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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 110, de 27/05/2014
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2014 X LEGISLATURA Núm. 110

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. RICARDO TARNO BLANCO

Sesión núm. 17

celebrada el martes,

27 de mayo de 2014

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Álvarez de Miranda García), para informar sobre:


- Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la incapacidad temporal por las entidades del sistema de la Seguridad Social. (Número de expediente del Congreso 251/000160 y número de expediente del Senado 771/000161) ... href='#(Página2)'>(Página2)


- Informe anual de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicios 2010 y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000162 y número de expediente del Senado 771/000157) ... (Página9)


- Informe de fiscalización de la legalidad de las actuaciones del Fondo de reestructuración ordenada bancaria, de los fondos de garantía de depósitos y del Banco de España relacionadas con la reestructuración bancaria, referida al periodo
2009-2012. (Número de expediente del Congreso 251/000163 y número de expediente del Senado 771/000159) ... (Página17)


Debate y votación de las propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización de los gastos derivados de la Presidencia española de la Unión Europea. (Número de expediente del Congreso 251/000047 y número de expediente del Senado 771/000046) ... (Página29)


- Informe de fiscalización de las mancomunidades de Aguas de la Comunidad Autónoma de La Rioja. (Número de expediente del Congreso 251/000049 y número de expediente del Senado 771/000047) ... (Página29)



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- Informe de fiscalización de los planes y programas presupuestarios de fomento y apoyo a las pequeñas y medianas empresas (pymes) aplicados por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. (Número de expediente del
Congreso 251/000050 y número de expediente del Senado 771/000048) ... (Página30)


- Informe anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicios 2010 y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000140 y número de expediente del Senado 771/000138) ... (Página30)


- Informe anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicios 2010 y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000141 y número de expediente del Senado 771/000139) ... (Página30)


- Informe anual de fiscalización de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicios 2010 y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000156 y número de expediente del Senado 771/000154) ... (Página30)


- Informe anual de fiscalización de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicios 2010 y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000157 y número de expediente del Senado 771/000155) ... (Página30)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Zaragoza, ejercicios 2008 y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000092 y número de expediente del Senado 771/000090) ... (Página30)


- Informe de fiscalización de la Universidad de La Rioja, ejercicios 2008 y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000100 y número de expediente del Senado 771/000097) ... (Página30)


- Informe anual de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicios 2008 y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000101 y número de expediente del Senado 771/000098) ... (Página30)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Murcia, ejercicios 2008 y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000103 y número de expediente del Senado 771/000102) ... (Página30)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Cantabria, ejercicios 2008 y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000104 y número de expediente del Senado 771/000101) ... (Página30)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Extremadura, ejercicios 2008-2009. (Número de expediente del Congreso 251/000118 y número de expediente del Senado 771/000116) ... (Página30)


Se abre la sesión a las once y veinte minutos de la mañana.


COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (ÁLVAREZ DE MIRANDA GARCÍA), PARA INFORMAR SOBRE:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL POR LAS ENTIDADES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL. (Número de expediente del Congreso 251/000160 y número de expediente del Senado 771/000161).


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión de esta Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas con la presentación por parte del señor presidente del Tribunal de Cuentas, el señor Álvarez



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de Miranda, del siguiente informe: Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la incapacidad temporal por las entidades del sistema de la Seguridad Social.


Tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del 27 marzo de 2014 ha aprobado el informe sobre la gestión y control de la incapacidad temporal por las entidades del
sistema de la Seguridad Social. Han sido objeto del informe los procedimientos de gestión y control sobre la incapacidad temporal aplicados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y las mutuas de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como los procedimientos de intercambio de información entre las entidades del sistema de la Seguridad Social, los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas
y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.


El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social a efectos de incapacidad temporal distingue entre las contingencias profesionales -por accidente de trabajo o enfermedad profesional- y las contingencias comunes con diferente
acción protectora. Las obligaciones reconocidas netas en incapacidad temporal por las entidades del sistema de la Seguridad Social fueron de 6.241 millones de euros en 2011 y de 5.360 millones de euros en el ejercicio 2012. Los instrumentos para
la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal y la prestación económica que llevan asociadas son fundamentalmente los siguientes. En primer lugar, los partes médicos expedidos por los facultativos pertenecientes a los servicios
públicos de salud autonómicos del Instituto Nacional de la Gestión Sanitaria o de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. En segundo lugar, el examen médico al trabajador en situación de incapacidad
temporal por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y las mutuas. Y, en tercer lugar, la comprobación de que los importes deducidos por las empresas en concepto de incapacidad son los correctos.


Entrando en los resultados de la fiscalización, los servicios públicos de salud de varias comunidades autónomas incumplieron la obligación de remitir los partes médicos de confirmación de los procesos de incapacidad temporal, prevista
reglamentariamente, lo que impidió al Instituto Nacional de la Seguridad Social realizar los controles adecuados sobre dichos procesos. La base de datos que gestiona esta última entidad gestora presentaba limitaciones y carecía de información
referente a los procesos de incapacidad temporal a cargo de las empresas que colaboran voluntariamente en la gestión de la misma.


El número de procesos de incapacidad temporal no controlados ni informáticamente por los servicios centrales del Instituto Nacional de la Seguridad Social ni manualmente por sus direcciones provinciales fue de 1.915.242, cifra que representa
el 64 % del total de procesos a cargo de dicha entidad gestora, lo que supone un grave defecto de control interno. Estos procesos de incapacidad temporal que no fueron objeto de comprobación supusieron, entre el 1 de octubre de 2010 y el 31 de
diciembre 2012, un importe estimado de al menos 1.185 millones de euros, correspondiente al gasto en incapacidad temporal por contingencias comunes, cuyas prestaciones fueron financiadas por la Seguridad Social sin que hubieran sido sometidas a
control alguno por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. El número de procesos de incapacidad temporal que los servicios centrales de dicha entidad gestora pretendían comprobar y controlar en el ejercicio 2012 disminuyó en un 31,4 %
respecto al ejercicio anterior y el de los procesos comprobados mediante su envío a la Tesorería General fue apenas el 36 % del total de procesos susceptibles de control. Por otra parte, el cruce informático realizado tampoco fue eficiente, ya que
un total de 110.114 procesos de incapacidad temporal que fueron enviados a la Tesorería General de la Seguridad Social no pudieron ser validados ni comprobados, por lo que las deducciones practicadas por las empresas correspondientes a estos
procesos también quedaron fuera del control del Instituto Nacional de la Seguridad Social.


En cuanto los controles existentes en la base de datos de recaudación de la Tesorería General respecto de las deducciones de incapacidad temporal, los mismos presentaban numerosas deficiencias. En la gestión de la incapacidad temporal por
el Instituto Social de la Marina se detectaron deficiencias e irregularidades en las deducciones practicadas por las empresas por contingencias comunes. Además, la información contenida en la aplicación Presmar, que utiliza el Instituto Social de
la Marina para la gestión de las prestaciones de incapacidad temporal, no era coherente con la información financiera y presupuestaria que se deduce de las cuentas anuales rendidas por esta entidad gestora al Tribunal de Cuentas.



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Por lo que se refiere a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el procedimiento implantado para la transmisión diaria al Instituto Nacional de la Seguridad Social de los partes médicos de alta y baja en los
procesos de contingencias profesionales a su cargo presentaban numerosas deficiencias, dado que no permitía la transmisión de los partes médicos de confirmación ni la corrección de errores por parte de las mutuas. Asimismo, las demoras existentes
en los servicios públicos de salud autonómicos respecto a la prestación de asistencia sanitaria a los trabajadores asegurados por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por contingencias comunes ocasionó que determinados
procesos de incapacidad temporal se alargasen de forma innecesaria, lo que supuso que el importe de la prestación económica se incrementase por causas ajenas a su gestión, con consiguiente perjuicio económico.


Por otro lado, el control de las mutuas sobre el pago delegado fue mucho más fiable y eficiente que el implantado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, dado que aquellas recibían de la Tesorería General toda la información
necesaria para efectuar los controles sobre las deducciones practicadas por las empresas asociadas con sus propias aplicaciones informáticas. En consecuencia, los importes de las reclamaciones de deudas solicitadas por las mutuas a la Tesorería
General por deducciones indebidas en incapacidad temporal fueron significativamente superiores a las comunicadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.


El gasto presupuestario imputado por esta última entidad gestora en concepto de incapacidad temporal correspondiente a las empresas que colaboraban voluntariamente en su gestión aumentó un 3,08 % en el período 2011-2012, lo que contrasta
significativamente con la disminución en un 14,11 % de las obligaciones reconocidas por el conjunto del sistema de la Seguridad Social para la misma finalidad.


La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social no recibía información alguna relativa a las empresas que colaboraban únicamente en la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal por contingencias comunes, sin
prestar asistencia sanitaria, por lo que no realizó las actuaciones que tiene encomendadas de tutela y gestión sobre estas empresas.


Por otro lado, en el informe se observa que existe el riesgo de que las empresas que colaboran voluntariamente en la gestión de la incapacidad temporal al finalizar su colaboración no efectúen el ingreso en la Seguridad Social de los
excedentes, debiendo tenerse en cuenta que una de las principales causas de finalización de la colaboración es la solicitud de concurso o situaciones similares.


Por lo que se refiere a los convenios de colaboración para el control de la incapacidad temporal, es preciso indicar que de la documentación justificativa de la ejecución de los convenios formalizados entre el anterior Ministerio de Trabajo
e Inmigración y las comunidades autónomas, correspondientes al ejercicio 2011, se han detectado gastos indebidamente financiados cuyo reintegro debe exigir el Instituto Nacional de la Seguridad Social, junto con los correspondientes intereses de
demora.


Además de los reintegros anteriores, se han detectado irregularidades en la gestión de los convenios de colaboración en relación con los pagos efectuados a quince comunidades autónomas -todas, excepto las del País Vasco y Navarra-, en virtud
de los objetivos correspondientes al indicador sobre prevalencia y al indicador sobre días de incapacidad temporal por afiliado. El Instituto Nacional de la Seguridad Social debe aportar los datos estadísticos ciertos relativos al ejercicio 2011 de
ambos objetivos y proceder a calcular la correcta financiación que correspondería a cada comunidad autónoma.


Finalmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social no aplicó los mismos criterios de valoración para justificar los convenios de colaboración suscritos con la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra en
relación con el resto de comunidades autónomas, lo que supuso un tratamiento diferente e injustificado entre distintas comunidades.


El señor PRESIDENTE: El señor Sixto por el Grupo de La Izquierda Plural.


El señor SIXTO IGLESIAS: Señor presidente, intervengo para llamar la atención sobre dos cifras y pedir una aclaración sobre una cuestión que ha comentado el señor presidente. Nos ha llamado poderosamente la atención la cifra de que el 64 %
de las incapacidades temporales de la Seguridad Social están sin control por el propio sistema de la Seguridad Social. Primer dato sorprendente. Pero el segundo dato realmente sorprendente es que el 31 % ha disminuido en el ejercicio 2012 respecto
al ejercicio anterior. Eso es lo que se desprende de este informe, si no lo he entendido mal. Esto es responsabilidad de este Gobierno, del Gobierno del Partido Popular. Ha habido un empeoramiento en la gestión del control de la Seguridad Social
que va ligado, además, a la dinámica que lleva la señora ministra de Trabajo de tratar de convertir a los trabajadores en delincuentes incrementando las penas y las multas por los



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pretendidos fraudes que se producen a la Seguridad Social precisamente en este tipo de cuestiones. Por eso nos llama poderosamente la atención que este Gobierno continúe con una dinámica más de castigo ejemplarizante -una dinámica muy
antigua- en lugar de tratar de mejorar en los instrumentos de control. No encontramos ninguna explicación razonable -no sé si el tribunal la habrá encontrado- para que haya disminuido ese control. Ha dicho que las mutuas parece ser que pagan
mejor. Al final nos encontramos otra vez con que parece ser, según el informe del tribunal, que lo privado funciona mejor, pero lo que pasa es que lo público no funciona bien porque quien lo gestiona no lo gestiona correctamente con los mejores
parámetros para el bien público.


Una pregunta. ¿Exactamente en qué ha habido inconsistencia de cuentas, señor presidente del tribunal? ¿Hay inconsistencia entre los datos que se han proporcionado por un lado y los datos de este informe?


El señor PRESIDENTE: La señora Blanquer Alcaraz, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra.


La señora BLANQUER ALCARAZ: En primer lugar, quiero agradecer al presidente su comparecencia y la exposición del informe de fiscalización sobre la gestión y control de la incapacidad temporal por las entidades de la Seguridad Social.
Quiero destacar la relevancia de este informe, dado que revela disfunciones en el control de los procesos tramitados de incapacidad temporal que deben tener como consecuencia la incorporación inmediata de las medidas que sean necesarias para
corregir los defectos o errores detectados; implementar medidas de control permanente sobre los procesos iniciados para detectar no solo prestaciones indebidas, sino también detectar y eliminar los abusos que se estén dando en perjuicio del derecho
del trabajador; y tercero, reclamar, una vez verificado, cualquier ingreso, prestación o deducción indebida que se haya podido producir y no se haya reclamado.


Ahora bien, si bien es cierto que es imprescindible la incorporación de mejoras, es importante hacer alguna consideración, dado que no parecería justo que se diera la impresión de que no se ha adoptado ningún tipo de control en los procesos
de incapacidad temporal -me gustaría que el presidente corroborara que esto no es así-; y, lo que es más grave, que se utilizara este informe como excusa para derivar funciones de los entes públicos a las mutuas. De hecho, en concepto de
incapacidad temporal el gasto total del sistema de la Seguridad Social se redujo más de un 45 % en el periodo 2006-2012. Esta reducción no solo ha venido motivada por la crisis económica, sino por las medidas normativas y de gestión sobre el
control y seguimiento de los procesos de incapacidad temporal que se han ido adoptando a lo largo de este período.


Tal y como ha expresado en su comparecencia, el informe detecta algunos defectos de control interno que cabe corregir y que representan un importante riesgo de fraude a la Seguridad Social; entre ellos, desde el Grupo Socialista queremos
destacar algunos por su importancia. El primero es la insuficiente comunicación y coordinación entre las distintas entidades de la Seguridad Social que participan en la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal. El segundo es el
incumplimiento de algunas comunidades de remitir a la Seguridad Social los partes médicos de confirmación de las bajas temporales y -lo que es peor- que no les son requeridos por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. El tercero es la
falta de validación de algunos procesos que deberían haber sido considerados como de recaída; una cuestión que no se ha mencionado pero que nos parece importante es evitar las falsas altas detectadas en la contingencia profesional que pasan a
contingencia común para que el gasto sea asumido por el INSS. El cuarto es el elevado porcentaje de procesos no controlados ni informáticamente por los servicios centrales del INSS ni manualmente; a ello hacía referencia el compañero Sixto en su
anterior intervención. En 2011 los procesos de contingencias comunes no controlados por el INSS de pago delegado eran un 62,1 %, que ascendió a un 65,8 % en 2012; y los procesos de contingencias profesionales no controlados también tuvieron una
evolución similar, de un 64,5 % a un 72,8 %. Por tanto, llama poderosamente la atención la reducción considerable de los controles realizados por la Seguridad Social en el año 2012. Según consta en la página 55 del informe, en 2011 se realizaron
cruces informáticos entre el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social en un total de 557.483 procesos y en 2012 estos cruces se redujeron a 382.517 procesos, es decir, un 31,4 % menos. En sexto lugar, se ha evidenciado la posibilidad de
deducciones indebidas por parte de las empresas ante la no conciliación de los documentos TC1 y TC2 por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social. Y, en séptimo lugar, hay una falta de control de las empresas colaboradoras en la gestión
de la incapacidad temporal. Ante todas estas deficiencias la cuestión es: ¿el INSS está haciendo una dejación de funciones?



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En el informe se han puesto en evidencia defectos de control interno que requerirían básicamente mejoras en los procesos informáticos o en los procedimientos de coordinación. Pero, a nuestro entender, hubiera sido bueno que el informe
también hubiera recogido y analizara la evolución del número de efectivos destinados al control e inspección en las distintas entidades objeto de fiscalización. Es notorio que se ha producido una reducción importante del personal en el sector
público y los efectivos destinados al control e inspección en materia de Seguridad Social no parecen ser una excepción. ¿No creen que esto también puede estar influyendo en la reducción de controles? De hecho, analizando la evolución de las
plantillas presupuestadas, observamos una minoración del personal destinado al Programa de inspección y control de seguridad y protección social. Es cierto que existen diferencias entre la plantilla presupuestada y la plantilla real, pero en los
presupuestos se refleja claramente que no hay una apuesta política del Gobierno por reforzar las funciones de inspección y control de la Seguridad Social. Ahora con este informe verificamos sus consecuencias. A partir de 2012 hay una reducción
importantísima en los efectivos, pasando de 4.067 efectivos destinados a esta función a 3.378 en 2014.


Otra cuestión importante es que los defectos de control deben corregirse con medidas eficaces que no perturben la debida protección de los trabajadores. No se puede legislar a costa de mermar la salud de los trabajadores. Por ello, quiero
aprovechar la ocasión para reiterar de nuevo la disconformidad de nuestro grupo con la modificación legislativa incorporada por el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales de 2014 sobre incapacidad temporal, porque restringe los derechos de los
perceptores de subsidio por incapacidad temporal, dificulta el acceso a un nuevo proceso de incapacidad temporal, minora la cuantía del subsidio y lo suspende durante la comprobación de la causa de la incomparecencia ante las convocatorias del INSS
o de las mutuas con quebranto de la protección del trabajador de baja por enfermedad.


Respecto a las conclusiones y recomendaciones expresadas en el informe sobre las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social sobre la incapacidad temporal, cabe recordar que en el informe de evaluación
y reforma del Pacto de Toledo aprobado en el Pleno del Congreso de los Diputados el 25 de enero de 2011 en su recomendación octava la Comisión ya defendía la adopción de medidas que mejoraran la eficacia y control de las mutuas sin menoscabo de su
naturaleza jurídica. Estas mejoras son tan necesarias para evitar posibles procedimientos indebidos como para velar por que se respete el derecho del trabajador, pero estas mejoras no pueden darse a costa de quitar funciones a los entes públicos.
En el propio informe, en la página 87, el tribunal constata que las mutuas, en las bajas de más de un año, están asumiendo competencias que no les corresponden, como emitir partes de alta transcurrido el plazo de cinco días desde que se envían
propuestas de alta al INSS alegando silencio administrativo. En algunos casos, las altas emitidas y entregadas a los asegurados se hacían con carácter previo al envío de la propuesta de alta al INSS, una situación que perjudica al trabajador y que
es inadmisible. Sin embargo, el informe es muy condescendiente con las mutuas, proponiendo al ministerio que haga las modificaciones normativas necesarias para que estas mutuas puedan realizar la prestación sanitaria en contingencias comunes, y las
quejas parece que van dirigidas más al INSS que a las propias mutuas.


Desde el Grupo Socialista exigimos que la asistencia sanitaria se aborde desde los servicios públicos de salud. Esta Comisión, a la vista del informe, lo que tiene que hacer es exigir a la ministra de Sanidad que aborde los problemas de la
lista de espera sanitaria y los retrasos o deficiencias detectadas en el sistema sanitario deben ser solucionados con recursos técnicos y humanos y no con recortes. Se han cerrado centros, se ha procedido al despido masivo de profesionales
sanitarios, y todo ¿para qué?, ¿para que la competencia de asistencia sanitaria a los trabajadores pase a las mutuas? El Gobierno no puede utilizar sus recortes para justificar que el sistema no funciona, porque el sistema público sí funciona y,
además, está contrastada su valía; lo que hay que hacer es dotarla de recursos. Se trata de una idea más dirigida a la privatización de la sanidad, ahora a través de las mutuas. Es conocido que el Gobierno ha planteado relevantes cambios sobre la
gestión de la incapacidad temporal a través del anteproyecto de mutuas otorgándoles mayores facultades de control sobre el proceso. El Consejo Económico y Social ya ha dictaminado pidiendo la retirada de varias medidas, por entender que pueden dar
lugar a situaciones de indefensión de los trabajadores y de riesgo de vulneración de sus derechos como pacientes. Si el Gobierno tramita el proyecto de ley sin el consenso de los interlocutores sociales y sin retirar y derogar los últimos cambios
introducidos sobre incapacidad temporal, encontrará en nuestro grupo una frontal oposición. Aprovechamos para transmitir al Gobierno que rectifique, busque el consenso y salvaguarde el equilibrio entre los objetivos de eficacia del control del
gasto y la defensa del derecho del trabajador.



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Como conclusión, exigimos al Instituto Nacional de Seguridad Social que controle todos los procesos de incapacidad temporal y no utilice este informe como excusa para delegar sus funciones a las mutuas y vaciar de contenido los servicios
públicos de salud.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, la señora Alberto.


La señora ALBERTO PÉREZ: Quiero comenzar mi intervención agradeciendo al Tribunal de Cuentas y a su presidente, como máximo representante del mismo, el trabajo realizado para la fiscalización sobre la gestión y control de la incapacidad
temporal por las entidades del sistema de la Seguridad Social. Debo reconocer, a tenor del contenido del informe, que se ha realizado un extenso y laborioso trabajo por parte del tribunal, en el que de una forma bastante didáctica se traslada el
concepto de la prestación económica de incapacidad temporal, se analizan la gestión y el control de los partes médicos en los procesos incapacidad temporal, la gestión y el control de las entidades del sistema de la Seguridad Social sobre las
prestaciones económicas de incapacidad temporal, se analiza la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la incapacidad y, finalmente, los convenios de colaboración suscritos con las comunidades autónomas para el control de la
incapacidad.


Lo primero que se extrae de este informe es la necesidad de buscar instrumentos que permitan mejorar la colaboración interadministrativa entre los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de la
Seguridad Social, ya que el incumplimiento de la remisión de partes médicos de confirmación de incapacidad temporal de comunidades como Andalucía, Canarias, Cantabria, Cataluña o Valencia, entre otras, dificulta enormemente la realización de
controles adecuados. Además, la falta de información en los procesos de incapacidad, que son recaídas de otros anteriores, redunda en que estos procesos no puedan ser debidamente validados o contrastados. También en relación con lo anterior se
aprecian limitaciones en la base de datos, que hacen que los controles en los procesos de contingencias profesionales a cargo de las mutuas o accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social no sean lo eficientemente
deseables. Se detectan también más de 300.000 procesos de incapacidad temporal en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de abril de 2013, por lo que me gustaría recordarle a la portavoz del PSOE que parte de la gestión
también fue realizada por el Partido Socialista, en los que no constaba información relativa a los partes médicos expedidos por los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas. Además, en muchos de los procedimientos del periodo
fiscalizado se ha detectado la existencia de partes médicos sin el correspondiente parte de empresa.


Continuando con la gestión y control del Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre la incapacidad temporal, volvemos a apreciar que la dificultad más primaria con la que se encuentra a la hora de realizar la gestión y control sobre los
procesos de incapacidad es la deficiencia en la información, lo que no le permite llevar a cabo un correcto control. Esta ausencia se traduce en que se hayan detectado en este informe deducciones indebidamente practicadas por empresas, tanto en
contingencias comunes como en contingencias profesionales, así como la continuidad en algunos casos de la deducción en algunos procesos de incapacidad que ya se encontraban finalizados. También merecen una reflexión importante los resultados de los
controles automatizados realizados por los servicios centrales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que, a tenor de las discrepancias entre las reclamaciones a las empresas de deudas por deducciones indebidas realizadas entre las
direcciones provinciales y los servicios centrales, requieren una revisión del funcionamiento de los mencionados controles automatizados.


La deficiente información es una tónica general que se repite durante todo el informe de fiscalización y que afecta también a la correcta gestión y posterior control en los procesos de incapacidad temporal realizados tanto por el Instituto
Social de la Marina como por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. Además, nos llama la atención que la demora existente en los servicios públicos de salud gestionados por las comunidades autónomas
respecto a la prestación de asistencia sanitaria de los trabajadores asegurados por mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por contingencias comunes ocasionó que en algunos procesos se alargasen de forma innecesaria, lo que
supone que el importe de la prestación económica por incapacidad se incremente por causas ajenas a la gestión de estas mutuas. Entendemos recomendable la necesidad de aumentar el trasvase de información entre las empresas colaboradoras y la
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en relación con la gestión de la prestación económica.


Finalmente, y en relación con la conclusiones relativas a los convenios de colaboración para el control de la incapacidad temporal suscritos con las comunidades autónomas, nos parece relevante destacar



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que, a pesar de las deficiencias detectadas y que, obviamente, deben ser corregidas, se considera a grandes rasgos por parte del tribunal un hecho positivo.


Para finalizar, me gustaría trasladar una duda al presidente del Tribunal de Cuentas que tiene que ver con el contenido de este informe con relación a la fiscalización que se ha realizado a iniciativa propia por parte del tribunal. Salvo
error u omisión por parte de quien le está hablando en la búsqueda de un informe anterior sobre la gestión y control de las incapacidades temporales -que no he encontrado, no sé si existe-, me gustaría saber si existe un informe anterior que nos
permita verificar cómo ha sido la evolución de la gestión y el control del pago de incapacidades temporales.


Quiero volver a agradecer el trabajo realizado por el Tribunal de Cuentas y trasladarle que tomamos buena nota de lo que se ha manifestado en el mismo de cara a trabajar y presentar iniciativas tendentes a solventar los problemas que se han
detectado.


El señor PRESIDENTE: Para contestar a las preguntas de los grupos, tiene la palabra el presidente del tribunal.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El informe que les he presentado es un informe extenso, muy completo de información y que aborda situaciones de complicada fiscalización, en las que el tribunal ha
hecho el esfuerzo de presentar una información que dé una visión global sobre la gestión en este ámbito.


Entro en lo que ha sido la formulación de preguntas y no en lo que representa la presentación de valoraciones, que lógicamente son todas legítimas. Le confirmo al señor Sixto que, efectivamente, el 31 % de disminución en el año 2012,
fundamentalmente de controles, se deriva de la exclusión de los contratos laborales a tiempo parcial en los procesos de comprobación. Me pregunta también sobre la inconsistencia de cuentas. La falta de coherencia entre cuentas se refiere al
Instituto Social de la Marina, dado que la base de datos de Presmar habla de pagos directos por valor de 13,7 millones de euros y, sin embargo, las obligaciones reconocidas netas de su presupuesto de gastos, que han sido rendidos, presentan un
importe de 24,8 millones de euros. Esa diferencia entre los pagos directos que se deducen de la base de datos y del importe presupuestario es lo que el informe ha puesto de relieve.


Con relación a las preguntas que me ha formulado la señora Blanquer, el informe hace referencia a los problemas de comprobación. Me pregunta si tiene algo que ver la no cobertura del volumen de efectivos en el ámbito de control de la
Seguridad Social. Indudablemente, estos elementos influyen, pero no significa que con la situación de congelación de plantillas que afecta a todo el conjunto de la Administración pública no se pueda hacer un esfuerzo de control mayor. Existen
instituciones que, a pesar de tener esa situación, incrementan su labor de control. Por tanto, no creo que ese sea exclusivamente uno de los puntos a valorar; es uno de ellos, pero no el más importante.


Creo que el informe presta mucha atención a impulsar la creación de una base de datos de partes médicos debidamente consolidada, con la aportación de datos por parte de todas las comunidades autónomas y con el impulso de sistemas de control
que puedan incrementar la labor de verificación de lo que se está pagando por incapacidad temporal. También plantea la señora Blanquer que el tribunal es condescendiente con las mutuas. Por supuesto, respeto su opinión, pero no es un criterio que
pueda aceptar, teniendo en cuenta que el tribunal lleva desde hace más de veinte años ejerciendo una labor crítica -muchas veces profundamente crítica- con la gestión de las mutuas. Lo que ocurre es que cuando nos encontramos con un dato cierto no
tenemos más remedio que ponerlo, y no lo hacemos a nuestro pesar ni mucho menos, sino con sumo gusto. Es decir, el control sobre el pago delegado que han realizado las mutuas ha sido en el periodo de tiempo analizado más fiable y eficiente que el
del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y ello no lleva aparejada ninguna opción de privatización de la sanidad, únicamente que los servicios correspondientes emulen su actividad y lógicamente mejoren el control, que es lo que deberían hacer.


La señora Alberto hace referencia a un punto que el informe señala y que yo he presentado, que es la dificultad de gestión de este tipo de cuestiones por el Instituto Nacional de la Seguridad Social cuando la información correspondiente a
las comunidades autónomas no se encuentra con la suficiente agilidad para poderla manejar, dato que el propio informe reconoce. Me pregunta si existe una fiscalización anterior sobre incapacidad temporal, ya que dice que no la ha podido encontrar.
Yo no lo recuerdo, pero tampoco puedo afirmar que no haya existido. Yo no recuerdo un informe sobre incapacidad temporal en los términos en los que se realiza este informe y creo que es muy positivo que el tribunal haya hecho un análisis de esta
naturaleza.



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El señor PRESIDENTE: ¿Algún grupo quiere alguna aclaración? (Denegaciones).


- INFORME ANUAL DE FISCALIZACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, EJERCICIOS 2010 Y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000162 y número de expediente del Senado 771/000157).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al segundo punto del orden del día, presentación del informe anual de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicios 2010 y 2011. Para ello, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas, el
señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El informe de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicios 2010 y 2011, fue aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 27 de marzo de
2014. El sector público de la ciudad autónoma estaba integrado al cierre del ejercicio 2011 por la Administración general, siete organismos autónomos, diez sociedades mercantiles, dos fundaciones y un consorcio. Además de las entidades mencionadas
se encontraban inactivas las sociedades Teleceuta S.A., Heliceuta S.A., y Acuicultura de Ceuta, S.A., así como la entidad de derecho público Patronato de Viviendas San Daniel.


En relación con la rendición de cuentas anuales, el informe destaca el retraso con el que fueron rendidas al Tribunal de Cuentas las cuentas generales de la ciudad autónoma respecto al plazo legalmente establecido, con una demora de diez
meses para la cuenta general de 2010 y de cinco meses para la del ejercicio 2011, si bien es preciso resaltar que la cuenta general correspondiente al ejercicio 2012 se ha rendido dentro del plazo legalmente establecido. Como sucediera en
ejercicios anteriores, no se han formulado ni rendido las cuentas de las tres empresas públicas y la entidad pública que han estado inactivas durante el periodo fiscalizado y que se encontraban pendientes de liquidación.


Por lo que se refiere al análisis de la liquidación presupuestaria, la administración de la ciudad ha alcanzado en los ejercicios 2010 y 2011 un grado de ejecución de los créditos del presupuesto de gastos del 84 % y del 81 %
respectivamente, y un grado de realización de las previsiones de ingresos del 94 % en 2010 y del 92 % en 2011. Las salvedades y observaciones puestas de manifiesto en el informe afectan principalmente a la existencia de gastos e inversiones que no
fueron reconocidos en el momento de su devengo sino en ejercicios posteriores a través del procedimiento denominado reconocimiento extrajudicial de créditos, así como por transferencias no registradas a la empresa pública Emvicesa para la
realización de obras y otras actuaciones encomendadas, así como para la financiación de las cuotas de amortización e intereses de un préstamo sindicado formalizado por la empresa.


En cuanto a la estabilidad presupuestaria, en el informe se pone de manifiesto que a partir del ejercicio 2007 dejó de estar especificado para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido
por el Consejo de Política Fiscal y Financiera para las comunidades autónomas. Según información emitida por el entonces Ministerio de Economía y Hacienda, las liquidaciones presupuestaria de los dos ejercicios fiscalizados han presentado
necesidades de financiación superiores a los límites fijados por la Comisión Nacional de Administración Local, por lo que la ciudad debió elaborar un plan económico-financiero de reequilibrio. No obstante, el informe sobre estabilidad
presupuestaria relativo a la liquidación del presupuesto de 2012 presenta una situación de capacidad de financiación, por lo que finalmente no ha presentado dicho plan económico-financiero.


En relación con el plan de saneamiento presentado en virtud de lo previsto en el Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las entidades locales el saneamiento de deudas pendientes de
pago con empresas y autónomos, el seguimiento del mismo efectuado en 2010 y 2011 ha puesto de manifiesto desviaciones significativas entre los ahorros netos previstos en el citado plan y los ahorros netos reales deducidos de las liquidaciones de
dichos años, lo que constata que las estimaciones efectuadas de los compromisos de gastos e ingresos no se ajustaban al criterio de prudencia establecido en el real decreto-ley citado. En el análisis de la gestión se ha procedido a analizar en
particular determinadas áreas, tales como personal, morosidad y mecanismo de pago a proveedores, subvenciones, gestión tributaria, operaciones de crédito y avales y contratación pública.


A finales de 2011 los gastos de personal suponían el 44 % del gasto total del sector público de la ciudad autónoma, una vez eliminadas las transferencias de la Administración general a sus entidades dependientes. La evolución de los gastos
de personal refleja un incremento del 35 % entre 2005 y 2010, si bien a partir de este último ejercicio ha comenzado a descender su cuantía.



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La deuda comercial de la ciudad en el periodo fiscalizado se incrementó en un 46 %, no habiéndose cumplido con las obligaciones de información previstas en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales; habiendo sobrepasado el 64 % de los pagos realizados en 2011 los plazos previstos en la misma, con un periodo medio de pago que se situó en setenta y cuatro días. En el ámbito de subvenciones, se observaron debilidades y
carencias en varias subvenciones y ayudas directas fiscalizadas, como en las otorgadas a la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos de Ceuta, en 2010, y a una asociación sin ánimo de lucro para la atención y asistencia de las personas
mayores en la residencia Nazareth de Ceuta, en 2011.


Por lo que se refiere a la gestión tributaria, se ha constatado la existencia de demoras en la comunicación y traslado de los expedientes desde los órganos gestores al organismo autónomo Servicios Tributarios de Ceuta para su recaudación en
vía ejecutiva, sin que las actuaciones seguidas en relación con dicha recaudación hayan sido homogéneas y sistemáticas. En cuanto al endeudamiento y avales, la ciudad autónoma había incrementado su endeudamiento financiero en un 48 % en los últimos
cinco ejercicios, sobrepasando los límites fijados por el Consejo de Política Fiscal y Financiera en su acuerdo de 3 de marzo de 2003, así como el límite de endeudamiento a largo plazo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2011 y el de las operaciones a corto plazo respecto a lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Ceuta. El riesgo de los avales otorgados por la Administración general ascendía a 31 de diciembre de 2011 a 48.155 miles de euros.


En la contratación pública se han puesto de manifiesto carencias, deficiencias e incumplimientos relativos principalmente a la ausencia de justificación de la necesidad de contratación, así como a la deficiente justificación e incumplimiento
en los plazos de ejecución de determinados contratos sin que se hubieran iniciado las actuaciones dirigidas a la imposición de las penalidades oportunas.


Finalmente, en relación con el análisis de la actividad de las diferentes entidades que se integran en el sector público de la ciudad, los organismos autónomos continuaban en el periodo fiscalizado sin adaptar sus estatutos al régimen
jurídico establecido en la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. En cuanto al sector público empresarial, se constata la existencia de resultados de explotación negativos antes de subvenciones en la
práctica totalidad de las empresas de Ceuta.


El señor PRESIDENTE: A continuación intervendrá el señor Bruguera, de la Entesa.


El señor BRUGUERA BATALLA: Señor presidente del Tribunal de Cuentas, creo que su exposición es suficientemente explícita como para llegar a la conclusión de que la situación de la Ciudad Autónoma de Ceuta es muy complicada. Durante los
años que fui alcalde de mi ciudad pasé por problemas importantes desde el punto de vista financiero, económico y presupuestario, pero la verdad es que si hubiese tenido este panorama habría estado muy preocupado.


Volvemos a insistir en la mayoría de las salvedades expuestas en informes anteriores por parte del Tribunal de Cuentas: rendición de cuentas con retraso, no rendición de cuentas de algunas sociedades, falta de documentación importante en
los expedientes, graves deficiencias de control interno, carencias importantes y deficiencias en los expedientes presupuestarios; liquidaciones, saldos presupuestarios con déficits importantes y, después del análisis efectuado por el tribunal,
incrementados respecto a los manifestados por la propia ciudad autónoma tanto en 2010 como en 2011: 26 millones de resultado presupuestario negativo de déficit en 2010 y 47 en 2011.


Reitero la persistencia de la inmensa mayoría de las salvedades expuestas en informes anteriores; por lo tanto, desde nuestro punto de vista, poca capacidad de enmienda o poca capacidad y voluntad de mejorar. Incumplimiento del objetivo de
estabilidad presupuestaria desde 2007, no únicamente de los dos ejercicios analizados -si no me equivoco, esto arranca desde el año 2007 sin interrupción-. Es necesario, como usted ha dicho, elaborar -cosa que no se ha hecho- un plan
económico-financiero. Especialmente preocupante es el gasto de personal. Un 44 % del gasto total lo representa el gasto de personal, y además con un incremento, cosa que la mayoría de municipios han ido mejorando a lo largo de estos últimos años;
se ha incrementado entre 2005 y 2010 un tercio, un 33 %. Hay una deuda a 31 de diciembre de 2011 de 28 millones de euros. Pero desde nuestro punto de vista lo más relevante es que el 76 % de esta deuda es sobre gastos corrientes, no sobre
inversiones, porque, si tenemos dificultades, durante un par de años no hacemos inversiones y con ello resolvemos una parte importante del problema, pero de lo que estamos hablando es de un problema estructural, y esta es una primera afirmación que
le quisiera formular, señor presidente, para que ampliase un poco la información respecto al tema de la deuda especialmente. Hay



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incumplimiento del pago a proveedores; incremento de la deuda, del endeudamiento de 220 millones de euros a 31 de diciembre de 2011, con un incremento del 48 %, casi el 50 % en cinco años. Es decir, realmente se trata de una situación muy
complicada.


No sé si en las dos afirmaciones que le voy a hacer, señor presidente, usted estará de acuerdo. En primer lugar, le pregunto si podríamos estar hablando de un problema estructural grave, no únicamente coyuntural, como pasa en muchos
municipios debido a la disminución de ingresos como consecuencia de la crisis y de su actividad económica; es decir, si podríamos estar hablando de un problema estructural más allá de los problemas derivados de la crisis. En segundo lugar, me
gustaría saber si usted estaría de acuerdo con la afirmación de que estamos ante una situación de descontrol por parte de la Administración. Y, en tercer lugar, si es excesiva la afirmación de que la Ciudad Autónoma de Ceuta técnicamente está en
quiebra. Como consecuencia de estas tres afirmaciones, quisiera preguntarle si el Tribunal de Cuentas observa algún tipo de responsabilidad patrimonial o penal en función de los informes analizados.


El señor PRESIDENTE: El señor Sixto, por La Izquierda Plural.


El señor SIXTO IGLESIAS: Me sumo a las apreciaciones realizadas por el señor Bruguera en cuanto a la deuda de la ciudad de Ceuta, una ciudad cuya contabilidad refleja parte de los peores vicios que podemos ver en la gestión económica en una
Administración pública. Las cuestiones de control interno dejan bastante que desear. El propio tribunal ha criticado y critica en su informe las cuestiones de reconocimientos judiciales de crédito, que es un procedimiento habitual; se mantienen
determinadas deficiencias y debilidades, que no se corrigen en ningún caso; hay problemas en el tema de subvenciones; hay importantes salvedades y limitaciones en las cuentas; los remanentes de tesorería también tienen problemas, no reflejan la
verdadera situación financiera; en estabilidad presupuestaria, Ceuta no alcanza el objetivo de estabilidad desde la liquidación de 2007... Es decir, una situación caótica. Hay diferencias significativas entre las previsiones contempladas en el
plan de saneamiento y las liquidaciones presupuestarias; en cuanto al análisis de la gestión, poco menos que absolutamente lamentable.


En el tema de la gestión de personal, nos encontramos con que sistemáticamente hay una serie de trabajadores por encima de la cualificación que tienen estabilizados en la plantilla laboral; no hay una relación de puestos de trabajo; hay un
elevado número de trabajadores fuera de la plantilla. Esto es indicativo de unas prácticas de nepotismo que deberían ser absolutamente erradicadas. Cuando hay un importante número de trabajadores fijos fuera de la plantilla, ¿cómo han llegado a
ser trabajadores de las administraciones públicas? ¿Por qué se les mantiene? Y, sobre todo, ¿por qué ninguna Administración pública interviene en esta situación? No se respeta el tema de incompatibilidades; qué decir del tema de las
contrataciones; falta inventario... En definitiva, la gestión de la Ciudad Autónoma de Ceuta deja muchísimo que desear y da para que después de este informe claro y meridiano del Tribunal de Cuentas, que dice que sistemáticamente se siguen
manteniendo determinados vicios, la Administración General del Estado hiciese algo respecto a la mala gestión de la Ciudad Autónoma de Ceuta.


El señor PRESIDENTE: El señor Sen, por el Grupo Socialista.


El señor SEN VÉLEZ: Gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas, por el amplio informe de la Ciudad Autónoma de Ceuta.


Con la presentación del informe por parte del señor presidente del Tribunal de Cuentas nos queda todo bastante claro: incumplimientos, incumplimientos e incumplimientos. El señor Bruguera decía que él ha sido alcalde; yo también lo soy y
la verdad es que no logro comprender cómo aspectos, que son técnicos, no se corrigen con el paso de los años, como se ha venido denunciando en esta Comisión. Esta es una Comisión política, pero estamos hablando de informes técnicos que dependen en
este caso de secretarios, de interventores, de tesoreros, y desde el año 2006 se vienen repitiendo una serie de problemas en los que se sigue reincidiendo en este informe fiscalizado de 2010 y 2011.


Me preocupan diversos aspectos a los que se alude en este informe, pero no me preocupan más que si fueran de otros sitios, eso sí quiero que les quede claro. Entiendo que los que más preocupados estarán serán las personas que políticamente,
primero, tienen que desempeñar su función en la ciudad de Ceuta y, luego, los compañeros que tienen que defender seguramente los peores informes de fiscalización que se van a ver en esta Comisión en toda la legislatura. Es algo duro. Me preocupa
un aspecto importante, y es que el presidente de la comunidad autónoma no haya presentado las alegaciones en plazo. Esto es el colmo de los colmos. Hay otros aspectos que también nos preocupan, como son las responsabilidades



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contables que vienen a ser denunciadas por el ministerio fiscal; los pagos de conceptos retributivos calificados como indebidos que estaban incluidos en el convenio colectivo y el acuerdo regulador suscrito por personal; y lo que acaban de
comentar los compañeros sobre esa incorporación de casi 70 trabajadores de forma temporal para desarrollar determinadas funciones, puesto que no se hace una justificación de su necesidad y se superan todos los límites temporales legales para que
esas personas que entraron de forma temporal queden vinculadas definitivamente a la Administración. Deficiencias también en la justificación de la realización y ejecución de varios contratos y la consideración por parte del ministerio fiscal de
sospecha de comisión de infracciones penales, como el fraccionamiento en el objeto de un contrato de ejecución de las obras en la séptima fase de la Manzana Revellín, en las cuales el ministerio fiscal ya apreció indicios de posibles infracciones
penales en los informes de 2006, 2007, 2008, y 2009, así como diversas deficiencias en la adjudicación de cinco contratos, etcétera.


En lo que se refiere a la rendición de cuentas, el señor presidente del Tribunal de Cuentas comentaba esa demora amplísima del ejercicio 2010, que supera los diez meses, o en el caso del ejercicio 2011, que supera los cinco meses. Asimismo,
las cuentas anuales no incluyen toda la documentación que resulta preceptiva: memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios, memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programas, detalle del endeudamiento
financiero, información sobre el patrimonio público del suelo, contabilidad de ejercicios futuros, gastos con financiación aceptada, número medio de empleados, indicadores de gestión o información sobre avales y fianzas. En lo que se refiere a la
administración general, también vemos que en los procedimientos de control interno, que también son importantes, se siguen planteando numerosas deficiencias como la inexistencia de manuales y procedimientos, la no elaboración del reglamento de
control interno preceptivo, inexistencia de controles financieros, recursos generalizados a la figura del reconocimiento extrajudicial de crédito, inexistencia de segregación de funciones de control de tesorería, etcétera. En cuanto a los
resultados presupuestarios, en este caso vemos que sí es verdad que existe un pequeño dato positivo en lo que se refiere al último ejercicio. Hay un incremento del endeudamiento de la ciudad en casi un 50 % en los últimos cinco ejercicios
analizados, deficiencias relevantes de índole contable puestas de manifiesto en ejercicios anteriores e incumplimientos que, a día de hoy, siguen sin corregirse.


En el anterior análisis de las cuentas de 2006, 2007, 2008 y 2009, la señora Ruiz, portavoz del Partido Popular, se refirió a qué puede hacer el Tribunal de Cuentas para corregir esta situación, si realmente hay que adoptar medidas de
carácter extraordinario para que no se vuelva a repetir. En lo que tiene que ver con el señor presidente, no sé si la propuesta que le voy a hacer se puede calificar como pregunta o como ruego, pero sí me gustaría que el presidente del Tribunal de
Cuentas, el cual conoce cuáles han sido las alegaciones que se han presentado por el presidente de la ciudad, nos dijese cuál cree que son los motivos por los que después de tantísimos años de incumplimiento tras incumplimiento, esta situación no se
corrige. Es verdad que hay algunos aspectos que sí se han corregido, ha existido un muy pequeño avance, pero el otro 99 % es incumplimiento tras incumplimiento. Querríamos saber si no se cuenta con un número adecuado de personas cualificadas para
la realización de estos informes técnicos, o si realmente se debe a la más absoluta de las desidias por parte de quien corresponda. Me quedo con el único dato positivo que he escuchado al presidente del Tribunal de Cuentas de este informe de más de
doscientas hojas, y es que por lo menos en el ejercicio 2012 he entendido al presidente del Tribunal de Cuentas que sí se ha entregado la correspondiente información en el plazo legal establecido.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Márquez.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: En primer lugar, quiero dar la bienvenida al presidente del Tribunal de Cuentas y felicitarle por el informe emitido sobre la Ciudad Autónoma de Ceuta, porque creo que es un informe muy exhaustivo, tal y como
nos tiene acostumbrados el Tribunal de Cuentas en relación con la Ciudad Autónoma de Ceuta. Recordemos que es de los pocos territorios que no tienen un tribunal de cuentas, organismo, sindic o similar y que, por tanto, cae bajo la jurisdicción
plena del Tribunal de Cuentas, con informes de fiscalización especial, más exhaustivo incluso en los últimos años, y después normalizando este tipo de informes, año tras año, con el informe que en este caso estamos viendo esta mañana. El segundo
aspecto de la felicitación, señor presidente del Tribunal de Cuentas, es en cuanto al avance en los tiempos. Sabe usted, porque fue objeto de su primera intervención ante esta Comisión, que había un retraso permanente en la culminación de los
informes y su aprobación final por el pleno del Tribunal de Cuentas y su examen por esta Comisión en relación con la ciudad de Ceuta y la ciudad de Melilla que hacía que la demora fuera de casi diez años. Por tanto, felicitación en cuanto a que
ahora estamos viendo



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un informe de hace tres años, lo cual estoy convencido que supone que el Tribunal de Cuentas está mejorando en su gestión, en su eficiencia y en la conexión de los hechos que juzga con la realidad de los mismos en el momento en el que esta
Comisión y los parlamentarios pertenecientes a la misma vemos esa conexión entre los hechos en su momento y los de ahora.


El segundo punto de mi intervención es una recomendación, si me lo permite, con toda la humildad, señor presidente del Tribunal de Cuentas, y es que quizá habría que poner un apartado en estos informes del adecuado contexto en el cual se
desarrollan los hechos que son enjuiciados por el Tribunal de Cuentas. Porque aun cuando se nos supone a todos conocedores de la realidad nacional en los últimos años, este informe extraído del adecuado contexto nacional, la situación económica
general de los años 2010 y 2011, no es posible evaluarlo en sus justos términos. Estoy convencido de que ese, al menos, somero contexto nacional serviría también para poner en su contexto adecuado los informes que emite el Tribunal de Cuentas y,
por tanto, llegar a una valoración justa y adecuada de los términos en los cuales se redacta el mismo. Al menos serviría para que los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra hubieran sido un poco más comedidos en sus términos y
ajustados a la realidad o al menos sinceros en sus planteamientos. Sería conveniente que además de la inclusión de ese apartado de un contexto nacional en el cual se producían los acontecimientos que estamos juzgando, hubiera un conocimiento un
poco más profundo, no de la situación concreta que se juzga, sino del contexto económico en el cual se desenvuelven dos ciudades peculiares, muy singulares desde el punto de vista de su estructura financiera, como son las ciudades autónomas de Ceuta
y Melilla. Posteriormente me detendré un poco más en algunos de los comentarios que aquí se han vertido.


Tengo que discrepar absolutamente del tono empleado hasta este momento porque creo que la tónica general que se puede extraer de estos informes -hay que reconocerlo porque es así- es que hay una serie de fallos procedimentales generalizados
en algunos campos, pero hay posibilidad de grandes mejoras en la gestión, en los controles de eficacia, en la redacción de los procedimientos, en el cumplimiento de plazos y en el cumplimiento de la presentación de informes a que está sometida la
Ciudad Autónoma de Ceuta a tenor de la ley. Hay divergencias también interpretativas, creo yo, entre los conceptos contables y su plasmación en los informes, entre los órganos de intervención de la Ciudad Autónoma de Ceuta y el Tribunal de Cuentas,
algo que seguramente usted conoce y sobre lo que me gustaría que hiciera algún comentario. Hay estimaciones que se han revelado erróneas, periodo 2010 y 2011. Recordemos otras estimaciones, quizá de mayor importancia, que en el caso del Gobierno
de la nación de esos momentos se hicieron y que resultaron absolutamente erróneas. Eran momentos difíciles en cuanto a las estimaciones. Estoy hablando del contexto y ahora volveré, señor Sen, no se preocupe. No se alarme usted por lo que estoy
diciendo.


En cuanto a asuntos de excesiva gravedad, realmente desde esta bancada no vemos que existan, más allá de que hay extremos que pueden ser corregidos y que -y a eso me refería en cuanto a la tónica general que observo en el informe- están
siendo corregidos. Me remito al informe. No solamente nos expone de una forma, como le decía antes, exhaustiva los hechos de 2010 y 2011, sino que hace una prospectiva hacia 2012, una prospectiva que nos permite ver la evolución de las cosas y lo
que se está corrigiendo por el camino, aun cuando no sea objeto del examen del informe. Un portavoz decía que él observaba una pequeña evolución positiva. Estará usted de acuerdo conmigo, señor Sen, en que lo de pequeño y grande es un concepto muy
subjetivo. Lo que para usted es pequeño a mí me parece una gran mejora. Me permitirá que dentro de mi independencia pueda ser ese el criterio que expongo en este momento. Para mí es una gran mejora que ahora voy a intentar concretar en algunos
aspectos, si tengo tiempo para hacerlo.


En primer lugar, respecto al que usted ha mencionado como pequeño, los retrasos en la presentación de las cuentas de la ciudad, que hasta este momento, hasta el año 2011, eran habituales y muy prolongados en el tiempo, superiores al año
incluso antes de 2010, en el último periodo evaluado en este informe de 2011 se reduce a cinco meses y, como acaba de contarnos el presidente del Tribunal de Cuentas, en 2012 se presentan a tiempo. Es una mejora plasmable y evidente. Eso en cuanto
al primero de los asuntos que el tribunal redacta en su informe, pero hay muchos otros que creo que no se pueden despreciar. Por lo que se refiere a los incumplimientos o las mejoras en la gestión de la concesión y la evaluación de las subvenciones
otorgadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta, en cuanto a ese procedimiento que faltaba, que era fruto del reglamento aprobado, a su vez derivado de la Ley General de Subvenciones, el mismo informe reconoce que ya existe en 2012 una guía de
fiscalización de subvenciones que va a dar cumplimiento a esa solicitud legal, por tanto de cumplimiento legal, de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Por



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cierto, sobre un elemento que se contempla en todos los informes desde el año 2002 y que también está incluido en este ejercicio de 2010 y 2011 en cuanto a la necesidad de llevar a cabo las gestiones oportunas para la liquidación y
disolución de dos sociedades municipales, Heliceuta y Teleceuta, me gustaría que el presidente nos informara si no es cierto que ya se extinguen el día 30 de junio, por mor de la ley, a raíz de la disposición adicional novena a la Ley reguladora de
las bases de régimen local, la 7/1985, que fue modificada por la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local; por tanto, es un extremo que también va a quedar corregido dentro de un mes, si ustedes me apuran en cuanto a los
plazos.


Otro aspecto positivo que encuentro en el informe -a la hora de juzgar es necesario tener esa visión positiva sobre lo que se está haciendo de forma correcta- es la depuración de derechos y obligaciones de presupuestos cerrados. Aun cuando
se mantienen algunos de dudoso cobro, hay una evolución positiva que remarca y deja por escrito el Tribunal de Cuentas. Es cierto que hay que mejorar los pliegos de cláusulas administrativas y que es necesario no emplear los procedimientos de
reconocimiento extrajudicial de crédito como una tónica habitual, pero parece que en el año 2012 eso es lo que se está depurando y se está mejorando en todos estos procedimientos. Haré un pequeño inciso a los intervinientes anteriores -no hablo de
usted, señor Sixto, sino de los señores Bruguera y Sen-, que han sido alcaldes de localidades. Me gustaría que hicieran una introspección y me dijeran si no han recurrido nunca a esos reconocimientos extrajudiciales de créditos para el pago de
créditos que no era posible hacer de otra forma. Me dicen que nunca. Es un extremo de virtud que yo reconozco y alabo y les impulso a que sigan actuando de esa forma en la gestión de las cuentas locales. Deben ser los únicos municipios de este
país que no han recurrido nunca a los reconocimientos extrajudiciales de crédito.


Hay un extremo que me parece particularmente preocupante en las intervenciones anteriores en cuanto a que no hay un reglamento de la relación de puestos de trabajo. Habría que informar a los comparecientes que es una decisión del Gobierno
de la ciudad autónoma en este momento de crisis que ese procedimiento, que es legalmente obligatorio, no se sustancie sin que tenga un carácter inclusivo. Me consta que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha optado por la paz social, es
decir, por un procedimiento mucho más lento de lo que debería ser, pero en ningún momento rompiendo la paz social y poniendo como punto de partida el necesario acuerdo con los legítimos representantes de los trabajadores, evolucionando y
desarrollando además los elementos instrumentales necesarios para que el objetivo final de la aprobación de esa relación de puestos de trabajo sea un hecho. Les informo, porque seguramente no lo conocen, de la aprobación hace dos meses por parte
del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta del reglamento de denominación y funciones de cada uno de los puestos de trabajo de la ciudad, instrumento fundamental para llegar a ese objetivo final, que es esa relación de puestos de
trabajo.


Hay una falta de información. Me preocupa también el tono grueso empleado por algunos de los intervinientes, en concreto por el señor Bruguera, representante de Entesa, que ha hecho una intervención con un tono tremendista hablando incluso
de la quiebra de la ciudad. Le preguntaría al señor Bruguera si conoce cuáles son las fuentes de ingresos y los ingresos propios de la Ciudad Autónoma de Ceuta, porque sin conocer esa estructura peculiar y absolutamente única, junto con la de
Melilla, en cuanto a las entidades locales -entidad autonómica también en este caso-, es imposible hacer una adecuada valoración de si la deuda de la Ciudad Autónoma de Ceuta es muy elevada o no, porque estarán de acuerdo conmigo en que si la deuda
es elevada o no responde a la capacidad de devolución de la misma, y esa capacidad de devolución responde a su vez a los ingresos que tenga previsto percibir en función de las fuentes de financiación de la Administración de la que estemos hablando.
Por tanto, los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra adolecen de una falta de información concreta sobre la entidad, sobre la Administración que estamos evaluando o, mejor dicho, comentando en relación con el informe aprobado por
el pleno del Tribunal de Cuentas.


Me sorprende también la intervención del señor Sixto en cuanto al gasto de personal y al porcentaje, que ustedes estiman alarmante, de los costes que supone para la Administración general de Ceuta.


El señor PRESIDENTE: Señor Márquez, debe ir terminando.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Termino enseguida.


Decía que un 44 % del gasto corriente en personal le parece excesivo. Yo le haría otra pregunta. ¿Sabe cuál es la aportación del sector público al PIB de la Ciudad Autónoma de Ceuta? No se lo voy a contestar, búsquelo y verá entonces cuál
es la correspondencia. Quizás entonces se dé cuenta de que



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ese porcentaje no resulta alarmante desde el punto de vista de esa aportación de sector público, que por otra parte creo que es justa y adecuada, y que incluso, viendo las fuentes de necesaria recuperación económica en la ciudad, sería
necesario quizás incrementar.


Debo terminar ya. Nosotros creemos que este es un informe que revela necesidad de mejora -sin duda así es-, que es necesario avanzar en algunos procedimientos que se ponen en cuestión en este informe y en informes anteriores, pero que se
han producido avances notables -no avances pequeños- en cuanto a la gestión en cuanto y en cuanto a los procedimientos, que sin duda, en esa prospectiva que se hace en este informe para el año 2012 -y he felicitado por ello al presidente del
Tribunal de Cuentas-, parece que van a seguir produciéndose. En cualquier caso, esperemos que así sea y tendremos oportunidad de verlo en el siguiente informe que presentará el Tribunal de Cuentas. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El informe de fiscalización incluye un análisis de aquellas recomendaciones de informes anteriores que han sido implantadas. Por otra parte, reconoce y analiza
aquellas recomendaciones de informes anteriores que subsisten en la presente fiscalización y que presentan un catálogo de incumplimientos. Por último, establece unas nuevas recomendaciones que aparecen por primera vez en el presente informe. De
las recomendaciones de informes anteriores que subsisten, afectaban principalmente a la regularización de la situación jurídica de las sociedades sin actividad, a la consideración de existencia de compromisos derivados de gastos procedentes de
ejercicios anteriores a la hora de elaborar presupuestos de la ciudad y a la revisión de la oportunidad del mantenimiento de algunas inversiones societarias y a la mayor claridad y concreción en el establecimiento de los criterios de adjudicación de
los contratos. En relación con la regularización de la situación jurídica, indudablemente existen anuncios de solución de una parte de esos problemas para el 30 junio de este año. Lo que ocurre es que el Tribunal de Cuentas, como usted comprende,
señor Márquez, exclusivamente recoge en su informe lo que es hecho producido, comprobado y contrastado por parte del tribunal; por lo tanto, se mantiene en nuestro informe la recomendación no cumplida.


Por otra parte, entre las nuevas recomendaciones que se incluyen en este informe destacan la mejora en la supervisión de la organización de la cuenta general con el fin de que esta se presente de forma completa y que incorpore toda la
información exigida en la normativa contable aplicada; la elaboración de los manuales de procedimiento y normas de organización y funcionamiento -especialmente en intervención, tesorería y contabilidad-; la conciliación periódica de los saldos
entre la Administración general de la ciudad y sus entidades dependientes, y, en materia contractual, la adopción de medidas dirigidas a conseguir que los proyectos de obras sean debidamente informados por la oficina de supervisión de proyectos y
que se extreme la diligencia a la hora de determinar las circunstancias justificativas de las necesidades públicas a satisfacer y su vinculación con el objeto del contrato.


También existen recomendaciones cuyo reconocimiento lleva a considerar que han sido implantadas. Se advierte una mejora, indudablemente, en la aprobación del reglamento regulador de la relación, provisión, valoración y retribución de los
puestos de trabajo de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Todavía está lejana la aprobación de la relación de puestos de trabajo, que tan necesaria es, pero es un avance. Por otra parte, están la elaboración de guías para la gestión de subvenciones, a la
que ha hecho referencia el señor Márquez, y el establecimiento en las bases de ejecución de los presupuestos de unos factores de riesgo y unos criterios para la determinación de los derechos de difícil recuperación.


En las intervenciones planteadas por los diferentes representantes se me formulan preguntas que exceden del contenido del informe. Se me pide un pronunciamiento sobre la capacidad o situación eventual de quiebra o no de la ciudad autónoma,
sobre el descontrol administrativo, sobre la calificación de estructural de los problemas que afectan a la Ciudad Autónoma de Ceuta y sobre los motivos por los que no se corrigen determinados incumplimientos e irregularidades puestas de manifiesto
en el informe. No puedo avanzar más de lo que el informe dice. Creo que en las recomendaciones del tribunal existen elementos -como los que he puesto de manifiesto- para valorar lo que se ha cumplido, lo que está pendiente de cumplir y aquellas
cosas que son nuevas en los requerimientos formulados a la Ciudad Autónoma de Ceuta.


Sí puedo informarles -y es mi obligación si ustedes me lo preguntan- sobre aquellas cuestiones que han manifestado el fiscal y el abogado del Estado en relación con la responsabilidad contable o la responsabilidad penal que pudiera deducirse
de este informe. Si bien es cierto que, dado que este informe



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ha sido recientemente aprobado, todavía no hay ningún procedimiento que se haya iniciado, sí existen peticiones de apertura por pagos no autorizados por valor de 19.000 euros, pagos indebidos en materias de personal, contratación no
justificada de 69 trabajadores, deficiencias en la ejecución de distintos contratos, pagos en certificaciones duplicadas en un determinado contrato y, en el ámbito de la responsabilidad penal, se habla de eventuales fraccionamientos en un contrato y
de la deficiencia en la adjudicación de contratos. Como les he dicho, no existe todavía remisión del testimonio de particulares por parte del departamento porque el informe ha sido recientemente aprobado.


El señor PRESIDENTE: ¿Algún grupo tiene alguna pregunta? Señor Bruguera.


El señor BRUGUERA BATALLA: Señor presidente, intervendré muy brevemente para decirle al señor Márquez que, desde nuestro punto de vista...


El señor PRESIDENTE: Señor Bruguera, no hablamos de eso.


El señor BRUGUERA BATALLA: Es que me ha hecho dos preguntas. Quiero incidir en el hecho de que las intervenciones de los portavoces de los grupos parlamentarios en general -usted lo dice, señor presidente, y yo intento cumplirlo- van
dirigidas al presidente del Tribunal de Cuentas y no entre nosotros, pero en este caso se me han hecho dos preguntas que usted no me deja responder.


El señor PRESIDENTE: Usted es suficientemente inteligente para responderlas en el contexto de su intervención.


El señor BRUGUERA BATALLA: En primer lugar, si en mi familia tengo problemas de gasto excesivo, la cosa es fácil: es que no tengo suficientes ingresos. ¡Pues claro! Por tanto tengo que adaptar los gastos a los ingresos que tengo o si no
incrementar los ingresos. En segundo lugar, no todos los municipios han tenido los mismos problemas desde el punto de vista macroeconómico, desde el punto de vista de la crisis económica, y, en cambio, afortunadamente, no todos los municipios están
en la situación económica y financiera del que estamos analizando.


El señor PRESIDENTE: Señor Sen.


El señor SEN VÉLEZ: Creo que he hecho una intervención bastante benevolente teniendo en cuenta la gravedad de lo que dice el Tribunal de Cuentas. En esta Comisión se han hecho intervenciones muchísimo más duras sobre informes que no tienen
absolutamente nada que ver con el que estamos viendo ahora mismo. Le voy a decir una cosa. Si tuviera que defender lo indefendible -como ha tenido que hacer un diputado de esta sala-, como alcalde que soy, hubiera pedido disculpas o hubiera dicho
que lo sentía, pero no me hubiera dedicado a criticar a los otros portavoces para defender una situación que es la que es y con la que soy el primero en sentirme incómodo haciendo una valoración de un informe como este, pero en ningún momento
vendría a comprometer al resto de los compañeros y mucho menos al presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE: Señor Márquez.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Me sorprende de nuevo el señor Bruguera. Resulta que en su planteamiento de Entesa la deuda comercial o la deuda de las administraciones públicas no es un elemento que contribuya a la reactivación económica.
Llevan cinco años hablando de austericidio y ahora resulta que...


El señor PRESIDENTE: Señor Márquez, no entable debate con el señor Bruguera. Intentamos llevar la Comisión sin debates entre diputados.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: No lo haré. Solamente me referiré a una cuestión. Creo que no he puesto incómodo al presidente del tribunal porque, precisamente, me siento muy cómodo en la posición que he ejercido esta mañana defendiendo la
postura del Grupo Popular en relación con este informe, sin criticar a ninguno de los portavoces. Sin embargo, no sé cómo les sorprende que, ante afirmaciones de otros portavoces, nos pronunciemos también en cuanto a la opinión que nos merecen.



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- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA LEGALIDAD DE LAS ACTUACIONES DEL FONDO DE REESTRUCTURACIÓN ORDENADA BANCARIA, DE LOS FONDOS DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y DEL BANCO DE ESPAÑA RELACIONADAS CON LA REESTRUCTURACIÓN BANCARIA, REFERIDA AL PERIODO
2009-2012. (Número de expediente del Congreso 251/000163 y número de expediente del Senado 771/000159).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la presentación del tercer informe, de fiscalización de la legalidad de las actuaciones del Fondo de restructuración ordenada bancaria, de los fondos de garantía de depósitos y del Banco de España relacionadas
con la reestructuración bancaria, referida al periodo 2009 a 2012. Tiene la palabra el presidente del tribunal.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El pleno del tribunal aprobó este informe en su sesión de 27 de marzo de 2014 para el periodo referido de 2009-2012. Se trata de una fiscalización realizada a
iniciativa del propio tribunal que forma parte del conjunto de actuaciones emprendidas para analizar las actividades públicas diseñadas para dar respuesta a la crisis económico-financiera en los últimos años. Las entidades sobre las que han recaído
las actuaciones fiscalizadoras fueron el Fondo de reestructuración ordenada bancaria, FROB, creado en 2009 con el objeto de gestionar los procesos de reestructuración y resolución de las entidades de crédito y contribuir a reforzar sus recursos
propios, los tres fondos de garantía de depósitos (en establecimientos bancarios, en cajas de ahorros y en cooperativas de crédito) y, tras su disolución en octubre de 2011, el nuevo Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito y el Banco
de España, como órgano supervisor del sistema financiero al que correspondía la aprobación de los planes de reestructuración de cada uno de los procesos.


En junio de 2009, ante la crisis del sistema financiero español, se estableció mediante Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, el modelo de reestructuración ordenada bancaria con un triple objetivo: incrementar la fortaleza y la solvencia
del sistema bancario español; que este último cumpliera con su función de canalizar los flujos financieros de la economía; evitar una potencial resolución desordenada de las entidades de crédito. La estrategia del modelo de reestructuración
suponía, en primer lugar, agotar las soluciones privadas de las entidades de crédito en su situación de dificultad financiera; en segundo lugar, la adopción de medidas por los distintos fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito;
finalmente, la intervención del FROB, como una entidad de nueva creación encargada de gestionar los procesos de reestructuración cuando se produjera la persistencia en la situación de debilidad de las entidades de crédito, con el sometimiento a la
aprobación del Banco de España de los planes correspondientes a cada uno de los citados procesos.


La evolución del modelo de reestructuración bancaria en el periodo 2009 a 2012 dio lugar a importantes modificaciones normativas que fueron introduciendo novedades en los instrumentos utilizados por el FROB para conceder el apoyo financiero
a las entidades que necesitaban reforzar sus recursos propios. Así, los procesos de reestructuración realizados durante el periodo denominado FROB 1, entre junio de 2009 y febrero de 2011, se caracterizaron por la concesión de apoyos financieros
públicos por el FROB a los procesos de integración de entidades de crédito mediante la adquisición de participaciones preferentes convertibles en acciones, en cuotas participativas o en aportaciones al capital social emitidas por dichas entidades de
crédito. El periodo denominado FROB 2 se inició a partir de febrero de 2011, con la aprobación del Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, y se extendió hasta julio de 2012, con la firma del memorándum de entendimiento entre las autoridades
españolas y la Comisión Europea. En este periodo se autorizó al FROB a reforzar los recursos propios de las entidades financieras mediante la adquisición de acciones de su capital. Desde esta última fecha se engloban los procesos de
reestructuración y resolución que conforman el periodo denominado FROB 3, realizados en el ámbito de la asistencia financiera europea para la recapitalización, en los términos fijados en el memorándum de entendimiento, y regulados por el Real
Decreto-ley 24/2012, de 24 de agosto, que dio lugar a la Ley 9/2012, de 14 de noviembre.


Del análisis de los procesos de reestructuración realizados y de los recursos empleados se pone de manifiesto que el total de los recursos públicos empleados o comprometidos como consecuencia de las actuaciones realizadas entre 2009 y 2012
para la reestructuración de las entidades financieras se elevó a 107.913 millones de euros. Esta cifra incluye conceptos de naturaleza muy diversa: costes y desembolsos de fondos, como las aportaciones de capital, por importe de 57.004 millones de
euros, o la suscripción de participaciones preferentes; garantías constituidas que vencerán en el futuro, como los esquemas de



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protección de activos, e importes máximos disponibles en las líneas de crédito concedidas. Hay que resaltar que aquella cuantía no equivale al coste neto de las aportaciones públicas a los procesos de reestructuración, cuya determinación no
era un objetivo específico de esta fiscalización y que solo se podrá conocer cuando finalicen dichos procesos. Del total de los recursos públicos empleados o comprometidos, 65.845 millones de euros fueron aportados por el FROB, 32.268 millones
correspondieron a los fondos de garantía de depósitos y 9.800 millones al Banco de España. Entre las entidades beneficiarias destacan los casos del Banco CAM, Caja de Ahorros del Mediterráneo, con 24.861 millones de euros; BFA/Bankia, con 22.426
millones y Banco de Valencia, con 17.869 millones.


En septiembre de 2012, una vez finalizado el proceso de evaluación independiente del sector bancario español, con objeto de estimar las necesidades de capital de cada entidad, la cantidad calculada en el escenario más adverso se elevaba a
55.900 millones de euros, importe que podría disminuir a 53.700 millones si se consideraran los procesos de integración que estaban en marcha y resultar incluso inferior si se tuvieran en cuenta las medidas previstas en los planes de
recapitalización que las entidades debían enviar al Banco de España. Los trabajos de evaluación contratados por el Banco de España con expertos independientes tuvieron un coste de 31,4 millones de euros, IVA incluido. Este importe fue abonado en
un primer momento por el propio órgano supervisor, pero fue finalmente asumido por el Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito, que abonó al Banco de España un total de 37,9 millones de euros, incluyendo 6,6 millones de IVA
repercutido.


Con respecto al cumplimiento de la legalidad, se ha verificado que todos los procesos de integración, reestructuración, reforzamiento financiero y resolución de entidades de crédito realizados durante los sucesivos periodos, entre 2009 y
2012, se desarrollaron conforme a la normativa vigente en cada momento y aplicable al tipo de actuación correspondiente. Por lo que se refiere a los límites de las indemnizaciones, pensiones y remuneraciones percibidas por los administradores y
directivos de las entidades de crédito, el informe elevado por el Banco de España a estas Cortes Generales en marzo de 2013 concluye poniendo de manifiesto que la normativa había sido cumplida en lo relativo a las entidades afectadas por los
denominados FROB 1 y FROB 2. En cuanto al periodo FROB 3, el citado informe señala que la adaptación a los límites se produciría en 2013 dependiendo de la participación que finalmente ostentara el FROB en las mismas.


Por otra parte, en las entidades en las que se suscribió capital social, el FROB se incorporó, con carácter general, al consejo de administración de las mismas en el momento en que esa participación fue mayoritaria. Sin embargo, no ha
existido uniformidad en la forma en que el FROB determinó la composición del consejo de administración de dichas entidades. Así, en el informe se recoge la opinión del tribunal sobre el caso concreto de Catalunya Banc, en el sentido de que el FROB,
al adquirir la condición de accionista mayoritario, no actuó con la debida diligencia en la adopción de las medidas que como tal le permitía la normativa general reguladora de las sociedades de capital y en la regulación específica del proceso de
reestructuración. En efecto, desde octubre de 2011, fecha en que el FROB se incorporó al consejo de administración de Catalunya Banc, debió haber ejercido plenamente los derechos que le atribuía la normativa y haber establecido los instrumentos
necesarios para evitar llegar a una situación que, según consta en las actas de las reuniones de la comisión rectora del FROB, supuso un perjuicio para la gestión ordinaria de dicha entidad bancaria. Esta forma de actuar pudo contribuir a
dificultar el cumplimiento de los objetivos de promover las soluciones y adoptar las medidas necesarias para resolver la situación en la que se encontraba Catalunya Banc y velar por sus intereses, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.3 de la
Ley 9/2012. El FROB, como titular indirecto de un porcentaje significativo del capital de Banco Gallego a través de su participación en Novacaixagalicia, tampoco realizó las actuaciones necesarias para designar a través de esta última entidad un
número de miembros del consejo de administración del Banco Gallego que representara una proporción equivalente a la titularidad indirecta que ostentaba en el capital de dicho banco.


El FROB abonó a sus representantes en el consejo de administración de las diversas entidades afectadas por procesos de reestructuración y resolución unos honorarios totales de 6 millones de euros. El fondo consideró que desde la
promulgación del Real Decreto-ley 2/2012 tales honorarios debían someterse a los mismos límites que la normativa señala para las retribuciones de los administradores y directivos de las entidades favorecidas por los apoyos del FROB. Antes de la
entrada en el capital de las entidades objeto de reestructuración, el FROB debía determinar el valor económico de la entidad de crédito sobre la base de los informes de valoración encargados a uno o varios expertos independientes, previo informe de
la Intervención General de la Administración del Estado. Se ha comprobado el



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cumplimiento de la citada obligación, dado que los informes emitidos por la IGAE señalaban que los informes de los expertos independientes se adecuaban razonablemente a la metodología aprobada por el FROB y que los valores económicos de las
entidades respectivas fijadas por el fondo se ajustaban a los acuerdos de su comisión rectora. Los costes en los que el FROB incurrió como consecuencia de los informes emitidos por los expertos independientes ascendieron a un total de 15,4 millones
de euros, de los que 8,8 millones correspondían a la etapa del FROB 3. Aunque el fondo decidió que a partir de julio de 2012 los costes de estos informes debían ser repercutidos a las entidades de crédito correspondientes, no los repercutió al
considerar que la normativa reguladora del FROB 3 modificó sustancialmente la regulación preexistente de los procesos de reestructuración, decisión que fue formalizada mediante un acuerdo del consejo rector del FROB de noviembre de 2013, con la
conformidad previa de la Abogacía General del Estado.


Por lo que se refiere al análisis del seguimiento de los planes de reestructuración, el Banco de España recibió los informes que las entidades de crédito le debían remitir periódicamente sobre el grado de cumplimiento de las medidas
adoptadas en el correspondiente plan de integración aprobado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-ley 9/2009. Por el contrario, esta norma no establecía obligación alguna de remisión periódica de información de seguimiento respecto de las
entidades de crédito que fueran a ser objeto de reestructuración. Dada la repercusión económica que pueden tener en el futuro los apoyos financieros otorgados a los procesos de reestructuración llevados a cabo al amparo del Real Decreto 9/2009, así
como de los procesos de resolución aprobados en los términos previstos en la Ley 9/2012, se considera que la normativa debería haber previsto obligaciones formales de remisión de información para dar cuenta del cumplimiento de las condiciones
subyacentes a estos apoyos, en particular de la evolución de los riesgos asociados a los esquemas de protección de activos. A este respecto, los planes aprobados incluían como condición para la venta de las entidades objeto de restructuración o de
resolución el otorgamiento de esquemas de protección de activos bien por el FROB en los casos de Cajasur y Banco de Valencia, bien por el Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito en los casos de Unnim Banc, Banco CAM y Caja de Ahorros
de Castilla-La Mancha. Esta situación implica asumir una parte de las pérdidas en que incurriera una cartera de activos durante un plazo de varios años, que según los casos se extienden hasta 2015, 2021 y 2022. El importe máximo cubierto por el
FROB y por el Fondo de garantía asciende a 28.667 millones de euros. Por otra parte, hasta febrero de 2014 el FROB no ha dispuesto de normas escritas de gobierno corporativo aplicables a las entidades de crédito en las que era administrador
provisional o tenía una participación en su capital, lo cual es especialmente relevante cuando su participación sea total o mayoritaria. Respecto de las actuaciones judiciales, el FROB ha emprendido o se ha personado principalmente en las
actuaciones relativas al Banco de Valencia, siete querellas en trámite, Caja de Ahorros del Mediterráneo, dos querellas en trámite, Novacaixagalicia y Caixa d'Estalvis del Penedés, ambas con diligencias previas iniciadas.


Por último, el FROB carecía de datos que permitieran comprobar de forma directa el cumplimiento de las restricciones que impuso en materia de políticas comerciales agresivas a las entidades financieras beneficiarias de sus ayudas. No
obstante, existen indicios para afirmar que todas las entidades beneficiarias de apoyos financieros del FROB 1 y del FROB 2, al menos entre junio de 2011 y agosto de 2012, incumplieron tales restricciones.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a las intervenciones de los grupos. El señor Hurtado, del Grupo Socialista, me ha solicitado intervenir primero por un problema de agenda. ¿Tienen algún problema para la intervención? (Denegaciones).


Señor Hurtado, tiene usted la palabra.


El señor HURTADO ZURERA: Quiero dar las gracias a los portavoces por su generosidad y benevolencia y al presidente del Tribunal de Cuentas por comparecer.


Es muy importante el tema que ha sido objeto de fiscalización; me alegra que haya sido a iniciativa del Tribunal de Cuentas y que incluso se haya ampliado al año 2012, puesto que ha sido fundamental, ya que en el proceso de reforma
financiera ha sido clave el año 2012 en cuanto a que se aprueba el memorando de entendimiento en julio, se desarrolla a través del real decreto y la Ley 9 correspondiente en el mismo año 2012 y, sobre todo, tiene repercusión fundamental y definitiva
no solamente en el FROB3 sino también en el FROB1 y FROB2, puesto que gran parte de los recursos que se destinaron en el FROB1 a integración han sido redefinidos en el FROB3 y los recursos que se destinaron a recapitalización en el FROB2 también han
sido redefinidos en el FROB3 a través del memorando de entendimiento. El informe dice claramente



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que sólo entra en cuestiones de legalidad, si los procedimientos llevados a cabo se acogen a la legalidad o no; no entra en la oportunidad o las decisiones que han dado pie a la definición de esta reforma financiera. No obstante, como
portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, tengo que hacer un recordatorio: que nos hemos negado a esta reforma; es una reforma costosa, que no es para nada una reforma ejemplar, y hemos puesto de manifiesto que no estamos a favor del acuerdo
con la Comisión Europea en algunos términos, principalmente en el trato que se le ha dado a los titulares de híbridos, preferentes y deudas subordinadas, con las quitas, con el sistema de arbitraje. Tampoco hemos estado de acuerdo con la decisión
adoptada en la creación del banco malo y la forma en que se han hecho las transferencias de activos inmobiliarios y financieros al banco malo. Por otra parte, no hemos estado de acuerdo -lo hemos dicho- en los procesos de resolución de entidades
bancarias; consideramos que han sido muy costosos. Ha habido demasiada prisa y premura para deshacerse de esas entidades que han sido nacionalizadas, y eso ha sido a costa de pérdidas que consideramos que se tenían que haber evitado. Por tanto,
independientemente de que el Tribunal de Cuentas no entre en la oportunidad, yo tenía que hacer una declaración al respecto como lo hemos venido haciendo en todos los reales decretos y leyes que han desarrollado esta reforma financiera.


Con respecto al informe, en primer lugar, manifiesto que echo de menos algo muy importante para nosotros y que sí tiene que ver con la legalidad. Nosotros hemos cuestionado la legalidad del memorando de entendimiento, y lo hemos hecho
porque nunca ha pasado por el Congreso de los Diputados, por el Parlamento español, en cambio -cosa curiosa- sí ha pasado por el Parlamento alemán. El Tribunal de Cuentas no se ha manifestado al respecto y considero que sería conveniente que lo
hiciera, porque desde la oposición seguimos insistiendo en que ese memorando de entendimiento no ha tenido los requisitos legales suficientes como para su implantación, porque no ha pasado por el Congreso de los Diputados, ha pasado por el
Parlamento alemán; además este acuerdo entre la Comisión Europea y el Estado español ha sido definitivo para la reforma, para la aportación de recursos públicos a esta reforma financiera y para la resolución y las consecuencias que se han derivado
al respecto. Me gustaría que el Tribunal de Cuentas se manifestase respecto a la legalidad del memorando de entendimiento y sobre el hecho de no haber pasado refrendo por parte del Parlamento español.


En segundo lugar, nos preocupan mucho las pérdidas que se están ocasionando. En el informe se hace una relación de las ayudas públicas dispuestas a través del FROB, del Fondo de Garantía de Depósitos y del Banco de España, que ascienden a
108.000 millones de euros aproximadamente, en conceptos muy diversos, que van desde la recapitalización, la compra de acciones, las participaciones preferentes convertibles o lo que son honorarios, diagnósticos y los esquemas de protección de
activos como conceptos fundamentales. También se pone de manifiesto que hay tres entidades que han necesitado más recursos públicos, y yo creo que hay que destacarlas: CAM, Caja de Ahorros del Mediterráneo, con cerca de 25.000 millones de euros,
Bankia, con aproximadamente 22.500 millones de euros, y Banco de Valencia, con cerca de 18.000 millones de euros. Hay una amplia variedad, por ejemplo Catalunya Banc y otras entidades bancarias, que han necesitado menor disposición de recursos
públicos para su sostenimiento, saneamiento, liquidación, resolución o integración y recapitalización. Al igual que se ha hecho esa valoración, el Tribunal de Cuentas debería haber definido en su informe cuánto dinero se considera ya perdido. Se
hace mención a algunas operaciones y otras las tenemos nosotros cuantificadas. Está claro que el Banco de Valencia ha supuesto prácticamente 5.500 millones de pérdidas de esas ayudas que se habían prestado, que Novagalicia Banco con su venta ha
significado prácticamente la pérdida de 8.000 millones de euros o que, en concreto, la CAM supone una pérdida en torno a los 5.800 millones de euros; así sucesivamente podríamos seguir con Cajasur, con Unnim, etcétera, podríamos seguir con una
serie de entidades bancarias que bien se han integrado en otras o bien se han capitalizado, pero ya son pérdidas asumidas por el Estado. Nos gustaría que se definiese la cuantía en todo momento y que se hiciese incluso un seguimiento por parte del
Tribunal de Cuentas de estas pérdidas. Se tendrían que haber evitado las pérdidas; hay otros países como Estados Unidos, Holanda o Francia, que están recuperando el dinero invertido en su reforma financiera; por eso consideramos que España no
debería soportar ninguna pérdida. Hemos estado siempre de acuerdo en la recapitalización de la banca, en pro y en beneficio sobre todo de los depositantes, pero su saneamiento, su recapitalización en el momento de resolución o integración tenía que
garantizar la recuperación de las ayudas públicas. No consideramos adecuada la prisa que hay partiendo de una tesis, y es que cuanto más tiempo estén estas entidades en manos del Estado parece que más costosas van a ser. Yo creo que no, y todavía
tenemos muchas esperanzas respecto a que una vez que se recapitalice Bankia se recupere gran parte del dinero invertido.



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Tenemos esa esperanza; todo va a depender de la gestión que se haga de Bankia y de la oportunidad a la hora de desprenderse en todo o en parte de los activos de esta entidad bancaria. Por tanto, solicitamos y vemos necesario que el
Tribunal de Cuentas haga un seguimiento sobre las pérdidas que se están ocasionando y que, sobre todo, informe al Gobierno y al Parlamento sobre las posibilidades y fórmulas para evitar estas pérdidas.


En segundo lugar, nos preocupan mucho las operaciones irregulares que se han producido en las entidades bancarias que han contado con ayuda pública. No basta con la información que se nos da sobre que el FROB haya iniciado actuaciones
judiciales o sobre que se haya personado en algunas actuaciones judiciales. Por ejemplo, nos llama mucho la atención que se haya personado o que haya iniciado actuaciones en el caso de Banco de Valencia, en Caja de ahorros del Mediterráneo, en
Novagalicia Banco, en la caja de ahorros del Penedés, en la caja de ahorros de Cataluña y que, sin embargo, concretamente en Bankia, una entidad que ha necesitado prácticamente 22.500 millones de euros, no se haya abierto una investigación, que no
se haya visto qué operaciones irregulares han dado pie al agujero negro de Bankia, que no se informe al respecto. Es necesaria una información pormenorizada que se eleve, sobre todo, a la fiscalía o a la parte jurisdiccional del Tribunal de Cuentas
para que se puedan asumir responsabilidades. En este país todo el mundo está indignado por el hecho de que los señores que nos han llevado a este desastre bancario se hayan ido con pingües indemnizaciones e incluso que algunos de ellos hayan
cambiado de banco o de denominación de entidad bancaria...


El señor PRESIDENTE: Señor Hurtado, debe ir terminando.


El señor HURTADO ZURERA: Concluyo, presidente.


Digo que a pesar de todo, aquí no está pasando nada. Es necesario investigar las operaciones irregulares que han producido estos importantes agujeros.


En tercer lugar, es necesario hacer un seguimiento de las EPA y del riesgo que tienen. En concreto, las EPA están en torno a los 28.000 millones de euros del Fondo de garantía de depósitos y por otra parte del FROB.


El señor PRESIDENTE: Señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Concluyo, presidente.


Creemos necesario que mientras duren los riesgos -en algunos casos 2015, en otros 2020- el Tribunal de Cuentas haga un seguimiento de los riesgos asumidos y, sobre todo, de las pérdidas que puedan estar ocasionando. Tenemos que tomar
medidas para que no vuelva a ocurrir lo que ha ocurrido tanto en Novagalicia como en el Banco Gallego, y no se desaproveche la pertenencia...


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Concluyo ya, presidente.


El señor PRESIDENTE: He sido muy generoso con usted, señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Permítame que termine.


Así como la comprobación directa del...


El señor PRESIDENTE: No se lo permito, señor Hurtado. Hay un tiempo que usted ha sobrepasado ampliamente. Ya hemos sido bastante generosos permitiéndole su intervención antes de tiempo.


Para continuar con las intervenciones, tiene la palabra el señor Anchuelo, por el Grupo de Unión Progreso y Democracia.


El señor ANCHUELO CREGO: Este informe, como ha comentado el interviniente anterior, se incluyó en el programa de fiscalización a iniciativa del Tribunal de Cuentas, y mi grupo quiere valorar positivamente este hecho, esta iniciativa del
Tribunal de Cuentas y la emisión del mismo, sobre todo, porque está dedicado a estudiar unos acontecimientos que se pueden calificar de históricos. Es cierto que abusamos de este adjetivo en nuestro país y que a menudo lo asociamos hasta con
partidos de fútbol, pero en este caso es un acontecimiento histórico el rescate público de las cajas de ahorros y el consiguiente rescate financiero europeo, con la firma del memorándum de entendimiento y las consecuencias posteriores. Y no solo
son acontecimientos históricos importantes, sino que hay múltiples preguntas que la sociedad se



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hace y que todavía no han quedado plenamente resueltas al hilo de estos acontecimientos. Preguntas como cuál fue el origen de estos problemas en las entidades financieras, en las cajas de ahorros, si se podría haber evitado la crisis de
estas entidades, si una vez producida la crisis se encaró por las autoridades públicas de la forma más adecuada, e incluso cuáles son sus consecuencias previsibles, especialmente en términos de coste público. Son acontecimientos importantes que hay
que aclarar e, insisto, valoramos positivamente la emisión de este informe a iniciativa del tribunal.


Sin embargo, a continuación nos tenemos que preguntar en qué medida el informe responde a todas estas cuestiones pendientes, y por desgracia la valoración de mi grupo es que responde en muy escasa medida, lo cual tiene que ver
fundamentalmente con el enfoque que se adopta en el informe, que es extremadamente limitado. El enfoque busca hacer únicamente un examen de legalidad desde un punto de vista meramente formal. Se fijan los procedimientos absteniéndose de valorar la
conveniencia de las decisiones adoptadas. Por supuesto, este es un enfoque legítimo, pero consideramos que no era inevitable ni siquiera si queríamos ceñirnos a hacer un examen de legalidad, porque las leyes incorporan una serie de principios que
podrían haber dado pie a una perspectiva más amplia. Por ejemplo, las leyes incorporan el principio de minimización del coste público. En el artículo 6.1 del Real Decreto 9/2009 se establece ese principio, minimización del coste público, y se
reitera en los artículos 1 y 3 de la Ley 9/2012. Este principio de minimización del coste público podría haber servido de asidero al tribunal para ampliar la perspectiva del informe y preguntarse si el rescate de las entidades fue necesario o
inevitable, si la estrategia fue la más adecuada y si el coste se ha minimizado o no.


Otro principio que incorporan las leyes y que podría haber ampliado este informe, aunque se ciñese a una perspectiva meramente de legalidad, se recoge de nuevo en el artículo 6.1 del Real Decreto 9/2009. Allí se establece que el Banco de
España, como saben sus señorías, no solo tiene funciones de supervisión bancaria, sino que también tiene la facultad de imponer medidas disciplinarias; se dice allí: si hay deficiencias organizativas o de control interno. De nuevo, esto podría
haber servido para un análisis de si el Banco de España, que es una entidad fiscalizada en el informe, ha ejercido bien estas competencias legales. Por eso, mi primera pregunta de las únicas dos que le quiero formular es: por qué el Tribunal de
Cuentas ha optado por este enfoque de legalidad tan limitado y no por una perspectiva más amplia.


Entrando a valorar el contenido del informe, el punto que se trata con más detalle en el mismo es el uso de los recursos públicos, y de esa parte esencial querría hacer tres valoraciones o calificarla con tres adjetivos. El primero es que
el informe es conciso. Acostumbrados a informes tan amplios del Tribunal de Cuentas es un informe conciso, que respecto a los recursos públicos básicamente suma los recursos dedicados a recapitalizar las entidades, más los esquemas de protección de
activos, más las líneas de crédito, y llega a una cifra global de 108.000 millones de euros, que es la que más ha concentrado la atención pública y mediática, como una especie de coste del rescate. Esto me lleva al segundo calificativo, y es que
creemos que el informe es impreciso. No entendemos bien cuál es el significado que se atribuye a esta cifra, y esta es la segunda pregunta que quería formularle: cómo tenemos que entender esta cifra de 108.000 millones de euros, porque en ella se
incluyen algunos conceptos como las líneas de crédito que en parte no se han dispuesto o ya se han reintegrado, con lo que no van a suponer un coste, o se incluyen las EPA en su cifra máxima, cuando no necesariamente se tiene que llegar a ellas y
las pérdidas no llegan al máximo permitido. Sin embargo, por otro lado no se incluyen otros elementos que sí pueden suponer pérdidas muy sustanciales, por ejemplo, el coste potencial de la Sareb o los activos fiscales diferidos.


Por eso le rogaría que nos ilustre sobre cómo hay que interpretar exactamente esta cifra de 108.000 millones y cómo se pueden aclarar estas imprecisiones, tanto en la línea que digo de que tal vez no todo suponga un coste, como en la segunda
línea, no menos importante, de que se dejan fuera otras cosas como la Sareb o los activos fiscales diferidos que sí pueden acabar suponiendo un coste público.


El segundo aspecto del informe que quería comentar tiene que ver con las actuaciones del Banco de España, porque apenas quedan reflejadas en el informe de fiscalización, a pesar de que es una entidad fiscalizada y a pesar de que -como antes
decía- no solo tiene funciones de supervisión bancaria, sino también facultades para imponer medidas disciplinarias. Nos habría gustado que se analizase en más detalle cuáles fueron las actuaciones del Banco de España. La sociedad está muy
preocupada, sobre todo, por las actuaciones del Banco de España relacionadas con la salida a bolsa de Bankia o con las actuaciones previas al rescate de esa entidad, y de estas cuestiones nada se aclara. Lo lamentamos, porque son cuestiones
importantes; la oscuridad en torno a ellas es importante y lo poco que se ha aclarado ha tenido que ver básicamente con la querella que Unión Progreso y Democracia presentó. Si no



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fuese por esta actuación, las aclaraciones sobre estas cuestiones fundamentales de cara a la sociedad serían mínimas, pese a que los inspectores del Banco de España en su momento denunciaron que las actuaciones del supervisor bancario habían
sido insuficientes. El FROB, como dueño de las entidades, podría haber tenido un papel más activo en la exigencia de responsabilidades.


Concluyo. Valoramos positivamente la emisión del informe; aporta una mínima luz a cuestiones relacionadas con estos acontecimientos históricos, pero lo que se explica es una parte mínima de lo que la sociedad demandaba. La historia de la
quiebra de las cajas y el rescate consiguiente es una larga historia, tiene muchos eslabones, comienza con los defectos de gobernanza de estas entidades, con la politización de sus consejos de administración, con la interferencia de las comunidades
autónomas; prosigue con las políticas de crédito inadecuadas que esa politización provocó; continúa con una huida hacia delante cuando los problemas de las entidades no se reconocen y, se oculta como mínimo, la negligencia de los organismos
supervisores: Banco de España, CNMV, incluso el Gobierno de la época. Esto da lugar a un rescate generalizado de las entidades, da lugar a un rescate europeo y deja abiertas muchas incógnitas: las consecuencias para los que compraron
participaciones preferentes, las pérdidas para el Tesoro público, Eurostat, -por cómo computa el déficit, estima que ya se han perdido alrededor de 50.000 millones de euros de esas ayudas-. Ha habido pérdidas de empleo en las entidades y efectos
sobre el crédito. Por último, pero no menos importante, la exigencia de responsabilidades. No nos cansamos de repetir que contrasta dolorosamente toda esta catástrofe financiera y social con el hecho de que los causantes no hayan sido penalizados,
sino que hayan sido en cierta manera premiados con indemnizaciones millonarias y generosas prejubilaciones. Al plantearse el Tribunal de Cuentas unos objetivos tan restringidos que ni siquiera cumplen plenamente un análisis de legalidad muy
restringido, realiza una aportación, pero muy lejos de la aportación y del informe que la sociedad demandaba.


El señor PRESIDENTE: Por la Entesa el señor Bruguera no quiere intervenir.


El señor Sixto, de La Izquierda Plural, tiene la palabra.


El señor SIXTO IGLESIAS: Estamos ante un informe, y hay que hablar en términos históricos del mayor latrocinio en la historia de España, del desastre que hubo en la gestión de las cajas de ahorros. Estamos hablando de miles y miles de
millones de euros como si fuesen caramelos; estamos hablando ni más ni menos que de 107.000 millones de euros que, según el informe, es el 10 % del producto interior bruto de España; una auténtica barbaridad. Para hablar de este mayor latrocinio
de la historia de España tenemos este informe y la otra única cosa que ha hecho esta Cámara han sido unas comparecencias bastante parcas que tuvieron lugar el año pasado. Mi grupo parlamentario ha exigido en reiteradas ocasiones la necesidad de una
comisión de investigación parlamentaria sobre cómo fue posible que el sistema financiero español llegase al estado de quiebra al que llegó, sobre cómo se pudo llegar a aquella situación y quiénes han sido los responsables de tal desastre. Este
informe no va sobre los orígenes de cómo se llegó a aquello, no va a las cifras que se han comentado antes. Por ejemplo, los valencianos nos quedamos sin sector financiero porque se hicieron quebrar nuestras cajas de ahorros y los bancos
relacionados con ellas, el Banco de Valencia, de una forma absolutamente incomprensible y con cantidades de falta de dinero inimaginables apenas unos meses antes. Este informe no entra en este tema, y lo lamentamos. Este informe entra en un
control de legalidad de las acciones del FROB, de los fondos de garantía, del Banco de España sobre algunas cuestiones, pero trata algunos asuntos que nosotros consideramos insuficientes. El informe no llega al fondo de todas las cuestiones que
intenta abarcar o cuya intención intenta abarcar. En este sentido, señor presidente, le pregunto si ha habido presiones acerca de los auditores para modificar su trabajo y si piensa iniciar alguna investigación respecto a posibles presiones sobre
las personas técnicas, los auditores que han trabajado en este informe.


La segunda cuestión sobre la que me gustaría que usted nos iluminase la ha comentado respecto a un informe del Banco de España: las retribuciones de los directivos de estas cajas de ahorros que las llevaron a la quiebra, los responsables de
esta situación que, según normativa aprobada por el Partido Popular, tenían que ver reducidas sus retribuciones. ¿El Tribunal de Cuentas puede dar fe de que se han producido esas reducciones en las retribuciones de los responsables de las entidades
financieras que las llevaron al desastre? ¿Puede dar esa tranquilidad al pueblo español? Me gustaría que se detuviese algo más sobre la negligencia del FROB a la hora de nombrar representantes en determinadas entidades bancarias. Lo digo porque
el FROB tuvo que nombrar determinados representantes para suplir a los gestores que habían realizado el desastre y, según su intervención, hubo una negligencia en determinados casos. Una cuestión que nos preocupa mucho es la cuestión de las
acciones judiciales; se trata muy por



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encima. El señor Anchuelo lo ha comentado antes; gracias a que Unión Progreso y Democracia interpuso una querella, y después Izquierda Unida, por el tema de Bankia se está viendo esto en los tribunales. Las acciones judiciales del FROB
sobre las causas que llevaron a la quiebra de las entidades financieras que ha estado rescatando, desde nuestro punto de vista, no son tratadas suficientemente en este informe, señor presidente, debería detenerse mucho más en esta cuestión. El
pueblo español, la gente que en última instancia está pagando esos miles de millones de euros de los desfalcos y del mayor latrocinio en la historia de España, quieren saber si los responsables de esos desfalcos, de esa situación, de esas quiebras,
van a acabar ante los tribunales o van a salirse de rositas como parece que de momento se están saliendo. ¿Nos puede asegurar usted en este informe que se ha trazado completamente el control de legalidad de absolutamente todas las operaciones
realizadas por el FROB, de todas, desde el principio hasta el final? Una cuestión muy concreta es la cuestión de la asesoría técnica, las asesorías sobre los costes, valoraciones y demás que, según los datos que me constan, han supuesto 31 millones
de euros. Hay un informe del Servicio Jurídico del Estado respecto a los costes de la asesoría técnica, y me gustaría que usted nos dijese algo sobre ese informe del Servicio Jurídico del Estado respecto a los costes de la asesoría técnica de los
cálculos del FROB.


Por último, me gustaría que, a ser posible, nos iluminase sobre las conclusiones en el proceso interno del Tribunal de Cuentas, el informe de la fiscalía que se elevó y los problemas que la misma encontró en la formulación de este informe.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Bel, por el Grupo de Convergència i Unió.


El señor BEL ACCENSI: En primer lugar, quiero agradecer la iniciativa del Tribunal de Cuentas en torno a este informe, una iniciativa que se circunscribe estrictamente a cuestiones de legalidad y que, desde nuestra perspectiva, visto el
informe, sería conveniente ampliar a otros ámbitos, especialmente a la posibilidad de si se han asumido aquellos objetivos que se planteaban con el Real Decreto 9/2009, aquel triple objetivo que era, en primer lugar, incrementar la fortaleza y la
solvencia del sistema bancario; en segundo lugar, lo que nosotros entendemos que ha sido extremadamente deficiente en su función de canalizar los flujos financieros de la economía y, en tercer lugar, evitar una potencial resolución desordenada de
las entidades de crédito. Por lo tanto, le felicitamos por la iniciativa, aunque ciertamente la entendemos un tanto limitada; la podemos entender en un primer momento, pero creemos que a lo largo de los próximos meses habría de realizarse un
informe para evaluar estrictamente el cumplimiento de los objetivos que se planteaban con la reestructuración ordenada bancaria.


Dicho esto, solo querría algunas aclaraciones, y me voy a centrar exclusivamente en un aspecto muy puntual en torno a la entidad Catalunya Banc. La entidad Catalunya Banc recibe el 11,17 % de los recursos públicos empleados o comprometidos
en las actuaciones de reestructuración. De este 11 %, del análisis concreto que efectúan ustedes en torno a Catalunya Banc, la verdad es que se desprenden unas conclusiones un tanto duras. En primer lugar, dicen claramente que el FROB no actuó con
la debida diligencia en la adopción de las medidas necesarias que la normativa le daba y que sí que lo habían hecho en actuaciones de otras entidades y, por tanto, se viene a interpretar que no se controlaron las decisiones desde que el FROB asumió
la mayoría del capital social o incluso la integridad del capital social y concluyen que esta falta de diligencia se concretó en un perjuicio para la gestión ordinaria de dicha entidad. Nos gustaría que nos pudiesen concretar este perjuicio, en qué
se perjudicó la gestión ordinaria concretamente, y es más, si el tribunal, a través de la documentación de que dispone, ya sea de información del propio consejo rector del FROB, tiene cuantificado este perjuicio por esta falta de diligencia del FROB
en Catalunya Banc.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Suárez, del Grupo Popular.


El señor SUÁREZ LAMATA: Quiero agradecer la exposición prolija del presidente del Tribunal de Cuentas en este informe sobre el FROB y hacer una reflexión con carácter inicial, que estoy convencido no va a tener ningún éxito y que viene al
hilo de una manifestación que ha hecho el señor Sen en el sentido de ser respetuoso -decía hoy- con el presidente del tribunal. Hoy aquí hemos visto una serie de intervenciones más o menos duras, pero nadie ha cuestionado al tribunal ni los
informes del mismo, más allá de algunos análisis que se han hecho posteriormente, pero esta no ha sido la pauta habitual de esta Comisión. Yo creo que esta Comisión debería reflexionar sobre esta cuestión. Aquí se ha puesto en duda la
independencia del tribunal por parte dos grupos políticos concretamente; hace poco lo hacía el portavoz



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del Grupo Socialista, el señor Gordo, en un debate sobre un informe de Radiotelevisión; y UPyD lo hizo con informes políticos. Yo me alegro de que hoy les sirva el informe y de que hoy el tribunal sea independiente, pero habría que
concluir que el tribunal hace su trabajo y lo hace bien, aunque evidentemente unas veces nos gustan más los informes y otras menos, pero flaco favor le hacemos a la institución -saben que este portavoz lo ha reiterado unas cuantas veces- si la
cuestionamos. Sorprendentemente el señor Sixto, que hoy había sido respetuoso, plantea también sombras de duda sobre si ha habido presiones o no. Por supuesto que lo hace con toda legitimidad y que puede tener algún indicio, pero insisto en que
flaco favor le hacemos a la institución.


El señor Hurtado no está -entiendo que tiene otras obligaciones- y como parece feo contestar a alguien que no está no lo voy a hacer, pero sí quiero decirle que no podemos tener memoria selectiva, centrarnos en unas entidades financieras
gobernadas por no sé quién y olvidarnos de las que hemos gobernado, ya que el problema viene de donde viene. En 2008-2009, cuando este país tenía el mejor sistema financiero del mundo, no gobernaba el Partido Popular. No voy a perder un segundo de
mi tiempo en esta cuestión porque no merece la pena, pero sí quiero hacer algunas reflexiones sobre el FROB, en línea con las que hice en la última comparecencia de su presidente en el Congreso de los Diputados. El FROB ha realizado un intenso
trabajo en estrecha colaboración con el supervisor para facilitar el proceso de saneamiento, recapitalización y reestructuración con un objetivo claro, que era minimizar el coste para el contribuyente de la reestructuración del sistema financiero.
¿Que el resultado es más elevado de lo deseable? Evidentemente, sí. Pero cuando uno lo compara con lo que ha sucedido en el resto de países de Europa que no han requerido ayuda financiera, estamos en esos mismos niveles y estamos muy por debajo en
aquellos que han suscrito programas de asistencia financiera. Y hay algo que no se quiere ver pero que está ahí, y es que el FROB ha contribuido a mitigar el coste social que ha supuesto la inadecuada comercialización de instrumentos híbridos y, al
final, ha logrado avances en la tarea de venta de la participación pública de entidades nacionalizadas que han contribuido a mejorar el sistema financiero o la reestructuración del sistema financiero.


Me encantaría, señor presidente, tener mucho tiempo porque el informe es complejo, ya sé que voy a tener el que me corresponde, pero debo hacer algunas consideraciones y el señor Anchuelo -me alegro de que lo haya hecho- también ha ido por
ahí. Yo creo que el informe produce una cierta confusión, y usted mismo lo decía, señor presidente, trata por igual aportaciones reales, algunas ya devueltas, con posibles aportaciones futuras o garantías, además de utilizarse diferentes conceptos
para catalogar los recursos. Al final, la cifra con la que se ha quedado todo el mundo es 107.913 millones, recursos públicos empleados o comprometidos, pero a continuación el propio informe -me refiero a los puntos 2, 3 y siguientes- incluye
conceptos de naturaleza muy diversa, como garantías constituidas que vencerán en el futuro o importes máximos disponibles en líneas de crédito concedidas, que por cierto se refieren a importes distintos de los que finalmente se han concedido.


Señor presidente, con este planteamiento que se hace hay un problema en el informe, desde mi punto de vista, y es que no se precisan los recursos devueltos por las entidades financieras ni los ingresos obtenidos, y dado que el informe al
final cuantifica los costes de los procesos, entiendo, y humildemente lo digo, que deberían haberse deducido los ingresos derivados de los mismos. Le pregunto qué opinión le merece todo esto. Cuando uno acude al informe, la nota número 10 al pie
del mismo señala que el propio FROB dice que de los correspondientes informes habría que deducir entre otros conceptos los ingresos por devolución de ayudas y las líneas de liquidez canceladas. Con independencia de que esta propuesta sea
técnicamente razonable o no a efectos de un eventual cálculo del coste de las aportaciones -coste neto-, me ha llamado la atención que si el informe afirma que la propuesta técnica del FROB es adecuada en esta cuestión, yo creo que debería haberse
tomado en consideración por parte del informe. Y si el Tribunal de Cuentas emite informes técnicos, no alcanzo a entender cómo no se admite la validez técnica de una propuesta que con posterioridad -obviamente se deduce de la lectura del informe-
se desecha en la fiscalización. Lo relevante puede que sea conocer el desembolso de los recursos públicos realmente producidos, lo que usted ha llamado netos, pero el informe no ofrece esta información. Uno acude al propio informe, que dice -leo
literalmente- que el citado cálculo no es un objetivo específico de esta fiscalización y su determinación solamente es fiable cuando se analice la finalización del mismo -entiendo que el FROB-. No alcanzamos a entender esta afirmación porque la
cifra recogida de 107.903 millones de euros creo que transmite una imagen distorsionada del proceso y no sé qué utilidad tiene este indicador, porque la determinación fiable del coste del proceso se podía ir dando con fechas. Le digo qué fechas
entiendo: cuando la Comisión Europea y el Banco Central han ido emitiendo declaraciones tras la



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conclusión de cada uno de los exámenes del programa de asistencia financiera a España, en donde se iban evaluando las medidas tomadas en relación con el memorandum de entendimiento para asistencia financiera a la banca española, porque
entiendo que esta información presumiblemente la tenía el Banco de España y podría haberse manejado para la fiscalización.


Otra cuestión a la que ya se ha hecho mención. El periodo a analizar era inicialmente 20099-2011. Entiendo que a raíz de solicitar España la ayuda financiera concedida por el Eurogrupo el 20 de julio, se aumenta el periodo. Parece
deducirse que el tribunal modifica el ámbito temporal, pero no modifica los objetivos de la fiscalización -esto es una presunción que me gustaría que usted aclarara-, objetivos que fueron diseñados para un periodo diferente del que el Gobierno o el
Reino de España solicitan la ayuda financiera en junio de 2011, a pesar de la trascendencia que tiene. Le hago una pregunta directa. Si tenemos en cuenta que el programa de asistencia financiera al sector acababa en el año 2013, ¿usted cree que
hubiera sido lo lógico, por razones de oportunidad, extender la fiscalización a este año 2013? Yo creo que ahí se hubieran aclarado muchas dudas, muchas cuestiones por las que aquí se ha preguntado.


Respecto a los recursos realmente utilizados en el proceso de reestructuración, yo tomé en cuenta, señor presidente, ya lo sabe usted, los datos del informe: 62.870 millones. Pero entiendo que habría que restar ingresos que están
pendientes de producirse y que reducirían de forma considerable dicha cantidad. Si vamos a aportaciones de capital y cuotas participativas, nos encontramos con 800 millones que ha devuelto Caja Sur. Deducir las pérdidas incurridas por el FROB en
la reestructuración de Unnim. Al final, esto da otra cifra, que es 55.250 millones. En cuanto a los esquemas de protección de activos financieros, que tanto le preocupaban al señor Hurtado, durante su periodo de vigencia se asumen unas pérdidas
máximas sobre determinados riesgos sin que por tanto se pueda considerar su importe total como recursos efectivamente utilizados. El informe no cuantifica el grado de utilización efectiva; dice de que su vigencia se extiende al 15, al 21 o al 22,
y en las cuentas que yo hago, de los 28.667 millones se podrían cuantificar unas pérdidas de 6.500, pero habría que restar 22.161 millones. Si analizamos las líneas de crédito concedidas por el Banco de España, resulta que estas han sido
canceladas; y las del FROB, en una parte muy importante, no fueron utilizadas. Por lo tanto, de ese cálculo habría que excluir 16.300 millones. En cuanto a las participaciones preferentes, a las que también ha hecho referencia el señor Hurtado,
el informe habla de 1.300 millones amortizados que deberían ser eliminados de esas cifras. Y en operaciones de permuta financiera, son 284 millones los que habría que deducir.


Por último, un tema sobre el que me interesa que haga una reflexión el señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Señor Suárez, debe ir terminando.


El señor SUÁREZ LAMATA: Sí, señor presidente.


El Banco de España, en la enajenación de activos y negocios en el mercado, señaló que la capitalización de capital privado, la transmisión de activos al Sareb y la realización de actuaciones de gestiones de híbridos y deuda subordinada,
deberían de tomarse como disminuciones, y esto no se ha hecho. Y dos cuestiones más, muy rápidamente. Incorporación a las entidades participadas en el nombramiento de administradores, Aquí ha habido una crítica. Señor presidente, yo, hasta donde
sé, la normativa distingue distintos supuestos y entiendo que el FROB ha utilizado... No había un camino uniforme, por tanto, no alcanzo a entender muy bien la crítica que hace el informe de esta cuestión.


El señor PRESIDENTE: Treinta segundos, señor Suárez.


El señor SUÁREZ LAMATA: Treinta segundos. En cuanto al seguimiento del cumplimiento de las salvaguardas a la competencia, el tema de las políticas comerciales agresivas, hay un acuerdo de la comisión rectora del FROB del 10. No alcanzamos
a entender eso del método indirecto para verificar que no se ha cumplido ese acuerdo. La evidencia indirecta no parece suficiente -entiéndame mi humilde opinión- sin que se indique en el informe cómo se ha contrastado con el acuerdo de 2010.


Lamento no tener más tiempo, me quedan muchas preguntas en el tintero pero gracias por su amabilidad y gracias por el informe.


El señor PRESIDENTE: Señor presidente.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Señor presidente, debo empezar por indicar que el planteamiento de este informe es por iniciativa del propio tribunal, como han resaltado diferentes intervinientes en
el trámite de preguntas. El tribunal no ha recibido ninguna



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presión en la realización de su trabajo. Lo que es cierto es que el tribunal ha planteado abordar un procedimiento de control en un plazo razonable y con resultados concretos, y en ese sentido el trabajo desarrollado por el tribunal se
circunscribe a una fiscalización de cumplimiento, excluyendo otro tipo de consideraciones en su análisis.


Tiene sentido la exclusión de estas otras consideraciones de análisis porque la mayor parte de las preguntas formuladas tanto por el señor Sixto como por otros intervinientes, plantean la revisión del control de solvencia que ha efectuado el
Banco de España. Ustedes saben perfectamente que la normativa reguladora del Banco de España establece precisamente esa competencia de llevar a efecto el control de solvencia, o la vigilancia y la solvencia en las entidades de crédito, como una
competencia que le corresponde al Banco de España. El Tribunal de Cuentas ha efectuado una revisión de control de aquellas cuestiones que se han planteado una vez que han sido intervenidas o han sido adoptadas las decisiones de reestructuración por
el Banco de España, no entrando en la valoración del tribunal todo el procedimiento previo llevado a efecto por las entidades de crédito que, hay que recordar, son entidades de crédito privadas sometidas al control del Banco de España y al control
de solvencia ejercido a través de la inspección del Banco de España, que por otra parte, existiendo comisiones en este Parlamento que llevan a efecto el control del propio Banco de España, entiendo que tienen un camino claro para obtener del mismo
los datos necesarios para poder verificar que ese control de solvencia se ha ejercido y llevado a efecto con absoluta claridad y cumpliendo con todos los requisitos que deben tener.


Quiero remarcar de nuevo, porque creo que he recibido muchas críticas en relación con el resultado que el informe ofrece a la Comisión Mixta, que hemos hecho un control en un plazo razonable con resultados concretos, pero no hemos incluido
aquellas cuestiones que están en el origen de la crisis financiera porque no encuentra un encaje fácil en la realización del trabajo del tribunal con los instrumentos que tiene para llevarlo a efecto. Es cierto que en ocasiones se han analizado los
ingresos obtenidos, no solo ha sido un control de legalidad. Estrictamente se incorporan análisis de ingresos obtenidos y se recogen los desembolsos obtenidos de Caja Castilla-La Mancha en la recepción de activos valorados en 1.098 millones de
euros; en Caja Sur el reembolso al FROB de los apoyos otorgados por 800 millones. Hay ingresos posteriores al periodo fiscalizado que son los de Novacaixa Galicia, con 1.003 millones de euros en diciembre de 2013, y Bankia el 7,5 %, un beneficio
de 136 millones en abril de 2014. Esto quiere decir que siendo una fiscalización de cumplimiento, se podría haber extendido también al análisis del coste de las operaciones. El coste de las operaciones se puede plantear, pero entendimos que en la
medida que queríamos dar una información rápida, el trabajo a desarrollar era el que podíamos analizar de la fiscalización de cumplimiento, que no excluye que se pueda hacer una fiscalización sobre el coste de las ayudas que se puede hacer en la
actualidad con mayores resultados en la medida en que el planteamiento de las diferentes actuaciones empieza a tener retornos que pueden ser tenidos en cuenta al valorar las aportaciones. El tribunal, en la presentación de su informe y en la
aprobación del mismo, no ha elevado la categoría de los 107.000 o 108.000 millones de euros que han sido recogidos como una cifra que sustituyera a una evaluación de coste porque lo ha reconocido en sus objetivos. No está en los objetivos del
tribunal la realización de esa valoración, por lo que únicamente ha hecho una recopilación de todos los costes, compromisos y aportaciones de dinero público que han estado en el momento de la realización del informe y que se pueden tener en cuenta
como elementos de valoración de las actuaciones de fiscalización; se daban como información en ese terreno, sin que se puedan elevar a la categoría de costes.


Entrando en cuestiones concretas, decía el señor Hurtado que echaba de menos una verificación de la legalidad respecto del memorándum de entendimiento. Le puedo decir que no es cuestión que el Tribunal de Cuentas fiscalice la tramitación
parlamentaria de los mecanismos de ayuda comunitaria. Entendemos que el tribunal no debe entrar en la fiscalización de cómo el Parlamento tramita aquellas cuestiones que tienen que ver con las autoridades comunitarias. Partíamos de los datos del
memorándum de entendimiento como datos de normativa a cumplir y hemos fiscalizado si se cumplen en el desarrollo de todo este proceso que les he presentado a ustedes. El señor Hurtado me preguntaba también cuánto dinero se ha perdido. La
determinación del coste se podría hacer en una fiscalización posterior que abordara con extensión esta cuestión. Lógicamente, parecería muy adecuado que la reclamaran al Tribunal de Cuentas, que no tiene ningún problema en hacerlo por iniciativa
propia, como ha hecho en la fiscalización que estamos viendo en la actualidad. Me plantea también el señor Hurtado las operaciones bancarias con irregularidades; hacía referencia al caso Bankia y el seguimiento de las EPA de los 23.000 millones de
euros. Creo que en el caso de las operaciones bancarias con irregularidades referidas



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especialmente a la cuestión de Bankia -vuelvo a plantear lo que he dicho al principio- son actuaciones anteriores a la intervención y por lo tanto no han entrado en el programa de trabajo del tribunal ni en la realización de las operaciones
de verificación del tribunal.


Decía el señor Anchuelo que esta es una fiscalización histórica. Quiero recordar que no es la primera vez que el tribunal hace una fiscalización de esta naturaleza. Justo en la constitución del tribunal en el año 1982, una de las dos
primeras fiscalizaciones que abordó y que en aquel momento levantaron una grandísima polvareda fue fiscalizar el Banco de España y el fondo de garantía de depósitos, en la medida en que en aquel momento nos encontramos con una crisis bancaria -no
como la actual- que tuvo una repercusión y coste de unas características verdaderamente notables. El Tribunal de Cuentas siempre que se ha encontrado con situaciones en el ámbito del sector financiero público de la relevancia de la que analizamos
en la actualidad ha pretendido, con los instrumentos que tiene y con la capacidad de actuación que tiene -que excluye, como he indicado, el control de la solvencia de las entidades-, analizar la actuación pública en estos sectores. El señor
Anchuelo plantea si se podría haber evitado la crisis bancaria y cuál ha sido el coste público. Creo que le he respondido en la medida en que puedo responderle. Plantea que es un enfoque limitado el del análisis de la legalidad. Lo reconozco, es
limitado. Lo que ocurre es que aun siendo limitado, dese usted cuenta de la crítica y repercusión que ha supuesto plantear una serie de cuestiones de legalidad en relación con las actuaciones del FROB. Aquí entraría en una de las preguntas que me
ha heccho el señor Sixto, que plantea que el tribunal ha criticado la negligencia del FROB. Señor Sixto, creo que usted da un paso más de lo que el tribunal ha planteado. No existe dentro del informe del tribunal una determinación de la
negligencia del FROB porque las palabras tienen su importancia desde el punto de vista del efecto exterior que pueden tener. Lo que ha dicho el tribunal exactamente es que la opinión del tribunal en el caso del Catalunya Banc es que no se actuó con
la debida diligencia. No es lo mismo debida diligencia que negligencia; creo que hay un elemento cualitativo que debe precisarse.


Señor Sixto, desconozco lo que usted parece que conoce. Si ha habido presiones a los auditores, la verdad es que lo desconozco y no he oído en ningún momento que puedan haber existido. Le puedo asegurar que si ha habido presiones -que
desconozco- jamás han estado en la estructura del Tribunal de Cuentas, que mantiene un procedimiento clarísimo de independencia de actuación de sus funcionarios y establece un procedimiento contradictorio de discusión de las conclusiones en la
medida en que a través de un procedimiento interno pero escrito, cualquier cuestión de discrepancia sobre la realización del informe se pone de manifiesto y es el propio pleno el que adopta la decisión que estime oportuno en aplicación de las normas
de procedimiento del tribunal y de la cuestión que esté sobre la mesa. No existen ni han existido presiones a los auditores en ningún caso. Respecto de las retribuciones de los directivos y la reducción de retribuciones, lo que hace el tribunal es
incluir los resultados del propio informe del Banco de España; es decir, no ha existido una verificación concreta de esa retribuciones en la medida en que no hemos entrado en verificar concretamente el pago que se ha efectuado en estos casos.


Me plantean en relación con Catalunya Banc algo parecido, la apreciación de la posible existencia de perjuicios por la no sustitución de los administradores, que es una de las conclusiones que establece el informe y que ha sido puesta en
cuestión por parte de la Comisión rectora del FROB en sus alegaciones, y lo que nosotros estamos recogiendo es precisamente una conclusión que figura en las actas de la Comisión rectora del FROB y por lo tanto ponemos de manifiesto lo que la propia
institución ha analizado cuando ha visto el retraso que se puede haber producido en la sustitución de estos administradores.


Me plantea el señor Sixto las actuaciones judiciales sobre los informes de las asesorías de 31 millones. Lo que pone de manifiesto el informe es que estaba previsto el pago de estos informes de asesorías por parte de las entidades y
finalmente con el informe favorable del servicio jurídico del Estado el coste lo asume el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria. El tribunal lo que hace es recoger esta circunstancia y entender que efectivamente es un incumplimiento de lo que
estaba inicialmente previsto pero lógicamente la propia habilitación que el servicio jurídico del Estado da a los administradores permite la interpretación que se ha formulado finalmente.


Hace referencia al informe de la fiscalía del Tribunal de Cuentas. En el ámbito concreto de la fiscalización del FROB no existe petición por parte de la fiscalía del Tribunal de Cuentas de actuaciones en el ámbito penal, de exigencia de
responsabilidades penales entre otras razones precisamente porque el ámbito propio de actuación del tribunal no entra a valorar aquellas operaciones que podrían ser de difícil valoración respecto de la actuación previa a la adopción de decisiones de
intervención por parte del Banco de España o del FROB.



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Señala el señor Bel que es una fiscalización limitada y eso es lo que desde el primer momento ha reconocido el tribunal. Y respecto de Catalunya Banc creo que ya he contestado a la formulación de los perjuicios que podrían existir.


Plantea el señor Suárez la posible confusión existente entre las cifras manejadas en este informe. Creo haberlo contestado, verdaderamente lo que ha hecho el tribunal es un inventario de actuaciones en relación con este tema pero no una
eventual certificación de 108.000 millones de euros como coste de la intervención. El coste de la eventual operación de intervención debería determinarse en una fiscalización especial dirigida específicamente a esta cuestión. El tribunal no tiene
ningún problema en plantearla y si ustedes también la solicitan la haremos incluyendo lógicamente, como usted dice muy bien, el 2013. Lo cierto es que ya hicimos una extensión a 2012, tampoco sabíamos en el momento en que extendimos la
fiscalización a 2012 lo que iba a ocurrir en 2013. Por lo tanto lo dejamos limitado a ese periodo de tiempo para intentar hacerla lo más rápidamente posible.


En relación con las operaciones de la Sareb y con los activos fiscales, no son estrictamente desembolsos públicos y es lógico que por otra parte deban tenerse en cuenta en un análisis final sobre la estimación de los costes. Por lo tanto no
los hemos incluido, pero indudablemente en una eventual fiscalización futura deberán ser tenidos en cuenta porque forman parte de cuál sea finalmente el resultado que pueda valorarse sobre el coste de estas operaciones.


El señor PRESIDENTE: ¿Algún interviniente quiere alguna aclaración sobre el informe? (El señor Sixto Iglesias pide la palabra).


Sí, señor Sixto.


El señor SIXTO IGLESIAS: Muy brevemente. Una de las preguntas que le había hecho al señor presidente era sobre el control de legalidad de todas las operaciones realizadas por el FROB, que es el fondo del informe. No me ha contestado y le
reformulo la pregunta: ¿La fiscalía en sus alegatos ha formulado alguna objeción a que exista una falta de control de la legalidad de la totalidad de los procesos?


El señor PRESIDENTE: ¿Alguna otra intervención? (Denegaciones).


Señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Señor Sixto, los tipos de informes o documentos existentes antes de la aprobación de un informe tienen diferente naturaleza, y en el caso del fiscal hay observaciones
a las realizadas previas a la aprobación del informe como cualquier otro miembro del Pleno, y sus informes están emitidos en cumplimiento del artículo 23 -me parece que es- de la Ley de funcionamiento solicitando la apertura o no o indicando
eventuales supuestos de responsabilidad contable y responsabilidad penal. Siempre les informo de cualquier extremo que se pueda derivar precisamente de los supuestos de responsabilidad contable y de responsabilidad penal. De lo que no informo es
de los debates internos del propio pleno y de las posiciones de cada uno de los miembros del pleno porque esos debates y discusiones forman parte de un procedimiento al que yo me debo y que por otra parte no permite la exposición, si determinado
consejero o el propio fiscal han manifestado unas observaciones determinadas en la aprobación del informe. Yo le he hecho saber y le he dicho que no existe petición del fiscal respecto de responsabilidad contable ni tampoco en el ámbito de la
responsabilidad penal, y lo mismo respecto de la Abogacía del Estado. Es lo que yo le puedo informar, nada más.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Álvarez de Miranda, le damos las gracias por los informes presentados y despedimos al presidente del Tribunal de Cuentas. (Pausa).


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS GASTOS DERIVADOS DE LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA DE LA UNIÓN EUROPEA. (Número de expediente del Congreso 251/000047 y número de expediente del Senado 771/000046).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS MANCOMUNIDADES DE AGUAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. (Número de expediente del Congreso 251/000049 y número de expediente del Senado 771/000047).



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- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS DE FOMENTO Y APOYO A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES) APLICADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. (Número de expediente del
Congreso 251/000050 y número de expediente del Senado 771/000048).


- INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EJERCICIOS 2010 Y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000140 y número de expediente del Senado 771/000138).


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, EJERCICIOS 2010 Y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000141 y número de expediente del Senado 771/000139).


- INFORME ANUAL DE FISCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, EJERCICIOS 2010 Y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000156 y número de expediente del Senado 771/000154).


- INFORME ANUAL DE FISCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, EJERCICIOS 2010 Y 2011. (Número de expediente del Congreso 251/000157 y número de expediente del Senado 771/000155).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, EJERCICIOS 2008 Y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000092 y número de expediente del Senado 771/000090).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA, EJERCICIOS 2008 Y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000100 y número de expediente del Senado 771/000097).


- INFORME ANUAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA, EJERCICIOS 2008 Y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000101 y número de expediente del Senado 771/000098).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, EJERCICIOS 2008 Y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000103 y número de expediente del Senado 771/000102).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, EJERCICIOS 2008 Y 2009. (Número de expediente del Congreso 251/000104 y número de expediente del Senado 771/000101).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, EJERCICIOS 2008-2009. (Número de expediente del Congreso 251/000118 y número de expediente del Senado 771/000116).


El señor PRESIDENTE: Continuamos con el desarrollo del orden del día. No sé si algún grupo va a querer intervenir en alguno de los puntos. (Denegaciones). Vamos a empezar a votar las propuestas de resolución.


Punto 4.º, informe de fiscalización de los gastos derivados de la Presidencia española de la Unión Europea. En primer lugar, vamos a votar la propuesta número 1, del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Propuesta número 2, del Grupo Catalán.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


El resto del Grupo Catalán.



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Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos ahora el punto 5.º, informe de fiscalización de las mancomunidades de aguas de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Empezamos votando las propuestas del Grupo Popular. En primer lugar, la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 13; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos las números 3 y 4.


El señor SUÁREZ LAMATA: Señor presidente, en la número 3 hay una propuesta de transacción por parte del Grupo Socialista, que sería añadir al final de la propuesta de resolución: ...y la Confederación Hidrográfica del Ebro, que aceptamos.


El señor PRESIDENTE: Votamos entonces la 3 y la 4 conjuntamente.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos al punto 6.º, informe de fiscalización de los planes y programas presupuestarios de fomento y apoyo a las pequeñas y medianas empresas, aplicados por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Votamos las
propuestas de resolución del Grupo Popular; en primer lugar, la número 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos el resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos ahora los números del 4 al 12, del Grupo Catalán.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos al punto 7.º, informe anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicios 2010 y 2011. En primer lugar, votamos las números 1, 4, 7 y 8, que corresponden a La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Las números 2, 3, 5 y 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos ahora la nueva 19, del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Votamos las números 20 a 25, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Informe anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicios 2010 y 2011. En primer lugar, las números 1 y 6, de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


La 2, 3, 4 y 5, de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la número 8, del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 11, del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


El resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos ahora la número 18, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Votamos el resto del Grupo Socialista, de la 19 a la 24.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos al punto 9.º, informe anual de la fiscalización de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicios 2010 y 2011. Empezamos votando las números 1, 3, 4, 5, 7 y 8 que corresponden a La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Las números 2 y 6, de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las números 9 a 16, del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Las números 17, 18 y 19, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos de la 20 a la 23, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


El resto del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Pasamos al punto 10.º, informe anual de fiscalización de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicios 2010 y 2011. En primer lugar, las propuestas números 1 a 5, de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


De la 6 a la 16, del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


De la 17 a la 24, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Punto 11.º, informe de fiscalización de la Universidad de Zaragoza, ejercicios 2008 y 2009. Votamos las propuestas del Grupo Popular. En primer lugar, la número 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos las propuestas 7 a 9, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Pasamos al punto 12.º, informe de fiscalización de la Universidad de La Rioja ejercicio 2008 y 2009. Votamos las propuestas del Grupo Popular. En primer lugar, la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos las números 4 y 6, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


La numero 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos al punto 13.º, informe anual de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicios 2008 y 2009. Empezamos votando las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Popular. En primer lugar, la número 1.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Pasamos a votar las propuestas del Grupo Socialista. En primer lugar, la número 7.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Las números 5 y 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos al punto 14.º, informe de fiscalización de la Universidad de Murcia ejercicios 2008 y 2009. Empezamos votando las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Popular. En primer lugar, la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


El resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos las propuestas del Grupo Socialista. En primer lugar, las números 4 y 6.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


La número 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos al punto 15.º, informe de fiscalización de la Universidad de Cantabria ejercicios 2008 y 2009. En primer lugar, votamos las propuestas de resolución presentadas por La Izquierda Plural numeradas del 1 al 3.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos la número 6 que corresponde al Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


El resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos ahora las del Grupo Socialista. En primer lugar, las números 9 y 11.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


La número 10.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos a votar el punto 16.º y último, de fiscalización de la Universidad de Extremadura en sus ejercicios 2008 y 2009. En primer lugar, votamos las propuestas de resolución presentadas por La Izquierda Plural y numeradas de la número 1 a
la 5.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos ahora la número 7, que ya corresponde al Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos el resto del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos ahora las números 12 y 14, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Ahora vamos a votar la número 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Se levanta la sesión.


Eran las dos y quince minutos de la tarde.