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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 181-1, de 06/09/2021
cve: BOCG-14-B-181-1 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie B: PROPOSICIONES DE LEY


6 de septiembre de 2021


Núm. 181-1



PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO


410/000016 Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.


Presentada por los Grupos Parlamentarios Socialista, Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y Popular en el Congreso.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(410) Proposición de reforma del Reglamento del Congreso.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.


Acuerdo:


1. Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los meros efectos de su conocimiento, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, someter a la deliberación del Pleno a efectos de su toma en consideración y notificar a los autores
de la iniciativa.


2. Oída la Junta de Portavoces, someter al Pleno, una vez acordada, en su caso, su toma en consideración, su tramitación directa y en lectura única, conforme a lo dispuesto en el artículo 150 del Reglamento de la Cámara.


3. Asimismo, para el caso de que la Proposición de reforma del Reglamento del Congreso sea tomada en consideración y acordada su tramitación directa y en lectura única, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93 y 126.5 del
Reglamento, disponer su tramitación por el procedimiento de urgencia, estableciendo, de acuerdo con el artículo 91 del Reglamento, un plazo de presentación de enmiendas a la señalada Proposición.


4. Adaptar el plazo previsto en el artículo 69 del Reglamento en los términos que resulten necesarios para la celebración de los debates correspondientes.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de septiembre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes tienen el honor de dirigirse a la Mesa para presentar la siguiente Proposición de reforma del Reglamento del Congreso por la que se modifica el artículo 46.1.


Asimismo, se solicita que se tramite por el procedimiento de urgencia y en lectura única, al amparo del artículo 93 y el artículo 150 del vigente Reglamento.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de agosto de 2021.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en
Común.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 46.1


Exposición de motivos


Tras la reestructuración de los Departamentos ministeriales llevada a cabo por Real Decreto 507/2021, de 10 de julio, es conveniente proceder a la adaptación de las Comisiones Permanentes Legislativas de la Cámara, lo que exige la reforma
del artículo 46.1 del Reglamento del Congreso.


Por ello se formula la siguiente propuesta de reforma.


Artículo único.


El artículo 46.1 del Reglamento del Congreso quedará redactado en los siguientes términos:


'Artículo 46.


1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:


1. Constitucional.


2. Comisión de Asuntos Exteriores.


3. Comisión de Justicia.


4. Comisión de Defensa.


5. Comisión de Hacienda y Función Pública.


6. Comisión de Presupuestos.


7. Comisión de Interior.


8. Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


9. Comisión de Educación y Formación Profesional.


10. Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


11. Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


12. Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


13. Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


14. Comisión de Política Territorial.


15. Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


16. Comisión de Cultura y Deporte.


17. Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


18. Comisión de Sanidad y Consumo.


19. Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


20. Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


21. Comisión de Igualdad.'


Disposición final primera.


La Mesa del Congreso adoptará las disposiciones necesarias a efectos de trasladar los asuntos pendientes a las Comisiones que resulten competentes por razón de la materia a consecuencia de la entrada en vigor de esta reforma.


Disposición final segunda.


La presente modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. También se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado'.