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BOCG. Senado, apartado I, núm. 608-4181, de 05/10/2015
cve: BOCG_D_10_608_4181 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Enmiendas no admitidas a trámite
621/000159
(Congreso de los Diputados, Serie A, Num.163, Núm.exp. 121/000163)



La Presidencia del Senado, en ejercicio de la delegación conferida por la Mesa de la Cámara en su reunión del día 17 de abril de 2012, y al amparo
del artículo 36.1 c) del Reglamento del Senado, ha acordado, en relación con el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, admitir a trámite las enmiendas presentadas, con las excepciones siguientes:

1) Por
considerarse materia ajena al contenido de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, se inadmiten:

— las enmiendas 3428 del Sr. Espinar Merino del Grupo
Parlamentario Mixto y 2629 del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, al regular el acceso a nuevos fármacos a los enfermos de hepatitis C,

— las enmiendas 2631 del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya y 2737 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió, al proponer modificaciones en la legislación sobre educación,

— la enmienda 3291 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i d’Unió, al modificar la regulación en materia de jubilación de notarios, agentes de cambio y bolsa, corredores colegiados de comercio y registradores,

— las enmiendas 1724, 1726 y 1727 del Grupo
Parlamentario Socialista, al modificar la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil,

— la enmienda 1776 del Grupo Parlamentario Socialista, al regular la contabilización de consumos energéticos en los hogares
españoles,

— la enmienda 2234 del Grupo Parlamentario Socialista, al modificar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia,


— la enmienda 2222 del Grupo Parlamentario Socialista, al regular aspectos relacionados con la figura del mediador de contratos en el ámbito del funcionamiento de la cadena alimentaria,

— la enmienda 2224 del
Grupo Parlamentario Socialista, al afectar a la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,

— la enmienda 1671 del Grupo Parlamentario Socialista, al proponer la actualización del Plan
General de Residuos Radiactivos,

— la enmienda 1739 del Grupo Parlamentario Socialista, al afectar a materia de protección medioambiental,

— la enmienda 1748 del Grupo Parlamentario Socialista, al referirse al
contrato de servicios con la Agencia EFE,

— las enmiendas 1628 y 1781 del Grupo Parlamentario Socialista, al referirse a la cesión de la Dama de Elche para su exposición en la ciudad de Elche.

2) Por carecer de
contenido se inadmite la enmienda 1059 del Grupo Parlamentario Socialista.

3) Por presentar idéntico contenido a la enmienda 1809 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado se inadmite la enmienda 1811 del mismo Grupo.


4) Por contener alta en la sección 31, lo que es contrario a los acuerdos complementarios de tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, aprobados por la Mesa de la Cámara el día 22 de septiembre de 2015, se
inadmiten las enmiendas 2303, 2312, 2333 y 2334 del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.

5) Por enmendar la Sección 98 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, correspondiente al Estado de Ingresos, el
cual constituye una previsión contable que como tal no puede ser objeto de votación, al contrario que el Estado de Gastos que sí es sometido a aprobación por las Cámaras, se inadmiten las enmiendas 124, 125 y 126 de los Sres. Aiartza Azurtza,
Goioaga Llano, la Sra. Mendizabal Azurmendi y el Sr. Unamunzaga Osoro del Grupo Parlamentario Mixto y 2184 de las Sras. Armas Pérez y Julios Reyes del Grupo Parlamentario Mixto.

Frente a este acuerdo de no admisión a trámite de las citadas
enmiendas, de conformidad con el artículo 36.2 del Reglamento del Senado, cabe presentar solicitud de reconsideración ante la Mesa de la Cámara.

6) Por carecer de motivación se inadmiten las enmiendas 1147 y 1174 del Grupo
Parlamentario Socialista, a menos que se subsanen antes del viernes 2 de octubre, a las 12:00 horas.

7) Por no consignar cuantía alguna en la baja se inadmite la enmienda 2380 del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, a
menos que se subsane antes del viernes 2 de octubre a las 12:00 horas.

8) Por contener altas y bajas en Secciones distintas del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, lo cual no es conforme con el
artículo 149.2 del Reglamento del Senado, se inadmiten las enmiendas 153 de la Sra. Domínguez Hormiga; 2127 de las Sras. Armas Pérez y Julios Reyes; 3432, 3434, 3435, 3440, 3443, 3444, 3445, 3446, 3447, 3448, 3449, 3452, 3454 y 3458 del Sr.
Espinar Merino, todos ellos del Grupo Parlamentario Mixto, a menos que se subsanen antes del viernes 2 de octubre, a las 12:00 horas.

9) Por ser contraria al artículo 149.2 del Reglamento del Senado, al incluir altas y bajas de
distinta cuantía, se inadmiten las enmiendas 223, 227 y 950 del Grupo Parlamentario Socialista y 3416 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, a menos que se subsanen antes del viernes 2 de octubre, a las 12:00 horas.

10) Por
consignar altas y bajas que suponen consolidación de presupuestos del Sector Público Empresarial y del Sector Público Administrativo, no siendo estos dos tipos de presupuestos consolidables entre sí, se inadmiten las enmiendas 2178, 2179, 2180,
2181, 2182 y 2183 de las Sras. Armas Pérez y Julios Reyes del Grupo Parlamentario Mixto; 2583, 2584, 2585, 2586, 2587 y 2588 del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, a menos que se subsanen antes del viernes 2 de octubre, a las
12:00 horas.

Palacio del Senado, 1 de octubre de 2015.­—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.