Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 19, de 20/12/2004
PDF




DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2004 VIII Legislatura Núm. 19

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL

Sesión núm. 5

celebrada el lunes, 20 de diciembre de 2004,

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre la declaración sobre la cuenta general del Estado del ejercicio 2001 (correspondiente al número de expediente 250/000015 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso
250/000002 y número de expediente Senado 770/000002.) ... (Página 3)


Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, debate y votación, en su caso, de las propuestas de resolución presentadas sobre la declaración sobre la cuenta general del Estado del ejercicio 2001 (correspondiente al
número de expediente 250/000015 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 250/000002 y número de expediente Senado 770/000002.) ... (Página 3)


Página 2



Propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización del cumplimiento de objetivos del Plan de Vivienda 1998-2001 y de los sistemas implantados por el Ministerio de Fomento para el seguimiento de las actuaciones (corresponde al número de expediente 251/000132 de la
VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000016 y número de expediente Senado 771/000016.) ...
(Página 7)


- Informe de fiscalización del Instituto de Turismo de España (Turespaña), ejercicio 2001 (corresponde al número de expediente 251/000144 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000027 y número de expediente Senado
771/000027.) ... (Página 9)


Proposiciones no de ley:


- Sobre las irregularidades cometidas en el proceso de privatización de la empresa pública Initec. Presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. (Número de expediente Congreso
161/000089 y número de expediente Senado 663/000003.) ... (Página 11)


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Nieto de Alba) para informar sobre los siguientes extremos:


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Villaconejos (Madrid), 1998 y 1999 (corresponde al número de expediente 251/000125/000 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000009 y número de expediente Senado
771/000008.) ... (Página 15)


- Nota complementaria del informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid). (Corresponde al número de expediente 251/000128 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000012 y número de expediente Senado
771/000009.) ... (Página 16)


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona (Málaga) y de sus sociedades mercantiles participadas (ejercicios 1995-1999). (Número de expediente Congreso 251/000015 y número de expediente Senado 771/000014.) ... href='#(Página19)'>(Página 19)


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valdés (Asturias), ejercicios 1998 y 1999. (Número de expediente Congreso 251/000029 y número de expediente Senado 771/000029.) ... (Página 22)


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Madrid), sus organismos autónomos dependientes y sociedades mercantiles participadas, ejercicios 1998 y 1999. (Número de expediente Congreso 251/000047 y número de expediente
Senado 771/000045.) ... (Página 24)


Página 3



Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE LA DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2001 (CORRESPONDIENTE AL NÚMERO DE EXPEDIEN­- TE 250/000015 DE LA VII LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso
250/000002 y número de expediente Senado 770/000002.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, se abre la sesión.



El primer punto del orden del día es la ratificación de la ponencia designada para informar sobre la declaración sobre la cuenta general del Estado. ¿Se aprueba este punto del orden del día? (Asentimiento.) Queda aprobado por asentimiento.



EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, DEBATE Y VOTACIÓN, EN SU CASO, DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN PRESENTADAS SOBRE LA DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2001 (CORRESPONDIENTE AL
NÚMERO DE EXPEDIENTE 250/000015 DE LA VII LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 250/000002 y número de expediente Senado 770/000002.)


El señor PRESIDENTE: En cuanto a los puntos 2, 3, 4 y 5, que son propuestas de resolución, fijaríamos la hora de votación, si les parece bien, para las cinco y cuarto.



Pasamos al punto 2 del orden del día, que es emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, debate y votación en su caso, de las propuestas de resolución presentadas sobre la declaración sobre la cuenta general del Estado
del ejercicio 2001. En cuanto a las propuestas de resolución, las vamos a ver por su orden de presentación.



La primera propuesta de resolución presentada es la del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria. Por tanto, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Mi grupo ha presentado una propuesta de resolución sobre el informe de la cuenta general del Estado que el Tribunal de Cuentas nos elevó a esta Comisión. Nuestra propuesta de resolución tiene relación con algo
que nos ha llamado reiteradamente la atención cuando el Tribunal de Cuentas, en su amplio informe, se refiere a las entidades del sistema de la Seguridad Social y hace explícita referencia a 29 de las mutuas de prevención de accidentes laborales que
reciben todo su flujo financiero de la propia Seguridad Social. Son entidades privadas, hechas al amparo de la Ley 31/1995. Resulta que estamos alcanzando ya, junto a estas 29 mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales de la
Seguridad Social, el importe de 6.000 millones de euros -la cifra que da el Tribunal de Cuentas es de 6.234.051.000 euros-. Estamos ante una situación que ha sido denunciada por el Tribunal de Cuentas y por las directivas de la Unión Europea que
regulan la libre competencia: no se puede permitir en este momento con el derecho comunitario y el derecho asociado español que en la libre competencia concurran entidades, todas jurídicamente privadas, que tengan un flujo financiero que no lo
captan del mercado de las pólizas de prevención de accidentes de trabajo como hacen otras entidades libres. El Tribunal de Cuentas llega a decir en la página 166 del dictamen que, como ya se señaló en la cuenta general del Estado del ejercicio 2000
-ahora estamos hablando del ejercicio 2001, como saben SS.SS.-. En su escrito de contestación a 31 de marzo de 2003, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales remitió a este Tribunal de Cuentas un informe fechado el 26 de marzo de 2002 y
elaborado por la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social dependiente de dicho ministerio. En su informe dicho centro directivo comienza plan­teando la necesidad de reflexionar sobre la legalidad del artículo 32 de la Ley
31/1995 por el que se habilita a las mutuas para el desarrollo de funciones propias de los servicios de prevención ajenos, y continúa haciendo una serie de juicios, calificando la situación existente en este momento en España de agresión a la
restricción de libre competencia.



A este respecto, señor presidente, y hago gracia de no leer gran parte del dictamen, muy elaborado, muy concreto y digno de elogio que hace el Tribunal de Cuentas de esta situación, nuestra propuesta de resolución es para que, de una vez por
todas, no vuelva a tener el Tribunal de Cuentas que reiterar por cuarta vez que no se corrige desde la Administración este tema. Entiende además mi grupo que hay en este momento en el Ministerio de Trabajo, y concretamente en la Secretaría de
Estado de la Seguridad Social, un loable propósito de corregir este asunto, hasta tal punto de que, recientemente, con fecha 30 de noviembre, la dirección general correspondiente y el Congreso de los Diputados ha recibido la respuesta a una pregunta
que por escrito este diputado dirigió al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la que se nos anuncia la redacción del borrador del real decreto que trate de solucionar esta situación y, sobre todo, la conflictiva situación que puede derivarse
del mantenimiento del artículo 32 de la Ley 31/1995 que he citado antes. A estos efectos, en el trámite de hoy, señor presidente, la propuesta de resolución que hemos presentado dice lo siguiente: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a
llevar a cabo las medidas necesarias para eliminar la situación de privilegio por restricción a la libre competencia que


Página 4



en el ámbito del mercado del servicio de prevención ajeno vienen desarrollando las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social frente a los servicios de prevención ajenos.



Tengo que anunciar, señor presidente, que el Grupo Parlamentario Socialista ha hecho una propuesta de enmienda transaccional más explícita -de una o dos líneas- a esta propuesta de resolución, salvando que se ha empleado en la propuesta de
resolución del Grupo Socialista las palabras libre concurrencia -que debe ser por algún error de transcripción- frente a libre competencia, que es a lo que nos estamos refiriendo en cuanto al derecho comparado de la legislación española y de la
legislación de la Unión Europea; debe entenderse libre concurrencia por libre competencia.
Mi grupo está de acuerdo con el resto del texto y no tengo ningún inconveniente en aceptar la enmienda transaccional que ha presentado el Grupo
Parlamentario Socialista a la propuesta de resolución de Coalición Canaria. Esperamos que de ahora en adelante pueda corregirse legalmente esta situación para que el Tribunal de Cuentas no tenga que volver a incidir en la denuncia de la muy grave
situación que está ocurriendo en España en este momento.



El señor PRESIDENTE: Les agradecería que me hicieran llegar el texto de la transaccional.



Seguidamente tiene la palabra por parte del Grupo Parlamentario Popular doña Elvira Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Como tuvimos ocasión de decir cuando compareció el presidente del Tribunal de Cuentas para formularle las preguntas y hacer las aclaraciones respecto a la declaración sobre la cuenta general del ejercicio 2001,
ese extenso informe del Tribunal ha recogido múltiples cuestiones, en unos casos -y en eso coincido con el diputado de Coalición Canaria- similares a los ejercicios anteriores en los que se comprueba con cierta frecuencia la discrepancia entre
diversos criterios del Tribunal y los mantenidos por la Intervención general como órgano responsable de la contabilidad del Estado -me estoy refiriendo a contabilidad y no a otros problemas que se pueden deducir del propio informe- y en otros casos
a cuestiones también similares a las de ejercicios anteriores que muestran que la contabilidad se ha rendido de acuerdo con la normativa en vigor en el momento de la rendición. Pero al Tribunal no le satisface pues, a su juicio, no se aporta la
información necesaria para llegar a una conclusión clara respecto de la situación financiero patrimonial del sector público estatal.



Como consecuencia de esta situación, de la última, el pleno de las cámaras instó al Tribunal a que realizara en el ejercicio de sus competencias una moción clarificando cuál era la información que se debía facilitar en la cuenta general del
Estado y, en especial, cuál debiera ser el procedimiento de consolidación de las cuentas rendidas y cuál el contenido de la memoria que debe acompañar a cada una de las partes de la cuenta general del Estado. Analizado el contenido concreto del
informe, este grupo llegó a la conclusión de que la cuenta general del Estado 2001 debía ser aprobada -es lo que hemos hecho con anterioridad a este acto-.
¿Por qué debía ser aprobada? Por la falta de representatividad relativa de los defectos
observados por el Tribunal, por la falta de representatividad relativa de las entidades no incluidas, por falta de remisión en el momento del cierre de la cuenta; porque la falta de información que se señala por el Tribunal en las memorias no le ha
impedido manifestar su opinión sobre las cuentas rendidas y -aunque esto no debiera ser una razón, también ayuda- por la lejanía del periodo recogido en la cuenta que hace que muchas de las cosas puestas de manifiesto se hayan subsanado con el paso
del tiempo. Es en este último sentido en el que las propuestas de resolución del Grupo Popular han querido actuar, es decir, en el sentido constructivo de ir avanzando por el camino que acabe mostrando, por una parte, una cuenta general del Estado
que sea lo más sintética posible, sin renunciar a la información básica que deba contener para que cualquier ciudadano sea capaz de reconocer cuál es la situación financiero patrimonial del Estado y cómo se han ejecutado los presupuestos que
autorizó el Parlamento, y que, por otra, se le facilite al Tribunal toda la información que necesite para poder opinar sobre la bondad de las cuentas rendidas.



Así, hemos propuesto, en primer lugar que el Tribunal de Cuentas culmine en el plazo más breve posible la moción que le solicitó el pleno de las cámaras con ocasión de la aprobación de la cuenta general del Estado del año 2000. En este
sentido se insta al Tribunal a que atienda de modo singular a la viabilidad práctica de los procedimientos que se propongan en la moción. En segundo lugar, que el Gobierno colabore con el Tribunal de Cuentas para acordar el contenido y alcance de
la información a suministrar en la cuenta general del Estado para que éste pueda cumplir con la labor que realiza por delegación de las Cortes Generales. En tercer lugar que, como consecuencia de la determinación de las reformas necesarias en aras
de la mejora de la transparencia de la cuenta general del Estado, el Gobierno modifique en el sentido oportuno la Orden ministerial de 12 de diciembre de 2000 y desarrolle el artículo 131.4 de la Ley General Presupuestaria en este momento en vigor.
En cuarto lugar que el Gobierno, con independencia de lo recogido en las resoluciones anteriores que van un poco más hacia adelante, amplíe la información que se recoge en la memoria que acompaña a cada una de las cuentas generales que conforman la
cuenta general del Estado si la nueva normativa no llega a tiempo de la cuenta que en este momento está en estado de rendición. Y, en quinto lugar, que el Gobierno, con independencia de la solución definitiva respecto al procedimiento, contenido,
información y sistema de consolidación de las cuentas integradas en la general del Estado, avance en el proceso de consolidación, en


Página 5



especial el relativo a la cuenta general de las empresas públicas estatales. En este sentido compartimos muchas de las propuestas de resolución hechas por los otros grupos y no compartimos alguna, pero supongo que se discutirán cuando los
demás las presenten.



El señor PRESIDENTE: Corresponde defender las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), pero ahora no veo a ningún representante; si llegaran antes de concluir el debate podrían
defenderla.



Continuamos con las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista. Tiene la palabra su portavoz, señor Vallès.



El señor VALLÈS VIVES: Mi grupo ha presentado un total de 13 propuestas de resolución a esta cuenta general del Estado de 2001, que a continuación paso a relacionar.



En la primera se insta al Gobierno a reformar la orden de Hacienda, a la que ya se ha hecho referencia con anterioridad, de 12 de diciembre de 2000, a fin de exigir que las administraciones públicas estatales, empresas estatales y
fundaciones estatales, rindan al Tribunal de Cuentas sus cuentas consolidadas. En la propuesta número 2 se insta al Gobierno -a partir de la declaración realizada por el Tribunal de Cuentas, con las limitaciones que afectan a la representatividad
de la cuenta general del Estado correspondiente al ejercicio 2001, como consecuencia del sistema de agregación utilizado por la intervención general de la Administración del Estado de las cuentas individuales de las administraciones públicas
estatales, de las empresas estatales y de las fundaciones de competencia o titularidad pública estatal- a que la cuenta general del Estado se presente siempre consolidada a partir de la de 2005. Independientemente de lo anterior, en la propuesta de
resolución número 3 instamos al Gobierno a que en las próximas cuentas generales del Estado y en el proceso de avance hacia una presentación de cuentas consolidadas de la cuenta general del Estado, estudie la posibilidad de presentar información
consolidada de magnitudes significativas de las cuentas públicas, como son deuda pública, préstamos, cartera de valores e inmovilizado a partir de la de 2004. En la propuesta número 4 se insta también al Gobierno a que la memoria de la cuenta
general del Estado que haya de recibir el Tribunal de Cuentas contenga, además de los contenidos básicos previstos para este documento en el Plan general de contabilidad pública, información sobre lo siguiente. En primer lugar, información de los
cálculos realizados por la Intervención general de la Seguridad Social para determinar la insuficiencia o exceso de financiación de la Administración General del Estado de los denominados gastos de financiación afectada. En segundo lugar,
información sobre los bienes inmuebles entregados en uso a las comunidades autónomas como consecuencia de los traspasos de las funciones y servicios y sobre los inmuebles cedidos a las fundaciones estatales. En tercer lugar, la situación de los
informes de control financiero emitidos por la Intervención general de la Seguridad Social sobre las cuentas anuales de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y los informes de control financiero
permanente emitidos sobre los hospitales y demás centros sanitarios. Y, en cuarto lugar, los hechos acaecidos tras el cierre del ejercicio con repercusión económica y financiera en las cuentas generales de los ejercicios posteriores.



La propuesta número 5 insta al Gobierno a que elabore los respectivos estados contables de forma homogénea, tanto en lo que afecta al registro de derechos y cobros y de obligaciones y pagos como a la concordancia de la información relativa a
los estados contables. En la propuesta número 6 se insta al Gobierno a que presente la cuenta general de las empresas estatales de acuerdo con lo que establece el Plan general de contabilidad y aporte la información que el Tribunal de Cuentas exige
para poder conocer los estados financieros y la ejecución y liquidación de los presupuestos de las empresas estatales. En la propuesta número 7 se insta al Gobierno a que las empresas públicas, cuyas cuentas no hayan sido integradas en la cuenta
general de 2001, sean rendidas al Tribunal de Cuentas y sus resultados se incorporen en la cuenta de resultados de este subsector. Seguramente -y así me lo ha hecho constar la portavoz del Partido Popular- la redacción no es todo lo precisa que
debería y en todo caso tendría que ir dedicado por futuro, si no en ningún caso tendría sentido, se tendría que incorporar una referencia a su aplicación en ejercicios posteriores. En la propuesta número 8 se insta al Gobierno a que la Sociedad
Estatal de Participaciones Industriales, la SEPI, cumpla las normas del Código de Comercio y presente sus cuentas anuales consolidadas con el fin de conocer su masa patrimonial, las operaciones y transacciones realizadas con sus sociedades
dependientes, las operaciones financieras del grupo, las operaciones de compraventa de inmovilizado y las de ampliación y reducción del capital social de las filiales, entre otras.



La propuesta de resolución número 9 insta al Gobierno a que efectúe el desarrollo normativo del artículo 36 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, que prevé la existencia de un registro de fundaciones de competencia estatal
dependiente del Ministerio de Justicia, en el que se inscribirán los actos relativos a las fundaciones que desarrollen su actividad en todo el territorio del Estado o principalmente en el territorio de más de una comunidad autónoma, debiendo
determinarse reglamentariamente su estructura y funcionamiento.
La propuesta de resolución número 10 insta al Gobierno a presentar las cuentas de todas las fundaciones públicas o de titularidad pública estatal, dado que el Tribunal informa de que
al menos 10 no han sido incorporadas, quedando al margen de la fiscalización de los gastos realizados por el sector público. En la propuesta de resolución número 11 se insta al


Página 6



Gobierno a hacer cumplir lo dispuesto en el apartado b) de la norma séptima de la cuarta parte del Plan general de contabilidad y exigir que las fundaciones de competencia o titularidad pública estatal distingan entre los gastos e ingresos
de explotación afectos a actividades propias de los originados por la actividad mercantil, en la medida que su tributación y rendición de las cuentas es diferente. Se insta al Gobierno en la propuesta de resolución número 12 a exigir a las
fundaciones públicas la rendición de la memoria relativa al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero exigida por el artículo 130 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria que prevé la inclusión, entre otros
aspectos, de información sobre las subvenciones recibidas, distinguiendo entre las corrientes y las de capital y sobre la ejecución de los contratos-programa. Finalmente, en la propuesta de resolución número 13 se insta al Gobierno para que adopte
las medidas que sean necesarias para que la cuenta general del Estado y las cuentas que la conforman se ajusten plenamente a la legislación aplicable y a los principios que deben informar su elaboración y rendición y pongan adecuadamente de
manifiesto la situación financiera y patrimonial de los resultados de la actividad económica del sector público en ejercicio.



Todas estas propuestas de resolución se derivan, fundamentalmente, de las recomendaciones sugeridas por el propio Tribunal de Cuentas en la declaración de la cuenta general del Estado de 2001. Es cierto que el carácter temporal de la
tramitación parlamentaria de una cuenta del ejercicio 2001 hace muy difícil, en algunos casos, conocer la realidad exacta de este proceso, así como la posibilidad de aplicar determinadas medidas que ya han sido incorporadas en el funcionamiento
propio de la Administración y, por ello, algunas de las sugeridas no aparecen entre nuestras propuestas de resolución.



En este punto sí quería referirme a las distintas propuestas de resolución presentadas por los otros grupos parlamentarios y voy a avanzar que vamos a aceptar las cinco propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular
a esta cuenta general del Estado. Sí es interesante la número 3, y por ello me gustaría hacer alguna mención, pues dirige un mandato al Gobierno para la colaboración con el Tribunal de Cuentas.
Posteriormente podremos hablar con la autora de esta
propuesta de resolución, pero sí parece haber -en la medida que puedan percibirse algunas disconformidades entre los dos elementos que conforman esta cuenta general del Estado, el informe que realiza por una parte la Intervención general del Estado
y la declaración que realiza el Tribunal de Cuentas- algún tipo de disconformidad y uno tiene a veces la sensación de estar leyendo cosas distintas. Por tanto, sería adecuado que, aunque no se esté dirigiendo un mandato concreto o claro sobre cómo
se tendría que articular esa colaboración, nos parece interesante y necesaria esa decisión.



Respecto a la propuesta de resolución presentada por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, como ya ha manifestado su portavoz, hemos presentado una transaccional que incorpora algunos elementos de concreción que veremos más adelante;
en caso de ser aceptada, votaríamos a favor de dicha propuesta. Las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) podrían decaer y no vamos a manifestarnos sobre este particular.



El señor PRESIDENTE: Abrimos a continuación un turno adicional para puedan fijar posición los grupos parlamentarios que no han presentado propuestas de resolución. ¿Algún grupo quiere manifestar su opinión? Parece que no.



En turno de fijación de posición, tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Me gustaría ver el texto de la transaccional sobre la resolución de Coalición Canaria. Y, en cuanto a las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Socialista, vamos a votar a favor de las números 1, 2,
3, 4, 5 y 6.



Como ha dicho el portavoz, tal y como está redactada la número 7, podría parecer que se reabría la cuenta de 2001, de modo que tendríamos que acordar un texto que dejara claro que las cuentas cuyos resultados tienen que incorporarse en
cuentas posteriores se van a incorporar así. Tal como es el procedimiento, se hará en cualquier caso, y, si es así, no tendríamos inconveniente en votar a favor de las propuestas 8 y 9. Con la 10 tenemos el mismo problema que con la 7, y es que
según el procedimiento, esas fundaciones, aunque no entraron en el Tribunal de Cuentas en el momento de cerrar la cuenta, sí que lo han seguido haciendo con posterioridad. Es decir que el problema es el mismo que se presenta para las empresas, pero
no han quedado al margen de la fiscalización de este tipo de gastos. Lo que ocurre es que no se han incluido en la cuenta general ni en este informe. Creo que el problema es el mismo aunque la relación existente sea diferente; después, antes de
votar, podemos verlo, si lo estiman conveniente. Creemos que las 10 que no se han incorporado no quedan al margen de la fiscalización de estos gastos, que se van a fiscalizar; lo que ocurre es que no están en esta cuenta general. En cuanto a la
número 11, de acuerdo; también en cuanto a la número 12. La número 13, aunque está matizada, insta al Gobierno a que adopte las medidas que sean necesarias para que la cuenta y las cuentas se ajusten a la legislación aplicable; y el Tribunal de
Cuentas no dice que la cuenta general no se ajusta a la legislación aplicable. Entiendo que lo que dice es que no le gusta la legislación que se aplica, y que critica la norma: dice de ella que no da suficiente información para que el Tribunal de
Cuentas pueda hacer su trabajo con facilidad. Para votar a favor, me gustaría que se matizase eso de que se ajusten plenamente a la legislación aplicable y a los principios que deben informarla. Aunque diga que se ajusten plenamente, puede querer
decir -por el contrario- que hay pequeños desajustes, teniendo en cuenta el adjetivo


Página 7



que se usa. Sin embargo, de entrada, cuando se lee la propuesta de resolución, se podría pensar que la cuenta general no se ajusta a la normativa aplicable; mientras que el Tribunal dice que sí se ajusta, pero que el problema es, de algún
modo, el que he intentado explicar yo: que es demasiado conciso, y resta información, según la normativa aplicable.
A lo mejor podríamos retocar un poquito el texto, y podríamos apoyar así todas las propuestas.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Mardones, por Coalición Canaria.



El señor MARDONES SEVILLA: Seré breve, señor presidente.



En primer lugar, agradezco la enmienda transaccional del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. La he estudiado, y se ajusta perfectamente tanto al criterio del Tribunal de Cuentas como a las indicaciones de la respuesta a la pregunta
escrita que dirigí recientemente al Ministerio de Trabajo. Me contestaban que pronto aprobará el Gobierno el real decreto correspondiente que subsane la situación de las mutuas que actúan como entidades colaboradoras en la gestión de la Seguridad
Social, frente a las que actúan en servicios de prevención ajenos. Se trata de que las colaboradoras no se introduzcan en el mercado de libre competencia usando los medios e infraestructuras que tienen. Se tratará y se corregirá el problema de
segregación de medios.



Mi grupo votará favorablemente tanto las propuestas de resolución que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular como las que ha presentado el Grupo Parlamentario Socialista. No tenemos ningún inconveniente respecto a ellas, y, en lo que
ha señalado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista respecto a alguna de las del Grupo Parlamentario Popular, votaremos dentro del consenso de la mayoría.



El señor PRESIDENTE: Les pido a los grupos que nos hagan llegar a la Mesa los textos de las transaccionales.



PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS DEL PLAN DE VIVIENDA 1998-2001 Y DE LOS SISTEMAS IMPLANTADOS POR EL MINISTERIO DE FOMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000132 DE LA
VII LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 251/000016 y número de expediente Senado 771/000016.)


El señor PRESIDENTE: Tercer punto del orden del día. Informe de fiscalización del cumplimiento de objetivos del Plan de vivienda 1998-2001, y de los sistemas implantados por el Ministerio de Fomento para el seguimiento de las actuaciones.



Por orden de entrada, las primeras propuesta de resolución son las del Grupo Parlamentario Popular. Por tanto, tiene la palabra su representante, la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Como comentamos aquí durante la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas, del análisis del informe que habían realizado sacamos como conclusión -como hizo el Tribunal- que estábamos hablando de una
política de gasto, de un plan, que indudablemente tenía problemas. Los problemas que tenía no eran los que suelen tener en ocasiones las administraciones públicas, de no poder cumplir sus obligaciones por falta de medios, sino que, teniendo a su
disposición fondos de sobra, el ministerio responsable no había sido capaz, tal como decía el Tribunal de Cuentas, de ejecutar los créditos. Y ello por la escasez de suelo y su encarecimiento y por la pérdida de rentabilidad para los promotores
privados. El Tribunal pedía que los problemas de precio desembocaran en la armonización del precio de la vivienda protegida y la libre, puesto que no se acababa de ejecutar esa complicada política porque los fondos los tenía la Administración
central mientras que las competencias estaban en manos de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales. Además, el informe del Tribunal recomendaba el fomento de la vivienda de alquiler, entre sus conclusiones.



Como consecuencia de ello, mi grupo ha elaborado unas propuestas de resolución que pueden parecer un poco largas, pero el asunto que se trata es suficientemente importante como para justificarlas. Se insta al Gobierno a adoptar las
siguientes medidas: negociar con las comunidades autónomas y con los ayuntamientos; elaborar y aprobar un acuerdo nacional sobre suelo y vivienda, que permita mayor capacidad de obtención y desarrollo de los patrimonios públicos de suelo y su
destino a vivienda protegida e impulsar las reformas legislativas necesarias -el Gobierno estatal y autonómico- dirigidas a acortar el tiempo de transformación del suelo urbanizable en solares aptos para la edificación, eliminando así la posibilidad
de retención especulativa del suelo. Así se podría corregir uno de los problemas de esta política, que es la falta de suelo. Se propone también que se promueva la elaboración de un mapa nacional de calificación de suelo, accesible para todos los
ciudadanos, que recoja toda la información, permanentemente actualizada, sobre los procedimientos necesarios para transformar el suelo urbanizable en solares aptos para la edificación, en particular toda la información referente al contenido y
determinaciones de los distintos instrumentos de planificación y gestión urbanística, a los plazos establecidos para su tramitación, a los órganos encargados de su aprobación, y a los procedimientos por medio de los cuales pueda fomentarse la
iniciativa privada, en el mismo sentido que la resolución anterior.



Página 8



Para promover el mercado de alquiler, se propone reformar la Ley de arrendamientos urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el fin de reducir los plazos mínimos de duración de los contratos de arrendamiento y su prórroga, y de agilizar
los procedimientos de desahucio, estableciendo para ellos juicios rápidos civiles. El fin, como digo, es fomentar el mercado de la vivienda de alquiler, pensando en que uno de los problemas que tiene el plan para ir hacia adelante es que existen
obstáculos para aquellos que quieren arrendar. Por último -y esto forma parte de las propuestas y de los proyectos del PP y, por tanto, nos parecía muy oportuno recogerlo aquí como resolución-, la creación de un nuevo tipo de vivienda protegida, la
vivienda de precio limitado, cuyo precio no superaría los 165.000 euros y que contará con financiación cualificada similar al de la vivienda protegida con el fin tanto de atender a un amplio segmento de la población imposibilitada de acceder a la
vivienda protegida, a la vivienda libre, que está justo en medio de los dos tipos de ciudadanos que pueden acceder a estas viviendas, como para incentivar a la iniciativa privada al reducir la relación de la vivienda libre y la vivienda protegida.



El señor PRESIDENTE: A continuación, correspondía el turno a las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Como veo que no hay ningún representante, pasaríamos a las propuestas de
resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



Tiene la palabra su portavoz, señor Contreras.



El señor CONTRERAS PÉREZ: Efectivamente, el día 26 de octubre debatíamos en esta Comisión el informe del Tribunal de Cuentas sobre el Plan de Vivienda 1998-2001. En ese informe, incluso de forma explícita, no solamente figuraba que no se
habían conseguido los objetivos del plan nada más que en un 65 por ciento, sino que también de forma explícita venían unas recomendaciones del Tribunal de Cuentas sobre los problemas que detectaba en la gestión del plan, en el seguimiento y,
consiguientemente, una serie de propuestas.



El Grupo Socialista en esa línea expuesta por el Tribunal de Cuentas plantea tres propuestas de resolución. La primera, mantener una relación entre el precio de la vivienda libre y protegida que, sin disuadir a los promotores de la
construcción de este último tipo de vivienda por el alto diferencial de precio, sea del interés de los potenciales beneficiarios de la vivienda protegida. Es decir, se había observado a lo largo de los últimos años que había una diferencia muy
importante entre el precio de la vivienda protegida y el precio de la vivienda libre, lo cual tiene dos consecuencias negativas. Primero, no les interesa a los promotores hacer ese tipo de vivienda libre y, como consecuencia de ello, al no haber
promoción de vivienda protegida no pueden acceder a esta modalidad ciudadanos que lo necesitan. De ahí nuestra propuesta de que se vigile esa relación entre el precio de vivienda libre y vivienda protegida. En segundo lugar, planteamos mantener y
potenciar una política de vivienda protegida en alquiler e incentivar tanto a los inquilinos como a los arrendadores. Es decir, yo creo que aquí también coincidimos todos en que es necesario potenciar un mercado de alquiler, mercado que a lo largo
de los últimos años ha desaparecido prácticamente, pasando de un 21 por ciento a un 11 por ciento en estos momentos. Es imprescindible potenciar ese mercado de vivienda en alquiler, pero ciñéndonos al marco del informe del Tribunal de Cuentas lo
que corresponde en este momento no son cambios legislativos, sino medidas incentivadoras. De hecho, en el Decreto 1721/2004, correspondiente a la modificación del Plan de vivienda 2002-2005 ya se apuesta por incentivar tanto a los arrendadores como
a los inquilinos para que haya más vivienda en alquiler y también para que los inquilinos tengan un tratamiento que no sea discriminatorio respecto del que tienen los ciudadanos que acceden a una vivienda en propiedad. En tercera instancia -y esta
era también una de las conclusiones significativas del Tribunal de Cuentas-, habría que impulsar un gran pacto por la vivienda entre las comunidades autónomas, las corporaciones locales y el propio Ministerio de Vivienda, tanto para suelo como para
vivienda, de forma que se haga efectivo el derecho a una vivienda digna, bien en compra o bien en alquiler, según establece el artículo 47 de la Constitución.



Señor presidente, paso a fijar posición respecto de las propuestas del Grupo Popular. Las cuatro propuestas de resolución del Grupo Popular, que se pueden debatir en otro ámbito, no corresponderían al planteamiento que se hace en el informe
del Tribunal de Cuentas, puesto que aquí de lo que se habla es de modificaciones legislativas que en modo alguno se trataron en ese informe del Tribunal de Cuentas, como la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Enjuiciamiento Civil o la
definición del mapa nacional de calificación del suelo, que sería una medida, desde nuestro punto de vista, que requiere un debate más extenso y no solamente en este ámbito, sino incluso en el ámbito de las comunidades autónomas, porque todos
sabemos que las comunidades autónomas tienen ya sus propias legislaciones sobre suelo y lo que es necesario es armonizar los planteamientos, tanto en los conceptos como en la terminología que se usa en las distintas legislaciones, y eso podría ser
objeto de debate dentro de ese gran pacto por la vivienda que se tiene que hacer. Finalmente, potenciar la vivienda protegida exclusivamente creando una nueva figura puede ser digno de estudio y de debate, pero sucede lo mismo, sobrepasa el
planteamiento que hacía el Tribunal de Cuentas en su informe relativo al Plan de vivienda 1998-2001. Por estas razones votaremos en contra de estas cuatro propuestas.



Página 9



El señor PRESIDENTE: A continuación, abrimos un turno para los grupos que no han intervenido. No hay intervenciones.



Pasamos al turno de fijación de posición de los grupos que ya habían defendido sus propuestas de resolución. Tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: La verdad es que me he quedado un poco desconcertada tras los razonamientos que apoyan las resoluciones del Grupo Socialista y los que les llevan a no apoyar las nuestras poniéndolos en relación con un informe
del Tribunal de Cuentas que habla de una política -lo voy a aceptar- que no ha funcionado como debía de haberlo hecho, siendo una política con dotación financiera suficiente, lo cual nos lleva a pensar que no solamente no se han podido aplicar esos
fondos, sino que además podían haberse aplicado en otro sitio. De hecho, el ministerio tuvo que aplicarlos en otro sitio para que fueran eficaces a lo largo de ese ejercicio 2001.



Las propuestas del Grupo Socialista van en la línea de las que hacía el propio Tribunal al que, como dijo su presidente, no le correspondía decir cuáles eran las soluciones, tenía que ser el Parlamento, ellos ponían de manifiesto cuáles eran
las líneas por dónde se tenía que ir y, por tanto, me parecen muy ligeras y algunas tienen algún problema. Me ha sorprendido oír por parte del Grupo Socialista que de lo que se trata es de subir el precio de la vivienda protegida. Sabemos que hay
un problema, pero que ese precio de la vivienda protegida se suba para que sea más rentable para que los promotores privados las hagan... Nosotros no estamos de acuerdo con la incentivación a ultranza entre inquilinos y arrendadores, creemos que lo
que se debe hacer es que el mercado no tenga trabas y que el mercado funcione, no subvencionar al mercado. Estamos de acuerdo, y creemos que su propuesta número 3 se parece mucho a nuestra propuesta número 1. Aunque el Grupo Socialista no apoye
nuestra propuesta número 1, vamos a apoyar nosotros la número 3, y no vamos a apoyar ni la 1 ni la 2.



El señor PRESIDENTE: Para este turno adicional, tiene la palabra el señor Contreras, representante del Grupo Parlamentario Socialista.



El señor CONTRERAS PÉREZ: Señora portavoz del Grupo Popular, voy a decir una cosa que quizá le guste y es que los resultados del Plan de Vivienda 2002-2005, cuya ejecución correspondió al Partido Popular durante los años 2002 y 2003, con
exactamente la misma legislación en Ley de Arrendamientos Urbanos y Ley de Enjuiciamiento Civil y exactamente con las mismas figuras protegidas que las existentes para el Plan de vivienda 1998-2001, ha dado resultados sensiblemente mejores que los
del anterior plan de vivienda. ¿Qué es lo que paso? Que en un momento determinado, el Ministerio de Fomento se da cuenta de que había una presión social, porque los planes de vivienda no estaban siendo atendidos convenientemente por parte del
Ministerio de Fomento, y estima que es necesario incentivar esos planes de vivienda, y con la misma legislación se obtienen mejores resultados. Por eso nos hemos circunscrito en esta ocasión a presentar resoluciones en el ámbito de los planes de
vivienda.
¿Que es necesario establecer una nueva política de vivienda? Estamos totalmente de acuerdo y el Gobierno del Partido Socialista va a hacer esa nueva política de vivienda, una política de vivienda que va a partir del reconocimiento que
existe en el artículo 47 de la Constitución y que obliga a los poderes públicos a garantizar una vivienda digna a todos los ciudadanos en compra o en alquiler. Ustedes tuvieron la oportunidad de hacer esas políticas de vivienda en su momento, no
las hicieron y ahora, aprovechando un informe del Tribunal de Cuentas relativo a un plan de vivienda que ejecutó totalmente el Gobierno del Partido Popular, se ha llegado a decir que vamos a cambiarlo todo. Se va a cambiar desde un documento que
vendrá a este Parlamento y en él se verá la legislación y nuevas figuras a subvencionar. Ha dicho una cosa con la que no estamos de acuerdo: que el mercado no tenga trabas. Precisamente ese hecho de dejar que el mercado decida la política de
vivienda y no el Gobierno es lo que ha dado lugar a la situación que tenemos en este momento, en la que amplios sectores de la población se quedan fuera del mercado y no se han hecho las políticas sociales necesarias para darles ese acceso a la
vivienda.



Por tanto, hay un planteamiento de diferencias sustanciales en el enfoque de la política de vivienda. (La señora Rodríguez Herrer pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señora Rodríguez, tiene la palabra por dos minutos nada más para una matización, puesto que los turnos están ya agotados.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Yo me refería al mercado de viviendas de alquiler, no al mercado de vivienda protegida. Esas eran las trabas que con la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento se querían quitar. Esa era la
única matización que ­quería hacer.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO DE TURISMO DE ESPAÑA (TURESPAÑA), EJERCICIO 2001 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000144 DE LA VII LEGISLATURA. (Número de expediente Congreso 251/000027 y número de expediente Senado
771/000027.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 4, propuestas de resolución presentadas al informe


Página 10



de fiscalización del Instituto de Turismo de España, ejercicio 2001.



En relación con el orden de presentación de las distintas propuestas de resolución, corresponde intervenir en primer lugar al Grupo Parlamentario Popular. Por tanto, tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Como vimos el día pasado con la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas, el informe sobre Turespaña daba una opinión favorable a las cuentas de este organismo, pero ponía de manifiesto una serie de
deficiencias o de salvedades en las que se decía que si se avanzaba podían ser más transparentes las relaciones de Turespaña con la empresa de Paradores Nacionales de Turismo o Paradores de Turismo de España y que ayudarían en sus recomendaciones a
que el organismo funcionara mejor. En ese sentido, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado las siguientes resoluciones: Se insta al Gobierno a que Turespaña mejore el sistema de contabilización de su inmovilizado, reflejando en especial los
datos actualizados relativos a los inmuebles de titularidad del Estado cedidos para su uso a la Sociedad Estatal Paradores de Turismo de España, que era uno de los problemas que se tenía, porque en buena medida esos datos o estaban un poco obsoletos
o incluso dos no aparecían. Por eso pedimos que esos datos se actualicen.
En segundo lugar, que Turespaña, que decía que había mejorado mucho, pero que todavía tenía algo de camino por recorrer, continúe haciendo más eficaces los sistemas y
procedimientos establecidos para el cobro de sus ingresos. En tercer lugar, que pusiera los medios oportunos para que las cuentas libradas a las oficinas exteriores de turismo a justificar se aprueben en los plazos que marca la normativa vigente,
porque se habían encontrado retrasos. En cuarto lugar, que la Intervención General del Estado establezca, en el ejercicio de sus competencias, criterios contables específicos para el registro de las operaciones de cesión de bienes de inmovilizado.
El que no hubiera esos criterios claros es lo que permitía que en algunos casos no estuvieran actualizados los datos de bienes cedidos. Y, por último, nuestra resolución queda abierta a que el Gobierno haga lo que estime más oportuno, pero que eso
sea algo que realmente funcione. Pedimos que se estudie y considere la modificación o elaboración de un nuevo pliego de concesión del uso y ocupación de los edificios e instalaciones de los paradores de turismo a Paradores de Turismo de España que
clarifique -esto es algo importante que decía el Tribunal y nos ha parecido bien que sea una opción- las responsabilidades de gestión y autonomía de la sociedad respecto a esos bienes de inmovilizado.



El señor PRESIDENTE: A continuación están las propuestas de resolución del Grupo Catalán, pero no hay nadie para defenderlas. Pasamos a las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista. Tiene la palabra la
señora doña Ana María Fuentes.



La señora FUENTES PACHECO: En relación con el informe de fiscalización que se ha hecho a Turespaña por parte del Tribunal de Cuentas, mi grupo ha elaborado una serie de propuestas de resolución que clarifiquen las cuentas públicas y que las
hagan más transparentes. En primer lugar, se pide la contabilización del inmovilizado material y que se clarifiquen las diferencias que existen entre algunos saldos contables y los registros que se han inventariado. En segundo lugar, se insta al
Gobierno a clarificar la situación de los elementos de su inmovilizado, tanto los que se encuentran en los servicios centrales del organismo como en los palacios de congresos y exposiciones de Madrid y Málaga y en las distintas oficinas exteriores
de turismo. En tercer lugar, se solicita la elaboración de un inventario de los inmuebles de titularidad del Estado cedidos para su uso a la Sociedad Estatal de Paradores de Turismo de España, donde se reflejen, además, el valor inicial de
adscripción y el de las obras incorporadas, así como de los muebles e instalaciones cedidos a dicha sociedad con anterioridad. En cuarto lugar, se solicita que se contabilice como patrimonio recibido en adscripción los inmuebles Hostería del
Estudiante, en Alcalá de Henares, Parador de Turismo de Cáceres, Parador de Turismo de Cangas de Onís y Parador de Turismo de Plasencia, así como bienes muebles e instalaciones procedentes de Paradores de Turismo de España que se adscribieron al
Estado por el organismo y que se encuentran cedidos actualmente a la Sociedad Estatal de Paradores de Turismo de España. En quinto lugar, se solicita que se establezcan sistemas y procedimientos para el cobro de los ingresos. Y, por último, se
solicita que se agilice la aprobación de las cuentas justificativas correspondientes a fondos librados a justificar por las oficinas exteriores de turismo. En definitiva, este Grupo Socialista propone una serie de propuestas, valga la redundancia,
que haga más transparente la labor del Instituto de Turismo de España.



Aprovecho la ocasión, si me lo permite el presidente, para fijar nuestra posición en torno a las propuestas de resolución que han sido presentadas por el Grupo Parlamentario Popular y para decir que dado que se parecen, y que en cierta
medida solicitan lo mismo que ha pedido el Grupo Parlamentario Socialista, vamos a votarlas favorablemente.



El señor PRESIDENTE: ¿Algún grupo quiere un turno para fijar posiciones o para un turno adicional?


La señora Rodríguez tiene la palabra.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Nosotros vamos a votar favorablemente las propuestas del Partido Socialista.



Página 11



PROPOSICIONES NO DE LEY:


- SOBRE LAS IRREGULARIDADES COMETIDAS EN EL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA INITEC. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA VERDE-IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS. (Número de expediente Congreso
161/000089 y número de expediente Senado 663/000003.)


El señor PRESIDENTE: A continuación, agotado el debate del punto número 4, pasamos al 5 sobre las irregularidades cometidas en el proceso de privatización de la empresa pública Initec.



En primer lugar, tiene la palabra el grupo proponente, y en su representación don Ángel Pérez.



El señor PÉREZ MARTÍNEZ: Señorías, después de un proceso de privatización con múltiples irregularidades, Initec ha sido escindida el 30 de septiembre de este mismo año en cuatro compañías: Initec Infraestructuras, Initec Plantas
Industriales, Initec Energía e Initec Nuclear. Este proceso de escisión con sucesión de empresa plantea no menos irregularidades y ha sido denunciado por Comisiones Obreras ante la Intervención General del Estado y la Inspección de Trabajo mediante
un informe preceptivo donde se expone la básica preocupación por el empleo y el futuro empresarial. Efectivamente, alguna de las sociedades resultantes parte con serios problemas de endeudamiento. Initec Energía nace en suspensión técnica de pagos
al registrar deudas a corto plazo superiores a los ingresos. Initec Nuclear registra un endeudamiento a largo plazo que alcanza el 79 por ciento del pasivo. Además el balance de cierre económico para la escisión de Initec Tecnología de 31 de
diciembre de 2003 no sirve para dicha segregación ya que ésta se tenía que haber realizado dentro de los seis primeros meses de 2004, puesto que la escisión se produce el 30 de septiembre. Hubiera sido preciso realizar un nuevo balance de cierre.



Señorías, debemos defender la necesidad de procurar en nuestro país una revisión de los procesos privatizadores, particularmente de aquellos que se han realizado sobre sectores estratégicos de nuestra economía. La exposición de motivos de
nuestra proposición no de ley sigue siendo válida para objetivar el culebrón de la privatización. Tras llegar al poder en 1996 el Gobierno del Partido Popular inició un amplio proceso de privatización de empresas públicas, diseñado por los entonces
ministro de Economía y presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, SEPI, los señores Rodrigo Rato y Pedro Ferrera, respectivamente. La privatización de la Empresa Nacional de Ingeniería y Tecnología, Initec, se puso en marcha
en noviembre de 1997. En ese momento el director general de SEPI era Ignacio Domínguez Urquijo, cuñado de Marcelino Oreja Aguirre y de quien resultó ser el principal beneficiario en la venta, José Lladó y Fernández-Urrutia presidente y consejero
delegado de Técnicas Reunidas.



El 23 de abril de 1999, la SEPI decide vender Initec por un precio de 5.000 millones de las antiguas pesetas. Los compradores son tres sociedades: Técnicas Reunidas, que se quedó con el 50 por ciento del capital, Westinghouse y Dragados
Industrial, cada una accionista del 25 por ciento. En ese momento se firmó un contrato de compraventa que no se elevó a público hasta el 6 de abril del año 2000. Mientras que el portavoz de la SEPI aseguraba que en el momento de la privatización
Initec no iba bien económicamente, ya que según este portavoz en 1999 la empresa perdía 700 millones de pesetas y tenía una cartera de pedidos de sólo 8.000 millones frente a los 10.000 de facturación de ejercicios anteriores, los datos oficiales de
la propia SEPI muestran una realidad muy diferente. Así entre 1996 y 1998 los beneficios netos acumulados de Initec ascendían a 1.118 millones de pesetas. Al cierre del ejercicio 1998 sus fondos propios superaban los 4.000 millones de pesetas, al
tiempo que poseía un importante patrimonio inmobiliario. Además en el informe de gestión del año 1998, publicado por la SEPI, se dice que el ejercicio ha sido muy positivo, con unos beneficios, después de impuestos, de 358 millones de pesetas, un
14 por ciento mejor que al año anterior. Después de muchos años de resultados positivos la trayectoria se quiebra oficialmente en 1999, curiosamente el ejercicio que finalmente se tomará como referencia para el precio de venta de la empresa. En
abril del año 2000 se firma la escritura de compraventa y la SEPI acepta una rebaja en el precio de venta de 1.098 millones de pesetas, fijando el precio final de venta en 3.902 millones de pesetas. La explicación del Gobierno en respuesta al
Congreso en febrero de 2003 es que esta rebaja fue debida a las correcciones consecuentes con la situación de la cartera de pedidos y su evolución en el ejercicio de 1999. Si esta repentina entrada en pérdida fue extraña no lo fue menos la
recuperación que obtuvo en el año 2000. Los propios gestores de Initec lo explican en su informe de gestión. La cartera de pedidos ha tenido una mejora que se puede calificar de espectacular al alcanzar al final del ejercicio un importe de 69.546
millones de pesetas, la cifra más alta en la historia de Initec, frente a los 8.626 millones de pesetas que había a finales de 1999. Por el contrario, y según fuentes del comité de empresa, los datos correspondientes a las cuentas de 1999 pudieron
ser manipulados para decir que la empresa iba mal y venderla más barata, además de que se ocultó gran parte de la cartera de pedidos, tal y como demuestra la documentación que consta en nuestro poder.



En resumen, según la versión oficial, Initec se queda sin cartera de pedidos en 1999, en abril del año siguiente pasa a manos privadas y los nuevos dueños logran de repente contratos por valor de 70.000 millones de


Página 12



pesetas. Dado que las negociaciones para obtener un contrato en el sector de la ingeniería pueden prolongarse durante meses, las cuentas de Initec parecen un misterio difícil de resolver. Pero el culebrón de esta privatización no acaba
aquí. Pocas semanas después de la privatización los compradores ya estaban reclamando dinero a la SEPI por la existencia de activos con valor nulo, fundamentalmente por la inviabilidad de proyectos de I+D. Hay que destacar que los nuevos dueños no
sólo tuvieron acceso a las cuentas antes de la firma de la compraventa, como es habitual, sino que participaron en la corrección de las mismas. Pese a ello, en julio de 2000 la SEPI autorizó la devolución a los compradores de 1.200 millones de
pesetas por los activos inexistentes, cosa que el Gobierno anterior ocultó al Congreso en tres ocasiones a sendas contestaciones a tres preguntas realizadas por diputados de nuestro grupo. Así en la respuesta de febrero de 2003 se decía que no
existen modificaciones al precio posterior a la autorización de la compraventa por parte del Consejo de Ministros. Al respecto la SEPI mantiene que se informó al Congreso con concreción de cifras, con el argumento de que en esa última respuesta se
explicó que SEPI respondía de la eventual inexistencia de activos o pasivos ocultos durante el período de un año.
Dicho período había terminado en abril de 2001, dos años antes de que se produjese la respuesta que oculta la devolución de 2.200
millones. Además de la rebaja comentada en el párrafo anterior, se añadirían otros 400 millones para ayudar a la reestructuración de la plantilla, que se redujo en 146 personas y cuyo pago estaba previsto siempre que los costes de regulación de
empleo superasen los 3.100 millones de pesetas. Aunque las cuentas de Initec indican que dichos costes fueron mucho menores, la SEPI mantiene que la factura de reestructuración ascendió a más 3.500 millones de pesetas, debido a que los compradores
tuvieron que soportar costes de subactividad durante varios meses al retrasarse la firma del acuerdo con los sindicatos, versión negada rotundamente desde el comité de empresa que asegura que todos los trabajadores se marcharon cuando la dirección
de Initec lo decidió. A la argumentación realizada por el comité de empresa habría que añadir que la reestructuración de la plantilla ya estuvo prevista en la negociación del proceso de privatización, tal y como indica el plan industrial presentado
por las empresas que finalmente resultaron adjudicatarias y en el que aparecía ésta como una condición imprescindible para la adquisición de la empresa e incluso antes de que la SEPI decidiera adjudicar Initec e incluso antes de que se tuvieran
cerradas las cuentas de resultados de 1999, ya que se está hablando de primeros de ese año. Tras esta rebaja de 1.600 millones de pesetas resulta que el precio efectivamente pagado por Initec fue de 2.300 millones, menos de la mitad de los 5.000
millones inicialmente previstos.
Pero hay más, en el año 2000, y nada más hacerse con la empresa, los nuevos dueños vendieron inmovilizado material de la empresa obteniendo unas plusvalías de 3.322 millones de pesetas, es decir, con la venta de
inmuebles pudieron pagar la compra de Initec y todavía les sobraron más de 1.000 millones. Para redondear el ejercicio ese mismo año ya obtuvieron unos beneficios de 366 millones de pesetas.



Otra de las irregularidades detectadas en ese proceso de privatización es el incumplimiento por parte de los compradores de los compromisos asumidos con la SEPI con relación al mantenimiento de la estructura societaria durante al menos tres
años sin segregar, escindir las actividades o unidades de negocios, ya que al día siguiente de la celebración del Consejo de Ministros de 31 de marzo de 2000 los accionistas acuerdan que la participación en el accionariado de la empresa se
materialice en la adquisición de las divisiones operativas de la empresa, sobre las que tendrán plena propiedad y capacidad de gestión, repartiéndose la empresa de la siguiente forma: Técnicas Reunidas, con un 50 por ciento de las acciones de
Initec, se queda con la Gerencia de Plantas Industriales e Infraestructura; Dragados Industrial con un 25 por ciento se queda con la Gerencia de Energía y Westinghouse, con otro 25 por ciento, se queda con la Gerencia de Nuclear. Igualmente en
esta memoria, en la página 14, titulado operaciones de Initec se dice: Tal y como se describe en la nota 4, la sociedad Initec se ha incorporado en el ejercicio 2000 al perímetro de consolidación.



Las cuentas anuales adjuntas recogen los activos y pasivos de Initec, de las divisiones de plantas industriales e infraestructuras, la cuenta de explotación de dichas divisiones desde 1 de abril de 2000, fecha de adquisición de la empresa,
lo que demuestra la segregación de facto de la empresa y el incumplimiento del compromiso asumido por los compradores con la SEPI. Ante este cúmulo de irregularidades en el proceso de privatización de la empresa pública Initec el Grupo
Parlamentario de Izquierda Verde solicitó en el mes de marzo de 2003 la realización por parte del Tribunal de Cuentas de una fiscalización específica de este proceso de privatización, cuyos resultados son desconocidos hasta la fecha.



Por todo ello, señorías, señor presidente, por todo lo anterior, y teniendo en cuenta que una parte de nuestra proposición no de ley ha perdido sentido, aceptaríamos la enmienda de modificación del Grupo Socialista, esto es, la necesidad de
fiscalizar específicamente el proceso de Initec.



El señor PRESIDENTE: A continuación procede que intervenga el Grupo Parlamentario Socialista defendiendo la enmienda que ha presentado.



Tiene la palabra don Carmelo López.



El señor LÓPEZ VILLENA: Señorías, respecto a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, relativa al proceso de privatización de Initec, S.A., desde el
Grupo Parlamentario


Página 13



Socialista queremos hacer las siguientes considera­ciones.



Primero. Respecto al punto 1.1, relativo a la revisión de todo el proceso de privatización, con objeto de que se depuren las responsabilidades económicas, sociales y políticas a que hubiere lugar, queremos hacer constar que el proceso de
privatización de Initec, S.A., ya ha sido revisado en el ámbito jurisdiccional mediante un recurso contencioso-administrativo presentado desde el ámbito sindical con representación en esta empresa ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, habiendo
recaído sentencia de fecha 4 de febrero de 2003 en la que el Tribunal Supremo tras analizar todos los motivos de impugnación esgrimidos en el mencionado recurso desestima en su integridad el recurso presentado y todos sus motivos. Por otra parte,
este grupo ha tenido conocimiento reciente de la decisión de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, en el marco de diligencias preliminares, de iniciar un procedimiento previo tras la presentación de un escrito por parte de don Luis
Díaz Caballero, sindicalista de esta empresa, decisión que ha sido comunicada por el alto Tribunal a Initec, S.A., y se encuentra en estos momentos en fase de recurso, por lo que pudiera derivarse de esto una fiscalización del mencionado proceso de
privatización desde el ámbito judicial. Segundo. Respecto al punto 1.2, relativo a que no se proceda a escindir Initec hasta que no esté finalizado el proceso de fiscalización y revisión del proceso de privatización y venta de Initec, S.A.,
nuestro grupo defiende que el Gobierno no puede inmiscuirse en las decisiones que toman las compañías privadas, puesto que el principio de libertad de empresa es un principio reconocido por el artículo 38 de la Constitución, no pudiendo interferir
los poderes públicos en ese ejercicio legítimo de la empresa, e Initec, S.A., es una compañía privada desde abril de 2000 sustentada en un acuerdo de Consejo de Ministros y en los actos y documentos jurídicos que soportaron el proceso de
privatización. Tercero.
Respecto al punto, 1.3, relativo a que Initec vuelva a ser propiedad del Estado en caso de que se considere que el proceso de privatización haya sido fraudulento, nuestro grupo entiende que es inviable jurídicamente,
entendiendo que serán los tribunales los que determinen en su caso las responsabilidades civiles y penales y, en todo caso, habrá que estar a lo que en su momento determine la sentencia judicial. Cuarto. Respecto al punto 2, relativo a la
solicitud de una fiscalización específica, de acuerdo con lo previsto en la Ley orgánica 2/1982, del Tribunal de Cuentas, con el fin de aclarar el proceso de privatización de Initec, S.A., hemos de decir que el Tribunal de Cuentas ya está
desarrollando desde el año 2003 una fiscalización relativa a las privatizaciones llevadas a cabo en el período del 26 de junio de 1996 al 31 de diciembre de 2002. Dicha fiscalización está actualmente, según tenemos entendido, en curso, no habiendo
elaborado el Tribunal de Cuentas su informe preliminar, por lo que a fecha actual no se puede avanzar cuál será el resultado ni las conclusiones a las que llegará el Tribunal. Es de señalar que en aplicación de la normativa en vigor, una vez sea
definitivo el informe de fiscalización, tras ser sometido al trámite de alegaciones del órgano fiscalizado y ser aprobado por el pleno del Tribunal, habrá de ser remitido a este Parlamento para ser objeto de información y debate en el ámbito de la
Comisión mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas. Será en ese momento cuando los grupos parlamentarios dispondremos de la oportunidad para presentar las propuestas de resolución que estimemos oportunas relativas al objeto analizado en
el informe.



Por todo lo anteriormente expuesto, por los antecedentes y dudas suscitadas -quiero subrayar esto- por este proceso de privatización, la deficiente transparencia en la que se ha realizado y en aras de las garantías procesales a la legalidad
en general y a la transparencia, hemos presentado la enmienda de modificación conocida por los distintos grupos parlamentarios y por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, proponente de la PNL, en la que proponemos encomendar al Tribunal de
Cuentas una fiscalización específica, como ya es conocido, sobre el proceso de privatización de Initec, S.A., con el fin de comprobar su adecuación o no a la legalidad y a los principios de economía, eficiencia, eficacia y transparencia en la
gestión del sector público para que según el resultado de esta encomienda, en caso de que se detecten anomalías o irregularidades, se adopten las medidas que en derecho fueren procedentes.



El señor PRESIDENTE: ¿Grupos parlamentarios que quieran fijar posición?


Tiene la palabra la señora Rodríguez, por parte del Grupo Parlamentario Popular.



La señora RODÍGUEZ HERRER: El Grupo Parlamentario Popular va a votar en contra de los dos puntos de esta proposición no de ley. Respecto al primer punto, por las razones que ya ha expresado el portavoz del Grupo Socialista. En cuanto al
segundo punto, porque entendemos, como él ha dicho, que esa fiscalización específica ya se está haciendo. No sólo se está haciendo sino que -y es una información que he tenido esta mañana- a primeros de este mes ha entrado el informe provisional de
alegaciones en la SEPI. Ese informe, que entre otros puntos y otros objetivos tiene el del cumplimiento de la normativa aplicable, dice que en la mayor parte de los procesos algunos han cumplido con la normativa aplicable y sólo se han producido
algunas diferencias y en ninguna de ellas o de los problemas que plantea está Initec. Como creemos que esa fiscalización concreta ya se está llevando a cabo por el Tribunal y porque como ya he dicho aquí en anteriores ocasiones el grupo no cree que
le deba poner más deberes al Tribunal que los que sean estrictamente necesarios porque tiene mucho trabajo que hacer, habiéndose


Página 14



hecho la fiscalización y como tendrá entrada en esta Comisión en poco meses, ya tendremos tiempo para adoptar el punto de pedir una fiscalización específica si así resulta oportuno. Tenemos una sentencia hasta del Tribunal Supremo, tenemos
una fiscalización que, como digo, en el borrador previo no encuentra problemas y seguir haciendo fiscalización sobre fiscalización no nos parece muy oportuno. Vamos a votar en contra a los dos extremos.



El señor PRESIDENTE: Una vez agotado el deba­- te de este punto, suspendemos la sesión por tres minutos, para ordenar la votación. Había una serie de transaccionales y me gustaría que los portavoces las aportasen de forma concreta.
(Pausa.)


Señorías, vamos a continuar la sesión con las votaciones en relación con el II punto del orden del día. Empezamos con las propuestas sobre la declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2001. En primer lugar, votamos las
propuestas de resolución presentadas por el Grupo de Coalición Canaria. Se ha presentado una enmienda transaccional por el Grupo Socialista. Por tanto, votamos la transaccional.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Catalán de Convergència i Unió. Se han retirado las propuestas números 4, 8 y 9.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, con dos transaccionales, a las números 7 ó 23 y 10 ó 26.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las propuestas de resolución presentadas en relación con el punto III del orden del día. En primer lugar, informe de fiscalización del cumplimiento de objetivos del Plan de Vivienda 1998-2001.



Empezamos con las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 19; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán, de las cuales se han retirado las números 3 y 4.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las propuestas presentadas por el Grupo Socialista. Del debate he entendido que votaríamos todas por separado.



Votamos la primera propuesta del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 15.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos la propuesta número 2.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 15.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos la propuesta número 3.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Pasamos a votar las propuestas de resolución sobre el informe de fiscalización del Instituto de Turismo de España (Turespaña), ejercicio 2001.



En primer lugar, votamos las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán. Se ha retirado la número 5.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dijo


Página 15



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Pasamos a la votación del punto número IV del orden del día. Procedemos a la votación de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista que, por tanto, sustituye a la proposición no de ley presentada por el Grupo de Izquierda
Verde.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 15.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Suspendemos la sesión hasta que llegue el presidente del Tribunal de Cuentas. (Pausa.)


COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (NIETO DE ALBA) PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VILLACONEJOS (MADRID), 1998 Y 1999 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000125/0000 DE LA VII LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 251/000009 y número de expediente Senado
771/000008.)


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al punto VI del orden del día: Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas.



Señor presidente, le damos la bienvenida. Tiene la palabra para la presentación del informe de fiscalización del ayuntamiento de Villaconejos, Madrid, 1998 y 1999.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas gracias, señor presidente.



El Pleno del Tribunal, en su sesión de julio de 2003, aprobó el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Villaconejos, Madrid, ejercicios 1998 y 1999. Esta fiscalización fue realizada a solicitud de la Asamblea de la Comunidad de
Madrid.



Las cuentas generales de los ejercicios fiscalizados fueron rendidas al Tribunal con retraso y no comprendían la totalidad de la documentación que establece la normativa que le es de aplicación. Además, los estados financieros presentaban
defectos, fundamentalmente, en el registro de los acreedores a largo plazo y del inmovilizado, que afectaron a la representatividad de la situación económico-financiera y patrimonial de la corporación en el período fiscalizado. Por lo que se
refiere a la aplicación de su sistema contable, el ayuntamiento no aplicó el principio de devengo en el registro de los derechos derivados de transferencias y subvenciones ni en las obligaciones correspondientes a las inversiones reales. Además, la
contabilización de los derechos derivados de transferencias y subvenciones se imputaron indebidamente al ejercicio en el que se formalizaron, con independencia del año en el que fueron a hacerse efectivas y de su condicionamiento a la justificación
previa del gasto. Respecto a la recaudación, la corporación no disponía de procedimientos y controles sobre los derechos pendientes de cobro y, por otra parte, se contabilizaron bajas por anulación sin la pertinente aprobación previa. También se
apreciaron diferencias no justificadas entre los padrones elaborados por la oficina de recaudación y los aprobados por el decreto de la alcaldía. En el área de personal, la corporación carecía del correspondiente registro y no llevó a cabo la
oferta de empleo público. La contratación de personal y las remuneraciones satisfechas, en algunos casos, se realizaron incumpliendo la normativa vigente al respecto. En el ámbito de la contratación se ha puesto de manifiesto que la imputación a
presupuesto de los contratos de obras se realizó por la totalidad del importe contratado en el momento de su formalización, en lugar de por los importes ejecutados según las certificaciones de obra aprobadas. Por otra parte, en determinados casos,
las obras una vez concluidas se encontraban sin destinar a su uso o entraron en funcionamiento con importantes retrasos.



El informe contiene una serie de recomendaciones que hacen referencia, fundamentalmente, al control interno y a la gestión económico-financiera del ayuntamiento, a fin de que se mejore su organización administrativa y se subsanen las
deficiencias e irregularidades detectadas.



El señor PRESIDENTE: A continuación, abrimos un turno para aclaraciones o preguntas.



Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Beteta.



El señor BETETA BARREDA: En primer lugar, agradezco el informe del presidente del Tribunal de Cuentas en relación con la fiscalización del Ayuntamiento de Villaconejos. Se ponen de manifiesto, tanto en el informe como en las palabras del
presidente del Tribunal, las circunstancias que llevan a este ayuntamiento a tener una gestión económica y financiera francamente mejorable en numerosos aspectos de los indicados.



Hay otras cuestiones adicionales sobre las que podríamos profundizar, por ejemplo, que se abonen y se reciban obras que no están terminadas, circunstancia que figura en el informe del Tribunal. El hecho de que entren o no en funcionamiento,
con esos importantes retrasos, no debe servir de excusa para que existan unas certificaciones de obra para el pago de una obra que no esté concluida. Si ha habido un engaño de la persona encargada de certificar las obras, entiendo que el
Ayuntamiento


Página 16



debería repercutir esa responsabilidad contra los firmantes de dichos certificados.



Me gustaría que el presidente del Tribunal nos diese alguna información adicional sobre estas cuestiones.



El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Aranda.



El señor ARANDA ÁLVAREZ: Señor presidente del Tribunal de Cuentas, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista y en el mío propio le doy las gracias por su información, por estar aquí y por ampliar el informe de fiscalización del
Ayuntamiento de Villaconejos en los ejercicios 1998 y 1999.



Señorías, Villaconejos es un pequeño pueblo de la Comunidad de Madrid, con 36,4 kilómetros cuadrados y no más de 3.000 habitantes que, como muchos de ustedes saben, es conocido por su afamada huerta. Es uno de esos municipios que viven en
la contradicción de estar a un paso de una gran ciudad, por tanto, con una población activa y dinámica que reclama cada día más y mejores servicios públicos, y al mismo tiempo tener una administración local que vive en muchos casos hundida en la
España rural y profunda.



Alguno de ustedes se preguntará por qué hago estas apreciaciones. Pues bien, Villaconejos, señoras y señores diputados, es una de esas administraciones, como tantas otras pequeñas localidades en nuestro país, que ha hecho un gran esfuerzo
durante los últimos años para salir del ruralismo y dignificar sus servicios públicos. Eso es lo que he concluido después de leer detenidamente este informe del Tribunal de Cuentas. El informe demuestra que estamos ante una corporación municipal
que ha hecho un gran esfuerzo, como decía, para prestar unos servicios dignos a sus ciudadanos. Sin embargo, como bien ha señalado el presidente del Tribunal de Cuentas, el informe da cuenta también de irregularidades formales y materiales, como el
retraso en la presentación de las cuentas generales, defectos en la forma de llevar el registro de acreedores e inmovilizados, irregularidades en el cumplimiento del principio de publicidad en algunas contrataciones, irregularidades en el registro
de personal, irregularidades en el sistema de recaudación, etcétera. Todas estas consideraciones que hace el Tribunal de Cuentas deberían llevar a la localidad a tomar las medidas necesarias para corregirlas. Sin embargo lo que se deduce del
informe, como les decía, es que no hay irregularidades de contenido ni de verdadera relevancia, como podrían ser actos nulos o anulables.



Para terminar, quisiera plantear una pregunta al señor presidente del Tribunal de Cuentas. Cuando he leído el informe, he observado que se acompañan las alegaciones que ha hecho la corporación municipal. Observo que estas alegaciones
señalan la corrección de algunas de las irregularidades que recogía el anteproyecto del informe, y yo quiero pedir al señor presidente del Tribunal de Cuentas que nos diga si en la redacción definitiva del informe se han tenido en cuenta las
correcciones y aclaraciones que hacía el Ayuntamiento de Villaconejos.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas, para contestar a las preguntas y a las peticiones de aclaraciones de los grupos.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Señor Beteta, no tengo otra información, pero se puede pedir y con mucho gusto se la facilitaremos.



Por otra parte, y luego tendré ocasión de repetirlo, cuando hable de todos los ayuntamientos, quiero decirles que las irregularidades son bastante comunes en corporaciones de este tamaño.



En cuanto a las alegaciones, en efecto, el cuentadante tiene todo el derecho a alegar y sus alegaciones se tienen en cuenta y las valora el departamento. Muchas de estas correcciones que dice el cuentadante que se han hecho se comprueban
después, en informes posteriores; pero este, como se cierra en un determinado momento, no las puede contener, porque la fiscalización es consultiva pero permanente. Esa es una de las virtualidades: cuando se hace otra fiscalización, se ve si se
han llevado a cabo las correcciones. El informe se cierra, a lo mejor, con una fecha, y los cuentadantes pueden haber dicho con fecha posterior que ya está corregido, pero, claro, hasta que no se compruebe, no consta.
Precisamente, una de las
virtudes de la fiscalización es ir haciendo pedagogía y correcciones.



- NOTA COMPLEMENTARIA DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID). (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000128 DE LA VII LEGISLATURA.) (Número de expediente Congreso 251/000012 y número de expediente Senado
771/000009.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto séptimo: nota complementaria del informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid.)


Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas, para hacer la presentación del informe del Tribunal.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El Pleno del Tribunal aprobó en su sesión de julio de 2003 la nota complementaria del informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda, Madrid. La fiscalización fue
realizada por iniciativa de esta Comisión Mixta, con objeto de comprobar si habían sido subsanadas o no las irregularidades detectadas en el informe de fiscalización anterior


Página 17



del citado ayuntamiento, referido a los ejercicios de 1991 a 1993.



De los resultados obtenidos y en lo que hace relación al control interno, se constató que la corporación había establecido procedimientos encaminados a la regulación de la gestión económico-financiera de la actividad municipal. Así, el
registro contable de las operaciones se realiza actualmente de conformidad con los principios contables, además de aplicarse las procedentes verificaciones y aprobaciones y de comprobar que las operaciones están justificadas y soportadas. No
obstante, subsiste la falta de control de los gastos plurianuales y de las operaciones con cargo a ejercicios futuros. Además, se detectó que en los ejercicios de 1999, 2000 y 2001 se aprobaron expedientes extrajudiciales de reconocimiento de
crédito por obligaciones reconocidas sin consignación presupuestaria, que resultan contrarias a los principios de devengo y de registro contable. En el caso de las órdenes de pago a justificar, se apreciaron defectos de control y de seguimiento.



Por otra parte, las cuentas generales de los ejercicios de 1999 y 2000 fueron aprobadas fuera del plazo legal establecido, no así la cuenta general del ejercicio de 2001, que lo fue en plazo. De su análisis, se deduce que los saldos
deudores por ingresos tributarios carecían de la necesaria fiabilidad, y que el inventario de bienes no coincidía con el correspondiente al inmovilizado material. En relación con la cuenta de recaudación, en el ejercicio 1997 se efectuaron los
asientos de regularización, con objeto de conciliar los saldos de estas cuentas con los saldos pendientes de cobro en ejecutiva, figurados en la contabilidad municipal, sin que dichos asientos hayan sido documentos ni justificados adecuadamente. En
el área de contratación, se constató el establecimiento de procedimientos reguladores de la gestión contractual, aunque el control de la ejecución de los contratos por parte de los diferentes servicios municipales sigue presentando deficiencias.
Respecto a la gestión de personal, el ayuntamiento sigue careciendo de relación de puestos de trabajo, las ofertas de empleo público se aprobaron fuera del plazo legalmente establecido; el convenio colectivo incumple la normativa vigente en materia
de jornada y de retribuciones, y los funcionarios que tienen concedida la compatibilidad perciben un complemento específico que supera el límite máximo permitido.



El señor PRESIDENTE: Abrimos un turno de preguntas y aclaraciones.



Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Beteta.



El señor BETETA BARREDA: Entiendo que, desde la aprobación por el pleno del Tribunal de Cuentas, en julio de 1997, del primer informe de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda, de los ejercicios de 1991, 1992 y 1993, y la formulación
de las consiguientes recomendaciones, se han puesto en marcha muchas de las recomendaciones que hizo en su día el informe del Tribunal de Cuentas. Mi pregunta es si esto es así. Entiendo que la mayoría de las deficiencias que se habían detectado
en el informe indicado, de julio de 1997, ya han sido implementadas por la corporación aunque soy consciente de que persisten las deficiencias en algunos casos, como ha indicado el presidente del Tribunal; si bien, como él mismo ha dicho, son
comunes en muchos de ellos a la mayoría de los ayuntamientos de este tamaño.



Entrando en algunos de los extremos concretos del informe, se indicaba la inexistencia en el año 1997 de un reglamento específico de régimen interior. Sin embargo, esta es una deficiencia subsanada, puesto que el reglamento fue aprobado por
el pleno el 28 enero de 1997, y definitivamente el 27 de junio de 2000. Es decir que podemos ver que el trabajo del Tribunal tiene su importancia, y que hay entidades que se lo toman en serio y a las que les sirve como incentivo de mejora, para ir
avanzando en el cumplimiento de la legislación vigente.



Se decía igualmente que el ayuntamiento carecía en 1997 de un sistema contable uniforme. Sin embargo, según se deduce del documento que nos presenta el Tribunal, ya tiene implantado lo ordenado por la instrucción de la contabilidad para la
Administración Local, aprobada por la orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de julio de 1990. Igualmente, el ayuntamiento, se decía en el año 1997, no aplicaba el principio de registro de distintas operaciones económicas y financieras
realizadas en el período. Sin embargo, según indica, de una muestra de los expedientes de ingresos y gastos presupuestarios, así como de las operaciones no presupuestarias relativas al ejercicio 2001, que es el último ejercicio cerrado a los meses
de noviembre y diciembre de 2002, se constató que las operaciones se registraron en la fecha de su realización, que se aplicaron a la partida presupuestaria adecuada, que han sido objeto de fiscalización según las previsiones reguladas, que están
justificadas, soportadas, por los documentos contables previstos y que han sido autorizadas por el órgano correspondiente, según la fase de la operación, cumpliendo los procedimientos previstos.



También se decía que en algunas operaciones se aplica el principio de caja frente al legalmente exigido en el devengo, en el informe inicial de 1997, como aquí estamos en seguimiento. Sin embargo, ahora ya parece que sigue existiendo alguna
dificultad al respecto. Se decía que los libros de contabilidad carecen de las oportunas diligencias. Ahora ya se aplica una resolución del propio pleno del ayuntamiento, de 31 de marzo de 1998.
Se indicaba que la gestión económica y financiera
de los patronatos municipales se hacía de forma conjunta con la propia corporación, circunstancia que contradecía el régimen jurídico de aquellos que estaban configurados como organismos autónomos y, en consecuencia, con un presupuesto
independiente.



Página 18



El ayuntamiento tomó buena nota del criterio del Tribunal, y los cuatro organismos autónomos de carácter administrativo que dependían del ayuntamiento, es decir, el Patronato de Sanidad y Consumo, el Patronato de Cultura, el de Juventud y el
de Deportes, fueron disueltos por el pleno del ayuntamiento el 27 de junio de 1995, con efecto jurídico del 1 de enero de 1996, precisamente, como indicaba el Tribunal, por la falta de autonomía que gozaban, a pesar de ese régimen jurídico propio.
Si bien es cierto que en 1999 se ha constituido un organismo autónomo nuevo, el Patronato Monte del Pilar, cuya finalidad es velar el cumplimiento del plan especial de protección del Monte del Pilar, que ha sido objeto de análisis por el Tribunal,
donde no han apreciado anomalías en la cuestión que lleva a cabo el ayuntamiento. En relación con los saldos de deudores y acreedores que se indicaba que no estaban soportados con las correspondientes relaciones nominales, se indica ahora que la
cuenta general de los ejercicios de 1999, 2000 y 2001, en cumplimiento con lo establecido en la regla 415 de la instrucción, acompaña, entre los justificantes de estados y cuentas anuales y sus anexos, las relaciones nominales de deudores y de
acreedores.



En la gestión de ingresos, ya lo ha dicho el presidente, existen algunas cuestiones que estaban pendientes. Sin embargo, en los temas de tesorería, se nota una significativa mejora en la gestión por parte del Tribunal, porque en el informe
de 1997 se indicaba una serie importante de deficiencias e irregularidades. Sin embargo, en el nuevo informe, referido a los ejercicios 1999-2001, se indica que se realizaba un arqueo semestral a fin de ejercicio, en 2001 de fondos y arqueos
extraordinarios con motivo del nombramiento del nuevo alcalde y nuevo tesorero. Que las actas de arqueo al cierre del ejercicio son concordantes con los registros contables, con los estados bancarios. Entiende también el Tribunal en este informe
de seguimiento que se han implementado una serie de mejoras y recomendaciones en la línea de lo expuesto por el Tribunal.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don José Acosta.



El señor ACOSTA CUBERO: Señor presidente del Tribunal de Cuentas, bienvenido. Gracias por sus palabras en torno a lo que es, si no recuerdo mal, la nota complementaria de fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda. Llevo tiempo en esta
Comisión, no todo el tiempo que lleva constituida, pero sí bastante. Es la primera vez que esta Comisión ha pedido al Tribunal de Cuentas una nota complementaria, que yo recuerde -mi memoria puede ser torpe, pero creo que la tengo buena- en torno a
un ayuntamiento. ¿Por qué fue así? En la resolución aprobada por esta Comisión se solicita que el Tribunal de Cuentas remita a las Cortes Generales un informe que ponga de manifiesto si las irregularidades detectadas en aquellos años han sido o no
subsanadas en la actualidad. O, como sigue diciendo, que a la vista de la manifestación del señor presidente del Tribunal de Cuentas el fiscal de dicho Tribunal ha solicitado el traslado de algunos de los hechos a la sección de enjuiciamiento, así
como que también ha pedido sobre alguno de ellos la correspondiente apertura de pieza separada. Esta es la resolución aprobada por esta Comisión, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes el 1 de junio. Viene, pues, esta nota complementaria
derivada de la insatisfacción de esta Comisión en torno al informe presentado por el Tribunal de Cuentas en torno a la fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda, hecha por el Tribunal de Cuentas, referente a los ejercicios 1991, 1992 y 1993.



Constato que comienza políticamente el mandato en Majadahonda, con mayoría absoluta del Partido Popular, con un alcalde que se llama Romero de Tejada. Fue visto el informe en esta Comisión el 17 de febrero de 1998.
Las conclusiones de la
fiscalización están en el informe del Tribunal de Cuentas, así como la multitud de irregularidades detectadas pueden leerse en el informe. La fiscalización está repleta, tiene siete, ocho o nueve páginas de irregularidades. La resolución aprobada
por esta comisión hay que explicarla. El señor Esteban Albert, del Partido Popular, propone una resolución, que es la que he leído. El resto de la Comisión -y no había mayoría del Partido Popular- estaba absolutamente perpleja como mínimo en torno
a lo que era la situación del Ayuntamiento de Majadahonda. No se entendería de 2000 a 2004, ya con mayoría del PP. Se entiende, pues, que todos, desde Convergencia i Unió hasta Izquierda Unida, más el Partido Socialista, estaban diciendo que eso
tenía que tener más entidad en su fiscalización. Insisto, una resolución aprobada por esta Comisión. Se pidió al Tribunal un informe complementario -ésta es la nota de la que estamos hablando hoy- para ver si las irregularidades se estaban
subsanando o no. Ya he destacado que todos los grupos estuvieran de acuerdo en resaltar las irregularidades y deficiencias que contenía el informe. La resolución fue aprobada el 31 de marzo de 1998 por esta Comisión. Vemos hoy, 20 de diciembre de
2004, la nota complementaria pedida por esta Comisión al Tribunal de Cuentas, aprobada por éste el 25 de julio de 2003. Insisto en las fechas porque todo está cercano y lejano a la vez.



La fiscalización, según informa la nota complementaria del Tribunal de Cuentas, ha sido limitada a, primero, en su relación con el control interno y el sistema contable. Segundo, en relación con el incumplimiento de las normas legales.
Tercero, en relación con la representatividad de las cuentas. Y, cuarto, en relación con la contratación. Destaco, como hice otra vez con respecto al Ayuntamiento de Pozuelo, que estamos ante uno de los ayuntamientos más poderosos de España en el
sentido económico, en presupuesto, en IBI y en contratación. Por lo tanto, tiene su importancia. No es Villaconejos.



Página 19



¿Qué concluye el Tribunal de Cuentas en relación con el control interno y el sistema contable? No voy a debatir con el señor Beteta porque lo haré en la resolución. No es el momento procesal. ¿Qué concluye? Aparte de la introducción,
que algo se ha arreglado. ¿Qué más dice? Que se han registrado los movimientos de gastos e ingresos con cargo a ejercicios futuros. Que en los ejercicios 1999, 2000 y 2001 se aprobaron expedientes extrajudiciales de crédito que suponen una
excepción al principio de devengo y de registro contable. Que las órdenes de pago emitidas con el carácter de a 'justificar' carecen de suficiente control y seguimiento.
Que la carencia de soportes fiables de los saldos que se reflejan en las
rúbricas de deudores por ingresos tributarios no coincide con la relación nominal de deudores ni con los registros de deducidos de la recaudación municipal. Que el inventario de bienes incluye bienes inmuebles sin valoración económica y pendientes
de inscripción en el registro de la propiedad, y además carece de la adecuada concordancia con el inmovilizado material reflejado en los estados contables, lo que condiciona su fiabilidad. En el apartado segundo, su relación con el incumplimiento
de las normas legales, se incumplen las normas legales todavía en las cuentas generales y en la aprobación definitiva de los presupuestos. Que el ayuntamiento carece de relación de puestos de trabajo, por hablar del marco del personal, y que el
convenio colectivo aplicable al personal funcionario y laboral incumple la normativa vigente.



El tercer punto se refiere a la aceptación de las cuentas. La corporación aprobó las cuentas generales de los ejercicios 1992-1993 y fueron rendidas al Tribunal de Cuentas en 1996-1997. Las cuentas rendidas subsanaron parte de las
deficiencias, aunque hubo determinadas operaciones de ingresos y gastos devengados en aquel período que se imputaron a ejercicios posteriores. En relación con las cuentas de recaudación del ejercicio de 1997, se efectuaron los asientos de
regularización en la contabilidad con el objetivo de conciliar los saldos pendientes de cobro en ejecutiva en la contabilidad municipal con unos saldos reflejados en la cuenta de recaudación rendida el 31 de diciembre de 1996 sin que dichos asientos
hayan sido documentados ni justificados adecuadamente. Y en el cuarto punto, que es la contratación, sigue diciendo el informe que, sin embargo, el control ejercido por los diferentes servicios municipales con respecto al sistema de contratación,
en la fase de ejecución de los contratos presenta algunas deficiencias.
Algunas o es un eufemismo o una realidad, porque deficiencias es el sustantivo. Por lo tanto, señor presidente, señoras y señores diputados, estamos absolutamente
insatisfechos no con lo que ha hecho el Tribunal de Cuentas, sino con el resultado de esta fiscalización. Así lo reflejaremos en nuestra propuesta de resolución.



Una pregunta complementaria es que estamos hablando desde hace 12 ó 13 años sobre la fiscalización del Ayuntamiento de Majadahonda y es demasiado tiempo. Quisiera saber cómo se pueden solucionar estas cosas y a ver si tenemos la oportunidad
de que se nos proporcionen de forma inmediata las calificaciones, cuantificaciones o resoluciones que el Tribunal de Cuentas haga sobre estas situaciones.



El señor PRESIDENTE: A continuación, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar a los grupos.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En efecto, esta es una fiscalización que tiene carácter complementario y por tanto parcial, orientada a comprobar si las irregularidades detectadas en el informe anterior, de 1991
a 1993, han sido o no subsanadas. En efecto, el informe dice que se han detectado irregularidades en el informe anterior y que en gran parte han sido subsanadas, fundamentalmente por lo que al control y a la gestión se refiere, pero también tengo
que manifestar que el informe dice asimismo que hay otras -se describen en la página 32- que están todavía sin cumplimentar. Esta es la situación, una de cal y otra de arena.



En cuanto al tema de las responsabilidades que se ha mencionado, no recuerdo el informe anterior, pero he de decir que el ministerio fiscal y el servicio jurídico del Estado han mostrado su conformidad. No han detectado responsabilidades.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA (MÁLAGA) Y DE SUS SOCIEDADES MERCANTILES PARTICIPADAS (EJERCICIOS 1995-1999). (Número de expediente Congreso 251/000015 y número de expediente Senado 771/000014.)


El señor PRESIDENTE: Agotado el debate de este punto del orden del día, pasamos al número 8: Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona (Málaga) y de sus sociedades mercantiles participadas (ejercicios 1995-1999).



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de ­Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El pleno del Tribunal, en julio de 2003, aprobó el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Estepona y de sus sociedades mercantiles participadas, ejercicios 1995 a 1999,
realizado a solicitud de esta Comisión. Las limitaciones encontradas han condicionado la fiscalización como consecuencia de la ausencia de documentos y los retrasos en su entrega, derivada de la imposibilidad o dificultad de localización aducida
por encontrarse en paradero desconocido, desordenada o en dependencias que no


Página 20



correspondían. Las cuentas generales de los ejercicios 1995 y 1996 fueron aprobadas fuera de plazo y las de los ejercicios 1997, 1998 y 1999 el pleno del ayuntamiento resolvió no aprobarlas por irregularidades de las mismas.



En relación con la gestión de los ingresos, se observaron deficiencias e irregularidades, como el cobro de padrones de tributos y tasas no aprobados previamente por algún órgano de la corporación o la compensación de derechos tributarios con
deudas ante terceros con los que se formalizaban convenios. Y por lo que respecta a los gastos, se observó la falta de justificación contable suficiente por 1,2 millones de euros.
El ayuntamiento suscribió convenios con terceros a fin de cancelar
deudas mediante la entrega de inmuebles o aprovechamientos urbanísticos y otros en los que los particulares renunciaron a la diferencia de precio a su favor originada por permutas con la corporación. Algunas enajenaciones pactadas en convenios se
justificaron para finalidades improcedentes, tales como cubrir necesidades de tesorería, obtener recursos ordinarios o cancelar deudas. El remanente de tesorería fue negativo en todos los ejercicios fiscalizados y las medidas de saneamiento y las
acciones correctoras del déficit adoptadas fueron insuficientes para restablecer el equilibrio financiero. El recurso al endeudamiento en el período fiscalizado ha sido constante y progresivo. El ayuntamiento canceló préstamos con bienes
patrimoniales que entregó a terceras personas que previamente habían comprado los créditos a las entidades bancarias concedentes.



En cuanto a la gestión de personal, se observó que para su selección el ayuntamiento prescindió de los procedimientos legales. Además, se detectó que determinados funcionarios y trabajadores laborales del ayuntamiento y de las sociedades
municipales cobraron de éstas mediante la facturación de servicios que se correspondían con sus propias funciones. Respecto a los convenios con el personal funcionario, se apreciaron actuaciones contrarias al régimen general de la Función pública,
como la regulación de la jornada laboral, los incrementos de retribuciones superiores a las previstas y las pagas extraordinarias idénticas a las mensuales, entre otras.



Por lo que hace referencia a las sociedades mercantiles, la corporación tenía en el período fiscalizado la titularidad de 14 empresas cuyos objetos sociales no guardaban relación alguna con la prestación de servicios municipales. Estas
sociedades incumplían sistemáticamente la obligación de depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Siete de ellas no realizaron prácticamente ninguna actividad, a pesar de lo cual incurrieron en gastos innecesarios. Asimismo, durante
el período fiscalizado se llevaron a cabo ampliaciones de capital en seis sociedades, por un total de 13,6 millones de euros, suscritas por el ayuntamiento mediante aportación de terrenos con objeto de entregarlos a terceros en pago de deudas
originadas por la realización de obras municipales a través de estas sociedades. Los libros oficiales de las sociedades presentaban defectos formales y de seguridad respecto de la información que contenían y el análisis documental ha puesto de
manifiesto la existencia de operaciones no justificadas por al menos 16,4 millones de euros.



La contratación realizada por el ayuntamiento en el período fiscalizado se limitó básicamente a los contratos de gestión de servicios públicos, ya que el resto de las contrataciones fueron llevadas a cabo por las sociedades municipales, lo
que permitió eludir la tramitación de los expedientes conforme establece la normativa de contratación pública. La contratación efectuada a través de las sociedades municipales se ha caracterizado por la selección del adjudicatario por los gerentes
de las empresas sin otros trámites. Además, no eran atendidos los contenidos de los proyectos ni las cláusulas de los contratos y se realizaban liquidaciones de obras que no incluían unidades de obra previamente certificadas o que incluían otras no
certificadas con anterioridad y a veces totalmente inconexas con el objeto de la obra. En obras subvencionadas, las obras se adjudicaban a terceros y, a fin de justificar la totalidad del presupuesto y no perder parte de la subvención, se falseaban
las certificaciones presentadas como justificantes ante los órganos concedentes.



El Tribunal ha recomendado al ayuntamiento que la actividad económico-financiera se someta a los controles legalmente establecidos y se realice a través del pleno municipal, además de que debería considerar la necesidad y subsistencia de las
sociedades municipales. Por otra parte, se hacen recomendaciones relativas a la mejora de la gestión en materia de contratación, al destino que se da a los recursos que se obtienen como resultado de la gestión urbanística y a la necesidad de
reequilibrar en el menor plazo posible la situación financiera. Por último, el Tribunal insta a la corporación a que adopte las medidas precisas para resarcir al municipio de los posibles perjuicios ocasionados y exigir las responsabilidades
correspondientes.



El señor PRESIDENTE: Grupos parlamentarios que deseen intervenir.



Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Beteta.



El señor BETETA BARREDA: Según las palabras del presidente del Tribunal, y tras la lectura del informe, es evidente que nos encontramos con una administración plagada de deficiencias y de irregularidades. Una de las más importantes
recomendaciones que se derivan del informe del Tribunal, la número 6, indica la necesidad de adoptar las medidas necesarias contra los administradores de las sociedades municipales, en función de lo que antes se indicó. No tengo noticias de que
esta recomendación se haya puesto en marcha y, en principio, no podemos decir que haya sido por falta de tiempo, pues este informe fue aprobado por el pleno en julio de 2003, por lo cual parece que ha habido tiempo


Página 21



sobrado para poder implementar esta recomendación del pleno del Tribunal de Cuentas. ¿Nos podría informar el presidente del Tribunal sobre si estas recomendaciones se han implementado ya por parte del ayuntamiento?


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra doña Eulalia Quevedo.



La señora QUEVEDO ARIZA: En primer lugar, en nombre del Grupo Socialista, me gustaría felicitar al equipo del Tribunal de Cuentas que ha realizado este informe minucioso y riguroso. Créanme que conozco lo que ocurre en Estepona, por lo que
hay que darles la enhorabuena, teniendo en cuenta las dificultades que somos conscientes que entraña cualquier tipo de informe de fiscalización, sobre todo tratándose del Ayuntamiento de Estepona y de la legislatura de 1995 a 1999.



Después de la presentación de este informe y después de leerlo y analizarlo, no cabe más que manifestar una cierta preocupación, que se deduce del contenido y de las conclusiones del mismo. Es evidente que nos encontramos ante una situación
anómala, por no decir inquietante, dado el incumplimiento sistemático y manifiesto de la legalidad por parte de los responsables municipales del Ayuntamiento de Estepona durante el periodo comprendido entre 1995 y 1999, situación que -como usted muy
bien ha dicho- ha supuesto en alguna ocasión la limitación a la fiscalización para realizar este informe, al carecer el Tribunal de documentos o sufrir retrasos en su entrega, documentos tan importantes como el informe de la carga financiera de la
corporación, como las ordenanzas fiscales correspondientes a los ejercicios que hoy aquí debatimos o como la justificación de diversas modificaciones de crédito entre otros. Se han dado hechos como que la documentación aportada de las sociedades
municipales relativa a los contratos y convenios en el periodo antes citado se encontrara incompleta, careciendo incluso algunos expedientes de toda la documentación relativa a la tramitación de los mismos. Hay un dato que ha hecho reflexionar
bastante al Grupo Socialista, y es el hecho de que en las sociedades mercantiles fuese práctica habitual la realización de pagos mediante talones al portador o entregas en efectivo por importes elevados. La falta de libros, de documentos de las
empresas municipales, así como la falta de control en el empleo de fondos transferidos a sociedades mercantiles, que en alguna ocasión -como muy bien dice el informe- han sido transferidos a su vez a terceros, nos llevan a una conclusión, que
efectivamente la finalidad de este informe era comprobar el cumplimiento de la legalidad por parte de esta entidad.
Reitero el incumplimiento sistemático de la legalidad, y basta con alguno de los puntos que han sido tocados aquí tanto por el señor
presidente del Tribunal de Cuentas, como por el Grupo Socialista, o una lectura de las conclusiones de ese informe para poner de manifiesto ese incumplimiento y la vulneración sistemática de las disposiciones normativas.



No quiero ser reiterativa en cuanto a actuaciones analizadas por la corporación del Ayuntamiento de Estepona desde 1995 a 1999, contraviniendo una y otra vez las leyes administrativas, las presupuestarias o las de procedimiento, pero ¿cómo
es posible que el ayuntamiento no ejerza ningún control financiero de las sociedades mercantiles ni de sus actividades, cuando -como usted muy bien ha dicho- siete de ellas no han tenido actividad ninguna, pero sí gastos realizados con fondos
públicos, con fondos del ayuntamiento? ¿Cómo es posible que el 46 por ciento de los acreedores de esas sociedades no hayan contestado a las cartas de confirmación de saldos que ustedes han solicitado y que el 23 por ciento hayan sido devueltas a
correos? Todo esto hace pensar en la existencia de un cúmulo de irregularidades que ponen de manifiesto una grave irresponsabilidad de la corporación municipal entre los años 1995 y 1999.



Señorías, señor presidente, el Grupo Socialista, una vez leídas y analizadas tanto las conclusiones como las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, entiende que todos los grupos estarán de acuerdo con las grandes irregularidades cometidas
en el Ayuntamiento de Estepona, así como con la clara mala gestión del periodo que compete a este informe.



Para concluir, quiero reiterar en nombre del Grupo Socialista, el agradecimiento por el buen trabajo realizado en el desarrollo de este informe, que va a ayudar a que prácticas como las que se recogen en el mismo se eviten, porque suponen no
solamente una burla a las leyes, sino también a la propia ciudadanía.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas para contestar o para hacer alguna aclaración.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Este presidente se referirá brevemente al final a las corporaciones locales en su conjunto y a su control, pero quizás en este informe destaque el tema de las sociedades del
Ayuntamiento de Estepona. Son un conjunto de sociedades cuyos objetos sociales abarcan servicios que trascienden el ámbito de los servicios municipales, sociedades mercantiles y económicas de carácter privado que a veces guardan poca relación con
los servicios municipales. Respecto al procedimiento legalmente establecido para su creación o su adquisición, tampoco ha sido riguroso. En estas condiciones, falta un control por parte del ayuntamiento y no hay unas garantías de control interno,
que es la condición básica y necesaria para que después haya un control externo del Tribunal de Cuentas. De ahí que la última interviniente haya puesto de manifiesto aquí y ahora que el 46 por ciento de los acreedores no contesta ni confirma los
saldos.



Página 22



Respondiendo a otra de las preguntas que se han hecho, esta falta de control de las sociedades no solo dificulta el control externo del Tribunal de Cuentas, sino también hace difícil la exigencia de responsabilidades. Lo que hace el
Tribunal en una de sus conclusiones es señalar la necesidad de que la corporación exija y ejercite las acciones de responsabilidad previstas en la Ley de Responsabilidad Limitada y en la Ley de Sociedades Anónimas, en el artículo 133, mediante el
procedimiento previsto en su artículo 135, que es la acción individual de responsabilidad. El presidente del Tribunal no tiene aquí y ahora información sobre si esto se ha llevado o no a cabo, pero una vez que se resuelva sobre este informe, como
es también costumbre, se realizará el seguimiento de las recomendaciones del informe anterior. No puedo responder a la pregunta que se me ha hecho porque no tengo información de si se ha dado cumplimiento a esa recomendación de exigencia de
responsabilidades con arreglo a la Ley de Sociedades Anónimas y de responsabilidad limitada.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VALDÉS (ASTURIAS), EJERCICIOS 1998 Y 1999. (Número de expediente Congreso 251/000029 y número de expediente Senado 771/000029.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 9, informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valdés (Asturias), ejercicios 1998 y 1999.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para explicar el informe.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El pleno del Tribunal en su sesión de abril de 2004 aprobó el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valdés, correspondiente a los ejercicios 1998 y 1999.
Las cuentas
generales de 1998 y 1999, que fueron aprobadas por el pleno de la corporación en agosto de 2002, no eran representativas de la situación económico-financiera y patrimonial del ayuntamiento, debido a que en el inmovilizado no figuraba registrada la
totalidad de los bienes propiedad municipal ni se dispuso, como soporte de sus saldos, del preceptivo inventario de bienes y derechos debidamente actualizado que permitiese establecer el seguimiento de dichos bienes. Además, los saldos de deudores
por operaciones presupuestarias incluían derechos ya cobrados y otros no realizables, al no disponer de soporte documental alguno. Los saldos acreedores presupuestarios, por su parte, no representaban las obligaciones pendientes de pago por el
ayuntamiento, ya que no recogían un volumen significativo de facturas pendientes de pago correspondientes al ejercicio 1998 y anteriores y, por el contrario, figuraban acreedores que no eran exigibles.



Por otra parte, las operaciones con trascendencia económica no fueron registradas por la corporación durante 1998 y la mayor parte de 1999 lo que dio origen a que los registros contables se reconstruyeran con dos años de retraso. Sin
embargo, en la segunda mitad del ejercicio 1999, mejoró sensiblemente la aplicación de los procedimientos de intervención y control interno, si bien al cierre del ejercicio los registros contables seguían presentando importantes carencias. Por lo
que se refiere a la contratación, la ejecución de los contratos se realizó con notables deficiencias y demoras y, en algún caso, sin que esta ejecución se llegase a completar, causando un perjuicio para la gestión municipal.
En los expedientes de
adjudicación de obras y en la enajenación de terrenos realizada en el periodo fiscalizado, la corporación no aplicó los procedimientos de contratación administrativa previstos en la ley.



Respecto a la gestión urbanística en los ejercicios fiscalizados, se constató que se concedieron licencias para obras a realizar en zonas de servidumbre de protección, sin las preceptivas autorizaciones de la Administración central y
autonómica. Tampoco se llevó a cabo un adecuado seguimiento de la ejecución de estas obras, puesto que se realizaron totalmente, incluso en los casos en que por orden del Principado de Asturias se acordó su paralización. En el área de personal, se
observó que la corporación carecía de normas internas donde se estableciera el procedimiento de ingreso y alta de personal laboral, así como de su registro de personal. Además, se produjeron diversas deficiencias en la forma de regularse las
retribuciones y las dietas y de indemnizaciones satisfechas.



El informe concluye con recomendaciones en las que se insta a la corporación a cumplir las actuaciones iniciales con posterioridad al período fiscalizado respecto a la depuración de saldos, a la modificación de los procedimientos de
desarrollo de las funciones de control y fiscalización y actuaciones que han representado una mejora significativa en la representatividad de las cuentas y en el control interno de la corporación para el ejercicio 2001. Además, se recomienda a la
corporación la adopción de medidas en las áreas de presupuestos, gestión de ingresos, contratación e inspección urbanística que permitan subsanar las deficiencias detectadas.



El señor PRESIDENTE: ¿Grupos parlamentarios que quieran intervenir? Tiene la palabra el señor Beteta en representación del Grupo Parlamentario Popular.



El señor BETETA BARREDA: De las palabras del presidente del Tribunal sobre esta fiscalización del municipio de Valdés de los ejercicios 1998 y 1999, es especialmente significativo cuando se indica que las cuentas no son representativas de
la situación económica, financiera y patrimonial de la entidad. Obviamente, eso es de lo más grave que se puede decir cuando existe un informe de esta naturaleza y haremos las oportunas observaciones al respecto por la vía de las resoluciones.



Página 23



En relación con otro asunto, del cual ha comentado muy brevemente y que ha pasado por encima, hablando del tema de distintas retribuciones o indemnizaciones de miembros de la corporación, me gustaría que el presidente me explicara claramente
la diferencia entre la retribución y la indemnización por los perjuicios ocasionados en el desempeño de un cargo público. Al parecer, en el caso del alcalde, durante una gran parte de la época fiscalizada, en este municipio era la indemnización y
no declaraba como ingresos sino como indemnización la cantidad que percibía, según parece -se deduce de la documentación -, porque con ello pagaba al sustituto en su anterior trabajo como farmacéutico. Parece que es necesario saber si este tipo de
cuestión se atiene a la norma, si es indemnización o si es remuneración, a fin de que podamos hacer las oportunas valoraciones en las resoluciones que presente este grupo parlamentario.



El señor PRESIDENTE: A continuación, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Suárez.



El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: Señor presidente de la Comisión, señor presidente del Tribunal de Cuentas, me gustaría empezar recordando que esta fiscalización pedida al Tribunal de Cuentas por esta Comisión mixta de relaciones con el Tribunal
de Cuentas y solicitada de forma unánime por todos los grupos. Antes de que el Tribunal de Cuentas analizase la petición que había hecho el Partido Popular respecto a la solicitud de fiscalización, ya el propio alcalde de Valdés, el señor Landeira,
había hecho pública su opinión favorable a que por parte del Tribunal de Cuentas se ejecutase esta fiscalización desde el pleno convencimiento de que podría haber fallos en los procesos administrativos y de gestión, pero no otras cosas con otro
nombre, y mucho más cuando parece que todo está reducido a si cobraba indemnizaciones o cobraba sueldo.



El informe del Tribunal de Cuentas, a mi entender, es un documento válido e incluso pone el dedo en la llaga, y en sus conclusiones deja bastante claro que la corporación no contó en el período fiscalizado con un organigrama funcional
debidamente aprobado, careciendo por tanto de un marco organizativo adecuado al que ajustar su actividad, o que las funciones asignadas a la intervención de control y fiscalización interna de la actividad económica y financiera de la corporación,
así como las de contabilidad, se desarrollaron con importantes deficiencias, sobre todo en el ejercicio de 1998, que coincide con los periodos en que el ayuntamiento estuvo sin interventor. Por tanto, creo que estamos ante un problema consustancial
a muchos ayuntamientos de este país y que es el que se deriva de su falta de medios humanos y de recursos financieros.



El Tribunal de Cuentas en su informe, después de constatar que esta ausencia de interventor, esta ausencia de un organigrama funcional es la causante de una mala adecuación presupuestaria, de la falta de consideración del presupuesto como
instrumento de planificación y de control, de deficiencias y demoras en la contratación, de deficiencias en la gestión de los ingresos, de una no adecuada gestión de los gastos de personal o defectos u omisiones en la gestión de urbanismo, constata
también que a partir de agosto de 1999 -y el presidente se ha referido a ello - el ayuntamiento mejoró sensiblemente la aplicación de los procedimientos de intervención y de control interno, si bien al cierre del ejercicio, los registros contables
seguían presentando importantes carencias. Empiezan a cambiar bastante las cosas a partir de que el ayuntamiento corrige la situación anómala, por problemas que se habían producido, de estar sin interventor. Incluso creo que las recomendaciones
que el Tribunal de Cuentas hace son bastante significativas del problema planteado. Incluso en sus recomendaciones el Tribunal de Cuentas empieza por decir que con posterioridad al período fiscalizado la corporación ha iniciado un proceso de
depuración de saldos y, una parte significativa de los defectos en la representatividad de los saldos a 31 de diciembre se ha subsanado en ejercicios sucesivos. Esas actuaciones a cierre del ejercicio 2002 no habían concluido. Asimismo, se
introdujeron modificaciones en los procedimientos de desarrollo de las funciones de control y fiscalización que representaron una mejora significativa en su aplicación. Todo esto lo dice el Tribunal de Cuentas y, a partir de ahí, plantea una serie
de recomendaciones que nos parecen bastante adecuadas, como concluir en el plazo más breve posible las actuaciones entendidas para el saneamiento de sus saldos contables; elaborar, tramitar y aprobar sus presupuestos con el rigor técnico necesario,
y esto es el reflejo de problemas de muchos pequeños, medianos ayuntamientos de este país; adoptar las medidas necesarias para obtener la financiación suficiente; mejorar la gestión de sus empresas, establecimientos, procedimientos y controles que
permitan su identificación y cuantificación; realizar un control más riguroso en cumplimiento de los adjudicatarios las obligaciones contractuales; llevar a cabo un mayor control del cumplimiento de las exigencias establecidas en el contrato a la
empresa concesionaria del servicio de abastecimiento de aguas y saneamiento; desarrollar un sistema de inspección urbanística que permita una adecuada vigilancia en la ejecución urbana en el territorio municipal. Son recomendaciones bastante
centradas, bastante equilibradas y bastante sensatas constatando un poco que los problemas de este ayuntamiento que muy bien aflora este informe del Tribunal de Cuentas tienen mucho que ver con los problemas relativos al funcionamiento que tienen
muchos ayuntamientos en este país. Por tanto, quiero felicitar al Tribunal de Cuentas por sus recomendaciones y por sus conclusiones y, en esa línea, irán nuestras propuestas de resolución en la próxima reunión de la Comisión.



Página 24



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En cuanto a la pregunta del señor Beteta sobre las diferencias entre retribuciones e indemnizaciones, comprenderá que este presidente no puede añadir valoraciones que no estén en
el propio informe del Tribunal. En cuanto a los demás intervinientes, ya me referiré al final de este bloque de fiscalizaciones; muchas veces son problemas comunes de las corporaciones, sobre todo, las de pequeño tamaño.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA (MADRID), SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES Y SOCIEDADES MERCANTILES PARTICIPADAS, EJERCICIOS 1998 Y 1999. (Número de expediente Congreso 251/000047 y número de expediente
Senado 771/000045.)


El señor PRESIDENTE: Agotado el punto 9 del orden del día, pasamos al punto número 10, informe de fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Madrid), sus organismos autónomos dependientes y sociedades mercantiles participadas,
ejercicios 1998 y 1999.



Tiene la palabra el presidente del Tribunal para dar cuenta del informe.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El Pleno del Tribunal, en su sesión de junio de 2004, aprobó el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Madrid), sus organismos autónomos dependientes y
sociedades mercantiles participadas, correspondientes a los ejercicios 1998 y 1999. Esta fiscalización se realizó a solicitud de la Asamblea de Madrid. Las cuentas generales de los dos ejercicios fiscalizados fueron aprobadas y rendidas al
Tribunal fuera de plazo y no incluían todos los estados, anexos y justificantes que son preceptivos tanto para el ayuntamiento como para sus organismos autónomos ni el cuadro de financiación anual para las sociedades mercantiles. Las cuentas del
ayuntamiento aprobadas presentan deficiencias e irregularidades en las que se hace referencia al inmovilizado material que no estaba valorado con arreglo a las normas contables y a las cuentas financieras, que no incluían en sus saldos los de las
cuentas restringidas de recaudación. Además, el resultado presupuestario estaba afectado, principalmente, por el reconocimiento de derechos y obligaciones en ejercicios distintos a los que corresponden y los estados demostrativos de presupuestos
cerrados registran en exceso derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago. Respecto a las subvenciones otorgadas por determinados organismos autónomos del ayuntamiento, se puso de manifiesto que se habían incumplido las bases
reguladoras aprobadas, tanto en lo que se refiere a la formación de expedientes como al abono y justificación de las mismas.



En lo que hace referencia a la fiabilidad y representatividad de las cuentas anuales de la Sociedad Anónima Deportiva Baloncesto Fuenlabrada, el Tribunal no ha podido emitir opinión debido a las limitaciones a la fiscalización, a las
deficiencias de control interno y a la falta de aplicación de los principios de contabilidad.



Respecto al área de personal, el ayuntamiento carecía de una relación de puestos de trabajo y de registros de personal y se regularon de forma unitaria las condiciones económicas y del empleo del personal funcionario y laboral. Además, el
convenio suscrito sobre las condiciones de trabajo incluía acuerdos contrarios a las normas de aplicación, permisos, vacaciones y licencias superiores a las previstas legalmente, retribuciones básicas y complementarias no homologables en cuantía al
resto de la Función pública y existencia de otros conceptos retributivos no contemplados por la ley. Por lo que respecta a la contratación, los resultados más relevantes de este aspecto de la fiscalización reflejan deficiencias municipales en el
ámbito de la organización administrativa, el asesoramiento jurídico y el control interno, que favorecen la vulneración de principios básicos contractuales con incidencia tanto en la concurrencia como en la igualdad y discriminación de los
licitadores y administrativos en general, como son la eficiencia y la eficacia. La inexistencia de un diligente control y seguimiento de las contrataciones efectuadas y la utilización excesiva de los contratos menores produjo duplicidades en la
contratación, posibilitándose la realización de abonos duplicados. Además, se ha observado un incumplimiento de los plazos acordados, emisión extemporánea de las certificaciones para obras realizadas, liquidaciones irregulares y recepciones
anteriores a la terminación de la obra.



El informe concluye con recomendaciones que hacen referencia al control interno y al sistema contable con el fin de mejorar el sistema de control interno implantado; a la gestión de personal y a sus retribuciones y a la gestión contractual,
tanto en el orden de la legalidad de su actuación como en la eficacia y en la eficiencia de su gestión a desarrollar.



El señor PRESIDENTE: ¿Grupos parlamentarios que quieran intervenir?


Tiene la palabra el señor Beteta por parte del Grupo Parlamentario Popular.



El señor BETETA BARREDA: No me coge de sorpresa el informe que ha hecho el presidente ni la lectura del documento que vemos ahora, porque es perfectamente concordante con el que ha llevado a cabo la Cámara de Cuentas de Madrid en relación
con este ayuntamiento. Quizá la cuestión más relevante que pone de manifiesto la fiscalización son las importantes limitaciones a las cuales se ha visto sometido este informe,


Página 25



fundamentalmente, y así lo recoge el documento, por la falta de colaboración de la corporación y, en particular, del alcalde que se negó a facilitar determinada documentación a información requerida de relevancia y que afecta en especial a
la gestión de recaudación de la corporación, lo que entiendo que ha impedido al Tribunal verificar la existencia de los controles legalmente establecidos en relación con las cuentas rendidas por el agente ejecutivo, así como con la conciliación de
las diferencias existentes entre la información contenida en la contabilidad presupuestaria y recaudación puesta de manifiesto ya en los informes de la Intervención, desde el año 1997, en que el saldo que en el balance de apertura del año 1992
presentaban las cuentas 200, terrenos bienes naturales; 202, construcciones; 221, infraestructuras y bienes destinados al uso general y, 251, acciones sin cotización oficial, así como el libro mayor de las citadas cuentas en los ejercicios 1992 a
1997, la falta de un inventario de bienes y derechos que soporta dichos saldos limita la opinión que se puede tener sobre dichos saldos; y la documentación acreditativa en los proyectos de gastos con financiación afectada iniciados con anterioridad
al período fiscalizado, pero vigentes para los ejercicios 1998 y 1999. Además, se ha constatado la práctica generalizada en la corporación de no formar expedientes de las actuaciones administrativas realizadas, lo cual motiva que los mismos estén
incompletos, carezcan en general de los informes preceptivos y la documentación exigida por la normativa aplicable. Por otro lado, el sistema administrativo y contable presenta importantes deficiencias, ya que como se ha indicado el ayuntamiento no
dispone de organigrama adecuado y los organismos autónomos no elaboran los reglamentos internos de gestión y funcionamiento fijados en los estatutos. No se ha llevado a cabo la intervención suficiente de las operaciones de relevancia
económico-financiera que garanticen su pertinencia y legalidad. No consta que la Intervención haya inspeccionado la contabilidad en las sociedades mercantiles participadas. La corporación no dispuso de un inventario actualizado de bienes y
derechos de titularidad municipal aprobado por el pleno ni para el ayuntamiento, ni para los organismos autónomos.



Con respecto a los presupuestos en el informe parece destacarse que estos no han constituido un instrumento adecuado para la gestión de los recursos. En primer lugar, la falta de previsión en la elaboración y aprobación del presupuesto pone
de manifiesto la escasa importancia que otorgaban los responsables municipales al documento como instrumento de programación y actuación necesario para la toma de decisiones. Los presupuestos de 1998 y 1999 se han aprobado una vez comenzado el
ejercicio de vigencia con un retraso entre tres y once meses, por lo que ha tenido que prorrogarse el del ejercicio anterior. Además los expedientes de los presupuestos presentan deficiencias. Las modificaciones de crédito no cumplen los
requisitos legales. Las incorporaciones de los remanentes de crédito no han sido aprobadas formalmente ni por el pleno ni por la comisión de gobierno en el año 1998. También incumplió el alcalde los plazos establecidos para la aprobación de la
liquidación de los presupuestos de 1998 y 1999 del ayuntamiento y sus organismos autónomos. La comisión de gobierno tuvo que aprobar ampliaciones extrajudiciales de crédito por 1.216.051,53 euros, que corresponden tanto a gastos realizados en el
período como a ejercicios anteriores, generalmente sin crédito presupuestario suficiente. Entiendo que aquel incumplimiento de las normas legales se produjo en la aprobación de las cuentas de 1998 y 1999, dos años en el primer caso, seis meses en
el segundo.



Con respecto a la gestión de los ingresos hay que destacar que los tributarios no se contabilizaron adecuadamente. Además, en los correspondientes a cuotas de urbanización no constan los procedimientos establecidos para su gestión y
recaudación, y los expedientes están incompletos y no incluyen, entre otros, copia del convenio o comparecencia que sustente el ingreso, ni los justificantes que sirven de base para el cálculo de las cuotas. Los cobros derivados de los ingresos de
convenios urbanísticos se retrasan transcurriendo plazos de hasta diez años. Por su parte, en las transferencias y subvenciones se observa que no existen procedimientos específicos para gestión, control de las subvenciones concurrentes finalistas
recibidas, ni tampoco son objeto de seguimiento en el control de los gastos con financiación afectada. La corporación, según se deduce, parece que registra indebidamente los compromisos de ingreso concertados por determinadas subvenciones con
derechos exigibles, lo que origina una sobrevaloración de los derechos reconocidos tanto en los ejercicios anteriores como en los fiscalizados que incide, entre otros, en lo que es el resultado presupuestario y en el remanente de tesorería. Así,
los derechos pendientes de cobro de ejercicios anteriores han sido objeto de rectificaciones, anulaciones y bajas que han disminuido su saldo en 9,5 millones de euros en 1998, y 5 millones de euros en 1999, y además 4,4 millones de euros tenían una
antigüedad superior a cuatro años por lo que pudieran estar prescritos.
Asimismo las cuentas de renta y recaudación elaboradas por el organismo presentan notable diferencia con la información contable registrada en el propio ayuntamiento.



De la gestión de los gastos se han derivado distintas deficiencias o debilidades, tanto en el carácter sustantivo como en el carácter formal, y se aplican a partidas presupuestarias inadecuadas, se imputan a ejercicio económico distinto, no
se acredita su fiscalización, o carecen de la correspondiente justificación. No se ha realizado el oportuno control sobre órdenes de pago a justificar y su gestión de las órdenes de pago a justificar fue irregular. Con respecto al personal, la
corporación careció de relación de puestos de trabajo, de registro de personal, se reguló de forma unitaria las condiciones económicas y de empleo del personal funcionario y laboral, como antes ha dicho el presidente.



Página 26



Con respecto a la contratación administrativa, las deficiencias municipales en el ámbito de la organización administrativa, asesoramiento jurídico y control interno favorecen la vulneración de principios básicos contractuales y
administrativos en general, y traen como consecuencia la desprotección del interés público que debe de primar lo que es la contratación. El procedimiento contractual en relación con los principios de transparencia contractual y concurrencia queda
viciado, pues, como consecuencia del irregular control sobre las proposiciones presentadas y de las deficiencias y anomalías en los pliegos que rigen la contratación.
Se vulneran los principios de igualdad y no discriminación de licitadores,
favoreciéndose la predeterminación de adjudicatarios como consecuencia, además, del establecimiento de criterios restrictivos de la discrecionalidad en que incurren algunos informes técnicos en las ofertas, circunstancias que resultan agravadas por
la negligente actuación de mesas de contratación. La gestión municipal adolece de un incumplimiento de los principios de eficacia, eficiencia, economía, en relación con el interés público, no quedando debidamente constatada su existencia para
efectuar la contratación o, en su caso, su satisfacción a través de las concretas prestaciones efectuadas, pues no constan informes justificativos de la necesidad a subvenir por parte de los servicios interesados, o bien estos proponen aquélla en
relación con prestaciones ya realizadas o que ya se encuentran incluidas en el propio objeto del contrato previo. Asimismo no constan informes o estudios previos que determinen la concreta necesidad o finalidad pública delimitadora de los términos
en que se ha de llevar a cabo dicha contratación. Además, la inexistencia de un diligente control o seguimiento de las contrataciones efectuadas y la utilización excesiva de contratos menores produce duplicidades en la contratación, posibilitando
la realización de abonos duplicados y, por tanto, indebidos. Por otra parte, el citado control y seguimiento resultan afectados por las autorizaciones genéricas de cesiones de contratos efectuadas por el órgano de contratación.



También entiendo que, manifiesta el Tribunal, resulta negligente la supervisión y control en la ejecución de las prestaciones contratadas y los pagos a los contratistas, pues el excesivo retraso que se produce favorece el perjuicio económico
para los fondos municipales como consecuencia de los intereses devengados a favor de aquellos.



Estas son las cuestiones sobre las cuales entiendo se pronuncia el Tribunal y sobre las que quisiera que profundizara el señor presidente del Tribunal.



El señor PRESIDENTE: A continuación, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Corral.



La señora CORRAL RUIZ: Señor presidente del Tribunal de Cuentas, señorías, en primer lugar, quiero señalar que es para mí una satisfacción participar en un debate sobre la ciudad de Fuenlabrada, de cuya corporación he tenido el honor de
formar parte durante muchos años y a la que me siento profundamente unida, puesto que he sido partícipe y testigo privilegiada de su extraordinario avance y transformación urbana y social. Señorías, ¿cuál es la causa del debate que sobre ésta para
mí querida ciudad llevamos a cabo esta tarde? Se trata de analizar los resultados de una fiscalización extraordinaria realizada por el Tribunal de Cuentas sobre las del Ayuntamiento de Fuenlabrada de los ejercicios 1998 y 1999. Esta es una
fiscalización, como decía y repito, extraordinaria, que no se produjo por iniciativa propia del Tribunal de Cuentas, sino como resultado de una propuesta del Grupo Parlamentario Popular de la Asamblea de Madrid aprobada en ese Parlamento regional
con los votos de ese mismo grupo, el Grupo Popular, sin que el ayuntamiento lo hubiera solicitado en ningún momento. Este es un hecho excepcional que nunca se había producido, ya que hasta entonces sólo eran tramitadas por la Asamblea de Madrid las
solicitudes de fiscalización que realizaban los propios ayuntamientos para darles cauce y facilitar el cumplimiento de la voluntad municipal. Por tanto, se hace inevitable otra pregunta: ¿Qué tenía de extraordinaria la situación del Ayuntamiento
de Fuenlabrada para romper el criterio y la práctica seguidas hasta entonces?


A la vista del resultado de la fiscalización efectuada por el Tribunal de Cuentas la respuesta es clara: en Fuenlabrada, a pesar de lo relacionado por el señor Beteta, no sucedía nada extraordinario, nada, que justificase el empeño del
Partido Popular en forzar esta fiscalización.
Las conclusiones del informe son bien claras al respecto: no existe sombra de duda ni sospecha alguna de utilización fraudulenta de los fondos y de los bienes públicos. El informe del Tribunal de
Cuentas no apunta ni el más mínimo indicio de uso de recursos públicos en beneficio privado. El Tribunal en sus conclusiones pone de manifiesto que Fuenlabrada es un ayuntamiento de lo más normal. Si se leen las conclusiones del informe
extraordinario y se compraran con las memorias anuales del mismo Tribunal referidas al conjunto de los ayuntamientos de España, nada hay en Fuenlabrada que no suceda en la práctica totalidad de ellos. Todos tienen virtudes, señorías, grandes
virtudes en su funcionamiento, y todos tienen aún deficiencias que van superando con esfuerzo y dedicación. Todos hacen lo posible por rentabilizar al máximo sus recursos, casi siempre insuficientes para las necesidades de sus vecinas y sus
vecinos, y todos tienen dificultades, por tanto, para actuar con la corrección técnica que sería deseable precisamente porque sus recursos no son bastantes para atender a todas sus obligaciones al mismo tiempo.



Fuenlabrada no es una excepción. También esa querida y esforzada ciudad partió, no hace tanto tiempo, de una situación de tremendo abandono y de necesidades


Página 27



primarias y elementales insatisfechas. Como otras, en pocos años, con gran esfuerzo ciudadano, con la permanente dedicación de sus sucesivas corporaciones, ha cambiado rotundamente y se ha convertido en una ciudad habitable y querida por
sus vecinos y vecinas. En ese camino ha habido que elegir muchas veces porque los déficit eran innumerables, los recursos insuficientes y había que decidir dónde era prioritario aplicarlos. Como en muchos otros ayuntamientos, en Fuenlabrada ha
habido que atender a extraordinarias urgencias sociales y dar soluciones a los problemas más acuciantes de los vecinos para superar las tremendas desigualdades sociales heredadas, y ha habido que hacer un enorme esfuerzo de modernización urbana y
económica, en el marco de un extraordinario crecimiento de la población, sin precedentes en el resto de España, que en solo 30 años se ha multiplicado por 25; señorías, en 1973 Fuenlabrada tenía 7.900 habitantes y actualmente tenemos 196.000.
Todo
ello ha obligado a dejar en segundo plano las necesidades de crecimiento y reforzamiento de la estructura de personal que, aunque también se mejoró en lo posible, no lo hizo al mismo ritmo y no siempre se alcanzaron los niveles deseables de
perfección administrativa.



El Tribunal de Cuentas en sus conclusiones del informe extraordinario refleja los efectos y las consecuencias en Fuenlabrada de ese necesario esfuerzo prioritario; deficiencias de tramitación administrativa, sin diferencias con las
señaladas en las memorias anuales referidas al conjunto de ayuntamientos españoles; deficiencias que se producen en todos ellos y que son consecuencia del enorme esfuerzo modernizador e igualador de los ayuntamientos democráticos realizado con
recursos administrativos, técnicos y de personal que, pese a su encomiable esfuerzo, son escasos e insuficientes, lo que pone sobre la mesa nuevamente la necesidad de encarar los problemas de financiación y los recursos y las competencias
municipales. Por tanto, de nuevo una pregunta: ¿por qué el Partido Popular se empeñó en forzar una fiscalización extraordinaria? Yo lo sé, señorías. Porque estaban empeñados en intentar ganar como fuera las pasadas elecciones municipales en
Fuenlabrada. La querella criminal conocida ya en esta casa y presentada sin ningún fundamento contra el anterior alcalde José Quintana, publicada a bombo y platillo, fue archivada. El Partido Popular quiso entonces fabricar artificialmente otra
noticia para intentar ganar a toda costa en Fuenlabrada, pero no lo lograron. Las conclusiones del Tribunal de Cuentas demuestran palmariamente lo injustificado de su supuesta urgencia y extraordinaria necesidad de esa fiscalización especial.
Afortunadamente, los funcionarios del Tribunal de Cuentas han sabido estar a la altura y han llevado a cabo su trabajo con un celo y un rigor profesional que yo quiero agradecer y por el que los felicito muy sinceramente. Con ello el intento de
instrumentalizar y manipular al Tribunal, que el Partido Popular de Madrid quiso llevar a cabo, no tuvo éxito de ningún modo.



El Ayuntamiento de Fuenlabrada, para corregir en el futuro las deficiencias señaladas en las conclusiones y mejorar sus sistemas y procedimientos administrativos -debo indicarlo, porque lo sé positivamente -, ha puesto en práctica de
inmediato las resoluciones del Tribunal, en algunos casos las deficiencias señaladas ya habían sido incluso corregidas cuando el Tribunal emitió su informe. Puedo afirmar aquí que en estos momentos el Ayuntamiento de Fuenlabrada tramita los
expedientes de contratación con una ejemplar adecuación a la normativa reguladora, habiéndose llevado a cabo la plena adaptación a las nuevas normas vigentes. Lo mismo cabe decir respecto a los sistema de control de ejecución presupuestaria, que se
ha perfeccionado sensiblemente, adoptándose para ello mecanismos adicionales de garantía para la perfecta utilización y control de los ingresos afectados a inversiones y a otros gastos con financiación afectada. En cuanto a los ingresos, el
ayuntamiento ha puesto en marcha nuevos y más eficaces sistemas de inspección y de revisión permanente de padrones fiscales, con el ánimo de garantizar el más justo tratamiento tributario y de incrementar la eficiencia recaudatoria y la máxima
reducción de los fallidos. Igualmente debo afirmar respecto al control de la justificación de las subvenciones que está siendo objeto de especial atención para dar adecuado cumplimiento a las disposiciones reguladoras de esta materia.



Todo lo anterior se ha llevado a cabo con un esfuerzo suplementario dirigido a reforzar la estructura técnica y administrativa de las áreas de control presupuestario, de contabilidad y de intervención, con el objeto de garantizar el
perfeccionamiento de la gestión en esas áreas.
Como muestra de esta diligencia baste con señalar que antes incluso de que el Tribunal emitiese su informe para alegaciones, la situación de provisionalidad de la plaza del interventor general ya no
existía porque ya había sido cubierta por un funcionario de habilitación nacional.



Como conclusión debo afirmar que la fiscalización cuyo informe hoy debatimos en esta Comisión ha dado como resultado que el Ayuntamiento de Fuenlabrada, aun con sus deficiencias en la tramitación administrativa señaladas en las conclusiones
del Tribunal de Cuentas, no tiene nada de excepcional. Se puede hoy afirmar, como antes hacíamos muchos y saben los ciudadanos y las ciudadanas, que en Fuenlabrada la gestión de lo público se lleva a cabo con total honestidad, sin mancha de
enriquecimiento privado y con gran entrega y esfuerzo personal de todos cuantos en él prestan y hemos prestado servicio público. Se tiene que concluir también que la actitud del Partido Popular al forzar esta fiscalización extraordinaria no se
basaba en indicios...



El señor PRESIDENTE: Señoría, rogaría que empleásemos este turno para hacer aclaraciones y preguntas y no para entrar en debate con los demás


Página 28



portavoces, porque esto ya tiene su momento procesal oportuno en el debate de las resoluciones.



La señora CORRAL RUIZ: Perdone, presidente.



Para finalizar mi intervención quiero nuevamente felicitar y agradecer, en nombre del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el magnífico e imparcial trabajo del equipo de fiscalización. También quiero extender ese
agradecimiento a los consejeros del Tribunal de Cuentas, así como a su presidente, hoy aquí presente, que, como no podía ser de otro modo, han actuado con plena independencia de criterio y han elaborado unas conclusiones ajustadas y unas
recomendaciones enormemente útiles para cumplir su función esencial: mejorar entre todos la gestión y la calidad del servicio público que las instituciones prestan a todos aquellos a quienes nos debemos las ciudadanas y los ciudadanos.



El señor PRESIDENTE: A continuación tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar a las preguntas o para aclaraciones.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Respecto a este informe no ha habido preguntas. Siempre que se ve un conjunto de informes, como ha sucedido, por ejemplo, en la sesión del 29 de febrero de 2002, y anteriormente
me había referido también a este tema en una comparecencia de octubre del año 2000, se pone más de manifiesto que estamos ante unos problemas estructurales y de organización, que, con más o menos intensidad, afectan a casi todos: problemas de
control interno -falta una segregación de funciones entre los órganos de control y los órganos de gestión -; problemas de descontrol de ingresos, tramitación de gastos; problemas de contabilidad -presupuestos aprobados fuera de plazo con retrasos,
rendición de cuentas, registros contables inadecuados, falta de control del inmovilizado -. Si cuando nos referimos al personal: ausencia de relación de la RPT, del puesto de trabajo, incumplimiento generalizado de la normativa de la Función
pública con retribuciones excesivas y no acordes con las normas presupuestarias, como hemos visto también hoy en algunos casos, también en jornada laboral, excedencias, incompatibilidades. Si vamos al área de contratación: en la redacción de
proyectos, publicidad y concurrencia, criterios de adjudicación, modificación de los contratos, falta de seguimiento jurídico, técnico y económico. En definitiva, problemas que afectan a la propia organización, con mayor o menor intensidad, según
sea mejor o peor la gestión, pero, definitivamente, están afectando a la organización, y, naturalmente, exigen normas, exigen correcciones.



En el caso del bloque de ayuntamientos de hoy tenemos también el ejemplo de las corporaciones locales -el Ayuntamiento de Estepona, como antes apareció el Ayuntamiento de Marbella -, pero, en general, también este es un tema que ya el
Tribunal en el Informe del sector público, autonómico y local del ejercicio 2000, aprobado y presentado precisamente ya en esta Comisión mixta, puso claramente de manifiesto la necesidad de adecuar la normativa local de las sociedades locales
adaptadas al principio de publicidad y de concurrencia y demás reglas ordinarias de contratación sea cual sea la forma que adopte la empresa pública.



Hay que decir que mientras no se produzcan estas reiteradas reclamaciones a los cambios normativos, la determinación de los ilícitos contables e incluso de los ilícitos penales seguirá revistiendo una especial dificultad, dificultad derivada
de tipificar una actuación ilícita contraria a las normas en un ámbito de una gestión de sociedades que el tribunal en sus fiscalizaciones aprueba que tienen un amplio margen de discrecionalidad y una falta prácticamente de control por parte de las
entidades locales. Tengo que decir una vez más que el diagnóstico que está haciendo ya el Tribunal de Cuentas sobre estos temas está empezando a estar ya agotado y está exigiendo cambios normativos para que se pueda hablar de eficacia del control.
Como presidente de una institución a la que reclama la sociedad sobre lo que hace, se echa menos que no haya iniciativas parlamentarias que corrijan estas deficiencias que se vienen poniendo de manifiesto. Naturalmente, hay que reconocer que esto
está influyendo en la propia credibilidad y aceptación social de nuestra institución. La sociedad se pregunta: ¿Para qué sirven ustedes si no les hacen caso? La institución cumple con su función y otra no le corresponde.



Una vez más -con motivo de la presentación de un bloque de fiscalizaciones ante esta Comisión mixta -, es mi obligación poner más el énfasis en lo que a todas les incumbe -como se ha puesto aquí de manifiesto -, no tanto en sus mayores o
menores aciertos de gestión, sino en sus deficiencias, enraizadas en una necesidad de cambios normativos, cuya iniciativa parlamentaria les corresponde a ustedes.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.



Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.



Eran las siete y veinte minutos de la tarde.