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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 171, de 02/11/2012
cve: BOCG-10-D-171 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


2 de noviembre de 2012


Núm. 171



ÍNDICE


Página


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000025 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, para tratar específicamente la armonización y coordinación fiscal internacional, lucha contra el fraude fiscal y los
paraísos fiscales ... (Página2)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000457 Proposición no de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la rehabilitación política, ciudadana y democrática de la figura de Julián Grimau... href='#(Página3)'>(Página3)


162/000458 Proposición no de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas para reducir la brecha existente entre los ricos y los pobres, así como entre las rentas altas y las bajas...
(Página5)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000047 Moción consecuencia de interpelación urgente, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la necesidad de abordar una política que impulse decididamente el reparto de las riquezas y rentas existentes en nuestra
sociedad. Corrección de error ... (Página8)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000057 Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 8912/2006, promovida por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de las Palmas de Gran Canaria, en relación con el artículo 92.8 del Código
Civil, por posible contradicción con los artículos 117.3, 24, 14 y 39 de la Constitución Española ... (Página9)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000025


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, para tratar específicamente la armonización y coordinación fiscal internacional, lucha contra el fraude fiscal y los paraísos
fiscales.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de octubre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación
y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presentar propuesta de creación de una Subcomisión en el seno de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, que tenga como objetivo tratar
específicamente la armonización y coordinación fiscal internacional, lucha contra el fraude fiscal y los paraísos fiscales.


Exposición de motivos


La lucha contra el fraude y la lucha contra los paraísos fiscales es un tema crucial en las sociedades del siglo XXI, por razones éticas, de defensa del Estado de derecho, por razones sociales, pero también para salir de la crisis económica.


La movilidad internacional de los grandes patrimonios y la artificiosa movilidad de las grandes empresas, entre ellas las multinacionales, erosionan la capacidad fiscal de los países. Un resultado adicional de la movilidad es el mayor
incentivo a la competencia fiscal de los gobiernos a bajar impuestos 'efectivos' a las grandes corporaciones y patrimonios, lo que de nuevo reduce ingresos públicos, aumenta la desigualdad y profundiza en los determinantes últimos de la crisis que
padecemos. Porque el resultado de esa competencia fiscal es que países muy pequeños, que no temen represalias comerciales y no tiene servicios públicos que mantener pueden imponer tipos impositivos que tiendan a cero, en lo que se conoce como
paraísos fiscales, pero que más bien son la causa de los infiernos sociales que amenazan el Estado del Bienestar en el mundo.


Es, por ello, necesario atajar de raíz el problema y ni los gobiernos, ni los parlamentos, ni los responsables políticos, pueden mirar para otro lado. Por tanto, es preciso dotarnos de mecanismos y de acciones nacionales, pero también de
coordinación europea e internacional, porque cuanto más nos pongamos de acuerdo, más capacidad de luchar contra esta lacra tendremos.



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Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece la norma segunda.2 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en
el seno de las Comisiones de la Cámara, se propone la creación de una Subcomisión, en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, con las siguientes características.


Objeto:


Análisis en profundidad de la armonización y coordinación fiscal internacional, lucha contra el fraude fiscal y los paraísos fiscales. Evaluación de las experiencias internacionales más eficaces en esta materia. Con el objetivo de proponer
acciones y mecanismos concretos a nivel nacional, así como la necesaria coordinación de políticas en el seno de la Unión Europea y a nivel internacional.


La Subcomisión elaborará unas conclusiones que contengan distintas recomendaciones y propuestas de modificaciones legislativas que se consideren necesarias.


Composición:


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de 100 Diputados en la Cámara y un representante de cada uno de los Grupos restantes.


Adopción de acuerdos:


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado y se incluirán los votos particulares oportunos de los Grupos Parlamentarios discrepantes, tal y como establece el Reglamento.


Plazo:


La duración de los trabajos de la Subcomisión será de hasta un año desde su constitución.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2012.-Pedro Saura García, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000457


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, la siguiente Proposición no de Ley y, considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de octubre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley, sobre la rehabilitación política, ciudadana y democrática de la figura
de Julián Grimau, para su debate en el Pleno.


Han transcurrido doce años desde la aprobación de la Ley de Presupuestos de 1990 con la que se trató de resarcir el daño moral causado a todos aquellos que sufrieron la represión de la Dictadura de Franco por defender la legitimidad de un
gobierno emanado de la voluntad popular, restablecer las libertades públicas y recuperar la democracia. Quedan todavía sin resolver muchos casos, sin que los Poderes Públicos se hayan hecho eco de esta deuda moral, política, social y económica de
las personas que padecieron la represión del régimen franquista, máxime de aquellos que fueron sentenciados a la pena de muerte y fusilados, sin que su memoria tan siquiera haya sido rehabilitada.


Este es el caso de Julián Grimau: Detenido, torturado, procesado y ejecutado por el régimen franquista. Julián Grimau fue brutalmente golpeado en la Dirección General de la Seguridad, arrojado desde una ventana al patio interior del
edificio, simulando un intento de suicidio o de huida, acosado por las denuncias falsas de crímenes que llueven de todas las partes. Su único delito, como él mismo reconoció durante el procesamiento, fue el de ser comunista y luchar por la libertad
y la democracia.


Grimau fue procesado por un tribunal militar. No existían apenas en España militares con formación jurídica, por lo que bastaba con que fuera abogado el ponente o fiscal, encargado de asesorar a los presidentes del tribunal. En el caso del
juicio a Grimau, ejerció de fiscal un habitual de los juicios políticos, Manuel Fernández Martín, que en realidad nunca había estudiado Derecho y desempeñaba el cargo, como muchas otras personas en la época, gracias a que podía declarar que sus
títulos 'se habían quemado durante la guerra' (este impostor fue desenmascarado un año más tarde, tras décadas de ejercicio, y condenado a prisión). El defensor era la única persona con formación jurídica de la sala: el teniente abogado Alejandro
Rebollo, a quien la defensa de Grimau le costaría el puesto. El juicio sumarísimo se celebró en los juzgados militares de Madrid el 18 de abril de 1963, por 'rebelión militar continuada', en el que se aplicaba la Ley de Responsabilidades Políticas
de 1938. Para la defensa, el juicio era nulo de pleno derecho, de acuerdo incluso con las leyes políticas de la época y aun sin saber que el ponente era un impostor. Los delitos de torturas no fueron probados: los testigos de la acusación
declararon que conocían los crímenes del acusado 'de oídas', es decir, a través de rumores o testimonios de terceros que no podían comprobarse.


El delito de rebelión técnicamente había prescrito tras los 25 años transcurridos desde la guerra. Y el delito continuado era improbable, dado que Grimau había pasado más de 20 años fuera de España tras el fin de la guerra y no existían
indicios de su presencia clandestina en el país durante ese tiempo. El fiscal cortó en numerosas ocasiones las declaraciones del acusado y del propio abogado defensor, cuyo alegato no fue tenido en cuenta. Tras apenas cinco horas de juicio, sin
deliberación, se dictó la condena a muerte, tal y como estaba previsto.


Por otro lado, el Consejo de Ministros del 1 de abril de aquel año 1963 había aprobado la creación del Tribunal de Orden Público, que pretendía dar carpetazo definitivamente a la legislación represiva aprobada en el marco de la guerra civil.
A Grimau le habría correspondido ser juzgado por este tribunal, que no habría dictado pena de muerte sino de prisión. Por ello, para asegurarse de que Grimau sería ejecutado, Franco dispuso que la entrada en vigor de la ley se retrasara hasta
después del fusilamiento. Tras la lectura de la sentencia, solo cabía la posibilidad de que Franco conmutara la pena por otra de prisión. Numerosos jefes de Estado se pusieron en comunicación con él para hacerle esta petición, entre ellos el papa
Juan XXIII. Dentro de España, algunas personalidades cercanas al régimen pidieron también clemencia. El Consejo de Ministros, formado por 17 personas, se reunió el 19 de abril de 1963. Duró diez horas, aunque al parecer solo Fernando Castiella,
titular de Exteriores, y Vicente Fernández Bastarán, subsecretario del Ministerio de la Gobernación y ministro en funciones aquel día, manifestaron su oposición a la ejecución de la sentencia, alarmados por la presión internacional y las
consecuencias que podía tener en la política exterior española. Su oposición fue, sin embargo, más bien tímida, ya que Franco, finalmente, exigió una votación y la decisión de firmar la sentencia se tomó por unanimidad. Hacia las 5 de la madrugada
del 20 de abril fue trasladado en una furgoneta al campo de tiro del cuartel militar de Campamento (Madrid), donde debía ejecutarse el fusilamiento. En principio correspondía a la Guardia Civil formar el pelotón, pero sus mandos se negaron a
hacerlo. El capitán general de Madrid rehusó



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también que el pelotón fuera integrado por militares de carrera, que era la segunda opción. Finalmente fueron soldados de reemplazo quienes ejecutaron a Grimau.


Su viuda pidió su rehabilitación mediante la revisión de la sentencia, pero la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo se la denegó en enero de 1990, pese al voto favorable del presidente, José Jiménez Villarejo. Por su parte, en junio de
ese año el Tribunal Constitucional no admitió a trámite los recursos de amparo presentados por la viuda de Grimau y por el entonces Fiscal General del Estado, Javier Moscoso, y ratificó la sentencia militar del Supremo.


La paz, piedad y perdón que pidió Azaña no tiene que significar el olvido, y menos la injusticia cometida con Julián Grimau. La rehabilitación ciudadana de Julián Grimau que se solicita tampoco implica la revisión de la sentencia, ni del
espíritu de concordia y de transición política de 1978. Tampoco se trata de revisar un caso ya juzgado por el Tribunal Supremo. Existe un precedente y es que el 5 de mayo de 2005 la Asamblea de Madrid, presidida por Esperanza Aguirre, aprobó, por
unanimidad (PP, PSOE e IU), una proposición no de ley que instaba al Gobierno regional a promover ante el Gobierno central 'la rehabilitación ciudadana y democrática de Julián Grimau, incluyendo la indemnización que corresponda, como hombre que
padeció la represión franquista'.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados acuerda:


Instar al Gobierno a proceder en 2013 a la rehabilitación ciudadana y democrática de la figura de Julián Grimau, en el 50 Aniversario de su muerte, como hombre que padeció la represión del régimen franquista en su máximo grado por defender
la libertad y por profesar convicciones democráticas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000458


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre medidas para reducir la brecha existente entre los ricos y los pobres, así como entre las rentas altas y las bajas.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta el contenido del escrito número de registro 33988, y considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su
conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, al Grupo proponente y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de octubre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la preocupante brecha que se está abriendo entre los ingresos de
los ricos y pobres, así como la diferencia de ingresos.


La distancia entre los ricos y los pobres se agranda de forma traumática, así como la diferencia de ingresos. La tasa de paro está haciendo estragos en los ingresos de las familias. Más de 1,7 millones de hogares españoles, según la última
Encuesta de Población Activa, tiene a todos sus miembros en paro, y solo el 67% de los registrados en las oficinas de empleo reciben alguna ayuda o prestación del Estado. Esta realidad sitúa a España en una de las posiciones más preocupantes en las
estadísticas que miden la desigualdad social y se ha convertido, por primera vez, en el país de los Veintisiete que conforman la UE con mayor distancia entre las rentas altas y las bajas.


Siempre en España la brecha económica ha superado la media de los socios del euro, al menos desde que existen las series estadísticas de Eurostat (1995), aunque se mantenía estable. No obstante, la brecha comenzó a crecer debido a la
virulencia de la crisis, hace cinco años. El llamado coeficiente Gini, que mide la diferencia de ingresos de un país, revela con claridad ese cambio. Si la estadística arrojara un cero, significaría que en ese país hay una igualdad perfecta. El
100 sería la desigualdad más absoluta. España alcanzó en 2011 un 34. El nivel más alto desde que hay registros. Mientras, Alemania se aleja con el 29 (y donde, además, la distancia de ingresos se ha reducido en los últimos años), o Noruega, con
el 22,5.


Otro de los indicadores recogidos por Eurostat, el llamado ratio 80/20, establece una relación entre el 20% de la población que más ingresa y el 20% de la que menos ingresa. Los valores más altos indican mayor desigualdad. Y aquí España
bate récord: saca un 7,5. Es la nota más alta de los Veintisiete, que obtuvieron de media un 5,7. Alemania tiene un 4,6. En Noruega baja al 3,3. Como se aprecia, hay otras actividades aparte del fútbol en las que, por desgracia, también somos
punteros.


La destrucción de empleo, el fin de las prestaciones y las rebajas de sueldos han penalizado los ingresos. 'Hay países como Lituania o Letonia que, aunque también tienen índices de desigualdad elevados, al menos remontan en 2011. España no
se beneficia de ese avance', ha señalado Antonio Márquez, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Málaga. Con todo, 'lo preocupante es el desastre que puede llegar en unos años. Veremos el efecto del enorme
desempleo juvenil actual y de los problemas de formación que arrastra España. Eso puede hacer que el escalón sí sea tremendo', ha advertido.


La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) encendió las alarmas a finales del año pasado: la distancia entre ricos y pobres se encontraba en 2008 (últimos datos analizados) en el nivel más alto de los últimos 30
años, debido, sobre todo, a la cada vez mayor diferencia salarial. No se trata siempre de una consecuencia de las crisis, las desigualdades también crecen en la bonanza debido, según el organismo, a que desde mediados de los noventa las 'políticas
correctoras, como los impuestos y los servicios sociales, han perdido poder de redistribución de riqueza'.


Por otra parte, según refleja un informe sobre la riqueza mundial elaborado por Credit Suisse, las familias españolas han sufrido hasta mediados de 2012 una pérdida de riqueza del 18,4% respecto al año anterior. Lo que representa la caída
más acusada registrada entre las economías de la zona euro, especialmente perjudicadas por las adversas condiciones económicas producto de la crisis de la deuda soberana y la apreciación del dólar respecto al euro. En términos absolutos, el importe
agregado del empobrecimiento de los hogares españoles sumó 177.000 millones de euros, solo por detrás de la pérdida de 286.000 millones de los hogares italianos y por delante de la caída de 148.000 millones de Francia y de 50.000 en Alemania.


Las cifras son devastadoras. Y ponen de relieve la intensidad de la crisis, que no solo se está cebando entre quienes han perdido un empleo o no lo encuentran, sino también entre quienes lo conservan pero con un salario mermado. Según un
estudio realizado por la Fundación Primero de Mayo de CCOO (octubre/2012), la tasa de pobreza relativa -es decir, el porcentaje de trabajadores que no alcanza el 60% de los ingresos medios- se situará el año próximo en un 30%, nivel solo superado
por Rumanía y Grecia en el ámbito de la Unión Europea (UE). Este año se acabará en el 28,5%.


Lo preocupante, con todo, es su evolución, toda vez que al comenzar la crisis 'solo' el 23% de los trabajadores estaba por debajo de la pobreza relativa. El concepto de 'trabajadores pobres' ha sido acuñado en la Unión Europea (working poor
o in-work poverty) y se refiere a individuos ocupados -tanto



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asalariados como trabajadores por cuenta propia- que durante, al menos, siete meses al año pertenecen a hogares cuya renta anual disponible se encuentra por debajo del umbral de la pobreza. Este umbral se corresponde con el 60% del ingreso
neto anual familiar mediano de cada país. En el caso de España, en torno a los 7.500 euros al año en 2011. O lo que es igual, unos 625 euros al mes.


Según el informe, la evolución en España no es comparable con lo que ha sucedido en la UE. Los datos de la Unión Europea a 27 reflejan que, durante la crisis, la lógica de los países europeos ha determinado que la tasa media 'se haya ido
reduciendo tibiamente', en tanto que en España se ha visto incrementada, de tal modo que la brecha entre España y la media europea asciende a 4,3 puntos de diferencia.


Asimismo, en otro informe hecho público muy recientemente -septiembre de 2012-, los Servicios de Acogida y Atención Primaria de Cáritas en toda España han subrayado la consolidación en nuestro país de una sociedad más pobre, más desigual y
más injusta. En esta entrega -la séptima- del Informe del Observatorio de la Realidad Social (ORS) se señala que desde que se inició la crisis se ha multiplicado por 2,7 el número de personas atendidas en los Servicios de Acogida y Atención
Primaria de Cáritas, que ha pasado de 370.251 personas en 2007 a 1.015.276 en 2011.


Las causas principales de este incremento siguen siendo, principalmente, un proceso sostenido de destrucción de empleo, que reduce de manera drástica las posibilidades de ingresos económicos en numerosos hogares; y la consolidación de la
reducción y el agotamiento de las ayudas de protección social.


El VII Informe del ORS constata situaciones y hechos que hablan de un cambio social que, más allá de la coyuntura de la crisis, están suponiendo la consolidación de una nueva estructura social. En este sentido, se subrayan tres hechos:


- La sociedad española presenta un modelo de integración precaria que, desde los años ochenta, se ha venido deteriorando progresivamente y que deja patente la insuficiencia y la reducción de la capacidad protectora del sistema público.


- La exclusión social, la pobreza y la vulnerabilidad son fenómenos estructurales que hoy, a consecuencia de la crisis, se hacen especialmente visibles; pero el proceso de deterioro progresivo de los derechos y de la protección social,
especialmente para los más desfavorecidos, no es algo nuevo.


- La evolución de las solicitudes de ayuda a Cáritas no es un asunto pasajero ni coyuntural, sino que expresa la consolidación de una estructura social en la que un número elevado de personas y familias han quedado sin esperanza en su
proyecto vital.


Como se afirma en el estudio, 'si cuando hubo crecimiento económico (período 1994-2007), no se redujo la pobreza -ni se consolidó la protección social, ni aumentó la proporción de inversión en gasto social del PIB-, es difícil creer que
salir de la crisis desde la óptica del crecimiento económico tenga consecuencias relevantes en la reducción de la desigualdad y la pobreza'.


Para los autores del informe del ORS, 'la acumulación de desventajas en más de una cuarta parte de la población española conlleva un riesgo de dualización y de falta de cohesión social, que se viene constatando antes del inicio de la
crisis'.


Al respecto, los últimos presupuestos presentados por el Gobierno, lejos de taponar esa herida, han recortado un 40% la partida para servicios sociales básicos, la que se destina a los Ayuntamientos para atender, entre otras cosas, las
ayudas de emergencia. Si se tienen en cuenta los dos últimos presupuestos, la partida ha caído un 65,4%: donde hubo 86 millones ya solo quedan alrededor de 30.


Una de las consecuencias más lamentables que tienen su origen en la suma de todos estos datos negativos es que la infancia se ha convertido en el grupo de edad más afectado por la pobreza en nuestro país. UNICEF España estima que unos
2.267.000 niños viven en España por debajo del umbral de la pobreza, a partir de los datos correspondientes a 2011 hechos públicos por Eurostat. Son 80.000 niños más que en el año 2010. Los datos también indican que hay un total de 760.000 hogares
con niños donde ningún adulto trabaja, 46.000 más que hace un año. Además, hay un 14,4% de niños que viven en hogares con un índice de pobreza alta frente al 13,7% del año anterior.


La Directora Ejecutiva de UNICEF España, Paloma Escudero, ha valorado que 'ahora más que nunca debemos prestar atención a los más vulnerables, que se ven injustamente afectados por la crisis. Es imprescindible que las medidas que se tomen
analicen antes sus consecuencias para la infancia'.



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Escudero, a su vez, ha recordado las palabras del Secretario General de Naciones Unidas, Ban Ki-moon, en la reciente Asamblea General: 'no pongamos la carga de la austeridad fiscal sobre las espaldas de los pobres'.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para que se reduzca en España la brecha existente entre los ricos y los pobres, así como entre las rentas altas y las bajas, al menos hasta la media de los
países que forman la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2012.-Cayo Lara Moya, Diputado.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000047


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(173) Moción consecuencia de interpelación urgente.


Autor: Grupo Parlamentario Mixto.


Corrección de error en su moción consecuencia de interpelación urgente relativa a la necesidad de abordar una política que impulse decididamente el reparto de las riquezas y rentas existentes en nuestra sociedad.


Acuerdo:


Publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de octubre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Nota.-La iniciativa de referencia se publicó en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 165, de 19 de octubre de 2012.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Por medio del presente escrito, Sabino Cuadra Lasarte, diputado de Amaiur, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, realiza una subsanación de error en su moción consecuencia de interpelación urgente sobre el reparto de riqueza, registrada
el 11 de octubre de 2012 con número 32373.


De modo que en su primer punto, donde dice 1.300 euros, en su lugar debe quedar redactado del siguiente modo:


1. Aumentar la cuantía del actual salario mínimo interprofesional, situando su importe en mil setenta y cinco euros -1.075 euros- al mes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2012.-Sabino Cuadra Lasarte, Diputado.-Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000057


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 8912/2006, promovida por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, por
posible contradicción con los artículos 117.3, 24, 14 y 39 de la Constitución Española.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de octubre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente; don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez, don
Francisco Pérez de los Cobas Orihuel, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Vadés Dal-Ré y don Juan José González Rivas, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 8912-2006, promovida por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, por posible contradicción con los artículos
117.3, 24, 14 y 39 CE. Han intervenido y formulado alegaciones el Fiscal General del Estado y el Abogado del Estado. Ha sido ponente la Magistrada doña Encarnación Roca i Trías, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]



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FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucional y nulo el inciso 'favorable' contenido en el artículo 92.8.º del Código Civil, según redacción dada por la Ley 15/2005, de 8 de julio.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 17 de octubre de 2012.


http://www.congreso.es Calle Floridablanca, s/n. 28071 Madrid


D. L.: M-12.580/1961 CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Teléf.: 91 390 60 00


Edición electrónica preparada por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado - http://boe.es