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DS. Senado, Comisiones, núm. 522, de 07/09/2015
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COMISIÓN DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ


Sesión celebrada el lunes, 7 de septiembre de 2015


ORDEN DEL DÍA






Elección del Secretario 1º de la Comisión.

541/000003






Aprobar con competencia legislativa delegada




Proyecto de Ley de reforma del Sistema para la valoración de
los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de
circulación.


621/000149
accidente de transporte; ayuda a los siniestrados;
procedimiento civil; póliza de seguro; vehículo de motor


GOBIERNO




Se abre la sesión a las doce horas y cinco minutos.


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión. Buenos días, señorías. Damos
comienzo a la reunión de la Comisión de Economía.


En primer lugar, pasamos a la aprobación del acta de la sesión
anterior, celebrada el pasado día 14 de julio de 2015. ¿Hay alguna
sugerencia o propuesta de modificación? (Denegaciones).


¿Se puede aprobar por unanimidad? (Asentimiento).


Muchas gracias.


Antes de iniciar la comisión, hemos hablado con los diferentes
portavoces, a los efectos de que remitieran a la Presidencia las
solicitudes de votaciones separadas, en relación con el Proyecto de Ley
de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios
causados a las personas en accidentes de circulación, que veremos en el
punto correspondiente del orden del día.


Ruego, por tanto, que las hagan llegar para hacer más rápida y
eficiente la votación.







ELECCIÓN DEL SECRETARIO 1º DE LA COMISIÓN.

541/000003



El señor PRESIDENTE: Pasamos al primer punto del orden del día, que
es la elección para cubrir la vacante existente en la Secretaría Primera
de la comisión. Conforme a la práctica habitual de la Cámara, si
existiera una única candidatura para el puesto a cubrir, la elección se
llevaría a cabo directamente por asentimiento.


¿Algún grupo parlamentario quiere hacer alguna propuesta?


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, senador Conde.


El señor CONDE VÁZQUEZ: Gracias, señor presidente.


El Grupo Parlamentario Popular en el Senado propone para ocupar el
cargo de secretario primero de la Mesa de la Comisión de Economía y
Competitividad al senador don Florencio Sánchez Merino.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


¿Se puede proceder a la elección del citado senador por
asentimiento? (Asentimiento).


Muchas gracias. Queda elegido.


Senador Sánchez, puede pasar a formar parte de la Mesa.


En nombre de todos los miembros de la comisión, le deseo una
fructífera gestión, aunque va a ser breve por las fechas en las que nos
encontramos, y le damos nuestra más sincera enhorabuena por su
elección.








APROBAR CON COMPETENCIA LEGISLATIVA DELEGADA





PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE
CIRCULACIÓN.


621/000149

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al segundo punto del
orden del día: aprobación, con competencia legislativa delegada, del
Proyecto de Ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y
perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.


A este proyecto de ley se han presentado un total de dos vetos, de
los cuales ha sido retirado el veto número 2, de los senadores Guillot
Miravet y Saura Laporta, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya, y, además, doscientas cincuenta y cinco enmiendas, de las
cuales ha sido retirada la número 91, de la senadora doña Ester Capella i
Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Pasamos al debate del veto.


Tiene la palabra la senadora Capella i Farré, para la defensa del
mismo.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Gracias, presidente.


Doy por defendido el veto, ya que corresponde al senador Iglesias
el veto presentado, no habiendo presentado esta senadora veto a la ley.
En todo caso, sucintamente, puesto que creo que debo hacerlo así, quiero
decir que el veto del señor Iglesias se fundamenta básicamente en
defectos formales, al entender que en el trámite del proyecto de ley no
se cuenta con uno de los informes preceptivos, que es el del Consejo
Superior de Tráfico, Seguridad y Movilidad, en atención a lo que dispone
el propio artículo 8.2 de la Ley de tráfico, que señala que una de las
funciones de este consejo es informar y proponer, en su caso, los
proyectos de disposiciones generales que afectan al tráfico y la
seguridad vial o movilidad sostenible. Asimismo, el proyecto de ley, que
será objeto de debate, tiene que ver con los hechos de la circulación y
la responsabilidad que se deriva por los daños causados como consecuencia
de estos hechos.


También se dice en el veto que el proyecto de ley podría contener
posibles regulaciones inconstitucionalidades, que van de la infracción
del artículo 15 de la Constitución española, en cuanto a la lesión al
derecho de integridad moral al entender que no se contemplan como daños
morales la pérdida de la vida por el fallecimiento, en este caso en
relación con los perjudicados, a la desprotección de la infancia y la
juventud y se vulnera con ello también el artículo 39.4 de la
Constitución. Asimismo, se invoca en el veto la lesión del derecho a la
tutela judicial efectiva, es decir, del artículo 24.2 de la Constitución
en cuanto a la concurrencia de culpas y en relación con el cálculo
equitativo que debería producirse en cuanto a las compensaciones y al
limitarse la indemnización, que nunca puede ser superior al 75 % del
total. Se ignora en este proceder y, por tanto, también lo que dice la
doctrina del Tribunal Supremo, el porcentaje en función de la culpa o el
tipo de culpa que se ha tenido en el hecho causante.


Por estos motivos y por otros que se invocan en el veto, el
senador Iglesias presentó el veto al proyecto de ley que hoy vamos a
debatir.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Capella.


Turno de portavoces.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra la senadora
Iparragirre.


La señora IPARRAGIRRE BEMPOSTA: Gracias, señor presidente.


Mi grupo no ha presentado ningún veto y haré una breve
intervención, únicamente para fijar la postura referente al veto
presentado, así como al proyecto, puesto que tampoco hemos presentado
ninguna enmienda.


Entendemos que es un proyecto, como se fija en los objetivos y en
el preámbulo, que mejora los baremos existentes hasta ahora, baremos que,
sin duda, eran obsoletos, puesto que hablamos de más de veinte años de
vigencia de los actuales. Por lo tanto, estamos ante una modificación
necesaria, pero mi grupo entiende que llega tarde. Es verdad que han
transcurrido cuatro años desde que se conformó el grupo de trabajo, pero
pensamos que debatir y votar de esta manera no es la mejor forma de
legislar sobre algo que tiene tanta importancia. A pesar de la
discrepancia, que hemos manifestado en otras ocasiones y hemos escuchado
la respuesta, hay falta de planificación, más allá, repito, de que por
parte del grupo mayoritario se nos conteste que estamos legislando de una
manera normal. Entendemos que las prisas no son buenas compañeras
legislando y metodológicamente, puesto que estamos a final de curso
legislativo, entendemos que ustedes no obtendrían el aprobado, me atrevo
a decir que quizá ni el progresa adecuadamente. Este modo de legislar no
está siendo positivo y reconozcan que en muchos casos ni para ustedes
mismos, a los hechos me remito del pleno de la semana pasada, esta
comisión que hoy estamos sustanciando y el Pleno que a partir de mañana
nos espera, con la cantidad de leyes, de horas y la manera y el modo de
legislar.


Entrando en el contenido del proyecto en sí, quiero decir, en
opinión de mi grupo, que el proyecto presenta aspectos positivos, ya que,
como decía al principio, mejora los baremos existentes, necesitados, sin
duda, de actualización, y escucha al sector y a los afectados. No podemos
obviar que es un proyecto cuya tramitación termina y cuyo recorrido ha
tenido un alto grado de consenso, fruto del acuerdo entre las dos partes
afectadas, asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y
representación de las entidades aseguradoras.


Por todo ello, el Grupo Vasco votará en contra del veto y dará su
voto favorable al proyecto que hoy debatimos.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Iparragirre.


Por el Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, tiene
la palabra el senador Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señor presidente.


Señorías, como bien mencionaba el presidente, los senadores
señores Guillot y Saura habían presentado un veto que finalmente han
retirado y los senadores socialistas del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya no hemos presentado veto e, igualmente, no votaremos
favorablemente el veto presentado por el senador Iglesias.


Pensamos que este proyecto de ley fue enviado por el Gobierno a
las Cortes después de un amplio trabajo en el Congreso de los Diputados.
Ciertamente, fue enviado con retraso, porque hay que recordar que la
Comisión de Seguridad Vial y Movilidad, después de un proceso
participativo amplio, concluyó sus trabajos en mayo del 2013. Por lo
tanto, es un poco lamentable que estemos en las últimas semanas de la
legislatura tratando un proyecto de ley que se hubiera podido tramitar
antes. Además, es un proyecto de ley en el que no hay unanimidad, pero sí
un alto grado de consenso. Es un proyecto de ley que si bien contiene
desequilibrios —y no todos estos desequilibrios se han corregido en
el trámite parlamentario en el Congreso, en el que es verdad que se ha
mejorado en algunos aspectos y que mejora la normativa vigente, el
conocido como baremo, que en parte era obsoleto por tener ya más de
veinte años—, también contiene, a nuestro entender, aspectos
susceptibles de mejora y de ahí la presentación de nuestras enmiendas, a
las que me referiré después.


En nuestro país las primas de los contratos de seguros son
similares a otros países de Europa, pero con indemnizaciones en los casos
de muerte o de lesión grave notablemente inferiores a la media europea.
Creemos que el nuevo baremo solventa este problema e introduce mejoras
técnicas, como el sistema objetivo de indemnizaciones por lucro cesante,
y mantiene, como es lógico, la responsabilidad civil extracontractual,
que regula el artículo 1902, del Código Civil, ya que difícilmente se
podría implantar un régimen de responsabilidad objetiva en un caso como
este, dada la enorme casuística que hay al respecto. En este sentido, el
veto del senador Iglesias se acerca en algunos aspectos a esa
responsabilidad objetiva y regula, además, una propuesta de los daños
morales de carácter expansivo que, a nuestro entender, es
inconveniente.


El proyecto de ley fomenta un mecanismo de resolución
extrajudicial previa a la interposición de demanda. Es positivo y hay que
tener en cuenta que el baremo actualmente vigente en los primeros años
tuvo enormes problemas. Conviene recordar que incluso la Sala Primera del
Tribunal Supremo en una sentencia llegó a considerar orientativo y no
obligatorio para los órganos judiciales e instando, de hecho, a que no se
aplicara. En este caso, pensamos que el desarrollo de los mecanismos de
resolución extrajudicial, previo a la interposición de la demanda y el
desarrollo y la concreción mucho más de la casuística, facilitará el
trabajo de los tribunales.


Por lo tanto, creemos que puede cumplir los objetivos de
incrementar la protección de las víctimas mediante una indemnización
justa y suficiente, que pueda resarcir a los demás perjudicados que pueda
haber en un accidente, que sirve para actualizar y modernizar este
sistema, que tiene veinte años, y agilizar la justicia con los mecanismos
nuevos que se crean; ahora bien, como decía, tiene desequilibrios que
convendría corregir, de ahí las enmiendas que hemos presentado a las que
después me referiré. Por lo tanto, resumiendo, un avance, mejorable, pero
un avance que hace que votemos en contra del veto.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, president Montilla.


Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió, tiene la palabra el senador Alturo.


El señor ALTURO LLOAN: Muchas gracias, señor presidente. Señorías,
buenos días.


Estamos ante un proyecto de ley que, por desgracia, afecta a un
amplio sector de la sociedad debido, evidentemente, a la alta
siniestralidad que se produce como consecuencia de los accidentes de
circulación. El baremo actual requiere de una actualización urgente y su
publicación lo más rápido posible. Esta reforma actualiza un baremo
vigente desde 1995, tal como han dicho ya otras portavoces, lleva más de
veinte años de vigencia, por lo tanto, está desfasado de la realidad y de
los problemas que llevan asociados los accidentes de circulación.
Nosotros estamos a favor de que se tramite y con prontitud; este es un
proyecto de ley largamente esperado, es necesario este nuevo baremo ya
que el anterior —como decía— está totalmente desfasado. Nos
lo piden también, a nuestro grupo como imagino que a otros, diferentes
entidades de tipo social, por los problemas que seguramente están
viviendo, por ejemplo, puedo citar a Aesleme, Apat, Fedace, Predif y
Aspaym, entre otras. Pero es evidente que lo que realmente preocupa a
todos es que su aprobación se produzca cuanto antes, ya que el nuevo
baremo cada día que pasa es un día menos que tenemos para que entre en
vigor este proyecto de ley tan esperado. Por tanto, seguro que se puede
mejorar, como todas las normas, pero esta viene de un equilibrio y de
unos consensos previos que quisiera también destacar. Esta reforma es
fruto de un importante acuerdo entre las dos partes afectadas, por un
lado, las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, y por otro,
las entidades aseguradoras, y cuya estructura es el fruto de los trabajos
realizados por la comisión de expertos que desde su creación, hace cuatro
años, ha estado trabajando en ello.


El nuevo baremo —dice el preámbulo— se inspira y
respeta el principio básico de la indemnización del daño corporal. Su
finalidad es lograr la total indemnidad de los daños y perjuicios
padecidos para situar a la víctima en una posición lo más parecida
posible a la que tendría de no haberse producido el accidente. Esto es lo
que se dice en el preámbulo. Nosotros estamos de acuerdo, aunque todavía
estamos lejos de que realmente este principio se cumpla en su plenitud.
Por lo tanto, es evidente que se actualiza mediante su aumento el
conjunto de indemnizaciones, destacando en particular las que
corresponden a casos de fallecimiento y de manera especial la de los
hijos de víctimas fallecidas y de grandes lesionados.


En consecuencia, es un proyecto de ley —vuelvo a
repetir— esperado desde hace mucho tiempo, fruto de consensos
sociales muy importantes y también de consensos políticos. Nuestro grupo
ha hecho muchas aportaciones que han sido recogidas, nos gustaría
mejorarlo en este trámite, veremos luego en el debate de las enmiendas
cuál es la posición del Grupo Popular , pero lo que es remarcable es que
ya llega con muchos consensos, tal y como ya se ha comentado. En
cualquier caso, ante la necesidad urgente de disponer de este nuevo
baremo y por el consenso que hay entre las partes, entre los actores
principales, es por lo que nuestro grupo parlamentario votará en contra
del veto existente y también ya anuncio que daremos apoyo a este proyecto
de ley.


Muchas gracias, señorías.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Alturo.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, senador Ortiz, tiene la
palabra.


El señor ORTIZ MOLINA: Gracias, señor presidente.


El Grupo Parlamentario Socialista considera que este proyecto de
ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios
causados a las personas en accidentes de circulación es un proyecto de
ley muy importante por su trascendencia económica y social. Ya en el
año 2010 el Gobierno socialista que presidía el señor Rodríguez Zapatero
creó e impulsó la comisión de expertos que ha elaborado la propuesta que
tiene como referencia el proyecto de ley que debatimos. Alcanza además
especial importancia si tenemos también en cuenta que desde 1995 el
sistema indemnizatorio prácticamente no ha sido actualizado. A pesar, y
en esto compartimos el criterio de otros portavoces, de que este proyecto
de ley llega injustificadamente tarde, porque se disponía de todo hace ya
mucho tiempo, y de que además se está sometiendo a un proceso muy
acelerado para su aprobación, a pesar de todo estimamos que no estaría
justificado su rechazo global y, en consecuencia, el Grupo Parlamentario
Socialista votará en contra del veto.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Ortiz.


El senador Barrionuevo, del Grupo Parlamentario Popular, acumula
el turno en contra y el turno de portavoces. Tiene la palabra.


El señor BARRIONUEVO GENER: Muchas gracias, señor presidente.


Antes de empezar mi intervención en este turno en contra del veto
y turno de portavoces, quiero dar la bienvenida a los nuevos integrantes
de esta comisión, deseándoles los mayores éxitos en esta noble actividad,
la de senador, que es no tiene otro objetivo que el de dedicarse al bien
común de los ciudadanos.


Al Proyecto de Ley de reforma del sistema para la valoración de
los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de
circulación, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del
Senado el pasado día 29 de julio de 2015, como bien ha apuntado esta
Presidencia, se presentaron dos vetos: uno de los senadores Saura y
Guillot y otro del senador Iglesias Fernández, del Grupo Mixto. Este veto
es un calco y una reproducción de la enmienda a la totalidad presentada
en el Congreso de los Diputados por los diputados Garzón Espinosa,
Centella Gómez y Sixto Iglesias, del Grupo Parlamentario de La Izquierda
Plural. Dicha enmienda a la totalidad, hoy veto en el Senado, al Proyecto
de Ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y
perjuicios causados a las personas en los accidentes de circulación, fue
debatido el 11 de junio de 2015, siendo rechazado por el 96,14 % de los
diputados presentes. Es decir, de los 311 votos emitidos, solo votaron a
favor de dicha enmienda a la totalidad 11 diputados. Es por ello por lo
que quiero adelantar a esta comisión que el Grupo Parlamentario Popular
votará en contra de este veto por las razones que a continuación
expondremos.


Entrando en profundidad en el análisis del veto presentado por el
Grupo Mixto, al que pertenece el señor Iglesias y que aquí ha defendido
la senadora Capella, lo encontramos, cuando menos, un veto temerario. En
dicho veto se plantean dos cuestiones. Según alegan, adolece, por una
parte, de una falta formal y, por otra, el veto lo sustancian por una
serie de infracciones de tipo constitucional. Con respecto a la primera,
la de índole formal, se hace hincapié en que en la elaboración de este
proyecto se ha excluido a colectivos importantes como las asociaciones de
ciclistas o de peatones, y eso no es cierto. Si hay una ley con más
respaldo y consenso por parte de los sectores afectados, víctimas y
compañías de seguros, es este futuro proyecto de ley, fruto de un largo
trabajo que, como bien ha apuntado el senador Ortiz, del Grupo
Socialista, empezó en el año 2010 creándose una comisión de trabajo a
partir de julio de 2011. Esta comisión de expertos ha estado integrada
por las asociaciones de víctimas de accidentes de circulación más
representativas, las entidades aseguradoras privadas, la Fiscalía de
Seguridad Vial, el Consorcio de Compensación de Seguros, el Ministerio de
Justicia y reputados especialistas independientes en esta materia, todo
ello con la presencia y el impulso del Miquel Martín Casals, prestigioso
catedrático de derecho civil.


Son muchas las asociaciones de víctimas a las que se ha escuchado,
se ha oído y se ha atendido y que han mostrado su apoyo a este proyecto
de ley, como la Federación Española de Daño Corporal, la Asociación de
Lesionados Medulares, la Asociación de Prevención de Accidentes de
Tráfico, Stop Accidentes, y el Cermi, que hacen algunas aportaciones
terminológicas y piden con prontitud que se apruebe el nuevo baremo que
contempla la ley. Quiero agradecer a todas las asociaciones anteriormente
mencionadas y al profesor Miquel Martín el magnífico trabajo que han
realizado. Soy consciente del esfuerzo que han hecho.


Otro de los motivos formales que se plantean en el veto es que el
proyecto de ley carece de un estudio de impacto económico. Bien, dicha
afirmación no es cierta. El Consorcio de Compensación de Seguros ha
realizado un estudio que estima que el quantum de las indemnizaciones por
accidentes de tráfico que se producen al año supone unos 2856 millones de
euros, y dicho importe experimentaría un aumento de 400 millones con
respecto al baremo actualmente existente. Por tanto, sí existe un estudio
de impacto económico.


En cuanto a que no se ha cumplido el requisito de contar con los
informes preceptivos del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y
Movilidad Sostenible, hay que decir que se han mantenido reuniones con el
citado Consejo Superior de Tráfico, pero tendremos que sopesar si la
ausencia o la carencia de estos informes —que ustedes dicen que no
están— justifican o no la presentación de este veto.


En relación con las cuestiones de carácter sustantivo que se
aducen en el veto, creemos que el planteamiento es erróneo en los cinco
apartados que se alegan. Por ejemplo, se dice que el proyecto de ley no
responde a un sistema de responsabilidad objetiva por el hecho
circulatorio. No acabamos de entender dicha afirmación, pues no hay
diferencia alguna entre el artículo 1 del proyecto y el del actualmente
vigente. La responsabilidad objetiva es precisamente la que prescinde del
elemento subjetivo: la culpa, que el artículo 1 nunca ha exigido. Y leo
textualmente: «El conductor de vehículos a motor es responsable, en
virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños
causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.» El
texto que hoy debatimos solo exige el nexo de causalidad entre la acción
y el daño, que no se daría si el daño lo causara un tercero o la víctima
en todo o en parte.


La segunda cuestión de carácter sustantivo se refiere a la
concurrencia de culpas y la carga de la prueba, con especial relevancia
del casco de ciclista. Se argumenta una supuesta desprotección de la
víctima en caso de que exista concurrencia de culpas. Pero están
equivocados, señorías, es todo lo contrario: las víctimas de un accidente
se verán más protegidas en caso de que exista concurrencia de culpas. Las
indemnizaciones que pueden corresponder nunca se verán reducidas más
del 75 %, y ello, aunque el grado de la culpa sea infinitamente mayor. Es
decir, por mucha culpa que tenga la víctima, siempre tiene garantizado
el 25 % de esa indemnización.


Con respecto a la especial relevancia del casco de ciclista, creo
que esta ha quedado fuera de contenido tras la reforma del artículo uno,
apartado 2, del texto remitido al Senado por el Congreso de los
Diputados. Es cierto que el texto del Congreso no lo recogía, pero en el
que se no ha remitido se habla de que cuando la víctima capaz de culpa
civil contribuya a la producción del daño se reducirá la indemnización en
atención a la culpa hasta un máximo del 75 %. La capacidad de la culpa
civil se adquiere a partir de los 18 años, por lo que no se aplicaría esa
reducción en caso de concurrencia de culpas a los mayores de 14 y menores
de 16 años que infringieran el artículo 47.1 de la actual Ley de tráfico,
es decir, no llevar el casco.


En cuanto a la supuesta inconstitucionalidad del proyecto de ley,
en el veto se hace alusión a la vulneración del artículo 15 de la
Constitución española, sobre el derecho a la integridad moral; a la
vulneración del artículo 39.4, sobre la protección de la infancia y de la
juventud; y a la vulneración del artículo 24, relativo a la tutela
judicial efectiva. Y se alude asimismo a una posible inconstitucionalidad
por la supuesta obligación de la víctima a someterse a un examen médico
por las compañías aseguradoras.


Bien, en lo relativo a vulneración del artículo 15, se mencionan
los preceptos de la ley donde se expresan los derivados por las secuelas,
ya sean daños morales complementarios por perjuicio psicológico, por
perjuicio estético, perjuicio por pérdida de calidad de vida ocasionada
por las secuelas, o el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de
familiares de grandes lesionados. Y dicen que el proyecto de ley no
menciona los daños morales derivados del fallecimiento de la
víctima.


Sabemos que el daño moral es un concepto casi metafísico. El daño
moral es infinito en su dimensión, pero no puede ser infinito también
normativamente, y por ello se ha decidido baremar estos supuestos. Es
dificilísimo —por no decir imposible— cuantificar el daño
moral como consecuencia de un fallecimiento. Como diría mi compañero
diputado Jaime Olano, ni con todo el oro del mundo se podría resarcir la
pérdida de un ser querido. Por ello, el proyecto de ley ha asumido que el
baremo por fallecimiento de la víctima se incremente un 50 % sobre lo
establecido en la regulación actual.


En relación con la posible vulneración del artículo 39.4 de la
Constitución, en el proyecto de ley establecemos mecanismos de protección
y seguridad a la infancia y la juventud que van mucho más allá de los que
contempla el texto de seguridad vial.


En lo relativo a la vulneración del artículo 24, sobre la tutela
judicial efectiva, no entendemos que tal vulneración pueda existir dado
que en el texto normativo no existe ningún artículo que cercene el
derecho de las víctimas a acudir a un tribunal de justicia en defensa de
sus legítimos derechos. Es más, en el artículo 14 se establece un sistema
de acuerdos extrajudiciales, e incluso de mediación, que entendemos que
agilizará bastante los procedimientos judiciales, puesto que para que la
justicia sea eficaz y justa tiene que ser rápida.


Por último, con respecto a la posible inconstitucionalidad que
supondría la obligación de que la víctima deba ser sometida a examen de
las aseguradoras para que estas ofrezcan propuestas vinculantes de
indemnización, nuevamente quiero decir que no se ha entendido el texto.
Lo que ocurre es que si la víctima no permite el examen no empezarán a
devengarse los intereses moratorios para las aseguradoras, lo cual es
lógico cuando la mora es por voluntad de la víctima. Además, si estamos
intentando que se llegue a un acuerdo vinculante con la compañía
—lo cual favorecería, como se ha dicho, una resolución
extrajudicial del conflicto que agilice los trámites indemnizatorios y
descongestione los juzgados—, ya me dirán ustedes cómo la
aseguradora va a cuantificar los daños personales sin examinar a la
víctima.


Por lo que se refiere al principio de indemnidad, que está en tela
de juicio, el artículo 33 del proyecto recoge los principios
fundamentales del sistema de valoración, entre los que se encuentran los
principios de indemnidad del daño moral, es decir, la reparación íntegra
del daño, cuya finalidad es lograr la total indemnidad de los daños y
perjuicios padecidos para situar a la víctima en una situación lo más
parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente.
Pero este principio tiene que cohabitar con otros que aparecen en este
precepto, como el recogido en el apartado 5, que indica que la
objetivación en la valoración del daño supone que se indemniza conforme a
las reglas y los límites establecidos en el sistema.


En cuanto a que el proyecto de ley atiende a intereses
corporativos por encima de los intereses generales en beneficio de las
compañías de seguros, vuelvo a repetir que es de todos sabido que es un
proyecto de ley ampliamente consensuado en su elaboración, en la que,
como ya he mencionado al principio, han intervenido numerosas
asociaciones de víctimas de accidentes de circulación —que no voy a
citar para evitar reiteraciones—, colectivos que si no hubieran
visto sus intereses legítimamente protegidos no habrían mostrado su
adhesión al proyecto.


Se equivocan cuando intentan imponer a las compañías de seguros
que las pensiones por orfandad y viudedad sean abonadas por ellas, lo que
supondría la vulneración del artículo 41 de la Constitución española, que
establece que este tipo de pensiones deban ser sufragadas por la
Tesorería General de la Seguridad Social.


Por tanto, nos encontramos ante un proyecto de ley que no limita
en ningún momento el derecho indemnizatorio a ninguna de las víctimas; al
contrario, se ha optado por aumentarlo significativamente —ya hemos
apuntado que las indemnizaciones por fallecimiento de las víctimas
aumentan el 50 % y las de lesiones, el 12,8 %—. Este proyecto de
ley busca un justo resarcimiento de los perjuicios sufridos, adaptándolo
a los baremos de los países europeos, y también una interpretación
uniforme de las reglas del sistema, garantizando así una respuesta
igualitaria ante situaciones idénticas.


El señor Montilla ha aducido el abuso en este tipo de leyes del
procedimiento de competencia legislativa plena, recogido en el
artículo 130 del Reglamento, y que en este caso, además, se tramite por
el procedimiento de urgencia, en el artículo 133 del Reglamento. Bien,
hay que mencionar que, de los veintiséis proyectos que se han tramitado
en esta comisión, solo tres han sido por el procedimiento de competencia
legislativa plena en la comisión. Y con respecto a que se utilice el
trámite de urgencia, con ello intentamos dar cumplimiento a la voluntad
popular. ¿Por qué lo digo? Porque en una proposición no de ley del Grupo
Socialista, del Grupo Popular, de Convergència i d?Unió y del Grupo
Parlamentario Vasco, de diciembre del 2014, se instaba al Gobierno a que
se tramitara con urgencia dicho proyecto de ley. Es más, el pasado 11 de
junio de 2015, el Grupo de Convergència i d?Unió decía: Estamos a favor
de que se tramite con prontitud este proyecto de ley y le pedimos al
Grupo Popular que no firme más prórrogas de enmiendas al articulado de
este proyecto de ley, porque, si vamos ampliando el plazo de enmiendas al
articulado, acabaremos con un atasco legislativo que va a impedir que
esta futura ley se publique en el Boletín Oficial del Estado y entre en
vigor cuanto antes. Me remito a la página 70 del Diario de Sesiones del
Congreso, de fecha 11 de junio del 2015, como he dicho.


Miren, nos encontramos con la reforma de una ley que lleva
existiendo desde hace veinte años, cuyo baremo consideramos que es
anacrónico y obsoleto; y hay que dar respuesta a una necesidad real, a
una necesidad sentida por la sociedad. Con este proyecto de ley se
intenta incrementar la protección de las víctimas mediante una
indemnización suficiente, que se adapta a la normativa europea y a las
cantidades indemnizatorias del resto de países de nuestro entorno, hasta
la reparación íntegra del daño. Con esta reforma se pretende, además, la
objetivación de la valoración del daño, que supone que se indemnice
conforme a las reglas y límites establecidos por la ley, garantizando,
como he dicho antes, una respuesta igualitaria ante situaciones
igualitarias. Y con esta ley se han identificado nuevos perjudicados y
nuevos conceptos resarcitorios: por ejemplo, por primera vez existe el
derecho a indemnizar a las personas que desempeñen tareas del hogar.


Para concluir, señor presidente, para no extenderme mucho más,
independientemente de que el texto se pueda mejorar legislativamente
—en gran parte ya se ha hecho a través del trámite del
Congreso—, en la disposición adicional primera se establece la
creación de una comisión de seguimiento del sistema de valoración, que
tendrá que emitir un informe razonado sobre el discurrir de la ley.


Por todo ello, señor presidente, anuncio que nuestro grupo
parlamentario votará en contra del veto presentado, y solicitamos el
apoyo al resto de grupos.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Barrionuevo, por su
intervención.


La Presidencia antes ha tenido un lapsus, ya que ha agradecido la
presencia del senador Sánchez en la Mesa, pero también quiere agradecer
la presencia del senador Bauzá y desearle todo tipo de éxitos en el breve
tiempo que nos queda todavía de legislatura, aunque, evidentemente,
ustedes continuarán en la siguiente. Hecha esta aclaración, agradezco de
nuevo la presencia de los dos senadores que se incorporan, el senador
Bauzá y el senador Sánchez.


Una vez comprobada la asistencia de los miembros de la comisión,
como me indica la señora letrada, pasamos a la votación del veto
número 1, del senador Iglesias Fernández, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: en contra, 23;
abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Pasamos al debate de las enmiendas presentadas, de menor a mayor:
enmiendas 1 a 64, del senador Iglesias Fernández, del Grupo Parlamentario
Mixto; enmiendas 65 a 90 y 92 a 99, de la senadora Ester Capella i Farré,
del Grupo Parlamentario Mixto; enmiendas 106 a 212, del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; enmiendas 100 a 105, del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d?Unió; y
enmiendas 213 a 255, del Grupo Parlamentario Socialista.


Para la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, 1
a 64, y entiendo que también para la defensa de las enmiendas 65 a 90
y 92 a 99, tiene la palabra la senadora Capella.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Gracias, presidente.


Intervengo para dar por defendidas las enmiendas 1 a 64,
presentadas por el senador Iglesias.


En cuanto a a las que ha presentado Esquerra Republicana,
números 65 a 99, con la enmienda retirada, su razón de ser no es otra que
la función social del seguro obligatorio, que debe perseguir también el
seguro obligatorio de automóviles. Por eso no hemos presentado veto, pero
sí enmiendas. Entendemos que el proyecto de ley era necesario, si bien,
como se ha dicho, llega tarde y seguramente en algunos aspectos es
mejorable. Por ello, como digo, hemos presentado enmiendas. Estas van
básicamente dirigidas a mejorar el texto y, sobre todo, a proteger a las
víctimas más vulnerables —en esto coincidimos con el resto de
grupos que las han presentado—.


Algunas de las enmiendas se refieren a la necesidad de una mayor
cobertura asistencial para la víctima y una mayor duración del
tratamiento médico y psicológico. Así, en el articulado de la ley se
establece un mínimo de seis meses, mientas que nosotros proponemos que
dicho periodo se extienda seis meses más, es decir, a doce meses.


Por otro lado, solicitamos una mayor protección para las personas
discapacitadas —en esto también coincidimos con alguna de las
enmiendas que presentan los grupos Entesa y Socialista—. Que la
actualización de las indemnizaciones se realice conforme al IPC del año
anterior —no debe ser utilizado como referente la revalorización de
las pensiones, ya que el IPC refleja la carestía de la vida—. Dar
categoría de perjudicados a las parejas de hecho, a fin de equiparar los
derechos de todos los colectivos, algo que no contempla el articulado de
la ley. Una mayor valoración económica para la persona o las personas que
se dedican exclusivamente a trabajar en el hogar —en ese sentido
presentamos una enmienda al artículo 60, en relación con el artículo 84
del proyecto de ley—. Una mayor compensación para las víctimas que
reducen su jornada para compatibilizar la vida laboral y la familiar. La
mejora de las prestaciones para aquellas víctimas que necesitan
cuidadores. Y mejoras de los precios/hora que tengan o deban tener las
cuidadoras.


Solicito el apoyo del resto de los grupos parlamentarios a todas
las enmiendas presentadas, que he resumido de forma muy sucinta.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Capella.


Para la defensa de las enmiendas 106 a 212, tiene la palabra el
senador Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Muchas gracias, señor presidente.


Intervengo, en primer lugar, para dar por defendidas las
enmiendas 149 a 212, correspondientes a los senadores Guillot y Saura. Y,
muy brevemente, voy a apuntar los cinco objetivos de las enmiendas 106
a 148, presentadas por los senadores socialistas del Grupo Entesa. Dichos
objetivos son los siguientes: en primer lugar, remover los obstáculos que
todavía existen en el articulado, que dificultan el acceso a las
indemnizaciones. En segundo lugar, adaptar el sistema a los criterios
jurisprudenciales y doctrinales más favorables a las víctimas, a pesar de
que no es muy abundante la jurisprudencia del Tribunal Supremo a este
respecto. En tercer lugar, mejorar el cálculo de las cuantías
indemnizatorias a las víctimas más vulnerables: a los menores de edad, a
las personas dedicadas a las tareas del hogar, etcétera, como también
citaba la senadora Capella. En cuarto lugar, mantener el equilibrio de
las cuantías indemnizatorias en el sistema, tratando de evitar un
encarecimiento para el conjunto de los asegurados, un riesgo que se puede
dar. Sobre esto poco nos dice la memoria económica, que desde luego no
existe. Sí se dice que habrá un ahorro en la sanidad pública, pero no
está cuantificado porque no hay, repito, memoria económica a este
respecto. Y el documento de la patronal de las aseguradoras no cumple la
función de memoria económica. Como digo, se trata de evitar este
encarecimiento e impulsar, entre otras medidas, un código de buenas
prácticas que beneficie a las víctimas más vulnerables y que trate de
evitar el retraso en el pago de las indemnizaciones. Y, en quinto lugar,
las enmiendas pretenden mejorar el sistema para las indemnizaciones
leves, que en esta reforma salen claramente perjudicadas —hay que
apuntarlo—. Conviene recordar que el 90 % de las víctimas de
accidentes de tráfico sufre lesiones leves, y en este caso se reducen las
indemnizaciones y de alguna manera se endurecen los requisitos legales
para acceder a estas. Con ello se ha intentado justificar la existencia
de fraude en este tipo de lesiones. Bien, todos rechazamos el fraude, por
supuesto, pero tampoco queremos que haya daños sin reparar.


Esto es lo que pretenden nuestras enmiendas, en el buen entendido
que consideramos que mejoran una ley que, en cualquier caso, votaremos
favorablemente.


Y, para acabar, quiero señalar al portavoz del Grupo Popular que
hoy no he criticado en esta comisión la tramitación de proyectos de ley
de competencia legislativa plena. Hoy no lo he hecho; supongo que lo haré
en otra ocasión —si esta se da— o en el Pleno, pero hoy no
tocaba. (Risas).


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Montilla. Doy fe de
ello.


Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió, para la defensa de las enmiendas 100 a 105, tiene la
palabra el senador Alturo.


El señor ALTURO LLOAN: Muchas gracias, señor presidente.


Efectivamente, mi grupo ha presentado seis enmiendas, todas las
cuales doy por defendidas; pero, como son pocas, y algunas de ellas
importantes y de calado, voy a explicar brevemente qué proponen.


La enmienda 100, de modificación, al apartado siete del
artículo 42.1, hace referencia al cálculo de la renta vitalicia. El
proyecto de ley establece que las remuneraciones irán de acuerdo con los
porcentajes del índice de revalorización de las pensiones previsto en la
Ley general de presupuestos, y nosotros entendemos que debe hacerse a
través del índice general de precios al consumo. Es decir, en atención a
la adecuada protección de las víctimas y al cumplimiento de los
principios que rigen las deudas de valor, las indemnizaciones deben
actualizarse de acuerdo con el IPC, el único criterio que en el ámbito
privado garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las
indemnizaciones que resulta necesario para satisfacer sus
necesidades.


La enmienda 101 está en consonancia con la anterior, porque
hablamos también de actualizaciones. Así, proponemos que a partir del mes
de enero de cada año el porcentaje sea el del índice general de precios
al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior. La
justificación es exactamente la misma.


La enmienda 102, de modificación, propone una mejora técnica de
carácter terminológico en materia de discapacidad, es decir,
clarificadora en la exposición, a fin de conseguir seguridad jurídica y
aspectos relativos a los productos de apoyo a la autonomía personal.


La enmienda 103, al apartado siete del artículo 114, que contiene
tres puntos, introduce algunas modificaciones. Por ejemplo, en relación
con el punto 1, sobre el resarcimiento de los gastos de la asistencia
futura en el ámbito hospitalario y ambulatorio, proponemos que sean
abonados «directamente» por las entidades aseguradoras a los servicios
públicos de salud, etcétera. Entendemos que esta terminología es
importante. El mismo punto se refiere también a la asistencia sanitaria
que podrá recibir el lesionado en centros públicos o —nosotros
añadimos la expresión «a su elección»— por parte de centros
sanitarios privados que hayan suscrito conciertos con los servicios
públicos de salud.


El punto 2 del mismo artículo comienza diciendo: Las entidades
aseguradoras y los servicios públicos de salud podrán… Nosotros
proponemos que se indique «suscribirán», a fin de ofrecer una mayor
garantía.


En cuanto al punto 3, establece que las entidades aseguradoras
abonarán a los servicios públicos de salud los gastos que garanticen la
asistencia sanitaria futura con carácter vitalicio. Nosotros entendemos
que el abono de los gastos previstos en el apartado 1 debe garantizar
esta asistencia sanitaria con carácter vitalicio.


Como ven, se trata de una enmienda técnica, cuyo objetivo global
es garantizar que el único perceptor de este concepto sea la sanidad
pública y evitar así otras interpretaciones que permitan la reclamación
directa de víctimas —la primera y la segunda—, para permitir
al lesionado elegir entre centro público y centro privado
concertado.


Con la enmienda 104, proponemos suprimir la letra d) del
artículo 135.1 del artículo único. La regulación de la carga de la prueba
que establece el citado artículo, de mantenerse en sus términos actuales,
pondrá en cuestión la efectividad del derecho de asistencia sanitaria de
los lesionados, pues, dadas las especiales exigencias probatorias de la
adecuación biomecánica que el mencionado precepto impone para el éxito de
la pretensión indemnizatoria, y teniendo en cuenta que tales exigencias
encarecerán en todo caso un eventual proceso judicial, los centros
sanitarios privados pueden rehusar la asistencia de este tipo de
lesionados sin que los centros sanitarios públicos tengan la obligación
de atender a esos pacientes, dado que los accidentes de tráfico están
excluidos de la cobertura obligatoria del Sistema Nacional de Salud. Por
todo ello, proponemos la eliminación de este punto.


Y, finalmente, la enmienda 105, de modificación, es también una
enmienda técnica. En la tabla no aparece la columna de importes de la
edad 19 porque se habían desplazado las edades en tabla, y nosotros
pretendemos corregir este defecto.


Estas son las enmiendas presentadas por nuestro grupo
parlamentario, que esperamos que el Grupo Popular tenga en cuenta para
mejorar este proyecto de ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Alturo.


Para la defensa de las enmiendas 213 a 255, ambas inclusive, del
Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el senador Ortiz.


El señor ORTIZ MOLINA: Muchas gracias, señor presidente.


El Grupo Parlamentario Socialista considera globalmente positivo y
muy necesario el proyecto de ley que estamos debatiendo, tal y como he
insinuado abiertamente al debatir el veto. Es más, entendemos que es un
factor muy favorable que cuente además con el aval de un amplio consenso.
En el Congreso de los Diputados lo hemos votado favorablemente e igual
vamos a hacer en el Senado. Sin perjuicio de esto, aunque en el Congreso
presentamos setenta y cinco enmiendas y varias de ellas fueron aprobadas,
todavía mantenemos cuarenta y tres enmiendas en el Senado porque, más
allá de las bondades del proyecto de ley, consideramos que puede ser
razonablemente mejorado.


Del conjunto de enmiendas del Grupo Socialista, ampliamente
conocidas por sus señorías, permítanme llamar la atención sobre algunas
en particular, especialmente sobre aquellas que pretenden mejorar el
sistema para la indemnización de las lesiones leves, claramente
perjudicadas, a nuestro juicio, en esta reforma. Además, es muy
conveniente tener en cuenta que, de acuerdo con los propios datos de la
Administración y del sector, las lesiones leves representan prácticamente
el 90 % de las que sufren las víctimas de accidentes de tráfico.


Así, la enmienda 216 pretende modificar el segundo párrafo del
punto 2 del apartado uno. En esta enmienda se incluyen en la excepción de
las reglas generales aplicables en los supuestos de culpa exclusiva o
concurrente, junto a los menores de 16 años, a aquellas víctimas que, por
padecer un elevado grado de discapacidad física o sensorial, deben quedar
protegidas con independencia de su grado de participación no dolosa en el
daño. Se modifica la primera línea del párrafo para que no quede excluido
el fallecimiento, el daño más grave que puede ocasionarse como
consecuencia de la circulación, y se amplía la edad de 14 a 16 años para
dotar de mayor protección a un colectivo de jóvenes especialmente
vulnerables.


La enmienda 217 pretende modificar el tercer párrafo del punto 2
del apartado uno. Tal y como figura redactado en el proyecto de ley, este
párrafo induce, a nuestro juicio, a confusión al introducir conceptos de
difícil concreción como conducta generalmente exigible para evitar la
agravación del daño o deber de la víctima de mitigar el daño. Por eso,
proponemos una nueva redacción: …si se produce un agravamiento del
daño como consecuencia del abandono del proceso curativo por parte de la
víctima. Creemos que esta redacción es muchísimo más clara.


La enmienda 218 pretende modificar el punto 3 del artículo 36. Se
suprime el término excepcionalmente por inducir a confusión en la
interpretación del párrafo. Por otro lado, se adecúa el resarcimiento de
los gastos a las necesidades específicas del familiar que precise este
tipo de tratamiento, sin limitarlo al plazo máximo de seis meses.


La enmienda 219 pretende modificar el punto 1 del artículo 37. El
proyecto de ley no tiene en cuenta en este aparado el hecho de que los
psicólogos clínicos tienen reconocido en el ordenamiento jurídico la
plena capacidad para valorar y tratar los problemas de salud mental,
competencia que es compartida con otros profesionales de la salud.


La enmienda 220 afecta, en el sentido de modificarlo, al punto 3
del artículo 37, que queda redactado en los siguientes términos: Los
servicios médicos proporcionarán —y aquí corregimos—, en el
plazo de quince días... A nuestro juicio, es necesario incorporar un
plazo razonable para la elaboración y entrega de un informe que resulta
crucial para la fijación de las indemnizaciones a las que tienen derecho
las víctimas.


La enmienda 247 pretende suprimir el punto 2 del artículo 40. Como
señalan, entre otras, las sentencias del Tribunal Supremo de 15 de
noviembre de 2002 y de 20 de diciembre de 2000, las deudas
indemnizatorias son deudas de valor que han de acomodarse al real cuando
se han efectivas a los perjudicados, lo que no tiene resultar
incompatible con los intereses potenciales a que se refiere el
artículo 20 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del contrato de seguro.
El proyecto de ley contempla que no procederá actualización a partir del
inicio del devengo de intereses de mora.


La enmienda 221 modifica el punto 1 del artículo 49 en los
siguientes términos. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de
esta ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus
tablas quedan automáticamente actualizados con efecto a 1 de enero de
cada año en el porcentaje del —corregimos nosotros— índice
general de precios al consumo correspondiente al año natural
inmediatamente anterior. Se trata de mantener el actual sistema de
actualización de las cuantías y límites indemnizatorios, pues la
utilización del índice de revalorización de las pensiones para la
actualización de las cuantías y límites indemnizatorios, como se
establece en el proyecto de ley, supone la utilización de un índice
creado ex profeso para la revalorización de las pensiones de la Seguridad
Social con el objetivo de mantener su equilibrio económico financiero y,
por tanto, sin relación directa con el objeto de este proyecto de
ley.


Las enmiendas 227, 228, 229 y 241 van destinadas a la justa
valoración del trabajo de quienes se dedican en exclusiva a las tareas
del hogar. Sirva a título de ejemplo lo que pretendemos con la
enmienda 227, formulada al artículo 84. En el proyecto de ley está
redactado en los siguientes términos. El trabajo no remunerado de la
víctima que no obtenía ingresos por ser la persona que contribuía al
sostenimiento de su unidad familiar mediante la dedicación exclusiva a
las tareas del hogar se valora en el equivalente a un salario mínimo
interprofesional anual. Y nosotros decimos: un salario anual y medio. De
no aceptarse esta enmienda, existiría una infravaloración de la
dedicación a las tareas del hogar en comparación con la valoración que se
hace en el proyecto respecto a los potenciales ingresos de quienes aún no
han accedido al mercado laboral.


La enmienda 233 modifica el punto 2 del artículo 108. En el
redactado del proyecto de ley comienza diciendo: El perjuicio muy grave
es aquel en el que el lesionado pierde su autonomía personal para
realizar… Y en esta enmienda proponemos que continúe: …los
actos más esenciales de la vida diaria tales como vestirse, desplazarse,
comer o análogos. Es decir, se equipara la definición del perjuicio muy
grave con la gran invalidez.


La enmienda 234 modifica el punto 5 del artículo 108, y queda de
la siguiente manera. El perjuicio leve es aquel en el que el lesionado
con secuelas de más de tres puntos —decía seis puntos y nosotros lo
corregimos— queda limitado —en lugar de pierde— para
llevar a cabo actividades específicas que tengan especial trascendencia
en su desarrollo personal. De mantenerse la redacción del proyecto de ley
en este apartado, se produciría, a nuestro juicio, un importante
retroceso en los derechos de aquellas víctimas cuyas lesiones constituyen
alrededor —tal y como he dicho antes— del 90 % de las
provocadas por accidentes de tráfico, según datos de la propia Dirección
General de Tráfico, al exigirse prácticamente la absoluta imposibilidad
de realizar una actividad frente a la exigencia de una limitación parcial
que exige la limitación en vigor. Por otro lado, es absolutamente
excesivo limitar este perjuicio a secuelas de más de seis puntos cuando
el 75 % de los accidentes con lesiones son de cero, uno, dos y tres
puntos.


La enmienda 243 modifica el punto 1 del artículo 135 en el sentido
de que los traumatismos cervicales menores requerirán para que se
indemnicen como lesiones temporales y/o secuelas que se acredite su
existencia mediante informe médico. La existencia de informe médico que
acredite la existencia de la lesión o secuela, una vez que se añaden
criterios de causalidad a dicho informe, debe ser, a nuestro juicio,
suficiente para acreditar el daño. La prueba médica complementaria que
contempla el proyecto de ley difícilmente puede, en infinidad de casos de
traumatismos cervicales, determinar lesiones temporales y mucho menos
secuelas, de acuerdo con criterios, ya no políticos, desde luego, sino
profesionales ampliamente compartidos.


La enmienda 248 modifica el punto 1 de la disposición adicional
primera. A efectos de resumir y no alargarme excesivamente, lo que
pretendemos en este caso es incorporar en la comisión de seguimiento del
sistema de valoración a todas las organizaciones representativas con
intereses en el correcto funcionamiento del sistema.


La enmienda 249 añade una nueva disposición adicional sobre la
necesidad de programas de formación. Se trata de contribuir —se
señala en la propia exposición de motivos del proyecto de ley—






, a
través de la difusión y formación, al objetivo de dotar de una
interpretación uniforme de las reglas del nuevo sistema de valoración que
dote de certidumbre al perjudicado y a las entidades aseguradoras
respecto a la viabilidad de sus respectivas pretensiones, garantizando
una respuesta igualitaria ante situaciones idénticas. Con ello estamos
seguros de que se evitará la judicialización de infinidad de
conflictos.


La enmienda 250 añade una nueva disposición adicional relativa al
código de buenas prácticas, en el sentido de que el Gobierno impulsará la
elaboración de un código de buenas prácticas en el que participen las
asociaciones de víctimas, el sector asegurador y cuantos agentes
intervienen en el proceso de indemnización a las víctimas de accidentes
de tráfico. Estimamos que consolidar prácticas razonables y útiles es una
gran contribución y que, sobre todo, eliminaría prácticas contrarias a la
ética social y a las normas comúnmente aceptadas por todos.


La enmienda 253 es de supresión. El párrafo que proponemos
suprimir incorpora exigencias para la valoración de las secuelas que son
claramente incompatibles con la total indemnidad de los daños y
perjuicios producidos. Creemos que este párrafo es ampliamente
contradictorio con las pretensiones de la propia ley.


Finalmente, la enmienda 255, que es de adición, pretende que se
contemple en el proyecto de ley el síndrome postraumático cervical, con
un arco de valoración de 1 a 8 puntos. Esta secuela se describe en la ley
vigente y no debería suprimirse. Las lesiones por esguince cervical
representan cerca del 80 % de las indemnizaciones en el momento actual.
Si no lo hacemos, por buena que sea la ley, el perjuicio para los
usuarios —en este caso, un colectivo amplísimo— será
francamente brutal.


Señor presidente, señorías, concluyo insistiendo en que, más allá
de las bondades del proyecto de ley, que las tiene, tal y como indiqué al
principio de mi intervención, sería muy oportuno aceptar las enmiendas
que proponemos, pues pretenden evitar que un amplio colectivo de víctimas
no vean perjudicados sus intereses.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Ortiz.


Pasamos al turno en contra.


Senadora Torme, tiene la palabra.


La señora TORME PARDO: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, en este turno, en el que voy a fijar la posición del
Grupo Parlamentario Popular, me remitiré también a alguno de los
argumentos que brillantemente ha pronunciado con anterioridad mi
compañero, el señor Barrionuevo, a la hora de debatir el veto presentado
por el señor Iglesias, porque precisamente en la contestación dada por mi
grupo a ese veto ya se han ofrecido bastantes argumentos en relación con
alguna de las enmiendas presentadas al articulado en las que han
coincidido los distintos grupos parlamentarios.


A la hora de explicar cuál es nuestra postura y el porqué del
rechazo a estas enmiendas al articulado, es fundamental volver a hablar
de algunas de las cuestiones a las que todos ustedes han hecho
referencia. Se trata de un proyecto de ley muy demandado. Verdaderamente,
era un proyecto muy necesario demandado por la sociedad civil, las
asociaciones de víctimas de accidentes de circulación, el propio sector
asegurador, los profesionales del ámbito jurídico y los grandes expertos
en responsabilidad civil, y los grupos parlamentarios también éramos
conscientes de ello. Por eso el Gobierno anterior puso en marcha una
comisión de trabajo y este Gobierno ha creado un comité de expertos y un
grupo de trabajo.


Llevamos bastante tiempo trabajando en este proyecto —más de
cuatro años—, por lo que ningún grupo podrá hablar en este caso de
celeridad, como ha hecho la señora Iparragirre, que al mismo tiempo ha
alabado —y creo que digo la frase textual— que se hubiera
escuchado al sector y a la sociedad. Esto es algo muy positivo. Cuando un
proyecto de ley llega a la Cámara con ese gran consenso de la sociedad
civil y de todos los expertos, algo se puede hacer, por supuesto; se ha
hecho y ha sido modificado en el trámite del Congreso de los Diputados.
El señor Ortiz ha dicho que allí se aceptaron varias enmiendas, y creo
que incorporar treinta enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista no es
aceptar unas pocas, considero que es una cuantía importante. De todas
formas, son ustedes conscientes de que esas pequeñas mejoras que se
introdujeron en el trámite llevado a cabo en la otra Cámara han
contribuido a perfeccionar el sistema o a aclarar algún concepto que
podía quedar un poco difuso. No obstante, entiendo que aceptar otras
enmiendas que se siguen manteniendo aquí supondría, en algunos casos,
desvirtuar los principios que sostienen este nuevo sistema. Una de las
finalidades fundamentales es objetivizar las indemnizaciones, que no se
produzca una personalización que nos lleve a obviar unos límites y unas
cuantías concretas, porque ello nos podría conducir otra vez a
situaciones anteriores no queridas: injusticia en algunos tratos,
respuestas distintas a situaciones idénticas en cuanto a daños y
secuelas. Algunos de esos principios desvirtuarían lo que se pretende, y
que es lo que compartimos todos los grupos de la Cámara. Por otra parte,
podrían romper el equilibrio —tengan en cuenta que los equilibrios
siempre son precarios— entre sectores que a veces están en
contraposición, como son las propias asociaciones de víctimas de
accidentes de circulación y el sector asegurador. De ahí que vayamos a
rechazar esas enmiendas, que no tienen un gran contenido político, tal y
como se ha demostrado con las distintas intervenciones de los
portavoces.


Me gustaría destacar algunas de las enmiendas que sí se llegaron a
aprobar en el trámite anterior. Cabe hablar de una mayor protección a los
afectados de esguinces cervicales, ya que ha hecho especial hincapié el
señor Ortiz. En contra de lo que él afirma, sí considero válida la
redacción del proyecto de ley, cuyo artículo 135.2 dice: La secuela que
derive de un traumatismo cervical menor se indemniza solo si un informe
médico concluyente acredita su existencia tras el periodo de lesión
temporal. A mí sí me parece válido ese informe médico concluyente, creo
que eso crea rigor y seriedad. Y aunque no se puede decir que las
víctimas de accidentes van a acudir al fraude, sí somos conscientes de
que se han producido supuestos de fraude. Por tanto, la existencia de un
informe médico concluyente sí introduce un rigor a la hora de valorar
esas lesiones y proceder a la asignación de las cuantías indemnizatorias
correspondientes.


Asimismo, durante el trámite del Congreso se han alcanzado
acuerdos para poder dar más iniciativa a los afectados en el
procedimiento de mediación en los casos de controversia. Un aspecto
novedoso de este proyecto es que se trate de alcanzar acuerdos
extrajudiciales, potenciando para ello la mediación.


Además, se han ampliado los conceptos de productos técnicos
previstos en la ley, algo que demandaba el grupo de CiU. Aquí mantienen
esa enmienda, pero yo quiero recordarle al señor Alturo que, precisamente
durante el trámite de la Comisión de Economía del Congreso, se incluyó no
solo la referencia a los productos técnicos sino también a los medios o a
aquellas ayudas técnicas que puedan potenciar la autonomía personal de
las víctimas de estos accidentes. Por lo tanto, dadas las transacciones
alcanzadas respecto a esa enmienda y a alguna otra que siguen defendiendo
aquí, creo que se han aceptado sus propuestas y que su grupo puede
entender que ha sido considerado positivamente. Asimismo, se han
incorporado —y esta enmienda la comparten distintos grupos—
los psicólogos clínicos a la hora de valorar las secuelas psicológicas de
los accidentes. Creo que son avances importantes.


Respecto a otras cuestiones que ustedes plantean, prácticamente
todos los grupos coinciden en que haya una indexación de la cuantía de
indemnizaciones al IPC. Recuerdo una ley en la que fui ponente, como
algunos de ustedes, en la que precisamente hablamos de la desindexación
de la economía. Esto iría en contradicción con el hecho de que no
queramos que haya mecanismos de traslación automática del IPC a distintos
supuestos. En este caso, las indemnizaciones se ligan al índice de
actualización de las pensiones, lo cual nos parece correcto.


Algunas de las enmiendas presentadas por los distintos grupos
parlamentarios pretenden potenciar el principio de personalización en
detrimento de la objetivación, cuestión a la que ya he hecho referencia
al inicio de mi intervención. Considero que esto introduciría
incertidumbre, al abrir la puerta a indemnizaciones e importes no
previstos en el proyecto, y precisamente eso es lo que no se quiere para
que no se den situaciones injustas o se produzca una mayor
discrecionalidad. Además, a la hora de cuantificar las indemnizaciones ya
se han tenido en cuenta las situaciones personales, sociales y familiares
de aquellas personas que pueden tener derecho a ellas.


En cuanto a las enmiendas dirigidas a dar mayor protección a los
menores de 14 años y personas con discapacidad, quiero decir que
precisamente eso es una novedad de este proyecto de ley que trajo a las
Cámaras el Gobierno, pues se da mayor protección a los menores de 14 años
y a las personas privadas de capacidad de culpa civil por un menoscabo
físico, intelectual, sensorial u orgánico; es más, tal y como señalaba mi
compañero, se tiene en cuenta ese tramo de edades que va de los 14 a
los 18 años, precisamente por la adquisición de la capacidad civil. Por
tanto, creo que este texto es muy garantista con aquellas personas más
vulnerables.


Asimismo, en el caso de la culpa exclusiva o concurrente de las
víctimas no conductoras de vehículos, hay que señalar que el proyecto de
ley no reduce en ningún caso la indemnización y que, además, se excluye
la acción de repetición contra los padres, tutores y demás personas
físicas que debieran responder por ellas legalmente.


Sobre la valoración del trabajo doméstico, varios grupos
parlamentarios presentan enmiendas, y lo ha defendido de forma especial
la señora Capella. Y esto es precisamente otra novedad del proyecto, que
se valore el trabajo no remunerado de la víctima que se dedica de forma
exclusiva a las tareas del hogar. Se valora en lo equivalente a un
salario mínimo interprofesional anual, cuantía que se puede incrementar,
en función de las personas dependientes que conviven en la unidad
familiar de la víctima, en otro medio salario mínimo interprofesional
anual. Creo que también es una medida adecuada.


Algún grupo nos propone la eliminación de los límites temporales a
los perjuicios económicos, y nuestro grupo considera que es necesario y
fundamental establecer esos límites temporales a este tipo de
perjuicios.


También se plantea la supresión de la disposición final segunda,
que es la que permite que el Gobierno pueda hacer una modificación de las
tablas. Yo creo que hay que tener unos límites ciertos, pero también
tiene que haber una adecuada flexibilidad en cuanto a la modificación de
esas tablas, sin que en ningún caso afecte al contenido del
articulado.


Varios grupos parlamentarios —creo que todos— plantean
la modificación de las tablas de valoración médica. Se trata de una
cuestión muy técnica que ha sido desarrollada con muchísimo trabajo y a
lo largo de estos más de cuatro años preparatorios por un amplio conjunto
de especialistas. Por ello, nuestro grupo parlamentario, con humildad,
considera que no debe modificarse en este trámite lo que a lo largo de
estos años ha hecho un grupo de especialistas médicos.


En cuanto a la modificación de la composición de la comisión de
seguimiento —enmiendas planteadas por el Grupo Parlamentario Entesa
y el Grupo Socialista—, proponiendo una extensión de esa
composición, creemos que en dicha comisión están representados los
sectores afectados, las víctimas y las aseguradoras, por lo que nos
parece una composición adecuada. Una comisión de seguimiento muy amplia
que engloba colectivos que no están directamente implicados en los
asuntos que se dilucidan en ella, al final puede afectar negativamente a
la dinámica del trabajo y hacer que sea mucho menos eficaz y
eficiente.


Plantean una última enmienda sobre la elaboración de un código de
buenas prácticas por parte del Gobierno. El Grupo Parlamentario Popular
considera que para la elaboración, tanto de ese código de buenas
prácticas como del informe que se pide en el proyecto de ley que hoy
debatimos y vamos a aprobar y que debe realizar la comisión de
seguimiento del sistema de valoración, no hay mejor órgano que la citada
comisión; es la más adecuada para elaborar todo tipo de informes, de
recomendaciones e incluso de códigos de buenas prácticas.


Por todos estos motivos, señorías, vamos a rechazar estas
enmiendas. Vuelvo a destacar que se trata de un proyecto de ley muy
necesario, y creo que todos los grupos que estamos aquí, quienes han
defendido enmiendas y quienes estamos debatiendo y analizando este
proyecto de ley, podemos estar satisfechos porque va a ser aprobado.
Muchos grupos, en especial el señor Alturo, pedían celeridad, prontitud y
que no se retrasase ni un día más, pues cuanto antes esté vigente el
baremo, mucho mejor, y eso es algo que compartimos todos. Con este nuevo
baremo todas las víctimas de accidentes de tráfico y sus familiares van a
estar mucho más protegidas. Y, desde luego, en una sociedad como la
actual donde muchos riesgos son inherentes a algo que es positivo, como
el tráfico o la circulación, todas las personas estamos afectadas, bien
como potenciales productores de esos riesgos en un accidente de
circulación o como posibles víctimas. De ahí que me satisfaga avanzar en
este trámite.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Torme.


Pasamos, a continuación, al turno de portavoces.


Senadora Capella, tiene la palabra.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Gracias.


Lamentamos que no se hayan admitido más enmiendas porque, como muy
bien decía la portavoz del Partido Popular, nos encontramos ante un
proyecto de ley eminentemente técnico, si bien es cierto que, aun siendo
técnico, rezuma ciertos desequilibrios que sí tienen contenido
político.


Voy a referirme a lo que ya he anunciado cuando he defendido mis
enmiendas. El seguro obligatorio de automóviles viene a cumplir una
función social y debe buscar, en todo caso, la reparación a ultranza. La
mayoría de las enmiendas presentadas por Esquerra Republicana van en el
sentido de reequilibrar un cierto desequilibrio a favor de las entidades
aseguradoras.


Quiero insistir en que el hecho de que la revalorización de las
cantidades contempladas en el baremo se efectúe en relación con las
pensiones no corresponde, como se decía también, a la adecuada deuda de
valor, que es como debe ser considerada en este caso la indemnización, y,
en consecuencia, en Esquerra Republicana entendemos que no cumple los
requisitos para su actualización.


También se recoge el valor económico de la persona que se dedica
en exclusiva a las tareas del hogar atendiendo a la valoración de un
salario mínimo interprofesional anual y medio. Nosotros defendemos la
valoración de un salario mínimo interprofesional anual y medio al
entender que es una manera de valorar adecuadamente —no
suficientemente, pero sí adecuadamente— el trabajo doméstico.
Existen estudios que lo justifican y el debate sobre valorar
adecuadamente el trabajo en el hogar se ha mantenido en el seno de la
sociedad durante muchos años, aunque en estos momentos de crisis no se
haya vuelto a hablar de ello.


Por lo tanto, nosotros consideramos que las enmiendas que Esquerra
Republicana ha presentado mejoran sustancialmente el texto del proyecto
de ley. No obstante, en atención al debate que suscita la actualización
del baremo y dada la necesidad imperiosa de su actualización, no será
obstáculo su no admisión para votar favorablemente el proyecto de
ley.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Capella.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, senadora Iparragirre.


La señora IPARRAGIRRE BEMPOSTA: Gracias, presidente.


Únicamente quiero hacer una matización porque no he debido
explicarme bien, dadas algunas de las intervenciones posteriores. He
hablado de la forma de legislar, pero no porque entendamos que tenga que
haber más tiempo para debatirlo. Compartimos la necesidad de la
actualización de los baremos que aquí se presentan y por eso he
manifestado la opinión favorable de mi grupo, tanto respecto al contenido
del proyecto como a los acuerdos conseguidos fruto del trabajo realizado
en todo ese tiempo. Mi matiz era más metodológico y de forma en tanto que
no solo era por la tramitación de este proyecto de ley sino por la de
todos, y por eso he hecho alusión al pasado Pleno y al que vamos a tener
esta semana.


Por lo tanto, quiero aclarar que compartimos la necesidad de
implementar cuanto antes las medidas que se fijan en el proyecto —y
algún portavoz ha hablado, y también se comentó en el debate del
Congreso, de no ampliar los plazos para que no se dilaten los
tiempos—, pero sí quiero matizar que estamos en desacuerdo con la
forma en la que se están llevando a cabo estas tramitaciones.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Iparragirre.


Por el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i d’Unió,
tiene la palabra el senador Alturo.


El señor ALTURO LLOAN: Muchas gracias, presidente.


Senadora Torme, quisiera puntualizar tres aspectos que ha
comentado. En primer lugar, usted ha hablado de agilidad y está en lo
cierto, hace falta. Después de cuatro años, después del tiempo que se ha
estado esperando y de la necesidad que había, que tienen sobre todo
determinadas asociaciones de tipo civil, la verdad es que es necesaria.
Pero no tiene por qué ser motivo para no aceptar enmiendas. Porque parece
que quieren ustedes rapidez para evitar el paso otra vez por el Congreso
e ir, en consecuencia, directamente al boletín. Espero que no sea esta la
razón de tanta agilidad en este momento.


En segundo lugar, nos ha hablado también de la desindexación. Es
cierto, tratamos un proyecto de ley de desindexación. Pero les quiero
decir que nosotros estamos en contra. Porque continuamos siendo
coherentes con lo que pensamos, que las revalorizaciones de las pensiones
vitalicias tienen que hacerse conforme al IPC. Por eso, quiero dejar
constancia, una vez más, de que esta es una ley que hicieron ustedes y
que nosotros no apoyamos.


En tercer lugar, usted ha hecho gala de los consensos, de los
equilibrios frágiles que a veces hay; los ha habido; estamos totalmente
de acuerdo; se lo hemos reconocido casi todos los portavoces; y esto es
bueno. Pero permítanme que les diga que ojalá hubieran hecho gala de esta
actitud de consenso con la gran mayoría de las leyes que han pasado por
aquí y que no ha sido posible aprobar. Porque ustedes simplemente han
aplicado el rodillo parlamentario. Y esto también lo tenemos que
manifestar.


Finalmente, permítanme recordarles aquella frase del preámbulo
sobre las indemnizaciones por daño corporal. Se dice en el preámbulo que
la finalidad última es lograr la total indemnidad de los daños y
perjuicios padecidos para situar a la víctima en una posición lo más
parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente.
Estamos totalmente de acuerdo con esta frase y es cierto que mucho se ha
avanzado. En el Congreso, con las enmiendas que se han aceptado a nuestro
grupo, hemos también avanzado —lo reconocemos— en aspectos
muy importantes: incrementar la protección de las víctimas, progresar en
el tratamiento resarcitorio de los perjudicados por los accidentes de
tráfico, establecer un sistema indemnizatorio más activo y, por lo tanto,
más actualizado, agilizar la justicia y establecer y dar un impulso,
sobre todo, al procedimiento de resolución extrajudicial. Y nosotros
también sentimos que hemos participado en la consecución de estos
objetivos que acabo de mencionar.


En definitiva, nosotros, como ya he dicho antes, vamos a dar apoyo
a este proyecto de ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Alturo.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el senador Ortiz.


El señor ORTIZ MOLINA: Gracias, señor presidente.


Tras escuchar a la senadora Torme, tengo la necesidad vital de
ratificarme en los argumentos del Grupo Parlamentario Socialista porque
creo que, de aprobarse nuestras enmiendas, el proyecto de ley mejoraría
notablemente. Es verdad que en el trámite en el Congreso de los Diputados
se aprobó un número importante enmiendas pero, tal como decía la señora
Torme, ninguna de aquellas enmiendas aceptadas tenía una transcendencia
especialmente relevante a los efectos de influir de manera decisiva en la
configuración final del proyecto de ley.


Ha dicho que este es un proyecto de ley ampliamente consensuado.
Es verdad. Lo he dicho yo cada vez que he tenido ocasión de intervenir en
este debate, pero lo que no puede uno hacer es enrocarse en la idea de
que es un proyecto consensuado y, en consecuencia, mejor no tocarlo
porque cualquier consenso siempre es fruto de una negociación.
Efectivamente, este proyecto de ley tiene un amplio consenso, que es
fruto de una amplia negociación entre todos los sectores afectados, pero
siendo eso verdad, también lo es que en cualquier proceso negociador la
parte más fuerte doblega en mayor medida a la parte menos fuerte. Aquí es
donde nosotros, sin necesidad de romper ese consenso ni malograr las
conclusiones de esa negociación, deberíamos corregir, con mejor criterio,
algunos aspectos que han quedado francamente desequilibrados, aunque sean
fruto del consenso y de la negociación. Para eso estamos nosotros, para
corregir incluso lo bueno y hacerlo mejor. Esa es la oportunidad que
teníamos hoy.


Para finalizar, lamento, entre comillas, que cada vez que hablamos
de daños leves o de secuelas cervicales, no solamente aquí sino también
en el proceso negociador en el Congreso, haya una tentación enfermiza de
hacer inmediatamente referencia al fraude. Eso sí que es una indexación
innecesaria y, a mi juicio, injusta, entre otros motivos porque todo el
mundo admite —los agentes del sector, las asociaciones afectadas y
la propia Administración pública—, pese a que el fraude encuentre
en los daños leves y en el mundo pseudofilosófico de las consecuencias de
los daños cervicales su mejor caldo de cultivo, que el fraude en España,
en ningún caso, llega al 8 %. No hay nadie en el sector ni en la
Administración que admita que el fraude en España, en relación con los
accidentes de tráfico, ni tan siquiera llegue al 8 %. En consecuencia,
sería bueno olvidar la vertiente del fraude. Todos estamos en contra del
fraude, evidentemente, pero no lo utilicemos como cortina de humo para
esconder otras cosas que requerirían argumentos mucho más sólidos.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Ortiz.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la senadora
Torme.


La señora TORME PARDO: Gracias, señor presidente.


Ahora sí, finalizamos, con esta intervención del Grupo Popular, la
tramitación de la reforma del sistema de valoración de daños; proyecto
que, sin duda, es muy importante, muy necesario, después de esos más de
veinte años de vigencia del anterior baremo.


Hemos hablado todos del alto grado de consenso alcanzado, no solo
por la sociedad civil, que impulsó esta iniciativa, sino en el propio
parlamento, que es algo muy importante. Por supuesto, no es un motivo
para esconderse, señor Ortiz; en eso estoy de acuerdo con usted. El Grupo
Parlamentario Popular no se esconde en el consenso a la hora de rechazar
algunas de las enmiendas que hoy han debatido ustedes aquí. Si las
rechazamos es porque no creemos que mejoren el texto que hoy vamos a
aprobar. Permítame que discrepe. Ahí están las reglas de la democracia;
cada uno tiene sus criterios, sus argumentos y, en este caso, mi grupo
considera que no solo no se mejoraría, sino que en algunos casos se
empeoraría o podría inducir a confusión e, incluso, a romper ese
equilibrio, tan precario y tan difícil de conseguir, que han logrado la
propia sociedad civil y entidades con intereses contrapuestos. De ahí que
si expresamos hoy nuestra satisfacción es precisamente porque hay
asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico que han mostrado su
apoyo a este proyecto de ley. Yo conozco especialmente a una, Aesleme,
cuya portavoz, Mar Cogollos, es de esas personas que han trabajado en el
sector del tráfico en propuestas constructivas; una persona que ha
sufrido lesiones medulares y que, con una gran entereza y un espíritu
positivo y constructivo, siempre tiene iniciativas. Que asociaciones como
esa, o como todas las demás que ustedes antes han citado, expresen su
satisfacción y se adhieran a este proyecto, a mí me llena de satisfacción
y hace que nuestro voto afirmativo lo podamos dar con mucho orgullo.


De la forma de legislar también ha hablado. La señora Iparragirre
ponía en cuestión el matiz metodológico. Yo tengo que decirle que nos
encontramos en una legislatura en la que hemos tenido como impulsor de
textos legislativos a un Gobierno muy reformista. La verdad es que hemos
tramitado muchísimos proyectos de ley que han abordado grandes reformas
que, afortunadamente, empiezan a dar su fruto. Esta es la Comisión de
Economía y en ella hemos ido viendo, en el trascurso de las
comparecencias que hemos tenido, cómo un panorama, que era verdaderamente
tenebroso al inicio de la legislatura, se ha ido despejando. Este
Gobierno ha trabajado desde el primer día de la legislatura y va a seguir
haciéndolo hasta el último. ¿Que eso a veces hará que tengamos sesiones
como las de la semana pasada, y que acabaremos a las 10, 11 o 12 y pico
de la noche? Pues sí, estamos a final de la legislatura y queremos que
proyectos que están en marcha puedan verse aprobados, como hoy hacemos
con este baremo que vamos aquí a aprobar.


El señor Alturo hablaba del trámite de las enmiendas, de que la
celeridad del mismo tenía como consecuencia que aquí no quisiéramos ver
más. Ya se lo he dicho, creemos que esas enmiendas que hoy hemos debatido
no mejorarían ese proyecto de ley. No obstante, todos hemos contribuido a
su mejora. Se han aprobado muchas en el parlamento, porque el texto venía
muy consensuado, porque ha sido muy trabajado a lo largo de esos más de
cuatro años previos a la redacción del texto articulado que remitió el
Gobierno a las Cortes Generales. Y, por todo ello, en este último
trámite, el Grupo Parlamentario Popular quiere expresar su satisfacción
porque se apruebe finalmente este proyecto que ha sido el resultado de
mucho esfuerzo, de mucho diálogo y entendimiento entre todos los grupos
políticos.


Este proyecto tiene una gran transcendencia social, humana y
económica puesto que, como decía en mi intervención anterior, en nuestra
sociedad, de los riesgos generados por la actividad humana, el de la
conducción es precisamente uno de los más habituales al que todos estamos
expuestos; de ahí la importancia de conseguir los objetivos que se
incluyen en este proyecto de ley, de los que mencionaría fundamentalmente
tres. Primero, conseguir una indemnización suficiente para hacer efectivo
el principio de reparación íntegra de los daños y perjuicios causados.
Para ello, se incrementa la cuantía de las indemnizaciones y se actualiza
el sistema. Desde luego, para resumir, no hay mejor frase que la que
resaltaba el señor Alturo: hay que volver a restituir a una víctima de un
accidente de circulación a la situación que tenía previamente a haberlo
sufrido. Eso es lo que perseguimos todos, y con este baremo se va a
contribuir a ello. Segundo, un objetivo sin duda también muy importante,
conseguir una interpretación uniforme de las reglas del sistema que dote
de certidumbre tanto al perjudicado como a las entidades aseguradoras y
garantice así una respuesta igualitaria ante situaciones idénticas,
evitando esas injustas disparidades que todos hemos podido conocer.
Tercero, y, no menos importante, facilitar la rápida resolución de los
conflictos. Para ello se impulsa la mediación y la adopción de acuerdos
extrajudiciales.


Señorías, podemos hoy aprobar, con orgullo y satisfacción, porque
la labor está bien hecha y es útil a la sociedad, este proyecto de ley;
proyecto que comporta un incremento de las indemnizaciones por
fallecimiento de un 50 %; un incremento medio en la cuantía de las
indemnizaciones de los lesionados que sufren alguna secuela de carácter
permanente de un 35 %, y un incremento con carácter medio del importe de
las indemnizaciones superior al 16 %. El esfuerzo realizado es importante
y el incremento de las cuantías contribuye sin duda a cumplir estos fines
que perseguimos. Además, este proyecto incluye en el derecho a la
indemnización una mejor individualización del daño que sufren las
víctimas teniendo en cuenta sus circunstancias personales, familiares y
económicas. También como novedad se incluye —a ello hemos hecho
mención antes— a las personas que desempeñan tareas del hogar por
el perjuicio económico que pueden sufrir. Asimismo, se contempla una
protección reforzada de los menores y de las personas con algún tipo de
discapacidad; y la revisión de las cuantías conforme al índice de
revalorización de las pensiones, aspecto que a este grupo le parece
adecuado. Un aspecto también importante es que se objetiva el cálculo del
lucro cesante y se incluyen partidas de gastos asistenciales
futuros.


Por último, destacaría que se contemple una comisión de
seguimiento del sistema de valoración, para que todo aquello que pueda
ser, con el curso de los años, mejorable, se mejore; se da un plazo de
tres años para elaborar un informe y analizar todas las repercusiones
jurídicas y económicas del sistema que hoy vamos a aprobar, de manera que
cuando se vaya viendo la marcha de este nuevo baremo contemos con un
órgano donde estén también los sectores especialistas y afectados para
que con su palabra puedan contribuir a hacer mejoras.


Aprobamos este proyecto de ley que va a contribuir a mejorar la
vida de los ciudadanos que diariamente asumimos esos riesgos inherentes a
la circulación de vehículos, con un sistema de valoración de daños que es
más justo, más eficaz y más ágil para ayudar a la recuperación, a la
reparación y a la mitigación de los efectos de toda índole de daños que
sufren las víctimas de accidentes de circulación y sus familiares. Y
seguiremos todos trabajando para que haya menos accidentes de tráfico,
para que haya menos víctimas y para que las secuelas de esos accidentes
sean menos graves. Pero, en todo caso, con este nuevo baremo, las
posibles víctimas y sus familiares estarán más y mejor protegidas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Torme.


Finalizadas las intervenciones anteriores, y al no existir informe
de la ponencia, pasaremos a votar las enmiendas. Antes de proceder a la
votación, voy a señalar dos cuestiones previas. La primera es que conste
en acta expresamente la ausencia del senador Montilla, que ha comunicado
a esta Presidencia, por un viaje inexcusable; y la segunda es que,
durante la votación, no se podrá salir ni entrar de la sala, algo que
ustedes conocen perfectamente.


Iniciamos la votación, una vez que la señora letrada ha comprobado
la asistencia de los señores senadores.


Procedemos a la votación de las enmiendas 1 a 4; 6, 9, 11
a 17, 19, 21 a 24; 26, 27, 29 a 37; 40 a 43, 45 a 50; 52, 53, 55, 56, 58
a 61, 63 y 64, del senador Iglesias Fernández, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Continuamos con la votación de las enmiendas
números 5, 7, 8, 10, 18, 20, 25, 28, 38, 39, 44, 51, 54, 57 y 62, del
senador Iglesias Fernández, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 20; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda número 65, de la Senadora Capella i Farré, del
Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 16; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Continuamos con la votación de la enmienda 66, de la senadora
Capella i Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 20; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Continuamos con la votación de las enmiendas números 68 a 70, de
la misma senadora, Ester Capella i Farré, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos, a continuación, a la votación de las enmiendas 71 a 75,
de la misma senadora, Capella y Farré, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas números 76 a 79, de la senadora Capella i
Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 80 y 89, de la senadora Capella i
Farré.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 14; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda número 67 de la misma senadora, Capella i
Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 14; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 81, 83 a 88, 90, 92, 93, 96 y 97, de la
senadora Capella i Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Continuamos con la votación de las enmiendas 82, 94, 95, 98 y 99
de la senadora Capella i Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 20; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 106 a 113 y 115 a 148, del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Continuamos con la votación de la enmienda 114 del mismo Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 149 a 153, 157, 159 a 165, 167, 169
a 172, 174, 175, 177 a 181, 183 a 186, 189 a 192,194 a 198, 200
a 203, 205 a 208 y 210 a 212 del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés
de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Continuamos con la votación de las enmiendas 154 a 156, 158, 166,
168, 173, 176, 182, 187, 188, 193, 199, 204 y 209 del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en
contra, 20; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Continuamos con la votación de las enmiendas 100 a 105 del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 213 a 220, y 222 a 255 del Grupo
Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 221 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos, a continuación, a la votación del texto remitido por el
Congreso de los Diputados.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 23.


El señor PRESIDENTE:






Queda definitivamente aprobado por las Cortes
Generales el Proyecto de Ley de reforma del sistema para la evaluación de
los daños y perjuicios causados a la personas en accidentes de
circulación.


Muchas gracias a todos por su presencia en esta sesión.


Se levanta la sesión.


Eran las catorce horas.