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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 287, de 27/09/2007
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2007 VIII Legislatura Núm. 287

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MANUEL MARÍN GONZÁLEZ

Sesión plenaria núm. 265

celebrada el jueves, 27 de septiembre de 2007



ORDEN DEL DÍA:


Tramitación directa y en lectura única de iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 147-1, de 14 de septiembre de
2007. (Número de expediente 121/000147.)...
(Página 14111)


- Proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 148-1, de 14 de septiembre de 2007. (Número de expediente
121/000148.)... (Página 14111)


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley sobre reutilización de la información del sector público. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 136-1, de 25 de mayo de 2007. (Número de expediente 121/000136.)... (Página
14121)



Página 14110



- Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero.
'BOCG. Congreso
de los Diputados', serie A, número 137-1, de 8 de junio de 2007. (Número de expediente 121/000137.)... (Página 14126)


Tramitación directa y en lectura única de iniciativas legislativas.
(Votaciones.)... (Página 14130)


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votaciones.)...
(Página 14130)


SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas legislativas...
(Página 14111)


Proyecto de ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco... (Página 14111)


Proyecto de ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011... (Página 14111)


Presenta ambos proyectos de ley el señor vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda (Solbes Mira), en nombre del Gobierno. Manifiesta que estos proyectos de ley aprobados por el Gobierno recogen los acuerdos
alcanzados entre la Administración del Estado y la Administración del País Vasco en la Comisión mixta del Concierto celebrada el 30 de julio de 2007 sobre la modificación del Concierto Económico y la metodología del cupo. En el Concierto Económico
se concretan las relaciones de orden tributario entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los criterios de fijación del cupo, que reflejan los flujos financieros entre ambas administraciones y por los que, de acuerdo con lo
previsto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco, este contribuye al sostenimiento de las cargas generales del Estado. Ambas vertientes, la fiscal y la financiera, constituyen el objeto de los dos proyectos de ley. El primero de ellos modifica
algunos aspectos del vigente Concierto Económico y el segundo establece la metodología para la determinación del cupo del País Vasco durante el quinquenio 2007-2011.



Hace un repaso de los aspectos más significativos de ambos proyectos de ley.



Finaliza señalando que el Gobierno, con las modificaciones efectuadas, hace un ejercicio de responsabilidad institucional para mantener actualizadas las competencias tributarias de los territorios históricos y la potestad tributaria foral,
que está en la base del Concierto y de la autonomía del País Vasco. Asimismo se cumple lo previsto en el mismo para el señalamiento del cupo, aprobando la metodología para su cálculo en el quinquenio 2007-2011.



En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Lasagabaster Olazábal, del Grupo Parlamentario Mixto; los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds; Azpiazu Uriarte, del
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Puig Cordón, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC); Sánchez i Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Azpiroz Villar, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y la
señora Mendizábal Gorostiaga, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.



Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas... (Página 14121)


Proyecto de ley sobre reutilización de la información del sector público... (Página 14121)


Interviene el señor ministro de Cultura (Molina Sánchez), en nombre del Gobierno. Señala que con este proyecto se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de
2003, relativa a la reutilización de la información del sector público, que responde a la necesidad de armonizar en Europa las reglas y prácticas de explotación de la información del sector público. Igualmente se


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produce un importante avance para la Administración pública en su deber de transparencia y accesibilidad ante la sociedad, revirtiendo en la misma los beneficios de conocimiento y económicos que conllevan el uso de la información que la
propia Administración posee.



Finaliza agradeciendo a todos los grupos el esfuerzo realizado, señalando su convencimiento de que con la suma de estos esfuerzos se consolidará un marco general para las condiciones de reutilización de los documentos del sector público.



En defensa de las enmiendas presentadas intervienen los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds; Ramón Torres, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC) y la señora
Lope Fontagné, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Vilajoana Rovira, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y Tabuyo Romero, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.



Proyecto de ley por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero... href='#(Página14126)'>(Página 14126)


En defensa de las enmiendas presentadas, intervienen la señora Muñoz de Diego, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds; Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Sánchez i Llibre, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y Albendea Pabón, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



En turno de fijación de posiciones interviene el señor Turiel Sandín, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas legislativas.
(Votaciones.)... (Página 14130)


Sometido a votación el proyecto de ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, se aprueba por 299 votos a favor y una abstención.



Sometido a votación el proyecto de ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011, se aprueba por 175 votos a favor, uno en contra y 124 abstenciones.



Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votaciones.)...
(Página 14130)


Se someten a votación las enmiendas al proyecto de ley sobre la reutilización de la información del sector público, que son rechazadas.



Sometido a votación el dictamen del proyecto de ley sobre la reutilización de la información del sector público, se aprueba por 299 votos a favor.



Se someten a votación las enmiendas al proyecto de ley por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del
sistema financiero.



Sometido a votación el texto del dictamen del proyecto de ley por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas
del sistema financiero, se aprueba por 293 votos a favor, siete en contra y tres abstenciones.



Se levanta la sesión a las once y veinticinco minutos de la mañana.



Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.



TRAMITACIÓN DIRECTA Y EN LECTURA ÚNICA DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS.



- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 12/2002, DE 23 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBA EL CONCIERTO ECONÓMICO CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. (Número de expediente 121/000147.)


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE APRUEBA LA METODOLOGÍA DE SEÑALAMIENTO DEL CUPO DEL PAÍS VASCO PARA EL QUINQUENIO 2007-2011. (Número de expediente 121/000148.)


El señor PRESIDENTE: Punto V del orden del día, que será objeto de debate acumulado: Tramitación directa y en lectura única de las siguientes iniciativas


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legislativas. Proyecto de ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. Proyecto de ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento
del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011. En primer lugar, tiene la palabra el señor vicepresidente segundo del Gobierno.



El señor VICEPRESIDENTE SEGUNDO DEL GOBIERNO Y MINISTRO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (Solbes Mira): Muchas gracias, señor presidente.



Señorías, tengo el honor de presentar para su tramitación directa y en lectura única en la sesión del Pleno de este día el proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio
2007-2011 y el proyecto de Ley por la que se modifican algunos artículos del Concierto Económico de esta comunidad autónoma.
Estos proyectos de ley aprobados por el Gobierno recogen los acuerdos alcanzados entre la Administración del Estado y la
Administración del País Vasco en la Comisión mixta del Concierto celebrada el 30 de julio de 2007 sobre la modificación del Concierto Económico y la metodología del cupo. Ambas disposiciones remiten a los derechos históricos de los territorios
forales del País Vasco, que la disposición adicional primera de la Constitución ampara y respeta, al tiempo que prevé la actualización general del Régimen Foral en el marco de la propia Constitución y del Estatuto de Autonomía para el País Vasco,
aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre.



Como SS.SS. conocen, en el Concierto Económico se concretan las relaciones de orden tributario entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los criterios de fijación del cupo, que reflejan los flujos financieros entre
ambas administraciones y por los que, de acuerdo con lo previsto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco, este contribuye al sostenimiento de las cargas generales del Estado. Ambas vertientes, la fiscal y la financiera, constituyen el objeto de
los dos proyectos de ley que tengo el honor de presentar hoy a sus señorías. El primero de ellos modifica algunos aspectos del vigente Concierto Económico y el segundo establece la metodología para la determinación del cupo del País Vasco durante
el quinquenio 2007-2011. La modificación de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto, está en el propio carácter dinámico de la misma, ya que si bien tiene vigencia indefinida se trata de una ley que en sus aspectos
tributarios ha de adaptarse a las modificaciones que experimenta el sistema tributario del Estado. Concretamente, la disposición adicional segunda se refiere a los supuestos de una reforma en el ordenamiento jurídico tributario del Estado que
afecte a la concertación de los tributos, una alteración de la distribución de las competencias normativas que afecte al ámbito de la imposición indirecta o a la creación de algunas figuras tributarias o pagos a cuenta. Teniendo en cuenta que desde
la aprobación de la Ley de Conciertos del año 2002 se han producido distintas modificaciones de índole tributaria, resulta necesario hacer uso de la previsión señalada para la adaptación del mismo. Específicamente, se trataría de las siguientes.
En primer lugar, de las últimas reformas llevadas a cabo en el impuesto sobre el valor añadido en el marco de la Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal. En segundo lugar, el incremento de competencias normativas de las comunidades
autónomas en el impuesto especial sobre determinados medios de transporte y en el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, derivados de la segunda Conferencia de presidentes. Finalmente, la introducción en el sistema
tributario estatal del impuesto sobre el carbón y de la devolución del impuesto sobre hidrocarburos a profesionales, agricultores y ganaderos en determinados supuestos. Asimismo, se ha considerado conveniente perfeccionar la colaboración entre el
Estado y las instituciones del País Vasco en materia de intercambio de información para el cumplimiento de los tratados internacionales. Para ello, se prevé que las dos administraciones arbitren los procedimientos de intercambio de información que
garanticen el adecuado cumplimiento de los tratados y convenios internacionales del Estado y, en particular, de la normativa procedente de la Unión Europea en materia de cooperación administrativa y asistencia mutua. La disposición adicional sexta
del Concierto Económico determina la actualización, por la Comisión mixta del Concierto Económico, al menos cada cinco años, de la cifra del volumen de operaciones que sirve de umbral para la tributación compartida entre ambas administraciones en el
impuesto sobre sociedades y en el impuesto sobre el valor añadido. Esta previsión se ha concretado en la elevación de dicho umbral de 6 a 7 millones de euros, lo que supondrá una disminución de las obligaciones formales para los contribuyentes.



Por su parte, el proyecto de ley por la que se aprueba la metodología del señalamiento del cupo del País Vasco para el periodo 2007-2011, es consecuencia del carácter quinquenal de éste establecido en la propia Ley del Concierto Económico.
Esta norma señala que cada cinco años, mediante ley de las Cortes Generales y previo acuerdo de la Comisión mixta del Concierto, se procederá a aprobar la metodología de señalamiento del cupo que ha de regir en el quinquenio conforme a los
principios generales establecidos en el Concierto Económico. Por tanto, habiendo finalizado el quinquenio 2002-2006 era necesario acordar el cupo del año base 2007, así como la forma de determinar los cupos de los demás años del nuevo quinquenio.
Los aspectos más significativos de esta metodología para el cálculo del cupo base del año 2007 serían los siguientes: En primer lugar, se fija un importe de 85.752,62 millones de euros para las cargas no asumidas por la Comunidad Autónoma del País
Vasco, deduciendo del total de gastos del presupuesto del Estado el importe íntegro que, a nivel estatal,


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corresponde a las competencias asumidas por la comunidad autónoma. A continuación, sobre esa cantidad se aplica el índice de imputación 6,24 por ciento, que es el mismo que el fijado en los cupos de los años anteriores. Esto arroja una
cifra de 5.350,96 millones de euros, de la que se deducen una serie de ajustes y compensaciones recogidos en el Concierto Económico, obteniéndose un cupo líquido para el año base de 1.565,23 millones de euros. También se prevé que se compensará,
con cargo al cupo, la participación que corresponda a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de dependencia, educación y sanidad, lo que derivaría de los acuerdos de la segunda Conferencia de presidentes. En esta nueva ley también se
recoge, al igual que en las leyes de metodología de quinquenios anteriores, la forma de determinar los cupos de los años siguientes del quinquenio. Para ello se regula el índice de actualización del cupo líquido del año base y los efectos por la
variación en las competencias asumidas, así como la liquidación definitiva del cupo líquido provisional fijado para cada ejercicio. Por último, este proyecto de ley establece los ajustes a consumo de la recaudación por el impuesto sobre el valor
añadido y por los impuestos especiales de fabricación, al igual que las anteriores leyes de cupo.
Estos ajustes de carácter continuista pretenden adecuar la recaudación por tales impuestos al consumo realizado en territorio vasco y en territorio
común en función de los índices acordados en cada caso.



En definitiva, señorías, el Gobierno, con las modificaciones efectuadas, hace un ejercicio de responsabilidad institucional para mantener actualizadas las competencias tributarias de los territorios históricos y la potestad tributaria foral,
que está en la base del Concierto y de la autonomía del País Vasco. Asimismo, se cumple lo previsto en el mismo para el señalamiento del cupo, aprobando la metodología para su cálculo en el quinquenio 2007-2011. Se expresa de esta forma la
continuidad del Concierto en el cupo como parte esencial del mismo, y el compromiso de este Gobierno con su respeto y permanente actualización.



Muchas gracias, señorías. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias.



Fijación de posiciones. Grupos parlamentarios. En primer lugar, señora Lasagabaster. El tiempo es de diez minutos.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Muchas gracias, señor presidente.



Señor ministro, señorías, hoy nos encontramos ante un debate clave y esencial para los representantes del País Vasco. Es evidente que en este momento los diputados de los distintos grupos parlamentarios procedentes de la Comunidad Autónoma
del País Vasco nos encontramos ante un debate clave, la tramitación en lectura única de dos proyectos de ley, uno sobre la modificación de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País
Vasco, y otro, el proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología del señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011. Señorías, estos dos proyectos de ley son consecuencia de un pacto, de un acuerdo bilateral entre la
representación del Gobierno del Estado y la representación de las instituciones del País Vasco, y afectan a la identidad y a la personalidad jurídica del País Vasco, expresada a través de sus derechos históricos. Nos habrán oído en más de una
ocasión en esta tribuna, siempre que se ha hablado de este mismo tema, establecer claramente la importancia de estos pactos. Es un derecho histórico, no es un privilegio y tampoco es una competencia más; es, según la mejor doctrina, la expresión
de un ser, no de un tener, y afecta a la personalidad, más que a las competencias, y a la identidad de nuestro pueblo. Las competencias se otorgan, los derechos se reconocen y son anteriores y preexistentes a la Constitución y al Estatuto; son
derechos existenciales e inherentes a nuestra propia identidad. Es verdad que la Constitución de 1978 ampara y respeta los derechos históricos, especialmente al Concierto Económico, pero lo que respeta la Constitución no es un Concierto concreto,
sino el derecho a pactar de mutuo acuerdo sus contenidos. ¿En qué consiste el pacto, ese acuerdo bilateral que hoy se nos presenta? Esa relación nos lleva, como señalaba el ministro, a dar estabilidad y a consolidar el Concierto Económico. Se han
establecido diferentes modificaciones en la Ley 12/2002 del Concierto Económico y se ha llegado a diecinueve acuerdos sobre cuestiones relativas a impuestos indirectos e IVA, y lo mismo en relación con el cupo, la fijación del índice de imputación,
el establecimiento del cupo de 2007 y la minoración de determinados servicios que el Estado presta relacionados con educación, sanidad o la Ley de Dependencia. Lo importante en estas dos leyes, en ese acuerdo, en ese pacto, es el espíritu de
conseguir llegar a acuerdos y evitar conflictos, de establecer maneras de resolver los problemas sin llegar a una situación conflictiva que empaña y no soluciona nada, la creación de la junta arbitral, ya recogida en la primera Ley del Concierto
Económico de 1981, y la resolución de las distintas discrepancias a través de distintas soluciones.



También hemos de señalar, aunque no es el caso, dos problemas que tienen todavía planteados el Concierto Económico y el Convenio Económico. El primero hace referencia solo al Concierto. Nos referimos al blindaje de las normas tributarias.
Es un tema que hoy no es objeto de debate, pero al que tendremos que dar una solución. Otra cuestión que nos preocupa de manera importante hace referencia no solo al Concierto sino también al Convenio, su situación dentro de la Unión Europea.
Creemos que este es el momento procesal oportuno para señalar, aunque no sea objeto de este debate, la posibilidad de dar una solución a este tema; así lo ha planteado Eusko Alkartasuna. En concreto, nuestro representante en el Parlamento Europeo
ha trasladado a la representación permanente del Gobierno del


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Estado la posibilidad de incluir un protocolo sobre esta cuestión en el próximo Tratado de la Unión Europea. No es algo distinto de lo que en su momento negociaron países como Finlandia y otros. Un protocolo anexo a ese Tratado de la Unión
Europea que tiene que ser debatido en el próximo Consejo Europeo con la Presidencia de Portugal, en el que se recoja exactamente ese derecho histórico, esa existencia, esa autonomía fiscal única en la Unión Europea y que no lleve a los vaivenes que
hemos visto a nuestro Concierto y al Convenio en Navarra sobre distintas situaciones francamente conflictivas. Creemos que esto es factible porque hay otros Estados que lo han hecho y, por tanto, podría dar una solución razonable, lógica, legal y
legítima a lo que es nuestro derecho, un derecho histórico, en este caso el Concierto, que viene de una situación de identidad, de personalidad y que forma parte de la esencia de lo que nosotros aquí representamos.



Muchas gracias, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Lasagabaster.



Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.
Señor Llamazares, por favor.



El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señor presidente.



Señorías, el Concierto Económico vasco y el cupo articulan las relaciones tributarias y financieras entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Euskadi. Más allá de ser un mecanismo técnico para regular cómo y quién establece los diferentes
impuestos, supone uno de los elementos más importantes de la relación y de la especificidad en esa relación entre la Comunidad de Euskadi y el conjunto de España. El acuerdo para la renovación del Concierto y de la metodología para el señalamiento
del cupo que se expresa en estas leyes es una buena noticia para el desarrollo de la convivencia armónica entre las distintas realidades que conforman nuestro Estado. Valoramos de forma muy positiva que se recupere la normalidad institucional y el
lógico entendimiento entre la Comunidad Autónoma vasca y el conjunto de España. Señorías, nuestro grupo, que es federalista, considera como el aspecto más importante a destacar el acuerdo que está detrás de estos proyectos de ley, en un momento
donde los desencuentros y los agravios son la mercancía más habitual en el debate político. Por este motivo vamos a apoyar estas leyes, por lo que suponen de articular una relación entre diversos de forma pacífica y normalizada. Por otra parte, la
cuantía del cupo, es decir, la cantidad que va a aportar Euskadi para el mantenimiento de las arcas del Estado se actualiza desde la anterior fijación hace cinco años en la propuesta, teniendo en cuenta el crecimiento del presupuesto del Estado,
consecuencia entre otras cosas del crecimiento económico y de la subida del coste de la vida. Por tanto, este sistema fiscal específico sigue manteniendo su aportación al gasto común siguiendo la evolución del gasto público estatal. Valoramos de
la actualización especialmente que se incremente la información fiscal entre ambos niveles de la Administración, la estatal y la foral, porque sin duda debe contribuir a facilitar la persecución del fraude fiscal, una de las principales lacras de
nuestro sistema impositivo. Es lógica la actualización y la mejora del reparto competencial en relación con la gestión de determinados tributos, entre ellas la referida al impacto del domicilio fiscal de las empresas que desarrollan su actividad
dentro y fuera de Euskadi o a las devoluciones parciales de los impuestos sobre carburantes de agricultores y ganaderos, por citar algunas de ellas. Estas mejoras no impiden que en el debate actual sobre los impuestos en general, y ahora en
concreto sobre el de sociedades en Guipúzcoa y su proyección sobre el resto del País Vasco, mantengamos importantes diferencias al oponernos a la desfiscalización de los beneficios empresariales, siguiendo la senda que ya iniciara en su momento el
Gobierno estatal con anterioridad. Desde el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds consideramos positivo que se haya encontrado un acuerdo en el cupo ante nuevas situaciones que se han dado, como han sido las derivadas de la
financiación de la Ley de la autonomía personal y atención a las personas dependientes, el desarrollo de la Ley Orgánica de Educación y que se haya previsto un mecanismo para solventar las que se puedan producir en el futuro. También celebramos que
se cierre en la Comisión mixta del Concierto Económico el contencioso sobre la financiación adicional de la sanidad, acordada en su día en la Conferencia de presidentes autonómicos.
Finalmente, hay que señalar que los ajustes que se han hecho para
posibilitar una mayor autonomía fiscal, dentro del compromiso global del Concierto de mantener una presión fiscal similar a la del territorio común del Estado, los consideramos positivos, como es la capacidad también de incrementar el gravamen de
los impuestos especiales hasta un 15 por ciento para determinados medios de transporte, lo que permitiría implementar medidas de carácter ambiental.



Señorías, el Concierto y el cupo entran dentro de una filosofía de incremento de responsabilidad fiscal de las comunidades autónomas, aunque junto a Navarra sean casos singulares que globalmente pueden resultar positivos, independientemente
de que no compartamos ni en Euskadi ni en el conjunto del Estado las apuestas por el superávit fiscal, sobre todo cuando se tienen déficits sociales de tanta magnitud como los que tienen el conjunto del Estado y la Comunidad Autónoma vasca. En suma
y por concluir, creemos que es una buena noticia para el País Vasco y para España la aprobación de las leyes de actualización del Concierto y de la metodología para fijación del cupo, y la vamos a votar favorablemente, pero lo más importante es el
clima de diálogo y de acuerdo frente a cualquier agravio y cualquier victimismo.



Muchas gracias.



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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Llamazares.



Grupo Vasco. Señor Azpiazu.



El señor AZPIAZU URIARTE: Señor presidente, señoras y señores diputados, señor vicepresidente segundo y ministro de Economía y Hacienda, al igual que hace cinco años, cuando se aprobaron en esta Cámara el Concierto Económico entre el Estado
y el País Vasco y la Ley quinquenal de cupo para el periodo 2002-2006, cabe también hoy señalar que asistimos a una ceremonia parlamentaria singular de enorme importancia para el Grupo Vasco en el Congreso y para el Partido Nacionalista Vasco. Me
atrevería a decir que son las leyes más importantes de la presente legislatura; desde luego yo no tengo ninguna duda de que lo son en el ámbito económico y financiero. Hoy aprobaremos dos leyes de artículo único, como son la Ley quinquenal de cupo
para el periodo 2007-2011 y la primera modificación del actual Concierto Económico. De esta forma ratificaremos lo acordado en estas materias por la Comisión mixta del Concierto, lo que evidencia, como se ha recordado aquí, el carácter paccionado
de nuestro modelo de financiación que constituyen el Concierto Económico y el cupo. Por tanto, antes que nada nos tenemos que felicitar todos por el acuerdo y muy especialmente a los auténticos protagonistas del mismo, que son los representantes de
la Comisión mixta del Concierto, encabezada y copresidida por la vicelehendakari del Gobierno vasco y por el vicepresidente segundo y ministro de Economía y Hacienda. Como todos los acuerdos, se ha logrado tras un proceso largo y duro de
negociaciones.
Tampoco fue fácil el que se logró hace cinco años con el Gobierno del Partido Popular, con el que pactamos un Concierto Económico de carácter indefinido. Señoras y señores diputados, por ley estamos obligados a pactar. El modelo
establece las relaciones económico-financieras y tributarias entre el Estado y el País Vasco. Por eso, la propia existencia de un acuerdo ya es una buena noticia en sí misma, máxime si tenemos en cuenta que el alcanzado en la Comisión mixta del
Concierto no se limita a estos dos proyectos de ley que tenemos en tramitación, sino que han sido rubricados un total de diecinueve. Los diecisiete acuerdos que no requieren de modificación legal complementan y dotan de sentido en los términos en
que se han redactado a los proyectos que hoy votaremos.
Sin adentrarme en excesivos tecnicismos, y aunque sea de pasada, me van a permitir que me refiera tan solo a aquellos aspectos que estimo de mayor relevancia.



En lo que se refiere al proyecto de Ley de modificación del Concierto Económico, el acuerdo de mayor calado político lo constituye la modificación del artículo 4 del mismo, mediante la adición de un nuevo apartado cuatro, en virtud del cual
ambas partes asumen el compromiso de arbitrar los procedimientos de intercambio de información que resulten necesarios para el cumplimiento de los tratados y en especial de la normativa europea en materia de cooperación administrativa y asistencia
mutua. Este compromiso contribuirá con toda seguridad a una mayor responsabilidad a la hora de aprobar la normativa tributaria en aras de su compatibilidad con las libertades de circulación y de establecimiento en el ámbito de la Unión Europea y
con la disciplina de la ayuda del Estado, a la par de incrementar la eficacia en la lucha contra el fraude en el mismo ámbito. También es de destacar, por lo que supone de simplificación, tal y como ha señalado ya el vicepresidente, la aplicación
al Concierto de la elevación de 6 a 7 millones de euros de la cifra de volumen de operaciones, relevante para la tributación exclusiva en una u otra Administración en virtud del domicilio fiscal. Quisiera también referirme a los acuerdos duodécimo
y decimotercero de la Comisión mixta por su excepcional importancia tanto para los contribuyentes como para las propias administraciones. En ellos se trata de la constitución, tras 26 años de existencia del Concierto, de la junta arbitral, junto
con el nombramiento de sus tres componentes, los profesores Palao Taboada, Merino Jara y de la Hucha Celador, y de la aprobación de las normas de funcionamiento, organización y procedimiento contenidas en su reglamento, que servirán para resolver
cuestiones enquistadas durante largos años entre ambas administraciones.



En lo que se refiere a la ley que aprueba la metodología para la determinación del cupo durante el quinquenio 2007-2011, su característica más relevante es la de su carácter continuista respecto de la vigente en el quinquenio anterior, en la
medida en que se mantienen tanto la metodología de determinación del cupo y su actualización anual, así como la prórroga automática y la totalidad de parámetros que influyen en su determinación. En concreto, se mantienen el índice de imputación, en
el 6,24 por ciento, y los índices de consumo y capacidad recaudatoria necesarios para la realización de los ajustes en el IVA y en los impuestos especiales. Prácticamente, sus únicas novedades son, por un lado, el compromiso mutuo de convocar la
Comisión mixta del Concierto, tanto en el caso de establecimiento de compromisos de financiación de gastos en competencias asumidas derivadas de medidas legislativas de interés general o compromisos institucionales, como en el caso de una eventual
reforma sustancial del régimen de cesión de tributos o del régimen Lofca que pueda afectar a la determinación del cupo líquido. Por otro lado, el acuerdo incluido en la disposición adicional tercera para la aplicación al País Vasco de las
disposiciones financieras relativas a la configuración del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, desarrollo de la Ley Orgánica de Educación y la financiación de las medidas para la sanidad acordadas en la Conferencia de presidentes
de 10 de septiembre del año 2005. La señalada disposición adicional se complementa con tres acuerdos en los que se fijan las cuantías provisionales a tener en cuenta en el cupo líquido del año base para los tres tipos de actuaciones. Los citados
acuerdos respetan escrupulosamente, como no puede ser de otra forma, la esencia, la


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naturaleza y el modelo del Concierto Económico y, en particular, el del capítulo II, relativo a las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco. Si alguien tuviera alguna duda al respecto, estaría encantado en aclararle o
explicarle lo que fuera necesario.



Además de las modificaciones introducidas en la ley quinquenal que acabo de señalar, creo que es de justicia resaltar los acuerdos alcanzados en materia de estabilidad presupuestaria. Así, además de fijar los principios generales y
procedimientos de actuación en dicha materia, se ratifican los previamente alcanzados en relación tanto con el objetivo de estabilidad presupuestaria para el periodo 2007-2009, como con el correspondiente al periodo 2008-2010. En definitiva, una
ley respetuosa con el statu quo anterior, una buena ley complementada con acuerdos importantes de financiación y de estabilidad presupuestaria que va a contribuir a dotar -valga la redundancia- de estabilidad y a facilitar las relaciones entre el
Estado y el País Vasco durante los próximos cinco ejercicios presupuestarios. Con la aprobación de estos proyectos de ley se pone de manifiesto que el sistema de concierto económico, lejos de ser un sistema arcaico y esclerótico, es una institución
moderna y flexible que se adapta perfectamente a los cambios del entorno. Este sistema peculiar, que data de hace 129 años -del año 1878, cuando surgió como vestigio de la arrebatada foralidad-, se ha ido adecuando a las circunstancias. A pesar de
ser, como digo, preconstitucional, está expresamente reconocido y amparado, tal como ha señalado el vicepresidente, en la Constitución de 1978 y en el Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1979. Ha sido desde entonces respetado por todos los
regímenes políticos habidos hasta hoy con la sola excepción del franquismo, que lo suprimió en 1937 en Vizcaya y Guipúzcoa tras declararlas provincias traidoras; no fue así en Araba ni en Nafarroa, que pudieron continuar con el sistema. En 1981
fue recuperado en todos los territorios vascos y en el año 2002 se aprobó el actual Concierto Económico con carácter indefinido. Hoy, tras el acuerdo alcanzado en la Comisión mixta del Concierto, procederemos a su modificación y a la aprobación de
una nueva Ley quinquenal del Cupo para el periodo 2007-2011, poniendo de manifiesto su adaptabilidad a los cambios mediante acuerdo o pacto previo entre las instituciones.



Para concluir, quisiera reiterar la satisfacción de nuestro grupo parlamentario, del Grupo Vasco en el Congreso y del Partido Nacionalista Vasco por la aprobación de estos proyectos que suponen, además de un marco estable y cooperativo de
las relaciones financieras, económicas y tributarias entre el Estado y el País Vasco, una estabilidad y normalidad política e institucional deseable. Me atrevería, por lo tanto, señoras y señores diputados, a pedir a los grupos parlamentarios de
esta Cámara un voto positivo a estos proyectos de ley, lo que desde mi grupo parlamentario les agradecemos de antemano y de todo corazón.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Azpiazu.



Esquerra Republicana, señor Puig.



El señor PUIG CORDÓN: Gracias, señor presidente.



Señor vicepresidente del Gobierno, señorías, en primer lugar quisiera felicitar al Gobierno vasco y a los partidos políticos que forman parte de dicho Gobierno, al Partido Nacionalista Vasco, a Eusko Alkartasuna y a Ezker Batua, por haber
llegado a este acuerdo por el que hoy someteremos a votación dos proyectos que, como han expresado los portavoces de los diferentes partidos, tienen gran importancia. Indudablemente, respetamos esta decisión y los dos proyectos van a contar con el
voto favorable, como no podía ser menos, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.
Les felicitamos también por haber mejorado el sistema, el Concierto y el cupo, y por haber reconocido en estos nuevos proyectos de ley el principio de lealtad
institucional de aquellas leyes que a veces comportan perjuicios económicos a las diferentes comunidades autónomas.



Lo que aprobamos hoy es algo que nuestro partido también ha pedido en su momento para Cataluña. Yo creo que es bueno copiar las cosas y, con todo respeto, también nuestro partido pidió en su momento un concierto económico para Cataluña. Es
lo que perseguía, más o menos, el Estatut de Catalunya recortado y aprobado en el Parlamento de Cataluña el 30 de septiembre, era el Estatut que iba hacia el principio de poder recaptar los impuestos en Cataluña. El Concierto Económico como modelo
de financiación es nuestro objetivo en el camino a convertirnos un día en un estado libre en el marco de la Unión Europea, con más ímpetu si cabe, y es nuestro objetivo porque entendemos que hay una falta de respeto del Gobierno español de turno
hacia las demandas de Cataluña y también hacia las resoluciones aprobadas en esta Cámara. Hace años que se ha aprobado en esta Cámara la publicación de las balanzas fiscales y aún hoy esas balanzas, que están hechas, no se han publicado. Señor
Solbes, yo le pido que, de una vez por todas, saquen del cajón las balanzas fiscales y las publiquen para que podamos hablar con claridad de la solidaridad.
Llevamos años de déficit de inversiones en Cataluña, en el País Valencià y en las Islas
Baleares. Estas tres comunidades aportamos una parte importante del superávit del Estado y aún seguimos siendo maltratados.
Hacemos un debate estéril. Ayer, la televisión de la Comunidad de Madrid decía que los presupuestos han aumentado la
inversión en Cataluña un 39 por ciento. El informativo de Telemadrid dijo: Cataluña, beneficiada con un aumento del 39 por ciento. No saben ni sumar. Creo que sí saben sumar, lo que pasa es que siempre intentan vender lo que no es. Qué
diferencia, ¿verdad? Los catalanes seguimos discutiendo y vamos por la vida de pedigüeños. Seguimos discutiendo por los Presupuestos Generales del Estado, por una adicional tercera confusa, cuando lo fácil sería hacer las cosas bien.



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Desde nuestro grupo felicitamos a los partidos vascos por su unidad, por su compromiso en defensa de sus derechos históricos. Gestionar el Concierto Económico es también responsabilidad, lo admitimos. Cataluña también quiere esa
responsabilidad; así lo pedían personalidades catalanas, como el malogrado Trías Fargas, que lamentablemente no tuvo el compromiso mayoritario de su partido en la defensa de un concierto económico y, en cambio, sí tuvo el compromiso del Partido
Nacionalista Vasco. En los primeros años de la democracia se podía haber negociado.
Hoy, veinticinco años después, aún seguimos discutiendo una adicional tercera, con la gran diferencia de que quien tiene la llave de la caja es el Gobierno de
España. Recuerdo con sorna y a la vez con tristeza cómo la derecha española se manifestaba por las calles de Madrid con muchas banderas durante la tramitación del Estatut. ¿Se imaginan qué pasaría si una ley de este tipo llevase el anagrama de la
Generalitat de Catalunya? ¿España se rompería?


Señores de Convergència i Unió, señor Sánchez i Llibre, me dirijo a usted.
Ayer escuché la interpelación del señor Vilajoana. Coincidía plenamente con la mayoría de sus argumentos, pero faltaba uno, la unidad que han tenido los vascos, los
partidos vascos, en negociar sus derechos históricos. Viajar solo a veces es peligroso, y, como reconocía el señor Vilajoana, el señor Mas viajó solo a La Moncloa. Eso provoca problemas, y fue engañado. Le engañaron, viajó solo. Si hubiésemos
mantenido la unidad tanto en los inicios de la democracia como en la tramitación del Estatut, otro gallo cantaría. Por el contrario, lo que aprobamos hoy, lo que aprueba hoy esta Cámara, sí que tiene contenido, eso sí que es tener la gallina de los
huevos. ¿Se acuerdan, señores de Convergència i Unió, de la historia de los huevos y de la gallina? ¿Se acuerdan? Pues busquen y comparen y verán que lo que tenemos en Cataluña en nada se parece a lo que aprobamos hoy. Ustedes lo saben y además
lo pactaron. Si es verdad que les dieron la gallina, yo creo que no era ponedora de huevos. Visto lo visto, si había huevos, no había ni para hacer escudella ni carn d'olla. Me parece que no había nada.



Señores de Convergència i Unió, la unidad es lo que nos hace falta para mejorar, y con ella no estaríamos perdiendo el tiempo en discutir si la adicional tercera aprobada en el Estatut se cumple o no se cumple. Por lo tanto, repito:
felicidades al Gobierno vasco, a los partidos vascos, por haber llegado a este acuerdo. Nuestro grupo va a votar favorablemente y, repito, tenemos sana envidia de la unidad de acción en la defensa de sus derechos históricos; por lo tanto, pleno
respeto a su decisión y a la del pueblo vasco.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: CiU. Señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señor presidente.



Señoras y señores diputados, señor vicepresidente del Gobierno y ministro de Economía, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) va a votar a favor de los dos proyectos que hoy estamos debatiendo, que hacen referencia al Concierto
Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011. Al mismo tiempo, felicitamos con el máximo grado de intensidad a las instituciones vascas, que han sabido
plantear con la Administración General del Estado una negociación que ha permitido llegar a este resultado final que hoy estamos debatiendo. Por tanto, desde Convergència i Unió les anunciamos que vamos a votar favorablemente dichos proyectos de
ley, en primer lugar porque es una tradición de nuestro grupo parlamentario, por coherencia histórica, votar favorablemente todos aquellos aspectos que hacen referencia a la financiación, en este caso del País Vasco, y cuando se han debatido aquí
otros estatutos de autonomía siempre se ha contado con el voto favorable de Convergència i Unió. En segundo lugar, porque siempre hemos apoyado, defendido y votado favorablemente todo aquello que hace referencia al fortalecimiento de aspectos
relevantes del Gobierno de Euskadi. En tercer lugar, porque nuestro grupo parlamentario siempre ha respetado en esta Cámara los acuerdos alcanzados entre el Gobierno de Euskadi y el Gobierno central, y para el desarrollo de Euskadi el cupo y el
Concierto, desde nuestro punto de vista, son aspectos importantísimos, y por ello damos relevancia a nuestra posición en la tramitación de estos dos proyectos de ley. Por estos motivos, nuestro grupo parlamentario los apoyará con satisfacción
política y con una inmensa alegría.



Además de lo que acabo de plantear, también nos satisface que dos administraciones, en este caso la del Estado y la de Euskadi, acuerden de forma bilateral, por medio de una comisión negociadora, el contenido del Concierto Económico. Este
es uno de los motivos básicos de nuestra satisfacción, porque vemos que en determinados casos las comisiones bilaterales funcionan, como es el caso al que hoy nos estamos refiriendo.
Sin embargo, en las negociaciones bilaterales que se producen con
otras administraciones, concretamente entre la Administración del Estado y el Gobierno de la Generalitat, no se llega a los acuerdos a que se ha llegado en este caso que estamos debatiendo y no se cumplen aspectos relevantes que hacen referencia al
Estatuto de Cataluña, respecto al cual el Gobierno y la Administración del Estado no son capaces de llegar a acuerdos que sean valorados por el resto de formaciones políticas, como es Convergencia i Unió, de la misma forma que hoy todos las
formaciones políticas vascas que están aquí presentes valoran con un grado de intensidad política importante los que se debaten hoy. Estos acuerdos nos satisfacen asimismo porque llegan a esta Cámara en el momento oportuno, cuando finaliza el cupo
que se había aprobado en el anterior quinquenio, y automáticamente el Gobierno es capaz de llegar a un acuerdo con el


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Gobierno vasco para volver a plantear otros acuerdos de bilateralidad con el consenso de los grupos políticos vascos. No es este el caso de Cataluña, donde cuando se tenía que plantear la revisión de la financiación de la Comunidad Autónoma
de Cataluña no se han iniciado los procesos de revisión para plantear la financiación de los años 2008-2013.
Estamos en unos momentos en los que ni hay acuerdo en la Comisión bilateral entre el Gobierno del Estado y la Generalitat ni se han
iniciado todavía todos aquellos procesos de revisión para que la financiación que corresponda a nuestra comunidad autónoma se desarrolle con los tiempos oportunos y con la eficacia y agilidad con que se están planteando estas dos leyes que, repito,
el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió aplaude, valora y va a votar positivamente con un enorme grado de satisfacción. Por tanto, el Grupo de Convergencia i Unió valora positivamente estos acuerdos, los vota con enorme satisfacción y al
mismo tiempo manifiesta una envidia sana en el sentido de que lo que es muy bueno para el Gobierno de Euskadi nos gustaría que lo fuera también para Cataluña y los acuerdos que se han planteado en el nuevo Estatuto de Cataluña se cumplieran con la
misma eficacia, la misma celeridad y los mismos planteamientos, con acuerdos importantes en la Comisión mixta bilateral que llegaran a esta Cámara con el tiempo suficiente para que todos los grupos catalanes afectados pudiéramos estar en la misma
dirección que los grupos políticos vascos.



Finalmente, quiero hacer una breve referencia a las alusiones que ha hecho el diputado y buen amigo Joan Puig, de Esquerra Republicana de Catalunya, cuando reclamaba la misma unidad que tienen los grupos políticos vascos y hacía una
comparación con el comportamiento de los grupos políticos catalanes en la discusión del Estatuto de Cataluña. Solamente le voy a hacer una afirmación con la máxima contundencia: ustedes estaban en el mismo barco que Convergència i Unió cuando
negociábamos el Estatuto de Cataluña, pero no soportaron que finalmente en la foto y la escenificación del acuerdo entre el Grupo Socialista y los grupos catalanes tuviera una cierta relevancia un acuerdo entre el Partido Socialista y el primer
partido de la oposición en Cataluña, como es el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, y ustedes por culpa de una fotografía se bajaron del autocar. Por tanto, señor Puig, este no es un planteamiento serio y solvente para manifestar que no
existió unidad política cuando se negoció el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Ustedes estaban en el mismo barco, lo que pasa es que en muchas ocasiones la unidad de los grupos catalanes duran un telediario. Muchas veces hemos estado a
favor de un mismo planteamiento Convergència i Unió y Esquerra Republicana, y en el transcurso del tiempo del puente aéreo de Barcelona a Madrid se han bajado inmediatamente porque estaban subordinados a los planteamientos que les hacía el Partido
Socialista de Cataluña. Por tanto, señor Puig, yo le diría, con el máximo cariño, sensibilidad y aprecio que le tengo a usted personalmente, que determinadas afirmaciones políticas no se pueden plantear con la frivolidad que usted las ha planteado.
Por tanto, le pido un poco de respeto y solvencia en sus afirmaciones. En aquel momento, en el que estaban en el mismo barco, ustedes no soportaron no salir finalmente en la fotografía. Y no salieron porque ustedes, por suerte nuestra y por
desgracia suya, no son el primer partido de la oposición en Cataluña ni el grupo parlamentario más potente que existe en Cataluña.



Muchas gracias, señor presidente, señoras y señores diputados.



El señor PRESIDENTE: Grupo Popular. Señor Azpiroz, por favor.



El señor AZPIROZ VILLAR: Señor presidente, señor vicepresidente del Gobierno, señoras y señores diputados, subo a la tribuna para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular en este debate acumulado de los proyectos de ley y hacer una
serie de consideraciones en relación con los mismos.



Permítanme, señorías, que les exprese en dos palabras algo que la inmensa mayoría de ustedes conocen bien: en qué consiste el Concierto Económico.
El Concierto Económico significa que el País Vasco establece sus tributos, recauda sus
impuestos, financia el gasto de sus competencias exclusivas y en los servicios y competencias no transferidas detentadas por el Estado (Exteriores, Defensa y otras competencias) paga al Estado su costo. Esto es lo que vulgarmente llamamos el cupo.
Es decir, recaudamos los impuestos y, detraídos nuestros gastos, pagamos al Estado.
El cupo se establece quinquenalmente, y en el debate de hoy afecta a los años 2007-2012, mediante un proyecto de ley por lectura única, que impide formular
enmiendas parciales que nos hubiera gustado hacer ya que nos merece importantes consideraciones. La primera. Se introduce un punto 4 en el artículo 11 del proyecto de Ley del Cupo 2000 en relación con el proyecto de Ley del Cupo, en relación al de
2002-2006, y se hace una trasposición del artículo 2.1.c) de la Lofca. En segundo término, se introduce una nueva disposición adicional quinta. El artículo 11.4 dice: Si durante cualquiera de los años del quinquenio el Estado se reservara o
asumiera nuevos compromisos de financiación derivados de medidas legislativas de interés general o de acuerdos interinstitucionales sobre materias cuya ejecución corresponda a las comunidades autónomas, se reunirá la Comisión mixta a fin de
determinar el cupo que deba resultar.
Los diputados populares y los populares del País Vasco consideramos que con ello se están vulnerando el espíritu y la esencia del Concierto Económico por cuanto los ciudadanos vascos, insisto, recaudamos
nuestros impuestos, los subimos o los bajamos y decidimos en qué se gasta esa recaudación en el ámbito de nuestras competencias, y garantizamos la contribución a las competencias no transferidas que ejerce el Estado y a la solidaridad nacional que
se establece por el cupo en la cuantía que se pacte. Si recaudamos


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más, disponemos de más porque el cupo siempre es el mismo. Si recaudamos menos, disponemos de menos porque debemos pagar el mismo cupo, con independencia de nuestra recaudación. A esto se le llama principio de riesgo unilateral. Sin
embargo, el nuevo punto 4 del artículo 11 prevé que si el Estado establece nuevos derechos o gastos en competencias transferidas debe compensar económicamente al País Vasco. De hecho, en el cupo de 2007 ya se han descontado 25 millones en concepto
de dotaciones para la dependencia, que, junto con otras cuestiones relativas a la sanidad o a la educación, ascienden a 126,8 millones de euros. De ello deducimos lo siguiente. Se produce una invasión, la más reciente con la dependencia, y
probablemente con el cheque vivienda en un futuro inmediato, de una competencia exclusiva por parte del Estado. Así lo reconocía la vicelehendakari del Gobierno vasco en un artículo publicado en El Correo el pasado domingo 23, quien añadía que esto
es la laminación de nuestro autogobierno y la distorsión de las políticas sectoriales. Y el señor Olabarría decía en el debate plenario sobre la dependencia, celebrado el 30 de noviembre de 2006, como consta en el 'Diario de Sesiones', que lo que
se ha regulado se hace mediante una invasión masiva de las competencias autonómicas que son exclusivas en materia de servicio y de asistencia social -lo cito literalmente-. A ello hay que añadir las demandas del consejero de Vivienda del Gobierno
vasco de la financiación del Plan nacional de alquiler de viviendas, cuestión que en Euskadi es competencia exclusiva suya y que, por cierto, si considera que son buenas ya podía haberlas adoptado y realizado antes. Nada se lo impedía. Es decir,
no le preocupa la competencia exclusiva, ni el buen gobierno ni la buena gestión, tan solo la financiación a través de la futura reducción del cupo por la vía de este artículo. Como los vascos ingresamos nuestros impuestos y financiamos con ellos
nuestras competencias y pagamos el cupo por las que el Estado ejerce, entre las que, por cierto, no están ni la dependencia, ni la vivienda ni tampoco la educación o la sanidad, resulta que con el artículo 11.4 se establece, a cambio de una invasión
competencial, una sobre financiación que resulta pagada con el esfuerzo y los impuestos del resto de los españoles. Perdonarán que cite a una amiga, madre de varios hijos, a los que repite con insistencia: No pueden ser las competencias
individuales y las responsabilidades compartidas. O sea, lo contrario de lo que consagra el punto 4 de este artículo, que no solo es injusto para quien paga lo que no debe, sino que algunos lo podrán calificar como auténtico privilegio o cuando
menos plena subvención.



Por otra parte, esta anómala situación en la que prima desde el País Vasco hacerse con el huevo en vez de con el fuero, en contra de lo que tradicionalmente hemos defendido, complica la defensa del Concierto ante la Unión Europea, como
acertadamente recogía el editorial de El Correo del pasado viernes 21, justo cuando la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia de hace un año relativa al régimen fiscal de las Islas Azores reconocía la capacidad de las regiones de la Unión para
establecer su propia fiscalidad siempre que se cumplan los siguientes requisitos: estatus político -lo tenemos-; autonomía normativa -la tenemos-; capacidad económica propia -puede quedar cuestionada, este es el problema-. Incluso nuestro
Tribunal Supremo ha llegado a admitir la posibilidad de que Euskadi tenga impuestos diferentes a los del Estado.
Es obvio que los privilegios o subvenciones son inasumibles en el contexto de la Unión Europea y pueden constituir un torpedo a la
línea de flotación de un instrumento básico y fundamental de nuestro autogobierno -el Concierto Económico- y en última instancia de nuestro sistema foral.
Por ello, por prudencia, por justicia también, por solidaridad con el resto de los españoles,
por equidad -que no paguen lo que no tienen que pagar-, por rigor, por mayoría de edad, nuestra abstención a la Ley del Cupo es un sí a nuestras competencias, a nuestra financiación, a nuestro Gobierno, sin perjuicio del obvio derecho que asiste al
Estado a establecer los contenidos básicos de los derechos de todos los españoles.
En definitiva, esta abstención es un sí en defensa del Concierto Económico.



La segunda cuestión novedosa y para nosotros totalmente censurable es la nueva disposición adicional quinta, a la cual ya hizo referencia el vicepresidente del Gobierno y que por razones de tiempo limitaré en mi análisis. En dos palabras, y
vulgarizando, básicamente lo que establece es la posibilidad de revisión del cupo cuando puedan existir modificaciones del sistema de financiación de las comunidades autónomas o de los entes locales. Nosotros nos preguntamos qué es lo que en
principio esto tiene que ver. Nosotros tenemos un sistema diferente. El Concierto es un sistema en el cual dictamos nuestras normas tributarias, en el cual gestionamos y recaudamos, en el cual ingresamos, en el cual detentamos la financiación, en
el cual tenemos el poder económico, en el cual gastamos de acuerdo con nuestras prioridades políticas dentro del marco de nuestras competencias y responsabilidades políticas. A partir de ahí, en lo no hecho, en lo hecho por el Estado, que no es
demasiado porque las competencias están mayoritariamente transferidas, se abona el cupo, pagamos nosotros prácticamente ese cupo. Por tanto, ¿qué sentido tiene eso? ¿Por qué se desnaturaliza el Concierto? ¿A partir de ahora el cupo se abonará no
por las competencias transferidas sino por la actuación política del Gobierno en relación con la financiación de otras comunidades autónomas? ¿A quién beneficia, si es que a alguien beneficia? No lo sé. No sé si contribuye a una ceremonia de
confusión dentro de la ya confusa situación y panorama de la financiación de las comunidades autónomas de España: unas en relación con el PIB, otras con la población, otras con no sé que criterios, pero sí sé -y aquí lo tengo que manifestar- que se
está desnaturalizando el Concierto.



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Lamento también decir que en el contexto de este debate nada se ha dialogado, escuchado, hablado o negociado con la Diputación Foral de Álava, hasta recientes fechas gobernada por mis compañeros populares alaveses. Hubiera sido bueno, sin
perjuicio de que la nueva corporación haya suscrito- y en su legítimo derecho está- el correspondiente pacto sobre el cupo. Habida cuenta de que los efectos se retrotraen al ejercicio de 2007, y por tanto al 1 de enero de este año, no hubiera sido
banal y hubiera sido una expresión de juicioso compartir y de necesario negociar con todos cuestiones que a todos nos atañen. Creo que en el fondo todos tenemos la misma vocación de defensa del núcleo de la esencia del autogobierno del Concierto
Económico. No lo creo, lo estoy haciendo aquí. Mi intervención está defendiendo el Concierto Económico por encima de la coyuntura de lo que se negocia en el cupo. Lo que estamos defendiendo es que si tenemos competencias propias, exclusivas
seamos mayores de edad y las ejerzamos con todas las consecuencias, teniendo los medios financieros que tenemos -los tributos y la recaudación-, y no recurramos cuando pueda haber mal uso de las competencias o mala gestión política a demandar del
resto del Estado y del resto de los españoles que nos paguen lo que no nos deben pagar. Además, con esto estamos poniendo en cuestión ante Europa -un concierto claramente judicializado y controvertido- la permanencia futura del mismo. Me parece
que lo que estoy planteando es una responsabilidad y una obligación, señor presidente.



El proyecto de Ley del Cupo -y concluyo-, primero, permite la invasión de competencias exclusivas, y no se lo digo yo sino la propia vicepresidenta del Gobierno vasco que no es de mi partido. Segundo, hace pagar injusta e indebidamente al
resto de los españoles nuestra mayor financiación, establece subvenciones y privilegios a favor del País Vasco, desnaturaliza el Concierto Económico, subordina el Concierto Económico a la acción financiera del Estado con otras comunidades autónomas
y pone el futuro del mismo en riesgo ante la Unión Europea. Por tanto, no podemos votar a favor pero tampoco votaremos en contra. (Un señor diputado: ¿Por qué no?) Vamos a abstenernos. Estamos convencidos de que al final -o por lo menos
deseamos que así sea- el artículo 11.4 y la disposición adicional quinta quedarán en agua de borrajas, y no doy pie a que lo que acabo de manifestar como una preocupación se materialice. Les pido que hagan una honda reflexión en este sentido, a
favor del mantenimiento futuro y de la viabilidad y estabilidad de un concierto económico que solamente ha tenido una proyección de indefinido en el tiempo, cuando lo han pactado todas las fuerzas políticas con la mayoría absoluta del Partido
Popular en 2002. En otro caso, señores, lamentaré decirles: cómanse los huevos, que han regalado la gallina. Nuestra abstención es la mejor defensa del concierto.



El señor PRESIDENTE: Señor Azpiroz, debe concluir.



El señor AZPIROZ VILLAR: Concluyo, ya de verdad.



Evitemos ayudas del Estado improcedentes para evitar con ello ataques innecesarios que puedan poner en cuestión lo que nos une de verdad, y apelo a que todos constructiva y positivamente hagamos la defensa auténtica del Concierto Económico.



Muchas gracias. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias.



Grupo Socialista. Señora Mendizábal.



La señora MENDIZÁBAL GOROSTIAGA: Gracias, señor presidente.



Señor vicepresidente económico, señorías, es para mí un honor y una gran satisfacción, como socialista vasca, intervenir en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, en este debate que ya se ha calificado como singular, sobre dos proyectos
de ley, uno financiero, sobre la metodología y señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011, y otro fiscal que modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico en la Comunidad Autónoma del
País Vasco. El Concierto Económico es la institución que regula formalmente las relaciones financieras y tributarias entre el Estado y los territorios forales que componen la Comunidad Autónoma del País Vasco. Es, sin duda, el pilar más importante
de nuestro sistema foral, que tiene gran arraigo, una aceptación social muy elevada y que además resulta altamente valorado por la sociedad vasca. Por eso creo que es muy grave lo que se acaba de decir en esta tribuna sobre abstenerse en un debate
como este y en unos proyectos como estos, y yo diría que única y exclusivamente porque ha sido el Gobierno socialista el que ha llegado rápidamente, pronto, en su momento y bien, a un acuerdo con la Administración del País Vasco.



El origen, el significado y la finalidad de lo que ha sido objeto el Concierto Económico ha tenido muchas interpretaciones, tanto por diferencias en el posicionamiento político como por el proceso de evolución que ha seguido, desde sus
primeros antecedentes que algunos fijan en el Fuero de Vizcaya, pero sobre todo desde su nacimiento como tal Concierto Económico mediante Real Decreto en 1878. No obstante, recuerdo que nació como un sistema provisional, transitorio y cuyo único
objetivo era integrar a las provincias exentas en la unidad del ámbito tributario. No se trata aquí de hacer historia ni de escarbar en los orígenes, sino de resaltar el fundamento y la legitimación democrática del Concierto Económico en la
actualidad. Legitimación y fundamento que emanan de la Constitución de 1978, que en su disposición adicional primera ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales y encarga su actualización a los estatutos de autonomía. Así,
el Estatuto de


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Autonomía del País Vasco de 1979, en sus artículos 40 y 41, regula el ejercicio y la financiación de las competencias a través del concierto.
Es, pues, y lo quiero recalcar, en el ámbito del restablecimiento del sistema democrático en
España en el que se produce la consolidación definitiva del Concierto Económico, aprobado por la Ley 12/1981, si bien entonces se establecía una duración de veinte años, hasta el 31 de diciembre de 2001, fecha en la que apresuradamente, por cierto,
tuvimos que prorrogarlo para posibilitar, en algún caso, llegar a un acuerdo, hasta que finalmente se aprobó la nueva ley en el mes de mayo, y ya en su exposición de motivos se señalaba su carácter de indefinido, y ya no se establecía por tanto la
vigencia limitada. Otra característica a destacar del Concierto Económico como institución, y que también se consolida con la nueva etapa democrática, es su naturaleza de pacto, ya que emana precisamente de un acuerdo entre la Administración
General del Estado y la Administración del País Vasco, lo que significa -lo que estamos viendo ahora- que se tramite como ley de artículo único, en la que el texto articulado va en un anexo y su tramitación se hace por lectura única.



El vigente Concierto Económico, aprobado en su última modificación de mayo de 2002, prevé en su disposición adicional segunda su adaptación, en caso de que se produjese alguna reforma en el ordenamiento jurídico tributario del Estado que
afectase a la concertación de los tributos, o produjese una alteración en la distribución de las competencias normativas que afectaran al ámbito de la imposición indirecta o bien se crearan nuevas figuras tributarias o pagos a cuenta. Así, en la
Comisión mixta del Concierto, reunida en Madrid el 30 de julio de 2007, la Administración del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adoptaron de común acuerdo la modificación del Concierto y la metodología de
señalamiento del cupo para el quinquenio 2007-2011. En esta Comisión mixta del Concierto Económico -como ya se ha dicho desde esta tribuna- también se alcanzaron otros acuerdos de singular importancia, aunque no requieran su tramitación
parlamentaria como proyectos de ley. Es conveniente destacar dos acuerdos importantes, como son la constitución efectiva de la junta arbitral -por fin-, mecanismo de resolución de conflictos entre la Administración Tributaria del País Vasco y la
Administración General del Estado, o también el compromiso de realizar las actuaciones necesarias para cumplir con las decisiones comunitarias en materia de ayudas de Estado.



Respecto al segundo proyecto, por el que se aprueba la metodología del señalamiento del cupo, se trata de cumplir con el carácter quinquenal que establece la Ley del Concierto Económico, fijando el cupo líquido. El cálculo general se
efectúa, como bien es sabido, descontando del presupuesto total de gastos del Estado el importe íntegro estatal que corresponde a las competencias transferidas a la comunidad autónoma, y sobre eso se aplica el 6,24, y con los ajustes y las
compensaciones necesarias sale el llamado cupo líquido. Asimismo, este segundo proyecto recoge la forma de determinar los cupos en los años siguientes del quinquenio.



En definitiva, señorías, con la tramitación de estas dos leyes estamos expresando nuestro compromiso por mantener actualizadas las competencias tributarias, y también de los territorios forales, y también su potestad tributaria, porque
realmente este es el eje fundamental de la autonomía del País Vasco. Además, resulta esencial para nuestro progreso económico y social.



Finalmente, quiero expresar en mi nombre y en el de los socialistas vascos, el deseo de que este acuerdo, este consenso casi unánime, y en algún caso unánime sobre lo que significa la institución del Concierto Económico, que es tan
respaldado por la sociedad vasca, pueda reflejarse cuanto antes en todos los ámbitos de nuestro Gobierno. Este es el compromiso de los socialistas.



Gracias, señor presidente. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Mendizábal.



DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS.



- PROYECTO DE LEY SOBRE REUTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. (Número de expediente 121/000136.)


El señor PRESIDENTE: Punto VI del orden del día. Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. En primer lugar, proyecto de Ley sobre utilización de la información del sector público. El señor ministro tiene la palabra.
Adelante.



El señor MINISTRO DE CULTURA (Molina Sánchez): Gracias, señor presidente.



Señorías, es un motivo de especial satisfacción acudir a esta tribuna para presentar en nombre del Gobierno el proyecto de Ley sobre reutilización de la información del sector público. Con este proyecto se incorpora a nuestro ordenamiento
jurídico la Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre del año 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público, que responde a la necesidad de armonizar en Europa las reglas y prácticas de
explotación de la información del sector público, estableciendo un marco que desarrolle medios modernos de acceso a dicha información, facilite y promueva la creación de productos y servicios relacionados con la misma, garantizando condiciones
justas, proporcionadas y no discriminatorias de acceso. El proyecto de ley viene a sumarse, además, a otras iniciativas que están conformando la nueva sociedad del conocimiento, desde la perspectiva que ofrece la información del sector público como
materia prima para nuevos servicios y productos de información de valor añadido y, por ende, como potencial económico. Maximizar las posibilidades de


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explotación comercial de la información pública, permitirá potenciar el desarrollo de las pymes, incidiendo en la competitividad y el empleo. Con ello estamos consolidando el papel del sector público como impulsor del mercado, al generar y
poner a disposición información relevante para que las empresas, en su ámbito de negocio, aporten un valor añadido comercializando productos y servicios orientados a ciudadanos y empresas como consumidores finales.



Con este proyecto de ley se produce asimismo un importante avance para la Administración pública en su deber de transparencia y accesibilidad ante la sociedad, revirtiendo en la misma los beneficios de conocimiento y económicos que conlleva
el uso de la información que la propia Administración posee. Se refuerzan así, en última instancia, los derechos de los ciudadanos, desde la perspectiva de la disponibilidad y aproximación a la información pública, sin mermar las garantías que se
mantienen en relación con la protección de los datos de carácter personal. Para aunar ambas orientaciones, ciudadano y mercado, el proyecto de ley considera la reutilización como el uso de documentos que obran en poder de las administraciones y
organismos del sector público, por personas físicas o jurídicas con fines comerciales o no, y siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. Es decir, se parte de una definición amplia, que conecta con la vocación de
universalidad de la norma y con su ámbito de aplicación a los distintos niveles de administraciones y organismos del sector público, estatal, autonómico y local. De igual modo, la noción de documento reutilizable se delimita en su sentido más
amplio y acorde con la evolución de la sociedad de la información. Únicamente se excluyen de la aplicación de la norma aquellos documentos sobre los que existen restricciones de acceso por motivos legalmente fundados, como la seguridad y defensa
del Estado, la confidencialidad estadística, el secreto comercial o bien las exclusiones se fundan en preservar derechos como la propiedad intelectual o industrial o en aquellos documentos que, por su especial naturaleza, merecen un tratamiento
diferenciado fuera de este marco general, como los documentos conservados por las entidades que gestionan los servicios esenciales de radiodifusión por instituciones educativas y de investigación o por instituciones culturales. (El señor
vicepresidente, Martínez Sieso, ocupa la Presidencia.) Dado que se incluyen en este marco normativo administraciones y una gran variedad de organismos con fines muy dispares, y que producen información heterogénea, el proyecto de ley contempla
distintas modalidades para permitir la reutilización de sus documentos bien sin condiciones o bien mediante el otorgamiento de licencia.



En el caso de que se establezcan condiciones, estas no deberán ser discriminatorias para categorías de interesados comparables; deberán ser claras, justas y transparentes y no podrán restringir las posibilidades de reutilización ni limitar
la competencia. Le reutilización de la información no podrá suponer, en todo caso, una desnaturalización de la información o la alteración de su contenido. Por tanto, la reutilización está abierta a todos los agentes potenciales del mercado, lo
cual se refuerza mediante la prohibición general de establecer acuerdos exclusivos, garantizando con ello el trato equitativo en las transacciones comerciales. Para respaldar que la reutilización se produzca en un marco de transparencia, en el caso
de que se apliquen tasas para la reutilización de determinada información, se establecen como principios aplicables a la tarificación la compensación económica proporcionada a su coste y la transparencia de las tarifas. Por otra parte, y ante la
necesidad de garantizar que la reutilización disponga de cauces fluidos para su desarrollo, se regula el procedimiento para su materialización que contempla plazos ágiles de respuesta a las solicitudes. Además, se fomentan los formatos
electrónicos, los modelos de licencia disponibles por medios electrónicos, los listados de documentos reutilizables y los formatos accesibles para personas con discapacidad.



Se ha conseguido una ley que mantiene un perfecto equilibrio entre su aplicación en los distintos niveles territoriales y las competencias de las comunidades autónomas, que ha sido elaborada tras un amplio debate en el que han participado
todos los generadores de la información del sector público, donde se han sumado las aportaciones de todos, alumbrando un texto en el que el conjunto de administraciones y organismos pueden verse reflejados sin ver por ello mermada su capacidad de
autoorganización.
Asimismo, quiero manifestar en esta sesión mi agradecimiento a todos los grupos de la Cámara por el trabajo, por el esfuerzo, por el interés y por la voluntad que han puesto para conseguir el consenso con el que se aprueba esta
ley. Estoy convencido de que con la suma de estos esfuerzos, con la incorporación de la directiva mediante este proyecto de ley, consolidaremos un marco general para las condiciones de reutilización de los documentos del sector público, que permita
desarrollar un mercado europeo de la información y que incremente la competitividad de nuestras empresas y la transparencia de nuestras administraciones.



Gracias. (Aplausos.)


El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Muchas gracias, señor ministro.



A continuación, turno a favor de las enmiendas. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida tiene la palabra el señor Llamazares.



El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señor presidente.



En primer lugar, anuncio que vamos a mantener en este acto las enmiendas de mi grupo parlamentario para su votación global. En segundo lugar, en relación a esta Ley de reutilización de información en el sector público, quiero destacar
nuestro apoyo al conjunto del texto y nuestra valoración muy positiva del trabajo de la


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ponencia y de la Comisión, que han permitido la incorporación de buena parte de nuestras preocupaciones, que tenían que ver con la transparencia y con el acceso de los ciudadanos a una información que, en definitiva, les pertenece.



Muchas gracias.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Muchas gracias, señor Llamazares.



Por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana tiene la palabra el señor Ramón.



El señor RAMÓN TORRES: Gracias, señor presidente.



Hoy vamos a aprobar la Ley sobre la reutilización de la información del sector público. Nuestro grupo presentó en el trámite de ponencia diez enmiendas para mejorar el texto, de las cuales fueron aprobadas en ponencia cuatro que iban
dirigidas a la exposición de motivos, lo que refleja el consenso que ha habido en una ley que trasponía una directiva europea. En estas cuatro enmiendas presentadas a la exposición de motivos nuestro grupo entendía que era imprescindible dar
protagonismo a los ciudadanos en ese derecho a la información, y que era fundamental entender la reutilización de la información pública como un servicio público básico, pues el derecho a la información es fundamental para la democracia. En ese
sentido presentamos una enmienda que acabó aprobándose. Asimismo, entendíamos que los acuerdos exclusivos de explotación de la información pública por parte de entidades privadas debían ser excepcionales, y también se nos aprobó una enmienda en ese
sentido. Por otra parte, creíamos que el sector público no tenía que buscar plusvalías en ese derecho de reutilización de información. Si hay un beneficio comercial, el beneficiario tiene que sufragar los costes de ese derecho a la información,
pero en ningún caso el sector público tiene que buscar plusvalías en ese derecho que esta ley pone encima de la mesa.
Estas cuatro enmiendas no solo las habíamos presentado nosotros, sino también otros grupos, y creemos que mejoran la exposición de
motivos y explican mucho mejor lo que quiere decir esta ley. Aparte de estas cuatro enmiendas, hemos presentado otras que vamos a mantener hoy para su votación y que van en el sentido de lo que decía el señor ministro, que es mejorar la protección
de la propiedad intelectual. Son enmiendas que también han presentado otros grupos, que nosotros vamos a someter a votación y que esperamos que sean apoyadas por la Cámara.



En definitiva, nuestro grupo considera este proyecto de ley como necesario. Nos congratulamos de que hoy se apruebe en esta Cámara, porque entendemos que el derecho que tenemos los ciudadanos a una mejor información y a una mayor
transparencia queda mucho mejor plasmado con esta trasposición de la directiva europea.



Muchas gracias, señor presidente; gracias, señorías.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Gracias, señor Ramón.



Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la señora Lope.



La señora LOPE FONTAGNÉ: Gracias, señor presidente.



Señor ministro, como saben SS.SS., la ley que se debate hoy es una trasposición de una directiva europea que pretende armonizar las normas y prácticas de los Estados miembros, en relación con la explotación de la información del sector
público reforzando la eficacia del uso transfronterizo de la misma. La Directiva 2003/98 surge al constatar la Unión Europea que las formas y condiciones de acceso a la información pública varían significativamente entre los Estados miembros,
perjudicando a sectores como la industria europea para la competitividad con otros países con un sistema de información pública más eficaz. Se crea pues, un marco legal común para toda la Unión Europea que facilite las relaciones intracomunitarias.
La importancia de esta ley es indudable no solo en su enfoque comercial sino también como fuente de conocimiento.
Con ella se incrementará el acceso a la información de los ciudadanos, lo que propiciará más transparencia y un mayor aprovechamiento
para la gestión de las actividades económicas y sociales. En nombre de mi grupo debo manifestar nuestra satisfacción de que por fin podamos aprobar esta ley sobre reutilización del sector público, antes de finalizar el periodo de sesiones, y
lamentar profundamente que se hayan incumplido todos los plazos fijados en la directiva para su trasposición. Junio de 2005 era la fecha límite para que todos los Estados incorporasen dicha directiva a su derecho interno, y somos de los pocos
países que no han hecho los deberes. Los demás han debido considerar las grandes ventajas que pueden aportar a sus ciudadanos y sus empresas una buena disponibilidad de la información pública y han sido más diligentes que nosotros.



Tenemos que agradecer también que gran parte de nuestras enmiendas hayan sido aceptadas e incorporadas al proyecto de ley. Creemos que con las aportaciones de todos los grupos se ha mejorado dicho texto. En las enmiendas presentadas por el
Grupo Popular, se ha intentado seguir con la máxima fidelidad los criterios marcados por la directiva, y no impedir así que la ley sea un instrumento útil para todos los ciudadanos y las empresas de los Estados miembros. El sentido de nuestro voto
a las enmiendas de los demás grupos sigue este mismo criterio. Nos satisface particularmente la incorporación de nuestra enmienda 29, enmienda de modificación al apartado 5 del artículo 11, que se refiere a la protección de datos de carácter
personal. La protección de datos de carácter personal aparece como una excepción a la publicidad, a la divulgación o a la reutilización de la documentación pública, que se basa en la protección de los derechos de terceros, de las personas que son
los titulares de los datos contenidos en el documento del


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cual se solicita la divulgación o reutilización. La presente ley debe, por tanto, delimitar perfectamente el interés de los particulares y empresas al conocimiento y utilización de la información con el derecho del afectado a la intimidad y
protección de sus datos personales, con la consiguiente sanción si se infringe este derecho.



En cuanto a las enmiendas que siguen vivas me referiré expresamente a dos de ellas. La enmienda número 22 al artículo 2, letra d), apartado 2º, trata del ámbito subjetivo de aplicación y pretende adaptar la definición de las entidades, a
las que se aplica también la legislación de contratos de las administraciones públicas, a la nueva Ley de Contratos del Sector Público aprobada por este Congreso el 12 de julio de 2007. Nos parece más congruente adaptar la misma definición de las
entidades del sector público y no entendemos la oposición del Grupo Socialista a aquella enmienda.



La enmienda a la disposición adicional primera plantea fijar un plazo máximo de seis meses para que las entidades públicas recogidas en el artículo 2 elaboren los programas en los que se describa cada tipo de información generada por ellos,
las previsiones destinadas a conocer o facilitar su pública reutilización, en su caso el sometimiento a licencia y, en definitiva, realizar todas aquellas medidas que permitan la aplicación real del contenido de esta ley. El Grupo Socialista
argumenta para su rechazo que la introducción de plazos significa una rigidez innecesaria que no aporta nada desde el punto de vista práctico. Tenemos que disentir de este criterio. Si aceptamos, como dice la directiva, que el establecimiento de
un marco legal común en los Estados miembros de la Unión Europea producirá efectos positivos en ámbitos como el sector industrial, de contenido y servicios digitales, el empleo, la economía y para los ciudadanos, que tendrán acceso a una oferta de
servicios amplia y decidida, como ha dicho el señor ministro, es necesario que los beneficiarios de la reutilización dispongan lo antes posible de todos aquellos medios que les permitan este uso y seis meses para poner en marcha este proyecto nos
parece un tiempo suficiente. La fijación de un plazo se justifica todavía más si recordamos que el Gobierno ha sobrepasado casi en tres años el plazo máximo fijado en la directiva para su trasposición y por ello consideramos, contrariamente al
Grupo Socialista y justamente desde el punto de vista práctico, que es imprescindible la fijación de un tiempo máximo para la puesta en marcha de esta ley. A mayor abundamiento, quiero recordar que la directiva prevé llevar a cabo una revisión de
la aplicación de la misma antes de junio de 2008, con eventuales propuestas de modificación, y sería deseable que por lo menos nuestra ley pueda aplicarse en esta fecha.



Muchas gracias. (Aplausos.)


El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Muchas gracias, señora Lope.



Turno de fijación de posiciones. Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) tiene la palabra el señor Esteban. (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Vilajoana.



El señor VILAJOANA ROVIRA: Señor presidente, señor ministro, señoras y señores diputados, nuestro grupo va a apoyar este proyecto de ley, como ya hizo en Comisión, porque consideramos que la trasposición de la Directiva Europea 2003/98, de
17 de noviembre, aprobada en el Parlamento Europeo, relativa a la reutilización de la información del sector público, se adoptó con la finalidad de explotar el potencial de información del sector público y superar las barreras de un mercado europeo
fragmentado, estableciendo unos criterios homogéneos asentados en condiciones equitativas, proporcionadas y no discriminatorias para el tratamiento de la información susceptible de ser reutilizada por personas físicas o jurídicas.



Las diferentes administraciones y organismos del sector público recogen, reproducen y difunden documentos para llevar a cabo la misión de servicio público que tienen encomendada. La directiva persigue armonizar la explotación de la
información en el sector público, en especial la información en soporte digital recopilada por los distintos organismos, relativa a numerosos ámbitos de interés, como la información social, económica, jurídica, geográfica, meteorológica, turística,
sobre empresas, patentes, educación, etcétera, al objeto de facilitar la creación de productos y servicios de información basados en documentos del sector público y reforzar la eficacia del uso transfronterizo de estos documentos por las empresas
privadas, para que ofrezcan productos y servicios de información de valor añadido.



Por otra parte, la publicidad de todos los documentos de libre disposición que obran en poder del sector público referentes no solo a los procedimientos políticos, sino también a los judiciales y administrativos, entendemos que es un
instrumento esencial para el desarrollo en el derecho al conocimiento, que constituye un principio básico de la democracia. Asimismo, entendemos que se pretende promover, y nos parece positivo, la puesta a disposición de los documentos por medios
electrónicos, propiciando así el desarrollo de la sociedad de la información, que es otro elemento que consideramos determinante en esta ley. Igualmente, con esta ley, no solamente se modifica el régimen de acceso a los documentos administrativos
consagrado en nuestro ordenamiento jurídico, sino que se aporta un valor añadido al derecho de acceso, contemplando el marco de regulación básico para la explotación de la información que obra en poder del sector público, en un marco de libre
competencia y regulando las condiciones mínimas a las que debe acogerse un segundo nivel de tratamiento de la información que se genera desde las instancias públicas.



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La ley contempla igualmente una definición genérica del término documento acorde con la evolución de la sociedad de la información y que engloba todas las formas de representación de actos, hechos o información, y cualquier recopilación de
los mismos, independientemente del soporte sobre el cual se está tratando. La ley no se aplica a los documentos sometidos a derechos de propiedad intelectual o industrial, especialmente por parte de terceros, y tampoco afecta a la existencia de
derechos de propiedad intelectual de las administraciones y organismos del sector público ni restringe en modo alguno el ejercicio de esos derechos fuera de los límites establecidos en su articulado. La ley contempla también los aspectos básicos
del régimen jurídico de la reutilización, indicando que las administraciones y organismos del sector público podrán optar por permitir la reutilización sin condiciones concretas o mediante la expedición de una licencia que imponga a su titular una
serie de condiciones de reutilización, que en todo caso deberán ser claras, justas, transparentes y no discriminatorias, para categorías comparables de reutilización, y atender al principio de libre competencia. Se han incorporado enmiendas que
todavía refuerzan más estos conceptos de libre utilización. Para ello, el uso de licencias-tipo que pueden estar disponibles por estos medios electrónicos se revela como un elemento clave. Por otra parte, las administraciones y organismos del
sector público deben adecuarse a las normas de competencia, evitando en la medida de lo posible los acuerdos exclusivos. En este aspecto se ha incidido y algunas enmiendas han reforzado esta concepto.



La ley prevé los principios aplicables para aquellos supuestos en los que las administraciones y organismos exijan contraprestaciones económicas por permitir la reutilización de documentos cuya cuantía deberá ser razonable y orientada al
coste. El diputado de Esquerra Republicana recordaba a este efecto que no es un elemento que deba potenciar las plusvalías o generar beneficios alrededor de esta información, sino que ha de ser un elemento que genere transparencia, información y
claridad, por parte de la Administración. Por último, en la ley se establece que se dota a la Administración General del Estado de un régimen sancionador conectado con el mal uso que se confiera a la información cuya reutilización ha sido
autorizada.



Esta ley se ha tramitado con una rapidez clara; venía de una directiva del año 2003, por lo que llevábamos un importante atraso en este tema, pero finalmente se ha abordado. Es una ley que se ha tratado con un gran consenso en Comisión,
como la mayoría de los debates que llevamos a cabo en la Comisión de Cultura, nuestro grupo cree que, con su aprobación hoy en esta Cámara, hacemos un buen servicio a la información y por ello vamos a apoyarla claramente.



Muchas gracias, señor presidente, señor ministro, señoras y señores diputados.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Muchas gracias, señor Vilajoana.



Para finalizar este turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Tabuyo.



El señor TABUYO ROMERO: Gracias, señor presidente.



Señor ministro de Cultura, señorías, subo a esta tribuna en representación del Grupo Socialista para fijar posición sobre la Ley de reutilización de la información del sector público, que supone incorporar a nuestro ordenamiento jurídico una
norma comunitaria -la Directiva 2003/98 de la CE-, trasposición que se realiza efectivamente con un cierto retraso, como SS.SS. ya conocen, pero que supone establecer un marco general para las condiciones de reutilización de los documentos del
sector público, que permita desarrollar un mercado europeo de la información. Con esta ley se produce un evidente avance para la Administración pública, sobre todo en dos de sus grandes objetivos, la transparencia y la accesibilidad para la
sociedad, revertiendo en la misma los beneficios del conocimiento y los económicos que conlleva el uso de la información que la propia Administración posee.



Los elementos más destacables y que ya han sido mencionados por el señor ministro son los siguientes: se aplica a un conjunto amplio de administraciones y organismos del sector público; las administraciones podrán permitir la reutilización
sin condiciones o bien a través de una serie de estipulaciones reguladas mediante otorgamiento de una licencia, y las condiciones tendrán que ser en todo caso claras, justas y transparentes; se prohíben, con carácter general, los acuerdos
exclusivos como garantía del trato equitativo en las transacciones comerciales; y, en cuanto a los formatos, se fomentan los formatos electrónicos en sus diversas modalidades y se facilita el acceso para las personas con discapacidad.



Hemos pretendido que fuese una ley de todos y, a pesar de ser muy técnica -los especialistas han ajustado mucho los márgenes para el discurso político y no han dejado demasiados resquicios para las correcciones, sin salirse del espíritu
marcado por la propia directiva-, hemos incorporado en la Comisión numerosas enmiendas de los diversos grupos. Hubo un amplio consenso y lo hemos aprobado por unanimidad. Estas aportaciones enriquecen la ley y espero y confío que todos nos
sintamos satisfechos del resultado final, que no es otro que poner a disposición de los ciudadanos y de las empresas una materia prima que generará nuevos servicios y productos de información de valor añadido y que implica un gran potencial
económico. Quiero por tanto agradecer a todos los grupos su colaboración y su disponibilidad para hacer entre todos, como así ha sido, una ley mejor.



En la ponencia se han incorporado las siguientes enmiendas. Del Grupo Mixto, la 1, la 3 parcialmente,


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la 4 y la 5; de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, la 10, la 11, la 13, la 14 y la 15; de Esquerra Republicana (ERC), la 32, la 34 parcialmente, la 35 y la 36, y del Grupo Popular, la 26, la 28 y la 29.
Como consecuencia de
todo lo tratado y reflexionado en el trámite de ponencia, en la Comisión, se incorporaron también otras dos enmiendas del Grupo Popular, la 24 y la 25. La 24, que hace referencia al artículo 4.5, añade: creando sistemas de gestión documental que
permita a los ciudadanos la adecuada recuperación de la información, tales como listados, bases de datos o índices y portales que enlacen con listados descentralizados. Y la enmienda 25, del mismo grupo, añade la frase: y mediante plataforma
multicanal, completando así el artículo 5, referido a los formatos disponibles para la reutilización.



Las enmiendas que no han sido aceptadas son las siguientes: la 2, del Grupo Mixto, que coincide con la 12, de Izquierda Unida-Iniciativa y con la 33, de ERC, referidas a la inaplicación de la ley a los derechos de propiedad intelectual e
industrial por parte de terceros ajenos al sector público, lo que no se admite porque la propia directiva reconoce que los poderes públicos pueden ejercer sus derechos de propiedad intelectual, pero de un modo que facilite su reutilización. La
enmienda 6, del Grupo Mixto, que coincide con la 16, de Izquierda Unida, y con la 37, de ERC, referida, además de al uso de documentos, al extracto, combinación o modificación de los mismos, no se acepta ya que puede suponer un esfuerzo
desproporcionado para la Administración, y el artículo 5.2 de esta ley así lo recoge. Las enmiendas referidas al artículo 3, que son la número 7, del Grupo Mixto; la 17, de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds; la 18, del mismo grupo;
la 38, de Esquerra Republicana, y la 23, del Partido Popular, se desestiman porque el apartado e) se considera esencial para mantener las previsiones de los derechos de propiedad intelectual de los organismos del sector público. Las enmiendas 39 y
40, de ERC, se desestiman por considerar que se da cobertura global al resto de especialidades o tratamiento diferenciado en leyes sectoriales, como la referida a la información ambiental. La enmienda 8, del Grupo Mixto; la 19, de Izquierda Unida,
y la 41, de ERC, referidas al artículo 4, apartado 2, letra a), de supresión, se desestiman porque la reutilización sin condiciones se contempla para casos donde se pone gran cantidad de información a disposición libre, como es el caso de las
páginas web.



Las enmiendas al artículo 8, que son la 9, del Grupo Mixto; la 20, de Izquierda Unida; la 42, de Esquerra Republicana, y la 27, del Partido Popular, referidas a las modificaciones de las condiciones generales, se desestiman porque las
propuestas que realizan están basadas en el régimen de licencias libres y pensadas para operar en el contexto de derechos de propiedad intelectual, y no en el ámbito de reutilización de la información. Por último, las enmiendas 30 y 31, del Partido
Popular, a la disposición adicional primera y a la disposición final tercera, no se aceptan porque, como ya ha manifestado la representante del Grupo Popular, la introducción de plazo significa efectivamente una rigidez innecesaria que no aporta
nada desde el punto de vista práctico, y en el segundo caso, el de la vacatio legis, se desestima igualmente ya que, teniendo en cuenta que afecta a un gran número de entidades, ministerios, y a una ingente cantidad de información, se considera
adecuado mantener el plazo de dos meses para su entrada en vigor.



Para finalizar, como ponente de esta ley, reitero el agradecimiento a todos los grupos por su trabajo, su esfuerzo, su apoyo y su colaboración, por las aportaciones realizadas en todo el proceso, tanto en la ponencia como en la Comisión, que
han enriquecido evidentemente esta ley, y solicito de todos los grupos el voto favorable para esta ley, que tiene la importancia de hacer más transparente y accesible a la sociedad la Administración pública o las administraciones públicas y toda la
información que en ellas se genera.



Muchas gracias, señor presidente, señor ministro de Cultura, señorías.
(Aplausos.)


El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Gracias, señor Tabuyo.



- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 13/1985, DE 25 DE MAYO, DE COEFICIENTES DE INVERSIÓN, RECURSOS PROPIOS Y OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS Y OTRAS NORMAS DEL SISTEMA FINANCIERO.
(Número de
expediente 121/000137.)


El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Finalizado el debate de este proyecto de ley, pasamos al siguiente: proyecto de ley por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y
obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero.



Para turno a favor de las enmiendas, por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra la señora Muñoz.



La señora MUÑOZ DE DIEGO: Señor presidente, señorías, el proyecto de ley que se trae a debate aborda la trasposición de directivas europeas en materia de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los
intermediarios financieros. Este proyecto de ley incorpora algunas garantías añadidas a la actual regulación y perfecciona los sistemas de información, entre otras materias, sobre los recursos propios de las entidades financieras como garantía del
sistema, y esta incorporación nosotros la valoramos positivamente. Pensamos que la supervisión prudencial de las entidades crediticias es, tal y como asegura la


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exposición de motivos de este proyecto de ley, una garantía imprescindible para la estabilidad de nuestro sistema financiero. La política cautelar para prevenir, entre otras cuestiones, crisis entre las entidades que conforman el sistema
financiero es hoy un tema candente de actualidad por la crisis hipotecaria que, si bien tiene raíz en Estados Unidos, tendrá repercusiones financieras desgraciadamente sobre la economía real a nivel global. Reforzar, en consecuencia, las garantías
cautelares y el rigor en su definición no parece un tema ni intrascendente ni baladí.



El proyecto de ley intenta abordar la trasposición de la Directiva 2006/48, adaptando distintos aspectos de la supervisión a nuestra normativa en lo referente básicamente a requerimientos mínimos de recursos propios, mejora de la gestión
interna de los riesgos en las entidades financieras y obligaciones de información y divulgación al público. Nos preocupa, no obstante, de este proyecto de ley el papel que se otorga a las calificaciones externas de crédito, que podrán efectuarse
por entidades privadas, si bien autorizadas por el Banco de España, y que servirán para establecer si las entidades financieras cumplen los requisitos de solvencia y recursos propios previstos en la ley. Nos preocupa este tema porque este método,
que ya se ha utilizado, entre otros países, por ejemplo en Estados Unidos, no ha resultado ser ni excesivamente riguroso en cuanto a la correcta valoración de los recursos de las entidades financieras ni tampoco ha resultado ser excesivamente
exquisito en sus consideraciones.



Hechas estas observaciones y entrando ya en el análisis más pormenorizado del proyecto de ley, queremos manifestar que, entendiendo que muchos de los temas que se tratan de trasponer son cuestiones técnicas de la norma comunitaria y
necesitan desarrollos en disposiciones de rango inferior, no es menos cierto que la trasposición que se pretende en este proyecto de ley remite excesivamente a futuros reglamentos y a aspectos importantes que ya se predeterminan en la directiva y
que podrían estar perfectamente incluidos en este proyecto de ley o cuando menos podrían referirse a su contenido. Algunas de nuestras enmiendas intentan precisamente explicitar que el reglamento respete los contenidos básicos de la directiva. La
enmienda número 1, con relación a los fondos propios; la enmienda número 2, sobre el control de riesgos; y la enmienda número 4, sobre el nivel de aplicaciones de las exigencias de recursos propios y riesgos. En el debate en Comisión se ha
incorporado nuestra enmienda número 3, que proponía precisar, a la hora de considerar que un grupo de entidades financieras constituye un grupo consolidable, que el concepto de control es el del artículo 2 de la ley o del Código de Comercio, y
aceptamos también una transacción respecto a la enmienda número 5.



Además de las enmiendas 1, 2 y 4, que ya hemos mencionado, mantenemos también el resto de nuestras enmiendas. La enmienda número 6 propone suprimir la salvedad que se establece en el apartado 2 del nuevo artículo décimo.ter, porque
entendemos que la divulgación e información relevante, en cumplimiento de requerimientos mercantiles o del mercado de valores, no debe eximir nunca, ni siquiera bajo autorización del Banco de España, como pretende este apartado, de la difusión o
divulgación del documento sobre información con relevancia prudencial. La enmienda número 7 propone suprimir el silencio administrativo positivo en lo referente a la autorización del Banco de España para la distribución de excedentes cuando una
entidad no alcanza los niveles exigidos de recursos propios.
Entendemos que la previa autorización del Banco de España es fundamental en un punto tan importante como el mantenimiento de los recursos propios, y esa autorización expresa es una
garantía que pensamos que no se puede obviar con un silencio administrativo positivo. Las enmiendas números 8 y 9 pretenden precisar que las cajas de ahorros, particularmente en lo relativo a su actividad financiera y donde sea de aplicación lo
regulado en el artículo undécimo, no deben tener tratamientos diferenciados del resto de las entidades, sobre todo en lo que respecta a solvencia prudencial y recursos propios.



Por último, las enmiendas 10 y 11, de nuestro grupo, pretenden recoger los porcentajes exactos que establece la directiva en su artículo 152, en lo que respecta al establecimiento de un límite inferior a las exigencias de recursos propios
mínimos previstos en el proyecto de ley, de forma transitoria durante los dos primeros años desde la entrada en vigor.
Pensamos que no tiene sentido hacer esta reducción y que se tendrían que establecer los recursos propios que vienen en la propia
directiva. En consecuencia, creemos que nuestras enmiendas refuerzan la seguridad jurídica y garantizan la correcta trasposición de la directiva en un tema de mucha trascendencia, no solo para las entidades financieras, sino también para la
transparencia económica y para garantizar en mejor medida el derecho de la ciudadanía con una información más rigurosa.



Muchas gracias.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Gracias, señora Muñoz.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV) tiene la palabra el señor Olabarría.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, doy por defendidas en sus propios términos las enmiendas de mi grupo, cuya justificación es suficientemente ilustrativa y no requiere mayores pormenorizaciones.



Gracias, señor presidente.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Gracias, señor Olabarría.



A continuación, por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



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El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Gracias, señor presidente.



Nuestro grupo va a retirar la enmienda 51, con relación al proyecto de ley que estamos debatiendo en estos momentos, y va a mantener la enmienda 50, que va en la dirección de modificar el artículo único, dos, pretendiendo que la remisión
expresa al desarrollo reglamentario a que hace referencia esta ley, con relación al método de cálculo de recursos propios mínimos, se pueda implementar para que se pueda adicionar a dicho artículo.
Esperamos poder llegar a un acuerdo con el Grupo
Parlamentario Socialista.



Muchas gracias.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Gracias, señor Sánchez i Llibre.



Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Albendea.



El señor ALBENDEA PABÓN: Muchas gracias, señor presidente.



Señorías, como ya se ha dicho, estamos en presencia de un proyecto de ley que traspone la Directiva 2006/48. Nuestra enmienda 45 propone mejorar la redacción del apartado 1 del artículo 6 de la ley, adoptando la redacción del artículo 75 de
la directiva que se traspone, por entender que es más clara y menos redundante. Nuestra enmienda 46 trata de conciliar lo que dispone el artículo 47.3 del Código de Comercio con lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley de Sociedades Anónimas, es
decir, el 20 por ciento si la sociedad no cotiza en Bolsa o el 3 por ciento si la sociedad cotiza en Bolsa. La enmienda 47 es una simple mejora técnica. Con la enmienda 48 pretendemos evitar la posibilidad de arbitraje legislativo y con la 49
consideramos innecesaria la expresión de la disposición final y únicamente creemos que podría introducirse en la exposición de motivos.



Fijando nuestra posición con relación a las enmiendas de los demás grupos parlamentarios, respecto a Izquierda Unida no podemos votar favorablemente las enmiendas 6, 10 y 11, las tres por motivos diversos; vamos a abstenernos en las
enmiendas 1, 2 y 4, del mismo grupo, pues entendemos que el proyecto ya establece las grandes orientaciones previas al desarrollo reglamentario, correspondiendo ese desarrollo al Banco de España. Sin embargo, vamos a votar favorablemente las
enmiendas 7, 8 y 9, pues en las tres se hacen precisiones que clarifican el texto. No podemos votar a favor de ninguna de las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco; de la 12 a la 21 se pretende atribuir a las comunidades autónomas unas
competencias que provocarían un auténtico caos en el sector financiero.
En una economía globalizada, donde algunas de las entidades bancarias españolas operan en todo el mundo, sería un dislate que cada comunidad autónoma fijara los criterios de
solvencia o de información de dichas entidades. En otras enmiendas, con el mismo propósito y aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, se pretende modificar las demás leyes del sector financiero, tales como la de disciplina e intervención
de las entidades de crédito, la de sociedades de garantía recíproca, la de cooperativas de crédito, la de órganos rectores de las cajas de ahorros, la del mercado de valores, la de sociedades anónimas y la de ordenación y supervisión de seguros
privados. Comprendemos, señores del Grupo Nacionalista Vasco, que su fervor nacionalista les impulsa a despojar al Estado de todas las competencias posibles, pero para evitarlo estamos los que creemos en el Estado de las Autonomías, pero no en un
Estado confederal.



De las dos enmiendas de CiU vamos a votar favorablemente la que se mantiene viva, la otra la acaba de retirar, porque es una enmienda técnica que apuntala el desarrollo reglamentario. Con relación a las enmiendas del Grupo Parlamentario
Socialista, nos vamos a abstener y votaremos a favor del conjunto del proyecto de ley.



Muchas gracias, señor presidente.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Turno de fijación de posiciones.
Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Turiel.



El señor TURIEL SANDÍN: Gracias, señor presidente.



Señoras y señores diputados, el proyecto de ley que hoy tratamos pretende principalmente la modificación de determinados artículos de la Ley 13/1985, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los
intermediarios financieros, para adecuarlos a la normativa comunitaria. Obviamente en un contexto de globalización de los mercados financieros, si no se produce una armonización a nivel internacional de las exigencias de solvencia, en definitiva,
de los recursos propios de las entidades de crédito, se crearían ventajas y desventajas artificiales en términos de competitividad entre las entidades de diferentes países. Hitos importantes en esta armonización han sido tanto el Acuerdo de Capital
de Basilea del año 1998, como el nuevo Acuerdo de Capital de Basilea del año 2004. Este último acuerdo ha dado origen a dos directivas de la Unión Europea, del Parlamento Europeo y del Consejo, la 2006/48, que es la que hoy pretende trasponer el
proyecto de ley parcialmente, y la 2006/49, sobre la adecuación de capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito. La primera de estas dos directivas es la que se pretende trasponer hoy, aunque se trata de una trasposición parcial,
porque las especificaciones técnicas que contiene la directiva, que ocupa 200 páginas en el Diario Oficial de la Unión Europea, harían absolutamente imposible que todos esos aspectos técnicos se pusieran en una ley, por lo que han de ser objeto de
aplicación, en su caso de adaptación, en el proceso reglamentario.



Voy a referirme a la posición del Grupo Socialista respecto a las enmiendas vivas. Antes que nada tengo que señalar que no están vivas, sino incorporadas al


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dictamen de la Comisión, con lo cual, señor portavoz del Partido Popular, no tiene usted ni que abstenerse. Sencillamente ya están incluidas, como están incluidas la 3, de Izquierda Unida, o la 5, que fue objeto de una transaccional. Por
tanto, vamos a limitarnos a votar las que estén vivas.



Respecto a las enmiendas que plantea Izquierda Unida, vamos a votar negativamente todas ellas. Las enmiendas números 1, 2 y 4, porque, por lógica jurídica, no son necesarias remisiones puntuales a la directiva que se está incorporando a
nuestro derecho. La número 6, porque innecesariamente se duplican costes de información. Me ha sorprendido mucho que el portavoz del Grupo Popular pretenda imponer unos costes de información a las entidades financieras. A lo mejor estamos
cambiando las posiciones tradicionales y ahora el Partido Popular considera como grandes rivales suyos a las entidades bancarias. No sé qué sentido tiene que vayan a votar ustedes a favor de una enmienda que impone unos costes adicionales
innecesarios a las entidades de crédito. Las números 7, 8 y 9, porque la redacción que propone el proyecto de ley es idéntica a la actualmente vigente. Es sorprendente que el Partido Popular, que también las va a votar favorablemente, no se haya
dado cuenta de que esto no modifica la legislación actual. Y las números 10 y 11, porque los porcentajes que se contienen son los que prevé la directiva, y es obligatorio, para los años 2008 y 2009, señora Muñoz. Hay que leer bien las directivas.
La directiva marcaba para el año 2007 el 95 por ciento, y el año 2007 esta finalizando, y en los años 2008 y 2009 la directiva impone necesariamente que sean del 90 y del 80 por ciento. Tampoco se trata de que vayamos a infringir lo que marca la
directiva.



Respecto a las enmiendas del PNV, hoy parece ser que el señor Azpiazu no está aquí para defender ardorosamente lo que defendía en la Comisión. El señor Olabarría ha hecho una faena de aliño diciendo que las enmiendas se justifican por sí
mismas. Yo le diría que el rechazo de las enmiendas también se justifica leyendo el 'Diario de Sesiones' de la Comisión de Economía y Hacienda. Todos sabemos leer la regla 11.ª del artículo 149.1 de la Constitución y todos sabemos que corresponden
al Estado las bases de la ordenación del crédito de la banca y los seguros. Lo que pasa es que no todos interpretamos lo que son materias de las bases y ni siquiera estamos de acuerdo en si las bases deben ser establecidas únicamente por vía
normativa o si pueden alcanzar e innovar aspectos puramente ejecutivos. Hay que recordar que existen dos sentencias del Tribunal Constitucional que apoyan las tesis que defiende el Grupo Parlamentario Socialista, que son la sentencia 135/1992 y la
222/1999. Tampoco conviene olvidar que la regla 13.ª de ese mismo artículo 149.1 de la Constitución establece que son competencia exclusiva del Estado las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Supongo que
estaremos de acuerdo en que el sistema financiero es relevante para el funcionamiento de la economía en su conjunto.



Le decía en la Comisión al entonces portavoz del Partido Nacionalista Vasco que, dada la claridad que tienen sus planteamientos, sorprendía que no hubieran hecho ninguna mención a la reciente sentencia 354/2007, del Tribunal Superior de
Justicia del País Vasco, que dice -y esto aclara bastante- que es competencia exclusiva del Estado el control y la supervisión de la solvencia de una entidad de crédito en lo relativo al mantenimiento del nivel de recursos mínimos exigidos,
cobertura del coeficiente de recursos propios, dotación de provisiones para insolvencias o cumplimiento de los límites de concentración de riesgos.
En definitiva, esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se refiere
precisamente a las materias que son objeto de este proyecto de ley, que dice que son competencia exclusiva del Estado.
Tampoco me parece muy lícito olvidarse de una sentencia que les quita la razón a las enmiendas que han planteado.



Respecto a las enmiendas del Partido Popular, no nos ha aclarado el portavoz si han retirado la enmienda 44. Luego lo sabremos. Es aquella de los números ordinales y los números arábigos. (El señor Albendea Pabón: Dijo el señor letrado
que lo miraría.)


El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Perdón, señorías, no establezcan diálogos entre ustedes.



El señor TURIEL SANDÍN: Me hubiera gustado que lo hubiera dicho. En cualquier caso, es un poco sorprendente que defiendan la enmienda 45 y a la vez la 50, de Convergència i Unió, porque son contradictorias. No aceptamos las siguientes
enmiendas: la 46 porque la redacción es idéntica a la actualmente vigente; la 47, porque la directiva comunitaria no permite, ya que se cometería una infracción, que las medidas solamente se adopten de forma excepcional, si no que se han de
adoptar siempre y cuando no sea probable que las deficiencias observadas se corrijan con otras medidas; la 48, porque no es cierto que exista ningún arbitraje legislativo, ya que no se le da ninguna opción de elección a las entidades de crédito,
luego no puede haber arbitraje; y la 49, porque lo que se hace es cumplir las directrices de técnica normativa aprobadas por el Consejo de Ministros.



Respecto a la enmienda 50, de Izquierda Unida, vamos a votar que sí, porque aunque sea poco, mejora la redacción contenida en el proyecto de ley. Aquí haría una salvedad. La redacción originaria de la directiva ya contiene un castellano
que a veces es difícil de leer. Quizás el proyecto de ley no estuvo demasiado afortunado en la redacción que trae, pero si se cree que no se pueden empeorar las redacciones, basta leer la enmienda 45, del Partido Popular, para ver que una redacción
que ya era un poco confusa, se empeora sensiblemente. En todo este marco de mal lenguaje en


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castellano, aceptamos la proposición que ha redactado el Grupo Catalán.
Aunque parezca mentira, algún grupo catalán es capaz de redactar mejor en castellano que los propios castellanos.



Muchas gracias, señor presidente.



El señor VICEPRESIDENTE (Martínez Sieso): Muchas gracias, señor Turiel.
Con su intervención damos por finalizado el debate de este proyecto de ley. Llamamos a votación.(El señor presidente ocupa la Presidencia.)


- TRAMITACIÓN DIRECTA Y EN LECTURA ÚNICA DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS (VOTACIONES.)


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 12/2002, DE 23 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBA EL CONCIERTO ECONÓMICO CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. (Número de expediente 121/000147.)


El señor PRESIDENTE: Votación de tramitación directa y en lectura única de las siguientes iniciativas legislativas. En primer lugar, proyecto de ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto
Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 299; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE APRUEBA LA METODOLOGÍA DE SEÑALAMIENTO DEL CUPO DEL PAÍS VASCO PARA EL QUINQUENIO 2007-2011. (Número de expediente 121/000148.)


El señor PRESIDENTE: Proyecto de ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2007-2011.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 175; en contra, uno; abstenciones, 124.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



- DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIONES.)


- PROYECTO DE LEY SOBRE REUTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. (Número de expediente 121/000136.)


El señor PRESIDENTE: Votación del proyecto de ley sobre la reutilización de la información del sector público. Votación de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. Se votan en bloque.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 12; en contra, 269; abstenciones, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario de Esquerra Republica. Se votan en bloque.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, siete; en contra, 272; abstenciones, 21.



El señor PRESIDENTE: Quedas rechazadas.



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Votación en bloque de las enmiendas.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 298; a favor, 127; en contra, 156; abstenciones, 15.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votación del dictamen del proyecto de ley.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 299; a favor, 299.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 13/1985, DE 25 DE MAYO, DE COEFICIENTES DE INVERSIÓN, RECURSOS PROPIOS Y OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS Y OTRAS NORMAS DEL SISTEMA FINANCIERO.
(Número de
expediente 121/000137.)


El señor PRESIDENTE: Votación del proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema
financiero. Votación de las enmiendas


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del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.
Enmiendas 1, 2 y 4.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 302; a favor, seis; en contra, 154; abstenciones, 142.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas 6, 10 y 11.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 302; a favor, cuatro; en contra, 281; abstenciones, 17.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de las enmiendas.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 302; a favor, 130, en contra, 158; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Grupo Parlamentario Vasco. Votación en bloque de las enmiendas.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 301; a favor, 20; en contra, 272; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Enmienda 50.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 302; a favor, 298; abstenciones, cuatro.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Votación en bloque de las enmiendas.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 303; a favor, 128; en contra, 166; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votación del dictamen del proyecto de ley.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 303; a favor, 293; en contra, siete; abstenciones, tres.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.



Eran las once y veinticinco minutos de la mañana.