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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 850, de 19/06/2007
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2007 VIII Legislatura Núm. 850

INTERIOR

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª CARMEN HERMOSÍN BONO

Sesión núm. 49

celebrada el martes, 19 de junio de 2007



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar el Proyecto de Ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. (Número de expediente 121/000131.)... (Página 2)


Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre el Proyecto de Ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. (Número de expediente 121/000131.)...
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Se abre la sesión a las doce y cinco minutos del mediodía.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REGULADORA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL. (Número de expediente 121/000131.)


La señora VICEPRESIDENTA (Rivero Alcover): Vamos a empezar la sesión número 49 de la Comisión de Interior. El orden del día está compuesto por dos puntos, como saben SS.SS., el primero sobre la ratificación de la ponencia que ha informado
el proyecto de la Ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil y que estuvo compuesta, lo leo para que conste en el 'Diario de Sesiones', por los señores diputados don Agustí Cerdà, don Antonio Hernando, don
Josep Maldonado, don Luis Mardones, don Ángel Martínez, doña Isaura Navarro, don Emilio Olabarría, don Gonzalo Robles, doña Alicia Sánchez-Camacho, doña María del Carmen Sánchez y don Francisco Rodríguez. Todo ello en cumplimiento del punto quinto
de la resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados, en desarrollo del artículo 113 del Reglamento del Congreso. Señorías, ¿podemos dar por ratificada la ponencia por asentimiento? (Asentimiento.)


EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REGULADORA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL. (Número de expediente 121/000131.)


La señora VICEPRESIDENTA (Rivero Alcover): Antes de pasar al segundo punto del orden del día, informo a SS.SS. que la hora aproximada de votación será no antes de la una y cuarto. A continuación pasamos al segundo punto del orden del día:
emitir dictamen del proyecto de Ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.
Habrá un primer turno de defensa de las enmiendas que estén vivas, las que no están incorporadas al informe, que agruparemos por
grupos parlamentarios. Después tendremos un turno de fijación de posiciones de los grupos que no hayan intervenido previamente y podrán presentar las enmiendas transaccionales. En cualquier caso, la Presidencia solicita que se hagan llegar las
mismas a la Mesa para que al mismo tiempo estén repartidas a todos los miembros de la Comisión. Finalizado el debate, y si fuera necesario, se suspenderá la sesión para la votación, aunque esperemos que no lo sea.



Sin más preámbulo vamos a pasar a la defensa de las enmiendas, empezando por los grupos de menor a mayor. Como no se encuentra presente el Grupo Parlamentario Mixto, porque estaba en otra Comisión, comenzaremos por el Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria-Nueva Canarias. Tiene la palabra el señor Mardones para la defensa de sus enmiendas.



El señor MARDONES SEVILLA: Voy a ser muy breve, dado que ya en el trámite de ponencia se han transaccionado una serie de enmiendas de mi grupo. Sin embargo, quisiera hacer una observación para que el señor portavoz del Grupo Socialista me
aclare un tema. En el informe de la ponencia se dice en el segundo párrafo que se mantienen vivas las enmiendas del Grupo de Coalición Canaria que llevan los números 4 a 13, lo cual significa que está incluida la enmienda número 11. Sin embargo,
en hoja aparte de enmiendas aceptadas que me hizo llegar el señor portavoz en ponencia, se ha aceptado la enmienda número 11 de Coalición Canaria. Es la única aceptada, después vendrán las transaccionales. Según me dice la señora letrada sobre
este particular, yo entiendo que se va a aceptar la enmienda número 11 del Grupo de Coalición porque en esta hoja que me acaba de dar aparece como aceptada a los efectos del informe de la ponencia. Desearía saber si tengo que mantenerla viva para
que se vote, ya que en la declaración de intenciones en su momento fue aceptada por el Grupo Socialista y aquí ahora se va a llevar adelante.



Con respecto a las otras enmiendas, también se nos ha hecho llegar la notificación de transaccionales con otros grupos de la Cámara que han presentado enmiendas a este proyecto de Ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los
miembros de la Guardia Civil: la enmienda número 9 del Grupo de Coalición Canaria, transaccionada con las de otros grupos, al artículo 8; la enmienda número 10, al artículo 10; la enmienda número 15, al artículo 36; las enmiendas números 19 y
20, transaccionadas con las de diversos grupos, al artículo 44; la enmienda número 21, transaccionada con las de otros grupos, al artículo 45, y la enmienda número 25, transaccionadas con las de otros grupos al artículo 54.
Anuncio desde este
momento que retiramos estas enmiendas porque aceptamos plenamente, señora presidenta, los textos de las enmiendas transaccionales que nos ha hecho llegar el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. Del resto de enmiendas que quedarían vivas,
anuncio a la señora letrada las que voy a retirar. Mi grupo va a retirar la enmienda número 8, al artículo 2; la enmienda número 12, al artículo 16; la enmienda número 13, al artículo 17; la enmienda número 14, al artículo 33, apartado 2; la
enmienda número 16, al artículo 37, apartado 1; la enmienda número 17, al artículo 39, apartado 2; la enmienda número 18 al artículo 42; la enmienda número 22 al artículo 48; la enmienda número 23 al artículo 53, apartado 1, letra a); la
enmienda número 24, al artículo 53, apartado 1, letra b). Asimismo, mi grupo retira la enmienda número 27, a la disposición adicional nueva; la enmienda número 29, a la disposición adicional cuarta. Por tanto, señora presidenta, mantenemos vivas
para su votación la enmienda número 26, como disposición adicional nueva; la


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enmienda número 28, como disposición adicional tercera; la enmienda número 30, como disposición derogatoria única, y la enmienda número 31, como disposición derogatoria única también porque es una alternativa a la enmienda número 26,
disposición adicional nueva que mantenemos.



En síntesis, estas cuatro enmiendas que mantenemos vivas para su debate en esta Comisión hacen causa sobre el artículo 181 de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas. Comprendo que el redactor de este texto del proyecto de Ley orgánica
reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, se ha encontrado con el escollo de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas y concretamente con su artículo 181. Se ha optado por una fórmula que no nos parece a nosotros
aceptable, que es tirar por la calle de en medio. Se ha derogado el artículo 181 de las Reales Ordenanzas para la Guardia Civil y ha quedado sin derogar -cosa extraña- para las Fuerzas Armadas. Tengo que decir que siempre que se ha legislado en
cuestiones relativas a la Guardia Civil se ha partido de una legislación prioritaria preferente, que es la legislación de las Fuerzas Armadas. Al considerarse la Guardia Civil como una institución dependiente y vinculada al Ministerio de Defensa
-sin llegar a ser Fuerzas Armadas, dado que la Constitución española dice claramente que las Fuerzas Armadas son los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, se la confiere carácter militar, quedando afectos todos sus miembros y todo el organismo por lo que
disponen las Reales Ordenanzas. Aquí se plantea una cuestión que no entendemos por qué, ni tampoco sabemos qué resultado tendrá en el futuro ante instancias jurisdiccionales superiores derogar el artículo 181, que prohíbe el asociacionismo y el
sindicalismo en las Fuerzas Armadas. Quiero señalar a las señoras y señores miembros de esta Comisión los argumentos jurídicos que hemos dado y que hemos razonado en la enmienda número 26. Quiero sobre todo señalar esta contradicción y saber si es
posible en una ley secundaria derivada derogar una disposición que queda viva para las Fuerzas Armadas, los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire. O derogamos definitivamente para todos, para las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, las Reales Ordenanzas,
sobre todo su artículo 181, o estaremos en una situación de contradicción legislativa.
A eso es a lo que precisamente, señora presidenta, se ha dirigido nuestra enmienda número 26. La justificación que damos en esta enmienda es amplia y prolija,
nos ha llevado muchísimo trabajo de consulta, incluso existen sentencias del Tribunal Constitucional amparando el derecho de asociación en las Fuerzas Armadas en cuanto a la vinculación de las mismas y de la Guardia Civil al imperativo de las Reales
Ordenanzas. Este diputado ha mantenido siempre el criterio jurídico y político de que las Reales Ordenanzas deben ser actualizadas en una disposición, ya que aunque se publicaron casi al mismo tiempo que se publicó la Constitución española, su
publicación fue 24 horas anterior a la misma. Por tanto, quien dice que las Reales Ordenanzas son preconstitucionales a nuestro juicio tiene razón. No digo que sean inconstitucionales, pero sí digo que son preconstitucionales. En cuanto a su
adecuación, porque limita los derechos de asociación y de sindicalismo, mi criterio siempre ha sido darle a las Fuerzas Armadas, coincidiendo con la sentencia del Tribunal Constitucional, el derecho a la asociación, no al sindicalismo, y que en la
Guardia Civil se mantenga la aplicación que se viene haciendo en estos aspectos.



Mi grupo va a apoyar el resto de la ley porque entiende que supone un avance en la situación actual del Instituto armado y benemérito de la Guardia Civil, para que la legislación esté adecuada a los tiempos modernos, salvando la cuestión que
acabo de señalar, que es la que me permite mantener estas cuatro enmiendas que giran alrededor del derecho de asociacionismo y su vinculación con el artículo 181 de las Reales Ordenanzas.



La señora VICEPRESIDENTA (Rivero Alcover): Para la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida tiene la palabra la señora Navarro.



La señora NAVARRO CASILLAS: Yo voy a partir de la información que se nos hizo llegar en la ponencia respecto a las enmiendas que van a ser apoyadas por el grupo parlamentario mayoritario, y de las transaccionales que han sido propuestas y
que tengo constancia de que todos los grupos hemos tenido ya acceso a las mismas.



Esta ley viene como consecuencia de una serie de movilizaciones por parte de los miembros de la Guardia Civil, en especial la Asociación Unificada de la Guardia Civil, que ha reivindicado la democratización del cuerpo y el acceso a una serie
de derechos de los que no disfrutaban en una situación absolutamente intolerante y heredada del franquismo. Esta ley es fundamental y va a recibir nuestro apoyo porque supone un avance sustancial para la democratización del cuerpo y el acceso a
unos derechos que han de tener todos los ciudadanos, y por supuesto también los miembros de la Guardia Civil, dado que desempeñan funciones de seguridad ciudadana.



La enmienda número 74 es aceptada por el grupo mayoritario y hace referencia a la inclusión de la no discriminación por orientación sexual, que es una de las carencias que tiene el texto constitucional y que está siendo subsanada a través de
las reformas de los estatutos de autonomía.
En todos ellos se está introduciendo la imposibilidad de que alguien sea discriminado por su orientación sexual, pero en el caso concreto de la Guardia Civil tiene un mayor sentido porque se han producido
discriminaciones por ese motivo, que han sido denunciadas; ha sido un largo calvario el que han tenido que pasar personas de orientación homosexual, personas transexuales, que han tenido que luchar por un trato igual en el ámbito de la Guardia
Civil. Aceptar esta enmienda, como digo, es un avance fundamental para que explícitamente quede constancia de la imposibilidad de sufrir este tipo de discriminación. La enmienda número 75 también recibe el apoyo del grupo mayoritario y hace


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referencia a la necesidad de conseguir un plano de igualdad entre el hombre y la mujer en la prestación del servicio, porque es en este ámbito específico de la prestación del servicio donde se pueden dar situaciones de discriminación por
razón de sexo y es donde hasta la fecha se han llevado a cabo especialmente. La enmienda número 76 propone incorporar la referencia al derecho fundamental a la seguridad en cuanto a que, como derecho profesional, no se tenga en cuenta únicamente la
libertad personal sino también la seguridad de los guardias civiles y de sus familiares. Entendemos que es necesario recoger este concepto porque se han de promover todo tipo de medidas para garantizar una política activa de prevención de riesgos
laborales, garantizar también la proporción de los equipos de protección individual y facilitar formación e información suficiente en materia de prevención. El concepto de seguridad se incorpora a través de una transaccional a la enmienda 76 y nos
parece altamente positivo. La enmienda número 77 también es objeto de transacción al recoger la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la intimidad, considerando domicilio habitual el pabellón que tuviera asignado el guardia civil en su
unidad. No es tanto como lo que nosotros pedíamos, pero entendemos que es un avance respecto a lo que estaba recogido en el texto del proyecto de ley del Gobierno.



Las enmiendas números 78, 79 y 80 se refieren al derecho fundamental de reunión y manifestación. De nuevo aquí no se recoge exactamente lo que pedía mi grupo parlamentario, pero mejora sustancialmente un texto terrorífico, que era el que
venía en el proyecto de ley, en el que directamente se impedía el derecho de reunión y manifestación de los guardias civiles, fuera como fuera. Fue señalado así por esta portavoz en el debate de totalidad que tuvimos en el Pleno, por fortuna ha
sido atendida la reivindicación por parte del grupo mayoritario y, de este modo, los guardias civiles sí que van a poder manifestarse, si bien no podrán organizar manifestaciones o reuniones de carácter político o sindical. Parece que aquello de
que no puedan organizar reuniones de carácter político o sindical es algo bastante contradictorio con la realidad del resto del texto legislativo que tenemos ocasión de abordar, ya que las funciones que van a desarrollar tienen bastante contenido
político y sindical al poder llevar a cabo reivindicaciones en cuanto a sus condiciones de trabajo; sin embargo, dado que hay una negativa a la utilización del término sindical y nos debemos referir al derecho de asociacionismo, entendemos la
transaccional bajo esta concepción global que se desprende de la ley. En cuanto a las reuniones, la transaccional señala que deberán ser comunicadas previamente y que podrán no autorizarse por causa de funcionamiento del servicio. Queda eliminada
una previsión del proyecto de ley, que decía que podían no ser autorizadas por el mantenimiento de la disciplina. Gracias a la enmienda de Izquierda Unida y de otros grupos parlamentarios, en la transaccional se elimina esta posibilidad porque
hubiera significado que este derecho de reunión en dependencias oficiales nunca hubiera podido ser efectivo, puesto que estamos viendo cómo se actúa y se abusa del mantenimiento de la disciplina para negar el ejercicio libre de derechos, y por tanto
esta previsión era contraria al avance que suponía la regulación de estos derechos. En el punto tercero de la transaccional, cuando se alude al respeto de las exigencias de neutralidad, nos hubiera gustado que se hiciera referencia a esa
neutralidad no solo a la hora de asistir a manifestaciones y reuniones, sino también a cualquier tipo de manifestación de carácter político, sindical o religioso, porque entendemos que, cuando se va vestido de uniforme, las religiones implican una
vulneración de la debida neutralidad con la que deben actuar los guardias civiles dentro de esta concepción que nos ofrece el grupo mayoritario.



Respecto a la enmienda número 81, la postura de nuestro grupo era la de exigir que, en los motivos por los cuales se constituyen las asociaciones, estuviera incluida la defensa y promoción de sus derechos y legítimos intereses profesionales,
económicos y sociales. Esto está recogido en la enmienda transaccional que nos propone el grupo mayoritario y nos parece un avance sustancial y muy positivo en el contenido de este texto legislativo el hecho de que se incorpore esta defensa y
promoción de sus derechos y legítimos intereses profesionales, económicos y sociales. Es precisar los fines de las asociaciones, abandonar cierta falsedad respecto a la realidad a la que se dedican todo tipo de asociaciones profesionales, y en
especial la realidad en la que se encuentran las que ya están ejerciendo como tales en el ámbito de la Guardia Civil; es reconocer su derecho a existir y existir para defender sus intereses profesionales, económicos y sociales.



La enmienda número 82 no va a ser votada favorablemente por el grupo mayoritario, según nos ha anunciado, y lo que pretende es eliminar la imposibilidad de sindicarse de los miembros de la Guardia Civil. Este sería el avance que
reivindicaban los miembros de la Guardia Civil y significaría recoger sencillamente el Convenio europeo de derechos humanos, que permite limitar pero no prohibir este derecho a las fuerzas de seguridad, a las FAS, y no corresponde en este caso, sino
que debería haber sido recogido el derecho de sindicación que ha sido una reivindicación histórica de nuestro grupo parlamentario, porque la conquista de derechos debe llegar también a la Guardia Civil; llega, pero no al cien por cien.



La enmienda número 83 es de mejora de redacción. La enmienda número 84 pretende también una mejora de redacción, aplicando las singularidades que exige el desarrollo de funciones a los miembros de la Guardia Civil.
La enmienda número 85 es
objeto de una enmienda transaccional, en la que se recoge una reivindicación absolutamente razonable, que es tener conocimiento previo del horario, con antelación suficiente, algo que también llevan mucho tiempo reivindicando los miembros de la
Guardia Civil sencillamente para poder ordenar su vida, que es un derecho básico de cualquier persona que esté desempeñando unas tareas en el ámbito


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tanto público como privado, y en el caso de que este sea alterado que se lleven a cabo las compensaciones a que hubiera lugar. Pueden ser a nivel económico o de compensación de jornada. Por fin, esto va a estar recogido explícitamente en
la nueva ley de derechos. Nos encontramos de nuevo ante un avance.



La enmienda número 86 también es objeto de transaccional respecto a la presentación de quejas. Se precisa una regulación en el ámbito de la Guardia Civil respecto al recurso de quejas que debe hacerse a través de una norma reglamentaria con
suficiente cobertura y voluntad de que estas quejas tengan eficacia, seguimiento y control desde los órganos de inspección de los servicios del Ministerio del Interior. La enmienda número 87 también es objeto de transaccional y se refiere a la
extensión a los riesgos específicos del destino en servicios y que, con el objetivo de que haya un buen funcionamiento del servicio público de seguridad, se informe de los riesgos a que hubiera lugar en el destino al que accede el miembro de la
Guardia Civil.



La enmienda número 88 es únicamente de mejora de redacción. La enmienda número 89 se refiere a la ampliación en cuanto a la asistencia que pueden prestar las asociaciones profesionales en materias que afecten a los ámbitos profesionales, y
queremos añadir: y sociales, de la Guardia Civil. La inclusión del ámbito social es precisa para que se corresponda con el contenido del artículo 36 del proyecto de ley. Es mucho más amplia y adecuada al desarrollo de las funciones que se recogen
específicamente que pueden desarrollar las asociaciones profesionales en el ámbito de la Guardia Civil.



La enmienda número 90 ha sido objeto de transaccional y se recoge tal cual la reivindicación, que es precisamente que las asociaciones profesionales puedan promover candidaturas también para la elección de miembros de los órganos de
representación, gobierno y dirección de las mutualidades, asociaciones y restantes entes de previsión social y asistencial oficialmente constituidos por miembros de la Guardia Civil. Que se recoja así este hecho guarda relación también con la
enmienda número 89 que acabo de defender y, por lo tanto, lo lógico es que fuera apoyada por los grupos, dado que se recoge específicamente esta ampliación de ámbito de las asociaciones, además de en sus tareas diarias, también en cuanto a la
posibilidad de presentar candidaturas, de que participen en los órganos de todo tipo de entidades en las que se ventilen asuntos que les afectan y que corresponden al ámbito de lo social.



La enmienda número 91 no es objeto de transaccional. Aunque sí se recoge en los textos, no la he encontrado en la transaccional que se propone. Se refiere a la inclusión de la posibilidad de asociación de aquellos que pasan al retiro. (El
señor Martínez Sanjuán: Sí que está.) Me dicen que sí. Si está, mejor que mejor. Lo comprobaremos inmediatamente. La enmienda número 92 no es aceptada por parte del grupo mayoritario. Sería relevante porque recoge la posibilidad de asociarse
con organizaciones internacionales. El texto de la ley dice que podrán formar parte de organizaciones internacionales de análogo carácter. Es mejor una redacción que no sea tan exigente en cuanto al carácter para facilitar la pertenencia a
organizaciones internacionales por parte de las asociaciones profesionales de la Guardia Civil. De hecho, ya pertenecen a organizaciones internacionales y esto es positivo porque se han de relacionar con asociaciones de carácter internacional que
estén actuando en el mismo ámbito, la seguridad ciudadana, al igual que se lleve a cabo este tipo de actuaciones por parte del Ministerio del Interior. Son organizaciones que existen y que son muy relevantes para la seguridad ciudadana, que viene
siendo una cuestión menos de Estado y más de ámbito internacional, como todos sabemos.



La enmienda número 93 se refiere al artículo 41, que recoge los ámbitos de prohibición de los números de la Guardia Civil, específicamente en el segundo apartado, cuando establece que también está prohibida la realización de acciones que
excedan el ejercicio de los derechos reconocidos, especialmente los regulados en los artículos 7 y 8.
Pretendemos la supresión para evitar la confusión entre los derechos de los miembros de la Guardia Civil a nivel individual y el ámbito de
actuación concreta de las asociaciones profesionales que tienen personalidad jurídica propia. La eliminación de esta parte del texto sería positiva para evitar esa confusión.



Las enmiendas números 94 y 95 suponen un avance sustancial a las transaccionales que nos propone el Grupo Socialista al recoger la necesaria información y consulta previa. En cuanto a la enmienda número 94, es cierto que hay una
transaccional ofrecida por el grupo mayoritario y el avance sustancial se produce en cuanto a que deban ser informadas y consultadas previamente las asociaciones profesionales en el proceso de elaboración de proyectos normativos. Efectivamente, es
importante que se produzcan la consulta previa y la información en cuanto a todo aquello que afecte al personal porque las asociaciones profesionales se van a dedicar a defender los intereses en el ámbito del desarrollo de las funciones de la
Guardia Civil y, por lo tanto, deben tener acceso previo a consulta para ser informadas de todas las cuestiones que directamente les vayan a afectar. La enmienda número 95 también recoge un avance sustancial, que es que se puedan llevar a cabo
propuestas, elevar informes, dirigir peticiones, formular quejas; es decir, recoger una real y efectiva capacidad de participación de las asociaciones profesionales en todo aquello que les afecte, que son las mejoras en las condiciones
profesionales, sociales y económicas, fines que el nuevo texto va a recoger y que les corresponde.



La enmienda número 96 va dedicada a los derechos que han de tener las asociaciones profesionales para poder ejercer estas funciones con total garantía. Por eso entendemos que deben recogerse específicamente estos derechos, como son la
asistencia y acceso a los centros de trabajo y un número de horas mensuales y permisos, al mismo tiempo que, con el objetivo de preservar el libre ejercicio de los derechos que se recogen, garantizar que


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no sea objeto de abuso por parte de sus superiores el uso de la potestad disciplinaria. Esto es lo que se lleva a cabo en el ámbito sindical para garantizar el ejercicio de los derechos de defensa de los intereses de los trabajadores y
entendemos que se debe efectuar un paralelismo para garantizar este ejercicio libre de derechos, el pleno desarrollo de las funciones que han de llevar a cabo. Por eso, en la transaccional que se propone por parte del Grupo Socialista se establece
que se regularán reglamentariamente estos derechos y nosotros entendemos que hubiera sido más positivo establecer específicamente que tienen estos derechos garantizados y después regular su desarrollo. Hubiéramos preferido otra redacción, pero en
cualquier caso es positivo que se recoja que van a tener estos derechos, sea como fuere la reglamentación posterior a la que estén sometidos.



La enmienda 97 ha sido ya defendida. En la enmienda 98 nos parece fundamental el hecho de que se pueda disponer, para el desarrollo de estos derechos que tenemos que garantizar, de un local adecuado para el uso y ejercicio de las
actividades profesionales. La disposición de estos locales es un medio adecuado para el desarrollo de las funciones y finalidades que va a ser su obligación desarrollar, porque van a ser el objeto de creación de estas asociaciones profesionales, y
esta determinación es importante para dotar de mayor seguridad a la actividad de las asociaciones profesionales representativas.



La enmienda 99 va referida a la posibilidad de reunirse en los centros, y ahí encontramos una discrepancia con la transaccional propuesta respecto a nuestra enmienda, que dice que para la celebración de reuniones en los centros se requerirá
la notificación. El texto original y la transaccional propuesta hablan de solicitud. Entendemos que sería mucho más garantista, para que se pueda llevar a cabo el ejercicio de este derecho de reunión, que se requiera únicamente la notificación,
que ha de hacerse en tiempo y forma, por escrito, con todas las garantías, pero notificación y no solicitud, porque la solicitud se puede denegar y la notificación, no. Eso sí, si no se cumplen las garantías, si supone un obstáculo al desarrollo
adecuado del servicio, si el servicio se pudiera ver afectado, habría una justificación para negociar el traslado a otro momento, pero hablando siempre de notificación y no de solicitud.



La enmienda número 100 va a recibir el apoyo del grupo mayoritario. Nos parece fundamental, dado que se recogía algo bastante llamativo, como era que en la inscripción de la asociación en el registro de asociaciones se tuviera que
incorporar una relación de los asociados. Se elimina esta previsión y de esta manera se garantiza el derecho fundamental a la protección de datos de la Constitución española. La enmienda 101 también ha sido acogida respecto a la presidencia del
consejo de la Guardia Civil, que estará presidido por el Ministerio del Interior.



Respecto a las enmiendas correspondientes a la composición y funcionamiento, al modelo del Consejo de la Guardia Civil, para nosotros no debe apuntarse, como hace el proyecto de ley, a un modelo paritario entre Defensa e Interior, sino más
bien al contrario. Dado que se está reconociendo por parte del Gobierno que el 99 por ciento de las funciones que desarrolla la Guardia Civil -y es una realidad- son de carácter civil y no militar, entendemos que, en coherencia con este hecho y con
un cierto proceso de desmilitarización, que defendemos -nosotros lo defendemos al cien por cien-, en el que nos encontramos con una distinción entre el ámbito militar y lo que no es militar para los miembros de la Guardia Civil en este avance que se
traduce de las dos leyes que estamos tramitando, no podemos admitir la presencia de Defensa.
No tiene ningún sentido, y mucho menos que esté recogido de manera paritaria. En otro caso, si se entiende que Defensa debe estar presente en el consejo,
que estén presentes otros ministerios que también guardan relación con el desarrollo de funciones correspondientes a la Guardia Civil, el Ministerio de Justicia o el de Medio Ambiente, por ejemplo.
Según la composición que nosotros defendemos, el
Ministerio del Interior ha de presidir y debe estar compuesto por el secretario de Estado de Seguridad, el director general de Policía y Guardia Civil, el director general adjunto operativo de la Guardia Civil, el subdirector general de Personal, el
subdirector general de Apoyo y quince representantes del movimiento asociativo. Esta composición permitiría que las funciones que tiene asignadas se ejercieran de una forma mucho más ajustada a la realidad de la Guardia Civil, al desarrollo de sus
funciones en su cotidianeidad y a una visión razonable de lo que es hoy en día la Guardia Civil.



También entendemos -y así está recogido en la enmienda 105- que la función de informar sobre los expedientes disciplinarios por falta muy grave que tiene atribuido el Consejo Superior de la Guardia Civil debe pasar al Consejo de la Guardia
Civil que se diseña en esta ley. De hecho, esta enmienda también la hemos presentado en la tramitación de la Ley orgánica de régimen disciplinario de la Guardia Civil. Lo normal es que esta competencia esté atribuida al máximo órgano consultivo de
la Guardia Civil, que es el consejo, presidido por el Ministerio del Interior, y no a un órgano residual que se mantiene por un mimetismo con las Fuerzas Armadas. Entendemos que se han de ampliar las competencias del consejo de la Guardia Civil a
cuestiones económicas, sociales y profesionales, y así también presentamos la correspondiente enmienda, puesto que solo se alude a las cuestiones profesionales. Sin embargo, es necesario ampliarlo a los ámbitos económicos y sociales, que son los
ámbitos de trabajo y actuación de las asociaciones de la Guardia Civil. En ese sentido se recoge una enmienda transaccional que propone el Grupo Socialista, que nos parece muy positiva en cuanto a las funciones que va a desarrollar el Consejo de la
Guardia Civil, si bien la transaccional que se propone hace referencia a tener conocimiento y ser oído en las siguientes cuestiones. Entendemos que en cuanto a


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determinación de régimen retributivo, de condiciones de trabajo, de programas de enseñanza, etcétera, no ha de ser oído el consejo cuando ya están tomadas las decisiones, sino previamente a ello, porque en caso contrario su función queda
totalmente inocua. Por tanto, proponemos una modificación de la transaccional que nos ha hecho llegar el Grupo Socialista, introduciendo el término previamente en el artículo 54.1, cuando dice: tener conocimiento y ser oído. En cualquier caso, la
regulación que se recoge de las funciones es altamente positiva y un avance sustancial respecto a la realidad actual y respecto al proyecto de ley que trajo el Gobierno.



En la enmienda número 106 entendemos que ha de ser suprimida la disposición adicional primera, que recoge la no aplicación de toda esta ley cuando se desarrollan funciones de carácter militar, más bien cuando se depende del Ministerio de
Defensa, y entendemos que no debe haber un cambio de estatus en el ámbito de aplicación de los derechos y libertades, que no debemos marear a los miembros de la Guardia Civil: ahora te aplico derechos, ahora ya no tienes este derecho, mañana lo
tienes y pasado no. Entendemos que estamos recogiendo una serie de derechos y deberes aplicables a la Guardia Civil en el desarrollo pleno de todas sus funciones y esa disposición adicional no tiene ningún sentido.



Finalizo ya con la enmienda número 109, que recoge que en el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta ley el Ministerio del Interior procederá a la convocatoria de las primeras elecciones a representantes de los miembros del
Consejo de la Guardia Civil. Para dar sentido a este consejo que se crea, y de acuerdo con todos los derechos que estamos garantizando, es necesario que cuanto antes se ponga en funcionamiento este órgano que va a ser fundamental para la aplicación
de esta ley. Por tanto, entendemos que es muy positiva la transaccional que nos propone el Grupo Socialista, que recoge exactamente el plazo de nueve meses que hemos solicitado. Entendemos que nueve meses es mejor que un año y, por tanto,
aplaudimos el hecho de que se haya recogido esta enmienda. La siguiente la retiro porque ya no tiene ningún sentido.



La señora VICEPRESIDENTA (Rivero Alcover): Señora Navarro, con el fin de ordenar la votación, ¿mantiene la enmienda 91 en sus términos o como la ha transaccionado?


La señora NAVARRO CASILLAS: Señora presidenta, informaré a la Mesa puntualmente sobre las enmiendas que retiro y mantengo. No quiero ocupar más tiempo.



La señora VICEPRESIDENTA (Rivero Alcover): Se lo agradezco.



Para la defensa de las enmiendas tiene la palabra el señor Cerdà.



El señor CERDÀ ARGENT: Después de la extensa y detallada intervención de la compañera, señora Navarro, procuraré ser breve y sintético. En todo caso, inicio mi intervención agradeciendo a la señora Sánchez Díaz y también al señor Martínez
Sanjuán la diligencia y el buenhacer que han tenido en esta Comisión que, con un espíritu, yo diría, ecuménico, han logrado una síntesis bastante pormenorizada de los detalles de las posiciones encontradas en esta propuesta. Por tanto, nuestro
agradecimiento por el trabajo realizado y nuestra felicitación por los resultados.



Sin alargarme más, voy a proceder a la defensa de las enmiendas, y empiezo por la 166, que mantenemos, que se limita a remarcar la reiterada manifestación de nuestro grupo, Esquerra Republicana, por la que no compartimos el carácter militar
que ha tenido la Guardia Civil en los proyecto de ley. En este sentido la enmienda propone la supresión de las referencias al carácter militar de la Guardia Civil. La enmienda 167, por la que solicitamos que se incluya la no discriminación de la
mujer en la prestación del servicio, ha sido aceptada, cuestión que creemos mejora sustancialmente el artículo y en todo caso palia la indefensión en la que se puedan encontrar algunas mujeres de la Guardia Civil que pueden ser discriminadas durante
el servicio. La transacción a la enmienda 168 no recoge la supresión expresa del apartado 2 del artículo 5 que se solicitaba desde nuestro grupo parlamentario al entender que debiera hacerse mediante autorización judicial, pero recoge que el
pabellón en la unidad se considera domicilio habitual. Por ende entendemos que su registro requerirá autorización judicial, mientras que el registro del resto de dependencias podrá hacerse mediante autorización motivada del jefe de la unidad o de
centro. La transacción a las enmiendas 170, 171 y 172 propone: en primer lugar, que los guardias civiles puedan asistir a manifestaciones, pero no organizarlas; en segundo lugar, elimina la posibilidad de que no se autorice una reunión por el
mantenimiento de disciplina, de manera que únicamente se podrá desautorizar por causa de funcionamiento del servicio, aunque lamentamos que no se haya recogido la obligatoriedad de motivar dicha denegación, en tercer lugar, recoge la prohibición de
portar armas a las manifestaciones a las que puedan asistir los guardias civiles a título personal, tal y como lo solicitamos en la enmienda 172. Es una enmienda transaccional que recoge en parte nuestras propuestas, por lo cual la vamos a aceptar.



Las enmiendas 173 y 174 tratan de ajustar los límites al asociacionismo de la Guardia Civil. En la enmienda 173 proponemos sustituir el apartado 5 por lo siguiente: Los miembros de la Guardia Civil deberán ser imparciales en el ejercicio
de sus funciones. Consideramos que esta redacción es más adecuada a la libertad de asociación, en tanto que los guardias civiles como servidores públicos, que lo son, deben ser imparciales en el ejercicio de sus funciones. También entendemos que
puede ser enriquecedor el intercambio de las asociaciones con sindicatos de clase y policiales sin que por ello haya de tratarse de una ilegalidad. En la enmienda 177 proponemos la supresión del artículo 24, que recoge el derecho y el deber de


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la defensa de España, retrotrayéndonos desde nuestro punto de vista a posiciones arcaicas, superfluas y nada respetuosas con la pluralidad de las naciones del Estado español. La pregunta que nos hacemos es: ¿qué beneficios aporta este
artículo a la ley, a la ciudadanía o al servicio público de seguridad? Entendemos que nada, que solo es una demostración de ese nacionalismo banal, aquel que se ejerce y exhibe como no nacionalismo o como lo normal, y que tiene una carga profunda
que no ayuda nada al normal funcionamiento de la Guardia Civil. La enmienda 178, que ha sido aceptada, limita el porte de armas al ejercicio de las funciones de la Guardia Civil, con la finalidad de evitar justificación legal a episodios de
violencia indeseados. La transacción a la enmienda 179, que modifica el artículo 28, régimen de horario de servicio, recoge en cierta forma la preocupación de la enmienda. Por todos es conocido cómo en determinadas circunstancias sobrevenidas y
por las denominadas necesidades de servicio, pueden producirse modificaciones en los tres ámbitos a los que se refiere el artículo 28 del texto proyectado. Por esos supuestos es necesario que se recoja expresamente la obligación de establecer
formas compensatorias que palien o compensen los efectos negativos de alterar previsiones normalizadas de jornadas, horarios y turnos, a través de una disposición de naturaleza reglamentaria que, como hemos dicho, incluye la enmienda transaccional
que por eso aceptamos.



La transaccional a la enmienda 180 de nuestro grupo incluye la necesidad de información de los riegos específicos al incorporarse a su destino, aunque no al incorporarse al servicio. Entendemos que incluye parte del objeto de la enmienda,
por lo que también la vamos a aceptar. La enmienda transaccional a la enmienda 183 de nuestro grupo también recoge la necesidad de reconocer la participación de las asociaciones en todos los ámbitos que las afectan, así como la transacción a la
enmienda 185, que también aceptamos. La transaccional a la enmienda 186 incluye el derecho de acceso a los centros para participar en actividades de la asociación profesional, aunque no lo recoge como derecho expresamente, como mínimo sí que lo
incluye y, por tanto, también la vamos a aceptar. Asimismo, la enmienda transaccional a la enmienda 187 también mejora el texto del proyecto de ley al eliminar la referencia a los motivos de disciplina para denegar una solicitud de reunión. Sin
extenderme más y en conclusión, hacemos una valoración positiva del trabajo realizado por el señor Martínez Sanjuán y la señora Sánchez Díaz, tanto en Comisión como en otras reuniones, que ha mejorado el texto al entender de nuestro grupo. Por
ello, votaremos favorablemente las enmiendas transaccionales, también las enmiendas del PNV, Izquierda Unida y del BNG, y mantenemos nuestras enmiendas a excepción de las enmiendas 181 y 182, que vamos a retirar ya que las conclusiones a las que se
han llegado mejoran el texto.



La señora VICEPRESIDENTA (Rivero Alcover) Para la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Maldonado.



El señor MALDONADO I GILI: Yo también quisiera, como ha hecho el portavoz que acaba de intervenir, agradecer la actitud, el diálogo y el trabajo parlamentario llevado a cabo por el señor Martínez Sanjuán y la señora Sánchez Díaz, o la
señora Sánchez Díaz y el señor Martínez Sanjuán, porque aquí han hecho realidad lo de tanto monta, monta tanto, los dos portavoces han hecho una buena labor de síntesis y, sobre todo, de aproximación política, y desde Convergència i Unió nos damos
bastante por satisfechos de las propuestas que nos han hecho, y digo bastante porque lógicamente tampoco en política existe la perfección. Nos hubiera gustado una ley mucho más perfecta, mucho mejor, pero sabemos que las leyes tienen que formar
parte del arte de lo posible, y creo que entre todos la hemos mejorado. Es una ley que afecta a trabajadores, a personas que trabajan en el servicio público, en este caso en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, son miembros de la Guardia
Civil, y Convergència i Unió ha procurado que sus enmiendas fueran básicamente en la línea de mejorar las libertades, los derechos, que fueran enmiendas de democratización y de respeto desde el punto de vista laboral.



Voy a hacer un resumen rápido para que conste en el 'Diario de Sesiones' sobre el porqué de nuestras propuestas y de los deseos que he mencionado antes. He agradecido, y por tanto aceptaremos, todas las transacciones que nos presenta el
Grupo Socialista; transacciones que se aproximan a nuestros postulados y a los de otros grupos, que no recogen íntegramente nuestros deseos pero sí nuestras preocupaciones, por tanto, las daremos por buenas, y que voy a intentar argumentar de una
forma rápida.



En la enmienda 32, cuya transacción aceptamos, nos preocupaba que la libertad de desplazamiento y circulación de los miembros de la Guardia Civil fuera coartada. En la propuesta que nos ofrecen, este derecho a desplazarse libremente por el
territorio nacional queda regulado, con unas limitaciones lógicas, pero nos parece que es aceptable. La enmienda 33, que habla de la libertad de expresión y de información, la mantenemos. La justificamos en la observancia de la disciplina, que
aquí es un concepto muy ambiguo. La neutralidad política y sindical afecta a los guardias civiles y al desempeño de sus funciones pero no en su labor asociativa. La mantenemos en el Pleno porque esperamos poder aproximar posturas en algunas
enmiendas que hoy no son aceptadas o transaccionadas dado el buen quehacer parlamentario de sus portavoces y nuestro grupo.
Aceptamos la transacción a la enmienda 34 presentada al artículo 8.1.
Justificábamos que declarar una manifestación o
reunión de carácter sindical o político es realmente complicado, puesto que todas las manifestaciones tienen que ver con la política. La enmienda 38, lo mismo, porque cuando hablábamos del derecho de reunión y manifestación nosotros decíamos que
las reuniones de los guardias civiles independientemente


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de los oficiales deberían ser comunicadas previamente al jefe de unidad, pero podían llevarse a cabo. Esto se acepta y damos por buena la transacción. La 36 la mantenemos porque queríamos la supresión del apartado 5 al artículo 9, donde
justificamos que las definiciones de política o de actividad sindical invalidaban completamente el apartado suprimido. Somos firmes defensores del asociacionismo y creemos que debe dar paso a una cierta sindicalización de los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado, porque a la sombra y de una manera oculta, pero ya están trabajando y ya existen estas entidades. En la misma línea de supresión va la enmienda 37 al apartado 1 del artículo 18. En la redacción que proponíamos cuando hablaba
de neutralidad e imparcialidad intentábamos que se dejara de lado el miedo de la Administración a las actividades políticas o sindicales. La 38 la aceptan, que se refiere a la reserva en asuntos profesionales. Es la única que se acepta en su
totalidad, seguimos valorando bien la propuesta. La 39 queda transaccionada. Era un tema que preocupaba ya que la Constitución en su artículo 19 no establece ningún tipo de reserva a cuerpos militares en relación con su residencia, y esta ley sí
lo acotaba. Ahora queda más democráticamente liberalizado. Hablábamos con el portavoz socialista hace un momento de que sería incongruente que un guardia civil que tenga su plaza laboral en Madrid tenga la obligación de vivir en Madrid y no pueda
hacerlo en los aledaños, en otro municipio, con lo que esto comporta de costes de vivienda, etcétera. Entendemos que los guardias civiles pueden vivir en donde crean más oportuno, aunque tienen que estar localizables porque su labor puede requerir
emergencias. Tiene que haber un código de localización, pero aparte de esto, tiene que haber libertad de residencia. La enmienda va en esta línea y me parece bien. La 40, también está transaccionada. Cuando habla del régimen económico queríamos
dejar claro en el apartado 3 que los principios de transparencia y publicidad que deben regir las asociaciones profesionales deben existir. No entendíamos por qué no podían percibir donaciones, pero ahora queda claro. No se dejan donaciones
privadas por lo que pudiera tener de oscurantismo, pero sí pueden recibir otro tipo de donaciones. La 41, que va en la misma línea, también está transaccionada. Por ejemplo, las asociaciones no podían recibir ayudas de las comunidades autónomas y
quedaban limitadas a los Presupuestos Generales del Estado. La transacción nos parece bien. La 42 la mantenemos porque creemos que los miembros del cuerpo de la Guardia Civil deben poder afiliarse a asociaciones profesionales de diferentes rangos.
Nos parece que aquí hay un intento de limitar el contacto de las entidades con organizaciones sindicales. Nos da la impresión de que la Guardia Civil no tiene que estar solo en asociaciones formadas por guardias civiles. Puede haber civiles
también. Nuestra enmienda va en la línea de que los contactos sean entre ciudadanos civiles y guardias civiles. No ha sido aceptada y la mantenemos. Esperamos poder aproximar posturas en el Pleno. La 43 va en la misma línea y la mantenemos. No
tiene sentido prohibir determinadas relaciones en el ámbito nacional cuando en el internacional sí se permiten. La 44 también la mantenemos, en coherencia con lo defendido en las enmiendas anteriores referidas a los artículos 7 y 8. La 45 está
transaccionada. Nos parece bien que las asociaciones puedan ser consultadas. La 46 la mantenemos porque creemos que mejora la redacción.
En la justificación lo explicamos y decimos que está claro que se tienen que regular unos permisos para los
miembros del Consejo de la Guardia Civil en las mismas condiciones que para el resto de los trabajadores de las administraciones públicas que en el caso de la Guardia Civil, 73.000 trabajadores, serían de 40 horas semanales. Por tanto, es una
mejora desde el punto de vista laboral. Acepamos la transacción a la enmienda 47. La 48 la mantenemos. Se trata de evitar el prejuicio realizado a la escala de suboficiales, en el caso de que se mantenga la redacción inicial. Aceptamos la
transacción de la enmienda 49. La 50 la mantenemos, pero creemos que habrá una enmienda in voce, porque si la 49 hablaba de las funciones que afectan a los miembros del consejo, la 50 regulaba los derechos de los miembros que tienen estas funciones
y englobaban diferentes aspectos. Pedíamos que no pudieran ser sancionados, que no pudieran tener discriminación económica o profesional en base a la representación que tendrán en este consejo. Nos parecía que si esto no estaba atado, habría gente
que podía aportar su labor en el Consejo de la Guardia Civil y que después podía tener unos perjuicios laborales, económicos, etcétera, que no serían justos. La 51 la mantenemos en espera de que en el debate del Pleno esta buena voluntad que hemos
intuido, que hemos palpado y que hemos recibido en forma de transacción, se aumente y podamos decir que esta ley es mejor de lo que ya es ahora. Creemos que es una buena ley, una ley que hacía falta, una ley que democratiza, una ley que mejora y,
sobre todo, una ley que tiene voluntad de consenso.
Nosotros siempre procuramos estar en el consenso y, por tanto, todo va camino de que el voto de Convèrgencia i Unió puede ser favorable. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.)


La señora PRESIDENTA: Algunos grupos nos han pedido que les guardemos el turno. Se lo guardaremos. Mientras tanto, seguimos con el orden establecido. Faltan el Grupo Mixto y el Grupo Vasco.



El señor CERDÀ ARGENT: Me solicitan desde el Grupo Mixto, BNG, que demos por defendidas las enmiendas.



La señora PRESIDENTA: Damos por defendidas las enmiendas del Grupo Mixto, BNG.



Tiene la palabra la señora Sánchez-Camacho para la defensa de sus enmiendas.



La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: Nuestro grupo parlamentario va a tener una intervención mucho


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más breve que la de las señorías que me han precedido en el uso de la palabra, en tanto en cuanto el Grupo Parlamentario Popular presentó ya una enmienda a la totalidad a esta ley que nosotros entendemos que es muy importante, fundamental,
junto con la de derechos y deberes. Por eso, nuestra posición y nuestro modelo alternativo, así como las causas por las que nosotros presentamos ese texto de sustitución, entendemos que están claramente explicados, justificados y motivados en un
debate plenario que sustanciamos la semana anterior. Por ello, señorías, lo único que haré será solicitar que se mantengan vivas todas las enmiendas que no han sido aceptadas y que se presentaron por este grupo parlamentario como enmiendas
parciales, que fueron el resultado del rechazo a la enmienda a la totalidad. Se han aceptado tres enmiendas por parte del grupo mayoritario y nosotros solicitamos que queden vivas el resto de las enmiendas presentadas por el Grupo Popular, excepto
aquellas que han sido sustanciadas mediante una transacción con diversos grupos parlamentarios y evidentemente aceptadas por parte del Grupo Socialista, que son las que ahora pasaré a explicar, y aprovecharé para explicar el voto afirmativo,
negativo o la abstención que desde nuestro grupo parlamentario vamos a dar a cada una de ellas.



Paso sucintamente a exponer las relativas al artículo 5. Creo que SS.SS. y la propia Mesa tienen copia de estas transaccionales, que habrá sido facilitada por el Grupo Parlamentario Socialista. El Grupo Popular va a votar afirmativamente
el artículo 5 en tanto en cuanto entendemos que aunque no ha sido aceptada nuestra enmienda de forma explícita, sí que se contenía en nuestro texto alternativo de sustitución la consideración del pabellón como domicilio habitual por parte de los
miembros de la Guardia Civil. Por eso, entendemos que debemos dar nuestro voto afirmativo a esta transaccional que ha sido realizada entre el Partido Nacionalista Vasco, Izquierda Unida, Esquerra Republicana y el grupo que apoya al Gobierno.



El artículo 6 se refiere a la libertad de desplazamiento y circulación.
Nosotros aquí nos abstendremos puesto que entendemos que debía quedar explicitado, aunque se contiene en el artículo que se recoge en el tenor literal de esta nueva
redacción, como antes estaba en el texto del Gobierno, dejando constancia de la expresión sin perjuicio del deber de residencia y por eso mantenemos nuestra abstención.



Respecto al artículo 8, entendemos que esta es una enmienda fundamental.
Agradecemos al grupo mayoritario que haya tenido la consideración con nuestro grupo -y con el resto de los grupos-, porque así lo presentamos en nuestro texto
alternativo. Ya dijimos que los guardias civiles tenían derecho como ciudadanos -era una de las fundamentaciones del Grupo Parlamentario Popular y desde luego del modelo liberal que nosotros planteábamos y de la ampliación de los derechos
individuales de los guardias y de los derechos sociales- a asistir a aquellas manifestaciones, actos o reuniones de carácter político o sindical que crean conveniente, con todos los requisitos que después se establecen, es decir, que no estuvieran
vistiendo el uniforme reglamentario ni -como se ha adicionado- portando armas, cuestión que se ha introducido en algunas enmiendas de otros grupos parlamentarios. Entendíamos que esta era una reducción de los derechos individuales de los guardias
civiles como ciudadanos, como miembros de la sociedad civil y consideramos que ha sido apropiada la aceptación de estas enmiendas por parte del grupo mayoritario. Nosotros votaremos esta enmienda en la redacción final de este artículo 8. No era
una enmienda planteada por mi grupo parlamentario, porque nosotros no hicimos referencia a la tenencia de armas, puesto que entendíamos que seguro que en ningún caso ningún miembro de la Guardia Civil iba a acudir con el uniforme reglamentario, y
además dimos por hecho que no se tenía que hacer referencia a la tenencia de armas, pero como algún grupo lo explicitó, también nos parece idóneo y correcto que pueda quedar en el tenor literal del artículo.



Nuestro grupo parlamentario también dará su apoyo al artículo 9, ya que en este caso, además, se acepta de una manera más extensa una parte de nuestra enmienda 121. También daremos el voto afirmativo al derecho de sufragio contenido en el
artículo 10, que además se extiende a las actuaciones en las misiones en el extranjero, no solo a las que coincidieran con las jornadas electorales cuando debieran prestar servicio. También daremos el voto afirmativo al artículo 21, aunque
consideramos que debería hacerse de forma generalizada que el lugar de residencia sea el de la residencia habitual y después establecer las excepciones. No se ha hecho así, pero del tenor literal se desprende que es una excepción en el caso de que
fije la residencia en un municipio distinto del de destino, pero que conste que nos gustaba más la redacción inicial del Gobierno, puesto que establecía que la residencia es la residencia habitual, la de destino del guardia civil y lo otro es la
excepcionalidad. Pero creemos que tal como está la redacción se entiende perfectamente.



Respecto al artículo 28, no tenemos nada que añadir, en tanto en cuanto se acepta gran parte de nuestra enmienda 133, por lo que votaremos afirmativamente. También votaremos afirmativamente el artículo 31, respecto a la prevención de
riesgos laborales. Debo decir, señorías, que aquí se acepta una enmienda de Izquierda Unida, pero no es una mejora sustancial, señor Martínez Sanjuán; no estaba de más, pero se entendía que era la Administración del Estado la que de manera
correlativa establecía el deber de garantizar las medidas necesarias para asegurar el derecho de salud y seguridad en el trabajo. Lo único que se ha hecho ha sido una mejora técnica, una mejora de redacción en la que se establece de forma inicial
que la Administración promoverá, pero si usted lo recuerda, en el texto del Gobierno ya se establecía que de manera correlativa a este derecho de los guardias civiles se establecería el deber de la Administración. De todas formas, nuestro voto,
repito, será afirmativo.



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Respecto al artículo 33, nos vamos a abstener, porque aunque entendemos que en una transaccional se acepta parte de nuestra enmienda 136 no se acepta la totalidad, no se admite la consideración de la queja individual que nosotros habíamos
presentado y se vuelve a añadir otra vez -nosotros lo habíamos eliminado- la alusión a que no hubiera sido presentado recurso alguno sobre el mismo asunto. Repito que se acepta de manera parcial nuestra enmienda, pero nuestro voto debe ser de
abstención.



En el artículo 34 entendemos que se estima en gran parte el voto del grupo mayoritario a la transacción que se realiza en función de nuestra enmienda 137. Este artículo es el que se refiere a que los guardias civiles sean informados de las
funciones, de los deberes, de las responsabilidades, pero también de los riesgos que puedan tener en determinadas unidades y en determinadas actuaciones en los servicios a los que los guardias civiles sean destinados; estimamos que por parte de sus
jefes inmediatos deben tener la información previa de cuáles son los fines, la organización, los funcionamientos, pero también los riesgos específicos del destino o del servicio al que sean destinados los guardias civiles. En el artículo 36 no
tenemos más que añadir, porque también se estima en gran parte nuestra enmienda 139, sobre el ámbito de duración de las asociaciones.



Ahora entramos, señorías, en algunos otros aspectos en los que para nosotros se establecerían, en palabras del portavoz de Interior, las líneas rojas de las que no podemos movernos uno y otro grupo en las dos leyes, y conste que nos hubiera
gustado poder llegar a consensos mayores, pero de momento parece que no puede ser así. Me refiero a un artículo importante, el 37, del régimen económico de las asociaciones. Para nosotros el derecho de asociación de los guardias civiles es básico,
y así lo expresamos en nuestros textos y también en la exposición de nuestra enmienda a la totalidad de sustitución, pero en lo que no coincidimos en este caso con la transacción a la que ha llegado el grupo mayoritario es con la posibilidad de que
se pueda acceder a recursos económicos que prevean los estatutos de las asociaciones. Aunque el resto del articulado, tanto el punto 2 como el punto 3, es decir, que las subvenciones serían realizadas con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado y los principios de transferencia y publicidad, coincide con nuestra enmienda, evidentemente para nosotros la parte que se ha aceptado por el grupo mayoritario es un cajón de sastre que posibilitaría que por parte de las asociaciones se
pudiera acceder a otro tipo de recursos que constaran únicamente en sus estatutos. Nosotros creemos que de forma expresa y taxativa debe ser recogido en esta ley orgánica que sólo podrían ser con cargo a las subvenciones públicas, que en ningún
caso pudieran recibir donaciones privadas, pero que por parte de las asociaciones no se pudiera acceder a otros recursos económicos a través de los estatutos de dichas asociaciones. Para el Grupo Popular este artículo 37 sería ya parte de la línea
roja en la que nosotros no podríamos apoyar la transacción y el texto final que quedará en relación con este aspecto.



En el artículo 38, en lo que se refiere a derechos de asociaciones, coincidimos en algunos de los puntos, pero no tenemos...



La señora PRESIDENTA: Una aclaración. La portavoz está hablando del artículo 37 y no tiene ninguna enmienda a este artículo.



La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: No tenemos enmiendas; me estoy refiriendo a nuestro posicionamiento sobre el artículo. Cuando hablo de artículos a los que hemos presentado enmiendas de alguna forma expresa hago alusión a ellas en la
mayoría de las ocasiones, pero en otras, forma parte del discurso, del modelo alternativo que nosotros planteamos. Creemos que es una adición muy importante la que se ha llevado a cabo por parte del grupo mayoritario del Gobierno, y nuestra
posición debe quedar fijada en el 'Diario de Sesiones' de esta Comisión. Por eso hemos hecho mención expresa, como en el 38, de donde tampoco se ha aceptado la transacción, pero consideramos que debemos posicionarnos y dejar claro en esta Comisión
que rechazaremos este artículo en tanto en cuanto entendemos que las asociaciones profesionales de guardias civiles no podrían promover candidaturas para cualesquiera otros órganos de participación o representación, sobre todo en la representación
gobierno y dirección de mutualidades, asociaciones y restantes entes de previsión social, que nosotros, desde luego, no apoyamos, por lo que nuestro voto será contrario. En el artículo 39 sí se acepta parte de la transaccional del Grupo
Parlamentario Popular de la enmienda 141 y, por tanto, nuestro voto será afirmativo y apoyaremos la redacción de este artículo. No lo haremos, señoría, con respecto a los artículos 44, 45 y 47, que constituyen gran parte de esa línea roja en tanto
en cuanto ya se desarrollará. Ya lo explicamos en la enmienda a la totalidad de texto alternativo de sustitución, pero nosotros consideramos que se debe ir más allá de los derechos de las asociaciones profesionales representativas.
Aunque se ha
mejorado la concepción de las asociaciones profesionales como representativas que el grupo mayoritario había recogido, consideramos que se debe dar cabida al resto de las asociaciones y que, aunque se parta de un planteamiento de la
representatividad desde la concepción aceptada en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley Orgánica de Libertad Sindical -que es la que recoge la capacidad de representación de determinados sindicatos-, entendemos que la peculiaridad y la
especialidad de la Guardia Civil hace que se acepte de manera real los derechos que puedan tener todo tipo de asociaciones y no solo las asociaciones profesionales representativas, con lo cual para nosotros sería inaceptable la redacción de este
artículo. Desde luego, el que sería inaceptable es el artículo 45, que se refiere a los derechos de los representantes de las asociaciones profesionales representativas, en dos líneas, en tanto en cuanto


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se fija la posibilidad de tener reuniones o participaciones en las instalaciones o en los acuartelamientos de la propia Guardia Civil, y, desde luego, la redacción del segundo párrafo, es el que consideramos que los derechos de los
representantes de la Guardia Civil en cuanto a tiempo, horas mensuales y permisos en el desarrollo de sus actividades relacionadas con su condición, únicamente sería en el caso, como muy bien dice la redacción, de los representantes de las
asociaciones que cuenten con vocales en el Consejo de la Guardia Civil.



Con respecto al artículo 47, va en la misma línea, es decir, las reuniones en centros oficiales, con lo que también votaremos que no. Aunque el modelo del Grupo Parlamentario Popular ha sido presentar un consejo de personal que sustituyera
al consejo asesor que ya puso en marcha el Gobierno del Partido Popular, respecto al artículo 54, que es el que se refiere a las funciones del consejo, se han aceptado algunas de las funciones que incluíamos en nuestro texto. Por tanto, agradecemos
el esfuerzo que se ha hecho, aunque esperábamos muchísimo más, porque entendemos que el planteamiento del modelo de consejo de nuestro grupo parlamentario no coincide con el planteamiento del Gobierno. Esta es una de las líneas rojas en las que no
vamos a poder estar de acuerdo, ni en la composición, ni en el funcionamiento, ni en el ejercicio, ni en la capacidad del consejo. Hay algunos aspectos, como el del apartado 6, el de participar en la gestión de obras sociales o algunos en los que
no creemos que coincidamos de manera exhaustiva con ellos. Por tanto, nuestro voto no será contrario pero sí de abstención a este artículo 54.
Con respecto a la transaccional final de la disposición transitoria primera, votaremos que sí, ya que se
acepta parte de nuestra enmienda 163 y se refiere, sin duda, al acortamiento de plazos, que es un acortamiento medio entre las propuestas de unos grupos y otros. Ese sería nuestro posicionamiento, señorías. Reitero que mantenemos vivas para el
debate en el plenario todas las enmiendas que el Grupo Parlamentario Popular presentó y que no han sido aceptadas por el grupo de la mayoría. Respecto a las transaccionales, nuestro voto será el que esta portavoz ha mencionado en cada uno de esos
artículos. Por eso, queríamos dejar constancia, dada la importancia de los mismos.



La señora PRESIDENTA: Volvemos atrás en el orden. Como había anunciado antes que las enmiendas del Grupo Mixto quedaban vivas y está aquí su portavoz, le voy a dar la palabra para que las defienda o diga lo que le parezca sobre las
transaccionales y sobre las enmiendas. Tiene la palabra el señor Rodríguez.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Seré muy breve. En primer lugar, vamos a aceptar las enmiendas transaccionadas en la medida en que mejoran el texto de forma sensible en lo que tiene que ver con el deber de residencia del guardia civil, que se
pone en una situación más acorde con los principios constitucionales y con lo que tiene que ver con las personas y su libertad de circulación en todo el Estado español. También las votaremos favorablemente porque perfilan mejor, aunque no del todo
como nos gustaría, el sentido político y sindical para que no haya confusión con los derechos fundamentales que debe ejercer la Guardia Civil. Mejoran también el que el mantenimiento de la disciplina no sea un pretexto para la falta de
transparencia o incluso para el autoritarismo.
Asimismo, mejoran sensiblemente la participación en los órganos de representación y la vinculación o las relaciones con otras organizaciones de carácter profesional o sindical, y en la homologación con
el resto de funcionarios de las administraciones públicas a la hora de tener una representación del personal sin limitaciones y sin ambigüedades. Por lo tanto, aunque no estamos totalmente de acuerdo con las transacciones porque pensamos que
algunas debían ser más contundentes y haber aceptado el espíritu y la letra de nuestras enmiendas, sí consideramos que es una mejora sensible del proyecto de ley en los aspectos a los que me acabo de referir. Por eso, vamos a aceptarlas, en
concreto las transacciones que hacen referencia a nuestras enmiendas números 53, 55, 56, 61, 63, 66, 67, 68, 69, 71, y ahora recientemente nos han entregado una sobre la enmienda 72, que también consideramos aceptable. Por lo tanto, quedarían
vivas, señora presidenta, para un debate posterior, las enmiendas números 52, 54, 57, 58, 59, 62, 64, 65, 70 y 73.



Solamente quiero hacer referencia a las enmiendas números 58 y 73 y defenderlas en este momento. No se debe dejar a los miembros de la Guardia Civil al margen del respeto por el pluralismo lingüístico que existe en el Estado español.
Consideramos que no se haría nada del otro mundo si la ley reconociese que los miembros de la Guardia Civil deberán conocer la lengua o lenguas oficiales del territorio en el que están destinados. Conocer no quiere decir siquiera usar; quiere
decir poder recibirla de forma pasiva. Pensamos que si no con esta formulación sí con otra, debería figurar en el proyecto de ley, ya que la Guardia Civil cumple una función sustancial desde el punto de vista del servicio al ciudadano, y me imagino
que la Guardia Civil de tráfico muchísimo más. En relación con la enmienda número 73, aunque el proyecto de ley no asume que este sea un cuerpo desmilitarizado, pensamos que se debería eliminar la disposición adicional primera, puesto que no tiene
sentido tener a unos guardias civiles con unos derechos y a otros con otros dependiendo de donde estén destinados. Además, los destinos en el extranjero suelen tener carácter temporal, e incluso hay comisiones de servicio, lo que va a dificultar la
aplicación de esta disposición. Acabo ya, señora presidenta, diciendo que nosotros hubiésemos desmilitarizado totalmente la Guardia Civil, pero consideramos que el proyecto de ley avanza en hacer de este cuerpo un cuerpo de carácter policial y,
sobre todo, con derechos y deberes garantizados y también con transparencia, acabando con todo lo que de gravemente prepotente, autoritario o falto de transparencia tenía el funcionamiento del cuerpo.



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La señora PRESIDENTA: Le corresponde ahora el turno al señor Olabarría para la defensa de sus enmiendas.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señora presidenta, por esta especie de flashback parlamentario que ha tenido que acometer. Hemos estado defendido -y esto lo digo como referencia; quizás es un poco utópico decirlo- una ley, la
ley reguladora de la lengua de signos, que ha sido aprobada por unanimidad y con la retirada de todas las enmiendas por parte de todos los grupos. No parece previsible que ocurra algo así, pero es una invocación de deseo que mi grupo hace.



La señora PRESIDENTA: Yo invoco que vayamos al modelo de esa ley. No hay problema por mi parte.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: No voy a explicar el modelo alternativo de mi grupo; es sobradamente alternativo. Quiero felicitar al Grupo Socialista y, en su nombre, al señor Martínez Sanjuán por el esfuerzo de flexibilidad intelectual
realizado para que nos podamos adherir a lo que va a resultar al final... (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: Ruego silencio. Ya sé que estamos a punto de votar, pero si no hay silencio no se puede hacer entender el portavoz que está en el uso de la palabra.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Le agradezco el amparo, señora presidenta, porque al final estaba la lidia un tanto desordenada. (Risas.)


Señor Martínez Sanjuán, con relación a las enmiendas presentadas a las transacciones ofertadas por su grupo parlamentario, quiero indicarle que nos parece bien la relativa al artículo 5. Se mejora notablemente, desde la perspectiva de las
garantías y defensa de los derechos ahí consignados, lo que nosotros propugnamos y preconizamos. También nos parece bien la que se refiere al artículo 6. Nos gusta menos la relativa al artículo 8, cuando se dice que los guardias civiles no podrán
organizar manifestaciones o reuniones de carácter político o sindical. La expresión sindical, como sabe perfectamente el señor Martínez Sanjuán, es una expresión polisémica. Cuando hablamos de actividades de naturaleza sindical, no se sabe muy
bien qué se está diciendo y la propia promoción y defensa de los intereses económicos y sociales que les son propios es la actividad que la Constitución atribuye a los sindicatos. No sé por qué a los guardias civiles, a sus asociaciones
representativas, no se les puede atribuir una función o una competencia de esta naturaleza. Ya sé que en este momento hay palabras que están cargadas de una serie de connotaciones que, por falta de madurez política para la asunción de determinados
principios democráticos -dada la categorización de la Guardia Civil como cuerpo militar que se hace todavía-, hace que no sea posible asumir determinadas cuestiones, que seguramente en un plazo breve de tiempo, señor Martínez Sanjuán, será posible
asumir. La relativa al artículo 9 nos parece muy razonable. La que se refiere al artículo 10 nos parece muy discutible, señor Martínez Sanjuán. No sé en virtud de qué precepto, en virtud de qué requerimiento constitucional, en virtud de qué
sentencia del Tribunal Constitucional, en virtud de qué norma del ordenamiento jurídico o en virtud de qué requerimiento ético, el derecho al sufragio pasivo no puede beneficiar a un guardia civil. Me gustaría que me explicara por qué un guardia
civil no puede ser elegible. Dada también la caracterización que se hace como cuerpo militar, nos parece que este es un problema inmaduro o extemporáneo. Supongo que también avanzaremos en esta materia, vamos en una dirección correcta, antes o
después lo conseguiremos. La relativa al artículo 21, la residencia, nos parece muy bien.



En la correspondiente al artículo 28 hay un problema de inseguridad jurídica, en el número 3. Cuando se menciona o se preconiza el derecho que tienen los guardias civiles a conocer con antelación suficiente su jornada y horario de trabajo,
se hace una excepción, excepción omnicomprensiva que prácticamente anula el derecho. Se dice: salvo que estas alteraciones puedan estar justificadas por las necesidades del servicio o por motivos de fuerza mayor. Si la excepción es tan
omnicomprensiva, es mejor no reconocer el derecho, porque estamos haciendo algo puramente retórico, puramente nominal; realmente no reconocemos el derecho, porque el derecho es de absoluta disponibilidad por parte de las autoridades o de los
mandos. Desde una perspectiva técnico-jurídica, sería más limpio -y yo lo prefiero- no reconocer derechos que admiten excepciones tan amplias u omnicomprensivas. Con relación al artículo 31, nos parece en general muy bien, salvo lo siguiente, que
yo esperaba que se consignara expresamente: ¿Por qué no se puede aquí mencionar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando estamos de alguna forma, desde la perspectiva laboral, normalizando los derechos y las obligaciones del cuerpo de la
Guardia Civil?


Por último, señora presidenta, con relación al artículo 36, debería explicar -le iba a decir utilizando la expresión cheli, me tendrá que explicar-, me gustaría que me explicara, señor Martínez Sanjuán, por qué tienen necesariamente que
tener ámbito estatal las organizaciones de guardias civiles. No es precisamente que yo esté reivindicando para Euskadi una organización de guardias civiles (Rumores.), pero es que la mención de que el ámbito de las asociaciones tenga que ser
estatal es una convención absolutamente discutible desde una perspectiva de los requerimientos del ordenamiento jurídico; que tengan el ámbito que decidan ellos, quienes constituyan la asociación.



Gracias señora presidenta, por su generosidad en el uso del tiempo.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Olabarría, por el uso de algunos tiempos verbales, que cambian mucho el contenido de una pregunta a otro portavoz.



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Tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, el señor Martínez Sanjuán, para explicar las transaccionales.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: En representación de mi compañera la señora Sánchez y en el mío, mis primeras palabras tienen que ser de agradecimiento a los grupos parlamentarios por los elogios que han hecho al trabajo de mucha gente. En
estos momentos quizá seamos la cabeza visible en este debate la señora Sánchez y yo, pero ha habido mucha gente trabajando, sobre todo para cumplir aquello que dijimos, en el Pleno del Congreso y en el tramite de ponencia, de que íbamos a hacer un
esfuerzo, desde el Grupo Parlamentario Socialista, en relación con las enmiendas de los demás grupos parlamentarios a este proyecto de ley, proyecto de ley al que se presentó un texto alternativo del Grupo Parlamentario Popular que, recibiendo el
rechazo de todos, también del Grupo Parlamentario Socialista, ha impedido en ese trámite parlamentario cruzar esa línea roja que la señora Sánchez-Camacho ha anunciado que había puesto en relación con determinadas cuestiones del proyecto de ley. Es
un proyecto de ley que, como dijimos en el Pleno y en diferentes momentos, responde a una filosofía, desde mi grupo parlamentario y desde el Gobierno, que tiene que ver, no solo con este proyecto de ley, sino con el régimen disciplinario, con esta
nueva ley de derechos y deberes y concretamente con la reciente aprobación, el pasado viernes, por el Gobierno de España, de un proyecto de ley en el que se modifican determinados artículos de la Ley de funcionamiento de los guardias civiles,
tratando de buscar la conciliación de la vida laboral, la vida familiar y el respeto, en el caso de que se hayan producido malos tratos al colectivo femenino de la Guardia Civil, también al masculino, en el que también se puede producir.
Este
proyecto de ley responde a esta filosofía del Gobierno con unas ideas-fuerzas recogidas tanto en nuestro programa electoral como en las negociaciones y diálogo que este grupo y el Gobierno han tenido con los representantes de los guardias civiles.
Dijimos en el Pleno y lo repito ahora que este proyecto es equilibrado, valiente, pero razonable; moderno, pero respetuoso con el espíritu de la institución y muy coherente con los tiempos que vivimos y con los cambios sociales producidos en la
propia Guardia Civil.



En el trámite de ponencia anuncié que en Comisión aprobaríamos una serie de enmiendas. Algunos grupos parlamentarios las conocen porque hemos hablado de ellas en los trámites oportunos y en las negociaciones que hemos tenido con ellos, pero
quiero anunciar formalmente que aprobaremos, en sus propios términos, la enmienda número 2, del Grupo Parlamentario Vasco; las números 74, 75, 100 y 101, de Izquierda Unida; las números 167 y 178, de Esquerra Republicana; la número 38, de
Convergència i Unió; la número 11, de Coalición Canaria; la número 60, del BNG, y las números 115, 116 y 132, del Grupo Parlamentario Popular. No podremos aceptar otras enmiendas importantes de diferentes grupos, porque discrepamos básicamente en
algunas del fondo y en otras de la forma. Voy a decir a qué bloque de enmiendas y de qué grupo no vamos a aceptar y fijaré la posición de mi grupo parlamentario. No aceptamos aquellas que, desde diferentes grupos, pretenden hacer desaparecer del
texto del Gobierno la definición que se hace de la propia Guardia Civil. No es porque el Gobierno haya querido establecer una definición de la Guardia Civil en este proyecto, sino porque esa definición ya viene de otros proyectos anteriores, como
la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de la Ley de Defensa Nacional, etcétera. No por el hecho de hacerlas desaparecer de este proyecto de ley, desaparecería el propio carácter de la Guardia Civil, porque está recogido en textos
originarios que dan pie, cuerpo y razón a este planteamiento de la Guardia Civil. Con esta teoría no podremos aceptar todas aquellas que, legítimamente desde el punto de vista de otros grupos parlamentarios, quieren llevar más adelante este
proyecto de ley de lo que consideramos oportuno en este momento, tratando de establecer incluso una afiliación política o sindical de los guardias civiles o el derecho de sufragio pasivo, que está recogido concretamente en la Loreg. No es que se
quiera poner de nuevo en este proyecto de ley, sino que hay una trasposición de determinados temas que ya están recogidos en leyes ordinarias o en leyes orgánicas, como el papel de quién tiene o quién no tiene que tener derecho de sufragio pasivo.
Vamos a rechazar aquellas enmiendas de Coalición Canaria que, respetando el criterio del señor Mardones, al que tan acostumbrado nos tiene en los debates parlamentarios, tratan de aprovechar un texto de derechos y deberes de la Guardia Civil para
establecer otra serie de derechos y deberes, fundamentalmente en las Fuerzas Armadas. Cuando lleguen los debates sobre las Fuerzas Armadas, será el momento oportuno para ver si se establece o no el asociacionismo en ellas, pero ahora estamos
hablando de la Guardia Civil, sobre todo cuando la Guardia Civil se comporta como cuerpo de Policía, de acuerdo con lo que es el funcionamiento lógico de la Guardia Civil.



En segundo lugar, vamos a rechazar algunas enmiendas contradictorias -lo digo sin ninguna acritud- del Grupo Parlamentario Popular, que juega a conceder derechos y luego a establecer restricciones a los derechos y a los asociacionismos.
Tenemos la 113, la 122 y otras; no me quiero referir a todas ellas. En tercer lugar, ahora que por primera vez estamos estableciendo formalmente una serie de derechos y deberes, donde se recoge el fenómeno del asociacionismo en la Guardia Civil,
creemos que no es oportuno aprobar una serie de enmiendas de algunos grupos parlamentarios, que legítimamente quieren ir con carácter casi más reglamentario, más detallado, a determinados artículos. Somos conscientes de que con el paso del tiempo,
aprobando este proyecto de ley, poniendo a funcionar nuevos derechos y deberes de los guardias civiles, estableciendo con carácter racional nuevos órganos de participación, asociaciones por primera vez con carácter formal, no


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parece oportuno poner restricciones al propio desarrollo cuando estamos regulando una ley orgánica. Es mejor que dejemos al carácter reglamentario de funcionamiento de órganos, de funcionamiento de asociaciones, etcétera, cualquier
modificación de carácter puramente práctico que incorporarla con carácter de articulado a la ley orgánica.
Si luego el tiempo va a ir desarrollándolas y adaptándolas, no parece oportuno poner ciertos corsés a la evolución natural del asociacionismo
en la Guardia Civil. Por último, no podemos aceptar, como decía anteriormente, esas líneas rojas del Grupo Popular, que establecen claramente una serie de características distintas a lo que dice el proyecto del Gobierno en relación con el
asociacionismo, con lo que son asociaciones más representativas y con el propio funcionamiento del Consejo de la Guardia Civil.



Señora presidenta, como decía al principio, hemos querido hacer un esfuerzo integrador y hemos incorporado, por el trámite parlamentario que SS.SS. conocen, diecinueve redacciones nuevas a otros tantos artículos, que suponen enmiendas
transaccionales a artículos completos del proyecto de ley y que ya tiene la Mesa. Me referiré brevemente a las mismas y los grupos parlamentarios han hecho referencia a ellas porque las conocían con tiempo suficiente. Hemos mejorado el derecho a
la intimidad y a la vida privada en el artículo 5, estableciendo garantías más serias, más democráticas, a la intimidad de los guardias civiles. De la misma manera, con la nueva redacción de los artículos 6 y 21, donde se conjuga el derecho de la
libertad de desplazamiento y circulación con el de residencia, creemos que somos más garantistas con dos cuestiones fundamentales, con los derechos propios de los guardias civiles como derechos fundamentales en cuanto a la residencia y con la
clarificación en cuanto a la libertad de desplazamiento. Al artículo 8 le hemos dado la vuelta relativamente, casi como si fuera un calcetín, escuchando y entendiendo las razones de todos los grupos parlamentarios respecto al reconocimiento del
derecho de reunión y manifestación e impidiendo que pudiera haber una discrecionalidad mayor a la lógica a la hora del establecimiento del derecho de reunión en los centros de trabajo.



En cuanto al derecho de asociación, artículo 9, hemos incorporado, con el sentir mayoritario de casi todos los grupos parlamentarios, el papel del asociacionismo no solo en la defensa de los intereses profesionales y sociales, sino también
de los económicos, porque son funciones que luego hemos dado al nuevo Consejo de la Guardia Civil, donde se puede discutir por parte de los representantes legítimamente elegidos del asociacionismo del mundo de la Guardia Civil sus condiciones, no
solo de trabajo, sino también económicas. Con respecto al derecho de sufragio, que antes era derecho de voto, hemos incorporado enmiendas de distintos grupos parlamentarios, tratando de mejorar el régimen del derecho al sufragio, a pesar de que,
como le decía anteriormente al señor Olabarría, el tema del sufragio pasivo no es un tema que venga a cuento en esta ley, sino que es una consecuencia directa de la Ley del Régimen Electoral General, que algún día pienso que habrá que cambiar con la
voluntad democrática y mayoritaria de todos los grupos parlamentarios.



En el artículo 28, como decía la señora Navarro, hemos incorporado -en este artículo que hace referencia al régimen de horario de servicio- dos temas fundamentales: el derecho profesional básico de los guardias civiles al conocimiento con
antelación suficiente de la jornada y el horario de trabajo y la posibilidad de compensar los excesos de trabajo realizado fuera del servicio, bien sea con horas extraordinarias, con pago en especie, o con otra serie de funciones. Hemos incluido en
el artículo 31 el derecho a la seguridad, tal como pedía el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, como un derecho profesional, porque la Administración General del Estado tiene que garantizar básicamente las condiciones de trabajo. Lo mismo
ocurre en la presentación de quejas.
Cuando un guardia civil es trasladado a un nuevo puesto de trabajo -artículo 34-, se tiene que mejorar la información que la propia Administración, los mandos y el propio guardia civil, le tienen que dar a este
profesional conociendo sus características. Al artículo 36 ya he hecho referencia anteriormente y, en cuanto al régimen económico, creo que hemos mejorado las posibilidades de recursos de los guardias civiles, pero manteniendo en todo momento algo
que nos parece fundamental en la financiación del asociacionismo en la Guardia Civil, que es la transparencia. No queremos que existan retribuciones opacas, que puedan en un momento determinado coartar la libertad del propio movimiento asociativo
de la Guardia Civil. Hemos mejorado los temas de los derechos y de la composición de las asociaciones, permitiendo que cuando un guardia civil que estaba ya afiliado o no a una organización asociativa de las características de las del proyecto de
ley pase a otra situación distinta, como puede ser la reserva o segunda actividad, si estaba afiliado antes a esa asociación pueda, según sus propios estatutos, seguir manteniendo su libertad de afiliación. Hemos mejorado los derechos de las
asociaciones profesionales representativas, en el sentido de que participarán en las reuniones de trabajo que establezca la Administración, y los derechos de los representantes.



Hemos hecho un gran esfuerzo tratando de aumentar las funciones que establecía el proyecto de Ley del Consejo de la Guardia Civil y anuncio, señora presidenta, que, con relación al texto que conocen SS.SS. en cuanto a que el Consejo de la
Guardia Civil tiene que tener conocimiento y ser oído en ciertas cuestiones, queremos que se incorpore esta frase: tener conocimiento y ser oído previamente en las siguientes cuestiones, como nos pedía la representante de Izquierda Unida.
Intentamos que el consejo sea eficaz y que lógicamente los temas que se vayan a discutir no se lleven a posteriori sin haberlos debatido antes, que sea donde se lleven con carácter previo antes de ser discutidos. Aceptamos una enmienda a la
disposición transitoria primera, que propone la convocatoria de las primeras elecciones al Consejo de la


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Guardia Civil, y anuncio, como hemos dicho anteriormente -y se la daré a los grupos parlamentarios, para que la conozcan-, una enmienda transaccional que se corresponde con la enmienda número 50, de Convergència i Unió, y la enmienda 72, del
Bloque Nacionalista Galego, respecto a la creación de un artículo nuevo en el que se establezcan los derechos de los miembros del Consejo de la Guardia Civil, que era un tema que no estaba recogido en el proyecto y que diferentes enmiendas
parlamentarias habían tratado.



Esta es la postura del Grupo Parlamentario Socialista y estas son las enmiendas que hemos presentado, tratando de hacer dos cosas: mejorar el proyecto y acercar posturas a los grupos parlamentarios. Nos parece, en definitiva, que la ley
que estamos aprobando tiene que ser una ley consensuada al máximo, no solo con los grupos parlamentarios sino con los destinatarios, a quienes van dirigidos los derechos y deberes de la Guardia Civil, que son los guardias civiles. Agradezco por
último -y de nuevo- el espíritu de cooperación y de colaboración de los grupos parlamentarios y esperamos que esta ley sea importante para la Guardia Civil cuando definitivamente sea aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado. (La señora
Sánchez-Camacho Pérez pide la palabra.)


La señora PRESIDENTA: Señora Sánchez-Camacho.



La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: Señora presidenta, una cuestión de procedimiento. Agradecería al señor Martínez Sanjuán que distribuyera esta última transacción a la que ha hecho referencia.



La señora PRESIDENTA: Vamos a suspender la sesión dos o tres minutos, para ordenar la votación. (Pausa.)


Reanudamos la sesión. Vamos a iniciar las votaciones.



El señor MALDONADO I GILI: Una cuestión, presidenta.



Yo he anunciado en mi intervención que la enmienda número 50, de CiU, sería transaccionada in voce con el Grupo Socialista, pero no la podemos aceptar la transacción porque falta un pequeño aspecto cuando habla de no discriminación en la
promoción profesional en razón al desempeño de los miembros del Consejo de la Guardia Civil. Nosotros pedíamos que no pudieran ser discriminados en promoción profesional desde el punto de vista económico. No es que haya una cerrazón del Grupo
Socialista, pero me dicen que no están autorizados en este momento a aceptar este añadido y por tanto CiU mantiene la enmienda número 50.



La señora PRESIDENTA: De acuerdo. Además, como Izquierda Unida ha pedido que esa enmienda se vote separadamente, la votaremos separada del resto de las que mantiene.



¿Más aclaraciones?


La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: Señora presidenta, pero se mantiene la redacción de este artículo en la transacción con el BNG ¿no?


La señora PRESIDENTA: Sí, sí.



La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: Se votará este artículo con la redacción del BNG más la enmienda número 50.



La señora PRESIDENTA: Convergència i Unió no entra en la transacción, sino que mantiene su enmienda. (El señor Martínez Sanjuán pide la palabra.)


Señor Martínez Sanjuán.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: A efectos de que conste en el 'Diario de Sesiones', lamento que el Grupo de Convergència i Unió no acepte la transacción porque era importante. Se trataba de incorporar un artículo que no existía, tan importante
como eso. Suponía recoger casi todo el espíritu de la enmienda número 50, además de la 72 del Bloque Nacionalista Galego.



El señor MALDONADO I GILI: Sin ánimo de reabrir el debate, porque no toca... (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: El debate ya está terminado.



El señor MALDONADO I GILI: Por alusiones. (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: Ya ha tenido su turno de palabra y ha explicado el mantenimiento de su enmienda.



El señor MALDONADO I GILI: Señora presidenta, por alusiones. El señor Sanjuán dice que se retira una cosa buena. Nosotros pedíamos que no afectara profesional ni económicamente, y al final de mi intervención he dicho que esperaba que
pudiéramos incorporar esta enmienda, tal y como la habíamos medio pactado, en el Pleno. No hay nada de filibusterismo político, señor Sanjuán.



La señora PRESIDENTA: Hemos finalizado el debate sobre las enmiendas y sobre las transaccionales. Cada grupo está en su derecho de mantenerlas y discutirlas próximamente si lo estima oportuno. Vamos a iniciar las votaciones de las
enmiendas. Prestemos un poco de atención, porque hay bastantes votaciones que realizar.



Empezamos con las enmiendas del Grupo Mixto. Como se ha pedido votación separada, votamos en primer lugar la enmienda número 60.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos ahora el resto de las enmiendas del Grupo Mixto. Son las números 52, 54, 57, 58, 59, 62, 64, 65, 70 y 73.



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La señora NAVARRO CASILLAS: Yo he pedido votación separada de algunas de ellas.



La señora PRESIDENTA: Las tengo aquí. Izquierda Unida pide votación separada de la número 52, que sigue viva. Por tanto, votamos la enmienda 52, del Grupo Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 33.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos separadamente la enmienda 54 del Grupo Parlamentario Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas 57, 58 y 59.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 35.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 62, 64 y 65, del Grupo Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 35.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda número 70.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos la última enmienda del Grupo Mixto, la número 73.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Quedan, por tanto, vistas las enmiendas del Grupo Mixto.



Pasamos al Grupo de Coalición Canaria. Vamos a hacer también votaciones separadas. En primer lugar, enmienda número 11, del Grupo de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos ahora la enmienda número 26, de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos a continuación la enmienda número 28, de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Enmienda número 30, de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Por último, votamos la enmienda 31, del Grupo de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 33; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Quedan vistas, por lo tanto, las enmiendas de Coalición Canaria.



Pasamos a continuación a las enmiendas de Izquierda Unida. Votamos, en primer lugar, las enmiendas 74, 75, 100 y 101.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Votamos ahora las enmiendas 82, 83 y 84, del Grupo de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas 92 y 93, de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 96 a 99.



La señora NAVARRO CASILLAS: Solamente queda la 98.



La señora PRESIDENTA: Votamos la enmienda 98.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Quedan por votar las enmiendas 102, 103, 106, 107, 108 y 110.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



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Pasamos a las enmiendas del Grupo Vasco. En primer lugar, la enmienda número 2.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos las enmiendas 3, 4, 5 y 6.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Señora presidenta, a las enmiendas 3, 4, 5 y 6 hay presentada una enmienda transaccional y el señor Olabarría ha manifestado su voluntad de aceptarla.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Voy a hacer la interpretación auténtica; puesto que se están invocando mis enmiendas, lo pertinente es que lo diga yo. Ya dije que cautelarmente, sin perjuicio de que en el Pleno aceptemos todas las transacciones
indicadas, mi grupo mantenía todas las enmiendas efectos de votación.



La señora PRESIDENTA: ¿Cuál quiere votar separadamente, señora Navarro?


La señora NAVARRO CASILLAS: La 7.



La señora PRESIDENTA: Tenemos que votar primero un grupo compuesto por las enmiendas 1, 3, 4, 5 y 6, y posteriormente la 7. Votamos este grupo de enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda número 7, del Grupo Vasco.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Entramos en las enmiendas de Esquerra Republicana de Catalunya, algunas de las cuales vamos a votar separadamente porque así nos lo ha solicitado el Grupo de Izquierda Unida.



Empezamos votando las enmiendas 167 y 168.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Señora presidenta, mi grupo parlamentario ha pedido votación separada de la 167 y 178.



La señora PRESIDENTA: La 178 está pedida separadamente pero en otro grupo de enmiendas.



El señor CERDÀ ARGENT: Señora presidenta, he dicho que retiraba la 181 y la 182 y mantenía todas aquellas que no estaban transaccionadas, es decir, la 166, 173, 174, 175, 177, 184, 189 y 190.



Si hay alguien que haya pedido votación separada sobre estas enmiendas, que se haga.



La señora PRESIDENTA: Se ha pedido votar separadamente todas ellas. Así que vamos a votar una a una.



Enmienda 166.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Enmienda 167.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 15; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos ahora las enmiendas 173 y 174.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos ahora la enmienda 175.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votación de la enmienda 177.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 35.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votación de la enmienda 178.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 15; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



A continuación votamos las enmiendas 188 y 190.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votación de las enmiendas 184 y 189.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Pasamos a las enmiendas de CIU. Izquierda Unida también ha solicitado votación separada de prácticamente todas las enmiendas.



La señora NAVARRO CASILLAS: Hemos pedido votación separada de la 44, 48 y 50.



La señora PRESIDENTA: El Partido Socialista también ha pedido votación separada de la enmienda 38.



En primer lugar, votamos la enmienda número 38 de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 15.



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La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Enmienda número 43.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cinco; en contra, 33; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Enmiendas números 44, 48 y 50.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 35; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Resto de las enmiendas que quedan vivas de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34, abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Pasamos a votar las enmiendas del Grupo Popular. ¿Se pueden votar juntas las enmiendas 115, 116 y 132?


La señora NAVARRO CASILLAS: No. Pedimos votación separada de la enmienda 115.



La señora PRESIDENTA: Votamos la enmienda 115 del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Enmiendas 116 y 132.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; en contra, uno.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



¿Podemos votar juntas el resto de las enmiendas? (Asentimiento.) Votamos el resto de las enmiendas que quedan vivas del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 21; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Con esto hemos terminado las enmiendas de los grupos parlamentarios.
Pasamos a votar las enmiendas transaccionales.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: ¿Podemos votarlas todas juntas?


La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: Señora presidenta, nosotros hemos solicitado la votación separada de todas las enmiendas.



La señora PRESIDENTA: Votamos una por una las transaccionales. Enmienda transaccional al artículo 5.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos la enmienda transaccional al artículo 6.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional tercera, al artículo 8.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos la enmienda transaccional al artículo 9.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos la transaccional al artículo 10.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos la transaccional al artículo 21.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional al artículo 28.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional al artículo 31.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional al artículo 33.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Transaccional al artículo 34.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional al artículo 36.



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Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional al artículo 37.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Transaccional al artículo 38.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Transaccional al artículo 39.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Transaccional al artículo 44.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Transaccional al artículo 45.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Transaccional al artículo 47.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Transaccional al artículo 54, con la modificación que se ha producido en la propia Comisión al añadir la palabra 'previamente'.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos la transaccional in voce número 19, que se ha presentado en Comisión, de artículo 56 bis nuevo, que afecta a la enmienda 72, del Grupo Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Por último, votamos la enmienda transaccional a la disposición transitoria primera.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Finalmente vamos a votar el informe del proyecto de Ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, el texto del proyecto que se ha enmendado, además de las enmiendas transaccionales, con las in voce u
ordinarias que se han aprobado en la sesión de esta Comisión.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.



Eran las dos y treinta y cinco minutos de la tarde.