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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 71, de 27/06/2006
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DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2006 VIII Legislatura Núm. 71

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FRANCESC ANTICH OLIVER

Sesión núm. 20

celebrada el martes, 27 de junio de 2006,

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Debate y votación de las propuestas de resolución:


-Informe de fiscalización de las operaciones realizadas por el sector público estatal, en relación con Aerolíneas Argentinas, S. A. (ARSA).
(Número de expediente Congreso 251/000104 y número de expediente Senado 771/000101.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


-Ratificación de la ponencia designada para informar sobre la declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2003. (Número de expediente Congreso 250/000007 y número de expediente Senado 770/000008.) ... href='#(Página4)'>(Página 4)


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-Dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, debate y votación, en su caso, de las propuestas de resolución presentadas sobre la declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2003.
(Número de expediente
Congreso 250/000007 y número de expediente Senado 770/000008.) ... (Página 4)


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Nieto de Alba) para informar sobre los siguientes extremos:


-Informe de fiscalización de las principales operaciones de traspaso de activos inmobiliarios entre sociedades estatales del Grupo SEPI, producidas entre 1 de enero de 1998 y 31 de diciembre de 2001. (Número de expediente Congreso
251/000046 y número de expediente Senado 771/000046.) ... (Página 7)


-Informe de fiscalización de los procedimientos de control de ingresos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S. A. aplicados en el ejercicio 2001. (Número de expediente Congreso 251/000048 y número de expediente Senado 771/000049.)
... (Página 9)


-Informe de fiscalización de los ingresos gestionados por la Dirección General del Patrimonio del Estado, ejercicio 2001. (Número de expediente Congreso 251/000049 y número de expediente Senado 771/000048.) ...
href='#(Página12)'>(Página 12)


-Nota sobre el resultado de la fiscalización de las causas de no rendición de las Cuentas correspondientes a los ejercicios 1997-2001, por las entidades locales de ámbito territorial con población igual o superior a 5.000 habitantes.
(Número de expediente Congreso 251/000102 y número de expediente Senado 773/000003.) ... (Página 16)


-Informe de fiscalización de la contratación celebrada por la Seguridad Social para la difusión de la información y otros servicios de contenido, ejercicios 2002, 2003 y primer cuatrimestre de 2004. (Número de expediente Congreso 251/000105
y número de expediente Senado 771/000102.) ... (Página 20)


Se abre la sesión a las once y cuarenta minutos de la mañana.



DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


-INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES REALIZADAS POR EL SECTOR PÚBLICO ESTATAL, EN RELACIÓN CON AEROLÍNEAS ARGENTINAS, S.A. (ARSA) (Número de expediente Congreso 251/000104 y número de expediente Senado 771/000101.)


El señor PRESIDENTE: Buenos días.



Señorías, se abre la sesión. Antes de comenzar, vamos a fijar la hora de votación, que no será antes de las once y cuarto.



Empezamos por el primer punto del orden del día, que se corresponde con el debate y votación de las propuestas de resolución. El primer punto es el informe de fiscalización de las operaciones realizadas por el sector público estatal en
relación con Aerolíneas Argentinas, S. A.



En primer lugar, para defender sus propuestas de resolución y fijar la posición de su grupo, tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Popular, señor Martínez-Pujalte.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Ante una mañana larga de debates, primero de propuestas de resolución y después de informes, mi grupo va a ser muy breve en la defensa de las dos propuestas de resolución que hemos presentado en torno al
informe de fiscalización de las operaciones realizadas por el sector público estatal en relación con Aerolíneas Argentinas, S.A.



Como saben SS.SS. ya tuvimos ocasión de debatir esto cuando el presidente del Tribunal de Cuentas presentó el informe en esta Cámara; mi grupo entiende que ese informe estaba cojo en su origen, porque debía haber realizado un análisis más
extenso de lo que fue el origen de la operación. Estamos hablando aquí de una operación que se inicia como consecuencia de la compra por parte del sector público estatal de una línea aérea en Argentina, que además era la línea aérea que tenía cuasi
el monopolio del transporte aéreo argentino. Esa decisión por parte del sector público español de


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compra de Aerolíneas Argentinas, que se toma con un Gobierno socialista, origina posteriormente una serie de decisiones empresariales que han culminado con la venta de Aerolíneas Argentinas a Air Comet. Desde el origen hasta la venta, la
operación ha costado a los contribuyentes españoles casi un billón de las antiguas pesetas, en números redondos -es menos de eso, son aproximadamente ochocientos y pico mil millones de las antiguas pesetas-; es decir, toda la gestión que se
derivaba de la compra. Mi grupo entiende que la decisión de la compra es lo que ha originado que los contribuyentes españoles tengan que afrontar los gastos de la compañía. La compra se hizo en un momento de crisis en el sector aéreo y cuando ya
las decisiones que se estaban tomando en los países europeos, incluido España, eran las de privatizar empresas de los sectores públicos. Eso ya tuvimos ocasión de debatirlo y fue lo que mi grupo dijo en su día. Además, creemos que el informe del
Tribunal no lo analiza en profundidad, bajo el pretexto de que no tenía los documentos.
A partir de ahí, se van produciendo operaciones que culminan con la venta a Air Comet.



Mi grupo ha presentado dos propuestas de resolución que lo que vienen a decir es que el Tribunal de Cuentas vigile que se cumplan los contenidos del contrato de la venta de Aerolíneas a Air Comet que ha hecho el sector público español.
Además, decimos que se objetivicen lo más posible los criterios de fiscalización, para que no estemos con declaraciones o análisis de intenciones, sino que los procedimientos sean objetivos.



Vamos a votar a favor de las propuestas de resolución que ha presentado el Grupo Socialista, que van en la misma línea de decir: oiga, que se haga bien. Nos hubiera gustado que el Gobierno, en el marco parlamentario, hubiera cumplido
respondiendo a las preguntas que ha hecho este grupo.
Hicimos una serie de preguntas al Gobierno para que nos dijese si la SEPI había vigilado los contratos y si se habían cumplido los términos de los mismos. Han pasado más de dos meses y el
Gobierno no ha respondido; ha suspendido la convocatoria de junio, no sabemos si en la de septiembre el Gobierno se presentará al examen o volverá a dejar las preguntas sin responder. Si el Gobierno respondiera a las preguntas, este grupo
parlamentario hubiera tenido más elementos de juicio a la hora de enfocar esta intervención y la que se produjo cuando vino el señor Nieto. No ha podido ser, nosotros recriminamos al Gobierno su indolencia por la no contestación de las preguntas y
pedimos al Grupo Parlamentario Socialista, que son amigos del Gobierno, que le digan que si nos responden a las preguntas, mi grupo, y también el suyo, tendrán más elementos de juicio.



El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el diputado señor Torres.



El señor TORRES BALAGUER: Señorías, quiero comenzar mi intervención recordando que estamos ante un informe de fiscalización de las operaciones del sector público estatal en relación con Aerolíneas Argentinas (ARSA), que está acotado a las
fechas y a los contenidos que en el propio informe se detallan. En cualquier caso, el tiempo que el señor Martínez-Pujalte pretende fiscalizar está fuera del ámbito del propio informe de fiscalización, no porque no haya documentos, que los hay,
sino porque está fuera, repito, del contenido del informe, y quiero resaltar que el Tribunal de Cuentas no entra en juicios de oportunidad política a la hora de evaluar las operaciones que ha hecho el sector público estatal. La compra de Aerolíneas
Argentinas se realizó de acuerdo con unos parámetros que en aquellos momentos existían en el mercado mundial de las aerolíneas; evidentemente, después hubo una serie de acontecimientos imprevisibles, desde el crac del mercado del petróleo hasta un
montón de cuestiones vinculadas al terrorismo, al cambio del volumen de pasajeros transportados, etcétera. Insisto en que la oportunidad política no ha sido analizada por parte del Tribunal de Cuentas, por tanto, no se le puede exigir que este
informe contuviera su opinión sobre esta cuestión. Esto está absolutamente fuera de lugar. Al mismo tiempo está fuera de lugar intentar mezclar preguntas de control al Gobierno, que en tiempo y forma serán respondidas -no tendrán que esperar a
septiembre porque dentro de los plazos oportunos recibirán las respuestas- con el informe de fiscalización.



El Grupo Socialista ha presentado, dentro de la propuesta de resolución, una serie de cuestiones vinculadas a que la SEPI continúe trabajando y ajustándose a los términos concretos contenidos en las propuestas de privatización que en su día
fueron aprobadas por el Consejo de Ministros, que son las que realmente ha analizado el Tribunal de Cuentas. Recuerdo que los trámites previstos vienen de junio de 1996 y cualquier modificación de estos acuerdos tiene que tener el trámite oportuno.

Entendemos que hay que exigir el estricto cumplimiento de los compromisos asumidos por Air Comet al adquirir Interinvest que aún se encuentran pendientes de ejecución. Como vimos en el informe del presidente hay una serie de cuestiones
importantísimas vinculadas al cumplimiento del contrato que no han sido acreditadas suficientemente, y no son solamente el aumento de la flota o la cancelación de créditos mediante una ampliación de capital que está dando origen a procedimientos
judiciales tanto en Argentina como España, o el tema de las contingencias derivadas de la firma del contrato que tienen que ser asumidas por la SEPI. Hay demasiadas cuestiones que no están finalizadas como para darnos por satisfechos del
cumplimiento de los acuerdos de privatización del Consejo de Ministros; no sabemos todavía el grado de cumplimiento de esos acuerdos. Por lo tanto, es elemental y necesario para la transparencia y la finalidad


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que tiene una privatización que nos quedemos todos tranquilos en el sentido de que se han realizado todas las operaciones en el marco de la autorización que el propio Consejo de Ministros dio. Por tanto, estamos hablando de una
fiscalización específica sobre la finalización del contrato de compraventa de Interinvest, que era la tenedora de las acciones de las líneas argentinas, suscrito por SEPI y Air Comet. En ese sentido va nuestra resolución.



Para acabar quisiera manifestar que las dos propuestas del Grupo Parlamentario Popular contienen términos similares a las que acabo de exponer. Simplemente quiero decir que la propuesta número 1 que hace referencia a un periodo determinado
en el cual se debería analizar -habla que desde el año 1990-, a nuestro entender resulta excesiva, teniendo en cuenta que el propio Tribunal de Cuentas ya ha analizado actuaciones del sector público en ARSA, que la cuenta general del Estado donde se
incluye ha sido analizada por el propio tribunal y que las cuentas de la SEPI y sus antecesores INI y TENEO ya eran auditadas por la Intervención General del Estado. Respecto a la propuesta número 2 tampoco entendemos que deba ser incluida por una
cierta inconcreción, ya que el mandato va dirigido al Gobierno y no al Tribunal de Cuentas; también porque no queda claro a qué privatizaciones y enajenaciones afecta. El Grupo Popular se refiere a empresas como el fiscalizado, pero no se entiende
si el mandato es para todo o solo para aquellas; también habla de mecanismos de control objetivo y no interpretable, pero no se definen esos mecanismos ni como se pueden concretar. En definitiva, hay una serie de cuestiones que nos hacen pensar
que hay una inconcreción que resultaría difícil después interpretar. Pensamos y solicitamos al Grupo Popular, dado que nuestras propuestas de resolución van en la misma dirección y con la misma intención, que es insistir en la transparencia y en el
cumplimiento en la privatización, que se entienda satisfecho con las redacciones que hemos efectuado ya que, a nuestro entender, quedarían subsumidas en nuestras propuestas.



-RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE LA DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2003. (Número de expediente Congreso 250/000007 y número de expediente Senado 770/000008.)


El señor PRESIDENTE: Una vez debatido el primer punto del orden del día pasamos al segundo punto que es la ratificación de la ponencia designada para informar sobre la declaración sobre la cuenta general del ejercicio 2003. ¿Podemos dar
por ratificada la ponencia por asentimiento? (Asentimiento.) Damos por ratificada la ponencia.



-DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME EMITIDO POR LA PONENCIA, DEBATE Y VOTACIÓN, EN SU CASO, DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN PRESENTADAS SOBRE LA DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2003.
(Número de expediente Congreso
250/000007 y número de expediente Senado 770/000008.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto tercero que es el dictamen, a la vista del informe emitido por la ponencia, debate y votación, en su caso, de las propuestas de resolución presentadas sobre la declaración sobre la cuenta general del
Estado del ejercicio 2003. En primer lugar, para defender las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Tomé.



El señor TOMÉ MUGURUZA: Me corresponde hoy presentar a la Comisión las resoluciones que el Grupo Parlamentario Popular, mi grupo, ha presentado sobre la declaración de la cuenta general del Estado del ejercicio 2003 en relación con el
dictamen que el Tribunal de Cuentas ha formulado. Este dictamen, como la Comisión tuvo ocasión de analizar, es un texto extenso y detallado en el que se plantean, como en años anteriores, múltiples cuestiones y observaciones. Es de señalar que el
Tribunal de Cuentas sigue poniendo de manifiesto discrepancias de criterio con la Intervención General del Estado, aunque también resalta que la contabilidad se ha rendido conforme a la normativa vigente, y todo ello sin perjuicio de que también,
como viene siendo tradicional, el tribunal reclame más información y aspire a una información más sintética, más consolidada en algunos aspectos, más desagregada y con mayor detalle, a fin de que la cuenta general del Estado pueda poner de
manifiesto de la mejor forma posible la situación patrimonial del sector público estatal.



Déjenme que antes de nada exponga las razones que avalan la aprobación de la cuenta general del Estado para 2003 que la ponencia va a proponer a la Comisión, que son las mismas que para las del año 2001 y las del año 2002. Es verdad que el
Tribunal de Cuentas pone de manifiesto algunos defectos, pero el mismo tribunal señala la falta de representatividad de estos a estos efectos, también la falta de representatividad de las entidades no incluidas por no haber sido remitidas sus
cuentas en el momento del cierre de la cuenta, y también señala el tribunal que estos defectos de información que puede haber en la memoria no les ha impedido formarse un criterio sobre la representatividad de la cuenta como exponente de la
actividad económico-financiera del sector público estatal. Vamos a ganar dos meses y medio en la aprobación de la cuenta con respecto al año pasado y creo que este es un proceso del que todos nos tenemos que felicitar. Debemos seguir avanzando en
esta línea para conseguir que cada vez esté más próxima en el


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tiempo la aprobación de la cuenta general al cierre económico del ejercicio de que se trate.



Estamos cerrando el ciclo del presupuesto del año 2003. De hecho, señorías, es algo más lo que se cierra. El año 2003 fue el último de los ejercicios presupuestarios que correspondió ejecutar de manera íntegra en la pasada legislatura al
Gobierno del Partido Popular. Permítanme, señorías, que sin ánimo polémico manifieste la satisfacción, incluso el orgullo diría yo, que siente mi grupo por el balance de una gestión en materia presupuestaria que se pone de manifiesto no solo en los
saldos presupuestarios a lo largo de los ejercicios que concluyen en el del año 2003; ahí está la espectacular mejora de los saldos presupuestarios del año 2005, desde una situación en la que se llegó a superar en 1995 el 7 por ciento del producto
interior bruto a la situación actual en la que se han superado los déficit estructurales que venía soportando la democracia española en todo el periodo constitucional; un periodo en el que se ha mejorado en el rigor, en la gestión, en la llevanza
de las cuentas públicas, en la administración del presupuesto y en el que se han impulsado también importantes cambios normativos como la Ley de Estabilidad Presupuestaria y la Ley General Presupuestaria o se han implantado instrumentos como el
techo de gasto o el Fondo de Contingencia, que son una referencia en materia de gestión económico presupuestaria. En estos años también se ha ido mejorando la información que suministra la cuenta general del Estado como instrumento resumen de la
gestión presupuestaria del Gobierno. En este sentido de mejorar la cuenta general del Estado y dentro del espíritu de colaboración que ha venido presidiendo a lo largo de esta legislatura los trabajos de esta Comisión, hemos presentado nuestras
resoluciones. Creemos que se puede seguir avanzando para lograr una cuenta cada vez más sintética que, proporcionando información suficiente y relevante a esta Cámara, lo pueda hacer también a toda la sociedad. Cualquiera que se acerque de nuevas
al examen de la cuenta general del Estado -yo lo he tenido que hacer ahora- ve cómo en esta legislatura se ha trabajado en este sentido y siempre ha estado en el espíritu y en las conclusiones de esta Comisión que se superen las diferencias
interpretativas, los criterios de aplicación de las normas que han venido manteniendo el Tribunal de Cuentas y la Intervención General del Estado, responsable contable del Gobierno, para ir logrando una cuenta cada vez más clara que sirva mejor a
los trabajos de esta Comisión y de las cámaras en el momento del cierre del ciclo económico presupuestario, y se avance en la labor de síntesis, de consolidación, de evitar duplicaciones. La moción relativa a los procedimientos de formación,
alcance y contenido de la cuenta general del Estado y las posibilidades de su consolidación, considerando su viabilidad práctica que el Tribunal de Cuentas aprobó en abril del año pasado, creemos que ha sido un avance muy importante en este sentido,
como lo fueron también las resoluciones que esta Comisión aprobó con ocasión de dicha moción.



Nuestras propuestas de resolución siguen en esta línea. Les puedo anunciar a SS.SS. que me satisface que en el trabajo de la ponencia hayamos podido transaccionar con el Grupo Socialista, dado que muchas de las enmiendas que hemos
presentado son coincidentes, si no siempre en su literalidad sí en su propósito y alcance, con las presentadas por dicho grupo, de forma que podemos presentar a esta Comisión una propuesta casi unánime. La primera de nuestras propuestas,
coincidente con las presentadas por el Grupo Socialista, insta al Gobierno a que en el plazo más breve posible lleve a cabo las reformas normativas que se derivan de las resoluciones de esta Cámara en relación con la moción del Tribunal de Cuentas.
En la segunda de nuestras propuestas instamos al Gobierno a acelerar el proceso de consolidación de las cuentas públicas ya iniciado. Este es un proceso que tiene que proporcionar una información cada vez más sintética, sin duplicaciones, de mayor
calidad, y es urgente además que estas materias, los criterios técnicos entre el Tribunal y de la Intervención del Estado dejen de ser polémicos, y por eso el sentido de esta propuesta de resolución. Respecto a la propuesta número 3, hemos
alcanzado una transacción con el Grupo Socialista, que se somete a la consideración de los demás grupos, y es que, sin fijar un calendario, antes de que termine este año esta Comisión tenga conocimiento anualmente de los planes del Gobierno para
implantar las recomendaciones del Tribunal de Cuentas en la moción de 28 de abril de 2005. La transacción diría literalmente lo siguiente: Instar al Gobierno a que, en cada ejercicio, presente a la Comisión Mixta los planes para la efectiva
implantación de las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en su moción de 28 de abril de 2005, relativa a los procedimientos de formación, alcance y contenido de la cuenta general del Estado y las posibilidades de su consolidación.
Sobre la base de la propuesta de resolución número 4, y acordando también transaccionarla por entender que ya está incluida en el mismo, retiraríamos nuestra resolución número 3. En la propuesta número 4 se insta al Gobierno a que, en colaboración
con el Tribunal de Cuentas, dé una solución definitiva a diferencias de criterio que se vienen observando, ejercicio tras ejercicio, en diferentes extremos contenidos en la cuenta general del Estado. Son aspectos técnicos en los que nos parece de
primordial importancia reconciliar los criterios del Tribunal y del Gobierno. Quiero destacar el último inciso de la propuesta de resolución número 4 en lo que se refiere a los criterios de caja o devengo en el ámbito de diferentes organismos de la
Seguridad Social o de otros de menor entidad. Este inciso final es el que nos permitiría retirar, de acuerdo con el Grupo Socialista, la propuesta de resolución número 13, insistiendo en que, desde nuestro punto de vista, es fundamental clarificar
la situación patrimonial de la Seguridad Social, que su balance y sus saldos contables no sean objeto de polémica


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por criterios técnicos, en momentos además en que se están abordando cuestiones tan importantes como la mejora de las pensiones, la dependencia y otras. Con respecto a la propuesta de resolución número 5, hemos acordado con el Grupo
Socialista ofrecer a la Comisión una enmienda transaccional que resultaría de la fusión de las propuestas 5 y 24, quedando el texto de la misma de la siguiente manera: Instar al Gobierno a que acelere la elaboración de inventarios detallados y
rigurosos de todas y cada una de las distintas rúbricas que integran el inmovilizado no financiero de la Administración General del Estado, con el fin de que en la contabilidad del Estado la amortización de los bienes integrantes de inventario
CIBI... Siguiendo a continuación con el resto de la propuesta número 24. La propuesta número 6 coincide con la 18 socialista, por lo que en este caso también votaríamos favorablemente esta última. La propuesta número 7 trae causa del propio
informe del Tribunal de Cuentas, en el que se pone de manifiesto que no se ha procedido todavía, habiendo un año de plazo desde la aprobación de la Ley, 47/2003, General Presupuestaria, a la adaptación de la normativa reguladora de los organismos
autónomos previstos en el artículo 60 de la Ley 50/1998, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. En la medida en que esta propuesta no fuese aceptada finalmente por los otros grupos o por el Grupo Socialista, pediríamos votación
separada de la misma. Finalmente, las restantes propuestas de resolución sobre las que hemos alcanzado un acuerdo con el Grupo Socialista van, como decía, en la línea de mejorar la información que la cuenta general del Estado ofrece a las Cámaras.
Por otra parte, me permito llamar la atención sobre las propuestas de resolución 14 y 15, que en este caso no instan al Gobierno, sino al propio Tribunal de Cuentas, a que en su informe presente de manera muy sintética los defectos en los
procedimientos de control interno y las limitaciones en el alcance de la fiscalización, lo cual facilitaría de manera muy importante los trabajos de esta Comisión. Asimismo, la propuesta de resolución número 15 insta al Tribunal de Cuentas a que en
su declaración sobre la cuenta general del Estado haga un seguimiento no de las propias recomendaciones que hace el tribunal, sino en este caso del cumplimiento por parte del Gobierno de las resoluciones adoptadas por esta Comisión.



El señor PRESIDENTE: Para presentar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor López.



El señor LÓPEZ VILLENA: Señor presidente haré una somera exposición, ya que los antecedentes de las resoluciones que nos ocupan se enmarcan dentro de la moción que elaboró el pleno del Tribunal de Cuentas, sobre la que tuvimos la
oportunidad de hacer durante el ejercicio pasado una resolución al respecto. En esta resolución sobre la moción del Tribunal de Cuentas ya se especificaba toda una serie de recomendaciones y una línea de actuación conforme a la presentación de las
cuentas del Estado en lo sucesivo. Entendemos que las propuestas de resolución que presentamos suponen un abundamiento en aquella resolución de la moción que elaboró el Tribunal de Cuentas. Como bien se ha explicado, hemos tratado de consensuar
nuestras propuestas con el Grupo Popular, que es el otro grupo que ha presentado propuestas al respecto. Bien es cierto que muchas de ellas eran prácticamente literales, quizás porque venían de esa resolución pactada también en su momento con el
Grupo Popular. Hemos alcanzado algunas transacciones que haremos llegar a la Mesa respecto a algunos puntos en las que hemos tenido alguna discrepancia, y estoy seguro de que en el trámite restante hasta la votación podremos entregar a la Mesa la
transacción, espero que unánime, de todas las propuestas.



Centrándome en la propuesta número 4 del Grupo Parlamentario Popular, respecto de la que queda algún fleco, quiero decir a título de síntesis, por no abundar en las explicaciones que ya se han dado, que se trata de conseguir un abundamiento
en la presentación de las cuentas del Estado que tradicionalmente eran objeto de la crítica del Tribunal de Cuentas respecto a la representatividad y a la imposibilidad, por ejemplo, de consolidar las cuentas, por lo que no resultaban
representativas de la situación patrimonial de las cuentas del Estado. Como digo, no quiero abundar más en la defensa y argumentación de todos estos criterios que ya se han expuesto, y esperamos trasladar a continuación las propuestas a la Mesa
para que solo se produzca una votación sobre la transacción alcanzada en cuanto a las mismas.



El señor PRESIDENTE: Terminado el apartado de debate de las propuestas de resolución vamos a suspender la sesión por cinco minutos, mientras nos acercan a la Mesa esas transacciones o texto único. (Pausa.)


Señorías, reanudamos la sesión. Vamos a proceder a las votaciones. En primer lugar, vamos a votar el informe de fiscalización de las operaciones realizadas por el sector público estatal, en relación con las Aerolíneas Argentinas, S. A.
Vamos a empezar votando las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



A continuación votamos las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



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A continuación vamos a votar las propuestas de resolución presentadas en relación a la cuenta general del Estado ejercicio 2003. Los grupos han trabajado para intentar conseguir un texto único, un poco complicado. Por tanto, vamos a ver si
desde la Mesa nos aclaramos y si no, los portavoces que nos apunten si hay algún error. Señorías, procederíamos a votar toda una serie de propuestas que se podrían votar conjuntamente o transaccionadas por parte de los dos grupos.



En primer lugar, sería la propuesta de resolución número 1, del Grupo Parlamentario Popular, que se votaría conjuntamente con la propuesta número 16, del Grupo Parlamentario Socialista. En segundo lugar, la propuesta número 2, del Grupo
Parlamentario Popular, que se votaría conjuntamente con texto único con la número 17, del Grupo Parlamentario Socialista. En tercer lugar, la propuesta número 3 que se ha llegado a un acuerdo de transacción que diría: Instar al Gobierno a que en
cada ejercicio presente a esta Comisión los planes para la efectiva implantación... Después sigue igual que la propuesta número 3. En cuarto lugar, la propuesta número 5, del Grupo Parlamentario Popular, que se transacciona con la número 24, del
Grupo Parlamentario Socialista, que diría: Instar al Gobierno a que se acelere... Después el resto sería igual que la propuesta número 5, del Grupo Parlamentario Popular. Se añadiría: '...y a que...' Después se sumaría el texto de la propuesta
número 24, del Grupo Parlamentario Socialista. En quinto lugar, la propuesta número 6, del Grupo Parlamentario Popular, que se transacciona con la número 18, del Grupo Parlamentario Socialista. Se aplicaría el texto de la propuesta número 18, del
Grupo Parlamentario Socialista. En sexto lugar, la propuesta número 8, que se transacciona con la número 20, del Grupo Parlamentario Socialista. Se unirían los dos textos de ambas propuestas. En séptimo lugar, la propuesta número 9, que se
transacciona con la número 19, del Grupo Parlamentario Socialista. Vale el texto de la propuesta número 19, del Grupo Parlamentario Socialista. En octavo lugar, en las propuestas números 10 y 11, del Grupo Parlamentario Socialista, se hace una
transacción en la cual se sustituye el término 'Gobierno' por el término 'Tribunal de Cuentas'. En noveno lugar, la propuesta número 12, del Grupo Parlamentario Popular, se vota tal como se ha presentado. Por último, votaríamos las propuestas 14 y
15, del Grupo Parlamentario Popular, tal como se han presentado por el Grupo Parlamentario Popular, así como también las propuestas números 21, 22 y 23, del Grupo Parlamentario Socialista.



En primer lugar, procederíamos a votar todas estas propuestas y después dejaríamos otras que tendrán votación separada.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



A continuación se han pedido votaciones separadas de las propuestas números 4, 7 y 13, del Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



A continuación vamos a proceder a votar las propuestas número 25 y 26, del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Una vez terminadas las votaciones, suspendemos por dos minutos la sesión mientras entra en la sala el presidente del Tribunal de Cuentas.
(Pausa.)


COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (NIETO DE ALBA) PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


-INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS PRINCIPALES OPERACIONES DE TRASPASO DE ACTIVOS INMOBILIARIOS ENTRE SOCIEDADES ESTATALES DEL GRUPO SEPI, PRODUCIDAS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 1998 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001.
(Número de expediente Congreso
251/000046 y número de expediente Senado 771/000046.)


El señor PRESIDENTE: En primer lugar, como no puede ser de otra manera, doy la bienvenida al presidente del Tribunal de Cuentas. Comenzaremos con el segundo apartado del orden del día de esta Comisión, que es precisamente la comparecencia
del presidente del Tribunal de Cuentas para informar sobre toda una serie de expedientes. Empezamos por el informe de fiscalización de las principales operaciones de traspaso de activos inmobiliarios entre sociedades estatales del grupo SEPI,
producidas entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2001. Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para informar sobre este expediente.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Este informe fue aprobado por el pleno del tribunal en junio de 2004. Han sido fiscalizadas las operaciones realizadas entre sociedades del grupo SEPI en el periodo 1998-2001, en
las que se han traspasado activos inmobiliarios, operaciones que han alcanzado un valor total de 63 millones de euros. Infoinvest, sociedad del grupo SEPI cuya actividad principal es la inmobiliaria, ha participado en la mayoría


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de estas operaciones generalmente como compradora. Las sociedades vendedoras estaban en la mayor parte de los casos en procesos de liquidación, de reestructuración o de privatización. La fiscalización ha puesto de manifiesto que tanto por
el resultado final de las operaciones como por las condiciones en que se desarrollaron las adquisiciones realizadas por Infoinvest se debieron con frecuencia más a razones de mejora del patrimonio de las sociedades vendedoras que a la consecución de
un beneficio por Infoinvest.



Durante el ejercicio 1998-1999, Infoinvest mantuvo el criterio de dotar provisiones por sus existencias en el importe más elevado posible que le permitían sus resultados, ya que consideraba que los activos que adquiría tenían una difícil
salida al mercado. A partir del ejercicio 2000, cambió de criterio, pasando a dotar las provisiones en función de las valoraciones individualizadas de las existencias. Con este cambio se redujo significativamente el saldo de provisiones. Debe
destacarse que en 2000 y en 2001 todos los activos provisionados, excepto los correspondientes a una promoción, se encontraban tasados por una empresa independiente. En conjunto, al cierre del ejercicio 2001, el 77 por ciento del valor contable de
las existencias de Infoinvest contaba con una tasación independiente.



Entre las operaciones de adquisición por Infoinvest que han dado lugar a un mayor volumen de provisiones destaca la correspondiente a la compra de unos terrenos en Sestao y en Trápaga, provincia de Vizcaya, propiedad de Babcok Wilcox
Española. A la fecha de finalización de los trabajos de fiscalización, todavía no se habían cumplido las condiciones establecidas en el contrato de compraventa privado, suscrito en 1995, para que Infoinvest adquiriera su propiedad, a pesar de lo
cual los tenía registrados en sus existencias, aunque provisionados en un 43 por ciento al cierre del ejercicio 2001. Además, Infoinvest había renunciado a la devolución de una primera entrega de 4,2 millones de euros hecha como parte del precio.



En unas fincas ubicadas en Cataluña y adquiridas a Potasas de Llobregat en 1998, Infoinvest había provisionado la totalidad de su valor en el ejercicio 2000. En 2001, sin embargo, y de acuerdo con una tasación de los inmuebles basada en la
hipótesis, no cierta en la realidad, de que las viviendas estuvieran libres de arrendatarios, redujo significativamente la provisión hasta el 21 por ciento del valor contable. Este cambio de criterio, junto con el mayor valor que se atribuye a los
citados terrenos de Sestao, supuso casi un 70 por ciento del total en que disminuyó el saldo de provisiones al cierre del ejercicio 2001 respecto al ejercicio anterior.



El informe finaliza con tres recomendaciones: que las transacciones de activos inmobiliarios entre sociedades del grupo SEPI se realicen siempre de acuerdo con los valores de mercado, que Infoinvest dote provisiones con arreglo a las
condiciones particulares de cada inmueble y que se dé una solución definitiva a la situación creada en la adquisición de los terrenos de Sestao.



El señor PRESIDENTE: Abrimos un turno para aclaraciones y preguntas. En primer lugar, tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Popular don Cándido Reguera.



El señor REGUERA DÍAZ: Agradezco el informe realizado por el presidente de Tribunal de Cuentas. En general, vemos que las recomendaciones son acordes a la gestión realizada, teniendo en cuenta que estas empresas han estado sometidas a
procesos de reestructuración y que fundamentalmente lo que se mide es la rentabilidad de la sociedad. Como no tenemos grandes cuestiones que plantear, simplemente agradecemos el informe.



El señor PRESIDENTE: A continuación, tiene la palabra el señor Hierro por parte del Grupo Parlamentario Socialista.



El señor HIERRO RECIO: Haré un par de reflexiones breves con relación a este informe. Tal como ha puesto el presidente de manifiesto, estamos haciendo referencia a un periodo de cuatro años, donde hay dos subperiodos que suponen dos
criterios distintos y además dos tipos de -entrecomillas- irregularidades en cuanto al tratamiento de las transacciones de activos inmobiliarios.



En el primer periodo, 1998-1999, la tendencia era no tasar. Lo normal es que se traspasaran los bienes a un valor contable de la sociedad original sin que mediara tasación. Eso, como bien manifiesta el tribunal, posibilita -también
entrecomillas, no lo entiendan mal- la manipulación de los resultados contables de las distintas sociedades; es decir, se pueden transferir pérdidas o ganancias -ustedes lo saben perfectamente- de una sociedad a otra a través del valor de los
inmuebles. Eso hace que, como pone de manifiesto en reiteradas ocasiones el informe, se considere por parte del tribunal que no se adecuaba el valor de la transacción con el valor de mercado. Por eso, requiere en sus recomendaciones que, a partir
de ahora o del momento en que se pongan en marcha esas recomendaciones, se realice esa adecuación al valor del mercado para evitar esta posibilidad de manipulación de pérdidas y ganancias. Sin embargo, en ese periodo sí se dio una cosa razonable en
términos económicos, que era dotar la provisión al máximo nivel posible, con lo cual se evitaban quebrantos imprevistos -no quebrantos en sí, porque si existían, existían- en Infoinvest, que era, en definitiva, la mayor gestora de activos
inmobiliarios de SEPI. El problema era que no había tasaciones.



En el periodo 2000-2001 ya no es un problema de tasaciones, porque ahora sí se recurre a ellas, pero en muchos casos, también como ha puesto de manifiesto el presidente del tribunal, la tasación sirve para hacerlo mal, porque tasar bajo el
supuesto irreal de que, por ejemplo, unos inmuebles no estaban ocupados por sus inquilinos cuando todos sabemos perfectamente que son ex trabajadores jubilados, etcétera, y que ni legal ni políticamente es razonable


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excluirlos de la habitación de ese tipo de inmuebles, es falsear los datos. Eso no tendría ningún problema si no se hubiera modificado la política de provisión. Cuando se modifica la política de provisión, teniendo en cuenta valoraciones
de mercado, que no son las reales de mercado porque el supuesto no es el efectivo, entonces ahora en ese segundo periodo es más problemático, porque bien es cierto que se introduce el sistema de tasación, que es adecuado, pero también es cierto que
se utiliza mal -entrecomillas también- y se disminuyen las provisiones sensiblemente hasta el punto de que lo hacen en un 89 por ciento. Parte de esa disminución se debe a la venta de los inmuebles, unos con pérdidas y otros con beneficios.



Nuestro grupo presentará las oportunas resoluciones, que irán en el sentido de lo propuesto por el tribunal, y quiere solicitar al presidente que, en la medida de lo posible, este tipo de informes tengan más información en los cuadros
resumen, ya que se echa en falta que se computen los beneficios y las pérdidas totales, por lo menos a nivel de empresa, si las pérdidas o los beneficios han resultado para el adquirente o para el vendedor en la compra y en la venta, y sobre todo
que aparezcan las dotaciones de provisiones y no aparezca un cuadro de provisiones aplicadas a su finalidad, se queda un poco cortito en cuanto a lo que resume el cuadro.



El señor PRESIDENTE: A continuación, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En realidad no ha habido observaciones. Se han hecho consideraciones que responden a lo que dice el informe. En efecto, muchos traspasos de activos e inmobiliarios -ya lo dice
el informe- que se debían a mejorar el patrimonio de esa sociedad que seguramente se iba a privatizar, no estaban obedeciendo a operaciones de tipo especulativo. Eran operaciones intragrupo.



En cuanto a la última consideración, me parece bien que figure en el 'Diario de Sesiones'. Una vez más tengo que repetir que los departamentos ponentes se leen con mucho interés el 'Diario de Sesiones'. Al mismo tiempo yo haré una
recomendación especial para que esta petición también se lea especialmente.



-INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE INGRESOS DE LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S. A. APLICADOS EN EL EJERCICIO 2001. (Número de expedien-te Congreso 251/000048 y número expediente Senado 771/000049.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 5, que es el informe de fiscalización de los procedimientos de control de ingresos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S. A. Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para
explicar el informe.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Este informe fue aprobado por el pleno del tribunal en julio de 2004. El objetivo de la fiscalización fue comprobar si los procedimientos de control interno de la sociedad en la
gestión de los ingresos durante el ejercicio 2001 constituían una garantía de que percibía y contabilizaba todos los ingresos que le correspondían y un método adecuado para detectar los errores e irregularidades que pudieran cometerse.



La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos contaba con una subdirección de Auditoría y Control que auditó durante el ejercicio 2001 la gestión general de más de la mitad de las oficinas de Correos, elaborando informes individuales de cada una
de ellas. No obstante, a juicio del tribunal, podría haber completado estas actuaciones individuales con la elaboración de un informe global que permitiera ofrecer una visión de conjunto de toda la sociedad. El sistema informático de control de
los ingresos generados por la red de oficinas de Correos constituía, en términos generales, una herramienta de control que permitía garantizar, en caso de ser correctamente utilizado por el personal de las oficinas, que tales ingresos eran
contabilizados. No obstante, la validez del sistema informático se veía disminuida por ciertas deficiencias de control en materia de inventarios de las máquinas franqueadoras y estampillados.



También se han detectado deficiencias en las conexiones informáticas que habrían de permitir que la información sobre los movimientos de existencias de productos para la venta en las oficinas de Correos fuera transmitida telemáticamente a la
Dirección de Finanzas. Al no estar disponibles las conexiones informáticas pertinentes, la Dirección de Finanzas no podía realizar una política de adquisiciones que se basara en datos reales y actualizados de las necesidades de estos productos por
las oficinas. Otras deficiencias de control interno se han detectado en los ingresos correspondientes a los envíos franqueados con máquinas de franquear propiedad de terceros. Estas deficiencias impedían controlar que estas máquinas no fueran
manipuladas para franquear importes superiores a las cargas efectuadas, es decir, los importes autorizados por Correos tras el cobro del importe correspondiente. En los ingresos por franqueo diferido los procedimientos de control eran adecuados.
No obstante, se han observado retrasos importantes en el cobro de las facturas, sin que existiera un procedimiento de actuación ante los retrasos injustificados que facilitase las reclamaciones de pago.



La Ley Postal obliga a Correos a prestar el denominado servicio postal universal, cuya carga financiera habrá de ser soportada por el Estado a través del Fondo de Compensación del Servicio Postal Universal. Sin embargo, en 2001 no se había
puesto en funcionamiento dicho fondo, ni se habían dictado por la Administración


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las normas necesarias para que Correos hubiera implantado una contabilidad analítica que permitiera conocer el coste del servicio postal universal, ni se había formalizado el contrato-programa 200-2004 previsto en la citada ley. Por todo
ello, en el ejercicio 2001 no se habían puesto en funcionamiento los mecanismos previstos en la Ley Postal para que el Estado soportara la carga financiera del servicio postal universal. En su lugar, Correos recibió unas aportaciones de los
Presupuestos Generales del Estado para 2001 que fueron resultado de las negociaciones habidas entre la Sociedad de Correos y el Ministerio de Hacienda. A este respecto, el informe del Tribunal de Cuentas recomienda que se adopten las medidas
precisas para que no se siga demorando el cumplimiento de estas previsiones de la Ley Postal.



El señor PRESIDENTE: Abrimos el turno de aclaraciones y preguntas.



En primer lugar, tiene la palabra el señor Ayala, en representación del Grupo Parlamentario Popular.



El señor AYALA SÁNCHEZ: Estamos ante el análisis de una sociedad que se creó el 3 de julio de 2001 y precisamente se está revisando la parte correspondiente al primer ejercicio en el que funcionó como tal sociedad mercantil después de haber
dejado de ser organismo autónomo y entidad pública empresarial. Por tanto, las conclusiones y la determinación del Tribunal de Cuentas habría que relativizarlas en el sentido de la escasez de tiempo que se había establecido en el nuevo sistema de
gestión empresarial de Correos y Telégrafos y también, como en el último momento ha señalado el propio presidente del tribunal, ante la falta de regulación estatal sobre todo para la valoración de la prestación del servicio universal por parte de
Correos. No obstante, parece que la gestión de Correos y Telégrafos mantuvo una actividad correcta y de casi todas las conclusiones se deduce que hay más un problema informático que un problema real de funcionamiento y que, además, ese problema
informático parece que está totalmente solventado. No obstante, hay algunas cuestiones en las conclusiones y en el propio informe del Tribunal de Cuentas que suscitan a este grupo alguna duda de interpretación y, por tanto, con el permiso del señor
presidente, voy a solicitar algunas aclaraciones por parte del presidente del Tribunal de Cuentas.



Con relación a la primera conclusión, parecería oportuno que se nos señalara si se ha acreditado, en ese momento o posteriormente, que la falta de control de esas estampillas -ya que se deduce del propio informe del ente revisado que hubo
algunos problemas de inventario, que no tenían ninguna trascendencia a la hora de la efectiva producción del servicio- ha dado lugar a que hubiera algún fraude, o que en los franqueos se hubiera producido algún quebranto económico para Correos.



Con relación a la inexistencia de un informe o memoria global anual, se deduce del informe de la propia entidad que no tenía sentido seguir confeccionando una memoria global anterior, en primer lugar, porque no era de toda la entidad y, en
segundo lugar, porque la puesta en marcha a partir de ese mismo ejercicio 2001 de un sistema de autoauditoría informatizado la hacía prácticamente inservible. Por tanto, me gustaría que me dijera el presidente si considera -a pesar de haberlo
señalado como conclusión- que la justificación dada por Correos es suficiente o no.



Cuestión distinta es la relativa a la conclusión tercera y a la política de adquisiciones que se basará en los datos reales y actualizados que ha mencionado el presidente. Del informe se deduce que la no existencia de una conexión
informática que permita la información al momento ha podido influir en la política de adquisiciones. De los informes se desprende que esa información de los movimientos de existencias se realizaba mensualmente. ¿Cree el Tribunal de Cuentas que una
entidad como Correos, que dispone del estado de las existencias con carácter mensual, va a ver perjudicada su política de adquisiciones por la existencia de ese bucle de un mes? No sé si es que estamos hablando de productos perecederos o de la
incidencia en el mercado de algo que tiene un criterio de oportunidad momentáneo o instantáneo que no le permite, por esa falta de conexión al instante tener una información mensual y hacer una política adecuada de adquisiciones. De la misma
manera, parece que son cuestiones, tanto la de los controles de las existencias de sellos de correos como la de las emisiones de los mismos, que tienen el suficiente control como para ser unas cuentas que dan idea real y fiel de la marcha de esta
entidad.



En penúltimo lugar, le preguntaría si existe constancia de manipulación también por la inexistencia de una grabación de todas las notas de entrega, que se hace manualmente con carácter posterior. En cuanto al retraso en el cobro de los
pagos diferidos, parece que el tribunal no tiene en cuenta que desde el año 2000 hasta el año 2003 ha habido una mejora del 53 por ciento en el periodo de cobro de las ventas en diferido, es decir, que si en el año 2000 existían 150 días, en el año
2003 se redujo sustancialmente hasta 71, y en el año 2002 estábamos en 92. Es decir, que en un solo año se redujo de 150 a 92. No obstante, parece que esa mejora no se valora en la gestión sino que, al contrario, se critica.



Por último, en cuanto a la financiación del Servicio Postal Universal, parece que en el ejercicio siguiente el tribunal tiene conocimiento de que la aprobación de las normas contables por parte del Estado hicieron que se regularizara esta
situación y, por tanto, hoy en día no tiene incidencia. Me gustaría que, si puede, me confirme si lo que acabo de manifestar es así o no.



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El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la diputada señora Díaz.



La señora DÍAZ PACHECO: En primer lugar, quiero felicitar al presidente por la calidad, la exhaustividad y el rigor que tiene el informe, siendo conocedores, como somos, de las dificultades que han encontrado, sobre todo por la cantidad de
procesos de control manual que todavía había en el año 2001 en el seno de la empresa y por la falta de modernización que tenía en esos momentos la sociedad. Confío que veamos los resultados del Plan de modernización y que ello nos permita firmar
ese contrato-programa, al que ha hecho referencia el presidente, entre el Estado y la sociedad, para poder ajustar los costes de la prestación del Servicio Postal Universal y compensar la carga financiera soportada por Correos.



Si vamos a la contabilidad analítica de la propia sociedad en ese año 2001, ellos cuantificaban en 86 millones de euros las pérdidas que tenían conforme a las partidas consignadas en los presupuestos de ese año.
Entrando directamente en los
ingresos, y comenzando por los generados por las propias oficinas de Correos, resulta llamativo ver cómo por parte de la dirección de finanzas se desconocía cuál era la situación de las existencias de productos para la venta en poder de las oficinas
de Correos y de la jefatura provincial. Así, resultaba también llamativa la falta de rigor, tanto en la identificación como en la distribución final de los rollos de estampillas en las distintas oficinas de Correos.
También se carecía de
instrucciones generales sobre cuál tenía que ser la custodia y el control de las mismas desde que llegaban a las oficinas hasta que eran introducidas en las máquinas estampilladoras. Era llamativo ver cómo el control de los contadores en las
máquinas se producía con la introducción manual de la información en el sistema informático; parece ser que así lo pone de manifiesto el informe y que los motivos que se aducían eran que se hacía para conceder créditos a clientes principales.



Respecto a los ingresos que proceden de la venta de los sellos de Correos, hay que destacar que los procedimientos de la gestión de las existencias de sellos no permiten conocer cuántos de cada emisión se encontraban en esos momentos en los
almacenes de las oficinas, en las jefaturas provinciales y en Altadis, lo que impedía realizar un adecuado control de las existencias por parte del centro directivo de Correos.



Respecto a las máquinas franqueadoras propias y ajenas, aparte de la alusión reiterada que se ha hecho aquí de que no se grababan los datos en el sistema informático, el control de las máquinas era insuficiente en el año 2001, según el
informe, y esa falta de control podría haber dado lugar -según el mismo informe- a que las estampillas canceladas en máquinas no controladas por Correos fuesen empleadas para el franqueo de correspondencia; así como respecto a las ajenas, en las de
carga convencional, Correos no podía controlar que estas máquinas no fueran manipuladas para franquear importes superiores a las cargas efectuadas.
En cuanto a las de carga telefónica, no podía comprobar que los ingresos que percibía por las cargas
incluyeran la totalidad del franqueo efectuado con estas máquinas.



Yo destacaría -y ahí difiero del portavoz del Grupo Popular- que conforme a los datos relativos al año 2002, si los comparamos con el año 2001, el defecto de grabación es de un 15 por ciento, que no considero un riesgo mínimo; imagínense si
en unos grandes almacenes dejaran de consignar el 15 por ciento en su sistema informático, considero que no los arruinaríamos, pero les pondríamos en una considerable dificultad.



Sobre los ingresos procedentes del franqueo del pago diferido -como pone de manifiesto el informe es la principal fuente de ingresos para Correos en el año 2001, y lo sigue siendo-, destaca la mejora que se produce en el cobro de las
facturas ya vencidas, pero seguía sin existir un procedimiento de actuación ante esos retrasos injustificados en los pagos por parte de los clientes que facilitasen y agilizasen su reclamación. En esta línea, creo que con el necesario trabajo de
modernización en el seno de Correos queda latente el déficit de gestión y de control, como bien ha dicho el presidente, que se estaba produciendo en el seno de la sociedad; sociedad que no considero que gestionara y actuara en el día a día de
manera novedosa. Me gustaría que me contestara el presidente si considera que la gestión analítica desarrollada en Correos a partir de junio de 2001 se basa en los principios de causalidad, objetividad, transparencia, consistencia y racionalidad,
como sostiene Correos. También me gustaría que me dijera qué consideración le merecen las razones esgrimidas por Correos para suprimir el informe anual de auditoría y control, como así recoge la sociedad en sus alegaciones, y si considera
suficiente el documento COM 3 bis para el control de las existencias de productos para la venta, que igualmente sostiene la sociedad en sus alegaciones.



El señor PRESIDENTE: A continuación tiene la palabra, para contestar, el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En primer lugar, lo de siempre, el presidente presenta aquí el informe aprobado por el Pleno y, por tanto, tiene que remitirse a lo dice el informe que además ya lo tienen todos
ustedes.



De las primeras preguntas, respecto a la de si hubo fraude o quebranto en los controles de los inventarios el informe no señala que haya habido ni fraude ni quebranto. En cuanto a los argumentos para justificar este informe global de la
auditoría, naturalmente se hacen las alegaciones.
Las alegaciones las estudia el tribunal y lo que se trae aquí es el resultado final de la fiscalización después de estudiar esas alegaciones y lo que dice en la página 21 el informe es que se han
auditado más de 50


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oficinas y considera que debe haber un informe anual que tenga una visión de conjunto. En cuanto a la importancia de la afirmación de que el informe de los controles mensuales de existencias, son los resultados que dice el informe, esa
información que le ha faltado a la Dirección General de Finanzas para hacer una política de informaciones que se señala en las páginas 27 y 33 de los sellos de cada emisión; no hay otra valoración. Si existe esa manipulación en los casos de
grabación y de las notas de entrega eso no se desprende del informe, el informe no dice eso. En cuanto a la última pregunta, poco menos que pide una valoración de la gestión en su globalidad y qué consideración le merece al presidente. Al
presidente le merece la consideración que aparece en el informe que, como todo informe, tiene sus limitaciones tanto en el ámbito objetivo como en el ámbito temporal. Precisamente es el tipo de valoración que les corresponde hacer a los
destinatarios del informe no a los que lo han elaborado, como sucede con toda labor de auditoría.



-INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS INGRESOS GESTIONADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO, EJERCICIO 2001. (Número de expediente Congreso 251/000049 y número de expediente Senado 771/000048.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 6, informe de fiscalización de los ingresos gestionados por la Dirección General del Patrimonio del Estado, ejercicio 2001. Para explicar este informe, tiene la palabra el presidente del
Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El Pleno aprobó en julio de 2004 el informe de fiscalización de los ingresos gestionados por la Dirección General del Patrimonio del Estado, ejercicio 2001. Los resultados de la
fiscalización han puesto de manifiesto algunas deficiencias en la gestión de ingresos por la Dirección General del Patrimonio del Estado. Así, se han observado deficiencias en los sistemas de seguimiento y control de los expedientes de enajenación,
debido fundamentalmente a retrasos en la información y en la aportación de la documentación que debían suministrar las delegaciones de Economía y Hacienda. Además, no se había implantado un procedimiento informático para los expedientes tramitados
por ellas en virtud de delegación.



En el inventario general de bienes del Estado se han detectado defectos relativos a su integridad -existencia de inmuebles sin inscripción previa en el CIMA, habiéndose producido su incorporación como consecuencia del inicio del proceso de
venta- y errores y retrasos en sus anotaciones, que en el supuesto de enajenación de inmuebles, podrían tener repercusiones contables. La gestión de los arrendamientos de inmuebles se realizaba directamente por la dirección general o bien mediante
contratos de prestación de servicios con empresas. El importe cobrado por los arrendamientos en 2001 ascendió a 3,77 millones de euros, que se aplicaron al presupuesto de ingresos del ejercicio. En relación con los arrendamientos en gestión
directa cabe destacar el litigio iniciado en 1988 por el arrendamiento del Palacio de la Bolsa de Madrid, solucionado en la actualidad mediante convenio transaccional autorizado por el Real Decreto 72/2004, que principalmente elevó el precio anual
del arrendamiento de 0,14 a 1,3 millones de euros, con renuncia de las partes a las reclamaciones mantenidas. Los arrendamientos gestionados en 2001 mediante contrato de prestación de servicios con empresas -dos públicas y una privada- corresponden
a un grupo numeroso de fincas destinadas principalmente a vivienda, integradas en el Patrimonio del Estado procedentes fundamentalmente del Patrimonio Nacional y del Parque Móvil del Estado. La mayor parte de los contratos de arrendamiento son muy
antiguos y sus importes redu-cidos.



Se han detectado deficiencias de información en las cuentas que rinden a la dirección general las empresas prestadoras de servicios y el incumplimiento del principio de presupuesto bruto, ya que los ingresos por arrendamientos y su
aplicación presupuestaria lo son netos de un conjunto de gastos, además del no reconocimiento en cuentas de los derechos derivados de arrendamientos vencidos y no satisfechos. Al final de 2001 el volumen de impagados ascendió a 1,05 millones de
euros, siendo los principales deudores el Ayuntamiento de Aranjuez y la Junta de Andalucía. Respecto a la deuda de ésta, los intentos realizados para su cobro han resultado infructuosos.



En relación con los bienes incursos en presunción de abandono depositados en entidades financieras que la ley atribuía al Estado, el importe declarado por dichas entidades en 2001 e ingresado en el presupuesto ascendió a 1,61 millones de
euros. Con ese mismo origen se aportaron al Tesoro público para su posterior enajenación títulos-valores por un nominal de 45.000 euros. En el periodo fiscalizado las disposiciones vigentes no establecían mecanismos que permitieran comprobar la
integridad y exactitud de lo declarado por la entidad financiera. Con posterioridad, la Ley 33/2002, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, dispuso actuaciones de comprobación tanto por el Banco de España como por los auditores de cuentas
de este tipo de entidades. Sin embargo, antes de la entrada en vigor dicha ley, la Ley 62/2003, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, derogó lo relativo a las comprobaciones del Banco de España. La dirección general participaba
al cierre del ejercicio 2001 en el capital de 49 sociedades mercantiles por un valor nominal de 2.687 millones de euros. Las participaciones en empresas susceptibles de venta, privatización o reordenación


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empresarial se traspasaron a la SEPI y las participaciones simbólicas y de reducido valor económico se aportaron al capital de Improasa, participada al cien por cien por la dirección general.



El informe recomienda mejorar el funcionamiento del inventario general de bienes del Estado en línea con la nueva Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.



El señor PRESIDENTE: Abrimos el turno de aclaraciones y preguntas y, en primer lugar, en representación del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la diputada Madrazo.



La señora MADRAZO DÍAZ: Doy las gracias al señor presidente del Tribunal de Cuentas por la exposición que nos ha hecho del informe de fiscalización de los ingresos gestionados por la Dirección General del Patrimonio del Estado
correspondiente al ejercicio 2001. Este informe, como pone de manifiesto el presidente del Tribunal, se ha efectuado a iniciativa del propio Tribunal de Cuentas y esta labor de fiscalización, como ya hemos puesto de manifiesto en otras ocasiones
es, a juicio de mi grupo parlamentario, esencial para evaluar el buen funcionamiento de las diferentes administraciones públicas en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas. Pero, sobre todo, sirven para detectar y poner de manifiesto
posibles anomalías o procedimientos incorrectos que deban ser corregidos en el futuro. Una de las cuestiones que quiero plantear al señor presidente es si considera posible adelantar en el tiempo la presentación de estos informes al Parlamento, ya
que de esa forma sería posible conocer con mayor anticipación los posibles errores o deficiencias detectadas y proceder con una mayor prontitud a su resolución. En concreto, el informe que analizamos referente a los ingresos procedentes del
patrimonio del Estado fue aprobado en sesión de 15 de julio de 2004 y por ello quisiera preguntarle al señor presidente si considera posible acortar estos plazos para su presentación y debate en el Parlamento.



Entrando ya en las conclusiones que el Tribunal de Cuentas nos presenta en su informe, se distingue, por una parte, lo referente a la explotación de los bienes integrantes del patrimonio del Estado y, por otra, la gestión de la cartera de
valores del Estado, formada por participaciones que posee el Estado en empresas mercantiles. Respecto a la explotación de los bienes integrantes del patrimonio del Estado, encomendada a la Dirección General del patrimonio, se destacan los
siguientes aspectos: la venta de bienes muebles o inmuebles se ha efectuado, según se deduce del informe, correctamente, tanto en lo que se refiere al procedimiento establecido como a su contabilización y aplicación presupuestaria. Se han
detectado, sin embargo, algunas carencias en el procedimiento informático que sirve de soporte para la gestión de estas ventas de bienes muebles o inmuebles.
En este punto parece que la adaptación del soporte papel al soporte informático ha
acarreado algún problema en la transmisión de información que se produce entre los servicios territoriales de las delegaciones de Economía y Hacienda y los servicios centrales de la Dirección General del Patrimonio del Estado. Asimismo, parece
existir algún problema en la aplicación informática Sigma que gestiona el inventario general de bienes del Estado, lo que produce defectos y retrasos en las anotaciones correspondientes de este inventario. Evidentemente, es esencial para una
correcta gestión y explotación de los bienes del Estado la existencia de un inventario perfectamente actualizado. Sin embargo, desde principios de 2003 se ha estado trabajando en colaboración con la IGAE, la Intervención General de la
Administración del Estado, en el desarrollo de una aplicación informática de gestión patrimonial integrada a su vez con el control del inventario de bienes, culminando este trabajo con la firma de un protocolo de colaboración entre la Intervención
General de la Administración del Estado y la Dirección General del Patrimonio del Estado. ¿Sería posible que el presidente informara a esta Comisión en qué punto se encuentra el desarrollo de este convenio y los trabajos que se han avanzado como
consecuencia de su ejecución? Respecto a los bienes que la Dirección General del Patrimonio explota bajo la fórmula de arrendamiento cabe distinguir a su vez, como ha explicado el presidente, aquellos que explota directamente la propia Dirección
General del Patrimonio de aquellos otros arrendamientos que gestionan empresas contratadas por la Dirección General del Patrimonio del Estado. En estas últimas parece que el Tribunal ha detectado algunos fallos relacionados con la contabilización
de los ingresos que, como ya ha dicho el presidente, se aplican netos al presupuesto, en lugar de contabilizar el ingreso bruto, así como se efectúa su contabilización en el momento del cobro en lugar del momento del devengo no permitiendo conocer
con exactitud en algunos casos el montante de aquellos importes y arrendamientos impagados. No obstante, no parece que se trate de una situación general ni generalizable, siendo casos muy puntuales, o al menos eso hemos deducido del informe que hoy
se nos presenta -corríjame si estoy equivocada-. Sí parece detectarse la existencia de numerosos contratos de arrendamiento que se han transferido y han pasado a formar parte del patrimonio del Estado y constituyen más una servidumbre de
situaciones pasadas que una auténtica rentabilidad económica para el Estado, ya que sus cuantías no se encuentran actualizadas y generan un escaso rendimiento, por lo que quizá convendría la revisión de estos contratos para una eficaz gestión de los
mismos por parte del Estado.



Respecto a las sucesiones ab in testato a favor del Estado, en el informe se recoge que se han realizado conforme a las disposiciones establecidas al efecto. Asimismo, corresponde a la Dirección General del Patrimonio del Estado la gestión
de los procedimientos relativos a los bienes incursos en presunción de abandono.



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Las entidades depositarias de estos bienes en presunción de abandono son requeridas anualmente por las delegaciones de Economía y Hacienda en el territorio de su competencia. Los mecanismos de control que permitan verificar que lo declarado
por estas entidades financieras es lo correcto han quedado ya establecidos a partir de la entrada en vigor de la Ley 33/2003, del patrimonio de las administraciones públicas. Por último, la Dirección General del Patrimonio del Estado gestiona
también las participaciones de éste en empresas mercantiles. En 2001 se aplicaron al presupuesto de ingresos 87 millones de euros procedentes de dividendos repartidos por esas empresas públicas. Parece también haberse puesto de manifiesto a lo
largo de los trabajos para elaborar este informe alguna incorrección en su contabilización, aplicándose en el momento del cobro del dividendo en lugar de en el momento en que resultan exigibles por el Estado. Sin embargo, en las alegaciones
efectuadas, y que se presentan conjuntamente con el informe del Tribunal de Cuentas, se pone de manifiesto que por parte de la Dirección General del Patrimonio del Estado se comunicaron a la Intervención General de la Administración del Estado los
dividendos pendientes de cobro a 31 de diciembre de 2001, indicándose asimismo que el importe correspondía a un dividendo acordado en el ejercicio 2001, por lo que la información suministrada por parte de la Dirección General del Patrimonio fue en
todo momento suficiente para proceder a su correcta contabilización.



Resumiendo, del informe efectuado se deduce en general una buena tramitación y gestión de los ingresos que corresponden al Patrimonio del Estado, acorde con los procedimientos legalmente establecidos. Solo se observa alguna deficiencia
relativa al sistema informático y la contabilización de los ingresos, para lo que mi grupo formulará, si lo estima conveniente, las correspondientes resoluciones que tiendan a corregir estas deficiencias con el fin de lograr una mejor y más eficaz
gestión de los recursos públicos.



El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Turiel.



El señor TURIEL SANDÍN: La primera cosa que llama la atención de este informe es que, cuando comparamos los objetivos que se habían marcado en las directrices técnicas con lo que luego es la principal recomendación, parece ser que en el
tiempo en que se hace el trabajo de campo los que lo hacen se encuentran con que hay alguna dificultad que hace que se desvíen un poco los objetivos iniciales para poner de manifiesto algo que era muy patente. Es decir, en los objetivos de
fiscalización que se marcan, el primero es analizar y evaluar la gestión y control de ingresos y el segundo comprobar que han sido contabilizados y aplicados correctamente al presupuesto. Sin embargo, la recomendación fundamental es que se han
observado muchas debilidades en el funcionamiento del inventario de los bienes del Estado, del inventario general del Estado, que afectan a la gestión de activos. Es decir, de alguna manera la recomendación principal no parece que hubiera sido un
objetivo que inicialmente se hubiera enmarcado en las directrices técnicas. Creo que este es el problema fundamental y que no podía ser soslayado. Según vemos en el informe, ha habido un fallo importante en la tramitación del expediente. Sabemos
que el fallo existía, pero no ha quedado claro en el informe desde cuándo podía existir este fallo. Se analiza el año 2001 y no sé si el presidente del Tribunal de Cuentas nos puede aclarar un poco más si este fallo se produce en el año 2001, si
venía de muy antiguo y tampoco sabemos, lógicamente, si ya no existe en este momento. Como ha señalado la portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra, es verdad el protocolo que ha firmado la Intervención General de la Administración
Estado y la Dirección General del Patrimonio del Estado para sustituir el control existente por uno nuevo, el control de inventarios de bienes inmuebles, CIBI -que supongo que en parte sustituiría al CIMA-, protocolo firmado efectivamente en aras a
que se solucione este asunto y que se ha producido con posterioridad al cambio de Gobierno. Es importante saber que esta es una actuación del año 2004 con los actuales titulares de la Dirección General del Patrimonio del Estado y de la Intervención
General de la Administración del Estado.



Hay otra cosa que llama la atención en cuanto a los expedientes que no sé si podrá aclarar el presidente. En la página 14, cuando se habla de los expedientes gestionados por la Dirección General del Patrimonio del Estado, se dice que en el
año 2001 se iniciaron 92 y se finalizaron 37.
Naturalmente los 37 que se finalizan no tienen por qué ser necesariamente del año 2001, sin embargo se observa que existe una desproporción grande entre los expedientes que se inician y los que se
terminan. Por tanto, le preguntaría al señor presidente si esto es una constante, porque si esto es así se está produciendo un embalse importante de expedientes. Como digo, si entran 92 y salen solo 37 se está produciendo un embalse de
expedientes, no sé si el presidente del tribunal nos puede aclarar si efectivamente existe o no. Peor es el caso de las delegaciones de Economía y Hacienda, ya que sabemos que se han terminado 1.619 expedientes, pero no sabemos cuántos se han
iniciado. No sé si el presidente del tribunal nos puede aclarar cuántos son los expedientes iniciados, porque eso permitiría conocer cuál es la bondad de la gestión.
Es decir, si realmente se logra gestionar en un tiempo oportuno todos los
expedientes que se inician, estaríamos hablando de una buena gestión, pero en el caso contrario, esto es, si se inician muchos y se terminan pocos, lo único que se produce es que cada vez tenemos más expedientes sin terminar.



Por otra parte, en el informe se pone de manifiesto que existe un desfase entre la contabilidad presupuestaria


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y la contabilidad financiera. Por supuesto, la contabilidad presupuestaria está integrada en la financiera, pero se ve que hay dificultades para reflejar el movimiento de las altas y bajas de los activos materiales, fundamentalmente de los
bienes inmuebles. Por tanto, me gustaría saber si el señor presidente del Tribunal de Cuentas considera que esto puede estar afectando de manera significativa a la imagen fiel del patrimonio del Estado. Asimismo, observamos que existe una
constante en cuanto a los ingresos, respecto de los que fundamentalmente se utiliza la técnica del contraído por recaudado, es decir, no se reconocen los derechos más que en el momento en el que se producen los ingresos. Realmente debe de haber
algo que no funciona correctamente y, a pesar de lo que manifestaba anteriormente la portavoz del Grupo Popular, no basta que la Dirección General de Patrimonio en un momento determinado reconozca que existen unos dividendos pendientes de cobrar,
puesto que todo eso debería estar normalizado. El reconocimiento de derechos tiene que contar con la formalidad de que el gestor de los ingresos mande firmados los correspondientes actos y no solo realice una mera comunicación de que quedaron
pendientes. Parece ser que el problema consiste en que se comunican los ingresos, pero no se comunican previa o independientemente los derechos que se deben reconocer. Deberían existir las dos comunicaciones, la de los derechos que deben
reconocerse y la de los ingresos que se hayan podido realizar, extremo que ya conoce la propia Intervención General porque precisamente es la encargada de la contabilidad. Se ha puesto de manifiesto que con los contratos firmados previamente con
Improasa y después con Segipsa el presupuesto bruto queda roto, porque de alguna manera en los ingresos que se realizan se hacen todas las compensaciones necesarias. Lógicamente no debería ser así, sino que debería aplicarse a los ingresos la
totalidad de los mismos y las partes que hubiera que detraer deberían aplicarse siempre al presupuesto de gastos. No sé si el señor presidente nos podría aclarar este asunto, ya que se justifica por qué existe un contrato con una empresa privada,
pero no se alcanza a saber por qué en el momento actual sobrevive ese contrato, si es que sobrevive. Si se han creado una sociedades como Inmoasa o Segipsa, que tendrían que encargarse de ello, no se entiende muy bien que los contratos con esta
empresa privada no hayan pasado a ser gestionados -puesto que los contratos no serán indefinidos- por Segipsa.
No sé si el señor presidente nos puede aclarar si esta situación es recurrente en el tiempo, si en el momento actual se sigue actuando de
la misma forma.



En cuanto a las sucesiones ab intestato, son bastante válidas, al menos como un acto de voluntariedad, tanto la descripción como la recomendación que hace el informe del Tribunal de Cuentas de que se realice una valoración del impacto social
que puede tener el descubrimiento de herencias vacantes. No obstante, echo en falta algo que quizás tampoco el tribunal conoce muy directamente, pero que siempre me ha preocupado profesionalmente precisamente porque lo conozco, y es que en las
sucesiones ab intestato casualmente existen muchos casos de cotitularidades. No deja de ser curioso que cuando en un momento determinado alguien muere sin sucesión y realmente no parece que haya tenido personas de su confianza o en su entorno para
dejarle una herencia existen muchos casos de cotitularidad, sobre todo respecto de las cuentas bancarias, asunto que me sorprende que no se haya puesto de manifiesto en el informe y que a lo mejor sería bueno que se investigara. Otro asunto curioso
y que ya ha señalado el presidente es el de la incoherencia que a veces tiene la legislación, sobre todo aquellas que se han producido en la legislación anterior. Por ejemplo, respecto de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, de 3
de noviembre de 2003, y que entró en vigor el 4 de febrero de 2004, el apartado 4 del artículo 18 establecía que el Banco de España inspeccionaría los saldos abandonados, apartado que derogó el Partido Popular antes de entrar en vigor la Ley de
Acompañamiento para el año 2004. Esto no lo va a poder responder el presidente del Tribunal de Cuentas, pero nos gustaría que el Grupo Popular nos aclarara por qué en el mes de diciembre se deroga un apartado de un artículo de una ley que se
publica en noviembre, es decir, antes de que el mismo entre en vigor. No parece que existe demasiada coherencia en este asunto. Es verdad que ha quedado vivo el apartado quinto para los informes de auditoría, pero tampoco entiendo muy bien que
sean las empresas auditoras las que tengan que examinar si realmente los bancos llevan a cabo o no el tema de declarar los saldos abandonados. Respecto a este asunto siempre me ha llamado mucho la atención que las cantidades suelen ser
absolutamente ridículas. En mi opinión, algún saldo abandonado importante debería existir alguna vez en alguna cuenta, pero en toda mi vida profesional nunca he visto que exista un saldo abandonado importante. Los últimos que he visto eran del
orden de las antiguas diez, quince o veinte pesetas, es decir, unas cifras absolutamente ridículas.
Es una pena que no quedase en vigor la inspección del Banco de España señalada, la cual considero bastante más adecuada que el informe de auditoria.
Por mi parte, nada más.



El señor PRESIDENTE: Para contestar tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En la primera intervención me preguntan si es posible adelantar la presentación de los informes al Parlamento. Este es un tema recurrente. El informe corresponde al ejercicio de
2001 y el pleno del tribunal no lo aprobó hasta 2004. ¿Qué valoración se puede hacer de esto? Lo dejo en manos del que lo valora. No cabe la menor duda de que nadie se puede sentir satisfecho por que unos hechos de 2001 no se conozcan


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hasta 2004. Me parece que fue enviado en julio de 2004 y se ve aquí dos años después. Lo único que le cabe al presidente es no estar satisfecho tampoco, pero no depende ni del presidente ni de la institución, depende del programa que hacen
aquí para la presentación de los informes. Quizás tengamos la oportunidad de ver cómo el aprobado recientemente, el 16 de marzo, viene aquí enseguida.



De las otras consideraciones que se han hecho, en cuanto a las enajenaciones tanto de bienes inmuebles como de bienes muebles, en efecto, el tribunal dice que se han aplicado correctamente al presupuesto, que no ha habido incidentes, salvo
el control del programa informático, que dejó de ser operativo en la práctica.



En cuanto al inventario, que tiene una importancia enorme, lo que dice el informe del tribunal es que muchas de las inscripciones no se hacen hasta que no se inicia el proceso de venta y, por tanto, eso supone un retraso, pero es que además
se producen defectos y retrasos de bajas provisionales y definitivas y ahí enlazo con otra observación que se hace sobre su repercusión en la contabilidad del Estado. Si las bajas definitivas se retrasan, la imagen fiel de un balance consolidado
registra esta valoración en el activo. Hay que decir, además, que el Tribunal de Cuentas viene reiterando precisamente este tema en la declaración de la cuenta general.



En cuanto a la otra observación que se hace relativa al principio de ingreso bruto, en efecto, en las páginas 26 y 27 una de las cosas que se critica es que el ingreso en el Tesoro sea por el líquido, lo que es contrario al principio del
presupuesto bruto. También se hace otra observación -y esto también enlaza con otra cuestión que se ha planteado- en relación con el ingreso por la sucesión legítima del Estado. Lo que dice el informe es que no se aprecian actuaciones destinadas a
fomentar el descubrimiento de herencias vacantes mediante la divulgación de la función social de los abintestatos. También se dice en el informe que hay ya comunidades autónomas como Aragón, Cataluña, Galicia, Navarra o Valencia que les
corresponden a ellas sus ingresos.



Enlazando ya con la pregunta de otro interviniente, en cuanto a los bienes abandonados en saldos de cuentas corrientes, no se han detectado incidencias, pero el informe resalta los cambios legislativos en la nueva Ley de patrimonio de las
administraciones públicas, que sustituye a la Ley de Patrimonio del Estado. Se le presta una atención especial al inventario general del Estado, porque es una herramienta imprescindible para la gestión de los activos e incluso pone un énfasis
especial en esto. Acusa el informe ese cambio legislativo en poco tiempo. El segundo interviniente se pregunta por las razones de este cambio legislativo. Yo no quiero trascender el informe, pero tengo también mis sentimientos. Una de mis
primeras profesiones fue la de inspector y siempre entendí que yo era inspector del Estado y que todo lo que se refiere al Estado podía afectar. Esto es un problema. Estos cuerpos de inspección solo tienen acceso a las entidades bancarias para
inspeccionar su solvencia, su estabilidad, y naturalmente no hubiera estado de más que también aportaran un granito de arena al resto de la Administración pública. Este es mi criterio y en esto no quiero avanzar más, a no ser que esta Comisión
mixta diga que venga aquí el presidente del Tribunal de Cuentas con un orden del día muy específico y yo con mucho gusto les hablaré de qué opino yo de todos estos temas.



También se ha mencionado el tema de los dividendos de Tragsa que se devengaron en el 2001. Lo que dice el informe es que se abonaron y se contabilizaron en el 2002. Tampoco esto tiene una gran transcendencia.



En cuanto a los contratos de las empresas privadas -el segundo interviniente se ha interesado por ellos-, lo que dice el informe es que en los locales de Barcelona y Badalona hay un contrato verbal. Este contrato está prohibido por la Ley
de contratos de la Administración pública. La justificación que da el cuentadante es que esto procedía de un organismo que ya tenía este contrato. No cabe la menor duda de que esta situación debe desaparecer, ahora la sociedad es distinta.



El segundo interviniente me pregunta si los fallos del 2001 continúan. Yo carezco aquí de información. ¿Qué se puede decir de que se hayan iniciado 92 asuntos y solo se hayan tramitado 37? Lo que dice el informe es que hay un retraso de
la información que proporcionan a las delegaciones de Economía y Hacienda, pero no tengo otra información.



En cuanto a la imagen fiel del Patrimonio, ya lo he contestado con la pregunta anterior. En cuanto al presupuesto bruto, también se critica el que se haya contabilizado por presupuesto bruto. Respecto al contrato de la empresa privada, las
herencias y las cuentas bancarias, por las que se interesaba el segundo interviniente, creo que más o menos he contestado a las cuestiones que se han planteado.



-NOTA SOBRE EL RESULTADO DE LA FISCALIZACIÓN DE LAS CAUSAS DE NO RENDICIÓN DE LAS CUENTAS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS 1997-2001, POR LAS ENTIDADES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL CON POBLACIÓN IGUAL O SUPERIOR A 5.000 HABITANTES.
(Número de expediente Congreso 251/000102 y número de expediente Senado 773/000003.)


El señor PRESIDENTE: Terminado el punto número 6 del orden del día, pasamos al punto número 7: Nota sobre el resultado de la fiscalización de las causas de no rendición de las cuentas correspondientes a los ejercicios 1997-2001 por las
entidades locales de ámbito territorial con población igual o superior a 5.000 habitantes.



En primer lugar, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para explicar dicho informe.



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El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El pasado mes de febrero el pleno aprobó la nota sobre las causas de no rendición de cuentas correspondientes a los ejercicios 1997-2001 por las entidades locales de ámbito
territorial igual o superior a 5.000 habitantes, con la finalidad de informar a las Cortes sobre las actividades desarrolladas por el tribunal, interesando el cumplimiento de la obligación de rendir cuentas. Después de aprobar la moción del 30 de
abril de 2003, que se presentó en esta Comisión el 29 de junio de 2004, sobre las posibles soluciones legales y administrativas para obtener un más exacto cumplimiento de la normativa sobre la rendición de cuentas, el tribunal prosiguió el control
de las entidades locales que durante el quinquenio 1997-2001 incumplieron la obligación de rendición durante dos o más ejercicios. Esta nota ha permitido un más preciso conocimiento sobre las circunstancias que dificultan la rendición y sobre la
receptividad de las medidas coercitivas adoptadas por el tribunal. Las actuaciones se iniciaron en mayo de 2003, concretando a las entidades afectadas e interesándoles la rendición. A continuación, se constató que 96 de las 307 entidades de
población superior a 5.000 habitantes -el 31 por ciento del total- seguían incumpliendo su obligación y se les reiteró nuevamente, lo que provocó que en septiembre de 2003 tan solo 42 de aquéllas persistieran en su incumplimiento. El pleno, en
septiembre de 2003, acordó la formulación de un requerimiento conminatorio a los representantes de estas 42 entidades para que en el improrrogable plazo de cuatro meses remitieran las cuentas correspondientes a los ejercicios no rendidos o
justificaran las causas de incumplimiento y los plazos en que podrían darles cumplimiento, apercibiéndoles de que, entre otras medidas, caso de no atender a dicho requerimiento en plazo podría imponerse multa coercitiva en los términos señalados en
el artículo 30 de la Ley 7/1988.



En octubre de 2003 se remitió el requerimiento citado. Tras el mismo, cumplieron completamente 15 entidades, mientras que las restantes 27 no lo hicieron e incluso algunas de ellas expusieron diversas circunstancias que dificultaban la
presentación de la documentación. En febrero de 2004 el pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 7/1988 de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, acordó otorgar a los representantes de estas 27 entidades y
al ministerio fiscal la audiencia establecida en dicho precepto como trámite previo para imponer, en su caso, una multa de 901,51 euros, que podría reiterarse hasta obtener el total cumplimiento de lo interesado, sin perjuicio de la responsabilidad
penal a que hubiere lugar y de que el tribunal adoptara las medidas previstas en el artículo citado. Con excepción de cinco alcaldes presidentes, el resto remitió las correspondientes cuentas, o bien alegó motivos justificativos de la dificultad de
remisión, o acreditaron el avanzado estado de tramitación del procedimiento de aprobación de las cuentas, enervando con ello, siquiera temporalmente, el ejercicio por el tribunal de su potestad coercitiva. En abril de 2004 el pleno acordó la
imposición de una multa de hasta 901,51 euros a cada uno de los alcaldes de los ayuntamientos de Guadarrama, Los Corrales de Buelna, Toro, Fregenal de la Sierra y San Andrés de Rabanedo.



Finalmente, la nota destaca que las causas principales de la extemporaneidad de la rendición alegadas por los diversos responsables durante las actuaciones referidas se encuadran en los siguientes tres grupos: falta de recursos humanos y
problemas de formación o capacitación del personal administrativo del área contable y del personal de intervención; falta de recursos materiales o mal funcionamiento de estos, fundamentalmente los derivados del uso de programas informáticos, y
problemas derivados de la composición de los plenos y del sistema de mayorías que dificultan o imposibilitan la aprobación y consecuente rendición de cuentas.



El señor PRESIDENTE: Abrimos el turno de aclaraciones y preguntas. En primer lugar, tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Popular, el señor Merino.



El señor MERINO LÓPEZ: Muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas, por la nota que hoy estamos analizando y por el contenido de la misma, que refleja con exactitud la situación de los distintos ayuntamientos. Como bien ha
dicho el presidente, de los 307 ayuntamientos al final son 96 los que no presentaron las cuentas para su fiscalización, lo cual equivale a un 31 por ciento, que es una cantidad alta. Las causas que se alegan, como muy bien recoge la nota del
Tribunal de Cuentas, hacen referencia a tres motivos, y que aquellos que conocemos el municipalismo creemos que son ciertos, la falta de recursos humanos en el área correspondiente del ayuntamiento, la falta de recursos materiales y un hecho
político que nada tiene que ver con los recursos humanos ni materiales, como es la composición política de los ayuntamientos, que en muchos casos imposibilita, con la no aprobación de las cuentas, que se puedan presentar las mismas. Es cierto que
en los ayuntamientos pequeños se pueden llevar a cabo y producir estas situaciones. Estamos hablando en este caso de la fiscalización que se hace por parte del Tribunal de Cuentas del periodo 1997-2001, pero ha hecho referencia el presidente del
tribunal en su informe a la moción que el pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el 30 de abril del 2003, referida a estas situaciones que se producían en los ayuntamientos, y hacían una serie de propuestas interesantes, como así reconoció el señor
Beteta en su momento y yo ratifico en nombre del Grupo Parlamentario Popular. Entre otras cuestiones, se recomendaba que la nueva instrucción de contabilidad que debe elaborar la IGAE acomode los modelos contables a los diversos estratos de
entidades locales; se hablaba de la normativa sobre la tramitación y rendición de la cuenta


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general de las entidades locales; de la normativa estatal autónoma sobre el plazo de rendición de cuentas; de la normativa reguladora de la intervención local y el reforzamiento de esa intervención local; de la normativa sobre el deber de
apoyo y colaboración de las diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales y, finalmente, hacían una recomendación sobre la creación de un registro oficial único de cuentas anuales de entidades locales que posibilite el acceso a
esta información a los distintos destinatarios. Esto fue visto en la comisión correspondiente y el Grupo Parlamentario Popular, en su momento, presentó una propuesta de resolución con dos partes. La primera instaba al Gobierno a que incorporara a
la normativa las propuestas del Tribunal de Cuentas y la segunda instaba al Gobierno la creación del registro oficial único en el que se depositen las cuentas rendidas, siguiendo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. Pero hay que pensar en
este caso no ya en este análisis de los ayuntamientos en el periodo 1997-2001, sino en la situación actual y en la situación de futuro. Es decir, en si estas recomendaciones, estas propuestas que hacía el Tribunal de Cuentas hoy en día el Gobierno
actual de la nación las está llevando a cabo; si está adoptando las medidas, si no se ha hecho nada, si hay previsión de hacer algo o qué es lo que se ha hecho. Lo que es evidente y está en el ánimo de todos es que hay que dar una solución a esta
problemática de los ayuntamientos pequeños, que son los que carecen de recursos. También sería conveniente saber, si el presidente nos pudiera informar, si existe por parte de las diputaciones, como recomendaban en su moción, y de las comunidades
autónomas una colaboración con estas pequeñas corporaciones.
Evidentemente, basándose en las respuestas del presidente, si es de su conocimiento el hecho de que se hayan adaptado a la normativa y la colaboración de las diputaciones y de las
comunidades, este grupo en su momento haría las oportunas -propuestas.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Vallès.



El señor VALLÈS VIVES: Tengo que agradecer al presidente del Tribunal de Cuentas la presentación de esta nota, que viene a ser un documento, un acto singular del Tribunal de Cuentas dentro de los que tiene competencia para elaborar o para
emitir, de acuerdo a su ley orgánica y a la ley de funcionamiento del propio Tribunal de Cuentas. Es una nota más bien de carácter descriptivo, sin otra pretensión, me atrevería a decir, que la de poner de manifiesto, de dar conocimiento al
Parlamento de unos determinados datos que pudieran muy bien quedar diluidos en un informe de fiscalización superior y que podían incluso pasar desapercibidos para esta Comisión en el análisis de otro informe de fiscalización. Entiendo que es
interesante para esta Comisión conocer este tipo de datos con el alcance con que hoy se están conociendo mediante esta nota emitida por el propio Tribunal de Cuentas.



En la nota se nos informa sobre las causas de no rendición de las cuentas por parte de las entidades locales con población igual o superior a 5.000 habitantes. Es una obligación prevista en la Ley de Haciendas Locales, sin embargo, como ya
venimos observando año tras año en esta Comisión a través de la presentación y la oportuna discusión del informe anual sobre el sector público autonómico y local, siguen siendo muchos los ayuntamientos que incumplen con este deber, con esta
obligación, bien sea, como pone de manifiesto el tribunal en sus informes de fiscalización sobre el sector público autonómico y local, como consecuencia de la falta de rendición en sí misma, o bien sea por la remisión de las cuentas fuera del plazo
legalmente establecido o con graves defectos que impiden que puedan ser consideradas como efectivamente presentadas. En relación con esta misma cuestión cabe decir -y ya se ha hecho mención aquí- que se aprobó por parte del Tribunal de Cuentas una
moción, que ya fue discutida en la Comisión, sobre las posibles soluciones, tanto legales como administrativas, para conseguir este objetivo, que no es otro que el del debido cumplimiento de la ley y la rendición de cuentas con carácter anual en el
tiempo y en la forma que establece la normativa. Aquí se analizan únicamente las causas, con lo cual la receta para mejorarlo y las posibles soluciones fueron objeto de análisis y discusión ya en aquella moción. De la nota se desprende que de las
307 entidades locales de más de 5.000 habitantes existentes en España en el momento de la realización de esta nota, 96 de ellas, es decir, como refleja también la misma nota, el 31 por ciento del total, habían incumplido con esta obligación en el
periodo fiscalizado, que incluye los años 1997 a 2001.
Siete de ellos lo habían hecho consecutivamente durante todos y cada uno de estos cinco años y ocho de ellos en cuatro ejercicios. Me centro simplemente en estos casos porque son los más
significativos, pero no deja de ser un dato a tener en cuenta que durante todo este periodo estas entidades locales hubiesen incumplido con la obligación legal de rendición de cuentas. Es evidente que la adecuación de las entidades locales al
actual régimen contable, al actual sistema de contabilidad, ha supuesto un gran esfuerzo en nuestro país, conjuntamente me atrevería a decir con el proceso de consolidación y construcción de nuestra democracia, que implicaba la superación del ya
antiguo sistema de contabilidad de partida simple. También es evidente que ante esta posible dificultad que hayan podido tener los ayuntamientos, cabe señalar que aquí estamos hablando no de los ayuntamientos más pequeños y seguramente con mayores
déficits para poderlo conseguir, que en muchos casos no son en porcentaje los que más incumple la ley, sino que estamos hablando de aquellos que superan los 5.000 habitantes, tienen lo cual tienen unas dimensiones significativas y unos recursos
materiales, financieros y humanos seguramente


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adecuados para llevar a cabo este tipo de actuaciones contables. Por tanto, las posibles excusas o alegaciones a la falta de cumplimiento hay que estudiarlas de una forma muy meditada porque seguramente tienen los mecanismos para hacer
frente a ello de una forma adecuada. Pero de la misma forma que es evidente este esfuerzo que han tenido que hacer en los últimos años, también lo es que ya hemos llegado a una etapa en nuestro Estado constitucional en que el mero control de
legalidad de las cuentas debería haberse superado ya. Con ello se permitiría que la actividad fiscalizadora que la Constitución atribuye al Tribunal de Cuentas se pudiera enfocar hacia una vertiente mucho más de gestión operativa, centrada en un
verdadero control de eficacia. Entendemos que hemos superado ya la fase de control de legalidad, o deberíamos haberla superado, con lo cual deberíamos también hacer frente a esta falta de incumplimiento de las obligaciones de presentación de
cuentas por parte de todas las administraciones públicas sujetas a fiscalización del Tribunal de Cuentas, para que pudiésemos conseguir un sistema de fiscalización mucho más moderno y avanzado, centrado de una forma más evidente en los controles de
gestión operativa y de eficacia. Todo lo que consta en la nota emitida por el Tribunal de Cuentas constata que la adecuada fiscalización de las corporaciones locales sigue siendo una asignatura pendiente en nuestro país y que debemos trabajar todos
conjuntamente en todos los ámbitos e instancias políticas institucionales para mejorarlo. La nota es más bien, como les decía al principio de mi intervención, de carácter descriptivo e incluso casuístico me atrevería a decir y expone los distintos
argumentos, incluso entrecomillados, esgrimidos por los afectados en el trámite de alegaciones -solo en aquellos casos en los que haya habido trámite de alegaciones y las hayan efectivamente presentado- y que en resumen vienen a excusar esta falta
de rendición de cuentas. Al principio decíamos que no debería haber excusa puesto que estamos ante una obligación de carácter normativo legal, pero parece que sí se encuentra en algunos casos y se refieren fundamentalmente a dos o tres grandes
aspectos: la falta de medios materiales y humanos, que no debería darse en ayuntamientos de estas dimensiones; periodos o mandatos anteriores al del alcalde actual al cual se le está pidiendo la rendición de cuentas, como excusándose de que
aquello no le compete a él, como si fuesen personas distintas en una institución que perdura en el tiempo, e incluso se alega como una causa exculpatoria una posible vacante, por distintos motivos, de la plaza de interventor en la plantilla
municipal e incluso a veces problemas derivados de la imposibilidad de conformar mayorías suficientes en los plenos para poder aprobar esas cuentas. Todo esto debería ser superado.
Sin duda, las soluciones y propuestas de modificaciones normativas
que propuso el Tribunal de Cuentas en su moción, y a la cual ya hemos hecho referencia, son interesantes para conseguir ese objetivo.



Damos por recibida la nota emitida por el Tribunal de Cuentas. Quizás me atrevería a decir que además de estas medidas normativas sugeridas por el Tribunal de Cuentas, ya en su momento, con motivo de la moción del año 2003, hubiese sido
oportuno en esta nota descriptiva o aclaratoria profundizar en el estado actual de estos casos que pone de manifiesto el Tribunal de Cuentas de falta de incumplimiento de la rendición de cuentas. Sé que la nota es la que es y que nos pone de
manifiesto unos datos que quizá nunca hubiésemos podido tener como consecuencia del análisis del informe del sector público autonómico y local o incluso del análisis pormenorizado de algunos ayuntamientos como consecuencia de la realización de algún
informe de fiscalización; pero también, en la medida en que se están analizando en detalle todos y cada uno de los casos de falta de incumplimiento, de falta de rendición de cuentas, nos quedaría este elemento final de cómo han acabado estos
procedimientos que ha activado el Tribunal de Cuentas como consecuencia del incumplimiento de la ley y de la exigencia de la rendición de cuentas por parte de las entidades de cuentas fiscalizadas. ¿Todos estos casos que se han analizado o alguno
de ellos ha derivado en la instrucción de algún proceso de enjuiciamiento por responsabilidad contable? En la misma línea, ¿en alguno de estos casos se ha llegado a la vía penal? ¿Ha habido la exigencia de algún tipo de responsabilidad contable
como consecuencia de algunos de estos casos de incumplimiento de la obligación legal de rendición de cuentas por parte de estos ayuntamientos fiscalizados superiores a 5.000 habitantes en nuestro país? Finalmente, y como sugiere el Tribunal de
Cuentas en la redacción de la nota que hoy nos presenta en esta Comisión, como lo significa en una parte del procedimiento instruido, me gustaría saber si es posible lo siguiente. ¿Al final de estos procesos se ha llegado a imponer la multa a
alguno de estos ayuntamientos permitida en la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas como consecuencia de la reiteración en la falta de rendición y de presentación de las cuentas? En definitiva, si alguno de estos procesos ha derivado en
instrucción, en enjuiciamiento de responsabilidad contable, si ha habido en algún caso responsabilidad penal y si se ha impuesto en algún caso multa como consecuencia de la rendición de cuentas a alguno de los ayuntamientos fiscalizados.



Agradezco la nota al Tribunal de Cuentas, que ponemos en el contexto de la moción que en su momento ya nos envió y se discutió en esta misma Comisión.



El señor PRESIDENTE: Para contestar, tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Respecto a la primera observación, si existe colaboración de las diputaciones, no tiene este presidente conocimiento. También insisto en que se trata de una nota de tipo
descriptivo e informativo.



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Quizá un inicio de avanzar en lo que dice el artículo 35 de la Ley de Funcionamiento es que, además de la multa, sin perjuicio de las responsabilidades penales, se ponga en conocimiento de las Cortes Generales la falta de colaboración de los
que están obligados a presentarla. Por tanto, esa es la dimensión que tiene la nota, que es meramente informativa y que se hace conforme al artículo 12 ó 28.6 de la Ley de funcionamiento.



En cuanto a la información adicional que se pide sobre si se ha instruido algún proceso, la respuesta es no porque el fiscal manifiesta su conformidad con el procedimiento llevado a cabo, incluso lo único que hace esto es resaltar el grado
de cumplimiento que han tenido estos requerimientos y, por tanto, ateniéndome a lo que dice el fiscal, no ha habido responsabilidades contables ni penales. ¿Cuál es el final del capítulo de estos cinco ayuntamientos a los cuales se les ha impuesto
la multa de 901 euros? Saben que esta multa tiene carácter coercitivo, no sancionador. Unos han alegado, otros han cumplido y otros han hecho un recurso, como se ve en la descripción del informe de cada uno de estos casos. Insisto en que esta es
una nota informativa, donde incluso se inicia una forma de proceder que puede ser muy útil porque, como se ha dicho, la primera obligación de un gestor público o de un cuentadante es rendir las cuentas. Está costando bastante conseguirlo, pero
también en la moción se han explicado las causas y las necesidades de esa colaboración entre las diputaciones y las corporaciones locales, porque si la obligación respecto a la última peseta que se gasta del sector público es rendir cuentas, también
hace falta disponer de medios personales, materiales -además de saberlos manejar- y de una formación.
La nota no tiene más trascendencia que esa.



-INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA POR LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LA DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN Y OTROS SERVICIOS DE CONTENIDO, EJERCICIOS 2002, 2003 Y PRIMER CUATRIMESTRE DE 2004. (Número de expediente Congreso 251/000105
y número de expediente Senado 771/000102.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 8 del orden del día, que es el informe de fiscalización de la contratación celebrada por la Seguridad Social para la difusión de la información y otros servicios de contenido, ejercicios 2002, 2003 y
primer cuatrimestre de 2004. Para explicar dicho informe, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El pleno del Tribunal de Cuentas, en su reunión del 16 de marzo pasado, aprobó el informe de fiscalización sobre la contratación celebrada por la Seguridad Social para la difusión
de información y otros servicios de contenido.



En cuanto al ámbito subjetivo del procedimiento fiscalizador, la actuación del tribunal ha recaído sobre la actividad contractual desarrollada en el ámbito material fiscalizado -contratos para la difusión de información y otros servicios de
contenido- por la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales -actual Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso)-
y el Servicio Público de Empleo Estatal -antiguo Instituto Nacional de Empleo (Inem).



Por lo que hace referencia al ámbito temporal, se han analizado los contratos celebrados en el ejercicio 2002, 2003 y primer cuatrimestre de 2004.



En cuanto al ámbito material fiscalizado, se han analizado los contratos de publicidad de radio y de televisión; los de recepción, análisis y distribución de noticias; los de producción de material audiovisual, de edición e impresión; los
de organización de congresos, ferias y exposiciones; así como los contratos de mensajería, correspondencia y distribución, complementarios de los anteriores. En todos ellos se ha verificado si su realización ha sido acorde con la legalidad vigente
y con los principios de objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia y no discriminación, así como también con los principios de eficiencia y economía. El importe total del gasto correspondiente a la contratación fiscalizada ascendió a 63,6
millones de euros, gasto que puede, a su vez, distribuirse para su mejor comprensión entre, por un lado, los 115 expedientes de contratación, tramitados por las entidades y organismos fiscalizados antes citados, con una cuantía económica conjunta de
47,3 millones de euros y, por otro, el gasto, por importe de 16,2 millones de euros, en el que incurrieron esas mismas entidades y organismos fiscalizados para financiar su participación en el contrato de servicios celebrado por el Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización del Plan de comunicación global de dicho departamento para los ejercicios 2003 y 2004. Destaca asimismo que, de los 63,6 millones de euros antes citados, 42,8 millones de euros, es decir, el 67 por
ciento del gasto total, correspondió únicamente a 15 expedientes de contratación, en concreto a los 15 contratos tramitados para la realización de las campañas publicitarias, lo que resulta demostrativo de su importancia relativa dentro del conjunto
de la contratación fiscalizada. En este sentido cabe destacar que se han analizado, entre otras, las siguientes contrataciones de campañas publicitarias realizadas durante el periodo fiscalizado: Las dos campañas de publicidad sobre la
revalorización de las pensiones y el abono a los pensionistas de una paga única, que fueron contratadas por el INSS y emitidas sucesivamente en los meses de enero de los años 2003 y 2004. Las tres campañas de publicidad -institucional del
ministerio, trabajadores autónomos y nuevo subsistema de formación continua


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incluidas en el Plan de comunicación global del ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los ejercicios 2003 y 2004, que fueron contratadas por el ministerio y emitidas entre diciembre de 2003 y enero de 2004. Los contratos de otras
campañas de publicidad que fueron contratados y emitidos por el conjunto de los organismos y de las entidades fiscalizadas durante los ejercicios 2002, 2003 y el primer cuatrimestre de 2004.



En cuanto a su estructura, el informe de fiscalización aprobado se divide en tres secciones principales destinadas a recoger las consideraciones generales sobre la fiscalización; la naturaleza del examen realizado, junto con sus principales
conclusiones, ya sean generales o específicas, y sus recomendaciones; así como, por último, los resultados de la fiscalización realizada propiamente dicha. Dentro de esta última sección se reflejan en apartados separados los resultados alcanzados
en el examen de los distintos contratos fiscalizados, examen que se ha extendido a las diferentes fases en que se divide la actividad contractual administrativa (preparación, adjudicación, formalización, afianzamiento, ejecución, modificación y
extinción o resolución), habiéndose verificado el grado de cumplimiento durante cada una de ellas de los trámites y requisitos legalmente preceptivos, como garantía de una adecuada gestión pública, así como su adecuación o no a los principios de
objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia, no discriminación, eficiencia y economía. Las recomendaciones, tanto de carácter general como de carácter específico, se orientan a la mejora de la gestión económico-financiera del sector
público y se dirigen tanto al Gobierno de la nación, como a los responsables del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social o de las restantes entidades y organismos fiscalizados.



El señor PRESIDENTE: Abrimos el turno de aclaraciones y preguntas.



En primer lugar, tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Popular, señor Martínez-Pujalte.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Toda la mañana, señor presidente, estamos interviniendo el Partido Popular y el Partido Socialista. No sé si esto, en el caso de que intervengan otros grupos, también se puede hacer o hay que ir de menor a
mayor.



El señor PRESIDENTE: La práctica que se ha seguido siempre en esta Comisión ha sido la de que intervenga primero el Grupo Parlamentario Popular, después los otros grupos y cerrara el Grupo Parlamentario Socialista.



El señor MARTÍNEZ PUJALTE LÓPEZ: Señor presidente, nada más alejado de mi voluntad que contrariar los usos y prácticas de la Comisión. Por tanto, intervengo para hacer las aclaraciones que mi grupo quiere manifestar.



Quiero empezar agradeciendo al señor presidente del Tribunal de Cuentas su presencia y su disponibilidad con esta Comisión parlamentaria, tanto para ofrecer una presentación institucional del informe, como ha hecho, como para atender las
dudas. Mi grupo en este turno va a hacer una reflexión, a la luz del informe, de lo que ha sido a lo largo de los dos últimos años la historia de este informe y también comentaré algunos aspectos que nos parece que debería contemplar. El informe,
como ha dicho muy bien el señor presidente, trata de la fiscalización de la contratación por la Seguridad Social para difusión de información y otros servicios de contenido. Recoge toda la actividad de los organismos -el señor presidente hablaba de
una cantidad próxima a los 63, 6 millones de euros-, aunque de todos esos expedientes hay uno que es el que ha tenido más presencia mediática y, por tanto, mi grupo en este turno hablará de todo, pero también hará mayor referencia al que ha tenido
mayor presencia mediática. Transmitir a la sociedad el funcionamiento de los servicios públicos los derechos de los ciudadanos y las novedades de esos servicios públicos es una actividad compleja e importante, que es responsabilidad de los gestores
públicos. Yo no creo que sea menor, y quizá se deba realizar una reflexión sobre quién debe difundir la información, quién tiene la responsabilidad de hacerlo, qué debe difundirse y con qué mensaje; pero no creo que eso sea competencia del
Tribunal de Cuentas. Y esta es una de las preguntas y aclaraciones que me gustaría hacerle al presidente. En mi opinión, y dentro del marco constitucional, el tribunal debería limitarse a decir si había suficiente cobertura presupuestaria, si los
mecanismos legales de contratación han sido efectivamente cumplidos y si el dinero ha sido destinado al fin que se proponía. En este caso concreto correspondía al Ministerio de Trabajo la responsabilidad de decidir sobre la campaña. No es menor la
reflexión que quiero hacer. En los Presupuestos Generales del Estado de esos años y en los de los años anteriores y posteriores, incluido este año, se preveían y se prevén la ejecución de esa actividad de difusión de la información y, además, se
prevén los necesarios recursos para su realización.
Campañas publicitarias ha habido y hay. Ha habido antes de 1996, después de 1996 y sigue habiéndo ahora mismo y los presupuestos han tenido partidas destinadas a ese fin. Por tanto, cuando un
gestor toma una decisión el tribunal debe de decir si hay partida o no, cosa que es decisiva. Otra cuestión es si nos parece mucho o poco el dinero destinado a las campañas publicitarias, tema que se debate en el momento en que se tramitan los
Presupuestos Generales del Estado, si nos parece mucho o poco, y está dentro del terreno de la política, esos 63,6 millones de euros. En respuestas parlamentarias a mí y a otros diputados de mi grupo, el Gobierno socialista se ha gastado en estos
dos años 220 millones de euros. Pues bien, esto nos puede parecer mucho o poco, pero son cantidades que estaban en los presupuestos, como están los 63 millones, y cuando se


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discuten es cuando se debaten los presupuestos. Solo el Ministerio de Industria, para comparar ministerio con ministerio, 63 en tres años; 70 en dos. Nos puede parecer mucho o poco, pero desde luego eso corresponde a lo aprobado por el
Parlamento en la partida presupuestaria correspondiente. En el caso de este informe estamos hablando de partidas presupuestarias que existían o que se han arbitrado a través de los mecanismos legales que prevé la Ley General de Presupuestos. La
campaña más analizada y con más difusión pública ha sido la de pensiones. Uno puede decir: me parece bien o mal que se haga la campaña de revalorización de pensiones. El año para el que se hizo efectivamente se produjo una subida de las
pensiones, una revalorización de las mismas y se dio una paga compensatoria entre el IPC previsto y el IPC real.
¿Podemos discutir en el terreno de la política si había o no había que hacer esa campaña? Yo creo que sí, pero no creo que eso le
corresponda hacerlo al Tribunal de Cuentas. Me gustaría conocer su opinión. Campañas ha habido antes y después. Campaña ha habido en 1988, con un lema -que justo es que yo lo traiga a colación aquí porque es significativo- que dice: Informar,
nuestra obligación. Campaña publicitaria para difundir las pensiones. En el año 1989 otra campaña. En 1990 con otro lema también interesante: Pensiones 90. Mejor para todos. Otra campaña en 1991 con otro lema también interesante: Más y mejor.
Lema bastante coincidente con una campaña electoral del PSOE. En el año 1991 -no sé si se acuerdan- también hubo elecciones autonómicas y municipales y se hizo la campaña.
En el año 1992 también hubo campaña. Señor presidente, ¿corresponde al
tribunal decir la oportunidad política de hacer campañas en 1989, en 1990, 1991, en 1992 y en el año 2003, o corresponde al debate político? En mi opinión, no es un tema que corresponda al tribunal. Para preparar esta intervención he visto vídeos
de las campañas de esos años, y hay algunas en las que sale Iñaki Gabilondo hablando de las pensiones, diciendo lo buenas que son, lo bien que lo hace el Gobierno, etcétera, y no he visto diferencia alguna entre las de los años 1989, 1990, 1991 y la
de 2003, no la he visto. Incluso he estado reflexionando sobre la oportunidad de que viéramos las campañas en esta Comisión, porque podría ser interesante para ilustración de las señoras y señores diputados. El informe también llega a afirmar que
no se actuó dentro de los límites que establece el principio de objetividad de la actuación administrativa por entender que los destinatarios de una determinada campaña eran los pensionistas y no la sociedad en general. Pues tampoco sé si es
trabajo que corresponda al Tribunal de Cuentas decir si una determinada campaña publicitaria que se hace va destinada al conjunto de la sociedad o solo a un colectivo determinado. Al examinar los vídeos y ver dónde se hicieron las campañas
anteriores, así como la de 2003, no veo diferencia alguna.
Luego hablaremos también de eso. Podríamos debatir políticamente si una campaña de pensiones se debe hacer para conocimiento general de los ciudadanos o solo para conocimiento de los
pensionistas, si el resto de los ciudadanos no tiene interés en la revalorización de las pensiones, en la paga compensatoria por la diferencia del IPC. Mi opinión es que podría ser objeto del debate político, pero desde luego no creo -y también
quiero pedir la opinión del presidente del tribunal- que esto deba ser objeto de estudio por parte del tribunal. ¿Podríamos decir que la campaña del programa Agua se tiene que hacer para todos los ciudadanos o solo para los regantes? ¿Eso sería
objeto de estudio por parte del Tribunal de Cuentas o del debate político? ¿Realmente la campaña publicitaria del programa Agua -que ha costado bastante más dinero, por cierto- se ha hecho sin ningún objetivo distinto del de informar a los regantes
de lo bien que lo está haciendo el Gobierno por derogar el Plan Hidrológico Nacional y el trasvase?


Señor presidente, también quiero referirme al procedimiento, porque a mi modo de ver este informe de fiscalización ha tenido un íter procesal que se parece más a un culebrón que a un serio documento del tribunal. Se lleva trabajando más de
dos años en este informe; se incluyó en el programa de fiscalización para el año 2004, que se aprobó el 17 de diciembre de 2003 y que, como muy bien ha dicho el presidente, se aprobó por el propio tribunal el 16 de marzo de este año. En opinión de
mi grupo, nos hemos encontrado con que el informe del Tribunal de Cuentas -que es lo que hemos conocido en esta Cámara, antes de llegar a su contenido último, que es lo que aprueba el pleno del tribunal- en su íter ha sido objeto de una manipulación
política que yo no he conocido en otros informes del tribunal. Se filtró el contenido del anteproyecto antes de que llegara a los que tenían que hacer alegaciones, el mismo día que se trasladaba a las partes interesadas para hacer alegaciones -no
sabemos quién lo hizo, podría ser el propio Ministerio de Trabajo-. Se traslada a la opinión pública un anteproyecto, generando una auténtica indefensión en los que tienen que presentar alegaciones. Se filtraron los informes del abogado del
Estado, del fiscal del Tribunal de Cuentas; se filtró el texto definitivo del informe antes de su remisión al Congreso de los Diputados. Además, todas las filtraciones contenían algunas afirmaciones falsas y tendenciosas, hasta el punto -cosa que
no ha sucedido con otros informes- de que el propio Tribunal de Cuentas -su presidente puede confirmárnoslo- se ha visto obligado en dos ocasiones a emitir comunicados desmintiendo el contenido de las informaciones que se habían difundido en medios
de comunicación y recalcando que los documentos filtrados eran provisionales, conocidos únicamente por el consejero que había dirigido la fiscalización; por cierto, antiguo diputado del Partido Socialista. Por el devenir que ha tenido, este
informe más parece un instrumento en contra del adversario político que un análisis de fiscalización sobre cuentas públicas; más parece un ajuste de cuentas con quien me es incómodo que un informe, y no por el contenido del informe,


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que al final es como todos los informes y podríamos estar debatiendo este documento. Pero es que en estos dos años no hemos debatido este documento; es que en estos dos años hemos asistido a una continua manipulación de borradores que se
han ido filtrando a los medios de comunicación y que no podían ser objeto de debate porque no los había aprobado el pleno. Hoy hemos debatido varios informes; informes que han llegado a esta Cámara, que se han debatido cuando el contenido de los
mismos ha sido aprobado por el pleno. Pero no es el caso de este. A mi me parece -y quiero hacer una reflexión para el presidente del Tribunal de Cuentas- que en todos los informes que hace el tribunal y que tienen un alto contenido político
deberíamos hacer un esfuerzo para asegurar su absoluta confidencialidad hasta que el pleno los haya aprobado. Porque no sé si el presidente del Tribunal de Cuentas no tiene la sensación de que cuando ha venido a informar del contenido de lo
aprobado el 16 de marzo ya habíamos tenido ocasión de debatirlo antes en los medios de comunicación con filtraciones parciales que luego no están en este informe.



Mención aparte merece la actuación de la fiscalía en todo este proceso. El fiscal del Tribunal de Cuentas es la única persona con voz y voto en los plenos designada directamente y no elegida a través del procedimiento que señala la
Constitución. En opinión del Grupo Parlamentario Popular estamos asistiendo a unas actuaciones del ministerio fiscal que más parecen estar al servicio del partido que sustenta al Gobierno que a defender los intereses generales. La campaña de
publicidad de las pensiones de 2003 ya fue analizada por la Fiscalía Anticorrupción. Hubo una denuncia de Izquierda Unida que hizo que se abrieran unas diligencias en febrero de 2003 y se archivaran el 15 de septiembre de 2004, año y medio después.
Las archivaron porque no apareció nada irregular. Luego se ha publicado en algún medio de comunicación -y no ha sido desmentido- que el fiscal general del Estado ha dado instrucciones para que se reabran.
¿Se trata de una estrategia de amenazas
diseñada por el Gobierno contra el adversario político utilizando al fiscal general? ¿Estamos ya a esas alturas de moral en la política? Porque eso no se ha producido, pero todo hace pensar que es así. Por parte del fiscal general encontramos
trato preferente para algunos -aunque pertenezcan a bandas armadas- y luego manipulación contra militantes y dirigentes del Partido Popular. Quiero preguntar al presidente si hay algo en el informe que induzca remitirlo a la fiscalía. En esa línea
me gustaría que se señalara si la remisión a la sala de enjuiciamiento presupone algo o es un trámite que se hace de manera ordinaria. ¿Cuántos informes que van a la sala de enjuiciamiento son archivados? ¿Podría decirme el presidente del tribunal
cuál es la posición última del fiscal, la que se ha incorporado al informe, porque el fiscal también votó el informe que se ha remitido al Congreso y no el que se filtró a los medios de comunicación? ¿No llama la atención que se filtraran
apreciaciones sobre este asunto del fiscal que no fueron incorporadas al texto final? En cualquier caso, las diferencias detectadas entre lo que inicialmente se redactó y fue filtrado a la prensa y lo que ha aparecido en el informe último merecen
una valoración positiva, por nuestra parte, del pleno del tribunal, que corrigió algunos de los excesos inicialmente expresados pero que sí fueron objeto de titulares de prensa y que hoy no están en este informe. Porque para analizar la campaña
creo que sería bueno hacer una valoración. Primero, ¿las partidas presupuestarias estaban? ¿Había partidas presupuestarias para hacer las campañas que el Ministerio de Trabajo hizo? ¿Se cumplió el principio legal de disponer de un dinero previa
aprobación de la correspondiente partida presupuestaria por el Pleno del Congreso de los Diputados? La respuesta es sí y de alguna manera se dice en el informe.
Sobre las cuestiones procedimentales podemos hablar y debatir...



El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Pujalte, termine.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Voy concluyendo pero, señor presidente, que igual que en el otro me he ahorrado todo el tiempo, este es objeto de mayor debate público.



En el análisis se debería decir lisa y llanamente si se hizo de acuerdo a la ley o no. Podremos tener una larga discusión sobre los procedimientos legales o no, pero ¿se ha hecho de acuerdo a la ley o no? Se dice en el informe que si el
procedimiento de urgencia está o no justificado. En las alegaciones se explicita el porqué de la urgencia y podemos discutir si era o no urgente hacer la campaña de pensiones en el tiempo que se hizo habiendo conocido el dato último de inflación en
el momento en que se conoció. Ahora, el año pasado ha habido, con un Gobierno socialista, una campaña publicitaria por el procedimiento de urgencia en el Ministerio de Presidencia. Se criticó la utilización del procedimiento negociado sin
publicidad, que es un procedimiento legal. Uno puede decir que le parece bien o mal que se utilizara ese procedimiento y no otro. El actual Ministerio de Industria del señor Montilla también ha hecho una campaña por el procedimiento negociado sin
publicidad para unos asuntos relacionados con el ICEX por casi más dinero de lo que estamos hablando ahora. Lo más importante de todo esto -y falta en este informe, señor presidente- es un análisis de las cuantías económicas y dónde se han
destinado. Más allá de las comparaciones, porque en dos años de Gobierno 220 millones, en dos años del Ministerio de Industria 70 millones, en nueve meses de la Comunidad Autónoma de Andalucía -que nos han dado una respuesta parlamentaria- más que
todo el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en tres años, dónde se ha gastado el dinero de la principal campaña que ha salido en los medios de comunicación. Esa campaña que ha aparecido tanto en los medios de comunicación


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es una campaña que asciende a 7.207.432,64 euros. De ese dinero -de preguntas parlamentarias he sacado esta información- 944.000 euros son el IVA que se lo llevó el Ministerio de Trabajo y 6.200.000 euros corresponden a la creatividad y a
los medios de comunicación. De esos 6.200.000, los honorarios de la empresa por distribuir los anuncios fueron 31.000. La agencia creativa cobró una cantidad próxima a los 700.000 euros tanto por la creatividad como por la producción de los
anuncios. Porque igual que en algunas campañas de los años socialistas salía Iñaki Gabilondo, aquí también salían otras personas, se producían los anuncios, se emitían los anuncios y se hacían las cuñas publicitarias. La cuantía importante
económica, 5.500.000 euros, correspondieron a los medios de comunicación. Ningún medio se quejó, dijo que la campaña era tendenciosa, que estaba -mal hecha y se distribuyeron en televisión, en prensa, en revista. ¿Cómo se distribuyó el dinero en
la radio? Para que tengan algunos datos, que les puedo ilustrar más: La SER, 536.000 euros, la COPE, 186.000 euros, Onda Cero, 250.000...



El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Pujalte, tiene que terminar porque son diez minutos para aclaraciones y preguntas. No es un debate, son aclaraciones y preguntas y llevamos media hora.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Concluyo ya, señor presidente.



Podemos seguir también con periódicos. ¿Qué periódico se llevó más dinero de esta campaña? El País, 176.000 euros; El Mundo, 144.000. (Rumores.) No me parece ni mal ni bien, respondiendo a lo que dice el diputado socialista. Me parece
bien, pero al final este dinero fue directamente a los medios de comunicación. A veces, cuando se manipulan las cosas se llega a hablar hasta de malversación de caudales públicos. El dinero fue destinado al fin que se aprobó en el Parlamento en la
partida presupuestaria correspondiente, les guste o no a algunos. Podemos discutir los procedimientos que quieran, pero fueron procedimientos que están dentro de la Ley de contratos del Estado.



Señorías -y concluyo, señor presidente-, estamos ante un informe que ha sido utilizado de manera maliciosa en su elaboración, no en su contenido final, y aquí no ha habido nada de nada, pero el todo vale y el como sea llegan hasta el extremo
de manipular las instituciones, incluso en fase de elaboración de los informes.



El señor PRESIDENTE: A continuación tiene la palabra la señora Navarro en representación de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



La señora NAVARRO CASILLAS: En primer lugar, quiero agradecer la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas y felicitarle, a él y a todo su equipo, por el contenido del informe. Después de proceder a la lectura del mismo (no sé
si los diputados que me han precedido en el uso de la palabra lo han hecho, la verdad, por las afirmaciones que han expuesto, en todo caso esta portavoz sí) quisiera felicitarle porque es un gran trabajo el que han llevado a cabo.



Al parecer, cuando el Tribunal de Cuentas ha aprobado este informe de fiscalización de la contratación celebrada por la Seguridad Social para la difusión y otros servicios de contenido, el ministerio público ha pedido formalmente a
Anticorrupción que reabra las diligencias aportando los documentos que nunca llegaron a la fiscalía. Esto es, hay sólidas evidencias de que el Ministerio de Trabajo que dirigió Eduardo Zaplana ocultó información y documentación a la Fiscalía
Anticorrupción cuando se investigaban las supuestas irregularidades, a petición precisamente del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds al que represento, en la adjudicación de una campaña publicitaria sobre pensiones.
Al menos esto da a entender el escrito que el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas ha remitido al fiscal Anticorrupción y en el que le pide que se reabra el caso cuando en su día, como así lo ha manifestado la Fiscalía Anticorrupción y decide
archivar las diligencias informativas al no aportarse por el Ministerio de Trabajo toda la documentación e información necesarias para tomar postura. A la vista de estas circunstancias, me gustaría saber si el presidente considera que se ha dado
cumplimiento a los principios de transparencia, de legalidad y de economía, porque nuestra valoración es que no se ha dado cumplimiento a esos principios y, dado que esas valoraciones son el objeto de esta comparecencia, esperamos obtener respuesta
en este sentido.



El informe del Tribunal de Cuentas pone en evidencia que la adjudicación de esta campaña fue irregular e innecesaria. Previamente se había contratado también la notificación individual a los jubilados de la paga para compensarles de la
desviación del IPC en el año 2002. La finalidad no fue la de informar a los periodistas sino la de proyectar, al parecer, una imagen favorable del Gobierno del Partido Popular en vísperas de las elecciones; y eso es una seria irregularidad. El
informe deja claro que no había circunstancias imprevisibles, que la subida de las pensiones era la prevista a través de la actualización mediante el pago único en función del IPC y, entre otras irregularidades -son muchas las que se describen-, que
el contrato adoleció de la no inclusión debidamente certificada antes de la aprobación del gasto en el programa anual de publicidad del departamento. Más grave aún es el intento de evasión de la previsible resolución de la Junta Electoral, esto es,
cuando se sustituyen los anuncios en televisión por revistas y suplementos dominicales, y ya hemos escuchado el gasto que supuso precisamente esa modificación. (El señor Martínez-Pujalte López: ¡No!) ¿No? Bien. En cualquier caso, lo grave no es
eso sino el cambio de los anuncios previstos para que no tuviera efecto la modificación.



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Nos encontramos ante un comportamiento totalmente alarmante por parte de un gobierno y como premio se le da la portavocía del Grupo Popular. Para nuestro grupo parlamentario quedan muy claras las irregularidades que se describen y también
aquella a la que se hace referencia sobre que el INSS desconocía la subcontratación y que algunas facturas están expedidas a nombre de otra empresa distinta de la adjudicataria. A la vista del informe, algunas de las irregularidades mencionadas
requieren precisamente que se lleve a cabo esa investigación de la Fiscalía Anticorrupción, que ya se está produciendo. (El señor Martínez-Pujalte López: Que se archivó.) Nos gustaría saber si el presidente cree que hay indicios de responsabilidad
contable, como al parecer se ha manifestado por parte del fiscal del Tribunal del Cuentas. Entendemos que hay un quebranto para el Tesoro público totalmente innecesario. Si eso es así, lo que debería ocurrir sería la dimisión o, en su defecto, el
cese del portavoz del Grupo Popular, porque lo contrario es avalar su actuación por parte de un partido político. Desde Izquierda Unida entendemos que eso es intolerable y por eso fuimos los primeros que denunciamos esta situación ante la Fiscalía
Anticorrupción, que efectivamente se archivó porque no tenía toda la documentación, ya que el Ministerio de Trabajo no aportó toda la documentación que debía aportar, y seguiremos trabajando para que se investiguen actuaciones tan graves y que
atentan contra la salud de la democracia. Ni Zaplana ni el Grupo Popular deben hacerse las víctimas porque las víctimas son la democracia, la ciudadanía y las arcas del Estado. (El señor Martínez-Pujalte López: No digas cosas que no son verdad;
es mentira que se hayan abierto diligencias.)


El señor PRESIDENTE: Por favor, ruego silencio.



A continuación tiene la palabra el señor Torres en representación del Grupo Parlamentario Socialista.



El señor TORRES BALAGUER: Quiero agradecer al presidente del Tribunal de Cuentas su exposición, aunque este diputado está francamente sorprendido de la misma -entendiendo que siempre es institucional por parte del tribunal-, porque si no
hubiera leído el informe ni siquiera de lejos hubiera podido entrever el contenido tan jugoso e importante que tiene el informe de fiscalización sobre la contratación celebrada por la Seguridad Social, porque a mi juicio el presidente del tribunal
ha pasado no de puntillas, ha pasado totalmente del contenido, y ni siquiera ha habido una referencia a la cantidad de información que contiene y de cuestionamientos que se producen por las campañas. Insisto, si no lo hubiese leído pensaría que no
hay ninguna salvedad en el informe aprobado. Sé que hay que tener una posición institucional, pero también sé que las cosas hay que analizarlas y describirlas y en mi opinión ni siquiera ha habido una descripción adecuada. Necesariamente tengo que
repasar el contenido del informe para formular las preguntas, porque se han hecho unas afirmaciones legítimas pero desproporcionadas de cuestiones que se plantean a lo largo del informe. Se ha hablado de manipulación política, aunque no se dice por
qué; se ha hablado de unas filtraciones interesadas (ya me gustaría tener el informe del fiscal y del abogado del Estado a que se ha hecho referencia en esta Comisión; si alguien lo tiene que me pase una fotocopia, por favor, que estaré encantado
de leerlo porque tengo muchísimo interés) y se ha hablado del tótum revolútum de que el Gobierno es el que... Bueno, creo que todo esto no es más que una maniobra de distracción y la primera pregunta que le voy a formular al presidente del tribunal
es cuál fue el resultado de la votación en el pleno, si fue aprobado por mayoría, por unanimidad o cómo fue aprobado este informe. Mis noticias son que hubo unanimidad del pleno, que todos y cada uno de los consejeros, incluido el fiscal como
miembro del pleno, votaron a favor del informe. Por tanto, la descalificación no tiene ningún sentido y a mi juicio esta cuestión de manipulación, culebrón, etcétera, no es procedente.



Señoría, quiero hacer unas pequeñas referencias respecto al primer contrato celebrado por el INSS para la famosa campaña de revalorización de pensiones del año 2003. Evidentemente la campaña tenía por objeto informar sobre esa
revalorización y la paga única. Sin embargo, la finalidad real de la misma, según se deduce de los indicios que ahora pasaré a comentar, no fue la de satisfacer el interés público sino que respondió a otros fines. Voy a argumentar basándome
exclusivamente en lo que dice el informe del tribunal y no voy a hacer ninguna aportación propia. (El señor Martínez-Pujalte López: ¿Y la de años anteriores?) Yo hablo del informe del tribunal. El INSS llevó a cabo con cargo a su presupuesto y
en un espacio de tiempo récord la adjudicación de esta campaña de publicidad sobre las pensiones. ¿Saben ustedes cuántos días tardaron en la tramitación del expediente? Siete días. ¿Saben ustedes cuál es la media de tramitación de estos
expedientes según la propia nota del tribunal? Ciento diez días. En cualquier caso, en siete días fue todo volando y perfecto. Hay una serie de indicios de que esta campaña no tenía como verdadera finalidad lo que se decía, el interés público,
sino que había otros intereses ilegítimos centrados en captar una determinada imagen favorable del Gobierno. Por tanto, si esto fuera así estaríamos hablando de un gasto publicitario partidista; estaríamos hablando de una subvención encubierta.
(El señor Martínez-Pujalte López: ¿Y las anteriores campañas?) En cuanto a la verdadera finalidad debemos repasar este contrato. No existía la necesidad de la campaña, tal y como se refleja en el informe de fiscalización -páginas 31 y 32-, y
tampoco era objetivamente necesaria -sabemos que todos los pensionistas habían sido informados por carta-; por tanto, ni obligatoria ni objetivamente necesaria.



Respecto a las irregularidades que se señalan en la tramitación del expediente de contratación, también


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señaladas -páginas 31 a 34 del informe-, en el cambio producido en los destinatarios finales se ha realizado alguna afirmación, pero tenemos que entender qué ocurrió. En la memoria justificativa y en la orden de inicio del expediente a
quien iba dirigida la campaña era a los pensionistas, pero en el pliego de prescripciones se cambió este extremo y fue dirigida a la ciudadanía en general, lo cual enlaza con lo que voy a decir. En la contratación intervienen otros intereses al
margen del órgano contratante, que es el INSS. En el informe aparece -páginas 77 a 83- cómo interviene la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y el Gabinete de Comunicación del ministro -otros intereses-, y el resultado de esa campaña
publicitaria tenía un contenido material muy peculiar porque había una falta de adecuación de los mensajes. Se dijo: dicho y hecho.
Ese era el objetivo para hacer ver que está mal. Estaban hablando de valorar al Gobierno y no de informar
realmente de la revalorización de las pensiones. Donde se prueba esto es en el contrato, en el que figura claramente que la empresa adjudicataria después de la campaña tiene que hacer un estudio que dice lo siguiente: La campaña más allá de la
campaña. Señorías, esto está en el contrato. Se señala literalmente: El leitmotiv proyectado: antes miedo, gestión del PSOE, y ahora seguridad, gestión del PP. Por cierto, el ministro de Trabajo de entonces decía en sus alegaciones que esto fue
responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria y que no tenía nada que ver con el objeto del contrato, cuestión que señalaba porque no había leído el contrato que expresamente obligaba a realizar este tipo de trabajo; se confunde -páginas 35
y 36 del informe-, y estoy leyendo el informe. Este es el libro publicado del informe de fiscalización en el que se ve claramente: antes PSOE, miedo a la gestión, etcétera. Estamos hablando claramente de una perversión de la finalidad de la
campaña que al inicio era tan solo informar de una revalorización de las pensiones y de la paga única y que acaba hablando de la valoración de la gestión de dos partidos políticos. Nada que ver una cosa con la otra, por no hablar de la coincidencia
en las fechas de emisión pública de la campaña justo antes de las locales y autonómicas del año 2003, precisamente en un año electoral; y este tipo de campañas no se realizaba desde el año 1999. Por tanto, hay numerosas pruebas o indicios que
conducen inequívocamente a la consideración de la injustificada o improcedente contratación y realización de esta campaña publicitaria por parte del INSS, destinándose los fondos públicos encargados de su financiación -lo cual es evidente que estaba
en el presupuesto- a la satisfacción ilegítima de intereses partidistas. Por tanto, podría haberse incurrido en un supuesto de desviación de poder.



Ya más brevemente me referiré a contratos posteriores. Año 2004; exactamente la misma campaña. ¿Qué ocurre? Que tuvo que ser suspendida por la Junta Electoral Central al coincidir parcialmente su emisión con el inicio del periodo
electoral: elecciones generales del año 2004.
Quiero recordar que ese solapamiento se podía haber evitado perfectamente porque la Administración era conocedora del periodo electoral y de cuál era el criterio de la Junta Electoral Central. Por
tanto, no se justifica que teniendo conocimiento de estas dos cuestiones no hubiera la mínima diligencia debida que habría permitido, sin más problema, adecuar las fechas inicialmente previstas de la difusión de la campaña de publicidad con una
simple orden a la empresa. Sin embargo, hubo que pagar una indemnización porque se suspendió la campaña y el propio tribunal habla -páginas 39 a 42- de posible malversación contable. No son mis palabras.



Otro contrato también significativo fue la lucha contra el fraude social, y en este punto voy a ser muy breve. Se contrata una campaña separando creatividad de la compra de medios, y después, por una cuestión que no se conoce muy bien, al
dividirse -insisto- en creatividad y compra de medios se realiza una licitación independiente, se adjudica la creatividad pero nunca se realizó la campaña publicitaria porque se declaró desierto el concurso para la compra de medios, por lo que esta
deficiente planificación llevó a perder absolutamente el coste de la creatividad que se había pagado. Por tanto, ese es un coste económico para la Seguridad Social que fue realizado sin contraprestación alguna.



Para acabar, quiero hacer referencia a un tema menor pero significativo.
En el año 2004 se encarga un estudio jurídico particular para que se evalúe la adecuación a la legislación de todas estas campañas publicitarias. Es cierto que es un
contrato menor, pero lo que no es menor es que este dictamen jurídico que tenía por objeto analizar si el procedimiento y la regularidad en el trámite de formalización se ajustaban a la legalidad se realizó sin haberse producido ni anunciado
reclamación jurídica o de ningún otro género, además cuando la mayor parte de los efectos jurídicos del contrato ya se habían producido. Por tanto, no había razón o fundamento alguno, salvo que pensemos que había algún interés absolutamente privado
y particular para encargarlo, entre otras cosas porque los servicios jurídicos del Estado eran perfectamente competentes para emitir este informe. Gasto superfluo e innecesario, y todo parece indicar que fue hecho por un interés privado, que no es
para el que se destinan los dineros públicos.



Señor presidente del tribunal, con estos antecedentes acabo formulándole algunas preguntas que, si no me las puede contestar ahora, le rogaría que lo hiciese por escrito. La primera, que ya ha sido contestada, es en qué momento fue incluida
la fiscalización del Ministerio de Trabajo. Le he formulado otra: Cuál fue el resultado de la votación del informe. Me gustaría saber quién ha remitido la información, la documentación, tanto a la Sección de Enjuiciamiento como a la Fiscalía
Anticorrupción. Dado que ha sido citado en esta sala el informe del abogado del Estado y del fiscal, que aparentemente por lo que conocemos por esa filtración el abogado del Estado habla de


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anomalías en el contrato de pensiones de 2003, le agradecería que si el señor presidente lo tuviera leyera exclusivamente a qué anomalías se está refiriendo y si dispusiera del informe del fiscal también me gustaría saber a qué indicios de
responsabilidad contable se refiere o en qué se basa el fiscal para hablar de estos indicios de responsabilidad contable.
Me resulta curioso escuchar que el fiscal puede tener una orden del Gobierno para perjudicar al Ministerio de Trabajo.
También me gustaría saber si el señor presidente conoce cuándo fue nombrado el fiscal para saber si realmente tiene una antigüedad que le permite estar al margen de estas instrucciones que se han insinuado, que para mí son graves, porque al final es
echar polvo -por ser finos- encima (El señor Martínez-Pujalte López: Pregunta dónde está ahora y quién lo ha nombrado.), y si tiene algo que ver en ese sentido la fecha de nombramiento y una última pregunta a usted que debe ser una de las personas
que más conoce la historia del Tribunal de Cuentas. ¿Ha habido alguna ocasión con anterioridad en la que el fiscal haya remitido documentos o informes tanto a la Sección de Enjuiciamiento como a Anticorrupción? ¿Hay algún antecedente o es la
primera vez en la historia que se produce? Me gustaría conocerlo porque ha habido una pregunta que también -entiendo- se prestaba a confusión.



Para concluir, señor presidente, si queremos decir que este informe responde a una persecución política se pueden encontrar siempre motivos.
(El señor Martínez-Pujalte López: El informe no, la tramitación.) De la lectura del informe lo
único que yo deduzco es que hay numerosas irregularidades que se pueden calificar de una manera o de otra, y vamos a esperar al final del procedimiento para ver cómo se califican, pero hay indicios desde el momento en que el fiscal y el abogado del
Estado han indicado que puede ser algo más que irregularidades. Por tanto, la interpretación puede ser la que cada uno quiera, pero los hechos de momento están apuntando a que en este periodo de tiempo la fiscalización sobre la Seguridad Social y
otros organismos dependientes del Ministerio de Trabajo lo que ha detectado es una confusión entre lo público y lo privado y un mal uso de los recursos públicos. Estas conclusiones se podrán obtener solamente leyendo el informe, más allá de la
adscripción política o del interés político de quien emite después la opinión.



El señor PRESIDENTE: Para contestar a las preguntas tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Quiero anticipar que los señores parlamentarios me tienen aquí a su disposición hasta la hora que estimen pertinente y también que, dadas las cuestiones por las que se han
interesado, tengo que expresar una gran satisfacción por tener que contestarlas. Intentaré seguir un orden.



En primer lugar, el señor Martínez-Pujalte ha planteado un tema de competencias, y es si el tribunal debe fiscalizar aquellas partidas que ya están aprobadas por el Parlamento con una finalidad. A esto le tengo que contestar que sí. El
artículo 31.2 de la Constitución dice que la asignación del gasto público tiene que hacerse con criterios de eficacia, de eficiencia y de racionalidad económica; nos lo dice nuestra ley orgánica. En lo que no puede entrar el tribunal es en la
prioridad de las políticas económicas. Las prioridades las marca el Gobierno. Es una fiscalización ex post, consuntiva, y no puede incidir en la programación ni en la gestión, pero después sí, porque además del principio de legalidad puede
analizar el principio de eficacia, de eficiencia y de racionalidad.



La segunda cuestión que se ha planteado es de procedimiento. En efecto, el presidente tiene que reconocer que el informe se ha filtrado, también de las preguntas se desprende la filtración del informe del fiscal, pero por razones de
estética de exposición prefiero reservar esto para el final.



Se ha coincidido en preguntar por la posición final del fiscal e incluso la segunda interviniente ha preguntado, por si hay indicios de responsabilidad, si se ha trasladado esto a la Fiscalía Anticorrupción.
Voy a intentar esclarecer estas
cuestiones. Saben que el presidente tiene que rehuir de hacer valoraciones, tiene que hacer aclaraciones de los procedimientos y en este caso hay que incidir en los ámbitos competenciales. Voy a intentar utilizar mis pequeñas dotes pedagógicas
como profesor universitario, pero tengo que aclarar que he sido un profesor universitario que siempre me ha gustado más enseñar que examinar y que valorar. Para no alejarme de este caso, en el informe que emite el ministerio fiscal hay que
distinguir los siguientes ámbitos. Ayer tomó posesión el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, que sustituye al que existía anteriormente y que había elaborado este informe, que estaba en el Tribunal desde aproximadamente hace un año; y les doy
esta información. El ministerio fiscal en el ámbito del Tribunal de Cuentas es también miembro del pleno y tiene que ser oído en todos los procedimientos antes de su aprobación definitiva. Por tanto, tiene su ámbito de responsabilidades y también
es oído en el pleno en el ámbito fiscalizador. Pero en este ámbito fiscalizador, cualquier observación, cualquier sugerencia que hace el fiscal decae, como la de cualquier otro consejero, desde el momento en que el informe es aprobado por el pleno.

¿Qué pasa? Aquí se ha aludido a la filtración del informe del fiscal. En el informe definitivo aprobado por el pleno se recogen de forma diferente y matizada o graduada aspectos que no aparecen después en el informe final. Es más, cuando el 16 de
marzo se aprobó este informe por el pleno y apareció en la radio y en la prensa una información sobre su aprobación, el Tribunal de Cuentas tuvo que emitir una nota diciendo que el informe definitivo no hacía referencia a las eventuales actuaciones
del ministerio fiscal, ni que


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había un uso partidista de la publicidad, ni referencia alguna a la desviación de poder ni a la malversación de fondos o de caudales públicos. Esta nota es pública. Por tanto, en este aspecto en que el fiscal tiene que ser y es oído como
un miembro más del pleno, que incluso vota el informe o hace un voto particular, lo que predomina es el informe aprobado por el pleno, como cualquier observación y enmienda que hace cualquier consejero que decae desde el momento en que el pleno lo
aprueba.



Entramos en los otros ámbitos que tiene el fiscal. Su ámbito y su actividad esencial está en el ámbito de la jurisdicción. La jurisdicción contable es rogada, no de oficio. Está legitimado el fiscal, el abogado del Estado y la acción
pública. Todos los proyectos de fiscalización pasan por el fiscal, que se interesa por la posible existencia de hechos o supuestos motivadores de responsabilidad contable. El departamento ponente los estudia y hace estas actuaciones y, después, si
lo estima oportuno, los manda a enjuiciamiento. En este caso, el fiscal destaca ciertas irregularidades, la existencia de caudales que hacen sugestiva, en principio, la presencia de indicios de responsabilidad contable. Yo he podido traer hoy la
información de que el departamento correspondiente las ha estudiado y las ha enviado el 1 junio a la sección de enjuiciamiento. Ha enviado cuatro supuestos, de acuerdo con el ministerio fiscal y con el servicio jurídico del Estado que, como acabo
de decir, también está legitimado: los contratos del INSS de 2003, que los solicita el abogado del Estado; los contratos del INSS de 2004, que los ha pedido el fiscal y el abogado del Estado; el contrato de Tesorería de Seguridad Social de la
lucha contra el fraude, solicitado por el fiscal, y un contrato menor de consultoría y de asistencia técnica, solicitado por el fiscal. Esta es la información que hay en este momento de lo que ha pedido el fiscal en su función esencial; el
departamento ya ha cumplido y está en la sección de enjuiciamiento.



Se me pide aquí la posición final o última. Además, lo he leído en alguna nota de prensa. Esto lo tenemos que tener claro, y más en esta Comisión.
A partir de este momento ya solo resultan competentes exclusivamente los órganos de la
jurisdicción contable. El fiscal tiene legitimación activa para actuar como demandante, pero de todas estas actuaciones independientes ni el presidente ni el pleno tienen información. No es posible, pues, como se me pregunta, conocer la posición
última o la posición final del fiscal ni la de cualquier órgano competencial. A partir de ese momento actúan con total independencia.



También se me preguntaba si conozco el porcentaje de veces que se solicita o se entienden hechos de los cuales se desprenda responsabilidad contable. Pues no, no tengo la estadística. Si quieren mi opinión personal -porque aquí se han
invocado los años que llevo en el Tribunal-, con mucho gusto se la doy. Desde la Ley de funcionamiento el ilícito contable ha quedado tan restringido que me atrevería a decir que hay que buscarlo casi con un candil. Es más, en todos mis años de
consejero, al ver que el ilícito contable y la identificación de la responsabilidad habían quedado restringidas a la Ley de Presupuestos y a las leyes contables y que se había producido un desplazamiento de la organización del sector público de la
huida del derecho administrativo, he preconizado que en los informes debía de evitarse incluir posibles responsabilidades contables que pudieran crear de alguna manera una imagen desfavorable del gestor, cuando el objeto de la fiscalización es la
mejora del sector público. Esta era mi opinión como consejero, cuando lo era. Por eso, cuando vengo aquí y el informe no menciona las responsabilidades contables, me parece que debo atender esa petición.



En relación con la Fiscalía Anticorrupción, sigo con el informe del fiscal y sigo insistiendo en que el hecho de que se haya filtrado me obliga moralmente a trascender mi función de presentador del informe, pero lo hago con mucho gusto. A
la campaña de publicidad realizada por el INSS sobre la revalorización de las pensiones abono de paga única, el informe de fiscal dice que no detecta hecho alguno susceptible de irregularidades ni indicios de responsabilidad contable, pero el fiscal
apunta que sobre este tema ha habido unas diligencias informativas en la Fiscalía Anticorrupción a cuyo archivo se procedió. Entonces dice e interesa que por parte del departamento fiscalizador se remita el testimonio documental de los ordinales
señalados a la Fiscalía Anticorrupción para que, a la vista de lo actuado por ella y en complemento de estos documentos, reconsidere si fuera procedente la postura inicialmente acordada y, en todo caso, pueda considerarse cuantitativamente informada
con toda esta documentación. Esto es lo que dice y creo que lo he leído.
¿Qué tengo que añadir? Aquí el fiscal dice que el departamento de fiscalización remita. Bien, pues el departamento fiscalizador me informa que no ha remitido ninguna
documentación a la Fiscalía Anticorrupción ni ha propuesto a este presidente el envío a dicha Fiscalía. Téngase además en cuenta que el informe aprobado por el pleno ya no contiene ninguna referencia a eventuales actuaciones del ministerio fiscal;
esto lo ha dicho en nota de prensa. Tanto el ponente -para venir aquí he hablado con él; luego añadiré otra información- como el presidente la única referencia que tienen de esa remisión es la información que ha aparecido en la prensa, que recoge
el contenido del escrito del fiscal al fiscal Anticorrupción. Si en este tema se quiere saber del presidente cuál es -no sé qué palabra he utilizado- la última posición del fiscal, en este tema como en cualquier otro relacionado con las funciones
que tiene el mismo en el ejercicio de las acciones penales y civiles dimanantes de delitos y faltas con arreglo a la Ley del Estatuto orgánico del ministerio fiscal, este presidente como el pleno desconoce la posición fiscal final porque ya sigue su
trámite jurisdiccional. Ustedes me preguntan por ese tema y con mucho gusto accedo a manifestar esta especie de pedagogía competencial.



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¿Qué informe podía tener el presidente? El fiscal es miembro del pleno y en este tenemos siempre un punto del orden del día que dice: información sobre los asuntos de su competencia. Pero ahí no se ha recibido ninguna información, luego
la única información -insisto- que tanto el ponente como el presidente tenemos de este punto relacionado con la fiscalía es lo que hemos leído en la prensa. Por tanto, esto es lo único que puedo manifestar respecto a las preguntas relacionadas con
el tema del fiscal, porque los tres intervinientes se han interesado por las mismas.



El señor Torres ha manifestado alguna posición crítica con respecto a la presentación que he hecho del informe. Primero ha preguntado sobre la votación. Este informe fue aprobado con dos abstenciones y un voto en contra. No creo que tenga
interés saber quién se ha abstenido y quién ha votado en contra, entre otras cosas, porque lo he leído en la prensa, y ya hablaré de las filtraciones, porque yo me tengo que enterar muchas veces de las cosas por la prensa. Si algún día quieren
organizar un debate para ver qué traducción tienen las filtraciones en todo lo que supone una buena gestión del sector público, me tienen a su disposición, pero aquí tengo que defender la presentación que he realizado. En la presentación he puesto
de manifiesto el ámbito material y la relevancia que tiene que se hayan fiscalizado todos los contratos a través de una información horizontal prácticamente total del sistema. También he puesto de manifiesto el ámbito temporal, porque se ha
fiscalizado desde 2002 hasta el primer cuatrimestre de 2004. Relacionando esto con una pregunta que se me ha hecho anteriormente, un informe que se refiere a 2002 y primer cuatrimestre de 2003, que lo aprobó el pleno el 16 de marzo, lo estamos
viendo hoy día 27 de junio, además, como también se ha puesto de manifiesto, con todas las filtraciones que ha habido. En la presentación se ha puesto de manifiesto que se han analizado todo tipo de contratos de publicidad, de radio, de televisión,
de distribución de noticias, ediciones, impresos, congresos, correspondencia, la relevancia del coste, su distribución, su financiación en los quince contratos y el plan de comunicación global, todo ello resaltando la adecuación a los principios de
legalidad, de objetividad y de transparencia, y todo ello en un informe que es muy difícil de sistematizar y de resumir; lo comprendo.
Ahora diré a quién comprendo. Cuando se habla del principio de legalidad, el Tribunal de Cuentas emite juicios
críticos que tienen que versar sobre la adecuación de la actividad económico-financiera pública a los principios de legalidad. El primer nivel del principio de legalidad es la ley siempre específica y precisamente esta ley de publicidad es del año
2005, posterior al informe que se menciona. Por tanto, puede ser que a luz de esa ley se analicen los hechos, pero el informe no los puede analizar si no es a la luz de unas fuentes del derecho administrativo, que en este caso es la Ley del texto
refundido de los contratos del Estado. En este sentido, el informe pone de manifiesto todo el tema, ya se han mencionado aquí las adjudicaciones, si ha estado o no justificada la urgencia, la negociación, y resalta perfectamente todos los
principios y posibles vulneraciones que ha habido. Por tanto, tengo que defender la presentación que he hecho porque las presentaciones que hace el presidente las hace a partir de la propuesta y de las informaciones que les da el ponente.
Precisamente, en la última presentación aquí, recuerdo que en el informe de ARSA se recibieron felicitaciones. Yo, naturalmente, cuando se celebró el pleno lo primero que hice fue compartir esta felicitación con el ponente que me había dado la
información y los datos.
En este caso tengo que decir que prácticamente, porque venía ya adaptada incluso en tiempo y en su integridad, la presentación responde a lo que me ha propuesto el ponente y, además, el ponente me da informaciones. Me ha
pasado en esta situación que ha enviado ya a enjuiciamiento, porque si no yo no lo sabría. Como también el desconocimiento que él tiene de no haber remitido a la Fiscalía Anticorrupción esos datos. Por tanto, tendré que compartir con el ponente y
asumir la mayor parte de la crítica sobre la presentación.



Lo único que me queda por responder es sobre el tema de las filtraciones.
A nadie se le oculta que al presidente de un organismo el que se produzcan filtraciones no le resulta agradable. También este tema ha sido tratado -y yo lo he
expuesto en el pleno de mi institución-, pero naturalmente en todo aquello que pueda afectar a mis propuestas, a los debates internos, yo no voy a hacer referencia. Este informe -en este caso concreto, el anteproyecto de informe-, sobre
contratación celebrada sobre la Seguridad Social para la difusión de información y otros servicios de contenido se realizó durante el trámite de alegaciones, cuando se produce la filtración, pero ha quedado probado que tal filtración no se produjo
desde la institución y que los únicos receptores del informe fueron los gestores anteriores y actuales. Esto lo dice la nota de prensa del Tribunal de 20 de diciembre de 2004. Los informes del Tribunal de Cuentas constituyen la pieza básica del
sistema de control externo técnico al servicio del control político del Parlamento, pero ¿cuál es su finalidad? Mejorar la gestión del sector público, así como depurar todo tipo de responsabilidades, incluidas las políticas, en el ámbito de la
gestión y de la organización del sector público. Por tanto, todo debate político fuera de la sede parlamentaria y basado en auditorías provisionales del Tribunal es extemporáneo que pervierte todo el proceso del control democrático. No solamente
tienen una finalidad los informes del Tribunal de Cuentas, sino que además tienen un procedimiento contradictorio, y la fiscalización se da en interés de todos los gestores y cuentadantes, porque el Tribunal está ejerciendo una potestad, no un
derecho, que le atribuye la Constitución, y las relaciones del gestor con el Tribunal no se rigen por procedimientos administrativos, luego será en interés de los gestores, porque ahí pueden alegar todo lo que estimen oportuno, siempre con la misma
finalidad de mejorar la gestión y la organización del sector público. Por tanto, toda filtración pervierte el procedimiento de fiscalización en sí mismo. Además,


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toda filtración de un informe del Tribunal da lugar a un debate, como ya he dicho, y crea un estado de opinión sobre hechos y responsabilidades antes de que sean alegados por los gestores, como ha sucedido aquí, y de ser conocidos y
analizados por todos los miembros del pleno en el trámite de observaciones, debate y aprobación, incluso en su fase final, no se puede garantizar que su aprobación o rechazo no repercuta en la imagen del ponente y en la de los demás miembros del
pleno, todo ello debilitando la imagen de la institución cuando no contribuyendo a su desprestigio con acusaciones muchas veces de politización. Todo esto no favorece en nada un control externo que, estando al servicio del Parlamento, no se espere
a producir los debates basándose en la posición final que adopta la institución, sea por unanimidad o por mayoría, como lo ha sido aquí, que además para la presentación de este informe y para el presidente es irrelevante porque aunque yo votara un
informe en contra -en este caso no lo he votado-, como ya he dicho a la prensa, a lo que vengo aquí es a presentar lo que ha aprobado el pleno.



Por lo demás, todas las preguntas y sugerencias que quieran que se les aclaren en torno a este informe rogaría que las pasaran por escrito, porque el trámite consiste en que las vea el ponente; incluso ha habido ocasiones en que es preciso
que pasen otra vez por el pleno. Lo único que puedo hacer es agilizar y rogar que se contesten cuanto antes.



El señor PRESIDENTE: Una vez vistos todos los puntos del orden del día, se levanta la sesión.



Eran las dos y cincuenta y cinco minutos de la tarde.