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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 403, de 18/10/2005
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2005 VIII Legislatura Núm. 403

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ROMÁN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

Sesión núm. 15

celebrada el martes, 18 de octubre de 2005



ORDEN DEL DÍA:


Proposiciones no de ley:


-Relativa a la financiación de municipios con problemas estructurales.
Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000976.) ... (Página 2)


-Relativa a la utilización de sistemas de grabación de las sesiones plenarias de las corporaciones locales. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso. (Número de expediente 161/000996.) ... (Página
5)



-Sobre la temporalidad en el sector público. Presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. (Número de expedien-te 161/001153.) ... (Página 7)


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-Por la que se insta al Gobierno a elaborar un protocolo de buenas prácticas administrativas para prevenir el acoso psicológico en el seno de las administraciones públicas. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.
(Número de expediente 161/001130.) ... (Página 10)


Se abre la sesión a las once y diez minutos de la mañana.



PROPOSICIONES NO DE LEY:


-RELATIVA A LA FINANCIACIÓN DE MUNICIPIOS CON PROBLEMAS ESTRUCTURALES.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000976.)


El señor PRESIDENTE: Iniciamos la sesión número 15 de la Comisión de Administraciones Públicas.



Tenemos 4 proposiciones no de ley el día de hoy, la primera de ellas sobre financiación de los municipios con problemas estructurales, a propuesta del Grupo Parlamentario Popular, cuya portavoz tiene la palabra para su defensa.



La señora NADAL I AYMERICH: El objetivo de la proposición no de ley del Grupo Popular que se somete a debate viene a dar continuidad a la aprobación que se produjo el pasado 3 de noviembre de una proposición no de ley, en aquel caso
impulsada por el grupo de Esquerra Republicana, que tenía por objeto concreto y específico abordar las necesidades de financiación del municipio de Santa Coloma de Gramanet, en Barcelona.



En aquella ocasión, el proponente señor Tardá, y no lo digo de memoria porque he tenido la precaución de buscar en los diarios de sesiones y por lo tanto, invito a la Comisión a releer el 'Diario de Sesiones' número 133, de la trascripción
de la aprobación de aquella proposición no de ley, nos decía lo siguiente: Reconocemos que el caso de Santa Coloma de Gramanet es un caso específico, pero que por desgracia, hay otros en el estado español que también hay que asumir. Al mismo
tiempo, el grupo de Esquerra Republicana reconocía la mejora en la financiación municipal que se había llevado a cabo, que se había producido a lo largo de los años de gobierno del Partido Popular.



El reconocimiento de esta realidad, que es compartida naturalmente por parte del Grupo Popular, es lo que nos ha llevado a la presentación de esta proposición no de ley. Había una carencia en la resolución aprobada por esta Comisión, por lo
tanto tenemos la voluntad de cerrar el círculo, como si dijéramos, de cubrir todas las posibles variables que quedaban sin cubrir en aquella proposición a través de la propuesta que hoy planteamos, con el objetivo de que el Gobierno elabore los
estudios necesarios, con el fin de permitir, tal como se puso de manifiesto, por cierto, insisto, en esta misma Comisión, identificar los municipios existentes en España que, con características iguales o similares al municipio de Santa Coloma de
Gramanet, en Barcelona, carecen de los recursos necesarios para financiar unos servicios públicos obligatorios y que además, den respuesta a las exigencias de calidad que merecen todos los ciudadanos. Como consecuencia de este estudio que se pide
al Gobierno, se solicita también que se presente una propuesta de modificación de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con el fin de permitir la creación y aplicación de un nuevo fondo de suficiencia que sea destinado específicamente a la
financiación de este tipo de corporaciones locales.



Señorías, ni dispongo de tiempo ni es el momento ni es el objetivo de esta proposición no de ley hacer un análisis pormenorizado de la financiación de las corporaciones locales y de las dificultades que con carácter general atraviesan los
municipios; ustedes lo conocen perfectamente. Lo cierto es que las dificultades de financiación que todos conocemos se agravan cuando las corporaciones municipales tienen que hacer frente a obligaciones, pónganles todas las comillas que quieran,
que siendo competencia del Estado o bien siendo competencia de las distintas comunidades autónomas, son asumidas, ejecutadas y financiadas de hecho, por las corporaciones locales. Ustedes lo conocen, señorías, es aquello que denominados servicios
impropios. Además, junto a esta realidad, existen otras circunstancias que agravan todavía más las dificultades en materia de financiación para algunos municipios, como quedó demostrado respecto al de Santa Coloma de Gramanet y como quedó
demostrado en esta Comisión, que no era el único caso en todo el territorio nacional. Me estoy refiriendo a factores de muy diversa índole que hacen en la práctica inviable la existencia de determinados municipios; factores que pueden ir desde la
colmatación física del término municipal a la imposibilidad del crecimiento industrial o al hecho de tener que mantener en el municipio instalaciones de interés general que hagan imposible hacer frente a sus necesidades. Fíjense en las


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nuevas realidades que se abren a nuestros municipios, aquellos municipios costeros que tienen que, como consecuencia de la inmigración, dar atención a aquellas personas que son víctimas de los nuevos traficantes de esclavos que es en lo que
se han convertido las mafias que trafican con personas, las mafias de la inmigración; ésa es una nueva realidad en nuestros municipios. Son cuestiones muy heterogéneas y son solo algunos ejemplos que inciden en las dificultades añadidas de las
corporaciones locales.



Señorías, entendemos que es necesario realizar estos estudios, los que convengan con el modelo que tenemos de la resolución aprobada precisamente en esta Comisión, que permitan que a aquellos municipios con estos problemas estructurales, que
en la realidad impiden o dificultan su financiación, se les dé una solución de carácter permanente. Digo de carácter permanente porque, para paliar estas situaciones, se había venido incorporando modificaciones a la legislación que afecta a la
financiación de las haciendas locales o a través de la Ley de Presupuestos, pero también con carácter de excepcionalidad. Ustedes lo conocen perfectamente, es el caso de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, y
concretamente, el artículo 116, que ahorraré leer a sus señorías; también fue iniciado por el Gobierno del Partido Popular a través de las leyes de presupuestos, concretamente la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. Esta
excepcionalidad ha tenido continuidad, se ha venido manteniendo, se mantuvo respecto a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 y hemos de reconocer que también se ha mantenido respecto de los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2005, a través de los artículos 70 y 73 respectivamente. Esta cuestión está implícitamente recogida también en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Es decir, tenemos preceptos legislativos que fueron promovidos por el Gobierno del Partido Popular, que tienen una aplicación directa, pero con carácter de una cierta excepcionalidad. El objetivo, la finalidad, de esta proposición no de ley sería
buscar una solución que resolviera de forma estable las dificultades de financiación, tal como se entendió en esta misma Comisión, insisto, respecto al municipio de Santa Coloma de Gramanet.



Podría recordar a sus señorías las propuestas que ha hecho en este sentido la Federación Española de Municipios y Provincias, que fiel a la defensa de los principios básicos de la autonomía municipal y la suficiencia financiera de las
corporaciones locales, se ha referido a esta situación y llamo la atención de sus señorías sobre las resoluciones aprobadas en la VIII Asamblea General de la FEMP, celebrada en Madrid, concretamente, en la resolución 33ª. No me extenderé sobre
ella, pero sí les diré que en los mecanismos de nivelación, además del criterio básico, además de un criterio de nivelación de recursos que garantice unos mínimos por habitante, se introduce un criterio de nivelación de necesidades que viene a dar
respuesta a esta cuestión, a estas necesidades de financiación que plantea en esta proposición no de ley el Grupo Parlamentario Popular. En esta misma línea se encuentran las resoluciones aprobadas, no solo por la FEMP, sino también por las
conclusiones que se encuentran recogidas en el Libro Blanco sobre la reforma del Gobierno local, que fue elaborado por encargo del Ministerio de Administraciones Públicas y que en su página 53 de la primera edición se proponen soluciones de las
características que plantea en la proposición no de ley, el Grupo Parlamentario Popular.



En definitiva, se viene a reafirmar la necesidad de dotar a los municipios de los recursos económicos necesarios con carácter general y como en este caso, de manera particular, a aquellos que carecen de los recursos suficientes para
financiar servicios públicos obligatorios con unas mínimas garantías de calidad en circunstancias, como digo, muy particulares.



Termino ya, señor Presidente, señorías. Con la aprobación de esta proposición no de ley, no se pretende ni mucho menos resolver todos los males que afectan al mundo local, tampoco se intenta dar solución a todos aquellos aspectos que deben
ser tratados en otro ámbito y con otra dimensión, es decir, la necesaria reforma del Gobierno local y de su financiación. Señorías, si votan favorablemente esta proposición no de ley, se hará un acto de justicia al reconocer las dificultades por
las que atraviesan determinados municipios, que tienen serias dificultades financieras para su desarrollo y aportar soluciones concretas en su financiación mediante, un estudio -es bien poca cosa lo que se pide al Gobierno- a través del cual se
pueda llegar a la creación de un fondo de suficiencia destinado a estas corporaciones locales que tienen características muy especiales.



El señor PRESIDENTE: Para fijar posición, por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Torres.



El señor TORRES GARCÍA: Señorías, estamos ante una iniciativa cuyo contenido ya ha sido debatido, no solamente en la Comisión que ha citado la señora Nadal, sino también en el Pleno de esta Cámara el pasado 19 de mayo de 2005, si bien es
cierto que se planteó por el Grupo Popular, en la Cámara Alta, y vino al Congreso como proposición no de ley del Senado, relativa a la modificación del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de mayo.



En aquella ocasión, mi compañero de grupo, el señor Mas i Estela, expuso ampliamente las razones de la enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Socialista. Hoy, ante esta proposición no de ley, que insta al Gobierno, tanto a la
elaboración de estudios que permitan identificar los municipios que presentan características similares al de Santa Coloma de Gramanet, como a presentar una propuesta de modificación de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que posibilite la
creación de un fondo de suficiencia destinado a la financiación


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de aquellas entidades locales, desde el Grupo Socialista nos reafirmamos en lo dicho entonces por el señor Mas i Estela, posición que fue compartida por otros grupos de la Cámara. Lo hacemos al considerar que las cuestiones planteadas en la
proposición no de ley que estamos debatiendo cuentan con el marco adecuado para su estudio en la Comisión Gobierno-Federación Española de Municipios y Provincias, sobre financiación local, constituida el pasado día 29 de junio. Esta Comisión, cuya
constitución responde al acuerdo sobre medidas urgentes de financiación local, suscrito por el vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía, señor Solbes, el ministro de Administraciones Públicas con el presidente de la FEMP y las
vicepresidentas señoras Barberá y Aguilar, alcaldesas de Valencia y Córdoba, tiene por objeto estudiar la reforma del actual sistema de financiación de las entidades locales, analizando, junto a las capacidades tributarias de los municipios y su
posible ampliación, también aquellas otras cuestiones que puedan tener un carácter más específico, como la que hoy se plantea.



Sin esperar a la conclusión de estos trabajos, se han alcanzado acuerdos que ya tienen reflejo presupuestario para el próximo ejercicio, como la compensación por la pérdida de ingresos por la recaudación del impuesto de actividades
económicas. Esta reforma se produjo durante el Gobierno del Partido Popular y tuvo un efecto perverso, ya que supuso una minoración importante de ingresos a las corporaciones locales, lo que agravó su ya difícil situación para hacer frente a la
prestación de servicios. Otro acuerdo ha sido el reconocimiento de gastos de los municipios para atender competencias de otras administraciones. Además, se ha creado un foro integrado por la Administración General del Estado, las comunidades
autónomas y los municipios para estudiar estos gastos, llamados de suplencia o impropios, y dar solución a su financiación.



Señorías, desde el Grupo Socialista consideramos que en todo lo que se refiere a la reforma del Gobierno local y su financiación, se han dado pasos muy importantes en este último año, y así lo entienden también desde la Federación de
Municipios, que saluda con satisfacción el buen clima de diálogo alcanzado, llegando a decir su presidente que estamos en un momento histórico y trascendental para los gobiernos locales, tanto en lo institucional como en lo político y en lo
económico, calificando el año 2005 como el de los ayuntamientos en España.



Por todo lo expuesto, finalizo mi intervención, señor presidente, manifestando que el Grupo Socialista votará en contra de esta proposición no de ley, por entender que en la misma se insta al Gobierno a iniciar un proceso de modificaciones
puntuales en relación con las necesidades de los municipios, cuando lo que realmente hace falta es seguir avanzando en la línea y en los trabajos iniciados, para llevar a cabo la tan esperada y necesaria reforma del Gobierno local, que ha de recoger
con claridad las competencias y su financiación.



El señor PRESIDENTE: Votaremos esta proposición no de ley en los términos propuestos. Tiene la palabra el señor Olabarría.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor Presidente, solo para manifestar la posición de nuestro grupo en relación con esta interesante proposición, pero que ha sido bien ubicada por el portavoz del Grupo Socialista en cuanto al lugar donde debe ser
resuelto este problema, que es un problema estructural y que afecta a no pocos municipios. Yo también voy a acabar esta sumaria, más que breve, intervención indicando que todos estamos esperando la ley que regule con carácter general los problemas
que afectan a la Administración local. Éste no es el problema estructural más importante ni es el que afecta a más municipios, yo estoy pensando particularmente en otro, señor Presidente, es un obiter dicta, que abusando de su amabilidad voy a
indicar, y es el siguiente. Hay en este momento, en el territorio histórico de Guipúzcoa, cinco ayuntamientos que no pueden ser gobernados porque carecen de concejales y de alcalde.
Carecen de concejales y de alcalde por mor de los requerimientos
de la Ley de Partidos Políticos y por la ilegalización de las plataformas que, por la vía de lo que denomina la Ley de Partidos Políticos sucesión fraudulenta de una organización política previamente ilegalizada, han sido ilegalizadas. Puesto que
la propia Ley de Partidos Políticos privó a las diputaciones forales de una competencia que poseían anteriormente, que es la de nombrar comisiones gestoras en aquellos municipios en los cuales la mitad de los concejales no quisieran o no pudieran
tomar posesión en este momento, por lo menos cinco municipios de Guipúzcoa carecen de gobierno municipal absolutamente. Éste sí es un problema estructural muy importante, señor Presidente, que no resuelve la Ley Orgánica de Partidos Políticos, no
lo resuelve la Ley de Bases de Régimen Local y que habrá que afrontarlo, porque no se puede, expoliada la competencia de las diputaciones forales y de las llamadas comisiones gestoras, mantener una situación de ingobernabilidad permanente, que puede
afectar a numerosos municipios vascos. Es un ejemplo de las muchas disfunciones y muchos agujeros, que no solo propicia la carencia de una ley moderna que regule la Administración Local, sino los perjuicios que causan determinadas leyes
excepcionales, como la Ley de Partidos Políticos, que colateralmente está afectando a la gobernabilidad creando verdaderos problemas estructurales, mucho más graves que los que afectan a la estructura financiera o a la financiación de los
municipios.



El señor presidente ha sido tan amable como para dejarme realizar una digresión, que era más que colateral con el tema que estamos debatiendo, pero era obligación de mi grupo poner de manifiesto que hay problemas estructurales que afectan a
los municipios, provocados en este caso por disfunciones o lagunas de la Ley de Partidos Políticos, una ley cuya reforma, por


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no decir derogación, nosotros esperamos también con cierta ansiedad, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Emilio.



Pasamos directamente al punto 2 y trasladamos la votación a partir de las doce y media, en los términos propuestos. Proposición no de ley relativa a la utilización de los sistemas de grabación en las sesiones plenarias de las corporaciones
locales, propuesta por el Grupo Parlamentario Socialista.



-RELATIVA A LA UTILIZACIÓN DE SISTEMAS DE GRABACIÓN DE LAS SESIONES PLENARIAS DE LAS CORPORACIONES LOCALES. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Numero de expediente 161/000996.)


El señor CORCUERA PLAZA: La proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Socialista tiene una clara aspiración y es hacer que se incremente la transparencia en relación con la función que se viene desarrollando en los
ayuntamientos, en las corporaciones locales en su conjunto. Tiene que ver especialmente con la realidad que se produce, es verdad que no en muchos ayuntamientos, pero sí en algunos de ellos, por la negativa de algunos alcaldes y alcaldesas a
permitir que se graben las sesiones plenarias por los propios ediles que forman parte de la corporación y en su caso, a que la grabación se realice por la propia corporación. Esto desemboca en situaciones complicadas, algunas de ellas con
trascendencia, incluso ante los tribunales de Justicia. Nosotros entendemos que eso dice muy poco de ese tipo de autoridades y además viene a contradecir los principios que establece la actual Ley de Régimen Local, entre los cuales están el de
facilitar la más amplia información a las personas que representan a los ciudadanos de cada municipio. Incluso contravendría algunos de los mandatos que se establecen en orden a que, sobre todo en los ayuntamientos mayores, se dé la mayor difusión
posible a la labor que se realiza en ese órgano supremo, cual es el pleno de un ayuntamiento, de una corporación local.



El Tribunal Supremo, en sentencias en el orden contencioso-administrativo, ha tenido ocasión de manifestarse sobre este tema y ha dejado el asunto en unos términos que al Grupo Parlamentario Socialista le producen cierta preocupación, porque
inscribe la facultad del alcalde o alcaldesa de permitir la grabación de la sesión plenaria, del propio presidente de la corporación o del conjunto de la corporación. A nosotros nos parece que eso choca frontalmente con el contenido esencial del
artículo 23 de la Constitución, pero no solamente en relación con éste, sino también en relación con el artículo 20, en cuanto a la capacidad de difundir la información por los miembros de una corporación. En su caso, también afectaría a la
difusión de la propia imagen de las personas que forman una corporación local.



Nos parece que ésta es una proposición no de ley oportuna en un momento en que está en periodo de debate y de elaboración el anteproyecto de Ley de Bases de Gobierno y de Administración Local y creemos necesario que los grupos parlamentarios
de esta Cámara expresaran su parecer e instaran, si así se entiende por los grupos parlamentarios que componen esta Comisión, al Gobierno a que en la regulación que se propone o que se vaya a realizar en este nuevo anteproyecto de Ley de Bases de
Gobierno y de Administración Local, pueda verse resuelta esta situación, que es anómala, que es verdad que es una situación excepcional, pero que está poniendo a veces en situaciones complicadas.



Esto no puede ir en detrimento, ni mucho menos, de la labor que tienen que realizar los fedatarios públicos de la Administración local, los secretarios de los ayuntamientos, porque con la grabación no se trata de sustituir la función del
secretario, al igual que nadie imaginaría que esta sesión se pudiera estar celebrando sin grabarse o que esta sesión se pudiera estar celebrando sin la presencia siempre eficaz de los servicios taquigráficos de esta Cámara, a nadie se le ocurriría
pensar que pudiéramos hacer una sesión sin esa difusión. Nos parece que los concejales de los ayuntamientos, por pequeño que sea el municipio, no pueden ser en este caso de peor condición que los representantes que aquí estamos en este Congreso de
los Diputados.



Nos parece una solución adecuada la posibilidad de que se graben los plenos por los ayuntamientos, en todo caso, la posibilidad de que los propios ediles, los propios miembros de la corporación local, puedan grabar los plenos. Decimos que,
si se producen estas disfunciones, hasta qué punto se puede negar a una persona que participa en una reunión pública que se grabe a sí mismo cuando se está participando en la propia reunión pública. Alguna sentencia del Tribunal Constitucional en
este sentido haría que cayera por tierra, en parte la doctrina sentada por la sala tercera de lo contencioso-administrativo. No voy a entrar en esa polémica, pero nos parece muy oportuno y conveniente traer esta proposición no de ley al Parlamento.



Como digo, esto no tiene que ser un demérito para la acción del secretario, pero tampoco puede hacer que el secretario de un ayuntamiento se coloque en el disparadero de poner en el acta de la sesión plenaria más de lo que dice el propio
reglamento de organización en cuanto al régimen de los secretarios con habilitación nacional, que tienen que limitarse en las actas a transcribir el contenido de los acuerdos, porque hacer que transcriban en las actas otras cosas que tengan que ver
con incidentes u otras alteraciones que se produzcan en el transcurso de la sesión, puede crearles un compromiso en relación con el equipo de gobierno o con el propio equipo de oposición. Además, a veces se producen situaciones delicadas. Tengamos
en cuenta que municipios pequeños, donde no asiste mucha gente a las sesiones plenarias, el secretario


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se convierte, si hay un procedimiento judicial, en el único testigo que puede actuar. El secretario tiene que circunscribir su labor a dar fe de los acuerdos adoptados, pero no es bueno que pueda dar fe de otras cuestiones. Eso creemos que
se eliminaría con la grabación.



Terminando como empecé, creemos que nadie imaginaría que esta Comisión de Administraciones Públicas se hiciera sin taquígrafos, sin grabación, y eso es lo que estamos pidiendo para el resto de las corporaciones locales. Le anticipo, si le
parece, señor presidente, que se han presentado, dos enmiendas, una que es de mejora técnica, por el Grupo Popular, y otra por el grupo Convergència i Unió. Quisiera trasladarles que el portavoz en esta Comisión del Grupo de Convergència i Unió me
ha dicho que excusáramos y diéramos por reproducida su enmienda, puesto que se encuentra reunido con la Mesa y Junta de Portavoces de esta Cámara y hemos llegado con el Grupo Popular a una transacción, que le haríamos llegar a usted, para su lectura
con posterioridad. Intentando que fuera unánime esta petición, en la cual se insta al Gobierno para que se recoja este derecho de los concejales a que graben las sesiones y de las corporaciones a grabarlas, estaríamos ayudando a un mejor
desenvolvimiento de la labor de los concejales, tanto en el Gobierno como en la oposición.



El señor PRESIDENTE: Aunque ha adelantado la posición de su grupo en relación a las enmiendas, correspondería la palabra al Grupo Parlamentario Popular.



El señor MERINO LÓPEZ: Quiero decir que el Grupo Popular, con ese espíritu constructivo que le caracteriza, ha presentado una enmienda, como bien ha dicho el portavoz socialista, porque entendemos que, si bien el fondo de la proposición del
Grupo Socialista estaba reflejando una situación cotidiana que se produce en los ayuntamientos, entendemos que no era el planteamiento correcto, por eso habíamos presentando esta enmienda, que luego ha sido fruto de una enmienda transaccional.



Yo quiero decir, en nombre del Grupo Popular, porque era uno de los elementos que nos preocupaban de la proposición no de ley del Grupo Socialista, que parecía que planteaba la duda de la falta de transparencia actualmente en los
ayuntamientos, pero nosotros entendemos que no es así la realidad. Otro elemento fundamental es que la fe pública que da el secretario cubre cualquier expectativa de falta de transparencia. Sin embargo, sí es cierto en relación con los debates
municipales (que en muchos momentos son realmente acalorados y luego traen como consecuencia, como bien se ha comentado, el inicio de acciones judiciales), que el acta del secretario, cumpliendo las normas vigentes, no recoge en su integridad el
contenido de las intervenciones de todos y cada uno de los concejales de la corporación. Eso, a veces provoca acciones conflictivas dentro del propio ayuntamiento y pone en situación difícil al secretario de la corporación. Lo que es claro y
evidente para el Grupo Popular es que en ningún momento las grabaciones, como se ha dicho también, pueden sustituir la fe pública del secretario, que es el que realmente garantiza la seguridad jurídica en los plenos de las corporaciones locales.
Asimismo, también entendemos necesario establecer que solo se graben las sesiones públicas, porque también hay sesiones de las corporaciones locales secretas y donde no corresponde la grabación.



Nosotros no hemos querido entrar en establecer los sistemas de grabación ni hacer diferenciaciones entre ayuntamientos grandes o pequeños porque creemos que eso no corresponde a esta proposición no de ley, sino a la regulación que haga el
Gobierno en su caso, porque evidentemente no se puede abordar una grabación con los medios que puede tener un ayuntamiento de una gran ciudad como el de un pueblo de una pequeña localidad. Por lo tanto, vamos a esperar a ver la regulación que se
elabore.



Ahora vamos a pasar a la Mesa la enmienda transaccional. Creemos que recoge el espíritu que pretendía la proposición no de ley, que recoge absolutamente el espíritu de la enmienda que había presentado el Grupo Popular; también, aunque no
está como ya se ha dicho, el portavoz de Convergència i Unió, hemos recogido también en su integridad la enmienda que había planteado. Con ello, reconducimos un tema cotidiano de las corporaciones locales y esperamos que la regulación que haga el
Gobierno sea acorde con las necesidades de las corporaciones locales y los cabildos.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el portavoz del Grupo Vasco.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Puesto que el tema va a ser objeto de transacción, según tiempo y forma dudosamente reglamentario, nos han adelantado ya los portavoces que han intervenido, poco más hay que añadir para ilustrar a sus señorías. Me
alegro de que por fin la Administración local, la sempiterna pariente pobre de nuestro entramado institucional, sea también protegida. -yo creo que la expresión protegida está bien utilizada-, o pueda beneficiarse de las tecnologías de grabación
complementadas con las competencias del secretario, que no resultan afectadas por estas tecnologías, como ya lo es, no solo esta institución parlamentaria, sino la Administración de Justicia. Los juzgados más pequeños, señor Presidente, los
partidos judiciales de menor densidad de población, ya tienen vistas o los juicios orales donde hay posibilidad de grabación, son objeto de grabación íntegra. Estamos hablando de un momento en que es muy difícil concebir que una institución, una
administración, un órgano público, no pueda tener acceso a tecnologías que garantizan el buen funcionamiento, la puridad y la reproducción exacta de lo debatido, en definitiva, la mejora de las prestaciones que toda institución pública, también las
locales, deben ofrecer a los ciudadanos.



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Desde esta perspectiva, nos parece muy atinente y nos lo parece también, ya me adelanto, la enmienda transada, puesto que salvaguarda sencillamente las competencias autonómicas. Yo creo que con esto se complementa una buena iniciativa
parlamentaria, que nosotros vamos a apoyar con entusiasmo en este caso.



El señor PRESIDENTE: Bueno, pasamos al siguiente punto y votaríamos la transaccional en los términos que se nos ha propuesto por los grupos proponentes y enmendantes, a partir también de las doce y media.



Yo les quería hacer la propuesta de modificar el orden del día, pasar el punto 4 al punto 3, para responder a una demanda absolutamente justificada, pues la portavoz de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya forma parte de
la Mesa del Congreso, que hoy tiene un debate importante y para permitir defender esta iniciativa, si no hay inconveniente.



Pasamos al punto 4 del orden del día, PNL sobre la temporalidad en el sector público del Grupo Parlamentario Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.



-SOBRE LA TEMPORALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA VERDE-IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número de expediente 161/001153.)


La señora NAVARRO CASILLAS: Gracias, señor Presidente y gracias a los miembros de la Comisión por aceptar el cambio del orden del día y facilitar la tarea a esta diputada que está pluriempleada.



La iniciativa que presentamos, lo que viene a recoger, como todos los miembros de la Comisión conocen, son las propuestas del Consejo Económico y Social para reducir la temporalidad en el ámbito de las administraciones públicas. Es bien
conocido este problema. Los datos han ido in crescendo, cada vez es mayor la proporción del empleo de carácter temporal en las administraciones públicas y a pesar de eso no se toman medidas contundentes para atajarla. Por lo tanto, se trata de un
problema que va en aumento, un problema localizado, que todos consideran un problema, que en dialéctica política siempre se dice que ha de ser eliminado, pero cuando abordamos las soluciones, siempre se habla en términos genéricos y no de cuestiones
concretas.



El Consejo Económico y Social hizo un listado de propuestas, que son recogidas también en los documentos de los sindicatos mayoritarios a este respecto, porque entienden que son muy adecuadas, Izquierda Verde-Izquierda Unida pretende que
esas medidas se conviertan en una realidad e impliquen al Gobierno en ello. Por ello se hace una prolija exposición de once medidas, en las que se proponen soluciones concretas a un problema específico que, como digo, ha ido aumentando.



En el caso de las administraciones públicas nos encontramos con cuestiones bien curiosas, porque hay mandatos legales que son flagrantemente desobedecidos por las administraciones, como es el caso de las RPT. La Ley 30/1984 establece la
obligación de las administraciones de que todas tengan una RPT, con los requisitos establecidos en esta ley. Existen numerosos ayuntamientos y otras administraciones públicas que carecen de RPT en estos términos, es decir, con un estudio,
valoración, clasificación de los puestos de trabajo. En muchos casos, esto obedece, según los ayuntamientos, a una falta de recursos, pero acarrea un flagrante incumplimiento de un mandato legal ni más ni menos que desde año 1984. Igualmente
ocurre con la equiparación de derechos entre personal fijo de plantilla y el personal temporal. Es una cuestión que debe ser abordada y no es así en la mayoría de las administraciones locales.



Lo que se pretende con esta PNL es que desde este Poder Legislativo obliguemos al Gobierno, en la medida en que obligan las proposiciones no de ley, que es bien poco, a que ejecute esas medidas que hagan que por las administraciones se
aborde lo que se ha de abordar, que es la reducción de la temporalidad, con compromisos, como decía, bien específicos. También pretende una cooperación entre las distintas administraciones, una clara limitación de un porcentaje de la temporalidad,
como se ha pedido por las comunidades autónomas en un documento que todas han firmado; un impulso de las políticas de igualdad de trato entre sexos y la conciliación de la vida familiar y laboral para que ésta sea una realidad; que se concrete qué
actividades y servicios pueden ser objeto de externalización y cuáles no. Otro de los problemas que está creciendo en las administraciones públicas es que cada vez los servicios están más externalizados. Estos servicios externalizados carecen de
control, son evidentemente trabajos temporales que incluso carecen de todo de indemnización, porque las sentencias del Supremo están diciendo que, por ejemplo, si un servicio depende de una subvención externa, cuando se acabe la subvención, se acaba
la relación de servicio, con una carencia absoluta de derechos, un mayor grado de temporalidad y precariedad en el empleo. Ha de quedar claro, con claridad y certeza jurídica, qué actividades y servicios pueden ser objeto de esta externalización y
cuáles deben permanecer en el ámbito de la gestión directa.



Queda mucho trabajo por hacer, algunas cosas se han hecho por este Gobierno, hay algunos compromisos pero son todavía compromisos políticos y no realidades tangibles. Por tanto, se mantiene esta iniciativa a pesar de lo que pueda manifestar
el grupo parlamentario, que apoya al Gobierno, porque desde los sindicatos lo que nos están diciendo es que hay más compromisos políticos, pero poca realidad práctica, pocos hechos a los que se puedan acoger. Por eso, queremos que todos los grupos
de la Cámara apoyen un compromiso político para exigir al Gobierno que se convierta en realidad lo que lleva años siendo declaraciones


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públicas, acuerdos firmados que después no se traducen en un cambio de la realidad y en una verdadera reducción de la temporalidad.



El señor PRESIDENTE: A esta proposición no de ley se han presentado tres enmiendas, una de Convergència i Unió, que no está presente y que daríamos por defendida, otra del Grupo Popular, que tomaría la palabra a continuación y por último,
una del Grupo Socialista, que lo haría después del Partido Popular.



El señor GUERRA ZUNZUNEGUI: Realmente es un tema importante el de la temporalidad en la Administración pública. Sin duda, se ha abusado de ella, y se sigue abusando, tanto en la Administración central, como en las autonómicas, como en la
local.



La proposición que ha presentado Izquierda Unida, contiene los acuerdos a los que llegó el CES en su reunión, prácticamente no hay ninguna novedad.
Nosotros creemos que esto -y por ello la enmienda- se debería recoger en el Estatuto de la
Función Pública. Hemos presentado una enmienda, pero estaríamos dispuestos a llegar a un acuerdo respecto de la enmienda presentada por el Grupo Socialista. Nosotros hablamos del proyecto y que concluya y presente el Gobierno. Ya comprendemos que
esto es para más adelante, aunque por el Gobierno anterior estaba bastante dilucidado el tema de las líneas generales del proyecto de Función Pública, además bastante consensuado con sindicatos.



El actual presidente del Gobierno fue portavoz en la Comisión de Administraciones Públicas cuando estaba en la oposición y yo creo que de esto sí entiende; de las demás cosas tengo mis dudas. Haciendo referencia al Estatuto de Función
Pública, decía: Debe tener el máximo consenso posible. En eso estamos totalmente de acuerdo, no solamente consenso de los sindicatos, sino de las fuerzas políticas. Ahí tendría cabida el tema de la temporalidad. Refiriéndome ya a la enmienda, no
tendríamos inconveniente -porque sabemos que es largo todo este proceso-, en suprimir en la tercera línea la expresión concluya y presente el proyecto. Diría: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que, dentro del necesario diálogo y
consenso con las fuerzas políticas y sindicales y el conjunto de las administraciones públicas, en el proyecto de Ley de Estatuto Básico de Empleo, permita establecer un régimen que satisfaga los imperativos constitucionales de mérito y capacidad,
en el acceso a la Función Pública y prevea entre otras medidas, aquellas que permitan la reducción de la temporalidad.



Hay un dato importante de la enmienda del PSOE, que yo creo que deberíamos aprobar por unanimidad en esta Comisión, PSOE dice que no supere la temporalidad el 10 por ciento del empleo público. Esto es lo importante, lo otro pueden ser una
redacción más o menos afortunada, yo creo que la nuestra es la menos afortunada, sin duda, porque la he redactado yo. Aquí lo importante sería el 10 por ciento. Yo preguntaría a la portavoz de Izquierda Unida, si estaría dispuesta, aceptarlo, pues
lo importante sería que, por unanimidad, esta Comisión fijara en su día, cuando se haga el proyecto del Estatuto de la Función Pública, que la temporalidad no supere el 10 por ciento del empleo público. Todos los gobiernos y ayuntamientos han
superado esta cifra; si fijamos que no supere el 10 por ciento del empleo público, se obligaría a convocar anualmente concursos para las diferentes categorías. Eso, unido a lo que decía el señor Zapatero, que debe de existir el máximo consenso
posible para que salga un Estatuto de la Función Pública pactado por sindicatos y por las fuerzas políticas. Por lo tanto, nosotros estaríamos de acuerdo con una redacción en la que se fije que la temporalidad no supere el 10 por ciento del empleo
público. Pediríamos a Izquierda Unida y Verds que si le parece bien, lo acepte. Eso sería lo importante, porque las conclusiones del CES todos las conocemos y han sido reiteradas en la proposición.
Nuestra posición es llegar a un acuerdo en algo
que sí sea importante para el día de mañana y para Estatuto.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la portavoz del Grupo Socialista para la defensa de su enmienda.



La señora UNZALU PÉREZ DE EULATE: En primer lugar, es necesario resaltar la unanimidad de todos los grupos aquí presentes en reconocer que la temporalidad en su conjunto, y especialmente en el sector público, es un problema serio que
debemos de atajar y todos los aquí presentes tenemos que ir poniendo los instrumentos necesarios. De hecho, hoy contamos con una proposición presentada por Izquierda Unidad que recoge, yo creo que de forma interesante, el informe que publicó el CES
sobre la temporalidad en el empleo público.



En cuanto a esta preocupación y este informe, lo primero que quisiera recordar es que éste es un informe que se solicita a petición del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en julio de 2004, para posteriormente, sobre la base de los datos
que aquí se tienen, se puedan tomar decisiones, que no implica que en el intervalo no se tomen. En este punto es donde yo creo, señora Navarro, que ha existido y existe un pequeño problema entre la PNL que usted nos plantea y las actuaciones del
Ejecutivo en esta materia. Yo creo que se ha producido un solapamiento.
De hecho, entre el segundo semestre del año 2004 y el año 2005 se han tomado medidas y también se tomaron algunas con anterioridad por el Gobierno del Partido Popular que
limitan algunas de las propuestas que usted nos traslada o que traslada el CES.



Ya que usted ha sido tan prolija en su explicación, le voy a hacer una mínima referencia a los puntos que usted cita. Cuando nos está haciendo una referencia a la necesidad de que todas las administraciones cuenten con las RTP
correspondientes, le tengo que decir que la Administración General del Estado cuenta con ellas. El problema de las RTP en estos momentos reside en otras administraciones. Para solucionar este problema, se


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puede utilizar como medio la PNL, que yo no creo que tenga mucha fuerza, o se puede intentar conocer cuáles son las causas, bien sean financieras, de tipo jurídico u organizativas, que han impedido que las administraciones correspondientes
no hayan realizado las RTP. Pero evidentemente creo que la fuerza, no sé si usted lo pretende, coercitiva que puede tener una PNL, es nula. Además, yo personalmente la considero inadecuada.



Otro de los puntos que usted trata es un elemento que nos parecía básico y que así se acordó con las organizaciones, era la convocatoria periódica y sistemática de los procesos de cobertura de vacantes, incorporando todas las vacantes. En
este sentido, señora Navarro, tengo que recordarle que existe ya la oferta de empleo público del año 2004 y la oferta de empleo público para el año 2005 donde, de acuerdo con el artículo 20.1 de la del año 2005, se incluyen todas las vacantes. No
estamos hablando de directrices, estamos hablando de actuaciones concretas, en este caso del Ejecutivo, tengo que insistir, de acuerdo con las organizaciones sindicales.



Nos habla también de políticas de igualdad de trato entre sexos. Tengo que recordarle la Orden 525 de 7 de marzo, mediante la cual se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres. Le cito como ejemplo los temarios de
las oposiciones, los temarios para las pruebas selectivas al acceso a la Función Pública deben incluir temas relativos a la normativa vigente en materia de género.



Podría seguir contestándole todos los puntos, uno a uno. El siguiente, el que hace usted referencia a la revisión de las políticas de contratación de personal, el artículo 12 de la oferta de empleo público para el año 2005 hace una
referencia explícita a esta materia. Voy a hacerle una valoración genérica porque yo creo que los demás puntos que cita están recogidos, tanto en el convenio único para el personal laboral de la Administración General como en un instrumento tan
importante como ha sido el que recoge la declaración para el diálogo social, que se firma entre la Administración y los sindicatos, mediante el cual no solamente se está impulsando parte de las medidas a las que yo le estoy haciendo referencia, sino
que tenemos datos tangibles como me parece que ha dicho usted. Un dato tangible que yo le quería recordar y que ya le he citado son las ofertas de empleo público; esos son datos tangibles.



Evidentemente, con la situación de la que partíamos, convendrá conmigo en que necesitamos trabajar y necesitamos tener una política de evaluación.
Si me permite, le voy a leer un párrafo que establece el informe del CES, no lo tengo literal
pero viene a decir, supongo también que usted lo conocerá con todo tipo de detalles, que con los datos que contamos en el último semestre del año 2004, se ha producido ya un freno al aumento de la temporalidad. Es poco, pero se ha producido un
freno, incluso el propio informe del CES valora si en este freno del aumento de la temporalidad han tenido que ver las políticas que se han acordado desde las administraciones públicas y desde los sindicatos representativos del sector, con lo cual,
estos son datos tangibles.



Respecto a la enmiendas presentada por el grupo Catalán, aunque no está presente el señor Jané, quiero comentar que el problema que se presenta en esta proposición no de ley, afecta a la Administración General del Estado, pero la tasa de
temporalidad de ésta es del 12,9 por ciento y en la Administración Local estamos hablando de un 29 y pico y el de las comunidades autónomas veintitantos. No se trata de sustituir un término por otro. Se trata de enfrentar este problema de cara y
ver qué medidas podemos tomar para reducirlo paulatinamente. Por lo tanto, por parte de mi grupo no podemos suscribir la enmienda.



Respecto a la enmienda que me plantea el Partido Popular, yo le tengo que decir en la filosofía, con matices, estoy de acuerdo. En el futuro, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público recogerá las grandes directrices en esta materia.
Digo grandes directrices porque no podemos olvidar que en esta materia también hay que tener respeto al ámbito competencial de las administraciones, tanto locales como públicas, pero comparto con usted la filosofía, señor Guerra, comparto la
filosofía pero tengo dos problemas. Uno, el tiempo, el estatuto, para que llegue a esta Cámara, va a requerir bastante más tiempo que el que tenemos para tomar medidas inmediatas; en el área de la temporalidad se nos exige instrumentos puntuales y
éstos pueden ser, desde luego, acuerdos con los sindicatos, acuerdos con otras administraciones públicas, sacar las ofertas de empleo público, aumentar la tasa de reposición, lo que se estime conveniente, pero son actuaciones inmediatas. No
obstante, si quiere, usted, todavía podemos ver con Izquierda Unida si recogemos lo básico del objetivo de la proposición no de ley que hoy discutimos, en la cual coincidimos todos, que es la reducción de la tasa de temporalidad; seguimos viendo a
ver si podemos llegar a un acuerdo.



El señor PRESIDENTE: Turno de fijación de posiciones.



La señora NAVARRO CASILLAS: Perdón señor presidente, le pido la palabra para pronunciarme sobre las enmiendas, porque debo ausentarme para ir a otra Comisión.



El señor PRESIDENTE: Si no hay inconveniente por parte del resto de la Comisión, creo que está justificado. Adelante.



La señora NAVARRO CASILLAS: Unicamente decir que tal y como están redactadas ahora mismo las enmiendas, no se aceptan, pero estoy totalmente dispuesta a una transaccional.



La señora MALARET GARCÍA: Sí, pero cuando.



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La señora NAVARRO CASILLAS: Es muy complicado.



El señor PRESIDENTE: Lo pueden intentar de aquí a la hora de la votación y, si no es posible, se somete a votación.



El señor GUERRA ZUNZUNEGUI: A la vista de lo que ha dicho, que la retire hoy y lo debatimos dentro de quince días.



La señora NAVARRO CASILLAS: La retiro, si la debatimos dentro de quince días, porque solo me entra una proposición no de ley en cada sesión de la Comisión y tengo otra pendiente. Si no me afecta al cupo, lo acepto.



El señor PRESIDENTE: Si está pactado, no habría problema en incorporarla, al margen del cupo. Si el Grupo Popular, el Grupo Socialista e Izquierda Unida hacen una propuesta consensuada, a la que se sume el resto de grupos, la incorporamos
en el orden del día sin que sea un problema.
Cabría mantener este mismo debate para la próxima Comisión. Lo dejamos pendiente y así tendrán tiempo para llegar a una transaccional. No hay problemas de cupo.



La señora NAVARRO CASILLAS: Pero que conste en acta que hay acuerdo de que no afectará al cupo del grupo.



-POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A ELABORAR UN PROTOCOLO DE BUENAS PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS PARA PREVENIR EL ACOSO PSICOLÓGICO EN EL SENO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO.
(NÚMERO DE EXPEDIENTE 161/001130.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto tres del orden del día, referido a una proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista en relación a un protocolo de buenas prácticas administrativas para prevenir el acoso
psicológico en el seno de las administraciones públicas. Tiene la palabra el señor Tomás García.



El señor TOMÁS GARCÍA: A lo largo del pasado año se han incrementado mucho las quejas que han formulado funcionarios que se sentían objeto de acoso psicológico en el trabajo, así lo manifestaba el Defensor del Pueblo ante esta Cámara en su
informe correspondiente a la gestión realizada durante al año 2004, que fue presentado recientemente. Según datos que aportaba la Oficina del Defensor, entre 2003 y 2004, el número de quejas admitidas sobre esta materia se había duplicado,
exactamente de 11 quejas admitidas en 2003 pasamos a 20 en 2004, todas ellas relacionadas específicamente con el acoso laboral en la Administración Pública. (El señor vicepresidente, Torres Sahuquillo, ocupa la Presidencia.) Efectivamente, en los
últimos meses se han presentado estudios que señalan una incidencia notable de percepción de acoso psicológico en determinadas administraciones públicas. De una manera más ponderada, la 5.ª Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo, cuyo trabajo
de campo es de finales de 2003, recogía una incidencia de percepción en torno al 6 por ciento de los entrevistados en la rama de la administración. Son datos que han motivado una especial preocupación en nuestro grupo parlamentario y creemos que
justifica sobradamente la presentación de esta proposición no de ley, una iniciativa que incide directamente en un ámbito, así nos consta, que ya viene siendo estudiado por las administraciones y los sindicatos. El Ministerio de Administraciones
Públicas y las organizaciones sindicales presentes en la Comisión Paritaria de Salud Laboral van a proceder al estudio y evaluación de los factores psicosociales que pueden darse, a fin de proponer un modelo consensuado de procedimiento de gestión,
a incluir en el actual sistema de prevención de riesgos laborales y que puede hacerse extensivo a toda la Administración General del Estado. De la misma forma, conocemos la actividad desplegada en este campo por el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, a través del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que viene desarrollando acciones de estudio y divulgación, con objeto de facilitar el proceso de identificación y evaluación del acoso psicológico para su erradicación y control,
y que utiliza además del derecho básico laboral, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.



Aunque el acoso moral en el trabajo es un fenómeno que ha registrado un aumento preocupante en las administraciones públicas, no debemos olvidar que se trata de una realidad que afecta a todos los sectores de la actividad laboral, que
estamos ante lo que ha sido considerado como una patología social a la que la Psiquiatría, la Psicología y las ciencias jurídicas han dado una nueva dimensión doctrinal en los últimos 25 años.
En nuestro ordenamiento, el acoso moral en el trabajo
vulnera el derecho a la dignidad de la persona del trabajador y encuentra su sanción en la mayor parte de los casos como infracción laboral muy grave, si bien en determinados casos puede encuadrarse como infracción muy grave en materia de prevención
de riesgos laborales. Nuestro ordenamiento reconoce expresamente, en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 4.2, que los trabajadores, en la relación de trabajo, tienen derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su
dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales y físicas de naturaleza sexual y frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. Este artículo fue modificado por el
artículo 37.2 de la Ley 62/2003. Y más allá de estos derechos, el conjunto de los derechos reconocidos en el mismo artículo 4.2 del


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Estatuto de los Trabajadores, que comportan el respeto a la dignidad de la persona del trabajador en las relaciones de trabajo. Por su parte, la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social,
también modificó el apartado 1 del artículo 63 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/64, de 7 de febrero; y que ha quedado en los siguientes términos: -El Estado dispensará a los funcionarios
la protección que requiera el ejercicio de sus cargos. Asimismo, los funcionarios tendrán derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza
sexual y frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual-.
De esta manera, podemos decir que a partir de la Ley 62/2003 el acoso tiene para los funcionarios una regulación
básicamente idéntica a la que la legislación laboral establece para los trabajadores de cuenta ajena.



En relación con el acoso laboral, desde la perspectiva de su evitación y sin perjuicio de las medidas legislativas oportunas, sabemos que el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo elaboró en el año 1998 una nota técnica de
prevención sobre el tema que nos ocupa. La Nota Técnica 476, denominada Hostigamiento Psicológico en el Trabajo, mobbing.
La citada nota técnica de prevención, tras definir el problema, hace un repaso de sus formas de expresión, analiza las
características del mobbing, con examen de su origen, desarrollo y consecuencias, para llegar así a una evaluación del mismo que permita diseñar la intervención necesaria para evitarlo o poner fin al mismo y paliar sus efectos.
Arranca la nota en
cuestión con la observación de una, que podríamos considerar del mobbing, como una forma característica de estrés laboral, que presenta la particularidad de que no ocurre exclusivamente por causas directamente relacionadas con el desempeño del
trabajo o con su organización, sino que tiene su origen en las relaciones interpersonales que se establecen en cualquier empresa entre los distintos individuos.
Una característica de la situación es la de ser un conflicto asimétrico entre las dos
partes, donde la parte hostigadora tiene más recursos, apoyos o una posición superior a la del trabajador hostigado. Se afirma en la nota del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo que básicamente el sustrato que favorece la
aparición de este tipo de conducta se encuentra ligado a dos aspectos; uno, la organización del trabajo; dos, la gestión de los conflictos por parte de los superiores.
Existen diversos medios más o menos adecuados para evitar, prevenir y resolver
problemas a nivel laboral, y la falta de existencia de una sistematización adecuada de estos medios puede llevar a consecuencias de importante magnitud. Por este motivo, la prevención debería atender a las deficiencias del diseño del trabajo, al
comportamiento de los líderes, a la protección de la posición social de la persona, desarrollando reglas muy claras, explícitas, escritas y públicas sobre resolución de conflictos personales que garanticen el derecho a la queja, el anonimato y que
prevea sistemas de mediación y/o arbitraje.



En consecuencia, esta patología social debe ser abordada desde diversos ángulos: desde el de la prevención, evitación y rehabilitación de los afectados por el acoso laboral; y evidentemente desde la sanción de la conducta acosadora, con
independencia de los resultados lesivos de la misma, pero teniendo en cuenta que el acoso no solo provoca efectos nocivos sobre el trabajador acosado, sino indirectamente también en su ambiente familiar y en el entorno laboral, llegando a afectar al
normal desarrollo de la actividad en la empresa y centro de trabajo.



En este sentido, desde el Grupo Socialista planteamos la necesidad de que el Estado promueva la prevención, movilice a los interlocutores sociales, fomente la investigación, desarrolle los programas y publique los estudios que recomienden
las prácticas a seguir frente a las conductas acosadoras en el ámbito laboral y propone en conclusión, proponemos en conclusión, que el Estado ponga en práctica políticas preventivas de difusión y educación, fomente las intervenciones tempranas en
la gestión del conflicto y provea la rehabilitación profesional de la víctima.
Prevención y protección frente a la violencia psicológica en el lugar de trabajo es la línea de actuación que propone esta proposición no de ley y que ha sido enmendada
en el siguiente sentido: Por un lado, se incluye una referencia temporal, en cuanto a su realización; en segundo lugar, hay una enmienda relativa a la especificación del ámbito de aplicación a la Administración General del Estado, y en tercer
lugar, existe una enmienda de ampliación de sus efectos a todos los empleados públicos.
Todas, las mismas, han sido consideradas de forma positiva por este grupo parlamentario y se apoyan en aras del más amplio consenso, y a continuación serán
explicadas por los grupos proponentes.



El señor VICEPRESIDENTE (Torres Sahuquillo): Hay dos enmiendas presentadas a esta PNL. Una de Izquierda Unida, que damos por defendida, puesto que ha tenido que ausentarse la portavoz. La otra, del Partido Popular, su representante tiene
la palabra.



La señora NAHARRO DE MORA: Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Popular para defender la enmienda que hemos presentado. En primer lugar, quiero dejar constancia de que para nuestro grupo, el problema del acoso moral o psicológico
en el trabajo supone un motivo de gran preocupación, debido al incremento de sus cifras en los últimos tiempos y por el perjuicio que ocasiona no solo a las empresas y administraciones públicas donde se produce, con la disminución de rendimientos y
mal ambiente en el ámbito laboral, sino también y sobre todo, por los efectos individuales que produce en las personas que lo sufren y también en sus familias. El acoso moral ha existido siempre en todos los ámbitos de la vida, pero no como en la
actualidad, que lo consideramos incluso una patología,


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quizás fruto de nuestra sociedad 'compleja y avanzada', donde la competitividad alcanza sus mayores cotas en actividad diaria.



Según todos los estudios realizados en esta materia, tanto particulares como oficiales, incluida la Oficina Internacional de Trabajo y la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, así como por la misma Agencia
Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el ámbito en el que existe una mayor incidencia, por sus particularidades organizativas, es precisamente en el de las administraciones públicas, en el de las diferentes administraciones públicas.
Consideramos, de acuerdo con el ponente anterior, que en el plano jurídico, el ordenamiento normativo español cuenta con suficientes armas para luchar contra el acoso de un modo razonadamente eficaz -quizás haya problemas en la efectividad de su
utilización-, pero sí que es verdad que es necesaria la creación de un protocolo que garantice la difusión y que pueda servir de prevención y tratamiento de esta patología. Por ello, hoy hemos llegado a una enmienda transaccional, de acuerdo con el
resto de los grupos, quiero dejar constancia de la voluntad de mi grupo, voluntad de acuerdo y de consenso, pero sí que me gustaría hacer algunas puntualizaciones sobre la enmienda que hemos presentado.



En primer lugar, en cuanto al plazo. Nosotros poníamos 6 meses, lo creemos absolutamente suficiente si verdaderamente hay voluntad de llevar a cabo el protocolo de buenas prácticas administrativas que garantice el tratamiento y prevención
ante el acoso psicológico de los empleados públicos. Existen numerosos estudios e informes, ya se está trabajando sobre ellos, por lo que consideramos que seis meses es suficiente. No obstante, confiamos en esa voluntad de consenso y por tanto,
esperamos que sea posible cuanto antes; por ello, la enmienda dice -en el plazo más breve posible-. En segundo lugar, esta proposición no de ley, en su texto original hacía referencia solamente a funcionarios, quizás por un error a la hora de
hacerla, pero nosotros lo queríamos ampliar a todo el personal que presta sus servicios en la Administración. De todas maneras, esta parte de la enmienda ha sido aceptada por el grupo proponente. En cuanto al tercer punto, recomendábamos al resto
de las administraciones públicas que tuviesen en cuenta este protocolo, sin forzar a nada, solo recomendando a que se tuviese en cuenta. Pero bien, este punto no ha salido adelante y bueno, estamos de acuerdo, lo que haremos será en las
administraciones autonómicas y locales, instar desde nuestro partido, desde nuestros grupos diferentes, a que se haga algo parecido donde no esté hecho ya. Finalmente, votaremos a favor, por supuesto, de esta enmienda transaccional que hemos
presentado entre todos.



El señor VICEPRESIDENTE (Torres Sahuquillo): Tiene la palabra el representante del Grupo Socialista.



El señor TOMÁS GARCÍA: La enmienda transaccional, de la que voy a hacer entrega a la Mesa, queda redactada del siguiente modo: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar en el plazo más breve posible un protocolo de buenas
prácticas administrativas que garantice el tratamiento de prevención y reacción ante el acoso psicológico de los empleados públicos que prestan sus servicios en el ámbito de la Administración general del Estado.



El señor VICEPRESIDENTE (Torres Sahuquillo): Por favor, pasen la enmienda a la Mesa, para que quede constancia en el expediente, y dado que ha terminado el orden del día....(El señor Olabarría Muñoz pide la palabra.)


Perdón, no ha terminado el orden del día. Continuamos. Falta el turno de fijación de posición de los grupos que no han presentado enmiendas. Don Emilio Olabarría tiene la palabra, en nombre del Grupo Vasco.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: No sé si estoy bien ubicado aquí, señor presidente, porque se presta a cierta confusión a la hora de otorgar la palabra por parte de la vicepresidencia. (Risas.) Ya buscaré otra ubicación más razonable en la
próxima sesión. Perdón, no más razonable ni mejor, sino más clara, porque comprendo que hablando de un partido político es un concepto equívoco. Sólo el nuestro puede admitir la expresión de mejor, objetivamente hablando.



Bromas aparte, sólo quiero indicar que me ha sorprendido que se hable y -no voy a decir la expresión de que se pontifique- con tanta precisión y lucidez sobre el mobbing, cuya característica fundamental es su indefinición. Las
aproximaciones empíricas más notables que yo he podido apreciar sobre este fenómeno se derivan no del derecho sino de la psicología clínica. Me imagino que todos hemos leído las obras Marie France Irigoyen y de Iñaki Piñuel y ellos llegan a la
conclusión de que la casuística de actos que pueden ser ubicables bajo la locución mobbing o acaso moral es prácticamente infinita, ellos hablan de mobbing ascendente de mobbing descendente, de mobbing horizontal.



En cuanto a lo que se ha dicho aquí sobre que el ordenamiento jurídico ya provee de armas suficientes para afrontar esta patología social y laboral, tengo que manifestar humildemente mi disconformidad, señor presidente, primero, porque ya el
ordenamiento jurídico se está comportando de forma un tanto errática, algunas prácticas de mobbing han sido consideradas incluso como delitos y hay sentencias penales que condenan a los acosadores a través de una figura delictiva que tampoco está
exactamente bien tipificada en el Código Penal. Por otro lado se acude con frecuencia al ámbito punitivo laboral, a la Ley de infracciones y sanciones en el orden social, y también se imponen sanciones por este motivo, pero en la mayoría de los
casos estas conductas siguen impunes precisamente porque se desarrollan en un ámbito de gran impunidad, de gran obscuridad, donde es muy difícil la denuncia y la


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actuación correctora de las administraciones públicas, y yo creo que el ordenamiento jurídico en este ámbito es manifiestamente mejorable, tanto en el ámbito preventivo como en el ámbito punitivo para reprimir una conducta verdaderamente
intolerable.



Desde esa perspectiva este protocolo puede ser un buen inicio para acometer la aprehensión conceptual y luego jurídica de un fenómeno emergente que nos preocupa a todos sin ninguna duda y que en el ámbito de la administración pública -y
comparto las reflexiones de la portavoz del Grupo Popular- tiene una gran incidencia, sobre todo, y no sabemos muy bien por qué lo dicen los que se han aproximado empíricamente al estudio del fenómeno, en la administración pública sanitaria; la
incidencia del mobbing es realmente atroz en este segmento de la Administración pública.
En todo caso bienvenido sea un protocolo de actuaciones y de prácticas correctas para reprimir una conducta que no está bien definida por el ordenamiento
jurídico porque no está bien definida por la psicología clínica y sus manifestaciones son de una casuística tan amplia que el tomar estos conceptos en el ámbito del ordenamiento, incluso de los protocolos de actuación, es difícil. Yo sería
partidario de proponer la creación de una ponencia parlamentaria que pueda, desde una perspectiva empírica y experimental, analizando ya la jurisprudencia incipiente que hay sobre esta materia tanto en el ámbito laboral como en el ámbito penal,
empezar a estudiar este fenómeno, pero no creo que haya armas todavía en nuestro ordenamiento jurídico para proteger a nuestros trabajadores ni a nuestros empleados públicos de una fenomenología que debe ser reprimida con dureza.



El señor VICEPRESIDENTE (Torres Sahuquillo): Señor Olabarría, puede usted ubicarse donde le apetezca en esta sala y, en todo caso, el error no ha sido suyo sino de este presidente en funciones, que le pide excusas.



Como saben hemos quedado en que no se votaría antes de la doce y media, por lo que damos una pausa hasta la hora de la votación. (Pausa)


El señor PRESIDENTE: Continuamos la sesión con las votaciones tal y como habíamos previsto.



Votamos la primera proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en los términos propuestos por el grupo proponente.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Pasamos a votar la proposición presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, que figura segunda en el orden del día. Esta proposición no de ley tiene una enmienda transaccional a la que da lectura el señor letrado.



El señor LETRADO: El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que, en el marco de los trabajos preparatorios del Anteproyecto de Ley de Bases del Gobierno y la Administración Local, a efectos de una mayor difusión sobre el
desarrollo y contenido de las sesiones plenarias públicas que celebren las corporaciones locales y cabildos, se proponga una regulación adecuada de la grabación de dichas sesiones plenarias, tanto por parte de sus miembros electivos como por las
propias corporaciones locales y cabildos; y en su caso, se incorporen las modificaciones necesarias en el ordenamiento jurídico aplicable a las entidades locales en materia de organización, funcionamiento y régimen jurídico; todo ello sin
perjuicio de las competencias que les corresponden a las comunidades autónomas en materia de régimen local.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Pasamos al tercer punto, proposición no de ley del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, que se vota en los términos de la enmienda transaccional que ha sido leída anteriormente por el grupo proponente.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Se aprueba por unanimidad.



El punto cuarto lo mantenemos vivo para la próxima sesión, en virtud del acuerdo de la Comisión.



Se levanta la sesión.



Eran las doce y cuarenta minutos de la mañana.