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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 35, de 18/10/2016
cve: BOCG-12-D-35 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


18 de octubre de 2016


Núm. 35



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000053 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el rescate del Plan Integral de Empleo de Canarias. Aprobación ... (Página2)


161/000064 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, relativa a la despenalización del derecho de huelga. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... href='#(Página2)'>(Página2)


161/000391 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre modificación de la normativa vigente para acabar con la situación de precariedad en la contratación en el sector de la sanidad pública. Aprobación con
modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página3)


161/000408 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía. Aprobación con modificaciones así como
enmiendas formuladas ... (Página6)


161/000418 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del
Estatuto de los Trabajadores. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página9)


161/000467 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a combatir el fraude laboral a la Seguridad Social, incidiendo en las irregularidades derivadas de las prácticas académicas externas en
empresas. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página11)


161/000469 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre prevención de riesgos laborales en determinados ámbitos. Aprobación ... (Página12)



Página 2





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000053


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, aprobó la Proposición no de Ley sobre el rescate del Plan Integral de Empleo de Canarias, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016, en sus propios términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Aplicar la disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, de Empleo, que sustituye a la disposición adicional quinta de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, que prevé el Plan Integral de
Empleo de Canarias, para recuperarlo, considerando la situación económica, social y laboral de las Islas, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y por el
artículo 299.2 del Tratado de la Unión Europea.


2. Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de los efectos del Plan Integral de Empleo de Canarias sobre los diferentes índices laborales en el archipiélago canario.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/000064


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la despenalización del derecho de huelga, presentada por el Grupo Parlamentario
de Esquerra Republicana y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al
Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Suprimir el apartado 3 del artículo 315 de la Ley Orgánica 10/1985, de 23 de noviembre, del Código Penal.


2. Adoptar las medidas necesarias derivadas de la derogación del artículo 315, apartado 3, de la Ley Orgánica 10/1985, de 23 de noviembre, del Código Penal. Lo que en consecuencia comportará el archivo de todas las causas penales que se
encuentran en tramitación. Y todo ello sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder a los perjudicados por la aplicación de dicho precepto.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 3





A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la despenalización del derecho de huelga, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Enmienda


De modificación.


Se propone la siguiente redacción:


'El Congreso de los Diputados:


1. Defiende y reafirma la vigencia del derecho fundamental a la libertad sindical y del derecho fundamental de huelga, que deben ser garantizados, así como de los derechos que les son inherentes como el derecho a la negociación colectiva y
a la adopción de medidas de conflicto colectivo.


2. Insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias para derogar el apartado 3 del artículo 315 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y para, en consecuencia, archivar todas las causas que por la
aplicación de dicha disposición penal se encuentren en tramitación.


3. Insta al Gobierno a revisar todas las medidas legales que dificultan o restringen el derecho fundamental de libertad sindical, el derecho fundamental de huelga y otros derechos conexos.'


Palacio del Congreso, 4 de octubre de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000391


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre modificación de la normativa vigente para acabar con la situación de precariedad en la
contratación en el sector de la sanidad pública, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo
con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. En el más breve plazo presente una modificación, resultado de un acuerdo con los interlocutores sociales, sectores y administraciones implicadas, de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los
Servicios de Salud, en particular, en relación con las cláusulas que permiten la concatenación de contratos eventuales para la cobertura de puestos de trabajo de naturaleza continua, restableciendo el principio de causalidad de los contratos
temporales para la realización de actividades de naturaleza temporal o extraordinaria, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la sentencia C-16/15 de la Sala Décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y de que nuestra
legislación cumpla con lo dispuesto en la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio
de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, con la finalidad de prevenir los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada y
para garantizar que a la finalización de la contratación de empleados que hayan concatenado contratos de trabajo en la cobertura de puestos de naturaleza ordinaria y continua, estos sean indemnizados de manera justa atendiendo a la duración efectiva
de su historial de contratación.



Página 4





2. Solicite de la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial, de acuerdo con las Comunidades Autónomas y con la participación de las organizaciones sindicales, un plan de actuación en el plazo de seis meses para reducir
progresivamente la actual tasa de temporalidad del Sistema Nacional de Salud por debajo del 10% al término de la presente Legislatura. En particular, dicho plan de actuación contemplará:


a) La modificación de las restricciones impuestas a las Comunidades Autónomas mediante las limitaciones a las tasas de reposición de plazas en el Sistema Nacional de Salud cuando estas puedan afectar a puestos de trabajo de carácter estable.


b) El reconocimiento de todas aquellas plazas con contratos concatenados de más de dos años como plazas de carácter estructural.


c) El establecimiento de un calendario de Ofertas Públicas de Empleo acorde a la situación de cada Comunidad Autónoma a efectos de garantizar el cumplimiento de los objetivos de reducción de la tasa de interinidad previstos en el plan de
actuación.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon cuatro enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso


El Grupo Parlamentario Mixto a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Català don Carles Campuzano i Canadés, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre modificación de la normativa vigente para acabar con la situación de precariedad en la contratación en el sector de la sanidad pública.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, a que en el más breve plazo presente una modificación normativa, resultado de un acuerdo con los interlocutores sociales, sectores y administraciones implicadas, de la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud para que la norma cumpla con lo dispuesto en la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo
de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE, del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, introduciendo medidas para prevenir los abusos
derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada y evitar de este modo la precarización de la situación de los trabajadores por cuenta ajena.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Carles Campuzano i Canadés, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente enmienda parcial a la Proposición no de Ley para acabar con la situación de
precariedad en la contratación en el sector de la sanidad pública del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Enmienda


De modificación.


Se propone sustituir el texto de la Proposición no de Ley por otro con la siguiente redacción:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar la modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la sentencia C-16/15 de la Sala Décima del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en los siguientes sentidos:


- Establecer que todas las necesidades de carácter permanente se cubran, obligatoriamente, con puestos o plazas de carácter estructural.


- Establecer que los contratos y nombramientos de carácter interino y eventual no puedan tener, en ningún caso, una duración superior a seis meses, aún para los supuestos de encadenamiento de distintos contratos o nombramientos, y también
para el supuesto de que el mismo puesto de trabajo sea ocupado por distintos trabajadores.


- Establecer que los procesos para la cobertura de los puestos de trabajo estructural se realicen en el plazo máximo de los seis meses posteriores a su cobertura de forma temporal.


2. Aprobar, en el plazo de tres meses, las medidas legales pertinentes para consolidar como plazas estructurales del Sistema Público de Salud todos los puestos de trabajo que, a 1 de octubre de 2016, lleven más de doce meses cubiertos con
contratos o nombramientos de carácter eventual o interino, independientemente de que hayan sido ocupados por distintos trabajadores y trabajadoras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-María Isabel Salud Areste, Diputada.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre modificación de la normativa vigente para acabar con la situación de precariedad en la contratación en el sector de la sanidad pública, del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Modificar, a partir del diálogo social, la legislación básica española, en particular las cláusulas del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud (Ley 55/2003) que permiten la concatenación de contratos eventuales
para la cobertura de puestos de trabajo de naturaleza continua, restableciendo el principio de causalidad de los contratos temporales para la realización de actividades de naturaleza temporal o extraordinaria.


2. Eliminar del ordenamiento legal las restricciones impuestas a las CC.AA. mediante las limitaciones a las tasas de reposición de plazas en el SNS cuando estas afecten a puestos de trabajo de carácter estable.


3. Solicitar de la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial, en acuerdo con las CC.AA. y con la participación de las organizaciones sindicales, un plan de actuación en el plazo de seis meses para reducir la actual tasa de
temporalidad en el SNS. En particular establecer un plan de actuación para que todas aquellas plazas con contratos concatenados de más de dos años sean reconocidas como plazas estructurales y se establezca un calendario de Ofertas Públicas de
Empleo acorde a dicha situación por parte de cada Comunidad Autónoma.



Página 6





4. Establecer medidas para que a la finalización de la contratación de empleados que hayan concatenado contratos de trabajo en la cobertura de puestos de trabajo de naturaleza ordinaria y continua sean indemnizados de manera justa
atendiendo a la duración efectiva de su historial de contratación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, sobre modificación de la normativa vigente para acabar con la situación de precariedad en la contratación en el sector de la sanidad pública.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados considera necesario que el Gobierno, en el más breve plazo y previa comparecencia de los responsables sanitarios de las Comunidades Autónomas presente:


a) Un análisis de la situación actual de esta materia en los diferentes Servicios de salud.


b) Un plan de actuación para prevenir una utilización abusiva de los mecanismos previstos para el nombramiento de personal que preste servicios de duración determinada y evitar de este modo la precarización de la situación de quienes prestan
servicios profesionales en el ámbito de los Servicios de Salud.'


Justificación.


La presente enmienda tiene por objeto priorizar el estudio del alcance de la sentencia dictada por TJUE, dada su trascendencia para el mercado laboral español y en pro de los trabajadores.


Como viene siendo habitual, es interés del Grupo Parlamentario Popular aplicar la legislación nacional conforme a lo estipulado por la normativa comunitaria cuando así sea requerido y acatar lo establecido por la Justicia europea. Es por
ello, por lo que se considera necesario analizar la citada sentencia y valorar las implicaciones que la misma podría tener en el mercado laboral español, para mejorar las condiciones de los trabajadores españoles.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000408


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales
del campo en Andalucía, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite
por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Eliminar de forma inmediata, o reducir, en su caso, las peonadas requeridas para acceder a la prestación del Subsidio Agrario y Renta Agraria por parte de los trabajadores y trabajadoras eventuales del campo, hasta tanto persistan los
motivos que impiden la consecución de las jornadas necesarias.



Página 7





2. Poner en marcha de manera urgente un Programa Extraordinario de Fomento del Empleo Agrario Especial, así como aumentar los fondos del Ordinario para atender las necesidades de Andalucía en la demanda de jornales para los y las eventuales
del campo.


3. Solicitar que, de manera extraordinaria, mientras que persista esta situación, se permita que los trabajos y jornales de los programas de Ayuntamientos y Diputaciones computen para percibir el Subsidio y Renta Agraria de los trabajadores
y trabajadoras.


4. Solicitar que las peonadas realizadas en el ámbito del PFEA computen como requisito para acceder a la Renta Agraria.


5. Solicitar que los mayores de 52 años perceptores de la Renta Agraria se equiparen a los mayores de 52 años del desempleo agrario ya que estos últimos una vez cumplida esta edad, habiendo cotizado 15 años el Régimen Especial Agrario y
habiendo cobrado los cinco años anteriores ininterrumpidamente el Desempleo Agrario, no tienen que presentar peonadas mientras los perceptores de la Renta Agraria están obligados a cumplir con este requisito hasta la jubilación.


6. Modificar la sanción de un mes de prestación por no realizar la renovación de la demanda de empleo en la fecha indicada llevando a cabo, por la suspensión de la prestación durante el periodo de no renovación, iniciándole de nuevo el día
de la renovación retrasada, siempre que el plazo no sea superior a una mes después de la fecha prevista.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon cuatro enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley del
Grupo Parlamentario Socialista relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía.


Enmienda


Al punto 1 del texto propositivo.


De modificación.


'1. Eliminación de las peonadas necesarias como requisito para acceder a la prestación del subsidio Agrario y Renta Agraria por parte de los trabajadores y trabajadoras eventuales del campo.'


Enmienda


A la parte resolutiva.


De adición.


'5. Solicitar que los mayores de 52 años perceptores de la Renta Agraria se equiparen a los mayores de 52 años del desempleo agrario ya que estos últimos una vez cumplidos esta edad, habiendo cotizado 15 años el Régimen Especial Agrario y
habiendo cobrado los cinco años anteriores ininterrumpidamente el Desempleo Agrario no tienen que presentar peonadas mientras los perceptores de la Renta Agraria están obligados a cumplir con este requisito hasta la jubilación.


6. Eliminación por completo de la Renta Agraria, regulada en el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril. Incluyendo a todos los trabajadores y trabajadoras agrarios, unificando la Renta Agraria y subsidio agrario, en una nueva y única
prestación, que sea similar al desempleo agrario anterior a la entrada en vigor de la Renta Agraria.



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7. Se propone en caso de la eliminación por completo de la Renta Agraria, regulada en el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, que se recoge en el punto anterior, sobre la unificación del Subsidio Agrario y la Renta Agraria, la
modificación del artículo 2 c) del citado Real Decreto, que hace referencia al mínimo de peonadas para el acceso al subsidio. Con ello se establecerá un baremo que regulara según las peonadas del año anterior, la prestación a percibir. El nuevo
subsidio, la prestación nunca será inferior al 75% del SMI, llegando según el número de peonadas a cobrar el total del SMI.


8. Modificar la sanción de un mes de prestación por no realizar la renovación de la demanda de empleo en la fecha indicada llevando a cabo, por la suspensión de la prestación durante el periodo de no renovación, iniciándose de nuevo el día
de la renovación retrasada, siempre que el plazo no sea superior a un mes después de la fecha prevista.


9. Poner en marcha de manera urgente políticas públicas, para favorecer la incorporación a la agricultura, aplicando la ley de reforma agraria de la comunidad autónoma andaluza en vigor y el impuesto de fincas infrautilizadas, instando a la
Junta de Andalucía al manteniendo y ampliando el patrimonio agrario andaluz para garantizar el acceso a la tierra en forma de cesión de uso a jóvenes, trabajadores y trabajadoras rurales sin tierra, Facilitando con estas cesiones el trabajo en el
campo andaluz, y evitando el uso fraudulento de las peonadas por parte de los empresarios en el campo andaluz.


10. Solicitar que las políticas públicas de acceso a la tierra por vía de subvenciones o de cesión de la tierra pública se acompañen de políticas agrarias integrales, créditos, comercialización, maquinaria, trasformación, fomento
agroecológico, circuitos cortos y desde la soberanía alimentaria.'


Justificación.


La PNL que presenta el Grupo Parlamentario Socialista en relación a los eventuales del campo andaluz es desde todas las perspectivas, insuficiente. No se adapta a la realidad y contexto actual. Se justifica en una circunstancia de sequía
que actualmente no existe en ese grado de emergencia en vez de en el desfase de la normativa. Nosotros proponemos un sistema de actualización de la normativa que incida en la modificación y armonización de las diferentes normativas de renta y
subsidio agrario que se adapte a la realidad que se vive en el campo andaluz y que dote de eficiencia a las rentas y subsidios agrarios.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Isabel Franco Carmona, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al apoyo
y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo de Andalucía.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'1. Reducir las jornadas reales necesarias como requisito para acceder a la prestación del Subsidio Agrario y de la Renta Agraria por parte de los trabajadores y trabajadoras eventuales del campo de Andalucía y Extremadura, de forma
transitoria, hasta tanto persistan las condiciones objetivas que justifican su reducción y siempre que las mismas estén debidamente acreditadas.'


Texto que se sustituye:


'1. Eliminar de forma inmediata, o reducir, en su caso, las peonadas necesarias como requisito para acceder a la prestación del Subsidio Agrario y Renta Agraria por parte de los trabajadores y trabajadoras eventuales del campo, hasta tanto
persistan los motivos que provocaron su reducción.'



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Justificación.


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos apoya una flexibilización en las condiciones de acceso a las prestaciones señaladas, como es la reducción del número de jornadas reales cotizadas. Lo cual no justifica la eliminación de dicho requisito
legal, dada la transitoriedad de las circunstancias objetivas que lo motivan. Por otro lado, el ámbito territorial de aplicación tanto del Subsidio Agrario, como la Renta Agraria se extiende tanto a la Comunidad Autónoma de Andalucía como de
Extremadura, por lo que dicha medida debería ser de aplicación en ambos territorios.


Enmienda


De supresión.


Texto que se suprime:


'2. Poner en marcha de manera urgente un Programa Extraordinario de Fomento del Empleo Agrario Especial, así como aumentar los fondos del Ordinario para atender las necesidades de Andalucía en la demanda de jornales para los y las
eventuales del campo.


3. Solicitar que de manera extraordinaria, mientras que persista esta situación, se permita que los trabajos y jornales de los programas de Ayuntamientos y Diputaciones computen para percibir el Subsidio y Renta Agraria de los trabajadores
y trabajadoras.


4. Solicitar que las peonadas realizadas en el ámbito del PFEA computen como requisito para acceder a la Renta Agraria.'


Justificación.


Se justifica la supresión de los puntos 2, 3 y 4 debido a la falta de adecuación del ámbito territorial propuesto, indeterminación de la dotación económica requerida y por la falta de proposición de medidas de lucha contra el fraude en este
sector económico.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000418


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley de modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016, en los
siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la constitución de forma inmediata de una Mesa de diálogo y negociación con las diferentes formaciones políticas y los agentes sociales y económicos con el objeto de que se actualice la
legislación laboral española a las sentencias pronunciadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 14 y 21 de septiembre de 2016.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 10





A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley de modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición de un segundo párrafo, con el siguiente contenido:


'A tal efecto, se creará en la Comisión de Empleo y Seguridad Social una Subcomisión que, a partir del diálogo social, impulse un nuevo proceso normativo que culmine con la aprobación de un nuevo Estatuto de los Trabajadores que se ajuste al
marco normativo europeo, en el sentido de la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 14 de septiembre de 2016, C-595/14, en relación con el principio de no discriminación y su aplicación en la indemnización de los contratos de temporales
respecto de los contratos indefinidos comparables, y restituya y garantice los derechos de los trabajadores, reestablezca el equilibrio en las relaciones laborales y sirva para la creación de empleos estables y de calidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de Trabajadores.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de estudiar las implicaciones de la sentencia de fecha 14 de septiembre de 2016, dictada por la Sala Décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el asunto C-596/14, a efectos
de adecuar a dicha sentencia las condiciones laborales de los trabajadores interinos en España.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Empleo y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En
Comú Podem-En Marea, de modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de Trabajadores.



Página 11





Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que constituya a la mayor brevedad una Mesa de diálogo y negociación, que cuente con la presencia de las diferentes formaciones políticas y de los agentes económicos y sociales, con la
finalidad de acordar las bases de un nuevo marco de relaciones laborales a partir del cual se procederá a la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores, que actualice nuestra legislación laboral teniendo en cuenta la jurisprudencia sentada
por el Tribunal Supremo y por las recientes Sentencias de la Sala Décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y que acabe con la discriminación existente entre los trabajadores temporales y los indefinidos y equipare sus derechos; promueva
una mayor estabilidad en el empleo y una reducción de la rotación laboral; facilite la movilidad laboral; e incentive la formación permanente en el puesto de trabajo y la recualificación profesional.'


Texto que se sustituye:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Impulsar la modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, al objeto de establecer que la cuantía de la indemnización por extinción de los
contratos temporales, por la causa legal en ellos prevista, sea de veinte días de salario por año de antigüedad por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, sin perjuicio del derecho a la indemnización en la
cuantía establecida en el artículo 56 de la misma norma para los supuestos en los que la extinción contractual del contrato temporal sea declarada improcedente.'


Justificación.


Sin perjuicio de la modificación planteada por la Proposición no de Ley, desde el Grupo Parlamentario de Ciudadanos consideramos necesario abordar de manera amplia una reforma de nuestro marco de relaciones laborales, teniendo en cuenta la
jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo y por las recientes Sentencias de la Sala Décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Es por ello por lo que consideramos necesario que se constituya a la mayor brevedad una Mesa de diálogo y
negociación, que cuente con la presencia de las diferentes formaciones políticas y de los agentes económicos y sociales, con la finalidad de acordar las bases de este nuevo marco de relaciones laborales a partir de las cuales se procederá a la
elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores, que, entre otros objetivos, acabe con la discriminación existente entre los trabajadores temporales y los indefinidos y equipare sus derechos; promueva una mayor estabilidad en el empleo y una
reducción de la rotación laboral; facilite la movilidad laboral; e incentive la formación permanente en el puesto de trabajo y la recualificación profesional.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000467


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a combatir el fraude laboral a la Seguridad Social, incidiendo en las
irregularidades derivadas de las prácticas académicas externas en empresas, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016, en los
siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados manifiesta su voluntad de:


- Continuar combatiendo el fraude laboral y a la Seguridad Social en toda su extensión y a todos los efectos.



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- Intensificar las actuaciones de los organismos públicos competentes para combatir las irregularidades derivadas de las prácticas académicas externas en empresas, ya que afectan a un colectivo especialmente vulnerable como son los
estudiantes universitarios o recién graduados.


- Instar al Gobierno a estudiar la revisión y si cabe modificar el marco normativo y en concreto el Decreto de 26 de julio de 1957 por el que se fijan los trabajos prohibidos de la mujer y de los menores, al objeto de adaptarlo a los
progresos técnicos en los distintos sectores e industrias y facilitar el acceso de los jóvenes menores de edad a experiencias laborales y formativas en condiciones y ambientes de trabajo adecuados al momento actual, evitando obstáculos por ejemplo,
a la celebración de contratos de formación y aprendizaje en determinadas industrias.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso


El Grupo Parlamentario Mixto a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Català don Carles Campuzano i Canadés, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, relativa a combatir el fraude laboral a la Seguridad Social, incidiendo en las irregularidades derivadas de las prácticas académicas externas en empresas.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados manifiesta su voluntad de:


- Continuar combatiendo el fraude laboral y a la Seguridad Social en toda su extensión y a todos los efectos.


- Intensificar las actuaciones de los organismos públicos competentes para combatir las irregularidades derivadas de las prácticas académicas externas en empresas, ya que afectan a un colectivo especialmente vulnerable como son los
estudiantes universitarios o recién graduados.


- Instar al Gobierno a revisar y si cabe modificar, el marco normativo y en concreto el Decreto de 26 de julio de 1957 por el que se fijan los trabajos prohibidos de la mujer y de los menores, al objeto de adaptarlo a los progresos técnicos
en los distintos sectores e industrias y facilitar el acceso de los jóvenes menores de edad a experiencias laborales y formativas en condiciones y ambientes de trabajo adecuados al momento actual, evitando obstáculos por ejemplo, a la celebración de
contratos de formación y aprendizaje en determinadas industrias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Carles Campuzano i Canadés, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000469


La Comisión de Empleo y Seguridad Social, en su sesión del día 5 de octubre de 2016, aprobó la Proposición no de Ley sobre prevención de riesgos laborales en determinados ámbitos, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados considera necesario extender, en lo que sea pertinente, la normativa en materia de prevención de riesgos laborales a los ámbitos siguientes:


- Trabajos temporales de colaboración social en situación de desempleo (artículos 38 y 39 del Real Decreto 1445/1982).



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- Prácticas no laborales en empresas, con inclusión en la Seguridad Social, como asimilado a trabajador por cuenta ajena (Real Decreto 1543/2011).


- Participación en programas de formación (Real Decreto 1493/2011).'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.