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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 268, de 24/03/2015
cve: DSCD-10-PL-268-C1 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 268

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO

Sesión plenaria núm. 251

celebrada el martes,

24 de marzo de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Minuto de silencio ... (Página3)


Posposición del debate correspondiente a los siguientes puntos:


Toma en consideración de proposiciones de ley:


— Del Grupo Parlamentario Socialista, orgánica de reforma del Código Penal. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, número 133-1, de 13 de septiembre de 2013. (Número de expediente 122/000112) ... (Página3)


Proposiciones no de ley:


— Del Grupo Parlamentario Mixto (señor Baldoví), sobre la financiación de la Comunitat Valenciana. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, número 629, de 13 de marzo de 2015. (Número de expediente 162/001189) ... href='#(Página3)'>(Página3)


— Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la liberación de Leopoldo López. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, número 619, de 27 de febrero de 2015. (Número de expediente 162/001173) ... href='#(Página4)'>(Página4)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes:


— Del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las medidas que va a tomar el Gobierno para erradicar el aumento de la discriminación contra las mujeres en España. (Número de expediente 173/000198) ... href='#(Página4)'>(Página4)


— Del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para evitar los graves retrocesos que está provocando en los derechos y libertades de las mujeres y para convertir la igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres en su principal eje de actuación. (Número de expediente 173/000201) ... (Página4)



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— Del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la situación actual y las perspectivas de futuro de las bases militares de uso conjunto existentes en nuestro país. (Número de expediente 173/000202) ... href='#(Página4)'>(Página4)


— Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno para potenciar la economía digital. (Número de expediente 173/000203) ... (Página4)


Comparecencia del Gobierno ante el Pleno de la Cámara, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 203 del reglamento:


— Comparecencia, a petición propia, del presidente del Gobierno ante el Pleno de la Cámara, para informar sobre el Consejo Europeo de los días 19 y 20 de marzo de 2015. (Número de expediente 210/000122) ... href='#(Página4)'>(Página4)


Preguntas ... (Página4)


Interpelaciones urgentes:


— Del Grupo Parlamentario Socialista, al ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el desarrollo por la Agencia Tributaria de sus funciones de auxilio judicial en las causas que afectan al Partido Popular. (Número de expediente
172/000297) ... (Página4)


— Del Grupo Parlamentario Mixto (señora Ariztegui), sobre la postura del Gobierno en relación a las consecuencias del Acuerdo Transatlántico para el Comercio y la Inversión entre Europa y EE.UU. (TTIP). (Número de expediente 172/000298)
... (Página4)


— Del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre los propósitos del Gobierno en relación a la condena de la limpieza nacional y crímenes contra la humanidad cometidos por la banda terrorista ETA y su entramado político, a fin
de dar la necesaria satisfacción y reconocimiento a las víctimas de estas violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y satisfacer el derecho inalienable a conocer la verdad. (Número de expediente 172/000299) ... href='#(Página4)'>(Página4)


Toma en consideración de proposiciones de ley:


— Del Grupo Parlamentario Mixto, Orgánica por la que se modifica la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B,
número 202-1, de 5 de diciembre de 2014. (Número de expediente 122/000178) ... (Página5)


SUMARIO


Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.


Minuto de silencio ... (Página3)


Con motivo del accidente aéreo ocurrido esta mañana, en el que han perdido la vida 150 personas, muchas de ellas españolas, la Presidencia ruega un minuto de silencio en solidaridad con todos los países afectados y como muestra de cariño con
los familiares, amigos y allegados de los fallecidos.



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Posposición del debate correspondiente a los siguientes puntos ... (Página3)


La Presidencia informa de que la Junta de Portavoces, a propuesta de los grupos y por unanimidad, ha acordado que en la sesión de hoy solo se debata el primer punto del orden del día y que se suspenda la sesión plenaria de mañana.


Toma en consideración de proposiciones de ley ... (Página3)


Del Grupo Parlamentario Mixto, Orgánica por la que se modifica la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas ... (Página5)


Defiende la toma en consideración de la proposición de ley la señora Barkos Berruezo, del Grupo Parlamentario Mixto.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Azpiazu Uriarte, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Anchuelo Crego, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; la señora De las Heras Ladera, del Grupo
Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; así como los señores Moscoso del Prado Hernández, del Grupo Parlamentario Socialista y Pérez Lapazarán, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Sometida a votación la proposición de ley, se rechaza por 138 votos a favor más 1 voto telemático, 139; 158 en contra más 3 votos telemáticos, 161, y 1 abstención.


Se suspende la sesión a las cinco y cinco minutos de la tarde.


Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


MINUTO DE SILENCIO.


El señor PRESIDENTE: Esta mañana conocimos con consternación la trágica noticia del accidente de aviación ocurrido en los Alpes franceses durante el trayecto Barcelona-Düsseldorf. En este terrible accidente han perdido la vida 150
personas, entre ellas muchos ciudadanos españoles. En solidaridad con todos los países afectados y como muestra de cariño con los familiares, amigos y allegados de los fallecidos, ruego a sus señorías que guardemos un minuto de silencio. (La
Cámara, puesta en pie, guarda un minuto de silencio).


Muchas gracias.


POSPOSICIÓN DEL DEBATE CORRESPONDIENTE A LOS SIGUIENTES PUNTOS:


TOMA EN CONSIDERACIÓN DE PROPOSICIONES DE LEY:


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, ORGÁNICA DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL. (Número de expediente 122/000112).


PROPOSICIONES NO DE LEY:


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO (SEÑOR BALDOVÍ), SOBRE LA FINANCIACIÓN DE LA COMUNITAT VALENCIANA. (Número de expediente 162/001189).



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— DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, RELATIVA A LA LIBERACIÓN DE LEOPOLDO LÓPEZ. (Número de expediente 162/001173).


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES:


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IU, ICV-EUIA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL, SOBRE LAS MEDIDAS QUE VA A TOMAR EL GOBIERNO PARA ERRADICAR EL AUMENTO DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES EN ESPAÑA. (Número de expediente 173/000198).


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, SOBRE LAS MEDIDAS QUE PIENSA ADOPTAR EL GOBIERNO PARA EVITAR LOS GRAVES RETROCESOS QUE ESTÁ PROVOCANDO EN LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LAS MUJERES Y PARA CONVERTIR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE
HOMBRES Y MUJERES EN SU PRINCIPAL EJE DE ACTUACIÓN. (Número de expediente 173/000201).


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IU, ICV-EUIA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL, SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL Y LAS PERSPECTIVAS DE FUTURO DE LAS BASES MILITARES DE USO CONJUNTO EXISTENTES EN NUESTRO PAÍS. (Número de expediente 173/000202).


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ), SOBRE LAS PRIORIDADES DEL GOBIERNO PARA POTENCIAR LA ECONOMÍA DIGITAL. (Número de expediente 173/000203).


COMPARECENCIA DEL GOBIERNO ANTE EL PLENO DE LA CÁMARA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 203 DEL REGLAMENTO:


— COMPARECENCIA, A PETICIÓN PROPIA, DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO ANTE EL PLENO DE LA CÁMARA, PARA INFORMAR SOBRE EL CONSEJO EUROPEO DE LOS DÍAS 19 Y 20 DE MARZO DE 2015. (Número de expediente 210/000122).


PREGUNTAS:


INTERPELACIONES URGENTES:


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, AL MINISTRO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SOBRE EL DESARROLLO POR LA AGENCIA TRIBUTARIA DE SUS FUNCIONES DE AUXILIO JUDICIAL EN LAS CAUSAS QUE AFECTAN AL PARTIDO POPULAR. (Número de expediente
172/000297).


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO (SEÑORA ARIZTEGUI), SOBRE LA POSTURA DEL GOBIERNO EN RELACIÓN CON LAS CONSECUENCIAS DEL ACUERDO TRANSATLÁNTICO PARA EL COMERCIO Y LA INVERSIÓN ENTRE EUROPA Y EE.UU. (TTIP). (Número de expediente 172/000298).


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, SOBRE LOS PROPÓSITOS DEL GOBIERNO EN RELACIÓN CON LA CONDENA DE LA LIMPIEZA NACIONAL Y CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD COMETIDOS POR LA BANDA TERRORISTA ETA Y SU ENTRAMADO POLÍTICO, A
FIN DE DAR LA NECESARIA SATISFACCIÓN Y RECONOCIMIENTO A LAS VÍCTIMAS DE ESTAS VIOLACIONES MANIFIESTAS DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS Y SATISFACER EL DERECHO INALIENABLE A CONOCER LA VERDAD. (Número de expediente 172/000299).


El señor PRESIDENTE: Quiero comunicar a sus señorías que en la Junta de Portavoces que hemos tenido hace escasamente unos minutos, por unanimidad y a propuesta de los grupos hemos acordado que hoy vamos a ver solo un punto, el primer punto
del orden del día, y lo votaremos a continuación. Mañana miércoles se suspenden todas las actividades del Pleno y el jueves tendremos el Pleno normal, el que figura en el orden del día, que comenzará a las nueve de la mañana y acabará
previsiblemente a las cinco y media o las seis.



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TOMA EN CONSIDERACIÓN DE PROPOSICIONES DE LEY:


— DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO, ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA LEY ORGÁNICA 8/1980, DE 22 DE SEPTIEMBRE, DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. (Número de expediente 122/000178).


El señor PRESIDENTE: Vamos, por lo tanto, a tratar este primer punto del orden del día, relativo a la toma en consideración de proposiciones de ley. En concreto, la proposición de ley del Grupo Parlamentario Mixto, orgánica por la que se
modifica la disposición adicional segunda de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. Para defender esta iniciativa, tiene la palabra la señora Barkos.


La señora BARKOS BERRUEZO: Gracias, presidente.


Empezaré, como no puede ser de otra manera, por expresar mis condolencias, las de mi grupo y, estoy convencida, las de toda la Cámara, y el afecto a los familiares de las víctimas en este desgraciado accidente. Quiero señalar que acato,
como no puede ser de otra forma, la decisión de la Junta de Portavoces a la hora de defender esta proposición de ley. En cualquier caso, me ajustaré estrictamente a los argumentos necesarios para defender la posición de mi grupo en esta materia.


Geroa Bai presenta hoy esta proposición de ley para la reforma de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas y, en concreto, en lo relativo a su disposición adicional segunda referida a Navarra,
que ha permanecido inmodificada desde la aprobación… (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Por favor, ruego silencio y que se escuche a la oradora.


La señora BARKOS BERRUEZO: Gracias, presidente.


Como decía, presentamos esta propuesta de reforma de la disposición adicional segunda de la Lofca referida a Navarra, que ha permanecido inmodificada desde la aprobación inicial de esta norma, a pesar de que la realidad institucional de
Navarra ha sufrido cambios, además en profundidad y muy especialmente en lo referido a esta materia, en primer lugar, con la aprobación de la Lorafna, del amejoramiento del fuero, en agosto de 1982, y posteriormente con la aprobación de la Ley del
Convenio Económico, del año 1990, y posteriores modificaciones. Lo que hoy someto a la toma en consideración de sus señorías es una reforma breve pero de honda expresión en el reconocimiento del Régimen Foral navarro, y se trata además de una labor
legislativa que de haberse producido con anterioridad, sin duda nos hubiera evitado muchas fricciones entre los Gobiernos central y foral. Esto en el fondo, pero es también por ello que en la forma hemos preferido mantener el debate, más allá de
criterios de economía parlamentaria que pudieran hacer razonable… (Rumores). No puedo así, presidente.


El señor PRESIDENTE: Por favor, comprendo que las circunstancias no son fáciles, pero ruego silencio para poder escuchar.


La señora BARKOS BERRUEZO: Gracias, presidente.


Como digo, en la forma hemos preferido mantener el debate, más allá de criterios de economía parlamentaria que pudieran hacer razonable haberlo incluido en la reforma que, con posterioridad a la registrada por Geroa Bai, trajo el Gobierno
del Partido Popular el pasado 29 de diciembre a esta Cámara de reforma de la Lofca. Y quiero subrayar de manera muy especial este hecho porque nos preocuparía que una reforma de estas características se pudiera, se pretendiera llevar a cabo sin el
debate —y debate en Pleno, por supuesto— que un asunto de estas dimensiones requiere.


Señalaba anteriormente que la reforma que hoy proponemos hubiera podido evitar con toda probabilidad muchas de las fricciones que en torno a la posibilidad de establecer tributos no convenidos por parte del Parlamento de Navarra han
mantenido estos años pasados los Gobiernos central y foral. Pero más todavía, quiero recordar que especialmente durante esta legislatura los desencuentros entre ambas instituciones en materia tributaria se saldan, entre otras cuestiones, con dos
sentencias del Tribunal Constitucional —la primera de ellas de diciembre de 2012… (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Por favor, pido silencio. Si no hay silencio, suspenderé el tiempo necesario hasta que lo haya.


Continúe, señora Barkos.



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La señora BARKOS BERRUEZO: Por tercera vez, gracias, presidente.


La primera de ellas, de diciembre de 2012 —señalaba sentencias del Tribunal Constitucional— y relativa a la Ley foral sobre el impuesto de grandes superficies, y la segunda de julio de 2014 y relativa a la Ley foral sobre el impuesto de
producción eléctrica, ambas, como digo, de especial importancia. En ambos casos el Constitucional aplica la Lofca para negar a Navarra la facultad de establecer tributos no convenidos. Esta es la cuestión. A la hora de enjuiciar el sistema
tributario navarro, el bloque de constitucionalidad venía representado por tres normas: la propia Constitución, la Lorafna y el convenio económico, sin que fuera aplicable la Lofca, dada la claridad —insisto, en el momento de su redacción y
aprobación— de la disposición adicional segunda. Pero no es menos cierto que la falta de actualización de la citada adicional segunda a los posteriores desarrollos normativos, tanto con la aprobación de la Lorafna como con la Ley del Convenio
Económico, nos ha traído hasta aquí.


Por abundar en la necesidad de la reforma que hoy propone Geroa Bai, quiero centrarme en la Ley del Convenio Económico de 1990 —insisto, diez años posterior a la Lofca— y muy especialmente en la modificación del propio convenio, que se
produce por ley con la 25/2003, del 15 de julio. Esta modificación añade al articulado del convenio un nuevo punto, el 2.2, cuyo tenor literal es el siguiente: La Comunidad Foral de Navarra podrá establecer tributos distintos de los convenidos
respetando los principios establecidos en el apartado 1 anterior, criterios de armonización, recogidos en el artículo 7 de este convenio. Es decir, señorías, que desde ese momento, en 2003, se abre al Parlamento de Navarra la facultad de establecer
tributos propios no convenidos que el Estado ya grava en territorio de régimen común, siempre que Navarra respete la Constitución, la Lorafna y el convenio, es decir, siempre que respete su bloque de constitucionalidad en materia tributaria. Bajo
esta premisa —coincidiremos, señorías—, no cabe aplicar a un territorio foral dos bloques de constitucionalidad distintos. En concreto, no cabe defender que en algunos supuestos la Comunidad Foral de Navarra está sometida a la Lofca, mientras que
en otros el parámetro de constitucionalidad en materia tributaria está conformado por el convenio. Esta dicotomía no fue querida por el constituyente ni por las Cortes Generales, que, quiero recordar —insisto—, buscaron la eliminación de eventuales
dicotomías o antinomias legislativas en dos momentos muy concretos: primero, cuando aprueba la disposición adicional segunda de la Lofca en 1980, y segundo, en 2003, cuando aprueba la modificación del convenio que de manera expresa permite a la
Comunidad Foral establecer tributos distintos de los convenidos, sometiendo este proceso exclusivamente a los límites del propio convenio. La reforma de la adicional segunda que hoy someteríamos a tramitación dejaría la siguiente redacción para la
disposición adicional segunda de la Lofca en los siguientes términos: En virtud de su régimen foral, la actividad financiera y tributaria de la Comunidad Foral de Navarra —esta sería una de las adiciones— se regulará por el sistema tradicional del
convenio económico, de acuerdo con lo dispuesto —aquí la segunda adición— en el artículo 45 de la Ley Orgánica 13/1982, Lorafna. En el mismo se determinarán las aportaciones de la Comunidad Foral de Navarra a las cargas generales del Estado, así
como los criterios de armonización de su régimen tributario con el régimen general del Estado —y aquí la tercera y última adición—. En particular, y en el caso de los tributos propios distintos de los convenidos, se estará exclusivamente a lo
previsto en el artículo 2.2 del convenio económico vigente en este momento. Insisto en que esta es la propuesta. Quiero en este punto advertir de la importancia que tiene a nuestro parecer la remisión al artículo 45 de la Ley de Amejoramiento la
citada reforma, frente a otras iniciativas registradas con posterioridad a esta propuesta y que remiten la reforma al artículo 39.1 de la citada ley. Según este artículo 39.1 en su apartado a), corresponden a Navarra todas aquellas facultades y
competencias que actualmente ejerce al amparo de lo establecido en la Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841 y disposiciones complementarias.


En definitiva, si en la reforma propuesta se nos remite a las facultades y competencias que Navarra ejercía antes de ser aprobada la Lorafna, y más todavía antes de la reforma del convenio económico de 2003, que reconoce la capacidad foral
para regular tributos no convenidos, francamente no entendemos muy bien qué es lo que se busca, porque con seguridad lo que se va a encontrar es un reforzamiento de las tesis mantenidas por el Constitucional en la observación de la Lofca como bloque
de constitucionalidad. Pero es todavía más grave, continuando con el artículo 39, al que se pretendería remitir la reforma de la Lofca, decir que es precisamente este artículo, concretamente el 39.1.c), aquel en el que el Constitucional se apoya
para aplicar la Lofca en estos casos. En concreto, señala literalmente que corresponden a Navarra todas aquellas facultades y competencias que la legislación del Estado atribuya, transfiera o delegue, con carácter general, a las comunidades
autónomas o a las provincias. Insisto, por tanto, en advertir de la gravedad de remitir al artículo 39 de la Lorafna una hipotética reforma de la adicional



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segunda de la Lofca, amén de señalar que se crearía un conflicto innecesario entre esta disposición y el artículo 2.2 del convenio vigente que, por cierto, se agravaría todavía más si prospera la —para Geroa Bai, desde ya lo anuncio—
inaceptable redacción pactada entre los Gobiernos del Partido Popular y de Unión del Pueblo Navarro cuando deciden acotar el artículo con la fórmula del sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación general del Estado. Repito que no sabemos
adónde se quiere llegar con iniciativas como esta, ni se sabe adónde se quiere llegar, pero desde luego nos tememos mucho un final de viaje abrupto y no deseado para uno de los elementos fundamentales del autogobierno navarro como es su convenio.


Señorías, fiar el desarrollo del autogobierno a la capacidad de actuación únicamente y tan solo sobre los tributos convenidos, hacerlo en un momento en que precisamente ese capítulo de la tributación va retrocediendo en el peso de los
ingresos, es cerrase puertas al futuro, pero hacerlo además aceptando en cualquier caso, en este caso para Navarra, una situación de dependencia legislativa y tributaria al Ejecutivo central nos parecería no ya una temeridad, sino una absoluta
irresponsabilidad. Pido por ello el voto a la toma en consideración de la reforma de la Lofca, lo hago con especial atención, como no puede ser de otra manera, a las formaciones que en esta Cámara tienen representación de cualquiera de los
territorios forales, especialmente a las cinco formaciones que tienen representación desde Navarra. Señorías, hoy especialmente condicionar a intereses partidarios la decisión en el voto y negar a la ciudadanía navarra la corrección necesaria de la
ley, tendrán consecuencias graves, y lo saben, en el futuro del autogobierno navarro.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Barkos. Le pido disculpas por las dificultades que ha tenido para expresar su pensamiento.


En turno de fijación de posiciones, en primer lugar, tiene la palabra por el Grupo Vasco, PNV, el señor Azpiazu.


El señor AZPIAZU URIARTE: Señor presidente, antes de nada, en nombre del Grupo Vasco quisiera trasladar la solidaridad y las condolencias a los familiares y amigos de los fallecidos en el accidente de avión de esta mañana.


Intervendré desde el escaño muy brevemente para fijar la posición de nuestro grupo en relación con la proposición de ley que ha presentado Geroa Bai. Reconozco que este debate es excesivamente jurídico y, por lo tanto, para mí no es desde
luego nada fácil, pero considero que desde el punto de vista político, incluso intuitivo, la proposición de ley presentada por Geroa Bai tiene todo el sentido. La proposición es consecuencia de la última doctrina del Tribunal Constitucional
respecto a la capacidad normativa de Navarra y de sus límites en la que se ha afirmado que Navarra está sometida simultáneamente a dos parámetros de constitucionalidad: por un parte, a la disposición adicional primera de la Constitución, la Lorafna
y el convenio para aquellos tributos convenidos, es decir, los tributos que tienen la misma estructura impositiva que la estatal; por otra parte, el título VIII de la Constitución y la Lofca para los tributos nuevos creados por el Parlamento
navarro en el ejercicio de su capacidad normativa. Esto destroza el argumentario sobre el que la foralidad navarra ha construido su peculiar naturaleza. Creemos que estas sentencias que han generado esta distorsión deben ser corregidas. Por lo
tanto, nuestro grupo va a votar favorablemente la toma en consideración de esta iniciativa, que es lo que pretende.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Azpiazu.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Anchuelo.


El señor ANCHUELO CREGO: Gracias, señor presidente.


Deseo comenzar reiterando en nombre de mi grupo nuestro pesar por el terrible accidente de avión que ha sucedido esta mañana, expresando nuestras condolencias a todos los familiares y amigos de las víctimas.


La proposición de ley que nos trae Geroa Bay tiene dos preocupaciones esenciales. Una, que podemos compartir y que llamamos nominalista, consiste simplemente en cambiar la denominación de Navarra por Comunidad Foral de Navarra, algo sin
efectos jurídicos; sería modernizar la terminología, a lo que no ponemos ninguna objeción. Pero un segundo objetivo mucho más de fondo es desligar totalmente a la Comunidad Autónoma Foral de Navarra de la Lofca, algo que no podemos compartir
porque podría llevar a que allí se gravasen los mismos hechos imponibles que ya están gravando impuestos estatales. Por



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tanto, discrepamos con el fondo de esa propuesta. También discrepamos, como no le sorprenderá después de más de tres años de debate, sobre las preocupaciones que tenemos en torno al Régimen Foral navarro; nuestras preocupaciones son muy
distintas. Lo que nos preocupa es que estos regímenes forales, a día de hoy, suponen un privilegio económico para dos comunidades ya de por sí privilegiadas porque son la primera y tercera comunidad por renta per capita en nuestro país. Estas
comunidades de alta renta per capita tienen un saldo fiscal positivo, es decir, no solo no contribuyen a las cargas del país sino que reciben recursos del resto del país, y tienen una sobrefinanciación muy considerable, que los expertos señalan en
el 60 %. Imagínense lo que implica una sobrefinanciación del 60 %, año tras año. Las causas también están bien estudiadas. Fundamentalmente son tres las causas de este privilegio económico. En primer lugar, cómo se calcula el coste de las
competencias estatales que hace que se infravalore ese coste. Se negocia políticamente, en vez de técnicamente. En segundo lugar, cómo se reparte el IVA, utilizando unos coeficientes de consumo que son distintos de los reales. Y, en tercer lugar,
porque estas comunidades no contribuyen a los gastos estatales de solidaridad, solo a las actividades que realiza directamente el Estado en sus territorios. Nuestra preocupación fundamental es esta, porque constituye un privilegio económico y
desquicia totalmente el régimen de financiación autonómica, porque otras comunidades —y singularmente Cataluña— dicen: ¿y por qué no yo? Y se les contesta: porque no es generalizable, porque si hiciésemos esto, el Estado no podría subsistir.
Pues si no es generalizable, es un privilegio. Y si no se puede igualar al alza, habrá que reequilibrar, acabando con este método de cálculo y con esta sobrefinanciación injustificada.


Una segunda preocupación, que tampoco compartimos con el grupo proponente, es la falta de transparencia de todo este sistema. Hemos tenido un ejemplo muy significativo en debates recientes en la Cámara, el del IVA de Volkswagen en Navarra;
un asunto de mucho calado, con una cuantía económica muy importante y que se decidió a puerta cerrada y sin ninguna transparencia. Si llegó a pasar por esta Cámara fue solo porque hubo grupos que presentaron mociones al respecto, pero si no habrían
sido acuerdos a puerta cerrada sin ninguna transparencia y el Congreso de los Diputados, haciendo dejación de su soberanía en cierto sentido, en mi opinión, no habría participado ni conocido siquiera estos acuerdos. Por cierto, la IREF,
recientemente, ha señalado este déficit de transparencia y la necesidad de corregirlo.


En tercer lugar, si queremos reformar la Lofca, hagámoslo. De hecho, nosotros creemos que deberíamos reformar la Lofca urgentemente en esta legislatura y no dejarlo para la siguiente, como ha hecho el Gobierno. Pero nuestra propuesta de
financiación es muy distinta a la de Geroa Bai; nosotros creemos que esto debería negociarse multilateralmente porque a todas las comunidades les afecta. Deberíamos terminar con el principio de nivelación parcial para ir a un principio de
nivelación total y el principio básico de la reforma debería ser una misma financiación por habitante, utilizando datos de población ajustada, es decir, teniendo en cuenta que en algunos territorios hay mayor dispersión de población, lo que implica
mayor coste de los servicios, o más población envejecida, lo que implica mayor coste. Exceptuando esos diferenciales de coste de prestación de los servicios, somos habitantes del mismo país y tenemos derecho a unos servicios similares; el sistema
debería otorgar una financiación similar por habitante con diferencias solo justificadas por motivos geográficos o demográficos. ¿Por qué? ¿Por jacobinismo? ¿Por centralismo? No, porque esos recursos similares son los que a su vez garantizan una
prestación de servicios de calidad similar. Ese nuevo sistema debería ser mucho más simple y transparente que el actual y debería dar lugar a una mayor corresponsabilidad fiscal. Si las comunidades, una vez garantizados esos servicios
fundamentales de igual calidad, quieren prestar servicios adicionales, por supuesto que pueden hacerlo, deben hacerlo pero financiándolos mediante una subida de sus impuestos propios. Por último, esa reforma no debería fragmentar la Agencia
Tributaria porque si la fragmentamos solo lograremos incrementar los costes y que sea menos eficiente en la lucha contra el fraude. Como ven sus señorías, las preocupaciones de Unión Progreso y Democracia son muy distintas de las del grupo
proponente y por eso nuestro voto será no a esta proposición de ley.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Anchuelo.


Por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, tiene la palabra la señora De las Heras.


La señora DE LAS HERAS LADERA: Gracias, presidente.


En primer lugar, desde La Izquierda Plural también queremos reiterar nuestra solidaridad y apoyo a los familiares de las víctimas del siniestro aéreo ocurrido hoy en los Alpes.



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Desde nuestro grupo parlamentario apoyaremos todas las propuestas encaminadas a garantizar el autogobierno en materia tributaria de Navarra, como derecho reconocido en la Constitución española y regulado mediante el convenio económico. A
pesar de que Navarra mantiene competencias para regular y aprobar tributos propios en imposición directa, se han producido en los últimos años dos sentencias del Tribunal Constitucional en las que se ha cuestionado esta capacidad. Hablo de dos
sentencias que anulan las leyes forales por las que se creaba un impuesto a las grandes superficies comerciales y a la producción de energía eléctrica. Desde mi grupo creemos que el Tribunal Constitucional ha sostenido una orientación jurídica
claramente centralista, al decir que antes de aprobar Navarra estos impuestos debía haberlo convenido y acordado con el Estado, con lo cual Navarra, de hecho, quedaba sometida a la Lofca, anulando su competencia para aprobar tributos distintos de
los convenidos, a pesar de estar contemplada esta competencia desde el año 2003 —ya se ha dicho aquí— con la modificación del convenio económico de 1990 que incorporó un nuevo artículo —el 2.2— mediante el cual se garantiza el derecho de la
Comunidad Foral de Navarra al establecimiento de tributos distintos de los convenidos, siempre y cuando no se opongan a los pactos internacionales, se respeten los criterios de armonización fiscal y la aportación de Navarra al Estado. Esta
propuesta de ley de Geroa Bai trata de restablecer y garantizar las competencias de Navarra en materia fiscal y tributaria, eliminando interpretaciones legislativas contradictorias, con una nueva redacción de la disposición adicional segunda de la
Lofca, lo que nos parece absolutamente razonable, por tanto, votaremos a favor de su tramitación.


Hemos sabido que en las próximas semanas el Gobierno del Partido Popular remitirá a esta Cámara un proyecto de ley para aprobar la actualización del convenio económico entre Navarra y el Estado. Este proyecto de ley pretende modificar el
artículo 2, en el sentido de garantizar un reconocimiento más claro de la capacidad de Navarra para establecer tributos propios en imposición directa. Tenemos dudas de que esto vaya a aportar suficientes garantías sobre el ejercicio futuro de la
autonomía tributaria de Navarra, pero, sin lugar a dudas, supone un avance, lo cual valoramos de manera positiva. Por tanto, daremos nuestro apoyo al convenio, que puede y debe ser, desde nuestro punto de vista, un instrumento de solidaridad
interterritorial y rechazaremos que pueda ser recortado en las competencias y capacidad normativa que se reconoce a Navarra. Desde La Izquierda Plural apostamos por el autogobierno económico y tributario de Navarra y por el convenio económico y
creemos que este autogobierno no puede entenderse como un privilegio sin negar a su vez el marco constitucional que lo sustenta. Es, por tanto, un derecho democrático que debemos defender y garantizar, a la vez que debemos defender y garantizar la
solidaridad entre territorios como eje esencial en nuestra concepción de modelo de Estado y del autogobierno, porque no podemos concebir, señorías, un autogobierno que no incorpore el principio de solidaridad con el resto del Estado. Desde esta
perspectiva seguiremos combatiendo y haciendo frente a la posición centralizadora del Gobierno del Partido Popular, que mantiene recursos constantes contra las leyes navarras ante el Tribunal Constitucional cuando estas tienen un contenido
programático de defensa de los derechos básicos, como ha sucedido con la ley antidesahucios o la ley para garantizar la asistencia sanitaria pública, como también seguiremos manteniendo nuestra posición contraria respecto a las sentencias del
Tribunal Constitucional que se pronuncien en contra de la capacidad de Navarra para aprobar tributos propios con impuestos directos, como lo hemos hecho con la anulación de la Ley foral de impuestos a grandes superficies comerciales y la Ley foral
del impuesto sobre producción de energía eléctrica.


Señorías, no podemos separar el autogobierno y la solidaridad entre territorios porque son dos caras de la misma moneda, por eso defendemos y apoyamos la capacidad de Navarra para usar las competencias propias que le permiten las leyes y el
marco constitucional para hacer políticas de izquierdas que favorezcan a la mayoría social, mientras que combatiremos y denunciaremos el ataque que el Gobierno del Partido Popular hace contra esas leyes que se han aprobado en el Parlamento navarro
por su contenido social y de izquierdas. Creemos que esta propuesta de ley ayuda a reforzar la autonomía fiscal y financiera de la Comunidad Foral de Navarra, por tanto, como ya hemos anunciado, votaremos a favor de su tramitación.


Gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora De las Heras.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Moscoso del Prado.


El señor MOSCOSO DEL PRADO HERNÁNDEZ: Señor presidente, señorías, quiero comenzar transmitiendo a las familias de las víctimas nuestro pesar y nuestras condolencias por el terrible accidente de esta mañana en los Alpes franceses del avión
de Germanwings.



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Señorías, debatimos hoy la toma en consideración de esta proposición de ley de reforma de la Ley orgánica de financiación de las comunidades autónomas, Lofca. El objeto de esta reforma, que compartimos, es defender el ordenamiento foral
como base de constitucionalidad, cuestión de cierta complejidad jurídica, como luego explicaré, pero que pretende, como todos compartimos en mi grupo, unificar y reforzar el bloque de constitucionalidad que legitima el fuero, con el fin de evitar
futuros problemas de interpretación como los que hemos conocido recientemente. Es necesario evitar conflictos como los generados con las diferentes sentencias del Tribunal Constitucional sobre la naturaleza del convenio económico entre Navarra y el
Estado. Señorías, en los debates que celebramos en esta Cámara los días 14 de octubre y 17 de diciembre quedó acreditado que los conflictos que hemos vivido en esta legislatura son incompatibles con la naturaleza del ordenamiento foral y también
con su razón de ser paccionada. Nunca desde que estamos en democracia había habido un tiempo tan difícil para el autogobierno de Navarra como el vivido en esta legislatura ni nunca se había abierto una brecha tan profunda entre el Gobierno de
Navarra y el Gobierno del Estado como la que se ha abierto en esta legislatura; dos gobiernos, uno de Unión del Pueblo Navarro y otro del Partido Popular, que han roto la tradición paccionada y de lealtad institucional que exigen diálogo y
confianza entre ambos para trabajar conjuntamente por el interés común. En estos debates mi grupo pidió lo siguiente; primero, la revisión y retirada de los recursos al Tribunal Constitucional impuestos por el Gobierno central contra las leyes
aprobadas por el Parlamento de Navarra, tal y como la Cámara foral aprobó en septiembre del año pasado; y segundo —lo pedimos sobre todo en el debate de diciembre—, proceder a la adaptación y reforma —aunque sin decir cómo— de la disposición
adicional segunda de la Lofca debido a su carácter previo a la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del fuero. Hay que recordar que la Lofca se aprobó en el año 1980 y la Lorafna, nuestra ley básica constitucional en Navarra, en el año
1982 para garantizar en el bloque de constitucionalidad el reconocimiento pleno del régimen foral navarro así como la condición de comunidad foral de Navarra y todas aquellas modificaciones necesarias para, por ejemplo, garantizar el reconocimiento
de Navarra para regular sus propios tributos. También entonces pedimos que se acometiera cuanto antes en el seno de la comisión negociadora del convenio económico la actualización del convenio económico para el quinquenio 2015-2019, y eso ya se ha
producido. El pasado 17 de febrero se cerró esa actualización e incluso ese nuevo convenio ya ha sido ratificado por el Parlamento de Navarra en un debate que tuvo lugar el pasado 27 de febrero; debate que también tendremos aquí pronto y que mi
grupo, lo adelanto ya, apoyará con su voto.


Señorías, el convenio económico es instrumento y pieza fundamental del autogobierno de la Comunidad Foral de Navarra. Por ello hay que alegrarse del acuerdo alcanzado, sobre todo dado el contexto en el que se ha producido; contexto no
favorable de enfrentamiento, de conflicto y en el que es evidente que el Partido Popular —como ya han dicho otros portavoces— está abogando más que nunca por una recentralización del Estado autonómico que también afecta a la Comunidad Foral de
Navarra. El texto del nuevo convenio, de naturaleza paccionada, como no puede ser de otra manera porque así lo que dice la Constitución, es bueno no solamente porque resuelve el conflicto entre Navarra y el Estado por el IVA de Volkswagen, que ya
ha sido mencionado por otros portavoces, sino también porque introduce modificaciones que deberán ser tenidas en cuenta a partir de ahora tanto para aquellos que quieran recurrir ante el Tribunal Constitucional normas navarras, ya que se lo tendrán
que pensar más porque eso lo dificultará, como para el propio Tribunal Constitucional a la hora de establecer sus propias interpretaciones de futuras leyes. Aunque ese no es el debate objeto del día de hoy, tal y como defendió mi compañero Juan
José Lizarbe el pasado 27 de febrero en el Parlamento de Navarra, con el nuevo convenio habrá menos argumentos para recurrir y el Tribunal Constitucional tendrá que medir más sus sentencias.


Señorías, la Constitución española y la Lorafna definen un rico e inmenso campo de juego democrático. Por eso queremos celebrar desde el Grupo Socialista que se normalice el debate sobre lo que supone el marco constitucional de definición
del fuero, y me refiero también al grupo proponente. La legitimidad del fuero es constitucional, recogida en la disposición adicional primera de la Constitución, por la cual se amparan y respetan los derechos históricos de los territorios forales.
Hay que recordar que la Constitución fue refrendada en Navarra por el 75 % de los votantes, que constituían más de la mitad del censo electoral en aquel momento. De modo que, bienvenidos todos a la normalidad constitucional porque solo mi grupo, el
Partido Socialista, de todos los grupos que hoy han intervenido, defendió sin ambages la Constitución, solo el Partido Socialista en Navarra.


Voy terminando. Junto al nuevo convenio, que aclara dudas y elimina incertidumbres, hay sin duda un amplio consenso en Navarra sobre la necesidad de modificar la Ley orgánica, la Lofca, tal y como venimos



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diciendo. También existe, señora Barkos, como usted bien sabe, un rico debate acerca de cómo reformar la Lofca; un debate abierto en el que mi grupo todavía no tiene una posición definitiva. Como decíamos anteriormente, cuando se aprobó
la Lofca no había sido aprobada todavía la Lorafna. Navarra entonces no era una comunidad foral y la adicional primera de la Constitución legitimaba nuestro ordenamiento foral y el convenio, remontándose incluso a la Ley Paccionada de 1841. La
Lofca recoge esa realidad previa a la Lorafna. Es también relevante recordar la reforma del convenio mediante la Ley 25/2003, que reconoce claramente a Navarra la potestad de establecer tributos propios no convenidos. En definitiva, defendemos
todo lo que ya votamos en diciembre y que el Grupo Popular tumbó con su votación porque ya en diciembre votamos la reforma de la Lofca en ese sentido y el Grupo Popular se opuso; espero que no lo haga hoy.


Hay varias posibilidades para reformar la Lofca; esta, la que hoy defendemos, fue registrada por la señora Barkos con fecha previa al acuerdo del nuevo convenio, una iniciativa loable que se sustenta en el artículo 45 de la Lorafna, tal y
como ella manifiesta. Es verdad que hay otra iniciativa viva en esta casa, registrada mediante enmienda directa a la Lofca —que también está siendo objeto de revisión en esta Cámara—, elaborada por el señor Salvador, que se sustenta en el artículo
39.1.a de la Lorafna. Ambas merecen ser estudiadas, pero sin duda puede haber otras alternativas factibles, incluso sería posible integrar ambas y hacer referencia a los dos artículos. Esto ha generado un amplio debate jurídico entre reconocidos
juristas navarros y de otras comunidades autónomas; ya he mencionado a Juan José Lizarbe, pero también está don Fernando de la Hucha, don Simón Acosta o don Juan Cruz Alli. Creo que es muy importante admitir a trámite esta cuestión y entre todos,
porque la naturaleza del foro es paccionada, pactar una reforma de la Lofca que satisfaga a todos ya que debe ser en los próximas décadas la base de desarrollo foral y de autogobierno en Navarra. Por esta razón, señor presidente, señorías,
votaremos a favor de la toma en consideración de esta proposición de ley. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Moscoso del Prado.


Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Pérez Lapazarán.


El señor PÉREZ LAPAZARÁN: Muchas gracias, señor presidente.


Quiero manifestar también en mi nombre y en el de mi grupo nuestras condolencias y nuestro pesar a las familias de los víctimas del desgraciado accidente aéreo.


A mí me corresponde fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular en la toma en consideración de una proposición de ley presentada por el Grupo Mixto, por la que se pretende modificar la Ley de financiación de las comunidades autónomas.
Geroa Bai, en su iniciativa, a través de la argumentación que nos ha expuesto la señora Barkos, pide modificar la disposición adicional segunda de la Lofca en dos pequeños párrafos que afectan a Navarra y a su actividad financiera y tributaria. Lo
primero que quisiera manifestar es, a mi juicio, lo extraño del proceder y de las interpretaciones que hace de nuestra autonomía, de nuestro amejoramiento, del convenio económico y de la tramitación que se sigue en todo lo que afecta a Navarra y a
nuestro régimen foral. Tendrán que explicar por qué hoy piden con esta toma en consideración que se modifique la Lofca cuando precisamente esta ley se encuentra desde diciembre en el Congreso de los Diputados para su tramitación y reforma. Tendrán
que explicar por qué han tenido dos meses, desde diciembre hasta el pasado 17 de marzo, para presentar alguna enmienda. No han presentado absolutamente ninguna, cuando podrían haber presentado alguna que recogiese lo que hoy piden en la toma en
consideración e incluso en algunas otras cuestiones, pero no lo han hecho. Y yo me pregunto, ¿si tenían tanto interés en modificar la Lofca, por qué no han presentado lo que hoy piden en esta iniciativa en el trámite que está en estos momentos en
funcionamiento? Resulta extraño que recurran a este procedimiento de toma en consideración y no sigan lo que han hecho otros partidos de nuestra comunidad foral, que han presentado enmiendas a esta ley. Lo que intuyo con esta forma de actuar es
que pretenden hacerse fotos foralistas con propuestas que tienen más que ver con el ruido mediático que con el objetivo de solucionar los posibles errores de interpretación de esta ley que afecta a nuestro régimen foral.


La segunda cuestión que quiero poner de manifiesto es que, independientemente de no seguir la vía ordinaria, lo que propone resulta a mi juicio extemporáneo y fuera de contexto. Se lo voy a explicar. Se presentó la iniciativa, como usted
decía, el 5 de diciembre del año pasado. Precisamente la presentaron antes de las reuniones de la comisión negociadora del convenio económico, reuniones que se produjeron el 21 de enero y la aprobación de la reforma del convenio fue el 17 de
febrero. Presentaron esta iniciativa sin saber realmente cómo se iba a tratar la fiscalidad y los problemas que se planteaban o que se iban a plantear a la comisión negociadora; sin conocer cómo se iba a acordar y cómo se iban a tratar de resolver
los conflictos que se tenían y sin saber qué resultados se iban a producir en las reuniones que se habían



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anunciado previamente. A mi juicio, lo prudente y lo lógico hubiese sido esperar y comprobar qué salía de la comisión negociadora y, en función de lo que hubiese salido, actuar en consecuencia. Lo adecuado hubiese sido comprobar cómo se
resolvían las dudas que había en materia de fiscalidad entre el Estado y Navarra, que se habían suscitado sobre si los límites establecidos en la Lofca a la potestad de las comunidades autónomas de régimen común para la creación de nuevos impuestos
eran o no de aplicación en Navarra. Quizá, con esta forma suya de actuar, querían olvidar los debates y la aprobación de la moción que se produjo los días 15 y 16 de octubre del pasado año, cuando debatimos y aprobamos una importante moción de cara
a la fiscalidad de Navarra que precisamente Geroa Barai votó en contra. En su punto 2.2 —se lo voy a leer casi textualmente—, decía: Apoyar en el seno de la comisión negociadora del próximo convenio económico entre Navarra y el Estado la
introducción de las precisiones normativas que sean necesarias para reafirmar la vigencia de la disposición adicional segunda, que establece que la actividad financiera y tributaria de Navarra se regirá por el sistema tradicional de convenio
económico de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Amejoramiento. Es decir, lo que proponía aquella moción es parecido a lo que propone usted y a lo que Geroa Bai votó en contra. Hoy nos presenta esta toma en consideración que
viene a decir algo parecido y, con ello, a nuestro juicio, pretende lavar la cara. Hoy en día le puedo decir que las reuniones Estado-Navarra han sido fructíferas. (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señor Pérez Lapazarán.


Ruego silencio, por favor.


El señor PÉREZ LAPAZARÁN: Como usted sabe, se alcanzaron acuerdos tanto el día 21 de enero, en el seno de la comisión negociadora del convenio, como el pasado día 17 de febrero, en que fue aprobada la modificación del convenio económico
Navarra-Estado. Como consecuencia de estos acuerdos se va a cumplir aquella moción que aprobamos resolviendo conflictos como el del IVA, resolviendo conflictos como el de producción de energía eléctrica, el de gravamen de depósitos bancarios y
otros como la adaptación del convenio a la sustitución del céntimo sanitario por el recargo autonómico en el impuesto de hidrocarburos, así como otros referentes a las retenciones del gravamen especial sobre premios de loterías y de modificación de
la regla de tributación de los grupos fiscales. Todo ello se hizo sin modificar la Lofca, simplemente con voluntad política.


Le voy a decir algo que creo que es importante. En el próximo trámite en Comisión en que se tramite la Lofca, si hubiese algún tipo de duda, nuestro grupo parlamentario y nuestro Gobierno está dispuesto a corregir todas las posibles
disfunciones que pudiese haber en esta materia. Por tanto, creo que mantener esta iniciativa cuando esta misma ley se está tramitando no tiene otro objeto que intentar justificarse y presentarse ante la sociedad navarra como la primera defensora
del fuero. También quiero decirle que celebramos que en la exposición de motivos reconozca la validez del amejoramiento del fuero y del régimen de convenio económico y que pida las máximas garantías jurídicas para la foralidad navarra. Nosotros,
desde el PP, también lo hacemos, pero resulta sorprendente en esa exposición de motivos la interpretación que hace del artículo 2.2 del convenio económico, que deja en manos o al arbitrio del Gobierno la potestad de Navarra para la creación de
nuevos impuestos distintos de los del Estado y de los previstos expresamente en aquel artículo. A nuestro juicio, es absolutamente errónea la interpretación que hace y que viene contenida en esa exposición de motivos.


Para finalizar, quisiera manifestar que resulta incongruente que Geroa Bai levante la bandera de la foralidad como si nuestro fuero estuviera herido de muerte por la acción neocentralista del Gobierno del Partido Popular. Nuestro fuero
tiene otros riesgos y otras amenazas. En este sentido, le recuerdo que hace unos días manifestó en Pamplona que votaría sí a la integración de Navarra en Euskadi y usted sabe que si ocurriera tal cosa Navarra perdería su condición de comunidad
foral y, por tanto, su relación bilateral con el Estado. Nuestro convenio económico correría la misma suerte que el concierto del País Vasco y la autonomía foral de Navarra quedaría reducida a la misma condición que tiene la foralidad de los
territorios históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, sujetos a la potestad del Parlamento y del Gobierno vasco. En ese hipotético caso, Navarra dejaría de ser una de las comunidades con mayor grado de autogobierno de la Unión Europea y pasaría a
otra situación muy diferente de la que defendemos desde el Partido Popular. Este es, a mi juicio, un auténtico riesgo para la vivencia del fuero en Navarra.


Por todas estas razones, votaremos en contra de esta toma en consideración. Creemos que en la tramitación que se produzca en Comisión podremos valorar, actuar y modificar todo aquello que pueda producir algún género de dudas, pero en este
caso no votaremos a favor de su toma en consideración.


Muchas gracias. (Aplausos).



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Pérez Lapazarán. Votaremos en unos minutos. (Pausa).


Vamos a proceder a la votación de la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Mixto, señora Barkos, orgánica por la que se modifica la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de
septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. Hay cuatro votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 297 más 4 votos telemáticos, 301; a favor, 138 más 1 voto telemático, 139; en contra, 158 más 3 votos telemáticos, 161; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la toma en consideración.


Se suspende la sesión.


Eran las cinco y diez minutos de la tarde.


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