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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 925, de 17/10/2007
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2007 VIII Legislatura Núm. 925

CONSTITUCIONAL

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. DON ALFONSO GUERRA GONZÁLEZ

Sesión núm. 33

celebrada el miércoles, 17 de octubre de 2007



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar las siguientes iniciativas legislativas:


- Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
Formulada por la Comunidad Autónoma de Castilla y León-Cortes. (Núm.
expte. 127/000008.)... (Página 2)


- Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. (Núm. expte. 121/000099.)...
(Página
2)



Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre:


- Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. (Núm.
expte. 127/000008.)... (Página 2)


Página 2



Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. (Núm. expte. 121/000099.)... (Página
16)



Se abre la sesión a las nueve y treinta minutos de la mañana.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LAS SIGUIENTES INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROPUESTA DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN.
FORMULADA POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN. (Número de expediente: 127/000008.)


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN DERECHOS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA. (Número de expediente 121/000099.)


El señor PRESIDENTE: Señoras y señores diputados, vamos a comenzar la sesión de la Comisión Constitucional que, como saben ustedes, tiene un orden del día con varios puntos. El primer punto es la ratificación de la ponencia designada para
informar las iniciativas legislativas que después vamos a debatir: la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León y el proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes
padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. ¿Se ratifican las ponencias? (Asentimiento.) Quedan ratificadas.



EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE:


- PROPUESTA DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN.
(Número de expediente 127/000008.)


El señor PRESIDENTE: Comenzamos con el punto del orden del día relativo a la emisión de dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
Como bien saben
ustedes, es una proposición de ley elaborada en las Cortes de Castilla y León y presentada en el Congreso de los Diputados, que la tomó en consideración el 17 de abril de 2007, con una votación favorable de 294 votos, ninguno contrario y seis
abstenciones. Se han presentado una serie de enmiendas, que después del informe de la ponencia quedan vivas y que serán defendidas por los señores enmendantes del Grupo Mixto, Izquierda Unida y Partido Nacionalista Vasco (PNV).



Comenzamos por el Grupo Mixto. Para la defensa de sus enmiendas tiene la palabra el señor Rodríguez, por un máximo de quince minutos.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Para explicar un poco las enmiendas que no han sido aceptadas por la ponencia y que presentamos como Bloque Nacionalista Galego, me gustaría comenzar diciendo que sería bueno que en el terreno político
distinguiésemos la realidad de la estructura administrativa. En definitiva, que no confundiésemos que tienen que coincidir las fronteras administrativas entre Estados o dentro de ellos, en lo que son divisiones administrativas más o menos
afortunadas, con el sustrato o la estructura lingüística o cultural que hay en cada una de ellas. Una de las características más preocupantes del mundo contemporáneo, del mundo globalizado, es cómo, al mismo tiempo que se presume de universalidad,
no se garantiza la capacidad de adaptación suficiente a la diversidad como sí existía en otras épocas históricas que están hoy connotadas negativamente. En plena Edad Media a ningún ciudadano que viajase de París a Santiago de Compostela le
sorprendía la diversidad lingüística; no solamente no le sorprendía sino que intentaba adaptarse a ella, haciendo de la necesidad virtud, abriendo bien los ojos y, sobre todo, agudizando el oído, de tal manera que la diversidad lingüística se
consideraba un hecho natural, e incluso implícito, dentro de una cierta concepción del hombre como ser superior próximo a la divinidad.
Curiosamente, en plena modernidad, la rigidez y la intolerancia guían el acercamiento a la diversidad
lingüística. Decimos todo esto porque un caso como el de El Bierzo no se puede explicar en el tratamiento que se da lingüísticamente si no es precisamente por la confusión de fronteras administrativas con uniformidad lingüística y, al mismo tiempo,
con incapacidad para reconocer que dentro de una comunidad como Castilla y León, tan amplia desde el punto de vista territorial y, por lo tanto, inevitablemente diversa -no solamente en el terreno cultural sino


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también en el terreno lingüístico, en el económico e incluso en el climatológico-, es necesario adaptar la estructura administrativa a esta realidad y no viceversa. El Bierzo siempre fue una tierra de transición, en la medida en que era la
gran puerta de entrada a Galicia. Incluso el topónimo tiene un sentido interesante ya que, visto desde las alturas, coincide con las características que el ser humano designó a través de este topónimo. Visto desde el cielo, El Bierzo es algo así
como una gran cuna de entrada natural a Galicia perfectamente demarcada. La mayor parte de esta tierra de transición siempre habló gallego y tuvo unos vínculos políticos y sociales con Galicia indudables, de tal manera que la primera ruptura
fundamental se produce significativamente con los Reyes Católicos. Es a partir de ellos, pero no de forma radical, cuando El Bierzo empieza a girar en otras órbitas que no eran precisamente las de Galicia. Los condes de Lemos también fueron
siempre condes de Ponferrada y en la historia de Galicia no se puede prescindir de la historia de El Bierzo. Da la casualidad que uno de los grandes ilustrados, el mayor defensor de la lengua gallega en todo el Antiguo Régimen, nació en Villafranca
del Bierzo, el padre Sarmiento, y no hay ilustrado en todo el Estado español que haya hecho una defensa tan grande de la diversidad lingüística, e incluso del derecho a la enseñanza en lengua gallega y no en castellano o en latín, como el padre
Sarmiento. La cultura gallega en este aspecto sería inexplicable sin un hombre precisamente de El Bierzo.
Es más, no es una casualidad que incluso dentro de lo que podemos considerar cantautores la enunciación musicada de los poemas de Rosalía de
Castro haya corrido por cuenta de un nativo de El Bierzo como Amancio Prada, entre otros. Incluso los escritores de El Bierzo que recurren al castellano no pueden ocultar su origen nacional en sus gentilicios: Antonio Pereia. Si vamos a los
topónimos, a pesar de la deformación, podríamos hacer el mapa exacto de la caracterización lingüística de esta comarca de Castilla y León. Retrotrayéndonos más en el tiempo, incluso en la historiografía de la época de los romanos, todo el mundo
reconoce que las Médulas entraban a formar parte de la Gallaecia romana en un sentido más extenso que la actual Galicia administrativa. Si vamos a la relación de los monasterios en la Edad Media, está claro que Carracedo no tenía las vinculaciones
ni las relaciones culturales con lo que hoy es Castilla como las tenía con Sobrado dos Monxes o con Monfero.



Estos son datos objetivos, como lo es que incluso el Estado español centralista, en la primera atacada que hizo, reconoció a El Bierzo como una provincia genuina, con capital en Villafranca durante el trienio liberal. Por lo tanto, hay
historia, hay realidad, hay contraste y hay una actualidad que es innegable. La actualidad es que una parte de El Bierzo, por lo menos, 30.000 personas -los Ancares del este y As Portelas de Sanabria- tienen como lengua natural y originaria el
gallego. El Estatuto actual, en el artículo 4.2, abrió la puerta a un reconocimiento de la lengua gallega en esta comunidad autónoma. Se hablaba entonces del respeto y protección de la lengua gallega en un marco donde no existía ni siquiera la
referencia a otro tipo de variedades lingüísticas y donde tampoco se hacía ningún énfasis especial en una lengua que es oficial del Estado, que es originaria además de esta comunidad autónoma y, desde mi punto de vista, resulta algo ridículo tener
que hacer ningún tipo de defensa de su oficialidad en un Estatuto de Autonomía.



Precisamente por eso, esta declaración a favor del gallego, en aquel momento en que se hizo la modificación del Estatuto de Castilla y León, tenía un valor muy importante, y sin duda se hizo porque no estaba el ambiente contaminado por los
problemas que hay hoy y había cierta capacidad para reconocer la realidad frente a los criterios políticos o frente a las demarcaciones de carácter administrativo. Quiero volver a recordar lo importante que fue la acción de una persona del Partido
Popular, el señor Posada, en el reconocimiento de esta realidad lingüística y en que mereciese respeto y protección, aunque no fuera con categoría de cooficialidad. Sin embargo, el nuevo Estatuto, llamativamente -y entonces caemos en la rigidez, la
confusión y, lo que es peor, la intolerancia-, nos regala un artículo quinto, donde se estructura en tres apartados la realidad lingüística de Castilla y León y, bajo el epígrafe de la lengua castellana y el resto del patrimonio lingüístico de la
comunidad, después de hacer grandes alabanzas de un idioma que no lo necesita y decir que se fomentará el uso correcto del castellano en los ámbitos educativo, administrativo y cultural -como si no se estuviese haciendo todo lo profundamente que se
puede, y como si no hubiese los resortes no solo en Castilla y León, sino en todo el Estado y gran parte del universo que tiene esta lengua como lengua oficial-, se le dedica un apartado al leonés. Yo no voy a entrar en consideraciones sobre este
problema, allá los castellano leoneses con sus catalogaciones y con lo que consideren objeto de protección específica. Ahora bien, es preocupante que uno llegue a reconocer al leonés, que se hable incluso de protección, uso y promoción, e incluso
regulación de la protección, el uso y la promoción, y que no haya capacidad para reconocer este tipo de amparo a la lengua gallega, que es algo que no es contestable desde el punto de vista de su existencia específica y genuina. Creo que las cosas
hay que situarlas dentro de su estructura, y la estructura lleva consigo elementos con su función, y aquí la función más discriminada es la de una lengua que se sigue manteniendo y que gozará de respeto y protección, no se sabe cómo, porque no se
habla siquiera de que se regulará ni de que hay uso de ella, por tanto, queda en una categoría inferior, discriminación a todas luces absurda, que no hará más que agudizar con el tiempo el sentimiento contrario, por lo menos en las personas de El
Bierzo, a un tipo de trato administrativo a todas luces injustificado.



Nosotros seguimos manteniendo una enmienda que era totalmente respetuosa con la capacidad competencial de la comunidad autónoma, ya que dejaba a su arbitrio


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y a su decisión cómo se regularía la cooficialidad de la lengua gallega en los territorios de El Bierzo que la hablan, los Ancares este y As Portelas de Sanabria. Además, hay unos antecedentes que ni siquiera se reconocen, y son tan claros
que cuando gobernaba el Partido Popular en Galicia y se elaboró una ley de normalización lingüística, por cierto en 1983, no hubo ningún tipo de prejuicio en reconocer que la propia ley de normalidad lingüística debía dedicar un apartado a que por
lo menos se intentaría proteger la lengua gallega en El Bierzo. En el año 1990, el Consello da Cultura Galega se dirigió a las autoridades de Castilla y León pidiendo la posibilidad de la enseñanza del gallego en esa comarca de Castilla y León, y
en 1996, en el periodo del Partido Popular sin mayoría absoluta, se aprobó por unanimidad en este Congreso de los Diputados, cuando aún era competencia del Ministerio de Educación y Ciencia y se estaba en el momento de la transferencia de esas
competencias, que se reconociese que había que enseñar la lengua gallega en El Bierzo y llegar a algún tipo de acuerdo, donde la participación de la Xunta de Galicia sería a través de convenios con material didáctico, participación con profesores
competentes, formación del profesorado, y así sucesivamente. Esa fue la práctica lingüística que se hizo durante todo el periodo del Partido Popular, sin duda una práctica muy limitada, puramente testimonial y simbólica, pero creo que ahora ni
siquiera se llega al reconocimiento de la regulación de lo que más o menos se venía haciendo, aunque fuese tímidamente. Es más, se hacía con la participación, en algunos casos entusiasta incluso, de las corporaciones locales. No voy a recordar los
casos que hubo de alcaldes, incluso diputados de Castilla y León de la zona de As Portelas de Sanabria, que estaban dispuestos a utilizar esta lengua, y lo hacían oralmente en las sesiones de la corporación local.



Por tanto, créanme que la involución actual es penosa desde el punto de vista del respeto de los derechos humanos y resulta muy contradictorio con lo que debía ser una evolución de respeto a las minorías lingüísticas en cualquier comunidad
política o administrativa que tiene otras lenguas como mayoritarias. Dentro de la propia estructura del Estatuto de Castilla y León no se justifica esta discriminación, incluso con relación a variedades lingüísticas o por lo menos con fenómenos
lingüísticos que no tienen la catalogación de lenguas y ni siquiera tienen hablantes desde el punto de vista específico coherente -no lo niego como variedad que puede colorear el uso del castellano-. En definitiva, es la negativa no ya a la
cooficialidad, sino incluso a la reglamentación de usos, de lo que es usado y de lo que, vuelvo a repetir, tiene una cierta historia política detrás. Comprenderán que con este panorama el Bloque Nacionalista Galego no puede votar favorablemente el
Estatuto de Castilla y León, porque es algo que nos afecta profundamente en cuanto que somos hablantes de esa misma lengua y queremos que los derechos que tenemos como gallegos en cuanto gallego hablantes los tengan también los gallego hablantes de
El Bierzo.



Sin embargo, la segunda enmienda, por un acuerdo bipartito entre el Partido Popular y el PSOE, sí se acepta. ¡Faltaría más! Hay una ley de Castilla y León, la Ley 1/1991, de 14 de marzo, por la que se creaba y regulaba la comarca de El
Bierzo. Que ahora se consolide esto en el Estatuto de Castilla y León no parece una concesión importante, aunque pensamos que la plasmación de esta realidad en la ley orgánica no tiene falta de interés, sino que es recoger algo que resulta muy
necesario para la gestión de la vida política y la buena marcha de una comarca tan importante, en la que los gallegos nos vemos reflejados de muchas maneras en lo que Galicia tiene de bueno y de malo y, sobre todo, en algo muy importante, algo del
exterior que por lo menos hasta ahora, por no haber manipulación política, mantuvo una cierta proximidad cultural a nuestro país. La gente de El Bierzo se siente berciana, no gallega, pero no es antigallega. Yo espero que los estatutos, y este en
particular, no sirvan, como no sirva la política práctica del Gobierno de Castilla y León, para crear una atmósfera de xenofobia, de mayor autoodio o simplemente de autodesprecio e incluso de invento de una lengua que nunca existió, el
gallegoleonés. Es lo que nos faltaba, porque hasta esas cosas vimos en otros territorios que hablan gallego. Creo que los que predican que no hay que ser xenófobos harían bien, cuando tienen oportunidad de hacerlo con sus capacidades y sus
competencias, que son muchas, en no practicar ese tipo de políticas.



El señor PRESIDENTE: Antes de dar paso al siguiente orador, les advierto que olvidé anunciar que no votaríamos antes de las 11 de la mañana este Estatuto.



Tiene ahora la palabra la señora Navarro para defender las enmiendas de Izquierda Unida.



La señora NAVARRO CASILLAS: La Constitución marcó distintos caminos para las comunidades autónomas que han generado relaciones bien diferentes entre el Estado y cada una de ellas, caminos distintos que tienen su posterior reflejo en muy
diversos contenidos de los estatutos de autonomía. En esta legislatura estamos llevando a cabo nuevas reformas estatutarias que están generando un nuevo marco de relaciones entre estas comunidades y el Estado en distribución de competencias, en
asunción de responsabilidades y en demandas de recursos para asumir y ejecutar esas responsabilidades. En este camino, las distintas mayorías parlamentarias que se han ido generando para la aprobación de los estatutos han dado diferentes tipos o
categorías de estatutos. Unos han asumido nuevos derechos garantizados a través de organismos que se crean en esos estatutos, que se suman a los ya existentes en la Constitución española, que como tales son exigibles por parte de los ciudadanos y,
por lo tanto, generan nuevos compromisos de los poderes públicos; compromisos exigibles y garantizados. Otros estatutos han recogido demandas de inversión o deudas históricas calculadas de forma que se pretende compensar el déficit de inversión
por parte del


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Estado en determinadas materias. Los estatutos también han recogido más o menos competencias en su redactado final. Estos son precisamente los tres ejes fundamentales de los que, a juicio de Izquierda Unida, carece el texto en cuanto a
avances.



No vamos a negar que este Estatuto de Autonomía significa un avance sustancial respecto al anterior; Castilla y León va a avanzar en cuanto a competencias, derechos y principios rectores que deberán regir las actuaciones de los poderes
públicos. Los avances son incuestionables, pero, a juicio de Izquierda Unida, se podía haber hecho más, como ha ocurrido en otros Estatutos de Autonomía. La reivindicación de autogobierno y de mejora en la financiación y avances en derechos no se
ha de basar ni tiene origen en la reivindicación de lo diferente, sino que es en la realidad de las comunidades autónomas que hoy en día está en vigor. Se trata de abundar en un sistema de relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas que
ha funcionado perfectamente. Por lo tanto, consideramos que Castilla y León no se ha de quedar atrás; más bien al contrario. Dado que además hay estatutos previos que han avanzado sustancialmente, no entendemos por qué Castilla y León tiene que
quedarse atrás. Además de ello, Castilla y León tiene unos rasgos históricos e identitarios de sobra conocidos, que quedan recogidos en el texto que hoy se va a aprobar, que le permiten avanzar en el reconocimiento de su realidad como nacionalidad
histórica, algo que sí está en otros Estatutos, como el valenciano, y que en cambio no se encuentra en este, donde se habla más bien de comunidad histórica y cultural. Entendemos que debería ser aprobada nuestra enmienda que habla de nacionalidad
histórica.



Hoy, mediante la aprobación de las enmiendas de Izquierda Unida, se podría dar este paso sustancial para avanzar y situarnos en la primera línea de esos Estatutos de Autonomía que, como he dicho, han supuesto un cambio sustancial en las
relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas, y que van a traer más prosperidad a las mismas porque se han comprometido más con sus ciudadanos y han arrancado más compromisos por parte del Estado. De esa forma van a tener comunidades más
sólidas y más fuertes para seguir prosperando dentro del Estado español. Pedimos, por tanto, que, aunque sea parcialmente, se recojan las reivindicaciones de Izquierda Unida, que, al fin y al cabo, es la tercera fuerza política en votos en Castilla
y León, y poco reflejo tiene en este texto estatutario.
Nos llama la atención que, tratándose de la comunidad autónoma del presidente del Gobierno, que reivindica el talante y el consenso como camino prioritario, se hayan olvidado del color
rojiverde que caracteriza nuestras enmiendas y que estas no hayan tenido acogida en la tramitación en ponencia. Seguimos reivindicando cuestiones como que en el texto se recoja el derecho a una muerte digna, que se abunde en los mecanismos de
participación ciudadana, que evidentemente quedan mejorados en este texto respecto al texto actual, son muchos más los que tienen cabida y están formulados como propuestas en nuestras enmiendas, lo que significaría un cambio sustancial en las
relaciones entre los ciudadanos y las administraciones públicas de Castilla y León. La enmienda número 108 expresa nuestra petición de recoger un título sobre los derechos ambientales, porque consideramos que la degradación medioambiental y sus
visibles consecuencias no pueden dejar de figurar como derechos con un título concreto en el texto estatutario. Se han de contemplar específicamente las actuaciones que se han de llevar a cabo para proteger las áreas y parques naturales de Castilla
y León, que sufren el acoso y degradación de la urbanización y utilización absolutamente destructiva.
También se ha de hablar de las aguas, de la contaminación atmosférica, de la desaparición de especies de fauna y flora. Todas estas cuestiones
deberían estar recogidas y por eso presentamos una enmienda para que tengan un título específico. Otro título de derechos debe recoger el derecho a una vivienda digna. Todos sabemos que la población sufre serias dificultades para acceder a una
vivienda y, por tanto, la iniciativa pública debe ser una obligación para cambiar esta situación que afecta a un número muy elevado de ciudadanos.



En cuanto a cómo se recoge la composición, elección y mandato de los representantes, se ha de establecer una circunscripción única para toda la comunidad, con una barrera del 3 por ciento, para que fuerzas políticas como la nuestra, que es
la tercera de Castilla y León, tengan representación, tengan voz en el Parlamento y no se deje fuera la voz de tantos y tantos ciudadanos que apuestan por el color rojiverde y por las reivindicaciones de Izquierda Unida, que poco reflejo tienen en
este texto estatutario. Igualmente, en cuanto a la organización territorial, pretendemos que la comarca sea el núcleo de ordenación del territorio y para ello presentamos las enmiendas 114 y 115, que establecen que la comarca sea el sistema por el
cual puedan racionalizarse administrativa y económicamente en la prestación de los servicios aquellos municipios que suelen ser muy reducidos en número de habitantes y que tienen muchas dificultades para prestar los servicios mínimos. Este sistema
sería el óptimo para solventar estas situaciones, además de su arraigo.



Como bien saben los ponentes, las enmiendas de Izquierda Unida son numerosas. También hemos presentado otras reivindicaciones en cuanto a las inversiones necesarias en infraestructuras. Consideramos que la inversión del Estado en Castilla
y León se ha de equiparar al 15 por ciento del total de inversión del Estado para un periodo de dieciséis años. Se tiene que compensar el déficit acumulado de inversiones llevadas a cabo hasta la fecha. Así lo expresamos en nuestra enmienda número
164, que habla de inversiones públicas y de la pérdida de población. Son medidas que pretenden compensar la deuda histórica evaluable sobre la base del déficit de infraestructuras sociales, viarias y ferroviarias acumulado, que ha implicado la
continua pérdida de población y la dispersión poblacional regional. Por tanto,


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son medidas que, entre otras muchas que se recogen a través de nuestras enmiendas, sería positivo para los ciudadanos de Castilla y León que estuvieran en el texto estatutario, sin menospreciar los avances que éste supone. También sería
interesante que hubiera habido una mayor disposición a introducir al menos el espíritu de muchas de las enmiendas presentadas por Izquierda Unida en la ponencia. Únicamente se han aceptado tres enmiendas, y creemos que todas las fuerzas políticas
que recogen votos de los ciudadanos tienen que tener su reflejo en un texto de esta envergadura, que viene a ser la carta magna de los ciudadanos de Castilla y León. Se podía haber hecho más; los ciudadanos de Castilla y León merecían esa apuesta
por un consenso mayor, y lamentamos el hecho de que no haya habido el suficiente interés por parte de las fuerzas políticas mayoritarias para ello, sin negar los avances, como he dicho.
Por ello nuestra fuerza política ha decidido no apoyar este
texto estatutario; pero con el objetivo de manifestar a través de nuestro voto que nunca nos negaremos a todo lo que suponga un avance para los ciudadanos de Castilla y León, nos vamos a abstener.



El señor PRESIDENTE: Señor Esteban, tiene la palabra para la defensa de las enmiendas del PNV.



El señor ESTEBAN BRAVO: Las enmiendas de mi grupo parlamentario son dos, referidas al territorio denominado Condado de Treviño, que también afecta, en términos del ordenamiento jurídico, al Estatuto de Gernika de la Comunidad Autónoma del
País Vasco, el primero de los aprobados tras la aprobación de la Constitución.



Estamos hablando de un pequeño territorio, un enclave de 222 kilómetros cuadrados y unos 1.500 habitantes que está junto a Vitoria, y alejado del territorio de Castilla y León y de su capital. Lo que se plantea en las enmiendas de mi grupo
parlamentario no es una reivindicación ideológica, sino simple, lisa y llanamente lo que los ayuntamientos han solicitado reiteradamente durante todos estos años y corroborado finalmente ante el trámite de modificación del Estatuto de Castilla y
León en diciembre de 2006, a través de acuerdos de sus plenos, porque, como conocen, el Condado de Treviño está formado por dos términos municipales.



Estamos hablando de un territorio que por azares de la historia fue separado de la Hermandad Alavesa, a la cual perteneció en un inicio, pero que en su reestructuración en tiempos de Enrique IV queda separado de ella, ya que anteriormente
había pasado de ser un territorio de relengo a ser un territorio de señorío y los Mauriquez -quienes ostentaban el señorío en el lugar- eran considerados en la corte castellana como próximos a la corte navarra y, por tanto, partidarios de Isabel
frente a Juana. Por eso, en la reestructuración de la Hermandad Alavesa que impulsa Enrique IV, no se estima oportuno incluir a este territorio que se consideraba, en cierto modo, rebelde o discrepante, a pesar de que los habitantes en ese momento
pidieron unirse a la hermandad y, posteriormente, durante todos estos siglos, han continuado reivindicándolo. Nos consta que en el siglo XVII, en 1646, lo hicieron; también en los últimos años del régimen foral; en el siglo XIX, en 1880 y 1920, e
incluso durante el franquismo. Durante la época franquista, en 1940 y 1958, se permitió a los habitantes del Condado de Treviño realizar un referéndum entre los cabezas de familia para conocer su opinión sobre su incorporación a Álava que, por
cierto, fue apoyada por mayoría. Con la democracia, una vez aprobado el Estatuto de Autonomía de Gernika -que, como bien conocen, en su artículo 8 contempla un procedimiento para resolver la cuestión de los enclaves-, las corporaciones de ese
territorio solicitan iniciar los trámites y la incorporación a la Comunidad autónoma vasca. Esta situación se repite en 1995, 1997, 1998, e incluso Treviño hace una consulta popular para que los habitantes se manifiesten sobre si quieren celebrar
el referéndum sobre esta cuestión y en ese sentido se manifiesta un número importante de la población, un 70 por ciento. En el año 2000 también se reitera la petición y, como he dicho, en diciembre de 2006 se solicita que se dé cauce a la expresión
de la voluntad de los habitantes y que se tengan en cuenta sus derechos lingüísticos; propuestas que son las que recoge mi grupo parlamentario en este trámite. El artículo 8 del Estatuto de Gernika señala un iter para la posible incorporación, si
es así la voluntad de los habitantes, de ese enclave y de otros que existen en el País Vasco. En el primer Estatuto de Autonomía de Castilla y León se señala un procedimiento paralelo, que el Tribunal Constitucional interpreta posteriormente que
debe ser cohonestado con el anterior, de manera que ambos deben ser cumplimentados. Pero lo cierto es que este segundo procedimiento que aparece en el Estatuto de Castilla y León -que es una excepción si lo comparamos con otros Estatutos de
Autonomía, cuestión a la que luego me referiré- implica la necesaria autorización, incluso para el referéndum, por parte de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Esto, de facto, ha impedido cumplir el artículo 8 del Estatuto de Gernika, ley
orgánica refrendada, y, por tanto, vaciarla de contenido. En las enmiendas que hemos presentado no hemos modificado las mayorías planteadas por parte de Castilla y León -dos tercios de los concejales- para iniciar el procedimiento y que además sean
todos los ayuntamientos interesados, pero, si se deben cohonestar ambas legislaciones, la única manera es permitir que ambas puedan llevarse a la práctica, y eso exige que el informe de la comunidad autónoma y de la provincia sea potestativo, se
realice y se ponga un plazo para ello, porque hemos visto que, a pesar de que desde hace casi treinta años los ayuntamientos intentan iniciar el trámite, una y otra vez la Comunidad de Castilla y León lo bloquea. No queremos que se nos diga que
esto se puede solucionar a través de acuerdos, porque en el Senado se hizo un trabajo especial intentando solucionar este asunto, pero al final a la única conclusión a la que se pudo llegar es que


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había que intentarlo a través de convenios; convenios que en 2003 el Partido Popular corta porque decide no acudir y cerrar la Comisión Mixta entre País Vasco y Castilla y León. Y no solo eso, sino que aquellos convenios que en el ínterin
se habían firmado a solicitud de los ayuntamientos para dar algunos servicios por parte de la Comunidad autónoma vasca son recurridos; recursos que mantiene el Gobierno socialista.



Si examinamos el ordenamiento jurídico en el caso de otros Estatutos en relación con los enclaves, vemos que en algunos no se regula pero en otros sí se regula. Hace poco esa tramitación ha pasado por esta Cámara con el Estatuto de Aragón.
Si examinamos esa normativa veremos que se limita a seguir la pauta del artículo 8 de la comunidad autónoma, es decir, intentar dar cauce a la libre expresión de la ciudadanía si se cumplen determinadas mayorías pero, en ningún caso, se plantea un
bloqueo a través del ordenamiento jurídico, cosa que sí se plantea, como excepción, en el Estatuto de Castilla y León. Insisto, en ningún otro Estatuto existe esta obligatoriedad de que haya que gozar del permiso de la comunidad autónoma a la que
se pertenece para seguir con la tramitación. Parece que, vistos los pasos que se han intentado dar de negociación política, volvemos a lo mismo; se cierra la Comisión Mixta y se recurre, de tal manera que parece que algunos le dan más importancia
-cuando curiosamente esto se achaca a otros- al derecho de los territorios que al derecho de los ciudadanos, que se insiste, una y otra vez que son los que verdaderamente lo tienen. Derecho de los ciudadanos a que se manifiesten, a que expresen su
voluntad y a que pueda darse cauce, a través del ordenamiento jurídico, a esa voluntad.



Por otra parte, las enmiendas que plantea el Grupo Vasco van referidas al artículo 5 en cuanto a utilización de idiomas y respeto a otros idiomas distintos del propio de la comunidad -por llamarlo de alguna manera-, que sería el castellano.
Por encima de diferencias ideológicas, los ayuntamientos de Arganzón y de Treviño han solicitado que en este trámite de modificación del Estatuto de Castilla y León se tenga en cuenta el respeto al euskera y su incorporación -subrayan- en el ámbito
de la educación, incorporándolo a la enseñanza escolar, y en el ámbito de la Administración; que se le dote de protección específica. Insisto, los ayuntamientos, por encima de siglas políticas de los concejales, y también los consejos escolares
correspondientes lo reclaman; no es una petición aislada o un capricho de alguien de fuera del condado, sino que son los habitantes, a través de sus representantes, quienes lo solicitan.



Dotar de una protección cultural a toda la riqueza lingüística que existe en el territorio de Castilla y León es algo obligado y su aprobación sería lógica. Además, tanto una enmienda como la otra no van en contra de Castilla y León, no
perjudican en nada los intereses de Castilla y León, sino que van a proteger los derechos de los habitantes de la comunidad autónoma, que son quienes deben manifestar sus preferencias y nosotros ser los encargados de intentar dar acomodo a esas
expresiones democráticas. Es un asunto de justicia que se ha repetido por activa y por pasiva. Tengo la sensación de que si estuviéramos hablando de Petilla de Aragón o del Rincón de Ademuz, seguramente podríamos llegar a un acuerdo o verse
aceptadas estas enmiendas. Sin embargo, sigo sin entender por qué cada vez que se trata de alguna cuestión relacionada con el País Vasco encontramos dificultades insondables, como dice el portavoz de mi grupo, por motivos religiosos, porque no se
encuentran otros, que hacen imposible cualquier tipo de acuerdo. Lo vimos, por ejemplo, en la denominación de las provincias, que han tenido un acomodo perfecto en Galicia, en las Islas Baleares, en Cataluña, y que, sin embargo, en el País Vasco no
fue posible, y me temo que lo vamos a ver reflejado de nuevo en este tema de los enclaves, que solo con hacer una comparación con el resto del ordenamiento jurídico español y otros lugares de la geografía española, nos daríamos cuenta que se está
cometiendo una auténtica excepción sin ninguna razón, aparentemente.



El señor PRESIDENTE: Hace S.S. una amable apelación al presidente al decir cómo es que sucede esto. Es una buena pregunta preguntarse por qué sucede siempre en el mismo sitio.



Terminados los enmendantes, para fijación de posiciones tiene la palabra el señor Xuclà, en nombre de Convergencia i Unió.



El señor XUCLÀ I COSTA: Muy brevemente, quiero expresar, en nombre de un grupo parlamentario de ámbito territorial catalán como es el de Convergència i Unió, el respeto para los procesos autonómicos de otras comunidades autónomas. Anuncio
el voto afirmativo de este grupo parlamentario en la votación final al dictamen de esta Comisión. Dicho sea de paso, hay que celebrar que también, una vez más, en este Estatuto se incorporan algunos elementos de forma pacífica que hace pocos meses
en los debates estatutarios de otros estatutos no eran elementos pacíficos sino elementos con un alto nivel de controversia. Dicho esto, mi intervención también es para anunciar el apoyo del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a la
enmienda del Grupo Parlamentario Vasco que acaba de defender el señor Esteban de forma brillante y a la que no tengo más que sumarme a su defensa. Muchas veces hablamos de la importancia, y yo la suscribo y quiero destacarla, de esta Comisión
Constitucional, de este Congreso de los Diputados y de estas Cortes Generales, que tienen una función de última palabra y de armonización de los textos propuestos por parte de los parlamentos autonómicos, al final con un acuerdo paccionado, pero la
última palabra corresponde a las Cortes Generales. Pues en el desempeño de estas funciones, esta Comisión Constitucional algo tendría que introducir constitucional de armonización y coherencia entre el Estatuto de Castilla y León y el Estatuto de
la Comunidad Autónoma del País Vasco respecto a la eventual


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incorporación del Condado de Treviño en la Comunidad Autónoma del País Vasco. No quiero más que sumarme a los argumentos del señor Esteban y poner de manifiesto que, más allá de las propuestas de los parlamentos autonómicos, la última
palabra corresponde, como hemos visto en la tramitación de todos los estatutos, especialmente en algunos que han sido reformulados, a esta Comisión Constitucional. Nos encontramos ante una desarmonización entre dos textos estatuarios y por encima
de los textos estatuarios y de las propuestas de los parlamentos autonómicos hay una vocación, una voluntad y una encomienda a esta Comisión Constitucional de hacer armonizables los textos de distintas comunidades autónomas. Ante la propuesta y los
mecanismos del Estatuto de la Comunidad Autónoma del País Vasco hay un derecho de bloqueo del Parlamento de Castilla y León, que no es precisamente un ejemplo de armonización de textos autonómicos, sino un ejemplo, y perdón por la expresión, de
autismo legislativo entre una comunidad autónoma y otra. Así pues, daremos nuestro voto afirmativo a esta enmienda, invitamos a los otros grupos parlamentarios a que contemplen la posibilidad de tomar en consideración un consenso alrededor del
planteamiento del Partido Nacionalista Vasco y anunciamos el apoyo en la votación final al texto de Castilla y León, felicitando la actualización del autogobierno de esta comunidad rica, plurirregional y con todas las dimensiones de su identidad.



El señor PRESIDENTE: Para fijar posición por parte del Grupo Parlamentario Popular, han solicitado dividir el tiempo. En primer lugar, tiene la palabra la señora Sáenz de Santamaría.



La señora SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN: En primer lugar, quiero exponer la posición general de mi grupo sobre el texto planteado y sobre el informe de la ponencia que, como todos podrán adivinar, va a ser afirmativa.
Quiero felicitar a todos
los grupos por su participación y por su trabajo en esta ponencia y, sobre todo, agradecer que se siga manteniendo ese espíritu de consenso y de lealtad a la Constitución con la que nació el texto en Castilla y León y que seguimos manteniendo a
través de nuestro trabajo en estas Cortes Generales. Esta es una reforma cabal y sensata porque hereda el espíritu del que los castellanos y leoneses nos sentimos orgullosos. Es un Estatuto que nace con vocación de constitucionalidad porque,
siento decirle a la señora Isaura Navarro, que se ha ausentado un momento de esta Cámara, que la Carta Magna de los castellanos y leoneses, y así lo sentimos, es la Constitución. Dentro de esa Carga Magna, este Estatuto no busca ni más ni menos que
actualizar su autogobierno, mejorarlo en lo posible, pero nunca bordear ni franquear algo de lo que nos sentimos partícipes y protagonistas, que es nuestra Constitución.
Para este Estatuto es importante mantener ese principio de unidad de la nación
española, de igualdad de los españoles y de solidaridad para el que hemos trabajado a lo largo de todo este tiempo. Los castellanos y leoneses tienen bien claro lo que han sido y lo que son. Ser castellano o leonés o castellano y leonés es nuestra
forma de sentirnos españoles, y nos sentimos satisfechos de nuestra contribución para formar este proyecto solidario que es España. Somos, es verdad, y son los castellanos y leoneses una nación con historia. Oyendo hoy a ciertos parlamentarios en
esta Comisión me daba la impresión de que estábamos, y fíjese que esta mañana va a ser una mañana de mucha historia, en una clase de historia medieval o de historia no muy contemporánea. Pero lo que me parece importante, sobre todo, es que con este
Estatuto podamos seguir construyendo el futuro de una comunidad autónoma que trabaje para mejorar los servicios de los castellanos y leoneses y que siga contribuyendo, en la medida de su capacidad, de su iniciativa y del tesón de su gente, en la
construcción de este proyecto que es España. Ese Estatuto defiende la igualdad de los castellanos y leoneses en el mismo parangón que la igualdad del resto de los españoles. Me parece importante afirmarlo desde una tierra que hemos trabajado para
ello, pero, sobre todo, que en estas Cortes Generales se afirme con rotundidad que a través de ningún Estatuto se puedan establecer diferencias de derechos, de obligaciones y de oportunidades entre cualquier español. La señora Isaura Navarro
reclamaba la incorporación de nuevos derechos a este Estatuto, decía una vertiente rojiverdi. Yo no sé si los nuevos derechos que plantea son rojis o son verdis, pero creo que lo que son son derechos ponderados, derechos moderados y derechos que
tratan de evitar que Este estatuto caiga en el esperpento de la reglamentación excesiva y que incluso decida cómo deban vestir los castellano-leoneses en los hospitales o como quieran por sus calles. No se buscan aquí nuevas competencias que no
correspondan a la Comunidad de Castilla y León, sino gestionar las que a esta comunidad atribuye la Constitución con eficacia, con agilidad, en plena coordinación con el Estado y en un rango de multilateralidad con el resto de las comunidades
autónomas. No encontrarán ni blindaje de competencias ni negociaciones bilaterales, conscientes de que lo que nos hace fuertes a los españoles es la igualdad entre todos y la multilateralidad entre comunidades autónomas. No se trata de dar a los
castellanoleoneses ni más ni menos que lo que les corresponde sencillamente en el marco de la Constitución. No encontrarán ni blindaje de competencias ni negociaciones bilaterales, conscientes de que lo que nos hace fuertes a los españoles es la
igualdad entre todos y la multilateralidad entre comunidades autónomas. No se trata de dar a los castellanoleoneses ni más ni menos que lo que les corresponde sencillamente en el marco de la Constitución.



En el planteamiento de las enmiendas de alguno de los grupos quería advertir -de verdad, de una manera muy pacífica y sin ánimo de polémica- que estamos hablando del Estatuto de Castilla y León, que estamos hablando como parlamentarios de
unas Cortes Generales


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que son las Cortes españolas y creo que esta mañana debiera dedicarse al estudio y mejora del Estatuto de una tierra que lo merece y que lo ha reclamado buscando el consenso. He oído más enmiendas defendiendo los intereses de otras
comunidades autónomas que trabajando para el conjunto de la comunidad sobre la que hoy discutimos; enmiendas desde el este y desde el oeste, pero a mí me gustaría defender un Estatuto de centro y de moderación que es este Estatuto de Castilla y
León. Se ha hablado mucho y en términos muy grosos de autismo, xenofobia y autoodio. Creo que no son las palabras más ponderadas para un Estatuto de consenso, centrado, moderado, constitucional y que sobre todo lo que busca, ni más ni menos, es
seguir cumpliendo la Constitución en sus propios términos. Se ha hablado, y mucho, de consultas. Parece mentira que también en el Estatuto de Castilla y León entremos a vueltas con las consultas populares. No veo aquí al señor del Partido
Nacionalista Vasco, pero me siento satisfecha de una cosa, que una ley como el Estatuto de Castilla y León hoy le sirva para entender que las leyes han de cumplirse y que los referéndum han de hacerse conforme a un marco legal y cumpliendo sus
trámites. Espero que considere que los trámites de la Constitución son tan obligatorios como los que ahora reclama y critica del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.



El señor PRESIDENTE: Para continuar con la fijación de posiciones, tiene la palabra el diputado don Jesús Merino.



El señor MERINO DELGADO: Señorías, es para mí un honor y una satisfacción como castellano y leonés defender hoy en esta Comisión Constitucional el texto de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. El Grupo Popular, al que
represento, se felicita de haber elaborado un texto que en la mayor parte de su contenido respeta el texto aprobado por la inmensa mayoría de los representantes de las Cortes de Castilla y León.
El texto basaba la reforma en cuatro principios
básicos: en primer lugar, debería ser una reforma personalizada que diese respuesta a los problemas y necesidades reales, actuales y futuras, de Castilla y León y no una simple emulación de otras reformas estatutarias. En segundo lugar, se ha
tratado de profundizar en el autogobierno de Castilla y León para servir mejor a la comunidad desde sus instituciones. En tercer lugar, se ha pretendido mejorar la calidad de nuestro autogobierno. Finalmente, se ha perseguido el consenso, no sólo
el político sino también el social, al entender que el protagonismo de la reforma no debería estar solo en el Parlamento sino en la sociedad de Castilla y León. En opinión de este grupo, el texto incluye unos ejes fundamentales de la reforma de
este Estatuto de Autonomía. En primer lugar, el texto incluye por primera vez una carta de derechos de los ciudadanos de Castilla y León, que beneficia a todos, sobre todo a los más débiles y necesitados, profundizando en su dimensión social. Se
incorpora un capítulo de principios rectores, como la lucha contra la despoblación, el papel de los sindicatos, asociaciones empresariales, universidades y medios de comunicación. Se posibilita la creación de nuevas instituciones de tutela, como la
Agencia Autonómica de Protección de Datos, el Consejo de Diálogo Social y otros. En segundo lugar, se amplían los poderes de la región con nuevas competencias. Por su especial relevancia cabe citar las competencias sobre la cuenca del Duero. Era
un objetivo largamente pretendido por los ciudadanos de Castilla y León. La fórmula respeta la Constitución y las leyes estatales sobre aguas y por eso estamos doblemente satisfechos de haber conseguido definir una fórmula aceptable para el Estado
y para Castilla y León. En tercer lugar, cabe destacar que este Estatuto es sensible -y así lo contempla- a factores propios de nuestra región más que de ninguna otra como son la despoblación, la extensión territorial, la dispersión de los núcleos
urbanos y el envejecimiento. Esos factores diferenciadores serán tenidos en cuenta en el nuevo sistema de financiación para introducir mayores cotas de solidaridad. Por otro lado, se introducen algunos cambios en la forma de gobierno de Castilla y
León para permitir mayor eficacia al principio de separación de poderes. Así, recoge el mandato de impulsar la autonomía local, se introduce la figura del decreto-ley y se regulan con mayor detalle las atribuciones del presidente de la comunidad.
Se habilita también una mayor presencia exterior de Castilla y León para la mejor defensa de sus intereses económicos, sociales y culturales, pero también para fomentar la cooperación al desarrollo. El texto regula con más amplitud que el Estatuto
vigente la organización territorial y local y sus relaciones con las instituciones de la comunidad, potenciando el principio de autonomía local y participando en el principio de suficiencia de recursos, para lo cual posibilita la creación del
Consejo de Cooperación Local de Castilla y León para mejorar la colaboración y coordinación entre las comunidades y las corporaciones locales.



Debo resaltar, en otro orden de cosas, el magnífico texto remitido a este Parlamento y la rigurosidad terminológica que, sin duda, ha facilitado el trabajo en la ponencia. Es un texto sensato, cargado de sentido común -un texto respetuoso
en todo su contenido con la Constitución, como no podría ser de otra forma-, que sirve para dar respuesta a los problemas diarios de los ciudadanos de Castilla y León y que, a la vez, profundiza en su autogobierno sin crear conflictos competenciales
ni al Estado ni a otras comunidades autónomas. Un texto que sirve, en definitiva, para que todos los que vivan en Castilla y León se sientan cómodos en su vida diaria.
Las enmiendas presentadas por los distintos grupos demuestran el interés y el
trabajo que todos ellos han realizado y que debemos agradecer, sobre todo por lo que han aportado, sin perjuicio de que en la mayoría de los casos no hayamos podido aceptarlas por considerar que suponían una modificación sustancial del texto que
había sido consensuado por el 98 por ciento de los representantes


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de Castilla y León. No obstante, ha habido un grupo de ellas, tanto del Partido Socialista como de Izquierda Unida y del Partido Popular, que se ha tenido en consideración. Cabe agradecer el esfuerzo realizado por los dos grupos
mayoritarios para mejorar determinados aspectos que suponen, sin duda, un contenido más adecuado de muchos de sus preceptos. La Comunidad de Castilla y León que, a partir de este Estatuto se define como comunidad histórica, sabe que esa expresión
no deja de ser algo puramente terminológico, porque no hay ninguna comunidad en España más histórica que ella, figure o no figure en los textos legislativos. Como sabemos desde pequeños en la escuela, el Reino de León y el Reino de Castilla, en
igualdad de condiciones e identidades, han sido decisivos en la formación de la nación española y de eso estamos orgullosos, como también lo estamos de que once de las diecisiete comunidades autónomas actuales hayan formado parte en los últimos ocho
siglos de esta tierra de Castilla y León. (El señor Esteban Bravo: Lo quieran o no.) Por eso mismo este Estatuto impide que cualquier parte de nuestro territorio pueda pasar a formar parte de otra comunidad autónoma al margen del consentimiento de
nuestras instituciones representativas, de nuestros ciudadanos. Efectivamente, como ha dicho el representante del Grupo Parlamentario Vasco, las consultas que se realizaron en su momento en los dos ayuntamientos de Treviño fueron consideradas
ilegales y, por tanto, nosotros no aceptamos en su día una consulta que no podía ser contemplada como tal, teniendo en cuenta que cualquier consulta al respecto debería haber sido en todo caso realizada a todos los ciudadanos de Castilla y León y no
solo a los de dos ayuntamientos. Así damos también garantía institucional en este Estatuto a la comarca de El Bierzo, como se ha dicho, como un ejemplo más de reconocimiento y protección de nuestros hechos diferenciales, que ya cité anteriormente:
la dispersión, el envejecimiento, la extensión geográfica, etcétera.



Este Estatuto incorpora por primera vez el principio general de que Castilla y León debe recibir recursos suficientes para el desarrollo de sus competencias y para que sus ciudadanos tengan un nivel de servicios equiparable al del conjunto
del Estado. Este es, en mi opinión, otro de los principales logros de este nuevo Estatuto de Autonomía. Así, el Estado, a instancias de la Junta de Castilla y León, deberá garantizar ese nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos.
Por último, y en palabras del presidente de Castilla y León, los ciudadanos de dicha comunidad merecen, en definitiva, una norma institucional básica, renovada, reforzada, más potente y de mayor proyección para que Castilla y León siga avanzando
hacia el futuro y para que sus ciudadanos puedan ser cada vez más libres, más prósperos y más solidarios.



El señor PRESIDENTE: Para fijar posición, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Julio Villarrubia.



El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Señor presidente, señorías, quiero, en primer lugar, mostrar el agradecimiento de mi grupo parlamentario a todos los ponentes de todos los grupos que han posibilitado llegar a lo que entendemos un texto
altamente satisfactorio de conclusión del Estatuto de Castilla y León. Permítanme si cabe, de manera un tanto especial, hacer mención a los dos ponentes del Grupo Socialista, además de quien les habla, Ramón Jáuregui y Óscar López que, aunque hoy
no intervengan, han realizado un intenso y magnífico trabajo hasta el día de hoy.



Pretendo hacer dos breves referencias en dos pequeños bloques. Uno, a la propuesta de reforma y dos, a lo que ha sido la tramitación en las Cortes Generales en el Congreso de los Diputados. Señorías, aprobamos hoy en Comisión la reforma
del Estatuto de Autonomía de Castilla y León y, más que ante una reforma, podemos afirmar que estamos ante un auténtico nuevo Estatuto. Es un Estatuto que ha sido reformado ya con anterioridad en dos ocasiones, en el año 1994 y en el año 1999, y se
ha mostrado útil hasta ahora para el desarrollo del autogobierno de nuestra comunidad. Ha sido un buen instrumento para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Castilla y León. Quisiera recordar, señorías, que Castilla y León fue la última
de las comunidades autónomas en constituirse y en ejercer su derecho a la autonomía del artículo 2 de la Constitución española. El Estatuto de Autonomía se aprobó por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero. Sólo Ceuta y Melilla, con la peculiaridad
de su Estatuto jurídico de ciudades autónomas, se constituyeron en el año 1995, es decir, más tarde. Sin embargo, ahora Castilla y León en la actualización, en el nuevo Estatuto va a la cabeza de las comunidades autónomas que han procedido a esta
reforma o nueva elaboración, después de los de Cataluña, Valencia, Baleares, Andalucía y Aragón. La reforma, como dice el propio preámbulo de la propuesta, es oportuna y necesaria en orden a adaptar la norma institucional básica de Castilla y León
a las nuevas realidades políticas y sociales. Esto ha sido posible por el consenso alcanzado.
Permítanme tan solo una pequeña referencia al aspecto del consenso y al papel del Partido Socialista Obrero Español en este caso en Castilla y León.
Solo dejo en el aire la pequeña reflexión de que en Castilla y León el Partido Popular tiene mayoría absoluta en las Cortes y, sin embargo, el Partido Socialista ha posibilitado, haciendo política con mayúsculas, la elaboración de un texto como el
que hoy esta Comisión va a aprobar.
Por tanto, sería bueno que esto se valorara en sus justos términos y sobre todo por los responsables políticos de la comunidad y que nadie trate de apropiarse de un texto que es de todos. Quiero pensar que la
mención al centro moderado, como se ha calificado a este Estatuto, haya sido una pequeña ironía y una pequeña broma, porque no tiene ni colores ni es absolutamente de nadie. Sería un error pretender lo contrario.



En el Parlamento autonómico la tramitación consiguió un amplísimo consenso, tanto que votaron a favor todos


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los parlamentarios excepto uno de la Unión del Pueblo Leonés. Adelanto que Izquierda Unida, que es la tercera fuerza en votos, no tiene representación parlamentaria en Castilla y León. Es un problema.
Políticamente entendemos el discurso
de Izquierda Unida, pero lamentablemente es la realidad que existe y, más allá de las opiniones personales... (La señora Navarro Casillas: Se pueden cambiar las normas.) Sí, claro que se pueden cambiar, lo que ocurre es que, y ahora haré alguna
pequeña reflexión en ese sentido, el papel de las Cortes Generales no es el de cambiar la voluntad sustancial de ningún estatuto de ninguna comunidad autónoma, y esto valga como reflexión general para Izquierda Unida y sobre todo también para la
intervención del portavoz, don Aitor Esteban, del Partido Nacionalista Vasco, al que luego haré también alguna pequeña referencia. No entraremos, no por descortesía, en el fondo de algunos temas porque con la reflexión general que haré no toca a
las Cortes Generales dilucidar, debatir, cambiar y modificar sustancialmente aspectos que vienen de un Estatuto de cualquier comunidad autónoma, al menos en la opinión de mi grupo parlamentario. Ese consenso, que se consiguió después de año y
medio, de tres meses de ponencias y de comisiones en el ámbito de Castilla y León, logró asegurar un texto que se ha remitido al Parlamento español -y ahora haré alguna reflexión de este trámite- que, a nuestro juicio, globalmente era correcto desde
el punto de vista técnico-jurídico y garantizaba que respondía a las necesidades y preocupaciones de los castellano leoneses, que es, en definitiva, la esencia y la razón de ser de cualquier Estatuto de Autonomía. Esta debiera ser la lógica que
presidiera toda reforma estatutaria, buscar un incremento y una mejora del autogobierno de nuestra comunidad para conseguir un mejor nivel de vida de sus ciudadanos. El resultado ha sido bastante favorable.



Estamos ante una reforma estatutaria ambiciosa que ha tratado de dar respuesta ya en su redacción por el Parlamento autonómico a los aspectos fundamentales que requerían reconocimiento o adaptación a una nueva realidad. Se produce así, ya
en la propuesta de reforma remitida al Congreso de los Diputados, un reconocimiento novedoso de la identidad de Castilla y León como comunidad histórica y cultural, pero reconociéndose en todo momento -preámbulo, artículo 1- la profunda integración
de esta comunidad en el conjunto de España. Está en la esencia de nuestra tierra y de nuestro pueblo esa perfecta sintonía entre el sentimiento y defensa de lo que nos define y nos hace singulares y nuestra pertenencia a un conjunto más amplio que
hoy no es solo España, sino también, a través de ella, Europa. Es un conjunto del que nos sentimos parte y plenamente cómodos.



En la misma dirección, se produce una mejora de las instituciones e instrumentos de autogobierno e incluye un incremento competencial notable. Entre las mejoras institucionales es necesario citar la mejora de los mecanismos de relación
entre el Gobierno y el Parlamento de la comunidad con una específica incorporación, por ejemplo, del decreto-ley.
Asimismo, adquiere mayor visibilidad la organización territorial de la comunidad que además resulta más respetuosa con la pluralidad y
singularidad de territorios que integran nuestra comunidad autónoma, con una específica referencia a la comarca de El Bierzo, aunque inicialmente fuera solo en el preámbulo de la propuesta, o el mejor tratamiento del sistema de relaciones con el
Estado y con el resto de comunidades autónomas y con la Unión Europea presidido por el principio de cooperación. Se incorporan también a la norma estatutaria los órganos consultivos de la comunidad creados en los últimos años. Entre las mejoras o
incremento competencial es necesario referirse a cuestiones tan variadas como las competencias autonómicas en la gestión del agua, policía propia, inmigración, dependencia e investigación más desarrollo e innovación, nuevas realidades que demandan
nuevas atribuciones autonómicas, pero también con carácter general al hecho de que no solo se reconocen nuevas competencias autonómicas, sino que se perfilan más nítidamente aquellas de las que la comunidad autónoma ya disfrutaba, como educación,
sanidad o Administración de Justicia, esta aún no transferida.
Para conseguir todos estos objetivos establecidos en el Estatuto se articula un sistema de financiación suficiente de la comunidad autónoma y se garantiza la nivelación de los servicios
públicos esenciales de los ciudadanos de Castilla y León con los de cualquier otra región de España.
Se erige en principio fundamental del sistema de financiación la solidaridad financiera con otras comunidades autónomas, pero también de forma
destacable en el seno de la comunidad autónoma, aspecto intrarregional con la creación de un fondo de compensación autonómico.
También se produce un reconocimiento por primera vez de ciertos principios y objetivos que van a acondicionar las
políticas de la comunidad autónoma, cohesión social y territorial, lucha contra la despoblación, defensa del medio rural y de un catálogo de derechos sociales a los ciudadanos de Castilla y León. Todas estas mejoras se han mantenido en la ponencia
que en el Congreso de los Diputados ha conocido del texto.



Quiero hacer una breve referencia, señor presidente, señorías, a lo que ha sido este esquema que he tratado de resumir en la tramitación del texto en el Congreso de los Diputados. A nuestro juicio, esta tramitación debe obedecer, entre
otros, a los siguientes criterios generales. Primero, respetar al máximo la voluntad expresada por las Cortes de Castilla y León, en este caso. En este caso y en cualquier otro caso de la comunidad autónoma de que viniera el texto, porque el
debate -a mi modesto entender- no es el de una norma jurídica que se discute en el Congreso con plena autonomía -entre comillas- o con una legitimidad o legitimación exclusiva. Es más, probablemente no sea -entiéndase bien mi afirmación- la mayor
legitimidad la de las Cortes Generales, habida cuenta que hay otra inicial, al menos en lo que se refiere a los aspectos generales de la regulación


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de la norma jurídica que viene de la comunidad. Eso sí, sin hacer dejación de funciones esenciales para las que las Cortes Generales están y deben actuar, como es velar -siguiente criterio general- por la defensa del interés general de
España y del conjunto de los españoles que, a veces -por qué no- puede chocar con el interés legítimo o el deseo concreto de un territorio. El tercer criterio general sería velar por el respecto a la Constitución con carácter general y por el
respeto competencial que la misma recoge con carácter especial. En materia de financiación -por qué no recogerlo como un criterio general, si es esencial y prioritario-, a mi juicio, hay una doble cuestión: una, respetar los elementos propios que
planteaba la propuesta de reforma del Estatuto de Castilla y León y, dos -no menos importante-, garantizar la coherencia del sistema de financiación de esta comunidad autónoma con el sistema de financiación diseñado por la Lofca en su redacción
actual o en la futura, que puede y debe elaborarse dentro de escasas fechas. Otro criterio sería mantener o aumentar el grado de consenso de origen, que de alguna manera lo hemos conseguido y, finalmente -si se pudiere-, mejorar puntualmente el
texto con dos requisitos: uno, el máximo consenso y, dos, el respeto al texto inicial, sustancial, de la comunidad autónoma. Modestamente, creo que todos estos principios se han cumplido con notable grado de satisfacción en la tramitación
parlamentaria.



Señorías -voy abreviando-, las enmiendas que el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Popular hemos presentado en el Congreso han sido las mismas, y ha sido así porque hemos querido continuar aquí, en las Cortes Generales,
el clima de consenso y acuerdo de origen, porque en el caso concreto que nos ocupa, tan solo el Partido Popular y el Partido Socialista tienen representación en las Cortes de Castilla y León, más un parlamentario de la Unión del Pueblo Leonés.

Consecuencia de la -a nuestro juicio- buena calidad técnica del texto, con carácter general, no solo entendida en su sentido formal, sino también por su plena adecuación a la Constitución, es el escaso número de enmiendas presentadas por nuestro
grupo parlamentario conjuntamente con el Grupo Parlamentario Popular, que se elevan a 24 en total, que notablemente es el numero inferior de enmiendas de la totalidad de reformas de estatutos de autonomía tramitados hasta ahora en el Congreso de los
Diputados. Además, ninguna planteaba un cambio profundo o sustancial de lo aprobado por las Cortes de Castilla y León. Se trata en general de matizaciones y precisiones. Podríamos destacar algunos aspectos en bloque de las enmiendas. En primer
lugar, el reconocimiento expreso que se hace en el articulado del Estatuto y no solo ya en el preámbulo, a la comarca de El Bierzo. Es más, el Estatuto no solo reconoce dicha comarca, sino que impone, en base a una enmienda, que una ley de las
Cortes de Castilla y León la regule. Este punto es significativo teniendo en cuenta el carácter potestativo con el que se contempla la comarcalización del resto del territorio. Además, definiendo la comarca como agrupación voluntaria de municipios
y previendo que una ley podrá regular la organización y el régimen jurídico de las comarcas de Castilla y León, artículo 46.4, estamos reconociendo que las singularidades de El Bierzo y, entre ellas, implícitamente, se puede considerar incluida la
lengua gallega que se habla en esta zona y su histórica trayectoria institucional, exigen una regulación por ley y, a la vez, dicha ley tiene que tener en cuenta sus singularidades y su trayectoria institucional. En este sentido, veíamos con
simpatía alguna enmienda del Bloque Nacionalista Galego respecto a la mejora, pero no pudo ser tomada en consideración en la ponencia.



Otro aspecto que podemos destacar es la mejora que hemos realizado en ponencia de las competencias de la comunidad sobre la cuenca del Duero, y lo quiero destacar porque se trata solo de eso, de mejoras. El texto resultante mantiene el alto
nivel competencial que puede asumir la comunidad: desarrollo legislativo y de ejecución en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos de las aguas de la cuenca del Duero, que tengan su nacimiento en Castilla y León y deriven a Portugal sin
atravesar otra comunidad. Hemos preservado el núcleo de lo aprobado en Castilla y León y simplemente hemos realizado una referencia expresa a las competencias reservadas al Estado en el artículo 149.1 de la Constitución. Lógicamente, en el
Congreso de los Diputados éramos conscientes de la importancia que tiene el río Duero en Castilla y León, de la relevancia de la cuenca como elemento configurador de la comunidad autónoma, como muy bien recoge el artículo 75 del propio Estatuto.

También hemos incorporado al texto algunas correcciones al título VI, economía y hacienda, correcciones que no modifican sustancialmente la propuesta aprobada en las Cortes de Castilla y León, sino que tienen por objeto que en todos los estatutos de
autonomía -esto es fundamental para mi grupo parlamentario- existan unos preceptos comunes sobre las relaciones de la Hacienda de cada comunidad con la Hacienda del Estado.
Todo ello con el fin de que sea posible determinar un sistema común de
financiación de las comunidades autónomas que habrá de concretarse en un futuro inmediato. Esa ha sido la única intención de nuestras enmiendas.
Como no podía ser de otra manera, en la tramitación en el Congreso hemos mantenido los criterios que
han de ponderarse adecuadamente a la hora de determinar la financiación que le corresponde a la comunidad, que ya han sido puestos de relieve por anteriores ponentes: la extensión territorial, la dispersión, la baja densidad y el envejecimiento de
la población. Permítanme resaltar también, porque para Castilla y León tiene cierta relevancia, el Plan plurianual de convergencia interior, que recogemos y regulamos, y hemos enmendado, en la disposición adicional segunda del texto. Dicho plan se
contempla resaltando que será elaborado por la Junta de Castilla y León, aprobado por las Cortes regionales, del que se ha de dar cuenta a la Comisión de Cooperación con el Estado y cuya finalidad es coordinar las actuaciones de ambas
administraciones. De esta


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manera establecemos un mecanismo de coordinación para que las dos administraciones complementen y armonicen sus actividades, con el fin de que progresivamente se reequilibren, económica y demográficamente -tarea harto difícil-, los
territorios que conforman Castilla y León. Las demás enmiendas presentadas, como ya he señalado anteriormente, son simples precisiones o matizaciones, algunas en el título de las competencias, bien para añadir algunas materias al elenco ya aprobado
en la propuesta de reforma -así, la inclusión, como competencia exclusiva, de la facultad de dictar normas adicionales de protección del medio ambiente o la promoción de la competencia-, bien, en escasos supuestos, para establecer que algunas
facultades de la comunidad se han de ejercer en el marco de la legislación estatal.



En cuanto al título de derechos y principios rectores, que reconoce una serie de derechos de los ciudadanos de Castilla y León y establece un amplio abanico de principios que han de orientar la actuación de los poderes públicos de la
comunidad, fijando medidas para garantizar su consecución, se ha enriquecido en esta tramitación. No solo hemos mejorado los derechos de las personas con discapacidad, a través de las aportaciones -por qué no reconocerlo- de Izquierda Unida, que
han sido escasas en el número, no las aportaciones, sino las aceptaciones, las aportaciones fueron tremendamente amplias, muchísimas enmiendas, pero no estábamos de acuerdo con muchas de ellas -por qué no reconocerlo abiertamente-, y algunas otras
con las que hubiéramos podido estar de acuerdo, no hubieran podido ser recogidas en ponencia por el acuerdo previo -que es público y notorio- de que requerían el consenso del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo Parlamentario Socialista. Sin
quebrar en absoluto la lealtad del acuerdo, es una realidad que sí hay que poner de manifiesto, porque para nosotros ha primado el valor superior del consenso y la necesidad de sacar adelante y lo mejor posible este texto.
No obstante, se han
recogido enmiendas como las números 101, 107 y 110, de Izquierda Unida, e in voce, una cuarta, que fue la adición al artículo 14 de la prohibición de cualquier discriminación por razón de género y -se añadió a petición de Izquierda Unida- de
orientación sexual.



Quisiera hacer, por cortesía, una pequeña mención -y termino señor presidente, solo un minuto porque, además, creo que estoy dentro del tiempo- a algún asunto que ha sido objeto de comentario a lo largo de esta mañana: el reconocimiento del
Bierzo y la lengua gallega, que ya he mencionado. La incorporación al artículo 46 del reconocimiento y regulación de la comarca del Bierzo ha sido un indudable avance, quizá no el esperado, quizá no el deseado, pero un indudable avance. Respecto a
la lengua gallega, ya he mencionado que mi propio Grupo Parlamentario hubiera querido introducir algo más en la enmienda, insisto, sin quebrar la lealtad de los acuerdos porque coincidimos básicamente con la intervención del portavoz del Partido
Nacionalista Galego, porque no está hablando de las lenguas en otros territorios -y valga también, aunque discrepe en otra parte del portavoz del Partido Nacionalista Vasco-, porque está hablando de esa lengua en mi tierra, en Castilla y León, y en
esa medida quizá tenga que coincidir, aunque sea políticamente incorrecto, en que la lengua gallega no tiene un tratamiento suficientemente adecuado y razonable, y no tiene ningún problema. Al igual que le digo eso, don Francisco Rodríguez, también
le digo que hay una puerta abierta, perfecta, viable y real para que eso pueda ser subsanado con normalidad, y es el desarrollo de esta ley que se recoge en el artículo 46.4, que ha de regular la singularidad del Bierzo con una ley de Cortes, y en
esa ley es donde con absoluta naturalidad, eso que usted comentaba de la protección de la lengua gallega en esa zona, puede y debe regularse, insisto, con absoluta normalidad. Le adelanto que mi grupo parlamentario apoyará allí este extremo, igual
que lo hemos apoyado inicialmente aquí.



Valga esa mención para la reflexión general del portavoz del Partido Nacionalista Vasco, si bien nuestra clara discrepancia con la cuestión de fondo es pública y notoria, en cuanto al enclave de Treviño -y le contestaba con los criterios
generales- no es descortesía, es que no correspondería en ningún caso, aparte de que le manifiesto nuestra discrepancia en ese aspecto puntual, y aunque no la tuviéramos tampoco serían las Cortes Generales el lugar adecuado para enmendar la plana a
un aspecto importante, que ha sido debatido discutido y sobre el que se ha llegado a una redacción consensuada en mi tierra, en Castilla y León. Por tanto, aunque coincidiéramos -que quede claro que no es el caso en ese aspecto concreto- no sería a
nuestro juicio -aunque lógicamente usted opine de otra manera- las Cortes Generales el lugar adecuado para enmendar la plana, en contra de esos criterios generales que a juicio de mi grupo corresponden a las Cortes Generales, que es velar por esos
aspectos que antes -al entrar en esta segunda fase de la tramitación- puse de manifiesto.



Lo fundamental está puesto sobre la mesa. Reitero mi agradecimiento a todos los grupos parlamentarios y tenemos que felicitarnos porque, al final, globalmente dentro de lo posible hemos conseguido la conclusión de un texto, de un Estatuto
de Castilla y León que va a ser un instrumento, en definitiva, para mejorar la calidad de vida de los castellanoleoneses.
Recuerdo, como es obvio, que este Estatuto tiene, debe y no puede ser de otra forma, un Estatuto de todos y para todos, y que
nadie intente apropiárselo en ningún sentido. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Terminados los turnos, ¿algún grupo quiere utilizar el trámite de réplica?


Señor Rodríguez.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Solo para dos cuestiones, señor presidente. En primer lugar, un error léxico conceptual que cometí en mi intervención y es que debí hablar, al referirme al apellido Pereira, de


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patronímico y no de gentilicio; fue un lapsus momentáneo. En segundo lugar, quiero reflexionar sobre tres cuestiones. Hace bastantes años en un contexto político diferente en el Estado español, fue posible que desde las Cortes Generales
se hiciese un cambio en el Estatuto de Autonomía, precisamente para darle presencia a la lengua gallega. Repito que ese cambio se hizo con naturalidad y no costó nada, excepto la intervención del señor Posada, que está aquí en este momento como
diputado del Partido Popular. ¿Qué cambió para que ahora no podamos hacer exactamente lo mismo homologando el estatus de una lengua, nada menos que con el estatus de algo que ahora sí aparece y que es una novedad, y que además aparece de forma
específica cualitativamente diferenciada? Un cambio político que no es atribuible a la realidad en cuanto a derechos humanos, en cuanto a realidad lingüística, sino simplemente a la intolerancia; no hay otra palabra. En tercer lugar, la esperanza
es lo último que se pierde, por tanto, esperemos que en Castilla y León, a base de una mínima capacidad reivindicativa en el Bierzo y un mínimo de sensibilidad democrática, se acabe abriendo paso a la cooficialidad de la lengua gallega en esa
comarca de Castilla y León. De todas formas, el problema de las lenguas es un problema de derechos, y aquí que tanto se nos predica continuamente sobre que los derechos deben ser universales y, por lo tanto, comunes a todos los ciudadanos del
Estado español que deben ser tratados por igual, no entiendo por qué un ciudadano de A Coruña puede tener unos derechos en lengua gallega que no tenga uno del Bierzo que habla exactamente la misma lengua. Si estamos en el mismo Estado esto también
debía homologarse.



El señor PRESIDENTE: ¿Algún otro grupo quiere intervenir? Señor Esteban.



El señor ESTEBAN BRAVO: Brevemente, señor presidente, para hacer alguna reflexión al hilo de lo comentado por el portavoz del Grupo Popular y del Grupo Socialista.



El Partido Popular habla del referéndum dentro del ordenamiento jurídico y entiendo que las consultas también están en el marco fijado por el ordenamiento jurídico. El problema es que el Partido Popular utiliza el referéndum en el
ordenamiento jurídico para no aplicarlo nunca, para no aplicar nunca instrumentos de democracia directa. Están ahí bien mientras estén en la letra, pero que se lleven a cabo, sea a nivel local o a otro nivel, parece que no es correcto. Se decía
también por parte del Partido Popular que en todo caso la consulta debería hacerse a todos los ciudadanos de Castilla y León, y que deberían participar todos los ciudadanos de Castilla y León; esto es nuevo. (La señora Sáenz de Santamaría Antón:
Yo no he dicho eso.) No, lo ha dicho su compañero. Esto es nuevo en el ordenamiento jurídico, pero también nuevo en el Estatuto de Castilla y León; no me invento nada. Este es el Estatuto de Castilla y León; la versión anterior y lo que parece
ser que va a seguir malentendiéndose ahora. Leo: refrendo entre los habitantes del territorio, municipio o municipios que pretendan la segregación aprobado por mayoría de los votos válidos emitidos. Otra cosa es que ustedes bloquean siempre que
se llega a este paso. Pero si en el mismo Estatuto se habla de los habitantes del territorio, municipio o municipios, como en el resto de regulaciones que hay en otros estatutos de autonomía en este punto. Ahora, resulta que por ser lógico, para
algunos por lo visto, se va más allá incluso de lo que es la propia letra del Estatuto.



En cuanto al representante socialista, la argumentación de que no le corresponde a las Cortes cambiar un estatuto de autonomía, un estatuto que viene de una comunidad autónoma y de que no es cuestión de enmendar la plana, pudiendo estar de
acuerdo en el fondo y en los términos generales, sí recordará qué pasó con el catalán. Como dijo el presidente de la Comisión Constitucional ya le hemos pasado el cepillo, o sea que se lo cepillaron bien. Se hicieron cambios sustanciales en aquel
texto, cambios muy sustanciales. Lo que pasa es que, como diría el ministro de Justicia, cuando convenga la jugada. Seamos serios. Estoy de acuerdo con el principio que manifiesta, pero le añado que no es labor de las Cortes -y así se ha
manifestado repetidamente en otros debates- velar por el respeto de todo el ordenamiento jurídico. Lo único que pretenden las enmiendas que se presentan por parte de nuestro grupo es que se respete todo el ordenamiento jurídico; que no sea letra
vacía, letra muerta, un texto que es ley orgánica, que forma parte del bloque de constitucionalidad y que incluso ha sido refrendado. De hecho, yo diría que en nuestras enmiendas no estamos modificando sustancialmente -y esa palabra la ha subrayado
usted una y otra vez, sustancialmente- el Estatuto, no. Son temas parciales. Incluso estamos siendo muy respetuosos con el texto inicial en cuanto a las mayorías diferenciadas, etcétera. Lo único que estamos planteando es que no se pueda bloquear
unilateralmente, que es lo que ha sucedido siempre. ¿Eso es una modificación sustancial? Yo estoy de acuerdo con el respeto, con el respeto que nuestras enmiendas también muestran hacia los ciudadanos de Castilla y León y hacia el Parlamento
castellanoleonés, pero respeto para todos, señor Villarrubia, respeto para otros estatutos, para lo refrendado por otros ciudadanos y respeto en concreto para los ciudadanos del condado de Treviño, que una y otra vez han manifestado que quieren
ejercer su voluntad de acuerdo al ordenamiento jurídico y una y otra vez se les ha impedido unilateralmente.



Señor presidente, por último me gustaría solicitarle que en el trámite de la votación -porque supongo que no nos va a permitir tener un tercer turno dado que además el debate está bastante agotado- las dos enmiendas que hemos presentado se
voten separadamente, así como que en la votación del dictamen del texto que vayamos a aprobar se vote por separado el artículo 5 y la disposición transitoria tercera. Señorías, anuncio que, efectivamente dentro del respeto, más que


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a lo sustancial del texto presentado por las Cortes de Castilla y León, nuestro voto va a ser afirmativo en todos los artículos excepto en el caso del artículo 5 y la disposición transitoria tercera, pero también quiero señalar que en el
caso de la votación de conjunto si mi grupo estuviera de acuerdo con la votación en conjunto estaría votando de facto una anulación del artículo 8 del Estatuto de Gernika, y eso no podemos hacerlo. Por tanto, nuestro apoyo al Estatuto de Castilla y
León excepto en esos dos puntos, pero entiéndase también que lo que se está pidiendo al Grupo Vasco es dar un portazo al texto que la Comunidad Autónoma vasca refrendó en su momento y que también forma parte del bloque de constitucionalidad.



El señor PRESIDENTE: Señor Esteban, le saludo por su llegada a la vocación del bricolaje y de la carpintería en esto de los estatutos. Debo advertirle que no hay votación de conjunto del Estatuto en la Comisión.
Usted ha solicitado
votación separada de las enmiendas 85 y 86, pero de las dos conjuntamente, ¿verdad?


El señor ESTEBAN BRAVO: No, votación separada de cada una de ellas, por favor.



El señor PRESIDENTE: ¿Y en cuanto al artículo 5 y la transitoria tercera también votación separada?


El señor ESTEBAN BRAVO: Sí, por favor.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Sáenz de Santamaría.



La señora SÁENZ DE SANTAMARÍA: Intervengo muy brevemente para fijar dos cuestiones con claridad. En primer lugar, quiero recordarle al representante del Bloque Nacionalista Galego que el texto en relación con el tratamiento de esta lengua
en este Estatuto, es el mismo del que con tanto cariño ha hablado respecto a la intervención del señor Posada. Es el mismo y así viene reconocido. Nada se quita al gallego, aunque entiendo que por comparación a veces se hagan ciertas
reivindicaciones, pero el texto es el mismo. En segundo lugar, y en relación con la intervención del portavoz del Partido Nacionalista Vasco, me gustaría hacer una pequeña disquisición y aclaración. Cuando la disposición transitoria tercera de
este Estatuto, que se trata en los mismos términos que en el texto anterior, recoge la convocatoria de refrendo, se está hablando de un tipo de referéndum que aparece claramente recogido en el artículo 149.1.32.ª de la Constitución, que solicita la
autorización del Estado en las disposiciones adicionales de la Ley orgánica reguladora del derecho de referéndum y en los artículos correspondientes de la Ley reguladora de la bases del régimen local, en relación con las consultas populares
municipales por vía de referéndum, que en todo caso requieren autorización del Estado, en este caso del Gobierno de la nación. No hay precedente alguno en ninguna de las cuestiones que invoca, y además me gustaría hacer una diferencia muy clara en
este sentido. El referéndum lo es porque se lleva a las urnas al censo electoral sobre una determinada pregunta, con independencia de sus efectos vinculantes o no vinculantes jurídicamente. Quizás el referéndum tipo es el referéndum consultivo de
nuestra Constitución recogido en el artículo 92, donde existe la vinculación política, pero no la jurídica. Lo digo porque estos días se han oído unas cuantas cosas y el rigor en esta Cámara y en lo que se refiere a los temas constitucionales y de
derecho me parece importante.
(El señor Esteban Bravo: ¿Está hablando de este asunto o está hablando de otra cosa?)


El señor PRESIDENTE: Señor Villarrubia.



El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Señor presidente, quiero hacer dos breves reflexiones. Una al portavoz del Bloque Nacionalista Galego, para puntualizar la información, porque es una realidad objetiva que a través de la enmienda de adición
que recogemos al artículo 46.4, respecto a la declaración del preámbulo de la comarca del Bierzo, pasamos a decir que una ley de las Cortes de Castilla y León regulará -preceptivo, por tanto, no que podrá regular, sino que regulará- la comarca del
Bierzo, teniendo en cuenta sus singularidades y su trayectoria institucional. En mi interpretación de buena fe no ofrece ninguna duda que una de las singularidades es la lengua gallega, cuyo uso en dicha zona es una de sus singularidades, luego
tendrá que regularse y protegerse. Quizás no se ha podido hacer ahora, pero parece razonable que se haga. Además, ¿por qué no? Al menos en mi grupo no encontraríamos argumentos para que no se hiciera así. Por tanto, no está recogida directamente
esa pretensión que usted formulaba, pero creo que más que indirectamente con este texto y con el cumplimiento de la letra y el espíritu de esta enmienda de adición, debe recogerse, regularse y protegerse el uso de la lengua gallega.



La segunda reflexión está dirigida al portavoz del Partido Nacionalista Vasco. Con absoluta amabilidad, como no puede ser de otra forma, pero creo que se ha producido una pequeña utilización de mis palabras. He dicho seis principios
generales. El primero era el respeto con carácter general a la norma que viene de la comunidad autónoma. Incluso excediéndome coloquialmente en la valoración, minoraba la legitimidad -entre comillas- de las propias Cortes Generales para entrar en
determinados asuntos, pero enseguida apunté: excepto, y ahí sí corresponde el papel irrenunciable de las Cortes Generales para velar por el respeto a la Constitución, para velar por el interés general de España y de los españoles. En este punto
incluso dije que en algunos casos, con absoluta legitimidad inicial, intereses concretos o propuestas concretas de cualquier comunidad autónoma pueden chocar con lo que aquí consideramos el interés general y por supuesto el respeto a la
Constitución. El


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ejemplo que usted ha puesto del Estatuto catalán y del cepillo era en aplicación de estos principios segundo y tercero de los seis que con carácter general yo le había citado, pero usted don Aitor, se había quedado solo con el primero: el
respeto automático a lo que venga de allí. Señoría, entonces sobrarían las Cortes Generales. Parece evidente -por supuesto, con buen talante- la matización, pero hay una discrepancia indiscutible. Por otra parte, quiero apuntar una última
cuestión, y es que aunque usted no lo comparta deberá reconocer conmigo el derecho de la comunidad autónoma, en este caso Castilla y León, de regular en sus normas jurídicas el principio de la no división de su territorio y que establezca algunas
cautelas en este sentido. Desde el punto de vista jurídico, me parece al menos razonable, aunque no se comparta.



El señor PRESIDENTE: Ya ven que esto del bricolaje va teniendo éxito.
Señorías, terminado el debate procedemos a las votaciones. En primer lugar votaremos las enmiendas. (La señora Navarro Casillas pide la palabra.)


¿Qué desea, señora Navarro?


La señora NAVARRO CASILLAS: Pedimos votación separada de la primera enmienda del PNV.



El señor PRESIDENTE: Coincide con la petición que también ha hecho el PNV.



Señora Oramas, en cuanto a las enmiendas del Grupo Mixto hemos escuchado la defensa que ha hecho el señor Rodríguez de sus enmiendas, pero también hay enmiendas de otro miembro del Grupo Mixto. ¿También se someten a votación?


La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Sí, se mantienen.



El señor PRESIDENTE: Procedemos, por tanto, a la votación de las enmiendas presentadas por el señor Rodríguez, enmiendas números 42 y 43.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 33.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del señor Labordeta, de la 44 a la 84.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, de la 87 a la 166.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, tres.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos ahora las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), pero las votamos por separado. Primero la enmienda número 85.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 33.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos ahora la enmienda número 86, también del Grupo Parlamentario del PNV.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 34.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Pasamos ahora a votar el texto del articulado. Se ha solicitado votación separada del artículo 5 y de la disposición transitoria tercera.
Comenzamos por votar el texto del artículo 5 del dictamen.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33; en contra, dos; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Votamos ahora la disposición transitoria tercera.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33; en contra, tres; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Si no hay más solicitud de votación separada, procedemos a votar el resto del articulado y las disposiciones.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Con esto hemos terminado el debate y aprobación del dictamen que hace la Comisión para pasarlo al Pleno, de la reforma del Estatuto de Castilla y León. Muchas gracias, señoras y señores.



Inmediatamente continuaremos, aquí mismo, con el próximo proyecto de ley.
Damos un minuto solo de descanso y empezamos de nuevo. (Pausa.)


PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN DERECHOS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS EN FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA. (Número de expediente 121/000099.)


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El señor PRESIDENTE: Señorías, comenzamos el debate y, en su caso, aprobación del proyecto de ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra
civil y la dictadura.



Hay varias enmiendas y procederemos a su defensa, pero ya me anuncian que hay alguna transaccional que ruego pasen lo antes posible a la Mesa, para que se pueda distribuir y el resto de los grupos tengan conocimiento de ellas. En primer
lugar, hay enmiendas de distintos miembros del Grupo Mixto. Entiendo que la defensa la va a hacer la señora Lasagabaster.



Tiene la palabra.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Antes de comenzar mi intervención, quisiera señalar como cuestión técnica -que ya he transmitido al letrado de la Comisión- cuáles son las enmiendas que se mantienen vivas. Dentro del Grupo Mixto se
mantienen vivas todas las enmiendas del Bloque Nacionalista Galego, de Nafarroa Bai y de Coalición Canaria-Nueva Canarias; Chunta Aragonesista ha retirado una serie de enmiendas, lo mismo que Eusko Alkartasuna, y hemos trasladado cuáles son las que
mantenemos vivas y que, lógicamente, en lo que se refiere a Eusko Alkartasuna, procederé a explicar en este trámite. Creo que no habrá ningún inconveniente en cuanto a considerar y conocer cuáles son las enmiendas vivas.



En la primera parte haré una exposición -en el tiempo que tenemos establecido- que dividiré en cuatro partes. Primero, cuál es la filosofía que Eusko Alkartasuna considera que debe tener la ley, debiera haber tenido, debería haber tenido la
Ley de Memoria Histórica; cualquier tiempo del verbo que ustedes quieran, pero el caso es que salga. La segunda parte será sobre el procedimiento seguido hasta ahora; la tercera parte será sobre la posición de Eusko Alkartasuna en relación con el
texto que hoy tenemos encima de la mesa, como consecuencia de la sustitución del proyecto original que se registró y se debatió en esta Cámara. La cuarta parte será sobre el procedimiento a seguir en la votación, que expondré sucintamente porque la
votación la hará la titular de esta Comisión, la señora Oramas. Como va a ser un procedimiento algo especial -por decirlo de alguna manera-, no quería dejar de informar, para que no quepa desinformación, mala información, desinterpretación, no
interpretación de los prolegómenos de este sistema.



Empezaré por el principio. Cuál es la filosofía que Eusko Alkartasuna ha entendido desde siempre que debía tener una Ley de Memoria Histórica.
Desde el momento en el que Eusko Alkartasuna tuvo representación en esta Cámara, desde luego en
lo que a esta portavoz corresponde, hemos creído que había una deuda pendiente con las víctimas, con las personas que sufrieron no solamente en la guerra civil, sino con las que sufrieron represión, vulneración de los derechos fundamentales y exilio
a lo largo de cuarenta años de dictadura. Por varias razones, siempre creímos que la transición no estaba acabada; evidentemente, una de ellas era por no hacer frente a una etapa histórica y por no hacer frente a los deberes que corresponden a
cualquier sociedad democrática que ha tenido que afrontar el paso de una dictadura. La filosofía de Eusko Alkartasuna ha sido siempre muy clara. La Ley de Memoria Histórica tenía que tener tres vértices: verdad, justicia y reparación. No podía
ser una cuestión dejada a cada una de las personas privadas de sus derechos o cuyas libertades habían sido vulneradas. Tenía y debía ser un deber colectivo de toda la sociedad del Estado español.



La verdad es que el proyecto de ley que se nos presentó no coincidía o no convenía con esos tres vértices que, desde nuestro punto de vista, eran y son absolutamente imprescindibles. De verdad recogía poco; de verdad, del deber de
conseguir la verdad; la verdad de saber las vulneraciones de derechos humanos; la verdad de conocer lo ocurrido y las vivencias de tantas y tantas personas que en ningún momento hasta el día de hoy, han tenido la oportunidad formal, oficial de
poder aportarla a los archivos, de poder aportarla a la sociedad. Es, pues, un vértice que nos falta todavía, algo más del deber de conseguir la verdad. La verdad es la verdad de cada uno, pero hay una parte de verdad que no está en ninguna parte.
¿Qué es lo que pedíamos, por tanto, con nuestras enmiendas a ese proyecto de ley que se registraba? Que en ese Centro Documental de la Memoria Histórica no solo se debe recoger lo que hay ya en archivos, los testimonios de la guerra civil de los
que han podido darlos; pero lo que nunca ha quedado recogido, porque nunca han podido hacerlo hasta ahora, es la verdad de aquellos que salieron al exilio, la verdad de lo que vivieron en las cárceles, las verdades de aquellas personas que
sufrieron vulneración en derechos y libertades fundamentales. Es difícil que una Ley de Memoria o un centro de memoria recoja la verdad de aquellos que nunca pudieron expresarla, y ahora incluso no pueden porque ya fallecieron, sobre todo lo que
pasaron. Por tanto, proponíamos como una de las enmiendas para apuntar ese vértice, cosas tales como la Comisión de la Verdad, un Centro de Memoria Histórica que corrigiera todo este tema y, de alguna forma, poder tener también esa verdad que
nunca, evidentemente, se recuperó, que nunca nadie tuvo oficialmente como institución la obligación de hacerlo. Por tanto, verdad poca.



Justicia, yo diría cero. En el proyecto de ley que se nos presentó, justicia cero. Lo que se nos presentó fue no cambiar nada del carácter vinculante de la justicia que había habido antes. No había nada relativo a las sentencias, a la
nulidad, nada relativo a la posibilidad, por ejemplo, de la existencia de una fiscalía que recogiera ciertas cuestiones. Nosotros no planteábamos nada diferente a la doctrina que se entendía de los crímenes de guerra y de lesa humanidad
correspondiente a la doctrina de Naciones Unidas, que tanto predicamos y pregonamos allende nuestras fronteras. Por tanto, recogíamos elementos claves en nuestras enmiendas que


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apuntalaran ese segundo vértice: justicia. Creemos que primero hay que saber la verdad; segundo, hay que hacer justicia y, en el caso de que realmente se conozcan las responsabilidades, amnistiar. No hay amnistías en abstracto, sólo de
las que se conocen las responsabilidades. Segundo vértice: justicia.



Tercer vértice: reparación. Es verdad que en el proyecto de ley que se nos presentó había algo más de reparación, es cierto; pero también era una reparación que ciertamente quedaba corta en relación con las cuestiones básicas que después
de tantos años merecían y merecen aquellas personas.
Por tanto, un proyecto de ley, una filosofía de ley que a nosotros no nos convencía y que, como diré luego, sigue sin convencernos. Poca verdad, nada de justicia, algo de reparación, igual a
casi nada de memoria histórica. Esta es nuestra posición.



Presentamos enmiendas que recogían la filosofía de Eusko Alkartasuna al objeto de hacer una Ley de Memoria que no pretendía nada diferente, nada estrambótico, nada estridente, nada que no sea comparable a lo que ya se había hecho en otros
países de nuestro entorno europeo u otros países del mundo que han aplicado la doctrina de Naciones Unidas. Nada diferente.
Cada uno de nuestros artículos podía ser perfectamente comparable con doctrinas y legislaciones europeas y, gracias a Dios,
no ha habido demasiados países, aunque sí ha habido algunos e importantes y gravísimos en sus consecuencias, en relación con este tema, pero también en otros países.



Segunda parte, ¿qué ha pasado a lo largo de todo este procedimiento, desde la tramitación como enmiendas de totalidad de algunos grupos y como debate de totalidad? Nosotros, como Eusko Alkartasuna, no hemos tenido ninguna parte en el
procedimiento y en la negociación, procedimiento de negociación. Se nos dio un texto negociado con otros grupos, nosotros ni criticamos ni dejamos de criticar, cada uno es muy libre de negociar con quien quiera o como quiera. Solo quiero decir la
verdad, que quede constancia en el 'Diario de Sesiones' de que nosotros no hemos tenido ninguna posibilidad de negociación, a pesar de que somos personas que evidentemente negociamos, máxime cuando curiosamente -es una cuestión anecdótica, aunque es
menos simbólica que anecdótica- en la exposición de motivos se recoge una transacción del año 2002 -por primera vez se condena la dictadura en esta Cámara-, la cual llega como consecuencia de tres proposiciones no de ley, una del Grupo Socialista,
que fue defendida por el señor Guerra, una del Grupo de Izquierda Unida, que fue defendida por el señor Llamazares, y una de Eusko Alkartasuna, que fue defendida por esta portavoz. Aunque solo fuera por cortesía parlamentaria, hubiera parecido
razonable que, después de tanto trabajo, se hubiera atendido a la posibilidad de contrastar las opiniones de quienes muy humildemente, y si se quiere muy pobremente, tuvimos algo que decir para conseguir llegar a esa declaración después de tantos
años. En fin, la vida es así y nosotros seguimos con nuestro trabajo, que es lo que corresponde.



Tercera parte. ¿Qué nos parece el texto sobre esta materia que se nos ha puesto delante? Para empezar, quisiera aclarar algunos malentendidos, informaciones, malas interpretaciones o desinformaciones. Estoy tratando de ser prudente en mis
afirmaciones, aunque todos ustedes son suficientemente inteligentes -más que yo- para comprender por qué lo digo. Se nos traslada un texto que entendemos que es mejor -no tenemos ningún reparo en decirlo- y nos parece que han hecho un esfuerzo
increíble para elaborarlo los que lo han negociado, a quienes lo han hecho hay que reconocerles su voluntad y su esfuerzo para lograr un buen texto. El texto que se presenta en la ponencia, que a nosotros se nos entrega unos días antes, es mejor
que el proyecto de ley que registra el Gobierno y, como es de sentido común que lo mejor es mejor y que lo peor es mejor dejarlo en un cajón, técnicamente entendimos que era mejor partir, como documento de trabajo, de un texto mejor que no de uno
peor.
Por tanto, nuestro apoyo en la ponencia, en la Comisión Constitucional -así lo dejé claro y son testigos muchos de los compañeros que están aquí-, era para cambiar de texto como documento de trabajo, pero no era un apoyo a la ley. Quedó muy
claro, porque mis compañeros probablemente son más listos que yo y para expresar eso no hacen falta demasiadas palabras, pero la desinformación y mala interpretación que hay por la vida lleva a decir que todo el mundo aprobó el texto. No es cierto,
no fue cierto y seguirá no siendo cierto.



Nosotros apoyábamos el cambio del documento de trabajo en ponencia; no significaba que apoyábamos el texto. ¿Qué nos queda, qué nos falta o por qué no apoyamos el texto? No se correspondía con nuestra filosofía, pero en la vida hay que
llegar a consensos, es verdad, y todo el mundo tiene que hacer aproximaciones, también es verdad. Lógicamente, tiene que ser algo que cualitativamente pase los mínimos o llegue al aprobado, ya no pedimos un notable, solamente aprobado, y el texto
que hoy tenemos para nosotros no llega al aprobado. Haciendo un ejercicio de aproximación, les diré lo que a Eusko Alkartasuna le parece que le falta.



Nosotros creíamos que, para que tuviera el valor de justicia, era necesaria la nulidad de las sentencias de tribunales que no cumplían las garantías suficientes para dictar sentencias justas. Se nos planteaba que la ilegitimidad era
suficiente y nosotros decíamos que la ilegitimidad no tiene un valor jurídico per se. Esto es algo que todos tenemos claro.
¿Qué nos llevaba a entender que la ilegitimidad podría servir siempre y cuando fuera acompañada de algo más para conseguir
la nulidad? Si no se ponía la nulidad, vamos a poner dos elementos suficientes para llegar a la nulidad o cuando menos los elementos suficientes que creamos que pueden llegar a la nulidad en el efecto práctico, que son, uno, declaramos la
ilegitimidad, no nos satisface pero en fin; dos, que las instituciones, en este caso el Gobierno, establezca toda


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la asistencia suficiente para poder llegar a presentar los recursos de revisión de aquellas personas víctimas que correspondan y, evidentemente, el Poder Judicial para lo que considere oportuno. Eran dos elementos que nos convencían de que
podíamos llegar a la nulidad. Lo cierto es que esto no ha sido posible. El Gobierno, el grupo que apoya al Gobierno no quiere la intervención de las instituciones del Estado, las que corresponden, el fiscal general, el Ministerio de Justicia, para
hacer nada que coadyuve a conseguir la nulidad. Es poco creíble porque jurídicamente doctores tiene la Santa Madre Iglesia, pero a nadie se le escapa que hay que presentar un recurso a la Sala Militar del Supremo y el Supremo inmediatamente dirá:
oiga, si el legislador hubiera querido la nulidad, lo hubiera puesto. ¡Hasta ahí ya podemos llegar! Si realmente hay apariencia de veracidad, de realidad y la legítima expectativa que se está trasladando de que la ilegitimidad puede llevar a la
nulidad, lo normal es que, si consideran que jurídicamente no se puede instar por el legislador, las instituciones hagan lo que esté en su mano para llevarlo a buen término.
Nosotros no vamos a engañar a nadie con legítimas expectativas que no
correspondan. Nos lo creeríamos más si el Gobierno estableciera que dará asistencia técnico-jurídica con todo lo que esté en su mano, Abogacía del Estado, Ministerio de Justicia y Fiscalía, para que se pueda conseguir esa nulidad. Eso nos falta.



Dos. No compartimos en absoluto cómo está establecido el Centro de Memoria Histórica. Lo que no puede ser -no me voy a extender mucho porque ha sido objeto de múltiples debates- es que los archivos expoliados e incautados como consecuencia
de una injusticia se mantengan en la injusticia. Por tanto, parece irrazonable pensar que puede darse carta de validez legítima mayoritaria a una incautación-expoliación y que no lo resolvamos y lo subsanemos. Toda esa parte, hasta que no se
devuelvan a quienes fueron incautados y expoliados en Euskadi o en donde fuere, no la podremos aprobar. Tampoco compartimos el desarrollo reglamentario de muchos temas -la ley tenía que haber entrado en más- y, como he dicho al principio, cómo se
va a hacer la recuperación de esa verdad, que hoy por hoy es muy difícil, primero, por el desgraciado fallecimiento de tanta y tanta gente y, segundo, porque no se ponen los medios oportunos.



El tercer elemento clave para conseguir ese aprobado al menos de Eusko Alkartasuna es el de las víctimas fallecidas como consecuencia de la vulneración de sus derechos, en concreto de su derecho a la vida, o de las lesiones en la llamada
época de la transición por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Sinceramente, no llegamos a entender que esas víctimas tengan una condición peor que las víctimas de un ataque terrorista. No queremos que la tengan mejor. Por cierto, siendo
responsabilidad del Estado las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, es tipificado delictivamente mucho más grave que las víctimas de un ataque terrorista. Eso está en el Código Penal y no se le escapa a nadie. Parece increíble que esa reparación,
reconocimiento y ese establecimiento de condición de víctima sea de un grado menor, tanto en la reparación como en otros muchos casos, a esas víctimas. Realmente no lo entendemos. Y que además no se establezca el mismo párrafo que se establece en
el artículo 1, que eso no impide la exigencia de responsabilidades judiciales en los procedimientos que se establezcan. No lo entendemos y creo que no lo entiende nadie, pero no pasa nada. Luego, si hay que amnistiar, se amnistía, pero sin el
conocimiento de las exigencias y de las responsabilidades judiciales no hay amnistía. Y quien prima o considera que la aplicación de la amnistía del año 1977 lo es en abstracto se equivoca. Es una interpretación no válida en ningún lugar del
mundo.



Estas tres cuestiones son las que nosotros entendemos necesarias para conseguir el aprobado. Algunas no son especialmente difíciles, otras simplemente son decir la verdad en la realidad, aunque el establecimiento de la ilegitimidad también
es un esfuerzo y lo reconocemos, pero no hay que crear legítimas expectativas que luego veremos cómo se resuelven.



Cuarto procedimiento, y termino, señor presidente. Como no tendré que votar -lo hará la titular de esta Comisión- no tengo este problema que se me ha planteado, porque lógicamente, con estas precisiones que les he hecho, uno votaría no al
dictamen de Comisión, como siempre hacemos. Es verdad que no es una ley orgánica y no requiere un voto de totalidad. Lo que pasa es que probablemente cuando se empiece a pedir la votación artículo por artículo o párrafo por párrafo, aunque yo no
tengo ya ese problema, ya advierto que esto no es un kilo de estupenda carne de vacuno ni de kobe japonés. Votar no sé cuantos artículos no es votar un tanto por ciento de la ley; aclarémonos, lo digo por la desinformación o por la mala
interpretación que pueda haber. Hay artículos sustantivos y hay artículos muy importantes. Lógicamente, la orfandad, el reconocimiento, la no tributación en el impuesto de la renta de las personas físicas, es importantísimo para esas personas,
pero no son algunos de los cualitativos en relación con otros temas. Yo no voy a tener ese problema, pero lo advierto desde ahora. Ese problema lo tendremos en el Pleno y ya lo explicaremos.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra para la defensa de sus enmiendas, en nombre del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, el señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: Ya dijimos que para nosotros esta era una ley fundamental de la legislatura. Es más, el anuncio por parte del Gobierno de la elaboración del conocido como proyecto de Ley de Memoria Histórica creó esperanza entre
mucha gente, entre los colectivos que llevan muchos años reclamando justicia y reconocimiento de todos los hombres y mujeres que fueron víctimas de la guerra civil que fue consecuencia del alzamiento militar del 18 de julio, y esa esperanza fue un
compromiso adquirido, entre otros, con nuestro


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grupo parlamentario, por el presidente del Gobierno. Esta legislatura, hay que recordarlo también, ha estado a las puertas de fracasar en uno de sus principales objetivos, que es sentar las bases para las políticas de recuperación de
memoria democrática de este país. Este, que había sido un compromiso de principio de legislatura -hay que decirlo también-, se había resuelto mal por parte del Gobierno. En primer lugar porque disponíamos de una mala base. Con la presentación del
proyecto de ley el Gobierno nos presentaba una iniciativa tardía, con más de dos años de retraso sobre lo comprometido y nos presentaba una ley fallida, criticada por todo el mundo. A estos ingredientes se les sumaba otro en este final de
legislatura; el de un arrepentimiento que parecía transversal entre las filas socialistas, entre las que destacaba la clara voluntad de no volver a comprometerse en el futuro de una ley de memoria, de una ley de estas características. Por tanto,
teníamos un riesgo que era que pasara esta legislatura con una mala base, con una ley fallida y una ley tardía, con el arrepentimiento de haber abierto un melón que era el de la memoria histórica; teníamos el riesgo de que acabásemos la legislatura
sin nada y con muchos elementos para pensar que en este país no se abordaría finalmente lo que era una exigencia democrática que es empezar a hacer políticas de memoria. Teníamos también una oportunidad que es hacer una ley que sirva para construir
los cimientos en materia de memoria democrática. Desde nuestro grupo parlamentario pusimos tres condiciones para que esta ley se aprobase, para que esta ley diese un vuelco. Pusimos tres condiciones sabiendo que no ganaríamos todas, sabiendo que
somos quienes somos y que tenemos la fuerza que tenemos, pero entendiendo que la legislatura tenía que acabar con una ley que sirviese como punto de partida. Por eso planteábamos que la ley pasase de la equidistancia a la condena del franquismo;
que pasásemos de la memoria individual o familiar, como decía el proyecto de ley, al concepto de memoria democrática; y que pasásemos de una vaga declaración de injusticia en torno a la represión franquista a la máxima sanción política, legal y
jurídica, de la represión franquista. Aquí voy a centrar mi intervención.



Primer objetivo: reorientar la ley. Globalmente lo hemos conseguido. Hemos conseguido suprimir en todo el texto la referencia a los dos bandos a los que hacía mención la ley y que estaba de forma transversal en toda ella.
Era un término
peyorativo y desde nuestro punto de vista injurioso, que olvidaba la existencia de un régimen legítimo y democrático previo al alzamiento militar que provocó la guerra civil; en definitiva, entendíamos que no se podía poner al mismo nivel al
Gobierno democrático que a los sublevados. Es más, hemos incorporado -la primera vez que se hará en una ley- una condena expresa del régimen franquista incluida en la exposición de motivos y que hace referencia a dos declaraciones -la señora
Lasagabaster lo decía-: a una declaración del Congreso de los Diputados, la proposición no de ley aprobada el 20 de noviembre de 2002; y a la declaración del informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2006, que es
la más solemne y rotunda de las condenas al régimen franquista. La más solemne y rotunda de las condenas al régimen franquista. Este era para nosotros un elemento fundamental. Es más, entendemos que en la exposición de motivos se ha incorporado
un relato diferente, distinto. Se incorpora como propia de esta democracia y de esta ley la reivindicación del papel del cuerpo de carabineros, de los guerrilleros, de los brigadistas internacionales o de la Unión Militar Democrática, cuyo papel
nunca se ha reconocido en esta Cámara; se incluye el papel de las personas deportadas; se hace, en definitiva, un relato diferente. Por tanto, nosotros teníamos como objetivo, en primer lugar, reorientar la ley.



Segundo objetivo: conseguir que hubiese políticas públicas para el fomento de la memoria democrática. Tengo que decir que aquí hemos avanzado estableciendo un marco institucional con el que se garanticen y se impulsen políticas públicas
relativas a la conservación y fomento de la memoria democrática, que garantice el acceso universal a los documentos y expedientes relacionados con la guerra civil y la represión del régimen franquista -en el artículo 1 y en la disposición adicional
tercera-. En lo relativo al papel a desarrollar por parte de las administraciones públicas en la localización e identificación de las víctimas de la guerra civil y de la represión posterior, porque el Gobierno tendrá que elaborar un protocolo de
actuación científica y multidisciplinar que asegure tanto la adecuada intervención en las exhumaciones como la colaboración institucional, porque la Administración General del Estado se compromete a elaborar planes de trabajo y a sufragar gastos.
No hemos ido en este aspecto tan lejos como nosotros queríamos. Hubiésemos querido un liderazgo por parte de la Administración, directamente, pero hemos puesto las bases para que haya una responsabilidad de la Administración.



Se pone fin, además, a la escandalosa discriminación y a la injusticia de la que habían sido víctimas las viudas y los viudos de las personas ejecutadas por la dictadura franquista y a quienes se había excluido del beneficio de
indemnizaciones concedidas a los expresos del franquismo.
Por tanto, hay un elemento de avance. Se incorpora un elemento fundamental para nosotros que es que las administraciones públicas tomen las medidas oportunas para la retirada de escudos,
insignias, placas y cualquier otro símbolo conmemorativo de la exaltación de la sublevación militar, de la guerra civil, de la represión de la dictadura, y asimismo se dice claramente que a los propietarios privados que no actúen en este sentido se
les podrán denegar -esto es un avance sustancial- las subvenciones o las ayudas que reciben de las administraciones. Es más, las excepciones que ponía el Gobierno, que planteaba el Grupo Parlamentario Socialista con el proyecto de ley, se
restringen a aquellas que estén establecidas en la ley, lo que supone un avance claramente significativo. Se dice además que se podrá


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como decía- retirar o denegar las subvenciones o ayudas a los propietarios privados; que la Administración General del Estado deberá elaborar un catálogo de vestigios de la guerra civil y la dictadura; que se realizará un censo de
edificaciones y obras realizados por miembros de los batallones disciplinarios; se habilita al Gobierno para el reconocimiento de indemnizaciones extraordinarias a favor de quienes hubiesen sufrido lesiones incapacitantes en defensa de la
democracia durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977; en materia de archivos, con una propuesta muy trabajada por parte del Partido Nacionalista Vasco, se incorpora una redacción que garantiza el acceso a
los archivos sin necesitar que esa persona tenga que ser interesada, con lo que es un cambio sustancial en toda la política archivística; y se suprimen artículos como el anterior 25.3, que no permitía conocer la identidad de los verdugos, con una
mejora sustancial, radical, del artículo en materia de archivos.



Bien es cierto que la satisfacción no es total. Hay dos aspectos que, desde nuestro punto de vista, no se solventan. En primer lugar el Centro Documental de la Memoria Histórica, no devolviendo los documentos a todos y cada uno de sus
titulares y, en segundo lugar, un elemento que para nosotros era simbólico, pero relevante: el Valle de los Caídos. Un elemento en el que estuvimos a punto de realizar un avance sustancial.
Pero, como ustedes saben, finalmente ese avance, que ya
digo que podía ser sustancial, reconociendo un instituto de la memoria y explicando - porque en ese espacio se tienen que explicar- las políticas de memoria democrática y lo que fue la represión, no ha sido posible con la redacción que habíamos
transaccionado. Pero entendemos que la ley, en materia de esas políticas públicas de fomento de la memoria democrática, reconocido ya en el artículo 1.2 y en multitud de artículos, supone un paso adelante, representa los cimientos y el punto de
partida desde el cual el Estado va a tener que hacer políticas públicas para la recuperación de la memoria. Eso es lo que hace pensar que la ley es un punto de partida, que la ley significa que el Gobierno tendrá obligaciones a partir de ella y que
no será una ley declarativa en la que el Gobierno no tendrá que hacer nada a partir de la promoción de la misma.



El tercero de los objetivos que nos habíamos marcado era conseguir una declaración que tuviese trascendencia jurídica en torno a las sentencias de la represión franquista. Les tengo que decir que este era el principal escollo para el
acuerdo con el Grupo Socialista. Un escollo profundo, no solo porque el Partido Socialista se negaba a la que fue y es nuestra propuesta, porque entendemos que es la mejor de las opciones: la nulidad de la ley. El argumento del Gobierno era dejar
el marco legal represor como estaba, aun a sabiendas de que la revisión de las sentencias de represión había supuesto una gran frustración al mantener en dichas revisiones la vigencia de dichas sentencias. Podría poner muchos ejemplos, pero pongo
dos: el consejo de guerra permanente número dos en Valencia en 1941, que juzgó y condenó a dos personas por delito de adhesión a la rebelión, dictando una sentencia el 19 de febrero condenándolas a la pena de muerte, que fue ejecutada el 5 de
abril.
Segundo ejemplo, veintidós años más tarde -por tanto, no se trata de la represión en los años de posguerra-, el 18 de abril de 1963 el consejo de guerra de la primera región militar condena a Julián Grimau, comunista, a la misma pena, siendo
fusilado horas después. Son dos ejemplos de las incontables sentencias dictadas por los tribunales militares franquistas.
Pero además tienen una especial significación porque en los dos casos los familiares de los asesinados, ya en democracia,
acudieron a la jurisdicción ordinaria solicitando la nulidad de las sentencias. La razón era obvia: no habían sido juicios justos, los acusados habían padecido una total indefensión, era evidente la ausencia de imparcialidad por parte de los
militares que formaban esos tribunales. Esos consejos de guerra, como todos, lo que hicieron es sacrificar -y así lo reconocen- los principios y garantías de inspiración liberal en aras de la rapidez y la ejemplaridad del procedimiento militar. En
todos los procesos incoados contra republicanos y demócratas la jurisdicción militar actuaba como un claro instrumento de la dictadura para su represión y para su exterminio.
Esta fue la pretendida justicia franquista. Creo que aquí casi todos lo
sabemos y casi todos lo condenamos. Frente a lo que es una evidencia histórica aquellos familiares reclamaron justicia y la respuesta de los tribunales de la Sala de lo Militar del Supremo no pudo ser más desalentadora: en los dos casos rechazaron
revisar las sentencias.



¿Qué hemos dicho? ¿Qué hemos garantizado? No hemos conseguido la nulidad y para nosotros este era un objetivo, pero hemos garantizado que haya una declaración, una declaración de ilegitimidad que entendemos que tiene una carga jurídica
potentísima. Voy a explicar por qué. La represión se fundamentó desde sus inicios en una aplicación generalizada y analógica del delito de rebelión militar. Podría poner muchos ejemplos, pero está claro que hoy nadie puede seguir hablando de
jurisdicción o de poder judicial durante esa etapa. Eran farsa de juicios, entre otras cosas, porque no obedecían a las características de un juicio justo, tenían vicios de forma y fondo, no obedecían a las características elementales que tiene que
tener un juicio. Por ello planteábamos en nuestra enmienda número 195 la nulidad. ¿Y en qué la fundamentábamos? En la ilegitimidad de origen, en los vicios de forma y fondo, en no obedecer a las características de un juicio justo y citábamos a
cada uno de los tribunales de la represión franquista. Tienen nuestra enmienda número 195 en el Boletín del Congreso. Como les decía, no hemos conseguido la nulidad por ley pero hemos dado un paso adelante significativo, porque finalmente
conseguimos un punto de encuentro que supone la deslegitimación total de la represión franquista, declarando que eran contrarios a derecho y por tanto ilegales. Ser contrarios a derecho es ser ilegal, afirmando que


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nunca tuvieron las características de un juicio justo, aprobando su carácter ilegítimo, diciendo claramente que las leyes de la represión política quedan expresamente derogadas con un doble objetivo: su formal expulsión del ordenamiento
jurídico y, a su vez, que no se puedan invocar aquellas leyes de la represión como se han invocado por parte de la Sala de lo Militar. Por tanto, damos un paso adelante significativo. Dicha declaración no solo supone la declaración de condena más
enérgica que se pueda hacer al aparato represor con lo que es una declaración de nulidad política, sino que abre la puerta para que, mediante recurso, se pueda otorgar la nulidad de dichas sentencias, dando, tal y como asumen los portavoces
socialistas, nuevos argumentos jurídicos. Para nosotros esto es significativo. Es cierto que no hemos conseguido todo lo que queríamos y hoy la fiscalía no garantizará que los particulares no tengan que cargar con el recurso de revisión. Pero esa
va a ser nuestra exigencia en el próximo debate de investidura: que el Gobierno se comprometa a que no tengan que cargar los particulares y que sea la fiscalía la que, mediante una fiscalía especial, garantice ese ejercicio.



Para nosotros era fundamental, era básico, poder acabar la legislatura con un punto de partida. No empezar en el 2008 con cronómetro a cero, con el contador a cero, sin tener nada sobre lo que empezar, sobre lo que construir. Es más, lo
acordado se basa en que los tribunales represivos, los procesos y las sentencias que dictaban atentaban contra los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas -artículo 7.2 del Convenio de Roma-, lo que constituye el
máximo fundamento de la declaración de ilegitimidad que ya los invalida a todos los efectos, por más que la declaración judicial de nulidad elimine las sentencias como acto procesal. Por ejemplo, la acreditación de que no respondían a las mínimas
exigencias de un juicio justo -se dice en la ley- consiste en que no eran tribunales independientes e imparciales, presupuesto básico exigido en el artículo 6.1 del Convenio de Roma. Esto -que no era un juicio justo- es la primera vez que se dice
en democracia.
La ausencia absoluta de garantías definidas en los artículos 14 del Pacto de Nueva York y 6 del Convenio de Roma es el contenido esencial de la declaración, que aparece en la ley de de vicios de fondo y forma a que hace alusión la
ley. Tiene como consecuencia la indefensión de los encausados y los condenados, que consiste en la imposibilidad total y absoluta de que los acusados -como ocurría en aquellos procesos- puedan hacer valer sus derechos de mantener su posición y de
oponerse eficazmente a la acusación, que se proyectan en dos derechos fundamentales: la asistencia letrada, entonces inexistente, y el derecho a la prueba, también completamente ausente. Decir que tenían vicios de forma y fondo no es un elemento
baladí, no lo hemos incorporado porque sí. Tiene una conexión clara con el artículo 6 del Convenio de Roma. El término, además, tiene una gran trascendencia jurídica, porque es el que se emplea en el artículo 238 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, cuando define la nulidad de los actos procesales, nulidad que se asocia a vicios de forma y fondo en el proceso y que genera indefensión. Estamos pues ante un núcleo fundamental del razonamiento, que se deriva de la declaración de
ilegitimidad de las condenas. En cualquier caso, la declaración prevista en la ley, asociada a los términos de la exposición de motivos, establece que las normas represoras -y así lo dice la exposición de motivos dando aún más fuerza jurídica al
artículo 3, a la disposición derogatoria segunda y a la disposición adicional, que permite dar pie al recurso, entre otros, de revisión- son contrarias a los derechos fundamentales y los tribunales, de la clase que fuesen, han vulnerado las más
elementales garantías del derecho a un proceso justo. Y eso hace que el texto legal complemente la transición democrática, formalizando un elemento esencial de ruptura democrática, diciendo claramente que no era un proceso justo, que no era un
juicio justo, que tenían vicios de forma y fondo, dándole fuerza jurídica en esa combinación a dicha declaración.



Desde luego los tribunales no eran imparciales y por eso nosotros hoy, con la redacción, decimos claramente que no tenían las características de un juicio justo y que eso es afirmar por parte del legislador que eran la negación del principio
de igualdad de armas, la negación del derecho a un proceso contradictorio, que constituye uno de los elementos fundamentales del juicio justo. Por eso no cumplían lo que al efecto dijo, por ejemplo, el Tribunal de Estrasburgo en la sentencia
Belziuk, de Polonia, de 1998, en su párrafo 37, donde decía: el derecho a un proceso penal contradictorio implica tanto para la acusación como para la defensa la facultad de conocer las pruebas presentadas por la otra parte y responder a ellas.
Nada similar a tal planteamiento ocurría en los juicios sumarísimos ni en los procesos ante los tribunales especiales y es la primera vez que decimos esto en democracia, con un efecto político y con un claro efecto jurídico, y para nosotros esto es
muy significativo. Era fundamental que se dijese por primera vez.



Acabo ya, señor presidente, pero déjeme hacer unas acotaciones de forma muy telegráfica. Para nosotros era fundamental, primero, relacionar todos y cada uno de los organismos represivos de la dictadura, incluido el TOP, y se ha hecho.
Segundo, para nosotros también era fundamental aclarar lo que he explicado, que no obedecía a un juicio justo, y esto tiene una clara trascendencia jurídica, porque significa no tener derecho a un tribunal independiente, a ser oído, a la presunción
de inocencia, a ser informado de la acusación, etcétera. La declaración de ilegitimidad de los tribunales, jurados u otros órganos de cualquier naturaleza administrativa es una declaración política potente, sumada además a la disposición adicional
segunda, con una conexión clara con esta. Para nosotros este va a ser un punto de partida sobre el que empezar a construir unas políticas en materia de memoria que no se han construido en este país hasta la fecha.



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Finalmente y como conclusión, la ley que se apruebe en el Congreso de los Diputados será de largo la ley que habrá ido más lejos en democracia a favor de la recuperación de la memoria democrática. Tengo que decirle que no cumplirá todos
nuestros sueños, pero está hecha básicamente de nuestros sueños. Supondrá una ley que finalmente no será ni punto de llegada, como se pretendía, ni punto final, como denunciamos muchos; será un punto de partida. Sin haberlo conseguido todo, hemos
logrado los elementos más básicos de los que tiene que tener la ley para ser una buena ley. En este contexto les tengo que reconocer que para nosotros lo más fácil hubiese sido refugiarnos en las carencias de la ley, que continúa teniendo, para que
finalmente se viese bloqueada. Es más, reconozco que dicha actitud, refugiarnos en las carencias de la ley, podría haber sido lo más rentable electoralmente para nuestro grupo parlamentario, podría haberlo sido, pero a la oportunidad electoral se
le ha sumado la responsabilidad histórica, y nosotros sabíamos que era fundamental acabar la legislatura con una ley que fuese un punto de partida. Por eso hemos aprovechado la oportunidad de sacar la ley, que muchos historiadores represaliados,
asociaciones y ciudadanos consideran hoy que es un punto de partida. Hoy existe una parte de nuestra sociedad que considera que a partir de esta ley se va a poder empezar a construir políticas de memoria.



Mantendremos algunas enmiendas, como la relativa al Valle de los Caídos.
Esperamos un acuerdo en materia de nacionalidad para los represaliados, para los exiliados. Mantenemos también la enmienda número 217 sobre los planes de estudios, la
revisión de exenciones. También esperamos un acuerdo sobre la enmienda número 231 relativa al acceso a las actas de defunciones en registros civiles.



El señor PRESIDENTE: Para la defensa de sus enmiendas más dos transaccionales que han sido distribuidas tiene la palabra el señor Esteban por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



El señor ESTEBAN BRAVO: La verdad es que viendo cómo iba evolucionando la legislatura y dado el retraso en la presentación por parte del Gobierno en su momento, a requerimiento del Parlamento a través de proposiciones no de ley, de un texto
que pudiera responder a lo que denominamos genéricamente memoria histórica, nos hemos visto abocados en este último tramo de la legislatura a contemplar la posibilidad de intentar llegar a un texto con un mínimo equilibrio que pudiera satisfacer,
aun con discrepancias particulares en algunos puntos, a la mayor parte de los grupos políticos presentes en la Cámara o a dejar pasar esta oportunidad en nuestra opinión para siempre. Creemos que sería prácticamente imposible poder afrontar en una
nueva legislatura esta ley. Si ya es tarde el momento en el que estamos afrontándolo, tantos años después de la desaparición de la dictadura, lo sería todavía más -en el caso de que se pudiera- si dejáramos pasar otra legislatura. Por tanto, era
cuestión de intentar llegar a un acuerdo mínimamente aceptable por parte de los grupos de esta Cámara, y desde luego eso no podía ocurrir con el texto en su origen. El texto en su origen tenía unas carencias que han sido corregidas en su mayor
parte y a través de un diálogo continuado y largo han podido ser modificadas y adaptadas. De hecho, es evidente para todos que el texto que se presenta hoy por parte de la ponencia para el debate en esta Comisión difiere sustancialmente del
original presentado en el Congreso.



Los principales puntos planteados por las asociaciones de memoria, por Amnistía Internacional, etcétera, han sido en gran medida subsanados. En ningún caso se trata de una ley de punto final, como alguno podía suponer en un principio,
deduciéndolo del texto inicial. Luego me extenderé un poco más sobre ello, pero evidentemente la disposición adicional segunda manifiesta de manera directa que esto no es así. Yo sé que se ha debatido mucho -y a veces ha centrado demasiado el
debate, despreocupándonos de otros temas que quizás eran más prácticos para el ciudadano- sobre ilegitimidad o ilegalidad, sobre la declaración de ilegalidad de las condenas, enredándonos en ocasiones en un debate jurídico que en la mayoría de los
casos tendría muy pocas dimensiones prácticas para los ciudadanos, e insisto, olvidándonos de otros aspectos.



Nosotros estamos razonablemente satisfechos con la redacción que se ha dado a la ilegitimidad de todas esas condenas. Es evidente que existen dificultades legales evidentes, sean más o menos compartidas por este grupo, para que un
Parlamento declare de plano la ilegalidad de unas sentencias. Esto puede ser compartido en mayor o menor medida; la dificultad se puede ver en mayor o menor grado, pero sí es cierto que algún razonamiento jurídico se podrá hacer sobre el tema.
Pero además, como ya dije en alguna otra ocasión -creo que fue en una intervención en sesión plenaria-, la guerra civil española tuvo muchas pequeñas guerras civiles y se vivió de manera diferente en unos lugares y otros. En los contactos y en las
reuniones que hemos mantenido a lo largo de este tiempo discutiendo sobre este texto, nos hemos encontrado con mucha gente que no quería que fueran declaradas ilegales sus condenas, sino que para ellos tener esa condena encima era un sentimiento de
orgullo, una especie de medalla por haberse comportado de la manera que ellos consideraron correcta en aquellos tiempos tan azarosos. Por lo tanto, esa condena franquista más que un baldón y un peso lo que suponía para ellos era un honor, una
medalla y un reconocimiento. Tampoco les oculto que hay otra gente con la que hemos contactado en el País Vasco, a la que no le hacía ninguna gracia que fuera la Sala Militar del Supremo la que decidiera que eran ilegales las condenas que les
habían puesto en su momento tribunales militares. El tema es bastante complicado, pero es que hay más. Una reflexión de investigadores, a la que nosotros también habíamos llegado, era que, si es bien cierto que hubo multitud de


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condenas y de sentencias por infinidad de tribunales franquistas ad hoc en las que no se cumplieron ninguno de los requerimientos procedimentales democráticos, también había mucha gente a la que sin ningún tipo de proceso, por muy falto de
garantías que este fuera, simplemente se la había hecho el paseillo, se le había pegado un tiro en la nuca y había sido enterrada de mala manera en una cuneta. Con ella bien podríamos estar cometiendo una discriminación abordando lo otro, porque
esa ilegalidad solo iba a afectar a una parte de esas víctimas. El tema es complicado. Afrontarlo desde el punto de vista de la ilegitimidad, sobre todo tal como está definida en el artículo 3, entorna la puerta que estaba totalmente cerrada,
uniéndolo con la disposición adicional segunda, como he señalado antes, para que aquellas personas que estén interesadas tengan un nuevo estatus, una nueva posición a la hora de presentar sus demandas de reclamación ante los tribunales; incluso de
ilegalidad, por qué no. Insisto, la declaración que pueda hacer este Parlamento con la aprobación de esta ley sitúa en un nuevo estadio a aquellas personas que quieran instar ante los tribunales -hecho reconocido por la disposición adicional
segunda- tanto internos, dentro del Estado español, como internacionales, por los convenios y los tratados suscritos por España. Además, hay una serie de medidas de alto contenido práctico, mejoras económicas, en las que no voy a extenderme, pero
que son de justicia para diversos colectivos y grupos. También se aborda de una manera activa por primera vez -era un tema que nos preocupaba seriamente tal como se había presentado- el asunto relativo a las exhumaciones. Por primera vez se alega
que tengan que ser las administraciones públicas, empezando por el Estado, quienes impulsen aclarar esa verdad histórica, para reparar en la medida de lo posible el daño causado a los descendientes de aquellas víctimas y para que podamos tener una
idea de cuál era la dimensión en conjunto de toda aquella tragedia que llenó de muertos, de ejecutados, las cunetas de todo el territorio del país. Por primera vez se aborda que las administraciones impulsen, financien y pongan orden a una labor
que hasta la fecha solo había sido realizada de manera puntual por algunas asociaciones. Además, se explicita el apoyo para que esas mismas asociaciones puedan seguir desarrollando esta labor pero en mejores condiciones.



Por otra parte, el tratamiento en cuanto a la simbología franquista que sigue existiendo en todos los puntos cardinales del país, en unos más que en otros, tiene una redacción más adecuada en el texto que presenta la ponencia. Hablar como
se decía en su momento de aquellos símbolos que exalten la sublevación militar, caso de placas o monumentos propiamente de exaltación de la guerra civil que era lo que se decía en su origen, como tales, quedan pocos; otra cosa es que de la
sublevación militar hubiera un poco más, pero había que dar un paso adelante. En muchas ocasiones esa exaltación de la sublevación militar y de la rebelión ante el orden democrático establecido se hace mediante exaltaciones personales, no solo
colectivas de la sublevación. Eso se aborda por primera vez en el artículo 15, y es lo oportuno. Se deja que las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias tomen las medidas oportunas, que como todo en esta vida se administra
con prudencia y con sentido común. Lo que no lo tiene es que en algunos municipios el 80 por ciento de sus calles lleven nombres de generales sublevados o que todavía sigamos teniendo monumentos al dictador y calles con el nombre del general
Franco.



Hay otro tema que para nosotros era muy relevante, el acceso a los archivos. El texto original presentado a esta Cámara lo que hacía era empeorar la situación en la que estábamos, sin ningún tipo de legislación. Por ejemplo, aquellos
investigadores que pudieron acceder al archivo de Ferrol, en estos momentos verían restringido su acceso.
Incluso desaparecerían determinados nombres que se hallaban en los expedientes que se iban a investigar, y quedaría restringido su acceso
porque esos documentos tampoco iban a estar libres de la investigación, sino únicamente para aquellas personas que pudieran demostrar un interés directo. La regulación actual es la correcta para que haya un acceso libre a los archivos, a la
obtención de copias y que ello pueda ser conseguido no solo por personas que estén relacionadas directamente con aquellos que participaron de alguna manera en el expediente, sino que pueda y deba estar abierto a la investigación. Nos parece muy
importante que en el artículo 21.2, cuando se menciona la Ley de Patrimonio Histórico Español, definiendo que los documentos sobrantes, archivos privados y públicos relativos a la guerra civil y a la dictadura se declaran constitutivos del
patrimonio documental y bibliográfico, se señale a continuación que todo ello es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22. Es decir, el artículo 57 de la Ley de patrimonio no puede entrar en vigor aquí, por tanto no sería lícito censurar
parte de los documentos de esa época que el artículo 22 asegura que pueden ser de acceso público. En ese sentido, la ley ha dado la vuelta completamente y creemos que es un cambio práctico muy importante. Ha habido aportaciones en las que se han
incluido nuevos colectivos que no se contemplaban antes en la ley. Se me ocurre un colectivo, por mencionarlo solo de pasada. La guerra civil tuvo muchas guerras diferentes y nos encontramos con casos tan curiosos como el de la marina de guerra de
Euskadi, parte de la marina de guerra republicana, que desaparece en junio de 1937. La mayor parte son hechos prisioneros el 3 de marzo de 1937, y entre ellos había muchos marinos civiles que habían sido incorporados a esa reserva militar naval. A
estos, por un decreto posterior del Gobierno de la República, se les equipara en sus funciones con rangos militares. Nos encontramos con que cuando esta gente es juzgada ante los tribunales franquistas recibe una mayor sanción -enseguida acabo,
señor presidente, tres o cuatro minutos nada más- por ser oficiales del ejército de la República, y después, cuando sus viudas han ido a reclamar unas pensiones en razón del ordenamiento


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jurídico vigente, se les dice que ese decreto fue aprobado posteriormente que sus maridos hubiesen sido hechos prisioneros, por lo tanto no habían adquirido ese rango; o sea, que fueron condenados por el rango y luego la democracia no les
reconoce unos derechos en virtud de un decreto que aprobó la propia República. Creemos que ese asunto está solucionado.



También quiero hacer una mención especial a la disposición adicional cuarta, que amplía lo regulado en el artículo 10, porque en este, en el que se habla de personas fallecidas en la democracia durante el periodo comprendido entre el 1 de
enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, evidentemente no se menciona a las personas que pudieron haber sufrido lesiones incapacitantes en aquellas mismas circunstancias. Lo que consigue ahora la disposición adicional cuarta es que esto sea
contemplado. Nos parece notable, pero es importante que el punto 2 de esa disposición adicional cuarta diga que procederá al reconocimiento de las indemnizaciones previstas en esta disposición siempre que por los mismos hechos no se haya recibido
otra compensación económica, etcétera. Es evidente que esto supone una compatibilidad con las pensiones de la Seguridad Social que en su momento se pudieran haber recibido por una determinada invalidez. A este punto hemos presentado una
transaccional a nuestra enmienda 188 -que tienen todos los grupos-, y en ella se autoriza al Gobierno a que mediante real decreto determine el alcance y condiciones, pero nuestra transaccional pone un límite temporal para la aprobación de ese
decreto. Se autorizaría al Gobierno a que lo hiciera en el plazo de seis meses. Además, señor presidente, que nos gustaría modificar una cosa más con esa transaccional, para que no quepa duda respecto a lo que me he referido en el punto 2, dado
que la mayoría de los grupos parecen estar de acuerdo. Sería que en el punto 2 se suprima la palabra pensión. De esta manera aclaramos de forma absolutamente nítida que es compatible con las pensiones que hayan podido recibirse por invalidez a
través de la Seguridad Social. Insisto en esto sobre todo porque aquí hay gente que está enmarcada en una fecha muy concreta, comienza el 1 de enero de 1968, porque la Ley de solidaridad con las víctimas del terrorismo también marca esa fecha. En
el desarrollo que haga el Gobierno de ese real decreto, si se ha puesto esa fecha en la ley, debe realizarse una equiparación lo más estrecha posible. También quiero señalar -es importante que lo haga- que -así lo entendemos los grupos que apoyamos
esta disposición adicional cuarta y el artículo 10-, entre las víctimas y personas que sufrieron durante la guerra civil y la dictadura están incluidas también las que se contemplan en el artículo 10 y en la disposición adicional cuarta. No se
trata de una separación entre un tipo de víctimas y otras, sino que es una unidad en ese sentido.



Por último, señor presidente, me gustaría señalar otra transaccional que también he presentado, para explicarla; en concreto es a nuestra enmienda 179 relativa al artículo 4, y viene motivada por lo siguiente. Dicho artículo, tal como está
redactado en estos momentos, reconoce el derecho a obtener una declaración de reparación y reconocimiento personal a aquellas personas que durante la guerra o la dictadura padecieron los efectos de resoluciones a que se refiere el artículo anterior.
Las resoluciones a que se refiere el artículo anterior son las derivadas de diversos tribunales: el TOP, el de responsabilidades políticas, etcétera, del franquismo. Si esto lo dejamos así, hay una serie de personas a las que me he referido antes,
aquellas que ni siquiera tuvieron un juicio injusto, que fueron asesinadas directamente. Los descendientes de estas no tendrían derecho a obtener una declaración, por eso nuestra transaccional lo que pretende, en vez de decir que se refiere al
artículo anterior, es que se diga que se refiere a los artículos anteriores, porque ya en el número 2 se habla del carácter radicalmente injusto de todas las condenas y sanciones, pero también de cualesquiera formas de violencia personal producida
por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa. De esta manera podemos incluir igualmente a este grupo de personas, como hemos visto en los medios de comunicación recientemente -acabo, señor presidente-, testigos que entonces eran niños
que sabían dónde estaban esas fosas, y después se han podido encontrar y por el ADN se ha reconocido quiénes eran aquellos fallecidos. Por lo tanto, se pueden lograr suficientes pruebas para obtener una declaración de este tipo.



Lo último, ahora de verdad, señor presidente. Nuestro acuerdo con la ley no es total, no puede serlo, porque sigue existiendo el conflicto respecto a los papeles del Gobierno vasco y al Archivo de Salamanca. Ahí hemos presentado una
enmienda que tendremos que mantener hasta el final, la 187. Evidentemente, nosotros no podemos comprometernos con el texto de la ley en el artículo 20, en el 21 y en la disposición adicional primera, que hacen referencia a todo lo relativo al
Archivo de Salamanca. Seguimos reclamando por justicia la devolución de esos papeles y no podemos estar de acuerdo en esos puntos. Evidentemente, negar nuestro apoyo a esta ley por esta discrepancia radical y rotunda y por matices en otros
artículos hubiera sido demasiado exagerado con los bienes que se pueden obtener de la aprobación de esta regulación. Por eso, voy a pedir una votación separada de los puntos a que he hecho mención anteriormente.



El señor PRESIDENTE: Al presentar las dos enmiendas transaccionales las enmiendas 179 y 188 decaen sustituidas por estas.



El señor ESTEBAN BRAVO: Decaerían si es que las transaccionales fueran adelante, evidentemente.



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El señor PRESIDENTE: Y aunque no lo fueran.



El señor ESTEBAN BRAVO: Bueno, pues aunque no lo fueran, señor presidente, porque van a ir adelante.



El señor PRESIDENTE: Si es tan amable, señor Esteban, si puede firmar...



El señor ESTEBAN BRAVO: Mantendremos la 187, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Sí, pero le pediría que firmara las transaccionales en estos momentos.



El señor ESTEBAN BRAVO: Por supuesto, ahora mismo.



El señor PRESIDENTE: Seguimos. Para la defensa de sus enmiendas, en nombre del Grupo de Esquerra Republicana de Cataluña tiene la palabra el señor Tardà.



El señor TARDÀ I COMA: Esquerra Republicana de Cataluña presentó ya en su momento una enmienda a la totalidad acompañada de un texto articulado alternativo al proyecto de ley del Gobierno, que también fue calificado por Esquerra Republicana
como un gran fraude. Ciertamente, nuestra alternativa no contó con los suficientes apoyos parlamentarios, Grupo Popular y Grupo Socialista votaron en su contra. Leído el texto pactado posteriormente entre Grupo Socialista e Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, y al parecer con otros grupos parlamentarios, que nos fue presentado el pasado día 10 de octubre en la sesión constituyente de la ponencia, queda justificada la defensa de las enmiendas presentadas enmarcadas
entre los números 296 y 351. Es por esta razón que procedemos a su relación y defensa, y ya les anunciamos que vamos a votar en contra del conjunto de la ley en caso de que no consideraran oportuno aceptarlas.



En primer lugar, queremos hacer referencia a la enmienda 296, cuyo texto sustituye íntegramente el que figura como exposición de motivos, el presentado por los grupos proponentes. Es un texto que responde al sentido de las enmiendas de
nuestro grupo y al objeto de la ley que perseguimos, es decir una verdadera condena por ley del régimen franquista que termine de una vez por todas con el modelo español de impunidad que condena a los represaliados y represaliadas del fascismo y el
franquismo a no ver reparados sus derechos. Planteamos la necesidad de proceder a la sustitución del artículo 1 de la ley, enmienda 297. El objeto de la ley debe ser la condena del régimen franquista y la aplicación de la doctrina de Naciones
Unidas sobre crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura, en definitiva reconocer jurídica y moralmente la condición de víctimas a todas las personas físicas y jurídicas que sufrieron el régimen dictatorial. El objeto de la ley que
ustedes proponen no está acorde con la doctrina internacional de Naciones Unidas, puesto que pretende no aplicar el derecho internacional sobre las víctimas de la guerra civil y de la dictadura, es decir la imprescriptibilidad de los crímenes contra
la humanidad, así como el derecho a saber, el derecho a la justicia y el derecho a la reparación de las víctimas. Con la enmienda 298 se muestra la necesidad de modificar el artículo 2.1, a fin y efecto de no limitarse, en la medida que se
reconociera un derecho, a la reparación moral y a la recuperación de su memoria personal y familiar. Respecto al artículo 2.2, se propone su modificación, con la enmienda 299, para la incorporación de todos los supuestos en los que cabe hablar de
personas agraviadas, sin pretensión de ser un númerus clausus. En su proyecto no se explicitan como reconocidas las distintas organizaciones armadas activas hasta la muerte del dictador, llegando incluso a definirlas como grupos de resistencia
-cosa inaudita-, ni se reconoce a los represaliados, miembros de la Guardia Civil, de la Guardia de Asalto, de los Carabineros, de los Mossos d'Esquadra y de la Ertzaintza desposeídos de sus cargos o asesinados.
Tampoco se incorporan los
supervivientes o descendientes de las víctimas de los campos de trabajo o de exterminio nazis, de los campos de concentración del Estado francés o víctimas de tortura, exilio, etcétera.
Repito -para que se tenga ocasión de modificar-, todo ello
está recogido en la enmienda de modificación número 299.



La enmienda 340, pretende la sustitución del artículo 3, Declaración de ilegitimidad, bajo el título: represión política por parte de los tribunales. Mediante siete apartados se persigue la anulación de las sentencias dictadas en consejo
de guerra desde el 18 de julio, por delito de rebelión, adhesión a la rebelión o similares previstas en el artículo 237 del Código de Justicia Militar, así como de las sentencias dictadas en consejo de guerra por motivos políticos, según las
distintas leyes represivas, hasta 1978. De igual manera, deben anularse las sentencias de los tribunales de responsabilidades políticas del Tribunal Especial de represión de la masonería y del Comunismo y por el Tribunal de Orden Público, que le
sustituyó. Todas las personas o familiares de las personas afectadas recibirán las certificaciones de la nulidad, y en el caso de la anulación de la sentencia del presidente de Cataluña, don Lluís Companys, deberá ser el jefe del Estado quien libre
el certificado al muy honorable presidente de la Generalitat de Catalunya, don José Montilla. La declaración de ilegitimidad significa no condenar la dictadura, en la medida en que no cuestiona la cosa juzgada, lo cual da validez y legalidad a la
dictadura. Mediante la enmienda número 300, pretendemos modificar el enunciado, que debería ser el siguiente: Reconocimiento de la condición de víctima. Para lo cual, mediante la enmienda número 301, se debería cambiar el artículo 4.1, que
pasaría a ser redactado de la siguiente forma: Se reconoce el derecho a las personas físicas o jurídicas agraviadas, a ser reconocidas


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en su condición de víctimas y a obtener una reparación moral, jurídica y económica. Para ello, la enmienda 302 debería permitir suprimir el resto del artículo y ser sustituido por lo contenido en la enmienda número 303, para que el universo
que debería alcanzarse afectase a: ejecuciones, detenciones, torturas, exilios, destierros, depuraciones, perjuicio económico o patrimonial o cualquier otra forma de represión. De igual modo, el artículo queda afectado por la enmienda 304, a fin y
efecto de suprimir los aspectos burocráticos; corresponde al Estado dirigirse, en primer lugar, a la ciudadanía y no al contrario. Atención a la enmienda 307, que afecta a este mismo artículo y pretende hacer una sustitución para que los delitos
cometidos en el Estado español durante la dictadura franquista y que tengan consideración de crímenes contra la humanidad no puedan quedar impunes. Es un contrasentido que algunos jueces del Estado español persigan delitos cometidos en Chile o en
Argentina hace ya unos cuantos años y, en cambio, no los del propio Estado. Por ello, se pretende que la ley recoja la obligación del Gobierno de dar apoyo a las reclamaciones que la ciudadanía, las entidades o las instituciones represaliadas
consideren oportuno encauzar por vía judicial. Nuestra enmienda número 318 presentada al artículo 6 apartado 1 incorpora en su encabezamiento la frase: Sin perjuicio de lo establecido en la presente ley. Así deja claro que además de las previstas
en este artículo existen -o deberían existir- otras reparaciones revindicadas por Esquerra en sus enmiendas.



En cuanto a las reparaciones, nuestro grupo parlamentario presenta ocho enmiendas, de la 309 a la 316, ambas inclusive. En primer lugar, mediante la enmienda 309, se debe dejar evidenciado que la reparación jurídica, moral y económica
incluye ejecuciones, penas, sanciones, detenciones, torturas, exilios, destierros, depuraciones, etcétera. Todas ellas son manifiestamente injustas por contrarias a los derechos humanos y a las libertades que constituyen el fundamento del orden
constitucional vigente. La enmienda 310 obliga al Gobierno a restituir los archivos, los bienes inmuebles, el dinero y otros valores expoliados o requisados, por ejemplo el dinero incautado por el régimen dictatorial, que conformó el fondo de papel
moneda puesto en circulación por el enemigo y el depositado en una cuenta corriente del Banco de España con el título de billetes de canje desestimado, con un valor actualizado al del año en curso; y todo ello, como queda dicho, atendiendo a su
valor actual. Por supuesto, debe contemplarse -así lo pretendemos mediante la enmienda 311- el reconocimiento a la reparación de las personas que sufrieron internamiento en campos de concentración, batallones de trabajadores, exilio, presidio,
destierro, etcétera, por parte de las fuerzas de orden público o militares hasta el 27 de diciembre de 1978. Todas esas personas tienen que recibir una reparación económica, como por supuesto las que formaron parte de las distintas organizaciones
armadas antifranquistas; también así lo decimos en la enmienda 312. Defendemos que todas las personas -me refiero a la enmienda 313- que perdieron la vida ante las fuerzas de orden público o por las Fuerzas Armadas en acciones contra la dictadura
o que fueron ejecutadas por el régimen dictatorial sean reparadas jurídica y moralmente y sus familias sean indemnizadas con una compensación simbólica de 12.000 euros. El reconocimiento jurídico y moral, por supuesto, debe ser extensible a los
miembros de las fuerzas de la Guardia Civil -Guardia Nacional Republicana, Carabineros, Guardia de Asalto, Mossos d'Esquadra y Ertzaintza, que fueron desposeídos de sus cargos a causa de su fidelidad institucional. Con las enmiendas números 315 y
316, acerca de las declaraciones de reparación, se pretende poner al alcance de los interesados toda la documentación, así como su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Una enmienda, la número 317, de modificación del artículo 5, apartado
1, pretende dejar claro que además de las previstas de forma expresa existen el resto de reparaciones que se contemplan en enmiendas presentadas por Esquerra, para lo cual pretendemos escribir al inicio del apartado el siguiente texto: sin
perjuicio de lo establecido en la presente ley. De igual manera debe constar en el artículo 6. Solicitamos la supresión del artículo 7 con la enmienda 319 y su sustitución por la 348, que habilita al Gobierno para que en el plazo de tres meses
presente un decreto ley ante el Congreso de los Diputados que determine la cuantía de las indemnizaciones y restituciones que se deriven del reconocimiento de la condición de víctima en la presente ley. Pedimos la supresión del artículo 10; es
evidente que su contenido queda comprendido en el ámbito de aplicación de la presente ley mediante otras enmiendas ya presentadas por Esquerra y consagra una verdadera injusticia al distinguir entre represaliados con anterioridad y represaliados con
posterioridad a 1968. Querer establecer distintas categorías de represaliados es un comportamiento vergonzante y por supuesto es motivo de inconstitucionalidad de esta misma ley.



Nuestro grupo parlamentario enmienda los artículos números 11, 12, 13, 14 y 15, relativos a la localización e identificación de víctimas y las medidas para su identificación, autorizaciones administrativas y acceso a los terrenos afectados,
mediante las enmiendas comprendidas entre la número 320 y la 326. Debe sustituirse el enunciado del artículo 11 -así lo pedimos en nuestra enmienda 320-, relativo a la colaboración de las administraciones públicas con los particulares para la
localización e identificación de víctimas, para incluir el siguiente redactado: Deber de la Administración General del Estado para con la localización e identificación de las víctimas. Se trata de un deber del Estado democrático y no una simple
colaboración con aquellos ciudadanos y ciudadanas que lo pudieran solicitar.



Con la enmienda 321 se pretende garantizar que los trabajos podrán ser asumidos por las comunidades autónomas o las asociaciones dedicadas a la reparación de la memoria histórica, aun cuando sus costes deberán correr a cargo de los
Presupuestos Generales del Estado.



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De igual manera la enmienda 323, al artículo 12, pretende fijar la obligación de la Administración General del Estado en la elaboración y publicación de los mapas de los terrenos en donde se localicen los restos de las personas. Asimismo,
se pretende con la enmienda 324 modificar el apartado 2 del artículo 12 para garantizar que el mapa que deberá de elaborarse tenga el carácter de público. La enmienda 325, al artículo 12, pretende modificar el apartado 3 para garantizar las
competencias de las leyes autonómicas de preservación del patrimonio cultural histórico en la preservación de las áreas incluidas. Asimismo, hemos presentado la enmienda 327, al apartado 3 del artículo 14, con el fin de dar total capacidad a las
administraciones públicas para ocupar los terrenos -repito- aun cuando no existiera el consentimiento del propietario.



Respecto al artículo 15, símbolos y monumentos públicos, aun cuando podamos compartir en buena parte el contenido de este artículo ponemos a votación nuestra enmienda en tanto en cuanto es más taxativa respecto a las obligaciones de la
Iglesia católica, ya que nuestro redactado hace una referencia explícita a ella. Además también deja muy claro cuál debe ser la actuación de los propietarios de los edificios privados, me estoy refiriendo a una mayor concreción de retirada de los
símbolos franquistas. Nosotros proponemos esto con la enmienda 328.



La enmienda 329 pretende modificar los artículos 16 y 17, es decir, los relativos al Valle de los Caídos y a las edificaciones y obras mediante trabajos forzados. A nuestro entender el Valle de los Caídos debería museizarse como centro de
interpretación y divulgación de la memoria represora en general y la de los penados en particular, así como de toda la estructura represiva de campos de trabajadores desplegada por la dictadura. Presentamos una enmienda de sustitución al artículo
17 porque entendemos que su texto no compromete, tal como debería de hacerse, de forma inmediata para preservar los lugares de la memoria. Solicitamos que se proceda a la museización del campo de concentración de Miranda de Ebro de la Dirección
General de Seguridad de la puerta del Sol, del hospital de mujeres de Saturrarán en Ondárroa y de las dependencias de la Jefatura de Policía de Barcelona de la Vía Laietana, edificios todos ellos que deberán ser protegidos de acuerdo con la
normativa de patrimonio histórico cultural del Estado o de las respectivas comunidades autónomas.
Respecto al edificio barcelonés, símbolo de la represión franquista en Cataluña en donde fueron asesinados y torturados miles de ciudadanos a lo largo
de cuarenta años, y con la voluntad de hacer efectiva la concreción de su museización, hemos presentado la enmienda 346 con el fin de que pueda llevarse a cabo a través de un convenio entre la Generalitat de Catalunya y el Gobierno español con cargo
a los Presupuestos Generales del Estado y la gestión transferida al Gobierno catalán. A este artículo se le suma la enmienda 330, por la cual se pretende que sea la Administración General del Estado quien asuma el coste de la elaboración de los
censos de los espacios de la memoria de forma exclusiva.



Hemos presentado -voy terminando, señor presidente- la enmienda de adición 331, al artículo 20, proponiendo la creación del centro documental de la memoria histórica y archivo general de la guerra civil, puesto que no se incorpora como uno
de sus objetivos troncales la acción represora y genocida del franquismo respecto a la persecución de las culturas y lenguas gallega, vasca y catalana y a los movimientos de resistencia cultural que generó. En ninguno de los apartados, de los
muchos que contiene el artículo 20, se hace mención a ello, lo cual no deja de ser sintomático y a la vez lamentable y triste que ocurra en el año 2007 por parte de quien dice hablar en nombre de la modernidad y de la justicia.



Nuestra enmienda 332, de modificación a este mismo artículo 20, contempla la devolución de la documentación incautada con finalidades represivas actualmente depositada en el Archivo General de la Guerra Civil Española, propiedad de
instituciones municipales, entidades privadas, particulares o gobiernos autonómicos, como es el caso del Gobierno de Euskadi. En su momento la ex ministra señora Calvo comprometió la inclusión en la ley del retorno de la documentación municipal que
afecta a un buen número de municipios de Cataluña, de Aragón y a más de un centenar del País Valencià.



Quiero llamarles la atención sobre la enmienda 347. Se trata de incluir una disposición adicional, a fin y efecto de incorporar en esta ley las responsabilidades del Estado español en la reparación de los daños consecuencia del uso de
armamento químico del Rif, utilizado por el ejército español durante la dictadura de Primo de Rivera por los militares africanistas, con el beneplácito del rey Alfonso XIII. Aquellos mismos militares genocidas que posteriormente delinquirían contra
el orden constitucional republicano. Ha llegado el momento de reconocer las responsabilidades del Estado español contra la población civil del Rif y este es un buen momento ahora que el Estado español por fin elabora una Ley de la Memoria.



A través de la enmienda 333 proponemos la modificación del apartado 1 del artículo 22 para garantizar a cualquier persona el acceso a los fondos documentales, y a través de la enmienda 337 pretendemos la inclusión de un artículo 22 bis, bajo
el título apertura de los archivos de la represión, para conocer todos los fondos documentales del régimen franquista, su catalogación, digitalización y acceso público. Por ello se reclama que en el plazo de dos años se proceda a la identificación
y catalogación de todos los fondos documentales de las instituciones franquistas tanto los represivos de las Fuerzas Armadas como de las fuerzas policiales y de la Secretaría Nacional del Movimiento Nacional para que sean accesibles al público, así
como calendarizar en un año el tiempo para llevar a cabo el inventario de los


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fondos documentales relacionados con el exilio republicano y antifranquista. El proyecto de ley no contempla el reconocimiento y la labor de muchas entidades y Estados en pro de las víctimas de la dictadura y del exilio. Por ello mediante
la enmienda 335 se solicita la inclusión de un nuevo artículo que bajo el título La solidaridad internacional reconozca la labor internacional en contra de la dictadura y a favor de sus víctimas. En ese sentido, defendemos con la enmienda 336 la
inclusión de un nuevo artículo a la ley que sin duda será votado favorablemente por las fuerzas políticas catalanas, gallegas y vascas presentes en este Parlamento. Me refiero a un nuevo artículo con el siguiente título: Divulgación de la
represión de las culturas nacionales en el Estado español. ¿Qué pretendemos con este artículo? Ninguna otra cosa que superar de una vez por todas el gran desconocimiento existente por parte de las nuevas generaciones de lo que protagonizó la
dictadura para exterminar -ya ha quedado dicho- las culturas y las lenguas distintas a la castellana del Estado. Por todo ello la enmienda recoge la obligación del Estado de establecer anualmente partidas presupuestarias para la divulgación del
conocimiento de la persecución lingüística y cultural catalana, vasca y gallega y su incorporación a los temarios educativos.



La enmienda 338 pretende que el Estado restituya a las comunidades autónomas, que en su vocación reparadora y ante la inoperancia de la Administración General del Estado han indemnizado a las víctimas del franquista, todo aquello ya avanzado
por los distintos gobiernos autonómicos. En particular el Estado deberá dar un tratamiento, enmienda 339, específico de restitución a los gobiernos de Euskadi y Cataluña, instituciones víctimas de la dictadura que deberán ser restituidas en todos
sus honores y bienes incautados.



Finalmente queremos llamar la atención ante la gran injusticia que pueda cometerse si no se incorpora a la ley el derecho de los exiliados y a sus descendientes de acceder a la nacionalidad española. De ahí nuestra enmienda 341 por la cual
todos los españoles, hombre o mujeres, que originariamente hubieran sido españoles y que por razones de exilio hubieran sido privados de su nacionalidad puedan recuperarla: ellos, ellas y sus descendientes en primer o segundo grado. Que su
proyecto de ley diga que se reconoce la clara injusticia que supuso el exilio, obliga a nuestro entender a ser sensibles a nuestra demanda. Se ha pasado ciertamente a última hora a una transaccional, que en parte recoge lo demandado por Esquerra
Republicana. La enmienda 342 pretende la incorporación de una disposición adicional para establecer la obligación de que en el plazo de un mes se cree una comisión de la memoria histórica integrada por el Estado y las comunidades autónomas, al
objeto de hacer un seguimiento de la aplicación de lo dispuesto en la presente ley, comisión formada por los ministerios de Cultura y Justicia y por las distintas comunidades autónomas. La enmienda 344 pretende incorporar a manera de disposición
adicional la necesidad de proceder a realizar actuaciones públicas en homenaje a los funcionarios represaliados.



Finalmente, la enmienda 345 demanda la inclusión de una disposición adicional nueva para que en el plazo de tres meses se nombre una comisión técnica independiente que investigue la desaparición de fondos documentales durante la transición.
Mediante la enmienda 349 se pretende incorporar otra nueva disposición adicional para que en el plazo de un año se proceda a invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos de personas ligadas al régimen franquista. La última,
la 350, atendiendo al hecho de que el actual jefe del Estado encarna la continuidad histórica entre el régimen dictatorial en la medida en que de igual manera que juró cristianamente la fidelidad a los principios fundamentales del Movimiento, o
presidió al lado del dictador Franco en el balcón del Palacio de Oriente la manifestación de apoyo al régimen dictatorial después de las cinco ejecuciones -de los cinco asesinatos- del 27 de septiembre del año 1975, posteriormente asumió los
contenidos democráticos de la Constitución de 1978, digo, corresponde a él, como rótula de continuidad entre el régimen dictatorial y el postfranquismo, pedir perdón solemnemente a las víctimas en nombre del Estado.



Debo decir, señor presidente, que al haberse modificado el texto original, decaen las enmiendas de nuestro grupo parlamentario números 305, 306, 308, 315, 322 y 334. A la espera de cuál será el tratamiento dado a nuestras enmiendas, ya
anunciamos que mantendremos todas las enmiendas vivas para el Pleno, en el caso de que no fueran aprobadas. Por cierto, señor presidente, le reitero la petición de que todas nuestras enmiendas sean puestas a votación una por una, excepto las que le
acabo de anunciar que han decaído. Tal como se ha dicho al inicio, si no consideran oportuno aceptar nuestras enmiendas, vamos a proceder a votar en contra de la ley en su conjunto.



El señor PRESIDENTE: Tiene ahora la palabra para defender sus enmiendas, en nombre del Grupo Catalán (Convergència i Unió), el señor Xuclà.



El señor XUCLÀ I COSTA: Señor presidente, señorías, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Catalán para defender las enmiendas y fijar la posición de este grupo ante la llamada Ley de Memoria Histórica en esta recta final de
legislatura. En primer lugar, quiero hacer algunas consideraciones generales. Recuerden que este es un proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros en el mes de julio del año 2006 y que hasta ahora, en el mes de octubre del año 2007 -con
gran celeridad- no se ha convocado la ponencia y la Comisión para su tramitación; una tramitación, señorías, en tiempo de descuento y en la recta final de la legislatura. A este proyecto de ley le ha faltado impulso político por parte del grupo de
la mayoría, es un proyecto de ley que ha languidecido durante meses y meses en las Cortes


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Generales con un futuro incierto, y es un proyecto de ley al cual le ha faltado una brújula clara para saber a dónde íbamos y qué pretendíamos.
Ciertamente, ha habido aportaciones de distintos grupos políticos, pero ha faltado esta brújula
clara para explicar la pretensión última, mayor y loable de la Ley de Memoria Histórica. Los problemas de comunicación son bastante habituales, por cierto, para explicar las políticas de este Gobierno.



Afrontamos el debate de este proyecto de ley en la recta final de la VIII Legislatura constitucional, que es continuadora de la tradición política y también de un momento político, la transición democrática, en la cual se hizo un pacto de
concordia, pero también un pacto de amnesia selectiva y colectiva para llegar a algunos acuerdos. Si esta ley no hubiera tenido un planteamiento de vuelo rasante, si esta ley no hubiera tenido un planteamiento de negociación a corto plazo y hubiera
tenido un planteamiento más de conjunto, nos habríamos preguntado durante la tramitación de la ley, y nos habríamos preguntado hoy, si era posible avanzar, si era posible que aquel pacto de amnesia selectiva y colectiva, hoy, se podría reducir
reconociendo más y mejor lo que supuso la guerra civil, el franquismo, la represión franquista y la recuperación de las libertades. ¿Era esto posible? Sí. ¿Se ha hecho? Claramente, no se ha hecho. No se ha hecho porque ha faltado un trabajo en
profundidad, un trabajo de diálogo, un trabajo de deliberación, previo a la aprobación de cualquier ley y más de una ley importante como esta. Este grupo parlamentario ha echado en falta la interlocución con un diálogo en profundidad para la
negociación de esta ley, más allá de la aportación en un artículo y más allá de la aportación en otro artículo. Como les decía hace un momento, faltaba esta reflexión de conjunto.



Quiero recordar que, hace muy pocos meses, el presidente de la República Italiana hizo un discurso de reconocimiento de los errores que se cometieron durante la Segunda Guerra Mundial en Italia por parte de los fascistas y del Partido
Comunista -y hablaba el presidente de la República, un miembro en su momento del Partido Comunista-, y también de la represión durante la Segunda Guerra Mundial contra las minorías lingüísticas y las minorías nacionales en el Adriático. Pues bien,
señorías, qué diferencia entre este planteamiento de fondo, entre esta reflexión en profundidad de lo que supuso el drama de la Segunda Guerra Mundial en Italia y esta tramitación atropellada y sin una reflexión de fondo de la Ley de la Memoria
Histórica.



Una ley, por otra parte, señorías, que debemos poner en su justo punto.
Una ley que no nace de la nada, una ley que plantea una mejora en la recuperación de la memoria, pero debemos recordar que algunos de los planteamientos de esta ley han
sido ampliamente abordados durante los últimos treinta años por parte de los historiadores, que algunos aspectos que persigue esta ley corresponden más a los historiadores que al Poder Legislativo y que sería una petulancia -quizás ha existido la
tentación de esta petulancia- que el Poder Legislativo se erija en interpretador de aquello que, afortunadamente, desde hace mucho, mucho tiempo los historiadores ya han hecho, desde el reconocimiento a las víctimas a la publicación de los verdugos
y la publicación de las víctimas. En el texto inicial de la ley se prohibía la publicación de los nombres y apellidos, cuando existen libros y más libros con la relación de estas víctimas. En definitiva, señorías, esta era una oportunidad pero ha
sido una oportunidad perdida. Por eso, nosotros decimos que esta es una ley innecesaria -esta ley, no una buena ley sobre la memoria histórica-, esta es una ley que ha frustrado las expectativas de muchos colectivos, de asociaciones de
memorialistas, de personas que pensaban que, con esta ley y en esta VIII Legislatura, todos los grupos políticos, pero especialmente el Gobierno que es el que envió este proyecto de ley, haríamos una reflexión más en profundidad, que creo que
treinta años después era posible y que no se ha hecho.



Un honorable diputado socialista -de cuyo nombre ahora no me quiero acordar- me comentaba hace unos meses: De hecho, el texto de este proyecto de ley es la fusión de dos reales decretos, un posible real decreto sobre indemnización a las
víctimas del franquismo y otro sobre fosas comunes; estos dos reales decretos convertidos y elevados al rango de ley, más la reflexión sobre la nulidad o la ilegitimidad de los juicios del franquismo. En definitiva, planteamientos que quedan muy
alejados de lo que, por ejemplo, Amnistía Internacional ha hecho llegar a los distintos grupos parlamentarios para redactar una ley que vaya al fondo de la cuestión.



Dicho esto, señorías, como en el debate parlamentario se trabaja a partir del pacto y de la transacción, es evidente que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) no se ha querido quedar en la posición de observación de la
tramitación de esta ley y también ha querido hacer aportaciones para su modificación y su mejora. Son, básicamente modificaciones en tres bloques, insuficientes desde nuestro punto de vista, pero aportaciones que cristalizaron la semana pasada
durante el trabajo de la ponencia. En primer lugar, esta ley se tendría que mejorar en lo que podríamos denominar la dimensión de la definición conceptual ideológica. Si tenemos que hablar y hablar en profundidad de lo que supuso la guerra civil y
la represión de la dictadura del franquismo, debemos considerar también otros aspectos. Ha habido algunos artículos y mucha literatura muy valientes hablando de aquello que las dos Españas de hace setenta años podrían haber reconocido en esta ley
pero que, al final, no se ha tenido el coraje de reconocer. Es evidente que en esta ley se podía reconocer, y se ha reconocido a partir de la aportación del Grupo Parlamentario Catalán, que también hubo persecución por motivos de creencias
religiosas, de aquellas personas leales a la República, leales al régimen ante el golpe de Estado, ante el levantamiento contra el régimen legalmente establecido, pero que fueron objeto de incomprensión, fueron perseguidos, y en algún caso
ejecutados, por los dos bandos, por el bando que provocó el golpe de Estado, pero también por


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el del régimen legítimo que era el régimen republicano. Así pues, hubo persecución por creencias religiosas y eso queda reflejado en el texto de la ponencia que hoy también tramitamos en la Comisión.



También hubo juicios sin garantías, juicios políticos, juicios descontrolados, en las dos partes hubo tribunales populares. Creo que esto se tiene que reconocer en esta ley y lo hemos incorporado. Algunos dirán que fueron actos puntuales,
que fueron actos descontrolados; pero, señorías, en aquellas partes de España en las que no hubo una clara posición de una parte o de otra y donde se vivió durante meses en el descontrol, hubo actos de represión y hubo juicios políticos sin ningún
tipo de legalidad republicana y se tendría que incorporar a estos tribunales populares.



Nosotros mantenemos enmiendas referidas al debate sobre ilegitimidad o nulidad de las sentencias. Dentro de un momento defenderé la redacción del artículo 3, en lo referente a la ilegitimidad. Nosotros mantenemos enmiendas vivas para que
las declaraciones del artículo 4, en cuanto a los juicios sumarísimos, a los juicios que no tienen ningún tipo de base en la legalidad o ilegalidad de los tribunales franquistas, también puedan tener su reconocimiento con la incorporación de las
resoluciones en los expedientes. Esto tampoco ha sido incorporado en la ponencia por el grupo de la mayoría. Debido a estas contribuciones a las que he hecho referencia, este grupo parlamentario mantiene discrepancias; discrepancias porque
considera estas aportaciones aún insuficientes en la aprobación de esta ley. Esta ley ha reconocido la persecución por creencias religiosas, pero no ha reconocido que también hubo persecución a personas, leales a la República, pero con convicciones
democráticas nacionalistas. Esta es una realidad que claramente se explica en Cataluña, en el País Vasco -en Euskadi- y que claramente se explica en Galicia. También planteamos la insuficiencia del redactado del artículo 3, el que hace referencia
a la ilegitimidad. Estamos de acuerdo en que el Parlamento no se puede erigir en Poder Judicial, que no puede declarar la nulidad de sentencias. El Parlamento, a través de esta ley, incorpora elementos importantes para que los tribunales en su
momento puedan declarar la nulidad de sentencias. Hago referencia al artículo 3, a una disposición adicional y a un mandato muy relevante que hay en la exposición de motivos. Todo esto coadyuva a que el Poder Legislativo claramente informa al
Poder Judicial para que este pueda transitar de la ilegitimidad a la nulidad de las sentencias. Por otra parte, este grupo parlamentario también está contento y satisfecho por haber aportado el concepto de ilegitimidad, que estaba en el redactado
inicial de sus enmiendas, en tanto en cuanto en teoría del derecho -sin querer alargarme ahora-, más allá de los valores constitucionales, existen las normas básicas fundantes, aquello con lo que Hans Kelsen en el siglo XX ayudó a dar coherencia a
muchas constituciones y también a muchas sentencias y debates posteriores a la Segunda Guerra Mundial y a los debates en los juicios de Nüremberg. Pues bien, la ilegitimidad creo que la tenemos que valorar y poner precisamente en este registro de
la teoría del derecho, de la cúspide, más allá de la constitución de las normas básicas fundantes. Pero aún es insuficiente, en tanto en cuanto, como les decía, no se ha querido incorporar, creo que por una falta de sensibilidad por parte del Grupo
Socialista, esta declaración de ilegitimidad en las resoluciones de los expedientes de los tribunales del franquismo que condenaron a personas claramente por motivos políticos.



Consideramos decepcionante que el grupo de la mayoría no haya sido receptivo a dialogar sobre la elaboración de un censo de confiscados.
Señorías, evidentemente, la mayor violencia que se perpetró durante la guerra civil y durante la
represión posterior fue la de los fusilamientos, la pérdida de vidas, pero también hubo otras formas de violencia. Las confiscaciones y los decretos del franquismo de confiscación de casas, de confiscación de depósitos bancarios con el
aseguramiento del retorno de los mismos en un plazo de seis meses; todo esto también fueron formas de violencia que arruinaron a familias, que arruinaron proyectos vitales. En este sentido, planteamos una enmienda sobre censo de confiscados que
lamentablemente el Grupo Socialista no ha tenido la consideración de incorporar en el proyecto de ley. Les plantearemos una referencia en la exposición de motivos. Creo que es mejor un poco que nada, pero como pueden comprender para nosotros esto
es insuficiente.



Finalmente, también queremos expresar nuestra disconformidad con los artículos 20 y 21, los referidos a archivos, a la creación del Archivo general de la guerra civil. Creemos que en un momento como el actual, en el que se está discutiendo
sobre el retorno de los documentos y de los fondos de la Generalitat a Cataluña, de los llamados documentos de Salamanca, la redacción de los artículo 20 y 21 tiene un componente más de conveniencia política coyuntural que de aportación de fondo
para la resolución de aspectos de la memoria histórica. También les anuncio nuestra oposición a los artículos 20 y 21.



Mantenemos unas cuantas enmiendas vivas. Dentro de un momento, señor presidente -voy terminando-, explicaré cuántas. Queremos mantener muy especialmente una que seguramente tiene un carácter declarativo y ningún valor jurídico, que se
refiere al reconocimiento en el articulado de la labor de los historiadores durante todos estos años; unos historiadores que alguna vez con sorpresa ven cómo el Poder Legislativo descubre algo en lo que ellos han estado trabajando durante muchos
años con gran rigor científico y alejados de la batalla y de la erosión política.



Les quiero trasladar nuestra preocupación y nuestras reservas respecto a la redacción del artículo 16, el referido al Valle de los Caídos, concretamente en su apartado tercero; respecto al artículo 15, símbolos y monumentos públicos, en
cuanto que tiene una redacción muy abierta sobre la retirada de ayudas públicas, sin respeto a la


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autonomía de ayuntamientos y de comunidades autónomas; también estamos preocupados por el tema de la confiscación de bienes; finalmente, nuestra preocupación por cómo ha quedado la redacción de los artículos 20 y 21, referidos a archivos,
y de la disposición adicional primera, también referida a archivos.



Señor presidente, tendremos el Pleno para culminar algunos de estos debates y, lo que es más importante -volviendo al principio-, para intentar elevar un poco más el tono del debate y para intentar que aquello que no fue posible reconocer
hace treinta años y en cuyo reconocimiento era posible avanzar ahora por parte de todos, sea posible en una ley que aun siendo insuficiente tendrá el apoyo parcial de este grupo parlamentario.



El señor PRESIDENTE: Señor Xuclà, nos anunciaba que iba a decir las enmiendas que mantenía. ¿Lo comunicará por escrito? (Asentimiento.) Muchas gracias.



Para la defensa de sus enmiendas, tiene la palabra el diputado don Jorge Fernández Díaz, en representación del Grupo Parlamentario Popular.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Quizá con una cierta ingenuidad pensaba que determinados debates, y sobre todo determinadas afirmaciones, en su espíritu y en su letra habían quedado sepultados en la Constitución de la reconciliación, del consenso
y de la concordia de 1978, que culminó nuestra ejemplar transición a la democracia desde un régimen evidentemente no democrático, desde un régimen dictatorial hacia una plena democracia, como la que hoy tenemos en España. Por desgracia, comprobamos
en los últimos tiempos que eso no es así, y tengo la impresión de que algunos quieren dinamitar el espíritu de la transición y no sé si incluso las bases que sustentaron aquel histórico pacto constitucional de 1978. Me sorprende, además, porque ha
habido rotundas afirmaciones en el tiempo, unas más lejanas y otras más próximas, de personas relevantes, de grupos políticos relevantes, que además abundaban en esa dirección, por ejemplo, en esta misma Cámara, el Congreso de los Diputados. El 12
de abril de 1994, el Grupo Socialista se opuso a una proposición de ley del Grupo Mixto sobre devolución de patrimonios incautados durante la guerra civil. El ponente del Grupo Socialista en ese trámite -hablo del año 1994- es hoy un relevante
miembro del Gobierno y además, según sabemos por los medios de comunicación, va a dirigir la próxima campaña electoral del Partido Socialista. Hablo de don Jesús Caldera. En ese trámite, Jesús Caldera dijo -consta en el 'Diario de Sesiones'- que
no existía tal necesidad de reparación en la sociedad española porque -leo literalmente- la verdadera reparación de las heridas de la guerra civil fue la recuperación de las libertades y el establecimiento de un Estado social y democrático de
derecho. Si nos remontamos en el tiempo, podríamos observar un debate emblemático de la transición, como fue el debate correspondiente a la Ley de Amnistía de 1977. Pues bien, un ilustre representante del Partido Comunista, que sin duda no tiene
nada que ver con sus actuales herederos, don Marcelino Camacho, decía el 14 de octubre de 1977 en esta casa durante el trámite de esa histórica y trascendental ley: ¿Cómo podríamos reconciliarnos los que nos estábamos matando los unos a los otros
si no borrábamos ese pasado de una vez para siempre? Queremos abrir la vía a la paz y a la libertad, queremos cerrar una etapa, queremos abrir otra. Y decía él: Nosotros precisamente, los comunistas, que tantas heridas tenemos, que tanto hemos
sufrido, hemos enterrado a nuestros muertos y nuestros rencores. Nosotros estamos resueltos a marchar hacia delante en la vía de la libertad, en esa vía de la paz y del progreso que hoy se abre. Hoy, al parecer, algunos herederos del Partido
Comunista, directamente herederos, solo hablan de heridas y de desenterrar a los muertos que el señor Marcelino Camacho decía que ellos querían enterrar desde ese momento con la aprobación de la Ley de Amnistía. Querían enterrar a sus muertos y sus
rencores, y sus herederos hoy nos traen aquí a sus muertos y sus rencores. Por cierto, lo que hacía don Marcelino Camacho era actualizar el manifiesto-declaración del Partido Comunista de España por la reconciliación nacional, por una solución
democrática y pacífica del problema español, de junio de 1956. ¡Hay que ver!, algunos van realmente hacia atrás. En esa época decía el Partido Comunista de España: Crece en España una nueva generación que no vivió la guerra civil -hablo de hace
51 años-, que no comparte los odios y las pasiones de quienes en ella participamos y no podemos, sin incurrir en tremenda responsabilidad ante España y ante la historia, hacer pesar sobre esta generación, la del 56, las consecuencias de hechos en
los que no tomó parte. Una política de azuzamiento de rencores puede hacerla Franco y en ello está interesado, pero no las fuerzas democráticas españolas.



Podría seguir recordando muchas cosas que no tienen nada que ver, sino todo lo contrario, con lo que aquí se está diciendo hoy, que estoy seguro que además se está diciendo desde unas posiciones que son radicales y minoritarias en la
sociedad española. El Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, que desde luego tiene toda la legitimidad democrática y todo mi respeto democrático, dice que está casi satisfecho con lo que ha salido. Un grupo de cinco diputados está casi
satisfecho; sin embargo, un grupo de 148 está muy poco satisfecho. Señor Herrera, atendemos al principio democrático valga para lo que valga. Usted sale feliz con su marco institucional para las políticas de memoria democrática y algunos de
nosotros nos ponemos a temblar porque vemos que a una de las dos Españas puede volver a helarte el corazón no en el año 1936, sino en el año 2008, porque estamos hablando de un año después de las próximas elecciones.



Señorías, este debate es lamentable en los términos en los que se está planteando. Por si fueran pocas las referencias históricas a las que me he referido, puedo decir -el señor presidente de la Comisión no me dejará faltar a la verdad,
porque él fue protagonista activo de


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ese histórico acuerdo- que en la legislatura pasada el partido al que represento tenía 183 diputados, mayoría absoluta. Y les diré una cosa si me lo permiten. Si hiciéramos lo que algunos hacen, hubiéramos podido condenar todos los golpes
que hubiéramos querido, empezando por el del señor Companys, del año 1934. Y hubiéramos podido seguir condenando el asesinato del jefe de la oposición parlamentaria, que no era franquista porque a lo mejor todavía no le había dado tiempo y que fue
asesinado por las guardias de asalto de la República el 13 de julio de 1936. No lo hicimos cuando teníamos 183 diputados. ¿Sabe por qué? Porque era una gravísima irresponsabilidad. Hubiera sido atacar los cimientos sobre los que se ha construido
la Constitución española de 1978, que, entre otras cosas, pretendió no olvidar el pasado. No pretendió olvidar el pasado, sino no volver a utilizar ese pasado de tal manera que se convirtiera en arma arrojadiza de unos contra otros. Sabían muy
bien los constituyentes cuál era el pasado de España, seguramente mucho mejor que muchos de los que hoy presumen de conocerlo, pero precisamente porque lo conocían sabían que no podíamos volver a repetirlo y que la mejor manera de no volver a
hacerlo era reconciliándonos, asumiendo que todos éramos responsables de esa tragedia colectiva que fue la guerra civil y que no podíamos volver a reincidir en las causas que nos llevaron a esa trágica confrontación. Por eso el Partido Comunista de
España desde el año 1956, en la Ley de Amnistía el Partido Comunista de España en el Congreso y tantos otros después fuimos reiterando ese espíritu y ese deseo de piedad, de reconciliación y de perdón mutuo y ahora vienen algunos a darnos lecciones
de lo que ha sido la transición, de lo que ha sido el pacto constitucional y hasta qué punto los constituyentes olvidaron resolver algunas heridas, algunos agravios y algunas injusticias y a desenterrar algunos muertos.



Cuando se hizo la declaración institucional de la Comisión Constitucional el 20 de noviembre -fíjense qué fecha- de 2002, el PP tenía mayoría absoluta. ¿A algunos de los que están aquí les suena, verdad? El PP tenía mayoría absoluta y
aprobamos unánimemente una declaración que venía a ser una especie de punto final a determinados planteamientos que iban en contra del pacto constitucional, en contra del espíritu de la transición.
Por el contrario, era un punto de partida para
políticas de reconciliación concretas, en ámbitos concretos, donde, efectivamente, podían quedar situaciones injustas, injusticias que debían ser removidas mediante las correspondientes iniciativas de los poderes públicos a las que esa declaración
mandataba de una manera muy clara. Por el contrario, si el proyecto de ley no avanzaba en esa dirección, el informe de la ponencia lo ha empeorado notablemente. Ha sido fruto en su inicio de un pacto bilateral entre el Grupo Socialista y el Grupo
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya y, lógicamente, ha avanzado en la línea de las políticas -que son legítimas, aunque no comprendemos cómo el Gobierno avanza en esa línea- de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, una política de
revisionismo histórico absoluto, echando por la borda todo lo que conjuntamente habíamos hecho en la senda efectiva de la reconciliación y debíamos seguir haciendo juntos en esa senda de la reconciliación. Quiero decir, señor presidente, señorías,
que desde la transición y desde la aprobación de la Constitución se han aprobado más de veinte normas con rango de ley, de decreto-ley, de decreto, de todo tipo, por unanimidad, en la línea precisamente de reparar injusticias, reconociendo y
ampliando derechos a personas e instituciones que padecieron violencia o persecución en la guerra civil o en la dictadura.
La última en esta legislatura, una ley relativa al complemento de indemnizaciones para los niños de la guerra. Quien les
habla fue ponente de ese proyecto de ley. Viajé con el ministro y con otros colegas de esta Cámara a Moscú y estuvimos en el Centro de los niños de la guerra en Moscú. El Gobierno nos pidió no solo que votáramos a favor, sino que facilitáramos que
se tramitara por urgencia y lo hicimos. Cuando hay buena voluntad y realmente se pretende resolver situaciones injustas de personas que han padecido especialmente, por la guerra civil o después, problemas personales y familiares que deben ser
reparados y justamente restituidos por el Estado, nos han encontrado y nos encontrarán siempre.
Y hablo con toda legitimidad cuando digo que estas veinte iniciativas aprobadas con gobiernos de la UCD, con gobiernos del PSOE y con gobiernos del PP
han sido siempre apoyadas por el Partido Popular, como, señorías del Grupo Socialista, van a ser hoy votados a favor los textos correspondientes a los artículos que hacen referencia al reconocimiento y ampliación de derechos. Vamos a votarlos a
favor, por cierto sin que ustedes se hayan dignado a descolgar el teléfono para llamarnos y ver si en relación con nuestras enmiendas, que intentaban una mejora técnica, podíamos llegar a un acuerdo. Lo que ha habido desde el primer día es una
voluntad deliberada, no nos engañemos, de marginar al Partido Popular, de presentar esto como una política en la que los que se oponen son unos facciosos, unos franquistas o unos fachas y nosotros somos los progresistas, los que entendemos el
sufrimiento y el padecimiento de la gente. Es volver a ese cordón sanitario que por desgracia se ha intentado demasiado en esta legislatura. Allá ustedes con esa política, estoy convencido de que en absoluto les va a ir bien electoralmente, pero
aunque así fuera hay una prioridad, el bien común de la sociedad española y la brecha y las heridas que están abriendo, que estaban cicatrizadas, en la sociedad española se las va a demandar la historia porque no hay derecho a lo que han hecho.



Quiero seguir, señorías. Esta ley, aunque su título no es ese, por algo es conocida como Ley de la memoria histórica. Yo creo en la sabiduría popular y cuando toda la sociedad, cuando todos los medios de comunicación, cuando todo el mundo
habla de memoria histórica por algo será. Y por más que ustedes se empeñen en que no se llame así, la gente la llama Ley de memoria histórica. ¿Por qué? Porque la gente tiene sentido común, más del


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que algunas veces nosotros pensamos y más del que muchos políticos tienen o tenemos en muchas ocasiones. A nosotros eso de la memoria histórica nos gusta regular. Es como cuando hablamos de ingeniería financiera. ¿Qué quiere que le diga?
Yo soy ingeniero y las finanzas tienen su ámbito.
Cuando hablamos de ingeniería financiera o de ingeniería social, ya nos ponemos a temblar; lo mismo sucede cuando hablamos de memoria histórica.
La memoria es una cosa muy normal y la historia es
una ciencia muy respetable y muy conveniente. Pero cuando mezclamos esas dos cosas ya nos ponemos a temblar. Y cuando, en lugar de hablar de memoria histórica, hablamos de memoria democrática, ¿qué quiere usted que le cuente? ¿Es que me va a
decir el señor Herrera cuándo mi memoria es democrática o no? ¡Hasta ahí podíamos llegar! ¿Pero cuándo la memoria histórica se establece por ley? La historia la narran los historiadores, la historia escrita se convierte en historiografía y la
historiografía es diversa y plural porque son diversas y plurales las personas que escriben los libros de historia. Hay más de 40.000 títulos publicados sobre la guerra civil. Señorías, los pueblos, las naciones pasan a tener memoria histórica a
partir de un proceso de decantación de la conciencia colectiva en la que la historiografía desempeña un importante papel para conformar esa conciencia colectiva. Hay a lo largo de la historia sociedades, pueblos, países, Estados, naciones, en que
ese proceso de decantación histórica y de asunción de una conciencia colectiva común les llevó a dotarse de una memoria histórica compartida. Lo que no ha sucedido nunca, y mucho menos en un régimen democrático parlamentario como el nuestro, es que
sin haberse dado todo ese proceso, ni mucho menos, de decantación histórica venga un señor y se le ocurra decir -teniendo en contra además, como mínimo, a la mitad de este país- que se va a establecer por ley cuál es esa memoria histórica. Y el
señor Herrera va mucho más allá, evidentemente, porque tiene la patente del monopolio de expedir certificados de democracia, y además dice que la memoria histórica luego hay que dividirla y clasificarla en una categoría adicional, que es memoria
democrática. Y dice que está muy contento porque a partir de esta ley vamos a tener un año para establecer el marco institucional en el que se van a poder desarrollar políticas públicas de promoción y fomento de la memoria democrática. Eso me
suena a ponencia del Partido Comunista de la China, pero no del actual, sino del de la Revolución Cultural.



Señorías, el concepto de memoria histórica es utilizado básicamente en los países iberoamericanos. Les voy a dar una pequeña referencia que algunos me parece que ignoran. Se refiere esa memoria histórica, acuñada en Iberoamérica en los
años setenta, al derecho a saber o al derecho a saber la verdad que tienen los pueblos que experimentan una transición traumática en la que tienen que convivir víctimas y verdugos y ese derecho a saber intenta compensar el dolor de las víctimas y
hacerles protagonistas pacíficos del respeto de la sociedad cuando esta sociedad se encuentra inmersa en un proceso de apertura y transición a la democracia. Ese concepto surge en los años setenta y surge en Iberoamérica, concretamente en países
iberoamericanos como Argentina, Colombia, Guatemala o Uruguay. Pero en España no estamos en esa situación. En España hicimos una transición ejemplar en la que no se ocultó nunca la verdad -y se ha demostrado con todas las iniciativas que lleva
aprobadas la democracia española y la transición- ni se negó la reparación de las víctimas.



Señorías, establecer políticas de memoria es peligroso. Pero al menos, si se quieren establecer, hagámoslo con un poco de solvencia y de seriedad.
¿La historia empieza y termina el 18 de julio de 1936? ¿Quién lo ha dicho? Yo no digo que
empiece la historia con la conversión de Recadero el 8 de mayo de 589 o el Corpus de Sang de 1640, en que los nacionalistas catalanes -como siempre, hay amores que matan- llevaron a que Cataluña, y con ella España, perdiera en la Paz de los Pirineos
el Rosellón y la Cerdaña, que es lo que suele pasar. Tampoco me voy a remontar a la guerra de África, al expediente Picasso o a la guerra de Cuba, pero, si hablamos de guerra civil y de dictadura, habrá que remontarse a lo inmediatamente anterior,
a la II República. Dice el artículo primero que tiene por objeto reparar los daños y los perjuicios de todo tipo que se produjeron a las personas que padecieron violencia por razones ideológicas, por razones políticas, por razones religiosas. ¿Eso
no pasó en la II Republica? ¿Es que el 6 de octubre de 1934 no había un Gobierno legítimo en la República o es que solo era legítimo el que era de ustedes? ¿O es que el Gobierno de la CEDA y del señor Lerroux, que habían ganado las elecciones en
1933, no era un Gobierno legítimo de la República? ¿Es que no hubo un golpe de Estado el 6 de octubre de 1934 que ocasionó más de mil muertos en Asturias? ¿Es que el jefe de la oposición parlamentaria, señor Calvo-Sotelo, asesinado el 13 de julio,
antes de empezar la guerra civil -repito, no le dio tiempo a ser franquista- no fue objeto de persecución por razones ideológicas? ¿Es que la expulsión de los jesuitas del año 1932 no significó el exilio forzoso al que alude la norma que están
ustedes promoviendo, exilio forzoso de miles de personas, o es que los jesuitas no eran personas en el año 1932? Esta es una ley absolutamente sectaria desde todos los puntos de vista y, repito, si el proyecto de ley lo era, el informe de la
ponencia lo es todavía mucho más porque ha llegado ya a lo dramático que significa distinguir a las víctimas: hay unas víctimas que merecen reparación y hay otras que no la merecen. Pero, ¿saben por qué? Porque ese periodo de tiempo se ignora y
parece que, efectivamente, no hubo persecución religiosa, no hubo persecución política, no hubo persecución ideológica, no hubo golpes de Estado durante la República. Eso no existe, por decreto-ley no existe.
Pero es que tampoco hay que honrar a
las víctimas de la guerra civil del llamado bando nacional, ¿sabe por qué? Porque, claro, durante cuarenta años Franco se encargó de honrarlas. Mire, si eso es así -y no voy a decir que no fuera


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así-, hay algo que distingue a la democracia de la dictadura y es que es superior ética y moralmente la democracia y si ustedes hacen lo mismo que hicieron ellos se ponen a su nivel, que es un nivel más bajo. Lo que la ley no puede hacer es
establecer diferencias en función del bando en el que estaban. Y esto porque no le gustaba a los de Izquierda Unida porque esa equidistancia entre víctimas evidentemente es intolerable: hay muertos de primera clase y hay muertos de segunda clase.
Eso que en el proyecto de ley no estaba ahora aparece en este texto.



Voy concluyendo, señor presidente, refiriéndome sucintamente a las enmiendas que quiero que conste en el 'Diario de Sesiones' que defendemos. Para que se vea claro que obras son amores y no buenas razones, a pesar de todo y como siempre
hemos hecho, en todo lo que sea reconocer y mejorar derechos de personas injustamente tratadas y que necesitan reparación nos van a encontrar. Por tanto, votaremos a favor de los artículos 5 a 9, con unas mejoras que ya habíamos presentado en las
enmiendas que quedan vivas y que sé que no nos las van a aprobar porque ni siquiera han tenido la cortesía parlamentaria de llamarnos para decir que sí, que no o que hablemos, y creo que hubiera valido la pena que hubieran tratado algunas de ellas
con nosotros porque mejoraban técnica, jurídica y económicamente algunas de las prestaciones que ustedes reconocen. El artículo 10 me interesa muchísimo señor presidente.
Queremos añadir un inciso final al texto del punto primero del artículo 10,
donde dice que se reconocen indemnizaciones para los que fallecieron durante el periodo que va del 1 de enero de 1968 al 6 de octubre de 1977.
Queremos añadir un inciso que diga: siempre que su actuación resultara conforme a los principios y
valores constitucionales hoy vigentes. Lo voy a decir con toda claridad, no estamos dispuestos a que etarras puedan ser indemnizados como presuntos luchadores por la libertad, así de claro.



El señor PRESIDENTE: Señor Fernández, ¿eso es una enmienda presentada, una enmienda viva, verdad? Es por si era una enmienda transaccional.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: No, es una enmienda presentada que está viva. Se trata de añadir el inciso que consta: siempre que su actuación resultara conforme a los principios y valores constitucionales hoy vigentes. Nada más que eso. He
dicho la motivación con toda claridad.



Respecto a la enmienda relativa al Valle de los Caídos, se ha hablado mucho aquí del Valle de los Caídos y quiero decir algo al respecto. Para nosotros el Valle de los Caídos es ante todo y sobre todo un lugar en el que nos consta que yacen
los restos de 60.000 personas que murieron con ocasión o como consecuencia de la guerra civil. Por cierto, de ellos -y cuando lo supe me alegré mucho- el 55 por ciento del bando republicano y el 45 por ciento del bando nacional. De verdad les
decimos una cosa: dejemos que los muertos descansen en paz. Allí hay una comunidad benedictina y la de San Benito es una orden que en relación con la cultura y la civilización europea ha dicho mucho y ha hecho mucho, que hace lo que les dijo San
Benito: Ora et labora. Y rezan para que esas personas, con independencia del bando en el que lucharon y por el que murieron, descansen en paz, y sobre todo y ante todo para que las causas que nos llevaron a aquella trágica experiencia de la guerra
civil no se vuelvan a reproducir. Por eso estamos a favor absolutamente de la despolitización total, integral y absoluta del Valle. Por eso votamos a favor del párrafo primero y del párrafo segundo y creemos que el párrafo tercero puede entrar en
contradicción con el párrafo segundo y con el primero. Por eso mismo pediremos votación separada y votaremos en contra del párrafo tercero.



Por último, entro en los artículos 15, 22 y 24. Del artículo 15, sobre las calles y monumentos públicos, solo diré una cosa. Después de 27 años de ayuntamientos democráticos, señor presidente, creo que ya habido muchos ayuntamientos de
muchos colores democráticamente elegidos que han hecho en el callejero todos los cambios que han estimado oportunos y convenientes. Y yo creo que al final, después de veintisiete años de democracia municipal, hay un pacto tácito en los pueblos en
relación con las calles. Hay muchos pueblos y capitales en que a lo mejor está la plaza de Carlos Marx al lado de la calle de la División Azul; pues mire, bendito sea Dios, qué quiere usted que le diga si el ayuntamiento democrático no lo cambia.
A unos les gusta más esa calle y a los otros les gusta más la otra. Lo que quiero decir es que yo sí creo en la garantía institucional de la autonomía local reconocida en la Constitución. Dejemos a los ayuntamientos -que son mayores de edad- que
digan cuál es su callejero. Ahora, eso sí, lo que si me preocupa es que en el País Vasco -y eso es más actual que revisar el callejero de presuntas personas que protagonizaron hechos hace 70 años- haya etarras, que están hoy, ayer y anteayer
atentando contra la libertad y atentando contra personas que defienden la libertad y la Constitución española, y tienen calles allí. Eso sí que me parece un sarcasmo y me parece -por actual, entre otras cosas-, mucho más urgente que eso. Termino
ya, señor presidente, de verdad.



Enmiendas al artículo 20 y 21 de la ponencia, sobre el Archivo General de la Guerra Civil, que se transforma en el Centro Documental de la Memoria Histórica. Ya lo ven, al final el Archivo General de la Guerra Civil se transforma en eso.
Como hay que establecer por ley la memoria histórica, vamos a crear un centro para que ahí, efectivamente, la ideología, el sectarismo establezca de una manera obligatoria cuál es la memoria que han de tener los españoles de los hechos que
sucedieron en los peores años de nuestra historia del pasado siglo XX. Con eso no jueguen con nosotros, y sí que decimos, por cierto, que esos 50.000 carteles que se le transfirieron a la Fundación Pablo Iglesias vayan a ese centro documental,


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ya que ustedes lo quieren crear, porque nos parece que forman parte de ese patrimonio histórico, y en lugar de estar en la Fundación de Pablo Iglesias, que estén en el Centro Documental de la Memoria Histórica.
(Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Muy poca gracia tiene el final de su intervención. No es en una Comisión, como usted ha hecho, el momento de aprovechar para eso, pero en privado le diré que está usted completamente equivocado.



El señor Barrio de Penagos tiene la palabra para defender dos enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



El señor BARRIO DE PENAGOS: Como sabe, voy a repartir el tiempo con mi compañero Daniel Fernández.



El señor PRESIDENTE: Tengo entendido que no es así, señor Barrios. Se hará toda la tramitación, según me han comunicado, y en el turno de réplica será el señor Fernández quien hable.



El señor BARRIO DE PENAGOS: Lo intentaremos hacer así entonces. Señorías, este es un proyecto de ley que será una ley sin duda muy importante. Es una ley por la que se reconocen, señor Fernández, y amplían derechos y se establecen medidas
a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. Sé que el título es largo, pero ahí no se menciona una memoria histórica concreta, y votar o decir que no por el título, que es una de las causas
concretas que usted dice, sería tanto como decir que la Ley de protección de la autonomía personal no le gusta porque todo el mundo le llama Ley de Dependencia. Yo creo que esto no es una causa razonable. Eso sí, se habla de todas las víctimas y
con ellas, como dice la exposición de motivos, sus familiares y, quizás, en ese todas las víctimas están una de las claves, y se insiste especialmente en aquellas que hasta ahora no estuvieron suficientemente reconocidas, lo cuál no quiere decir que
no estén todas las víctimas, reitero. Esto es un paso más. Aquí no hay ninguna voluntad de adanismo, nadie niega que se hayan dado pasos, al contrario, está muy inspirada en los pasos que se han dado anteriormente, y por supuesto, está claro qué
es lo que no es la ley. No es una derogación de la Ley de Amnistía de 1977, obviamente, ni tampoco, por supuesto, una ley de punto final a nada, como prueba la disposición adicional segunda: Las previsiones contenidas en la presente ley son
compatibles con el ejercicio de las acciones y el acceso a los procedimientos judiciales ordinarios y extraordinarios establecidos en las leyes o en los tratados y convenios internacionales suscritos por España. Cómo no podía ser de otra manera.

Es decir, que esta disposición adicional dice claramente lo que no es la ley. No es ley de punto final a nada y, por supuesto, tampoco es una derogación de la Ley de Amnistía de 1977. No pretende dinamitar el espíritu de la transición ni la
reconciliación y, mucho menos, arrinconar al PP. Otra cosa es que el PP en algunos aspectos parece insistir en arrinconarse solo. Es una ley que se hace en colaboración con otros grupos, no solo el Grupo Socialista; hay aportaciones en el texto
que sale de la ponencia de, al menos, siete fuerzas políticas. Un texto que puede no ser perfecto, como casi ninguno lo es, pero que sí es absolutamente necesario y quizás para entender por qué tendríamos que analizar muy brevemente el contenido.
¿Cuál es el contenido real de este proyecto? Porque nuevamente el señor Fernández insiste mucho en las descalificaciones genéricas y cuando tiene que citar párrafos concretos en los que está en contra cita muchos menos. Para empezar, un tema en el
que parece que sí hay dificultades es la condena del franquismo, pero, ¿debería haber esas dificultades? Por ello mismo -ha dicho alguien-, esta ley atiende a lo manifestado por la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, que el 20 de
noviembre de 2002 aprobó, por unanimidad, una proposición de ley en la que el órgano de representación de la ciudadanía reiteraba que nadie puede sentirse legitimado, como ocurrió en el pasado, para utilizar la violencia con la finalidad de imponer
sus convicciones políticas y establecer regímenes totalitarios contrarios a la libertad y dignidad de los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra sociedad democrática. También se asume la declaración de condena del franquismo
contenida en el informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de marzo de 2006, en el que se denunciaron las graves violaciones de los derechos humanos cometidas en España entre los años 1939 y 1975. Pero es que
viene a cuento además porque hay un cierto revisionismo en esto, incluso se ha llegado a decir que el franquismo era un régimen autoritario sí, quizás un poco autoritario de más, pero, en fin, que trajo el desarrollo económico; suavizándose sus
auténticos rasgos. Para colmo, muy recientemente, el señor Mayor Oreja nos aclara que muchas familias lo vivieron con normalidad, y se habla incluso de placidez en el País Vasco.
Pues bien, yo voy a hablar de algunas familias que no lo vivieron
con esa placidez, en nombre también, por ejemplo -es mi generación-, de estudiantes que lucharon en la etapa final del franquismo: Mª Luz Nájera, Enrique Ruano; y también de otros, obreros de Ferrol, de Vitoria, que sin duda cayeron en la lucha
por las libertades. A tenor de esto hay que decir que el franquismo fue una dictadura. El señor Fernández ha dado un paso importante en ese sentido, ha dicho que fue una dictadura, en línea con lo que han dicho otros compañeros de su grupo; pero
no el señor Mayor Oreja. Lo dijo el señor Juan Costa, y también es un paso importante, pero no el señor Mayor Oreja. Me parece que en esto no se aclaran demasiado.
Quizá porque tienen miedo de perder ciertos votos de un franquismo sociológico que
afortunadamente ya es residual en la sociedad española.
Hay que decir que el franquismo fue una dictadura en


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sentido fuerte. No una pequeña dictablanda, como se decía en su momento de la dictadura de Primo de Rivera, sino una dictadura en sentido fuerte que empezó con el fusilamiento de los jóvenes socialistas. Se habla de las Trece Rosas, pero
ese mismo día, en agosto de 1939, mueren fusiladas 42 personas de las Juventudes Socialistas Unificadas, 42 muchachos. Pero las Trece Rosas también, y una de ellas, Julia Conesa -vamos a intentar cumplir su deseo-, decía: Que mi nombre no se borre
en la historia. Por eso la menciono expresamente.



Me referiré a después de la guerra civil, después de estallar la paz, que no fue tal, pues como se dice en Las bicicletas son para el verano, lo que vino no fue la paz sino la victoria. El franquismo siguió matando incluso 25 años después
-el caso Julián Grimau- y murió matando -fusilamientos de septiembre de 1975-. Esta condena, por tanto, es necesario reiterarla; es positiva, y ningún partido democrático debería tener ningún problema en reconocerlo así, no hay ningún partido
democrático que no condene los alzamientos contra órdenes o gobiernos legítimos, que no condene las dictaduras y la violencia ejercidas desde el Estado -Juan Costa dixit.- Entonces, señores del Grupo Parlamentario Popular, ¿por qué tanto problema
con esto? Igualmente en el artículo 3.1, que recoge algunas de las cosas que ha dicho usted, señor Fernández.
Vamos a leerlo textualmente: Se declara la ilegitimidad de los tribunales jurados y cualesquiera otros órganos penales o administrativos
que durante la guerra civil se hubieran constituido para imponer por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa condenas o sanciones de carácter personal, así como la de sus resoluciones. Si ilegítimo era el tribunal, injustas e
ilegítimas son las sentencias. Aquí está la clave.
¿Por qué esta expresión consensuada de ilegitimidad? Este es un punto importante que antes ha tratado el señor Herrera. ¿Por qué esta expresión consensuada de ilegitimidad? Pues, a nuestro
juicio, porque esta es la máxima sanción política que se puede hacer y es al mismo tiempo plenamente respetuosa con el espacio propio de los tribunales, con lo que puedan decir los tribunales en cada caso concreto. Ha citado usted algunos casos
concretos, sabe cuál sería mi preferencia en cuanto a lo que tienen que decir los tribunales en ese caso. Pero no invadamos el espacio de los tribunales. De ahí, de ese pleno respeto al espacio propio de los tribunales, viene esa expresión
consensuada de ilegitimidad, como usted bien sabe. Esto se complementa con la previsión de un procedimiento específico para obtener una declaración personal de carácter rehabilitador y reparador para las víctimas o sus familiares. Es decir máxima
sanción en el ámbito político, como nos corresponde, este es el ámbito político, la representación de la soberanía popular, y máximo respeto a la separación de poderes. Artículos 5 a 9, se establece el reconocimiento de diversas mejoras de derechos
económicos ya recogidos en nuestro ordenamiento jurídico a favor de familiares de víctimas, presos en la dictadura, incluyendo mejoras en cuanto a la exención fiscal en este último caso de las indemnizaciones percibidas.



El artículo 10 es nuevo. Establece un reconocimiento a favor de las personas fallecidas -en defensa de la democracia, se dice expresamente, señor Fernández- durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del 1968 y el 6 de octubre del
1977, reconociendo el derecho a una indemnización única por una cuantía de 135.000 euros a sus beneficiarios.



En los artículos 11 a 14 -voy avanzando rápidamente- se establece que las administraciones públicas faciliten a los interesados que lo soliciten las tareas de localización y, en su caso, identificación de los desaparecidos, atendiendo a la
demanda de no pocos ciudadanos que ignoran el paradero de sus familiares, algunos aún en fosas comunes. Aquí se dice que se habla, sobre todo, de unas víctimas y de unos familiares. ¡Claro!, es que los que están desaparecidos todavía son unas
víctimas, son víctimas del franquismo, qué se le va a hacer, ese es el caso. Se establecen, asimismo, una serie de medidas -artículos 15 y 16- con respecto a los símbolos y monumentos conmemorativos de la guerra civil o de la dictadura. Están
sustentadas en el principio de evitar toda exaltación de la sublevación militar, de la guerra civil y de la represión de la mencionada dictadura, en el convencimiento de que los ciudadanos tienen derecho a que así sea, a que los símbolos públicos
sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio. Se hacen dos reconocimientos singularizados -alguno más en la exposición de motivos, pero en el articulado se hacen dos-, uno con respecto a los brigadistas internacionales, a los
que se les permitirá acceder a la nacionalidad española sin necesidad de que renuncien a la nacionalidad que ostenten hasta ese momento -es el artículo 18, me parece- y también a las asociaciones ciudadanas -artículo 19- que se hayan significado en
la defensa de la dignidad de las víctimas de la violencia política a que se refiere esta ley. Con el fin de facilitar la recopilación y el derecho de acceso a la información histórica sobre la guerra civil, la ley refuerza el papel del actual
Archivo General de la Guerra Civil con sede en Salamanca, integrándolo en el Centro Documental de la Memoria Histórica.



Señorías, siendo este breve repaso interesante para explicar lo que sí es y lo que no es este proyecto de ley, sería insuficiente si no hiciéramos alguna breve referencia a personas con nombres y apellidos, porque se ha dicho que este es un
proyecto en el aire que no se pedía por la sociedad civil. Pues no es así. A mí me sugieren, al menos, algunos enunciados concretos, algunos nombres y apellidos concretos. Por ejemplo, mi amigo Juan Silva, de 91 años, integrante del cuerpo de
carabineros, que luchó por la República; José Mata, cuya vida daría para varios libros, obrero y guerrillero en Asturias, o Francisca Nieto Blanco, que moría recientemente, como lo recordaba el Quico, Francisco Martínez, otro guerrillero. El poeta
brigadista inglés, John Cornford, muerto en la batalla del Jarama a los veintitantos años; o miembros


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de la UMD, como Julio Busquets, diputado socialista ya fallecido, o Luis Otero. Se autodisolvió la Unión Militar Democrática con la celebración de las primeras elecciones democráticas, símbolo de unos militares constitucionales avant la
lettre antes de que tuviéramos la Constitución que hoy disfrutamos y por la que tanto luchamos. Podemos recordar, cómo no, a los presos de la dictadura, desde el último, desde el más humilde, y, por qué no, algunos nombres concretos: Julián
Besteiro, muerto en la cárcel de Carmona; nuestro querido presidente del partido, Ramón Rubial, que sufrió casi veinte años de cárcel y consiguió salir de ella con las mismas ideas y sin odio alguno.



Termino con el tema del exilio. Vamos a proponer una transaccional a una enmienda de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. Luego mi compañero insistirá en ellas. Solamente quería decir que esa transaccional mejora la condición
de los familiares de los exiliados, de los descendientes hasta el segundo grado de los exiliados. Haré dos referencias concretas. Podría hablar, cómo no, de dos ex presidentes del Gobierno fallecidos en el exilio: Francisco Largo Caballero y Juan
Negrín; de don Indalecio Prieto, que también murió en el exilio. Pero quería referirme finalmente a dos republicanos íntegros que creo que representan a quienes perdieron la patria y sufrieron ese exilio también irreversible en su caso: en primer
lugar, don Manuel Azaña, muerto en el exilio en 1940, que pronunció a los dos años de iniciar la contienda aquel célebre discurso en el que pedía paz, piedad y perdón, como antes se refería el señor Fernández. Lo dijo Azaña ya en el año 1938, lo
que puede enmarcar, junto a la reparación en lo posible del sufrimiento de las víctimas, nuestro propósito con esta ley. Finalmente, señor presidente -y espero, dada su benevolencia, que considere adecuada esta referencia-, nuestro gran poeta
muerto en Collioure, Antonio Machado que, al describirse, dijo una vez: En mis venas hay gotas de sangre jacobina, pero mi verso brota de manantial sereno. Del mismo manantial sereno de la paz y de la Constitución por la que tanta gente luchó y en
la que hoy se enmarca también este proyecto. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las transaccionales, tiene la palabra el señor Fernández.



El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Intervengo únicamente a ese efecto. Como es bien sabido, el Grupo Parlamentario Socialista ha trabajado intensamente con la mayoría de los grupos de esta Cámara para conseguir mejoras al texto original que el
Gobierno presentó como proyecto de ley. Me limitaré a defender dos enmiendas transaccionales que presenta mi grupo a sendas enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



En primer lugar, una que considero relevante, que es una enmienda de adición que incluye un párrafo en la exposición de motivos, una disposición adicional y que, asimismo, modifica la disposición final. Es relevante porque mediante esta
enmienda transaccional se amplía la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española a los descendientes hasta el primer grado de quienes hubiesen sido originariamente españoles. Con ello se satisface una legítima pretensión de la emigración
española, que incluye singularmente a los descendientes hasta el segundo grado de quienes perdieron la nacionalidad española por el exilio a consecuencia de la guerra civil o de la dictadura. Con esta aportación, con esta enmienda transaccional, la
ley hace justicia con quienes se vieron obligados a abandonar nuestro país durante la guerra civil o durante la larga noche de la dictadura, y no solamente con ellos, sino con sus hijos y con sus nietos.



La segunda enmienda transaccional que les presento crea una nueva disposición adicional, que tendrá como título: Acceso a la consulta de los libros de actas de defunciones de los registros civiles. Paso a leérsela a continuación: El
Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, en cuanto sea preciso para dar cumplimiento a las previsiones de esta ley, dictará las disposiciones necesarias para facilitar el acceso a la consulta de los libros de las actas de defunciones de los
registros civiles dependientes de la Dirección General de los Registros y el Notariado.



El señor PRESIDENTE: Abrimos a los grupos que lo estimen pertinente un breve turno de réplica de cinco minutos.



Señora Lasagabaster.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Quisiera empezar por tranquilizar al portavoz del Grupo Parlamentario Popular, porque me ha sorprendido el tono de su intervención. Veníamos de unas intervenciones bastante prudentes, incluso cuando nos
habían puesto -no voy a decir una expresión coloquial- muy fácil, después de determinadas declaraciones del día de ayer que, salvo el Grupo Parlamentario Socialista ninguno habíamos utilizado, realizar intervenciones subidas de tono. Nuestras
intervenciones habían sido prudentes, en algunos casos técnicas, sin entrar en valoraciones de ningún tipo o reproches. Me ha sorprendido la intervención del portavoz del Grupo Parlamentario Popular, que ha sido como la intervención de una víctima
que se sentía ofendida por no se sabe cuántas cosas. No ha seguido muy bien la idea, porque aquí no ha habido ninguna víctima, ni nadie ha ofendido a nadie, ni nadie ha querido ofender a nadie. Por tanto, el portavoz del Grupo Parlamentario
Popular no ha estado muy bien en cuanto al tono porque, por supuesto, respeto el contenido de lo que quiera decir. Voy a tranquilizar al Partido Popular, porque no va a tener esos efectos que dice el señor Fernández que va a tener la ley. De
hecho, a mí me gustaría que tuviera algunos efectos en materia de justicia, pero no va a tenerlos, porque esta ley no impide a nadie decir lo que piensa sobre lo que fue la guerra civil: no impide a


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nadie que diga lo que quiera; no quita nada a nadie; no confisca; no exige responsabilidades; nada de nada. No van a tener ningún problema al respecto. Lo único que pretende la ley -y yo creo que no lo llega a conseguir del todo- es
dar amparo, recoger las vivencias, la parte de verdad, y recuperar, si se puede, también la justicia de aquellos que realmente no pudieron hacerlo. Se trata de recoger a aquellos que no pudieron hacerlo. Si no pudieron hacerlo quizás es porque no
tenían la extraordinaria placidez que sí tuvieron algunos dirigentes del Partido Popular en la dictadura. En la dictadura -que es un régimen que va en contra de la democracia- algunos tuvieron extraordinaria placidez y otros, no. Mayor Oreja
dixit, porque esto no es mío. Por tanto, hay gente que vivió con extraordinaria placidez y hay otros que no. Y los que no vivieron con extraordinaria placidez tienen derecho a ser reconocidos por lo que pasaron y otras muchas cosas más. No es más
que eso.
Tranquilícense, que no va a pasar nada.



Habla usted de los constituyentes. Yo creo que nadie es perfecto, desde luego, ninguno de los que estamos aquí lo somos y tampoco lo eran los constituyentes. Los constituyentes hicieron probablemente lo que pudieron en aquel momento, que
era muy difícil, aunque quizás podamos criticar algunas cosas, y pudieron hacerlo sobre todo por una razón, por el esfuerzo y la generosidad tan apabullante de aquellos que no habían tenido la extraordinaria placidez. Cuando hay deudas pendientes
de reparación, de justicia, sin querer ofender ni ir en contra de nadie, parece razonable que una sociedad termine cumpliendo con esas deudas. No tiene nada más.



Decía que el año 2002 fue un punto final. Nosotros no lo interpretamos así, y en aquella Comisión algunos lo dijimos claramente. ¿Que ustedes lo hicieron? Pues nos parece muy bien, pero nosotros no interpretamos que fuera un punto final.
Ninguna legislatura, ningún mandato parlamentario puede invocar ningún punto final, como no ha tenido punto final nada ni en Alemania, ni en Italia, ni en Argentina, ni en Chile, ni en el Salvador, ni en Sudáfrica, porque todas esas cosas de punto
final se han revertido, porque lo que no puede ser, no puede ser, por mucho que ustedes se empeñen y que para ustedes tenga punto final; para los demás, no.



Termino, señor presidente. En la legislatura pasada vinieron por primera vez invitadas por esta Cámara, oficiosamente, muchas de las personas que no vivieron con extraordinaria placidez -todavía no han tenido una invitación oficial de estas
Cortes-, y no vino nadie del Grupo Parlamentario Popular, nadie. Esto es lo que pasa.



Por último, quiero señalar una cosa al Grupo Socialista. Si ustedes creen que el legislador no puede anular, cosa que en Alemania se ha hecho, lo que sí pueden hacer es instar al Gobierno a que ponga todos los servicios técnicos para
hacerlo, igual que la oficina de víctimas ayuda a la asistencia jurídica en los tribunales. No pedimos más. Fíjense qué fácil es. Pedimos el mismo reconocimiento, la misma asistencia jurídica para unos y para otros. Si ustedes lo consideran así,
el fiscal general lo puede hacer y el Ministerio de Justicia lo puede hacer. Si no lo hacen, expliquen por qué. Mi abuelo, de 97 años -todavía vive-, tiene que ir otra vez a pedir la nulidad a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
Yo he ido
con mi abuelo al Supremo a pedir la nulidad de sentencia y me dijeron que nanai. ¿Tiene que volver a ir mañana? ¿Por qué no pone usted asistencia técnica a tantos abuelos que hay por aquí? Sería lo razonable.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: La verdad es que después de escuchar al señor Fernández Díaz creo que la ley es incluso mejor de lo que pensaba. Señor Fernández Díaz, nuestro grupo ha cambiado mucho la ley, de hecho nunca un grupo tan pequeño
había cambiado tanto una ley. (El señor Fernández Díaz: Estoy de acuerdo.) Ahora bien, para mí no es una ley que haya dado satisfacción a todas nuestras demandas, y por eso digo que para nosotros es un punto de partida.



Para cerrar heridas hay que curarlas antes. El problema está en que en este país muchas heridas no se han curado. Yo he estado en los campos del S-21, en Phnom Penh, en Camboya, donde el régimen de Pol Pot ejerció una tarea de exterminio.
En Camboya se explica la represión que hubo en el país; en Chile, en Villa Grimaldi, se explica la represión que hubo en el país; en Francia se explica la lucha antifascista, y en España usted va al Valle de los Caídos y se hace apología del
franquismo. Esto es lo que demuestra que en este país teníamos que hacer una ley de memoria, que la ley era absolutamente necesaria, que no nos valía con una ley equidistante, que necesitábamos una ley comprometida y que era y es fundamental que en
uno de los países que más años de dictadura ha padecido empiece a haber políticas públicas de explicación de la memoria democrática, término extendido en toda Europa en la lucha antifascista.
Para nosotros este era un elemento fundamental que va a
permitir la ley porque la ley es punto de partida.



Yo sé que el franquismo para muchos no fue plácido; para alguno, sí. Hay quien ha hablado de la placidez del franquismo. Seguramente se refería a la placidez de los cementerios, la placidez de las cárceles, la placidez de la represión, la
placidez de las universidades y la placidez de las torturas que padeció, entro otros, Miguel Núñez en manos de los hermanos Creix. ¿Sabe cuál es el problema? Que mientras haya un dirigente en este país que hable de la placidez del franquismo, será
necesaria y fundamental una ley de estas características. Simplemente es espeluznante, desde el punto de vista democrático, que haya alguien que hable de la placidez del franquismo y que un partido teóricamente democrático no condene esas
afirmaciones. Por eso para nosotros era fundamental esta ley, una ley que condenase, una ley que estableciese políticas públicas de recuperación a la


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memoria y una ley que supusiese un paso adelante. No tenemos inconveniente en explicar y condenar la represión en la retaguardia republicana. ¡Claro que la hubo! Pero lo que no vamos a hacer nunca es equiparar la represión descontrolada
con la represión sistemática de una pretendida legalidad que tuvo como objetivo el exterminio de la oposición. Hubo un ministro de Justicia, Irujo, del PNV, que lo que hizo fue garantizar que la legalidad republicana estuviese al servicio del
cumplimiento de la ley, mientras que por parte de los franquistas la legalidad se puso al servicio del exterminio. Una democracia tiene que condenar los asesinatos, una democracia no puede nunca equiparar una legalidad al servicio del genocidio con
una legalidad que pretendió el mantenimiento de la ley. No se nos caen los anillos en condenar los excesos en la retaguardia republicana, pero no equipararemos una cosa con la otra. Por eso decimos que para nosotros era un elemento fundamental la
no equiparación y nos congratulamos de que algunos intentos de algún grupo parlamentario para intentar equiparar una cosa con la otra, no se hayan conseguido. El artículo 3 es categórico.



Por último -acabo ya, señor presidente-, para nosotros era fundamental una declaración con carga política y con carga legal, pero también con carga jurídica. Para nosotros el artículo 3 tiene esa carga jurídica por una razón muy simple:
porque decimos que eran ilegítimos, pero asociamos la ilegitimidad no a un concepto vago, sino a que eran contrarios a derecho, por tanto, ilegales; a que no tenían las características de un juicio justo; a que vulneraban las más elementales
características de un derecho a un juicio justo como a un tribunal independiente, a ser oído, a la presunción de inocencia, etcétera. Decimos claramente que las leyes de la represión no se podrán invocar por parte de las autoridades administrativas
y judiciales; afirma el legislador claramente que lo ha que ha hecho la Sala de lo Militar ya no cabe. Por tanto, hay una mandato muy claro; que esa declaración de ilegitimidad, sumado al concepto de ser contrario a un juicio justo, contrario a
derecho, tener vicios de forma y fondo, tiene una carga jurídica potentísima en esa exposición de motivos.



Tengo que reconocer que nos hubiese gustado que el Partido Socialista hubiese garantizado la asistencia jurídica a aquellos que quieran ir a la vía de la revisión. No lo hemos conseguido. Por eso para nosotros la ley no da plena
satisfacción. Esa va a ser nuestra batalla en la siguiente legislatura. Lo que vamos a pretender y lo que queremos conseguir es que a partir de un incremento del peso de las fuerzas de izquierda en esta Cámara, de aquellas fuerzas de izquierda que
se comprometen en este sentido y no del Partido Socialista que en este tema duda -hay que decirlo-, ese sea un elemento que se consiga. De ahí que el conseller Saura como representante del Govern de la Generalitat ya haya pedido a la fiscalía que
actúe y hayamos solicitado, que esos mecanismos e instrumentos se empiecen a poner en marcha.



El señor PRESIDENTE: Señor Tardà.



El señor TARDÀ I COMA: Atendiendo al hecho de que en un próximo debate en Pleno procederemos a realizar la exposición global de carácter político, expresamos nuestra solidaridad con el manifiesto hecho público por las entidades
memorialistas coincidentes en afirmar que esta ley, tal como pretenden aprobarla, no hace frente, y cito: 'A ninguno de los problemas jurídicos derivados de la casuística de las víctimas del franquismo'. El manifiesto afirma también que se trata,
y vuelvo a citar, de: 'Un ataque inmoral y falto de la más elemental ética democrática a la memoria de las víctimas del franquismo en el interior de España; a las víctimas de los campos de exterminio nacionalsocialistas; a los niños de la guerra;
a los exiliados que perdieron su nacionalidad; a los que lucharon en las fuerzas aliadas en contra de los países del Eje; a los esclavos de los campos de trabajo forzados; a los guerrilleros que lucharon en el interior de España; a los mutilados
de guerra; a los presos políticos; a los ejecutados por juicios sumarísimos; a los ejecutados extrajudicialmente; a los desaparecidos, y a los ejecutados en masacres parte del exterminio y de los ataques sistemáticos y a gran escala en contra de
la población civil'. Termina la cita. Añade y vuelvo a citar: 'Que declarar la ilegitimidad de algunas de las normas de la legislación franquista es lo mismo que declarar su legalidad y la del régimen que las impuso'. Sigo citando: 'Que existe
una manifiesta voluntad de servir de defensa de la legalidad originada en el régimen franquista que plantea la igualación de víctimas y verdugos en un acto perverso e inmoral, que reviste la característica de un burdo negacionismo de la verdad
histórica'. Continúo citando: 'Que se ocultan elementos del derecho internacional de obligada observancia para el Estado español, como son las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que afectan a la cuestión jurídica con
relación al nacionalsocialismo, al fascismo y al régimen franquista'.



De igual manera, manifestamos compartir con estas entidades la conclusión de que las libertades civiles, los principios democráticos y los derechos humanos son, en realidad, parte de una -y cito-: 'democracia otorgada' -termina la cita- por
un régimen ilegal como el franquismo, razón por la cual hoy y aquí, como siempre fue la voluntad del Grupo Parlamentario Esquerra Republicana (ERC), actuamos en consecuencia.



Finalmente, quiero hacer un comentario, señor presidente. Entiendo que el desembarco de un nuevo grupo parlamentario de carácter republicano como el del Grupo Parlamentario Esquerra Republicana (ERC) en el año 2004, así como las
circunstancias derivadas de la mayoría relativa socialista en el Parlamento español en el mes de marzo de 2004, hizo posible la asunción por parte del Gobierno español de un compromiso de elaboración de una Ley de la Memoria. Por cierto, otras
fuerzas políticas constituidas como grupo parlamentario desde el año 1977 -y cito por ejemplo al Grupo Parlamentario


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Catalán (Convergència i Unió)- en ningún momento fueron capaces de plantearlo.



Aquí está Esquerra Republicana, con todo lo dicho a unos y otros. En 2008 habrá nuevas elecciones y nuevas coyunturas, nuevas correlaciones de fuerzas. Ya veremos qué pasa entonces. Por cierto, ya se verá el Estado español tarde o
temprano en los tribunales internacionales de derechos humanos porque todo lo consagrado desde Nuremberg ahí está y es un valor de civilización de la Unión Europea. Ya tendremos ocasión de hablar de todo ello en la sesión plenaria. Los distintos
gobiernos españoles durante veinticinco años han ido por el mundo, y también por el interior del Estado, desplegando una superestructura tendente a identificar y a asociar transición con modelo ejemplar y saben que, al menos, no tendrán el apoyo de
todas las fuerzas de tradición democrática de las distintas naciones del Estado español para avalar una ley que consagra el modelo español de la impunidad.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Xuclà.



El señor XUCLÀ I COSTA: Brevemente, quiero hacer algunas consideraciones puntuales respecto de algunas referencias y algunas alusiones de este segundo turno.



El señor Joan Herrera hacía el reconocimiento de que hubo episodios de elementos descontrolados en la retaguardia de las dos partes y a la vez subrayaba que no se podía poner en el mismo nivel un régimen legítimo ante el cual hubo un golpe
de Estado y las actuaciones de los golpistas y las actuaciones descontroladas en el bando republicano. Nunca el ánimo ni la letra ni la literalidad de las enmiendas incorporadas de Convergència i Unió han ido en este sentido. Es evidente,
señorías, que había un régimen legítimo y que hubo un golpe de Estado, pero es bueno, en esta línea de reconocer los errores y la verdad histórica, profundizar en este sentido. He estado a punto de leerles el párrafo de un artículo muy atrevido de
Antoni Puigvert sobre una parte y la otra de las dos Españas, pero quizás reabriríamos el debate.



Esquerra Republicana nos ha recordado que durante estos treinta años de presencia de un grupo parlamentario catalán nunca había planteado una iniciativa en este sentido. Pues bien, Esquerra Republicana la ha planteado, pero no lo ha
conseguido en los términos en los que estaba su iniciativa y el redactado de su articulado. En cambio, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) es tributario y heredero de una tradición de construcción del Estado democrático, de
aportaciones a la Constitución, de desarrollo del Estado de las autonomías y de un mejor reconocimiento de España en su pluralidad lingüística, cultural y nacional. ¿Que esto es insuficiente? Bienvenido al gradualismo también a Esquerra
Republicana de Catalunya. Esto es lo que dicen desde el Gobierno de la Generalitat y, al final, veo que es lo que también practican en la acción política en las Cortes Generales.



Con vistas al debate final en Pleno, nos gustaría que pudiéramos elevar las consideraciones generales sobre la inspiración de esta ley, sobre sus motivos y posibles puntos de encuentro. Es cierto que los portavoces han profundizado más en
los desencuentros que en los encuentros. Señorías, ha habido momentos de reconocimiento por distintos portavoces sobre la verdad histórica de lo que sucedió durante la guerra civil y en la represión franquista -incluso muy apurados, muy in
extremis-, aspectos que hasta el momento no se había tenido el coraje mi la ambición de reconocer.



Quiero terminar anunciándoles dos enmiendas transaccionales acordadas con el Grupo Socialista para hacer llegar a la Presidencia; una, en el sentido de trasladar el actual redactado del artículo 16.3, referido a la encomienda de las
funciones de la Fundación del Valle de los Caídos a una disposición adicional. Asimismo voy a pasar inmediatamente a la Mesa la modificación mínima de la exposición de motivos, en la que también se reconoce como motivo de violencia la confiscación
de bienes.



El señor PRESIDENTE: Le doy las gracias, pero no completas porque desde el principio dije que pasaran a la Mesa al comienzo las enmiendas para poderlas copiar y distribuir para que tuvieran conocimiento de ellas todos los Diputados. Le
ruego que las entregue inmediatamente para que podamos hacer las copias y entregarlas, pero el procedimiento no es muy correcto.



Señor Fernández Díaz.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: En primer lugar y en aras de la reconciliación nacional, voy a dar por retirada la enmienda número 21 del informe de la ponencia, relativa a los 50.000 carteles que pedíamos que se reintegraran al Archivo General de
la Guerra Civil Española porque me han aportado una información que yo desconocía.



El señor PRESIDENTE: Usted es ingeniero, pero en números no va muy bien.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: ¿No es la número 21?


El señor PRESIDENTE: Ni 50.000 ni la 21; es la 254.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Enmienda al artículo 21. Queda retirada.



En segundo lugar, señora Lasagabaster, estoy muy tranquilo; otra cosa es que esté profundamente preocupado. ¿Sabe por qué? Porque yo viví la transición; era muy jovencito pero la viví. A mí me preocupa la convivencia de los españoles y
creo, además, en España. Usted tiene todo el derecho a sentir el sentimiento que tiene de


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España, que es el equivalente al que yo tengo por el Tíbet, porque usted dice que pertenece a una fuerza política que quiere la independencia del País Vasco respecto de España. Por tanto, yo en su lógica hasta lo puedo entender, lo que pasa
es que en la lógica del Gobierno y del Grupo Socialista no lo entiendo, porque ellos sí que hicieron mucho por la transición y por la Constitución española vigente.



Señor presidente, me voy a permitir leer algo para que no se interprete mal, porque la señora Lasagabaster evidentemente no se enteró de esa resolución y el señor Herrera menos, porque no estaba en este Congreso.
La resolución de 20 de
noviembre de 2002 fue una declaración extraordinariamente importante desde el punto de vista de todas estas cosas que estamos tratando. Es más, se llegó a tal nivel de consenso entre todos los grupos políticos que se produjo una declaración
institucional, una lectura institucional de esa proposición por parte del entonces presidente de la Comisión Constitucional, don Jaime Ignacio del Burgo. Participó muy activamente en la redacción de esa declaración de consenso don Alfonso Guerra.
Un servidor, que era secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, con un Gobierno que tenía mayoría absoluta, estuvo muy cerca de ese proceso, y cuando se dijo lo de punto final se dijo evidentemente en el sentido -por lo menos a mí se me
trasladó así- para este tipo de iniciativas, porque a partir de esta declaración ya teníamos que trabajar operativamente en un clima de consenso para la resolución de los problemas que esas proposiciones de ley que confluyeron en esta declaración
institucional de consenso pretendían obtener. Señora Lasagabaster, señorías, les voy a leer lo que dice el 'Diario de Sesiones': Por todo lo anterior, primero, el Congreso de los Diputados, en este vigésimo quinto aniversario de las primeras
elecciones libres de nuestra actual democracia, reitera que nadie -escuchen- puede sentirse legitimado, como ocurrió en el pasado, para utilizar la violencia con la finalidad de imponer sus convicciones políticas y establecer regímenes totalitarios
contrarios a la libertad y a la dignidad de todos los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra sociedad democrática. ¿Le parece bien? Lo leyó don Jaime Ignacio del Burgo, mayoría absoluta del PP. Si quiere, lo repetimos cinco
veces, porque como aquí se trata de ir condenando el franquismo y hasta el bando de guerra de 1936 no sé cuántas veces. Lo hicimos el día 20 de noviembre -insisto-.
(La señora Lasagabaster Olazábal: Si estaba yo.) Pues no lo parece.
(Rumores.)
Segundo. El Congreso de los Diputados reitera que resulta conveniente -señorías del Grupo Socialista, con todo respeto, conviene que lo escuchen, para que no digan según qué cosas a este grupo- para nuestra convivencia democrática mantener el
espíritu de concordia y de reconciliación que presidió la elaboración de la Constitución de 1978 y que facilitó el tránsito pacífico de la dictadura a la democracia. Lo han escuchado bien, ¿verdad? Comparen si esta ley que aquí estamos debatiendo
es conforme con esto.Tercero. El Congreso de los Diputados reafirma una vez más el deber de nuestra sociedad democrática de proceder al reconocimiento moral de todos los hombres y mujeres que fueron víctimas de la guerra civil española, así como de
cuantos padecieron más tarde la represión de la dictadura franquista. Instamos a que cualquier iniciativa promovida por las familias de los afectados que se lleve a cabo en tal sentido, sobre todo en el ámbito local, reciba el apoyo de las
instituciones, evitando en todo caso que sirva para reavivar viejas heridas o remover el rescoldo a la confrontación civil. Unanimidad.
Mayoría absoluta del PP. Cuarto. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno -ahora señores del Gobierno-
para que desarrolle de manera urgente una política integral de reconocimiento y de acción protectora económica y social de los exiliados de la guerra civil, así como de los llamados niños de la guerra, etcétera.



Traen aquí un proyecto de ley del que no han hablado ni un segundo con el Grupo Popular, que ha presentado enmiendas que mejoran el texto y que, en todo caso, como va a demostrar ahora, va a votar a favor varios artículos de esta ley. ¿Se
compadece este espíritu y esta letra, esta declaración, con lo que han hecho ustedes ahora? (La señora Lasagabaster Olazábal: Sí.) Si entienden que sí, a partir de ese momento quiere decirse que solo el cinismo y la hipocresía valen para algunos,
con lo cual se cierra toda posibilidad de que confiemos en algo que es elemental cuando negociamos personas, que podemos discrepar políticamente, pero que nos fiamos por la palabra dada.



Termino, señorías. Mi grupo acepta la enmienda transaccional que ha ofrecido el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), relativa al artículo 16 sobre el Valle de los Caídos, siempre y cuando quede claro -rogaría que constara en
el 'Diario de Sesiones', señor presidente- que se entiende, en su literalidad de transaccional de nueva disposición adicional que sustituiría al apartado 3 del artículo 16 del texto del informe de la ponencia, que en todo caso el principio que
prevalece es, primero, que aquella institución del Valle de los Caídos se regirá estrictamente por las normas correspondientes a establecimientos y lugares de culto y cementerios públicos y, segundo, que queda prohibido todo tipo de manifestación o
exaltación política. Si es en esos términos, con ese espíritu y de esta forma, nosotros aceptamos la enmienda transaccional. Si no es así, mantendremos lo que dijimos anteriormente.



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández, por la retirada de la enmienda 254.



El diputado don Daniel Fernández tiene la palabra.



El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Intervengo para comentar alguna de las enmiendas transaccionales presentadas en la sesión de hoy y para acabar con unas cortas reflexiones finales. En primer lugar, respecto a las presentadas por el Grupo
Parlamentario Vasco, que


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nosotros apoyamos, creemos positiva la aportación que ha hecho el señor Esteban, ya que aunque la interpretación que hacíamos en la disposición adicional cuarta es que estas indemnizaciones extraordinarias eran compatibles con las de la
Seguridad Social, el hecho de suprimir la palabra pensión deja más clara esta interpretación. Por tanto, estamos hablando de indemnizaciones compatibles con las pensiones de la Seguridad Social.



También nos parece interesante la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Vasco al artículo 4.1, que apoyamos, que propone cambiar 'el artículo anterior' por 'los artículos anteriores'. Es relevante, y lo ha explicado
el señor Esteban, porque una de nuestras preocupaciones a lo largo de todo el proceso de la ley -y quiero recordar que la vicepresidenta lo expuso dos veces en esta Cámara- es que también afectara a aquellos ciudadanos españoles que no solamente
padecieron un juicio sumarísimo en el franquismo, sino que simplemente no padecieron ni juicio, es decir a aquellos que directamente perdieron su vida a manos de los que decidieron acabar con ellos. Por tanto, en ese sentido también es una enmienda
positiva.



Hemos presentado a la Mesa una enmienda técnica a la exposición de motivos para que donde dice brigadistas, diga brigadistas internacionales, que es el concepto que da a entender el grupo humano del que estamos hablando.



También valoramos positivamente la enmienda transaccional presentada por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) sobre la regulación del artículo 16, que es el que hace referencia al Valle de los Caídos. Creemos que es una solución positiva
a este texto. Manifiesto mi salutación al hecho de que el Partido Popular se sume también a valorar positivamente esta enmienda.



Por último, voy a hacer tres reflexiones para acabar mi intervención.
Señorías, desde 1979 hasta hoy mismo se han dictado numerosas medidas orientadas a dar respuesta a quienes sufrieron persecución o violencia durante la guerra civil y la
dictadura: pensiones a las viudas de los fallecidos republicanos, reconocimiento a los militares y a militares no profesionales republicanos, indemnizaciones por estancia en prisión. Eran medidas de justicia, pero no por ello puede obviarse el
esfuerzo que la sociedad española hizo a lo largo de los años ochenta para dar respuesta a estas necesidades. Quiero manifestarlo aquí porque en el largo debate que hemos tenido en esta ley, en algún momento se ha obviado este compromiso de la
democracia española con el conjunto de los que padecieron persecución durante la guerra civil. Un solo dato: a finales de los años ochenta, un cuarto de las pensiones que se pagaban en este país tenían como origen la guerra civil, dato sin duda
relevante. Pero treinta años después, señorías, cuando está a punto de celebrarse el 30º aniversario de la Constitución, todavía quedaban causas de justicia pendientes: compatriotas que tienen familiares en fosas comunes, víctimas del
tardofranquismo, colectivos que sufrieron prisión en la posguerra, condenados en procesos sumarios y por tribunales especiales. Esta ley no es otra cosa que una respuesta a esas causas que quedaban pendientes treinta años después de la transición.
No es otra cosa que una respuesta a estas causas pendientes. Es una verdadera ley de víctimas de la guerra civil y de la dictadura que da respuesta, señorías, a estas causas pendientes. ¿Por qué? Porque la generación de la transición dio
respuesta a aquello que en aquellas circunstancias históricas podía tener respuesta, y no pudo dar respuesta a aquello que no podía tener respuesta en aquel momento. De alguna manera los pueblos responden en cada coyuntura histórica a aquello que
se pueden plantear. En ese sentido la transición ha salido a lo largo del debate la mayoría de las veces por boca del representante del Partido Popular. La transición fue un éxito colectivo. La transición es el origen de la mayor etapa de
prosperidad, de democracia y de libertad que ha tenido nuestro país en nuestra historia. Por tanto, los socialistas estamos absolutamente comprometidos con el significado de la transición. Fuimos protagonistas de ella, de sus aciertos y también
evidentemente de sus errores. Lo que no podemos aceptar son dos valoraciones, si ustedes quieren, extremas de esta transición. Ni podemos aceptar que el hecho de que la transición fuera un éxito nos obliga a no dar respuesta a causas pendientes
que todavía existen hoy treinta años después, ni podemos aceptar tampoco en el sentido contrario a aquellos que, porque existen esas causas pendientes, hacen una lectura negativa de la transición. Por tanto, ni una cosa ni la otra. La transición
es positiva. Quedaban causas pendientes y esta ley viene a responderlas.



Señor Fernández Díaz, usted dice que por qué la historia de España empezó en 1936 y no en 1925 o en 1912. Bueno, lo que está claro es que la historia de España tampoco empezó en 1976. Sea coherente con ese discurso y reconozca que la
historia de España tampoco empezó en 1976. Por cierto, nosotros nos sentimos plenamente herederos de la transición. El término de segunda transición no la acuñó ningún dirigente socialista, lo acuñó un dirigente de su partido, del Partido Popular,
que, por cierto, pretendía cambiar doscientos años de historia de relaciones exteriores españolas desde un rancho en Texas.



Señorías, el debate sobre la transición es un debate falso, porque en el fondo estamos convencidos de que esta ley responde a lo mejor de la tradición, a lo mejor del sentido y del espíritu de esa transición, pero hay un segundo debate
también falso desde mi punto de vista, que es el debate sobre el debate. La sesión de hoy ha certificado un fracaso, el fracaso de quienes querían convertir esta ley en un espacio para la confrontación y la crispación. No ha sido así, ni siquiera
ha sido así en el seno de esta Comisión y, lo más importante, no ha sido así en el conjunto de la sociedad española. Sobre esta ley se podrá estar de acuerdo o no, se podrá estar de acuerdo sobre alguno de sus aspectos concretos, los


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hemos debatido, los hemos enfrentado dialécticamente, pero lo que no se puede decir es que esta es una ley que divide. En todo caso, lo que se puede intentar es que sea una ley que divida. No lo han conseguido los representantes del
Partido Popular, y yo valoro positivamente el hecho de que hoy su representante haya comentado que va a votar a favor de importantes artículos de esta ley. Ha comentado algunos y creo que es positivo que así sea, porque así se demuestra lo que
queremos defender, que esta sociedad española es una sociedad madura democráticamente para hacer este debate con normalidad. Señorías, la sociedad española ha podido hacer este debate con normalidad, sin crispación. Algunos han querido crispar,
pero la sociedad no se ha dejado crispar. Señores del Partido Popular, tengan más confianza en la sociedad española, tengan más confianza en la madurez de la sociedad española, tengan más confianza en España. En esa línea tan positiva que ha
tenido al final de su intervención el señor Fernández Díaz, les pido que acepten la enmienda que hemos presentado que da respuesta a una demanda histórica, que es la de los hijos y nietos de aquellos que tuvieron que abandonar España durante la
guerra civil y durante la larga noche de la dictadura. Súmense también a esta enmienda, porque es una enmienda positiva que hace que la ley vaya más allá de nuestras fronteras y que también acoja en ella a aquellos que sufrieron la dureza del
exilio, la dureza de tener que abandonar su país, su patria, su pueblo.



Acabo, señorías, con la lectura de una esquela. Fue publicada el 17 de noviembre en el ABC y en ella los hijos y nietos del general Rodrigo Dávila Peñalosa, comandante del tercer batallón del Régimen de Infantería Toledo, de guarnición en
Zamora, recordaban a su padre y a su abuelo, pero también recordaban en la misma esquela al general Mate Zalka, el famoso general Lukács, jefe de la considerada Brigada Internacional, y a los demás atacantes de una posición en la misma acción
militar de la guerra civil. Los hijos y los nietos de un general recordaban a su padre y a su abuelo y recordaban al general y a las tropas que se batieron contra de él en una batalla relevante en la guerra civil. Créame, esta es la España con la
que los socialistas nos sentimos más identificados, esta es la España con la que mi grupo está trabajando y quiere trabajar, la España con la que estamos comprometidos, la España en la que unos no solo recuerdan a sus muertos, sino que tienen
capacidad de recordar a los muertos de los otros, porque al final los muertos fueron muertos de todos. Creo que esta esquela simboliza perfectamente el espíritu por el cual trabaja mi grupo, el espíritu que yo creo que es mayoritario en la sociedad
española, el espíritu al cual esta ley presta un buen servicio, un servicio positivo, un servicio -si ustedes me permiten- ejemplar.
(Aplausos.-La señora Lasagabaster Olazábal pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señora Lasagabaster.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Creo que por alusiones algo tengo que decir.



El señor PRESIDENTE: Un minuto, por alusiones.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: En primer lugar y con todo cariño, señor Fernández, que usted interprete mis sentimientos hacia España me parece un poco excesivo. Déjeme al menos esa parte privativa y no se ocupen ustedes también de
imponerme una determinada interpretación. En segundo lugar, no me trate como una diputada ciega, sorda y muda, como la canción, porque yo estaba allí, sé lo que defendí. Es verdad que hubo un rumor que decía que alguien había pactado una
declaración de punto final y hay otros que dijimos que para nosotros no era punto final ni nunca lo sería. Lo que usted ha leído: que no haya más violencia. Pues de acuerdo.
Que haya concordia. Pues de acuerdo. Que el Gobierno desarrolle
reglamentariamente la mejora de las personas que han padecido esas privaciones. Pues de acuerdo. ¿Pero dónde ha leído usted que había una declaración de punto final? Si usted lo interpretó así, allá usted. Desde luego, si lo interpretó así, más
hipócritas fueron ustedes que no lo dijeron ni lo pusieron en el 'Diario de Sesiones'. (El señor Fernández Díaz pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señor Fernández.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Pido también un minuto por alusiones.



Con todo respeto y afecto, señora Lasagabaster, yo no interpreto sus sentimientos, yo simplemente escucho sus intervenciones y -repito- usted tiene derecho a decir lo que dice y a decir que usted quiere independizar Euskadi de España;
entonces de eso se deriva necesariamente que su sentimiento de pertenencia y de afecto a España es descriptible. Me parece que no es un juicio de intenciones peligroso.



Señor presidente, respecto al punto final, me remito al 'Diario de Sesiones' para ver el punto de partida para tratar las cosas conjuntamente que tienen que ver con las cosas que nos ocupan en esta ley. Miren lo que dijo el señor López
Garrido ese día. Señor López Garrido, 'Diario de Sesiones', 20 de noviembre de 2002, Comisión Constitucional. 'Nos felicitamos de que esto sea la culminación de una serie de constantes,' -culminación- 'de pacientes intentos, desde hace muchos
años, de mucha gente, de las fuerzas democráticas y progresistas, para conseguir alcanzar un texto como el que hoy se va a someter a votación en esta Comisión.' Culminar. Señor Alcaraz, por el Grupo Comunista: 'Se podría decir que hoy es un día
histórico para este Congreso, porque a partir de este momento...', etcétera. Sigo. Señor López de Lerma, por Convergència i Unió: Nuestro grupo parlamentario cierra un debate con esta resolución -cierra un debate- que fue abierto hace ya tiempo
en beneficio de todos, sobre todo de aquellos que fueron víctimas de


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la guerra civil, con un reconocimiento moral y también -por qué no-, de las futuras generaciones. ¿Quién está faltando a la lealtad institucional y quién no está faltando? Nosotros, señoría, con esto creo que cumplimos lo que era un deber
moral y con mayoría absoluta lo apoyamos y lo ratificamos. Lo que no se puede venir ahora es a decirnos que nosotros estamos en contra de la que ya hicimos, por una parte, o que repitamos, repitamos y repitamos de manera maniquea y sectaria esto
cuando a ustedes les convenga. En eso no nos van a encontrar nunca, señor López Garrido, lo siento mucho. No tenemos complejos, de verdad, de que nos tachen de lo que quieran. En defensa de la Constitución, de la transición y de la libertad, no
aceptamos lecciones de nadie, ni siquiera de ustedes.
(Aplausos.- El señor López Garrido pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señor Fernández, si llego a adivinar las alusiones, no doy el turno de alusiones.



Señor López Garrido, tiene la palabra.



El señor LÓPEZ GARRIDO: Le agradezco al señor Fernández Díaz que haya hecho esa cita de mi intervención en ese momento y otras citas que ha hecho. Lo que no se puede entender, sobre todo después de su intervención hablando de todo eso que
se hizo entonces, es por qué ustedes no votan a favor de esta ley. (El señor Fernández Díaz: Preguntároslo a vosotros.) Si ustedes hicieron aquello, que estuvo muy bien, con el mismo espíritu de esta ley, que no va contra nadie y acoge a todo el
mundo, a todas aquellas personas que se vieron afectadas o lesionadas, ellas o sus familias, por aquel trágico periodo de la historia española -por tanto, es absolutamente incierto que sea de una mitad contra otra, para nada, porque están acogidas
todas las personas que sufrieron algún tipo de daño como consecuencia de acciones injustas en cualquiera de las dos zonas de la guerra y en la represión posterior-, si eso es así y este es el espíritu de esta ley, que lo hace con una especial
solemnidad, es verdad, con una especial importancia queriendo darle una especial relevancia porque hay una deuda con esas personas, las que queden, y hay que reparar su honor y los daños producidos, lo que tienen que explicarnos es por qué no votan
a favor de esta ley. Nosotros no tenemos que explicar por qué se hace esta ley y por qué se lleva adelante. ¡Si es el mismo espíritu al que usted se ha referido! A quien no hay forma de entender es a ustedes, que no votan a favor de esta ley. (El
señor Fernández Díaz: Si el presidente me da otro turno, se lo explico.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos a las votaciones y además les ruego mucha atención porque están un poco complicadas. En primer lugar, votamos las enmiendas del Grupo Mixto. De ellas lo que queda vivo es lo siguiente: del señor Rodríguez,
sus dos enmiendas; de la señora Barkos, las enmiendas que tenía presentadas; del señor Labordeta, solo de la 94 a la 97, de la 99 a la 105 y la número 111, y de la señora Lasagabaster de la 156 a la 160, de la 167 a la 169 y de la 173 a la 174.
No hay petición de votación separada. (La señora Oramas González-Moro pide la palabra.)


Señora Oramas.



La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Hay una de Coalición Canaria-Nueva Canarias.



El señor PRESIDENTE: Efectivamente, hay una del señor Mardones que no he citado. Si no hay petición de votación separada podemos votar las enmiendas el Grupo Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 33; abstenciones, cuatro.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos ahora a las votaciones correspondientes a las enmiendas de Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, que mantiene vivas las siguientes: la 204, la 210, la 217 y la 230. Estamos votando estas cuatro
enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 33; abstenciones, cuatro.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos a votar las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), que mantiene viva la 187 y ha presentado dos enmiendas transaccionales que sustituyen a la 179 y a la 188. ¿Es así?


El señor ESTEBAN BRAVO: Sí, señor presidente, pero, evidentemente, la enmienda 187 debería ser votada separada de las transaccionales.



El señor PRESIDENTE: Lo entiendo. Por tanto, votamos la enmienda 187 del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Ahora votamos las dos enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) que se apoyan en la 179 y 188 del mismo grupo; se refieren al artículo 4.1 y a la disposición adicional cuarta, 1, conocida por ustedes.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 15; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas. (El señor Herrera Torres pide la palabra.)


Señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: Cuando se han votado las enmiendas de nuestro grupo había dos transaccionales -una a la enmienda 213 y otra a la 231- que no se han votado y que entiendo que se tenían que haber incluido en el bloque anterior.



El señor PRESIDENTE: Esas son enmiendas de otro grupo y como tenemos que llevar un cierto orden, cuando lleguemos a las que ha presentado el Grupo Socialista, las votaremos.



Enmiendas de Esquerra Republicana de Catalunya. Mantiene todas las enmiendas salvo las 305, 306, 308, 315, 322 y 334. Por tanto, hay 50 enmiendas vivas. (El señor Tardà i Coma pide la palabra.)


El señor TARDÀ I COMA: Desearía que se votaran una por una, por favor.
(Rumores.-El señor Fernández González pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señor Fernández.



El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Respetando la voluntad y el sentido de la petición del señor Tardà, sería interesante saber si todos los grupos vamos a votar lo mismo en todas las enmiendas, porque si fuese así no tendría mucho sentido
mantener la votación individual.



El señor PRESIDENTE: Señor Tardà.



El señor TARDÀ I COMA: Entiendo que manifestar previamente la voluntad de los grupos no se ajusta a la costumbre. (El señor Bermúdez de Castro Fernández: Lo decide la Mesa.) Nuestro grupo parlamentario puede presuponer hasta la última
votación que los distintos grupos parlamentarios pueden optar en un sentido o en otro. Me parece que esto es -dicho en términos populares- poner el carro delante del caballo.



El señor PRESIDENTE: El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya tiene derecho a pedir la votación separada. Por tanto, si lo mantiene lo tendremos que hacer. Bien es verdad que la petición que hace el señor Fernández es
bastante razonable. Si todos estuvieran dispuestos a decir que no van a cambiar el sentido de su votación, el objetivo que busca el señor Tardà es que alguien pueda votar a favor de alguna enmienda, pero si dicen ya previamente que no lo van a
hacer, evitaríamos una hora de votaciones, pero si el señor Tardà lo mantiene, es en su derecho. (El señor Fernández Díaz pide la palabra.)


Señor Fernández.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Le puedo asegurar que mi grupo no va a cambiar el sentido de la votación; va a votar en contra de todas las enmiendas de Esquerra Republicana de Catalunya. (El señor Torres Gómez: Y yo con las dos manos.-Risas.)


El señor PRESIDENTE: Si algún grupo quiere pronunciarse en un sentido diferente o semejante, tiene la palabra. Grupo Mixto.



La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Vamos a votar en contra de todas las enmiendas en bloque.



El señor PRESIDENTE: Señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: Yo solicitaría la votación separada de las enmiendas 329, 332, 335, 336, 338 y 347, que son en las que vamos a tener un sentido de votación distinto al resto, si es posible.



El señor PRESIDENTE: Señor Tardà, con esa propuesta que hace el señor Herrera de votar estas separadas y el resto por otro lado, ¿mantiene su posición o la modifica?


EL señor TARDÀ I COMA: Nosotros desearíamos que se votaran todas una a una. Ahora bien, si no es posible, ya no depende de mí.



El señor PRESIDENTE: Aceptamos la propuesta del señor Herrera, señor Tardà. La Mesa puede tomar la decisión, si le parece al señor Tardà.
Votamos las enmiendas 329, 332, 335, 336, 338 y 347.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 34; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, tres.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Muchas gracias, señor Tardà.



Pasamos a la votación de las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que ha eliminado de sus enmiendas la 359 y la 367 y ha presentado dos enmiendas transaccionales que por tanto hacen decaer sus enmiendas 352 y 365.
Votamos, en primer lugar, las dos enmiendas transaccionales que han sido presentadas por Convergència i Unió y el Grupo Parlamentario Socialista en el caso de la que sustituye a


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la 352, y por el Grupo Parlamentario Socialista, Convergència i Unió y entiendo que el Grupo Parlamentario Popular en la que hace referencia al apartado 3 del artículo 16.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Separadas.



El señor PRESIDENTE: Señor Xuclà.



El señor XUCLÀ I COSTA: Para concretar exactamente en cuál se sustenta la del Valle de los Caídos.



El señor PRESIDENTE: Se sustenta en la 365, según me ha dictado el señor Xuclà.



El señor XUCLÀ I COSTA: Para que quede claro en vista de la votación del Grupo Parlamentario Popular.



El señor PRESIDENTE: Me agrada que S.S. me pida la información que S.S. me ha dado. Está bien. (Risas.) Estamos votando la enmienda transaccional presentada por Convergència i Unió y Grupo Parlamentario Socialista a la enmienda 352 de
Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos la enmienda transaccional que ha sido firmada por Convergència i Unió, Grupo Parlamentario Socialista y Grupo Parlamentario Popular, amparada en la 365 de Convergència i Unió, que hace referencia al apartado 3 del artículo 16, Valle
de los Caídos. (Pausa.) Hay una confusión porque esta Comisión tenía 39 diputados; al desaparecer un grupo, como saben ustedes, ahora tiene 38 y el señor letrado tiene la memoria histórica de los 39. (Risas.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, dos.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos las enmiendas que quedan vivas de Convergència i Unió.



Señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: En el caso de no retirarlas, solicitaríamos tres bloques.



El señor PRESIDENTE: Tres bloques no creo que haya porque me parece que quedan poquísimas.



El señor HERRERA TORRES: Le digo las que yo quiero en tres bloques y las que ya no estén pues nada.



El señor PRESIDENTE: Dígalo usted y enseguida lo hacemos.



El señor HERRERA TORRES: En un bloque solicitaríamos la votación de las números 353, 367, 371, 372, 375 y 377 o las que queden.



El señor PRESIDENTE: Y el resto por otro lado.



El señor HERRERA TORRES: No, es más sofisticado porque son tres bloques.
En el segundo bloque, las números 368, 373, 374 y 376 o las que queden de este bloque. Y en el tercer bloque el resto.



El señor PRESIDENTE: Solamente tengo que corregirle que la 367 ya no existe porque es donde está apoyada la transaccional que acabamos de aprobar. Hay una menos.



El señor HERRERA TORRES: De acuerdo.



El señor PRESIDENTE: Por tanto, votamos las enmiendas de Convergència i Unió números 353, 371, 372, 375 y 377.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 33; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos ahora las enmiendas números 368, 373, 374 y 376.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 33; abstenciones, tres.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos el resto de las enmiendas vivas de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 34; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos a las enmiendas del Grupo Popular. Ha retirado la número 254, lo que le agradezco específicamente y, por tanto, van de la 235 a la 257, salvo la 254 (El señor Fernández Díaz pide la palabra.)... y la que ahora va a añadir el señor
Fernández.



El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Como hemos apoyado la transaccional del Valle de los Caídos, la nuestra quedaría retirada.



El señor PRESIDENTE: ¿Qué número es?


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El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: No me acuerdo del número, pero es al artículo 10, párrafo tercero. Perdón, artículo 16, párrafo tercero.



El señor PRESIDENTE: Sí, queda retirada la 249.



Votamos por tanto las enmiendas del Grupo Popular, salvo la 249 y la 254.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra 23.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Tenemos ahora dos enmiendas transaccionales del Grupo Parlamentario Socialista; son las enmiendas apoyadas en las números 213 y 231, de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Se pueden votar conjuntamente.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 15.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Con esto hemos terminado de votar las enmiendas y ahora tenemos que votar el articulado. Se han presentado al articulado distintas peticiones de votación separada. Se las digo a continuación por si no he recogido algo convenientemente. El
Grupo Popular ha solicitado que del artículo 5 al 9 se vote en un bloque separado del resto. Había solicitado el párrafo tres del artículo 16, pero no ha lugar porque se acaba de aprobar la transaccional. También ha solicitado en una sola votación
separada los artículos 17 y 18. Convergència i Unió ha solicitado que se vote separadamente el artículo 15; Izquierda Unida que se vote separadamente el artículo 16 y el Partido Nacionalista Vasco que se voten separadamente el 20, el 21 y la
disposición adicional primera en una sola votación.



Por tanto, pasamos a votar del articulado, en primer lugar, los artículos del 5 al 9.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; en contra, uno.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos ahora los artículos 17 y 18.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; en contra, uno.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos el artículo 15.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 18.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Votamos el artículo 16. (El señor Fernández Díaz: Señor presidente, ¿queda sólo con los párrafos uno y dos?) Sí, ya está incluida la transaccional.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, uno; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Votamos de una vez los artículos 20, 21 y disposición adicional primera.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 18; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos el resto del articulado y disposiciones del informe de la ponencia, que ahora se convertirá en dictamen de la Comisión.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Señoras y señores diputados, con esto hemos terminado el dictamen. Les agradezco a todos su esfuerzo y su colaboración.



Se levanta la sesión.



Eran las dos y cincuenta minutos de la tarde.