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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 373, de 20/06/2018
cve: BOCG-12-D-373 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


20 de junio de 2018


Núm. 373



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Fomento


161/001993 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el avance en las mejoras de la línea ferroviaria entre Santander y Liérganes. Aprobación así como enmienda formulada... href='#(Página3)'>(Página3)


161/002757 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el rechazo a una línea de Tren de Alta Velocidad entre Miranda y Logroño que atraviese Rioja Alavesa. Desestimación así como enmiendas formuladas... href='#(Página4)'>(Página4)


161/002889 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el corredor Cantábrico-Mediterráneo. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página5)


161/002928 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la creación de áreas de descanso seguras para los transportistas. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página7)'>(Página7)


161/002954 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al impulso de los puertos inteligentes. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página9)'>(Página9)


161/003097 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la no discriminación por territorio en las tarifas de Correos. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página11)'>(Página11)


161/003124 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre los efectos ambientales, económicos y sociales del temporal Emma en el puerto de Gran Tarajal, en
Fuerteventura. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página13)


161/003230 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, de medidas de clasificación y protección de pasos a nivel. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página16)'>(Página16)



Página 2





Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000197 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas urgentes para el fomento del empleo juvenil. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página20)


161/003046 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al aumento de la siniestralidad laboral en el año 2017. Aprobación con modificaciones así como enmienda
formulada... (Página24)


161/003180 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la adopción de medidas para garantizar la seguridad y salud laboral de las personas que prestan servicios en el ámbito del hogar familiar.
Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página25)


161/003186 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a impulsar la ampliación de la prestación para el cuidado de hijos con cáncer o enfermedad grave. Aprobación...
(Página27)


161/003250 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a estudiar la inclusión del biotecnólogo como profesión reglada en el Servicio Público de Empleo. Aprobación...
(Página28)


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/000170 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la realización de una auditoría sobre los costes de generación de la energía convencional y de una evaluación sobre las reformas del sistema
eléctrico promovidas por el Gobierno durante la X Legislatura. Retirada... (Página28)


161/000958 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la necesidad de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) incoe una investigación
sobre irregularidades en la facturación de la energía eléctrica. Retirada... (Página28)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/003283 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a organizaciones de afectados y afectadas por las clínicas Idental en distintos territorios de España.
Retirada... (Página28)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR


401/000003 Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016. Aprobación del Informe de la Ponencia por la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital... (Página29)


Otros textos


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


154/000004 Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista. Informe de la Subcomisión... (Página41)



Página 3





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Fomento


161/001993


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, aprobó la Proposición no de Ley sobre el avance en las mejoras de la línea ferroviaria entre Santander y Liérganes, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 182, de 27 de junio de 2017, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados considera necesario seguir avanzando en las mejoras de la línea ferroviaria entre Santander y Liérganes, a través de ADIF, así como en otros tramos de la Red de Ancho Métrico de Cantabria, con objeto de
continuar mejorando los parámetros de calidad y confort del servicio ferroviario.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados,12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley del Grupo Parlamentario Popular sobre el avance en las mejoras de la línea ferroviaria entre Santander y Liérganes.


Enmienda


De adición de un nuevo punto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir con carácter urgente y prioritario en el Plan Estratégico de la Red Ferroviaria de Cantabria lo siguiente:


a) Diagnóstico pormenorizado de la situación actual de la red de Cercanías en su conjunto, incluyendo estado de material, talleres, infraestructura con todas sus deficiencias, relación de personal de todas las empresas, públicas,
semipúblicas o privadas, etc.


b) Financiación necesaria para inversión, conservación, mantenimiento y mejora en la infraestructura (particularmente, mejorar los trazados de las tres líneas de cercanías y supresión de limitaciones temporales de velocidad).


c) Financiación extraordinaria para el mantenimiento, mejora y adquisición de la flota de trenes, y para aumentar la eficiencia energética tanto en trenes como en todas las instalaciones.


d) Aumento de la plantilla para cubrir todas las necesidades tanto del personal de los trenes como en talleres, mantenimiento y estaciones, consiguiendo una resolución más ágil de las incidencias y una mejor atención a las personas usuarias.


e) Financiación para mejorar los servicios y mejorar las frecuencias.


f) Financiación para que todos los apeaderos, estaciones y trenes sean accesibles a todos los viajeros, en especial personas mayores y personas con diversidad funcional.


g) Financiación para una correcta mejora en la información en tiempo real a los viajeros (en particular en la red de ancho ibérico), en todos los trenes y estaciones.



Página 4





h) Financiación extraordinaria para acometer la electrificación del tramo Cabezón de la Sal-Llanes, para aumentar la frecuencia de ferrocarriles en un segmento con evidentes posibilidades de tránsito de viajeros.


i) Financiación extraordinaria para la Renovación de Vía Orejo-Liérganes para el tramo entre Solares y Orejo (renovación de las traviesas).'


Justificación.


Paliar el déficit de infraestructuras de transporte para la movilidad.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rosa Ana Alonso Clusa, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/002757


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre el rechazo a una línea de Tren de Alta Velocidad entre Miranda y Logroño que atraviese Rioja Alavesa, presentada
por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 292, de 6 de febrero de 2018.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley, del Grupo Parlamentario Mixto sobre el rechazo a una línea de Tren de Alta Velocidad entre Miranda y Logroño que atraviese Rioja Alavesa.


Enmienda


De adición de un nuevo punto 3:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar un estudio de línea de velocidad alta en el trayecto Castejón-Logroño-Miranda, que permita aumentar la velocidad media y la frecuencia a la que transitan los trenes en nuestro
territorio.'


Justificación.


Se presenta como mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Sara Carreño Valero, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Mixto sobre el rechazo a una línea de Tren de Alta Velocidad entre Miranda y Logroño que atraviese Rioja Alavesa.



Página 5





Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que el proceso de selección de alternativas para la nueva conexión ferroviaria entre Logroño y Miranda, actualmente en fase de redacción de estudio informativo, garantice el cumplimiento del
interés general y se coordine con las administraciones territoriales de las comunidades autónomas por las que atraviese.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002889


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre el corredor Cantábrico-Mediterráneo, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 301, de 20 de febrero de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la construcción y puesta en servicio, a la mayor brevedad, de los distintos tramos que componen el corredor Cantábrico-Mediterráneo, y para ello:


1. Dotará de una financiación suficiente y adecuada para su completa ejecución la construcción de todos los tramos del corredor en los Presupuestos Generales del Estado.


2. Mantendrá la programación económica de dichas partidas en los Presupuestos Generales del Estado hasta que no estén finalizadas las obras y en servicio los distintos tramos que componen el corredor.


3. Fijará, de acuerdo con cada una de las Comunidades Autónomas afectadas, un calendario de inversiones, ejecución detallada y trazados, una vez concluidos los estudios informativos para cada uno de los tramos pendientes, y presentará dicho
calendario, ejecución y trazados ante estas Cortes Generales en un plazo no superior a seis meses.


4. Hará las gestiones necesarias para que este corredor se pueda beneficiar de financiación europea.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente enmienda parcial a la Proposición no de Ley sobre el corredor
Cantábrico-Mediterráneo, del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 6





Enmienda


De modificación.


Se propone sustituir el texto de la Proposición no de Ley por el siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la revisión del corredor Cantábrico-Mediterráneo planteado en el año 2009 por el Gobierno de España por su alto coste, la negativa afectación a los servicios regionales y de cercanías, así
como los impactos medioambientales y paisajísticos sobre áreas protegidas como el Parque Natural de la Calderona y a los BIC de Jérica y Segorbe.


El futuro del corredor Cantábrico-Mediterráneo debe pasar por la adaptación del actual trazado a unas necesidades de mayor velocidad manteniendo el servicio al territorio, electrificándolo, eliminando puntos afectados por limitación de
velocidad (algunos arreglados recientemente), implantando y mejorando los sistemas de seguridad de circulación, construyendo apartaderos para mercancías de más de 750 metros, aumentando la capacidad de porte de la infraestructura ferroviaria, así
como la apertura de nuevos trazados en tramos como los de Barracas-Caudiel, La Puebla-Teruel y Villarreal de Huerva-Cariñena, con el fin de eliminar aquellos puntos del recorrido cuyo trazado actual no permitiría la adaptación a una velocidad
competitiva. Con estas actuaciones se reducirían los tiempos de viaje en casi el 50% entre Teruel y Zaragoza y un 60% entre Valencia y Teruel, haciéndolos competitivos frente al transporte por carretera. Para ello:


1. Dotará de una financiación suficiente y adecuada para su completa ejecución la adaptación de todos los tramos del corredor en los Presupuestos Generales del Estado.


2. Mantendrá la programación económica de dichas partidas en los PGE hasta que no estén finalizadas las obras y en servicio los distintos tramos que componen el corredor.


3. Fijará, de acuerdo con cada una de las CCAA afectadas, un calendario de inversiones, ejecución detallada y puesta en servicio para cada uno de los tramos que presentará ante estas Cortes Generales en un plazo no superior a seis meses.


4. Hará las gestiones necesarias para que este corredor se pueda beneficiar de financiación europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre el corredor
Cantábrico-Mediterráneo, que se verá en la próxima Comisión de Fomento.


Enmienda


Se propone el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la construcción y puesta en servicio, a la mayor brevedad, de los distintos tramos que componen el corredor Cantábrico-Mediterráneo, y para ello:


1. Dotará de una financiación suficiente y adecuada para su completa ejecución la construcción de todos los tramos del corredor en los Presupuestos Generales del Estado.


2. Mantendrá la programación económica de dichas partidas en los PGE hasta que no estén finalizadas las obras y en servicio los distintos tramos que componen el corredor.



Página 7





3. Fijará, de acuerdo con cada una de las CC.AA afectadas, un calendario de inversiones, ejecución detallada, incluyendo su trazado y puesta en servicio para cada uno de los tramos que presentará ante estas Cortes Generales en un plazo no
superior a seis meses.


4. Hará las gestiones necesarias para que este corredor se pueda beneficiar de financiación europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista sobre el corredor Cantábrico-Mediterráneo.


Enmienda


Al punto 3


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mantener, de acuerdo con las CCAA, el calendario de inversiones tal y como ha sido acordado en la Comisión de Seguimiento del Tramo Sagunto-Teruel-Zaragoza en la que participan las CCAA
afectadas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002928


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la creación de áreas de descanso seguras para los transportistas, presentada por el Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 301, de 20 de febrero de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implantar medidas para disponer de un mayor número de áreas seguras para transportistas en la red nacional de carreteras.


2. Impulsar el establecimiento de servicios complementarios en estas áreas de descanso basadas en la mejor tecnología disponible, con el objetivo de garantizar la seguridad de los transportistas y sus vehículos.


3. Coordinar y consensuar las medidas con Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias y con los agentes sociales del sector.


4. En el marco de los debates y tramitación del Mobility package, coadyuvar a la defensa de la mejora de las condiciones de seguridad, descanso y competitividad de los transportistas españoles frente a las empresas buzón.'



Página 8





A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley del Grupo Parlamentario Popular relativa a la creación de áreas de descanso seguras para los transportistas.


Enmienda


Al punto 3


De modificación.


Cuya nueva redacción queda:


'Coordinar y consensuar las medidas con Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias y con los agentes sociales del sector.'


Enmienda


De adición.


De un punto nuevo 4:


'En el marco de los debates y tramitación del Mobility package, coadyuvar a la defensa de la mejora de las condiciones de seguridad, descanso y competitividad de los transportistas españoles frente a las empresas buzón.'


Justificación.


Se presentan como mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Sergio Pascual Peña, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la creación de áreas de descanso seguras para los transportistas, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De adición.


'4. Que el estacionamiento en las áreas de servicio y las áreas de descanso y aparcamientos seguros no tenga, en ningún caso, coste para los usuarios.



Página 9





5. Destinar el canon anual previsto en el apartado 4 del artículo 26 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, a la financiación de los programas de creación y mantenimiento de áreas de descanso y aparcamientos seguros en las
carreteras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002954


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa al impulso de los puertos inteligentes, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 306, de 27 de febrero de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar un crecimiento inteligente y sostenible de los puertos españoles a través de las siguientes medidas:


1. Desarrollar en los puertos españoles las acciones contenidas en el plan para la innovación en las infraestructuras presentado recientemente por el Ministro Íñigo de la Serna. Prestar especial atención a aquellas que redunden en una
mejora de la productividad global del sistema portuario y que faciliten el tránsito de personas y mercancías. Implantar sistemas de reconocimiento facial, de mejora en la trazabilidad del transporte, en la gestión logística o de realidad aumentada.


2. Impulsar los puertos españoles como parte fundamental dentro de un sistema general de transporte de carácter intermodal, sostenible y competitivo.


3. Fomentar el desarrollo de planes de digitalización de los puertos españoles para facilitar la generación de ecosistemas de PYMEs altamente innovadoras asociadas a tecnologías habilitadoras como el Internet de las cosas, la realidad
aumentada, la tecnología blockchain, el Big Data o la inteligencia artificial. Estos planes deberán contemplar la creación de plataformas en las que integrar toda la cadena de valor portuaria, no solo desde el punto de vista del interior de la
instalación del puerto, sino también integrando a proveedores, clientes, consignatarios, contratistas y trabajadores de empresas auxiliares. Generar un polo de digitalización que vaya más allá de la propia autoridad portuaria e integrar a la
totalidad del tejido productivo de la zona.


4. Desarrollar todos estos proyectos tecnológicos bajo la óptica de la economía azul o el crecimiento azul, que permita desarrollar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.


5. Impulsar proyectos de análisis de datos e inteligencia artificial conjuntamente con universidades, centros tecnológicos y empresas de base tecnológica que permitan generar información suficiente para mejorar los procesos portuarios.


Facilitar el intercambio de buenas prácticas entre las distintas autoridades portuarias bajo la coordinación del Ministerio de Fomento y Puertos del Estado.


6. Desarrollar la innovación en el sector portuario, dirigido a la mejora de la competitividad de los puertos en distintos ámbitos: la cadena logística global, la eficiencia energética y la optimización de la explotación portuaria.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la



Página 10





siguiente enmienda a la Proposición no de Ley relativa al impulso de los puertos inteligentes, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De modificación.


'1. Impulsar la digitalización de los puertos españoles y empresas auxiliares, así como el desarrollo de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador de las empresas que tienen al mar como referencia de su actividad.


2. (Igual).


3. (Igual).


4. Desarrollar la innovación en el sector portuario, dirigido a la mejora de la competitividad de los puertos en distintos ámbitos: la cadena logística global, la eficiencia energética y la optimización de la explotación portuaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular relativa al impulso de los puertos inteligentes.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar en los puertos españoles las acciones contenidas en el plan para la innovación en las infraestructuras presentado recientemente por el Ministro Íñigo de la Sema. Prestar especial atención a aquellas que redunden en una
mejora de la productividad global del sistema portuario y que faciliten el tránsito de personas y mercancías. Implantar sistemas de reconocimiento facial, de mejora en la trazabilidad del transporte, en la gestión logística o de realidad aumentada.


2. Impulsar los puertos españoles como parte fundamental dentro de un sistema general de transporte de carácter intermodal, sostenible y competitivo.


3. Fomentar el desarrollo de planes de digitalización de los puertos españoles para facilitar la generación de ecosistemas de PYMEs altamente innovadoras asociadas a tecnologías habilitadoras como el Internet de las cosas, la realidad
aumentada, la tecnología blockchain, el Big Data o la inteligencia artificial. Estos planes deberán contemplar la creación de plataformas en las que integrar toda la cadena de valor portuaria no solo desde el punto de vista del interior de la
instalación del puerto sino también integrando a proveedores, clientes, consignatarios, contratistas y trabajadores de empresas auxiliares. Generar un polo de digitalización que vaya más allá de la propia autoridad portuaria e integrar a la
totalidad del tejido productivo de la zona.


4. Desarrollar todos estos proyectos tecnológicos bajo la óptica de la economía azul o el crecimiento azul, que permita desarrollar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.


5. Impulsar proyectos de análisis de datos e inteligencia artificial conjuntamente con universidades, centros tecnológicos y empresas de base tecnológica que permitan generar información suficiente para mejorar los procesos portuarios.
Facilitar el intercambio de buenas prácticas entre las distintas autoridades portuarias bajo la coordinación del Ministerio de Fomento y Puertos del Estado.'



Página 11





Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003097


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la no discriminación por territorio en las tarifas de Correos, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 326, de 27 de marzo de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar de forma urgente, cuantas medidas sean necesarias para corregir los obstáculos que, en relación con el ejercicio del derecho fundamental a comunicar y recibir información veraz y sobre la obligación constitucional de los poderes
públicos a promover y tutelar el acceso a la cultura y a la investigación científica y técnica, pudieran derivarse de la discriminación tarifaria aprobada por Correos en los envíos de publicaciones periódicas que forman parte del Servicio Postal
Universal.


2. Aprobar un plan de prestación del Servicio Postal Universal contando con el personal en la negociación del mismo, dotándolo de los recursos necesarios para que el servicio postal tenga, realmente, carácter universal, diario y garantice
los derechos de la ciudadanía a disfrutar del mismo, con especial atención a las zonas rurales. Se deberá desarrollar y completar la normativa prevista en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los derechos de los
usuarios y del mercado postal, a fin de garantizar los compromisos de prestación y financiación de las obligaciones contraídas con un Servicio Postal Universal de calidad, a precios asequibles y accesible para todos los ciudadanos y usuarios,
conforme a lo previsto en dicha Ley. Aprobar, particularmente y de manera inmediata, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, el Plan de Prestación del Servicio Postal Universal previsto en la Ley, fijando un Servicio Universal de calidad,
suficiente para atender a las demandas de los ciudadanos, usuarios y empresa; garantizando el coste real de la carga financiera injusta del servicio postal universal, la prestación de un Servicio Postal Universal de calidad y regularidad, así como
la red física que le da soporte, con especial atención al ámbito rural, y a través de una financiación adecuada.


3. Iniciar las negociaciones con los representantes de las trabajadoras y los trabajadores de Correos para alcanzar un acuerdo y aprobar el IV Convenio Colectivo y Acuerdo General. Deberá alcanzarse a lo largo del año 2018, un nuevo pacto
colectivo con los trabajadores que busque, entre otras cosas, garantizar la tasa de reposición, la estabilidad en el empleo mediante convocatorias de consolidación en los próximos años, el rejuvenecimiento de la plantilla, la garantía y mejora de
las condiciones laborales, en particular, la movilidad dentro del sector público del personal de Correos, tanto laboral como el funcionariado, y un pacto salarial que, además de buscar recuperar el salario perdido en los últimos años, responda a la
singularidad de la compañía pública.


4. Diseñar y aprobar, en el plazo máximo de seis meses, un Plan Estratégico para aumentar la competitividad y garantizar la viabilidad de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S. A. Este Plan debe contener, entre otros elementos, la
diversificación a través de actividades como: paquetería, servicios financieros, retail, digital, etc. Deberá contar en su elaboración con la participación de los representantes de los trabajadores, y con los grupos políticos representados en el
Congreso de los Diputados.


5. Garantizar que Correos siga siendo, como lo es desde hace 300 años, una herramienta pública de la que el Estado no puede prescindir para asegurar la vertebración territorial, social y económica.'



Página 12





A dicha Proposición no de Ley se formularon cuatro enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley
sobre la no discriminación por territorio en las tarifas de Correos, del Grupo Parlamentario Socialista, para su debate en la Comisión de Fomento.


Enmienda


De sustitución.


Reemplazar el punto 2 de la iniciativa por la siguiente redacción:


'2. Aprobar un nuevo plan de prestación del Servicio Postal Universal contando con el personal en la negociación del mismo, dotándolo de los recursos necesarios para que el servicio postal tenga, realmente, carácter universal, diario y
garantice los derechos de la ciudadanía a disfrutar del mismo, con especial atención a las zonas rurales. Se deberá desarrollar y completar la normativa prevista en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los derechos
de los usuarios y del mercado postal, a fin de garantizar los compromisos de prestación y financiación de las obligaciones contraídas con un Servicio Postal Universal de calidad, a precios asequibles y accesible para todos los ciudadanos y usuarios,
conforme a lo previsto en dicha ley. Aprobar, particularmente y de manera inmediata, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, el Plan de Prestación del Servicio Postal Universal previsto en la ley, fijando un Servicio Universal de calidad,
suficiente para atender a las demandas de los ciudadanos, usuarios y empresa; garantizando el coste real de la carga financiera injusta del servicio postal universal, la prestación de un Servicio Postal Universal de calidad y regularidad, así como
la red física que le da soporte, con especial atención al ámbito rural, y a través de una financiación adecuada.'


Motivación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto con la siguiente redacción:


'Reanudar las negociaciones con los representantes de las trabajadoras y los trabajadores de Correos para alcanzar un acuerdo y aprobar el IV Convenio Colectivo y Acuerdo General. Deberá alcanzarse a lo largo del año 2018, un nuevo pacto
colectivo con los trabajadores que busque, entre otras cosas, garantizar la tasa de reposición, la estabilidad en el empleo mediante convocatorias de consolidación en los próximos años, el rejuvenecimiento de la plantilla, la garantía y mejora de
las condiciones laborales, en particular, la movilidad dentro del sector público del personal de Correos, tanto laboral como el funcionariado, y un pacto salarial que, además de buscar recuperar el salario perdido en los últimos años, responda a la
singularidad de la compañía pública.'


Motivación.


Mejora técnica.



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Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto con la siguiente redacción:


'Diseñar y aprobar, en el plazo máximo de seis meses, un Plan Estratégico para aumentar la competitividad y garantizar la viabilidad de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A. Este Plan debe contener, entre otros elementos, la
diversificación a través de actividades como: paquetería, servicios financieros, retail, digital, etc. Deberá contar en su elaboración con la participación de los representantes de los trabajadores, y con los grupos políticos representados en el
Congreso de los Diputados.'


Motivación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto con la siguiente redacción:


'Garantizar que Correos siga siendo, como lo es desde hace 300 años, una herramienta pública de la que el Estado no puede prescindir para asegurar la vertebración territorial, social y económica.'


Motivación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003124


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre los efectos ambientales, económicos y sociales del temporal Emma en el puerto de Gran Tarajal, en
Fuerteventura, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 332, de 10 de abril de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar un conjunto de enmiendas encaminadas a paliar los efectos que la borrasca Emma ha causado en el Puerto de Gran Tarajal y en las localidades costeras del municipio de Tuineje, en la isla de Fuerteventura, especialmente las
ocasionados por el hundimiento de varias embarcaciones y los vertidos de fuel que éstas han provocado, con el objetivo de restaurar cuanto antes los daños en su medio natural marino y las infraestructuras portuarias y litorales afectadas.


2. Aprobar un Real Decreto Ley por el que se adopten medidas urgentes para reparar los daños causados por el viento fuerte y lluvias intensas provocados por la borrasca Emma acaecidos en el Puerto de Gran Tarajal y en las localidades
costeras del municipio de Tuineje, en el que se establezcan las indemnizaciones y ayudas económicas para contrarrestar los graves efectos del temporal, recuperar la actividad pesquera y regenerar el medio natural afectado por el temporal.


3. Coordinar junto al Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, la ejecución de estas medidas de emergencia en la zona del municipio de Tuineje, en las localidades costeras de Gran
Tarajal, Giniginámar, Tarajalejo y Las Playitas, en la isla de Fuerteventura.



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4. En colaboración con el Gobierno de Canarias y de todas aquellas Comunidades Autónomas que posean infraestructuras portuarias de características similares, revisar y actualizar los protocolos de actuación en vigor en caso de catástrofes
ambientales en el medio natural marino, tomando en cuenta la experiencia vivida en el Puerto de Gran Tarajal tras la aplicación de las tecnologías de última generación allí puestas en marcha para la restauración del litoral.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon cuatro enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley relativa a la catástrofe ambiental en el puerto de Gran Tarajal, en Fuerteventura.


Enmienda


A la Exposición de motivos


De supresión.


El texto queda como sigue:


'El pasado miércoles 28 de febrero, el temporal Emma llevó a las instituciones públicas de todo el Estado a activar diferentes niveles de alerta en varias Comunidades Autónomas, siendo el archipiélago canario una de las más afectadas.
Precisamente en las Islas, uno de los primeros territorios en sufrir sus efectos, fue decretada la situación de alerta máxima por lluvia, vientos y fenómenos costeros con varios días de antelación. De hecho, esta borrasca constituía la tercera
borrasca consecutiva que afectaba a Canarias en lo que va de año.


Semejante nivel de previsión no sirvió para evitar que se produjeran cuantiosos daños a consecuencia del mal tiempo. Entre el amplio listado de percances, sin embargo, hay un episodio que debe destacarse por su especial gravedad: el
hundimiento de tres gabarras y la inmersión parcial de una cuarta en el Puerto de Gran Tarajal, ubicado en el municipio de Tuineje, en la isla de Fuerteventura. Un suceso que ya ha provocado un importante vertido de fuel en la zona.


Tras el incidente, el Gobierno de Canarias convocó al Comité Asesor del Plan Específico de Contingencia por Contaminación Marina Accidental (PECMAR) para evaluar la situación y limitar los efectos del derrame, que amenazó con expandirse
desde el puerto y alcanzar a otras zonas del litoral insular. La situación fue muy grave, pues, las embarcaciones afectadas contenían en su interior más de 147.000 litros de gasóleo, almacenados en su mayoría en las bodegas de aquellas que ya
permanecen completamente sumergidas bajo el agua.


Por todos estos motivos, la población de Gran Tarajal y la ciudadanía canaria en general, criticó muy duramente la dilación con que se actuó por parte del Gobierno de Canarias en este asunto, denunciando, por ejemplo, la tardanza en instalar
los muros para contener el avance de los vertidos en el perímetro del Puerto, así como también los retrasos con respecto a la evaluación de los cuantiosos daños materiales que provocó la tormenta.


Meses antes de que Emma asolara al Archipiélago, ya se había incidido en el peligro que representaban las embarcaciones ahora siniestradas con sola su presencia en Gran Tarajal. Y es que, por norma general, estas han permanecido durante
demasiado tiempo en sus infraestructuras portuarias sin tripulación y en un estado de actividad latente. Un uso impropio para este muelle dedicado la actividad pesquera y no a la industrial,


Por si esto fuera poco, días después del accidente tuvimos conocimiento de que la empresa responsable de los barcos sumergidos había solicitado con antelación la autorización a Capitanía Marítima



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en Las Palmas para fondear estas embarcaciones lejos del Puerto de Gran Tarajal, y así evitar que se produjera una situación de riesgo ante la llegada del temporal. No obstante, dicha medida fue denegada por parte de las autoridades.


El riesgo que entrañó esta situación demostró la ineficacia de los protocolos actualmente en vigor en Canarias y en el conjunto del Estado a la hora de actuar ante catástrofes ambientales de estas características. En este tipo de
situaciones, es imprescindible que las administraciones públicas se desenvuelvan con rapidez, centrando sus objetivos en contener el darlo y empezar cuanto antes las labores de recuperación de la funcionalidad de las infraestructuras afectadas,
además de revertir los efectos sobre el medio marino y proceder a la restauración de los espacios naturales contaminados. Una fase en la que, a pesar de los errores iniciales, si que se lograron estos objetivos. Y todo ello, gracias a los medios
técnicos aplicados por el equipo contratado para estas labores: el del doctor Cisneros.


De este modo, la sucesión de errores acaecida en los trabajos de previsión, gestión de la infraestructura portuaria en pleno temporal y posterior desarrollo de las primeras medias aplicadas para la rehabilitación del puerto de Gran Tarajal,
han desvelado la existencia de fallas que afectan directamente al planeamiento institucional en casos de emergencias en este tipo de espacios, además de desvelar la necesidad de implementar los procedimientos adecuados para proteger el medio natural
marino y depurar responsabilidades políticas sobre lo ocurrido. De hecho, el éxito de la última de las fases desarrolladas, lejos de justificar la intervención del Gobierno de Canarias, lo que ha conseguido es demostrar la necesidad de revisar
cuanto antes los protocolos existentes para actuar ante episodios de estas características. Visto que, a la luz de los resultados, los que están actualmente en vigor han quedado completamente obsoletos tras este desastre, ameritando su
actualización y adecuación al actual desarrollo tecnológico que ha experimentado el sector y la aplicación de las nuevas tecnologías.


Por todo ello, el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente'


Enmienda


De adición.


Se añade el punto 5:


'5. Instar al Gobierno del Estado en colaboración con el Gobierno de Canarias y de todas aquellas Comunidades Autónomas que posean infraestructuras portuarias de características similares, a revisar y actualizar los protocolos de actuación
en vigor en caso de catástrofes ambientales en el medio natural marino, tomando en cuenta la experiencia vivida en el Puerto de Gran Tarajal tras la aplicación de las tecnologías de última generación allí puestas en marcha para la restauración del
litoral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Carmen Valido Pérez, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre los efectos ambientales, económicos y sociales del temporal Emma en el puerto de Gran Tarajal, en Fuerteventura, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem- En Marea.


Enmienda


De modificación.


'1. Impulsar un conjunto de medidas encaminadas a paliar los efectos que la borrasca Emma ha causado en el Puerto de Gran Tarajal y en las localidades costeras del municipio de Tuineje, en la isla de Fuerteventura, especialmente las
ocasionados por el hundimiento de varias embarcaciones y los vertidos



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de fuel que éstas han provocado, con el objetivo de restaurar cuanto antes los daños en su medio natural marino y las infraestructuras portuarias y litorales afectadas.


2. Aprobar un Real Decreto Ley por el que se adopten Medidas Urgentes para reparar los daños causados por el viento fuerte y lluvias intensas provocados por la borrasca Emma acaecidos en el Puerto de Gran Tarajal y en las localidades
costeras del municipio de Tuineje, en el que se establezcan las indemnizaciones y ayudas económicas para contrarrestar los graves efectos del temporal, recuperar la actividad pesquera y regenerar el medio natural afectado por el temporal.


3. Coordinar junto al Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, la ejecución de estas medidas de emergencia en la zona litoral del municipio de Tuineje, en las localidades costeras
de Gran Tarajal, Giniginámar, Tarajalejo y Las Playitas, en la isla de Fuerteventura.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea sobre los efectos ambientales, económicos y sociales del temporal Emma en el puerto de Gran Tarajal, en Fuerteventura.


Enmenda


Al punto 4.º


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proseguir con la esencial tarea que desde la Sociedad Estatal SASEMAR y la Dirección General de Marina Mercante se realiza en el ámbito de la seguridad marítima y la lucha contra la
contaminación, impulsando la colaboración con las administraciones autonómicas, tal y como ocurrió en el reciente incidente ocurrido en el Puerto de Gran Tarajal.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003230


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley de medidas de clasificación y protección de pasos a nivel, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 349, de 9 de mayo de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Modificar la Orden 2 de agosto de 2001 por la que se desarrolla el artículo 235 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de supresión y protección de pasos a nivel, en lo referente a los criterios
de clasificación de pasos a nivel, de manera que se tenga en cuenta no solo el parámetro 'momento de circulación' sino también los parámetros de visibilidad, el índice de



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accidentalidad del paso en los últimos años y la intensidad media diaria de la carretera, así como adoptar esta nueva clasificación, teniendo en cuenta los niveles de protección activa de la Agencia Europea del Ferrocarril.


2. Acelerar la finalización de la 'elaboración de un estudio que permita conocer el estado de los cruces entre andenes para pasajeros en estaciones y la señalización viaria de los pasos a nivel con protección de clase 'A' en la Red
Ferroviaria de Interés General (Expediente 201701000006).


3. Licitar un nuevo estudio que permita conocer el estado de todos los pasos a nivel y cruces de vías en la Red Ferroviaria de Interés General, así como realizar un inventario de estos.


4. Elaborar un Plan Nacional de Protección de Pasos a Nivel, que cuente con la suficiente dotación presupuestaria, en coordinación con las Comunidades Autónomas (con la inclusión de los necesarios mecanismos de cooperación y cofinanciación
previstos por la legislación vigente) para la protección, en un plazo razonable, de todos los pasos a nivel sin ningún sistema de aviso de paso de los trenes (protección pasiva) mediante un sistema de aviso (protección activa), de forma que se
conviertan al menos en pasos a nivel de clase B, priorizando los que, con los nuevos criterios de clasificación, tengan un mayor riesgo de peligrosidad.


5. Garantizar especialmente la seguridad en los desplazamientos a pie con pasos subterráneos en su caso.


6. Dar un cumplimiento efectivo al Real Decreto 627/2014, de 18 de julio, de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon once enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada Teresa Jordà Roura al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos de medidas de clasificación y protección de los pasos a nivel.


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto:


'3. Dotar al Plan Estatal de Protección de Pasos a Nivel de una partida presupuestaria en los próximos Presupuestos Generales del Estado a fin y efecto de mejorar las medidas de protección de los pasos a nivel o a su eliminación si es
posible.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2018.-Teresa Jordà i Roura, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos de medidas de clasificación y protección de pasos a nivel.


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 3:


'Dotar de los recursos económicos suficiente para que la realización del estudio que permita conocer el estado de los cruces entre andenes para pasajeros en estaciones y la señalización viaria de los pasos a nivel con protección de clase 'A'
en la Red Ferroviaria de Interés General (expediente 201701000006) concluya en el plazo inferior a un año.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 4:


'Ampliar el estudio anterior o licitar uno nuevo que permita conocer y tener inventariado todos los pasos a nivel y cruces de vías.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 5:


'Cumplir con las conclusiones y medidas indicadas por el estudio (o estudios), adoptando medidas de seguridad provisionales hasta la ejecución de las actuaciones necesarias en un plazo inferior a dos años desde la publicación del estudio.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 6:


'Comenzar de manera inmediata y dar prioridad absoluta a las actuaciones de seguridad y eliminación en los pasos a nivel de clase A y pasos de vías de estaciones de tren que ya estén correctamente identificados sin necesidad de esperar a la
finalización del estudio.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 7:


'Garantizar los desplazamientos a pie y su seguridad con instalaciones de pasos soterrados y elevados.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 8:


'Dotar a los Presupuestos Generales del Estado con las partidas presupuestarias necesarias para cumplir con los compromisos anteriores y completar las medidas requeridas para el año 2020.'



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Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 9:


'Dar una atención integral real a los familiares de víctimas de arrollamientos en base al R.D. 627/2014 de 18 julio.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto 10:


'Obligar a que la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) inicie una investigación según el artículo 4.2 del Real Decreto 623/2014, de 18 de julio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes
ferroviarios y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, en cualquier accidente donde al menos haya una víctima mortal (arrollamientos en estaciones y apeaderos incluidos) para obtener conclusiones que permitan mejorar la seguridad
ferroviaria.'


Justificación.


Se presentan como mejora para una actuación integral de seguridad.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Sergio Pascual Peña, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley de medidas de clasificación y protección de pasos a nivel, del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Enmienda


De modificación.


'1. (Igual).


2. Elaborar un Plan Nacional de Protección de Pasos a Nivel, que cuente con la suficiente dotación presupuestaria, en coordinación con las Comunidades Autónomas... (Resto igual).


3. Suprimir, antes del año 2024, de acuerdo con los compromisos asumidos por el Gobierno en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) 2012-2024, 1.000 pasos a nivel en la red ferroviaria convencional, priorizando aquellos
que presenten mayor índice de peligrosidad, y mejorar las labores de conservación y mantenimiento, con el objetivo de incrementar la seguridad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Ciudadanos de medidas de clasificación y protección de pasos a nivel.



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Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Impulsar la tramitación del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento sobre seguridad e interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de Interés General, que actualiza y revisa la normativa en materia
de pasos a nivel.


- Instar a ADIF a que siga trabajando en los planes de mejora de la seguridad de los cruces de vía, teniendo en cuenta la modificación normativa una vez aprobada.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000197


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 29 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre medidas urgentes para el fomento del empleo juvenil, presentada por el Grupo
Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un Plan Joven de Empleo Estatal que dé respuesta a las necesidades de la juventud en términos de ocupación, con la colaboración de todos los agentes implicados, especialmente los órganos de participación juvenil en España y las
secciones jóvenes de los sindicatos.


2. Promover el empleo juvenil mediante la promoción de sectores estratégicos poco desarrollados relacionados con el empleo verde, el sector primario y rural y relacionados con el mundo de la dependencia.


3. Poner fin al fraude y abuso de las becas y contratos de formación precarios mediante la elaboración de un Plan Estatal de becas de primer trabajo y formación laboral, así como para investigadores.


4. Incentivar el empleo de las personas jóvenes con diversidad funcional tanto en el sector público como en el privado.


5. Una vez realizada la anterior evaluación, el Gobierno, previa consulta y negociación con los agentes sociales en el marco de la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, deberá impulsar las
reformas legislativas pertinentes en orden de establecer ayudas económicas, destinadas a los beneficiarios del SNGJ, orientadas preferentemente a incentivar la participación de estos en las acciones formativas que mejoren sus competencias
curriculares, en orden a fomentar la creación de empleo estable y de calidad, así como ayudas económicas a iniciativas de autoempleo.


6. Anualmente se publicará un informe sobre la implementación de las acciones desarrolladas en el marco de esta nueva estrategia y su impacto en la mejora de la inserción en el ámbito formativo y en el mercado de trabajo de las personas
jóvenes.


7. Reunir urgentemente la mesa de dialogo social al objeto de llevar a cabo medidas de impulso para el empleo joven.


a) Se elaborará y pondrá en marcha un Plan de Choque para el Empleo de las Personas Jóvenes, que, desde la articulación de un itinerario personal de inserción, con garantía de seguimiento y evaluación



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de actuaciones y con una dotación económica suficiente, tenga por objeto mejorar su empleabilidad, en atención a su cualificación, y su inserción mediante contratos de trabajo que les garanticen un empleo de calidad y un salario digno.


b) Se derogará el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial, que posibilita su explotación laboral. Estas prácticas deberán articularse a
través de un contrato en prácticas, y se revisarán los programas de becarios y el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, al objeto de eliminar las prácticas
no laborales extracurriculares, así como los programas de becarios.


c) Se fortalecerán los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las Comunidades Autónomas así como los recursos económicos destinados a estas últimas, al objeto de mejorar la eficacia en el desarrollo de
la iniciativa de empleo juvenil.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 194 y concordantes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven (Garantía Juvenil), para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Enmienda


De adición.


Añadir una petición al Gobierno, con número 2, con el siguiente texto:


'4. Una vez realizada la anterior evaluación, el Gobierno, previa consulta y negociación con los agentes sociales en el marco de la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, deberá impulsar las
reformas legislativas pertinentes en orden a establecer ayudas económicas, destinadas a los beneficiarios del SNGJ, orientadas preferentemente a incentivar la participación de estos en las acciones formativas que mejoren sus competencias
curriculares, en orden a fomentar la creación de empleo estable y de calidad, así como a ayudas económicas a iniciativas de autoempleo.'


Justificación.


Se presenta la modificación en consonancia con el texto propuesto en la Moción presentada por nuestro grupo y aprobada por el Pleno de la Cámara por unanimidad el pasado 12 de septiembre de 2017. Es imprescindible a nuestro juicio, una
evaluación de la eficiencia de cada una de las medidas de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, en orden a determinar aquellas que mejoran cualitativamente las capacidades profesionales de los jóvenes, e incentivar económicamente la
participación en aquellas que se revelen más útiles.


En dicha moción se instó al Gobierno a que realizara y publicara un informe indicativo del número de jóvenes inscritos en el SNGJ que habían recibido de los servicios públicos de empleo alguna de las medidas previstas en el sistema de
garantía juvenil en los cuatro meses siguientes a la inscripción, y el porcentaje de entre dichos jóvenes que se encontraban trabajando a los seis meses de haber sido perceptores de la medida.


Además, el Congreso instó al Gobierno, a que previa consulta con los agentes sociales, destinase el presupuesto previsto preferentemente a financiar ayudas económicas directas o subsidios para jóvenes que participasen en alguna de las
acciones formativas previstas en el SNGJ, en lugar de a financiar



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exclusivamente complementos salariales para jóvenes que se encuentran ya trabajando bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.


Consideramos que debe incentivarse la participación de los jóvenes con bajo nivel formativo en itinerarios de formación profesional que mejoren sus capacidad de adquisición de aptitudes y competencias profesionales requeridas por nuestro
mercado de trabajo, principalmente en los ámbitos de idiomas y nuevas tecnologías, con arreglo al artículo 106 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.


La Ley de Presupuestos Generales del Estado que se encuentra actualmente en tramitación ante el Senado contiene en su Disposición Adicional 109 la regulación de la denominada Ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el
Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje. La ayuda económica se configura como un complemento salarial para jóvenes con cualificación profesional muy baja (se excluye a todos aquellos que
estén en posesión del título de Bachiller, Formación profesional de grado medio, o certificados de profesionalidad 2 y 3), con cuantía igual al 80% del IPREM, que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje de los regulados en el
artículo 112 del Estatuto de los Trabajadores.


Consideramos que si no se implementan medidas análogas a la prevista en esta Disposición Adicional para jóvenes que realicen acciones de formación profesional que mejoren sus competencias curriculares en ámbitos vinculados a la mejora de la
calidad del empleo (tecnología, comunicación, idiomas) así como para jóvenes que pongan en marcha iniciativas de autoempleo, se va a desincentivar la mejora profesional, al incentivarse exclusivamente la obtención de un contrato precario de
aprendizaje, en cualquier sector, sin condicionamiento alguno relacionado con la calidad del empleo. Así implementada, se trata de una medida cortoplacista, que no va a incidir en la mejora de nuestro modelo productivo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2018.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre medidas urgentes para el fomento del empleo juvenil, del Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Evaluar, en el marco del diálogo social y antes del 31 de marzo de 2018, la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, al objeto de analizar cada una de las medidas adoptadas en sus cuatro ejes de actuación, y, por tanto, en
la mejora de la intermediación y en la mejora de la empleabilidad, con ratios que identifiquen itinerarios personalizados y tutorizados en formación e inserción laboral, así como el impacto de los incentivos y bonificaciones en una contratación
estable y de calidad y en el emprendimiento.


Esta evaluación incluirá, entre otros, los siguientes extremos:


a) Resultados cuantitativos sobre el número de personas jóvenes inscritas y las acciones recibidas en cada uno de los ejes de actuación, que serán analizados, entre otros elementos, con perspectiva de género, edad, tiempo en desempleo y en
respuesta en la actuación, así como en atención al nivel formativo y capacitación o cualificación profesional de partida y alcanzado.


b) Un análisis comparado con el resto de países de la Unión Europea que participan en dicha iniciativa.


c) El grado de ejecución anual de los fondos destinados, con indicación de los recibidos, para el desarrollo de la Iniciativa de Garantía Juvenil.



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d) Orientaciones, recomendaciones y propuestas de actuación para mejorar la inserción laboral de las personas jóvenes, con determinación de las acciones a desarrollar también en el ámbito docente y formativo, incluido el universitario.


2. En atención a la evaluación realizada y su grado de eficiencia en los objetivos perseguidos por la Estrategia y a la vista de las recomendaciones del Informe elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo, informe n.° 5/2017 sobre
evaluación de la Garantía Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco del diálogo social se planificará una nueva Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven que contendrá nuevas actuaciones, incluidas las reformas normativas
necesarias, para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, facilitar su inserción en el ámbito laboral, promover el emprendimiento y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. Asimismo, contendrá las acciones y mecanismos que permitan
mejorar la coordinación y la planificación con los interlocutores sociales, los colaboradores intermedios y las comunidades autónomas, con el fin de garantizar la eficiencia de las medidas adoptadas, también las económicas.


3. Anualmente se publicará un informe sobre la implementación de las acciones desarrolladas en el marco de esta nueva estrategia y su impacto en la mejora de la inserción en el ámbito formativo y en el mercado de trabajo de las personas
jóvenes.


4. Reunir urgentemente la mesa de diálogo social al objeto de llevar a cabo medidas de impulso para el empleo joven. A tal efecto:


a) Se elaborará y pondrá en marcha un Plan de Choque para el Empleo de las Personas Jóvenes, que, desde la articulación de un itinerario personal de inserción, con garantía de seguimiento y evaluación de actuaciones y con una dotación
económica suficiente, tenga por objeto mejorar su empleabilidad, en atención a su cualificación, y su inserción mediante contratos de trabajo que les garanticen un empleo de calidad y un salario digno.


b) Se revisará el contrato de relevo, con jubilación parcial a los sesenta y un años, que contendrá previsiones específicas dirigidas a posibilitar la formación de las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil,
incluidas bonificaciones por la contratación indefinida y a tiempo completo de estas personas trabajadoras jóvenes a través de esta figura contractual o su reconversión en indefinidos y a tiempo completo cuando se realicen con estas personas.


c) Se revisarán los contratos de formación y aprendizaje al objeto de impulsar la alternancia de la actividad formativa con la práctica en el puesto de trabajo, aportando a las personas jóvenes trabajadores una elevada cualificación y/o
competencia profesional, promoviendo su incorporación a la empresa, y penalizando a las empresas que abusen de ellos con el único fin de beneficiarse de los beneficios de exenciones y bonificaciones.


d) Se fomentará el contrato en prácticas, con el fin de conseguir una mayor eficiencia en su utilización.


e) Se derogará el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial, que posibilita su explotación laboral. Estas prácticas deberán articularse a
través de un contrato en prácticas, y se revisarán los programas de becarios y el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, al objeto de eliminar las prácticas
no laborales extracurriculares, así como los programas de becarios.


f) Se impulsará una red pública de oficinas de empleo, con mayores dotaciones económicas, que cuente con orientadores especializados con la formación y experiencia necesarias para ajustar los perfiles individuales desarrollados a las
necesidades del mercado de trabajo, así como para hacer un seguimiento de las personas que abandonen los programas de garantía juvenil.


g) Se fortalecerán los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las comunidades autónomas así como los recursos económicos destinadas a estas últimas, al objeto de mejorar la eficiencia en el desarrollo
de la iniciativa de empleo juvenil, y todo ello teniendo en cuenta que esta iniciativa supone el 80 % de los fondos destinados al programa de garantía juvenil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/003046


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 29 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa al aumento de la siniestralidad laboral en el año 2017, presentada por el Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 321, de 20 de marzo de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar todos los trámites necesarios para promover la reforma de la legislación vigente para garantizar que ningún trabajador o trabajadora realice su trabajo sin protección efectiva.


2. Realizar todos los trámites necesarios para iniciar la reforma legislativa con la finalidad de garantizar el desempeño profesional de los técnicos, la independencia de los servicios de protección y el establecimiento de controles
públicos que garanticen la calidad de sus prestaciones.


3. Incrementar las partidas destinadas a la prevención de riesgos laborales.


4. Incrementar sostenidamente el número de inspectores e inspectoras de trabajo para aproximarlo a la media de la UE, eximiendo a dichos cuerpos de funcionarios del principio de reposición cero y reposición mínima, para lo que incrementará
mediante las correspondientes ofertas públicas de empleo sus efectivos de forma suficiente para que puedan razonablemente desarrollar las tareas de control de las condiciones de seguridad laboral que su Ley de ordenación les encomienda.


5. Convocar la Mesa de Diálogo Social al objeto de acordar las modificaciones de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales y del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los servicios de prevención,
para potenciar los servicios y medios propios del empresario frente a los servicios de prevención ajenos.


6. Dar cumplimiento a la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020.


7. Territorializar en todo caso y con la mayor celeridad posible, los fondos destinados a prevención de riesgos laborales entre las administraciones autonómicas que tienen asumidas competencias de ejecución de la legislación laboral en
materia de Seguridad Social e Higiene en el trabajo, tal y como está previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, para que puedan gestionarlos, dando cumplimiento así, entre
otras, a las sentencias que fallan a favor de las autonomías por invasión de competencias en esta materia. Y a poner fin a la reiterada intromisión competencial que supone la imposición de trabas y obstáculos a la lucha que estas administraciones
llevan a cabo a favor de la prevención de riesgos laborales y en contra de la siniestralidad laboral.


8. Modificar el Real Decreto 1150/2015, de 18 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se
establecen criterios para su notificación y registro para añadir como enfermedades profesionales el estrés y el acoso laboral, así como para que su aplicación no dé lugar a discriminaciones por razón de género en el reconocimiento de una dolencia
como enfermedad profesional.


9. Adoptar las medidas que permitan revisar y modificar, previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y demás normativa de desarrollo, incorporando
la perspectiva de género tanto en la gestión de la prevención como en el conjunto de obligaciones empresariales y de los demás agentes implicados en la prevención, como los Servicios de Prevención Ajenos, asentando su base legal y reglamentaria para
que no se pueda obviar una correcta transversalidad de la perspectiva de género en todos los aspectos preventivos y que cualquier actuación que se defina, implemente y evalúe en materia de prevención de riesgos laborales en la empresa.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa al aumento de la siniestralidad laboral en el año 2017, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De adición.


Añadir al final del punto 8:


'... así como para que su aplicación no dé lugar a discriminaciones por razón de género en el reconocimiento de una dolencia como enfermedad profesional.'


Añadir un nuevo punto 9:


'9. Adoptar las medidas que permitan revisar y modificar, previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y demás normativa de desarrollo,
incorporando la perspectiva de género tanto en la gestión de la prevención como en el conjunto de obligaciones empresariales y de los demás agentes implicados en la prevención, como los Servicios de Prevención Ajenos, asentando su base legal y
reglamentaria para que no se puede obviar una correcta transversalidad de la perspectiva de género en todos los aspectos preventivos y que cualquier actuación que se defina, implemente y evalúe en materia de prevención de riesgos laborales en la
empresa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003180


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 29 de mayo de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas para garantizar la seguridad y salud laboral de las personas
que prestan servicios en el ámbito del hogar familiar, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 336, de 17 de abril de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Para revertir la situación de vacío legal en relación a las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales en la relación laboral en el ámbito del hogar familiar y previa consulta con las organizaciones sindicales, se adoptarán
las medidas que procedan para, en el marco de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, regular las obligaciones preventivas del empleador titular del hogar familiar con el fin de que vayan igualándose en derechos con los demás trabajadores
asalariados, también en relación al ámbito de aplicación de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, tal como reconoce además el Convenio 189 de la OIT y debe hacerse desde la perspectiva de género.


- Organizar campañas específicas de Inspección de Trabajo para vigilar el cumplimiento del deber de garantizar la seguridad y salud laboral por parte del empleador titular del hogar familiar, diseñadas en colaboración con las CCAA.


- Promover campañas de información tanto para los empleadores como para las personas trabajadoras que prestan sus servicios como trabajadoras al servicio del hogar familiar.


- Adoptar medidas para que se reconozcan y garanticen a las personas empleadas de hogar los mismos derechos de protección que las demás trabajadoras del Régimen General de la Seguridad Social en el supuesto de accidente de trabajo o
enfermedad profesional.


- A ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, y la Recomendación n.º 201 sobre el trabajo doméstico.



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- A promover los cambios legislativos necesarios para incluir a las empleadas del hogar en el ámbito de aplicación de los artículos 197.4 y 209.1.b) de la Ley General de la Seguridad Social, para que se les consideren los períodos no
cotizados en el cálculo de las pensiones de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes y de jubilación en los términos establecidos en dichos artículos.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y concordantes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la adopción de medidas para garantizar la seguridad y salud laboral de las personas que prestan servicios en el ámbito del hogar familiar, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad
Social.


Enmienda


De adición.


A la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, para añadir la siguiente petición al Gobierno:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, y la Recomendación n.º 201 sobre el trabajo doméstico.'


Justificación.


En junio de 2011 la OIT adoptó el Convenio n.º 189 y la Recomendación n.º 201, sobre Trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos. Hasta la fecha, dicho convenio está en vigor en 17 países (Alemania, Argentina, Bolivia,
Colombia, Costa Rica, Ecuador, Filipinas, Finlandia, Guyana, Irlanda, Italia, Mauricio, Nicaragua, Paraguay, Sudáfrica, Suiza y Uruguay) y este año 2016 entrará en vigor en 5 más (Bélgica, Chile, República Dominicana, Panamá y Portugal). El
Convenio 189 establece las condiciones laborales mínimas en este sector de actividad. Dispone los derechos y principios básicos y exige a los Estados tomar una serie de medidas con el fin de lograr que el trabajo decente sea una realidad para
trabajadoras y trabajadores domésticos. Estas normas mínimas abarcan ámbitos como el respeto y protección de los derechos fundamentales en el trabajo (libertad de asociación, negociación colectiva, eliminación del trabajo forzoso y abolición del
trabajo infantil), información sobre condiciones de empleo, horas de trabajo (tiempo de trabajo y descanso, horas extra, vacaciones pagadas y remuneración) o seguridad social y cobertura de la maternidad. La Recomendación 201, sobre trabajadoras y
trabajadores domésticos, también adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo de 2011, complementa al Convenio 189. A diferencia de este, la Recomendación 201 no se ratifica, si bien proporciona directrices prácticas sobre posibles medidas
legales y de otro tipo para poder hacer efectivos los derechos y principios enunciados en el Convenio. El Gobierno español, a pesar del compromiso adquirido en sede parlamentaria, acordó en la reunión del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de
2012 un Acuerdo para la no ratificación del Convenio n.º 189 de la OIT y su remisión, junto a la Recomendación n.º 201, a las Cortes Generales a los efectos exclusivos de su conocimiento, sin proporcionar argumentos claros que motivasen tal decisión
y dejando a las trabajadoras del hogar en condiciones de desigualdad con respeto al resto de sectores.


La PNL aquí debatida en su parte expositiva menciona el artículo 13 del Convenio 189 como razón de peso para promover la protección de la salud de las trabajadoras del servicio doméstico, y alude además en su parte dispositiva a la necesidad
de promover campañas de información dirigidas a empleadores y trabajadoras de este sector, con el objetivo de dignificar la profesión y sensibilizar al respecto de la necesidad de proteger la salud laboral de estas trabajadoras. Entendemos que para
la consecución de este objetivo es imprescindible que nuestro país ratifique lo antes posible el Convenio 189 de la OIT.



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Enmienda


De adición.


A la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, para añadir la siguiente petición al Gobierno:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover los cambios legislativos necesarios para incluir a las empleadas del hogar en el ámbito de aplicación de los artículos 197.4 y 209.1.b) de la Ley General de la Seguridad Social, para
que se les consideren los periodos no cotizados en el cálculo de las pensiones de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes y de jubilación en los términos establecidos en dichos artículos.'


Justificación.


Dignificar el trabajo de las empleadas del hogar pasa por equiparar a este colectivo con el resto de trabajadores, al menos en materia de beneficios de protección social. Las trabajadoras domésticas, no solo carecen de protección de la
salud laboral en su lugar de trabajo, sino que además tampoco pueden dejar de cotizar en los mismos supuestos que el resto de trabajadores, sin correr el riesgo de una merma en sus futuras prestaciones. Para el año 2019, estaba previsto que esta
grave discriminación se corrigiera, puesto que a tenor de la disposición transitoria decimosexta de la LGSS, cesaba la inaplicación de los artículos 197.4 y 209.1.b) al colectivo de empleadas del hogar, de modo que estas comenzarían a disfrutar de
la posibilidad de que los meses no cotizados se tomaran en consideración como cotizados por la base mínima en el cálculo de la pensión de incapacidad permanente por contingencias comunes y en el de la pensión de jubilación. Sin embargo, esta
previsión ha sido dejada sin efecto en el trámite parlamentario de la actual LPGE, debido a la enmienda 6777 presentada por el Grupo Popular y aprobada por la mayoría parlamentaria, que mantiene esta discriminación contra el colectivo de
trabajadoras domésticas al menos hasta el año 2024.


Se dice en la justificación de dicha enmienda que el reconocimiento para estas trabajadoras del derecho a la integración de las lagunas de cotización en el cálculo de sus pensiones resulta incoherente con la suspensión de la obligación de
cotizar con arreglo a su salario real. Esta justificación nos parece inaceptable y vulneradora del derecho fundamental a la igualdad de las trabajadoras domésticas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de mayo de 2018.-Isabel Franco Carmona, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003186


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 29 de mayo de 2018, aprobó la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a impulsar la ampliación de la prestación para el cuidado de hijos con cáncer o enfermedad
grave, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 341, de 24 de abril de 2018, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar trabajando de manera prioritaria en la mejora de la prestación para el cuidado de hijos con cáncer o enfermedad grave, a fin de ampliar su alcance, para que cubra todo el periodo
que necesiten los progenitores para el cuidado domiciliario del menor, además del tratamiento hospitalario como hasta el momento.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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161/003250


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 29 de mayo de 2018, aprobó la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a estudiar la inclusión del biotecnólogo como profesión reglada en el Servicio Público de
Empleo, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 355, de 23 de mayo de 2018, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar la inclusión de la profesión de biotecnólogo en el Catálogo Nacional de Ocupaciones.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/000170


Mediante escrito de fecha 11 de junio de 2018 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Ciudadanos la Proposición no de Ley relativa a la realización de una auditoría sobre los costes de generación de la energía convencional y de una
evaluación sobre las reformas del sistema eléctrico promovidas por el Gobierno durante la X Legislatura, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/000958


Mediante escrito de fecha 6 de junio de 2018 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea la Proposición no de Ley relativa a la necesidad de que la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC) incoe una investigación sobre irregularidades en la facturación de la energía eléctrica, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 72, de 20 de diciembre de 2016.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/003283


Mediante escrito de fecha 11 de junio de 2018 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea la Proposición no de Ley relativa a organizaciones de



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afectados y afectadas por las clínicas Idental en distintos territorios de España, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 361, de 4 de junio de 2018.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR


401/000003


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, del Informe de la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear
en relación con el Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016, aprobado por la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital en su sesión del día 13 de junio de 2018.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


APROBACIÓN POR LA COMISIÓN DE ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL, EN SU SESIÓN DEL DÍA 13 DE JUNIO DE 2018, DEL INFORME DE LA PONENCIA ENCARGADA DE LAS RELACIONES CON EL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR EN RELACIÓN CON EL INFORME DE LAS
ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR DURANTE EL AÑO 2016


1. La Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear, se constituyó el día 20 de diciembre de 2016 en el seno de la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital y está compuesta por los siguientes señores
Diputados:


Grupo Parlamentario Popular:


- GARCÍA EGEA, Teodoro.


- MARISCAL ANAYA, Guillermo.


- HERRERO BONO, José Alberto.


Grupo Parlamentario Socialista:


- LUCIO CARRASCO, Pilar.


- LASARTE IRIBARREN, José Javier (Baja: 16.10.17).


- BLANQUER ALCARAZ, Patricia (Alta: 16.10.17).


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea:


- VENDRELL GARDEÑES, Josep.


- LÓPEZ DE URALDE GARMENDIA, Juan Antonio.


Grupo Parlamentario Ciudadanos:


- RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, Melisa.


- TEN OLIVER, Vicente.



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Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana:


- SALVADOR I DUCH, Jordi.


Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV):


- SAGASTIZABAL UNZETABARRENETXEA, Idoia.


Grupo Parlamentario Mixto:


- MARTÍNEZ OBLANCA, Isidro.


- BEL ACCENSI, Ferran.


Letrado:


- RUIZ-NAVARRO PINAR, José Luis.


En la sesión de constitución de la Ponencia se acordó designar a D. Guillermo Mariscal Anaya coordinador de la misma, como representante del grupo mayoritario.


2. La Mesa de la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, en su reunión con los Portavoces del día 12 de septiembre de 2017, acordó convocar la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear el día 19 de
septiembre al efecto de iniciar los trabajos en relación al Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016.


3. La Ponencia, en su reunión del día 19 de septiembre de 2017, acordó:


- Abrir un plazo para la presentación de solicitudes de comparecencias en relación con el Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016 (401/3) hasta el 26 de septiembre de 2017.


- Celebrar reunión de la Ponencia el jueves 28 de septiembre para examinar las solicitudes presentadas y fijar las comparecencias a celebrar.


4. El día 28 de septiembre de 2017 la Ponencia tomó el siguiente acuerdo: Examinadas las solicitudes de comparecencias presentadas por los Grupos Parlamentarios en relación con el Informe del Consejo de Seguridad Nuclear correspondiente al
año 2016 (núm. expte. 401/000003), se acuerda celebrar las siguientes reuniones de la Ponencia:


- Miércoles 18 de octubre, a las 16:30 horas: comparecencias de las personas solicitadas de Greenpeace, AMAC y Foro de la Industria Nuclear Española.


- Miércoles 25 de octubre, a las 16:30 horas: comparecencias de las personas solicitadas de ENRESA y UNESA y de D. Marcel Coderch i Collel.


- Miércoles 15 de noviembre, a las 16:30 horas: comparecencias de las personas solicitadas de ENUSA, ASTECSN y de D.ª Pilar Martínez Rodríguez.


- Miércoles 22 de noviembre, a las 16:30 horas: comparecencias de los Directores Técnicos de Seguridad Nuclear y de Protección Radiológica del CSN y del Presidente del CSN.


Se acuerda que el sistema de comparecencias sea el mismo que habitualmente se ha seguido hasta ahora, es decir, una hora aproximada por compareciente, iniciándose con una primera intervención del mismo, entre un cuarto de hora y veinte
minutos; intervención de los representantes de los Grupos Parlamentarios y contestación a los mismos por el compareciente.


5. La Ponencia se reunió el 18 de octubre de 2017 celebrándose las siguientes comparecencias:


- D. José Luis González Martínez, Presidente de ENUSA (núm. expte. 212/001008).


- D.ª M. Nieves Sánchez Guitián, Presidenta de la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad y Protección Radiológica ASTECSN (núm. expte. 219/000855).


- D.ª Raquel Montón Valladares, representante de Greenpeace en el Comité Asesor del Consejo de Seguridad Nuclear (núm. expte. 219/000856).



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6. La Ponencia se reunió el 25 de octubre de 2017 celebrándose las siguientes comparecencias:


- D. José Zaballa Gómez, Presidente de ENRESA (núm. expte. 212/001012).


- D. Ignacio Araluce Letamendia, Presidente de Foro de la Industria Nuclear Española (núm. expte. 219/000861).


- D. Francisco José López García, Presidente del Comité de Energía Nuclear de UNESA (núm. expte. 219/000862).


7. La Ponencia se reunió el 15 de noviembre de 2017 celebrándose las siguientes comparecencias:


- De D.ª Raquel González Gómez, Presidenta de la Asociación de Municipios en Áreas de Centrales Nucleares (AMAC) y D. Mariano Vila D'Abadal, Gerente de AMAC (núm. expte. 219/000887).


- De D.ª Pilar Martínez Rodríguez, abogada experta en materia y asuntos ambientales (núm. expte. 219/000888).


8. La Ponencia se reunió el 22 de noviembre de 2017 celebrándose la siguiente comparecencia:


- Conjunta de D. Antonio Munuera Bassols, Director Técnico de Seguridad Nuclear del CSN y de D.ª María Fernanda Sánchez Ojanguren, Directora Técnica de Protección Radiológica del CSN (núm. expte. 212/001045).


9. La Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, en su sesión número 20, del 13 de diciembre de 2017, celebró la comparecencia del Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, D. Fernando Marti Scharfhausen, al objeto de presentar el
Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el años 2016 (núm. expte. 212/001073).


10. La Mesa de la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, en su reunión con los Portavoces del día 14 de marzo de 2018, acordó:


- Abrir un plazo para la presentación de propuestas de resolución que finalizará el martes 3 de abril, a las 14:00 horas.


- Celebrar reunión de la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear el martes 10 de abril, a las 10:30 horas, para el examen, y aprobación en su caso, de las propuestas de resolución.


- Celebrar sesión de la Comisión el miércoles 11 de abril, a las 16:30 horas, para el debate y votación de las propuestas de resolución al Informe elaborado por la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear.


11. La Ponencia, en su reunión del día 10 de abril, acordó volver a reunirse para continuar con el examen de las propuestas de resolución el día 12 de abril, al finalizar la sesión plenaria. Asimismo se acuerda solicitar al Letrado de la
Comisión que agrupe las propuestas en los siguientes temas:


1. Miembros del CSN. Elección.


2. Transparencia y funcionamiento del CSN.


3. Residuos.


4. ATC.


5. ATIs.


6. Planes emergencia.


7. Ciberseguridad.


8. Desmantelamientos centrales.


9. Centrales concretas.


10. Reglamentos instalaciones nucleares y radioactivas.


11. Mina uranio Retortillo.


12. Palomares.


13. El Cabril.


14. Futuro Centrales Nucleares.


15. Cumplimiento resoluciones del Informe anterior.


16. Otras.



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12. La Ponencia, en su reunión del día 16 de abril, acordó volver a reunirse el jueves 26 de abril, al finalizar el Pleno, para continuar con el examen de las propuestas de resolución presentadas al Informe de las actividades del Consejo de
Seguridad Nuclear durante el año 2016. Dicha reunión no se celebró.


13. La Ponencia se reunió el día 10 de mayo de 2018, acordando celebrar reunión el día 16 de mayo para continuar con el examen de las propuestas de resolución presentadas al Informe de las actividades del Consejo de Seguridad Nuclear
durante el año 2016.


14. La Ponencia se reunió el día 16 de mayo para aprobar el Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016.


15. La Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital del Congreso de los Diputados, en su sesión del 13 de junio de 2018, tras haber recibido en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del
Consejo de Seguridad Nuclear, modificado por la Ley 33/2007, de 7 de noviembre, el Informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016 (núm. expte. 401/000003), una vez emitido informe por la Ponencia en
su reunión del día 16 de mayo, y habiendo tenido lugar, en su día, la correspondiente comparecencia ante la Comisión del Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, aprobó las siguientes Resoluciones:


1. Miembros del CSN. Elección.


Primera. El Congreso de los Diputados, a través de la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear manifiesta la necesidad de realizar las modificaciones normativas oportunas, con el objetivo de actualizar y
modificar la forma de elección del Presidente y los Consejeros del CSN. Asimismo, manifiesta la necesidad de que los Directores Técnicos sean elegidos de modo colegiado y con las mismas garantías de independencia exigibles a un Consejero, valorando
su capacidad de liderazgo, y exigiendo elevadas y reconocidas aptitudes técnicas.


De forma similar que ocurre con los nombramientos realizados en otros organismos internacionales, la Ponencia solicitará la creación de una comisión de expertos en regulación y supervisión de actividades, que evalúe la experiencia,
capacitación, idoneidad, independencia y neutralidad, y que emitirá un informe no vinculante, previo a la comparecencia ante la Comisión competente del Congreso de los Diputados, que, designará a los nuevos miembros por la mayoría de 3/5 de sus
miembros.


Segunda. El Congreso de los Diputados, a través de la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear manifiesta la necesidad de no prorrogar en ningún caso el mandato del actual y reprobado Presidente del CSN, que
expira el día 28 de diciembre de 2018.


2. Transparencia y funcionamiento del CSN.


Tercera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a aprobar en implementar un Plan de Transparencia.


Entre otras cuestiones, el Plan ha de contemplar actuaciones e indicadores concretos de transparencia, entre los que se contenga, incluir mecanismos de autoevaluación en la institución como buzones de incidencias, sugerencias o quejas, la
obligatoriedad de especificar de manera suficientemente motivada las razones que justifican los viajes internacionales de los miembros del Pleno.


El Consejo de Seguridad Nuclear enviará a esta Cámara, cada dos meses, un informe detallado de todos los viajes internacionales realizados por los miembros del Pleno, especificando el destino así como su cuantía económica exacta, incluyendo
a los acompañantes y los objetivos logrados en cada viaje.


Cuarta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover los cambios normativos pertinentes para que se incluya la publicación de las actas de las reuniones del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear.


Quinta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover, a través del Consejo de Seguridad Nuclear, ensayos de investigación y desarrollo entre instalaciones nucleares y universidades o centros de investigación, con el fin de
conocer mejor la variedad de procesos del sector nuclear y potenciar la innovación del mismo.


Sexta. El Congreso de los Diputados insta a desarrollar e implantar mecanismos para formular propuestas de corrección o mejora en el marco de la estructura organizativa, sometidas a mecanismos de revisión y supervisión.


Séptima. El Congreso de los Diputados insta a establecer un procedimiento de funcionamiento del pleno del Consejo de Seguridad Nuclear.



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Octava. El Congreso de los Diputados insta a traducir la totalidad de los contenidos de la página web del CSN a las lenguas oficiales del Estado español así como al inglés.


Novena. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a, en cumplimiento de las resoluciones aprobadas en esta Cámara, aplicar el Código Ético aprobado e implementado por el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear, que
recoge los principios de independencia, rigor y excelencia que le son aplicables y exigibles al órgano regulador de la seguridad nuclear.


Décima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a impulsar la aportación de información y la implantación de la transparencia voluntaria, además de la obligatoria, en toda la actividad del Consejo de Seguridad
Nuclear, y especialmente en lo relativo a altos cargos y órganos de dirección, de acuerdo con lo establecido en la ley de Transparencia, acceso a la Información y Buen Gobierno.


Undécima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a mantener y transmitir los contenidos de experiencia acumulada, que constituye un capital fundamental para la seguridad nuclear que reside en la preservación de
la adecuada gestión del conocimiento.


Duodécima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a continuar con la dotación de recursos humanos en el Consejo, de manera que, en colaboración con las autoridades competentes en materia de ciberseguridad, se
incrementen y adapten las adecuadas acciones de coordinación para hacer frente con mayor eficacia a los nuevos retos en la materia.


Decimotercera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a difundir su actividad regulatoria en consonancia con los organismos internacionales en los que España participa y las evaluaciones que obtiene.


Decimocuarta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a introducir, en los procedimientos del Consejo, mención a la documentación que sería conveniente enviar a la Ponencia de forma automática, en un ejercicio de
transparencia respecto a las tareas de control del Congreso de los Diputados, en el caso de expedientes susceptibles de impacto público. Dicha transmisión de documentación se realizará, en todo caso, salvaguardando la necesaria confidencialidad de
algunas informaciones, así como evitando el excesivo envío de información poco relevante.


Decimoquinta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a respetar la independencia del Consejo de Seguridad Nuclear para incorporar el personal necesario para el adecuado ejercicio de sus funciones, dentro del marco de sus propios
recursos presupuestarios.


Decimosexta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a establecer un calendario periódico de reuniones con la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear para el seguimiento de las
principales actuaciones del CSN en cada momento.


Decimoséptima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a garantizar el carácter colegiado de las dos direcciones técnicas a través de los Comités de Gestión. Las propuestas de dictamen técnico que se eleven a
pleno deberán ser propuestas colegiadas por los Comités de Gestión y las discrepancias, si las hubiere, deben ser comunicadas al Pleno.


Decimoctava. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a convocar a los técnicos especialistas a las reuniones del Pleno para tratar asuntos que tengan que ver con sus conocimientos y especialidad.


Decimonovena. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a impulsar mecanismos de evaluación de la independencia de los Jefes de Proyecto y de los inspectores residentes, con indicadores objetivos. Limitar el
periodo de permanencia de los Jefes de Proyecto, para garantizar su independencia, de la misma forma que está limitado a diez años el de los inspectores residentes.


Vigésima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a la aprobación de un plan para la gestión del conocimiento y la formación, que garantice la formación permanente de todo el personal del CSN en función de sus
necesidades, así como la transmisión del conocimiento.


Vigesimoprimera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a la limitación del número de puestos de libre designación, estableciendo criterios claros y transparentes para los puestos de libre designación basados en
los principios de mérito y capacidad, para distinguirlos de los puestos de confianza. Se trata de una cuestión fundamental para asegurar la independencia del CSN. En estos momentos este tipo de puestos supone más de un tercio de la plantilla del
CSN.


Vigesimosegunda. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a elaborar una regulación interna sobre incompatibilidades, evitando los conflictos de intereses, en la línea establecida por la NRC, más allá de lo
establecido en la normativa general por la Ley 53/84 de incompatibilidades.



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Vigesimotercera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a la implementación de un Plan de Igualdad. El CSN debe de aplicar el Plan de Igualdad de las Administraciones Públicas, especialmente en lo relativo a los
puestos de libre designación.


Vigesimocuarta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a realizar una encuesta independiente de clima laboral para conocer y evaluar la situación del personal del CSN en relación a parámetros como: la formación,
la actitud, la cultura interna, la independencia, la motivación o el liderazgo.


Vigesimoquinta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a realizar un nuevo estudio sociológico, de carácter tanto cuantitativo como cualitativo, antes de diciembre de 2018, sobre la percepción de la opinión
pública sobre la transparencia, la independencia, la neutralidad y la reputación del organismo regulador.


Vigesimosexta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a promover el diálogo y la actuación conjunta entre el Consejo de Seguridad Nuclear y las organizaciones concernidas en el sector nuclear, así como a través
de mecanismos de participación ciudadana, reforzando la actividad y participación en el seno del Comité Asesor del CSN entre otras herramientas de colaboración.


Vigesimoséptima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a informar periódicamente de la renovación de personal del CSN, así como de cualquier requerimiento por parte de otras Administraciones que pudiera
dificultar la capacidad evaluadora e inspectora del CSN.


Vigesimoctava. El Congreso de los Diputados valora que una gran parte de los contenidos de la página web del Consejo de Seguridad Nuclear esté disponible en inglés, así como en el resto de lenguas oficiales del Estado español. En
coherencia con la política de cooperación internacional de este organismo, y su política de transparencia y comunicación, insta al Consejo de Seguridad Nuclear a tener la totalidad de los contenidos de su página web en inglés, así como en el resto
de lenguas oficiales del Estado español.


Gestión de discrepancias.


Vigesimonovena. El Congreso de los Diputados insta a establecer un procedimiento claro y transparente de gestión de discrepancias desde la participación de todos los actores implicados en las diversas áreas, unidades, subdirecciones y
direcciones técnicas.


Trigésima. El Congreso de los Diputados insta nuevamente al Consejo de Seguridad Nuclear a aprobar antes de diciembre de 2018 un procedimiento específico de gestión de discrepancias técnicas, con el objetivo de impulsar el debate interno,
garantizando que las discrepancias técnicas sean conocidas por el Pleno, antes de que los expedientes que presenten discrepancias sean aprobados. En este sentido, el Congreso de los Diputados considera que el actual procedimiento de gestión
PG.IV.08, titulado 'Evaluación de instalaciones nucleares e instalaciones radiactivas del ciclo del combustible', no cubre el vacío procedimental existente, sobre la resolución de discrepancias técnicas.


Trigésimo primera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a desarrollar y aplicar los procedimientos de gestión de discrepancias técnicas recientemente aprobado en el Consejo de Seguridad Nuclear.


3. Residuos.


Trigésima segunda. El Congreso de los Diputados, a través de la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear, manifiesta la necesidad de aprobar, con carácter urgente y tras la propuesta de la Comisión de
expertos sobre la transición energética, la actualización del Plan General de Residuos Radiactivos sobre la base de un calendario progresivo de cierre de las centrales y de una dotación económica que garantice los costes de dicho cierre y del
tratamiento de los residuos radiactivos. El Plan deberá contemplar la Directiva Euratom.


Trigésima tercera. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar que ENRESA siga siendo la responsable de llevar a cabo tanto la gestión de los residuos radiactivos como el desmantelamiento y clausura de las centrales e
instalaciones del ciclo de combustible.


4. Almacén Temporal Centralizado (ATC) y Almacenes Temporales Individualizados (ATIS).


Trigésima cuarta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a alcanzar, a través del CSN, una solución organizada y de permanencia al problema del combustible gastado; previendo a su vez la



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construcción del Almacén Temporal Centralizado con el fin de gestionar de manera eficaz y eficiente el almacenamiento de los residuos radiactivos de alta actividad.


Trigésima quinta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno y al Consejo de Seguridad Nuclear a terminar y analizar, en el plazo más breve posible, el análisis de la instalación del Almacén Temporal Centralizado en Villar de Cañas
(Cuenca), a fin de conseguir los imprescindibles objetivos de almacenamiento y garantía de seguridad en el tratamiento de residuos en España.


Trigésima sexta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a clarificar, en un período máximo de tres meses, la situación relativa al proyecto de construcción del ATC de Villar de Cañas y su calendario de ejecución.


Trigésima séptima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a explicar pormenorizadamente el estado actual de la evaluación de la solicitud de la autorización de construcción del Almacén Temporal Centralizado
(ATC). En este sentido insta a realizar, antes de junio de 2018, un encuentro con la Ponencia encargada de las relaciones con el CSN, con el objetivo de explicar las previsiones y el estado técnico de los procesos de evaluación de las
autorizaciones de emplazamiento y de construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC) en Villar de Cañas (Cuenca), solicitadas conjuntamente por ENRESA en 2014. También deberá informar sobre las necesidades de almacenamiento de residuos en las
distintas centrales nucleares y la programación de los Almacenes Temporales Individualizados (ATIs).


Trigésima octava. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a crear, de acuerdo a los términos contemplados en el artículo 47 del Estatuto del CSN, una comisión asesora técnica externa para supervisar el proceso de
evaluación de la solicitud de autorización de construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC) en Villar de Cañas (Cuenca). Esta comisión asesora técnica externa deberá entrar en funcionamiento antes de julio de 2018.


Trigésima novena. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a informar sobre las necesidades de almacenamiento de residuos en las distintas centrales nucleares y la programación de los ATIs en los supuestos que sean precisos dentro del
cuarto trimestre de 2018.


5. Plan emergencia.


Cuadragésima. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a potenciar la regulación en materia de seguridad nuclear con el fin de actualizar los protocolos de emergencia y contemplar los planes de prevención y actuación ante ataques
terroristas.


Cuadragésima primera. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar mecanismos de transparencia y difusión, en colaboración con las organizaciones concernidas (empresas, municipios, asociaciones, etc.) con el fin de dotar a la
ciudadanía que convive con instalaciones nucleares de la mayor información posible sobre la situación de dichas instalaciones y las actuaciones a realizar ante cualquier eventualidad.


Cuadragésima segunda. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a continuar, en colaboración con las administraciones competentes -Dirección General de Protección Civil y Servicios Municipales- la mejora constante
así como la actualización de las garantías de los procedimientos asociados al Plan de actuación ante emergencias, en los municipios afectados.


Cuadragésima tercera. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno y al Consejo de Seguridad Nuclear a que, considerando que no se ha transpuesto en su totalidad la Directiva 2414/87/EURATOM del Consejo, de 8 de julio de 2014, se proceda
durante el año 2018 a la implementación inmediata de esta norma europea, mediante la revisión, modernización y adecuación de los Planes exteriores de Emergencia Nuclear de las centrales, de acuerdo a la realidad y a los criterios establecidos a
nivel internacional. En concreto, los Planes exteriores de Emergencia deberán implementar, en el plazo de seis meses, las medidas, actuaciones e inversiones convenientes para garantizar y asegurar una cobertura de telefonía móvil y de señal wifi
óptima en todo el término municipal de aquellos pueblos situados dentro del radio de 10 kilómetros de las centrales nucleares, así como de los núcleos de población ubicados en municipios situados en un radio de 20 kilómetros de las centrales,
facilitando más de una red de transmisión dentro del espacio radioeléctrico público que afecta los núcleos urbanos de éstas áreas, evitando así posibles saturaciones en las redes. Esta medida es también imprescindible en caso de emergencia parar
informar a la población.


Cuadragésima cuarta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español y al Consejo de Seguridad Nuclear a que, considerando que no se ha transpuesto en su totalidad la Directiva 2414/87/EURATOM del Consejo, de 8 de julio de 2014, se
proceda durante el año 2018 a la implementación



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inmediata de esta norma europea, mediante la revisión, modernización y adecuación de los Planes exteriores de Emergencia Nuclear de las centrales, de acuerdo a la realidad y a los criterios establecidos a nivel internacional. En concreto,
los Planes exteriores de Emergencia deberán redefinir durante el año 2018 las zonas de emergencia exterior de las centrales nucleares implementado una nueva subzona IIA, que incluyan a los municipios cuyo núcleo de población esté en un radio
comprendido entre 10 y 20 km desde la central nuclear, adaptándose a la normativa europea post-Fukushima (facilitándoles, mediante las inversiones necesarias, la actualización y equiparación de los mismos mecanismos de protección que disponen los
municipios de la zona I.


6. Ciberseguridad.


Cuadragésima quinta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a analizar la vulnerabilidad de las centrales nucleares respecto a ciberataques y riesgos externos para establecer los mecanismos de mejora oportunos y
a reforzar las medidas de ciberseguridad, así como establecer un plan general de coordinación en materia de ciberseguridad para todas las instalaciones nucleares. Deberá remitir un informe al Parlamento sobre las nuevas medidas implementadas y su
grado de desarrollo y coordinación antes de abril de 2019.


7. Desmantelamiento de centrales.


Cuadragésima sexta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un plan de desmantelamiento de las centrales nucleares y en particular para Garoña por su cierre definitivo, conforme a criterios internacionales.


Cuadragésima séptima. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar un desmantelamiento en condiciones de seguridad para el medio ambiente y las personas.


Cuadragésima octava. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impedir que Garoña se convierta en un centro de alojamiento permanente de residuos.


Cuadragésima novena. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un plan de desarrollo de la comarca para paliar la pérdida económica que ha supuesto el cierre de la central.


Quincuagésima. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las modificaciones legislativas necesarias para establecer un sistema de financiación de proyectos de desmantelamiento de las centrales nucleares que contemple, entre
otras medidas:


- Una correcta estimación de los costes, tanto de forma previa al desmantelamiento, como de forma periódica durante las sucesivas revisiones de costes que se efectúen a lo largo del propio proceso.


- Garantizar el principio de justicia intergeneracional, tal y como requiere la normativa comunitaria y la legislación nacional de protección del medio ambiente de forma que el Fondo de ENRESA tenga que ser actualizado anualmente.


- Mantener el Fondo del que dispone ENRESA y garantizar una provisión suficiente para que realice la actividad de desmantelamiento y clausura de las centrales nucleares.


8. Centrales nucleares.


Vandellós II, Ascó y Almaraz:


Quincuagésima primera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a enviar a la Ponencia encargada de las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear un informe de seguimiento de las implicaciones de la parada de
la planta de la central nuclear Vandellós II, después de haberse observado un aumento de caudal del agua recogida en los sumideros del edificio de contención, debido a la rotura de una válvula de venteo, indicando qué elementos de la cultura de la
seguridad fallaron y qué mejoras en la planta se han llevado a cabo para evitar que este suceso vuelva a repetirse.


Cofrentes:


Quincuagésima segunda. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a dar explicaciones detalladas sobre la recurrencia de incidentes en la central de Cofrentes, así como contrastar la información recibida, garantizando en todo modo la
seguridad de las personas.



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Quincuagésima tercera. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a informar detalladamente sobre la situación actual y perspectivas de la central nuclear de Cofrentes.


9. Reglamento instalaciones nucleares y radiactivas.


Quincuagésima cuarta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a elaborar, en consonancia con lo dispuesto en el Real Decreto 35/2008, de 18 de enero, por el que se modifica el Reglamento sobre Instalaciones
Nucleares y Radiactivas, así como el artículo 81.3 de dicho Reglamento, un inventario de los terrenos o recursos hidrológicos de los que tenga conocimiento que se hayan visto afectados por contaminación radiológica, informando de ello a las
autoridades competentes a los efectos oportunos.


10. Mina uranio Retortillo (Salamanca).


Quincuagésima quinta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a paralizar el proyecto de construir una mina de uranio en Retortillo (Salamanca).


Quincuagésima sexta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a facilitar toda la información del proyecto al Gobierno Portugués como parte interesada, ante la afectación que le sobrevendría la puesta en marcha de la mina.


Quincuagésima séptima. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar el mantenimiento de los indicadores ambientales y sanitarios de la zona.


Quincuagésima octava. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a enviar a esta Cámara, antes de julio de 2018, un informe detallado del estado actual de la evaluación de la solicitud de la autorización de
construcción de una mina y de empresa minera Berkeley.


11. Palomares.


Quincuagésima novena. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a remitir el informe que aprobó en julio de 2015 para constatar si se pudieron cambiar los criterios radiológicos y se acordó reducir casi a la mitad
la cantidad de tierra contaminada con radioactividad que debe ser retirada de la pedanía de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería).


12. El Cabril.


Sexagésima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a explicar las razones que han motivado el traslado de dióxido de uranio radiactivo de larga duración al almacén de residuos radiactivos de baja y media
actividad de El Cabril, en el término municipal de Hornachuelos (Córdoba).


13. Futuro centrales nucleares.


Sexagésima primera. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, tras el cese de explotación escalonado de las centrales nucleares, promover un debate técnico y ciudadano sobre la gestión del combustible gastado de las centrales
nucleares, teniendo en cuenta los criterios de seguridad, de impacto ambiental y de aceptación social y política.


14. Cumplimiento resoluciones del informe anterior.


Sexagésima segunda. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno y al Consejo de Seguridad Nuclear a presentar el informe de Actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2017.


Sexagésima tercera. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno y al Consejo de Seguridad Nuclear a dar cumplimiento de todas las resoluciones aprobadas en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, en su sesión del día 28 de
junio de 2017, en el Informe de la Ponencia encargada de las Relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear en relación con los informes de Actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante los años 2014 y 2015 (núms. expte.
401/000001 y 401/000002), antes del 31 de diciembre de 2018.



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15. Otras.


Escala INES:


Sexagésima cuarta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a revertir el cambio de criterio introducido en 2015 para clasificar sucesos nucleares en la Escala internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos
(INES) mediante la modificación de su procedimiento interno PA-II-01, por el que se creó el concepto de 'incumplimientos inadvertidos' de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF), lo que ha propiciado que estos tipos de incumplimientos
hayan pasado a ser clasificados directamente como Nivel 0 en la escala INES.


Municipios y Comunidades Autónomas:


Sexagésima quinta. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a destinar los fondos de ENRESA que se otorgan a los municipios cercanos a las centrales e instalaciones nucleares a proyectos que posibiliten el desarrollo local sostenible
en las zonas donde se clausuren instalaciones.


Sexagésima sexta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear, para un mejor cumplimiento de la normativa del CSN, a comparecer anualmente en los Parlamentos autonómicos en cuyo territorio se encuentren centrales
nucleares.


Sexagésima séptima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a avanzar en la firma de los Acuerdos de Encomienda con las Comunidades Autónomas con las que aún no los tengan formalizadas. Destaca la necesidad de
estos acuerdos con la Comunidad de Madrid, por el elevado número de instalaciones radiactivas de dicha Comunidad.


Sexagésima octava. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a mejorar los mecanismos de coordinación e información con los municipios afectados por instalaciones nucleares y, en particular, con la Asociación de
Municipios de Áreas de Centrales Nucleares (AMAC).


Sexagésima novena. El Congreso de los Diputados insta a la delegación del Gobierno central en Cataluña a actualizar los planes de actuación municipal en emergencia nuclear, algunos tienen más de 20 años y están totalmente desfasados tanto
por los números de teléfono, todos son teléfonos fijos, como por los mapas que no muestran las mejoras de las carreteras. Para ello, el Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a colaborar con la actualización de estos
planes.


Septuagésima. El Congreso de los Diputados insta a la delegación del Gobierno central en Cataluña a mejorar las infraestructuras de estaciones de clasificación y descontaminación y de las áreas base de recepción social para albergar la
población en caso de accidente nuclear, de comunicación a la población y de transporte en caso de accidente nuclear. Para ello, el Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a colaborar con la delegación del Gobierno central en
Cataluña y con la Generalitat de Cataluña.


Subcontrataciones trabajos mantenimiento en centrales:


Septuagésima primera. El Congreso de los Diputados, mostrando su preocupación por el progresivo aumento de las subcontrataciones en los trabajos de mantenimiento de las centrales nucleares que aunque suponga una reducción de costes para sus
titulares podría deteriorar los niveles de seguridad y fomentar la precariedad laboral en un sector especialmente sensible, insta al Gobierno español y al Consejo de Seguridad Nuclear a que refuerce la supervisión y control sobre estos trabajos que
se realizan en las instalaciones de las centrales, garantizando que estas empresas subcontratadas cumplan estrictamente con los controles y requisitos exigidos por la vigente normativa, con el objetivo de velar por el adecuado mantenimiento de los
grados de seguridad y protección nuclear y radiológica.


Línea ferroviaria Ascó (plan de emergencia):


Septuagésima segunda. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno y al Consejo de Seguridad Nuclear a que, considerando que no se ha transpuesto en su totalidad la Directiva 2414/87/EURATOM del Consejo, de 8 de julio de 2014, se proceda
durante el año 2018 a la implementación inmediata de esta norma europea, mediante la revisión, modernización y adecuación de los Planes exteriores de Emergencia Nuclear de las centrales, de acuerdo a la realidad y a los criterios establecidos a
nivel internacional. En concreto, los Planes exteriores de Emergencia deberán implementar durante el año 2018 todas las



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actuaciones necesarias en la línea ferroviaria R-15 para disponer de unas infraestructuras en estado óptimo y poder desarrollar con eficacia las funciones de concentración y posterior evacuación de la población establecidas en los Planes de
Emergencia Nuclear de las centrales de Ascó (I y II) y Vandellós (II) ya que en la actualidad las estaciones se encuentran cerradas sin ningún tipo de personal y el estado lamentable de sus accesos y el mantenimiento de las vías no permite un
traslado rápido, ordenado y seguro de la población en un supuesto de emergencia nuclear.


Revisiones periódicas de Seguridad:


Septuagésima tercera. El Congreso de los Diputados recuerda al Consejo de Seguridad Nuclear que la práctica de asociar las Revisiones Periódicas de Seguridad (RPS) al periodo de vigencia máxima de las autorizaciones de explotación (10 años)
fue reconocida, en 2008, como una buena práctica por el Servicio Integrado del Examen de la Situación Reguladora (IRRS) del Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA). En consecuencia, el Congreso de los Diputados insta al CSN a recuperar
esta práctica reguladora, que se venía realizando desde 1999, volviendo a asociar en sus informes para las autorizaciones de renovación de explotación de las centrales nucleares el límite máximo de 10 años de operación, vinculado a las Revisiones
Periódicas de Seguridad (RPS). Esta buena práctica fue eliminada de facto con la aprobación, en 2017, de la Guía de Seguridad (GS) 1-10 (revisión 1).


Programa de Cultura de Seguridad:


Septuagésima cuarta. El Congreso de los Diputados insta nuevamente al Consejo de Seguridad Nuclear a aprobar y a desarrollar antes de junio de 2019 un Programa Interno de Cultura y de Seguridad. Este Programa de Cultura de Seguridad deberá
basarse en las recomendaciones y en los criterios establecidos por el Comité de Actividades Reguladoras Nucleares (CNRA) de la Agencia de Energía Nuclear (NEA) de la OCDE y por el Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA).


Estudio sobre impacto de accidente nuclear:


Septuagésima quinta. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a realizar, antes de marzo de 2019, un estudio sobre el impacto de un accidente nuclear severo (Nivel 7 en la Escala INES) en España. En función de los
resultados obtenidos, se deberá revisar la Ley 12/11 sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.


Instrucción Técnica Complementaria:


Septuagésima sexta. El Congreso de los Diputados recuerda al Consejo de Seguridad Nuclear que el 6 de mayo de 2015 el Pleno del CSN aprobó, por unanimidad, una Instrucción Técnica Complementaria (ITC) sobre la actualización de la
caracterización sísmica de los emplazamientos de las centrales nucleares españolas, con el objetivo de actualizar la información de partida y el tratamiento de incertidumbres en los estudios de caracterización sísmica de los emplazamientos, dándose
un plazo de 21 meses para la realización de los trabajos de campo, la actualización documental y la integración en una base de datos, y otro plazo de 15 meses para realizar el análisis integrado de peligrosidad sísmica. En consecuencia, y dado que
han trascurrido casi tres años desde la aprobación de esa ITC, el Congreso de los Diputados insta al CSN a concluir la aplicación de las Instrucciones Técnicas Complementarias para actualizar la caracterización sísmica de los emplazamientos e
informar al Parlamento, antes de noviembre de 2018, sobre si los resultados podrían afectar al nivel de resistencia de las centrales nucleares frente a sucesos sísmicos.


Plan de acción para hacer frente a largo plazo a los riesgos nucleares:


Septuagésima séptima. El Congreso de los Diputados insta al Consejo de Seguridad Nuclear a informar detalladamente sobre el Plan de Acción a nivel nacional para hacer frente a los riesgos a largo plazo debido a las exposiciones a las
radiaciones ionizantes y, en concreto, a la exposición al radón en viviendas, edificios de acceso público y lugares de trabajo, así como las modificaciones normativas que exige la trasposición de la Directiva 2013/59/Euratom, por la que se
establecen normas básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de junio de 2018.



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ANEXO I. DOCUMENTACIÓN


Documentación relacionada con la tramitación del informe de las actividades realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear durante el año 2016


Aportada por los comparecientes:


- D. José Luis González Martínez, Presidente de ENUSA Industrias Avanzadas, S.A. (núm. expte. 212/001008), sesión del 18 de octubre de 2017:


• Presentación de la comparecencia.


• Gráfico: 'Precios de venta de ENUSA del uranio enriquecido'.


- D.ª María Nieves Sánchez Guitián, Presidenta de la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección Radiológica (ASTECSN) (núm. expte. 219/000855), sesión del 18 de octubre de 2017:


• Comentarios al Plan estratégico 2017-2022.


• Texto comparecencia y gráficos informativos.


• Escritos de ASTECSN/FEDECA a los miembros del CSN.


• Experiencia operativa e información sueldos consejeros-asesores.


• Información sobre centrales nucleares.


• Comentarios al procedimiento PA.XI.33 'Tratamiento de opiniones técnicas diferentes'.


• Carta sobre escala INES.


- D.ª Raquel Montón Valladares, representante de Greenpeace en el Comité Asesor del Consejo de Seguridad Nuclear (núm. expte. 219/000856), sesión del 18 de octubre de 2017:


• Presentación de la comparecencia.


- D. José Zaballa Gómez, Presidente de ENRESA (núm. expte. 212/001012), sesión del 25 de octubre de 2017:


• Informe anual 2016. ENRESA.


• 'Advancing the Global Implementation of Decommissioning and Environmental Remediation Programmes. Proceedings of an International Conference. Madrid, Spain 23-27 May 2016'. International Atomic Energy Agency (IAEA). Vienna 2017.


- D. Francisco José López García, Presidente del Comité de Energía Nuclear de UNESA (núm. expte. 219/000862), sesión del 25 de octubre de 2017:


• Producción diaria de las CCNN españolas 2016 y otros datos.


• Las centrales nucleares españolas en 2016.


- D.ª Raquel González Gómez, Presidenta de la Asociación de Municipios en Áreas de Centrales Nucleares (AMAC) y D. Mariano Vila D'Abadal, Gerente de AMAC (núm. expte. 219/000887), sesión del 15 de noviembre de 2017:


• Consideraciones sobre la situación de la energía nuclear en el mundo local, presentadas por AMAC a los Grupos Parlamentarios de la Ponencia encargada de las relaciones con el CSN del Congreso de los Diputados.


• Protocolo general de actuación entre el Ministerio del Interior (Dirección General de Protección Civil y Emergencias) y la Asociación de Municipios en Áreas de Centrales Nuclear (AMAC) para la mejora de la eficacia de los planes de
actuación municipal de emergencia.


- Comparecencia conjunta de D. Antonio Munuera Bassols, Director Técnico de Seguridad Nuclear del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y D.ª María Fernanda Ojanguren, Directora Técnica de Protección Radiológica del Consejo de Seguridad Nuclear
(núm. expte. 212/001045):



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• Presentación de la comparecencia de la Directora Técnica de Seguridad Nuclear: Informe anual 2016 - Actividades destacadas.


• Presentación de la comparecencia de la D. Técnica de Protección Radiológica: Informe anual 2016- Actividades destacadas.


OTROS TEXTOS


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


154/000004


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, del Informe aprobado por la Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista,
constituida en el seno de la Comisión de Cultura.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de junio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


INFORME DE LA SUBCOMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE UN ESTATUTO DEL ARTISTA


ÍNDICE


I. INTRODUCCIÓN ... (Página42)


II. ANTECEDENTES ... (Página42)


II.1 Solicitud inicial de creación de la Subcomisión ... (Página42)


II.2 Admisión a trámite por la Mesa del Congreso ... (Página43)


II.3 Acuerdo de la Comisión de Cultura ... (Página43)


II.4 Creación por el Pleno ... (Página43)


II.5 Prórroga de los trabajos ... (Página44)


II.6 Aprobación del Informe ... (Página44)


III. COMPOSICIÓN DE LA SUBCOMISIÓN ... (Página44)


IV. SESIONES CELEBRADAS ... (Página45)


V. COMPARECENCIAS ANTE LA SUBCOMISIÓN ... (Página46)


V.1 Comparecencias celebradas ... (Página46)


V.2 Documentación aportada por los comparecientes ... (Página48)


V.3 Reseña breve de las materias suscitadas en las comparecencias y en la documentación ... (Página50)


VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... (Página55)


VI.1 Consideraciones generales ... (Página55)


VI.2 Propuestas y recomendaciones en materia de fiscalidad ... (Página57)


VI.3 Propuestas y recomendaciones en materia de protección laboral y Seguridad Social ... (Página61)


VI.4 Compatibilidad de la percepción de prestaciones públicas con ingresos por derechos de propiedad intelectual y por actividades creativas ... (Página67)



Página 42





I. INTRODUCCIÓN.


La Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista (154/4) se creó en el seno de la Comisión de Cultura por acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados adoptado el 2 de febrero de 2017. La Subcomisión se sometió al Pleno por
la Mesa de la Cámara, reunida el 8 de noviembre de 2016, a solicitud de la Comisión de Cultura, acordada en su reunión de 25 de octubre de 2016.


La Subcomisión ha llevado a cabo su actividad de estudio y análisis a lo largo de 2017 y en el primer cuatrimestre de 2018, con la composición, objeto, método de trabajo y calendario contenidos en la solicitud inicial formulada por el Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, aprobada sucesivamente por la Comisión, la Mesa y el Pleno de la Cámara. El Pleno, en su reunión de 26 de abril de 2018, otorgó asimismo a la Subcomisión un plazo añadido de un mes
para la redacción final de su Informe.


La Subcomisión se ha reunido formalmente en 24 sesiones, aparte de las innumerables reuniones que se han mantenido entre sus miembros de manera informal y de los permanentes contactos mantenidos por todos ellos con muy diversos
representantes de los sectores afectados. En 12 de esas reuniones se han celebrado comparecencias, habiendo comparecido hasta 31 comparecientes. Las restantes han sido de trabajo interno, ordenación de los trabajos y elaboración del Informe.


En su última reunión, de 7 de junio de 2018, el Informe fue aprobado por unanimidad de los miembros presentes.


II. ANTECEDENTES.


II.1 Solicitud inicial de creación de la Subcomisión.


El 7 de octubre de 2016, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presentó un escrito, al amparo de la Resolución de la Presidencia de la Cámara de 1996, sobre Subcomisiones, por el que solicitaba la
creación de una Subcomisión de Estudio para la elaboración de un Estatuto del Artista, en el seno de la Comisión de Cultura.


El contenido de dicha solicitud era el siguiente:


'La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de octubre de 2016, tras debatir la solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Cultura, para la elaboración de un Estatuto del Artista, del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea (núm. expte. 158/000014), ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, someter a la
aprobación del Pleno la propuesta presentada por dicho Grupo Parlamentario, con las siguientes características:


A) Composición.


La Subcomisión estará integrada por 3 representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de 50 Diputados/as en la Cámara y 2 representantes de cada uno de los Grupos restantes.


B) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


C) Objeto de la Subcomisión.


La Subcomisión estudiará la elaboración de un Estatuto del Artista y del Profesional de la Cultura, adaptado a las necesidades específicas del sector, que contemple tanto a los y las trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena como a
quienes lo hacen por cuenta propia.


Se buscará promover una fiscalidad que desemboque en una tributación justa tanto para la Hacienda Pública como para las personas interesadas y garantizará los derechos de protección social del sector, su estacionalidad y su representatividad
sindical.


Entre otras labores, esta Subcomisión analizará y estudiará la manera de:


1. Ajustar la fiscalidad a la actividad profesional intermitente y de ingresos irregulares propia del sector.



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2. Crear un régimen específico de la Seguridad Social, tanto dentro del Régimen General como del de Autónomos. Este Régimen tendría en cuenta las peculiaridades específicas del trabajo intermitente tanto en lo referente a la fórmula de
cotización como a las coberturas a efectos de enfermedad temporal, enfermedad permanente, maternidad o jubilación, entre otros. Además, se deberían reconocer las enfermedades y lesiones laborales de la práctica artística y técnica. De esta forma
el trabajador ejercería su profesión en un entorno seguro en el que estará protegido de cualquier incidencia que suceda en su labor.


3. Garantizar el efectivo derecho de los y las profesionales de la cultura a estar debidamente representados sindicalmente y a participar activa y democráticamente en las negociaciones colectivas de su sector. Se procurará promover la
creación de los convenios colectivos pertinentes, y se revisarán los existentes para que la actividad cultural esté correctamente regulada.


4. Garantizar que los trabajadores de la cultura que ejerzan una función que implique un contrato por cuenta ajena sean dados de alta por la empresa contratante en el espacio específico y acabar así con la contratación por medio de la
figura del 'falso autónomo' en el entorno de la actividad cultural.


5. Impulsar medidas contra la precarización de los servicios de orientación y educación en nuestros espacios culturales.


6. Impulsar el fomento de la actividad artística sin ánimo de lucro que se desarrolla en los sectores independientes a los efectos de permitir la creación de cooperativas de trabajo asociado cuyo funcionamiento interno se corresponda con
las particularidades de la actividad cultural, al tiempo que se vincule al sector con las prácticas propias de la economía colaborativa, social y solidaria.


Para la realización del mencionado estudio, la Subcomisión recabará:


- La información y documentación que precise de las Administraciones Públicas competentes.


- La comparecencia de miembros de las Administraciones Públicas ante la misma, así como de las autoridades, funcionarios públicos y la de todos los agentes del sector, asociaciones y organizaciones competentes en la materia, que permitan a
la Subcomisión evaluar globalmente las posibles medidas a plantear en el informe final.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá realizar el estudio global objeto de la misma, en un plazo máximo de un año desde su constitución. El mencionado estudio, una vez aprobado por la Comisión de Cultura junto con las conclusiones finales de los trabajos
de la Subcomisión, se remitirá al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación.


Los Grupos Parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Subcomisión desde el momento de su constitución.


Las comparecencias deberán substanciarse en los nueve primeros meses desde la constitución de la Subcomisión.'


II.2 Admisión a trámite por la Mesa del Congreso.


La Mesa del Congreso, en su reunión de 7 de octubre de 2016, admitió a trámite el escrito que se reproduce en el apartado anterior y lo trasladó a la Comisión de Cultura, a los efectos de lo dispuesto en la resolución de la Presidencia de 26
de junio de 1996, 'advirtiendo que no cabe predeterminar en este momento el conocimiento por el Pleno del informe final que se elabore'. ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 48, de 11 de noviembre de 2016).


II.3 Acuerdo de la Comisión de Cultura.


La Comisión de Cultura, en su sesión de 25 de octubre, debatió la creación de la Subcomisión y acordó someter su creación al Pleno de la Cámara, en los términos literales propuestos por el Grupo autor de la iniciativa, que ya se han
reproducido en el apartado II.1.


II.4 Creación por el Pleno.


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 2 de febrero de 2017 (Diario de Sesiones número 28), acordó, de conformidad con lo dispuesto en el Punto Segundo.1 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados
de 26 de junio de 1996, la creación, en el seno de la Comisión de Cultura, de una Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista, en los términos de la



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calificación de la Mesa de la Cámara, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 48, de 11 de noviembre de 2016 ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 103, de 9 de febrero de 2017).


II.5 Prórroga de los trabajos.


La Comisión de Cultura, en su sesión de 17 de abril de 2018, acordó solicitar una prórroga por el plazo de un mes para la conclusión de los trabajos de la Subcomisión. A tal efecto, la Sra. presidenta de la Comisión trasladó a la Mesa del
Congreso de los Diputados que la Subcomisión 'después de un intenso calendario de comparecencias y reuniones de trabajo, está próxima a finalizar sus trabajos. La coincidencia temporal de las últimas reuniones con las obligaciones de sus miembros
en relación con la tramitación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 justifica que, teniendo en cuenta la relevancia y la complejidad de la materia, y la conveniencia de facilitar las negociaciones necesarias para
promover el mayor acuerdo político, Todo ello con el compromiso de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios de debatir el Informe de la Subcomisión en la Comisión en el mes de junio y de conformidad con el punto Tercero.2 de la Resolución de la
Presidencia del Congreso de los Diputados, de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara'.


El Pleno de la Cámara acordó la prórroga por el plazo solicitado, en su sesión de 26 de abril de 2018 (Diario de Sesiones número 117).


II.6 Aprobación del Informe.


La Subcomisión ha aprobado el Informe, dentro del plazo establecido, el 7 de junio de 2018, por unanimidad de todos los miembros presentes y, en consecuencia, de todos los Grupos representados por los mismos en dicha reunión.


III. COMPOSICIÓN DE LA SUBCOMISIÓN.


La Subcomisión ha realizado su trabajo bajo la coordinación de la Presidenta de la Comisión de Cultura, D.ª Marta RIVERA DE LA CRUZ (GCs) y con los siguientes miembros, designados por los respectivos Grupos Parlamentarios:


AGIRRETXEA URRESTI, Joseba Andoni (GV-EAJ-PNV).


ÁLVAREZ PALLEIRO, Félix (GCs).


BALDOVÍ RODA, Joan (GMx).


CAMPUZANO I CANADÉS, Carles (GMx) (Sustituido el día 21/04/2017 por el Sr. Miquel).


DEL RÍO SANZ, Emilio (GP) (Desde el 25/09/2017).


DÍAZ GÓMEZ, Guillermo (GCs).


DÍAZ TRILLO, José Juan (GS) (Desde el 30/11/2017).


ERITJA CIURÓ, Francesc Xavier (GER).


FERNÁNDEZ BELLO, Miguel Anxo Elías (GCUP-EC-EM).


GARCÍA-PELAYO JURADO, María José (GP) (Sustituida el día 25/09/2017 por el Sr. Del Río).


LORENZO TORRES, Miguel (GP).


MAURA ZORITA, Eduardo Javier (GCUP-EC-EM).


MIQUEL I VALENTÍ, Sergi (GMx) (Desde el 21/04/2017).


PASTOR MUÑOZ, Rosana (GCUP-EC-EM).


PONS SAMPIETRO, Pere Joan (GS) (Sustituido el día 30/11/2017 por el Sr. Díaz Trillo).


ROCA MÁS, Jordi (GP) (Desde el 7/02/2018).


ROJO NOGUERA, Pilar (GP) (Sustituida el día 7/02/2018 por el Sr. Roca).


ROMINGUERA SALAZAR, María del Mar (GS).


TORRES MORA, José Andrés (GS).


La Subcomisión ha actuado asistida por el Letrado de las Cortes Generales D. Ignacio ASTARLOA HUARTE-MENDICOA.



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IV. REUNIONES CELEBRADAS POR LA SUBCOMISIÓN.


La Subcomisión ha celebrado un total de 24 reuniones, realizadas en el orden y con el objeto siguientes:


15 de febrero de 2017.


- Sesión de constitución.


22 de febrero de 2017.


- Ordenación de los trabajos de la Subcomisión.


1 de marzo de 2017.


- Celebración de comparecencias.


- Ordenación de los trabajos.


16 de marzo de 2017.


- Ordenación de los trabajos.


26 de abril de 2017.


- Celebración de comparecencias.


1 de junio de 2017.


- Ordenación de los trabajos.


15 de junio de 2017.


- Celebración de comparecencias.


20 de junio de 2017.


- Celebración de comparecencias.


12 de septiembre de 2017.


- Ordenación de los trabajos.


14 de septiembre de 2017.


- Celebración de comparecencias.


20 de septiembre de 2017.


- Celebración de comparecencias.


27 de septiembre de 2017.


- Celebración de comparecencias.


- Ordenación de los trabajos.


4 de octubre de 2017.


- Celebración de comparecencias.


25 de octubre de 2017.


- Celebración de comparecencias.


28 de noviembre de 2017.


- Preparación del Informe.



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14 de diciembre de 2017.


- Preparación del Informe.


7 de febrero de 2018.


- Preparación del Informe.


20 de febrero de 2018.


- Ordenación de los trabajos.


21 de febrero de 2018.


- Preparación del Informe.


1 de marzo de 2018.


- Celebración de comparecencias.


14 de marzo de 2018.


- Celebración de comparecencias.


24 de mayo de 2018.


- Preparación del Informe.


5 de junio de 2018.


- Celebración de comparecencias.


7 de junio de 2018.


- Aprobación del Informe.


V. COMPARECENCIAS ANTE LA SUBCOMISIÓN.


V.1 Comparecencias celebradas.


1 de marzo de 2017.


- D. Francisco Javier Royo Fernández. Vicepresidente del Sindicato de Guionistas Españoles (ALMA) (núm. expte. 219/000264).


- D. José Ignacio Muñoz Gallo. Secretario General de la Unión de Actores y Actrices (núm. expte. 219/000265).


- D. Javier Campillo Reino. Presidente de la Plataforma en Defensa de la Cultura (núm. expte. 219/000266).


- D. Manuel Rico Rego. Presidente de la Asociación Colegial de Escritores (ACE) (núm. expte. 219/000267).


26 de abril de 2017.


- D. Pedro Rodríguez Soto. Presidente del Sindicato de Técnicos Audiovisuales Cinematográficos del Estado Español (TACEE) (núm. expte. 219/000522).


- D. Luis Mendo. Vicepresidente de la Sociedad de Artistas AIE (núm. expte. 219/000523).


- D.ª Marta Castro Dehesa. Abogada e Ilustradora. Asociación Profesional de Ilustradores de Madrid (APIM) (núm. expte. 219/000524).


- D. Isidro López-Aparicio Pérez. Presidente de Unión de Asociaciones de Artistas Audiovisuales, refundada como Unión AC (núm. expte. 219/000525).



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15 de junio de 2017.


- D. Javier Andrade Cabello. Abogado especializado en asuntos fiscales, en artistas y derechos de autor (núm. expte. 219/000670).


- D. Jesús Cimarro Olábarri. Presidente de la Federación Estatal de Asociaciones de Empresas de Teatro y Danza (FAETEDA) (núm. expte. 219/000671).


- D.ª Sonia Murcia Molina. Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia (núm. expte. 219/000672).


20 de junio de 2017.


- D. José Sánchez Sanz. Secretario de la Organización de la Unión Sindical de Músicos. Unión Estatal de Sindicatos de Músicos (núm. expte. 219/000698).


- D. José Antonio Abascal Rodríguez. Especialista en fiscalidad en el ámbito artístico (núm. expte. 219/000699).


- D.ª Begoña Cendoya. Portavoz de la Asociación de Artistas Plásticos Escénicos de España (AAPEE) (núm. expte. 219/000700).


14 de septiembre de 2017.


- D. Manuel Berruezo Chaves. Vicepresidente de la Federación estatal de compañías y empresas de danza (FECED) (núm. expte. 219/000773).


- D.ª Sara Carmen Mora García. Abogada ilustradora. Letrada de ConArte (núm. expte. 219/000774).


20 de septiembre de 2017.


- D.ª Berta Isabel Ojea López. Responsable de la Secretaría de Igualdad de la Unión de Actores y Actrices (núm. expte. 219/000782).


- D. Ángel Martínez Roger. Profesor titular de la Real Escuela Superior de Arte Dramático (RESAD) (núm. expte. 219/000783).


27 de septiembre de 2017.


- D. Luis Bernardo Quintans Borrego. Presidente de la Asociación española de desarrolladores de videojuegos (DEV) (núm. expte. 219/000802).


- D. Gonzalo Andino Lucas. Presidente de Circo Red (Federación de Asociaciones Profesionales de Circo de España) (núm. expte. 219/000803).


4 de octubre de 2017.


- D. Joaquín Ortega Pavón. Coordinador de acción del equipo de especialistas de NOIDENTITY (núm. expte. 219/000827).


- D. César Casares Parra. Miembro de ConArte y de Danza-T (núm. expte. 219/000828).


- D. Luis Rodríguez Barbero. Asesor económico y fiscal, despacho LRB (núm. expte. 219/000829).


- D. Xose Carlos Ares Pérez. Presidente de la Academia Galega do Audiovisual (núm. expte. 219/000830).


25 de octubre de 2017.


- D.ª Eva Moraga Guerrero. Abogada y Directora de Por & Para (núm. expte. 219/000860).


- D. Felipe Criado Boado. Director del Instituto de Ciencias del Patrimonio del CSIC (núm. expte. 212/001011).


1 de marzo de 2018.


- D. Nicolás Sartorius Álvarez de las Asturias Bohorques, Vicepresidente Ejecutivo, D.ª María Inmaculada Ballesteros Martín, Directora del Observatorio de Cultura y de Comunicación y D. Enrique Lillo Pérez, Abogado, todos ellos
representantes de la Fundación Alternativas (núm. expte. 219/001037).



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14 de marzo de 2018.


- D.ª Sonia Murcia Molina. Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia (núm. expte. 219/001088).


- D.ª Sara Carmen Mora García. Abogada ilustradora. Letrada de ConArte (núm. expte. 219/001089).


5 de junio de 2018.


- D. José María García González. Secretario Federal de Comunicación, Cultura y Medios de Comunicación de UGT (núm. expte. 219/001260).


- D. Francisco Carbonero Cantador. Responsable de Relaciones Institucionales de CCOO (núm. expte. 219/001261).


V.2 Documentación aportada por los comparecientes.


Sesión 01.03.2017.


- D. José Ignacio Muñoz Gallo. Secretario General de la Unión de Actores y Actrices. (núm. expte. 219/000265):


• Introducción al Estatuto del Artista.


• Política Fiscal para los Artistas.


• Ponencia.


• Protección Social del artista: un modelo de intermitencia en España.


• Representatividad Sindical: hacia un modelo equitativo.


- D. Javier Campillo Reino. Presidente de la Plataforma en Defensa de la Cultura.(núm. expte. 219/000266):


• Informe de PDC sobre el Estatuto del Artista, Creador y Trabajador de la Cultura.


• Comparecencia.


- D. Manuel Rico Rego. Presidente de la Asociación Colegial de Escritores (ACE) (núm. expte. 219/000267):


• Declaración del I Encuentro Estatal de Asociaciones de Escritores (16 de diciembre de 2016).


• Notas sobre el 'Estatuto del artista y del trabajador de la cultura'.


Sesión 26.04.2017.


- D. Pedro Rodríguez Soto. Presidente del Sindicato de Técnicos Audiovisuales Cinematográficos del Estado Español (TACEE) (núm. expte. 219/000522).


• Comparecencia.


- D.ª Marta Castro Dehesa. Abogada e Ilustradora. Asociación Profesional de Ilustradores de Madrid (APIM) (núm. expte. 219/000524).


• Ud. está aquí. Encuesta Nacional de Ilustración.


- D. Isidro López-Aparicio Pérez. Presidente de Unión de Asociaciones de Artistas Audiovisuales, refundada como Unión AC.


• Documento de trabajo Estatuto del Artista.


• La actividad económica de los/las artistas en España.


Sesión 15.06.2017.


- D. Javier Andrade Cabello. Abogado especializado en asuntos fiscales, en artistas y derechos de autor (núm. expte. 219/000670).



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• Comparecencia.


• Informe sobre la compatibilidad de los ingresos por derechos de la propiedad intelectual y de actividades creativas con la percepción de prestaciones públicas.


• Informe sobre problemas y soluciones de la fiscalidad de los artistas y creadores.


- D. Jesús Cimarro Olábarri, Presidente de la Federación Estatal de Asociaciones de Empresas de Teatro y danza (FAETEDA).


• Comparecencia.


• Propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura.


• Documento marco sobre el 'Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura'.


• Documentación FAETEDA.


- D.ª Sonia Murcia Molina. Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia (núm. expte. 219/000672).


• Comparecencia.


• Documento Opciones de debate: Estatuto del Artista.


Sesión 20.06.2017.


- D. José Antonio Abascal Rodríguez. Especialista en fiscalidad en el ámbito artístico (núm. expte. 219/000699).


• Análisis fiscalidad de artistas. Propuestas de mejora.


Sesión 14.09.2017.


- D. Manuel Berruezo Chaves. Vicepresidente de la Federación estatal de compañías y empresas de danza (FECED) (núm. expte. 219/000773).


• Comparecencia.


- D.ª Sara Carmen Mora García. Abogada ilustradora. Letrada de ConArte (núm. expte. 219/000774).


• Documentación entregada para la comparecencia.


Sesión 20.09.2017.


- D.ª Berta Isabel Ojea López, responsable de la Secretaría de Igualdad de la Unión de Actores y Actrices (núm. expte. 219/000782).


• Comparecencia.


• Propuesta sobre las prestaciones asociadas a la maternidad.


- D. Ángel Martínez Roger, profesor titular de la Real Escuela Superior de Arte Dramático (RESAD) (núm. expte. 219/000783).


• Comparecencia.


Sesión 27.09.2017.


- D. Gonzalo Andino Lucas, Presidente de Circo Red (Federación de Asociaciones Profesionales de Circo de España) (núm. expte. 219/000803).


• Comparecencia.


Sesión 04.10.2017.


- D. César Casares Parra, miembro de ConArte y de Danza-T (núm. expte. 219/000828).


• Artes Escénicas: Enfermedades profesionales, prevención de riesgos, transición profesional.



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• La Danza profesional: Riesgos laborales para la aparición de lesiones y enfermedades.


• Documentación relativa al Primer Congreso Nacional de Enfermedades Profesionales de los Músicos.


- D. Luis Rodríguez Barbero, asesor económico y fiscal, despacho LRB (núm. expte. 219/000829).


• Comparecencia.


- D. Xose Carlos Ares Pérez, Presidente de la Academia Galega do Audiovisual (núm. expte. 219/000830).


• Comparecencia.


Sesión 25.10.2017.


- D.ª Eva Moraga Guerrero, Abogada y Directora de Por & Para (núm. expte. 219/000860).


• Autores y Artistas y las prácticas del Sector.


Sesión 01.03.2018.


- D. Nicolás Sartorius Álvarez de las Asturias Bohorques, Vicepresidente Ejecutivo, D.ª María Inmaculada Ballesteros Martín, Directora del Observatorio de Cultura y de Comunicación y D. Enrique Lillo Pérez, Abogado, todos ellos
representantes de la Fundación Alternativas (núm. expte. 219/001037).


• Estudio comparado entre el modelo intermitente francés y el modelo español de contratación temporal de artistas en espectáculos públicos, en el marco de la doctrina emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


Sesión 14.03.2018.


- D.ª Sonia Murcia Molina. Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia (núm. expte. 219/001088).


• Informe técnico.


Sesión 05.06.2018.


- D. José María García González. Secretario Federal de Comunicación, Cultura y Medios de Comunicación de UGT. (núm. expte. 219/001260).


• Comparecencia.


- D. Francisco Carbonero Cantador. Responsable de Relaciones Institucionales de CCOO. (núm. expte. 219/001261).


• Comparecencia.


Otra documentación.


• 'Propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura'.


• 'Documento marco. Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura'.


• 'Informes sobre el Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura'.


• 'Pedimos la palabra. 100 profesionales de la Cultura cuentan su experiencia' (Junta de Autores de Música con la colaboración de Fundación SGAE).


V.3 Reseña breve de las materias suscitadas en las comparecencias y en la documentación.


El contenido de la generalidad de las comparecencias consta en la documentación complementaria de este Informe, en la que se incluyen también los documentos entregados por los comparecientes.


En dichos textos se acredita que, al hilo de las consideraciones sobre los problemas de artistas y creadores y sobre el contenido de un futuro Estatuto del Artista, se pusieron de relieve también cuestiones más generales sobre la situación
de la cultura en España, su tratamiento institucional, la situación de los



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diversos sectores y profesiones, o las carencias en el apoyo a la enseñanza de las artes. Igualmente fue objeto frecuente de tratamiento el contraste de la situación de artistas y creadores españoles en relación con otros países de nuestro
entorno.


A continuación se recoge una breve reseña las materias suscitadas en dichas comparecencias:


- La comparecencia de D. Javier Royo Fernández, Vicepresidente del Sindicato de Guionistas Españoles (ALMA), puso de relieve los problemas de los guionistas españoles, que el compareciente calificó como el eslabón más débil de la cadena. Se
trató de la intermitencia y su incidencia en la fiscalidad y en el sistema de cotización, de las obligaciones fiscales en años sin ingresos, de la dificultad de participación sindical, de la inevitabilidad de compatibilizar con otros ingresos (y
otros regímenes fiscales y de protección social) y de la incidencia de Internet sobre el cobro de derechos.


- D. José Ignacio Muñoz Gallo, Secretario General de la Unión de Actores y Actrices. (núm. expte. 219/000265), trató también de medidas ante la incidencia de la intermitencia sobre protección social (jubilación, embarazo,.-, de la
representatividad sindical y del modelo fiscal. Además de lo explicado en la comparecencia, entregó tres documentos sobre los tres ámbitos mencionados, denominados 'Política Fiscal para los Artistas', 'Protección Social del artista: un modelo de
intermitencia en España', y 'Representatividad Sindical: hacia un modelo equitativo'.


- D. Javier Campillo Reino, Presidente de la Plataforma en Defensa de la Cultura entregó un 'Informe de PDC sobre el Estatuto del Artista, Creador y Trabajador de la Cultura', sugiriendo la estructura y los contenidos de un proyecto
normativo. Destacó la introducción de la asimilación al alta, de una debida representación sindical, el tratamiento de las enfermedades profesionales y la apertura de posibilidades de transición profesional. También la cuestión de la existencia de
tarifas orientativas. En el desarrollo de la comparecencia puso asimismo el acento en la compatibilidad de las pensiones y los derechos de autor, en la situación de las pensiones de jubilación de los artistas y creadores y en la dificultad de
acceso a numerosas prestaciones sociales y asistenciales. Trató igualmente posibles especialidades del régimen fiscal de los artistas.


- La intervención y la documentación entregada por D. Manuel Rico Rego, Presidente de la Asociación Colegial de Escritores (ACE), pusieron de relieve la actuación y las reivindicaciones de la Plataforma 'Seguir Creando', constituida en 2015
ante la las consecuencias generadas por la incompatibilidad de los derechos de autor y de otras actividades culturales y el cobro de la pensión. Señaló la necesidad de establecer la plena compatibilidad, de concretar en la Ley del IRPF el
concepto/casilla 'derechos de autor', o el problema de la intermitencia. Desarrolló asimismo las propuestas contenidas en la Declaración del I Encuentro Estatal de Asociaciones de Escritores (16 de diciembre de 2016). Entre otras, la reforma de la
LPI para frenar la piratería, la bajada del IVA del libro digital, las remuneraciones que gestiona CEDRO, la remuneración por préstamo público o reproducción reprográfica,...


- D. Pedro Rodríguez Soto, Presidente del Sindicato de Técnicos Audiovisuales Cinematográficos del Estado Español (TACEE) destacó en su comparecencia la alta cualificación profesional de los técnicos españoles y que la eventualidad del
trabajo (inevitable) no debe generar precariedad. Como otros comparecientes, también puso el acento en la adaptación del IRPF y en la representatividad sindical. E incidió en la formación en un sector en evolución tecnológica constante.
Profundizó también en un régimen especial, acorde con la intermitencia, de cotizaciones y de prestaciones (desempleo, maternidad...). Como otros comparecientes, apeló al modelo francés de tratamiento de la intermitencia.


- D. Luis Mendo, Vicepresidente de la Sociedad de Artistas AIE, describió la situación de los músicos, destacando el daño producido por la piratería y enfatizando los efectos de la crisis en la música popular, que además no recibe
subvenciones. Destacó sus propuestas sobre protección social, sobre incentivos a la cultura musical, frente al bajo nivel de ingresos (con el cobro a taquilla o incluso pagando la sala los propios músicos), sobre la necesidad de apoyo
institucional, sobre la ley de mecenazgo o en relación con un sistema lógico de tributación de rentas irregulares.


- D.ª Marta Castro Dehesa, abogada e ilustradora compareció en nombre de la Asociación Profesional de Ilustradores de Madrid (APIM), adhiriéndose a lo dicho por otros comparecientes en materia



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laboral y de fiscalidad y detallando los problemas concretos de los ilustradores, que aparecen indefinidos en la legislación vigente. Aludió, entre otras cuestiones, al modelo francés, a los honorarios orientativos, a los anticipos
obligatorios, y al problema del plagio y de los abusos. Planteó un Código de Buenas Prácticas, aludió a la Directiva europea de derechos de autor y entregó el documento, 'UD. está aquí. Encuesta Nacional de Ilustración'.


- D. Isidro López Aparicio-Pérez, Presidente de la unión de Asociaciones de Artistas Audiovisuales, hoy Unión AC, describió la situación del sector, en el que la mayoría tiene que compatibilizar trabajos y en el que muy pocos llegarán a la
pensión contributiva. Hizo propuestas en el ámbito fiscal (IRPF e IVA), sobre el mecenazgo y el micromecenazgo, sobre la adscripción del artista a la Seguridad Social, sobre el apoyo de las Administraciones, sobre los Códigos de Buenas Prácticas y
Deontológicos, sobre la forma de contratar las obras, sobre la representación sindical y sobre la formación. También sobre la protección de los derechos de autor, la legislación del mercado del arte y la ley de propiedad intelectual.


Entregó unos materiales para la elaboración del Estatuto del Artista y la publicación 'La actividad económica de los/las artistas en España', redactada por el compareciente y por D.ª Marta Pérez Ibáñez.


- D. Javier Andrade Cabello, abogado especializado en asuntos fiscales, en artistas y derechos de autor, proporcionó información sobre los problemas y posibles soluciones de la fiscalidad de los creadores: IVA e IRPF (gastos deducibles y
calificación de los rendimientos de propiedad intelectual, retenciones, tratamiento de rendimientos irregulares,...). También trató la compatibilidad de los ingresos por derechos de la propiedad intelectual y de actividades creativas con la
percepción de prestaciones públicas, sobre lo que entregó un informe específico. Además de lo dicho en la comparecencia, entrego un amplio informe sobre las cuestiones de fiscalidad de los artistas y creadores tratadas.


- D. Jesús Cimarro Olábarri, Presidente de la Federación Estatal de Asociaciones de Empresas de Teatro y danza (FAETEDA) inicidió en lo tributario, solicitando un IVA del 4%, en la necesidad de la Ley de Mecenazgo y en un régimen específico
de Seguridad Social. Pidió que se tenga en cuenta a las empresas culturales en el Estatuto, en relación con el cual propuso distinguir entre artistas y técnicos. Rechazó el intrusismo (fomentado incluso por las Administraciones), los contratos
orales, o el recargo de la cuota empresarial por contratos temporales. Planteó un compromiso de buenas prácticas. Entre otros documentos entregó a la Subcomisión unas 'Propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura' y
el 'Documento marco sobre el 'Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura', que se reseñan más adelante.


- D.ª Sonia Murcia Molina, Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia, entregó el documento 'Opciones de debate: Estatuto del Artista' y enfocó la actualización de la regulación laboral, social y sindical del colectivo de
artistas, desde una visión institucional de la cultura. Incidió en los problemas del RD 1435/1985, regulador de la relación laboral especial, y del RD 2621/1986, de integración en el régimen general de la Seguridad Social. Detalló las cuestiones
relacionadas con cotizaciones y prestaciones: situación de asimilada al alta, distribución de días cotizados, prestaciones de incapacidad, enfermedad, maternidad, vejez, desempleo, autónomos... Y puso particular acento en los problemas ligados a
la duración de los contratos de una actividad artística.


- D. José Sánchez Sanz, Secretario de la Organización de la Unión Sindical de Músicos desgranó los problemas del sector de la música, sector que describió como de gran diversidad, confiando en que el Estatuto pueda ayudar a profesionalizar
el trabajo de todos los trabajadores de la cultura. Insistió en las especialidades generadas por la intermitencia en los regímenes de Seguridad Social y tributarios, poniendo el acento en la necesidad de impulsar la contratación laboral frente a la
mercantil, a cuyo efecto la Unión ha promovido un manual de buenas prácticas en la contratación para las actuaciones en directo. Insistió también en diversas prestaciones sociales, en la cobertura de las actividades de creación y ensayo, en la
compatibilidad de los derechos de autor con la jubilación, y en la representación sindical y la negociación colectiva.


- D. José Antonio Abascal Rodríguez, especialista en fiscalidad en el ámbito artístico, realizo diversas propuestas en relación con el IVA, el mecenazgo y el micromecenazgo, el IAE, y, muy especialmente, sobre el IRPF: derechos de autor,
rendimientos irregulares, retenciones y pagos fraccionados, gastos deducibles y criterio de cobros y pagos.



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- D.ª Begoña Cendoya Iriondo, abogada y portavoz de la Asociación de Artistas Plásticos Escénicos de España (AAPEE) se centró en el aspecto jurídico del ámbito de aplicación del Estatuto, reflexionando sobre la definición de artista o
creador y en figuras como los técnicos, el personal de apoyo, los escenógrafos o figurinistas, los directores de escena, etc.. Todo ello relacionado a su vez con la defición de autor y de obra en la LPI.


- D. Manuel Berruezo Chaves, Vicepresidente de la Federación estatal de compañías y empresas de danza (FECED) planteó ajustar la fiscalidad a la actividad profesional intermitente y de ingresos irregulares propia del sector. Así como la
creación de un régimen específico de Seguridad Social que contemple las peculiaridades del trabajo intermitente. Todo ello desde la perspectiva específica de la danza, describiendo los problemas de este sector y de las compañías de danza y
planteando medidas relativas a la contratación pública con estas compañías. También medidas relativas a la propiedad intelectual (derechos de autor de coreógrafos y de propiedad intelectual de los bailarines) y a ayudas y subvenciones.


- D.ª Sara Carmen Mora García, abogada, ilustradora y letrada de ConArte, desarrolló el informe sobre la situación laboral y de seguridad social de los artistas, elaborado a instancias de la Plataforma de Defensa de la Cultura, diferenciando
los problemas de los artistas por cuenta ajena y los creadores/artistas cuyo trabajo tiene naturaleza de trabajo por cuenta propia. Nuevamente, por tanto, las cuestiones relacionadas con el RD 1435/1985, con las prestaciones de Seguridad Social o
con la compatibilidad con las prestaciones por jubilación. Y también lo relacionado con los falsos autónomos, con la negociación colectiva (modificación de la LOLS) y con la prevención de riesgos laborales. Todo ello, con abundantes propuestas de
modificación y con una referencia específica a los trabajadores de la cultura.


- D.ª Berta Isabel Ojea López, responsable de la Secretaría de Igualdad de la Unión de Actores y Actrices, planteó en primer lugar la necesidad de recopilar sistemáticamente datos sobre la presencia de la mujer en el sector, para, con los
datos, articular un Plan de Igualdad. Se detuvo a continuación en los factores actuales de discriminación: brecha laboral, brecha salarial, brecha generacional, brecha de contenidos y tramas... Insistió también en el tema sindical, prestaciones
por maternidad, prestación por desempleo similar a la francesa,... En concreto, la señora Ojea entregó a la Subcomisión el documento 'Propuesta sobre las prestaciones asociadas a la maternidad'.


- D. Ángel Martínez Roger, profesor titular de la Real Escuela Superior de Arte Dramático (RESAD), planteó la reforma de las enseñanzas artísticas superiores a través de una Ley Orgánica ('por una Universidad de las Artes') y el desarrollo
de un 'MIR' específico. Planteó complementariamente fomentar la rentabilidad social y económica de la cultura a través de la estructura educativa y los agentes sociales. Suscitó también la necesidad de proteger la edad de jubilación. Y se detuvo
como tantos otros comparecientes en un nuevo modelo de Seguridad Social debido a la intermitencia, en las enfermedades profesionales, y en el modelo fiscal.


- D. Luis Bernardo Quintans Borrego, Presidente de la Asociación española de desarrolladores de videojuegos (DEV), expuso la situación de la industria de videojuegos, sector que demanda empleo joven cualificado de nuevas profesiones
(diseñadores de vídeos, animadores 3D, márketing digital,...) pero también de las tradicionales (compositores, diseñadores gráficos,...). Entre los problemas se detuvo en las necesidades de financiación, teniendo en cuenta el crecimiento de
pequeños estudios independientes y la dificultad que muchos que acaban su formación están sufriendo al tener que recurrir al autoempleo como emprendedores. Mostró también su preocupación por las carencias de la negociación colectiva.


- D. Gonzalo Andino Lucas, Presidente de Circo Red (Federación de Asociaciones Profesionales de Circo de España), expuso la situación actual del circo en España, señalando su noción del artista de circo, la evolución y posición actual del
nuevo circo contemporáneo y las especialidades de las compañías de circo. Demandó la creación de un circuito específico de circo y planteó sus propias medidas fiscales, laborales y de protección social, o de orden sindical. También mejoras en la
relación con las Administraciones: tiempos de cobro, agilización de trámites, subvenciones y periodos de convocatoria...


- D. Joaquín Ortega Pavón, coordinador del equipo de especialistas NOIDENTITY, explicó las muy concretas circunstancias de los especialistas de cine, sus dificultades para ser debidamente



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considerados por la Academia de Cine, y la preocupación por el intrusismo en malas condiciones de riesgos laborales, dado los riesgos evidentes para la integridad física que tiene este trabajo. Explicó también los problemas laborales y
planteó cambios como la posible unificación de tarifas mínimas o en materia de negociación colectiva.


- D. César Casares Parra, miembro de ConArte y de Danza-T, expuso con detalle las cuestiones relativas a enfermedades profesionales, prevención de riesgos, y transición profesional. Especialmente en lo relacionado con la danza profesional y
con lesiones y enfermedades aparejadas a los riesgos laborales de la profesión. Insistió en la necesidad de implantar la cultura preventiva en el sector de las artes escénicas. El compareciente entregó a la Subcomisión una documentación relativa
al Primer Congreso Nacional de Enfermedades Profesionales de los Músicos.


- D. Luis Rodríguez Barbero, asesor económico y fiscal en el despacho LRB reiteró las preocupaciones en materia de fiscalidad, planteando posibles mejoras en la tributación, y en el régimen de Seguridad Social, deteniéndose en las
cotizaciones y en la prestación por desempleo.


- D. Xose Carlos Ares Pérez, Presidente de la Academia Galega do Audiovisual, puso especial acento en la situación de los guionistas, planteando una nueva fórmula fiscal, y también en los problemas de intermitencia, jubilación o desempleo,
la inexistencia de referencias para las tarifas, o las posibles reformas en el régimen de Seguridad Social. Se refirió igualmente, entre otras cuestiones al IVA cultural, las elecciones sindicales o la situación de la cultura en Galicia. Y propuso
un Código de Buenas Prácticas entre profesionales y empresas.


- D.ª Eva Moraga Guerrero, abogada y Directora de Por & Para, examinó las causas principales de la precariedad de autores y artistas, los problemas fiscales, laborales y de Seguridad Social, y propuso un nuevo marco legal que reconozca las
especialidades de este trabajo y proporcione un nuevo marco en sus relaciones con las Administraciones (contratación, convenios de colaboración, subvenciones,...). Se refirió a la necesidad de apoyo frente a las prácticas irregulares tanto de
sujetos públicos como privados, en contratación, derechos de autor, LPI,.. Y planteó los códigos de buenas prácticas. Como ejemplo se refirió a la situación de la música. Y detalló lo relacionado con los trabajadores autónomos.


- D. Felipe Criado Boado, Director del Instituto de Ciencias del Patrimonio del CSIC explicó los problemas relacionados con la situación profesional de la arqueología y el patrimonio, con profesionales muy cualificados y con ámbitos de
actividad muy diversos. Desarrolló con detalle los datos del sector, los principales problemas de sus profesionales (trabajo precario, tasa de temporalidad alta, salarios bajos,...), las necesidades de financiación, las exigencias de cualificación
y también la reducción de cautelas sobre el patrimonio, derivadas de la construcción.


- D. Nicolás Sartorius Álvarez de las Asturias Bohorques, Vicepresidente Ejecutivo, D.ª María Inmaculada Ballesteros Martín, Directora del Observatorio de Cultura y de Comunicación y D. Enrique Lillo Pérez, abogado, todos ellos
representantes de la Fundación Alternativas, comparecieron conjuntamente para explicar el 'Estudio comparado entre el modelo intermitente francés y el modelo español de contratación temporal de artistas en espectáculos públicos, en el marco de la
doctrina emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'. Estudio elaborado por D.ª Iziar Alzaga Ruiz para la Fundación Alternativas.


- D.ª Sonia Murcia Molina, Directora de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia, y D.ª Sara Carmen Mora García, abogada, ilustradora, y letrada de ConArte, realizaron una segunda comparecencia, a solicitud de la Subcomisión, para
comentar diversos detalles relacionados con los borradores elaborados en el seno de la misma en relación con las materias de protección social y Seguridad Social. La Sra. Murcia entregó a tal efecto un informe escrito con una serie de propuestas
concretas.


- D. José María García González, Secretario Federal de Comunicación, Cultura y Medios de Comunicación de UGT y D. Francisco Carbonero Cantador, Responsable de Relaciones Institucionales de CCOO, pusieron de manifiesto, en su comparecencia
conjunta, la dificultad de un régimen unitario, dada la multiplicidad de situaciones, la intermitencia en la contratación y la frecuente precariedad. Destacaron la proliferación del trabajo autónomo, el problema de los falsos autónomos y la
dificultad para forjar una



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carrera de cotización y acceder a prestaciones básicas. Señalaron las dificultades en materia de negociación colectiva y representatividad sindical y la necesidad de no desvirtuar los censos ni la representación para no debilitar la
negociación. Y destacaron, entre otras materias, la importancia de reducir los regímenes especiales de Seguridad Social para extender las prestaciones a los autónomos, y de orientar la reforma hacia el reforzamiento de los rasgos de laboralidad y
la persecución del fraude en la contratación. Se detuvieron también en las cuestiones de fiscalidad, salud laboral y prestaciones durante el embarazo. Y consideraron imprescindible aclarar la definición del artista, del creador y del empresario en
el mundo de la cultura y la frontera entre el asalariado y el autónomo.


Finalmente, cabe destacar que se remitieron a la Subcomisión otros cuatro documentos, alguno de ellos entregado también por comparecientes:


- En el documento 'Propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura' se enuncian propuestas muy concretas sobre el tipo del IVA, la aplicación del criterio de caja y la realización de presupuestos para no tener que
tributar antes de cobrar una factura, la posibilidad de deducir en el momento los gastos de producción, la redefinición de epígrafes tributarios, el favorecimiento de la inversión privada, la disminución o reducción del tipo fijo de retención de
IRPF, la elaboración de un censo de profesionales, afrontar medidas especiales de protección ante discontinuidad o corta vida laboral, la compatibilidad con la pensión de jubilación o propuestas en el ámbito contractual (contratos por escrito,
protocolos para el entorno digital, protección de derechos de autor, ...) o relativas a la educación artística.


- El Documento marco sobre el 'Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura. Conclusiones finales y propuestas de mejora', apoyado por numerosas asociaciones, sugiere los contenidos de una eventual ley que regule
dicho Estatuto: definiciones, propuestas fiscales, mecenazgo, propuestas laborales, enseñanzas artísticas, mejoras sindicales, protección de derechos de autor y códigos de buenas prácticas.


- El documento 'Informes sobre el Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura', editado por la Junta de Autores de Música (JAM) y la Fundación SGAE, recopila una serie de estudios sobre la definición de artista y
actividad artística, sobre las características jurídicas del posible Estatuto, sobre fiscalidad de los artistas, sobra compatibilidad de los derechos de autor con la pensión, sobre los riesgos de la sociedad digital para los derechos de autor, sobre
la situación sociolaboral de los artistas en espectáculos públicos y sobre el futuro de las enseñanzas artísticas.


- El documento 'Pedimos la palabra. 100 profesionales de la Cultura cuentan su experiencia', ha sido coordinado y editado por la JAM, Junta de Autores de Música, con la colaboración de Fundación SGAE, y contiene las opiniones y experiencias
de cien personas de todas las disciplinas artísticas.


VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.


VI.1 Consideraciones generales.


1. En la presente XII Legislatura, el Congreso de los Diputados ha hecho algo inédito: reconocer la especificidad del trabajo de creadores, artistas y profesionales de la cultura aprobando la constitución de una Subcomisión sobre la
materia. Este reconocimiento debe resultar, desde el principio, motivo de satisfacción. La Subcomisión considera que las épocas no están marcadas solo por los cambios políticos, pues también las caracteriza la herencia cultural que dejan. Las
mujeres y hombres que enriquecen nuestro legado merecen, en ese sentido, el máximo respeto y agradecimiento. Al margen de otros avatares políticos, la Subcomisión ha trabajado siempre con el afán de que la XII Legislatura también sea recordada por
la particular sensibilidad mostrada hacia la situación en la que viven y trabajan nuestros artistas, nuestros creadores y quienes están vinculados en su actividad al trabajo cultural.


2. En una época en la que el mundo del trabajo está cambiando aceleradamente, los soportes y condiciones materiales de la cultura se transforman de manera continua. Por eso es fundamental aprovechar la oportunidad de ponernos a la altura
del cambio social y tecnológico, tanto en lo laboral y fiscal como en materia de propiedad intelectual. Se trata de mejorar las condiciones materiales, por tanto, pero también de llamar la atención sobre la importancia de la cultura y de manifestar
claramente que los autores y los profesionales de la cultura merecen una remuneración justa y merecen estar protegidos en la misma medida en que lo están otros trabajadores.



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3. A lo largo de las numerosas sesiones de trabajo, todas de gran provecho, la Subcomisión ha sido capaz de dejar de lado las tentaciones partidistas y de trabajar de manera consensuada y diligente. Al tiempo, se ha evitado hacer de esta
una 'Subcomisión espectáculo', algo que habría sido tan sencillo como improductivo. Durante más de un año se ha escuchado a los distintos colectivos profesionales y representantes del sector, que han trasladado sus inquietudes y se han sometido a
las preguntas de la Subcomisión. Se han escuchado voces inéditas en sede parlamentaria. Tras constatar que faltaban experiencias y situaciones por tratar en la Cámara, se ha dado visibilidad a una selección variada y representativa del mundo del
arte y la cultura, con presencia de técnicos y profesionales de las áreas identificadas como de especial importancia.


4. Se ha apostado por que las diferentes personas, actividades y momentos del proceso cultural entren en el Estatuto: quien crea la obra y para hacerlo debe formarse e investigar, quien diseña el escenario, quien lo ilumina, quien escribe
la música y quien la ejecuta, quien la promueve, quien ilustra un poema y quien lo recita, quien comisaría el conjunto, quien lo hace llegar al público y, en general, quien sostiene o gestiona todo el proceso con su trabajo visible, invisible o
ambos a la vez. Todas estas personas son indispensables para disfrutar de una obra de teatro, una exposición, un libro, una película, una ópera o un concierto. Sin ellas nadie pagaría el precio de la entrada, la suscripción, el libro o la obra.
No tienen las mismas características, pero todas o casi todas se ven sometidas a las mismas situaciones sociolaborales, a la intermitencia de sus ingresos y a la desigualdad de hombres y mujeres, entre otros factores. En este punto, la Subcomisión
considera que todas las recomendaciones deben aplicarse con atención específica a la desigualdad de hombres y mujeres que afecta al sector cultural.


5. Debe resaltarse que los comparecientes fueron convocados de manera consensuada por todos los partidos, evitando que ningún ponente participara de las sesiones llevando una determinada etiqueta política. Para la Subcomisión ha sido
esencial apartar las comparecencias del debate partidista. Por otro lado, trabajar desde el consenso ha permitido algo tan importante como racionalizar las aportaciones y asegurar una participación de todos los sectores, que fueron seleccionados
siguiendo criterios técnicos y de representación.


6. Las comparecencias de estos meses se han estructurado en torno a varios ejes, entre los que destacan por su impacto la fiscalidad y la normativa laboral, sin olvidarnos de aspectos centrales como la lucha por la igualdad, las
prestaciones por maternidad, la intermitencia, la transición profesional o la especificidad del trabajo de los menores. Al margen de las comparecencias oficiales, se ha escuchado a todos aquellos que han solicitado diferentes encuentros por
separado con los distintos grupos políticos, y se ha estudiado la documentación remitida por distintos colectivos. La Subcomisión quiere mostrar su agradecimiento más sincero a todas las personas, asociaciones y colectivos que han colaborado con
ella a lo largo del proceso. Este dictamen es en gran medida resultado de su tiempo, generosidad e interés.


7. Aunque trata de los artistas y de los profesionales de la cultura, no ha sido tarea de la Subcomisión definir qué es arte o quién es artista: hace siglos que filósofos, críticos, artistas y públicos responden esa pregunta desde
diferentes puntos de vista. Pero sí ha sido tarea de la Subcomisión definir cómo y hasta dónde se puede reconocer e impulsar las actividades necesarias para el proceso cultural general. El suelo del Estatuto debe servir para todas las personas y
actividades, independientemente de los desarrollos normativos que luego se den en los diferentes niveles (local, autonómico y estatal) o de los convenios colectivos que lleguen a firmarse. La Subcomisión desea que estas medidas, que son de ámbito
estatal, sirvan para mejorar las condiciones de los profesionales en todos los territorios y que todas las Administraciones puedan beneficiarse de ellas.


8. Los trabajos de la Subcomisión, en resumen, ofrecen una agenda legislativa de avance social en materia de derechos, obligaciones y oportunidades, con vocación de traducirse en cambios legislativos efectivos. En ese sentido, hay que
enfatizar la importancia de la cooperación entre los diferentes ámbitos legislativos y Ministerios implicados. Las recomendaciones laborales y fiscales tocan aspectos que competen a otras Comisiones del Congreso, así como a diferentes áreas del
Ejecutivo, con las que se debe mantener una relación de diálogo y cooperación continua, a fin de hacer esta agenda viable lo antes posible. La Subcomisión ha trabajado en todo momento atendiendo a la necesaria plausibilidad de las propuestas y a la
coherencia de las mismas con nuestro edificio legislativo vigente. Este informe trata de ser realista, consensuado y factible, tanto en sus aspectos materiales como en su conformidad con la legislación vigente, tarea para la cual la Subcomisión ha
contado con el apoyo de todos los Grupos Parlamentarios.



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9. A lo largo de las siguientes páginas se emiten una serie de recomendaciones, se señalan los problemas, dificultades y soluciones específicas que deben contemplarse, y se proponen posibles modificaciones legales para solucionar los
problemas o minimizarlos en la medida de lo posible. En ese sentido, la Subcomisión considera que la vocación y la profesión deben ir de la mano en derechos y obligaciones, y que la vocación no debe convertirse en excusa para tener menos
oportunidades o trabajar en peores condiciones. Lo que está claro es que en la inmensa mayoría de los casos se trata de personas con una fuerte vocación. Tan fuerte que muchas se sienten recompensadas solo por subirse a un escenario, bailar,
tocar, interpretar, exponer, pintar o rodar. Es evidente que el talento y el pulso creativo son algo maravilloso que debe protegerse y apoyarse, pero también tiene que ser posible dedicarse profesionalmente a la cultura.


10. La cultura es un trabajo, y como todo trabajo merece una remuneración justa, así como la posibilidad de llevarlo a cabo con derechos y obligaciones, sea cual sea el campo en el que uno se mueva: la autoría, la interpretación, el
comisariado, la promoción o las labores técnicas. La Subcomisión ha intentado dignificar las condiciones profesionales para que quien decida dedicarse a la cultura pueda hacerlo en las mejores condiciones.


11. Por último, el trabajo de la Subcomisión ha tenido también como objetivo dotar de presencia pública a la especificidad del trabajo cultural y ponerla en la agenda política. Era necesario visibilizar un problema que todo el mundo
reconocía de puertas adentro, pero que costaba sacar a la luz. Con esto ya se ha conseguido algo importante: que se reconozca en esta Cámara la necesidad de buscar un marco laboral, legal y fiscal que proteja a los creadores. La Subcomisión está
satisfecha por haber conseguido superar cualquier prejuicio a la hora de hacer esta reclamación: los artistas, creadores y trabajadores culturales viven una realidad laboral intrínsecamente distinta a la de otros colectivos, y es de justicia que la
sociedad lo reconozca y lo tenga en cuenta a la hora de legislar. Ocurre con otros colectivos y en ningún caso se trata de privilegiarlos, sino de reconocer las especiales circunstancias en las que se desarrolla su tarea.


VI.2 Propuestas y recomendaciones en materia de fiscalidad.


12. En este apartado se exponen las propuestas para modernizar y actualizar la fiscalidad de artistas, intérpretes, creadores y trabajadores de la cultura, dejando patentes dos objetivos irrenunciables:


1. La responsabilidad fiscal que todos los ciudadanos tienen la obligación de asumir contribuyendo al sostenimiento del Estado de forma solidaria, proporcional y justa a sus ingresos.


2. El derecho a ser tratados fiscalmente de forma razonable, ecuánime y equitativa atendiendo a la irregularidad de sus ingresos, que, por la propia naturaleza intermitente del trabajo cultural, merece aplicarse con la sensibilidad
pertinente, la atención oportuna y la delicadeza necesaria para favorecer el desarrollo cultural.


13. El trabajo cultural no es solo la presentación en público, en un momento dado, de un hecho cultural. Más allá de esa interpretación, ejecución o creación concreta se extiende un periodo de tiempo necesario e imprescindible para
alcanzar o culminar la interpretación, la ejecución o la creación de dicha obra.


14. La Subcomisión considera que estas propuestas son factibles y que potenciarían la cultura, incidiendo además de forma positiva en la caja común del Estado.


15. La Subcomisión ha constatado que con mucha frecuencia los ingresos obtenidos en el trabajo cultural han de ser complementados con otros procedentes de otras actividades. Por este motivo, se recomienda que el tratamiento fiscal
específico propuesto se aplique solo a los ingresos obtenidos por el trabajo cultural.


16. Tras haber sopesado las diferentes opciones aportadas y tras haber repasado la fiscalidad comparada de los países de nuestro entorno con respecto a la cultura, se proponen las siguientes posibilidades para su valoración.


En materia de rendimientos irregulares.


17. Promediación basada en medias móviles.


Se recomienda la promediación de ingresos basado en medias móviles de los rendimientos netos del trabajo o de la actividad económica declarados en los últimos 3 o 4 años. Se trata de una fórmula similar a la aplicada en Francia, Reino
Unido, Dinamarca o Bulgaria, en la que cada año:



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a) se determinaría el rendimiento neto declarado derivado del trabajo o de la actividad económica obtenido en cada ejercicio.


b) la parte de dicho rendimiento neto declarado que superase el límite máximo anual susceptible de ser objeto de este mecanismo (p. ej. 300.000 €), tributaría conforme a la tarifa general, sin particularidad alguna, sumándose a los demás
rendimientos obtenidos en cada año y sometidos a dicha tarifa general.


c) el resto del rendimiento neto declarado tributaría conforme a la tarifa general, pero no aplicada directamente sobre dicho resto, sino sobre la cifra resultante de obtener la media aritmética simple del rendimiento neto del trabajo o de
actividad económica declarado por el contribuyente en el año de que se trate y en los 2, 3 o 4 años anteriores completos y consecutivos (según que se decida aplicar una media móvil de 3, de 4 o de 5 años). En caso de que el trabajo o la actividad
económica no se hubiera desarrollado en la totalidad de esos 2, 3 o 4 años anteriores, o de que en alguno(s) de ellos no haya habido obligación de declarar, se obtendría la media con los años anteriores de ejercicio del trabajo o la actividad en los
que haya habido obligación de declarar (1, 2 o 3 años, según los casos). A dicha cifra media de rendimiento neto declarado, se le sumarían los demás rendimientos obtenidos en cada año y sometidos a tarifa general, y al resultado se le aplicaría
dicha tarifa general.


d) cumplido el plazo promediado, en caso de que la fluctuación de ingresos no hubiese sido relevante, la Agencia Tributaria podrá regularizar la parte de impuestos debida.


De esa forma (fácilmente controlable con las tecnologías actuales de las que dispone la Agencia Tributaria), se conseguiría una homogeneización de la cifra de rendimiento neto del trabajo o de actividad económica sometido a gravamen en cada
ejercicio, a su vez adecuada a la evolución de los ingresos mediante el sistema de medias móviles de 3, 4 o 5 años.


18. Promediación del tipo impositivo.


La segunda alternativa, aunque menos ajustada a la realidad de la media de ingresos obtenidos a lo largo de un período de referencia, sería un tratamiento de promediación del tipo impositivo, retomando una fórmula ya aplicada en España en
otros momentos. Consiste en limitar la progresividad de la tarifa cuando, por la natural y específica condición de la vida profesional, pueda estimarse que esta queda reducida a períodos más cortos que los comunes a la generalidad de los
contribuyentes o bien queda sujeta a una acusada fluctuación en la cuantía de los rendimientos obtenidos de uno a otro ejercicio. En tales casos, el rendimiento neto anual declarado derivado del trabajo o actividad creativa se dividía entre 3, al
cociente resultante se le sumaban las demás rentas sometidas a tarifa y se aplicaba ésta, obteniendo una cuota teórica que suponía un tipo medio de gravamen teórico, para finalmente aplicar dicho tipo medio de gravamen teórico a la totalidad de las
rentas obtenidas en el año.


La propuesta que se realiza es retomar esa fórmula, pero aplicando un divisor 2 al rendimiento neto anual declarado derivado del trabajo o actividad económica creativa, para evitar excesos en la mitigación de la progresividad. Es decir, en
esta segunda alternativa, se grava cada año el rendimiento neto total obtenido en el mismo, si bien no se hace aplicando el tipo impositivo que resultaría de aplicar la tarifa general del IRPF a la totalidad de las rentas obtenidas en el año, sino
aplicando un tipo medio de gravamen teórico que se calcula asumiendo a efectos del cálculo que el rendimiento neto de la actividad artística obtenido en el año correspondiera a 2 años.


19. Exención del 30 % para rentas irregulares.


La actual norma reguladora del IRPF (Ley 35/2006), en sus artículos 18.2 y 32.1, atribuye el calificativo de irregulares tanto a las 'rentas obtenidas de forma notoriamente irregular en el tiempo' como a las 'rentas con un período de
generación superior a dos años', haciéndolas tributar a ambas sólo al 70 % de su importe, o lo que es lo mismo, establece una exención general del 30 % de las rentas irregulares obtenidas en el ejercicio, que queda libre de gravamen por IRPF, si
bien con un límite anual de 300.000 € que como máximo pueden ser objeto de dicha reducción, de modo que, a partir de dicha cifra, los rendimientos irregulares tributan sin reducción alguna.


El Reglamento de IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007, hace una enumeración exhaustiva (numerus clausus) de las rentas que tienen la consideración de 'obtenidas de forma notoriamente irregular en el tiempo', entre las cuales no se
incluyen las rentas obtenidas por los creadores ni los derechos de propiedad intelectual, salvo únicamente en lo referente a premios literarios o artísticos.



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En consecuencia, en la actualidad dicho tratamiento específico no resulta aplicable a los rendimientos derivados de una actividad creativa, ya que:


a) no se puede aplicar a los ingresos extremadamente fluctuantes en cuantía de uno a otro ejercicio, pues no se trata de ingresos que tengan un período de generación superior a dos años, ni tampoco están incluidos en el listado legal de
rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.


b) tampoco se puede aplicar a los ingresos obtenidos en un año pero derivados de un proyecto que se ha prolongado en el tiempo, porque, aunque en principio puedan considerarse ingresos con período de generación superior a dos años, la ley
impide, en su artículo 32.1, último párrafo, aplicar el tratamiento de renta irregular a los 'rendimientos que, aun cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período' de generación superior a 2 años,
'procedan del ejercicio de una actividad económica que de forma regular o habitual obtenga este tipo de rendimientos'.


Por todo esto se propone modificar la Ley 35/2006 para adaptarla a los ingresos irregulares de los artistas y creadores:


a) añadiendo en los artículos 18.2 y 32.1 un nuevo supuesto de renta a considerar como irregular a efectos del IRPF: rentas altamente fluctuantes en su importe de uno a otro ejercicio, que quedarían definidas como aquellas cuyo importe
exceda en al menos un 50 % de la media aritmética del importe de la renta declarada por el mismo concepto tributario en los 3 años anteriores y siempre que la cifra de variación absoluta sea de al menos 25.000 €.


b) eliminando el párrafo del artículo 32.1 que actualmente dispone: 'No resultará de aplicación esta reducción a aquellos rendimientos que, aun cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período
que cumpliera los requisitos anteriormente indicados, procedan del ejercicio de una actividad económica que de forma regular o habitual obtenga este tipo de rendimientos.' O, alternativamente, estableciendo que dicha norma no se aplicará a los
rendimientos derivados de actividades artísticas.


En materia de deducción de gastos.


20. En rendimientos del trabajo.


Se recomienda admitir la deducción de los siguientes conceptos de gasto:


1. Gastos de formación (cursos de composición, clases de interpretación, etc.) Se solicita que se admita la deducción de gastos de formación en los que incurran los perceptores de rendimientos del trabajo, siempre que no les sea
proporcionada ni pagada por terceros, estableciendo una cifra máxima anual de deducción. Estos cursos de formación, muy específicos y de corta duración (clases de esgrima, equitación, magistrales, etc.) no suelen ser impartidos por escuelas
públicas. En el caso de que existiese la posibilidad de ser impartidos por escuelas de titularidad pública accesibles para la persona interesada no se admitiría esta deducción.


La formación es un elemento esencial para la mejora del capital humano y el consiguiente incremento de la capacidad, productividad y competitividad del factor trabajo y, en definitiva, para el desarrollo del país.


El trato en el IRPF no es homogéneo, porque cuando la formación la recibe el trabajador por cuenta ajena de forma gratuita de su empresario, no se considera que deba tributar como renta con especie (artículo 42.2.a) Ley IRPF), y cuando la
formación se la paga un trabajador autónomo, es gasto deducible del rendimiento de actividad económica. En cambio, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, que no siempre reciben de la empresa que les contrata los cursos necesarios, siendo los
propios trabajadores los que se tienen que hacer cargo de estos gastos, hoy en día no pueden deducir nada de dicho gasto. Por ello, se propone una cifra máxima anual para poder desgravar como gastos de formación en la liquidación del IRPF de 500 €
(límite análogo al actualmente establecido para gastos de cuotas a sindicatos y colegios profesionales).


2. Gastos de instrumentos y herramientas de trabajo (adquisición, arrendamiento, mantenimiento y amortización de instrumentos musicales, recambios o cuerdas de instrumentos, etc.) El trato en el IRPF no es homogéneo, porque cuando es un
trabajador autónomo quien incurre en un gasto en instrumentos, es gasto deducible del rendimiento de actividad económica. Con relación a los gastos de vestuario o herramientas de trabajo no proporcionadas ni pagadas por terceros, se solicita que se
admita la deducción



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de los gastos de adquisición (vía amortización), arrendamiento, reparación o mantenimiento de vestuario o herramientas de trabajo en que incurran los preceptores de rendimientos del trabajo, siempre que no les sean proporcionadas ni pagadas
por terceros, estableciendo una cifra máxima anual de deducción (por ejemplo 500 €, límite análogo al actualmente establecido para gastos de cuotas a sindicatos y colegios profesionales). Este concepto de gasto estuvo vigente en España hasta 1991
(véase Reglamento del IRPF de 1981, artículo 45.1.g), y también se aplica en países como Canadá.


3. Gastos de honorarios y comisiones percibidas por representantes artísticos, agentes literarios, promotores, galeristas o intermediarios. Sobre los gastos de comisiones percibidas por agentes o intermediarios, hay que decir que existen
determinadas profesiones en las que la obtención de rendimientos del trabajo requiere la intervención de un agente o representante (actores, escritores, cantantes, por ejemplo). Cuando un autónomo perceptor de rendimientos de actividad económica
incurre en esos gastos por comisiones de agentes o representantes, aunque debe afrontar su pago, al menos puede considerar su importe como gasto fiscalmente deducible, con independencia del importe que gaste. Es decir, el preceptor asume un coste
real pero, al menos, puede conseguir que éste reduzca su rendimiento neto de actividad económica. Sin embargo, cuando un perceptor de rendimientos del trabajo incurre en gastos por comisiones de agentes, no tiene posibilidad de deducir tal gasto,
debiendo tenerse en cuenta que su importe es muy relevante (habitualmente, el 20 % de los ingresos brutos). Por tanto, a fin de que la tributación se adecúe a la capacidad económica real, se solicita que se admita la deducción de los gastos en que
incurran los perceptores de rendimientos del trabajo por las comisiones pagadas a sus agentes o representantes.


21. Rendimientos de actividad económica (en estimación directa, modalidad normal o simplificada).


En la actualidad se produce una altísima litigiosidad entre los contribuyentes y la Agencia Tributaria respecto de los gastos fiscalmente deducibles cuando se ejerce por cuenta propia una actividad económica. Dicha litigiosidad tiene
colapsados los Tribunales económico-administrativos y los Tribunales contencioso- Administrativos con miles de reclamaciones y recursos, que consumen un gran coste de medios materiales y humanos de la Administración Tributaria y de la Administración
de Justicia, y que constituyen un factor negativo para la competitividad del país, pues implican un gasto improductivo.


Por otra parte, en la actualidad existe un tratamiento fiscal muy heterogéneo, sin justificación razonable, en cuestiones como la deducción de los gastos relativos a vehículos (regulación en IVA vs regulación en IRPF), la deducción por
gastos de cheques-transporte, o la deducción de gastos por relaciones públicas. Para reducir dicha litigiosidad y sus negativas consecuencias, introducir seguridad jurídica en las relaciones entre los contribuyentes y la Agencia Tributaria, y
homogeneizar los tratamientos tributarios de situaciones análogas (tanto entre el IVA y el IRPF, como entre el propio IRPF en función de la calificación de los rendimientos, y como entre el IRPF estatal y el IRPF de las normativas forales vascas),
se propone introducir en la propia norma del IRPF estatal criterios objetivos respecto de determinados gastos fiscalmente deducibles, aplicables a todos los contribuyentes del IRPF que perciban rendimientos de actividades económicas y tributen en
régimen de estimación directa (tanto en modalidad normal, como en modalidad simplificada); así como introducir nuevas reglas que equiparen los tratamientos tributarios de situaciones análogas. En concreto:


1. Gastos de adquisición, arrendamiento, mantenimiento y amortización, vinculados con la utilización de vehículos de transporte. Admitir la deducción de gastos relacionados con la adquisición, arrendamiento, cesión de uso, reparación,
mantenimiento, depreciación, amortización y cualquier otro vinculado con la utilización de vehículos automóviles de turismo, sus remolques, ciclomotores y motocicletas, en los mismos términos que los recogidos en la normativa del IVA (es decir, una
presunción de afectación y deducción del 50 %, salvo que el contribuyente acredite un porcentaje de afectación superior o la Administración Tributaria acredite un porcentaje de afectación inferior).


2. Gastos por promoción, relaciones públicas, representación de obras o actuaciones en público, relativos a servicios de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos. Se propone la admisión de la deducción como gasto del 50 % de los
gastos por relaciones públicas relativos a servicios de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos, incluyendo la especificidad de ampliarlo a los fines de semana y con el límite máximo para el conjunto de esos conceptos del 5 por ciento del
volumen de ingresos del contribuyente en el período impositivo. Esto ya se admite hoy día en las normas forales vascas del IRPF.



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3. Admitir la deducción de los gastos pagados en concepto de transporte público colectivo de viajeros por el desplazamiento entre lugar de residencia y el lugar de trabajo del titular de la actividad en términos análogos a la exención
actualmente prevista en 42.3 Ley IRPF, respecto a la generalidad de los perceptores de rendimientos del trabajo, y con el mismo límite máximo anual de 1.500 €.


4. Elevar el porcentaje de gastos de difícil justificación en la modalidad de estimación directa simplificada, desde el 5 % actual al 10 % y elevar su tope de 2.000 a 5.000 € anuales (porcentaje del 10 % que hoy día se admite en las normas
forales vascas del IRPF, e incluso no establecen límite máximo).


5. Gastos de suministros de agua, gas, electricidad, telefonía e internet correspondientes a su vivienda habitual, cuando ésta sea su lugar de trabajo. La Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo introdujo la admisión de estos gastos,
pero de forma extremadamente limitada (sólo en la proporción que resulta de multiplicar el % de afectación según superficie por un 30 %, lo que en un caso de afectación de un 25 % de la superficie supone admitir únicamente la deducción de un 7,5 %
del gasto). Se propone ampliar de forma razonable y limitada la deducción de dichos gastos, añadiendo la mención a los gastos de calefacción, y fijándola en un porcentaje de deducción equivalente al porcentaje de afectación, con un máximo de por
ejemplo un 30 %, y siempre salvo que el contribuyente acredite un porcentaje de afectación superior o la Administración Tributaria acredite un porcentaje de afectación inferior.


En materia de retención a cuenta del IRPF de rendimientos de escaso importe.


22. En el IRPF, se recomienda aplicar tipos reducidos de retención a cuenta (por ejemplo un 5 % como retención de control) para determinados rendimientos del trabajo y de actividad económica de escaso importe (cifra anual inferior al SMI),
y para anticipos a cuenta de derechos de propiedad intelectual (con independencia de su calificación como rendimiento del trabajo, como rendimiento del capital mobiliario, como rendimiento de actividad económica, o de la propiedad intelectual, si lo
hubiera).


23. En el mismo sentido, se propone aplicar el tipo reducido de retención del 2 % para contratos de duración inferior a un año regulados como relaciones laborales especiales de artistas en espectáculos públicos.


En materia de identificación de anticipos en los modelos 190 y 193.


24. En el IRPF, se recomienda modificar las órdenes ministeriales reguladoras de los modelos 190 y 193 para añadir una clave o subclave específica, tanto en rendimientos del trabajo y de actividad profesional (modelo 190), como en
rendimientos del capital mobiliario (modelo 193), para identificar las cantidades pagadas en concepto de anticipo a cuenta de derechos de propiedad intelectual.


En materia de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).


25. En el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la principal reivindicación del colectivo de creadores en los últimos años ha sido la reducción del tipo impositivo del IVA aplicable a las actuaciones y manifestaciones artísticas del tipo
general al tipo reducido (en la actualidad, 21 y 10 %, respectivamente).


26. Con ello, la Subcomisión propone recuperar que toda la cadena de valor de la actividad artística tribute al tipo impositivo reducido, desde las facturas emitidas por el artista persona física al productor del concierto o productor de
teatro o productor de cine hasta el IVA aplicable en las entradas de dichos espectáculos (artículo 91 de la Ley 37/1992 de IVA).


27. Se considera pertinente y positivo introducir en este informe la ampliación del Criterio de Caja para el pago del IVA a los artistas y creadores, tal como ya se aplica en otros sectores.


VI.3 Propuestas y recomendaciones en materia de protección laboral y Seguridad Social.


28. Las personas que desarrollan sus actividades laborales en el marco legislativo español están protegidas por el Estatuto de los Trabajadores. Esta ley de máximo rango prevé la posibilidad de relaciones laborales de carácter especial en
su artículo 2.1. La consideración de relación laboral de carácter especial conlleva el reconocimiento de unas características propias que la diferencian de las relaciones de trabajo ordinarias, e influye en la aplicación de la normativa general de
Seguridad Social.


29. Las situaciones profesionales de los trabajadores de la cultura demandan, dentro del sistema de seguridad general, una arquitectura legislativa específica que proteja su estatus profesional. En el campo cultural, el desarrollo de esta
regulación por el RD 1435/1985, de 1 de agosto, ha sido insuficiente para hacerse cargo de la especificidad de los contratos y situaciones habituales. La redacción de este Decreto,



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que en su día fue una aportación importante, queda lejos de la realidad contemporánea y se ha convertido en un factor de desprotección y precariedad en el sector. Uno de los escollos interpretativos que se plantean en esta materia se halla
en la delimitación de los sujetos a los que, según la normativa vigente, se aplica el sistema especial de cotización de la Seguridad Social de los artistas profesionales en espectáculos públicos. Asimismo, la situación socio-laboral de un
porcentaje muy alto de profesionales por cuenta propia adolece de falta de cobertura legal específica en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.


30. Esta situación enlaza con la insuficiencia del RD 2621/1986, de 24 de diciembre, por el que se integran los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de Trabajadores Ferroviarios, Jugadores de Fútbol, Representantes de Comercio,
Toreros y Artistas en el Régimen General. El RD solo contempla las especificidades del escritor autónomo, al proceder a la integración del Régimen de Escritores de Libros en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. El
paso del tiempo ha ido mostrando que no está preparado para proteger suficientemente los derechos de quienes se dedican profesionalmente a la cultura. Se parte, en ese sentido, de la necesidad de ampliación y adaptación de los mecanismos de
cobertura social de los artistas a la nueva realidad productiva, mediante la integración en los mismos de los técnicos y personal auxiliar, incluyendo dentro de los actuales grupos de cotización a aquel personal técnico y auxiliar que no incardine
en la estructura fija de la empresa productora.


31. Estas dificultades se hacen manifiestas, sobre todo, en prestaciones como las de riesgo durante el embarazo (para las que se exige el alta en el momento de causar la prestación, circunstancia que puede presentar dificultades dada la
intermitencia en la prestación de servicios), la maternidad (ya que, a veces, resulta dificultoso calcular, con carácter previo al parto, si la regularización anual permitirá a la interesada encontrarse en situación de alta asimilada en el momento
del parto), o respecto de la simultaneidad en el percibo de la pensión de jubilación con la realización de actividades artísticas (con frecuencia ocasionales, pero que afectan de forma importante a la pensión percibida, a través de su suspensión
incluso en períodos no coincidentes con la prestación del servicio).


32. Desde un punto de vista institucional, a efectos de igualar derechos individuales y colectivos, garantizar oportunidades, proteger el trabajo cultural por cuenta propia y ajena y generar condiciones materiales de posibilidad para que
mujeres y hombres puedan desarrollar en igualdad carreras profesionales en el ámbito de la cultura, se recomiendan las siguientes líneas de actuación.


En materia de representatividad sindical y de promoción de la capacidad de interlocución del tejido asociativo.


33. La única vía para la obtención de condición de sindicato representativo es la de los resultados de las elecciones a comités de empresa, pero en un sector caracterizado por la corta duración de los contratos difícilmente se puede cumplir
el requisito de seis meses de antigu¨edad en la empresa para presentarse a las elecciones. Además, la legislación exige antigu¨edad de un mes para poder ser elector y con ello participar en las elecciones (artículo 69.2 del Estatuto de los
Trabajadores). Dadas estas condiciones, se emprenderá, en diálogo con los agentes sociales, una ampliación del sistema de representación sindical y de los requisitos para elegir y ser elegido como delegado sindical. Asimismo, se abordarán fórmulas
de ampliación de la participación y representación sindical en el ámbito de la cultura.


34. En este sentido, deben considerarse las reclamaciones de los sindicatos y asociaciones del sector cultural respecto a la representatividad sindical. Además, esta agenda legislativa deberá llevarse a cabo en el marco de los trabajos de
la Subcomisión para el estudio de la reforma del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), que también está valorando fórmulas para incrementar la representación sindical de los trabajadores por cuenta propia.


35. Se abordarán las medidas y modificaciones normativas necesarias para que las asociaciones o sindicatos representativos de artistas autónomos puedan publicar, a efectos informativos, listados de honorarios e información no vinculante
sobre precios medios del mercado, y negociar con las asociaciones de los empresarios para los que trabajan y con las mismas empresas acuerdos de interés profesional que contemplen, entre otros aspectos, los remunerativos. En este sentido, es
importante que dispongan de legitimidad suficiente como interlocutores ante la Administración y que en el ámbito privado o mercantil los pactos firmados entre sectores tengan carácter de convenio o regulen acuerdos o contratos normativos con
carácter vinculante.



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36. Se recomienda modificar el artículo 11 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para dotar a las asociaciones profesionales de legitimación procesal para actuar en nombre de sus asociados frente a abusos y fraudes colectivos en el sector, a
semejanza de las asociaciones de consumidores.


En materia de trabajo autónomo y lucha contra la proliferación de los llamados 'falsos autónomos'.


37. A efectos de su consideración en la mencionada Subcomisión que está estudiando la reforma del RETA, se recomienda la inclusión en la Ley 20/2007, de 11 de agosto, del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA), de un Capítulo IV titulado
Régimen profesional especial del profesional de la cultura, y su traslado a la Ley de la Seguridad Social, así como una ampliación de los supuestos y mejoras sociales del Real Decreto 2621/1986, que solo contempla las especificidades del escritor
autónomo. En dicho capítulo se desarrollarían algunas de las siguientes propuestas: mejora de la cobertura y del acceso de los trabajadores autónomos a las prestaciones, ya existentes, por cese de actividad, maternidad, paternidad, lactancia,
riesgo de embarazo, enfermedad, accidente de trabajo y compatibilidad de los derechos de autor con la jubilación; que la contribución a la seguridad social por el régimen de autónomos sea proporcional a los ingresos generados; y cuota gratuita
para ingresos por debajo del SMI. De hecho, la exposición de motivos de la LETA ya contempla un enfoque extensivo del trabajo autónomo para acoger nuevas fórmulas jurídicas y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del
Estatuto del Trabajador Autónomo, contempla esta figura, al prever la reducción de las cotizaciones de las personas que, en régimen de autonomía, se dediquen a actividades artísticas, mediante la suscripción de convenios con la Seguridad Social. Se
recomienda también la exención de la obligatoriedad de cotizar para todos aquellos artistas cuyos rendimientos brutos anuales no alcancen el 50 % del salario mínimo interprofesional.


38. Para los trabajadores por cuenta propia, se recomienda implementar, de manera general, sistemas que generen derechos de cotización, así como clarificar los requisitos para la inclusión en el régimen especial de trabajadores autónomos
(RETA), de modo que se impida el acceso a las personas que trabajan en condiciones llamadas de 'falso autónomo' (personas que son forzadas a mantener relaciones contractuales mercantiles como si trabajaran por cuenta propia aunque no se den las
condiciones para ello). Más concretamente, se abordará la modificación del régimen de Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia, estableciendo un pago de autónomos de artistas prorrateado por días de actuación y/o entrega. Asimismo,
se establecerán requisitos específicos para su inclusión en este sistema que detecte y excluya a los denominados 'falsos autónomos'.


39. A efectos de aminorar el daño que produce esta situación sociolaboral, se recomiendan todas o alguna de las siguientes líneas: a) la opción de facilitar el alta en el RETA por día trabajado; b) la opción de la cotización parcial
(prevista en la ley, pero no desarrollada) para artistas en espectáculos públicos, en la medida en que el cálculo de horas trabajadas se simplifica, evitando el riesgo de fraude a la Seguridad Social; y c) acogerse a la Disposición Adicional
Segunda de la LETA, que señala que las Administraciones Públicas 'podrán suscribir convenios con la Seguridad Social con objeto de propiciar la reducción de las cotizaciones que, en régimen de autonomía, se dediquen a actividades artesanales o
artísticas', siempre que se aseguren, además del cumplimiento con las obligaciones fiscales, los derechos íntegros de la cotización.


40. Con carácter general, se recomienda un sistema de bonificaciones para flexibilizar el RETA en situaciones de discontinuidad en las altas de los trabajadores culturales. Con ello se favorecerían el alta y la permanencia en el sistema y,
al mismo tiempo, la cobertura de futuras prestaciones, evitando que la discontinuidad en el trabajo autónomo les perjudique de cara a su futura percepción.


En materia de mejora del funcionamiento del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en el ámbito de la cultura.


41. Se recomienda modificar el IAE actualizando los epígrafes a la realidad de las profesiones artísticas (ejecución y producción ligados a derecho de autor) y crear una Sección de Actividades Empresariales equivalente a la Sección 2
(Actividades profesionales), División 8, Agrupación 86 (Profesiones liberales, artísticas y literarias) para colectivos compuestos por autores en régimen diferente al RETA, equiparando los derechos de los primeros a la personalidad jurídica
resultante (Asociación, SL, Sociedad Civil, Cooperativa, Comunidad de Bienes) con CNAE propio.


42. Dentro de la sección 3 del IAE (Actividades artísticas) hay tres divisiones (01 Cine, teatro y circo, 02 Baile y 03 Música) para las que el RETA no contempla el alta individual como autónomo para realización



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de servicios profesionales. Al mismo tiempo, dentro de la sección 2 (Actividades profesionales) no consta ninguna de estas actividades: cine, circo, baile y música. Para resolver este problema, se recomienda adaptar el IAE a la realidad
social y cultural, hacer posible el alta en el RETA para quienes actualmente no tienen ese derecho e incluir dentro de la sección 3 a los autores e intérpretes actualmente contemplados en la sección 2 (Servicios profesionales: escritores, pintores,
escultores, ceramistas, artesanos, grabadores, restauradores y artistas similares).


43. Se recomienda, asimismo, considerar las situaciones de los trabajadores que habitualmente lo son por cuenta ajena (actuación, baile) y que solo necesitan darse de alta en el IAE porque, en algunos casos concretos, actúan como
empresarios/productores. Su IAE de referencia, por tanto, deberá poder acercarse más a producción de teatro o baile que a actor/actriz o bailarín/bailarina, relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.


En materia de actualización y mejora del RD 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.


44. Se recomienda modificar el RD 1435/1985 en interés de las personas menores de 16 años. Esta regulación es urgente debido al carácter excepcional, aunque creciente en el sector, de la participación de niños, niñas y adolescentes en
espectáculos públicos. Estos menores, en virtud del art. 6.4 del Estatuto de los Trabajadores, al que se remite el artículo 9.2 de la LETA, no reúnen los requisitos del trabajador por cuenta propia y, en consecuencia, solo deben poder trabajar por
cuenta ajena, con las debidas autorizaciones, controles y requisitos.


45. Se recomienda modificar el RD 1435/1985 para ampliar la definición de espectáculo público, a fin de que se haga cargo de las actividades profesionales conexas que no implican actuar materialmente encima de un escenario. Se recomienda
adaptar el RD a la nueva realidad productiva mediante la integración de los técnicos y personal auxiliar en los espectáculos públicos y mediante la inclusión dentro de los actuales grupos de cotización al personal técnico y auxiliar que no se
incardine en la estructura fija de la empresa productora de dicho espectáculo.


46. La Subcomisión ha constatado que existe una discordancia entre el RD 1435/1985 y el RD 2133/1975, regulador en su momento del Régimen Especial de Artistas (artículo que mantiene su vigencia a tenor de lo dispuesto en la disposición
final primera del RD 2621/1986, que integró, entre otros el Régimen Especial de Artistas en el Régimen General de la Seguridad Social). Este incorporaba dentro del Régimen Especial y, como consecuencia de ello, en los mecanismos de integración en
dicho Régimen General, a actividades que se realizasen ante el público o mediante cualquier clase de grabación o de retransmisión, incluidas las realizadas por apuntadores, regidores, avisadores, encargados de sastrería y de peluquería, siempre que
las relaciones de trabajo de los mismos se hallaran concertadas con el empresario de una compañía de espectáculo. También las actividades de producción, doblaje o sincronización de películas de corto o largo metraje, incluidas las correspondientes
a la plantilla técnica de producción, comparsería y figuración, y, con carácter general, todas las actividades análogas. Por ello, se recomienda modificar el RD 1435/1985 para incluir en su ámbito de aplicación al personal técnico y auxiliar cuyas
condiciones sean similares en temporalidad a las de los artistas y/o participantes en el espectáculo.


47. Se recomienda modificar el RD 1435/1985 para adaptarlo a la nueva realidad de los medios de fijación del trabajo cultural, de manera que se incluyan el entorno web y las nuevas fórmulas de difusión más allá del lugar de actuación y del
territorio nacional (streaming, etc...).


48. Se recomienda modificar el RD 1435/1985 a efectos de evitar abusos en la contratación parcial y en la concatenación de contratos de temporada, así como de incentivar su transformación en indefinidos o, si procede, de tipo fijo
discontinuo o adaptados a la realidad de la actividad profesional que se desempeña.


49. Se recomienda modificar el RD 1435/1985 para adaptarlo a las actividades profesionales, por ejemplo la música en directo, que se desarrollen mediante contratos de corta duración (los llamados 'bolos'). Se abordarán fórmulas de
asimilación al alta para proteger a los profesionales desde que se inicia la actividad hasta que finaliza, incluidos los desplazamientos, también a efectos de cotización.


50. Se recomienda modificar el artículo 10.2 del Real Decreto 1435/1985 con el fin de equiparar la indemnización por finalización del contrato de duración determinada de esta relación laboral de carácter especial (7 días por año trabajado)
a la vigente con carácter general en el artículo 49.1 c) del Estatuto de los Trabajadores (12 días por año trabajado).



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En materia de prestaciones, retenciones y cotizaciones.


51. Se recomienda modificar las reglas de cómputo de cotización para obtener la prestación de jubilación y el límite de edad en profesiones artísticas de vida laboral corta. También se recomienda ampliar el número de años que se tienen en
cuenta para calcular la pensión de jubilación a cambio de permitir que los trabajadores puedan descartar los peores años de cotización, lo cual puede beneficiar a la mayor parte de un colectivo esencialmente intermitente en el que abundan las
pensiones no contributivas.


52. Se recomienda emprender medidas para compatibilizar la actividad artística con la jubilación, cuestión que conecta con los trabajos de la Subcomisión que está estudiando la reforma del RETA, con el objetivo de lograr la plena
compatibilidad de la jubilación con el RETA, en el sentido que se detalla en el tercer apartado de este Informe.


53. Se recomienda valorar fórmulas para adaptar el sistema de prestaciones a la realidad del trabajo cultural y de la intermitencia que lo caracteriza, en especial la prestación por desempleo. Estas medidas deben ayudar a la
flexibilización de los trámites para el cobro del desempleo y a la ampliación del régimen de coberturas mínimas en el que actualmente están trabajando, a través de un sistema escalonado de prestación, subsidio y cobertura. Se promoverá, asimismo,
la creación de fondos mutuales de profesionalización o solidaridad y se facilitará el acceso informático al cobro de prestaciones.


54. Se recomienda modificar, con carácter general, las modalidades de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores culturales. Frente a la situación actual, en la que las cotizaciones a la Seguridad Social al final recaen
mayoritariamente en los propios profesionales del sector artístico, se propone el análisis de nuevas formas de financiación de los mecanismos de cobertura social aplicable a los mismos, a través de posibles vías de financiación, entre ellas:


a) De una parte, la cotización por las empresas productoras en base a las retribuciones percibidas por el artista, con un sistema de cotizaciones 'a cuenta', como existe en la actualidad, pero reduciendo la diferencia en los tramos de bases
a cuenta.


b) Si el sistema de prestaciones generara unas necesidades adicionales para las cuentas públicas, el sistema de financiación podría complementarse con fórmulas de cotización a través de las sociedades de gestión. Dado que los derechos que
se perciben a través de estas entidades todavía tienen la consideración de rendimiento del trabajo, pudiera ser coherente que las mismas contribuyeran a la protección jurídica del artista mediante ingresos a cuenta en la seguridad social del artista
sin necesidad de alta.


Una vez finalizado el ejercicio económico, se procedería a la regularización de la totalidad de las cotizaciones percibidas a cuenta por cada trabajador, reclamando las diferencias si las hubiera entre bases y retribuciones y permitiendo al
artista optar entre alcanzar la cotización por retribuciones u optar por las bases ya cotizadas.


A su vez, para reducir el impacto de la intermitencia en la prestación de servicios (con sus consecuencias en los ingresos de los artistas), en el nuevo sistema de financiación el artista tendría la posibilidad de trasladar los excesos de
cotización (al tener todo el año cotizado) a ejercicios posteriores a los efectos de cubrir la eventual falta de actividad en el siguiente ejercicio.


55. Se recomienda modificar el artículo 11 del RD 2621/86, en el sentido de ampliar el periodo de 21 años anteriores a la jubilación hasta los 26 años, con especial atención a los artistas con profesiones que conllevan un desgaste físico
estructural (bailarines, trapecistas, etcétera), así como para quienes hayan trabajado en la especialidad un mínimo de 10 años (en vez de los 8 actuales) durante los anteriores al de la jubilación, como justificación de permanencia real en la
profesión.


En materia de prestación de riesgo por embarazo.


56. La intermitencia característica del sector impide o dificulta sobremanera el acceso a prestaciones básicas, entre ellas la prestación de riesgo por embarazo. En ese sentido, la Subcomisión solicita que se explore la viabilidad de
reformar la Ley General de Seguridad Social para que se reconozca esta prestación a las trabajadoras en situación de alta asimilada. De esa manera se evitaría la situación actual en la que, como consecuencia de condicionar dicho acceso al alta
real, las interesadas no pueden disfrutar de esta prestación. De no resultar viable, y dentro del marco legal vigente, se propone habilitar la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social cuando de esa regularización no se derive la
situación de asimilación al alta, así como facilitar una prestación especial que se haga cargo de la situación.



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57. Actualmente se deniega la prestación a la trabajadora de la cultura si el parto se produce al día siguiente de una baja en la Seguridad Social. Esta Subcomisión considera que se debe propiciar una interpretación flexible del requisito
de alta cuando el parto se produzca en fechas inmediatas a la baja para conceder la prestación en un sentido acorde con la realidad de cada supuesto, o para articular otra fórmula más conveniente, por ejemplo una bonificación.


En materia de transiciones profesionales.


58. La transición profesional es una realidad ineludible para las profesiones artísticas especialmente exigentes técnica y físicamente: artistas de la danza y el circo, entre otros, caracterizados por su fuerte compromiso vocacional,
itinerarios vitales atípicos y carreras profesionales cortas. Los programas de apoyo a la transición profesional de estos artistas han demostrado su eficacia, consiguiendo que dejen de ser personas en riesgo de exclusión social y continúen siendo
ciudadanos activos y cotizantes, dentro y fuera de los escenarios. En ese sentido, se proponen las siguientes líneas de actuación:


a) potenciar las posibilidades de empleabilidad y movilidad de estos artistas con medidas de soporte psicológico, asesoría laboral y apoyo a la formación. Se tendrán en cuenta las particularidades ligadas a la edad, la necesaria adecuación
de las políticas educativas y políticas activas de empleo a las especificidades de este colectivo, la necesaria inclusión de los perfiles profesionales de los artistas escénicos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Todo ello a
fin de que los profesionales de este colectivo puedan acceder a procesos de evaluación y reconocimiento de competencias, como ocurre con el resto de profesiones.


b) el Gobierno, a propuesta del Ministerio competente, aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para la creación de una entidad o comisión interdepartamental para el establecimiento, gestión y control de programas de fomento de
la transición profesional. Dicha entidad se dotará de financiación suficiente y complementando las disposiciones actuales en materia de protección de colectivos especialmente vulnerables y en riesgo de exclusión social.


En materia de salud laboral.


59. La construcción de una cultura preventiva en las artes escénicas es un elemento fundamental para la sostenibilidad del sector, de manera integral y en la que todos los actores son corresponsables. La especificidad del sector requiere
de mecanismos que adapten la normativa general a las necesidades específicas de los artistas intérpretes. Por ello se recomienda un acercamiento integral a los problemas de salud laboral a través de las siguientes líneas de actuación:


a) el reconocimiento de las enfermedades profesionales que lleve a una adecuada prevención de las mismas para minimizar los riesgos para la salud de las personas y normalizar la cultura preventiva en un sector precario y necesitado. La
mayor parte de estas enfermedades, particularmente en el ámbito de las artes escénicas, se tratan como comunes y desvinculadas de la práctica profesional, con todo lo que supone a efectos de cobertura. Se valorará la incorporación de estas
enfermedades vía modificación del Anexo I al RD 1299/2006, mediante el procedimiento previsto para la misma.


b) la instauración de sistemas adecuados de seguimiento de la salud entre los profesionales del espectáculo. Estos sistemas han demostrado que implican un importante ahorro económico para las compañías y para la salud de los artistas.


c) el establecimiento de mecanismos de transición profesional adecuados y personalizados, como los que existen en países de nuestro entorno, con unas tasas de éxito superiores al 85 %, que permitan a los artistas que por unas u otras razones
se ven obligados a dejar los escenarios desarrollar una nueva carrera profesional con la que poder alcanzar jubilaciones dignas y no caer en riesgo de exclusión social.


d) el Gobierno, a propuesta de los Ministerios competentes, aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para la creación de un órgano colegiado de profesionales de la salud y organizaciones representativas de artistas e intérpretes,
que permita avanzar en la evaluación y reconocimiento de las mismas, para su inclusión en el listado de enfermedades profesionales tal y como establece la normativa europea y estatal al respecto.



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Otras recomendaciones.


60. Se recomienda al Ministerio competente realizar una campaña sectorial, dirigida a toda la ciudadanía y a su propio personal (especialmente en Hacienda e Inspección de Trabajo), para visibilizar el funcionamiento del sector y sus
especificidades laborales, por cuenta propia y ajena, con el fin de formar personal que encuadre correctamente al colectivo, así como de agilizar y normalizar el cálculo de las prestaciones de los trabajadores de la cultura. También se llevará a
cabo una campaña sectorial (empresas, intermediarios y profesionales), a efectos de dar a conocer a las personas interesadas las posibilidades que ofrece el sistema, así como los derechos y obligaciones de las partes implicadas en todo proceso
cultural.


61. Se recomienda emprender las medidas necesarias para facilitar el reconocimiento de las profesiones culturales de reciente creación o consolidación, tales como la mediación cultural o la educación de museos, y proceder a su inclusión en
todos los catálogos relevantes para las Administraciones Públicas.


VI.4 Compatibilidad de la percepción de prestaciones públicas con ingresos por derechos de propiedad intelectual y por actividades creativas.


62. En este apartado, la Subcomisión ha tomado como punto de partida las Proposiciones no de Ley 161/000153 y 161/000109, aprobadas por la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados en su sesión del día 17 de marzo de 2016 (Boletín
Oficial de las Cortes del 11 de abril de 2016, serie D, núm. 50), que, entre otras cosas, instaron al Gobierno a:


modificar la actual legislación sobre compatibilidad entre percibo de la pensión de jubilación y la obtención de ingresos, sin que se diferencie por el origen de los mismos, con el objeto de hacer compatible el cobro de derechos de autor y
la percepción de la pensión de jubilación, contemplando no solo los casos que reciben la pensión contributiva sino también, y muy en especial, la de aquellos creadores más vulnerables y que reciben una pensión no contributiva.


63. En los últimos años se ha puesto claramente de manifiesto la necesidad de regular los supuestos de compatibilidad entre la percepción de derechos de propiedad intelectual y demás ingresos derivados de una actividad creativa y artística
(incluidos ingresos por actividades formativas, y dietas por asistencia a reuniones de órganos de entidades culturales sin ánimo de lucro en las que no se ostenten cargos ejecutivos, sino meramente consultivos), y la percepción de prestaciones
públicas de toda índole (pensiones contributivas y no contributivas, tanto de la Seguridad Social como de Clases Pasivas; complementos por mínimos; prestaciones no contributivas por desempleo; rentas de inserción y demás prestaciones o ayudas de
carácter público, que estén sometidas a límites de ingresos y/o a reglas de incompatibilidad).


64. Una sociedad moderna no puede prescindir del capital intelectual que aportan creadores y artistas, particularmente en su etapa de madurez, cuando la experiencia acumulada puede favorecer la producción de obras o actuaciones más
completas. Por ello, no debería obligarse a este colectivo a tener que escoger entre perder el cobro de sus prestaciones públicas o seguir en activo. A juicio de la Subcomisión, sería necesaria una regulación que permitiera la compatibilidad de
las pensiones con los ingresos devengados por la propiedad intelectual y, en los casos que así se desee, con la continuidad del trabajo activo, descartando cualquier tipo de penalización a una trayectoria artística a lo largo del tiempo.


65. La actividad creativa constituye una aportación personal, única e irrepetible, al imaginario cultural, de la cual se beneficia el conjunto de la sociedad:


a) incluso durante el plazo legal de vigencia de los derechos de protección de autoría, las obras e interpretaciones están a disposición de la ciudadanía, contribuyendo al interés general, puesto que estas obras nacen con la vocación de ser
divulgadas, y disfrutadas a lo largo del tiempo por toda la sociedad.


b) transcurridos estos periodos de protección, dichas obras e interpretaciones pasan al dominio público y son de libre acceso, pudiendo ser explotadas por terceros (cosa que no ocurre en referencia al resto de profesionales, que pueden
patrimonializar los resultados de su actividad, pudiendo transmitirlos a sus herederos de generación en generación sin límite temporal alguno y sin que la sociedad en su conjunto se beneficie de ello).



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66. La casuística permite encontrar trayectorias que han permitido devengar ingresos para la obtención de pensiones contributivas (generalmente de importes reducidos), al lado de otros casos, bastante numerosos, en los que solo existe el
derecho de acogimiento a pensiones no contributivas muy escasas.


67. En casos equiparables, el ordenamiento ha encontrado respuesta para dotar de un tratamiento normativo a otros colectivos específicos, tal como se detalla a continuación:


a) el régimen singular de compatibilidad entre la percepción de pensiones de jubilación y la realización de trabajo del profesorado universitario emérito (artículo 213.2 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social).


b) el régimen singular de compatibilidad entre la percepción de pensiones de jubilación y la realización de trabajo por personal sanitario licenciado emérito (artículo 137 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social).


c) el régimen singular de compatibilidad entre la percepción de pensiones de jubilación de mutualidades de profesionales, cuando han actuado como alternativa a la cotización en el Régimen de Autónomos, y la continuación en la actividad
profesional activa (abogacía, arquitectura, ingeniería, etc.) Así resulta del artículo 16.2 de la Orden de 18 de enero de 1967 (mantenido en vigor en virtud de lo sucesivamente dispuesto por la Disposición Adicional 37a de la Ley 27/2011, el
artículo 1.2 del RD 5/2013 y el vigente artículo 214.7 del RD 8/2015).


68. Del mismo modo y en cuanto a la aplicación de las normas de Seguridad Social sobre la percepción de pensión de jubilación, nuestro ordenamiento otorga consideraciones particulares:


a) en función del origen de las rentas o ingresos que pueden ser compatibles con la pensión, dado que la percepción pasiva de rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos), del capital inmobiliario (alquileres de inmuebles) o
ganancias patrimoniales (por venta de acciones, reembolso de fondos de inversión u otros) no es causa de incompatibilidad, como sí lo es, en la actualidad, la mera percepción pasiva de rendimientos procedentes de otro tipo de propiedad como la
intelectual.


b) otros países de nuestro entorno geográfico y cultural también han sabido encontrar fórmulas para dotar de seguridad jurídica y estabilidad al trabajo de creadores y artistas.


69. Las medidas que se lleven a cabo deben abarcar toda clase de prestaciones públicas, pues la problemática expuesta no afecta exclusivamente a las pensiones de jubilación, sino también a pensiones de incapacidad permanente (tanto de la
Seguridad Social como de Clases Pasivas), a complementos por mínimos, a prestaciones no contributivas por desempleo, a rentas de inserción y a las demás prestaciones o ayudas de carácter público que estén sometidas a límites de ingresos y/o a reglas
de incompatibilidad.


70. Estas medidas deben realizarse en diálogo con los diferentes niveles competenciales mediante normas de carácter general, aplicables a toda clase de prestaciones públicas (tanto estatales como autonómicas), que faciliten su aplicación y
eviten la modificación de las decenas de normas particulares que rigen cada una de las prestaciones afectadas.


71. Para creadores y artistas, hayan o no accedido a la jubilación, se recomienda:


a) en primer lugar, excluir del cómputo de ingresos y de la aplicación de las reglas de incompatibilidad cualesquiera rendimientos del trabajo, de actividad económica o de derechos de propiedad intelectual, derivados o directamente
relacionados con la actividad creativa y artística.


b) excluir del cómputo de ingresos y de la aplicación de las reglas de incompatibilidad los rendimientos derivados de la propiedad intelectual, de dietas por asistencia a reuniones de órganos de entidades culturales sin ánimo de lucro en las
que no se ostenten cargos ejecutivos (fundaciones, entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, instituciones educativas o academias). Esta posibilidad excluye a los artistas cuyos rendimientos del trabajo quedan dentro del régimen
especial de artistas.


72. Para creadores y artistas que ya han accedido a la jubilación, se recomienda permitir, con carácter general, la plena compatibilidad de la percepción de cualquier pensión de jubilación (o por incapacidad permanente o invalidez,
añadiendo la necesaria prevención de que la actividad creativa que se realice sea compatible con el estado del incapacitado), con la realización de cualquier actividad y la



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obtención de cualesquiera ingresos, aunque la actividad o sus ingresos en principio supusieran la obligación de darse de alta y cotizar en cualquier régimen de la Seguridad Social. Esta propuesta estaría sometida a la condición de solicitud
expresa del interesado y a la realización de una contribución especial de solidaridad del 8 % del total de ingresos anuales que perciba por el ejercicio de la actividad posterior a la jubilación (análoga a la actualmente establecida en el artículo
153 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social).


73. Para los casos que no queden incluidos en las nuevas normas de compatibilidad, se recomienda complementar la regulación con una norma que establezca un sistema opcional y flexible de regularización de la situación ex post, aplicable a
todas las pensiones públicas y complementos por mínimos en los que se establezca un régimen de incompatibilidad con la percepción de ingresos que superen un determinado límite, que funcionaría de la forma siguiente:


a) en cualquier momento del año en curso, el perceptor de la pensión podrá comunicar a la Seguridad Social que va a mantenerse en activo y previsiblemente va a percibir por ello ingresos distintos a la pensión, sin conocer a priori si
superarán o no el límite incompatible con la percepción de la pensión.


b) durante el año en curso, el perceptor continuará recibiendo su pensión.


c) en el mes de febrero del año siguiente a la comunicación inicial, el perceptor comunicará asimismo a la Seguridad Social cuáles han sido las fechas concretas en las que se ha mantenido activo en el año anterior, así como el importe de los
ingresos por haberse mantenido en activo obtenidos en los 3 años naturales completos anteriores (años X, X-1 y X-2) o en el período inferior que proceda, si todavía no han transcurrido 3 años naturales completos desde su fecha de jubilación.


d) se propone considerar la media de un periodo suficientemente amplio (por ejemplo 3 años), para evitar que, en atención a la altísima variabilidad que se produce en el importe anual de los ingresos de una actividad creativa, la mera
superación puntual del límite de ingresos tomando los percibidos en un solo año, determine la obligación de regularizar la situación.


e) la Seguridad Social calculará la media aritmética simple de dichos ingresos.


f) si dicha media aritmética simple supera el límite de ingresos incompatible con la percepción de la pensión (es decir, el SMI anual cuando el creador percibe una pensión contributiva; o bien, cuando el creador perciba una pensión no
contributiva, el 35 % del importe de la pensión), la Seguridad Social procederá a regularizar la situación en la forma siguiente: (i) dicha regularización afectará únicamente a la pensión percibida en el año X, es decir, no se adoptarán decisiones
de suspensión sine die ni de extinción de pensiones; (ii) en caso de que, previa la realización por la Seguridad Social de las comprobaciones que considere oportunas, se acredite que el perceptor no ha permanecido en activo a lo largo de todo el
año X, la regularización únicamente afectará a la parte proporcional de meses o de días en que se haya mantenido activo (período de regularización); (iii) si el perceptor cumple los requisitos para la jubilación activa o para cualquier otra fórmula
de compatibilidad entre percepción de la pensión y mantenimiento en activo, la Seguridad Social le aplicará de oficio, para el período de regularización, la fórmula de compatibilidad que le resulte más beneficiosa, de modo que el importe de pensión
a reintegrar por el perceptor sea el mínimo legalmente posible; (iv) el importe de pensión a reintegrar por el afectado, será exigido de forma aplazada en 12 mensualidades, sin aplicación de intereses ni recargos ni sanciones; (v) la Seguridad
Social dará alta de oficio por el período de regularización que corresponda, y liquidará las cotizaciones correspondientes a dicho período, cuyo pago será exigido de forma aplazada en 12 mensualidades, sin aplicación de intereses ni recargos ni
sanciones; (vi) dichas nuevas cotizaciones se tendrán en cuenta y se aplicarán para mejorar, cuando corresponda y con efectos desde el 1 de enero del año X+1, el importe de la pensión a percibir.


74. Actualmente, los posibles rendimientos obtenidos por toda persona física están divididos en cinco categorías: rendimientos del trabajo, rendimientos mobiliarios, rendimientos inmobiliarios, rendimientos de actividades económicas e
incrementos patrimoniales. Ninguna de estas categorías se ajusta a la creación intelectual y/o artística. En la actualidad, los rendimientos de la propiedad intelectual se declaran en el epígrafe de rendimientos del trabajo, lo cual es razonable
hasta la edad de jubilación. Sin embargo, después de esta edad, supone una limitación en el cobro de las pensiones que no tienen otros contribuyentes y que no se aplica a otro tipo de rendimientos. En este sentido, una última alternativa que la
Subcomisión recomienda consiste en la modificación de la calificación de las rentas obtenidas por derechos de autor (y derechos afines), mediante una reforma legislativa que considere los derechos de autor como rendimientos derivados de la Propiedad
Intelectual. Este cambio solucionaría el problema de



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la compatibilidad con el cobro de pensiones. Se trataría de definir una nueva fuente de renta que se incluiría en la Renta General, al igual que los demás rendimientos, creando una casilla específica en la declaración para los ingresos o
rendimientos derivados de la Propiedad Intelectual (derechos de autor y afines o conexos). Si se optara por introducir una nueva figura, esto no supondría una disminución de recaudación impositiva, pues esta se englobaría igualmente en la renta
general.


75. En todo caso, la Administración Tributaria debe establecer mecanismos de control y equidad, en diálogo con todos los ámbitos institucionales concernidos, haciendo partícipes a contribuyentes, inspectores y demás personal funcionario
competente. Se recomiendan, al igual que en el capítulo anterior, programas y campañas de formación que faciliten la comprensión y gestión de los trámites y problemas relativos a este apartado por parte de las Administraciones públicas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2018.