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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 231, de 08/02/2007
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2007 VIII Legislatura Núm. 231

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MANUEL MARÍN GONZÁLEZ

Sesión plenaria núm. 213

celebrada el jueves, 8 de febrero de 2007



ORDEN DEL DÍA:


Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:


-Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco.
('BOE' número 12, de 13 de enero de 2007.) (Número de expediente 130/000041.) ... (Página 11680)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas:


-Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre
normas comunes para el mercado interior del gas natural.
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 102-1, de 8 de septiembre de 2006. (Número de expediente 121/000102.) ... (Página 11690)


-Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, para adaptarla a la Directiva 2003/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado
interior de la electricidad. 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie A, número 103-1, de 8 de septiembre de 2006. (Número de expediente 121/000103.) ... (Página 11690)


Página 11678



SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.



Convalidación o derogación de reales decretos-leyes ... (Página 11680)


Real decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco ...
(Página 11680)


Presenta el real decreto-ley, en nombre del Gobierno, la señora ministra de Sanidad y Consumo (Salgado Méndez), informando de que a través del mismo se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, que se enmarca en el contexto
de las políticas de protección de la salud de la población que las administraciones públicas están obligadas a promover y en las que este Gobierno, y en particular el Ministerio de Sanidad y Consumo, se encuentran especialmente implicados. Los
resultados de la lucha contra el tabaquismo, un año después de la entrada en vigor de la ley, avalan el éxito de las medidas adoptadas, ya que según información del CIS un 8,1 por ciento de las personas que fumaban han dejado de hacerlo.



Sin embargo, la previsión de un régimen transitorio contemplado en la citada disposición quinta, introducida durante la tramitación parlamentaria de la ley, dio lugar al inicio de un procedimiento de infracción por los servicios de la
Comisión Europea por la incorrecta trasposición de la Directiva comunitaria 2003/33, en materia de publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco, que no autoriza a los Estados miembros a arbitrar excepciones temporales. En este sentido, la
Comisión Europea emitió un dictamen motivado el 12 de diciembre de 2006 instando a las autoridades españolas a la supresión de la excepción temporal contemplada en la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2006, advirtiendo que el no atender a
las previsiones de dicho dictamen determinaría la presentación de un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la imposición al Estado español de una importantísima sanción pecuniaria, que podría llegar hasta los nueve millones de
euros por cada día de retraso en la modificación de la ley.



Cree que los términos del mencionado dictamen de la Comisión justifican la necesidad del real decreto-ley y su inaplazable urgencia, para cuya convalidación pide el voto favorable a todos los grupos de la Cámara.



En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Fernández Davila, del Grupo Parlamentario Mixto; señor Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria-Nueva Canarias; señoras García Suárez, del Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds; Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Bonàs Pahisa, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC), y señores Xuclà i Costa, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió); Arias Cañete, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, y Pliego Cubero, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.



Debates de totalidad de iniciativas legislativas. ... (Página 11690)


-Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 100-1, de 8 de septiembre de 2006. (Número de expediente 121/000100.) ... (Página 11706)


Avocación por el Pleno:


-Del Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia. (Número de expediente 121/000100.) ... (Página 11719)


-De la Proposición de Ley de reforma de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear. (Número de expediente 121/000157.) ... (Página 11719)


Convalidación o derogación de Reales Decretos-leyes. (Votación.) ...
(Página 11720)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votaciones.) ...
(Página 11720)


Página 11679



Proyecto de ley por el que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas
comunes para el mercado interior del gas natural. ... (Página 11690)


Proyecto de ley por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, para adaptarla a la Directiva 2003/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado
interior de la electricidad. ... (Página 11690)


El señor ministro de Industria, Turismo y Comercio (Clos i Matheu), presenta conjuntamente los dos proyectos de ley cuya finalidad fundamental es cumplir con la obligación de trasponer al derecho español las directivas europeas sobre normas
comunes del mercado interior de la electricidad y del gas natural. Señala que aunque la trasposición formal se produce ahora, hay que señalar que en las disposiciones legislativas que se han ido tomando en los últimos meses se han incorporado
muchos de los aspectos legislativos de la directiva europea.



A continuación expone las modificaciones que se han incorporado, así como la resolución de conflictos.



Finaliza señalando que con la remisión de estos dos proyectos de ley a la Cámara el Gobierno acaba la labor emprendida hace ya algunos años para introducir competencia en nuestro mercado energético y, lógicamente, para adaptar nuestras
normativas a lo contemplado en las directivas comunitarias. Con esta trasposición se van a normalizar buena parte de nuestras relaciones legislativas con la Comisión y contribuiremos a generar un verdadero mercado europeo en beneficio de los
consumidores y del sistema energético de nuestro país.



En turno a favor de las enmiendas a la totalidad con texto alternativo presentadas, interviene el señor Herrera Torres, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Rodríguez Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria-Nueva Canarias; Beloki Guerra, del Grupo Parlamentario Vasco
(EAJ-PNV); Ramón Torres, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC); Sánchez i Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Castelló Boronat, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y la señora Mendizábal
Gorostiaga, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.



Interviene el señor Herrera Torres.



Cierra el debate el señor ministro de Industria, Turismo y Comercio.



Proyecto de ley de Defensa de la Competencia. ... (Página 11706)


El señor vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda (Solbes Mira) presenta el proyecto de ley de Defensa de la Competencia señalando que este proyecto de ley tiene por objeto fortalecer el sistema español de
defensa de la competencia y es el resultado de una tramitación previa enviada por el principio de transparencia.



Informa de los pasos seguidos en la tramitación, presenta las principales novedades de la ley y espera que con el voto favorable de la Cámara se permita su tramitación en la misma.



En defensa de la enmienda a la totalidad presentada que queda viva, interviene el señor Sánchez i Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Interviene el señor vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda.



Replica el señor Sánchez i Llibre, retirando finalmente su enmienda de totalidad.



En turno de fijación de posiciones interviene la señora Fernández Davila, del Grupo Parlamentario Mixto; los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria-Nueva Canarias; Pérez Martínez, del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds; Azpiazu Uriarte, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Puig Cordón, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC); Erias Rey, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y la señora
Malaret García, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.



Avocación por el Pleno . . . . . . . . . . . . . . . ... (Página 11719)


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1 del Reglamento, la Presidencia somete al Pleno de la Cámara la avocación de la deliberación y votación final del proyecto de ley de defensa de la competencia y de la proposición de ley de
reforma de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, lo que se aprueba por asentimiento.



Página 11680



Convalidación o derogación de reales decretos-leyes. (Votación.) ...
(Página 11720)


Sometida a votación la convalidación del Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la
venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se aprueba por 301 votos a favor.



Sometida a votación su tramitación como proyecto de ley, se rechaza por 132 votos a favor y 169 en contra.



Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votaciones.) ...
(Página 11720)


Sometida a votación la enmienda de totalidad de texto alternativo al proyecto de ley por el que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, se rechaza por tres votos a favor, 296 en contra y tres abstenciones.



Sometida a votación la enmienda de totalidad de texto alternativo al proyecto de ley por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, para adaptarla a la Directiva 2003/54/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, se rechaza por cuatro votos a favor, 296 en contra y dos abstenciones.



Se levanta la sesión a la una y cincuenta minutos de la tarde.



Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.



CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES.



-REAL DECRETO-LEY 1/2007, DE 12 DE ENERO, POR EL QUE SE DEROGA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA DE LA LEY 28/2005, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS SANITARIAS FRENTE AL TABAQUISMO Y REGULADORA DE LA VENTA, EL SUMINISTRO, EL CONSUMO Y LA
PUBLICIDAD DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO.
(Número de expediente 130/000041.)


La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Señorías, reanudamos las sesiones con el orden del día de esta semana en su punto V, el referente a la convalidación o derogación de reales decretos-leyes, y lo hacemos en el punto 32 con el
Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de
los productos del tabaco. Comenzaremos con la presentación de la señora ministra de Sanidad y Consumo.



La señora MINISTRA DE SANIDAD Y CONSUMO (Salgado Méndez): Gracias, señora presidenta.



Señorías, el objeto fundamental de mi intervención es solicitar de la Cámara la convalidación del Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de
medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.



La Ley 28/2005, de 26 de diciembre, se enmarca, como saben, en el contexto de las políticas de protección de la salud de la población que las administraciones públicas estamos obligadas a promover y en las que este Gobierno y, en particular,
el Ministerio de Sanidad y Consumo se encuentran especialmente implicados. La lucha contra el tabaquismo, primera causa aislada de mortalidad y morbilidad evitable en nuestro país, se ha afrontado por la doble vía de favorecer la prevención y
deshabituación tabáquica y de establecer determinadas limitaciones a las actividades de venta, suministro, consumo, publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco. Los resultados, un año después de la entrada en vigor de la ley,
avalan del éxito de las medidas adoptadas.
Así, de acuerdo con la información del Centro de Investigaciones Sociológicas, 750.000 españoles mayores de 18 años han dejado de fumar durante el primer año de aplicación de la ley o, lo que es lo mismo,
un 8,1 por ciento de las personas que fumaban han dejado de hacerlo. En esta línea, la ley consideró particularmente importante incidir limitativamente sobre las actividades de publicidad y patrocinio, por el gran impacto expansivo que sus mensajes
proyectan sobre la sociedad y la considerable influencia que son susceptibles de ejercer sobre ámbitos tan sensibles como el infantil y el juvenil. De este modo, el capítulo III de la mencionada ley ha venido a incorporar a nuestro ordenamiento
jurídico la Directiva 2003/33 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad y de patrocinio de los
productos del tabaco. Así, el artículo 9 de la ley introduce una prohibición que afecta al patrocinio, publicidad y promoción de los productos del tabaco en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras y los servicios de la
sociedad de la información. No obstante, y de conformidad con la normativa comunitaria, este principio general de prohibición se sujeta a tres excepciones


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absolutamente razonables que recoge el propio artículo 9. Se trata de las publicaciones que se destinan exclusivamente a los profesionales que intervienen en el comercio del tabaco, a las presentaciones de productos del tabaco a
profesionales del sector y a la promoción de dichos productos en las expendedurías de tabaco y timbres del Estado bajo determinadas condiciones, también a las publicaciones que contengan publicidad de productos del tabaco editadas o impresas en
países que no forman parte de la Unión Europea.



Ahora bien, el Parlamento introdujo en el proyecto presentado por el Ejecutivo una matización temporal sobre lo que hubiera sido una correcta trasposición de la directiva. En efecto, la adicionada disposición transitoria quinta venía a
demorar el alcance de la prohibición durante los tres años siguientes a la entrada en vigor de la ley para la publicidad y patrocinio que incorporen en su vestuario complementos, instrumentos, equipamientos, prototipos y vehículos los equipos en
competiciones y eventos deportivos del motor con efectos transfronterizos. Sin embargo, la previsión de este régimen transitorio introducido durante la tramitación parlamentaria ha dado lugar al inicio de un procedimiento de infracción por los
servicios de la Comisión Europea por una incorrecta trasposición de la directiva comunitaria a la que he hecho mención anteriormente. Dado que no existe en la directiva precepto alguno que autorice a los Estados miembros a arbitrar excepciones
temporales a la aplicación de la mencionada prohibición, debe considerarse, según la Comisión, que esa excepción introducida por la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005 constituye una infracción de la prohibición del patrocinio prevista
en el artículo 5 de la directiva y, por lo mismo, un incumplimiento del Estado español de su obligación de incorporar adecuadamente a su ordenamiento jurídico las previsiones de esa directiva. Así, y de conformidad con lo establecido por el
artículo 226 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, tras la carta de emplazamiento de los servicios de la Comisión y la subsiguiente presentación de alegaciones por el Estado español, la Comisión Europea emitió un dictamen motivado, el 12
de octubre de 2006, por el instaba a las autoridades españolas a adoptar las medidas necesarias para suprimir la excepción temporal introducida por la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005. Ese mismo dictamen, esa carta de emplazamiento
señalaba además que tales medidas deberían ser adoptadas en el plazo de dos meses a partir de la recepción del dictamen, es decir, en el plazo de dos meses a partir del 12 de octubre de 2006. No atender a las previsiones del dictamen, y
especialmente no hacerlo en el plazo señalado, determinaría la presentación por la Comisión de un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la imposición al Estado español de una condena y de una importantísima sanción pecuniaria,
que podría llegar hasta la cantidad de 9 millones de euros por día de retraso en modificar la ley. De aquí que, sobre la base del artículo 86 de la Constitución, el Consejo de Ministros aprobara a propuesta de la ministra de Sanidad y Consumo, en
su reunión del pasado día 12 de enero, el Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el
suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, que hoy presento ante el Pleno del Congreso. La utilización de esta singular institución jurídica parece a todas luces justificada en el caso que nos ocupa. Los términos del
dictamen motivado de la Comisión, al que he hecho referencia, bastarían para ilustrar no ya solo la extraordinaria necesidad de dictar el decreto-ley sino, al propio tiempo, su inaplazable urgencia. Siendo precisa una ley para dar cumplimiento a lo
previsto en el dictamen, toda vez que la derogación de la citada disposición transitoria quinta está sujeta a su reserva, y no siendo posible su adopción por el procedimiento ordinario sin exceder los límites temporales marcados por la Comisión, la
necesidad de evitar los considerables perjuicios económico-presupuestarios que se derivarían de una sentencia condenatoria para España determinó la exigencia de que el Gobierno dictara la disposición legislativa provisional a que venimos haciendo
referencia. Por lo demás, el real decreto-ley se dictó en materia que no está constitucionalmente vedada a la utilización de esta figura y se somete a la convalidación por parte del Congreso dentro de los plazos y según el procedimiento que a tal
fin está previsto.



Con la convalidación de este real decreto-ley, para el que el Gobierno pide a todos los grupos parlamentarios una actitud favorable, se da cumplimiento a las obligaciones del Reino de España con la Unión Europea, se elude el quebranto
económico de una eventual condena y se efectúa una correcta trasposición de la directiva comunitaria. Por todas estar razones, espero y confío en que esta convalidación cuente con la aprobación de todos ustedes.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señora ministra, muchas gracias.



¿Algún grupo parlamentario desea ejercer el turno en contra? (Pausa.) En ese caso, señorías, comenzaremos los turnos de fijación de posiciones, en primer lugar, con el Grupo Parlamentario Mixto y tomará para ello la palabra la señora
Fernández.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señora presidenta.



La señora ministra nos acaba de pedir a los grupos una posición favorable al real decreto que hoy se nos presenta para su convalidación. Nuestro grupo político quiere decirle que vamos a tener esa posición favorable en tanto que lo que se
deroga, la disposición transitoria quinta, por un lado era transitoria y, por otro, como usted acaba de exponer -y se expone también en la exposición de motivos del real decreto-, existe un problema de mala trasposición de la directiva de la Unión
Europea


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que puede significar esa eventual sanción a la que usted hacía referencia.



En el debate de la ley nosotros valorábamos -y queremos aprovechar este turno para expresarle algunas cuestiones- que existían en la misma excesivas medidas que nos parecían restrictivas y que incluso podríamos denominar represivas. No era
esta precisamente la que más nos preocupaba, sí otras que tenían relación -vamos a dar un ejemplo porque preocupa muchísimo al sector- con la posibilidad de vender tabaco en los puntos de venta de prensa. Nos preocupa porque es un sector con una
economía pequeña en el que la venta del tabaco significa aproximadamente el 30 ó el 35 por ciento de sus ingresos. El sector no se niega a que en esos establecimientos se implante la máquina expendedora, como por ejemplo en las cafeterías, con
todos los requisitos que ello conlleva, pero se ve como una discriminación -nosotros también lo entendemos así- que se niegue la posibilidad de vender tabaco a estos puntos de venta de prensa mientras que a los quioscos se les permite en la vía
pública. Quien compra el tabaco, señora ministra, la mayoría de las veces no enciende el pitillo en el mismo lugar en el que lo ha comprado, aunque en ocasiones los apuros hacen que así sea, por lo que no entendemos que sea una razón para permitir
la venta en los espacios públicos y no en los pequeños establecimientos, en bajos comerciales, etcétera. Queremos transmitírselo porque presentamos iniciativas por la presión que el sector nos hace a nosotros, y creo que también a su ministerio.
Aprovecho esta ocasión para manifestar que nos gustaría que reflexionaran sobre esto, lo valoraran y comprendieran la necesidad perentoria que este sector tiene para hacer esta reclamación.



Señora ministra, hay otras cosas que tampoco entendemos, y que conste que hacemos una valoración positiva de los resultados de la implantación de la ley. Usted ha dado una serie de datos relativos a la disminución de los fumadores y yo
conozco no solo el dato estadístico sino el entorno, y efectivamente eso funcionó. También hay datos referentes -y esto es algo que igualmente percibe la ciudadanía y los que queremos comprobarlo muchísimo mejor- a que los espacios libres de humo
aumentaron, aunque no quiere decir que todos los lugares donde debiera existir ese espacio libre de humo aún continúen ofreciendo la posibilidad de fumar. Pero con todo lo favorable que fue la ley, no podemos entender -y queremos transmitírselo por
si puede facilitar la corrección- que mientras persiste esta actitud, que nosotros definimos como intransigente, respecto de la venta de tabaco por estos vendedores de prensa, se siga permitiendo en los guiones de producción propia de nuestras
televisiones que encender un pitillo o echar humo por la boca después de encenderlo sea ese recurso fácil que trata de justificar la necesidad de descanso o de relax. Ayer mismo vi esta imagen en la televisión y, a propósito del debate de hoy, me
resultaba curioso que esto siguiera existiendo, pues a quien acaba de dejar de fumar, estando en ese momento de relax en su casa, le está provocando encender un pitillo. Por eso, señora ministra, dado que no es la primera vez que esto se ve en
nuestras televisiones, y ya que existen políticas restrictivas en cuestiones tan importantes para la economía de pequeñas economías -valga la redundancia-, sería conveniente que su ministerio hiciera un seguimiento de todas estas actuaciones, las
cuales vulneran la ley que aprobamos en su día y que apoyamos incondicionalmente a pesar de que algunas medidas nos parecían excesivamente represivas. En este sentido, después de plantearle estas pequeñas cuestiones, señora ministra, quiero decirle
que vamos a apoyar el real decreto por las razones que he manifestado al principio.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señora Fernández, muchas gracias.



Continuamos con el turno de Coalición Canaria y será el señor Mardones quien en su nombre tome la palabra.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, señora ministra de Sanidad y Consumo, el Grupo de Coalición Canaria ya mostró su línea de criterio cuando tuvimos ocasión de debatir aquí la vigente Ley 28/2005, de 26 de diciembre, sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo y
todos los aspectos reguladores de la venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco. Apoyamos el proyecto del Gobierno por entender que había una serie de razones fundamentalmente de tipo sanitario, junto a las cuestiones
formales de las directivas de la Unión Europea, que nos impulsaban en esa línea. No era un procedimiento fácil para este sector en las islas Canarias, tradicionalmente productoras de tabaco, y con labores de cigarrillos tanto para consumo interno
como para exportación, con unos acuerdos desde hace muchos años con la empresa Tabacalera para la distribución de estas labores. Nosotros lo entendimos así e incluso tuvimos en cuenta los argumentos de los casos de cáncer de pulmón que se venían
dando en las estadísticas sanitarias españolas. En congruencia, vamos a dar nuestro voto favorable a la convalidación de este real decreto.



Al hilo de lo expresado por la portavoz del Bloque Nacionalista Galego, del Grupo Mixto, quiero manifestar que es la primera modificación que se hace a la Ley 28/2005 y me da la sensación de que no va a ser la última porque, junto a la
conflictividad social producida por su aceptación o rechazo, plantea también una serie de cuestiones comerciales. Con este real decreto se viene a solventar una situación que podía haber llevado al Gobierno español a un contencioso y a un
expediente de sanción por la Unión Europea, porque la disposición transitoria quinta venía a contradecir lo establecido en el artículo 9 del proyecto de ley y, por tanto, implicaba una diferencia de tres años que la Unión Europea ha interpretado, de
acuerdo con la circular de su correspondiente


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directiva, que no procedía. Estamos viendo en el día a día que corresponde a las comunidades autónomas la vigilancia y supervisión de que los locales públicos cumplan la ley y pongan el cartel de que se permite o no se permite fumar y han
surgido, como bien decía la portavoz del Bloque Nacionalista Galego, recursos de distintos sectores económicamente afectados que nos han hecho llegar a los grupos parlamentarios. Uno de ellos es -y quería llevar esta reflexión a la señora ministra-
el que plantea la disposición transitoria primera de la Ley 28/2005 en cuanto a las expendedurías de tabaco y timbre del Estado que existían en la fecha de entrada en vigor. Hay que tener en cuenta que estas son concesiones que otorgaba la
Administración General del Estado a través del Ministerio de Economía y Hacienda, organismo que tutelaba estos negocios de expedición de labores de tabaqueras y timbres del Estado. Nos hemos encontrado con un colectivo, en grandes centros de
concentración de personal, como es el de los establecimientos en aeropuertos, estaciones de autobuses y estaciones de transporte marítimo y ferroviario, y con una interpretación de la aplicación de la directiva europea, cuestión que en algunos
países como Francia o Alemania no se exige, no se explica. Estas concesiones las otorgaba la Administración y nadie tiene un estanco ni un puesto emisor de tabaco acogido a la Ley del Timbre en los aeropuertos, estaciones de autobuses, transporte
marítimo y ferroviario; lo que existía era por concesión administrativa y nosotros pedimos una reconsideración de este aspecto. Vamos a plantear una cuestión puramente formal por si puede ser acogida en otras circunstancias, como las que ha citado
la portavoz del Bloque Nacionalista Galego, que perfeccione el cumplimiento de esta ley, porque no se trata de ser represiva per se, por una irreflexión o por una falta de racionalidad. Vamos a pedir que se tramite como proyecto de ley este real
decreto a estos efectos que le he indicado, pero tendremos siempre en cuenta hacer equilibrado y respetable lo que es un derecho, lo que es una obligación legal y lo que es una defensa legítima de determinadas cuestiones de una ley que, siendo
conflictiva socialmente, hemos entendido que iba dirigida al bien común y la hemos apoyado. Por esa razón también vamos a votar favorablemente la convalidación de este real decreto.



Muchas gracias, señora presidenta, señora ministra.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señor Mardones, muchísimas gracias.



Continuamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y será la señora García Suárez quien en su nombre tomará la palabra.



La señora GARCÍA SUÁREZ: Gracias, señora presidenta.



Señora ministra, señorías, en primer lugar, quiero adelantar que mi Grupo Parlamentario va a votar favorablemente la convalidación de este real decreto-ley por muchos motivos, entre ellos, porque consideramos que es lo que tenemos que hacer
por responsabilidad si no queremos poner en una situación francamente delicada con las instancias superiores a nuestro propio Estado. Vamos a aprovechar este debate para poner encima de la mesa de nuevo algunas cuestiones, porque no es la primera
vez (hace un año escaso de la aprobación de esta ley) que hemos vuelto a hablar de ella y a hacer modificaciones y tampoco va a ser la última. Este es el motivo de nuestra reflexión.



En relación con la modificación que hoy tenemos encima de la mesa, mi grupo parlamentario quisiera precisar lo siguiente. Mi grupo parlamentario nunca estuvo de acuerdo con esta enmienda. No sé si hoy el grupo parlamentario que la propuso
la seguirá defendiendo o explicará el porqué. Siempre hay un grupo parlamentario que propone las enmiendas y un grupo mayoritario que las acepta. Mi grupo parlamentario presentó muchas enmiendas, igual que otros grupos, y en esta ley debemos decir
que no nos sentimos nada oídos. Insistimos e insistiremos en que esta ley debió debatirse más y se debió escuchar más a los grupos parlamentarios, porque también era una manera de escuchar más a la sociedad. No fue un debate tranquilo, un debate
sereno y un debate en el que pusiéramos todos los pros y contras de las propuestas de la ley tranquilamente encima de la mesa. Lo que está pasando es que quizá se cedió a algunas presiones, en este caso de los más fuertes -a mi entender-, y hubo
otras realidades que no se tuvieron en cuenta, como la diputada doña Olaia ha manifestado y nosotros compartimos, de manera que es una ley que va a estar encima de la mesa permanentemente, lo que denota que posiblemente en su momento no se hicieron
los deberes que se tenían que hacer. Lo lamentamos pero lo vemos de esta manera. El motivo por el que hoy estamos debatiendo en el Pleno, lo que toca es ver en qué momento vamos a tener que hacer una evaluación en profundidad de esta ley.
Nosotros creemos que no podemos tardar mucho. Desde nuestro punto de vista, en esa evaluación tendríamos que considerar todos los cambios, modificaciones o ajustes que se tuvieran que hacer; ajustes más allá de obligaciones por directivas, por
recomendaciones o por tener que cumplir la normativa europea. No está habiendo una aplicación de la ley, no se está cumpliendo la ley. Además de que no se está cumpliendo la ley está habiendo una desautorización de la misma, cosa que a mi grupo
parlamentario no le satisface porque defendemos -así lo hemos dicho y lo seguiremos haciendo- que las leyes están para cumplirlas pero cuando no nos gustan decir que no nos gustan y considerar que se han de cambiar y, por tanto, hacer todo lo
posible para cambiarlas, aunque mientras están en vigor las leyes se han de cumplir.
¿Por qué? Porque si no ponemos en juego nuestro propio sistema y nuestras propias bases de funcionamiento democrático.



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Somos muy críticos con esta ley. Un ejemplo más es el decreto que hoy tenemos encima de la mesa. Nosotros cuestionamos muchísimo aquella enmienda de un grupo parlamentario concreto y presentamos a la misma una enmienda en el Senado que
tampoco prosperó. Hoy nos encontramos aquí en un debate para dar apoyo al Gobierno sobre un real decreto-ley que se ha tenido que elaborar para solucionar una situación que ya era clarísimamente contradictoria en una ley muy restrictiva, muy poco
flexible -así lo repetí en muchas ocasiones- y que en algunos de los puntos de prohibición se tenía que haber dado un margen de aplicación mucho más amplio para que no pasara lo que está pasando, precisamente para que nadie se saltara la ley; sin
embargo, en otros aspectos como este -de una manera absolutamente contradictoria, con muchos interrogantes y lógicamente con muchas suspicacias encima de la mesa- se cedía a no sé sabe qué presiones y nos gustaría saber por qué. Nos gustaría saber
como mínimo, aunque vamos a apoyar al Gobierno, por qué se cedió en aquella enmienda, por qué se aceptó que una enmienda que ya se veía que podía tener problemas, como así ha sido, fuera apoyada por el grupo mayoritario -nuestro grupo no la apoyó- y
por qué en estos momentos, porque se nos fuerza o porque se nos obliga, vamos a modificar con un decreto-ley.



Estos son nuestros interrogantes. Ya he dicho que vamos a votar a favor, pero le pedimos a la señora ministra que ya que se ha demostrado que hay problemas reales nos ponga fecha lo antes posible de evaluación de la ley. Nuestro grupo
parlamentario considera que, antes de acabar esta legislatura, los diputados y diputadas que hemos participado en esta ley merecen también tener la evaluación de la misma y poder opinar sobre aquellos cambios que necesita. Esta es nuestra
conclusión y nuestra petición. En cuanto al motivo que hoy nos ha traído a este debate, me gustaría decir que celebramos que se vote a favor de lo que fue nuestra opinión, que se puede leer en los diarios de sesiones tanto de la Comisión como del
Senado, obligados por un real decreto-ley. Esperemos que el grupo proponente en aquel momento nos dé también una explicación más extensa al respecto.



Gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Gracias a usted, señora García Suárez.



Continuamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV). Será la señora Uría quien en su nombre tome la palabra para fijar posición respecto de este decreto-ley.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, señora ministra, mi grupo sí que tiene facilísimo fijar hoy postura en relación con la toma en consideración de este decreto-ley y su petición de aceptación pura y simple, sin posteriores tramitaciones. Ahí están los diarios de
sesiones que manifiestan que el único grupo que se quejó desde esta tribuna por la aprobación de esta disposición transitoria fue el Grupo Vasco, y luego los citaré.



A la conocida popularmente como Ley del Tabaco durante su tramitación la acabamos denominando, por deseo de todos los grupos, Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y creíamos que los objetivos perseguidos por la ley debieran estar
en esa perspectiva. Señorías, dice bien la exposición de motivos que entre los objetivos perseguidos estaba trasponer la normativa europea que obliga a los Estados miembros en materia de publicidad y patrocinio de los productos del tabaco, y es que
aprobamos una ley absolutamente taxativa en el texto legal, en los artículos 9 y 10, con prohibiciones muy duras en cuanto a la publicidad, a las que ha aludido la señora ministra, con la sola excepción de los profesionales que intervienen en el
comercio del tabaco, y sin embargo con unas disposiciones transitorias estupendas para los sectores que viven de la publicidad del tabaco, con excepciones temporales que en el caso de lo que hoy derogamos mediante este decreto-ley suponen tres años.

Es cierto el inicio de un procedimiento sancionador por la Comunidad Europea, procedimiento que se debe a que se entendía que la trasposición de la normativa europea no daba pie a la posible existencia de periodos transitorios y que de este
procedimiento se derivaría inmediatamente la interposición de una demanda contra el Estado español. Por ello -se dice- hay que impedir la continuación del procedimiento y se quiere proceder a la derogación. Concluye la exposición de motivos
justificando la utilización de este instrumento normativo, que en principio la Constitución prevé como excepcional para casos de extraordinaria urgencia y necesidad y que ha acabado siendo bastante general, puesto que al haber decidido el Gobierno,
apoyado por el Partido Socialista, no utilizar las leyes de acompañamiento -en diciembre con una ley de acompañamiento se podía haber solucionado esta cuestión-, el número de decretos-leyes que acabamos aprobando en esta Cámara termina siendo
realmente enorme, pero en este caso concreto no nos oponemos a la utilización de este instrumento normativo. Pero, señorías, bueno es recordar cómo llegó este texto al contenido de la norma. No estaba en el proyecto de ley y es en el trámite del
Senado cuando un grupo concreto -yo sí lo voy a citar-, el Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, introduce esta pretensión de una disposición transitoria, que además lo era con la intención de que durase cinco años y no tres. La
justificación de la enmienda no tiene desperdicio y deberían ustedes verla en el boletín correspondiente de 10 de noviembre de 2005. Se dice en la propia justificación de la norma que la directiva europea es tajante respecto de la publicidad y el
patrocinio, pero se añade: Puede, no obstante, no resultar ocioso mantener esta cautela legislativa. Valiente justificación: Puede no resultar ocioso. Solo intereses de índole comercial que nada tenían que ver con los intereses sanitarios que
pretendía la norma


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podían justificar una cuestión semejante. Se conoce que a los propios proponentes de la enmienda les da hasta pudor; reconocen que la obligación europea es tajante, pero -insisto, señorías- dicen: Puede no resultar ocioso mantener esta
cautela legislativa. Cuando la ley llega a su trámite final en la Cámara, el día 15 de diciembre, en mi intervención hice referencia a la nota que me fue remitida por la Comisión técnica de prevención del tabaquismo que existe vinculada al
departamento de Sanidad del Gobierno vasco, en la que me piden que se tenga especial cuidado con que desaparezca del texto de la norma no solo esta disposición transitoria cuarta, sino también lo que se encuentra en la disposición transitoria
segunda -y esto está vigente-, porque supone ofrecer a las tabaqueras un baipás que necesitan para seguir publicitando marcas de tabaco sin vender ya tabaco. Es la excepción que hace referencia a la posible utilización de marcas referidas a tabaco
respecto de la venta de otros productos. Se nos pedía que votásemos en contra, y así lo manifesté desde esta tribuna. Igualmente decíamos que íbamos a votar en contra de esta disposición transitoria quinta, a la que no encontrábamos ninguna
justificación, posibilitando el patrocinio y la publicidad del tabaco en eventos deportivos. Por tanto, señorías, no digo que no se pueda cambiar de criterio al haber transcurrido periodos de tiempo, pero la queja más dura y más fuerte, la posición
firme sostenida tanto por los informes que he citado del Gobierno vasco como por el Grupo Parlamentario Vasco en la tribuna, nos lleva a decir ahora que nos alegramos enormemente de la desaparición de esta disposición transitoria. Creemos que
algunas otras también debieran haber desaparecido, porque en el trámite de esta ley en el Senado se fue bastante condescendiente con aspectos que tienen más que ver con la comercialización, con intereses económicos y comerciales, que con la
finalidad sanitaria que nosotros siempre le hemos visto a la norma. No obstante, justo es reconocer que hubiera sido mejor que no hubiese existido nunca, pero ha estado vigente durante un año puesto que la Ley del Tabaco entró en vigor a comienzos
del año 2006.



Del contenido de mi exposición se ve claramente que a mi grupo le parece perfecto que el texto del decreto-ley esté ya incluido en el Boletín Oficial, que desde mediados de enero esté en vigor y, por supuesto, somos partidarios de su
convalidación pura y simple, sin posteriores tramitaciones como proyecto de ley.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Muchas gracias, señora Uría.



Continuamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana. Señora Bonàs, adelante.



La señora BONÀS PAHISA: Gracias, señora presidenta.



Señorías, señora ministra, ustedes saben que el Grupo de Esquerra Republicana apoyó decididamente su proyecto de ley porque creíamos que era importante. El consumo del tabaco es nocivo para la salud y apoyamos todas las medidas que puedan
acotar su publicidad, sin embargo, en cuanto a esta disposición transitoria, tuvimos nuestras dudas. No votamos en el trámite del Congreso porque no teníamos claro si era la forma de evitar el problema que entonces surgió respecto a los contratos
firmados en legislaturas anteriores. En este caso, una vez llegada la noticia de la posible sanción de la Unión Europea -nueve millones de euros al día-, apoyaremos la derogación de esta transitoria porque nadie entendería que un gobierno
despilfarrase, y esto sería despilfarrar. Estamos hablando de un circuito que tiene un 80 por ciento de participación pública y, por tanto, de unos recursos públicos que se pueden ver despilfarrados en cuanto se vean sometidos a una sanción por
parte de las escuderías, que siguen ostentando publicidad del tabaco en el material móvil. No estuvimos de acuerdo en la solución que en aquel momento se adoptó, que fue una transitoria en la ley, porque se trataba de un caso concreto que se quería
solucionar -el de estos contratos firmados anteriormente-, pero ¿qué pasaba si la escudería decidía sancionar al promotor, en este caso con un 80 por ciento de participación pública y por tanto de recursos públicos? En este caso, si se aplica la
ley inmediatamente ¿qué va a pasar? La escudería puede realmente sancionar -en este caso a la Generalitat- y tendríamos que pagar con recursos públicos. ¿Qué pasa cuando se cambia la legislación? ¿Quién protege los contratos que se han firmado
con la anterior legislación y que no da un plazo de cambio? Es la pregunta que nos formulamos. También tenemos otras preguntas. Por ejemplo, ¿qué pasa con Alemania e Italia? ¿No han recibido sanciones? ¿O es que sus asesores van a recurrir y no
las van a pagar? No lo sabemos.



Tenemos otra pregunta. ¿Si el circuito -en este caso hablamos de un circuito que se encuentra en Cataluña- estuviera en El Jarama, el Gobierno del Estado se comportaría de igual manera? Esta pregunta la dejamos en el aire. Yo quiero
entender que no va a ser así, que el Gobierno del Estado va a asumir sus responsabilidades también con los ciudadanos de Cataluña, porque en el fondo vamos a pagar los ciudadanos de Cataluña. Nosotros votaremos a favor de la derogación de esa
disposición transitoria, pero vamos a pedir que se tramite como proyecto de ley para de alguna forma dejarlo claro, porque no está claro que el Estado pueda asumir esta responsabilidad. Sabemos que existe la promesa de que si hay sanciones al
circuito de Cataluña, que es de la Generalitat, va a haber ayudas por parte del Estado; sin embargo, es una promesa en el aire, una promesa que no está escrita. Queremos que en el caso de que se cambie la legislación estatal y haya empresas que se
vean sometidas a sanciones porque no pueden cumplir sus contratos, haya una obligación del Estado de dar soporte a esas empresas que se ven perjudicadas por cambios de


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legislaciones muy puntuales, muy rápidos o muy concretos, como sucede en este caso. Porque si hace año y medio se les dio un plazo de tres años y ahora, de repente, se termina este plazo, no hay margen para buscar otros promotores. Es
normal y lógico que el promotor que tenga un contrato exija su cumplimiento o indemnización a cargo del particular, que en este caso no es un particular sino que es una Administración pública.



Creemos que aquí hay muchas preguntas en el aire. No sabemos exactamente qué es lo que ha pasado en los despachos de los ministerios, ni por qué este cambio se ha hecho tan repentinamente sin tener en cuenta lo que podía pasar, o
simplemente, como era en Cataluña, da igual lo que pase, es decir, que paguen ellos, que ya están acostumbrados. Esta es nuestra pregunta. Por tanto, pediría a SS.SS. que voten a favor de que se tramite como proyecto de ley para que se solucione
este caso y los que pudieran existir en el futuro.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señora Bonàs, muchas gracias.



Continuamos con el turno del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Será don Jordi Xuclà quien en su nombre tome la palabra.



Adelante.



El señor XUCLÀ I COSTA: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) para fijar posición ante la convalidación de este real decreto. Quiero empezar diciendo que estamos ante la segunda modificación de la llamada Ley del
Tabaco -la primera fue por decreto en lo referente a la posibilidad de la venta en quioscos de productos vinculados con el tabaco-, y que nos gusta mucho más la forma de aplicación del artículo 86 de la Constitución española a través de un real
decreto, que no el dudoso decreto de modificación de una ley desde un punto de vista de jerarquía normativa.



Les tengo que recordar también en el inicio de mi intervención que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presentó en el Senado una proposición de ley, que en estos momentos está en fase de enmienda en el Congreso, de
modificación de un aspecto concreto de la llamada Ley del Tabaco que, a la luz de las distintas intervenciones de algunos grupos parlamentarios, creo -invito a la reflexión- que podría ser útil para un planteamiento más de fondo de algunos otros
aspectos.



Dicho esto les anuncio ya de entrada que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) va a votar favorablemente este real decreto, que amparándose en el artículo 86 de la Constitución española, en carácter de extraordinaria y urgente
necesidad, ha hecho que en estos momentos ya esté en vigor la modificación de la Ley del Tabaco y concretamente de su disposición transitoria quinta. Esta entrada en vigor a partir del primer real decreto de este año, el Real Decreto-ley 1/2007,
supone abrir un periodo, hasta la convalidación definitiva por parte del Congreso de los Diputados, de una cierta provisionalidad y de un cierto debate de alcance jurídico. La posibilidad de la modificación de un real decreto con efectos ex nunc o
ex tunc abre una gran duda jurídica en caso de que hoy no fuera convalidado este real decreto. Por ello, mi grupo parlamentario va a votar favorablemente la convalidación del mismo, pero este grupo parlamentario también quiere acompañar el anuncio
y la argumentación de este voto de un par de consideraciones sobre lo que nos propone el Gobierno.



Ciertamente, el Real Decreto-ley 1/2007 trae consecuencia del dictamen motivado planteado por parte de la Comisión Europea sobre una eventual incompatibilidad de la citada disposición transitoria quinta con el artículo 5 de la Directiva
2003/33 de la Comisión Europea y solicita al Gobierno español que modifique la legislación española. Sus señorías también saben que el artículo 226 del Tratado de la Constitución Europea, actualmente vigente, faculta a la Comisión Europea para
demandar a un Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por la infracción del derecho comunitario en dos casos: si dicha infracción se puede deber a la falta de trasposición de una directiva en el derecho interno -no
es el caso-, o ante una trasposición inadecuada al derecho interno. Tal vez este sería el caso. Señorías, estamos ante un real decreto que ha entrado en vigor con la dificultad jurídica de los efectos que les decía, retroactivos o no retroactivos,
de la modificación del real decreto, pero creo que en este turno de portavoces es importante destacar que el dictamen motivado no constituye una condena al Estado miembro destinatario, sino un documento que la Comisión Europea, como garante del
cumplimiento de la legislación europea, envía al Estado miembro, y en este dictamen motivado expresa su opinión acerca de la existencia de una posible infracción del derecho comunitario por ese Estado miembro. Por tanto, señorías, el Estado
miembro, en este caso España, destinatario del dictamen motivado, no está obligado a cumplir inmediatamente con el mismo, sino que está facultado para defender sus argumentos en un primer momento ante la Comisión Europea, presentando sus alegaciones
al dictamen motivado, y posteriormente -porque, señora ministra, a esta fase procesal ya se ha llegado- también se puede litigar ante el Tribunal de Justicia de la Comunidades Europeas si finalmente la Comisión decide presentar, al amparo del citado
artículo 226 del tratado europeo vigente, una demanda judicial por incumplimiento contra el Estado infractor. Esta ha sido precisamente la estrategia adoptada por parte del Gobierno italiano, que ha decidido defender su legislación a través de la
litigación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En este caso, la Comisión ha remitido a Italia un dictamen motivado comunicándole la supuesta incompatibilidad de su ley con la trasposición del mismo artículo -el artículo 5.1


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de la citada directiva- por exceptuar la prohibición general del patrocinio de productos del tabaco en aquellas actividades o acontecimientos que se desarrollen exclusivamente en territorio italiano.



Señorías, desde un punto de vista de seguridad jurídica se debe afrontar la convalidación de este real decreto porque es un real decreto de caso concreto, y, además, la alternativa de tramitarlo como proyecto de ley simplemente sería la no
aceptación del artículo único de este real decreto.



Señora ministra, señorías, he querido utilizar parte de mi tiempo en argumentar que ante el dictamen motivado de la Comisión Europea el Gobierno español, quizá, podría haber continuado litigando durante un tiempo. Estamos ante una
disposición transitoria con una previsión de tres años, de los cuales se ha cumplido uno, y tal vez -creo que lo he fundamentado jurídicamente- se habría podido prolongar en el tiempo si hubiéramos compartido esta misma reflexión antes de la
aprobación por parte del Gobierno de un real decreto al amparo del artículo 86 de la Constitución Española. Seguramente estos tres años que contemplaba la ley se habrían podido prolongar en el tiempo. Esta es una reflexión ex post pero, como algún
grupo parlamentario ha pedido argumentación jurídica sobre nuestra posición y nuestro voto, quería acompañar nuestra fijación de posición con esta consideración.



Segunda reflexión. La aprobación de este real decreto, en cumplimiento de un dictamen motivado de la Unión Europea, supone la modificación, directa o indirecta, de las condiciones económicas de algunos contratos e incluso, eventualmente, la
posible cancelación de los mismos.



Se ha hablado de esta enmienda como la enmienda de algunos grupos parlamentarios. Señorías, los portavoces de los grupos parlamentarios tendríamos que hablar con propiedad. Desde el momento en que esta disposición entró en vigor, esta era
la ley de todos los grupos parlamentarios y también era y es responsabilidad del Gobierno hacer frente a las eventuales y posibles consecuencias que puede suponer la derogación de esta disposición transitoria. Esta es una ley de todos, esta es una
ley que, a través de esta previsión aprobada por estas Cortes Generales, generó una legítima expectativa a determinados sectores que firmaron contratos a la luz de la ley vigente, y es evidente que puede existir una expectativa truncada e incluso,
en términos de derechos contractual mercantil, un lucro cesante. Estoy convencido de la sensibilidad del conjunto del Gobierno y de la ministra de Sanidad y Consumo, que ha impulsado este real decreto, para hacer frente a los eventuales efectos de
la derogación de esta parte de la llamada Ley del tabaco. Lo quiero dejar en este punto, pero estoy convencido de la sensibilidad tanto del Ministerio de Sanidad y Consumo como de la Secretaría de Deportes del Gobierno de España.



Finalmente, se han hecho distintas reflexiones sobre el balance del primer año de la aplicación de la Ley del tabaco. El día 28 de diciembre, día fácil de recordar porque la Comisión de Sanidad celebró su última sesión del año pasado, en la
comparecencia de la ministra de Sanidad tuvimos ocasión de debatir, entre otros muchos otros aspectos, sobre el desarrollo y la aplicación de la Ley del tabaco. Creo que sería bueno y positivo que los distintos grupos parlamentarios hiciéramos una
reflexión sobre esta Ley del tabaco porque, como les decía hace un momento, en esta ley hubo aportaciones de un grupo o de otro grupo, pero al año de su entrada en vigor tenemos que hacer una valoración muy seria sobre el grado de cumplimiento y la
sujeción de todos los poderes públicos -estatal, autonómico, municipal- y privados a una ley aprobada en un Estado de derecho.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señor Xuclà, muchas gracias.



Continuamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario Popular. El señor Arias Cañete tomará la palabra en su nombre.



El señor ARIAS CAÑETE: Señora vicepresidenta, señorías, nuestro grupo parlamentario apoyará la ratificación de este real decreto-ley por concurrir las razones de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de nuestra
Constitución. Pero al mismo tiempo debemos destacar nuestro asombro por el celo que en esta ocasión exhibe el Gobierno para seguir las solicitudes del dictamen motivado que, en el marco del proceso de infracción iniciado por la Comisión Europea por
incorrecta trasposición de la Directiva 2003/33 del Parlamento y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, ha sido emitido el pasado 12 de octubre.
Es curioso que en otras ocasiones al Gobierno socialista le traiga absolutamente al fresco el derecho
comunitario. El caso de E.ON es paradigmático, con el Gobierno negándose a derogar un decreto-ley radicalmente contrario al derecho comunitario o a las condiciones impuestas por la Comisión Nacional de la Energía derivadas de las competencias
concedidas en dicho real decreto-ley, pese a las cartas de emplazamiento y a los dictámenes motivados reiteradamente emitidos por la Comisión. Y qué decir del retraso que tiene este Gobierno en la trasposición de directivas. Acabo de entrar en la
página web de la Comisión y he visto que tiene veintitrés directivas pendientes de trasponer; tiene 109 procedimientos de infracción, según los últimos datos de la Comisión, por no haber traspuesto correctamente las directivas, lo cual quiere decir
que en 109 casos la Comisión entiende que el Gobierno no las ha traspuesto correctamente y, como ha dicho algún portavoz anterior, el Gobierno ha defendido su posición; curiosamente, en este caso, el Gobierno no la ha defendido. Por eso, en boca
del Gobierno socialista parece que invocar el cumplimiento del derecho comunitario no es un argumento de uso general sino solamente selectivo. Pero por una vez que el Gobierno socialista


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parece dispuesto a observar la legalidad comunitaria, no será nuestro grupo quien ponga ningún obstáculo.



En este contexto quisiéramos constatar que la defectuosa trasposición de la directiva supone que el Gobierno, al dar su visto bueno a la aprobación de un texto contrario al derecho comunitario en la redacción de la Ley 28/2005, cometió un
error. La ministra, con evidente habilidad, ha dicho que el error lo cometió la Cámara y que el Gobierno no tiene nada que ver con el mismo. Todos sabemos cuál es la limitada independencia del grupo mayoritario que apoya al Gobierno para tomar
decisiones en esta casa, porque todas están condicionadas a la aprobación del Gobierno. Por tanto, el Gobierno dio su aprobación a un texto en esta Cámara, y eso tenemos que saberlo. Y erróneo o no el texto entró en vigor y a su amparo se han
concertado relaciones jurídicas de patrocinio que se van a ver claramente afectadas por el cambio que ahora se introduce. Y aquí tenemos que invocar la Constitución española, que en su artículo 9.3 -aunque algún ministro puede que no lo conozca-
garantiza la seguridad jurídica de los españoles, es decir, el derecho de los españoles a la certidumbre en sus relaciones jurídicas. Si por un error se ha traspuesto mal una directiva y se ven afectados contratos celebrados al amparo de una norma
mal traspuesta, que los particulares han concertado de absoluta buena fe y amparándose en el derecho positivo español, deben ser indemnizados en sus bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 106 de la Constitución.



Me gustaría que en este campo se actuara con transparencia, porque aquí han intervenido portavoces que dicen que creen que el problema está resuelto. Vamos a centrar el problema y ver dónde está. Es el patrocinio de eventos del deporte del
motor de carácter transfronterizo, y no hay más que dos: el Campeonato Mundial de Motociclismo y el Campeonato de Fórmula 1. Esta norma no afecta más que a estos dos campeonatos y solo a dos circuitos. No afecta al de Jerez, el de mi pueblo,
porque el alcalde, que era habilidoso, previó que podía ocurrir esto y, por tanto, no tiene ninguna incidencia, pero sí al de Valencia y al de Cataluña. Algunos portavoces catalanes en esta Cámara han dicho: Bueno, creemos que hay buena fe, que
esto puede estar resuelto... No. Yo creo que las cosas hay que hacerlas con luz y taquígrafos, señora ministra; es mucho más fácil.
Creo que sería mucho más deseable que en esta Cámara el grupo mayoritario y el Gobierno aceptaran la tramitación
de este decreto como proyecto de ley -lo ha dicho algún portavoz-; es mucho más transparente. Pero en el marco de ese proyecto de ley -nadie va a tocar el fondo del asunto; estamos de acuerdo con él, es claro el dictamen motivado, es claro el
requerimiento y probablemente es muy clara la directiva comunitaria, aunque a lo mejor esta Cámara se extralimitó al conceder un período transitorio- podemos incluir previsiones claras y universales que afecten a todos los que estén en las mismas
circunstancias: al valenciano y al catalán. Si no, lo que va a resultar es que un acto legislativo va a causar unos perjuicios económicos a personas que no previeron esa cuestión y además va a repercutir en las comunidades autónomas, y existe un
principio que se llama de lealtad institucional para no ocasionar gastos que no les corresponden por razón de actos legislativos que se han dictado a nivel nacional.



Señora ministra, creo que el Gobierno debería aceptar la tramitación como proyecto de ley y que con tranquilidad y transparencia se arbitren los mecanismos de compensación a quienes se vean perjudicados por el cambio normativo que todos los
grupos de esta Cámara, sin duda, vamos a apoyar a continuación.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Gracias, señor Arias Cañete.



Finalizamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario Socialista.
Será el señor Pliego quien tome la palabra para fijar su posición respecto de este decreto-ley.



El señor PLIEGO CUBERO: Gracias, señora presidenta.



El Grupo Parlamentario Socialista va a apoyar, como no puede ser de otra manera, la convalidación de este real decreto-ley que hoy nos trae el Gobierno sobre la base de los dos ángulos posibles desde los que se puede analizar este real
decreto-ley. En primer lugar, como han manifestado todos los grupos, por una cuestión de estricta legalidad. Formamos parte de la Unión Europea, existe una directiva comunitaria que insta a España a tomar esta medida y el Gobierno considera que la
directiva comunitaria tiene sustancia legal suficiente para que no haya lugar a otros trámites de naturaleza alguna. Por tanto, lo que procede es cumplirla y así se va a hacer. Pero también por una cuestión de tipo conceptual. Estamos de acuerdo
en lo que la directiva comunitaria prevé, es decir, todo lo que sea -permítanme la expresión- cerrar portillos para conseguir los objetivos que prevé la ley contra el tabaquismo son buenas medidas. Por consiguiente, no solo es una cuestión de
estricto cumplimiento de la legalidad y con eso cubrimos un expediente, sino que estamos de acuerdo en lo que prevé esa directiva comunitaria.



Quiero recordar al respecto, aunque el señor Arias Cañete, con cierta habilidad, quería dar un giro a este tema, que el proyecto de ley que el Gobierno trajo a esta Cámara no recogía ninguna disposición de naturaleza alguna, sino la
eliminación de la publicidad en los términos que se decía, y fruto del debate parlamentario se añadió esta transitoria quinta. Esta es una ley de un fuerte contenido conductual, donde tan importante como la ley y las disposiciones públicas es la
actitud de la sociedad y de los ciudadanos, y el objetivo del Gobierno era intentar sacar adelante su ley en los términos en los que la presentó, pero tan importante como eso era que la ley saliera con los máximos apoyos de esta Cámara, porque si
salía dividida iba a crear un conflicto o un debate en la sociedad que seguramente iba a minar las posibilidades de una ley que, insisto, como cualquier otra con


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fuerte contenido conductual, trata de tomar medidas concretas, pero también de concienciar a la sociedad. Son dos caminos paralelos. En consecuencia, como ocurre en democracia, se hizo la ley que fue posible hacer. Seguramente esta ley no
dejó satisfecho al cien por cien a ningún grupo de la Cámara y tampoco al Gobierno, y seguramente esa es una de sus virtualidades más importantes. Quiero dejar claro que con esta ley conseguimos el objetivo entre todos con un fuerte apoyo, y tengo
los datos aquí: 297 votos a favor, cuatro abstenciones y ninguno en contra.
Por tanto, tan importante como la ley era que tuviera los máximos apoyos.



A partir de ahí, la ley se pone en marcha, es de todos, está funcionando razonablemente bien y seguramente tendrá que sufrir modificaciones en el futuro; eso no es positivo ni negativo. Sirva como ejemplo -tengo aquí un dato de la prensa-
que Bruselas ha propuesto -una iniciativa que madurará en los próximos meses- la prohibición absoluta de fumar en todos los lugares públicos cerrados, sin excepción, en la Unión Europea. Lo digo por poner un ejemplo de que esta ley sufrirá
modificaciones, y eso será positivo si entre todos conseguimos que estas no vayan en la dirección de abrirla ahora que hemos logrado -todos los datos lo avalan- que una mayoría de españoles esté de acuerdo en los términos generales, en los objetivos
y en la filosofía que contempla esta ley. Si seguimos en esa dirección será bastante positivo.



Los distintos grupos han planteado diferentes temas que seguramente este no es el momento de debatir y de los que hablaremos en el futuro, pero sí quiero decir, en cuanto al tema de la evaluación de la ley -sería bueno que lo conociéramos y
creo que SS.SS. lo conocen- que el artículo 16 de la ley contempla un mecanismo de evaluación con una amplia representación social y de distintos colectivos, que es el Observatorio de la Prevención del Tabaquismo, al que por cierto el Gobierno ha
dado paso, como no podía ser de otra manera, y que el 31 de octubre de 2006 fue constituido como tal. Por tanto, yo creo que nadie pretende debilitar ese instrumento que está ahí y que debe cumplir su función. Eso no evita -forma parte de las
reglas del juego- que esta Cámara pueda hablar cuantas veces estime oportuno de esta ley. Pero insisto, no se trata, desde distintos ángulos e intereses legítimos -no pongo en duda otra cuestión- de ver por dónde podemos cortar y pegar esta ley;
eso sería un error de bulto. Ahora mismo, España está en una posición en este asunto de política de salud preventiva -recuerdo que la salud es un derecho fundamental de los ciudadanos recogido en la Constitución- en el que no podemos dar pasos para
atrás. Eso sería un error de bulto.



La señora Bonàs planteaba dos temas de poco fundamento, si me permite, entre los que ha tratado. Uno, sobre si afecta a Cataluña. Le diré que en España hay otro circuito como el de la Comunidad Valenciana o el de Andalucía,
independientemente de que hayan tomado sus medidas de manera preventiva -lo cual es bastante positivo-, y no dudará usted de las buenas relaciones -entre otras- de Andalucía con este Gobierno como con el resto de las comunidades autónomas. Por
tanto, es impensable y no tiene ninguna razón de ser que el Gobierno lo viera desde un ángulo selectivo y que como afecta a Cataluña tuviera un tratamiento y si no tuviera otro. Eso está fuera de lugar. También le informo que entre los países que
usted ha citado, en concreto Italia y Alemania están ya en el Tribunal de Justicia Europeo. Por tanto, el Gobierno, entendiendo como indicaba antes que no hay sustancia legal para darle vueltas al cumplimiento de esta directiva comunitaria, es por
lo que presenta la convalidación de este real decreto-ley.



El señor Arias Cañete ha hecho una intervención con la que yo coincido en el 80 por ciento, pero quizá ha puesto demasiado énfasis en la sorpresa que le causa la aprobación de este real decreto-ley y lo asocia con intereses de grupos
empresariales. Sinceramente, creo que es un tema en el que al diputado del Grupo Parlamentario Popular le traiciona fuertemente el subconsciente. Quizás, como usted sabe que ligar decisiones políticas a intereses empresariales era una línea de
actuación prioritaria del Gobierno del Partido Popular, del que usted era ministro, eso le lleva a pensar que los demás gobiernos actúan en esa sintonía, y no crea usted que ese es un principio universal. Ese es un principio que funcionó muy bien
-la experiencia está sobre la mesa- durante los ocho años de Gobierno del señor Aznar pero, insisto, esto se terminó y terminado está. En cualquier caso, no sé si le causará tanta sorpresa -no lo sé, pero solo se lo digo a efectos de recordárselo-
que, por ejemplo, cuando llegamos al Gobierno en 2004 España tenía una de las legislaciones más permisivas, si no la más permisiva, en temas de tabaquismo de la Unión Europea y ustedes durante ocho años la mantuvieron. No sé si eso le causa alguna
sorpresa o no. Estamos hablando de la salud de los ciudadanos, que es un asunto tan importante como las cuestiones empresariales. Tampoco sé si a usted le causa sorpresa que siendo cierto -y hay que reconocerlo- que en la negociación de esta ley
-yo mismo formé parte de la ponencia con el Grupo Popular- llegamos a un acuerdo, seguramente insatisfactorio para todos, pero eso es una virtualidad de la ley, a partir de ahí, quizás por esta consigna de legislatura que ustedes tienen de disparar
contra todo lo que se mueva con respecto al Gobierno del Partido Socialista, las comunidades autónomas, por ejemplo Madrid o La Rioja, es decir, las gobernadas por el Partido Popular, están desarrollando -legítimamente y dentro de la legalidad
vigente- la ley o el marco estatal pero en sentido contrario, con el único objetivo de crear conflicto con el Gobierno, independientemente de que eso tenga un efecto negativo en la valoración que hacen los ciudadanos de la ley. Se trata, insisto,
de cumplir la consigna de legislatura, que es disparar contra lo que se mueva. Por tanto, a usted le causa sorpresa una cosa que no puede fundamentar y no le causa sorpresa otras, pero esto es consecuencia de tener una conciencia política bastante
laxa y eso también está dentro de las reglas del juego. En cualquier caso, señora ministra, el Gobierno del Partido Socialista pudo


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optar en el tema del tabaco por hacer un discurso grandilocuente, mirar para otro lado, pero se hizo una ley comprometida, difícil y que tiene sus problemas, como todas las leyes que tienen una fuerte carga conductual. Usted en ese momento
tuvo el apoyo del Grupo Parlamentario Socialista y lo tiene ahora.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Muchas gracias, señor Pliego. Ya saben SS.SS. que votaremos al final del debate todos los puntos del orden del día de hoy.



DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS.



-PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 34/1998, DE 7 DE OCTUBRE, DEL SECTOR DE HICROCARBUROS, CON EL FIN DE ADAPTARLA A LO DISPUESTO EN LA DIRECTIVA 2003/55/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE JUNIO DE 2003, SOBRE
NORMAS COMUNES PARA EL MERCADO INTERIOR DEL GAS NATURAL.
(Número de expediente 121/000102.)


-PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 54/1997, DE 27 DE NOVIEMBRE, DEL SECTOR ELÉCTRICO, PARA ADAPTARLA A LA DIRECTIVA 2003/54/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE JUNIO DE 2003, SOBRE NORMAS COMUNES PARA EL MERCADO
INTERIOR DE LA ELECTRICIDAD. (Número de expediente 121/000103.)


La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Pasamos al punto VI del orden del día, referente a los debates de totalidad de iniciativas legislativas. Como saben, los puntos 34 y 35 se van a debatir de forma acumulada, el punto 34,
proyecto de ley por el que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes
para el mercado interior del gas natural, y el punto 35, el proyecto de ley por el que se modifica la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, para adaptarla a la Directiva 2003/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de
junio de 2033, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. Comenzaremos con la presentación de estos dos proyectos a cargo del señor ministro de Industria, Turismo y Comercio.



El señor MINISTRO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO (Clos i Matheu): Señora presidenta, señorías, presentamos hoy dos proyectos de ley cuya finalidad fundamental es cumplir con la obligación de trasponer al derecho español las directivas
europeas sobre normas comunes del mercado interior de la electricidad y del gas natural. Aunque la trasposición formal se produce ahora, tenemos que señalar que en las disposiciones legislativas que hemos ido tomando en los últimos meses hemos
incorporado muchos de los aspectos legislativos de la directiva europea. Los dos ejes en torno a los que giran estos proyectos son: la introducción de competencia en el sector energético, que llevará a la creación de las tarifas de último recurso,
y la separación jurídica y funcional entre las actividades de suministro y producción de energía y las de transporte y distribución de gas y electricidad. Con estas medidas se pretende incrementar la competencia. Respecto a este primer punto las
directivas persiguen avanzar en la construcción de un mercado interior de gas y de electricidad, estableciendo estos mecanismos que garanticen dicha competencia, así como un funcionamiento eficaz del mercado. Ello supondrá, entre otras cosas, que
en el futuro las tarifas sean un mecanismo de suministro de último recurso que se prestará como una obligación de servicio público. En cualquier caso, este nuevo sistema de suministro deberá garantizar a las empresas energéticas de la Unión Europea
el acceso en igualdad de condiciones a los consumidores nacionales. El suministro a tarifa en el sector eléctrico lo realizarán los comercializadores a tarifa, una nueva figura que se crea como consecuencia de la directiva, que exige que la
actividad de suministro a tarifa deje de formar parte de la actividad de distribución. Esta nueva figura se crea con carácter transitorio, hasta que progresivamente, el 1 de enero de 2011, cese el suministro a tarifa y nazca la tarifa de último
recurso. A partir de entonces los suministros pasarán a ser ejercidos en su totalidad por los comercializadores en libre competencia. Solo los consumidores domésticos y las pymes, cuya potencia contratada sea inferior a 50 kilovatios, podrán
acogerse al suministro de último recurso. En el caso del gas natural, de forma transitoria y hasta el 1 de enero de 2008, continuará en vigor el suministro a tarifa que sea prestado por los distribuidores. Después de esta fecha, los consumidores
podrán acogerse de manera progresiva al suministro de último recurso, de tal forma que a partir del 1 de julio de 2010 solo aquellos consumidores domésticos y pymes con un consumo anual no superior a un gigavatio/hora podrán acogerse a este
suministro.



El segundo eje en torno al que giran los proyectos es la separación de actividades. A este respecto debe señalarse que los modelos establecidos en la Ley del Sector Eléctrico y en la de Hidrocarburos son incompatibles con las normas
comunitarias del mercado interior, y de aquí proviene la presentación de estos dos proyectos; normas que exigen a los gestores de las redes separar jurídica y funcionalmente las actividades de aprovisionamiento de energía de las de transporte y
distribución. Por ese motivo se han incorporado las siguientes modificaciones. Ni los transportistas ni los distribuidores podrán realizar actividades de suministro o producción.



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Se establece la separación funcional para el caso de grupos de sociedades que ejerzan actividades incompatibles, estableciendo un código de conducta y una serie de criterios de independencia. Se establecen los criterios para la separación
contable y solo podrán incorporar gas y electricidad a sus sistemas los comercializadores y los consumidores directos en mercado. De acuerdo con el nuevo modelo definido en la ley, los transportistas y distribuidores del sistema gasista no
incorporarán gas al sistema. Por tanto, dejarán de tener las obligaciones de existencias mínimas y de diversificación de suministro, obligaciones que serán asumidas por los comercializadores y por los consumidores directos en el mercado. Por otra
parte, las directivas obligan a la separación de las empresas transportistas de los gestores de las redes. En España, las funciones de gestor de las redes de transporte y operador del sistema en el sector eléctrico son realizadas, como saben
ustedes, por Red Eléctrica, que, a su vez, es una empresa transportista. Análogamente, en el sector gasista Enagas ejerce simultáneamente de suministrador a tarifa y de transportista. Ambas empresas deberán adaptarse a la nueva legislación.



Además, de estos dos grandes ejes a los que me he referido, la supresión del sistema de tarifas generales y la separación de actividades, las directivas que trasponemos exigen introducir modificaciones legislativas relacionadas con la
supervisión del sistema y la resolución de conflictos. En cuanto a la supervisión del sistema, los proyectos de ley establecen competencias a la Comisión Nacional de la Energía como autoridad reguladora en lo relativo a la supervisión del
funcionamiento de los sistemas eléctrico y gasista. Aunque algunas de estas funciones ya las tenían asignadas, se han detallado las labores de supervisión sobre aquellos aspectos que las directivas europeas consideran necesarios para garantizar la
ausencia de discriminación, una auténtica competencia y un funcionamiento eficaz del mercado. Finalmente, en cuanto a la resolución de conflictos, tal y como establece la directiva, se reducen a dos meses los plazos para resolver por la
Administración competente las reclamaciones contra las actuaciones de un transportista o distribuidor por la gestión de su red.



Además de las modificaciones directamente derivadas de la incorporación de las directivas a nuestro ordenamiento interno, los proyectos de ley introducen otras modificaciones destinadas a mejorar el funcionamiento de los mercados eléctricos
y de hidrocarburos. En primer lugar, se redefinen las competencias y se establecen mecanismos de coordinación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas. En el sector eléctrico se realiza una diferenciación en la red de
transporte en la que se introduce una separación entre transporte primario y transporte secundario. La Administración General del Estado será competente para la autorización de las instalaciones de transporte primario y las comunidades autónomas
para el secundario. Tanto en el sector eléctrico como en el gasista, la red de transporte secundario estará sometida a planificación obligatoria y los planes de inversión de las empresas transportistas se someterán a autorización administrativa.
Otra novedad incluida en los proyectos es la creación de una unidad orgánica específica en Enagas para la gestión técnica del sistema gasista. En Red Eléctrica por su parte se crea una unidad orgánica específica encargada de desarrollar las
funciones de operador del sistema eléctrico. Además, se incrementa la independencia de Enagas respecto a los diferentes agentes del mercado, mediante la reducción de la cuota máxima de participación en el accionariado de los diferentes operadores
en el sector. En tercer lugar, se crea un Comité de seguimiento de gestión técnica del sistema energético. En cuarto lugar, se establece también una oficina de cambio de suministrador. En quinto lugar, se adoptan los derechos y obligaciones de
los comercializadores y distribuidores a la nueva normativa. En sexto lugar, se adoptan los regímenes sancionadores a las modificaciones introducidas en los modelos de funcionamiento de los sistemas eléctrico y gasista. Estas medidas afectan por
igual a los sistemas eléctrico y de gas.



Por lo que se refiere a las nuevas medidas que afectan exclusivamente al sector eléctrico, se crea, en primer lugar, un registro administrativo de instalaciones de transporte. En segundo lugar, se atribuye al Gobierno la facultad para
establecer hasta un 3 por ciento de la retribución de las actividades de transporte para reducir el impacto socioambiental. En tercer lugar, el operador del mercado pasará progresivamente a financiarse a través de los servicios prestados a los
sujetos del mercado. En cuarto lugar, a fin de completar el traspaso de funciones en cuanto al operador del mercado diario e intradiario, al operador del sistema se le asignarán funciones de liquidación y de recepción de garantías en los sistemas
insulares y también en los sistemas extrapeninsulares. De esta forma, las liquidaciones y garantías en los sistemas insulares en los que no existe mercado, sino un despacho técnico, se realizarán por el operador del sistema, que es quien los
gestiona. En quinto lugar, las autorizaciones para realizar actividades de producción de energía eléctrica, tanto de régimen ordinario como de régimen especial, estarán supeditadas a la autorización de conexión a redes. Asimismo, se faculta al
Gobierno para que pueda determinar el derecho a la percepción de una prima para la instalación de cogeneración de potencia superior a 50 kilovatios, como existe para las instalaciones de generación de electricidad mediante fuentes renovables y
residuos. Por otra parte, se introducen cambios en la ley que permiten mejorar la competencia y el funcionamiento eficaz del mercado, sobre todo teniendo en cuenta la creación del mercado ibérico de electricidad. Entre otros, se adaptan las
posibilidades de contratación y de actuación de los agentes en el mercado. Asimismo, se flexibilizan los requisitos para realizar intercambios intracomunitarios, en línea con los avances del mercado interior de la electricidad, y se refuerzan las
operaciones de operador del sistema en su función de gestor de transporte y de garantía de seguridad


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del suministro. Finalmente, para reforzar las medidas de protección a los consumidores, se introduce la posibilidad de acudir al sistema arbitral de consumo para la resolución de las reclamaciones en materia de consumo de energía eléctrica.



Con la remisión de estos dos proyectos de ley a la Cámara, el Gobierno finaliza la labor emprendida hace ya algunos años para introducir competencia en nuestro mercado energético y, evidentemente, para adaptar nuestras normativas a lo
contemplado en las directivas comunitarias. Como saben ustedes, y con lo que ya se ha hecho por parte del Gobierno en estos momentos, ya tenemos más del 80 por ciento del consumo de gas sujeto a las transacciones de mercado, restando solo un 20 por
ciento protegido por los sistemas tarifarios. En cambio, en el sector eléctrico tenemos una situación diferente: cuando habíamos llegado ya a una negociación en el mercado cercana al 45 por ciento, dado el déficit tarifario de los últimos años, se
ha producido un retroceso en este sector, que ha disminuido hasta el 25 por ciento. Nuestro objetivo es que inmediatamente, en el transcurso de este año, podamos conseguir volver a tener en negociación de mercado alrededor del 50 por ciento del
consumo energético por electricidad y que, en un plazo de dos años y medio o tres, consigamos volver a las cuotas óptimas que, en el caso de la energía eléctrica, estimamos que estarán alrededor del 70 por ciento. Con esta trasposición, vamos a
normalizar buena parte de nuestras relaciones legislativas con la Comisión a este respecto y estamos convencidos de que contribuiremos a generar un verdadero mercado europeo en beneficio de los consumidores y del sistema energético de nuestro país.



Muchas gracias, señora presidenta, señoras y señores diputados.
(Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Muchas gracias a usted, señor ministro.



Comenzamos, señorías, con los turnos a favor de las enmiendas presentadas.
La enmienda ha sido presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y será el señor Herrera quien, por un tiempo de quince
minutos, tome la palabra para defender dicha enmienda.



Adelante, cuando quiera.



El señor HERRERA TORRES: Muchas gracias, señora presidenta.



Señor Clos, señores diputados, señoras diputadas, hemos presentado dos enmiendas a la totalidad con texto alternativo en torno a un sector que es claramente ineficiente, el sector energético, y las hemos presentado porque entendemos que la
trasposición de la directiva era una oportunidad para que el Gobierno cambie un modelo, el modelo de la Ley Piqué, el modelo de la Ley 54/1997, que se ha mostrado claramente ineficiente.
Esto no lo decimos nosotros, no es una consideración
subjetiva, sino objetiva. Es ineficiente desde el punto de vista económico y desde el punto de vista ambiental. Hoy nos encontramos ante un sector en el que hay mucho negocio y poquísima planificación. Una crónica periodística de hace poco tiempo
decía: A río revuelto, ganancia de constructoras. Pues bien, lo cierto es que si las constructoras invierten tanto en el sector eléctrico es porque al fin y al cabo es un negocio redondo y, lamentablemente, manteniendo la Ley Piqué, continúa
siendo un negocio redondo. La experiencia nos dice que tenemos dos ineficiencias, la económica y la ambiental, y la conclusión es evidente: la oferta competitiva que ustedes votaron en contra, que el Partido Socialista Obrero Español votó en
contra, donde hay ausencia de planificación, se ha demostrado que es un modelo claramente agotado. La situación del sector eléctrico en el año 2005 presentaba beneficios récord -en 2006 también los va a presentar- y a la vez existía un déficit
tarifario de 3.800 millones de euros y todo ello en un marco de teórica competencia. La pregunta es: ¿Cómo puede ser que en un marco de teórica competencia sea compatible un beneficio récord con un déficit tarifario? Datos y no palabras es lo que
hacen tambalear la fe de los creyentes más firmes en esa teórica competencia, datos y no palabras. Además, el problema está en que no ha habido elementos suficientes como para corregir una intensidad energética, señor Clos, en la que hay elementos
de mejora, pero que continúa siendo muy mala. El Partido Popular atribuye esos hechos a errores gubernamentales, pero la realidad es que el Real Decreto 1432, de 2002, impedía subir las tarifas más del 2 por ciento. Por tanto, el problema no son
los errores gubernamentales, sino un modelo claramente ineficiente. Nosotros creemos que el absurdo de esa oferta competitiva diseñada por Piqué, por la Ley de 1997, y mantenida en la estructura del proyecto de ley que ustedes nos plantean, es
absolutamente inaplicable en un sector que posee elementos de monopolio natural en las redes de transporte, largos periodos de maduración en las inversiones y limitaciones ambientales, y eso es lo que ustedes no contemplan aun acorde con los daños
que producen. Si el modelo funcionaba en el periodo 1996-2003, con bajadas espectaculares de costes, en el momento en que precisamente estos costes han empezado a subir se ha demostrado que el modelo no funciona; pero aun más grave, menos
publicitado es el balance ambiental del sistema eléctrico en 2006 y particularmente en 2005, que resultó desastroso. En un contexto europeo en el que a todo el sector afectado por la Directiva de comercio de emisiones le sobraban derechos, la de
generación en nuestro país tuvo que comprar derechos de emisión.
¿Saben cuáles son las causas oficiales? Lo que ustedes explican, el crecimiento de la demanda de electricidad, la excepcional baja hidráulica del año y los problemas de
funcionamiento en las centrales nucleares.
Pero, como es habitual, las versiones oficiales omitían precisamente datos incómodos. ¿La realidad cuál fue? Muy sencilla. Que las centrales de carbón y fuel tuvieron que comprar derechos mientras que
los ciclos combinados los vendían. ¿Y la realidad cuál fue? Que con una potencia


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instalada mucho más potente en materia de ciclo combinado lo que hicimos fue producir mediante el carbón. Fíjese la paradoja. Son datos que ponen los pelos de punta. En el año 2005 había instalados 11.400 megavatios de centrales de
carbón, había más megavatios instalados en centrales de ciclo combinado. Los 11.000 megavatios de carbón produjeron 77.393 gigavatios/hora, mientras que los 12.000 de centrales de gas solo produjeron 48.000. Son datos económicos, son datos que
seguramente resultaron beneficiosos para las eléctricas, pero la realidad es que ello supuso mayor contaminación, mayores emisiones de CO2, más emisiones de dióxido de nitrógeno, peor calidad del aire en nuestras ciudades que, combinado con la falta
de políticas en materia de transporte, supuso 16.000 muertes, según los informes de la Comisión Europea. La pregunta que nos tenemos que hacer es: ¿con este proyecto de ley tenemos instrumentos de planificación para decirle a las eléctricas que lo
que tienen que hacer es introducir estos criterios ambientales en la producción de electricidad? La respuesta es muy sencilla. La respuesta es no. La pregunta que nos tenemos que hacer en este sentido es: ¿nos sirve con presentar enmiendas? No.
Nosotros también hemos presentado enmiendas que pretenden corregir, pero la responsabilidad de aquellos que decimos seguir a Al Gore es plantearnos si este modelo tiene o no sentido, y entonces decimos que no. Cuando la electricidad es un bien
escaso, cuando la energía es un bien escaso, cuando la energía tiene además consecuencias ambientales y sobre la salud, tienen que introducirse elementos de planificación, y el proyecto de ley que nos trae el señor Clos, lamentablemente -digo
lamentablemente porque a nosotros nos hubiese gustado ver otra cosa-, no nos sirve. La modificación de la ley que ahora se tramita en el Parlamento no ayuda a mejorar las cosas. Por ejemplo, se amplía el ámbito y el marco de actuación del mercado
y se restringe incluso el de la Administración que se limita, como usted decía, a fijar esas tarifas de último recurso, pero no introduce elementos de planificación para evitar precisamente esas consecuencias sobre el medio ambiente, que en el año
1997 se olvidaron, pero que, lamentablemente, en el año 2007, diez años después, se vuelven a olvidar. La responsabilidad de un Parlamento y la responsabilidad de un Gobierno en esta materia es introducir estos criterios de planificación en un
sector estratégico como el sector eléctrico y el sector energético, pero introduciendo elementos de gestión de la demanda de la nueva cultura de la energía que exigen los nuevos tiempos.



¿Qué le pedimos desde Izquierda Unida-Iniciativa Verds? Que es el momento de redefinir completamente un sector, apuntando a otro tendente a satisfacer la demanda de los servicios eléctricos de la sociedad con consumos tan bajos como sean
posibles. Un país que importa todas sus materias primas eléctricas, incluido también el uranio, no puede proceder de otra manera: debe apostar por el ahorro, por el uso eficiente de la electricidad, por la revitalización del papel de lo público y
por la promoción de las energías renovables. El problema está en que estos elementos no se introducen en el proyecto de ley. El planteamiento debería ser ir más allá de la Ley Piqué. Lo que una sociedad como la nuestra necesita, señor Clos, no es
más cultura de la oferta, sino precisamente servicios energéticos más que energía. Me explico. ¿Es necesaria la concurrencia de agentes productores de energía? Claro que sí. Pero lo que necesitamos -también hemos presentado enmiendas parciales
en este sentido- son agentes de gestión de la demanda. Cuando hablábamos de la nueva cultura del agua, la gestión en materia de agua, el ahorro y la eficiencia y las políticas de demanda, todos estamos de acuerdo, pero, cuando hablamos de la nueva
cultura de la energía, de la gestión de la demanda en el sector energético y de la electricidad, ¿qué pasa, no nos atrevemos a romper ningún huevo? Ese es el problema. Por eso nosotros les planteamos en esta enmienda con texto alternativo, que
sabemos que va a tener poco éxito, avanzar hacia la nueva cultura de la energía; avanzar hacia la gestión de la demanda; entender, en definitiva, que en el nuevo marco legislativo, en el marco de la Unión Europea y de las directivas de la Unión
Europea -porque lo que planteamos nosotros existe en Portugal, en Francia y en otros países- tenemos que introducir elementos de planificación para que el ejemplo que les hemos explicado en torno al carbón y en torno al ciclo combinado no pueda
ocurrir porque las administraciones públicas, en defensa del medio ambiente y de la salud de las personas, puedan intervenir.



El señor Zapatero dice que la democracia se perfecciona dando más poder a los que tienen menos poder -escuchen esto, si a alguien le interesa- y limitando el poder de los que tienen más poder económico o mediático.
Pues bien, precisamente
poner un parche a la Ley Piqué no es decir lo que dice el señor Zapatero: limitar el poder de los que tienen el poder económico. Estos días que hemos compartido con Al Gore su reflexión sobre la exigencia moral y política en la lucha contra el
cambio climático, a nosotros nos gustaría que esa exigencia moral y política se tradujese precisamente en compromisos con el medio ambiente y no parcheando la Ley Piqué, sino cambiando de modelo. Por eso precisamente es relevante presentar una
enmienda a la totalidad en un sector como este en el que el problema no es de parcheado o de enmiendas, sino de reorientación en todos sus sentidos. Entendemos que esa exigencia moral en el terreno de lo concreto no es considerar la Ley Piqué, la
Ley del Sector Eléctrico, que lo deja en manos del mercado, sin instrumentos de planificación, sin estrategias de gestión de demanda y consagrando el modelo energético existente, sino que esa exigencia moral se traduce precisamente en una ley como
la que ustedes plantearon en el año 1994, obviamente adecuándola a los nuevos tiempos e introduciendo criterios de gestión de la demanda.



Me voy a alargar un poquito más, señor Clos, en uno de los ejemplos que le ponía: El déficit tarifario de 3.800


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millones. Usted sabe que en el año 2005, Endesa, pese a tener una planificación de un crecimiento de un 2 por ciento, alcanzó un beneficio neto del 49 por ciento; que Unión Fenosa alcanzó un resultado de explotación de 314 millones de
euros, con un 62 por ciento por encima del ejercicio anterior; que Iberdrola, que teóricamente tenía que tener menos beneficios, alcanzó un beneficio de un 15 por ciento. ¿Ustedes no se preguntan qué permite esta anomalía de beneficios récords con
un déficit tarifario también récord? Nosotros sabemos a qué obedece esa anomalía.
Esa anomalía obedece precisamente a un marco regulatorio que no funciona.
Ustedes se han cansado de hacer llamamientos gubernamentales a que las empresas eléctricas
moderasen beneficios para contener la inflación y han hecho denuncias sobre la concertación de precios, pero la realidad es que nos traen un proyecto de ley con el que eso puede continuar pasando. Como les decía antes, se tiene que romper algún
huevo para poder avanzar en el sector eléctrico. El problema está en que ustedes con esta ley lamentablemente no lo hacen. La realidad es que el sector eléctrico continúa siendo un espacio especialmente opaco y complejo en el que se producen
grandes transferencias de rentas que lamentablemente pasan desapercibidas para la práctica totalidad de la población. La pregunta que les queremos trasladar nosotros con esta enmienda a la totalidad con texto alternativo es: ¿Hasta cuándo y por
qué nos plantean esta ley?


En el título de conclusiones, señora presidenta, para ceñirme al tiempo, tengo que decirles, avanzándome a los argumentos de algunos de los portavoces, que nuestra enmienda a la totalidad con texto alternativo se ajusta a la directiva.
Ustedes saben que en el ámbito de la Unión Europea existen marcos muy liberalizados y marcos en los que la planificación es posible. Me remito al caso del país vecino, de Portugal. Nuestro país optó en el año 1997 por el marco más liberalizado.
La pregunta que nos tenemos que hacer todos los grupos parlamentarios de forma responsable es si en el año 2007, con las ineficiencias ambientales y económicas que tiene nuestro modelo -los datos de beneficios contrastados con el déficit tarifario
así lo avalan-, el modelo ultraliberalizado que tenemos y que mantenemos es el que necesita nuestro país, el país que más incumple el Protocolo de Kioto. La respuesta, no de opinión, sino de hechos, es que no, que necesitamos otro marco.



Señora presidenta, acabo ya. Permítame un poquito más de tiempo para una última reflexión final porque eran dos textos acumulados. Nosotros entendemos que donde existía competencia debe haber también planificación. No se puede consagrar
la libertad de establecimiento de nueva potencia y de elección de combustibles donde existe un problema ambiental y una obligación constitucional, que es la protección del medio ambiente y la salud de las personas. Por eso les planteamos este nuevo
modelo. Ayer mismo escuchábamos a Al Gore, que decía: No se puede convencer a alguien de algo si de que le convenzas depende que deje de ganar. ¿Saben cuál es el problema? Que ustedes pretenden convencer a las eléctricas de que lo que tienen que
hacer es cambiar un modelo eléctrico y de ese convencimiento depende que ellos dejen de ganar. No les van a convencer. Ante esta situación lo que hace falta es más decisión política. Ayer asistíamos a la peregrinación de todos los grupos
parlamentarios a la conferencia de Al Gore. Los diputados de Convergència i Unió también asistieron, así como otros grupos parlamentarios.
Lamentablemente la peregrinación a la escucha de los consejos de Al Gore no tenía consecuencias políticas.
El señor Sánchez i Llibre lo simplifica todo en conductas o pautas ambientales, como ir en bicicleta y cosas así.
No. Es un problema de defensa de otro modelo y lo lamentable es que tenemos absolutamente desacoplada la sensibilidad por el medio
ambiente y la preocupación por el cambio climático con las políticas económicas, con las políticas en materia de electricidad y con las políticas energéticas.
Es como si fuesen dos mundos aparte. Es un problema de responsabilidad moral de las
fuerzas políticas y un problema también de los medios, porque al fin y al cabo nuestra propuesta en torno al sector eléctrico pasará sin pena ni gloria, de forma desapercibida. Tengo que confesar que asistir ayer junto con otros muchos diputados e
instituciones a la peregrinación en torno a Al Gore me produjo una profunda desazón, un profundo cansancio. Me parece entrañable que podamos repartir los vídeos de Al Gore en las escuelas y me parece triste que después de repartirlos, en la Ley del
Sector Eléctrico mantengamos un modelo liberalizado que no nos permite introducir instrumentos de planificación en el país que incumple más con el Protocolo de Kioto, que son los que aconseja el sentido común. Por eso presentamos la enmienda a la
totalidad. No vamos a renunciar a nuestras enmiendas parciales, sabiendo que no vamos a cambiar una ley que está mal enfocada, pero es preferible mejorar que quedarnos en nada. Su Gobierno tiene una responsabilidad moral y política y
lamentablemente hace unas reflexiones sobre el medio ambiente que tienen poco que ver con sus tiempos en materia de política económica, en política energética, en política de electricidad. Espero que algún día lo corrijan y, si no lo corrigen,
espero que tengamos más fuerza porque sabemos que solo desde la sensibilidad ecologista un Gobierno como el suyo puede cambiar.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señor Herrera.



Señor ministro, ¿desea usted ejercer su turno de réplica? (Pausa.)


Pasamos al turno de fijación de posiciones. Comenzaremos por el Grupo Mixto y, en particular, por el señor Rodríguez para fijar posición sobre estos dos proyectos de ley.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.



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Por una cuestión de carácter metodológico nos vamos a referir a los dos proyectos de ley de forma separada porque también van a merecer una consideración valorativa distinta. Empezaremos por la adaptación de la Directiva 2003/55/CE, que es
la relativa al gas, haciendo una pequeña descripción, que nos valdrá no tener que hacerla después, en relación con el texto referido al problema eléctrico. Efectivamente, el Gobierno plantea la total liberalización del mercado del gas en enero del
año 2008, con la desaparición de las tarifas reguladas, excepto la tarifa de último recurso, que tendrá un precio máximo establecido por el Gobierno, e incluso se llega a hablar de la dependencia de este consumo del gas importado de Argelia. Los
principales aspectos de la normativa europea estaban ya incorporados al marco legislativo español y solamente hacían falta algunos elementos que consisten en cambios de carácter formal, en particular cuando Enagas deja de suministrar gas para
convertirse en dos actividades separadas, el gestor del conjunto del sistema y un transportista y gestor de su red, hablando de una posible independencia a través de la limitación de la participación del accionariado, que en ningún caso podría
superar el 5 por ciento por parte de aquellas empresas que tuviesen intereses en el mercado. Por otra parte, se establece la responsabilidad de los cambios de suministrador de gas natural a través de la oficina de cambios de suministrador, para
evitar obstáculos a la competencia, y el comité de seguimiento de gestión técnica del sistema energético, que será el que tenga que garantizar el suministro. En definitiva, la adaptación sigue considerando autoridades reguladoras a la
Administración General del Estado, a las comunidades autónomas y a la CNE. Sin embargo, señorías, estas normas comunes que se aplican ahora a los mercados interiores dejan en manos del Estado, con su exigua participación funcional, pero en todo
caso en manos del Estado, la pírrica planificación, la gestión, desde el punto de vista de los deberes públicos, del sistema y la normativa del sector, de tal manera que todo lo que tiene que ver con autorizaciones e incluso informes vinculantes y
las instalaciones de la red de transporte secundario, que son competencia de las comunidades autónomas, queda en manos del Estado.



Además, consideramos realmente problemática la función del gestor técnico del sistema que se establece en el artículo 64.3.a), cuando habla de gestionar todas las instalaciones de la red básica del sistema gasista y del transporte
secundario. No debemos olvidar que Enagas es transportista convencional y también va a ser el gestor técnico del sistema. Esto va a crear algunos problemas, a pesar de los cambios que la adaptación establece. Se desperdicia además la oportunidad
de dar a las comunidades autónomas más protagonismo en el ámbito de la CNE, que hoy está muy escuálido y solamente limitado a una participación en el Consejo Consultivo, que es puramente testimonial y vacía de contenidos. No podemos decir que no
sea positivo que por lo menos se garantice la tarifa de último recurso. Es evidente que esto indica que va a haber población que si no fuera por esta protección de carácter legal tendría dificultades para acceder a un consumo como un derecho de
carácter universal. Sin embargo, a pesar de la valoración positiva que hacemos de la tarifa de último recurso, es curioso que las comunidades autónomas no participen en la fijación de esta tarifa, que va a ser única para el territorio, teniendo
solamente en cuenta diferencias por niveles de presión y volumen de consumo. Las opiniones de las comunidades autónomas en aspectos de tipo territorial deberían ser tenidas en cuenta, y en todo caso, para establecer quiénes son los suministradores
de último recurso, deberían tener por lo menos la capacidad de opinar y determinar en cierta manera lo que acontece en sus territorios. Por último, consideramos que va a ser difícil evitar subidas fuertes de precio para los consumidores de gas si
no se toman algunas medidas a mayores de las que hay establecidas en este texto adaptativo de la normativa europea.



Por tanto, consideramos que el mercado del gas va a seguir siendo un mercado oligopólico, un mercado destinado a grandes negocios que es evidente que hoy no se pueden separar de los negocios de las eléctricas, quedando el Estado convertido
en simple regulador de un mercado a todas luces interferido, pero no por el bien público, sino por el interés particular y de las ganancias, concretamente en un recurso natural, en el caso del Estado español de importación, escaso como todos a nivel
mundial y agotado. En esta adaptación consideramos que nuestra posición debe ser la de mantenernos en la abstención porque vemos que no es la adaptación requerida, pero que resulta menos perjudicial que la del sector de la electricidad. No voy a
hacer la descripción de la adaptación de la Directiva 2003/54, sino limitarme solamente a los aspectos que consideramos teóricamente positivos y a los que son sin duda negativos.
Entre los aspectos teóricamente positivos respecto del mercado de la
electricidad pensamos que es bueno que en el ámbito de la generación se tomen medidas para que no haya posición dominante. Otra cosa distinta es si esto va a conseguir que realmente podamos estar en un mapa de generación que no sea oligopólico.
Nosotros consideramos que es imposible. Por otra parte, es también positivo el esfuerzo para asegurar el acceso eficaz y no discriminatorio a las redes de los distribuidores con la reforma de la configuración actual de la actividad de distribución,
como lo es también, por lo menos teóricamente, que las pymes de distribución queden eximidas, por lo menos aquellas pymes que sirven a menos de 100.000 clientes, del requerimiento de separación legal y funcional de la distribución de la
suministración a tarifa. También son positivos los derechos y obligaciones de comercializadores y distribuidores para adaptarse a la nueva situación de libre competencia de comercializadores. Está claro que el fin de que los consumidores elegirán
libremente el suministrador va a seguir siendo más teórico que real. No se puede poner como comparación el caso de las compañías de telecomunicaciones, que además está claro que siguen siendo un régimen de oligopolio.



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No hay, a pesar de ese debate o esa aparente competencia brutal, cambios sustanciales en el mercado y en especial para los usuarios. La tarifa de último recurso para garantizar que la suministración eléctrica sea un servicio universal es
también la prueba del nueve de que para los más desfavorecidos se necesitan siempre protecciones en un mercado donde la competencia no logra precisamente la bajada de precios.



Hay aspectos que para nosotros son negativos sin paliativos. En primer lugar, cuando el Estado se arroga también el informe vinculante para las autorizaciones de instalaciones de red de transporte secundario, que actualmente es una
competencia de las comunidades autónomas, lo cual significa un recorte competencial que está claro a través del artículo 3.2.a). También nos resulta negativo la determinación por el Gobierno central de quiénes serán los suministradores de este
último recurso sin participación de las comunidades autónomas y también la tarifa única para todo el Estado sin tener en cuenta las características específicas de cada territorio, que son muy notorias. No cabe duda de que en el caso de Galicia el
sector eléctrico ha cumplido el papel terrible de utilizar los recursos naturales del país para el desarrollo de otras partes del Estado sin ninguna ventaja comparativa para el nuestro, y creo que debíamos de tener un papel más relevante en cómo se
van a seguir utilizando estos recursos. Especialmente negativos nos parecen los puntos 24 y 28 en lo referente, respectivamente, a las autorizaciones en el régimen ordinario y especial, porque da la casualidad de que ahora el Gobierno central
también va a poder fijar límites por zonas territoriales a la capacidad de conexión. Esto afecta gravísimamente, con un argumento pretendidamente técnico y, sin embargo, incide políticamente en las capacidades de las comunidades autónomas
precisamente en temas de su completa competencia como es la electricidad del régimen especial, es decir, aquellas energías renovables y alternativas. Por tanto, dejar vacía de contenido a la comunidad autónoma en estos criterios a través de esta
adaptación, creemos que es inasumible por nuestra parte.



Por último, es grave, teniendo en cuenta que las administraciones públicas van a ser meros reguladores, que no se haya utilizado esta ley por lo menos para garantizar una presencia más clara de las comunidades autónomas en la CNE, que hoy
solamente está reducida al Consejo Consultivo, que realmente no vale para nada. Igualmente, debería ser más clara y más determinante la competencia autonómica en los derechos de acometida y no dejarlo simplemente en un papel en manos del Gobierno
central. El modelo neoliberal que subyace en esta adaptación no es efectivamente un modelo del Estado español, sino un modelo de la Unión Europea que nosotros no compartimos. No tiene ninguna relación positiva ni con el medio ambiente ni con el
cambio climático y no es ninguna garantía de planificación ni de racionalidad, y a la luz de los hechos podemos sacar esta conclusión: las eléctricas son las grandes empresas oligopólicas y el gran bocado de todos los procesos de privatización y de
inversión del gran capital en este momento. Por tanto, el modelo es impotente con intereses de transnacionalización bajo el argumento de la necesidad de crear un mercado interior de gas y electricidad a nivel europeo y también para garantizar
interconexiones, sin embargo de lo que se trata es de crear grandes empresas privadas con el beneficio como gran lema. Y, desde luego, el ejemplo de la comisaria Kroes con su defensa numantina y descarada de E.On indica por dónde van los tiros.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Muchas gracias a usted, señor Rodríguez.



Señorías, continuamos con el turno del Grupo Parlamentario de Coalición Canarias. Señor Mardones, cuando quiera.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Para el Grupo de Coalición Canaria, dadas las realidades que geográfica y técnicamente existen en el archipiélago canario, hay una gran limitación en cuanto al suministro de energías. Nosotros en este momento no tenemos más recursos para la
producción de la energía eléctrica por parte de las centrales de Unelco y Endesa que existen en el Archipiélago que los hidrocarburos, concretamente los combustibles líquidos, el fuel. La última instalación inaugurada es de ciclo doble combinado de
fuel y gas, pero hasta este momento no existen en ninguna de las dos grandes islas capitalinas, Gran Canaria y Tenerife, donde podemos decir que hay garantizado un mercado y unos usuarios -y estamos en pleno debate de esta cuestión-, las
infraestructuras del sistema que se debe llevar a cabo en Canarias para el aprovisionamiento de gases licuados del petróleo, concretamente del gas líquido transportado por mar en embarcaciones adecuadas y desembarcado en los posibles centros de
utilización en Canarias. De aquí que la sensibilidad y la importancia de este tema para nosotros sea grande.



Si nos fijamos en el contenido del proyecto en cuanto a la energía que se pueda derivar del uso de gas licuado, entendemos que el Gobierno y las administraciones públicas y autonómicas tienen que dilucidar qué prioridades deben tener dentro
de los tres principios fundamentales que hay en el uso del gas. En primer lugar, la seguridad de suministro. En el caso de los proyectos relacionados con Argelia, como no es nuestra fuente inmediata, a Canarias le suena como algo lejano, ya que
entendemos que un gasoducto entre Argelia y la Península servirá para el suministro peninsular. Nosotros tenemos que pensar en la otra alternativa distinta a la del gasoducto, como es el transporte de gas licuado en barco contenedor adecuado. En
segundo lugar, la eficiencia económica que puede tener el uso del gas dentro de las energías alternativas menos contaminantes que los fueles, derivados líquidos del petróleo. Y por último, el respeto al medio ambiente. Nosotros apostamos por el


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gas licuado como un elemento mucho menos contaminante y perjudicial para el medio ambiente, que permita a la Administración española y a su industria el cumplimiento más aproximado posible a los compromisos de Kioto para no tener que sufrir
constantemente avatares y denuncias relacionadas con esta cuestión. En nuestra opinión, a partir del texto del proyecto del Gobierno debemos avanzar en la vía de enmiendas correspondientes para hacer una adecuación del mismo. Vuelvo a decir que a
veces los planteamientos generalistas del uso del gas en el territorio peninsular no coinciden con las realidades o necesidades que existen en un territorio insular fragmentado como es el archipiélago canario. En cualquier caso, queremos valorar
muy positivamente la iniciativa del Grupo de Izquierda Unida- Iniciativa per Catalunya Verds, de acuerdo con los principios rectores a la hora de definir una política sobre el uso del gas, tanto en relación con la seguridad en el suministro en las
fuentes de origen, como en el sistema de distribución, donde se ha planteado una gran batalla jurídico-económica y se han producido críticas en cuanto a la liberalización. Respecto a esta cuestión, tengo que decir que cuando hay que utilizar un
sistema de gasoductos la liberalización empieza a disminuir. Otros han criticado que las leyes de liberalización del mercado del gas en España han perjudicado a competencias que deberían ser más reales, porque si aplicamos un principio liberal,
será también para tener tarifas libres y la opinión pública puede decir que se tenga cuidado con los sistemas monopolísticos porque puede ocurrir que, al final, tengamos tarifas en libertad absoluta sin que exista una garantía de competencia que
regule el equilibrio de estas cuestiones tarifarias, en las que intervienen el productor, el distribuidor, el mayorista y el minorista, hasta que llega al usuario de esta fuente energética, bien como gas o como electricidad. Queremos valorar la
sensibilidad con que el portavoz del grupo proponente ha planteado esta enmienda de totalidad con un peso específico sobre el tercer punto, el de la comercialización y la seguridad de los aprovisionamientos, no en cuanto a la eficiencia económica,
pero sí en cuanto al medio ambiente, que nosotros compartimos perfectamente.



Dicho esto, vuelvo a reiterar que las líneas del Gobierno para estos dos proyectos de ley que hoy nos ocupan aquí son fundamentales en toda política energética. No tenemos más que asomarnos allende los Pirineos para ver toda la polémica que
en estos meses han generado determinadas restricciones del gas procedente de Rusia a los países intermediarios, Polonia, Ucrania, etcétera, con repercusión en Alemania, para que se haya puesto de manifiesto una serie de inquietudes en el seno de
Europa respecto a que es necesario llegar a una política energética común que permita, digamos, a la Europa que no tiene las materias primas del petróleo ni del gas, como tiene en este caso Rusia, transformar una economía de servicios y de consumo
en algo que garantice el aporte de la fuente de energía que procede de territorios extra europeos en este momento.



Señora presidenta, vamos a votar en contra de estas dos enmiendas de totalidad que ha presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds a los dos proyectos de ley que modifican la Ley 34/1998 y la Ley
54/1997, relativas al sector de hidrocarburos y al sector eléctrico, respectivamente. Entendemos que debemos tener la prudencia suficiente para hacer las cosas con la meditación y la reserva pertinentes y que los dos proyectos del Gobierno, por vía
de enmiendas, pueden tener las complementariedades perfeccionadoras que hagan verdaderamente eficaces estos instrumentos.
Por esa razón nosotros votamos ahora en contra de las enmiendas presentadas.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señor Mardones, muchas gracias.



Continuamos con el turno del Grupo Parlamentario Vasco. Será don José Ramón Beloki quien tome la palabra en su nombre para fijar posición sobre estos proyectos de ley y las enmiendas presentadas.



Cuando quiera, señor Beloki.



El señor BELOKI GUERRA: Señora presidenta, señorías, mi grupo entiende que no procede, en el marco del trámite parlamentario en el que estamos hoy, ni está en el ánimo de este portavoz, entrar a debatir el detalle de los proyectos de ley
remitidos por el Gobierno ni de las enmiendas a la totalidad, con texto alternativo, presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. Por ello, intentaré trazar una visión de conjunto del tema.



A juicio de mi grupo, estamos ante dos proyectos de ley que me atrevería a calificar de modestos, continuistas con las modificaciones que se han ido introduciendo en la legislación a partir del año 1997; son muy modestos respecto a las
intenciones que en este momento presenta el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, y diría que también son modestos en relación con la problemática del sector energético, en el Estado y en el conjunto de Europa, y
respecto a los desafíos a los que vamos a tener que hacer frente en los próximos tiempos. Son tan modestos, señor ministro, que le he entendido como que con estas modificaciones legales estaríamos finalizando ya las modificaciones legales que
tendríamos que realizar en orden a la introducción de la competencia. Ya iremos viendo si estamos en las modificaciones finales o si los acontecimientos nos llevan a que tengamos que seguir avanzando en esa dirección. Sin embargo, que se trate de
objetivos modestos no significa que se trate de objetivos menores ni despreciables, al menos para quien comparte los objetivos que se proponen aquí. Y los objetivos por los que ustedes traen estos proyectos de ley son, en resumen, los de las dos
directivas que se trata de trasladar a la legislación española. Estamos, pues, intentando garantizar un mercado interior abierto, que es el único compatible con las libertades básicas en las que se asienta el Tratado de


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la Unión: libertad de circulación de mercancías, libertad de prestación de servicios y libertad de establecimientos. Se entiende que ese mercado interior abierto es el que va a permitir a los consumidores la libre elección de
suministradores, y con esto se libra el abastecimiento de los clientes. Estamos en el marco de una liberalización del sistema energético y son objetivos que mi grupo valora positivamente, porque digamos que a esto vienen fundamentalmente los dos
proyectos de ley.
Desde esta perspectiva no solo valora positivamente los objetivos de los proyectos de ley sino que entiende que tratándose de directivas europeas estamos obligados a hacerlo. Nosotros creemos que era tiempo -y por lo mismo es
tiempo hoy también- de proceder a la traslación de las dos directivas de las que se trata aquí.



Es cierto que el Gobierno, al amparo de esta traslación de las dos directivas, introduce otras modificaciones -lo ha dicho el propio ministro-, y esa es una puerta que en cuanto se entreabra puede dar paso a cualquier cosa, puede dar paso,
por ejemplo, a que un grupo decida: si vamos a avanzar en esta dirección, avancemos hasta donde mi grupo estima que debe hacerse y que por ello presente, como ha hecho Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, ni más ni menos que todo un
texto alternativo a ambos proyectos. Quisiera decir al grupo proponente de las enmiendas a la totalidad que valoramos el ánimo de presentar estas iniciativas y sus propósitos de transformación, que es algo que siempre hay que valorar positivamente.
Ya hemos visto que respecto a las expectativas de éxito está más comedido, al parecer no tiene excesivas expectativas de éxito, y nos parece absolutamente normal. En definitiva, mi grupo entiende que lo que el grupo proponente pretende con las
enmiendas a la totalidad es algo que se compadece mal con la realidad actual de los sectores que tratamos de regular y también se compadece mal -aunque usted ha defendido lo contrario- con los contextos europeos y las directivas en las que nos
movemos, y de paso le digo que pretender que se introduzcan ahora esas modificaciones también se compadece mal con el actual momento político. Pero, en fin, esa es una valoración muy subjetiva.



El avance hacia la solución de los numerosos y complejos problemas del sector energético del Estado, en general, y de los hidrocarburos y la electricidad en particular no puede ir en una dirección que nosotros estimamos algo así como la
contraria a aquella hacia la que las cosas iban caminando. En definitiva, entendemos que proponiendo lo que proponen en las enmiendas con texto alternativo ustedes dan marcha atrás en el sector de hidrocarburos, en la configuración de un Estado
como regulador y no como ejecutor de unas determinadas actividades industriales, que era lo que contemplaba la Ley 34/1998, de 7 de octubre. Nos parece que es volver atrás caminar hacia una nueva planificación central conjunta de todo el sector,
abandonando la planificación indicativa, que es en lo que estamos hoy, o haciendo, en resumen -que es lo que entiendo que ustedes plantean-, de la Administración algo así como la única responsable y la única garante verdadera, finalmente, del
conjunto y hasta del detalle, lo que deja escaso papel a la iniciativa privada, que prácticamente queda limitada a que ejecute, a que gestione las decisiones que desde una planificación central se tomarían, en definitiva, reducir hasta unos márgenes
muy estrechos la libre competencia o volver a la tarifa única.
Repito que esto nos parece que es volver atrás, que es respetable, como todas las decisiones; en concreto, es volver a la Ley de ordenación del sistema energético del año 1994. No nos
parece ni bien ni mal, creemos que no va por ahí la historia, dicho en resumen.



Alguien puede pretender volver y echar por la borda la experiencia liberalizadora de los últimos diez años, lo que se puede hacer evidentemente, pero no creo que con esto se solucione ninguno de los problemas que afectan al sector energético
ni se garantice una mayor eficacia del sistema ni que vayan a derivarse de ahí mayores beneficios para los clientes ni, como le digo, que vaya con el signo y la marcha de los tiempos, de los tiempos europeos, que es donde mi grupo se sitúa y que
valora positivamente. Este no es un tema menor, no es que uno crea que la historia tenga que ir necesariamente en virtud, y solo, de los contextos, pero creemos que al margen de los contextos o ladeados de ellos tampoco nos va a venir bien la
historia, de forma que esos mercados planificados hasta el detalle, autosuficientes y autorregulados más o menos a voluntad de la Administración de cada momento no es lo que, entre comillas, se lleva en Europa, y no creemos que sea el futuro mejor
que todos deseamos para el sector energético y en definitiva para los clientes. De esto no se concluye que la historia liberalizadora sea inobjetable y por lo mismo no sea reformable, eso es evidente, solo que, a mi juicio, las modificaciones a
introducir no van en esa dirección apuntada por las enmiendas a la totalidad. Eso no significa que determinados elementos que ustedes introducen en ellas, y que estoy seguro figurarán como enmiendas parciales, no puedan contemplarse y sean
perfectamente debatibles, nosotros creemos que sí.



En cualquier caso, este no compartir ahora y aquí el camino que nos propone Izquierda Unida no significa que compartamos plenamente los pasos que el Gobierno da en sus proyectos de ley, ni mucho menos creemos que, como decía antes,
elaborados esos proyectos de ley y supongamos que aprobados en su literalidad actual, los problemas del mundo energético se hayan acabado, ni de lejos. De hecho, el Gobierno incluso incurre en algún tipo de tentaciones muy habituales, como son que,
aprovechando que tenemos que adecuar nuestra legislación a determinadas directivas europeas, toqueteamos también el sistema de distribución competencial interno, y ese nos parece un camino absolutamente erróneo. De la efectividad real de algunas de
las medidas que se plantean no es mi grupo el que duda, incluso duda en su informe la Comisión Nacional de la Energía. En resumen, creemos que era algo que había que hacer, es un camino que se abre, que va en una dirección que


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compartimos y que iremos viendo dónde acaba. Insisto en que no voy a entrar al detalle de las enmiendas parciales porque no es el tema de hoy.
Voy concluyendo. Ya era, y por lo mismo ya es, hora de proceder a la trasposición de las
directivas que afectan al sector eléctrico y al de hidrocarburos. Mi grupo entiende que la vía alternativa que proponen los enmendantes a la totalidad con texto alternativo no mejora la dirección por donde tienen que ir las cosas, en su caso la
empeora, y de ahí que iremos viendo si los pasos en esa buena dirección que nos propone el Gobierno son los pasos que hay que dar o el Gobierno va a dar también, aunque sea en la buena dirección, pasos torcidos. Esperamos que no.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señor Beloki, muchas gracias.



Continuamos con el turno del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.
Don Jordi Ramón será quien tome la palabra en su nombre para fijar posición sobre la enmienda presentada y a su vez los proyectos de ley.



El señor RAMÓN TORRES: Señora presidenta, señor ministro, señorías, hoy debatimos dos proyectos de ley que tienen una incidencia fundamental sobre la gestión de la energía. Se trata de un elemento básico para el funcionamiento de la
economía, más si cabe en el caso español, puesto que el consumo energético ha venido creciendo de forma alarmante tanto en términos absolutos como relativos, es decir, por unidad de PIB. Hay síntomas recientes de una ligera mejora de eficacia por
unidad de producción, pero esto no es un gran consuelo, puesto que el consumo total sigue y se espera que siga creciendo, y esto trae consecuencias y conflictos graves, el más evidente el cambio climático. Recordemos una vez más el flagrante
incumplimiento por parte del Estado español de los compromisos contraídos en el Protocolo de Kyoto sobre emisiones de gases de efecto invernadero.



Un deseo compartido y necesario es que el sistema de suministro energético sea robusto. Esto pasa por la seguridad en el abastecimiento y por un suministro de calidad. La dirección energética de España, conjuntamente con un enorme
desprecio al potencial de las fuentes renovables que son autóctonas, nos han llevado a una situación de dependencia exterior que complica mucho esta seguridad en el suministro y, como ya vemos en el incremento del precio del petróleo, va a
significar un importante coste.
La regulación de los mercados de gas y electricidad, por su importancia económica clave, también tiene repercusiones sobre la productividad y, por ende, sobre la competitividad. La importancia de estos proyectos de
ley deriva también pues de los efectos que van a conllevar sobre la calidad y el precio de factores productivos de tanta relevancia. Los proyectos de ley que se debaten hoy suponen la trasposición de algunos aspectos de dos directivas europeas que
aún no han sido trasladadas al derecho español. Estas trasposiciones llegan con retraso y esto quizás sea una más de las causas de la improvisación que ha habido en la regulación de estos mercados en los últimos años.



El Grupo de Esquerra Republicana considera imprescindible una reorganización integral de ambos sectores y, por tanto, vemos positivo que el Gobierno haya elaborado unos proyectos de ley con esta pretensión.
Sin embargo, ambos textos están
lejos de nuestros planteamientos y, por ello, he presentado numerosas enmiendas parciales a los dos proyectos de ley. Las concesiones de fondo son diferentes. Para nuestro grupo hay algunos criterios básicos que deberían presidir el enfoque de
ambos proyectos de ley. Son, entre otros, diversificar las fuentes energéticas, fijando objetivos concretos que prioricen las energías renovables; fomentar el ahorro y penalizar el derroche; internalizar las externalidades ambientales asociadas a
cada fuente energética; gestionar la demanda para poder reducir el consumo a términos absolutos; suavizar las puntas de demanda y dar al consumidor información fidedigna sobre el origen de la energía que consume. No nos vale que se nos diga que
algunas de estas cuestiones ya vienen recogidas en los planes de eficacia energética y de promoción de las energías renovables elaborados por el Gobierno. Primero, porque cuando estas son recogidas lo están con excesiva timidez y, segundo, porque
es sumamente incoherente que leyes con trascendencia para el sector energético como las que estamos discutiendo no avancen decididamente en esa misma dirección. Nuestras enmiendas también tienen por objetivo garantizar el respeto a las competencias
autonómicas que, a nuestro criterio, los proyectos de ley vulneran, así como mejorar la coordinación entre estas y el Estado en temas tales como la planificación, la regulación de los precios y el peaje, autorizaciones, supervisiones, participación
en diferentes órganos que se crean o la posibilidad de desarrollar normativas complementarias.



Por lo que se refiere al proyecto de ley que modifica el sector de los hidrocarburos y el gas, aparte de los aspectos ya mencionados, proponemos especialmente reducir el porcentaje de consumo nacional de gas que puede provenir de un mismo
grupo de empresas. También creemos que deben equipararse los peajes para todas las presiones de suministro, sin discriminación para ninguna de ellas. Por otro lado, valoramos positivamente la creación de la oficina de cambios de suministro y
deseamos que contribuya a facilitar la transparencia y una mayor posibilidad de elección por parte de los consumidores. Sin embargo, creemos que además de los distribuidores y comercializadores de electricidad y de gas debería contar también con la
participación de la Administración General del Estado y de las asociaciones de usuarios.
Finalmente, sugerimos que se propongan algunos aspectos de liberalización del mercado del gas natural.



En referencia con el otro proyecto de ley que esta mañana estamos discutiendo, el que modifica el sector eléctrico, lo primero que hay que decir es que la actual regularización ha sido ineficaz e incapaz de ofrecer un


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panorama estable y eficiente. La reducción que a partir de 1997 se dio a la capacidad de regulación pública ha venido obligando a tomar medidas de intervencionismo discrecional que han alterado permanentemente lo que debería ser un
escenario estable. En nuestra opinión, además de los criterios generales ya comentados para cualquier tipo de suministro energético, especialmente en lo que se refiere a la electricidad, el marco regulatorio debería perseguir los siguientes
objetivos: garantías de suministro de calidad, control de un eventual déficit inversor, fomento de la generación distribuida (hace falta acercar la producción al consumo antes de apostar por las interconexiones), fomento de la generación eléctrica
a partir de fuentes renovables, acceso no discriminatorio a la red transparente y con precio razonable y mantenimiento del empleo. Estos objetivos solo se conseguirán si la Administración los asume y pone las herramientas para alcanzarlos. No hay
que reducir la capacidad de planificación del Estado y de las comunidades autónomas. El mercado nos puede ayudar pero no nos llevará a conseguir estos objetivos. En cuanto a los aspectos más concretos, en primer lugar, creemos que se deberían
penalizar las nada menospreciables pérdidas del transporte y distribución de la electricidad. También propondremos una fiscalidad autonómica complementaria sobre la generación y/o el consumo eléctrico que permita a los gobiernos autonómicos
orientarlos hacia los objetivos de sus planes energéticos. Consideramos también que antes de proceder a cualquier ampliación de la capacidad eléctrica debe existir la obligación de examinar las medidas de eficacia energética, de gestión de la
demanda y de generación distribuida, que puedan suplir la presunta necesidad de una mayor capacidad. Para dotar al consumidor final de información suficiente y fiable y que pueda elegir con criterio a su suministrador, propondremos la creación de
una etiqueta de identificación del origen de la energía, con un formato uniforme que facilite la comparación de las empresas y que explicite la contribución de cada fuente energética y el porcentaje de energías renovables sobre el total, entre otros
aspectos ambientales de relevancia. Otro punto que merecerá nuestra atención es el déficit tarifario que hace tiempo que se viene advirtiendo como alarmante. Les recuerdo que solo en el año 2005 el déficit supuso cerca de 3.600 millones de euros.
Para los comercializadores independientes la situación del mercado es insostenible, y lo es tanto que están en una situación de parálisis empresarial. Las autoridades reguladoras deben garantizar que las tarifas compensatorias no sean
discriminatorias y reflejen los costes.
Propondremos también que el Gobierno desarrolle un reglamento para facilitar y simplificar la creación de cooperativas de consumidores o empresas municipales que tengan como objetivo la comercialización de
electricidad con criterios y metodologías de ahorro y eficacia energética. En definitiva, hay varios puntos de este proyecto de ley que quiere reformar el sector eléctrico que nuestro grupo intentará modificar con enmiendas parciales, porque si no,
señor Herrera, no aprobaremos el proyecto de ley, pero entendemos que en ese trámite parlamentario su grupo y el nuestro podrán llegar a acuerdos para que este proyecto de ley tan importante de la reforma del sector eléctrico pueda ser mejorado.



Respecto a las enmiendas que ha presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, creemos que no recogen adecuadamente el fondo de las directivas que hoy se trasponen en algunos aspectos y
quizá tampoco en la letra de las directivas. Por ese motivo no votaremos favorablemente los textos alternativos que hoy nos ha presentado el señor Herrera. Sin embargo, sí me gustaría señalar algunos aspectos que nos parecen positivos, tales como
la creación de una compañía de ahorro por parte del Gobierno, en el plazo más breve posible, de un plan para el cierre definitivo de las centrales nucleares. Recordará el señor Herrera que este es un aspecto sobre el que ya hemos discutido en
anteriores debates en esta Cámara.
También está en sintonía la propuesta de fiscalidad ambiental recogida en nuestras enmiendas con la propuesta de crear un impuesto ecológico que tenga como objetivo reflejar los costes ambientales y sociales del
uso de hidrocarburos y generar fondos destinados a facilitar la transición hacia un modelo energético más sostenible. Igualmente nos parece interesante la posibilidad de modificar la forma de retribuir las actividades de producción de electricidad,
dejando de utilizar como base el precio marginal correspondiente a la oferta de la última unidad de producción necesaria para atender la demanda. Sin duda, el procedimiento actual, una revisión y, como ustedes saben, el tan interesante como
olvidado Libro Blanco sobre la reforma del marco regulatorio de la generación eléctrica en España, que apuntaba también varias posibilidades en ese sentido. En todo caso, esperamos que todos estos aspectos formen parte del debate que en ponencia y
en Comisión va a celebrarse en esta Cámara y esperamos también que en cuanto a algunos de estos aspectos positivos, que le recuerdo que están en concordancia con algunas de las enmiendas que nosotros hemos presentado, podamos, como le decía, entrar
en ese debate en ponencia o en Comisión para intentar incorporarlos a estos proyectos de ley. En definitiva, señoras y señores diputados, aunque llegue tarde, bienvenida sea la iniciativa del Gobierno de modificar la regularización de los mercados
de la electricidad y de gas natural. Sin embargo, como les he comentado, nuestro grupo tiene importantes enmiendas a ambos proyectos y trataremos de convencerles, señorías, de su idoneidad durante su tratamiento en ponencia y en Comisión, ya que
muchas de ellas pueden incorporarse al texto definitivo de estos proyectos de ley.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): A usted, señor Ramón.



Continuamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y será el señor Sánchez i Llibre quien fije posición sobre los proyectos


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de ley y la enmienda presentada a los mismos. Cuando quiera.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señora presidenta.



Señor ministro, señoras y señores diputados, nuestro Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) va a votar favorablemente los dos proyectos de ley que hoy debatimos en su totalidad, que hacen referencia a la trasposición de las
directivas del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, de 26 de junio de 2003, sobre distintas normas comunes para el mercado interior del gas natural y, al mismo tiempo, también en otro proyecto de ley, las mismas referencias que hacen hincapié
respecto al traspaso de la directiva en todos aquellos aspectos que hacen referencia a las normas comunes para el mercado interior de la electricidad.



En nuestro grupo parlamentario entendemos que dichas directivas están globalmente reflejadas en los dos proyectos de ley que ha enviado el Gobierno a esta Cámara, ya que, entre otras cosas, plantean cuestiones y objetivos fundamentales y
existen coincidencias con las que nuestro Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ha mantenido y defendido a lo largo de esta legislatura y también de legislaturas anteriores. Ambos responden a un incremento de la competencia en los
mercados de generación, comercialización y distribución, a una mejor calidad en los suministros energéticos, a la garantía de un adecuado abastecimiento del servicio eléctrico, a una posible reducción -al menos nosotros lo vamos a implementar y lo
vamos a intentar consensuar con el Gobierno y con el resto de formaciones políticas en las tarifas eléctricas- y al aseguramiento de las inversiones en infraestructuras por parte de los diferentes operadores de mercado. Finalmente hay otro aspecto
que nosotros hemos defendido a lo largo de estas últimas legislaturas, específicamente a lo largo de este periodo de sesiones, y es la potenciación de las energías renovables para favorecer su participación en el balance energético. Dichas
directivas tienen como objetivo común facilitar e incrementar la competitividad de los mercados energéticos y evitar, al mismo tiempo, el abuso de posiciones de dominio de los diferentes actores.



El señor ministro ha planteado y detallado perfectamente en su exposición los principios básicos de los dos proyectos de ley, que esencialmente incorporan todos aquellos aspectos que hacen referencia a los procedimientos y autorización de
las nuevas instalaciones para todos aquellos establecimientos de autorización de las nuevas instalaciones. Se pretende que sea la iniciativa privada y no el Estado la que tome el riesgo económico para las decisiones de inversiones de las diferentes
actividades liberalizadas, principalmente también la de la generación eléctrica.



Hay otro aspecto importante con el que nosotros coincidimos globalmente, como es la separación jurídica de los gestores en la red de transporte y distribución, ya que se pretende que los propietarios de las redes no tengan ventajas
competitivas para captar, mantener e incrementar a los clientes. En España, concretamente Red Eléctrica y Enagas son buenos ejemplos de separación de actividades para el resto de Europa.



Otro apartado básico hace referencia al acceso regulado de terceros a las redes, ya que se elimina la práctica de acceso negociado por el cual el tercero siempre está en desventaja respecto a la empresa transportista.
Hay también un
capítulo importante que hace referencia a la separación de cuentas y derecho de acceso por parte de las autoridades reguladoras. Se elimina en este aspecto la llamada asimetría informativa del regulador respecto a la empresa y, al mismo tiempo, se
implanta una contabilidad regulatoria por la cual la autoridad puede opinar sobre la eficiencia de la gestión de las redes y sobre cómo se reparte el incremento de la eficiencia entre la empresa y el consumidor. Desde nuestro punto de vista,
también hay otros aspectos relevantes, como son todos aquellos que hacen referencia al calendario de apertura del mercado minorista. Se fijó para junio del año 2004 la fecha en que todos los consumidores no domésticos pudieran acceder al mercado y
el año 2007 para el resto. En España, la liberalización se inició en el año 2003, pero se ha mantenido el sistema de tarifas, que ha implicado que solo una tercera parte de la energía se haya vendido en el mercado liberalizado. Estos son los
aspectos fundamentales, básicos, relevantes, que contienen dichas trasposiciones de las directivas que el Gobierno nos ha materializado en estos dos proyectos de ley y que globalmente nosotros compartimos en líneas generales.



No es menos cierto que nuestro grupo parlamentario ha planteado una serie de enmiendas en las cuales hay algunos aspectos básicos y específicos en los que intentamos profundizar para modernizar todos aquellos puntos que puedan permitir la
liberalización de los sectores gasístico y eléctrico.
Hay otros aspectos con los cuales no estamos de acuerdo, pero será durante el debate parlamentario en la Comisión cuando podremos fijar las posiciones respectivas con relación a dichas enmiendas
puntuales e intentaremos llegar a un consenso con el grupo parlamentario que da soporte al Gobierno. Básicamente por estos motivos, nosotros vamos a apoyar estos proyectos de ley y, al mismo tiempo, vamos a votar en contra de las dos enmiendas con
texto alternativo que ha presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Estamos en contra y, por tanto, votaremos desfavorablemente los dos textos alternativos que ha presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, en concreto, en el sector de los hidrocarburos y en el sector
eléctrico. En el sector de los hidrocarburos, hay algunos aspectos de forma, pero también de fondo, que desde la posición de un grupo nacionalista queremos manifestar abiertamente en este debate de totalidad. Nosotros entendemos que dichos textos
alternativos tienen caracteres marcadamente antiautonómicos, y lo decimos con la máxima sensibilidad


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y con el máximo respeto al grupo proponente y al diputado que ha defendido dichas enmiendas. Son antiautonómicos porque se elimina deliberadamente la capacidad de las comunidades autónomas de prorrogar las concesiones de explotación. Esta
es una de las cuestiones que ya en su momento Convergència i Unió introdujo en las legislaciones que se elaboraron en esta Cámara del año 1996 al año 2000. Se elimina también el informe previo de las comunidades autónomas para la autorización de
actividades en el subsuelo y fondo marítimo, cuestión que también consideramos importante y relevante. Asimismo, se elimina el registro de las comunidades autónomas de instalaciones de distribución al pormenor de productos petrolíferos, así como de
instalaciones de gas de distribuidores. También se elimina la competencia de las comunidades autónomas en materia de establecimiento del régimen económico de los derechos de distribución. Estos hechos relevantes y profundos han sido presentados en
su enmienda con texto alternativo por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sin que haya dejado de sorprendernos que un grupo nacionalista, como Iniciativa per Cataluña, plantee unas enmiendas de tal calado
antiautonómico. Este va a ser uno de los motivos fundamentales por el que nuestro grupo fije una posición negativa.



Respecto a las cuestiones específicas a que se refiere el texto alternativo en el sector eléctrico, también hay una serie de propuestas que son de un gran calado antiautonómico, de un gran calado competencial, pues merman competencias que
costó muchísimo en su momento que tuvieran preferencia y fueran relevantes en las legislaciones correspondientes de gas y electricidad en todos aquellos aspectos que afectaban a las comunidades autónomas. En el sector eléctrico hacemos referencia
básicamente a todos aquellos aspectos relativos a las consecuencias oportunas que se derivan de su texto alternativo en cuanto a la construcción del sistema eléctrico nacional, en el que se reducen las competencias de las comunidades autónomas en
materia de regulación del régimen de derechos de acometidas, impartición de instrucciones relativas a redes e instalaciones eléctricas de transporte y distribución o inspección de instalaciones. Estas cuestiones relativas al sector eléctrico, en
las que tienen competencia exclusiva las diferentes comunidades autónomas, ustedes se las quitan de un plumazo y se las dan al Estado central.



Otra cuestión que nos preocupa de sus enmiendas con texto alternativo es que se otorga carácter básico a la planificación eléctrica y se detrae de la aprobación. Por este motivo, señoras y señores diputados, señor ministro, mi grupo va a
votar favorablemente los proyectos de ley que ha enviado el Gobierno a esta Cámara y va a votar en contra, con contundencia y con la máxima fuerza posible, de las enmiendas con texto alternativo presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Muchas gracias, señores diputados, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Chacón i Piqueras): Gracias, señor Sánchez i Llibre.



Continuamos, señorías, con el turno del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Será el señor Castelló quien tome en su nombre la palabra para fijar posición sobre la enmienda presentada y los proyectos de ley.
Adelante, señor
Castelló, cuando quiera.



El señor CASTELLÓ BORONAT: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, señor ministro, intervengo para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular sobre los dos proyectos de ley que modifican la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector de Hidrocarburos. Inicialmente quiero dejar clara la
posición de mi grupo en la votación de las dos enmiendas de totalidad presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. Mi grupo parlamentario va a votar en contra de esas dos enmiendas presentadas por dicho
grupo, aunque quiero reconocer el esfuerzo que ha hecho al presentar los textos alternativos, lo cual clarifica posiciones y el propio debate. En absoluto estamos de acuerdo con esos textos alternativos y por eso vamos a votar en contra. No
estamos de acuerdo -además es coherente con lo que venimos planteado desde hace mucho tiempo- con lo que debe ser el modelo energético en este país, por eso vamos a votar en contra. También por una cuestión de responsabilidad y de coherencia estos
dos proyectos de ley deben tener su tramitación correspondiente, porque en lo fundamental estamos de acuerdo. Evidentemente hay más cosas que se han introducido en los dos proyectos de ley, pero los objetivos básicos, que son incrementar la
competencia y profundizar en la liberalización de nuestro modelo energético y la separación de actividades, vienen a reforzar lo que hemos venido demandando al Gobierno de España, al Gobierno del señor Zapatero, durante estos últimos tres años. Es
bueno que hagamos memoria.



En los años 1997 y 1998, con la Ley del Sector Eléctrico, 54/1997, y con la Ley del Sector de los Hidrocarburos, 34/1998, el Gobierno del Partido Popular pone los cimientos de lo que entendíamos y seguimos entendiendo debe ser nuestro modelo
energético de futuro; ese modelo energético se ha ido desarrollando, se ha ido implementando. Haré una pequeña referencia a algo que hay que dejar muy claro en este debate, y es que estos dos proyectos de ley que hoy estamos tratando aquí y que
inician su tramitación en el Congreso vienen muy tarde. El Gobierno del Partido Popular, que hizo una reforma radical del modelo energético, pasando de lo que era en su día -año 1996 hasta el año 1997- un modelo tradicional de regulación a un
modelo liberalizado y de introducción de la competencia, tarda año y medio en traer esa reforma profunda de modelo energético; sin embargo el Gobierno socialista tarda dos años,


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casi tres de legislatura en traer estas dos modificaciones. Es verdad, como se ha dicho, que algunas de las cuestiones de las dos directivas europeas que ahora se trasponen habían sido ya incorporadas a nuestra legislación vía real
decreto-ley, pero no es menos cierto que quedaba lo más importante, precisamente la adecuación de esas dos grandes leyes, que son el soporte de nuestro modelo energético, a esas directivas, máxime cuando las directivas europeas son del año 2003 y
más aún -esta es una pregunta que debería contestar el Gobierno- cuando el Gobierno tiene desde junio de 2004 el informe de la Comisión Nacional de Energía sobre las modificaciones normativas necesarias para incorporar al ordenamiento jurídico
español las directivas de las que estamos hablando, la 54 y la 55. ¿Por qué tarda tanto tiempo el Gobierno en traer las modificaciones de estas dos leyes tan importantes para nuestro sistema y por qué lo hace de la manera que lo hace? Creo que hoy
tenemos que hablar también de lo que ha venido ocurriendo en el proceso de estos dos proyectos de ley. La respuesta es muy sencilla, y es que el Gobierno socialista durante estos últimos casi tres años -confiamos en que estos proyectos de ley que
hoy tenemos sobre la mesa produzcan un cambio en el futuro, un cambio en la manera de enfocar el sector energético por el Gobierno- ha maltratado, ha abusado, ha intervenido y ha utilizado al sector energético para intereses particulares y
partidarios -no voy a hacer ahora el relato de la historia de lo que han sido estos tres años de Gobierno socialista en materia energética-. Esa es precisamente la razón por la que el Gobierno no ha traído estos proyectos de ley por las que se
modifican estas dos grandes leyes, pilares de nuestro sistema energético, hasta ahora, cuando ha fracasado en esa manipulación, en esa intervención -ahí tenemos conflictos importantes con la Unión Europea-. Me he quedado con una frase del señor
ministro que dice que estos dos proyectos de ley vienen a normalizar buena parte de nuestras relaciones con la Unión Europea. Señor ministro, debe normalizarlas todas; por tanto tiene que hacer caso, creerse la legislación comunitaria y no
plantear esos contenciosos que tenemos con esos dos procedimientos consecuencia de esa manipulación, de ese intervencionismo de aquellos decretos del 24 de febrero que han traído estas consecuencias con la Unión Europea, de esas condiciones que
ustedes pusieron que son contrarias al derecho comunitario y de una cuestión, que evidentemente también es la causa por la que hoy tenemos esto aquí, porque tenemos un procedimiento desde el mes de abril precisamente por incumplimiento de normativa
comunitaria. En cualquier caso, esa es una de las razones fundamentales.



Me gustaría también que alguien explicara por qué hay dos versiones de uno de los proyectos, concretamente del de la Ley del Sector Eléctrico. Hay una primera versión de 23 de febrero, que es la que ve el Consejo de Ministros el día 24, y
una segunda versión del día 26 -qué casualidad-, después de que al Gobierno le pillase con el pie cambiado el anuncio de la opa de E.ON el día 21 de febrero y publicase los decretos a los que hago referencia, y hay dos versiones de esta normativa
que ahora viene.
En ese proceso hasta llegar aquí, a la Cámara -aquí me entra la duda de lo que antes comentaba del convencimiento del Gobierno, si lo tiene, sobre lo que está haciendo, aunque creo que no, pero en cualquier caso lo dejaremos en la
duda-, tampoco le pide los informes sobre los proyectos de ley a la Comisión Nacional de la Energía. Tiene que ser el Consejo de Estado el que se los requiera, porque es absolutamente necesario que esos informes estén en la Comisión Nacional de la
Energía. Hay una desidia, da la sensación de que el Gobierno va a traer obligado estos proyectos de ley, pero no tiene ninguna confianza en ellos. Esa es la duda que tenemos y ojalá que no sea así. Nuestro grupo parlamentario está requiriendo al
Gobierno en estos últimos tres años para que profundice en ese modelo, que nosotros implementamos, y que durante estos últimos tres años ha sido un pantano, un marasmo, una inseguridad permanente y la desconfianza de todos los agentes del sector
sobre lo que el Gobierno no hacía, y cuando lo hacía era exclusivamente en una dirección y en función de unos intereses concretos, incluso cambiando las reglas del juego en mitad del partido. Por eso le adelanto que vamos a estar en esa dinámica.



Hemos presentado enmiendas a los dos proyectos de ley. Por cierto, es muy curioso que el Grupo Parlamentario Socialista haya presentado tal cantidad de enmiendas haciendo casi una enmienda a la totalidad al propio proyecto de ley del
Gobierno. En tres meses, desde septiembre que se presentó a cuando se cierra el plazo de enmiendas, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una gran cantidad de enmiendas, además algunas de mucho calado, que son casi una enmienda a la
totalidad. Eso también debería explicarlo alguien, porque esas enmiendas seguro que se han presentado con el visto bueno del Gobierno. Es decir, lo que no ha hecho en tres años lo hace en tres meses, además modificando su proyecto de ley.
Solamente voy a dar un dato. El proyecto de ley que modifica la Ley del Sector Eléctrico, en un artículo único, modifica 62 cuestiones de esa ley del sector eléctrico. El Grupo Socialista ha presentado 49 enmiendas a esas 62 modificaciones. En el
otro proyecto de ley, el del sector del gas, ocurre más o menos lo mismo, el proyecto de ley que modifica la ley en vigor plantea 49 modificaciones. El Grupo Socialista presenta 40 enmiendas a esas 49 modificaciones. Esto será parte del debate que
tengamos en la Comisión, pero en cualquier caso es muy, muy llamativo.
Eso quiere decir que el Gobierno durante tres años ha estado muy desorientado. A unos proyectos de ley que venían de una etapa, posiblemente con los cambios que ha habido en el
ministerio, se han tenido que realizar enmiendas, enmiendas casi a la totalidad.



Acabo por donde empezaba -señora presidenta, acabo inmediatamente-.
Nosotros estamos por ese modelo que se definió en 1997, en el que hay que profundizar en lo más transcendente de estos dos proyectos


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de ley, en la liberalización del mercado energético y en el incremento de la competencia -cuando hasta ahora el Gobierno socialista y el Grupo Socialista ha realizado todo lo contrario-, así como en la separación de actividades. (El señor
presidente ocupa la Presidencia.) Hoy le vamos a pedir no solamente al Gobierno que conteste a esas incógnitas que tenemos sobre el proceso y sobre lo que he venido planteando, sino que le tenemos que exigir que sea mucho más diligente y mucho más
serio, porque ahora hay muchas cosas que deben desarrollarse de estos dos proyectos de ley que vamos a tramitar y que se aprobarán finalmente por vía reglamentaria -lo sabe perfectamente el señor ministro-, y ahí es donde se va a demostrar el
convencimiento o no que puede tener el Gobierno sobre esos principios fundamentales que nosotros compartimos.



Hay otra cuestión. El Gobierno debería liderar en Europa -precisamente desde su posición aquí y con ese convencimiento de ese modelo que defendemos y que en parte compartimos sobre lo que acabo de mencionar- posiciones de construcción de un
mercado interior de la energía que se implemente lo más rápidamente posible, porque somos uno de los países que más nos podemos beneficiar de que eso sea cuanto antes y de que el resultado sea positivo. Eso es algo que debemos exigir al Gobierno
por el bien de todos los españoles, por el bien de nuestra economía y especialmente por el bien del sector energético, del que estamos hablando en estos momentos.



Gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Castelló.



Finalmente, Grupo Socialista. Señora Mendizábal, por favor.



La señora MENDIZÁBAL GOROSTIAGA: Gracias, señor presidente.



Señorías, los proyectos de ley que hoy se han presentado tienen un objetivo fundamental y muy claro -ya se ha citado aquí por el señor ministro y por algún otro grupo-, que es cumplir con la obligación que tiene España de trasponer a nuestro
derecho las directivas europeas 54/2003 y 55/2003 sobre las normas comunes de mercado interior de gas natural y electricidad. Por tanto, lo primero que hay que señalar es que este es el objetivo claro de estos proyectos, fuera de todo ese tótum
revolútum que se ha querido hacer desde esta tribuna respecto a comportamientos o a reales decretos que regían determinadas actitudes que el Gobierno en algún momento pueda tener. De todas formas bienvenidas sean todas las críticas formales que se
hacen a esta transposición de las directivas. Estamos dispuestos a aceptarlas todas porque lo que nos interesa es el fondo del tema.



En el caso del mercado interior de electricidad la directiva introduce nuevas medidas para garantizar condiciones equitativas en el ámbito de la generación, para evitar que aparezcan posiciones dominantes y de comportamiento abusivo, para
garantizar la no discriminación y para tratar de asegurar una auténtica competencia y un funcionamiento eficaz del mercado a través de la serie de competencias que debe asumir cada una de las autoridades reguladoras de todos los Estados miembros.
En el caso del mercado interior de gas natural la directiva contempla, como se señala en el preámbulo de la propia ley, las obligaciones que los Estados pueden imponer a las empresas que operan en el sector del gas natural con el fin de proteger el
interés económico general, impulsar medidas de protección al consumidor, supervisar la seguridad del suministro, establecer una serie de normas técnicas, designar funciones a los gestores de redes de transporte y distribución y posibilitar la
explotación combinada de ambas redes. Así mismo, en el caso del gas natural también se trata, como hemos dicho en el caso del sector eléctrico, de garantizar la ausencia de discriminación, de impulsar una auténtica competencia y un funcionamiento
eficaz del mercado y de establecer a través de los órganos reguladores, en este caso la Comisión Nacional de Energía, aquellos aspectos que hay supervisar.



Hecha esta presentación general, querría destacar que parte importante de todas las disposiciones que están establecidas en las directivas están ya en algunos casos incorporadas en nuestra legislación. Por tanto, estamos adecuando o
modificando una serie de aspectos muy puntuales y adaptando una normativa europea a nuestro derecho, que significa únicamente una trasposición de directivas para avanzar en el mercado interior único de gas y electricidad. Sin embargo, a estas dos
enmiendas se han presentado dos enmiendas a la totalidad con texto alternativo. Paso a analizar y a explicar la posición de mi grupo sobre ellas, partiendo por supuesto del respeto a la presentación de un texto alternativo a la trasposición de las
directivas. El texto que se propone supone un retroceso en la liberalización del sector eléctrico, volviendo ya a los principios que regulaban el sector con anterioridad a la promulgación de la Ley 54/1997.
La enmienda se basa en el convencimiento
de que garantizar el suministro, la calidad y el coste requiere un intervención estatal total. Así, la explotación del sistema eléctrico nacional vuelve a ser considerada como un servicio público de titularidad estatal. Adquiere por tanto
relevancia la idea de una planificación determinante de todas las actividades, lo que interfiere en las decisiones de inversión de los diferentes agentes.
Analizando algunos aspectos vemos que en la generación se abandona el derecho a la libre
instalación para ser sustituido por la planificación del Estado. Se plantea la gestión de la explotación unificada del sistema eléctrico como servicio público de titularidad estatal, desapareciendo el mercado de producción. Por tanto, este gestor
será el único que realizará todas las transacciones a través de interconexiones. La retribución de todas las actividades pasa a ser realizada por la Administración, mediante el reconocimiento de unos costes de inversión efectuados a través de un
proceso de estandarización de las diferentes tecnologías de generación eléctrica. La actividad de comercialización


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de energía se mantiene como una actividad regulada cuya retribución viene fijada por la Administración. En general, con esta enmienda se crea un sistema eléctrico integrado, regulado totalmente por la Administración, sin posibilidad de
establecer una libre competencia y en el que en cualquier caso se elimina la iniciativa empresarial y el protagonismo que le corresponde a esta, tal como rigen los principios de la directiva comunitaria que estamos trasponiendo. En consecuencia,
los principios por los que se está rigiendo el funcionamiento del sistema eléctrico que se presenta en este texto alternativo son totalmente opuestos al proceso de liberalización del sector eléctrico e incumplen en cualquier caso los motivos y la
mayoría de los artículos que están regidos en la Directiva 54/2003. Por último, en el caso de esta enmienda, técnicamente existen inconsistencias entre algunos de sus artículos -como ejemplos pueden ponerse el artículo 9 respecto al 18 o el
artículo 15 respecto al 11-, inconsistencias que no interesa entrar a valorar pero que nos hacen incidir en que el sistema no está perfectamente controlado.



Respecto a la enmienda presentada al proyecto correspondiente al sector de hidrocarburos se propone un modelo de funcionamiento similar al que existía antes de la entrada en vigor de la Ley 34/1998. Por tanto, el texto alternativo no da
cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 55/2003, sino que todas las propuestas realizadas se alejan radicalmente de su contenido y del proceso de liberalización que se está llevando a cabo en todos los países europeos. Las modificaciones que se
introducen en la enmienda supondrían un incumplimiento no solo de lo contenido en la Ley 34/1998, sino de todo lo que se está avanzando en la legislación comunitaria. Analizando algunos aspectos, se establece por ejemplo que los transportistas
pueden comprar y vender gas a los distribuidores, mientras que en la directiva se propugna precisamente la separación jurídica funcional y contable de los denominados gestores de redes de transporte y de la actividad de comercialización. Por otra
parte, los distribuidores efectuarán la venta de gas natural a los consumidores en régimen de tarifas administrativamente aprobadas, y también en este caso la directiva exige precisamente la separación jurídica funcional y contable de las empresas
que ejerzan actividad de distribución de aquellas que ejerzan la de comercialización. Aunque en el artículo 71 de la enmienda se establece que la comercialización se ejercerá libremente, luego ya en el resto del texto tampoco aparece para nada la
imagen del comercializador y se establece en otro artículo que el suministro será realizado por las empresas distribuidoras, es decir aquí entramos también en una serie de contradicciones entre cada uno de los artículos. En definitiva, la
eliminación del mercado liberalizado para sustituirlo por un mercado regulado, tal y como se propone en la enmienda presentada, supone -vuelvo a insistir- no solo ir en contra de las directivas europeas e ir en contra de la legislación que nosotros
ya tenemos aprobada, sino sobre todo ir en contra de la aptitud de los consumidores que ya han elegido un mercado liberalizado como forma de obtener su suministro de gas.



Finalmente, quisiera hacer una apreciación respecto a una novedad que se introduce, que es la compañía de ahorro energético como agente económico interesado en el ahorro y mejora de la eficiencia energética. Desde este punto de vista el
Instituto de la Diversificación y Ahorro Energético, que ya existe y es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria y Comercio a través de la Secretaría General de Energía, tiene funciones similares. Por tanto, hay que
reivindicar el papel del Instituto de Diversificación y Ahorro Energético. En definitiva, todas estas razones son las que nos llevan a rechazar las enmiendas a la totalidad que hoy se han presentado. Sin embargo, quiero hacer desde esta tribuna un
llamamiento a todos y cada uno de los grupos parlamentarios para mejorar los textos que hoy presentamos en todo aquello que sea posible a través de las múltiples enmiendas que han presentado los diferentes grupos parlamentarios. Estoy segura de que
en el debate en ponencia y en Comisión vamos a contribuir a que salgan unos mejores textos. Estoy convencida de que es la posición de todos y cada uno de los grupos. Desde luego mi grupo está totalmente abierto a discutir, analizar y debatir todas
las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios, y desde aquí doy ya las gracias a los grupos por su disposición a que esto sea así.



Muchas gracias. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Mendizábal. (El señor Herrera Torres pide la palabra.)


Señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: Hago mención de que tratándose de una enmienda a la totalidad con texto alternativo el Reglamento me da derecho a poder realizar una intervención.



El señor PRESIDENTE: No hay previsto turno de ... Lo siento.



El señor HERRERA TORRES: Tratándose de una enmienda a la totalidad con texto alternativo...



El señor PRESIDENTE: Sí, pero eventualmente eso ya se tenía que haber hecho antes del turno de fijación de posiciones. Lo siento mucho, es que no cabe.



El señor HERRERA TORRES: ¿Cómo que no? Le solicito una breve intervención basándome en que he presentado una enmienda a la totalidad con texto alternativo. El Reglamento -no lo tengo aquí- así lo establece y da derecho precisamente a esta
breve intervención. Simplemente eso.



El señor PRESIDENTE: Es cierto, pero se tenía que haber hecho antes del turno de fijación de posiciones. Dicho esto, como vamos bien de tiempo, adelante.



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El señor HERRERA TORRES: Gracias, señor presidente. Intervendré brevemente para decir que nosotros hemos planteado una enmienda a la totalidad.
Ustedes saben lo difícil que es para este grupo parlamentario plantear una enmienda a la
totalidad con texto alternativo. Por tanto, nuestro planteamiento no era proponer un texto sin ningún error; nuestro objetivo era poner de manifiesto en cualquier caso las deficiencias de la ley. Si se mantiene la ley, si mantenemos el esqueleto,
esto no nos va a permitir intervenir en las ineficiencias económicas y ambientales de nuestro modelo energético, y lo mantenemos. Con las enmiendas incorporadas por el Grupo Socialista, es más, con las enmiendas incorporadas incluso por nosotros o
por otros grupos parlamentarios, eso no lo vamos a poder solventar. El señor Rodríguez ya lo decía, necesitamos un modelo con mayor planificación. Simplemente quisiera formularle unas preguntas de forma muy breve. Si nuestro modelo no cabe en las
directivas europeas ¿por qué caben otros modelos? ¿Por qué hemos optado y por qué el Gobierno socialista mantiene el modelo más liberalizado de todo nuestro entorno? Nosotros creemos que en un modelo tan ineficiente como el nuestro desde un punto
de vista energético y ambiental, así como desde una perspectiva económica, la responsabilidad de un Gobierno como el socialista, que se dice sensible en materia medioambiental, debería ser precisamente la de cambiar a un modelo más liberal.



Para terminar, señor presidente, simplemente me gustaría hacer una acotación, y es que cuando nosotros planteamos la sociedad de ahorro y eficiencia nos referimos a una sociedad que intervenga en el mercado.
Nosotros entendemos que hay que
intervenir en los servicios eléctricos.
Señora Mendizábal, el IDAE no interviene, y el problema es que en el actual modelo y en la actual ley no existen sociedades ni instrumentos de intervención en cuanto a las estrategias de ahorro y eficiencia.
Nosotros planteamos dos elementos. En primer lugar, una sociedad que intervenga, al igual que existen actores que intervienen y producen electricidad -lo cual no plantea su modelo y el IDAE no tiene esa función-, y en segundo lugar, que parte de la
tarifa vaya destinada a esa estrategia de ahorro y eficiencia, ya que hoy no existen recursos para ahorro y eficiencia y en cambio existe una gran voluntad de las eléctricas para vender cuanto más mejor, lo cual tiene efectos ambientales, económicos
e incluso sobre la salud.



Muchas gracias, señor presidente por este breve turno.



El señor PRESIDENTE: Habiéndose producido esta contingencia, el Gobierno cierra el debate. Adelante, señor ministro.



El señor MINISTRO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO (Clos i Matheu): Gracias.



Sin querer entrar en el fondo de la cuestión, únicamente quiero manifestar en nombre del Gobierno que el contenido de la propuesta alternativa de Iniciativa per Catalunya Verds realmente no cumple el objetivo de estos dos proyectos del
Gobierno, que en estas dos iniciativas es la trasposición de las directivas europeas. La propuesta presentada por Iniciativa es un modelo alternativo al modelo aceptado en el sistema europeo, por lo que sinceramente creemos que está fuera de lugar
y no corresponde a lo que estrictamente estamos discutiendo hoy.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor ministro.



-PROYECTO DE LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. (Número de expediente 121/000100.)


El señor PRESIDENTE: Concluida esta parte del debate, pasamos a discutir el proyecto de Ley de Defensa de la Competencia. Después de la comunicación hecha por el Grupo Popular de retirar su enmienda a la totalidad, queda viva una enmienda
a la totalidad de devolución del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Para presentar la ley, el señor vicepresidente económico tiene la palabra.



El señor VICEPRESIDENTE SEGUNDO DEL GOBIERNO Y MINISTRO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (Solbes Mira): Muchas gracias, señor presidente.



Señorías, comparezco ante la Cámara para presentar el proyecto de Ley de Defensa de la Competencia, que ha sido objeto de una enmienda a la totalidad. Este proyecto de ley tiene por objeto fortalecer el sistema español de defensa de la
competencia, complemento indispensable de la política de impulso a la productividad del Gobierno y elemento esencial de cualquier economía de mercado moderna. La iniciativa que hoy les presento es el resultado de una tramitación previa guiada por
el principio de transparencia. En enero de 2005 se presentó el Libro Blanco para la reforma del sistema de competencia, que fue objeto de consulta pública a través de la página web del Ministerio de Economía y Hacienda.
El anteproyecto de ley ha
sido sometido a audiencia pública por el mismo procedimiento. Un elemento común a ambas consultas ha sido la alta participación; se han recibido aportaciones desde muy distintos estamentos: empresas privadas, asociaciones empresariales,
profesionales y expertos de la competencia y del mundo académico. Adicionalmente, un número importante de organismos del sector público ha emitido su informe.
Quiero hacer una referencia especial a la participación de los órganos de competencia de
las comunidades autónomas, que fueron los primeros en conocer el contenido del libro blanco y que también han tenido acceso al texto normativo en una fase temprana de su elaboración. Sus observaciones y aportaciones se recogen en el informe de
febrero del año 2006 del Consejo de Defensa de la Competencia. Con posterioridad el anteproyecto se somete a informe del Tribunal de Defensa de la Competencia, a la Agencia Española de Protección de


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Datos, el Consejo de Consumidores y Usuarios, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Económico y Social. Por último, el Consejo de Estado emite su dictamen preceptivo el 20 de julio del año 2006.



Señorías, me gustaría destacar que en ambas consultas se ha valorado muy positivamente la oportunidad y el alcance de esta reforma. Aunque la actual Ley del año 1989 ha funcionado de forma satisfactoria, existe un acuerdo generalizado sobre
la necesidad de adaptar y poner al día el sistema español de defensa de la competencia. Esta revisión está motivada por la incorporación del denominado paquete de modernización de las normas de competencia comunitarias que entró en vigor en mayo
del año 2004 y por los sucesivos cambios normativos y la experiencia acumulada desde la aprobación de la vigente Ley de Defensa de la Competencia. En este marco, el proyecto plantea las siguientes reformas: reforzar la independencia en la toma de
decisiones, y como consecuencia la transparencia y responsabilidad frente al mundo empresarial y a la sociedad en general; en segundo lugar, reforzar la seguridad jurídica de los operadores económicos y la agilidad y eficacia administrativa,
especialmente en el caso de las conductas restrictivas; finalmente, dotar al sistema de una mayor eficiencia al ampliar el número de organismos que aplican la ley. El proyecto de ley prevé la cooperación con los órganos jurisdiccionales, la
coordinación con los reguladores sectoriales y la colaboración con la Comisión Europea y las autoridades de competencia de otros Estados miembros, todo ello respetando el esquema de distribución de competencias entre Administración central y
comunidades autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/2002.



Señorías, permítanme que presente las principales novedades de la ley. El primer tema a destacar es la creación de una autoridad de defensa de la competencia, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que respeta rigurosamente el
código de buenas prácticas en términos de funciones y organización que utilizan los países más avanzados de nuestro entorno. Este respeto mantiene, sin embargo, elementos propios de nuestro sistema que se han valorado positivamente en los informes
emitidos. El Servicio de Defensa de la Competencia y el tribunal actual se integran en la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, pero manteniendo uno de los principales activos del modelo actual: la separación de las fases de instrucción
y resolución, garantía del equilibrio entre la eficacia y la seguridad jurídica. La dirección de investigación, por tanto, llevará a cabo la instrucción y el consejo de la comisión será el órgano de resolución. Al frente de la comisión citada
existirá este consejo que acabo de mencionar, compuesto por el presidente y los consejeros, todos ellos nombrados previa comparecencia ante la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso; serán nombrados por un periodo de seis años, no renovables,
entre juristas, economistas u otros profesionales de reconocido prestigio. La futura comisión tendrá unas funciones reforzadas, entre las que figuran la elaboración de informes sobre proyectos normativos que afecten a la competencia o la
supervisión de la actuación del sector público, estando legitimada para impugnar los actos de administraciones públicas de los que se deriven obstáculos de la competencia efectiva en los mercados. También se refuerza la capacidad de la nueva
comisión para analizar y realizar recomendaciones sobre los criterios de concesión de ayudas públicas y la elaboración de un informe anual sobre las mismas, que se hará público. Como contrapartida a estos poderes reforzados, se imponen obligaciones
de transparencia y mecanismos de control de su actuación, como son la comparecencia de su presidente ante la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso, la elaboración de un informe anual de actuaciones y la publicación de todos sus informes y
resoluciones. Otra novedad del proyecto es la atribución de la competencia a los jueces mercantiles para aplicar las normas de la ley relativas a acuerdos restrictivos y abuso de posición de dominio. De este modo se permitirá a los operadores
privados recurrir directamente a la justicia para obtener la nulidad de actos y/o una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, como ya se está haciendo en la aplicación de las normas comunitarias de competencia.



La segunda gran novedad destacable es el refuerzo de los instrumentos para la lucha contra las conductas más restrictivas de competencia. En el proyecto que SS.SS. contemplan se introduce la posibilidad de que la resolución del consejo
imponga condiciones estructurales en línea con el sistema comunitario, y se agiliza la terminación convencional del procedimiento mediante la propuesta de compromiso por los presuntos infractores. Pero el avance más relevante se produce al
incorporar a nuestro sistema el programa de clemencia para la exención o reducción de las sanciones a aquellas empresas que colaboren en la detección e investigación de cárteles, siguiendo el modelo comunitario y de la mayoría de las autoridades de
competencia de los países de nuestro entorno. Para que todos los medios de la comisión se destinen prioritariamente al control de conductas más lesivas, la ley excluye de la prohibición aquellos acuerdos que reúnan requisitos que garantizan su
contribución a la eficiencia y al bienestar de los consumidores. Así, se pasa de un régimen de autorización administrativa a un sistema de autoevaluación. La publicación de circulares para guiar esta evaluación redundará en una mayor seguridad
jurídica. Por otro lado, se simplifica y agiliza el procedimiento reduciéndose la duración máxima de dos años a dieciocho meses, eliminando trámites que se duplicaban en las fases de instrucción y resolución. Igualmente se clarifican y gradúan los
tipos de infracción y las sanciones, aumentando las cuantías máximas de las multas, lo que refuerza su carácter disuasorio, al tiempo que las hacen más predecibles. Por último, se garantiza la independencia en la toma de decisiones y se mejora el
procedimiento en las operaciones de control de concentraciones. Frente al modelo actual en el que todas las decisiones en el control de concentraciones corresponden al Gobierno, el proyecto prevé que pasarán a ser adoptadas por el consejo de la
comisión. El Consejo de Ministros únicamente podrá intervenir de forma excepcional por razones de interés


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general cuando la futura comisión haya resuelto prohibir o subordinar su autorización al cumplimiento de compromisos o condiciones. El Gobierno podrá apartarse de la comisión mediante una decisión motivada, por razones de interés general
distintas de la competencia que se recojan en un listado no cerrado de criterios. Entre las mejoras procedimentales del control de concentraciones, siguiendo el modelo comunitario y respondiendo al deseo de reducir costes económicos y burocráticos
para la empresa, puede citarse la delimitación de las operaciones sujetas a control, ya que se aumenta el umbral de cuota de mercado para notificar desde el 25 hasta el 30 por ciento, manteniendo el actual umbral de volumen de ventas. Además, se
crea un formulario abreviado para aquellas operaciones menos susceptibles de obstaculizar la competencia efectiva.
También se contempla la posibilidad de que las empresas presenten compromisos a la futura comisión, cuya efectividad podrá ser
contrastada con los principales competidores en el mercado. Asimismo, el tratamiento de las opas se alinea con el comunitario, ya que en el proyecto de ley el análisis de la operación no afecta al inicio del plazo de ejecución de la opa y
únicamente se suspende el ejercicio de los derechos de voto de las acciones adquiridas.



Estas son, en esencia, las novedades más importantes que el Gobierno ha introducido en el sistema de defensa de la competencia, que mejoran el marco legislativo actual y lo aproximan al modelo comunitario, situando la normativa española a la
vanguardia de la regulación en esta materia.
Por todo ello, confío en que SS.SS. entiendan de esta forma el proyecto de ley que hoy les he presentado y que con su voto permitan la continuación de su tramitación en esta Cámara.



Muchas gracias. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor vicepresidente.



Debate de totalidad, turno a favor de la enmienda. Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señor presidente.



Señor vicepresidente del Gobierno y ministro de Economía, señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ha presentado una enmienda a la totalidad al proyecto de Ley de Defensa de la Competencia que hoy
debatimos en el Congreso de los Diputados, y lo ha hecho básicamente por dos razones principales y por otra añadida que comentaré a continuación. En primer lugar, creemos que dicho proyecto de ley no se adecua a la distribución de competencias
entre la Administración central y las comunidades autónomas. Parece que en este caso el legislador, seguramente sin mala fe, se ha olvidado de que en España existen comunidades autónomas y que algunas de ellas tienen ya servicios del Tribunal de
Defensa de la Competencia autónomos, y al mismo tiempo parece ser que el legislador ha olvidado, también sin mala fe, que hay muchas comunidades autónomas que tienen en sus respectivos estatutos reconocidos explícitamente tribunales de defensa de la
competencia. Este es un primer aspecto importante que ha motivado la presentación de la enmienda a la totalidad. Hay una segunda cuestión de fondo y es que nosotros entendemos que en dicho proyecto de ley se deja abierto un importante flanco de
inseguridad jurídica en todo el ámbito de las políticas de defensa de la competencia del Estado. Estos son los dos aspectos fundamentales por los que nuestro grupo presentó esta enmienda a la totalidad.



Hoy hay un aspecto añadido, por lo cual nos congratula haberla presentado y tener la posibilidad de debatirla en el Pleno del Congreso de los Diputados, que es la noticia que ha aparecido en los medios de comunicación según la cual ha
existido un gran pacto entre el Partido Socialista y el Partido Popular, como dirían nuestros queridos políticos italianos la grossa coalizione, con lo cual los partidos nacionalistas podríamos empezar a temblar, en el sentido de que el Partido
Popular ha retirado la enmienda a la totalidad porque se ha garantizado la unidad de mercado, porque se van a vaciar de contenido las competencias respectivas de las comunidades autónomas y porque parece ser -lo deja entrever alguna información- que
el Partido Popular va a garantizar que los miembros que hoy están presentes en el consejo del Tribunal de Defensa de la Competencia permanezcan en el cargo en el futuro. Esta es otra razón por la que nos congratulamos de no haber retirado esta
enmienda a la totalidad y poder debatirla.



Quisiera romper algún tópico y creo que es importante decirlo abiertamente en esta Cámara. No está en el ánimo de los nacionalistas catalanes ni de los catalanes en general romper ninguna unidad de mercado, Lejos de esta afirmación, no
queremos romper la unidad de mercado. Lo que históricamente hemos pretendido es abarcar, copar el mercado español, el mercado internacional, el mercado europeo, el mercado mundial. No queremos romper absolutamente nada. Por tanto, quiero
tranquilizar a determinadas fuerzas socialistas y a algunas del grupo parlamentario que está en la oposición sobre que en nuestro ánimo no está romper ninguna unidad de mercado; lo que queremos es abarcarlo, coparlo legítimamente, en competencia
con las distintas comunidades autónomas. Estos son los tres aspectos básicos por los que nuestro grupo ha presentado la enmienda a la totalidad.



Es una realidad que la modificación de los diversos estatutos de autonomía, en particular del Estatuto catalán, ha clarificado un conjunto de responsabilidades en materia de defensa de la competencia que corresponden, desde nuestra
perspectiva, a las comunidades autónomas. Es preciso que la legislación estatal lo reconozca y establezca con claridad los respectivos puntos de conexión entre ambas administraciones, concretamente en los siguientes campos, y agradeceríamos que el
señor vicepresidente pudiera clarificarnos algunas cuestiones que nos preocupan enormemente. En primer lugar, pensamos que los órganos de defensa de la competencia de las comunidades autónomas deben participar en los procesos de control de las
diferentes concentraciones


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económicas. Hasta la fecha ha sido totalmente imposible. Por tanto, queremos que en esta nueva legislación esto también se pueda materializar; ya veremos de qué manera debemos participar, pero al menos que quede perfectamente definido en
dicha legislación. También entendemos que los órganos de competencia de las comunidades autónomas deben poder elaborar los informes correspondientes a las ayudas públicas concedidas por las administraciones de su ámbito territorial. Es
perfectamente legítimo que nosotros queramos establecer en dicha legislación esta pretensión, señor vicepresidente, que estoy convencido de que la compartirán otros grupos parlamentarios de esta Cámara. Otra cuestión relevante para nosotros es que
la aplicación del derecho comunitario en casos que afecten únicamente a su comunidad autónoma debe corresponder única y exclusivamente a la misma. Otro aspecto importante, desde nuestro punto de vista, es que las funciones consultiva y de promoción
de proyectos normativos y actos administrativos que correspondan a la competencia y no afecten a otras comunidades autónomas tampoco deberían ejercerlas los órganos del Estado directamente, sino las comunidades autónomas. Hay otro punto en el que
parece que hemos llegado ya a un principio de acuerdo con el grupo parlamentario que da soporte al Gobierno, y es que la impugnación ante la jurisdicción de las normas y actos administrativos que puedan afectar a la competencia, cuando no afecten a
otras comunidades, debe corresponder igualmente a la comunidad autónoma. Otro aspecto importante, desde nuestro punto de vista, es que la colaboración con los órganos jurisdiccionales en relación con aquellas conductas que no excedan del ámbito de
una comunidad autónoma también tendría que quedar perfectamente reflejada en dicha legislación. Hay otros dos asuntos de no menor importancia. Uno de ellos es que en los casos de arbitraje debe abrirse una interrelación entre las comunidades
autónomas cuando no exceda de su ámbito territorial. Finalmente, una última cuestión importante es que las comunidades autónomas deben poder participar como órgano consultivo en los proyectos de apertura de los grandes establecimientos comerciales.
Por tanto, son una serie de aspectos que nosotros consideramos que deberían quedar perfectamente reflejados en dicha legislación y que, al olvidarse el legislador de ellos, nos han movido a presentar dicha enmienda a la totalidad.



No es menos cierto que este proyecto de ley arrastra innecesariamente un problema generado en la legislatura anterior y que quisiera manifestar en esta intervención. Cuando el anterior Gobierno del Partido Popular impulsó la aprobación del
proyecto de Ley de Defensa de la Competencia hoy vigente, dejó de lado la concreción de las competencias de las comunidades autónomas. Recordarán, señorías, que cuando todavía estaba el proyecto de ley en trámite parlamentario, la sentencia del
Tribunal Constitucional de 11 de noviembre de 1999, dictada a raíz de los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Gobierno catalán y por el Gobierno vasco, estableció que las comunidades autónomas tenían determinadas competencias de
ejecución en esta materia, por lo que la normativa estatal también debía establecer los puntos de conexión que reclamamos en nuestra enmienda a la totalidad que permitieran la coordinación entre las actuaciones de los órganos estatales y autonómicos
de defensa de la competencia. Este fue el origen de la Ley 1/2002 de coordinación entre los órganos de defensa de la competencia estatales y autonómicos. Como consecuencia de este proceso hoy tenemos dos textos legales que regulan la defensa de la
competencia, el troncal y el de coordinación con las comunidades autónomas. Parecería lógico, señorías, que ahora, cuando el actual Gobierno socialista decide modificar el marco legal de defensa de la competencia, aprovecháramos la reforma para
refundir en un solo texto legal toda la regulación. Si esto no fuera posible, como no va a serlo en este trámite, sí que sería importante incorporar a dicha legislación todos aquellos aspectos relevantes que lógicamente vamos a presentar en las
enmiendas al articulado para que todo fuera en la misma dirección, ya que no tiene sentido tener dos leyes con el mismo rango legal y que las dos regulen cuestiones de procedimiento y que las dos apelen al esquema institucional para la aplicación
del derecho a la competencia. Desde nuestra perspectiva política, por esta vía legislativa se está otorgando una menor seguridad jurídica al ciudadano y a las empresas, y en temas de defensa de la competencia no es una buena solución. Por tanto,
señor vicepresidente, uno de los objetivos prioritarios de nuestra enmienda a la totalidad es poner de manifiesto la necesidad de modificar el proyecto de ley presentado por el Gobierno. Es preciso que la nueva ley reconozca una ampliación de
aquellas competencias que puedan tener hoy las comunidades autónomas en esta materia. También es preciso fijar los mecanismos de coordinación entre los órganos del Estado y de las comunidades autónomas.
Para Convergència i Unió resulta prioritaria
la modificación, la integración o todas aquellas combinaciones parlamentarias que pudiéramos establecer en el debate en Comisión para articular los aspectos que hacen referencia al texto legislativo de la Ley 1/2002 de coordinación de las
competencias del Estado y de las comunidades autónomas en materia de defensa de la competencia.



Existe otra discrepancia entre nuestro grupo parlamentario y el Gobierno en los aspectos que atañen a este proyecto de ley relativos al tremendo desequilibrio en la capacidad de coordinación de los órganos autonómicos con los del Estado, así
como las deficiencias existentes entre los órganos autonómicos y los estatales. Por ejemplo, no tiene sentido que un mismo procedimiento pueda ser iniciado a elección de quien efectúe la denuncia ante los órganos estatales o ante los órganos
autónomos. Y menos sentido tiene que ante cuestiones tramitadas por los órganos autonómicos se deba mantener puntualmente informados a los órganos estatales, cosa que consideramos lógica, pero que si dichas cuestiones son tramitadas por los órganos
estatales, a pesar de que tengan un ámbito territorial autonómico, los órganos autonómicos puedan enterarse por la prensa. Es una situación que consideramos ilógica pero que a veces es la realidad con la que se han encontrado algunos tribunales de
defensa de la competencia que en estos momentos están funcionando en algunas comunidades autónomas. Tampoco compartimos el criterio fijado en el proyecto de ley de delimitar las actuaciones


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de los órganos autonómicos a cuestiones que no excedan de su territorio, cuando lo oportuno sería precisar, señor vicepresidente, que incidan en su territorio. Un ejemplo muy clarificador, desde nuestro punto de vista, es que una
distribuidora de libros en catalán que actúe únicamente en Cataluña pero que tenga un punto de venta en Madrid, de acuerdo con lo que establece el proyecto de ley y ante cualquier conflicto que tenga vinculado a la competencia, se encontrará con los
órganos estatales, ya que el punto de venta en Madrid le otorga un carácter supra autonómico.
Es preciso -y creo sinceramente que le debe interesar al Gobierno- clarificar y flexibilizar dichas redacciones porque son cuestiones sobre las que en la
práctica vamos a coincidir, como la que acabo de plantear.
Tampoco tiene sentido que toda interrelación entre los órganos autonómicos de defensa de la competencia con otros órganos deba pasar por la comisión nacional. Es preciso que los órganos
autonómicos vean regulada su relación directa, por ejemplo, con los reguladores sectoriales o con los órganos judiciales. Igualmente es preciso que las organizaciones autonómicas puedan presentar observaciones en procedimientos de posición
dominante y prácticas concertadas. Creemos que esto no daña a la legislación, sino que todo lo que en este momento complemente y sea una aportación redunda en beneficio de la legislación.
También que los órganos autonómicos puedan colaborar con la
Comisión Europea y las autoridades de competencia de otros Estados miembros. Es cierto que nosotros hemos mantenido estos últimos días una serie de reuniones con el Grupo Parlamentario Socialista y con el Gobierno para intentar llegar a un
principio de acuerdo en estas materias que consideramos fundamentales, pero no es menos cierto que algunas noticias mediáticas de hoy podrían ir en la dirección contraria del objetivo que nosotros planteamos, porque no tiene sentido sustraer
aquellas competencias autonómicas de lo que estamos planteando, o podría ser que la información que hoy ha aparecido en algunos medios de comunicación fuera únicamente mediática y de fotografía, con lo cual estaríamos en un momento importante para
conseguir estos acuerdos que, repito, hemos iniciado pero que hemos echado en falta en la intervención del señor ministro para conseguir una reacción más positiva ante el planteamiento de Convergència i Unió en esta enmienda a la totalidad.



Muchísimas gracias, señor presidente, señoras y señores diputados.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sánchez i Llibre.



¿Algún grupo parlamentario quiere ejercitar el turno en contra? (Pausa.) Si no es así, pasamos a fijar posiciones. (El señor vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda, Solbes Mira, pide la palabra.)


¿Desea intervenir, señor vicepresidente? (Pausa.) Adelante.



El señor VICEPRESIDENTE SEGUNDO DEL GOBIERNO Y MINISTRO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (Solbes Mira): Muchas gracias, señor presidente.



Muchas gracias, señor Sánchez i Llibre, por su intervención y por algunos comentarios que ha hecho. Primer comentario. El Gobierno y el Grupo Socialista siempre están dispuestos a discutir las normas que vienen a este Parlamento para
intentar obtener el mayor respaldo posible. Lo hemos hecho estos días, lo seguiremos haciendo y le puedo garantizar que haremos todos los esfuerzos posibles para aproximar posiciones.



Segundo punto, en cuanto a los temas que usted plantea. Es cierto que tenemos algunas diferencias significativas que me gustaría clarificar. La norma se ha hecho sobre la base del respeto del actual sistema de defensa de la competencia,
incorporando las obligaciones derivadas de los temas aceptados en el ámbito de la Unión Europea, y lógicamente respetando lo establecido en los estatutos, incluida la nueva redacción del Estatuto de Cataluña.



Según S.S., lo que le preocupa es que no hay un reparto de competencias adecuado. El reparto sí es adecuado, está claro; lo que se hace es atribuir a la Comisión Nacional de Competencia en el ámbito estatal lo que le correspondía y se
respeta para las comunidades autónomas, extendiéndoles también en su responsabilidad específica las competencias que están establecidas. Evidentemente, es un sistema de competencias excluyentes, que es el modelo actual. Hay cuestiones que van al
ámbito estatal y hay determinados temas que se resuelven a nivel autonómico. En ese sentido, hay nuevas funciones claras para las comunidades autónomas sobre la aportación de información, presentación de observaciones en procedimientos judiciales,
petición de informes preceptivos de los reguladores sectoriales, etcétera. Yo creo -y en eso discrepo con S.S.-que el Consejo de Defensa de la Competencia es el órgano que puede funcionar para la resolución de los grandes problemas que se planteen.

¿Impide esto contactos bilaterales en algún caso? En mi opinión, no. Es verdad que no están específicamente establecidos, pero de facto ya se están produciendo.



Su segunda preocupación es en qué medida la Ley de Defensa de la Competencia y la Ley de Coordinación de Competencias deberían haberse refundido. Es una opción, no digo que no lo sea, pero no es la opción que hemos tomado. ¿Y por qué no
hemos tomado esa opción? Porque la Ley 1/2002 de coordinación, de 21 de febrero, se ha puesto en marcha hace prácticamente dos días, por decirlo de alguna forma. A día de hoy solo hay nueve comunidades autónomas que tienen órganos de defensa de la
competencia en funcionamiento; el último entró a finales del mes de enero y otros cuatro se constituyeron el año pasado. Por tanto, pretender llegar a la conclusión de que no está funcionando bien es prematuro.
Esperemos a ver cómo funciona y
saquemos las conclusiones pertinentes.
Por eso nos hemos centrado sobre todo en la modificación de la Ley de competencia y evidentemente no en esta Ley de coordinación.



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Su señoría plantea el problema de si se respeta o no se respeta el Estatuto de Cataluña. Creo que sí se respeta, y se respeta de forma meticulosa. Comprendo que a S.S. le gustaría ir incluso más lejos que el Estatuto en algunos elementos,
pero el Estatuto dice lo que dice y el artículo 154 da competencia exclusiva a la Generalitat en promoción de competencia en los mercados, el apartado tres da competencia exclusiva a la Generalitat en la constitución y regulación del Tribunal de
Defensa de la Competencia catalán, pero el párrafo dos, que es el que más nos interesa, da competencia ejecutiva en materia de defensa de la competencia. Es muy cierto que hay ámbitos en que no queda muy definido, excepto en términos territoriales,
donde dice muy claramente que en el ámbito que no supere el territorio de Cataluña, cosa que, sin embargo, no está redactada de la misma forma en el primer párrafo. Por tanto, hemos sido enormemente respetuosos. A partir de ahí, SS. plantea una
serie de problemas específicos que querría ver definidos de otra forma. Sin duda alguna, el primer problema es el de las concentraciones y el control de las mismas. Este es un debate más bien teórico que real. ¿De qué estamos hablando en la norma
estatal? Que las competencias actuales que existen en el tribunal y en el servicio, y parte de las que existen en el Gobierno, pasan a una comisión independiente. Por tanto, estamos hablando no de un modelo de Estado, sino de un modelo más
general. Segundo, y es lo más importante del tema, estamos hablando lógicamente de actuaciones que superen los 240 millones de euros; estamos hablando de cifras muy significativas. Yo no conozco operaciones por encima de 240 millones de euros que
se reduzcan a una comunidad autónoma; me parece que estas son situaciones más teóricas que reales. Por otra parte, como he leído antes, no hay que olvidar lo que dice el Estatuto de Cataluña. A partir de ahí, hay muchos temas que SS. ha
planteado y que podríamos analizar, discutir y ver cuál es el margen de cooperación. Respecto a eso nunca he tenido ningún problema, pero sí le digo que nuestra intervención es clara, que los artículos 81 y 82 y la aplicación de los artículos 81 y
82 del ámbito comunitario dicen claramente: el comercio intracomunitario o comercio entre Estados miembros. Por tanto, creemos que es el ámbito general que corresponde al Estado.



El último comentario que me parece importante es el de los establecimientos comerciales. En nuestra opinión, que la Comisión nacional de competencia pueda dictaminar proyectos de apertura de grandes establecimientos comerciales no es
incompatible con la normativa actual de defensa de la competencia y con algunas normas autonómicas que contemplan también esta posibilidad. Por tanto, la redacción actual del precepto no obsta que las competencias de las comunidades autónomas sigan
ejerciéndose y que la Comisión nacional de competencia emitiera informes cuando la apertura de un gran establecimiento comercial sea susceptible de alterar el mercado supraautonómico o el mercado nacional.



En conclusión, señoría, desde mi punto de vista, la ley está bien trabajada, está enfocada de forma correcta. Seguramente usted es favorable a que debiera haber sido más ambiciosa, y nosotros creemos que hay que esperar a tener más
experiencia. Hay algunos puntos en los que la delimitación, especialmente en control de concentraciones, es absolutamente correcta, pero hay elementos que usted también ha planteado sobre los que se puede hablar. Nuestra posición ha sido siempre
no solo cooperar con los órganos sectoriales, sino también con los órganos autonómicos al máximo y, en ese sentido, estamos dispuestos a hablar a lo largo de la negociación de aquellos elementos que estime pertinentes.



Muchas gracias. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor vicepresidente.



Su turno de réplica, señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señor presidente.



Señor vicepresidente, he escuchado atentamente su réplica y sus manifestaciones respecto a la enmienda a la totalidad que ha presentado nuestro grupo parlamentario a la Ley de Defensa de la Competencia. Desde mi punto de vista, usted ha
abierto una posibilidad de entendimiento en algunos aspectos clave que realmente preocupan a nuestro grupo parlamentario. En un tema relevante, como es el de las concentraciones económicas, es verdad que usted ha hablado de unos topes en cuanto a
determinadas cantidades que es difícil que superen el ámbito supraautonómico, pero no es menos cierto que en estos momentos, dada la realidad existente, las comunidades autónomas se han personado en algunos casos y no ha pasado absolutamente nada.
Lo que nosotros queremos en los grandes procesos de concentraciones económicas no es poder personarnos y ver si interesa o no al Gobierno autonómico, sino tener un papel -aquí hay espacios y mecanismos parlamentarios y legales abiertos- para poder
aportar una serie de informes que, aunque no sean vinculantes, sí puedan tener la referencia de informes consultivos para que también la comunidad autónoma pueda decir lo suyo en todo lo relativo a los aspectos de concentración económica. Deduzco
de su intervención que va a ser posible ponernos de acuerdo en la tramitación parlamentaria sobre la base de las enmiendas que vamos a presentar.



Entiendo que también vamos a buscar una solución a todos aquellos aspectos que hacen referencia a las ayudas públicas, pues es de sentido común que podamos establecer una serie de principios básicos, que no haya interferencias importantes en
las ayudas públicas concedidas por las administraciones dentro de su ámbito territorial.



Otros aspectos que consideramos básicos son los que hacen referencia a los proyectos de apertura de las grandes instalaciones comerciales. La legislación es muy clara. Hoy, la competencia en todos aquellos aspectos que hacen referencia al
comercio es exclusivamente de las comunidades autónomas. Nosotros entendemos que con las enmiendas que vamos a presentar va a quedar perfectamente claro que dichas competencias van a


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continuar siendo exclusivas de las comunidades autónomas.



Hay otros aspectos a los que he hecho mención en mi intervención y a los que usted no me ha contestado, pero en los que entiendo que vamos a seguir por la senda de la conciliación y del acuerdo, como son los que hacen referencia a la
impugnación ante las jurisdicciones de las normas y actos administrativos. En este punto prácticamente hemos llegado a un acuerdo con el Grupo Parlamentario Socialista y hay otros aspectos en relación con los cuales quizá nos va a costar más llegar
a ese acuerdo, como son todas aquellas cuestiones que hacen referencia a la aplicación del derecho comunitario, aunque nosotros entendemos que usted ha abierto hoy una puerta al consenso y vamos a confiar en el planteamiento que ha hecho el
vicepresidente económico del Gobierno y en la negociación con el Grupo Parlamentario Socialista. Sobre la base de este voto de confianza que le vamos a dar ya que en otras ocasiones no nos ha defraudado, retiramos la enmienda a la totalidad.



Muchísimas gracias, señor presidente, señoras y señores diputados.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sánchez i Llibre.



Ahora sí comenzamos el turno de fijación de posiciones.



Por el Grupo Mixto, tiene la palabra la señora Fernández Davila.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señor presidente.



En este punto del debate ya no es necesario que mi grupo fije su posición respecto de la enmienda de devolución, puesto que acaba de ser retirada.
En cualquier caso, aprovechamos el turno para manifestar nuestra posición ya que está en
consonancia con la última intervención del señor Sánchez i Llibre. Nosotros participamos de muchas de las preocupaciones que ha planteado el portavoz de Convergencia i Unió hace un momento, concretamente las que hacen referencia a la cuestión de
las competencias autonómicas. Con respecto a estas competencias y a los órganos de defensa de la competencia de las comunidades autónomas en materia de ayudas públicas concedidas por las administraciones autonómicas o locales en sus respectivos
ámbitos territoriales, hay un avance en el proyecto de ley; el artículo 11.5 del proyecto permite a los órganos autonómicos la elaboración de informes sobre los efectos de las operaciones en el territorio correspondiente. Sin embargo -este es el
análisis que nosotros hacemos del proyecto-, esa misma competencia no se reconoce en materia del control de concentraciones, como ya se ha dicho por el anterior portavoz. En todo caso, la competencia en materia de ayudas públicas es escasa, desde
nuestro punto de vista, puesto que esta se limita a elaborar informes que serán remitidos a la Comisión nacional de la competencia.



A estas alturas del debate, después de las intervenciones tanto del autor de la enmienda de devolución como del señor ministro y vicepresidente segundo del Gobierno en el sentido de clarificar aquellas cuestiones relacionadas con el tema de
las concentraciones y también con otros aspectos, concretamente los referidos al papel de la Comisión nacional de competencia en las respectivas comunidades autónomas, nuestra postura respecto de la enmienda de devolución es que todo el proyecto
puede ser modificado y mejorado en el trámite parlamentario y valoramos muy positivamente la predisposición del señor ministro para poder llegar a un acuerdo.



Respecto a lo que acaba de decir el señor Sánchez i Llibre en el sentido de llegar a un acuerdo entre Convergència i Unió y el Grupo Socialista, considero que también debería ser extensible a los demás grupos. Nosotros vamos a presentar
enmiendas y trataremos de llegar a acuerdos tanto en estos aspectos como en otros para que la ley que salga de este Parlamento esté en consonancia con la voluntad de todos los grupos políticos.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias a usted, señora Fernández.



Coalición Canaria, señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.



Comienzo diciendo que espero que el señor Sánchez i Llibre, a los diputados de pequeñas formaciones como la mía, no nos haga este ejercicio. Yo dediqué anoche prácticamente dos horas a preparar la intervención, leyendo el texto del proyecto
del Gobierno, y lo único que me reconfortó es volverme a encontrar con muchos menos años cuando fui ponente en 1989 de la vigente Ley de Defensa de la Competencia, en la III Legislatura. Ya entonces dijimos muchos de los portavoces que intervinimos
en 1989, cuando acabábamos de firmar tres años antes la adhesión de España a la entonces Comunidad Económica Europea, que la normativa que había en Europa sobre la competencia iba a impregnar tarde o temprano los textos legales. Efectivamente, las
normas de la Unión Europea a partir del año 2000, fundamentalmente, tienen sus efectos actuales.



¿Qué posición habíamos fijado? Que íbamos a apoyar el texto del Gobierno e íbamos a votar en contra de la enmienda presentada por Convergència i Unió, con todos los respetos, por entender que en el texto del proyecto del Gobierno se
producía un avance por la experiencia acumulada desde 1989 en la defensa de la competencia en España, por las actuaciones tanto del servicio de defensa de la competencia como del tribunal de la misma.
A veces se producían sincronías y otras veces
distancias, que tenían que ir a lo contencioso, con las consiguientes sentencias, pero el efecto, para nuestro ejercicio analítico, estaba contemplado aquí. Una Comisión


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Nacional de Defensa de la Competencia creemos que es un órgano necesario para que tenga un funcionamiento adecuado. No olvidemos que el beneficiario final de este proyecto de ley es el consumidor español, son los consumidores en un país de
más de 40 millones de habitantes en este momento y en donde en una economía liberal de mercado es imprescindible este tema.



Desde Canarias hemos tenido siempre -y lo sabe nuestro vicepresidente de Gobierno- una exigencia y una sensibilidad para garantizar a los consumidores y usuarios una clara, transparente e imparcial defensa de la competencia, ya sea para
evitar que las compañías aéreas se pusieran de acuerdo en el precio de los billetes Canarias-Península, Península-Canarias, ya sea de aquellas grandes multinacionales -nacionales o no- que operan dentro del territorio español.



Como bien ha señalado en su respuesta segunda el señor ministro, este es un proyecto de ley que trata de regular una transparencia y una ordenación en un segmento donde se habla de 240 millones de euros. El señor Solbes tiene toda la razón,
porque no estamos hablando aquí de pequeños lugares de fijación de precios por una falta de defensa de la competencia a un nivel de negocio ínfimo que no merece ni siquiera la ocupación de los grandes poderes públicos. Como estamos hablando de
empresas en las que los 240 millones de euros dan racionalidad al tamaño de esa empresa, la verdad es que no conozco muchas comunidades autónomas que tengan dentro de su territorio una empresa privada cuyo capital social supere los 240 millones de
euros. Esto es importante, porque estamos en la línea de la presentación de enmiendas al articulado de este proyecto de ley en aquellos aspectos y principios fundamentales que han inspirado la norma -que nosotros compartimos-, como pueden ser los
de una eficacia en la búsqueda de la coherencia, la seguridad jurídica -fundamentalmente en este aspecto- y la defensa de los consumidores, sin menoscabo de nada. Nosotros estamos de acuerdo en que el Gobierno de la nación tiene la perfecta
legitimidad, no solamente democrática, sino administrativa, de utilizar las potestades que da el Reglamento 1/2003, del Consejo, relativo a la aplicación de las normas sobre competencias previstas en los artículo 81 y 82 del Tratado, para el
nombramiento de representantes cualificados de la Administración. Ese principio de imparcialidad se garantiza para evitar unas distonías y unas fragmentaciones en política de precios, que a fin de cuentas es lo que percibe el consumidor, de que me
cobren más o me cobren menos o me cobren igual, cuando en política de precios tendrían que competir desde los surtidores de gasolina a las compañías de aviación, de transporte o de bienes de consumo en la fijación de precios en una economía libre de
mercado. Hoy hemos estado discutiendo dos reales decretos sobre energía eléctrica y sobre gas y ahí tenemos unos ejemplos de que en esos mercados, primero, no hay nadie por debajo de los 240 millones de euros, y, en segundo lugar, queremos saber
qué alternativas hay para el consumidor a la hora de fijar el precio de la bombona de butano o de la facturación del kilovatio de electricidad. El Reglamento 139/2004 del Consejo, sobre el control de concentraciones entre empresas, establece que
depende de los poderes públicos, que son los que se someten al control parlamentario. Yo prefiero encontrarme con una situación de este tipo en la que haya una interpelación parlamentaria de mi grupo o del que sea al ministro responsable de
Economía y Hacienda, que no decir que esto es un tema que ha hecho una comunidad autónoma por su cuenta y solamente se podrá ver en ese Parlamento autonómico si esta cuestión está afectando a los precios que se puedan establecer. Los que dependan
de las comunidades autónomas, de acuerdo, pero clarifiquemos en el proyecto de ley aquellas competencias que son propias de una Administración General del Estado de las que se asumen por los estatutos de autonomía.



Entendemos perfectamente lo que ha dicho usted, señor Solbes, de que no han considerado oportuno fundir las dos leyes que hay en estos momentos, tanto la Ley de la competencia como la Ley de las competencias compartidas con las comunidades
autónomas, que nacieron precisamente de unos recursos de los Gobiernos catalán y vasco, como todos sabemos. Vamos a ver qué pasa con los nuevos estatutos de autonomía que se vayan aplicando para dar tiempo al tiempo. Nos parece una norma prudente,
dado que el pasado martes debatimos el Estatuto de Autonomía de Canarias -que ya se ha tomado en consideración como proyecto- en el que también se habla de cuestiones referentes a la competencia en el ámbito de nuestro archipiélago con referencia a
la Ley del Régimen Económico y Fiscal.



Por todas esas razones, señor presidente, y justificando el gasto de horario realizado, al que me ha ayudado la iniciativa del señor Sánchez i Llibre, quería buscar la justificación de lo que hubiera sido nuestro voto de rechazo a esta
enmienda y de apoyo al proyecto del Gobierno con las enmiendas sobre todo de equilibrio con las competencias de las comunidades autónomas que traía este proyecto, que apoyamos.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.



Señor Pérez, por favor.



El señor PÉREZ MARTÍNEZ: Muchas gracias, señor presidente.



Teniendo en cuenta que estamos en el punto de debates de totalidad y que no hay totalidad, la verdad es que no se me ocurre qué debate realizar.
Este proyecto de ley volverá a la Comisión, habrá una tramitación de las enmiendas parciales y
después de escuchar al señor Sánchez i Llibre y al señor vicepresidente segundo del Gobierno podemos decir que esta ley va a tener un amplio apoyo y que tendremos la oportunidad de debatir en Comisión las enmiendas, en las que -repito- seguramente
habrá muchas aproximaciones. Por tanto, me


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apunto a la vieja y sabia filosofía de enmienda que huye, puente de plata.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Pérez.



Grupo Vasco. Señor Azpiazu.



El señor AZPIAZU URIARTE: Muchas gracias, señor presidente.



Señoras y señoras diputados, señor vicepresidente y ministro de Economía y Hacienda, como saben SS.SS., nuestro grupo parlamentario no ha presentado enmienda a la totalidad a este proyecto, no porque no haya motivos suficientes sino porque
creímos sinceramente en las palabras de los responsables del Grupo Parlamentario Socialista cuando nos decían que querían pactar con nuestro grupo y llegar a un acuerdo satisfactorio.
Quizá hayamos sido excesivamente ingenuos, pero este ha sido el
auténtico motivo. Creíamos que con el debate, negociación y acuerdo podíamos mejorar significativamente el proyecto, de manera que tuviera el apoyo del Grupo Vasco, y aún esperamos que así sea. Sin embargo, hoy hemos podido leer en la prensa y
también hace dos días que el Grupo Popular y el Grupo Socialista han alcanzado un acuerdo en relación con este proyecto de ley, y he de decir que me da la impresión de que este acuerdo con el Partido Popular puede dificultar el que pudiera haber con
el Partido Nacionalista Vasco. Parece ser, según lo que aparece en prensa, que el Partido Popular está interesado en que los tribunales de las comunidades autónomas tengan poco que decir sobre ciertas materias importantes para nosotros, como es el
tema de las concentraciones públicas. También parece que han cerrado ya el número de miembros y decidido que estos continúen hasta el final de su mandato, cuando hay un proyecto de ley que dice que hay que renovar todo de arriba abajo.



A los señores del Partido Popular les gusta poco el Estado autonómico.
Solo quieren una España uniforme y centralizada, no sé si grande, pero me da la impresión de que no libre. Por ello, señores del Partido Socialista, señor
vicepresidente, ¿sobre la base de qué compromisos políticos con unos y con otros pueden buscar la unanimidad? Me da la impresión de que los acuerdos -insisto- alcanzados con el PP dificultarán la negociación con nuestro grupo parlamentario, porque
tengo la convicción que lo que el PP está planteando en el fondo va en dirección contraria a lo que estamos planteando el Grupo Vasco, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y otros partidos de esta Cámara. Sin embargo, señor
vicepresidente, nuestro grupo quiere colaborar para mejorar este proyecto de ley y, por tanto, su disposición es la de negociar, porque esta ley es muy importante para nosotros. Vamos a darle un margen de confianza en este sentido. Hemos tenido ya
un primer contacto con el Gobierno y seguiremos teniéndolo dentro de pocos días, aunque la segunda intervención del señor ministro me ha trasladado un cierto pesimismo al respecto. Nuestro apoyo, en ningún caso, puede ser gratuito ni suponer una
renuncia a principios básicos, como lo es el respeto al marco competencial. La única vía de acuerdo es la cooperación entre la comisión estatal de competencia y los órganos de competencia de las comunidades autónomas desde un plano de respeto
institucional y competencial. Los motivos que llevaron al Ejecutivo a iniciar esta reforma se basaban, por un lado, en la necesidad de adaptar la Ley 16/1989 a la nueva legislación comunitaria, que entró en vigor a partir del 1 de mayo de 2004, y,
por otro, en acomodarla al modelo de aplicación descentralizado que se puso en marcha tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de noviembre de 1999 con la entrada en vigor de la Ley 1/2002 de coordinación del Estado y las comunidades
autónomas en materia de defensa de la competencia. El proyecto de ley presentado se quiere adaptar al nuevo sistema de aplicación del derecho comunitario tomando en consideración las modificaciones aportadas por el Reglamento 1/2003 del Consejo,
que diseña un nuevo modelo de aplicación de la normativa de defensa de la competencia relativa a las conductas colusorias, basado en la descentralización de su aplicación, implicando para ello tanto a las autoridades de la competencia como a las
distintas jurisdicciones en el ámbito del Estado. Por otra parte, el nuevo Reglamento 193/2004 establece un nuevo régimen de control de operaciones de concertación que también obliga a introducir cambios en la normativa del Estado.



Las repercusiones de la descentralización en la aplicación del derecho europeo deben abordarse teniendo en cuenta el propio proceso de descentralización interno que se está llevando a efecto por la aplicación de la Ley 16/1989. Pues bien,
este aspecto ha quedado totalmente al margen de esta reforma. Esta omisión es incongruente y contraria a los principios que deben guiar una reforma cuyo fundamento reside precisamente en impulsar la descentralización y reforzar los mecanismos de
cooperación entre las autoridades encargadas de aplicar la ley.



Tras la entrada en vigor de la Ley 1/2002, adoptada como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional, algunas comunidades autónomas han puesto en funcionamiento sus propios servicios de defensa de la competencia para controlar
y, en su caso, sancionar las prácticas restrictivas resultantes, en particular, de acuerdos entre empresas y de abusos practicados por empresas en posición de dominio. La puesta en funcionamiento de estos órganos supone para el Estado un aumento de
recursos humanos que debe hacer más efectiva la aplicación de la nueva ley, siempre que se establezca un sistema que garantice dentro del territorio el respeto de los principios de coherencia, eficacia y transparencia. Actualmente, el respeto a
estos principios fundamentales no está garantizado si nos atenemos a las disposiciones contenidas en la Ley 1/2002, de coordinación, y por ello consideramos que es urgente abordar la reforma otorgando un papel más relevante a todas las


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autoridades de defensa de la competencia del conjunto del Estado en la aplicación de la ley. Para ello proponemos la adopción de un modelo de reparto de competencias que se asimile al modelo comunitario que se aplica en la Unión Europea
desde el 1 de mayo de 2004. No tenemos que inventar un modelo de reparto diferente, sino que conviene que nos adaptemos a un modelo que ya existe y que además funciona dentro de los 27 Estados miembros. Sin embargo, el Gobierno no aborda en el
proyecto de ley estos aspectos esenciales relativos al propio sistema interno de reparto de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.
Sinceramente, consideramos que es un grave error el hecho de que la nueva ley no regule esta
circunstancia. Inicialmente, por tanto, cabe indicar que las medidas previstas en la Ley 1/2002, dirigidas a coordinar la autoridad estatal y las autonómicas, no son adecuadas para cumplir los objetivos previstos en la reforma que se nos plantea.
La nueva regulación debe desarrollar un sistema que permita a las autoridades autonómicas de defensa de la competencia tomar parte activa en la aplicación de la ley en todos los supuestos previstos siempre que los efectos de una conducta, operación
de concentración, ayuda pública o de una normativa administrativa, tengan una incidencia importante en las condiciones de competencia de una comunidad autónoma.



Tampoco resulta coherente, a la vista del proceso de descentralización europeo, que el Estado se arrogue la exclusividad de la aplicación de los artículos 81 y 82 del Tratado y del derecho derivado europeo. A este respecto, cabe constatar
que el Estado alemán, que también dispone de un modelo descentralizado de aplicación del derecho de competencia, modificó su normativa en junio de 2005 para permitir a los Länder aplicar el derecho europeo de la competencia a las conductas
restrictivas de la competencia que, afectando al comercio entre Estados miembros, inciden negativamente en sus respectivos territorios.



Finalmente, no es razonable ni práctico que se reserve solo a la Comisión estatal de competencia la posibilidad de impugnar ante la jurisdicción contencioso-administrativa actos administrativos que afecten a la competencia. Consideramos que
esta es una tarea esencial para impedir que las administraciones públicas generen en el mercado restricciones a la libre competencia a través de actos normativos o administrativos, pero esta tarea concierne a todas las administraciones públicas
-estatal, autonómicas, provinciales, forales, locales- y, por tanto, el control debe ser compartido por todas las autoridades defensoras de la competencia. De otra manera, la eficacia de esta disposición quedaría menoscabada, ya que es simplemente
imposible que desde una sola institución se pueda controlar la actividad normativa de todas las administraciones públicas. Por tanto, esta es una labor que corresponde controlar a todas las autoridades, cada una en su territorio, ya que sus efectos
pueden ser muy perniciosos allí donde se aplica.



En definitiva, desde el Grupo Vasco queremos realizar una serie de enmiendas dirigidas a potenciar la aplicación de las normas de defensa de la competencia en todo el Estado. El objetivo de nuestras propuestas no es otro que ayudar a lograr
un modelo descentralizado de aplicación del derecho de la competencia que sea ejemplar dentro de la Unión Europea.
Nuestras propuestas irán encaminadas, en primer lugar, a establecer un solo punto de conexión que sirva para delimitar de forma clara
las competencias que corresponden a la autoridad estatal y a las autonómicas.
En este sentido, proponemos que el criterio aplicable, autoridad mejor situada, en el derecho comunitario, sea un criterio que se pueda utilizar. En segundo lugar,
creemos que la aplicación del criterio nos obliga a llevar a cabo una modificación sustancial de la Ley 1/2002 y la inclusión de las disposiciones que regulan la coordinación entre autoridades de la competencia en el texto de la nueva ley, en
particular la nueva regulación, debe conllevar los siguientes aspectos. En primer lugar, los órganos autonómicos de defensa de la competencia, al igual que la Comisión estatal de competencia, deben poder aplicar las disposiciones previstas en la
ley a conductas que incidan en sus territorios, aplicando -insisto- el criterio de la autoridad mejor situada. En segundo lugar, reforzar la coordinación de los órganos autonómicos de la Comisión de competencia y otros órganos judiciales y
administrativos implicados en la aplicación de la ley. En tercer lugar, es preciso modificar la composición de la Comisión de competencia, en el sentido, por una parte, de incrementar el número de consejeros y, por otra, de fomentar la pluralidad y
profesionalidad de la comisión y de las autoridades autonómicas de la competencia. En definitiva, sabemos que esta es una reforma imprescindible y esperada tanto aquí como en el seno de la Unión Europea, pero no se confundan ni menosprecien a las
autoridades autonómicas de la competencia, ya que sin ellas no es posible poner en marcha un sistema de defensa de la competencia realmente eficaz. Si así lo hacen a pesar de todo, el proyecto merecerá nuestro rechazo.



Las propuestas que hemos realizado quieren ser una aportación positiva al sistema de defensa de la competencia del Estado para que la nueva ley sea aplicada de una forma eficiente. Creemos que la política de defensa de la competencia es
importante en un sistema donde impera el principio de la libertad de empresa. Por ello, consideramos que aquellas autonomías que han apostado por mejorar la libre competencia en sus mercados, creando unos órganos específicos para ello, deben
ejecutar sus competencias de forma plena, este es también el caso de Euskadi. Señor vicepresidente, presentaremos en plazo las enmiendas parciales que, en nombre de mi grupo, espero tener la posibilidad de pactar con el Gobierno y con el Grupo
Socialista para poder llegar a un acuerdo y aprobar el proyecto.
Nuestra voluntad de acuerdo es clara y nuestros mínimos también lo son, depende de ustedes, señor vicepresidente.



Gracias.



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El señor PRESIDENTE: Señor Puig Cordón.



El señor PUIG CORDÓN: Gracias, señor presidente.



Señor vicepresidente, quiero agradecer al portavoz de Convergència i Unió que haya retirado la enmienda a la totalidad en el Pleno y que nos haya permitido poder hablar en el mismo de este proyecto de ley. Señor Sánchez i Llibre, no
entiendo cómo ha retirado la enmienda a la totalidad, visto el debate producido. Hoy salgo más pesimista después de haber escuchado el debate que antes de entrar. Nuestro grupo no presentó enmienda a la totalidad porque entiende que se puede
llegar a un acuerdo con el Grupo Socialista para arreglar aquellos temas competenciales que tiene la ley.
Creemos que es posible llegar a este acuerdo, pero comparto la valoración política que ha hecho el portavoz del Partido Nacionalista Vasco.
Me parece que un acuerdo con el Partido Popular, que ha manifestado por activa y por pasiva que quiere casi la desaparición de los tribunales de la competencia autonómicos, hace incompatible un posible acuerdo con grupos como el nuestro, supongo que
también con el Partido Nacionalista Vasco o con Convergència i Unió. Por tanto, habrá que clarificar si el acuerdo con el Partido Popular es un simple reparto de sillas del Tribunal de Defensa de la Competencia. Los grupos minoritarios estamos
acostumbrados a ser excluidos muchas veces de estas manifestaciones. Si este es el acuerdo, puede haber la posibilidad de llegar a un entendimiento en el tema competencial, pero ya le digo al señor Sánchez i Llibre que a veces me dan miedo los
acuerdos a los que ustedes llegan con el Partido Socialista, porque luego todo se convierte en humo. Llegaron a un acuerdo en la negociación de la financiación del Estatut y luego ustedes retiraron la enmienda a los presupuestos porque, según
ustedes, el vicepresidente se comprometió a cambiar la valoración del porcentaje de inversión, y no ha sido así. Esta mañana su compañero, señor Xuclà, durante la convalidación del real decreto ha dicho que no hacía falta su tramitación como
proyecto de ley porque han llegado a un acuerdo y seguramente la Generalitat de Catalunya va a tener que pagar en el tema del tabaco. En cualquier caso, los negocios que ustedes hacen a veces nos dan miedo porque verdaderamente son negociaciones de
humo. Señoría, me ha dado la sensación de que ha tenido verdaderos problemas para explicar por qué retiraba la enmienda a la totalidad, porque la contestación del vicepresidente del Gobierno durante su segunda intervención le ha dado poco margen
para llegar a esos acuerdos. Por tanto, repito que entendemos que esta ley se tramite para adaptarse a las directrices europeas, pero nos preocupa la falta de sintonía por parte del Gobierno para entender que hay un sistema competencial, que hay un
Estatuto de Autonomía aprobado que clarifica la cuestión de las competencias respecto a los tribunales autonómicos de la competencia. Como digo, nos preocupa sobradamente la falta de sintonía clara para poder llegar a este acuerdo.
En cualquier
caso, nosotros presentaremos las enmiendas para defender el tema competencial, que nos preocupa, así como lo que se ha producido hoy y ha salido en prensa respecto al acuerdo con el Partido Popular, y el Partido Socialista tendrá que escoger.
Repito, si la cuestión es el reparto de sillas, estamos acostumbrados, pero si además de dicho reparto se trata de eliminar a los tribunales de la competencia, nuestro grupo no va a poder votar este proyecto de ley. No obstante, confiamos en que en
Comisión se acepten las enmiendas que presenta nuestro grupo y podamos llegar a este acuerdo de respeto al Estatuto de Autonomía y a las competencias que tiene la Generalitat de Catalunya en este aspecto. Por tanto, damos este voto de confianza,
pero, repito, me sorprende y agradezco al señor Sánchez i Llibre que nos haya dado la oportunidad, como mínimo, de expresar ese aviso de sentido de respeto a las competencias de las comunidades autónomas en este proyecto de ley.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Erias.



Mientras se incorpora el señor Erias quisiera decirle a los intervinientes que ustedes están manifestando que van a votar o no van a votar, pero este proyecto de ley obviamente no se va a votar, por tanto, están haciendo -si me permiten- un
debate un poco gratuito. No obstante, se lo indico, no se va a votar porque va a ser devuelto directamente a Comisión, con lo cual, no sé qué sentido tienen estos anuncios. En cualquier caso, no quiero pasar por alguien que les priva del derecho
de expresarse en la tribuna, aunque les advierto que no se va a votar.



Adelante, señor Erias.



El señor ERIAS REY: Muchas gracias, señor presidente.



Señor vicepresidente y ministro de Economía, señorías, en 2004 tanto el Partido Popular como el Partido Socialista Obrero Español planteábamos en nuestros programas electorales la modificación de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia.
El Gobierno inició hace más de año y medio, con la elaboración de un libro blanco, la reforma del sistema español de defensa de la competencia y con la presentación reciente del proyecto de ley actualmente en debate parlamentario se persigue
alcanzar mejoras, equiparación y actualización en nuestro ordenamiento a lo que sucede en nuestro entorno. La legislación de defensa de la competencia tiene, a nuestro juicio, una importancia fundamental en la definición del marco económico de
mercado y puede considerarse como uno de los elementos principales de la política económica de un Gobierno. Por ello, y después de participar activamente en todo el proceso del libro blanco, conocido el anteproyecto y actual proyecto, dado que en
todo ese tiempo transcurrido el grupo de gobierno no había fomentado diálogo sobre tan importante norma y dado que en la misma se producían a nuestro juicio cambios en el marco regulatorio básico que iban en la dirección contraria que todo sistema
económico moderno necesita, mayor libertad, mayor independencia y menor influencia del poder político en los procesos de concentración, necesarios también


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para la libertad de empresa que nuestra Constitución proclama, en la búsqueda de más eficiencia, de menores costes empresariales, y que, mejorando la eficiencia productiva, sea posible avanzar también en la eficiencia asignativa para que
tanto accionistas como consumidores perciban los beneficios potenciales de cualquier concentración de empresas, por todo ello, y sobre todo para intentar que la nueva norma se acerque más a las exigencias derivadas de la actual normativa comunitaria
sin abandonar el citado enfoque de estructura, conducta, resultados, de tendencia claramente intervencionista, nos situamos más próximos a un control ex post, es decir, a un control de resultados, conducta y fundamentos. Si bien no renunciamos
totalmente al control ex ante, como ya dije, de las concentraciones, ponemos especial énfasis en la agilidad administrativa y en los efectos que las concentraciones pueden tener sobre la competencia. Llevados de este empeño, planteamos una enmienda
a la totalidad del proyecto con el ánimo de contribuir a mejorar en los aspectos más sustantivos el texto del proyecto.



Días pasados, el Grupo Socialista desarrolló con el Grupo Popular conversaciones y diálogo para intentar conocer los planteamientos de fondo de la enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Popular.
Gracias a esto, hemos alcanzado unos
acuerdos básicos, que suponen a nuestro juicio una clara mejora en varios aspectos y que son fundamentales para cualquier sistema de defensa de la competencia moderna. En primer lugar, se ha posibilitado una mayor independencia del poder político y
una menor injerencia tanto del Gobierno en la concentración de empresas a través de reforzar la independencia de los nuevos órganos de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y de la dirección de investigación, que como se sabe lleva en
funciones de tipo resolutorio e instructoras respectivamente, como gracias a la elevación del número de miembros del consejo -de los cuatro propuestos inicialmente a seis-, para disponer de una mayor profesionalidad, de un mayor pluralismo de
opinión y, gracias a ese mandato de seis años y a la no renovación que ya se contemplaba, ponernos en línea con lo que se hace en otros organismos reguladores, que ciertamente contribuye a fomentar la independencia de estos órganos en el marco de un
sistema económico.



También se produce un avance importante respecto al nombramiento y cese de los consejeros. A nuestro juicio, este era un aspecto básico que quedaba discrecionalmente en manos del Gobierno y que, de manera arbitraria, podía conculcar en todo
caso la reputación de estos nuevos órganos que ahora se estaban poniendo en práctica o, lo que es más preciso, de esta nueva estructura de los organismos de defensa de la competencia. Por eso, el acuerdo que se ha alcanzado, que el nombramiento y
cese de los consejeros se haga a propuesta del Gobierno pero convalidados por una mayoría del Parlamento, garantiza y da una base importante para que la independencia se vea reforzada; es decir, no se le quita al Gobierno la potestad, pero se exige
una mayoría cualificada del Parlamento para ratificar los miembros del consejo. En cuanto al nombramiento del director de la comisión de investigación, este se llevará a cabo también a propuesta del Gobierno, pero ha de ser ratificado por la
mayoría de los miembros del consejo. Una vez más, la cautela de que sea el consejo quien ratifique evita, entre comillas, lo que podría ser interpretado de manera indeseada y que creemos que no es el espíritu que debe buscar la ley. Por lo tanto,
explicitarlo e incorporarlo de esta manera, gracias al acuerdo alcanzado, creemos que supone un avance notable.



Respecto al control de las concentraciones, en el artículo 10 había determinadas intervenciones por parte del Gobierno que, atendiendo a razones de interés general, se convertían en una discrecionalidad absoluta para poder actuar el Gobierno
en este tipo de materias. Pues bien, hemos llegado a un acuerdo de principio según el cual se realizará intervención única y exclusivamente -es decir, de manera tasada- en cuatro o cinco aspectos que quedan todavía por delimitar y precisar. Pero
hay que señalar que en el texto propuesto del proyecto existía una cierta duplicidad en muchos de los epígrafes que se explicaban de cuestiones de interés general. Creemos que las duplicidades deben evitarse y, en todo caso, que debe hacerse única
y exclusivamente reconociendo que el interés general es un valor que hay que preservar y que el Gobierno debe ser el más interesado en desarrollarlo. Sin embargo, pensamos que, tal y como estaban redactados los epígrafes, esa tipificación de
carácter tan genérico en las políticas sociales empeoraba bastante los objetivos que se perseguían.



De este modo, gracias a las aportaciones del Grupo Popular, y gracias al diálogo que hemos iniciado, creemos que se refuerza la independencia, se limita la intervención del Gobierno y se mejora el texto del proyecto inicial, dando mayor
seguridad jurídica a los operadores. Por ello, y gracias a estos acuerdos, hemos retirado la enmienda a la totalidad presentada, para no crear la confusión que en algunos grupos se ha creado en el día de hoy con la retirada por parte de
Convergència i Unió de su enmienda. Creemos que esta enmienda no debía frenar el trámite ordinario del texto, porque lo que nosotros queremos es que se mejore de forma notable y que las principales objeciones de nuestro grupo sean tenidas en cuenta
ya que, a nuestro juicio, dan más seguridad a las partes. Con la retirada de la enmienda -también queremos señalarlo hoy aquí- no damos al Gobierno ningún cheque en blanco, no planteamos ninguna iniciativa contra los grupos nacionalistas. Ya
estamos acostumbrados a este tipo de debate en esta Cámara, donde no es el Gobierno sino la oposición la responsable de todos los males. Damos por recibidas esas palabras, pero, en todo caso, no las compartimos. Creemos que tenemos suficientes
fundamentos como para evidenciar que nuestra conducta, ni como grupo ni en este caso, responde a la inquietud por algunos manifestada. Lo que sí es verdad, repito, es que no damos ningún cheque en blanco al Gobierno, sino que a partir de los
acuerdos alcanzados en cuanto -a nuestro juicio- a principios básicos vamos


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a continuar trabajando en ponencia y en Comisión, presentando las enmiendas al articulado para perfeccionar también en otros aspectos el texto inicial presentado por el Gobierno y que, desde nuestro punto de vista, requiere retoques, tanto
desde la perspectiva de la técnica jurídica como desde una perspectiva más de fondo, en materia de sanciones, en materia de plazos, en el régimen transitorio, en el establecimiento de determinadas tasas, etcétera. En definitiva, y gracias a estas
mejoras, creemos que se produce un notable avance, una mayor agilidad administrativa y una mayor sencillez en el proceso transitorio.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Erias.



Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Malaret.



La señora MALARET GARCÍA: Gracias, señor presidente.



Este debate de totalidad que ahora estamos realizando tiene algunas peculiaridades, unas singularidades que a lo mejor en la práctica de esta Cámara se han convertido en habituales pero que no podemos soslayar, puesto que evidencian los
desajustes del procedimiento legislativo que nos rige. Quizá algún día logremos modernizar el procedimiento y tener siempre un debate de totalidad en Pleno al inicio del proceso de discusión y aprobación de las leyes. Estas consideraciones traen
causa de la situación peculiar en la que nos encontramos en estos momentos. En efecto, el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha utilizado el recurso a la enmienda de totalidad de devolución de un proyecto de ley para plantear algunas
cuestiones puntuales en relación, fundamentalmente, a una temática concreta y parcial: la no incorporación en el texto del proyecto de las referencias suficientes a la participación de los órganos autonómicos de defensa de la competencia en
determinados procedimientos.
Porque, en efecto, solo una lectura a ritmo de huracán permite afirmar que el texto se ha olvidado de las comunidades autónomas. Los órganos autonómicos están en el texto, y luego volveremos sobre ellos.
Sinceramente,
creo que hay una cierta desproporción entre el instrumento empleado y las razones esgrimidas.



Identificada la controversia, veamos rápidamente cómo no debe ser demasiado difícil hallar puntos de encuentro. Estoy convencida de que encontraremos las soluciones equilibradas que nos permitan encajar estas aspiraciones que han mostrado
los grupos de Convergència i Unió, PNV, Coalición Canaria y Esquerra Republicana con el modelo de defensa de la competencia que establece el proyecto. La plasmación de algunas facultades nuevas para los órganos autonómicos no puede suponer en
ningún caso un incremento de intervencionismo público mediante peticiones de información o notificaciones suplementarias a las empresas ni obviamente la ruptura de la unidad de mercado, un mercado que a su vez forma parte del mercado único europeo.
Por ello, estoy firmemente convencida de que, como Convergència i Unió comparte también estas convicciones que han guiado la elaboración del proyecto y su aprobación por parte del Gobierno, encontraremos un buen equilibrio que permita aunar eficacia
en la defensa de la competencia y descentralización de la ejecución de la política de competencia, una descentralización de la ejecución necesariamente limitada por los imperativos que derivan de la unidad de mercado, unos límites presentes ya en el
modelo español, como también en otros modelos federales, señaladamente el modelo alemán.



Como estamos en el debate de totalidad, no cabe entrar ahora a examinar aspectos concretos puntuales, y por ello quiero recordar las claves del modelo español de descentralización parcial de la política de competencia, un modelo construido
por las reglas constitucionales, las disposiciones de los estatutos de autonomía, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Ley de coordinación de las competencias del Estado y de las comunidades autónomas de 2002, una ley esta última
ciertamente singular en el panorama español, porque es fruto de un mandato del Tribunal Constitucional emitido al declarar la inconstitucionalidad parcial de la ley de 1989, inconstitucionalidad parcial producida por la omisión del reconocimiento de
las competencias ejecutivas de las comunidades autónomas. Pero el Tribunal Constitucional en aquella sentencia importante también recordó que la unidad de mercado exige que sea el legislador estatal el que establezca los puntos de conexión o, para
decirlo en un lenguaje más común, las condiciones en las que debe intervenir uno u otro nivel territorial. La opción del legislador de 2002 es muy sencilla y recoge lo que ya dijo la sentencia del Tribunal Constitucional mencionada: las
competencias ejecutivas de las comunidades autónomas se hallan limitadas a aquellas actuaciones ejecutivas que hayan de realizarse en su territorio y que no afecten al mercado supracomunitario o superior a la Comunidad. Se exige, pues, que se
reúnan dos condiciones: territorialidad y carácter limitado del mercado. Este es el modelo que recoge ahora de manera clara y precisa el artículo 154 del nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña en su apartado 2 y al que se remite el inciso final
del apartado 3. El nuevo Estatuto, con relación a este ámbito competencial o material, no innova, sino que aporta claridad y precisión, fija y da esplendor a la competencia autonómica. Lo que antes tenía una redacción confusa, que está en el
origen del conflicto de competencias resuelto por la sentencia citada, ahora es de una claridad meridiana, cada materia tiene identidad propia y perfiles nítidos. Ello debería permitir, en este campo y en otros, evitar las controversias que han
caracterizado y proliferado durante este último periodo de construcción del Estado autonómico. En ese bloque de constitucionalidad, ¿qué supone el proyecto de ley? ¿Qué novedades introduce al hilo de la modernización del sistema propuesto? Unas
novedades que, en opinión del Grupo Parlamentario Socialista, cuestionan algunas de las alegaciones que ha formulado Convergència i Unió y


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que estaban en el origen de la enmienda de totalidad. En efecto, en el proyecto de ley se amplían las competencias de los órganos autonómicos en su territorio, en línea con las nuevas atribuciones que se asignan a la autoridad nueva que se
crea, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. Pero el marco actual, en coherencia con el marco constitucional español que resuelve de manera distinta al modelo federal alemán la concurrencia de competencias en materia económica, define
un sistema de competencias excluyentes, en el que la competencia o es de la autoridad central o es de la autonómica. Se trata de un sistema en el que ambas autoridades están en el mismo plano formal o jurídico, recayendo la resolución de conflictos
en la junta consultiva independiente. Este es el marco que tenemos y en el que se inserta el proyecto de ley.



Entre las nuevas funciones de los órganos de las comunidades autónomas que prevé el proyecto de ley, podemos destacar: la aportación de información y presentación de observaciones en procedimientos judiciales, la petición de informe
preceptivo a los reguladores sectoriales en los casos sectoriales de su competencia y la elaboración de informes en materia de ayudas públicas. Es fácil que falte alguna o que podamos matizar algunas otras, desglosándolas o concretándolas. Hay
pues, espacio para el acuerdo y el trabajo conjunto en la tarea de perfilar y de trabajar con mayor rigor las competencias de los órganos autonómicos.



Convergència i Unió argumentaba que no se ha aprovechado la ocasión para refundir la Ley de Defensa de la Competencia con la Ley de coordinación del Estado y las comunidades autónomas en este campo. Es cierto, como ha señalado el
vicepresidente, que esta es una opción de política legislativa posible pero también es cierto, como antes se ha señalado, que parece un tanto precipitada en la actualidad. La ley es de 2002, está solo en una fase incipiente y muy limitada de
aplicación; no todas las comunidades autónomas tienen órganos de defensa de la competencia pero incluso las que los tienen desde hace más tiempo solo cabe mirar las memorias que publican para ver que el volumen de tarea desarrollada no parece
cuestionar el modelo vigente. Nos falta masa crítica, nos faltan datos, nos faltan elementos para que podamos plantearnos una revisión a fondo del modelo. Como señalo, respetémoslos, apliquémoslos, que es lo que hace el proyecto de ley, pero no
cambiemos ahora los criterios de conexión, que es lo que supondría cambiar el modelo diseñado en la Ley de 2002. Convergència argumenta que el proyecto supone arrogarse exclusivamente por parte del Estado la aplicación de los artículos 81 y 82 del
tratado, siendo el derecho comunitario neutral a efectos de distribución de competencias. Es cierto que, según ha reiterado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la integración europea no altera el modelo interno de distribución de
competencias, pero también es cierto que, como tenemos un marco de mercado único que condiciona el ejercicio de las competencias, debemos diseñar criterios de conexión. Por ello, en la medida en que la aplicación de los artículos 81 y 82 depende de
que se dé un efecto sobre el comercio intracomunitario o comercio entre los Estados miembros, ello condiciona necesariamente el nivel territorial que va a intervenir. Solo el Estado puede intervenir en estos ámbitos, de acuerdo con el sistema
español de distribución de competencias, y así opta el proyecto. Es cierto que podemos explorar si cabe algún espacio para algún tipo de participación de los órganos autonómicos y nos comprometemos a trabajar en esta dirección. Podemos buscar
fórmulas para abrir esta participación. En relación con la participación de los órganos autonómicos respecto a proyectos de apertura de grandes establecimientos comerciales, como bien saben, esta es una cuestión cerrada por la sentencia del
Tribunal Constitucional de 2003 y en la actualidad ya los órganos autonómicos están produciendo informes en esta dirección.



Finalmente, en otro orden de consideraciones, el representante del Grupo Parlamentario Popular ha cometido una imprecisión en su intervención. Ha dicho que habíamos acordado ratificar por mayoría cualificada, y esto no lo hemos acordado.
Es un desliz, seguramente una imprecisión, que es bueno fijar en sede pública, en esta Cámara. Quiero agradecer al Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) que haya retirado la enmienda de totalidad. Estoy convencida de que todos los
grupos de la Cámara podremos trabajar en beneficio de los ciudadanos y de las empresas para lograr mayores cotas de bienestar y de competitividad.



Muchas gracias. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Malaret.



AVOCACIÓN POR EL PLENO.



-DEL PROYECTO DE LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. (Número de expediente 121/000100.)


-DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 15/1980, DE 22 DE ABRIL, DE CREACIÓN DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. (Número de expediente 122/000157.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, tomen asiento que vamos a votar.



En primer lugar, una solicitud de avocación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1 del Reglamento, se somete al Pleno de la Cámara la avocación de la deliberación y votación final de las siguientes iniciativas: proyecto de
ley de defensa de la competencia y proposición de ley de reforma de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear. ¿Lo acuerda así la Cámara? (Pausa.) En consecuencia, quedan aprobadas las propuestas de avocación.



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CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES. (VOTACIÓN.)


-REAL DECRETO-LEY 1/2007, DE 12 DE ENERO, POR EL QUE SE DEROGA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA DE LA LEY 28/2005, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS SANITARIAS FRENTE AL TABAQUISMO Y REGULADORA DE LA VENTA, EL SUMINISTRO, EL CONSUMO Y LA
PUBLICIDAD DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO.
(Número de expediente 130/000041.)


El señor PRESIDENTE: Procedemos a votar. Serán tres votaciones. La primera es la votación de la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley
28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 301; a favor, 301.



El señor PRESIDENTE: Queda convalidado.



¿Algún grupo parlamentario desea que se tramite como proyecto de ley? (Pausa.)


El Grupo Popular lo solicita.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 301; a favor, 132; en contra, 169.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIONES.)


-PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 34/1998, DE 7 DE OCTUBRE, DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS, CON EL FIN DE ADAPTARLA A LO DISPUESTO EN LA DIRECTIVA 2003/55/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE JUNIO DE 2003, SOBRE
NORMAS COMUNES PARA EL MERCADO INTERIOR DEL GAS NATURAL.
(Número de expediente 121/000102.)


El señor PRESIDENTE: Enmienda de totalidad de texto alternativo al proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 302; a favor, tres; en contra, 296; abstenciones, tres.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



-PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 54/1997, DE 27 DE NOVIEMBRE, DEL SECTOR ELÉCTRICO, PARA ADAPTARLA A LA DIRECTIVA 2003/54/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE JUNIO DE 2003, SOBRE NORMAS COMUNES PARA EL MERCADO
INTERIOR DE LA ELECTRICIDAD. (Número de expediente 121/000103.)


El señor PRESIDENTE: Última votación. Enmienda de totalidad de texto alternativo al proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, para adaptarla a la Directiva 2003/54/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 302; a favor, cuatro; en contra, 296; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Sin más asunto que tratar, se levanta la sesión.



Era la una y cincuenta minutos de la tarde.