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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 169, de 01/10/2012
cve: DSCD-10-CO-169 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2012 X Legislatura Núm. 169

DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ACUERDOS DEL PACTO DE TOLEDO

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MANUEL MARÍA CHAVES GONZÁLEZ

Sesión núm. 4

celebrada el lunes,

1 de octubre de 2012



ORDEN DEL DIA:


- Comparecencia del señor secretario de Estado de Seguridad Social (Burgos Gallego), para la presentación del informe de balance de la integración del régimen especial de empleados de hogar en el régimen general de la Seguridad Social. A
propuesta del Gobierno. (Número de expediente 212/000482) ... (Página2)



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Se abre la sesión a las cuatro y treinta minutos de la tarde.


El señor PRESIDENTE: Señoras y señores diputados, vamos a comenzar la sesión de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. Tenemos un solo punto del orden del día que es la comparecencia del secretario de
Estado de Seguridad Social, a petición propia, para la presentación del informe del balance de la integración del régimen especial de empleados del hogar en el régimen general de la Seguridad Social. Como siempre hemos hecho, el secretario de
Estado tendrá todo el tiempo que necesite para exponer su opinión sobre el informe y después intervendrán todos los portavoces de los grupos parlamentarios, empezando de menor a mayor, por lo que después tendrá la primera intervención el
representante del Grupo Mixto. Daremos un tiempo de diez minutos. Les ruego a todos los portavoces que se atengan al tiempo. Si vemos que terminamos en un tiempo prudencial convocaremos después a la Mesa para fijar algunos temas que tenemos
pendientes.


Sin más, señor secretario de Estado, don Tomás Burgos, tiene la palabra.


El señor SECRETARIO DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL (Burgos Gallego): Señorías, es para mí un motivo de especial satisfacción poder comparecer ante esta Comisión del Pacto de Toledo, a petición propia, para plantear nuestras consideraciones
al hilo de la presentación del informe sobre el balance de la integración de los trabajadores del régimen especial de empleados del hogar en el sistema especial para empleados de hogar del régimen general de la Seguridad Social. Además lo hago en
cumplimiento de un mandato legal de esta Cámara, en la medida en que la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, establecía en su disposición adicional décima, relativa a la nueva regulación del servicio
del hogar familiar, un mandato al Gobierno para que una vez finalizado el plazo de seis meses naturales a contar desde el 1 de enero de 2012, que se contemplaba en la disposición adicional trigésimo novena sobre integración del régimen especial de
la Seguridad Social de la Ley 27/2011, presentara antes estas Cortes Generales tal informe, conteniendo reflexiones sobre el desarrollo de ese periodo transitorio y eventuales propuestas de mejora. De acuerdo con ello y con la finalidad de dar
cumplimiento a este extremo del mandato legal, como punto de partida y con carácter previo, hemos querido remitir a esta Comisión el informe que los servicios de la Seguridad Social han elaborado sobre este periodo transitorio.


Me van a permitir que comience por una reflexión personal, pero que compete a todos, la importancia de que en esta Comisión se dedique un espacio y un tiempo de reflexión a uno de los colectivos que históricamente ha estado peor tratado
desde el ámbito de la Seguridad Social y que tan solo muy recientemente ha empezado a cobrar especial relevancia, al hilo de reformas legales y normativas, y espero que también al hilo del debate que hoy se pueda producir en relación con esta
integración. Me parece que los cientos de miles de personas que están en estos momentos trabajando en el servicio doméstico, que están trabajando en actividades relacionadas con el hogar, se merecen claramente un debate específico sobre su
situación, su problemática y la capacidad del sistema para integrar al mayor número de esas personas en la economía regular, legal y transparente. Es un servicio que esta Cámara -y, desde luego, el secretario de Estado de Seguridad Social- puede
rendir a estas personas, y quería ponerlo de manifiesto en mi intervención.


Voy a realizar una pequeña introducción histórica. La Ley de 17 de julio del año 1944 declaraba la extensión al personal del servicio doméstico de los seguros y subsidios sociales, nacía entonces una cierta protección sobre esta actividad,
extensión que no llegó a producirse hasta que se creó el Montepío Nacional del Servicio Doméstico por decreto 385/59, de 17 de marzo. La Ley de la Seguridad Social, de 21 de abril de 1966, y las leyes generales de la Seguridad Social, de 30 de mayo
de 1974 y de 20 de junio de 1994, previeron el establecimiento del régimen especial de empleados del hogar. Dicho régimen especial se ha regido por el Decreto 2346/1969, de 25 de septiembre, y fundamentaba su especificidad en la naturaleza de la
actividad profesional basada en un contexto de especial relación de confianza, en la flexibilidad de las condiciones de la prestación de servicios y en la singularidad del lugar de trabajo, que es obviamente un domicilio familiar. La norma laboral
que regula la relación de carácter especial del servicio del hogar familiar es el Real Decreto 1424/1985, el cual define de una manera amplísima el objeto de este tipo de servicios. El objeto de esta relación laboral especial son los servicios o
actividades prestados para la casa o en la casa, en cuyo seno se realizan, pudiendo revestir cualquiera de las modalidades de las tareas domésticas, así como la dirección o cuidado del hogar en su conjunto o de alguna de sus partes, el cuidado o
atención de los miembros de la familia o de quienes convivan en el



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domicilio, así como los trabajos de guardería, jardinería, conducción de vehículos y otros análogos, en los supuestos en que se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas.


Este régimen especial de empleados del hogar tiene un campo de aplicación y una de las especialidades de este régimen en su origen fue precisamente la coexistencia de dos tipos diferentes de trabajadores: unos continuos o fijos, aquellos
que prestaban servicios de manera exclusiva y permanente para un solo empleador y lo hacían durante ochenta horas o más al mes, y discontinuos o parciales, aquellos que prestaban servicios para un solo cabeza de familia durante un tiempo inferior a
ochenta horas al mes, pudiendo prestar en todo caso servicios para varios cabezas de familia a la vez. La prestación mínima de servicios para el encuadramiento en el régimen especial era de setenta y dos horas al mes durante al menos doce días.


En relación con la cotización, el sujeto obligado hacía referencia al trabajador fijo o exclusivo, en el que el empleador debía ingresar la cuota que le correspondía y la del propio trabajador, y el trabajador parcial o discontinuo, donde la
responsabilidad residía en el propio trabajador. La base de cotización era una única para todas las contingencias y situaciones en que existía la obligación de cotizar. La Ley 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para 2011 fijó como base
de cotización la cantidad de 748,20 euros, que fue prorrogada en los presupuestos vigentes. El tipo general de cotización fue del 22% con la siguiente distribución: en los continuos, empleador el 18,30 y el empleado el 3,70, y en los discontinuos,
el empleado el 22%. En materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, inicialmente saben sus señorías que no existía esta cotización, pero con efecto de 1 de enero de 2011 se amplió la acción protectora por contingencias
profesionales a los trabajadores incluidos en este régimen especial. En todo caso no existía la cotización por desempleo.


En cuanto a las prestaciones, tenían las mismas que en el régimen general con algunas peculiaridades: cuando los trabajadores eran los responsables de la obligación de cotizar resultaba necesario estar al corriente del pago de las cuotas
para acceder a las prestaciones; las lagunas de cotización no se integraban para el cálculo de la base reguladora y además existían matices concretos en materia de incapacidad temporal, incapacidad permanente y jubilación. En este contexto se
produce la integración de los empleados del hogar en el régimen general mediante la Ley 27/2011, de 1 de agosto, tomando como referentes las recomendaciones del Pacto de Toledo y el proceso de diálogo social. La Ley 27/2011, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, procedió a integrar el régimen especial de de empleados del hogar en el régimen general de la Seguridad Social habilitando al Gobierno a modificar, en consonancia con esta integración, la
regulación de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Esta integración se llevaría a cabo mediante un proceso de adaptación que, iniciado el 1 de enero de 2012, culminaría el 31 de diciembre de 2018. Desde el 1 de
enero al 30 de julio de 2012 ha conllevado -y este es el motivo fundamental de esta comparecencia- un periodo de regularización de seis meses naturales para los empleadores y los empleados que procedentes del régimen especial han pasado a
incorporarse al sistema especial. Los principales aspectos del proceso de integración y del nuevo sistema especial de empleados de hogar son los siguientes. En relación con la cotización, las normas de cotización establecidas en las disposiciones
que desarrollan el sistema especial para empleados de hogar solo serán de aplicación a los empleadores y a las personas empleadas procedentes del régimen especial desde el día primero del mes siguiente a aquel en que se llevara a efecto la
comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social, que debió de producirse dentro del plazo de seis meses naturales a contar desde ese 1 de enero de 2012. En tanto en cuanto no se produjera la comunicación aludida, la base y el tipo de
cotización por contingencias comunes aplicables, inclusive el mes en el que se producía la misma, seguían siendo las vigentes anteriormente: la base de cotización de 748,20 euros mensuales y el tipo de cotización el 22%. Cuando de conformidad con
la normativa reguladora del régimen especial proceda la distribución del tipo de cotización señalado se realizaría a cargo del empleador el 18,30 y del empleado el 3,70, como ya he dicho antes. Cuando el empleado del hogar preste sus servicios con
carácter parcial o discontinuo a uno o más empleadores, será de su exclusivo cargo el tipo de cotización señalado anteriormente. Para la cotización por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sobre la base de
cotización vigente se aplicará el tipo de cotización previsto al efecto en la tarifa de primas que incluyan los Presupuestos Generales del Estado. La cotización por contingencias profesionales correrá a cargo del empleador, salvo cuando el empleado
del hogar preste servicios con carácter parcial o discontinuo a uno o más empleadores, en cuyo caso el pago de la cuota correspondiente será a cargo exclusivo de dicho empleado.



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Una vez transcurrido el plazo de seis meses sin que se hubiera producido la comunicación del cumplimiento de esas condiciones exigidas para la inclusión en el sistema especial para empleados del hogar, los empleados del hogar que prestaran
sus servicios con carácter parcial o discontinuo a uno o más empleadores, quedarían excluidos de dicho sistema especial con la consiguiente baja en el régimen general con efectos de 1 de julio de 2012. Respecto a los empleados del hogar que
prestaran sus servicios de manera exclusiva y permanente para un único empleador, su cotización al sistema especial pasaría a efectuarse desde el 1 de julio de 2012 con arreglo a la base más alta de 748,20 euros mensuales.


¿Qué pasaría con la cotización tras la integración en el régimen general como sistema especial para empleados del hogar? Con efectos de 1 de enero de 2012 ese régimen especial de empleados del hogar queda integrado en el régimen general de
la Seguridad Social y se crea el sistema especial para empleados del hogar. El sujeto obligado sería en todo caso el o los cabezas de familia para los que el empleado del hogar preste sus servicios y estos serían los obligados a ingresar la cuota
que les corresponda, así como la del trabajador. En el sistema especial para empleados del hogar el titular del hogar familiar será en todo caso el responsable de solicitar la afiliación, el alta y la baja del empleado del hogar que contrate y el
propio empleado estaría facultado para promover su afiliación, su alta o su baja en caso de incumplimiento por parte del empleador. En este nuevo sistema el sujeto responsable de la obligación de cotizar es en todo caso el empleador, quien
ingresará en la Tesorería General de la Seguridad Social la aportación propia y la del empleado del hogar. Consecuentemente con ello el empleador descontará del pago salarial la aportación correspondiente al empleado del hogar. Ha desaparecido así
la peculiaridad del antiguo régimen especial de empleados del hogar que diversificaba la responsabilidad de la obligación de cotizar según se tratase de empleado del hogar con carácter exclusivo y permanente o lo fuese con carácter parcial o
discontinuo.


En cuanto a las bases de cotización en este nuevo sistema especial, a partir del 1 de enero, las bases de cotización por contingencias comunes serían las determinadas de acuerdo, no con un tipo de cotización única, como hemos visto que
estaba en vigor con anterioridad, sino con una escala de bases fijas en función de la retribución mensual percibida por los empleados del hogar por cada relación laboral. El tipo de cotización se vería afectado a lo largo de un importante periodo
de tiempo. Durante el año 2012 el tipo de cotización por contingencias comunes aplicable sobre la base de cotización que corresponda conforme al apartado adecuado sería el 22%, siendo el 18,30% a cargo del empleador y el 3,70% a cargo del empleado.
Desde el año 2013 hasta el 2018 el tipo de cotización se incrementará anualmente en 0,90 puntos porcentuales, fijándose su cuantía y su distribución entre empleador y empleado en la respectiva ley de presupuestos generales del Estado. A partir del
año 2019, el tipo de cotización y su distribución entre empleador y empleado serán los que se establezcan con carácter general para el régimen general de la Seguridad Social. Para la cotización por contingencias profesionales, sobre la base de
cotización que corresponda, se calcularía aplicándose el tipo del 1,10% adicional. De conformidad con lo establecido en esa disposición transitoria única de la Ley 27/2011, durante los años 2012, 2013 y 2014 resultan aplicables deducciones a la
cotización. En concreto en el ejercicio 2012 será aplicable una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial; reducción que se podrá ampliar con una
bonificación hasta llegar al 45% en los casos de las familias numerosas.


En relación con las prestaciones, tras la integración en el régimen general como sistema especial para empleados del hogar, hay que tener en cuenta que los trabajadores incluidos en el sistema especial tendrán derecho a las prestaciones de
la Seguridad Social en los términos y condiciones establecidos en el régimen general, pero también con una serie de peculiaridades en cuanto, por ejemplo, a la prestación por incapacidad temporal. Se amplía el periodo de prestación por incapacidad
temporal en caso de enfermedad común o accidente no laboral, iniciándose a partir del noveno día de la baja y estando a cargo del empleador el abono de la prestación desde el cuarto al octavo día, ambos inclusive. Se tiene derecho a la incapacidad
temporal por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el subsidio será del 75% de la base reguladora y se cobrará desde el día siguiente al de la baja. No se tendría tampoco derecho a la prestación por desempleo. De esta primera parte
de mi intervención se deduce con toda claridad que durante seis meses han convivido dos situaciones o dos regímenes a efectos de la base de cotización, de los tipos de cotización y de las coberturas, lo cual ha supuesto una enorme complicación para
el propio sistema de la Seguridad Social y especialmente para los ciudadanos afectados que han visto como la complejidad del nuevo sistema y el periodo en el que han convivido situaciones del régimen



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especial del modelo anterior con situaciones del sistema especial del nuevo modelo han generado numerosas dudas e incertidumbres.


La creación del sistema especial de empleados del hogar conlleva unas obligaciones para los sujetos, para los empleadores, así denominados en la nueva ley, incluidos en su ámbito de aplicación. Las principales actuaciones que han sido
requeridas a los ciudadanos, a todos y cada uno de esos empleadores, al amparo de la nueva normativa, han sido las siguientes. La solicitud de asignación de un código de cuenta de cotización único y válido para las diferentes altas y bajas de
empleados del hogar respecto de ese empleador. En esa solicitud se debía comunicar la cuenta bancaria donde se quería realizar la domiciliación, el alta del trabajador -el primer alta podía realizarse en el mismo momento de la presentación de la
solicitud de ese código de cuenta de cotización- y la comunicación de las retribuciones mensuales percibidas por el trabajador. Como se ha expuesto anteriormente, la Ley 27/2011 establece una base de cotización de este sistema especial según la
retribución mensual percibida por el empleado del hogar. Por eso la base de cotización y, por tanto, la cuota a pagar, pueden variar de un mes a otro, puede ser distinta si la retribución percibida por el empleado de hogar se encuentra en ese mes
en un tramo diferente, en todos estos casos tendrá que producirse una nueva comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para la comunicación de las variaciones de la retribución abonada al trabajador el responsable del pago debe de
presentar el modelo correspondiente en cualquier Administración de la Seguridad Social o a través del registro electrónico. Quizás este trámite es el que ha presentado, según las conclusiones del propio informe, una mayor carga administrativa por
parte del empleador, en el caso de que se varíe mensualmente el salario del trabajador, algo que puede ser habitual. Una vez conocida la retribución del trabajador, es la propia Tesorería General de la Seguridad Social la que calcula y factura
mensualmente de oficio, a todos los sujetos responsables, el importe de las cotizaciones para su cargo en cuenta, sin que estos tengan que cumplimentar ningún boletín de cotización. La complejidad de este nuevo sistema -y sobre todo la parte de la
población que en muchos casos se ve afectada por el mismo en muchos momentos sin la suficiente experiencia para gestionar este tipo de procedimientos- ha llevado a la Administración de la Seguridad Social a desarrollar un importantísimo esfuerzo, no
solo de gestión de toda esta documentación y traslado a los propios ciudadanos, sino de trabajo en lo que supone de acciones para culminar ese periodo transitorio en las mejores condiciones posibles: asignaciones de códigos de cuenta de cotización,
traspaso de trabajadores que figuraban en alta, bajas y altas de oficio, envío de comunicaciones al empleador para informarle del código de cuenta de cotización asignado, a los trabajadores a quienes se habría cursado baja en el régimen general y
alta en el nuevo sistema especial, baja a todos aquellos trabajadores discontinuos que figuraban de alta en dicha fecha en el régimen especial, comunicaciones de las resoluciones afectadas, disposiciones de mantenimiento en alta en el régimen
especial de aquellos trabajadores que por ejemplo se mantenían en situación de incapacidad temporal, es decir, un enorme esfuerzo -que quiero agradecer especialmente- por parte de los funcionarios de los servicios de la Seguridad Social para
desarrollar un procedimiento y un sistema que a la llegada de este Gobierno no estaba suficientemente impulsado ni establecido. De hecho, tan solo en octubre de 2011 se había firmado un convenio de colaboración entre la Tesorería General de la
Seguridad Social y la Unión General de Trabajadores con una aportación de 100.000 euros de crédito para su financiación, con cargo a la Seguridad Social, para difundir algún tipo de información previa al comienzo de este periodo transitorio. Las
pocas comunicaciones que se habían realizado hicieron absolutamente necesario que con la llegada del nuevo Gobierno se desarrollara toda una campaña de información y actuaciones en todas las direcciones provinciales. En el informe aparece también
un resumen del desarrollo de campañas, jornadas de puertas abiertas, utilización intensiva de los sistemas informáticos, carteles informativos en todos los centros de la Seguridad Social, en definitiva, una amplia campaña que intentó superar las
reticencias iniciales que claramente se estaban produciendo en este periodo transitorio.


Los efectos de la integración de este periodo transitorio de este nuevo sistema en la afiliación y en la recaudación son para nosotros de especial transcendencia y esa fue una de las razones por las que entendimos que estaba justificado, no
solamente desarrollar el mayor impulso posible a este proceso de integración, sino también comparecer al finalizar el mismo para explicar si realmente se habían conseguido los objetivos que, al menos, quien impulsó esta reforma inicialmente había
planteado como pertinentes, fundamentalmente el afloramiento de la economía sumergida, una mejora del nivel de aportaciones a la Seguridad Social, el nivel de cotizaciones y, como conclusión de esto, una mejora en las prestaciones que las personas
incorporadas a este régimen podrían, primero, generar y, luego, recibir en el propio sistema de la Seguridad Social.



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A 31 de agosto de 2012, según el último dato hecho público -hemos querido incorporarlo, puesto que ya superaba los meses del periodo transitorio-, tenemos 378.427 empleados del hogar, de los cuales 374.604 figuran en el sistema especial y
hay una pequeña parte, 3.823 en el extinguido régimen especial -y lo están en la medida en que se encuentran en una situación de incapacidad temporal o prestaciones de maternidad o de paternidad que, hasta que no concluyan, no sería procedente su
incorporación al nuevo sistema-, frente a los 294.916 empleados del hogar que a 31 de diciembre de 2011 figuraban en el extinguido régimen especial. Esto supone un incremento de 83.511 afiliados más, es decir, un 28,31%. Sin duda, este dato de
incremento de afiliación es positivo, así lo hemos reconocido, y entendemos que constituye un importante y trascendente colofón de este período transitorio.


Sin embargo, no ocurre lo mismo con la recaudación. La reforma se ha implantado con efectos del 1 de enero de 2012, pero dado que para los afiliados existentes a 31 de diciembre se ha mantenido un periodo transitorio de seis meses para su
integración en el nuevo sistema especial, la recaudación total que tenemos que valorar hasta julio de 2012, que es el último dato conocido, es el resultado de la aplicación, como les decía, de dos normativas simultáneas de cotización diferentes, con
bases medias diferentes y con evolución de afiliados también diferente. En el momento de elaboración de este informe se dispone, como digo, de los datos de recaudación a mes de julio de 2012, que corresponden a los afiliados entre enero y junio, es
decir, de todo el periodo transitorio en el que se ha aplicado al mismo tiempo la normativa antigua y la nueva. La pérdida mensual de recaudación por contingencias comunes supondría unos 5,22 millones de euros, de los cuales una parte más pequeña
se debe a una menor recaudación íntegra y una parte algo mayor al aumento del total de las deducciones aplicables a la cuota. Proyectando estos datos a un año, a lo que se entendería que sería la evolución durante los primeros doce meses, se
observa que la pérdida de la recaudación estaría en torno a los 63 millones de euros. Nos parece muy significativo este impacto sobre la recaudación, en la medida en que el sistema ofrece en estos momentos prestaciones al conjunto de empleadas del
hogar que alcanzan los 87 millones de euros; es decir, habríamos tenido una pérdida de recaudación que puede acercarse a las tres cuartas partes de lo que en estos momentos se está sufragando por la Seguridad Social como prestaciones a las personas
incorporadas a este régimen. Me gustaría decir que el número de pensiones de empleados del hogar en todas sus modalidades asciende en estos momentos a 176.836, siendo ocho de cada diez de jubilación. Globalmente, las pensiones del sector doméstico
representan escasamente el 2%, para ser exactos, el 1,98%, del total de pensiones. La pensión media del sector hogar es de 494,5 euros al mes, frente a 938 euros al mes en el régimen general y a 832,6 en el total del sistema. Como digo, a cada
mensualidad se dedican 87 millones de euros, 87.455.000 euros, tratándose aproximadamente del 1% de todo el gasto del sistema. La pensión de jubilación media es de 510,2 euros al mes y no se detectan grandes diferencias interregionales.


La primera conclusión que cabe establecer es que si se produce una pérdida de cotizaciones, de recaudación, va conllevar una pérdida de derechos para los ciudadanos que están en activo en este régimen. Esta pérdida de recaudación estimada
en 63 millones al año puede verse afectada por una serie de consideraciones. Tendríamos que ver cómo habría evolucionado la afiliación de haberse mantenido la anterior normativa. Hay que tener en cuenta que las tasas de evolución de los afiliados
medios anuales en el régimen del hogar han sido positivas incluso en todo este periodo de crisis; es decir, que previsiblemente hubieran seguido en positivo, con independencia de que se hubiera producido esta integración o no. Si se mantuviese el
mismo crecimiento del nivel de afiliación al sistema del hogar que en años anteriores, esta pérdida de recaudación sería incluso mayor que la recogida en el cuadro. También cabría establecer que habría que saber cuántos de estos afiliados se
podrían alcanzar realmente a finales de año. En la medida en que se pudiera incrementar la afiliación más allá de lo previsible, la pérdida de recaudación sería menor, pero no se estima que eso se vaya a producir así. El impacto de la reducción es
del 20%. También hay que considerarlo como un elemento que, sin duda, tiene un efecto en la menor recaudación. Con la eliminación futura de estas reducciones la pérdida de recaudación sería previsiblemente menor, pero también habría que tener en
cuenta en qué medida la existencia de estas reducciones tiene un efecto de atracción para la contratación, y la eventual desaparición de las mismas también podría conllevar en el futuro una merma de la afiliación y, por tanto, de la propia
recaudación.


De las quejas, de las sugerencias, de los planteamientos que por las más diversas fórmulas y canales han llegado a la Seguridad Social se extrae la conclusión de que los ciudadanos han percibido este sistema como muy complicado de gestionar,
sobre todo para personas mayores y con poca experiencia en la realización de complejos trámites administrativos. Incluso hay que considerar el escrito que el



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Defensor del Pueblo trasladó a la Seguridad Social en el que precisamente expresaba su preocupación porque desde la aprobación de la Ley 27 se vienen recibiendo quejas, fundamentalmente de personas de la tercera edad, en las que se plantean
las dificultades que puede suponer la comunicación reiterada a la tesorería de los datos de cotización en aquellos casos en los que los empleados del hogar no perciben una cuantía idéntica cada mes al variar el número de horas durante las que
prestan sus servicios. Sin duda, el Defensor del Pueblo se hace eco de estas quejas, de estas reclamaciones que una parte importante de la población nos ha trasladado, insisto, por muy diferentes medios, y que creo que son uno de los elementos que
conviene valorar a la hora de establecer las conclusiones de este sistema.


Para ir terminando diré que si comparamos la situación anterior a la integración del régimen especial de empleados de hogar con la que tenemos al finalizar el periodo transitorio, en la Seguridad Social realizamos -y así lo hemos incorporado
al informe- algunas consideraciones. Se ha producido un incremento del 28,31% en el número de empleados de hogar afiliados al sistema de la Seguridad Social sin que ello suponga una mayor recaudación para el sistema. Todo lo contrario, la
disminución recaudatoria entre enero y julio respecto a enero y julio de 2011 es de 12,59 millones de euros, es decir, casi un menos 4%. Proyectando los datos del estudio a un año, la pérdida de recaudación estaría entorno a esos 63 millones de
euros. A esto habría que sumarle el coste futuro en prestaciones y los costes de gestión para los empleadores, así como el descenso de las bases de cotización por el escaso número de horas que constan en una gran cantidad de contratos, que implica
una menor base media mensual, inferior ni más ni menos que en un 30% a la base vigente el año anterior. Por tanto, se produce una importante caída de la recaudación que absorbe incluso ese incremento derivado del gran número de nuevas altas.


Ante el reflejo de esta base media de cotización, el 30% inferior a la base media de cotización que existía en el sistema en el régimen anterior, quiero incidir de nuevo en el efecto inmediato que tiene en la generación de esos derechos de
nuevas prestaciones. A nivel global, las bases de cotización elegidas por los trabajadores son, curiosamente, por un lado, la máxima en más de un 36% de los casos y las mínimas, es decir, los tramos de bases de cotización inferiores a 243,16 euros,
en otro 32% de los supuestos. Se han embolsado las bases de cotización o en la parte más alta del tramo o en las más bajas, cuando probablemente deberíamos haber asistido a una distribución más homogénea o incluso a una concentración en la parte
media. Se ha verificado un comportamiento muy divergente entre el número medio de horas semanales trabajadas por los empleados de hogar tras la integración, que generalmente o son menos de veinte o son más de cuarenta; elección asociada, sin duda,
al tipo de trabajador acogido a las mismas, discontinuo o continuo. En todo caso -esto también es especialmente llamativo-, el número de trabajadores con un solo empleador supera el 85% y solo el 5,66% de los trabajadores tienen dos o más
empleadores. En definitiva, la conclusión es que la transición de un régimen anterior a un sistema nuevo no ha sido especialmente complicada para los trabajadores fijos o continuos, pero sí se ha producido un importante problema asociado a aquellos
que desarrollan su trabajo de forma discontinua para uno o para más empleadores.


Nuestras preocupaciones deben orientarse a que la afiliación sin duda aumenta, pero muy poco en comparación con la gran bolsa de economía sumergida que se sigue detectando en la encuesta de población activa. En la última EPA se reflejaban
como trabajadores en el régimen del hogar más de 640.000 personas. Obviamente, el sistema no ha conseguido atraer a una parte muy importante de esa economía sumergida. La pérdida de recaudación hace, sin duda, más deficitario el sistema de
empleadas del hogar en el conjunto de la Seguridad Social. La disminución de la base media de cotización supone un deterioro directo de los derechos futuros y merma, además, la contributividad del sistema. Los complementos mínimos, a los que gran
parte de estos ciudadanos tendrán que acogerse, sufrirán, por tanto, en el futuro una mayor presión como consecuencia de la implantación de este modelo. El sistema no consigue integrar adecuadamente a quienes tienen dos o más empleadores, puesto
que apenas se recoge estadísticamente la existencia de este tipo de trabajadores, ya que escasamente llegan al 6%, y no da respuesta a esos 74.524 que se perdieron en el proceso; sin duda cabe hablar, entre ellos, de un porcentaje de
autoaseguramiento, de traslado a otros regímenes, casi nada a empresas de servicios, etcétera. En todo caso, hay una parte importante de afiliados del sistema que se han perdido a lo largo de la implantación del periodo transitorio. Es destacable
la importancia del efecto multiplicador de las cotizaciones en un sector caracterizado por la economía sumergida y cuya regla general es el incumplimiento de obligaciones laborales y de Seguridad Social. Por eso, el incremento de cotizaciones
previsto a lo largo de este periodo transitorio también debe ser objeto de atención, en la medida en que pueda implicar un efecto disuasorio para el mantenimiento en el empleo de una parte de esta economía, que raya muchas



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veces en la economía irregular, ya que cualquier elemento de gasto adicional puede suponer el paso de la economía regular a la irregular.


En todo caso, queremos invitar a esta Comisión a que reflexione sobre estas consideraciones y sobre posibles iniciativas, a que comparta con nosotros el análisis pormenorizado de este informe, a que eventualmente pueda adoptar
recomendaciones o medidas que ayuden a mejorar no solo la complejidad administrativa del sistema sino las cotizaciones y a generar un nivel de prestaciones más razonable, más adecuado, sin menoscabo de la necesaria contribución que también este
sistema debe hacer al conjunto de afiliación de la Seguridad Social. Sin duda, hay medidas de toda índole que podemos trasladar y compartir y que tienen que ver con la reducción de esa complejidad administrativa, con la diversificación de
responsabilidades para ayudar a solventar determinados problemas, con la mejora en la capacidad que algún sector de actividad puede tener para desarrollar más eficazmente sus servicios en el ámbito doméstico, con un replanteamiento de esas
deducciones, de su vigencia y de su extensión. Sin duda, todos estos son elementos sobre los que invitamos a reflexionar al Pacto de Toledo, en la confianza de que esa reflexión conjunta dé sus frutos, así como a analizar de forma pormenorizada
este sistema, que probablemente no existió cuando se generó. Hay que recordar que dicho sistema se incorporó mediante una enmienda en el Senado en el último momento de la tramitación parlamentaria de la Ley 27; es decir, desgraciadamente, y a
diferencia de otros esquemas de integración de otros regímenes, no fue objeto de una discusión en sede parlamentaria, de un debate sosegado y tranquilo, como seguramente hubieran merecido estos cientos de miles de personas. Por eso creo que es muy
importante que con esta nueva información nos dotemos de elementos de juicio suficientes para mejorar, para modernizar y adecuar el sistema. El Gobierno desea compartir con el resto de las fuerzas políticas el análisis sobre esta materia. No
queremos actuar con superficialidad o con imprudencia sino que queremos conocer las opiniones de los diferentes grupos sobre la evolución de este periodo transitorio. Desde luego, si entre todos identificamos elementos de mejora del sistema, los
valoraremos e impulsaremos para mejorar la cobertura, para aflorar de verdad empleo sumergido, para ganar en simplicidad, para ofrecer más garantías, para animar el empleo y no para disuadir la actividad. A eso les invito, señorías, y quedo a su
disposición a partir de este momento.


El señor PRESIDENTE: Pasamos al turno de portavoces de los distintos grupos parlamentarios que, como he señalado antes, intervendrán de menor a mayor. Creo que por el Grupo Mixto van a hacer uso de la palabra dos portavoces que se tendrán
que repartir los diez minutos.


Tiene la palabra la señora Fernández Davila.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: En primer lugar, quiero agradecer la comparecencia del secretario de Estado para exponernos todas estas reflexiones en relación con la integración en el régimen general de lo que venía siendo el régimen especial
de empleados de hogar. En segundo lugar, queremos dar nuestra opinión sobre la comparecencia y sobre los datos que nos ha aportado.


El Bloque Nacionalista Galego ha presentado en este Parlamento iniciativas sobre el derecho de las trabajadoras y trabajadores, fundamentalmente trabajadoras, del hogar a una Seguridad Social digna, y tenemos constancia de que el debate
político y parlamentario se dio en muchísimas ocasiones, ya que alguna vez lo propusimos nosotros. Por otro lado, entiendo que esos debates tuvieron que conllevar trabajos técnicos por parte de los Gobiernos correspondientes, concretamente del que
gobernaba cuando se aprobó esta ley. Si bien con estos datos que usted nos aporta hoy se hace una reflexión sobre la necesidad de cambiar cosas para mejorar el sistema actual, creo que en su momento la propuesta que volvió del Senado y que votamos
favorablemente era consecuencia de debates que se habían producido. También quiero decir que cuando el Bloque Nacionalista Galego defendió -y seguimos defendiéndolo- el derecho a una Seguridad Social digna para aquellas personas que realizan su
actividad en lo que se denomina trabajo del hogar, estaba pensando en la dignificación de ese trabajo para que las prestaciones y los derechos de Seguridad Social sean equiparables a las de ese régimen general.


Hoy no he entendido bien -seguramente porque no lo entendí en su momento, cuando fue aprobada la ley, quizá porque nos hacían falta algunos datos- que el secretario de Estado haga referencia a cuestiones como lo que se está aportando por los
trabajadores del hogar una vez incorporados al régimen general y lo que están costando las prestaciones percibidas. Entiendo que una vez que estos trabajadores están incorporados al régimen general son del régimen general y no tienen que estar
condicionados -si no es así, defenderé que lo sea- a lo que el régimen de trabajadores del hogar pueda aportar al sistema. Nosotros así lo entendimos y así lo defendemos. Señor secretario de Estado, soy consciente de que



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desde el punto de vista de la Seguridad Social el sistema no solamente es complejo en su administración o gestión sino que la complejidad ya radica en el ámbito en el que se ejerce esta actividad laboral. Podemos entender que en algunos
casos exista economía sumergida, aunque se da en unas condiciones en las que efectivamente se podrían establecer unas relaciones laborales total y absolutamente reglamentadas, porque somos conscientes de que estas actividades se realizan en un
ámbito de total y absoluta supervivencia por parte del trabajador o la trabajadora que ejerce la actividad o del empleador. Tengamos en cuenta que en un momento en el que hay una falta clamorosa de servicios públicos, y concretamente ahora con la
situación que se crea con la dependencia, hay personas con muy pocos recursos que se ven obligadas a tener que pagar a alguien para que atienda sus necesidades más elementales. Estamos analizando una gran complejidad que hay que tener en cuenta.
Por eso, cuando usted habla de economía sumergida yo le diría que son dos cuestiones: por un lado, economía sumergida y, por otro lado, economía de supervivencia. Usted mencionaba que hay gente que cobra una pequeña pensión y que no quiere darse
de alta. Es que estamos hablando de la miseria sobre la miseria. Al caso de una persona que no quiere perder 300 euros de pensión y que la complementa con un trabajo que le aporta 300 euros no le llamo economía sumergida sino economía de
supervivencia, porque desgraciadamente...


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señora Fernández Davila.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: ...no somos capaces de generar una situación que permita unas condiciones de trabajo más equilibradas. Creo que hay que contemplar esta complejidad en toda su extensión y después habrá que hacer las reflexiones
y las aportaciones necesarias, que evidentemente no será en la tarde de hoy.


Señor secretario de Estado -finalizo, señor presidente-, agradeciendo su comparecencia en relación con este asunto, le tengo que decir que hoy día 1 de octubre, cuando se acaban de presentar los Presupuestos Generales del Estado, todavía no
sabemos si las pensiones van a subir, pero sí sabemos que el Gobierno va a utilizar el Fondo de reserva para el pago de las pensiones en el año 2013. Entiendo que el secretario de Estado debería venir a esta Comisión, al margen de la comparecencia
que hará ante la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, para explicarnos por qué el Gobierno no dice si va a subir o no las pensiones, si se van a regularizar en función del IPC, es decir, si va a resolver la diferencia de las pensiones con el IPC
de 2012, y por qué no se busca otra alternativa a esa deficiencia de financiación que pueda tener el sistema que no sea el recurso al Fondo de reserva de las pensiones.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Cuadra.


El señor CUADRA LASARTE: Aunque en la terminología oficial se hace referencia a los empleados del hogar, es evidente que estamos hablando, sobre todo, de las empleadas que hacen su trabajo en distintos hogares, realizando cada vez más
funciones que tienen que ver con los cuidados. Se está pasando de una situación en la que este trabajo era más de limpieza, de cocina, de compras a otro que tiene que ver mucho más con los cuidados, en muchos casos no cubiertos por los servicios
sociales de la Administración, realizado en su mayor parte por mujeres y en el que cada vez más las trabajadoras extranjeras tienen un papel más importante.


El real decreto del mes de noviembre que estamos analizando, en alguna medida ha sido valorado por Amaiur como un paso adelante en cuanto que supone el reconocimiento de bastantes derechos de todas estas trabajadoras. Supone mejoras en
cuanto que los contratos se tienen que hacer por escrito; se incluye el salario mínimo anual por las cuarenta horas; el derecho al incremento de su salario conforme va aumentando también el salario mínimo; todas las horas de presencia se tienen
que retribuir como mínimo como horas ordinarias; se contempla el descanso semanal de treinta y seis horas, etcétera. En el colectivo de empleadas de hogar hay muchas mujeres que trabajan como internas que tenían, y las siguen teniendo, condiciones
casi de servidumbre, con ausencia de descansos, de vacaciones; son trabajadoras sin papeles, etcétera. Esta situación nos hace ver cómo la sociedad en la que vivimos se está organizando a espaldas de las cada vez más crecientes necesidades de
cuidados debido a cuestiones como el envejecimiento de la población y la necesidad de compaginar el trabajo en la fábrica o en la oficina con la atención a la familia. Esto es lo que está reconvirtiendo este inmenso campo de trabajo y lo que hace
que, en nuestra opinión, la regulación que se ha dado siga quedándose bastante corta.



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Creemos que es necesario abordar la situación de este inmenso colectivo realizando modificaciones legales importantes en la Ley de Dependencia, cuya aplicación está frenando este Gobierno, además de recortar las partidas que podrían
desarrollarla. También pensamos que hay que modificar la Ley de Extranjería, por la situación que en este sector tienen hoy día muchas trabajadoras extranjeras debido a la falta de papeles. La reforma que se ha realizado, está impidiendo que
muchas de estas...


El señor PRESIDENTE: Señor diputado, debe ir terminando.


El señor CUADRA LASARTE: ...personas puedan regularizar su situación en el Estado español.


Finalmente, quisiera mencionar una cuestión. El informe dedica diez páginas a hacer referencia a la gestión que de esta reforma se ha hecho durante estos seis meses. La conclusión que sacamos en Amaiur, por los datos que tenemos en la
Comunidad Autónoma Vasca y en Navarra, es que ha sido tremendamente caótica. Por ejemplo, creemos que la Administración tenía que haberse dotado de un servicio específico y propio para realizar todas las gestiones correspondientes al trabajador
doméstico. Hay trabajadoras a las que todo este procedimiento que se ha implementado se les ha hecho tremendamente cuesta arriba, aparte de que el caos que ha surgido en los servicios de tesorería para facilitar los cambios de régimen ha favorecido
que la confusión haya imperado en este trasvase.


Quiero terminar, como mi compañera, diciendo que en cualquier caso sería muy conveniente que el secretario de Estado aclarase qué es lo que va a pasar en el mes de noviembre con la regularización de las pensiones, que afecta a bastantes
millones de personas. En esta sesión hubiera sido necesario dar una información detallada al respecto, ya que no se ha hecho así por parte del Gobierno, el mes de noviembre esta ahí y millones de personas están esperando que se hable claro.


El señor PRESIDENTE: El señor Olabarría había pedido intervenir con posterioridad, porque le había surgido un tema urgente. Si no tiene ningún inconveniente, señor Coscubiela Conesa, tiene usted la palabra, por el Grupo de La Izquierda
Plural.


El señor COSCUBIELA CONESA: Quiero comenzar mi intervención agradeciendo la comparecencia del secretario de Estado y el método utilizado, porque la entrega de una documentación con carácter previo siempre ayuda a que la reunión sea más
operativa, aunque si quiere que le diga la verdad nos hubiera gustado que, si no en el papel, al menos hoy de palabra, hubiera enseñado algo más la patita en relación con algunas ideas que ha dejado caer a los medios de comunicación, especialmente
la valoración negativa, cosa que ya entendimos desde el primer día que vino aquí, porque es evidente que no le gusta cómo se ha hecho la integración del régimen de empleadas del hogar; incluso hoy habla del mismo en pasado de manera inconsciente.


Antes de entrar en materia, déjeme decirle algo por lealtad institucional. Tengo la obligación de llamar la atención sobre lo que supone una distorsión en la relación entre esta Comisión del Pacto de Toledo y el Gobierno. Supongo que sabe
que existe una petición de comparecencia de nuestro grupo, La Izquierda Plural, para que venga a esta Comisión del Pacto de Toledo a dar cuenta de los procesos de estabilidad financiera del sistema y, concretamente, de la utilización del Fondo de
prevención de accidentes. Curiosamente hay tiempo para hablar de lo que considera que hay que hablar, porque hay un mandato para hacerlo, pero en cambio no lo hay para dar cuenta de sus políticas. Si eso fuera así, no pasa nada, pero se da la
circunstancia de que la ministra tiene pendiente una comparecencia en esta Comisión desde el mes de enero de este año, es decir, hace ocho meses, sin que hasta ahora haya encontrado el momento, para hablar de una cosa tan significativa como la
estabilidad financiera del sistema y las perspectivas de futuro. Permítame que le diga que hay algún elemento de distorsión. Antes de venir aquí -soy nuevo- creía, porque lo había leído, que el Congreso tenía, entre otras, una función de control
del Gobierno y me he encontrado aquí que, como consecuencia de la actuación del Gobierno -no de todos los ministerios, pero del de Empleo especialmente- y del grupo mayoritario con mayoría absoluta, más que una función de control del Gobierno, el
Congreso se convierte en un altavoz publicitario de las políticas del Gobierno. Es lógico que sea así, pero no estaría mal que hubiera un cierto equilibrio. Al igual que han dicho algunos de mis compañeros, es muy oportuno que estemos discutiendo
sobre el primer balance de la integración del régimen especial de empleadas del hogar en el régimen general como un subsistema, pero no es normal que no podamos discutir en esta Comisión del Pacto de Toledo de otras cosas sobre las que se les ha
solicitado que comparezcan reiteradamente.



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En relación con el contenido, es muy positivo que hagamos un primer balance -siempre y cuando sea eso- del proceso de la integración. Por las características de discontinuidad fuerte que tiene este sector -muy complejo y más en momentos de
crisis-, no deberíamos sacar conclusiones muy rápidas y que tuvieran una ejecutividad inmediata, porque posiblemente nos equivocaríamos. Hay que dejar que las leyes que tengan poso, sobre todo cuando intentan introducir elementos de discontinuidad.
Para nosotros no debería ser este un balance definitivo y deberíamos entrar en más profundidad en algunos datos.


En nuestra opinión, hay cosas que destacan del balance, en el bien entendido que el objetivo de esta reforma era fundamentalmente, entre otras cosas, hacer emerger el volumen muy importante de empleo sumergido o -como se le quiera llamar- no
declarado que hay en el trabajo del hogar y hacerlo en las mejores condiciones posibles para cumplir el objetivo general del sistema que es que al final haya solo dos regímenes: por cuenta propia y por cuenta ajena -y empleados del hogar es por
cuenta ajena-, con todos los procesos de tránsito y de especialidad que sean necesarios. Desde esta perspectiva me permito destacar, si he leído bien el informe que nos ha presentado, que en estos momentos han emergido 83.500 personas más
declaradas, un 28,3% más del que había a 31 de diciembre. Si se compara esta cifra con el proceso de hacer emerger cualquier cosa, desde fraude a empleo, no me parece sinceramente un mal resultado, lo cual no quiere decir que me sienta satisfecho.


Le pediría que eliminara de su informe la referencia a esa comparación con los datos de empleo de la economía doméstica del INE. Su señoría es buen conocedor de las historias y sabe que esa comparación es tramposa, porque si la hacemos en
todas las demás cosas no hay nada que aguante. Si lo hacemos con la reforma laboral, el Gobierno tiene que envainárselas todas de arriba abajo. Cuando el informe habla en general de datos es muy riguroso, pero en esa comparación, con todos los
respetos, creo sinceramente que no lo es, sobre todo porque usted sabe que, si eso fuera así, la Organización Internacional del Trabajo no estaría en estos momentos planteándose con mucha fuerza un proceso para hacer emerger el empleo del hogar en
todo el mundo. Es decir, esa no es una peculiaridad de nuestro sistema ni de esta reforma, sino de una dificultad objetiva. No deberíamos comparar datos de la Seguridad Social con el INE, porque eso no nos ayuda.


Hay otro dato que es importante destacar. Si lo he analizado bien, no son 78.000 personas las que se han quedado descolgadas, sino 35.400 aproximadamente, que son aquellas que al final del proceso han sido dadas de baja como consecuencia de
que no han pasado a ningún otro sistema. Valdría la pena aclarar esto, porque, si no, podemos dar una imagen negativa. Para mí hay otro dato también muy importante y es que ha emergido la diferencia que va desde 212.000 a 468.000 empleadores. Si
no he calculado mal hay 468.000 empleadores detectados en estos momentos que sin duda no se corresponde con el volumen de trabajadores, porque una parte de ellos son trabajadores que tienen varios empleadores a su cargo. Este proceso tiene de
positivo esto, pero tiene de negativo la reducción de los ingresos, que sin dejar de ser una cosa importante, no puede ser el único factor de análisis, porque lo más determinante, desde mi punto de vista, es el proceso de emersión de todo este
colectivo.


Espero no haberle entendido bien -imputo a ello-, pero en su intervención de hoy ha deslizado un planteamiento que no me gusta, porque no cuadra con el sistema de la Seguridad Social. Dice su señoría que de continuar por esa vía de ingresos
bajos se estarían produciendo unas consecuencias para el conjunto del sistema que acabarían pagando todos los trabajadores, porque en la medida en que hay pocos ingresos y estas personas tienen reconocidos unos derechos, se produce un desequilibrio
entre lo que aportan y lo que perciben. Sí, ¿y qué? Esa es la esencia del sistema de reparto, con ese equilibrio entre contributividad y solidaridad: que las pensiones mínimas puedan llegar a cubrir una parte importante de esa solidaridad por la
vía fiscal. Si eso fuera así en todos los colectivos, eso sería un problema, pero estamos hablando de un colectivo en el que, por sus excepcionales características, los trabajadores -las trabajadoras mayoritariamente- están en unas condiciones
especialmente penosas social y laboralmente y además dependen de un empleador que no es que lo esté pasando bien, al menos en términos generales. Desde esa perspectiva, que el conjunto de la sociedad establezca flujos de solidaridad con ellos no me
parece mal, siempre y cuando lógicamente estén acotados y tengan una cierta lógica. Usted sabe mejor que yo, porque es mucho más experto, que no estamos en un sistema de capitalización, por lo que en estos momentos, que lo que aporta un colectivo
de empleadas del hogar sea menos que lo que recibe, no es objeto de preocupación, siempre y cuando se busque la tendencia a buscar el equilibrio. Si no, vamos sutilmente a un proceso de desequilibrio, que es lo que se produce en términos
intergeneracionales,



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interprovinciales e interregímenes. Esta es la esencia que se da con un sistema de reparto. Sin instalarnos cómodamente en ese proceso, tampoco hay que plantearlo como un elemento negativo.


En cuanto a las propuestas, haría tres. Una primera propuesta, prudencia y calma. No tomar ninguna decisión hasta tanto ver cómo evolucionan esos datos en un siguiente balance, sobre todo porque estamos en un momento en que las leyes
requieren estabilidad y calma.


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: A todos los gobernantes les ha entrado esa obsesión de estar cambiando casi todo, pero las leyes solo son útiles si tienen un determinado poso, el cual no se puede medir en seis meses.


Una segunda propuesta: sería interesante convocar en la Comisión del Pacto de Toledo a las organizaciones que están en el origen del pacto con el Gobierno anterior, esa reforma que se incorporó en el último momento en el trámite del Senado,
y a todos aquellos que nos puedan ilustrar, desde un punto de vista de representatividad, sobre lo que piensan de esta cuestión. Una tercera propuesta: a lo mejor podríamos empezar a analizar en qué medida la política fiscal puede ayudar a este
proceso de normalización, sea cual sea el desenlace de la crisis. En los próximos diez o más años nos encontraremos con unas familias con dificultades para mejorar el salario y las bases de cotización de esas personas, cuando debieran hacerlo por
el tipo de trabajo que se hace, que es muy meritorio. Si en algún caso está justificada una política fiscal de desgravación para determinadas situaciones, no por la vía de la Seguridad Social, sino por la vía fiscal, es en esta. Si es posible y
nos ponemos de acuerdo lo podríamos analizar e incorporar a los presupuestos del año 2013. Con un coste bajísimo en términos fiscales, sobre todo comparado con otros, podemos incentivar una mayor emersión de empleo aún sumergido y una mayor
emersión de salarios que a lo mejor se están pagando, pero que no se declaran a efectos de base de cotización. Estas son las tres propuestas, que son muy prudentes, pero ir más allá en estos momentos sería posiblemente meternos en un terreno que no
sabemos qué consecuencias van a tener, por lo que no es positivo modificar lo que se puso en marcha hace muy poco.


El señor PRESIDENTE: Ahora sí tiene la palabra el señor Olabarría Muñoz.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor Burgos, encantado de saludarle de nuevo en esta Comisión, que es la suya desde las dos posiciones procesales que uno puede ocupar en esta sala. Nos ha tocado a usted y a mí luchar mucho por la integración de
este régimen en el régimen general. Son numerosas las iniciativas -todos los grupos parlamentarios aquí presentes hemos presentado iniciativas atinentes a la integración de los empleados domésticos- donde la utilización del femenino -estoy de
acuerdo con el señor Cuadra- sería más adecuada, pero esto nos crea problemas de género, aunque en el régimen general y, desde una perspectiva normativa, se ha conseguido. Me gustaría que la consecución fuera completa y que la cobertura hiciera
referencia a las llamadas contingencias comunes, a la incapacidad permanente y a otras incapacidades, a la jubilación, a la viudedad, a la orfandad, a favor de familiares, al desempleo y a todas las demás previstas en el régimen general. Sin
embargo, no he podido digerir los datos, además, como ha podido ver, he tenido una presencia discontinua en esta Comisión, por lo que voy a ser prudente en la emisión de datos y sobre todo en el uso de la palabra, en el uso del tiempo que voy a
utilizar, señor presidente. En la nota de su ministerio, que consta con fecha de septiembre, la cifra de afiliados -no tanto los del informe que nos ha remitido hace una semana y que no he podido digerir todavía, porque tengo que estudiarlo más
detenidamente, por eso me parece muy pertinente esa invitación a que sigamos estudiando esta materia en nuevas comparecencias monográficas- integrados en el régimen general llegaba a los 374.550. No sé si estoy utilizando un dato adecuado, pero nos
falta todavía mucho para llegar al número de empleadores que ha cifrado correctamente el señor Coscubiela en más de 438.000 -me parece recordar, estoy citando estas cifras de memoria-, con la singularidad de la posibilidad de múltiples empleadores
que contratan a distintas personas eventualmente, según las circunstancias de este régimen.


En el último mes en el que se acometió esta regularización de los seis primeros meses se regularizaron 25.516 empleados domésticos, si mis datos son ciertos. Usted ha manifestado -y comparto esta opinión un tanto pesimista- que todavía
queda mucho trecho por avanzar para lograr dos cosas: el afloramiento de la economía sumergida en lo atinente a este sector de actividad específico -seguramente usted tendrá estimaciones de cuál es el volumen de economía sumergida en este ámbito de
actividad cuando



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estima que todavía la diferencia entre los que se han podido regularizar es amplia y notable en relación con los que realmente trabajan- y, sobre todo, lo que ha sido ya denunciado, en el sentido más etimológico del término, la posible y
fraudulenta cobertura del trabajo doméstico con actividades que están previstas en la Ley de Dependencia para ser cubiertas con profesionales con otra cualificación, con otra remuneración y con otras características para atender a otros ámbitos de
la actividad muy diferentes. Sabe que la inmersión y el umbral diferenciador son particularmente difusos entre el trabajo doméstico y el cuidado de determinadas personas que no son autónomos, que carecen de autonomía personal. Le pediría, por
favor, que sea particularmente cuidadoso en la inspección y en los medios de verificación y de control de su ministerio en este sector.


Ya se lo han preguntado también otras personas. Tengo una gran dificultad para comprender qué ocurre con la Seguridad Social, no solo en este ámbito que estamos debatiendo, sino con carácter general, porque bailan las cifras con una
velocidad vertiginosa, casi a la velocidad con que se van a mover las fichas del casino de Eurovegas cuando se constituya. Me cuesta mucho comprender este birlibirloque de cifras con el que tenemos que manejarnos -y quizá nos lo aclare en otra
comparecencia no atinente o no tan específica- en el que ustedes afirman, en un documento bien reciente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de fecha 25 de septiembre de 2012, que la Seguridad Social alcanzó un superávit presupuestario de
2.721 millones de euros. Los ingresos no financieros del sistema, aunque disminuyeron un 74,42% respecto a los del ejercicio anterior, todavía alcanzaban la cantidad de 1.280 millones de euros. Esto se compadece mal con los datos contabilizados y
previstos en los Presupuestos Generales del Estado que prevén un déficit presupuestario en relación con el régimen general de Seguridad Social que puede estar entre los 6 y 7.000 millones de euros. No sé de qué cifras estamos hablando y cuáles son
las prospecciones que ustedes manejan en relación con el déficit. Tendremos que estar hablando necesariamente de déficit cuando se ha tenido que recurrir al Fondo de reserva obligatorio previsto en las leyes y en el Pacto de Toledo, y al que tanto
usted como yo contribuimos a generar con tanto afán. Me preocupa que se recurra al Fondo de reserva del Pacto de Toledo, porque es un fondo que tiene una naturaleza de excepcionalidad, de atención a problemas o ciclos casi de carácter estructural
de naturaleza económica. Pretendidamente vivimos en un ciclo bajista de la actividad económica, pero que no tiene las características estructurales que justificarían el recurso al Fondo de reserva del Pacto de Toledo. Lo que le preocupa a todo el
mundo, señor secretario de Estado -quizás el momento para preguntarlo sea en otra comparecencia, señor presidente, pero no me puedo resistir a preguntárselo-, es qué va a ocurrir con la revalorización automática, que no es algo discrecional para el
Gobierno, sino que es un acto reglado y previsto en la Ley General de la Seguridad Social, en el Real Decreto Legislativo 1/1994. Amén de este incremento lineal del 1% de las pensiones, se va a seguir manteniendo la actualización del incremento del
IPC previsto o estas enigmáticas respuestas que algunos portavoces de su partido político están pronunciando -y que nos hacen temernos lo peor- van a llevarnos a la conclusión de que estamos ante el truco del almendruco, que se sube por una parte el
1%, pero que se hace perder a los pensionistas poder adquisitivo por aquella diferencia porcentual entre esa subida y lo que sufran en pérdida de poder adquisitivo por el incremento del IPC.


Teniendo en cuenta algunas de las reflexiones anteriores, sobre todo las tres recomendaciones hechas por el señor Coscubiela, que ha propuesto con su prudencia habitual, como la relativa a mantener una cierta tranquilidad en relación con
esta materia o como todas las que hacen referencia a las pensiones y a la creación de una línea de trabajo específica para actuar en el ámbito de la regularización de un régimen que tiene muchos problemas, como la lucha contra la economía sumergida
y el carácter difuso y poliédrico de la fenomenología con la que hay que combatir, desde esa perspectiva sabe que cuenta con un partido colaborador y proclive siempre al acuerdo en estas materias.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Campuzano i Canadés, por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Quiero agradecer también la comparecencia del señor Burgos. Esta comparecencia se produce basándose en un mandato legal -lo decía al principio de su intervención- introducido en la última reforma laboral y he
de recordar que esa disposición décima de la Ley 3/2012 corresponde a una enmienda que incorporó Convergència i Unió en ese trámite parlamentario. Las preocupaciones que los ciudadanos trasladaron a Convergència i Unió en relación con la puesta en
marcha de este nuevo sistema llevó a mi grupo a la necesidad de que pasado un tiempo prudencial, después de la puesta en marcha del nuevo mecanismo de afiliación a la Seguridad Social y a la nueva



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relación laboral especial, el Congreso -y esta Comisión en concreto- pudiese hacer balance del mismo y tomara, si fuese el caso, las iniciativas legislativas que correspondiesen. Quiero agradecer que el Gobierno haya cumplido con ese
mandato legal, porque no pasa tan a menudo que ese tipo de mandatos se concreten en un informe como el que hemos conocido y en una sesión como la que estamos realizando.


Usted apuntaba bien que el diseño institucional del nuevo mecanismo de afiliación no correspondió a este Gobierno, sino que fue diseñado por el anterior, pero sí que le ha correspondido a su Administración la gestión del mismo. El informe
demuestra que el Gobierno ha tenido voluntad en aplicar este nuevo régimen y de eso debemos congratularnos. Ahora bien, había que valorar si el nuevo sistema había respondido a las expectativas de sus impulsores, de este propio Congreso de los
Diputados. Si me lo permiten, creo recordar que fue en el trámite del proyecto de ley en la Comisión del Congreso, no del Senado, en el que se incorporó esto (La señora López i Chamosa: En la Ley 27/2011) a través de una enmienda del Grupo
Socialista muy a última hora de aquella mañana. Todos somos corresponsables, al menos mi grupo votó favorablemente aquella enmienda y se siente corresponsable, de lo que aquí se ha venido desarrollando en estos últimos años. A la pregunta de si
eso ha sido útil o no, la respuesta es ambivalente. Hay personas que estaban incorporadas en el régimen de la Seguridad Social antes del nuevo sistema, que hoy no lo están, y hay personas que no estaban protegidas por la Seguridad Social, que hoy
lo están. Hay 74.000 empleados del hogar expulsados y 158.000 nuevos empleados del hogar incorporados.


El señor Coscubiela decía -y no compartiría ese análisis- que si comparamos estas cifras del conjunto, de las casi 400.000 personas que conforman este régimen, con lo que nos indica el Instituto Nacional de Estadística sobre el número de
hogares en los que existen personas al servicio de los mismos, que son 700.000 hogares, las expectativas quedan lejos. Es inevitable que hagamos referencia a las cifras del INE, porque no existe otro instrumento para poder calcular cuál es el peso
de la economía sumergida, irregular o informal, pongamos el adjetivo que queramos. Sabemos, como sucede en otras sociedades europeas, que en el ámbito de los servicios personales y domésticos existe una enorme cantidad de trabajo no declarado; que
en España eso ocupa a unos 700.000 hogares; que esta reforma ha permitido que sean unos 400.000 hogares los que estén en el marco de la legalidad y que tenemos un camino enorme por recorrer aún en esta materia.


A 12 de julio de este año finalizaba el plazo para que los Gobiernos presentasen sus propuestas y respuestas al documento de trabajo sobre el aprovechamiento del potencial de empleo de los servicios personales y domésticos. La Comisión
Europea ha abierto un debate sobre las posibilidades de crear empleo de calidad, tanto en términos del servicio que se ofrece a las familias, como a las propias condiciones de ese empleo. Este no es un problema exclusivamente de España, sino del
conjunto de la Unión Europea. Si vamos a las respuestas que nos da la Unión Europea nos encontramos con soluciones diversas -en Francia y en Bélgica, a través de los cheques servicios, y, en Alemania, a través del modelo de los minijobs-, pero
todas coinciden al menos en dos consideraciones: que debe ser un modelo de contratación por la vía legal o regular este tipo de servicios lo más simple posible para el empleador y que los costes de contratar a través de la economía formal deben de
alejarse lo menos posible de los costes de contratar por la vía de la economía informal. Para que esa diferencia de costes entre la contratación por la vía formal y la informal sea la menor posible intervienen al menos tres factores: las
cotizaciones sociales, el trato fiscal de la compra de estos servicios y la consideración del IVA sobre los mismos.


En el caso español la aproximación que hemos hecho con esta solución a ese problema seguramente no es suficientemente buena desde esas dos perspectivas. Para los empleadores, en especial para las familias que se han convertido en
empleadores cuando se trata de personas mayores, el sistema es complejo y es difícil. Estas fueron las preocupaciones que llevaron a que Convergència i Unió plantease esa enmienda en su momento. Existía enorme preocupación en las familias sobre
cómo se debía resolver esa cuestión. Los costes fiscales de este servicio no son excesivamente superiores a los existentes, pero para muchas familias los costes continúan siendo infinitamente superiores en la economía formal que en la informal.
Debemos aprender de los europeos que hay que actuar con mucha claridad sobre esas dos medidas: un régimen lo más simple posible y un coste del servicio lo más cercano al de la economía informal. Si mantenemos que la familia se debe constituir en
empleador, hay que pedirle al Gobierno y a la Administración de la Seguridad Social que arbitre los sistemas más simples posibles. Se me escapa cuál debe ser la operativa, pero el Congreso debe reclamarle al Gobierno esta cuestión. En segundo
lugar, igual que sucede en el resto de Europa, hay que permitir que las empresas que ofrezcan estos servicios puedan operar con normalidad en el mercado. Hay propuestas para que las empresas de servicios puedan



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jugar ese papel de intermediario entre una familia que no tiene vocación de constituirse en empleador y esos trabajadores. Ahí hay un camino enorme por recorrer.


Finalmente, hay que reclamar al Gobierno una política en materia de fiscalidad en relación con la deducción fiscal por la compra de estos servicios, vía IRPF o IVA. En Francia, donde el modelo ha tenido un enorme éxito, cuando se promovió
la Ley Borloo el IVA de este tipo de servicios era del 5,5% y a raíz de la crisis lo han subido al 7%. En nuestro caso, estamos en el 21% de IVA. Por tanto, tenemos un problema en la fiscalidad de este tipo de servicios. También hay que abordar
la cuestión de los costes de las cotizaciones sociales. En los casos francés y belga, si no recuerdo mal, parte de estas cotizaciones son asumidas por el propio Estado. La pregunta es, ¿el coste fiscal de esta política es imposible de asumir? En
Francia -los datos que mi grupo maneja hacen referencia a la Administración de Sarkozy-, el Gobierno decidió mantener la política de apoyo fiscal porque estaba convencido de que retirarlo para la contratación de servicios para las personas iba a
implicar un retorno de este tipo de empleo a la economía sumergida. En el caso de Bélgica -en los informes de la Comisión se cuantifica el coste que tiene ese tipo de operaciones-, finalmente el coste para las arcas públicas entre los ingresos que
esta política genera y los costes fiscales que tiene acompañarla casi equilibran el sistema.


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señor Campuzano.


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Termino, señor presidente, diciendo al secretario de Estado que es en estas cuestiones en las que hay que avanzar y ampliar la mirada. Quizá no hay que hablar solo del régimen de empleadas de hogar sino del
conjunto de los servicios a las familias en el ámbito doméstico, donde existe una gran oportunidad de hacer emerger empleo, de crear oferta de calidad en los servicios que se ofrecen y empleos dignos para los trabajadores que realicen ese tipo de
servicios. Ahí existe un enorme camino para recorrer, que Convergència i Unió va a continuar impulsando desde la modestia de su fuerza política en esta casa.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra la señora Valerio.


La señora VALERIO CORDERO: Señor secretario de Estado, el tema que ha traído esta tarde a la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Pacto de Toledo es importante. Desde luego, sin lugar a dudas, es necesario conocer el balance de la
integración de los trabajadores, más bien trabajadoras normalmente, del régimen especial de empleados de hogar en el régimen general de la Seguridad Social. Ya que tenemos pedida una comparecencia de la señora ministra, a mi grupo le hubiese
gustado que ella o usted mismo hubiesen venido aquí esta tarde a hablar de un tema que, desde luego, nos tiene muy preocupados -y veo que la preocupación es común a muchos grupos políticos representados en esta Comisión- por la deriva que su
Gobierno está tomando en materia de pensiones. Estamos muy preocupados por la utilización de 4.400 millones de euros ese Fondo de prevención de la Seguridad Social, que se lo encontraron ustedes con 4.900 millones de euros y ya nos lo han dejado en
500. También estamos muy preocupados por la indefinición en cuanto a si van a abonar ustedes la paga compensatoria a los pensionistas por la pérdida de poder adquisitivo, habida cuenta de que ya tenemos la inflación en el 3,5%. Parece ser que para
2013 tienen prevista una subida del 1%, lo que implicará un sobrecoste de alrededor de 5.000 millones de euros. La preocupación es aún más profunda por la rotura o ruptura -no sé como llamarlo- de la hucha de la Seguridad Social, puesto que ya han
decidido sacar de ese Fondo de reserva 3.063 millones de euros. Por cierto, esa hucha nos la encontramos los socialistas en el año 2004 con 15.000 millones de euros y la dejamos en el año 2011 mucho más llena, exactamente con más de 67.000 millones
de euros. Ya sé, señor secretario de Estado que este no es hoy el objeto de su comparecencia y que dentro de pocos días tendrá que venir de nuevo a esta Cámara para explicarnos el presupuesto de la Seguridad Social de su Gobierno para el año 2013,
pero entienda que no podemos ni debemos ni queremos dejar de poner este asunto de manifiesto, porque tratamos de reflejar la honda preocupación de cerca de nueve millones de personas que ahora viven con todas estas incertidumbres que he comentado
anteriormente.


En relación con el tema que nos ocupa esta tarde, tras haber leído atentamente el informe de balance y de haberle escuchado, debo decirle que mi grupo considera que con esta nueva normativa establecida en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de
noviembre, se ha conseguido un gran avance en cuanto a la regularización de esta relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, así como con el procedimiento de integración de los trabajadores y trabajadoras en el sistema
especial de empleados de



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hogar del régimen general de la Seguridad Social, siguiendo el procedimiento previsto en el Real Decreto 1596/2011, de 4 de noviembre. Con esta decisión, que se terminó incluyendo en la adicional 39 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, y también en la disposición transitoria última de la misma, se ponen en práctica las recomendaciones realizadas en diversas ocasiones por esta Comisión, por el Pacto de
Toledo, desde aquella de abril de 1995, hasta la última, que fue la recomendación 4, que se incluye en las conclusiones del Pacto de Toledo de 31 de enero de 2011, sobre financiación, simplificación e integración de regímenes especiales, que, entre
otras cuestiones, hizo hincapié precisamente en este que hoy nos ocupa de trabajadores y trabajadoras al servicio del hogar familiar. No debemos olvidar que esta integración se realiza como consecuencia -se ha hablado de ello aquí esta tarde- de
una enmienda transaccional que se incluye en la Ley 27/2011, de 1 de agosto; por cierto, enmienda transaccional, planteamiento que deriva del diálogo social, del acuerdo social y económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las
pensiones, de 2 febrero de 2011, que fue suscrito por la CEOE-Cepyme, por la Unión General de Trabajadores, por Comisiones Obreras y por el Gobierno, en el cual se aludía a la revisión de la situación del régimen especial de empleados y empleadas de
hogar a los efectos de su integración en el régimen general de la Seguridad Social, y se decía que se debería hacer en el proceso de tramitación parlamentaria de la reforma de la Seguridad Social entonces en curso.


Con esta nueva regulación se propicia un marco jurídico, desde luego mucho más justo, para la actividad económica del servicio doméstico, que siempre ha formado parte de un sector típicamente adscrito al mercado secundario y mayoritariamente
encuadrado en la economía sumergida o irregular, compuesto, por cierto, en su mayor parte por personas muy vulnerables, que siempre han tenido muy claros los deberes pero que han tenido históricamente una escasez de derechos laborales y de Seguridad
Social. A partir del día 1 de enero del año 2012 se abre un nuevo horizonte de derechos para todas estas personas. El secretario de Estado en su intervención ha dicho que la cifra puede estar, según el INE, en torno a las 640.000 personas; el
señor Coscubiela lo cuestionaba, pero lo cierto y verdad es que es el INE el que da esta cifra. Con esta nueva normativa se consiguen, a juicio de mi grupo, logros muy importantes, como que estas personas tengan un contrato escrito que, además, es
obligatorio; la garantía del salario mínimo interprofesional; una regulación mucho más favorable de la jornada laboral; el alta obligatoria en la Seguridad Social, que, además, ahora es obligación de los empleadores; la cotización en función de
las horas trabajadas; la cotización y por ende la protección de las contingencias profesionales que hasta ahora no tenían; la mejora en las prestaciones de incapacidad temporal; todo ello, entre otros temas que se mejoran de manera ostensible.
Asimismo, aunque no se incluye la protección por desempleo, la ley deja abierta la posibilidad para que se incluya en un futuro.


El informe que hoy nos presenta, fruto, evidentemente, del mandato legal, que también ha sido referido aquí, y del ejercicio del deber de información y transparencia, es valorado positivamente por nuestro grupo. Solamente así puede ser
calificado, pues, el hecho de que a 31 de agosto de año 2012 tuviésemos ya 378.427 personas, empleados y empleadas fundamentalmente del hogar, totalmente regularizados. Ha mencionado usted las 374.604 que figuran en el nuevo sistema especial
integrado en el régimen general de la Seguridad Social y las 3.823 personas que como se encontraban en esos momentos en incapacidad temporal se mantienen en el extinto régimen especial. Nos parece muy favorable el dato, porque a 31 de diciembre del
año 2011 en el anterior régimen especial había solamente 294.916 personas. Este incremento del 28,31% nos parece muy relevante, puesto que da un saldo neto de 83.511 personas como consecuencia de que se han producido 158.035 nuevas afiliaciones.
No obstante, del informe se derivan algunos datos que nos llenan de inquietud y los quiero poner de manifiesto, como el hecho de que según dicho informe 74.524 personas, trabajadores o trabajadoras del anterior régimen especial, no hayan sido dados
de alta en el nuevo sistema; es decir, de alguna manera se nos han quedado por el camino. Cabe preguntarse qué es lo que ha podido ocurrir. ¿Es que han abandonado voluntariamente la actividad? ¿Han quedado en situación de desempleo? Suele
ocurrir que en situaciones de crisis -ha sucedido en alguna otra anterior-, como las economías domésticas no están para mucho gasto, a veces no queda más remedio que prescindir de la persona que está ayudando en el hogar familiar a hacer tareas de
limpieza, de cuidado, etcétera. Quizá puede haber ocurrido que estas personas sigan trabajando pero hayan pasado al lado oscuro de la economía, es decir, a la economía sumergida y, por tanto, ahora mismo ni están dadas de alta en la Seguridad
Social ni están cotizando ni tienen -que es lo más duro- la protección que la ley les da. Creo, sinceramente, señor secretario de Estado, que este hecho lo tiene que investigar, ver qué es lo que ha pasado y tenerlo controlado, porque esta es su
responsabilidad. Pero, cuidado, tampoco



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queremos que se utilice esta cifra de las setenta y cuatro mil y pico personas que se han quedado por el camino para cuestionar el buen funcionamiento de este procedimiento.


También nos inquietan algunos otros datos que están en el informe. Por ejemplo, nos parece bastante sorprendente que el 85% de las personas que están en este sector trabajen para un solo empleador -resulta curioso, no es muy creíble-; que
el 9,33% lo haga para dos y que solo el 5,66% trabajen para tres o más empleadores, cuando suele ser bastante habitual que las personas que se dedican a este trabajo realicen su actividad en varios hogares y para varios empleadores. También nos
resulta curioso -usted lo destacado- que haya un porcentaje bastante importante, el 36,20%, que en agosto cotizó por las bases máximas y que haya habido un 32,11% que lo hizo en alguno de los cinco tramos más bajos de la tabla de cotizaciones.


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señor Valerio.


La señora VALERIO CORDERO: Esto implica que disminuye la base media de cotización. De ahí el hecho de que a pesar de haber más cotizantes y cotizar por contingencias profesionales, que antes no sucedía, se produzca en conjunto una bajada
de la recaudación. No obstante, nos parece precipitado hacer una proyección de futuro y, por ejemplo, sacar la conclusión de que se van a recaudar 63 millones de euros menos. En el propio informe, y usted lo ha comentado, se señala que esto es
relativo. Todavía se están sumando personas al nuevo sistema y tendremos que ver el efecto de las reducciones, si se suprimen, a partir del año 2014. Creo que deberían plantearse si la información que han dado, y eso que ha sido mucha y se
menciona de manera exhaustiva en el informe, ha sido suficiente. Nos da la impresión de que todavía existen bastantes empleadores que no son conscientes de los deberes que tienen en relación con la persona que trabaja en sus casas ni de las
consecuencias negativas que se pueden derivar, tanto para las personas que están trabajando como para los empleadores, en caso de no cumplir con las obligaciones que establece la legislación vigente.


Quiero decirle, para concluir, que hacemos una valoración positiva de la integración, pero creo que usted tiene que extremar sus facultades de investigación y control, de tal forma que avancemos realmente en la mejora de las condiciones
laborales y de protección social de estas personas y que podamos contribuir a aflorar el empleo sumergido que tradicionalmente ha existido en este sector. Desde luego, cuenta con nuestro apoyo para analizar la situación y para realizar algún ajuste
en el procedimiento, en caso de que haya que hacerlo, siempre que sea para conseguir un mayor grado de eficiencia en la aplicación de la normativa; siempre, desde luego, que no vaya en perjuicio de los trabajadores de este sector; siempre que se
pretenda ampliar sus derechos, por ejemplo, en materia de prestaciones de desempleo y, por supuesto, siempre que se consiga un acuerdo previo en la mesa de diálogo social, sindicatos, empresarios y Gobierno, y que se consiga el consenso entre los
diversos grupos parlamentarios en el seno de esta Comisión. Es decir, cualquier cambio que se produzca en la normativa deberá ser para que esta sea más justa y habrá que hacerlo respetando el procedimiento que se siguió en el origen: diálogo
social y consenso político. Desde luego, para transitar por este camino siempre contará usted con la colaboración de nuestro grupo (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora España Reina.


La señora ESPAÑA REINA: En primer lugar, una vez más, quiero dar la bienvenida al señor Secretario de Estado a esta que es su casa, que lo ha sido durante muchos años porque fue portavoz en esta Comisión. También quiero agradecerle que nos
haya facilitado toda esta información no solo a lo largo de esta Comisión sino con carácter previo a la misma.


Antes de entrar en la cuestión que hoy nos ocupa, de la integración del régimen especial de las empleadas de hogar, quisiera aclarar algunas cuestiones a la señora portavoz del Grupo Socialista, porque la verdad es que ha pronunciado algunas
frases como las de deriva del Gobierno en materia de pensiones, pérdida del poder adquisitivo, incertidumbre en las pensiones, etcétera. Quiero decirle que nada más lejos de la realidad, señora portavoz del Grupo del Grupo Socialista. Le recuerdo
que este año 2012 el Gobierno del Partido Popular ha subido las pensiones, a pesar de que nos encontramos con que a finales de 2011 ustedes dejaron la Seguridad Social en déficit. Le recuerdo que fueron ustedes los que congelaron las pensiones en
el año 2011. Eso sí es pérdida de poder adquisitivo. Cuando me habla de deriva de este Gobierno en materia de pensiones le tengo que decir que de eso nada, señora portavoz. En este presupuesto el Gobierno ha hecho un esfuerzo tremendo para
aportar más de 1.000 millones de



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euros adicionales para la financiación de los complementos a mínimos, y usted lo sabe, como también sabe que se va a llegar a la separación total de las fuentes de financiación en el año siguiente. ¿Recuerda la cantidad que destinaban
ustedes todos los años a esta cuestión? 300 millones de euros y en el año 2011 solo 100 millones de euros. Hubiésemos tardado décadas en llegar a la separación de las fuentes de financiación. En cuanto al Fondo de reserva, también tengo que
decirle que durante los años 2008 y 2009 ustedes hurtaron a este fondo casi 15.000 millones de euros de excedentes del sistema de Seguridad Social que tendrían que haber ido al mismo y no lo dotaron. Por tanto, no me hable de incertidumbre en las
pensiones. Vamos a dejar ya de hacer demagogia con un colectivo tan sensible. Los pensionistas deben estar tranquilos porque sus pensiones están garantizadas. Ese debe ser el mensaje que salga de esta Comisión del Pacto de Toledo.


Entrando ya en la cuestión, por hacer un poco de historia, diré que es verdad que en el año 1985 fue cuando se marcó un punto de inflexión en cuanto a la integración de los regímenes especiales, pero quiero resaltar el hito que marcó el
Pacto de Toledo en el año 1995 con su recomendación 4, que decía que la homologación de los regímenes especiales respecto al régimen general no podía circunscribirse nada más que a la protección sino que a igualdad de acción protectora también
debería ser semejante la aportación contributiva. También hay que señalar la recomendación 6, que proponía la plena homogeneización del sistema público de pensiones. De alguna forma el objetivo era que a medio y largo plazo los trabajadores
quedaran encuadrados o bien en el régimen de trabajadores por cuenta ajena o en el de trabajadores por cuenta propia. Es cierto, y aquí se ha dicho, que ha sido la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2011 la que de alguna forma
extiende la acción protectora por contingencias profesionales a los trabajadores incluidos en el régimen especial con efectos del 1 de enero, en los términos en los que luego se establecieran reglamentariamente. Pero antes del desarrollo
reglamentario también es verdad que se aprueba la Ley 27, cuando ya se ordena que se integre el régimen especial de empleados de hogar en el régimen general. Curiosamente, ha sido después de la promulgación de esta Ley 27 cuando se dicta el real
decreto por el que se extiende la acción protectora por contingencias profesionales. Quiero resaltar que esa entrada en vigor se produce precisamente el 1 de enero del año 2012, es decir, cuando ya el régimen especial está subsistiendo de una forma
absolutamente transitoria.


En cuanto a los objetivos sociales de la integración, estamos absolutamente de acuerdo con que hay que eliminar esa fuerte discriminación en materia de Seguridad Social que ha venido sufriendo este colectivo con respecto a los trabajadores
de otros sectores productivos y dotar a los mismos de una protección social equiparable a la del resto de los trabajadores del régimen general. Ahora bien, tenemos nuestras dudas en cuanto a otros objetivos, como puede ser el afloramiento de la
economía sumergida, y ya ha dicho el secretario de Estado que según la EPA son alrededor de 600.000 las personas que prestan servicio doméstico. También tenemos dudas en cuanto a la recaudación, que ha disminuido considerablemente.


Voy a obviar toda la parte de tramitación. Creemos que el legislador se ha saltado la fase de homogeneización y ha ido directamente a la de integración. Parece como si todas las particularidades que en su momento dieron lugar a que se
creara este régimen especial hubiesen desaparecido por arte de magia. Me estoy refiriendo a que el empleador es un trabajador que no tiene normalmente medios de producción, a que el centro de trabajo es un domicilio donde no puede entrar la
Inspección de Trabajo, etcétera. Esa premura del legislador se manifiesta en lo que he dicho anteriormente, en que la mejora en la acción protectora se hace efectiva cuando ya subsiste de forma transitoria. Está claro que se va a producir una
mejora en la protección de los empleados, pero también, como se ha dicho aquí, va a suponer un coste bastante considerable para los empleadores, que ya no pertenecen, como antaño, a clases acomodadas sino que suelen ser trabajadores de clase media
que necesitan una ayuda en el domicilio porque ambos cónyuges trabajan. También hay que contar con las complicaciones que han tenido que afrontar a la hora de gestionar las altas de sus empleados o a la de calcular el subsidio de incapacidad
temporal del cuarto al octavo día de baja. Habrá que esperar a esa evaluación que tendrá que hacer el ministerio para ver si se crean empleos en el servicio doméstico o, por el contrario, lo que se produce es una fuga masiva hacia la economía
sumergida.


Se ha dicho aquí que aumenta el número de afiliados pero, paradójicamente, se reduce la recaudación en 63 millones de euros. Preguntaba el señor Coscubiela si es que al señor secretario de Estado no le ha gustado cómo se ha hecho la
integración. Por supuesto le contestará él mismo, pero yo le digo que me parece muy paradójico que se pierdan 63 millones de euros en la recaudación. Creo que eso no beneficia absolutamente a nadie, pero mucho menos al sistema. Que la base media
mensual sea inferior en un 30%



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a la del año anterior me parece una auténtica barbaridad. Con respecto a la comparecencia de la señora ministra, le quiero decir al señor Coscubiela que sabe que vino aquí en el mes de mayo y en el mes de junio vino el secretario de Estado,
que aunque en principio estaba prevista la comparecencia para el Fondo de reserva luego se amplió también a la viabilidad del sistema.


Para concluir, me gustaría plantear algunas cuestiones al señor secretario de Estado. Quisiera saber si cree la Seguridad Social que este modelo que se ha escogido es el mejor para atraer a la legalidad a los trabajadores domésticos. Dadas
las conclusiones que hemos visto, de que aumenta el número de afiliados en algo más de 80.000 personas pero desciende considerablemente la recaudación, ¿qué alternativas puede haber para que más empleados de hogar se sumen al régimen general?
Creemos que el anterior Ejecutivo puso en marcha esta integración de una forma precipitada y poco clara para las familias, por las múltiples complicaciones con las que se han encontrado a la hora de tramitar toda la documentación relacionada con el
cambio de modelo. Quiero aprovechar para felicitar al señor secretario de Estado y a su equipo porque nos consta que esta integración no ha estado exenta de dificultades, que ha habido muchas incertidumbres, que se ha hecho un esfuerzo considerable
por poner a disposición de los ciudadanos toda la información necesaria, puesto que en muchos casos estamos hablando de personas sin ningún tipo de formación en el ámbito de la contratación. El Grupo Popular le agradece sus esfuerzos y le invitamos
a que valore la posibilidad de introducir mecanismos que puedan producir una mejora o una superación de estas dificultades que se han encontrado. También felicito al señor secretario de Estado por ese anuncio de que el Gobierno va a volver a subir
las pensiones (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Terminado el turno de intervención de los portavoces voy a dar la palabra al señor secretario de Estado, pero primero quiero avisarles, antes de que se produzca una desbandada, de que una vez terminada dicha
intervención nos vamos a reunir.


Tiene la palabra.


El señor SECRETARIO DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL (Burgos Gallego): Permítanme que mis primeras palabras sean para agradecer el tono constructivo de las intervenciones. Creo que una vez más se pone de manifiesto no solo el talante de sus
señorías sino el propio esquema que ha de presidir el funcionamiento de esta Comisión, que yo no entiendo como una Comisión de control al Gobierno sino que creo que es de análisis y seguimiento de las recomendaciones del Pacto de Toledo y de sus
desarrollos normativos y legislativos. En todo caso, nos sentimos igualmente controlados y realizamos las comparecencias con la amplitud que ustedes consideren. Pero entiendan que también hay otras comisiones que sí son estrictamente de control y
a veces las materias que se suscitan tienen su residencia en otros ámbitos del propio Parlamento. En todo caso, tienen mi compromiso de comparecer en la medida de lo posible, porque tampoco el Pacto de Toledo es un lugar en el que tenga que estar
permanentemente presente la Administración, puesto que tiene su propio ámbito y su propia dinámica de funcionamiento interno -los que hemos sido miembros de esta Comisión durante muchos años lo sabemos- y no depende, en absoluto, de la presencia de
los miembros del Gobierno que, en todo caso, estamos encantados de comparecer cuantas veces lo estimen conveniente.


Intentaré mantener el orden de las intervenciones, pero quiero comenzar haciendo una afirmación muy clara. Estimamos que a todos los efectos queda mucho por recorrer en el ámbito de la integración de las empleadas o empleados de hogar en
nuestro régimen general de la Seguridad Social, no solo para aflorar esa economía sumergida, ese empleo irregular que sigue siendo todavía muy importante, sino también en cuanto a la efectiva protección de esos ciudadanos, acorde con lo que son las
exigencias de un sistema contributivo como el que nosotros disfrutamos. El objeto de este informe no era únicamente realizar un análisis cuantitativo del volumen de afiliación que se haya podido conseguir, que en todo caso va variando mes a mes y
depende de muchos factores -sin duda un incremento de la afiliación es positivo, pero si hubiera sido negativo mi valoración, créanme, sería la misma-, sino que creo que estamos obligados a hacer un análisis de calidad interna -nos interesa tanto el
número como la calidad de esa afiliación- y ver en qué medida el nuevo sistema está diseñado para mejorar la situación precedente. Pienso que la realidad no debe juzgarse por las intenciones sino por los hechos, por los datos que la confirman.
Esto se hizo, entiendo, para mejorar la situación anterior, y hay datos que evidencian que no se ha mejorado, pero no en el volumen total de afiliación sino que en la realidad el ciudadano que está en este régimen ha mermado sus aportaciones, su
base media de cotización y sus capacidades de generar derechos propios. Yo creo en un sistema en el que el ciudadano tenga todos los instrumentos a su favor para generar sus propios derechos a una futura pensión. Claro que creo que un sistema de



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solidaridad, pero la solidaridad es un instrumento para llegar a un objetivo y este tiene que ser que todos los ciudadanos que estén integrados en un régimen por cuenta propia o, como en este caso, en uno por cuenta ajena tengan el mayor
conjunto de mecanismos de protección social generados por su propia aportación, por su propia cotización. Todo lo demás podrá ser positivo desde un punto de vista transitorio o coyuntural, pero anclarse en un principio de solidaridad como objetivo
final y exclusivo me parece profundamente equivocado en un sistema de reparto y contributivo como es el español.


Señora Davila, con independencia de que nos guste más o menos el procedimiento mediante el que se aprobó la Ley 27 y algunos contenidos concretos de la misma, teníamos un mandato legal para comparecer aquí. No es que lo hagamos en demérito
de aquella ley sino que lo hacemos en positivo, precisamente porque creo que es conveniente que la Administración nutra a esta Comisión de elementos de juicio, y este informe, como otros que ya hemos remitido, los planteamos con esa voluntad, que no
es la de un revisionismo a ultranza, en absoluto. Nosotros nos encontramos con un proceso de integración en marcha y fuimos respetuosos con el mismo, aunque no era el que probablemente hubiéramos puesto en marcha, se lo digo con toda la seguridad.
Nos parece que no se puede bromear con estas cosas y que no se puede introducir a la gente en procesos de modificaciones permanentes que afecten a un ámbito tan singular como es el del servicio doméstico, el hogar familiar. Por respeto a los
ciudadanos concernidos, empleadores y empleados, mantuvimos la previsión de desarrollo del periodo transitorio de seis meses. No hicimos juicios de valor ni interpretaciones a priori y entendimos que era adecuado dejar pasar los seis meses y luego,
por ese mandato legal que ha recordado el portavoz de Convergència i Unió, estimamos conveniente presentar este informe.


Quiero recordarles que la primera medida que tomó este Gobierno fue precisamente aprobar nuevos incentivos, en la propia orden de cotización que desarrolla el presupuesto prorrogado del año 2012, porque nos parecía muy importante estimular
un proceso de estas características. Por eso incorporamos bonificaciones que no se contemplaban, entre otras cosas, para evitar el subterfugio de que gente pudiera dar de baja a personas que estaban desarrollando una actividad formal simplemente
para volverlos a dar de alta una semana después y acogerse a las nuevas bonificaciones. El sistema adolecía de imprecisiones, de planteamientos erróneos y no movía a una regularización razonable, sino que en muchos casos conducíaa a cambios de
formulación simplemente en la búsqueda de un beneficio concreto. Nuestra voluntad ha sido actuar con gran responsabilidad y, como en otras integraciones, se requiere de un gran cuidado en este periodo, porque son procesos complejos y han de
gestionarse adecuadamente. No le compensa a nadie -y desde luego no le ha compensado a este Gobierno- introducir confusión ni crear perjuicios en personas que habían cumplido con la legalidad, que habían realizado todos los procedimientos
pertinentes para dar de alta a sus empleados y hacerlo además dentro del periodo transitorio.


Lo más característico de la relación laboral especial es el entorno -aquí se ha dicho- donde se produce, el hogar del empleador, y eso exige prudencia, cautela y rigor. Es verdad que estamos ante un conjunto de personas que ya están en el
régimen general -usted lo ha dicho-, pero no dejan de estar en un sistema especial dentro del régimen general, atendiendo a sus peculiaridades, lo que significa que hay que ser muy cauteloso con el instrumento de la integración para no acabar
perjudicando a aquellos que se pretende beneficiar, a los que se quiere mejorar respecto a la situación anterior. Están en un sistema especial por algo, porque reúnen unos requisitos y unas condiciones diferentes al de otros ámbitos protegidos
también por ese régimen general. Sea economía sumergida o de supervivencia tiene que ser necesario ayudar, impulsar y favorecer que acaben en la economía regular, con las ayudas, especificidades y apoyos que sean pertinentes. Hay un sistema que
obliga a realizar más cotizaciones que antes. El nuevo sistema supone, a medio plazo, un incremento de las cotizaciones de los empleadores. Quizás a corto plazo se pueda ver compensado por esas reducciones, pero el esquema es el de un incremento
progresivo de las aportaciones. De hecho hemos presentado en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 la primera de esas ampliaciones: el 0,9 adicional año a año. Sean conscientes de que si esto se mantiene así, el
incremento del tipo de cotización va a suponer un elemento de disuasión, al menos para una franja -por pequeña que sea- de los que están sujetos a este ámbito.


Les insto a que reflexionen en la Comisión del Pacto de Toledo sobre el sistema de estímulos por la vía de reducciones, que suponen un esfuerzo muy importante para el sistema de Seguridad Social, porque reducir cuotas es claramente un
instrumento de solidaridad y es un instrumento para favorecer su integración en el régimen general. Me decía: si ya están en el régimen general, tratémosles como a los demás. Entonces quienes les emplearon no podrían tener reducciones. Tienen
reducciones porque, aunque estén en el régimen general, todos somos conscientes de lo que ocurre con esas personas, del



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ámbito en el que desarrollan su actividad y de los riesgos de que una decisión equivocada pueda empujar a una parte de ellos fuera del sistema. Las comparecencias que tengan que celebrarse en los próximos días serán los lugares para hablar
del Fondo de reserva y de los incrementos de las pensiones. Hoy merece la pena hablar de las empleadas del hogar y quiero creer que es importante que, con independencia de otras cuestiones de actualidad que -insisto- pueden sustanciarse todos los
días en el ámbito parlamentario de esta Cámara y del Senado, podamos atender específicamente a un sector de la sociedad que merece este tipo de debates.


Señor Cuadra, he empezado mi intervención haciendo una referencia expresa al ámbito subjetivo de aplicación de este régimen, porque somos conscientes de que siempre se ha identificado con labores de limpieza, pero la naturaleza de este
régimen es mucho más amplia y caben actividades de todo tipo -y las he citado expresamente-, como las del cuidado y atención, no solamente a personas mayores, sino también a niños. El ámbito subjetivo del hogar es mucho más amplio que el servicio
de limpieza al que habitualmente se le ha adscrito. Quizás uno de los elementos a considerar en el próximo futuro sea que el ámbito del hogar adquiera de verdad esa dimensión de servicios a la persona mucho más amplio del que hasta ahora ha gozado.
Soy de los que piensa que gran parte de la recuperación de esa afiliación también puede venir por la vía de incrementar el nivel de cobertura de nuestro régimen del hogar.


Ha dicho que dedicamos diez páginas a la gestión, es que gestionar un proceso de estas características ha supuesto mucho esfuerzo. Ha habido muchos funcionarios que se han dedicado en exclusiva a esta materia, sin necesidad de un servicio
específico y propio. Los centros -y aquí están el director general de la Tesorería de la Seguridad Social y la directora general del INSS- han tenido que abrir por las tardes para poder atender algunas necesidades de los ciudadanos, pero no se han
producido más que puntuales aglomeraciones de personas en los centros. El proceso se ha desarrollado con bastante tranquilidad y donde ha hecho falta un esfuerzo adicional se ha hecho por la vía de dedicar funcionarios a la explicación de estas
materias y de ampliar el horario, algo que en un entorno de restricciones presupuestarias le puedo decir que no es precisamente fácil.


El señor Coscubiela ha dicho que no nos gusta cómo se ha hecho. He empezado por decir que probablemente este sistema de integración hubiera merecido una ley específica -lo he repetido en muchas ocasiones- como la ha tenido el régimen
agrario y otros mecanismos de integración. Hubiera merecido una ley específica y hubiera sido la fórmula con la que todos habríamos acertado en mayor medida para diseñar un modelo de futuro en el ámbito del servicio doméstico. En cuanto a la
petición de comparecencia, hay tiempo para todo. Estoy convencido de que se va a cansar de verme comparecer en esta Comisión para hablar de lo que considere oportuno, no con ánimo de que sea altavoz de nada, sino con el ánimo de contribuir a
garantizar el sistema de pensiones con su colaboración.


Es un primer balance, no podría ser de otra manera, y hemos querido que esta Comisión fuera el ámbito en el que se discutiera y se planteara. Podríamos haber hecho otro tipo de manifestaciones, incluso podríamos haber venido con una
propuesta formal de modificaciones, pero creo en el Pacto de Toledo y que en este espacio es posible establecer mecanismos de consenso político mucho más fáciles de trasladar después al consenso social. En este ámbito es posible, sin menoscabar el
contenido de la ley, instrumentar mecanismos de mejora. No creo que las leyes sean intocables y a veces, si detectas pronto el problema, es mucho más fácil atajarlo que si se convierte realmente en algo crónico, que luego es más complicado de
deshacer.


El objetivo fundamental -no lo he planteado yo, sino quienes impulsaron esta reforma- era aflorar la economía sumergida. Si he citado la EPA -que por cierto no aparece en el informe, sino que la he citado en mi intervención- es porque el
argumento central que se utilizó -les puedo recordar las hemerotecas- para impulsar esta reforma fue el enorme problema de economía sumergida en este ámbito y la inmensa bolsa de economía irregular que había que aflorar. Se planteaba esa diferencia
entre la afiliación de la Seguridad Social y los datos que identificaba la EPA. Si no le gusta hablar de la EPA, no tengo ningún inconveniente en no volver a hablar de ella, pero era por establecer una relación con los argumentos que dieron lugar a
esta cuestión. Hay que hablar de la afiliación y de la EPA, y hay que poner cada elemento en su contexto. Insisto en que es muy importante destacar que si se produce una merma de ingresos para el sistema, sufre el conjunto del sistema y sufren
también las personas que esperan de ese sistema una satisfacción futura de sus aportaciones, sean estas mayores o menores. No voy a decir que nos dé lo mismo ni que a usted le dé lo mismo, pero si nos aproximamos a este asunto con la sensación de
que, aunque no aporten lo suficiente, para eso están los demás miembros del sistema para corregirlo, no, cada sistema -y el proceso de integración de regímenes tiene fundamentalmente ese



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objetivo- debe ir contribuyendo en mayor medida a equilibrar el conjunto de aportaciones y de prestaciones. La especificidad que ha justificado históricamente la existencia de regímenes era que de alguna manera estaban subvencionados
fundamentalmente por el régimen general. El proceso de integración tiene mucho que ver con superar esa situación para que todos los regímenes especiales acaben siendo regímenes autosuficientes con un nivel de equilibrio entre cotizaciones y
prestaciones.


Nos pide prudencia y calma, tanta prudencia y tanta calma que hemos traído precisamente el instrumento para un debate tranquilo, sin ninguna premura. Respecto a la participación de los agentes sociales, eso dependerá de ustedes, porque es
esta Comisión la que puede soberanamente convocar a quien considere oportuno para que se debata esta cuestión. Anticipándome al debate que planteaba el señor Campuzano, sin duda la política fiscal puede ser un instrumento. Hay que ver con mucho
interés las formulaciones que se han arbitrado en otros países, que se sostienen en gran medida en incentivos fiscales. Bien es verdad que no es el mejor momento para plantear ese tipo de debates en la realidad actual española, pero tenemos que
estar abiertos a, en su momento, cuando sea posible, darle una vuelta al apoyo fiscal a este tipo de iniciativas. Antes de eso es posible hacer muchas cosas en el propio ámbito de la Seguridad Social, en el diseño de una relación laboral menos
compleja, sin merma ninguna de la protección social, porque en eso todos estamos absolutamente de acuerdo.


Al señor Olabarría, que ya se ha marchado, quiero decirle que el papel de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social es importante, pero en este ámbito doméstico encuentra un obstáculo que, por la propia naturaleza del hogar, tampoco hay
que menospreciar y es que sin autorización expresa nadie puede entrar en el domicilio particular. Hay otros instrumentos y somos conscientes -y hay experiencias que se han realizado en los últimos meses- de que es posible controlar o hacer un
seguimiento preciso del ámbito del hogar sin que los ciudadanos puedan sentirse violentados o todavía más presionados, además de con un incremento de las cotizaciones, con un control sobre su propio domicilio. No es ese el modelo al que aspiramos
ni mucho menos el que queremos. Ya tendré tiempo de discutir con el señor Olabarría lo que es el déficit; el superávit; el saldo mes a mes, que no tiene nada que ver con el resultado final del sistema cuando acaba el año; los déficit
presupuestarios y los problemas de liquidez, pero como no está vamos a trasladar esta reflexión a otro ámbito.


Coincido muy notablemente con el señor Campuzano en sus consideraciones. Hemos demostrado que estábamos dispuestos a aplicar un sistema -insisto- que nos hemos encontrado en marcha. Hay que identificar por qué se han caído esas 74.524
personas por el camino. Más importante que identificar de dónde han salido los nuevos afiliados, nos debería preocupar a todos por qué ha habido una parte muy importante de la afiliación que no ha sido capaz de soportar el nivel que incorporaba el
nuevo sistema. Estas 74.524 personas le preocupan a este Gobierno y está dándole vueltas para ver si podemos encontrar alguna fórmula para recuperar una gran parte de las mismas. Francamente, con toda sinceridad, no creo que hayan abandonado la
economía. El modelo les ha sacado de la economía regular, ahí está la justificación más clara de por qué tenemos que intentar mejorar el modelo tal y como lo hemos encontrado. Es verdad que la Comisión Europea está reflexionando profundamente
sobre esta cuestión y que a lo largo de este año puede elaborar algún informe que pueda ayudarnos en esta dirección. Está evaluando de forma muy notable el coste del no empleo. No tanto los costes laborales de la actividad ordinaria, sino cuál es
el coste para una sociedad del no empleo, del no registro de una actividad, del no desarrollar esa actividad con plena naturalidad en el ámbito de la economía regular, y esto nos va a venir muy bien también en el proceso de mejora de este sistema.


Respecto a arbitrar los sistemas más simples posibles, es factible instrumentar medidas para las cuales quizá no haga falta ni siquiera modificar la ley simplemente se puede hacer con desarrollos reglamentarios, que permiten incluso
transferir en algunos casos la responsabilidad al empleado. Quiero trasladarles a sus señorías que hay otros sectores dentro del régimen general que lo hacen, por lo que no estaríamos creando ningún tipo de consideración especial para estos
ciudadanos, más allá de la que les permitiría mejorar el nivel de aportaciones y de afloramiento de la economía sumergida. Hay otros modelos, dentro del régimen general, en los que las responsabilidades de afiliación, de alta, de bajas, incluso de
cotización, son del propio empleado, y están perfectamente integrados, acomodados y además con unos resultados razonablemente buenos. Soy partidario de mejorar el papel que las empresas de servicios pueden jugar en esta materia. La cotización es
un obstáculo en estos momentos para el desarrollo de ese tipo de empresas. Si una persona, contratando directamente, cotiza al 22% y contratando, a través de una empresa, cotiza al 30%, obviamente nunca buscará una empresa de servicios para que le
brinde la misma actividad que puede conseguir directamente. Sin embargo, ahí tenemos un nicho de empleo muy



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importante, que por cierto a la Seguridad Social también le vendría bien en términos de afiliación. Recojo su propuesta de ampliar la mirada, de hablar no solamente del ámbito doméstico, tal y como lo concebimos hasta ahora, sino como el
conjunto de servicios al hogar y a las familias, que es muy importante.


Señora Valerio Cordero, respecto a lo de la deriva en materia de pensiones, a un Gobierno que en dos años va a completar la separación de fuentes, no le quepa a usted la menor duda de que es la apuesta más importante por la sostenibilidad
del sistema que se puede dar en estos momentos; hay que poner cada cosa en su sitio. Entiendo que ustedes tengan que hacer oposición, pero esta tiene que tener matices y rigor. Han anunciado -tengo aquí las declaraciones de todos y cada uno de
sus miembros- que íbamos a acortar el periodo transitorio para los sesenta y siete años, a llevar el periodo de cálculo a toda la vida laboral, a suprimir la paga extraordinaria de los pensionistas y a congelar las pensiones para el año 2013. Todo
esto se va desmontando paulatinamente, como se desmontarán otras afirmaciones que están haciendo en estos momentos. No me gustan las políticas de juicios de intenciones, y en materia de pensiones probablemente mucho menos, me gusta la política de
hechos y de datos. Cada cosa tiene su momento y cada decisión tiene su lugar y anticipar debates con el único ánimo de crear dudas e incertidumbres no es aconsejable desde mi punto de vista. Le he comentado que no es solo cuestión de cantidad, que
valoramos el incremento de la afiliación de forma importante, pero fundamentalmente nuestro análisis tiene que ser cualitativo y el buen funcionamiento de este sistema, tal y como usted lo define, se justifica poco con la pérdida de esos 74.524
ciudadanos a los que el modelo ha expulsado cuando estaban de alta en el propio sistema. Ha habido información suficiente y precisa. Ha habido dedicación y si la ha habido para que haya un incremento del 29% de afiliación, también la habría habido
para no perder -si esa fuera la razón- a esas personas que se han perdido por el camino. Si el sistema funciona bien para conseguir afiliación, también funcionará bien esa información, que no ha sido la razón por la que se ha producido esta pérdida
de afiliación. La información ha sido la adecuada, el periodo transitorio quizás ha sido demasiado largo, porque a veces es mejor acelerar los procesos para que esos cambios se produzcan lo antes posible. Me quedo con su disposición al acuerdo
mediante los ajustes pertinentes, que se pueden y se deben hacer. Además me parece que su grupo es básico para que esto se pueda desarrollar con absoluta tranquilidad, normalidad y pensando siempre en la mejora de la protección social de este
conjunto de ciudadanos.


A la señora España quiero agradecerle sus palabras. Tiene mucha razón cuando dice que evidentemente este Gobierno no se ha encontrado la Seguridad Social en el mejor de los momentos. Habiéndosela encontrado en déficit, y conociendo ustedes
que esto es como un gran transatlántico que hasta que empieza a girar necesita su tiempo y su distancia, tenemos que tomar decisiones y medidas que tienen mucho que ver con la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones. No se nos puede criticar
al mismo tiempo diciendo que ponemos en riesgo el sistema de pensiones y que tomamos aquellas decisiones que permiten que los ciudadanos sigan cobrando puntualmente sus pensiones mes a mes. Habrá que dotarnos de todos los instrumentos a nuestro
alcance sin perder el objetivo fundamental, que es que los ciudadanos deben ver satisfechas sus expectativas y la Administración colmar sus compromisos y sus obligaciones con el conjunto de los pensionistas españoles.


¿Este modelo es el mejor? Probablemente no, porque es mejorable, como todos los modelos de Seguridad Social, pero como las reformas en materia de Seguridad Social son reformas permanentes y que deben de irse ajustando a las realidades, si
identificamos que se han producido problemas, es pertinente no esperar para resolverlos y acumular cuestiones que no son buenas para el conjunto del sistema y específicamente para este régimen. ¿Hay alternativas? Las hay y algunas las he
comentado. Quiero que sus señorías sean los que puedan debatir sobre esta cuestión y, si es posible -y así lo consideran-, trasladar al Gobierno algunas recomendaciones en esta materia. Estamos dispuestos a traer cuanta información sea precisa y
sea solicitada por la Comisión y favorecemos cualquier posibilidad de acuerdo político y social.


Hay modificaciones que se podrían tomar sin reforma legal. La única modificación legal que sería necesaria sería aquella que afectara, por ejemplo, a la enorme complejidad de los tramos de bases de cotización. No tiene ningún sentido, y
desde luego los técnicos de la Seguridad Social no acaban de entender por qué se han establecido quince tramos de cotización en un régimen de estas características, cuando -como les he trasladado hoy- se está produciendo una acumulación
prácticamente total o en el tramo más alto o en los dos o tres tramos más bajos. Para favorecer una menor complejidad del sistema sería adecuado reducir los tramos de cotización. Sería mucho más simple, porque en la medida en que haya tantas bases
y tramos, la posibilidad de que un ciudadano empleador tenga que estar todos los



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meses trasladando cambios en esas cotizaciones es mucho más alta. Este es uno de los problemas denunciados ante el Defensor del Pueblo y ante los servicios de la Seguridad Social: la necesidad de tener que estar mes a mes cambiando los
criterios de cotización cuando todos somos conscientes de que en un hogar la situación puede cambiar de un mes a otro y a lo mejor lo que hasta un determinado momento se podía satisfacer con cuatro, cinco o seis horas a la semana, de repente se
necesitan catorce, y tener que estar comunicando a la Tesorería General de la Seguridad Social todos los meses cambios de esa naturaleza no abunda en la idea de la simplificación.


Muchísimas gracias a todos ustedes por sus intervenciones y no duden en que en cuanto sea posible procederemos a colmar esas peticiones de comparecencias para hablar de otras cuestiones de nuestro sistema de pensiones.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado, por sus palabras y por su información. Siempre ha sido gratamente recibido en esta Comisión y esperamos verlo pronto en la misma. Se levanta la sesión, y vamos a reunirnos
los miembros de la Mesa en un momento.


Eran las siete de la tarde.