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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 573, de 10/05/2006
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2006 VIII Legislatura Núm. 573

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª CARMEN MARÓN BELTRÁN

Sesión núm. 38

celebrada el miércoles, 10 de mayo de 2006



ORDEN DEL DÍA:


Celebración de comparecencia en relación con el proyecto de ley por la que se reconoce y regula la lengua de signos española y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y
sordociegas. (Número de expediente 121/000073.)


-Del señor presidente de la Asociación de Sordociegos de España, ASOCIDE (Álvarez Reyes). (Número de expediente 219/000587.) ... (Página 2)


-Conjunta de dos Josep María Segimon i Valentí y doña Esther Gálvez García, coordinador y miembro respectivamente de la Plataforma Pels Drets Lingüistics y Culturals dels Usuaris de la Lengua de Signos Catalana.
(Número de expediente
219/000588) ... (Página 8)


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-Conjunta de don Joan Martí Castell y don Josep Quer Villanueva, presidente y miembro respectivamente de la sección filológica del Institut d'Estudis Catalans. (Número de expediente 219/000589.) ...
(Página 15)


-Del señor catedrático de didáctica y organización escolar de la escuela Universitaria de Magisterio de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (Santana Hernández). (Número de expediente 219/000590.) ...
(Página
23)



-De la señora psicopedagoga Alonso Baixeras. (Número de expediente 219/000591.) ... (Página 29)


-Del señor lingüista Herrero Blanco. (Número de expediente 219/000592.) ... (Página 36)


Se abre la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.



CELEBRACIÓN DE COMPARECENCIAS EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCE Y REGULA LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA Y SE REGULAN LOS MEDIOS DE APOYO A LA COMUNICACIÓN ORAL DE LAS PERSONAS SORDAS, CON DISCAPACIDAD AUDITIVA Y
SORDOCIEGAS. (Número de expediente 121/000073)


-DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE SORDOCIEGOS DE ESPAÑA, ASOCIDE (ÁLVAREZ REYES). (REALIZA TODA SU INTERVENCIÓN EN LENGUA DE SIGNOS).
(Número de expediente 219/000587.)


La señora PRESIDENTA: Iniciamos las comparencias acordadas para el día de la fecha, continuando con el proyecto de ley por la que se reconoce y regula la lengua de signos y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas,
con discapacidad auditiva y sordociegas.



Empezamos con la primera comparecencia, de don Daniel Álvarez Reyes, presidente de la Asociación de sordociegos de España, Asocide. Siguiendo las normas que tenemos establecidas en la Comisión, damos la palabra al compareciente para que
realice su exposición por el tiempo que tenemos fijado y, a continuación, intervendrán los grupos. Les voy a pedir tanto a los comparecientes como a los portavoces concreción y que se ajusten a los tiempos que hemos indicado.



Tiene la palabra don Daniel Álvarez Reyes.



El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE SORDOCIEGOS DE ESPAÑA, ASOCIDE (Álvarez Reyes) (realiza toda su intervención en lengua de signos): Mi intervención está conectada con las cuestiones que se me indicaron para la celebración de esta
comparecencia. El documento lo he elaborado de forma global y solo espero que ustedes tengan un poco de paciencia porque mi interpretación tiene que ser consecutiva. Aunque manejo la lengua oral completamente, mi voz no es clara y seguro que
alguno de ustedes no me entendería directamente.



Permítanme que empiece por explicarles quién es una persona sordociega.
Una persona es considerada sordociega cuando en ella se combinan dos deficiencias sensoriales, la de la vista y el oído, que se manifiestan en mayor o menor grado, que
originan serias dificultades, problemas de comunicación únicos y necesidades especiales que se derivan de la dificultad para percibir de manera global y por tanto de interesarse y desenvolverse en todo su entorno. Como consecuencia de esta
privación sensorial las personas sordociegas nos vemos obligadas a enfrentar la vida con severos problemas de comunicación y de acceso a la información.
Estas dificultades se manifiestan en todos los ámbitos de nuestra vida, en la comunicación, en
la información, en el acceso a la educación, a la capacitación laboral, al acceso al empleo y a las actividades socioculturales. Algunas personas son totalmente sordociegas, es decir, sordas y ciegas, mientras que otros presentan algunos restos de
visión, de audición, o de los dos sentidos. En las personas que padecen sordoceguera congénita o en los que la padecen a muy temprana edad, la situación se complica porque la falta de comunicación puede hacer que no se desarrolle el lenguaje, lo
que puede originar problemas de personalidad y de conducta. Esto tiene como consecuencia que no les permite aprovechar al máximo los posibles restos de visión o audición que tengan. De todo ello podemos deducir que la sordoceguera es una
discapacidad singular que requiere estrategias y sistemas especiales de atención en todas las esferas y ámbitos a los que tenemos derecho como ciudadanos.



Esta ley, que tiene como objetivo el reconocimiento de la lengua de signos española y que regula el derecho


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al aprendizaje, conocimiento y su uso, es muy válida para las personas sordas, pero beneficia también a un buen número de personas sordociegas.
De forma general, la consideramos, muy positiva para las personas sordas y sordociegas. En
primer lugar, porque consolidad un sistema de comunicación específico que es válido no solo para las personas sordas, sino también para las personas sordociegas. Por otra parte, esta ley garantiza los recursos necesarios, así como los programas y
estrategias adecuados para las personas sordociegas. Por ello pensamos que va a ser muy beneficiosa para nuestro colectivo. No solo garantiza el uso de la lengua de signos, sino también que otra parte del colectivo de personas sordociegas pueda
tener acceso a los medios de apoyo a la comunicación oral.



Como elementos negativos de esta ley, quiero destacar que la definición de qué es una persona sordociega es muy escueta, hecho que puede causar problemas para entender la sordoceguera como un problema global de la persona, dificultando
entender todos los problemas que ésta comporta. Por otra parte, en algunos apartados del desarrollo de la ley se hace alusión solamente a las personas sordas, por lo que su lectura puede generar cierta confusión y la no comprensión de la
sordoceguera como única discapacidad. A modo de ejemplo, les voy a presentar algunos puntos en los que esto sucede. En el segundo párrafo de la exposición de motivos, apartado 1, donde se menciona: ...la ley reconoce la libertad de elección sobre
la forma de comunicación sobre las que optan las personas sordas, cualesquiera que sea su discapacidad auditiva... En este caso no se menciona en absoluto a las personas sordociegas. El cuarto párrafo de este mismo apartado habla de las personas
sordas que sean usuarias de la lengua de signos, porque no disponen de los recursos de apoyo necesarios para hacer posible la comunicación a través de la lengua oral, omitiendo a las personas sordociegas como posibles usuarias de la lengua de
signos.
Otro ejemplo es el segundo párrafo, apartado 3, página 4, que dice: ...la lengua de signos catalana, lengua propia de las personas sordas..., con lo que se vuelve a omitir a la persona sordociega que tiene este derecho.
Comento estos
ejemplos porque, según la redacción de la ley, estos puntos pueden llevar a equívoco pudiéndose considerar en la ley que las personas sordociegas somos un subgrupo dentro del colectivo de personas sordas, y no es así. De forma similar en el texto
se menciona el servicio de intérpretes de lengua de signos como grupo de profesionales, pero -excepto en la parte de definiciones- no se menciona a los guías intérpretes. Es imprescindible contar con la figura del guía intérprete y del servicio de
guía interpretación para personas sordociegas como algo diferenciado.



El grupo de personas sordociegas es muy heterogéneo y muy complejo debido a diferentes variables; la sordera y la ceguera no se combinan siempre de la misma manera. Hay factores tales como la etiología, el momento de aparición, el orden en
que aparecen las dos discapacidades y si hay alguna deficiencia añadida o no. Teniendo en cuenta estos factores y especialmente dos de las variables, las dos deficiencias que intervienen y el orden en que aparecen, podemos dividir a la población
sordociega en cuatro categorías principales: personas sordociegas congénitas y aquellas que adquieren la sordoceguera a una edad muy temprana; personas con sordera congénita que adquieren la ceguera en otra etapa posterior de su vida; personas
ciegas congénitas que adquieren la sordera en otra etapa posterior de su vida; y personas que han nacido sin ninguna deficiencia visual ni auditiva y que las han adquirido en el transcurso de la vida.
Esto quiere decir que las personas sordociegas
pueden comunicarse de muy diferentes formas. Hay que tener muy en cuenta este hecho, sobre todo en el caso de los niños sordociegos congénitos, en los que la situación es mucho más complicada. Cómo puede desarrollar el lenguaje una persona
sordociega congénita que en ningún momento tiene estímulos visuales ni auditivos? Ellos pueden manifestar una comunicación de tipo corporal y aquí es muy importante que tengan cerca un interlocutor válido que entienda lo que está manifestando y que
pueda dar respuesta a sus necesidades; de lo contrario, el proceso de la comunicación en estas personas quedaría parado y sin ninguna posibilidad de desarrollar el lenguaje.



Ahora me gustaría ser un poco práctico. Como ven ustedes mi traducción es consecutiva, pero lleva mucho tiempo. Voy a hacer una cosa que nunca he hecho, voy a pedir a mi intérprete que lea mi documento hasta el final.
Será también más
fácil para ustedes, y luego responderé a sus preguntas.



Para que el proceso de desarrollo de la comunicación tenga lugar en las personas con sordoceguera congénita es necesario contar con interlocutores competentes, capaces de -a través de la observación de una acción de la persona sordociega en
un determinado contexto- inferir su significado y ofrecer una respuesta, reacción, fácilmente perceptible, coherente y acorde con lo que la persona con sordoceguera espera para, poco a poco y en la medida de lo posible, desarrollar comunicación y
lenguaje y, siempre que sea posible, una lengua que generalmente es la lengua de signos. Esta función no forma parte del papel del guía intérprete, cuya intervención presupone el conocimiento de una lengua por parte de la persona sordociega y
también la capacidad de hacer elecciones y tomar decisiones. Las personas sordociegas congénitas necesitan de profesionales que actúen como mediadores en la interacción con el entorno, que les acerque al mismo y les facilite su conocimiento y
comprensión. En general, las personas sordociegas, en determinados momentos de cambio sensorial, procesos de aprendizaje de nuevas estrategias y de ajustes de la discapacidad, necesitan el soporte de esta figura. El mediador debe manejar con
fluidez diferentes sistemas de comunicación alternativos al lenguaje oral, en especial el de la persona sordociega con la que interacciona,


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además de conocer otros aspectos comunicativos, ser capaz de respetar las iniciativas y los intereses de la persona con sordoceguera con la que interviene y saber cómo conducir la relación sin dirigirla, con el objetivo de ofrecer la mejor
respuesta a las necesidades de esa persona.
La ley no contempla esta figura profesional en ningún momento.



En base a lo anteriormente expuesto, se concretan las siguientes propuestas: inclusión en el texto de la ley de una mejor definición que se ajuste más a la realidad de lo que significa ser sordociego, considerando los diferentes grupos de
personas sordociegas y sus distintas necesidades comunicativas; contemplar la figura del guía intérprete como profesional en lo que se refiere a las personas sordociegas; considerar la figura del mediador como profesional de especial relevancia en
la intervención con personas sordociegas; que la ley no deje lugar a confusión en cuanto a la sordoceguera como discapacidad con entidad propia, de acuerdo con la proposición no de ley 161/800, aprobada el 29 de noviembre por la Comisión no
permanente para las políticas integrales de la discapacidad del Parlamento español; que el centro de normalización lingüística contemple entre sus expertos a profesionales en el ámbito de la sordoceguera; habilitar la formación necesaria para
disponer de profesionales debidamente cualificados para atender no solo la enseñanza a través de la lengua de signos, sino de todos aquellos sistemas y formas de comunicación necesarios para las personas sordociegas. Todo esto requiere, además, una
estructura de servicios que pueda dar respuesta a las necesidades de las personas sordociegas, es decir, unidades o centros de recursos de ámbito nacional que puedan desarrollar el apoyo de programas educativos y de rehabilitación para las personas
sordociegas. Lo esperable, por lo tanto, sería una mejor inclusión de las personas sordociegas en la sociedad, el desarrollo de servicios educativos, de apoyo al empleo, de apoyo a la integración social y contar con los necesarios profesionales.
Las dificultades vienen dadas por la particularidad de la sordoceguera como discapacidad, por los recursos que requiere y las ratios que han de ser consideradas en la atención para el adecuado desarrollo de los programas que, en muchos casos son de
uno a uno, con el elevado coste que esto supone. En definitiva, la gran dificultad de generar la estructura necesaria para dar soporte a los servicios requeridos.



Les rogaría encarecidamente que leyeran tranquilamente el documento que a continuación les vamos a entregar y especialmente la parte de las propuestas. Este documento es fruto de muchos años de experiencia, llevamos muchos años trabajando
en este campo.



Me pongo a su disposición para las preguntas que quieran realizar.



La señora PRESIDENTA: Quiero darle las gracias por su magnífica exposición, por su colaboración y por la coordinación con sus intérpretes. Doy la palabra a los grupos parlamentarios que quieran intervenir.



Por el Grupo Popular inicia la intervención don Teófilo de Luís. Tiene la palabra.



El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: En primer lugar, me hago eco de la Comisión y de los demás grupos que se encuentran presentes al hacerle llegar nuestro agradecimiento por la colaboración que nos presta ilustrándonos en las especiales
dificultades del colectivo de sordociegos en España. En esta Cámara -lo decía en la anterior jornada que dedicamos a atender comparecencias en relación con este proyecto de ley- tenemos la sincera, honesta y leal intención de aportar lo mejor, cada
uno desde su punto de vista, para conseguir que esta ley sea útil, eficaz y que, de forma real, contribuya a la integración y a la incorporación de este grupo de personas discapacitadas en la sociedad. Desde hace muchos años mi grupo parlamentario
viene trabajando, dentro de sus posibilidades y conocimientos, en la consecución de este objetivo. La integración y eliminación de las barreras de comunicación para nosotros ha sido fundamental. La libertad de elección del método de la persona
discapacitada o su entorno familiar para franquear esa barrera de comunicación ha sido un eje en todas las políticas e iniciativas que hemos desarrollado tanto cuando hemos tenido responsabilidades de gobernar como cuando hemos estado en la
oposición. Creemos que la igualdad de opción para elegir las distintas posibilidades con el fin de acabar con la barrera de comunicación es algo fundamental. Como ha señalado el señor Álvarez, existen factores muy importantes para conseguir esa
integración social, como son los relacionados con la educación o la formación, considerando que el objetivo final del proceso no debe hacernos perder el horizonte. La incorporación en lo posible al mercado laboral tiene una aportación muy positiva
para el grupo de la discapacidad en general y, por supuesto, para las personas que tienen discapacidad auditiva, en este caso, las personas sordociegas. El ánimo de mi grupo -y así lo dije en la sesión anterior- es trabajar en equipo para conseguir
el objetivo que he comentado. Desde nuestro punto de vista, hemos conseguido algunos logros considerables.



En relación con la intervención del señor Álvarez, me gustaría hacerle algunas preguntas. No sé si hacerle todas las preguntas en cadena y luego darle el turno a él porque me imagino que sus intérpretes tendrán que ir tomando nota de las
que le quiero formular. En la sana intención de conocer la realidad del mundo de las personas sordociegas, queríamos saber si existen algunas estadísticas o datos referentes al número de personas sordociegas en España. Sería muy importante, para
conseguir el conocimiento real de la población afectada, saber en qué tramos de edades nos estamos moviendo. No son iguales las necesidades a atender, aunque todos tengan los mismo derechos, de un joven, un niño o una persona en edad de trabajar
que las de una persona al final de su vida. Las prioridades que deben marcarse las administraciones públicas para actuar sobre ello son también


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especiales. Don Daniel ha hecho referencia a la necesidad de estrategias y necesidades específicas. Esto es para nosotros de gran importancia en el objetivo que antes he señalado de hacer la ley real, eficaz y útil. Me gustaría, aunque en
su exposición ya ha recogido algunas cuestiones, que nos profundizara este aspecto. Ha señalado que la lengua de signos es un instrumento importante, destacando la utilización de lengua oral. Las dos opciones contempladas en la ley, que entiendo
deben ser complementadas con algo más en el caso de las personas sordociegas, es un planteamiento razonable y conveniente. Respecto a las carencias en la ley que ha señalado en la alusión única a personas sordas, eludiendo a las personas
sordociegas -como es su colectivo- mi grupo analizará no solo aquellas a las que ha hecho referencia, sino las que recoge el documento que nos van a repartir. Tenemos oportunidad de mejorar la ley, estamos en ese trámite y supongo que semejante
incorporación, venga de donde venga, podrá ser aceptada por la Comisión.



Si no he entendido mal, en el caso de las personas sordociegas existen dos necesidades: la del guía intérprete y la del mediador. Me gustaría saber si lo he entendido de forma equivocada o si es así. En función de las necesidades
específicas que tiene el colectivo, a efectos de mejorar las técnicas e investigaciones referentes a estas dos discapacidades que se solapan, una de las cuales es la necesidad de que al centro de normalización lingüística se incorporen especialistas
y trabajos científicos relacionados con el problema, parece natural que en ese centro se estudie y se analice las necesidades singulares de este colectivo. Ha hecho referencia a la necesidad de un esfuerzo de las administraciones públicas para que
-quizás debido a las necesidades singulares que superan las de las personas con discapacidad auditiva- se pongan en funcionamiento centros de referencia, tanto para el inicio de la expresión y comunicación de la persona sordociega, que, como antes
señalábamos, debe estar convenientemente apoyada por mediador y guía intérprete, y en fases posteriores, centros especiales o de referencia para su formación en los distintos tramos de educación y la formación necesaria para acceder al mundo del
trabajo. Este no es un detalle de carácter menor y me gustaría que nos ampliara, si es posible, la información al respecto.



Para terminar quiero decir que el Grupo Parlamentario Popular estudiará con todo detalle la información recogida en el documento. Algunas referencias que aquí se han hecho, como ya he indicado, son valoradas positivamente por mi grupo
parlamentario y esperamos poderlas incorporar al trabajo de esta Comisión en el trámite legislativo de la ley y conseguir que la integración de las personas sordociegas sea una realidad.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Heredia, por el Grupo Socialista. Les recuerdo a todos los portavoces que el tiempo de intervención acordado es cinco minutos y que la luz roja está para recordárselo.



El señor HEREDIA DÍAZ: Trataré, señora presidenta, de ceñirme a los cinco minutos.



En primer lugar quiero agradecer al señor Álvarez su intervención y el magnífico trabajo que realizan porque sin su esfuerzo -y eso nos consta- esta ley no podría llegar a serlo, en lo que se refiere a la sordoceguera. También le agradezco
el gesto que ha tenido de abreviar la comparencia dado el problema que tenemos de limitación de tiempo.



Me voy a ceñir a cuatro cuestiones. En la primera coincidimos con el portavoz del Grupo Popular: ¿Hay datos sobre el número de personas sordociegas que existen en nuestro país? Ha dicho asimismo que algunas personas tienen restos de
visión o de audición, dentro de esas categorías ¿existen estadísticas? Ha hablado de cuatro categorías definidas con relación a la sordoceguera en España; ¿existe algún dato al respecto? Ha dicho también que en la ley la definición de la
sordoceguera es bastante escueta. ¿Cuál sería la definición que le parece que debería recoger la ley con relación a las personas sordociegas? En tercer lugar, ha mencionado una serie de cuestiones que se deberían mejorar, pero a mí me gustaría
conocer su valoración global de este proyecto de ley aprobado por el Gobierno, proyecto de ley que es pionero en Europa y que constituye una reivindicación histórica del movimiento asociativo. La cuarta y última cuestión, para ceñirme al tiempo
establecido por la Presidencia, es ¿quién debería impartir las titulaciones del guía intérprete y del mediador y cómo deberían llevarse a cabo? Hemos tenido oportunidad de escuchar quién debería llevar a cabo la impartición de titulaciones para los
intérpretes, pero usted ha planteado la especificidad de esta cuestión para las personas sordociegas en lo que se refiere al guía intérprete y al mediador.



La señora PRESIDENTA: Señor Heredia, gracias por su brevedad. Quiero matizar que el tiempo lo ha fijado la Mesa, no la presidenta.



Voy a dar la palabra nuevamente al señor Álvarez Reyes. Debo decirle que el documento lo vamos a entregar a todos los grupos. De aquellas cuestiones que ahora, por no tener datos o por la razón que sea, no pueda contestar, nos puede hacer
llegar su opinión por escrito en los próximos días con toda tranquilidad.



El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE SORDOCIEGOS DE ESPAÑA, ASOCIDE (Álvarez Reyes) (Realiza toda su intervención en lengua de signos): En cuanto a la primera pregunta, sobre la estadística, es un tema bastante complejo. En principio,
una estadística necesita una definición de la sordoceguera, es decir, quién es una persona sordociega y quién no, de acuerdo a esa definición. Es un tema bastante complicado. Hay personas sordociegas que pueden tener resto visual y/o auditivo y
muchas veces la pérdida sensorial es degenerativa, los profesionales pueden valorar que esa persona deba ser atendida antes de que pierda sus sentidos;


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cuanto más pronto se es sordociego más difícil es la atención. Hace unos veinte años aproximadamente yo hice un intento de estadística que terminó con un dato de 340 personas sordociegas, pero tenemos un censo aproximado de 1.300 personas
sordociegas; por falta de tiempo y por otros muchos motivos es un trabajo que se ha de realizar de nuevo porque se ha quedado obsoleto. Dentro de la Unión Europea parecen estar de acuerdo en que, por cada 100.000 habitantes, 15 personas son
sordociegas, pero es muy difícil precisarlo porque dependemos de un censo, que ha de ser siempre flexible, y puede ser que alguna persona con problemas visuales y auditivos quede fuera de él. La cuestión de los grupos por edades también es un poco
variables porque ya he dicho que una de las variables más importantes es la etiología; por ejemplo, el grupo de sordociegos congénitos era más numeroso antes que ahora gracias a los avances de la medicina pero, precisamente gracias a estos avances,
ha aumentado el número de nuevos síndromes, son niños que en condiciones normales nunca hubieran nacido.
Se puede decir que aproximadamente un 10 por ciento son sordociegos congénitos, que son aquellos que adquieren la sordoceguera en edad
temprana. Luego un 40 ó 50 por ciento son personas que tienen un síndrome de Usher; este es precisamente el segundo grupo que he mencionado, las personas sordas congénitas que adquieren una deficiencia visual a lo largo de su vida, que tienen el
síndrome de Usher, una combinación de sordera congénita con retinosis pigmentaria, pero los efectos de esta retinosis no se manifiestan hasta que el niño es adolescente. Lo normal es que este grupo de personas esté dentro de la comunidad sorda y
que se comuniquen a través de la lengua de signos. Otro 40 por ciento son personas ciegas congénitas que tienen problemas auditivos. El grupo de personas que han nacido sin deficiencias sensoriales y que se quedan sordociegas en el transcurso de
su vida -grupo en el que yo me incluyo- sería un 10 por ciento. A nivel de franja por edades, el grupo más numeroso está comprendido entre los 35 y 65 años. Últimamente, con el aumento de la esperanza de vida, nos encontramos cada vez con un mayor
número de personas que se quedan sordociegas a partir de los 65 años.
Quiero decir que para confeccionar una buena estadística hace falta un trabajo conjunto de varias instituciones, porque la población sordociega está muy dispersa geográficamente,
es muy complicada su localización y hay un gran número de ellos, ya sean los propios usuarios o sus familias, que no reconocen ni aceptan ser personas sordociegas.



Prefiero explicar la segunda pregunta con un ejemplo. A nivel general, las necesidades específicas comunes son las necesidades de comunicación y el acceso a la información, cubiertas estas dos áreas es más posible acceder a todas las
esferas sociales. Yo hablo de necesidades específicas, por ejemplo, imaginen un alumno con síndrome de Usher que está estudiando en un colegio con otros alumnos sordos o bien en educación integrada -como he dicho anteriormente, la enfermedad es
degenerativa-; si durante el primer año el alumno puede estar con sus compañeros e ir aprendiendo, cuando va perdiendo visión empieza a necesitar adaptaciones a su comunicación, entonces aparece lo que llamamos la lengua de signos reducida, una
lengua de signos que se desarrolla dentro del campo visual de la persona. Si pierde definitivamente la visión se utiliza lo que llamamos la lengua de signos apoyada, que tendríamos que seguirla apoyando las manos en las del intérprete, no olviden
nunca que la lengua de signos es una lengua visual. En el caso de sordociegos congénitos, estos niños no tienen nada de autonomía personal, los padres no saben qué hacer con ellos y hay que empezar a plantearse cómo desarrollan estos niños la
comunicación sin estímulos visuales ni auditivos. Evidentemente han de trabajar en un aula específica, con una ratio muy determinada, para que el profesor pueda acceder a sus manos; el desarrollo de la comunicación solo puede ser táctil. Lo ideal
sería que cada niño sordociego pudiera tener un profesor para él; eso resulta difícil pero la necesidad es esa. Imagínense un grupo de diez niños sordociegos, sería imposible atenderlos con un solo profesional y no podrían desarrollar lenguaje.
Todo depende de sus características, pero para el desarrollo del lenguaje necesitan un programa muy estructurado, es decir, en un aula no debería haber nunca más de tres niños sordociegos. Son ejemplos de necesidades específicas pero hay muchas
más, dependiendo de cada grupo.



Nosotros hemos estado muchos años trabajando, junto con la confederación estatal de personas sordas, en la formación de intérpretes, y cuando los sordociegos pensamos en fundar nuestra propia asociación nos dimos cuenta de que también
necesitábamos intérpretes, sin ellos no podíamos hacer ningún tipo de actividad ni desarrollar ninguna reunión de junta directiva. Empezamos a formar a los primeros guías intérpretes en el año 1988. Básicamente tiene la misma formación que un
intérprete de la lengua de signos y nosotros les enseñamos las adaptaciones a la lengua de signos reducida, a la lengua de signos apoyada, el sistema de comunicación, como han visto, es el dactilológico y les enseñamos los diferentes sistemas de
comunicación. Los intérpretes son la base de nuestra independencia, son, gracias a la información visual y auditiva que nos suministran, nuestro vínculo para poder ir a diferentes sitios y tomar nuestras propias decisiones. La figura del mediador
es diferente, la persona sordociega congénita o una persona que se ha quedado sordociega necesita algún mediador porque esta discapacidad supone un cambio radical en su vida, tenga sistemas de comunicación adquiridos o no. El niño necesita de una
persona que le conecte con el entorno, no olvidemos que no se trata solamente de un problema auditivo sino de un problema visual. Con un mediador podemos saber qué está pasando, de qué está hablando; es un estímulo para que nosotros podamos
participar en el entorno. Esta figura es muy importante en los programas educativos, en los programas de adaptación o en talleres ocupacionales, por mencionar


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algunos ejemplos. Como ustedes comprenderán, el hecho de no ver ni oír nos impide controlar lo que está sucediendo en nuestro entorno, en los tiempos de ocio, por ejemplo, los niños sordociegos se vuelven completamente pasivos. Dada la
dificultad para adquirir información del entorno, un mediador es una figura muy importante en la educación de un niño sordociego, porque supone mucha más eficacia y desarrollo de comunicación y lenguaje, aparte de saber cómo funciona el mundo y
conocerlo.



El tema de la sordoceguera es aún muy desconocido en nuestro país. Cuando hablo de centros de referencia se relaciona con la dispersión que tenemos por todo el país y pensamos que la atención a personas sordociegas necesita un centro de
referencia o un centro de atención a nivel nacional que luego tenga unidades de atención a nivel regional, dependiendo de la población y de las necesidades que se detecten. Hablo de la necesidad de un centro de referencia porque, en general, la
población desconoce nuestro problema y no sabe dónde dirigirse cuando hay un caso. Ahora mismo donde se puede tener referencia específicamente sobre la sordoceguera es en la ONCE. Desde hace muchos años existe dentro de la ONCE la llamada unidad
técnica de sordoceguera, que cuenta con un equipo específico de profesionales especializados en distintas áreas de la sordoceguera. Pero todavía hay muchísimas necesidades por cubrir; por ejemplo, la formación profesional y el acceso al empleo de
las personas sordociegas. Hay mucho camino por andar y la verdad es que tenemos que agradecer mucho a la ONCE en este terrero porque esta organización se define como una sociedad para ciegos y de ciegos. Pero la atención dispensada no sabemos si
va a poder mantenerse siempre. Nuestra asociación de sordociegos de España ha estado trabajando durante muchos años tanto con la confederación estatal de personas sordas como con la ONCE y esta colaboración se ha mostrado muy fructífera.



Con respecto a la pregunta que me hacían sobre la definición en la ley de la sordoceguera, en la parte de definiciones figura una definición muy escueta. Se limita a decir que el colectivo de personas sordociegas está formado por personas
que tienen una combinación de las dos deficiencias, visual y auditiva, que origina problemas de comunicación, pero no dice nada más. Yo les he explicado que estamos formados por cuatro categorías principales y cada una tiene una serie de
necesidades muy específicas.
Creemos que es importante verlo de una manera más global. Como explico en el documento, nos preocupa que la lectura de la ley haga pensar que las personas sordociegas somos nada más que un grupo de las personas sordas
y eso no es así. La definición que yo propongo ha sido elaborada conjuntamente entre nuestra asociación de sordociegos de España y la asociación de padres de personas sordociegas y fue presentada en su momento para la elaboración de la proposición
no de ley para el reconocimiento de la sordoceguera como discapacidad específica. Entre los documentos que les vamos a entregar figura esta definición y la podrán leer todos ustedes. Me gustaría añadir que esta definición que les proponemos se
apoya en distintas definiciones de países europeos.



Sobre quién debe impartir la titulación de guías intérpretes y mediadores, la de los guías intérpretes ya está regulada. Gracias a la colaboración con la confederación estatal de personas sordas, los guías intérpretes están siendo formados
desde hace algunos años como intérpretes de lengua de signos y guías intérpretes para personas sordociegas. En este momento estamos trabajando con el Incual, para elaborar la cualificación profesional de este colectivo y para la normalización de
los profesionales que hasta este momento habían recibido una formación no reglada y que no tienen una titulación oficial. Hasta ahora, y desde hace unos quince años, la formación de estos profesionales ha sido una formación no reglada y, en el caso
de los guías intérpretes, impartida por la ONCE en colaboración con instituciones internacionales de mucho prestigio. Estamos convencidos de que la titulación y la formación de estos profesionales debe ser asumida por el Ministerio de Educación y
pensamos que deben estar a un nivel universitario; un curso de postgrado, por ejemplo.



Con respecto a la importancia de que al Centro de Normalización Lingüística se incorporaran especialistas relacionados con la sordoceguera, debo decirles que todos nuestros profesionales dominan la lengua de signos. La lengua de signos es
en general la base para el desarrollo de la comunicación y del lenguaje de una persona sordociega congénita y de las personas que padecen el síndrome de Usher. El hecho de que tengamos que enseñar la lengua de signos a los niños sordociegos y las
características de las personas sordociegas van a influir en su desarrollo del lenguaje y de la comunicación. La presencia de personas especializadas en sordoceguera, que conocen y dominan la lengua de signos, es muy importante dentro de este
Centro de Normalización Lingüística.



Valoración global de la ley. Menciono en el documento que es una valoración global positiva, sobre todo porque se nos menciona como beneficiarios a las personas sordociegas. Es cierto que hemos hablado de otra serie de aspectos negativos,
pero creo que los podríamos llamar mejor aspectos mejorables porque son aspectos importantes a tener en cuenta.



Posiblemente sea la primera persona sordociega que comparece ante SS. SS., ante un grupo de diputados, y eso ya es algo muy importante. Entiendo que no podemos ser demasiado exigentes pero sí que les pedimos por favor que estudien nuestras
propuestas, porque en muchas ocasiones se trata solamente de añadir un término: persona sordociega o guía intérprete.
Para nosotros, el aspecto más importante que habría que incluir sería el de la figura del mediador.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias señor Álvarez Reyes, por su concretísima exposición y por el


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esfuerzo conjunto. Agradecemos muchísimo su comparecencia, estoy segura de que será muy valiosa como primera experiencia y también como aportación a esta ley. Le repito nuestro agradecimiento por su colaboración en nombre de todos los
diputados de esta Comisión.



Si me permiten, dos cuestiones. La primera, que no tiene que ver con las comparecencias, es decir a las señoras y señores diputados que tendremos una reunión de Mesa y portavoces al finalizar esta sesión; a los diputados que no están en
este momento, agradeceré que se lo digan. La otra cuestión es que espero que el canal parlamentario esté funcionando correctamente con intérprete, para que todas las personas puedan seguir esta sesión, como me habían transmitido que querían
hacerlo.



Damos por finalizada esta comparecencia y daremos paso a la siguiente


-CONJUNTA DE DON JOSEP MARÍA SEGIMON I VALENTÍ Y DOÑA ESTHER GÁLVEZ GARCÍA, COORDINADOR Y MIEMBRO RESPECTIVAMENTE DE LA PLATAFORMA PELS DRETS LINGÜISTICS Y CULTURALS DELS USUARIS DE LA LENGUA DE SIGNOS CATALANA.
(Número de expediente
219/000588.)


La señora PRESIDENTA: Recibimos a don José María Segimon i Valentí. El tiempo lo va a compartir con doña Esther Gálvez por lo que les ruego se ciñan a los ocho o diez minutos cada uno para ajustarnos a los tiempos.



Tiene la palabra don José María Segimon.



El señor SEGIMON I VALENTÍ, DE LA PLATAFORMA PELS DRET LINGÜISTICS Y CULTURALS DELS USUARIS DE LA LENGUA DE SIGNOS CATALANA (realiza toda su intervención en lengua de signos): Gracias por habernos invitado a realizar esta comparecencia en
el Congreso. Primero hablaré de cómo se creó la Plataforma por la Lengua de Signos. Se creó en Barcelona, el 20 de diciembre de 2003, por parte de un grupo de personas sordas y oyentes para la defensa de los derechos lingüísticos de los usuarios
de la lengua de signos catalana. Existen cuatro objetivos básicos que la definen: en primer lugar se intenta hacer una evaluación y un seguimiento desde que se reconoció en 1994 la propuesta no de ley que promovía el conocimiento de la lengua de
signos catalana en los distintos ámbitos. En segundo lugar, velar por el estatus de la lengua de signos catalana frente a la invasión de signos procedentes de la lengua de signos española debido a la producción audiovisual que se está realizando en
esta lengua. En tercer lugar, realizar el papel de oposición frente a cualquier convenio o pacto que pueda ir en detrimento de la lengua de signos catalana y en cuarto lugar, avanzar hacia un estatus legal superior que el de la propuesta no de ley
de 1994, llegando a rango de ley con todos los requisitos vinculantes por los que se reconozca la lengua de signos catalana.



El funcionamiento de la plataforma no es el propio de una ONG ni de una asociación puesto que no tiene unas cuotas de ingreso ni tampoco representa a la comunidad sorda, solo representa a una comunidad de usuarios de lengua de signos
catalana, con una filosofía caracterizada por el sentido del humor, la tolerancia y una determinación de hierro para seguir defendiendo la lengua de signos catalana. No sabemos si conseguiremos estos objetivos pactados pero sí el orgullo de
pertenecer a un movimiento que está siendo motivo de inspiración en otras comunidades donde empiezan a defender su propia lengua. En relación a la ley de referencia, la plataforma presentó 55 enmiendas a los distintos partidos políticos catalanes
para defender y que estos defiendan la lengua de signos catalana.



Queremos explicar o ampliar información respecto a las lenguas de signos y las lenguas orales. Las diferencias de vocabulario y sintácticas existentes entre la lengua de signos catalana y la española son equiparables a las diferencias
existentes entre las lenguas orales española y catalana, incluso podríamos decir que entre las lenguas signadas catalana y española existen más diferencias. Queremos aclarar que no existe una correspondencia entre las lenguas orales oficiales en un
territorio con las lenguas signadas que se usen en ese territorio.
Como se puede ver en la pantalla en la franja de poniente, en Valencia y Cataluña, existe una situación de cooficialidad, en todo el territorio español hay cuatro lenguas oficiales
orales reconocidas -vasco, gallego, catalán y español- mientras que a nivel nacional solo existen dos lenguas signadas. En la pantalla vemos que la lengua de signos catalana está marcada en rojo. En la zona de Valencia, de Baleares y la franja
existe una situación de bilingüismo respecto a las lenguas signadas, se usan tanto la catalana como la española, sin embargo no afecta a la zona de Valencia. Aunque reconocemos la riqueza del conocimiento que aporta una lengua de signos española,
debemos afirmar que en Cataluña se usa exclusivamente la lengua de signos catalana -sin utilizarse la lengua de signos española- que actualmente está sufriendo una gran invasión de signos procedentes de la lengua de signos española, que interfieren
en la utilización de sus usuarios y conllevan a barbarismos. Estos proceden de la gran producción de materiales audiovisuales y libros elaborados por la confederación y de estudiantes que se desplazan a otras zonas del territorio español donde se
usa la lengua de signos española y que al volver diseminan estos signos adquiridos en las producciones diarias de la lengua de signos catalana. Quería mostrar esa desvinculación de las lenguas orales con las signadas con el ejemplo de Bélgica,
donde existen dos zonas con distintas lenguas orales: en la zona del sur, de Valonia, reconocen oficialmente la lengua oral francesa; en la zona norte, sin embargo, oficialmente está reconocida la lengua holandesa, pero esto no se corresponde


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con las lenguas signadas. Hace poco en la zona de Flandes se reconoció la VGT, lengua de signos flamenca, que es distinta a la holandesa. Aunque en el territorio se hable el holandés no se signa la lengua de signos holandesa, y en la zona
de Valonia se habla el francés pero tampoco se signa la lengua de signos francesa sino la lengua de signos francesa de Bélgica, que es distinta, aunque oralmente hablen el mismo francés que en Francia.



Creemos que es muy importante el reconocimiento de la lengua de signos catalana puesto que está siendo objeto de estudio en diferentes ámbitos a nivel universitario de la antropología lingüística, psicología neurolingüística, etcétera. En
estos ámbitos no se la vincula a una discapacidad sino que se la reconoce como una lengua en sí misma. También queríamos hacer una aclaración. En la ley se cita que la primera gramática básica de lengua de signos catalana se publicó en 2005.
Creemos que esto podría inducir a un error porque parecería que la lengua de signos catalana es novel e incipiente cuando en realidad existe desde hace años un gran número de investigaciones, publicaciones o exposiciones y se han elaborado cuatro
diccionarios de lengua de signos catalana; no es la única publicación existente sino que hay un gran número de publicaciones que la avalan.



En relación al título del proyecto de ley creemos que no es adecuado a su contenido puesto que al mismo tiempo se reconoce la lengua de signos y los sistemas de ayuda y ampliación a la comunicación. Reconocemos los sistemas de apoyo a la
comunicación oral pero consideramos que no pueden vincularse con el reconocimiento de una lengua de signos, deberían reglarse por una ley diferente, como podría ser la Liondan, ya que no puede establecerse parangón alguno entre unos sistemas de
ayuda a la comunicación oral y una lengua de signos. Consideramos y pedimos que siempre que en la ley se haga referencia a la lengua de signos española se mencione a continuación la lengua de signos catalana el mismo número de veces. El argumento
de que es más importante el uso que el nombre que se le dé podría llevar a una situación de asimilacionismo y debilitamiento de la lengua cuyo nombre se omite.



En relación al centro de normalización lingüística solicitamos que se denomine centro de normalización e investigación de lengua de signos y que se cree un centro de normalización e investigación de lengua de signos catalana a la par que se
cree el de lengua de signos española, que sea gestionado por instituciones de titularidad pública a nivel universitario para garantizar la neutralidad, los méritos y una situación democrática, evitando actitudes excluyentes y de monopolización de
algunas instituciones privadas, que se desarrolle con el máximo rigor científico que requieren sus usuarios y sea llevado a cabo por parte de profesionales procedentes de distintos ámbitos, es decir multidisciplinar, comprometidos en la tarea de la
normalización.
Consideramos que la institución pública más adecuada para gestionar este centro en Cataluña sería la Generalitat de Catalunya.



He terminado mi ponencia, cedo la palabra a mi compañera Esther.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra doña Esther Gálvez.



La señora GÁLVEZ GARCÍA, DE LA PLATAFORMA PELS DRETS LINGÜISTICS Y CULTURALS DELS USUARIS DE LA LENGUA DE SIGNOS CATALANA: Quisiera agradecer la oportunidad que se nos ha brindado a la plataforma de poder comparecer en el día de hoy ante la
Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales.



En primer lugar, nosotros queremos destacar una serie de aspectos positivos como es la sensibilidad por parte de los poderes públicos de la iniciativa legislativa propuesta, actualmente en tramitación parlamentaria, y que se convertirá en la
ley que reconoce la lengua de signos. También consideramos positivo el avance legislativo que supone la iniciativa legislativa histórica para la comunidad sorda y sordociega, dados los antecedentes legales que consideramos ciertamente obsoletos y
muy genéricos. En este sentido tendríamos que destacar la Lismi, Ley de Integración Social del Minusválido, una ley del año 1982 de la que destacaríamos que es muy genérica, que amalgama dentro de un mismo grupo diferentes discapacidades, cuando en
realidad es muy importante tener en cuenta la individualización y características propias de cada una.
Asimismo la Lismi tiene una concepción médico-rehabilitadora de las diferentes discapacidades. Han tenido que pasar más de 20 años para que se
apruebe la Liondan, de la que antes hablaba Segimon, que constituye un hito legislativo en comparación con la Lismi, teniendo en cuenta que su piedra angular podríamos decir que es la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la
accesibilidad universal. También entendemos que es la matriz que permite la gestación actual del proyecto de ley. Consideramos positiva la previsión de constitución de una comisión de seguimiento que se encargue de velar por las medidas del
presente proyecto de ley. Ahora bien, no nos quedan muy claro los términos y plazos en que estas medidas han de ser cumplidas y las consecuencias que puede tener el incumplimiento de las mismas.



Este proyecto de ley, aparte de tener aspectos positivos, cuenta con una serie de cuestiones negativas, de las que hablaba el anterior compareciente, que son mejorables; podríamos decir que nosotros -como plataforma- consideramos necesario
hacer una mención expresa del reconocimiento de la lengua de signos catalana en una ley de ámbito estatal y, de alguna manera, que las medidas que la ley estatal establece para la lengua de signos española sean observadas para la lengua de signos
catalana, correspondiendo a los poderes públicos catalanes la previsión y puesta en práctica de estas medidas. Entendemos que estamos hablando en


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todo momento de una igualdad de derechos en un Estado social y democrático de derecho. En caso de exclusión del reconocimiento de la lengua de signos catalana en este proyecto entendemos que se vulneran un conjunto de artículos a nivel
constitucional, legal, europeo e, incluso, internacional, -podemos mencionar el artículo 9.2, que habla de la igualdad real y efectiva que ha de corresponder a los poderes públicos-, removiendo, de alguna manera, esos obstáculos que impiden que a
los ciudadanos españoles no se les dé esa oportunidad de igualdad real. Las personas sordas y sordociegas catalanas son personas catalanas pero al mismo tiempo son personas españolas. Otro ejemplo es el artículo 14, que habla de la igualdad ante
la ley, sin que se pueda establecer, en principio, ningún tipo de discriminación por varios motivos, entre los que destaca la condición o circunstancia personal o social. Asimismo, a título de ejemplo, no podemos hablar de numerus clausus,
podríamos hablar de más artículos que se podrían llegar a vulnerar, mencionándolos en la misma exposición de motivos para justificar la creación de la ley como es el artículo 49, pilar de la integración de las diferentes personas con discapacidad, y
los poderes públicos han de amparar el disfrute de los derechos contenidos en el titulo I de la Constitución.



A nivel legal hay una serie de principios como son la accesibilidad universal, la no discriminación o la igualdad de oportunidades, que creeríamos también vulnerados en el supuesto de que la lengua de signos catalana no quedara mencionada en
un proyecto y futura ley de ámbito estatal. No podríamos olvidar que existe un conjunto de normativas a nivel europeo e internacional, como la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea así como el Convenio Europeo para la Protección de
los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales del Consejo de Europa, que establece la no discriminación por razón de lengua, entre otras cuestiones, o las normas uniformes en materia de igualdad de oportunidades para las personas sordas, de la
ONU, que establecen la igualdad ante la ley y la no discriminación.



Nosotros, entre las diversas enmiendas que ha comentado Segimon, propusimos en su día a los diferentes grupos parlamentarios la adición de un nuevo apartado al artículo 1, que precisamente hable de ese reconocimiento de la lengua de signos
catalana, correspondiendo al legislador y a los poderes públicos catalanes la previsión y puesta en práctica de las medidas que se contienen. La alusión que se hace en cuanto a la educación bilingüe es ambigua, poco clara y garantiza de una manera
poco efectiva la educación en el sistema bilingüe a los diferentes alumnos sordos en todas las etapas educativas. Nosotros, como plataforma, consideramos que la lengua de signos se ha de concebir como una ley vehicular que permita el aprendizaje,
el conocimiento, el uso y que pueda posibilitar el acceso a segundas lenguas, en este caso podríamos hablar de las lenguas orales. A título de ejemplo caben mencionar dos importantes documentos internacionales, uno de ellos ya lo he mencionado
antes pero en este caso lo hago en el apartado de la educación, que refleja el uso de la lengua de signos en el ámbito educativo, y en segundo lugar la Declaración de Salamanca, un importante documento de 1994, de la Unesco que habla de que se han
de tener en cuenta las distintas necesidades y características de los diferentes alumnos, y que se ha de hacer un diseño de los diferentes sistemas educativos adecuados a estas necesidades especiales.



Entendemos que es muy importante que en el proyecto y futura ley se mencione expresamente no solo a las personas sordas sino también a las personas sordociegas, personas que se comunican en la lengua de signos como lengua propia para acceder
a la comunicación y a la información en igualdad de condiciones que las personas oyentes. Además es necesario un reconocimiento explícito, una mención expresa, de la expresión usuarios de la lengua de signos, no se puede establecer un parangón
entre personas sordas y sordociegas, por un lado, y usuarios de la lengua de signos, por otro. Así como José María Segimon es una persona sorda, también se considera una persona usuaria de la lengua de signos, pero por otro lado hay usuarios de la
lengua de signos, profesionales, familiares, amigos, entre ellos las intérpretes que están trabajando en este momento, que no son personas sordas ni sordociegas pero son usuarias de la lengua de signos; por lo tanto no se les puede vetar el derecho
el uso, al aprendizaje o al conocimiento de la lengua. También hemos propuesto una enmienda que supone sustituir el verbo promover y otros afines, de connotaciones ambiguas, con un trasfondo laxo, por otros verbos que impliquen una conducta real,
efectiva y todo ello en garantía de los principios que ya he mencionado antes y que establece la Liondau.



Consideramos necesario garantizar la cobertura de los servicios de interpretación y de guía interpretación tanto de la lengua de signos española como de la catalana en todos los ámbitos de la realidad social, sin que ello se pueda limitar a
una solicitud previa del servicio o hacer depender de una serie de centros en los que se presten este tipo de servicio, todo ello en boga de los principios que antes hemos mencionado.
También es importante corregir la definición del artículo 4 h)
que se refiere a la definición del intérprete y habla del profesional que interpreta y traduce. Hay una incongruencia con las definiciones de interpretación y traducción. Hemos aportado una referencia, el libro Técnicas de interpretación de la
lengua de signos, de Esther de los Santos y María Pilar Lara Burgos, que entienden que la traducción se diferencia de la interpretación en que el acto de conversión del mensaje se hace principalmente a través de textos escritos, en cambio en la
interpretación se hace básicamente a través de enunciados orales o signados. Entendemos que se ha de mejorar la ley mencionando otros perfiles profesionales. El anterior compareciente ha hablado de la figura del mediador, nosotros también lo
concretamos, no solo en el ámbito educativo. A título


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de ejemplo -sin que ello no cree un precedente de que son figuras limitadas sino que hay muchas más figuras que se deberían incluir- mencionamos el mediador de carácter lingüístico, sociocultural, el educador sordo, el especialista en lengua
de signos española y en lengua de signos catalana, una nueva figura del intérprete educativo; y todo para garantizar que todas las personas sordas, alumnado sordo, personas sordas y sordociegas tengan un acceso a todos los servicios en igualdad de
condiciones con el resto de ciudadanos.



Hay una omisión clara del reconocimiento de la profesión de intérprete y guía intérprete. Nosotros entendemos que son figuras claves para el acceso a la comunicación y a la información de las personas sordas y sordociegas en condiciones de
igualdad con los ciudadanos oyentes. Quizás no es este proyecto de ley un cuerpo legal adecuado, pero entendemos que se debería hacer una regulación jurídica aparte, en la que se tengan en cuenta todos los aspectos relacionados con la profesión de
intérprete y guía intérprete, demandando por eso una regulación omnímoda. De una manera muy específica, pero no menos importante, es curioso que los diferentes ámbitos como educación, sanidad, ocio o cultura se establecen como bienes, servicios a
disposición del público pero en uno de ellos, que es la formación y el empleo, la mención a los servicios de interpretación no se hace. Entendemos que una interpretación restrictiva de la norma puede suponer una desventaja dentro de este ámbito en
relación a los mencionados anteriormente. Por último, entendemos que de una manera específica en el artículo que se refire a la prestación de los servicios de intérprete en el ámbito jurídico se hace mención al artículo 143 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, que regula específicamente esta figura dentro de los procesos judiciales civiles pero no menciona el artículo que hace referencia a la figura del intérprete en los procesos judiciales penales. Aquí hay un desglose de artículos
y se habla del 398, cuando la persona sorda actúa como imputado, y el 442 de la Lecrim, cuando la persona sorda actúa como testigo.



La señora PRESIDENTA: Tienen la palabra los grupos para sus intervenciones. Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), el señor Olabarría tiene la palabra.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Quiero agradecer a los comparecientes su lúcida exposición.



Ha resultado particularmente ilustrativo lo comentado por ambos en relación a un problema que nosotros exponemos aquí con cierta recurrencia, la posibilidad de que tengan umbrales comunes que se interfieran entre sí dos leyes que se van a
tramitar casi simultáneamente, la ley que regula la lengua de signos y la llamada ley de dependencia, hasta el punto que en esta última también se consignan medidas prestacionales de ayuda sobre todo a personas -podrían ser las sordociegas- que
requieren de forma permanente la ayuda y la compañía de la guía intérprete. Ahí puede haber problemas de superposición legislativa sobre los cuales los comparecientes nos han adelantado algunas pistas, sobre todo en relación a la caracterización de
esta discapacidad en el ámbito normativo, que es el que nos corresponde. Desde esa perspectiva les agradezco su ilustración, sus palabras y estas propuestas de mejora que no carecían de un fundamento crítico muy razonable.



El que les habla pertenece al Partido Nacionalista Vasco, por lo que hay una particular empatía en esas reflexiones originarias relativas a la defensa de la lengua cooficial. A nosotros nos parece que algunas veces rayan en el delirio
algunas reflexiones que se hacen sobre los peligros que en algunas comunidades autónomas sufre la lengua española, es algo que tiene un punto de paranoia política que nosotros no podemos dejar de denunciar; peligro de la lengua española que está
hablada en estos momentos por más de 400 millones de personas en todo el mundo, peligro provocado por la potenciación de lenguas como el euskera, que cuando se inició la transición democrática española, prácticamente estaba en trance de desaparecer,
estaba languideciendo irreversiblemente. Desde esa perspectiva yo me comprometo a luchar por las lenguas minorizadas. El catalán, afortunadamente para los catalanes, no lo ha sido nunca, mientras que el euskera ha sido brutalmente reprimido hasta
el punto de su casi desaparición. Afortunadamente se está recuperando y vemos que esta lucha se tiene que incorporar a la defensa de la lengua de signos en euskera. Cuentan, desde esta perspectiva con nuestra adhesión, no incondicional, sino le
diría que entusiasta.



La señora PRESIDENTA: Disculpe, señora García, era usted la primera. Tiene la palabra.



La señora GARCÍA SUÁREZ: En primer lugar quiero dar la bienvenida y agradecer la exposición que nos han realizado don José María Segimon y doña Esther Gálvez. Quiero reconocerles que se aprecia, tanto por su exposición como por toda la
documentación que nos han hecho llegar, un trabajo en profundidad, horas, días y seguramente años sabiendo muy bien lo que están haciendo y reflexionando de una manera profunda sobre la materia que hoy estamos debatiendo. Este trabajo es importante
para la ley que ahora estamos debatiendo pero sin duda para la mejora de todas las personas en situación de sordera y de otras características. Quiero animarles a que continúen en esta línea porque es una de las cuestiones que más benefician al
conjunto del colectivo, al margen de cómo salga aprobada esta ley.



Vamos a estudiar muy a fondo sus propuestas, algunas de las cuales ya les adelanto que las hemos incorporado en cuanto a que las asumimos como enmiendas dado que ustedes hace tiempo que han hecho llegar sus propuestas. Muchas de ellas son
claramente mejoras técnicas que estoy convencida que van a ser asumidas por diferentes grupos porque significan una mejora de la expresión lingüística que asegura, por tanto, una mejor redacción


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y entendimiento, lo que tiene una consecuencia en las garantías de derecho. En una ley realmente es muy importante lo que decimos, cómo lo decimos y cómo lo reflejamos porque después va a tener una consecuencia lógica en el desarrollo de
esa ley.



Yo no voy a obviar tampoco una cuestión que quizá sea el núcleo que más les preocupa y que hoy lo han expresado con suma claridad, el reconocimiento de la lengua de signos catalana y su mención expresa en la ley. No me voy a extender porque
ustedes lo han explicado, argumentado y concretado muy bien en su propuesta. Le seré sincera, estamos estudiándolo con mucho detenimiento ayudados por expertos tanto a nivel jurídico como constitucional en el sentido que ustedes comprenderán. ¿Por
qué? Porque queremos ser absolutamente coherentes con el mandato constitucional pero también queremos ser rigurosos -hablo como diputada por Cataluña- con los derechos competenciales de los poderes públicos de Cataluña, no vamos a dudar de que la
defensa de estos preceptos va a ser lo que va a imperar a la hora de la defensa final por nuestra parte de unas enmiendas u otras. En estos momentos no tenemos todavía el dictamen final, aparte de otros muchos dictámenes que se están trabajando a
otros niveles y que vamos a considerar. Estamos hablando de un tema muy importante, estamos debatiéndolo en un momento históricamente significativo, por un lado -como comentaba el señor Olabarría- estamos empezando el trabajo parlamentario de la
Ley de la Dependencia y, por otro lado, estamos en un debate estatutario, es decir, estamos en un momento en que a la hora de ir legislando nuevos derechos debemos ser coherentes al máximo con este marco general que estamos elaborando.



Solamente quiero decirles que ha sido una satisfacción tenerles con nosotros en esta comparecencia, que seguiremos en contacto y les mantendremos informados de nuestras enmiendas en el momento en que finalmente decidamos cuáles presentamos y
de qué manera lo hacemos.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra don Pere Grau, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



El señor GRAU I BULDÚ: Como vocal adscrito a esta Comisión tengo el encargo de excusar al portavoz de nuestro grupo, Carles Campuzano, que está en la grabación de un programa sobre la reforma laboral, que también tiene mucha importancia.
También tengo el mismo encargo por parte de Joan Tardá que está con él en este programa. Ambos leerán su intervención en el 'Diario de Sesiones' de esta Comisión.



Debo sumarme al agradecimiento por su comparecencia, por la claridad, la concisión y el rigor que han presentado en toda su exposición y en los puntos que han manifestado. Como ha dicho la anterior compareciente, se ve que han trabajado el
tema, que lo hacen con ganas y con entusiasmo y que, en definitiva, llevan a esta Comisión el debate de una realidad que existe, una realidad lingüística que no solamente se da en el lenguaje oral, también se produce en el lenguaje de signos y que,
por lo tanto, la ley que se está tramitando tiene que contemplar.



Para mayor profundidad me gustaría que nos hablaran de su experiencia o al menos de la convivencia del bilingüismo de signos que se da en la franja, en el límite entre Cataluña y Aragón, y en las Illes Balears para, de alguna forma, tener
una idea un poco más concreta sobre cómo conviven dos lenguas de signos en un mismo territorio y saber cómo establecer los temas competenciales con respecto al uso de una lengua distinta de la española frente a la lengua de signos catalana en un
territorio.



Nos han explicado todo lo que corresponde a la Constitución, la Lismi y las regulaciones que provienen de este Congreso. Hoy también se va a aprobar el Estatuto de Cataluña y, al hilo de los atributos competenciales, el nuevo Estatuto
contempla de alguna forma los derechos de la lengua de signos como identidad catalana. ¿Ustedes ven algún tema que haya que reflejar en la ley que estamos tramitando respecto a la cuestión competencial del Estatuto o que en las enmiendas que
podamos presentar tengamos que tener especial sensibilidad en que estos apartados del Estatuto tengan su plasmación en la ley que establecemos aquí?


Reitero mi agradecimiento por su comparecencia y rigor, nos mostramos completamente a su disposición para hacer una ley que contemple su realidad y para que podamos al mismo tiempo llevar con esta claridad, tanto a la ley como a los
organismos que corresponda, sus derechos y la plasmación de esta cultura de lengua de signos, que, como han explicado ampliamente, tiene ya un largo caminar y debe continuar en un futuro.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor De Luis.



El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: Más allá de la mera fórmula de cortesía, mi grupo se suma al agradecimiento de los demás por la presencia de los comparecientes que creo ilustran y enriquecen a los que, con el mejor de nuestros intereses,
intentamos mejorar en el trámite legislativo el contenido de la ley que ha remitido a la Cámara el Gobierno.



En relación a la primera intervención, del señor Segimón, quería hacer unas preguntas muy concretas para que no me pase lo de antes, que he sobrepasado el tiempo que tenía disponible. Quería hacerle una reflexión exclusiva al señor Segimón.
En el Grupo Parlamentario Popular, como hemos tenido como idea muy clara desde hace muchos años que a los efectos de ayudar al colectivo de discapacitados auditivos en general y a las personas sordociegas era fundamental eliminar las barreras de
comunicación, creemos que cualquier instrumento, método o lengua que se pueda utilizar para conseguir su plena incorporación a la sociedad es perfectamente válida. Nosotros creemos que la opción de que un discapacitado


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auditivo use la lengua de signos española o la catalana, o cualquier otra que pueda surgir -como en algún momento insinuaba el señor Olabarría-, o la expresión oral, es indiferente porque lo importante es conseguir la plena realización de la
persona con discapacidad auditiva. Lo que hay en el trasfondo de esta ley es parte de esa filosofía que ha defendido mi grupo en los últimos años.



De una forma más concreta, el señor Segimón ha comentado, al hablar de la tradición de la lengua de signos catalana, que ya iban por el cuarto diccionario. En alguna parte, concretamente la Confederación Nacional de Sordos, se nos ha
explicado que la lengua de signos es una lengua viva, que va incorporando signos de una forma continuada, a lo mejor es una lengua más dinámica que algunas que tienen una tradición más larga como puede ser la lengua castellana. Quería que me
contestara concretamente si la lengua catalana de signos es una realidad; el señor Olabarría ha hecho una referencia a la necesidad o a ver con simpatía la posibilidad de desarrollo de una lengua de signos en euskera, es evidente que ese es un
proceso normal que se puede estar produciendo. Yo quería que me confirmara si esa dinámica de nuevas lenguas de signos que vayan apareciendo en aquellos territorios o comunidades autónomas con lenguas reconocidas oficialmente puede ser un proceso
real.



También tengo que aclarar la reflexión que ha hecho el señor Segimón en cuanto a no compartir el título de la ley. Antes le he dicho que lo importante es romper la barrera de comunicación, pero también es muy importante para el que usa la
expresión oral, el no signante, que en alguna parte se le reconozcan sus necesidades y sus apoyos. Por eso creo que la ley está perfectamente equilibrada y es una de las grandes virtudes de la ley.



Respecto a la intervención de la señora Gálvez, le agradezco el reconocimiento de que el origen de la ley que nos ocupa es la Ley de Igualdad de Oportunidades del año 2003. Por las reflexiones que ha hecho en cuanto a los plazos que en la
ley figuran y respecto al uso de algunos verbos como promover, daba la sensación que la señora Gálvez quería que fuera algo más taxativo y eficaz, algo que no se quedara en una declaración de voluntad. Mi grupo parlamentario trabaja en esa línea,
tanto en plazos como en los otros términos, y estoy seguro que apreciará nuestro esfuerzo por que la ley realmente sea un instrumento útil para la integración y para garantizar las oportunidades en términos de igualdad de los discapacitados
auditivos.



La portavoz que me ha precedido ha hecho una referencia, el reconocimiento en una ley estatal de una ley de signos catalana quizás exceda el ámbito competencial de la Administración general y tenga que ser, como aquí se dice, en el ámbito
del territorio que corresponda, y por eso se remite a la comunidad autónoma.



Para terminar, señora presidenta. Habla de garantizar en todos los ámbitos las necesidades físicas, y esto lleva a unas preguntas: primera, ¿cuál es el número de usuarios de la lengua de signos catalana? Segunda, ¿se supone que la lengua
de signos catalana puede ser utilizada en cualquier otra parte del territorio nacional o solamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña? Y tercera, ¿tienen ustedes una estimación aproximada, garantizando el uso de la lengua de signos
en todos los ámbitos, de las necesidades físicas, cuántos intérpretes o traductores de lengua de signos tendrían que existir para satisfacer en términos aceptables su demanda?


La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra por el Grupo Socialista la señora Esteve.



La señora ESTEVE ORTEGA: Quiero agradecer en nombre de mi grupo a Josep María Segimón y a Esther Gálvez su presencia, sus aportaciones y su trabajo por el reconocimiento de los derechos y la igualdad de oportunidades para la lengua de
signos catalana. Creo que están haciendo un trabajo muy importante desde el tiempo en que se constituyeron como un grupo con estos objetivos que hoy nos han señalado. Al igual que mis compañeros quiero destacar la importancia que hemos dado a sus
aportaciones, realmente es un trabajo exhaustivo y profundo, cuando nos reunimos en Barcelona ya lo manifesté, va a ser un material de trabajo importante para la constitución de la ponencia, para cuando los diferentes grupos empecemos a trabajar,
porque no solo se han detenido en la lengua de signos catalana, han ido mucho más allá, plantean una serie de enmiendas que son mejoras técnicas que nos ayudan a profundizar en la mejora del texto.



Han comentado en su intervención cómo buena parte de la regulación que en estos momentos está en marcha -la Liondau es de 2003- fue un gran avance, como también la ley que actualmente estamos elaborando, la ley de la dependencia. Es verdad
que si lo analizamos existen intersecciones entre una y otra, entendemos que esto es bueno y que quizá tendremos que referirnos en alguna parte del articulado, cuando hablemos de la lengua de signos, a la ley de la dependencia y viceversa para poder
dar coherencia a ambos textos. Me parece que ustedes comentaban esto, yo lo he recogido y sería inteligente hacerlo así ya que es muy difícil cortar o acotar cuando ambas normativas van a tener por fuerza relación.



Otra cuestión que quería señalarles es respecto a su objetivo, preservar la lengua de signos catalana como el valor cultural, histórico y lingüístico. Han hablado de la cooficialidad ¿cómo entienden ustedes la cooficialidad? ¿Lo entendemos
igual que cuando hablamos de catalán y castellano? ¿Ambas lenguas deberían ser cooficiales en Cataluña a pesar de que en Cataluña no se utiliza la lengua de signos española? ¿Cómo analizan el valor de la cooficialidad? Estas cuestiones las
encadeno con las competencias, es verdad que este texto actual ha tenido borradores precedentes y que este último, después de un informe del Consejo de Estado, solo podía regular la lengua de signos española y hacer mención a la catalana


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para que fuera en la comunidad autónoma donde se regulara. El texto ha intentado ser muy escrupuloso. ¿Creen ustedes que se debería ahondar en la lengua de signos catalana cuando estamos hablando en el actual texto de ser muy escrupulosos
con las competencias? ¿No creen que sería suficiente si obtenemos una buena regulación en Cataluña, una lengua de signos catalana con toda su memoria económica, con unos objetivos claros, desarrollando lo que va a constar en el Estatuto de Cataluña
y en la ley de servicios sociales que se está debatiendo en el Parlamento de Cataluña?


Finalmente, una observación. Los mapas son excelentes pero se han olvidado de Canarias, mi compañera canaria comenta que han desaparecido, creo que ha sido un lapsus pero también quiero mencionarles que en Canarias existe una comunidad muy
organizada.



De nuevo, muchas gracias, saben que tienen la colaboración y el compromiso de mi grupo.



La señora PRESIDENTA: Para contestar, tiene la palabra el señor Segimón.



El señor SEGIMÓN I VALENTÍ, DE LA PLATAFORMA PELS DRETS LINGÜISTICS Y CULTURALS DELS USUARIS DE LA LENGUA DE SIGNOS CATALANA (realiza toda su intervención en lengua de signos): Creo que responderá simultáneamente a algunas preguntas y luego
continuará Esther, que responderá a las cuestiones legales.



Es verdad que en dos años y medio la plataforma ha trabajado mucho pero ha sido gracias a sus componentes, ha sido un movimiento abierto en el que todos eran usuarios, tanto oyentes como sordos, profesionales en diferentes ámbitos, incluso
taxistas o catedráticos, nos hemos mezclado de diferentes profesiones y distintos territorios, lo que ha comportado un beneficio de argumentos y un enriquecimiento.



En relación a la posibilidad de la creación de nuevas lenguas de signos en distintas áreas territoriales no podría dar una contestación exhaustiva, pero como persona que ha pertenecido toda su vida a la comunidad sorda puede decir que
siempre han existido de forma clara dos lenguas de signos, la española y la catalana, debido a un motivo educativo; básicamente había dos centros escolares, uno en Madrid y otro en Barcelona, donde se congregaban estudiantes de distintas zonas. En
lo referente al País Vasco no sabría exactamente decir lo que sucede, sé que existe un ciclo de grado superior que tiene el mismo currículo y asignaturas y en el que se reconoce la lengua de signos española y el País Vasco tiene el mismo ciclo donde
se imparte la asignatura de lengua de signos española. En Cataluña, sin embargo, este ciclo formativo de interpretación de lengua de signos de grado superior incluye dos lenguas de signos, la lengua de signos catalana, con una mayor extensión y
trabajo, y con un número menor de horas la lengua de signos española. En el resto del Estado solo se imparte la asignatura de lengua de signos española.



En relación al título de este proyecto, que consideramos incoherente con el contenido, no significa que no aceptemos los medios ténicos de apoyo a la comunicación oral, lo que pedimos es un cambio de nombre, debiendo denominarse ley de
personas sordas. Si equiparamos el título y lo llamamos ley de reconocimiento de la lengua de signos junto a las ayudas técnicas y apoyos a la comunicación oral, consideramos que debería desarrollarse en dos leyes independientes; es decir, si
queremos mantenerlo bajo un mismo título debería llamarse ley de personas sordas, por ejemplo.



Se me ha solicitado el número de usuarios de lengua de signos catalana, y según fuentes de la federación y otras instituciones se dice que hay 25.000 usuarios, de los cuales 6.000 u 8.000 serían personas sordas y el resto personas oyentes.
Anecdóticamente parece que el número de usuarios es mayor que el número de usuarios de la lengua danesa.



En relación al reconocimiento de la lengua de signos catalana, en el Estatuto se ha recogido ese reconocimiento pero en los principios rectores, es decir, no es vinculante sino que aconseja el uso. Nosotros creemos que debería incluirse en
derechos lingüísticos. De igual forma el Estado, en esta ley, debería reconocer la existencia de la lengua de signos catalana y posteriormente que en Cataluña se desarrollen y creen leyes que reconozcan la lengua de signos catalana.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Gálvez.



La señora GÁLVEZ GARCÍA, DE LA PLATAFORMA PELS DRETS LINGÜISTICS Y CULTURALS DELS USUARIS DE LA LENGUA DE SIGNOS CATALANA: Respondiendo tanto a Esperanza como al diputado del PP, nosotros entendemos que la lengua de signos catalana es un
patrimonio cultural catalán, con unas características específicas, pero, antes de plantearnos una cuestión competencial, entendemos que sobre todo es un tema de derechos, que no por estar en esas disquisiciones competenciales mirando a quién le
corresponde la regulación de una ley pueden olvidarse los derechos de las personas. Entendemos que no es fácil, hemos llevado a cabo una labor de consultas, ya que no somos expertos en la materia, para ver cómo va a quedar el reconocimiento de la
lengua de signos catalana, pero nosotros, como grupo de personas exigentes realizando un riguroso trabajo, no nos conformamos con que se nos diga que es un tema de competencias sin que se argumente explícitamente. Lo que intentamos hacer cuando se
planteó la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía catalán fue plantear la regulación de la lengua de signos catalana en el apartado de derechos lingüísticos y no en el de principios rectores, en un artículo 50.6 que recoge ideas y principios
que orientan y rigen ciertas políticas, pero a nosotros no nos sirve de gran cosa. Aplaudimos el gesto político en comparación con el Estatuto de 1979 en el que no se regulaba y para nosotros


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supone un gran avance pero, repito, somos muy rigurosos y nos gustaría que la lengua de signos catalana tuviera el estatus jurídico que se merece.



Respecto a cómo nos gustaría que quedara el Estatuto de Autonomía de Cataluña en relación con la lengua de signos, nos gustaría realmente que se hiciera un cambio y que se transportara del articulado referente a los principios rectores a
aquel que habla de los derechos lingüísticos y, volvemos a repetir, el hecho de que se reconozca en una ley estatal la existencia de una lengua de signos catalana, pues en la misma exposición de motivos se hace referencia a la existencia de una
lengua de signos catalana. Simplemente queremos que desde un ámbito nacional la lengua de signos catalana quede reconocida y, como nos han dicho las diputadas catalanas, que sea la Generalitat catalana la que se encargue de hacer toda la regulación
pertinente en relación con la lengua de signos catalana.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias de nuevo a los dos comparecientes por su aportación a esta ley.



-CONJUNTA DE DON JOAN MARTÍ CASTELL Y DON JOSEP QUER VILLANUEVA, PRESIDENTE Y MIEMBRO RESPECTIVAMENTE DE LA SECCIÓN FILOLÓGICA DEL INSTITUT D'ESTUDIS CATALANS. (Número de expediente 219/000589.)


La señora PRESIDENTE: Comparecencia conjunta de don Martí Castell y don Josep Quer. Inicia la comparecencia don Joan Martí. Ya conoce los tiempos y la fórmula y, por tanto, sin más dilación tiene la palabra.



El señor MARTÍ CASTELL, DE LA SECCIÓN FILOLÓGICA DEL INSTITUT D'ESTUDIS CATALANS: Quiero manifestar que lamento que no sea posible que les hable en lengua catalana y que espero que en un día no lejano se puedan utilizar todas las lenguas
oficiales del Estado en sedes como ésta en la que hoy nos encontramos. Lo digo sin enfado, solo con esperanza.



En primer lugar, quiero agradecer la invitación que han cursado al Institut D'Estudis Catalans para que intervenga en esa sesión informativa. Supone por parte del Congreso de los Diputados un reconocimiento de la labor de investigación en
el ámbito lingüístico y sociolingüístico que dicho institut realiza. Muchas gracias.



Dado que SS.SS. tienen previsto y me han remitido un cuestionario que facilita la intervención, procuraré seguirlo escrupulosamente. Primero, los elementos del proyecto de ley que considera positivos. Vivimos en un mundo basado
excesivamente en el economicismo y la inmediatez en los resultados materiales y tangibles de cualquier iniciativa. A pesar de que definimos la sociedad del siglo XXI como la de la información y el conocimiento, olvidamos con demasiada frecuencia
utilizar los avances en la investigación en provecho del bienestar de las personas. Entiendo que es altamente positivo que, en ese marco, se explicite el reconocimiento oficial de las lenguas de signos y que se adopten medidas que garanticen los
derechos de sus usuarios en múltiples ámbitos. El proyecto de ley se presenta como un servicio que contribuye a la defensa en la promoción de unas lenguas ignoradas mayoritariamente hasta hoy entre nosotros. Un proyecto que elimina barreras en la
comunicación, que progresa en el principio democrático de la igualdad de oportunidades, en la educación, en la formación y en el acceso al mundo laboral. Es pues un instrumento que impulsa el desarrollo personal y la inclusión de todos los
ciudadanos en la vida social, instrumento del que no podemos sino felicitarnos.



Segundo, los elementos que considera negativos. Se trata, sin embargo, de un proyecto de ley para el reconocimiento y la regulación de la lengua de signos española exclusivamente. Un proyecto que se limita a mencionar la lengua de signos
catalana y que relega su reconocimiento y regulación a la Administración autonómica correspondiente. Pienso que el proyecto de ley debería, en cambio, situar exactamente en un mismo plano la lengua de signos española y la catalana. Falta, por lo
tanto, que se haga patente el respeto a la diversidad lingüística en el terreno de las lenguas de signos. La sección filológica del Institut D'Estudis Catalans presentó en junio de 2005 la primera obra descriptiva gramatical de la lengua de signos
catalana, la gramática básica de lengua de signos catalana. El reconocimiento de esta lengua por parte del Institut D'Estudis Catalans supone un paso adelante sin precedentes en la aceptación y protección de la lengua de signos catalana y no
deberíamos retroceder en ese camino. El proyecto de ley no reconoce explícitamente la identidad lingüística y cultural de cada comunidad usuaria de su lengua de signos y, por consiguiente, se ignoran las lenguas de signos del Estado como lenguas
propias, así como su valor colectivo como parte del patrimonio general que, al igual que las lenguas orales y de acuerdo con la Constitución española, debe ser objeto de respeto, protección, investigación y difusión. Sin la consideración de las
lenguas de signos española y catalana como lenguas distintas para comunidades también distintas se perdería lastimosamente la oportunidad de corregir el agravio histórico respecto a estas lenguas y a sus signantes. El proyecto de ley considera la
lengua de signos española como la propia de todo el Estado. No se tiene en cuenta que la lengua de signos española no tiene implantación en la comunidad sorda de Cataluña. Así, cuando un signante de lengua de signos española se instala en Cataluña
normalmente adopta, naturalmente, la lengua de signos catalana como medio de comunicación con el resto de los signantes. En el proyecto de ley se cae en realidad en el error de hacer un paralelo improcedente con las lenguas orales. La lengua de
signos española y la catalana no conviven en Cataluña en régimen de un bilingüismo comparable al del catalán y el castellano orales,


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a pesar de los contactos con los sordos de España y la presencia de la lengua de signos española en los medios de comunicación de ámbito estatal, sobre todo en la televisión, casi exclusivamente en la televisión. Cito el artículo 50 del
Estatuto aprobado por el Parlament de Catalunya, que dice -traduzco del catalán-: Los poderes públicos tienen que garantizar el uso de la lengua de signos catalana y las condiciones que permitan conseguir la igualdad de las personas sordas que
opten por esta lengua, la cual tiene que ser objeto de enseñanza, protección y respeto. En un sentido más metodológico, si quieren ustedes, de teoría lingüística, en el proyecto de ley como resultado de una perspectiva casi exclusivamente
asistencialista, se da un tratamiento paralelo a la lengua de signos y a los sistemas alternativos de comunicación. En rigor, no es legítimo equiparar lenguas en sentido pleno, como lo son las de signos, con sistemas de apoyo subsidiario de las
lenguas orales.



Tercero, los elementos omitidos que debería abordar el proyecto. Tengo que volver a la cuestión dos. Se omite el reconocimiento de la lengua de signos catalana en el conjunto del Estado. Desde el punto de vista de los principios
generales, echo en falta también la referencia a las lenguas de signos como un valor patrimonial y cultural comparable con lo que son las lenguas orales. Se mantiene pues una discriminación en perjuicio, claro está, de las lenguas de signos.



Cuarto, las propuestas concretas que sugiere a la Comisión con motivo de la nueva regulación. Siguiendo el hilo de mi argumentación, creo que el proyecto de ley debería hacer mención explícita de la lengua de signos catalana en el
articulado y con el mismo rango e importancia que la lengua de signos española. Otra cosa distinta es que a Cataluña se le reserve la iniciativa legislativa para regular el uso de la lengua de signos catalana. Propongo que la comunidad usuaria de
la lengua de signos española y la de lengua de signos catalana se consideren en el proyecto de ley como comunidades con identidad lingüística y cultural diferenciadas. Resumiendo, debería hablarse en rigor de un proyecto de ley por la que se
reconocen y regulan las lenguas de signos, punto y final, sin especificar el nombre de ninguna y sin pretender equipararlas con los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, como sigue el
texto del proyecto.



Quinto, los efectos previsibles que tendrá el proyecto de ley, así como las posibles dificultades que pueda encontrar en su aplicación.
Fundamentalmente, este proyecto de ley supone la restitución de los derechos lingüísticos y cívicos a un
grupo de ciudadanos y ciudadanas mucho más amplio de lo que generalmente se cree. Además, se podrá facilitar la difusión y aceptación de las lenguas de signos y de sus usuarios en el seno de la sociedad como ha ocurrido ya en los Estados europeos
más avanzados, donde las lenguas de signos son de interés para todos los ciudadanos, sean o no habitualmente signantes. En cuanto a las dificultades, si el proyecto no cambia en la línea principal que he apuntado, será un gran inconveniente la
exclusión de medidas concretas para la lengua de signos catalana que seguramente repercutirá en las dotaciones económicas previstas y necesarias para su implantación.



Acabo reiterando la solicitud de que la lengua de signos catalana se incluya en el articulado del proyecto de ley en igualdad de condiciones que la lengua de signos española. El profesor Josep Quer, de la Universidad de Barcelona,
investigador en el ámbito de las lenguas de signos, les mostrará más específica y concretamente la distinción entre la lengua de signos española y la lengua de signos catalana y su caracterización.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martí, por su brevedad. Tiene la palabra el señor Quer Villanueva para su exposición.



El señor QUER VILLANUEVA, DE LA SECCIÓN FILOLÓGICA DEL INSTITUT D'ESTUDIS CATALANS: En primer lugar, quisiera agradecer la invitación a participar en esta comparecencia ante la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales en calidad de miembro
del Institut D'Estudis Catalans, especializado en la investigación sobre lenguas de signos. En los minutos que siguen me propongo esbozar muy sucintamente algunos argumentos de índole diversa que sustentan la propuesta de incorporar la lengua de
signos catalana en el articulado de este proyecto de ley al mismo nivel que la lengua de signos española, sin menoscabo de las competencias legislativas de las autoridades autonómicas correspondientes.



El primer hecho que debe tenerse en cuenta a la hora de hablar de la realidad de las lenguas de signos en el conjunto del Estado es el tratamiento que la misma comunidad sorda hace de ella. Así, debemos tener presente que la Confederación
Nacional de Personas Sordas de España, CNSE, y la Federació de Persones Sordes de Catalunya, Fesoca, se expresaban en los siguientes términos en el acuerdo firmado en el año 2000: Ambas organizaciones son conscientes, y reconocen, la existencia de
una lengua de signos española, LSE, que con diferentes variedades lingüísticas es usada por las personas sordas del Estado español, junto con una lengua de signos catalana, LSC, usada por personas sordas catalanas. El consenso adoptado dentro de
las mismas comunidades de usuarios con respecto a su propia conciencia lingüística no puede ser dejado de lado en el proceso legislativo que regula precisamente las medidas que van a incidir en su realidad lingüística. Es un hecho que las
comunidades de usuarios de lenguas de signos casi siempre constituyen minorías lingüísticas en un entorno con una o más lenguas orales dominantes, pero precisamente por ello no debemos ignorar que pueden existir identidades culturales y lingüísticas
diferenciadas, enmascaradas tras su carácter minoritario.



Así -y recoge la idea positiva el pasaje correspondiente-, la Declaración universal de los derechos lingüísticos


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reconoce a este tipo de comunidades lingüísticas, dentro de comunidades lingüísticas diferentes más grandes, como uno de los posibles tipos de comunidades lingüísticas. A pesar de los contactos personales y colectivos entre ciudadanos
sordos usuarios de lenguas de signos de diferentes puntos de España, el propio colectivo de personas sordas de España ha reconocido históricamente la identidad lingüística y cultural de la comunidad sorda de Cataluña, que encuentra sus fundamentos
en la existencia de la LSC. Este no es un caso único, puesto que la coexistencia de lenguas de signos diferenciadas se da en otros países occidentales como Bélgica o Canadá. Yendo más allá de la percepción del propio colectivo involucrado, el
reconocimiento de dos lenguas de signos dentro del Estado se recoge en uno de los catálogos más extensos que existe sobre las lenguas del mundo, tanto orales como de signos. Se trata de Ethnologue que, dentro de su apartado de lenguas de signos de
comunidades sordas, incluye a la LSC, además de a la LSE e identifica a la LSC como una lengua autóctona de España diferenciada de la LSE; pueden verlo en la siguiente diapositiva. Esta misma distinción se establece en el Estado de lenguas de
signos del mundo publicado por la Gallaudet University en Washington, Estados Unidos, que es precisamente la única universidad del mundo que tiene como lengua vehicular una lengua de signos, la lengua de signos americana. En la diapositiva pueden
observar que, dentro del apartado dedicado a España, entre las lenguas de signos de comunidades sordas reconoce la lengua de signos española y la lengua de signos catalana y le dedica una entrada propia donde recoge dos obras existentes en ese
momento como referencias bibliográficas.



La existencia de la LSE y la LSC como lenguas diferenciadas se refleja, asimismo, en el ámbito científico donde encontramos obras y estudios específicos sobre cada una de ellas, tanto en el ámbito nacional como en el internacional. Así, si
efectuamos una búsqueda de trabajos referidos a la lengua de signos catalana en la bibliografía internacional de lenguas de signos de la Universidad de Hamburgo encontramos un buen número de dichos trabajos referidos a la LSC, firmados por
investigadores tanto españoles como extranjeros; pueden ver dichas referencias tomadas de Internet en estas dos diapositivas. Además de materiales didácticos, en este momento la LSC cuenta ya con algunas publicaciones de referencia, como pueden
ser varios diccionarios además de obras terminológicas y una primera descripción gramatical a la que ya se han referido los comparecientes en la presentación anterior; un ejemplo de ello lo tienen en esta diapositiva. Además dejamos un ejemplar de
dicha gramática a los señores diputados por si quieren examinarla. Al mismo tiempo, cabe destacar que diversas administraciones públicas como el Ministerio de Educación y Ciencia español o el Departament d'Universitats i Recerca de la Generalitat
de Catalunya subvencionan proyectos de investigación que se refieren explícitamente a aspectos lingüísticos de la lengua de signos catalana. Resulta interesante incorporar precisamente a esta discusión que nos ocupa que el II Congreso nacional de
lengua de signos española, celebrado en la Universidad de Valladolid en 2005, tuvo como lengua invitada la lengua de signos catalana, tal como puede leerse en las líneas destacadas de la diapositiva que tienen delante, donde dice: En esta ocasión
las entidades organizadoras han querido contar con la LSC como lengua invitada. Sin abandonar el ámbito académico, pero ya centrándonos en el aspecto formativo, debemos poner de relieve que en la implementación curricular del ciclo formativo
superior de intérprete de lengua de signos en Cataluña se distinguen créditos específicos de LSC y de LSE. Este es un esquema de cómo se reparten los créditos en el ciclo formativo de intérprete en Cataluña y tal como se ha explicado en la
intervención anterior, tenemos módulos para la lengua de signos española y módulos para la lengua de signos catalana. En realidad, la cantidad de créditos dedicados a la lengua de signos catalana es sensiblemente superior a la dedicada a la lengua
de signos española. Ello deja claro que aprender a interpretar la lengua de signos catalana no es lo mismo que aprender a interpretar la lengua de signos española y esto queda patente en eventos donde encontramos intérpretes para cada una de las
lenguas, trabajando simultáneamente. Por otro lado, en la formación universitaria de postgrado para intérpretes de lenguas de signos también encontramos más de un ejemplo de formación específica para intérpretes de lengua de signos catalana y
reproduzco aquí una de esas formaciones de postgrado, en este caso la de la Universitat Pompeu Fabra.



Desde el ámbito de los estudios estrictamente lingüísticos nos enfrentamos con una preocupante falta de trabajos comparativos sobre lenguas de signos en general y sobre la LSE y la LSC en particular. Ello se debe en parte a la inexistencia
hasta hace poco de obras de referencia en cada lengua que sirvieran de base para la comparación gramatical y léxica. El único trabajo de carácter preliminar -y subrayo este aspecto, que es preliminar- sobre la variación en las lenguas de signos de
España es el de Parkhurst de 2001, citado en la diapositiva que pueden ver. Los criterios adoptados en este estudio para determinar el nivel de diferenciación entre las variantes de lenguas de signos empleadas en 18 ciudades españolas son tres:
similitud de léxica entre variantes, sobre una lista de 217 signos; inteligibilidad mutua y actitudes lingüísticas.
A pesar de la limitación de dichos criterios, los autores llegan a la siguiente conclusión, tal y como pueden leer en la
diapositiva: Todos estos factores combinados ponen de manifiesto que sería apropiado considerar la lengua de signos española, LSE, y la lengua de signos catalana, LSC, como lenguas distintas. Debemos reconocer que queda mucha investigación por
hacer en este terreno, pero estos resultados provisionales no hacen sino corroborar lo que ya se observa como un hecho: la LSC, dentro del ámbito estatal, coexiste con la LSE como lengua de signos diferenciada.



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Permítanme que concluya esta breve exposición con una comparación de unos pocos ejemplos signados en LSC y en LSE, respectivamente. Aunque sea de modo superficial y sin poder entrar en detalles, podrán observar que las oraciones que
expresan el mismo contenido tienen una forma indiscutiblemente diferente en una y otra lengua. Es cierto que también podemos observar que comparten algunos elementos, lo cual es plenamente esperable en dos lenguas en contacto y de modalidad
visogestual, pero además esto también sucede en otros muchos pares de lenguas cuya identidad respectiva no se ha puesto jamás en duda. Paso a mostrarles tres ejemplos en paralelo en LSC y en LSE de una misma oración, espero que los videos
funcionen. La oración que vamos a ver en las dos lenguas es: No puedo conocer a su esposa porque siempre está en casa. (Pausa.) Ahora en LSE (Pausa.). La siguiente oración es: El día 1 de mayo es fiesta porque es el día de los trabajadores o el
Día del Trabajo.
Primero, en LSC (Pausa.); sencillamente está repetida en velocidad más lenta pero para ahorrar tiempo la vamos a ver solo en una velocidad; ahora, en LSE (Pausa.). Por último, una pregunta: ¿Quién de vosotros es un chico de 17
años? Primero, en LSC (Pausa.); en LSE (Pausa.). Estos eran tres ejemplos posibles de dos signantes diferentes de dos lenguas diferentes.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean intervenir?


Señora García, por el Grupo de Izquierda Unida-Izquierda Verde-Iniciativa per Catalunya Verds.



La señora GARCÍA SUÁREZ: En primer lugar, bienvenidos, señor Martí Castell y señor Quer, en nombre del Institut D'Estudis Catalans. Es un placer que estén aquí y haber seguido su intervención. Tanto una como otra las valoraré
conjuntamente porque son complementarias. Empiezo por el final.
Ha sido una manera absolutamente clara y gráfica de verlo con estos ejemplos. Lo habíamos podido conocer también gracias a la información por escrito más bien, pero realmente cuando
ves en la práctica que unas mismas oraciones pueden ser radicalmente diferentes, no por un gesto o un signo solamente, sino radicalmente diferentes en conjunto, cuesta muchísimo no entender lo que yo creo que ustedes y otros comparecientes nos
intentan explicar también y es, en definitiva, que estamos hablando de dos lenguas. Este es el centro del tema y debemos ver cómo conseguimos que una evidencia como esta se asuma de una manera normalizada porque creo que es aquí donde radica el
problema. El problema radica en no dar más valor del que tiene a una realidad, que es que son dos lenguas y además con una historia que también ustedes y otros comparecientes han explicado muy bien; pero a la vez no se le da más valor, hay que
darle el que corresponde y no negarlo porque quizá negándolo vamos a generar un problema de sensibilidades fundamentalmente que es lo que más perjudica las convivencias y la buena relación que debería existir entre diferentes realidades y
comunidades. De lo que se trata aquí es de que nosotros tenemos un papel, un papel que va a ser complicado y difícil porque es verdad que sobre este punto hay quizá dificultad de comprensión sobre lo que se está planteando y puede simplificarse su
análisis desde el enfoque de que si ya la ley reconoce un lenguaje de signos español y después también se reconoce que la comunidad autónoma, en este caso Cataluña, podrá desarrollar su lengua de signos catalana, ¿dónde está el problema?, aquí no
hay problema. A simple vista aquí no hay problema, pero creo que sí que lo hay y es el de que verdaderamente en estos momentos coexisten dos lenguas diferentes. Ustedes, que tienen un reconocimiento científico, un reconocimiento en el campo de la
investigación, en el campo académico, formativo, lo han explicado muy bien; hay una doble red, un doble reconocimiento -lengua de signos española y la lengua de signos catalana- y eso debería recogerse en esta ley. Esta es verdaderamente mi
opinión y, como antes he dicho en la anterior comparecencia, deberíamos acabar de valorarlo, y sobre todo, no lo voy a negar, lo que nosotros quisiéramos es llegar a ese acuerdo y a ese consenso que lo hiciera posible desde la más absoluta
normalidad, sin poner un problema donde no lo hay, porque no hay un problema; desde la más absoluta normalidad social, cultural y política, que es lo que nos corresponde a nosotros, la normalidad política. Por tanto, este va a ser el objetivo de
mi grupo parlamentario, en definitiva, hacer posible ese consenso y hacer posible esta realidad que ustedes nos han planteado. Les agradezco muchísimo su intervención.



La señora PRESIDENTA: Señor Olabarría, por el Grupo Vasco (EAJ-PNV).



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Gracias por la lúcida exposición de los comparecientes.



En primer lugar, manifiesto nuestro acuerdo sin reservas de ningún tipo en relación con la primera invocación hecha en tono lamentativo -no poder expresarse en lengua catalana en esta Comisión-, que yo comparto.
Efectivamente, aquí en este
Congreso, en estas Cortes Generales, hay diputados que poseemos una lengua materna diferente al castellano y que no la podemos utilizar. Todos los diputados somos iguales en derechos, ninguno es más que otro, aunque parafraseando a Orwell, unos
efectivamente son más iguales que otros también, pero, señora presidenta, (Pronuncia palabras en euskera.) es una manifestación de deseo sencillamente.



Hechas estas invocaciones y agradecimientos previos, aquí hay una cuestión conceptualmente más delicada sobre la cual sí me gustaría compartir reflexiones con ustedes. No estoy tan seguro de que tenga que producirse el reconocimiento de la
lengua de signos en la legislación española. Es un debate que doña Carme García planteó anteriormente y es un problema de constitucionalidad. En primer lugar, hay requerimientos de constitucionalidad, de distribución de competencias en cuanto a
cuáles


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son las instituciones encargadas de la promoción de la lengua, desde la perspectiva de competencia administrativa o incluso legislativa concreta y dónde se deben hablar las lenguas. Soy de las personas que piensa que el catalán se debe
hablar en Cataluña y el euskera se puede hablar en Euskadi y ojalá que el euskera se pueda hablar en Euskadi, que ahí falta un trecho y un tramo de promoción y recuperación de la lengua vasca que no es baladí. Teniendo en cuenta además que el
bloque de constitucionalidad y los estatutos de autonomía atribuyen a las comunidades autónomas como competencia exclusiva -que es el máximo grado, el grado más intenso de competencia- la función de promover la propia lengua, en este caso la lengua
cooficial, la lengua vasca en Euskadi, la lengua catalana en Cataluña, a veces tengo la impresión de que reubicar estas materias en la legislación estatal sería una especie de claudicación jurídico-política respecto a la cual mi grupo sencillamente
manifiesta ciertas reticencias. Es una cuestión delicada, es una cuestión no fácil, pero solo faltaría en este momento que seamos algunos grupos que nos identificamos por nuestra ideología nacionalista y muy caracterizada por una impronta muy
fuerte de defensa del autogobierno los que, por una parte, estemos resistiendo contra los embates de la legislación estatal, no pequeños sino bastante recurrentes contra las cuotas de autogobierno previstas en el bloque de constitucionalidad pero,
por otro lado, simultáneamente, cedamos competencias que son propias y que en este caso son exclusivas. Es una cuestión que no es baladí y sobre la cual nosotros, como dijo antes la señora García, vamos a realizar un debate reposado, mesurado y
veremos a ver en nuestras enmiendas por qué opción optamos. Todavía no hemos tomado una decisión definitiva a pesar de que yo he escuchado con respeto y me parecen lúcidas sus expresiones.



Por último, para acabar, el reconocimiento de las lenguas no orales como parte del patrimonio cultural de este país es una cuestión que no está bien resuelta en este proyecto de ley. Nos comprometemos a luchar para que esto se haga, pero no
nos olvidemos de que no es una cuestión fácil ni sencilla desde una perspectiva jurídica ni tampoco política, y que esto requiere seguramente reformas constitucionales, con las que nosotros nos comprometemos también. Al margen de estas cuestiones y
de estas valoraciones, señora presidenta, quisiera agradecerles lo lúcido de la exposición y, sobre todo, cuando la exposición va acompañada por soportes visuales tan claros y tan poco refutables como los que hemos visto, esto nos ayuda a los
legisladores a comprender eficientemente con nuestra función.



La señora PRESIDENTA: Señor Tardá, por el Grupo de Esquerra Republicana de Catalunya.



El señor TARDÁ I COMA: De hecho mi intervención será breve. Perdonen, antes he de excusarme puesto que, juntamente con el compañero Campuzano, hemos estado en otra reunión, con lo cual hemos llegado tarde y pido disculpas por ello.



Brevemente, porque nuestra posición está más que clara. Nosotros solamente vamos a dar apoyo a una ley que reconozca la igualdad de las dos lenguas de signos existentes en el Estado español. ¿Para qué vamos a marear la perdiz? Si no
existe una alternativa clara a la modernidad y esta alternativa solo puede ser el reconocimiento en el plano de las igualdades, para nosotros no tiene ningún sentido legislar y menos hacerlo en el siglo XXI. Si algo debe hacer esta Cámara, en donde
las mayorías son progresistas, es adecuar las leyes a las realidades y metabolizar el pasado puesto que lo que no se puede hacer es contaminar algo que de hecho más allá del gran valor antropológico no deja de ser una ley que permite a las personas
y a sus colectividades vivir con mayor felicidad en cuanto que se trata de superar una discapacidad. Entendemos que existe este valor antropológico, la antropología cultural que nosotros debemos asumir como comunidad, más todo aquello que hace que
esta ley pueda regular aquello que es funcional, es decir, una lengua de signos que permite la comunicación. Si esto acaba siendo contaminado por las viejas discusiones que ya deberían estar superadas, pervertidas durante muchos años en este Estado
español de la confrontación y la no adecuación a la realidad de las lenguas orales, y ciertamente la Constitución española es la que es y no permite la no existencia de una preeminencia de una sobre otra, este sería un debate que no tendría nada que
ver con el debate sobre las lenguas de signos y lo que no entenderíamos es que ahora que se legisla, ahora que se coge el toro por los cuernos, nos quedáramos a medio camino. Esto es lo que no debería ocurrir y estamos alarmados. Ya lo dije el
otro día, estamos más que alarmados porque cuando conocimos la primera redacción pensamos que estábamos ante un Grupo Socialista que daba apoyo a un Gobierno progresista que era capaz de dejarse de tonterías y redactar un proyecto que, fíjense, ya
en su título se refería a la ley de signos, es decir, la ley de regulación de las lenguas de signos. Luego nos hemos encontrado con otra realidad y es que ha prevalecido en la redacción y en la concepción de la ley la preeminencia de una lengua
sobre otra y este es el gran debate. Además, ante tanta claridad en las exposiciones, ésta y las otras que ha habido, yo preguntaría cómo quedaría el Gobierno español ante el mundo académico internacional si no se reconociera en esta ley aquello
que nosotros pedimos desde Cataluña. Es decir, ¿dónde estaría la modernidad?, ¿quedaría en cuestión la modernidad del Gobierno español? Por supuesto, porque fíjense que en este Estado español tan europeo, tan rico y tan culto, ¿cómo puede ser que
estemos ahora con discusiones casi decimonónicas? De manera que les pido que me contesten ustedes, si es que tienen elementos, para sopesar hasta qué punto sorprendería en el mundo académico internacional que no se reconociera en plano de igualdad
lo existente, máxime cuando ustedes han hablado de otros Estados de configuración más o menos


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plurinacional donde también existen otras lenguas de signos.



Otra cuestión que rompe esquemas, la lengua de signos catalana -he llegado tarde y no sé si ustedes han hecho mención a ello-, curiosamente es utilizada en una parte de nuestra nación catalana, que es la isla de Menorca y, en cambio, no es
utilizada en otras partes de nuestro territorio nacional, por ejemplo, en el País Valencia o en las islas de Mallorca e Ibiza y en las Pitiusas, lo cual significa que no tiene ningún sentido, según que parámetros o modelos de discusión, aplicarlo a
otra realidad que es la de la lengua de signos. Es decir, dejémonos de prejuicios, dejémonos de discusiones de otro calado y de otra índole y vayamos a aquello que en principio debe legislarse que son las distintas lenguas de signos. No sé si esto
es pedir mucho a los demócratas españoles, pero creo que no, en aras de la modernidad. Parece que esta es nuestra línea de tiro.



La señora PRESIDENTA: Señor Campuzano, le ruego brevedad y concisión.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Siempre lo hago, presidenta, usted lo sabe.



Los elementos de debate que ustedes han fijado son tremendamente importantes para que esta Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales en su proceso legislativo termine haciendo una buena ley de reconocimiento de las lenguas de signos que se
hablan en España. Su exposición de esta mañana, tanto la del señor Martí como la del señor Quer, han sido intervenciones en positivo y de carácter afirmativo. Pretendemos que esta ley reconozca también la lengua de signos catalana sin querer por
ello oponernos ni enfrentarnos a la lengua de signos española. En segundo lugar, ustedes han hecho una defensa de los derechos individuales de las personas sordas que en Cataluña y en Menorca -como recordaba el señor Tardá- utilizan la lengua de
signos catalana. En tercer lugar, ustedes en sus intervenciones han expresado que este Estado y esta sociedad que son plurales en lo cultural, en lo lingüístico y en lo nacional, encuentran en la presencia de esta lengua de signos catalana un nuevo
elemento de esa pluralidad que pretendemos defender y desarrollar en esta época que nos toca vivir. Ustedes lo han hecho con dos características que son fundamentales para orientar los trabajos de esta Comisión, desde el rigor científico que le da
hablar en nombre de la sección filológica del Institut D'Estudis Catalans. No es menor que en esta Comisión de Trabajo comparezca el Institut D'Estudis Catalans y su sección filológica, ya que representa la máxima autoridad científica en Cataluña
en esta materia.
Por tanto, a esta intervención le damos todo el valor que supone que desde este institut se hagan las afirmaciones, las consideraciones que se nos han hecho y que, además, se nos pongan de manifiesto -el señor Martí lo ha hecho en
las ocasiones que hemos tenido de discutir sobre ello- la apuesta que hace el Institut D'Estudis Catalans de darle a esta dimensión el carácter científico que una lengua de signos merece en cualquier sociedad democrática y moderna. Además, lo han
hecho de una manera pedagógica. Creo que si alguien en esta Comisión podía tener dudas sobre la necesidad de que esta ley reconociese a todos los efectos jurídicos la lengua de signos catalana, después de esta intervención, seguramente también
después de la intervención del señor Segimon, es evidente que no puede haber dudas. Les queremos agradecer ese tono pedagógico, positivo y afirmativo de su intervención.



Señorías, estoy convencido de que finalmente vamos a hacer una buena ley que va a reconocer también la lengua de signos catalana. Estoy convencido de ello. No dudo de la capacidad de entendimiento de esta cuestión por parte de los grupos
mayoritarios de la Cámara, del Grupo Parlamentario Socialista y del Grupo Parlamentario Popular y, por tanto, la oportunidad de expresar con normalidad la pluralidad del conjunto de la sociedad y de expresar en positivo la defensa de los derechos
lingüísticos de los ciudadanos del Estado español van a ser reconocidos en esta ley. Ustedes con su intervención van a contribuir de manera decisiva a esa percepción positiva del conjunto de los grupos de la Cámara sobre esa realidad.



Quiero terminar tan solo disculpándome, como lo hacía el señor Tardá, porque los miércoles son siempre días complicados para los grupos pequeños de esta Cámara, y teníamos que estar en la Comisión de Control de RTVE a primera hora de la
mañana. En nuestro caso, el señor Grau ha podido asistir a parte de la intervención del señor Segimón y yo me he podido incorporar finalmente. Por tanto, les pido disculpas, especialmente al señor Martí, porque al inicio de su intervención no le
he podido escuchar.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra por el Grupo Popular el señor De Luis.



El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: A lo largo de la mañana hemos estado oyendo algunos comentarios respecto a la ley, los cuales creo que responden quizás a una idea equivocada. Desde el Grupo Parlamentario Popular, cuando valoramos positivamente
esta ley que recoge parte de lo que ha sido la trayectoria de nuestro grupo en los últimos diez años en relación con las áreas de comunicación, lo que andamos buscando es el progreso y las mayores oportunidades para las personas sordas. Por eso,
nos parece muy positivo que la ley reconozca la lengua de signos, reconozca a la persona que no usa la lengua de signos y que usa otros apoyos técnicos.
Quizás habría que hacer mayor hincapié, como hemos tenido oportunidad de conocer en el primer
turno del compareciente de esta mañana, en las necesidades específicas de los sordociegos. Nosotros queremos que realmente sea algo útil y, por lo tanto, no veo que haya ninguna dificultad en mezclar los distintos caminos que se pueden recorrer
para conseguir el objetivo que, desde luego, creo que es el que nos debe animar. Fuera y dentro


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de esta Cámara es importante poder comunicarse, dialogar, acordar y en esta Cámara tiene una mayor importancia el diálogo, precisamente en aras del interés general que es lo que nos debe mover a todos, respetando cada uno de nosotros las
posiciones ajenas.



Querría formularle algunas preguntas muy concretas y que quizá nos puedan ilustrar como especialistas en la materia. Por las noticias que yo tengo, las lenguas de signos se enriquecen continuamente, con una gran dinámica, lo que quiere
decir que la lengua de signos catalana puede estar en permanente evolución con la incorporación de nuevos signos, pero quisiera que me dijeran si tienen ustedes conocimiento de si otras comunidades autónomas con lengua cooficial en aquellos
territorios pueden tener también en un determinado nivel de gestación lenguas de signos, que creo que es también muy importante. Luego, hay un dato que no conozco y que probablemente ustedes lo tengan muy fresco en su memoria y es cuál es el número
total de personas sordas que hay en la comunidad catalana. Podría acudir a alguna estadística, que alguna debe haber en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, pero si me pueden dar el dato, me vendría estupendamente. Por último, presidenta
-y esta es la intervención más breve de todas las que voy a hacer en esta mañana-, en algún momento se ha hablado de que existe una cierta contaminación de la lengua de signos española sobre la lengua de signos catalana por el efecto del doblaje de
productos audiovisuales y por la incorporación de personas no oyentes que usan de forma libre la lengua de signos castellana y se trasladan a Cataluña. Lo que quiero preguntarles concretamente es: si yo fuera persona no oyente signante castellana
y me presentara a trabajar en Cataluña, ¿tardaría mucho en poder dominar y coger los conocimientos suficientes o las dificultades serían de cierta índole? Porque ese sería un tema ilustrativo para mi persona y también es importante conocerlo.



Sin más, les agradezco su presencia y la información tan sólida que nos han dado desde sus exposiciones.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Esteve.



La señora ESTEVE ORTEGA: Les doy las gracias por su intervención.



Antes de lanzarles la pregunta -voy a ir muy rápida-, efectivamente como decía el señor Tardá, en el anteproyecto se hacía una mención a las lenguas de signos de forma genérica y esta fue la propuesta inicial que hizo el Gobierno antes de
pasarlo a informe del Consejo de Estado y, por tanto, esta era su voluntad. Después, cuando se recibe el informe del Consejo de Estado que señala que debería modificarse y especificar la lengua de signos española y dejar la lengua de signos
catalana para que fuera regulada en su ámbito de competencia, es cuando el Gobierno modifica el anteproyecto y el proyecto que se remite a la Cámara es el que hoy tenemos aquí. Por tanto, ha sido nuestra preocupación. El Gobierno ha querido ser
muy riguroso con sus competencias y una vez que estamos en el debate de la ley este es uno de los temas que nos preocupa más: cómo ser rigurosos con las competencias pero a la vez darle un mayor reconocimiento a una realidad histórica, cultural y
lingüística de nuestro país, como es la lengua de signos española pero también en paralelo la lengua de signos catalana. Esta sería una primera duda o preocupación que quiero manifestar.



En segundo lugar, también quiero poner de manifiesto una cuestión y es que las cosas, los acontecimientos, los hechos, vienen dados por los procesos y dinámicas que se van estableciendo. Si desde el principio hubiéramos tenido muy claro,
muy claro, que lo que íbamos a regular era una nueva lengua, probablemente no le correspondería al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales su desarrollo, como no correspondería al Departament de Bienestar Social de Cataluña regular una lengua de
signos catalana. Por tanto, ¿qué es lo que se intenta regular? Sobre todo un sistema de comunicación y también los medios de apoyo para facilitar a las personas sordas una mejor calidad de vida, un sistema de comunicación que les iguale, que les
dé dignidad y que les permita desarrollarse como ciudadanos con todos los derechos. Esta es una realidad que es propia de un proceso, hoy es el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales el que ha regulado esta ley y bienvenida la ley. Esta es la
realidad que tenemos.
Con estas variables y gracias a su estupenda intervención, rigurosa y para mí muy aclaratoria, les quiero lanzar la pregunta siguiente: Si este proyecto de ley se aprobase en sus términos actuales exactamente, ¿qué
consecuencias estiman que tendría para la lengua de signos catalana?


La señora PRESIDENTA: Voy a darles la palabra para contestar. Se van a repartir el tiempo. No es una nueva intervención, se lo recuerdo.
Contesten, por favor, a las preguntas y no a las afirmaciones, que ya las conocemos.



El señor MARTÍ CASTELL, DE LA SECCIÓN FILOLÓGICA DEL INSTITUT D'ESTUDIS CATALANS: Sí, contestaré a algunas de las preguntas y el doctor Quer a otras, pero no puedo evitar subrayar alguna cuestión que se ha planteado aunque no sea
exactamente una pregunta. Por ejemplo, se ha dicho que ese proyecto de ley se ha elaborado con voluntad de progreso y de ayuda a la igualdad de las personas. Nosotros hemos partido de esa concepción, hemos entendido que es así y, por tanto, en ese
sentido no hay en absoluto ninguna discrepancia. Sin embargo, entendemos, como también se ha dicho, que es fundamental que si nos lanzamos a la elaboración de una ley de este tipo, se haga bien, si no, es mejor no hacerla. Lo digo con ese énfasis
porque es perfectamente posible hacerla bien, porque no tiene ninguna dificultad hacerla bien, y hacerla bien significa tomar como modelos los Estados que ya han elaborado legislación sobre ese tema y, sobre todo, no caer en el


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error, fácil por otra parte, de trasladar a la cuestión de las lenguas de signos lo que son problemas específicos de las lenguas orales. No mezclemos esas dos cuestiones porque si no estamos abocados a elaborar una ley que no será buena.



Alguien ha dicho que tiene sus dudas sobre si esa ley tiene que hacerse desde el Estado temiendo que pueda repercutir en perjuicio del autogobierno. A pesar de que son respetables todas las posiciones, eso no tiene por qué ser así. Una
cuestión es que el Estado pueda elaborar una ley general, una ley marco de respeto y de reconocimiento de las lenguas de signos y otra cosa es que eso -lo he dicho, creo, en mi intervención- signifique que las comunidades autónomas, la
Administración autonómica correspondiente, no haga lo que tenga que hacer. De manera que son dos cosas distintas. Ahora bien, lo que es evidente es que esa condición no se respeta si se redacta un proyecto de ley de lengua de signos española, hay
que elaborar un proyecto de ley para que se haga una ley de lenguas de signos sin más, sin ninguna especificación.



He dicho que hay modelos legislativos de otros Estados. Hay sobre todo un marco científico y de investigación que ha trabajado suficientemente, lo ha ilustrado el doctor Quer y lo ha tenido que hacer con el tiempo limitado de que disponía.
No tenemos que inventar nada nuevo, ni desde el punto de vista legislativo ni desde el punto de vista estrictamente científico. La lengua de signos española y la lengua de signos catalana están reconocidas como tales por ese ámbito general
científico sin ningún tipo de conflicto, el más mínimo, no existe. Por consiguiente, a la pregunta que se ha hecho de qué papel haría el Estado con una ley que no asumiera esas condiciones a las que me he referido en el ámbito del mundo científico
tengo que contestar que un triste papel, evidentemente.
Además, inútilmente, un triste papel, insisto, porque tenemos los medios para elaborar bien las cosas. Insisto en lo que he dicho casi al finalizar mi intervención. Tendría que hablarse de
un proyecto de ley que regule las lenguas de signos, punto y final, sin adjetivo a las lenguas y sin añadir la cuestión de los sistemas de apoyo a la comunicación oral, que es otra cuestión, que merece su respeto, naturalmente que sí. Lo que no
puede ser es que se pretenda poner al mismo nivel lo que es la subsidiariedad en la comunicación oral y lo que es la lengua de signos.



Ha habido una última pregunta sobre qué pensaba si el proyecto de ley se aprueba con la consideración o -si me permiten- con la desconsideración que contiene respecto a la lengua de signos catalana. Si se aprueba así, sinceramente me parece
que es un mal más que un bien; puede ser un desastre, puede ser una provocación de conflictos absolutamente gratuita y en definitiva sería un proyecto de ley por el que, desde un punto de vista ya no solo político sino científico e incluso social,
yo no apostaría.



La señora PRESIDENTA: Señor Quer.



El señor QUER VILLANUEVA, DE LA SECCIÓN FILOLÓGICA DEL INSTITUT D´ESTUDIS CATALANS: Intentaré dar una respuesta breve a alguna de las cuestiones que se han mencionado en las intervenciones respectivas.



El comentario general es que creo que es importante que en esta ley, señorías, no trabajen con el patrón de las lenguas orales del Estado.
Estamos ante una realidad lingüística diferente y tenemos que hacer un poco de pedagogía de que las
cosas a lo mejor son diferentes. Y lo son.
Es lo que hemos intentado demostrar en la comparecencia anterior -supongo que la que viene a continuación va en la misma línea- y es que las lenguas de signos no son simplemente una superposición a las
lenguas orales del Estado, son otra realidad, con sus peculiaridades. Eso quiere decir, como hemos dicho, que en el ámbito catalán no encontramos una situación de bilingüismo. El hecho de que se pueda aprobar una ley de ámbito estatal para lenguas
de signos españolas puede tener repercusiones en el ámbito lingüístico de la LSC, por las medidas prácticas que se puedan adoptar en ese territorio, además de los aspectos económicos que van asociados a la aprobación de una ley, es decir, qué pasará
con los recursos para las personas sordas que viven en Cataluña usuarias de lengua de signos a partir de se momento. ¿Quedan amparadas en esa ley o tienen que esperar a que el Parlamento catalán apruebe una ley de lengua de signos catalana por
separado? No sé cuál es el encaje legislativo adecuado para esta problemática y es complejo, pero creo que hay que hacer un esfuerzo de flexibilidad y de amplitud de miras para entender que no es una duplicación de la situación lingüística
catalán-castellano en ese caso.



Respondo de paso a la pregunta que se hacía sobre la situación lingüística en Menorca. Es verdad que existe presencia de LSC en la isla, pero hasta ahora no tenemos ningún tipo de investigación al respecto. Aprovecho este comentario para
decir que en realidad en muchos casos el problema básico que tenemos es que no tenemos la base de investigación para responder a alguna de las preguntas que todos nos hacemos cada día. Es como un pez que se muerde la cola, no las tenemos porque
vivimos ante una realidad no reconocida, una realidad negada.



Respondo también muy rápidamente a la pregunta que se me formulaba sobre la dinámica de las lenguas de signos. Lo que sabemos es que dentro del ámbito estatal, lo que se conoce como ámbito de la lengua de signos española, hay variación y
hay variación importante desde el punto de vista léxico. Quiere decir que a partir de esas variantes de la LSE, que en general en las comunidades autónomas se reconocen como grupos, como dialectos, por decirlo de alguna manera, de una misma lengua,
se puede derivar en el futuro en una lengua de signos suficientemente diferente.
No lo sé, no tenemos ese conocimiento de futuro. Sí que existe variación.
El problema que tenemos ahora es que la LSE se regula o se maneja con una concepción
uniformadora; como científicos,


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como lingüistas, tenemos que defender también el estudio de la variación dentro de la lengua. No podemos, por el hecho de querer tener una lengua de signos española, negar la variación que existe dentro de ese ámbito.
¿Cuál es la única
respuesta? Dotar recursos para la investigación de esa realidad.



Posible contaminación de la LSC a partir de la LSE. Son lenguas en contacto, los signantes están en contacto. Hasta hace pocos años los únicos programas de televisión, mínimos, que existían en lengua de signos eran en lengua de signos
española. Por lo tanto, existe un conocimiento pasivo de la LSE pero eso no quiere decir que sean signantes de LSE.
Sobre la posibilidad de adaptación de un signante de LSE en el territorio de la LSC tengo que decir que eso sucede casi a diario;
es un proceso relativamente natural y sencillo, pero es una transición hacia la adopción de la LSC sencillamente porque la realidad de las lenguas de signos es así. No existe, como mínimo en el territorio de Cataluña, una duplicidad de lenguas; se
asume de manera natural que la lengua de signos propia del territorio es la LSC.



Y sobre el número de signantes o de usuarios de la lengua de signos catalana, trabajamos con las mismas cifras que se han mencionado antes.
(El señor De Luis Rodríguez pronuncia palabras que no se perciben.) Es que hablar de sordos no
quiere decir hablar de usuarios de lengua de signos.



La señora PRESIDENTA: No dialogue, señor De Luis. Lo que no pueda contestar el compareciente nos lo hará llegar por escrito, como suele hacerse. Le ruego, señor Quer que el dato que no pueda usted contestar ahora nos lo haga llegar por
escrito.



El señor QUER VILLANUEVA, DE LA SECCIÓN FILOLÓGICA DEL INSTITUT D´ESTUDIS CATALANS: Un último comentario general porque me parece un aspecto importante, sobre la concepción global de la ley. Es absolutamente loable que se recoja la
iniciativa legislativa para la comunicación de las personas sordas que utilizan la lengua oral, los métodos de apoyo a la comunicación. Pero la concepción global de la ley se deja algo en el camino que es que por el reconocimiento -como se ha dicho
anteriormente- se ha convertido probablemente en una ley de las personas sordas del Estado y no en una ley de reconocimiento de lengua de signos. Se han hecho dos cosas a la vez y en ese camino se pierde el reconocimiento del valor cultural y
lingüístico de estas dos lenguas de signos que tenemos dentro del Estado, y no me parece una pérdida baladí. Hay mucho más que reconocer que es sencillamente que las personas sordas tienen el derecho a utilizar su lengua de signos; el problema va
más allá.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias a los dos comparecientes por sus aportaciones. Agradeceremos los datos que quieran enviarnos en los próximos días y esta Presidencia los hará llegar a los grupos parlamentarios.



-DEL SEÑOR CATEDRÁTICO DE DIDÁCTICA Y ORGANIZACIÓN ESCOLAR DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE MAGISTERIO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (SANTANA HERNÁNDEZ). (Número de expediente 219/000590.)


La señora PRESIDENTA: Vamos a continuar la sesión con la comparecencia de don Rafael Santana Hernández, catedrático de didáctica y organización escolar de la Escuela Universitaria de Magisterio de la Universidad de Las Palmas de Gran
Canaria. Va a hacer su exposición inicial y también le ruego, como he hecho a todos los comparecientes anteriores, que se ajuste al tiempo de unos diez minutos aproximadamente. Tiene la palabra, señor Santana.



El señor CATEDRÁTICO DE DIDÁCTICA Y ORGANIZACIÓN ESCOLAR DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE MAGISTERIO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (Santana Hernández): Muchas gracias señoras y señores diputados en nombre de los compañeros
de mi grupo de investigación y en el mío propio por darnos la oportunidad de expresar nuestro punto de vista profesional sobre la futura Ley de reconocimiento de lenguas de signos y regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral. (El
señor vicepresidente, Burgos Gallego, ocupa la Presidencia.)


Soy Rafael Santana, catedrático de escuela universitaria, adscrito al departamento de educación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y desarrollo mi actividad docente y mi actividad profesional e investigadora en la Facultad de
Formación del Profesorado de dicha universidad.



Mi compromiso y responsabilidad al comparecer ante esta Comisión viene sustentado por mi titulación como licenciado en Pedagogía y como logopeda y mi actividad docente e investigadora a lo largo de los últimos 20 años.
Realizaré esta
intervención inicial en consonancia con el guión que me ha entregado el letrado de la Comisión y que yo dividiré en tres partes: una pequeña introducción como marco en el que desarrollamos nuestra reflexión, un segundo punto sobre los aspectos que
consideramos positivos del proyecto de ley y en tercer lugar, expondré los aspectos que consideramos que pueden mejorarse.



Como bien queda expuesto en la exposición de motivos del proyecto de ley, las personas sordas o con discapacidad auditiva constituyen históricamente una población de sujetos y de familias muy heterogénea en su configuración. Esta diversidad
viene fundamentalmente marcada por cuatro grandes aspectos. En primer lugar, el estatus sordo-oyente de los padres. Ya conocen ustedes, señorías, que los datos actuales reflejan que en torno al 95 por ciento de las personas sordas son hijos de
padres y madres oyentes. Son datos de la comisión para la detección precoz de la hipoacusia en España, pero


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también datos internacionales publicados recientemente incluso en Estados Unidos. En segundo lugar, las diversas opciones comunicativas. Los padres oyentes son usuarios de la lengua oral y los padres sordos son usuarios de la lengua de
signos, en igualdad de condiciones; unos y otros son conocedores y transmisores naturales de su propia lengua, la lengua que usan en su casa, en el hogar. En tercer lugar, las constantes en el desarrollo cognitivo lingüístico referidas a las
dificultades propias de los sujetos con sordera para el acceso a la información, a la comunicación y a los aprendizajes en general que ya está suficientemente demostrada. La investigación en Reino Unido del profesor Conrad, del año 1979, es todo un
clásico en la literatura científica especializada y de ella se extrae la que, sin duda, puede ser la cita más famosa de los últimos 25 años, la que dice: La educación de los niños nacidos sordos es esencialmente una guerra contra la pobreza
cognitiva. Toda la investigación posterior a Conrad continúa poniendo de manifiesto los bajos niveles de aprendizaje obtenidos por el alumnado sordo, especialmente manifiestos en las habilidades lectoras. Por último, señorías, los buenos casos.
Pese a lo anteriormente expuesto, hay buenos y cada vez más casos de éxito escolar en sujetos sordos. Esto se debe a tecnologías para mejorar la audición, especialmente los implantes cocleares, y a modelos orales de intervención apoyados en
programas de enriquecimiento instrumental. Las variables que contribuyen a estos buenos casos son bien conocidas, por lo que podemos contar hoy con los recursos adecuados para cambiar el panorama de pobreza cognitiva asociada a algunas personas
sordas.



Esta diversidad de estatus auditivo, lingüístico y resultados educativos ha sido fuente a lo largo de los últimos dos siglos de disputas, de confrontaciones en pro de la definición y de la instauración del supuesto mejor método o el supuesto
mejor sistema educativo y de comunicación para las personas sordas. ¿Qué aporta esta ley, señorías, a la situación que describimos? Nuestra valoración global del proyecto de ley es muy positiva y la resumimos en dos aspectos: En primer lugar, el
reconocimiento de la lengua de signos española -o en su caso de las lenguas de signos españolas- y los medios de apoyo a la comunicación. El proyecto de ley tiene un gran valor social y educativo en la medida en que reconoce las dificultades para
el acceso a la información y legisla a favor de su superación. Es histórico, será historia, el reconocimiento que hace esta ley de las lenguas de signos de nuestro territorio; ya en la comparecencia anterior hemos escuchado los fundamentos
científicos de este reconocimiento y creo que son muy pocos en este país los que dudan de que estamos ante verdaderas lenguas. Esta valoración positiva la extendemos al resto de aspectos que en la ley se citan como, por ejemplo, el Centro de
Normalización Lingüística, su inclusión de la lengua de signos como asignatura optativa para el resto del alumnado, la definición de las titulaciones a exigir, los intérpretes de las lenguas de signos, etcétera. De igual modo, señorías, también
será histórico a partir de la aprobación de esta ley el amparo y la regulación que hace del necesario e imprescindible establecimiento de recursos específicos para todas aquellas personas sordas y sus padres cuyo deseo es alcanzar el máximo
desarrollo posible en su comunicación oral y escrita, garantizando -como hace la Ley- y regulando el derecho de aprendizaje, conocimiento y uso del conjunto de medios de apoyo a la comunicación oral, tanto los que existen en la actualidad como los
que la ciencia, la tecnología o la psicopedagogía aporten en el futuro. Está el proyecto de ley garantizando el conjunto de sistemas aumentativos de comunicación, el conjunto de sistemas de amplificación, de prótesis auditivas, subtitulado,
etcétera.



La segunda valoración positiva de esta futura ley tiene que ver con la libertad de elección. Valoramos muy positivamente, señorías, el reconocimiento explícito que el proyecto de ley hace a favor de la libertad de elección. El artículo 7:
Libertad de elección de las personas sordas para elegir la forma de comunicación y los medios necesarios para el desarrollo de la misma, sea esta la lengua de signos -la que sea- y/o la lengua oral. Los tradicionales y frecuentes intentos de
individuos y de organizaciones, de uno y otro bando, en pro de la imposición de sus planteamientos comunicativos y de sus planteamientos educativos quedan así, señorías, desde nuestro modesto punto de vista, mediatizados y bajo control. Pero, en
relación con la libertad de elección, lo verdaderamente sustancial y trascendental de este reconocimiento democrático es que la ley reconoce la libertad de elección a los individuos, no a los grupos ni a las organizaciones; son las personas sordas
o sus padres o sus tutores los depositarios de ese derecho. Los padres podrán así elegir la lengua materna de sus hijos sordos así como el modelo de educación y la lengua vehicular de enseñanza que deseen para los mismos.



Voy a hacer, en tercer lugar, algunas reflexiones o algunas sugerencias para la mejora de la ley. Haré cinco o seis aportaciones. Primero, un matiz, una reflexión, sobre la libertad de elección de la lengua oral o de signos. Hemos
valorado muy positivamente la consagración en este proyecto de la libertad de elección de la lengua por parte de las personas sordas y de sus padres. No obstante, señorías, la redacción actual del artículo 7, apartado c), donde dice que tienen
derecho a elegir sin imposiciones de ninguna clase la lengua oral y/o la lengua de signos española, nos permite sugerir la siguiente reflexión: El artículo 3.1 de la Constitución declara que el castellano es la lengua española oficial del Estado.
Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho de usarla. Similar redacción tienen las restantes lenguas orales de nuestro territorio en los estatutos de autonomía de las comunidades con lengua propia. En correspondencia con ese
mandato constitucional, todas las leyes orgánicas sobre configuración del sistema educativo -las que han existido, por ejemplo, la Logse y recientemente la LOE- desarrollan este principio constitucional y así, por ejemplo, en la LOE actual, el
artículo 16.2 señala como principio general de la educación primaria adquirir


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las habilidades culturales básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a la lectura y a la escritura. En relación con los objetivos de dicha etapa, en la educación primaria el artículo 17.e) dice: Conocer y utilizar de manera
apropiada el castellano y, si lo hubiera, el idioma cooficial.



Señorías, todos estos principios y objetivos tienen que desarrollarse posteriormente en los correspondientes decretos del currículo que tendrán que ser aprobados en su momento. Teniendo en cuenta estas obligaciones y deberes y también la
disposición final primera del propio proyecto de ley, que dice: Esta Ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los
derechos y del cumplimiento de los deberes constitucionales- planteamos el siguiente interrogante en relación con la redacción del artículo 7 c): ¿puede una persona sorda, o sus padres o tutores, no elegir la lengua oral española o de su comunidad
autónoma para su educación? Algunas personas, algunos inspectores educativos, ya sugieren esta eventualidad al leer el citado artículo. En nuestra modesta opinión, la redacción del mencionado artículo debería precisarse para que quede claro que la
libre elección solo puede plantearse y garantizarse en los términos siguientes: A) El conocimiento y aprendizaje de la lengua oral es obligatoria para todo el alumnado; B) No puede elegirse no estudiar la lengua oral, es decir, no puede rechazarse
estudiar la lengua oral, aunque podría no desearse y no demandarse la utilización de medios de apoyo para la comunicación oral; C) Quienes opten por la lengua de signos o las lenguas de signos deben ser conscientes de que están optando por el
aprendizaje de dos lenguas: la oral que es obligatoria para todo el alumnado, y la de signos, que es optativa. D) La lengua de signos puede elegirse como lengua vehicular de los aprendizajes, pero esto no exime del aprendizaje de la lengua oral;
es más, sin el conocimiento de la lengua oral, el acceso a la lecto-escritura -pieza clave para que el sujeto se convierta en aprendiz autónomo- no se entiende. Por último, aunque el currículum en nuestras leyes educativas se concibe como algo
flexible y adaptable a las necesidades educativas del alumnado, en la práctica las adaptaciones curriculares no han supuesto, hasta el día de hoy, la eliminación completa de la asignatura de lengua castellana o de la lengua oral de la comunidad
autónoma o territorio de que se trate. En resumen, señorías, el conocimiento y aprendizaje de la lengua oral es obligatorio por la Constitución y por las leyes orgánicas del sistema educativo y, además, no se puede limitar la utilización de medios
de apoyo a la comunicación oral a determinados centros educativos, pues es la comunicación de todos los centros de enseñanza española.



Segunda aportación, el problema de la lectura en las personas sordas. El debate lengua oral-lengua de signos solo tiene un sentido importante en el marco del futuro aprendizaje lector. En este debate cobra su verdadero sentido abordar las
habilidades lecto-escritoras de las personas sordas; los datos científicos mundiales reflejan sin duda alguna que el aprendizaje de la lectura plantea una gran dificultad para la generalidad de los alumnos con discapacidad auditiva,
independientemente del estado auditivo de los padres, del sistema de comunicación, del contexto geográfico y del contexto idiomático. Los sordos presentan un progreso lector muy lento a lo largo de la escolarización y niveles de lectura terminales
muy bajos, parecidos a los niveles iniciales del aprendizaje de los oyentes. Sin lugar a dudas la lectura es hoy por hoy el principal problema al que se enfrentan las personas sordas, sus padres y sus educadores. Esta misma literatura científica
sostiene con datos rotundos que no puede haber lectura eficaz en los sujetos con discapacidad auditiva sin el adecuado desarrollo de habilidades cognitivas ligadas a la lengua oral; en realidad, lo sostiene para cualquier sujeto. La
lecto-escritura requiere habilidades básicas presentes en el dominio de la lengua oral. La lectura es un cambio de modalidad con respecto a la lengua oral y en esta encuentra sus bases y sus fundamentos. De otro lado, el acceso a la lectura eficaz
exclusivamente a través de las lenguas de signos, no está aún acreditado científicamente en la literatura con datos y prueba de ello es que, en países como, por ejemplo, Estados Unidos -donde la lengua de signos americana, el american sign language,
ha alcanzado un uso y un desarrollo incomparable en relación con el resto de lenguas de signos del mundo-, los bajos niveles lectores de sus estudiantes sordos siguen siendo el problema más acreditado. En Estados Unidos, como en España, como en el
resto de Europa, los adolescentes y adultos sordos siguen solicitando programas y servicios educativos de apoyo y refuerzo para mejorar las habilidades de lectura comprensiva y escritura. En síntesis, si la lecto-escritura es una habilidad
irrenunciable en el currículo escolar, hay que tener en cuenta que el dominio de la lengua oral es condición necesaria, aunque no suficiente, para adquirir esta habilidad que convierte al sujeto en aprendiz autónomo.



Tercera aportación: garantía para el aprendizaje y conocimiento de los medios de apoyo a la comunicación oral. Son bastantes los padres oyentes de niños y niñas sordos que hacen y seguirán haciendo su opción por el máximo desarrollo de la
comunicación y el lenguaje oral y escrito en la rehabilitación y en la educación de sus hijos. El proyecto de ley reconoce ese derecho y garantiza su desarrollo, lo hace en el título segundo. Para que el derecho al desarrollo de la lengua oral,
apoyado y sostenido en los medios de acceso, sea real y eficaz, señorías, la investigación y la práctica contrastada en los últimos 20 años ha demostrado que ello es posible si, y solo si, se garantizan unos servicios y unos recursos básicos e
imprescindibles. Dos tienen una entidad superlativa a nuestro juicio: uno, el desarrollo cognitivo y lingüístico de las personas con discapacidad auditiva será tanto más eficaz cuanto más temprana sea detectada su deficiencia auditiva; y dos, la
detección precisa de esa


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deficiencia auditiva en las primeras semanas permitirá el encauzamiento directo de los padres del niño sordo, de forma que se le pueda dar la información objetiva necesaria para poder hacer uso libremente de los recursos que pretendemos
garantizar. En definitiva, garantizar con eficiencia los derechos recogidos en el título segundo de esta ley, en consonancia además con el artículo 22, sobre garantías de dotación estructural, que dice: Los poderes públicos establecerán medidas de
acción positivas para garantizar los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para cubrir las necesidades y demandas de los usuarios objeto de esta Ley, requiere, a nuestro modo de ver, garantizar en el articulado de este proyecto dos
condiciones básicas. Uno, el screening universal o la generalización obligatoria para todo recién nacido de screening audiológico en los hospitales de maternidad; y dos, la creación o la remodelación de los servicios públicos de atención temprana
para sordos que, en coordinación con los debidos hospitales, ofrezca inmediatamente la información objetiva a los padres sobre opciones de comunicación y medios a su disposición.



La cuarta aportación, señorías, es respecto a los intérpretes. El artículo 13.1.a) reconoce y garantiza la utilización de intérpretes para los usuarios de la lengua de signos. En este proyecto, sin duda, este artículo es uno de los pilares
en que hemos basado nuestra valoración positiva de la presente ley, pues se trata de un servicio imprescindible para la comunidad sorda usuaria de lenguas de signos. Las personas con discapacidad auditiva, usuarias de medios de apoyo a la
comunicación oral pueden igualmente, señorías, verse ante la necesidad imperiosa de disponer -al menos en las etapas del sistema educativo obligatorio- de servicios de intérpretes en alguno de los sistemas de comunicación aumentativo que utilizan.
Por ejemplo, tal es el caso de los usuarios del sistema de la palabra complementada; es un sistema de apoyo a la comunicación oral, de apoyo a la lectura labio-facial, que utiliza complementos manuales. La escolarización de las personas sordas que
han sido expuestas a este sistema durante sus años preescolares, requiere el apoyo escolar en el aula de la figura de los intérpretes o, más precisamente, de los complementadores de palabra. Así se hace en otros países desarrollados, como en
Estados Unidos de Norteamérica o en Francia, sin ir más lejos. En el texto de mi comparecencia que les dejo, les facilito algunas referencias al respecto. Nosotros sugerimos la modificación del articulado del título segundo de esta ley para que,
igual que se hace con la lengua o con las lenguas de signos, los usuarios de medios de apoyo a la comunicación oral puedan disponer de expertos complementadores en los distintos sistemas de apoyo a la comunicación oral, si así lo demandaran.



En cualquier caso, la posibilidad de ejercer como profesional intérprete de la lengua de signos o como complementador -en el caso de otros sistemas aumentativos de comunicación- deben tenerla, señorías, aquellas personas que hayan seguido la
formación reglada, la formación oportuna y exigible para ello, tal como sucedería en el caso de cualquier otro profesional de la educación y la docencia. La ausencia o inadecuada preparación de los profesionales del ámbito educativo resulta siempre
lesiva y fraudulenta para la educación. Esa formación, hoy por hoy, está por definir. Sugerimos pues la precisión o la matización correspondiente en el articulado de los títulos I y II en los puntos en que se dictamina sobre la formación inicial
de estos profesionales.



Quinta aportación sobre los modelos educativos bilingües, muy breve. El artículo 10.2 declara: Las administraciones educativas podrán ofertar, entre otros, modelos educativos bilingües que serán de libre elección.
Entendemos y sugerimos
que se haga la correspondiente matización en el texto de que dichos modelos deben responder y garantizar las obligaciones emanadas de las leyes de ámbito superior, como dije al defender que la lengua oral es una lengua de aprendizaje obligatorio
para todo el alumnado. En cualquier caso, los modelos educativos bilingües deben garantizar, en cantidad y en calidad, la igualdad de acceso a las lenguas, que incluyen a la lengua oral castellana y a la lengua de signos, por ejemplo o, en su caso,
a la lengua oral castellana y a la lengua oral catalana, vasca o gallega. Los desarrollos de modelos bilingües que hemos conocido hasta ahora, señorías, no han garantizado esta igualdad de acceso a las lenguas en juego, por lo que debería hacerse
el correspondiente añadido en la redacción del artículo 10.2.



Por último, señorías, en relación con el centro de normalización lingüística, el artículo 14 crea dicho centro con la finalidad de investigar, fomentar, difundir y velar por el buen uso de esta lengua.
Sin embargo, para el fomento y
desarrollo de estas finalidades la ley establece que el organismo estará compuesto por profesionales expertos usuarios en lengua de signos española y en sociolingüística. Nuestra sugerencia sería que dicha composición no esté cerrada exclusivamente
a profesionales expertos usuarios de lengua de signos, ya que serán muchos los profesionales de las distintas ramas de la ciencia, y en particular de la psicopedagogía, los que podrían hacer aportaciones interesantes en relación con los objetivos
del citado organismo. Igualmente, en el mismo articulado se describe que el citado centro desarrollará acciones, manteniendo consultas y estableciendo convenios con entidades representativas de las personas sordas, sordociegas y de sus familias,
usuarias de lengua de signos. Este texto, señorías, en su redacción actual excluye la posibilidad de realizar acciones y convenios con instituciones y personas distintas a las señaladas -por ejemplo, las universidades- y restringe, una vez más, la
participación al exigir ser usuarios de la lengua de signos. Conocer una lengua no otorga derechos ni ciencia para regularla, para investigarla, etcétera. Cualquiera de los aquí presentes es un buen usuario de la lengua castellana y muy pocos -o
solo algunos- estarían capacitados para formar parte de un organismo o realizar una investigación sobre aspectos lingüísticos de


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nuestra lengua oral. En definitiva, creemos que la creación del centro de normalización lingüística es un gran paso para el desarrollo y difusión de la lengua de signos, pero su composición y ámbito de acción no debe quedar restringido ni a
las personas sordas ni a los usuarios de la lengua de signos. Una mayor apertura en su composición y en sus posibilidades de acción hacia otros contextos profesionales e institucionales así como a expertos en ramas de la lingüística y la
psicopedagogía, permitirá obtener mejores frutos. Las instituciones ligadas a la investigación y difusión del conocimiento, como las universidades, no pueden contemplarse en su redacción actual.



Para concluir, señorías, quiero reiterar mi agradecimiento por la invitación a participar en esta ronda de comparecencias, así como su atención y quedo a su disposición por si desean formular alguna pregunta o que ampliemos cualquiera de los
aspectos tratados. Disponen ustedes de copias del texto de mi intervención.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): A continuación, para formular las preguntas o hacer los ruegos que consideren oportunos, tienen la palabra los portavoces de los grupos parlamentarios presentes. En primer lugar, el señor
Barrachina por el Grupo Parlamentario Popular.



El señor BARRACHINA ROS: Muchas gracias por su intervención. Creo que ha sido suficientemente clara y, además, al facilitárnosla en papel, quedan escasas dudas. Desde su precisión científica, que obviamente no tiene mi grupo
parlamentario, en toda su intervención ha dado la impresión, que yo creo que también tenemos todos los grupos parlamentarios, de que existe una bipolarización de las intervenciones, sobre todo educativas o formativas, que deben recibir los niños,
las niñas, las personas sordas en general. Mi grupo considera tan conveniente que aquellas personas sordas que quieran, hablen la lengua de signos y dispongan de las mayores facilidades y del mayor número de intérpretes posible -especialmente en
aquellas actividades fundamentales de su vida, sanitarias, educativas pero también de ocio o culturales- como indispensable que tengan una capacidad de lectura y de escritura suficiente para poder desenvolverse en la vida. Por mi escasa
experiencia, todas las personas sordas que he conocido usuarias de lengua de signos, mi impresión es que leen con la misma facilidad que yo; de su intervención deduzco que no. Me gustaría que me diera su impresión personal o académica sobre si el
uso de la lengua de signos en niños desde temprana edad, a su juicio -al mío particular y hasta el día de hoy no es así- ralentiza o dificulta en alguna medida la capacidad para leer, para escribir o para oralizar la lengua catalana, valenciana,
gallega, vasca o castellana; si le parece que esto supone algún inconveniente. A mi juicio no son solamente complementarias sino que me parecen convenientes para la adecuada estimulación temprana.



En segundo lugar, me gustaría saber si a usted le parece que todas las personas sordas, especialmente las que lo son de nacimiento y profundas, tienen capacidad para lo que llamamos tradicional o coloquialmente leer los labios, es decir, la
lectura labiofacial, el cien por cien de las personas y también el cien por cien de los contenidos. Mi impresión cuando he tratado con estas personas es que una parte del contenido se pierde y que a una parte de las personas que utilizamos la
lengua oral, resulta difícil alcanzar una gran parte de sus contenidos. Es decir, la sensación que yo personalmente tengo es que esta combinación no solamente es necesaria sino a veces indispensable y, por tanto, la excesiva fractura entre la clara
opción entre uno u otro sistema a veces me parece que está más en el artificio legal que en el propio deseo de las personas sordas, que de manera natural ellos entienden indispensable comunicarse entre ellos, muchas veces con lengua de signos, y
también obviamente el uso de la lectura, de la escritura y de la oralización cuando tienen capacidad y oportunidad.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Cedrés Rodríguez.



La señora CEDRÉS RODRÍGUEZ: En primer lugar, quiero agradecer la presencia aquí de don Rafael Santana y felicitarle en nombre de mi grupo y a todo el quipo con el que ha investigado desde hace tantos años, por la labor que han llevado a
cabo y el extenso material de investigación que han aportado a toda la comunidad educativa española. Destacó una cita de Conrad que creo fue una buena forma, en cierto modo, de destacar el espíritu de esta ley: Esa guerra contra la pobreza
cognitiva no deja de ser la guerra, o luchar contra las barreras comunicativas, que creo que es el espíritu de esta ley. Pero, para ser breve, me gustaría -teniendo aquí a un catedrático que ha desarrollado toda su labor en la formación de
profesorado- preguntarle cuál debería ser la formación del profesorado que enseñe por ejemplo la lengua de signos. Durante su intervención ha hablado sobre la elección que contempla la ley de la lengua oral o de la de signos. ¿Son para usted -o no
entendí bien- las lenguas de signos completas por sí solas? ¿Por qué, si no lo fuesen?


Sobre el centro de normalización lingüística hizo aportaciones concretas, pero me gustaría saber si podría desarrollar alguna de las funciones en materia de investigación que piense que son inminentes ante la creación del centro.



Ya no tengo más preguntas que hacer. Reitero el agradecimiento de este grupo.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Para contestar a las opiniones y preguntas de los grupos parlamentarios tiene la palabra el señor Santana.



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El señor CATEDRÁTICO DE DIDÁCTICA Y ORGANIZACIÓN ESCOLAR DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE MAGISTERIO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (Santana Hernández): Su primera pregunta es si el uso de las lenguas de signos desde temprana
edad dificulta la capacidad para leer.
En realidad, en la literatura científica nos faltan datos experimentales para mostrar que a través de las lenguas de signos -exclusivamente a través de las lenguas de signos- se puede llegar a ser un lector
eficaz, un lector competente. No lo digo yo; una de las revistas más prestigiosas, específicas de este campo Journal of Deaf Studies and Deaf Education, publicada en Norteamérica, en su editorial número diez -hace diez años que se creó-, publicada
a finales del 2005, reconoce que no tenemos aún estos datos y que sería importante que la investigación en lenguas de signos avanzara sobre esta posibilidad. Personalmente no creo que las lenguas de signos dificulten o entorpezcan la capacidad para
leer, para hacer comprensión lectora. Lo que dice la literatura científica es que las lenguas de signos en general son lenguas distintas a las lenguas orales y la lectoescritura es una habilidad basada en componentes de las lenguas orales; las
lenguas de signos no tienen escritura, las lenguas orales sí tienen su propia escritura. Por lo tanto, para ser un lector competente es necesario dominar, haber desarrollado un conjunto de habilidades lingüísticas, metalingüísticas, cognitivas, que
están en relación con el desarrollo de la lengua oral. Es cierto, por ejemplo, que muchos niños sordos usuarios de lengua de signos disponen de un vocabulario, de un léxico, mucho más amplio que niños oyentes que han intentado desarrollar la lengua
oral pero que no han llegado a un dominio suficiente; ese mejor léxico le predispone a una mejor competencia lingüística a nivel de lectoescritura, pero no garantiza el acceso eficaz a la lectura. Los datos que tenemos -incluso cuando se
contrastan exclusivamente poblaciones de usuarios de lengua de signos, porque son hijos de padres sordos- es que su lectura también está muy comprometida. En resumen, faltan datos respecto hasta dónde podemos llegar exclusivamente con lenguas de
signos y sobran datos en el sentido de que la lectoescritura requiere de determinadas habilidades que dependen estrechamente del lenguaje oral. Dicho de otra manera, para alguien que quiera ser bilingüe en ambas lenguas, necesariamente la
lectoescritura es una obligación porque es lo que le va a dar la posibilidad, además, de ser un aprendiz autónomo y las competencias para ese objetivo las tiene que buscar necesariamente en la lengua oral o lenguas orales de que se trate.



En relación con su segunda pregunta sobre si todas las personas sordas tienen capacidad para hacer lectura labiofacial al cien por cien de la información que les propongan, la investigación también ha demostrado que la lectura labiofacial es
una información imprescindible, como usted bien ha dicho, necesaria para las personas sordas, muy necesaria e imprescindible fundamentalmente para personas sordas que quieren hacer un desarrollo de la lengua oral, pero es una habilidad que presenta
dificultades, que presenta problemas. Por ejemplo, cuando se hace, exclusivamente a través de lectura labiofacial, percepción de palabras aisladas, los mejores resultados de alumnos sordos muy entrenados, que han tenido muchos años de
escolarización y por tanto de entrenamiento suele estar en torno a seis de cada diez palabras que se les presentan.
La lectura labiofacial al cien por cien presenta dificultades, no es posible, aunque es un objetivo para aquellas personas sordas y
aquellos padres que quieran garantizar en sus hijos el desarrollo de la lengua oral. Así, sistemas como por ejemplo la palabra complementada, no es una lengua es un sistema aumentativo de comunicación, es un conjunto de complementos manuales para
apoyar las dificultades de inteligibilidad que tiene la lectura labiofacial. Hacía en mi comparecencia la propuesta de tener en cuenta también la necesidad de que ciertos niños que han utilizado la palabra complementada en su etapa preescolar para
adquirir la información de su familia, de su entorno, de sus profesores de preescolar, continúe con la posibilidad de tener en el aula un complementador -no diría yo un intérprete porque no estamos hablando de lengua- que siga proporcionando en esta
etapa básica de la educación obligatoria esa información necesaria para introducir, para crear las representaciones en nuestra mente, en la mente de los niños, sobre nuestra lengua. Por lo tanto, no hay lectura labiofacial al cien por cien; puede
haber lectura labiofacial al cien por cien con determinados sistemas aumentativos de comunicación, como ha mostrado, en distintas lenguas, en inglés, en castellano, o en francés, por ejemplo, la palabra complementada.



Paso a las preguntas de la señora Cedrés Rodríguez. La primera era: ¿Cuál debería ser la formación del profesional que enseñe lengua de signos? Creo que los títulos I y II de este anteproyecto de ley cuando hablan del aprendizaje en la
formación reglada, tanto en lo que se refiere a profesionales debidamente cualificados para la enseñanza de la lengua de signos como a profesionales debidamente cualificados para la enseñanza de los medios de acceso a la comunicación oral, dicen -es
una redacción, desde mi punto de vista, acertada- que la Administración educativa determinará las titulaciones que se requieran. Si me pregunta mi opinión, creo que habría que hacer una distinción, tanto en relación con estos profesionales como con
los intérpretes de lenguas de signos. La distinción tendría que tener en cuenta si hablamos de profesionales e intérpretes que van a desarrollar sus funciones en ambientes educativos o si lo van a hacer en otros ámbitos no educativos, a nivel de
transportes, salud, etcétera. En mi opinión, aquellos profesionales de la lengua de signos, de los medios de acceso a la comunicación oral, intérpretes, que ejerzan en ambientes educativos, deberían tener formación universitaria; la formación
docente que exigimos para otros profesionales y que en estos momentos garantiza la universidad, creo que deben requerirla también dichos


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profesionales. Pienso que a nadie le extraña, por ejemplo, que a un profesor de lengua extranjera -de inglés, de francés o de lo que sea- se le exija un título universitario para enseñar; no nos debería extrañar que a un profesional de la
lengua de signos -es otra lengua- se le exija el mismo requisito. Además, nuestra integración en el marco europeo de educación superior en el que estamos exigirá tener en cuenta o estar en sintonía con lo que están haciendo otros países -sobre todo
países de nuestro entorno, aunque no exclusivamente- con respecto a este tipo de profesionales. Estamos ante el momento justo, ante el momento preciso, para calibrar bien la formación inicial que deben tener estos profesionales que, insisto, desde
mi modesto punto de vista, debe ser una formación universitaria, al menos de título de grado, si hablamos de los nuevos títulos que se van a poner en marcha.



Con respecto a su segunda pregunta sobre si son completas las lenguas de signos por sí solas, desde mi punto de vista son completas las lenguas de signos por sí solas como lenguas para la comunicación y para el desarrollo de sus habilidades
de comunicación, de pensamiento, etcétera, en los usuarios que las tienen, que son competentes en ellas; son completas, son eficientes y valoramos muy positivamente que en esta ley se haga ese reconocimiento explícito a las lenguas de signos y se
haga justicia con todo ese conjunto de usuarios que tienen estas lenguas como lengua propia, como lengua en la que resuelven sus situaciones habituales de la vida ordinaria. Creo que no son completas si, por ejemplo, confrontamos el dominio
-incluso temprano, como decíamos anteriormente- de las lenguas de signos en relación con la lectoescritura. Igual que hemos dicho que nuestras leyes garantizan y obligan al desarrollo de la lengua oral castellana o restantes lenguas orales en
nuestro ordenamiento jurídico actual, también tenemos que decir que obligan igualmente en relación con la lectoescritura. Creemos que la lengua de signos no tiene, por sí sola exclusivamente, la posibilidad de hacer que los usuarios de estas
lenguas sean buenos lectores, porque las habilidades de la lectoescritura de nuestra lengua no tienen por qué tenerlas -y no las tienen- las lenguas orales; son lenguas distintas, por lo tanto no tienen que tener necesariamente los fundamentos, las
bases, las habilidades fonológicas, por ejemplo, que tienen las lenguas orales y que se requieren en el aprendizaje de la lectoescritura. Luego no lo tienen porque no tienen por qué tenerlo, pero como lengua de comunicación, como lengua de
pensamiento, como lengua de relación social, tienen todo lo que tienen que tener y, sobre todo -como ha quedado de manifiesto también en la comparecencia anterior-, desde un punto de vista científico y desde un punto de vista lingüístico, tienen
todo lo que tienen que tener las lenguas.



Por último, la tercera pregunta, sobre las funciones en materia de investigación del centro de normalización lingüística. Es un acierto la creación de este centro, deberíamos todos sentirnos orgullosos de que esto se haga. Yo incluso -si
quieren en un aspecto ya más coloquial y no para que se incorpore a la ley- pensé cuando ví lo del centro de normalización lingüística, que quizá hubiéramos acertado más llamándole la real academia de la lengua de signos, es decir, esa que limpie,
fije y dé esplendor a la lengua de signos y, por supuesto, cada real academia a su lengua de signos correspondiente. Por lo tanto, creo que tiene un gran futuro, que tiene un buen futuro, que sobre todo debe investigar en los fundamentos
lingüísticos, en los fundamentos científicos de dicha lengua, y que no siga considerándose -fundamentalmente por parte de personas no muy allegadas a este conjunto de usuarios de las lenguas de signos- como un conjunto de gestos pantomímicos que no
se corresponden, que no tienen parangón con las verdaderas lenguas. Ese va a ser un objetivo de investigación muy importante y el prestigio que tienen otras lenguas -por ejemplo el ASL, el American Science-Language o el British Science Language-
podrán alcanzarlo las lenguas de signos españolas cuando, dentro de algunos años, empiecen a desarrollar tareas como las que acabo de señalar.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Muchas gracias en nombre de esta Comisión, por sus exhaustivas intervenciones, señor Santana, que creo que a buen seguro serán muy útiles para todos los diputados que forman parte de la misma, por
su deferencia al habernos aportado esa documentación y por su disposición a atender en todo momento los requerimientos de esta Comisión.



-DE LA SEÑORA PSICOPEDAGOGA (ALON-SO BAIXERAS). (Número de expediente 219/000591.)


El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): A continuación y para no entretenernos demasiado, reanudamos la Comisión con la comparecencia de doña Pilar Alonso Baixeras, psicopedagoga, que ha sido solicitada por el conjunto de la Comisión de
Trabajo y Asuntos Sociales. Tiene usted la palabra y muchas gracias por su presencia.



La señora PSICOPEDAGOGA ALONSO BAIXERAS: Primero, agradecerles que me hayan dejado participar, poner mi granito de arena en esta tarea y, sobre todo, darles las gracias en nombre de aquellas familias, de aquellos profesionales y aquellos
niños que se están educando ya en la propuesta bilingüe, porque no es una iniciativa nueva, es una iniciativa que ya lleva años, lleva sobre todo años de voluntariado y de gente que quiere y que está peleando por que la educación de los alumnos
sordos mejore en este sentido. Es importante aprovechar este momento y valorar muy positivamente la iniciativa gubernamental para resolver la situación de los alumnos sordos, por lo menos ampliarla y darle una mayor calidad. Yo he titulado a mi
comparecencia: Sentido


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y utilidad de la educación bilingüe. Pero sobre todo me interesa resaltar que el sentido y la utilidad viene determinada porque queremos una educación de calidad para todos los alumnos. La educación bilingüe viene a proponer revisar el
sistema educativo para todo el alumnado, no solo para el alumnado sordo sino para el alumnado oyente que se educa también con ese alumnado sordo. Me he permitido -pidiendo permiso a los colegios- aportar una documentación fotográfica de niños y de
profesionales que están trabajando en estas escuelas.



Voy a presentarme. En primer lugar, soy psicóloga, estuve trabajando durante diez años en la Subdirección General de Educación Especial, en concreto en el Centro Nacional de Recursos, y ahí aprendí muchísimo sobre la educación de los sordos
y pude participar en múltiples investigaciones. Lo más importante es que pudimos también participar de información externa a nuestro país, que fue lo que nos dio empuje para pensar que la educación bilingüe era una opción posible. Desde hace diez
años trabajo como psicopedagoga en un equipo de orientación educativa; me siento parte de la escuela, estoy metida en la escuela hasta la médula y es mi campo de trabajo. Yo estoy ahí y mi ponencia va a ir en ese sentido, qué es la escuela
bilingüe. Desde hace cuatro años estoy trabajando como profesora asociada en el departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación, que es un aporte modesto a la Universidad y a la formación de los futuros profesionales que van a trabajar en
las escuelas de los niños sordos.



¿Qué es lo que suelo hacer cuando acudo a mi trabajo? Todo lo que tiene que ver con el asesoramiento psicopedagógico a los centros de educación de los alumnos sordos; evaluación de las necesidades educativas de los niños; asesoramiento a
las familias, les orientamos sobre los centros que hay, dónde pueden acudir; elaboramos materiales de apoyo para la formación del profesorado. Y no tan relacionado con mi trabajo pero he tenido la oportunidad también, a través del apoyo que a
veces he tenido de la Confederación de sordos, de poder investigar en el ámbito de la comprensión de la comunidad sorda y de su lengua. Conozco la lengua de signos, soy intérprete de la lengua de signos, y creo que para mí ha sido un refuerzo más
para ver hacia dónde podíamos caminar con estos alumnos.



Los objetivos de la presentación. En primer lugar, decía a sus señorías que quería presentar y analizar el sentido y la práctica, no solo el sentido sino qué está ocurriendo en las escuelas de educación bilingüe para los alumnos sordos. En
segundo lugar, mucho más importante todavía es compartir con ustedes que la educación bilingüe intenta ser de calidad para todos los alumnos, como he dicho antes, procurando promover una actitud positiva hacia la diversidad del alumno. No tenemos
un tipo de alumnos sordos. Tenemos alumnos muy variados en los centros, con posibilidades muy distintas, algunos con discapacidades asociadas a la sordera, otros hijos de sordos, otros niños sordociegos y tenemos que intentar dar respuesta a esa
diversidad del alumnado. El tercer objetivo sería señalar algunas de las barreras y de las dificultades a las que ahora mismo se están enfrentando los centros escolares en el seguimiento de este enfoque, es decir, en el sentido de qué les está
pasando a los alumnos en este enfoque, a sus familias y al profesorado. Soy un poco pesada pero quisiera responder que este enfoque bilingüe intenta, en definitiva, abrir un marco de comprensión nuevo hacia la educación, reconociendo y respetando
la diversidad, garantizando la igualdad de oportunidades de los alumnos que son más vulnerables, de esos alumnos que históricamente han estado en un proceso de exclusión educativa permanente.



A estas alturas, seguro que sus señorías han escuchado que en la educación de los sordos históricamente ha habido dos perspectivas que se han defendido aquí. Ha habido una perspectiva mucho más individual, centrada en la discapacidad y en
los déficits que genera esta discapacidad. Esta perspectiva ha puesto el peso en recuperar la audición de los alumnos, en buscar ayudas técnicas que mejoren esa audición, y sobre todo en la enseñanza de la lengua oral en ambas vertientes, tanto en
la modalidad hablada como en la modalidad escrita. Sin duda ha habido grandes avances en los últimos años. Es de justicia reconocer estos avances y que hemos mejorado la audición. Hay niños que tienen una audición funcional que les está sirviendo
gracias al implante coclear. Sabemos cada vez más de sistemas complementarios que ayuden a la enseñanza de la lengua oral y de la lengua escrita. El anterior compareciente ha hablado del sistema de la palabra complementada y yo estoy muy de
acuerdo en todo lo que ha dicho.
Pero además de esta perspectiva hay otra que no es tan individual, es una perspectiva mucho más social, identitaria, centrada precisamente en la capacidad de los individuos. Nosotros solemos llamar dimensión
sociocultural de la discapacidad auditiva y curiosamente emerge en un momento en el que el fenómeno de la discapacidad en todo su sentido está sufriendo un cambio importante. Las personas con discapacidad y los profesionales que trabajamos con
ellos ya no pensamos que la discapacidad es una tragedia individual, algo que sufren las personas que les ha tocado ese déficit, sino que es una construcción social, fruto de las relaciones y de las interacciones de los individuos con sus contextos.

Últimamente desde la escuela estamos intentando ayudar a eliminar todas aquellas barreras de aprendizaje y participación que los alumnos se encuentran todos los días en su vida escolar, porque creemos que si eliminamos barreras la capacidad surge y
la discapacidad se diluye. En ese sentido, ver las dos perspectivas nos tiene que hacer pensar que las dos están continuamente interaccionando y que ninguna de ellas es más importante que la otra. En el enfoque bilingüe se reconoce la audición, se
reconoce el trabajo de la lengua oral, pero también se reconoce el uso de la lengua de signos y, por supuesto, la necesidad de utilizarla en la escuela. Si vemos este proceso de interacción


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entre las dos perspectivas, lo que el enfoque bilingüe nos aporta es lo siguiente: el uso tanto de la lengua oral, castellana o lengua propia, como de la lengua de signos, ambas como vehículos de interacción en la enseñanza y como vehículos
de interacción comunicativa.



Me voy a pasar a la escuela, si me lo permiten. Me dice el ordenador que no. El pervínculo no sale.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Si es necesario interrumpimos unos segundos la sesión, pero si puede hacerlo de forma oral, como luego nos podrá dejar la documentación, se lo agradecemos.



La señora ALONSO BAIXERAS, PSICOPEDAGOGA: Pues sí.



Lo que quería resaltar en este primer punto y lo que se veía en la foto es precisamente niños aprendiendo la lengua de signos y la lengua oral y compartiendo el aula con sus iguales oyentes. El interés creciente hacia la lengua de signos de
muchos profesionales y familias está haciendo que dicha lengua se resitúe en un lugar mucho más positivo que el que tenía antes en la escuela. Gracias a experiencias de este tipo se están abriendo espacios de reflexión y diálogo mucho más serenos,
está habiendo mucho más encuentro entre los distintos profesionales entre esas perspectivas que les decía. No solo está habiendo mucho más encuentro sino que al llevarlo a la escuela estamos viendo la eficacia de la interacción entre estas dos
perspectivas. En ese sentido están surgiendo nuevos contextos escolares. Normalmente la educación bilingüe se ha asociado a la educación especial y este ha sido un gran hándicap. Es decir, parecía que a las familias les decíamos que sus hijos
iban a tener que estar educados siempre con sordos, que no podía haber otro entorno más que el de la educación de los sordos. En este momento hay muchos centros de educación de sordos tradicionales y muy conocidos en nuestro contexto escolar que
han aportado muchas cosas sobre la educación bilingüe, pero se están abriendo nuevas perspectivas, están surgiendo muchos centros que están queriendo incorporar en lo que se ha llamado la educación inclusiva, la educación de los alumnos oyentes, a
los alumnos sordos compartiendo la educación con ellos. Es decir, estamos ante una perspectiva que denominamos educación compartida bilingüe, donde ya no es un agrupamiento solo de sordos sino que es un agrupamiento compartido de sordos y oyentes.
Esas escuelas reflejan lo que ocurre en la sociedad. En una escuela donde hay 16 niños oyentes y cinco sordos, que es lo que ocurre en el mundo, un grupo mayoritario de oyentes y un grupo minoritario de sordos, ninguno ve mermadas sus necesidades
porque esté el otro grupo; lo que ocurre es que a esos grupos de niños se les da la lengua oral y la lengua de signos y pueden interaccionar perfectamente a través de las dos lenguas. Claro que esto no es fácil y requiere una serie de recursos que
hasta ahora no teníamos en la escuela. ¿Cuáles son esos recursos? En primer lugar, tiene que haber profesores tutores que comparten el aula. Hay que romper esa concepción de que el aula es de un tutor, de un profesor, y hay que abrirse a nuevas
perspectivas. El aula puede ser de uno o de dos profesores. En ese sentido es necesario que la educación bilingüe tenga incorporados dos tutores, uno como referente de la lengua de signos y otro como referente de la lengua oral, que participen en
la programación y evaluación, en el asesoramiento a las familias, en el trabajo cotidiano que hay que hacer con los niños, los dos tutores con el mismo estatus y los dos tutores referentes del aula, aunque la lengua que utilicen cada uno sea
distinta.



Una novedad del enfoque bilingüe es el profesorado sordo. Aunque en los centros existen personas oyentes muy competentes en lengua de signos no son personas sordas que conocen y tienen la experiencia vital de lo que supone manejarse con la
vista en la vida. No han desarrollado todas esas estrategias visuales que las personas sordas desarrollan cuando entran en contacto con niños pequeños. Incorporar a estas personas a la escuela supone una ayuda fundamental porque son las encargadas
de crear situaciones ricas y variadas de interacción comunicativa con los niños más pequeños, son las encargadas de asesorar a las familias sobre cómo establecer la comunicación en casa, cómo favorecer que la comunicación sea rica, y son las
encargadas de transmitir toda esa experiencia identitaria, vital, que refleja también su lengua, todos esos aspectos culturales. Estas personas en las escuelas bilingües se llaman asesores sordos, no son profesionales titulados, aunque hubiéramos
querido que lo fueran, porque desgraciadamente en nuestro país solamente un uno por ciento de los adultos sordos llega a la Universidad.



El siguiente aspecto tiene que ver con la enseñanza intencional de la lengua de signos como asignatura. Cualquier lengua necesita de una enseñanza intencional y sistemática. Desde infantil hasta el bachillerato la lengua tiene que ser un
contenido central de la formación de los alumnos. No olvidemos que para muchos alumnos sordos el primer contacto que van a tener con la lengua de signos es en la escuela porque sus familiares no la conocen. Por tanto, necesitamos que la lengua de
signos se enseñe, sea un contenido curricular, y esto supone que tengamos propuestas curriculares que ofertar a las escuelas. Este es un gran vacío que tenemos en este momento. No tenemos propuestas curriculares bien organizadas, objetivos,
contenidos, secuencia de contenidos y objetivos, criterios de evaluación para ver si los chavales están realmente progresando en esta lengua o no y cómo sería mejor enseñársela.



No menos importante es el aprovechamiento de todas las ayudas técnicas, los implantes, los equipos de FM, los decodificadores de televisión y de los sistemas orales de comunicación. La opción bilingüe jamás ha dicho no a la lengua oral,
jamás ha dicho no a las ayudas técnicas, todo lo contrario. Creemos que la lengua escrita necesita tanto de la lengua de signos como de la lengua oral, necesita de esa lengua oral que sea realmente visual para los niños y que se le pueda dar con
aquellos complementos,


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como ha dicho el anterior compareciente, que son necesarios para que la lectura labiofacial no sea ambigua, y esto tiene que estar en las escuelas igual de bien regulado, igual de bien trabajado que la lengua de signos.



Algunos fundamentos del enfoque bilingüe. Creo que la educación bilingüe está ya bien fundamentada, nos falta ponerla en práctica con apoyo oficial y que podamos evaluarla. En primer lugar están los fundamentos ideológicos y éticos. Esto
ocurre en todo. Hay ideología, cada uno pensamos de una manera. Yo soy una persona que piensa que las sociedades son multilingües, que son multiculturales. Esto es una realidad y negarlo no facilita nada. El bilingüismo en todas sus
manifestaciones es riqueza cultural. El otro día leía el artículo de Dyane Adam, la comisaría de idiomas oficiales de Canadá, que decía que el bilingüismo ha convertido a los canadienses en una sociedad más flexible. Creo que es verdad. Las
sociedades son más flexibles desde el momento en que permiten que haya diversidad lingüística y diversidad cultural. El último aspecto en este punto es que para algunas personas la lengua de signos es necesaria, pero aparte de ser necesaria para
muchas es un derecho, y nuevamente estos son fundamentos ideológicos. Lógicamente esos fundamentos ideológicos no pueden ser los únicos, necesitamos fundamentos lingüísticos y psicolingüísticos.



No querría extenderme porque es mucho lo que tendríamos que hablar y sé que el siguiente compareciente va a hablar de esto. Simplemente quiero señalar que está demostrado que las lenguas de signos son verdaderas lenguas y que este ya es un
debate estéril. Siento que deberíamos avanzar, y deberíamos avanzar en el sentido de que los procesos de adquisición de las lenguas de signos por parte de los niños sordos que son hijos de sordos signantes nos dicen que son totalmente normalizados,
su desarrollo cognitivo es normal, su desarrollo emocional también. Si es así, ¿por qué no aprovechar esto para llevarlo a la escuela? El niño sordo necesita ser competente en una primera lengua, sea la que sea, si es la lengua oral porque el
implante coclear le está sirviendo o es la lengua de signos porque va más lento en lengua oral, en cualquier caso necesita tener competencias lingüísticas primarias y no podemos esperar a que tenga seis, nueve o diez años para tener una primera
lengua para pensar y representar la realidad.



Fundamentos educativos. Aquí es donde más me puedo manejar. Todos los alumnos no son iguales ni se benefician igual de las ayudas técnicas.
Como les decía, hay niños implantados que no se benefician del implante, o se benefician con mucha
más lentitud. Hay niños sordos con discapacidades asociadas que tienen que estar en la escuela compartiendo la educación con sus iguales oyentes y sus iguales sordos. Nuestro sistema escolar está incorporando alumnos sordos hijos de emigrantes,
cada vez tenemos en las escuelas más niños emigrantes en situaciones de escolarización tardía que no han podido ser implantados, y muchos de ellos no han podido adquirir una competencia lingüística primaria; niños con seis y siete años que están en
la escuela por primera vez sin haber tenido una infancia llena de riqueza lingüística. El último punto es que para todos los alumnos es imprescindible disponer tempranamente de una lengua que sirva para pensar y comunicarse. Esto se ha oído ya
muchas veces.



Fundamentos prácticos. He elegido esta foto donde están las personas sordas y los fundamentos prácticos que quería resaltar son que cuando se niega a un niño sordo la conexión con personas sordas como él y el acceso a la lengua de signos
estamos perdiendo toda una historia de soluciones creadas para él por otras personas que son como él. Creo que no podemos olvidarnos de que las personas sordas nos dicen cosas, nos dicen casos útiles y que la escuela debe escucharles.



Barreras. En primer lugar está la relación que se produce entre lenguas mayoritarias y lenguas minoritarias. Se ha preguntado -he estado presente en la anterior comparecencia- si la lengua de signos puede ser un problema para la lengua
oral porque puede crear interferencias a nivel sintáctico, semántico y fonológico. Mi experiencia es que no, pero esto hay que organizarlo bien en la escuela porque puede ser que sí. Si no lo organizamos bien, si no hay momentos claros de
separación entre las lenguas, si no hay un trabajo detrás de pensar unos currículos que nos ayuden, puede haber interferencias. Creo que sobre todo la lengua de signos es un recurso y una ayuda en el proceso de aprendizaje de la lengua oral, pero
-insisto- si nos ponemos a trabajar y lo hacemos con sistematicidad.



Otro gran problema que estamos teniendo dentro del desarrollo del modelo bilingüe es la formación permanente del profesorado. En primer lugar, hay una escasa presencia de la formación en lengua de signos en las enseñanzas de los
especialistas, es decir, en magisterio. Es más, me recordaba una compañera que en este momento a un profesor que accede a un centro que educa a sordos no se le pide que sepa ni que tenga conocimiento alguno de la lengua de signos; no es un
requisito. Desde el inicio no se da formación en lengua de signos en las escuelas, en la Facultad de formación del profesorado, y además la Administración no lo pide como requisito, con lo cual la gente se está formando voluntariamente. Es difícil
evaluar si algo funciona o no cuando tenemos que estar trabajando con la voluntad de la gente. Y hay muy pocas personas sordas. Les hablaba de la figura del asesor sordo, del profesional sordo que tenga diplomatura en magisterio y que, por tanto,
está en situaciones precarias en la escuela, con menor estatus y sobre todo con poca formación, y esto hay que decirlo con sinceridad.



Voy terminando. En cuanto a las razones para apoyar la educación bilingüe, yo he intentado que esté bien fundamentada. Creo además que es una opción que respeta las necesidades y derechos de muchos alumnos que ya la han elegido, que ya la
tienen en cuenta. Creo que es viable, realmente viable, como está demostrado


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por experiencias existentes en el Estado español y en otros países y, lo que es más importante, que tiene la capacidad de innovar la enseñanza, de pensar que hay otras maneras de agrupar a los alumnos, otros profesorados que pueden estar en
la escuela, otros materiales y otros recursos que hasta ahora no teníamos.



Muchísimas gracias por su atención y, como todos los comparecientes, quedo a su disposición para lo que deseen.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Muchísimas gracias, señora Alonso. Su intervención ha sido sobradamente clarificadora pese a las dificultades técnicas que han surgido y por las que le pedimos disculpas.



A continuación tienen la palabra para intervenir los diferentes portavoces de los grupos parlamentarios presentes. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Barrachina.



El señor BARRACHINA ROS: Hace siete años tuve la oportunidad de visitar un centro de integración de niños sordos en Francia, que en aquel momento era uno de los que teóricamente primero se ponían en marcha y la verdad es que me pareció una
forma de tratar a las personas sordas idónea, pero supongo que tampoco será exactamente así, que habrá enormes dificultades que ustedes resolverán con profesionalidad. Usted ha hablado de 16 oyentes y cinco sordos. No sé sí lo habrá dicho de
manera fortuita o no, pero siempre he pensado que para que el niño sordo entienda lo conveniente de, a pesar de tener amigos sordos, seguir relacionándose con el resto de amigos oyentes es que haya una mayoría de niños oyentes, porque así es como se
van a encontrar en la calle en cuanto salgan del colegio. No sé si se han encontrado ustedes con la resistencia, infundada probablemente, de padres de niños oyentes a la hora del acceso a estos colegios de integración. En la escasa experiencia que
he tenido en estas prácticas, mi impresión es que terminan por relacionarse sobre todo con el resto de niños sordos pero también con oyentes que terminan por signar parcialmente cuando establecen relación más estrecha con otros niños que no son como
ellos, y no sé si esto ocurre así con naturalidad, que obviamente sería lo que a todos nos gustaría, pero no sé si ocurre de ordinario o se tiene que estimular de alguna otra forma; es decir que no se relacionen exclusivamente y no reduzcan su
ámbito amistoso a las niñas y niños sordos, a sus compañeros sordos.



Los centros de integración además de que tienen que reflejar la realidad social, tienen un criterio que se suele obviar pero que sería hipócrita no realizar, y es el de la eficiencia económica. No veo ni he visto capacidad para que un solo
niño sordo o una niña sorda sea capaz de arrastrar a varios intérpretes a un colegio y con esta agrupación, además de que para mí es mucho más humano que una niña o niño sordo tenga alguien más igual que él para el caso de que tenga dificultades,
tener una mayor facilidad de relación. También es cierto que las administraciones lo hacen con mayor rapidez si tienen que dotar a cinco o seis niños que solo a uno. Es un segundo nivel que se trata de evitar pero que obviamente, en situación de
recursos escasos, parece conveniente que usted también aborde. Mi impresión ha sido siempre que un recién nacido sordo profundo de padres oyentes retrasa su capacidad cognitiva, el desarrollo de su inteligencia, si se espera, como usted ha dicho,
cinco o seis años a que comience a oralizar, a vocalizar. Lo razonable sería -y esto me parece que es extraordinariamente difícil- que los padres tuviesen una mínima comprensión de la lengua de signos. Entiendo que es muy difícil hacer llegar a
los padres que tienen que conocer mínimamente otra lengua para que sus hijos tengan la estimulación adecuada. Me gustaría que usted corroborase o me corrigiese con absoluta normalidad, pues para mí un niño nacido sordo profundo comienza a signar
con dos o tres años, a la misma edad que un niño oyente comienza a hablar, y por tanto su conocimiento de la realidad y el desarrollo de su inteligencia no tiene ningún retraso. Sin embargo, si al niño le es negado un conocimiento visual, porque
obviamente los sonidos no llegará nunca a percibirlos, efectivamente puede tener un retraso en el desarrollo cognitivo. Yo leía esta misma semana en un periódico que los avances en los implantes cocleares y en los audífonos llegaban a tener hasta
un 95 por ciento de éxito. Si esto es así, ¿desde qué edad le parece a usted que es conveniente? Y si el rechazo es solo de un 5 por ciento, el avance es extraordinario y la Administración tiene que seguir fomentando con recursos públicos su
creciente implantación. Pero me resulta todavía difícilmente sustituible en el caso de la lengua de signos. Un implante coclear a un niño de uno o dos años no sé si tiene realmente esa efectividad del 95 por ciento que decían los cirujanos que los
implantaban. Ojalá el grado sea no del 95 sino del cien por cien y, por tanto, tengan resuelta esa dificultad.



Me gustaría saber si las correcciones o mejoras que esta ley debe tener le parecen suficientes. El Grupo Parlamentario Popular comparte el cien por cien de sus objetivos; de hecho lo dejó escrito en la Ley de igualdad de oportunidades de
1993 y también este mandato para que el Gobierno, ahora de distinto signo, lo desarrollase en el plazo de dos años. Hay una buena parte del texto que se deja a la discrecionalidad gubernativa en el sentido de que el Gobierno podrá, tanto en materia
educativa como sanitaria podrá, no de forma imperativa sino meramente discrecional.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra la señora Cedrés.



La señora CEDRÉS RODRÍGUEZ: Agradezco la presencia aquí de doña Pilar. Al igual que al anterior compareciente quiero decirle que comparto el idioma. Viniendo del mundo de la pedagogía es muy fácil de


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entender estas dos últimas comparecencias en las que he intervenido.



Ha centrado su intervención, como es obvio, en una parte que conoce muy bien y que todos sabemos que conoce muy bien por las investigaciones realizadas, por sus libros publicados, pero ese tratamiento que muchas veces damos a los menores en
su educación nos hace ver cuáles son las principales carencias o problemas que desde la infancia puede tener un niño sordo para desarrollarse no solo en el contexto comunicativo sino social. En ese sentido le pregunto en qué tipo de servicios
públicos es para usted más necesario y urgente contar con intérpretes o con ayudas a la comunicación oral, pero sobre todo con intérpretes de la lengua de signos; dónde cree que surge esa necesidad que seguro ha visto y palpado en los alumnos
sordos. Respecto al centro de normalización lingüística, aunque hemos hablado más del tema de la educación, ¿cuáles deberían ser las primeras actuaciones, por ejemplo, en la materia más educativa? ¿Los profesores de lenguas de signo han de ser
siempre para usted sordos? ¿Qué formación debería tener este profesorado que impartiría la lengua de signos? Al igual que en los módulos de grado superior que han formado a muchos intérpretes, la formación de intérpretes es anterior a la ley.

Esta ley llega para reconocer por fin la lengua de signos, pero el trabajo que se ha hecho tanto desde el movimiento asociativo como de la investigación ha ido por delante de la ley en muchísimos años. ¿Cree que en la ley deberían concretarse los
deberes y responsabilidades de los intérpretes de la lengua de signos o piensa que es más adecuado hacerlo en un desarrollo posterior? ¿Qué medidas considera que deben adoptarse respecto a los intérpretes que ya se encuentran prestando los
servicios profesionales y que adquirieron su formación a través de una enseñanza no reglada con anterioridad a la entrada en vigor de la ley? ¿Qué es lo que podría hacerse una vez entre en vigor este instrumento normativo?


Le reitero el agradecimiento de mi grupo por su comparecencia y le felicito por ella.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Para responder a las intervenciones de los grupos parlamentarios tiene la palabra la señora Alonso.



La señora ALONSO BAIXERAS, PSICOPEDAGOGA: Contestando al señor Barrachina, la primera pregunta tenía que ver -ha habido muchas y he ido tomando nota- con las relaciones de amistad y las interacciones que se establecen entre los niños sordos
con sus iguales oyentes; si esas relaciones son más entre los sordos y por tanto se vuelve a reflejar un poco lo que ocurría antes del agrupamiento de sordos, que no llegan realmente a interactuar con sus iguales oyentes o qué ocurre, qué es lo que
está ocurriendo. Como ha sido muy rápida la exposición, y al no poder incluir esas fotografías, mi objetivo también era dejar claro a SS.SS. que cuando hablamos de educación bilingüe compartida es bilingüe para los dos grupos, para los niños
sordos y para los niños oyentes. Hay un desarrollo del currículum de la lengua de signos que comparten los niños sordos y los oyentes, con lo cual a los niños oyentes se les está enseñando la lengua de signos desde que entran en la escuela. ¿Para
qué? Para que realmente sea un vínculo de interacción. No creo que la escuela pueda ser escuela si los niños no interaccionan, si la enseñanza se produce de un adulto a un niño; si no hay interacción entre niños, no hay escuela. Para todo, no
solo para las relaciones de amistad y de afecto sino para las relaciones de aprendizaje, todo el enfoque cooperativo, de escuelas compensatorias que intentan...Creo que eso es indiscutible, lo que pasa es que hay que estar atento, como para todo en
la escuela, hay que estar atento a que eso se produzca, a que creemos las mejores condiciones para que eso se dé. Hay metodologías en la escuela que son mejores que otras, una metodología más tradicional donde el profesor habla y los niños escuchan
no fomenta este tipo de interacción y, por lo tanto, los niños sordos, si el que habla se lo da en lengua de signos, aprenderán entre ellos y no desarrollarán, lógicamente, estrategias para comunicar con sus iguales oyentes y viceversa. Pero en
enfoques -me vienen palabras educativas que no querría confundir-, en proyectos de trabajo donde los niños investigan, están en rincones, donde tienen aprendizajes autónomos, en agrupamientos flexibles, donde cada niño elige, junto a otros
compañeros oyentes, un rincón para investigar o trabajar, necesariamente se tiene que producir la interacción. Si eso no se lo damos en la escuela, la interacción no se produce, eso es cierto, y se vuelve a crear el agrupamiento de sordos aislado o
el agrupamiento de oyentes aislado.
Hay una cosa que no he querido meter en la comparecencia pero que sí querría recordar y es que una investigación del Defensor del Menor que se publicó el año pasado o en el 2004, nos decía que el 53 por ciento de
los niños sordos en escuelas ordinarias con agrupamientos de uno o dos niños sordos, nada más, junto a 25 oyentes, hacía que esos niños se sintieran discriminados, eran niños sin amigos, a los que no se invitaba a los cumpleaños, lo que parecerá una
tontería pero que en la escuela esto es importante. Evidentemente si la integración es así, si la inclusión escolar es así, no podremos caminar hacia una educación compartida, tenemos que buscar otras maneras, otros enfoques metodológicos y otras
formas de enseñar a los alumnos. En este sentido, no tengo miedo sino que tengo atención, ocupación para que la escuela cambie. Veo que si hacemos esto en las escuelas hay interacción entre iguales, sordos y oyentes.



La eficiencia económica. Efectivamente es un poco lo mismo. Si solamente metemos a un niño sordo en una escuela, no solo resulta caro sino que no es eficaz porque no puedes movilizar a un profesorado para que aprenda lengua de signos
cuando hay un niño que al año que viene va a estar en otra clase y ese profesor ya no va a tener ningún niño sordo más. Estos nuevos contextos de los que hablamos intentan recoger el agrupamiento de


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sordos y que el agrupamiento de sordos genere recursos en la escuela. Sí es verdad que perdemos esa idea de que el niño vaya a la escuela de enfrente de su casa, pero es que no se puede todo. Es mejor que haya escuelas preparadas que
acojan a niños en agrupamientos de más de uno o de dos, de cinco o de seis alumnos, con ratios de oyentes más pequeñas que las que tenemos actualmente. Como equipo estamos haciendo un análisis de la situación en la Comunidad de Madrid, que es donde
trabajamos, un mapa de necesidades, y realmente habría que crear otras escuelas, habría que repensarse la integración de los sordos, esas escuelas preferentes de sordos, e intentar dar una respuesta de otro tipo, porque sí que están resultando muy
ineficaces, incluso para los recursos. Un profesor de apoyo para un niño sordo claro que es caro y además a veces ineficaz porque se convierte en que el niño y el profesor todo el día están juntos y la interacción se complica con el resto del
colegio.



Respecto al tema del implante coclear, claro que el implante coclear está siendo muy útil y a veces en un 95 por ciento para muchos alumnos sordos.
He podido comprobar que hay muchos niños que están teniendo audición funcional y esto quiere
decir que están desarrollando lengua oral por vía auditiva, y esto no lo habíamos visto en la escuela nunca. Sin embargo, junto a estos niños, hay otros niños que no lo consiguen y además a estos niños que lo consiguen la lengua de signos no les
perjudica nunca. ¿Qué hacemos entonces con las familias? Pues hablar de eso que yo intentaba comentar, nos hace más flexibles, le damos más oportunidades al niño. La familia no va a aprender la lengua de signos al mismo tiempo y al mismo ritmo
que su hijo, pero puede participar en situaciones de escuela de padres, donde está aprendiendo la lengua de signos junto a otros padres, donde además comparte sus preocupaciones y dificultades. Es decir, que la familia tenga la escuela como un
sitio no solo donde llevar a su hijo sino para poder aprender ella y para compartir con la escuela su ideología y su educación. Hacia eso intentamos caminar. No sé si le he contestado suficientemente.



En cuanto a las preguntas de la señora Cedrés Rodríguez, en relación con los intérpretes, en qué servicios públicos son más urgentes, para mí el servicio público más urgente siempre es el educativo. Hacen falta muchos intérpretes en la
educación secundaria, en la secundaria obligatoria, pero no nos sirve de nada si no conseguimos que los niños aprendan lengua de signos en la infantil y en la primaria. Se están dando situaciones de niños sordos que nos llegan a la secundaria sin
tener una buena lengua oral y decimos: pues que tenga un intérprete. Pero, ¿quién les ha enseñado a esos niños lengua de signos? Las lenguas de signos no nacen si no hay interacción entre los adultos competentes y los niños. Ponemos un
intérprete para niños que no saben lengua de signos con lo cual el intérprete se desespera porque no le entienden, porque está enseñando lengua de signos y no contenidos curriculares. Por ello son urgentes desde luego los intérpretes en la
secundaria, pero es más urgente que consigamos que haya educación en lengua de signos y en lengua oral en la infantil y en la primaria, para que esos intérpretes puedan desarrollar su trabajo, y luego en todos los servicios que reclaman las personas
sordas: en los servicios médicos, en los juicios, etcétera. Si yo tuviera que hablar, es escasísimo el número de intérpretes que tenemos en la secundaria, trabajan mucho y en unas condiciones muy duras. En cuanto al Centro de Normalización
Lingüística, ahora mismo no sé muy bien cuál era exactamente la pregunta.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Señora Cedrés, ¿se lo aclara?


La señora CEDRÉS RODRÍGUEZ: Si en materia de investigación cree que el Centro de Normalización Lingüística tendría que hacer algo concreto.



La señora ALONSO BAIXERAS, PSICOPEDAGOGA: Creo que es fundamental que ese centro ayude a la escuela a desarrollar esos currículos. Es decir, si la lengua de signos tiene que ser un contenido y no solo una lengua vehicular, si tiene que ser
un contenido de estudio y de reflexión, alguien nos tiene que ayudar a que podamos tener esa lengua bien recogida para poder enseñársela a los alumnos y alguien nos tiene que ayudar a decidir qué es más adecuado a los tres, qué es más adecuado a los
seis, que es más adecuado a los 12 ó a los 16; no lo tenemos todavía. He podido compartir algunas experiencias y he podido participar en el decreto de enseñanzas mínimas de la lengua de signos, pero nos queda todo un campo de investigación sobre
cuál es la mejor metodología para enseñar lengua de signos. No lo sabemos con exactitud. Tenemos que aprender cuáles son los mejores criterios de evaluación para que podamos decir si los alumnos están avanzando adecuadamente. No sé, son muchas
cosas. Tenemos todo un mundo que construir todavía en cuanto a materiales de apoyo de la lengua de signos, que tampoco tenemos. Creo que en ese terreno el Centro de Normalización Lingüística tendría ahí un papel fundamental.



En cuanto a los profesores sordos y si creo que son ellos los que deben de enseñar la lengua de signos. No solo ellos. La lengua de signos en la escuela se enseña por uso y entonces he intentado por lo menos aclarar que tiene que haber dos
tutores trabajando juntos, uno como referente de la lengua de signos y otro referente de la lengua oral. Las lenguas se usan y los niños las aprenden usándolas, pero luego además tiene que haber un contenido curricular, como en lengua y literatura
castellana. En ese sentido, el papel de las personas sordas es muy importante y nos tienen que enseñar muchas cosas; no a lo mejor que sean solo personas sordas, habrá que ver el perfil profesional, la formación que les damos, pero creo que hay
aspectos de la lengua de signos que en este momento no los tienen más que las personas sordas. Es decir, en todo aquello que comentaba de esa experiencia


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visual de vida, de cómo atraer la atención de los niños, de cómo crear situaciones ricas de comunicación, no veo que las personas oyentes muy competentes en lengua de signos seamos tan capaces. De todas formas esto habrá que estudiarlo y
tendremos que seguir reflexionando y viendo posibilidades.



Por último, en cuanto a la formación de los intérpretes, la ley debería apoyar mucho más la figura del intérprete, pero también echo de menos que la ley recoja la figura de los profesionales sordos. Insisto en que si no tenemos personas que
enseñen a los niños lengua de signos en las escuelas en infantil y en primaria, no vamos a tener posibilidad de desarrollar, en la ley o donde sea, un buen trabajo de estos profesionales. Entonces, yo sí echo de menos esto en la ley. Ahora
recuerdo que el señor Barrachina me había preguntado sobre si pensaba que había que garantizar más en vez de favorecer. Creo que sí, que la ley tendría que garantizar los recursos necesarios, no decir que va a ofrecer, porque si no garantizamos que
los profesionales sordos tengan una buena formación que esté en la infantil 0-3, hay que empezar desde la 0-3, no se puede empezar a partir de los tres años, y no se hace un estudio claro de las necesidades que tienen estos alumnos, es posible que
no se lleve a buen término o que no tengamos los resultados que pensamos que se pueden tener.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Muchísimas gracias en nombre de la Comisión por sus expertas opiniones, por el trabajo desarrollado y por la deferencia de acudir al requerimiento de esta Comisión. Muchísimas gracias y damos la
palabra al siguiente compareciente, don Ángel Herrero Blanco experto lingüista al que, en todo caso, pedimos disculpas por el retraso con el que esta Comisión asume sus comparecientes. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.)


-DEL SEÑOR LINGÜISTA HERRERO BLANCO. (Número de expediente 219/000592.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, continuamos con la última comparecencia; la de don Ángel Herrero Blanco, lingüista, quien para hacer la exposición inicial ya tiene la palabra. Señor Herrero.



El señor HERRERO BLANCO, LINGÜISTA: Señoras y señores diputados, comparezco ante ustedes en calidad de lingüista especializado en las lenguas de signos y, concretamente, en la lengua de signos española. Las breves observaciones y las
aportaciones que intento hacer al proyecto de ley, así como las respuestas que después pueda dar a SS.SS. están basadas en mi experiencia profesional que paso a referirles muy rápidamente. He elaborado y editado ya en la red -ahora está pendiente
de publicación en libro- la primera gramática completa de la lengua de signos española, toda su morfología, toda su sintaxis, una gramática basada en criterios tipológicos. Es decir, basada en lo que sabemos actualmente los lingüistas acerca de
todas las lenguas del mundo, no basada en una comparación con el español o con el catalán o con alguna otra lengua particular. Por estos estudios podemos saber, por ejemplo, que la lengua de signos española es una lengua flexiva como el castellano,
el catalán, el gallego o el vasco; es postposicional, no preposicional, como el vasco. Es una lengua que presenta clasificadores, un riquísimo sistema de clasificadores como el japonés, es un sistema que tiene referencias de tercera persona
mayores que las de las lenguas romances, muy parecidas a las lenguas bantúes; es una lengua que marca el tiempo y el aspecto de forma léxica y no flexiva, como el chino, etcétera. En definitiva, se trata de una lengua absolutamente congruente con
las lenguas orales conocidas; ni más perfecta ni menos perfecta, absolutamente congruente con ellas. Esta gramática completa de la lengua de signos española -ahora la estamos desarrollando haciendo una gramática contrastiva con el español- tiene
finalidades pedagógicas, porque es evidente que una de las dificultades -y aquí se ha señalado por varios comparecientes- que tienen las personas sordas es su acceso a la lecto-escritura del español, y esto fundamentalmente es porque no se les ha
explicado la gramática del español o del catalán. Con un niño oyente no hace falta hacerlo, pero si añadimos una segunda lengua sí hace falta. A una persona sorda hay que enseñarle la lengua oral -y ya decía esto el maestro Hervás a finales del
XVIII-, como si fuera una lengua extranjera. He desarrollado además un sistema de escritura alfabético de las lenguas de signo aplicable a cualquiera de ellas, yo la he aplicado a la lengua de signos española, basada en la descripción fonológica
del signo. Este sistema se está enseñando y aprendiendo con extraordinaria facilidad en comunidades de sordos, en asociaciones; les puedo decir que tengo experiencias personales de personas sordas que han aprendido a escribir su lengua en dos
semanas, pasando a escribir correos electrónicos con ella. Hemos trascrito en este sistema de escritura cualquier tipo de texto asignado.
No solamente textos formales, de palabra por palabra, sino textos literarios, textos expresivos, chistes,
etcétera. No es el primer sistema de escritura que hay de las lenguas de signos, pero sí es el primero alfabético y se puede procesar como tal. Llevo a cabo, además, un proyecto de diccionario histórico de la lengua de signos española muy
avanzado. Todo esto se puede ver en la página de la Biblioteca virtual Miguel de Cervantes, donde tenemos una sección que se llama Biblioteca de signos. Este diccionario histórico en principio arranca de 1851, hay 1.500 signos de 1851 ya grabados,
lo vamos a ampliar ahora con otros 200 signos de 1795 y tenemos incluso algunos signos -pocos, una docena- del siglo XVII, ya también certificados porque han sido publicados en libros del siglo XVII. Esto nos permite ver que la lengua de signos
española es una lengua histórica, una lengua que ha evolucionado como otras lenguas, algo extraordinariamente importante al acercarse


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a un fenómeno lingüístico. Como director de la biblioteca de signos de la Biblioteca virtual Miguel de Cervantes he propiciado la inclusión y la lectura gratuita en ella de todas las obras de la llamada Escuela Española, algo que creo que
no había sido todavía nombrado en esta Comisión y que me parece extraordinariamente importante, puesto que estamos ante una ley española. La Escuela Española, a la que luego me referiré, de Juan Pablo Bonet a Francisco Fernández Villabrille.
También he promovido la traducción a esta lengua de signos española de numerosísimos textos literarios, cultos y populares, para su uso sobre todo con niños y jóvenes sordos. Actualmente, y gracias al sistema de escritura y gracias también a la
financiación del Ministerio de Industria, estamos aplicando este sistema de escritura como sistema de búsqueda de información en textos visuales signados -es un buscador que funciona exactamente igual que un buscador convencional de información en
texto escrito-, como paso previo a un sistema de traducción automática del español oral a la lengua de signos española signada, sistema que sin duda incidirá en la aplicación de esta ley. He presidido el primer Congreso nacional de Lengua de Signos
Española y, por último, en marzo del año pasado, tuve el honor de promover una iniciativa en defensa del valor lingüístico de las lenguas de signos, una suerte de manifiesto que fue firmado por la inmensa mayoría de los lingüistas del Estado. En
este manifiesto se subrayaba el valor patrimonial de la lengua de signos española. Se pueden imaginar que todo este trabajo no es resultado de una labor exclusivamente personal, sino de un equipo organizado y mantenido gracias al apoyo de mi
universidad, la Universidad de Alicante, de sus tres últimos rectores y de la inversión en I+D de los distintos ministerios, incluido el de Trabajo y Asuntos Sociales. También es resultado de la colaboración permanente con la Confederación Estatal
de Personas Sordas, la CNSE.



Por lo que acabo de referirles, entenderán que comience mis observaciones a la ley no insistiendo ya en el carácter de lenguas naturales que poseen -lo que supongo que está ya fuera de discusión-, sino subrayando la idea, creo que omitida en
la ley, de que al reconocer una lengua lo que se hace es reconocer una comunidad lingüística, no hay lengua sin comunidad lingüística. Si hay una lengua es que hay una comunidad lingüística, histórica además. La idea es, por lo tanto, que las
lenguas naturales y la lengua de signos española en particular son un fenómeno cultural histórico y patrimonial. Posteriormente me referiré a un segundo aspecto relacionado con la normalización de la lengua de signos española y el carácter de la
lengua de signos catalana aunque, de nuevo, para estos temas la idea de patrimonio, de cultura y de historia son fundamentales.
Las lenguas de signos como lenguas naturales son ya un patrimonio cultural como cualquier otra lengua, pero decía que la
lengua de signos española y la catalana encierran un valor patrimonial particular porque en España ha existido una larguísima tradición científica en torno a la educación de sordos, a la sordera, a la investigación, a la aproximación a las lenguas
de signos; una tradición que constituye un orgullo patrimonial de todos los españoles. Me refiero a la llamada Escuela Española muy conocida en toda la Europa de los siglos XVII a XIX porque en este campo España en esos siglos fue pionera y basada
-lo que no está presente en la ley, ni en los antecedentes históricos- en dos ideas geniales para la educación de sordos, ideas inventadas y desarrolladas en España. Por cierto, no sé si saben SS.SS que a estos sordos, a los que llamamos hoy
sordos, los diccionarios, incluidos los de la Academia hasta comienzos del siglo XX, los llamaban mudos. Estas dos ideas aportadas por la Escuela Española son: la dactilología, es decir, la escritura manual de la lengua oral, y el estudio
científico de la articulación fónica, algo que empezaron precisamente estos maestros de sordos. El más importante fonólogo que ha tenido España, Tomás Navarro Tomás, lo ha reconocido en numerosos artículos: cómo la fonética articulatoria nació
precisamente de la mano de Juan Pablo Bonet en su intento de explicarles a las personas sordas cómo se articulaba la voz. La referencia a esta escuela es obligada si se trata de antecedentes históricos, pero está omitida en los antecedentes
históricos de este proyecto de ley.



La lengua de signos es un valor patrimonial -no quiero dejar de señalarlo- en un sentido más general pero no menos profundo. Es un monumento vivo de nuestra historia comunicativa; del esfuerzo del ser humano por alcanzar el lenguaje como
técnica suprema de la comunicación social. Si es triste dejar arruinar un monumento histórico aunque sea un objeto muerto, qué no será hacerlo de un monumento vivo como son las lenguas de signos, lenguas que a un oyente inmediatamente le despiertan
la conciencia de la oralidad, porque la oralidad no es más natural que la signación. La oralidad es un fenómeno histórico que tiene 40.000 años de historia y es importantísimo ser conscientes de eso y darnos cuenta de que la oralidad también tiene
sus límites, también tiene sus presunciones. Es por este valor epistemológico, si me permiten ustedes esta expresión, por lo que el estudio de las lenguas de signos ha revertido a lo largo de la historia extraordinarios y paradójicos beneficios a
toda la sociedad, no solamente a los sordos; desde el descubrimiento de la fonética articulatoria a la invención del teléfono -que fue obra de un profesor de sordos y que en un principio estaba ideado para sordos-, y en nuestros días, por ejemplo,
el desarrollo de la interfaz gestual con los ordenadores, absolutamente aplicable a la lengua de signos y al desarrollo de los llamados signantes virtuales o avatares, que seguramente dentro de unos años todos tendremos en la red; así como, por
ejemplo, en la enseñanza precoz del alfabeto a niños oyentes. Señalamos, como digo, estos valores culturales porque están ausentes en el proyecto de ley y, precisamente por esta ausencia, por este no tratamiento de la lengua de signos como fenómeno
cultural, es por donde yo veo más riesgos en su aplicación. Me explico, aunque esto ya ha sido repetido y lo resumiré mucho, me estoy


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refiriendo al famoso derecho de opción entre lengua de signos y lengua oral. Esto es extraordinariamente equívoco. Desde luego, es impecable desde la opción del derecho personal, sobre todo paterno, a la elección, pero no deja de plantear
numerosos equívocos. Como ya ha sido señalado antes, el derecho a la oralización es universal; las personas sordas tienen derecho, e incluso deber también, a la oralización; las personas sordas signantes, todas, aspiran a ser bilingües, por lo
tanto, este planteamiento de opción es bastante sesgado. Por otra parte, hay que tener en cuenta que comparar una lengua, que es un fenómeno natural y cultural, con un sistema alternativo no es verdaderamente justo; el objetivo de cualquier
sistema alternativo es pasar desapercibido, que el audífono o que el implante no se vean, que no se noten. Con la lengua es al contrario, la lengua lo que quiere es advertirse, implantarse en todos los ámbitos de la sociedad; con la lengua de
signos se puede adquirir toda la información, todo el conocimiento y en el seno de la comunidad lingüística toda la felicidad.



Para evitar este equívoco pienso que sería necesario y tal vez suficiente modificar muy brevemente la ley añadiendo el valor patrimonial que las lenguas de signos tienen y que, efectivamente, los sistemas alternativos no tienen. Añadirlos
como lo he hecho en las hojas que les he entregado en los apartados uno y dos de la exposición de motivos y en el artículo 5.º, principios generales. En la misma exposición de motivos de la ley se hacen además varias referencias históricas pero,
permítanme que se lo diga, muchas de ellas son inexactas. Se mitifica de forma ahistórica la figura de Ponce de León, que hoy sabemos que no educó a niños sordos sino a dos adolescentes que además habían quedado sordos después de nacer. Es una
exageración histórica pero es que, además, se omite la referencia a la importantísima Escuela Española conocida como digo en toda Europa, que el propio Abad l'Épée tomó como referencia y se omite citar a los autores más importantes de esta escuela,
a Juan Pablo Bonet cuyo libro La reducción de las letras fue conocidísimo en toda Europa o a Francisco Fernández Villabrille autor del primer diccionario mundial sobre lenguas de signos, 1851. Son modificaciones que les propongo y que están
anotadas en las hojas que les indico.



Un segundo aspecto al que también quisiera referirme antes de pasar al último, porque lo creo así de verdad, es que todo el artículo 4.º, definiciones, con franqueza, sería mejor eliminarlo completamente.
Personalmente, no me parece propio
de una ley definir qué es una lengua, ni oral ni signada; ni definir qué es un sordociego; ni definir qué es un intérprete; esas definiciones están en la sociedad, en la ciencia y en la Academia y no creo que sea el objetivo de una ley
definirlas.



Me voy a referir por último a la cuestión de la normalización de la lengua de signos española y su relación con la lengua de signos catalana. Como decía, ambas cuestiones tienen mucho que ver con el concepto de patrimonio y de cultura
porque normalizar una lengua es, simple y llanamente, convertir la lengua que ya se usa en una lengua de uso público y de cultura y, por lo tanto, si vamos a normalizar la lengua de signos española y la lengua de signos catalana es precisamente para
hacerlas instrumento de cultura, es decir, de uso público y cultural. Hay un error habitual entre los que no son lingüistas, que es el de considerar que lo que se denomina dialecto no es una lengua. Miren ustedes, el criterio por el que hablamos
de lenguas no es la diferencia con las variedades de su entorno. No hablamos de dos lenguas porque son distintas, no es ese el criterio. Como sabemos, por ejemplo, el danés, el sueco, el noruego, se consideran políticamente lenguas distintas y,
sin embargo, entre ellas las diferencias son infinitamente menores que entre los que llamamos dialectos del quechua y no digamos los dialectos chinos.
Desde el punto de vista de la política lingüística, teóricamente cualquier dialecto, cualquier
variedad lingüística que suponga una comunidad tiene los mismos derechos lingüísticos. De hecho, la normalización suele afectar a variedades próximas, como es el caso de la normalización del vasco batua, aunque no siempre es así por razones
políticas que los lingüistas aceptamos, como por ejemplo el caso del catalán y el valenciano, dos variedades casi gemelas que se han normalizado por separado.



El Ethnologue -que es el catálogo universal de lenguas más importante del mundo dirigido por David Cristal- incluye actualmente 7.300 lenguas, incluye también cerca de 200 lenguas de signos, entre ellas la lengua de signos española y la
catalana. Cuando uno compara las lenguas de signos comprende que entre ellas -por decirlo de forma gráfica- no ha pesado igualmente que en las lenguas orales la maldición babélica. Parece que no es así, incluso durante el siglo XVIII, hubo
trabajos muy bonitos sobre este tema de babel, lengua oral, lengua de signos. La coincidencia de términos léxicos es extraordinaria. He tenido una experiencia personal, no mía pero sí de un íntimo amigo, de que una persona que utiliza la lengua de
signos española en pocas horas se entiende, sin intérprete, con un usuario de la lengua de signos indopakistaní. En pocas horas y sin necesidad de intérprete, el ejemplo es real. La variedad de lengua de signos, la lengua de signos que se emplea
en Cataluña en la enseñanza, la que se investiga, no es en efecto muy diferente de la lengua de signos que se enseña y que se investiga en Madrid o en otras ciudades del Estado. La inteligibilidad de la lengua de signos catalana para un signante,
por ejemplo, de Madrid se ha valorado como superior al 80 por ciento. La coincidencia léxica de ambas lenguas es superior al 70 por ciento; 40 por ciento con la lengua de signos francesa; 20 por ciento con la lengua de signos americana. Como
digo, el problema de reconocer una lengua no es este. La conciencia de estar utilizando esa variedad con un espíritu de hecho normalizador y la relación con hechos históricos como el carácter pionero de sus escuelas públicas y de sus asociaciones
justifican, desde mi punto de vista, este sentimiento histórico de lengua que tienen las personas sordas de Cataluña y que solo he advertido


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en la comunidad catalana. Es un sentimiento histórico, no es un invento político de ahora, no es un oportunismo político; es un fenómeno histórico que no reconozco en ninguna otra comunidad del Estado. Quiero señalar, sin embargo, lo que
considero personalmente un lapsus que aparece en el apartado tercero de la exposición de motivos: La lengua de signos catalana no es la lengua de las personas sordas catalanas, porque un sordo catalán que viva en Madrid empleará la lengua de signos
española; es la lengua de signos de las personas sordas que viven en Cataluña. La lengua de signos española y la catalana son lenguas minoritarias y este sí que es un verdadero problema, porque vivimos en una época, la aldea global, en la cual un
hablante monolingüe de una lengua minoritaria está condenado a carecer de información y de acceso al conocimiento; un hablante monolingüe, digo, de lengua minoritaria. Los hablantes de lenguas minoritarias acceden al inglés fundamentalmente para
acceder a la mayor parte de la información y del conocimiento. No es un problema político, de que las administraciones hayan fallado en sus programas de normalización; es un hecho objetivo, de la dinámica de las comunidades lingüísticas. En el
caso de las lenguas de signos se trata de lenguas minoritarias, condenadas a serlo y que no pueden dejar de serlo.
La comunidad de sordos nunca podrá dejar de ser una comunidad minoritaria y además tiene el gravamen de ser una comunidad dispersa en
el Estado y en todo el mundo. Me parece extraordinariamente importante subrayar la necesidad de este centro de normalización lingüístico que pueda garantizar la continuidad de esta lengua y, por lo tanto, el desarrollo cognitivo de los niños sordos
del futuro. Creo que uno de los mayores aciertos de esta ley es la creación de este centro. También estoy de acuerdo con la redacción, aunque es un poco extraña, de la composición del centro, con sus finalidades y con la necesidad de que este
centro funcione en estrecha colaboración con la comunidad sorda, con sus asociaciones. Estoy pensando fundamentalmente en la Confederación Estatal de Personas Sordas en el caso de la lengua de signos española, y en la Federación de Personas Sordas
de Cataluña en el caso de la lengua de signos catalana. Son ellos, desde mi punto de vista, los que tienen la autoridad moral y social para implantar una norma. La Universidad de Alicante -y lo digo porque tengo la autorización y el mandato
explícito de mi rector para decirlo- se ofrece a colaborar en esta empresa aportando su autoridad y su experiencia científica.



Quiero, por último, hacer dos observaciones respecto al centro de normalización. No me parece acertado -por eso también lo incluyo como modificación en las hojas que les he entregado- que este centro de normalización dependa del Real
Patronato sobre Discapacidad, puesto que se trata de una lengua y no de una ayuda técnica a la discapacidad. Creo que el real patronato no tiene nada que decir en un tema que es estrictamente lingüístico, porque estamos hablando de un centro de
normalización lingüística. Es muy importante garantizar -y así lo hago con una inclusión en el artículo 15- que al centro de normalización se le reconozca por ley autoridad para validar lingüísticamente todo el material de uso público,
fundamentalmente escolar y administrativo, producido en lengua de signos. Es imprescindible que el material escolar, los materiales curriculares que se hagan en lengua de signos, estén unificados y no que cada comunidad autónoma o cada asociación
de personas sordas publique materiales distintos con variantes léxicas. Me parece que es muy importante, si queremos que ese centro sea verdaderamente efectivo y que sirva para aquello para lo que ha recibido el nombre de normalización, que sirva
efectivamente para la normalización lingüística, que se reconozca su autoridad para validar los materiales públicos producidos en lengua de signos. Al final, todo va a depender de la comunidad lingüística, que es mucho más práctica que los
lingüistas y también que los políticos. Y va a depender también, lógicamente, de los medios empleados. Es importantísimo que este centro cuente con la dotación necesaria, que no se plantee como un centro solo político, sino de investigación,
activísimo, de producción permanente, de materiales culturales y curriculares. Si este centro llega a buen puerto podremos recuperar el nivel que el Estado tuvo en aquellos siglos en los que creamos una escuela de atención a personas sordas que fue
reconocida en toda Europa.



La señora PRESIDENTA: Intervención de los grupos. Tiene la palabra el señor Barrachina por el Grupo Popular.



El señor BARRACHINA ROS: Me ha parecido una intervención brillante y aleccionadora, con mucha concreción. Es verdad que es una lengua minoritaria y que hay que buscar el justo equilibrio entre el reconocimiento de aquellas comunidades
lingüísticas que hablan lenguas distintas -en este caso no distantes pero sí distintas-, con el riesgo de fracturar más lo que ya es algo de por sí débil, tanto por la dispersión geográfica como por la escasez del número de usuarios dentro de un
colectivo que seguirá siendo siempre minoría. Tengo una experiencia práctica obvia en la Diputación Provincial de Valencia, he tenido una escuela de niños sordos en la cual se formaban por su proximidad muchas personas de Cataluña y nunca han
tenido la sensación de hablar nada diferente entre ellos; yo también he visto personas sordas españolas que, cuando salen de España, tardan minutos en adaptarse a lenguas de signos distintas. Nunca tendrán la misma facilidad, pero es cierto que la
distancia que hay entre las lenguas orales no es la misma que la que existe entre las lenguas de signos. En esa trayectoria histórica, que mi grupo va a enmendar ya lo estamos haciendo en buena medida, pero con sus aportaciones vamos a integrar en
el recorrido histórico las lenguas de signos española, en el caso de que una parte de la lengua de signos catalana, si así se entiende que tiene esa entidad, se recoja también en el preámbulo,


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¿desde cuándo se reconoce como acreditada esa distinción, aparte del sentimiento, mucho más acentuado recientemente? A todos los ponentes nos ha llegado un documento que establece la diferencia, que estaba en torno al 70 por ciento de
léxicos comunes a la catalana y a la española, pero también a la valenciana y a la española, dejando a la discrecionalidad casi política el perfilar qué es una lengua distinta y qué es un dialecto. En este momento de plena vorágine política sería
implanteable y para determinados colectivos es un insulto decir que hablan un dialecto de otra cosa superior. Es una batalla política que nadie pretenderá. La Confederación de Sordos Españoles se llamaba al principio Confederación Nacional de
Sordos Españoles, llevaba lo de nacional y lo de españoles en 1936 cuando se creó en Madrid -permítanme la acotación histórica-, en pleno dominio republicano. Han cambiado de nombre cuatro veces para, al final, convertirse en una confederación
estatal, y uno tiene que preguntar de qué Estado porque no aparece en ningún lado la palabra español, u otra. Con el mismo nombre, podría ser de Argentina o de México. Se pregunta uno de qué Estado estamos hablando para tratar de hacer lo
políticamente correcto. Con toda esa complejidad de equilibrios políticos que uno debe guardar, vamos a intentar recoger la mayor parte de sus aportaciones. Entiendo conveniente que en el preámbulo haya un reflejo de la historia del resto de
lenguas de nuestro territorio. En referencia a los centros de integración, aunque no sea su especialidad, me gustaría conocer el grado de acierto que tienen esta serie de centros, tal y como la ponente anterior ha expuesto, de incorporar un número
reducido pero suficiente para que no se sientan marginados en escuelas de niños con mayoría de niños oyentes y, si le parece suficiente la concreción del texto que estamos debatiendo en lo relativo a los ámbitos sanitario y educativo, donde se
reflejan numerosas referencias poco concretas que se establecen como: ...el Gobierno podrá, cediéndolo a la discrecionalidad de posteriores reglamentos. Asimismo, señor Herrero, me gustaría conocer su opinión sobre la memoria económica que mi
grupo y otros hemos tildado de insuficiente compartiendo, como compartimos plenamente, los objetivos del texto propuesto.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Heredia.



El señor HEREDIA DÍAZ: Quisiera agradecerle, en primer lugar, señor Herrero su clarificadora exposición. Ha planteado una serie de cuestiones de las cuales me he quedado con tres. La primera, el valor patrimonial que tiene la ley de
lengua de signos. La segunda, la opción de eliminar las definiciones que se establecen. La tercera, el centro de normalización lingüística de la lengua de signos española. Me gustaría formularle varias preguntas. En primer lugar, ¿cómo valora
este proyecto que ha aprobado el Gobierno, que constituía una reivindicación histórica del movimiento asociativo representativo de las personas sordas con discapacidad auditiva y sordociegas? Me gustaría que concretase si las lenguas de signos son
por sí solas lenguas completas y por qué; si es posible simultanear la enseñanza de la comunicación oral con la de lengua de signos; qué ventajas tendría; y si conllevaría algún efecto negativo.
En esta Comisión ha comparecido mucha gente y cada
cual ha expresado su opinión, por lo que me gustaría conocer la suya en relación con este tema.



Termino con otras dos cuestiones; quién debería, a su juicio, impartir la titulación de lengua de signos y, por último, en qué tipo de servicios públicos se hace más necesario y urgente contar con intérpretes de lengua de signos.



La señora PRESIDENTA: Nuevamente, para cerrar la intervención, tiene la palabra el señor Herrero.



El señor HERRERO BLANCO, LINGÜISTA: Las denominaciones de las lenguas de signos son todas muy recientes; entre otras cosas porque la conciencia de que son lenguas es muy reciente. De hecho, hasta 1980 no se habló de la lengua de signos
americana porque hasta esa época no se consideraba que fueran lenguas auténticas. Esto nos puede llamar la atención. Creo haber hablado de la escuela española y es muy curioso y significativo el hecho de que el primer lingüista que verdaderamente
se da cuenta de que son lenguas y de que, por lo tanto, hay que compararlas con el latín, con el japonés, es Lorenzo Hervás. Lorenzo Hervás, en 1795, publica un libro absolutamente envidiable por otras naciones -no quería una escuela española de
sordomudos-, un libro absolutamente extraordinario que influyó incluso en Humboldt, en el cual descubre que las lenguas de signos son gramaticalmente perfectas, que es lo que él llamaba la gramática mental de los sordomudos. Es el primero que
corrige también el nombre de mudos y los cambia por el de sordomudos y lo pone incluso con mayúscula para no confundirlo con el hecho de la persona que se ha quedado sorda, que ese sería un sordo con minúscula. Todo esto todavía en el siglo XVIII.
Lorenzo Hervás que estudió la lengua de signos en Italia, Roma, no era consciente de que había lenguas de signos distintas, las llamaba lenguas de signos y durante mucho tiempo se pensó que eran más o menos universales, con muchas variantes pero
universales. La idea de que eran distintas -seguramente porque, entre otras cosas, corresponden a comunidades lingüísticas distintas- es muy reciente y, por lo tanto, es imposible oír hablar de la lengua de signos española en la primera mitad del
siglo XX y mucho menos de la lengua de signos catalana. Son denominaciones recientes. Ahora bien, el sentimiento de que están empleando una variedad diferente -no sé cuándo empieza en Cataluña, si es anterior o posterior a la guerra civil- lo
tienen y muy arraigado. No creo que eso perjudique, de la misma manera que no creo que perjudique a nadie que el catalán y el valenciano se hayan normalizado por separado. A lo mejor puede


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ser negativo para los estudiantes de filología catalana, pero eso también se puede resolver. En general, los lingüistas somos amantes de la diversidad lingüística y del respeto a lo que las comunidades lingüísticas desean, pero la
denominación es muy difícil porque todas las denominaciones de las lenguas de signos son extraordinariamente recientes.



Aunque han comentado que no soy experto en esto, y es verdad, me han preguntado por el bilingüismo en la enseñanza. Me parece absolutamente imprescindible que los niños sordos tengan acceso a su lengua pero, ¿quién se la enseña? Si no lo
hacen los padres, los niños sordos están condenados a no recibir cuentos infantiles, a no percibir el humor de los adultos. Antes se ha comentado que es imposible obligar a los padres a aprender lengua de signos. De acuerdo, es imposible
legalmente, pero hay que recomendarles moralmente hacerlo para que sus niños puedan disfrutar de cuentos, de chistes, de bromas, de juegos de palabras y de una riqueza lingüística comparable a la que ellos tienen con la lengua oral. Los padres que
hacen esto se llenan de razones morales para después exigirle a su propio hijo que aprenda también la lengua oral de los padres como un asunto recíproco. Más que hablar de lengua, hay que hablar de comunidad lingüística. Las lenguas están para
hablarlas, para aprenderlas y perfeccionarlas; un niño en la escuela tiene que tener comunidad lingüística. No entro en el número, pero me parece que los niños sordos que se escolarizan, si van a acceder a un modelo bilingüe, naturalmente deben de
estar en contacto con otros niños sordos. Yo diría que no solamente con niños sordos. En Francia tengo noticia de que algo que se hace es que en los centros donde hay niños sordos van personas mayores sordas a las que se hace un contrato de algún
tipo para que en los momentos de recreo, en actividades extraescolares, etcétera, les sirvan como modelo lingüístico. Es importantísimo que los niños, todos, oyentes y sordos, tengan modelos lingüísticos y se orienten no solamente hacia cómo habla
su padre sino a cómo lo hace aquella persona, qué bien habla el profesor. Hay que tener modelos lingüísticos y los niños sordos, también. Eso no se soluciona solamente teniendo un profesor oyente que ha aprendido la lengua de signos y cuatro
amiguitos sordos en el colegio, hacen falta personas adultas sordas que les muestren toda la riqueza lingüística. No me ha llegado la memoria económica del proyecto y por lo tanto no puedo responder. En cuanto a qué ámbitos sociales son más
urgentes, creo que el más urgente es la educación porque es del que dependen todos los demás. Lo más importante son los niños y, por lo tanto, ese es el ámbito más urgente. Supongo que el centro de normalización y los primeros materiales
normativos, diccionarios, etcétera, que elabore deben ir pensados fundamentalmente en los niños.
Hoy en día estamos en un momento de extraordinarios cambios tecnológicos, la traducción simultánea está avanzando más deprisa que los implantes
cocleares y existen sistemas de interpretación automática cada vez más perfeccionados, lectores de español automáticos, etcétera. Este es un camino que -no nos engañemos- va a ser aplicable: cuando una persona sorda vaya a una oficina pública, a
la Administración o a sanidad, si esa oficina cuenta con Internet y con un sistema de traducción automática, gran parte del problema estará resuelto para esa persona adulta. En los niveles docentes, de magisterio y demás, me llega que con esta ley
se abre un nuevo mercado: el de los intérpretes. A lo mejor sí, y es lógico.
Hay una ayuda social que antes no había y ahora va a haber, pero tampoco hay que echar las campanas al vuelo. La evolución tecnológica es extraordinariamente importante
y aspiro -y lo he dicho al principio- a que estemos bastante avanzados en este desarrollo. Les he dicho que hemos desarrollado un sistema de escritura y ustedes se lo pueden creer o no.
Es un sistema absolutamente completo que se lee con las manos
y se lee todo; toda la lengua de signos se lee con las manos. Este sistema permite la traducción automática del español escrito. Igual que traducimos el español escrito al árabe escrito y hay sistema de traducción automática, podrá haber en muy
poco tiempo sistemas de traducción automática del español escrito a la lengua de signos escrita. Ahora basta que esa lengua de signos escrita sea conocida por el receptor o que haya un sistema que pueda convertir esta señal escrita en movimientos
de un muñeco, de un avatar. Eso está al alcance de la mano, es cuestión de meses. Eso podría cubrir bastantes necesidades de carácter informativo. Otro ámbito extraordinariamente importante es el de la justicia. En él España fue pionera, en el
siglo XV se publicó un libro que se llamaba Tratado Legal de los Mudos, de Lasso de la Vega, donde se pide ya que los que se llamaban mudos entonces vayan al juicio con un intérprete porque de eso va a depender su libertad o su cárcel. Hay ámbitos
extraordinariamente importantes como el de la justicia, de la educación y otros.



En cuanto a las preguntas que me ha hecho el señor Heredia, me pide una valoración global. Un hecho histórico, una oportunidad histórica; cuando se conoció que se había aprobado por el Consejo de Ministros, se estaba celebrando un congreso
de lengua de signos en Valladolid y las lágrimas de emoción fueron generales. No sé si asistieron o tuvieron noticias de la manifestación que hubo en Madrid, la alegría tan inmensa, el sentimiento de liberación. Me permitiría repetir que no sabría
la profundidad de este tema si no nos diéramos cuenta de que la lengua de signos es la lengua que todos tendríamos si fuéramos sordos y que todos podemos tener si la aprendemos. Es extraordinariamente liberadora. Una de las limitaciones de la
globalidad es que ha reprimido el gesto y esto es muy importante. No es otra lengua más -es otra lengua más desde el punto de vista lingüístico-, es una lengua que nos despierta extraordinariamente la conciencia de nuestra propia realidad y sus
límites, es absolutamente enriquecedora y es un acontecimiento histórico para la comunidad sorda, no solamente española. El año que viene se va a celebrar en primavera, en Madrid, el Congreso mundial de personas


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sordas, de las federaciones sordas de todo el mundo. Será una ocasión extraordinaria para que nuestro país pueda mostrar que hemos hecho una ley muy avanzada, una de las más avanzadas que se han hecho sobre la lengua de signos en el mundo y
muy positiva. En cuanto a si las lenguas de signos son completas, sí. ¿Por qué? Porque son perfectamente lenguas, tienen su fonología, su morfología, su sintaxis, su posibilidad de ser escritas, sus registros, sus variantes, etcétera. Tendríamos
que plantearnos de dónde surgieron las lenguas orales que, como digo, no son más naturales que las lenguas de signos. La mayor parte de los estudiosos de la historia del lenguaje hoy día aceptan que, mucho antes de que los homínidos desarrollaran
el aparato fonador, hace unos 40.000 años, ya gesticulaban porque, si no, hubiera sido imposible que hubieran dejado restos como los que hoy tenemos; hubo una comunicación gestual anterior al lenguaje oral. Esa comunicación gestual pasó a ser
lenguaje de signos y después lengua oral o al mismo tiempo las dos cosas, eso ya no lo sabemos, pero la gestualidad es muy importante. Respondiendo a su pregunta, son lenguas absolutamente completas. Para ciertas cosas son mejores que las lenguas
orales, por su carácter visual. Las sintaxis de la lengua de signos son sintaxis en las que entre lo lingüístico y lo extralingüístico no hay solución de continuidad. Uno puede copiar la realidad e imitarla en lengua de signos y juntarla con la
lengua. Con la lengua oral no lo podemos hacer, no podemos ubicar referencias en el espacio y tenemos que estar continuamente haciendo paráfrasis y para esta época que vivimos, en la que la lengua ha vuelto a ser un fenómeno visual en Internet, la
lengua de signos tiene un extraordinario futuro. En cuanto a la simultaneidad de su enseñanza con las lenguas orales, es imposible ya que tienen una estructura distinta. Respecto a la utilización de los sistemas bimodales o de palabra
complementada, los bimodales son absurdos. Si tienen un orden de palabra distinto, ¿cómo vas a hacer una lengua oral basada en lengua de signos en el mismo orden? Es absolutamente imposible. Ahora bien, se pueden aprender las dos y, naturalmente,
para un niño sordo profundo la única que es natural es la lengua de signos. Se habla mucho de los implantes cocleares -yo no soy médico y los médicos no me quieren mucho-, pero el procesamiento del sonido es un fenómeno muy difícil, muy sutil.
Procesar el sonido y diferenciar el sonido lingüístico del no lingüístico es una labor que o la has realizado desde que eres un feto o después me temo que es muy difícil interiorizar perfectamente el sonido lingüístico y convertirlo en un hecho
natural. Si se consigue se consigue, pero aún así las lenguas de signos son un derecho, una opción y unas lenguas maravillosas. En cuanto a la titulación, no sé a qué se refería exactamente. Creo que la lengua de signos, si se va a tratar como
lengua, debe estar al mismo nivel que las demás, es decir, que en traducción e interpretación podrá haber una rama igual a la que ahora hay de español, alemán e inglés, puede incorporarse y las personas deben aspirar a ser intérpretes titulados
universitarios. En la docencia, lo mismo; pueden salir maestros especializados en lengua de signos porque hayan completado su formación de maestros con una formación exhaustiva e importante en lengua de signos. Otro problema es el acceso de las
personas sordas a la educación universitaria. Hasta ahora la discriminación lingüística lo ha impedido.
Solamente en universidades como la de Alicante o la de Granada -son contadas-, donde se ponen a disposición de las personas sordas intérpretes
pagados por la propia universidad, todo hay que decirlo, no por la comunidad autónoma, las personas sordas pueden seguir un curso de forma normal. Si no se cuenta con intérpretes es muy difícil que una persona sorda llegue a la universidad y que,
por lo tanto, pueda llegar a ser maestro, ingeniero, etcétera. No sé si me quedaba alguna pregunta más por responder.



La señora PRESIDENTA: Creo que ha sido muy clarificador. Lamento que hayamos llegado a la hora límite de casi las tres de la tarde. Tenga S.S.
la seguridad de que todo el mundo leerá con avidez el 'Diario de Sesiones' donde constan las
aportaciones de todos los comparecientes.



Antes de levantar la sesión, les recuerdo a SS.SS que tenemos una brevísima reunión de Mesa para fijar una comparecencia del Ministro de Trabajo. Se levanta la sesión.



Eran las dos y cincuenta minutos de la tarde.