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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 293, de 06/11/2003
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2003 VII Legislatura Núm. 293

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

Sesión plenaria núm. 280

celebrada el jueves, 6 de noviembre de 2003



ORDEN DEL DÍA: Enmiendas del Senado: ...



- Proyecto de Ley de protección a las familias numerosas. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 153-1, de 23 de mayo de 2003. (Número de expediente 121/000153.) ... (Página 15406)


- Proyecto de ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad.
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A,
número 154-1, de 6 de junio de 2003. (Corrección de error en serie A, número 154-4, de 17 de julio de 2003.) (Número de expediente 121/000154.) ... (Página 15410)


- Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 145-1, de 5 de mayo de 2003. (Número de expediente 121/000145.) ... href='#(Página15415)'>(Página 15415)


- Proyecto de Ley de arrendamientos rústicos. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 164-1, de 10 de julio de 2003. (Número de expediente 121/000164.) ... (Página 15429)


- Proyecto de Ley General Presupuestaria. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 165-1, de 14 de julio de 2003. (Número de expediente 121/000165.) ... (Página 15435)


Página 15404



- Proyecto de Ley de Montes. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 138-1, de 28 de marzo de 2003. (Número de expediente 121/000138.) ... (Página 15439)


- Proyecto de Ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 141-1, de 22 de abril de 2003. (Número de expediente 121/000141.) ... href='#(Página15445)'>(Página 15445)


- Proyecto de Ley de ordenación de las profesiones sanitarias. 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie A, número 150-1, de 23 de mayo de 2003.
(Número de expediente 121/000150.) ... (Página 15452)


SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.



Enmiendas del Senado ... (Página 15406)


Proyecto de ley de protección de familias numerosas ... (Página 15406)


En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Monzón Cabrera, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; los señores Txueka Isasti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Ruiz López, del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida; Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); y las señoras García Pérez, del Grupo Parlamentario Socialista, y Montseny Masip, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Sometidas a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección de familias numerosas, se aprueban por 251 votos a favor y cinco abstenciones.



Proyecto de ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad ... (Página 15410)


En turno de fijación de posiciones intervienen las señoras Monzón Cabrera, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); y los señores Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida; Campuzano i Canadès, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Sánchez Garrido, del Grupo Parlamentario Socialista, y Martínez-Pujalte López, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Sometidas a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta
finalidad, se aprueban por 275 votos a favor, tres en contra y nueve abstenciones.



Proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal ... (Página 15415)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Aymerich Cano, del Grupo Parlamentario Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); y
los señores Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Barrero López, del Grupo Parlamentario Socialista, y Bueso Zaera, del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.



Se someten a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que son aprobadas.



Votación de conjunto ... (Página 15429)


Página 15405



Sometida a votación final de conjunto el proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, dado el carácter orgánico de la misma, se aprueba por 193 votos a favor, 100 en contra y
seis abstenciones.



Proyecto de ley de arrendamientos rústicos ... (Página 15429)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Rodríguez Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Txueka Isasti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Centella
Gómez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Companys Sanfeliu, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Cuadrado Bausela, del Grupo Parlamentario Socialista, y Bueso Zaera, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.



Se someten a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de arrendamientos rústicos, que son aprobadas.



Proyecto de ley general presupuestaria ... (Página 15435)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Fernández Marugán, del Grupo Parlamentario
Socialista, y De Juan i Casadevall, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Sometidas a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley general presupuestaria, se aprueban por 165 votos a favor, 90 en contra y 21 abstenciones.



Proyecto de ley de montes ... (Página 15439)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Rodríguez Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Txueka Isasti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora
Urán González, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; los señores Companys Sanfeliú, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Simón de la Torre, del Grupo Parlamentario Socialista, y la señora De Lara Carbó, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.



Se someten a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de montes, que son aprobadas.



Proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general ... (Página 15445)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Otxoa de Eribe Elorza, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Urán González, del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida; los señores Sedó i Marsal, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Hernández Cerviño, del Grupo Parlamentario Socialista, y Ayala Sánchez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias ... (Página 15452)


En turno de fijación de posiciones intervienen las señoras Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV; Riera i Ben, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); y los señores Arola Blanquet, del Grupo Parlamentario
Socialista, y Mingo Zapatero, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Se suspende la sesión hasta las tres y media de tarde.



Se reanuda la sesión para proceder a las votaciones de las enmiendas del Senado a los dos últimos proyectos de ley debatidos.



Enmiendas del Senado (Votaciones.) ... (Página 15456)


Proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general ... (Página 15456)


Se someten a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, que son aprobadas, excepto las enmiendas a la disposición final segunda, apartado nueve,
en lo relativo a la supresión de la letra m), que son rechazadas.



Página 15406



Proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias ... (Página 15457)


Se someten a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias, que son aprobadas.



Se levanta la sesión a las tres y cincuenta minutos de la tarde.



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.



ENMIENDAS DEL SENADO.



- PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN A LAS FAMILIAS NUMEROSAS. (Número de expediente 121/000153.)


La señora PRESIDENTA: Se reanuda la sesión.



Punto VII del orden del día: Enmiendas del Senado. (Rumores.)


Señorías, ¿será posible que aunque haya pocos diputados en el hemiciclo el tono de sus conversaciones permita que iniciemos la sesión? (Pausa.)


En primer lugar, enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección a las familias numerosas. ¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.) En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, señora Monzón.



La señora MONZÓN CABRERA: Nuestro grupo parlamentario votará favorablemente al proyecto de ley de protección a las familias numerosas con las enmiendas introducidas en el trámite del Senado, por considerar que mejoran determinados preceptos
o introducen otros también de interés para estas familias con circunstancias tan especiales. Las modificaciones aportadas por el Senado se concretan en siete enmiendas: cuatro con carácter de mejora técnica, en concreto al artículo 5.1; a la
letra b) apartado 2 del artículo 12 y a las disposiciones adicionales segunda y séptima; una enmienda de modificación a la letra c), apartado 1 del artículo 15, que incluye las subvenciones y las referencias a la promoción de viviendas en los
beneficios generales y que supone un apoyo económico más concreto en materia de vivienda; finalmente, dos de adición: una nueva letra, f), al apartado 1 del artículo 15, que incluye en los beneficios generales en materia de vivienda la adaptación
o cambio de vivienda en una situación sobrevenida de discapacidad que requiera condiciones distintas de accesibilidad y, una nueva disposición adicional octava, que establece el consentimiento de los solicitantes a acceder a sus datos personales al
solicitar la condición de familia numerosa.
Repito que nuestro grupo votará favorablemente el proyecto de ley.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Monzón.



En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), el señor Txueka.



El señor TXUEKA ISASTI: Señora presidenta, egunon, buenos días.



Durante la tramitación de este proyecto de ley de familias numerosas el Grupo Vasco ha mantenido que esta es una ley de discreta intensidad, de loables intenciones, pero sin un planteamiento integral para las familias y con un enfoque
exclusivamente asistencial, donde la mayoría de las propuestas de medidas reales han sido desarrolladas por las comunidades autónomas. El paso y debate por el Senado tampoco nos ha aportado novedades, por lo que el Grupo Vasco no apoyará esta ley.
No la apoyamos porque tenemos una realidad en el Estado, sigo insistiendo, con tasas de fecundidad del 1,26 de media y ello debido al repunte que ha supuesto la inmigración, pero todavía muy alejados del 2,1 necesario para el relevo generacional.
Además hay un dato que ha salido recientemente, que hasta el 2010 aún cuando alcanzáramos tasas del 1,5 habría cerca de 50.000 partos menos por el envejecimiento poblacional y el menor número de mujeres fértiles en esa fecha. Por tanto, esta ley
aporta poquito, no ilusiona y fundamentalmente no propicia ningún cambio de dicha tendencia.
Como he manifestado, no vamos a apoyar esta ley.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Txueka.



En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, el señor Ruiz.



El señor RUIZ LÓPEZ: Gracias, señora presidenta.



Las enmiendas que vienen del Senado a este proyecto de ley, la mayoría de ellas de mejoras técnicas, no permiten que la ley haya sido mejorada. La posición de Izquierda Unida durante todo el trámite de la ley ha sido que este proyecto
incluye algunas medidas positivas como son: agrupación de hijos en un mismo título, los derechos de los residentes extranjeros...
Otras medidas positivas tienen alcance muy limitado, como la definición de nuevas categorías con alguna buena noticia
para las familias de cinco o más hijos. Forma parte de este apartado de apuntes positivos el apoyo al trabajo doméstico, la ampliación del período trabajado. Desde luego, nos parece insuficiente el apoyo fiscal planteado en la ley. Otra serie de
medidas contenidas en la misma no se concretan, lo que no deja de ser una promesa preelectoral -en realidad este es el origen de


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este proyecto de ley-, el incremento de las rentas límite a efectos de VPO, los cupos o los cambios vivienda son una incógnita en cuanto a su desarrollo y realización. Lo mismo ocurre respecto a la vaguedad con la que se establecen las
bonificaciones por tasas por servicios culturales y oposiciones sobre los incentivos a la contratación de desempleados. Se mantienen compensaciones en tasas académicas en centros y transportes públicos, que ya existen en la ley del año 1971; claro
que se quita a las familias el compromiso de que el sector privado aporte el mismo esfuerzo en matrículas educativas y transporte.



Este proyecto de ley no habla de lo principal y se siguen dando pasos demasiados cortos para lo lejos que estamos de nuestros vecinos de la Unión Europea en materia de protección a la familia y a la infancia. Este proyecto de ley olvida
entre otras cosas establecer un sistema de prestaciones de corte europeo que no son una ayuda asistencial sino una compensación de reconocimiento, por lo tanto, un derecho de todas las familias independientemente de sus ingresos. Olvida suprimir la
política fiscal contra quienes tienen hijos -hoy en día pagan menos IRPF quienes no tienen hijos y ahorran más para un plan de pensiones-. Además, los hogares con mujeres que se ocupan del hogar pagan más IRPF que el resto, ya que no pueden hacer
la declaración separada, lo que atenta contra la libre elección de profesión. Olvida establecer convenios de adopción con otros países para realizar los trámites vinculados a la firma de dichos convenios a otros de carácter económico, créditos FAD
u otros de colaboración bilateral. Mejorar la situación de las pensiones de viudedad es otro de los lapsus que tiene el propio proyecto y promover e incentivar en las empresas una nueva regulación del tiempo que no sea lesivo para la convivencia
familiar. En definitiva, este proyecto de ley olvida ponernos a nivel europeo, la protección a la familia y la infancia. Actualmente, invertimos cuatro veces menos que la media europea en términos de producto interior bruto. Ni que decir tiene
que la ley no se atreve a considerar de forma amplia y moderna a la familia, reduciéndola en un estrecho y conservador contexto.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Ruiz.



En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



En primer lugar, queremos congratularnos de que en la tramitación de este proyecto de ley sea la primera vez que el Pleno del Congreso tiene algo que decir, porque no deja de ser sorprendente que, cuando hemos tenido debate en el Pleno sobre
proyectos de ley de créditos extraordinarios de cualquier minucia, no se sabe por qué razón este haya sido un proyecto de ley que no ha pasado hasta el día de hoy por el Pleno del Congreso ni por el Pleno del Senado, lo cual no deja de aparentar un
cierto carácter vergonzante o pocas ganas de hablar en última instancia de este tema.



En cualquier caso, mi grupo parlamentario va a votar a favor de las enmiendas introducidas por el Senado, aunque hay una a la que nos duele bastante votar, no lo podemos negar; va a votar a favor de las enmiendas presentadas por el Senado y
va a poner punto final a este proyecto de ley que en última instancia tiene ese gran mérito de reconocer el valor y la función que la familia y muy especialmente las familias numerosas realizan en la sociedad española. Tanto desde el punto de vista
del principio de libertad de opción familiar, por lo tanto, de capacidad que deben tener las familias para decidir con plena libertad y sin heroísmo el número de hijos que desean tener, si desean tener o no tener hijos, si desean incorporar a la
familia a los ascendientes o no los ascendientes, como desde el punto de vista de eso que se denomina pluralismo del bienestar -y detrás de ese argumento teórico de que el bienestar lo proporciona el sector público, el sector comercial, el sector
voluntario y finalmente el sector que se conoce con la denominación de informal, esto es, las familias-, supone un reconocimiento a ese gran esfuerzo de solidaridad y garantía de bienestar que conlleva para las familias, para sus miembros, y
finalmente también porque no podemos dejar de reconocer la necesidad de apoyar el principio de continuidad demográfica o de equilibrio generacional, o incluso la necesidad, como ha puesto de manifiesto el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, de
incrementar razonablemente nuestra tasa de natalidad. Por todos esos elementos, es una ley que entendemos que debe votarse a favor.



Hay algunas cuestiones pendientes: en primer lugar, sin lugar a dudas, una mejora de las prestaciones familiares por hijo a cargo. Estamos contemplando la familia fundamentalmente desde la perspectiva del impuesto sobre la renta de las
personas físicas, cuando desconocemos que buena parte de la sociedad, sobre todo de la sociedad más necesitada, se encuentra al margen de ese impuesto y, por tanto, al margen de los beneficios fiscales que puedan establecerse en ese impuesto. Por
tanto, se deja notar la necesidad de incrementar esas prestaciones por hijo a cargo, así como tener un planteamiento coherente, en este caso con el propio impuesto sobre la renta de las personas físicas. ¿Por qué mantener una discriminación
atendiendo a la edad de los hijos en función de si estos estudian o no, cuando un hijo hasta los 25 años, estudie o no, es deducible en el ámbito del impuesto sobre la renta de las personas físicas? ¿Por qué no ir a ese planteamiento de los 8.000
euros que también establece el propio impuesto sobre la renta de las personas físicas? Por otra parte, está el hecho de no contemplar tampoco la convivencia con ascendientes, que era uno de los objetivos


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fundamentales de mi grupo parlamentario en la tramitación de la ley.



Señorías, queda sin lugar a dudas mucho por hacer. Lo cierto es que a lo largo de la tramitación se han introducido mejoras, y en última instancia en una enmienda concreta que le fue aceptada a mi grupo parlamentario en el Congreso se han
salvado los muebles en el Senado. Nosotros estábamos muy satisfechos de la disposición adicional séptima, que establecía que los poderes públicos debían arbitrar instrumentos o medidas específicos para facilitar el acceso al mercado de trabajo de
los progenitores de las familias numerosas. No sé qué ataque de liberalismo exacerbado llevó al Grupo Popular en el Senado a presentar una enmienda de supresión de este concepto, salvamos los trastos. No se establece que deberán contemplar medidas
específicas, sino que facilitarán el acceso al mercado de trabajo de los progenitores de las familias numerosas. Mi grupo, que sí tiene por tradición cumplir los acuerdos, va a cumplir el acuerdo al que llegó en el Senado y que permitió salvar por
lo menos los trastos y ese concepto de: facilitarán, por lo que va a votar a favor de todas las enmiendas que ha introducido el Senado, pero seguimos sin entender qué había detrás de ese planteamiento de supresión o por qué, si una ley de familias
numerosas lo que pretende es establecer un marco equitativo, fiscal, económico y laboral, a alguien se le debió ocurrir que era discriminatorio facilitar de una forma específica el acceso de los progenitores de las familias numerosas al mercado de
trabajo.



En cualquier caso, no quiero quedarme con este mal sabor de boca. Es cierto que las familias numerosas a partir de la entrada en vigor de esta ley van a estar mejor de lo que están ahora. Quiero agradecer la posición del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso fundamentalmente, que nos permitió, ya digo, avanzar de una forma notable. Yo creo que también fueron los esfuerzos del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso los que permitieron salvar algunos trastos
todavía en el Senado.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Silva.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora García.



La señora GARCÍA PÉREZ: Gracias, señora presidenta.



El Grupo Parlamentario Socialista quiere exponer en este debate nuestra posición con respecto a las enmiendas, a cuyo contenido va a ser favorable. Tampoco queremos dejar pasar la ocasión sin hacer aquí en el Pleno una reflexión sobre lo
que ha sido el trámite parlamentario de la ley de familias numerosas y la posición del Grupo Popular con respecto a las aportaciones que desde un principio se intentaron hacer por los distintos grupos parlamentarios.



Comenzaré diciendo que entendemos que esta ley tiene un contenido declarativo escaso de concreciones, eludiendo compromisos claros y sin plazos determinados. Parece que existía prisa por sacar adelante esta ley, que había sido un anuncio
hecho en varias ocasiones por el señor Zaplana, y digo prisa porque en este último período legislativo en que nos encontramos vemos cómo hay una actividad legislativa bastante acelerada, que en muchas ocasiones incluso imposibilita poder hacer los
debates, tal y como comentaba el diputado de Convergència i Unió, en el Pleno de esta Cámara. Esta ley traslada prejuicios desde su propio origen, como cuando hace referencia a la necesidad de una relación conyugal a la hora de ser considerada la
pareja para formar parte de la familia numerosa; una condición alejada totalmente de la realidad y que además supone un agravio para muchas personas. Esto viene a darnos la razón cuando decimos que el Grupo Popular no tiene en cuenta las nuevas
realidades, como puede ser el hecho de las familias numerosas. Asimismo esta ley carece de un régimen sancionador que garantice la vigencia de la propia norma, ya que, si bien es cierto que el régimen sancionador aparece, es sólo con respecto a lo
que son las propias familias numerosas, no estableciendo en ningún momento las medidas que se pueden poner en marcha cuando las normas se incumplan por parte de las administraciones o las empresas que no cumplan las cuestiones referidas en esta ley.



El Gobierno ha optado por elaborar un marco legal para las familias numerosas, cuestión que nosotros compartimos, pero debería haberlo hecho de una forma sólida y solvente. Este Gobierno que hoy presume de apoyar a las familias es el que
dedica un menor gasto público del conjunto de la Unión Europea para apoyo a las familias, el 0,4 por ciento en España frente al 2,2 por ciento de media en la Unión Europea. El Grupo Parlamentario Socialista pretendía introducir una serie de cambios
en esta norma que realmente hicieran efectivo y sólido su contenido, como puede ser la aceptación de las parejas de hecho al ser consideradas familia numerosa. También pretendía introducir un cambio en la edad de emancipación de los hijos, pasando
de 21 a 27 años. Es una realidad constatada que la emancipación de los jóvenes es cada vez más tardía. Es también una reivindicación por parte de las organizaciones de familias numerosas que la edad de los hijos para ser considerado como familia
numerosa pase de 21 a 27 años. Los propios informes elaborados por el Consejo Económico y Social o el Consejo de la Juventud hacen referencia a esta necesidad de ampliar la edad de los hijos por la tardía emancipación.



Asimismo, también planteábamos que los ascendientes dependientes que vivieran en el núcleo familiar fueran tenidos en cuenta como miembros de la unidad familiar. Es otra realidad nueva en este país que no ha


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sido contemplada por el Grupo Popular, por el Gobierno. En estos momentos existe gran cantidad de familias que tienen a personas mayores dependientes conviviendo con ellos y que también forman parte del núcleo familiar. El Grupo Popular,
el Gobierno no ha considerado esta cuestión a la hora de determinar las familias numerosas. Por tanto, estas son diversas cuestiones que hacen pensar al Grupo Socialista que se ha perdido una oportunidad de legislar realmente de forma efectiva en
materia de familias numerosas. Se podrían haber introducido muchas más cuestiones de beneficios sociales, de beneficios fiscales, y no se ha hecho. Por eso, vuelvo a reiterar, que, a pesar de que hoy mi grupo va a votar favorablemente las
enmiendas que vienen del Senado por considerarlas mejoras técnicas e incluso haber participado el propio Grupo Parlamentario Socialista en el diseño de estas enmiendas, la naturaleza de la propia ley no es compartida por nuestro grupo.



Nada más. Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora García.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señora Montseny.



La señora MONTSENY MASIP: Gracias, señora presidenta.



Señorías, desde esta tribuna quiero agradecer el tono en relación con la aprobación definitiva del proyecto de ley que nos ocupa, que es el de familias numerosas. Para esta diputada supone, como ha empezado diciendo muy bien el señor Silva,
un gran honor, porque traer a esta Cámara la regulación de una ley que no había sido tratada de forma global desde el año 1971 -la Ley 25, de 19 de junio- realmente no es para estar triste, sino para estar moderadamente satisfechos, puesto que
nuestra sociedad ha cambiado mucho en estos años. La fuerza política que represento, el Grupo Parlamentario Popular y también el Gobierno considera que teníamos una asignatura pendiente con la familia, no sólo objeto por el tratamiento de esta ley
en cuanto al concepto de familia, puesto que a lo largo de estos años se han venido haciendo muchísimas cosas a favor de la familia (la Ley de conciliación de la vida familiar y laboral, reducciones fiscales, mejor tratamiento para la familia...),
pero quedaba una asignatura importantísima por aprobar, a nuestro modo de ver, y era esa nueva regulación, ese nuevo tratamiento, esa nueva acción protectora, esos nuevos beneficios para la familia numerosa.



La familia, muchos años olvidada por algunos grupos de esta Cámara y redescubierta hoy, constituye el pilar fundamental de nuestra sociedad.
Hoy lo sabemos todos. Yo lamento que la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista diga que esta
ley ha sido aprobada de una forma precipitada, aparentemente con mucha prisa, que los debates no han sido lo suficientemente amplios (todo es opinable, señora García), o que se podía haber incluido en el concepto de familia determinados beneficios
para los ascendientes, pero hay que recordar que el núcleo de la familia son padres e hijos. Evidentemente, todo es opinable pero creo que reconocer que desde el año 1971 hasta el año 2003 no se había producido una reforma tan importante. Ese
concepto tan nuevo, esas situaciones tan distintamente reguladas desde el año 1971 no son para criticar el proyecto, sino para colaborar y para apoyarlo, como en otras ocasiones hicimos nosotros cuando ustedes tenían la acción de gobierno, cuando
sin ser partícipes de un proyecto lo respaldábamos cuando menos como mal menor. Creemos que esta es una buena ley, que permite partir de un nuevo concepto, porque vuelvo a repetir que no sólo la familia ha sido protegida por el ámbito y el campo de
aplicación de esta ley. La familia a lo largo de ocho años ha sido objeto de numerosas iniciativas legislativas, y desde distintos puntos del mundo jurídico, del mundo económico y del mundo social ya había sido protegida hasta culminar en este
proyecto de ley de familias numerosas.



El Senado ha introducido siete enmiendas, presentadas por los distintos grupos parlamentarios. Como han dicho otros portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, algunas de ellas de mejora técnica (la mayoría) que, si no he
entendido mal, van a ser respaldadas por la mayoría de los grupos parlamentarios, y tres en mi opinión de un contenido más sustancial, más de derecho positivo en cuanto a la protección de las familias numerosas que regula la ley. El apartado 1 del
artículo 15 incluye la mención a subvenciones y la referencia a promoción de viviendas. Creo que eso es bueno y que de alguna forma perfecciona más el campo de aplicación de la presente ley. En el artículo 15, letra f) también se produce un cambio
para favorecer la adecuación o el cambio de vivienda cuando esto venga determinado por la aparición de una discapacidad sobrevenida que cause movilidad reducida y, por tanto, precise de acondicionamiento de accesibilidad. Esa es una enmienda que
mejora ampliamente el contenido de la ley.



Finalmente, me gustaría referirme a la mención que ha hecho el señor Silva relativa a la incorporación de la nueva disposición adicional. Nosotros entendemos que no siempre es perjudicial la transparencia de datos, puesto que garantiza la
aplicación de la ley, la posibilidad de que de una forma más transparente se protejan aquellas situaciones de necesidad que se pueden dar en nuestra sociedad, y esto necesariamente no va a suponer un gravamen de tipo restrictivo para las familias
numerosas que tengan que prestar tácitamente ese consentimiento en cuanto a todos los datos por los cuales se acogen a esa situación de protección. Las normas deben ser beneficiosas para el ciudadano, pero también claras y transparentes. No
podemos pensar que cuando se regulen determinadas situaciones que favorecen a


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familias, a personas con discapacidad, esto pueda suponer una opacidad, sino que supone muchas veces una mayor garantía para la sociedad.



Para terminar, el Grupo Parlamentario Popular cree que hoy ha devuelto a la sociedad una asignatura pendiente que tenía con la familia numerosa.
La familia ha sido objeto de atención primordial por parte del Gobierno y de la fuerza política
a la que represento. Ese nuevo enfoque de la familia, y de la familia numerosa, que hemos dado en los últimos años en nuestra sociedad era esencial, necesario y urgente. Si en las próximas elecciones el pueblo español ratifica el apoyo al Partido
Popular, no duden de que la protección a la familia va a seguir siendo una acción prioritaria del Gobierno, porque consideramos que cuantas más ayudas, cuantos más beneficios, cuanto más respaldo y cuanta mayor facilidad tenga ese núcleo tan
importante de la sociedad para ser reconocido en nuestra sociedad, mejor será para todos.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Montseny.



Sometemos a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección de familias numerosas.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 256; a favor, 251; abstenciones, cinco.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Señorías, anuncio a la Cámara que la votación final de conjunto del proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal se producirá al finalizar el debate de la misma y no antes de
las diez y media de la mañana.



- PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL, DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL Y DE LA NORMATIVA TRIBUTARIA CON ESTA FINALIDAD.
(Número de expediente 121/000154.)


La señora PRESIDENTA: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad.



¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario Mixto, el señor Aymerich tiene la palabra.



El señor AYMERICH CANO: Gracias, señora presidenta.



Intervengo para fijar la posición del Bloque Nacionalista Galego respecto a este proyecto de ley de reforma del Código Penal y también respecto a las enmiendas introducidas en el Senado en lo que a nosotros nos parece un claro fraude de los
procedimientos legislativo y parlamentario.



En primer lugar, el Bloque Nacionalista Galego se opone a esta reforma del Código Penal tanto por las medidas concretas...



La señora PRESIDENTA: Perdón, señor Aymerich, estamos en el debate anterior, en las enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad.



El señor AYMERICH CANO: Señora presidenta, ¿no se quedó ayer en que se iba a tramitar en segundo lugar?


La señora PRESIDENTA: No, señor Aymerich. En la Junta de Portavoces se quedó en que se debatía en tercer lugar.



El señor AYMERICH CANO: Perdón, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra la señora Monzón.



La señora MONZÓN CABRERA: Gracias, señora presidenta.



Nuestro grupo también dará su voto afirmativo a este proyecto de ley que viene del Senado con dos enmiendas técnicas, una a la exposición de motivos y otra al artículo 17.32 del Código Civil en la que se adapta mejor la terminología del
precepto a la de la Ley Concursal aprobada el pasado día 19 de junio de 2003 en esta Cámara. Entendemos que mejoran algunos aspectos, y por ello daremos nuestro voto afirmativo.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Monzón.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra la señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señora presidenta.



El Grupo Vasco también votará favorablemente las enmiendas del Senado a este proyecto de ley que suponen la introducción de un apartado necesario para cohonestarlo con el articulado en la exposición de motivos y una modificación para que
pueda resultar adecuado a la recientemente aprobada Ley Concursal.



Nos parece que mediante este proyecto de ley se establecen medidas de protección del patrimonio de las personas con discapacidad, procurando garantizar la existencia de medios económicos a su disposición para


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la atención de sus necesidades vitales. El objetivo inmediato de la ley, según proclama su artículo primero, es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y garantizar la
afectación de los mismos a la satisfacción de las necesidades vitales de sus titulares. Se regula, por tanto, la existencia de un patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad, masa patrimonial sin personalidad jurídica, como
establece la propia norma. Beneficiarios de este patrimonio se dice que únicamente pueden ser las personas con discapacidad afectadas por un determinado grado de minusvalía, tal y como se establece en el texto, si bien respecto a esta cuestión con
posterioridad haré mención a algo que quizá vaya a suscitar algún problema en el futuro.



El proyecto de ley aborda también medidas de protección patrimonial, modificando el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, e igualmente introduce un conjunto de medidas tributarias que tienen por objeto favorecer la aportación a
título gratuito a los patrimonios protegidos, reforzando los beneficios fiscales que a favor de las personas con discapacidad ha introducido la Ley 43/2002, de 18 de diciembre, por la que se reforma parcialmente el impuesto sobre la renta de las
personas físicas y por la que se modifican las leyes del impuesto sobre sociedades en la renta de no residentes. Creemos que el proyecto se fundamenta en lo competencial, en lo dictado, en lo establecido en el artículo 149.1.6.ª, 8.ª y 14.ª de la
Constitución, que reserva al Estado la competencia en legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las peculiaridades del derecho sustantivo de las comunidades autónomas en la legislación
civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales y especiales allí donde existan y, finalmente, en Hacienda general y deuda del Estado, en el entendimiento de que
salvaguarda estas competencias y entendiendo sobre todo que las previsiones contenidas en este proyecto en materia tributaria no resultan de aplicación a la Comunidad Autónoma vasca -entendemos que tampoco a la Foral de Navarra-, dada la autonomía
fiscal y financiera de los territorios históricos y sus capacidades tributarias que les permite la regulación de sus propios regímenes tributarios forales.



He dicho que había un eventual punto de conflicto que creemos que en la tramitación no ha quedado resuelto. Creemos que la ley no se limita a proteger al incapacitado judicialmente declarado, sino que se extiende al discapacitado con cierto
grado de minusvalía, de modo que la adquisición de la condición de discapacitado, así como la pérdida de dicha condición, con las consecuencias que ello conlleva a efectos de esta ley, queda a la mera decisión administrativa, que puede ser variable
en función de criterios políticos o administrativos, como ya lo denunciaba en su informe el Consejo General del Poder Judicial. Creemos que esto no ha quedado arreglado, pero que tampoco desvirtúa en lo esencial el contenido de la norma, que ya he
indicado será objeto de votación favorable, con las salvedades que he manifestado en cuanto a lo competencial, por parte de la formación política a la que represento.



Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Uría.



En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, el señor Rejón tiene la palabra.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, quiero manifestar que mi grupo parlamentario va a votar a favor de las dos enmiendas de leve importancia que se han introducido en el Senado.La primera modifica un párrafo de la exposición
de motivos incorporando dos precisiones, una de ella de mejora técnica y otra que matiza la cantidad que debiera aportar para ser valorado en su conjunto, que creo que es interesante. La segunda modifica el artículo 11 respecto a la modificación
del artículo 1732 del Código Civil, que habla de las causas de extinción del mandato por revocación, renuncia o incapacitación del mandatario y, tercero, por muerte, prodigalidad, quiebra o insolvencia del mandante o mandatario. Se modifica la
quiebra y se propone concurso. Es un término más amplio y una mejora que incluye los procedimientos concursales, no sólo la quiebra sino también la suspensión de pagos. Por tanto, creo que se adapta más a la realidad y al cuerpo legal aprobado ya
recientemente. Vamos a votar a favor, aunque indiscutiblemente esta ley era mejorable y con unas cuentas vueltas más de lavado y prelavado hubiera mejorado mucho, pero, como se dice coloquialmente, menos da una piedra, y por lo tanto vamos a votar
favorablemente.



Nada más. Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Rejón.



En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÈS: Gracias, señora presidenta.



Mi grupo lamenta romper la unanimidad que parece que hoy va a tener este proyecto de ley en su retorno desde el Senado a esta Cámara. Es evidente que en la tramitación del texto en el Congreso de los Diputados se introdujeron mejoras y que
en el Senado se han incorporado determinadas enmiendas de carácter técnico, y en ese sentido Convergència i Unió comparte la cuestión de fondo que se pretende abordar con esta nueva regulación. La creación de esta masa patrimonial especialmente
protegida para personas con discapacidad, vinculada directamente a la satisfacción de sus


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necesidades vitales; la regulación de la autotutela; el establecimiento de una nueva causa generadora de incapacidad para suceder ab intestato; la posibilidad de un trato más favorable a las donaciones; mayores facultades para que el
testador pueda evitar la partición de la herencia en defensa de la persona discapacitada; la regulación de las obligaciones alimenticias surgidas del pacto y no de la ley, etcétera, constituyen aspectos que a nuestro grupo le parecen positivos
porque dan respuesta a las preocupaciones de muchas familias españolas con hijos con alguna discapacidad y porque además permiten crear un marco de mayor estímulo a la responsabilidad de las familias frente a estas personas con discapacidad.
Compartimos estas consideraciones.



Es evidente, no obstante, que, por un lado, el trámite del Senado no ha servido para resolver determinados errores que se produjeron en las votaciones que tuvieron lugar en la Comisión de Política Social y Empleo.
El Grupo Popular había
confiado en que ciertas enmiendas se votasen favorablemente, pero, por un cierto caos que reinó en aquella Comisión, finalmente no se incorporaron al texto del dictamen. Estas enmiendas se han planteado por el Grupo de Convergència i Unió en el
trámite del Senado, y el Grupo Popular, a diferencia de lo que hizo en el Congreso, no las votó en el Senado. Por otro lado, el trato fiscal que se da a este patrimonio especialmente protegido, tal y como han afirmado las organizaciones
representativas de la discapacidad, no introduce modificaciones sustanciales sobre lo que hoy ya existe. Finalmente, a pesar de que en el trámite del Congreso, en la Comisión de Política Social y Empleo, se incorporó en la exposición de motivos un
párrafo que dice: La regulación contenida en esta ley se entiende sin perjuicio de las disposiciones que pudieran haberse aprobado en las comunidades autónomas con derecho civil propio, las cuales tienen aplicación preferente, de acuerdo con el
artículo 149.1.8 de la Constitución, siéndoles de aplicación esta ley con carácter supletorio, resultado de una transacción en el último minuto en el trámite de la Comisión de Política Social y Empleo, cuando Convergència i Unió pretendió trasladar
al texto articulado este mismo planteamiento, también el Grupo Popular en el Senado impidió que se trasladase lo contenido en la exposición de motivos al texto articulado.



Señorías, en un momento en que el Gobierno español ha recurrido las decisiones de puesta en marcha del derecho civil en Cataluña, la nueva compilación, por una estricta prudencia política y jurídica, hoy nuestro grupo quiere mantener la
cautela de abstenerse respecto a estas enmiendas, indicando su abstención en la votación del contenido total de este proyecto de ley porque deja ambiguo el carácter supletorio de esta ley frente al derecho civil catalán. Por tanto, lamentándolo
mucho, no nos podemos sumar al consenso que seguramente la Cámara va a expresar hoy.



Nada más. Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Campuzano.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, señor Sánchez Garrido.



El señor SÁNCHEZ GARRIDO: Gracias, señora presidenta.



Hoy viene del Senado un proyecto de ley importante, cual es el de protección del patrimonio del discapacitado. Ya anticipo que mi grupo parlamentario va a votar a favor de las dos enmiendas que se han aprobado en el Senado y que hoy vienen
aquí. Son dos enmiendas de carácter técnico que tienen su importancia. Cuando se trató este proyecto de ley en la Comisión de Política Social y Empleo, ya advertimos de que era necesario corregir lo que se ha corregido en una de las enmiendas, ya
que no podemos hablar de suspensiones de pagos ni de quiebra cuando hemos aprobado la Ley Concursal. La otra enmienda se refiere a la mención que se hace en la exposición de motivos a las cantidades en euros que se pueden aportar, haciendo la
salvedad de que es en su conjunto. Como he indicado, vamos a aprobar estas dos enmiendas que vienen del Senado.



Quisiéramos hacer ahora un breve recorrido por la ley con el fin de dejar bien claro cuál ha sido nuestra postura. En primer lugar hemos de decir que esta ley tiene aspectos positivos, muy positivos, y aspectos no tan positivos. Sobre
todo, nos hubiera gustado que esta ley hubiera sido un poco más avanzada, que hubiera dado un paso más adelante, reconociendo los aspectos positivos que digo que tiene -a los que me voy a referir- y que afectan fundamentalmente a las modificaciones
que se han hecho del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que son muy interesantes. Además, en algún caso -no me duelen prendas en reconocerlo- se pone una pica en Flandes; por ejemplo, la regulación de la autotutela, aunque no es una
novedad en el derecho comparado internacional ni siquiera nacional, porque se recoge en el código suizo y en el derecho de familia catalán, aprobado en el año 1998, artículo 172, da lugar a una modificación importantísima del Código Civil, de la Ley
de Enjuiciamiento Civil y de otras disposiciones que van a afectar a los registros. La innovación consiste en que la persona que prevea que puede quedar discapacitada como consecuencia de una enfermedad degenerativa pueda crear su propio
patrimonio, en fin, autotutelarse. Esto da lugar a una modificación del artículo 757.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de modo que el propio incapacitado pueda ya promover su propia incapacidad, lo cual es un hito. Es un asunto importante que,
como digo, nos supone una satisfacción realmente importante. Se introduce un concepto distinto porque en esta ley vamos a hablar de discapacidad y de incapacidad. Por primera vez se introducen en el ámbito meramente civil cuestiones de política
administrativa, como, por ejemplo,


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los baremos que se deben tener en cuenta en el concepto de discapacidad, que son de naturaleza administrativa. Se habla de unos baremos del 33 por ciento en las minusvalías psíquicas y del 65 por ciento en las minusvalías físicas; es
decir, se introducen en el ámbito del derecho civil conceptos de política administrativa. ¿Qué quiere decir esto? Es un pequeño riesgo porque supone que estos baremos pueden estar sujetos al vaivén de avatares presupuestarios, lógicos a lo largo
de la vida, y porque en un momento determinado se puede considerar que estos baremos son cortos o largos.



También hay que decir que en esta ley se da una importancia grande al ministerio fiscal, que la tiene, pero no es menos cierto que para que pueda arrostrar todas las responsabilidades que se le dan tiene que tener más capacidades y medios, y
en esta ley no se dice que haya un aumento de plantillas y medios. Por tanto, no es fácil que puedan llevar a cabo todas las tareas que se quiere que tenga el ministerio fiscal. Asimismo, se debería haber regulado con más claridad que los bienes
del patrimonio protegido no estarán sujetos a otra responsabilidad y, en particular, que no responderán de obligaciones nacidas de soluciones jurídicas ajenas a lo que es el patrimonio, con el fin de que este patrimonio no pueda servir para
hipotecas o para cualquier negocio jurídico ajeno a lo que es el patrimonio. Esto debería haber quedado un poco más claro y no ha sido así. Además, en la memoria económica no se fija con precisión el alcance de los incentivos fiscales incorporados
al proyecto de ley. Se dice que puede aprovechar a un 2 por ciento de personas, a 1,5 millones de beneficiarios potenciales, y que puede tener un coste recaudatorio de 37,5 millones de euros, pero no se dice con precisión. Nosotros hubiéramos
querido -se lo decía antes al señor ministro- que se hubiera creado un régimen fiscal especial separado para estos temas y no una simple modificación del IRPF, porque lo que estamos haciendo es crear una figura paralela, similar a lo que son los
planes de pensiones, y que, juntadas las dos cuantías de los mínimos exentos, hacen que no sean muy atractivos para personas que quieran invertir en la creación de un patrimonio del discapacitado. Yo comprendo o, mejor dicho, tengo que asumir que
los ministerios de Economía y Hacienda a veces sean inflexibles, pero me hubiera gustado que se hubiera hecho un régimen fiscal especial separado para el patrimonio de los discapacitados porque se hubiera puesto una pica en Flandes, se hubiera
creado una ley en la que los patrimonios protegidos de las personas con discapacidad hubieran gozado de unos privilegios que raramente hubieran podido tener en otros lugares. No ha sido así.



En lo que se refiere al IRPF y al impuesto de sociedades -pero fundamentalmente al IRPF-, hay algunas correcciones técnicas que ya hemos dicho que no están bien. Hay unas referencias a los artículos 17 y 48.1.a) que no tienen cabida en este
proyecto de ley y que quizá se deberían eliminar con una corrección técnica. Por otro lado, opinamos -igual que el CES- que debería incrementarse el límite exento para el patrimonio del discapacitado porque opera conjuntamente para estos
rendimientos y para los derivados de prestaciones de planes de pensiones constituidos a favor del discapacitado y percibidos en forma de renta.
También queremos hacer hincapié en que el patrimonio del discapacitado no es intangible, se hace para
cubrir sus necesidades. Por ello nosotros hemos propuesto que, cuando realmente se tiene esa necesidad, se debe disponer del patrimonio y no puede haber una penalización fiscal. No se nos ha admitido y lo sentimos porque es el verdadero fin del
patrimonio del discapacitado.



Habíamos propuesto una adición al artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el sentido de que, con una concepción moderna y progresista, de entre las personas que pueden instar la declaración de incapacidad, se hubiera tomado,
además, como referencia textual, lo que dice el artículo 16.1.b) de la Ley de Arrendamientos Urbanos aprobada en 1994; es decir, que el cónyuge o la persona que hubiera venido conviviendo con el presunto incapaz de forma permanente en análoga
relación de afectividad a la del cónyuge, con independencia de su orientación sexual, durante al menos los dos años anteriores, pudiera, en este caso, promover la declaración de incapacidad. Lo único que estamos haciendo es trasladar un precepto
existente ya en la Ley de Arrendamientos Urbanos a nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil para poder instar la declaración de incapacidad.
No se ha hecho y, sinceramente, no entendemos el motivo porque no suponía una modificación sustancial de la ley
que se presentaba aquí.



Temas que se tratan en esta ley, que son importantes, afectan al derecho de sucesiones. Se modifica el artículo 756 del Código Civil al que se le añade un nuevo párrafo, que se refiere a las causas de indignidad para suceder. Si tuviéramos
que poner todos los que son indignos para suceder, quizá no hubiera suficientes párrafos en el Código Civil, pero en este caso se hace una apostilla y se dice que, cuando muere el discapacitado, la persona que no le ha ayudado en su momento, que no
le ha tratado con dignidad y no se ha preocupado de él no tiene derecho a la herencia.
También se crea una figura nueva que es la sustitución fideicomisaria, figura poco usada, por así decirlo, entre comillas, en el derecho civil español. Quizá
nosotros usamos más el usufructo que, aunque la naturaleza jurídica es distinta, sin embargo tiene unos fines casi iguales. Es un poco complicada. Se exige que concurra la incapacitación judicial del beneficiario, no la discapacidad. También se
crean unas figuras nuevas en las obligaciones de alimentos en cuanto a que son parecidas a la renta vitalicia en el sentido de que el discapacitado, a cambio de su capital en bienes muebles o inmuebles, puede contratar libremente con un tercero y
tener derecho a una habitación y a unos alimentos mientras viva. Es una


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figura jurídica parecida a la renta vitalicia, como decíamos antes, que puede ser interesante.



En definitiva, se trata de una ley que hemos apoyado en gran parte. Se nos ha admitido un número interesante de enmiendas, pero nos hubiera gustado mucho más que en lo que hace referencia al beneficio fiscal hubiera sido más atrevida o
hubiera dado mayores posibilidades a los discapacitados y, sobre todo, a las personas que pueden invertir en la creación del patrimonio de discapacitados. Menos mal que se nos ha admitido una enmienda, lo agradecemos, y lo digo porque no todos los
discapacitados tienen la posibilidad de tener un patrimonio protegido, hay quien está en la máxima indigencia. Agradecemos que se nos haya admitido la enmienda en el sentido de que las administraciones públicas o entes regionales que tengan la
competencia puedan recoger a las personas discapacitadas que no tienen posibilidad de crear un patrimonio y atenderlas.



A grandes rasgos es lo que hemos pensado de esta ley. Nos hubiera gustado que hubiera sido más completa, que hubiera dado soluciones más valientes en cuanto a beneficios fiscales se refiere. Las dos modificaciones que vienen del Senado las
vamos a aprobar. Nos sentimos también satisfechos de que esta ley salga. Queremos dejar aquí patente nuestro agradecimiento a la fundación Équitas que trabaja con el Consejo Superior del Notariado, que también ha sido impulsora de esta ley.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Sánchez Garrido.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señor Martínez-Pujalte.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señora presidenta, señorías, es una satisfacción enorme que, en este Año europeo de la discapacidad, aprobemos definitivamente un proyecto de ley, que a partir de hoy será una ley, de protección patrimonial
de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, que mejora notabilísimamente las posibilidades de las familias con discapacitados, garantizando el futuro de sus hijos. Quiero señalar que, desde mi grupo, vemos con enorme
satisfacción todas las iniciativas que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha adoptado en este ejercicio para que, en el marco del Año europeo de la discapacidad, se mejoren las posibilidades de integración laboral, social y cultural de los
discapacitados y, además, nos dotemos de un instrumento que va a permitir que muchas familias puedan dar una mejor respuesta a esa pregunta que todos se hacen: qué será de mi hijo cuando yo no esté y no le pueda cuidar.



Creo que, nobleza obliga, hay que hacer un reconocimiento a todos los diputados que han participado, tanto en la subcomisión como en este proyecto de ley. Creo que hay que hacer un reconocimiento explícito a los diputados Enrique Belda,
Gloria Martín, que han participado en la subcomisión, junto a otros diputados del Partido Socialista, como Iratxe García, el señor Sánchez Garrido y, especialmente, a la diputada socialista Cristina Alberdi, con la que compartimos tarea en una
fundación a favor de la discapacidad, que también ha hecho una buena tarea, al igual que el diputado de CIU señor Campuzano.



Señorías, el 29 de junio del año 1999 aprobamos en este Parlamento una proposición no de ley instando al Gobierno a que estudiara y analizara la posibilidad de crear un patrimonio especialmente protegido del discapacitado. Al final de la
anterior legislatura, quisimos instar al Gobierno a que hiciera posible que las familias tuvieran instrumentos de derecho civil y un marco fiscal adecuado para garantizar el futuro de los hijos con discapacidad. El Gobierno empezó a estudiarlo a lo
largo de la legislatura, de la mano de muchas asociaciones de discapacitados. Creo que en este proyecto de ley se puede decir que ha participado la sociedad de una manera muy viva, tanto el CERMI y otras asociaciones de discapacitados como la
fundación Équitas, a la que hacía referencia el señor Sánchez Garrido, aportando ideas. El CERMI, Confederación Española de Representantes de Minusválidos, decía que era muy importante que en esta legislatura intentáramos abordar la aprobación
definitiva de este proyecto, para que los familiares de las personas discapacitadas sean capaces de formar un patrimonio con el que atender su especiales necesidades. Decían que se debía favorecer a las personas afectadas por una grave minusvalía,
como así sucede, porque a quien tiene algún familiar con una discapacidad mayor del 65 por ciento o con discapcidad psíquica le estamos dotando de una normativa que debía otorgar transparencia, como lo hace el proyecto; que debía transmitir
confianza a quienes vayan a depositar patrimonio a favor de la persona con discapacidad; que debía transmitirles garantías de que los rendimientos de ese patrimonio se iban a emplear para mejorar y garantizar la calidad de vida de las personas con
discapacidad; que debía tener beneficios fiscales y que debía permitir también abordar algunos aspectos del derecho civil que hasta ahora habían permanecido intocables. En nuestro país se había hecho mucho, en las actuaciones públicas, en el
derecho público, por las personas con discapacidad y había que dar un paso más.
Este proyecto de ley procura que todas las familias que tienen discapacitados a su cargo puedan planificar el futuro. Asimismo permite que se pueda dotar un
patrimonio, especialmente protegido, en el que pueden realizar aportaciones, en primer lugar, los familiares, así como otras personas, cuyos rendimientos se destinan a garantizar a los discapacitados graves una calidad de vida en el futuro.



Este proyecto -proyecto corto, porque tiene 18 artículos y tres capítulos-, en su capítulo primero se refiere al patrimonio especialmente protegido, cuáles


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son los objetivos, los beneficiarios, quién puede realizar aportaciones, etcétera. En el capítulo segundo se aborda una modificación importante del Código Civil sobre el derecho de sucesiones y sobre la autotutela. Me parece muy importante
que hoy en día, incluso las familias con hijos discapacitados puedan decidir no sólo sobre las partes que no están en la legítima, sino también en la legítima, con el fin de mejorar a sus hijos discapacitados. Por ejemplo, una familia que tiene dos
hijos y uno de ellos es discapacitado, con la aprobación de este proyecto de ley podrá mejorar al hijo discapacitado con todo el patrimonio de esa familia. Este avance hoy es necesario, quizá no hace unos años, porque hoy muchas personas con
discapacidades graves tienen una esperanza de vida mayor y en muchos casos sobreviven a sus padres. Hoy este problema es más grave que hace unos años, porque los avances en la medicina y las expectativas de vida hacen que sea necesario abordar este
problema. El capítulo tercero hace referencia a las normas tributarias.



El portavoz del Grupo Socialista y algún otro portavoz han señalado que el proyecto de ley va por el buen camino, pero que se podría haber avanzado más. Señorías, ese argumento no se puede rebatir, siempre se puede avanzar mucho más. Lo
que es evidente es que esta ley supone una novedad en el ordenamiento jurídico español. Estamos abriendo un camino importantísimo a las familias que tienen hijos con discapacidad. Se ha abierto una senda por la que habrá que caminar en el futuro;
una senda novedosa y única en el panorama legislativo europeo, que permitirá que muchísimas familias puedan mejorar las condiciones de sus hijos con discapacidad. ¿Se podía haber avanzado más? Probablemente, pero se ha abierto un camino novedoso,
único en Europa y un camino reclamado por los discapacitados. Presentamos este proyecto contando con los discapacitados, con sus colaboraciones y en el Año europea de la discapacidad.



Creo que esta Cámara, aprobando hoy esta ley, se puede encontrar satisfecha. Hemos dado un paso muy importante. Para los que nos dedicamos a otros aspectos en la actividad pública, como la economía, hacer una ley que va a mejorar la
calidad de vida de las personas con discapacidad y de las familias, creo que es para que hoy nos sintamos muy satisfechos. Yo lo estoy. Hace cuatro años subí a esta tribuna instando al Gobierno a que lo hiciera y hoy quiero felicitar al Gobierno,
señorías -y lo entenderán-, porque lo ha hecho, y además felicitar a todos los diputados de la Cámara porque creo que vamos a aprobar una ley especialmente interesante para las personas con discapacidad.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martínez-Pujalte.



Sometemos a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta
finalidad.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 287; a favor, 275; en contra, tres; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL. (Número de expediente 121/000145.)


La señora PRESIDENTA: Enmiendas del Senado al proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


En nombre del Grupo Parlamentario Mixto, el señor Aymerich tiene la palabra.



El señor AYMERICH CANO: Gracias, señora presidenta.



Vamos a aprovechar este turno de posicionamiento, respecto de las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley de reforma del Código Penal, para volver a manifestar el rechazo del Bloque Nacionalista Galego a esta revisión del
Código Penal de 1995, que reconocemos que tiene muchísimos aspectos revisables, pero no precisamente en el texto que el Gobierno y ahora el Senado nos propone. (La señora vicepresidenta, Mariscal de Gante Mirón, ocupa la presidencia.)


Los conflictos sociales que se hallan en el origen de la inseguridad ciudadana difícilmente van a encontrar solución a través de la legislación penal, porque es dudoso que la regresión democrática introducida por el progresivo endurecimiento
penal y penitenciario vaya a eliminar o a reducir la delincuencia, a las estadísticas nos remitimos.
Lo que sí es seguro es que este endurecimiento penal en cada nueva reforma supone un nuevo alejamiento del humanismo y del garantismo penal, propio
de los Estados de derecho de nuestro entorno, y un peligroso acercamiento a un discurso represivo, a un discurso penal de clara raíz norteamericana, derecho penal del enemigo, tolerancia cero, represión de la pobreza, represión de la marginación
social, país al que el Estado español se va acercando en tasas de población reclusa.



Respecto de las reformas que se introducen en la parte general, destacan las referidas al sistema de penas, que tienden con carácter general a incrementar las penas de prisión en detrimento de otras, como las


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penas alternativas de reconocida eficacia rehabilitadora y resocializadora. Así debe interpretarse la eliminación del arresto de fin de semana sustituido por penas de prisión desde los tres meses y del arresto domiciliario, la creación de
la pena de localización permanente o el establecimiento en cinco años, con las consecuencias procesales que tiene, de la frontera entre las penas graves y las penas menos graves de prisión. Las reglas sobre determinación de la pena resultan también
afectadas; reglas variadas que redundarán en una elevación general de las penas que no se puede entender más que como la expresión de una política criminal basada exclusivamente en un derecho penal más represivo.



Por lo que se refiere a la parte especial, el aumento de penas es general en delitos como amenazas no condicionales en el ámbito familiar, delitos contra la propiedad intelectual, delito publicitario, maquinaciones para detraer el precio de
las cosas, receptación, introducción de flash de fauna, de flora no autóctona con perjuicio del equilibrio ecológico, etcétera.



También hay supuestos en los que tanto en la pena de multa como en las penas de privación de libertad se modifican los límites mínimos precisamente para elevarlos: riña tumultuaria, amenazas, coacciones, calumnias, violación de sepulturas,
etcétera. Sin embargo, en contraste con este endurecimiento penal generalizado sorprende la extensión de la impunidad penal que se deriva del aumento de las cuantías defraudatorias en el delito fiscal, en los delitos contra los intereses de la
Unión Europea y en los delitos contra los intereses de la Seguridad Social, es decir, justo en aquellos delitos que crean más alarma social y que más quebranto crean también a la Hacienda y al Tesoro estatal.



Así pues, en cuanto a este carácter oportunista, como decía ayer la diputada Margarita Uría con acierto, que caractiza estas reformas penales, este carácter vindicativo retributivo del proyecto, destinado a convencer a determinados sectores
sociales de que la solución a la inseguridad ciudadana vendrá exclusivamente del endurecimiento penal antes que de la atención a las causas sociales que producen esa inseguridad, dada la falta de justificación seria, desde el punto de vista de las
ciencias penales, de las soluciones dogmáticas que se proponen, el Bloque Nacionalista Galego manifiesta, como digo, de nuevo su rechazo a este proyecto de ley.



A la vista de las enmiendas del Senado se añade un nuevo motivo para este rechazo, porque en un momento en el que florecen los pseudoexpertos constitucionalistas y expertos en derecho parlamentario y se les llena la boca de acusaciones de
fraude contra ciertas tramitaciones realizadas en ciertos parlamentos autonómicos, es difícil no escandalizarse ante el fraude que del procedimiento legislativo supone la enmienda introducida en el Senado con esta disposición adicional primera.



En ella se intenta introducir toda una reforma que no pudo aprobarse hace tres semanas en el Pleno del Congreso por falta coyuntural de mayoría, toda la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en lo relativo a la prisión provisional,
introducción de un registro de ADN, etcétera. Si esto no es, señora presidenta, señorías, un fraude del procedimiento legislativo, si esto no es una llamada de atención a todos esos constitucionalistas y especialistas en derecho parlamentario que
tan indignados se muestran estos días, es que nuestra sensibilidad tiene ya verdaderos problemas.



Nada más. Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Aymerich.



Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Mi grupo va a votar favorablemente todas las enmiendas que nos ha remitido el Senado sobre este proyecto de ley orgánica modificando la similar 10/1995, del Código Penal. Voy a dividir mi intervención en el análisis de las dos partes
fundamentales en que entiende mi grupo que vienen agrupadas estas enmiendas del Senado.



En primer lugar, aquellas propias de la modificación del Código Penal 10/1995, como señala su título. Entendemos que se hace una adecuación más, pero los códigos penales tienen que soportar el paso de los años y de las circunstancias y son
estas circunstancias las que tienen que obligar al legislador a hacer las adecuaciones pertinentes. Hay una serie de actos delictivos que tienen que ser considerados como nuevas figuras en cuanto a su carácter o a su penalización y otras figuras,
como la prisión o el arresto de fin de semana, que se quedan obsoletas, cuyo incumplimiento se ve por las dificultades que entraña su aplicación en ambientes de tipo rural, donde no existen prisiones municipales ni depósitos de presos, detenidos o
arrestados, y esto lleva a hacer papel mojado los preceptos del Código Penal que venían regulando el arresto de fin de semana, por poner un ejemplo. Sin embargo, se han dado otras casuísticas que han producido alarma social y ante las que el propio
espíritu de la sociedad española exige una adecuación por la vía del Código Penal que disuada a los presuntos delincuentes de realizar actos delictivos, y tienen que considerarse en esta reforma del Código Penal las nuevas figuras penales, las
penalizaciones correspondientes y una serie de actividades para que sea diferenciable cuándo son delitos y cuándo son faltas.



La mejora es evidente, se hace una adecuación a una problemática social.
Qué decir, por ejemplo, del grado de sensibilidad que la población va teniendo con respecto a los animales de compañía. Después de antiguos códigos penales en los que
ni siquiera estaba considerada esa posibilidad del maltrato a los animales llega


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esta reforma que va a tipificar delitos en el tema del maltrato a los animales, la consideración de falta cuando se produce el abandono de estos animales de compañía, espectáculo lamentable que vemos producirse en épocas de vacaciones, de
verano, etcétera, cuando en estaciones de servicio o en la propia calle se abandonan los animales de compañía porque entiende la familia que no los puede atender. El rechazo a estas prácticas es una sensibilidad que la sociedad ha experimentado, es
un avance positivo y lo tiene que recoger el Código Penal para señalar a aquellos que quieran llevar a cabo estas actividades verdaderamente rechazables y reprobables del maltrato a animales de compañía o su abandono. Es una prueba de esta
adecuación.



Junto a las cuestiones puramente técnicas y de estilo se señalan también otras situaciones, como las derivadas del trágico impuesto en vidas que estamos pagando a la circulación vial. Las últimas cifras que esta semana pasada ha comunicado
la Dirección General de Tráfico señalan que de cada diez conductores muertos en accidente de tráfico en España durante el año pasado y causantes del accidente cuatro tenían tasas de alcoholemia superiores a los niveles permitidos. Es decir, hay
auténticos suicidas o asesinos de la carretera que a veces causan daños irreparables a personas inocentes, como son la propia vida, conduciendo bajo los efectos del alcohol. Pues bien, estas reformas del Código Penal vienen a señalar, como la
referida al artículo 381, que estas situaciones se tienen que penalizar de una manera nueva.



En segundo lugar, quiero señalar, señora presidenta, la posición favorable de mi grupo a votar aquellas enmiendas que vienen del Senado como disposiciones finales que se han contemplado dirigidas a la modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal en lo que respecta fundamentalmente a la prisión preventiva, junto a otras también adicionales que vienen sobre la Ley orgánica 5/2000, de la responsabilidad penal de los menores, en la que también explicaremos nuestra necesidad de dar un
voto favorable, e incluso las modificaciones de la ley hipotecaria. Decimos esto porque, como saben SS.SS., hace un par de semanas no pudo aprobarse como ley orgánica el proyecto que había venido del Senado de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, sobre todo en lo que hace referencia a la prisión provisional. Habíamos expresado ya nuestro voto positivo y la razón del mismo, la alarma social, el perfeccionamiento que esto se exige. Ha tenido que volver vía Senado. Mi grupo quiere
reconocer aquí el entendimiento que ha habido con el ministro de Justicia, señor Michavila, por el que mi grupo ha prestado su colaboración para solventar la situación de trámite parlamentario que se había producido. El Parlamento no puede llevar
una especie de pauta de calendario de Reglamento a las alturas en que estamos de legislatura para terminar el 31 de diciembre porque ante una modificación tan importante demandada por la opinión pública, demandada por la sociedad civil, demandada
por todos los poderes institucionales representativos del Estado, en casos flagrantes de huida prácticamente de la justicia por una interpretación de la prisión provisional en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el tema de los menores, la alarma
social que ha producido una imperfecta aplicación por medio de medidas humanas, instalaciones de las comunidades autónomas, etcétera, era necesario que el legislador diera una respuesta positiva. No había nada más que una fórmula, vía Senado, y con
un compromiso de los grupos parlamentarios políticos y el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria en el Senado en coordinación con el del Congreso, y de este diputado que les habla, entendimos que la fórmula que negociábamos junto a otras fuerzas
políticas con el Ministerio de Justicia era la adecuada para dar una respuesta real, puesto que no puede prevalecer el bien común de los justiciables por encima de una aplicación ortodoxa o no ortodoxa de las prácticas parlamentarias del ritmo de
aprobación en el Congreso de los Diputados y en el Senado. La exigencia de ley está por encima de cualquier calendario de trámite parlamentario.
De aquí que se haya podido utilizar la vía que existía abierta en el Senado a través de la
modificación del Código Penal de aquella similitud que pudiera tener cuestiones de figuras penalizables, de delitos, de faltas, etcétera, entre el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que es un instrumento de ejecución del Código Penal.
No olvidemos este tema, para hacer una similitud. Por tanto, no tuvo ningún rechazo ni intelectual ni doctrinal ni de filosofía del derecho para tener una vinculación entre una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, instrumento de los jueces
y magistrados para la aplicación del Código Penal de vincular al Código Penal. Aquí lo mejor podría ser enemigo de lo bueno y se tiene que ir por la solución que hay.



Para terminar, señora presidenta, las modificaciones introducidas en las enmiendas que vienen del Senado en cuanto a la prisión provisional dan las plenas garantías procesales a quienes tenga que aplicar el juez de instrucción la prisión y
las medidas cautelares en la persecución de delitos, como son todas las garantías sobre el perfil biológico del presunto delincuente mediante las pruebas de muestras biológicas que tengan una regulación adecuada para lo que se llama la prueba del
ácido desoxirribonucleico o ADN, que se tenga que tener también cuando el juez decrete el análisis de este material biológico con todas las garantías.



Creemos que son un avance las modificaciones que se hacen en los artículos 504, 505 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando se toman las medidas cautelares para que nadie pueda ponerse fuera del alcance de la justicia porque
hay lentitud. Se señala también la exigencia a tribunales para que den agilidad y haya prontitud en el tratamiento de los detenidos provisionalmente y sean juzgados definitivamente, los temas de la prisión incomunicada o detención también


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incomunicada, las garantías procesales que se ejercen sobre estas personas, las segundas pruebas de los forenses, etcétera. Creemos que es oportuna la introducción de una figura a propuesta del Gobierno, una especie de comisión de los
ministerios de Justicia e Interior para regular por decreto cuáles son las normativas para la obtención por el medio forense del ADN del detenido y que se puedan hacer los contrastes pertinentes en todos estos aspectos.



Sobre la modificación de la Ley del Menor, consideramos positivas estas enmiendas, que van a permitir que las víctimas de delitos violentos cometidos por menores o los deudos, si ha habido causa de muerte en la acción del menor, puedan
suplir esa deficiencia que ha venido siendo detectada, como era la imposibilidad de las familias de la víctima de personarse en el juicio. Creemos que esto era una necesidad porque era negar una participación a esas familias de las víctimas y a las
víctimas que no hayan resultado muertas por esa agresión, así como el agravamiento de las penas, e incluso el problema que tienen las comunidades autónomas, que son las competentes u obligadas por ley a disponer de los centros de internamiento de
los menores (no es lo mismo un delito por un tirón de bolso que un delito de sangre o de asesinato y que esos menores, al cumplir los 18 años, puedan pasar a cumplir su pena en un centro adecuado -léase prisión- fuera de los centros de las
comunidades autónomas) y que se vienen encontrando, como es el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias, con unas deficiencias de instalaciones y de personal adecuado.



Por todas estas razones, señora presidenta, mi grupo va a votar favorablemente todas estas enmiendas del Senado.



Nada más. Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Mardones.



Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) tiene la palabra la señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, el Grupo Vasco empezó la tramitación de este proyecto de ley con la buena intención que suele acompañarle en todas sus actuaciones en esta Cámara y no presentamos enmienda a la totalidad pese a que le reprochábamos al ministro que
hiciese la reforma penal por entregas, presentándola en distintos textos, y le conminábamos a que en la medida de lo posible evitase la inseguridad jurídica que la dispersión en normas distintas podía acarrear, aunque quizá supusiese un mayor éxito
en lo político en la medida en que parece que uno aborda los problemas si los enuncia de uno en uno y no como una reforma global del Código Penal.



Esa buena disposición y la petición que hacíamos de que nuestras enmiendas pudiesen tener alguna acogida no se ha visto trasladada al proyecto que hoy llega a esta Cámara puesto que ni una sola de las enmiendas del Grupo Vasco ha sido
aceptada, a pesar de que la mayor parte de ellas son de corrección técnica, tales como algunas que les voy a enumerar para que vean exactamente cuál ha sido el cariz o el talante de quienes tenían que negociar como formación mayoritaria con
nosotros. Por ejemplo, la no mención en el artículo 31 y en el artículo 56.1.1.º del cómplice podría llevar a pensar que en este tipo de delitos nada más los autores o los cooperadores necesarios puedan cometer el delito porque no entendemos por
qué se hace causa de excluir la complicidad. De la misma manera, tal y como han quedado reguladas las penas accesorias, va a suscitar problemas en el futuro respecto de la suspensión e inhabilitación la especificación ulterior que se hace respecto
de cómo ha de entenderse ésta. En la actualidad tiene sentido porque va todo en un único párrafo, pero separado en tres párrafos en la adición actual del artículo 156.1.1.º no trasladar la coletilla de la definición al apartado 1.º convierte en que
ahora la inhabilitación especial tiene definición pero no la tiene la suspensión y podría parecer que la referencia al artículo 579, que lo es respecto de delitos de terrorismo, sólo hace referencia a la inhabilitación y no a la suspensión, lo cual
convendrán ustedes conmigo que resulta absurdo. Pero como la enmienda era del Grupo Vasco, no ha tenido acogida.



Tampoco tiene sentido que haya una pena de inhabilitación respecto de las empresas. Las empresas no pueden ser inhabilitadas, pero se ha preferido mantener esta incorrección técnica en el artículo 262.1 antes que aceptar una enmienda del
Grupo Vasco. De la misma manera que otras pretensiones sensatas, no tan graves desde el punto de vista técnico como las que he citado, como que la referencia que se hace en el artículo 267 a los patrimonios lo sea también cuando estos pertenezcan a
una pluralidad de personas, o la consistente en que se produzca la paradoja de que en determinados casos las lesiones causadas a un animal doméstico están sancionadas con pena superior que las causadas a personas. En concreto, por la propia
modificación de esta ley, el artículo 147.2 tiene una pena respecto de lesiones a personas menor que la que se prevé en el artículo 337 para animales. No es así nuestra pauta de valores que el Código Penal debe proteger y nos hemos quejado de ello.
Creemos que es inaudito que resulte así trasladado a un texto que traduce los valores socialmente vigentes en cada momento concreto.



Más calado político sí tiene lo que era nuestra enmienda número 28, que coincide con las presentadas por otras formaciones políticas, en la idea de que se produce un retroceso importante en relación con la posibilidad de reinserción cuando
se hace desaparecer un párrafo concreto referido a las posibilidades de cancelación de los antecedentes penales. Tampoco tiene ningún sentido, señorías, y esto sí que nos lleva a la


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más absoluta de las confusiones, el entender que un traductor que actúe maliciosamente ante los tribunales y falsee la declaración, si lo hace ante tribunales españoles, resulte ser delito; si lo hace ante la Corte Penal Internacional, no.
Nuevamente nos encontramos con que este tipo penal no ha sido introducido, simplemente porque era el Grupo Vasco quien se había dado cuenta. Nos parece que la gravedad de la conducta es idéntica en ambos casos y que debiera trasladarse ahora que
estamos a punto de aprobar definitivamente la ley de cooperación con la Corte Penal en idénticos términos a como se produce el tipo delictivo en otros casos. Respecto del resto de las enmiendas, eran cuestiones que a nosotros nos parece más
correcto lo que nosotros planteábamos, pero tampoco tienen la importancia de algunos de los defectos técnicos que hasta ahora he señalado.



¿Qué dicen las enmiendas del Senado que hoy se nos traen para que sean objeto de votación final respecto del texto del proyecto? En número importantísimo, como suele ocurrir siempre, son correcciones gramaticales o técnicas que, además, se
verán acrecentadas por el número de ellas que nos han sido señaladas por los servicios técnicos de la Cámara y respecto de las cuales nada tenemos que decir. Sí nos parece adecuada la reforma que se hace del artículo 48 en cuanto que se pretende la
introducción de medios electrónicos como medida para controlar determinado tipo de penas.
Era una petición largamente solicitada desde el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y nos congratulamos de que finalmente haya tenido acogida
dentro del texto. De la misma manera nos parece bien que se haya intentado perfilar lo que puedan ser medidas educadoras y de reinserción, pero nos permitirán que digamos que la coletilla añadida en el Senado, de alguna manera limita la posibilidad
de medidas reeducadoras. Resultaba más amplio el texto que salió de esta Cámara en relación con el añadido que quiere ser explicativo pero que, a nuestro modo de ver, y puesto que de preceptos penales estamos hablando, limita.
Hay otro número
importante de correcciones, que lo son de estilo, pero es más grave, señorías, que haya un número importantísimo de preceptos en los que penas que hasta ahora no eran privativas de libertad se trasladan como tales. Podría citarlas, pero basta la
mera lectura del mensaje motivado que nos facilitan los servicios de la Cámara para ver que el número de penas privativas de libertad, que no estaban en el texto del proyecto, que no pasaron por esta Cámara y que se han introducido en el Senado,
agrava notablemente, endurece en un tenor que a nuestro grupo no le satisface el número de las medidas que como respuesta punitiva se establece en el Código Penal. A ello hay que añadir, además, la elevación de las cuantías económicas, que en
algunos casos llevan a pensar que se pretende ser menos duro con determinado tipo de delincuencia. No nos parecen mal las modificaciones que se hacen en los delitos referidos a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, pero quizá
debiera haberse esperado a la conclusión de los trabajos que la subcomisión sobre seguridad vial está efectuando en este momento en la Cámara y que están a punto de concluir. Una cortesía que nos hubiera gustado ver respetada por parte de quien
tiene la iniciativa en materia normativa. Nuevamente hay un listado de más penas privativas de libertad que no figuraban en el texto inicial.



Finalmente, llegamos a lo que para nosotros es más grave respecto de la modificación que se nos plantea, la disposición final primera. Es sincero quien haya redactado el mensaje motivado porque dice que incluye una amplia modificación. ¡Y
tan amplia, señorías! En una ley que, insisto, se llama Código Penal, se introduce todo lo que sobre prisión provisional había sido objeto de introducción en otra norma, de forma que tampoco nos gustaba, aunque sí nos gustase su tenor, y que por la
tenencia de mayoría absoluta en su trámite por esta Cámara, decayó en ocasión anterior. De la misma manera que también se hace regulación sobre la introducción del ADN como forma de validar determinadas pruebas en el proceso criminal, de manera que
no es el trámite más adecuado y debiera haber sido objeto de reflexión y de paso por la Cámara con todas las garantías que una modificación normativa de este estilo tiene.



La disposición final segunda, aun pareciéndonos que contiene elementos de posible consideración, como es que pueda haber acusación particular respecto de los procesos en los que los delincuentes sean menores, tampoco nos parece sistema que,
por la mera alarma social generada por algún caso concreto, por noticia de periódico, como ayer tenía ocasión de manifestar cuando formulaba pregunta oral al señor ministro, se introduzca en el trámite del Senado y mediante una disposición
adicional.



La disposición adicional sexta que se ha introducido, donde se establece la apertura de un proceso de reforma reflexionada, serena y dialogada, por si procede un mayor endurecimiento, ya lo he indicado siempre, tiene la negativa del grupo al
que pertenezco y sobre todo nos parece que como precepto penal se las trae. Siempre se ha dicho que la tipicidad, la concreción en las normas penales ha de ser la pauta, sin embargo, mayor inconcreción es mero propagandismo, señorías, para que
parezca que algo se ha hecho y se pueda exhibir que en materia de menores el Gobierno tiene preocupaciones. No obstante, esto no se introduce en una norma penal, se comunica en una rueda de prensa sin más y no se hace una norma penal al respecto.



La disposición final tercera, que también ha sido introducida por el Senado, hubiese tenido cabida si se hubiera llegado a hacer una regulación, como mi formación política pretendía, no sólo de prisión provisional, sino de tutela cautelar en
su conjunto, puesto que estamos hablando de medidas cautelares sobre bienes


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inscritos a nombre de testaferros y acusados de procedimientos criminales.
Nos parece bien, pero hágase una norma de tutela cautelar penal, en la que podrá introducirse el elenco de medidas y no se empecinen en que sólo sea una ley de
prisión provisional.



La disposición final quinta y esta entrada en vigor de la norma en tres momentos distintos nos parece que pasará a la posteridad como ejemplo de seguridad jurídica y de claridad tratándose de una norma que, insisto, sigue llamándose sólo de
Código Penal.



No digo que no haya partes aceptables en el texto del proyecto que ahora va a ser objeto de aprobación. A algunas de ellas me he referido y que merecía nuestra aprobación en algunos aspectos lo manifesté también con la actitud de mi grupo
al no presentar inicialmente enmienda a la totalidad, pero ya he indicado que en el paso por las cámaras ha habido un endurecimiento progresivo de las penas o bien ha aumentado notablemente el número de penas privativas de libertad. Ocurre además
que el conjunto es variopinto y heterogéneo, si tenemos en cuenta los añadidos que ha recibido la norma en el Senado, insisto que sin cambiar su título, la ley se sigue llamando sólo de Código Penal e introduce variaciones de otras normas
importantísimas en materia criminal, que debieran tener alguna referencia o algún reflejo en el título.



Justo, señorías, cuando ayer preparaba esta intervención, recibí un programa respecto de unas jornadas que el Colegio Libre de Eméritos va a celebrar en días venideros y que se titulan: La proliferación legislativa: un desafío para el
Estado de derecho. Dentro de la proliferación legislativa a la que está dada esta Cámara, a la que está dado el Gobierno en esta legislatura, nos parece que el desafío en este caso concreto no lo hemos superado con nota respecto del proyecto que
hoy es objeto de aprobación. Mi grupo parlamentario prefiere, por tanto, no decir ni que sí ni que no, prefiere mantenerse al margen de lo que hoy se aprueba y, por tanto, nuestra postura será difinitivamente la de abstención.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señora Uría.



En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, anteayer por la noche asistíamos al homenaje de un compañero, de un portavoz de justicia en un acto, a mí entender, genérico, magnífico, bien medido, bien construido, que supuso también un
respaldo a lo que significa la función de la política, no a la clase política en sí, no es un término que me guste, sino a la política, y que sin embargo tuvo tres pequeñas manchas. Todo estuvo magnífico: estuvieron magníficos los versos de Manuel
Silva o la intervención, muy ajustada y muy medida, de don Luis de Grandes, demostrando, una vez más, que es un señor. Sin embargo, como digo, hubo tres pequeñas manchitas. Un pequeño error y es que el regalo no solamente era del Grupo Popular,
sino que era de todos los presentes, quede claro.
Segunda cuestión, hubo una intervención pretendidamente granadina y fue todo menos granadina y la tercera cuestión fue una intervención sobrada, porque sobraba una parte de ella, del ministro de
Justicia.



En un momento determinado el señor ministro de Justicia se sintió sobrao -nunca mejor dicho- y se calentó un poquito, se le calentó el boquijo, como se dice coloquialmente, y dijo aquello de: Menos mal que usted se ha ido de portavoz de
Justicia, porque en el ministerio estábamos muy preocupados, ya que íbamos a cambiar toda la legislación española entre usted y yo. Una parte la hemos cambiado de acuerdo con los demás dentro del Pacto de Estado por la justicia; otra la hemos
cambiado a nuestro aire y no nos ha ido mal, como diciendo: fíjense qué bien que en un momento determinado aunque hicimos una invitación a consensuar todo, aquello que hemos hecho fuera tampoco nos ha ido mal, como si sobrara, si quieren, hasta el
Pacto de Estado por la justicia.



Estamos ante una de esas propuestas escoba, de recogida, que se ha hecho fuera del Pacto de Estado por la justicia y que no les ha ido mal.
Evidentemente tienen ustedes mayoría absoluta por mor de la voluntad mayoritaria democrática del
pueblo español y pueden sacarlo adelante.
Pero ítem más, esta ley a nuestro entender tiene -y discrepo de la intervención de mi compañero el señor Mardones- un segundo sentido, en el que aparece ya la escoba, el filibusterismo, como es que traigan
ustedes aquí a través del Senado -fórmula torticera donde las haya- unas leyes que por mor de lo que fuera, de necesidades, de El Corte Inglés, de pasear por Madrid, de ver la exposición de Manet en El Prado, etcétera, por cuestiones de esas no
tuvieron ustedes número de votos suficiente.
Señorías, mi grupo parlamentario, porque uno de nuestros escasos asesores creyó que la sanidad vasca era mejor que la sanidad madrileña y más o menos se nos muere la sanidad vasca -que conste que no es
ninguna crítica al momento político actual del País Vasco-, no se presentaron en tiempo nuestras enmiendas a esta ley, salvo en el Senado. Hemos tenido que aguantarnos, abrimos el paraguas y aguantamos el chaparrón. Cuando a ustedes les falta aquí
el número conveniente, en lugar de abrir el paraguas refuerzan fórmulas torticeras de difícil encaje.



A juicio de mi grupo parlamentario, todo este cúmulo de circunstancias no viene sino a reafirmar lo que repetimos en anteriores debates, que no es más que el Partido Popular no tiene una propuesta integral sobre el modelo de justicia penal
que necesita el Estado español; no lo tiene. Va a salto de mata, va a golpe de titulares televisivos, va en plan vendetta sobre algunas pequeñas heridas no cerradas de anteriores períodos de


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mayoría distinta. Por el contrario, como hemos defendido y seguiremos defendiendo en nuestras intervenciones, como he dicho antes, el Gobierno ha optado por reformas parciales e inconexas que responden más a campañas publicitarias con claro
fin electoralista, pero que están alejadas de la seguridad jurídica y de una pretendida efectividad. Ya está bien, señorías, de repetir demagógicamente eso de: ¿No quieren ustedes encarcelar a aquellos que venden droga en los colegios? Ya está
bien de tener que aguantarlo en los telediarios del mediodía.



Estamos asistiendo a retrocesos legislativos no sólo en el tiempo, retrotrayéndonos a criterios y conceptos superados en nuestra legislación y por nuestra jurisprudencia, sino que también estamos asistiendo a un retroceso cualitativo,
estamos ante cambios que lejos de respetar las garantías consolidadas en nuestro sistema legal suponen un totum revolotum normativo que es sinónimo de inseguridad y confusión, fruto de la dinámica del Gobierno de legislar en caliente en materia
penal y del todos a la cárcel alentado por sectores conservadores.



Centrándonos en el contenido de las enmiendas que se introducen en este proyecto, debemos distinguir tres bloques. Las primeras, las que se presentan al propio texto del Código Penal. En su mayoría son enmiendas que no afectan al contenido
de la reforma, son enmiendas de mejora técnica y correcciones gramaticales. No obstante, también nos encontramos con enmiendas que afectan al contenido de los artículos, pero todas tienen la misma finalidad y plasman la obsesión del Gobierno por el
endurecimiento de las penas haciendo extensiva la privación de libertad a supuestos para los que antes no se contemplaba; medidas en las que además últimamente tiene adherentes y socios.



Mi grupo parlamentario va a mantener su oposición a todas estas enmiendas al Código Penal, porque entendemos que profundizan en el espíritu regresivo que inspira la reforma, cual es el endurecimiento injustificado de penas, retorna a las
penas cortas privativas de libertad, abandonadas en España en el Código Penal vigente de 1995, se reintroduce la figura de la multirreincidencia, se reimplanta el viejo arresto domiciliario, ahora pena de localización permanente y se incide en la
supresión no justificada de cancelación de antecedentes penales con la remisión definitiva de la pena suspendida. En fin, sin dejar de reconocer algunos avances, que aceptamos, estamos ante una modificación del Código Penal de 1995 que rompe el
consenso alcanzado en su momento y que le valió el apelativo de Código Penal de la democracia, que reintroduce filosofías punitivas, periclitadas, retrógradas, acabadas y que, en términos generales, más que clarificar, desde el punto de vista
técnico, estropea los notables hallazgos del Código Penal aún vigente.



En segundo lugar, aquellas que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de prisión provisional. Este grupo parlamentario va a votar en contra de las modificaciones de los artículos 503, 504, 508, 509, 510 y 544 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, contenida en la disposición final primera de este proyecto. En primer lugar, como ya hemos puesto de manifiesto, porque nos oponemos a esta reforma de la prisión provisional con carácter general. Estas enmiendas no vienen
sino a apuntalar un proyecto de ley que, a nuestro entender, vulnera la Constitución española y supone un claro retroceso respecto a la evolución legislativa de carácter garantista con el contenido de tres reformas anteriores, la del 1980 y las
desde 1980 a la actualidad. En la reforma de la prisión provisional resulta especialmente llamativo que se utilice el pretexto de ajustar la normativa a la sentencia más reciente del Tribunal Constitucional, cuando contradictoriamente el proyecto
recientemente aprobado, sin las modificaciones que hoy se pretenden introducir, contiene curiosamente una serie de artículos o disposiciones que revelan claramente una perversión del sistema, pretendiendo usar la prisión provisional como instrumento
para resolver la existencia de la delincuencia y contradiciendo, eso sí, abiertamente la doctrina del Tribunal Constitucional.



En un tercer grupo, las enmiendas que implican la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en varios aspectos y aquellas que introducen novedades legislativas. Respecto a las innovaciones introducidas en el Senado, sin debate
previo en esta Cámara, como hemos reiterado, todas tienen el mismo denominador común: la precipitación, la falta de estudios y la ausencia de los informes y dictámenes, entre ellos del Consejo General del Poder Judicial. Mi grupo parlamentario
también va a oponerse, aunque supongan -y aceptamos que suponen- avances técnicos en los medios de investigación, en la implantación de avances tecnológicos en los procedimientos penales, así como los que suponen una traslación de la regulación de
los juicios rápidos. Sin embargo, y como trataré de explicar, vamos a votar también en contra de determinadas modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que entendemos como extemporáneas.
Hemos de reconocer aspectos positivos, sin duda,
pero están sin madurar y nos traen serias dudas sobre su aplicación práctica, por ejemplo, el uso de la videoconferencia en la práctica de diligencias o el uso de nuevas técnicas de investigación a través de análisis de muestras biológicas.
Más
dudas, pese a ser positiva su regulación, genera el funcionamiento y la creación de una comisión nacional sobre el uso forense del ADN. En definitiva, estos temas deberían haberse abordado de otra forma y no como el Gobierno nos tiene
acostumbrados, sobre todo en este último tramo de legislatura, lo que justifica nuestra oposición.



Otro bloque de modificaciones significativas conlleva la adaptación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a la regulación prevista para los juicios rápidos. Respecto


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a este bloque, mi grupo parlamentario se va a abstener porque, pese a la alabanza del ministro del funcionamiento de los juicios rápidos, la realidad es distinta y la práctica demuestra abundantes deficiencias.
Queremos aprovechar la
ocasión para hacer constar el malestar por la falta de medios que han expresado los distintos colectivos afectados, tal y como ya anunciamos en su día, y la necesidad de abordar reformas para hacer más operativo el funcionamiento de los juicios
rápidos.



Finalmente, hay otro bloque de reformas que comprenden la modificación de artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para adaptar su regulación al futuro Código Penal y algún aspecto concreto que se introduce sin causa justificada, a los
cuales también nos vamos a oponer. Las enmiendas introducidas en el Senado vienen a dotar de cobertura legal lo que en realidad no es más que un recorte de los derechos y las garantías jurídicas, y ahí, señorías, estaremos siempre en contra.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Rejón.



En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Ciertamente, el proyecto de ley que accede ya definitivamente al Congreso es un proyecto de ley complejo, integrado por el Código Penal y por algunas disposiciones finales que modifican normativa de diferente característica y cualidad.



En primer lugar, querría hacer referencia a las enmiendas al proyecto de ley de modificación del Código Penal introducidas en el Senado. Desde la visión de mi grupo parlamentario, mejoran el texto y dan satisfacción a importantes problemas
de política criminal. En el día de hoy me gustaría distinguir entre política criminal y dogmática porque tengo que reconocer a SS.SS. que, así como mi grupo parlamentario está satisfecho del resultado de la tramitación de este proyecto de ley
desde el punto de vista de la política criminal y de la protección que se ofrece a determinados bienes jurídicos, desde el punto de vista de la dogmática penal posiblemente sea un producto francamente mejorable y debamos comprometernos a
perfeccionar en el futuro. Deseo manifestar mi satisfacción por haber podido culminar una negociación fructífera, que fue llevada a cabo fundamentalmente por la diputada Mercè Pigem, respecto del tratamiento en el Código Penal de los supuestos de
violencia doméstica. Pudimos culminar esa negociación a través de la introducción en el artículo 48 del Código Penal de una medida tremendamente importante para nosotros que es la posibilidad de controlar, tanto como medida cautelar como en los
supuestos de ejecución de sentencia, el cumplimiento de la medida de alejamiento a través de instrumentos de carácter técnico o electrónico, lo cual, sin lugar a dudas, va a mejorar notablemente la situación de las víctimas de maltrato doméstico en
esta materia.



También había una cuestión pendiente, como pude decir en la aprobación inicial por el Congreso del proyecto de ley de modificación del Código Penal, que era la pérdida -por así decirlo- de la pena privativa de libertad en el caso de la
comisión de una serie de delitos, concretamente unos nueve. Ha sido objeto de intervención por parte de algunos otros portavoces y me gustaría concretarlo. Una primera lectura rápida -no querría decir que apresurada- puede llevarnos a pensar que
el proyecto de ley de modificación del Código Penal viene endurecido del Senado.
Ciertamente, nos encontrábamos con unos ocho o nueve supuestos en los que el proyecto de ley establecía pura y simplemente la pena de multa y para los que ahora prevé
la pena privativa de libertad. Sin embargo, yo les preguntaría a SS.SS. si tiene sentido o no introducir esa pena privativa de libertad. Una de las preguntas que nos debemos hacer es: ¿consideran SS.SS. que los supuestos de conducción de
vehículos bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes o bebidas alcohólicas es un delito que merece pura y exclusivamente la pena de multa o que, por el contrario, tenemos que ofrecer una alternativa -que no sustitución- como es la
existencia de una pena corta privativa de libertad? ¿Consideran también SS.SS. -y no estoy hablando del supuesto político polémico del aborto; estoy absolutamente fuera de ese marco- que un delito como el que se tipificaba antes de 1995 en el
artículo 412: aborto ocasionado violentamente a sabiendas del estado de embarazo de la mujer cuando no haya habido propósito de causarlo -esto es, es el que agrede a una mujer y le acaba ocasionando un aborto-, es merecedor pura y exclusivamente de
pena de multa? ¿Creen que el daño causado a un bien de naturaleza personal como es el nasciturus ocasionado, obviamente, en contra de la voluntad de la mujer, no doloso sino imprudente por parte del agresor, sólo merece una pena pura y
exclusivamente de multa en unos momentos, además, en los que estamos potenciando la protección de bienes jurídicos de naturaleza patrimonial? ¿Creen que ocasionar por imprudencia un aborto a una mujer embarazado de siete meses es merecedor de una
pena de multa o que, por el contrario, tenemos que contemplar también una pena privativa de libertad? Señorías, podría irles desgranando los ocho o nueve supuestos en los que, en virtud de enmiendas del Grupo de Convergència i Unió, se ha
introducido en el Senado como alternativa a la multa una pena privativa de libertad.



Les rogaría que no hagan lecturas tan inmediatas y que examinemos si realmente es sensato o no que existan unos supuestos para los que en estos momentos el


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Código Penal de 1995 contempla una pena privativa de libertad que se eliminaba en el proyecto de ley y que ahora se ha vuelto a introducir en el Senado. Saben SS.SS. que mi grupo parlamentario no era partidario del arresto de fin de semana
para los supuestos de delincuencia habitual, periódica y reincidente. Sin embargo, hemos sido partidarios de mantener los arrestos de fin de semana, no sólo para faltas -como se establece en el proyecto de ley- sino también para los delitos. El
planteamiento del Gobierno y del Grupo Parlamentario Popular ha sido la eliminación del arresto de fin de semana -ahora conocido como localización permanente- para los delitos. No compartimos ese criterio, pero lo que no se puede hacer es, sobre la
base de que no se pretende mantener la localización permanente para los delitos, ir a supuestos prácticamente de despenalización o de penalización pura y exclusivamente con una multa. El planteamiento del proyecto era decir: en delitos no hay
arresto de fin de semana, en los castigados con el Código Penal de 1995, hasta un numero de fines de semana, queda eliminada la pena privativa de libertad y en los castigados con un número superior de arrestos de fines de semana, se generaba una
pena corta privativa de libertad. Era un planteamiento excesivamente matemático, no tenía en cuenta la protección de bienes jurídicos y es un supuesto que hemos arreglado. En cualquier caso, desde el punto de vista dogmático es seguro que pueden
realizarse mejoras; desde el punto de vista de política criminal era una modificación debida, como dijimos aquí en el momento en que se efectuó el debate de totalidad y, por tanto, nos consideramos satisfechos.



Un segundo aspecto son las disposiciones adicionales que han sido aquí citadas. Primera, la reincorporación de aquellas enmiendas del Senado que, habiendo sido aprobadas por el Senado y habiendo sido aprobadas por el Congreso, en la medida
en que después, en la votación de conjunto, no tuvieron mayoría de ley orgánica, decayeron. Desde luego, no fue una situación edificante para el Congreso de los Diputados; yo debo decir que mi grupo parlamentario no se siente especialmente
responsable de que no se hubiesen alcanzado esos 176 votos, pero, una vez en presencia de algo que no fue edificante -la cifra de ausencias de todos los grupos parlamentarios era notable y no todos nos jugábamos lo mismo en Cataluña ni todos somos
diputados de las circunscripciones catalanas-, cuanto antes lo revolvamos, mejor. Si alguna de SS.SS. quiere decir que eso era una chapuza, pues las chapuzas, cuanto más rápido se hagan, mejor. Por tanto, entendimos que debía subsanarse ese
defecto de procedimiento cuanto antes y que la tramitación del Código Penal en el Senado era un momento adecuado, incluso con una ventaja, y lo digo mirando a los portavoces del Grupo Parlamentario Socialista. A ustedes, señores del Grupo
Socialista, que no votaron esas enmiendas y no van a votar el Código Penal, les ahorrábamos un problema. Si lo hubiésemos metido en la ley de cooperación con el Tribunal Penal Internacional les hubiésemos generado un problema, porque estoy seguro
de que esa ley de cooperación con el Tribunal Penal Internacional la van a votar favorablemente en la votación de conjunto y, sin embargo, les hubiésemos metido una serie de enmiendas de las que discrepan, tanto en materia de prisión provisional
como en materia de responsabilidad penal de los menores, que no querrían que su voto favorable al conjunto de la ley también amparase. Desde esa perspectiva, creo que todos vamos a votar de una forma mucho más homogénea. Algunos grupos apoyamos la
reforma del Código Penal y de la prisión provisional y, sin embargo, otros grupos, no. En cualquier caso, quiero reiterar que mi grupo parlamentario está satisfecho de los avances que se produjeron en el Senado en materia de prisión provisional, en
la medida en que se dulcificó el régimen de incomunicación, como pretendía el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), en la medida en que se introdujo un segundo examen médico en los supuestos de incomunicación, como también pretendía el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), o en la medida en que se protegieron de manera mucho más amplia algunos aspectos de procedimiento vinculados a la Ley de Propiedad Intelectual y a la Ley de Propiedad Industrial. Por lo demás, se
ha puesto de manifiesto la necesidad de efectuar una reforma de la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, incluso creo recordar que la semana pasada, cuando el fiscal general del Estado presentó la memoria de la Fiscalía del año 2003,
efectuaba un examen y una reflexión importante, señalando algunas lagunas y algunos problemas que debemos solventar.



Al final, la disposición final segunda recoge el planteamiento inicial del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que era muy claro: la dignidad de la víctima requiere la introducción de la acusación particular en la Ley de
Responsabilidad Penal de los Menores, que fue lo que estuvimos intentando -y testigos hay en la Cámara- a lo largo de toda la tramitación, en el año 1999, de esa ley. No lo conseguimos.
Posiblemente complicamos innecesariamente la pieza de
responsabilidad civil y no lo conseguimos, pero fue algo por lo que estuvimos luchando porque lo tenemos muy claro y, por tanto, se introduce de manera inmediata y efectiva la acusación particular. El Grupo de Convergència i Unió ya dijo hace una
semana que una reforma más amplia de la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores requería conocer el criterio de la Fiscalía, del Consejo General del Poder Judicial, de las comunidades autónomas y, desde luego, un estudio mucho más detenido.
¿Que hay lagunas? Por descontado. ¿Que tenemos que hacer algo respecto de los menores de 14 años que cometen delitos, sobre todo si cometen delitos graves? También. ¿Que no tiene sentido que exista un mismo procedimiento para los delitos que


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para las faltas? Nos lo dijo el fiscal general del Estado hace unos días.
Posiblemente en delitos graves tengamos que contemplar alguna modificación del régimen de internamiento, incluso del sistema de ejecución de la medida. El Grupo
Parlamentario Socialista ha presentado una proposición no de ley en ese sentido. Por lo tanto, ese es el criterio.



Quiero manifestar nuestra satisfacción -y concluyo, señora presidenta- por la modificación que se efectúa en la Ley Hipotecaria, a través de una enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) introducida en el Senado, que va
a permitir la posibilidad de adoptar medidas cautelares de carácter patrimonial en relación con aquellas sociedades que están a nombre de testaferros imputados en delitos.
Fundamentalmente estamos hablando de supuestos vinculados a delincuencia
organizada y será de aplicación en los supuestos de delincuencia económica y narcotráfico. No tiene ningún sentido que cuando el juez de instrucción tenga la convicción moral, porque tiene indicios racionales, de que hay una serie de sociedades que
están a nombre de personas interpuestas pero que realmente controlan y pertenecen a un imputado en un delito de estas características, puedan ser vaciadas patrimonialmente con toda tranquilidad porque no se puede asentar en el Registro de la
Propiedad el embargo preventivo o la prohibición de disponer respecto de esas sociedades. No pudimos introducir esa enmienda en el Congreso y, sin embargo, ha sido aprobada en el Senado.



Finalmente, haré una última consideración respecto de la entrada en vigor.
Esta ley entrará en vigor en tres fases. Mi grupo parlamentario, sin embargo, considera que falta algo. Una vez que se asume -y esa ha sido la posición del grupo
mayoritario-, por ejemplo, que estamos en presencia de actualizaciones de cuantía en aquellos delitos que están vinculados a un determinado perjuicio económico, de una cuantificación, no tiene ningún sentido, desde el punto de vista incluso de la
economía procesal, que esa actualización de cuantías no entre en vigor de una forma inmediata. No podemos dirigirnos contra una persona que comete un hurto por una cantidad superior a las 50.000 pesetas pero inferior a la que en euros marca en
estos momentos el proyecto de ley, para dentro de seis meses o un año tener que archivar el procedimiento por aplicar retroactivamente esa actualización de cuantía. Esta cuestión se debía haber resuelto mejor y no sé si estamos en condiciones de
efectuarlo. En cualquier caso, quiero manifestar la satisfacción de mi grupo. Hemos tenido que negociar sobre la base de la existencia de una mayoría absoluta...



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Silva, le ruego concluya.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Concluyo, señora presidenta.



Entendemos que desde el punto de vista de política criminal, este proyecto ofrece una mejor protección de bienes jurídicos. ¿Dogmática penal? Eso es otra cosa.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Silva.



Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Barrero.



El señor BARRERO LÓPEZ: Gracias, señora presidenta.



Señorías, intervengo en nombre de mi grupo para fijar la posición respecto a una serie de leyes que vienen ahora al Congreso de los Diputados -unas por primera vez, otras por segunda vez- en una situación realmente insólita, alarmante, desde
el punto de vista parlamentario. Nosotros quisiéramos que apareciera en acta una actitud de protesta, porque mi grupo no recuerda, desde hace muchos años, una instrumentalización más partidista del Congreso de los Diputados, que degrada su función
-función que tenemos obligación de someter a un proceso de dignidad- mediante la precipitación en los debates. Una ley tan importante como la del Código Penal, prácticamente no ha sido debatida y se ha creado la situación realmente alarmante de
tener que pasar por el Congreso para una segunda lectura los cambios legislativos que el Gobierno de la nación ha planteado, por primera vez con leyes de enorme importancia, en el Senado: menores, juicios rápidos, prisión provisional, cambios en el
ADN, etcétera. Son leyes importantes, de contenido nuclear, cambios legislativos que merecen el respeto a este Parlamento, a este Congreso, a la técnica legislativa y a los legisladores. De ahí, señora presidenta, nuestra absoluta protesta -así
queremos que aparezca en acta- por esta forma de deterioro del Parlamento a que están sometiendo el Grupo Parlamentario Popular y el Gobierno respecto a estos cambios legislativos tan precipitados y tan esperpénticos. Digo esperpénticos porque
estos cambios legislativos, como en el caso del Código Penal, no entran en vigor hasta dentro de un año; es decir, ha pasado de una forma precipitada y espasmódica por el Congreso de los Diputados y, sin embargo, su entrada en vigor se operará
dentro de un año.



Señorías, en su día fuimos muy críticos con estos cambios y lógicamente mantenemos esa crítica. Entendemos que este Código Penal no tiene técnica legislativa, que no hay un proyecto detrás de seguridad, que además no tiene una habilitación
de lo que es el Código Penal en tiempos modernos, que ha sido definido como auténtica contrarreforma por buena parte de la doctrina y que parte de un concepto de seguridad profundamente antiguo.



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Señora presidenta, para el Gobierno y para el Partido Popular lo que importa es el concepto de delincuencia que se limita a la delincuencia marginal y la seguridad es la lucha contra ese tipo de delincuencia de las calles o delincuencia
marginal. No interesa -y así lo pusimos de manifiesto repetidas veces en el trámite parlamentario corto, pero trámite al fin y al cabo, que sufrió en el Congreso- la seguridad financiera, la seguridad que protege a los pequeños ahorradores frente a
la ingeniería bursátil, no interesa la seguridad medioambiental, no interesa la seguridad alimentaria. Además se es benigno, señorías, profundamente benigno, con algún tipo de delito, determinadas tipificaciones de los delitos llamados de cuello
blanco porque, por la vía de la despenalización de las cuantías, en atención a la puesta en actualidad de los cambios en euros, determinadas conductas aparecen sencillamente despenalizadas: el delito fiscal, la información privilegiada en tráfico
bursátil, el fraude a las subvenciones, las defraudaciones a Hacienda y a la Seguridad Social, etcétera. Por cierto, señorías, si en el año 2002 hemos tenido apenas 38 sentencias por delito fiscal frente a las 293 sentencias por delito fiscal en el
año 1997, este cambio legislativo producido por el Partido Popular es una buena noticia para ese tipo de delitos. Se recuperan además penas que no aparecen ya, abandonadas en los países más avanzados de nuestro entorno, como las penas privativas de
libertad de menos de seis meses. Se elimina el arresto de fin de semana, es decir, la posibilidad de hacer útil la prisión o la represión penal con el mantenimiento de la actividad laboral, llegándose al absurdo de que la posibilidad del impago de
alimentos debe llevar cárcel, que obliga a seguir impagando esos alimentos en los supuestos de divorcio; es decir, determinados cambios operados por el Partido Popular, obsesionado por la cárcel, llevan a cegar las fuentes de ingreso de las
personas sometidas a la obligación de pago de alimentos a sus cónyuges.



Hay un nuevo estigma social en los delincuentes jóvenes o en los que han delinquido por primera vez, porque se eliminan las secciones que, dentro del Registro de penados, habilitaban o permitían la inscripción de las penas suspendidas, a las
que sólo podían acceder los jueces y fiscales.
Pues bien, estas penas suspendidas ya pueden ser conocidas por el resto de la opinión pública, lo que significa un estigma social para aquellos que delinquen por primera vez, los jóvenes, las personas
que delinquen con faltas, etcétera. Toma partido en clave profundamente reaccionaria en algunos supuestos, como en la penalización de la investigación de óvulos humanos, de manera que se cercena de forma drástica la investigación destinada a
solventar enfermedades degenerativas o enfermedades de la importancia de la diabetes.



Además, señorías, como les decía al principio de mi intervención, el Código Penal que vemos en segunda lectura aquí, en el Congreso, en atención a los cambios importantes que se han operado en el Senado, trae también para su debate una serie
de cambios en otras leyes, como la legislación provisional, la de juicios rápidos, menores, etcétera. La legislación de juicios rápidos pone de manifiesto un fracaso claro de la política del Gobierno a la hora de solucionar las dificultades de la
tramitación dilatada de los procesos por asuntos de menor importancia.
Con la prisión provisional no se solucionan los graves problemas que tenemos en este momento en nuestro país y nos estamos habituando a escándalos continuos de excarcelación de
delincuentes, que provocan alarma por ser delincuentes de alto riesgo. Los narcotraficantes, que se excarcelan a pares, van a seguir poniendo en riesgo a la población e incrementando los niveles de inseguridad en nuestro país, porque la solución a
su falta de excarcelación y, por lo tanto, a su juicio, que es lo que merecen, no se incluye dentro de los cambios que se producen en la regulación de la prisión provisional, sino en el hecho de que haya más medios y más voluntad por parte del
Gobierno para evitar estos graves problemas a la ciudadanía. Los cambios que se producen en la prisión provisional no nos llevan sino a un mayor índice de alarma. No es verdad que por advertirse la preferencia de un asunto penal porque una persona
lleve en prisión más allá de dos tercios de la condena, sea posible la no excarcelación de presos de este tipo de riesgo. Esto confirma el grave desinterés del Gobierno en dar carácter preferente a la prisión provisional, debiendo haber optado por
la posibilidad de un control judicial del proceso de carácter habitual y continuado.



Señorías, hay algunos supuestos que rozan claramente la inconstitucionalidad. Con el voto mayoritario vamos a permitir hoy la posibilidad de que la policía dé cuenta de sus detenciones a la hora de que el juez perfile las medidas cautelares
fundamentales de la reiteración delictiva, lo que consideramos claramente inconstitucional.
También es inconstitucional, desde nuestro punto de vista, el hecho de que no sea preciso que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que han hecho el atestado
se personen en la vista oral para contrastar su denuncia, considerándose una simple denuncia como prueba en un juicio. Sin duda alguna, señorías, es inconstitucional la creación de un registro de medidas cautelares en el Ministerio de Justicia,
medida, al parecer, muy querida por el Grupo Parlamentario Popular, que somete a muchos ciudadanos, por lo que hemos visto hace poco, a un perfil delincuencial.
Por lo tanto, se trata de un registro de sospechosos, de una presunción de culpabilidad
de aquellas personas que se hayan visto sometidas a una medida cautelar, aunque el final del proceso haya sido absolutorio. En definitiva, señorías, se trata de una medida claramente anticonstitucional.



Señorías, termino diciendo que la situación de aumento de la inseguridad no se va a solventar por la ampliación de las penas en un Código Penal, para nosotros


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profundamente reaccionario, ni por los cambios legislativos que ustedes realizan en la legislación procesal, considerándola insuficiente. Nuestro Código Penal y nuestra legislación procesal precisan cambios puntuales para acercarla a los
países más avanzados de nuestro entorno en estas técnicas, y no para alejarla de ellos, como ocurre con los cambios legislativos que ustedes abanderan. Las situaciones de inseguridad son consecuencia de un aumento de la marginalidad y de la
pobreza, de una desigualdad social y de una eliminación de medios clara y contundente por parte del Gobierno, como pone de manifiesto la eliminación de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en número mayor a 10.000, o la limitación de
medios en plazas de jueces y fiscales en este presupuesto, situándose en una cifra tan rácana, ridícula e insuficiente como la de 30 jueces y 20 fiscales.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Barrero, le ruego concluya.



El señor BARRERO LÓPEZ: Tenemos que hacer políticas sociales en consonancia con los países de nuestro entorno, para no ser humillados cuando el barómetro Eurostat del año 2003 pone de manifiesto que España, sobre el índice medio de 100,
tiene un gasto social de apenas 60; por lo tanto, muy por debajo de Italia, que tiene 97; Francia, con 110; Alemania, con 114 o Dinamarca, con 124.



No es verdad -termino, señora presidenta- que a más cárceles, más seguridad. La inseguridad que hoy tenemos ha significado, sin embargo, 52.000 presos y hacinamiento en nuestras cárceles. En siete años, hemos pasado de 42.000 a 52.000
presos y seguimos teniendo más inseguridad.
Tenemos ya la mayor tasa de presos por habitante, 124 por 100.000 habitantes, comparable sólo con la de Rusia, muy por encima de Italia o Alemania, 95; Francia y Grecia, 80; Dinamarca, 60.



Señorías, señora presidenta, el mensaje que ustedes quieren plantear a la sociedad, a la ciudadanía -más seguridad, más cárceles, más persecución a los delitos marginales, menos persecución a los delitos de cuello blanco, menos medios, menos
jueces, menos policías- no es nuestro mensaje. Su mensaje es, para nosotros, reaccionario, antisocial, antiguo, sectario y clasista, y en este mensaje, señorías, no les vamos a acompañar.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Barrero.



Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Bueso.



El señor BUESO ZAERA: Gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, subo a la tribuna para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular sobre las enmiendas del Senado al proyecto de ley de reforma del Código Penal. En primer lugar, quiero manifestar el agradecimiento de
nuestro grupo a Coalición Canaria y a Convergència i Unió por la muestra que han dado de responsabilidad política por su cooperación para mejorar en el Senado esta ley.



Respecto a la intervención de los distintos portavoces de los grupos parlamentarios, al señor Rejón, así como al resto de portavoces de los demás grupos, les quisiera decir que les agradecemos que asistieran al homenaje al que ha hecho
referencia al principio de su intervención. Sin embargo, ya que el señor Rejón ha hecho una alusión muy concreta, yo le diría -aunque creo que no está en este momento en el hemiciclo, pero lo leerá en el 'Diario de Sesiones'- que no emplee la
ironía, pues en ese homenaje estuvo todo muy bien y a nadie -permítaseme la expresión, en palabras del señor Rejón- se le calentó la boca, absolutamente a nadie, y nadie dijo lo que el señor Rejón ha manifestado en esta tribuna, sino que es su
interpretación interesada. En la cena-homenaje estuvo todo muy bien, y nos congratulamos por la asistencia de los portavoces de todos los grupos parlamentarios.



En relación con el representante del Grupo Socialista, señor Barrero, quisiera decirle que estamos ya acostumbrados a sus intervenciones, puesto que en la última, que fue en la comparecencia del fiscal general del Estado, dijo algo muy
parecido a lo que aquí ha vertido. Ya veo que no le interesa lo que le voy a decir puesto que sale del hemiciclo, pero luego volverá, según me dice. Ha manifestado su protesta por lo que ha calificado como una situación insólita y alarmante y dice
que es una instrumentalización partidista del Congreso de los Diputados. Nada más lejos de la realidad, no hay instrumentalización de ninguna clase. Otra cosa muy distinta es que lamentemos, y lo lamentamos, señorías, lo ocurrido en el Pleno sobre
la prisión provisional, pero eso en absoluto quita para que todo lo que se ha aprobado en el Senado sea de un cariz tremendo y tenga además la mayor altura jurídica para llevar a cabo las reformas que clamorosamente se están pidiendo, pues son
necesarias y supongo que el Grupo Socialista no estará en contra de que esas reformas se lleven a cabo. Otra cuestión es la estrategia que a cada uno le interesa mantener y máxime en estos momentos preelectorales.



En cuanto a que se ha hecho con precipitación la reforma del Código Penal y que es esperpéntico, espasmódico, etcétera, que son los calificativos que ha dicho en todo los foros en los que hemos intervenido durante este tiempo desde el mes de
marzo, tengo que decirle que no ha habido precipitación, ni mucho menos, porque S.S. sabe perfectamente que se constituyó una comisión de expertos que ha trabajado más de veinticuatro meses y que abarca todas las sensibilidades, porque se trata de
una ley importante para modernizar y actualizar el vigente Código Penal en todo aquello que


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es necesario para adaptarlo a la realidad social. Es una pieza esencial de una democracia en la que se defienden los derechos y libertades de los ciudadanos. El vigente Código Penal de 1995, de ocho años de antigüedad, tiene carencias e
insuficiencias puestas de relieve por 30 proposiciones de ley de todos los grupos parlamentarios precisamente para hacer reformas; concretamente hay once del Grupo Socialista, si no me falla la memoria. El presidente del Gobierno en su discurso de
investidura contrajo con los ciudadanos el compromiso de reformar el Código Penal y ofreció un método, el del rigor jurídico. Por orden del Ministerio de Justicia se constituyó esa comisión de expertos a la que he hecho referencia, compuesta por
personas de todos los ámbitos y de las más variadas sensibilidades, para ofrecer propuestas y sugerencias a quien corresponde constitucionalmente la iniciativa legislativa que es al propio Gobierno, es decir, al Ministerio de Justicia.



No hay que olvidar que la reforma, que tiene varios ejes, pretende incorporar al Código Penal nuevas realidades que no tienen acomodo en el vigente Código Penal ya que una democracia no puede dejar impunes cuestiones como la mutilación
genital femenina, el maltrato a animales, el robo de teléfonos móviles, la violencia en el deporte. En segundo lugar, trata de definir de manera más precisa otras figuras atendiendo a criterios técnicos sugeridos por la propia comisión de expertos
y, en tercer lugar, sustituir aquellas penas que se han demostrado absolutamente insuficientes. Asimismo, supone una apuesta por reducir el número de delincuentes víctimas de la drogodependencia, es decir, sustituyendo una condena de prisión por un
plan de rehabilitación y desintoxicación. Todo ello está basado en unos principios muy elementales como son el sentido común, la buena factura jurídica y la adaptación a una realidad social cambiante. Esto es, señor Barrero, señoras y señores
diputados, lo que ha llevado consigo esta reforma. Otra cuestión muy distinta es no querer cooperar o pretender que el Código Penal de 1995 es intocable. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


Entrando en las enmiendas del Senado, señorías, tengo que decir lo siguiente. En relación con el maltrato de animales, se introduce como falta el abandono de animales. En cuanto a la prohibición de aproximarse a la víctima, el juez o
tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan. Por lo que se refiere a los trabajos en beneficio de la comunidad, podrán consistir en labores de reparación de los daños
causados o de apoyo o asistencia a las víctimas. En cuanto a los reos habituales, son los que hubieran cometido tres o más delitos de los comprendidos en un mismo capítulo, en un plazo no superior a cinco años y hayan sido condenados por ellos.
Sobre el aborto por imprudencia grave, será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a diez meses; en el texto que salió del Congreso se decía pena de multa de seis a doce meses. Como muy bien ha dicho el señor Silva,
no existe ningún endurecimiento de las penas puesto que lo que se ha hecho es adecuarlo a la realidad, a la situación real. En cuanto a la modificación de las penas por lesiones, las lesiones por imprudencia grave, si se cometieren utilizando un
vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego se impondrá la pena de privación del derecho de conducir vehículos a motor o ciclomotores o de la tenencia y porte de las armas por un año hasta cuatro años. Respecto a la conducción de vehículos
bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes, etcétera, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multas de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso
privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro años.
Puede haber pena de prisión de seis a dos años, o multa de doce a veinticuatro meses para quien origine un grave riesgo para la
circulación.



Entre las enmiendas más importantes que vienen del Senado destacan fundamentalmente las disposiciones finales que hacen referencia a los delitos relativos a la propiedad intelectual, a las huellas o vestigios, al ADN. La prisión provisional
ha quedado plasmada en las enmiendas del Senado de una forma importante, puesto que cuando la prisión provisional se hubiera decretado en virtud de lo previsto en los artículos a los que se refiere, su duración no podrá exceder de un año cuando la
pena sea de menos de tres años; cuando la prisión provisional sea de dos años, la pena tiene que ser superior a tres años. A este respecto, prevé una serie de prórrogas, porque, cuando se exceda de las dos terceras partes de su duración máxima, el
juez o tribunal y el ministerio comunicarán al presidente de las áreas del fiscal-jefe que se adopten las medidas precisas. No es cierto lo que ha dicho aquí el señor Barrero en relación con no se soluciona el problema de las personas que no han
sido juzgadas aplicándoles estas medidas que se han aprobado en el Senado.



Por otro lado, también es importante el cumplimiento de la medida acordada por el juez, todo lo referente a la conformidad, que viene regulado de una forma muy detallada, así como lo referente a los delitos conexos, la inhibición a favor de
otro juez en caso de incompetencia y todo lo relativo a que la Policía judicial remitirá un informe con el atestado, dando cuenta de las detenciones así como de las requisitorias, y todo lo referente a los delitos contra la propiedad intelectual e
industrial y la valoración de mercancías sustraídas en establecimientos comerciales, la orden de protección para las víctimas de violencia doméstica, lo mismo que los delitos contra la propiedad intelectual e industrial, que se refleja en todos y
cada uno de los artículos que hacen referencia a estos dos conceptos, lo mismo que


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la sentencia de conformidad viene regulada perfectamente, y eso beneficia a la tramitación.



Por otro lado, también son enmiendas importantes las relacionadas con la citación a los testigos y la no citación a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que hubieran declarado ya en atestado. En lo referente a las faltas de
los artículos 617, 623.1 y 620 del Código Penal, se citará inmediatamente a los ofendidos y perjudicados, denunciante, denunciado o testigos, ante el Juzgado de guardia y podrá celebrarse el juicio de faltas de forma inmediata aunque no comparezcan;
si no fuere posible la celebración del juicio durante el servicio de guardia, el juzgado seguirá una serie de reglas, las que se refieren a la competencia del enjuiciamiento al propio Juzgado de Instrucción a otro juzgado; el Consejo dictará los
reglamentos oportunos para la ordenación de los señalamientos del juicio de faltas.



Con relación al registro central, que el señor Barrero se ha atrevido a decir que es anticonstitucional, le tengo que decir que en absoluto es anticonstitucional. Las medidas cautelares de prisión provisional, su duración máxima y su
cesación así como las demás medidas cautelares adoptadas en el curso de los procedimientos penales se anotarán en un registro central, que no es ningún registro de sospechosos -como de una forma irónica le ha llamado el señor Barrero- y el Gobierno
dictará las disposiciones reglamentarias oportunas sobre la organización, competencias, etcétera. En cuanto a la disposición final tercera, la enmienda que se refiere a la comisión nacional sobre uso forense del ADN es importantísima.



Tengo que dar las gracias a los grupos parlamentarios, a todos en este caso, que apoyaron en el Senado la reforma de la Ley 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de los menores, en la que se fija de una forma clara que el juez de
menores no podrá imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos por tiempo superior a la solicitada por el Ministerio Fiscal y podrán personarse en el procedimiento como acusadores particulares las personas directamente ofendidas
por el delito, sus padres, sus herederos o sus representantes legales, si fueren menores o incapacitados, y con las facultades y derechos de ejercitar la acusación particular, instar la imposición de medidas, tener vista de lo actuado, proponer
pruebas, participar en la práctica de esas pruebas, ser oído en todos los incidentes y en caso de modificación o suspensión de las medidas y participar en las vistas o audiencias que se celebren, así como formular los recursos procedentes.



Finalmente quiero hacer referencia a la disposición final sexta, en la que el Gobierno impulsará las medidas orientadas a sancionar con más firmeza y eficacia los hechos delictivos que, aun cometidos por menores, revistan especial gravedad;
se prolongará el cumplimiento del tiempo de internamiento en centros en los que se refuercen las medidas de seguridad impuestas y la posibilidad de su cumplimiento, a partir de la mayoría de edad, en centros penitenciarios.



En cuanto a la entrada en vigor, como muy bien ha dicho el portavoz de Convergència i Unió, a la vista de las distintas reformas que hay en este Código Penal y que se reflejan de manera clara en estas enmiendas que vienen del Senado, tengo
que decir que no son ciertas las afirmaciones que ha hecho el señor Barrero en esta tribuna a este respecto. Unas entran en vigor al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, otras cuando entre en vigor la ley concursal y
otras entrarán en vigor con posterioridad, todo ello porque hay una seguridad jurídica frente a esa inseguridad jurídica a la que ha hecho referencia el señor Barrero.



La señora PRESIDENTA: Señor Bueso, le ruego concluya, por favor.



El señor BUESO ZAERA: Termino, señora presidenta, diciendo que la ley del Código Penal es una ley importante y que tendrá pervivencia en el futuro y, al acometer su reforma, se ha prestado un buen servicio a la sociedad y a todos los
españoles.



Nada más y muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Bueso.



Iniciamos la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.



Votamos, en primer lugar, las enmiendas a los artículos 33, 40, 48, 49, 57, 83, 84, 270, 271, 274, 286, 468, 567, subapartados b), c) y g) del apartado primero de la disposición final primera nueva, así como los subapartados d), e), f), h),
j) y m) del apartado segundo de la disposición final primera nueva, así como la disposición final segunda nueva.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 299; a favor, 284; en contra, ocho; abstenciones, siete.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Votamos las enmiendas a los subapartados h), i), j) y k) del apartado primero de la disposición final primera nueva, así como los subapartados a), b), g), i), l), ñ), o) y p), del apartado segundo de la disposición final primera nueva.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 298; a favor, 195; en contra, tres; abstenciones, 100.



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La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Votamos el resto de las enmiendas del Senado al proyecto de ley orgánica.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 299; a favor, 193; en contra, 98; abstenciones, ocho.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



VOTACIÓN FINAL DE CONJUNTO.



La señora PRESIDENTA: Votación final de conjunto del proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, dado el carácter orgánico de la misma.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 299; a favor, 193; en contra, 100; abstenciones, seis.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado al haberse superado el número de votos exigidos.



- PROYECTO DE LEY DE ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS. (Número de expediente 121/000164.)


La señora PRESIDENTA: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de arrendamientos rústicos. (Rumores.)


Señorías, por favor, es preciso que continuemos con el debate, para lo cual les ruego que cooperen con la presidencia en mantener un nivel de murmullo en los escaños que permita las intervenciones de los diputados.



¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)


En primer lugar, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto, señor Rodríguez.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.



Para el Bloque Nacionalista Galego, las enmiendas introducidas en el Senado al proyecto de ley de arrendamientos rústicos no varían su filosofía inicial de potenciar la liberalización de los arrendamientos rústicos, relegando las garantías
de los arrendatarios a favor de una mayor libertad para pactar el régimen arrendaticio de las tierras agrarias, lo cual sin duda beneficiará en mayor medida a los grandes propietarios de tierras y a las grandes explotaciones. Este proyecto de ley
se inserta, por tanto, en la línea de favorecer un modelo de agricultura intensivo en capital, destructor de empleo y desvinculado de la tierra y de la cultura agraria, donde prima el carácter estrictamente mercantil sobre otros aspectos inherentes
a la agricultura, como son la fijación de población en el medio rural, la seguridad alimentaria o la conservación del medio ambiente en detrimento de las explotaciones familiares y en beneficio exclusivo de las grandes explotaciones y de las
multinacionales de la agricultura.



La mayor parte de las enmiendas responden a pequeñas modificaciones técnicas o de carácter sintáctico y gramatical. Únicamente dos de ellas, las relativas a los artículos 8.1 y 31, introducen algún cambio de menor calado para mejorar la
posición de los arrendatarios en las relaciones contractuales. Finalmente, en la enmienda que afecta al artículo 11 se acepta la formalización obligatoria por escrito de los arrendamientos rústicos, debido sin duda a la insistencia de los grupos
parlamentarios que habíamos defendido desde el inicio la inclusión del requisito de la forma escrita para todos los contratos de arrendamiento rústico. En suma, señorías, con el texto final de este proyecto de ley, debido a las mínimas
modificaciones admitidas por el Grupo Popular en el trámite parlamentario, no se contribuye a mejorar la distribución de las tierras agrarias ni habrá una repercusión favorable sobre la dimensión media de las explotaciones, sino, al contrario, se
favorece a las grandes explotaciones agroindustriales y a los grandes propietarios rurales, lo cual no es sinónimo de modernización agraria y de desarrollo rural.



Nada más y muchas gracias, señor presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rodríguez.



Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta. Mi grupo va a votar favorablemente todas las enmiendas que nos ha remitido el Senado a este proyecto de ley de arrendamientos rústicos. Quiero destacar en mi corta intervención
las siguientes enmiendas, porque la mayoría de ellas son de corrección técnica de adecuaciones puramente gramaticales. En primer lugar, la enmienda introducida al artículo 8, sobre el desenvolvimiento del contrato, viene a cubrir un déficit que
tenía el proyecto que salió del Congreso hacia la Cámara Alta, sobre la nulidad de los pactos que impongan en el arrendamiento cualquier restricción sobre los cultivos o sobre el destino de los productos. Es una cláusula que va a dar una seguridad
y una clarificación de asentamiento jurídico en cuanto al sometimiento a esta cláusula de posible nulidad en todo contrato que lo predeterminara, salvo que se tratara de evitar que un cultivo esquilmase la tierra o sean las prohibiciones
consecuencia de disposiciones legales y reglamentarias de cualquier ámbito europeo, estatal, autonómico o local. La segunda enmienda que quiero destacar es la dirigida al artículo 11 del capítulo III, en forma de los diversos supuestos y que ahora
se van a


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llamar criterios y requisitos formales, es decir, la obligatoriedad de que los contratos de arrendamiento deberán constar por escrito. En cualquier momento, las partes podrán compelerse a formalizarlos en documento público y
fundamentalmente para completarse a la constitución del inventario de bienes arrendados.



La otra enmienda que quiero destacar está dirigida al artículo 31 en cuanto a la duración del contrato, dentro de lo libremente pactado entre las partes contractuales contratantes. Con esta enmienda se significa que en los contratos de
duración anual o inferior la notificación previa de finalización del contrato se efectuará al menos con seis meses de antelación. Es un requisito que puede poner orden y disciplina y evitar contenciosos muy frecuentes en este tema. Finalmente, la
enmienda dirigida a la disposición transitoria segunda, referente a los procesos pendientes, introduce una serie de modificaciones que llevan a una garantía procesal, sobre todo cuando los procesos judiciales y extrajudiciales que se hallen en curso
en el momento de la entrada en vigor de esta nueva ley que hoy aprobamos definitivamente pueden continuar tramitándose por la legislación sustantiva sobre arrendamientos rústicos que en ese momento fueren aplicables. Qué duda cabe que con esta
enmienda se está refiriendo -con esto termino, señora presidenta- a la Ley 83/1980, de 31 de diciembre, así como a la Ley 1/1987. Quiero destacar estas dos leyes, la 83/1980, aprobada por el Gobierno de la Unión de Centro Democrático, adaptándose a
las circunstancias por el entonces ministro de Agricultura don Jaime Lamo de Espinosa, que en aquel momento respondió a las exigencias que había en esta situación y teniendo una gran lectura de justicia social, así como la Ley 1/1987, aprobada en el
mandado de don Felipe González, en cuanto a la prórroga de estos contratos y los plazos de acceso a la propiedad. Son dos leyes que han cumplido, aunque ahora se derogan, unas etapas muy importantes en los arrendamientos rústicos y que incluso en
algunos aspectos que ahora se suprimen o se cambian podrán dejar un recuerdo, sobre todo en el campo de los arrendatarios, que ha supuesto una utilización inteligente y productiva de las tierras agrarias y de las explotaciones agropecuarias en
nuestro país. Por eso votaremos ahora, adecuándonos a los tiempos y a las circunstancias, esta nueva ley de arrendamientos rústicos con las enmiendas que nos llegan del Senado.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



En nombre del Grupo Parlamentario Vasco ( EAJ-PNV), señor Txueka.



El señor TXUEKA ISASTI: Señora presidenta, señorías, en el trámite del Senado se nos han aceptado trece enmiendas, básicamente técnicas, pero aun así deseo manifestar nuevamente nuestra posición crítica antes esta ley.



Seguimos opinando que esta ley pone en peligro la regeneración del sistema rural y que elimina la orientación profesional de los arrendatarios, apuesta por las grandes explotaciones y aboga por figuras societarias en detrimento de la
explotación familiar, eliminando la preferencia de acceso a la propiedad y reduciendo la duración del contrato, lo que dificulta la estabilidad de las explotaciones. La reducción de la duración mínima de los contratos además puede impedir la
incorporación de los jóvenes a la actividad agraria, al no ser este un plazo suficiente para que puedan obtener rendimientos de la explotación ni tampoco, en su caso, para obtener las ayudas destinadas a la incorporación de los jóvenes a la
agricultura, que provienen de los fondos europeos, al no poder garantizar que puedan mantener su actividad en el campo el mínimo exigido de cinco años, al ver vencido su contrato de arrendamiento antes de dicho plazo. Por todo ello, a pesar de la
aprobación de las enmiendas citadas en el Senado, manifestamos nuestra posición crítica y contraria a esta ley.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Txueka.



En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, señor Centella.



El señor CENTELLA GÓMEZ: Señora presidenta, voy a remarcar lo que ya dijimos en su día. Estamos ante una ley que supone una tremenda frustración para el sector agrario. Realmente resulta al menos sintomático que cuando tantas leyes hacen
falta para el sector agrario, empezando por la propia ley general de agricultura, que era un compromiso del Gobierno, del ministro, y que no se va a cumplir en esta legislatura evidentemente, el Grupo Popular se haya mostrado decidido a traer
solamente esta ley; una ley que supone un grave peligro, como se ha dicho por otros portavoces, para la posible regeneración de la agricultura profesional, porque al establecerse plazos de tres años evidentemente hace imposible que los jóvenes se
planteen la actividad agraria como una actividad a largo plazo.



Ya lo dijo el portavoz del Grupo Popular en la Comisión, y así consta en el 'Diario de Sesiones'. Esta ley lo que pretende entre otras cosas es facilitar el acceso al sector agrario de personas o de entidades que no tienen este elemento
como su actividad principal. Decían que tenían que venir a la agricultura profesionales de otros sectores. Ese es un elemento que deja bien claro cómo el Partido Popular está en este momento claramente decidido a acabar con el agricultor
profesional. Ese plazo de tres años supone también un serio problema medioambiental, porque quien en tres años quiera rentabilizar una explotación no tiene más remedio que sobreexplotarla, con lo cual esto también supone desde


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el punto de vista medioambiental un serio problema. Repito, es una ley que supone la pérdida de una gran ocasión para haber puesto al día una necesidad, pero el Grupo Popular la ha utilizado simplemente para intentar introducir aún más el
neoliberalismo en la agricultura, con todo lo que esto puede suponer.



También, como dijimos en Comisión, he de resaltar que se ha perdido la ocasión de haber actualizado la Ley de arrendamientos rústicos históricos, que también ha creado muchos problemas, incluso judiciales, y que tampoco el Grupo Popular
contemplaba actualizarla entre sus necesidades. Por tanto, repito, es una ley hecha exclusivamente para mermar la profesionalidad de la agricultura y para permitir que otros sectores económicos puedan seguir haciendo negocios a costa de la
agricultura. Por eso nuestro grupo, que entiende que las enmiendas que se han presentado en el Senado no vienen a resolver estos problemas, va a seguir manteniendo su rechazo a esta ley, aunque evidentemente en las enmiendas que estimemos
conveniente votaremos a favor.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Centella.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Companys.



El señor COMPANYS SANFELIU: Muchas gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, no voy a entrar en un debate pormenorizado de las enmiendas del Senado porque en general son de carácter técnico, como ya se ha dicho, aunque sí voy a destacar la enmienda que ha sido aceptada a nuestro grupo
parlamentario, en la que queda claro que en las comunidades autónomas con regímenes jurídicos especiales esos tendrán prevalencia en su aplicación, hecho que en gran manera resuelve una de las grandes preocupaciones que nuestro grupo parlamentario
tenía. Lástima que en el Senado el Grupo Socialista, de forma especial Entesa dels Catalans, no votara esa propuesta. La incorporación de dicha enmienda, que no hace otra cosa que expresar la doctrina del Tribunal Constitucional, unida a otra que
retarda en seis meses la aplicación de la normativa, permite a los parlamentos de las comunidades autónomas con regímenes especiales legislar al respecto antes de que la presente ley sea de aplicación en todo el territorio. Desde este punto de
vista las comunidades autónomas de Baleares, Galicia, País Vasco y Cataluña tenemos el problema bastante resuelto. No obstante, desde una visión global se podría haber adelantado en temas como los derechos de tanteo y retracto y adquisición
preferente, cuya desaparición desde nuestro punto de vista no tiene ninguna lógica. Esas figuras no afectan a la agilidad del mercado del arrendamiento de las tierras; es más, dentro de un rato veremos en esta Cámara la Ley de Montes y en su
capítulo V hablaremos del derecho de adquisición preferente de tanteo y retracto. Por tanto, en la Ley de Montes sí se podrá hacer esto pero no en las fincas de carácter rústico.
Creo que esto es una gran contradicción y seguramente será que los
ministerios no deben tener comunicación interna. Desde nuestro grupo parlamentario creemos que el hecho de que el actual proyecto abra la posibilidad a que cualquier persona pueda arrendar, sin que tenga la necesidad de ser profesional agrario y
además otorgue capacidad de arrendar a las comunidades de bienes cuando estas no tienen reconocida capacidad jurídica propia, es una propuesta que como mínimo no favorece a la agricultura productiva y sí a la especulativa.



No voy a entrar ahora en el tema de la duración de los contratos porque ya lo he comentado en diferentes ocasiones. Por tanto, como lo que hoy vamos a votar no es el conjunto de la ley sino la modificación producida por las enmiendas del
Senado y éstas, como he dicho, son básicamente de carácter técnico, incluso algunas mejoran el texto que salió de esta Cámara, nuestro grupo votará a favor de las mismas.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Companys.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cuadrado.



El señor CUADRADO BAUSELA: Gracias, señora presidenta.



Señorías, nadie entiende esta ley, nadie; especialmente nadie en el sector agrario. Hay un millón de agricultores y ganaderos españoles que no entienden esta ley; hay algo más de cinco mil cooperativas agrarias que no entienden esta ley;
hay tres organizaciones agrarias (ASAJA, UPA, COAG) que no entienden esta ley y se han pronunciado claramente en contra. La pregunta es: ¿Para qué sirve esta ley? Incluso nos podemos preguntar para qué sirven estas enmiendas técnicas que vienen
del Senado hoy aquí. Por cierto, al colega del Grupo Catalán le ha servido para entrar, aunque brevemente, en la campaña electoral en Cataluña. Le diré que espero que con la ley de arrendamientos no pase lo mismo que con la Ley del Vino, que
votaron ustedes aquí a favor de la Ley del Vino y ahora, junto con el Grupo Socialista y con el resto de los grupos, salvo el Grupo Popular, la han recurrido ante el Tribunal Constitucional. Digo esto porque a veces entrar en la campaña electoral
de una manera tan forzada tiene este tipo de cosas. Esta ley tampoco la comparte el Grupo Catalán, por tanto, no la comparte nadie más que el Grupo Popular, al menos en relación con el mundo agrario.



¿Por qué esta ley? ¿Hoy es un buen día para alguien en el sector agrario? Hoy es un buen día -si es que es un buen día para alguien- para el ganadero Romero de Tejada; hoy es buen día para quien, por lo visto, está pensada -y otros
parecidos a él- esta ley, que como


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se dice en la exposición de motivos es para dar viabilidad al sector agrario, para favorecer la proliferación de sociedades de administración o arrendamiento de fincas ajenas que ha de dar como fruto unidades de producción más tecnificadas,
mejor informatizadas, llevadas, pues, con criterios empresariales, agricultores con vocación de permanencia y -este es el fin, según dice la propia exposición de motivos- de los agricultores a título principal. ¿Para esto es para lo que se hace
esta ley? ¿Se hace una ley -me gustaría que luego el Grupo Popular nos lo explicara-, se hace una ley -y estoy pensando en algún agricultor de mi tierra- para que ellos hagan lo mismo que hace este ganadero ilustre al que he citado antes, que haga
cosas como las siguientes? Lo digo para que aprendan los agricultores y ganaderos españoles, que llevan generaciones y generaciones explotando la tierra con explotaciones familiares, que eso se ha acabado y que ahora entramos en una nueva era en la
economía agraria. Es la era de Arquimoby 98, creada por el ganadero Romero de Tejada, que alquila una finca a su vez a Malveñez, sociedad anónima, y que entra en un mundo complejísimo de empresas, del que sólo citaré algunas, que son, por ejemplo,
para que se vayan familiarizando nuestro agricultores y ganaderos: Maintegral, Cofira, GE Proyectos Inmobiliarios, Renta Inmobiliaria, GMP Sociedad Inversión Inmobiliaria, Centro de Actividades Empresariales Chamartín, Génova 27, Cita Renta, Atrio
Parque Empresarial, Foresta Parque Empresarial, Ociópolis... Podría seguir citando todo un conjunto de empresas inmobiliarias para terminar en una empresa, Monteagro, que es la que se relaciona con Arquimoby 98 y que, siguiendo toda la trama,
llegan a hacer contratos de alquiler de unos a otros, de unas empresas a otras para que al final se pueda explotar una finca que termina teniendo ovejas que a su vez son propiedad no de Arquimoby 98 -señor Romero de Tejada, ilustre ganadero-, sino
de un señor que tiene una empresa de fotocopias que a su vez es el dueño de las ovejas y que le paga la Seguridad Social al de Arquimoby 98.



Todo esto es lo que quieren ustedes que se introduzca en el campo español para modernizarlo y para acabar de una vez con la antigualla de los agricultores a título principal porque dicen ustedes que en Europa ya no se usan y que ya no
aparecen en los reglamentos. Esto es lo que ustedes introducen en el campo español como novedad con esta ley de arrendamientos. Por cierto, al final uno se pregunta: ¿Este sistema es un buen sistema de gestión ganadera agrícola? Pues no lo sé,
tengo mis dudas. Posiblemente sí, porque ha llevado a la empresa a la quiebra, que es lo que hay que hacer. Se lo explicaré a mis paisanos de Tierra de Campos, a mis colegas o a mis amigos cerealistas y ganaderos de ovino.
Les explicaré que lo
que tienen que hacer es crear una empresa y llevarla a la quiebra técnica y después intentar cobrar las subvenciones. Ahora, ¿es un buen sistema? Pues no lo sé. Por ejemplo, cuando la empresa Arquimoby 98 quiso cobrar las subvenciones de las
Bezas, no se las pagaron; cuando quiso cobrar la subvención por el trigo, no se la pagaron; cuando quiso cobrar la subvención por la retirada de tierras, no se la pagaron; y cuando se puso a contar ovejas las contó muy mal, contó el 33 por ciento
más de las que realmente pastaban en la finca. Este es el modelo agrario del Grupo Popular que quiere introducir con esta ley de arrendamientos rústicos.



Dirán SS.SS. que con tantas empresas uno se pierde. No se preocupen; es de lo que se trata, de que el inspector de Hacienda se pierda y que el inspector del FEGA se pierda. De eso se trata, y con eso se pierde, indudablemente; se pierde
seguro. Miren dónde tenía que ir a buscar al paisano. La finca está en Extremadura y tenía que ir a buscarlo a Majadahonda, de donde era alcalde, y allí hacía los ingresos de la otra empresa con la que después termina teniendo una relación a
través de las fotocopias. Muy complicado para el mundo agrario, muy complicado para los agricultores y ganaderos españoles, complicadísimo. Quiero terminar simplemente diciendo que en una cosa sí han mejorado esta ley en el Senado. Por cierto, ha
pasado de quince días a seis meses el preaviso, porque es lo que exige la Ley de contratos del Estado para cualquier contrato; lo han rectificado. Por tanto, esa mejora es técnica también, y no está mal que la hayan hecho. Lo han mejorado porque
se dice en una disposición final que la ley entrará en vigor no dentro de tres meses, como salió del Congreso, sino dentro de seis meses. Pues bien, a los agricultores y ganaderos que no lo entienden, a las cooperativas agrarias que no lo
entienden, a la gente del mundo rural que no lo entiende, a la UPA, a ASAJA, a la COAG, en nombre del Grupo y del Partido Socialista les diré que esta ley, gracias a esta enmienda de los seis meses, no entrará en vigor. Se lo anuncio solemnemente.
(Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Cuadrado.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señor Bueso.



El señor BUESO ZAERA: Gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, subo a la tribuna para defender las enmiendas que vienen del Senado sobre este proyecto de ley de arrendamientos rústicos. En primer lugar, quiero agradecer al señor Mardones su discurso que, como siempre, ha
sido moderado y lleno de sentido común, como lo ha sido desde el principio de la tramitación de este proyecto de ley porque sabe perfectamente que es grande y se adecua a la realidad social actual.



En lo que respecta al Grupo Socialista, señor Cuadrado, tengo que decirle que usted no se ha leído la ley. Está haciendo -también lo ha hecho en el día de


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hoy- demagogia, porque todos los argumentos de las intervenciones anteriores que ha habido sobre este proyecto de ley le han fallado. Ha hecho una demagogia que me atrevería a calificar de barata. Usted no ha dicho ni una palabra de la ley
porque no la conoce, no se la ha leído. Si ahora hiciéramos un debate sobre lo que es la ley posiblemente este portavoz le pondría en graves apuros. (Aplausos.) Dice que nadie entiende esta ley. Usted es el que no la entiende. Otra cosa muy
distinta es que se quiera compartir o no se comparta. Otros grupos han intervenido con otra actitud bastante distinta de la suya. Rechazo categóricamente que no la entiendan un millón de agricultores y ganaderos, cinco mil cooperativas agrarias y
las tres organizaciones agrarias. Nosotros también hemos estado con las organizaciones agrarias y hasta hace pocas horas. Usted ha venido aquí a decir desde su escaño que hoy es un buen día para los ganaderos como Romero de Tejada, y se ha
dedicado única y exclusivamente a blandir y exhibir una serie de cuestiones que no tienen nada que ver con esta ley. Eso le descalifica totalmente sobre el conocimiento que tiene de la misma.



Usted ha preguntado que para qué sirve esta ley. Le voy a decir para qué sirve esta ley. Esta ley sirve sencillamente para modernizar la agricultura española; sirve para flexibilizar el régimen de arrendamientos rústicos favoreciendo la
movilidad de la tierra y aumentando la dimensión física y económica de las explotaciones y sirve -puesto que estamos en un contexto muy diferente del propio de décadas anteriores, que está determinado por la reforma de la PAC en el seno de la Unión
Europea- para la liberalización y expansión del comercio internacional. Por las profundas transformaciones habidas sirve sencillamente para hacer compatible el equilibrio de las dos partes: de los arrendadores y de los arrendatarios. También
sirve para eliminar todo lo que es accesorio, porque la Ley de 1980, como muy bien ha dicho el señor Mardones, cumplió su función en un momento determinado, hace ya 23 años, y hoy es una ley que no tiene razón de ser. Esta es una ley que sirve para
regular de una forma suficiente y completa los arrendamientos rústicos. Esta ley sirve sencillamente para respetar -cosa que usted ignora, por lo que ha dicho- los derechos del arrendatario que garantizan el equilibrio de las partes en el contrato
y pone a disposición de quienes viven de la agricultura un instrumento que les permita afianzar, frente a lo que usted ha dicho, la actividad, aumentando la superficie cultivada. Sirve al pequeño y mediano agricultor y sirve a las explotaciones
familiares que tienen mucho que ganar con este modelo, pues les ofrece la oportunidad de arrendar explotaciones, de disfrutar los derechos de producción agrícola y de subarrendar. También se ofrecen múltiples formas como son el contrato de
aparcería. Si usted compara el contrato de aparcería de esta ley con el regulado en la Ley de 1980 verá que no tiene nada que ver. Aquello era un galimatías total y esta es una ley muy completa, muy clara y que precisamente la entienden -que es lo
que necesitan los agricultores- todos y cada uno de los agricultores, porque tiene un lenguaje muy sencillo que posiblemente usted no ha alcanzado a oír. También sirve para permitir a los agricultores, que en el fondo son autónomos, pequeños
empresarios, gestionar la tierra con criterios de empresa, pasando de una agricultura de subsistencia a una agricultura empresarial y no industrial; a una agricultura en que la producción, la comercialización y la distribución estén más integradas,
y a un modelo en que se apliquen las nuevas tecnologías al proceso de producción y así preservar el medio ambiente rural en que se desenvuelve la actividad agrícola.



Sirve para incorporar a los jóvenes a la agricultura, para fomentar la incorporación de jóvenes agricultores a esta actividad agraria -uno de los retos que tiene planteados el campo es precisamente frenar el éxodo rural, especialmente
acusado en los jóvenes-, encontrando reemplazo a los más de 400.000 agricultores que se jubilarán en los próximos 10 años.
Sirve porque hay varias vías abiertas para atraer a jóvenes a este sector. La propia libertad que se reconoce a las partes
para negociar los términos del contrato es un importante aliciente precisamente para los jóvenes. La reducción de la duración mínima del contrato y la eliminación de los derechos de tanteo y retracto facilitan el recambio de arrendatarios en edad
de jubilación por generaciones más jóvenes. Sirve para que, partiendo de una realidad innegable del medio rural, como es el envejecimiento de la población, el desinterés de los jóvenes nacidos en el campo por esta actividad y la evidente necesidad
de renovación en los métodos de producción, se vuelva al contrario. Sirve para que lo contrario sea incompatible con la filosofía del proyecto, sirve para incentivar la formación de explotaciones de una dimensión suficiente, que es precisamente la
teoría de ustedes.



En cuanto a las enmiendas del Senado, a las que parece que usted no ha hecho ningún caso, se han introducido cuestiones importantes. Por ejemplo, en cuanto al desenvolvimiento de los contratos, serán nulos los pactos que impongan al
arrendatario cualquier restricción sobre los cultivos o sobre el destino de los productos, salvo las que tengan como fin evitar que la tierra sea esquilmada o sean consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias. También es importante la
enmienda transaccional introducida en el Senado relativa a los contratos de arrendamiento, que deberán constar por escrito. En cualquier momento las partes podrán compelerse a formalizarlos en documento público y los gastos serán de cuenta del
solicitante, pudiendo compelerse a la constitución de inventario de los bienes arrendados. En cuanto a la resolución del arrendamiento a instancia del arrendador también se ha introducido una novedad importante, como es no explotar la finca, aun
parcialmente, o destinarla en todo o en parte a fines o aprovechamientos distintos a los


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previstos contractualmente, salvo en los casos impuestos por programas y planes cuyo cumplimiento sea necesario para la percepción de ayudas o compensaciones en aplicación de la normativa estatal, autonómica o comunitaria aplicable. En lo
que respecta a la duración la novedad es que en los contratos de duración anual o inferior -en este caso estoy hablando de las aparcerías- la notificación previa de finalización del contrato se efectuará al menos con seis meses de antelación. Otra
novedad importante, máxime cuando esta tarde se va a iniciar la ponencia de la ley de arbitraje, es lo referente a las cuestiones litigiosas, judiciales o extrajudiciales. En este caso, en las cuestiones litigiosas extrajudiciales las partes podrán
someterse al arbitraje en los términos previstos en la legislación aplicable en la materia. Esto, a pesar de ser solamente seis palabras, tiene una transcendencia importante porque deja perfectamente claro lo que quiere decir.



En cuanto a la disposición transitoria segunda, que habla de los procesos judiciales y extrajudiciales en curso, clarifica que en el momento de la entrada en vigor de la presente ley continuarán tramitándose por la legislación sustantiva
sobre arrendamientos rústicos que entonces les fuere aplicable, como en todo lo referente a las modificaciones que ha habido respecto a la disposición final segunda, es decir, la aplicación de la ley en todo el territorio nacional, sin perjuicio de
la normativa de aplicación preferente que dicten las comunidades autónomas con competencia en materia de derecho civil, foral y especial. Lo decía el proyecto que salió de esta Cámara, y ahora lo dice más claramente, pero, aunque no lo hubiese
dicho, los derechos civiles, forales o especiales de las comunidades autónomas están ahí y nadie puede impedirlos. Por tanto, no es ninguna novedad, sino sencillamente una clarificación.



Finalmente, en cuanto a la entrada en vigor, el señor Cuadrado se ha permitido al final lanzar un mensaje y ha dicho categóricamente que esta ley no entrará en vigor porque se ha puesto el plazo de seis meses, que será después de las
elecciones de marzo. Me atrevo a decirle que, por supuesto con la ayuda de todos y cada uno de los electores, el Partido Popular renovará su mayoría en el mes de marzo, porque usted ha descalificado este proyecto sin entrar en ninguna cuestión,
sino simplemente haciendo demagogia, y el Partido Popular hace las cosas de otra manera muy distinta y tendrá el apoyo de los españoles para que, a pesar de que se establezca que la presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado, la afirmación categórica que ha hecho no tenga ningún valor ni vigencia.



Termino, señora presidenta, diciendo que hoy no somos herederos del derecho romano ni de la evolución secular de la historia jurídica; en realidad fuimos herederos únicamente de la ilusión de Domat, de Potier y de los iluminados de los
siglos XVIII y XIX y, como tales herederos, fracasamos porque la idea era inservible socialmente considerada. Lo que se estimó base de un nuevo derecho y de una nueva economía pre y post revolucionaria fracasó hace decenios y lo que ahora vamos a
aprobar con el presente proyecto de ley, cuajado de derecho necesario, no tiene de común con aquella más que su función económica, que trata además de perfeccionar.



La regulación vigente se ha mostrado en la práctica, señoras y señores diputados, excesivamente rígida e intervencionista y no responde a las necesidades actuales de la agricultura española, pues el 68,75 por ciento de las explotaciones
agrarias en España no tienen suficiente dimensión económica para ser la principal fuente de ingresos de sus titulares y se estima que en la próxima década abandonarán la actividad agraria por jubilación, si no se pone remedio, entre 400.000 y
500.000 agricultores, en su mayor parte pequeños, que liberarán una superficie de cultivo superior a los 4 millones de hectáreas. Buscar una opción atractiva para que estas tierras sigan siendo cultivadas es precisamente, señor Cuadrado, uno de los
objetivos de esta ley, y para eso sencillamente sirve esta ley, mediante la modernización de las explotaciones y su viabilidad económica.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta, señoras y señores diputados.
(Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Bueso.



Iniciamos la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de arrendamientos rústicos. En primer lugar, enmiendas del Senado al artículo 11.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 280; a favor, 278; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas del Senado a los artículos 3, 8, 9, 25, 29, 31 y 34, disposición adicional segunda y disposición final segunda.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 282; a favor, 280; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Resto de enmiendas del Senado.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 281; a favor, 273; abstenciones, ocho.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



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- PROYECTO DE LEY GENERAL PRESUPUESTARIA. (Número de expediente 121/000165.)


La señora PRESIDENTA: Enmiendas del Senado al proyecto de Ley General Presupuestaria.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, señora presidenta. (Rumores.)


Mi grupo va a votar favorablemente todas las enmiendas que ha remitido el Senado a la Ley General Presupuestaria...



La señora PRESIDENTA: Un momento, señor Mardones.



Señorías, por favor. (Pausa.)


Adelante.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Decía que mi grupo va a votar a favor de todas las enmiendas a la Ley General Presupuestaria que ha remitido el Senado porque entendemos que las enmiendas introducidas perfeccionan el texto ampliamente. No se trata esta vez de enmiendas que
corrijan cuestiones técnicas, gramaticales o de adecuación, sino que son enmiendas importantes por introducir determinadas doctrinas y principios en los que se inspiran desde hace año todos los sistemas democráticos de nuestro entorno jurídico y
financiero, en el marco de la Unión Europea fundamentalmente, estableciendo unos principios rectores de doctrina basados en la plurianualidad, la transparencia y la eficiencia y dirigidos fundamentalmente a una disciplina económico-financiera de
control, de garantías, de estructuras del gasto público y todas sus entidades, tanto generadoras de este gasto como receptoras de cualquier tipo de transferencias o subvenciones.



Las enmiendas que vienen del Senado, basadas en el concepto doctrinal que he señalado, siguen avanzando -algunas de forma muy concreta -en los principios que inspiraron nuestra democracia parlamentaria, incluso antes de aprobarse en 1978 la
Constitución Española. La Ley 11/1977 fue el primer gran documento de ordenamiento financiero del gasto público del presupuesto del Estado. En la época de la transición democrática en España tanto Gobierno como oposición entendieron -repito, antes
de que se aprobara la Constitución- que había que establecer unas reglas de juego y una disciplina para que el presupuesto general del Estado tuviera estos principios rectores. Esto se perfecciona posteriormente, en 1988, con el Real Decreto-ley
1091, texto refundido de la Ley General Presupuestaria, que es el segundo escalón de avance que ahora este proyecto de ley general presupuestaria viene a modificar. España se ve obligada a hacerlo en razón de los principios establecidos en la
disciplina financiera de la Unión Europea, como un imperativo de la Ley 18/2001, de estabilidad presupuestaria. Los principios que introduce la Ley 18 de hace dos años vienen a significar un compromiso de disciplina en la estabilidad
presupuestaria, que no es ni más ni menos que un principio de garantía de toda esta estructuración.



Tenemos, por tanto, en primer lugar un bloque de enmiendas relativas a las garantías. La Intervención General del Estado y el Tribunal de Cuentas van a ser dos organismos fundamentales, junto a lo que es, digamos, la traslación al foro
político en el Congreso de los Diputados, en el Senado, es decir, en las Cortes Generales, de todos los principios de control presupuestario del Gobierno. Entendemos que estas enmiendas están dirigidas a clarificar y a complementar aspectos
institucionales, contemplados de una manera un poco difusa en el texto originario del proyecto de ley. No olvidemos que la ley general presupuestaria es de las más complicadas estructuralmente por todo el tecnicismo que entraña una doctrina de
control presupuestario basado en las garantías y en la eficiencia y, por supuesto, terminando también con el régimen disciplinario al que tienen que someterse. La aparición de una densa selva de organismos autónomos, de organismos financieros, de
distintos organismos que tienen que tener también una flexibilidad pero al mismo tiempo un control en la evolución de su gasto, hace necesario disponer de esta normativa.



Nosotros esperamos que esta ley general presupuestaria dure. La juzgamos en este momento como un afortunado instrumento del que se dota el Estado del Reino de España para tener estas garantías internas, reflejadas en los Presupuestos
Generales del Estado, en los presupuestos de las comunidades autónomas, que no se escapan del marco de esta ley, así como en los presupuestos de las corporaciones locales, como generadoras de estructuras presupuestarias. Todos ellos, tanto las
comunidades autónomas, los gobiernos y los parlamentos autonómicos como el Gobierno central de la Administración general del Estado y este Parlamento, salvando las distintas competencias de soberanía financiera y presupuestaria, tienen que ser
actores principales en este control. De ahí que nuestro voto vaya a ser favorable a lo que consideramos que es un imprescindible instrumento democrático del control de la actividad económica y financiera.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



¿Grupo Parlamentario Vasco (PNV)? (Pausa.)


Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señor Rejón.



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El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, tomo la palabra para fijar la posición de mi grupo ante el cúmulo de enmiendas que se han aceptado en el Senado y que se pueden recoger bajo el epígrafe de mejora técnica. Eso no significa que
estemos de acuerdo con ellas, pero es indiscutible que introducen correcciones técnicas, que en algunos casos no son tanto de estilo como de fondo, y además suponen una mejora de clarificación. En un mundo tan enrevesado y complejo como es el mundo
presupuestario y la Hacienda pública, creo que por lo menos se van fijando algunos elementos de responsabilidad.



Especial mención merece la modificación del apartado 3 del artículo 28, a la que el señor Mardones he hecho anteriormente referencia, para ajustar la redacción a lo establecido en la Ley general de estabilidad presupuestaria. La diferencia
es que el señor Mardones decía que ojalá esto tenga vida y este humilde diputado dice que va a tener una vida de casi un año, porque en el momento en que entre en vigor el proyecto de Constitución europea va a cambiar por completo todo el entramado
de la estabilidad presupuestaria, incluso en lo concerniente a la detracción, a la hora del déficit, de los gastos de defensa. Por lo tanto, estamos aprobando algo casi para un mero ejercicio.



Más aplausos de mi grupo parlamentario merece la modificación del punto 3 del artículo 34, porque al modificar el primer párrafo se agilizan todos los trámites de imputación de obligaciones de ejercicios anteriores a los créditos del
ejercicio corriente. De esta manera nos vamos a encontrar con que compromisos plurianuales e imputaciones no realizadas suficientemente en el plazo del año presupuestario se puedan incorporar de forma ágil en el siguiente ejercicio, lo cual siempre
es bueno para un mejor funcionamiento sobre todo en el terreno de las inversiones. Cuando hablaba antes de la racionalidad y de la claridad que se introduce, me refería a la importancia del artículo 39, que fija de manera clara y expresa la
estructura no sólo del presupuesto y de los anexos que vienen en toda la estructura del presupuesto, sino también la competencia del Ministerio de Hacienda para fijarla. Esto parecería obvio, pero a lo largo de la práctica presupuestaria de este y
de anteriores gobiernos se ha venido a demostrar que de hecho se producían determinadas actuaciones extemporáneas del Ministerio de Hacienda para fijar la estructura presupuestaria. Es cierto que algunas de ellas siguen existiendo -por ejemplo, en
la disposición adicional decimoséptima se reconocen expresamente las peculiaridades presupuestarias de determinados órganos del Estado por decisiones de tribunales superiores-, pero eso no es razón para que no se fije claramente, como se fija en el
artículo 39, que es competencia del Ministerio de Hacienda establecer la estructura tanto del presupuesto como de sus anexos, así como la que se fija en el artículo 78, que era un auténtico coladero en el ámbito de aplicación del sistema de
anticipos de caja y algunas otras actuaciones, remanentes de tesorería -artículo 128- o modificaciones de créditos, fijando claramente de quiénes son las responsabilidades. Por tanto, mi grupo parlamentario se va a abstener en la votación por
reconocer que ha habido una cierta mejora técnica clarificadora, aunque no estemos de acuerdo con muchos de los contenidos de esta ley presupuestaria.



Nada más. Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rejón.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, el señor Fernández Marugán.



Señorías, antes de que comience la intervención del señor Fernández Marugán, comunico a SS. SS. que en la tribuna de invitados nos honra con su presencia, al frente de una delegación, el vicepresidente del Comité Permanente de la Asamblea
Popular Nacional de la República Popular de China. Les saludamos desde aquí. (Aplausos.)


Adelante, señor Fernández Marugán.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Con la venia, señora presidenta.



Termina en este trámite el recorrido parlamentario de un proyecto de ley importante que ha pasado en alguna medida de soslayo por ambas Cámaras.
Es un proyecto de ley en el cual se establecen las relaciones de índole presupuestaria entre el
Gobierno, el Parlamento y los ciudadanos, pero que ha tenido una pequeña atención por parte de todos los protagonistas de esa relación presupuestaria. La razón para mi grupo entraña o está en el carácter endogámico del propio proyecto de ley.



Nosotros creemos que existirían buenas razones para sentar las bases de un sistema presupuestario en España que fuera capaz de gestionar el gasto público y de establecer un control estratégico del mismo y que hubiera sido útil, además, que
este proyecto de ley hubiera podido fijar mecanismos para mantener correctamente la disciplina fiscal, para distribuir eficazmente los recursos públicos y para prestar un nivel de servicios públicos de calidad, que es lo que en buena medida demandan
los españoles. Y hablo de calidad en una sociedad que ha resuelto algunos temas de cantidad pero no todos. A mi grupo le hubiera gustado poder contribuir desde su modestia a todos y cada uno de estos propósitos. Lo hubiéramos hecho, además, con
gusto, con satisfacción. Nosotros hemos manifestado con reiteración que un sistema presupuestario que quiera adquirir la condición de bueno tiene que ser capaz de desplegarse en tres ámbitos institucionales: tiene que ser capaz de hacer y
establecer un sistema de consenso, tiene que ser capaz de hacer un esfuerzo en conocimientos, y desde el consenso y el conocimiento es desde donde puede establecerse un sistema de autoridad.



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Este orden de prioridades, que es política y lógicamente recomendable, en este caso no se cumple. Esto no es nada nuevo, porque suele ocurrir cuando gobiernan las derechas, ya que una determinada concepción de la autoridad termina
desplazando e imponiéndose a otras ideas y a otros valores.



Lamentamos que esta ley sea sólo una ley del PP, lo lamentamos profundamente, y no nos alegramos en modo alguno de que, siendo esta ley exclusivamente suya, sea una ley tan añeja y tan antigua. Nos hubiera gustado que ustedes hubieran sido
capaces, desde su soledad o desde su poder, de haber hecho una ley más moderna. Insisto en que nos hubiera gustado contribuir a corregir algunas anomalías que vienen produciéndose a lo largo de los últimos años en la política española y que tienen
un reflejo en la política presupuestaria. Después de dos legislaturas conservadoras, sería bueno restaurar el papel de la previsión macroeconómica con rigor, porque el dislate se ha apoderado completamente de los órganos de previsión de los
ministerios de Economía y de Hacienda y lo repiten ejercicio a ejercicio de forma machacona, pero además está muchas veces acompañado de una fuerte dosis de cinismo. Tenemos que decir que en los últimos años vivimos el momento del imperio de las
actitudes negativas, y a nosotros nos hubiera gustado que, por el contrario, hubieran podido germinar actitudes positivas.



Es necesario también reconstruir un patrón de confianza lo más amplio y generalizado posible. Presupuestar es moverse en tres planos: analizar lo que ha ocurrido, exponer lo que está pasando y ser capaz de levantar la vista para lanzar un
largo mensaje sobre lo que se quiere proyectar. En este sentido, a pesar de lo muy abundante que está el salazarismo en vigor en los últimos años, bien es sabido que no tenemos una concepción salazarista de la política económica y que somos
partidarios de contemplarla en una visión a largo plazo que compatibilice la marcha del ingreso y la del gasto público. (La señora vicepresidenta, Becerril Bustamante, ocupa la presidencia.) Los presupuestos tienen que contemplar por lo tanto ambos
elementos, entre otras cosas, porque hay ciudadanos que pueden adquirir prácticamente todos los bienes que demandan en el mercado, y por lo tanto esos ciudadanos necesitarán un Estado pequeño, pero existen otros ciudadanos, que son la mayoría, para
los cuales los servicios públicos y las prestaciones sociales cumplen un factor esencial en la determinación de su condición de vida. Esos ciudadanos tienen que ser tomados en cuenta desde la perspectiva de la política, y sólo en la medida en que
la política sea capaz de proporcionales seguridad se podrán alcanzar los niveles de equidad suficiente. Por lo tanto, la seguridad solamente se pude conseguir en este tipo de sociedades fortaleciendo a los débiles. Siguen siendo necesarias
políticas y actuaciones que tengan finalidad redistributiva, entre otras cosas porque en nuestra sociedad la temporalidad avanza, la siniestralidad se eleva, la formación profesional no arranca y la distribución de la carga tributaria la ha hecho el
Partido Popular, carente por completo de pudor y repartiendo las ventajas en una minoría muy concreta de ciudadanos. Las familias españolas saben que hoy se pagan más impuestos que antes, pero saben que los pagan quienes no los pagaban antes. Por
tanto, nosotros defendemos la necesidad de un reparto legítimo de la renta y la riqueza que evite los procesos de estratificación negativa y que sea capaz de dar origen a una articulación de políticas económicas en las cuales la eficacia, la equidad
y la sostenibilidad se conjuguen completamente.



Estos planteamientos no estaban en el proyecto de ley y no están en las enmiendas que han venido del Senado. El presupuesto ha girado en todos los lugares del mundo, ha dejado de ser la única zona de confrontación, es una institución en la
cual, mediante la controversia y la disputa, se pueden hallar algunas zonas de encuentro. Pues no ha sido este el caso, no lo ha sido en la Ley General Presupuestaria, no lo ha sido en la Ley General Tributaria, no lo ha sido en la Ley de
subvenciones, no lo ha sido en la Ley del patrimonio de las administraciones públicas, como no lo fue tampoco en la ley de Estabilidad Presupuestaria. Todas ellas no son otra cosa que un pobre revoque de fachada en el edificio institucional
español, ninguna de ellas pretende cambiar las maneras de trabajar las administraciones públicas, en ninguna de ellas se lleva a cabo una nueva gestión, una nueva cultura que determine qué cosas se quieren hacer y que evalúe las cosas que se han
venido llevando a cabo.
Todos estos proyectos de ley, inclusive el que debatimos esta mañana, están anclados en la formalidad de un procedimiento, son proyectos, por tanto, que aportan escaso valor añadido.



Por eso nosotros dijimos que no en el debate de totalidad y tenemos que seguir diciendo que no a las enmiendas que han venido del Senado, porque en modo alguno varían el sentido y la orientación de las políticas y porque no sirven para
redefinir en la línea que mi grupo político sostiene la gestión de lo público.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias, señor Fernández Marugán.



Por el Grupo Parlamentario Popular, para la fijación de posición, tiene la palabra el señor De Juan.



El señor DE JUAN I CASADEVALL: Muchas gracias, señora presidenta.



Señor Fernández Marugán, yo tampoco soy salazarista, pero en cualquier caso lamento que una vez más S.S. confunda el debate de la Ley General Presupuestaria con el debate de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que confunda el
derecho presupuestario con el diseño de una concreta política presupuestaria o confunda lo que es el diseño de las reglas del juego en esta


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materia de política presupuestaria, en este código de ordenación presupuestaria, con lo que es la articulación anual de cada proyecto de ley de presupuestos, en el que, entonces sí, hay un programa político cifrado y expresado y una voluntad
política de gasto público en uno o en otro sentido determinado.



Yo, señora presidenta, no sé si por vocación, por formación o probablemente por deformación profesional, no puedo dejar de ceder a la tentación de hacer una referencia a este proyecto de ley, cuya andadura parlamentaria concluye hoy con la
aprobación de las enmiendas del Senado, y hacer referencia a algunas de ellas, o fundamentalmente a dos, porque las enmiendas que se incorporan son básicamente de carácter técnico. Sólo hay dos enmiendas que entendemos que merece la pena
considerar. En primer lugar, la enmienda referida al artículo 177 del proyecto de ley, cuya finalidad básica es tutelar las competencias que corresponden a la jurisdicción contable para el control de las subvenciones, que viene a garantizar algo
que ya ha establecido en la legislación orgánica del supremo órgano fiscalizador externo de las cuentas del Estado, que es evidentemente el Tribunal de Cuentas, y que ya está tutelado en la propia Ley orgánica del Tribunal de Cuentas, así como en la
ley de funcionamiento, pero que durante su tramitación en el Senado pareció que era una aportación positiva, una precisión que había que hacer para mejorar el texto que inicialmente salió de esta Cámara.



En segundo lugar, y en la misma línea, hay una enmienda, a nuestro juicio importante, que viene a afectar a una disposición adicional, reconociendo los regímenes presupuestarios especiales existentes para determinados órganos
constitucionales, como son el Tribunal de Cuentas, el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado o el Consejo Económico y Social. Obviamente, estamos hablando de enmiendas que se refieren también al
reconocimiento de un régimen presupuestario que está establecido sectorialmente en su respectiva legislación, ora sea orgánica ora sea legislación ordinaria, pero que entendíamos que había que precisar también en ese trámite.



Dejo el derecho, señorías, y paso a la política, que al fin y al cabo es lo que interesa a todos los intervinientes y básicamente al señor Marugán, que me precedía en el uso de la palabra. Señor Marugán, señorías, esta ley garantiza que en
el futuro, en lo sucesivo en este país se vayan a adoptar las políticas presupuestarias que necesitamos, las políticas presupuestarias que necesita este país, que sólo desde el rigor, la transparencia, el control del gasto público o la mejora en la
cualidad de la ejecución presupuestaria podemos garantizar el equilibrio presupuestario y la estabilidad macroeconómica, que tantos efectos positivos ha producido en nuestro país en términos de crecimiento y en términos de empleo. Sólo desde el
equilibrio presupuestario podemos garantizar, señorías, que este sea un país más solidario, con más cohesión social y capaz de destinar la mitad de sus recursos presupuestarios, como ocurre con el proyecto de ley de presupuestos de este ejercicio
que hemos iniciado ya su debate, a políticas de gasto social, capaz de mantener e incrementar los niveles de cobertura social, capaz de mantener e incrementar los niveles de protección social, capaz de defender lo que es de absoluta justicia, como
son la integridad de las pensiones, su inmunidad hacia ese impuesto ciego e injusto que es la inflación, desbocado durante los mandatos socialistas, hoy más controlado y que gangrenaba lentamente el poder adquisitivo de las pensiones, laminaba, por
tanto, su capacidad adquisitiva e hipotecaba el bienestar general de los sectores sociales menos favorecidos de nuestro país.



Esta ley garantiza que el déficit público, paradigma de un falso progresismo de la izquierda, que daba lugar a políticas de alegría en el gasto público, no sea más que un lejano recuerdo de una manifiesta incapacidad de algunos gobiernos,
como era el caso del principal partido de la oposición, para gobernar de una forma eficiente y para asignar eficientemente los recursos económicos. Señorías, esta ley garantiza que esa hipoteca generacional, que es el nivel de endeudamiento, se
vaya reduciendo lentamente y que, por tanto, la sociedad española no tenga que pagar la factura de la mala gestión de otros gobiernos anteriores, como lastra todavía en nuestra memoria colectiva. Esta ley moderniza la Hacienda pública y repele
aquellas incrustaciones anacrónicas como las que emanan del Partido Socialista, adoptando una visión moderna, actual de nuestra Administración financiera, de nuestra Administración tributaria. Esta ley garantiza que en este país se pueda construir
un sistema tributario justo y eficiente, que se base en la justicia tributaria y en la eficiencia económica, que se puedan acometer importantes reformas fiscales, especialmente para aquellos que tienen menos recursos y menos niveles de renta, y que
podamos favorecer al mismo tiempo nuestra economía productiva y podamos bajar impuestos a los pensionistas, a los trabajadores, a las pequeñas y medianas empresas y, evidentemente, también a las familias, porque las familias, señor Marugán, saben
que hoy pagan menos impuestos que cuando otros gobernaban.



Las familias saben que hoy se apoya la incorporación de la mujer al mercado de trabajo. Saben que se intenta ayudar a la conciliación de la vida laboral y la vida familiar con el impuesto negativo que se ha introducido con la deducción
mensual de los 100 euros, o con la total bonificación para las cotizaciones sociales que deban pagar los empresarios para mujeres que se reincorporen al trabajo en el reciente Real Decreto-ley de medidas de reforma económica. Los ciudadanos saben
que sólo desde el equilibrio presupuestario y la estabilidad presupuestaria podemos ser capaces de llevar a cabo esas políticas de progresiva reducción de impuestos que redundan no sólo en la necesaria eficiencia


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económica sino también en la imprescindible justicia tributaria.



Esta ley hace de la credibilidad la primera y más importante política presupuestaria, garantizando que se programe y se ejecute el presupuesto con rigor, con austeridad y controlando siempre el gasto público, casando con los necesarios e
irrenunciables principios de estabilidad y de disciplina del gasto. Por eso, esta ley, señorías, permitirá construir en lo sucesivo y año tras año presupuestos creíbles, seguros, estables y, por qué no, con visión de futuro, con esa capacidad de
proyección de que hablaba el señor Marugán, como por ejemplo el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2004, que apuesta decididamente por el crecimiento, por el empleo y por la inversión productiva.



El buen gobierno no es el que gasta más sino el que gasta mejor, pensando en el bienestar, en la solidaridad y en el crecimiento, pensando en el progreso económico y pensando en la solidaridad. Y eso, señorías, son activos exclusivos del
Partido Popular.



Nada más y muchas gracias. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias, señor De Juan. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


La señora PRESIDENTA: Iniciamos la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley general presupuestaria.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 276; a favor, 165; en contra, 90; abstenciones, 21.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



- PROYECTO DE LEY DE MONTES. (Número de expediente 121/000138.)


La señora PRESIDENTA: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de montes.



¿Grupos que desean hacer uso de la palabra? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario Mixto, señor Rodríguez.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.



La mayoría de las enmiendas remitidas por el Senado al proyecto de ley de montes son de carácter técnico o afectan simplemente a la redacción de algunos artículos, haciéndola más precisa. De forma más concreta nos referiremos a la enmienda
al apartado 4 del artículo 11, relativo a la conceptuación de los montes vecinales en mano común, cuya redacción fue modificada en el Congreso a instancias de una enmienda del BNG. Se retoca ligeramente la redacción quedando patentes las
características de inalienabilidad, inembargabilidad, imprescriptibilidad e indivisibilidad... (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: Un momento, señor Rodríguez, por favor. (Pausa.)


Adelante.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.



Se retoca ligeramente la redacción quedando patentes las características de inalienabilidad, inembargabilidad, imprescriptibilidad e indivisibilidad de este tipo de montes, pero sigue englobándose en la categoría de montes privados, lo cual,
a juicio del Bloque Nacionalista Galego, es insuficiente, pues deberían aparecer en una categoría propia, dado el carácter colectivo de origen germánico de la propiedad de estos montes, totalmente diferente a cualesquiera otras formas de propiedad
privada de los montes. (La señora vicepresidenta, Becerril Bustamante, ocupa la presidencia.)


El proyecto de ley que se aprueba no va a reforzar la peculiaridad de los montes vecinales en mano común, no va a recoger la específica singularidad de los mismos, tal y como habríamos deseado desde el Bloque Nacionalista Galego y también se
había reivindicado desde la representación de algunas comunidades de montes vecinales en mano común.



También nos parece que se clarifica definitivamente la atribución de la administración del fondo de mejora de los montes catalogados al órgano competente en materia forestal de la comunidad autónoma, en concreto en el artículo 38, así como
una novedad introducida en la disposición adicional décima por la que se facilita la gestión de los montes de titularidad colectiva por una junta gestora con la tutela de la Administración, lo que permitirá acometer mejoras y poner en producción
montes de múltiples titulares, en los casos en que falten algunos de sus propietarios o haya abandono del monte por falta de acuerdo entre los mismos. A estas dos modificaciones del Senado, la del artículo 38 y la disposición adicional décima, le
vamos a prestar nuestro apoyo.



Finalmente, siguiendo una práctica fraudulenta reiterada en esta legislatura, por cierto, por parte de un gobierno al que en otras instituciones le preocupa especialmente que el proceso legislativo no se use en fraude de ley, se introduce
una completa modificación de la Ley de conservación de espacios naturales para contemplar en esa norma la regulación sobre los espacios integrados en la Red Natura. Es evidente que compartimos la necesidad de que las directivas comunitarias sobre
protección de hábitat singulares sean incorporadas al ordenamiento jurídico interno, pero de la misma forma pensamos que no se debe hacer de cualquier manera y menos aún mediante un mecanismo de presentación


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de enmiendas que impide una aportación y un debate más amplio entre todos los grupos parlamentarios. Realmente es lamentable que las prisas del Gobierno, en muchos casos por no hacer a tiempo sus labores, por desidia profesional, provoquen
una aceleración de trámites parlamentarios y una deturpación de los mismos, en este caso al tener que debatir sobre la regulación de espacios naturales en una ley que regula de manera genérica el régimen jurídico de los montes, sus aprovechamientos
y la planificación forestal.



Nada más. Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias, señor Rodríguez.



Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Intervendré con brevedad, dado que las enmiendas del Senado prácticamente van dirigidas a mejoras técnicas y de aclaración de algunos conceptos que en el texto remitido por esta Cámara no estaban lo suficientemente explícitos en cuanto a su
terminología. Creemos que esta es una ley importante. La Comunidad Autónoma de Canarias, en función de su Estatuto de Autonomía, tiene competencias sobre los espacios forestales en los montes, en aquellas islas que por su orografía tienen
importantes bosques y montes, en lo que es una riqueza en el archipiélago canario como son los restos de flora que existía en épocas pasadas, por ejemplo, la laurisilva y las especies endémicas.



Nosotros creemos que estos conceptos que vienen en las enmiendas del Senado perfeccionan el ámbito genérico y general de la Ley de Montes en aquellas aplicaciones que sean competentes en el archipiélago de Canarias. No nos vamos a oponer a
ninguna enmienda y, por tanto, las vamos a votar favorablemente.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señor Mardones.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor Txueka.



El señor TXUEKA ISASTI: Gracias, señora presidenta.



En todo el proceso parlamentario de esta ley hemos manifestado que el proceder en esta tramitación era una rara flor, una rara flor en el contexto parlamentario al que estábamos acostumbrados. Decía rara flor porque el anteproyecto se
debatió en los ámbitos que se solicitaron; las administraciones autonómicas competentes pudieron hacer alegaciones a dicho proyecto, es más, se tomaron en cuenta dichas alegaciones; el proceso de tramitación en el propio Congreso era receptivo y
entendíamos que lo mismo había sucedido en el Senado, ya que en el transcurso del debate se aceptaron 16 enmiendas del PNV.



Por todo ello, inicialmente nuestro grupo tenía la opinión de apoyar esta ley, pero la actuación vía enmienda en el Senado, tal como han motivado los ponentes anteriores, fundamentalmente del Grupo Mixto, de hacer una regulación de los
espacios naturales por una vía que entendemos que no es la más apropiada, a través de esta ley, hace que nuestra posición haya experimentado esta variación y, por tanto, nos vamos a abstener en las votaciones de las enmiendas del Senado.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señor Txueka.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra la señora Urán.



La señora URÁN GONZÁLEZ: Gracias, señora presidenta.



Señorías, ya conoce la Cámara que mi grupo parlamentario no ha compartido con el Gobierno la regulación que se ha hecho en la Ley de Montes. Sus señorías saben que desde hace mucho tiempo se venía reclamando que por parte del Gobierno se
presentara un proyecto de ley que viniera a solucionar los problemas de desarrollo sostenible del monte y cómo tenía que llevarse a término, marcando una regulación que, respetando las competencias de las comunidades autónomas, nos permitiera hablar
de una política medioambiental enfocada a la preservación y a la explotación de nuestros bosques junto con ese respeto medioambiental. No es así. El texto del Gobierno al final es un texto puramente economicista, con una visión excesivamente
rigurosa en lo económico y desde luego menos limitada a lo medioambiental, que tiene la serie de carencias que otros portavoces de grupos parlamentarios han subrayado y que se pusieron ya de manifiesto en el debate en esta Cámara. Sin embargo, su
paso por el Senado, como viene siendo habitual ya en esta Cámara, además de introducir modificaciones, que algunas de ellas pueden generar alguna claridad mayor, no van a modificar sólo lo sustancial del proyecto de ley, sino que en algunas
ocasiones incluso vuelven a limitar más las propias competencias que las comunidades autónomas tienen y algunas de las restricciones medioambientales que podría tener el propio proyecto de ley. No conformándose con eso -también como es habitual en
esta legislatura-, se vuelve a introducir una modificación legislativa a través de una enmienda en el Senado, que no tiene que ver con la Ley de Montes, pero que sí tiene que ver con la desidia del Gobierno en cuanto a aplicar la legislación
comunitaria a la legislación española. Entonces aprovechan el paso por el Senado para impedir que pueda haber un debate parlamentario ante un proyecto de ley e incluyen una disposición final primera


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que modifica la ya nombrada Ley de conservación de los espacios naturales, de la flora y de la fauna silvestre, donde lo que ustedes vienen a plantear es la incorporación de la red ecológica europea Natura 2000 y la red ecológica de las
zonas de especial protección para las aves.
Señorías, esto no es nuevo. No es algo que la Unión Europea haya decidido hace dos meses y que tengamos tres para aplicarlo. Las zonas de especial protección de aves está desarrollándose en la Unión
Europea desde hace ya varios años y desde luego la red ecológica Natura 2000 también. Esto se tenía que haber incorporado a un proyecto de ley. Tenía que haber venido la modificación a tiempo, en su tiempo, y desde luego no en forma de enmienda a
una ley que no tiene que ver con lo que estamos discutiendo ahora. Desde luego, esto para lo único que sirve, además de para que ustedes puedan cubrir el expediente ante la Unión Europea, es para demostrar el poco respeto democrático que se le
tiene no a la Cámara solamente, sino a lo que es el debate parlamentario y a la representación que los partidos políticos tenemos ante ella.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señora Urán.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), para fijar la posición tiene la palabra el señor Companys.



El señor COMPANYS SANFELIÚ: Señora presidenta, señoras y señores diputados, tenemos de vuelta del Senado un proyecto de ley de montes que, desde mi punto de vista, será una ley que, como otras, tiene más como finalidad hacer currículum que
resolver los problemas del sector. Se ha perdido una gran oportunidad de hacer una ley consensuada con los diferentes sectores, pero sobre todo una ley innovadora, una ley capaz de romper con los tradicionales posicionamientos del ministerio, igual
que han hecho otros países con mucha más tradición, haciendo propuestas que diesen respuesta a la problemática actual y de futuro, y no lo que vamos a hacer ahora, en el cual el objetivo más importante no es resolver los problemas, sino marcar
espacios de carácter competencial. Pensar en la uniformidad del tratamiento a los bosques en el conjunto del Estado español, legislar sobre sanidad vegetal, sobre temas de reproducción genética, cuando este tema está perfectamente resuelto por
ejemplo en la Ley de sanidad vegetal, pone de manifiesto un desconocimiento de la propia legislación que en este momento están haciendo los ministerios. No entrar sin ningún tipo de complejos en temas ligados a la fiscalidad en ese sector,
demuestra que en el fondo no hay ninguna voluntad de resolver el problema. Sin financiación específica, sin una política fiscal clara, difícilmente se hará real el mandato del artículo 45 de la Constitución, el principio de solidaridad colectiva en
la protección del medio ambiente, así como el principio de equidad en el reparto de los beneficios y cargas derivadas de los bosques, reconociendo de una forma clara las externalidades positivas de los mismos al conjunto de la sociedad, así como la
valoración de las mismas, la valoración de las externalidades. Los bosques deben ser rentables, pero su rentabilidad no se circunscribe solamente a la producción de madera, sino que sus aportaciones al conjunto de la sociedad son importantísimas,
sin que la ley lo reconozca de una forma tangible. El problema de la existencia de incendios forestales no se soluciona obligando a que el ministerio homologue los vehículos de lucha contra incendios de las comunidades autónomas. La falta de
rentabilidad produce abandono y como mínimo una falta de gestión del mismo, como consecuencia el aumento de las posibilidades de grandes incendios. No en vano, uno de los elementos más importantes para que un incendio adquiera dimensiones
desproporcionadas, aparte de la sequedad del ambiente y del viento, es la cantidad de masa vegetal que hay acumulada en el suelo. Es de todos conocidos que los bosques españoles, una gran parte de ellos de origen mediterráneo, se desarrollan en
unas condiciones climáticas de calor y sequía y difícilmente pueden competir con los de otras zonas del centro o el norte de Europa. Por tanto, esa ley debería de entrar sin bagajes en cómo solucionar esa realidad y lo cierto es que lo rehuye de
una forma dramática. Como consecuencia, no son posibles políticas fiscales justas, adecuadas y ambiciosas sin medidas adecuadas de fomento, sin una fiscalidad justa y, sobre todo, sin un reconocimiento real de los beneficios que a la sociedad
aportan los mismos.



No voy a insistir en el tratamiento que, desde nuestro punto de vista, se está dando a las comunidades autónomas porque me parece muy alejado de la lealtad constitucional. Lo que realmente me duele es que esa propuesta esté lejos de
resolver el problema existente, que es grave; que no se haya hecho de acuerdo con las tendencias de los países con más experiencia y, sobre todo, de acuerdo con el sector. Cuando me refiero al sector estoy pensando preferentemente en la gente que
continúa creyendo que el bosque tiene futuro. Me gustaría saber por qué la ley no cumple con los mandatos de la propia Estrategia Forestal Española; por qué no se incorpora al Estatuto jurídico de la propiedad forestal, que es un elemento básico
de seguridad jurídica para el sector y una de las principales reivindicaciones; por qué no se establecen las bases de los contratos sociales forestales o por qué no se reconocen mediante un capítulo del proyecto las externalidades positivas de los
bosques y cómo deben ser compensadas; por qué no se apuesta por la dinamización de la gestión forestal, por planes de gestión o por la certificación de la gestión sostenible, por la promoción del uso de la madera o por el fomento de la producción
vegetal ligada al empleo. Con una mayor fiscalidad aceptada podríamos favorecer


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la creación de empleo que tiene un valor añadido, ya que la ubicación del mismo normalmente se produce en zonas de baja demografía que ayuda a la vertebración del territorio y así al aumento de la competitividad del sector.



Estamos frente a un proyecto de ley que filosóficamente no aporta nada nuevo y que personalmente creo que está pensado más por funcionarios y para bosques públicos que otra cosa. Afortunadamente, esa es una pequeña parte de la realidad en
la que vivimos, quedando una gran parte del sector -aquellos que sí quieren vivir dignamente de su trabajo- en una situación absoluta de desamparo. Además, en el trámite del Senado, a propuesta básicamente del Grupo Popular, se ha modificado más
del 25 por ciento de los artículos, lo que pone en evidencia que el proyecto de ley que se presentó por el Gobierno en esa Cámara no estaba suficientemente elaborado. Si eso no fuese suficiente, en el trámite del Senado se modifica -creo que por
cuarta vez- la Ley 4/1989, de conservación de espacios naturales de la flora y la fauna silvestre, que ya modificamos en la aprobación del parque nacional de las Islas Atlánticas, en la Ley de acompañamiento a los presupuestos y que -según creo- se
modificó de nuevo en la Ley de presupuestos del año pasado y con ocasión de la aprobación del parque nacional de Sierra Nevada. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


Todo esto indica que en materia de medio ambiente estamos inmersos en una situación de precariedad y de imposición que raya lo esperpéntico. Nos vamos a abstener en la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de montes y
votaremos en contra las modificaciones a la Ley 4/1989 porque entendemos que no se hace mediante el sistema apropiado; no porque no estemos de acuerdo sino porque no es el sistema adecuado para hacer las cosas. Con esa manera de modificar las
leyes a través de enmiendas del Senado se imposibilita que los diputados podamos hacer nuestro trabajo, nuestra labor parlamentaria. Ya sé que es legal hacerlo, pero creo que es lo que más se parece a un fraude de ley.



Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señoras y señores diputados.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Companys.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, el señor Simón tiene la palabra.



El señor SIMÓN DE LA TORRE: Gracias, señora presidenta.



Cuando en el mes de septiembre debatimos este proyecto de ley mi grupo mantuvo todas sus enmiendas, ya que apostábamos por que este proyecto supusiese una gestión equilibrada de los usos de acuerdo a su multifuncionalidad ecológica, social y
económica, garantizando su sostenibilidad. Desde el Grupo Popular se rechazó la mayor parte de nuestras enmiendas pero no se han quedado sólo en eso; han aprovechado el trámite del Senado para efectuar determinados cambios que han convertido este
proyecto en algo aún más retrogrado. De todas formas, todos estos cambios que se han hecho en el Senado vienen a poner de manifiesto lo que desde esta tribuna dijimos en su momento, que esta ley venía tarde y que la habían hecho muy rápido y sin
consensuar con los sectores ni con los grupos políticos.



Hoy debatimos un proyecto en el que se retiran algunas competencias a las comunidades autónomas, se profundiza aún más a favor de la industria maderera, los PORF dejan de ser básicos, no se garantiza que el mantenimiento de uso del suelo en
aquellos terrenos que han sufrido un incendio sea como mínimo de 30 años y, además, utilizan este proyecto para modificar aspectos de la Ley 4/1989. Así, en el preámbulo, una competencia que era de la Administración central, como es la sanidad
exterior, desaparece del texto, con lo cual no sólo retiran todo el tema de plagas, sino que, si en un momento determinado y por las razones que sea se quiere evitar que entren determinadas plagas de semilla, no tenemos claro el proceso.



En el artículo 7 eliminan la coordinación de la llevanza del Catálogo de montes de utilidad pública y el Registro de montes protectores; lo eliminan como competencia de las comunidades autónomas y lo pasan como competencia exclusiva a la
Administración central y, en cambio, les dan a las autonomías, a compartir, las competencias de la restauración hidrográfico-forestal. ¿Es que a partir de ahora van a tener que financiar estas restauraciones las comunidades autónomas? ¿Olvidan que
la mayoría de las restauraciones están en la ribera de los ríos y que estas pertenecen al Estado? Igualmente, en el artículo 24 retiran a las comunidades autónomas la posibilidad de que, de oficio, clasifiquen los montes como protectores, con lo
que tan solo lo podrán hacer si el propietario lo quiere, lo cual no parece excesivamente lógico y, además, con esta decisión parece que quieren ir en contra del derecho administrativo.



Respecto a los montes vecinales, ustedes, señores del Partido Popular, vuelven a invadir, en el Senado, competencias de las comunidades autónomas ¿Qué va a pasar cuando tengan que legislar sobre ellos si ya los han convertido en montes
privados, eliminando de golpe toda la jurisprudencia surgida a estos efectos y situando el monte vecinal en el ámbito del privado? Además, no resuelven los problemas referidos a la propiedad colectiva de estos montes y no dan ninguna solución a la
fiscalidad, algo a lo que ustedes se comprometieron en el año 2000. En el artículo 23 retiran la posibilidad de conveniar a los titulares de los montes privados y, al hacer esto, retiran la posibilidad de financiación por parte del Estado, con lo
que, además de echarle encima una carga al propietario, carga que no


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le corresponde, le están empujando a que, al final, convierta el uso del monte en un interés económico particular y no de desarrollo sostenible.



En el artículo 31 no sólo equiparan los PORF a otros planes dasocráticos, sino que además eliminan el carácter básico de estos PORF. Entonces, ¿cómo se garantiza la gestión sostenible de nuestros montes? Por eso, nosotros siempre hemos
defendido la existencia de los planes de ordenación de recursos naturales. Además, nos extraña que se modifique en este artículo quién va a poder participar en la ordenación del monte; veremos que sólo los propietarios privados -eso sí, siempre
que sean forestales- serán quienes lo puedan hacer. Es decir, que la ley restringe la participación en la elaboración de los planes a unos pocos sujetos, cuando lo lógico es que esta ley tendiese a que la población se sienta corresponsable de su
monte. No es así y, al final, ustedes vuelven a hacer un guiño a los madereros. Están pensando en una ley para la industria de la madera y, en este aspecto, reproducen a peor el modelo de la ley preconstitucional de 1957.



Finalmente, y sin querer entrar en el contenido, en que se tenga que hacer o no, no nos parece bien que las modificaciones parciales de una ley tan importante como la 4/1989 se hagan vía enmienda de otra ley, en este caso la de montes, pero
no es la primera vez que lo hacen, ya que en el proyecto de presupuestos, en la Ley de medidas, vuelven a modificar la Ley 4/1989 en aspectos tan importantes como la financiación de parques nacionales o la figura del director conservador del parque
y, curiosamente, siempre lo hacen en perjuicio de las comunidades autónomas.
Ahora, en la disposición final primera de este proyecto de ley nos encontramos con que vuelven a modificar la Ley 4/1989 para introducir disposiciones relativas a la Red
Natura 2000 y, repito, sin querer entrar en si es conveniente o no esa modificación, sí queremos decirles una cosa: ya está bien. Si creen que hay que modificar la Ley 4/1989, tengan el coraje político y el valor de traerlo aquí y así podremos
discutirlo en esta Cámara, pero dejen ya de hacer estas trampas, porque con esto están eliminando un debate político, debate político que yo creo que no se atreven a tener aquí, pero esta Cámara, aunque ustedes traten de evitarlo, está para discutir
políticamente.



En conclusión, para mi grupo el trámite de esta ley en el Senado no ha sido para mejorarla. Han restado competencias a las comunidades autónomas, apuestan por un sector maderero olvidando otros usos de los montes y alejan a los ciudadanos
de la complicidad con sus montes. No han querido garantizar el mantenimiento de uso, con una limitación temporal de 30 años, en aquellos terrenos forestales que han sufrido incendios como una lucha contra los mismos y la especulación. Por eso
tampoco han querido abordar ningún tipo de actuación seria sobre la madera tras un incendio, ni se plantean que, tras el mismo, se deba reinvertir en el monte. Eliminan el carácter básico de los PORF, no se toman en serio las emisiones de CO2 para
evitar seguir incumpliendo el Protocolo de Kioto, ni han querido que esta ley genere una estrategia contra la desertificación, ni incida positivamente en el desarrollo rural, ya que no implican en absoluto a los habitantes de la zona ni a los usos,
ya sean tradicionales o alternativos, y no contemplan la posibilidad de los beneficios que se puedan obtener de dichos usos, así como la creación de empleo que se puede generar. Al igual que no han abordado el problema de la desertificación,
problema grave en nuestro país, no han tenido tampoco presente el problema del cambio climático. Pues bien, frente a esta postura, mi grupo apostó desde el principio por que esta ley considerase a los espacios forestales como un espacio amplio
donde coincidiese la multifuncionalidad, un espacio productor de biodiversidad, de madera, de frutos, sumidero de CO2 y de desarrollo rural; es decir, nosotros hemos apostado siempre por que con este proyecto de ley se dé una gestión equilibrada de
los usos de acuerdo a su multifuncionalidad ecológica, social y económica, garantizándose su sostenibilidad, porque entendemos que esta ley se debía adaptar plenamente al momento vigente. Ustedes han apostado por otra cosa. No nos pidan que seamos
cómplices porque no lo vamos a ser.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Simón.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señora De Lara.



La señora DE LARA CARBÓ: Gracias, señora presidenta.



Señorías, con la votación dentro de unos momentos de las enmiendas aprobadas en el Senado al proyecto de ley de montes finaliza el trámite parlamentario que permitirá dotarnos de una norma -una norma legal- largamente esperada y, sin duda,
necesaria; necesaria, señorías, por un doble motivo: de un lado, porque la vigente Ley de Montes de 1957 y la Ley de Incendios Forestales de 1968 son preconstitucionales e, indudablemente, ha cambiado el marco político, institucional, económico y
social de España y el papel que los montes desempeñan en nuestra sociedad; por otro, por la importancia que tienen los espacios y usos forestales en el territorio de la nación ya que la superficie forestal representa el 52 por ciento del territorio
español.



Me ha sorprendido enormemente, señorías, la intervención del portavoz del Grupo Socialista que, en su afán por desacreditar la política del Gobierno y en su afán por desacreditar este proyecto de ley de montes que se va a convertir en norma
legal, ha mezclado actuaciones de gestión forestal, competencia exclusiva de las comunidades autónomas, con actuaciones de la Administración general del Estado. Nosotros lamentamos que, a estas alturas, todavía el Partido Socialista


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ignore cuáles son las competencias de las comunidades autónomas, aunque ya se repite largamente, como ocurrió este verano con los incendios forestales cuando el Partido Socialista decía que la extinción de incendios correspondía a la
Administración del Estado.



Permítanme que, para replicar precisamente las intervenciones de algunos portavoces -creo que poco ecuánimes y poco objetivos-, destaque algunos aspectos especialmente relevantes del proyecto de ley. En primer lugar, este proyecto de ley de
montes se inspira en unos principios enmarcados en el concepto de la gestión forestal sostenible, de forma que se convierta en un instrumento necesario para garantizar la conservación y pervivencia de la riqueza forestal española, y recoge
expresamente, señorías, el carácter multifuncional de los montes. Especial interés se concede en el texto, y quiero destacarlo, a su función social como proveedores de servicios ambientales, tales como la protección del suelo, de los recursos
hídricos, la fijación del carbono -que echaba en falta el portavoz socialista- y el mantenimiento de la diversidad biológica.Todo ello es determinante para introducir las externalidades ambientales, como factores generadores de derechos a
incentivos. En segundo lugar, el proyecto de ley de montes concede especial relevancia a la planificación forestal y a la gestión forestal sostenible, que deberá integrar los aspectos ambientales con los aspectos y actividades económicas, sociales
y culturales, con la finalidad de conservar el medio natural, al tiempo que generar empleo y colaborar al incremento de la calidad de vida y de las expectativas de desarrollo de la población rural. En tercer lugar, señorías, conviene destacar el
reconocimiento que los beneficios generales, que los montes aportan a la sociedad, compensando por ello a sus propietarios al introducir las externalidades ambientales como factor generador de derechos a incentivos, y la vinculación que se hace en
el proyecto de ley entre el aprovechamiento de los recursos que el monte genera de forma sostenible y los instrumentos de gestión.



Señorías, quiero referirme al sentido de alguna de las enmiendas aprobadas en el Senado que, sin duda alguna, han mejorado el texto que a él llegó.
La mayoría de las enmiendas son de carácter técnico y tienen intención de matizar algunos
aspectos, pero me gustaría incidir en cuatro de ellas. La enmienda al artículo 7 del proyecto de ley, al que da una nueva redacción, pretende establecer con claridad las competencias que tiene la Administración general del Estado de forma exclusiva
y las que corresponden a la Administración general del Estado en colaboración con las comunidades autónomas, sin perjuicio de sus competencias en este ámbito. Con esta enmiendala redacción del precepto resulta más precisa y correcta, y con ello se
acepta algo que se ha discutido largamente, tanto en ponencia como en comisión, respecto a un artículo que no quedaba claro. Especial relevancia tiene para el Grupo Parlamentario Popular la enmienda al artículo 24, a la que también se ha referido
el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. Con esta enmienda, señorías, eliminamos la posibilidad de que la Administración pueda calificar, de oficio, como monte protector, un monte de propiedad privada. Con la redacción propuesta en la
enmienda sólo se podrá declarar monte protector con la aquiescencia de su dueño, evitando así imposiciones y limitaciones al derecho de propiedad, algo esencial para el Grupo Parlamentario Popular.
La enmienda al artículo 43, sobre el tema de
incendios forestales, cumple el objetivo de dar una mayor seguridad respecto de cuáles deben ser las administraciones responsables en un tema tan grave como este que, como todas SS.SS recordarán, ha tenido especial incidencia el pasado verano en
algunas comunidades autónomas -alguna de ella, por cierto, como se ha descubierto posteriormente, no había aplicado las medidas preventivas necesarias- y que es competencia de las comunidades autónomas.
Finalmente, la enmienda que introduce una
nueva disposición final, relativa a la modificación de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre, cumple el objetivo de trasponer adecuadamente los mandatos de la directiva comunitaria, relativa a la
conservación de las aves silvestres, ya que se ha iniciado un procedimiento de infracción contra España por la incorrecta trasposición y aplicación de la citada norma comunitaria.



Termino, señorías, lamentando no conseguir el voto unánime de la Cámara en un proyecto de ley tan esperado y necesario como el proyecto de ley de montes. Lamento la demagogia utilizada y la miopía política del Grupo Parlamentario Socialista
en todo el trámite parlamentario, al reiterar la falta de determinados aspectos en el proyecto de ley, a los que me he referido especialmente al principio de mi intervención. No obstante, me alegra el repentino y, a mi juicio, saludable interés del
Grupo Parlamentario Socialista por nuestros montes, los grandes olvidados en la política seudoambiental, más de gestos que de realidades, de los gobiernos socialistas durante su treceno en el poder. Su política en el trámite parlamentario del
proyecto de ley de montes ha sido, señorías socialistas, como viene siendo común, una política de oposición y de gestos, pero no de alternativas; ha sido una política de un no porque sí.



Señorías, nuestro grupo parlamentario está convencido de que el proyecto de ley de montes, que hoy finaliza su andadura, será un instrumento eficaz para la gestión sostenible de los montes españoles, que es, sin duda alguna, lo que todos
deseamos.



Nada más. Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora De Lara.



Señorías, iniciamos la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de montes. En primer lugar,


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enmiendas a los artículos 7, 10, 23, 31, 36 y al título de la disposición final cuarta.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 274; a favor, 165; en contra, 99; abstenciones, 10.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos 11 y 38.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 272; a favor, 163; en contra, 93; abstenciones, 16.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 25.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 273; a favor, 167; en contra, tres; abstenciones, 103.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición adicional décima.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 274; a favor, 256; en contra, uno; abstenciones, 17.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición final primera nueva.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 274; a favor, 160; en contra, 22; abstenciones, 92.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición final segunda, antigua disposición final primera.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 274; a favor, 159; en contra, 107; abstenciones, ocho.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición final quinta, antigua disposición final cuarta.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 274; a favor, 252; en contra, 14; abstenciones, ocho.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Resto de enmiendas del Senado al proyecto de ley de montes.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a favor, 259; en contra, uno; abstenciones, 15.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Señorías, de acuerdo con la ordenación de la sesión, los debates van a continuar de manera ininterrumpida y se procederá a la votación en el momento posterior a las tres y media de la tarde que el debate lo permita.



- PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL. (Número de expediente 121/000141.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto número 42: Proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


En primer lugar, en nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, el señor Mardones tiene la palabra.



El señor MARDONES SEVILLA: Con la venia, señora presidenta.



Mi grupo va a votar favorablemente todas las enmiendas que llegan del Senado a este proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general. La materia objeto de este proyecto de ley, como ya
indicamos en su día en los trámites tanto de Pleno y de Comisión, como por supuesto de ponencia, en esta Cámara, en el Congreso de los Diputados, tiene trascendencia en todos los órdenes, fundamentalmente en los estratégicos, en el área económica y
en el área laboral y de servicios en el archipiélago canario. Nuestras relaciones comerciales y el traslado de personas y mercancías, tanto con el territorio peninsular como con el resto de Europa, y sobre todo los tráficos interinsulares, hacen de
los puertos verdaderas instalaciones estratégicas, igual que los aeropuertos, en el mundo del transporte en, para, por y desde Canarias y entre las islas del Archipiélago. De ahí que fijáramos nuestra atención muy en detalle en el texto del
proyecto de ley que en su día mandó el Gobierno sobre esta materia. (La señora vicepresidenta, Becerril Bustamante, ocupa la presidencia.)


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Al llegar ya a este trámite final tenemos que decir que en Coalición Canaria no nos sentimos plenamente satisfechos, porque fueron muchas las enmiendas presentadas por Coalición Canaria no solamente en el ámbito de las concesiones, de los
trabajos y de las infraestructuras portuarias, sino en las relaciones laborales de todos los procesos que aquí se regulan, relacionados con la estiba y desestiba de los buques que atracan en nuestros puertos. No nos sentimos satisfechos porque
hubiéramos querido encontrar un reflejo y sentirnos identificados con muchos de los problemas de nuestros puertos canarios, fundamentalmente los que constituyen el núcleo de la división territorial, los puertos de la Luz, de Las Palmas y de Santa
Cruz de Tenerife, y más cuando tenemos en perspectiva en la isla de Tenerife ese gran proyecto de puerto industrial para cubrir las necesidades económicas, comerciales y laborales, denominado por su ubicación topográfica de Granadilla. Esperamos
que el proyecto redactado con todas las garantías de financiación se pueda iniciar lo más brevemente posible en el tiempo y verlo pronto culminado, porque será uno de los puntos estratégicos del desarrollo del transporte, sobre todo de mercancías y
de productos industriales y comerciales en la isla de Tenerife. Esto podrá permitir al puerto de Santa Cruz, complementariamente con este de Granadilla, especializarse mucho más en el transporte de personas, de las mercancías de cabotaje y de lo
que denominamos los cruceros de turismo.



Las enmiendas que llegan del Senado tienen mucha enjundia, algunas de ellas porque suponen modificaciones no solamente técnicas, gramaticales o de adecuación al término que se está empleando en la ordenación estructural jurídica, sino
fundamentalmente a cuestiones de más transcendencia. Cito, por ejemplo, una de las enmiendas, la dirigida al artículo 38.1, párrafo primero, que señala algo importante para poner una disciplina en los planes directores de infraestructura del
puerto. Se dice y se aclara que deberán existir con carácter previo a la ejecución de obras de construcción, ampliación o realización de nuevas infraestructuras portuarias, aquéllas que alteren significativamente su configuración en los puertos de
titularidad estatal. Por tanto, hay un predominio de un principio legal, del plan director de infraestructuras del puerto en cuestión.



Se han modificado muchísimos artículos con las enmiendas que vienen del Senado y nosotros, para no ser prolijos en esta exposición, superado el juicio crítico que he hecho sobre los términos generales de esta ley con respecto a las
perspectivas que tiene el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, que no nos sentimos satisfechos con muchos de los puntos que se han modificado con las enmiendas, en los que no han tenido acogida las propuestas enmendantes del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria, sobre todo aquellas que se dirigen a las nuevas modificaciones que se han introducido a las disposiciones adicionales, sobre todo a las transitorias primera, segunda, quinta y décima, como esto sí significa sobre el texto, en
el que había algún principio de conformidad, mejoras adecuadas, las vamos a votar favorablemente, señora presidenta.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias, señor Mardones.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor Otxoa.



El señor OTXOA DE ERIBE ELORZA: Gracias, señora presidenta.



Llega a esta Cámara el proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, con las enmiendas incorporadas por el Senado. Lo primero que tenemos que decir es que aquella moda que parecía
pasajera, que se impuso en la tramitación del Plan Hidrológico Nacional, del paseo militar, parece que se ha trasladado también al resto de las leyes y que el paseo militar se lleva a punta de lanza.



Señora presidenta, un ejemplar de 321 páginas presentado a los grupos de esta Cámara ayer, día 5, a las 18 horas -registro de entrada de ayer, día 5-, se tramita hoy en este Pleno, es decir, con menos de 24 horas de diferencia entre la
entrega de la documentación y la tramitación. Nos parece un procedimiento inaceptable, fruto de una mayoría absoluta que no repara en medios ni en formas y que tiene desde luego olvidado lo que es un procedimiento democrático con posibilidad de que
todos los grupos podamos opinar sobre esas 47 enmiendas, ya que por lo menos a nuestro grupo, con nuestra estructura, no nos ha dado tiempo a examinarlas en su totalidad.



De lo que sí tenemos conciencia es de que en la ley que se nos ha presentado no hay modificaciones sustanciales, en todo caso no demasiado positivas, sobre lo que antes se vio en esta Cámara; sigue existiendo en el proyecto que ahora se nos
presenta una disparidad clara entre lo que se dice en la exposición de motivos y lo que realmente se recoge en el articulado, entre los diagnósticos que se hacen de la situación y las medidas que se pretenden tomar, entre lo que dicen el ministerio
y los portavoces del partido en cuanto que se iba a negociar y a transaccionar y lo que realmente tenemos aquí servido para su aprobación final.



A nuestro juicio -y creo que al de otros grupos de la Cámara-, esta ley falla, en primer lugar, porque se antepone a la aprobación de una normativa europea, de una directiva, pretendiendo no se sabe si ayudar o empujar a las pretensiones de
la comisaria europea, doña Loyola de Palacio, o simplemente dar una lección al resto de Europa de cómo hay que hacer las cosas. Nos parece que es una decisión equivocada. No estamos de acuerdo con el tratamiento que se da puntualmente,


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por ejemplo, al servicio de practicaje, pretendiendo extraerlo de los servicios generales. No estamos de acuerdo en la minusvaloración que se hace de las competencias autonómicas, que quedan cercenadas por multitud de artículos de esta ley.
No estamos de acuerdo en la reducción de la capacidad autónoma de los puertos, que va a redundar en una pérdida de su competitividad. No estamos de acuerdo en cómo se trata el aspecto del personal desde el punto de vista sindical, puesto que todos
somos conscientes de que hay puertos en el Estado donde sindicatos minoritarios territoriales son mayoritarios y a los cuales se les priva de voz y voto en aras de los dos grandes -hay que decirlo así- sindicatos estatales. En fin, podríamos hablar
largo y tendido de las pequeñas frustraciones que esta ley nos supone, junto con unos tímidos avances en algunos campos que pueden significar apertura, pero habría que manejar la ley convenientemente para que esto así fuese.



Señora presidenta, desde aquí quisiéramos pedir votación separada de los artículos 11, 12, 16, 17, 38, 65.2 y 71, esos en un grupo, y el resto en otro grupo.



Nada más y muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias.



Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra la señora Urán.



La señora URÁN GONZÁLEZ: Gracias, señora presidenta.



Señorías, en muchas ocasiones se nos acusa a los grupos parlamentarios, y a mi grupo parlamentario en particular, de falta de rigor y de seriedad.
Desde luego, además de no ser cierta esa aseveración que se suele hacer con bastante
asiduidad, hoy sí que se nos podría acusar a los grupos parlamentarios, si apoyáramos las enmiendas que vienen del Senado, de falta de rigor y de seriedad, porque ver un texto legislativo como es la ley de puertos, por decirlo de la manera coloquial
con la que todos la hemos tratado, con menos de veinticuatro horas de antelación, como se ha producido en este caso, realmente es una falta de rigor y de seriedad, pero además es una falta de respeto al trabajo parlamentario que se debe hacer,
puesto que hubiera sido muy fácil aplazar este debate para la próxima sesión del Pleno del Congreso de los Diputados, que en nada impide que entre en vigor antes del 1 de enero del año que viene. Por tanto, señorías, hay un afán de pretender dejar
al margen de cualquier tipo de debate a los grupos parlamentarios para que se pudieran ver las cosas con la suficiente tranquilidad y serenidad que nos permitiera tener conciencia cierta de que lo que estamos aprobando o rechazando tiene el
argumento fundamental, y eso no lo están permitiendo ustedes con este debate.



Si SS.SS. consideran que esta es una forma de debatir las cosas, tengan en cuenta que el año que viene se celebran elecciones, que mi grupo espera verles en la oposición y no tenerles que oír intervenciones como la mía porque quien gobierne
sea lo suficientemente respetuoso con el trabajo parlamentario que se tiene que realizar en un proyecto de ley y no se presenten enmiendas del Senado el día antes a las seis de la tarde.



Nada más y muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señora Urán.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sedó.



El señor SEDÓ I MARSAL: Señora presidenta, señorías, cumplimos hoy el último tramite parlamentario del proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, conocida por todos como la Ley de
puertos. Dos intervenciones anteriores han señalado la forma en que llegan a esta Cámara las enmiendas del Senado.
Yo me sumo tanto a la intervención del señor Otxoa, con el que ayer estuve comentando este tema, como a lo que ha dicho la señora
Urán. Yo ayer presenté una queja a la Mesa, a la letrada que estaba atendiendo este tema, porque a las seis menos diez minutos fue entregada la documentación a nuestro grupo. Les puedo decir más, a las 17:35 todavía no estaba acabada la impresión
de fotocopias de todo el documento, porque yo me preocupé de buscar el documento y de consultar cómo estaba. Si el Reglamento dice que tiene que transcurrir un plazo de 48 horas entre la presentación de la documentación a los diputados y el debate,
posiblemente en la mayoría de las cosas que estamos haciendo hoy no se cumple el Reglamento. Esto se debe a la vorágine de leyes que en este momento estamos debatiendo en el Congreso, y la aplicación del Reglamento por la Mesa y Portavoces, en la
que tenemos nuestros representantes pero la mayoría absoluta es la que gana, hace que se desprecie a los intervinientes porque no se les dan las posibilidades de las que deberían poder disfrutar para estudiar las enmiendas que vienen del Senado.
Digo estudiar por cuanto en el Senado se han introducido en esta ley casi 50 enmiendas y muchas de ellas de gran -valga la redundancia- calado. Y digo redundancia porque ya se dijo en Comisión que eran de gran calado, y como hablamos de puertos, le
va bien el adjetivo. Ello no es bueno. Es prueba evidente del escaso debate parlamentario preparatorio o de posiciones monolíticas por parte de todos, cada uno en lo suyo, pero principalmente por parte de los que presentan el proyecto o de los
defensores del proyecto.



Respecto a la ley, no afecta a lo que se necesitaba, que era el régimen económico de los puertos, ni tampoco a la prestación de servicios en los puertos de interés general o la regulación de la organización administrativa portuaria. Por
tanto, si se entrara en los temas económicos, básicamente tarifarios y de liberalización en


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servicios, podía quedar la ley perfectamente aceptable. Se quiso entrar en otros temas y nosotros presentamos, en el Congreso y en el Senado, enmiendas de supresión de los artículos 36 al 55, porque tienen por objeto regular el
funcionamiento de la organización de la administración portuaria. Se trata de una cuestión que ya está regulada en la actual Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la Ley de 1997, y el proyecto no introduce ningún cambio que vaya en
beneficio de una mayor agilidad, de mayor autonomía de gestión o transparencia en el funcionamiento de los órganos gestores de las autoridades portuarias.



Las modificaciones de la ley en este aspecto menoscaban seriamente la capacidad gestora de sus organismos públicos, de la que participan también en alguna medida las comunidades autónomas. Este es el quid de la cuestión para nuestro grupo.
Este proyecto se adelantaba a una directiva, todavía no resuelta definitivamente en la Unión Europea, y veremos al final cómo queda. Al final puede que haya que modificarla, porque el proyecto entra en unos niveles de detalle que limitan o
disminuyen notoriamente las facultades reconocidas a las autoridades portuarias. Se dan nuevas facultades a los órganos centrales en materia de puertos, especialmente al Ministerio de Fomento y a Puertos del Estado. Se pueden poner ejemplos. En
las tasas y tarifas existe una regulación excesivamente detallada y esta es una parte que nosotros consideramos válida y positiva, así como lo que se refiere a liberalización de servicios, pero la mayor parte de las decisiones se reservan a los
órganos centrales. Otro ejemplo podría ser que se concretan hasta extremos totalmente innecesarios los regímenes de planificación, presupuestarios, tributarios, de funcionamiento, de control e incluso de personal, reduciendo sensiblemente la
autonomía de las autoridades portuarias con nuevos instrumentos planificadores, planes estratégicos e incremento de intervencionismo por parte de Puertos del Estado. Esta es la parte que quedaba muy bien regulada con el funcionamiento actual de los
puertos, lo que hizo decir al director general de Puertos, en una reciente comparecencia en esta Cámara, lo bien que estaban funcionando los puertos y la gran rentabilidad que la mayoría de ellos obtenían.
Entonces, ¿para qué cambiar su forma de
organización interna? No hacía falta, a no ser por el deseo de cercenar la capacidad de gestión de las autoridades portuarias.



Señora presidenta, señorías, nuestro grupo no ve positivo el conjunto de lo que hoy será ley y lo podría haber hecho si se hubiese centrado en lo que expresa el título de la misma. Le sobra una gran parte que no ha aceptado enmiendas
suficientes para cambiar nuestra posición.



Respecto a las enmiendas del Senado, al final, se han aprovechado incluso unas enmiendas de nuestro grupo que por sí solas no tenían futuro y se han introducido, mediante lo que se denomina colgar de ellas, unas transaccionales de última
hora que corrigen unas disfunciones observadas en el último momento. Con tantas prisas, en el último momento se tenían que arreglar cosas relativas al tema tarifario. Por tanto, nosotros vamos a dar nuestro apoyo a esas enmiendas transaccionales.
También votaremos favorablemente otras transaccionales presentadas, así como otras de tipo corrector. Nos abstendremos en la votación del resto de las enmiendas, situándonos en la negativa al conjunto de la ley porque las mejoras en los aspectos
que en principio aceptábamos no modifican en nada el peso que representa el articulado, que cercena competencias y gestión de las autoridades portuarias. Lamentamos dar por fenecida esa positiva ley que existía, una buena ley como fue la Ley de
1997.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señor Sedó.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Hernández Cerviño.



El señor HERNÁNDEZ CERVIÑO: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, en principio, nos sumamos a las quejas de los grupos anteriores por las demoras que han existido. Es evidente que democracia e información van juntas, son conceptos inseparables y como tales les reclamamos esa información para que
podamos construir una buena democracia. Pero vayamos al tema.



Señorías, se pierde una nueva oportunidad para alcanzar un modelo portuario definitivo, que con la base del diálogo parlamentario y social, hubiese sido posible. Va a ser una ley, una más, hecha desde la cultura de la parcialidad, en la que
las prioridades no son las que deberían ser.
Lo lamentamos. Pero no es la hora del debate técnico -ya lo hemos hecho anteriormente en Comisión y ponencia- sino la hora del debate político, y justificaré nuestra posición sobre esta ley tan
importante y que a mí, como gallego, me afecta.



Nuevamente nos encontramos en la Cámara con la Ley de puertos, iniciando el viaje definitivo hacia los beneficiarios principales de la ley, que no son otros que aquellos que la pactaron directamente con el ministerio.
Definámosla claramente
con un concepto muy moderno y muy actual. Estamos nuevamente ante una privatización anticipatoria de servicios públicos. Ha tenido un trámite parlamentario acelerado en el que todavía nos preguntamos y no nos explicamos cómo es posible que más de
500 enmiendas presentadas en el Congreso y en el Senado por el Grupo Socialista, es decir, por los representantes de millones de españoles, no hayan obtenido otra respuesta que la negación. ¿Es que no hemos aportado apenas ideas válidas? ¿Es que
no hemos transmitido las demandas de los distintos sectores de la red portuaria? Pues, no. Lo que aquí ha ocurrido, y en el Senado se ha repetido, es la materialización


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de la larga marcha hacia la privatización urgente de servicios públicos que requieren un liderazgo especial por parte del Estado que haga justicia, como es el caso, al nombre de puertos de interés general del Estado, y el responsable aquí no
es otro que el Partido Popular. En el Senado han persistido en lo mismo que en el Congreso, sin aportar nada nuevo sino más de lo mismo.



Señorías del Partido Popular, aquí se debate algo más que una ley de puertos, aquí se debaten dos modelos muy distintos de entender la sociedad. Ustedes han entrado en una peligrosa dinámica desde la aprobación de la ley de concesiones, con
prisa y sin pausa, aplicando la urgencia del método en sectores estratégicos del Estado, aprovechando el rodillo de una minoría. Señorías, aeropuertos, telecomunicaciones, autopistas, ferrocarriles, aviones, patrimonios y ahora puertos; sólo les
queda la ley del ruido, que es por lo que deberían haber comenzado.
Ustedes están desmantelando los servicios públicos para que vayan a parar, fundamentalmente, a grupos y entidades financieras, quedando el Gobierno para regular, pero no controlar,
quedando el Gobierno para liberalizar, pero sin competencia. ¿Cuál es su modelo? No otro que los intereses particulares porque, aunque se hacía evidente el retoque necesario de la vigente Ley de puertos, no se ve por ninguna parte la generosidad
con la oposición parlamentaria, ni en este caso, ni en lo social, ni en cualquiera que toquemos. Apenas unas transaccionales en el Senado, 16 sobre más de 500, que no cambiarán el espíritu de esta ley; es más, muchas de estas transaccionales ya
son por pudor ortográfico. Creo, y digo, que su modelo bordea principios constitucionales, porque ustedes se desentienden de las competencias constitucionales atribuidas a la Administración a la que ponen en igualdad de condiciones con la
iniciativa privada, produciendo el pasmo por el descontrol consecuente.
Ustedes son los reguladores de los intereses propios del capital privado.
El Ministro de Haciendo lo dejó bien claro cuando dijo aquello de : No dudamos de que la eficiencia
recaudatoria quede por encima del uso del patrimonio público. Esto lo palparán los ciudadanos evidentemente, porque son demasiados sectores en los que se ve esa utilización abrumadora e interesada del Gobierno.



Le voy a poner un ejemplo próximo a mi circunscripción. En Galicia, con un Gobierno complaciente hacia ustedes, nos han privatizado todos y cada uno de los sectores citados anteriormente. Nos han hecho creer que el modelo era el válido
para el despegue económico y social de Galicia, y nos encontramos, finalmente, que las distancias con España y Europa siguen estancadas en las cifras de siempre y, además, ayer nos anuncian la subida del desempleo; hoy la ley de puertos. Mi
pregunta es, con esta ley ¿cómo responderían los puertos gallegos ante una catástrofe como la del Prestige? No se equivoquen ustedes, señorías del Partido Popular, llevan ya ocho años en el Gobierno, el recurso del pasado se agota y el presente
cansa. Ni siquiera estamos seguros de lo que se apruebe con su voto mayoritario aquí y ahora.



Desde aquí les hago el envite de que demuestren el aguante y vigor de las propias leyes que aprueban, porque no hay peor juez que el tiempo, y éste nos ha demostrado cómo han ido cambiando leyes que aprobaban. Ley de menores, leyes penales
e inmigración. ¿También los puertos? Estoy seguro de que sí, si pudieran y si tuvieran tiempo. Ha transcurrido el tiempo desde que se inició la modernización de la administración portuaria estatal allá por el año 1992, que significó la aparición
de las autoridades portuarias con una autonomía funcional y de gestión ágil y eficaz, pero con mecanismos de control estatal, a través del órgano Puertos del Estado. En el año 1997, su período de Gobierno minoritario, y dialogante en apariencia,
atribuye a las comunidades autónomas diversas funciones que en teoría buscaban una mayor implicación entre comunidades autónomas y Estado. En el año 2001, el Pleno del Congreso, tras una moción del Partido Socialista, aprueba una resolución en la
que se pide un proyecto de ley de puertos que regule el régimen económico, financiero, tributario, de utilización del dominio público portuario, de prestación de servicios, etcétera, para potenciar la posición competitiva de los puertos españoles.
Pues bien, esta ley que hoy debatimos no resuelve los principales problemas referidos a todo lo que hemos señalado, ni la gestión, ni la estiba, ni la racionalización de las inversiones, ni la libertad tarifaria y su condición de tasas, la
formación, etcétera. Es más, tiene una redacción tan confusa y en tantos párrafos que ustedes mismos introducen una disposición adicional quinta en la que autorizan al Gobierno a dictar un texto refundido. ¿Qué ceremonia de la confusión se está
haciendo aquí? Cuando ustedes reconocen la imposibilidad de comprender lo que han redactado y que va a quedar de una forma tan confusa, estamos seguros de que esto llevará a una judicialización de las actuaciones que se hagan en nombre de esta ley.



Estamos ante una ley engañosa, y lo comprobamos cuando vemos que la titularidad privada de los servicios portuarios se regula con tal intensidad que resulta incompatible con el precepto constitucional de libertad de empresa. ¿O es que sólo
buscan la libertad para unos escogidos, para aquellos que firmaron con ustedes? Se subordinan los servicios públicos al interés privado. Este es el quid de la cuestión de esta ley. ¿Qué ha pasado con las negociaciones que anunciaron a bombo y
platillo con los sindicatos, por ejemplo? Se sustancia aquí una conculcación de los principios de libertad, legalidad e igualdad, que son consustanciales con los tributos, a cambio de conseguir una amplia discrecionalidad. Se amplían los periodos
máximos para el otorgamiento de concesiones para justificar las inversiones privadas en infraestructuras.
Se prohiben determinados usos en los puertos, y eso está bien -caso de hoteles,


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alta tensión, etcétera-, pero los admiten excepcionalmente y veremos cuánto va a durar la excepcionalidad; estoy seguro que no más allá de quince días después de la entrada en vigor de esta ley. Escapan al informe del Consejo de Estado
disimulándolo a través del argumento de que una directiva de la Unión Europea no lo necesita.



Por cierto, hablando de la Unión Europea y sus directivas, el Gobierno se está adelantando a alguna directiva, que usted sabe cuál es, sobre la estiba, por ejemplo, y todos estamos seguros de que no se aprobará. ¿A quién pretenden favorecer
y qué pretenden hacer con esta prisa? Su prisa, evidentemente, no tiene otra finalidad que la de establecer condiciones beneficiosas a determinados concesionarios. En la Unión Europea, señorías del Partido Popular, no hay directivas que obliguen a
esta carrera privatizadora de los servicios públicos, sólo nos dicen que la liberalización deber ir ligada a la libre competencia evitando situaciones de dominancia. El que sí pierde en esta situación es el concepto de titularidad pública, que con
ustedes se convierte en dejación y renuncia del Estado, y recuerden ustedes que Estado también son las comunidades autónomas, los ayuntamientos, etcétera. Lo que queremos decir, señorías, es que su modelo es contradictorio porque nunca es
definitivo, salvo en lo clientelar. Su modelo de tasas no proporciona seguridad jurídica y está basado en la bonificación y en la conculcación de la equivalencia de costes o en el cálculo medio por las autoridades portuarias, sin diferenciar
situaciones concretas, culminando todo en la original tasa de servicios generales o, para colmo de males, en el incremento de las aportaciones de las autoridades portuarias para el mantenimiento de Puertos del Estado.



Si los cambios de 1997 significaron un impulso a la actividad portuaria unido a la mejora del producto interior bruto, la evolución de los precios no supuso abaratamiento de los servicios portuarios, antes al contrario, y por esa razón
precisamente le digo que esta ley es antisocial: Si no lo creen, vayan a la primera redacción que tuvo el artículo 92 del borrador, al que tuvieron que añadir, quizá porque les quedaba un mínimo de pudor, el inciso 'garantizando el interés
general'; o el artículo 2, que en su última redacción les permitió descubrir que los puertos están ligados a las ciudades, al patrimonio histórico o a las propias comunidades.



Señorías, han hecho los deberes, sus patrocinadores estarán contentos y agradecidos; su ley justifica la privatización formal de los servicios portuarios superando el estrato de gestión indirecta autorizado, vigente hasta hoy, y la
sustituyen por la gestión directa, explícita, meridiana, sin complejos, de los operadores. Es evidente que el cambio político se necesita porque el cúmulo de despropósitos rozará los bordes del decoro.
No hemos llegado aquí para desmantelarlo
todo, sino para garantizar que el Estado tiene aún un papel claro y definido en la regulación de sus ámbitos. Repito, dos modelos muy distantes, y todo esto a unos días...



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Señor Hernández Cerviño, le ruego concluya.



El señor HERNÁNDEZ CERVIÑO: Termino en seguida, señora presidenta.



Todo esto, a unos días de celebrar el aniversario de la Constitución.
Ustedes van a lo suyo, afianzando el desprestigio de lo público; nosotros, a afianzar precisamente la confianza en la gestión pública, demostrando que no hay teoría que
demuestre la verdad de su posición, porque si bien es cierto que en los fenómenos privatizadores se producen expectativas, al final asistimos a la quiebra de los principios más elementales del sentido social del Estado. Quizá más que nunca haya que
leer la Constitución para llevar el Estado a buen puerto. Lo dicho, queremos que se defiendan los intereses generales de los ciudadanos y del Estado, lo público, que requieren ambos una cuidadosa atención que ya exige la propia Constitución. Es
decir, queremos puertos de interés general, del Estado y de la ciudadanía.



Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señor Hernández Cerviño.



Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Ayala.



El señor AYALA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta. Señoras y señores diputados, a esta mala hora en el hemiciclo estamos efectivamente ante la última ley de esta legislatura en el área del Ministerio de Fomento.



Sobre esta ley se han vertido críticas esta mañana, algunas de las cuales creo que merecerá la pena comentar. El hecho de que llegara ayer tarde a todos el mensaje motivado sobre las modificaciones -algunas de ellas importantes pero no
trascendentes- que ha tenido esta ley, en ningún caso puede justificar que no llevemos a buen puerto una ley que ha sido pactada con los sectores sociales y sindicales más representativos, una ley que ha sido pactada con todos aquellos partidos que
lo han querido hacer, sea parcial o totalmente. Resulta curioso que algunas enmiendas que se han aceptado en el Senado por los representantes de los distintos partidos políticos no vayan a ser respaldadas hoy aquí por los mismos partidos políticos.
En esta vida, señorías, todo es opinable y por supuesto también todo es mejorable, sin ninguna duda; pero también esta ley de puertos es, sin duda, en los sectores a los que afecta, la mejor que hemos tenido en toda la democracia y que completa y
complementa, bien se ha dicho, la Ley de 1992 perfeccionándola y la Ley de 1997 mejorando muchas de sus deficiencias.



Señorías, me niego a que se nos considere estigmatizados por el mero hecho de ejercer y poner en práctica


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un programa electoral que los españoles apoyaron mayoritariamente. Yo sé que el apoyo se produce en un momento electoral pero para que en un período de tiempo, que es lo que dura la legislatura, se desarrolle lo comprometido en el programa.
Es evidente que todas las modificaciones legales que ha emprendido el Partido Popular estaban en su programa electoral. Hoy, en el umbral del año 2004 el partido se presenta con los deberes hechos y con los compromisos con la ciudadanía cumplidos,
por mucho que se empeñen, en permanente vigilia, en negar la evidencia.
Nuestro compromiso es el que los españoles votaron mayoritariamente en el año 2000 y eso, sin un ápice de variación, sin un ápice de flaqueza, es lo que hemos cumplido al final
de la legislatura. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


Estamos aquí hoy en el trámite de ver las enmiendas que vienen del Senado.
Parece que queremos volver siempre al debate de totalidad, al debate en Comisión o al debate de presentación del dictamen de la Comisión, y creo que hoy esas
cuestiones no tienen sentido. Señorías, esta ley responde a las políticas que nos han llevado al crecimiento y la estabilidad que ahora disfrutamos y se enmarca, en coherencia con la política del Partido Popular, en una gestión más eficaz y
eficiente, conjugando, por supuesto, la actuación pública con la iniciativa privada, mejorando la competitividad, aprovechando la posición geoestratética que España tiene en el mundo. Por supuesto, es una ley que supone un elemento de la logística
de la intermodalidad de los transportes, como pregona la Unión Europea.



Quiero significar aquí que, en el trámite del Senado, en ponencia, se admitieron dos enmiendas del Grupo Vasco, que parece que hoy repudien, y se incorporaron 35 enmiendas del Grupo Popular que venían a dar cobertura a distintos consensos
que no habían terminado de alcanzarse en el Congreso y que finalmente se han logrado. Posteriormente, en Comisión se han incorporado 16 enmiendas que han sido, insisto, el producto del consenso de todos los grupos parlamentarios. Por tanto,
difícilmente se puede hablar aquí de falta de diálogo o falta de talante conciliador.



De las incorporaciones hechas en el Senado, debemos destacar algunas, como pueden ser la inclusión de la protección de los recursos pesqueros entre las actividades exentas de pago o la incorporación de bonificaciones a la tasa de ocupación
por las buenas prácticas medioambientales y de calidad de prestación de los servicios. En contra de lo que aquí se ha dicho, se ha sustituido a Puertos del Estado por el consejo rector como órgano oportuno para hacer la propuesta al ministro de
Fomento para definir los conceptos de servicios de los distintos tipos de tráfico; demostración de que es todo lo contrario al intervencionismo centralista que aquí se ha criticado. También se incorpora, en una nueva demostración de que lo que ha
hecho esta ley de puertos es incluso matizar a favor de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos algunas de sus competencias, porque evidentemente esta ley no toca ninguna de sus competencias, la necesidad de que siempre el plan director de
infraestructuras tenga la aprobación previa a la iniciación de cualquier obra de mejora, ampliación, etcétera. En los planes directores intervienen la comunidad autónoma y los correspondientes ayuntamientos con sus informes, lo cual indica que
están presentes a la hora de definir la política portuaria del territorio donde se ubican, a pesar de que nunca podremos olvidar que se trata de puertos de interés general. También se incorpora una disposición adicional, consensuada con Coalición
Canaria, en la cual se da un tratamiento especial y específico, con nuevas bonificaciones, a los tráficos interinsulares, que viene a mejorar más todavía la sensibilidad que habíamos manifestado en la tramitación en el Congreso hacia el tratamiento
de la insularidad con Baleares y Canarias y también el régimen excepcional de la situación de Ceuta y Melilla.



Mi grupo va a votar favorablemente estas enmiendas, solicitando sólo una votación separada, porque hemos apreciado -sí hemos tenido tiempo de analizarlo con detenimiento- la existencia de un error en la supresión de la letra m) del artículo
37 de la Ley 27/1992, recogida en la disposición final segunda, para la que pedimos votación separada al efecto de no suprimir la letra m) de dicho artículo 37, que insisto, no se corresponde con el espíritu y la letra de las enmiendas 651 y 652 del
Partido Popular. Con estas enmiendas que vienen del Senado, junto con las 151 enmiendas que se incorporaron en el Congreso, ofrecemos a los españoles una ley que nos sitúa en la vanguardia de los servicios portuarios, que responde a los criterios
europeos de potenciar la intermodalidad, que permite incorporar a la iniciativa privada en la financiación. Además, va por el mismo camino que pretenden otros países que, por su situación financiera, todavía no pueden incorporar legislaciones de
este tipo en sus ordenamientos jurídicos.



Evidentemente, esta ley incorpora el modelo europeo del Libro Blanco del transporte y también, por supuesto, la directiva de acceso a los mercados de servicios portuarios que ya está en trámite de conciliación. Señor portavoz del Partido
Socialista, en el debate del Senado su grupo reconoció que el hecho de la aprobación o no de esta directiva en nada empecía la posibilidad de la aplicación de esta ley en el ordenamiento español y que, por supuesto, cualquier vicisitud que corriera
la directiva podría dar lugar a determinada actuación perfectamente enmarcable en el ordenamiento, pero no entendemos que la crítica venga por el hecho de que nosotros, en el ánimo que conduce la política que estamos desarrollando y que está
suponiendo un crecimiento, hagamos un adelanto en la regulación de las materias tal y como las conoce Europa.



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Ya lo he dicho esta mañana que nuestro modelo no es el suyo -con su modelo estaríamos arruinados-, nuestro modelo no es el del intervencionismo público, el de la inversión pública cíclica, el de las tasas inconstitucionales, el del férreo
control del presidente de Puertos del Estado. Ese no es nuestro modelo, nuestro modelo es el que ha conducido a la situación en la que nos encontramos. La incorporación de la iniciativa privada, no sólo a la prestación de los servicios portuarios
sino también a la construcción y explotación o sólo la explotación de las obras públicas portuarias, responde a la política del Partido Popular que se contempla en el Plan director de infraestructuras de transporte 2000/2007. No puede haber ninguna
crítica, ya son ociosas las polémicas sobre inversión pública y privada. España no ha hecho un camino improvisado, no se ha sacado de la chistera un modelo, que la iniciativa privada intervenga en la construcción y explotación de infraestructuras
es un principio que desde hace más de una década está sosteniendo y defendiendo la Unión Europea. Por supuesto, se mantiene la autoridad portuaria, incluso se fortalece, no hay ninguna vuelta al centralismo y en ningún caso se modifica su
composición y funcionamiento. Como le he dicho anteriormente, incluso las comunidades autónomas tienen un mayor reflejo de sus competencias en esta ley.



Quisiera hacer una mención especial al tema de la inconstitucionalidad. Yo no entiendo que se pueda cuestionar el principio constitucional de libertad de empresa y que aparezca en todos los debates que hemos tenido que estamos
anatematizando la Constitución. Sí, señorías, se amplía más la intervención privada porque se mejora la garantía de los servicios públicos, simple y llanamente. Estamos ante una ley que culmina el proceso legislativo de la política de Fomento del
presidente Aznar y del Partido Popular. Con esta ley ponemos el corolario del armazón normativo basado en los principios de conjugar la iniciativa pública y la privada, transparencia y publicidad en la gestión, delimitación de actividades de
prestación de servicios públicos y de servicios económicos, involucrar la financiación privada en oferta de infraestructuras -no en demanda cíclica, como ustedes habían hecho-, apostar por la intermodalidad del transporte, respetar no sólo las
competencias públicas de las comunidades autónomas y ayuntamientos, sino también conjugar sus intereses con los del Estado, proteger el medio ambiente y potenciar las medidas activas de protección. Todo ello, señorías -y con ello concluyo-, nos
sitúa en el umbral de 2004 con las mejores posibilidades de que España siga creciendo en oferta de infraestructuras y servicios, en clara ventaja frente a los demás países de la Unión Europea.



Nada más y muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ayala.



- PROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS. (Número de expediente 121/000150.)


La señora PRESIDENTA: Iniciamos el debate de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de ordenación de profesiones sanitarias.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


En nombre del Grupo Parlamentario Vasco, PNV, la señora Uría tiene la palabra.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señora presidenta.



Llegamos al trámite final del proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias. Justo es decirlo, a mi grupo no le habría importado nada que no se hubiera regulado en esta legislatura, pero una vez presentado el proyecto de ley,
hemos participado en su tramitación con más o menos éxito en nuestras pretensiones, y ahí queda. A lo largo de todo el trámite se verá cómo se han presentado enmiendas y cómo, como suele decirse en lenguaje taurino, han tenido desigual fortuna -hay
que decirlo- en su incorporación al texto de la norma.



Empezamos bien en el trámite del Senado. El artículo primero introdujo lo que era una pretensión de nuestro grupo a través de la enmienda número 28 presentada por los senadores vascos. En el artículo 2 sí hay una modificación, pero no
coincide con lo que era nuestra pretensión. Se ha suprimido el inciso inicial del artículo 2.3, párrafo segundo, y en el mensaje motivado se nos dice que ha sido por razones de mejora técnica, pero a nosotros nos parece que para constatar la
existencia de una profesión sanitaria no pueden encontrarse en el mismo plano la aptitud hacia una ciencia -la tenencia de una titulación académica determinada- y la organización de los colegios profesionales, que, además, tienen la consagración,
respecto de determinadas regulaciones, en leyes propias de las comunidades autónomas. Justo es reconocer -creo que también lo menciono en alguna otra parte de la intervención- que los colegios profesionales se han movido bien en la tramitación de
esta norma y han logrado la pretensión -legítima desde su punto de vista; excesiva desde nuestra perspectiva- de que quede patente su existencia y su función a lo largo de los distintos artículos de esta norma.



De la misma manera, el artículo 4 se ha modificado en el Senado en cuanto a la certificación y quién ha de darla. Siendo optimistas, queremos creer que, cuando se hace mención, además de a la presente norma, a otras leyes aplicables y a las
normas reguladoras de los colegios profesionales, alguna atención tendrá en este caso lo que esté previsto en las normas propias de las comunidades autónomas, que a lo mejor puedan introducir algún matiz diferencial en relación con el exceso de que
la certificación deba ser otorgada en todo caso


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por el Ministerio de Sanidad o residenciándolo en los propios colegios.



En el artículo 5 nuevamente hay modificaciones, pero no se introduce la enmienda que nosotros pretendíamos: evitar que los registros públicos profesionales estén en los colegios. Creemos que se ejercen funciones públicas y que debieran ser
las administraciones sanitarias las que tuviesen encomendada esta función. En la enmienda que presentábamos al respecto, hacíamos cita de la reciente sentencia 76/2003 del Tribunal Constitucional, que deja claro que la calificación de una profesión
como colegiada, con la consecuente incorporación obligatoria, requiere la existencia de fines públicos constitucionalmente relevantes y que las exigencias establecidas con carácter general, como es el requisito de la colegiación obligatoria, cedan o
no sean de aplicación en casos de quienes lo hagan exclusivamente como funcionarios en el ámbito exclusivo de las administraciones públicas, lo que pasa de forma palmaria -todos ustedes lo conocen- en el ámbito de la profesión sanitaria en la
medicina pública, cualquiera que sea el nivel en el que se presten. Se puede decir que los colegios han conseguido nuevamente una reivindicación, pero, desde nuestra perspectiva, en modo alguno estos registros debieran residenciarse en la sede
colegial, sino en la sede de las administraciones públicas, que es lo mismo que pretendíamos a través de nuestra enmienda número 30.



Uno de los artículos más debatidos ha sido el 10, al que se refería nuestra enmienda número 31. Nosotros pedíamos su supresión -aunque ha quedado mejorado y así se lo reconozco al portavoz del Grupo Popular- por un exceso en lo básico; así
lo pedía la enmienda 31, aunque ahora la referencia a la expresión dirección clínica ha quedado referida a la sola gestión.



También pedíamos la supresión del artículo 11. Nos parece que regular la dirección de los centros sanitarios excede con mucho del cometido de la ley. Cierto es que se ha sacado del articulado y se ha pasado a la disposición adicional
décima, pero aun así nos parece que la regulación de las profesiones sanitarias y el carácter básico que se da al texto de la norma es una querencia distinta de la pretensión de ordenar, en todo caso regular, la dirección de los centros sanitarios.



En el actual artículo 14 -antes 15- se pretende la participación del órgano competente, que creemos que hace referencia a la posible incidencia de las comunidades autónomas, pero nosotros pretendíamos más.
En los conciertos posibles, según
la previsión de este texto, entre la administración correspondiente y la universidad en materia de formación no vemos qué significa la cuña que se introduce de que en todo caso deba estar la Administración del Estado. Justificamos la enmienda que
presentábamos en que incluso es inconstitucional esta pretensión de un control entre una administración propia de la comunidad autónoma y la administración sanitaria correspondiente o el ente correspondiente que intervenga para celebrar convenios
que tengan por finalidad la mejora de la capacitación profesional.



Las enmiendas que presentábamos a los artículos siguientes tenían, todas, el tamiz competencial. Al ver mis notas, y dado que el tiempo corre, veo que en casi todas ellas hay menciones específicas a las competencias que podrían corresponder
a las comunidades autónomas. Sabido es -lo decía en la exposición inicial o así lo quería manifestar subliminalmente- que cuando el Estado se adentra en la regulación de una determinada materia, aun siendo loable el propósito, aun siendo buenas las
intenciones, siempre se intenta volver a residenciar en el Estado determinadas competencias que ya estaban en manos de algunas comunidades autónomas, como es el caso de la catalana o de la vasca; a través de una ley concreta se quieren volver a
residenciar en las administraciones centrales.



En el artículo 33 nuevamente nos encontramos con otra propuesta que desde nuestra pretensión es centralizadora. Se habla de registros centralizados, pero nosotros creemos que deben ser de gestión descentralizada, y no ha quedado
suficientemente aclarado como era nuestra pretensión en la enmienda número 46.



La posibilidad que se introduce en el artículo 46, que antes fue 47, de atribuir a la Administración autonómica la concreción de las condiciones mínimas o esenciales del aseguramiento previendo la participación social, así como la
posibilidad de participación de los colegios nos parece adecuada, pero nuestra pretensión a través de la enmienda número 48 iba más allá. Hablaba de la posibilidad de reaseguros, teniendo en cuenta que en el ámbito de la sanidad la cobertura de los
seguros, por la magnitud de los daños que es posible que se alcancen, el consorcio de compensación de seguros no siempre tiene con su regulación actual las posibilidades de compensación. No les hago a ustedes cita en este momento de lo que era el
razonamiento de nuestra enmienda número 48, pero nos parecía que desde el punto de vista de los destinatarios del servicio público de la salud podía ser conveniente que en la evolución en la cobertura de los seguros se tuviese en cuenta que estos
han empezado a generar situaciones de potencial ausencia de seguro en algunos profesionales sanitarios, por las dificultades de aseguramiento que el propio sector o la propia naturaleza de los daños que se causa tiene desde esta perspectiva.



En la regulación de las disposiciones adicionales nos parece que algunas contienen pretensiones que desde nuestra perspectiva también adolecen de la misma circunstancia de exceder las competencias que incumben a las comunidades autónomas, si
bien nos felicitamos de que la Comunidad Foral de Navarra haya logrado ver salvaguardadas sus competencias. Nos hubiera gustado aquí y en el estatuto marco que igual mención se hubiera podido hacer, puesto que el Tribunal Constitucional permite que
cualquier norma delimitadora de competencias es el instrumento adecuado para la actualización


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de la distribución competencial, con idéntico carácter, lo que creemos que como competencia propia le incumbe a la Comunidad Autónoma del País Vasco. En todo caso, señorías, si vamos a lo que es la exposición de motivos de la propia norma,
contiene un apartado, con el que nosotros comulgamos íntegramente. Se dice que la presente ley tiene por finalidad dotar al sistema sanitario de un marco legal que contemple los diferentes instrumentos y recursos que hagan posible la mayor
integración de los profesionales en el servicio sanitario, en lo preventivo y en lo asistencial, tanto en su vertiente pública como en la privada, facilitando la corresponsabilidad en el logro de los fines comunes y en la mejora de la calidad de la
atención sanitaria prestada a la población, garantizando asimismo que todos los profesionales sanitarios cumplen con los niveles competenciales necesarios para tratar de seguir salvaguardando el derecho a la protección de la salud; loable propósito
que creo que todos compartimos y que nos hace llegar a pensar que, respecto de las enmiendas introducidas en el Senado, algunas han ido en la línea de las enmiendas por mi grupo presentadas, y las votaremos a favor, y en algunos casos también nos
gustará salvaguardar las competencias, pidiendo votación separada de aspectos en los que preferimos posicionarnos desde la abstención.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Uría.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra la señora Riera.



La señora RIERA I BEN: Muchas gracias, señora presidenta.



Mi grupo parlamentario ya manifestó en el debate del dictamen de la Comisión celebrado el pasado 11 de septiembre que en el trámite del Senado esperábamos transaccionar, de conformidad con el compromiso adquirido con el grupo que sustenta al
Gobierno, las enmiendas presentadas por nosotros y que seguían vivas tras su paso por la ponencia, la Comisión y el Pleno de esta Cámara; enmiendas que considerábamos imprescindibles aprobar para que la Ley de ordenación de las profesiones
sanitarias diera respuesta a las demandas de los distintos profesionales sanitarios y diese mayores garantías a los usuarios del sistema, además de que toda esta ordenación fuese escrupulosa con las competencias de las comunidades autónomas. Desde
nuestro punto de vista todos estos requisitos no se cumplían en el texto del proyecto de ley que en su momento fue presentado por el Gobierno.



Tanto en el Congreso como en el Senado se han aceptado enmiendas de todos los grupos parlamentarios que, opinamos, mejoran la ley. En concreto, quiero dejar constancia que la aceptación en el Senado de las enmiendas a los artículos 10 y 11
presentadas por mi grupo han resuelto la incoherencia de que en una ley básica de ordenación de las profesiones sanitarias se regularan los puestos de trabajo de dirección de los centros públicos y privados, regulación que se apartaba claramente del
objeto de la norma y que, por consiguiente, era inaceptable. Asimismo, la transacción en el Senado a la enmienda al artículo 15 de Convergència i Unió ha resuelto de forma razonable el respeto a la autonomía universitaria que nosotros reclamábamos
y que la ley no cumplía.



Señora presidenta, señorías, concluyo manifestando que vamos a votar favorablemente las enmiendas presentadas por el Senado, pero, tal y como ya dejó explícito el senador Vicent Beguer, miembro de mi grupo parlamentario, aunque esta ley es
satisfactoria para nosotros, hubiera podido ser francamente mejorable.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Riera.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Arola.



El señor AROLA BLANQUET: Muchas gracias, señora presidenta.



No diré que me temo, porque lo sé, que mi intervención no va a responder a una satisfacción como la de la portavoz que me acaba de preceder en el uso de la palabra. Para mi grupo la tramitación en el Senado de la ley de ordenación de
profesiones sanitarias no ha resuelto el profundo desacuerdo que el Grupo Parlamentario Socialista mantenía con el dictamen de la Comisión; por otra parte, alejado del texto inicialmente presentado por el Gobierno que, como resultado de las
numerosas enmiendas introducidas por el Grupo Parlamentario Popular, llevaron a don Jaime Blanco a afirmar que era el Grupo Parlamentario Popular quien había presentado prácticamente una enmienda a la totalidad a dicho proyecto.
Por lo tanto, si la
distancia que existió entre el texto que remitió el Gobierno y el que remitió esta Cámara hubiera sido así en aquellos momentos, según el diputado Jaime Blanco, habríamos presentado una enmienda a la totalidad con texto alternativo. Nosotros
señalábamos entonces, en la sesión en que este Pleno aprobaba la ley, tres grandes desacuerdos: en primer lugar, el papel asignado a los colegios profesionales, que nos parece más propio de un Estado corporativo que de un Estado de derecho; en
segundo lugar, el tratamiento de la carrera profesional; y, en tercer lugar, como no, la financiación de la ley, su repercusión en el conjunto del sistema sanitario y su sostenibilidad económica. ¿En qué se fundan dichos desacuerdos? En que la
tramitación del proyecto, con las enmiendas que ha planteado el Grupo Parlamentario Popular, supone para nosotros alterar el concepto de profesión sanitaria, cambiar los requisitos para el ejercicio de las profesiones sanitarias, modificar el origen
normativo de las


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obligaciones deontológicas, cambiar alguno de los instrumentos que garantizan ciertos derechos de los pacientes y, en resumen, que es una respuesta inadecuada al colectivo sanitario, con sus problemas, que trabaja en nuestro Sistema Nacional
de Salud. Ante esta sustentación, como SS.SS bien saben, el Grupo Parlamentario Socialista presentó un veto en el Senado que se correspondía con la valoración que se hizo en esta misma tribuna el 11 de septiembre de este año. Se trataba de
enmiendas que se correspondían con las presentadas en esta Cámara, pero también otras, y es preciso decirlo, que simplemente pretendían volver al texto original remitido por el Gobierno, intentando devolver al ministerio la autonomía, para nosotros
manifiestamente perdida, frente a las cúpulas de los colegios profesionales e intentar solucionar la confusión que ha venido manteniendo sobre la materia que hoy nos ocupa. Por lo tanto, debo reiterar que el trámite en el Senado no ha resuelto para
nosotros ninguno de los desacuerdos que tenemos con esta ley, y quisiera resaltar este aspecto más allá de ciertas correcciones de determinadas enmiendas que hemos apoyado. A pesar de lo dicho de estas enmiendas, debo añadir que esta ley no cuenta
con el consenso ni con el respaldo del Grupo Parlamentario Socialista. Políticamente hablando, señorías, si hoy hubiera una votación de totalidad al dictamen, este sería el voto por parte del Grupo Parlamentario Socialista, claro y breve: no, no
estamos de acuerdo con esta ley.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Arola.



Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Mingo.



El señor MINGO ZAPATERO: Gracias, señora presidenta.



Buenas tardes, señorías. Debatimos hoy las enmiendas del Senado a la ley de ordenación de las profesiones sanitarias. El Senado nos envía una serie de enmiendas que se pueden recoger en tres bloques. El primer bloque es de mejoras de
redacción. Alguno de los anteriores ponentes que han intervenido se han referido ya a la mejora de la redacción en cuanto a la definición de algunas profesiones de técnicos superiores, como los protésicos y los higienistas dentales, o las funciones
de los dentistas o las posibilidades de especialización no solamente de los titulares superiores sino también de los diplomados, así como una formulación mucho más genérica sobre quién tiene que desarrollar la gestión clínica en el artículo 10.
Todas estas enmiendas que mejoran la redacción pretenden evitar las posibles interpretaciones divergentes que en un futuro pudieran aparecer en la interpretación de la ley.



El segundo bloque de enmiendas del Senado pretende concretar -y creo que lo logra- una mejor adecuación de la ley al marco legal vigente. Uno de los aspectos más importantes que quiero resaltar es la enmienda de modificación al artículo 4.2
que ha buscado, como el Gobierno y el Grupo Parlamentario Popular han pretendido en el transcurso del debate de toda la ley, el acuerdo con el Grupo Socialista en relación con los colegios profesionales, y en este sentido se ha aprobado una enmienda
transaccional. Las otras dos enmiendas de este bloque definen perfectamente cuál es el aspecto asesor de las comisiones nacionales de especialidad y el carácter consultivo de las funciones de la comisión consultiva profesional.



Las enmiendas que se agrupan en torno al tercer bloque son aquellas que hacen referencia a las competencias de las comunidades autónomas. Ya lo dijimos cuando esta ley se tramitó en el Congreso, cumplimos los compromisos adquiridos con los
grupos nacionalistas, y muy concretamente con el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), en relación con la modificación de los artículos 10, 11 y 15, recogiendo con enmiendas transaccionales las propuestas de los grupos nacionalistas en
aras del respeto a las competencias de las comunidades autónomas. Asimismo, las enmiendas del Senado mejoran la participación de las comunidades autónomas en el Consejo Nacional de Especialidades de Ciencias de la Salud y también se respetan los
derechos establecidos en el sistema de la carrera profesional, de desarrollo profesional y se recogen las necesidades relativas al régimen foral de Navarra. Finalmente, se añade la disposición adicional novena, enmienda presentada por el Grupo
Parlamentario Popular en el Senado, para que se recogiera más específicamente en la ley las competencias del personal investigador.



Son enmiendas de precisión terminológica de distribución competencial, que buscan el acuerdo que desde el inicio del debate de esta ley se ha pretendido con todos los grupos políticos. El Grupo Socialista manifiesta que no presentó ninguna
enmienda a la totalidad en el texto del Gobierno pero que, sin embargo, en la tramitación de la ley presentaría una enmienda de totalidad. Así lo ha manifestado en el Pleno del Senado con la presentación de un veto. Es demostrable que los
esfuerzos del Grupo Parlamentario Popular y del Gobierno en relación con los distintos colectivos profesionales y con las competencias de las comunidades autónomas han ido acercando al Grupo Parlamentario Popular a todos los grupos que van a votar
favorablemente estas enmiendas y que entienden que la tramitación de la ley ha mejorado no solamente en el Congreso, sino también con estas enmiendas del Senado.



Por lo tanto, nuestro grupo va a apoyar la totalidad de estas enmiendas del Senado en una ley, que ya hemos dicho en cuantas ocasiones hemos tenido la oportunidad de intervenir, oportuna y necesaria, que está hecha con los profesionales, con
las comunidades autónomas, con un destino final claro, que es para los profesionales, porque incentiva su preparación científica,


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porque les motiva profesionalmente, porque recoge el derecho y el deber de la formación continuada, porque posibilita su desarrollo profesional, porque regula el trabajo en equipo y porque incrementa su participación en las tomas de
decisión. Por todo ello, vamos a votar favorablemente, señora presidenta, las enmiendas del Senado. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mingo.



Finalizado el debate del último punto del orden del día que quedaba pendiente, se suspende la sesión hasta las tres y media. (Pausa.)


Se reanuda la sesión.



ENMIENDAS DEL SENADO. (Votaciones.)


- PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL. (Número de expediente 121/000141.)


La señora PRESIDENTA: Vamos a iniciar la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general. En primer lugar, enmiendas a los artículos 19.9, 21,
apartados 5.II, 5.IV y 8, artículos 27, 30, 85.5 y 132.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 242; a favor, 149; en contra, 81; abstenciones, 12.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos 65.1, 76 y 77.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 243; a favor, 151; en contra, 80; abstenciones, 12.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición adicional vigésima y a los anexos, con excepción de su título.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 244; a favor, 240; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos 51, 73, 85.1 y 87, disposición adicional quinta y disposición final segunda, primer párrafo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 244; a favor, 151; en contra, 80; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos 35 y 60, a la disposición final segunda, apartados 16 y 23, y título del anexo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 244; a favor, 229; en contra, dos; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos 19.6 y 24, apartado 5.II, y disposiciones transitorias primera y décima.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 244; a favor, 239; abstenciones, cinco.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 24, apartado 5.I.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 153; en contra, 80; abstenciones, 12.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 65, apartado 2, párrafo primero.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 161; en contra, 79; abstenciones, cinco.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 65, apartado 2, párrafo segundo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 244; a favor, 241; abstenciones, tres.



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La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición adicional octava.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 242; abstenciones, tres.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a las disposiciones transitorias segunda y quinta.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 160; en contra, 81; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a la disposición final segunda, apartado 9, en lo relativo a la supresión de la letra m).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 243; a favor, dos; en contra, 230; abstenciones, 11.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas a los artículos 11 y 12.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 234; en contra, uno; abstenciones, 10.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 16.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 154; en contra, 82; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 17, apartado 1.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 236; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 17, apartado 2, punto b).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 236; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 17, apartados 2.c) y 3.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 152; en contra, 81; abstenciones, 12.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 38.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 245; a favor, 155; en contra, 81; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo 21, apartado 5.I


Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 244; a favor, 152; en contra, 81; abstenciones, 11.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Resto de enmiendas del Senado.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 246; a favor, 232; en contra, uno; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



- PROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS. (Número de expediente 121/000150.)


La señora PRESIDENTA: Iniciamos la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias. En primer lugar, enmiendas a los artículos 2, 4 y 35 (antes 36).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 247; a favor, 167; en contra, 79; abstenciones, una.



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La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos 10 y 38, antes éste último 39.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 246; a favor, 163; en contra, cuatro; abstenciones, 79.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Resto de enmiendas del Senado al proyecto de ley de ordenación de las profesiones sanitarias.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 242; a favor, 241; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Se levanta la sesión.



Eran las tres y cincuenta minutos de la tarde.