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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 444, de 23/10/2013
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2013 X LEGISLATURA Núm. 444

ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTIAGO LANZUELA MARINA

Sesión núm. 37

celebrada el miércoles,

23 de octubre de 2013



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:


- Proyecto de ley de garantía de la unidad de mercado. (Número de expediente 121/000056) ... (Página2)


Emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley de garantía de la unidad de mercado. (Número de expediente 121/000056) ... (Página2)



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Se abre la sesión a las cuatro y treinta y cinco minutos de la tarde.


RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE GARANTÍA DE LA UNIDAD DE MERCADO. (Número de expediente 121/000056).


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


¿Se ratifica la ponencia designada para informar sobre el proyecto de ley de garantía de la unidad de mercado? (Asentimiento).


Se ratifica por asentimiento.


EMITIR DICTAMEN A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE GARANTÍA DE LA UNIDAD DE MERCADO. (Número de expediente 121/000056).


El señor PRESIDENTE: Entramos en el punto 2.º del orden del día, proyecto de ley de garantía de la unidad de mercado.


Me han pedido los distintos grupos que hoy nos ajustemos en la medida de lo posible a los tiempos, diez minutos cada grupo. Si necesitan un poco más me lo dicen, pero la intención es votar a las seis de la tarde; no antes de las seis.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor González Ramos.


El señor GONZÁLEZ RAMOS: Intentaré ajustarme al tiempo; poco más me puedo desviar.


Me dirijo en primer lugar al Grupo Parlamentario Popular para ver si reconocen tres frases que les voy a decir para comenzar. Dijo alguien hace poco que el Gobierno acometerá reformas para animar la inversión, la creación de empresas y la
generación de oportunidades de empleo para los ciudadanos. Una segunda frase decía que las leyes tienen que servir para generar oportunidades, no para crear obstáculos. Y una tercera, que la reestructuración bancaria debería servir para que vuelva
a fluir el crédito a empresas y hogares. Han acertado seguro, señores diputados del Partido Popular. Fue Rajoy en su discurso de investidura. Al traer este proyecto de ley de garantía de la unidad de mercado, que propone casi lo contrario de esos
tres objetivos, no me cabe ninguna duda de que va a conseguir poco de lo que en su día prometió.


El pasado 26 de septiembre se debatieron las enmiendas a la totalidad presentadas por todos los grupos políticos, y una vez más, qué coincidencia, se produjo el rechazo de todos los grupos a este proyecto de ley de garantía de la unidad de
mercado. Entendemos que los equivocados son el Gobierno y el Partido Popular, que es quien lo apoya. Se van a cumplir dos años de Gobierno del Partido Popular, dos años de desgobierno, con proliferación de leyes desreguladoras que no ayudan a
mejorar la situación económica de este país, que aumentan la conflictividad y la precariedad laboral, como es la reforma laboral.


Hemos manifestado en nuestra enmienda a la totalidad el rechazo a este proyecto de ley. Entendemos que tan mala es la hiperregulación de la actividad económica como su desregulación. Esto último, la regulación laxa, está en el origen de la
grave crisis que padecemos. Los socialistas apoyamos una regulación eficiente y de calidad que favorezca la competitividad, para evitar duplicidades y trabas burocráticas, para que impulse una economía competitiva y sostenible que garantice los
derechos de los consumidores, usuarios y trabajadores. Nuestro grupo, y seguro que todos los presentes, incluso ustedes, del Partido Popular, estamos de acuerdo en los objetivos genéricos del proyecto de ley, que son de sentido común, como es
simplificar los procedimientos administrativos, eliminar las duplicidades y requisitos innecesarios, así como trabas o restricciones injustificadas o desproporcionadas. Pero ha de quedar claro en esta intervención, la del Grupo Parlamentario
Socialista, que estamos a favor de una regulación de las actividades económicas que se fundamenta en la defensa del interés general y el incremento de las garantías de los ciudadanos en aspectos como la protección de los trabajadores, de los
consumidores, del medio ambiente y también, sí, señores diputados del Partido Popular, la garantía a las pequeñas y medianas empresas y a los empresarios en general para que generen y creen confianza en la economía. Para ello se necesita una
regulación eficiente y favorecedora de la competencia. Pero eso no es lo que nos presentan en este proyecto de ley. No engañen a los ciudadanos ni a los empresarios ni a sus organizaciones ni a la sociedad en general. Nos venden soluciones
fáciles a problemas complejos.



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Con esta ley crearán problemas a todos, disfunciones en la economía y en las relaciones entre empresarios, entre administraciones públicas, entre comunidades autónomas y entre ayuntamientos. Van a crispar las buenas relaciones que en estos
momentos se necesitan en la economía española. Me explico y lo argumentaré. En la propia exposición de motivos de la norma se efectúa un diagnóstico erróneo cuando se afirma que existe una fragmentación de la unidad de mercado en España, y además
se considera desproporcionada la elaboración de una ley de carácter genérico con un modelo que puede dar lugar a situaciones de desigualdad entre operadores que realicen una determinada actividad en un mismo territorio, según ha señalado el Consejo
General del Poder Judicial en su informe sobre este texto normativo. El proyecto de ley desregula aspectos que van más allá del marco normativo exigido a nivel europeo y ya incorporados con las leyes de trasposición de la Directiva de Servicios,
como la ley 17/2009, de 23 de noviembre.


Respecto a las garantías al libre establecimiento y circulación, en el capítulo IV del proyecto de ley, artículo 17, que habla sobre la instrumentación del principio de necesidad y proporcionalidad, la aplicación de estos principios debe
estudiarse caso por caso en función de las especiales circunstancias del entorno social, económico, cultural y territorial en el que se desarrolle la actividad económica que se quiera regular. Los trabajos ya realizados en la trasposición de la
directiva por parte de las comunidades autónomas, de la Administración local y de la propia Administración General del Estado han permitido encontrar el adecuado equilibrio de esos principios. Desaparecen una serie de razones consideradas por el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea como razones imperiosas de interés general. Precisamente este planteamiento fundamenta el rechazo frontal a la norma que plantea en su informe el Consejo de Consumidores y Usuarios, en el que incide
especialmente el voto particular al dictamen mayoritario del Consejo de Estado.


Siguiendo la lectura de su, entrecomillado, magnífico proyecto de ley, llegamos rápidamente al capítulo cinco, que habla del principio de eficacia en todo el territorio nacional. Continúa exhibiendo el proceso peculiar de desregulación a la
baja y de uniformación normativa con actitud recentralizadora del poder político. Esto lleva aparejado el conflicto competencial seguro. Nunca es oportuno dicho conflicto. Ustedes tienen el don de la oportunidad. En los momentos que estamos
viviendo, de una profunda conflictividad territorial, es de una inoportunidad perfectamente descriptible, porque en un Estado descentralizado como el nuestro el principio de unidad de mercado tampoco puede hacerse a costa de las competencias de las
comunidades autónomas, como ha establecido la doctrina del Tribunal Constitucional en relación con la compatibilidad entre unidad de mercado y autonomía política, en virtud de lo cual la unidad de mercado que preconiza el artículo 139.2 de la
Constitución española es perfectamente compatible con el principio de diversidad jurídica, que es consecuencia de nuestro modelo territorial de la Constitución española.


El proyecto de ley establece la introducción del principio de prevalencia de la regulación de la administración territorial de origen del operador económico, con independencia del lugar en el que el mismo desarrolle su actividad económica.
Esta circunstancia, al afectar a un buen número de competencias autonómicas y locales, puede derivar en la proliferación de conflictos competenciales entre el Estado y las administraciones territoriales, pero también entre las propias comunidades
autónomas, entidades locales y, en consecuencia, puede suponer un menoscabo a la seguridad jurídica y dar lugar a una elevada litigiosidad. No es solo una reflexión del Grupo Parlamentario Socialista, coincide con el informe del Consejo General del
Poder Judicial, en el que se expone que tal medida redunda en detrimento de la aplicación de la normativa propia del lugar donde concretamente se pretenda desarrollar una determinada actividad económica -el lugar de destino-, lo que dificulta y
entorpece la operatividad del principio de diversidad jurídica. En la misma línea, el Consejo Económico y Social crítica el carácter uniformador de la norma y anuncia litigios autonómicos. El informe del CES es preceptivo en anteproyectos de ley
como el que aquí estamos debatiendo esta tarde, aunque es verdad que sus observaciones no son obligatorias, pero el Gobierno debiera entender o ver al menos el alcance de dicho informe, puesto que el CES está compuesto por la representación de toda
la sociedad española, es decir, sindicatos, empresarios, organizaciones profesionales, consumidores y usuarios, empresas de economía social y también el propio Gobierno. Asimismo, el principio de licencia única podría determinar un importante
impacto del proyecto de ley sobre los presupuestos de las distintas comunidades autónomas y de su capacidad tributaria de establecer y exigir tributos reconocidos a las comunidades autónomas en aquellos impuestos, tasas o contribuciones especiales
cuyo hecho imponible esté vinculado a algún medio de intervención que, por motivo de este proyecto de ley, ya no pueda exigirse en las comunidades autónomas de destino. Claro efecto nocivo es el que puede provocar



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esta ley con la fuga de empresas a comunidades autónomas con legislación más laxa, con la prevalencia de la legislación del territorio de origen, pudiéndose producir un incentivo a la localización empresarial en los territorios con menos
regulación o con aquella más favorable a su actividad. En resumen, existencia de inseguridad jurídica en todos los campos, administrativos y particulares.


Señores del Partido Popular, ni unidad debe ser sinónimo de uniformidad ni regulación eficiente debe ser equiparable a falta de regulación o desregulación a la baja. En cualquier caso, los principios que deben regir las relaciones entre los
poderes públicos en un Estado como el nuestro son la cooperación y la lealtad institucional; nunca la jerarquía propia de un Estado unitario o centralista. Hay que ser realistas y humildes y saber que se puede seguir trabajando para mejorar la
eficacia administrativa, simplificando los procedimientos o eliminando duplicidades, pero sinceramente, qué lío van a montar. Ojo, que quienes primero van a salir perjudicadas son las pequeñas y medianas empresas y todos los ciudadanos en general.
Este proyecto de ley no mejorará los datos macroeconómicos que el Gobierno ahora mismo tiene encima de la mesa: 0 % de crecimiento, 26 % de desempleo, 100 % de deuda pública en relación con el PIB, 20 % de caída anual del crédito, y el último que
hemos conocido, somos líderes en la zona euro de tener el déficit público más alto, el 10,6 en 2012.


Ustedes, diputados del Partido Popular, como cada uno de nosotros, representamos a comunidades autónomas; yo a Castilla-La Mancha, otros a Valencia, Andalucía, Castilla y León... Cada uno representamos a nuestras comunidades. ¿Qué les van
a decir después de votar hoy, que los ciudadanos van a estar más desprotegidos? ¿Qué van a aumentar la litigiosidad en todos los ámbitos, empresarial e institucional? En definitiva, el caos. Y menos mal que la justicia va mejor; gracias al
ministro Gallardón, es más ágil y más barata la justicia. ¿O les van a decir también que el crédito va a fluir a las empresas? ¿O que hay incentivos para crear empresas? ¿Dónde están las medidas para recuperar el consumo? El Gobierno y el
ministro de Economía justifican este proyecto de ley precisamente por los supuestos beneficios económicos para la economía española, como la reforma laboral o la reforma de la Administración local. No engañen más a la gente, no engañen a los
ciudadanos con reformas que no benefician a nadie, al menos a la mayoría; no sé si benefician a la minoría o a unos pocos, no sé si a los lobbies. Detrás de las reformas hay un proyecto cargado de ideología neoconservadora, ultraliberal. Ejemplos
como el de hoy dejan constancia en el 'Diario de Sesiones'. Hablaremos dentro de poco tiempo y verán cómo desgraciadamente el Grupo Socialista y el resto de grupos parlamentarios teníamos la razón, y no el Partido Popular.


Por todo ello y por algunas cosas más, el proyecto de ley que hoy se debate tiene el rechazo absoluto de este grupo parlamentario. Créannos -porque tenemos experiencia en la Administración pública- que van a crear disfunciones y muchísimos
problemas a los ciudadanos y principalmente a las empresas, a las que teóricamente van dirigidas estas medidas. Si queremos justificar ante Bruselas que vamos a acometer estas reformas estructurales, no engañemos a Bruselas, pero sobre todo no
engañemos a los ciudadanos españoles.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.


El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha planteado alrededor de 41 enmiendas, la mayoría de ellas destinadas a la supresión de casi todos los artículos de este proyecto de ley al que en su momento nuestro
grupo parlamentario planteó una enmienda a la totalidad. Seguimos pensando que este proyecto de ley es un gran error que va a dar como resultado la desaparición de las comunidades autónomas en relación con sus competencias exclusivas, con los
servicios que prestan y con su industria y su comercio. Esta es una ley que parece pensada únicamente al servicio de los grandes operadores en detrimento de los consumidores, que van a ver perjudicados sus intereses en todos los ámbitos, desde el
competencial hasta el ambiental y el competitivo.


Continuamos pensando que este proyecto de ley pretende identificar la unidad de mercado con la uniformidad legislativa, cuando la unidad de mercado consiste en la libertad de circulación de bienes, mercaderías y servicios, y no en otra cosa.
Está claro que a ustedes les gusta más la uniformidad que la libertad. Un Estado, una nación, un mercado, un ordenamiento jurídico uniforme. Parece que pretenden pasar de un mercado convenientemente regulado a satisfacer el interés general de un
mercadillo. En segundo lugar, también seguimos pensando que ustedes continúan ignorando que el régimen de autorización de licencias y declaraciones responsables está para garantizar el cumplimiento de las normas que las comunidades autónomas, en
uso de las competencias que les atribuyen sus estatutos en el marco de la Constitución, han dictado para regular diferentes sectores económicos. Con esta ley se les expropia



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esta competencia normativa para atribuirla a la comunidad autónoma que menos regule y que menos requisitos exija. Con ello no solamente se favorecerá la conversión de algunas comunidades autónomas en verdaderos paraísos administrativos,
sino también en auténticos parásitos económicos que atraerán la riqueza ajena y sus consecuencias fiscales por su laxa regulación. En tercer lugar, como ya manifestamos, partimos de la base de que la aproximación normativa puede constituir un
objetivo hasta cierto punto loable, pero el fin no justifica los medios. El protagonismo de esta aproximación lo han de asumir las comunidades autónomas, no el Estado. Ustedes, que tanto hablan de cooperación horizontal, respeten su ámbito propio.
No se han atrevido a hacer una ley de armonización para que no les pasase lo mismo que con la Loapa, y lo que han hecho es poner la regulación en almoneda, en una temeraria subasta a la baja.


Por estos motivos hemos presentado estas 41 enmiendas, que pretenden la desaparición de prácticamente todos los artículos que componen dicha legislación y que tienen cinco objetivos básicos y fundamentales. Primero pensamos que, en caso de
que no fueran aprobadas las enmiendas de Convergència i Unió, volveríamos a un objetivo básico de la ley, que es la eliminación del ejercicio de las competencias propias de cada comunidad autónoma mediante la cuestionable vía de la regulación de
mínimos. Tal como ha manifestado el portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra, entendemos que un producto podría circular por todo el territorio del Estado cumpliendo la normativa más laxa existente entre las que hayan emitido las
diferentes comunidades autónomas. Esto no es una defensa de la competencia sino que es fomentar la desregulación sin criterio. El proyecto de ley estimula a las comunidades autónomas a actuar como paraísos administrativos de la mínima exigencia,
lo cual incluso es contrario a la exigencia de los controles mínimos para la protección del interés general que propone la Directiva de Servicios europea.


Hay otro aspecto al que también están dirigidas nuestras enmiendas, que es el de intentar plantear que esta ley vaya en la dirección de una falta de encaje dentro del marco legal europeo, por dos cuestiones básicamente. En primer lugar,
porque entendemos que esta adulteración de los principios de la Directiva de Servicios en el mercado interior conlleva rebajar los estándares normativos en ámbitos como la seguridad, la salud, el medio ambiente, los derechos de los consumidores,
etcétera, lo cual puede llegar a situar las actividades económicas en el umbral del incumplimiento de los propios estándares europeos en dichas materias. Desde esta óptica, el proyecto de ley abre una discriminación negativa con los operadores
económicos establecidos en otros Estados miembros, ya que esta remoción de obstáculos para el exceso y ejercicio de las actividades económicas, supuestamente basadas en la trasposición de la Directiva de Servicios no se puede aplicar con el mismo
criterio en relación con el país de origen de las empresas extranjeras. Hay otro tercer aspecto que también nos preocupa, que es el aumento de la burocratización y la complejidad en la elaboración de las disposiciones de carácter autonómico, hasta
el punto de poder bloquear el ejercicio de las competencias que corresponden a los gobiernos y parlamentos autonómicos en la línea de lo que ha dicho el Consejo Económico y Social. La creación de organismos de carácter estatal como el Consejo para
la Unidad de Mercado y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a los que se confieren atribuciones de supervisión previa y posterior sobre disposiciones, actos, actuaciones, actividades y situaciones que son procedentes de las
comunidades autónomas o de las corporaciones locales, supone establecer trabas innecesarias al funcionamiento de la actividad económica, es decir, complica las cosas más que facilitarlas. En cuarto lugar, entendemos que esta legislación coloca a
los gobiernos de las diferentes comunidades autónomas en una situación de subordinación y tutela incompatible con los principios de autonomía, competencia y coordinación del diseño del reparto competencial previsto en la Constitución y en sus
respectivos Estatutos de Autonomía, situación que facilita el intervencionismo puro y duro por parte del Estado. La propuesta legislativa presentada por el Partido Popular comporta que las comunidades autónomas vean comprometida su capacidad
normativa y su actuación administrativa, la cual queda sujeta a procedimientos de evaluación y control no previstos constitucionalmente; ello significa que se limita la autonomía de las comunidades autónomas, se bloquea su capacidad de impulso
económico y de mejora de la competitividad. Vamos hacia atrás: más burocracia y menos dinamismo, como he planteado a lo largo de mi intervención.


Igualmente, desde la óptica europea, nosotros entendemos, y también van en esta dirección algunas de las enmiendas que hemos presentado, que esta legislación, repito, desvirtúa los preceptos establecidos en la Directiva de Servicios en el
mercado interior y por la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con los criterios para establecer niveles de intervención administrativa previos al acceso y al ejercicio de las actividades económicas. Parece que el
objetivo del proyecto de ley sea el de confundir. ¿Por qué no se limitan a regular lo que nos exige Europa en los términos que plantea Europa?



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Pues no. Ustedes van en la dirección de que se necesita más el plus español. El contenido que la Directiva de Servicios y el Tribunal de Justicia Europeo entienden como razón imperiosa de interés general se modifica para incorporar otras
cuestiones que nada tienen que ver con el interés general y la actividad económica, porque simplemente busca la uniformización y la aminoración de las competencias de las comunidades autónomas. Entendemos, pues, que este Gobierno no comprende que
el mundo avanza en red y no en uniformización.


Hay algunas enmiendas que hemos planteado que nosotros consideramos interesantes y que podrían complementar algunos de los pocos artículos que no se tendrían que suprimir. Por ejemplo, la enmienda número 136, que va en la dirección de que
los requisitos que puedan resultar del marco de la contratación pública queden al margen de esta ley. Entendemos que sería interesante que el Gobierno del Partido Popular lo tuviera en cuenta. En la misma dirección va la enmienda número 150, que
se refiere al artículo 18.2 a), que pretende excluir de los contratos públicos el ámbito de aplicación de esta ley. Es un complemento de la enmienda que acabo de explicar muy rápidamente.


Finalmente, hay una serie de enmiendas que nosotros consideramos nucleares, que no dejan de ser también una consecuencia de la explicación principal que ha motivado mi primera intervención. Me refiero, por ejemplo, a la enmienda número 168,
correspondiente a los artículos 26, 27 y 28, que entendemos que tendrían que suprimirse, ya que en estos artículos se regulan los mecanismos de defensa de los intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes. Desde nuestro
punto de vista, estos mecanismos merecen un rotundo rechazo por cuanto suponen en la práctica la inoperancia del sistema de recursos administrativos y jurisdiccionales actualmente establecidos. Por otra parte, en cuanto a la configuración del nuevo
procedimiento especial contencioso-administrativo, no está justificado porque la unidad de mercado es un principio, no un derecho fundamental, por lo que no parece justificado establecer una sumariedad en el procedimiento equiparable al del
procedimental del amparo ordinario previsto en el artículo 53.2 de la Constitución española. Finalmente, tenemos dos enmiendas que hacen referencia al sector del taxi y al sector farmacéutico, pero como parece que el Partido Popular ha planteado
algunas enmiendas en este sentido para ser votadas a lo largo de esta tarde y que están incorporadas en la exposición de motivos, haremos llegar a la Mesa la retirada de estas dos enmiendas.


El señor PRESIDENTE: Por La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Señores diputados, he de reconocer que cuando preparaba las enmiendas parciales, y ahora, en estos momentos, tengo una sensación extraña. Me siento algo así como un ateo intentando enmendar una encíclica sobre
la Santísima Trinidad, y cuesta, la verdad. No sé si ustedes lo han probado alguna vez, pero es complicado enmendar un texto en el cual ya se discrepa del enfoque y de la estrategia que plantea. Digo esto para dejar bien clara la razón de nuestros
planteamientos, que continúan siendo una impugnación a la totalidad, pero no porque hayamos confundido el ámbito en el que estamos, sino sencillamente porque entendemos que este proyecto de ley es difícilmente enmendable para ser mejorable. Lo
máximo que se puede intentar es que tenga el mínimo posible de defectos colaterales negativos, que es lo que creo que hemos intentado todos los que presentamos enmienda a la totalidad. Es difícilmente enmendable porque parte de nuevo de un análisis
que, a nuestro entender -por recordar las intervenciones del resto de grupos de la Cámara que se manifestaron en contra de la mayoría de los grupos-, nace de la constatación de un problema cierto, con un diagnóstico erróneo y con un oportunismo para
adoptar medidas que nada tienen que ver con el problema que se plantea y sí con otro objetivo. En definitiva, no es una cosa distinta de lo que hemos visto durante toda esta legislatura por parte del Gobierno.


¿Existe un problema en estos momentos relativo a cómo las empresas se relacionan con el marco normativo y en qué medida ese marco normativo dificulta o no dificulta su actuación? Sí, sin duda, existe un problema; lo dijimos ya en su
momento en la enmienda a la totalidad. En nuestro caso, creemos que ese problema viene fundamentalmente derivado de un exceso de legislación. Ese exceso de legislación puede tener su razón de existir en la propia caracterización de un Estado de
estructura compleja como el Estado español, donde existen soberanías compartidas en aspectos competenciales, pero no es ese el único problema. El exceso de legislación mayor proviene fundamentalmente de la hiperactuación, del furor legislativo que
suelen tener las administraciones, especialmente este Gobierno, lo que se pone de manifiesto en estos dos años. Es materialmente imposible para una empresa de dimensiones medias como las de nuestro país poder saber cuál es exactamente la
legislación que se le aplica, con independencia



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de que esté en una comunidad o en otra. El problema no es el exceso de legislación de las comunidades autónomas, sino el exceso legislativo en general.


Existe otro problema profundo, que es cultural y que difícilmente puede resolverse por leyes, que es el tema de la escasa cultura de la cooperación institucional; no entender que en el mundo de la interrelación, de la red, los poderes
públicos no pueden comportarse como si fueran espacios cerrados y omnicomprensivos, cuando en realidad casi todo se interrelaciona y también las competencias de las diferentes comunidades autónomas y de los diferentes poderes del Estado. No sé en
qué estaría pensando el legislador constitucional cuando habló de competencias exclusivas, pero la vida ha demostrado que ese concepto de competencias exclusivas está en la Constitución y en la ley y en ningún otro sitio, pues es tanto como negar la
propia realidad de la interrelación. En segundo lugar, existe en general en el mundo y también en nuestro país un exceso de estrategia de competencia entre las empresas que también se traslada al ámbito institucional, basado en una competencia
profundamente desreguladora fundamentada en que la no regulación o la regulación reduciendo exigencias a las empresas es lo que las hace ser más competitivas. Ese es un paradigma que no compartimos. Desde ese punto de vista nuestra descripción de
la realidad es profundamente distinta de la que hace la exposición de motivos de la ley y es la que sin duda ha llevado a plantearnos esta ley.


Creemos que el camino que nos plantean el Grupo Parlamentario Popular y el Gobierno en este proyecto de ley es absolutamente erróneo. Entre otras cosas, desde mi punto de vista parte de una premisa falsa o de un cierto error conceptual
-quiero creerlo así-, es decir, pretende que continúe existiendo autonomía política sin que exista diversidad legislativa. Eso es como pretender que el agua sea seca. No sé mucho de física, pero de leyes sé un poquito. Autonomía política -que no
es administrativa- y uniformidad legislativa es un oxímoron. Eso es lo que pretende este proyecto de ley y por eso me cuesta tanto presentar enmiendas, porque soy un ateo enmendando una encíclica papal. No comparto la encíclica de que es posible
la uniformidad en un marco de autonomía política. Creo que lo que subyace en el fondo es que se está impugnando la propia realidad constitucional. En el fondo aparece el subconsciente, no digo de los constitucionalistas -porque no es de extrañar
que el Partido Popular no estuvieran en el pacto constitucional-, sino de la interpretación que hace. Lo que los demás consideramos como autonomía política, que es capacidad de autogobierno para decidir sobre el ámbito en el que actuamos, para el
Partido Popular y el Gobierno es pura descentralización administrativa, con un centro y diferentes periferias. Desde ese punto de vista no solo hay un problema conceptual, sino que este proyecto de ley -lo dije ya en su momento- no nos va a
resolver el problema que dice querer resolver y, además, nos va a provocar otro. Recuerdo que fueron dos las críticas que se le formularon a este proyecto de ley en el debate de totalidad: una era la de la uniformización y otra eran los riesgos de
desregularización. Aparentemente aparecían como riesgos contrapuestos, pero fíjense ustedes bien que no lo son tanto, porque este proyecto de ley nos condena a la uniformización en la desregulación. No es una frase, es una realidad. Nos va a
uniformar en la desregulación. Existe un estudio de hace quince años de un gran constitucionalista y experto en derecho comunitario que analizaba las dos vías de la armonización que tenía Europa en esos momentos. Una de ellas era la armonización a
través de la actuación política de Europa, de su actuación legislativa, y otra era la armonización -él hablaba de armonización- a través de las reglas del propio mercado. En este caso no estamos hablando de armonización, sino de uniformización.
Este proyecto de ley nos lleva inexorablemente al drama de la uniformización en la desregulación. No deja de ser curioso. Este país debe haber creado una especie de monstruo de seis cabezas que son los liberales ultraintervencionistas o liberales
que creen en la competitividad para las empresas pero, en cambio, resulta que no son liberales de verdad, porque los liberales de verdad están defendiendo que los poderes políticos compitan entre sí, incluso a ver quién ofrece mejores condiciones.
Pero los liberales españoles -se llaman ellos así- son unos liberales curiosos, es decir, unos liberales ultraintervencionistas absolutos, de casta, de clase o como se les quiera llamar. Intervienen y lo que buscan no es la liberalización -tendría
también su coherencia que las comunidades autónomas compitieran entre sí-, sino que compitan las empresas pero que las comunidades autónomas y los poderes públicos estén absolutamente atados a la uniformidad, que no puedan competir entre ellos.
Bueno, en el fondo sí les van a poner a competir, ese es el drama, les van a poner a competir en lo único en lo que les pueden poner a competir, si se me permite, que es en la uniformización en la desregulación. Me recuerda un poco el debate que
tenemos cuando hablamos de temas fiscales y de comunidades autónomas.



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Permítanme que les haga una digresión. ¿Es legítima la capacidad normativa de las comunidades autónomas en materia fiscal? Sí. ¿Es posible en materia fiscal cuando el hecho imponible es el capital global? Teóricamente sí, en la práctica
pueden competir sin duda y tendrán autonomía. ¿En qué? En bajar impuestos, pero en ninguna otra cosa. Desgraciadamente, en la economía global solo pueden competir en eso. ¿En qué van a poder tener capacidad las comunidades autónomas después de
esta ley? Fundamentalmente en desregular en su ámbito. ¿Para qué? Para atraer hacia sí las inversiones. Como una sola regulación en una sola comunidad autónoma va a comportar la capacidad de actuación de cualquier agente económico en cualquier
otro sitio, esto será tonto el último. Soy de un barrio marinero, la Barceloneta, donde las subastas no se hacen hacia arriba, sino hacia abajo, como todo el mundo sabe. Esto va a ser una subasta hacia abajo: diez, cinco, cuatro, tres, nada; y
en nada se va a quedar. Desgraciadamente eso va a ser así.


En esos términos he intentado ver cómo el ateo se sitúa en la mente del papa y he presentado algunas enmiendas. Quisiera destacar solo tres. Una tiene que ver con un tema importante. Puestos a ser incoherentes, un proyecto de ley que
habla del tema que habla, la unidad de mercado, y que establece principios tan entrañables como los de la cooperación institucional, la simplificación y la reducción de cargas, y no habla de uno de los principios más sagrados del derecho
comunitario, que es el principio de prevención o de precaución -se le llama de las dos maneras-, nos parece incluso susceptible de ser llevado ante los tribunales europeos. La verdad es que ir a los tribunales europeos para algunas cosas vale la
pena, pero no para eso. Sería más lógico que el legislador español lo resolviera porque, si al final nos tienen que resolver todo en Europa, no sé cómo vamos a justificar nuestra razón de existir. Insisto, porque además afecta a aspectos básicos
como la salud pública, la salud laboral y el medio ambiente. Son elementos donde el principio de prevención y precaución se considera un principio sagrado en Europa y viene determinado por directiva comunitaria.


En la segunda enmienda les hemos planteado una cosa muy sencilla. Cuando hablan ustedes de salud pública y de medio ambiente, incorporen también salud laboral. No es exactamente lo mismo que salud pública, aunque en algunos aspectos se
confundan. Teniendo en cuenta que estamos hablando de licencias de autorización de actividades, excluir el concepto de salud laboral es considerar que los trabajadores no existen, que son un cero a la izquierda en el ámbito de esas actividades.


Por último, me gustaría hacer una reflexión en relación con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Reconozco que aquí me han despistado ustedes. El baile de la yenka que se traen ustedes con la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia es total y absoluto. Primero se cargan todos los organismos de la competencia para situar a un organismo absolutamente controlado, parasitario del poder y totalmente teledirigido y, después de hacerlo, para que no pueda
intervenir, deciden darle más competencias, algunas de las cuales son ciertamente curiosas. Quizá hubiera sido mejor quedarnos donde estábamos, porque si no, nos perdemos un poco.


Termino planteando que nuestro grupo ha analizado las enmiendas de los otros grupos parlamentarios y coincidimos en gran parte con las enmiendas de Convergència i Unió en relación con los aspectos competenciales. Curiosamente -no está el
señor Sánchez i Llibre-, no introduce especiales elementos de desregulación y liberalización, con lo cual no nos crea muchos problemas, y vamos a votar favorablemente, igual que a las enmiendas del Grupo Socialista, que, en general, compartimos,
aunque hay algún elemento de diferenciación. Respecto a las enmiendas del Grupo de Unión Progreso y Democracia, compartimos aquellas que tienen que ver con la cooperación institucional y con el espacio de racionalización y, como supongo no le
sorprenderá al diputado don Álvaro Anchuelo, discrepamos profundamente de aquellas que ven en la armonización, homogeneización o como se le quiera llamar -cada uno le pone el nombre que le parece- una solución a los problemas de este país. Nos
parecen interesantes las enmiendas del Grupo del PNV, sobre todo porque adaptan el voto particular del Consejo de Estado y también el del informe del Consejo General del Poder Judicial, y, por tanto, las vamos a votar a favor, igual que las del
Bloque Nacionalista Galego y las de Esquerra Republicana de Catalunya. Uno debe ser muy lento de reflejos, pero aún no he tenido tiempo de analizar las enmiendas transaccionales que se nos han presentado. Lo intentaremos hacer a lo largo de lo que
dure la sesión para dar nuestra opinión al respecto.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Anchuelo.



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El señor ANCHUELO CREGO: Mi grupo es plenamente consciente de la gravedad del problema que esta ley intenta resolver. Es un problema tan importante como que el mercado interno español, que es un mercado relativamente pequeño, se esté
fragmentando. Recordemos que la Unión Europea nació porque ni siquiera el mercado alemán, el francés, el británico se consideraban lo bastante grandes. ¿Nos podemos permitir el lujo de fragmentar nuestro pequeño mercado interno si los mercados
alemanes, franceses no eran suficientes y nos llevaron a la Unión Europea? Me parece que la pregunta se contesta por sí sola. Esta fragmentación, además, es mala para las empresas, evidentemente, les supone mayores costes; les supone menor
competitividad. Pero no solo para las empresas; esa menor competitividad, esa menor inversión española e internacional supone menos crecimiento, supone menos empleo para los ciudadanos; esa menor competencia supone productos de menor calidad o
precios más altos. Es decir, no es un problema solo de las empresas, es un problema de los ciudadanos en términos de empleo, en términos de calidad de los productos que disfrutan, en términos de precios.


Tan consciente es mi grupo de la gravedad de este problema que este tema era uno de los que estaba ya en nuestro ideario fundacional, cuando nuestro partido nació hace unos años, y creemos haber tenido cierto protagonismo en poner este tema
en la agenda política, porque hace unos años directamente se negaba la existencia del problema y hoy existe una conciencia social de que existe. Por eso, lamentamos que cuando por fin, con tantos años de retraso, este tema se aborde, no se aborde
de la mejor manera posible; sinceramente, creemos que no se aborda de la manera correcta. Nuestra principal objeción tuvimos ocasión de explicarla en el debate de totalidad. La idea básica del Gobierno, como han señalado otros intervinientes
anteriores, es que si un operador opera en una comunidad autónoma pueda operar en las demás sin ningún requisito adicional. Esto, que a primera vista puede parecer lógico, va a tener unas consecuencias indeseadas importantes. Va a crear un sistema
de incentivos perversos para las empresas, que tenderán lógicamente a localizarse en la comunidad que menos requisitos exija en su sector; y va a crear un sistema de incentivos perversos para las propias comunidades, que se verán tentadas de atraer
a las empresas que se localicen en ellas, desregulando o regulando a la baja. Esto a veces no se entiende. Se dice: Si se les regula, mejor; hay un exceso de regulación. Nosotros podemos compartir que haya un exceso de regulación, pero tengamos
cuidado, porque hay regulaciones mínimas imprescindibles en sectores esenciales, en cuestiones esenciales que tienen que ver con la salud, con la seguridad, con el medio ambiente, con los derechos de los consumidores y trabajadores. Por tanto,
distingamos lo que pueden ser regulaciones superfluas de este núcleo básico de regulación.


Existía una alternativa, además, que es la que nosotros planteábamos en el debate de totalidad y que engarza perfectamente con nuestros principios constitucionales. En la Constitución hay artículos, como el 139, el 149 y el 150, que habrían
permitido al Gobierno promulgar una legislación básica en cada sector que garantice esos mínimos imprescindibles, de forma que el resultado no sea esa regulación a la baja. Podría haber variedad en torno a esos mínimos imprescindibles, aunque
creemos que sería conveniente disminuir la dispersión. Pero es necesario, en nuestra opinión, garantizar esos mínimos imprescindibles, así como ir a un proceso de simplificación, de eliminación de legislación innecesaria, asesorados por las
conferencias sectoriales. Por eso, nuestra enmienda clave, de las veintitrés que hemos presentado, es la 83. En esta enmienda clave planteamos este modelo alternativo, que creemos que habría sido el correcto, que creemos que habría sido mejor.


Como ya anticipaban otros intervinientes, discrepamos en este tema importante en el proyecto de ley, pero no compartimos otras preocupaciones de otros grupos respecto al resto de medidas u objetivos del proyecto. De hecho, si esto se
subsanase, en otras cuestiones creemos que se podría haber ido incluso más allá. Se podría haber ampliado el ámbito de actuación de esta ley. Por ejemplo, nos sorprende que un tipo de barreras tan importante como las barreras fiscales hayan
quedado totalmente al margen de la ley. Hay diferencias de tratamiento tributario que tienen que ver con los impuestos que se pueden diseñar como mecanismos de discriminación, y eso aquí no se contempla. Es posible la imposición de tasas
disuasorias, y tampoco eso se contempla. Incluso en el ámbito de las subvenciones, se puede beneficiar y, por tanto, perjudicar a determinados operadores en vez de a otros. Todo este ámbito de impuestos, subvenciones, tasas ha quedado totalmente
al margen de la ley. Por eso, en nuestras enmiendas 67, 70, 74 y 75 lo incluimos. De hecho, en el proceso de integración europea, estas eran las barreras importantes que se tuvieron en cuenta cuando se creó el mercado único.


Otras enmiendas, las 65 y 81, también van en la línea de ampliar el ámbito de actuación de la ley y de mejorar los mecanismos de solución de los abusos. La enmienda 65 amplía la definición a cualquier norma discriminatoria o decisión que
afecte directa e indirectamente a los agentes y facilita a los jueces



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inaplicar esas normas. La enmienda 81 intenta subsanar otra carencia importante de la ley, que es incluir a las normas con rango de ley. Proponemos un sistema en que la CNMC eleve un informe al presidente del Gobierno para que este se
plantee la posibilidad de proponer recursos de inconstitucionalidad respecto a normas con rango de ley que puedan fragmentar el mercado interno. Es decir, ampliaríamos el ámbito de actuación de la ley y los mecanismos de solución que se plantean.


Otras enmiendas tienen que ver con los procedimientos de reclamación. Son las enmiendas 79 y 80. Creemos que el plazo de reclamación para los perjudicados es muy corto, solo de un mes, y debería ser más amplio, y que habría que aclarar que
esas reclamaciones se pueden hacer a través de la secretaría del consejo de unidad de mercado o, si el afectado prefiere, directamente en la CNMC. Por tanto, mejores procedimientos de reclamación, con más plazos para reclamar y la posibilidad de ir
directamente a la CNMC sin pasar por la secretaría del consejo.


Nos preocupa también el papel de las asociaciones empresariales. Las asociaciones empresariales tienen un papel importante que jugar en este ámbito, porque conocen los problemas de primera mano y, a menudo, es más fácil que actúen ellas que
no las empresas a título individual. Tienen un papel en la detección de los problemas, en la participación en las conferencias sectoriales, y deberían estar legitimadas para acudir en nombre de sus representados a la CNMC o a la secretaría del
consejo de la unidad de mercado. Eso es lo que planteamos con otro bloque de enmiendas, en este caso la 71, la 72 y la 87, dar un mayor papel a estas organizaciones empresariales y no dejarlo todo en manos de la actuación individual de las
empresas.


Creemos que se podría haber aprovechado la ley también para aligerar los requisitos de información de los particulares, de forma que cuando un particular o una empresa ha facilitado información a una Administración no se le requiera varias
veces la misma información por diferentes administraciones, sino que las administraciones se pidan la información entre ellas; y al revés: así como a los particulares se les exige menos información, menos requisitos de información, menos cargas,
que las administraciones den más información y tengan on line toda la normativa que afecta a un sector determinado, cosa que hoy en día es difícil de conocer por la abundancia y dispersión de la norma. Por tanto, menos requisitos de información a
los particulares y más información proporcionada por las administraciones. Son nuestras enmiendas 68 y 69.


Otro par de enmiendas tienen que ver con los plazos que creemos que habría que concretar para actuaciones que nos parecen deseables, pero se han dejado con plazos inconcretos. Me refiero a que las administraciones territoriales remitan los
datos necesarios para poner en marcha la ventanilla única. Se dice que hay que hacer eso, pero no se da un plazo para remitir los datos, y lo mismo ocurre con el sistema de intercambio electrónico de datos entre administraciones, algo también
deseable pero para lo que no se pone un plazo máximo. Esto es lo que planteamos en las enmiendas 77 y 78.


Por último, creemos que en todo este procedimiento el Congreso de los Diputados, las Cortes Generales, debería tener un papel que en la ley solo se atribuye a la Comisión delegada para Asuntos Económicos. Por eso, en la enmienda 82
proponemos que la evaluación anual de los efectos de la ley que va a hacer la Aeval venga también al Congreso de los Diputados.


Parece ser que el grupo mayoritario va a tener cierta sensibilidad a alguna de estas inquietudes, en concreto al papel de las asociaciones empresariales, a los plazos más concretos respecto a las actuaciones a las que antes me he referido y
al papel del Congreso de los Diputados en la recepción de ese informe de evaluación. No son las enmiendas más importantes que habíamos planteado, pero agradecemos ese esfuerzo de acercamiento y, en cualquier caso, aunque insisto en que el modelo
que se plantea no es nuestro modelo -lo he explicado antes y lo explicamos en el debate de totalidad- también tenemos que reconocer que la situación actual es tan mala, que no hacer nada sería peor que lo que se está planteando. Eso es lo que va a
llevar a mi grupo en este trámite no a votar en contra, sino a abstenerse en el conjunto del texto.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Mi grupo ha presentado veintitrés enmiendas a este importante proyecto de ley y ya el número, el guarismo, indica nuestra oposición frontal a sus contenidos normativos, a sus fundamentos filosóficos y a sus
contenidos ontológicos. Asimismo, presentamos una enmienda a la totalidad, señor presidente. No es la ley que nosotros esperábamos ni es una ley que -parafraseando al señor Anchuelo- pueda suponer algo mejor a la situación actual existente. A
veces no hacer nada es



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mejor que hacer algo para mejorar lo actualmente existente, considerando que lo actualmente existente es muy malo. Si lo que se propone es peor, lo que se hace es un empeoramiento objetivo de la situación.


No voy a recurrir, señor presidente, a la teología, sobre todo porque el actual papa es el primer papa jesuita de la historia. Todos los aquí presentes conocen la impronta jesuítica que tenemos intelectualmente la mayoría de los vascos,
sobre todo algunos que pertenecemos a la orden aunque sea como personal dependiente profesor universitario, aunque también la historia es muy desconocida en este ámbito. San Ignacio de Loyola no era precisamente un vasco de los que algunos
consideramos buenos; iba con las tropas castellanas para conquistar Pamplona, pero bueno, estas digresiones no proceden en este momento. (Risas.-El señor Coscubiela Conesa: Y llegó hasta Manresa). Efectivamente, llegó hasta Manresa.


Dicho lo cual, señor presidente, quiero manifestar que -sin perjuicio de que no se trata de refutar ninguna encíclica que el papa actual no ha tenido todavía tiempo material de dictar, las que dicte a tenor de sus declaraciones pueden ser
manifiestamente revolucionarias- la oposición de nuestro grupo y las enmiendas que hemos presentado tienen tres bloques argumentativos fundamentales, que no son una creación propia de nuestro grupo parlamentario, son creaciones en primer lugar de la
doctrina o de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Nosotros tenemos la convicción, señor presidente, de que este proyecto de ley contradice cuando menos cuatro sentencias del Tribunal Constitucional en su contenido dispositivo: la
sentencia 1/1992, la sentencia 88/1986, la sentencia 64/1990 y la sentencia 96/2002, la más reciente de todas ellas. El Tribunal Constitucional mediante una depurada elaboración doctrinal y jurisprudencial establece que la unidad de mercado es un
principio -utiliza la expresión y perdóneme la petulancia, señor presidente- anfibológico, es decir, irrelevante de hecho, desde la perspectiva de que no puede contradecirse la unidad de mercado como concepto jurídico, ni como concepto económico
tampoco, a lo que establece el Tribunal Constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Esta contradicción es un metafísico imposible. Es una antítesis, un intento de contradicción que no puede
permitirse, sobre todo desde la prevalencia de la jurisprudencia constitucional y dentro de esta, de la mayor relevancia que desde la perspectiva de los requerimientos del ordenamiento jurídico posee lo que se denomina bloque de constitucionalidad,
es decir, la interpretación conjunta de los requerimientos de la Constitución y de los requerimientos de los estatutos de autonomía, que desde una perspectiva de rango jurídico normativo poseen prácticamente las mismas características de la propia
Constitución, en tanto en cuanto desde la perspectiva de la distribución de competencias son las que acometen la operación que la Constitución no puede establecer de forma pormenorizada por razones de dimensión y por razones de naturaleza jurídica.
Prácticamente, un Estatuto de Autonomía desde una perspectiva de rango jurídico formal es como la propia Constitución. El Tribunal Constitucional establece que la unidad de mercado no puede, ni ningún otro concepto -por cierto, conceptos no solo
anfibológicos; son también conceptos metajurídicos, señor presidente-, obstaculizar si es bueno para garantizar la libertad de circulación de bienes, capitales, servicios y mano de obra, así como la igualdad básica en el ejercicio de la actividad
económica, pero no obstante la igualdad de mercado -siguen estableciendo todas estas sentencias del Tribunal Constitucional que le he comentado- no equivale a la uniformidad del mismo. El señor Coscubiela lo planteaba con la lucidez que
caracterizan sus intervenciones. Una cosa es unidad de mercado y otra cosa es uniformidad del mercado, que son conceptos no equivalentes sino antónimos, si me permite la expresión. Desde esa perspectiva, los principios de unidad económica y
diversidad jurídica dimanante del ejercicio de las competencias legislativas, o de las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la normativa del Estado, o de las competencias de mera ejecución de la normativa del Estado, no pueden ser
objeto de vaciado, de vulneración o de preterición mediante la introducción de elementos anfibológicos o de elementos metajurídicos como este principio de la unidad de mercado, que en el contexto que se configura en este proyecto de ley casi
coincide con el concepto de uniformidad de mercado.


El Consejo General del Poder Judicial -también citado por el señor Coscubiela- establece expresiones y reflexiones adicionales que resultan particularmente pertinentes y que todas justifican nuestras enmiendas, que voy a defender de modo
global y no particularizadas, una a una, señor presidente. Establece que con relación a este proyecto de ley el principio de eficacia general en todo el territorio nacional -artículos 19 y 20- las actuaciones que limita la libertad de
establecimiento y libertad de circulación -artículo 18.2- y en materia de supervisión de los operadores económicos -artículo 21-, confiere una posición manifiestamente prevalente -esta reflexión es muy importante- a la normativa y autoridades del
lugar de origen de la empresa o de la actividad -en donde se configura ese origen de la



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actividad, que no tiene que coincidir necesariamente con el lugar donde desarrolle mayoritaria o absolutamente sus actividades, puede ser diferente el lugar de origen del lugar donde se desarrollen fácticamente las tareas de esa actividad-,
es decir, del territorio donde el operador económico se haya establecido, en detrimento de la regulación propia y de las administraciones públicas del lugar donde se va a desarrollar la actividad económica, lugar de destino en definitiva. Este
modelo -continúa afirmando el Consejo General del Poder Judicial- implica que la normativa del lugar de origen se proyectará más allá del ámbito territorial que le es propio. Además, puede dar lugar -y esto es lo relevante- a situaciones de
desigualdad material entre operadores económicos que realicen una determinada actividad en un mismo territorio, pues quienes se hayan establecido en un lugar de origen distinto al de destino quedarán sujetos al régimen jurídico del lugar de
procedencia. Esta es una disfunción o desarmonía funcional que manifiesta el Consejo General del Poder Judicial con mucha pertinencia. No puede haber elementos inarmónicos, o desarmónicos, o desestructurales que provoquen en la mejor normativa del
lugar de procedencia o más favorecedora normativa del lugar de origen una situación disfuncional desde la perspectiva de la unidad de mercado que preconiza y que en definitiva es el fundamento ontológico de esta ley. Esto lo advierte, desde una
perspectiva muy crítica y afirmando los posibles elementos de inconstitucionalidad dimanantes de esta situación, el propio informe del Consejo General del Poder Judicial. Pero por si todo lo anterior fuera poco, continúa diciendo el Consejo General
del Poder Judicial que este proyecto de ley y su artículo 17 -sobre el cual queremos enfatizar nuestra enmienda, la que hemos presentado al artículo 17, que es la enmienda número 27- atenta gravemente tanto contra la autonomía constitucional de las
comunidades autónomas como contra la lógica de la protección de múltiples bienes constitucionales que otras leyes y reglamentos estatales han perfilado cuidadosamente. Llega a esa tan radical conclusión de inconstitucionalidad respecto a este
artículo 17, artículo que nosotros intentamos regenerar con nuestra enmienda 27, en relación con la cual les pediríamos un especial esfuerzo de análisis y consideración. Y termina diciendo que se diseña un mercado único español que difiere del
europeo, con lo cual entramos en contradicción con algo particularmente grave que es la contradicción entre un mercado único español y un mercado único europeo que no van a ser objeto de regulaciones armónicas sino que, como afirma este propio
informe del Consejo General del Poder Judicial, que coincide con el informe del Consejo de Estado, se diseñan dos mercados distintos: el puramente español, que es el que estaría configurado por los artículos 138 y 139 de la Constitución, y el
mercado interno europeo del Tratado de Funcionamiento de la Unión, con los riesgos de innumerables conflictos que esta situación puede provocar.


A nosotros nos preocupa lo que han dicho otros portavoces, nos preocupa la centralización que subyace en el espíritu de este proyecto, pero sobre todo nos preocupa sobremanera, señor presidente, que haya disfuncionalidades entre un mercado
único español, que es una pretensión anfibológica, y un mercado único europeo que está configurado por el tratado que hemos comentado. Son muchos los problemas que esta sobredimensión -ya termino, señor presidente- de la trasposición de la
Directiva de Servicios en el año 2009 plantea. A mí nadie me ha explicado todavía por qué es necesaria esta ley, porque ya la trasposición de la Directiva de Servicios en el año 2009 establecía elementos de unificación y de armonía en las
disfuncionalidades que diferentes ordenamientos jurídicos -todos legitimados para regular la actividad económica- pudieran producir. Incluso la trasposición de la Directiva de Servicios se hizo desorbitando, desmesurando su propio contenido. No
hay que recordar -usted lo recordará perfectamente, señor presidente- los conflictos que tuvimos que afrontar porque algunos diputados no pudimos ni tomar un taxi para volver al avión después de la incorporación de la Directiva de Servicios. Desde
esa perspectiva, esta ley carece, primero, de necesidad. Es una ley centralizadora, es una ley que provoca desarmonías entre legislaciones autonómicas y legislación estatal, que son tan legítimas unas como otras porque, como el señor Coscubiela
decía, existen competencias exclusivas, que proveen de competencia legislativa a las comunidades autónomas; competencias de desarrollo legislativo y ejecución, y competencias de ejecución de la legislación del Estado, pero sobre todo hay
contradicciones con el mercado único europeo mediante la utópica pretensión de crear un mercado único estatal. No hace falta recurrir al Papa Francisco para darse cuenta de que todo esto que estamos glosando es una auténtica aberración.
Seguramente hasta el Papa Francisco lo puede llegar a decir algún día porque es un hombre muy preocupado por los asuntos del mundo, de la carne, y del espíritu también. Esto no tiene ningún tipo de fundamentación jurídica ni racional, pero sobre
todo, lo que es más preocupante, señor presidente, es que no hay ninguna necesidad. ¿Para qué se ha aprobado esta ley mas que con el intento de lo que otros portavoces han comentado anteriormente: por un lado, unificar y centralizar y, por otro
lado, desregular?



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Ya hemos desregulado mucho hasta ahora en múltiples reales decretos-leyes y leyes, y hemos centralizado más en los mismos reales decretos-leyes y leyes. Ya esta vuelta de tuerca nueva, señor presidente, nos obliga a presentar no solo este
número tan abultado de enmiendas -nosotros no somos muy proclives a presentar demasiadas enmiendas- y una enmienda de totalidad, sino a refutar el espíritu, la filosofía y el contenido material del articulado de este proyecto de ley, y vamos a
seguir haciéndolo. Siento haber sido tan enfático, señor presidente, y sobre todo haber recurrido a reflexiones de naturaleza teológica que, aunque no infrecuentes en esta Comisión, a veces son impertinentes.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Mixto van a compartir el tiempo la señora Oramas y el señor Larreina. Tiene en primer lugar la palabra el señor Larreina. Procuren, por favor, distribuirse bien el tiempo.


El señor LARREINA VALDERRAMA: En primer lugar, quiero dar por defendidas todas las enmiendas de los distintos grupos políticos del Grupo Mixto.


En segundo lugar, tengo que decir, desde la perspectiva de Amaiur, que la ley, una vez pasado el trámite de las enmiendas y de la ponencia, tiene las mismas dificultades y obstáculos que nos impiden apoyarla y que manifestamos en el debate
de totalidad. En definitiva, estamos ante una ley que no tiene sentido. Es decir, la unidad de mercado es la unidad de mercado de la Unión Europea, cualquier otra perspectiva que se quiera imponer de una unidad de mercado por debajo de esa unidad
de mercado al final lo que supone es una restricción de las facultades, de la soberanía de los distintos entes que están por debajo de los Estados. Enlazando con lo que decía el señor Olabarría de la batalla en que Ignacio de Loyola combatió en la
toma de Pamplona, en esa misma guerra había otra familia que era la Jaso Azpilicueta, que era la familia de san Francisco Javier, que precisamente tenía su sede en el castillo de Amaiur, que da nombre a mi coalición y que lo que defendía era algo
que vendría a cuento de esta ley porque al final lo que decía era que ese Reino de Navarra, que articulaba políticamente Euskal Herria, rompía con la idea de los Pirineos como frontera porque era precisamente el pueblo de los Pirineos, unía una
parte y otra en un mismo espacio. Digamos que precisamente eso es lo que defendemos ahora; es decir, ese espacio europeo tiene que ser el ámbito de la unidad de mercado, porque al final esta ley, que es una ley recentralizadora, va a generar
indefensión, en primer lugar a los consumidores y consumidoras; es decir, va a dificultar sus garantías de seguridad en todos los ámbitos que afectan al consumo y la sanidad. Va a afectar también de forma indirecta al desarrollo y a la
normalización de las lenguas propias de cada una de las zonas del Estado y también va a generar indefensión y va a promover elementos negativos para las pequeñas y medianas empresas porque es una ley que al final va a favor de los grandes grupos
empresariales, sobre todo en el ámbito de la distribución, por ejemplo. Desde ese punto de vista, va a promover un modelo socioeconómico que no compartimos. Nosotros defendemos ese modelo de consumo propio cercano al consumidor que genera
estructura social, laboral y económica en los ámbitos naturales de desarrollo de los ciudadanos y ciudadanas, y este modelo va en dirección totalmente contraria. Por eso vamos a votar en contra de esta ley y a favor de las enmiendas que intentan
mejorar y acabar con estos riesgos, y lamentamos que esta ley al final se apruebe porque es una ley, insisto, innecesaria y que no tiene razón de ser desde nuestro punto de vista.


El señor PRESIDENTE: Señora Oramas, tiene la palabra.


La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: El Gobierno, con esta normativa sobre la unidad de mercado, quiere imponer un espacio económico inexistente con la excusa de que funcione con mayor fluidez ensanchando las oportunidades económicas. Aunque se
justifica en que sigue la línea de las medidas de liberalización de la Unión Europea en el ámbito de los servicios, lo pretendido por el Gobierno va mucho más allá y sin la cobertura de la normativa comunitaria porque sus determinaciones se aplican
a todas las actividades económicas, incluso las excluidas de la Directiva de Servicios. La medida estrella del proyecto, el principio de eficacia nacional de las actuaciones de las administraciones públicas respecto al acceso a las actividades
económicas con plena eficacia en todo el territorio estatal, supone una intromisión ilegítima en la autonomía de las comunidades autónomas ya que va a permitir que los operadores económicos no tengan que realizar ningún trámite adicional o cumplir
nuevos requisitos para acceder a una actividad económica en otra comunidad autónoma más que las que se les exija en la suya de origen. Es decir a esos nuevos operadores se les exime del cumplimiento de la normativa autonómica existente en el
territorio en el que quieren operar y que puede prever otros requisitos distintos y necesarios para el acceso o ejercicio de una actividad económica, debiendo utilizar en su caso únicamente la normativa de la comunidad de origen de ese operador.



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Es abundante y consolidada la jurisprudencia constitucional que establece que las competencias de las comunidades autónomas se encuentran limitadas a sus propios territorios de tal manea que las actuaciones administrativas deben quedar
estrictamente limitadas al ámbito territorial de la respectiva comunidad, lo cual es lógico si se tiene en cuenta que la aplicación extraterritorial de la actuación autonómica significa la correlativa inaplicación de la normativa de la propia
comunidad produciendo una intolerable intromisión en su autonomía política consagrada constitucionalmente. Dicho en otras palabras: la distorsión que esta ley va a ocasionar se produce porque se permite que leyes de unas comunidades autónomas se
impongan en el territorio de otras desplazando a la normativa que éstas, en uso de su autonomía política, han aprobado, creando además un caos jurídico imprevisible que incida en la seguridad jurídica pues puede llegar el caso de que en una misma
comunidad autónoma se apliquen al mismo tiempo las normativas de las dieciséis restantes. En efecto, esa coexistencia en un mismo territorio de distintas normativas producirá una distorsión del mercado que afecte tanto a los derechos de
consumidores y usuarios como a la competencia de los operadores, pues no todos partirán de las mismas condiciones ni tendrán que cumplir las mismas exigencias, ni se les aplicará por los mismos hechos un mismo régimen sancionador. En definitiva:
un disparate jurídico y político de dimensiones colosales.


A la situación descrita hay que sumar el caso específico de Canarias. Desde el principio de la legislatura el Gobierno español, incomprensiblemente, viene ignorando sistemáticamente las especificidades canarias derivadas tanto del modelo
autonómico (aguas, modelo de financiación, inversiones estatales derivadas del REF, costas, energía) como de la Unión Europea. En este caso su consideración de región ultraperiférica, como todos deberían saber y en particular el Gobierno, permite
precisamente la modulación de las políticas relacionadas, entre otras muchas, con el mercado interior. Es obvio que en Canarias esa pretendida unidad de mercado, en el caso de que pueda existir para el resto del Estado, se vería enervada
precisamente por una realidad insoslayable: su lejanía e insularidad, circunstancias ignoradas en la normativa que se pretende aprobar.


En suma, esa ley distorsiona todo el modelo autonómico al imponer una extraterritorialidad normativa con consecuencias catastróficas para la seguridad jurídica, ya que permite la coexistencia en un mismo territorio de las diecisiete
normativas autonómicas existentes y, además, en el caso de Canarias choca frontalmente con la realidad archipielágica, circunstancia, junto a la lejanía, que nos ha permitido gozar del estatus de región ultraperiférica y cuya consecuencia, como no
podía ser de otra manera, es la inexistencia de un mercado único con el territorio continental europeo. Así, la situación estructural, social y económica de Canarias, caracterizada por su gran lejanía, insularidad, reducida superficie, relieve
adverso y dependencia económica de un reducido número de productos, le permite tener un estatus especial en el seno de la Unión Europea en virtud del cual se han de modular por parte de los poderes públicos sus medidas específicas orientadas, entre
otras, a las políticas aduanera y comercial, la política social, las zonas francas, la política agrícola y pesquera, y las condiciones de abastecimiento de materias primas y de bienes de consumo esenciales. En el caso que nos ocupa, esa modulación,
de persistir en la aprobación de esta ley, se concretaría en su no aplicación en Canarias por las razones aludidas. Por lo tanto, vamos a apoyar las enmiendas de varios grupos y vamos a mantener nuestra enmienda.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene en primer lugar la palabra la señora Juste.


La señora JUSTE PICÓN: Presidente, si le parece empezamos aceptando las correcciones técnicas que nos ha pasado la letrada.


Señorías, yo voy a intentar, junto con mi compañero don Juan Abad, contestar a todas las cuestiones y a todas las dudas. Y voy a empezar, igual que el portavoz del Grupo Socialista, haciéndoles una pregunta: ¿por qué se oponen a una norma
que elimina las barreras al emprendimiento y a la actividad económica, a una norma similar a la que muchos de ustedes dieron su aprobación años atrás -hace cuatro años-, la Directiva Europea de Servicios? Esa directiva comparte exactamente los
mismos principios: el principio de no discriminación, el de cooperación y confianza mutua, el de eficacia de las actuaciones de las autoridades en todo el territorio nacional, el de necesidad y proporcionalidad, el principio de transparencia y el
de simplificación de cargas. La verdad es que no entendemos cuál es el problema.


Se trata de una legislación inspirada en el principio de licencia única y legislación de origen que ya funciona en la Unión Europea y que está dirigida a asegurar la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio nacional, de
tal modo que cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica puede ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de trámite adicional.



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Esta normativa también permitirá a los productores pedir una única licencia en una comunidad autónoma y comercializar con ella sus productos en todo el país. Los prestadores de servicios tendrán también que pedir una única habilitación de
actividad y que atender, al igual que ocurre en Europa, a los requisitos de destino para ejercer esa actividad. El establecimiento de este principio de licencia única elimina en la práctica el coste de tener que someterse hasta a diecisiete
regulaciones distintas para operar en España.


¿Y por qué dicen ustedes que invade competencias de las comunidades autónomas? Si hay una norma que no tiene nada de recentralizadora es esta, y de alguna forma lo ha dicho el señor Anchuelo. Esta ley da absoluto realce a la capacidad
normativa de las comunidades autónomas y dota de eficacia en todo el territorio nacional las autorizaciones concedidas por los legisladores autonómicos. También critican y enmiendan porque desregula, cuando lo que hace es establecer un marco
general desde el punto de vista de las autorizaciones, siguiendo los principios del buen gobierno que ya existen en una serie de normas tanto a nivel comunitario como a nivel internacional. Por lo tanto, siento decirles que yo no esperaría una
competencia a la baja de las comunidades autónomas sino la eliminación del marco regulatorio de todo aquello que se considera que es innecesario o superfluo.


También se ha comentado por todos los portavoces -y todo ello con cantidad de enmiendas- que esta norma va a generar litigios entre administraciones. ¡Pero si es precisamente lo contrario! Esta ley no puede generar conflictos porque no
existe ningún tipo de asunción de competencias por parte del Estado. Otra de las cuestiones que también se ha repetido muchísimo por parte de los diferentes portavoces, y en concreto por parte del Grupo Parlamentario Socialista, que, en un nuevo
acto de coherencia, por llamarlo de alguna forma, nos sorprende presentando nueve enmiendas de supresión siendo ellos los autores materiales -y que contó con todo el apoyo de mi grupo- en el caso de la transposición de la Directiva Europea de
Servicios, es la referida al tema de constitucionalidad. A este respecto simplemente les voy a decir lo mismo que el otro día les dijo el ministro Luis de Guindos, que es lo que dice el Consejo de Estado. Y, portavoz del grupo del PSOE: lo que
dice el Consejo de Estado es que esta ley no afecta como tal a competencias autonómicas ni locales, sino que promueve la eficacia reguladora corrigiendo obstáculos a las libertades de establecimiento y circulación de bienes.


Nos hallamos ante una reforma vital, aperturista y modernizadora, fundamental para la recuperación económica del país, que va a corregir defectos estructurales fundamentales de la economía española, como es la ausencia de tamaño suficiente
de nuestras empresas para que podamos conseguir economías de escala y de más alcance, buscar un nuevo modelo de crecimiento basado en unos mercados sin barreras de entrada, con capacidad de entrar y salir, de precios reducidos y, por supuesto, que
favorezca al consumidor. Una reforma que ya no podíamos seguir ignorando si lo que realmente queremos es que España sea el país moderno que aseguramos. Esto demuestra y va a demostrar que, una vez más, el Gobierno de Mariano Rajoy no abdica de la
responsabilidad de gobernar. Señorías, quiero destacar que hemos trabajado teniendo siempre como referencia lograr el máximo consenso, dada la importancia de esta norma, porque queremos tener la mejor normativa para España. Por eso les pido que
dejemos de lado los razonamientos basados en emociones y regionalismos y nos centremos en lo que realmente beneficia a todos. No obstante, a aquellos que defienden otras posturas les diré que las comunidades autónomas más beneficiadas por la unidad
de mercado serán aquellas que tienen un sector industrial y de servicios más potente, me refiero a Cataluña, País Vasco y Madrid, que suponen el 44,6 % de la industria española y representan el 43,7 % del PIB del comercio, el transporte y la
hostelería. Les pido que reflexionen en las numerosas inversiones y negocios que pierde este país por los elevados costes que supone la existencia de hasta diecisiete ordenamientos diferentes. La CEOE lo ha calculado y la cifra resulta
estremecedora; la maraña legislativa cuesta alrededor de 45.000 millones de euros a la economía española cada año. ¿Creen ustedes realmente que nos lo podemos permitir? El Grupo Popular afirma con rotundidad que no. Nosotros creemos que no es
mejor Administración aquella que más legisla o, dicho de otro modo, que legisla sobre un mayor número de cuestiones, sino aquella que lo hace poniendo menos trabas a todos sus ciudadanos. Les repito que este proyecto respeta las competencias de las
comunidades autónomas; al mismo tiempo, fija unos mecanismos de supervisión y control entre administraciones públicas para el intercambio de información necesario y con el objetivo de asegurar y proteger los derechos del consumidor.


Este texto ha sido sometido -como hemos dicho- a un gran consenso en su redacción, habiéndose expuesto a un amplio proceso de audiencia pública en el que se han recogido aportaciones de todas las administraciones, instituciones, organismos y
ciudadanos particulares. Durante este trámite se han recibido un total de treinta y siete observaciones y quince informes preceptivos. Hemos incorporado todo



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tipo de sugerencias recibidas, enriqueciendo, aún más si cabe, el articulado de esta ley. Por parte de los distintos grupos políticos también es un texto ampliamente trabajado, y por ello quiero agradecerles a todos su implicación. Se han
recibido un total de 170 enmiendas: 57 de modificación, 26 de adicción y 87 de supresión, lo que da buen ejemplo del amplio debate suscitado a su alrededor. Sabemos que es una cuestión difícil, pero ello no nos impide dejar de abordarla; evitarla
no contribuye a reforzar la credibilidad de España. Ustedes saben igual que yo que la madeja de normas y reglamentos de hasta tres administraciones distintas está frenando el empuje de nuestros empresarios y es una pantalla de cristal para las
inversiones extranjeras. Por supuesto que el modelo de crecimiento económico de España se tiene que modificar y esto pasa por la modificación de muchos comportamientos, comportamientos que también afectan a las propias administraciones públicas.
Por eso, hoy les pedimos que no sean el freno a los cambios que necesita este país, y menos por motivos ideológicos. No pongamos más trabas a esa capacidad de emprender y a esa capacidad de generar prosperidad que tiene la economía española; sumen
y colaboren para que estos cambios se produzcan y caminemos juntos por la única senda por la que debemos andar, la del crecimiento sostenido. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Completa la intervención del Grupo Popular el señor Abad.


El señor ABAD PÉREZ: Voy a comenzar redundando en los mismos términos de la extraordinaria exposición la señora Juste. El Grupo Mixto, y dentro de él el Bloque Nacionalista Galego, Esquerra Republicana, además de grupos como el PNV, La
Izquierda Plural y Convergència i Unió, coinciden en hablar siempre de la intromisión en las competencias de las comunidades autónomas. Acaba de dejar bien claro la señora Juste en su intervención que el Consejo de Estado y la Abogacía del Estado
dicen que no existen problemas de constitucionalidad relacionados con motivos competenciales en la norma. Al señor Olabarría, del PNV, le digo que la propia Abogacía del Estado dice que no es así. Por tanto, su principal preocupación no existe.


Algunos de ustedes también enmiendan y hablan de desregulación, y es todo lo contrario: esta ley no es que uniformice es que es una ley de armonización; no es una ley de armonización, simplemente se aplican principios de buena regulación y
el principio de eficacia nacional basado en la confianza mutua y en la cooperación entre las administraciones públicas. Dan la vuelta al texto -en este caso el Partido Nacionalista Vasco- que provoca un cambio fundamental en el modelo de regulación
establecido en la norma: limitar los controles ex ante para aquellas actuaciones que puedan tener un daño irreversible, dejando otros controles ex post para el resto de las razones imperiosas de interés general.


El voto particular del Consejo de Estado al que aluden no forma parte del dictamen votado en el Pleno. No obstante, el texto final aprobado modificó la redacción del artículo 17 de la norma que tanto les preocupa a la mayoría de los grupos
que están aquí esta tarde, para clarificar su alcance y para, por ejemplo, incluir actuaciones referentes a las infraestructuras físicas.


Hemos estudiado sus enmiendas. No les parece bien a algunos grupos, incluido el Grupo Socialista, el consejo de unidad de mercado y dudan de su utilidad. Pues asume funciones, por ejemplo, de seguimiento de la ley que no tiene asignadas
ningún organismo existente. Este mecanismo sirve también como solución de diferencias, es de carácter voluntario, depende de la voluntad de las administraciones públicas para solucionarlos y está basado en el ya existente a nivel europeo, que se
llama Solvit, por lo que no invade ninguna competencia. La secretaría únicamente asume funciones de coordinación.


No vamos a votar las propuestas del Grupo Socialista para eliminar el artículo 15. Dicen que existen mecanismos en la Unión Europea de evaluación, pero estas evaluaciones periódicas se realizan entre Estados miembros y respecto del ámbito
de aplicación de las directivas, pero no en este ámbito. CiU propone también dejar el texto de esta importante ley sin contenido con treinta enmiendas de supresión. No vamos a admitir esta injustificada presentación de enmiendas y no lo hacemos
porque las empresas de cada uno de los diferentes territorios españoles, por supuesto Cataluña entre ellos, nos van a valorar muy positivamente no aceptar sus enmiendas con contenidos disgregadores de esta ley. De UPyD aceptaremos, para la mayor
precisión del texto, la enmienda 77 respecto a fijar un plazo para la remisión de los datos de las administraciones públicas al Ministerio de Hacienda y su integración en los registros. Incorporaremos también la enmienda 78 para fijar a su vez un
año al sistema de intercambio electrónico de datos. A través de la enmienda 82 se recogerá la propuesta de enviar informe anual no solo a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos sino también a la Comisión de Economía del Congreso
de los Diputados. Transaccionamos la enmienda 71 con la 130 de nuestro grupo, quedando como recoge el texto que les hemos presentado. Respecto a las enmiendas de nuestro grupo, la



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transaccionada 130 con UPyD; la 127, de adición de un nuevo párrafo 7.º en la exposición de motivos que aclara la conexión entre el artículo 17 y el capítulo V. Hay otras enmiendas de modificación, como la 128, que afecta a los párrafos 6º
y 8º de la exposición de motivos para garantizar y clarificar determinados servicios; la 129, que aclara el párrafo 14.º, apartado 2, también de la exposición de motivos; la 130, que tiene un nuevo texto, modificado, como hemos indicado, por la
enmienda 71 de UPyD. Consideramos importante incluir en la 131 -por tanto, nos vamos a autoenmendar- algunos conceptos que hemos repartido entre ustedes antes de empezar la sesión de la Comisión y que, a nuestro entender, facilitan a las empresas
la simplificación de trámites administrativos a la hora de poner en marcha sus iniciativas, sin menoscabar en absoluto, que quede claro, las competencias autonómicas, como queda recogido en el texto que les hemos presentado a ustedes. La 132
incluye una corrección y da cabida al espíritu de la enmienda 87 de UPyD; se añaden al artículo 26, párrafo 2.º y párrafo 8.º Y la 133, que también hace una modificación en el artículo 28, apartado 1. Quedan vinculadas también a nuestras
enmiendas, por ejemplo, la 124 del Grupo Socialista. Y agradecemos a Convergència i Unió que haya retirado sus enmiendas 149 y 178, por estar contenidas en nuestra enmienda 128.


Termino, señor presidente. Nuestras empresas están demostrando que somos competitivos y que somos capaces de ganar cuotas de mercado a través de ellas, incluso cuando las circunstancias son especialmente desfavorables. Las administraciones
tenemos la obligación de resolver todas las dificultades que las empresas se puedan encontrar en su camino hacia la expansión. Vamos a pasar esta tarde a votar el informe del dictamen de esta Comisión sobre el proyecto de ley que hoy estamos
debatiendo. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Vamos a empezar las votaciones.


En primer lugar, votamos la enmienda 88 correspondiente a la señora Oramas, del Grupo Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra; 24; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos, dentro del Grupo Mixto, las enmiendas de la señora Fernández Davila. En primer lugar, las enmiendas 10, 11, 16 y 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de la señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos, dentro del Grupo Mixto, a las enmiendas de la señora Jordà. En primer lugar, las enmiendas 92, 93, 95, 98, 99 y 101 a 103.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas de la señora Jordà.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a las enmiendas del Grupo Vasco, PNV. En primer lugar, votamos las enmiendas 25 y 42.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


En segundo lugar, votamos las enmiendas 18, 20, 21, 23, 26, 41 y 43.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 29 y 30.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 32.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del PNV.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a las enmiendas del Grupo de UPyD. En primer lugar, votamos las enmiendas 65 a 68, 70, 74, 79 a 81, 83, 86 y 87.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 25; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 73, 75 y 76.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 38; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 69 y 72.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 77 y 78.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la enmienda 82.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 24; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos al Grupo de La Izquierda Plural. En primer lugar, votamos la enmienda 44.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 61.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 62.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 63.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos ahora las enmiendas 45, 46, 48 a 56 y 64.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos al Grupo de Convergència i Unió. Se retiran las enmiendas 149 y 178. En consecuencia, pasamos a votar, en primer lugar, la enmienda 175.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 176.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos, en tercer lugar, la enmienda 179.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 134, 135, 139 a 141, 143, 146, 148, 150, 160, 161, 164, 165, 170, 173 y 174.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del Grupo Catalán.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a las enmiendas del Grupo Socialista. Votamos, en primer lugar, la enmienda 123.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


En segundo lugar, la enmienda 124.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos, en tercer lugar, las enmiendas 107, 121 y 122.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a las enmiendas del Grupo Popular. Hay una transaccional a las enmiendas 130, del Grupo Popular, y 71, de UPyD.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 18; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Pasamos a votar la enmienda 131 en los términos de la autoenmienda del propio Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 19; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 132 en los términos de la autoenmienda del propio Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda 127 del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 6; abstenciones 13.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda 128.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 41; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Por último, enmiendas 129 y 133 del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar el texto del informe. Ya saben ustedes que hubo una avocación en el Pleno, por lo que votamos el texto del informe con las correcciones efectuadas por la señora letrada, que tienen todos los grupos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 19; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto del informe.


Les recuerdo a sus señorías que tienen cuarenta y ocho horas para presentar los escritos de mantenimiento de enmiendas para el Pleno.


Se levanta la sesión.


Eran las eran las seis y veinte minutos de la tarde.