Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 88, de 23/11/2020
cve: BOCG-14-CG-A-88 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCIÓN CORTES GENERALES


XIV LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


23 de noviembre de 2020


Núm. 88



Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000061 (CD) 771/000060 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre los procesos de extinción de entidades de las Comunidades Autónomas
como consecuencia de la reestructuración de su sector público, así como dicho Informe.


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre los procesos de extinción de entidades
de las Comunidades Autónomas como consecuencia de la reestructuración de su sector público. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2020.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 2





RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN DE ENTIDADES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS COMO CONSECUENCIA DE LA
REESTRUCTURACIÓN DE SU SECTOR PÚBLICO EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de octubre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre los procesos de extinción de
entidades de las Comunidades Autónomas como consecuencia de la reestructuración de su sector público:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe.


2. Instar al Gobierno a:


- Asumir las conclusiones y seguir las recomendaciones del Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


- Mejorar la gestión de los procesos de reestructuración asegurando en todo momento la disposición de la documentación justificativa de los efectos económicos producidos, para facilitar su seguimiento y comprobación.


- Valorar las eventuales duplicidades e ineficiencias de entidades públicas que existan actualmente, con el fin de controlar el gasto público superfluo.


3. Instar a las comunidades autónomas a:


- Establecer o reforzar, en su caso, de conformidad con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un sistema con mecanismos de supervisión sistemática y continua de sus entidades dependientes,
con el objeto de comprobar que subsisten los motivos que justificaron su creación y sostenibilidad financiera, que deberá incluir la formulación expresa de propuestas de mantenimiento, transformación o extinción atendiendo así a la consecución de
objetivos establecidos en la Ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


- Crear planes orientadores y reflejar en el correspondiente plan estratégico de los futuros procesos de racionalización, reestructuración y reordenación del sector público autonómico que puedan acordarse, un desglose completo y detallado de
los objetivos que se persiguen; el desarrollo de la estrategia para alcanzarlos; las medidas o actuaciones a realizar; y el calendario concreto y los plazos de culminación; con una cuantificación de los efectos económicos, y en especial, de los
gastos de personal. Todo ello fundamental para la consecución de los fines señalados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.


- Proceder a la incorporación sistemática en la tramitación de los expedientes de extinción de entidades que se acuerden, de memorias o informes justificativos de la necesidad y del procedimiento o forma de extinción aplicable, debidamente
soportados sobre la base de estudios o análisis rigurosos que los acrediten para facilitar su evaluación posterior.


- Actualizar la información que se suministre al Ministerio de Hacienda, referente a los procesos de reordenación que se acuerden, con las modificaciones que se produzcan en las propuestas iniciales de extinción o con la inejecución de
alguna de las medidas propuestas.


- Actualizar la información que se suministre al Ministerio de Hacienda referente a los procesos de reordenación que se acuerden, cuando se produzcan modificaciones en las propuestas iniciales de extinción, o cuando no se ejecute alguna de
las medidas propuestas.


- Incluir en los expedientes de extinción de las entidades correspondientes los documentos justificativos de la necesidad de la desaparición.


Trasladar al Ministerio de Hacienda las actualizaciones que se produzcan en las propuestas iniciales de extinción, así como la implementación de dichas propuestas.


4. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Continuar elaborando, en los sucesivos ejercicios, este tipo de informes en coordinación con las instituciones de control externo de las Comunidades Autónomas, pues si bien debe considerarse el



Página 3





esfuerzo que conlleva la concreción conjunta de los parámetros, objetivos y ámbitos subjetivo, objetivo y temporal de las actividades fiscalizadoras en relación con las áreas que se acuerden, aportan una inestimable visión conjunta de la
actividad económico-financiera desarrollada por el sector público autonómico en su totalidad y redundan en la homogeneidad del análisis realizado. Con ello se refuerza el principio de transparencia de la actuación administrativa autonómica,
configurándose como una herramienta de información más completa y de mejor comprensión y acceso, tanto para las Cortes Generales, como para la ciudadanía en general.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


VER_INFORME