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BOCG. Senado, apartado III, núm. 403-2709, de 24/09/2014
cve: BOCG_D_10_403_2709 PDF











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III. AUTORIZACIONES


TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES


Convenio de colaboración en materia de adopción de niños y
niñas entre el Reino de España y la Federación de Rusia, hecho en Madrid
el 9 de julio de 2014.


(610/000125)


(Cong. Diputados, Serie C, núm. 151



Cortes Generales, Serie A, núm. 309



Núm. exp. 110/000130)


PROPUESTA DE NO RATIFICACIÓN NÚM. 1


De don Jesús Enrique Iglesias Fernández (GPMX) y don José
Manuel Mariscal Cifuentes (GPMX)


Jesús Enrique Iglesias Fernández, Senador por la Comunidad
Autónoma de Asturias, y José Manuel Mariscal Cifuentes, Senador por la
Comunidad Autónoma de Andalucía, integrados en el Grupo Parlamentario
Mixto, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara,
presentan la siguiente PROPUESTA DE NO RATIFICACIÓN DEL CONVENIO DE
COLABORACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS ENTRE EL REINO DE
ESPAÑA Y LA FEDERACIÓN DE RUSIA, HECHO EN MADRID EL 9 DE JULIO DE 2014.


Mediante la siguiente propuesta de no ratificación
manifestamos el rechazo a la ratificación del Convenio de colaboración en
materia de adopción de niños y niñas entre el Reino de España y la
Federación de Rusia, hecho en Madrid el 9 de julio de 2014 por
contravenir abiertamente nuestro ordenamiento jurídico al prohibir la
adopción de niños y niñas a las familias del mismo sexo o a las familias
monoparentales.


Sin duda, la materia es sumamente compleja. Existen muchas
familias que llevan años esperando para traer a sus futuros hijos e hijas
de Rusia y por tratarse, en definitiva, de la protección del interés
superior del menor y los derechos de la infancia. Pero la complejidad no
debe resolverse mediante la ratificación de este Convenio que vulnera
abiertamente los derechos de las personas del colectivo LGTBI y las
normas constitucionales que garantizan los derechos y libertades
sexuales, ratificadas en la sentencia del Tribunal Constitucional
relativas al matrimonio igualitario.


No podemos admitir que se pretendan presentar como
irreconciliables los derechos de la infancia para crecer en un ambiente
adecuado y saludable que les permita desarrollarse como personas libres y
felices, y los derechos de las personas a elegir su orientación sexual y
formar una familia. Ambos deben ser perfectamente compatibles, están
reconocidos en la legislación española y deben garantizarse como derechos
humanos que son.









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Sólo bajo premisas puramente homófobas de carácter
ideológico-religioso pueden mantenerse posturas que, lejos de garantizar
los derechos de los niños y las niñas adoptadas, pueden llevar a
privarles de los medios que les proporcionen los anclajes emocionales y
materiales necesarios para disfrutar de una vida plena en el seno de una
familia, que lo único que debería garantizar en este caso es la idoneidad
para cubrir estas circunstancias de carácter imprescindible.


Este convenio deriva de las imposiciones del Gobierno ruso.
Aunque esto es algo que no podemos obviar, tampoco podemos admitir la
posición del Gobierno del Partido Popular cuando cede de manera
deliberada incurriendo en un recorte de derechos reconocidos y que
suponen, en definitiva, un claro retroceso en las conquistas sociales
llevadas a cabo en nuestro país, amén de un precedente ante futuros
convenios de adopción internacional que pudieran darse.


Además, hay algo que debemos señalar por la preocupación
fundada que nos suscita cuando con este convenio se permite que las
autoridades rusas se faculten para hacer un seguimiento de los menores ya
adoptados, pudiendo solicitar de manera periódica informes que, aunque se
harán bajo la legislación del país adoptante, si no son favorables el
menor podrá ser reubicado con otra familia heterosexual a petición del
Gobierno ruso.


Con esto parece que la retroactividad en cuanto a la
vigencia del convenio anteriormente suscrito queda descartada, pero deja
lagunas preocupantes que deberán ser tratadas con mucha cautela, puesto
que no podemos olvidar que ya existen familias del mismo sexo con hijos e
hijas rusas plenamente consolidadas en España. En este caso, ante la
manifiesta vulneración de los derechos humanos de las personas
homosexuales ejercida de manera beligerante en Rusia, el pretendido
interés superior del menor puede verse gravemente vulnerado en pos de
otros intereses de carácter claramente LGTB-fóbicos.


Todos estos motivos nos llevan a mantener la posición de no
ratificación de este convenio, contraviniendo nuestro propio ordenamiento
jurídico y mostrándose complaciente ante políticas discriminatorias que,
más allá de garantizar los derechos de la infancia, suponen un retroceso
para las conquistas sociales alcanzadas en nuestro país y marcan, de
manera inaceptable, la concepción de familias de primera y segunda
categoría que tiene el Partido Popular, negando la diversidad en la
configuración de las familias ya plenamente consolidada afortunadamente y
a su pesar en nuestro país.


Palacio del Senado, 18 de septiembre de 2014.—Jesús
Enrique Iglesias Fernández y José Manuel Mariscal Cifuentes.