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III. AUTORIZACIONES TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (610/000002) (Cong. Diputados, Serie C, núm. 8
Cortes Generales, Serie A, núm. 14
Núm. exp. 110/000008) DICTAMEN DE LA COMISIÓN Al Excmo. Sr. Presidente del Senado. Excmo. Sr.: La Comisión de Asuntos Exteriores, de acuerdo con lo Palacio del Senado, 31 de mayo de 2012.—El Presidente
(MEDE) entre el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la
República de Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España,
la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el
Gran Ducado de Luxemburgo, Malta, el Reino de los Países Bajos, la
República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia,
la República Eslovaca y la República de Finlandia, hecho en Bruselas el 2
de febrero de 2012.
dispuesto en el artículo 144.4 del Reglamento del Senado, ha acordado
elevar al Pleno propuesta favorable a la concesión de autorización al
Gobierno para que preste el consentimiento del Estado a obligarse por
medio del Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad
(MEDE) entre el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la
República de Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España,
la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el
Gran Ducado de Luxemburgo, Malta, el Reino de los Países Bajos, la
República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia,
la República Eslovaca y la República de Finlandia, hecho en Bruselas el 2
de febrero de 2012.
de la Comisión, Alejandro Muñoz-Alonso Ledo.—El Secretario Primero
de la Comisión, Alfonso Gustavo Ferrada Gómez.