labor que desarrollan estas entidades sociales, en muchos casos, consistente en la prestación, con carácter estructural,
de servicios de garantía de derechos básicos. Se trata, en definitiva, de servicios que por su finalidad son 'públicos', y que igualmente en muchos casos se realizan en colaboración con las administraciones públicas. Siendo así, no tiene sentido
que la financiación de tales servicios y, por extensión, de las entidades que se dedican a prestarlos, dependa ni de subvenciones de carácter finalista que se conceden en cada ejercicio presupuestario, ni tampoco de la distribución de fondos que
pueda ser decidida puntualmente por cada Gobierno en función de una fuente de ingresos de naturaleza variable, como lo es, a fin de cuenta, el sistema de la 'casilla solidaria' del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y ahora también del
Impuesto de Sociedades.


Teniendo presente todo lo anterior, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos necesario que se promuevan las medidas necesarias para asegurar la estabilidad, la viabilidad y la sostenibilidad de las entidades que integran el
Tercer Sector de Acción Social, incluidas aquellas de ámbito estatal, a fin de



Página 50





garantizar la continuidad de la labor de interés social que realizan en beneficio de toda la sociedad, y, por ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que adopte todas las medidas necesarias para garantizar la sostenibilidad de las actividades de interés social que realizan las ONGs del Tercer Sector de Acción Social y a que, en
consecuencia:


1. Mantenga los niveles de aportación financiera por parte del Estado para proyectos de interés social destinados a las ONGs de ámbito estatal del Tercer Sector de Acción Social a través del 0,7 % del IRPF y del Impuesto de Sociedades y, en
consecuencia, rectifique la decisión de recortar estos niveles de aportación sobre los ingresos relacionados con ambos impuestos que ha sido anunciada por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.


2. Impulse el desarrollo de un nuevo modelo de financiación para el Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal, que articule, previa definición de un marco estable de concertación social, una dotación financiera estructural e
independiente de contingencias políticas que garantice la viabilidad y sostenibilidad de las actividades de interés social y finalidad pública que realizan estas entidades sociales en beneficio de toda la sociedad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000940


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al desarrollo de una Garantía Alimentaria para garantizar el
derecho básico de alimentación de personas y familias en situación de vulnerabilidad, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Una de las imágenes más dramáticas de esta emergencia sanitaria, económica y social provocada por la COVID-19 ha sido la de las personas que, habiéndose quedado sin ingresos y sin posibilidad alguna de obtenerlos por causa de las
restricciones a la actividad y a la movilidad decretadas para frenar la propagación de la pandemia, se han visto obligadas a acudir a bancos de alimentos y otras entidades sociales para pedir alimentos para subsistir, formando las ya tristemente
conocidas como 'colas del hambre'.


Esta imagen pone de manifiesto con toda su crudeza dos realidades. La primera es la de todas las personas que se han visto afectadas de lleno por el impacto de esta crisis sanitaria, tanto que tienen que recurrir a la ayuda de estas
entidades sociales para poder procurarse a sí mismo y a sus familias algo tan esencial como es el alimento. La segunda es la de todas las personas que, aunque menos visibles, ya tenían que recurrir con anterioridad a la ayuda de estas entidades
para atender sus necesidades más básicas de alimentación. En nuestro país, alrededor de 2,5 millones de personas, cerca del 5 % de la población, se encuentra en riesgo de exclusión social y experimentan privaciones materiales severas. La pandemia
ha creado pobreza, pero también ha agravado la que ya existía, tensionando la capacidad de reacción de un sistema de protección con muchas carencias que, ahora, se hacen palpables.


Estas carencias dan cuenta de un sistema de protección frente a la pobreza y la exclusión social desarticulado, fragmentado, ineficiente y, sobre todo en contextos como el actual, insuficiente para atender adecuadamente las necesidades de
aquellas personas que tienen que recurrir al mismo por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, que no garantiza un mínimo común de derechos para todas las personas. En lo que respecta a los recursos estructurales dirigidos a procurar
esta garantía básica de alimentos, estos se concentran fundamentalmente en los servicios que son prestados por bancos de alimentos, gestionados por entidades privadas sin ánimo de lucro, y por otras entidades sociales. A estos se suman otras
prestaciones, económicas o en especie, normalmente vinculadas a ayudas de carácter finalista que son provistas por los servicios sociales locales o autonómicos.



Página 51





Además de las carencias señaladas, que dan cuenta de la desarticulación que caracteriza el actual sistema de protección y que hacen que su peso recaiga casi en exclusiva sobre el voluntarismo de iniciativas privadas solidarias y de interés
social, se une la ausencia de un marco legal que dé seguridad y estimule la colaboración privada. Este hecho llama la atención, sobre todo en comparación con los países de nuestro entorno, que durante la última década han promulgado legislaciones
tendentes a facilitar la donación de alimentos por los particulares y las entidades privadas, en particular, cadenas de distribución y de hostelería. Destacan casos de Francia e Italia, que han conseguido aumentar de forma muy significativa el
volumen de sus donaciones de alimentos y, con ello, los recursos puestos a disposición de bancos de alimentos y otras entidades sociales dedicadas a atender las necesidades básicas de las personas y las familias más vulnerables de sus sociedades.


Por otra parte, recientemente, el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, regulaba, en su artículo 8, una garantía de alimentación básica, dirigida
específicamente a niños y niñas beneficiarios de una beca o ayuda de comedor durante el curso escolar que se encuentren afectados por el cierre de centros educativos a causa de la emergencia sanitaria, a quienes se les reconoce el derecho a percibir
ayudas económicas o la prestación directa de distribución de alimentos, en los términos que se establezcan por las Comunidades Autónomas.


Desde Ciudadanos consideramos necesario continuar los esfuerzos que permitan articular un verdadero sistema de garantía alimentaria, como parte integral de un sistema más amplio de prevención de la pobreza y la exclusión y para la inclusión
social, integrado por todos los recursos, servicios y centros, públicos y privados, dirigidos a atender las necesidades básicas de alimentación de la población en situación de vulnerabilidad, con especial énfasis en la población infantil y juvenil.
Estas necesidades no conciernen únicamente a la de una alimentación suficiente, sino también saludable, entendida como aquella que es variada y equilibrada y con los nutrientes necesarios para un correcto desarrollo y una adecuada salud. Asimismo,
es importante que esta garantía se articule para evitar cualquier estigmatización.


Por todo ello, con la finalidad de dar respuesta a las situaciones de vulnerabilidad que ya existían y que se han visto agravadas por la pandemia de COVID-19, y como medida para complementar los esfuerzos que se vienen realizando desde los
gobiernos autonómicos y municipales en los que Ciudadanos está presente, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que de manera urgente impulse las medidas necesarias, incluidas las modificaciones normativas oportunas, para:


1. Desarrollar una Garantía Alimentaria que permita hacer efectivo el derecho básico de alimentación de todas las personas y familias en situación de vulnerabilidad, así como prevenir y corregir circunstancias de desnutrición y la
malnutrición, asegurando las mismas condiciones en todo el territorio nacional, de conformidad con los principios siguientes:


a) Serán beneficiarias de esta Garantía Alimentaria todas las personas en hogares que reúnan los requisitos que se determinen para ser considerados en situación de vulnerabilidad, prestándose especial atención a las necesidades básicas de
alimentación de la población infantil y juvenil y de las personas mayores o con discapacidad que estén en situación de dependencia o soledad crónica indeseada.


b) Esta Garantía Alimentaria se articularía mediante la concesión de ayudas económicas de carácter finalista o la prestación directa en especie de alimentos a las personas y familias que lo soliciten y reúnan las condiciones que determinen
su consideración en situación de vulnerabilidad, adoptándose, en la configuración de estas prestaciones, las medidas necesarias para evitar cualquier estigmatización de sus beneficiarios.


c) Las prestaciones que se establezcan en el marco de esta Garantía Alimentaria se diseñarán de modo que promuevan una alimentación saludable, variada y equilibrada, primando los productos frescos y de proximidad, y evitando aquellos
ultraprocesados, ricos en edulcorantes y sazonantes añadidos, grasas saturadas y grasas trans.


d) En el desarrollo de esta Garantía Alimentaria se integrarán, de forma coherente y coordinada, todos los recursos, medios, servicios y centros, públicos y privados, que tengan por objeto atender las necesidades básicas de alimentación de
la población, sin que ello implique alteración alguna de su titularidad.



Página 52





e) Corresponderá a las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Entidades Locales, adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva esta Garantía Alimentaria. A estos efectos, desde el Gobierno deberá procederse a la constitución de los
órganos de interlocución, deliberación, coordinación y cooperación institucional necesarios que permitan definir de criterios y directrices comunes en materia de planificación, ejecución y evaluación de las acciones, programas y prestaciones que se
desarrollen.


2. Estimular las donaciones de alimentos, con la finalidad de contribuir a la suficiencia de medios para la efectividad de esta Garantía Alimentaria, disponiendo a estos efectos:


a) La obligación de los operadores de la cadena alimentaria de adoptar las medidas necesarias para reducir los descartes de alimentos, así como de las empresas de distribución y cadenas de hostelería de donar a bancos de alimentos y
entidades sociales aquellos productos alimentarios descartables aptos para el consumo.


b) La garantía de la seguridad jurídica en las donaciones de alimentos, siguiendo el modelo de la 'ley del buen samaritano' prevista en el ordenamiento jurídico italiano.


c) La elaboración de planes de ayudas para las empresas que apliquen buenas prácticas en materia de aprovechamiento de alimentos y que participen de las iniciativas de colaboración público-privada que sean impulsadas por las administraciones
competentes en desarrollo de esta Garantía Alimentaria.


d) El incremento de los incentivos fiscales y no fiscales asociados a la donación de alimentos a bancos de alimentos y entidades sociales por los particulares.


3. Garantizar, en tanto persistan las medidas para hacer frente a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19, la puesta a disposición de los equipos de protección individual de los trabajadores y voluntarios que prestan servicios en
los bancos de alimentos y en otras entidades sociales que tienen por objeto garantizar el derecho básico de alimentación de la población, así como de las demás medidas higiénicas y de seguridad necesarias para garantizar la adecuada protección de la
salud de estos trabajadores y voluntarios, así como de todas las personas que sean usuarias de estos recursos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/000915


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo, D. Rubén Darío Vega Arias, D. Manuel Mariscal Zabala, D. Ángel López Maraver y D. Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley instando al Gobierno a tomar medidas de impulso al sector de la
panadería y pastelería, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El sector de la panadería tiene una gran importancia a nivel nacional. Según el último Informe económico 2018 de la Industria de Alimentación y Bebidas, se han contabilizado a lo largo de ese año 11.788 empresas, generando 8.678 millones de
euros y ocupando en España a 86.194 personas.


Sin embargo, la irrupción de la crisis sanitaria y económica ocasionada por el virus de Wuhan (China), ha perjudicado a muchos sectores, particularmente el que nos ocupa, el de la panadería y confitería.


Así, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su artículo 10, señala que no se suspende la apertura al público de
los 'establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas,



Página 53





productos y bienes de primera necesidad', estando, además, 'suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos'.


Sin embargo, son muchas las causas que preocupan al sector. La limitación de la libertad de circulación de las personas ha repercutido negativamente en aquellas panaderías situadas en pueblos que albergan segundas residencias y las ubicadas
en zonas turísticas. También se resienten, y mucho, aquellas ubicadas en lugares estratégicos como la universidad, el centro cultural, etc. El cierre de restaurantes, hoteles, cafeterías, empresas de catering, escuelas, entre otros, ha suprimido
una vía de ingresos importante en la facturación de las panaderías. Unido a la restricción de libertad deambulatoria, el miedo a pasar mucho tiempo en la calle también ha llevado a que las compras en la panadería se sustituyeran en gran medida por
la compra en el supermercado, a la par que se incrementó el número de personas que durante el confinamiento se decantaron por el pan casero, vaciando estanterías de harina y levadura en las superficies de alimentación, cuya demanda se ha disparado
un 196 % en la segunda semana de confinamiento.


También han sido muchas las festividades que se han suspendido y que han producido un gran impacto en el sector: Día del Padre, Semana Santa, Día de la Madre, festividades regionales, bodas, bautizos, comuniones, entre otras.


Esta situación ha producido pérdidas de facturación que varían en función del modelo de negocio, llegando hasta el 80 %, según datos de la Confederación Española de Panadería, Bollería y Afines (CEOPPAN).


La adopción de medidas para garantizar la liquidez del sector se torna imprescindible para que este no colapse.


No hay que olvidar que el sector viene sufriendo pérdida de rentabilidad debido al encarecimiento de la factura eléctrica o el precio de los suministros. Sin embargo, el precio de la barra de pan, al igual que el del café, es un precio
habitual, y repercutir las variaciones de los suministros en él no genera aceptación entre los consumidores.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Facilitar, mediante préstamos a bajos tipos de interés, a los sectores del comercio, hostelería y la restauración, incluidas panaderías y confiterías, la adquisición de elementos de protección sanitaria en sus establecimientos, mamparas
y equipos de protección individual (EPIs).


2. Articular a través de las entidades financieras un paquete de asistencia financiera a pymes y autónomos con préstamos a tipo cero, sin gastos de apertura ni de estudio, ni de cualquier otra naturaleza, con el objetivo de paliar la crisis
producida por el SARS-CoV-2 (COVID-19). Dichos préstamos tendrán un periodo de carencia de al menos seis meses. Se trata de un recurso imprescindible para que muchos negocios no colapsen.


3. Incentivar las inversiones (maquinaria, tecnologías, aplicaciones, vehículos de bajas emisiones para el reparto, entre otras) e impulsar dicha inversión con políticas fiscales que las estimulen, entre ellas, la libertad de amortización
de bienes. Simplificar la obtención de dicha financiación.


4. Velar por el mantenimiento del empleo entre autónomos y empresas, así como la reincorporación de trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).


5. Incentivar la contratación en el comercio, hostelería y restauración mediante deducciones por incremento de plantilla, para evitar que destruyan masivamente empleo o cierren, en último término. Incentivar el empleo mediante una exención
a la cotización para los tres primeros meses, con una tarifa plana en coste de seguridad social posterior de 100 euros durante un año.


6. Fomentar, facilitar e impulsar, en coordinación con las Comunidades Autónomas, la distribución a domicilio, tanto para el consumidor como para el comercio, hostelería y restauración.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Rubén Darío Vega Arias, Manuel Mariscal Zabala, Ángel López Maraver y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.



Página 54





161/000918


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo, D. Rubén Darío Vega Arias, D. Manuel Mariscal Zabala, D. Ángel López Maraver y D. Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a promocionar y fomentar la imagen del sector primario y
defender la labor de este sector, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Primero. El sector primario es uno de los sectores estratégicos de la producción nacional española. En datos, España es el país con mayor proporción de PIB agrario de la Unión Europea. La agricultura, la ganadería y la pesca desarrollan
un papel fundamental en la economía de nuestro país y es una de nuestras principales fuentes de riqueza pero además, la contribución de estos sectores no es solo económica, sino también social, ya que son actividades de fuerte presencia y arraigo
que pone de relieve su importancia para toda la sociedad española.


Segundo. Sin embargo, aunque la labor de este sector es esencial, el sector primario español tiene que hacer frente a una serie de problemas como son la lucha contra las plagas, los problemas de suministro de agua, los conflictos pesqueros
con otros países, las trabas de determinados Estados hacia este comercio (los aranceles de Estados Unidos o el veto ruso) o la actual situación de crisis generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), originado en Wuhan (China). Además, el sector
primario tiene hacer frente a los diversos ataques que se producen contra él y que continuamente dañan su imagen.


Los ataques a la imagen que recibe el sector primario no son nuevos. Desde hace años se viene asociando a la agricultura, por ejemplo, con la esclavitud y con ciertos conceptos erróneos de explotación y abuso más propios de la época
faraónica que del campo español en el siglo XXI. Quienes hacen tales comentarios, o desconocen por completo este sector o solo quieren dañar su imagen.


Tercero. Hace unas semanas, el Ministerio de Trabajo publicó una instrucción interna en la que animaba a los inspectores de trabajo a perseguir supuestas condiciones de esclavitud laboral o prácticas similares, así como supuestos malos
tratos en el sector agrario español. Lo que pudo ser un recordatorio de perseguir malas prácticas y velar por el cumplimiento de la legalidad, se convirtió en una acción que estigmatizaba y extrapolaba una imagen errónea del sector.


Ilegalidades se cometen, pero son puntuales, mínimas y no suponen en absoluto la normalidad de este sector. Generalizar este tipo de conductas solo pone en peligro la viabilidad de un sector que es fundamental para la economía española y
que es el sustento de miles de familia que de él dependen.


Cuarto. Este tipo de ataques también ha venido por parte de países extranjeros como el Reino Unido. A finales de abril, la BBC (cadena pública británica) emitió un documental que establecía este tipo de vinculaciones y que desprestigiaba
al sector agrario español. Se une así a la larga lista de intentos de países extranjeros de dañar la imagen de nuestro sector primario y del campo español.


Lejos de combatir estas falsedades, algunos políticos como Teresa Rodríguez-Rubio Vázquez, líder de Podemos-Andalucía, compartió dicho reportaje de la BBC en su cuenta de Twitter y relacionó la agricultura española con la explotación
laboral. Además, a mayor abundamiento, días después la señora Rodríguez-Rubio Vázquez también compartió en su perfil de Twitter una serie de tuits que defendían una supuesta explotación contra temporeros de la fresa de Huelva, adjuntando como
prueba un enlace a un blog que resultó ser falso.


Quinto. Sin embargo, este tipo de ataques no son nuevos, ya que el campo español viene padeciendo una suerte de persecución histórica desde hace años. Con motivo de la entrada de España a las Comunidades Europeas, diversos países miembros
de la Unión iniciaron una campaña de desprestigio de los productos españoles poniendo en duda su calidad. Ataques que hoy continúan pese a que es sabido y notable que España cumple con los más estrictos requisitos de calidad y fitosanitarios.


Además, a estos ataques se le une también el desprestigio de determinas organizaciones internacionales. Por ejemplo, el año pasado la Organización de las Naciones Unidas publicó su Informe IPCC sobre cambio climático y uso de la Tierra y su
Informe para al sector ganadero en los que apuntaba al sector agrario como causante del cambio climático. Sin embargo, este sector solo produce el 8 % de las emisiones de gases de efecto invernadero frente al 63 % del transporte, energía e
industria.



Página 55





Lo mismo ocurrió en España con declaraciones de la Vicepresidenta cuarta y Ministra de Transición Ecológica y Reto Democrático, Teresa Ribera Rodríguez, que utilizó las conclusiones de dicho informe para cargar contra el sector ganadero
cuando, según los datos, este no llega ni al 7 % de las emisiones en toda la Unión Europea.


Sexto. Si observamos los datos, el sector primario cumple una labor fundamental en la ordenación y conservación del territorio y en la prevención de incendios forestales, por lo que realiza una misión insustituible. Un sector que es
reconocido por sus esfuerzos en materia de investigación y de innovación, así como en sostenibilidad social y ambiental.


El sector primario también contribuye en materia económica. Aparte de los datos ofrecidos al principio, este sector ha sido capaz de generar empleo de calidad. En España, aproximadamente el 80 % de las explotaciones son familiares y el
trabajo familiar supone casi el 60 % del empleo agrario. Es más, durante los períodos de recesión, puesto de manifiesto durante la última crisis económica de 2008, el sector primario sirve de colchón para numerosos trabajadores. Y hoy, nuevamente,
está siendo fundamental para combatir la grave crisis sanitaria y económica que enfrenta España. Este sector fue clave en el 2008 y lo será ahora para afrontar la recuperación de esta crisis.


Además, se trata de un sector que cumple rigurosamente con todos los estándares laborales, de calidad y sanitarios que la legislación española y europea impone y que, incluso, repercute en una pérdida de rentabilidad de sus productos frente
a los que provienen de países terceros con requisitos mucho más permisivos.


Séptimo. Por tanto, solo cabe reconocer y defender a este sector por su importante labor frente a los comentarios, publicaciones y ataques que lo único que buscan es lastrar y denostar la imagen de este sector productivo. Un daño que
conlleva la pérdida de confianza en el sector primario español en los mercados nacionales e internacionales, que solo sirve para hacer demagogia y ruido mediático, y criminalizar de forma general a un pilar básico de la balanza comercial de España.


Así pues, los poderes públicos deben velar por el cumplimiento de la ley y perseguir este tipo de conductas excepcionales, pero también deben mostrar su lealtad y compromiso con el sector primario español y no dar pábulo, en ningún momento,
a este tipo de falsedades y comentarios que solo lastran su imagen.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a lo siguiente:


1. Defender al sector primario español frente a todos los ataques, independientemente de su procedencia, tanto a nivel nacional como internacional.


2. Desarrollar un Plan Nacional de fomento del sector primario español para impulsar la credibilidad de este sector y de sus productos, mejorando la imagen dañada.


3. Fomentar la Marca España de los productos del sector primario español y establecer programas que contribuyan a su promoción en el extranjero.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Rubén Darío Vega Arias, Manuel Mariscal Zabala, Ángel López Maraver y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/000897


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de la Diputada de Junts per Catalunya Laura Borras i Castanyer, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión de
Transición Ecológica y Reto Demográfico, una Proposición no de Ley para prorrogar un año las concesiones de explotación de los servicios de temporada en las playas.



Página 56





Exposición de motivos


Todas las instituciones (el FMI, el Banco de España...) estiman que el impacto económico que está generando y generará la lucha contra el COVID-19 no tiene precedentes desde por lo menos hace 80 años. Casi toda la actividad productiva ha
tenido que parar y la que no lo ha hecho, a excepción de los servicios esenciales, ha reducido notablemente su actividad. Por otra parte, las medidas de protección adoptadas condicionaran la reactivación de muchas de las actividades.


Uno de los sectores más afectados a corto plazo es el turístico, la temporada 2020 será muy complicada para todo el sector. En este contexto, una de las actividades turísticas y de ocio particularmente afectadas será aquella que depende de
las instalaciones temporales destinadas a prestar servicios de temporada en las playas. La tipología de servicios es más grande de lo que parece a primera vista, además de los icónicos chiringuitos, hay restaurantes; escuelas de una gran variedad
de deportes náuticos (cayac, patines, esquí náutico, paracraf, windsurf, speed board, motonáutica, flyboard...); alquiler de parasoles y hamacas, de cayacs, de patines [...]; venta de boletos de cruceros, de catamaranes turísticos [...] entre
otros.


Las perspectivas no son nada halagüeñas. De entrada no se sabe si estos servicios se podrán prestar en los meses de verano. En caso de poderlo hacer, la demanda disminuirá de forma muy considerable por varios motivos. De un lado, debido a
las restricciones de distancia entre las personas que habrá en las playas, de otro, por la menor renta disponible de quienes hayan pasado a engrosar el paro o se encuentren en un ERTE, o de la drástica caída en el número de turistas extranjeros como
consecuencia de la cuarentena impuesta o de los temores a viajar que puedan haber.


En este contexto se plantean dos propuestas. La primera, bonificar las tasas de ocupación de dominio público y, la segunda, prorrogar de oficio, por parte de la administración del Estado, las concesiones otorgadas para la explotación de
servicios en las playas para la temporada 2020 a la temporada 2021.


Por ello, los Diputados de Junts per Catalunya presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a.


1. Aprobar, en el plazo más breve posible, la bonificación de las tasas de ocupación de dominio público.


2. Prorrogar, para la temporada 2021, las concesiones de explotación de los servicios de temporada en las playas otorgados para la temporada 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2020.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/000910


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego, Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para introducir aspectos de justicia social y transición justa en los futuros mecanismos de subastas específicas de renovables para los territorios afectados por cierres de centrales térmicas, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


El denominado Marco Estratégico de Energía y Clima define, según el Ministerio de Transición Ecológica, los instrumentos para cumplir con las obligaciones referidas al cambio climático; en él se integran la Ley de Cambio Climático y
Transición Energética, cuyo proyecto de ley ha sido recientemente aprobado en el Consejo de Ministros, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que, según el Ministerio, define los objetivos de reducción de los gases de
efecto invernadero, la penetración de las energías renovables, y los de eficiencia energética; y la Estrategia de Transición Justa,



Página 57





que, según el Ministerio, recoge las medidas de impulso a la transición ecológica, medidas que deberán concretarse en los denominados Convenios de Transición Justa, planes de acción territorial integral con un conjunto de proyectos y
actuaciones a apoyar para mantener el empleo y evitar la despoblación; dentro de la mencionada estrategia se incorpora un Plan de Acción Urgente para comarcas del carbón y centrales en cierre 2019-2021, para, según el documento, dar respuesta ágil
a los desafíos más apremiantes y acuciantes con poco margen para un trabajo de anticipación. Tanto en los Convenios como en el Plan se contempla entre sus medidas, 'herramientas de política energética para la implantación de iniciativas
empresariales de carácter energético en la zona, pudiendo utilizarse la celebración de subastas específicas de renovables para estos territorios'.


Con idéntica literalidad se encuentre el mencionado parágrafo en la página 9 del denominado Acuerdo por una Transición Energética Justa para Centrales Térmicas en Cierre: el Empleo, la Industria y los Territorios, conocido como Acuerdo
Tripartito, alianza centralista y excluyente -una vez más y como es habitual- de la representación sindical mayoritaria de Galiza, firmado y publicitado en plena crisis sanitaria por la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez, por la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez, el Consejero Delegado de Endesa, y los Secretarios Generales de CCOO Industria y UGT FICA.


El BNG siempre ha defendido y defiende que la energía debe ser entendida como un bien público y que la política energética debe desenvolverse en base a tal consideración, superando la concepción actual de mera mercancía, legalizada por los
sucesivos gobiernos centrales de PP y PSOE. En coherencia con lo anterior, para el BNG el suministro de energía debe tener la concepción de servicio público y su acceso debe ser un derecho garantizado para todas las personas por encima de los
intereses económicos del oligopolio eléctrico, todo lo contrario al funcionamiento pretérito y presente del sistema, que favorece un precio final de la energía eléctrica imposible de soportar, tanto para el ámbito doméstico como para el económico y
productivo.


Así, en 2008, con la responsabilidad del área de la Consellaría de Innovación e Industria de la Xunta de Galiza, el BNG promovió un concurso para la adjudicación de potencia eólica, en cuyas bases se pretendía -en coherencia con lo enunciado
con anterioridad y como su óptima concreción- que el citado recurso actuara como un vector de crecimiento económico en sentido amplio, sobre todo en los territorios de implantación, y supusiera progreso social, pero no únicamente para los promotores
de los proyectos sino para el conjunto de la ciudadanía gallega, estrechando el vínculo entre energía y sociedad. Así, bajo tales supuestos, se contemplaba la incorporación de las tecnologías más apropiadas para asegurar la correcta integración en
el sistema eléctrico, la participación del sector público en el capital de los promotores de nuevos parques -como garantía de que la sociedad gallega en su conjunto se beneficiara de manera directa de los rendimientos generados por las
instalaciones-, y un procedimiento transparente basado en la concurrencia de proyectos junto con unos mecanismos que evitaran la concentración en un reducido número de promotores, posibilitando una mayor participación con capacidad técnica y
económica suficientemente acreditada. La norma que regulaba el procedimiento, el Decreto 242/2007, establecía las condiciones técnicas, ambientales, socio-económicas y de eficiencia energética que se deberían respetar, y los criterios de interés
social que serían empleados para la selección de los anteproyectos de parques eólicos, introduciendo el concepto de 'Proyecto de Desarrollo Económico' o conjunto de actuaciones empresariales y tecnológicas del solicitante en Galiza -importe,
programa de ejecución, indicadores de seguimiento, etc.-, en cualquier sector, promovidas por el solicitante, si bien la ejecución podría ser asumida por los socios directos o por terceros, siempre que se acreditara fidedignamente una vinculación
directa o indirecta con la materialización del proyecto; también se contemplaban proyectos o iniciativas de contenido ambiental o de infraestructuras básicas en el ayuntamiento o ayuntamientos afectados o en sus comarcas, y, con carácter
voluntario, y a los efectos de valoración del anteproyecto, propuesta de compromisos adicionales como:


- Participación pública en el capital social del proyecto a través de entes de derecho público que tuvieran como objeto social o función la implantación de sistemas de producción de energía y que pudieran constituir o participar en
sociedades, cualquiera que fuere su forma, con un objeto que se relacionara con sus fines;


- instrumentos financieros que canalizaran el ahorro de particulares, particularmente de aquellos que afectados por los proyectos, hacia las inversiones vinculadas a los proyectos propuestos;


- determinación del modo de implicación de los propietarios de los terrenos donde se implantara el parque a través de fórmulas que vincularan la producción de la instalación eólica con las rentas derivadas



Página 58





de las fórmulas de traslación o cesión de uso o aprovechamiento, tales como arrendamientos, censos o superficie, entre otras, en el caso de que el promotor optara por esta forma de disposición de las parcelas que precisara.


Otra de las singularidades incorporada fue la referida a la acreditación de la capacidad legal, técnica y económica de los solicitantes, concretada como se indica a continuación:


- La promotora debería tener personalidad física o jurídica propia, excluyéndose las uniones temporales de empresas;


- haber ejercido la actividad de producción de energía eléctrica durante, al menos, los últimos tres años, o contar con un socio que participara en el capital social con un porcentaje igual o superior al 25 % y que pudiera acreditar su
experiencia durante los últimos tres años en la actividad de producción de energía eléctrica, o tener subscrito un contrato de asistencia técnica por un período de tres años con una empresa que acreditar experiencia en la actividad de producción de
energía eléctrica;


- poseer fondos propios que supusieran como mínimo el 20 % de la inversión necesaria para la realización del proyecto o proyectos.


En diciembre de 2008 se resolvía la admisión a trámite de un total de 78 proyectos de parques eólicos de 29 promotores, con los siguientes resultados destacados:


- Una inversión prevista en el desarrollo de los parques de 2.744 millones de euros, y unos 3.100 puestos de trabajo en su construcción;


- una participación pública del 14,22 % del total (326MW), a través del Instituto Enerxético de Galicia (INEGA), de los que el 40 % repercutiría directamente en los ayuntamientos afectados, y un 10 % en las comunidades de propietarios de los
terrenos;


- un porcentaje de participación pública sobre la facturación bruta anual en la práctica totalidad de los proyectos de entre el 1 % y el 3 %, equivalente a una estimación de 15,6 millones de euros anuales para los propietarios;


- 1.357 millones de euros en la inversión de los proyectos de desarrollo o planes industriales asociados, con 8.000 puestos de trabajo en sectores como agricultura, , cerámica, cooperativismo, desarrollo rural, energético (biogás, biomasa,
eólica, fotovoltaica, hidroeléctrica), formación, madera, patrimonio cultural, residuos, software, telecomunicaciones, transformación de granito, transporte, turismo, VFU, vidrio,[...]


La entrada del PP en el gobierno de la Xunta propició la anulación del concurso eólico cuatro meses después de acceder a la presidencia Feijóo, como una de sus primeras medidas, adoptada en pleno mes de agosto, alegando que adolecía de
'tachas graves de legalidad' y, por la participación del sector público en la producción energética que, según el PP, violaba los principios de libre empresa recogidos en la Constitución. Los jueces, sin embargo, no opinaron lo mismo. El Tribunal
Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), primero, y el Tribunal Supremo, después, declararon ilegal la anulación del concurso.


El BNG entiende necesario y obligatorio introducir aspectos como los descritos con anterioridad, desde el punto de vista de justicia social y transición justa, en los futuros mecanismos de subastas específicas de renovables para los
territorios afectados por cierres de centrales térmicas, cuando menos en los situados en Galiza, tomando como referencia el proceso llevado a cabo por la entonces Consellaría de Innovación e Industria de la Xunta en 2008, dirigida por el BNG.


Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incluir en las disposiciones que regulen los procedimientos de las convocatorias específicas de concurrencia competitiva para la asignación de potencia instalada, energía eléctrica, o combinación de ambas, para nuevas instalaciones de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables que se implanten, en su totalidad, en los municipios afectados por el cierre de centrales térmicas en Galiza, además de los requisitos técnicos y económicos, criterios
medioambientales y sociales



Página 59





teniendo como referencia el Decreto 242/2007 de la Consellaría de Innovación e Industria de la Xunta, y que ponderen, con mayor intensidad:


- Los proyectos de desarrollo económicos o planes industriales asociados propuestos para su implantación en los citados municipios, según criterios similares a los fijados en el Decreto 242/2007 de referencia;


- los compromisos adicionales de participación pública en el capital social del proyecto, según las fórmulas establecidas en la disposición propuesta de referencia.


2. Elaborar un calendario de subastas específicas de renovables para los territorios afectados por el cierre de centrales térmicas en Galiza para los próximos dos años.


3. Presentar los borradores de los textos relacionados en los puntos 1 y 2 en la siguiente reunión de la Mesa de Transición Justa de As Pontes para su análisis, conformidad, y, de ser el caso, modificación consensuada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/000922


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para avanzar en una Gestión Forestal Inteligente, en
el marco del Pacto Verde Europeo y las nuevas líneas de financiación sostenible, que mejore la calidad de las masas de bosques de nuestro país y sea palanca para reactivar la economía y salir de la crisis económica post COVID19, para su debate en la
Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Antes de declararse la pandemia del COVID 19, Europa diseñaba su futuro en torno a un gran Pacto Verde, un plan para dotar a la UE de una economía sostenible y climáticamente neutra en 2050.


El Pacto Verde Europeo, publicado el 11 de diciembre de 2019, trazaba la hoja de ruta de la nueva presidenta de la Comisión Europea, y lo convertía en la prioridad de su mandato. El objetivo marcado es generar un escenario de futuro verde
que proporcione respuesta a los desafíos del clima y medioambientales. En palabras de la Presidenta de la Comisión Europea,'el Pacto Verde es nuestra nueva estrategia de crecimiento, un crecimiento que aporta más de lo que consume [...] todos
podemos participaren la transición y todos podemos aprovechar las oportunidades que brinda', impulsando la economía, mejorando la salud y la calidad de vida de los ciudadanos, protegiendo la naturaleza, y no dejando a nadie atrás. Se trata, además,
de ser los primeros del mundo en dar este paso, y contribuir así a que nuestra economía sea líder mundial. Europa ya tiene un plan, el Pacto Verde Europeo, que se presenta como palanca para reactivar la economía y salir de la crisis.


La economía verde, circular, neutra en carbono, que reduzca la utilización de recursos naturales constituyen nuestro futuro más inmediato como sociedad, nos permite afrontar la lucha contra el Cambio Climático y exige la adaptación de
nuestro sistema productivo y aprovechar nuestro conocimiento tecnológico y la digitalización para avanzar hacia un modelo más inteligente en el futuro.


En este nuevo contexto las administraciones públicas juegan un papel fundamental. Hay que avanzar hacia una mejor gobernanza, más comprometida con los cambios que se plantean, incorporando mecanismos de colaboración público-privada,
favoreciendo la puesta en marcha de la Compra Verde Innovadora, incorporando estímulos fiscales o poniendo en marcha en el ámbito local de la gestión, ordenanzas de Mecenazgo Verde que incorporen a la sociedad en su conjunto en el cuidado,
protección y preservación del territorio.


En esta nueva realidad, hay varios sectores que pueden y deben jugar un papel importante. Los bosques y la actividad forestal están marcados como uno de ellos, en una triple vertiente ambiental, económica y social; conservación de la
biodiversidad, lucha contra el cambio climático, mantenimiento de



Página 60





los servicios ecosistémicos, como recurso para un crecimiento económico sostenible y la bioeconomía circular que permite la creación de nuevos empleos y fija población en el territorio.


Del mismo modo es imprescindible luchar contra la desertificación, e integrar la gestión forestal en la planificación hidrológica y en la gestión de los recursos hídricos, prestando especial atención al fomento de la diversidad forestal y la
conservación de recursos genéticos forestales. El cambio en las condiciones climáticas nos exige un mayor nivel de compromiso y anticipación para mitigar las catástrofes que generan cada año los incendios forestales.


Las áreas forestales españolas suponen más de 27,5 millones de hectáreas, el 54,35 % de la superficie de nuestro país. Este porcentaje es muy superior al de la mayoría de los países europeos y de nuestro entorno, con la excepción de Suecia
y de Rusia, tenemos casi el doble de superficie forestal de Francia y cerca del triple que Alemania.


Aproximadamente un tercio de la superficie forestal española es de titularidad pública, mayoritariamente de los ayuntamientos, y el resto, cerca del 70 %, privada.


Según datos del informe 'Estructura Económica del sector Forestal en España', los propietarios forestales superaran el millón de personas y el volumen de facturación final del sector forestal se aproxima a 20.000 millones de euros (2016),
con 130.000 empleados en la industria de primera y segunda transformación y con más 80.000 empleos en los montes. La madera y productos maderables (Madera de sierra; Tableros y chapa; pasta y papel; y biomasa forestal) constituye el sector
principal en términos económicos y de empleo, pero también hay otros productos no maderables (corcho, resinas, frutos, pastos,...) que tienen importancia local o regional.


Se hace pues, necesario el impulso de un sector clave para nuestra economía, que ha de ser inteligente, circular, responsable, innovador, y que nos permita alinear las políticas públicas forestales de nuestro país, con el New Green Deal y
los objetivos del Clima.


Durante el Gobierno del Partido Popular, se modificó la ley de montes para favorecer la gestión forestal sostenible y se llevó a cabo todo un plan para la activación socioeconómica del sector forestal. La segunda parte de este Plan de
Actuación Forestal, negociado y acordado con el sector, que hubiera contribuido muy positivamente a la consolidación del sector, en la línea que ahora propone la UE, iba a ser presentado en 2018 pero la moción de censura y el gobierno de Sánchez
hizo que desapareciera. El cambio de adscripción de la competencia del Estado en materia forestal tampoco ayuda a aclarar cuál es el futuro del sector.


Aunque las primeras estrategias presentadas no han sido bien acogidas favorablemente por todo los implicados, Europa ha marcado el camino que debemos recorrer las próximas décadas. España debe ir por delante, e impulsar nuestro sector
forestal, con una estrategia clara y medidas que nos permitan avanzar hacia una economía verde más inteligente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implantar una Estrategia de Gestión Forestal Sostenible Española y recuperar el Plan de Actuación Forestal con el objetivo de contribuir a la generación de empleo, simplificando trámites administrativos para facilitar la actividad
forestal, reconociendo la importancia estratégica de los bosques para la cohesión territorial, el desarrollo rural sostenible y como freno a la despoblación, que se integre en la agenda verde nacional para reactivar la economía.


2. Incorporar en el Plan Estratégico Nacional de la PAC incentivos a los gestores forestales para que preserven, planten y gestionen los bosques de forma sostenible.


3. Identificación de la inversión y gestión forestal como un instrumento central en la Estrategia de lucha contra la despoblación, para revertir la despoblación y potenciar la Ingeniería verde, el uso de los bosques y su gestión como
herramienta para la prevención de desastres.


4. Incentivar la ordenación forestal de los montes y la gestión forestal sostenible, con una fiscalidad favorable que promueva la inversión forestal, así como compensarlas externalidades positivas que realizan a la sociedad, mediante la
creación de un Fondo Forestal Nacional.


5. Fomentar la colaboración público-privada, con el fin de estimular e impulsar la recuperación económica y social, a través de la creación de nuevos empleos en el ámbito forestal.



Página 61





6. Establecer medidas en apoyo de las cadenas de valor, como la compra verde innovadora de las administraciones públicas de madera y sus productos procedentes de la tala legal y bosques gestionados de manera sostenible, que mejore la
calidad de nuestros bosques, no conlleven deforestación y crear un entorno favorable para el desarrollo de la industrialización del sector forestal, como recursos endógenos, e identificar al sector forestal como un pilar del desarrollo de la
Bioeconomía.


7. Informar periódicamente al sector forestal estableciendo y dinamizando los organismos de coordinación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-Guillermo Mariscal Anaya, César Sánchez Pérez, Paloma Gázquez Collado y Diego Gago Bugarín, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


161/000925


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 124 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el servicio de interrumpibilidad con autoconsumo sin excedentes, para su debate
en la Comisión de Transición Ecológica y Retro Demográfico.


Exposición de motivos


El cambio climático y el aumento del estrés hídrico que se augura en países como España hace necesario ahorrar, reutilizar y buscar fuentes alternativas de agua. En nuestro país se desala agua del mar desde los años 60, cuando en el
archipiélago canario confluyeron la presión turística y la necesidad de prestar servicios de calidad a una sociedad en desarrollo. La escasez de agua y la necesidad de reducir los combustibles fósiles como fuente de energía para evitar la emisión
de gases de efecto invernadero coinciden en el tiempo y hacen necesario tomar medidas que impulsen el uso de energías renovables.


Todos los expertos ambientales coinciden hoy que para la implantación de la desalación como un recurso hídrico viable y sostenible es preciso el abastecimiento de las plantas con fuentes de energía renovable y al menor coste posible. A
fecha de hoy, operan en España más de 800 plantas desaladoras, que producen alrededor de cinco millones de m3/día de agua desalada para consumo humano, abastecimiento, uso agrario e industrial, lo que da la medida de la importancia de esta
tecnología. Al mismo tiempo, los datos revelan que el consumo energético es el mayor coste que implica la desalación de agua de mar y llega a representar más de un 50 %-60 % de los costes de producción, por lo que cualquier medida que permita su
reducción redundará en unos menores costes del agua desalada.


Es cierto que los avances tecnológicos que ha vivido el sector de la desalación en las últimas décadas han permitido mejorar la eficiencia energética de este proceso, reduciendo drásticamente el consumo energético de sus plantas, en torno a
un 40 %. Ahora, el siguiente paso es la sustitución de las fuentes de energía convencionales por otras de naturaleza renovable, con el fin de reducir las emisiones de gases invernadero a la atmósfera y luchar contra el Cambio Climático.


La utilización de fuentes energéticas limpias para la producción y distribución de agua es una realidad que debe ir implementándose en nuestro país con celeridad de forma que se pueda producir agua desalada sin huella de carbono asociada y a
un precio cada vez más competitivo.


Por tanto, los parques eólicos asociados a desaladoras son un ejemplo para conseguir este objetivo (y así está recogido en el plan de desarrollo de energías renovables del Cabildo Insular de Lanzarote). De esta manera el Real Decreto-ley
15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, exime a las instalaciones de autoconsumo sin excedentes de los permisos de acceso y conexión de las instalaciones de generación.


En contextos insulares la actividad de las plantas desaladoras es un servicio imprescindible para la población y para el sector turístico que mantiene sus economías por lo que son unos grandes consumidores de energía. Además, las
características de los sistemas eléctricos (aislados e interconectados) hacen necesaria la implantación del servicio de interrumpibilidad que ejerce Red Eléctrica España, una herramienta de gestión de la demanda que ofrece una respuesta rápida y
eficiente a las necesidades del sistema eléctrico. La interrumpibilidad se activa en respuesta a una orden de reducción de potencia dada



Página 62





por Red Eléctrica a los grandes consumidores que sean proveedores de este servicio, principalmente, la gran industria, lo que permitiría, en casos de elevada exigencia energética, distribuir los flujos y minimizar su impacto. La Orden
ETU/1282/2017 recoge que durante una orden de reducción de potencia, la instalación de generación asociada -parque eólico en nuestro caso- debe mantener su producción de acuerdo a su programa de funcionamiento y verter a red.


Llegados a este punto se produce una incongruencia legislativa ya que por una parte el Artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre no permite en ningún momento al autoconsumo sin excedentes realizar vertidos a red y la orden
ETU/128/2017 recoge que durante una orden de interrumpibilidad la instalación de generación asociada debe mantener su producción y verter a red. Debido a ello durante una orden de reducción de potencia la desaladora no puede satisfacer el servicio
de interrumpibilidad ya que la legislación no permite a su generación asociada verter a red. En conclusión con la normativa actual, es incompatible el servicio de interrumpilidad con el autoconsumo sin excedentes.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las modificaciones necesarias para solventar la incompatibilidad normativa que impide que las instalaciones de generación energética asociadas a grandes consumidores energéticos
puedan verter a red sin permisos de acceso y conexión para satisfacer la orden de interrumpibilidad contratada con Red Eléctrica España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-Ariagona González Pérez, Diputada.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Cultura y Deporte


161/000896


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. José Ramírez del Río, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Francisco José Contreras Peláez y D. Pedro Requejo Novoa, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la creación de un plan nacional cultural post COVID-19, para su debate ante la
Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente debido a la pandernia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario.


Debido a esta pandernia, el pasado 14 de marzo de 2020, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la
COVID-19.


Desde ese momento, los centros culturales, tanto públicos como privados, han estado cerrados al público. El coronavirus obligó al cierre de cines, teatros, óperas y conciertos; así como a la clausura de exposiciones y museos, por lo que la
actividad cultural ha estado completamente parada.


Segundo. El pasado 6 de mayo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto
económico y social del COVID-2019.


Este Real Decreto-ley recoge un conjunto de medidas destinadas a apoyar al sector cultural para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19, y supone una inversión presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte de 76,4 millones
de euros, sin tener en cuenta el impacto de las medidas de carácter fiscal, como los incentivos al mecenazgo o la mejora del régimen de incentivos a la producción audiovisual en el impuesto de sociedades.



Página 63





Entre las medidas que regula el Real Decreto-ley se habilita un acceso extraordinario a la prestación por desempleo para los trabajadores de la Cultura, que por su intermitencia no habían quedado amparados por los mecanismos de cobertura
establecidos hasta la fecha. De este modo, por ejemplo, los artistas podrán acceder de manera extraordinaria a la prestación de desempleo por un plazo de hasta 180 días, según el periodo de ocupación cotizada en el año anterior, reconociendo así la
intermitencia laboral y la especial vulnerabilidad de los trabajadores del sector cultural. Esta medida afecta al 45 % de los contratos de trabajo del subsector artístico, que son por obra o servicio, es decir, de carácter intermitente.


Las restricciones a la movilidad y a la concentración de personas no solo han afectado a la realización de actividades culturales, sino también a la celebración de ferias y fiestas populares en todo el país. Muchas de estas celebraciones
tienen entre sus actos el desarrollo de una o varias actividades vinculadas con el mundo del toro, por lo que la suspensión o cancelación de estos eventos supone un claro perjuicio al sector de la tauromaquia.


Todas las actividades vinculadas a la tauromaquia tienen un gran impacto e incidencia en otros sectores. En efecto, la tauromaquia crea puestos de trabajo, directos e indirectos; tiene un gran impacto positivo en el turismo, es fuente de
protección del medio ambiente y conservador de las tradiciones y de la cultura española.


Otro de los sectores culturales más afectados es el circense. 'A pesar de que la Unión Europea sí ha reconocido el circo como hecho cultural, en España se sigue sin considerar así', explicaba recientemente don Ricardo Beléndez, director del
Teatro Circo de Albacete. Las reivindicaciones de las empresas circenses llevan años sin ser atendidas por el Ministerio y ahora, ante la mayor crisis para este sector desde la Guerra Civil, desde el Grupo Parlamentario VOX creemos que es el
momento de reconocerlas.


Entre las medidas que consideramos claramente discriminatorias de este Real Decreto-ley, destacan:


- En el artículo 1, se crea una subvención directa a la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR de 20 millones de euros para el fondo de provisiones técnicas (16.250.000 €) y para el coste de la comisión de apertura de avales
(3.750.000 €). Entre los subsectores a los que irán dirigidas estas ayudas nos encontramos: la cinematografía, las artes audiovisuales, la música, el sector del libro; olvidándose, entre otras, de la tauromaquia.


- En el artículo 6, se reducen los requisitos relativos al estreno del largometraje, cuando dicho estreno se realice en el año 2020, reduciendo de esta manera el número de salas de estreno necesarias para acceder a las ayudas. Se reducen un
50 % las exigencias en materia de estrenos que fija la Ley 55/2007 de financiación del Cine.


- El artículo 8 regula que las empresas beneficiarias en el año 2019 de las ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto recibirán, previa solicitud, el 50 % de la ayuda otorgada sin necesidad de haber comunicado el
Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, o al organismo autonómico competente, el inicio del rodaje del largometraje.


- En el artículo 11 se provisionan 13.252.000 euros directos a las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica para sufragar los gastos realizados por las salas de exhibición cinematográfica en el año 2020
derivados de la crisis del COVID-19 (gastos incidentales generados como consecuencia de las medidas sanitarias adoptadas, campañas orientadas a la reapertura y vuelta del público a los cines, entre otras). Estas ayudas no están reconocidas para
ningún otro sector ni tampoco para los teatros y salas de exposición.


- En la disposición final primera, modifican la Ley 27/2014 del impuesto de sociedades. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 36 de la citada Ley, con efectos desde el 1 de enero de 2020, aumentando las deducciones fiscales a
empresas que inviertan en producciones españolas de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental. Aumentan las deducciones del 25 al 30 % respecto del primer millón de base de la
deducción y del 20 al 25 % sobre el exceso de dicho importe. Además, amplían el importe máximo de deducción por proyecto, que se encontraba en 3 millones y ahora estará en 10.


El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas, no podrá superar el 50 % del coste de producción. No obstante, dicho límite se elevará hasta, e:


- El 80 % en el caso de las producciones rodadas íntegramente en alguna de las lenguas cooficiales distintas al castellano que se proyecten en España en dicho idioma cooficial o subtitulado.


- El 75 % en el caso de producciones realizadas exclusivamente por directoras.



Página 64





Tercero. Por otro lado, el Plan para la transición hacia una nueva normalidad, presentado por el presidente del Gobierno, don Pedro Sánchez Pérez-Castejón el pasado 28 de abril, contempla limitaciones de aforo para cines y teatros, salas de
concierto que, en el mejor de los casos, abrirán a partir del 25 de mayo.


El camino a 'la nueva normalidad' permitirá en su Fase 1 la apertura de museos con un tercio de su aforo y evitando aglomeraciones, según ha confirmado el Ministerio de Cultura. En la fase 2 del citado Plan, el presidente del Gobierno ha
detallado que serán posibles 'las visitas a monumentos, salas de exposiciones y salas de conferencias con un tercio de aforo'. Y, en general, 'cualquier acto y espectáculo cultural de menos de 50 personas en lugares cerrados con 1/3 de aforo'. En
cuanto a los eventos al aire libre, se permitirán los menores de 400 personas 'siempre que sean sentados'.


Sin embargo, no tiene en cuenta las dificultades para cumplir estas exigencias por parte de los promotores de actividades culturales. Muchas de las actividades son inviables en el caso de que se exija un aforo menor del 70 % del
contemplado.


Cuarto. Asimismo, en el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, se han incluido unos sistemas de ayudas extraordinarias a las artes escénicas y de la música para paliar los daños sufridos como consecuencia de la crisis sanitaria del
COVID-19. Estas ayudas se otorgan a través de dos líneas, encaminadas al sostenimiento de las estructuras culturales de toda índole y a las actividades escénicas y musicales y proyectos culturales.


Se introduce un mecanismo para permitir que los profesionales del sector puedan percibir anticipos cuando, como consecuencia del COVID-19, o de las medidas sanitarias o de contención adoptadas al respecto, se acuerde la modificación o
suspensión, para ser ejecutados en una fecha posterior, de contratos de interpretación artística y de espectáculos de cuantía no superior a 50.000 euros, así como un indemnización a favor del contratista cuando tenga lugar, por las mismas causas, la
resolución de contratos de interpretación artística y de espectáculos de cuantía no superior a 50.000 euros, celebrados, en ambos casos, por las entidades pertenecientes al Sector Público. Sin embargo, la mayoría de las producciones artísticas de
gran nivel en nuestro país tienen unos costes que superan esa cantidad.


Otro de los problemas reside en la ausencia de nuevos títulos en la cartelera de estrenos en los cines. Tal y como ha indicado la patronal del sector, es inverosímil que se hable de la apertura de los cines cuando las distribuidoras
mantienen paralizados los estrenos, tanto nacionales como internacionales.


Quinto. En cuanto al sector del libro, la crisis sanitaria, y sus más que posibles efectos económicos, van a terminar por llevar a la ruina a pequeñas empresas, en la mayoría de tradición familiar.


Las ventas han bajado y las editoriales han suprimido la publicación de novedades y nuevos títulos en el calendario. Las previsiones son volver a lanzar libros al mercado a mediados de mayo o a principios de junio, siempre a expensas de lo
que dictaminen las autoridades sanitarias.


Asimismo, algunas editoriales, como la editorial Nórdica, han tomado como medida que en cada libro comprado en la web de la editorial (electrónico o físico) se pregunte al lector en que librería le hubiese gustado comprarlo, transfiriendo el
35 % del importe de la venta a la librería correspondiente.


Para este sector, el Real Decreto-ley 17/2020 introduce la creación de un mecanismo extraordinario de ayudas para garantizar el apoyo urgente al mantenimiento de las estructuras del sector del libro y de la cadena de suministro, como
consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19. El sistema será implementado por la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura. En concreto, para proceder al pago de las ayudas extraordinarias al sector del libro se
autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Cultura y Deporte por importe de 4.000.000 euros.


Podrán solicitar estas ayudas, las librerías independientes, entendiendo por tales aquellos negocios dedicados a la venta de libros que cuenten con uno o dos establecimientos, con independencia de su número de empleados o sus cifras de
facturación, y cuya oferta editorial no esté condicionada por un mayorista o distribuidor, sino que las compras serán consecuencia de su decisión autónoma.


Sin embargo, teniendo en cuenta que en el año 2018 Europapress contabilizó casi 4000 librerías, las ayudas aprobadas son claramente insuficientes, toda vez que significaría la aportación de 1.000,00 € a cada librería.


Sexto. Asimismo, galerías, museos y centros de artes han cancelado exposiciones y han visto como se ha paralizado la mayor parte de su actividad. La Mesa Sectorial del Arte Contemporáneo -entidad que agrupa galerías, gestores y
asociaciones culturales- el pasado mes de abril dirigió una carta al Ministro



Página 65





de Cultura y Deporte, en la que aseguraba que la venta directa de obras de arte se ha visto gravemente afectada; también los encargos, trabajos de restauración y conservación y la producción editorial que abarca el sector.


En la misma carta pedían un fondo específico de apoyo y medidas complementarias para 'impedir el colapso' del sector: suspensión de cuotas de autónomos y adaptación fiscal, bonificaciones en las cuotas de seguridad social de trabajadores
asalariados; acceso a ayudas a fondo perdido y a créditos blandos, entre otras medidas.


En cuanto a las medidas aplicadas por el Gobierno con respecto a la creación artística española, el Real Decreto-ley 17/2020, en concreto en su artículo 13, tan solo hace referencia a un incremento de las partidas correspondientes a la
promoción del arte contemporáneo español y a la adquisición especifica de arte contemporáneo español para las Colecciones Públicas del Estado a galerías de arte y a creadores, con residencia fiscal en España. Esta partida supone una dotación
presupuestaria de 1 millón de euros.


El futuro de nuestros escultores, pintores y demás artistas también está en peligro y consideramos que el Gobierno debería equiparar a todas las ramas culturales independientemente de la carga ideológica de sus miembros. Todos los españoles
tienen el derecho a ser protegidos por su Gobierno de igual manera.


Séptimo. Según la Organización Mundial del Turismo (OMT), España es la segunda potencia turística, por detrás de Francia y habiendo adelantado a Estados Unidos. Además de ello, según el informe realizado por el Consejo Mundial de Viajes y
Turismo (WTTC) en 2017, la contribución del turismo a la economía española es del 14,9 % del PIB y un 15,1 % del empleo, entre directos e indirectos.


El coronavirus COVID-19 ha afectado especialmente al turismo en España: el estado de alarma ha paralizado todo el sector turístico español, afectando a fiestas y tradiciones populares cuya celebración estaba prevista estos días, así como a
las vacaciones de la Semana Santa. En general, según los pronósticos de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), la crisis del coronavirus podría provocar pérdidas de entre 2,7 y 6 millones de turistas internacionales en función de cuándo se
levanten las restricciones derivadas del Estado de alarma. Además, resalta que 'una de las principales consecuencias es que desaparecerán miles de puestos de trabajo' derivados de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE) que se están dando en
el sector.


España cuenta con una gran variedad de monumentos, museos o archivos que integran su rico patrimonio histórico y artístico y que es fuente de atracción de turistas. Por poner algunos ejemplos, los tres monumentos más visitados en España
reciben anualmente 8,5 millones de visitantes (la Sagrada Familia, en Barcelona, 4,5 millones de turistas; la Alhambra de Granada, más de 2,5 millones de turistas; la Catedral de Sevilla, más de 1,5 millones de visitantes).


Otra muestra del ingente patrimonio cultural español, también lo encontramos en que España es el tercer país del mundo en el ranking del Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO con 44 emplazamientos, y solo por detrás de Italia (49) y China
(45). Destacan el Parque Nacional de Garajonay, el Centro histórico de Córdoba, las cuevas de Altamira, el casco histórico de Toledo, el Camino de Santiago o el Monasterio del Escorial.


El Camino de Santiago o el Monasterio del Escorial han generado indirectamente importantes cambios en la economía de las poblaciones que se encuentran en sus proximidades. De esta manera, el turismo cultural apoya a la industria y el
comercio de las zonas de la denominada 'España vaciada'. En relación con lo expuesto, el pasado 2 de marzo de 2020, el Ministro de Cultura y Deporte, don José Manuel Rodríguez Uribes, se reunió en el Senado con los consejeros homónimos de todas las
Comunidades Autónomas para trazar un plan cultural contra la despoblación de la España vaciada.


Una de las medidas de este plan es la renovación del programa 'Platea 0.0' que tiene como uno de los objetivos el de rescatar teatros en desuso de municipios con poca población. Según informaron distintos medios de comunicación, este
programa se iniciará en cinco o seis municipios a los que se aportará apoyo financiero y técnico desde el Instituto de las Artes Escénicas y de la Música (Inaem).


Otro de los sectores que más afecta al turismo cultural, especialmente en la temporada de verano, es la generación de festivales de música y danza, así como fiestas populares, que impulsan la economía de las localidades limítrofes. Nuestro
país es el segundo productor de este tipo de eventos en la Unión Europea (en especial por la climatología de nuestra nación) y en concreto en los meses de verano los grandes eventos culturales generan una riqueza artística y económica para grandes
zonas de nuestra geografía.



Página 66





Es por todo esto por lo que entendemos que esta industria no puede ser olvidada en este momento, máxime cuando va a ser una de las más afectadas, y por su temporalidad tendrá que esperar, como poco un año, para volver a su ritmo normal.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Plan Nacional para la Cultura post COVID-19, que incluya a todos los sectores afectados por la pandemia, en el que se recojan al menos las siguientes medidas:


- Apoyo a los artistas españoles habilitando de forma gratuita espacios públicos para la exposición de sus obras.


- Promover la gratuidad de la entrada a los museos, teatros y auditorios autonómicos, provinciales o municipales a las familias numerosas.


- Aprobar Proyecto de nueva Ley de Mecenazgo que permita a las empresas apoyar al sector cultural con bonificaciones e incentivos fiscales.


- Publicitar turísticamente España como lugar cultural, en especial las zonas con menor densidad de población.


- Crear una plataforma estatal de fomento del turismo cultural, dependiente de la Secretaria de Estado de Turismo.


- Aprovechar el impulso de las ferias, como por ejemplo Arco, para que haya grandes exposiciones de artistas españoles menos reconocidos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2020.-José Ramírez del Río, Francisco José Contreras Peláez, Mireia Borrás Pabón y Pedro Jesús Requejo Novoa, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000917


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, y D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la siguiente Proposición no de Ley relativa declarar la primera división nacional de futbol femenino como Liga Profesional, para su debate ante la Comisión de Cultura y
Deporte.


Exposición de motivos


Primero. La presente Proposición no de Ley se presenta con el fin de instar al Gobierno de España a adoptar las primeras medidas para profesionalizad la Liga de Fútbol Femenina, cuyo deporte está teniendo a lo largo de estos últimos años un
gran aumento de seguidores.


España tiene mucho que agradecer a nuestros deportistas, tanto a aquellos cuyos deportes gozan de mayor seguimiento en el país, como a aquellos que practican deportes con menor seguimiento por la población. Todos ellos son embajadores de
nuestro país allí donde van y muchos son también referentes y ejemplo de su vida profesional y personal.


La empleabilidad de los deportistas se ha convertido a lo largo de estos años en una preocupación nacional, y uno de los principales logros de esta legislatura debería ser la profesionalización de la actividad deportiva.


Segundo. El fomento del deporte por parte de los poderes públicos constituye uno de los principios rectores de la política económica y social en la Constitución Española. Así resulta del artículo 43.3 que dispone que 'Los poderes públicos
fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio'.



Página 67





El régimen jurídico del deporte y, en particular del deportista, está formado por, entre otras, la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte; el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento; el
Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales; el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo
y, en definitiva, en otras normas que regulan determinados aspectos en materia de IRPF (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF) o de Seguridad Social (Orden TAS/2865/2003 reguladora del convenio especial entre deportistas de alto nivel y
Seguridad Social). Todo esto, además, debe entenderse sin perjuicio de la normativa que, en el marco de sus competencias hayan dictado las Comunidades Autónomas.


En definitiva, queda claro que existe una gran profusión de normas y disposiciones que regulan el deporte, la actividad deportiva y el conjunto de actividades más o menos directamente relacionadas con el mismo.


Tercero. En España, el fútbol femenino español vive su mejor momento 9 desde su creación en 1988. Entre los años 2014 y 2017, el número de jugadoras federadas aumentó en un 41 %. Actualmente, hay más de 11.000 mujeres federadas y los
clubes disponen cada día de más recursos para profesionalizar su ámbito.


La mayoría de los clubes de futbol tienen su sección femenina. Uno de los últimos ha sido el Real Madrid Club de Fútbol, que en la pasada temporada llegó a un principio de acuerdo con el club femenino CD Tacón, para absorber su sección.


También se ha producido un aumento del número de espectadores de los partidos de fútbol femenino; la temporada pasada hubo una media de 100.000 espectadores por partido, lo que supuso un 37 % de espectadores más con respecto al anterior
año. Sin embargo, el encuentro que supuso el colofón para la Copa de la Reina, marcó un hito en cuanto a audiencia se refiere en un partido de fútbol femenino en nuestro país Dicho partido, que enfrentó al Atlético de Madrid y Real Sociedad, fue
una de las emisiones más vistas de la jornada, reuniendo a más de 1,6 millones de espectadores, lo que supuso un 14,8 % en lo que a cuota de pantalla se refiere. La entrega del trofeo fue lo más visto del día con una audiencia media de 2,2 millones
de espectadores y cuyo minuto de oro rozó los 2,8 millones.


Pero no solo se han batido los récords respecto de la audiencia televisiva. En la temporada 2018-2019, el Atlético de Madrid-FC Barcelona reunió a 60.739 aficionados en el Wanda Metropolitano, lo que lo convirtió en el partido de clubes
femeninos de mayor asistencia del fútbol mundial.


Por consiguiente, todo esto pone de manifiesto el auge en el seguimiento del fútbol femenino, que cada temporada cuenta con más espectadores y genera mayor actividad, con todas las repercusiones que esto implica.


Cuarto. El seguimiento del fútbol femenino es mayor, si cabe, en otros países. De acuerdo con un informe realizado por Níelsen Sport, la temporada pasada un 16 % de la población global está interesada en el fútbol femenino, la misma que en
el golf. De ese porcentaje, un 54 % son hombres que, en su mayoría, tienen de 25 a 34 años.


Consecuencia de ello es que muchos de los países en los que existen ligas de fútbol femenino ya han profesionalizado estas competiciones.


A título de ejemplo, Estados Unidos fue uno de los primeros países que abogó por crear una Liga Profesional de Fútbol Femenino; en concreto, la Natíonal Women' s Soccer League (NWSL) fue creada a finales del 2012 tras la desaparición de la
Women 's Professíonal Soccer (WPS). Sin duda, una de las claves del éxito del futbol femenino en Estados Unidos radica en que es el país con más mundiales de fútbol femenino en su palmarés, además de ser el vigente campeón.


Quinto. Actualmente, en España las únicas Ligas Profesionales son la Liga de Fútbol Profesional (fútbol masculino) y la Liga ACB (baloncesto masculino). Estas ligas son asociaciones de configuración legal en las que es obligatorio
integrarse para participar en competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.


A los efectos de la presente Proposición no de Ley, en España, de acuerdo con el artículo 8.e) de la Ley del Deporte, la declaración de una determinada competición como profesional es competencia del Consejo Superior de Deportes.


Por otro lado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley del Deporte es preciso el cumplimiento de dos requisitos para que el Consejo Superior de Deportes pueda calificar una determinada competición como profesional. Así, 'Serán criterios
para la calificación de competiciones de carácter profesional, entre otros,


9 1https://www.20minutos.es/deportes/noticia/cifras-futbol-femenino-primera-iberdrola-3754279/0/



Página 68





la existencia de vínculos laborales entre Clubes y deportistas y la importancia y dimensión económica de la competición'.


Uno de los hitos de los últimos tiempos en este sentido fue el acuerdo entre la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF) y la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) del pasado mes de enero. Este hecho permitió poner de acuerdo a la
patronal y al sindicato mayoritario de futbolistas, cumpliendo a su vez con las reivindicaciones salariales de las jugadoras.


La dimensión económica de esta competición de fútbol femenina se ha visto acrecentada en los últimos años debido al aumento de los contratos de patrocinio entre los clubes y empresas privadas, así como con la propia competición. Uno de los
hitos vino de la mano de Iberdrola, que recientemente ha firmado un nuevo contrato de patrocinio para los naming rights de la liga, por los que pagará anualmente cuatro millones de euros. De igual manera, recientemente la empresa cervecera Mahou
firmó un contrato de patrocinio con el Madrid Club de Fútbol Femenino hasta 2022. Este acuerdo, según rezaba el comunicado de prensa de la cervecera, tiene como objetivo el crecimiento de ambas partes 'a través de la pasión por el fútbol' y los
valores compartidos entre el club y la cervecera madrileña: autenticidad, sencillez y cercanía.


Las Ligas profesionales son asociaciones deportivas que gozan de personalidad jurídica propia y de plena autonomía para su organización interna. Su autonomía se refleja en los Estatutos y Reglamentos internos que han de ser aprobados por el
Consejo Superior de Deportes, previo informe de la Federación deportiva española correspondiente.


En el momento en que el CSD declara una liga como profesional, esta se desliga de la dependencia que mantiene con respecto a su federación correspondiente y asumen un conjunto de competencias que hasta ese momento ostentaba dicha federación.


Conforme al artículo 41.4 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre del Deporte son competencias de las Ligas Profesionales:


- La organización de competiciones en coordinación con su respectiva federación y de acuerdo a los dictámenes y criterios del CSD.


- Tutela, control y supervisión con respecto a sus asociados y los clubes que la integren.


- Ejercer la potestad disciplinaria en los casos previstos en las Leyes, Reglamentos y en sus Estatutos.


- Informar previamente los casos de enajenación de instalaciones de las Sociedades Anónimas Deportivas.


Sexto. El pasado año, la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió modificar la estructura de la Liga de Fútbol Femenino, con la intención de hacerla más atractiva para el público en general y mejorar la calidad audiovisual de esta.
Este hecho fue novedoso ya que, hasta entonces, La Liga (patronal del fútbol masculino) era la asociación que, en conjunto con los clubes de fútbol femenino, tomaba las decisiones sobre esta competición.


Hasta entonces, la nueva configuración de la Liga de Fútbol Femenino contaba con el patrocinio de la compañía Iberdrola, quien invertía unos dos millones de euros al año, al mismo nivel de inversión que La Liga.


La nueva estructura aprobada por la RFEF tiene en frente un reto: lograr que las niñas y jóvenes españolas de menos de 14 años practiquen más el fútbol y lograr incrementar el número de licencias para este deporte entre las mujeres
(actualmente el baloncesto es el deporte con más licencias entre las mujeres, con 118.000 licencias, seguido del golf con 78.000). Además, ayudará a los clubes que apuesten por el fútbol femenino, contribuyendo a la profesionalización de las
jugadoras de élite, garantizando la proyección deportiva, profesional, humana y educativa de estas deportistas.


No obstante, debido a la organización y reparto de los derechos audiovisuales, los clubes se opusieron a esta decisión. La RFEF pretendía imponer la cesión obligatoria de todos los derechos audiovisuales en el momento de inscribirse en
dicha liga. Por su parte, los clubes a la hora de inscribirse presentaron una carta negándose a cumplir con este procedimiento.


Posteriormente, el 29 de julio, la RFEF, en vista celebrada en el Juzgado de los Mercantil número 1 de Madrid, aseguró que ni había obligado ni iba a obligar a ceder la explotación de dichos derechos audiovisuales pues incumpliría el
dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, que aseguraba que los clubes tenían la posibilidad de comercializar dichos derechos por su cuenta.



Página 69





A principios del mes de julio, Iberdrola llegó a un acuerdo con la RFEF para ampliar cinco años más 10 su contrato de patrocinio, aumentando su inversión anual hasta los cuatro millones de euros en patrocinio y labores diversas dentro del
fútbol femenino.


Sin embargo, ahí no acabó el problema, pues el CSD el pasado 19 de mayo dio luz verde a los nuevos estatutos de la RFEF 11, cuya reforma les permite hacerse con la comercialización de los derechos audiovisuales y de patrocinio de Segunda B y
Tercera División, así como de la Primera Iberdrola y la LNFS, siempre que los clubes cedan los mismos a la RFEF.


En cualquier caso, todo esto demuestra que es preciso la profesionalización de la liga de fútbol femenino. Concurren los requisitos que señala la Ley del deporte para que el Consejo Superior de Deportes apruebe esta medida, atendiendo a la
creciente demanda de todos los actores implicados directa o indirectamente en el fútbol femenino.


Por ello, desde el Grupo Parlamentario VOX entendemos que es preciso que, desde el Gobierno de España, se realice un análisis detallado y profundo de los motivos por los cuales aún no se ha declarado como profesional la Primera División de
Fútbol Femenino, en una clara desventaja con respecto al resto de países de nuestro entorno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acordar, en el ámbito de sus competencias y a través del Consejo Superior de Deportes, la declaración como profesional de la Primera División de Fútbol Femenino, siguiendo el camino recorrido
por el resto de países de nuestro entorno, y accediendo a las peticiones tanto de los clubes deportivos como de los profesionales a su cargo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.- Rafael Férnandez-Lomana Gutiérrez y Mireia Borrás Pabón, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000923


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para la toma en consideración del Gobierno de España del Deporte como actividad de interés General y su inclusión en los 'acuerdos de reconstrucción de país', para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


El artículo 43.3 de nuestra Constitución estable que los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte.


El sector deportivo constituye un sector transversal en nuestra sociedad que es considerado como catalizador de una mejor salud física y mental de la ciudadanía.


En estos tiempos de crisis sanitaria, es oportuno considerar la práctica deportiva como una herramienta eficaz para que la población española tenga una mejor condición física, y, por tanto, una salud más fuerte, de cara a posibles retos
sanitarios que se puedan presentar en un futuro. Por ello es de justicia reconocer, como bien aporta la ADESP, que fomentar un comportamiento activo entre las nuevas generaciones debería ser algo a lo que cualquier país se comprometiera,
involucrando especialmente a las instituciones educativas, sanitarias y a los medios de comunicación en torno a los beneficios del deporte'.


Pero estos beneficios no solo son visibles a nivel sanitario. La actividad deportiva empleó en 2019 a más de 214.000 ciudadanos, de las que un 51,8 % eran menores de 34 años, cifra muy superior a la del empleo global, como recoge el Anuario
de Estadísticas Deportivas 2019 elaborado por el Ministerio de Cultura y Deporte. Por tanto, el deporte es una de las actividades que más empleo aporta a la población


10 2https://www.palco23.com/competiciones/iberdrola-renueva-hasta-2024-2025-con-el-futbol­ femenino-y-extiende-los-title-rights-a-segunda.html


11 https://www.palco23.com/entomo/el-gobiemo-aprueba-el-cambio-de-estatutos-de-la-rfef-para­ ampliar-su-control-sobre-la-lnfs.html



Página 70





joven de nuestro país, que sigue sufriendo una de las tasas más altas de desempleo por grupo de edad, sumado además a la precarización de los empleos y a su alta temporalidad. Es por ello que es necesario actuar en este ámbito, ya que la
posible pérdida de empleo en el sector afectaría en gran medida a nuestra población más joven.


España cuenta además con competiciones reconocidas internacionalmente en todas las modalidades deportivas, especialmente en el fútbol, lo cual genera un impacto directo sobre el turismo de nuestro país. Pero no solo este deporte aporta al
sector turístico de nuestro país. Competiciones de cualquier modalidad deportiva, marítimas, o el mundo del fitness, cada vez más en auge, mezclado con el buen clima y las instalaciones deportivas que tenemos, hace que España haya venido creciendo
entre las y los deportistas internacionales como un destino a escoger a la hora de practicar el turismo deportivo.


Es de justicia reconocer, en estos momentos tan difíciles, a las personas deportistas en nuestro país, en especial a nuestros deportistas olímpicos, paralímpicos, y de alto nivel, que suponen un orgullo para nuestro Estado y que merecen todo
el reconocimiento social como ejemplo de valentía, superación y trabajo.


La pandemia generada por el COVID19 ha tenido su impacto en el deporte y su efectos negativos ya se perciben en el empleo, en el tejido asociativo y empresarial vinculado al mismo. La paralización de toda actividad y entrenamientos ha
supuesto un parón en nuestras competiciones, con la merma de ingresos a clubes y federaciones procedentes de los derechos audiovisuales o del patrocinio y la publicidad, entre otras fuentes de financiación. También ha dejado a muchas ciudadanas y
ciudadanos en situación de parón laboral temporal al no poder desarrollar su actividad vinculada al sector deportivo. Sin embargo, en este contexto, la actividad física y el deporte también han servido para que muchas personas que no hacían deporte
habitualmente, hayan comenzado a hacerlo desde sus casas, valorando así los efectos positivos que la actividad física y el deporte tienen sobre su salud y bienestar.


El Consejo Superior de Deportes, dependiente del Gobierno de España, está desarrollando una intensa labor a la hora de diseñar un plan y una estrategia para reactivar nuestro deporte en cuanto las condiciones sanitarias lo permitan y que
ninguno de nuestros deportistas se quede atrás. Además, la creación de la Fundación España Deporte Global, F.S.P., para recibir recursos procedentes de los derechos audiovisuales del fútbol y destinarlos a la promoción, impulso y difusión del
deporte federado, olímpico y paralímpico, así como a la internacionalización del deporte español, es un gran acierto.


Teniendo en cuenta todo lo expuesto, no se puede obviar que el deporte es a la vez un derecho de la ciudadanía y un recurso, una actividad transversal de activación social y económica, una herramienta fundamental para la educación, la mejora
de nuestra salud, la eliminación de las desigualdades y la reconstrucción de nuestra sociedad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados Insta al Gobierno de España a:


- Tomar en consideración al Deporte como una actividad de interés general.


- Incluir el Deporte en los futuros Acuerdos de Reconstrucción de país.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2020.-Juan Luis Soto Burillo, Javier Antón Cacho, Marc Lamuà Estañol, Julio del Valle de Iscar, Agustín Zamarrón Moreno, José Carlos Durán Peralta, Mariana de Gracia Canales Duque, Maribel
García López, Miguel Ángel González Caballero, Fuensanta Lima Cid, José Losada Fernández, Vicent Manuel Sarrià Morell y Yolanda Seva Ruiz, Diputados.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario
Socialista.



Página 71





Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/000934


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la elaboración de un nuevo plan para garantizar la cobertura de banda ancha en
las zonas rurales, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La banda ancha es la infraestructura clave para el desarrollo económico en la sociedad de la información y el conocimiento.


Recientemente, el Informe de cobertura de banda ancha en España elaborado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, recoge el
gran avance de cobertura de banda ancha en el último año, especialmente en las zonas rurales de nuestro territorio gracias a los esfuerzos que se han venido desarrollando por el Gobierno (publicado en mayo de 2020 con datos de junio de 2019).


Con respecto a la cobertura de las redes de banda ancha a velocidades de al menos 30 Mbps (= 30 Mbps) alcanza ya al 94,3 % de la población española, con un incremento de 9 puntos porcentuales en el último año. Este incremento se ha
producido en todas las comunidades autónomas, aunque ha sido especialmente notable en las provincias que tenían menor cobertura poblacional de esas redes en 2018, como Zamora, Lugo, Ávila, o Segovia, que experimentan aumentos de 30 puntos
porcentuales o más, lo que ha supuesto un avance muy importante en la homogeneización de esta cobertura de la banda ancha en todo el territorio. Cabe destacar la reducción de la brecha digital de las zonas rurales, donde la cobertura de la
velocidad de más de 30 Mbps ha mejorado 32 puntos porcentuales. En junio de 2019 la cobertura alcanzaba el 86,6 % de la población, lo que ha significado que más de 4 millones de habitantes disponen ya de cobertura de redes a = 30 Mbps en municipios
cuya densidad de población es inferior a 100 habitantes/km2.


El incremento en la cobertura de las zonas rurales a velocidades de más de 30 Mbps se ha debido al impulso que dio el Gobierno a finales de 2018 dentro del Plan 800MHz para que los operadores cumplieran con las obligaciones contraídas de
garantizar una cobertura de 30 Mbps o superior al menos al 90 % de los ciudadanos que viven en unidades poblacionales de menos de 5.000 habitantes.


Con respecto a las velocidades más altas, las redes de banda ancha ultra rápidas (= 100 Mbps) alcanzaron en 2019 al 83,6 % de la población, tres puntos porcentuales más que el año anterior. Para el caso de las zonas rurales, el aumento ha
sido de doce puntos porcentuales, desde el 38 % al 49,8 %, lo que pone de manifiesto el impulso dado por el Gobierno en la reducción de la brecha digital de las zonas rurales.


En cuanto a las redes de acceso fijo, la plataforma tecnológica de mayor crecimiento es la de fibra óptica desde la central hasta el domicilio del abonado FTTH (Fibre To The Home). La fibra óptica es un medio de transmisión con muy buenas
características de propagación, idóneo para ser utilizado en las redes de telecomunicaciones, que permite prestar servicios de transmisión de datos a velocidades de 100 Mbps a todos los usuarios y puntualmente a más de 1Gbps. En junio de 2019 la
fibra óptica llegaba al 80,4 % de la población española, 14.487.413 hogares cubiertos a nivel nacional, tras un aumento de tres puntos porcentuales y medio millón de hogares más respecto a 2018, lo que sitúa a España en una posición destacada a
nivel Europeo. En zonas rurales el despliegue del FTTH alcanza una cobertura de 46,6 % de los hogares, incrementándose 13,8 puntos porcentuales respecto a los valores registrados en junio de 2018.


Por su parte, LTE (Long Term Evolution) también conocido como 4G, es la evolución de las redes 3,5G de comunicaciones móviles. Las características de estas redes las hacen idóneas para soportar los servicios móviles del futuro al poder
proporcionar, en determinadas condiciones, servicios de transmisión de datos con velocidades de pico superiores a los 100 Mbps. Si bien es cierto que los datos han mejorado en los últimos años, todavía sigue habiendo una diferencia de más de 1
puntos en relación a la media



Página 72





nacional que ya alcanza el 99,77 %, una diferencia que se sufre más en las zonas más aisladas de nuestro territorio. Así la cobertura de la tecnología LTE llega ya al 98,8 % en el total de los municipios rurales.


Además, con el impacto de los proyectos que se encuentran actualmente en ejecución en el marco del Plan de Extensión de Banda Ancha de Nueva Generación (Plan PEBA NGA), cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), la
cobertura de velocidad ultra rápida alcanzará al 91,24 % de la población española y al 75,29 % en las zonas rurales, lo que supone reducir a la mitad la diferencia de cobertura existente entre las zonas rurales y el resto del territorio.


En consecuencia, es fundamental la cobertura de banda ancha en condiciones competitivas de acceso clave para el desarrollo de cualquier territorio y, en especial, de las zonas rurales de nuestro país. En este sentido, la situación de
emergencia de salud pública y de pandemia internacional ocasionada por el COVID-19 y la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria en España con la adopción de medidas de limitación de la movilidad y de distanciamiento
social ha puesto de manifiesto que es prioritario abordar el problema de la brecha digital de las zonas rurales para garantizar en condiciones competitivas el desarrollo de las zonas menos pobladas del mundo rural y hacer frente al problema de la
despoblación en nuestro país.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la elaboración de un nuevo plan de conectividad que tenga en cuenta la situación especial y necesidades de infraestructuras de telecomunicaciones de las zonas con menor densidad de población
y de respuestas al reto demográfico de las zonas rurales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-Ángeles Marra Domínguez, José Antonio Rodríguez Salas, José Luis Ramos Rodríguez, Pedro Casares Hontañón, Javier Alfonso Cendón, María Tamara Raya Rodríguez, Valentín García Gómez,
Patricia Blanquer Alcaraz, Germán Renau Martínez, Antonio Hurtado Zurera, Manuel Gabriel González Ramos y Diego Taibo Monelos, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000914


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara,
formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la financiación total o parcial de las mascarillas de uso obligatorio por la población, para su discusión en Comisión de Sanidad y Consumo.


Primero. Estado de alarma: Medidas de seguridad, higiene y prevención en la desescalada.


Con la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia por la COVID19 el pasado 11 de marzo de 2020, y posterior declaración del estado de alarma en España, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE n.º 67, de 14 de marzo), sucesivamente prorrogado, en última instancia, mediante la publicación el pasado 23 de mayo del Real Decreto
537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE
n.º 145), el Ministro de Sanidad ha quedado habilitado para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, dentro de su ámbito de actuación como autoridad delegada, sean necesarias para garantizar la prestación
de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares.



Página 73





Dentro del Plan para la desescalada trazado por el Gobierno, siguiendo la Comunicación 'Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19', presentada el pasado 15 de abril por la presidenta de la
Comisión Europea y el presidente del Consejo Europeo, así como los principios definidos por la Organización Mundial de la Salud (16 de abril de 2020) a tener en cuenta a la hora de plantear el levantamiento de las medidas de 'desconfinamiento', se
prevé que deben ser minimizados los riesgos en lugares con alto potencial de contagio como lugares cerrados y lugares públicos donde se produce una gran concentración de personas.


Segundo. Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla.


Al amparo de dicha regulación, de carácter urgente y extraordinario, se ha dictado con fecha 19 de mayo la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Se ha justificado la publicación de dicha Orden indicando que la evolución de la crisis sanitaria ha obligado a adaptar y concretar las medidas adoptadas, para asegurar la eficiencia en su gestión, y
dada la ya reconocida alta transmisibilidad del SARS-CoV2, especialmente en las fases iniciales de la enfermedad y en las personas asintomáticas, se hace preciso dictar una orden para regular el uso de las mascarillas, estableciendo los casos y
supuestos en los que su utilización será obligatoria, sin perjuicio de las recomendaciones previstas por las autoridades sanitarias en el resto de casos.


De esta manera, y desde el pasado 21 de mayo, resulta obligado el uso de mascarilla de cualquier tipo, aunque preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca, por parte de la población mayor de 6 años (recomendable en niños
de 3 a 6), con determinadas excepciones. Y todo ello en la vía pública, en espacios al aire libre, y en cualquier espacio cerrado de uso público, o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad
interpersonal de al menos dos metros.


Tercero. Cartera de servicios comunes de prestación farmacéutica y participación económica de los pacientes y usuarios.


a) La prestación farmacéutica comprende los medicamentos y productos sanitarios y el conjunto de actuaciones encaminadas a que los pacientes los reciban de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus
requerimientos individuales, durante el período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y para la comunidad. El vigente sistema de aportación farmacéutica es el previsto en el artículo 102 del texto refundido de la Ley de garantías y
uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio (en adelante, Ley del Medicamento). Dicho precepto acoge la redacción del anterior artículo 94 bis, introducido en la misma Ley
por el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.


b) Debe diferenciarse su contenido en función de:


- Pacientes no hospitalizados: Comprende la indicación, prescripción y dispensación de los siguientes productos:


• Los medicamentos según indicaciones de financiación del SNS.


• Los efectos y accesorios (CE) según normativa de financiación del SNS.


• Las fórmulas magistrales y los preparados oficinales elaborados por las oficinas de farmacia.


• Las vacunas individualizadas antialérgicas y las vacunas individualizadas bacterianas, según prescripción facultativa.


(Quedan excluidos los productos de utilización cosmética, dietéticos, aguas minerales, elixires, dentífricos y otros productos similares; los medicamentos calificados como publicitarios; los medicamentos adscritos a los grupos o subgrupos
terapéuticos excluidos de la financiación por la normativa vigente; los medicamentos homeopáticos; y los efectos y accesorios de los que se realice publicidad dirigida al público en general.)


- Pacientes hospitalizados: Comprende los productos farmacéuticos que necesiten los pacientes conforme se recoge en la Cartera de servicios comunes de atención especializada.



Página 74





c) Participación económica de los usuarios:


1. Aportación normal: 40 % sobre el precio de venta al público.


2. Aportación reducida: 10 % sobre el precio de venta al público (máximo 4,26 €/envase):


- Medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas o graves.


- Efectos y accesorios pertenecientes a los grupos reglamentariamente establecidos.


- Medicamentos a través de receta oficial para los enfermos de SIDA.


3. Exentos de aportación (TSI001):


- Pensionistas y colectivos asimilados, afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.


- Tratamientos derivados de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.


- Productos cuya dispensación al usuario se realice en los centros o servicios asistenciales sanitarios


4. En este sentido, resulta de interés, por analogía, analizar lo que ocurrió en 1981, con la enfermedad llamada 'síndrome tóxico', una enfermedad multisistémica, con origen en el consumo de aceite de colza importado, desnaturalizado, y
refinado fraudulentamente para su venta y consumo), y que afectó a más de 20.000 personas en nuestro país, y que supuso una crisis excepcional de índole socio-sanitario. Mientras en el caso del síndrome tóxico las medidas compensatorias fueron de
carácter terapéutico, en el caso de la COVID-19 tienen que ser también preventivas, dado que es imposible saber si una determinada persona va a ser contagiada por el SARS-CoV-2 en un momento dado. Por esta razón, y porque el Gobierno ha dictado su
uso obligatorio, las mascarillas deberán ser financiadas en su totalidad por nuestro SNS, quedando pues exentas de aportación económica en su dispensación en las oficinas de farmacia y otros establecimientos donde, en su caso, quede autorizada su
venta o distribución.


En virtud de todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas y actuaciones siguientes:


1. La financiación total de las mascarillas, higiénicas o quirúrgicas, de uso obligatorio para toda la población mayor de seis años, mediante la exención de la aportación económica (TSI001) para todos los pacientes y usuarios, hasta la
finalización del estado de alarma.


2. La financiación parcial de las mascarillas higiénicas o quirúrgicas, mediante aportación reducida, una vez finalizado el estado de alarma, y cuando su uso sea declarado como recomendable y no obligatorio.


3. Incorporación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 (y en su caso, sucesivos) de mecanismos de protección para la ciudadanía española afectados por la crisis sanitaria de la COVID-19, así como la inmediata remisión a
las Cortes Generales de un Proyecto de Ley de crédito extraordinario para financiar la ayuda y prestaciones que se juzguen necesarias a tal fin.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.- Juan Luis Steegman Olmedillas, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000916


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª Reyes Romero Vilches, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D.ª Cristina Esteban Calonje y D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao, D. Antonio Salva Verd, D.
Andrés Alberto Rodríguez Almeida en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente Proposición no de Ley para proporcionar mascarillas FPP2 a los pacientes de



Página 75





enfermedades crónicas, autoinmunes y/o neurodegenerativas, hasta que se pueda disponer de vacuna contra la COVID-19, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Los pacientes con enfermedades crónicas, autoinmunes y neurodegenerativas se encuentran en una situación muy particular, que se extiende a lo largo de toda su vida. Esta situación genera determinadas barreras que suponen impedimentos desde
la más tierna infancia para las personas que las sufren, pero también para sus entornos familiares. Se trata de enfermedades de muy diverso tipo, muchas de ellas raras y sin un diagnóstico claro, que obligan a una medicalización habitual en muchas
ocasiones desde la niñez.


Los poderes públicos tienen la obligación de tener en cuenta estas circunstancias extraordinarias de las vidas de miles de personas y sus familias y esto se ha de traducir en políticas concretas de mejora de la calidad de vida de las mismas,
y en un aumento de las oportunidades. Al amparo del art. 9.2 de la Constitución Española 'corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y
efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.'


Plataformas como la POP (Plataforma de Organizaciones de Pacientes) afirman que 'hoy la legislación española no garantiza ciertos derechos a las personas con enfermedad crónica', y que 'El perfil de los pacientes ha cambiado y cada vez son
más las personas con enfermedades crónicas que presentan pluripatologías y co-morbilidades. Esta es una realidad imparable que requiere de un nuevo enfoque de nuestro sistema sanitario y social que debe centrarse en las necesidades de estos
ciudadanos y sus familiares'. Por ello, las directrices de Salud Pública deben contemplar que colectivos como estos, por su especial vulnerabilidad, requieren de políticas e indicaciones más exigentes y una disposición por parte del Gobierno para
proveerles de material de protección, para que puedan hacer frente a la normalidad con los mejores instrumentos posibles.


Teniendo en cuenta las graves circunstancias en las que vivimos actualmente, que incrementan la vulnerabilidad de los colectivos referidos en el presente escrito, se torna urgente y es de justicia proceder a proporcionar suficientes
mascarillas FPP2 a los pacientes de enfermedades crónicas, neurodegenerativas y autoinmunes, con el objeto de protegerles un poco mejor frente a la crisis sanitaria que asola nuestro país.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. A proporcionar suficientes mascarillas FPP2 a todos los pacientes afectados por enfermedades que se definan como de riesgo para la COVID-19, o aquellos que tengan de enfermedades crónicas neurodegenerativas y autoinmunes, con el objeto
de ofrecerles la protección adecuada y suficiente frente al SARS-CoV-2, incorporándolo a su prestación farmacéutica, y financiada en su totalidad por el SNS, hasta tanto se declare extinta la epidemia de la COVID-19, o en caso de declarar de nuevo
una situación de epidemia por SARS-CoV-2.


2. A proporcionar mascarillas FPP2 a los citados pacientes, una vez generalizada la vacunación frente al virus SARS-CoV-2, para la prevención de del contagio por infecciones respiratorias en los pacientes de enfermedades crónicas,
neurodegenerativas y/o autoinmunes según prescripción facultativa e incorporado a la cartera común de servicios SNS.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Rocío de Meer Méndez, Lourdes Méndez Monasterio, Juan Luis Steegmann Olmedillas, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Esteban Calonje, Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Antonio
Salva Verd y Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 76





161/000929


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida, D. Antonio Salvá Verd, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas y D.ª Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a las medidas para defender el uso del dinero en efectivo en
el marco de la COVID-19, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. El Gobierno ha desaconsejado el uso del dinero en efectivo como medida para prevenir el contagio de la pandemia COVID-19 12. Estas manifestaciones y consejos por parte del Gobierno han provocado una fuerte disminución en el uso de
efectivo con diversas consecuencias negativas, que la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad ha puesto de manifiesto y que reproducimos a continuación:


a) Exposición a la población en riesgo:


- El efectivo es el medio de pago más sencillo para personas en riesgo de exclusión social. Para determinados colectivos, los medios de pago alternativos al efectivo son demasiado difíciles de usar, especialmente para aquellos colectivos
vulnerables. Según el Instituto de Coordenadas, la población española que actualmente no tiene acceso a oficinas bancarias o a puntos de acceso al dinero en efectivo es ligeramente superior al 2 %. Con el actual ritmo de cierre de sucursales
bancarias se estima que en 2025 aproximadamente el 5 % de la población española tendrá muchas dificultades para acceder al dinero en efectivo y cerca de tres millones de personas estarán en grave riesgo de exclusión financiera, un riesgo con
notables consecuencias sociales y económicas.


- El efectivo es el medio de pago más práctico para los menores de edad y los ancianos. Los niños constituyen uno de los colectivos con dificultades de acceso a medios de pago diferentes del efectivo. En nuestro país, un menor de edad no
puede abrir una cuenta bancaria por sí mismo. Además, en el caso de niños, entregarles una tarjeta de crédito puede comportar riesgos asociados (gasto excesivo, robo, fraude...). En el caso de personas mayores, que llevan toda la vida pagando en
efectivo, su adaptación a otro medio de pago es complicada. Según el estudio llevado a cabo por CanalSondeo para APROSER, el 83 % de los encuestados cree que la reducción o supresión del efectivo implicaría dificultades para las personas de edad
avanzada y menores de edad.


- El efectivo es el único medio de pago para la población adulta no bancarizada. En algunos casos, las personas no tienen acceso a instrumentos o servicios bancarios. De hecho, según el Banco Mundial, solo el 50 % de la población mundial
de 15 años o más tiene abierta una cuenta bancaria en alguna institución financiera.


- El efectivo permite un mejor control de las finanzas personales. El dinero físico facilita que cualquier persona pueda controlar de manera sencilla y en cualquier momento los gastos que realiza, evitando el sobreendeudamiento y
permitiendo ajustar el presupuesto familiar y personal de manera más realista, ya que la sensación de pago es más intensa y visual que en otros medios de pago. Es por todos conocidos que la mayor parte de los pensionistas siguen acudiendo a las
entidades bancarias a inicios de mes para poder administrarse adecuadamente. No pueden tampoco obviarse las importantes comisiones 'por descubierto' y los altos intereses que es necesario soportar si no se controlan bien las fechas de pago.


b) El efectivo es necesario para el correcto funcionamiento de la economía:


- El coste del metálico es inferior que el de otros medios de pago. Los costes soportados por los bancos, la industria minorista y los consumidores son menores cuando el pago se hace en metálico. En cambio, cuando se hace por otro medio,
hay que sumar costes en materia de ciberseguridad, amortización de las inversiones en TPV o aplicaciones móviles, entre otros. Un estudio de la 'International Security


12 Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. (19 de marzo de 2020). Guía de buenas prácticas para los establecimientos del sector comercial, página 11.



Página 77





Ligue' concluye que para una transacción comercial media de 59 dólares (aproximadamente 53 euros) el efectivo cuesta 0,54 dólares por transacción, mientras que las tarjetas de débito suponen unos gastos del triple, exactamente 1,52 dólares
por transacción.


- Un medio de pago que no discrimina a las pequeñas empresas ni a los emprendedores. Para poder aceptar medios de pago electrónicos, los comerciantes deben asumir diferentes costes relacionados con la infraestructura tecnológica (por
ejemplo, un TPV). Para los grandes comerciantes, estos costes se deprecian fácilmente por el alto volumen de transacciones que realizan. Sin embargo, en el caso de los pequeños, resulta más complicado. El efectivo, en cambio, no requiere ninguna
inversión previa.


- En España, el 70-80 % del consumo privado aún se paga en metálico. De hecho, uno de cada cuatro españoles aún paga 'exclusivamente en efectivo' todos sus gastos semanales. Solo el 7 % paga únicamente con tarjeta. Además, el metálico es
el medio de pago más útil para transacciones de pequeño valor. A pesar del cierre de sucursales bancarias, de media, los españoles sacan dinero del cajero más de tres veces al mes y por un importe mayor. Por lo tanto, una sociedad cashless
ignoraría la voluntad y los derechos de una gran parte de la población. De hecho, un 76 % de los encuestados en el sondeo elaborado para APROSER cree que siempre se seguirá necesitando el pago en efectivo.


- El dinero en metálico es un instrumento de pago en tiempo real, sin riesgo de impago o de crédito. Cuando un cliente entrega un billete o una moneda en una tienda, esa transacción se abona de manera inmediata, el comerciante se convierte
en propietario de esos fondos y puede usarlos inmediatamente, para dar cambio al siguiente cliente o pagar a un proveedor. En cambio, si la misma transacción se realiza utilizando un sistema de pago diferente al efectivo, el comerciante puede
recibir los fondos hasta 2 o 3 días más tarde. Es un factor no desdeñable en un país que recibe anualmente a un número elevadísimo de turistas. Como puso de manifiesto un estudio del Deutsche Bundesbank junto con el 'EHI Retail Institute', los
pagos en efectivo en Alemania se completan en apenas 22 segundos y tienen un coste por transacción de 24 céntimos de euros, lo que hace del efectivo el método de pago más rápido y eficiente. Estas cifras cobran más importancia, si cabe, al
considerar que en el comercio minorista alemán se realizan cada año más de 20.000 millones de transacciones, de las cuales tres de cada cuatro se realizan en efectivo.


c) Seguridad y privacidad del consumidor:


- Las medidas de seguridad para evitar el fraude tienen mayor coste en los medios de pago electrónicos. Los riesgos asociados a los medios de pago electrónicos son muy variados (sustracciones de tarjetas, fraudes online, robos de
identidad...) y las medidas de seguridad para combatirlos son mucho más complejas. En el caso del efectivo, en cambio, tanto particulares como comerciantes pueden adoptar medidas sencillas y baratas para reducir los riesgos como depositarlo en una
cuenta bancaria o mantenerlo en una caja fuerte. El Instituto Coordenadas ha alertado de que las 'contactless' acumulan el 65 % del fraude por pago con tarjetas. En los últimos cinco años, el nivel de fraude en las tarjetas bancarias, tanto las de
contacto como las 'contactless', ha crecido en torno al 17 %, un porcentaje que, según sus datos, se duplicará en los próximos cinco años 'con el consecuente impacto en la economía y en el uso de esos medios de pago y frente al número de billetes
falsos, que cayó en 2019 al nivel más bajo de los últimos cinco años', recuerda el Instituto citando datos del Banco Central Europeo.


- Protege la privacidad sobre hábitos de consumo. El efectivo no requiere la divulgación de información personal entre las partes involucradas en una transacción, proporcionando un espacio de libertad en el que cualquier ciudadano puede
hacer una compra o una venta protegiendo su privacidad al mismo tiempo. Un 83 % de los encuestados en el estudio elaborado para APROSER cree que el pago en efectivo les permite 'preservar su privacidad' y un 76 % que la proliferación de medios de
pago telemáticos implicaría un mayor control de nuestra vida (qué hago, dónde estoy, etc).


- El efectivo no requiere la divulgación de información personal entre las partes involucradas en una transacción, proporcionando un espacio de libertad en el que cualquier ciudadano puede hacer una compra o una venta protegiendo su
privacidad al mismo tiempo. En una sociedad en la que el uso de técnicas de big data ha generado la monetización de la información personal, el anonimato es un derecho cada vez más escaso y, por tanto, más valioso. La cesión completa a las
entidades bancarias del control sobre la vida personal merece cuanto menos una reflexión en profundidad. Eliminar el efectivo nos llevaría a una situación donde alguien podría reproducir nuestra vida (¿dónde estoy?, ¿qué me gusta?), solo leyendo
un registro financiero.



Página 78





Segundo. No hay ninguna evidencia científica para que el Gobierno haya desaconsejado el uso de efectivo.


- Organización Mundial de la Salud (OMS). La OMS, a través de su portavoz Fadela Chaib, ha recordado que esta organización no ha dicho que los billetes transmitan COVID-19 ni ha emitido ninguna advertencia o declaración al respecto.
Además, Stephanie Brickman, también de la OMS, ha afirmado que 'el virus no sobrevivirá por mucho tiempo en superficies, particularmente en una superficie seca como un billete de banco'.


- Banco Central Europeo. Fabio Panetta, miembro del comité ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE), ha señalado que 'a fin de asegurar que el manejo de efectivo siga siendo lo más seguro posible, el BCE esta cooperando estrechamente con
los principales laboratorios europeos para evaluar el comportamiento del coronavirus en distintas superficies. Los resultados indican que el coronavirus puede sobrevivir más fácilmente sobre una superficie de acero inoxidable (por ejemplo, los
picaportes de las puertas) que en nuestros billetes de fibra de algodón, con tasas de supervivencia de entre unas 10 y 100 veces más altas en las primeras horas tras la contaminación. Otros análisis indican que es mucho más difícil que un virus se
transfiera desde superficies porosas, como los billetes de fibra de algodón, que desde superficies lisas como plástico. Así que los billetes en euros no representan un riesgo de infección particularmente significativo en comparación con otras
superficies con las que estamos en contacto en nuestro día a día'.


- 'Bank for International Settlements' (BIS). Según el BIS 'la evidencia científica sugiere que la probabilidad de transmisión a través de billetes es baja en comparación con otros objetos que se tocan con frecuencia, como terminales de
tarjetas de crédito o almohadillas de PIN'.


- Centro Superior de Investigaciones Científicas de España (CSIC). El jefe del Grupo Poxvirus y Vacunas del CSIC, Mariano Esteban, uno de los mayores expertos en virus en España, ha explicado que es muy difícil que un virus, tampoco el
nuevo coronavirus, se propague a través de objetos como el dinero en efectivo. Los billetes, añade, se contaminan con bacterias, no con virus, que no tienen efectos adversos en la población.


- Instituto Roslin-Universidad de Edimburgo: El profesor Juigen Haas, jefe de infectología, y la doctora Christine Tait-Burkard, experta en enfermedades infecciosas e inmunología del Instituto Roslin han señalado que, aunque el coronavirus
puede aparecer en objetos inanimados, las probabilidades de contraerlo de esta manera son bajos. Con respecto al efectivo, a menos que alguien esté usando un billete para estornudar, no es probable que el usuario contraiga COVID-19. Agregan que
las monedas son en realidad entornos muy malos para que los virus sobrevivan. En última instancia, normalmente no habría mucho coronavirus en la punta de los dedos de una persona, y aun así tendría que pasar por su sistema respiratorio para
infectarlo.


- Oficina de Salud de Frankfurt am Main: René Gottschalk, infectólogo y jefe de la Oficina de Salud de Frankfurt am Main, capital financiera alemana, ha explicado que billetes y monedas no son un canal de infección. Entre otras razones
porque las propiedades físicas de los billetes no prestan las características necesarias para transmitir agentes patógenos.


- Universidad Metropolitana de Londres: Gary McLean, profesor de inmunología molecular de esta universidad, ha afirmado que 'el virus no sobrevivirá en el dinero en efectivo por el tiempo que pueden hacerlo ciertas bacterias. Además, la
transmisión debería ser mediante contacto directo con la cara lo que minimiza enormemente las posibilidades de transmisión'. Añadió que no hay estudios científicos que demuestren que el coronavirus se transmita a través del efectivo'.


Tercero. El error cometido por parte del Gobierno al desaconsejar el uso de efectivo basado en la falsa información de que podría ser un factor de contagio, no solo ha provocado las consecuencias negativas expuestas en el exponiendo
primero, sino que además ha afectado al sector de seguridad privada encargado de la logística y distribución del efectivo. Las consecuencias económicas y laborales que ha generado la pandemia han sido agravadas por la acción del Gobierno. Por esta
razón, es especialmente urgente y necesaria la adopción de medidas correctoras.


Debe recordarse que el Código Civil, en su artículo 1.170 establece que 'el pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada y, no siendo posible entregar la especie, en la moneda de plata u oro que tenga curso legal en
España', siendo, actualmente, el euro la única moneda de curso legal en España y en el resto de los Estados miembros de la Unión Europea que han adoptado dicha moneda 13,


13 'A partir del 1 de enero de 1999, la moneda de los Estados miembros participantes será el euro. La unidad monetaria será un euro. Un euro se dividirá en cien cents'. Artículo 2 del Reglamento (Ce) N.º 974/98 del Consejo de 3 de mayo de
1998.



Página 79





lo que implica que el pago de cualquier deuda no puede ser rechazado cuando se realiza en efectivo. El dotar a una moneda de curso legal supone que el pago de cualquier deuda no puede ser rechazado cuando se realiza con la entrega de la
misma, y en el caso de los billetes, tienen además poder liberatorio pleno, es decir, deben aceptarse como medio de pago sin limitación alguna. Por lo tanto, ningún establecimiento comercial, banco, administración u otro acreedor puede oponerse al
pago en efectivo.


Sin embargo, debe recordarse que existen solo dos limitaciones a lo anterior. Por una parte, los establecimientos se pueden negar a aceptar más de 50 monedas en cada pago, tal y como recoge el artículo 11 del Reglamento (CE) N.º 974/98 del
Consejo de 3 de mayo de 1998 sobre la introducción del euro. Y, por otro, no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a
2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera, salvo sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional, en cuyo caso el citado importe podrá ser de 15.000 euros o
su contravalor en moneda extranjera, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las
actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. Pero, con la salvedad de estas dos únicas excepciones, el pago con dinero en efectivo tiene que ser aceptado.


En otro orden de consideraciones, debe señalarse que negarse a aceptar el pago en efectivo podría constituir una infracción recogida en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, al no ser aceptados los medios de pago admitidos legalmente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las siguientes medidas para defender el uso del dinero en efectivo en el marco de la epidemia por COVID-19:


1. Eliminar de los protocolos y recomendaciones sanitarias frente a la COVID-19 cualquier desincentivo al uso de efectivo.


2. Publicar y divulgar dichos protocolos en los medios que sea necesario para reparar el daño económico y la desinformación causados por la errónea indicación gubernamental previa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Antonio Salvá Verd, Juan Luis Steegmann Olmedillas y Georgina Trías Gil, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000941


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas para garantizar el tratamiento adecuado de la trombosis,
favorecer la adherencia terapéutica y facilitar el acceso a medicamentos anticoagulantes, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


La Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR) recientemente ha advertido del previsible crecimiento en el número de casos de trombos en piernas y pulmones, tanto por causa directa del COVID-19 como de la movilidad reducida
derivada del confinamiento.


Para afrontar estas trombosis, en particular el tromboembolismo pulmonar (TEP) o la trombosis venosa profunda (TVP) desde SEPAR se señala la necesidad de disponer de asegurar el abastecimiento y la adherencia terapéutica de anticoagulantes.
En ese sentido, señalan que en España existen diversas limitaciones que, si en circunstancias ordinarias son discutibles, en momentos como el actual de la crisis sanitaria del COVID-19, resultan difícilmente justificable.



Página 80





Por un lado, la cobertura pública de los anticoagulantes no es homogénea. A diferencia de lo que sucede en otros países de nuestro entorno, en España reciben financiación pública los anticoagulantes inyectables, como las heparinas de bajo
peso molecular (HBPM), pero no así los anticoagulantes orales de acción directa (ACOD). Los primeros, sin embargo, son mucho más caros, en torno a 300 euros, mientras que los segundos, igualmente efectivos, son mucho más baratos, alrededor de 85
euros, que hoy por hoy son financiados por sus usuarios. Desde SEPAR se señala que ampliar la financiación pública a los ACOD, como sucede en la mayoría de países de nuestro entorno, permitiría además ahorrar más de 80 millones de euros al año.


Por otro lado, el requisito para la dispensación de este tipo de medicamentos en diversas situaciones clínicas de autorización médica reforzada mediante sistema de visado supone la realización de trámites adicionales cuya exigencia no parece
proporcional teniendo en cuenta las perturbaciones que genera en la adherencia terapéutica de los pacientes. Una dificultad añadida que puede tener serias consecuencias en contextos en que esta adherencia ya se encuentra gravemente comprometida por
causa de la pandemia del COVID-19.


Por todo ello, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos, con la finalidad de favorecer la adherencia terapéutica de los pacientes con trombosis, teniendo además en cuenta las circunstancias excepcionales a causa de la pandemia de COVID-19,
presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, con el fin de garantizar un tratamiento adecuado a todos los pacientes con trombosis, favorecer la adherencia terapéutica y facilitar el acceso a medicamentos anticoagulantes, promueva,
entre otras, las siguientes medidas:


1. Establecer, en coordinación con las Comunidades Autónomas a través del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, los planes de prevención, detección y actuación necesarios ante un previsible incremento de los pacientes con
trombos, en especial con tromboembolismo pulmonar (TEP) o la trombosis venosa profunda (TVP), por causas relacionadas de forma directa o indirecta con la pandemia de COVID-19 o con las medidas de confinamiento decretadas para controlar su
propagación.


2. Extender la cobertura financiera pública a los medicamentos anticoagulantes orales de acción directa (ACOD), de la que ya disponen las heparinas, como medida para favorecer la adherencia terapéutica y garantizar el tratamiento adecuado
de los pacientes con trombosis, sobre todo teniendo en cuenta el previsible incremento de casos por causas relacionadas directa o indirectamente con el COVID-19.


3. Evaluar la supresión del requisito de autorización mediante sistema de visado para la expedición de estos medicamentos anticoagulantes, con la finalidad de simplificar trámites atendiendo al principio de proporcionalidad y facilitar el
acceso a este tipo de medicamentos, sobre todo durante la actual crisis sanitaria por la pandemia de COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Sara Giménez Giménez y Guillermo Díaz Gómez, Diputados.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000895


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Víctor Manuel Sánchez del Real, D.ª María de los Reyes Romero Vilches, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, D. Alberto Asarta Cuevas y D. Víctor González Coello de
Portugal, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a la gestión de deuda externa de España con regímenes no democráticos, para su discusión en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.



Página 81





Exposición de motivos


Primero. La exposición de motivos de la Ley 38/2006, de 7 de diciembre, reguladora de la gestión de la deuda externa inicia su exposición de motivos señalando que 'Las situaciones de endeudamiento insostenible suponen un lastre a las
posibilidades de desarrollo de numerosos países'. Pese a ser una verdad insoslayable, el legislador la toma en un sentido capcioso. No se señala el mero hecho de sobre endeudarse como parte de una decisión soberana y voluntaria, sino al
prestamista que pretende que le sea devuelto el préstamo en las condiciones estipuladas en el mutuo acuerdo.


Asimismo, la exposición de motivos indica, muy acertadamente, que 'resulta obligado que España adopte una política de gestión de deuda externa cada vez más sólida y responsable'. Ello necesariamente supone que se habrán de adoptar medidas
para garantizar la coordinación interna, transparencia y adaptación a las necesidades de desarrollo de los países deudores, revistiendo especial trascendencia la prevención de los problemas de sobreendeudamiento. Por ello, se creó un subcomité del
Consejo de Cooperación, órgano previsto en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que se ha de ocupar específicamente de cuestiones de deuda, donde se analizarán todas los asuntos relativos a los problemas de
sobreendeudamiento externo, incluyendo aspectos relativos al origen de la deuda (carácter democrático de los gobiernos que la contrajeron y uso dado a la misma).


Finalmente, la exposición de motivos de la referida Ley señala que será necesario garantizar el 'efectivo control parlamentario de la política adoptada por el Gobierno en esta materia, asegurando, no solo su coincidencia con los objetivos de
la cooperación internacional, sino también la transparencia de los datos y cifras sobre la misma'.


Segundo. El artículo 1.2 de la citada Ley 38/2006, de 7 de diciembre, señala expresamente 'que el objetivo de la presente ley es que la gestión de la deuda externa española esté vinculada con la política de cooperación española, conforme a
las prioridades y estrategias del Plan Director de la Cooperación Española, se integre activamente en el marco multilateral internacional, sea solidaria con los países en desarrollo y consistente con la política de la Hacienda Pública'.


El Plan Director de la Cooperación Española vigente (2018-2021) destaca América Latina y Caribe como una de sus regiones prioritarias, haciendo especial hincapié en que se definirán líneas de trabajo para erradicar la pobreza extrema,
reducir desigualdades y fortalecer capacidades de la sociedad civil, en la atención a servicios sociales básicos y en la consolidación de los derechos humanos, notablemente los derechos de la mujer, y de la democracia, la cohesión social, la
transparencia, la lucha contra la corrupción, la movilización de recursos domésticos y la eficacia y eficiencia de las políticas públicas.


En definitiva, parece evidente que uno de los pilares en los que se fundamentaría la actuación de la Cooperación Española, y de la emisión de fondos para dicha región es la promoción de la democracia y sus valores inherentes, esto es,
derechos humanos, transparencia y lucha contra la corrupción.


Tercero. Así, la Ley 38/2006, de 7 de diciembre, reguladora de la gestión de la deuda externa, estipula en su artículo 3, los principios rectores de la política española de gestión de deuda externa, de entre los que destacan, por su
coherencia con lo argüido anteriormente lo siguiente:


a) Respeto a la estabilidad financiera y de las obligaciones contractuales. Dado que en condiciones normales el endeudamiento externo es un instrumento de financiación al desarrollo que contribuye a paliar la ausencia de recursos internos y
permite acometer inversiones de otro modo imposibles, el principio general de actuación de la política de gestión de la deuda externa debe ser el de respeto de las obligaciones contractuales y de estabilidad en las relaciones financieras. Sólo se
requerirán actuaciones excepcionales en los casos en que el sobreendeudamiento frene el desarrollo del país deudor.


c) Coordinación interna. La política española de gestión de deuda será consistente con la política presupuestaria española y estará vinculada con la política española de cooperación al desarrollo. La coordinación será continuada entre el
Ministerio de Economía y de Hacienda, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y con el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, y se extenderá, caso a caso, a los Ministerios que resulte conveniente. En concreto, el tratamiento de la
deuda externa se considerará como una de las actuaciones prioritarias de cooperación financiera dentro de los Planes Directores de la Cooperación Española.


e) Condicionalidad. España se asegurará de que sus actuaciones de deuda exterior sean acompañadas por políticas del país deudor tendentes a solucionar los desequilibrios que le condujeron a una situación de endeudamiento que requiera
tratamientos excepcionales. Se prestará especial atención a que los países beneficiarios de tratamientos de deuda se comprometan de forma expresa y verificable a reducir el nivel de pobreza, a avanzar en la democratización del país, a progresar
significativamente en



Página 82





el respeto de los derechos humanos, a perseguir el crecimiento económico sostenible y el bienestar y el pleno desarrollo social y humano de sus pueblos y a la conservación del medio ambiente.


Estos tres principios rectores, ponen de relieve los puntales básicos a seguir por España a la hora de destinar recursos a países terceros. Esto es, las obligaciones contraídas por los países deudores deben respetarse, la política de
gestión de deuda será acorde con el resto de política presupuestaria, y, por último, estas acciones deben tener como fin la democratización del país receptor.


Cuarto. El 'Institute for Democracy and Electoral Assitance' (IDEA) es una organización intergubernamental que trabaja para apoyar y fortalecer las instituciones y los procesos democráticos en todo el mundo y desarrollar democracias
sostenibles, eficaces y legítimas. Cabe destacar que España es socio fundador y además ostenta la Vicepresidencia primera 14. Según el Informe The Global State of Democracy 2019 -desarrollado por el IDEA-, 'Cuba es el único país de la región que
ha aguantado como un régimen no democrático desde el comienzo de la tercera ola de democracia, y Venezuela presenta un caso de retroceso democrático que ha resultado en un derrumbe total. De hecho, Venezuela es la única de las cinco democracias en
la región desde 1977 que ha retrocedido a régimen no democrático'.


Y vuelve a citar a ambos regímenes señalando que 'la persistencia no democrática de Cuba proporciona un modelo para regímenes, incluidos Venezuela y Nicaragua, que recientemente han retrocedido significativamente de democracias a regímenes
híbridos- Nicaragua- o no democracias -Venezuela-. El colapso democrático de Venezuela ha tenido efectos indirectos en el resto de la región, generando la crisis migratoria y humanitaria más severa en la historia de América Latina'.


[**********página con cuadro**********]


Quinto. El Grupo Parlamentario VOX, en la pregunta con n.º de registro 21487, requería los datos referentes a la cantidad de deuda que los países iberoamericanos tienen contraída con España actualmente. El Gobierno, en su respuesta con
registro de entrada n.º 29345, de 13 de mayo, señalaba que la deuda ostentada por el Estado español frente a países iberoamericanos ascendía a 3.086,68 millones de euros -a fecha de 31 de enero de 2020-, presentando el siguiente desglose por
deudores:


14 La lista de países que forman IDEA es la siguiente: Suecia, Bélgica, España, Australia, Barbados, Benin, Botswana, Brasil, Canadá, Cabo Verde, Chile, Costa Rica, República Dominicana, Finlandia, Alemania, Ghana, India, Indonesia,
Luxemburgo, Mauricio, Méjico, Mongolia, Namibia, Holanda, Noruega, Panamá, Perú, Filipinas, Portugal, Sudáfrica, Suiza, Túnez y Uruguay. Japón es observador.



Página 83





[**********página con cuadro**********]


Según el cuadro -facilitado por el Gobierno-, Cuba acapara más del 65 % del total de la deuda, con 1.970,66 millones de euros. Resulta chocante que un régimen dictatorial como el de los hermanos Castro, que ha llevado a la más absoluta
pobreza a la sociedad cubana, sea premiado con casi 2.000 millones de euros.


Esta situación es diametralmente contraria a los principios rectores de la Ley 36/2008, de 7 de diciembre, reguladora de la gestión de la deuda externa.


Resulta evidente que un país como Cuba, dominado por un régimen antagonista de cualquier rasgo democrático, no debería ser sujeto de la Cooperación Española, ni receptor de sus fondos.


En el mismo sentido, otro régimen que dista mucho de poder ser calificado como democrático es el régimen de Nicolás Maduro, en Venezuela. Según los datos del Gobierno, Venezuela es el tercer mayor deudor de España con 217 millones de euros.


Esta situación no puede mantenerse en el tiempo. España no puede convertirse en un sostén para regímenes marxistas totalitarios, que solo traen miseria y desgracias para sus respectivas sociedades.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Elaborar y remitir a la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en un plazo no superior a tres meses, un informe en el que se detallen las fechas en las que España ha prestado los fondos a Venezuela y Cuba, desde el año
2004 hasta la actualidad, con indicación expresa del objeto de cada partida y de cuáles de ellas están destinadas a la democratización, los derechos humanos y la transparencia en dichos países.


2. Retirar cualquier tipo de financiación a los países que no sean considerados democráticos según el 'Institute for Democracy and Electoral Assistance' (IDEA), de la que España es miembro fundador.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2020.-Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Víctor Manuel Sánchez del Real, María de los Reyes Romero Vilches, Alberto Asarta Cuevas, Cristina Alicia Esteban Calonje y Víctor González Coello
de Portugal, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 84





Comisión de Igualdad


161/000906


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la suspensión de la liga de
Primera División del fútbol femenino en España, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


Fue hace 25 años aproximadamente cuando se aprobó la Declaración de BRIHTON sobre Mujer y Deporte con el objetivo de acelerar el proceso de cambio para rectificar los desequilibrios que tienen las mujeres en la práctica deportiva. Desde ese
momento, hasta el día de hoy, se han conseguido muchos avances y logros en la igualdad en el deporte: las Administraciones Públicas han implantado medidas de igualdad en el desarrollo del deporte, los medios de comunicación han comenzado a dar
visibilidad al deporte femenino, y muchas mujeres ostentan puestos de dirección en las entidades deportivas.


La presencia de deportistas femeninas no ha hecho más que crecer, y según el Informe 'Women and Sport', son un 50 % las mujeres menores de 50 años las que sienten un alto interés por la práctica deportiva con el objetivo de tener una mejor
salud y beneficios emocionales.


En nuestro país, el auge del fútbol femenino español es imparable y la liga de Primera División (Liga lberdrola) reúne a algunas de las mejores futbolistas del mundo, y cada vez acude más público a los campos de fútbol, siendo el domingo 17
de marzo de 2019 durante el encuentro entre el Fútbol Club Barcelona femenino y el Atlético de Madrid el partido que congregó a más de 60 mil espectadores en el Wanda Metropolitano.


Este éxito compartido, alcanzó la profesionalización del fútbol femenino el pasado 18 de febrero de 2020 con la firma del primer convenio colectivo entre la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF) y la Asociación de Futbolistas
Españoles (AFE), y que fue presentado en el Congreso de los Diputados ante la presencia de la Mesa del Congreso y los diferentes Grupos Parlamentarios, y en el que se han conseguido regular y garantizar condiciones y derechos laborales reclamados
desde hacía años por el colectivo de las futbolistas de nuestro país.


Desde el 14 de marzo con la entrada en vigor del estado de alarma, el fútbol femenino también se suspendió y quedó confinado, y ha sido la Comisión Delegada de la RFEF, en virtud de la Resolución del Consejo Superior de Deportes, la que ha
declarado el 8 de mayo de 2020 por finalizada la Primera División del fútbol femenino por considerarla liga regular no profesional, sin tener en cuenta ni el criterio de la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF) ni el criterio de la
Asociación de Futbolistas Españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Que el Gobierno de España, a través de/Consejo Superior de Deportes, revoque la decisión de la RFEF sobre la suspensión de la liga de Primera División del fútbol femenino en España (Primera lberdrola), hasta que no haya una decisión
colegiada o acuerdo con la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino y la Asociación de Futbolistas Españoles.


2. Que el Gobierno de España, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, establezca un nuevo régimen jurídico a través de una norma con rango de ley para el procedimiento de suspensión, cancelación o modificación de las ligas
profesionales y no profesionales del deporte español.


3. Que el Gobierno de España junto a la RFEF inicien los trámites para declarar como liga profesional la Primera División del fútbol femenino español (Primera lberdrola).


4. Que el Gobierno de España, a través del Ministerio de Sanidad, establezca los protocolos sanitarios de protección contra la COVID-19 para que en el caso de que se retome la competición en la Primera División del fútbol femenino pueda
realizarse con las garantías sanitarias necesarias.



Página 85





5. Que el Gobierno de España, a través del Consejo Superior de Deportes acuerde la creación de una mesa para el diálogo con la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino y la Asociación de Futbolistas Españoles para la evaluación del futuro
de/fútbol femenino tras la crisis sanitaria de la COVID-19.


6. Que el Gobierno de España, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, dote de recursos económicos al fútbol femenino español para enfrentarse a la crisis sanitaria de la COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Javier Merino Martínez, Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Marta González Vázquez, Óscar Gamazo Micó, Margarita Prohens Rigo, Alberto Casero Ávila, José Alberto Herrero Bono, Eduardo
Carazo Hermoso y Pilar Marcos Domínguez, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales


161/000907


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Juan José Aizcorbe Torra, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. Carlos José Zambrano García-Ráez, D. José María Figaredo Álvarez-Sala y D. José María
Sánchez García, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la reforma del marco institucional de España y, en particular, del Consejo de Estado, para su discusión en la Comisión para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales.


Exposición de motivos


Primero. Consideraciones previas.


La emergencia de salud pública provocada por la pandemia de COVID-19 ha sacado a relucir muchos de los numerosos problemas que España sufre en su modelo institucional, en general, y en el sistema de toma de decisiones públicas, en
particular. La pobre respuesta a la pandemia ofrecida por el conjunto de los poderes e instituciones del Estado (incluyendo también los de las distintas regiones) no es fruto de la casualidad, sino el resultado combinado de factores coyunturales y
estructurales.


La entrada en el Gobierno de gestores mediocres, sin experiencia, cortoplacistas y solo expertos en propaganda emponzoña la calidad del sistema político y administrativo de nuestro país en todas las direcciones: politiza la Administración,
empeora la gobernanza, penaliza la excelencia y anula tanto los mecanismos de control como los de apoyo a la función ejecutiva del Gobierno.


La oposición tiene como misión proponer grandes reformas estructurales que España necesita en sus ámbitos político e institucional, y que no se pusieron en marcha tras la profunda crisis de 2008. El objetivo debe ser que nuestro país siente
las bases para igualarse a aquellos que han respondido con eficacia, agilidad y buen hacer a los desafíos presentados por la pandemia. Deben mejorarse los contrapesos entre poderes, incrementarse la independencia de las distintas instituciones y la
capacidad de las personas que las dirigen, y facilitar que la Nación pueda salir airosa y reforzada de los impactos que pueda recibir en el futuro.


En este sentido, se hace necesario examinar cuidadosamente y de forma individualizada el comportamiento de los distintos órganos del Estado, comenzando por aquellos cuya existencia está recogida en la Constitución.



Página 86





Segundo. Los defectos de la legislación de excepción dictada.


El artículo 116 de la Constitución Española (en adelante, CE) establece que:


'El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no
podrá ser prorrogado dicho plazo.


El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.'


En uso de esta competencia, que se concreta y regula en la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, el Gobierno declaró el estado de alarma para hacer frente a la emergencia de salud pública originada por la pandemia de COVID-19. Lo hizo
mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (en adelante, el Real Decreto), que ha sido posteriormente prorrogado en diversas ocasiones 15.


Desde esa fecha, y hasta el pasado 16 de mayo, el Ejecutivo ha pergeñado una tupida red compuesta por 209 normas, que se desglosan de la siguiente manera:


- 13 reales-decretos leyes.


- Seis reales decretos, incluidos el que activó el estado de alerta y sus cuatro prórrogas.


- 113 órdenes ministeriales.


- 71 resoluciones de Ministerios (más una del Banco de España).


- Cinco instrucciones.


- Un acuerdo.


Este Derecho de excepción adolece de graves defectos, entre los cuales debemos señalar:


1. La falta de adecuación de la herramienta constitucional utilizada (el estado de alarma) como base de la suspensión de derechos efectivamente acordada por vía del Real Decreto.


2. La escasa calidad normativa de muchos de estos textos. La reforma de decretos sobre decretos anteriores y las contradicciones entre órdenes dictadas por distintos Ministerios han sido una constante. Así, el propio Real Decreto tuvo que
ser modificado tres días 16 después para solventar distintos olvidos, y para incluir una dudosa habilitación al ministro de Sanidad 'para modificar, ampliar o restringir las actividades previstas' en este.


3. La introducción disimulada de materias que poco o nada tenían que ver con el objeto de la norma ni con el contexto de emergencia. Encontramos casos paradigmáticos: (i) la modificación de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del
Centro Nacional de Inteligencia para incluir en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia al vicepresidente segundo, señor Iglesias Turrión; o (ii) el traspaso de la gestión de las Clases Pasivas del Estado al Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones desde el Ministerio de Hacienda.


4. La regulación mediante órdenes ministeriales de limitaciones de derechos fundamentales de un alcance nunca visto en democracia y que deben quedar exclusivamente para normas de rango jerárquico superior. Entre ellos, el toque de queda
entre las 23:00 y las 06:00 horas.


5. La planificación de la vuelta a la 'nueva normalidad' (la mal llamada 'desescalada') en un documento que incluya duras restricciones y que ni siquiera ha sido objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado.


El estado de alarma no está previsto para que durante su vigencia se produzca la proliferación normativa que el Gobierno ha promovido, que modifica subrepticiamente normas fundamentales y provoca una grave inseguridad jurídica. Antes al
contrario, este mecanismo constitucional está pensado para atajar una concreta situación de crisis por el tiempo mínimo indispensable, pero no para amparar, ocultar o posibilitar la transformación del ordenamiento jurídico al completo.


Tercero. El Consejo de Estado como ejemplo paradigmático de la deficiente calidad institucional de España.


15 Por los Reales Decretos 476/2020, de 19 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, 492/2020, de 24 de abril, 514/2020, de 8 de mayo y 537/2020, de 22 de mayo.


16 Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.



Página 87





El artículo 107 CE dispone que:


'El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.'


En cumplimiento de este mandato se dictaron la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado (en adelante, LOCE) y el Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado (en
adelante, ROCE).


Así, el artículo primero LOCE establece que:


'Uno. El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno.


Dos. Ejerce la función consultiva con autonomía orgánica y funcional para garantizar su objetividad e independencia de acuerdo con la Constitución y las Leyes [...]'


Se trata de un órgano encuadrado en la Administración General del Estado, pero con autonomía orgánica y funcional, conforme a la tradición del Derecho público español desde Carlos I. Se configura históricamente como órgano consultivo no solo
del Gobierno, sino también del conjunto de las Administraciones Públicas (STC 56/1990, de 29 de marzo).


El Consejo de Estado es el ejemplo paradigmático de la deficiente calidad institucional de España. En efecto, las llamadas a la 'autonomía orgánica y funcional' y a la garantía de su 'objetividad e independencia' contrastan mal con los
procedimientos de designación de su presidente y consejeros, que se encomiendan 'libremente' a un 'real decreto'. Esto es, a que el Gobierno de turno elija sin cortapisas a los miembros de este órgano constitucional, salvo algunos de los consejeros
natos (como el Director de la Real Academia Española, los Presidentes de las Reales Academias de Ciencias Morales y Políticas y de Jurisprudencia y Legislación, el Presidente del Consejo Económico y Social y El Presidente del Consejo General de la
Abogacía).


Así, el artículo sexto.uno LOCE establece:


'El presidente del Consejo de Estado será nombrado libremente por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros y refrendado por su presidente entre juristas de reconocido prestigio y experiencia en asuntos de Estado.'


Por su parte, el artículo séptimo dispone que:


'Los consejeros permanentes, en número igual al de las Secciones del Consejo, son nombrados, sin límite de tiempo, por Real Decreto entre personas que estén o hayan estado comprendidas en alguna de las categorías siguientes', entre las que
se encuentran la de haber sido 'ministros' o presidentes de Comunidad Autónoma. Los consejeros permanentes son inamovibles en sus cargos, salvo renuncia.


Para último, de acuerdo con el artículo noveno ibidem:


'Los Consejeros electivos de Estado, en número de diez, serán nombrados por Real Decreto, por un periodo de cuatro años, entre quienes hayan desempeñado cualquiera de los siguientes cargos', donde se mencionan los de 'diputado o senador de
las Cortes Generales', 'ministro o secretario de Estado', 'presidente o miembro del Consejo Ejecutivo de Comunidad Autónoma' o 'alcalde de capital de provincia, presidente de Diputación Provincial'. Los consejeros electivos cesan por renuncia o por
causa de delito, incapacidad permanente o incumplimiento de su función, apreciada en Real Decreto.'


En definitiva, se regula un 'coladero' en el que el Poder Ejecutivo está legalmente amparado para designar a quien le plazca, con las pocas salvedades apuntadas.


No es de extrañar, por ello, que ni siquiera transcurrido un mes de la toma de posesión de don Pedro Sánchez Pérez-Castejón como presidente del Gobierno se dictase el Real Decreto 703/2018, de 29 de junio, por el que se nombró presidenta del
Consejo de Estado a doña María Teresa Fernández de la Vega Sanz.


La señora Fernández de la Vega Sanz se afilió al Partido Socialista Unificado de Cataluña (PSUC) en 1979 y, tras la llegada al poder del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en 1982, comenzó a ocupar puestos en la Administración. Entre
ellos, y consecutivamente, directora de Gabinete del ministro de Justicia, directora general de Servicios del Ministerio de Justicia, vocal del Consejo General del Poder Judicial, secretaria de Estado de Justicia, diputada, secretaria general del
Grupo Parlamentario Socialista,



Página 88





vicepresidenta del Gobierno y ministra de Presidencia y, como colofón a su carrera, presidenta del Consejo de Estado por real decreto.


Por su parte, la lista de consejeros está trufada de antiguos ministros, diputados o senadores pertenecientes al PSOE o al Partido Popular, que encuentran en el Consejo de Estado un final dorado a su carrera profesional.


La facilidad para ser nombrado consejero de este órgano contrasta con la excelencia que se requiere para la provisión de los puestos de letrado, que deben enfrentarse al estudio de una difícil oposición y de una, en ocasiones, más dura
escasez de vacantes. Este cuerpo está integrado por un gran número de juristas brillantísimos y siempre dispuestos a dar lo mejor de sí para cumplir las funciones constitucionales que tienen encomendadas para servir a España. Más aún en un
contexto que requería y requiere el concurso de todo el aparato del Estado para su superación.


Cuarto. El Consejo de Estado como Supremo Órgano Consultivo del Gobierno al que no se ha acudido.


Como se observa, el Gobierno tiene a su alcance órganos consultivos cuyo mandato reside en asesorarle y aconsejarle sobre las normas que dicta.


En concreto, en lo que se refiere a la función consultiva, el artículo segundo LOCE preceptúa que:


'1. En el ejercicio de sus funciones, el Consejo de Estado velará por la observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico. Valorará los aspectos de oportunidad y conveniencia cuando lo exijan la índole del asunto o lo
solicite expresamente la autoridad consultante, así como la mayor eficacia de la Administración en el cumplimiento de sus fines.


2. El Consejo de Estado emitirá dictamen sobre cuantos asuntos sometan a su consulta el Gobierno o sus miembros [...]


3. El Consejo de Estado realizará por sí o bajo su dirección los estudios, informes o memorias que el Gobierno le solicite y elaborará las propuestas legislativas o de reforma constitucional que el Gobierno le encomiende. Podrá llevar a
cabo igualmente los estudios, informes o memorias que juzgue oportuno para el mejor desempeño de sus funciones.'


Por su parte, el artículo 21 LOCE señala:


'El Consejo de Estado en Pleno deberá ser consultado en los siguientes asuntos: 10. Asuntos de Estado a los que el Gobierno reconozca especial trascendencia o repercusión.'


Llama poderosamente la atención que en esta profusión normativa, el Gobierno no haya considerado que necesite ser asesorado por los órganos constitucionales del Estado.


Tampoco que, en su profusión reguladora, el Ejecutivo deba someterse a ningún control. La pulsión autoritaria de este Gobierno del 'compromiso en defensa de la libertad' 17 no conoce límites.


Así, es inaudito que, ante la extraordinaria gravedad de la situación de emergencia vivida (con estimaciones que hablan de más de 50.000 fallecidos y con una crisis económica que, si nada lo remedia, será devastadora), el Ejecutivo no haya
hecho uso de la función consultiva 'característica del Consejo de Estado', en tanto que:


'intervención preceptiva [...], sea o no vinculante, [que] supone en determinados casos una importantísima garantía del interés general y de la legalidad objetiva y, a consecuencia de ello, de los derechos y legítimos intereses [de los
ciudadanos]' (STC 204/1992).


En este sentido, de las 209 normas dictadas hasta el 16 de mayo, solo para una de ellas se ha acudido al 'supremo órgano consultivo' de las Administraciones Públicas, y para una cuestión menor: la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por la
que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, que determina las actividades económicas que podrán
acogerse a la moratoria en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social.


Podría alegarse que no había tiempo material para recabar la ayuda del Consejo de Estado, dado que la inusitada rapidez de los acontecimientos necesitaba de la rápida adopción de medidas extraordinarias.


17 Introducción, acuerdo coalición progresista PSOE-Unidas Podemos: 'Un nuevo acuerdo para España'.



Página 89





La realidad es que el Gobierno ha adoptado todas sus medidas con días o semanas de retraso con respecto al momento en que surgía la necesidad. Es más, algunas de las medidas que el Gobierno ha adoptado como definitivas (la obligatoriedad de
las mascarillas, por ejemplo) habían sido descartadas en momentos iniciales como innecesarias. Al margen de esta discusión, la extraordinaria urgencia de una medida nunca podría servir como excusa para no recabar la opinión del Consejo de Estado al
respecto.


Y ello porque, según el artículo 19 LOCE:


'Uno. Cuando en la orden de remisión de los expedientes se haga constar la urgencia del dictamen, el plazo máximo para su despacho será de quince días, salvo que el Gobierno o su presidente fijen otro inferior.


Dos. Si el plazo fijado fuese inferior a diez días, la consulta será despachada por la Comisión Permanente, aun siendo competencia del Pleno, sin perjuicio de que el Gobierno pueda requerir ulteriormente el dictamen del Pleno.'


Como se observa, nada obsta a que, por motivos de extraordinaria urgencia, el Gobierno o su presidente soliciten la evacuación del dictamen en un plazo extraordinariamente corto, resolviendo en este caso la Comisión Permanente, con mayor
motivo si se está a la praxis del Consejo de Estado, que enseña que no es insólito que se evacúe una solicitud de dictamen en el plazo de horas (como sucedió con ocasión de la crisis catalana de 2017).


Ello es especialmente llamativo porque el iter genésico del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo fue el culmen de la ineficiencia:


- El jueves 12 de marzo de 2020 el Consejo de Ministros descartó declarar el estado de alarma y optó por medidas graduales.


- El viernes 13 de marzo el presidente del Gobierno anunció que al día siguiente reuniría al órgano que preside para declarar el estado de alarma. En la misma comparecencia, el señor Sánchez Pérez Castejón informó de que las medidas
entrarían en vigor el lunes 16 de marzo a las 08:00 horas.


- El sábado 14 de marzo el Ejecutivo dictó por fin un real decreto que, afortunadamente, preveía su entrada en vigor en el momento de su publicación.


Es decir, desde que se empieza a valorar el estado de alarma hasta que finalmente se declara transcurren tres días. Dada la 'especial trascendencia [y] repercusión' de la cuestión ¿no era posible recabar un dictamen de urgencia? ¿O,
simplemente, se quiso escapar de cualquier control?


En cualquier caso, ¿por qué 208 de las 209 normas dictadas desde el 14 de marzo no han recabado el dictamen del Consejo de Estado, ni siquiera las promulgadas durante las últimas semanas, cuando el primer envite de la crisis de salud pública
parece ya superado y, en consecuencia, decae la situación de emergencia? Es más, ¿por qué no se ha aprovechado la previsión del artículo 19.2 LOCE, que permite recabar un informe ex post del Pleno?


Quinto. La función consultiva del consejo de estado habría sido de gran ayuda.


El Grupo Parlamentario VOX considera que es vital elaborar un programa de reforma del marco institucional de España, cuya debilidad se ha puesto de manifiesto a raíz del impacto de la pandemia.


En este sentido, se propone comenzar por el Consejo de Estado en orden a su despolitización y profesionalización. Un órgano que verdaderamente ejerciese su función consultiva con 'autonomía orgánica y funcional', con 'objetividad e
independencia', habría sido de enorme ayuda en una hora tan grave para la Nación como la vivida.


En este sentido, la consulta a este órgano constitucional, con base en la 'especial trascendencia [y] repercusión de las materias reguladas', habría supuesto:


(i) una mejor calidad de la normativa dictada desde el inicio de la emergencia, ayudando a mejorar su redacción, a eliminar contradicciones y a rellenar lagunas de regulación e interpretación;


(ii) un mayor respeto a los derechos y libertades fundamentales de los españoles y a la coherencia intrínseca del ordenamiento constitucional;


(iii) una menor confusión para los españoles en aspectos que regulan aspectos fundamentales de su vida, como las ayudas sociales vinculadas al estado de alarma;


(iv) una menor litigiosidad futura, que hipotecará en buena medida los recursos del Estado.



Página 90





Por ello, este Grupo Parlamentario cree firmemente que el 'supremo órgano consultivo' del Estado, convenientemente renovado y perfeccionado, debería haber sido emplazado por el Gobierno para desplegar su función, incrementando la calidad de
los centenares de normas dictadas. La deficiente legislación de excepción promulgada carece del barniz de excelencia e imparcialidad que este órgano debería otorgar a aquello que analiza e informa.


Por último, cumple destacar que el artículo 20.1 LOCE establece que:


'El Consejo de Estado, en Pleno o en Comisión Permanente, podrá elevar al Gobierno las propuestas que juzgue oportunas acerca de cualquier asunto que la práctica y experiencia de sus funciones le sugieran.'


Sexto. Los perjudicados por la deficiente técnica legislativa de la profusa normativa aprobada son los españoles.


La pésima técnica legislativa supone que las 209 normas promulgadas se solapen unas con otras, derogando o prorrogándose entre sí o a normas preexistentes. Esta situación genera una terrible inseguridad jurídica.


Las empresas se ven obligadas a interpretar casi a ciegas la normativa 'de alarma'. No saben si podrán retomar su actividad a la mañana siguiente. Los trabajadores acogidos a los ERTE se encuentran en limbos legales en los que no saben si
continuar o no trabajando. Los autónomos no saben si su actividad es o no 'esencial'.


En definitiva, la confusión normativa provocada ha abocado y continúa abocando a España a una situación inaceptable de caos y desconcierto jurídico. Los perjudicados directos son la inversión extranjera y nacional y los autónomos y
trabajadores que dependen de ese movimiento económico. Los verdaderamente damnificados, todos los españoles.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Elaborar un proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado de acuerdo con los siguientes principios:


(i) Asegurar de una manera real la autonomía del Consejo de Estado para que ejerza su función consultiva con verdadera 'independencia y objetividad'.


(ii) A tal efecto, modificar el procedimiento de designación del presidente, de los consejeros permanentes y de los consejeros electivos, de tal manera que estos no puedan ser nombrados libremente por el Gobierno, sino que se establezcan
criterios de objetividad, independencia y excelencia que garanticen el acceso de los mejores.


(iii) Asimismo, incrementar la diversidad de los perfiles que pueden acceder al cargo de consejeros permanentes, natos y electivos, incluyendo entre ellos a personas de reconocido prestigio en otras ramas distintas de las jurídicas y, en
particular, en las científicas y técnicas.


(iv) Arbitrar un procedimiento de urgencia para el despacho de dictámenes por la Comisión Permanente en un plazo máximo de cinco días, que podrá rebajarse a 48 horas cuando estuviesen vigentes los estados de alarma, excepción o sitio.


(v) Incluir entre los asuntos sobre los que el Consejo de Estado deberá ser consultado la 'normativa dictada durante la vigencia de cualesquiera de los estados de alarma, excepción o sitio', debiendo evacuarse los dictámenes sobre este
particular conforme al procedimiento de extrema urgencia del número anterior.


2. Solicitar del Consejo de Estado la elaboración de un informe que analice de manera omnicomprensiva la legislación de excepción dictada por el Gobierno desde el 14 de marzo de 2020 hasta el término de la vigencia del estado de alarma.


Este informe tendrá como finalidad subrayar las ineficiencias, contradicciones, lagunas y cualesquiera otros defectos formales o sustantivos de la normativa dictada. Las recomendaciones efectuadas deben servir como base para la modificación
y mejora de la citada normativa en el plazo más breve posible.



Página 91





3. Solicitar del Consejo de Estado una propuesta de modificación legislativa de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio atendiendo a los objetivos, criterios y límites siguientes:


(i) La actualización de su contenido para cubrir nuevas situaciones que puedan constituir presupuestos habilitantes para la declaración de estos estados.


(ii) El mejor deslinde entre los estados de alarma y de excepción, de tal manera que la declaración de uno u otro venga determinada por la naturaleza de las medidas que el poder ejecutivo desea adoptar y no por la interpretación literal de
un determinado presupuesto habilitante.


(iii) La previsión de medidas concretas que garanticen que la declaración de cualquiera de estos estados no suponga la interrupción del normal funcionamiento de los poderes constitucionales y, en particular, de las Cortes Generales, en tanto
que el control al que este debe someter al Gobierno de la Nación es una garantía inderogable e inexcusable en el curso ordinario de los asuntos y, aún en mayor medida, durante la vigencia de estos estados.


Para la elaboración del referido informe deberán tenerse en cuenta, entre otras fuentes, las experiencias de Derecho comparado, los estudios doctrinales en la materia, los antecedentes legislativos y la jurisprudencia y doctrina
constitucional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Eduardo Luis Ruiz Navarro, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan José Aizcorbe Torra, Pablo Juan Calvo Liste, Carlos José Zambrano García-Raez, José María Figaredo Álvarez-Sala y José
María Sánchez García, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión sobre Seguridad Vial


161/000930


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Víctor Manuel Sánchez del Real, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados
del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a vehículos de movilidad
personal post COVID-19, para que ge debata en la Comisión sobre Seguridad Vial.


Exposición de motivos


Con la aparición del SARS-CoV-2 a finales del 2019 y la epidemia declarada a comienzos del 2020, la vida de todos los ciudadanos ha cambiado de forma radical. La declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020 como
reacción al virus proveniente de China ha supuesto la modificación de hábitos en cuanto a movilidad y circulación de la práctica totalidad de los españoles. Las restricciones respecto a los trayectos, las limitaciones en los medios de transporte y
las medidas higiénico-sanitarias han establecido un nuevo escenario para la seguridad vial.


La mentalidad de los ciudadanos ha cambiado en cuanto a los medios de transporte. Si bien antes había un consenso partidario de la promoción de los medios de transporte públicos, la situación sanitaria y la posibilidad de contagio del virus
de Wuhan hace que ese consenso se haya debilitado. En esa misma línea se pronunció María Lidón, a la sazón Secretaria General de la Dirección General de Tráfico, cuando en un encuentro virtual expuso que 'el transporte privado no puede sustituir a
todo el transporte público porque es el medio más accesible, aunque ahora mismo su uso es contraproducente para la expansión del virus'.


Son muchas las quejas de usuarios del transporte público respecto a aglomeraciones en determinados momentos y en algunos medios de transporte, imposibilitando mantener las medidas de distanciamiento social. Y es que es cierto que los medios
de transporte públicos no pueden conjugar las medidas de



Página 92





seguridad sanitarias con la frecuencia de los mismos. Los medios son los que son y las necesidades de uso también, siendo una realidad la masificación en determinadas franjas horarias.


Como formas alternativas al transporte público, el automóvil ha sido el más utilizado, si bien en los últimos años se ha visto sometido a restricciones en cuanto a las zonas de circulación por motivos de contaminación. Además, durante la
vigencia del estado de alarma han existido normativas relativas a la ocupación de los mismos.


El informe del Observatorio de Conductores del RACE, recientemente publicado, señala que los españoles van a dar prioridad al coche y a la moto para sus desplazamientos al trabajo, ante la inseguridad higiénico-sanitaria que genera el
transporte público. De hecho, desde el RACE se asegura que el 20 % de usuarios de transporte público empezarán a utilizar medios de transporte privados, y que un 25 % de quienes acuden a su puesto de trabajo andando van a utilizar sus propios
coches.


Sin embargo, en los últimos años, han aparecido nuevas formas de movilidad individual junto a las tradicionales bicicletas y motocicletas -incluidos los ciclomotores-. Estas nuevas formas suponen en su mayoría la electrificación de estos
vehículos, lo que les hace más potentes. Así, tenemos patinetes, motocicletas y bicicletas eléctricas que se han convertido en un estilo de vida muy extendido entre los jóvenes.


Según el último Barómetro de la Bicicleta para el año 2019, que publica la Red de Ciudades por la Bicicleta, el 51 % de la población española de entre 12 a 79 años utiliza la bicicleta, mientras que el 51 % de los hogares dispone al menos de
una.


Las ventajas antes de la irrupción del virus de Wuhan eran varias. Por un lado tenían un precio relativamente asequible para los jóvenes que no pudieran acceder a un automóvil; en segundo lugar tenían un mantenimiento escaso en comparación
con los vehículos de combustible; además no presentaban los problemas clásicos de embotellamientos y aparcamiento; no era necesario adquirirlos, pues existen muchas plataformas, algunas de ellas de titularidad pública o concesionarias, de alquiler
y que permitían compartir; y, por último, eran medios de transporte 'de moda', al ser considerados vehículos de movilidad ecológicos.


Sin embargo, muchos de estos medios, a pesar de ser medios 'limpios', se encontraron con la oposición de varias administraciones, quedando su regulación en una suerte de limbo que, ante las actuales y trágicas circunstancias que estamos
viviendo, se hace necesario regular.


Si bien es cierto que, por su autonomía y características son vehículos urbanos, no es menos cierto que es necesario implementar, a nivel nacional, medidas para regular su uso.


Con una adecuada regulación, se evitarían los problemas que han dado lugar a quejas y que tienen que ver con las zonas de estacionamiento, carriles por donde circular, velocidad máxima permitida, medidas de protección, número de personas por
vehículo (en el caso concreto de los patinetes), etc. Delegar la autorización para la circulación a entidades locales o Comunidades Autónomas acrecienta el problema, pues su consecuencia es la variedad en cuanto a normativa, y no se entiende
establecer diferenciaciones que darían lugar a normas dispares y dispersas que impedirían la armonización en utilización de estos medios de transporte individuales en cualquier zona del territorio español.


Se habla de la necesidad de obtener una licencia de conducción para los patinetes y bicicletas, que mediante cursos de seguridad vial y un examen, garanticen el conocimiento y cumplimiento de las normas de circulación. De igual forma sería
necesaria la contratación de un seguro o ampliación de cobertura de los ya existentes para cubrir como mínimo los daños que se causen a terceros como consecuencia de accidentes.


Para aquellos vehículos que tengan un motor eléctrico recargable se hace precisa la ampliación de los puntos de recarga públicos, con precios asequibles, pues no se entiende que, por un lado, se tienda a penalizar los transportes con motor
de combustión y, por otro, se promocionen los vehículos eléctricos con una red de recarga tan escasa.


Por otro lado, estos vehículos eléctricos necesitan de baterías potentes y puede ser la ocasión propicia para dar el impulso definitivo a la fabricación de baterías de litio en España, haciendo que seamos un país puntero en esta materia por
diseño, fabricación y exportación.


Otra cuestión es la de los vehículos de alquiler o compartidos. Con la posibilidad de contagio, muchos usuarios verán con reticencia el uso de estos vehículos ante el desconocimiento de quién ha utilizado el mismo antes y si se ha
desinfectado. Para evitar esta cuestión, se hace imperativo crear un protocolo de higiene y utilización segura a nivel estatal que genere confianza a los usuarios, y no dejarlo en manos de la iniciativa privada o a nivel local, pues no favorecería
su uso.



Página 93





De esta forma y dadas las actuales circunstancias, una vez continúe el desconfinamiento y bajo una gran crisis económica, este tipo de vehículos de movilidad personal, conocidos como VMP, tendrán un papel decisivo por su accesibilidad en
general y por estar incardinados dentro de los vehículos ecológicos en la mayoría de los casos.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX, en su deseo de ofrecer soluciones a los problemas y animando al Gobierno a buscar fórmulas a medio y largo plazo, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer un plan integral para la circulación en vehículos de movilidad personal a nivel estatal conteniendo las siguientes medidas:


1. Promover, a través del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, en coordinación con las distintas Administraciones Públicas y entidades que desarrollan actividades en esos ámbitos, un plan de actuación conjunta
en materia de tráfico, seguridad vial o movilidad sostenible, con los siguientes objetivos:


i. Adoptar las medidas necesarias para obtener una regulación uniforme y homogénea sobre la circulación de vehículos de movilidad personal.


ii. Fomentar la creación de vías o carriles especiales de interconexión entre núcleos urbanos próximos, habida cuenta de la velocidad de estos vehículos.


iii. Revisar los criterios de circulación para compatibilizar el uso de vehículos de movilidad personal con otros vehículos como coches, camiones, etc. en núcleos urbanos.


2. Promoción de las medidas de seguridad y circulación mediante la enseñanza en centros escolares.


3. Establecimiento de un plan de promoción de estos vehículos con la creación de incentivos económicos.


4. Creación de unos protocolos a nivel nacional para el uso de vehículos de movilidad personal que sean compartidos o de alquiler, donde se recojan las normas de utilización y de desinfección para evitar contagios. Estos protocolos deberán
darse a conocer de forma pública, de manera que los turistas que nos visiten tengan la certeza de una higiene adecuada en los mismos, lo que ayudaría a impulsar a su vez al turismo en estos momentos de crisis. Estos protocolos deberán ser
negociados con las Comunidades Autónomas y administraciones locales con el fin de homogeneizarlos.


5. Ampliación de forma significativa de la red de puntos de recarga de vehículos eléctricos.


6. Impulso y creación de facilidades para la fabricación en España de estos vehículos, así como baterías eléctricas, aprovechando los altísimos conocimientos de la industria española, evitando trabas innecesarias, con el objetivo de
abaratar la adquisición de vehículos eléctricos o híbridos y hacer de nuestra industria un modelo internacional en I+D+i.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-Patricia Rueda Perelló, Francisco José Alcaraz Martos, Víctor Manuel Sánchez del Real, Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000936


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la reducción de tasas máximas de alcohol en sangre permitidas en la
conducción, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial.


Exposición de motivos


El consumo de alcohol constituye uno de los principales factores de riesgo durante la conducción de vehículos. Las investigaciones disponibles demuestran que el consumo de alcohol, aun en cantidades relativamente pequeñas, aumenta la
probabilidad de implicación en accidente. El alcohol no solo perjudica



Página 94





procesos esenciales para la utilización segura de la vía pública, como la visión y los reflejos, sino que también aparece frecuentemente asociado con otros comportamientos de riesgo, como el exceso de velocidad o el no uso del cinturón de
seguridad y el casco.


En materia de conducción bajo los efectos del alcohol, se han producido enormes avances en la concienciación de los conductores españoles. Esto queda demostrado por el hecho de que el porcentaje de positivos en los controles preventivos
realizados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil haya pasado de 5,0 % en el año 2000 a 1,2 % en el año 2019. Los conductores han aprendido, en general, a disociar consumo de alcohol y conducción. Aun así, todavía un 26,5 % de los
conductores fallecidos en 2018 presentaban una tasa de alcoholemia positiva, según el último informe del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, con datos de una muestra de 535 conductores.


El último informe de la Organización Mundial de la Salud, publicado a finales de 2018, 'Global Status Report on Road Safety 2018', muestra que, mientras la tasa de alcoholemia máxima general de 0,5 g/I en sangre (0,25 mg/I en aire espirado)
que tenemos en España es conforme con las recomendaciones de este organismo internacional, pero no ocurre lo mismo con la tasa aplicada al colectivo de conductores noveles, que en España es de 0,3 g/I (0,15 mg/I en aire espirado), frente a la
recomendación de la OMS de 0,2 g/I (0,10 mg/I en aire espirado).


Ya en 2001, hace 19 años, la Comisión Europea (recomendación C(2000) 4397) recomendaba una tasa máxima de 0,2 g/I, no solo para conductores noveles, sino también para conductores de vehículos de grandes dimensiones y conductores de vehículos
de transporte de mercancías peligrosas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno, en el marco de sus competencias a:


1. Reducir la tasa máxima de alcohol en sangre permitida a conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de
nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, a 0,2 g/I en sangre (0,1 mg/l en aire espirado).


2. Reducir la tasa máxima de alcohol en sangre permitida a conductores durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir, a 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l en aire espirado).


3. Todo ello para adecuarnos a las recomendaciones de la Organización Mundial de Salud y de la Comisión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.-José Carlos Durán Peralta, Diputado.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000937


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo del grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de los establecido en el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley
para fomentar el uso del airbag entre motoristas, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial.


Exposición de motivos


El parque de motocicletas en España asciende a 5.200.000, una cifra que está creciendo en los últimos años, debido principalmente a la transformación que se está produciendo en el ámbito de la movilidad en las ciudades.


En el año 2018, fallecieron es España 1806 personas, de los cuales 359 fueron motoristas (mismo número que el año 2017), 241 en carretera y 118 en ciudad. En 2019, con datos de fallecidos a 24 horas



Página 95





en vías interurbanas, murieron 1.098 personas, 264 eran motoristas, 47 más que el año anterior. Las lesiones de mayor frecuencia de los motoristas fallecidos fueron en el torso, con un 35,6 %, seguidas de las lesiones cerebrales, 23,9 %.
Estas cifras nos indican que los esfuerzos se deben concentrar en la protección de usuarios vulnerables, en concreto en la protección a motoristas.


Hasta ahora, la protección del motorista se ha focalizado en la cabeza, con la obligatoriedad del uso del casco entre este colectivo. Tal obligación está recogida en el artículo 118 del Reglamento General de circulación, siendo su uso una
práctica habitual y generalizada entre sus usuarios.


En países de nuestro entorno, como es el caso de Francia, se está dando un paso más para que estos usuarios de las dos ruedas, aumenten su seguridad. Los chalecos o chaquetas con airbag, es un elemento de seguridad que protege una de las
partes fundamentales del cuerpo como es el torso, donde se ubican muchos de los órganos vitales y columna vertebral. Las autoridades francesas realizaron una campaña de concienciación en la que recordaba que el aire es la vida, haciendo un símil
con el aire del airbag de las chaquetas para motoristas que pueden salvar la vida en caso del accidente, por lo que instaban a regalar un airbag.


Del mismo modo en abril de 2019 el Delegado Interministerial Francés firmó una 'Charte de partenariat' con 9 organizaciones profesionales, denominado 'plan airbag', para promover su uso entre este colectivo.


En España la Guardia Civil de Tráfico está probando el airbag entre sus motoristas con resultados positivos y con la idea de implantarlo a sus agentes.


Con el uso conjunto de Casco y airbag se estaría protegiendo no solo la cabeza sino también el tronco, lo que se minimizarían las consecuencias de un posible accidente.


Además, el precio de este artículo ha ido bajando por lo que puede resultar más asequible su adquisición.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, promover el uso del airbag entre los motoristas, en colaboración con los diferentes agentes sociales, con el objetivo último de reducir el número de motoristas fallecidos y lesionados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-David Serrada Pariente y José Carlos Durán Peralta, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Hacienda


181/000295


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Hacienda



Página 96





Diputado don Mario Garcés Sanagustin


Texto:


¿Cuáles son las razones que justifican la dimisión de la Directora de Recursos Humanos de Correos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2020.-Mario Garcés Sanagustin, Diputado.


Comisión de Sanidad y Consumo


181/000296


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Consumo


Diputada doña Elena Castillo López


Texto:


¿Va a realizar alguna inversión en salud a pesar de ser reacio a bajar los impuestos indirectos (IVA) a mascarillas y productos sanitarios, básicos, para hacer frente al COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Elena Castillo López, Diputada.


181/000297


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Consumo


Diputada doña Elena Castillo López


Texto:


¿Qué datos tiene usted para afirmar que, durante el COVID-19, se ha producido una bajada del consumo de juego online?


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Elena Castillo López, Diputada.


181/000298


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Consumo


Diputada doña Elena Castillo López


Texto:


¿Tiene pensado poner en marcha alguna medida para frenar el creciente aumento del juego ilegal detectado durante el COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Elena Castillo López, Diputada.



Página 97





181/000299


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Consumo


Diputada doña Elena Castillo López


Texto:


¿Va a poner en marcha alguna medida para reforzar el turismo, aunque considere que el sector turístico es de bajo valor añadido, estacional y precario?


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Elena Castillo López, Diputada.


Comisión sobre Seguridad Vial


181/000294


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión sobre Seguridad Vial


Diputado don Francisco José Alcaraz Martos, Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida al Ministro del Interior, don Fernando Grande-Marlaska Gómez.


Texto:


Según la información que hemos conocido a través de los medios, ¿tiene el Gobierno previsto incluir en el Real Decreto Legislativo 6/2015, como infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos, las relacionadas con la circulación de
vehículos emisores de gases contaminantes, tal y como lo han solicitado determinados ayuntamientos como el de Barcelona?


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de mayo de 2020.-Francisco José Alcaraz Martos, Diputado.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/012401


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo (GP). Garcés Sanagustín, Mario (GP).


Retirada de su pregunta sobre cantidades pagadas durante el mes de marzo de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma
de Ceuta.



Página 98





Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 85, de 19 de mayo de 2020.


184/012408


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo (GP). Garcés Sanagustín, Mario (GP).


Retirada de su pregunta sobre cantidades pagadas durante el mes de abril de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma
de Ceuta.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 85, de 19 de mayo de 2020.


184/012413


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo (GP). Garcés Sanagustín, Mario (GP).


Retirada de su pregunta sobre cantidades pagadas durante el mes de marzo de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma
de Melilla.



Página 99





Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 85, de 19 de mayo de 2020.


184/012414


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Gutiérrez Díaz de Otazu, Fernando Adolfo (GP). Garcés Sanagustín, Mario (GP).


Retirada de su pregunta sobre cantidades pagadas durante el mes de abril de 2020 en base a las medidas adoptadas por el Gobierno, con especificación de las partidas presupuestarias a las que se han imputado esos gastos, en la Ciudad Autónoma
de Melilla.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 85, de 19 de mayo de 2020.


184/013175


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Ruiz Navarro, Eduardo Luis (GVOX). De las Heras Fernández, Patricia (GVOX). Ortega Smith-Molina, Francisco Javier (GVOX). Sánchez García, José María (GVOX). Fernández Hernández, Pedro (GVOX).


Reformulación de su pregunta sobre asignación a los responsables funcionales de la Administración de Justicia de responsabilidades propias de gestión de personal, al tener que determinar el personal que debe participar en los turnos, así
como autoridad responsable de establecer un turno forzoso rotatorio en caso de que no hubiera el número necesario de funcionarios que se ofrecieran a trabajar en el turno de tarde.



Página 100





Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. José María Sánchez García y D. Pedro Fernández Hernández, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al
amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para las que solicitan respuesta por escrito.


Exposición de motivos


La Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 establece en su ANEXO III Criterios para la cobertura de turnos de tarde
en la Administración de Justicia, dentro del apartado características de los turnos, que [...] la participación en los turnos de tarde será voluntaria. Corresponde al responsable funcional de cada órgano o servicio determinar el personal que debe
participar en los mismos, teniendo en cuenta su voluntariedad. La modificación de las preferencias expresadas deberá comunicarse con al menos una semana de antelación a su efectividad. Cuando existan una pluralidad de interesados superior a las
plazas precisas para cubrir el turno de tarde, tendrán preferencia los funcionarios que tengan reconocido el permiso por deber inexcusable por razón de cuidado de menores o mayores dependientes. En su defecto, la preferencia se reconocerá por la
mayor antigüedad en el órgano o servicio de destino. Si no existieran voluntarios suficientes en el órgano judicial, podrá acordarse la cobertura del turno de tarde por voluntarios del mismo cuerpo que presten servicio en el partido judicial, que
quedarán excluidos del turno de su propio órgano. Solo cuando tampoco de esta forma se cubriera el turno de tarde podrá establecerse un turno forzoso rotatorio entre el personal del órgano o servicio.


En relación con los datos mencionados, se formulan las siguientes:


Preguntas:


1. ¿Está el Gobierno (Ministerio de Justicia) asignando a los responsables funcionales (principalmente Letrados AJ y Fiscales Jefes) responsabilidades propias de gestión de personal, al asignarles el papel de determinar el personal que debe
participar en los turnos?


2. ¿Tiene el Gobierno (Ministerio de Justicia) la intención de dictar alguna resolución sobre la forma de establecer un turno forzoso rotatorio en el caso de que no hubiera el número necesario de funcionarios que voluntariamente se
ofrecieran a trabajar en el turno de tarde?


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2020.-Eduardo Luis Ruiz Navarro, Patricia de las Heras Fernández, Francisco Javier Ortega Smith-Molina, José María Sánchez García y Pedro Fernández Hernández, Diputados.



Página 101





184/013920


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Fernández-Roca Suárez, Carlos Hugo (GVOX). Utrilla Cano, Julio (GVOX).


Emisión por el Centro Nacional de Inteligencia de un informe favorable a la activación del actual dispositivo de seguridad frente a la residencia del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, informes
en los que se ha basado el Ministerio del Interior para coartar el derecho a la libre circulación, consideración del Gobierno acerca de si las caceroladas son una 'amenaza o peligro' y certeza de si el Centro Nacional de Inteligencia está
monitorizando las manifestaciones públicas contra el Gobierno.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, excepto las preguntas 1 y 4, en la medida en que, conforme a lo dispuesto en
el artículo 11 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, Reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, la información apropiada sobre el funcionamiento y actividades del CNI se somete al conocimiento del Congreso de los Diputados a través de la Comisión
que controla los créditos destinados a gastos reservados, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y D. Julio Utrilla Cano en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para las que solicitan respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Según informaciones publicadas, 'el Gobierno ha encargado a un equipo operativo del CNI una completa 'vigilancia' ante el aumento de protestas y caceroladas en las proximidades de las viviendas de altos cargos del Ejecutivo. De todos, pero
principalmente Iglesias, Montero y el Ministro de Fomento, José Luis Ábalos'.


Para este despliegue, es preceptivo un informe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Estado -en el caso de Galapagar, de la Guardia Civil-. Ante la ausencia de dicho informe, la decisión del ministro del Interior se ha basado en la
información que ha aportado la escolta de Pablo Iglesias, como del equipo del CNI encargado de prevenir cualquier amenaza o peligro contra altos cargos del Gobierno.


Preguntas:


1. [...]


2. ¿Podría el Gobierno facilitar los informes en los que se ha basado el Ministerio de Interior para coartar el derecho a la libre circulación, al impedir el acceso a la vía pública frente al domicilio del Vicepresidente Iglesias?



Página 102





3. ¿Considera el Ministerio del Interior las caceroladas como 'una amenaza o peligro' para la seguridad del Vicepresidente Iglesias?


4. [...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de mayo de 2020.-Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y Julio Utrilla Cano, Diputados.


184/014258


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Fernández-Roca Suárez, Carlos Hugo (GVOX). Utrilla Cano, Julio (GVOX).


Motivos por los que el Gobierno ha revelado la identidad del número tres del Centro Nacional de Inteligencia, acciones previstas para proteger la identidad del Director de dicho Centro, así como para depurar responsabilidades y evitar que
dicha situación se vuelva a repetir.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, excepto la pregunta 3 en la medida en que, conforme a lo dispuesto en el
artículo 11 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, Reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, la información apropiada sobre el funcionamiento y actividades del CNI se somete al conocimiento del Congreso de los Diputados a través de la Comisión que
controla los créditos destinados a gastos reservados, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, D. Julio Utrilla Cano en sus condiciones de diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para las que solicitan respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Según informaciones publicadas, 'El Gobierno ha dado a conocer la identidad real del número tres del Centro Nacional de Inteligencia (CNI)'.Varios medios de comunicación se han hecho eco del suceso. Según estos, 'La identidad de este alto
cargo del CNT ha sido revelada en una respuesta parlamentaria que el Gobierno ha ofrecido el pasado 11 de mayo'.


Esta actuación del Gobierno choca frontalmente con lo establecido la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia (en adelante Ley 11/2002), que en su artículo 5.1 establece lo siguiente:


Las actividades del Centro Nacional de Inteligencia, así como su organización y estructura interna, medios y procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos, fuentes de información y las informaciones o datos que puedan
conducir al conocimiento de las anteriores materias, constituyen



Página 103





información clasificada, con el grado de secreto, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación reguladora de los secretos oficiales y en los Acuerdos internacionales o, en su caso, con el mayor nivel de clasificación que se contemple en
dicha legislación y en los mencionados Acuerdos.


Esta divulgación de la identidad del Director de Inteligencia también vulnera el Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia. Concretamente, su Disposición
adicional tercera, que viene a desarrollar el citado art. 5.1 de la Ley 11/2002.


En virtud de lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, y en la legislación reguladora de los secretos oficiales y en los acuerdos internacionales, se otorga la
clasificación de secreto o, en su caso, el mayor nivel de clasificación que se contemple en dicha legislación y en los mencionados acuerdos a las materias contenidas en los artículos, capítulos y títulos del Estatuto aprobado por este real decreto
que se indican a continuación:


a) La relación de puestos de trabajo contemplada en el artículo 80.


b) El Registro de Personal y su relación con el Registro Central de Personal dependiente de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas contemplada en el artículo 15 y a los efectos previstos en la cooperación para la movilidad
interadministrativa.


c) Los nombramientos contemplados en los artículos 12 y 13.


d) La asignación de puestos de trabajo con arreglo a lo previsto en el título VIII.


e) Los informes, evaluaciones y valoraciones contemplados en el capítulo III del título IV y, en general, todas aquellas materias de cuyo conocimiento por personas no facultadas se derive información sobre el personal del CNI.


Esta deleznable actuación por parte del Gobierno puede llevar a constituir un delito de descubrimiento y revelación de secretos, tal y como contempla la Ley 48/1978, de 7 de octubre, sobre Secretos Oficiales.


En su artículo 13, se establece lo siguiente: Las actividades reservadas por declaración de Ley y las 'materias clasificadas' no podrán ser comunicadas, difundidas ni publicadas, ni utilizado su contenido fuera de los límites establecidos
por la Ley. El incumplimiento de esta limitación será sancionado, si procediere, conforme a las Leyes penales, y por vía disciplinaria, en su caso, considerándose en este último supuesto la infracción como falta muy grave.


Así mismo, la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en su artículo 601, dispone lo siguiente:


El que, por razón de su cargo, comisión o servicio, tenga en su poder o conozca oficialmente objetos o información legalmente calificada como reservada o secreta o de interés militar, relativos a la seguridad nacional o la defensa nacional,
y por imprudencia grave dé lugar a que sean conocidos por persona no autorizada o divulgados, publicados o inutilizados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.


Preguntas:


1. ¿Cuál es la razón por la cual el Gobierno ha revelado la identidad del número 3 del Centro Nacional de Inteligencia?


2. ¿Conoce el Gobierno que la identidad del personal encuadrado orgánicamente en el Centro Nacional de Inteligencia constituye información clasificada, con el grado de secreto?


3. [...]


5. ¿Va a iniciar el Gobierno alguna investigación interna para conocer el fondo de la cuestión y depurar responsabilidades?


6. ¿Qué medidas va a tomar el Gobierno para que esta situación, que supone una falla de seguridad en nuestros servicios de inteligencia, no vuelva a repetirse?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2020.-Carlos Fernández-Roca Suárez y Julio Utrilla Cano, Diputados..