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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 24, de 22/02/2005
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DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2005 VIII Legislatura Núm. 24

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

Sesión núm. 6

celebrada el martes, 22 de febrero de 2005,

en el Palacio del Senado



ORDEN DEL DÍA:


Debate y votación de las siguientes propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Villaconejos (Madrid), 1998 y 1999, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 25 de julio de 2003. (Número de expediente del Senado 771/000008 y número de expediente
del Congreso 251/000009.) ... (Página 2)


- Nota complementaria del Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 25 de julio de 2003. (Número de expediente del Senado 771/000009 y número de
expediente del Congreso 251/000012.) ... (Página 3)


Página 2



- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona (Málaga) y de sus sociedades mercantiles participadas (ejercicios 1995-1999), aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 25 de julio de 2003 (se corresponde con
el número de expediente 771/000129 de la VII Legislatura). (Número de expediente del Senado 771/000014 y número de expediente del Congreso 251/000015.) ... (Página 5)


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valdés (Asturias), ejercicios 1998 y 1999, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 29 de abril de 2004. (Número de expediente del Senado 771/000029 y número de
expediente del Congreso 251/000029.) ... (Página 6)


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Madrid), sus organismos autónomos dependientes y sociedades mercantiles participadas, ejercicios 1998 y 1999, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 22
de junio de 2004. (Número de expediente del Senado 771/000045 y número de expediente del Congreso 251/000047.) ... (Página 7)


Comparecencia del Presidente del Tribunal de Cuentas, excelentísimo señor don Ubaldo Nieto de Alba, para informar sobre los siguientes extremos:


- Informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), ejercicio 1998, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 27 de marzo de 2003.
(Número de expediente
del Senado 771/000002 y número de expediente del Congreso 251/000002.) ... (Página 9)


- Informe de fiscalización selectiva de determinadas áreas de la actividad de la Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de Gibraltar, S.A. (SECEGSA) durante el período 1997-2001, aprobado por el Pleno
del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 26 de junio de 2003. (Número de expediente del Senado 771/000007 y número de expediente del Congreso 251/000008.) ... (Página 11)


- Informe de fiscalización de las incidencias producidas hasta 31 de diciembre de 2001 en relación al cumplimiento del plazo de ejecución pactado en los contratos de obras formalizados por Ente Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF)
para la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 25 de julio de 2003. (Número de expediente del Senado 771/000011 y número de expediente del
Congreso 251/000013.) ... (Página 14)


- Informe de fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 17 de diciembre de 2003. (Número de expediente del Senado 771/000020 y número de expediente del Congreso
251/000021.) ... (Página 17)


- Informe de fiscalización de la Entidad Pública Empresarial RED.es, ejercicio 2002, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 26 de febrero de 2004. (Número de expediente del Senado 771/000025 y número de
expediente del Congreso 251/000025.) ... (Página 21)


Se abre la sesión a las diez horas y cuarenta minutos.



El señor PRESIDENTE: Señorías, se abre la sesión.



En primer lugar, si los portavoces no tienen inconveniente, queda fijada la hora de votación a las once y media. (Pausa.)


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS SIGUIENTES PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VILLACONEJOS (MADRID), 1998 Y 1999, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 25 DE JULIO DE 2003. (Número de expediente del Senado 771/000008 y número de expediente
del Congreso 251/000009.)


El señor PRESIDENTE: Empezamos con el primer apartado del orden del día: Debate y votación de propuestas de resolución.



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En primer lugar, corresponde la defensa de la propuesta presentada en relación con el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Villaconejos 1998 y 1999. Empezamos con el turno de defensa de dicha propuesta de resolución; para ello, y
en nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Muchas gracias, señor presidente.



Con el informe de fiscalización de los años 1998 y 1999 del Ayuntamiento de Villaconejos, que se produce a iniciativa del propio Tribunal de Cuentas, nos encontramos, nuevamente, ante un ayuntamiento con un mal sistema de control interno de
contabilización, lo que da lugar a una gestión económico-financiera desordenada.



Yo diría que es más de lo mismo y espero que cuando tengamos la moción del Tribunal con las nuevas instrucciones de contabilidad local de la Intervención General, que han tenido en cuenta el tamaño y las características de los municipios
para imponerles sus obligaciones contables, estos problemas se vayan resolviendo.



Mientras tanto, y permítanme una licencia sin llegar a ponerme bucólica, como hizo el portavoz socialista en la sesión anterior, pero soy madrileña y una fan de los melones de Villaconejos -por cierto, no sé si siguen existiendo pero les
ponen la etiqueta-, hemos hecho una serie de propuestas de resolución que son muy similares a las recomendaciones realizadas por el propio Tribunal de Cuentas. Y puesto que son tan similares y viendo que nuestra propuesta de resolución era
extensiva y la del Grupo Parlamentario Socialista es idéntica pero sintética, hemos llegado a un acuerdo. Me parece que en el caso de Villaconejos no se trata de una propuesta transaccional, sino de la aceptación de la propuesta del Grupo
Parlamentario Socialista, que votaremos a favor. No sé si tenemos que retirar la nuestra pero, en cualquier caso, adelanto que ése va a ser el sentido de nuestro voto.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



A continuación, tiene la palabra el diputado señor Vallès en representación del Grupo Parlamentario Socialista.



El señor VALLÈS VIVES: Muchas gracias, señor presidente.



Como ya tuvimos oportunidad de decir en la comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas en la anterior sesión de la comisión, y recordando la cita que acaba de hacer la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, evidentemente,
Villaconejos es un pequeño municipio de Madrid que, como todos los ayuntamientos de esas características, ha tenido que realizar un gran esfuerzo durante estos años para modernizar la administración local y la gestión de ser-vicios que debe prestar
a los ciudadanos; circunstancia que, como bien señaló también el propio presidente del Tribunal de Cuentas en su comparecencia para la exposición de dicho informe en la anterior sesión de la comisión, ha ocasionado irregularidades bastante comunes
en el funcionamiento de corporaciones de este mismo tamaño.



Este hecho debe llevar a dichas corporaciones a realizar un esfuerzo para mejorar su funcionamiento, pero también debe hacer reflexionar a la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas para que, dotando de recursos y
medios suficientes a estos ayuntamientos, se puedan corregir estos problemas de funcionamiento detectados.



No obstante -y refiriéndome ahora sí a Villaconejos-, de las conclusiones y recomendaciones que hace el Informe del Tribunal de Cuentas, observamos que no se desprenden grandes irregularidades, es decir, no se detectaron actos nulos o
anulables y los actos realizados adquirieron firmeza sin que se interpusiese ningún recurso o reclamación.



Sin embargo, sí es cierto que de las irregularidades aparecidas algunas parecen -como ya ha sugerido el propio Tribunal- que ya estaban corregidas, y si no consta así en el Informe del Tribunal de Cuentas es simplemente porque -como señaló
el propio presidente- dicho informe ya estaba finalizado cuando llegaron las alegaciones que formulara el propio ayuntamiento para poder subsanarlas.



Por ello, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una propuesta de resolución, que ahora defiendo, en la que se insta al ayuntamiento a que dé cumplimiento a las recomendaciones del Tribunal y corrija aquellas irregularidades que aún
no se hayan solventado de la forma más eficaz e inmediata posible. Creo que es un mensaje claro y también de respeto a la autonomía local a fin de que, en la medida en que se está trabajando en esta línea, observen de un modo más concreto y
detallado las recomendaciones de un órgano específico y especializado en el control de la regularidad contable para que así puedan mejorar el funcionamiento de la administración local, sobre todo en ayuntamientos mucho más pequeños.



Espero que esta misma propuesta de resolución pueda ser extensiva también al resto de informes de fiscalización de otros ayuntamientos, en la medida en que se encuentran en situaciones parecidas o similares, y que esa transaccional anunciada
por la portavoz del Grupo Parlamentario Popular pueda concretarse en el momento de la votación.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vallès.



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- NOTA COMPLEMENTARIA DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID), APROBADA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 25 DE JULIO DE 2003. (Número de expediente del Senado 771/000009 y número de
expediente del Congreso 251/000012.)


El señor PRESIDENTE: Terminado el debate del primer punto, pasamos al segundo punto del orden del día: Debate y votación de la propuesta de resolución sobre la Nota complementaria del Informe de fiscalización del Ayuntamiento de
Majadahonda.



Para defender las propuestas de resolución, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Gracias, señor presidente.



Como su propio nombre indica, nos encontramos ante una fiscalización complementaria de las que el Tribunal denomina como parciales, porque su objetivo es realizar el seguimiento del cumplimiento de las observaciones e irregularidades puestas
de manifiesto en un informe anterior del Tribunal sobre las cuentas de los ejercicios 1991, 1992 y 1993 de ese ayuntamiento de Madrid.



En la comparecencia del presidente del Tribunal - como se deduce del Informe- se señala que se han corregido muchas cosas de las puestas de manifiesto, pero hay otras que siguen sin corregirse. También señala el presidente del Tribunal que
esas observaciones no han determinado responsabilidades contables ni causa de apertura de piezas separadas.



Algunos aspectos que se reflejan en el nuevo informe que ahora tratamos son similares a los que se ponen de manifiesto en otros ayuntamientos parecidos y, como manifestamos en otra ocasión y señalé anteriormente, esperamos que la moción del
Tribunal sobre estos extremos ayude. Así, por ejemplo, el registro de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros -que estoy prácticamente convencida, si no me falla la memoria, que se ha resuelto en las instrucciones contables de la
Intervención General que han salido hace poco tiempo-, los problemas con los inventarios de bienes inmuebles e incluso los soportes de las relaciones de deudores, fecha de aprobación definitiva de los presupuestos, etcétera.



Por otra parte, se siguen poniendo de manifiesto otras cuestiones, como el plazo de aprobación de las cuentas generales u otras relativas al personal del ayuntamiento y al control de las operaciones de contratación, que son las que habían
originado nuestras propuestas de resolución que se referían específicamente a los puntos que recomendaba el Tribunal.



Hemos llegado al acuerdo con el Grupo Parlamentario Socialista de realizar una resolución transaccional en la que, en la misma línea que la del Ayuntamiento de Villaconejos, hagamos mención expresa al informe al que nos estamos refiriendo
-es decir, a esta nota complementaria-, y en la que instamos al ayuntamiento a que dé cumplimiento a las recomendaciones de la nota complementaria en el plazo y de la manera más eficaz e inmediata posible.



En ese sentido, otra vez sustituiríamos nuestra propuesta de resolución por ésta que en este caso es transaccional, porque no es el texto que proponía el Grupo Parlamentario Socialista.



Gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



Para defender sus propuestas de resolución, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Acosta.



El señor ACOSTA CUBERO: Muchas gracias, señor presidente.



La señora diputada del Grupo Parlamentario Popular ha empezado su intervención señalando que ésta es una nota complementaria sobre el Ayuntamiento de Majadahonda que el Tribunal de Cuentas establece para realizar el seguimiento de las
recomendaciones que hace a determinados ayuntamientos. Y es cierto, pero es algo más. Esta nota complementaria está establecida en el año 1998 ante un informe del Tribunal de Cuentas, extraordinariamente duro, sobre la situación de ese
ayuntamiento de cara a las irregularidades que éste presentaba. Y se aprueba en el Tribunal de Cuentas con la expresa aceptación del Grupo Parlamentario Popular en una legislatura en la que el Partido Popular no tenía mayoría absoluta. Ahora bien,
al ver que todos los demás grupos requerían de nuevo una inspección o fiscalización de ese ayuntamiento -y eran mayoritarios-, el Grupo Parlamentario Popular se sumó a la petición de este segundo análisis.
Insisto en que está provocada por el duro
juicio que hace el Tribunal de la situación de ese ayuntamiento.



Pues bien, sin haberlo querido, en estas fechas el Ayuntamiento de Majadahonda está otra vez en candelero por cuestiones de gestión.
Concretamente, el apartado cuarto, sobre la valoración en relación con la contratación municipal que el
propio Tribunal de Cuentas ya había denunciado sus graves irregularidades, cuestión en la que no voy a entrar. No obstante, quiero indicar que esta es la situación 12 años después de haber sido fiscalizado ese ayuntamiento. Y tengo la sensación,
señorías, de que vamos a tener que ocuparnos más en esta comisión de la gestión en el Ayuntamiento de Majadahonda.



Aquí me quedo hoy. Tenía preparada una propuesta de resolución y pensaba expresar la opinión de mi grupo al respecto. Mi portavoz ha indicado que se acepta una resolución transaccional en las claves que ha manifestado la señora Rodríguez.



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No es una amenaza, porque más bien va a ser un castigo para nosotros, pero vamos a tener que ocuparnos de este ayuntamiento más veces, desgraciadamente.



Nada más. Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Acosta.



Ruego a sus señorías que hagan llegar a esta Mesa el texto de la resolución transaccional.



Queda concluido el debate del segundo punto del orden del día.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA (MÁLAGA) Y DE SUS SOCIEDADES MERCANTILES PARTICIPADAS (EJERCICIOS 1995-1999), APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 25 DE JULIO DE 2003 (SE CORRESPONDE CON
EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 771/000129 DE LA VII LEGISLATURA) (Número de expediente del Senado 771/000014 y número de expediente del Congreso 251/000015.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al tercer punto del orden del día: Debate y votación de las propuestas de resolución sobre el Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), y de sus sociedades mercantiles participadas.



Para defender sus propuestas de resolución, tiene la palabra la señora Rodríguez, en representación del Grupo Parlamentario Popular.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Gracias, señor presidente.



Nos encontramos ante un Informe del Tribunal de Cuentas que presenta una situación catastrófica del Ayuntamiento de Estepona y de sus sociedades en los años fiscalizados.



El portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en el anterior punto del orden del día relativo al Ayuntamiento de Majadahonda ha hecho referencia al Informe del Tribunal de Cuentas. Viendo uno y otro informe, con delitos penales que figuran
en éste, no hay ni punto de comparación.
Hemos presentado también una resolución transaccional con la pretensión de resolver con la mayor eficacia posible las recomendaciones que nos hace el Tribunal de Cuentas. Y no entro a juzgar las intenciones
de nadie o la situación en que se encuentran los distintos grupos políticos.



Creo que no requiere más comentarios la situación de este ayuntamiento que los que se derivan de las recomendaciones que hace el Tribunal y de las propias propuestas de resolución que presenta nuestro grupo.



En el mismo sentido que hemos realizado las propuestas relativas a Majadahonda y el resto de los ayuntamientos considerados -y creo que es bueno que las propuestas de resolución presentadas ante esta comisión mixta se aprueben con la mayor
unanimidad posible-, hemos elaborado una transaccional, con un texto igual a la que presentamos respecto al Ayuntamiento de Villaconejos, instando a que el ayuntamiento, de la forma más eficaz e inmediata posible, lleve a cabo las recomendaciones
del Tribunal.



No obstante, retiramos la octava propuesta de resolución, donde solicitamos que se dé traslado a la Fiscalía si hubiese caso de delito, y entendemos que sí lo ha habido, aunque no hay preguntas en este sentido al presidente del Tribunal.
Asimismo, solicitamos votación separada de la propuesta número siete, porque entendemos que las cuestiones que se presentan en la fiscalización de este ayuntamiento son tan graves que pedimos el seguimiento de las recomendaciones y que el Tribunal
de Cuentas las incluya en su plan de trabajo para el ejercicio 2006, en la misma línea que se solicitó y se aprobó por esta comisión la nota complementaria al informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda.



En resumen, tenemos una transaccional para toda la primera parte, relativa a las recomendaciones, retiramos la octava propuesta y, respecto a la séptima, pedimos votación separada.



Gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



Para defender las propuestas de resolución por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Quevedo.



La señora QUEVEDO ARIZA: Gracias, señor presidente.



Señorías, como muy bien ha dicho la señora Rodríguez, de la conclusión del Informe presentado por el Tribunal de Cuentas, y sin perjuicio de reconocer que realmente existen dificultades para muchos ayuntamientos, se desprende que el
comportamiento de la corporación municipal del Ayuntamiento de Estepona durante el periodo comprendido entre los años 1995 y 1999 muestra singularidades muy importantes. Se deduce de este informe una práctica habitual de irregularidades,
denunciadas y calificadas en el mismo, en definitiva, un cúmulo de irregularidades que ponen de manifiesto una grave irresponsabilidad por parte de aquellos que durante el periodo señalado gestionaban la corporación municipal del Ayuntamiento de
Estepona.



Señorías, una vez analizadas las conclusiones y las recomendaciones que el Tribunal de Cuentas realiza y entendiendo que todos los grupos están de acuerdo en cuanto a la existencia de graves irregularidades en la actuación del Ayuntamiento
de Estepona, así como una evidente manifestación de la mala gestión en el periodo fiscalizado, el Grupo Parlamentario Socialista presenta esta propuesta de resolución, instando al Ayuntamiento de Estepona a dar cumplimiento a las recomendaciones


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efectuadas por el Tribunal de Cuentas de la forma más eficaz posible.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Quevedo.



Si no he entendido mal, hay una resolución transaccional entre los dos grupos y se solicita votación separada de la resolución número siete, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.



Queda concluido el debate de este punto del orden del día.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VALDÉS (ASTURIAS), EJERCICIOS 1998 Y 1999, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 29 DE ABRIL DE 2004. (Número de expediente del Senado 771/000029 y número de
expediente del Congreso 251/000029.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día: Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valdés.



Tiene la palabra la senadora Rodríguez, del Grupo Parlamentario Popular, para la defensa de las propuestas de resolución.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Gracias, señor presidente.



Nos encontramos nuevamente ante una fiscalización que solicitan las Cortes Generales y que nos muestra la situación de una corporación local con múltiples deficiencias en los años a que se refiere la fiscalización, deficiencias que, a
nuestro criterio, exceden de aquellas que venimos observando reiteradamente en otros municipios y hemos puesto de manifiesto con anterioridad.



Es una fiscalización que para el Tribunal de Cuentas mostraba los objetivos habituales de control interno, representatividad de los estados financieros y cumplimiento de la normativa, y el Tribunal encuentra irregularidades en todos los
ámbitos.



Se dice que se encontraron importantes deficiencias de control interno, a pesar de que se había mejorado esta función y aunque en 1999 aún se mantenían importantes carencias en los registros contables, es decir, en los años 1998 y 1999 se
produce una mejora aunque sigue habiendo problemas al final, de manera que se dice que no había existido presupuestación suficiente, que las cuentas se habían rendido fuera de plazo, que no eran representativas, que no se registraba la totalidad de
los bienes del municipio -un elemento que nos venimos encontrando con reiterada frecuencia-, que había importantes deficiencias y defectos en la contratación, defectos en la adjudicación de la concesión del servicio municipal de abastecimiento y
saneamiento de aguas, que después, cuando se rescinde el contrato, también aparecen deficiencias, que se había cedido la recaudación con infracción del Reglamento General de Recaudación y que se mostraban múltiples irregularidades en la gestión
urbanística, con infracciones respecto a la Ley de Costas, sin la existencia de autorizaciones preceptivas de otras administraciones y sin seguimiento de las actuaciones.



Por ello, nuestra propuesta era detallada. En este caso, observamos una diferencia con el Ayuntamiento de Estepona. A pesar de todo lo expuesto de manera reiterada por el Tribunal, no parecía que se dedujeran actuaciones dolosas o
constitutivas de delito, por lo que nosotros hacíamos una propuesta de resolución detallada, nuevamente considerando las recomendaciones del Tribunal y, siguiendo el acuerdo al que hemos llegado, en este caso mediante una propuesta de resolución
transaccional, instamos a que el Ayuntamiento de Valdés adopte las recomendaciones del Tribunal de la manera más eficaz e inmediata posible.



Gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Rodríguez.



Para defender las propuestas de resolución por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Suárez.



El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: Gracias, señor presidente.



Intervengo para defender nuestra propuesta de resolución sobre el Ayuntamiento de Valdés y comienzo recordando que fue el propio alcalde durante aquella época quien anunció públicamente que le parecía muy bien que se fiscalizase el
ayuntamiento y él mismo animó a este grupo parlamentario hace tres años a que votásemos a favor de esta fiscalización, como así hicimos.



Se trata de una fiscalización que constata la existencia de una serie de deficiencias administrativas en dicho ayuntamiento, fruto, fundamentalmente, de la ausencia tanto de un organigrama funcional como de interventor, fruto, en definitiva,
de problemas comunes a muchos ayuntamientos de esas características que vienen derivados de la falta de medios para poder modernizar su aparato administrativo y sus sistemas de control y financiación. Y es que la ausencia de una adecuada
presupuestación, la falta de consideración del presupuesto como instrumento de planificación y control, deficiencias y demoras en la contratación, deficiencias también en la gestión de ingresos, la ausencia de una adecuada gestión de los gastos de
personal, o defectos y omisiones en la gestión de urbanismo son, como digo, problemas propios de muchos ayuntamientos.



En cuanto a nuestra propuesta de resolución, en ella valoramos positivamente el Informe del Tribunal de Cuentas y estimamos que lo que debe hacer el Ayuntamiento de Valdés es continuar cumpliendo las recomendaciones del Tribunal para superar
las deficiencias que puedan existir en su gestión administrativa y financiera,


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con el fin de lograr una correcta gestión. En cualquier caso, el Tribunal de Cuentas reconoce que en 1999, cuando el informe ya se estaba concluyendo, se habían empezado a corregir diversos defectos constatados.



No obstante, como decía la portavoz del Grupo Popular, nos parece correcto que pueda alcanzarse un acuerdo entre los dos grupos que refleje el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas, es decir, instando al Ayuntamiento de Valdés a que
desarrolle en toda su amplitud las resoluciones del Tribunal de Cuentas.



Gracias, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Suárez.



Como en el caso de los puntos anteriores, ruego que nos haga llegar a la Mesa esa propuesta de resolución transaccional.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA (MADRID), SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES Y SOCIEDADES MERCANTILES PARTICIPADAS, EJERCICIOS 1998 Y 1999, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 22
DE JUNIO DE 2004. (Número de expediente del Senado 771/000045 y número de expediente del Congreso 251/000047.)


El señor PRESIDENTE: Una vez concluido el debate del punto número 4, pasamos al punto número 5, consistente en el debate y votación de las propuestas de resolución sobre el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada, Madrid,
sus organismos autónomos dependientes y sociedades mercantiles participadas, ejercicios 1998 y 1999.



Para defender las propuestas de resolución por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Muchas gracias, señor presidente.



Estamos ante una fiscalización que ha sido solicitada por la Asamblea de Madrid, de cuyos resultados, contenidos en el Informe que nos eleva el Tribunal de Cuentas, se desprende que las deficiencias se catalogan en un escalón superior en
relación con el resto de los ayuntamientos, en una línea parecida a lo que hemos observado en el caso del Ayuntamiento de Estepona. Por otro lado, se trata de un informe completo que analiza las operaciones del ayuntamiento con todos sus organismos
satélites.



En esta fiscalización nos encontramos además con algo que no suele ser frecuente en los informes del Tribunal de Cuentas, como es que éste, al referirse a las limitaciones al alcance, la primera que declara es la negativa del alcalde a
facilitar la documentación e información necesarias para llevar a cabo el trabajo que en este caso el Tribunal realiza como consecuencia de la petición de un órgano legislativo.
También se encuentra con múltiples problemas que dan lugar asimismo a
limitaciones al alcance de su informe.



No obstante, el Tribunal de Cuentas, mediante procedimientos alternativos, y tal como va explicando, elabora un extenso inventario de conclusiones en las que se reflejan múltiples deficiencias en dicho ayuntamiento y que, como decía, se
podrían catalogar en un escalón superior, lo que nos ha llevado a plantear esta propuesta de resolución, que hemos presentado en el registro del Congreso.



También en este caso la propuesta de resolución consta de tres partes: una gran primera, en la que se recogen las recomendaciones del Tribunal de Cuentas; una segunda, en la que se pide que por las especiales circunstancias de este informe
se proceda a incluir en el plan de trabajo de 2006 el seguimiento de las recomendaciones citadas en una nota complementaria, al igual que en el caso de Majadahonda, y la última, en la que se solicita que se dé traslado a la fiscalía del contenido
del informe, por razones similares a las argumentadas para el Ayuntamiento de Estepona.



Sin embargo, hemos llegado a un acuerdo con el Grupo Socialista según el cual toda la primera parte se sustituye por una transaccional en línea con las propuestas anteriores, en las que se insta al ayuntamiento a dar cumplimiento a las
recomendaciones del Tribunal de la forma más eficaz e inmediata posible. Por otro lado, retiramos nuestra última propuesta de resolución, la número 12, que tenía por objeto que se diera traslado a la fiscalía del contenido del informe, por las
mismas razones, repito, que en el caso del Ayuntamiento de Estepona, mientras que mantenemos la propuesta número 11, en la que se solicita que se elabore una nota complementaria de seguimiento por el Tribunal, propuesta para la que pedimos votación
separada.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



Para defender las propuestas de resolución por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Vallès.



El señor VALLÈS VIVES: Muchas gracias, señor presidente.



Como decía la portavoz del Grupo Popular, ciertamente, este Informe se deriva de una fiscalización extraordinaria, y yo diría que también sui géneris, en tanto en cuanto es consecuencia de una propuesta elevada por el Grupo Popular de la
Asamblea de Madrid, cosa nada habitual. Es más: si no recuerdo mal, creo que es la primera vez que se ha hecho una solicitud de esas características.



En cualquier caso, tal como expuso el propio presidente del Tribunal, y se desprende de las conclusiones y recomendaciones del Informe, de esta fiscalización no


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se deriva sospecha alguna de utilización fraudulenta de los fondos y bienes públicos, aunque se puede reconocer sin ninguna dificultad que en el funcionamiento ordinario de esa administración local siguen existiendo algunas deficiencias que
sin duda deben ser corregidas. Dichas deficiencias se deben sobre todo a que los recursos económicos de que disponen los ayuntamientos o corporaciones locales son insuficientes para atender todas las obligaciones a que deben hacer frente,
especialmente, y en este caso se destaca en el Informe, las de carácter social.



De cualquier forma, a día de hoy el Ayuntamiento de Fuenlabrada ya ha puesto en práctica muchas de las recomendaciones sugeridas por el Tribunal de Cuentas en su Informe. Por otro lado, su actuación se adecua, como no podía ser de otra
forma, a la legalidad vigente, y se está haciendo un esfuerzo notable por parte de la corporación local en línea con lo que se dice en el Informe del Tribunal para reforzar la estructura técnica y administrativa de las áreas de control
presupuestario, contabilidad e intervención, con objeto, como ya he dicho, de alcanzar el perfeccionamiento de la gestión en dichas áreas de la corporación local.



En este caso nuestra propuesta de resolución también es transaccional, sustituyendo algunas, mucho más detalladas, del Grupo Popular. Así, instamos al Ayuntamiento de Fuenlabrada a dar cumplimiento a las recomendaciones indicadas por el
Tribunal de Cuentas para poder conseguir una adecuada gestión presupuestaria y financiera. Como he dicho, esta es una propuesta de resolución mucho más genérica, que respeta el ámbito de la autonomía local, con el fin de que los ayuntamientos hagan
un esfuerzo para mejorar la gestión económica, presupuestaria y contable en su funcionamiento ordinario.



Agradezco al Grupo Parlamentario Popular que retire una de sus propuestas de resolución, cual es dar traslado a la Fiscalía. En la medida en que el Tribunal de Cuentas hubiera detectado indicios de responsabilidad contable y también de
delito, sin duda alguna ya lo hubiese canalizado mediante los instrumentos procesales oportunos en el seno de la propia institución. Al igual que aparecía en las propuestas de resolución de otro informe de fiscalización que hemos tratado hoy, creo
que es conveniente, por respeto institucional a ambos órganos, retirar esa propuesta de resolución con el acuerdo al que hemos llegado. Manteniendo la votación separada que pide el Grupo Parlamentario Popular, haremos llegar a la Mesa la
transacción que hemos alcanzado.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vallès.



Se suspende la sesión hasta las once y media. Mientras tanto y si son tan amables, nos hacen llegar los textos de las transaccionales.



Muchas gracias. (Pausa.)


Señorías, reanudamos la sesión.



Vamos a pasar a las votaciones de los cuatro informes y de la nota complementaria.



Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Villaconejos. Hay una resolución transaccional aunque en realidad se va a votar la propuesta que había presentado el Grupo Parlamentario Socialista.



Procedemos a su votación.



Efectuada la votación, fue aprobado por unanimidad.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Nota complementaria del informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda. Hay una resolución transaccional en relación a que la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Ayuntamiento de Majadahonda a dar
estricto cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la forma más eficaz e inmediata posible.



Pasamos a su votación.



Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), y de sus sociedades mercantiles participadas (ejercicios 1995-1999). En este punto hay una resolución transaccional que dice lo siguiente: La Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Ayuntamiento de Estepona a dar estricto cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la forma más eficaz e inmediata posible.



Se ha solicitado por el Grupo Parlamentario Popular votación separada de la propuesta de resolución número 7.



Votamos la resolución transaccional.



Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos a continuación la propuesta de resolución número 7.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 13; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valdés. Hay una resolución transaccional que dice así: La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Ayuntamiento de Valdés a dar cumplimiento a las recomendaciones
formuladas por el Tribunal de Cuentas de la forma más eficaz e inmediata posible.



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Pasamos a su votación.



Efectuada la votación, fue aprobado por unanimidad.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sus organismos autónomos dependientes y sociedades mercantiles participadas, ejercicios 1998 y 1999. En este punto hay una resolución transaccional. Por otro lado, hay una petición
del Grupo Parlamentario Popular de votación separada de la propuesta de resolución número 11.



La resolución transaccional dice así: La Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Ayuntamiento de Fuenlabrada a dar estricto cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la forma de la
forma más eficaz e inmediata posible.



Procedemos a su votación.



Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Pasamos a la votación de la propuesta de resolución número 11.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 14; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Suspendemos la sesión por cinco minutos en espera del presidente del Tribunal de Cuentas. (Pausa.)


COMPARECENCIA DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS (CIEMAT), EJERCICIO 1998, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE MARZO DE 2003.
(Número de expediente
del Senado 771/000002 y número de expediente del Congreso 251/000002.)


El señor PRESIDENTE: Siguiente punto del orden del día.



Damos la bienvenida al presidente del Tribunal de Cuentas y pasamos directamente al punto número seis, informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, ejercicio 1998.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para presentar dicho informe.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, el 27 de marco de 2003, el Informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), referido al ejercicio de 1998.



El CIEMAT era en el ejercicio fiscalizado un organismo público de investigación con la configuración de organismo autónomo en los términos del artículo 43.1a) de la Ley 6/1997, de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado. En dicho ejercicio estaba adscrito al Ministerio de Industria y Energía.



La fiscalización se ha desarrollado de acuerdo con los siguientes objetivos: comprobar la adecuación de los estados financieros del organismo a los principios y criterios contables que le son de aplicación; comprobar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias; y evaluar los procedimientos y sistemas de gestión económico-financiera y de control interno.



El Tribunal de Cuentas opina que las cuentas del CIEMAT del ejercicio de 1998 representan la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial con algunas salvedades entre las que destacan la falta de registro de determinadas operaciones
correspondientes a los convenios suscritos con el Instituto Alemán de Investigaciones Aeroespaciales, con la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y con la Empresa Nacional de Residuos Radioactivos (Enresa). Tampoco tienen reflejo en la
contabilidad propia del CIEMAT, aunque sí al margen de ella, las operaciones de tesorería derivadas de los acuerdos de gestión de los fondos procedentes de dos oficinas de coordinación y de la investigación en el ámbito energético (OCIDE Y
Ocicarbon), sobre los que el CIEMAT tenía la condición de mero gestor y cuya disposición era compartida con los representantes de estas oficinas.



Aunque el Tribunal considera incorrecta la práctica contable descrita, considera también que, al menos en parte, ha podido estar inducida por las incertidumbres derivadas de la falta de regulación específica de los criterios y procedimientos
contables que deberían ser aplicados en estos casos.



Otras salvedades a la opinión favorable sobre las cuentas del CIEMAT han sido las siguientes: la sobrevaloración en 33 millones de pesetas del resultado económico patrimonial positivo; el no empleo, en diversas ocasiones, de las cuentas
adecuadas de ingresos, aunque sin afectar al salgo global de las cuentas de resultados; y las limitaciones al alcance que han afectado a las cuentas de deudores por operaciones comerciales y de préstamos concedidos al personal, con unos saldos de
77 y 37 millones de pesetas respectivamente.



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Se ha comprobado el correcto funcionamiento, en líneas generales, de los procedimientos de gestión y control interno, aunque se han detectado algunas deficiencias en el control de los elementos de inmovilizado, de la facturación de los
cursos impartidos por el CIEMAT y de la póliza colectiva de seguro de accidentes y de atención médica a los becarios.



Por lo que se refiere al cumplimiento de la legalidad se han observado ciertas deficiencias relacionadas con la contratación como las siguientes: la publicación en el Boletín Oficial del Estado fuera de plazo de las adjudicaciones de la
mitad de los contratos examinados, la falta de acreditación por la empresa adjudicataria en el caso del cumplimiento de las obligaciones tributarias y Seguridad Social; el incumplimiento general de las obligaciones de remitir, en los tres meses
siguientes a la finalización del contrato, la información correspondiente a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa; y el fraccionamiento de algunos contratos, lo que permitió su tramitación como contratos menores.



Por otra parte, el CIEMAT contrató personal laboral no permanente sin el preceptivo informe favorable de los ministerios de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda. Asimismo, las condiciones de utilización de ciertas cuentas
bancarias y las normas internas reguladoras de los pagos a justificar no se ajustaron en su integridad a las disposiciones aplicables.



En el capítulo de recomendaciones el Tribunal considera conveniente que el CIEMAT, con el impulso y la colaboración de la Intervención General de la Administración del Estado, adopte las medidas oportunas para que todas las operaciones
derivadas de su gestión económico- financiera, sean por cuenta propia o por cuenta ajena, tengan el adecuado reflejo en las cuentas del organismo. Asimismo, el Tribunal recomienda que se adopte una regulación específica para los procedimientos
contables que debe aplicar el CIEMAT en el registro de las operaciones derivadas de los citados acuerdos y convenios, para lo cual podría aprobarse una adaptación específica para el organismo del Plan General de Contabilidad Pública.



Muchas gracias, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



A continuación, abrimos un turno para hacer aclaraciones y preguntas.
Ruego a los intervinientes que se limiten a ello no entren en debate ni con los otros grupos ni con el presidente.



Para este turno, tiene la palabra la señora Rodríguez, del Grupo Parlamentario Popular.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Muchas gracias.



Buenos días, señor presidente del Tribunal de Cuentas.



Como en otras ocasiones, nos encontramos, ahora que estamos comenzando con las labores de esta comisión y que estamos en febrero de 2005, analizando la fiscalización de 1998 sin saber si las cosas que se han puesto de manifiesto y que
corresponden principalmente al tratamiento contable de los convenios suscritos por el organismo se han corregido.



Del informe se deduce que los sistemas de control interno eran razonablemente correctos, apartado 7.2, que los estados financieros rendidos representan la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial del organismo a 31 de diciembre
de 1998, así como el resultado de sus operaciones en el ejercicio fiscalizado con las salvedades que se derivan de la contabilización de los convenios 7.3 y 7.4 y de otras de índole menor.



A la corrección de la ejecución presupuestaria registrada, apartado 7.6, hay que hacer algunas observaciones de índole legal en materia de contratación que son formales en su mayor parte de personal, oferta pública de empleo y personal
investigador, de tesorería, también formales, o parciales en los pagos a justificar, apartados 7.7 a 7.14, y las observaciones respecto a la forma de recoger las operaciones derivadas de los convenios y otros acuerdos gestionados por el CIEMAT, 7.15
a 7.18, el propio Tribunal recoge que han de valorarse teniendo en cuenta que no existe una normativa contable que establezca los criterios a seguir en estos casos de gestión de programas de investigación y desarrollo acordados con asociaciones de
empresas u otras organizaciones de carácter privado.



Por todo ello, señor presidente, le hago las siguientes preguntas:


¿Tiene conocimiento el Tribunal de Cuentas de si el organismo ha corregido la forma de contabilizar las operaciones derivadas de la ejecución de los convenios? ¿Tiene conocimiento el Tribunal de Cuentas de si la Intervención General ha dado
normas para esa contabilización o registro? Gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



Tiene la palabra la señora Ortiz del Grupo Parlamentario Socialista.



La señora ORTIZ RIVAS: Gracias, señor presidente.



En primer lugar, desde el Grupo Parlamentario Socialista quiero agradecer la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas para exponer el informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas, CIEMAT, correspondiente al ejercicio 1998.



Es verdad que estamos haciendo referencia al informe del Tribunal de Cuentas -como decía la portavoz del Grupo Parlamentario Popular- del ejercicio del año 1998 y que habría que saber hasta qué punto se han llevado a cabo las propuestas de
corrección por parte del CIEMAT.



Tanto el informe exhaustivo que he tenido oportunidad de mirar con detenimiento como la exposición que hace el presidente del Tribunal de Cuentas recogen, en


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líneas generales, respecto al control interno -y coincidimos en eso- un correcto funcionamiento del CIEMAT, salvo algunas excepciones. Yo querría preguntar al presidente del Tribunal de Cuentas sobre los cursos impartidos por el CIEMAT,
pues siempre es una materia que interesa y habría que saber si se han producido esas correcciones y, sobre todo, quisiera que aludiera a la póliza de suscripción de los becarios.



En relación con el estado financiero, se señalan como salvedad determinadas operaciones correspondientes a los convenios que se suscriben por parte del CIEMAT con organismos como Euratom, Instituto Alemán de Investigaciones Aeroespaciales o
Enresa, e igualmente, los fondos que el CIEMAT recibe de la Oficina de Coordinación e Investigación en el ámbito energético, aunque es verdad que el propio informe señala que el CIEMAT administraba y gestionaba estos convenios al margen de las
operaciones propias del organismo, e indica una posible circunstancia explicativa. Lo interesante sería saber si esta circunstancia explicativa de que no esté contabilizado directamente en la gestión del CIEMAT se ha corregido y si es razonable.
Se señala una ejecución presupuestaria, bastante satisfactoria, de un 96 por ciento.



Quiero detenerme en algo que me ha sorprendido más, que es lo referido a las contrataciones. El informe pone de manifiesto el incumplimiento de la Ley de Contratos de la Administración Pública en este ejercicio y una serie de
irregularidades en la contratación de personal en el año 1998.
Tratándose de una administración pública sería interesante aclararlo, aunque es cierto que estamos hablando del año 1998 y habrá profesionales desempeñando las plazas que en su momento
se sacaron a oferta pública pero me sorprende el incumplimiento en los procedimientos, que parece que van más allá de lo que podrían ser errores de la administración.



Estamos hablando de incumplimiento en el procedimiento de contratación de 220 plazas de carácter temporal, en el de otras de carácter permanente y de algunos contratos eventuales y me gustaría que el presidente del Tribunal de Cuentas nos
comentara a qué puede ser debida esta serie de errores en la contratación de personal. Es cierto que no caben recomendaciones cuando se produce el cumplimiento de la legalidad establecida. Simplemente le pregunto cuáles son esas circunstancias.



Nada más y muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Ortiz.



A continuación tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar a las preguntas que le han formulado.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



Respecto a las preguntas sobre si ha habido cambio en la forma de contabilizar los convenios, o sobre la IGAE, así como otras que se me han formulado, este presidente no tiene más información que la que va en el informe. Para todo ello
sería necesario hacer una nueva fiscalización, y eso depende de si lo estiman necesario, pero tienen que limitarse a lo que hay en el informe y sobre todo a no entrar en más valoraciones ni recomendaciones tanto en materia de contratación como en
las deficiencias por una falta de adecuación de la normativa contable para reflejar en la contabilidad del organismo todas las operaciones, convenios y acuerdos que hace con otras entidades y que recomienda que por la Intervención General de la
Administración del Estado, como centro contable, se produzca la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública.



Nada más y muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN SELECTIVA DE DETERMINADAS ÁREAS DE LA ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS PARA LA COMUNICACIÓN FIJA A TRAVÉS DEL ESTRECHO DE GIBRALTAR, S.A. (SECEGSA) DURANTE EL PERÍODO 1997-2001, APROBADO POR EL PLENO
DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 26 DE JUNIO DE 2003 (Número de expediente del Senado 771/000007 y número de expediente del Congreso 251/000008.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 7 del orden del día, informe de fiscalización selectiva de determinadas áreas de la actividad de la Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de Gibraltar,
S.A., durante el período 1997-2001.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para informar sobre este asunto.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



El Informe de fiscalización selectiva de la actividad de la Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de Gibraltar, S.A. (SECEGSA), ejercicios 1997 a 2001, fue aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuenta
en junio de 2004.



El Convenio de Cooperación entre España y Marruecos de 1979 y el Acuerdo Complementario de 1980 para el estudio en común del proyecto de enlace fijo entre Europa y África a través del Estrecho de Gibraltar dieron lugar a la creación de dos
sociedades: la española SECEGSA y la marroquí SNED (Société Nationale d'Études du Detroit), controladas por un Comité Mixto compuesto por miembros de ambos países.



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SECEGSA, constituida en febrero de 1981, concretó su actividad hasta 1990 en los análisis previos de las dos opciones técnicas denominadas 'puente' y 'túnel'. En 1995 el Comité Mixto optó por la solución 'túnel', debido a las incertidumbres
de orden técnico y a los costes estimados de la solución 'puente'. La formulación provisional del proyecto tuvo lugar en 1996, quedando sujeta a reservas de orden técnico y económico, que habían de ser despejadas posteriormente con investigaciones
de mayor detalle que se vienen desarrollando desde 1997.



En el periodo fiscalizado, SECEGSA se ha financiado con subvenciones del Estado español en un 96 por ciento y con sus rendimientos de Tesorería en un 4 por ciento. En la fiscalización se ha detectado una falta de paralelismo entre los
planes de trabajo (objetivos) y la financiación (medios), que la empresa atribuye a que los planes aprobados por el Comité Mixto son indicativos y revisables según los resultados técnicos progresivamente obtenidos y las contingencias operacionales.



La financiación de la Sociedad ha sido superior a los fondos necesarios para llevar a cabo su actividad operativa y de estudios, por lo que han producido excedentes que la Compañía ha rentabilizado en entidades financieras.



Aunque la dirección y coordinación de los trabajos aprobados por el Comité Mixto se llevan a cabo por SECEGSA y SNED, su ejecución material se encarga en general a empresas externas, ya que las sociedades no tienen medios para realizar
directamente las complejas investigaciones y estudios requeridos. En la campaña de sondeos profundos 96-97, contratada con una empresa noruega, resultó un precio muy superior al previsto, debido, fundamentalmente, según la Sociedad, a una fuerte
subestimación de los efectos ambientales. En la contratación de encuestas sobre el tráfico por el Estrecho, también se ha detectado un alto incremento de precio entre julio de 1997 y febrero de 1998.



Respecto a la contratación denominada 'Informe final', que es una memoria y resumen de los trabajados realizados, no existe constancia documental de que se realizase un control suficiente de estos trabajos y de las horas invertidas, ni de
que se analizase la conveniencia de que se llevasen a cabo por personal distinto del de la Sociedad.



En la contratación de los estudios y proyectos por SECEGSA por terceros con frecuencia no se han observado los principios de publicidad y concurrencia en el modo requerido por la ley de contratos para las empresas públicas. Del análisis
efectuado sobre los gastos computables en el periodo fiscalizado, resulta que se ha producido un desequilibrio de cargas contrarias a SECEGSA. Considerando todo el periodo 1991-2001, también resultan estimaciones de mayores gastos soportados por
SECEGSA con respecto a SNED. El grado de eficacia con respecto al cumplimiento de los objetivos para los que fue creada la entidad ha de considerarse bajo si se toma como referencia el tiempo transcurrido, más de veinte años desde que se inició su
actividad. No obstante, hay que tener en cuenta que la complejidad de las cuestiones técnicas abordadas por la empresa, las limitaciones económicas y la influencia que la relación entre los dos Estados tiene en el ritmo al que se desarrollan los
trabajos, hace cuestionable, como señala el informe, cualquier afirmación concluyente a este respecto.



En todo caso, la relación entre los medios económicos empleados y los resultados obtenidos se ve perjudicada por la existencia de períodos de escasa actividad en la que los gastos generales se mantienen invariables.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



En el turno de preguntas y aclaraciones, tiene la palabra, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Gracias, señor presidente.



Nos encontramos ante una fiscalización selectiva de determinados aspectos de esta sociedad para analizar la financiación obtenida por ella, su contratación con terceros, el cumplimiento del equilibrio de cargas entre España y Marruecos, la
elaboración y cumplimiento de los PAIF y la planificación y el grado de eficacia conseguido por la empresa en el período.



El Tribunal nos dice que la empresa se financia con un capital inicial relativamente bajo y con subvenciones anuales del Ministerio de Fomento, pero que la sociedad ha tenido muy baja la ejecución, con importantes remanentes de un ejercicio
para el otro, que son los que, además, han dado lugar a la obtención de ingresos extraordinarios; con una contratación que parece correcta pero que no respeta los principios de publicidad y concurrencia de la Ley de contratos por opinar, como dicen
las alegaciones, que esto era una contratación internacional Estado-Estado, cosa que el Tribunal de Cuentas pone de manifiesto -yo también lo comparto- que no es así; con un equilibrio de cargas relativo en el que, al final, la conclusión es que
SECEGSA ha asumido 3,5 puntos porcentuales más que la Sociedad marroquí: 236,5 millones de pesetas; con una planificación que tiene grandes desviaciones de ejecución año tras año, que, como decíamos, genera importantes excedentes de tesorería,
pero que el propio Tribunal dice que si se coge un período más largo que el de un año, las desviaciones son mucho menores; con unos controles que solamente se realizan una vez al año cuando se van a hacer los otros PAIF y sus presupuestos; con un
grado de eficacia que viene afectado por condicionantes técnicos y económicos, y con unas fuertes corrientes que hay en el Estrecho no es una labor fácil y además se calcula peor la rentabilidad del proyecto; en definitiva, unas relaciones
bilaterales que llevan a que hayan transcurrido más de 20 años sin tener siquiera un determinado proyecto.



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Realmente no sé si la lectura del informe nos plantea preguntas de aclaración o más bien preguntas sobre la necesidad o no de que continúe una personificación pública como esta sociedad tras más de 20 años de vida sin muchos resultados, con
independencia, obviamente, de los acuerdos bilaterales con Marruecos. Es decir, son unos condicionantes diferentes a aquellos de eficiencia y economía y da lugar a esas preguntas de si no serían más eficaces otro tipo de actuaciones, o a si resulta
razonable que se mantenga viva una empresa de forma indefinida en el tiempo con tantos gastos, sin ser muy eficaz.



Y en todo esto, y lamento que mi intervención sea tan rara, solo me surge una pregunta para el Tribunal: ¿Por qué no realiza el Tribunal recomendaciones en este informe como hace en el resto de los informes que recibimos en esta comisión y
en la Cámara?


Gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



En representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Castro.



La señora CASTRO MATEOS: Gracias, señor presidente de la Comisión.
Gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas.



Antes de nada me gustaría darla la bienvenida a esta Cámara, que recibe a esta comisión por primera vez en esta legislatura. Además, me gustaría felicitar al equipo del Tribunal de Cuentas por la iniciativa de la realización de este informe
sobre la fiscalización de la sociedad española de estudios para la comunicación fija a través del Estrecho de Gibraltar, S.A., que acaba de exponernos el señor presidente del Tribunal porque, además, nos parece un trabajo serio y muy oportuno en el
tiempo, dado que es en estos momentos cuando se está relanzando este proyecto, tras la visita que los monarcas españoles hicieron a Marruecos hace pocas fechas y con la inclusión del proyecto en el Plan de Infraestructuras 2004-2020.



El informe deja claro lo que ha sido el período comprendido entre 1997 y 2001 en la gestión de la empresa SECEGSA, responsable de algo tan importante y tan fundamental para el desarrollo de la comunicación entre dos continentes como es la
construcción de un túnel entre África y Europa. Como senadora por la provincia de Cádiz, lugar de Europa que servirá de enlace entre estos dos continentes, he analizado con preocupación la paralización que en este período se ha producido en una
obra que había creado grandes expectativas de futuro en nuestra región, en el resto de España y, por supuesto, en Marruecos.



Las conclusiones de la fiscalización del funcionamiento de SECEGSA, que hoy analizamos, dejan claro, como dice al final el informe, que el grado de eficacia para el cumplimiento de los objetivos para los que fue creada la entidad ha de
considerarse bajo tras veinte años del inicio de la actividad. Y es que, señorías, desde el inicio de la comisión mixta, en el año 1995, como bien ha dicho el presidente del Tribunal, optara por la solución 'túnel', submarinos ferroviarios para el
trasbordo de trenes ordinarios y de lanzaderas dedicados al trasbordo de vehículos, desestimando la alternativa de construcción de un puente por sus costes y su incertidumbre técnica, durante el período de casi diez años, según los datos que existen
en el informe, no se ha avanzado prácticamente nada en el proceso de diseño o ejecución del proyecto, resultando una falta de paralelismo inquietante, que también se ha constatado aquí por otros grupos políticos, entre los objetivos alcanzados y los
planes de trabajo diseñados.



También es preocupante, como el mismo documento refleja, que en el tiempo que compete a este informe, en la contratación de estudios no se hayan cumplido los principios de publicidad y de concurrencia. Ya se ha analizado por su parte y no
quiero ahondar en el tema. Nos preocupa también que, según el documento, se hayan llevado a cabo contratos con ex directivos de la empresa.



Por otra parte, respecto a la contratación también nos preocupa lo que ha expuesto el presidente del Tribunal de que no ha estado documentado por escrito, lo que ha impedido el control de estos trabajos y de las horas que se han invertido.



Igualmente deseo destacar cómo en los períodos en los que se ha producido un estancamiento de la actividad seguían produciéndose costes operativos que han supuesto para las arcas de esta empresa pública un gasto improductivo de 167,5
millones anuales.



Respecto a las auditorías, deseo añadir que, el ejercicio correspondiente a 1999 fue auditado por la Intervención General de la Administración del Estado. En él se pone de manifiesto su discrepancia con las auditorías realizadas en los años
anteriores y posteriores, que fueron realizadas en estos casos por empresas privadas. Dice literalmente el informe de ese año 1999: La auditoría discrepa de la sociedad respecto a la contabilización de costes de proyectos en cuanto a la inclusión
del activo del balance de la sociedad del importe de los estudios técnicos en curso. Aquí nos gustaría saber si se ha tenido en cuenta esta recomendación que hace la Intervención General de la Administración del Estado.



Resumiendo, señor presidente, consideramos que los problemas técnicos y económicos, las dificultades del terreno, han sido inconvenientes, pero lo que se constata con la lectura profunda del documento es que el hecho más significativo para
la paralización de este proyecto han sido las relaciones entre estos dos Estados. La visita reciente, como decía antes, de Sus Majestades los Reyes a Marruecos ha servido para afianzar y fortalecer las relaciones bilaterales entre los dos países,
lo que ha permitido que el Comité Mixto de Enlace Fijo Europa-África vuelva a reunirse, retome este proyecto y haya adquirido el compromiso de presentarlo próximamente a la Comisión Europea para su financiación.



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Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Castro.



Para contestar a las preguntas formuladas, tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



En primer lugar, usted me pregunta por qué se trata de un informe que no tiene recomendaciones. Hay unas cuestiones de forma y quizá también de fondo. La cuestión de forma es que el ponente presenta un informe a la Sección de Fiscalización
y ésta al Pleno; por tanto, dicho ponente no ha efectuado recomendaciones, estimo que por cuestiones de fondo, como yo mismo he expuesto. Se trata pues de un problema complejo, que afecta a dos Estados y quizás la recomendación podría rebasar la
misión del Tribunal en informes como éste, que debe ser meramente descriptivos y no marcar direcciones, lo que corresponde a la propia política del Gobierno.



Por otra parte, el informe destaca la discontinuidad entre la ejecución de estos estudios y un sistema de contabilización que utiliza la sociedad; no se ha comenzado todavía a construir el túnel y su coste no se encuentra incorporado al
balance, aunque sí en las memorias de cada ejercicio, y quizá hiciera falta alguna adaptación del Plan de Contabilidad. Pero este presidente no puede informar con más detalle de lo que figura en el propio informe.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS INCIDENCIAS PRODUCIDAS HASTA 31 DE DICIEMBRE DE 2001 EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN PACTADO EN LOS CONTRATOS DE OBRAS FORMALIZADOS POR ENTE GESTOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (GIF)
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 25 DE JULIO DE 2003 (Número de expediente del Senado 771/000011 y número de expediente del
Congreso 251/000013.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, pasamos al Informe de fiscalización de las incidencias producidas hasta el día 31 de diciembre de 2001 en relación al cumplimiento de las incidencias de ejecución pactado en los contratos de obras formalizados
por el Ente Gestor de Infraestructuras Ferroviarias para la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



El informe de fiscalización de las incidencias producidas hasta el 31 de diciembre de 2001 en relación al cumplimiento del plazo de ejecución pactado en los contratos de obras formalizadas por el Ente Gestor de Infraestructuras Ferroviarias
GIF para la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa, fue aprobado por el Pleno del Tribunal en julio de 2003.



Las incidencias analizadas se corresponden con suspensiones, prórrogas y modificaciones en los contratos, además de la realización de obras complementarias y otras circunstancias que también han dado lugar a retrasos en el plazo de ejecución
de las obras o a demora en la fecha de finalización prevista en cada uno de los contratos formalizados por el Ente.



En el periodo de la fiscalización la entidad celebró 32 contratos de obras, y a 31 de diciembre de 2002 habían finalizado las obras de 41.
Hasta el 31 de diciembre de 2001 se habían producido 167 incidencias, 36 de ellas correspondientes a
suspensiones del inicio de obras; 74 a prórrogas y 57 modificaciones de contratos. Estas incidencias afectaron a 63 de los contratos formalizados, lo que dio lugar a un retraso medio de 36,5 por ciento de los plazos de finalización inicialmente
previstos, lo que equivale a una demora media de 6,5 meses por contrato. Además de estas incidencias, se han producido otras: rescisión de un contrato; concurso declarado desierto; suspensiones temporales y obras complementarias, a cuya
repercusión en cada contrato se refiere el informe.



La mayoría de las incidencias que corresponden a 41 contratos recepcionados por el Ente a 31 de diciembre de 2002 tuvieron un retraso medio de 8,1 meses respecto de los plazos inicialmente previstos. En los retrasos producidos en el inicio
de las obras por la falta de disponibilidad de terrenos ha influido de modo significativo el hecho de que el acuerdo de expropiación de los terrenos afectados por las obras previstas se tomara transcurrido un tiempo desde la aprobación del proyecto
y no inmediatamente, lo que dio lugar a la demora de la fecha efectiva de la disposición de los mismos.



Por otra parte, todas las prórrogas de los plazos de ejecución de los contratos se han tramitado a petición del Ente por motivos no imputables a los contratistas y, aunque en los correspondientes expedientes se ha dejado constancia de las
causas por las que se solicita, no siempre se aclaran suficientemente las razones en que se fundamenta su concesión, y con frecuencia las motivaciones alegadas no justifican su otorgamiento.



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En lo que hace referencia a las modificaciones de los contratos que han afectado a la gran mayoría de los formalizados en el periodo fiscalizado, sólo en 31 de ellos se incrementó el plazo de ejecución, bien a través del propio modificado o
mediante las prórrogas concedidas para su tramitación.



Asimismo, el tiempo de tramitación de los expedientes de modificación superó en varios casos los ocho meses, sobrepasando en ocasiones los plazos legalmente establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y los
incrementos de los plazos de ejecución producidos por los modificados no se ajustaron a lo dispuesto en el Reglamento General de Contratación del Estado respecto de la proporción que deben mantener con las variaciones del precio de las obras.



En determinados casos podrían haberse evitado las suspensiones temporales de las obras para realizar estudios sobre las alternativas a los proyectos de ejecución y las prórrogas autorizadas por este motivo mediante una adecuada planificación
inicial del trazado de la línea férrea.



Las repercusiones en las incidencias de los contratos en la demora para la fiscalización de las obras no pueden cuantificarse definitivamente porque a 31 de diciembre de 2002 no todos los contratos estaban finalizados. A esa fecha el tramo
Madrid-Zaragoza presentaba casi cinco meses de retraso sobre la finalización prevista por las obras, y la demora en el tramo Zaragoza-Lérida era ya de cuatro meses y aún se encontraban en fase de ejecución cuatro de los contratos que comprendía.
Finalmente, los contratos de la obra tramo Lérida-Barcelona se encontraban en su totalidad en ejecución a 31 de diciembre de 2002, aunque varios de ellos habían sufrido ya retrasos sobre lo previsto inicialmente.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



En el turno de preguntas y aclaraciones, en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Ayala.



El señor AYALA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señor presidente. Muchísimas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas.



Estamos en este caso ante la fiscalización parcial de las incidencias relativas exclusivamente al cumplimiento de los plazos de ejecución del AVE Madrid-Lleida-Barcelona-frontera francesa a 31 de diciembre de 2001.



Como hemos podido apreciar en el informe, se trata de contrataciones muy complejas con intervención y concurrencia también de competencias de varias administraciones no sólo territoriales sino también institucionales. No obstante, del
grueso del informe no se aprecia ningún incumplimiento de precepto legal y reglamentario, a pesar de que se hace referencia exclusivamente a los plazos y hay otras cuestiones que podrían haberse aplicado también a la hora de valorar los
incumplimientos.
También se aprecia una reducción desde el año 1999 hasta 2001 de 7,8 meses en el primero hasta, 1,7 meses en 2001.



Hay que destacar que en el informe se reconoce que la mayoría de las suspensiones no afecta a los plazos de ejecución, a pesar de lo que se señala, y que todas las prórrogas han sido por causas ajenas a los contratistas.



Igualmente me gustaría destacar que se admite la aplicación de la cláusula y del principio del interés general en aquellas cuestiones que han supuesto alguna modificación de los contratos , y fundamentalmente en cuanto a la rescisión y en la
declaración de desierto de una de las licitaciones.



Me gustaría, si lo tiene a bien, que el señor presidente del Tribunal de Cuentas me contestase alguna cuestión sobre este informe. En primer lugar, ¿hay algún precepto legal que ampare la contratación antes de la disponibilidad de los
terrenos en una expropiación? En segundo lugar, ¿es automática el acta de replanteo y el comienzo de las obras? Es decir, ¿es simultánea por el mero hecho de la firma del acta de replanteo y el comienzo de las obras o, por el contrario, el
artículo 127 del Reglamento de la Ley de Contratos de la Administración del Estado prevé otra posibilidad y, por ello, el comienzo de las obras legalmente puede ser en otro momento distinto al del acta de replanteo, de tal manera que los plazos
previstos, que a veces suponen el punto de mira del cómputo, no se corresponden con los plazos legales? En tercer lugar, parece que hay algunas prórrogas que se señalan como actuación del GIF, que en el propio informe se dice que no corresponden a
actuaciones de éste, sino a la anterior Dirección General de Ferrocarriles. ¿Hay alguna razón para mantenerlas como consecuencia del análisis de la actuación del propio Gestor de Infraestructuras Ferroviarias? ¿Cree que es directamente achacable
al GIF y, por tanto, a su gestión, que una comunidad autónoma, un ayuntamiento o varios, puedan cambiar de opinión en un momento determinado sobre el trazado de una obra o, incluso, que proceda a la suspensión de la obra sin posibilidad de
intervención por parte del GIF? En quinto y penúltimo lugar, ¿es legal y, por tanto, reglamentariamente correcto, aplicar el valor de los reformados, incluso de las revisiones de precios, para establecer los porcentajes máximos tope de los
modificados de obra? Y en último lugar - le pido perdón por la extensión y agradezco su generosidad-, ¿cree que es correcto adicionar los plazos de los modificados a los incrementos de los plazos por las prórrogas dentro de una misma obra?


Muchísimas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ayala.



En representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el diputado, señor Carmelo López.



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El señor LÓPEZ VILLENA: Muchas gracias, señor presidente.



Señorías, antes de nada quiero agradecer la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas y el detallado informe que se nos ha presentado en este punto.



El informe que el Alto Tribunal presenta a esta comisión mixta tiene por objeto el análisis de las incidencias surgidas en relación con el cumplimiento del plazo de ejecución pactado en los contratos de obras formalizados por el GIF para la
construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa, y que abarca sólo las incidencias producidas hasta el 31 de diciembre de 2001, por lo que en los años siguientes, probablemente, tendremos oportunidad de ver la
ampliación del historial de incidencias en la gestión de las obras de esta línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa. A nuestro entender, un modelo de gestión nefasta de los gobiernos del Partido Popular en materia de
infraestructuras ferroviarias y, en concreto, de la línea de alta velocidad.



La pregunta que deseo hacer al señor presidente es si nos puede confirmar o desmentir en la programación del Tribunal de Cuentas para los siguientes años la fiscalización de los plazos de ejecución de estos contratos. A nuestro grupo
parlamentario le gustaría señalar los siguientes aspectos. La iniciativa del procedimiento de fiscalización ha correspondido al propio Tribunal de Cuentas. Se ha dado cumplimiento por parte de dicho tribunal del oportuno trámite de alegaciones.
El GIF en el ámbito temporal en el que nos referimos está regido por un Consejo de Administración, cuyo presidente es nombrado por el Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Fomento, el señor Álvarez-Cascos, en el horizonte temporal que nos
ocupa. Y la financiación de las obras del GIF proviene de los Presupuestos Generales del Estado en concepto de aportación patrimonial y de los fondos europeos percibidos por el Ente.



La situación, como bien ha comentado el presidente del Tribunal de Cuentas, a 31 del diciembre de 2001, es de 73 contratos formalizados, 41 obras finalizadas, 30 en ejecución y dos obras no iniciadas. Hay un total de 167 incidencias, de las
que 36 son suspensiones del inicio de obras, 74 prórrogas, 57 modificaciones de contrato. Eso ha supuesto un retraso medio del 36,5 por ciento en la finalización inicial prevista, que equivale a una demora media de 6,5 meses. ¿Nos puede confirmar
que en muchos casos las demoras han sido acumulativas? También nos ha comentado que de las 167 incidencias, 132 corresponden a los 41 contratos recepcionados, que supusieron un retraso de 8,1 meses respecto al plazo inicialmente previsto.



Por no extenderme mucho más diré que algunas incidencias son por circunstancias objetivas ajenas al GIF de índole diverso y otras, las más, resultan imputables al GIF y a su mala gestión. También se ha comentado y se ha resaltado por el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular que todas las prórrogas de los plazos de ejecución de los contratos se han producido por motivos no imputables a los contratistas.
En muchos casos no se aclaran suficientemente las razones en que se
fundamentan esas prórrogas y, frecuentemente, las motivaciones alegadas no justifican la concesión de la prórroga. Se argumenta muy a menudo la adecuación de los trabajos a las exigencias presupuestarias o para la ejecución de obras de un
rectificado. En este punto quisiéramos preguntar si usted, como presidente del Tribunal de Cuentas, entiende que estos retrasos han podido producir aplazamientos en la ejecución presupuestaria. ¿Cómo han afectado presupuestaria y financieramente
estos retrasos al ejercicio 2001 y a los siguientes ejercicios?


Por otro lado, quisiéramos resaltar que en la página 16 del informe se hace referencia a que los adjudicatarios de los contratos afectados por suspensiones superiores a seis meses no han ejercido el derecho que les reconoce el artículo 148
del Reglamento General de Contratación del Estado a recibir una indemnización del tres por ciento del precio de adjudicación. Nos preguntamos por qué, a qué se debe tanta generosidad.
¿Ha podido ser compensado en futuros contratos?


A nuestro entender, este informe pone de manifiesto una muy deficiente gestión en cuanto a los procedimientos legales, la contratación y procedimiento de ejecución de las obras públicas por parte del GIF, así como la más absoluta ineficacia
en la gestión pública de la construcción de las líneas de alta velocidad. Baste decir que las incidencias son muy numerosas y de amplio espectro, así como las prórrogas, de las que se puede hacer una tesis doctoral por su amplia gama, versan desde
la climatología adversa hasta la disponibilidad de terrenos, problemas constructivos, demoras de organismos públicos y por terceras personas motivadas por dificultades de conexión con estos organismos, retraso en la entrega de suministros,
tramitación de modificados, etcétera.



Nada más y muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor López.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar a las preguntas que le han formulado.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



En primer lugar, en cuanto a la pregunta sobre la disponibilidad de los terrenos antes de la contratación, el informe evidentemente no afirma nada. Y respecto a los demás aspectos de la contratación, el informe hace un examen y aplica la
legalidad, por lo tanto, no procede que este presidente la interprete aquí. En cuanto a las actuaciones anteriores al GIF y que no le corresponden, para eso están las alegaciones. El GIF alega aquello que le corresponde, incluso si hay aspectos
que


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trascienden a otros cuentadantes también tienen que alegarse.



Dice que puede haber aquí causas imputables a otras administraciones. En efecto, las causas que cita el Informe son heterogéneas; unas se deben a circunstancias objetivas ajenas al GIF y otras quizá pudieron evitarse con una mayor
colaboración con organismos y entidades públicas del ámbito por el que discurren las obras. En cualquier caso, para todo lo relacionado con la adición de plazos y demoras acumulativas, este presidente se remite al Informe.



En cuanto a si los programas de fiscalización continúan con la contratación, sepan que el programa de fiscalización del año 2005 todavía no ha sido remitido a la comisión mixta, porque ni siquiera ha sido aprobado por el Pleno. No obstante,
este presidente tiene que decir que esta fiscalización enlaza con otra que se presentó ante esta comisión mixta el 17 de junio de 2003 en la que entre otras conclusiones se decía que las prórrogas estaban relacionadas con las actuaciones
preparatorias de los contratos y disposiciones de los terrenos. Ello pone de manifiesto el puntual seguimiento que, por lo menos hasta el momento, ha hecho el Tribunal de Cuentas en relación con este tema.



Pero si pretenden entrar en otro tipo de valoraciones, este presidente tiene que remitirse, una vez más, al Informe que ha sido presentado y a la síntesis de su presentación. Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE CÁDIZ, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2003. (Número de expediente del Senado 771/000020 y número de expediente del Congreso
251/000021.)


El señor PRESIDENTE: Concluido el punto octavo del orden del día, pasamos al noveno: Informe de fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para presentar el informe.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



El Informe de fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz fue aprobado por el Pleno del Tribunal el 17 de diciembre de 2003. De acuerdo con lo solicitado por esta comisión mixta, la fiscalización se ha centrado en la actividad
contractual del consorcio y, dentro de ella, de manera especial en los gastos de publicidad, profesionales independientes, relaciones externas y desplazamientos del personal.



El desarrollo de los trabajos fiscalizadores se ha visto dificultado por una serie de carencias y deficiencias de la documentación justificativa de los gastos, especialmente los del delegado especial del Estado. Estas carencias, que
responden a unos deficientes sistemas de control interno, han llegado a constituir en algunos casos unas limitaciones al alcance de la fiscalización.



Por lo que se refiere a la contratación de obras, el Tribunal no puede considerar prudente la concentración de competencias, acordada en 1997, en la figura del delegado especial del Estado. Esta excesiva concentración ha supuesto la
práctica desvinculación del Pleno del consorcio respecto de la actividad contractual, hasta el punto de que ni siquiera parecía mantenerse informado de ella, según se deduce de las actas de las sesiones. En el análisis de los expedientes de
contratación de obras se ha observado el cumplimiento de los requisitos de publicidad, aunque no parece motivada la adjudicación de dos contratos en los que hubo concurrencia de ofertas y ninguno de los contratos analizados se ejecutó en el plazo
previsto.



La contratación de las campañas publicitarias no se formalizó por escrito, ni está documentado el proceso de adjudicación del presupuesto publicitario, adjudicado por el delegado especial por el procedimiento negociado. Por otra parte, en
dos contratos de asesoría de comunicación y publicidad, adjudicados por concurso a la misma empresa -la única que concurrió a las licitaciones-, no hay constancia documental de los servicios prestados por la adjudicataria ni del seguimiento que
pudiera haber realizado el consorcio sobre los resultados de las campañas publicitarias.



El consorcio ha formalizado como contratos de prestación de servicios profesionales lo que con mayor propiedad debería haber instrumentado como contratos laborales. Destaca, en este sentido, un contrato realizado en 1996 por 24 millones de
pesetas, del que no consta evidencia documental de su utilización ni han quedado justificados 16,8 millones abonados a la empresa adjudicataria.



No ha sido posible fiscalizar adecuadamente los gastos de viaje, de restauración y de otros similares que el delegado especial abonó con tarjetas de crédito por importe de 53 millones de pesetas, porque la única documentación justificativa
son los extractos de las entidades financieras. Cuando los gastos no fueron abonados con tarjetas de crédito, sólo se ha dispuesto en la mayor parte de los casos de facturas de agencias de viajes pero no de los justificantes últimos de los gastos:
billetes de avión, facturas de hotel, etcétera. Además, la ausencia de órdenes de viaje en las que se hicieran constar los motivos o finalidades de estos desplazamientos del delegado especial ha impedido al Tribunal valorar su oportunidad o su
eventual relación con las actividades del consorcio.



Otras irregularidades observadas en la utilización de tarjetas de crédito por el delegado especial fueron la


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disposición de efectivo, sin justificar ni reintegrar, por 0,3 millones de pesetas, así como compras que parecen tener un carácter particular por 4,3 millones, de los que se reintegraron 0,4 millones, y viajes de personas no identificadas
por 1,6 millones.



Por otra parte, de los 22 millones de pesetas transferidos en efectivo por el consorcio al delegado especial entre 1997 y 2000 no se han justificado 3,2 millones, mientras que 1,8 millones corresponden a facturas de carácter particular, de
los que el delegado reintegró 0,5 millones, y de los 12,8 millones correspondientes a gastos de viaje sólo se justificaron con facturas de hotel y medios de transporte 1,7 millones.



Además de las remuneraciones incluidas en la nómina, el delegado especial recibió del consorcio entre 1997 y 2000 un total de 53,2 millones de pesetas por gastos de naturaleza doméstica. Asimismo, en el finiquito consecuencia de su cese se
le asignó una participación de 1,8 millones de pesetas en bolsas variables salariales de cuya aplicación estaba expresamente excluido el delegado.



El Informe concluye con una serie de recomendaciones dirigidas, fundamentalmente, a reforzar los sistemas de control interno para evitar la reiteración de las irregularidades detectadas y a revisar la distribución de competencias en materia
de contratación.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



En el turno de aclaraciones y preguntas y en representación del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Muchas gracias, señor presidente.



Señor presidente del Tribunal, este Informe, como usted bien ha dicho, se realiza como consecuencia de una resolución de la comisión mixta de fecha 5 de abril del año 2001, que solicitó la fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de
Cádiz en los ejercicios 1982 a 2000, aunque el Pleno del Tribunal, en su reunión de 29 de mayo de 2001, lo incorporó a su programa de fiscalizaciones señalando en su acuerdo que se referiría, principalmente, a los últimos ejercicios solicitados,
hasta el año 2000, sin perjuicio de atender cualquier otra cuestión de los ejercicios precedentes que se estime de interés. Eso decía literalmente el acuerdo y así, además, lo pone en el Informe.



El 21 de marzo del año 2002 el Pleno adoptó las directrices técnicas del procedimiento en las que se concreta que -y leo literalmente- el período a analizar de modo particular será el comprendido por los ejercicios anuales de 1997, 1998,
1999 y 2000. El objeto de la fiscalización era, y lo dice también el Tribunal, la contratación del consorcio con terceros, en especial publicidad, promoción y exposiciones; los gastos de representación, protocolo y gastos de viaje: hoteles,
restaurantes; la utilización de tarjetas de crédito para gastos presupuestarios; los gastos inherentes al funcionamiento del Pleno, del comité ejecutivo y el delegado especial del consorcio; las subvenciones a terceros y los gastos de personal, y
sí dice, en este caso, con especial detalle de los generados por el personal nombrado para el período 1982-2000.



Señor presidente, en términos generales y, aunque se nos comunicó el acuerdo del Pleno, lo cierto es que nos encontramos ante un Informe que no cumple con la resolución de esta comisión mixta. Se solicitó al Tribunal que realizara una
fiscalización sobre la legalidad, sobre la eficacia y sobre la economía de la gestión del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz durante los ejercicios 1982 a 2000, y esa petición no debía dejar lugar a dudas pues este grupo, que en el aquel momento
contaba con la mayoría de los votos de la comisión, propuso una transaccional al Grupo Parlamentario Socialista, que fue el proponente, ampliando el plazo de la fiscalización y manteniendo el alcance objetivo, proposición que fue aceptada y la
petición se hizo por unanimidad de toda la comisión. El Informe no responde a la petición porque aunque en su primer párrafo se hace una ligera mención al tratamiento de los años anteriores a 1997 y parece que en la comunicación -que, como le digo,
no he podido contar con ella- se dice que había problemas para ver los años anteriores, cuando se especifica el contenido de las directrices técnicas y el alcance temporal 1997-2000 se deja mucho más claro.



Pero, señor presidente, el problema no está sólo en el alcance temporal, sino que tampoco se cumple con la petición en lo que respecta al objeto de la fiscalización y su resultado en el Informe presentado. Es cierto que se realiza un
exhaustivo análisis de la legalidad de la actividad del consorcio centrado en una serie de partidas de gasto, pero nada se dice de la eficacia y en parte de la economía -que tiene mucho que ver con los objetivos alcanzados- de la actividad
ejecutada, para lo que sería absolutamente imprescindible conocer la trayectoria de los años anteriores, al igual que el respeto a la legalidad en esos años anteriores a 1997 que fueron objeto de la petición.



Lo que dice el Tribunal en su Informe queda absolutamente claro. Yo voy a cumplir escrupulosamente con lo que nos ha pedido el presidente de la comisión al comienzo de la sesión, aunque, señor presidente de la comisión, veo con preocupación
que el portavoz socialista era miembro del Pleno del Consorcio de la Zona Franca desde el año 1996 -aunque faltara reiteradamente a sus reuniones, pero era miembro del Pleno- y es además el portavoz de la oposición en el Ayuntamiento de Cádiz.



En fin, atendiendo a lo que he dicho, que es cumplir escrupulosamente con lo que nos ha pedido, señor presidente, le realizo al presidente del Tribunal las siguientes preguntas:


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La primera, ¿cuál ha sido la razón concreta por la que no se han fiscalizado los ejercicios 82 a 96 o, en caso de que sí se haya hecho, por qué no se han recogido los resultados de la fiscalización en el Informe? El mejor ejemplo es el
detallado informe sobre la contratación en el segundo período sin ninguna referencia al primero.



La segunda pregunta es cuál ha sido la razón por la que en el Informe no se recoge ninguna referencia a la eficacia en la gestión del consorcio en el período solicitado.



La tercera pregunta es, teniendo en cuenta los objetivos marcados para el consorcio en su estatuto, ¿considera el señor presidente que cumplió con su cometido eficazmente?


Por último, en otro orden de cosas, dos preguntas más. Señor presidente, ¿se ha abierto algún juicio por responsabilidad contable como consecuencia de esta fiscalización? ¿Puede decirnos, en su caso, a quién y por qué cuestiones?


Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Rodríguez.



A continuación, en representación del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, tiene la palabra el señor Román.



El señor ROMÁN GUERRERO: Muchas gracias.



Mis primeras palabras, señor presidente, señor presidente del Tribunal de Cuentas, quieren ser de felicitación al señor presidente del Tribunal de Cuentas por habernos traído este Informe de fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de
Cádiz. Naturalmente, para nosotros -yo creo que para todos- es una gran satisfacción haber dispuesto de este Informe porque se ha esperado durante mucho tiempo; sin duda, en medio ha habido unas elecciones generales que han dificultado su pronta
discusión en el pleno de esta comisión, pero hay una gran expectación política y una gran expectación ciudadana.



En segundo lugar, señor presidente, desde nuestro punto de vista es un informe completo, es un informe objetivo, es un informe muy bien realizado técnicamente y clarificador desde el punto de vista de los intereses públicos y de los
contribuyentes, que es lo que nos tiene que preocupar de una manera especial. Hoy es un día muy importante para muchísimos servidores públicos, para muchísimos gestores públicos que son en su inmensa mayoría gestores honestos con los dineros que
les encomiendan los ciudadanos, y es muy importante que se separe el grano de la paja en algunas ocasiones, como en el caso que nos ocupa.



El señor presidente ha detallado cómo el desarrollo de los trabajos se ha visto dificultado por carencias y deficiencias existentes en la documentación justificativa de los gastos del consorcio y, como el señor presidente del Tribunal de
Cuentas ha subrayado, especialmente en los gastos del delegado especial del Estado. Pero aquí tenemos el trabajo presentado y, naturalmente, lo primero que tengo que decir es que no hay mayor eficacia que la honradez, la ética siempre es eficaz;
asimismo, señor presidente, el Informe es profesionalmente intachable, desde el punto de vista ciudadano absolutamente necesario y desde el punto de vista político imprescindible para que, justamente, esos escasos gestores de dinero público que
cometen tropelías, que cometen irregularidades, se diferencien claramente de los muchísimos que son -en su gran mayoría, de todos los partidos políticos- honrados.



En el Informe se han detallado algunas dificultades en la fiscalización: la validación contable de las facturas de gasto se ha realizado exclusivamente por medios informáticos; la ausencia de órdenes de viaje impide valorar la oportunidad
del conjunto de los viajes; los gastos con tarjeta de crédito sólo se han podido fiscalizar con los extractos mensuales de los bancos; los gastos de viajes se han podido ver por facturas de agencias de viajes, nunca con los billetes o con las
facturas de hotel originales, y así un largo etcétera, demasiado largo, que ha dificultado la realización de la fiscalización. A pesar de todo yo creo que lo que tenemos que destacar es que éste no es, afortunadamente para nuestro país, el Informe
habitual, es inusual, es atípico, es bastante -por no decir que absolutamente- insólito en nuestra Administración pública española, por eso era muy importante que se debatiera de una manera clara y, naturalmente, es de los que justifica la
existencia del propio Tribunal de Cuentas en su doble aspecto: como máximo órgano fiscalizador y también en el aspecto del enjuiciamiento.



En definitiva, aunque el Informe recoge una serie de aspectos muy detallados, alguno debo entrar a comentar. El consorcio duplica sus gastos de publicidad en tres años. El consorcio duplica los gastos en servicios de profesionales
independientes también en tres años. En el período 1997-2000 se usan una serie de sociedades instrumentales que se crean con extraordinaria rapidez para facturar los gastos propios del consorcio a través de esas sociedades -de una manera muy
destacada Rilco, pero también otras-. Los gastos se hacían con tarjetas de crédito -el delegado especial del Estado de la zona franca tenía tres tarjetas titularidad del propio consorcio-, con tarjetas personales, con gastos de agencias de viajes,
con anticipos a cuenta y, por tanto, hay un entramado muy difícil de controlar. Los gastos no se agrupaban por órdenes o liquidaciones individuales de viaje y, en consecuencia, el control del consorcio era muy difícil, de forma que muchas veces
-como ya ha destacado el señor presidente- no se ha podido identificar ni siquiera al usuario del servicio, lo que no sucede en las administraciones públicas.
Se han duplicado los gastos, se han presentado facturas dobles. Se hacían gastos extra
muy elevados -lo que en el lenguaje que nosotros conocemos es despilfarro-. Se frecuentaban -y esto hay que decirlo- los mejores


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hoteles y los mejores restaurantes del mundo entero, del mundo entero, del mundo entero. Se alquilaban limusinas con chófer a un precio astronómico.
Las liquidaciones de anticipo las firmaban los interesados sin la supervisión de sus
superiores y la liquidación no comprendía la totalidad del gasto, con lo que la fiscalización era igualmente muy difícil de hacer. Las tarjetas del consorcio anotaron 55 millones en tres años, en tres años, y el delegado nunca entregó los
justificantes originales de los gastos realizados. Ha habido una disposición de efectivo, también a través de tarjeta, sin justificar y ha habido compra de artículos privados y de servicio doméstico también no sin justificar, sino absolutamente
injustificable.



Yo creo que todavía podemos encontrar entre los partidos que se sientan aquí un espacio para el consenso y para el acuerdo, porque ni el lujo asiático ni el despilfarro de dinero público en excentricidades, ni la doble imputación de los
gastos, ni eludir el control administrativo de los gastos, ni la disposición de efectivo, de dinero público sin justificar, se pueden consentir en la Administración pública española, y de hecho -y hoy lo estamos comprobando- no se consiente.
Naturalmente han quedado muchas cosas todavía por investigar y hay dos contratos muy importantes, el de Miami Free Zone Management Service y el de Telvent Interactiva por importe de casi 7 millones de euros y todas las operaciones relacionadas con
el conglomerado de Quality Food, Quality Service, etcétera, que todavía no han sido investigadas.



Hace algunos días, un partido político decía que había que dar un escarmiento a quien denunciaba estos comportamientos anómalos e inaceptables. Sinceramente, en este momento creo que debo hacer un llamamiento para no cambiar los roles y los
valores. Tenemos que pensar en los ciudadanos, en lo que esperan de nosotros, y tenemos que pensar también en los miles de gestores públicos que son escrupulosos, que son honrados y eficientes y nosotros estamos aquí como representantes públicos
para defender el interés y el bien general. Naturalmente, desde el Ministerio de Hacienda -que era la Administración tutelante-, no le devolveré la cuestión que usted me ha planteado a mí porque yo estuve durante muy poco tiempo y dejé de ir ante
el ambiente que había en ese órgano, un ambiente absolutamente irrespirable (Rumores.), sí, un ambiente absolutamente cainita, que era insoportable, pero el Ministerio de Hacienda era la Administración tutelante del Consorcio de la Zona Franca,
hasta el Tribunal de Cuentas que cumple su labor fiscalizadora o el Parlamento que, como órgano político en este momento, está haciendo su papel, y yo creo que de una manera absolutamente reglamentaria conforme a lo que nos ordena el Reglamento.



En resumen, el Informe tiene muchísimo mérito, porque ha tenido dificultades añadidas en todo el proceso fiscalizador. El señor presidente del Tribunal ha comentado alguna de las trece conclusiones, no voy a volver sobre ellas porque están
perfectamente delimitadas en el Informe, pero muchas de ellas son extraordinariamente escandalosas, y se hacen tres recomendaciones que cuanto antes tenemos que llevar a cabo: el esfuerzo para que la actual administración de la zona franca cumpla
de inmediato las tres recomendaciones que se contemplan en este Informe.



Señor presidente, quiero concluir reiterando mi felicitación al presidente del Tribunal de Cuentas y a su equipo fiscalizador porque en su conjunto ha rendido un gran servicio a los ciudadanos y ha puesto al descubierto comportamientos que
pueden ser asumibles con el peculio propio, pero que de ninguna manera pueden serlo -lo que sería absolutamente inaceptable- con fondos públicos, con fondos de los contribuyentes.



Finalmente, me gustaría plantear algunas cuestiones. Señor presidente, ¿cuál es su opinión, si es que la puede dar y le corresponde, de por qué no funcionó el control del Ministerio de Hacienda, que era la Administración tutelante del
Consorcio de la Zona Franca de Cádiz?


En segundo lugar, ¿cuál es la situación actual en la Sección de Enjuiciamiento de este Informe? ¿En qué momento procesal se halla?


¿Cuál ha sido el informe tanto de la Abogacía del Estado como de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas sobre este informe que estamos debatiendo en este momento? ¿Se han detectado por parte de alguno de ellos o de ambos responsabilidades,
además de las contables, de carácter penal? ¿Estamos en el momento de conocerlo? ¿Hay peligro de prescripción por el lento caminar del expediente -ya señalé en mi intervención que en medio había habido unas elecciones generales que han dificultado
el que el informe llegue aquí con una mayor rapidez-, hay peligro de prescripción de alguno de los presuntos delitos que se pudieran estar contemplando en este Informe de fiscalización y en el posterior de la Sección de Enjuiciamiento? ¿Hay alguna
decisión adoptada solicitando ya en este momento alguna devolución de las cantidades de las que estamos hablando que estuvieran absolutamente probadas como algunas que se contemplan en el Informe?


¿Se pueden adoptar medidas cautelares en este sentido por parte del Tribunal o alguno de sus órganos? Finalmente, señor presidente, me gustaría saber si para adoptar estas medidas hay que esperar a la conclusión de lo que en este momento se
encuentra, creo entender, en actuaciones previas por parte del Tribunal en su área de enjuiciamiento.



Nada más y muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Román.



Para contestar a las preguntas que se han formulado, tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



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En primer lugar, respecto a la pregunta de por qué no se ha incluido en los ejercicios anteriores, en efecto, la comisión mixta, prescindiendo del debate interno dentro de la misma, había pedido, en una Resolución de 5 de abril de 2001, el
período de 1982 a 2000 junto con otras fiscalizaciones, pero el Tribunal incorpora esta fiscalización en el mes de mayo de ese año 2001 junto con otras. Naturalmente, los ponentes de estas fiscalizaciones valoran la posibilidad y los medios que
tienen para hacer períodos tan extensos. El Tribunal acuerda que en todas -no concretamente en ésta- se refieran fundamentalmente a los últimos años de lo que se pide en este caso, por ejemplo, de 1997 a 2000. Ese acuerdo lo comunica al
Parlamento, a la comisión mixta y, por lo tanto, desde mayo de 2001 la comisión mixta tiene conocimiento de la decisión que ha tomado el Pleno del Tribunal. Precisamente esto se hizo antes de constituirse el nuevo Pleno del Tribunal, que se
constituyó en noviembre, y ese nuevo Pleno estimó continuar con el criterio que había adoptado el Pleno anterior. En efecto, las referencias que hay a ejercicios anteriores son meramente descriptivas. Ésta es la explicación que puede dar este
presidente a esta pregunta realizada por el portavoz del Grupo Parlamentario Popular.



Otra pregunta que me han formulado es la relativa a por qué no se ha incluido la eficacia. La resolución de la comisión mixta apuntaba fundamentalmente a la actividad contractual, a los gastos de publicidad y profesionales, a las relaciones
exteriores y a los desplazamientos, y a esto parece ser que es a lo que ha atendido la fiscalización fundamentalmente en su ámbito objetivo. No obstante, siempre se está a tiempo de pedir otra que abarque más ámbito. En cuanto a otras valoraciones
de cumplimientos, el presidente no puede hacer otras valoraciones que las que están en el Tribunal.



Ahora bien, me han formulado sus señorías una pregunta común sobre la situación de las responsabilidades. En efecto, la situación de las responsabilidades por irregularidades en gastos pendientes de justificar ha dado lugar al inicio de las
correspondientes actuaciones de responsabilidades contables tanto pedidas por el Fiscal como por el servicio jurídico del Estado. Precisamente tengo una información que, con fecha 6 de febrero de 2004 de este año, se han remitido a la Sección de
Enjuiciamiento los antecedentes solicitados tanto por el abogado como por el fiscal jefe y este presidente no puede dar otra información pues, como saben sus señorías, el ámbito jurisdiccional se desenvuelve con arreglo a unos principios, y lo que
se puede dar es simplemente una información de cómo está el procedimiento. Asimismo, este presidente tampoco puede decir si hay otras responsabilidades distintas de las contables, dado que no entra dentro de nuestro ámbito de competencia. Esta
información se pasa al Ministerio Fiscal, que es el que tendrá que valorarla y, en su caso, la mandará a la Fiscalía General, si se han producido devoluciones. No tengo otra información.



En cuanto al control del Ministerio de Hacienda, me atengo a lo que figura en el informe ya que no dispongo de ninguna información adicional.



Muchas gracias, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, EJERCICIO 2002, APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SU SESIÓN DEL DÍA 26 DE FEBRERO DE 2004. (Número de expediente del Senado 771/000025 y número de
expediente del Congreso 251/000025.)


El señor PRESIDENTE: Concluido el noveno punto del orden del día, pasamos al décimo y último: Informe de fiscalización de la Entidad Pública Empresarial RED.ES, ejercicio 2002.



Para la presentación del informe, tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



El informe de fiscalización de la Entidad Pública Empresarial RED.es, ejercicio 2002, fue aprobado por el Pleno en su sesión de febrero de 2004.



La Ley de Presupuestos para 1989 creó el Ente Público Retevisión para la prestación, en régimen de monopolio, del servicio de transporte y difusión de las señales de televisión. Su denominación actual, RED.es, le fue otorgada por la Ley
11/1998, General de Telecomunicaciones. El Estatuto de RED.es, aprobado por Real Decreto de 8 de febrero de 2002, atribuye a la entidad, entre otras, las funciones de gestión del registro de nombres y direcciones de dominio de Internet bajo el
código de país correspondiente a España, .es, la participación en los órganos que coordinen la gestión de dichos registros, el asesoramiento al Ministerio de Ciencia y Tecnología y el fomento y desarrollo de la sociedad de la información.



Entre los recursos económicos de la entidad se incluye la tasa para la gestión del mencionado registro, si bien, en el ejercicio fiscalizado, dicha tasa no se había implantado, por estar pendiente de aprobación su reglamento de liquidación y
cobro. Los aspectos específicos de esta tasa se incluyeron en la Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de agosto de 2003.



En relación con el fomento y desarrollo de la sociedad de la información, el Informe destaca, entre otras cuestiones, que en el año 2002 la entidad ha realizado labores de planificación, definición y negociación de actuaciones concretas,
financiadas con recursos del Feder para promover el conocimiento de las telecomunicaciones. Asimismo, para promover un uso más seguro


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de Internet y de las tecnologías de la información, en el citado ejercicio la entidad desarrolló el Centro de Alerta Antivirus. Sin embargo, en 2002 no prestó servicios relacionados con la asignación y gestión de nombres de dominio de
Internet distintos del código de país correspondiente a España, .es. La entidad firmó un convenio de colaboración con el Ministerio de Ciencia y Tecnología, aprobado en diciembre de 2002, por el que asume la gestión de determinados programas
(Internet para todos y programa pista), que no fue desarrollado en 2002 debido a la fecha de aprobación.



En relación con la gestión del registro de nombres y direcciones de dominio Internet, en el ejercicio 2002, RED.es no había implantado la tasa por asignación del recurso limitado de nombres y direcciones, puesto que, como se ha indicado, su
regulación se desarrolló en agosto de 2003.
En defecto de dicha tasa, la entidad aplicó las tarifas vigentes en aquella fecha, cuyas cuantías no habían sido modificadas desde su implantación en agosto de 1996.



Aunque la gestión del registro de nombres constituye el objeto básico de la entidad, desde marzo de 2000 hasta marzo de 2002, aquélla fue realizada por una sociedad mercantil pública dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda que, a
su vez, se encargó de la facturación y cobro de las tarifas. No consta que RED.es haya realizado controles sobre los datos de relevancia económica facilitados por la sociedad encargada de la gestión que, por otra parte, inició sus actividades con
anterioridad a la suscripción del contrato y a la fecha prevista en el mismo.



La contraprestación económica de RES.es durante la parte del ejercicio 2002 en el que la sociedad gestora desarrolló su actividad se incrementó en un 15 por ciento respecto a la del ejercicio anterior, a pesar de que en el contrato suscrito
se estipulaba que, en caso de prórroga, no se modificarían las condiciones inicialmente acordadas. No obstante, este incremento fue debido al aumento de la prestación exigida por RED.es a la sociedad gestora.



Durante los ejercicios 2002 y 2001 no se cumplió el principio de equivalencia en las tarifas aplicadas por RED.es, puesto que los ingresos obtenidos no cubrieron los costes del contrato suscrito con la sociedad encargada de la gestión del
registro de nombres. La inexistencia de una contabilidad analítica durante el ejercicio 2002, en que la entidad inició la gestión directa de esta actividad, no permite un análisis de la suficiencia de las tarifas para la financiación de sus costes.
Como hecho posterior a la fiscalización, el Informe destaca que la tasa por asignación del recurso limitado de nombres y direcciones de Internet ha sido regulada por la citada Orden del Ministerio de la Presidencia, de agosto de 2003.



En relación con los estados financieros, las cuentas anuales de la entidad del ejercicio 2002 expresan, en todos sus aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera, si bien el informe del Tribunal
destaca, entre otros, la existencia de derechos prescritos, al no haberse realizado las pertinentes actuaciones para la interrupción de la prescripción, y de saldos deudores y acreedores que debieran haberse regularizado.



Finalmente, para subsanar las deficiencias recogidas en el Informe, el Tribunal recomienda que la entidad soporte documentalmente las resoluciones sobre otorgamiento y mantenimiento de nombres y direcciones de Internet, realice las
actuaciones precisas para interrumpir la prescripción de derechos, depure responsabilidades, regularice saldos y adecue las dotaciones a la provisiones de las eventuales responsabilidades por reclamaciones.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



En el turno de preguntas y aclaraciones, tiene la palabra la señora Rodríguez, en nombre del Grupo Parlamentario Popular.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Gracias, señor presidente.



Nuevamente nos encontramos ante un Informe, en este caso realizado a iniciativa del Tribunal, que cuenta con los clásicos objetivos de imagen fiel de los estados financieros, así como el cumplimiento de las normas reguladoras de evaluación
de los procedimientos de control interno y, en este caso, también del análisis, de la composición y evolución de los fondos propios, en especial de los transferidos desde Radiotelevisión Española.



En primer lugar, como ha señalado el señor presidente en relación con la imagen fiel, el Tribunal señala que las cuentas anuales de RED.es, correspondientes a 2002, expresan en todos sus aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio,
de la situación financiera, de los resultados de sus operaciones y de los recursos obtenidos.



Por lo que respecta a la gestión del registro de nombres y direcciones, hace algunas observaciones como, por ejemplo, que no se había implantado la tasa por asignación del recurso limitado de nombres y direcciones, que se llevó a cabo a
través de una Orden Ministerial de 29 de agosto de 2003 y, mientras tanto, se estaba aplicando la tasa vigente con anterioridad; que desde marzo de 2000 a marzo de 2002 se gestionó por Ineco, como consecuencia de un contrato que se firmó once días
después de la puesta en marcha de la comisión, aunque previamente lo había aprobado el Consejo de Administración; que no se realizaron controles a la gestión de Ineco; y que se incrementó la contraprestación sin que estuviera previsto en el
contrato, aunque con un informe favorable de la Abogacía del Estado.
Asimismo, se consideró que las tarifas incluían el IVA, lo que supuso la reducción de los ingresos del ente, en el año 2002, en 41.400 euros; y que el coste para RED.es, como
consecuencia de la no actualización de la tasa, fue superior a lo que se cobraba por ella, por lo que no


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se cumplió el principio de equivalencia en los años 2000 y 2001.



El Tribunal de Cuentas recomienda documentar las resoluciones sobre otorgamiento y mantenimiento de nombres y direcciones, realizar actuaciones para impedir la prescripción de derechos y adecuar las provisiones de las eventuales
responsabilidades por reclamaciones.



Señor presidente, del detallado informe que realiza el Tribunal se desprende la dificultad para el arranque de una entidad que, desde mi punto de vista está llamada a desempeñar un papel muy importante en lo que respecta a la extensión de la
sociedad de la información en España, aunque parece que ya está en marcha. Personalmente, he sido testigo de un momento de su historia y casi protagonista de lo que costó la aprobación de la relación de puestos de trabajo del ente y sus condiciones
financieras; asimismo, quizá sea un poco culpable de que no terminara de arrancar en condiciones porque las negociaciones siempre tenían sus problemas.



Sin embargo, creo que en este caso que nos ocupa, del análisis, las conclusiones y las recomendaciones del Tribunal no parece que se desprendan consideraciones especiales de cara al futuro, sobre todo teniendo conocimiento de que no hace
mucho tiempo, solo unos días, el Consejo de Administración del ente resolvió el problema relativo a la anulación de algunos derechos, por recomendación de la Intervención General y de la propia Asesoría Jurídica, al tiempo que también se han puesto
en marcha ya las otras recomendaciones.



No sé si el presidente del Tribunal nos podrá dar información adicional sobre esta cuestión, pero nos gustaría conocer su criterio; es decir, no nos encontramos ante un expediente que muestre irregularidades graves sino, simplemente, ante
la dificultad de la puesta en marcha de un servicio que nos parece indispensable y de un ente público que creemos está llamado a tener una importancia especial en la extensión de la sociedad de la información en España.



Gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez.



En representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Salvador.



El señor SALVADOR ARMENDÁRIZ: Muchas gracias.



Estimado presidente, señor Nieto de Alba, presidente de la comisión, señorías, en esta Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas siempre he comenzado mis intervenciones felicitando al Tribunal por el excelente trabajo,
incluso por la complejidad y laboriosidad de sus informes, y en este caso también debo reconocerle la capacidad de síntesis.



Habiendo escuchado lo que su señoría nos ha dicho sobre el Informe de fiscalización correspondiente al punto anterior del orden del día, me alegro y me felicito de volver otra vez a la política normal con el análisis sobre este Informe,
porque, como ha dicho la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, va mucho más en sintonía con lo que es la política que lo que hemos escuchado hace unos minutos.



Respecto al Informe que el presidente del Tribunal acaba de presentar, que versa sobre la fiscalización de la entidad pública RED.es en el desarrollo de sus funciones en el ejercicio de 2002, consideramos que esta empresa, que resulta de
gran importancia en España, ha sufrido una evolución en sus objetivos y en sus metas durante los últimos años hasta constituirse en estos momentos en uno de los elementos fundamentales para el correcto nivel de penetración de la sociedad de la
información y del conocimiento en España, aspecto que conozco especialmente bien porque he sido la persona que ha presentado en esta comisión la moción para el desarrollo de un nuevo plan de la sociedad de la información que incorpore un plan de
convergencia en contacto con todas las comunidades autónomas y los agentes del sector y cuya elaboración precisamente ha sido encargada a RED.es.



Centrándonos en el Informe y en relación con la gestión sobre el registro de nombres y dirección de dominio en Internet, materia que hasta el año 2000 realizaba la sociedad mercantil pública dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda,
se deduce que se ha producido de facto una especie de borrón y cuenta nueva por parte de RED.es desde el momento en que pasó a asumir directamente la gestión, apreciación que se demuestra con la no constatación por parte del Tribunal de que RED.es
haya realizado controles sobre los datos con relevancia económica facilitados hasta entonces por la sociedad gestora.



Sobre uno de los objetivos que el Tribunal incluía entre sus directrices técnicas en relación con esta fiscalización, que era verificar que los estados financieros de la entidad correspondientes al ejercicio en cuestión representasen en sus
aspectos más significativos la imagen fiel de su situación financiera y el resultado económico del ejercicio, quiero subrayar que en sus conclusiones el Tribunal considera verificado genéricamente este objetivo, aunque resalte una serie de partidas
que no se adaptan a lo perseguido, especialmente en el apartado relativo a los deudores, respecto de lo que se hace especial hincapié, y donde el Tribunal señala que prácticamente la totalidad de los 18.593 miles de euros que figuran, esto es,
18.408 de esos miles de euros está constituida por clientes de dudoso cobro. Y resulta complejo comprender cómo el 45 por ciento de ese saldo ha prescrito sin que la entidad haya realizado actuaciones oportunas para interrumpir esa prescripción,
según menciona el Tribunal en el Informe, o que la deuda que presentaba RTVA y señalada por la entidad no se correspondiera con la calculada por el Tribunal, o incluso no haya regularizado desde la fecha del


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laudo el importe de ese derecho de cobro, como mencionaba el Informe.



En relación con las inversiones financieras temporales, resalta que el entonces director general no presentase ante el Consejo de Administración el plan de inversiones, tal y como se aprobó mediante resolución del consejo. De su Informe
resulta curioso constatar cómo han disminuido los ingresos por altas en un 28 por ciento, mientras que los relativos a mantenimiento se han incrementado en un 24 por ciento en relación con el ejercicio que precede al de este Informe. Y este
destaca, además de pequeñas anomalías sobre el registro de cargos y abonos de facturaciones, reclasificaciones, ingresos, etcétera, que no se corresponden con operaciones reales de efectivo, felizmente subsanadas al final de cada ejercicio, según
manifiesta el Tribunal.



Para terminar, quiero señalar que mi grupo siempre tiene muy en cuenta sus recomendaciones, dada la sensatez de las mismas, antes de elaborar nuestras propuestas de resolución, y que en este caso, como ha dicho la portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, son nítidas y no inducen a mayores complejidades.



Además, en esta ocasión he de felicitarle por comprobar que sus recomendaciones no son solamente de obligado cumplimiento por nuestra parte, sino que incluso RED.es ya ha llevado a la práctica buena parte de ellas, lo cual manifestó en su
informe de alegaciones. Por tanto, se vuelve a demostrar que este Tribunal, con su trabajo de garante de la legalidad y de la fiscalización, sirve también para que los propios gestores vayan acomodando los objetivos sobre la marcha y sirvan como
elemento fundamental de la gestión.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Salvador.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar a las preguntas que le han formulado.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Gracias.



Este presidente tiene muy poco que añadir, salvo insistir en que la atención especial de esta fiscalización a la citada entidad se refiere fundamentalmente a la tasa que se cobra por la gestión del registro de nombres y direcciones y, sobre
todo, a las incidencias relativas al incumplimiento del principio de equivalencia.



Respecto a este tipo de informes en sociedades -incluso el propio Informe reconoce que hasta el año 2002 no se reguló esa tasa-, mi experiencia en el Tribunal me lleva a decir que son informes que vienen a advertir con tiempo suficiente para
que estas gestiones se deslicen por el mejor camino, y no tiene otra intencionalidad. La prueba está en que tampoco en este caso se ha desprendido responsabilidad alguna, según el Informe del fiscal y del abogado del Estado.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



Concluido el orden del día, solo me resta dar las gracias al presidente del Tribunal de Cuentas por su comparecencia y a todos ustedes por el trabajo que están realizando en la comisión.



Se levanta la sesión.



Eran las trece horas y cuarenta minutos.