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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 483, de 14/02/2006
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2006 VIII Legislatura Núm. 483

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PRESIDENCIA DEL EXCMA. SRA. D.ª CARMEN MARÓN BELTRÁN

Sesión núm. 29

celebrada el martes, 14 de febrero de 2006



ORDEN DEL DÍA:


Proposiciones no de ley:


-Sobre la gestión de los fondos de formación ocupacional y continua.
Presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC).
(Número de expediente 161/000514.) ... (Página 2)


-Por la que se insta al Gobierno a transferir a las comunidades autónomas los recursos no gastados en los programas de formación continua de los trabajadores (Forcem). Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
(Número de expediente 161/000440.) ... (Página 7)


-Relativa a la modificación de la orden ministerial de 11 de marzo de 1985, por la que se establecen criterios estadísticos para la medición del paro registrado. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de
expediente 161/001106.) ... (Página 9)


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-Por la que se insta al Gobierno a modificar la normativa sobre subvenciones aplicable a las entidades sin ánimo de lucro de acción social y de cooperación internacional. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
(Número de expediente 161/001259.) ... (Página 12)


-Sobre impulso del procedimiento ordinario de concesión de subvenciones a ayuntamientos para convenios de atención a personas mayores para procurar la igualdad de oportunidades de todos los municipios. Presentada por el Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/001418.) ... (Página 15)


-Por la que se insta al Gobierno a modificar la regulación de la contratación temporal. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso. (Número de expediente 161/001432.) ... (Página 18)


-Por la que se insta al Gobierno a la revisión de los tipos de cotización selectivos actualmente vigentes a cargo de la empresa, en función del tipo de contrato, en la contingencia de desempleo, así como los aplicados actualmente a las
empresas de trabajo temporal (ETT). Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso. (Número de expediente 161/001434.) ... (Página 22)


-Relativa al bienestar de los ancianos en las residencias geriátricas.
Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000408.) ... (Página 26)


Se abre la sesión a las diez y treinta minutos de la mañana.



PROPOSICIONES NO DE LEY:


-SOBRE LA GESTIÓN DE LOS FONDOS DE FORMACIÓN OCUPACIONAL Y CONTINUA.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA (ERC).
(Número de expediente 161/000514.)


La señora PRESIDENTA: Vamos a dar comienzo a la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales para el debate y votación de las proposiciones no de ley que figuran en el orden del día. Como cuestión previa quisiera decirles a los miembros de la
Mesa y portavoces que, al finalizar la Comisión, tendremos una breve reunión para cerrar algunos temas, es decir, habrá reunión de Mesa y portavoces al finalizar la Comisión.



El Grupo de Esquerra Republicana de Cataluña solicita, si no hay inconveniente por parte de los demás intervinientes, que se debata en primer lugar la proposición no de ley que figura en segundo lugar en el orden del día. ¿Acceden los
portavoces a esta petición del Grupo de Esquerra? (Pausa.) Vamos a iniciar, pues, el debate con la proposición no de ley sobre la gestión de los fondos de formación ocupacional y continua. Tiene la palabra para su defensa el señor Tardà.



El señor TARDÀ I COMA: En primer lugar, agradezco que se haya permitido el cambio en el orden del día. Mi intervención será breve puesto que a las once horas se celebra Junta de Portavoces y debo estar presente.



Planteamos un tema recurrente, casi histórico puesto que arranca de un conflicto de décadas. Hoy no se discute la legitimidad de lo reclamado en nuestra proposición no de ley. Existe un buen número de fallos del Tribunal Constitucional que
han ido configurando la doctrina que dejan claro que corresponde al Estado en competencia exclusiva la legislación ordinaria y la reglamentaria de la formación. De hecho, emana de la competencia básica referida a la legislación laboral que consagra
la Constitución española. Nunca lo hemos cuestionado y tampoco lo hacemos ahora, pero de igual manera existen continuas reivindicaciones de nuestro grupo parlamentario y de otros como Convergència i Unió en el sentido de que corresponde a las
comunidades autónomas la ejecución de esta formación, así como la producción de reglamentos para su desarrollo y la gestión de los fondos destinados a tal fin. Con el Gobierno del Partido Popular se consolidó un modelo centralista y discriminatorio
de ayudas y subvenciones en materia de formación destinado a las empresas mediante detracciones en las liquidaciones mensuales de la Seguridad Social, que siempre hemos considerado -y mantenemos esta consideración- que beneficia básicamente a las
grandes empresas, modelo al que tiene dificultades para adecuarse la pequeña y mediana empresa, que es la que lucha por hacer frente a los grandes retos de la deslocalización y que requiere una gran capacidad de innovación. Nos duele afirmar que
este modelo es fuente de corrupciones. Y cuando hablo de corrupciones no me refiero tanto a acciones fraudulentas cuanto a acciones no estrictamente limpias, ya que queda siempre la duda de si lo destinado a formación acaba siendo lo realizado, más
allá de otras cuestiones relacionadas con si aquello


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que se programa es lo necesariamente exigible para la formación de los trabajadores. Este modelo era poco funcional, no tenía el consenso de los agentes sociales, menospreciaba a las comunidades autónomas y era claramente insuficiente. El
Estado tiene la capacidad de diseñar un modelo de gestión de la formación continua, pero la ejecución debe recaer en las comunidades autónomas. Creo que estamos instalados en un cierto desacato al Tribunal Constitucional. El tema no es baladí pues
la formación profesional relacionada con el sistema educativo, la formación ocupacional vinculada a las personas que están fuera del mercado de trabajo y la formación continua para los trabajadores ocupados forman parte, junto al gran debate de la
recolocación, del reto fundamental ante las deslocalizaciones actuales. Todo ello teniendo presente la subsidiariedad, el debate sobre la modernidad. Esto es el pasado y nosotros no queremos dejar de reconocer lo hecho por este Gobierno.
Siempre
hemos dicho que el Partido Popular era la noche y el Partido Socialista Obrero Español el día, metafóricamente hablando. Nuestro grupo apoyó una moción, de septiembre de 2004, por la que se rechazaba el sistema anterior, se instaba al Gobierno a
cumplir las sentencias y a transferir las políticas activas y pasivas de empleo proporcionalmente al peso que representa la población ocupada en cada comunidad autónoma.
Decía que reconocemos los avances llevados a cabo por el Gobierno en estas
políticas. Las comunidades autónomas este año han recibido una mayor aportación económica. Compartimos la declaración que hizo el ministro Caldera cuando habló de que el Gobierno había decidido cumplir las sentencias del Tribunal Constitucional,
aunque añadió que lo harían con racionalidad. Cuando nos instalamos en un concepto tan abstracto como la racionalidad, ello nos lleva a reivindicar la transferencia a las comunidades autónomas de las políticas activas y pasivas de empleo.

Celebramos que exista gradualidad; celebramos que exista participación y consenso con los agentes sociales; celebramos que se hayan incrementado los fondos transferidos a las comunidades autónomas, de hecho hay un aumento de los porcentajes tanto
en lo que se refiere a los contratos-programa como a las acciones complementarias; no negamos estos hechos, pero el paso hacia adelante es el que contempla nuestra proposición no de ley. Todo ello enmarcado en el debate estatutario que, se quiera
o no, forma parte del norte de los partidos que hemos dado apoyo en el Parlamento de Cataluña al texto que se está discutiendo en este Congreso. En el artículo 170 -voy terminando, señora presidenta-, cuando hablamos de trabajo y relaciones
laborales, en el punto 1 se dice que corresponde a la Generalitat la competencia ejecutiva en materia de trabajo y relaciones laborales. Se refiere, a continuación, a las políticas activas de ocupación que incluyen la formación de los demandantes
de ocupación, de los trabajadores en activo, así como la gestión de las subvenciones correspondientes. Es nuestra reivindicación, que se halla incluida en nuestra proposición no de ley. Sin negar los avances de este Gobierno, entendemos que el
reto actual es dar un paso hacia adelante y cumplir las sentencias del Tribunal Constitucional para que sean las comunidades autónomas las que tengan la plena ejecución de las políticas activas y pasivas de empleo.



La señora PRESIDENTA: Hay una enmienda del Grupo Catalán (Convergència i Unió). Tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Esta proposición no de ley de Esquerra Republicana que acaba de defender el señor Tardà llega en el momento oportuno. Hace muy pocos días el Gobierno acaba de alcanzar un acuerdo con la CEOE, UGT y Comisiones
Obreras sobre formación profesional para el empleo, un acuerdo al que luego me referiré pero que confirma dos cuestiones que a Convergència i Unió, de manera coincidente con Esquerra Republicana, nos preocupa. Estamos ante un continuismo en la
política de gestión de la formación continua por parte del actual Ejecutivo en relación con el modelo que fue conocido como el modelo Zaplana y continuamos incumpliendo las sentencias del Tribunal Constitucional que son inequívocas en el sentido de
que la gestión de la formación continua corresponde a los gobiernos autonómicos. Si bien es cierto, como apuntaba el señor Tardà, que se ha producido un aumento de los recursos que son gestionados por las comunidades autónomas, lo cierto es que el
sistema continua configurando una principal gestión en manos del Gobierno del Estado. En ese contexto nos parece oportuno discutir con esta proposición no de ley sobre la gestión de la formación continua por parte del Estado y que Esquerra
Republicana nos permita reafirmarnos en nuestra exigencia del cumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional en esta materia. La enmienda de Convergència i Unió pretende añadir un nuevo párrafo que afirme que el Congreso de los
Diputados lamenta que el reciente acuerdo sobre formación profesional para el empleo no haya sido pactado con las comunidades autónomas. Nos llega un texto pactado en el marco del diálogo social con estas tres organizaciones, pero que obvia desde
su propio nacimiento que las competencias de gestión en materia de formación continua y de formación ocupacional corresponden a las comunidades autónomas. Lo sensato en un Estado autonómico, donde la gestión es ejercida por otras administraciones,
es que un acuerdo de estas características sea también un acuerdo con los propios gobiernos autonómicos: Empezamos mal la puesta en marcha del desarrollo de la política del Gobierno en esta legislatura. En ese acuerdo de formación profesional para
el empleo, junto con el mantenimiento de una filosofía que supone un incumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional, es muy escandaloso que en los principios que justifican ese acuerdo se hable de la unidad de caja y de la unidad de
mercado, pero se obvie que su gestión corresponde a las comunidades autónomas, hecho incomprensible e impresentable. Señorías, no solo existe el riesgo de continuar incumpliendo las


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sentencias del Tribunal Constitucional en base a ese acuerdo, sino que asistimos a una recentralización del Estado en la gestión de la formación ocupacional que, desde hace bastantes años, está siendo gestionada por los gobiernos
autonómicos. Ese acuerdo abre la posibilidad a una recentralización de una política que hoy está en manos de las comunidades autónomas. La cuestión de fondo es que estamos gastando muchos recursos en formación de los trabajadores. Sabemos que la
estrategia de Lisboa, los objetivos de aumentar la productividad y garantizar un empleo para los trabajadores exige formación a lo largo de toda la vida. Esta política requiere que los tres subsistemas de la formación -la formación ocupacional, la
formación continua y la formación profesional reglada- se integren. Aprobamos en la anterior legislatura la Ley de Formación Profesional que, por cierto, fue recurrida ante el Tribunal Constitucional en la anterior legislatura por el Parlament de
Cataluña por los aspectos autonómicos. Continuamos manteniendo un sistema que no aborda la integración de los tres subsistemas. Con ese acuerdo social solo se aborda la integración de dos subsistemas y un conjunto de medidas, obviando las
competencias de gestión de las comunidades autónomas, con los mismos problemas que el sistema de bonificaciones que impulsó el ministro Zaplana, modelo que no permite que las Pymes se puedan beneficiar de estos recursos. Todo ello configura una
mala política de formación para los trabajadores en activo y para aquellos que se hallen en desempleo.



Mi grupo votará favorablemente esta proposición no de ley de Esquerra Republicana. Pedimos que se incorpore esa enmienda en la que lamentamos la falta de presencia de las comunidades autónomas en ese acuerdo y, finalmente, advertimos de que
el salto hacia adelante -la formación continua, la formación ocupacional, la formación profesional, en definitiva, la formación de los trabajadores de España-, con el acuerdo que el Gobierno ha firmado recientemente, no se garantiza. Corremos el
riesgo de continuar gastando mucho dinero mal.



La señora PRESIDENTA: Para defensa de la enmienda presentada por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Sánchez.



La señora SÁNCHEZ RUBIO: La proposición no de ley que presenta Esquerra Republicana insta al Gobierno a una nueva regulación de la gestión de los fondos de formación ocupacional y continua y a territorializar los fondos de formación
continua entre las distintas comunidades autónomas con competencia en la materia para que éstas las gestionen directamente. El Real Decreto 1046/2003, así como las órdenes ministeriales de Trabajo y Asuntos Sociales que lo desarrollan, la número
2738 de febrero de 2004, y la 2782 de julio del mismo año, en cumplimiento las sentencias del Tribunal Constitucional a las que hace referencia Esquerra Republicana de Catalunya en su proposición, de 25 de abril y de 17 de octubre, ya contemplan la
participación de las comunidades autónomas en la gestión de la formación continua. En base a esta normativa, a partir del segundo semestre de 2004 el desarrollo normativo del subsistema de formación profesional y continua regulado por el Real
Decreto de 2003, se ha ido adaptando para dar cumplimiento a esta sentencia. En primer lugar, a través de una orden de 30 de julio de 2004 reguladora de las acciones complementarias de acompañamiento de la formación, y otra de julio reguladora de
los contratos-programa, que contemplan la participación de las comunidades autónomas en la gestión de dicha iniciativa de formación continua. Para afianzar el cumplimiento de esta sentencia y previo informe de la Conferencia sectorial de asuntos
laborales, ambas órdenes ministeriales han sido objeto de modificaciones posteriores con el fin de delimitar con mayor claridad la distribución competencial entre el Estado y las comunidades autónomas en la gestión de la formación continua. He de
decir, en segundo lugar -también previo informe de esta conferencia sectorial-, que próximamente se publicará una orden ministerial por la que se modifica la de 13 de febrero de 2004, reguladora de las acciones de formación continua de las empresas,
incluidos los permisos individuales de formación, con el fin de dar participación a las comunidades autónomas en la evaluación, control y seguimiento de dichas acciones que, a diferencia de anteriores iniciativas, están financiadas con
bonificaciones de las empresas en las cuotas de la Seguridad Social.



En cuanto al marco presupuestario, ya en el año 2004 el Estado se reservó para contratos-programa estatales el 63 por ciento de los fondos destinados a esta iniciativa, trasfiriendo a las comunidades autónomas el 37 por ciento restante. En
el caso de las acciones complementarias fue del 50 por ciento las comunidades autónomas y 50 por ciento el Estado.
Para hacer posible esta participación de las comunidades autónomas en el citado ejercicio, fue necesario proceder a una nueva
distribución del presupuesto de 2004 para formación continua, aprobar en la Conferencia sectorial para asuntos laborales, en su reunión de 29 de julio, los criterios de distribución de estos fondos para formación continua gestionada por las
comunidades autónomas; proceder a la aprobación de la correspondiente modificación presupuestaria mediante el incremento de la partida inicial prevista para las comunidades autónomas, que era de 1.000 euros hasta 127.270 euros; el acuerdo del
Consejo de Ministros y orden ministerial sobre territorialización de los fondos a las comunidades autónomas de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley General Presupuestaria. Teniendo en cuenta la escasez de tiempo que las comunidades
autónomas tenían para ejecutar dicho fondo y que la materia objeto de traspaso era nueva para ellas, se han firmado convenios de colaboración con las mismas para que desde la fundación tripartita se les apoye técnicamente en la gestión, seguimiento
y control de contratos-programa y acciones complementarias. Por otra parte, en el pasado ejercicio,


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de 2005 se ha contemplado una mayor participación de las comunidades autónomas en la gestión de los fondos de formación continua, sobre todo tras la aprobación del Real Decreto-ley 7/2005, de 22 de abril, ya que la cantidad inicialmente
aprobada de 147 millones de euros, se incrementó hasta alcanzar los 219 millones de euros. Nuevamente en la conferencia sectorial de 14 de noviembre se incrementaron los fondos para las comunidades autónomas en 120 millones de euros. Por lo tanto,
la cifra total se eleva a 339 millones de euros. Esta cantidad representa un incremento de más del 150 por ciento sobre la cantidad gestionada por las comunidades autónomas en 2004. Con estos incrementos, los fondos previstos para ayudas y
subvenciones de formación continua han quedado distribuidos al 50 por ciento entre el Estado y las comunidades autónomas.



Tenemos que destacar que, según la doctrina constitucional en esta materia, la formación continua que se desarrolla en el territorio de la comunidad autónoma debe ser gestionada por ésta, pero también según esta doctrina constitucional
existe un ámbito estatal de gestión de formación continua que compete al Estado. Por otra parte, hay que aclarar que la sentencia del Tribunal Constitucional aludida en la exposición de motivos por el proponente se refiere a un modelo de formación
continua basado en la firma de acuerdos nacionales de formación continua suscritos entre los agentes sociales y el Gobierno sustancialmente distintos al modelo vigente, por lo que no se pueden extender los efectos de tales sentencias a un modelo de
formación continua que no ha sido objeto de pronunciamiento por parte del Tribunal Constitucional. Ni la doctrina del Tribunal Constitucional ni la exigencia que esta materia presenta permiten concluir que la formación profesional continua se agote
en la formación desarrollada en el ámbito autonómico. Por ello, la solicitud de territorialización total de los fondos destinados a la formación continua a las comunidades autónomas no se puede basar en la doctrina del Tribunal Constitucional.



Por último -como he dicho anteriormente-, el Gobierno ha fijado 2007 como el año de puesta en marcha de un único subsistema de formación profesional en el ámbito laboral, en el que se integrarán los actuales subsistemas de formación
profesional continua y ocupacional. Se trata de establecer un modelo de formación profesional para el empleo que, siendo respetuoso con la doctrina constitucional, atienda todas las demandas del sistema productivo y de la población activa ocupada y
desocupada; que sea al mismo tiempo un modelo dinámico, estable y consensuado entre los agentes sociales, la Administración del Estado y las comunidades autónomas. Por lo tanto, el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y los interlocutores
sociales presentes en la mesa de diálogo social para la formación y el empleo han firmado un nuevo acuerdo de formación el 7 de febrero que integra en un único subsistema los anteriores relativos a la formación ocupacional y a la continua. Del
contenido de dicho acuerdo se ha informado a las comunidades autónomas en conferencia sectorial de 30 de enero de 2006. Dicho acuerdo dará lugar a un nuevo real decreto regulador de la materia que será objeto de debate en los próximos meses, para
su aprobación antes de que finalice el primer semestre de 2006. Tal y como se plantea la proposición no de ley, en base a estos argumentos, no podemos estar de acuerdo. Hemos introducido una enmienda de sustitución en el sentido de que el Congreso
de los Diputados inste al Gobierno a continuar impulsando, en este marco de diálogo social, los subsistemas de formación ocupacional y continua para que se respeten, como se está haciendo hasta ahora, las competencias de las comunidades autónomas.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar posición? El señor Olabarría, por el Grupo Vasco (EAJ-PNV).



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Las argumentaciones que he escuchado hasta ahora son razonables desde la perspectiva de los intereses que se defienden e incardinables en la jurisprudencia constitucional. Aunque parezcan contradictorias entre sí,
no lo son tanto. No obstante, quiero incorporar un dato nuevo -voy a ser por eso muy breve señora presidenta-, que es la existencia de acuerdos interconfederales de ámbito no estatal existentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi en concreto, que
han dado lugar a una institución homónima a la Forcem, que se denomina Hobetuz y que debe ser objeto de financiación por los mismos procedimientos de la Forcem y eso no requiere convalidación de jurisprudencia constitucional alguna, eso dimana de
los propios requerimientos de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, del Estatuto de los Trabajadores, de la Ley de Formación Continua y de la legislación relativa a la formación en esta materia.
Este es un problema no resuelto, el problema de que
hay dos acuerdos interconfederales en el Estado español que provienen de la formación continua, que deben ser financiados con cuotas cuya exacción es obligatoria con relación a trabajadores y empresarios y en este momento solo uno de ellos es objeto
de atención satisfactoria y el otro no; el del ámbito autonómico, no. De esta perspectiva incorporo un debate novedoso y hago una petición colectiva al resto de grupos de la Cámara: el tema de la formación continua no está bien articulado desde
una perspectiva de títulos competenciales, de los requerimientos de la organización territorial del Estado más que de los del ordenamiento laboral o específico que regula la formación. Pido que este tema se estudie con una postura flexible, de
consenso y que se resuelva, porque si no la litigiosidad va a continuar subsistiendo y perturbando la propia eficiencia de un mecanismo estructuralmente fundamental para el mantenimiento de la empleabilidad de nuestros trabajadores. Esta es una de
las pocas fórmulas que sirven para garantizar la sostenibilidad del empleo en un mundo cada vez más competitivo y cambiante en el que la formación


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continua es absolutamente imprescindible. No sé cómo se concretará esta apelación señora presidenta, pero no será malo para liberar a SS.SS. de seguir hablando en estos términos de esta materia durante más tiempo. No sé si el tema se
resuelve eficientemente convocando el ministerio a personas vinculadas con él, a todos los portavoces de los grupos parlamentarios y a los gobiernos autonómicos concernidos por distintas formulaciones, en unos casos legitimados por la jurisprudencia
constitucional, en otros casos por acuerdos interconfederales suscritos por sindicatos y empresarios que ostentan la condición jurídica de mayor representatividad en los mismos términos en que la ha alumbrado la Forcem, porque la mayor
representatividad -quien conozca la Ley de Libertad Sindical lo sabe- se puede ostentar por sindicatos de ámbito estatal y también por sindicatos de ámbito no estatal siempre que cumplan el requerimiento del 15 por ciento y de 1.500 representantes
electos en su ámbito. Como es un problema no resuelto y nosotros percibimos, como el señor Campuzano, una escasa receptividad del grupo mayoritario para su resolución, habrá que hacer otra vez una apelación al consenso, porque si no habrá que
buscar otras soluciones que seguramente tienen peor encaje jurídico, normativo, y son más susceptibles de generar mayor conflictividad. Le agradezco la amabilidad en la concesión del uso de la palabra.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Popular tiene la palabra la señora Martín Mendizábal.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Estamos hablando de la formación continua y de todos los aspectos que se refieren tanto a su gestión como a su financiación. Tradicionalmente la formación continua se venía regulando por acuerdos nacionales de
formación entre empresarios, sindicatos y entre todos ellos y el Gobierno. El último del año 2000, fue el tercer acuerdo. Nos encontramos con que el Estado tiene competencia exclusiva en lo que se refiere a la legislación, tanto en el sentido
estricto de leyes formales como en el desarrollo reglamentario y las comunidades autónomas tienen competencia en materia de autoorganización y de ejecución. Así se reconoce en diversas sentencias. Concretamente, en dos sentencias de 2002 se
delimitan las competencias y los supuestos en los que la ejecución de las acciones formativas corresponde al Estado y los supuestos en los que le corresponde a las comunidades autónomas. El Grupo Popular promueve una nueva regulación, el Decreto de
2003, que ha desarrollado el Partido Socialista a través de las correspondientes órdenes de 2004. Lo único que ha hecho ha sido desarrollar la normativa inicial que aprobó el Partido Popular en el año 2003. Este decreto ha servido de base para el
acuerdo de formación profesional recientemente suscrito entre el Gobierno y las organizaciones sindicales y empresariales. Hay una enmienda del Grupo Socialista que una de dos: o es inocua o no comparte que el acuerdo sea plenamente
constitucional, porque habla de continuar impulsando la constitucionalidad en la materia. Entiendo que se trata de un acto de buena voluntad pero todo el mundo lo ha impulsado, todos hemos acatado y ajustado la legislación a las sentencias del
Tribunal Constitucional, y actualmente ese decreto y el acuerdo suscrito se basan en unos principios comunes y yo voy a referirme a dos: un principio de unidad de caja de la cuota de formación profesional y la incorporación a la gestión de las
comunidades autónomas. Recalco estos dos y, específicamente el segundo, porque se ha dicho aquí que no se había tenido en cuenta la competencia de las comunidades autónomas. Pues bien, en base a este decreto se crea la Comisión estatal de
formación continua donde participan organizaciones empresariales, organizaciones sindicales, el Ministerio de Trabajo y las comunidades autónomas. Esta comisión tiene funciones esenciales para la formación entre las que está que el INEM al
incorporar a los Presupuestos Generales del Estado la cuantía que va a ir destinada a formación, lo ha de hacer previo informe de esta comisión y, por tanto, con participación de las comunidades autónomas. Por otro lado, está la creación de la
fundación estatal para la formación en el empleo con la misma composición. Se incorpora también a las comunidades autónomas en los aspectos esenciales de la toma de decisiones en la gestión. Además, es en conferencia sectorial y, por tanto, con
participación de las comunidades autónomas, donde se fijan los criterios que objetivamente sirven para la distribución territorial de los créditos que luego se formalizará mediante acuerdo de Consejo de Ministros. Así se ha producido en una orden
de agosto de 2005 que recoge una conferencia sectorial de julio de 2005 y en una orden de diciembre de 2005 que recoge la conferencia sectorial de 14 de noviembre de 2005, siendo ello absolutamente acorde con la sentencia del Tribunal
Constitucional, que dice que las partidas se distribuirán territorialmente bien en los presupuestos, si es posible, o si no en un momento posterior mediante normas que fijen criterios objetivos de reparto. Señorías, no podemos compartir la petición
de una nueva regulación, porque la actual incorpora plenamente a las comunidades autónomas en la gestión de la formación continua y en el procedimiento para distribuir los fondos para la formación continua.



Concluyo con una puntualización relativa a unas afirmaciones que se realizan por el grupo de Esquerra Republicana en la exposición de motivos, que mi grupo no puede consentir. Se dice lo siguiente: Es conocido que con la intención de
alterar fraudulentamente este régimen competencial, el anterior Gobierno... y continúa el texto. Tengo que decir, que el Grupo Popular podrá acertar o errar, podremos hacerlo bien o mal, pero desde luego no vamos a consentir que se nos impute una
intención fraudulenta. Quiero que conste en el 'Diario de Sesiones' que yo me preguntaba por qué se decía esto, pero no he llegado a entenderlo.
Solo me queda explicármelo por aquello que dice un refrán español: Cree el ladrón que todos son de su
condición.



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-POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A TRANSFERIR A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS LOS RECURSOS NO GASTADOS EN LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN CONTINUA DE LOS TRABAJADORES (FORCEM). PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ).
(Número de expediente 161/000440.)


La señora PRESIDENTA: No está presente el señor Tardà para que se manifieste sobre la aceptación o rechazo de las dos enmiendas presentadas, por lo que lo dejamos para el momento de la votación.



Pasamos a debatir el primer punto del orden del día: Proposición no de ley por la que se insta al Gobierno a transferir a las comunidades autónomas los recursos no gastados en los programas de formación continua de los trabajadores. Tiene
la palabra para su defensa el señor Campuzano. Como también hay una autoenmienda, entiendo que hace uso de la palabra para las dos, aunque me imagino que ya lo da por hecho.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Con esta proposición no de ley continuamos discutiendo sobre el funcionamiento de nuestro sistema de formación continua. La intervención de la señora Martín Mendizábal para mí ha sido interesante en la medida
en que ha afirmado, en lo que coincidimos desde la discrepancia, que lo que hoy está haciendo el Gobierno es desarrollar el sistema impulsado por el ministro Zaplana en su momento, sistema que nuestro grupo entendía que incumplía las sentencias del
Tribunal Constitucional y que no respondía satisfactoriamente a las necesidades de los trabajadores de las empresas en España. Estamos ante una insuficiencia de la política pública en una materia básica para la competitividad y la productividad de
nuestras empresas y, en última instancia, para la cohesión social del conjunto del Estado.



Con la proposición no de ley que estamos defendiendo pretendemos hacer emerger una realidad preocupante, cual es que, a pesar de que hay un gasto nominal presupuestario importantísimo en formación continua, en los últimos ejercicios una
cantidad considerable de esos recursos no se ha gastado en la formación de los trabajadores empleados y se ha incorporado como remanente de tesorería al Instituto Nacional de Empleo, por tanto, a los Presupuestos Generales del Estado a los efectos
del déficit o no déficit que el Estado tiene en los correspondientes ejercicios. Es bueno recordar que en el 2002 dejaron de gastarse 205 millones de euros destinados a formación continua; en el 2003, 71 millones de euros y en el 2004, 248
millones de euros. Recursos de las cuotas de trabajadores y empresarios destinados a la formación de los empleados en situación activa, que no se han gastado y que los Presupuestos Generales del Estado, se los terminan comiendo. En un debate en el
Pleno califiqué esa situación de verdadero fraude al conjunto de los trabajadores de España.



¿Qué pretendemos con esta proposición no de ley? Que cada año, mientras tengamos este sistema de bonificaciones que, insisto, es un mal sistema tal como está configurado, esos recursos que no se gasten sean transferidos a las comunidades
autónomas para que puedan destinarlos a actuaciones en el ámbito de la formación continua. La proposición no de ley que estamos ahora debatiendo fue presentada en noviembre de 2004, hace ya más de un año y nos hemos autoenmendado para situar mejor
en el actual momento procesal la cuestión de fondo. La enmienda que proponemos va en la línea de que la Comisión inste al Gobierno a transferir a las comunidades autónomas, dentro del primer trimestre de cada año y proporcionalmente a su población
empleada, los recursos no gastados y no bonificados en los programas de formación continua del año anterior para que sean destinados a actuación de formación continua. Sería una manera de garantizar que esos recursos que los trabajadores y los
empresarios pagan a través de sus cotizaciones destinados a su formación, se gasten efectivamente en la formación de estas personas. Señorías, en esta preocupación sobre nuestro sistema de formación continua, con la filosofía que hace un rato la
portavoz del Grupo Socialista expresaba -y en su momento leeré con más calma la trascripción del 'Diario de Sesiones' de esta Comisión-, se nos dice que en algunos ámbitos va a haber seguimiento, control y participación de las comunidades autónomas,
que se va a dar trabajo a las comunidades autónomas pero que la capacidad de decisión la va a mantener el Gobierno central. A nuestro entender, eso no es cumplir las sentencias del Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional no mandata que
las comunidades autónomas participen en la gestión de los recursos de la formación continua, sino que atribuye su gestión a las comunidades autónomas y establece que aquello que es lo principal, la gestión, corresponde a las comunidades autónomas y
que lo accesorio, lo que además se puede dar, que en determinados supuestos excepcionales participe el Estado central. El planteamiento del anterior Gobierno y del actual es otro: lo principal es lo que hace el Estado y las comunidades, en la
medida en que la actuación se produce en su territorio, deben participar en la gestión. Creo que es una lectura sesgada de las sentencias del Tribunal Constitucional. Si esa filosofía impera en el próximo decreto del Gobierno en desarrollo de ese
acuerdo social, me temo que vamos a tener otro recurso ante el Tribunal Constitucional en formación continua. Temo mucho que esta batalla jurídica abierta desde el año 1991 y, a pesar de que haya habido dos sentencias del Tribunal Constitucional,
vaya a terminar en el Tribunal Constitucional, porque las sentencias son muy claras: La gestión en singular corresponde a las comunidades autónomas y a eso hay que adecuar la política pública en esta materia, no dar mayor participación en la
gestión, atribuir más recursos en la formación continua a las comunidades autónomas. Existe una situación que hay que resolver, que el decreto Zaplana no resolvió y nos gustaría que el


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decreto Caldera lo hiciese para evitarnos esa litigiosidad.



Lo que pretendemos con esta proposición no de ley es garantizar que los recursos que pagan trabajadores y empresarios se puedan destinar efectivamente a la formación de los trabajadores en activo.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar posición? Por el Grupo Popular, la señora Mendizábal.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Me parece que el Grupo Socialista tiene una enmienda in voce que me gustaría oír.



La señora PRESIDENTA: A la Presidencia no se le ha manifestado tal cuestión. ¿Pide la palabra la señora Sánchez?


La señora SÁNCHEZ RUBIO: Nosotros teníamos una transaccional de la que he informado al letrado.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Mendizábal.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Cuando leí la proposición no de ley de Convergència i Unió no la entendía muy bien. Dado que era de 2004, interpreté, no sé si adecuadamente, que lo que estaba pidiendo era que los órganos correspondientes
transfirieran en cada anualidad todos los recursos correspondientes a esa anualidad. Posteriormente, la autoenmienda presentada por el mismo grupo, Convergència i Unió, dice que dentro del primer trimestre de cada año, los recursos no gastados y no
bonificados se destinen a la formación en el año siguiente. A priori nos parece que no es posible legalmente porque hace falta una ley para que los recursos no gastados en cualquier aspecto de un crédito presupuestario pasen a financiar otros
programas en el ejercicio siguiente. Ahora bien, el meollo de esta iniciativa es que las comunidades autónomas tengan más recursos para el ejercicio de sus competencias. ¿Por qué? Porque reconocemos la competencia de la gestión de las comunidades
autónomas en la formación continua y, como he dicho en la anterior proposición no de ley, eso es lo que se recoge en el Decreto de 2003. Además, se da participación a esas comunidades autónomas, a través de la Comisión estatal para la formación
continua en informar sobre los créditos que deben figurar en los presupuestos para financiar cada programa o actuación en materia de formación continua. Asimismo, participan en las conferencias sectoriales que es donde se acuerdan los criterios
para distribuir esos fondos entre las comunidades autónomas.
Como luego no voy a tener oportunidad, me voy a pronunciar sobre una enmienda que todavía no hemos tratado pero que el Grupo Socialista presentará en su momento. Quiero decir que la
vamos a apoyar y voy a explicar por qué. La apoyamos porque la formación continua es fundamental para mejorar la prevención del riesgo y la competitividad de las empresas. Añade la enmienda que se realizará a través de medidas legislativas, lo
cual nos parece acorde con el ordenamiento jurídico, teniendo en cuenta dos cosas, la capacidad de gasto y la competencia de las comunidades autónomas, aspectos que también nos parecen fundamentales. Estamos hablando de recursos públicos que deben
gastarse con eficacia y con eficiencia. Cuando la comunidad autónoma tenga programas de formación continua que realizar y tiene competencia, tiene que tener esa posibilidad de gasto. Esta nueva redacción tiene la misma finalidad que lo que todos
perseguimos, pero es más acorde con el ordenamiento, con el decreto y con el acuerdo que ha firmado el Gobierno con los sindicatos.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Sánchez, por el Grupo Socialista.



La señora SÁNCHEZ RUBIO: Después de hablar con el portavoz del Grupo Catalán, Convergència i Unió, acordamos que admitirían esta nueva redacción y, por lo tanto, sería una transacción de la enmienda que presenta Convergència i Unió.



Antes de entrar en la proposición inicial de Convergència i Unió, quisiera decir respecto al pronunciamiento del Tribunal Constitucional que la sentencia 95/2002 -interesa que quede constancia porque no es tal y como lo ha expuesto el
portavoz del citado grupo- dice textualmente: No corresponde, en fin, a este Tribunal establecer los criterios sobre cuáles deben ser las modalidades organizativas y de gestión de los planes de empresa o de los planes agrupados que por su dimensión
supraterritorial u otros motivos determinen la imposibilidad de su gestión por la Generalitat de Cataluña. Ha de ser, pues, el Estado, a quien incumbe la ordenación de esta actividad, quien delimite unos supuestos de otros y decida aquellos en que,
por exceder de la competencia autonómica, la gestión o ejecución de las acciones formativas no corresponda a la Comunidad Autónoma de Cataluña. Es decir, el alto Tribunal expresamente reconoce la sentencia que se ha mencionado reiteradamente del
vigente modelo de formación continua, un ámbito de gestión o ejecución estatal de acciones formativas, incumbiendo al Estado la tarea de delimitar tales supuestos. Por otra parte, esta sentencia reconoce que dicho pronunciamiento en nada obsta a
que las organizaciones sindicales y empresariales, para cumplir los fines de defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les encomienda el artículo 7 de la Constitución, puedan prever y regular en el seno de la negociación
colectiva aquellas acciones programadas formativas que complementen o refuercen el sistema de formación continua de los trabajadores ocupados, sistema que ha de sujetarse al orden constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las
comunidades autónomas. En definitiva, el alto Tribunal,


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junto con el reconocimiento de un ámbito de gestión estatal de la formación por su dimensión supraterritorial u otros motivos, está reconociendo la legitimidad de la directa intervención de las organizaciones sindicales y empresariales en la
configuración y regulación de las acciones y programas formativos que refuercen y complementen los sistemas de formación.



Interesa matizar estos temas porque son un poco más complejos de lo que puede parecer. En cuanto a la proposición de Convergència i Unió, no podíamos admitir la redacción, como le comenté antes a su portavoz, porque los créditos de los
Presupuestos Generales del Estado no ejecutados no pueden ser transferidos a las comunidades autónomas. Ha de tenerse en cuenta que estamos hablando de créditos de los Presupuestos Generales del Estado destinados a financiar competencias estatales
y la ejecución o falta de ejecución de los mismos solo compete al Estado, sin que quepa derivarse de la falta de ejecución una eventual transferencia a otras administraciones. Los créditos estatales no ejecutados no dejan de ser de ningún modo un
recurso de la Hacienda estatal. Generalizando este criterio y planteándolo en sentido contrario, se podría exigir que los créditos de los presupuestos autonómicos no ejecutados se transfirieran nuevamente al Estado. Una medida de este tipo
supondría arbitrar una transferencia de recursos del Estado a las comunidades autónomas al margen del sistema de financiación autonómica vigente, adicional a las que contempla y sin base jurídica. La justificación que hace el Grupo Catalán
(Convergència i Unió) no nos servía de fundamento para amparar la redacción que proponía incluso en la posterior enmienda, porque basa la pretensión en un inadecuado cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional o en incorrección en el
proceso de transferencia de competencias. Reclamar el cumplimiento de la sentencia o la adecuada transferencia de competencias es legítimo, pero no se puede arbitrar un procedimiento al margen de la legalidad en materia presupuestaria asociado a la
falta de ejecución de unos créditos. Hemos elaborado esta transaccional que parece razonable y que permite cumplir el objetivo del proponente en un marco legislativo adecuado.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: El texto de la enmienda que nos ha trasladado la señora Sánchez dice: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar, en el marco del diálogo social y de acuerdo con los poderes autónomos, la
articulación de las fórmulas y medidas legislativas que, teniendo en cuenta la capacidad de gasto y las competencias de las comunidades autónomas en este ámbito, posibiliten la reanualización de los excedentes presupuestarios destinados a la
formación profesional dirigida a desempleados y trabajadores ocupados y garantizarles el uso de los fondos finalistas de la cuota de promoción profesional.



Creo que esta redacción coincide con la cuestión de fondo que planteamos en esta proposición no de ley. Seguramente continuaremos discrepando sobre la interpretación de las sentencias del Tribunal Constitucional, pero exclusivamente en lo
que hace referencia al motivo de esta iniciativa, el texto que nos ofrece el Grupo Socialista es perfectamente aceptable para Convergència i Unió y lo consideramos adecuado.



-RELATIVA A LA MODIFICACIÓN DE LA ORDEN MINISTERIAL DE 11 DE MARZO DE 1985, POR LA QUE SE ESTABLECEN CRITERIOS ESTADÍSTICOS PARA LA MEDICIÓN DEL PARO REGISTRADO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de
expediente 161/001106.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto número 3 del orden del día: Proposición no de ley relativa a la modificación de la Orden Ministerial de 11 de marzo de 1985 por la que se establecen criterios estadísticos para la medición del paro
registrado. Para la defensa de la misma tiene la palabra el señor Azpiroz.



El señor AZPIROZ VILLAR: Como es sabido por la Cámara hoy es día 14 de febrero, día en el cual muchas parejas y enamorados celebran San Valentín. Quiero decir que no solo esto está bien, sino que también se celebran los patronos de Europa,
San Cirilio y San Metodio. Si hago esta reflexión no es por la condición de ilustre representante del Ayuntamiento de A Coruña de nuestra presidenta, lo cual podría hacer habida cuenta de que su apreciado alcalde va a ser embajador del Gobierno en
el Vaticano, sino porque, como es sabido, el cirílico proviene de la expansión que hizo San Cirilo por las tierras eslavas, quien estableció una escritura diferente de la nuestra, la latina. Esto viene a colación del fondo del asunto que queremos
tratar hoy, en cuestión compleja y técnica, las diferencias que se producen a la hora de analizar los datos, las valoraciones estadísticas y, en definitiva, el paro registrado. Hemos hecho una exposición escrita lo suficientemente amplia y
detallada como para que se comprenda lo que pretendemos, pero parto del reconocimiento previo de que se trata de una cuestión no fácil. El anterior INEM tenía un sistema de medición que era el SILE y existe una Orden Ministerial del año 1985
respecto de la que proponemos la actualización y las modificaciones precisas. Ahora con el Sispe, con el servicio público de empleo, hay un nuevo sistema de medición del paro registrado. No criticamos el Sispe. He de destacar que fue el Gobierno
popular quien lo inició en 1999, quien pactó con las comunidades autónomas y lo ha concluido el Gobierno Socialista. De forma que estamos de acuerdo con este sistema, un sistema integrado informático aplicable a todo el territorio nacional, un
sistema imprescindible para que se pueda conocer adecuadamente la oferta y la demanda de


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empleo a través de los registros de nuestros servicios públicos de empleo.
Las ventajas son obvias: una mayor transparencia en el mercado de trabajo, un conocimiento exacto de los niveles educativos, capacidades y cualificaciones de los
demandantes de empleo; es un instrumento también esencial y quizá no suficientemente ponderado en la ordenación de los flujos migratorios; permite la conexión de las políticas activas y pasivas; establece un software común en todo el territorio
español, cuestión imprescindible, lo cual conlleva la posibilidad de introducir sistemas curriculares y de captación inteligente y es un instrumento que garantiza el cumplimiento del buen uso de los fondos que reciben las administraciones públicas,
en este caso el servicio público de empleo y gastan las comunidades autónomas derivado del Fondo Social Europeo y, por lo tanto, que obedece a los requerimientos y a la estrategia europea de empleo. He de reconocer que pese a esto es cierto que el
mejor instrumento de medición real de los datos de ocupación y de desempleo es la encuesta de población activa y no el sistema de registro que lleva el servicio público; he de reconocer también -esto lo hemos dicho en nuestro texto, pero aquí lo
añado- que desde el año 1985 hasta ahora ha habido situaciones no contempladas por la norma. No se contempló ab initio en las acepciones de lo que se considera o no parado la cuestión de los extranjeros. No se ha considerado parado hasta ahora con
el SISPE a la persona que estaba en desempleo a tiempo parcial, cuando era el último contrato a tiempo parcial el que le daba derecho a ese desempleo, es decir cuando carecía absolutamente de todo tipo de actividades laborales así como de
determinados supuestos de cursos de formación. Con el SISPE afloran personas que, aún registradas en el INEM, tradicionalmente no eran consideradas como parados, y me estoy refiriendo a los fijos discontinuos y al evidente impacto directo que tiene
territorialmente en aquellas comunidades autónomas donde existe una actividad económica turística de relieve, que es un contrato habitualmente utilizado en el sector de la hostelería. Junto a esto, junto al SISPE, nace el Denos que son los
demandantes no ocupados; hemos podido ver cómo nos encontramos con colectivos que sí eran anteriormente considerados parados como las personas que estaban percibiendo el subsidio agrario en el momento en el que lo perciben, que dejan de tener esta
consideración y pasan a integrarse en esta clasificación de demandantes no ocupados o Denos. A nosotros, en definitiva, nos parece que esto requiere una clarificación y una adaptación legal que permita adaptarse a las nuevas situaciones y a los
nuevos planteamientos, para que tengamos una forma de medir común, objetiva y a ser posible consensuada. Sabemos de la enmienda formulada por el grupo mayoritario en la Cámara y puedo decirle a S.S. que vamos a escuchar con detenimiento las
razones en las cuales funda su planteamiento. Nosotros, tal y como consta en el escrito de la iniciativa, lo que pedimos es que se dicte otra orden que contemple periodos de inactividad, la situación de trabajadores eventuales agrarios perceptores
del subsidio agrario, así como la de los trabajadores fijos discontinuos. Vamos a escuchar con atención, habida cuenta de que nos parece que de lo que se trata en este campo es de avanzar en una clarificación estadística, por tanto, de
transparencia en la información y de la eventual posibilidad de control de la misma. A la vista de los resultados expondremos en su momento, señora presidenta, nuestra aceptación, nuestro rechazo o las propuestas que entendamos correcto plantear.



La señora PRESIDENTA: Muy oportuno su repaso por el santoral en el día de hoy. Sin más le doy la palabra para la defensa de la enmienda al señor Torres Mora.



El señor TORRES MORA: Estoy de acuerdo con la intervención del señor Azpiroz en que el SISPE, que es el nuevo sistema de medición y de recolección de información de datos del paro registrado es, sin duda, una mejora muy sustantiva en el
servicio de ayuda para encontrar empleo a las personas que están paradas, y además tiene la ventaja de que ayuda a medir mejor el desempleo registrado. Estoy de acuerdo también en que el paro registrado no debe utilizarse como un indicador de paro,
porque el indicador de paro a efectos estadísticos, de comparaciones internacionales y de debate político debe ser la encuesta de población activa. Por lo tanto en esas cuestiones estoy de acuerdo con la proposición no de ley del Grupo Popular y
con la intervención del señor Azpiroz. Hay una cuestión, que es lo que motiva la proposición no de ley del Grupo Popular, y es que el SISPE introduce elementos que permiten la desagregación territorial por comunidades autónomas del paro registrado
y lo que le preocupa al Grupo Popular en su proposición no de ley es que hay comunidades autónomas que salen favorecidas estadísticamente, por desgracia no realmente, de la modificación de los criterios del paro registrado en el SISPE, y salen
favorecidas, según el Grupo Popular, Andalucía y Extremadura porque no se considera paradas a las personas que están con subsidio agrario y, por el contrario, salen perjudicadas las comunidades que tienen sobre todo una industria basada en el
turismo y los servicios hoteleros. Esta es la principal razón que llevaría a plantear al Grupo Popular esta proposición no de ley.



¿Por qué se produce ese efecto diferencial entre unas comunidades autónomas y otras? Por el tratamiento diferente que hace el SISPE de los subsidiados agrarios y de los trabajadores fijos discontinuos de la hostelería. Si SS.SS. miran los
informes del Ministerio de Trabajo y algunos estudios como el de los profesores Toharia y Malo Ocaña de las universidades de Alcalá y de Salamanca, podrán ver que el SISPE no ha modificado en absoluto el tratamiento estadístico de los subsidiados
agrarios ni de los fijos discontinuos. En el informe del profesor Toharia y del profesor Malo Ocaña -está colgado en Internet y lo pueden descargar- pueden ver que en la página 43 hay un cuadro donde dice: Colectivos


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cuya definición en el SISPE no cambia, y entre los dos colectivos están los trabajadores eventuales agrarios y los fijos discontinuos en periodo de inactividad. En ambos casos no ha habido modificación por el SISPE; no es por lo tanto la
clasificación de subsidiados agrarios y trabajadores fijos discontinuos lo que ha producido efectos en las variaciones del paro registrado en el SISPE. Lo que ha producido efectos han sido, según otro informe del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales de marzo de 2005, los siguientes elementos: por un lado la variación entre el viejo sistema y el nuevo es de unas 480.000 personas y se debe básicamente a la revisión de los cruces con la Seguridad Social, que dan un aumento de 315.000
personas; especialmente la inclusión de los extranjeros, como ha dicho el señor Azpiroz, es algo nuevo, que es la gran variación. Las dos grandes variaciones son la mejora del tratamiento estadístico y la inclusión de los extranjeros, y eso son
113.000; entre ambos suman el 90 por ciento del crecimiento de los parados registrados entre el SILE, que era la manera antigua de medirlo, y el SISPE, o sea el 90 por ciento se refiere sencillamente a mejora en el tratamiento estadístico de los
cruces con la Seguridad Social y a la inclusión de los extranjeros, que parece bastante razonable que en 1985 no estuvieran incluidos como demandantes y como parados. Esta es la razón. Por cierto, los Denos no se crean en el SISPE, aparecen en las
estadísticas del Ministerio de Trabajo desde el año 1998, y en todo caso el efecto diferencial del cambio estadístico en las comunidades autónomas es más bien pequeño; como media para todo el país supone un 28 por ciento, pero por comunidades
autónomas, por ejemplo en Andalucía, supone, en contra de lo pronosticado por la PNL del Grupo Popular, en lugar del 28 un aumento del 31 por ciento del paro registrado, tres puntos más; en Extremadura aciertan y baja dos puntos; en Canarias falla
el pronóstico porque es una comunidad bien turística y el incremento que en la media es del 28 por ciento en Canarias es solo del 19; la única comunidad que se sale de forma espectacular de la media es Baleares, que pasa al 63 por ciento del
incremento, que realmente esta muy lejos de la siguiente, que es Melilla que es del 44 por ciento. Lo de Baleares es espectacular, pero habría que saber exactamente por qué razón, porque insito no hay una modificación en los tratamientos de estos
colectivos de los que he hablado antes.
Nosotros hemos presentado una enmienda, primero por una cuestión, en parte es un tema muy técnico y convendría antes de sugerir modificaciones recibir una información más precisa que nos tranquilizara a
todos. Hay una cosa que a este modesto diputado de origen agrario, de un pueblo de la serranía de Ronda, que se llama Yunquera en Málaga, le duele especialmente y es la referencia constante al subsidio agrario como un prejuicio que se instala, y
que yo quisiera desterrar. La propuesta que hacemos es que se estudien cuáles son las razones de ese impacto diferencial, que insisto es mínimo, entre las comunidades autónomas con excepción de una, Baleares, pero teniendo en cuenta además que la
mayor parte del crecimiento, el 90 por ciento, tiene que ver con los cruces con los ficheros de la Seguridad Social, que antes servían solo para quitar a la gente de las listas del desempleo y ahora sirven, bajo determinados parámetros, para
incorporarlos a las listas del paro automáticamente como paro registrado, lo cual les beneficia a la hora de encontrar empleo, que es el sentido que tiene el paro registrado. El paro registrado no sirve y no debe ser usado nunca en la batalla de si
crece más o menos, para eso está la EPA que es el mejor indicador. Nosotros proponemos una enmienda que estamos dispuestos a transar con el Grupo Popular y con quien haga falta para que nos quedemos tranquilos, yo especialmente, sabiendo a qué se
debe ese pequeño impacto diferencial que hay entre unas comunidades y otras del efecto estadístico del cambio de un sistema antiguo a un sistema nuevo, en el que todos coincidimos que sirve mucho mejor a su misión de ayudar a encontrar empleo y que
incluso es mucho mejor para medir el paro que el que había antiguamente. Estoy abierto a llegar a cualquier acuerdo y sobre todo a tener mucha más información estadística y técnica antes de hacer sugerencias de modificación de los criterios, que
además romperían series históricas que creemos que no es conveniente que se rompan.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.) Ningún grupo desea fijar su posición.



Señor Azpiroz, a efectos de decir si admite la enmienda.



El señor AZPIROZ VILLAR: Un minuto nada más. Primero quiero agradecer la intervención del portavoz socialista. Hay en común una cosa; en definitiva, nosotros planteamos, con acierto o no, las causas, y él ha puesto ahora datos que pueden
evidenciar que hay otras causas diferentes a las que señalamos, pero en todo caso la normativa por la que se regula la medición del paro registrado está obsoleta y algo habrá que hacer. A la vista de la enmienda que nos plantea, nosotros la
aceptaríamos siempre que naturalmente estableciéramos un plazo temporal para la emisión del informe por el Gobierno, que podría ser en el presente periodo de sesiones, que son casi cuatro o seis meses, en fin lo que le parezca oportuno dentro de un
periodo razonable en el que se pueda realizar sin grandes agobios. Quiero añadir que yo comparto la filosofía que él ha expuesto: vamos a averiguar las causas objetivas que producen estos fenómenos estadísticos, estos efectos. Añadiría -usted en
el texto propone que el Congreso de los Diputados inste al Gobierno a elaborar un informe- que en el plazo de cuatro o seis meses cuantifique los efectos estadísticos reales que ha tenido la implantación del sistema de información de los servicios
públicos de empleo y, en su caso, las modificaciones que pudieran necesitar o la actualización que pudiera necesitar la orden ministerial de 1985, porque a la vista de estos estudios se puede


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colegir lo que a lo mejor de una forma más intuitiva tanto el portavoz socialista como yo manifestamos que no hay una cobertura legal actualizada, ni ahora ni en los últimos veinte años, no es una cuestión del Gobierno socialista, sino que
tradicionalmente la orden de 1985 prácticamente se incumplió desde su nacimiento en algunos aspectos. En esos términos nosotros aceptaríamos la enmienda propuesta por el Grupo Socialista.



-POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A MODIFICAR LA NORMATIVA SOBRE SUBVENCIONES APLICABLE A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ACCIÓN SOCIAL Y DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ).
(Número de expediente 161/001259.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir el punto 4.º del orden del día a iniciativa del Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió, por el que se insta al Gobierno a modificar la normativa sobre subvenciones aplicable a las
entidades sin ánimo de lucro, de acción social y de cooperación internacional. Tiene la palabra para su defensa el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Presentamos esta proposición no de ley para instar al Gobierno a efectuar esta modificación de la normativa sobre subvenciones por lo que hace referencia a su aplicación a las entidades del tercer sector, a las
asociaciones sin ánimo de lucro, tanto de acción social como de cooperación internacional. Con esta iniciativa recogemos una demanda, una reivindicación, una preocupación del tercer sector en un sentido amplio, desde el día de la aprobación en la
pasada legislatura de una normativa, la Ley 38/2003, que regulaba el régimen de subvenciones generales en el Estado español. (La señora vicepresidenta, Cortajarena Iturrioz, ocupa la Presidencia.) Esta fue una ley polémica ya desde su proceso de
elaboración por las entidades del tercer sector de acción social y de la cooperación internacional, en la medida que este sector de nuestra sociedad entendía que el planteamiento de esta nueva legislación mantenía, desarrollaba y profundizaba la
tremenda desconfianza de la Administración General del Estado hacia las entidades del tercer sector.
Es una ley que no dejaba de ser intervencionista respecto a las propias actividades de las entidades del tercer sector, una ley que era
burocrática, en la medida que introducía muchos más requerimientos para que las entidades pudiesen beneficiarse de las subvenciones que otorgan las administraciones públicas, que no resolvía ninguno de los problemas que en la política de
subvenciones generan las prácticas de las administraciones públicas, que dificultaba la gestión de las propias peticiones de subvenciones por estas entidades y que en muchos ámbitos aumentaba el gasto de gestión de las propias entidades a la hora de
beneficiarse o de acogerse a los distintos programas que las administraciones impulsaban. En definitiva, es una ley que desde el punto de vista de la ingeniería de procesos dificultaba más que facilitaba, y que bajo la pretensión de establecer
transparencia y una mejor gestión finalista de los recursos públicos otorgados a las entidades del tercer sector venía a dificultar la puesta en marcha, el desarrollo, el fortalecimiento de la iniciativa social en el campo de las políticas públicas.
Es en el contexto de esta demanda de las asociaciones, desde esa crítica a la Ley General de Subvenciones, a su no adaptación a las necesidades del tercer sector, que nuestro grupo plantea que el Congreso inste al Gobierno a modificar el marco
normativo relativo a las subvenciones para adecuarlo a las especificidades de las entidades sin ánimo de lucro y planteando además la creación de una mesa de diálogo entre la Administración y el tercer sector de acción social, para que esta
modificación de la normativa responda a un consenso, a una visión compartida sobre las necesidades del tercer sector. Además todas SS.SS.
conocen, porque ayer por la tarde a todos se nos enviaron por correo electrónico los diversos estudios que el
Consejo de la Juventud de España, la Coordinadora de ONG para el Desarrollo, la Plataforma de ONG de Acción Social, la Plataforma de ONG de Infancia, la Plataforma del Voluntariado de España, etcétera, han realizado sobre la normativa de la que
estamos hablando; informes muy amplios, muy detallados, muy concretos en los que no me voy a entretener, pero que sí hacen una radiografía de las insuficiencias de una normativa en ningún momento pensada para las necesidades del tercer sector.
Seguramente es una normativa quizá que sea útil para otros sectores de nuestra sociedad, pero seguro que no es útil para las entidades del tercer sector. En estos mismos informes se nos recuerda que tan solo alrededor de un 2 por ciento de las
subvenciones públicas terminan en manos de las entidades del tercer sector y además que buena parte de nuestra sociedad civil la conforman entidades pequeñas y medianas a las que es absolutamente imposible cumplir los requerimientos legislativos,
reglamentarios y administrativos que marca la Ley General de Subvenciones. Por tanto, esta información que todos los grupos de la Cámara tenemos es un estímulo para que demos respuesta positiva a esta iniciativa que plantea hoy Convergència i Unió.
En el fondo de la cuestión hay un debate abierto, que hay que ser capaces de canalizar, que no es otro que el de qué política pública necesitamos en España para fortalecer el tercer sector. (Rumores.)


La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Señorías, por favor, les ruego silencio.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Gracias, señora presidenta, por su amparo.



Decía que qué política pública nos conviene en España para fortalecer el tercer sector; qué política de apoyo desde lo público se necesita para fortalecer el tercer sector; cuál es la estructura de financiación del tercer


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sector para dotarlo de independencia, de autonomía, de recursos suficientes para dar respuesta a las necesidades de una sociedad del siglo XXI. Además esto debería hacerse bajo dos ideas de fondo que al menos a mi grupo le gustaría que esta
Comisión compartiese: que las políticas públicas en lo social cada vez más van a tener que desarrollarse bajo la lógica de la colaboración, el partenariado con las entidades del tercer sector; que ninguna de las políticas públicas en el campo de
la discapacidad, de la lucha contra la exclusión social, de la promoción de la juventud, de la inserción socio-laboral de los colectivos en riesgo de exclusión social, de la integración social de la inmigración, del pleno ejercicio de los derechos
de las mujeres, como ahora se me recordaba, etcétera, en ninguno de estos campos las políticas públicas se van a poder desarrollar si no es con la colaboración, el partenariado y la movilización de recursos de la sociedad civil. Ninguno de los
problemas colectivos que tenemos planteados como sociedad va a depender ya en exclusiva del Gobierno, ni de las leyes, ni de las decisiones que tomen exclusivamente las administraciones. Hay que ser capaces de movilizar los esfuerzos de la
sociedad, y en ese sentido si esa filosofía cada vez más la vamos a compartir necesitamos un marco legal no basado en la desconfianza, ni en el intervencionismo, ni en la burocracia. Esa ley así lo hace en relación con el tercer sector, y de ahí
esa demanda de modificación de la Ley 38/2003 para adaptarse a las necesidades del tercer sector. En los próximos tiempos debemos continuar avanzando y profundizando, porque la modernización de las políticas públicas en el Estado español en los
próximos años va a tener que ir en esa dirección. Nos gustaría que, con toda la modestia del mundo, esta proposición no de ley supusiese un pequeño avance en esa dirección.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): La iniciativa, la proposición no de ley tiene dos enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular y por el Grupo Parlamentario Socialista. Para su defensa por el Grupo Parlamentario
Popular tiene la palabra la señora Caracuel.



La señora CARACUEL DEL OLMO: Señorías, hoy para mí es una gran satisfacción poder defender la enmienda del Grupo Popular a la proposición que ha presentado el Grupo de Convergència i Unió. Digo esto porque yo provengo del mundo del
voluntariado y fui responsable política en el Ayuntamiento de Córdoba en el tema de la participación ciudadana y de cooperación. Señorías, conozco muy bien las dificultades por las que pasan estos colectivos, las organizaciones sociales, las
entidades sin ánimo de lucro, y por las que pasaron en su día cuando estaban reguladas por una Ley de Asociaciones que era preconstitucional y que solo el Gobierno del Partido Popular fue capaz de acometer y de realizar una nueva ley de asociaciones
ajustada a la Constitución, aun habiendo sido prometido por distintos gobiernos socialistas en reiteradas legislaturas.
Posteriormente el Gobierno popular en el 2003 sacó adelante una Ley de Subvenciones para dar también respuesta a diversas
reivindicaciones de las ONG, respondiendo así con medidas de apoyo financiero a las demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas con la voluntad de resolver la situación de inseguridad jurídica y las lagunas que en
materia de subvenciones existían en España, así como también lógicamente mejorar su gestión, seguimiento y control de las conductas fraudulentas. La propia ley, como también expresa la exposición de motivos de la proposición no de ley presentada
por Convergència I Unió, prevé la aprobación a propuesta conjunta de los ministerios de Asuntos Exteriores y de Hacienda de las normas especiales reguladoras de las citadas subvenciones. También, señorías, según el Grupo de Convergència i Unió en
su proposición no de ley las modificaciones efectuadas en el régimen de subvenciones por orden del 2005 no resuelve la situación, sobre todo para las entidades de cooperación y entidades sin ánimo de lucro, por lo que en mi grupo -siempre mirando y
con el ánimo de ayudar a todos los colectivos y valorando la labor que ellos vienen haciendo- queremos ayudar y poner todos los medios para facilitar a estas organizaciones sociales su labor; no obstante, no podemos renunciar a algo que es muy
importante para nosotros y que contempla la propia ley, como es que se respeten los principios que la propia ley establece. Por ello hemos presentado una enmienda de modificación, y llegado este caso, señora presidenta, me gustaría que constara en
el 'Diario de Sesiones' que, donde pone los principios de publicidad, transparencia, objetividad y no discriminación a que hace referencia el artículo 9, queremos decir artículo 8 (ha sido un error). Son principios que si bien garantizan el buen
uso del dinero público, sin lugar a dudas también son garantía para la totalidad de los colectivos, porque ayuda a evitar supuestos como los que recientemente se han producido en la Diputación socialista de Sevilla por quien fue hace unos diez meses
asesor del alcalde socialista de Sevilla; asesor que se vio obligado a presentar su renuncia tras verse directamente implicado en un tema de facturas falsas, pero posteriormente fue recolocado en la Diputación de Sevilla como asesor de la
Presidencia, donde nuevamente ha vuelto a ser protagonista de conductas irregulares con facturas falsas implicado con la presidenta de un colectivo que, miren por donde, casualidades de la vida, era su mujer. Señorías, este caso sería más que
suficiente para mantener vivos los principios de publicidad, transparencia, objetividad y no discriminación que pedimos que se incluyan en la proposición no de ley presentada por CiU. Como creo entender que no se van a aceptar nuestras enmiendas
por el grupo proponente, mi grupo no tiene más remedio que abstenerse en esta proposición no de ley, ya que no confiamos en el Gobierno socialista, y nuestra desconfianza viene respaldada no solo por el supuesto anterior, sino que además, señorías,
no aceptar nuestra enmienda es no


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aceptar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y no discriminación, y con ello podríamos estar propiciando situaciones como la anteriormente expuesta.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Simplemente quiero informarle que la petición que nos ha hecho de la modificación del artículo 9 por el artículo 8 se acepta como una enmienda de carácter técnico, pero está referida a la
justificación, no tiene nada que ver con el texto de la enmienda.



Seguidamente, para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Esteve.



La señora ESTEVE ORTEGA: Antes de iniciar mí intervención, quisiera señalar que, en relación con la intervención de mi compañero el señor Campuzano, diputado que conoce muy bien estos temas, podría suscribir prácticamente toda su
intervención. Hemos de ser sensibles y recoger la demanda del sector, porque muchas veces cuando creamos normas a menudo resolvemos un problema, pero podemos, si no está bien planteado, crear otros adicionales; resolvemos uno y complicamos otro.
A pesar de ello, es cierto que la proposición no de ley que plantea Convergència i Unió debería ser mejorada y ajustada a la realidad, por este motivo nosotros hemos planteado una enmienda de sustitución que esperamos que el grupo proponente acepte.
Para justificarla y fundamentarla voy a hacer un repaso a una serie de cuestiones que nos llevan a esta propuesta de modificación.



Tal y como señala la propia plataforma de las ONG de acción social, en cuanto hace una análisis en profundidad de las consecuencias de la puesta en marcha de esta ley, su objetivo básicamente responde a poder superar una serie de
dificultades que se planteaban en relación con la justificación de las subvenciones, y es cierto que esta situación no era la más recomendable en aras al buen uso de los fondos públicos y la necesaria transparencia de acuerdo con la ley. Por lo
tanto, es una ley que responde básicamente a las necesidades de la Intervención General del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda, y reza en uno de sus apartados de la exposición de motivos que la mejora de la gestión y el seguimiento de las
subvenciones, la corrección de las insuficiencias normativas y el control de conductas fraudulentas que se pueden dar en éste ámbito son esenciales para conseguir asignaciones eficaces y eficientes desde esta modalidad de gasto y hacer compatible la
creciente importancia de las políticas de subvenciones con la actual orientación presupuestaria. Es cierto, teníamos un marco normativo que propiciaba una serie de conductas irregulares que en nada ayudaban a esta deseada transparencia, pero a su
vez el Tribunal de Cuentas ha venido propugnando que la elaboración de una ley general de subvenciones tenía que resolver la situación de inseguridad jurídica y las lagunas que todavía subsisten.
Vemos que al aprobar esta ley de 2003 se generan
nuevos problemas. Los motivos, para sintetizar, de promulgación de la ley eran: la adecuada gestión y seguimiento de las subvenciones, el control de las conductas fraudulentas y funcionar de acuerdo con la doctrina de los criterios del Tribunal de
Cuentas. Por tanto, estamos de acuerdo en que necesitábamos transparencia y un control adecuado de la finalidad, uso y gestión de las subvenciones; pero esto, por otro lado, tiene grandes dificultades de cumplimiento por las organizaciones
sociales sin afán de lucro.
Efectivamente, como señalaba la señora Caracuel (no he entendido muy bien lo que señalaba en cuanto a no sé qué ayuntamiento), es cierto que para aquellas personas que provenimos del mundo asociativo, que estamos
colaborando hoy todavía con proyectos de cooperación internacional o con asociaciones sin afán de lucro, existe una dificultad clara y manifiesta para poder justificar de acuerdo con la norma lo que sería el pequeño gasto, como en un proyecto de
cooperación en Senegal, por ejemplo, conseguir un justificante de un taxi para desplazarnos; esto se hace prácticamente imposible. Ahí iba yo cuando decía que una norma soluciona un problema pero genera nuevos, y esto tiene que modificarse. En
este sentido ya existen reuniones diversas con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, también con Hacienda; es decir hay una relación fluida con el Gobierno y las organizaciones sociales, sobre todo con la plataforma de las ONG de acción
social para encontrar soluciones al problema y ver que estamos ante una paradoja. Por un lado es necesaria la regulación para garantizar el principio de igualdad jurídica y la transparencia de los fondos públicos, por otro lado, la falta de
flexibilidad o adaptación de la normativa a la idiosincrasia que presentan este tipo de organizaciones se convierte en un obstáculo por imposibilidad de atender los requisitos que se plantean, es decir que sin querer muchas veces se están haciendo
las cosas sin ninguna clase de garantía jurídica por las organizaciones no gubernamentales. Por eso se justifica plenamente esta proposición no de ley, pero nuestra enmienda de sustitución estaría orientada precisamente a incorporar lo que ya se
está haciendo en estos momentos. Existe diálogo, se está trabajando para superarlo, se está trabajando el reglamento de desarrollo de la ley, y se va a tratar de adecuarlo a las necesidades que presentan las organizaciones sociales, de manera que
la enmienda iría en la línea de estudiar la posible modificación por un lado del marco normativo.
Estaríamos de acuerdo (es una ley de 2003) en admitir que quizá no se escucharon en su día todas las aportaciones de las organizaciones sociales que
ya apuntaban el problema, por tanto hoy estamos ante esta dificultad. En todo caso este marco normativo sería adecuado a las especificidades de las entidades no lucrativas de acción social y de cooperación internacional, pero en el marco del
diálogo ya existen entre el Gobierno y el tercer sector para superar las dificultades que la actual normativa les está creando.



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La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió tiene la palabra el señor Campuzano para decir si admite o rechaza las enmiendas presentadas.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: El texto de la enmienda que nos propone la señora Esperanza Esteve es perfectamente aceptable. Se afirma que el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar la posible modificación del marco
normativo relativo a las subvenciones para adecuarlo a las especificidades de las entidades no lucrativas de acción social y de cooperación internacional, y en el marco del diálogo ya existente entre el Gobierno y el tercer sector de acción social
superar las dificultades que la actual normativa les está creando. Las cuestiones de fondo, modificación del marco normativo y dificultades que tiene la actual norma quedan perfectamente recogidas en el texto; por lo tanto, aceptamos la propuesta
de enmienda.



-SOBRE IMPULSO DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA CONVENIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES PARA PROCURAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE TODOS LOS MUNICIPIOS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/001418.)


La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Pasamos seguidamente a la exposición de la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, en relación con el impulso del procedimiento ordinario de concesión de
subvenciones a ayuntamientos para convenios de atención a personas mayores para procurar la igualdad de oportunidades de todos los municipios. Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Barrachina.



El señor BARRACHINA ROS: A finales del año pasado hubo dos navideños reales decretos, el último publicado el día de Nochebuena por el cual se concedían 1.850.000 euros a 18 ayuntamientos españoles. Uno pudiera pensar que estos 18
municipios son Madrid, Barcelona, Bilbao, Valencia o Zaragoza, pero no, son Vegacervera, Fabero del Bierzo, Cacabelos, Astorga, Peranzanes, La Robla, Hospital de Órbigo y así un largo etcétera, que puede llamar la atención y que tienen en común dos
cosas: primero, ser de la provincia de don José Luís Rodríguez Zapatero, de León, y, segundo, ser todos del Partido Socialista, lo cual supone tener una puntería extraordinaria, porque en una provincia de mayoría popular, de 11 ayuntamientos que
los 11 sean del mismo color político supone una capacidad extraordinaria para afinar el tiro; no hay ningún ayuntamiento naturalmente en esos 18 ni del PNV, ni de CIU, ni de Coalición Canaria, ni de Izquierda Unida, pero hay uno, el último, que es
la única capital de los 18, que es el de Málaga. Esta concentración territorial, donde quince de las dieciocho ayudas son en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, donde 17 de las 18 son del mismo signo político, el socialista, nos lleva
naturalmente a reclamar el cumplimiento de la ley; el cumplimiento de la ley quiere decir simple y llanamente que la Ley General de Subvenciones se ha visto clarísimamente defraudada en su artículo 22. La ley que se emplea aquí dice que el
procedimiento ordinario será el de concurrencia competitiva; naturalmente no hubo ninguna concurrencia, ni mucho menos competitiva. Por lo tanto, aquellos otros 8.000 ayuntamientos de España que han tenido la desgracia de no poder tener en su
provincia un presidente del Gobierno han quedado fuera de este tipo de ayudas.
Reclamamos que se cumpla la ley. Y que el artículo 22 de esta Ley General de Subvenciones impele, anime a que el procedimiento ordinario sea el de concurrencia
competitiva. Conservo los dos reales decretos porque son dos auténticas obras de arte. Hacía muchos años que en España no se veía nada igual. Son 18 ayuntamientos digitalmente elegidos sin ningún motivo más que el de tener un componente político
y territorial que resultaba simpático -simpático no-, coincidente con el del presidente del Gobierno en 11 casos; otros dos ayuntamientos son de Burgos, de donde es el secretario de Estado de la Seguridad Social; otros dos ayuntamientos son de
Zamora, de donde es el secretario general del Partido Socialista Obrero Español de Castilla y León. Curiosamente Castilla y León, según el libro blanco que presentó el señor Caldera (coincidentemente también de esa comunidad autónoma), tiene un
mayor número de camas por anciano, es decir mayor proporción según recoge el propio libro blanco (veo que a la presidenta no le gusta; insisto en que se lea el libro blanco de su partido, señora presidenta, y verá cómo recoge ese porcentaje: en
concreto el español es de un 4 y el de Castilla y León es del 6,1 ó 6,2 por ciento). Por tanto, uno entendería una actuación extraordinaria en el caso de que hubiese habido un terremoto en la comunidad o en una provincia determinada que hiciera que
se actuase en 11 de los 8.000 ayuntamientos, pero no habiendo habido un motivo extraordinario que justifique no utilizar el régimen ordinario reclamamos que esta Comisión pida que cuando se vuelvan a conceder ayudas para construir residencias de
ancianos se haga con el procedimiento de libre concurrencia.



Tenemos además enormes reservas, que han sido explicadas también en una enmienda que plantea Convergència i Unió, sobre si esto es competencia o no de la comunidad autónoma; a nuestro juicio sí. Tenemos reservas sobre todo porque el texto
de los dos reales decretos dice algo que no es verdad; dice que se hará de manera coordinada con las administraciones.
No es cierto, la Administración de Castilla y León se enteró cuando lo leyó en el Boletín Oficial del Estado. Ellos tienen su
propio plan de inversión y de actuaciones para


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construir residencias de ancianos y estas actuaciones sorprendieron a la comunidad autónoma. Digo que no me parece mal que se ayude a estos dieciocho, lo que me parece mal es que el resto de los 8.000 municipios españoles no tengan el mismo
derecho, las mismas posibilidades porque tienen exactamente los mismos problemas de personas mayores, de problemas de alzheimer y de accesibilidad que se recogen en las dos órdenes.
Teniendo todas las cautelas sobre si en eso es o no el Estado
competente, fundamentándose además en dos buenos planes, habla del Plan de Acción de Personas Mayores nacido en 2003 y del Plan Nacional de Accesibilidad nacido en 2003, que han sido por cierto convenientemente congelados en 2005 y 2006 y ahora
adulterados en su finalidad, porque esta era atender a todo el mundo por igual y no excepcionalmente a aquellos cuya provincia coincida con la del presidente del Gobierno que en ese momento haya en España.



Después ocurre un milagro presupuestario, que es que las partidas a las que se hace referencia en los dos reales decretos suman en el presupuesto que aprobamos aquí los diputados 395.000 euros, y con ellos, obrándose el milagro de los panes
y los peces, con 395.000 euros se dan ayudas por valor de 1.800.000 euros. Eso quiere decir que la precisión presupuestaria de este Gobierno es pésima; ha tenido que multiplicar por cinco (lo cual desvela lo caprichoso y lo improvisado de una
serie de ayudas de final de año debido, intuyo, a las presiones de aquellos compañeros de partido que antes de finalizar el año tenían interés en que esto se hiciese) esta partida presupuestaria (de la cual he pedido los convenientes informes a los
ministerios competentes) para poder atender a esos 18 ayuntamientos. Estas operaciones claramente caciquiles no nos sorprenden en el ministerio del señor Caldera que, con arreglo a la Orden del 052 dedicada a las ONG está construyendo una
residencia en Béjar, su pueblo, mientras responde a la Asociación de Víctimas del Terrorismo y a colectivos de dependientes que no hay ayudas para sus pretensiones. Es por tanto un peldaño más en esta escalera de comportamiento absolutamente
sectario, que deseamos que no se siga subiendo. Nos parece muy desagradable que se hagan esta serie de actuaciones sin que sean abiertas a todos los municipios de España. Hay una enmienda -tendrá la oportunidad de defenderla su portavoz, el señor
Campuzano- que nos parece en gran medida asumible, pero hay otras obligaciones del resto de formaciones políticas que atender. En cualquier caso, lo que pedimos simplemente es el cumplimiento de la Ley General de Subvenciones.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Esta iniciativa del Grupo Parlamentario Popular ha hecho emerger, para conocimiento de nuestro grupo parlamentario, la existencia de esos reales decretos a los que se hace referencia en la exposición de motivos
de esta proposición no de ley. La lectura de uno de estos reales decretos nos ha sorprendido desde todos los puntos de vista. Mi grupo no encuentra ningún tipo de justificación ni ilegal ni política con relación a esta iniciativa que ha tenido el
Gobierno. Vamos a escuchar con mucha atención los argumentos del Grupo Parlamentario Socialista para entender exactamente qué es lo que ha justificado esta decisión, a nuestro entender arbitraria y que no responde ni a los títulos competenciales
del Estado ni a la manera de actuar que en esta materia se debería de tener. Esta cuestión, más allá de la aparente arbitrariedad que el Gobierno ha tenido en la confección de estas subvenciones, enlaza con otras dos de fondo que a mi grupo le
preocupan enormemente. En el diseño del sistema de servicios sociales en el Estado español hemos partido desde el inicio del proceso de transferencias a los gobiernos autonómicos de una mala financiación de los servicios sociales del Estado a las
comunidades autónomas que recibían esas competencias, y eso ha configurado desde mediados de los años ochenta un sistema débil de servicios sociales. Además la puesta en marcha en su día de los instrumentos del Estado para apoyar el desarrollo de
los servicios sociales en España, el plan concertado y otros instrumentos del Estado, en función de los criterios con los que se ha repartido el dinero por las diversas comunidades autónomas, han ahondado en situaciones discriminatorias para las
personas mayores y para las personas en riesgo de exclusión social de Cataluña. Desde el inicio hemos tenido un mal sistema de financiación de los servicios sociales y los instrumentos que el Estado ha creado no han respondido a las necesidades de
la población en Cataluña, y cuando vemos este tipo de decisiones del Gobierno nos quedamos absolutamente perplejos.



En segundo lugar, hace muy pocas semanas el ministro Caldera -en una entrevista en El Periódico de Cataluña- afirmaba que Cataluña iba a recibir menos recursos en materia de atención a la dependencia porque teníamos un sistema de servicios
sociales más desarrollado. Cuando uno observa las ratios de residencias públicas en Cataluña respecto a las de Castilla y León o a las de Extremadura nos quedamos absolutamente sorprendidos; la ratio de cobertura de residencias públicas en
Cataluña es inferior a las de otras comunidades autónomas. (Una señora diputada: Extremadura es la que menos tiene. No nos lo gastamos en televisión.) Por eso, por eso. Nos sorprende que el dinero del conjunto de los ciudadanos catalanes sirva
para que los ciudadanos extremeños tengan residencias públicas y asistencia domiciliaria y que, sin embargo, los ciudadanos catalanes tengan que pagarse las residencias. Nos preocupa más que se utilicen argumentos del tipo de que nos lo gastamos en
la televisión autonómica porque quizás al conjunto de los ciudadanos del Estado les deberíamos pedir que sean solidarios con la lengua catalana


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y que faciliten que la lengua catalana, la que se habla en la Comunidad Valenciana, en Galicia y en el País Vasco o en Navarra -que son también lenguas españolas- se paguen con los recursos de los ciudadanos de todo el Estado. Ese tipo de
planteamiento es grave porque demuestra una desconfianza hacia la pluralidad lingüística y cultural del Estado.
Además, cuando nos gastamos el dinero de todos los ciudadanos en aquellos territorios con una mayor cobertura de plazas públicas, menos
entendemos aún la política del ministerio en estas cuestiones.



La enmienda que hemos planteado pretende dejar muy claro que, si el Gobierno central quiere efectuar política de subvenciones a los ayuntamientos en materias cuya competencia exclusiva es de la comunidad autónoma, debe hacer esta política de
acuerdo con las comunidades autónomas y, tal como indican todas las sentencias del Tribunal Constitucional, territorializando estos recursos; es decir, si el Gobierno decide gastarse un millón de euros en apoyar a los municipios para que hagan
residencias para personas mayores debe pactarse con las comunidades autónomas, y esos recursos deben distribuirse territorialmente entre el conjunto de las comunidades autónomas. No entendemos que se pueda hacer de la manera que se ha hecho. (La
señora presidenta ocupa la Presidencia.)


Estamos ante un episodio lamentable, tengo ganas de escuchar la intervención del portavoz del Grupo Socialista porque quizás aclaremos alguna cuestión que desde la estricta lectura de ese real decreto mi grupo entiende como absolutamente
inaceptable. Espero que el próximo debate relacionado con el proyecto de ley de la dependencia abordemos de verdad cómo el Estado piensa apoyar la puesta en marcha del sistema de atención a la dependencia de manera equilibrada, reconociendo que
efectivamente existen desequilibrios en la cobertura pública de los servicios sociales, pero que estos afectan negativamente a Cataluña.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Arnáiz.



La señora ARNÁIZ GARCÍA: Nuevamente el Grupo Popular trae a colación a esta Comisión la concesión de subvenciones a distintos ayuntamientos de Castilla y León, y digo nuevamente porque ya escuchamos las explicaciones de la señora secretaria
de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad en la última comparecencia sobre el proyecto de ley de presupuestos para el año 2006, por lo que no sé a dónde quiere llegar su señoría. Señor Borrachina, debería tener cuidado con esa
pulsión repetitiva. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 22.2 establece que podrán concederse de forma directa subvenciones en tres supuestos y entre ellos cita en el apartado c) aquellas otras subvenciones en
que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Más adelante establece también, en su artículo 28, que las normas especiales reguladoras se
aprobarán mediante real decreto en el que se contendrán las razones que acreditan el interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública. Por ello cabe constatar que el procedimiento
de concesión directa es una técnica válida de concesión de subvenciones y que el ministerio ha cumplido con rigurosidad todas sus condiciones; se ha cumplido con la norma aprobada en la anterior legislatura, concretamente en el año 2003, pero si
ustedes no cuestionan los proyectos subvencionados, ¿qué es lo que pretenden? Cabe hacer una reflexión y pensar, como dice su compañera, que ha intervenido con anterioridad, que el ladrón cree que todos son de su condición, porque todos estos
ayuntamientos tenían que solucionar un grave problema que afectaba a sus vecinos, que en numerosas ocasiones habían solicitado la ayuda de la comunidad autónoma gobernada por el Partido Popular, donde el sectarismo es la marca de gobierno de esta
comunidad, y también de la suya desgraciadamente. (Rumores.) Dicha ayuda se la negaron no una vez sino muchas, por ello buscaron la solución a sus graves deficiencias y respuesta a las necesidades de atención urgente a personas mayores gravemente
dependientes. Esto puede ser complicado de entender por quienes, como usted, se mueven más por la defensa de unas siglas que por velar por los intereses ciudadanos; sin embargo, para el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero la política social
es una prioridad, pretendiendo mejorar día a día la calidad de vida de millones de personas. (El señor Barrachina Ros: De los amigos.) No, no señor. Las pensiones mínimas del país han experimentado la mayor subida del periodo democrático, que son
tres millones y medio de personas, y el salario mínimo interprofesional se ha incrementado un 13 por ciento. Este Gobierno ha hecho posible la compatibilidad del SOVI con la pensión de viudedad; un millón de personas se beneficiarán de los
programas de envejecimiento activo; además el Ejecutivo ha acometido el más importante plan de inversiones de los últimos quince años con la construcción de siete nuevos centros de referencia estatales; por si esto fuera poco, los datos económicos
no pueden ser mejores: tasa histórica de paro en el 8,7 por ciento, crecemos al 3,4 por ciento de PIB y por primera vez en la historia hemos tenido superávit presupuestario. Tengo que decirle, por si no lo conoce, que también en el año 2005 se han
firmado doscientos convenios con corporaciones locales para financiar programas de accesibilidad. Le voy a poner un ejemplo: en Extremadura el 80 por ciento de estos convenios han sido firmados por el ministerio con ayuntamientos gobernados por el
Partido Popular, siendo minoritarios en esta comunidad; solo son dos los que se han firmado con el Partido Socialista, en una comunidad en la que tanto el Gobierno regional como las dos diputaciones están gobernadas por dicho partido. Por tanto se
han firmado doscientos convenios con corporaciones


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locales para financiar estos programas de accesibilidad, así como para promover taxis adaptados para facilitar el transporte de personas con dificultad seria en su movilidad, y cincuenta más para ascender el sistema de teleasistencia.



Entiendo que para su grupo es especialmente complicado criticar al Gobierno por lo que ante la falta de argumentos buscan la descalificación e intentan atacar a la persona que está al frente del ministerio buscando tres pies al gato,
adoptando actitudes mezquinas y ruines. Por último quiero manifestarle que el ministerio no tendría que haber intervenido si el Gobierno del Partido Popular en la Comunidad de Castilla y León hubiese hecho sus deberes y solucionado el problema de
estas personas mayores. Ha tenido que ser la Administración central del Estado quien de manera excepcional se ha visto obligada a intervenir para resolverlo. Por todo lo anterior le adelanto que votaremos en contra de la presente iniciativa.



La señora PRESIDENTA: Señor Borrachina, le pregunto exclusivamente a efectos de aceptar o no la enmienda.



El señor BARRACHINA ROS: Voy a intervenir sin ninguna mezquindad ni ruindad para decir que la enmienda de sustitución que plantea Convergència i Unió -ya lo hemos comentado- no puede ser aceptada en su integridad porque lo que aquí se
denuncia, que es el sectarismo de que 11 de los 18 ayuntamientos sean de la provincia de León, todos ellos del Partido Socialista, no viene recogido de manera expresa, con lo cual no podremos admitir la enmienda.



-POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A MODIFICAR LA REGULACIÓN DE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Número de expediente 161/001432.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir el punto número 6 del orden del día, que es una iniciativa del Grupo Socialista por la que se insta al Gobierno a modificar la regulación de la contratación temporal.



Para su defensa tiene la palabra el señor Hernando.



El señor HERNANDO VERA: Creo que todos podemos estar de acuerdo en que los datos de crecimiento de empleo son buenos y que la última encuesta de población activa arroja que en España se está creando empleo a un buen ritmo, lo que nos debe
congratular a todos. Es algo indisentible. Sin embargo, el mercado de trabajo español desde hace años tiene un talón de Aquiles -que es incluso como se titula el informe sobre temporalidad laboral elaborado por la Unión General de Trabajadores de
29 de abril de 2005-. La temporalidad sigue siendo uno de los males de nuestro mercado de trabajo. No obstante, nunca podremos estar satisfechos mientras los ciudadanos sigan percibiendo el desempleo como uno de los grandes problemas que afecta a
la ciudadanía; mientras haya un desempleado en una familia esto supone un drama personal para él y para su familia, por lo que debemos seguir siendo ambiciosos en cuanto a la creación y generación de empleo. Respecto a la contratación temporal hay
que adoptar medidas, que tienen que tomarse en el marco de la mesa de diálogo social. No es nada nuevo lo que planteamos, ya lo han hecho anteriores gobiernos, y no me duelen prendas en reconocer que han sido gobiernos del Partido Popular los que
en los últimos años han emprendido medidas para reducir en parte la temporalidad en el trabajo. Es una situación dramática la de muchos jóvenes de entre 16 y 25 años que tienen empleos temporales en el sector servicios, en el sector de la comida
rápida, en el de la industria textil, con bajísimos salarios y con escasas posibilidades de promoción, pero aún es más grave que esta temporalidad se haya extendido a otros sectores de forma injustificada y muchas veces en fraude de ley.



En las dos anteriores legislaturas, a raíz del acuerdo interconfederal de 1997, el Gobierno del Partido Popular aprobó dos leyes, la Ley 8/1997 y la Ley 9/1997, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo y fomento de la
contratación indefinida. En parte, intentaban paliar el uso fraudulento de los contratos temporales y sobre todo promover la contratación indefinida. Posteriormente, en el año 2001, y a raíz de la Directiva de la Comisión Europea 1999/70/CE
seaprobó la Ley 12/2001 para el incremento del empleo y la mejora de su calidad. De nuevo la ley es fruto del diálogo social, en este caso a nivel europeo entre la patronal europea y la Confederación Europea de Sindicatos. Vemos así que la tónica
de este tipo de leyes y de acuerdos para reducir la temporalidad es que sean los interlocutores sociales los que tomen la iniciativa y adopten medidas en el marco de la negociación colectiva y que luego alguna de estas medidas sea trasladada a las
reformas legislativas que se promuevan en este Parlamento.



Esto es precisamente lo que estamos pidiendo a través de esta proposición no de ley, estamos instando al Gobierno a que, en el marco de la mesa, de diálogo social, los interlocutores sociales valoren una serie de medidas tendentes a reducir
la temporalidad y sobre todo a evitar que los contratos temporales se utilicen en fraude de ley. El Gobierno, en el mes de noviembre pasado, propuso en esta mesa, para valoración de esos interlocutores, una serie de medidas; entre ellas el
establecimiento de límites temporales máximos para evitar el encadenamiento sucesivo de contratos, introducir una nueva regulación del contrato por obra o servicio, que clarifique las causas del mismo y lo desvincule de las contratas y subcontratas,
el derecho de preferencia de los trabajadores con un contrato temporal a acceder a un puesto de trabajo indefinido o recuperar la finalidad formativa del contrato en formación. Son propuestas para que la mesa de diálogo social valore la
conveniencia de


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las mismas y vaya adoptando acuerdos que luego se puedan reflejar en la legislación oportuna.



Con la proposición no de ley que nosotros presentamos, y cuyo apoyo solicitamos al resto de grupos, queremos que la mesa de diálogo social valore la opinión de este Parlamento y si lo tiene a bien adopte medidas para reducir esa temporalidad
y sobre todo para fomentar la contratación indefinida y que lo haga en el espíritu de esa Directiva 1999/70/CE. Es una buena oportunidad y también lo será la que nos brindará el secretario general de Empleo el próximo 1 de marzo cuando comparezca
en esta Comisión, para informarnos de la marcha de la mesa de diálogo social.
Esta puede ser una buena ocasión para ver cómo está funcionando, máxime después de que el propio Parlamento va a instar al Gobierno a que presente esta iniciativa para su
valoración dentro de la mesa de diálogo social. Por todo ello, les solicitamos el apoyo a la presente proposición.



La señora PRESIDENTA: Hay una enmienda del Grupo catalán de Convergència i Unió. Tiene la palabra el señor Campuzano para su defensa o corrección de errores.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Gracias señora presidenta. De momento, defensa.



Nos han sorprendido tanto esta proposición no de ley que nos presenta el Grupo Parlamentario Socialista como la siguiente, no tanto por el contenido, que también, como por el formato que el Grupo Socialista utiliza para incorporar en el
proceso de discusión del mercado de trabajo al Congreso de los Diputados. No se si esta es la mejor manera para que esta Cámara participe del proceso de diálogo, yéndome a los precedentes de estos dos últimos años, en los que en numerosas ocasiones
el grupo de la mayoría y con los grupos que sustentan al Gobierno han rechazado iniciativas de diversos grupos de la Cámara desde la afirmación de que esas cuestiones estaban sometidas al diálogo social y que no era bueno que el Congreso
interfiriera en ese proceso. Que hoy nos lleguen estas dos iniciativas nos sorprende desde esa posición que ha mantenido el Grupo Socialista a los largo de estos dos últimos años, cuando además aun no se ha producido una comparecencia del Gobierno
en esta Comisión para informar del desarrollo del diálogo social. El señor Hernando nos decía hace un momento que el próximo 1 de marzo el señor Gómez tiene previsto comparecer en esta Comisión para informar de esta cuestión; la señora presidenta
conoce los debates que hemos tenido la semana pasada con relación a esta cuestión, tanto el señor Azpiroz como yo mismo insistíamos en que el 1 de marzo si comparecía el señor Gómez era normal que, junto con la comparecencia sobre formación que el
Gobierno tenía previsto realizar, nos informase sobre el estado del diálogo social. Si el señor Hernando nos confirma ese extremo mi grupo lo valora de manera positiva.



Mi grupo -y así lo hemos podido manifestar a través de los medios de comunicación y en diversas preguntas orales al ministro de Trabajo- está preocupado por la evolución de la mesa del diálogo social en materia de mercado de trabajo, y lo
estamos por nuestros contactos con los propios interlocutores sociales, que nos manifiestan las dificultades objetivas que este proceso ha tenido a lo largo de estos meses y las incertidumbres de dicho proceso. El contexto es, y el señor Hernando
en el inicio de la intervención hacía referencia a ello, que hoy la mayoría de la sociedad española continúa situando las cuestiones del empleo como la principal preocupación de las familias, a pesar de que la evolución del empleo en el Estado
español en los últimos diez años, viene siendo de manera sostenida una evolución en positivo. Lo que es cierto es que España continúa siendo uno de los Estados de la Unión Europea con un desempleo elevado y haciendo frente a cuestiones como las que
están relacionadas en estas dos iniciativas, con unas tasas de temporalidad excesivas respecto a la configuración de nuestro propio mercado de trabajo. Preocupación de la ciudadanía, problemas objetivos, diálogo social, que en la reforma del
mercado de trabajo ha estado durante muchos meses bloqueado y del que los propios agentes sociales nos transmiten sus incertidumbres sobre su final. Con una sensación añadida de que en todo este proceso quien está fallando es quien debe ejercer un
efectivo liderazgo del mismo. Nuestra posición hoy es crítica con la capacidad del ministro Caldera de liderar el proceso de reforma del mercado de trabajo. Es en este contexto donde vemos necesaria esa comparecencia del próximo 1 de marzo y donde
no acabamos de entender el sentido de estas proposiciones no de ley que nos plantea hoy el Grupo Socialista.



Entrando en materia de la iniciativa en concreto, el Grupo Socialista nos plantea dos cuestiones: por una parte la modificación de la actual regulación del contrato temporal, para evitar su fraude y su utilización injustificada, a través de
una clarificación de las causas que justifican la utilización de la modalidad del contrato temporal; y en segundo lugar, una modificación de la normativa española para mejorar la información de los trabajadores para evitar esa utilización abusiva
que en determinados supuestos se produce, garantizando al mismo tiempo la igualdad de trato en función de la directiva 1999/70/CE. Creo que, poco o mucho, hoy todo el mundo es consciente de que en España existe una utilización injustificada en
determinados supuestos de la contratación temporal, que hay consenso por parte de los agentes sociales y de los expertos en que hay que acotar la utilización abusiva de manera sucesiva de contratos temporales -es la misma persona que la realiza la
misma actividad en la misma empresa de manera consecutiva utilizando multitud de contratos temporales-. Ahí está acotada esta solución y mi grupo estaría en esa línea, pero ve menos claro que sea necesaria una revisión de las causas que permiten
utilizar la contratación temporal como vía para hacer frente a esa utilización injustificada. Sí vemos claro que hay que


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detener el abuso en la utilización sucesiva, pero vemos menos claro que haya que modificar las causas que justifican la utilización de la contratación temporal. Hemos presentado la enmienda número 1, que pasa por suprimir la parte final del
primer punto del texto que nos ofrece el Grupo Socialista.



Si entramos a discutir sobre la cuestión de la temporalidad en el mercado de trabajo, mi grupo quiere hacerlo a fondo. En nuestro análisis de la problemática que pretende abordar el Grupo Socialista, muy en la línea de los propios
documentos del Gobierno y además de las posiciones de los grupos de expertos, nos parece que hacer frente al abuso de la temporalidad en el Estado español requiere establecer un tipo de contrato indefinido ordinario que tenga un coste de despido
inferior al que tiene el contrato ordinario existente. Se trata de profundizar en la línea establecida en 1997, donde se habló de un nuevo contrato indefinido de fomento del empleo estable con unos menores costes en los supuestos de despido.



Desde Convergència i Unió estamos convencidos de que la lucha contra la temporalidad pasa por la lucha contra el abuso en la utilización de la misma, pero también por facilitar la contratación indefinida a través de un menor coste en las
situaciones de despido. Esta es muestra posición.
Si el Grupo Socialista abre esa discusión en la Comisión, nosotros tenemos necesidad políticamente de situar cuál es nuestra alternativa que, insisto, forma parte de los documentos que el Gobierno
ha puesto encima de la mesa, la necesidad de establecer el contrato indefinido como el contrato ordinario de la actividad laboral y que el grupo de expertos también ha situado. El segundo punto de nuestra enmienda que planteamos pide que se
incorpore esa cuestión.



Si no se aceptan estas enmiendas, mi grupo no votará en contra de la proposición no de ley, aunque tampoco votaremos a favor.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar posición? Por el Grupo Popular el señor Burgos tiene la palabra.



El señor BURGOS GALLEGO: Al Grupo Parlamentario Popular esta iniciativa también le ha causado una honda impresión. Señor Hernando, flaco favor le han hecho los portavoces habituales de esta materia delegando en usted la presentación de
esta iniciativa, sorprendente por varias razones. Hemos oído en numerosas ocasiones en los últimos meses, en Pleno y en esta y en otras comisiones, como el Grupo Parlamentario Socialista desestimaba iniciativas de otros grupos con el argumento de
que, una vez iniciado el nuevo proceso de diálogo social con la declaración de 8 de julio de 2004, había que dejar que este concluyese con propuestas respaldadas por los agentes sociales. Sobre esa base, y pese a que el Parlamento no debe aparcar
ni desdeñar sus obligaciones ni delegar en otros sus responsabilidades, se han venido congelando o rechazando propuestas e iniciativas que tenían que ver con aspectos sometidos a este diálogo social; el criterio esgrimido era no interferir. Se ha
utilizado una y otra vez la excusa del diálogo social en marcha para cercenar la acción de los grupos parlamentario y ahora el Grupo Socialista nos presenta iniciativas -no es esta la única- que inciden en uno de los elementos más controvertidos de
este diálogo social. Creo que ustedes no están ya legitimados para pedir a los demás grupos que no presentemos iniciativas que incidan sobre estas materias y mucho menos a partir de hoy; si este argumento no ha valido para ustedes desde luego no
vale ya para nadie.
Deberían haberlo tenido en cuenta y habrían hecho muy bien en retirarla, porque esta proposición no de ley solo responde a sus intereses partidistas y no a una preocupación seria por la incidencia de la temporalidad.



¿Por qué la presentan? ¿Es esto un certificado de defunción del diálogo social, toda vez que es público y notorio que la pelota de la negociación lleva meses rodando y no hay avances sobre la necesaria reforma del mercado laboral? ¿Es esta
una iniciativa por la que el Grupo Socialista se convierte en correa de transmisión de un sector del Gobierno en su evidente pulso con otros sectores del propio Gobierno en el seno de esta negociación? Los sindicatos se han quejado públicamente de
la duplicidad de voces del Gobierno en la mesa de negociación que ha entorpecido la misma. ¿A quién de los implicados le están haciendo ustedes el juego presentando esta iniciativa en este momento? ¿Le piden al Parlamento que diga a los agentes
sociales lo que tienen que pactar, lo que tienen que valorar, con qué alcance y en qué aspectos concretos han de establecerse las modificaciones normativas respecto a la temporalidad? ¿Por qué sobre estos aspectos que ustedes citan en la
proposición y no sobre otros que también afectan a la temporalidad y que ustedes conocen perfectamente? Llegados a este punto cabría preguntarse: ¿qué papel ha estado entonces jugando el Gobierno hasta ahora? Después de 18 meses de diálogo desde
julio de 2004, ¿ahora hay que instar al Gobierno a impulsar que en la mesa de diálogo social se valore la necesidad de regular la contratación temporal? Eso es lo que dice la proposición no de ley ¿A qué se ha dedicado el Gobierno hasta ahora? ¿Es
que necesita una dosis suplementaria de motivación en estos momentos? ¿Ha tenido alguna especie de pájara en esta carrera de la negociación y del diálogo social? Como el presidente ha dicho que sin acuerdo social este Gobierno no está dispuesto a
acometer reforma laboral alguna y esta no avanza ¿se está utilizando el Parlamento para fustigar a las partes en el momento actual? ¿Por qué en este momento?


Ustedes presentan una iniciativa que coincide en el tiempo con el anuncio de los sindicatos de que podrían estar dispuestos a aceptar que los contratos temporales se conviertan en indefinidos, que tengan una indemnización por despido de 33
días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, la misma que tienen los contratos de fomento del empleo estable. Actualmente, cuando a un trabajador temporal se le hace fijo, se le hace un contrato indefinido ordinario, cuya
indemnización


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por despido improcedente es de 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades. A lo que se oponen los sindicatos y quiere el gobierno y la patronal es a generalizar el uso del contrato de fomento, que hoy se usa para
colectivos desfavorecidos: mujeres, jóvenes, mayores de 45 años; también se oponen a que se amplíe a los trabajadores que están desempleados. Respecto al encadenamiento de contratos temporales parece que hay una propuesta del Gobierno: que el
trabajador no esté contratado más de 24 meses, de un periodo de 36. Todos somos conscientes de que los empresarios pueden eludir fácilmente esto acudiendo a la rotación de temporales antes de que cumplan un total de dos años de los tres. Los
sindicatos proponen que si ocupa el mismo puesto durante 20 meses en un periodo de dos años pase a ser fijo y que un mismo puesto de trabajo no pueda ser ocupado por dos o más trabajadores durante más de 14 meses en un máximo de dos años. Estos
temas, los contratos de obra y servicio para contratas y subcontratas, el máximo de contratación en las administraciones públicas, son los que están ocupando ahora a la mesa del diálogo social ¿Por qué eluden una posición en la proposición no de ley
sobre estas materias? Son estas las cuestiones que de verdad están encima de la mesa pero aquí no quieren retratarse ¿Qué medidas concretas quieren impulsar ustedes para fomentar la contratación indefinida? Es sobre esto sobre lo que se está
discutiendo en este momento. ¿Por qué no nos traen propuestas sobre esto si quieren traer algo?


La proposición no de ley no pide ni siquiera que se tomen medidas concretas sobre la temporalidad; pide que se valore la necesidad de tomarlas. Pero si la necesidad ya se ha valorado, no ha dejado de valorarse en todo este proceso. Se
hizo en la declaración de julio de 2004 y se ha hecho poniendo las partes encima de la mesa numerosas propuestas sobre esta cuestión. Ni siquiera el Gobierno está esperando a que fructifiquen las propuestas de esta mesa. El propio ministro se ha
permitido el lujo de hacer anuncios sobre las medidas que va a tomar el ministerio, con independencia de lo que digan los agentes sociales, y las ha hecho públicas el 16 de enero de este mismo año. Ustedes piden al Gobierno que impulse medidas en
la mesa que el propio ministro ya se ha encargado hace semanas de hacer públicas sin esperar a los resultados de ese diálogo. Esta proposición no de ley vuelve a abundar en la ceremonia de la confusión en la que -coincido con el señor Campuzano-,
si algo está fallando radicalmente, es la capacidad de liderazgo de este Gobierno en estas materias de tanta trascendencia para el futuro de nuestro país.



Lo que tiene que valorarse es qué va a hacer el Gobierno si no hay acuerdo. ¿No va a hacer nada? ¿Están ustedes a favor de impulsar modificaciones aunque no haya acuerdo? ¿Van a abaratar el despido a cambio de reducir la temporalidad?
Porque esto es lo que los trabajadores quieren saber. No nos vengan con circunloquios o subterfugios, porque todo lo que piden en la proposición no de ley es a cambio de abaratar el despido. Asuman ustedes esa responsabilidad y si piensan que es
lo que hay que hacer, díganlo claramente. Otra vez la izquierda abaratando el despido en España ¿Dónde queda ahora tanta demagogia vertida? Quizás puedan reducir varios puntos la temporalidad, la tan denostada por ustedes reforma anterior lo hizo
en casi 4 puntos, del 34 al 30 por ciento, pero desde que han llegado los progresistas ha subido otra vez hasta casi el 34 por ciento, sobre todo en el año 2005, donde empezó con una tasa del 32,1 por ciento. La propia UGT, entre otros, ha puesto
de manifiesto que con ustedes la duración de los contratos temporales es cada vez menor, el 40 por ciento de los contratos temporales duran menos de un mes, y uno de cada cuatro dura menos de siete días. No oculten que estamos ante una oferta de
aplicación generalizada de esos contratos fijos baratos en sustitución del indefinido ordinario. Esto es lo que están ustedes proponiendo realmente y es lo que si fueran valientes nos habrían traído con toda claridad a esta Comisión. Por eso se
saltan su propia doctrina de no intervención y de no injerencia en el diálogo social y nos quieren poner a todos al servicio de los intereses de un Gobierno, que ha dicho que no acometerá ninguna reforma si no hay pacto social. Pero por otro lado
son conscientes de que, si no lo hay, este Gobierno habrá fracasado estrepitosamente en su labor de impulso y mediación, en un momento en que la sociedad española requiere acciones ambiciosas en su mercado laboral.



Señorías, en enero de este año 2006 la temporalidad ha superado el 60 por ciento, algunos, como la UGT, han venido diciendo que no solo el volumen de la contratación temporal es desmesurado con ustedes, sino que la cifra continua creciendo a
un ritmo muy intenso, del 15,4 por ciento anual, superior al incremento de los contratos indefinidos. Estamos en estos momentos ante casi el 34 por ciento de temporalidad, cuando la media en la Unión Europea es del 14,3 por ciento. Lo están los
jóvenes, con 7 contratos temporales de cada 10, lo están las mujeres con el 35 por ciento, lo están las empresas de entre 11 y 49 trabajadores y lo están, por supuesto, algunas comunidades autónomas -las de casi siempre, Andalucía y Extremadura-
¿Les han movido todos estos datos a adoptar posiciones más firmes y más activas, más allá del mero voluntarismo en defensa de una lucha contra la temporalidad? ¿Se acuerdan de lo que decían sobre la calidad del empleo cuando estaban en la
oposición? ¿Les leo su programa electoral? ¿No afirmaban que con ustedes se acabaría la precariedad? La realidad es que en todos estos meses ustedes no han tomado ninguna iniciativa y sus posiciones en la mesa son cada vez más tibias y más
jurídicamente confusas, como todo el mundo esta percibiendo.



Mi grupo parlamentario considera improcedente esta iniciativa e incluso un poco impertinente en el momento actual en el que estamos del diálogo social y desde luego no vamos a contribuir con nuestra posición a sembrar aun más confusión. Nos
vamos a abstener, la nuestra va a ser una abstención vigilante y coherente con lo que ha


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sido el criterio de nuestro grupo y de todos los grupos parlamentarios a lo largo de todo este proceso hasta que ustedes han pretendido que irrumpamos en tromba en el mismo defendiendo las posiciones del Gobierno, porque lo único que no
necesitan los trabajadores españoles afectados por la temporalidad son declaraciones vacías, son declaraciones retóricas, huecas y un Gobierno que descargue sus responsabilidades sobre las espaldas de otros.



La señora PRESIDENTA: Señor Hernando, a efectos de aceptación de la enmienda de Convergència i Unió.



El señor HERNANDO VERA: A esos solos efectos. Se lo hemos comunicado al portavoz de Convergència i Unió. No podemos aceptar la enmienda, porque nosotros sí creemos que es necesario clarificar algunas de las causas de la temporalidad y de
la justificación de los contratos temporales. A nosotros nos parece una proposición no de ley más ajustada a esa necesidad de clarificación.



-POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A LA REVISIÓN DE LOS TIPOS DE COTIZACIÓN SELECTIVOS ACTUALMENTE VIGENTES A CARGO DE LA EMPRESA, EN FUNCIÓN DEL TIPO DE CONTRATO, EN LA CONTINGENCIA DE DESEMPLEO, ASÍ COMO LOS APLICADOS ACTUALMENTE A LAS
EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT). PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Número de expediente 161/001434.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir la proposición número 7 del Grupo Parlamentario Socialista. Llegado este momento, ruego brevedad a los portavoces, a los intervinientes; tenemos que tener una reunión de Mesa a continuación, por lo
que les ruego que ajusten sus tiempos.



Para defensa de esta iniciativa tiene la palabra por el Grupo Socialista el señor Membrado Giner.



El señor MEMBRADO GINER: El portavoz del Grupo Popular que me ha precedido en el uso de la palabra esgrimía como argumento fundamental a la hora del rechazo de la PNL anterior -y me imagino que de esta también- la incomprensión del porqué
se habían presentado dos PNL que tenían en común introducir elementos de debate sobre la configuración del futuro mercado de trabajo, con el recorte de la temporalidad como objetivo fundamental.
Tengo que asumir que este no es un tema de debate que
hayamos tenido de una manera directa y clara a lo largo de esta legislatura, pero no es menos cierto que sobre los temas de concertación estamos debatiendo habitualmente en esta Comisión, en las preguntas, en las interpelaciones y en las numerosas
PNL que se vienen planteando, tanto en los temas relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar como en los temas de previsión social, de autónomos, de formación, de contratación o subcontratación. No hay que sacar pelos a la
calavera a la hora de intentar hacer interpretaciones diversas sobre el porqué y las razones de estas dos proposiciones no de ley, que vienen indudablemente inscritas en un problema que preocupa al Gobierno y a este grupo parlamentario y -estoy
seguro- a todos los que estamos representados en la Cámara, porque es un problema serio. El diálogo social es, sin lugar a dudas, un instrumento fundamental no solo de este Gobierno y de esta legislatura sino prácticamente desde los pactos de la
Moncloa. Es un instrumento del que se ha dotado al conjunto de la sociedad, que se respeta por la mayoría de las partes y que ha dado frutos importantes. En ese sentido se inscribe el diálogo social que viene desarrollándose en nuestro país en los
últimos 18 ó 19 meses. Un diálogo social que ha dado, él mismo o bien en relaciones bilaterales entre sindicatos y patronal o bien en las relaciones tripartitas con el Gobierno, entre 18 ó 20 acuerdos de una importancia considerable. Nos falta una
parte importante que es el mercado de trabajo, pero nadie puede dudar de que el diálogo social ha sido la base sobre la que se han aplicado los aspectos laborales de la ley de extranjería ni de que la racionalización del salario mínimo
interprofesional ha sido un elemento fundamental del diálogo social, con el horizonte de los 600 euros también como objetivo programático del Partido Socialista en su momento y en la actualidad asumido por todos. Nadie puede hablar de que la
revalorización por encima de la inflación real de las pensiones mínimas contributivas y no contributivas es un hecho que se ha pactado ahí; o la ley que habilita la negociación colectiva de la extinción del contrato de edades de jubilación, que
aprobamos hace aproximadamente cuatro meses con la modificación de la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores; o la solución extrajudicial de conflictos; o el proyecto de ley de sociedades anónimas europeas, que está acordado
en la mesa de concertación en estos momentos y que discutiremos en los próximos meses en esta comisión y en el Pleno; o la reforma del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, un organismo que había caído en estos momentos en desuso
hasta que el Gobierno socialista consideró que era un arma fundamental en la lucha contra la excesiva accidentalidad laboral; o el real decreto-ley sobre formación continua que se firmó hace nueve días entre los agentes sociales y el Gobierno y que
resuelve en parte -probablemente no en su totalidad- un contencioso que existía con sendas sentencias del Tribunal Constitucional sobre el acuerdo de formación continua del señor Zaplana; o el acuerdo para impulsar el sistema nacional de
dependencia, sobre el que en estos momentos hay un acuerdo previo entre las organizaciones sindicales y la patronal en la mesa de concertación; o, por su puesto, el desarrollo procedimental y el acuerdo de partes a la hora de interpretar las
emanaciones


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de CO2 y la aplicación del Protocolo de Kyoto en nuestra industria, su graduación y las diferentes fases hasta el año 2007, y desde el 2007 hasta el 2012, firmado en este caso con el Ministerio de Industria; o el acuerdo para la mejora del
desempleo agrario.



Por lo tanto, desde mi punto de vista y desde el del Grupo Parlamentario Socialista, los frutos conseguidos hasta ahora son indudables, el avance en el terrero de la concertación social y en la mesa de diálogo social es enormemente positivo,
y quiero reconocer que el fruto de estos 18 meses de negociación, que se demuestra con la lectura exhaustiva que podríamos hacer, ha sido posible por la no interferencia del Gobierno y, sin ninguna duda, por el respeto de los grupos parlamentarios y
el Parlamento al procedimiento exigido y seguido. Estoy convencido de que la mesa de concertación ha podido evolucionar y acordar precisamente por ese respeto y por la consideración merecida por parte del Parlamento respecto de ello, no me cabe
ninguna duda. Señorías, todos estamos interesados en que finalice este proceso con acuerdos y con el compromiso de las partes, porque sabemos que esta es la mejor forma para su efectividad. Una imposición de normativa laboral normalmente genera
una enorme contestación. Tenemos experiencias del rechazo que se ha producido y de las dificultades, en algunos casos, en su aplicación. Consideramos que los avances conseguidos son importantes y que no pasa nada porque no se hayan terminado los
flecos que quedan, flecos y masa importante en la negociación del mercado de trabajo. En este marco se apoyan y circunscriben exclusivamente tanto esta como la anterior proposición no de ley, que instan a impulsar, a través de la mesa del diálogo
social, la contratación indefinida. ¿Por qué? Porque seguimos teniendo, a pesar de la alta tasa de ocupación y el considerable incremento de la contratación, una temporalidad excesiva. En el año 2004 finalizamos con el 32,5 por ciento de
temporalidad, un 0,6 por ciento más que el año anterior, y este año habremos terminado por encima del 33 por ciento. Eso es una realidad, como también lo es que las mujeres en nuestro país tienen una tasa de temporalidad por encima de los hombres
de más de 5 puntos, o como también tenemos que asumir que los menores de 25 años rondan el 63 por ciento de temporalidad, y el 52 por ciento cuando hablamos de menores de 30 años. Ese es un hecho innegable. Hay mucha resistencia a reducir la
temporalidad. Entre 1997 y 2004, pasamos de 3,5 millones de trabajadores temporales a 5 millones, y de una temporalidad del 32,8 al 31,8 por ciento. Esa es la verdad. Esa es la realidad. La situación es tan desesperada que, aun considerando que
todo el empleo neto creado fuera indefinido a partir de este momento, para llegar a la media de temporalidad de la Unión Europea nos tendríamos que extender hasta el año 2043. Como supongo que ninguno queremos aguantar hasta entonces con una tasa
de temporalidad por encima del 30 por ciento, hay que poner en marcha mecanismos añadidos que rompan la inercia, la cultura tradicional de contratar con contrato temporal a pesar de que sepamos que su causa y su objetivo sean trasladar eso a
contrato indefinido. Esa cultura que impera en nuestro país desde los años noventa, sobre todo a partir de la reforma de 1994, es lo que necesita motivaciones externas que tienen que reconsiderarse por la mesa de concertación, sabiendo que hay una
situación en estos momentos de una ampliación de los contratos temporales en el ámbito también de lo público, donde estamos llegando a tener una media de temporalidad del 23 por ciento, y sabiendo también que solo en seis sectores de la actividad
productiva en nuestro país se acumula el 68 por ciento de temporalidad. La tenemos localizada, sabemos dónde está: jóvenes, mujeres y seis sectores de la actividad productiva.
Como también sabemos en qué territorios y en qué zonas territoriales
es donde existe un mayor nivel de temporalidad.



Para cambiar esta situación se proponen medidas que generen empleo estable y que vayan convirtiendo a los temporales en fijos. En estos últimos años se han creado muchos empleos indefinidos, es cierto, a través de la reforma del año 1997 y
de la reducción de la cuantía del despido por causas objetivas, que pasó de 45 a 33 días por año. A pesar de eso y de todo el empleo indefinido generado, la contratación de temporal sin causa ha impedido la reducción de las tasas de precariedad.
Para nosotros, la propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del 18 de octubre de 2005 es una buena propuesta de trabajo, es un documento que se presentó en la mesa de concertación a propuesta del ministerio, y es por lo tanto, una
opinión escrita, valorada y consensuada internamente en el Gobierno que conoce todo el mundo a la hora de interpretarlo y valorarlo.
Ese documento, junto con el documento de la comisión de expertos, permiten ver claramente que tienen como común
denominador la necesidad de adoptar medidas para promover la utilización de la contratación indefinida frente al actual recurso generalizado de contratos temporales.
Basándonos en ese documento, en el informe de la comisión de expertos, se ha
planteado esta proposición no de ley, en la que planteamos que se pueda utilizar como elemento motivador y de ruptura con la tradición y la cultura de la inercia hacia la temporalidad, y que se pueda introducir una mejora de los tipos de cotización
en aquellos contratos indefinidos.
Cuando digo una mejora, desde el punto de vista empresarial es una reducción del porcentaje de cuota de desempleo de los contratos indefinidos. Eso es lo mismo que plantea el documento de 18 de octubre del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En él planteamos una mejora que ya allí se especificaba que podría llegar al 0,5 por ciento hasta el año 2008, y es indudable que si se reduce la contratación indefinida por esa vía, la distancia sobre los
porcentajes impositivos de la contratación temporal será mayor. Por tanto al incentivar favorablemente la contratación indefinida se penaliza la contratación temporal por la propia distancia, no porque se incrementen los


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tipos de cotización en la contratación temporal. Consideramos que esto, que es general, debe ser aplicado también a las empresas de trabajo temporal, que tienen un componente de temporalidad y otro de contratación estable y fijo. Además,
reconocemos que las empresas de trabajo temporal de hoy, del año 2006, tienen poco que ver con las del año 1997. La reforma llevada a cabo en 1998 reorientó y supuso una reconversión importante en este ámbito que no ha terminado y que deberá
continuarse en el futuro y dentro de la mesa de concertación.



Quiero terminar repitiendo que la mesa del diálogo social es un instrumento fundamental y, que en ningún momento esta proposición no de ley pretende interferir en su trabajo, todo lo contrario, pero con el mismo derecho que cualquier otro
grupo está planteando temas que tienen que ver con las discusiones que se están realizando en la misma mesa.



La señora PRESIDENTA: Hay una enmienda del grupo catalán de Convergència i Unió. Para su defensa tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Intentaré ceñirme a su recomendación respecto al uso del tiempo siendo más riguroso que nuestro colega el señor Membrado.



El debate que esta mañana se está desarrollando con las intervenciones de los portavoces del Grupo Socialista no nos ha aclarado por qué hoy es posible que aprobemos dos proposiciones no de ley que insten al Gobierno a desarrollar
determinadas políticas en la mesa del diálogo social mientras que las iniciativas que hemos planteado el resto de los grupos interferían en el diálogo social. Esa cuestión no queda aclarada, y lamento que de la discusión de las posiciones no salga
más luz sobre en qué momento se encuentra el diálogo social respecto al mercado de trabajo, qué previsiones hay respecto a las próximas semanas, sobre qué cuestiones es previsible que se alcance o no el acuerdo, o si el Grupo Socialista entiende que
si no hay acuerdo va a tener la capacidad política de impulsar las correspondientes iniciativas legislativas para dar respuesta a estas cuestiones. Mi grupo continua sin entender por qué estamos discutiendo hoy estas proposiciones no de ley.



Entrando en el fondo de la cuestión, esta iniciativa que nos plantea el Grupo Socialista recupera una vocación de aumento de los tipos de cotización en relación con los contratos temporales. Mi grupo no termina de entender la redacción que
nos ofrece el Grupo Socialista en esta proposición no de ley. No sabemos si lo que se pretende es rebajar las cotizaciones por contingencia de desempleo, si se pretende subirlas, si en cuanto a los sobrecostes de las empresas de trabajo temporal se
piensa equipararlas respecto a la contratación temporal. Nos parece que es un texto que, en la literalidad de la proposición no de ley, crea más confusión en vez de aclarar cuál es la posición del Gobierno en esta materia y, por tanto, mi grupo,
por una cuestión de simple prudencia, no va a votar favorablemente esta proposición. El hecho de que en ella se hable de las cotizaciones por parte de las ETT nos lleva a tres cuestiones que a nuestro grupo le interesa plantear con relación a la
presencia de las empresas de trabajo temporal en nuestro mercado de trabajo. Coincido absolutamente con el señor Medrano en la importancia de la reforma de la ley de ETT de la legislatura 1996-2000. Fui ponente de aquella proposición de ley
impulsada por la UGT de Cataluña, que se tramitó en esta casa como resultado -si no recuerdo mal- de una proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista, y mi grupo se mostró muy activo para conseguir esa modificación de la ley de las empresas
de trabajo temporal con el fin de conseguir la equiparación del sueldo de los trabajadores en misión con los trabajadores presentes en la empresa a la que estas personas se trasladaban. Esa modificación de 1998 marcó un antes y un después respecto
a las ETT, y la propia capacidad del sector ha permitido que hoy las empresas de trabajo temporal de 2006 no sean las de 1997. Creo que ese es un éxito colectivo, y la actitud de los sindicatos expresa esa valoración positiva de la evolución de las
empresas de trabajo temporal. Mi grupo plantea tres cuestiones que nos parecen necesarias para convertir este tipo de empresas en instrumentos al servicio de un mercado de trabajo más moderno, más eficaz, más orientado a la estabilidad y a la
seguridad. En primer lugar, la desaparición de las restricciones a intervenir en determinados ámbitos por parte de las empresas de trabajo temporal, y normalizar su presencia en todos los campos del mercado de trabajo. En segundo lugar, eliminar
los sobrecostes de cotización que se aplican en la actualidad introducidos en un momento en el que parecía necesario frenar la presencia de las ETT; y, finalmente, desarrollar las condiciones del Convenio 181 de la OIT, en el que se abre la vía a
la presencia de agencias privadas de ocupación desde el punto de vista de permitir una mayor presencia del sector privado en la intermediación del mercado de trabajo.



Creo cada vez más que si todos estamos convencidos de que hay que facilitar mecanismos que permitan a las empresas reducir sus plantillas ante necesidades de producción y evolución del mercado de trabajo, también somos conscientes de que hay
que facilitar que aquellas personas que pierdan el empleo tengan oportunidades de encontrar uno nuevo con cierta celeridad. Esto pone de manifiesto que hoy los servicios públicos de ocupación no son instrumentos suficientemente adecuados para dar
respuestas a estas necesidades de un mercado de trabajo más flexible. Si queremos introducir más seguridad para que los trabajadores que pierden su empleo vuelvan a encontrarlo hay que ser capaces de generar nuevos instrumentos, tanto en el
servicio público de empleo como con una mayor presencia del sector privado en este campo. Hay que ir hacia la configuración de agencias de ocupación, de agencias de empleo una apuesta apoyada por Convergència i Unió. El Convenio 181 de la OIT nos
da un marco de consenso para ello, y nos consta que los


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agentes sociales están en esa dirección. Por eso si el Grupo Socialista plantea esa redacción, a nuestro entender no demasiado clara sobre la cuestión de la revisión de los tipos de cotización, que es exactamente lo que se pretende,
entendemos que en una visión sobre la cuestión o funcionamiento del trabajo temporal y las políticas públicas de empleo, hay que plantear también medidas necesarias para modernizar nuestro mercado de trabajo con una presencia normalizada y efectiva
del sector privado en la gestión de esta política.



En el supuesto de que el Grupo Socialista no aceptase nuestra enmienda, nuestro grupo optaría por la abstención, insistiendo en que no entendemos aún por qué estamos discutiendo sobre estas proposiciones no de ley.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar su posición? Tiene la palabra la señora Martín Mendizábal.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Lo primero que quiero decir es que el portavoz del Grupo Socialista ha dicho que íbamos a rechazar la anterior proposición no de ley, y no es cierto. Lo que va a hacer mi grupo es abstenerse por las razones que
ha expuesto mi compañero, el señor Burgos, y que valen también para parte de esta proposición no de ley. Hago mía su argumentación. Pero es que, además, esta proposición no de ley podría ser consecuencia de una reforma laboral para reducir la
contratación temporal, que es en lo que consistía la anterior proposición. Por otro lado tengo que decirle al portavoz del Grupo Socialista que, en su entusiasmo por defender al Gobierno, ha inflado las cifras. Ha dicho que se han celebrado de 18
a 20 acuerdos, nos ha facilitado media docena de ejemplos, pero el señor presidente del Gobierno, en fecha 8 de febrero, dijo que eran 12 y de 12 a 14, a acuerdo por día, a no ser que no nos hayamos enterado, no es cierto. Parece ser que el
Gobierno, con carácter previo, ya ha enviado un documento a la mesa del diálogo social que recoge esta iniciativa con lo que tengo que decir que me siento como un muñeco: me están indicando que diga yo al Gobierno que impulse en la mesa una cosa
que ya está, si es que no lo he entendido mal.



Comparto con el portavoz de Convergència i Unió que la redacción es, cuando menos, confusa porque no se sabe si lo que se está planteando es un incremento de la cotización, si se trata de revisar la cotización para la contratación indefinida
reduciéndola para que haya mayor diferencia.
Son palabras del portavoz socialista, al que creo, pero eso no es lo que dice la proposición de ley. Compartimos todos el deseo de incrementar la contratación estable, pero tengo que recordar que,
actualmente, el diferencial entre contratación indefinida y temporal en cuanto al porcentaje para cotizar a la situación de desempleo ya existe, y en algunos casos es de 1 punto y, en otros -como en el caso de las empresas de contratación temporal-,
llega a 2 puntos. También es justo reconocer que estas empresas han alcanzado hoy en día un grado de madurez que permite, dentro de la contratación temporal, realizar una mejor política de formación del trabajador y una política de prevención de
riesgos más eficaz en los casos de contratación temporal.



Quiero recordar que en los años 1984-1985, gobernando el Partido Socialista, se maleduca el mercado de trabajo estable yendo hacia la temporalidad. Esto no lo digo yo, lo dijo el presidente del CES en la anterior legislatura en el Senado.
Con el Partido Popular, se tomaron medidas a favor de la contratación estable, se incentivó la conversión de la contratación temporal en indefinida, se generó confianza en los consumidores y en los inversores y, junto a todo ello, se tomaron medidas
para desincentivar esa contratación temporal, y se inició un buen camino -reconocido antes por el portavoz del Grupo Socialista- para reducir esta contratación temporal. Pero señorías, tengo que recordarles también que en solo dos años volvemos a
estar en los niveles de temporalidad que dejó el Partido Socialista en el año 1996, y se nos presenta una proposición no de ley cuya única idea es modificar los tipos de cotización. Yo lo había interpretado en el sentido de incrementarlos, porque
en la exposición de motivos se dice 'para que sea sustancialmente la cuota que ingresan los contratos temporales más elevada que los indefinidos'.
Admito que me haya equivocado y sea otra interpretación, pero lo que sí es cierto es que solo se nos
presenta una única medida. Además, la exposición de motivos se basa en un argumento que hoy día no se da, diciendo que prosigue la reducción del desempleo. Tengo que decirles que desde agosto todos los meses se ha incrementado el paro registrado,
y en enero y en diciembre ha descendido el número de afiliados a la Seguridad Social. Cuando menos creo que hay que ser prudentes y pensar, aunque sin dramatismos, si no nos encontramos ante un posible cambio de tendencia.



Quiero recordar que esta es una medida es aislada, que me parece casi solo penalizadora, porque no se nos presenta una reforma del mercado laboral.
Habrá habido muchos acuerdos -en concreto 12-, pero del diálogo social en cuanto al mercado
laboral no se nos presenta nada. Por otra parte, hay una mínima reforma fiscal que penaliza a las clases medias, que pueden ser pequeñas y medianas inversoras. La inversión exterior en España desciende, los españoles pierden confianza en la
situación económica actual y futura, cada día nos separamos más del nivel medio de vida europeo, y no hay ni una sola iniciativa para incentivar la contratación estable. Es más, el Grupo Socialista se opuso a una enmienda que presentó el Grupo
Popular en los Presupuestos Generales del Estado para ampliar la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y hacer extensivas las indemnizaciones que cubrieran a empresas de 25 trabajadores, en que está actualmente, a 40, cuando el único objetivo de
eso era incentivar la contratación estable. Dijeron que no. En toda esta realidad nos presentan una proposición no de ley sobre la modificación de las cotizaciones en la contratación.



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Pero repito que es una medida aislada que no va acompañada de otros incentivos fiscales, económicos o de seguridad social para la contratación estable. Se nos dice también que saben donde está la temporalidad. Bueno, pues preséntennos un
proyecto de ley.



Por todo lo expuesto, al ser una medida desde el punto de vista laboral única y exclusivamente punitiva, no podemos apoyarla, y mi grupo se va a abstener. No obstante, me permito concluir con una sugerencia -y entiéndalo así con el mayor
respeto y aprecio al Grupo Socialista- que es una premisa de las generalidades de la ley: que el Grupo Socialista genere estabilidad política, que esta generará estabilidad económica, y esta generará estabilidad laboral.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el Grupo Socialista para la aceptación de la enmienda.



El señor MEMBRADO GINER: Consideramos que la enmienda es excesivamente pormenorizada, que es una alternativa al modelo actual de funcionamiento que se reformó en el año 1998 de las empresas de trabajo temporal, y nos parece que eso es lo
que corresponde a la materia del diálogo social. En estos momentos no debería ser incluida de macuto con una enmienda a una PNL con estas características. No se acepta.



-RELATIVA AL BIENESTAR DE LOS ANCIANOS EN LAS RESIDENCIAS GERIÁTRICAS.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000408.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir la proposición no de ley relativa al bienestar de los ancianos en las residencias geriátricas. Para su defensa, tiene la palabra por el Grupo Popular la señora Quintanilla Barba.



La señora QUINTANILLA BARBA: El Grupo Parlamentario Popular trae hoy al seno de esta Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales una proposición no de ley relativa al bienestar de los ancianos en las residencias geriátricas.
A pesar de que mi
grupo parlamentario y yo misma presentamos la proposición en noviembre de 2004 en el seno de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales, es importante y oportuno que se vea hoy cuando se están sentando las bases del bienestar del futuro de más de un
millón de personas ancianas dependientes. Estarán de acuerdo conmigo en que, inmersos en la planificación y elaboración de la futura ley de autonomía personal y de la dependencia, esta cuestión es de vital importancia y trascendencia ya que aborda
una de las parcelas más importantes que compondrán el articulado de esta futura ley: la correcta atención de los mayores que residen en residencias geriátricas.



El bienestar de nuestro mayores ocupantes de las residencias está vinculado a múltiples factores de los que depende el poder proporcionarles una adecuada calidad de vida en esta etapa vital. La profesionalidad de los cuidadores, la
disponibilidad de medios técnicos, la planificación personalizada de las necesidades de cada persona mayor, etcétera, son solo ejemplos de las numerosas vías en las que es necesario poner en marcha planes de acción que mejoren la asistencia ofrecida
hasta la actualidad. Ustedes saben que nuestro grupo parlamentario, con respecto a la futura ley de autonomía personal que se debatirá en este Congreso de los Diputados, ha planteado la importancia de llegar a un gran acuerdo, a un pacto de Estado,
porque estamos construyendo el cuarto pilar del Estado del bienestar o de la sociedad del bienestar, como a mí me gusta llamarla. Esta proposición no de ley servirá sin duda para agilizar y concretar alguno de los aspectos de la atención a las
personas mayores dependientes que nos preocupan como es la alimentación ofrecida por numerosas entidades responsables del cuidado de las personas mayores.



Esta proposición no de ley no se presenta sin tener conocimiento de lo que está diciendo mi grupo parlamentario, sino que llegados a este punto de la exposición tengo que darles las siguientes cifras: el 50 por ciento de los ancianos
hospitalizados sufre malnutrición, mientras que entre el 30 y el 60 por ciento de los que viven en las residencias geriátricas padecen el mismo mal. La ausencia de profesionales que planifiquen de forma personalizada los menús y el estado físico y
mental de los pacientes, que en muchas ocasiones dificulta poder proporcionar una dieta equilibrada al mayor, parecen ser las principales causas. Esto no lo dice mi grupo parlamentario, lo han dicho estudios como el de la Sociedad Española de
Geriatría y Gerontología. Conocida esta información, les argumentaré la obligatoriedad de dar un giro a esta situación desde dos puntos de vista diferentes ambos válidos en cualquier caso. Los poderes públicos nos hemos comprometido desde siempre
a ofrecer una correcta atención a los colectivos más vulnerables desde el momento en que el Partido Popular puso en marcha en la anterior legislatura el Plan de acción para las personas mayores, o el Pacto de Toledo, puesto en marcha por el Gobierno
socialista en el año 1995 con el acuerdo del Grupo Parlamentario Popular, que fue renovado en 2003, o el Plan Gerontológico.
Todos los estamentos y organismos relacionados con las personas mayores se veían implicados en la consecución de objetivos,
quedando plasmado el compromiso de todos para que nuestros mayores fueran cada día más y mejor valorados en nuestra sociedad, se trabajara por los dependientes y se reconociera públicamente el valor de los nuevos roles asumidos por este grupo de
población, fomentando -como no podía ser de otra manera- el envejecimiento activo, el ocio, la cultura y la promoción de la salud como objetivos destacables.



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Solicitar su apoyo a esta iniciativa a todos los grupos parlamentarios presentes en esta Comisión es dar cobertura digna de una necesidad tan básica como es la alimentación y la exigencia de que las entidades dedicadas al cuidado de nuestros
mayores planifiquen su dieta con unos parámetros básicos obligatorios y de calidad. Casi parece una broma el que alguien pueda negarse en conciencia a que el Gobierno impulse medidas para detectar estas carencias e investigar la calidad de las
instalaciones y la cualificación del personal encargado de esta misión en residencias y hospitales en colaboración con las comunidades autónomas.
Creo que es de justicia hacerlo. Pero vamos a plantearlo desde la perspectiva de los costes. En
nuestro país hay casi un millón de personas ancianas dependientes, las perspectivas de futuro indican que, debido al envejecimiento de la población, esta cifra irá en aumento en los próximos años. Con este incesante incremento de mayores
dependientes los costes de su atención se dispararán en un futuro no muy lejano, somos conscientes de ello. Concretando para la cuestión que nos ocupa, el coste sanitario y social de una persona desnutrida es tremendamente elevado, la desnutrición
provoca la dependencia severa, con todo lo que suele conllevar: el mayor queda encamado, aparecen dolencias tales como las úlceras, necesita cuidados las 24 horas del día. Se ha calculado que el coste derivado de la desnutrición puede ascender a
1.500 euros al mes por paciente, que generalmente soportan en estos momentos solidariamente las familias, el Estado y las comunidades autónomas. Señorías, sabemos, porque lo hemos repetido hasta la saciedad, que España es un país con una esperanza
de vida que supera con creces a otros países de similares características sociales, económicas y demográficas del resto del mundo.
El problema demográfico que se nos avecina, con perspectivas de convertirse en el país más envejecido del mundo junto
con Japón hacia el año 2050, requiere acciones comprometidas que palien las desastrosas consecuencias de una población fundamentalmente mayor. La atención a aspectos básicos del cuidado y la salud de los mayores como es la alimentación forma parte
del enorme proyecto que nos ocupa en la actualidad, destinado a mejorar la vida de nuestros mayores. Por eso hemos querido desde mi grupo parlamentario centrarnos en esta proposición no de ley en la importancia de la dieta de los mayores que
habitan en residencias u hospitales, porque tiene que significar el seguir trabajando, dentro de la ley de autonomía personal y de la dependencia, en el mejor cuidado de nuestros mayores. Estamos dando pasos importantes y por ello nuestro grupo
parlamentario pretende que apoyen esta iniciativa, que apoyen esta proposición no de ley en la que pedimos al Gobierno que, dentro del ámbito del plan de acción para las personas con discapacidad, se realice un estudio que permita detectar la
carencia en las dietas que los mayores obtienen en centros hospitalarios o geriátricos, así como las garantías de las instalaciones y personal que trabajan en este cometido, y que, en colaboración con las comunidades autónomas y en función de las
conclusiones del estudio antes señalado, se adopten las medidas necesarias a los efectos de garantizar la adecuada dieta alimentaria de los mayores en los centros hospitalarios o geriátricos.



La señora PRESIDENTA: Para fijar posición en nombre del Grupo Socialista, tiene la palabra la señora López.



La señora LÓPEZ RODRÍGUEZ: Coincido con su exposición, señora Quintanilla, en que las mejoras de las condiciones socioeconómicas en la mayor parte de los países europeos ha tenido como consecuencia un incremento de la esperanza de vida. Si
actualmente las personas de 65 años o más suman alrededor de 4,3 millones, en el año 2010 contaremos con 6,2 millones, entre las que unas 270.000 tendrán una edad superior a 85 años. El deseo de mantener una buena salud y una máxima calidad de vida
en edades avanzadas constituye la prioridad en las personas mayores. La genética es un determinante, pero existen otros factores entre los que cabe destacar la alimentación. Los numerosos cambios físicos, psíquicos y sociales que acompañan al
envejecimiento pueden ser la causa de un mayor riesgo de sufrir desequilibrios, carencias y problemas nutricionales, no a la inversa, sino que cuanto más envejece la persona más problemas psicológicos y físicos tiene, lo que acarrea una peor
nutrición. La prevalencia de la malnutrición, es decir la mala alimentación por defecto, por carencia de algunos nutrientes, o por exceso, porque comen demasiado, aumenta la dependencia física, como usted señalaba en la exposición de motivos. En
la actualidad se dispone de datos epidemiológicos que ponen de manifiesto la relación entre la dieta y la aparición de enfermedades crónicas. Los países de la Unión Europea han constituido un grupo denominado Eurodiet para estudiar las deficiencias
de nutrición en los distintos países europeos. En España hay un estudio importante que se realizó hace unos años llamado Séneca. Las indicaciones realizadas por todos estos países son que el cuidado de la salud de los ancianos no consiste solo en
un eficaz tratamiento de sus enfermedades, sino que incluye también la prevención de aquellas en cuya base radica la alimentación, ya que una nutrición adecuada es eficaz no solo para prolongar la vida sino también para aumentar la calidad de la
misma. Este colectivo de ancianos, al ser un grupo heterogéneo y vulnerable, tiene un mayor riesgo de sufrir desequilibrios, carencias y problemas nutricionales. La proposición que nos presenta el Partido Popular tiene como objeto instar al
Gobierno a que realice un estudio que permita detectar las carencias en las dietas que los mayores obtienen en centros hospitalarios o geriátricos, así como la garantía de las instalaciones y personal que trabajan en este contenido. Asimismo se
insta a que el Gobierno, en colaboración con las distintas comunidades autónomas y en función del estudio y las conclusiones antes mencionadas,


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adopte las medidas necesarias a fin de garantizar la adecuada dieta alimentaria.



El contenido de esta proposición podría encuadrarse, a efectos de las competencias de los distintos entes territoriales, en sanidad, por una parte, ya que todas las comunidades autónomas tienen transferidas las competencias tanto en sanidad
interior como en sanidad e higiene y, por otra parte, en los centros residenciales también transferidos a todas las comunidades autónomas, excepto en Ceuta y Melilla, donde hay una residencia mixta de mayores en la ciudad de Melilla, única
dependiente del Estado y gestionada por el Imserso. En los centros hospitalarios, como la señora Quintanilla sabe, es el personal especializado en endocrinología el que se encarga de la alimentación de los mayores. Si bien es cierto que pueden
llegar a los centros hospitalarios con problemas nutricionales importantes, una vez en el centro el personal especializado en endocrinología es el que sigue el tratamiento y la adecuada alimentación de los mayores. La residencia gestionada por el
Imserso, que es la única que depende del Estado, dispone de un servicio fundamental de nutrición. La señora Quintanilla y yo somos de la misma región y sabemos que para dar una licencia de apertura a residencias privadas la propia consejería,
dentro de su dirección general, exige que esté el cuadro completo de determinados especialistas. En las residencias públicas son obligadas las unidades de orientación y alimentación con personal especializado que garantice una alimentación
equilibrada. No pasa lo mismo con las personas que viven en situación de soledad, en hogares donde no tienen otras personas que cuiden de ellos y donde la falta de alimentación o malnutrición es consecuencia de enfermedades y de carencias que
provocan su ingreso en hospitales o residencias públicas con un grado de dependencia física importante. En las residencias públicas de las comunidades habitualmente se tiene protocolizado el ingreso con las correspondientes revisiones y una
valoración nutricional tanto al ingreso como a lo largo de su permanencia. Por todo ello, creo que las residencias públicas y los hospitales sí ofrecen una adecuada nutrición ¿Qué es lo que pasa? ¿El Estado puede intervenir en esto? La
Constitución, en sus artículos 43 y 50, reconoce que el Estado tiene competencia exclusiva para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos. En el artículo 43 reconoce
la protección a la salud y en el artículo 50 dice que los poderes públicos promoverán el bienestar mediante un sistema de servicios sociales. Pero el Tribunal Constitucional ha declarado en sentencia que en materia de asistencia social, al tener
las competencias exclusivas las comunidades autónomas, el Estado tiene que actuar respetando a los entes territoriales y desde el exterior coordinar, fomentar o potenciar la actividad autonómica.



Por todo lo expuesto, aunque en el Grupo Parlamentario Socialista, al cual represento, estamos de acuerdo con su proposición no de ley, con las argumentaciones que le he dado diciendo que las competencias son exclusivamente de las
comunidades autónomas y el Estado solo puede intervenir en los dos artículos citados, propongo una tramitación in voce, que creo que la tienen todos los grupos, cuya redacción sería: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en
colaboración con las comunidades autónomas y para el mejor ejercicio de sus competencias en materia de gestión de los centros hospitalarios y residenciales, se realicen los oportunos estudios sobre la dieta alimentaria adecuada para las personas
mayores en orden a la elaboración de los protocolos así como sobre la adecuada formación de los profesionales que han de encargarse de su dispensación.



La señora PRESIDENTA: Antes de pasar a votación quiero hacer dos preguntas, una con referencia a la proposición de ley número 2. Señor Ramón, a efectos de la aceptación de las enmiendas presentadas a esa iniciativa de Esquerra Republicana
de Cataluña.



El señor RAMÓN TORRES: Nuestro grupo aceptará la enmienda presentada por el Grupo Catalán de Convergència i Unió y rechazará las restantes enmiendas presentadas.



La señora PRESIDENTA: Con relación a la enmienda in voce a la última proposición no de ley, entiendo que se acepta.



La señora QUINTANILLA BARBA: Si señora presidenta, se acepta.



La señora PRESIDENTA: Vamos a votar las proposiciones según figuran en el orden del día. Votamos la proposición no de ley número 1 con la enmienda transacional presentada y que todos tienen en su poder.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Proposición no de ley número 2, presentada por Esquerra Republicana de Cataluña, con la enmienda de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 33.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Proposición no de ley número 3, del Grupo Popular, con la enmienda transacional del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dijo:


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La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Proposición no de ley número 4, de Convergència i Unió, con la enmienda del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos la Proposición número 5, del Grupo Popular, en sus propios términos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,15; en contra, 19; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



La número 6, del Grupo Socialista, también se vota en sus propios términos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 16.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



La número 7, que votamos en sus propios términos, es del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 16.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



La número 8, del Grupo Popular, se vota con la enmienda in voce.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Se levanta la sesión.



Era la una y cincuenta y cinco minutos de la tarde.