Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 110, de 29/05/2012
PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2012 X Legislatura Núm. 110

INTERIOR

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN CARLOS APARICIO PÉREZ

Sesión núm. 7

celebrada el martes,

29 de mayo de 2012



ORDEN DEL DÍA:


Proposiciones no de ley:


- Relativa a la protección del patrimonio histórico-artístico frente al expolio y la exportación ilegal. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000262). ... href='#(Página2)'>(Página2)


- Sobre seguridad privada. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000526). ... (Página5)


- Sobre reforma de la Ley de Seguridad Privada. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 161/000581). ... (Página5)



Página 2





- De cooperación entre Policía local y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 161/000519). ... (Página7)


- Por la que se insta al Gobierno a promover una reforma de la actual normativa sobre seguridad privada que impulse la intervención de estos agentes en la vigilancia perimetral de los centros penitenciarios. Presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 161/000309). ... (Página10)


- Sobre la represión policial de las movilizaciones ciudadanas. Presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural. (Número de expediente 161/000293). ... (Página12)


- Sobre la identificación mediante placa y número de los agentes de la Unidad de Intervención Policial del Cuerpo Nacional de Policía. Presentada por el Grupo Parlamentario Mixto. (Número de expediente 161/000363). ... href='#(Página12)'>(Página12)


- Sobre erradicación del mailing electoral. Presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. (Número de expediente 161/000032). ... (Página18)


Se abre la sesión a las diez y cuarenta minutos de la mañana.


PROPOSICIONES NO DE LEY:


- RELATIVA A LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO FRENTE AL EXPOLIO Y LA EXPORTACIÓN ILEGAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000262).


El señor PRESIDENTE: Vamos a dar comienzo a la sesión de la Comisión de Interior en la que procederemos al debate y votación de una serie de proposiciones no de ley. A efectos procesales permítanme informar que los proponentes de las
proposiciones no de ley sobre seguridad privada, números 2 y 3 del orden del día, han sugerido -y a la Presidencia le parece correcto- la agrupación de las mismas por su igual naturaleza. Quedo a la espera también de una posible agrupación de dos
de las proposiciones, las números 6 y 8, pero en este caso sería necesario contar con el concurso y la aquiescencia de los proponentes para saber si son susceptibles de agrupación. Conocen las normas, para los grupos proponentes serían diez minutos
para su exposición y rogaría que en los turnos que puedan proceder, bien para la presentación de enmiendas bien para la fijación de posición, nos atengamos todos a los tiempos inicialmente previstos en el Reglamento. El lenguaje semafórico operará
en la parte alta de las columnas, lo digo para que sepan ustedes que es novedoso respecto a otras veces, ahí se indicarán los colores tradicionales: verde, naranja y rojo, a efectos de tiempo y para que pueda también ser una ayuda para sus
señorías. Dicho lo cual, comenzaríamos por la proposición no de ley número 262, del Grupo Parlamentario Popular, sobre la protección del patrimonio histórico-artístico frente al expolio y la exportación ilegal. Por parte del Grupo Parlamentario
Popular, para su presentación, tiene la palabra la señora Vázquez.


La señora VÁZQUEZ BLANCO: Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Popular para defender esta proposición no de ley sobre el expolio y la protección del patrimonio histórico-artístico y la exportación ilegal. En primer lugar, tengo que
dar las gracias a mi portavoz, don Conrado Escobar, por darme hoy esta oportunidad de defender esta iniciativa tan importante y que llevábamos meses trabajando en ella, habida cuenta de la situación que cada día se agrava más. El patrimonio
histórico-artístico es objeto de frecuentes actos de expolio y exportación ilegal para su venta, habitualmente a través de subastas en Internet. Esta práctica constituye una verdadera amenaza para el patrimonio artístico español, ya que una gran
mayoría de las obras sustraídas no están catalogadas, dificultando su correcta identificación en un posterior proceso de investigación y posible recuperación.


El mundo rural es especialmente vulnerable a este tipo de amenaza. Galicia, Castilla y León y La Rioja son comunidades en las que sus parroquias e iglesias se ven amenazadas tras estos robos de obras pictóricas, escultóricas o de orfebrería
religiosa, que constituyen un objetivo fácil y codiciado para los delincuentes, especialmente cuando estas iglesias o capillas están alejadas de núcleos urbanos. Tengo que recordar los seis robos recientes que han sucedido en mi provincia y los
seis en capillas alejadas como en el caso de Vilardevós, en el caso del Xurés, en pleno parque natural, en Quintela de Leirado, en Albarellos o en mi pueblo, en Bande, donde nos han sustraído un cáliz regalado por Alfonso XIII.



Página 3





En muchas ocasiones el robo de una obra de arte religiosa no se denuncia de forma inmediata. Una parte importante de las iglesias y ermitas de nuestro medio rural, al encontrarse alejadas, son fáciles de acceder para robar. Con demasiada
frecuencia, cuando se produce un robo, este no es descubierto hasta muchos meses después de su perpetración, dificultándose la investigación y posible recuperación de las obras sustraídas. En el entorno internacional es esencial la colaboración con
otros cuerpos policiales como Interpol o Europol y las unidades especializadas de las policías de otros países. Es frecuente que las obras que se están robando en Galicia estén pasando a Portugal. A pesar de lo expuesto y de la excelencia de los
cuerpos implicados en la lucha contra el robo y tráfico de obras de arte, el incremento de la actividad delictiva en este ámbito exige el refuerzo de los medios disponibles y la puesta a disposición de nuevos instrumentos para la lucha contra esta
modalidad criminal. A pesar del avance producido desde el punto de vista legislativo y de la cooperación europea internacional, a través de la directiva 93/7/CEE del Consejo, de la Convención de la Unesco, la mayor parte de las intervenciones
policiales, como dije anteriormente, tienen lugar después de cometerse la ilegalidad, no atajándose la raíz del problema y resultando muy recurrentes los diferentes tipos de delitos.


Por otra parte, el pasado 1 de marzo entró en vigor el Plan para la defensa del patrimonio histórico español implantado por la Dirección General de la Guardia Civil, entre cuyos cometidos destacan la elaboración de un catálogo de lugares que
puedan contener bienes culturales y artísticos, así como la valoración de los posibles riesgos. El Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil están participando como socios colaboradores en el proyecto Psyche, destinado a mejorar la base de
datos de obras de arte sustraídas de Interpol. Entre las siguientes fases en las que se encuentra está la creación de un sistema de mensajes común, el desarrollo de las herramientas informáticas que facilitan la transferencia directa de
información, desde las bases de datos nacionales a las bases de datos de Interpol, así como la integración de un módulo para la comparación de imágenes. Debemos desarrollar también un sistema de comparación de imágenes del que se debe dotar la
nueva herramienta informática que proponemos en nuestra proposición no de ley, que debería de ser compatible con el que se implemente en el proyecto Psyche, que es el proyecto de obras sustraídas de Interpol. Sería conveniente elaborar un protocolo
de actuación para las unidades policiales encargadas de la prevención e investigación de los hechos atentatorios contra el patrimonio histórico español e implantar un procedimiento para que la nueva base de datos pueda incluir información relativa a
las sustracciones que se produzcan en las comunidades autónomas dotadas de sus propios cuerpos de seguridad.


Nosotros, desde el Grupo Popular, creemos necesaria la elaboración de un catálogo, como dije antes, de emplazamientos o lugares en los que se encuentran o pueden encontrarse bienes culturales y obras de arte, incluidas las obras de arte
religioso de iglesias o ermitas ubicadas en entornos apartados de los núcleos de población. Debemos de impulsar el control de la exportación e importación de bienes pertenecientes al patrimonio histórico español, mediante el seguimiento de las
operaciones sospechosas, así como mejorar los mecanismos de control de las prospecciones arqueológicas o acuáticas y estudios de los fondos marinos. También se considera necesario controlar, mediante identificación y registro informatizado, el
acceso de personas a archivos y bibliotecas con documentación histórica, las visitas realizadas y los fondos consultados. Pensamos todos en este momento en el Códice Calixtino.


La creación de una nueva herramienta informática común para las unidades deberá incorporar un sistema de comparación de imágenes y varias bases de datos diferenciadas, obras de arte clasificadas, incluyendo fotografías y descripción
detallada. Como dije anteriormente, hace dos meses nos han robado un cáliz regalado por Alfonso XIII en una visita que había hecho a Bande y nosotros, a día de hoy, no tenemos ninguna foto que poder entregarle a la policía para decirle lo que
estamos buscando, porque no existe ninguna foto de ese cáliz. Debemos hacer una descripción y tener un catálogo de todas las piezas, así como las que han sido ya robadas, empresas dedicadas a la compraventa y libros de policía incluyendo fotografía
y descripción precisa de cada una de las obras. Este sistema informático debe estar contrastado con el sistema de información de Europol e Interpol. El sistema debería de poder se consultado no solo por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, sino también por los ciudadanos particulares que podrían registrar obras de arte de su propiedad o, en muchos casos, proporcionar información sobre las piezas robadas que allí se exponen. Por todo esto presentamos esta proposición no de
ley, en la que incluimos proteger el patrimonio histórico promoviendo instrumentos y herramientas informáticas comunes para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que permitan el registro de las obras de arte, la rápida identificación de
aquellos que hubieran sido sustraídos y el establecimiento de un sistema de alerta temprana y, por otra parte, reforzar la labor de la Brigada de Patrimonio Histórico del Cuerpo Nacional de Policía y del Grupo de Patrimonio Histórico de la Guardia
Civil en la lucha contra el expolio de las obras de arte religiosas en las zonas rurales.


Señorías, debemos intentar colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para luchar contra el expolio del patrimonio artístico y no esperar, como recientemente sucedía en la provincia de Orense, a la maldición de la talla
religiosa. El ladrón roba una talla de San Pedro, no solo no logró vender la talla, porque en realidad se equivocó de botín y la imagen que se llevó de la capilla no tenía ningún valor artístico o religioso al ser una copia de otra original,
también robada, sino que además en las semanas posteriores al robo le sobrevinieron tantos infortunios que terminó por pensar que



Página 4





aquello era como una maldición: la maldición de la talla de San Pedro. El ladrón se va a confesar a la Guardia Civil, se desprende de la talla de San Pedro en el monte y dice que la abandonó porque tras robarla el 23 de marzo de este año,
tuvo un accidente de tráfico, perdió su trabajo, perdió a su novia y se cortó dos tendones. (Risas). Esperemos que la casualidad no nos devuelva las tallas y que precisamente sean las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la colaboración
ciudadana y la colaboración de este Congreso, intentando que todos los grupos apoyen esta iniciativa, la que devuelva las tallas religiosas. (Un señor diputado: Muy bien.-Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Es inevitable acordarse de San Pedro y el criado Malco, que en este caso también sufrió de las iras del mismo. Existe una enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. Antes de dar la palabra al señor
Cortezo, quiero anunciarles, a efectos de organización, que las votaciones no tendrían lugar en ningún caso antes de las doce y media. Lo digo para que puedan organizarse. Esperemos que a esa hora sea factible, es la estimación que se ha manejado,
pero para que puedan acudir a cualquier otro tipo de compromiso, que sepan que las votaciones serían a partir de las doce y media. Para la presentación de la enmienda del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Cortizo.


El señor CORTIZO NIETO: En primer lugar, quiero señalar que el Grupo Socialista está de acuerdo con el fondo de la proposición no de ley que presenta el Grupo Popular, pero quisiéramos hacer algunas matizaciones que justifican la enmienda y
basarla en la necesidad de ir un poco más allá de lo que plantea la proposición no de ley. Quisiera señalar un par de apuntes. En la proposición no de ley se señala la especial vulnerabilidad del mundo rural para la protección de obras del
patrimonio histórico-artístico. La proponente se refiere especialmente al patrimonio histórico-artístico en manos de la Iglesia. Siendo cierto, como muy bien sabe la proponente, no es menos cierto que fuera del mundo rural -y ella citó el caso del
Códice Calixtino- también hay una vulnerabilidad notable y a la que también habría que prestar atención. También quiero matizar que efectivamente desde hace muchos años se viene produciendo un expolio en el patrimonio en manos de la Iglesia, que
parte es por sustracción, pero no todo. Ha habido, sobre todo hace años, un comercio de piezas de obras de arte procedente de templos, capillas, ermitas y demás, que no procedían de la sustracción, al menos entendida en un sentido clásico, porque
sí que pudiera considerarse que hay sustracción, sino que era un comercio en el que el agente comercializador era parte de la institución que debería salvaguardarla. Para entendernos en lenguaje común, muchos sacerdotes y curas de ámbito rural que,
por las razones que fueran, vendieron buena parte del patrimonio al que podían acceder.


Quisiera también plantear la idea de que no se trata solo del patrimonio en manos de la Iglesia, del patrimonio histórico-artístico religioso, entre comillas, sino que habría que extender la consideración, puesto que también en los últimos
tiempos se viene observando una actividad de la delincuencia notable en este sentido, a los yacimientos arqueológicos, que se han convertido en un objetivo de primer orden para muchos delincuentes. Si en un caso, como dice la proposición, se les
llama delincuentes de guante sacro, a los de los yacimientos arqueológicos no se me ocurre ninguna, pero en todo caso sería similar.


Porque hay alguna consideración que hacer en cuanto a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se encargan de las investigaciones, nosotros proponemos en la enmienda que al sistema puedan acceder también las policías autonómicas.
La lucha contra la delincuencia exige coordinación entre todos los actores implicados en ella y, sin duda, las policías autonómicas tienen un importante papel ahí y, por tanto, debería establecerse el sistema de forma que las policías autonómicas
también tuviesen acceso para que pudiese existir la mejor de las coordinaciones. En el segundo punto introducimos la cuestión de los yacimientos del patrimonio histórico-artístico o científico, tanto marino como terrestre, tratando de incluir ahí
otros campos de trabajo de la delincuencia que actualmente ofrecen un nivel alto de desprotección. En general, no está puesto en la enmienda, pero incluso se podría llegar a una transaccional. Lo comento sin mayor intención. Todas las
instituciones, se traten de instituciones científicas como universidades o institutos de investigación del consejo que tienen control sobre determinados yacimientos o instituciones como la Iglesia o particulares en propiedad de obras de arte
relevante constitutivas de ser parte del patrimonio histórico-artístico debería de haber alguna fórmula, no diré obligatoria, pero sí que incentivase unas mejores medidas de protección. Es verdad que lo que se ha dicho y alguna cosa ha habido en
prensa sobre yacimientos arqueológicos es por la falta de protección por parte de la institución correspondiente, en el caso, por citar lo concreto también, del Códice Calixtino, que se citó en la intervención de la proponente, la desprotección en
que se encontraba el códice -no daré detalles que he conocido en función del propio trabajo- era clamorosamente alarmante. No solo el códice, otros documentos valiosos, incluso más valiosos que el propio códice, estaban al alcance prácticamente de
cualquiera. Está bien que se potencie a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, está bien que se dote de más medios y está bien todo lo que se haga en torno a la defensa del patrimonio histórico-artístico, por eso estamos de acuerdo con la
iniciativa, pero también hay una parte muy importante que es la parte privada, la parte tenedora en propiedad de esas obras del patrimonio histórico-artístico, a la que de alguna manera hay que conducirla -insisto, no quiero emplear la palabra
forzar u obligar- a tomar medidas de prevención mínimas que no sean lo ridículas, absurdas e irresponsables que ahora mismo son las que tienen muchas obras de mucho valor.



Página 5





Dicho esto, esperamos a hablar sobre la enmienda que básicamente en el fondo es una enmienda puramente técnica. Me gustaría que esta reflexión sobre la asunción por parte de los propietarios o de la parte privada en relación con ese
patrimonio, insisto, universidades, institutos, iglesias, se vean conducidas a tomar más medidas de prevención. Esto no lo hemos puesto en la enmienda, es un comentario que habla por sí solo.


El señor PRESIDENTE: Si se produjese algún nivel de transacción, la señora Vázquez podrá al final del debate fijar su posición respecto a la aceptación o no de la enmienda. Disponen de tiempo si desean formular transacción, pero en
cualquier caso las transacciones deberían obrar en poder de la Mesa antes de que se materialicen las votaciones. Queda abierto un plazo, puesto que no se van a producir de manera inmediata las votaciones y la señora Vázquez será requerida al acabar
la fijación de posiciones del resto de grupos para conocer su nivel de aceptación o no de esta enmienda. ¿Grupos que desean intervenir? (Pausa). Es el momento de que la señora Vázquez exprese su aceptación o rechazo a la enmienda presentada.


La señora VÁZQUEZ BLANCO: Intervengo para agradecer las palabras del portavoz del Grupo Socialista hacia el apoyo que ha mostrado a esta iniciativa. Sé que él mejor que nadie conoce la situación al haber sido delegado del Gobierno de
Galicia y todo mi agradecimiento y consideraciones al trabajo que ha realizado como delegado. Sin lugar a dudas, desde el momento en que muestra el apoyo a mi iniciativa, prefiero que se vote en sus justos términos sin la enmienda.


- SOBRE SEGURIDAD PRIVADA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000526).


- SOBRE REFORMA DE LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 161/000581).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a debatir el siguiente punto del orden del día. Como les anunciaba al comienzo de la sesión, al no tener inconveniente los grupos proponentes, el Popular y el Socialista, dada la analogía e identidad de la
materia de que se trata, que es la reforma de la Ley de seguridad privada, se producirá el debate de forma acumulada. En este caso, los turnos son de diez minutos y podrán expresar su posición respecto a las enmiendas y transacciones que se han
presentado a ambas iniciativas.


En primer lugar, por un tiempo de diez minutos, tiene la palabra el señor Escobar.


El señor ESCOBAR LAS HERAS: Procuraré no consumir esos diez minutos.


El Grupo Popular trae a esta Comisión un tema que creo que es de gran interés para la seguridad y, en definitiva, para la protección de los ciudadanos. Lo que proponemos con esta iniciativa, y creo que es un sentir compartido por el resto
de los grupos, es aprovechar mejor los efectivos privados que ahora mismo ya funcionan y operan en determinados ámbitos. Compartirán conmigo, señorías, que la cooperación entre la seguridad pública y privada en sus respectivos ámbitos debe estar
siempre sujeta al principio de subordinación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Pero, salvado ese principio, es una fórmula que ya está ofreciendo interesantes posibilidades en beneficio de la convivencia. No me canso de insistir en
una cuestión que es capital y que afecta a la seguridad. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado constituyen, efectivamente, el activo y el soporte fundamental de la seguridad ciudadana en nuestro país; pero la demanda de seguridad es cada
vez más creciente y precisamente por ello se está permitiendo cada vez más la incorporación y el crecimiento del sector privado que desarrolla importantes labores. Voy a poner algún ejemplo de la actividad cotidiana con la que ya estamos
relativamente familiarizados: escoltas privados; controladores; guardas de campo o de caza; detectives privados; vigilancia; transporte; protección, etcétera, funciones todas ellas que ya están pacíficamente desarrolladas por personal
privado, siendo, por otra parte, cada vez más frecuentes los operativos de cooperación entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en aeropuertos, en estaciones, en edificios públicos; insisto, siempre bajo la tutela indispensable de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.


La imprescindible cobertura legal para estas actividades encuentra amparo en la Ley 23/92, de 20 de julio, ya lejana en el tiempo, aprobada en un contexto muy concreto y que se ha ido modificando por el Real Decreto-ley 8/2007, por el
Decreto 2/99 o incluso por la Ley 25/2009, además de por diferentes reglamentos de aplicación y desarrollo aprobados al efecto. Incluso la propia normativa europea plantea nuevas exigencias derivadas de la Directiva 2006/123, que aspira a la
armonización de los servicios de seguridad privada de transporte y objetos de valor. También hay que recordar, en este repaso puramente legal, que ha habido sucesivos desarrollos de la ley mediante órdenes y resoluciones que han venido adaptando el
texto a las actuales circunstancias; pero es indudable que a estas alturas la normativa ya queda desbordada parcialmente por la generalización de las nuevas tecnologías, por las nuevas amenazas en materia de seguridad o, incluso, porque hay que
mejorar las necesidades del personal de seguridad privada. Por tanto, hay razones de técnica legislativa pero también de naturaleza práctica, de naturaleza operativa, que reclaman una reforma de la ley que sirva con total garantía a las funciones
de un sector privado más y más



Página 6





activo, pero que tiene que estar, insisto, en permanente coordinación y subordinación con la seguridad pública.


En el Grupo Popular creemos que esto es necesario y que la fórmula apropiada sería una reforma de la Ley 23/1992, a la que me he referido. Así lo subrayó precisamente el propio ministro en su comparecencia ante la Comisión de Interior el
pasado 31 enero. No obstante, para cumplir mejor los cometidos que han sido encomendados a esta Comisión, es conveniente, en nuestra labor de impulso parlamentario, acotar algunos objetivos y principios sobre los que tiene que descansar la futura
ley de seguridad privada. El Grupo Popular señala algunos y también lo ha hecho la proposición no de ley del Grupo Socialista, que imagino que se detendrá en esta cuestión posteriormente, incluso hay alguna enmienda presentada por Convergència i
Unió. Por eso insisto en la definición de nuestro marco, porque estamos en sede parlamentaria, pero no estamos en funciones legislativas sino que estrictamente estamos en la función de impulso parlamentario. Si estuviésemos tramitando una
proposición de ley hablaríamos en otros términos. Es importante diferenciar lo que puede ser la labor de impulso de lo que puede ser una iniciativa que se parezca más a una enmienda, que tendrá otro recorrido. Proponemos unos principios que
pretendemos consensuar, y aspiramos a que sean compartidos con el resto de los grupos. ¿Qué objetivos y qué principios proponemos? Ese texto tiene que mejorar la eficacia en la prestación de servicios de seguridad jurídica. ¿En qué conceptos? En
la organización, en la planificación, en la formación o en la motivación del personal. Tenemos que salvaguardar los derechos fundamentales como la intimidad; tenemos que asegurar la eliminación del intrusismo de personal sin capacitación, que
supone una merma en la seguridad, con mayúsculas; tenemos que dotar al personal de todas las garantías jurídicas en el desempeño de sus funciones cotidianas y solicitar una mayor exigencia en la formación y capacitación del personal. Por supuesto,
se necesita insistir en la mejora de la coordinación de la seguridad privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con sometimiento al principio de coordinación, y en un adecuado respeto al marco competencial constitucional. Hay otras
cuestiones planteadas por sus señorías en la proposición no de ley, incluso en las enmiendas, como puede ser el concepto de autoridad, y también hablaremos después de la vigilancia perimetral de los centros penitenciarios; del alcance de las
habilitaciones; de la formación; de la solicitud del carné, etcétera, que son planteamientos interesantes, pero es posible que no sea este el momento de debatirlo.


Nosotros hemos aprovechado la invitación que hace el presidente a buscar una transaccional y proponemos a sus señorías un texto que creo que recoge esta filosofía. Esta es la enmienda que proponemos que se vote y que para buscar el consenso
ha sido presentada a la iniciativa del Grupo Socialista. Señorías aprovechemos esta oportunidad para realizar de la mejor manera la labor que ahora nos incumbe, que es impulsar una reforma profunda de la Ley de seguridad privada en beneficio de la
convivencia y de la seguridad de todos.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Hernando.


El señor HERNANDO VERA: La iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista tiene su razón de ser en un criterio de oportunidad política, dado el compromiso que adquirió el ministro del Interior el día 31 de enero, cuando compareció ante esta
Comisión, de traer a la Cámara en esta legislatura una reforma profunda de la Ley de seguridad privada. Esta ley tiene 20 años, que sí es mucho en este caso para una ley de estas características, sobre todo, dada la evolución que han sufrido los
servicios de seguridad prestados por empresas privadas, y estaba pendiente desde la legislatura pasada. Por tanto, reclama una modernización y una actualización.


Antes de entrar en el contenido mismo de nuestra proposición no de ley, que creemos que es omnicomprensiva, no solamente por los principios sobre los que tiene que girar la nueva norma, porque muchos de ellos están en la actual, sino que
además plantea otros problemas que se están dando en el sector, me gustaría hacer una declaración de principios sobre lo que nosotros consideramos que tiene que ser la seguridad privada. Aquí la doctrina se mueve entre extremos, entre aquellos que
piensan que la seguridad es una cuestión solamente pública, que tienen que prestar las administraciones públicas, y aquellos que son mucho más aperturistas y que piensan que este servicio, como otros que también responden a derechos fundamentales,
puede ser prestado casi en pie de igualdad por personas privadas, además de la obligación que tienen los entes públicos de garantizar la seguridad y los derechos de los ciudadanos. Quizá los principios civilizadores procedentes de la Revolución
francesa sean los que estén más de acuerdo con esa primera posición, con aquello de que la vis compulsiva, la vis de fuerza de las administraciones públicas es la única que tiene la legitimidad para imponer esa fuerza y que eso no se les puede dejar
a sujetos privados. Los pensadores lo han mantenido durante mucho tiempo, desde Locke a Weber, pasando por pensadores muy liberales como Adam Smith, que decía que una de las funciones fundamentales del Estado era tener el monopolio de la coacción
legítima.


Esto ha evolucionado mucho durante este tiempo. Nadie está en posiciones maximalistas. Hace muchos años que en muchos países de nuestro entorno jurídico las personas privadas pueden compartir los servicios de seguridad, pero bajo
determinadas circunstancias y principios. Nos gustaría hacer hincapié, como creemos que lo hace la transaccional que hemos pactado con el Grupo Parlamentario Popular, en determinados principios y límites, porque no estamos ante cualquier servicio
sino ante la protección de los derechos de los ciudadanos. Para nosotros un límite fundamental es que el núcleo esencial de la prestación del servicio de seguridad siga correspondiendo a las Fuerzas y Cuerpos



Página 7





de Seguridad del Estado. El segundo, es que son los poderes públicos los que definen el papel complementario de los agentes de seguridad privados. El tercero, es que la actuación de estos nunca puede suponer una merma de aquellos, es
decir, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Creemos que esto se ha concretado bien en la transaccional que hemos pactado: subordinación y complementariedad de la seguridad privada a la pública y garantía del derecho a la intimidad, al
honor, a la confidencialidad, que ahora se hace más necesaria dado que se comparten bases de datos y la capacidad que tienen los agentes de la seguridad privada de proporcionar información relevante a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado;
eso sí, siempre respetando esa intimidad, honor y confidencialidad.


Una cosa muy importante es que el papel de estos agentes de seguridad nunca afecte al núcleo sustantivo que tiene que ser prestado por las administraciones públicas. Cuando venga la ley definiremos qué se entiende por núcleo sustantivo, que
para nosotros es muy importante. Quizá no sea este el momento y estemos anticipando un poco el debate. También hay una cuestión fundamental, que es el papel que juegan las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias, tanto aquellas que
tienen policías propias como las que no las tienen pero que también pueden regular determinados aspectos de la seguridad privada. Sin ir más lejos, pondré un ejemplo de lo que creo que ha sido un desbordamiento evidente de la actual legislación,
que es la Ley 10/2011, de simplificación y mejora de la regulación normativa, aprobada recientemente por el Parlamento de Cataluña, en la que convierte a personal de seguridad privada en agentes de la autoridad en la vigilancia de transportes
públicos. Es evidente que esta ley aprobada por el Parlamento de Cataluña -por mi partido también, así como por todos los partidos aquí presentes y que están en aquel hemiciclo; por tanto, no estoy acusando a nadie ni rasgándome las vestiduras-
desborda el actual marco normativo, porque esta es una materia reservada a la ley, regulada por una ley orgánica que nunca un parlamento autonómico podría haber aprobado. Nadie la ha recurrido, y cuando digo nadie me refiero a que tampoco lo ha
hecho el Gobierno; por tanto, corramos un tupido velo. En cualquier caso, es importante definir cuál es el papel de las comunidades autónomas en este asunto. También es importante que en esta nueva ley que traerá en su momento el Gobierno de
España se defina cuál va a ser el papel de los no nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea. Eso lo resolvimos en la Ley de Tropa y Marinería. Actualmente hay muchas personas de países latinoamericanos que están prestando servicios en
empresas de seguridad, aunque no lo hacen con la categoría profesional que exige tener la nacionalidad o ser nacional de alguno de los Estados miembros. Es evidente que en el sector se da intrusismo y las empresas de seguridad se quejan de esto.
Se utilizan servicios auxiliares con el mismo uniforme, lo que también genera determinadas complicaciones. Se dan una serie de problemas en el sector que creo que se pueden resolver con el proyecto de ley que traiga el Gobierno.


Para terminar, brevísimamente les relataré la respuesta que el Gobierno de España ha dado a una pregunta de este diputado sobre las empresas de seguridad registradas y las sanciones y expedientes sancionadores que se les han abierto. No sé
si valorar que la contestación implica que hay muchos expedientes sancionadores o pocos o si las resoluciones sancionadoras son muchas o pocas, pero lo que está claro es que esto genera cierta conflictividad y que quizá a través de una mejor
regulación podemos bajar esa conflictividad. En el año 2011 se abrieron 892 expedientes sancionadores a 258 empresas, que representan algo más del 15% de las inscritas, que son 1.526. Repito que me refiero a expedientes sancionadores. Sin
embargo, en los últimos cuatro años las resoluciones sancionadoras por faltas muy graves son 87; por faltas muy graves, graves y leves son algo más de 2.000, unas 500 al año, aunque no sé a cuántas empresas porque no es tan prolija la respuesta.


Estamos ante un sector que se ha renovado mucho, que se ha modernizado mucho, que está presente en la vida cotidiana, en la vigilancia de edificios, de infraestructuras físicas, de transporte, etcétera, que genera determinados problemas y
que también quiere expandirse. Creemos, además, que es un sector complementario, subordinado de la seguridad pública y de la labor que prestan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que con una mejor regulación generaría menos
conflictividad. Por estas razones hemos llegado a una transacción que, al fin y al cabo, es un acercamiento que, en nuestro caso, impone cesiones, renuncias y mucha generosidad, porque nuestra iniciativa era muy completa, pero lo hemos hecho en
aras de que este primer paso, de cara a la futura reforma, se dé conjuntamente con el Grupo Parlamentario Popular.


El señor PRESIDENTE: El Grupo de Convergència i Unió ha presentado enmiendas a ambas iniciativas. Tiene la palabra el señor Guillaumes.


El señor GUILLAUMES I RÀFOLS: Nos uniremos al acuerdo de los dos grupos, dado que el espíritu de nuestras enmiendas estaba recogido en gran parte en la propuesta del Grupo Socialista.


El señor PRESIDENTE: Entiendo que se da por producido el hecho material de la retirada de las enmiendas para facilitar la votación de la transaccional.


- DE COOPERACIÓN ENTRE POLICÍA LOCAL Y FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 161/000519).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente proposición no de ley, de cooperación entre Policía local y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.



Página 8





Para su presentación, por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra la señora Álvarez.


La señora ÁLVAREZ ÁLVAREZ: El pasado 20 de marzo en el Senado y el 31 de enero en la Comisión de Interior del Congreso, el ministro del Interior anunció la remisión a las Cortes de un proyecto de ley de cooperación con las policías locales.
En su argumentación se limitó, en realidad, a hacer una valoración exclusivamente numérica, pero no habló en ningún momento de la eficacia operativa. Obtener una ratio por habitante de los efectivos policiales lo suficientemente elevada desde la
argucia de computar a los policías locales junto a los nacionales, Guardia Civil, Ertzaintza y Mossos d'Esquadra, es hacer trilerismo estadístico y despreciar la inteligencia, cuando ni las competencias ni las funciones son equiparables. Para hacer
esa reflexión, el ministro usó algún elemento inquietante, porque condicionó la incorporación a la necesidad de que se produzca -y cito- una coordinación e integración adecuada de los efectivos policiales. Tendrán que matizar estas cuestiones, ya
que coordinación es cosa bien diferente de integración; por tanto, no resulta extraña la inquietud que en los colectivos profesionales están generando estas y otras imprecisas y confusas declaraciones del Gobierno en materia de ordenamiento de la
seguridad pública. Otra de las claves ofrecidas por el ministerio ha sido el anuncio de la creación de una comisión bilateral Ministerio del Interior-Federación Española de Municipios y Provincias para la renovación del convenio suscrito en el año
2006 en materia de seguridad ciudadana y de seguridad vial.


¿Esta anunciada ley la enfoca el ministerio como un espacio de renegociación de convenios o como un espacio de debate para reordenar el sistema de seguridad pública? Es verdad que la imprecisión del ministro y la ambigüedad del señor Cosidó
dejan abiertos muchos interrogantes. ¿El ministro habla de racionalización del sistema o de romper el marco competencial establecido? ¿Está pensando el Gobierno en un proyecto de ley de cooperación con las policías o en una ley estatal de las
policías locales, como el señor Cosidó ha insinuado en algún otro foro? La respuesta a estas preguntas nos ayudará a saber si el Gobierno piensa en un replanteamiento de la coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o en una
remodelación y un cambio de marco competencial de las políticas públicas de seguridad. Nuestra proposición no de ley acota claramente este aspecto, contrariamente a la indefinición de su enmienda.


Señorías, existen elementos de coordinación. La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, instauró el Consejo de Política de Seguridad, las juntas de seguridad de las comunidades autónomas y las juntas locales de seguridad. Otro paso decisivo
se produjo en el año 2006 con la firma del convenio que estableció un nuevo marco para asegurar una mayor participación y coordinación operativa entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los cuerpos de Policía local, que ha permitido
habilitar la colaboración y participación de los cuerpos de la Policía local en las funciones de policía judicial, especialmente en la prevención, averiguación y persecución de faltas penales, lesiones que no requieran hospitalización, violencia de
género e intrafamiliar y, en general, de las infracciones penales menos graves.


En el Grupo Socialista creemos que adecuar las competencias de las policías locales en función de las buenas prácticas que los convenios han puesto en evidencia es el camino que hay que seguir. Los convenios han puesto en evidencia que la
Policía local está llamada a jugar un papel esencial en las problemáticas relacionadas con los jóvenes y los menores y, en general, en el desarrollo de políticas públicas preventivas y no reactivas. La apuesta por incorporar a la Policía local -y
lo pongo como ejemplo- a la respuesta frente a la violencia de género ha mejorado la cobertura territorial, es verdad, pero, sobre todo, sin un elemento esencial para la prevención y seguimiento de casos y de apoyo a los programas psicosociales
desarrollados por los ayuntamientos, que son los que tienen competencia en esta materia. Este ejemplo, por tanto, creo que es explícito y demuestra que hay fórmulas realistas de colaboración policial que tienen una incidencia muy favorable en la
seguridad pública. Pero este ejemplo pone de manifiesto también las carencias de la Policía local en una realidad heterogénea de municipios tan dispar en número de efectivos, en nivel de formación, de capacidad técnica y operativa o de
disponibilidad de recursos. Necesitamos que se establezcan acuerdos en materia de recursos humanos, de recursos formativos y técnicos que hagan factible y eficaz la colaboración mutua y la cooperación recíproca y que fijen de manera clara cuáles
van a ser las transferencias que desde el Ministerio del Interior se realizarán a comunidades autónomas y corporaciones locales para financiar los costes de la implantación y desarrollo de las competencias que puedan llegar a atribuirse ex novo a la
Policía local.


Nuestra posición es clara: profundizar en la racionalización del sistema de seguridad pública, sí, pero respetando los principios y los límites del bloque de constitucionalidad. De hecho, la necesidad ya está manifestada en la Ley de
medidas para la modernización del Gobierno local que establece la necesidad de ampliar las funciones de las policías locales en materia de Policía de proximidad y de Policía judicial. Otra cosa sería que el Gobierno pretendiera plantear la
construcción de un nuevo sistema público de seguridad para el que se necesitaría consenso político y administrativo.


Señorías, en las medidas que se adopten regulando la participación de las policías locales en las funciones de Policía judicial deberán tenerse en cuenta una serie de factores, como son: el respeto al marco constitucional establecido, que
les detallamos en la exposición de motivos; la voluntad de las corporaciones locales; el número de efectivos de Policía local de cada municipio, así como su nivel de formación, experiencia, capacidad



Página 9





técnica y operativa; la disponibilidad de recursos y también la existencia o no en los términos municipales de sedes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Por tanto, delimitada cómo se encuentra la cooperación con las policías
locales, hay que señalar cuáles van a ser los principios que la regulación de esta materia inexorablemente debe respetar, así como los límites que no puede traspasar. Con esta proposición no de ley hemos querido que el Congreso de los Diputados
inste al Gobierno a que en esa anunciada reforma respete de forma escrupulosa el reparto competencial derivado de la Constitución y los Estatutos de Autonomía, así como del resto del bloque de constitucionalidad; a que se preserve el estatuto
competencial del resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actualmente existentes; a que se someta al Consejo de Política de Seguridad y a la Federación de Municipios y Provincias para su informe; a que se fijen las transferencias que
desde el Ministerio del Interior se realizarán a las corporaciones locales, como les hemos indicado, para financiar cualquier competencia ex novo y a que se respete la voluntad de la corporación local, así como que se delimiten los requisitos
mínimos que deben reunir las corporaciones para poder prestar nuevas competencias.


El señor PRESIDENTE: A esta proposición ha presentado una enmienda el Grupo Popular. Para su defensa, tiene la palabra la señora Conde.


La señora CONDE MARTÍNEZ: Los desafíos de la seguridad en nuestra sociedad son cada vez de mayores proporciones y, lógicamente, se necesitan respuestas rápidas y acertadas, así como una mayor coordinación y cooperación de los medios
existentes, tanto humanos como materiales. Hay que tener en cuenta las especiales circunstancias económicas en las que nos encontramos que inciden en mayor medida en este planteamiento. La coordinación entre administraciones públicas es una
herramienta imprescindible, y en eso estamos de acuerdo con lo que ha planteado el Grupo Parlamentario Socialista; pero si queremos ofrecer un servicio eficaz a todos los ciudadanos debemos implicar a todos, con todos los medios existentes, para
que actúen de manera coordinada y sin solapamientos. Esta es una de las cuestiones que no solo planteó en su momento el Grupo Parlamentario Popular en su programa electoral sino que también lo ha puesto de manifiesto el propio ministro en las
distintas comparecencias que ha realizado tanto en esta Cámara como en el Senado. Actualmente España cuenta con más de 60.000 policías locales, que están realizando una gran tarea en materia de seguridad ciudadana.


Pero aun estando de acuerdo con gran parte de lo planteado por el Grupo Socialista en su proposición, no podemos estarlo al 100% en lo que respecta al petitum, y por eso hemos presentado esta enmienda. El Grupo Socialista habla de
constitucionalidad y de respeto al actual marco competencial; habla también del sometimiento -como bien ha dicho la portavoz socialista- de ese proyecto de ley al Consejo de Política de Seguridad y a la Federación Española de Municipios y
Provincias; también ha hablado de las necesarias transferencias si se dieran más competencias a las policías locales. Con respecto a la primera de las cuestiones -me gustaría explicar cada una de ellas porque, de alguna manera, son la base por la
que este grupo parlamentario ha presentado la enmienda-, que es la de la constitucionalidad, tengo que decir que tanto el Gobierno como los aquí presentes estamos sometidos a la Constitución y, lógicamente, al ordenamiento jurídico existente;
además, el Gobierno está sometido al control político de las Cortes Generales. Hay que tener en cuenta una circunstancia, y es que en la elaboración de una ley de estas características se ven afectadas otras muchas leyes; estamos hablando de la
Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de la Ley de Bases de Régimen Local, de la Ley de Medidas de Modernización, etcétera. No es algo tan sencillo, por lo que merece una reflexión más profunda. Por eso no podemos apoyar el petitum,
porque se pone la venda antes que la herida o el carro delante de los bueyes, ya que la portavoz socialista ha planteado cuestiones que todavía no han sucedido. Sería más acertado esperar a que el Gobierno presentase el proyecto de ley y, a partir
de ahí, si no concuerda con los planteamientos socialistas, establecer las enmiendas necesarias. Estamos en un proceso todavía inicial como para hacer planteamientos de las características que ha hecho la portavoz socialista.


Lo mismo podemos decir en lo que se refiere al Consejo de Política de Seguridad y a la Federación Española de Municipios y Provincias. Seguramente es por todo el mundo conocido -así lo ha reconocido la portavoz socialista- que tanto el
ministro como el presidente de la FEMP han llegado a un acuerdo para establecer esa comisión bilateral que evalúe el convenio suscrito en el año 2006, que ha dado buenos resultados, pero que probablemente tenga líneas de acción que se puedan
mejorar. Quizás sea aventurado hablar de cuestiones sin haber hecho previamente la evaluación del convenio suscrito en el año 2006.


Para ir terminando, quiero hacer referencia a las transferencias. Este grupo parlamentario y el Gobierno no pretenden un incremento del gasto sino una mayor racionalización y evitar duplicidades entre unos cuerpos de seguridad y otros.
Esta será una de las cuestiones a tratar en su momento, pero ahora estamos en el inicio de la tramitación y quizás no proceda hablar de estas cuestiones. En cualquiera de los casos, me gustaría recordar a la portavoz socialista qué cantidad de
transferencias se pusieron sobre la mesa cuando se negoció ese convenio de 2006. Sería conveniente recordarlo porque a lo mejor nos llevamos una sorpresa, ya que sí que se incorporaron competencias en materia de policía judicial en aquellas
corporaciones locales que así lo decidieron y firmaron el convenio.


Finalizo planteando la enmienda que el Grupo Parlamentario Popular ofrece al grupo proponente, al Grupo



Página 10





Parlamentario Socialista. Como es muy breve, si me lo permiten, voy a leerla. La enmienda que proponemos dice: Elaborar un proyecto de ley de coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con las policías locales desde el
pleno respeto a la autonomía municipal y a las competencias de las comunidades autónomas en materia de policía local. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Abrimos un turno para los grupos.


¿El Grupo Mixto desea intervenir? (Denegaciones). No hay representantes del Grupo Vasco. ¿La Izquierda Plural desea intervenir? (Denegaciones). Por parte de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Guillaumes.


El señor GUILLAUMES I RÀFOLS: Aún reconociendo la oportunidad de la iniciativa, compartimos algunos recelos que se desprenden de la enmienda socialista. Quizás sí que sea ponerse la venda antes de la herida. En catalán decimos (Pronuncia
palabras en catalán), casi igual en castellano. Por eso comprendemos perfectamente los recelos o lo de la venda antes que la herida, y si no lo hubieran hecho los socialistas, seguramente lo hubiéramos hecho nosotros. De todas maneras, este
espíritu se recoge en la transaccional que ahora ha propuesto el Grupo Popular. Quedamos a la espera de que el Grupo Socialista la acepte o no. Si el Grupo Socialista asume la transaccional, votaremos a favor; si no, haríamos lo contrario.


El señor PRESIDENTE: La enmienda no es de transacción, es una enmienda convencional del Grupo Popular. La señora Álvarez tendrá ocasión de expresar su aceptación o de ofrecer alguna transacción a la misma para que el señor Guillaumes y el
resto de los miembros de la Comisión puedan situar su voto.


Tiene la palabra la señora Álvarez, a los efectos de expresar la aceptación o rechazo de la enmienda.


La señora ÁLVAREZ ÁLVAREZ: La mantendremos en sus propios términos.


El señor PRESIDENTE: En consecuencia, la proposición no de ley relativa a policías locales se votará en sus propios términos.


El señor GUILLAUMES I RÀFOLS: Pido una aclaración, señor presidente. Al ser una enmienda convencional y no una transaccional, ¿he de entender que el Grupo Popular incorporará este texto a su proposición no de ley?


El señor PRESIDENTE: Puede entenderla como desaparecida a los efectos de votación.


El señor GUILLAUMES I RÀFOLS: Entendido.


- POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A PROMOVER UNA REFORMA DE LA ACTUAL NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD PRIVADA QUE IMPULSE LA INTERVENCIÓN DE ESTOS AGENTES EN LA VIGILANCIA PERIMETRAL DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS. PRESENTADA POR EL GRUPO
PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 161/000309).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la proposición no de ley relativa a promover una reforma normativa sobre seguridad privada que impulse la intervención de estos agentes en la vigilancia perimetral de los centros penitenciarios. Para su
defensa, tiene la palabra el señor Guillaumes.


El señor GUILLAUMES I RÀFOLS: Aunque no comparto lo que ha expresado anteriormente el portavoz socialista sobre el desborde competencial, es cierto que desde hace tiempo, en un esfuerzo de racionalización de la seguridad, la mal llamada Ley
Ómnibus, que aprobó el Parlamento de Cataluña, otorgó la función de agentes de autoridad a los agentes privados en los transportes públicos. Se cita muy fácilmente a estos agentes, pero se olvida algo que tuvo más importancia, que fue otorgársela a
los profesores dentro de las aulas, que es bastante más significativo. Honestamente, no creemos que sea desborde de competencias. En este caso estamos hablando de coherencia entre medidas de este tipo que puedan adoptarse aquí y en cualquier otra
comunidad autónoma. Hay elementos de seguridad que solo en situaciones muy extremas requerirían la actuación sobre las personas. Si vamos a la realidad estricta, sabrán ustedes que hasta hace poco -ahora ya no existe-, cuando había un motín, a los
funcionarios de a pie de las prisiones se les dotaba de material antidisturbios manteniéndoles en una prudencial segunda línea; por cierto, nunca tuvieron que actuar, pero incluso a los funcionarios administrativos se les otorgaba este papel en la
práctica. Por descontado, esto es mucho más caro y seguramente innecesario, porque la actuación sobre las personas no llega normalmente, y si llegara, sería dentro de un centro público y lo ampararía la ley. Sería mucho más económico,
organizativamente mucho más simple y formativamente mucho más corto que agentes de la seguridad privada protegieran los entornos perimetrales de este tipo de centros. Esta es la justificación de nuestra proposición.


La enmienda presentada por el Grupo Popular hace referencia a la oportunidad, es decir, al momento en que esto pueda hacerse. En ese sentido, la consideramos totalmente aceptable y la asumimos.


El señor PRESIDENTE: A esta proposición se ha presentado una enmienda por parte del Grupo Popular. En representación del mismo, tiene la palabra el señor Escobar.



Página 11





El señor ESCOBAR LAS HERAS: Intervendré muy brevemente, señorías.


Esta cuestión, con carácter general, ha sido amplia y profusamente debatida en el debate anterior, a cuenta de la futura reforma de la Ley de Seguridad Privada, y es ahí donde hay que situarla. Es una cuestión de alcance técnico, pero que
no deja de ser de detalle en el conjunto de esa reforma. Es menester recordar que el propio ministro del Interior señala como una de las posibilidades dentro de la futura reforma de la Ley de Seguridad Privada incorporar personal de seguridad
privada en funciones perimetrales en los centros penitenciarios. No es menos cierto que esta cuestión requiere -como señalaba mi compañera para una futura ley de coordinación de policías locales- un esfuerzo legislativo de envergadura; estamos
hablando de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de otras normativas que habría que revisar. Con el mejor de los ánimos, tengo que decir que hay cuestiones que estamos próximos a resolver desde el punto de vista
jurídico -me estoy refiriendo al control de accesos, al control de la cámara de circuito cerrado de televisión- y que, en su caso, podrían ser ampliadas a la seguridad perimetral inmediatamente circundante, pero -insisto en una cuestión capital-
siempre y en todo caso bajo la dirección de los responsables de la seguridad pública de dichos cuerpos, que es un principio absolutamente inexcusable. En este contexto, se ha presentado esta enmienda que tienen sus señorías y que me consta que ha
sido bien recibida por el grupo proponente, por Convergència i Unió.


El señor PRESIDENTE: ¿El Grupo Mixto desea intervenir? (Denegaciones). Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Sixto.


El señor SIXTO IGLESIAS: Intervengo muy brevemente para fijar posición.


En un marco general en el que defendemos que el Estado debe asumir todas sus competencias y la importancia de lo público, no entendemos ni vamos a apoyar la encomienda al sector privado de una parte de la seguridad pública. Por tanto,
votaremos en contra.


El señor PRESIDENTE: ¿Algún otro grupo desea intervenir? (Pausa). Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Zaragoza.


El señor ZARAGOZA ALONSO: Con esta intervención voy a fijar nuestra posición, que es contraria.


Entendemos que con esta propuesta se beneficia a las empresas privadas de seguridad y, en cambio, se perjudica al servicio público. En estas mareas de privatizar todo lo que se pueda privatizar -la sanidad, la educación- en las que
Convergència se ha metido últimamente, ahora quiere entrar en la seguridad pública, pero no entendemos por qué se plantea este tema específico y tan concreto si no es porque hay un interés en beneficiar económicamente a las empresas de seguridad
privada, porque es evidente que lo que se plantea perjudica al servicio público. Para nosotros queda muy claro que la sustitución de funcionarios públicos preparados en estas labores de vigilancia provoca un perjuicio al servicio público, primero
porque no están preparados. Esas tareas requieren una formación y la formación cuesta dinero, es decir, aquí no hay ahorro en los recursos públicos, al contrario, lo que hay es un desplazamiento de beneficio económico hacia empresas privadas y un
perjuicio evidente, a nuestro entender, al servicio que se presta. Esto no es la vigilancia de un edificio administrativo, aquí hay una labor para la que se necesita experiencia y conocimiento. Les voy a poner un ejemplo que van a entender con
mucha claridad. En las funciones de vigilancia perimetral los funcionarios van en vehículos logotipados y pueden evitar que se cometan delitos. Los trabajadores de empresas de seguridad privada no van en ese tipo de vehículos y no pueden
participar, por ejemplo, en una persecución si hay una fuga. Es evidente que aquí hay un perjuicio al servicio público, porque lo que se está haciendo es desplazar un gasto del Estado hacia empresas privadas y perjudicar la buena labor que se puede
hacer. Una labor como esta requiere además modernizarse. El camino no pasa por la privatización del servicio de vigilancia perimetral, sino por avanzar en nuevas tecnologías que permitan la vigilancia de manera más eficaz y en labores de
prevención, conocimientos que tienen fundamentalmente los funcionarios. Este es el lugar lógico donde funcionarios que se acerquen a la jubilación pueden aportar su experiencia en trabajos de colaboración. Desde nuestro punto de vista, esta es una
función que afecta claramente a un elemento fundamental de nuestro Estado, que es la seguridad. Esta propuesta está dentro de esos discursos de la austeridad y del recorte del gasto público que se hacen últimamente. Les voy a poner un ejemplo. En
Cataluña existen diferentes centros penitenciarios con seguridad de los Mossos d'Esquadra aproximadamente en ocho. El número de agentes que intervienen en la seguridad de estos centros es relativamente reducido. El ahorro económico que supondría
sería comparable a tres horas de vuelo en helicóptero. ¿De qué estamos hablando? ¿Estamos hablando de reducción de costes? No. Estamos hablando de desplazar negocio a empresas privadas y no de mejorar el servicio, porque son trabajadores que no
tienen ni la experiencia ni la preparación de los funcionarios de los cuerpos de seguridad y de orden público. Por eso nos oponemos radicalmente y vamos a votar en contra de esta propuesta.


El señor PRESIDENTE: Entiendo que el grupo proponente acepta la enmienda in voce que se ha presentado esta mañana. En consecuencia, se someterá a votación en sus términos.



Página 12





- SOBRE LA REPRESIÓN POLICIAL DE LAS MOVILIZACIONES CIUDADANAS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO IU, ICV-EUIA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL. (Número de expediente 161/000293).


- SOBRE LA IDENTIFICACIÓN MEDIANTE PLACA Y NÚMERO DE LOS AGENTES DE LA UNIDAD DE INTERVENCIÓN POLICIAL DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO. (Número de expediente 161/000363).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a debatir de manera agrupada -ya que el señor Sixto y el señor Baldoví, a los que agradezco su deferencia, me han dicho que no tenían inconveniente alguno- las proposiciones números 6 y 8. Al figurar primero en
el orden del día la iniciativa de La Izquierda Plural, el primer turno le corresponde al señor Sixto.


El señor SIXTO IGLESIAS: El motivo de esta proposición no de ley es regular una serie de hechos que desgraciadamente se vienen repitiendo no digo desde que gobierna el Partido Popular, desde antes también, pero desde luego cada vez con
mayor frecuencia por la cantidad de manifestaciones que está habiendo.


En esta proposición no de ley reclamamos al Gobierno siete cuestiones que entendemos básicas para el mantenimiento de la paz social y de derechos fundamentales como el de reunión y el de manifestación. La primera y básica es que se elabore
un protocolo específico de las actuaciones policiales ante manifestaciones y concentraciones. Ahora mismo ni la policía ni los ciudadanos, cuando nos manifestamos o nos concentramos, sabemos muy bien cuáles van a ser las reglas de actuación de la
policía. Pongo un ejemplo básico. Cuando se producen cargas y actuaciones -y he visto unas cuantas- nunca he visto que la policía advierta previamente. Fíjense si es sencillo el uso de un megáfono para avisar a un grupo indeterminado de personas,
algunas promotoras del evento y otras que simplemente pasaban por allí, de que se puede cargar, de que no se puede cargar o de que se va a cargar, primer aviso. Son cuestiones básicas a la hora de regular el uso de la fuerza. Un protocolo de este
tipo ayudaría a la policía, que sabría a qué se tiene que atener cuando se enfrenta a una situación complicada en la calle, y ayudaría a los ciudadanos a saber cómo nos tenemos que comportan ante las actuaciones policiales.


La segunda cuestión -y con ella entramos en el mismo tema de la proposición del Grupo Mixto, de Compromís-, es la de la identificación. Aquí hay una enmienda de Convergència i Unió que no podemos asumir. No se trata de mejorar las
identificaciones; aquí se está produciendo un incumplimiento sistemático por parte de muchos policías de la obligación que tienen de estar identificados. Se utiliza la excusa del chaleco, se utilizan miles de excusas, pero cada vez que hay una
manifestación, sobre todo si se prevé una cierta complejidad, un porcentaje sustancial de los policías que están allí no están identificados y no hay forma de identificarlos. No se trata de instar o de mejorar, se trata de hacer cumplir la ley y de
que los policías estén identificados perfectamente, por su seguridad y por la de los demás. En esta línea, ya que tanto queremos imitar a Alemania, la identificación de los policías debería ir más por la forma de identificar a los policías allí,
con unos números grandes pintados en la espalda, con lo que no hay problema para identificar a todos, policías y ciudadanos, que por el modelo español, que es acabar ocultando la identificación debajo del chaleco o, directamente, no poniéndosela.


El tercer punto, al que se nos plantea una enmienda que no aceptamos, es que las identificaciones policiales de los ciudadanos cumplan las previsiones legales. Son continuos los goteos de información respecto a que la Policía y la Guardia
Civil identifican sin atenerse a la mínima normativa legal, que es cuando hay fundadas sospechas o razones para identificar a un ciudadano. Nos hemos quejado de este tema muchas veces en esta casa, en este Congreso de los Diputados. Nos hemos
quejado muchas veces de que se identifica a la gente, se identifica a la ciudadanía sin que haya excusa real para hacerlo. Se han publicado noticias más de una vez y más de dos de que la Guardia Civil se dedica a identificar a personas porque tiene
que cumplir unas determinadas órdenes, que no son por escrito, que son verbales y que además inciden en sus retribuciones salariales. Esto es algo lamentable y más en el marco de las manifestaciones, un marco en el que puede haber una cierta
excitación por parte de unos y de otros. Aquí las identificaciones policiales no se pueden convertir en algo arbitrario que vaya alterando además los ánimos de una parte y de otra.


La cuarta cuestión que planteamos es que se regule específicamente como una falta disciplinaria que los policías no vayan identificados. Es una cuestión básica, porque ahora mismo eso se está incumpliendo y no supone ningún problema para el
policía que lo hace. Por tanto, exigimos que la no identificación por parte de la policía se convierta en una falta disciplinaria.


Planteamos dos cuestiones respecto a grabaciones, por la seguridad de unos y de otros, de todos. Ateniéndonos al debido respeto a la normativa sobre la propia imagen y sobre datos personales y demás, pedimos que se graben todas las
situaciones en las dependencias policiales, para seguridad de unos y de otros y para el ortodoxo cumplimiento de la normativa, y también las actuaciones policiales en las manifestaciones. La policía ya graba a los manifestantes; pues en el mismo
paquete puede ir la grabación de toda la actuación policial, para seguridad de todos.


Por último, planteamos que es necesario que se establezca un procedimiento sistemático de investigación cada vez que se produzcan alteraciones graves del orden público y actuaciones policiales sujetas a controversia. Voy a poner un ejemplo
que he sacado de la prensa.



Página 13





Tenemos que huir de responsables de la policía que acaban llamando enemiga a la ciudadanía. Esto lo hizo un responsable de la policía, no precisamente nombrado por este Gobierno, durante cuyo mandato en la Jefatura Superior de Policía de
Valencia se han producido muchos problemas de orden público con los manifestantes en la ciudad de Valencia. El ejemplo paradigmático de lo que no debe ser es el manual de actuación de un mando de los Mossos d'Esquadra, David Piqué, que va en la
línea de que los que nos manifestamos somos enemigos del orden público o enemigos de alguien; en todo caso, somos enemigos de que no haya responsables de las cosas, de que no haya responsables cada vez que quiebra un banco o cada vez que estamos en
peligro. Este manual de actuación de David Piqué para los Mossos d'Esquadra nos parece terrible. Es un manual que utiliza unos calificativos para los manifestantes y establece unos parámetros de actuación que tienden más a tensionar la calle que a
establecer la paz social y a que el ejercicio de los derechos fundamentales de manifestación y de reunión que tenemos todos se puedan desarrollar con normalidad.


El señor PRESIDENTE: A continuación, tiene la palabra el señor Baldoví, para defender su proposición no de ley. Las enmiendas que se han planteado a ambas proposiciones serán después presentadas.


El señor BALDOVÍ RODA: Nuestra proposición hace referencia justamente a los hechos que acaecieron en lo que nosotros llamamos la primavera valenciana, hace aproximadamente un par de meses en la ciudad de Valencia, pero no solo a lo que
aconteció en esos días, sino también a las cargas que se vivieron en el barrio del Cabanyal o a lo que pasó ayer mismo en Bunyola, en Mallorca, con cuatro detenidos.


Esta proposición no va en el sentido de criminalizar ni de culpabilizar a los cuerpos antidisturbios, justamente lo contrario, pero es un hecho incontestable que hay diferentes formas de actuar en los cuerpos, en un mismo día y en una misma
unidad, y que el anonimato propicia justamente estos abusos. No estamos presuponiendo; hay imágenes que circulan sin censura por la red que así nos lo demuestran. En Valencia hemos visto cómo un policía empujaba a dos chicas jóvenes contra un
coche en marcha mientras se alejaban de la zona de conflicto. Hemos visto, justo delante del Instituto Lluís Vives, cómo una misma unidad de policía actuaba de manera diferente, pues mientras unos apartaban civilizadamente a los chavales otros los
aporreaban y se ensañaban a golpes con ellos. Hemos sabido -y así se denunció en su día- que después de una manifestación y muy lejos de donde esta había discurrido, una patrulla, en una furgoneta, cargaba sin piedad contra tres jóvenes que
transitaban por una acera sin hacer absolutamente nada. Siempre, siempre, siempre, en todos los casos, el poder de turno, fuera el ministerio o fuera la delegación del Gobierno, nos ha dicho que se investigaría, pero el resultado ha sido
indefectiblemente el mismo, que no ha habido posibilidad de identificar y, por tanto, la denuncia no podía prosperar porque no especificaba el número del agente autor de esas cargas inapropiadas. Evidentemente, se trata de situaciones minoritarias
numérica y cuantitativamente, pero que generan en la ciudadanía una sensación de indefensión y de impunidad, deterioran gravemente la imagen de la policía y magnifican actuaciones absolutamente minoritarias que ayudan a encrespar a la ciudadanía, en
este caso con razón.


En esta PNL, que es muy sencilla, defendemos un derecho simple de los ciudadanos, que es poder identificar a los agentes ante posibles abusos de poder en sus actuaciones, y lo único que exigimos es que se cumpla la normativa vigente en ese
sentido, que se cumpla el Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre, o la Instrucción 13/2007 del Ministerio del Interior, de 14 de septiembre, que dicen que cuando los policías deban relacionarse con las autoridades o con los ciudadanos en la
realización de los servicios, se han de identificar, y las autoridades y los ciudadanos podrán requerirlo. Hemos visto en Valencia que algunos diputados han requerido a los policías su identificación sin ningún éxito; pueden ustedes imaginarse, si
esa identificación la ha hecho algún ciudadano o algún chaval joven, cuál ha sido la respuesta. Lo que proponemos es una cosa muy simple y es que la legislación sea más clara, más transparente y más próxima a los derechos de la ciudadanía. En ese
sentido, proponemos que la serigrafía del número, si es necesario hacerla en tela, se haga con material reflectante y se ponga en los cascos, en la espalda y en el pecho del uniforme del agente. Esto no es una novedad. Piensen cuál es la
identificación ahora mismo en Alemania. Aquí es un numerito de 1x3 centímetros, que a 1,20 es imposible de ver, mientras que en Alemania se puede ver e identificar perfectamente a un policía. Pero esto no es solamente en Alemania, sino también en
Colombia, un país no europeo, donde se puede identificar al policía perfectamente en el casco y en el pecho, y en Perú, un país sudamericano, donde se puede ver perfectamente la identificación en el chaleco para que se pueda presentar cualquier
reclamación a las autoridades pertinentes en caso de que algún ciudadano perciba algún abuso.


Hay una enmienda de sustitución del Grupo Socialista. Nosotros no tenemos inconveniente en incorporarla como punto 1 o como punto 3, nos daría exactamente igual, porque lo único que pedimos es el contenido de los dos puntos que queda muy
claro. Uno, habilitar los uniformes y complementos de los agentes de la Policía Nacional, en especial los antidisturbios, para que puedan llevar de forma bien visible su número de identificación en cualquier actuación que lleven a cabo, dado que en
ocasiones los chalecos no son personales. Se podría emplear un sistema de velcro para que los números de identificación pudieran adherirse y retirarse dependiendo del agente que haga uso del material. Y, dos, insertar el número de identificación a
modo de serigrafía, con un tamaño legible en aquellos complementos que sean personales e intransferibles de los agentes, como por



Página 14





ejemplo los cascos. Se trata de hacer cumplir la legislación vigente y dotar al ciudadano para que pueda identificar a un agente en el cumplimiento de su deber.


El señor PRESIDENTE: Como decía, se han presentado enmiendas a ambas proposiciones no de ley. A la presentada por el señor Sixto hay una enmienda de Convergència i Unió. Para su defensa tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: En este turno me posicionaré defendiendo nuestra enmienda a la proposición no de ley del Grupo de La Izquierda Plural y también aprovecharé para posicionarme sobre la proposición no de ley defendida ahora por el
señor Baldoví. Así en un único turno nos ahorramos dos intervenciones.


En primer lugar, quiero manifestar nuestro apoyo y nuestro voto favorable a la proposición no de ley que ha defendido ahora, por parte del Grupo Mixto, el diputado don Joan Baldoví. Nosotros coincidimos en el objetivo y en la finalidad de
esta proposición no de ley, a pesar de que también queremos poner de relieve que, por parte de la Generalitat de Catalunya, y en el caso concreto de los Mossos d´Esquadra, se están realizando estudios y evaluaciones sobre cuáles deben ser finalmente
las formas y los materiales que deben incorporarse para mejorar la visibilidad del número de identificación profesional de los miembros, en ese caso, de la Policía autonómica, especialmente en circunstancias de extrema peligrosidad. Se están ya
realizando estudios y evaluaciones sobre esas formas y materiales que en cada caso puedan ser los más idóneos.


En lo relativo a la enmienda presentada por nuestro grupo a la proposición no de ley del Grupo de La Izquierda Plural, condicionamos nuestro voto a su aceptación o no, íntegramente, de todos y cada uno de los puntos de nuestra enmienda, que
no provoca una sustitución global del texto, pero que sí lo mejora sustancialmente en dos objetivos. En primer lugar, defender la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no presumir de entrada una cierta intencionalidad hacia su
actuación, cuando preservan la seguridad ciudadana y realizan labores importantes en el control de manifestaciones ciudadanas, en el control de un buen ejercicio del derecho de reunión y de manifestación. Por tanto, no presumir en ningún caso de
entrada una actuación que no sea la que deben realizar con el cumplimiento estricto de su deber y de su obligación de salvaguardar la seguridad ciudadana.


Quiero explicar también que a Convergència i Unió le preocupa la necesidad de dotar de mejores instrumentos legales para ayudar a una mejor prevención y actuación ante lo que viene manifestándose como una creciente violencia callejera,
especialmente en grandes ciudades y en eventos particulares de gran significación para el orden público. Mostramos aquí también nuestra preocupación. Finalmente, manifestamos nuestra coincidencia con la necesidad de elaborar protocolos y
procedimientos normalizados de trabajo en materia de manifestaciones y de protestas ciudadanas para aquellas policías que aún no dispongan de estos protocolos específicos. En el caso de los que ya están implementados, como es la Policía de la
Generalitat, de los Mossos d'Esquadra, es necesario impulsar el desarrollo y la incorporación de todas aquellas nuevas medidas que puedan mejorar la efectividad policial y que permitan también garantizar, de manera más completa, el libre ejercicio
de los derechos de los ciudadanos. Defendemos nuestra enmienda y, si no se aceptaran los distintos puntos de supresión y de modificación que en la misma defiende Convergència i Unió, votaríamos en contra.


El señor PRESIDENTE: Se han presentado enmiendas a ambas proposiciones no de ley por el Grupo Socialista, para su defensa el señor Corcuera tiene la palabra.


El señor CORCUERA PLAZA: Al igual que ha hecho mi compañero, don Jordi Jané, aprovecharé este turno para defender ambas enmiendas y no tener que volver a intervenir respecto a la otra proposición no de ley.


Cierto es que en los últimos meses, y especialmente en las últimas semanas, estamos asistiendo a un intento de limitación del derecho fundamental de reunión por parte del Gobierno de España, pero también del Gobierno de Cataluña. Asistimos
preocupados a los anuncios de ambos Gobiernos de derechas, español y catalán, de cercenar con modificaciones legislativas un derecho tan importante como este. Porque, señorías, el derecho de reunión no es un derecho fundamental más. Es sobre el
que se asienta todo nuestro sistema democrático. Es un derecho que garantiza la discrepancia, la libertad de expresión y da sentido a nuestra democracia. No es admisible plantear limitaciones a este derecho, como tampoco se pueden descalificar las
manifestaciones, el ejercicio de este derecho de reunión, ni tampoco a quienes participan en ella. No se pueden menoscabar las características personales de los ciudadanos que ejercen el derecho de reunión, ya sean jóvenes, mujeres, sindicalistas,
partidos de izquierdas, de derechas, sea quien sea. El ejercicio de manifestación no está afectado por quienes ejercen este derecho. Extender la sombra de radicalidad al conjunto de la expresión pública es tan equivocado o erróneo como extender la
actuación de unos agentes a todo el Cuerpo Nacional de la Policía, es exactamente el mismo error.


Señorías, todos podemos coincidir en que, en general, y salvo actuaciones individuales que tienen que ser sancionadas, disponemos de unas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que tienen acreditado que garantizan nuestra seguridad. Unos
cuerpos de policía que son profesionales y homologables con cualquiera de nuestros socios europeos. Pero lamentablemente en ocasiones, decisiones equivocadas o desproporcionadas de quienes tienen la responsabilidad política de mandar los
operativos,



Página 15





pueden desencadenar episodios violentos. Ya se ha comentado lo que ha ocurrido recientemente en Madrid, en Valencia o incluso en Barcelona. Por eso, desde el Grupo Parlamentario Socialista compartimos la preocupación de estos grupos
proponentes sobre la necesidad de garantizar el derecho de reunión y manifestación, la necesidad de velar por el respeto de los derechos y la obligación de sancionar cualquier extralimitación policial que pueda producirse.


Como ya se ha señalado, hemos presentado una enmienda de modificación a ambas proposiciones no de ley, porque entendemos que algunas de las medidas que instan ya están recogidas por la normativa en vigor y pueden ser aplicadas si existe una
voluntad política de los Gobiernos. Permítanme que me refiera brevemente a dos de los aspectos aludidos en la parte dispositiva de estas proposiciones no de ley. En primer lugar, el que hace referencia a la obligación de identificación de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Como saben sus señorías, el Ministerio del Interior, en una instrucción del secretario de Estado de Seguridad del año 2007, y también la Generalitat, en un decreto publicado en noviembre de 2008,
establecen que todos los agentes deben llevar bien visible el número de identificación personal. Me refiero a ambos cuerpos, porque ambos lo regularon Gobiernos socialistas. En mi ámbito, dicha instrucción del Ministerio del Interior, relativa al
uso del número de identificación personal en la uniformidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, establece que todos los componentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional que vistan de uniforme o equipo de trabajo, incluidas
aquellas unidades policiales que no portasen hasta ese momento identificación alguna, deberán llevar sobre sus prendas de uniformidad el número de identidad personal correspondiente al carné profesional o a la tarjeta de identidad personal, en lugar
bien visible y de forma que, a la denominada distancia de respeto, puedan ser leídos sin dificultad por los ciudadanos. En esa instrucción se señala también que esta obligación se configura como un derecho de los ciudadanos a identificar en todo
momento y sin ninguna acción positiva de demanda y, como contrapartida, es un deber de los agentes de ser identificados. Como pueden comprobar no cabe interpretación alguna en esta instrucción, por eso creemos que no es necesaria la modificación
del régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de la Policía para establecer como falta disciplinaria la negativa a identificarse, porque es un deber que le viene exigido en esta instrucción de 2007. Su negativa o la falta de identificación debida
constituyen una falta grave que puede subsumirse perfectamente en la letra x) del artículo 8 de dicho régimen disciplinario de 2010. Un precepto que señala como falta grave la infracción de deberes u obligaciones inherentes al cargo o a la función
policial. No hay duda de que la instrucción de 2007 lo establece como deber. Señorías, existe la normativa que lo exige; normativa en la que, repito, no cabe interpretación alguna.


Nuestra enmienda insta al Gobierno a garantizar el cumplimiento de dicha instrucción en cuanto a la obligatoriedad de las identificaciones de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en especial en las unidades de
intervención policial. En parecidas circunstancias, señorías, se regula dicha identificación para el cuerpo de los Mossos d'Esquadra, tal como también se ha comentado. Siendo esto así, ¿por qué no se cumple este deber? Es obvio que ello depende
de la voluntad política de ambos Gobiernos, el español y el catalán, preocupados más en trasladar a la opinión pública una imagen de que no hay protestas sociales en la calle, que de preservar los derechos y libertades de los que quieren manifestar
su discrepancia, bien con operativos absolutamente desproporcionados, como pudimos comprobar en la pasada reunión de los miembros del Banco Central Europeo en Barcelona, bien con un excesivo celo en la labor de vigilancia, con identificaciones
masivas y detenciones preventivas. A tenor de algunas declaraciones que hemos podido leer en los medios de comunicación, no parece que esta situación vaya o pueda cambiar en un plazo breve. No hace mucho el conseller de Interior catalán expresaba
su discordancia con dicha obligación y anunciaba que por el momento no piensa aplicar este decreto de la Generalitat de 2008. Es más, admitió que dudaba entre aplicarlo, modificarlo o derogarlo. Por cierto, respecto al protocolo de actuación hay
que decir que la Ley del derecho de reunión y manifestación ya lo establece.


Por lo que hace referencia al segundo aspecto quiero destacar la grabación de las actuaciones policiales. El Grupo Socialista entiende que una mayor transparencia en las actuaciones policiales es una garantía, tanto para los ciudadanos como
también para los propios cuerpos de seguridad, si bien habitualmente ya se suelen utilizar dispositivos de grabación en los dispositivos policiales que se despliegan para garantizar la seguridad en las movilizaciones ciudadanas, nos parece adecuado
instar a que se tomen las medidas pertinentes para que su uso sea generalizado. Dispositivos que también nos parecen especialmente adecuados en las dependencias policiales. Qué duda cabe que es una garantía tanto para los detenidos como para los
propios agentes, pero creemos que ante todo, tal como recoge nuestra enmienda, deben preservarse la privacidad de las personas, por ejemplo no grabando la intimidad del detenido en el interior de la celda.


Respecto a la proposición no de ley de Compromís, del señor Baldoví, ya ha anunciado que aceptaba nuestra enmienda. Creemos que es reiterativo mantener los dos puntos de su proposición no de ley e incorporar nuestra enmienda, pero aún así
la votaríamos a favor. Tal como he señalado, aquellos aspectos de la proposición no de ley de La Izquierda Plural que consideramos que ya están en vigor, porque existen las normas, nos abstendríamos o en alguno de ellos a lo mejor votaríamos en
contra. Pediríamos votación separada de cada uno de los puntos.



Página 16





El señor PRESIDENTE: No es posible el troceado, por decirlo de alguna manera, de las proposiciones no de ley. La enmienda, me refiero a los aspectos procesales oportunos, es una enmienda de sustitución, aunque verbalmente el señor Baldoví
la ha sugerido como de adición.


El señor CORCUERA PLAZA: Podríamos transaccionar la enmienda como una enmienda de adición.


El señor PRESIDENTE: Si presentan un texto, pero les rogaría que lo hagan cuanto antes para que puedan conocer el resto de miembros de la Comisión en qué términos se expresa. En principio no son troceables o fraccionables, si usted lo
prefiere, las proposiciones no de ley. Si hay un texto, y ningún grupo se opone a esa transacción, se someterá a votación, pero siempre de manera unitaria. ¿Resto de grupos que deseen fijar posición? (Pausa). Señor Márquez.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: En primer lugar, quiero agradecer a mi compañero de grupo, el diputado don Federico Cabello de Alba, la buena disposición a que sea yo quien defienda los dos puntos que han sido agrupados por la concreción y la
brevedad en la duración de esta Comisión de Interior.


Quisiera comenzar con algo que algún diputado ha comentado en sus intervenciones anteriores. Creo que la mayoría de las cuestiones que se plantean, que son objeto de la proposición no de ley, ya han sido objeto de exposición y debate en la
comparecencia que el día 15 de marzo hizo el propio ministro del Interior ante esta Comisión de Interior. Fue una exposición profusa, extensa, detallada y concretó muchos de los aspectos que ahora estamos debatiendo en esta proposición no de ley.
Desde el punto de vista del Grupo Parlamentario Popular, la mayoría de esas cuestiones que se plantean en los diversos puntos que la componen o bien tienen ya una regulación o esta regulación es suficiente o, por otra parte, son de imposible
cumplimiento por razones de tipo formal, jurídico o incluso de conveniencia.


Me gustaría comentar el texto del preámbulo de la proposición no de ley. Si siempre son importantes los preámbulos en este caso hay que detenerse en él, porque realmente fija cuál es la postura del grupo proponente. Debemos exponer nuestro
rechazo a sus términos y a su contenido e incluso diría a la propia denominación de la proposición no de ley, que recuerdo a sus señorías que se denomina: para instar al Gobierno a que proponga una ley sobre la represión policial de las
movilizaciones ciudadanas. Quiero expresar mi más rotundo rechazo a la expresión represión policial de las movilizaciones ciudadanas, porque es una visión absolutamente sesgada de los acontecimientos y, por otra parte, es lo que define e impregna
el texto de la proposición no de ley en su conjunto. La inexactitud más absoluta en la redacción o en la concreción de los acontecimientos a los cuales hace referencia y que le permite después exponer la parte dispositiva que pretende que acordemos
en esta Comisión de Interior.


Señorías, observamos una actitud llena de prejuicios respecto del desempeño de la función que hacen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Observamos que hay una sospecha de partida, una sospecha de lesión de derechos por parte de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que, desde nuestro punto de vista, no es de recibo, que debemos rechazar y rechazamos de forma rotunda. Porque la evidencia demuestra que los hechos que ustedes relatan simplemente no se ajustan a la
realidad. Hacen una exposición parcial, subjetiva, diría que hasta el extremo de la falsedad, en cuanto a los hechos que se concretan en su exposición de motivos. La práctica totalidad de las concentraciones, las manifestaciones o las actuaciones
ciudadanas que ustedes citan no fueron comunicadas previamente a la Delegación del Gobierno, tal y como exige la ley; se desarrollaron de forma violenta; se vulneraron derechos de otros ciudadanos, como por ejemplo el de libre circulación,
evidente en imágenes que ustedes mencionan por otra parte reiteradamente; se causaron lesiones a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; se agredió e incluso se llegó a intimidar a profesionales de los medios de
comunicación; se provocaron daños en bienes públicos y privados; se arrojaron objetos a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, evidentemente, se profirieron todo tipo de insultos contra esos responsables de la autoridad.
Ya lo hemos comentado y ha sido objeto de las intervenciones anteriores: el derecho de reunión es un valor esencial. En eso estamos todos de acuerdo, es un valor esencial que consagra el artículo 21 de nuestra Constitución, pero como cualquiera de
los derechos que consagra nuestra Constitución no es un valor absoluto e ilimitado. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, profusa en esta materia, exige que el ejercicio del derecho de reunión se desarrolle de forma pacífica y sin que
suponga la afección de otros derechos, pues en este caso se produciría un abuso en el ejercicio de ese mismo derecho y quedaría excluido de la protección especial, de la protección jurídica que la ley le otorga.


La necesidad de proteger otros derechos y bienes exige que se comunique toda la reunión que se celebre en lugares de tránsito público, ya sea de forma estática o ambulatoria, lo citaba además concretamente el ministro en su exposición el día
15 de marzo ante esta Comisión. La comunicación no es en ningún caso una autorización, no debe entenderse así, es una declaración de conocimiento que permite a la Administración pública asegurar el ejercicio del derecho de reunión, además de poder
coordinarlo y proteger también otros bienes y derechos de terceros que pudieran verse afectados.


Con este punto de partida quisiera entrar sucintamente a detallar alguno de los aspectos que compone la formación de la posición del Grupo Parlamentario Popular en relación con las ocho peticiones que se realizan en el contenido de la
proposición no de ley. En primer lugar,



Página 17





hay que decir que la actuación policial ante el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación de los ciudadanos, como he dicho anteriormente, se dirige específicamente a la protección del ejercicio de tales derechos y a prevenir las
actuaciones que perturben su normal desarrollo. No lo olvidemos, este es el punto de partida básico de la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La necesidad de intervención de las unidades policiales en el control de una
multitud de personas concentradas en un espacio público se encuentra regulada en al menos cuatro leyes orgánicas, la reguladora del derecho de reunión, la reguladora de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la de protección de seguridad
ciudadana y además de forma más concreta incluso en el Código Penal. Son las delegaciones de Gobierno las que dan instrucciones al objeto de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ajusten su actuación a estas leyes orgánicas de forma que
se realice según las interpretaciones que la abundante jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha emitido a este respecto. ¿Por qué digo esto? Porque esta regulación sobre la base de leyes orgánicas, tal y como corresponde a la regulación de
derechos y libertades fundamentales, desde nuestro punto de vista impide que sea un protocolo el instrumento jurídico más adecuado para que a través de él pueda delimitarse el ejercicio de un derecho fundamental como el que estamos hablando, el
derecho de reunión. Por otra parte, deberán ustedes estar de acuerdo conmigo si digo que este tipo de intervenciones, en las cuales puede concurrir una multitud, una gran casuística de circunstancias y matices, haría inapropiado y poco práctico que
se sometiera a un supuesto protocolo de actuación que intentara darle un contenido de forma genérica o que abarcara todas y cada una de las circunstancias posibles que pudieran darse en las concentraciones de ciudadanos que puedan darse a lo largo
de las diversas motivaciones que puedan tener estos ciudadanos para recurrir a este libre derecho.


Un punto importante en las dos proposiciones que hemos aunado es el de la identificación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Como se ha comentado anteriormente, hay una profusa normativa a este respecto, de todo tipo, nivel o
jerarquía que llegan hasta el extremo de la concreción más detallada. Se encuentra recogida en el artículo 5 de la ya mencionada Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y después, concretamente, se ha desarrollado en el Real
Decreto 148/1987, en la instrucción 13/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad o en la orden interna 1376/2009, que todas ellas establecen la regulación de los distintivos del Cuerpo Nacional de Policía, concretamente de este cuerpo,
especificando el tipo de soporte, cuál debe ser la sujeción, dónde debe llevarse, a qué altura deben estar o incluso la dimensión determinada de las letras que componen la identificación de estos miembros del Cuerpo Nacional de la Policía. La
obligación se configura como un derecho de los ciudadanos a identificar en todo momento y sin ninguna acción positiva de demanda por su parte a los efectivos que le están prestando la función o servicio correspondiente y, como contrapartida, en un
deber de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a efectuarlo. Ya es una obligación y un derecho que ya tiene una regulación muy concreta y muy específica. De nada serviría que hoy aprobásemos una proposición que insta incluso a hacer esta
regulación con mayor profusión.


Quiero mencionar, porque creo que es importante, la necesidad de que los legisladores en nuestra posición, en el deber que tenemos para con la sociedad, que nos ha colocado en esta función de especial responsabilidad, debemos hacerlo sin el
más mínimo ápice de ingenuidad. Señoras y señores diputados, a nadie se le escapa que realmente en el deber de identificación, en el derecho de los ciudadanos a exigir esa identificación también confluyen otra serie de circunstancias que, no nos
engañemos, puede venir a deteriorar la necesidad de seguridad, también de la integridad física, de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Se ha hecho referencia a documentos gráficos, a videos, que se difunden en las
distintas redes sociales o que son accesibles en la web en cuanto a distintas actuaciones policiales. Les quiero hacer mención también a diversos videos que están al alcance de cualquiera en las redes sociales y que apuntan a la identificación
previa, por parte de ciertos colectivos, de los policías o de los agentes de la autoridad que van a intervenir en las movilizaciones ciudadanas, en las manifestaciones, autorizadas o no, en las concentraciones de ciudadanos, con el fin de que a
posteriori puedan ser objeto de mayores o menores represalias. Debemos saber esto y debemos ser conscientes también de esta realidad. No seamos ingenuos en cuanto a la regulación y a la concreción de este derecho y deber que ya está regulado y
que, por supuesto, estamos a favor de que se aplique y se aplique en sus justos términos, tal y como especifica la normativa en la materia.


La identificación de los ciudadanos -si me pide el presidente que vaya terminando, voy a intentar concretar los últimos puntos- que realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es una función a la cual tienen derecho de acuerdo a
lo que se especifica en el artículo 20 de la Ley Orgánica 1/1992 y se hace con el adecuado criterio de proporcionalidad, valorando y ponderando los derechos e intereses en juego en cada caso. De nuevo vuelvo a recordar la necesidad de que estos
cacheos, tal y como se denominan a los registros que se hacen en la identificación de los ciudadanos, deben tener una intención determinada que es evitar prevenir la comisión de atentados o de agresiones a los agentes de la autoridad a posteriori.
En cualquier caso, como he dicho en el comienzo de mi intervención, la solicitud que se detalla en los distintos puntos de la proposición no de ley ya se encuentra recogida en distintas disposiciones legales, que nada aporta, desde luego, la
proposición que estamos debatiendo en este momento y que, tanto la exposición escrita que estamos



Página 18





debatiendo, como la intervención de los portavoces que la han defendido, no convence al Grupo Parlamentario Popular que, en este momento y con este portavoz en la materia, anuncia su voto negativo. (Un señor diputado: Muy bien-Aplausos).


El señor PRESIDENTE: A los efectos de precisar los términos en que se producirían ulteriormente las votaciones, pregunto al señor Sixto si acepta alguna de las enmiendas. De su intervención deduzco que rechazaba la enmienda presentada por
Convergència i Unió, pero desconozco su posición respecto a la que presenta el Grupo Socialista.


El señor SIXTO IGLESIAS: No es posible replicar las intervenciones, dado que somos los proponentes.


El señor PRESIDENTE: No es posible.


El señor SIXTO IGLESIAS: Pues es una lástima no poder contestar al portavoz del Grupo Popular, una auténtica lástima.


Por sustanciar la cuestión, nuestro grupo no acepta ninguna de las dos enmiendas planteadas por parte de Convergència i Unió y por parte del Grupo Socialista, porque no estamos ante un problema nuevo, sino que es un problema que ya viene de
antiguo y que últimamente se está agudizando.


El señor PRESIDENTE: En consecuencia se votará en los términos íntegros presentados por el Grupo de La Izquierda Plural.


El señor Baldoví ha entregado una transacción de la que doy noticia. Es la adición, en este caso, de un párrafo que sería el primer punto de la enmienda del Grupo Socialista, la conocen todos ustedes, y persistirían en los puntos 1 y 2 de
la proposición original. Estos serían los términos exactos de la transacción.


- SOBRE ERRADICACIÓN DEL MAILING ELECTORAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA. (Número de expediente 161/000032).


El señor PRESIDENTE: Quedaría únicamente por ser debatida y posteriormente votada la proposición número 32, cuyo autor es el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, relativa a la erradicación del mailing electoral. Para su
presentación tiene la palabra la señora Díez.


La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Por hacer un brevísimo antecedente, porque sus señorías conocen perfectamente cuál es la intención política de esta proposición no de ley, qué hay en su origen y qué hay en su formulación y, por tanto, en su
propuesta, de cuándo se gesta esta subvención a los partidos políticos que llamamos mailing electoral, cabe recordar que hace veintisiete años, cuando se aprobó la Loreg, en el año 1985, es cuando se puso en marcha otro mecanismo de financiación de
los partidos políticos que recibió el nombre de mailing electoral. Estamos hablando de una decisión adoptada hace veintisiete años, primera reflexión que les quiero hacer a sus señorías. Quizá aquello que era necesario hacer hace veintisiete años
para que los ciudadanos españoles en su conjunto tuvieran en su propio domicilio información directa de los partidos políticos que concurrían a las elecciones, desde la perspectiva de mayor cercanía, de mayor conocimiento, en un momento en el que la
democracia era muy joven, puesto que eran los primeros años de vida democrática, merecería una revisión por parte de los poderes públicos y de quienes hicimos las leyes, de quienes hicieron aquella ley y de quienes en este momento tenemos la
responsabilidad de revisarlas o de hacer otras nuevas.


La primera cuestión que quiero someter a la consideración de mis compañeros de Comisión es si transcurrido el tiempo, lo que se planteó como un elemento de ayuda a la publicitación de las candidaturas del conjunto de las fuerzas políticas
democráticas, de acercamiento de las propuestas políticas y, por tanto, de los candidatos a los ciudadanos en su propio domicilio, aquello que se consideró preciso, también para hacer posible que el conjunto de los ciudadanos pagáramos esa
publicidad de los partidos políticos, en esos primeros años de andadura de nuestra democracia, ¿creen sus señorías que es necesario que se haga en este momento? ¿No creen que veintisiete años después, con medios de comunicación muchísimo más
desarrollados, con acceso para el conjunto de los ciudadanos a todo tipo de redes de comunicación y de redes sociales, con una democracia mucho más consolidada, con un conocimiento de los ciudadanos españoles de la estructura de los partidos, de lo
que estos son, hasta de cómo se vota, porque en los primeros años de la democracia mucha gente se preguntaba cómo votar, cómo elegir, merecería la pena revisar si es necesario que los buzones de los domicilios de los españoles se llenen de sobres de
publicidad de los partidos políticos que, además, pagamos el conjunto de los españoles? ¿Que esos buzones se llenen de sobres sin que sus propietarios pidan que esa publicidad llegue a cada uno de los domicilios españoles?


Segunda derivada. Ese sistema de financiación complementaria de los partidos políticos, llamado mailing electoral, establecido a través de la Loreg de la manera que someramente les acabo de relatar, utiliza un mecanismo que a mí me parece
de dudosa legitimidad -aunque lo de la legitimidad sea entre comillas y en minúsculas-, porque no todos los partidos políticos son tratados en igualdad de condiciones. Primero viene la decisión y después la forma en la que la misma se lleva a la
práctica. Como sus señorías saben, para que se retorne la inversión al partido político que ha mandado la publicidad al hogar de los ciudadanos españoles se establecen algunas condiciones, fundamentalmente, que



Página 19





el partido político que se presente no sea la primera vez que lo hace, porque para pagar se requiere grupo parlamentario propio; es decir, para que revierta la inversión hace falta que se constituya grupo parlamentario propio. A juicio de
Unión Progreso y Democracia, este requisito de formar grupo parlamentario propio para que el Estado pague una parte de lo que ha gastado el partido político en hacer llegar a los ciudadanos su publicidad va en contra de un principio constitucional
que es la igualdad de todos los ciudadanos no solo para elegir sino para ser elegidos. Hay un principio constitucional básico en todas las constituciones democráticas y, por tanto, también en la Constitución de 1978, que es el derecho activo de los
ciudadanos a elegir en igualdad de condiciones y el derecho pasivo de los partidos políticos a ser elegidos en igualdad de condiciones. Si todos los partidos políticos no están en las mismas condiciones no hay igualdad, sobre todo con la traba que
se establece desde el primer momento para acceder a los hogares de los ciudadanos, para que los ciudadanos conozcan quién se presenta, cuántos se presentan y con qué propuestas se presentan. Este es un sistema que bloquea la entrada de nuevos
partidos políticos y que imposibilita que otros más pequeños que no llegan a tener grupo parlamentario propio reciban en los Presupuestos Generales del Estado el mismo trato que el que sí lo tiene. Lo diré de otra manera. En el caso de un partido
político que se presente y no consiga grupo parlamentario, porque los ciudadanos no le dan los votos suficientes para ello, es la pescadilla que se muerde la cola. ¿Por qué los ciudadanos no le dan votos suficientes para obtener grupo
parlamentario? A lo mejor también es porque hay una inmensa mayoría de ciudadanos que ni siquiera sabe que ese grupo político se ha presentado a las elecciones porque le llega la publicidad de los demás partidos pero de ese no. Por tanto, hay una
influencia de nuestro propio sistema electoral y de nuestra propia Ley Electoral a la hora de que los ciudadanos conozcan qué partidos políticos se presentan a las elecciones. Si un partido se presenta a las elecciones y no consigue grupo
parlamentario propio, los votantes de ese partido político, y el partido en su conjunto, a través de lo que cada uno de ellos paga en impuestos, le pagan la campaña al que sí lo ha conseguido. Es una cosa verdaderamente llamativa. Resulta que yo
me presento a las elecciones y no consigo grupo, pero como la ley ha establecido que no me subvencionan si no tengo grupo parlamentario, le pago el retorno a los demás partidos que sí lo tienen; es decir, se lo pago yo como partido, a través de los
impuestos particulares de cada uno de los miembros, y se lo pagan todos los ciudadanos que optaron por ese partido político.


Creo que estamos ante una situación en la que se dan las dos cuestiones a la vez. Primero, ¿hace falta que los Presupuestos Generales del Estado, es decir, el conjunto de los españoles, subvencionen complementariamente a los partidos
políticos por la vía del mailing, no a todos, sino a los que consiguen grupo parlamentario? Segundo, ¿es necesario que además de producirse esta desigualdad de trato de las fuerzas políticas a la hora de acceder a los recursos del Estado, se siga
produciendo este sobrecoste? ¿Por qué no llamamos a las cosas por su nombre? ¿Por qué no planteamos en la Ley de financiación de los partidos políticos que si hace falta financiar más se haga directamente y así no hay que seguir utilizando el
subterfugio del mailing para hacer una aportación complementaria?


Quiero decirles que en la ponencia en la que estamos debatiendo la reforma de la Ley de financiación de los partidos políticos, porque nos parecía que era el lugar adecuado, Unión Progreso y Democracia planteó una enmienda para suprimir el
mailing. Se nos rechazó diciéndonos que no era el lugar. Bueno, pues eso nos lleva a tener que plantearlo otra vez aquí haciéndonos las dos preguntas a la vez -y con esto concluyo, señor presidente-. En primer lugar, ¿es normal que sigamos
financiando la propaganda electoral que llega a cada uno de los hogares de los ciudadanos con recursos públicos, de manera desigual y en una situación de gran precariedad desde el punto de vista económico? ¿Era normal hace veintisiete años? No lo
vamos a discutir. ¿Es normal ahora? Creo que no. En segundo lugar, ¿nos podemos permitir seguir financiando, con los escasos recursos de que disponemos, puesto que se está recortando en muchísimas cosas en las que ninguno de nosotros quisiera
recortar, la publicidad de los partidos políticos que llega a cada uno de los hogares, teniendo los ciudadanos la posibilidad de elegir la papeleta de la candidatura que quieren depositar en la urna cuando van al colegio electoral? Esta es la
cuestión. Como nos parece que no es normal hacerlo, ni hacerlo en condiciones de desigualdad, puesto que hacerlo en condiciones de igualdad supondría que el Estado tendría que pagar el mailing de todas las fuerzas políticas que se presentaran, y
parece que eso tampoco es la solución, es por lo que planteamos esta proposición no de ley y les pedimos el voto positivo.


El señor PRESIDENTE: A esta proposición no se han presentado enmiendas. Por tanto, pasamos al turno de fijación de posiciones por parte de los grupos.


En primer lugar, por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Sixto.


El señor SIXTO IGLESIAS: Hay ocasiones en las que no por defender las cosas con más vehemencia se tiene más razón. Algunos de los efectos que plantea la señora Díez los ha padecido el partido político al que represento, Izquierda Unida,
pero también los ha protagonizado ella misma, así como, por ejemplo, los grupos parlamentarios espurios. Nosotros no compartimos ni defendemos la ley electoral actual, no nos parece ni justa ni proporcionada. Creemos que habría que modificarla
sustancialmente después de estos años de democracia, durante los cuales se ha demostrado que sirve, sobre todo, para consagrar un sistema bipartidista. No estamos por la erradicación del mailing electoral -lo digo porque no vamos a votar a favor-
aunque tampoco estamos a



Página 20





favor del sistema actual ni de la vigente Ley Electoral, pero nos parecería mucho más justo buscar un sistema proporcional para todos. Pongo como ejemplo cómo se proporcionan los votos a los emigrantes españoles en el exterior. Se les
entrega un juego completo de papeletas de todos los partidos que se presentan. Sería mucho más razonable que en lugar del dispendio económico que supone para los Presupuestos Generales del Estado pagar mailing al PP, al PSOE, a Izquierda Unida,
esta vez a UPyD, porque también lo habrá cobrado, a Convergència i Unió, etcétera, se hiciera un único mailing con las papeletas de todos los partidos y de todas las circunscripciones y se enviara a todos los ciudadanos a sus casas. Con ello,
además, se les garantizarían las papeletas.


No nos parece lo más justo suprimir el mailing de raíz, porque no invitaría a la gente a la participación democrática en esa ceremonia que nos interesa a todos que son las elecciones generales, municipales y autonómicas.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: El mailing electoral, su propio nombre lo indica, no es una invención de nuestra democracia sino una actividad que se realiza de manera usual en la mayoría de países democráticos en los que concurren distintas
candidaturas. Para los partidos que se presentan a las elecciones no deja de ser una cierta obligación intentar difundir sus objetivos ante la ciudadanía, haciendo llegar a sus domicilios las papeletas de sus respectivas candidaturas, que pueden
venir acompañadas de una carta con las finalidades que pretenden. El mailing no es un hecho aislado que podamos plantear hoy como necesario o no, puesto que es algo que se da en las democracias parlamentarias. A pesar de que existe un cierto
hartazgo de recibir y recibir buzoneo con las papeletas electorales -que estoy convencido de que lo hay-, no les quepa duda de que si se eliminara gran parte de la población lo reclamaría, puesto que cuando hay unos comicios esperan que les llegue a
su domicilio esa información electoral. Es una cierta tradición en nuestra normativa electoral que, repito, no es un hecho aislado. Esta es una primera consideración.


Segunda consideración. ¿Debe ayudar el Estado a las formaciones políticas a realizar esa actividad que supone un coste para ellos? En Convergència i Unió entendemos que las elecciones comportan unos gastos y este es un coste que no podemos
obviar que existe. Por tanto, estamos a favor de que siga existiendo este sistema, aunque lo podemos mejorar y podemos discutir si se dan situaciones injustas en la forma de retornar a los partidos ese gasto que han realizado. Pero lo cierto es
que ese gasto existe y entendemos que debe atenderse.


Último aspecto que quería destacar. ¿Debe atenderse por igual a todo el conjunto de candidaturas que lícita y legítimamente se quieren presentar a unos comicios? Entendemos que se debe mantener la condición de conseguir representación
parlamentaria -sea teniendo grupo propio o no, que sería más discutible-, de tener un respaldo mayoritario de la ciudadanía, en el sentido de que obtener algún escaño es un factor diferencial. Si tuviéramos que pagar con fondos públicos a todas las
candidaturas que lícitamente se presentaran y que decidieran realizar un mailing a toda la ciudadanía, habría un sobrecoste en los presupuestos que no se podría atender. También es lícito que los poderes públicos atiendan a aquellos que obtienen
una respuesta mayoritaria entre la ciudadanía, porque ello se traduce al final en escaños. Por tanto, entendemos que debe existir algún filtro, porque si se pagara a todas las candidaturas que se presentan, que en ocasiones son centenares, no
habría suficientes fondos públicos para atender esa actividad. Incluso quizá entonces surgiría ese hartazgo ciudadano por recibir muchísimas papeletas que después no tienen una respuesta favorable el día de las elecciones. Esto representaría un
gasto que habría que replantearse.


Por todo lo expuesto, sí a un posible debate sobre cuál es el filtro final para saber quién puede recibir la subvención por el mailing electoral, pero no a una propuesta que puede ser muy populista porque propugna sacar ese gasto, ya que no
debemos desconocer que el mailing forma parte de una cierta función en el proceso electoral que está consolidada, porque muchos ciudadanos esperan en sus domicilios a que les lleguen las papeletas de la formación política a la que tienen previsto
votar ese día.


El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Benegas.


El señor BENEGAS HADDAD: Intervengo en nombre del Grupo Socialista para explicar nuestra posición y, en consecuencia, el sentido de nuestro voto sobre esta proposición no de ley de UPyD, mediante la cual, como se ha dicho, se pretende
suprimir la subvención estatal del mailing en las campañas electorales. Les avanzo que votaremos en contra de la misma, y ello por varias razones. En primer lugar, por entender, aunque sea una razón bastante menor, que la Comisión para tratar
cuestiones que afectan a la Ley Electoral no es la de Interior sino la Constitucional; por lo menos así lo ha sido desde el año 1977. Todas las reformas electorales, incluida la última, la de 2011, se han debatido y tratado en la Comisión
Constitucional. Por tanto, entendemos que esta proposición no de ley está mal traída a la Comisión de Interior. Pero, como digo, esta es una razón bastante menor.


Es el segundo lugar, desde la aprobación de la Constitución, en el año 1978, siempre hemos entendido, al menos entre los dos principales partidos de ámbito estatal, y creo que también puedo decir lo mismo de CiU y del PNV, que la Ley
Electoral forma parte de lo que habitualmente denominamos bloque constitucional, integrado por las leyes básicas que regulan el funcionamiento de nuestra democracia. Este es el concepto de bloque constitucional. Desde entonces, es decir, desde



Página 21





la aprobación de la Constitución, hemos entendido que las leyes que integran el bloque constitucional no se pueden modificar unilateralmente sino que por sus características requieren del más amplio consenso posible, debiendo contar, como
mínimo, con el acuerdo de los dos principales partidos de ámbito estatal, y si el consenso es mayor, mejor. Es evidente que ese no es el caso de esta proposición no de ley, que se ha presentado unilateralmente y sin dialogar con los demás.


Tercero, durante la legislatura pasada debatimos una iniciativa idéntica, casi idéntica, en la Comisión Constitucional y contó, señora Díez, exclusivamente, si mal no recuerdo, con su propio voto. Es evidente que esta es una nueva
legislatura y ustedes pueden reiterar su propuesta, pero sin haber buscado, o al menos intentado, un consenso amplio, ustedes saben que esta iniciativa no puede prosperar. Votaremos en contra porque no estamos de acuerdo con el contenido de la
propuesta, además de por las razones anteriores.


Dicen ustedes bien en la exposición de motivos de esta proposición no de ley que los partidos son el instrumento fundamental para la participación política. La calidad de nuestra democracia, como es sabido, es objeto de un debate muy vivo
en nuestra sociedad. Todo sistema democrático es perfectible y debemos estar atentos y ser reflexivos sobre las quejas de nuestros conciudadanos. Pues bien, una de las exigencias que se nos plantea con reiteración es la mejora de las relaciones de
la comunicación entre electores y elegidos. Desde esta perspectiva, el mailing es un instrumento de conexión directa entre los electores y los candidatos para que los ciudadanos que pueden ejercer el derecho a votar puedan recibir en su domicilio
no solo las papeletas de votación sino también el programa con el que los partidos concurren a las elecciones, al menos una síntesis del mismo, o documentos que pueden ser importantes para que el ciudadano pueda conformar su opinión. Es decir, el
mailing es un instrumento de comunicación entre los partidos y los ciudadanos cuando estos tienen que ejercer su derecho al voto. Lo que ustedes proponen es suprimirlo, porque eliminar la subvención estatal al mailing equivale a su supresión en la
práctica. ¿Por qué tenemos que suprimir un instrumento de comunicación con los ciudadanos? No nos sirven los argumentos económicos -para eso está, por ejemplo, el recorte del 20% que en estos momentos se están planteando todos los partidos- porque
damos más valor a este instrumento de comunicación directa con los ciudadanos; además, el transcurso del tiempo, veintisiete o veintiocho años, no lo desvirtúa en absoluto, puesto que sigue habiendo ciudadanos que quieren recibir las papeletas y
conocer cuáles son los programas del partido.


No vemos ninguna razón sólida, señora Díez, para aceptar su proposición. Por tanto, por las razones antedichas votaremos en contra.


El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Bermúdez de Castro.


El señor BERMÚDEZ DE CASTRO FERNÁNDEZ: Este no es un debate nuevo en esta Cámara; creo que ha sido una propuesta recurrente por parte de su grupo parlamentario, por bajar un poquito el tono diré que casi pertinaz, como la sequía, señora
Díez, que fue debatida con profusión en la legislatura pasada, tanto en el seno de la subcomisión para la reforma de la Ley Electoral como en la propia Comisión Constitucional. La diferencia es que en la pasada legislatura, con una proposición no
de ley presentada por su grupo, que era similar, yo diría que casi mimética, usted, señora Díez, aceptó una enmienda para que la subvención por mailing alcanzara a todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, con independencia de
que hubieran cumplido con los requisitos y condiciones para tener grupo parlamentario, y hoy, con una proposición no de ley mimética a la que presentó en la legislatura pasada, al final lo que nos piden es que se supriman todas las ayudas por
mailing a todas las fuerzas políticas, con independencia de que tengan grupo parlamentario o no. Para ello recurren a una justificación que creo que es profundamente exagerada, diría que incluso desproporcionada. Si el mailing les parece una
práctica tan injusta y discriminatoria, no le voy a preguntar por qué remitieron 9 millones de cartas en las pasadas elecciones y por qué su partido se cuenta entre las fuerzas políticas que solicitaron y recibieron ayudas por mailing, porque eso es
voluntario. Es voluntario remitir las cartas a los electores y también lo es solicitar y recibir las subvenciones. Tampoco le voy a preguntar la razón por la que justificando la exposición de motivos -hoy no lo ha hecho en su intervención, pero lo
hacen en la exposición de motivos- que debería prohibirse a todos los partidos en campaña el envío masivo de publicidad y propaganda electoral, finalmente en el petitum de la proposición lo que solicitan no es que se prohíban los envíos sino tan
solo que se eliminen las subvenciones por mailing, por lo que lejos de reponer la igualdad que predican y proponen, lo que conseguirían sería justo el efecto contrario, es decir, aumentar la desigualdad, porque solo los grandes partidos que tenemos
más recursos económicos podríamos realizar esos envíos.


Prefiero abordar, por tanto, el debate de otra manera. Prefiero fijar la posición de mi grupo recordando las razones y argumentos que nos llevaron en la pasada legislatura, en el seno de esa subcomisión, después de un debate amplio y
profuso, a mantener esas ayudas, por cierto, de carácter finalista. No es un subterfugio para financiar a los partidos, porque son de carácter finalista, solo son para realizar envíos de publicidad y propaganda electoral no para otra cosa. Por
tanto, tengo que decirle que creo que esos argumentos y razones que nos llevaron la pasada legislatura a mantener esas ayudas siguen vigentes a día de hoy. El mailing no es una práctica perversa, es un instrumento que tienen los partidos políticos
en campaña electoral -lo recordaba bien el señor Benegas-; es un instrumento que permite a las formaciones políticas comunicarse directamente con los electores,



Página 22





informarles de su proyecto político, de su programa electoral y remitirles las candidaturas y papeletas de voto. Es casi el único instrumento de comunicación directa que tienen los partidos políticos con los electores en campaña electoral.
Pero es que además, como usted bien conoce, en algunas zonas de nuestro territorio, donde es difícil todavía hacer campaña electoral -desde luego ha sido muy difícil en los últimos años-, ha sido casi la única manera de que los electores recibieran
información de algunas fuerzas políticas. Por último, y no menos importante, es un instrumento para fomentar la participación política de los ciudadanos en campaña.


Usted conoce bien, porque formó parte de esa subcomisión, que hubo otro debate paralelo sobre si los poderes públicos, en las campañas institucionales que se realizan con ocasión de cada convocatoria electoral, deberían tener la posibilidad
de realizar una campaña institucional de fomento de la participación. Decidimos que no, que a lo que se tenían que dedicar exclusivamente los poderes públicos era a informar de la fecha de votación y de los requisitos del voto por correo y
reservamos a los partidos esa función; decidimos que a todas las fuerzas políticas nos correspondía, además de pedir el voto para nuestro programa, solicitar la participación electoral a los ciudadanos. El mailing es un instrumento importante para
ello. Lo reconocen ustedes en la exposición de motivos cuando dicen que diferentes estudios demuestran que un alto porcentaje de electores llevan ya las candidaturas elegidas desde su casa que previamente les han remitido por correo los partidos.
Tanto se reconoce, que incluso en la última campaña el propio Ministerio del Interior redujo los gastos de confección de papeletas, porque sabía perfectamente que esa práctica, esa costumbre de los electores ya se producía. Por un lado, los
partidos tenemos un coste para esa finalidad pero, por otro lado, a la Administración electoral le supone un ahorro. Por tanto, cumple una de sus funciones esenciales. De manera sucinta, creo que estas son razones suficientes, al igual que otras
que han recordado los señores Jané y Benegas, para justificar el mantenimiento de la subvención por mailing.


No quisiera terminar sin hacer una última reflexión. Nuestra democracia y nuestro sistema político tienen unas reglas de juego fruto del consenso y del acuerdo de la mayoría de las fuerzas políticas. Es un sistema político que pretende
garantizar la estabilidad y evitar la atomización del Parlamento para garantizar también otra función importante, que es la gobernabilidad. Es un sistema que establece, por cierto, límites de gasto igual para todos los partidos que concurren a las
elecciones -no se preocupe, el principio de igualdad se preserva en el acceso a la representación-, con el fin de procurar precisamente ese equilibrio en la concurrencia electoral. Pero también es un sistema electoral que recoge requisitos y
condiciones a los partidos para acceder a la financiación pública. Todas las democracias del mundo tienen esas condiciones y requisitos, la nuestra también, y creo que es justo. ¿Sabe cuál es el principal requisito para la obtención de la
financiación pública? Los votos de los ciudadanos; la confianza de los ciudadanos. La diferencia entre los partidos que estamos hoy representados en esta Cámara y otros que no lo están es que unos hemos recibido suficiente apoyo ciudadano y otros
no. Por tanto, no es un capricho ni una arbitrariedad sino la legitimación popular la que da acceso a determinadas ayudas que contempla nuestra Ley Electoral. Por cierto, con independencia de los adelantos a cuenta que en campaña reciben los
partidos que ya gozan de representación parlamentaria, porque ya demostraron en el pasado que contaban con respaldo ciudadano, las subvenciones públicas no se establecen sobre el pasado sino para cada elección de acuerdo al número de candidaturas
presentadas y a los votos y escaños obtenidos. Sinceramente, no sé qué tiene de discriminatorio este sistema. No sé qué posición de ventaja se concede a unas fuerzas políticas respecto de otras. La mejor prueba de ello es que ustedes, que en la
pasada legislatura tenían un escaño, hoy tienen cinco y grupo parlamentario. Por eso no creo que el mejor camino sea realizar propuestas tan drásticas y exageradas y romper los consensos de esta Cámara. Prefiero, señora Díez, el camino que estamos
siguiendo en la ponencia de la que usted forma parte y en la que hemos tenido ocasión de dialogar, la ponencia sobre la Ley de Financiación de Partidos Políticos, donde estamos llegando a acuerdos muy importantes, también con usted -usted está
contribuyendo a ello-, por ejemplo, para algo que les preocupaba mucho y que aparece reflejado en la exposición de motivos, que es limitar las condonaciones de deuda a los partidos por parte de las entidades de crédito o mejorar su transparencia.


Termino. Estamos dispuestos a estudiar propuestas en relación con el mailing, sobre todo a raíz de algunas resoluciones que en la última campaña electoral ha dictado la Junta Electoral Central, siempre y cuando exista el suficiente consenso
para ello, porque todo lo que conforme la Ley Electoral, que forma parte de las reglas del juego de nuestro sistema democrático, debe realizarse con un amplio consenso. Esas propuestas que estamos dispuestos a estudiar en ningún caso pasan por
eliminar las subvenciones públicas, al menos en campaña, o por erradicar -como dicen ustedes- esa práctica de la campaña electoral, por lo que nos vemos obligados a votar en contra de la proposición no de ley que hoy nos presentan. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Iniciamos las votaciones, siendo ya una hora superior a la inicialmente prevista.


Votamos en primer lugar la proposición no de ley relativa a la protección del patrimonio histórico-artístico frente al expolio y la exportación ilegal. Se vota en sus propios términos al no haber sido admitida ninguna enmienda.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 2.



Página 23





El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional de la que ya dimos noticia, correspondiente a los puntos 2 y 3, a las proposiciones no de ley del Grupo Popular y del Grupo Socialista, sobre seguridad privada. La sometemos a votación en los términos
resultantes de la transacción, si ningún grupo se opone a la tramitación y entendiendo cumplidos todos los trámites de retirada de textos propios y de enmiendas subsistentes.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 41; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos a continuación la proposición no de ley de cooperación entre Policía local y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No se ha admitido la única enmienda que se ha presentado. En consecuencia, se vota en sus propios términos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 24; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la proposición no de ley número 5, que insta al Gobierno a promover una reforma de la actual normativa sobre seguridad privada que impulse la intervención de estos agentes en la vigilancia perimetral de los centros penitenciarios.
Se vota en los términos resultantes de la enmienda presentada in voce y aceptada por el grupo proponente, Convergència i Unió, si nadie se opone a la misma.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 15; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Aunque el debate se realizó de forma conjunta, votamos el punto número 6, que es la proposición no de ley sobre la represión policial de las movilizaciones ciudadanas, presentada por La Izquierda Plural, en sus términos íntegros.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 17; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la proposición no de ley sobre identificación mediante placa y número de los agentes de la Unidad de Intervención Policial del Cuerpo Nacional de Policía, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, en los términos expresados en el
debate.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Finalmente, votamos el punto número 7, que es la proposición no de ley sobre erradicación del mailing electoral, presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


No habiendo más puntos en el orden del día, se levanta la sesión.


Era la una y cinco minutos de la tarde.