Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 139, de 28/04/2003
PDF




DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2003 VII Legislatura Núm. 139

PARA EL ESTUDIO DEL PROBLEMA DE LAS DROGAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN MORANO MASA

Sesión núm. 26

celebrada el lunes, 28 de abril de 2003, en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor presidente del Consejo Superior de Deportes (Gómez-Angulo Rodríguez) para que informe en relación con el control de la droga en el mundo del deporte. A solicitud del Grupo Parlamentario Socialista. (Número de
expediente Congreso 212/001405 y número de expediente Senado 713/000758.) ... (Página 3404)


Proposiciones no de ley: - Sobre medidas para que a los jóvenes que están custodiados en centros de internamiento y que precisan de atención médica se les puedan ofrecer adecuadamente las alternativas terapéuticas que precisen. Presentada
por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente Congreso 161/001952 y número de expediente Senado 663/000100.) ... (Página 3419)


Página 3404



- Relativa a las políticas de reducción de daños ante el consumo de drogas de diseño. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente Congreso 161/002021 y número de expediente Senado 663/000104.) ... href='#(Página3422)'>(Página 3422)


Se abre la sesión a las cuatro y treinta y cinco minutos de la tarde.



- COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (GÓMEZ-ANGULO RODRÍGUEZ) PARA QUE INFORME EN RELACIÓN CON EL CONTROL DE LA DROGA EN EL MUNDO DEL DEPORTE. A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de
expediente Congreso 212/001405 y número de expediente Senado 713/000758.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, buenas tardes. Iniciamos la sesión de la Comisión Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas.



El primer punto del orden del día es la celebración de comparecencias. A propuesta del Grupo Parlamentario Socialista, comparece el señor presidente del Consejo Superior de Deportes, para que informe en relación con el control de la droga
en el mundo del deporte.



Le damos la bienvenida, como es habitual. Tiene la palabra.



El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (Gómez-Angulo Rodríguez): Muchas gracias, señor presidente.



Señorías, es para mí un honor y una satisfacción comparecer, por primera vez, ante esta Comisión Mixta Congreso-Senado para el Estudio del Problema de las Drogas para informar, a petición del Grupo Parlamentario Socialista, sobre el control
de la droga en el mundo del deporte.
Comparecencia la de hoy, señorías, que estaba prevista para el pasado 4 de marzo y que no se pudo llevar a cabo precisamente porque tenía lugar en Copenhague en esas mismas fechas la Conferencia mundial
antidopaje, donde se procedió a la firma por los gobiernos de una Declaración de apoyo al papel del Código mundial antidopaje y de la agencia mundial sobre la misma materia. Sobre estas dos cuestiones existan sendas comparecencias solicitadas a
petición propia pendientes de sustanciar, aunque a lo largo de mi comparecencia de hoy me referiré a estos dos aspectos por la importancia de los mismos.



En honor a la verdad, señorías, el título de la iniciativa del Grupo Socialista, tratándose del tema del deporte, no me parece el más adecuado -aunque entiendo que esta comparecencia se hace en un marco mucho más global- si atendemos a las
definiciones que sobre el dopaje se han acuñado hasta hoy por los distintos organismos internacionales que tratan de esta materia -cuestión ésta que sí me parece de justicia precisar en aras al mundo del deporte-, si bien la ocasión nos va a
permitir analizar la cuestión de fondo y primigenia, que es la lucha contra el dopaje.
Según la definición del Convenio europeo contra el dopaje, de 16 de noviembre de 1989, del Consejo de Europa, base de nuestra legislación, se entiende por dopaje
en el deporte la administración a los deportistas o la utilización por éstos de clases farmacológicas, de agentes de dopaje o de métodos de dopaje. En este sentido, en nuestra legislación el Real Decreto 255/1996 establece como dopaje: la
utilización de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como de métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones.



El propio Comité Olímpico Internacional, en el artículo 2 del Código antidopaje del movimiento olímpico, define esta práctica como la utilización de un artificio, sustancia o método, potencialmente peligroso para la salud de los atletas o
susceptible de mejorar su rendimiento. Y en el apartado segundo del mismo artículo se indica que dopaje es también la presencia en el organismo del atleta de una sustancia prohibida o la constatación de la utilización de una sustancia o de un
método prohibido.
Asimismo, el nuevo Código mundial antidopaje, presentado en Copenhague, recoge la definición establecida con anterioridad en el sentido de definir el dopaje como la presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o
marcadores; es decir, se trata de una definición en consonancia con la establecida en la legislación española. En este sentido, la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, atribuye al Consejo Superior de Deportes la elaboración de las listas de
sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como la determinación de los métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas, tal y como queda dicho con anterioridad. Esta elaboración de
la lista de sustancias


Página 3405



dopantes y métodos prohibidos en el deporte se encomienda entre otras funciones a la Comisión Nacional Antidopaje, órgano administrativo dependiente del Consejo Superior de Deportes, integrado por representantes de la Administración general
del Estado, de las comunidades autónomas, federaciones deportivas y ligas profesionales, así como personas de reconocido prestigio técnico, deportivo y jurídico.



En otro orden, el régimen disciplinario en la legislación española en materia de dopaje lo delimitan el artículo 76.1 d) de la Ley del Deporte, el Real Decreto 255/1996 y el Real Decreto 1642/1999, que modifica parcialmente el anterior, que
catalogan el tipo de falta y sanción en función de su consideración como grave o muy grave. En cualquier caso, señorías, y de forma general el control de dopaje se programa, se planifica y se realiza, o se ejerce la responsabilidad de su
realización por las organizaciones deportivas o estatales competentes, con el objetivo de conocer si se han transgredido las normas que principalmente prohiben utilizar las sustancias incluidas en las listas. Es precisamente la detección de esas
sustancias uno de los procesos de control que deben de reglamentarse de una forma estricta, tanto legal como científicamente.



Por otra parte, los casos de dopaje se analizan en laboratorios acreditados internacionalmente, como ocurre con el del Consejo Superior de Deportes de Madrid, en funcionamiento oficial desde 1969, que dispone de la acreditación del Comité
Olímpico Internacional desde 1982 y que se ajusta a las garantías de calidad exigidas al estar acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, según los requerimientos de la norma ISO 17025, que es la normativa internacional, emanada de la
Unión Europea, más avanzada para garantizar la calidad de laboratorios de ensayo. Estos complejos requerimientos son exigidos a los laboratorios para que cumplan las necesarias garantías de certeza y fiabilidad que deben reunir los controles de
dopaje, y específicamente los análisis de las sustancias prohibidas, basados en la estructura química y las propiedades de dichas sustancias o de los productos consecuentes de su administración. Además conviene precisar que las listas de dopaje son
listas abiertas, lo que hace que se sancione a las sustancias análogas, tal y como ocurrió, desgraciadamente, como ya tuve ocasión de explicar en la Comisión de Educación, Cultura y Deportes del Congreso, con la darbopoyetina en el caso de Johann
Mühlegg, sustancia no incluida en la lista de sustancias prohibidas en el momento de su detección. Señorías, debo señalar que en los laboratorios antidopaje existe una probabilidad alta de detectar una nueva sustancia dopante sólo cuando existe una
similitud química con las que son posibles de identificar. Ahora bien, si la nueva sustancia no tiene estas características su inclusión en el método de análisis obliga a numerosos y complejos estudios de investigación, implantación y validación
antes de su control sistemático.



Asimismo, en términos generales, se puede decir que la Ley del Deporte de 1990 se inserta por consiguiente en el marco internacional del Consejo de Europa y atribuye al Consejo Superior de Deportes un papel relevante en la represión del
dopaje, al hacer que esta materia pase de ser competencia federativa prácticamente exclusiva a ser una cuestión compartida, cuyo fundamento en el artículo 58 de la citada ley, según el cual todos los deportista con licencia para participar en
competiciones oficiales de ámbito estatal tendrán obligación de someterse a los controles previstos en el artículo anterior de la ley, durante las competiciones o fuera de ellas, a requerimiento del Consejo Superior de Deportes, federaciones
deportivas españolas, ligas profesionales o la Comisión Nacional Antidopaje. En modelo actual, señorías, se caracteriza porque son inicialmente las federaciones las que deben establecer la lista de sustancias, procedimiento y reglamentación
interior en la materia. Ahora bien, también es cierto que cada federación, a partir de unos mínimos, siempre puede aplicar sanciones más duras. En nuestro ordenamiento, cuando se trata de deporte, dicha sanción es básicamente administrativa,
alejado de las normas de seguridad pública de carácter penal de otros ordenamientos, por su alarma social y peligro para la salud pública.



Conviene dejar claro, señorías, que las reglas del dopaje no son de carácter inmutable, sino objeto de cambios constantes en consonancia con los cambios inherentes en la organización del deporte, los avances científicos y la tecnología de
detección. Por consiguiente, la línea fundamental que se contiene en nuestra legislación nacional no es otra que la de indicar que tanto la normativa como nuestro sistema actual de represión del dopaje están dentro de parámetros de la normalidad
media del conjunto de países que han tratado o regulado estos temas más allá de la no criminalización del deportista y su entorno que, como se ha dicho, es la línea que han seguido algunos países de la Unión Europea.



En definitiva, señorías, podemos sintetizar la regulación actual del dopaje en España y su influencia en el conjunto de la relación jurídica del deporte en torno a los siguientes aspectos. La Ley del Deporte de 1990 dedica el título VIII de
la misma al control de las sustancias y métodos prohibidos en el deporte y seguridad en la práctica deportiva.
Consecuencia de todo ello es la publicación periódica de las listas de sustancias, las cuales reflejan los sucesivos cambios que deben
introducirse como resultado de las modificaciones que van incorporando sucesivamente el Comité Olímpico Internacional y el Consejo de Europa, función de coordinación a la que la Agencia Mundial Antidopaje se está incorporando de forma progresiva.



Página 3406



Para propiciar la participación de las administraciones territoriales y de los agentes federativos se creó como órgano específico sin personalidad jurídica, dependiente del Consejo Superior de Deportes, la Comisión Nacional Antidopaje,
regulada en la actualidad por el Real Decreto 1313/1997, de 1 de agosto, sobre composición y funcionamiento de la misma y a la que se atribuyen las siguientes funciones: Divulgar información relativa a uso de sustancias y grupos farmacológicos
prohibidos, métodos no reglamentarios y modalidades de control, realizar informes y estudios sobre sus causas y efectos, y promover e impulsar acciones de prevención; determinar la lista de competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal en
las que se practicará el control; elaborar los protocolos y las reglas para la realización de dichos controles en competición o fuera de ellas; participar en la elaboración del reglamento sancionador, instar a las federaciones deportivas la
apertura de expedientes disciplinarios y, en su caso, recurrir ante el Comité Español de Disciplina Deportiva las decisiones de aquéllas.



Este esquema se completa con una referencia al artículo 7.º del Real Decreto 255/1996, de 16 de febrero, por el que se establece el régimen de infracciones y sanciones para la represión del dopaje conforme al cual las sanciones impuestas en
aplicación de la normativa de represión del dopaje en cualquier orden federativo, sea internacional, estatal o autonómico, producirán efectos en todo el territorio español. En último término, debe tenerse en cuenta lo previsto en el artículo 16 del
Real Decreto 1467/1997, de 19 de septiembre, sobre deportistas de alto nivel, que establece la pérdida de la condición de alto nivel para quienes hayan sido sancionados en firme en materia de dopaje.



Además, en el ámbito nacional del dopaje, recientemente el Consejo Superior de Deportes modificó la Ley del Deporte española de 1990, con el fin de establecer en su título VII una serie de nuevas medidas e instrumentos para la prevención y
represión del dopaje, concretamente el artículo 58.1. Con ocasión de las iniciativas puestas en marcha y en el marco de los controles que se realizan fuera de competición -a nuestro entender los más eficaces- la experiencia ha demostrado la
existencia de deficiencias basadas en la imposibilidad de localización del deportista, al no estar prevista en el texto legal la obligación de todo deportista, al igual que la que tiene de someterse a los controles, de informar de todos los datos
que permitan en todo momento su localización a las entidades bajo cuya responsabilidad se desarrolla la competición oficial, para pasar tales controles. Ello es, por consiguiente, la respuesta a lo que detectábamos en la práctica, en el sentido de
que esa falta de información puede desvirtuar el objetivo del control y el propio procedimiento del mismo, que se basa en procesos muy rigurosos de recogida de muestras y alegaciones, que se invalidan si no hay comunicación con el deportista
afectado.



Como consecuencia de ello, se ha introducido recientemente una enmienda a la Ley del Deporte con ocasión de la Ley de medidas fiscales, administrativas y de orden social en vigor desde el pasado mes de enero, que establece la obligación
legal de los deportistas de suministrar una mínima información acerca de su localización, añadiendo un nuevo párrafo al artículo 58.1, que castiga su incumplimiento como infracción muy grave. La falta de localización en tres ocasiones permite ahora
un mecanismo progresivo de sanción, desde el apercibimiento, si se comete por primera vez, hasta la posible aplicación de otro tipo de sanciones de mayor severidad para supuestos de reiteración en la misma infracción.



En esta línea, señorías, estamos trabajando desde hace tiempo en el plano nacional, adaptando y modificando la legislación a los nuevos retos del dopaje, a lo largo de los últimos meses, poniendo en marcha medidas de prevención, como el
pasaporte del atleta, los programas de educación y formación, que queremos integrar mediante el acceso web del deportista a la información sobre dopaje, y sobre todo dotando a nuestro laboratorio del Consejo Superior de Deportes de las técnicas más
avanzadas, de acuerdo con todos los requerimientos inherentes exigidos por el Comité Olímpico Internacional, entidades de acreditación y próximamente la Agencia Mundial Antidopaje, que les permita prolongar la reacreditación internacional con la que
cuenta desde hace muchos años para prestar servicio público a las federaciones y a los atletas. Sobre este aspecto quiero destacar que desde hace meses el laboratorio dispone de los medios necesarios para la detección de la eritropoyetina, más
conocida como la EPO, cuya metodología está ya implantada. Es evidente que seguimos y seguiremos atentos a los nuevos retos que va a plantear el dopaje genético o de última generación.



Por otro lado, luchar contra el entorno del deportista que se dopa, el tráfico organizado de sustancias dopantes, la puesta en marcha de sistemas de alerta sobre medicamentos susceptibles de dopaje o la comercialización de sustancias sin
control sanitario, son para el Gobierno, dada también la importancia del factor económico en el deporte, unas prioridades que empezamos a vislumbrar en una reunión que mantuvo la presidencia española con responsables de interior de los quince
Estados miembros de la Unión Europea en materia de cooperación policial. En los últimos años el Gobierno ha adoptado una nueva legislación para el control de la venta de productos farmacéuticos no autorizados a través de Internet.



Señorías, el concepto de juego limpio va más allá del saber ganar o perder. Nadie es ajeno a que uno de los retos prioritarios de futuro del deporte en alta competición pasa porque el juego limpio sea la norma. La existencia de órganos
como la Comisión Nacional Antidopaje y la Comisión Nacional Antiviolencia en el


Página 3407



ámbito español responden a la necesidad de garantizar que la competición se desarrolle de acuerdo al más estricto respeto a las normas. Además, con ello se da cumplimiento a compromisos de orden internacional asumidos por España en esta
materia y su composición es representativa de los distintos sectores implicados, las federaciones deportivas, las ligas profesionales, los deportistas profesionales, las comunidades autónomas y los distintos órganos de la Administración general del
Estado competentes por razón de la materia.



En consecuencia, para concluir el apartado referente a la lucha contra el dopaje en el plano nacional, puede resumirse el proceso de control de dopaje en nuestro país de la siguiente forma: se basa en una normativa que consta de un
procedimiento de control y otro disciplinario, en los que se implican el poder público y el privado autorizado. En el procedimiento de control se establecen las normas para seleccionar controles por parte de las federaciones deportivas españolas,
el Consejo Superior de Deportes, la Comisión Nacional Antidopaje o las ligas profesionales, recoger las muestras por los médicos habilitados a tal efecto por parte de la Comisión Nacional Antidopaje, analizarlas en laboratorios estatales u
homologados por el Estado y evaluar técnicamente por la federación las consecuencias de los resultados analíticos y procesos complementarios. El procedimiento disciplinario regula la evaluación federativa por parte del órgano disciplinario
federativo y, en su caso, la posibilidad de recurrir la correspondiente decisión federativa por parte de la Comisión Nacional Antidopaje ante el Comité Español de Disciplina Deportiva. Como puede verse, se trata de un proceso de implicaciones
público-privadas, lo que genera en el ámbito nacional e internacional algunas disfunciones a la hora de su aplicación. La convivencia con el modelo deportivo convencional de carácter piramidal -modelo de deporte europeo consagrado en el informe
Helsinki- es, en último término, cualquiera que sea el sistema que se implante, aquel que las federaciones deportivas ejercen una doble función y tienen una doble naturaleza: por un lado, son agentes del Estado para la realización de una política
deportiva que se plasma en un conjunto de presupuestos y programas financiados públicamente; y, por otro, son agentes territoriales de una asociación privada de carácter internacional, que es la que tiene la patente en el deporte y que permite a
las federaciones nacionales participar en los eventos de carácter internacional.



En lo que concierne a los esfuerzos de España en la lucha contra el dopaje en el ámbito internacional, debo reiterar, en primer lugar, que nuestro país es miembro de la Convención Europea de Lucha contra el Dopaje del Consejo de Europa desde
su ratificación el 20 de mayo de 1992. Por cierto, y ya que hablamos del Consejo de Europa, tengo que señalar que a iniciativa de España, en la reunión del Comité de Ministro del Consejo de Europa del pasado 27 de febrero de 2002, en plena
presidencia española de turno de la Unión Europea, se acordó la creación de una cuenta especial para canalizar las contribuciones voluntarias de los gobiernos europeos para el año 2002 a la Agencia Mundial Antidopaje, sobre la base de los
porcentajes establecidos por cada país por la Convención Cultural del Consejo de Europa. Dicha iniciativa ante la presidencia española surgió tras la reunión del Consejo de Fundación de la Agencia Mundial el pasado 3 de diciembre, en la que la
Comisión Europea anunció que no financiaría la agencia en el año 2002 y siguientes al no llegar a un acuerdo con la agencia en tres cuestiones: en un límite fijo de previsiones presupuestarias para los ejercicios de 2003 a 2006; en la modificación
de los estatutos de la agencia para evitar que a uno de los contribuyentes le puedan ser impuestas obligaciones presupuestarias o, dicho de otra forma, la posibilidad de minoría de bloqueo en el seno del Consejo de la Agencia; así como la
atribución a Europa de un quinto puesto más en el Consejo de Fundación y un puesto más también para el movimiento paralímpico.



Señorías, desde ese momento la presidencia española lideró los trabajos para conseguir poner en marcha este nuevo mecanismo de financiación en un breve espacio de tiempo y con ello desbloquear la situación existente para la financiación
pública europea de la agencia. Para ello, como secretario de Estado me entrevisté con Walter Schwimmer, secretario general del Consejo de Europa, a finales de diciembre de 2001, en Madrid, y realicé múltiples contactos con colegas europeos
principalmente durante la celebración de los juegos olímpicos de invierno en Salt Lake City, que fueron fluidos e intensos, así como numerosos encuentros bilaterales y gestiones diplomáticas, hasta conseguir la práctica unanimidad de cara a un
acuerdo en el Consejo de Europa -al embajador español en dicho organismo hay que agradecerle también los servicios que ha prestado a este fin-, que se produjo finalmente el 27 de febrero de 2002. Como me referí antes en esta comparecencia, en ese
mismo semestre y por vez primera, los días 11 y 12 de marzo del año pasado, y organizado por la presidencia española, se realizó la primera reunión en el marco de la Unión Europea sobre cooperación entre Deporte e Interior en la lucha contra el
dopaje para buscar una vía de cooperación a través de una de las políticas que ofrece más posibilidades en la Unión. Finalmente, el 20 de marzo del año pasado la presidencia española convocó una reunión en Bruselas, en colaboración con la Comisión
Europea, de los quince ministros responsables del deporte de la Unión y una delegación del Comité Olímpico Internacional y federaciones deportivas, encabezada por el propio presidente del CIO, doctor Rogge, para tratar exclusivamente del tema del
dopaje en el deporte tres años después de la celebración de la Conferencia de Laussane, de la que nació precisamente la Agencia Mundial Antidopaje.



Página 3408



Con anterioridad, señorías, existen otros antecedentes en otros ámbitos de la cooperación internacional, como la declaración de la reunión de ministros de deporte de la UNESCO, en Punta del Este, Uruguay, celebrada en 1999, una de cuyas
conclusiones dice literalmente: Los ministros hacen hincapié en los valores éticos del deporte e instan a todos los países, desarrollados y en desarrollo, a obrar juntos para combatir los comportamientos reñidos con la ética, comprendido el dopaje.
Expresan su reconocimiento por la iniciativa del Comité Olímpico Internacional de crear un organismo mundial de lucha contra el dopaje, la WADA, y destacan la importante función que incumbe a todos los gobiernos en cuanto a la eliminación del dopaje
en el deporte en general. Alientan igualmente a ese organismo a prestar asistencia a los países en desarrollo en sus iniciativas de lucha contra el dopaje. La función de la UNESCO en este sentido deberá centrarse en la información y la educación
en particular, conforme recoge, insisto, la declaración de Punta del Este en su apartado séptimo.



De igual forma, el Gobierno canadiense acogió en Ottawa, en junio de 1988, la Conferencia mundial permanente contra el dopaje en el deporte, que permitió la elaboración y la aprobación de una carta internacional contra el dopaje en el
deporte, que se convirtió en Carta Olímpica Internacional contra el dopaje en el deporte en septiembre de 1988. A partir de entonces se intensificaron otras iniciativas en el plano de la cooperación internacional no institucionalizada. El Consejo
de Europa aprobó, el 16 de noviembre de 1989, el Convenio Europeo contra el Dopaje al que me he referido anteriormente. El principal objetivo del convenio era la promoción, en el plano nacional e internacional, de la armonización de las medidas
contra el dopaje. El convenio determinaba algunas normas comunes en función de las cuales todas las partes se comprometían a adoptar una serie de medidas en el ámbito legislativo, financiero, técnico, educativo, etcétera. El convenio entró en
vigor el 1 de marzo de 1990 y ha sido completado en el año 2002 con la aprobación de un protocolo adicional a la convención que adapta la misma a las nuevas realidades del dopaje, que fue a su vez abierto a la firma en la reunión de ministros del
Deporte del Consejo de Europa, celebrada en Varsovia el pasado mes de septiembre.



Conviene subrayar que, junto con unos 40 países europeos, se han adherido al Convenio del Consejo de Europa países como Australia y Canadá. El convenio ha sido ratificado por 44 de los 39 países que lo han firmado, entre ellos España. Para
países como España el marco jurídico en materia de dopaje del Consejo de Europa es esencial para el desarrollo de nuestra propia legislación, como se ha demostrado al ser de gran utilidad también a la hora de buscar un instrumento de financiación
que facilitase jurídicamente la contribución voluntaria de los gobiernos a la agencia mundial y que provisionalmente seguirá utilizándose en este año 2003. Por otro lado, en la Cumbre internacional sobre drogas en el deporte, celebrada en noviembre
de 1999 en Sydney, 25 países más la Comisión Europea y cuatro observadores, entre ellos el propio Comité Olímpico Internacional, tomaron la decisión de establecer un comité consultivo internacional intergubernamental contra el dopaje en el deporte.



Señorías, en lo que concierne a la Agencia Mundial Antidopaje, AMA, este camino arduo y complejo se iniciaba, a iniciativa de los Estados y liderado por el Comité Olímpico Internacional, presidido entonces por su actual presidente honorario,
el español don Juan Antonio Samaranch, con la celebración en Laussanne los días 2 al 4 de febrero de 1999 de una Conferencia mundial sobre el dopaje en el deporte, en la que se aprobó la Declaración de Laussanne sobre el dopaje en el deporte. En
esta conferencia se decidió la creación de un organismo internacional antidopaje independiente, que es la ya conocida WADA.



La necesidad de una lucha eficaz ante la plaga del dopaje exige la cooperación intensa entre los gobiernos, el Comité Olímpico Internacional, la Agencia Mundial Antidopaje y otros organismos nacionales e internacionales del mundo del deporte
y espero que próximamente se adhiera a la misma quien a mi modo de ver sería el más adecuado para llevar una política eficaz y coordinadora, que no es otro que el propio Consejo de la Unión Europea. Creo que la Unión Europea dispone de todos los
instrumentos para poder llevar a cabo esa labor de coordinación.



De forma somera creo necesario mencionar que la Agencia Mundial Antidopaje es una fundación de derecho privado suizo, creada por iniciativa del Comité Olímpico Internacional, lo cual plantea -y por eso hago hincapié en ello- problemas
operativos y jurídicos a los gobiernos en su relación con la misma. Esta agencia se estructura en un consejo de fundación de 34 miembros, que incluye por partes iguales a representantes del movimiento olímpico y de los poderes públicos, un comité
ejecutivo de once miembros y una serie de comités de trabajo, ética y educación, finanzas y administración, salud, medicina e investigación, jurídico y sobre normas y armonización. Hasta mayo de 2002 la sede provisional de la agencia se encontraba
en Laussanne. En efecto, el consejo de la Agencia Mundial Antidopaje decidió trasladar su sede a Montreal, en Canadá, en una reunión celebrada en Tallinn, Estonia, en agosto de 2001, y que evidenció la desunión europea en este asunto. Entre los
objetivos de la agencia destacan actividades en sectores como controles antidopaje, investigación, educación, elaboración de un código universal antidopaje y legislación, sobre los que no entraré en detalle.



Como saben bien, a partir de 2002 el presupuesto de dicha agencia se realiza a partes iguales por contribuciones de los Estados y del Comité Olímpico Internacional.



Página 3409



Hasta la fecha, los gobiernos aportan casi siete millones de dólares de los ocho millones y medio de dólares que nos correspondía como contribución al presupuesto en 2002. Es decir, quedan algunos gobiernos que todavía no han hecho su
aportación del ejercicio anterior.



Por otra parte, señorías, si bien se dispone actualmente de algunos textos sobre la lucha contra el dopaje en los planes nacional, regional e internacional, ninguno de esos textos tiene un alcance jurídico intergubernamental de carácter
universal, lo que plantea problemas a todos los gobiernos. El Convenio europeo contra el dopaje es, por el momento, un texto esencialmente europeo. La Agencia Mundial Antidopaje acaba de presentar un código mundial cuyos dos primeros borradores
han sido sometidos a consulta, entre otros, de los gobiernos, y al que se ha adherido un gran número de éstos, entre ellos España, mediante la firma de la declaración de apoyo al papel del código y al papel de la Agencia Mundial Antidopaje. La
necesidad de aplicar un instrumento normativo de alcance internacional que contribuya a la armonización de la lucha contra el dopaje es algo, por consiguiente, aceptado por todas las instancias internacionales y constituyó el asunto esencial apoyado
por 103 países durante la mesa redonda de ministros de deportes de la UNESCO en enero de 2003, que, por cierto, tuve el honor de presidir, y de la propia Conferencia mundial de Copenhague, celebrada a principios de marzo.



En este punto, el comité ejecutivo de UNESCO, del que forma parte España, aprobó hace unos días, el pasado 16 de abril, una resolución que refleja lo acordado en la mesa redonda de ministros del Deporte sobre el dopaje en la que UNESCO se
compromete a abrir una convención internacional que elaborará un grupo de expertos en el seno de Naciones Unidas, una convención internacional contra el dopaje de derecho internacional público, lo que se incluirá en el orden del día de la 32
conferencia general. La base para dicha convención bien pudiera ser, y así se considera, la Convención Europea del Consejo de Europa.



Hasta ahora, señorías, la lucha contra el dopaje ha consistido sobre todo en actividades de represión y de control. Por ello, coincido plenamente con la UNESCO cuando afirma que sólo unos pocos países se han preocupado de educar e informar
a los profesionales y a los demás agentes del mundo del deporte. Los textos actuales, excepto el Convenio del Consejo de Europa, se preocupan muy poco de la educación e información como medios de lucha contra el dopaje. Ahora bien, la represión y
los controles antidopaje no tienen, a juicio de los especialistas, toda la eficacia deseada, de modo que la información y la educación siguen siendo medios importantes para lucha contra la extensión del fenómeno. Por ello, la elaboración de ese
instrumento internacional en el marco de Naciones Unidas se beneficiaría de la contribución de todos los organismos interesados del sistema de esta organización internacional.



Voy concluyendo, señorías, con una serie de reflexiones finales. El tema del dopaje es extremadamente complejo desde todos los puntos de vista, pero especialmente desde el jurídico. He podido comprobarlo con ocasión de mi asistencia, el
pasado mes de noviembre, representando a la Unión Europea, a la reunión semestral del Consejo de la Agencia Mundial Antidopaje. El trabajo del Gobierno español en materia del deporte, que antes mencionaba, a lo largo del semestre de presidencia
española ha sido reconocido por el propio Comité Internacional Olímpico y por el movimiento deportivo, así como por el resto de países de la Unión y por la propia Agencia Mundial Antidopaje. En este contexto, España seguirá siendo además muy activa
en la búsqueda de una solución permanente de financiación en el ámbito de la Unión Europea, lo que pasa inevitablemente por la inclusión de una base jurídica sobre deporte que facilite la participación de los Estados miembros de la Unión en la
agencia, la coordinación de políticas antidopaje entre los Estados y la posibilidad de disponer a su vez de un marco jurídico seguro de cara a la inminente ampliación de la Unión.



Señorías, el Gobierno español considera positivo el Código mundial antidopaje presentado en Copenhague, fruto sin duda alguna de un gran esfuerzo, de un gran trabajo por parte de la agencia, de un proceso de consultas rápido y complejo por
la diversidad de actores que confluyen en la lucha contra el dopaje. Ahora bien, aun siendo el código en sí un paso importante como texto de referencia para una lucha armonizada contra el dopaje, existen una serie de cuestiones que acabo de
mencionar a SS.SS. y que son causa de preocupación permanente del Gobierno, como tuve ocasión de manifestar en mi intervención ante el plenario de la Conferencia de Copenhague, y de algunos gobiernos más del ámbito de la Unión Europea.
Este
código, señorías, no será universal en su aplicación, si la Agencia Mundial Antidopaje no se transforma sobre la base de una convención o un instrumento internacional de derecho internacional público, aspecto este vital para la plena integración de
los gobiernos en lo que la agencia denomina el programa mundial antidopaje.



El dopaje, por la sensibilidad que genera en la sociedad y por su objetivo prioritario de proteger la salud como supremo interés del deportista y del fair play, o goza de la mayor seguridad jurídica o siempre tendrá ante sí la sombra de la
duda sobre la equidad en la lucha contra el mismo. A mi modo de ver, ha llegado el momento de que la agencia mundial muestre una mayor colaboración con los gobiernos. Como secretario de Estado y con ocasión de la presentación de los presupuestos
del Consejo Superior de Deportes ante esta misma Cámara, anuncié la inclusión en los mismos de una partida específica para la financiación de la agencia, que me gustaría que contara con el refrendo


Página 3410



de los integrantes de esta Comisión mixta Congreso-Senado. También en mi intervención ante el plenario de la conferencia mundial solicité públicamente que los gobiernos cuenten con una representatividad suficiente en el día a día, en el
staff de la propia agencia, que tiene que responder al reparto geográfico que se utiliza para financiar a la propia agencia por parte de las autoridades públicas. En definitiva, los gobiernos presentes en la conferencia mundial firmamos una
declaración de apoyo al papel -insisto en la palabra papel- que lleva a cabo la agencia y el código, documento sin obligación jurídica alguna pero que responde a nuestro compromiso moral y político en la lucha contra el dopaje. Esta declaración
tiene como referente el deseo de cumplimiento y de adopción del código por todos los Estados.



Finalmente, para que tenga credibilidad quiero insistir en la necesidad de que el código se aplique a todo el deporte y deportistas por igual y sin excepciones, como el espíritu y la letra del código pretenden. Si estas excepciones se
producen, el código carecerá de autoridad moral. Estamos hablando de la amenaza número uno para la credibilidad del deporte y por consiguiente para la credibilidad y la existencia de la propia agencia mundial antidopaje. Señorías, en este proceso,
el liderazgo activo del Comité Olímpico Internacional tiene la obligación de evitar que nada de esto ocurra y que el Código mundial antidopaje sea la referencia única e indispensable en materia de dopaje. Muchos Estados hemos dado prueba de este
compromiso moral en la lucha mundial contra el dopaje colaborando activamente con la agencia y de hecho disponemos de legislación que nos permite aplicar distintas normativas en materia de dopaje. Pero nuestro objetivo es la eliminación de
fronteras, la uniformidad de normas y sanciones allí donde se encuentre el deportista y que no importe la disciplina deportiva de la que se trate, con la garantía del máximo respeto a los derechos y las libertades del deportista como ciudadano y
persona que es. Los ciudadanos de nuestros países cada día son más exigentes con sus gobiernos y cuando se producen casos de dopaje somos las autoridades públicas, y no los responsables deportivos, los que respondemos ante la opinión pública y ante
el Parlamento. Asimismo, señorías -y lo he manifestado públicamente-, nos preocupa también como Gobierno los gastos que conllevará la aplicación del nuevo código, las nuevas inversiones que se derivarán de las exigencias técnicas y legales del
mismo. Por otro lado, según el cronodiagrama de la agencia mundial se prevé que en el movimiento deportivo las federaciones internacionales adopten el código mundial en el año olímpico de 2004, mientras que para los gobiernos se prevé su adopción
en el año 2006. Como pueden observar, hemos entrado en una fase decisiva en la coordinación internacional de la lucha contra el dopaje, no exenta de dificultades y de retos políticos, financieros y jurídicos, pero necesaria para dar una respuesta
conjunta de todos los actores del deporte con eficacia y en el mayor número de ámbitos, pues está en juego la propia credibilidad del deporte.



Quiero concluir mi intervención recordando las palabras que hace tan solo dos semanas pronunciaba el presidente del Comité Olímpico Internacional, doctor Rogge, cuando afirmaba que posiblemente la batalla del dopaje no se ganará nunca.
Puede ser, pero lo que sí es cierto es que nos encontramos ante un asunto de enorme complejidad en el que están en juego muchas cosas, desde el fair play al derecho a la protección de la salud del deportista, pasando por la protección de derechos de
la persona -derecho al trabajo, a la privacidad, a un juicio justo, entre otros-, objeto de control, los avances científicos y médicos, el dinero que mueve el deporte, la salud y la higiene en el trabajo, la consideración social del deportista según
la especialidad que practique, por citar algunas de las cuestiones más relevantes.



Señor presidente, me pongo a disposición de los grupos para contestar las distintas cuestiones que quieran plantear en esta comparecencia. Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Por el grupo solicitante, el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el diputado don Jerónimo Nieto.



El señor NIETO GONZÁLEZ: Quiero agradecer al presidente del Consejo Superior de Deportes su comparecencia y las explicaciones que acaba de darnos sobre un asunto que, como él mismo decía al terminar su intervención, es complejo, delicado,
con muchas aristas y con muchos intereses a la hora de abordar una solución eficaz para un problema real que existe, que es el del dopaje en las competiciones deportivas.



El Grupo Parlamentario Socialista solicitó su comparecencia en una fecha lejana, concretamente el 17 de diciembre de 2002, y lo hicimos fundamentalmente en aquel momento por tres razones, una con carácter muy general, para que nos explicara
cuál es la visión del presidente del Consejo Superior de Deportes en lo que se refiere a la lucha contra el dopaje en nuestro país y a nivel general, pero fundamentalmente por dos razones más coyunturales que consideramos muy importantes. Una era
-y sigue siéndolo, porque aún no se ha resuelto- la alarma que en el mundo del fútbol estaba creando el llamado caso Gurpegui. La otra razón coyuntural, pero importante, era que estaba convocada ya en esas fechas, cuando solicitamos la
comparecencia, la Conferencia mundial sobre el dopaje en el deporte, que se celebró en Copenhague y a la que usted ha hecho una referencia abundante en su intervención. Estas eran las tres razones, pero sobre todo estas dos últimas. Me referiré a
todas ellas, comenzando por las resoluciones de la Conferencia mundial sobre el dopaje en el deporte celebrada en Copenhague entre los días 3 y 5 de marzo de 2003.



Página 3411



Acaba de decir el secretario de Estado que los países asistentes a la conferencia citada aprobaron en aquellas fechas, además por unanimidad, el código mundial antidopaje y lo hicieron para que sea un instrumento común en la lucha contra el
uso de sustancias prohibidas en el deporte.
En la resolución final establece que los comités olímpicos nacionales y las federaciones internacionales deberán confirmar la aceptación del código a través de una declaración aprobada por sus órganos de
dirección y adoptarán las medidas establecidas de forma documental antes de comenzar los juegos olímpicos de Atenas de 2004. Lo decía también usted en su intervención: Los estados, presentes en la conferencia, firman una declaración gubernamental
por la que se comprometen a varias cosas, entre otras a apoyar el trabajo de la Agencia Mundial Antidopaje y a incorporar las medidas contenidas en el código a las legislaciones nacionales antes del inicio de los juegos olímpicos de invierno a
celebrar en Turín en el año 2006. El Código mundial antidopaje pretende -usted lo ha dicho y quiero insistir en ello- ser el instrumento que permita armonizar estas políticas nacionales y las de las federaciones sobre el empleo de las sustancias
prohibidas en la práctica deportiva y establecer unas medidas comunes en aspectos tales como la definición de sustancias dopantes -lo que se conoce como la lista única de sustancias dopantes- y también el establecimiento y la duración de las
sanciones. Así se fijan, para los deportistas que den positivo, sanciones que van desde la mera advertencia a la suspensión a perpetuidad, aunque para la mayoría de los casos la sanción que se fija es la suspensión de dos años. El código también
define tres criterios -discutible al menos uno de ellos para mí-, que, en caso de concurrir dos o más de ellos, permitan considerar como dopante a una sustancia. Estos tres criterios son: que sea capaz de mejorar el rendimiento, que pueda
perjudicar la salud del deportista y que viole el espíritu deportivo. Este último es muy etéreo, desde mi punto de vista, los biólogos no son capaces de definirlo, como no podía ser de otra manera, es un aspecto complejo de definir. Los dos
primeros están muy claros y a mí, en particular, y al Grupo Socialista nos preocupa de una forma muy especial la salud de los deportistas, que estas sustancias puedan perjudicar la salud de los deportistas.



Usted hizo una serie de declaraciones al terminar la Conferencia de Cophenague. Entre otras cosas dijo, textualmente, que la Agencia Mundial Antidopaje debe comprender que rara vez son los responsables deportivos los que dan la cara ante
los ciudadanos cuando se trata de problemas tan duros como el dopaje o la violencia en el deporte. Los gobiernos somos los que debemos responder del dopaje ante la opinión pública, por eso necesitamos representación importante en la agencia como en
toda convención sujeta al derecho internacional público. Seguía diciendo: El dopaje es la amenaza número uno para el deporte. Después de todo lo anterior, de lo que usted declaraba y de lo que se acordó en la conferencia, parece clara la
necesidad de armonizar la legislación nacional al contenido del Código que fue rubricado por España y además parece lógico lo que usted dice, que sean los gobiernos los que deban responder, no sólo ellos pero los gobiernos deben responder del dopaje
ante la opinión pública, fundamentalmente porque el dopaje es la principal amenaza para el deporte y es una amenaza muy seria para la salud de los deportistas.



Le voy a formular en consecuencia algunas preguntas o le voy a pedir que nos aclare algunas cuestiones en relación con los compromisos adquiridos por usted con la creación de la Agencia Mundial Antidopaje y de forma concreta también con el
caso Gurpegui, que es un ejemplo que nos puede servir como test de lo que se dice y de lo que se hace. Sus respuestas sin duda nos van a dar medida de la actitud real, no de la actitud retórica, que el Gobierno, y usted como su máximo responsable
en materia deportiva, tiene frente a la droga, tiene frente al dopaje en el deporte.
Si empezamos por lo más inmediato, por lo más cercano, que además ha tenido una gran trascendencia social, el llamado caso Gurpegui, ¿no cree usted, señor
secretario de Estado, que una cosa es predicar y otra es dar trigo? Usted ha dicho toda una serie de cosas en relación con el deporte, pero luego, a la hora de hacer cosas, y el caso Gurpegui es un ejemplo, se ha predicado mucho y se ha dado menos
trigo. Este caso lleva ya siete meses en el candelero. Siete meses. Los análisis antidopaje se efectuaron, si no tengo equivocadas las fechas, el 1 de septiembre de 2002 y se conocen los resultados positivos por nandrolona tres meses después.
Hay un primer retraso del que todo el mundo culpa al laboratorio antidopaje del Consejo Superior de Deportes, hay un segundo retraso en el que parece ser que alguna responsabilidad tiene la Comisión antidopaje de la Federación Española de Fútbol,
hay un tercer retraso en el que, evidentemente, algo tienen que ver los problemas de otro orden que tiene la Real Federación Española de Fútbol. Y es el 1 de abril, hace cuatro días, cuando el juez instructor propone al Comité de competición una
sanción de dos años para el futbolista Gurpegui. Han pasado del 1 de septiembre al 1 de abril que se hace la propuesta siete meses.



Yo creo, señor secretario de Estado, que este caso Gurpegui ha mostrado un poco las vergüenzas del actual sistema. En mi opinión, al margen de la necesidad, en la que usted ha insistido mucho, de adecuar algunos cambios en la legislación
vigente, lo que ha fallado en estos momentos no ha sido el marco legal, sino las estructuras y en algún caso la voluntad política de los responsables del deporte en España. Resulta grotesco que un resultado analítico correspondiente a la primera
jornada del Campeonato Nacional de Liga, que se hace, como le decía antes, el primer domingo de septiembre,


Página 3412



se conozca a finales de noviembre. Se han esgrimido muchas razones y sobre todo, en un principio, razones de sobresaturación en el trabajo en el laboratorio del Consejo Superior de Deportes. Yo me pregunto si no sería causa suficiente el
retraso en los análisis en este laboratorio para destituir al director general de Deportes, que es el responsable directo de su funcionamiento, retraso que evidentemente ha hecho que el Athletic de Bilbao, como club del que procede el deportista, el
propio futbolista y sus abogados hayan intentado por todos los medios que fuese nulo el procedimiento, precisamente por la tardanza en hacer este análisis y dar los resultados por parte del laboratorio. Además esta situación ha deteriorado
tremendamente, señor secretario de Estado, la imagen de un centro de investigación, el laboratorio del Consejo Superior de Deportes, que mereció todo tipo de reconocimientos con ocasión de los juegos olímpicos que se celebraron en Barcelona en 1992
y también en posteriores citas deportivas de ámbito internacional que se disputaron en nuestro país y que evidentemente ha gozado de un gran prestigio hasta hace una temporada en que se ha venido abajo. ¿Por qué razón se ha venido abajo?
Curiosamente, al frente del laboratorio continúan los mismos profesionales que contribuyeron a su merecida fama, que son unos profesionales espléndidos pero que ahora están en el disparadero por este caso y por otros, fundamentalmente en mi opinión
por la carencia de medios, por la falta de atención que tienen por parte del Consejo Superior de Deportes. Con independencia de los cambios normativos, señor Gómez Angulo, que haya que introducir a nivel nacional y a nivel internacional, la
represión del dopaje requiere fundamentalmente dotación de medios, materiales y humanos. ¿Cree el secretario de Estado que el Gobierno está destinando los recursos y esfuerzos que las circunstancias actuales requieren? ¿Por qué ha dejado el
Consejo Superior de Deportes que el caso Gurpegui se pudriera de esta forma y no ha puesto todos los medios de los que dispone para que se resolviera antes?


La Ley del Deporte impulsa sin cortapisas la necesidad de establecer instrumentos de lucha y prevención contra el dopaje y ello por la necesidad de acabar con los métodos ilegales destinados a aumentar artificialmente el rendimiento de los
deportistas, no sólo por el perjuicio que representa para su salud, sino porque se desvirtúa el propio fenómeno deportivo. Lo ha dicho usted y yo quiero insistir en ello. De ahí que, con independencia de sus palabras, tras la firma del acuerdo de
Copenhague, nos preguntemos, señor Gómez-Angulo, qué medidas ha adoptado la Secretaría de Estado, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en definitiva, si quiere, el Gobierno, para mejorar las estructuras que heredaron y cuyo prestigio han
tirado por tierra por una manifiesta falta de medios.



Voy a hacer referencia a otras declaraciones que hacía usted también por las mismas fechas en que hacía las anteriores tras la celebración de la Conferencia de Copenhague. Decía usted que España está abierta a adaptar su normativa a lo que
establece el código mundial; lo ha repetido hoy en la comparecencia. Además, no puede ser de otra forma si han aprobado ustedes y han firmado el acuerdo de Copenhague. Decía: No habrá cortapisas legales ni inconvenientes políticos, nuestra
normativa es permeable a las leyes que se adopten. Le pregunto. ¿Podría ser un poco más explícito de lo que fue en estas declaraciones y lo que ha sido esta tarde en su comparecencia? ¿Qué cambios se introducirán? ¿Se harán por consenso con las
fuerzas políticas representadas en este Parlamento? ¿Se tendrá en cuenta la opinión de los afectados, deportistas, federaciones, clubes, médicos, sindicatos, asociaciones profesionales? ¿Cuál es el calendario previsto por el Consejo Superior de
Deportes para abordar estos trabajos? ¿Qué se está haciendo ahora, se ha comenzado el trabajo? Si se ha comenzado, qué se está haciendo en el ámbito interno, qué se está haciendo -por citar dos instituciones supranacionales- en el ámbito de la
Unión Europea y en el ámbito del Consejo de Europa, a los que usted ha hecho una referencia constante en su intervención.



Vuelvo al asunto Gurpegui y el mundo del fútbol, porque este mundo es muy importante, se mueven muchas pasiones, muchos recursos, se mueve mucho.
Estamos ahora celebrando el centenario de un club y espero que el asunto Gurpegui esté
clarificado antes de que el Atlético de Madrid celebre el segundo centenario. La Federación Española de Fútbol, como en tantas otras parcelas, tiene un papel destacado en esta tarea del control y la lucha contra el dopaje. Desgraciadamente y por
las noticias que todos conocemos en esta Federación en los últimos tiempos se dedican más recursos al recreo y al esparcimiento de los directivos -por lo que se ve- que a la lucha contra el dopaje. Eso es una triste realidad. Parece aconsejable
que con un poco más de esfuerzo, señor secretario de Estado, la Federación Española de Fútbol y la Liga, estas dos instituciones, con el impulso, la colaboración y el apoyo del Consejo Superior de Deportes estableciesen una serie de controles en el
fútbol español que podrían servir muy bien de ejemplo. Le voy a hacer una propuesta concreta que podría ser muy útil para tranquilizar el mundo del fútbol, para servir a la salud de los deportistas y, fundamentalmente, para ver por dónde va la
voluntad política de los responsables del deporte en nuestro país en una materia como esta. Le propongo -y creo que sería aconsejable- hacer un mayor esfuerzo y establecer controles en todos y cada uno de los partidos de primera y segunda división
y en todas las jornadas del Campeonato Nacional de Liga. Como todo el mundo sabe, la Liga de las estrellas solo efectúa controles por sorteo en dos partidos de primera y en otros dos de segunda. En mi opinión, esto es manifiestamente insuficiente.
La propuesta que le hacemos consiste


Página 3413



en extender, en un mundo tan significativo y tan importante como el del fútbol, un control serio, riguroso y extenso como el que le estoy proponiendo.



Aparte de este control, en todos y cada uno de los partidos de primera y segunda división, en todas las jornadas del Campeonato Nacional de Liga, debería complementarse la propuesta que le estoy haciendo con la necesidad de reforzar los
controles fuera de competición, especialmente en los inicios de cada temporada y hacerlo extensivo a la segunda división B, que, como usted sabe, es la antesala del profesionalismo, para que se realicen también controles antidopaje. En este caso no
creo que sea necesario hacerlos con la intensidad de la primera y segunda división, pero sí mediante sorteos y durante al menos la primera fase de la competición. Completaría esta propuesta con la petición de que también se hicieran esos controles
en la fase de ascenso a segunda división en los equipos que aspiran a ese ascenso. Esta es una propuesta concreta.
Tiene sus gastos y todo lo anterior requiere una decisión política para modificar el marco que actualmente regula este tipo de
controles, que es, como muy bien sabe el secretario de Estado, el reglamento de la Federación Española de Fútbol. Puede hacerlo el Consejo Superior de Deportes mediante los mecanismos que la Ley del Deporte. Si se hace esta modificación, al
incrementarse los controles se aumenta el gasto, por tanto habría que aumentar también las subvenciones que el Consejo Superior de Deportes da a la liga para llevar a cabo este menester. Como ahora se está ahorrando un dinero de las subvenciones
que daba la liga por otras razones, se podía emplear para un buen fin, como es un control estricto del posible dopaje en el mundo del fútbol. Esta es una propuesta clara y concreta que le hago y me gustaría saber cuál es la opinión del secretario
de Estado. ¿Está de acuerdo en redoblar los esfuerzos que le estoy planteando, tanto desde el punto de vista de aumento de los recursos como de intensificación de los controles? Me gustaría conocer su opinión al respecto. Debería hacerse y
tendría que estar en vigor la próxima temporada. Hay tiempo suficiente. Si el secretario de Estado no implementa esta medida y no se ponen en marcha los mecanismos con tiempo suficiente para que entren en vigor la próxima temporada, el Grupo
Parlamentario Socialista se reserva la posibilidad de nuevas iniciativas parlamentarias en las que se pida al Gobierno la posibilidad de que esto se haga.



En otro orden de cosas, y ya termino, el dopaje del esquiador Mühlegg, nacionalizado español -usted le ha citado en su intervención-, fue uno de los asuntos más dolorosos de nuestra reciente historia deportiva, así lo reconocimos todos,
usted el primero y todos lo lamentamos; lamentamos que las medallas que ganó no se hubiesen ganado en buena lid, sino que se ganaran, desgraciadamente, con el uso de sustancias prohibidas. Se le impuso una sanción y esta sanción concluirá dentro
de unos meses. ¿Se incorporará al equipo nacional español a partir de ese momento? ¿Qué opina el presidente del Consejo Superior de Deportes sobre este asunto?


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el diputado González Pérez.



El señor GONZÁLEZ PÉREZ: Quiero empezar mi intervención diciendo que le ha sorprendido al Grupo Parlamentario Popular la comparecencia del secretario de Estado para el Deporte para hablar de dopaje en la Comisión mixta para el estudio del
problema de las drogas. Desde el Grupo Popular hacemos una diferenciación bastante clara entre lo que es dopaje y droga.
Quizás esto no se haya considerado a la hora de tomar esta determinación.
Yo entendería mejor que el secretario de Estado
asistiera a la Comisión de Sanidad para dar cuenta del mundo del dopaje en el deporte que a la Comisión mixta para el estudio del problema de las drogas. Desde mi punto de vista es una equiparación que da un paso más allá; en el dopaje el
deportista utiliza medicamentos para aumentar su rendimiento y en el momento que los deja no está enganchado, salvo que hubiera tenido algún tipo de enganche con motivo de elementos sociales. Por ello tratarlo en esta Comisión no es muy ajustado.



Dicho esto y entrando en la materia del dopaje, no me gusta hablar del mundo de la droga en el deporte; no dudo que lo pueda haber, pero cuando hablamos de dopaje la palabra droga no me cuadra. Creo que son dos temas absolutamente
distintos, y también es absolutamente distinto el tratamiento que de hecho les da la sociedad, el Código Penal y todos los que tengan algo que decir en el mundo de la droga o en el mundo del dopaje. En el mundo del dopaje hay un problema que no es
de España, sino internacional. Se necesita una homogeneización en el ámbito internacional de todas las listas de medicamentos y legislaciones. Parece razonable que haya dentro de la Unión Europea una legislación homogénea y coherente para sus ya
no 15 sino 25 países, y no hay nada parecido. Frente al hecho de Francia, por ejemplo, donde el tránsito de medicamentos en eventos deportivos está tipificado penalmente, está España, donde sólo serían faltas o sanciones tras la comprobación de que
algún deportista ha ingerido medicamentos o se ha sometido a dopaje.



Voy a empezar por el final. He tenido una sensación muy extraña: me parecía que el Grupo Socialista estaba dando una patada a la legislación española, al derecho español. Tal como se ha planteado la nueva fórmula de control del dopaje en
el fútbol, me parece que lo que queremos es invertir la carga de la prueba: todo el mundo está bajo sospecha. Sin embargo, la Liga española ha demostrado, con las pruebas por sorpresa, que es, si no la más limpia, una de las más limpias del mundo.
El deporte español podemos decir que, salvo los casos de algunos deportistas -que bastante desgracia


Página 3414



han tenido, puesto que han recibido un castigo social tremendo-, puede tener a gala que está absolutamente limpio. Se intenta llevar las cosas hasta el punto de acusar permanentemente. Puede decirse que esto es simplemente una fórmula
preventiva, pero está claro que hay una sospecha y que se actúa en función de ella. Es tremendo lo que he oído; espero que se me explique de otra forma, porque me parece que de este modo nos salimos de los parámetros establecidos por la
legislación. Sin entrar en la puesta en marcha de nuevos sistemas antidopaje, estamos poniendo bajo sospecha a todo el mundo, primera, segunda...; ¿por qué no a los cadetes o a los infantiles? Llegamos hasta el final. Es ir más allá de la
confianza que el Parlamento, los grupos políticos y la Administración española tienen en sus deportistas. Ninguno de nosotros duda de que, cuando un deportista nuestro alcanza un éxito nacional o internacional, lo hace de una forma absolutamente
limpia: con su esfuerzo y con su trabajo; salvo en aquellos casos en que, tras haber sido descubiertos, se ha demostrado que no era así. Me vienen a la cabeza muy pocos casos importantes -ha habido muchos más en el extranjero-: David Meca, Johan
Mühlegg, Gurpegui y pocos más.



Señor Nieto, señores del Grupo Socialista, me imagino que el secretario de Estado responderá a la afirmación que han hecho sobre los plazos establecido en el caso Gurpegui. Yo desde el Grupo Parlamentario Popular, puedo afirmar con absoluta
rotundidad que los plazos se han cumplido escrupulosamente; del primero al último, se han dado todos los pasos que al Consejo Superior de Deportes, a su laboratorio y al máximo responsable de estos...



La señora ROMERO LÓPEZ: Señor presidente, para una cuestión de orden.



El señor PRESIDENTE: Señora Romero, por favor, los debates los dirijo yo.
Hasta ahora me parece que he sido absolutamente tolerante: el señor Nieto ha dicho aquí lo que ha querido decir. El portavoz del Grupo Popular tiene el mismo
derecho a expresarse de la manera que lo está haciendo. No hay cuestión de orden que valga.



Por favor, continúe.



El señor GONZÁLEZ PÉREZ: Me sorprende la interrupción, porque no me parece que haya dicho ninguna barbaridad ni haya entrado en ningún elemento disonante que no corresponda a un debate estrictamente parlamentario.
Además, creo que lo estoy
haciendo dentro de los parámetros de la máxima educación, como lo seguiré haciendo hasta el final.



Decía que incluido el máximo responsable de este departamento, el director general de Deportes; se ha cumplido de una forma escrupulosa. Pienso que, muchas veces no se contrastan las informaciones que les llegan a los parlamentarios o los
partidos políticos quieren ir tan rápido, tan rápido, que quieren colgar al responsable político el sambenito de haber actuado de forma absolutamente irresponsable. Lo que hay que hacer es primero comprobar cuáles son los plazos que establece la
legislación y si se han cumplido o no; y, en caso de que no se haya cumplido la legislación, se afirma lo que se ha afirmado en esta Comisión. Hacer antes afirmaciones de esas características es tendencioso, si no irresponsable.



Los únicos incumplimientos de plazos del caso Gurpegui han sido los del jugador y su club de fútbol, a petición de ellos precisamente para tener más posibilidades de defensa. Exclusivamente. Hasta ahora, eso ha sido lo que ha sucedido.
Decir que ha perdido crédito el Consejo Superior de Deportes y su laboratorio para añadir a continuación que los profesionales son los mismos y que son magníficos es una contradicción.
Sigue teniendo la misma dotación que le ha hecho llegar a ser
el mejor -o uno de los mejores- laboratorios antidopaje de Europa -por no decir del mundo-, junto con el de París. Además, es el más antiguo -como bien ha dicho el secretario de Estado-: desde 1969. El problema no está en intentar atribuir al
Gobierno las responsabilidades del dopaje o las de hacer o no hacer. El secretario de Estado ha leído una serie de acciones que, desde la presidencia española durante el segundo semestre de 2002, han dejado claro cuál es la posición de nuestro
Gobierno en cuanto al mundo del dopaje. Y no sólo eso, sino que, además de llevar a cabo las modificaciones que dentro de nuestro sistema han mejorado sustancialmente el control del dopaje, ha puesto sobre la mesa ideas que han sido asumidas por el
mundo europeo del deporte y del antidopaje y que este irá desarrollando. Me atrevería a afirmar que en algunos casos estas ideas han sido aceptadas y puestas en práctica en algunos países que no tienen nada que ver con Europa.



Insisto en que una cosa es hablar del desgraciado mundo del dopaje y otra diferente hacerlo en la Comisión mixta Congreso-Senado para el estudio del problema de las Droga. La única relación que veo yo entre el mundo del deporte y esta
Comisión es que el deporte es el ejemplo para que los niños puedan tener una vida muchísimo más sana y más centrada en el desarrollo social de sus habilidades humanas; el mundo del deporte es la alternativa a la droga. De ahí a lo que hemos estado
oyendo, a las responsabilidades que se piden y a lo que ponemos bajo sospecha, dista no ya un mundo sino un universo.



El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado.



El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (Gómez-Angulo Rodríguez): Voy a contestar, siquiera brevemente, a las cuestiones


Página 3415



del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, y agradezco de antemano la intervención en esta sesión del portavoz y compañero del Grupo Parlamentario Popular.



En realidad a mí también me ha llamado la atención el contenido de la intervención del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, dado que mi comparecencia tiene lugar en el marco de una comisión mixta Congreso-Senado para informar a
SS.SS. sobre los aspectos globales que en el mundo del deporte pueden quedar afectados por las sustancias de dopaje, y esa ha sido la literalidad de mi intervención. Tanto es así que, como habrán visto, en el tercer párrafo de mi intervención he
hecho mención a que no me parecía el título más adecuado el que se había dado a esta comparecencia, en la medida en que existe una terminología acuñada en el deporte internacionalmente y que no se puede meter al deporte globalmente en el mundo de la
droga; precisamente se trata de luchar contra unas sustancias que se introducen en el mundo del deporte para mejorar el rendimiento de los deportistas. Por tanto, mi intervención se ha ceñido al tema global que se solicitaba en la petición de
comparecencia. Al margen de estas cuestiones, voy a tratar de contestar a algunos aspectos más genéricos y luego me tendré que limitar a un estudio más somero de los temas concretos que aquí se han planteado, porque no me parecía que esta tarde
iban a surgir algunos de los temas que han surgido.



Tengo que salir al paso de las afirmaciones efectuadas por el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en torno al funcionamiento del laboratorio dependiente del Consejo Superior de Deportes. Dicho laboratorio, en esta legislatura, sin
entrar en ningún otro tipo de valoraciones ni comparaciones con años anteriores, ha incrementado notablemente su trabajo, ha aumentado su plantilla y se han perfeccionado también notablemente sus instalaciones técnicas y sus sistemas de control,
como he dejado sobradamente demostrado en mi primera intervención. A mayor abundamiento, y para no dejar ninguna de las cuestiones que de forma global ha planteado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, quería ofrecerles algunos datos más
concretos referidos al laboratorio.
Durante esta legislatura, en 2002, entre otras actividades analíticas realizadas en el deporte nacional e internacional, así como análisis complementarios, el laboratorio de control de dopaje del Consejo Superior
de Deportes analizó 3.762 muestras procedentes de competiciones oficiales de ámbito estatal y 1.600 muestras recogidas fuera de competición a deportistas con licencia federativa para participar en las mismas, lo que hace un total de 5.362 muestras
bajo este parámetro. A estas hay que añadir otras 3.498 muestras de estas características analizadas en los dos laboratorios homologados, lo que hace un total de 8.860 muestras analizadas en el deporte nacional durante el año 2002; 5.055 de
competición y 3.805 fuera de competición. Ese año se controlaron 49 deportes diferentes, siendo curiosamente el fútbol, al que ha hecho referencia expresa S.S., el más controlado, con 1.371 muestras. En los análisis realizados al total de muestras
se detectaron 115 sustancias, de ellas 102 en competición y 13 fuera de competición, lo que corresponde a un porcentaje de resultados analíticos positivos del 1,3 por ciento sobre el total, 2,0 por ciento en competición y el 0,3 por ciento en las
muestras recogidas fuera de ella. Teniendo en cuenta que todas las drogas de abuso indicadas sólo están prohibidas en competición y que de ellas el cannabis sólo está prohibido en aquellos deportes en los que las correspondientes federaciones
consideran que influye sobre el rendimiento de los deportistas que lo practican, resulta preocupante que la sustancia más detectada haya sido el cannabis, que lo fue en 29 ocasiones, seguida por la testosterona en 25 y, ya muy lejos, el salbutamol
en 12, siempre teniendo en cuenta que estas últimas deben ser analizadas en todas las muestras y el cannabis en un total de muestras inferior al 50 por ciento del total, como ya he dicho. Aunque no sabía que iba a salir el tema, tengo a disposición
de S.S. todos los trabajos que se han venido efectuando en el laboratorio en el ejercicio anterior y además los que están previstos para el presente ejercicio. He dado datos nada más que de las innovaciones y de las mejoras de detección que se han
ido produciendo en el laboratorio en esta legislatura, y tengo a disposición de S.S. los siguientes: en el año 2001 se tomaron un total de 6.609 muestras, 1.300 más que el año inmediatamente anterior; se hizo la acreditación EN 45.001 y la
acreditación ISO 17025, a la que he hecho referencia en mi intervención. En el año 2002 se llevaron a cabo 8.860 muestras, de las que ya he dado cuenta, tuvo lugar la implantación de los análisis EPO, como también he dicho en mi intervención, y el
desarrollo LC/MS, y en el año 2003 se ha llevado a cabo una implantación de análisis por glucocorticosteroides LC/MS, la implantación de análisis diuréticos, la validación de análisis de las hormonas peptídicas, la validación de endógenos y el
desarrollo de electroforesis capilar; todo esto en el año 2003, que es el que nos ocupa. También se han incorporado ocho nuevos licenciados al laboratorio antidopaje. Consiguientemente, considero que estos datos y los que he ofrecido en mi
intervención desdicen absolutamente las afirmaciones que ha hecho S.S.



En relación con el tema que ha abordado, entiendo que la suscripción del Código Mundial Antidopaje por el Gobierno español no plantea ningún problema, sino que también es apoyada por el Grupo Parlamentario Socialista, como tampoco lo plantea
alguna de las cuestiones que ha mencionado sobre ese tema habida cuenta de que el Código se aprobó a principios de marzo del presente año y estamos en fase de estudio de algunas de ellas, sobre todo porque la obligación de los gobiernos es llevar a
cabo las modificaciones en la legislación antidopaje, en cada uno de los países, con


Página 3416



absoluta libertad, pero en todo caso antes del inicio de los Juegos de Invierno de 2006, porque de aquí al inicio de los Juegos Olímpicos de Atenas se debe producir un factor decisivo en el futuro del Código Mundial Antidopaje. No voy a
reiterar lo que he dicho en mi intervención respecto a que habrán de introducirse algunas modificaciones en las pautas de comportamiento y contemplación de la Agencia Mundial Antidopaje para un mejor entendimiento de los gobiernos de la totalidad
del mundo, sobre todo porque los gobiernos tendrán que esperar al desarrollo de la aplicación normativa en el ámbito deportivo. Como también queda dicho en mi intervención, quienes tienen la última palabra en la aplicación de las medidas antidopaje
en el ámbito deportivo son las federaciones internacionales, que habrán de pronunciarse antes de los Juegos Olímpicos de Atenas, lo que es posible que dé lugar todavía a modificaciones en el actual Código Mundial Antidopaje. Como estas
modificaciones son de obligado cumplimiento por las federaciones nacionales y, en consecuencia, por los gobiernos, en este momento no es procesalmente oportuno introducir ninguna modificación en las legislaciones actuales, porque pudiera ser que, de
introducir esas modificaciones, hubiese que rectificarlas si la Agencia Mundial Antidopaje acepta todas las observaciones que sin duda se van a hacer desde distintas federaciones internacionales, lo cual no opta para que los valores universales, que
he expuesto en mi intervención, de aceptación por todos los deportes y deportistas por igual y la armonización de las normas sigan teniendo igual validez, pero bajo este parámetro se pueden producir algunas peticiones concretas, sobre todo, insisto,
por algunas federaciones internacionales, teniendo en cuenta algunas especialidades deportivas que seguramente serán recogidas finalmente en el Código. Por tanto, los gobiernos no han de pronunciarse -sobre todo aquellos que ya hemos suscrito la
declaración actual- hasta que haya una relación definitiva de los actores deportivos, en este caso. Esto contesta en parte a las tres cuestiones concretas que me ha planteado respecto a si se hará por consenso o se hará teniendo en cuenta la
opinión de otros actores que influyen en el mundo del deporte. Veremos qué modificaciones hay que hacer, y si ya vienen consensuadas desde el ámbito deportivo, daremos cuenta en su momento en el Parlamento de esas observaciones y de si realmente
son aplicables al caso español. Reitero la voluntad política del Gobierno de aplicar la normativa mundial a la legislación española.
Los cambios que se tengan que hacer serán los que se determinen en su momento, una vez aprobada definitivamente la
normativa deportiva por los actores o por las federaciones internacionales. Si se hace por consenso, serán los que habrá que hacer, y nosotros propondremos que sean los que estén recogidos internacionalmente, y si intervienen los actores, entiendo
que son las federaciones internacionales, en este caso, las que tendrán la última palabra.



Dejo para el final las referencias breves que voy a hacer al caso Gurpegui y voy a contestarle a la pregunta concreta que me ha hecho sobre el futuro del deportista Johann Mühlegg y sobre si, cumplida su sanción, podrá volver a participar
con el equipo español. El señor Mühlegg, una vez cumplida su sanción, se beneficia del cumplimiento de la pena. En consecuencia, puede volver a competir libremente en cualquier competición, como de hecho han hecho en distintas competiciones muchos
campeones olímpicos sancionados en su momento por el mismo motivo que Johann Mühlegg. Si el señor Johann Mühlegg desea seguir compitiendo bajo los colores de la selección o del equipo olímpico español, desde luego tendrá el apoyo absoluto del
Consejo Superior de Deportes porque entendemos que, una vez cumplida la sanción, tiene perfecto derecho a seguir compitiendo en los niveles internacionales. Si se le apoyó en su día, no hay razón alguna para que, insisto, cumplida la sanción, se le
quite el apoyo ahora. En todo caso, esta manifestación pública de la voluntad del Consejo Superior de Deportes ya ha sido reiterada por el presidente del mismo.



Respecto al tema Gurpegui, me parece que es entrar en un caso muy concreto, cuando se ha pedido una comparecencia genérica, pero voy a tratar de hacerlo. No tengo en este momento -y lo puede entender S.S.- todos los datos para poder
contestarle punto por punto a las cuestiones que ha planteado, pero sí quiero salir al paso de algunas. No se ha producido ningún retraso formal que dé derecho a ninguna situación de impugnación del proceso en ninguna instancia, porque, entre otras
razones, si se hubiese producido, quienes ejercen la defensa jurídica del jugador Gurpegui ya hubieran hecho uso de esa facultad que tendrían. Y no se ha producido por una razón que le voy a explicar sin ningún ánimo polémico porque creo que es mi
obligación facilitarle cuanta información yo tenga en este momento en mi poder. El único retraso se produce en el análisis de la muestra que se toma, como ha dicho S.S., aunque lo ha indicado de un modo equivocado, porque los análisis no se
hicieron el día 1. La muestra se tomó el día 1, los análisis se hicieron después, y es precisamente en la fecha de finalización del análisis donde se ha producido, en los laboratorios del Consejo, un retraso; retraso por el que yo me he disculpado
y por el que también he tomado medidas, que tengo a disposición de S.S., en el funcionamiento de cómo se hacen las muestras en el Consejo. Se llevó a cabo una auditoría interna en virtud de la cual ahora cada 15 días están en mi poder todos los
análisis que se efectúan en el Consejo, para evitar cualquier retraso. No obstante, el legislador hizo en su momento la previsión de que un retraso en el análisis de las muestras no afecta en ningún grado al proceso formal del análisis, y está en
la normativa. En consecuencia, que el análisis final se


Página 3417



haya producido en una fecha anterior o posterior no afecta en ningún caso, insisto, al resultado del mismo. La finalización del análisis se produjo el 19 de noviembre de 2002. A partir de esa fecha, tengo a disposición de S.S., aquí, en
este momento, todas las fechas de cada uno de los actos que se han llevado a cabo en este proceso, que a su vez están contrastadas por una valoración de fechas que se hizo en el comité de competición de la Real Federación Española de Fútbol. Si el
presidente lo desea, puedo dar lectura pormenorizada de cada una de las acciones que se han llevado a cabo en todo el proceso Gurpegui. Tenga S.S. la absoluta certeza de que no ha habido ni un solo defecto formal en todo este proceso y, como bien
ha apuntado el portavoz del Grupo Popular, se ha sido generoso en las acciones y en los plazos que se le han dado al club al que pertenece el jugador Gurpegui. Insisto, todas las fechas están a disposición de su señoría.



Rechazo, pues, cualquier imputación, no ya al Consejo Superior de Deportes, que actúa formalmente en el tema como máximo organismo del deporte, pero no interviene en las acciones de los comités que dependen del mismo, y mucho menos de los
que dependen de la Federación, porque estos comités tienen absoluta independencia en su funcionamiento, sino que además avalo las actuaciones de los distintos comités dependientes de la Real Federación Española de Fútbol. Si se ha producido
finalmente un levantamiento de la cautelar por parte del Comité español de disciplina deportiva, lo ha sido en aras del máximo respeto a la legislación vigente en materia de cautelares no estrictamente deportivas. No olvidemos que el Comité español
de disciplina deportiva no deja de ser un órgano dependiente de la Administración, y no podemos llegar al extremo de impedir el control judicial de los actos administrativos, y pudiera haberse dado el caso de que la defensa del señor Gurpegui
hubiese hecho mención o utilización de la jurisprudencia existente sobre los plazos cautelares en distintos procesos de naturaleza administrativa.



El señor PRESIDENTE: Señor Nieto, ¿quiere añadir algo?


El señor NIETO GONZÁLEZ: Con mucha brevedad, si me permite.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra.



El señor NIETO GONZÁLEZ: Señor secretario de Estado, en lo que se refiere al laboratorio, yo tengo una impresión distinta de la que ha manifestado usted, que es la que expuse en mi primera intervención, y es que los profesionales que están
trabajando en el laboratorio son los mismos que funcionaron muy bien en otras ocasiones, y si ahora no llegan a tiempo, es porque tienen más trabajo y menos medios. Usted ha dicho que hay más trabajo, y, evidentemente, si hay más trabajo, hay que
poner más medios a disposición de ese laboratorio. Yo creo que el Consejo Superior de Deportes ha fallado en dotar adecuadamente a su laboratorio para que funcionara de forma eficaz. El ejemplo es el del caso Gurpegui.



No vamos a entrar en disquisiciones puramente judiciales y yo quiero hacerle un planteamiento puramente político en este asunto. Desde que se toman las muestras, el 1 de septiembre de 2002, hasta que se conocen los resultados pasan tres
meses, y evidentemente hay unos responsables claros de que se tarde tanto tiempo: por un lado, la Federación de Fútbol y, por otro, el laboratorio del Consejo Superior de Deportes, que es al que se llevan las muestras para hacer los análisis y que
no emite los resultados hasta que han pasado tres meses. Esa es la realidad. Es un mal ejemplo que no beneficia en nada al buen funcionamiento del mundo del fútbol en nuestro país, sino, todo lo contrario, crea inseguridad.



Yo le he hecho un planteamiento, al que por cierto no me ha respondido -está en su derecho a no responderme si no quiere-, en el sentido de aumentar los controles en los equipos de fútbol profesional, de primera y segunda división,
haciéndolos extensivos a todos los equipos en todos los partidos, cogiendo a dos jugadores de cada uno de los equipos, de forma que se haga una muestra universal todos los días que haya competición. No planteo esto porque yo tenga sospecha de que
hay dopaje por todos los sitios o en todos los clubes en el mundo del fútbol, sino por seguridad para los equipos, para evitar que se puedan encontrar de la noche a la mañana con un caso como el de Gurpegui, que lo que hace es crear inseguridad al
jugador y al equipo al que pertenece. Usted no me ha respondido. Yo le planteo hacer extensivos esos controles a todos los equipos para que exista seguridad, no porque yo piense que el dopaje está generalizado entre los jugadores de los equipos de
fútbol profesional; ésa no es mi opinión. Lo estoy planteando única y exclusivamente por dos razones: primera, para que exista tranquilidad en los equipos y, segunda, para dar tranquilidad también a los propios jugadores. Además, hay equipos que
lo hacen motu proprio. He leído recientemente en la prensa que un equipo lo hacía de forma habitual con sus jugadores, por la tranquilidad de los jugadores y de la entidad. Vamos a generalizar esto, que se puede hacer de una forma muy fácil. La
iniciativa tiene que tomarla la Federación, porque tiene que modificar su reglamento, y puede hacerlo si desde el Consejo Superior de Deportes se impulsa esta medida de acuerdo con las competencias que el Consejo tiene sobre la Federación,
competencias que están claramente definidas en la Ley del deporte. Me gustaría que me respondiera a la cuestión que he planteado. Si no quiere hacerlo, no lo haga, pero yo reitero mi planteamiento, que tiene dos objetivos muy claros: dar
tranquilidad tanto a los jugadores como a los equipos y no crear incertidumbre en


Página 3418



la competición. Además, creo que hacerlo en un mundo como el del fútbol, fundamentalmente en el fútbol profesional, que es tan importante en nuestro país, sería una muestra de que las autoridades deportivas se toman muy en serio el control
del dopaje en el mundo del deporte, con una actuación muy singular en un campo tan especial como es el del fútbol.



Sólo me resta decir, señor presidente, que se ha cuestionado que se produzca la comparecencia en esta Comisión. Esto no es responsabilidad del Grupo Socialista, porque nosotros la hemos solicitado y la Mesa del Congreso la ha aceptado; por
tanto, yo creo que es algo que no debe ponerse en cuestión ni discutirse. Lamento que lo haya hecho el portavoz del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: Señor González Pérez.



El señor GONZÁLEZ PÉREZ: Parece ser que las peticiones se hacen en torno a una Comisión determinada, no en torno a que la Mesa decida a qué Comisión va. La Mesa decide cuando estima que la petición de la Comisión no es la adecuada para el
caso, pero si esto también lo tenemos que revisar en el Reglamento, seguramente al final acabaremos leyéndolo entero para saber qué es lo que decimos y dónde lo decimos.



Me referiré, señor presidente, a dos temas concretos solamente. Uno de ellos es el relativo a los reglamentos sancionadores. Ahí tenemos un problema que habrá que solventar en un futuro, porque en función del deporte, en función de la
especialidad deportiva, incluso hay federaciones que tienen su propio reglamento sancionador. Es un elemento discordante, por decirlo de alguna forma, pero a la vez es razonable porque cada deporte y cada situación requieren tratamientos distintos.



La segunda cuestión que quería aclarar es lo referente a Johan Mühlegg.
Creo que una persona, una vez que finaliza su sanción, debe tener las mismas oportunidades que cualquier persona en la sociedad; es decir, una persona que ha cumplido
con la sanción establecida por los estamentos correspondientes, una vez realizada esa sanción, puede reincorporarse perfectamente al mundo de la alta competición, si así lo decide, lógicamente, él, de entrada, y la propia federación. Por ello el
Grupo Popular avala y apoya lo que el secretario de Estado ha manifestado, porque no sería lógico que alguien se desplazara de por vida por haber tenido un grave error en una medalla, no en varias medallas, porque si sospechamos de las varias
medallas, al final da la sensación de que el señor Mühlegg no se mereció ninguna de las medallas que obtuvo cuando solamente fue una medalla la que le fue retirada como consecuencia de su acción, que, insisto, era grave. En este caso, la sanción
debe ser un elemento rehabilitador de la pena. Si el señor Mühlegg está en condiciones de competir internacionalmente para volver a levantar la bandera española consiguiendo los objetivos de todo deportista que ha ganado alguna competición, detrás
del señor Mühlegg estará el Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado.



El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (Gómez-Angulo Rodríguez): Voy a contestar -y me disculpo porque no lo he hecho en mi anterior intervención- muy brevemente sobre la propuesta relativa a un mayor número de controles en el
mundo del fútbol ha hecho el portavoz del Grupo Socialista, no sin antes reiterar que de su segunda intervención no se deduce en ningún caso lo que ha dicho también en la primera y no ha respondido a lo que le he contestado yo respecto al buen
funcionamiento del laboratorio de análisis del Consejo Superior de Deportes y a las muchas mejoras que en esta legislatura, sin remontarme a pasados tiempos, se han llevado a cabo en el laboratorio.



Reitero lo que he dicho anteriormente respecto a la incorporación de ocho nuevos titulados, los nuevos sistemas y las nuevas técnicas, y eso desde luego no da pie a lo que ha dicho, porque es un discurso políticamente fácil salvaguardar la
responsabilidad de quien allí trabaja y descargarla, por motivos estrictamente políticos, en el máximo responsable. Eso no me parece riguroso porque el trabajo hay que medirlo globalmente, y en función del trabajo que se lleva a cabo por los
funcionarios de un organismo se mide también la eficacia del responsable del mismo. El trabajo de los laboratorios de dopaje del Consejo está internacionalmente recogido y el número de muestras es suficiente. Voy a ponerlo en boca no de un miembro
del Consejo Superior de Deportes, sino del presidente de la Real Federación Española de Atletismo, que a su condición de presidente de la Federación de atletismo une su condición de ser un experto en distintas comisiones médicas, como saben SS.SS.,
de carácter internacional, el señor Odriozola, quien recientemente ha dicho que en España tenemos un sistema de control de dopaje bastante bueno -no dice excelente sino bastante bueno- y hemos tenido pocos casos de dopaje.
A las palabras del señor
Odriozola, dirigente deportivo reconocido internacionalmente, me remito sin hacer una afirmación de parte ni remitirme a ningún miembro del partido que apoya al Gobierno.



El tema Gurpegui y el tema Muhlegg creo que han quedado claros al menos en mi intervención.



Respecto a la pregunta que faltaba por contestar sobre el aumento de los controles, me gustaría decirle que es una cuestión extremadamente concreta, y no me parece que en el marco de esta Comisión Mixta Congreso-Senado se deba pronunciar
nadie sobre una cuestión tan determinada, tan compleja jurídicamente, entre otras cosas porque, como ha apuntado ahora en su segunda intervención, esa cuestión plantearía la reforma


Página 3419



de los reglamentos antidopaje imagino que de la totalidad de las federaciones deportivas nacionales, porque no quiero pensar que S.S.
pretenda hacer ese control exhaustivo sólo sobre el mundo del fútbol -y ahora le voy a contestar sobre
ello-; por tanto, eso implica un proceso largo, complejo jurídicamente y desde luego dilatado en el tiempo y responde también a un aumento del presupuesto del Consejo Superior de Deportes. Efectivamente, S.S. ejerce la oposición y yo vengo aquí
ejerciendo la responsabilidad de Gobierno. Yo sería un irresponsable políticamente si en la Cámara, con unos presupuestos aprobados por esta misma Cámara, viniera a contravenirlos en mitad del ejercicio presupuestario y me comprometiera a unos
costes absolutamente desorbitados que no tengo partida presupuestaria para afrontar. También le digo que algún aspecto de su petición o de su sugerencia puede ser tenido en consideración en el futuro, una vez que se introduzcan las reformas
reglamentarias legalmente obligatorias y se corrijan algunas partidas presupuestarias. En todo caso, hay un aspecto de su petición que quiebra un espíritu que me parece universal en la lucha contra el dopaje y que queda expuesto en mi primera
intervención, que es la armonización y sobre todo el mismo tratamiento a deportes y deportistas por igual. Eso ha quedado absolutamente claro en cuantas intervenciones se han llevado a cabo en la conferencia de Copenhague y yo mismo lo he reiterado
aquí. A mí me parece que llevar a cabo un examen más exhaustivo del que proporcionalmente está previsto anualmente, y desde luego en el fútbol, que como he dicho también en mi segunda intervención, es el deporte en el que más controles se producen,
es una iniciativa que ahora, al hilo de unos determinados acontecimientos, como ha dicho S.S. en su intervención, vendría a tender sobre el mundo del fútbol un manto de dudas que no me parece justo en ningún caso, dado que si se hace una reforma
legislativa en materia antidopaje, ha de hacerse proporcionalmente a todos los deportes y a todos los deportistas por igual. Yo creo que ese es un principio que debe salir muy claro de esta comparecencia y del espíritu de esta Comisión: no se
puede hacer ninguna distinción ni a favor ni en contra, por supuesto, de ningún deporte y de ningún deportista, y esa petición, a mi juicio, quebraría ese proceso de armonización al menos en ese punto concreto al que me acabo de referir.



Termino, señor presidente, agradeciendo a los dos portavoces de los grupos parlamentarios que han hecho uso de la palabra en esa sesión y teniendo un recuerdo especial para todos los deportistas españoles. Yo creo que de la sesión de hoy no
puede salir en ningún caso ningún manto de duda sobre el excelente cumplimiento en todos los controles antidopaje de la inmensa mayoría de los muchísimos deportistas españoles que diaria y semanalmente pasan controles no solamente en España sino
también fuera de nuestras fronteras. Afortunadamente, se produce esta comparecencia en un lunes posterior a un domingo de éxito para el deporte español, en motociclismo, en atletismo en el maratón de Hamburgo, en tenis, en la Copa federación en el
Trofeo Conde de Godó, y la magnífica trayectoria de muchísimo clubes de fútbol, precisamente, en las competiciones europeas hace que vivamos un momento verdaderamente importante en el deporte español.
Efectivamente, las autoridades públicas tenemos
la obligación de no bajar nunca la guardia en el tema antidopaje, pero en ningún caso debe quedar ningún manto de duda sobre el excelente comportamiento de todos los deportistas españoles en el marco de la alta competición y también en el marco del
día a día en cada uno de los deportes que practican. A ellos va mi reconocimiento una vez más con motivo de mi comparecencia en esta sesión.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Gómez Angulo, por su exposición y por su comparecencia, y le despedimos con el mismo afecto, respeto y cariño de siempre.



Se suspende la sesión durante cinco minutos. (Pausa.)


PROPOSICIONES NO DE LEY:


- SOBRE MEDIDAS PARA QUE A LOS JÓVENES QUE ESTÁN CUSTODIADOS EN CENTROS DE INTERNAMIENTO Y QUE PRECISAN DE ATENCIÓN MÉDICA SE LES PUEDAN OFRECER ADECUADAMENTE LAS ALTERNATIVAS TERAPÉUTICAS QUE PRECISEN. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
SOCIALISTA. (Número de expediente Congreso 161/001952 y número de expediente Senado 663/000100.)


El señor PRESIDENTE: Punto siguiente del orden del día, debate y votación de proposiciones no de ley, en primer lugar, sobre medidas para que a los jóvenes que están custodiados en centros de internamiento y que precisan de atención médica
se les puedan ofrecer adecuadamente las alternativas terapéuticas que precisen. El autor es el Grupo Parlamentario Socialista.



Tiene la palabra la señora Varela.



La señora VARELA VÁZQUEZ: Señorías, como todos ustedes conocen, la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, que entró en vigor a principios del año 2001, es una ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Esta ley tiene un
carácter primordial de intervención educativa que trasciende a todos los aspectos de su regulación jurídica, como bien se pone de manifiesto en su exposición de motivos.



Ahora bien, como SS.SS. también saben, es precisamente en la aplicación de las leyes cuando se ponen en evidencia las carencias de las mismas o lo que su aplicación supone de problemas añadidos, y la aplicación


Página 3420



de la ley a la que me estoy refiriendo está poniendo de manifiesto diversas carencias existentes en los diferentes centros de internamiento de menores de régimen cerrado, y una de las carencias que de forma general están exponiendo todos los
responsables de los centros de internamiento es la que se refiere a la inexistencia de centros en los que aplicar, con las debidas medidas de custodia, programas terapéuticos, especialmente en los casos de desintoxicación a algún tipo de drogas o
cuando el programa se refiere a la salud mental del joven.



Sus señorías saben que el artículo 7 de la Ley penal del menor recoge entre las medidas susceptibles de imponer a los menores la de internamiento terapéutico. Dicho internamiento se realizará, según se pone de manifiesto en el apartado d)
del mencionado precepto, en centros de esta naturaleza, en los que se llevará a cabo una atención educativa especializada o tratamiento específico dirigido a personas que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, y en la actualidad no parece que
existan en nuestro país centros en los que se puedan llevar a efecto programas terapéuticos y en los que a su vez exista una debida custodia del joven que tiene que recibir estos programas.



A su vez, en el apartado e) del artículo 7 se menciona también como otra de las medidas que puede ser aplicada a los jóvenes la de tratamiento ambulatoria con objeto de que el joven reciba el adecuado tratamiento cuando tenga adicción a
drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas. Esta medida, tal y como se indica en la ley orgánica antes mencionada, puede aplicarse sola o como complemento de otra, siendo muy habitual que los jueces acuerden que el internamiento terapéutico o que el
sometimiento a programas de deshabituación a drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas se aplique en centros de internamiento o en régimen cerrado.



Señorías, esta situación origina en la práctica que a muchos jóvenes no se les pueda ofrecer un recurso que les es muy necesario. En la mayoría de los casos estas carencias suelen ser suplidas en parte con el buen hacer de los profesionales
de esos centros, bien contratando a profesionales de la psiquiatría, que durante algunas horas acuden al centro, o bien mediante la firma de convenios de colaboración con fundaciones o asociaciones que imparten programas de desintoxicación a las
drogas. En ambos casos las alternativas que se ofrecen no son las adecuadas, ya que los programas para atender a la salud mental de los jóvenes requieren de algo más que de unas cuantas horas de los profesionales en esta materia.
Y en cuanto a los
programas para salir de la adicción a las drogas, en muchos casos las asociaciones imponen como condición impartirlos en el medio abierto, lo cual impide que puedan participar los jóvenes sometidos a un internamiento cerrado. En la actualidad no
parece que existan unidades en hospitales de la sanidad pública en los que puedan ofrecerse las alternativas terapéuticas que precisen los jóvenes que debiendo estar custodiados en centros de internamiento precisan de atención médica, debido
fundamentalmente a que el sistema de salud en lo referente a la asistencia psiquiátrica se encuentra orientado a la integración del paciente en su medio familiar y social, reservándose el ingreso hospitalario para aquellos casos que presenten un
proceso agudo con posterior seguimiento a nivel ambulatorio. (Rumores.)


A la vista de todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista entiende que el Ministerio de Sanidad y Consumo debe impulsar o fomentar que en alguno o algunos de los hospitales de las diferentes comunidades autónomas de nuestro país se
habiliten unidades que de forma similar a las existentes para las personas mayores de 18 años pudieran ser utilizadas por jóvenes mayores de 14 y menores de 18 que estando sometidos a una medida de internamiento en régimen cerrado tuvieran que
recibir programas terapéuticos, de forma tal que se hiciera compatible el derecho de los jóvenes a recibir estos programas y al mismo tiempo se garantizara su custodia.



Por todo lo expuesto es por lo que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado esta proposición no de ley, ya que considera muy conveniente encontrar una solución a la necesidad planteada al aplicarse la Ley penal del menor. Por tanto,
deseamos y esperamos que esta iniciativa sea aceptada y aprobada por todos los grupos presentes en esta Comisión.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la diputada doña Enriqueta Seller.



La señora SELLER ROCA DE TOGORES: Quiero manifestar que después de haber escuchado la intervención de la portavoz del Grupo Socialista tenemos que reconocer el interés que se suscita siempre en relación con temas que están directamente
vinculados con los menores, lo cual no sólo es motivo de gran sensibilidad para la opinión pública en general sino también para esta Cámara. Sin duda esa sensibilidad y esas buenas intenciones que en esta materia vienen a debatirse hoy en esta
Cámara no pueden caer en saco roto cuando efectivamente hay una problemática que no sólo está ligada directamente con el aspecto del menor sino que también en ella coinciden problemas de drogadicción, el sistema punitivo, etcétera, una serie de
cuestiones que ya de por sí vienen a poner al menor en una situación realmente límite. (Rumores.)


Señoría, comparto que cuando traemos una iniciativa de estas características lo hacemos porque buscamos soluciones para los menores, unas soluciones que se contemplan en ese abanico que va desde la prevención hasta esa reinserción que
deseamos todos. El menor que hoy se encuentra con problemas graves en un centro de estas características obviamente empezó teniéndolos cuando era pequeño y a lo largo de ese tiempo se


Página 3421



ha producido un cambio en su entorno, incluso en sus hábitos, que le han condicionado como persona, siendo calificados, incluso por los expertos -yo no lo soy-, como jóvenes desviados. ¿Qué opciones tenemos para estos jóvenes que tienen
problemas de drogadicción? Cuando hablamos de problemas de drogadicción, cuando hablamos de desviados -en el sentido punitivo de la palabra-, en cualquier caso se viene a ofrecer la consideración a cada grupo para poder dialogar y ver cuáles son
las alternativas que existen. El diálogo siempre es bueno, pero quizá es mejor ser operativo. Su señoría no desconoce que desde el Grupo Popular se han presentado iniciativas, una de ellas la trajimos al Pleno hace aproximadamente un año y está en
la línea marcada por su grupo, es decir, hablábamos de comunidades terapéuticas.



En su intervención ha hablado de esa aplicación de la ley, de las carencias que la ley pueda tener al respecto, pero ha omitido que cuando estamos hablando de una situación de estas características nos referimos al campo sanitario y ese
campo sanitario hoy por hoy es una competencia que corresponde directamente a las comunidades autónomas. Desde el plan nacional podemos velar porque efectivamente estos jóvenes tengan el tratamiento adecuado, pero en ningún caso asumir competencias
que no nos corresponden. Por otra parte, a mi modesto entender, considero que habilitar en un centro hospitalario determinadas plazas para menores de 14 años con problemas de drogadicción no digo que sea un craso error, pero sí digo que no se puede
generalizar. Entiendo que un menor que tiene problemas en la sociedad por su conducta no solamente es un enfermo sino que además hay que reeducarle y no creo que en un hospital podamos tener todos los medios a nuestro alcance para que a ese
muchacho o a esa muchacha se les pueda reinsertar. Nosotros hemos apostado por las comunidades terapéuticas. En la Comunidad Autónoma Valenciana hemos desarrollado comunidades terapéuticas para los menores porque entendemos que es la mejor forma
de poder orientarles y poder reinsertarles, porque no se trata solamente de un problema de salud, se trata de un problema que se extiende a todos los ámbitos más transversales que existen en la actualidad. Por tanto, compartiendo el espíritu de la
iniciativa, teníamos que hacer esa matización.



Tampoco cae en saco roto que le señale -porque sin duda su señoría lo recuerda- que existen unas competencias, que esas competencias están perfectamente delimitadas no solamente por la Constitución española sino directamente por cada una de
las comunidades autónomas y que en este ámbito son precisamente las comunidades las que deben dotar directamente a estos centros de los medios necesarios para poder hacerlos útiles. Hay que decir a su vez que a la Delegación del Gobierno para el
Plan Nacional sobre Drogas le corresponde la dirección, el impulso, la coordinación general y la supervisión de los servicios encargados de la actualización y ejecución del plan y que -insisto de nuevo- a las comunidades autónomas les corresponde, a
través de los planes autonómicos sobre drogas, la valoración del estado de la situación, la evolución del consumo de drogas de cada uno de los ámbitos territoriales y en función de la misma planificar y ejecutar las actuaciones pertinentes en las
diferentes áreas de intervención. (Rumores.)


Su señoría ha hecho referencia también a la Ley orgánica reguladora de la responsabilidad penal del menor. Efectivamente, en la misma reza que la ejecución de las medidas adoptadas por los jueces de menores en sus sentencias firmes, entre
las que de acuerdo con la misma ley se encuentra el internamiento en régimen cerrado de los menores, es competencia -y ahí insisto de nuevo- de las comunidades autónomas y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Quiero añadir que estas
entidades públicas -me refiero a las comunidades autónomas- llevarán a cabo, de acuerdo con sus respectivas normas de organización, la creación, dirección, organización y gestión de los servicios, instituciones y programas adecuados para garantizar
la correcta ejecución de las medidas. Recordaré también a S.S. que a través del plan se financian anualmente determinadas actividades relacionadas con las drogodependencias en las mismas comunidades. Dentro del plan, la primera de estas vías de
financiación viene a través de los presupuestos propios de la Delegación y la segunda a través del concepto 458, que se nutre con cargo a la Ley del Fondo. En el año 2002 las cantidades transferidas fueron más de 22 millones de euros, pero es que
además en otros casos ha habido, a través de otros conceptos distintos, más de dos millones de euros, que se contabilizan con muchos miles de pesetas. Lógicamente las administraciones autonómicas pueden destinar estas cantidades a los programas que
consideren oportunos. (Rumores.)


Únicamente quería comentar, señoría, que consideramos que esta proposición, siendo interesante, como decíamos, no viene a mejorar nada de lo existente. Se podría aportar -y ahí estaría su señoría-, cuando hablamos de las comunidades
terapéuticas tan interesantes que hay en algunas comunidades, en muchas de ellas ya implantadas -en la mía concretamente existen-, que son en este momento las mejores formas para poder reinsertar al menor. Estos centros, a su vez, tienen una
atención más transversal en todos los aspectos para el menor e incluso los mismos jueces están evidenciando que son las mejores formas de reinserción. Por supuesto, siempre contando con el paraguas del Plan Nacional sobre Drogas.



El señor PRESIDENTE: Ha habido un error de la presidencia. Me he saltado al señor Xuclà, representante del Grupo de Convergència i Unió, al que le doy la palabra.



Página 3422



El señor XUCLÀ I COSTA: Intervengo brevemente para fijar la posición de mi grupo parlamentario ante esta proposición no de ley planteada por el Grupo Socialista. Dicha proposición básicamente insta al cumplimiento del mandato del artículo
7 de la Ley 5/2000, de responsabilidad penal del menor, en los términos de dotar con más recursos económicos la implantación de las medidas previstas en dicho artículo referidas a la intervención educativa, teniendo en cuenta, como bien se contempla
en la exposición de motivos y como se ha hecho referencia por parte de los portavoces de la mayoría y del grupo proponente autor de la proposición no de ley, que la sanidad, en algunos casos desde hace mucho y en otros desde hace solo un año y unos
meses, es competencia transferida a las comunidades autónomas.



Esta proposición no de ley plantea una mejora de los recursos económicos para la financiación de las previsiones del artículo 7 en una franja de edad que cuando está afectada por el problema de la droga es una franja especialmente frágil en
los menores de edad. En un momento determinado se hizo una opción legislativa, una opción de política penal -creo que acertada- de aumentar hasta los 18 años la mayoría de edad penal en el Código Penal del año 1995. Evidentemente, el debate sobre
la reforma penal que se está planteando en estos momentos en las Cortes no plantea la revisión de esta franja del menor de cuya consecuencia es la Ley de responsabilidad penal del menor, siendo una franja de edad especialmente frágil y que requiere
de más recursos económicos. Se ha hecho referencia a estos jóvenes menores de edad afectados por las situaciones de droga, como jóvenes con situaciones desviadas o como jóvenes con problemas de raíz con cierto tono de un determinismo que
personalmente no comparto ni creo que esté en la línea del lenguaje de las doctrinas penales y de la teoría de la pena.



En todo caso, el voto del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) será favorable, porque considera que esta proposición no de ley insta a una mayor atención financiera, a unas competencias que se ejecutan por parte de las
comunidades autónomas y a unas previsiones legislativas aprobadas por amplia mayoría por parte de las Cortes Generales.



- RELATIVA A LAS POLÍTICAS DE REDUCCIÓN DE DAÑOS ANTE EL CONSUMO DE DROGAS DE DISEÑO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente Congreso 161/002021 y número de expediente Senado 663/000104.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto siguiente, y último: Proposición no de ley relativa a las políticas de reducción de daños ante el consumo de drogas de diseño.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la diputada, doña Iratxe García Pérez.



La señora GARCÍA PÉREZ: Traemos a esta Comisión de forma reiterada, como todas SS.SS. podrán comprobar, una proposición no de ley relativa a las políticas de reducción de daños, en este caso de las drogas de diseño.
Digo que de forma
reiterada, porque ya en varias ocasiones, en concreto en dos, nuestro grupo parlamentario ha hecho referencia a la necesidad de poner en marcha esta serie de actuaciones y políticas y nos hemos encontrado con el rechazo del Grupo Popular, porque
entendía que no existía la necesidad de poner en marcha dichas actuaciones. Cuando, posteriormente a la celebración de la Comisión, tenemos la oportunidad de leer las argumentaciones que han hecho los distintos grupos parlamentarios, nos
encontramos con la falta de sostenibilidad de los argumentos planteados por el Grupo Popular en las anteriores ocasiones.
Me voy a referir a la anterior proposición no de ley que presentamos en esta Comisión con respecto a las políticas de
reducción de daños en las que, después de leer el debate que aquí se generó y los argumentos que utilizó el Grupo Popular para rechazar esta proposición, podemos comprobar que no se sostienen de ninguna manera. (Rumores.) Por poner algunos
ejemplos, les diré que el Grupo Popular hacía referencia a que nosotros planteábamos una revisión del marco jurídico. Si se ha tenido la delicadeza y la oportunidad de leer las proposiciones que hemos planteado en este sentido, tanto la anterior
como esta misma, no existe ninguna revisión de un marco jurídico, sino que lo que plantea el Grupo Socialista son distintas actuaciones de políticas de reducción de daños que pueden aplicarse dentro del marco general del Plan Nacional sobre Drogas.
También se habla de otra cuestión, a la que en muchas ocasiones se hace referencia, y es el papel del Plan Nacional sobre Drogas y el de las comunidades autónomas.



Es hora de que nos dejemos de esconder detrás de los niveles competenciales y tal vez sería necesario que en esta Comisión hiciéramos un debate sobre cuál es el papel del Plan Nacional sobre Drogas, porque parece ser que cuando hay
actuaciones que se están desarrollando de forma positiva, esas son actuaciones que desarrolla el plan nacional y cuando no queremos poner en marcha otra serie de actuaciones, ponemos la excusa de que es competencia de las comunidades autónomas.
(Rumores.) Pues bien, esta excusa no nos es válida, porque en la propuesta de recomendación del Consejo Europeo, y haciendo referencia a las políticas de reducción de daños, se establece que las políticas de reducción de daños asociados a la
drogodependencia no son exclusivas de las comunidades autónomas, sino que también los Estados miembros tienen competencia en este sentido. Por eso nuestra proposición no de ley establece impulsar y coordinar las distintas actuaciones, por supuesto
en colaboración y en total coordinación con las comunidades autónomas, pero teniendo en cuenta el papel del Plan Nacional sobre Drogas como impulsor de esta serie de actuaciones. Al igual que


Página 3423



impulsa otras actuaciones de reducción de daños, como es el intercambio de jeringuillas o el uso de la metadona, proponemos un mismo diseño de políticas de reducción de daños en otro sentido... (Rumores.)


Señor presidente, me es difícil intervenir, porque estoy oyendo un constante murmullo. Sé que es usted el que debe dirigir la sesión, pero me es complicado seguir la intervención en este ambiente.



El señor PRESIDENTE: No es la primera vez que hay murmullo. Suele haber murmullo hable quien hable. Esta vez le ha tocado a usted, yo le pido disculpas. Señoras y señores, por favor, mantengan silencio, porque, si no, no se oye.



Continúe, por favor.



La señora GARCÍA PÉREZ: Gracias, señor presidente.



Vuelvo a insistir sobre la necesidad de reforzar y de dar un contenido al papel del propio plan. Al igual que se están desarrollando por el plan nacional una serie de políticas de reducción de daños en coordinación con las comunidades
autónomas, se podrían desarrollar otra serie de políticas en el mismo nivel competencial del que estamos hablando. Por tanto, no nos sirve esta excusa a la hora de rechazar la proposición no de ley que se rechazó en anteriores ocasiones y que
volvemos a plantear en este sentido.



Debemos ser conscientes de la responsabilidad que tienen las administraciones públicas a la hora de poner en marcha estas políticas para prevenir y para intentar que no existan casos como los que nos hemos encontrado. Tal vez sea
excesivamente duro plantearlo así, pero esta Cámara no debe estar alejada de la realidad y debemos ser conscientes de que existen graves daños para jóvenes que están consumiendo este tipo de drogas en macrofiestas, etcétera, llegando incluso a la
propia muerte.
Hemos visto casos concretos que han salido en los medios de comunicación de jóvenes que han muerto por un uso excesivo e indebido de este tipo de drogas para lo cual es necesario que se pongan en marcha una serie de actuaciones que
ya en algunos ámbitos de nuestro país se están realizando, como es la información en las puertas de las discotecas sobre los efectos que puede tener el consumo de estas drogas, sobre cuál es la forma en la que deben utilizarse, teniendo en cuenta
que por supuesto hay que incidir en la prevención y en el control, pero sin dejar de reconocer que estas drogas se están consumiendo. Por eso cuando se hace referencia por parte del Grupo Popular a que la política de Naciones Unidas se basa en el
impulso de las políticas de prevención y de control, nosotros entendemos de forma integral todas las políticas en materia de lucha contra la droga y, aparte de la prevención y del control, también existen estas políticas de reducción de daños y,
vuelvo a insistir, ya se están poniendo en marcha otras. Por tanto, no vemos por qué no se pueden apoyar estas nuevas políticas de reducción de daños de las que estamos hablando, pues además sería una forma de adaptar nuestras políticas a las
nuevas realidades. El intercambio de jeringuillas o el uso de la metadona se pusieron en marcha en un momento en el que el consumo de un tipo de drogas era bastante mayor que otros. Al existir una evolución en el consumo de las drogas y ésta
provocar que las drogas de diseño cada vez sean más consumidas por parte de la población juvenil, también deberíamos atenernos a poner en marcha esta serie de actuaciones.



No creo que debamos olvidar que por parte de los poderes públicos tenemos que mostrar sensibilidad a esta realidad, que somos responsables de lo que hacemos y de lo que no hacemos y de que si no ponemos en marcha esta serie de políticas se
seguirán provocando las graves situaciones a las que se están viendo enfrentados muchos jóvenes, incluso pagándolo con su propia muerte. Me gustaría que esta proposición no de ley fuera apoyada por parte de todos los grupos pero, si no es así, me
gustaría que se nos dijera de verdad el porqué, que no se pongan excusas que no son ciertas.
Consideramos que esta proposición no de ley que hemos planteado se encuentra dentro de un marco de actuaciones a nivel europeo. Vuelvo a insistir, existe
una documentación de recomendación del Consejo relativa a la prevención y reducción de riesgos asociados a la drogodependencia, con lo cual son actuaciones que están dentro de un marco europeo y que ya se están llevando a cabo en algunos territorios
de nuestro país. Por tanto, creemos necesario que el propio plan establezca impulsar y coordinar las distintas actuaciones.



El señor PRESIDENTE: Por Convergència i Unió, tiene la palabra el senador don Jordi Xuclà.



El señor XUCLÀ I COSTA: Intervengo también para fijar la posición de mi grupo parlamentario.



Como ha recordado la diputada Iratxe García, esta es una proposición no de ley ya planteada anteriormente en esta misma Comisión y, evidentemente, el voto de mi grupo parlamentario será coherente con el que emitió anteriormente, que fue
favorable al planteamiento de adoptar medidas de reducción de daños ante el consumo de drogas de diseño y algunas de las medidas planteadas en la parte del petitum de esta proposición no de ley, planteamientos, sobre todo los del apartado 3, que
seguramente son valientes desde el punto de vista de que parten del reconocimiento de algo que seguro es reconocido por parte de la sociedad en general pero que quizá no es planteado estratégicamente por parte de los planes de lucha contra la droga,
como es el consumo de droga en locales de ocio y la necesidad de reducir, si es posible suprimir, gradualmente su consumo.
Plantear, por ejemplo, la intervención de los poderes públicos con dinero público para que haya oferta abundante de agua y
zonas de relajación y descanso en


Página 3424



cierto modo podría producir el reconocimiento de que el conjunto de los poderes públicos, el plan nacional, las comunidades autónomas, en suma, no son eficientes para suprimir la existencia de este consumo de drogas.
Me parece que es
interesante de entrada el reconocimiento de esta existencia y el reconocimiento de las medidas de carácter casi pedagógico en algunos casos y de intervención muy directa en otros. Cuando estas mismas medidas fueron planteadas hace unos meses por
parte del Gobierno de la Generalitat, suscitaron un fuerte debate social y algunas posiciones escandalizadas por la posición de poderes públicos, que reconocen la necesidad de disminuir algo que existe y ante lo cual las administraciones no pueden
mirar hacia otro lado. No es cierto que no exista todo aquello que no pase por los juzgados o todo aquello que no pase por una actuación policial. Existen realidades peligrosas, situaciones de riesgo ante las cuales se debe actuar. Permítanme que
haga una comparación con algo muy distinto pero que en estos momentos también se está discutiendo en las Cortes Generales, concretamente en una Comisión de estudio del Senado, como es el fenómeno de la prostitución.
En estos momentos los poderes
públicos en España tienen una actitud como si no existiera la prostitución, y ante el debate sobre la regulación o abolición de la prostitución seguramente se deben adoptar algunas medidas intermedias mientras la prostitución exista. Pues bien,
también se deben adoptar algunas medidas intermedias mientras en locales de ocio exista un consumo tan importante de drogas.



Para terminar desearía subrayar que seguro que no habrá ningún problema competencial en materia de cooperación y coordinación entre las comunidades autónomas y el Estado. Hace un momento hacía referencia a algunas medidas impulsadas por
parte del Gobierno catalán. Estoy convencido de que lo importante en una materia como ésta es la coordinación, la cooperación y el reconocimiento de la necesidad de políticas, no de todo o nada, sino graduales, de reducción de daños del consumo de
drogas de diseño en locales de ocio. Por todo ello, votaremos favorablemente esta proposición no de ley.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el diputado don Florencio Luque.



El señor LUQUE AGUILAR: En la Comisión anterior el Grupo Parlamentario Socialista presentó otra proposición no de ley en unos términos muy parecidos a los actuales, sólo que hacía referencia al uso recreativo de las drogas y ahora a las
drogas de diseño. La actual proposición no de ley utiliza incluso las mismas palabras, tales como instar al Gobierno a implicar a la industria del ocio y del entretenimiento en la puesta en marcha de medidas de gestión y acondicionamiento de los
locales para la prevención de riesgos y reducción de daños, o la petición de una guía para los propietarios de locales, incluyendo normas básicas de seguridad que garanticen teléfonos de urgencia, mínimos auxilios, oferta abundante de agua y zonas
de descanso y relajación. Como en la Comisión anterior, mantenemos que las competencias corresponden a la Administración central del Estado, a las administraciones autonómicas y a las administraciones locales. En lo que se refiere al Gobierno, a
través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre las Drogas, le corresponde la dirección, el impulso y la coordinación general y supervisión de los servicios encargados de la actualización y ejecución del citado plan. Por su parte,
corresponde a las comunidades autónomas, a través de sus planes autonómicos de droga, la valoración de la situación y la evolución del consumo de drogas en cada uno de sus ámbitos territoriales y, en función de la misma, planificar y ejecutar las
actuaciones pertinentes en las diferentes áreas de intervención en relación con este tema, entre otras, y de manera señalada, las referidas a prevención, asistencia, reinserción social y, por supuesto, las actuaciones orientadas a la reducción de
daños. En cuanto a la Administración local, a través de los correspondientes planes municipales de drogas o de los programas concretos que lleven a cabo las concejalías pertinentes, le corresponde ejercer en el ámbito concreto de su municipio o
ente territorial, entre otras, las actuaciones orientadas a la prevención de las drogodependencias, así como la asistencia e integración social de las personas afectadas por las mismas, todo ello con la debida coordinación a través de las
estructuras autonómicas. Además de todo lo que se acaba de exponer, hay que decir que en el marco del Plan Nacional sobre Drogas existen diversas estructuras de coordinación -conferencia sectorial, comisión interautonómica- en las que se
intercambian experiencias y se trabaja en colaboración en todos los temas que tienen que ver con drogas y drogodepencias por las distintas administraciones públicas y entidades privadas que forman parte del plan. Por lo tanto, podemos sacar una
primera conclusión y, como puede verse, existe ya un marco y unas estructuras organizativas, donde se trabaja en coordinación entre la Administración central, autonómica y local en multitud de aspectos relacionados con las drogodependencias.



En lo que a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas se refiere, en relación con las drogas de síntesis, son múltiples las actuaciones encaminadas a su prevención y a la reducción de daños ocasionados por su consumo. En
la Comisión del mes de marzo la señora diputada dijo que las conclusiones no se podían quedar en papel mojado y que había que realizar actuaciones. Pues bien, la Delegación organizó en junio del año 2002 un seminario con el título Drogas de
síntesis.
Consecuencias para la salud. En este seminario, además de la participación de cerca de un centenar de expertos, se pidió también la participación a los


Página 3425



medios de comunicación, a los que se hizo entrega de un dossier sobre este tema, presentándoles asimismo un vídeo de prevención sobre el uso recreativo de drogas. Posteriormente este vídeo fue distribuido en 5.000 centros escolares para su
utilización en el marco de programas y actividades de prevención.



El Gobierno es consciente de que los patrones actuales de consumo recreativos por parte de la población juvenil, entre los que se encuentra el consumo de drogas de síntesis, se enmarcan en unos estilos de ocio concentrados en la tarde/noche
del fin de semana. Si bien es necesario continuar avanzando en los estudios de evaluación que permitan incrementar la eficacia de los programas de ocio alternativo, parece imprescindible la necesidad de contrarrestar la actual oferta de ocio que
hoy se facilita a los jóvenes con otras alternativas que potencien la adopción de hábitos y estilos de vida saludables. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas ha desempeñado un indiscutible papel de liderazgo en el impulso de
este tipo de programas, sin negar un ápice de importancia a la labor desarrollada por otros departamentos de la Administración, como el INJUVE y, por supuesto, a otras instituciones, como los planes autonómicos sobre drogas, numerosos municipios y
diversas organizaciones no gubernamentales. A este respecto cabe señalar que en los últimos cuatro años la Delegación ha subvencionado, con más de cuatro millones de euros -alrededor de unos 670 millones de pesetas- a numerosos municipios españoles
para la realización de programas de actividades alternativas de ocio y tiempo libre, dirigido a la juventud y donde está ausente el consumo de alcohol u otro tipo de drogas. Asimismo, con cargo a las diferentes convocatorias de ayuda a
organizaciones no gubernamentales, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas está financiando programas de información, prevención y reducción de riesgos relacionados con el uso recreativo de drogas. Entre otros programas
destaca Energy Control, que promueve la Asociación ABD, que lleva a cabo actividades informativas, ediciones de materiales, folletos, compact disc, control de sustancias, etcétera.
Desde el año 2000 a 2002 la delegación ha subvencionado, con
274.000 euros, las actividades de este programa, entre las que figura la redacción de una guía para el sector de los profesionales de la hostelería con el título Seguridad y noche. Guía para una noche segura.



Respecto al plano normativo, que ya comentamos en la comparecencia anterior, hay que tener en cuenta lo que dispone la estrategia nacional sobre drogas, elaborada por técnicos de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas
en colaboración con los planes autonómicos, que fue aprobada por el Gobierno en diciembre de 1999 con el acuerdo de todos los grupos parlamentarios. En cuanto a la estrategia establece una serie metas y objetivos para el período 2000/2008, entre
los que yo destacaría los siguientes. Ofrecer a la población información suficiente sobre los riesgos del consumo del tabaco, alcohol y otras sustancias capaces de generar dependencia o cuyo uso puede entrañar riesgos para la población que las
consume; promover acciones de formación y reciclaje de animadores socioculturales, monitores de tiempo libre y otros mediadores sociales, preferentemente juveniles, como agentes preventivos de drogodependencia; desarrollar instrumentos que
permitan valorar los niveles de riesgo y protección de una determinada comunidad que faciliten la evolución de la eficacia de las intervenciones y, por último, implantar programas de educación sanitaria tendentes a la reducción del daño por consumo
de alcohol, tabaco y otras drogas entre la población general.



Cumpliendo otro de los objetivos previstos en la estrategia, se creó el Instituto Nacional de Investigación y Formación sobre Drogas, entre cuyos objetivos fundamentales figura, en el ámbito de la investigación, el estudio de la problemática
ligado al consumo de alcohol, especialmente sus efectos sobre los más jóvenes y la viabilidad de nuevas estrategias preventivas y rehabilitadoras. Igualmente se va a potenciar el estudio del éxtasis y otras drogas de síntesis, sus consecuencias
sobre la salud, su relación con otras sustancias consumidas por los más jóvenes y la patología dual asociada al consumo de estas sustancias. De hecho y a través de la gestión de las convocatorias de ayudas económicas para el desarrollo del proyecto
de investigación por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas ha subvencionado en los últimos años diversos proyectos, que llevarán a cabo diferentes universidades y otros
centros de investigación, relacionados con los denominados consumos recreativos de drogas, así como sobre estrategias preventivas dirigidas a adolescentes. Como puede apreciarse, desde la Delegación del Gobierno se está llevando a cabo un
importantísimo esfuerzo de investigación sobre las circunstancias que rodean el consumo de las denominadas drogas recreativas.



De acuerdo con todo lo expuesto y siguiendo la línea de la sesión anterior de la Comisión, la proposición no de ley que presenta al Grupo Socialista no aporta nada nuevo y por ello vamos a votar en contra de la misma.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora García Pérez.



La señora GARCÍA PÉREZ: Dos cuestiones, señor presidente. En primer lugar, en cuanto a la literalidad de lo que proponemos y la coincidencia con la anterior proposición no de ley, es cierto. También es literal lo que aparece en las
recomendaciones europeas que es lo que hemos intentado hacer: trasladar las recomendaciones europeas a los Estados miembros a través de esta proposición no de ley. En segundo lugar, esta vez parece que ha cambiado un poco el discurso del


Página 3426



portavoz del Grupo Popular. Se habla de las actuaciones que se están desarrollando, pero en todo momento son actuaciones en materia de prevención. Estamos de acuerdo en que son positivas, pero no podemos dejar de reconocer que este consumo
de drogas es cada vez mayor, que hay muchos jóvenes que aun con estas políticas de prevención siguen consumiendo estas drogas y lo que pretendemos a través de esta proposición es intentar que no se den las situaciones catastróficas que se están
dando ante este consumo de drogas.



Reconocemos una realidad, como comentaba el representante del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y como lo hemos hecho en anteriores ocasiones; en esta Comisión hemos reconocido que existen drogas en las instituciones
penitenciarias cuando hemos aprobado una proposición no de ley que hacía referencia al intercambio de jeringuillas en las instituciones penitenciarias. Eso era un reconocimiento. Esto no es otra cosa que reconocer que los jóvenes, aun con estas
políticas de prevención, están consumiendo drogas y hay que poner en marcha políticas que eviten estas consecuencias tan graves para muchos jóvenes consumidores.



El señor PRESIDENTE: ¿Desea algún otro diputado hacer uso de la palabra?


Señor Luque.



El señor LUQUE AGUILAR: Señora diputada, parece que S.S. está cuestionando el trabajo de las distintas universidades y centros de investigación, del Instituto Nacional de Investigación y Formación sobre Drogas, de organizaciones no
gubernamentales y expertos e incluso el trabajo del Estado, comunidades autónomas y haciendas locales.



El señor PRESIDENTE: Concluido el orden del día, pasamos a las votaciones de las dos proposiciones no de ley.



Votación de la primera proposición no de ley sobre medidas para que a los jóvenes que estén custodiados en centros de internamiento y que precisen de atención médica se les puedan ofrecer adecuadamente las alternativas terapéuticas que
precisen.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la siguiente y última proposición no de ley relativa a las políticas de reducción de daños ante el consumo de drogas de diseño.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Se levanta la sesión.



Eran las siete y diez minutos de la tarde.



Corrección de error.-En el 'Diario de Sesiones' número 136, correspondiente a la sesión celebrada por esta Comisión en el Palacio del Senado el día 8 de abril de 2003, en el enunciado de la pregunta formulada por el señor Varela Vázquez
(páginas 3310 y 3342), figura como número de expediente del Congreso el 181/003153, en lugar del 181/003253, que es el correcto.