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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 214, de 12/12/2002
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2002 VII Legislatura Núm. 214

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

Sesión plenaria núm. 207

celebrada el jueves, 12 de diciembre de 2002



ORDEN DEL DÍA:


Enmiendas del Senado: ...



- Proyecto de Ley de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A,
número 96-1, de 5 de junio de 2002. (Número de expediente 121/000096.) ... (Página 10804)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios Internacionales: ...



- Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República Federal de Nigeria, hecho en Abuja el 9 de julio de 2002. 'BOCG. Sección Cortes Generales', serie A, número 353, de 14 de octubre de
2002. (Número de expediente 110/000205.) ... (Página 10810)


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas: ...



- Proyecto de Ley sobre la Orden Europea de Detención y Entrega. 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie A, número 118-1, de 31 de octubre de 2002. (Número de expediente 121/000118.) ... (Página 10810)


Página 10802



- Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley sobre la Orden Europea de Detención y Entrega. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 119-1, de 31 de octubre de 2002. (Número de expediente 121/000119.) ... href='#(Página10810)'>(Página 10810)


Votación de conjunto ... (Página 10821)


Debate de totalidad de iniciativas legislativas: ...



- Proyecto de Ley de la viña y del vino. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 116-1, de 25 de octubre de 2002. (Número de expediente 121/000116.) ... (Página 10821)


- Proyecto de Ley de garantías en la venta de bienes de consumo. 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie A, número 117-1, de 31 de octubre de 2002. (Número de expediente 121/000117.) ... (Página 10842)


SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.



Enmiendas del Senado ... (Página 10804)


Proyecto de Ley de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes ... (Página 10804)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Sánchez i Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Fernández Marugán, del Grupo Parlamentario
Socialista, y Martínez-Pujalte López, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



A continuación se procede a la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de reforma parcial del impuesto sobre la renta de las personas físicas y por la que se modifican las leyes de los impuestos sobre sociedades y sobre la
renta de no residentes.



Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios Internacionales ... (Página 10810)


Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República Federal de Nigeria, hecho en Abuja el 9 de julio de 2002 ... (Página 10810)


Sometido a votación, se aprueba por 276 votos a favor y tres abstenciones.



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas ... (Página 10810)


Proyecto de Ley sobre la Orden Europea de Detención y Entrega ... (Página 10810)


Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley sobre la Orden Europea de Detención y Entrega ... (Página 10810)


En defensa de las enmiendas presentadas a los dos proyectos de ley intervienen la señora Lasagabaster Olazábal, del Grupo Parlamentario Mixto; los señores Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Barrero López, del
Grupo Parlamentario Socialista; Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); y los señores Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), y Ollero Tassara, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Se procede a la votación de las enmiendas presentadas al dictamen de la Comisión sobre el proyecto de ley sobre la Orden europea de detención y entrega.



Se someten a votación los artículos 2, del 10 al 15, 17, 18, 20 a 22, 24 a 26 y disposiciones transitorias primera y segunda del texto del dictamen, que son aprobados por 197 votos a favor, seis en contra y 97 abstenciones.



Página 10803



A continuación se somete a votación el resto del texto del dictamen, que es aprobado por 299 votos a favor.



Asimismo se someten a votación las enmiendas presentadas al texto del dictamen del proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley sobre la Orden europea de detención y entrega.



Sometido a votación, finalmente, el texto del dictamen del proyecto de ley sobre la Orden europea de detención y entrega, se aprueba por 196 votos a favor, tres en contra y 101 abstenciones.



Votación de conjunto ... (Página 10821)


Sometido a votación de conjunto el proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley sobre la Orden europea de detención y entrega, por su carácter orgánica, se aprueba por 299 votos a favor y una abstención.



Debate de totalidad de iniciativas legislativas ... (Página 10821)


Proyecto de ley de la viña y el vino ... (Página 10821)


El señor ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación (Arias Cañete) presenta ante la Cámara el proyecto de ley de la viña y el vino, aprobado por el Gobierno, que obedece a la necesidad de adecuar la legislación actual en esta materia, el
Estatuto de la viña y el vino de 1970, y la evolución estructural y económica que ha tenido el sector vitivinícola en estas últimas décadas a nuestro ordenamiento constitucional y a la actual normativa comunitaria, el Reglamento 1.493/1999 del
Consejo, que ha derogado tácitamente todos los preceptos del Estatuto incompatibles con la misma. Confía en convencer con sus argumentos y que las enmiendas a la totalidad presentadas por los grupos parlamentarios Socialista y Mixto (Chunta
Aragonesista, Bloque Nacionalista Galego y Esquerra Republicana de Catalunya) sean rechazadas, para que el proyecto de ley pueda ser mejorado en su tramitación parlamentaria.



En defensa de las enmiendas a la totalidad presentadas intervienen los señores Labordeta Subías, Vázquez Vázquez y Puigcercós i Boixassa, del Grupo Parlamentario Mixto, y Cuadrado Bausela, del Grupo Parlamentario Socialista.



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Txueka Isasti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Centella Gómez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida; Companys Sanfeliu, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), e Isasi Gómez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



La señora Cunillera i Mestre pide la palabra en virtud del artículo 71.1.



Sometidas a votación las enmiendas de devolución presentadas por los diputados del Grupo Parlamentario Mixto, señores Labordeta, Vázquez y Puigcercós, y por el Grupo Parlamentario Socialista al proyecto de ley de la viña y del vino, se
rechazan por 108 votos a favor, 162 en contra y 24 abstenciones.



Proyecto de Ley de garantías en la venta de bienes de consumo ... (Página 10842)


El señor ministro de Justicia (Michavila Núñez) presenta en nombre del Gobierno un proyecto de ley que supone, dice, un avance revolucionario -siguiendo la terminología empleada en la Unión Europea- en el cuadro de las garantías y los
derechos de los consumidores y usuarios en nuestro ordenamiento jurídico. Se trata de una norma que traspone la directiva comunitaria 1999/44, que persigue respaldar con mayor solidez, con mayor eficacia y también mayor amplitud los derechos que
los usuarios tienen cuando consumen, pero que va más allá en la garantía de los derechos de los consumidores que la propia directiva, puesto que supone una mejora sustancial en cuanto a los requisitos o criterios establecidos por la propia
directiva, siempre en beneficio de los consumidores. Explica el contenido del proyecto de ley y pasa a referirse brevemente a la enmienda de totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.



En defensa de la enmienda de totalidad de texto alternativo interviene el señor Navarrete Merino, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista.



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); y los señores Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida; Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Bueno Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Sometida a votación la enmienda de totalidad con texto alternativo, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, al proyecto de ley de garantías en la venta de bienes de consumo, se rechaza por 81 votos a favor, 166 en contra y una
abstención.



Se levanta la sesión a las dos y cuarenta minutos de la tarde.



Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.



ENMIENDAS DEL SENADO:


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA PARCIAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y POR LA QUE SE MODIFICAN LAS LEYES DE LOS IMPUESTOS SOBRE SOCIEDADES Y SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. (Número de expediente 121/000096.)


La señora PRESIDENTA: Se reanuda la sesión.



Punto VII del orden del día: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de reforma parcial del impuesto sobre la renta de las personas físicas y por la que se modifican las leyes de los impuestos sobre sociedades y sobre la renta de no
residentes.



Antes de iniciar el debate se informa a la Cámara que la votación final del proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley sobre la orden europea de detención y entrega no se producirá antes de las diez y media de la mañana.



¿Grupos que desean fijar posición con respecto a las enmiendas del Senado? (Pausa.)


En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Mi grupo va a votar favorablemente todas y cada una de las enmiendas que nos remite el Senado al proyecto de ley de reforma parcial del impuesto sobre la renta de las personas físicas y por la que se modifican las leyes de impuestos sobre
sociedades y la renta de no residentes. Algunas de las enmiendas que vienen del Senado son de gran calado y reforma de los textos que habían salido del Congreso de los Diputados y nuestro Grupo de Coalición Canaria las valora positivamente. No
solamente se han limitado a retoques de estilo, gramaticales o técnicos, sino también se han hecho algunas consideraciones muy dignas de destacar y que motivan nuestro voto favorable a las mismas.



En primer lugar, en una valoración rápida de las distintas enmiendas, me referiré a la enmienda al artículo décimo, que trae una referencia explícita al impuesto general indirecto canario, de mi comunidad autónoma, en cuanto a lo que
significa el artículo 20 de la Ley 40/1998, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras rentas tributarias, para que las cantidades que hacen referencia al impuesto general indirecto de Canarias sean excluidas en el cómputo del
rendimiento íntegro al que se refiere el artículo anteriormente citado de la Ley del IRPF vigente.



Todas las enmiendas que arrancan desde el artículo undécimo hasta el vigesimosegundo se refieren a perfeccionamientos y especificaciones que introducen seguridad jurídica y conceptos nuevos en el impuesto de la renta de las personas físicas
y otras rentas tributarias.



Quiero destacar la valoración de la enmienda relativa al artículo vigesimoquinto, señora presidenta, porque ha sido una de las enmiendas con más profundidad sustantiva de reforma en el texto que nos envía la Cámara Alta, en cuanto a que hace
referencia a la modificación que habíamos hecho aquí al artículo 47 de la Ley 40/1998, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras rentas tributarias, sobre la reducción por cuidado de hijos. Se introducen una serie de cuestiones de
carácter social, las referidas al cuidado de los hijos, edad, asistencia, así como a las personas con minusvalías. Nos parece muy acertada esta modificación desde el punto de vista de lectura politico-social y de atención a las circunstancias que
se atraviesan.



Creemos que las normas aplicables en la tributación conjunta que contiene el artículo trigesimoquinto vienen a reflejar una realidad que está ocurriendo y que es necesario proteger jurídicamente para evitar la inseguridad que se pudiera
tener; igualmente, la introducción del nuevo artículo quincuagesimoséptimo ter en el proyecto para la tributación de los socios o partícipes en instituciones de inversión colectiva. Por tanto, se introducen, a nuestro juicio, mejoras que motivan
que mi grupo parlamentario vote favorablemente estas enmiendas.



Nada más y muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



¿Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)? (Pausa.)


¿Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida? (Pausa.)


¿Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)? Señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió hace una valoración positiva del trámite parlamentario de la reforma del impuesto


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sobre la renta de las personas físicas tanto por su paso en el Congreso como por su paso para el debate e introducción de enmiendas en el Senado.
Desde Convergència i Unió se han incorporado al proyecto alrededor de 26 enmiendas que
complementan, mejoran y potencian el proyecto inicial de reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Con la primera reforma que se llevó a cabo en su día y ahora con esta segunda finaliza la reforma del impuesto sobre la renta de
las personas físicas.
Convergència i Unió tuvo una participación activa a partir del año 1998 en el sentido de homologar la tributación española en cuanto al impuesto de la renta de las personas físicas al resto de países de la Unión Europea.
Pensamos que con aquel primer paso y con el que damos hoy finaliza una reforma estructural muy importante de un impuesto que estaba completamente desfasado y que a través de estas modificaciones hemos rebajado la tributación fiscal de todas las
ciudadanas españolas y ciudadanos españoles, hemos modernizado este tributo y lo hemos homologado fiscalmente al resto de países de la Unión Europea. También esperamos que con este segundo gran paso esta reforma pueda dar los buenos resultados
económicos que dio a la economía española la primera iniciada a principios del año 1998.



Nuestro grupo parlamentario no puede más que valorar positivamente esta reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas. ¿Por qué? Básicamente porque en dicho proyecto hemos podido incorporar todos aquellos aspectos que
considerábamos fundamentales al inicio de este debate. En primer lugar, dicha reforma supone una rebaja efectiva de la presión fiscal para todos los ciudadanos españoles, especialmente para todas aquellas personas que están en el segmento de las
rentas bajas y medias.



En segundo lugar, las verdaderas protagonistas de esta reforma fiscal son las familias españolas y esto era algo que Convergència i Unió venía reivindicando desde el año 1980, ya que han sido siempre las grandes perjudicadas por todas las
medidas fiscales que se vienen aplicando desde esa época. En el año 1998 las familias españolas empezaron a verse favorecidas fiscalmente, y con la aprobación de esta reforma se van a convertir en las grandes protagonistas, ya que van a ser uno de
los sectores más beneficiados por la misma, como lo serán también -y esto hay que recalcarlo aquí- el resto de las familias de los diferentes países de la Unión Europea. Además, con la aprobación de este proyecto se van a ver beneficiadas las
familias con hijos, especialmente las que tienen hijos de menos de tres años. También hemos dado un paso cualitativamente muy importante en beneficio de todas aquellas familias que viven con ascendientes, con descendientes y, especialmente, con
personas discapacitadas. Finalmente, aunque hemos dado un paso muy importante, en los próximos años todavía podremos beneficiar más a todas aquellas familias con hijos en las que las madres sean trabajadoras, ya sea por cuenta ajena, ya sea por
cuenta propia.



Con la aprobación de esta reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas que estamos debatiendo hoy vamos a potenciar también el mercado de viviendas de alquiler. Convergència i Unió siempre ha planteado que hay un segmento de
la población española, que son todos aquellos jóvenes que quieren iniciar una trayectoria personal y desvincular su convivencia de su familia, que no tiene opción de hacerlo debido a los precios tan elevados de la vivienda en España. En este
sentido hemos dado un paso importante, pero no es suficiente. Nos hubiera gustado incorporar en este proyecto todas aquellas mejoras que, desde el punto de vista del impuesto sobre sociedades, beneficiaran a aquellas sociedades que se dedican a
construir o rehabilitar viviendas para alquilarlas posteriormente. Esto no ha sido posible, pero el Gobierno se ha comprometido a elaborar un plan de choque a partir del mes de enero para potenciar la vivienda de alquiler. De todas formas, con las
propuestas que hemos incorporado en el actual proyecto de ley hemos mejorado sustancialmente la situación de todas aquellas personas que tienen un parque inmobiliario para alquilar, ya que hemos incorporado beneficios fiscales muy importantes para
ellas, de forma que los beneficios puedan revertir en los consumidores finales. En este aspecto, nosotros siempre hemos defendido la posibilidad de que los grandes beneficiados fueran los jóvenes españoles.



En tercer lugar, hemos continuado potenciando la fiscalidad que se refiere a los autónomos y a las pequeñas y medianas empresas, ya que hemos podido incorporar unas enmiendas que van en esta dirección. La tributación por módulos para las
pymes no estaba contemplada inicialmente en el proyecto, pero finalmente, a través de una enmienda de Convergència i Unió, hemos conseguido que las pequeñas y medianas empresas se pudieran asignar a la tributación por módulos.



También hemos conseguido mejorar de forma notable todos aquellos aspectos que hacen referencia a la fiscalidad y el ahorro a medio y largo plazo.
Este era un aspecto que se contemplaba favorablemente en la reforma del año 1998 y
sinceramente pensamos que, con las especificidades que ya figuraban en el proyecto de ley y las incorporaciones de nuestro grupo parlamentario, así como, por descontado, las del Grupo Parlamentario Popular, hemos mejorado sustancialmente todos
aquellos aspectos que hacen referencia a la fiscalidad y al ahorro a medio y largo plazo.



Por último, hemos conseguido resolver una injusticia tremenda, desde un punto de vista de fiscalidad, al rebajar el límite conjunto de renta y patrimonio. Conocen SS.SS. perfectamente que desde hace muchísimos años la tributación conjunta
de renta y patrimonio y su fiscalidad estaba alrededor del 70 por ciento. (Rumores.)


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La señora PRESIDENTA: Un momento, señor Sánchez i Libre, por favor.



Adelante.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señora presidenta.



Como les venía diciendo, también hemos conseguido mejorar en esta segunda reforma un aspecto que quedó aparcado en la del año 1998: el de rebajar el límite conjunto de renta y patrimonio, que estaba en el 70 por ciento, objetivo que no se
pudo alcanzar en la reforma de aquella época.
Ha sido en el Senado, a través de una enmienda transaccional entre Coalición Canaria, Convergència i Unió y el Grupo Popular, y con la abstención del Grupo Socialista, donde hemos conseguido rebajar la
fiscalidad del límite conjunto de renta y patrimonio al 60 por ciento.
Quizá hubiéramos tenido que ir un poco más lejos y homologar dicha tributación al límite máximo de la renta, pero pienso que es un primer paso significativo que va a dar lugar a
que deje de ser un impuesto confiscatorio para todas aquellas rentas que incluso con el límite de la renta y del patrimonio podían llegar al 70 por ciento.



Por todos estos motivos, señorías, nuestro Grupo Parlamentario Convergència i Unió valora positivamente esta segunda reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas, ya que, repito, para Convergència i Unió los grandes
protagonistas y los grandes beneficiados por dicha reforma van a ser todas las familias españolas a partir del año 2003.



Muchas gracias, señora presidenta, señoras y señores diputados.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Sánchez i Libre.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, señor Fernández Marugán.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Señora presidenta, señoras y señores diputados, voy a fijar la posición del Grupo Parlamentario Socialista en torno a esa treintena de enmiendas que en el trámite del Senado se han incorporado al proyecto de ley
que hoy consideramos en esta Cámara.



Una parte importante de ellas se presenta, en el mensaje motivado, como enmiendas de corrección técnica, y la verdad es que lo son, pero también son el exponente de una mala calidad de la legislación tributaria, de la que en esta Cámara no
podemos sustraernos. Por tanto, una de las facetas que en este momento cumple la Cámara Alta en España es la de corregir la improvisación normativa que en materia tributaria viene produciéndose a lo largo de los últimos años.



Mi grupo, aparte de hacer esta consideración, quisiera decir en este momento que entiende que esta es una legislación desequilibrada porque altera gravemente la distribución de la carga tributaria en la sociedad española; es más, que la
finalidad de la misma es producir esa modulación regresiva de la distribución del esfuerzo colectivo al levantamiento de las cargas públicas.



Señorías, las rentas del capital vienen siendo tratadas mejor que las rentas del trabajo. Las rentas del trabajo soportan y son víctimas del fiscal drag, de la incidencia en las mismas del nivel general de los precios, y ese hecho no
solamente no se evita por esta legislación que vamos a aprobar en el día de hoy, sino que esta legislación se sigue aprovechando de lo mismo. Está generalmente admitido que la modulación que se ha producido en la tarifa del IRPF no compensa la
evolución de los precios habida entre 1999 y el año 2003. Por lo tanto, aquellas rentas que se someten por la vía del trabajo dependiente soportan hoy en la sociedad española una alta tributación, aunque sólo sea por la incidencia que los precios
tienen en la misma, pero no ocurre lo mismo a las rentas del capital, por una razón muy sencilla. Porque quienes legítimamente defienden en este momento en esta sociedad al capital y a la propiedad y son defensores de que ni el capital ni la
propiedad soporten tributación, y que sólo la tributación la soporten las rentas del trabajo, los grupos que son defensores de esas posiciones políticas tratan de evitar los efectos acumulativos que ocasiona una tarifa de tipos crecientes, y eso
hace que la legislación que vamos a aprobar en este momento someta a las rentas de capital a una fiscalidad mínima. Por lo tanto, el trabajo va a seguir siendo mal tratado fiscalmente y el capital va a gozar, después de la aprobación de esta ley,
de una enorme preferencia tributaria.



Aquí se producen dos fenómenos que tienen su importancia: un fenómeno de distribución y un fenómeno de radicalización política. De distribución, porque nunca se ha tratado peor a las rentas del trabajo que las trata el Partido Popular. La
progresividad tributaria afecta única y exclusivamente al trabajo dependiente, porque para el resto de los rendimientos se ha hecho un uso abusivo, desordenado y desigual de un conjunto de coeficientes reductores que se aplican a las rentas de la
propiedad y a las ganancias del capital con el fin de exonerarlas tributariamente. Hemos asistido a la innovación de la legislación sobre los caseros. Señoras y señores diputados, en los efectos sobre la oferta de esa legislación no cree nadie en
España. Es un mecanismo no para movilizar viviendas desocupadas, es un mecanismo fundamentalmente destinado a lograr que la tributación de la propiedad tenga un beneficio de una considerable importancia. Y el tiempo dirá quién tiene razón en este
terreno.



Respecto a la radicalización política de la que hablaba anteriormente he de decir que esta ley, y las enmiendas que se han introducido en la misma, supone una apuesta consciente y deliberada a favor de la fiscalidad de los más acomodados y
de los mejor situados. La capacidad económica de los contribuyentes ya es ignorada y hoy, como veremos más adelante, se podrá decir


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que se beneficia más a quienes más tienen y que la filosofía que tiene esta reforma tributaria es la de ayudar más a aquel grupo de ciudadanos y de ciudadanas que tienen más renta y que poseen más riqueza. Y eso da origen a una polarización
social que mi grupo no quiere dejar de poner de relieve esta mañana en este último trámite parlamentario.



Señoras y señores diputados, la inmensa mayoría de los contribuyentes españoles soportarán un sistema tributario injusto, que ni siquiera les va a compensar de los efectos de la inflación. Sólo una minoría podrá modular la tributación.
Ahora bien, esa minoría no estará integrada ni por asalariados ni por contribuyentes dedicados a actividades productivas, esa minoría que podrá modular su tributación son perceptores, altísimos perceptores de rentas de propiedad y de rentas de
capital. Para ese tipo de perceptores, esta ley proporciona unas grandes posibilidades que hacen que, de nuevo, la llamada planificación tributaria adquiera un predicamento importante entre nosotros. Por lo tanto los asalariados serán el seguro,
el sostén y el soporte que utilizará la Hacienda pública para ese conjunto exorbitante y desmesurado de estímulos fiscales que van a proteger las rentas de un conjunto reducido de contribuyentes españoles. Después de esta ley se podrá decir con
todo fundamento que el Partido Popular ha terminado un ciclo político, aquel que en minoría testificaron en esta Cámara don Laureano López Rodo y el señor Fraga, con actitudes próximas al poujadisme tributario, y que han continuado en esta Cámara
los señores Rato y Aznar.
Esa singladura hace que hoy España sea la nación europea donde se goza de un privilegio y de un auténtico paraíso tributario para las rentas de capital.



Termino señora presidenta, y agradezco su amabilidad, haciendo una referencia en torno a eso que algunos llaman modernización tributaria y que tiene que ver también con el comportamiento y las actitudes delante de algún tipo de
contribuyente. Me voy a referir fundamentalmente al tratamiento de la maternidad y la fiscalidad. Uno de los elementos que se ha querido poner de relieve para vender la bondad de esta reforma tributaria es que hasta se podría producir una ayuda a
las mujeres españolas que recibirían anticipadamente una cantidad de 1.200 euros a partir del día 1 de enero. A este respecto tengo que decir dos cosas. En primer lugar, que esta ayuda está condicionada a la evolución del tiempo y al pago de la
Seguridad Social y, desgraciadamente, la realidad va a demostrar lo que dije anteriormente, que serán las mujeres españolas que tengan más alta renta disponible las que podrán beneficiarse de este estímulo fiscal que acaba de introducir el Partido
Popular. Habrá madres españolas que irán a las delegaciones de Hacienda en los próximos meses a pedir que les den sus 1.200 euros y si son trabajadoras de empleos temporales se van a encontrar que van percibir una cantidad sensiblemente menor y que
la misma va a estar determinada por el grado o por la cuantía que adquieran sus cotizaciones sociales a lo largo del período en el cual han venido ejerciendo su actividad laboral.



En segundo lugar, no es el momento de entrar en polémica, pero sí quiero decir que no hace muchas semanas en un diario económico español se hablaba de la maternidad y de la fiscalidad y un asesor fiscal decía -y con razón- que este tipo de
política, de la cual se vanagloria el Partido Popular hoy día, discrimina a las rentas bajas mientras que hace que sólo sean las rentas altas las que puedan percibir íntegramente este estímulo.
Por ello, nosotros hemos estado en contra de esta ley
y vamos a votar en contra a la gran mayoría, aunque no a todas, de las enmiendas que a esta ley se han introducido en el Senado.



Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Fernández Marugán.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señor Martinez-Pujalte.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, debatimos hoy las enmiendas del Senado al IRPF, con lo que acaba el trámite parlamentario de un nuevo impuesto que va a bajar la tributación de los ciudadanos españoles a partir del 1 de enero de 2003.
Desde la tribuna
parlamentaria he oído al portavoz socialista usar los mismos argumentos y el mismo esquema que ya utilizaron en 1998 para oponerse a la rebaja fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 1999. Los mismos argumentos, la misma demagogia, la misma
falta de consistencia y la oposición a que en España se bajen los impuestos. Esperaba del Grupo Socialista un nuevo mensaje; esperaba que el portavoz económico socialista, señor Sevilla, planteara a lo largo de estos meses cuál es su modelo
fiscal, cuál es el modelo fiscal que sustenta el tipo único que él preconiza. Pero no, el señor Sevilla brilla por su ausencia en este Parlamento. Viene menos que el señor González, que ya es decir (Un señor diputado: Es verdad.-Rumores.), y eso
conduce a que sea difícil tener un debate serio sobre cuál es el modelo que el señor Sevilla está defendiendo y cuál es el modelo del Partido Popular.



Señorías, por segunda vez y cumpliendo nuestro compromiso electoral, el Partido Popular baja los impuestos a todos los ciudadanos españoles y especialmente a las familias, a los discapacitados, a los asalariados y a los ciudadanos de rentas
medias y bajas. Es una reforma estructural, una reforma que va a ayudar a que la economía española sea más flexible y, por tanto, tenga una mayor capacidad de crecimiento y de creación de empleo. Va en la línea de lo que en los organismos
internacionales, el Fondo Monetario Internacional, la OCDE, la Comisión Europea, están diciendo que es bueno para España. Es una reforma que ya les gustaría


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a los gobiernos socialdemócratas de Europa aplicarla, pero no pueden porque no tienen las cuentas en equilibrio presupuestario y por eso su crecimiento es tan bajo y por eso están destruyendo empleo. (El señor Bel i Queralt: ¡Italia!)


Señorías, también es una reforma coyuntural que va a venir muy bien para que en el inicio del año 2003 España aproveche la nueva fase del ciclo económico para crecer y crear empleo. El Gobierno ya bajó los impuestos a todos los españoles en
1999 y los españoles se han ahorrado a lo largo de estos años más de 800.000 millones de pesetas en impuestos cada año. Las familias españolas han tenido una disponibilidad de más de 800.000 millones de pesetas cada año y ahora se aprueba otra
reforma que aumenta esa rebaja fiscal, ahora ya en euros, en tres mil millones de euros, 500.000 millones de pesetas adicionales. Creo que el señor Fernández Marugán se ha retirado de la sala, lo cual es una muestra del respeto al debate
democrático en esta Cámara; como no quiere oír los argumentos se retira. (Rumores.) Gracias señor Fernández Marugán por incorporarse al hemiciclo. Le decía que usted manifiesta que no a esta rebaja fiscal y cuando los asalariados españoles en el
primer mes del año 2003 reciban unos ingresos por su nómina mucho mayores, porque van a bajar las retenciones como consecuencia de la rebaja fiscal, tendrán que explicarles que querían que las familias cobraran menos, que tuvieran menos capacidad
adquisitiva, que estaban por que se les retirara más dinero en vez de dejar que tuvieran más disposición económica. Eso es lo que tendrán que explicar a la sociedad española. Tendrán que explicar a las familias españolas por qué les parece mal que
pasemos la deducción del primer hijo de 1.200 a 1.400 euros; la del segundo hijo de 1.200 a 1.500; la del tercer hijo de 1.800 a 2.200 y la del cuarto y siguientes de 1.800 a 2.300; tendrán que explicar a las familias españolas por qué votan en
contra de esta mayor deducción por hijo; tendrán que explicar a las mujeres españolas que tienen un trabajo por qué no quieren que reciban los 1.200 euros que van a recibir si son mujeres trabajadoras por cada hijo menor de tres años; tendrán que
explicar por qué no quieren que además, porque es una deducción añadida, cada madre trabajadora, cada madre española que tiene hijos menores de tres años, tenga trabajo o esté en casa si así lo decide, tenga una deducción de 1.200 euros. Ustedes
tendrán que explicar a los discapacitados que les aumentan las deducciones enormemente, en más del cien por cien; tendrán que explicarles por qué votan que no a que mejoremos las deducciones para los discapacitados que se incorporan al mundo
laboral, para las familias que tienen hijos discapacitados en el mínimo familiar o para los padres que quieren mejorar los fondos de pensiones a favor de los discapacitados.
Tendrán que explicar a los ciudadanos españoles por qué votan que no a que
mejoremos las deducciones para los mayores.



Señorías, aquí se bajan los impuestos y fundamentalmente a las rentas más bajas, mientras que en Grupo Socialista proponía, lo propuso el señor Sevilla, que no está pero les ha dejado en testimonio el libro que enseña el señor Bel para que
ustedes vayan aprendiendo. (El señor Bel i Queralt: ¡Y tú también!); el señor Sevilla propone que el tipo más bajo aumente en ocho puntos, del 15 al 23 por ciento y se baje el tipo máximo 22 puntos, del 45 al 23. (Un señor diputado: ¡Qué
barbaridad!) Eso es progresividad, como dice el señor Fernández Marugán, eso es favorecer a las rentas más bajas: subir el tipo a los que menos tienen y bajárselo a los que más tienen, eliminando la progresividad del impuesto. Eso es lo que ha
propuesto el señor Sevilla y no es capaz de mantenerlo luego en esta Cámara; y yo sé que no es capaz porque incluso en las filas socialistas hay gente que no ve bien una propuesta fiscal sin progresividad, subiendo los impuestos a las rentas más
bajas y bajándoselos a las más altas.
(Rumores.) Señorías, los que menos tienen van a tener reducciones fiscales de más del 38 por ciento; sin embargo, las reducciones van a ser muchos menores para las rentas más altas. Yo entiendo esto porque el
señor Sevilla fue muy claro cuando declaró el 31 de mayo del 2002 que el IRPF no puede ser un mecanismo de política social; el 20 de mayo había dicho que las políticas sociales deben ir fuera del IRPF. Pues nosotros creemos que no, que el IRPF
tiene que defender a los que menos tienen.
Tenemos que hacer posible la conciliación de la vida laboral y familiar, tenemos que mejorar la tributación de los discapacitados y tenemos que mejorar la tributación de los asalariados (El señor Bel i
Queralt: ¡Y olé!) porque hay que hacer política social también con el IRPF. No estamos de acuerdo en que en el IRPF, como dice el señor Sevilla, no se haga una política social, como también tenemos que hacer una política de crecimiento económico
con el IRPF y por eso mejoramos el ahorro, por eso mejoramos las rentas que provienen de los alquileres de viviendas para que los jóvenes tengan más acceso a viviendas en alquiler a precios más baratos y por eso mejoramos la transparencia fiscal.



Señorías, estamos ante un impuesto que va a entrar en vigor el 1 de enero de 2003, un impuesto que va a mejorar la tributación de todas las familias españolas, a las que les va a dejar en sus bolsillos 500.000 millones adicionales. Las
familias van a tener mayores deducciones por hijo y por ascendientes, los discapacitados van a tener una mejor tributación y más justa, y ustedes vuelven a votar que no. Tendrán que explicar a los ciudadanos por qué siguen votando que no a rebajas
fiscales, por qué siguen aferrados a una política de mayor gasto, mayores impuestos y por tanto más desempleo, como hacen otros gobiernos socialdemócratas.



Señorías, yo en su lugar aprendería algo más, me esforzaría algo más y pensaría más en los ciudadanos, en las familias y sobre todo en el crecimiento y en el empleo.



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Muchísimas gracias. (Aplausos.-Un señor diputado: ¡Cómo exagera!-Otro señor diputado: Y Sevilla ausente.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martínez-Pujalte.



Iniciamos las votaciones. (Rumores.) Señorías, ruego guarden un poco de silencio por cuanto que la votación es larga y compleja.



Iniciamos la votación de las enmiendas del Senado al proyecto de ley de reforma parcial del impuesto sobre la renta de las personas físicas y por la que se modifican las leyes de los impuestos sobre sociedades y sobre la renta de no
residentes. En primer lugar votamos las enmiendas a los artículos segundo, vigesimosegundo, trigesimotercero, cuadragesimoséptimo, quincuagesimoquinto bis (nuevo), septuagesimoprimero, septuagesimocuarto, septuagesimoséptimo y disposición
transitoria cuarta (nueva).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 274; a favor, 266; abstenciones, ocho.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas del Senado a los artículos quinto, octavo, décimo, vigésimo, vigesimoprimero, quincuagesimocuarto, sexagesimocuarto bis (nuevo), disposición adicional sexta (nueva), disposición transitoria segunda, disposición transitoria quinta
(nueva).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 272; a favor, 166; en contra, 93; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos decimoprimero, decimotercero y quincuagesimoctavo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 271; a favor, 166; en contra, 98; abstenciones, siete.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al artículo vigesimoquinto (apartado 2 del artículo 47 quinques y letra a) del apartado 1 del artículo 48 bis).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 273; a favor, 175; en contra, 89; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas al resto del artículo vigesimoquinto, trigesimonoveno con la corrección técnica, disposición final tercera (nueva) y disposición final quinta.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 273; a favor, 173; en contra, 91; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas a los artículos vigesimoséptimo bis (nuevo), trigesimoquinto, trigesimosexto y sexagesimonoveno.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a favor, 261; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmienda al artículo trigesimosegundo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a favor, 261; en contra, cinco; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Enmienda al artículo quincuagesimo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 276; a favor, 179; abstenciones, 97.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Enmienda al artículo quincuagesimoprimero.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a favor, 175; en contra, uno; abstenciones, 99.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Enmiendas a los artículos quincuagesimoséptimo bis (nuevo), sexagesimoséptimo y disposición final cuarta (nueva).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 273; a favor, 255; abstenciones, 18.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



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Enmiendas a los artículos quincuagesimoséptimo ter (nuevo) y quincuagesimo quater (nuevo).



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 277; a favor, 259; abstenciones, 18.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Por último, resto de correcciones técnicas.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a favor, 268; abstenciones, siete.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES:


- ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA FEDERAL DE NIGERIA, HECHO EN ABUJA EL 9 DE JULIO DE 2002. (Número de expediente 110/000205.)


La señora PRESIDENTA: Punto VIII del orden del día: Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios Internacionales. Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República
Federal de Nigeria.



¿Algún grupo desea intervenir? (Pausa.)


Sometemos a votación el Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República Federal de Nigeria.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 279; a favor, 276; abstenciones, tres.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY SOBRE LA ORDEN EUROPEA DE DETENCIÓN Y ENTREGA. (Número de expediente 121/000118.)


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY SOBRE LA ORDEN EUROPEA DE DETENCIÓN Y ENTREGA. (Número de expediente 121/000119.)


La señora PRESIDENTA: Punto IX del orden del día: Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. Dictamen de comisión al proyecto de ley sobre la Orden europea de detención y entrega que se debatirá conjuntamente con el dictamen
de comisión del proyecto de ley orgánica complementaria de la ley sobre la Orden europea de detención y entrega.
(Rumores.)


Señorías, es preciso continuar con el debate. Les ruego que ocupen los escaños o abandonen el hemiciclo en silencio y rápidamente.



Para la defensa de las enmiendas, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora Lasagabaster. (Rumores.) Si va a intervenir desde el escaño, señora Lasagabaster, espere un momento porque no se le va a oír. (Rumores.)
Señorías, ruego abandonen el hemiciclo aquellos diputados que están de conversación en los pasillos. Es preciso que podamos continuar con el debate y no es posible que se oiga a la señora interviniente. (Pausa.)


Adelante, señora Lasagabaster.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Gracias, señora presidenta.



Efectivamente, a los proyectos de ley que hoy debatimos sobre la Orden europea de detención y entrega y la orgánica complementaria de la ley sobre la Orden europea de detención y entrega hemos presentado enmiendas.
Es cierto -y tenemos que
recalcarlo- que estamos totalmente de acuerdo con el espíritu que existe a la hora de llevar a cabo esta serie de iniciativas en ámbito europeo y que son objeto de traslación y trasposición en los ámbitos internos. Compartimos el espíritu y los
objetivos de lo que se pretende realizar a nivel europeo en relación con ese espacio de libertad, seguridad y justicia, porque comprendemos -aunque ha sido demasiado tarde- que esos valores de libertad, de seguridad y de justicia forman parte del
acervo comunitario, del acervo europeo. Mi primera consideración es apoyo total a ese espíritu, a ese interés de conseguir un ordenamiento común en esos ámbitos. Una de las cuestiones concretas que en ese espacio se ha ido impulsando de manera muy
certera es la llamada coloquialmente euroorden. Como digo, estamos de acuerdo en ello, como también en la decisión marco del 13 de junio de 2002. Lo que ocurre es que a la hora de proceder a la trasposición de esta serie de directivas marco se
puede hacer de una u otra manera, se pueden articular los detalles de una u otra manera o se puede establecer a quiénes corresponden determinadas competencias en los ámbitos internos de los Estados miembros. Es en los detalles y no en el espíritu,
que ciertamente volvemos apoyar, donde hemos creído oportuno, y de manera constructiva, realizar enmiendas, porque entendemos que pueden ser positivas.



Vuelvo a decir que compartimos las tres cuestiones claves que subyacen en este tema, como son la de crear una verdadera comunidad de derecho y asegurar una


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respuesta penal sin fronteras dentro de la Unión; crear un nuevo sistema de relaciones jurídicas basadas en la mutua confianza y en el conocimiento mutuo y, evidentemente, agilizar los procedimientos configurando un procedimiento ágil y
rápido de cooperación judicial directa, que son los tres enunciados claves de la exposición de motivos.
Estando conformes con ello, lo que no compartimos son algunas de las partes del articulado porque, de alguna forma -permítanme decirlo-, resulta
un poco contradictorio con dichos principios y por eso hemos planteado veintiuna enmiendas con tres distintos objetivos o direcciones.
Algunas enmiendas son de un marcado carácter técnico. La primera dirección de nuestras enmiendas responde,
lógicamente, a una orientación que tenemos respecto de cuál debe ser la competencia en el caso de los distintos jueces, de las distintas jurisdicciones, en relación no solamente a esta cuestión, sino en otra serie de temas.



La primera batería de enmiendas -y no voy a detallar cuáles son todas ellas, pero sí, de alguna forma, cuál es la filosofía que las inspira-, ¿qué objetivo tiene? Atribuir a los jueces de la jurisdicción ordinaria la cualificación de
autoridades judiciales de ejecución y ello en correlación con la posibilidad de ser autoridades judiciales de emisión.
¿Por qué? Porque no llegamos a comprender por qué los jueces y magistrados de la jurisdicción ordinaria, que ostentan diferente
ámbito competencial, pueden no ser autoridades de emisión o recepción. En defintiva, de lo que se trata es de que también internamente se hable de una mutua confianza y reconocimiento mutuo. Es decir, lo que se pretende a nivel europeo entre los
distintos jueces, las distintas jurisdicciones de los diferentes Estados miembros, también se aplique en el ámbito interno. Sé perfectamente que esta es una filosofía que se puede compartir o no, que probablemente no se comparta, pero nos parece
que podría ser oportuno que esa misma filosofía de reconocimiento mutuo se realice y se establecezcan esas competencias en la propia jurisdicción ordinaria, sin centralizarlo en los juzgados centrales de la Audiencia Nacional.



La segunda batería de enmiendas se dirige a garantizar la adecuada información de las personas afectadas y el verdadero y efectivo recurso al derecho de defensa y a la posibilidad de impugnación de las resoluciones judiciales. Es lo que
hemos hecho tratando, de alguna forma, de perfeccionar o de establecer mayores garantías, en la medida en que estamos hablando de cuestiones muy fundamentales en los derechos de las personas en cuanto al derecho de defensa.



La tercera dirección de nuestras enmiendas ha sido asegurar la aplicación del principio non bis in idem y el efecto retributivo de la pena, que entendemos son piezas angulares del derecho penal contemporáneo.



Estas son nuestras aportaciones, veintiuna enmiendas, que vuelvo a decir que trataban de hacer una aportación constructiva en la aplicación detallada de una directiva marco que en su conjunto, espíritu y objetivos desde luego compartimos
total y absolutamente. Quizá a algunos les hubiera parecido que era mejor no presentar enmiendas, porque de esta manera parece que no te van a cuestionar si estás o no de acuerdo en un tema que algunos han podido considerar sensible, pero nos
parece que es nuestra obligación como parlamentarios que, en lo que podamos aportar de beneficio desde nuestra propia posición para garantizar mayores recursos o mayores garantías a derechos de los ciudadanos, lo hagamos, pero vuelvo a decir, por si
alguien tiene alguna duda, que apoyamos la euroorden.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Lasagabaster.



Para la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, estamos, sin duda, ante un instrumento estatal y paneuropeo privilegiado para luchar contra la delincuencia transnacional organizada. Como tal, la nueva Orden europea de búsqueda y captura
no es más que una de las consecuencias lógicas del proceso reciente de evolución de la Unión Europea. A las tres libertades de circulación clásicas, han seguido la ciudadanía de la Unión Europea y la creación del espacio común europeo de libertad,
seguridad y justicia, como integración, dentro de los tratados comunitarios, de una evolución nacida, extramuros de los mismos, dentro del esquema de Schengen.



En estas materias judiciales, incluidas dentro del tercer pilar en el tiempo post-Maastrich -en ese tiempo que nos trajo cierta simplificación en materia de extradición-, el post-Amsterdam nos ha traído cierta unificación de los tipos
penales y el impulso de la Eurojust, mientras que el post-Niza ha traído la reforma legal en materia de equipos de investigación conjuntos -que tuvimos la oportunidad de tramitar hace pocas semanas en esta Cámara- y la euroorden que hoy debatimos.
Como habrán podido comprobar, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida no ha presentado enmienda a la totalidad a este proyecto de ley ni enmiendas parciales apenas, puesto que considera que está bien construido técnicamente y que camina en
la buena dirección en el plano político, a saber: una Europa que se dota de instrumentos judiciales, legales y policiales, para luchar sin fronteras contra el crimen organizado. Así como en otras ocasiones hemos entendido que la Unión Europea
había optado por una perspectiva que primaba la seguridad sobre la libertad y los derechos, en esta ocasión entendemos que hay un adecuado equilibrio entre ambos valores; de tal suerte, que no sólo se podrá luchar con mayor eficacia, y sin demérito
del Estado de derecho, contra el terrorismo a escala europea, sino que también se podrá luchar con eficacia


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contra otras formas organizadas de delincuencia que recorren Europa y que están en la mente de todos: trata de seres humanos, drogas, delitos de tipo económico y fiscal, etcétera. De hecho, entendemos que medidas de este tipo ayudan
enormemente a la construcción de un tercer pilar comunitario, cada vez menos intergubernamental y cada día más comunitario, dando paso a un proceso que está llevando a la Unión Europea y al Estado-nación a situaciones desconocidas hasta ahora.
Recordemos cuando se decía que determinadas funciones no podrían residenciarse parcialmente en sede europea porque ello iría en perjuicio de la cohesión estatal -recordémoslo, señorías-, y veamos cómo ahora funciones vinculadas a la justicia, la
policía y la política penal y criminal (una de las indudables bases teóricas y administrativas del nacimiento del Estado moderno en el momento del paso de la poliarquía a los Estados renacentistas), cómo todas esas políticas son gestionadas por
todos los socios comunitarios con total normalidad. Estamos pasando -y bienvenido sea- del Estado-nación asociado internacionalmente a una nueva forma política de perfiles todavía imprecisos, pero que nos ayuda a superar la pequeñez del
Estado-nación frente a los problemas globales.



Dicho lo anterior, y salvedad hecha de los tremendos problemas de déficit democrático y falta de legitimidad ciudadana de la Unión Europea, es claro que ámbitos antaño considerados núcleos duros de la soberanía de los Estados-nación se
mancomunan hoy en sede europea sin problema alguno.
Solo esperamos que, además de impulsar la Europa de la seguridad, la ley y el orden, seamos capaces también de impulsar otras europeas, por ejemplo, la Europa social de las pensiones comunes, la
Europa de la armonización fiscal progresista, la Europa de los derechos sociales...; en definitiva, el Estado social refortalecido con una nueva savia comunitaria. Desgraciadamente, mucho nos tememos que los avances se limitarán a los pilares
segundo y tercero, dicho esto sin minusvalorarlos puesto que tienen gran valor en sí mismos.



Por nuestra parte, entendemos que la única manera de salvar la forma típicamente europea de Estado post-Segunda Guerra Mundial -el Estado social y democrático de derecho- es ir caminando hacia la comunitarización de estas otras materias,
también ligadas a la soberanía estatal pero que gozarían de mucha mejor salud en el nivel europeo: el salario mínimo interprofesional, las pensiones, etcétera. No obstante, sé que me estoy situando fuera del debate que hoy nos ocupa, y debo volver
a él.



Quiero reiterar en nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida la satisfacción que sentimos ante la tramitación parlamentaria de las reformas legales conducentes a la Orden europea de detención y entrega, no sólo por lo que
ellas tienen de instrumento de lucha contra la delincuencia organizada y muy especialmente contra el terrorismo, que en España es, como siempre hemos dicho, un problema de especial gravedad, sino por lo que este tipo de pequeños pasos significa para
la construcción europea y para la solidez global del estado social y democrático de derecho europeo. Señorías, tenemos grandes esperanzas en las medidas contenidas en esta reforma legal y esperamos que sean altamente eficaces en la lucha contra
todo tipo de crímenes y en la propagación de la justicia en la Unión Europea. Mantenemos nuestras enmiendas parciales que son solamente para matizar, enriquecer, mejorar técnicamente algunos de los ámbitos de actuación de esta euroorden. No
obstante, está claro que independientemente de que se nos admitan o no las enmiendas va a ser claro nuestro respaldo a su aprobación.



Para finalizar, quisiera aprovechar este trámite, señorías, para poner de relieve que ni siquiera en una norma que goza de un amplio consenso parlamentario, que ha sido perfeccionada por el Consejo General del Poder Judicial y que no levanta
ampollas en ámbitos académicos y profesionales, repito, ni siquiera en este caso se ha podido gestionar con lealtad dentro del llamado Pacto de Estado por la justicia. Ni se ha reunido la comisión de seguimiento del citado pacto ni el ministerio ha
trabajado con los grupos parlamentarios -al menos con el mío- en esta norma ni se ha seguido ninguno de los teóricos cauces de saneamiento de la justicia.
Que cada uno saque sus conclusiones, pero si el ministro ni siquiera es capaz de crear las
condiciones para el encuentro en temas sobre los que no hay disenso partidista o parlamentario, habrá que temer lo peor para el llamado Pacto de Estado por la justicia.



Nada más. Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rejón.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Barrero.



El señor BARRERO LÓPEZ: Gracias, señora presidenta.



Señorías, hoy llega al Pleno de esta Cámara una iniciativa sin duda importante. Así lo han puesto de manifiesto los distintos portavoces que me han precedido en el uso de la palabra. En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, queríamos
subrayar la importancia de la medida que hoy sometemos a consideración de SS.SS. y a la correspondiente votación. Además, hay que subrayar que nuestro Parlamento será el primero de la Unión Europea en adoptar esta iniciativa, porque no en vano es
un magnífico instrumento para la lucha antiterrorista y la persecución del crimen organizado.



Estamos hablando de la llamada Orden de detención europea, euroorden, que agiliza trámites tan engorrosos para la entrega y para la detención de personas perseguidas por los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno, trámites tan
engorrosos, insisto, como los que se planteaban con la extradición pasiva. Además, pone


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de manifiesto una clara voluntad europea, que hemos mantenido todos los grupos parlamentarios, de manera notable nuestro grupo parlamentario, por crear un espacio común de libertad, de seguridad y de justicia, que se inicia, como bien saben
SS.SS., en el Tratado de Maastricht, que se impulsa con el Tratado de Amsterdam y que impulsa de manera muy especial la Comisión Europea de Tampere. Hace unos meses, el 13 de junio de 2002, la Unión Europea adopta una decisión marco en este sentido
que permite, insisto, a los países de la Unión Europea perseguir el crimen a través de un instrumento jurídico de un enorme valor. Hoy venimos aquí, señorías, a ratificar esta iniciativa de todos y a hacerlo, estoy seguro, de la manera más unánime
posible.



Esta Orden de detención europea -no tengo que recordarlo porque es reiteración desde hace años, instrumento perseguido desde hace años por parte de los grupos parlamentarios, pero no es malo que quede constancia en el 'Diario de Sesiones'-
pone de manifiesto un nuevo sistema de entendimiento europeo en el ámbito jurídico que se basa fundamentalmente en la confianza. Si nuestros sistemas de derecho, si la forma que nos hemos dado los europeos para ordenar nuestra convivencia en paz
son legítimos y equiparables con los de todos los países europeos, parece bastante evidente que tengamos un espacio común de reconocimiento de resoluciones mutuas, que lleve consigo el denominador común de la confianza y allí donde se produzca una
resolución judicial sea aceptable por cualquier otro país europeo. No obstante, es indudable también -y así lo hemos querido poner de manifiesto en el trámite parlamentario y hoy aquí lo volvemos a subrayar- que esta iniciativa es mejorable y
además que esta iniciativa tiene esa vocación de ser mejorable. Toda iniciativa europea que tiene un contenido importante, nuclearmente aceptable como contenido, tiene unas formas que deben ser revisadas en el derecho interno de cada país para
hacerlas propias, para hacerlas reconocibles y asumibles con facilidad por los ciudadanos sobre los que va a imperar esa nueva norma jurídica. Por lo tanto, esta norma también es mejorable. Como lo son, insisto y lo vienen siendo, todas las normas
de carácter europeo que tienen después una traducción en términos de derecho nacional. Sin embargo, en el trámite parlamentario, al entender de mi grupo, hemos perdido la ocasión de hacer estas mejoras; mejoras, insisto, que tienen siempre el
precedente de toda mejora en nuestro lenguaje jurídico y en nuestro contenido jurídico cuando se traduce y cuando se implanta una iniciativa europea en términos de lenguaje y de contenido jurídico nacional. Digo esto, porque da la impresión de que
el Grupo Parlamentario Popular, en gran medida, lo que ha hecho con esta iniciativa ha sido una simple traducción literal, casi gramatical, de lo que es la decisión marco aprobada por todos los países europeos en junio de 2002. Para evitar esto, mi
grupo parlamentario ha planteado una serie de enmiendas que han significado un escaso aplauso del Grupo Parlamentario Popular. No nos llena de desazón esta forma en qyeel Grupo Parlamentario Popular entiende los debates parlamentarios porque
intuimos que en futuros debates parlamentarios, en el Senado, quizá después en este Congreso, la reflexión y el debate nos llevarán a un mayor nivel de consenso para la mejora de esta iniciativa.



Nuestras enmiendas, que buscan esa mejora, han sido de cuatro tipos. No entraré a formularlas de nuevo, pero sí haré un esbozo general de estas enmiendas. Unas, van destinadas a mejorar el lenguaje, porque se ha hecho siempre y son
innumerables las iniciativas de carácter europeo que, al asumirse con contenido propio en nuestro ordenamiento jurídico interno, han variado su lenguaje para una más fácil comprensión del ciudadano español al que se le va aplicar. No hemos tenido
éxito en este empeño y hoy aprobaremos, al parecer, lenguajes ajenos al lenguaje jurídico español, como es la expresión autoridad judicial de emisión, autoridad judicial de ejecución, autoridad del país de origen, cuando podríamos decir
perfectamente jueces y tribunales que conocen la causa, juez central de instrucción o Audiencia Nacional o cuando podríamos decir en lugar de la autoridad competente, Ministerio de Justicia. Se se ha hecho esa traducción correcta a nuestro lenguaje
jurídico y ahora no se hace, no sabemos por qué. Señores del Grupo Parlamentario Popular, esto merece una reflexión a la que les invitamos, por si hoy estuviéramos a tiempo de que asumieran nuestras enmiendas y equiparar y homologar este texto a
nuestro lenguaje jurídico de siempre o que en otro trámite parlamentario eso fuera posible.



Segundo tipo de enmiendas, las que marcan un mayor nivel de garantías, porque estamos hablando de derechos. Es verdad que hoy vamos a tener unos mayores niveles de confianza desde los instrumentos jurídicos que nos damos para el
reconocimiento de resoluciones judiciales ajenas, sin duda.
Sin embargo, hablamos de detención, hablamos de ciudadanos que pierden la libertad en nuestro país como consecuencia de una resolución judicial, y eso merece al menos una reflexión.
Pensamos nosotros que, sin mermar el nivel de eficacia, incluso aumentándolos -es más, sin duda se aumentan los niveles de eficacia cuando se aumenta la garantía-, tenemos que incrementar los niveles de defensa de derechos del ciudadano que se
detiene de tres formas: una, a través de la posibilidad de revisión de la pena para aquellos supuestos en que la resolución judicial del otro país marque una pena de cadena perpetua, que no tiene homologación en nuestro país porque, como sabemos,
las penas mayores en nuestro país son de 20 años. Por tanto, merece una revisión, hay que dar lugar a la misma, bien por solicitud propia o cuando pasen esos 20 años, y este límite de garantías lo tenemos que implantar en esta iniciativa porque así
lo


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van a hacer otros países europeos que también tienen un recorrido penal más pequeño que el que plantea la propia iniciativa.



Otra medida garantista, a nuestro entender, es también la posibilidad de revisión del proceso en el supuesto de procesos en rebeldía; es decir, cuando se nos solicita detención y entrega de un ciudadano que ha sido condenado en rebeldía en
otro país, merece la pena que le ofrezcamos la garantía de un nuevo proceso o que obliguemos al país que nos solicita la detención y entrega a que someta a ese ciudadano a un proceso, en este caso, lleno de garantías y, además, con su presencia.
Nos parece obligado no sólo porque son conocidas las resoluciones europeas y de Naciones Unidas en el sentido de garantizar siempre la presencia del acusado, del imputado en el proceso, sino porque hace muy poco tiempo desde este plenario hemos
garantizado también esa medida a la hora de defender y de aprobar con el voto de prácticamente la mayoría la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los llamados juicios rápidos. Por lo tanto, también merece una reflexión y un debate.
No recortamos la capacidad de aceptación de las resoluciones judiciales externas ni los niveles de confianza, sino que únicamente advertimos que una de nuestras garantías es que el rebelde tenga la posibilidad de que el proceso se celebre con su
presencia.



Tercer tipo de garantías: condicionar también la posibilidad de que la pena pueda cumplirse no sólo cuando se persigue a ciudadanos españoles, cuando se solicita la detención y entrega de ciudadanos españoles por otros países, sino también
cuando se trata de residentes en nuestro país.
Seguimos con ello, no sólo existen los dictámenes que conocen SS.SS. y los informes del fiscal general del Estado, Consejo General del Poder Judicial y Consejo de Estado, sino múltiples dictámenes y
resoluciones de la Unión Europea que tienden a equiparar cada vez más en derechos al nacional y al residente permanente en el país de que se trate.



Hay una serie de medidas de competencia que nos parecen adecuadas en mor de la eficacia y atendiendo a la agilidad de estos procesos, que no son otras que pedir que los trámites de detención y entrega se ubiquen y se residencien en el
Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional, con la posibilidad de recurso ante la Audiencia Nacional. El recurso es una garantía, nunca un entorpecimiento, y estamos hablando, insisto, de derechos y de libertades, seguramente del mayor
derecho que tiene toda persona, que es poder transitar con libertad, poder ser libre, no estar encerrado ni estar sometido a prisión. Pues bien, merece la pena que hablemos de la posibilidad de recursos, atendiendo también a iniciativas de la Unión
Europea, de las Naciones Unidas que ponen de manifiesto -lo han puesto en más de una ocasión, recordemos el tema de la prisión provisional- que nuestro derecho es poco sensible a los temas de recursos y de apelaciones. Recordemos el varapalo, de
hace poco tiempo por cierto, del Tribunal Constitucional sobre la prisión provisional y los recursos y apelaciones que eso lleva consigo y no hagamos una mala ley como consecuencia de no atender con prontitud a quien nos está advirtiendo de que es
preciso en estos supuestos tener una especial sensibilidad jurídica.



Por último, hay alguna medida de procedimiento que busca además la eficacia -hemos intentado equilibrar medidas de garantía y medidas de eficacia- y la agilidad, que llevan consigo incluso que se curse la detención y se entregue a la persona
detenida a la autoridad judicial en el término de 24 horas. No estamos en el supuesto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite una detención durante 72 horas, porque prevé una investigación criminal; aquí se trata de una investigación
criminal que ya está hecha y una resolución judicial consecuencia de una investigación criminal ya operada en el país emisor de la orden de detención. Por tanto, lo que se pide a la autoridad judicial española es que detenga al ciudadano perseguido
en otro país de la Unión Europea y lo ponga en presencia de la autoridad judicial, y para ello es suficiente el plazo de 24 horas.



La señora PRESIDENTA: Señor Barrero, le ruego concluya, por favor.



El señor BARRERO LÓPEZ: Termino, señora presidenta, recordando una vez más la importancia de esta iniciativa, que nosotros -como no puede ser de otra manera, puesto que la venimos impulsando desde hace años- aplaudimos y vamos a apoyar sin
duda alguna. Sin embargo, echamos de menos que los trámites parlamentarios hayan procurado algunas mejoras que sin duda necesita esta iniciativa. Confiamos que estas mejoras -que estamos seguros que cuentan con la explicación y la comprensión
fácil de la mayoría de los grupos parlamentarios- sean aprobadas por el Grupo Popular en el trámite del Senado.



Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señorías.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


En primer lugar, por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Con la venia, señora presidenta.



Señorías, Coalición Canaria va a votar favorablemente estos dos proyectos de ley -una ordinaria y otra orgánica- sobre la Orden europea de detención y entrega que nos llegan hoy a la Cámara para su debate. Damos nuestro apoyo total y
absoluto a estos proyectos, por entender que con estas medidas la justicia de los Quince, la española y la de los restantes países miembros de la Unión Europea, pasa de ser una justicia nacional a ser una justicia europea. Acabamos de diseñar un


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espacio de justicia, de seguridad y de garantías para todos los ciudadanos de la Unión Europea. Ya no sólo tenemos una moneda común -el euro- y unas leyes de libre tránsito de mercancías, personas y capitales, sino también una justicia de
neto carácter europeo. Hasta este momento, hasta que estas dos leyes sean finalmente aprobadas, la justicia venía reconociendo las fronteras de los Estados nacionales, mientras que los delincuentes no las reconocían en la comisión de sus delitos.
Los acuerdos de Tampere y el Tratado de Amsterdam, que tenían que poner en marcha una serie de medidas para garantizar de manera objetiva el derecho positivo de la Unión Europea, encuentran en estos dos textos que vamos a votar hoy la realización de
ese principio político de justicia en la Unión Europea. La lista de tipos delictivos del artículo 9 del proyecto de ley de la orden europea contiene 32 tipos delictivos, que van desde la pertenencia a banda armada, a delitos de terrorismo, de
corrupción de menores, de trata de personas, de estafa, de falsificación de moneda, de tráfico ilícito de estupefacientes, de tráfico de armas, de estupro, de corrupción de menores o de pornografía infantil. Cualquier delincuente que cometa un
delito o quede implicado por decisión judicial o de tribunal competente en uno de estos 32 tipos delictivos ya no va a disponer de ese principio de no reconocimiento de las fronteras en el que estas mafias y estos delincuentes, asesinos y
corruptores se venían amparando, porque a partir de ahora van a desaparecer esas fronteras que el derecho de cada país miembro reconocía y se van a encontrar con que son reclamables por cualquier tribunal.



En este proyecto de ley, el ordinario, hay cuatro grandes escalones de sustancialidad de un proceso de garantías judiciales y de la lucha organizada. En primer lugar, señorías, destacaría la aplicación del principio de reconocimiento mutuo,
que figuraba ya en los acuerdos de Tampere y del Tratado de Amsterdam. Y cuando el pasado 13 de junio de 2002 se ha aprobado la decisión marco por el Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea hemos entrado ya, a nuestro
juicio, en un derecho positivo, en un derecho sustantivo, en un derecho primario, de la Unión Europea, para generar el escenario de esta justicia europea de los Quince, para aplicarse a todos los delincuentes que incurran en cualquiera de las 32
figuras que, repito, establece el artículo 9.



La segunda cuestión, después de esta lista de consensos entre los quince países, es la relativa a configurar el procedimiento de detención como un procedimiento puramente judicial, sin apenas intervención del Ejecutivo.
Esto es muy
importante, porque hasta ahora no sólo nos habíamos encontrado con las dificultades procesales de los tribunales en una reclamación de extradición de un delincuente o presunto delincuente, con que no sólo había una burocracia dentro del trámite
procedimental de los tribunales de justicia de cada país, entre el reclamado y el reclamante, sino con que los Estados, en un denominado principio de interés de Estado, se llamaban a la parte y producían bloqueos de estas extradiciones, sobre todo
cuando se podían tipificar como presunto delito político y se producían las denegaciones de la extradición. Por tanto, ya nadie va a tener la justificación, sobre todo en el caso de terrorismo, de que se trata de delitos políticos. Sin embargo,
cuando se cometía un delito en determinadas cuestiones, como el tráfico de armas, a veces se ha visto que se amparaban justificaciones de tipo político en otra de las 32 figuras delictivas que contempla el citado artículo 9 del proyecto, cuando en
verdad se trataba de un puro delito y de unos delincuentes respecto a los cuales, bajo ningún concepto, podía recurrir la autoridad de cada nación al concepto de interés de Estado para no conceder la extradición respectiva.



También hay que destacar la exclusividad que van a tener, en un régimen de reciprocidad, los jueces y los tribunales de justicia de cada país. Y a ello hay que sumarle la agilidad del procedimiento. Si hay consentimiento en la entrega, en
los 10 días siguientes al mismo hay que entregar al país reclamante este delincuente o estos delincuentes, y si en un principio no existiera el concepto de consentimiento de entrega, una vez producido éste, después de un lapso de 60 días, en los 10
días siguientes también hay que entregar al delincuente correspondiente a la policía y a la justicia del país reclamante. Y hemos tenido un antecedente. Creo que este proyecto de ley que estamos todavía discutiendo, al traer este sentido de
uniformidad de derecho positivo, va a evitar acuerdos bilaterales como en el caso de los antecedentes que tenemos en España con Italia, cuando se planteó por el Gobierno italiano la extradición de mafiosos que residían en España, asilados aquí, en
una especie de paraíso fiscal, con impunidad y fuera del alcance de la justicia italiana, a los que los tribunales españoles, incluso con sentencias de los más altos órganos de la judicatura española, se negaban a entregarlos a las autoridades
italianas en razón de que habían sido juzgados en rebeldía.
Nosotros somos respetuosos con lo que ha dicho el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista sobre estos aspectos, pero tenemos que conceder un grado de confianza a los tribunales
europeos -son nuestros tribunales europeos- cuando su legislación permite los juicios en rebeldía. A mí me honra, como español y defensor de la justicia, que no tengamos en nuestro ordenamiento la figura de la cadena a perpetuidad, como el sistema
norteamericano, ni aceptemos los juicios en rebeldía, pero en el espacio judicial europeo el caso italiano y de las mafias era muy evidente. Y eso se ha aplicado en el acuerdo bilateral hispano-italiano sobre la entrega de mafiosos que habían sido
juzgados en rebeldía en Italia y que se sustraían, residiendo en España, a la acción de una justicia europea.
Nosotros hemos vivido la presencia -sobre todo en comunidades autónomas como la de Canarias, por su atractivo turístico, como en algunas


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otras partes del sur, en Marbella o en Cataluña- de estos elementos mafiosos que estaban operando en nuestro territorio, que se sustraían a la acción de la justicia y que en muchos casos habían sido juzgados en rebeldía, con lo que estábamos
haciendo una burla al derecho europeo de esta garantía de libre circulación de las personas.



Por todo ello, señora presidenta, nos encontramos satisfechos con nuestra ciudadanía española y europea para garantizar a todos los ciudadanos la defensa de la libre circulación y de que no pueda quedar impune cualquiera de estas figuras que
a veces vemos en los medios de comunicación por denegaciones de entrega de presuntos terroristas, mercado de pornografía en Internet, tráfico de menores, corrupción, tráficos ilícitos de todos los órdenes. Como he dicho, hoy la justicia de cada
país miembro de la Unión Europea empieza a ser más justicia europea y, por tanto, las fronteras de impunidad desaparecen. Creo que es un día de satisfacción para los que defendemos los principios de equidad y de justicia para los ciudadanos, que
impregnan tanto la Constitución española como el derecho comunitario.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



Grupo Parlamentario Vasco (PNV), señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, el Grupo Vasco no encontró motivos para enmendar el texto de las dos iniciativas legislativas que ahora vemos, entendiendo que se había procedido de forma adecuada al trasladar al ordenamiento español estas iniciativas europeas
adoptadas en el marco del espacio de libertad y de seguridad. La traslación que se hacía de la decisión marco del Consejo de la Unión Europea de 13 de junio de 2002 nos parecía acorde con lo que han de ser los parámetros de una norma que lo que
pretende es suprimir entre los Estados miembros el procedimiento formal de extradición para las personas que eluden la justicia, después de haber sido condenadas por sentencias firmes, y acelerar los procedimientos de extradición de personas
sospechosas de haber cometido delitos, tal y como consta en el considerando número 1 de la decisión marco.



Creemos que es un mecanismo de cooperación judicial en materia penal que sustituirá a los actuales procedimientos, auténticas antiguallas -si se me permite manifestarlo como he hecho en otras ocasiones-, de detención y extradición dentro de
los países miembros por otro de entrega, mucho más rápido, instaurando un procedimiento simplificado de entrega judicial inmediata de personas buscadas por la justicia. Es un procedimiento que desde nuestra perspectiva es puramente judicial, sin
apenas intervención del Ejecutivo y que se sustituye por un mandamiento de detención europeo, la llamada euroorden.



En la vertiente de ejecución, el que se configuren como autoridades judiciales de ejecución los juzgados centrales de instrucción y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional nos ha parecido adecuado, puesto que es el mismo criterio que
viene rigiendo en la práctica tradicional en la actualidad. Recibida la orden de ejecución, se procederá de forma prácticamente automática ya que los motivos por los que la autoridad judicial puede negarse están ya tasados en la propia normativa.
Sí barajamos, lo confieso, la posibilidad de articular recursos en relación con la decisión, de la misma manera que el proyecto de ley los prevé en relación con la posibilidad de adoptarse medidas cautelares. Sin embargo, pensamos que la filosofía
que subyace en los proyectos es la confianza entre los sistemas judiciales de los Estados miembros de la Unión Europea y, finalmente, decidimos que era más adecuado y no violaba derecho fundamental alguno la inexistencia de recurso, porque luego el
procedimiento se ventilará conforme a los sistemas procesales de cada uno de los Estados miembros del país al que resulte ser entregado el ciudadano que es buscado por la justicia o que tiene pendiente el cumplimiento de una pena.



Nos alegramos de que España haya sido de los países que ha decidido, junto con Portugal, Francia, Alemania, Reino Unido, Bélgica y Luxemburgo, adelantar la puesta en funcionamiento de la euroorden antes del 1 de enero de 2004, fecha a la que
la han postergado el resto de los países, puesto que en este bloque de Estados están Francia, Portugal y Bélgica, fundamentales para la persecución de determinada delincuencia organizada y la lucha contra el terrorismo, que todos tenemos en la
cabeza cuando de este instrumento de persecución del delito se habla. Repito que resulta fundamental y muy adecuado el que se haya adelantado la entrada en vigor de la euroorden.



En el proyecto de ley orgánica se atribuyen las competencias relativas al procedimiento para la ejecución de detención y entrega a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y a los juzgados centrales de instrucción, respectivamente. Nos
parece que no existe motivo para intentar una dispersión entre los distintos órganos judiciales, que haría menos operativo el mecanismo que se articula, y tampoco hemos hecho objeto de enmienda esta previsión.



Insisto, señorías, una vez analizados los textos de ambos proyectos de ley, no advertimos razones de índole competencial que alegar en relación con los mismos, ya que su naturaleza es estrictamente procesal y encajan dentro de las
competencias que el Estado se reserva en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución. Entendemos que además de ser respetuosos con el principio de legalidad y con las libertades y derechos fundamentales constitucionalmente garantizados han
experimentado algunas mejoras con las enmiendas


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aceptadas de Convergència i Unió, y creo recordar que también del Grupo Socialista, en la Comisión. En Comisión insistí, señorías, y vuelvo hacerlo aquí por si soy escuchada en algún momento, que habiendo prestado nuestro apoyo a la
tramitación de esta iniciativa, nos gustaría que otras, en las que sí alentamos reivindicaciones competenciales, como ocurre por ejemplo en la referida a la puesta en marcha de los equipos conjuntos de investigación criminal, recibieran también un
tratamiento en la Cámara que permitiera una tramitación tan rápida y sin obstáculos como han tenido estos dos proyectos de ley. Insisto, ¿cuándo se va a poner en marcha la ponencia referida a la norma a la que he hecho alusión?


Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Uría.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, ciertamente hoy culminamos un proceso que tiene raíces múltiples y que sin lugar a dudas constituye una pieza fundamental en la construcción de la Unión Europea. Digo que tiene raíces múltiples porque arrancan del acuerdo de
Schengen de 1985, del Convenio de aplicación del acuerdo de Schengen de 1990, que pudimos ratificar en 1991, y del reconocimiento que se hizo en el Tratado de Maastricht en 1992 de la existencia de una cultura jurídica común a los países de la Unión
Europea, que luego recibió un enorme impulso con el Tratado de Amsterdam de 1 de mayo de 1999 con esa configuración de un espacio de libertad, justicia y seguridad común. En este sentido, debemos hacer referencia también al enorme impulso que se
dio a través del Consejo Europeo de Tampere los días 15 y 16 de octubre de 1999 y a lo que supuso, o quizá lo que no acabó de suponer, el Convenio europeo de extradición de 1957 y el Tratado de extradición de la Unión Europea de 1996, en buena parte
frustrado porque cuando entre en vigor la decisión marco a la que hacemos referencia todavía no ha sido ratificado por todos los países de la Unión Europea. Ciertamente el Gobierno español, no nos duelen prendas reconocerlo, ha dado un impulso
fundamental en esta materia, que ha sido proseguido también por la propia presidencia danesa. En cualquier caso, hay que hacer referencia a aquellas circunstancias del 11 de septiembre que permitió que el Consejo de 21 de septiembre de 2001 diese
también un auténtico espaldarazo a esta materia hasta llegar finalmente a la fecha de 13 de junio de 2002.



Mi grupo parlamentario está sustancialmente de acuerdo, no puede estarlo más, con la configuración de esta medida e incluso con su plasmación legislativa. Desde luego estas materias tienen que respetar dos principios: un principio de
reserva jurisdiccional, que se produce en el seno de la Audiencia Nacional y un principio de legalidad. En cuanto al principio de reserva jurisdiccional nos parece que está absolutamente satisfecho con el planteamiento que se contiene en el
proyecto de ley.
Incluso la introducción -sabemos que ha sido recomendado por el Consejo de Estado y por el Consejo General del Poder Judicial- de un sistema de recurso en esta materia que no se limite pura y estrictamente, como señalaba la
portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, a las medidas cautelares, constituye realmente un obstáculo, e incluso se puede llegar a afirmar que supone mantener todavía esa desconfianza latente en las resoluciones judiciales de otros países que integran
con nosotros la Unión. La Audiencia Nacional tiene que intervenir, los juzgados centrales instruyendo y la sala resolviendo, en la medida que existe una reserva jurisdiccional. Pretender ampliar, y en algún caso se ha intentado, el ámbito de la
actuación jurisdiccional o incluso requerir un sistema excesivo de garantías, todavía nos manifiesta ciertamente lastrados con el pasado y con la desconfianza hacia las resoluciones judiciales de otros Estados miembros. Aquí no se trata ni más ni
menos que del cumplimiento de esas resoluciones judiciales. Por lo tanto, admitiendo que en teoría supone un incremento de garantía -por descontado que lo supone- entendemos que es algo superfluo e incluso contrario a la cultura o al espíritu al
que responde la directiva y el propio proyecto de ley.



Por tanto, tal y como ha manifestado también el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), nos manifestamos sustancialmente de acuerdo con este sistema y nos oponemos a esa introducción de un recurso que en última instancia no sólo dilataría el
procedimiento, sino que pondría de manifiesto una palpable desconfianza respecto de la institución y de sus principios. En segundo lugar, responde a un principio de legalidad. Nos debemos congratular todos de la supresión del requisito de la doble
incriminación para un número muy importante de delitos. Hay quien dice, y podría tener razón, que quizá hubiese sido mejor, hubiese sido algo más encomiable, atender a la cifra o atender a la duración o la gravedad de la pena en lugar de hacer un
catálogo de delitos utilizando a veces conceptos que no cuadran absolutamente con nuestro Código Penal. Si no se produce una unificación de la legislación penal de los diferentes Estados miembros en algún momento se puede producir un cierto debate
sobre qué cabe entender por chantaje. El chantaje no está recogido con esa denominación precisamente en nuestro Código o con otro tipo de delitos. Sin embargo, debemos congratularnos de la supresión para un gran número de delitos del requisito de
la doble incriminación. Todavía resuena en esta Cámara el escándalo que produjo en febrero de 1996 el Consejo de Estado francés cuando denegó la extradición de una persona sobre la base de ese principio, de esa inexistencia de doble incriminación
porque


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al parecer en Bélgica se entendía que la pertenencia a banda armada no estaba recogido tal cual en el Código Penal, para no hacer referencia también a algunos supuestos en los que hemos sido nosotros como Estado los actores ante la negativa
de la Audiencia Nacional en algunos procesos de extradición de mafiosos italianos. Es algo de lo que debemos felicitarnos, que es perfectible, y en el Senado podemos intentar hacer algún otro esfuerzo, pero mi grupo se considera sustancialmente
satisfecho.



La enmienda que formulamos al artículo 10 para garantizar que la falta de traducción, sobre todo cuando se habían introducido determinados datos en el sistema de información de Schengen, no pudiera suponer un retraso en el procedimiento, nos
fue aceptada en Comisión. Logramos una transacción sobre la base del artículo 17 para las medidas cautelares y, por tanto, admitir no sólo las de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sino también las de la Ley de Extradición Pasiva, y obtuvimos algo
que para nosotros también era importante, y es el reconocimiento o la interpretación auténtica de que cuando se habla de autoridad nacional o de agente de la autoridad a los efectos, valga la redundancia, de hacer efectiva la entrega, las policías
autonómicas tienen ese carácter de autoridad nacional que era algo que pretendíamos salvaguardar.



Para acabar, quiero manifestarme de acuerdo con alguno de los planteamientos que ha formulado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, el señor Barrero, no sólo respecto de esta trasposición de directiva, sino de muchas trasposiciones
de directiva. Estamos en buena parte asesinando el lenguaje jurídico tradicional español y, por tanto, no estaría de más, aparte de hacer una traducción de la directiva que obviamente hay que hacerla, que intentemos hacer algo para salvaguardar lo
que es un lenguaje jurídico rico, con una enorme tradición histórica y, por tanto, que el lector de la ley que deriva de la trasposición de una directiva se reconozca en ese lenguaje. Es un esfuerzo que cabe solicitar del Gobierno porque hoy
también veremos otra directiva, una enmienda a la totalidad a otro proyecto de trasposición de directiva a última hora de esta mañana y también cabría realizar alguna afirmación semejante.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Silva.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señor Ollero.



El señor OLLERO TASSARA: Señora presidenta, señorías, voy a intervenir aquí en nombre de mi grupo y lo hago lleno de una doble satisfacción. En primer lugar, porque para cualquier parlamentario produce esa sensación estar contribuyendo a
resolver un problema de enorme alcance, de notable gravedad, que nos viene afectando, y es, en esta Europa sin fronteras para la libre circulación de personas, de bienes, de capitales, ser una de las víctimas más notorias de la realidad de que la
justicia en el intento de combatir el delito sí encuentra fronteras y se ve condicionada por mecanismos tan absolutamente desfasados como los de la vieja fórmula de la extradición. Pero en segundo lugar, también, porque si en 1996 se nos hubiera
dicho que hoy íbamos a tener aquí en esta Cámara un texto de este tipo, hubiera producido notable sorpresa, porque el ambiente que había en los países europeos no era en modo alguno propicio a facilitar un texto de estas características. Por tanto,
hay muchos años de lucha, antes de 1996 sin duda, pero muy especialmente desde entonces por parte del ministro actual y de sus antecesores que han permitido ir cambiando la mentalidad de países europeos y hacer entender la necesidad de buscar
mecanismos de este tipo de agilidad y de eficacia. Aún recuerdo la visita que los miembros del comité de seguimiento del pacto de Estado para la Justicia realizamos a Dinamarca, cuando estaba España asumiendo la presidencia de la Unión Europea, y
Dinamarca se disponía a hacerlo en breve, y allí mismo tuvimos ocasión de comprobar las dificultades que en algunos colegas parlamentarios daneses encontrábamos a la hora de hacer entender fórmulas de este tipo. Por tanto, creo que es una especial
satisfacción ver que, aunque a veces en política la lucha es ingrata y difícil, y cabría incluso darla por perdida de antemano ante la existencia de unas claves culturales, que impedirían determinados objetivos, si hay tenacidad y si hay rigor, al
final, se puede acabar avanzando.



Gracias a este proyecto nos encontramos con la creación de una verdadera comunidad de derecho. No estamos ante una mera trasposición más de una decisión marco sino que realmente lo que estamos creando es un ámbito judicial donde las
resoluciones de cualquier juez de un país europeo van a tener la misma eficacia en otro país que en el suyo propio, y esto es algo que tiene un evidente alcance. Precisamente por eso, el proyecto ha procurado ceñirse al máximo al contenido de la
propia decisión marco, y eso explica que hayamos dicho que no a determinadas enmiendas -por eso me he referido a la prehistoria de esta norma, que no es una norma que nos venga de la Unión Europea como algunas otras, y que, muy bien, hay que
trasponerla, es una norma que en gran medida se ha creado gracias a la insistencia de España una y otra vez para que se cree-, y no parece muy lógico luego intentar andar complicando o diversificando excesivamente un sistema, cuando hemos estado
pidiendo que se simplifique y que se unifique al máximo.



Se abre paso una nueva forma de entender las relaciones entre los sistemas jurídicos basados en la confianza, y eso lógicamente excluye también algunas enmiendas que, se quiera o no, afectan a esa confianza. Yo no voy a insistir en rebatir
la enmienda del Grupo


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Socialista sobre los famosos juicios en rebeldía italianos, porque intentar superar la respuesta que ha dado el señor Mardones me dejaría en ridículo, creo que es difícil decirlo mejor y con menos palabras. Por tanto, la confianza es la
confianza y lo que no tiene ningún sentido es que los que hemos estados luchando por ella y para que se imponga, también respecto a los que desconfiaban de nosotros, intentemos ahora recurrir a medidas que no se compadecen mucho con esa actitud.



Queremos un espacio de confianza recíproca, y por tanto proceder a una verificación de la situación política del Estado emisor de la orden europea no parece tener mucho sentido. Aprovecho lo del Estado emisor para referirme al lenguaje. En
ese sentido, la verdad es que en ocasiones detecto que no somos muy respetuosos con el lenguaje. En esta misma ley el artículo 1 no es un monumento al lenguaje, pero de todas maneras no creo yo que el problema esté en complicar la situación. Los
interlocutores de esta norma, no lo olvidemos, no son sólo los ciudadanos españoles, esta es una norma, insisto, dirigida a una comunidad que ya lo es, que empieza a serlo, a un ámbito general, y por tanto tenemos como interlocutores a jueces,
órganos judiciales, ciudadanos también de otros países que tienen como lenguaje común el que da una decisión marco y por tanto obligarles a ellos a ir intentando adivinar qué papel está jugando el Ministerio de Justicia en esta norma, porque en vez
de hablar nosotros de la autoridad central hablamos del Ministerio de Justicia, es complicarles la vida innecesariamente. Por otra parte, me alegra que el Grupo Socialista se preocupe del lenguaje, pero podría haberlo hecho también en la enmienda
39, donde en nueve líneas suprimen tres puntos y seguidos. Desde luego no es un monumento a la mejora del lenguaje. Yo creo que si en el Senado llegara a haber alguna enmienda a este proyecto, que lo dudo, porque, como ya se ha visto en las mismas
intervenciones, es difícil encontrar una mayor confluencia, sería para poner algunos puntos y seguidos que me parece que faltan y no quitar esos tres de la enmienda a la que me acabo de referir.



Entre Estados cuyos valores constitucionales se basan en el respeto de los derechos fundamentales y de los principios democráticos es lógico que haya esa confianza mutua que permita que las resoluciones judiciales puedan circular sin
frontera alguna. Es la puesta en práctica del principio de reconocimiento mutuo que ya en Tampere se formuló pero que estaba pendiente de convertirse en una realidad. Por eso vamos a hacer una ejecución prácticamente automática de resoluciones,
que es lo que se persigue, de manera que sólo en motivos muy tasados se pudiera denegar la ejecución de lo que pide un Estado emisor.



Por otra parte, no he entendido muy bien las enmiendas de la señora Lasagabaster, del Grupo Mixto, que por un lado nos dice que quiere agilizar el procedimiento pero que con muy buena voluntad lo que propone en el fondo es complicarlo.
Sobre todo me ha llamado la atención su insistencia y énfasis en que sea la jurisdicción ordinaria la que se encargue de estos problemas. Señora Lasagabaster, la Audiencia Nacional es jurisdicción ordinaria, por tanto no acabo de entender esa
referencia.
No estamos ante una jurisdicción especial, de lo que se trata es de si debe ser un órgano o una pluralidad de órganos los que se encarguen, y es obvio que con un órgano, que por otra parte es el sistema que actualmente rige en las
extradiciones, será mucho más eficaz y más simple que si lo centrifugamos. Igualmente, en cuanto a la información y a la defensa de los ciudadanos diversificar posibles perfeccionismos rompería esa uniformidad que nos parece tan decisiva. Tampoco
he entendido muy bien su referencia al non bis in idem, porque de lo que se trata precisamente es de lo contrario, de acabar con el principio de doble incriminación y por tanto con el escrutinio por parte de un país de si en su propia normativa está
reduplicada la incriminación y, si no lo está, entonces no cabría la posibilidad de la entrega. Estamos evitando esa exigencia de que haya una duplicidad de incriminación. Se ha buscado una agilidad del procedimiento, y en ese sentido entendemos
que las fórmulas a las que se ha acudido son las adecuadas.



Por parte de Izquierda Unida se ha hecho un discurso político de gran altura y al final un pequeño toque político por parte del señor Rejón, que dice que esto no ha pasado por el pacto. Esto del pacto cada vez es más complicado, y sobre
todo cuando se quiere estar y no estar a la vez el asunto acaba siendo surrealista. Se nos dice por un lado en presupuestos que el ministerio se debe gastar no sé cuánto dinero al margen del pacto, o sea, como si estuviéramos con dos presupuestos
distintos, y ahora se nos dice que esto habría que pasarlo por el pacto.
Ya se ve dónde está el pacto, está todo el mundo de acuerdo. Si hubiéramos llevado esto al pacto de Estado, se nos diría: se está haciendo filibusterismo político. En vez
de traernos aquí a la comisión de seguimiento, para perseguir los objetivos que se ha marcado estrictamente el pacto, resulta que se nos viene a hablar de una cosa en la que todos estamos de acuerdo, en la que hay grupos que no presentan enmiendas,
otros que presentan tres y ya han desaparecido y otros que las formulan llenos de muy buena voluntad. Tenemos pendiente la ley de acceso a la abogacía, el estatuto jurídico del ministerio fiscal y una serie de elementos que están sin resolver desde
hace meses, y si alguien quiere hacer filibusterismo en el pacto desde fuera del Grupo Popular qué le vamos a hacer, pero nosotros no lo vamos a hacer, señor Rejón, cuente con esa seguridad.



En cuanto a las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), ya quedaron todas satisfechas y agradecemos su apoyo, como agradecemos el apoyo del Grupo Vasco (PNV), reforzado en este caso, porque con el rigor que demuestra
siempre a la hora de formular enmiendas ese grupo y sobre todo


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su portavoz, la señora Uría, es todo un aval para este proyecto que no haya habido ninguna enmienda por parte de este grupo.



El Grupo Socialista nos dice que lo que pretenden es mejorar el proyecto.
No lo dudamos. Ahora bien, no dude tampoco, señor Barrero, que un modo de mejorar un proyecto también es decir que no a una enmienda. Da la sensación de que
intentar mantener el texto es empeorar la situación.
Eso, si uno se considera infalible, sí; si no, no. Muchas de esas mejoras que ustedes proponen no las han defendido ni en Comisión ni aquí. Por algo será. Mejoran tanto que ustedes ni han
hablado de ellas. En ese sentido nos han ahorrado decirles por qué no las aprobamos. Respecto a otras, en la medida en que S.S. sí ha aludido a ellas, sí que me referiré. Ya he hecho mención a la del lenguaje. Lo lógico es mantener, por mucho
que pueda sonar a jerga, los términos de la decisión marco y traducir luego el equivalente a nuestro sistema como se hace en el proyecto. Entendemos que ese es un modo también de escenificar esa comunidad de derecho a la que queremos dar paso.



No nos parece lógica la referencia que ha hecho S.S. al Código Penal y a los 20 años. No es verdad que en España el máximo cumplimiento de la pena sea de 20 años. No es verdad. Basta leer el Código Penal para descubrir que dice que, en
casos de gravedad, pueden ser 30. ¿Me quiere usted decir, señoría, qué puede haber de mayor gravedad que una conducta que merezca una condena de perpetuidad en un Estado? ¿Vamos a encontrar algo más grave que eso? Por tanto, no me diga que no es
aplicable esa salvedad a esas circunstancias.



La alusión a los residentes equiparándolos a los ciudadanos nos llevaría a una situación un poco curiosa. No olvidemos que estamos hablando de una cooperación entre Estados. No vemos qué razones de política criminal pueden justificar que
ciudadanos extranjeros cumplan penas de prisión en España -que pidamos a sus Estados que nos los entreguen- impuestas por autoridades judiciales de otros Estados. Es un asunto verdaderamente rocambolesco, a nuestro modo de ver.



Ya me he referido a las condenas en rebeldía y suscribo, palabra por palabra, lo magistralmente expuesto por el señor Mardones. El plazo de 72 horas en vez de 24 persigue simplemente operatividad. No hay por qué agotarlo, pero ya me dirá
S.S. qué es lo que estorba, porque si se recurre a él es porque hará falta por razones de operatividad. Por tanto, en aras de la eficacia, ¿por qué renunciar a ese plazo?


Por último, S.S. ha estado menos fino que el señor Pedret. El señor Pedret no tuvo inconveniente en hacer un homenaje público al fiscal general del Estado en la sesión celebrada en Comisión y reconocer que le había plagiado enmiendas sin
cuento. Usted, que tanto ha hablado del fiscal general del Estado como abogado del Gobierno, debería hoy haber reconocido en este Pleno la deuda que su grupo tiene al fusilarle las enmiendas al fiscal general del Estado. Mi grupo, que es
independiente absolutamente del fiscal general del Estado, como es lógico, no tiene ningún inconveniente en decir que no le convencen esas enmiendas.



Quiero terminar manifestando la satisfacción de todo mi grupo por la lucha política que varios ministros de Justicia, muy especialmente ahora el señor Michavila, han venido llevando a cabo, logrando convencer a una serie de países reticentes
y dando pasos de verdad a una comunidad de derecho, a un espacio judicial europeo que tan beneficioso será para acabar con muchos problemas que nos afligen hace tiempo.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ollero.



Señorías, iniciamos la votación del dictamen de la Comisión sobre el proyecto de ley sobre la Orden europea de detención y entrega. En primer lugar, votación de las enmiendas números 5, 6 y 8, del Grupo Parlamentario Mixto, firmadas por la
señora Lasagabaster.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 112; en contra, 186; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas de la señora Lasagabaster.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, seis; en contra, 286; abstenciones, ocho.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 13; en contra, 286; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 299; a favor, 109; en contra, 185; abstenciones, cinco.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



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Iniciamos la votación del texto del dictamen. En primer lugar, los artículos 2, del 10 al 15, 17, 18, 20 a 22, 24 a 26 y disposiciones transitorias primera y segunda.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 197; en contra, seis; abstenciones, 97.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobados.



Votamos el resto del dictamen.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 299; a favor, 299.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Iniciamos la votación del dictamen de la Comisión al proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley sobre la Orden europea de detención y entrega. En primer lugar, votamos las enmiendas del Grupo Mixto, firmadas por la señora
Lasagabaster.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 11; en contra, 287; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 296; a favor, 105; en contra, 186; abstenciones, cinco.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos el texto del dictamen.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor, 196; en contra, tres; abstenciones, 101.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



VOTACIÓN DE CONJUNTO:


La señora PRESIDENTA: Votación final de conjunto, dado el carácter orgánico del proyecto de ley.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 300; a favor 299; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda, por tanto, aprobado al haber superado el número de votos mínimo exigible.



DEBATE DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY DE LA VIÑA Y DEL VINO. (Número de expediente 121/000116.)


La señora PRESIDENTA: Punto X del orden del día: Debate de totalidad de iniciativas legislativas. (Rumores.) Señorías, agradeceré que no entorpezcan la salida de los diputados.



Debate de totalidad del proyecto de ley de la viña y del vino. Para la presentación del proyecto de ley, tiene la palabra el señor ministro de Agricultura.



El señor MINISTRO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN (Arias Cañete): Muchas gracias, señora presidenta. (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: Espere un momento, señor ministro, hasta que consigamos que el nivel de murmullos en la Cámara permita hacer audible su intervención. (Pausa.)


Adelante, señor ministro.



El señor MINISTRO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN (Arias Cañete): Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, tengo el honor de comparecer en esta Cámara para presentar el proyecto de ley de la viña y el vino aprobado por el Gobierno, que obedece a la necesidad de adecuar la legislación actual en esta materia, el Estatuto de la viña y el
vino de 1970, a la evolución estructural y económica que ha tenido el sector vitivinícola en estas últimas décadas, a nuestro ordenamiento constitucional y a la actual normativa comunitaria, el Reglamento 1493/1999 del Consejo, que ha derogado
tácitamente todos los preceptos del estatuto incompatibles con la misma.
Espero que esta presentación sirva para orientar la intención de voto de SS.SS. y para que rechacen las enmiendas a la totalidad presentadas por el Grupo Parlamentario
Socialista, Chunta Aragonesista, Bloque Nacionalista Galego y Esquerra Republicana de Cataluña. Si, como espero, son rechazadas las enmiendas a la totalidad, tengo el convencimiento de que el texto del proyecto será sin duda mejorado en su
tramitación parlamentaria con las enmiendas que SS.SS. consensúen y tengan a bien introducir.



El señor vitivinícola en España no es sólo una actividad económica productiva, sino que, además de formar parte de nuestra cultura, genera una serie de beneficios a la sociedad que no son directamente remunerados por el mercado y que tienen
que ser igualmente valorados. Me estoy refiriendo a la creación de empleos directos e indirectos que genera en zonas sin otras alternativas de


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producción, a la ocupación del territorio y a la defensa del terreno frente a la erosión y desertización. Por tanto, señorías, considero necesario contar con un marco legal adecuado que contribuya a corregir los desequilibrios o desajustes
que actualmente se producen en el sector vitivinícola, que garantice la continuidad de la actividad económica y que aseguren el mantenimiento de las rentas de viticultores y vinicultores. Más aún teniendo en cuenta que España es el primer viñedo
del mundo, con 1.100.000 hectáreas, aunque seamos el quinto país en nivel de consumo, después de Francia, Italia, Estados Unidos y Alemania.
Ocupamos la tercera posición en cuanto a producción, por detrás de Francia e Italia, y nuestras
exportaciones ocupan el tercer puesto, con una cuota de mercado del 14 por ciento. (La señora vicepresidenta, Mariscal de Gante Mirón, ocupa la presidencia.)


Tenemos un sector transformador integrado por 4.000 industrias, de las que el 88 por ciento tienen menos de 50 empleados.



Permítanme, señorías, antes de presentarles el proyecto de ley, hacer un breve análisis del mercado del vino que puede explicar la lógica que subyace en el proyecto. En el vino se distinguen claramente dos mercados con características y
futuros previsiblemente bien distintos. Por un lado, se encuentran los vinos de calidad, producidos en regiones determinadas, que en España están constituidos por los amparados bajo alguna de las denominaciones de origen, y que representan el 30
por ciento de la producción. Por otro, están los vinos de mesa, que incluyen los vinos de la tierra y que suponen el 60 por ciento de nuestra producción. Aproximadamente el 60 por ciento de nuestra producción se destina a mercado interior; el
resto se exporta, representando los vinos con denominación de origen el 46 por ciento del volumen comercializado más allá de nuestras fronteras y, los vinos de mesa, el 51 por ciento.



Mientras que los vinos de calidad producidos en regiones determinadas -los VCPRD- muestran un consumo per cápita creciente, puesto que la demanda interna de los mismos está aumentando, el vino de mesa muestra una clara tendencia decreciente;
estamos en 20,6 litros/habitante/año. Dentro de la tendencia al aumento de la demanda de los vinos de calidad, también hay una clara preferencia del consumidor por los productos con menor período de envejecimiento, siendo los vinos jóvenes los que
han experimentado mayor incremento de producción, dados sus menores costes de inversión y financieros. Por otra parte, el incremento de producción de los vinos de calidad ha sido absorbido por el consumo interno, mientras que las exportaciones se
han mantenido dentro de unos límites determinados.



En cuanto a los vinos de mesa, nos encontramos con una producción que ha seguido aumentado, un consumo decreciente y un descenso de los precios tanto de las variedades blancas como de las tintas. La realidad de nuestro mercado se
caracteriza por un exceso de oferta, agravado, además, por la cosecha 2000-2001 que, con 45,5 millones de hectolitros, es la más alta de los últimos años. Habría que remontarse a la campaña 1979-1980 para encontrar una producción más elevada -48,2
millones de hectolitros-, si bien en aquella campaña había 500.000 hectáreas más en cultivo. Esta situación ha creado unos excedentes en el mercado que han provocado un incremento importante de existencias almacenadas y una caída de las
cotizaciones. Los excedentes de mercado se corrigen por el incremento de destilaciones, bien sea por las de uso de boca para elaborar sobre todo brandy y vinos de licor, bien por la destilación de crisis, que entra en funcionamiento cuando con la
de uso de boca se ha constituido ya un volumen de almacenamiento suficiente para garantizar el suministro de alcohol vínico a los usuarios.



No obstante, el recurso continuado a la destilación de crisis supone que existe un desequilibrio estructural, que requiere otras actuaciones sobre el potencial vitícola o practicar un control de rendimientos que mantenga la producción en
determinados límites. Además, si analizamos la evolución del mercado en las dos últimas campañas, se observa que la retirada de elevados volúmenes del mercado, vía destilaciones, no ha tenido el efecto deseado en la reactivación de los precios.
Por otro lado, el descenso continuado del consumo, que se sitúa hoy en 30,6 litros/habitante/año, requiere el refuerzo de las actividades públicas y privadas de promoción del consumo interior y de las exportaciones de vino español. Es preciso
difundir en el mercado interior el mensaje de que el vino es un alimento saludable, si se consume racional y responsablemente.



Por lo tanto, el objetivo básico que debemos perseguir es el de adaptar cuantitativa y cualitativamente la oferta española a la demanda prevista en las condiciones más favorables de precios y volúmenes de producción.
La tendencia actual
hacia una demanda de consumo de productos de mayor calidad es la variable por la que nos debemos guiar en el futuro para equilibrar el sector. Así, tenemos que mejorar genéricamente la calidad de nuestros vinos, con independencia de su categoría;
de este modo, aumentaremos su competitividad y la demanda. Por otra parte, tenemos que adaptarnos a la existencia de diversas demandas diferenciadas y divergentes, lo que nos lleva a la necesidad de modificar la estructura de nuestra actual oferta
de vino, de forma que una parte sustancial de la capacidad productiva, que hoy se dirige a elaborar vino de mesa, se dirija a la producción de vinos de más calidad con precios más competitivos.



La posibilidad de diferenciación de la oferta ha sido uno de los objetivos que ha considerado el Gobierno a la hora de elaborar este proyecto de ley, en el que también se han tenido muy en cuenta las conclusiones aprobadas por unanimidad en
el Congreso de los Diputados en febrero de 1998. Asimismo, se ha consultado


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ampliamente con las comunidades autónomas y se ha recabado el preceptivo informe del Consejo de Estado. El texto ha sido también objeto de amplia discusión con los representantes de las comunidades autónomas, con los del sector productor y
transformador y con los consejos reguladores. A lo largo de este proceso, se han incorporado las sugerencias y aportaciones de muchos de ellos.



El carácter de normativa básica está amparado en lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad
económica. Por otra parte, la Sentencia del Tribunal Constitucional 186/1988 puso de relieve que la competencia estatal en cuanto a la ordenación de la economía responde al principio de unidad económica y abarca la definición de las líneas de
actuación tendentes a alcanzar los objetivos de la política económica global o sectorial fijados por la Constitución. La misma sentencia añade que ni siquiera el carácter exclusivo de la competencia autonómica sobre agricultura impide toda
intervención estatal en este sector. No sólo ciertas materias o actividades estrechamente vinculadas a la agricultura son subsumibles bajo enunciados que el artículo 149.1 de la Constitución confía al Estado, sino que también el artículo 148.1.7
deja a salvo las facultades de ordenación de la economía reservadas con carácter general al Estado por el artículo 149.1.13. De este modo, el Estado puede operar sobre el sector vitivinícola haciendo uso de sus competencias para proceder a la
ordenación general de la economía, siempre, claro está, que no vacíe de contenido las competencias de las comunidades autónomas sobre vitivinicultura.



Por todo ello, el Gobierno, a la hora de elaborar este proyecto de ley, ha tenido muy presente la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. En virtud de ello, el proyecto de ley se decanta, de un lado, por
regular las materias que necesitan una precisión o complementariedad respecto a lo dispuesto en el acervo comunitario y, de otro, por la regulación de los aspectos imprescindibles para garantizar la eficiencia del mercado único, la libre y leal
competencia entre operadores en todas las zonas del territorio nacional y la protección y defensa de los derechos de los consumidores. El carácter básico de este proyecto explica que, frente a los 134 artículos del Estatuto de 1970, el proyecto
contenga solamente 47, que prescinda de títulos enteros del estatuto, que algunos de sus artículos, como el 6 y el 7, se limiten prácticamente a establecer habilitaciones al Gobierno para que dicte la normativa básica por vía reglamentaria y, de
otra parte, que los preceptos de carácter dispositivo se contraigan a su encaje dentro del marco de la normativa comunitaria.



Consta el proyecto de ley de una exposición de motivos, que justifica la necesidad de proceder a la renovación de la legislación actual en la materia, y de cuatro títulos. El primero define el ámbito de aplicación y aspectos generales de la
viticultura. El segundo establece y regula el sistema de protección del origen y calidad de los vinos. El régimen sancionador se recoge en el título III y mediante el título IV se crea un órgano de carácter consultivo que se denominará consejo
español de vitivinicultura, integrado por representantes de la Administración general del Estado, de las comunidades autónomas y de las organizaciones más representativas del sector.



En el proyecto de ley se desarrollan los extremos relativos a la protección de la calidad y el origen de los vinos y determinadas cuestiones que conciernen al régimen de plantaciones, replantaciones y transferencias de derechos vinculadas a
nuestra organización del Estado de las autonomías. No se aborda, en cambio, la definición de los productos ni sus tratamientos por quedar estas cuestiones agotadas por la legislación comunitaria; legislación que en el sector vitivinícola es
exhaustiva. Todos los aspectos de la producción, transformación, tratamientos enológicos, embotellado, etiquetado y presentación se abordan, de manera que resta un margen muy limitado para su regulación por los Estados miembros. La legislación
comunitaria establece definiciones de los productos, define sus características, describe los tratamientos autorizados y señala los productos previstos para los mismos; también establece las menciones obligatorias en la presentación de los vinos y
regula y limita las voluntarias.



En lo que se refiere a la protección del origen y la calidad, y particularmente en el caso de la categoría denominada vinos de calidad producidos en regiones determinadas (VCPRD), la legislación comunitaria, partiendo de unos principios
comunes obligatorios, remite a la legislación propia de los Estados miembros la regulación de las cuestiones particulares propias y este desarrollo es el que se aborda en el proyecto de ley.



De las cuestiones reguladas me voy a referir a tres que merecen destacarse por su particular incidencia, tanto por las repercusiones sobre los productores como por lo que implican de novedad. Son las menciones tradicionales en los vinos;
el sistema de protección y la organización y funcionamiento de los consejos reguladores y órganos de gestión.



En cuanto a las menciones tradicionales en los vinos, la ley, partiendo de la regulación actual, establece unas condiciones nuevas, tanto de tiempo, más corto, como de volumen de barrica, 330 litros frente a mil, para los vinos de crianza,
reserva y gran reserva. Estas menciones, como ocurre actualmente, sólo pueden ser utilizadas por los VCPRD españoles. Por el contrario, se abre en el proyecto de ley la posibilidad de uso de las menciones noble, viejo y añejo para los vinos de
mesa con indicación geográfica y para los VCPRD españoles. La orientación del proyecto de ley en este aspecto es permitir


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que aquellos elaboradores de vinos de mesa con indicación geográfica que tengan un compromiso con la calidad y hagan las inversiones necesarias en sus instalaciones para el envejecimiento de sus vinos vean compensado su esfuerzo con la
posibilidad de utilizar en la presentación de los mismos las citadas menciones. Está claro que las indicaciones crianza, reserva y gran reserva en todo caso están reservadas para los VCPRD.



Respecto del sistema de protección, los principios básicos son los siguientes: El establecimiento de una gran libertad de elección para productores y elaboradores en cuanto al nivel de protección que desean para sus vinos. La exigencia de
un cumplimiento riguroso de los requisitos previstos para cada nivel.



El proyecto de ley parte de una concepción global en la que existen diferentes productos con diferentes requisitos. Se contemplan figuras actualmente existentes: vinos de la tierra, vinos con denominación de origen y vinos con denominación
de origen cualificada. Al mismo tiempo se incorporan dos nuevos tipos de VCPRD: los vinos de calidad con indicación geográfica, y los vinos de pagos. Los vinos de calidad con indicación geográfica corresponden al nivel mínimo de exigencia
permitido a los VCPRD por la legislación comunitaria. Creemos que esta nueva categoría ofrece una transición más progresiva desde la categoría de vinos de mesa a la de VCPRD, y además permite diferenciar las producciones y diversificar mercados.
Con esta nueva categoría se establece además un escalón por debajo de la denominación de origen, de manera que los vinos descalificados por motivos de calidad o de mercado no tengan que caer necesariamente en la categoría de vinos de mesa, con las
limitaciones, particularmente de etiquetado y presentación, que ello conlleva.



Por lo que se refiere a los vinos de pagos, representan un caso muy particular de denominación de origen, en la que la base territorial asociada está limitada a un pago. Atendiendo al carácter flexible que inspira la totalidad de la ley
aprobada por el Gobierno, los vinos de pago no se vinculan obligatoriamente a una denominación origen, sino que se prevé que si se encuentran incluidos en el ámbito territorial de una denominación de origen calificada y cumplen todos los requisitos
exigidos a los vinos de dicha denominación de origen, puedan recibir el nombre de pago calificado, y que será en todo caso la legislación de las comunidades autónomas la que pueda establecer la obligatoria inclusión de un pago en el ámbito de una
denominación de origen calificada. Los vinos de pago no representan necesariamente la calidad suprema. En realidad la pertenencia a un determinado nivel no asegura en sí misma la calidad del vino amparado, sino que constituyen una posibilidad más
de diferenciación dentro del grupo de vinos de calidad y un caso muy particular de producción de uva y elaboración de vino dentro de un marco geográfico determinado. Las dos nuevas categorías de vinos de calidad con indicación geográfica y vinos de
pago, tienen por objeto ofrecer a los productores nuevas posibilidades de diversificación de sus productos, eso sí dentro del estricto cumplimiento de los requisitos establecidos para cada uno de ellos, y a introducir progresividad en un sistema
como el actual, en que la transición de vinos de mesa y vinos con denominación origen es un salto tan brusco que pone en peligro muchas veces el futuro de las denominaciones. En suma, esta concepción del sistema de protección pretende tener en
cuenta las distintas situaciones existentes en España actualmente, permitir la progresión de productos en diferentes categorías, agotar las posibilidades que la legislación comunitaria permite, definiendo un marco jurídico nacional abierto para que
las comunidades autónomas puedan adaptarlo en la forma que consideren más adecuada, anticiparse a las evoluciones del mercado y orientaciones internacionales, responder a las necesidades sectoriales, garantizar a los consumidores la idoneidad de los
productos, ofrecer un sistema de control eficaz, imparcial, creíble, actualizado y homologado, y contribuir a la protección de los legítimos derechos de productores y elaboradores, preservando la obligada y leal competencia y protegiendo los
legítimos derechos de los consumidores.



El proyecto de ley contempla la posibilidad de inscripción en diferentes niveles, sobre la base del cumplimiento de los requisitos correspondientes al más exigente de ellos, y especialmente en el control estricto del cumplimiento de
requisitos establecidos para cada tipo de producto como base fundamental de la credibilidad del sistema, de la competencia leal entre productores y de la defensa de los intereses de los consumidores. El proyecto de ley se propone terminar con las
disfunciones que han podido producirse en el funcionamiento de los consejos reguladores y busca preservar la credibilidad y el prestigio de los vinos de calidad españoles. Los consejos reguladores han cumplido un importante papel desde su creación
con el Estatuto del vino de 1932 y han colaborado al prestigio de nuestras denominaciones de origen. Sin embargo, en la actualidad este modelo de doble función, por un lado de gestión de los intereses económicos de productores y comercializadores
de los vinos, y por otro de control para la garantía de que los vinos cumplen todos los requisitos establecidos en las normas correspondientes, presenta numerosos inconvenientes, siendo el principal de ellos las interferencias que inevitablemente se
producen entre la vigilancia de las normas propias de cada denominación de origen y los intereses comerciales de vitivinicultores y bodegueros. Por eso, el proyecto ha optado por un modelo de independencia absoluta entre los órganos encargados de
la gestión y los órganos encargados del control. Dichos órganos de gestión dejan de ser parte integrante de las administraciones públicas como sucede ahora, y se configuran como


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organismos independientes, dotados con personalidad jurídica propia, de naturaleza pública o privada, según determine la normativa autonómica o la del Estado, en función del ámbito territorial autonómico o supraautonómico de la denominación
de origen.



En cuanto a los órganos de control, el proyecto de ley ha previsto un sistema flexible a elección de los interesados que contempla tres opciones: La de un organismo independiente acreditado para la certificación de productos; la de un
organismo igualmente independiente de inspección; y la de un organismo administrativo u organismo público.
No obstante, atendiendo a la petición prácticamente unánime de los actuales consejos reguladores y considerando que muchos de sus
planteamientos eran perfectamente asumibles, resultado de su dilatada y bien acreditada experiencia, el proyecto de ley recoge un cuarto modelo, que sin menoscabo de su independencia de funcionamiento aúna en el seno del consejo regulador dos
organismos totalmente separados y autónomos: uno encargado de la gestión de los vinos y el otro del control de viñedos y vinos. Para asegurar la necesaria independencia entre ambos órganos dentro del consejo regulador, el proyecto de ley establece
algunas cautelas tales como que se garantice la independencia e inmovilidad de los controladores por un periodo mínimo de seis años, que se asegure la separación entre ambos órganos sin que puedan darse relaciones de dependencia jerárquica entre
ellos y que se actúe bajo la tutela de la Administración competente. El proyecto recoge también un régimen sancionador en el que se establecen las obligaciones de interesados y las facultades de los inspectores, las medidas cautelares y la
determinación de competencias sancionadoras, se tipifican infracciones, se gradúan sanciones y medidas complementarias. Por último, la ley crea el consejo español de vitivinicultura como un órgano de representación de la Administración general del
Estado, de las comunidades autónomas y de las organizaciones económicas y sociales que operan en el sector y cuyas funciones se refieren al estudio de las actuaciones necesarias en el sector, la propuesta de reformas administrativas, la asesoría,
informe y dictamen de cuantas medidas, disposiciones o reglamentaciones afecten a la viticultura española.



Señorías, les he intentado resumir los objetivos y fines que persigue este proyecto de ley del Gobierno. No quiero dejar de referirme a la total armonía que existe entre este proyecto de ley y el de prevención del consumo indebido de
bebidas alcohólicas. El consumo responsable por parte de la población adulta de una bebida como el vino, que se encuentra profundamente enraizada en la cultura mediterránea y que no sólo no produce efectos nocivos sino que como se ha demostrado
científicamente su consumo moderado produce efectos beneficiosos para la salud, debe ser diferenciado del consumo de otras bebidas alcohólicas obtenidas por destilación con contenido alcohólico notablemente superior.



Por último, quiero subrayar que la ley quiere ser un instrumento que contribuya a la construcción de un futuro mejor para nuestro sector, defendiendo las denominaciones de origen tradicionales más reputadas, posibilitando la evolución de
aquellas que tienen dificultades de funcionamiento de mercado, e igualmente ofreciendo nuevas posibilidades para este sector mayoritario de los vinos de mesa. La ley no hará milagros, pero será un marco fundamental para conseguir los objetivos
fijados. Nuestra voluntad de consenso es total y esperamos poder incorporar a la ley cuantas mejoras sean presentadas para el logro de los mismos, a fin de que sea una ley con vocación de permanencia.



Creo, señorías, que esta exposición que he hecho es suficiente para pedir el rechazo a las cuatro enmiendas a la totalidad que han sido presentadas, pero permítanme por cortesía parlamentaria que me refiera una a una, aunque a veces pueda
repetir algún argumento que ya he expuesto.



Considero que ninguna de las enmiendas presentadas en el texto que contiene su justificación ofrece un modelo definido para el sector vitivinícola español. A mi juicio adolecen de cierta confusión, de falta de contenido y de cierta falta de
coherencia.



La enmienda presentada por el Grupo Socialista enumera las dificultades con que se encuentra el sector y que se pueden compartir (existencias crecientes de vino, consumo interior decreciente, producciones estancadas, aumento de la necesidad
de destilación) y critica al proyecto de ley indicando que apunta en la dirección contraria y que supone dificultades para la competitividad del sector y una mayor rigidez en la oferta. En este sentido, tal y como he referido anteriormente, el
proyecto plantea un modelo de defensa de la calidad de los vinos españoles más amplio que el de 1970, más racional que el de 1970, bastante más flexible y mucho más riguroso. El sistema es más amplio porque introduce nuevas categorías para los
vinos, lo cual permite diversificar la oferta. La existencia de nuevas categorías hace que exista una progresión más gradual de unos niveles a otros y permite una tipificación mejor del concepto VCPRD. Hasta ahora y desde nuestra adhesión a las
comunidades europeas, los VCPRD habían quedado equiparados con los vinos amparados por denominaciones de origen, sin embargo en la categoría VCPRD en la Unión Europea es más amplia y los requisitos exigidos a nuestros vinos amparados por una
denominación de origen son más exigentes que los establecidos para el común denominador que representa la categoría de los VCPRD.



El sistema es más racional porque permite una progresión paulatina del centro del sistema, de manera que los productos se pueden acoger a la protección de distintos niveles a medida que vayan justificando el cumplimiento de los requisitos
exigibles a cada uno de ellos y el sistema es más flexible porque permite la elección por el operador del nivel de protección al que desea


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acogerse con la obligación de cumplimiento de los requisitos establecidos para el nivel elegido.



En principio el sistema es más riguroso porque establece como principio general del mismo la existencia en todos los casos de mecanismos de control de cumplimiento de los requisitos propios para cada nivel de protección, y para ello el
proyecto prevé la existencia de organismos de control públicos o privados encargados de verificarlo. Por otro lado el proyecto, de acuerdo con las orientaciones de las normas voluntarias adoptadas por organismos internacionales de normalización,
introduce la separación entre los órganos encargados de la gestión de los intereses económicos propios de los productores y comercializadores de los vinos de los encargados de control. Por todo ello, el proyecto no sólo apunta a juicio del Gobierno
en la dirección adecuada a los intereses sectoriales en su conjunto, sino que posibilita una mayor competitividad basada en una mayor flexibilidad de la oferta.



Se acusa al proyecto de ley de incidir negativamente sobre el sistema constitucional de competencias. En este sentido y aunque sea repetir, el proyecto cumple con la obligación constitucional para el Estado de establecer las bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica del sector vitivinícola, asegura condiciones mínimas semejantes para todos los productores y operadores económicos y ofrece una protección homogénea de los derechos de los
consumidores, estableciendo un sistema de competencia leal entre los mismos. Por otro lado el proyecto ofrece numerosos aspectos de desarrollo reglamentario para que cada comunidad autónoma adapte a sus especiales condiciones cada aspecto del
proyecto. Les remito al informe realizado por el Consejo de Estado que he citado expresamente al comienzo de mi exposición.



Respecto a la confusión a la que se alude en la enmienda a la totalidad introducida por el uso del término niveles, debo decirles, señorías, que estamos dispuestos a incorporar las mejoras técnicas de redacción que permitan una mejor
comprensión del texto en su caso. La regulación de la categoría VCPRD no es restrictiva, sino que introduce novedades importantes, como he referido anteriormente. Permite por una parte proteger los logros de las denominaciones de origen más
prestigiosas, pero también ofrece soluciones a aquellas que tienen un presente más sombrío, con dificultades para comercializar sus producciones como vino amparado.



Se dice en la enmienda que el proyecto resta competitividad, pero no se explica en qué cuestiones. Nosotros estamos dispuestos a aceptar todas las enmiendas que incrementen la competitividad y que sean compatibles con la legislación
comunitaria, tengan el consenso del sector y de las denominaciones de origen existentes. Quiero recordar que en todo momento hemos buscado el equilibrio entre los intereses de las denominaciones de origen tradicionales y la competitividad que el 60
por ciento de nuestra producción no amparada por las denominaciones necesita.



Por otro lado, la regulación comunitaria en materia de VCPRD si bien contiene importantes elementos de subsidiariedad, exige que las figuras jurídicas nacionales que respondan al concepto VCPRD queden perfectamente identificadas en las
normas nacionales de desarrollo. El proyecto no sólo no contradice, sino que sigue estrictamente los preceptos establecidos en el citado reglamento, en el Reglamento 1607/2000 de la Comisión, por el que se establecen determinadas disposiciones de
aplicación del Reglamento 1493/1999, en relación con los vinos de calidad. El proyecto de ley introduce un sistema progresivo que parte de un nivel básico, con un nivel mínimo de requisitos equiparable a los mínimos exigidos para los VCPRD en la
regulación comunitaria y que presenta requisitos crecientes para los diferentes tipos de producto. La novedad estriba en la posibilidad de que dispone el productor de elegir el nivel de protección para sus vinos en función de los requisitos
satisfechos, y permitirle así una mejor adaptación a la demanda.



Los requisitos establecidos en la legislación comunitaria son comunes a todos los niveles del sistema, mientras que el proyecto introduce exigencias suplementarias para cada nivel respecto de los mínimos comunitarios. En particular, en lo
que se refiere al control, además de los análisis organolépticos y con carácter previo a los mismos, los organismos encargados de su realización deben velar por el cumplimiento de todas las exigencias relativas a la producción (variedades, densidad
de plantación, sistema de conducción, poda, prácticas culturales, incluyendo el riego, y rendimientos máximos por hectáreas), para continuar con el control de la elaboración, en este caso rendimientos máximos de transformación de uva en vino, medios
de elaboración y prácticas enológicas. Superados estos controles, el vino obtenido es sometido a análisis físico-químico y organoléptico para su calificación en su caso, y esto es aplicable a todos los VCPRD. En el caso particular de los vinos de
pagos y de las denominaciones de origen calificadas, tal como se exige actualmente a estas últimas, está previsto un control sistemático por lotes de volumen limitado desde la producción hasta la comercialización en lo relativo a cantidad y calidad
de los productos, sin que se limite el control al análisis organoléptico.



Por lo que se refiere a la protección de las indicaciones geográficas y denominaciones de origen, el marco de protección está definido por la OCM de forma horizontal en todos los países miembros y a través de los acuerdos bilaterales de la
Unión Europea con países terceros, como Australia y Estados Unidos. En otros casos, como Sudáfrica, Cánada, Nueva Zelanda y Chile, se está discutiendo actualmente. Con carácter general, los acuerdos de los aspectos de la propiedad intelectual
relacionados con el comercio establecen el


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marco de protección de las indicaciones geográficas. Además nuestro país tiene suscritos varios acuerdos bilaterales en materia de protección recíproca de las denominaciones de origen con diferentes países como Portugal, Suiza y Francia.



En el proyecto de ley se establece un marco de protección para los nombres geográficos asociados a cada nivel, sin que ello afecte al acervo comunitario o a nuestros compromisos internacionales. Respecto del origen geográfico de la uva
utilizada en la elaboración de un vino de mesa nada se dice en el proyecto de ley por dos razones: en primer lugar porque la reglamentación comunitaria establece con carácter general que la utilización de una indicación geográfica en vinos de mesa
estará supeditada a que al menos el 85 por ciento de la uva se haya cosechado en la misma, y en segundo lugar porque se considera que establecer restricciones sobre esta regla general debe realizarse reglamentariamente y en todo caso en desarrollo
de las competencias propias de cada comunidad autónoma. Por otro lado, la protección en los ámbitos nacional e internacional de las indicaciones geográficas requiere de la ratificación previa por la Administración general del Estado, sin que
suponga menoscabo de las competencias de las comunidades autónomas.



Creo que la enmienda a la totalidad del Grupo Socialista está algo distanciada de la realidad del sector vitivinícola español, probablemente vaya en contra de los intereses de las denominaciones de origen tradicionales, no explica cómo se
consigue más competitividad y probablemente confunde lo que debe ser un plan estratégico con lo que debe ser un marco normativo para todos los vinos de España. Creo que no se han entendido bien los niveles de protección y que no se está apostando
por una calidad real.



En cuanto a la enmienda de la Chunta Aragonista, en primer lugar plantea la necesidad de un procedimiento homogéneo del control del viñedo. Acabo de referirme al principio de mi comparecencia al respeto escrupuloso del reparto
constitucional de competencias que hemos observado en cuestiones de exclusiva responsabilidad de las comunidades autónomas. En este sentido, quiero recordar a SS.SS. que el control del potencial vitícola y del cumplimiento de la legislación
vigente en materia de agricultura es responsabilidad de las comunidades autónomas.



El proyecto establece la normativa básica en materia de nuevas plantaciones y replantaciones, así como la transferencia de derechos de replantación, en colaboración con las comunidades autónomas, pero con mucho gusto aceptaremos las
propuestas de creación de órganos de coordinación y control que gocen del apoyo unánime de todas las comunidades autónomas.



Por lo que se refiere a la representatividad de los consejos reguladores el proyecto ofrece paridad en la representación, atendiendo a la diversidad de situaciones que se presentan en cada denominación de origen, y garantizando en todo caso
la representación de las minorías.



Respecto a la posibilidad de que una misma parcela pueda pertenecer a uno o más niveles de protección y de las dificultades que ello aparejaría para un correcto control, el proyecto de ley establece que en tal caso las parcelas deben
satisfacer los requisitos correspondientes para el nivel más exigente y someterse a los controles correspondientes al mismo.
De ahí, que no exista posibilidad de eludir los controles ni de confundir al consumidor respecto del verdadero origen de
los productos. Por otro lado, reglamentariamente deberán establecerse las normas de desarrollo necesarias para el correcto funcionamiento del sistema.



Con relación a los distintos tipos de producto y diferentes figuras de protección, debo señalar que con independencia de los niveles de protección la legislación comunitaria contempla una variedad de productos: vinos de la tierra, vinos de
licor, vinos espumosos, con sus variantes de calidad, que responden a la realidad de la producción. Es decir, si los incluye en la reglamentación es porque hay una verdadera producción de los mismos.



Respecto de los vinos con indicación geográfica, ya hemos señalado anteriormente que responden a los requisitos de exigencia previstos en la legislación comunitaria. A su vez, los vinos de pago tienen que cumplir las exigencias generales de
las denominaciones de origen calificadas, y además ser elaborados y embotellados en el mismo pago. Por último, tienen que ser sometidos a un sistema de calidad integral, aplicado desde el cultivo de la uva hasta la comercialización de los vinos.
Esta categoría de producto está reservada a los vinos que cumplan tales requisitos. Es de suponer que las bodegas capaces de satisfacerlos ofrezcan un producto capaz de compensarles por sus esfuerzos, contribuyendo a desarrollar y consolidar su
notoriedad y prestigio, que han debido adquirir antes de llegar a ser reconocidos como vinos de pago.



En lo que se refiere a los organismos privados de control, existe una amplia legislación sobre los requisitos que tienen que cumplir los organismos de control y certificación. Además de la entidad estatal de acreditación, que verifica la
capacidad técnica de estas empresas de certificación, las autoridades competentes en cada caso velarán por el correcto funcionamiento de los mismos, pudiendo retirarles la autorización concedida. No se puede descalificar un sistema que como se ha
señalado anteriormente tiene una homologación internacional y es utilizado en las transacciones comerciales internacionales de forma habitual, con el argumento de hipotéticas influencias de los intereses de operadores en los criterios de control.
Por otra parte, en cuanto a la figura de los vinos de España, señoría, nada se dice en el proyecto de ley al respecto.



Por último, hay que señalar que la ley pretende dar más protagonismo al sector productor y transformador,


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que en su amplia mayoría está constituido por pequeñas empresas.



En cuanto a la enmienda del BNG, me gustaría señalar lo siguiente: En primer lugar, el proyecto regula aspectos básicos que afectan a la viña y el vino así como a su designación, presentación, promoción y publicidad y a la protección de la
calidad y del origen de los vinos. En modo alguno invade las competencias de las comunidades autónomas, sino que pretende establecer un marco común que garantice la competencia leal entre productores y operadores y la protección de los derechos de
los consumidores.



Abusando de su paciencia, señorías, voy a citarles textualmente lo que el Consejo de Estado dice en su informe, refiriéndose a la sentencia 186/1988: El Estado puede operar sobre el sector vitivinícola haciendo uso de su competencia para
proceder a la ordenación general de la economía, pero ello siempre que no vacíe de contenido las competencias de la comunidad autónoma sobre la viticultura, desplazando las que con carácter exclusivo tienen respecto de las actuaciones
administrativas. La ordenación general de la economía hace posible la intervención del Estado a través de medidas económicas en sectores materialmente atribuidos a la competencia de las comunidades autónomas. El Consejo de Estado considera que
siguiendo la pauta de dicha sentencia el proyecto procura un tratamiento uniforme de sus normaciones, sin vaciar de contenido las competencias atribuidas a las comunidades autónomas. En segundo lugar, se alude a que las distintas catalogaciones
conllevan una falta de rigurosidad y de control. Tal y como hemos venido repitiendo a lo largo de esta exposición, el sistema de protección previsto en la ley establece distintos niveles, con requisitos claros asignados a los mismos y con el
sometimiento a un control como principio general.



Respecto de la forma en que el proyecto aborda la regulación de los consejos reguladores, efectivamente, señorías, supone una reforma radical de los mismos. Por un lado se les dota de personalidad jurídica propia, distinta de la de la
Administración competente, lo cual facilita su actuación y desenvolvimiento; por otro lado se independizan las funciones propias del control de las relativas a la gestión económica, para asegurar la actuación independiente de los responsables del
control sin subordinación a intereses económicos. Se presente, en suma, que los órganos de las denominaciones gocen de credibilidad en sus actuaciones.



Por último, me remito a lo ya señalado respecto a la amplia discusión habida con todos los representantes sectoriales, cuyas contribuciones se han incorporado en muchos casos en la elaboración de los sucesivos borradores que han culminado en
el presente proyecto de ley. Fruto de ese diálogo permanente ha sido la creación, mediante la Orden 2870/2002, del Consejo español de vitivinicultura que se prevé ya en el anteproyecto y que ha sido solicitado unánimemente por los sectores
productor y transformador.



Respecto de la denominada conferencia de consejos reguladores, quiero señalar que se trata de una organización que actúa de facto como consecuencia de la incapacidad de los consejos reguladores en su concepción actual para autoorganizarse.
Pese a ello, hemos mantenido diferentes reuniones para escuchar su posición y tratar de incorporar sus sugerencias a nuestro proyecto. No me consta en modo alguno su oposición unánime al proyecto; más bien cabría hablar de las posturas de algunos
consejos reguladores y de las opiniones de algunas personas muy significadas, vinculadas a estos consejos. En cualquier caso, sólo quiero recordar que únicamente el 30 por ciento del vino producido en España está amparado por denominación de origen
y esta ley pretende también servir a los intereses de los productores del 60 por ciento restante que suponen los vinos de mesa.



En lo que se refiere a la enmienda a la totalidad presentada por Esquerra Republicana de Cataluña, el proyecto de ley, como ya he reiterado, se dicta para establecer un marco común en todo el Estado que garantice unos mínimos para asegurar
la competencia leal y la protección de intereses de los consumidores. Las comunidades autónomas, a juicio del Gobierno, conservan intactas las competencias de desarrollo y de adopción de cuantas disposiciones sean necesarias para la correcta
aplicación de la ley.



Termino mi intervención, señorías, pidiéndoles el rechazo de las enmiendas a la totalidad y el apoyo al proyecto de ley presentado por el Gobierno.



Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor ministro de Agricultura.



Para la defensa de su enmienda a la totalidad presentada por el señor Labordeta, tiene la palabra.



El señor LABORDETA SUBÍAS: Señora presidenta, señorías, señor ministro, es muy difícil salir a defender una enmienda a la totalidad cuando usted ha cumplido un doble papel, que ha sido el de ministro y portavoz del Partido Popular, y ha
rechazado absolutamente la enmienda a la totalidad.
Subimos a la tribuna por cumplir el paripé de hacer lo que estamos haciendo. No sé si usted se ha dado cuenta, pero si nos rechaza las enmiendas, ¿para qué subimos nosotros aquí a defenderlas?
Usted nos ha dicho que iba a rechazar las enmiendas desde el principio y de todas maneras; usted tiene derecho, para eso es ministro, a hablar como ministro y como portavoz del Partido Popular.



La iniciativa presentada por Chunta Aragonesista expresa su oposición al texto presentado por el Gobierno por las siguientes razones. Primero, se intenta homogeneizar un sector que por sus propias características tiene una variedad y
singularidad específica, que


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no queda suficientemente protegido en este nuevo texto. Segundo, no ha sido negociado ni consultado con los productores ni con los consejos reguladores de la denominación de origen, al contrario que otras leyes que sí están muy valoradas
por todos los sectores, como la catalana, por ejemplo. Tercero, la clasificación propuesta de los vinos provoca un alto nivel de confusión en el consumidor a causa de sus excesivas figuras de protección. Cuarto, este texto entra a reformar el
papel de los consejos reguladores y su funcionamiento. Los consejos reguladores de las denominaciones de origen españolas tienen un acreditado rodaje, en algunos casos de casi setenta años, en el que han compatibilizado el principio de
autoorganización con el formalismo de la acción administrativa, siendo el resultado global altamente positivo. Si según recoge la exposición de motivos su funcionamiento como órganos de gestión de las denominaciones de origen ha constituido un
éxito, ello es debido a su carácter de órganos pegados al terreno a través de sus servicios técnicos habilitados en la complejísima gestión que encierra la problemática de las denominaciones de origen. La mayor parte de la gestión diaria conlleva
procedimientos de verificación de actuaciones concretas de los inscritos, singularmente importantes en los momentos de vendimia o de la expedición de vinos amparados. Una separación tajante entre dicha gestión y sus procesos de verificación resulta
en extremo perturbador para realidades consolidadas y contrastadas como son las denominaciones de origen. Los consejos reguladores de denominaciones agroalimentarias, nacidos al amparo y como consecuencia del éxito de los consejos reguladores
vitivinícolas, se encuentran expresamente excluidos de esta ley y se rigen por la regulación anterior, no estando sometidos por tanto al peligro de la enorme difunción a que darán lugar los criterios del proyecto de ley de separación tajante de
gestión y control de la denominación. Es más, el reino de España acaba de explicitar la bondad de la situación preexistente al anunciarnos expresamente como órganos de certificación y control. No se comprende que lo que es bueno para la
certificación y el control en el ámbito agroalimentario, resulte perturbador en el ámbito vitivinícola a cuyo amparo nació el primero. Sin duda el proyecto de ley al pretender cambiar tan radicalmente los esquemas actuales de funcionamiento está
pensando en los futuros órganos de gestión, que por cierto no podrán llamarse consejos reguladores de las nuevas categorías de vinos que el proyecto pretende establecer. Por eso no justifica hacer tabla rasa de los procedimientos actuales. En
definitiva, el proyecto de ley pretende dejar al sector en manos de industriales y grandes bodegas, lo que repercutirá negativamente en los viticultores y actuales denominaciones de origen. Por todos estos motivos y razones pedimos la devolución
del texto al Gobierno.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Labordeta.



Para la defensa de la enmienda a la totalidad presentada, el señor Vázquez tiene la palabra.



El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, ya hacía referencia el señor Labordeta a la intervención del señor ministro; el señor ministro es un superministro, además es un ministro guay porque lo que quiere es evitar la intervención del Grupo Parlamentario Popular. Él ya
se encarga de defender la ley y de dar los argumentos por los que rechaza las enmiendas a la totalidad de los demás grupos, por cierto sin escuchar los argumentos. Esto quiere decir que es un ministro guay que quiere evitar que al parlamentario que
le toque defender la postura del Grupo Popular tenga que hacerlo. En todo caso, nosotros estamos obligados a exponer nuestras razones aunque solo sea para q ue en el 'Diario de Sesiones' conste por qué presentamos esta enmienda a la totalidad.



Desde que se comenzaron a concretar y hacer públicos los textos para sustituir el Estatuto de la viña y el vino de 1970 por parte del departamento del señor ministro, el Bloque Nacionalista Galego ya formuló algunas iniciativas de las que
tiene conocimiento el propio ministro.
Nosotros seguimos manteniendo una postura divergente pues el contenido de este proyecto de ley que se presenta al Congreso poco difiere del contenido de los borradores iniciales en sus aspectos esenciales, y
el único aspecto común que podemos compartir es la necesidad de reformar el anquilosado Estatuto de la viña y del vino de 1970, dado que efectivamente el tiempo transcurrido desde entonces han sucedido cambios, no solamente en el marco estatal sino
también en el propio sector.
Naturalmente los cambios más importantes son: por un lado, la nueva estructuración territorial del Estado que ha supuesto la atribución de competencias en materia de agricultura, de planificación y de ordenación
económica de las comunidades autónomas, y también la integración en la Unión Europea que obliga a aceptar unas reglas comunes de mercado en el sector vitivinícola en Europa. Nada de esto se tiene en cuenta, tal como reiteraremos más tarde, porque
estamos ante un proyecto de ley claramente centralista.



Previamente quisiera dejar patente la crítica al proceso de elaboración del mismo, porque cuando fue avanzado ese anteproyecto al que nos referimos el sector en su conjunto, mayoritariamente cuando menos, se posicionó en contra además de la
mayoría de las comunidades autónomas. Es cierto que el Ministerio de Agricultura no agotó de forma inmediata el diálogo pero el resultado final ha sido insatisfactorio puesto que la mayoría de observaciones generales al texto no se incluyeron, sino
que se incorporaron cuestiones concretas relacionadas con la especificidad de cada gente


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del sector consultado pero que no variaron la intangible posición del Gobierno acerca de la filosofía de la nueva ley del vino. Al final, en nuestra opinión, incluso se ha empeorado en algunos aspectos el texto al recoger aportaciones
parciales relacionadas con cuestiones muy concretas que le confieren un carácter de norma a la carta, pero en ningún caso, a pesar de lo que dijo el señor ministro en su intervención, se ha alcanzado un amplio consenso, y prueba evidente es que no
se han acallado las manifestaciones en su contra.



Seguimos manifestando nuestro desacuerdo, en primer lugar, porque se trata de un proyecto de ley centralista que sustrae competencias autonómicas al plasmar una redacción concreta y exhaustiva que excede de las bases de ordenación que
compete al Estado y que imposibilita que las comunidades autónomas puedan adoptar regulaciones sobre el sector en atención a su desarrollo concreto, dispar, como es evidente, de unos a otros territorios del Estado. Limita la capacidad autonómica de
decisión sobre materias que son objeto de desarrollo y ejecución de las bases estatales, como son las denominaciones de origen y sus consejos reguladores. Este proyecto de ley parte de un error de planteamiento al tener como uno de sus objetivos
principales que todas las zonas vitícolas del Estado se regulen bajo los mismos principios y normas, impulsando como ley básica de obligado cumplimiento la regulación uniforme de las denominaciones de origen, cuando dicha competencia está
transferida a las comunidades autónomas. Si el Gobierno no rectifica puede dar lugar a un conflicto competencial, como ya han avisado algunas comunidades autónomas durante el trámite de elaboración del mismo. Ya veremos luego si es efectivo como
en el caso de Galicia o Navarra donde hay también gobiernos de su propio partido. En ese sentido, por cierto, ya en el pasado hubo alguna sentencia del Tribunal Constitucional a raíz de un recurso de la Comunidad Autónoma de Cataluña.



En segundo lugar, este texto legislativo destila una filosofía política y económica que le imprime un carácter liberalizador al sector del vino, dando un vuelco total al actual marco normativo regulador para convertirlo prácticamente en un
sector regulado exclusivamente por el mercado. La influencia de ese liberalismo económico en la filosofía del proyecto de ley propugna sustituir las normas por las tendencias del mercado, olvidándose de la realidad del sector, y responde más a ese
carácter de una ley de liberalización del comercio del vino que a una ley de vitivinicultura, que no mejorará las garantías que actualmente ofrecen los consejos reguladores a los consumidores y que beneficiará al sector industrial frente a la
mayoría de pequeños y medianos productores. Es muy ilustrativo señalar que este proyecto de ley valora especialmente el producto dejando de lado a los productores, pero también a los demás agentes que participan en la transformación del vino, por
tanto, con contenido social prácticamente nulo. El sector vitivinícola del Estado español, y en concreto en algunos territorios como Galicia, tiene una fuerte connotación social y económica al ser base, como sabe el señor ministro, del tejido
socioeconómico de numerosas comarcas por el empleo que genera, por depender de ella el sector secundario de servicios, por carecer de alternativas de empleo y, por tanto, por facilitar la fijación de población en el lugar.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Vázquez.



El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ: Ya me doy cuenta, señora presidenta, voy acabando.



En tercer lugar, y por acabar, se rebaja la garantía de calidad de los vinos, tanto desde el punto de vista de la definición de las categorías como de las funciones de los organismos de control de la calidad. Habrá un abandono de la tutela
administrativa, se flexibilizarán controles de calidad al situar parte de la competencia de los mismos en agentes externos a los consejos reguladores y de naturaleza privada. Concluyo diciendo que la introducción de un sistema piramidal con mayor
número de categorías de vino supone una ampliación del marco competencial del mercado con referencias análogas desde el origen, pero con menos garantías, lo cual puede originar confusión en el consumidor.



Por estas y otras razones que no expongo por falta de tiempo, señora presidenta, doy por concluida mi intervención y pido el voto favorable de la Cámara a esta enmienda de totalidad.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Vázquez.



Señor Puigcercós, para la defensa de su enmienda a la totalidad.



El señor PUIGCERCÓS I BOIXASSA: Gracias, señora presidenta.



Señoras diputadas, señores diputados, señor Cañete, el 29 de mayo de este año el Parlamento de Cataluña aprobaba una ley del vino, es decir, la Ley catalana del vino; una ley, como decíamos en nuestra exposición de motivos de esta enmienda
a la totalidad, que fue fruto de un gran consenso en el sector vitivinícola catalán, sector que en definitiva componen productores, sindicatos agrarios, bodegueros, administración, comerciales, y la unanimidad fue total. Es un sector complejo, con
diferentes intereses, a veces incluso contradictorios, pero el consenso y la unanimidad fue total, fue la paz en el sector vitivinícola y vinícola catalán.



Cuando el Gobierno catalán llevó al Parlamento de Cataluña la ley del vino de Cataluña, fue votada favorablemente, con algunas enmiendas y algunos retoques, con la unanimidad de todos los grupos parlamentarios, e incluso el que representa
usted aquí en el Congreso, el Partido Popular; una ley que en definitiva compenetraba perfectamente la producción a gran escala tanto


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de las grandes empresas como las familiares pequeñas, manteníamos los estándares de calidad y garantizaba más flexibilidad al sector. Además, la ley comportó un proceso de apertura de los consejos reguladores en Cataluña, la coexistencia de
vinos y bodegas comunitarias y también la ley catalana establecía un régimen de sanciones, leves, graves y muy graves, razonables. Digo razonables porque sin demérito de la calidad lo que hay que buscar también es no crear un marco sancionador lo
suficientemente rígido y duro para acabar con las pequeñas y medianas bodegas, porque no es lo mismo una sanción a una gran bodega que a una pequeña o mediana.



En definitiva, esto era lo que conllevaba la ley catalana, una ley, repito, que llevó a la paz social y que entró en vigor el 29 de mayo de este año. Ante esta ley, que nos consta que fue modelo para otras comunidades autónomas, el Gobierno
responde con una ley que tiene un excesivo criterio regulador de carácter básico, la disposición adicional segunda, y un intento de amoldar a un solo modelo geográfico y climático toda la política de riego, o en definitiva todo lo que podía ser el
modelo vitivinícola con la pluralidad y la diferencia que antes también señalaba el señor Labordeta; una política de sanciones, como decía, que gravará a las pequeñas y medianas, es muy dura y demasiado rígida.



Además, se crea la marca de vinos de las tierras de España, que alteraría el mercado de exportación, introduciendo una grave distorsión en las denominaciones de origen ya consolidadas en el exterior, y significaría un grave retroceso en
cuanto a calidad.



La ley no ha contado con el apoyo, porque ni se ha hablado lo suficiente ni se ha buscado el consenso, de los consejos reguladores, ni con la totalidad de las denominaciones de origen vitivinícolas del Estado español. Es una invasión
competencial en toda regla, y una genuflexión del ministerio, una vez más, ante los grandes productores que quieren colocar sus excedentes en detrimento de la calidad de algunas denominaciones de origen.



Desde Esquerra Republicana presentamos esta enmienda a la totalidad, y no podemos dejar pasar la ocasión para preguntarnos qué lleva a Convergència i Unió a no presentar una enmienda a la totalidad. Lo lógico sería que Convergència i Unió,
defendiendo el Parlamento que ellos presiden y la ley que ellos presentaron en el Parlamento de Cataluña, hubiera presentado una enmienda de totalidad a una ley que, repito, solapa, cercena e incluso entra directamente en lo que sería el marco
competencial y los estándares de calidad y de control que había establecido la ley catalana del vino. No lo entendemos, es una ley que, repito, socava, cercena, lamina la ley catalana que fue modelo para otras comunidades autónomas.



Creo que el ministerio llegó tarde. A menudo desde esta tribuna se nos dice que las comunidades autónomas pueden legislar, pueden hacer su ley, pero curiosamente cuando un parlamento como el de Cataluña, con la unanimidad de todo el sector
y de todos los grupos parlamentarios, hace una ley frontalmente desde el ministerio se entra a laminar esta ley.
Entendemos que estas son las razones que exponemos aquí para presentar una enmienda a la totalidad. Creemos que esta ley ofrece más
confusión, no respeta el marco autonómico y no hace ningún favor a la calidad que muchas denominaciones de origen habían ya conseguido en mercados internacionales. La sensación es que hay unos excedentes y hay que colocarlos donde sea.



Podemos entender la sensación que tiene el ministerio, como la tiene el Gobierno catalán, el Gobierno vasco, el Gobierno gallego o el Gobierno de La Rioja sobre que hay mercados extranjeros muy competitivos -Nueva Zelanda, Australia,
Argentina, Chile- con los que es difícil competir cuando aquí tenemos un marco regulador en la Unión Europea. Esto es habitual, lo entendemos, pero lo que no puede ir es en demérito de la calidad y los logros que se consiguieron en muchas
denominaciones de origen.



Muchas gracias, señora presidenta, señoras diputadas, señores diputados.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Puigcercós.



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, para la defensa de la enmienda de totalidad presentada tiene la palabra el señor Cuadrado.



El señor CUADRADO BAUSELA: Gracias, señora presidenta.



Señor Arias Cañete, hay que reconocer que es usted un ministro original.
Se podría hablar incluso de un estilo, el estilo Cañete. Da lo mismo que hablemos del Plan nacional de regadíos, de las vacas locas, del Prestige o de la ley del
vino, es usted francamente original. Hoy no solamente ha venido aquí a defender su proyecto de ley, el proyecto de ley del Gobierno, sino que ha ocupado la función del Grupo Parlamentario Popular, que supongo que va a descalificar o a hablar en
contra de las enmiendas a la totalidad. Usted no podía evitarlo, tenía que entrar en las enmiendas a la totalidad y tenía que hacer la función que corresponde formalmente, en un sistema que respeta la división de poderes, a los grupos
parlamentarios. Ni siquiera habíamos hablado quienes hemos presentado enmienda a la totalidad y usted ya nos contestaba. Eso sí, nos contestaba no solamente a la enmienda a la totalidad, sino -no sé si las habrá visto- a las enmiendas parciales,
donde usted podrá ver cuál es el planteamiento alternativo que hace cada grupo, desde luego el que hace el Grupo Socialista. Por eso usted ha cometido errores graves en esa descalificación, pero creo que es su estilo.



En su estilo, en la ley del vino ya ha creado usted el habitual caos que suele crear cuando interviene. ¿Qué es lo que va a ocurrir ahora? Se recordaba en una intervención


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anterior que usted presenta un proyecto de ley (que, por cierto, habrá que comparar con la situación actual, no con el estatuto de 1970, absolutamente obsoleto y que no tiene nada que ver, sino con la situación actual, con reglamentos
europeos, etcétera) donde la consideración básica de muchos de sus artículos hace que entre en contradicción con leyes que ya existen en el marco de las comunidades autónomas. Por ejemplo, ¿qué es lo que ocurre cuando se establece en esta ley una
separación entre sistemas de control y sistemas de gestión referidos a los consejos reguladores, cuando la ley de la comunidad catalana establece en su artículo 11 que no se diferencian la gestión y el control, como puede verse en cada uno de los
apartados, donde se habla indistintamente de gestión y de control? ¿Qué tendrá que ocurrir? Tendrán que cambiar la ley si efectivamente se aprobara en las condiciones en las que usted trae este proyecto de ley.



Es más, en declaraciones que usted ha hecho en Jerez dice que ha negociado con el Gobierno catalán y que todo está resuelto. Pues ¿cómo resuelve esta contradicción? Una ley que establece -artículos 25 y 26 de su proyecto de ley- como
elemento básico, legislación básica, que es obligatorio separar los órganos de gestión de los órganos de control y una ley -luego me referiré a otras, no sólo la catalana- que establece en su artículo 11 que gestión y control son competencias de los
consejos reguladores. Por tanto, usted ya ha entrado en un buen jardín. Pero no solamente esto, señor ministro. En su estilo habitual ocurre exactamente igual con el anteproyecto de ley foral de ordenación vitivinícola de Navarra, donde se
establece que el reglamento de denominación de origen navarro fijará el oportuno sistema de control vitivinícola y de gestión y no se diferencia el control de la gestión; o exactamente igual ocurre con la ley que ya está publicada de La Rioja,
donde, por ejemplo, las infracciones son mucho menores de las que prevé su proyecto de ley. Usted se ha metido en un buen jardín que lo que hace es crear intranquilidad en el sector y en el conjunto de las comunidades autónomas.



Ya que ha citado usted el Consejo de Estado, le recuerdo que no ha habido una conferencia sectorial, como es obligatorio por ley, que se pronuncie sobre su proyecto de ley. Pues bien, en esta situación caótica en la que nos encontramos por
una decisión que suele ser habitual en su ministerio, suele aportar caos allí donde va, allí donde interviene, allí donde mete la mano, la pregunta es la siguiente: ¿Qué hacemos en medio de esta situación? Usted ha mantenido una polémica, ya que
habla de que tiene el consenso de todos los sectores, con el Consejo regulador de vinos de Jerez. Tiene razón el responsable del Consejo regulador de vinos de Jerez cuando le dice a usted, señor ministro, que cómo se puede casar que en su proyecto
de ley sea obligatorio separar el control de la gestión, cuando hay leyes que ya han previsto que vaya conjuntamente el control y la gestión. Le puedo leer la carta, de 29 de agosto del año 2002, que le pone a usted bien, además. Es verdad que
posiblemente en este debate algunos que no tenemos ninguna bodega, que no tenemos ningún interés en el sector vitivinícola tengamos que mantener una posición desde lo que nos parece que es el interés general del sector y el interés general del país.
(Varios señores diputados: ¡Muy bien, muy bien!) Aquí ha subido alguien que no está en esa situación y luego subirá alguien que tampoco está en esa situación, pero es cierto que en este debate que usted ha mantenido, o mejor dicho, en estas
críticas constantes que a usted le han lanzado desde el Consejo regulador de vinos de Jerez -y lo cito lógicamente como comprenderá porque usted se ha referido también en declaraciones en Jerez- tienen razón. En la descalificación de una enmienda
que no ha entendido se pregunta cómo nosotros decimos que en el ámbito de la globalización en la que estamos, y en la que tienen que adaptarse nuestros sectores económicos, es necesario aumentar la competitividad y luego proponemos todo lo
contrario. Usted no ha entendido absolutamente nada. Usted plantea, con carácter homogéneo para todo el país, una serie de normas limitadoras que pueden ser correctas para una parte del país y que son justamente lo contrario en otra parte del
país. No ha entendido que es al establecer el carácter básico para elementos que no deben serlo, porque eso es ponerle al sector plomo en las alas. Es a eso a lo que se refiere el Grupo Socialista, y usted no lo ha entendido cuando le decimos que
le pone cortapisas e inconvenientes a la capacidad, sobre todo, exportadora del sector.



Señor ministro, en su intervención usted ha dicho algunas cosas que conviene que no se acostrumbre a decirlas con esas contradicciones habituales a las que nos tiene acostumbrados. Por ejemplo, usted ha dicho que la destilación no ha
afectado a la evolución de los precios. Sin embargo, ayer mismo ha dicho todo lo contrario: que es fundamental que se mantengan los instrumentos de destilación en la reforma que se haga en el futuro de la OCM. Aclárese, señor ministro. Usted ha
dicho que hay un acuerdo unánime del año 1998 de la Cámara, que es el que usted ha recogido a la hora de plantear este proyecto de ley. Pues no señor, hubo un voto particular. Por tanto, conviene que se aclare, señor ministro.



Este caos en el que usted le mete al sector es tan evidente como que existen nueve borradores -no sé si en alguno de ellos habrá participado el señor Madero- uno tras otro y no se parecen nada unos con otros. Un día dicen blanco, al día
siguiente negro y al siguiente morado. Van cambiando constantemente. Esto es lo que ha introducido en el sector una enorme inquietud, hasta el punto de que nadie está de acuerdo, diga usted lo que diga, y lo han manifestado clara y
contundentemente, con este refrito que usted presenta hoy aquí, que es el refrito de la inconsistencia, de la incoherencia y de una


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forma de trabajar, señor ministro, bien poco racional si lo que se pretende es facilitar, favorecer la evolución del sector del vino en España.



En segundo lugar, señor ministro, ¿esta ley responde a algo que tenga que ver con la situación económica, social e incluso usted ha apuntado hasta con el desarrollo rural? No sé con qué objetivos de desarrollo rural tendrá que ver esta ley.
Ninguno. Quedará muy bien en su discurso. Usted ha apuntado esa situación y esa situación no puede seguir manteniéndose en el estado actual. En dos años el precio de la uva ha caído el 60 por ciento. Los stocks están creciendo al comienzo de la
campaña espectacularmente, de poco más de 20 millones de hectolitros en 1998 a casi 35 millones de hectolitros en 2001. (Rumores.) Es una situación que no se puede mantener, algo habrá que hacer.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Un momento, señor Cuadrado.



Señor Madero, le recuerdo que no se encuentra en el uso de la palabra.



Adelante, señor Cuadrado.



El señor CUADRADO BAUSELA: Muchas gracias, señora presidenta.



Ya ha hablado el señor ministro por el Grupo Parlamentario Popular; no entiendo tanta insistencia en querer hablar desde los escaños.



Lo cierto es que el sector está viviendo una crisis importante. Tenemos, por ejemplo, una importante caída del consumo interior, y usted lo ha dicho antes. La dependencia del mercado interior es muy importante en términos porcentuales, hay
una caída importante y hay un estancamiento de las exportaciones y un reflejo en los precios que marcan una situación crítica, una situación de crisis.



¿Responde esta ley a esta situación o no tiene nada que ver este proyecto de ley que usted presenta con esa situación? Al contrario, lo que crea es más caos. Incluso se establecen figuras en los vinos de calidad, y dice el señor ministro:
Por si a alguien se le ocurre, le damos una oportunidad más de carácter comercial. ¡Deje usted al comercio que siga las reglas del comercio! Esa no es la función de esta ley y lo que hace el señor ministro es ponerle puertas al campo. En Alsacia o
en Burdeos, donde hay una serie de figuras comerciales muy numerosas, no tienen nada que ver las de Alsacia con las de Burdeos. ¡No le ponga puertas al campo, que es lo que hace con este proyecto de ley!


La respuesta del Grupo Parlamentario Socialista a este proyecto de ley la planteamos en la enmienda a la totalidad demostrando las gravísimas lagunas que tiene esta ley, sus inconvenientes y no digamos los aspectos competenciales. Lo que
decimos es que hay que responder a esta situación estableciendo elementos que dinamicen el sector y no lo contrario, que es lo que hace su proyecto de ley. Es verdad que hay una cuestión de carácter competencial que es fundamental; esta ley tiene
incluso elementos propuestos como básicos en su disposición adicional segunda que hablan incluso de la autoorganización de una comunidad autónoma.
¡Cuestiones que son tan elementales que no sé cómo se le han ocurrido! Es más, cuando ha dicho por
activa y por pasiva, haciéndole un flaco favor a la Generalidad, al Gobierno de Cataluña, que ha negociado ya con el Gobierno de Cataluña para que no haya inconveniente y ellos puedan seguir con su ley, que esta ley no les va a afectar para nada;
cuando dice esto, ¿de qué me está hablando? ¿Es que está diciendo que la Generalidad de Cataluña ha estado negociando con usted cesiones de competencia? ¿Es así? ¿Ha estado negociando? Estoy seguro de que no, pero es que usted habla con esa
alegría, con esa tranquilidad con la que dice las cosas que ha hecho declaraciones espectaculares en un diario de Jerez en este sentido.
Aparte de decir que usted está cansado de ser ministro y que quiere ser comisario. Me parece muy bien, pero de
momento es ministro y dice cosas como estas en relación con la gestión de esta ley. Señor ministro, cuide un poco más sus expresiones; ya ha formulado expresiones en el pasado de las que luego se ha tenido que arrepentir, algunas en relación con
la Comisión Europea. ¿Y ahora quiere ser comisario, según nos dice? ¡Cuide mucho este tipo de manifestaciones! Porque este proyecto de ley es en la situación actual absolutamente incompatible con el Estado de las autonomías. Puede haber
bodegueros que tengan interés en hacer que las normas de una comunidad autónoma o de un territorio se extiendan a toda España. Puede haber mucho interés en esto; pero esta no es la función de una ley del Estado en el supuesto de que fuera
necesaria.



¿Qué creemos en el Grupo Parlamentario Socialista que se puede y se debe hacer? Empezar de cero, señor ministro, como si usted no hubiera hecho nada en este tiempo, olvidarnos de todo porque lo único que ha hecho ha sido enredar, crear
complicaciones y algunas dificultades insalvables.



Segundo, el Grupo Parlamentario Socialista ha propuesto que comparezcan los sectores en el proceso legislativo que vamos a iniciar en el Congreso de los Diputados. Espero que puedan comparecer. Me dice el señor Madero que no. El señor
Ministro supongo que me dice que sí. He leído la prensa de La Rioja y dice una cosa, y he leído prensa de Jerez y dice otra cosa completamente diferente. Pero esto es habitual en el Partido Popular y, por lo tanto, estoy acostumbrado. Espero que
no pongan dificultades a que el sector comparezca porque está insatisfecho con este proyecto de ley.



Tercero, vamos a trabajar en un proyecto de ley que sea útil, que no sea reglamentista. Aquí sobran normas por todos los lados. Si Adam Smith levantara la cabeza, señor ministro, se asombraría. Hay aspectos del proyecto de ley, que no sé
a quién se le han podido ocurrir,


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que recuerdan aquellas normas de los gremios, previas a la revolución industrial, que establecían medidas exactas de cómo tenían que ser cada uno de los productos, cómo tenían que ser las materias primas, medidas exactas. Ustedes le mandan
un mensaje al sector, intentando trasladar de un lado a otro las normas que pueden ser muy útiles en un lugar, pero que no sirven para nada en otro, incluso crean dificultades. Pretenden retrotraernos a esas etapas de los gremios donde se
establecían las normas con absoluta precisión. Al no entender la posición del Grupo Parlamentario Socialista, que evidentemente no la ha entendido, no la había entendido cuando intervino, ha hecho usted una afirmación y es que según usted de la
enmienda del Grupo Parlamentario Socialista se deduce que vamos contra los consejos reguladores. Cuídese usted de los consejos reguladores, empezando por el de Jerez. Usted puede mantener un debate con el Consejo regulador vinos de Jérez, como lo
está manteniendo, pero no olvide que usted forma parte en ese territorio, digo personalmente, de la economía del vino.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Cuadrado, vaya terminando.



El señor CUADRADO BAUSELA: Termino, señora presidenta.



Señor ministro, cuídese de los consejos reguladores y del resto del sector, que el Grupo Parlamentario Socialista mantiene una buena relación con esos sectores. Le diré más, sería bueno que retirara este proyecto de ley. Ha pretendido
contentar a todo el mundo y ha enfadado a todo el mundo. La prueba de que el proyecto de ley es bueno no será porque ha enfadado a todo el mundo, porque lo ha enfadado por su manera de hacer y por su manera de actuar. Esta situación de caos que ha
introducido, en este caso en la ley del vino, no la debe soportar el sector del vino, que es un sector al que si se le trata bien, tiene una enorme potencialidad.
Es más, en el Grupo Parlamentario Socialista pensamos que no los quintos, ni los
terceros, podemos ser los primeros. Lo que pasa es que para eso habrá que superar algunas dificultades, la primera, tenerle a usted como ministro. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA(Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Cuadrado.



¿Algún grupo desea utilizar el turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos que deseen fijar posición? (Pausa.) En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Con brevedad, señora presidenta.



Desde Canarias hemos estudiado con detenimiento este proyecto de ley para el estatuto de la viña y el vino. En primer lugar, encontramos el acervo comunitario y la legislación específica en la competencia de la Comunidad Autónoma de
Canarias por su carácter de región ultraperiférica, sobre todo por su carácter archipielágico, y fundamentalmente en los términos jurídicos por la existencia de una legislación específica, la Ley de Régimen Económico y Fiscal en Canarias, que regula
todos los aspectos que puedan estar relacionados con este texto. Canarias siempre ha solicitado, en las cuestiones de cupos y de extensiones de superficie de viñedo cultivado, con las denominaciones de origen pertinentes en el archipiélago canario,
un régimen específico, con la salvedad del sistema de propiedad, muy de minifundio que existe en Canarias, y que nosotros preservaremos siempre en todo concepto de legislación general del Estado como una singularidad específica. Mi grupo se
reafirma en la defensa del proyecto que ha presentado el señor Arias Cañete como ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. Nosotros hemos presentado enmiendas al articulado, muy pocas y específicas, con una redacción en defensa de las
producciones, los viñedos, y las cuestiones vitivinícolas del archipiélago canario, marco del que no queremos salirnos. Por tanto, en un entendimiento con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estamos defendiendo esas líneas de
actuación. En consecuencia con ello, mi grupo va a votar en contra de las enmiendas de devolución de totalidad que se han presentado. Hay muchos aspectos de la ley que por vía de las enmiendas parciales al articulado pueden encontrar una línea de
enriquecimiento y de eficacia de algo tan extendido en toda la superficie productiva española, pero entendemos que es necesario un nuevo texto legal, una ley como ésta que presenta el departamento, con las mejoras que se introduzcan en los trámites
de ponencia y comisión en los que nosotros aportaremos el mejor sentido constructivo. Votaremos en contra de estas enmiendas de totalidad y de devolución por entender que son superiores las bondades y las necesidades legislativas en este momento de
un proyecto de ley, y más de cara a lo que se nos viene en la Unión Europea y que ha dicho el señor Fischler sobre muchas actuaciones en el campo del viñedo y del vino; tenemos que estar preparados con un blindaje, con una orientación, con una
reglamentación como la que se desprende del texto del proyecto legal, como ha señalado el señor Arias-Cañete, y que compartimos. Por tanto, apoyaremos el proyecto del Gobierno.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Mardones.



En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), señor Txueka.



El señor TXUEKA ISASTI: Señora presidenta, señor ministro, señorías, egunon, buenos días.



Tras muchos debates, tras muchos años de necesidad de una nueva ley o por lo menos de renovación de la


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antigua ley para la vid y el vino del Estado español, hoy se nos presenta ésta y quiero comenzar diciendo la razón por la cual el Grupo Vasco del Partido Nacionalista Vasco no ha presentado una enmienda de totalidad a la misma. A lo largo
de esta legislatura, y ante el fortísimo debate existente en todo el mundo del vino, insistí, con preguntas diversas, mociones e interpelaciones, en la total necesidad de que esta ley viniera a este Congreso muy consultada y muy debatida; que todos
los sectores del vino, que todas las sensibilidades del vino y que todas las necesidades del mundo del vino expusieran su opinión y que éstas fueran, a ser posible, escuchadas previamente al debate en este Congreso de los Diputados; que las
comunidades autónomas, con responsabilidades y competencias importantísimas en esta materia y a las cuales les afecta de manera en muchos casos determinante en su mundo agrario e industrial, fueran consultadas y escuchadas y que este proceso fuera
exhaustivo, que el ministerio se tomara todo el tiempo que precisara para la elaboración de su propuesta de una ley de bases de la viña y el vino en el Estado español. Pues bien, señor ministro, independientemente del desacierto de la propuesta que
nos presenta, que esbozaré a continuación, le reconozco a usted y a su ministerio que por lo menos a nosotros sí nos ha consultado y esperamos, asimismo, que en el debate de las enmiendas presentadas por los diversos grupos parlamentarios podamos
acercar posiciones y consensuar la ley. Por eso no hemos presentado una enmienda a la totalidad con texto alternativo y sí hemos presentado treinta y cuatro enmiendas parciales.



Entrando en la materia de la propia ley, respecto a la exposición de motivos es de agradecer al redactor tanto la brevedad como el espíritu didáctico-cultural que le ha animado, porque nos cita a Pomponio y nos recuerda que la primera
organización común del mercado vitivinícola, o sea la primera OCM del vino, la llevó a cabo el emperador Domiciano en aquella primera unión europea que supuso el Imperio Romano. Sólo quiero hacer un pequeño inciso para informar al redactor que ya
antes del siglo XVII, al menos en nuestras viejas leyes forales vascas, sí existían normativas y legislaciones específicas, aunque algo dispersas, que abarcaban casi todo el espectro, desde la cultura y producción vitivinícola hasta su comercio,
consumo y sobre todo fiscalidad. Esta tradición la mantenemos en la actualidad y, como sabe el señor ministro, casi paralelamente a esta ley de bases de vitivinicultura del Estado español se debatirá en el Parlamento de Euskadi la ley de la
vitivinicultura vasca. Uno de los aciertos del proyecto -ya lo han citado algunos portavoces anteriormente-, respuesta adecuada a las demandas de todo el sector, es el reconocimiento del vino como alimento natural y como componente saludable de la
dieta mediterránea, dentro del equilibrio y del consumo moderado.



Entrando en materia, los retos fundamentales de esta ley para que resulte un instrumento válido son, a nuestro juicio, dos. El primero es su encuadre, cómoda y bien encajada, dentro de la legislación de la Unión Europea -fundamentalmente el
Reglamento 1493 que establece la OCM vitivinícola- teniendo en cuenta las competencias de las comunidades autónomas establecidas en sus respectivos estatutos de autonomía. El segundo es que la ley tiene que dar respuesta a las necesidades de un
sector sometido a una tremenda competitividad internacional y que está operando en entornos cada vez más liberalizados en los que el consumidor exige productos de calidad y de garantía alimentaria, obtenidos a través de una agricultura gestionada de
acuerdo con los principios del desarrollo equilibrado y sostenible y con unos mecanismos de información que no le induzca a confusión.



Respecto al encuadre legislativo de esta ley de bases, en cuanto a las competencias que en esta materia tiene la comunidad autónoma de Euskadi, resumiré nuestro punto de vista diciendo que hemos presentado 18 enmiendas de carácter
competencial que tratan de recordar al Estado central -al Ministerio de Agricultura en este caso- que no puede regular con carácter no básico ni de aplicación supletoria. Ya se lo dice con claridad el Consejo de Estado, que le recuerda en la página
11 de su informe que de acuerdo con la Sentencia 61/1997 del Tribunal Constitucional la supletoriedad no es fuente atributiva de derecho positivo de competencias estatales. Esta tentación legislativa del Estado es recurrente y la hemos observado en
el transcurso de esta legislatura.
Sin embargo, nuestro Estado se configura como autonómico y su enmarque europeo es el que es, de modo que una ley de bases y coordinación de la viña y del vino ha de ser consecuente con ello. Con la redacción
actual el encaje de la ley no es cómodo, señor ministro, y en nuestra opinión augura conflictos futuros en su ejecución y aplicación si queda como está redactada. En cuanto al encuadre dentro de la legislación europea, sólo mencionaré un detalle
que nos ha llamado poderosamente la atención. La Comisión Europea, en respuesta de 13 de junio de este año, comunicó al Director General del Ministerio de Agricultura que la normativa comunitaria vigente no prevé, por ejemplo, una categoría de vino
de mesa con indicación geográfica; tiene que ser obligatoriamente vino de la tierra, encuadrarse dentro de los vinos de la tierra. Pues bien, la ley no lo ha recogido así, incumpliendo la normativa y haciendo caso omiso de la aclaración realizada
por La Dirección General de Agricultura de la Comisión Europea.



Respecto al otro reto fundamental de la ley, el de ser instrumento y cauce eficaz para todo el sector, reconocemos que en el Estado español existen regiones y áreas vitícolas, que están en el recuerdo de todos, con un viñedo extensísimo pero
con graves problemas para la salida de sus vinos, cuyo recurso en muchos casos viene a ser la destilación masiva. Se argumenta que hay que flexibilizar la pirámide de opciones, establecer


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nuevas clasificaciones cuyas garantías de control sean más acordes con las de nuestros competidores en el mercado, y permitir que los operadores vitícolas y las marcas puedan operar horizontalmente, habilitarse con carácter general en todas
las denominaciones de origen y en distintos niveles de protección; que se deben superponer niveles de calidad en las mismas parcelas, que debe existir voluntariedad en las aplicaciones de las comunidades autónomas y que se puedan utilizar términos
castizos comunes para diferentes niveles. Pues bien, con estas medidas es cuando menos dudoso que aumente nuestra competitividad en los mercados, y es dudoso también que las mismas vayan a servir de estímulo a las exportaciones. Lo que no es
dudoso -y nos atrevemos a asegurarlo porque lo creemos firmemente- es que las mismas producirán una gran confusión en el consumidor y en el mercado. La actual redacción no es un instrumento cómodo y eficaz para las regiones vitícolas que trabajan y
han trabajado estratégicamente en base a la diferenciación y la elaboración de vinos de calidad con indicación de origen. Posibilitar que una misma parcela pueda estar inscrita simultáneamente en dos o más niveles de protección y calidad y que en
un mismo año pueda dar a parte de su producción una calificación, otra a otra y hasta una tercera a otra, ¿va a ayudar a una mejor comercialización? Ayudará fundamentalmente a cierto descontrol o en su caso a una inflación de las estructuras de
control y de su coste, lógicamente a cuenta del sector. ¿Ayudará usar el mismo nombre comercial para la comercialización de vinos correspondientes a distintos niveles de protección o de ámbitos geográficos? Quizá, pero a costa de una evidente
confusión del consumidor, que considera que en todos los casos lo que compra es el vino que ha adquirido prestigio por pertenecer a una denominación de origen bien valorada en el mercado. El hecho de que siempre sea obligatorio indicar la
procedencia de un vino de calidad en el etiquetado no es suficiente, puesto que no es nada difícil y es práctica habitual -y usted lo conoce- difuminarla en el conjunto del etiquetado. La creación de una clasificación dentro de los VCPRD de vinos
de calidad con indicación geográfica es, a nuestro juicio, la máxima manifestación del confusionismo que se le va a crear al consumidor y que se presenta en esta ley.



Personalmente he realizado un análisis de cuáles son las diferencias reales con las condiciones de una denominación de origen. El trabajo semántico que ha realizado el ministerio ha sido importante porque siendo lo mismo decirlo con
diferentes palabras ha tenido que ser, desde luego, arduo. En unas se plantean condiciones separadas por comas en un mismo párrafo y en las denominaciones de origen se plantean las mismas pero separadas por guiones, como dándoles un poco más de
realce. En unas se plantean que contarán con un órgano de gestión y en las denominaciones de origen que el órgano de gestión tendrá apellido, o sea, que será consejo regulador. La condición de que previamente a ser denominación de origen haya sido
cinco años vino de calidad con indicación geográfica se podía haber regulado perfectamente a través de los actuales vinos de la tierra.
Lo que subyace, señor ministro, es una sensación de no saber qué es lo que se busca con esta clasificación,
salvo la sospecha, cada vez más extendida, de que se pretenda que sea una especie de cajón de sastre de todas las tentaciones existentes en el mundo vitivinícola español.



Señor ministro, me gustaría que en su réplica me pusiera algún ejemplo práctico de su utilidad, de diferencias básicas entre los dos niveles, lógicamente actuando seriamente, sobre todo de alguna aplicación en el sector. Es más que dudoso
el argumento que ha planteado usted anteriormente de que a los vinos descalificados de las denominaciones de origen pueden acceder los vinos de calidad de las regiones determinadas.
Ello es confuso.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Txueka, le ruego que concluya.



El señor TXUEKA ISASTI: Voy concluyendo, señora presidenta.



He mencionado anteriormente el criterio y la comunicación de la Unión Europea respecto a los vinos de mesa. Respecto a los vinos de pago, señor ministro, no es que no puedan ser los mejores, así lo van a percibir, así lo perciben tanto el
consumidor como el mercado, así se está vendiendo y se entiende que tengan que ser los vinos de más alta calidad y sobre todo que provengan de la línea de las denominaciones de origen y de las denominaciones de origen cualificadas mínimamente.



Existen otras consideraciones que no voy a exponer dada la brevedad del tiempo. Señor ministro, el problema fundamental de esta ley no es que se adopten medidas a favor de cierta liberalización de la comercialización del mercado, que
estaríamos a favor, y que con ello se abran mejores vías y oportunidades para las regiones excedentarias, sino que la adopción de estas medidas se haga de tal modo que para favorecerlas hipotéticamente sea a costa de perjudicar seriamente y
cuestionando el futuro de aquellas áreas vitivinícolas que con el trabajo de los viticultores, bodegas y consejos reguladores han conseguido calidad, notoriedad y seriedad en el mercado. Esta es la razón real para una postura abierta pero muy firme
y crítica del Partido Nacionalista Vasco y me atrevo a afirmar, como presidente y fundador en su día de una denominación de origen, que es la razón real, no la defensa de los intereses corporativos -como a menudo se ha querido hacer creer- de los
consejos reguladores, en concreto de los del ámbito de nuestra actuación política: denominación de origen Navarra, denominación de origen Rioja,


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denominación de origen Txakoli de Getaria, de Vizcaya y de Alava.



Finalizo indicando que nuestra posición ante esta ley, señor ministro, va a depender de la posición negociadora del Gobierno y del Partido Popular en el debate de las enmiendas.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Gracias, señor Txueka.



En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Centella.



El señor CENTELLA GÓMEZ: Señora presidenta, señorías, señor ministro, Izquierda Unida no ha presentado una enmienda a la totalidad no porque nos guste su ley, que no nos gusta, sino porque entendíamos que de producirse hoy una retirada de
la ley posiblemente ya no habría ley en esta legislatura, y lo prioritario es que tengamos una ley del vino que tanto se ha demandado en esta legislatura. Por ello nuestra intervención es contraria a la ley, pero entendiendo la necesidad de que
entre en vigor lo más rápidamente posible.



Queremos aportar algunas ideas en este debate de totalidad. En primer lugar, creemos que el principal objetivo de esta ley tiene que ser el productor y el consumidor. No podemos seguir viendo cómo los intermediarios son los que realmente
hacen el negocio y cómo al final la ley no protege al consumidor ni potencia al productor, porque mira más al intermediario que puede hacer el negocio que al productor y al consumidor. Se ampara una situación que genera confusión, porque para que
una marca pueda tener futuro y referencia de cara al consumidor puede depender en muchos casos de la capacidad de promoción y de hacer publicidad. No se busca la calidad sino -repito- en muchos casos amparar la publicidad. Es necesario que la ley
sea útil, efectiva y asumible por el sector. Estos son los objetivos que nosotros planteamos como inicio del debate.



La subcomisión parlamentaria hizo un buen trabajo, pero desgraciadamente el Gobierno no lo asumió con rapidez y hemos tenido que esperar bastantes años para empezar a debatir esta ley. Decimos con toda contundencia que del debate de la ley
va a depender el futuro. Si el debate se considera un mero trámite, si en uso de su mayoría absoluta el Partido Popular tramita la ley en veinticuatro horas sin aceptar ninguna enmienda y sin hablar con el sector, lo que es fundamental, habremos
hecho una ley que servirá al Partido Popular pero no a los agricultores y consumidores, que es a quienes tiene que valer. Si por el contrario hacemos una ley de consenso, puede ser útil y servirá para el futuro. Para ello hay una condición
prioritaria -aunque tenga que rebatir los gestos que hacía antes el señor Madero- y es que oigamos al sector, como lo hemos oído por ejemplo en la Ley de sanidad animal, con bastante interés y bastante buen resultado. Es importante que en la
ponencia y en la comisión oigamos lo que nos tiene que decir el sector para incluir sus aportaciones en la tramitación parlamentaria. Asimismo se debe abrir un debate para alcanzar un consenso entre todos los grupos y así mejorar esta ley que es,
como aquella ley para el campo andaluz, manifiestamente mejorable.



Todos los grupos hemos dicho que esta nueva ley es urgente y necesaria, que se justifica por la evolución y la actual situación del mercado vitivinícola, y que es fundamental porque somos miembros de la Unión Europea y nos regimos por una
normativa comunitaria que hace inviable mantener una ley que todos recordamos es de 1970. Por tanto, esta ley adquiere una tremenda trascendencia porque es en ese marco donde se va a desarrollar una actividad en el futuro, que por cierto hoy pasa
momentos muy difíciles, que necesita un cambio de política por parte del Gobierno y mucho mayor apoyo y atención. Tampoco queremos generar una falsa ilusión. Nadie puede creer que sólo con la aprobación de la ley va a cambiar radicalmente la
situación en el sector vitivinícola, ni mucho menos. La ley puede contribuir a mejorar la situación o a empeorarla, pero en ningún caso va a aportar las soluciones que pueden situar a este sector en teoría altamente competitivo pero en realidad con
graves problemas.



La ley del Gobierno no da respuesta, en primer lugar, al reto del consenso. Su presentación podía venir avalada por un mayor consenso. A pesar de haberse producido una sucesión de borradores, ésta no se ha acompasado con el pertinente
diálogo con todo el sector o por lo menos asumiendo lo que de forma más o menos general se plantea el mismo. A partir de ahí, entrando en el debate de la ley (repito que al ser de totalidad no hemos querido plantear cosas concretas, sólo el
compromiso del consenso y la participación en ese debate), voy a decir algunas cosas que pueden ser de interés en este inicio del debate.



Como han dicho otros portavoces, la ley es demasiado compleja y sobre todo crea demasiada confusión en muchos aspectos. No tiene contenido en determinadas cuestiones que son fundamentales para el sector y en otras una indefinición de
determinadas exigencias. Pueden dejar pasar una oportunidad que realmente es histórica porque se han necesitado más de 30 años para modificar la ley anterior. Estamos haciendo una ley para bastantes años, por tanto ha de tener una gran visión de
futuro. Este es el marco en el que tenemos que afrontarla. Nosotros creemos que es interesante la definición del vino como alimento natural, porque incide de forma positiva en el debate que hay en la sociedad española, incluso en la sociedad
europea, separando claramente su mal uso como elemento perjudicial para la salud. Esta definición del vino como alimento natural lleva consigo una exigencia para que en su tratamiento no deje de ser alimento natural. Desde esa óptica es importante
regular la promoción del consumo


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de una forma adecuada; que se aclare y se genere a la sociedad más que una cultura restrictiva una cultura de consumo responsable, que es lo que puede situar al consumidor, fundamentalmente a los jóvenes, en condiciones de no caer en un
consumo indebido, que es realmente donde está el problema cuando hablamos de vinos. En esta ley se plantean demasiados niveles de protección, lo que puede generar una tremenda confusión que puede ir en detrimento del reconocimiento de la calidad,
que es lo que se debe buscar, señor ministro, si puede seguir escuchando a este portavoz. El objetivo del mundo vitivinícola debe ser buscar la calidad porque es la mejor forma de hacer viable el futuro del sector. No hay que competir en precios
sino fundamentalmente en calidad, y todo lo que la ley aporte en beneficio de la calidad puede ser positivo para el sector en su conjunto. Por eso crear maraña y confusión no es bueno. Si el señor ministro me puede atender -repito- y dejar para
después los trámites de consenso, le diría que hay que seguir aumentando los niveles de protección de la calidad. Debe haber un control homogéneo en aras de que esa calidad quede garantizada y fundamentalmente un control público; debe ser
exclusivamente un control público el que garantice el interés general. Este debe ser el marco y el objetivo de la ley. En definitiva, es necesario que esta ley sirva para garantizar la puesta en marcha de un derecho vitivinícola con unos criterios
básicos. Le pedimos al señor ministro -agradeciéndole que por fin se digne a escuchar a este portavoz- que ejerza esa coordinación que muchas veces exigimos al Ministerio de Agricultura y que tantas veces no ejerce, para que el sector vitivinícola
pueda competir realmente en calidad, que es donde está el futuro. Además, no se deje llevar por la confusión, porque crear confusión, como creemos que hace la ley, va en detrimento de la calidad real. Se podrá hacer mucha publicidad y se podrá
generar mucha confusión, pero al final el consumidor elegirá la calidad y, si ahí no competimos, difícilmente podremos tener futuro en un mercado internacional cada vez más difícil, cada vez más competitivo y cada vez más confuso en cuanto a marcas
y a promoción.



Esta es una ley que no nos gusta, es una ley que Izquierda Unida no asumiría tal como está ahora mismo, pero junto a este rechazo a la ley expresamos nuestra voluntad -nuestra exigencia también- de que exista un consenso y un diálogo no
solamente con las fuerzas políticas, que también, sino fundamentalmente con el sector. El Grupo Popular debería asumir desde esta tribuna que se va a llamar al sector para que hable en la Comisión y que se va a dialogar con él, para que cuando
vengamos de nuevo a este Pleno a plantear las conclusiones y la ley en su forma definitiva pueda ser asumida por la mayoría de esta Cámara.



Muchas gracias. (Varios señores diputados: ¡Muy bien! ¡Muy bien!)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Gracias, señor Centella.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Companys.



El señor COMPANYS SANFELIU: Señora presidenta, señoras y señores diputados, señor ministro, hoy estamos absolutamente preocupados con el proyecto de ley que se ha presentado, y lo estamos porque el Parlamento de Cataluña, como se ha dicho
hace un momento, aprobó por unanimidad una ley sobre ordenación vitivinícola en el mes de mayo, y no sólo por unanimidad de todos los grupos parlamentarios sino por unanimidad del sector productor y del sector elaborador. Como usted sabe muy bien,
estas coincidencias no son fáciles pero en ese caso se lograron, y cuando en Cataluña hemos establecido un marco pactado entre todos usted nos presenta un proyecto de ley que puede -no digo que lo haga- dejar sin contenido una parte importante de la
ley catalana. Hace unos días estuve reunido con un importante grupo de empresarios del sector que me pidieron que nuestro grupo parlamentario se opusiese a cualquier normativa que modificase la ley que aprobó el Parlamento de Cataluña. Hoy, con la
admisión a trámite de este proyecto de ley, iniciamos un amplio debate que culminará con la aprobación de una ley que puede ser sensiblemente diferente a la que hoy ha presentado; eso, señor ministro sería bueno.



Desde nuestro punto de vista, la ley se debería modificar en dos líneas.
En primer lugar, habría que adaptarla a la realidad, por ejemplo, dejando claras las sanciones para evitar interpretaciones. En segundo lugar, desde el punto de vista
competencial, habría que asegurar que esa ley no va a invadir competencias de las comunidades autónomas. El primer punto del actual proyecto de ley está bastante descompensado. Estoy hablando, señor ministro, de las sanciones. Voy a poner dos
ejemplos. En el caso de una infracción muy grave, la actual propuesta de sanción es de 500 millones de pesetas -hablo en pesetas porque nos hacemos mejor la idea de lo que realmente representa-, mientras que la Ley de Aguas, la Ley de defensa de
los consumidores o la Ley de Sanidad tipifican una infracción muy grave con una multa de 100 millones de pesetas; estamos hablando de cinco veces más. Señor ministro, como mínimo tiene que entender que pongamos este tema encima de la mesa en el
marco del debate de las enmiendas para encontrar unas multas creíbles, porque si ponemos unas multas muy altas son muy difíciles de aplicar luego y si se aplican en empresas muy pequeñas lo que hacemos es cerrarlas. Este tema tiene que quedar muy
claro, sobre todo por la seguridad jurídica que deben tener todas las empresas. Le voy a poner otro ejemplo, aunque sea una anécdota, porque me ha hecho gracia. Una injuria a un empleado público encargado de la función de inspección se considera
una falta muy grave y puede ser castigada hasta con 500 millones de pesetas.



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Usted y yo, señor ministro, hemos tirado muchas injurias y no esperamos que les pongan 500 millones de pesetas. Es una anécdota, pero es un tema que tendremos que estudiar de forma detenida en el momento en que analicemos el proyecto.
También nos hubiese gustado, señor ministro, que la ley hubiese tenido un título de carácter fiscal, que sí es del Estado.
No voy a entrar en ese tema porque lo haremos en las enmiendas, pero le adelanto que lo consideramos positivo.



Por lo que hace referencia a las comunidades autónomas, usted sabe que, en este momento, esto está ampliamente regulado de forma comunitaria, ya que existen 116 normativas comunitarias sobre el vino. Señor ministro, usted, que es buen
conocedor de la realidad europea y que sabe que los reglamentos comunitarios tienen fuerza de ley en los Estados miembros, sabrá que en este momento el sector tiene en vigor 62 reglamentos, es decir, 62 leyes. A eso añadimos que en la exposición de
motivos del proyecto de ley el ministerio, que es el que hace la propuesta, reconoce que, en principio, las competencias en materia de agricultura, y por ello las relativas al cultivo de la vid y sus frutos, corresponden a las comunidades autónomas.
Eso lo dice el proyecto de ley, lo dice la Constitución y lo dicen los estatutos.



El apartado 4.º de la exposición de motivos dice que dado que esa materia se haya minuciosamente regulada por el derecho comunitario, dejando escaso margen a los Estados miembros para ejercer su potestad normativa.
Entiendo, señor ministro,
que aquí hay una contradicción. Si existe escaso margen de maniobra para poder ejercer su potestad normativa, ¿cómo pueden ampararse en el marco de esa ley, cuando el artículo 149.1.13.ª de la Constitución habla de planificación general de la
economía? Planificación general de la economía y escaso margen de maniobra son, como mínimo, dos expresiones que no se entiende que puedan casar.



Efectivamente, hay muchas sentencias del Tribunal Constitucional, demasiadas. Señor ministro, usted ha hecho referencia a algunas de ellas, pero yo le voy a citar otras que tal vez no coinciden exactamente con las suyas. Como consecuencia
del recurso de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno de Cataluña al Decreto 157/1988, referente a vinos de denominación, hay una sentencia del Tribunal Constitucional, cuyo fallo, entre otras lindezas, dice lo siguiente: Cabe preguntarse si
el Estado puede dictar normas generales que resulten de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas con competencias exclusivas. La respuesta debe ser necesariamente negativa -no lo digo yo, lo dice una sentencia del Tribunal
Constitucional-, puesto que por esa vía indirecta acabarían por uniformarse las competencias de las comunidades autónomas calificadas como exclusivas en sus respectivos estatutos de autonomía. Por tanto, la uniformidad del Consejo de Estado, en ese
caso, creo que iría en contra de una competencia clara y de un fallo del Tribunal Constitucional.



Continúa la sentencia diciendo: La intervención del Estado debe ser necesariamente subsidiaria del ejercicio autonómico de las competencias -en ese caso normativas- y no puede llegar hasta la sustitución de las mismas. Por tanto, señor
ministro, la sentencia deja claro que el marco competencial que nos hemos dotado es el de comunidades autónomas con capacidad de legislación propia, pero con leyes como ésa puede que se intente transformar esa realidad autonómica en una mera
descentralización, en cuyo caso nuestro grupo sería inflexible.



Por esos motivos, dando un voto de confianza y con la esperanza de que sea el propio Grupo Popular, el grupo mayoritario, el que sea capaz de reconsiderar esa propuesta, y así buscar un amplio consenso en el trámite parlamentario, no hemos
presentado enmienda alguna a la totalidad ni daremos nuestro voto a ninguna de las presentadas, pero debe quedar claro que nuestra posición de abstención a las mismas se basa en la confianza de que en otro trámite parlamentario se rectificarán
algunos de los temas que están encima de la mesa.



Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señoras y señores diputados.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Companys.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señor Isasi.



El señor ISASI GÓMEZ: Gracias, señora presidenta.



Señor ministro de Agricultura, señoras y señores diputados, hoy, por contra de lo que aquí se ha manifestado esta mañana por algunos portavoces, el Grupo Popular entiende que es un gran día para uno de los sectores agroalimentarios más
importantes de España, el sector de la vitivinicultura. Este grupo llevaba esperando casi diez años a que se presentara en esta Cámara un proyecto de ley que sustituyera al viejo Estatuto de la vid, la viña, el vino y los alcoholes de 1970, con el
que algunos portavoces parece que se sienten bien cómodos.



España es el primer país del mundo en superficie dedicada a la vitivinicultura, el tercero en producción de vino y el último país del mundo en rendimientos de kilos de uva por hectárea. Este sector aporta al PIB nacional cerca del 1 por
ciento, exporta en torno al 8 por ciento del total de las exportaciones agrarias y emplea a más de 500.000 personas repartidas por la práctica totalidad de las regiones españolas. Señorías, la viña y el vino forman parte de nosotros mismos, de
nuestra cultura, de nuestra forma de ser desde tiempos inmemoriales. Por ello, como recordaba hace un momento, ya desde 1932 se le dotó de un estatuto específico y todavía está en vigor el Estatuto de la vid, la viña, el vino y los alcoholes;
estatuto conocido como la


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Ley 25/1970, de 2 de diciembre, que justamente hace diez días cumplió 32 años. No sé si es una ley anticonstitucional, pero en todo caso sí preconstitucional, preeuropea y absolutamente incompatible con la legislación comunitaria y con la
Organización Mundial del Comercio. Es una ley redactada desde una situación política y económica absolutamente autárquica para un sector que nada tenía que ver con nuestra situación actual, en pleno siglo XXI, dentro de la Unión Europea y
compitiendo en este mundo globalizado.



Este grupo parlamentario, en la pasada legislatura, consciente de la importancia del sector en nuestro país y teniendo en cuenta el cambio acaecido en la situación competencial en materia agrícola en España, promovió la creación en este
Congreso de los Diputados de una subcomisión específica para el estudio y el análisis de la legislación vitivinícola.
Señorías -conviene recordar esto-, en aquella subcomisión, que tuve el privilegio de presidir, comparecieron más de 40
representantes de otras tantas organizaciones relacionadas con el sector vitivinícola español y, posteriormente, los grupos parlamentarios elaboramos, redactamos y debatimos las conclusiones, que fueron aprobadas por unanimidad. Señor Cuadrado, no
se puede venir a esta Cámara a mentir. (Rumores.) Fueron aprobadas por unanimidad, señor Cuadrado. No se puede venir aquí a mentir, mienta usted fuera de estas paredes. (Aplausos.) Aquellas conclusiones, señoras y señores diputados, sirvieron al
Ministerio de Agricultura como ejes básicos necesarios para la redacción de un proyecto de ley. Desde entonces, el propio ministerio ha ido presentando múltiples borradores de anteproyectos de ley a las distintas organizaciones profesionales
agrarias, productores, comercializadores, consejos reguladores, consejerías de Agricultura, hasta lograr armonizar un texto lo más consensuado posible.



Señorías, con la experiencia que uno tiene en esta Cámara, les puedo asegurar que no creo que exista un precedente de una ley con más diálogo, más reuniones, más propuestas, más sugerencias y más participación de todo aquel que haya tenido
algo que decir para ayudar a la redacción de este proyecto de ley. Se han mantenido centenares de reuniones, tanto en el Ministerio de Agricultura como de los propios grupos parlamentarios.
Por lo menos nosotros sí, señor Cuadrado; yo no sé si
usted vive al margen de la sociedad o al margen del sector.



El proyecto de ley de la viña y el vino que hoy debatimos forma parte de las reformas estructurales que está desarrollando el Gobierno popular a través de su política económica desde 1996, impulsando la liberalización de los sectores
socioeconómicos, eliminando trabas y dotando al mismo tiempo de nuevas y modernas herramientas legislativas. Por otra parte, el proyecto de ley que nos ocupa recoge las recomendaciones aprobadas en la subcomisión del Congreso la pasada legislatura.
Además, recoge las recomendaciones, como bien ha recordado el ministro, que unánimemente aprobamos en este mismo hemiciclo el 18 de febrero de 1998. Una de estas recomendaciones era que esta ley tenía que ser de carácter básico. Ya nos hemos
enterado aquí hoy -y que lo sepa el sector, señor Cuadrado, y se lo recordaremos otros- que usted no quiere que esta ley sea básica. Ese es el único mensaje, uno de los pocos mensajes que usted ha manifestado aquí.



Señorías, es una ley que ya en su título envía varios mensajes. Una ley que destaca el concepto de la viña en nuestro país y el del vino y elimina al mismo tiempo cualquier referencia al alcohol. Señorías, es una ley en la que además del
carácter básico destacan los siguientes principios. En primer lugar, alguien lo ha mencionado como uno de los ejes básicos de esta ley, es una auténtica revolución en el sector vitivinícola español, en el consumidor, en la sociedad y en definitiva
en el consumo del vino porque por primera vez en un texto legal se reconoce que el vino es un alimento propio de la dieta mediterránea y se promueve al mismo tiempo el consumo moderado, inteligente y responsable del vino.
Esto es una auténtica
revolución para el futuro del sector vitivinícola español, y si quiere lo reconocen, aunque el sector sin duda ninguna lo está reconociendo. Esta es una ley -y lo han citado ya SS.SS.- que prohibe la chaptalización en España. Ha sido mucha la
lucha que desde esta Cámara y desde esta tribuna hemos llevado a cabo muchos grupos parlamentarios contra la chaptalización del vino en Europa y en España, lo que definitivamente esta ley va a prohibir y ustedes no lo han reconocido. (Aplausos.) Es
una ley que va a prohibir también en España la mezcla de vinos tintos y blancos. Es una ley que impulsa la calidad de los distintos tipos de vinos de España y establece nuevos niveles de vinos protegidos. Es una ley que para impulsar la calidad,
efectivamente hace una implantación de nuevos tipos y categorías de vinos protegidos.
Es una ley que protege las denominaciones de origen como bienes de derecho y dominio público y que protege a los consumidores, que impone la veracidad y la
demostrabilidad en el etiquetado. Señoras y señores diputados, es una ley que establece -y es otro de los ejes fundamentales de cara al consumidor y de cara a tener credibilidad no solamente en los mercados interiores, sino en los exteriores- la
separación de funciones porque no se puede aguantar ni un día más una legislación de 1970 en la que la situación era la que era, en donde se confundía lo público y lo privado. Es una ley que reconoce al sector privado todas las competencias de
carácter privado y que reconoce las competencias normativas. En definitiva, es una ley que hace que el sector sea mayor de edad pero que al mismo tiempo impone la separación de la gestión de esa denominación de origen o de indicaciones geográficas
y las funciones del control de esas normas que se dan a sí mismos los propios operadores. Por último, es una ley que


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implanta un nuevo régimen sancionador y crea el Consejo Español de Vitivinicultura.



Todos estos principios básicos sin duda ninguna impulsarán la modernización y la mayor competitividad del sector vitivinícola español teniendo como ejes fundamentales la potenciación y la especificidad de las características propias
españolas de suelo, clima, prácticas agronómicas, rendimientos, elaboración y envejecimiento que, en definitiva, son el marchamo de calidad propio de vinos de España ante el resto del mundo. Todo ello unido al hecho histórico de que por ley se
considera el vino como alimento fundamental de la dieta mediterránea, sin duda con efectos beneficiosos para la salud, hará que a medio plazo se recupere el consumo moderado e inteligente del vino al menos en los niveles en que se encuentran otros
países productores como Francia. Este proyecto de ley, señorías, va a ser histórico y referencia durante las próximas décadas de este siglo XXI para la expansión y desarrollo del sector agrario más identificativo de España. En este sentido, y con
la venia de la presidenta, les ruego hagan un ejercicio imaginativo y brinden conmigo por el éxito de esta ley en beneficio del sector vitivinícola español.



Permítame, señora presidenta, que haga alguna referencia a la justificación de las enmiendas de totalidad que han presentado algunos grupos parlamentarios. El señor Labordeta hace algunas afirmaciones en el escrito que ha presentado ante el
registro de la Cámara que son absolutamente inadmisibles e intolerables que se puedan escribir. Ya sé que hay un escrito posterior dirigido a la Cámara, pero no de rectificación sino de borrarlo para que parezca que no lo ha dicho, pero está
escrito y no ha expresado que no está de acuerdo con lo manifestado anteriormente. No se puede decir que en el sector vitivinícola español hay un fraude generalizado. Ya tenemos experiencias suficientes en este país de esas irresponsabilidades y
las consecuencias por las que luego tiene que arrastrar el sector vitivinícola español. (Protestas.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Isasi, le ruego vaya concluyendo.



El señor ISASI GÓMEZ: Respecto a la enmienda del señor Vázquez, no estoy de acuerdo con lo que afirma de desprecio absoluto del Gobierno hacia el sector en el proceso de elaboración porque ya ha quedado dicho anteriormente que no habido,
por lo menos este portavoz lo entiende así en este momento, un precedente semejante de diálogo en este sentido.



En cuanto a la enmienda presentada por el señor Puigcercós donde habla de invasión de competencias y hasta de soberanía de la comunidad autónoma catalana, sobre todo en el régimen sancionador, le preguntaría: ¿está proponiendo someter a los
vinos producidos y elaborados en Cataluña a 17 regímenes sancionadores o está pretendiendo que los excelentes vinos catalanes solamente se comercialicen y se consuman dentro de la comunidad catalana? La verdad es que no lo entendemos. (Rumores.)


Por lo que se refiere a la enmienda presentada por el portavoz socialista, ya sabíamos que ustedes no quieren una nueva ley de la viña y el vino, ya lo manifestaron en aquella subcomisión en la pasada legislatura. No querían que el sector
vitivinícola siguiera teniendo el rango de ley en su normativa básica y ya sabemos también que durante los casi catorce años de Gobierno...



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Isasi, lleva consumido con exceso el tiempo. Debe concluir ya su señoría.



El señor ISASI GÓMEZ: Termino enseguida, señora presidenta. Sin embargo comprenda que tengo que hacer alusión a las descalificaciones que han hecho otros grupos. (Rumores.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Dentro del tiempo concedido, señoría.



El señor ISASI GÓMEZ: Decía, señoras y señores diputados, que ya sabemos que condenaron al sector vitivinícola a estar sometidos durante 14 años a una ley absolutamente antigua e ineficaz que nada tenía que ver con este tema. Ya sabemos,
señor Cuadrado, que hace un discurso aquí descalificador y si quiere con comportamientos rayando el carroñerismo, hasta personal. Ya lo sabemos, pero ya sabemos también y sepan SS. SS.
que no tiene nada que ver el discurso, señor Cuadrado, aquí
en esta tribuna con las enmiendas parciales que ha presentado a este proyecto de ley, enmiendas parciales que en su 50 por ciento son las enmiendas que le han pasado los industriales españoles vitivinícolas defendiendo los intereses de los
industriales... (Protestas.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Isasi, su tiempo ha concluido ya.



El señor ISASI GÓMEZ: Que está bien, pero que se sepa en este sentido.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Isasi. Termina ya, señor Isasi, su tiempo ha concluido.



El señor ISASI GÓMEZ: Termino...



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Termina ya, señor Isasi.



El señor ISASI GÓMEZ: Termino, señora presidenta, diciendo que este es un proyecto largamente


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esperado, un proyecto que la actual conferencia de consejos reguladores...



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Isasi, ha terminado su intervención. Muchas gracias, señor Isasi.



El señor ISASI GÓMEZ: Y termino, decía, solicitando el voto en contra...
(Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Isasi, su intervención ha concluido.



Muchas gracias


Señora Cunillera.



La señora CUNILLERA I MESTRES: Sí, señora presidenta.



Al amparo del 71.1, cuando se refiere a inexactitudes. No voy a entrar en juicios de valor porque lo más seguro es que no me la dé ni por ataques a este grupo parlamentario, la voy a pedir por inexactitudes.



Ha dicho el señor diputado que acaba de intervenir que en la subcomisión a la que ha hecho referencia tantas veces había habido unanimidad. Quiero que queden constancia, señora presidenta, y dejo a su interpretación cómo y de qué manera,
los ocho votos particulares que nuestro grupo parlamentario presentó a dicha subcomisión. Podría pedir que se leyeran, pero simplemente dejo a su interpretación los ocho votos particulares que nuestro grupo presentó con fecha 17 de diciembre de
1997.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señora Cunillera.



Queda constancia puesto que queda recogido en el 'Diario de Sesiones'.



Señor Isasi, ¿a efectos de qué artículo, señor Isasi?


El señor ISASI GÓMEZ: Señora presidenta, a los efectos de aclarar las inexactitudes que acaba de decir la señora Cunillera.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Isasi, no tiene ya la palabra.



El señor ISASI GÓMEZ: Las conclusiones, señora presidenta, se aprobaron por unanimidad. (Rumores.-Protestas.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Señor Isasi, no tiene la palabra. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


La señora PRESIDENTA: Sometemos a votación de manera conjunta las enmiendas de devolución presentadas por los diputados del Grupo Parlamentario Mixto señor Labordeta, señor Vázquez y señor Puigcercós, y por el Grupo Parlamentario Socialista
al proyecto de ley de la viña y del vino.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 294; a favor, 108; en contra, 162; abstenciones, 24.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



- PROYECTO DE LEY DE GARANTÍAS EN LA VENTA DE BIENES DE CONSUMO. (Número de expediente 121/000117.)


La señora PRESIDENTA: Debate de totalidad del proyecto de ley de garantías en la venta de bienes de consumo.



Para la presentación del proyecto de ley tiene la palabra el señor ministro de Justicia.(Rumores.)


Ruego ocupen sus escaños. (Pausa.)


Señor ministro.



El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Michavila Núñez): Señora presidenta, señorías, subo a la tribuna a presentar un proyecto de ley remitido por el Gobierno al Parlamento que supone sin duda un avance notable, un avance muy importante, un
avance, podríamos decir, en terminología empleada en la Unión Europea cuando se aprobó la directiva que esta ley traspone, revolucionario en el cuadro de las garantías y los derechos de los consumidores y usuarios en nuestro ordenamiento jurídico.



El proyecto de ley, cuando sea tramitado en las Cámaras y si éstas consideran que puede ser una ley, a partir del día siguiente de su aprobación nuestros consumidores y usuarios incrementarán de una manera extraordinariamente relevante sus
derechos ante quienes les venden los productos y ante quienes los fabrican. Se trata de respaldar con mayor solidez, con mayor eficacia y también con mayor amplitud, los derechos que los usuarios tienen cuando consumen. En definitiva la esencia de
la norma, que constituye la trasposición de una directiva comunitaria, se centra en que cuando un ciudadano adquiere un bien tenga la certeza de que el bien adquirido es exactamente conforme con lo que se le ha dicho que adquiere. Este es el núcleo
esencial de una norma que viene a innovar nuestro ordenamiento jurídico y nuestro cuadro de protecciones a los consumidores. Como digo se trata de trasponer una directiva comunitaria, la 1999/44, y quiero señalar en este punto que en el ámbito de
directivas en materia de justicia, en ese tercer pilar que en estos momentos se está desarrollando de una manera tan ágil, tan eficaz, con tantas iniciativas, la garantía y la protección de los derechos y de las libertades de los ciudadanos en el
ámbito de la Unión Europea, también en el ámbito del consumo, España es un país que se encuentra a la cabeza


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de trasposición de directivas comunitarias. Tan es así que en el Consejo de Barcelona se establecieron dos objetivos: el déficit cero para la trasposición de directivas con dos años de vencimiento y el déficit 1,6 por ciento para la
trasposición de directivas de comercio interior. Pues bien en materia de justicia se aprueba hoy en el Senado la trasposición de una directiva e inicia aquí su trámite la trasposición de una directiva que en todo caso nos permite estar cumpliendo,
antes de la primavera de 2003, el objetivo de déficit cero en la trasposición de directivas con más de dos años de retraso. Es decir España se encuentra en su conjunto en materia de justicia entre los primeros países de la Unión Europea en la
agilidad, en la eficacia en la trasposición de directivas comunitarias. Y singularmente la directiva comunitaria que en forma de proyecto de ley hoy iniciaría su andadura en la Cámara si no tiene el obstáculo de que fueran aprobadas, cosa que dudo
mucho, las enmiendas a la totalidad, es decir si hoy la Cámara da el voto a que inicie su andadura parlamentaria el proyecto de ley, estaríamos entre los seis países de la Unión Europea que ya están trasponiendo la directiva porque son 15 los países
de la Unión Europea que todavía no han iniciado la trasposición de esta directiva.



Como digo el proyecto es trasposición de una directiva; pero va más allá, va más lejos en la garantía de los derechos de los consumidores que la propia directiva. Supone una mejora sustancial en cuanto a los requisitos o criterios
establecidos por la propia directiva, siempre en beneficio de los propios consumidores. El proyecto que mejora la propia directiva en beneficio del consumo ha merecido, después de un largo proceso de consulta y de diálogo, informes favorables del
Consejo de Estado, del Consejo de Consumidores y Usuarios, de las comunidades autónomas (de las que han tenido a bien informar), del Observatorio de la Distribución Comercial, de la Asociación Estatal de Educadores Sociales, de la Confederación de
Consumidores y Usuarios.



Interesa destacar lo que dice el Consejo de Consumidores y Usuarios en torno al proyecto de ley que hoy se presenta. El proyecto legislativo -y cito literalmente- se ve con un tono de celebración, ilusionados por la futura entrada en vigor
de la ley y por el importante avance que la misma va suponer en orden a garantizar y en orden a ampliar los derechos de los consumidores y usuarios. No podemos más que apoyar la ley sin ninguna duda. Y cito literalmente su engarce con la Ley
26/1984: Constituirá, sin duda, un eficaz instrumento en mejorar la defensa y garantía de aquellos derechos. Esta opinión, este sólido respaldo del Consejo de Consumidores y Usuarios, al que va unido el respaldo de las distintas asociaciones, es
el mejor aval que un texto de estas características podía traer ante SS.SS, ese aval de quienes viven la realidad cotidiana del consumo, de quienes viven la realidad cotidiana de la defensa de los derechos y consumidores que manifiestan el
importante avance que la ley supone y la extraordinaria ampliación de derechos de los consumidores.



La esencia de la ley es garantizar que a partir de su entrada en vigor un ciudadano que adquiere un bien sabe que el bien adquirido es conforme a lo que se le ha dicho que va a adquirir. En este sentido, la ley supone más derechos, más
amplios, reconocidos durante más tiempo y, además, mejor garantizados. Más derechos en el sentido de que el ciudadano puede contrastar el bien que adquiere, no sólo con la calidad y la prestación habitual de ese bien, sino sustancialmente con la
naturaleza del bien adquirido y muy singularmente con lo que quien se lo ha vendido decía que consistía el bien, fuera por declaraciones propias, fuera por actos de publicidad o fuera por el propio etiquetado. Estos tres elementos de comunicación
entre vendedor y consumidor vinculan al vendedor y constituyen al consumidor en posición jurídica relevante para exigir del vendedor el cumplimiento de todo lo que dice la publicidad, de todo lo que se promete o todo lo que contiene el etiquetado.
Es sin duda éste un avance extraordinariamente importante, es constituir al consumidor en una posición fuerte, en una posición jurídicamente relevante, en una posición de amparo y tutela eficaz de la ley para que lo que se le dice que va adquirir
sea efectivamente lo que adquiere. A su vez, al consumidor se le otorgan, cuando hay disconformidad entre lo que se le dijo que iba adquirir y lo que adquiere, unos derechos de ejecución rápida e inmediata, derechos, además, inmediatos y flexibles.
Es este uno de los aciertos, no sólo de la directiva, sino uno de los aciertos que mejora sustancialmente el proyecto de ley que hoy presento ante la Cámara. En efecto, al consumidor que se ve defraudado en el bien que adquiere se le ofrece la
posibilidad de solicitar la reparación inmediata en un plazo razonable. Hay una enmienda de totalidad que reduce este derecho y lo establece en dos meses. Es evidente que hay bienes que deben ser reparados al día siguiente y no a los dos meses.
Hay algunos artículos que como tarden dos meses en repararlos, mejor que no te lo repare nadie nunca. Se le deja al consumidor que opte también por la sustitución del bien, se le permite que negocie la rebaja del precio en función de la proporción
de prestaciones que el bien no le presta o, incluso, la posibilidad de proceder a la resolución del contrato. En esos casos, además, en que se opte por la sustitución, nuestra ley va mucho más lejos que la propia directiva y permite que el
consumidor se dirija no sólo a quien es el vendedor, que es lo que dice la directiva, sino que permite que el consumidor se dirija directamente al productor. En el caso de la sustitución además la ley establece una garantía extraordinariamente
importante y es que se haga sin ningún gasto para el consumidor, ni siquiera con los gastos de envío y en un plazo inmediato. A su vez, se establece también una garantía no sólo para el bien en sí mismo consumido, sino para la instalación que en su
caso fuera necesaria para que el


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bien adquirido funcione en debidas condiciones cuando es objeto de la venta no sólo el producto sino también la instalación, que requiere de elementos técnicos para que funcione adecuadamente.



Como ven, señorías, el proyecto de ley supone -y uso de nuevo la terminología comunitaria- un avance revolucionario, una mejora revolucionaria en garantizar los derechos de los consumidores. Y si son más los derechos que tienen los
consumidores a partir de la entrada en vigor de esta ley, también es más largo el tiempo en el que se puede ejercer. Saben SS.SS. que esta Cámara aprobó el 15 de enero de 1996 un texto de ley que es el que establece en este momento un periodo de
seis meses de garantía. Pues bien, el texto actual multiplica por cuatro el periodo de garantía, de tal manera que a partir de que se apruebe la ley serán dos años los que tenga cualquier consumidor de cualquier bien de consumo garantizado que el
bien que ha adquirido responde a lo que se le dijo que adquiría, que funciona correctamente y que presta satisfactoriamente aquel servicio para el cual fue adquirido. Ese multiplicar por cuatro el tiempo vigente de protección es, sin duda, un
avance importante, pero también lo es ampliar el tiempo en el que el consumidor puede reivindicar jurídicamente, exigir judicialmente la tutela de sus derechos. Ahora se amplía a tres años el tiempo para ejercitar la acción, tres años desde que se
produce el deterioro del bien o desde que se manifiesta que el bien no corresponde con lo que se le dijo que consumía y, en todo caso, tres años desde que finalizan los dos años de garantía. Si son más los derechos por más tiempo, también estos
derechos están mejor garantizados. El texto de la ley establece que estos derechos son irrenunciables para el consumidor. Estamos hablando de consumidores que adquieren productos que a veces cotidianamente se venden en masa; estamos hablando de
contratos en los que la letra pequeña es extraordinariamente importante y para evitar que la letra pequeña vacíe de derechos al consumidor, para evitar que contratos anejos al contrato principal puedan privar de derechos al consumidor, es por lo que
la ley establece que los derechos que se fijan en la propia ley son absolutamente irrenunciables. Y no sólo son irrenunciables, sino que resultan ilimitables en todo caso por el comprador, de tal manera que cualquier cláusula limitativa de los
derechos del consumidor que pretendiera introducir el vendedor devendría en nulo de pleno derecho, a tenor del artículo 6 del Código Civil. La nulidad de pleno derecho, que es la sanción más contundente, más enérgica que el ordenamiento jurídico
tiene en cualquier relación contractual, es la primera vez que se introduce con tanta eficacia en la defensa de los consumidores para cualquier pretensión de limitar sus derechos.



A su vez la ley prevé las acciones de cesación y la ley prevé también, en un modelo que antes denominaba como extraordinariamente garantista pero también flexible, la posibilidad de adicionar una garantía comercial que mejore los criterios
de la propia ley que permite que el vendedor sea más competitivo ofreciendo más garantías al consumidor, pero a su vez permite que el consumidor sepa exactamente cuáles son esos elementos, ese plus competitivo, obligando al vendedor a que esa
garantía comercial esté en documento escrito y obligando a una transparencia en el contrato.



La ley que viene a modificar el artículo 1484 del Código Civil, la Ley general de la defensa de consumidores y usuarios, y la Ley de ordenación del comercio minorista, aprobado en el año 1996, es un extraordinario avance. Es por esto,
señorías, por lo que solicito el voto en contra de las enmiendas de totalidad, para que pueda iniciarse un trámite parlamentario que se desarrollará con el estilo con que trabaja este Gobierno, y por tanto el Ministerio de Justicia: el estilo del
diálogo.
Este proyecto se ha hecho dialogando con todas las asociaciones de consumidores y usuarios, escuchando criterios jurídicos como el del Consejo de Estado, escuchando a las federaciones españolas de consumidores y a las comunidades
autónomas. Si hoy supera las enmiendas de totalidad, su trámite estará presidido por el diálogo, como he dicho.



Permítanme referirme brevemente a las dos enmiendas de totalidad que se han presentado. Una de ellas la presenta el Grupo Parlamentario Socialista, en un encomiable esfuerzo por presentar un texto articulado que, sinceramente, señorías, no
merece tal esfuerzo. Si su voluntad es la de seguir protegiendo a los consumidores, el acierto parlamentario estaría en dar vía libre a la inmediata trasposición de la directiva y a que el Parlamento convierta el proyecto en una ley publicada en el
Boletín Oficial del Estado, que empiece a defender cuanto antes los derechos de los consumidores. El texto alternativo es básicamente igual al del proyecto de ley; hay algunas diferencias que podrían haber sido enmiendas, presentadas las cuales no
tengo ninguna duda de que el estilo abierto de diálogo y trabajo en común que practica el Grupo Parlamentario Popular permanentemente en esta legislatura permitirá dialogar sobre las que beneficien al consumidor. No se incluirían aquellas que
supusieran regresión y pérdida de derechos. Y es que el texto alternativo, en su ambición de incorporar a la directiva otros elementos de protección, desborda la directiva misma e incluso el dictamen del Consejo de Estado, que dice literal y
expresamente que esta directiva no puede alcanzar a los bienes inmuebles. Así, se carga todo el sistema de protección de los consumidores de bienes inmuebles, quizá por oportunismo, desde luego sin ningún sentido técnico, y con una falta de rigor
tan absoluta que le lleva a conseguir exactamente lo contrario de lo que seguro que pretendían las buenas intenciones de quienes lo han elaborado, que era mejorar las garantías del usuario.



Pues bien, resulta que, si se aprobara este texto alternativo, el consumidor de bienes inmuebles vería inmediatamente


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reducida la protección que le da en este momento la Ley 38/1999, de 15 de diciembre, aprobada en esta Cámara prácticamente por unanimidad. Una regresión tan brutal en los derechos de los consumidores de bienes inmuebles como la propuesta
por el texto alternativo es algo que no se ha meditado ni estudiado. El Grupo Parlamentario Popular, seguro que la inmensa mayoría de los grupos, y seguro que también el Grupo Parlamentario Socialista cuando vea con calma lo que ha escrito, no lo
apoyarán. No tiene sentido, señorías, que se establezca, por ejemplo, que sólo se protege al consumidor de viviendas cuando compra a un profesional de la venta de viviendas, cuando la inmensa mayoría de los compradores de viviendas a quienes
compran la vivienda no es a profesionales de la venta de viviendas, sino a un ciudadano titular de una vivienda que se la traslada a un ciudadano que no es profesional de la venta de viviendas.
Seguro que no ha sido deseo del Grupo Parlamentario
Socialista suprimir de un plumazo todas las garantías que nuestro derecho registral, hipotecario e inmobiliario, así como la Ley 38/1999, establecen en beneficio de quien consume productos inmobiliarios, pero sí es el resultado del texto del Grupo
Parlamentario Socialista.



El texto tiene, asimismo, cierta rigidez. La única forma de proteger bien a los consumidores es la que expresó el Consejo de Consumidores y Usuarios: buscar mecanismos que den respuesta idónea a cada problema concreto; es decir, que
acerquen la realidad de las soluciones a la realidad de los problemas. Si se introduce un exceso de rigidez resulta que estamos perjudicando al consumidor. Les pongo un ejemplo del texto alternativo. En el texto alternativo se establece la
rigidez de que la reparación habrá que hacerla en dos meses. Hay reparaciones que exigen que se hagan en una semana. ¿Por qué prohiben que en determinados sectores de consumo haya un límite para ese sector en el que la reparación se haga en esa
semana? Al establecer un plazo único, común, fijo y rígido de dos meses para todo tipo de bienes de consumo están limitando derechos en determinadas áreas en las que ya en estos momentos el derecho de reparación debe estar en las 24 horas. Hay
muchos bienes de consumo que si no se reparan a las 24 horas es mejor que no te los reparen nunca y por lo menos que te indemnicen. Estarán de acuerdo conmigo, señorías, en que esto es de sentido común. A veces, cuando uno tiene demasiada ambición
de presentar una enmienda de totalidad con texto alternativo y lo hace sólo para meter tres o cuatro enmiendas que se pueden debatir con toda normalidad en el trámite parlamentario, ocurren estas cosas, señorías, y esto es lo que le ha pasado a esa
enmienda de totalidad que ahora se presenta. Digo que es un encomiable esfuerzo por presentar algunas enmiendas; algunas se pueden admitir, pero la ausencia de rigor lo convierte en un instrumento en contra del propio usuario.



Señorías, sinceramente les digo que no tengo ninguna duda de que el Grupo Parlamentario Popular está abierto al diálogo para mejorar alguna cosa que se pueda mejorar. Pero lo que no tiene ningún sentido es aprovechar una ley clara, una ley
sólida, una ley que mejora la posición del consumidor, para introducir mercancías de todo tipo, con conceptos jurídicos absolutamente indeterminados que ponen en peor situación a los propios consumidores. Resulta que el texto alternativo, y aquí sí
que hay una gran diferencia, se salta a la torera todas las disposiciones europeas, se salta a la torera el dictamen del Consejo de Estado diciendo que la mejor garantía para el consumidor es centrarse en los bienes de consumo y hace un concepto
jurídico, que la doctrina llamaría indeterminado y que se podría llamar también un concepto jurídico absolutamente gaseoso, para incluir en la propia ley los bienes inmuebles, con el perjuicio que ya he señalado, pero también cualquier derecho. La
venta de cualquier derecho tiene las mismas garantías que la venta de un bien de consumo. Y como al final dice que cualquier derecho está amparado por esta ley, resulta que incluye el agua, el gas, lo que se suministra, esté o no envasado.
Señorías, saben ustedes que en el ámbito comunitario es precisamente donde los contratos de suministro tienen una tutela más específica, porque someter a una tutela común al régimen común de tutela del consumidor los contratos específicos de
suministro es hacerle un muy mal servicio al consumidor de los contratos específicos de suministro. Meter en el mismo saco el hecho de abrir el grifo o encender la luz que comprar bienes de consumo es, sin duda, un grave perjuicio para el señor que
consume agua, para el señor que consume electricidad, al que se debe tutelar con mayor eficacia, con mayor singularidad, con mayor contundencia y ampliando sus derechos. Si se someten esos contratos al régimen general volvemos, señorías, a
perjudicar al usuario.



Señorías, tengo la convicción de que el espíritu que preside el texto alternativo del Partido Socialista es un espíritu en el que coincidimos el Gobierno y la inmensa mayoría, por no decir todos los grupos parlamentarios de esta Cámara. Y
toda vez que coincidimos en ese espíritu, que es mejorar la protección del consumidor, hacer más sólidos los derechos de los consumidores, más eficaz y más ágil su protección, toda vez que coincidimos en los objetivos, no tengo ninguna duda,
señorías, de que también acabaremos coincidiendo en las herramientas y en los instrumentos. Es posible que alguna propuesta mejore el texto y en ese sentido la tramitación parlamentaria está exactamente para eso, para mejorar los textos. Si el
texto es mejorable, mejorémoslo, pero sinceramente, señorías, no puedo manifestar mi apoyo a un texto alternativo que, a fuer de ambicioso, ha acabado perjudicando el propio objetivo que pretendía.



Señorías, creo que queda suficientemente expuesto que este proyecto de ley supone un avance extraordinariamente


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importante en la defensa de los consumidores y usuarios, que va más lejos de lo que marca la propia directiva y que además España es pionera en celeridad en la trasposición de directivas comunitarias. Estoy convencido de que SS.SS.
colaborarán en una ágil tramitación parlamentaria para que cuanto antes los consumidores vean eficazmente reconocido en nuestro ordenamiento jurídico vigente este conjunto de derechos que supone el proyecto de ley.



Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor ministro.



Para la defensa de la enmienda de totalidad con texto alternativo, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Navarrete.



El señor NAVARRETE MERINO: Señora presidenta, señorías, en primer lugar, quiero responder a alguna de las afirmaciones en este new look parlamentario que está caracterizando esta mañana a las actuaciones de los ministros en relación con las
enmiendas de totalidad. Quiero responder porque resulta obligado por cortesía y por la recuperación de la verdad y deshacer alguno de los vicios ocultos que se contenían en las afirmaciones del señor ministro de Justicia, que no puedo atribuir a su
conocimiento jurídico doble, por su eminente condición de jurista y por su condición de ministro de Justicia, pero que por ello resultan más insoslayables las respuestas. Ha dicho que España, el Gobierno español madruga mucho en la trasposición de
las directivas. Y como tal ministro de Justicia no debiera ignorar que la Audiencia Nacional ya ha condenado en alguna ocasión a España por los perjuicios irrogados a los consumidores en la trasposición concretamente de una directiva: la relativa
a la multipropiedad en los bienes inmuebles. El Gobierno español fue sancionado por los perjuicios que irrogaba a los consumidores y, en este caso concreto, la directiva llega a la Cámara -no su entrada en vigor- con un retraso notablemente
eminente. Por tanto, si nosotros somos madrugadores, a los otros Estados que van más retrasados que España no sé cómo calificarlos.



Ha citado S.S. el informe favorable del Consejo de Consumidores y Usuarios. Me sorprende esta cita porque las personas que hemos intervenido en la elaboración de esta enmienda a la totalidad, presentada por el Grupo Socialista, hemos
tenido en cuenta muchas de las sugerencias que se contenían en el informe de los consumidores y parece que usted no ha leído el primer párrafo de este informe, donde se hace referencia a este retraso ni tampoco un segundo párrafo donde se puede
interpretar que el contenido de la directiva se introduce con calzador, generando una visión desordenada y precipitada de una legislación propia en una materia que es novedosa y de reciente introducción en nuestro derecho.



Nuestras enmiendas se han basado, igualmente, en los informes del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social de la Unión Europea. Tengo que salir al paso de lo que ha manifestado el señor ministro en el sentido de que empobrecemos,
con el plazo de dos meses, la directiva en cuanto al plazo de reparación que establece el proyecto del Gobierno. Nada de eso; al contrario, lo enriquecemos, porque lo que era un concepto jurídico indeterminado, que será rápida la reparación en un
plazo razonable de tiempo, nosotros lo hemos matizado, colocando el sustantivo en dos meses y añadiendo como adjetivo el concepto jurídico indeterminado. Es decir, un plazo orientativo de dos meses, a no ser que, por la naturaleza de la reparación
a efectuar, sea conveniente ampliar o reducir este plazo. Yo no sé por qué eso se ha ocultado; seguramente por el apresuramiento, no quiero pensar que por el sectarismo con que se haya leído nuestro texto articulado.



Me alegro que haya sido el ministro de Justicia y no la ministra de Sanidad y Consumo el que ha intervenido en esta materia porque quiero hacerle un reproche, señor ministro. Yo soy de los que consideran necesaria la existencia cuanto antes
de un gobierno mundial, pero entiendo que la existencia de un gobierno supraestatal no tiene por qué ser un gobierno uniformador; es decir, en la medida en que el proceso de polarización mundial aumente, es más conveniente que nunca la conservación
de los rasgos que atribuyen una fisonomía peculiar a los distintos países y por tanto también a los distintos ordenamientos jurídicos nacionales. Voy a poner, y en lo que yo pueda mi grupo pondrá también, todas sus energías en la conservación de
aquellos rasgos característicos del ordenamiento jurídico español, con el mismo ahínco con que los foralistas defienden la supervivencia del derecho foral. ¿Por qué se recurre aquí a una figura extraña que puede ser perfectamente compatible con un
principio general de nuestro derecho de obligaciones y de contratos? ¿Por qué se sustituye lo que es el principio de cumplimiento por el principio de conformidad? Ya tuvimos ocasión de manifestar en la transcripción de la Directiva de marcas que
nos parecía que era lamentable que se hiciera almoneda del rótulo de establecimiento, y aquí se hace almoneda del principio de cumplimiento de los contratos.



En cuanto al ámbito de aplicación, señor ministro, era una necesidad que ustedes como Gobierno debieran de haberse planteado armonizar por lo menos los elementos más chirriantes del ordenamiento jurídico en materia de protección de
consumidores y en materia de regulación del Código Civil. Me refiero a que si se examinan las disposiciones vigentes sobre inmuebles, podemos encontrarnos con la sorpresa de que el plazo de tres años de prescripción que hay en esta directiva es
superior al que se da para el saneamiento de los vicios ocultos en los inmuebles y, de otra parte, señor ministro, de ninguna manera en nuestro texto articulado se pretenden derogar las disposiciones específicas; por el


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contrario, se dice en el artículo 2.º de nuestro texto articulado que estas disposiciones sobreviven, se aplican con preferencia. La ventaja con esta nueva reestructuración de la legislación en este punto que nosotros hemos hecho es que se
aplicarán los preceptos más favorables que se contengan en la legislación de consumidores; dicho de otra manera, nosotros nos hemos anticipado en tres años a la armonización que ustedes previenen en una de las disposiciones finales.



¿Por qué incluimos el agua, el gas y la electricidad? Porque no les podemos hacer el juego a los lobbies que consiguieron que no fueran tenidas en cuenta las opiniones del CES europeo ni del Consejo de consumidores. Por consiguiente,
nosotros hemos incluido las compraventas, los suministros, la prestación de servicios y actividades, el agua, el gas y la electricidad. Incluso hemos incluido las subastas judiciales, señor ministro, por una razón que usted comprenderá
perfectamente: porque no están excluidas del saneamiento de vicios ocultos las subastas judiciales; si no, compare usted lo que dice el proyecto del Gobierno y lo que dice el artículo 1.489 del Código Civil.



Naturalmente, al sustituir el principio de conformidad por el del cumplimiento del contrato hemos tenido que hacer un cambio terminológico en todos los artículos de nuestro texto articulado y hemos tenido en cuenta también algo que ni la
directiva ni ustedes tenían en cuenta: la posibilidad de que se compre un artículo conociendo un defecto con la rebaja del precio. Nos parece que la acción quanti minori, la acción de reducción del precio, no se puede aplicar dos veces, una
primera en la rebaja del precio y una segunda alegando que el objeto que se había comprado con una disminución del precio padece un defecto para obtener una segunda rebaja del precio. Proteger al consumidor, sí, pero proteger el abuso de derecho,
nunca jamás.



Hemos ampliado la responsabilidad al que nosotros llamamos ofertante por los contenidos que se deslicen en los manuales de instrucción y no solamente en los de instalación, tanto por errores en estos manuales como por la redacción confusa y
defectuosa que con mucha frecuencia tienen.
Incluimos no sólo los defectos manifiestos, sino también los que están ocultos, y vamos a una armonización con el Código Civil, que siempre conservará su carácter de derecho general.



Ampliamos el círculo de los responsables. El consumidor se puede dirigir contra el ofertante, contra el fabricante o contra el productor y no por una vía excepcional, como ustedes y la directiva establecen, también contra el intermediario,
contra el distribuidor, el importador, el envasador y el interviniente en cualquier fase anterior del ciclo. ¿Cómo resolvemos el conflicto de intereses, que ustedes ni siquiera se han planteado? El consumidor se dirige contra quien le es más
próximo y contra quien le es más factible, y si el demandado o el reclamado considera que el defecto no le es imputable, en el caso de proceso judicial, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, éste puede llamar a la causa al
que considere responsable.



En cuanto al derecho de elección del consumidor entre reparación y sustitución, consideramos que no es justo dejar en la pasividad al vendedor. Es perfectamente compatible la primacía que debe de tener la protección de los derechos del
consumidor con el arbitraje de los conflictos secundarios de intereses que puedan surgir entre el reclamante y el reclamado. Por eso consideramos que el reclamado podrá alegar a favor de uno u otro medio, reparación o sustitución, que es más
ventajoso, que es más factible o que es mejor una elección distinta de la realizada por el consumidor.



Hemos eliminado -y espero de nuevo que su lucidez jurídica le haga comprender la razón que tenemos- la expresión bienes fungibles. ¿Por qué? Porque la expresión bienes fungibles tiene un significado, que es el que le da la Real Academia y
el que le da nuestro Código Civil, y otro distinto, que es el que le dan los juristas en sus conversaciones profesionales y el que le daba el Derecho Romano. Para el Derecho Romano, bien fungible era la característica de res quae pondere numero
mensurave constant, es decir aquellas cosas que pueden ser pesadas, contadas o medidas, que se venden al peso o se venden por metros. Eso no es lo que dice el Código Civil y está claro que los bienes intercambiables deben tener la posibilidad de
sustitución; los bienes no intercambiables no deben tenerla, porque no está en su naturaleza. Por consiguiente, donde ustedes ponían bienes fungibles, teniendo en cuenta la doctrina jurisprudencial, nosotros hemos puesto bienes intercambiables.



En materia de garantías, estamos en la era del comercio electrónico, pero ustedes no hablan de los soportes distintos de los documentales. Por consiguiente, nosotros precisamos que la garantía puede extenderse en cualquier idioma oficial en
el territorio donde se constituya la garantía -es decir en castellano o en la otra lengua oficial que pudiera existir- y que el soporte puede ser de naturaleza universal.



Sobre los puntos de conexión, al igual que con otros muchos conceptos jurídicos indeterminados que aparecen a lo largo de la directiva, hemos tratado de orientar al intérprete, de orientar al profesional y de orientar al consumidor. Por
cierto, se puede quedar tranquilo el señor ministro en cuanto a que nosotros no hemos privado a los consumidores en la compraventa de bienes inmuebles de la protección que le otorga la Ley de ordenación de la edificación, puesto que la consideramos
sobreviviente a esta nueva norma.



Voy a terminar diciendo que como la directiva tiene carácter de armonización mínima de norma de protección a los consumidores, según dicen los considerandos segundo y cuarto de la propia directiva que está en el eje de esta discusión, al
igual que ustedes la han ampliado en otros puntos, nosotros lo hemos hecho en una dimensión más ambiciosa intelectual y técnicamente.



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Por consiguiente, hemos procedido a ampliar esa protección porque hemos tenido dos buenos cañamazos previos, el de la propia directiva y el de la propia traducción, más que trasposición, que ha hecho el Gobierno.
Señorías, llevo suficientes
años en esta casa como para haber oído decir con demasiada frecuencia a los diferentes gobiernos que se han sucedido en sus actuaciones parlamentarias que la oposición no tiene alternativas.
Me gustaría que esa frase dejara de constituir un tópico
en los debates parlamentarios. En todo caso, señores diputados, aquí hay una alternativa más. Aprovéchenla, no sigan considerándose los miembros del grupo y del Partido Popular como el eje del bien, no caigan en aquella soberbia que los griegos
consideraron que era la civris que predisponía a los dioses a mandar la desgracia a los individuos que incurrían en ella.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Navarrete.



¿Turno en contra? (Pausa.)


¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Escuchadas todas las razones, tanto las que ha expuesto en la defensa del proyecto del Gobierno el señor Michavila, como ministro de Justicia, como las del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en la defensa de su enmienda de
totalidad, este diputado, portavoz del Grupo de Coalición Canaria, no encuentra una diferencia o una oposición de fondo en lo que se pretende. De una manera formal, se pretende trasponer una directiva.
Podrá haber desacuerdos en cuestiones muy
puntuales y concretas, si es complementaria de la de la Unión Europea o si es una directiva de mínimos y se pueden aumentar, cosa perfectamente discutible en los trámites de perfeccionamiento de todo proyecto de ley que trata de llevar a cabo la
incorporación al derecho español de las directivas de la Unión Europea.
En consecuencia, no hay esa discrepancia de fondo, por lo que mi grupo va a votar en contra de la enmienda de totalidad con texto alternativo que ha presentado el Grupo
Parlamentario Socialista y va a apoyar el texto del proyecto del Gobierno.



¿Por qué digo esto? Porque se trata de dar una satisfacción de fondo en un derecho que hoy reclama toda la ciudadanía, española y europea, la defensa de los derechos del consumidor, con unas concepciones que van mucho más allá de las
tradicionales del Código de Comercio, del Código Civil, de la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal o de las figuras de la estafa. Van más allá porque entran en un campo no sólo de protección de unos derechos tradicionales, como se contemplaban en
la figura de la estafa, incluso van más allá del lenguaje que se ha venido empleando, el clásico lenguaje comercial de vendedor y comprador. Aquí figuran el ofertante y el consumidor, y parece como si ofertante y consumidor fueran conceptos
distintos de los de vendedor y comprador. Esto está indicando un fenómeno, porque sí son distintos, en una serie de apreciaciones políticas que requieren un nuevo acervo, una nueva dotación jurídica para su defensa


Cuando comenzamos a andar en nuestra democracia parlamentaria y los gobiernos de la transición se enfrentaron con este primer fenómeno, ya en 1982, por el entonces Ministerio de Sanidad y Consumo, siendo ministro don Manuel Núñez,
parlamentario de grato recuerdo en esta Cámara, se promulgó el Decreto de bienes de consumo para que los usuarios y consumidores tuvieran una garantía en la calidad de los productos que adquirían. Se sigue avanzando en esta evolución legislativa y
nos encontramos -lo ha citado el señor Michavila- con la disposición que se toma el 15 de enero de 1996, con la Ley de ordenación del comercio minorista, y también se había aprobado la Ley general de defensa de los consumidores y usuarios. Hay que
trabar estas dos piezas, porque la Ley general de defensa de consumidores y usuarios es precisamente donde reside este nuevo concepto político y sociológico de que el legislador debe proteger a quien es mayoría en este mundo de la economía libre de
mercado, los consumidores, frente a los productores, porque estos consumidores se pueden encontrar en situaciones de indefensión ante determinadas prácticas de comercio, monopolista o no, mayoritario o minoritario, algo que vino a corregir dicha Ley
de defensa de consumidores y usuarios. Asimismo, la Ley de ordenación del comercio minorista vino a señalar los campos de derechos y obligaciones que tienen tanto los ofertantes, los vendedores, como los consumidores, entendiendo el concepto de
consumidor en un sentido amplio, que consumiera bienes muebles o bienes inmuebles.



Una vez que esa ordenación del comercio minorista viene a señalar esos deberes y esos derechos que van a tener ambas partes contractuales, otro de los aspectos que viene a cuidar esta directiva es cuando no haya una relación contractual
formal. A veces, en una economía libre de mercado, dinámica, no se puede exigir una relación contractual formal en las ventas ordinarias como un documento mercantil extendido ante la competencia notarial, registral o de agente de cambio y bolsa, o
entre cualquier vendedor y comprador que se obligan y reconocen cláusulas contractuales en un contrato de compraventa firmado adecuadamente en procedimiento y forma. Por tanto, hay que cuidar jurídicamente estos aspectos de la economía libre de
mercado cuando no hay documento contractual por medio, pero sí existen los derechos que tiene que tener el consumidor.



Nos parece acertado que, existiendo la directiva comunitaria, el Gobierno trate de trasponerla al derecho


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español para que se pueda aplicar. Mi grupo entiende, primero, que se ha hecho una buena trasposición y, segundo, que es necesario que en el derecho positivo y ejecutivo español aparezca esta nueva ley que va a atender precisamente a los
consumidores y usuarios, porque recoge una demanda expresada a veces a través de las asociaciones de consumidores y usuarios, como un cuerpo vivo de la sociedad civil que lo exige y merece que contemos cuanto antes con estas disposiciones.



Mi grupo responde positivamente al llamamiento que ha hecho el señor Michavila y vamos a dar nuestro apoyo con entera satisfacción, racionalidad y eficacia. Votaremos en contra de la enmienda a la totalidad, porque creemos que hay
cuestiones que se pueden corregir perfectamente en el trámite de ponencia o de Comisión, y apoyaremos la necesidad de que el ordenamiento jurídico español para la defensa de los consumidores disponga pronto de esta nueva ley.



Nada más y muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Gracias, señora presidenta.



Señor ministro, no le diré que el proyecto de tres años que nos ha presentado a mi formación política le parezca magnífico y ni siquiera que esté redactado con especial mimo, pero la verdad es que no hemos contemplado la idea de enmendarlo a
la totalidad. Creemos que ya llevamos retraso en la trasposición de la directiva de que se trata y, aunque el señor ministro parece encontrar cierto consuelo en que otros vayan peor, a nosotros nos parece un valor el que cuanto antes pueda llegar
al Boletín Oficial del Estado la iniciativa de la que ahora estamos hablando.



A la hora de trasponer esta directiva, la 199/44, al derecho interno se ha optado por hacerlo mediante un nuevo texto legal que modifique expresamente el artículo 8 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de consumidores y
usuarios, si bien en su disposición final segunda se habilita al Gobierno del Estado para que en el plazo de tres años pueda refundir en un texto único la citada ley y las normas de trasposición de otras directivas comunitarias, disposición a la que
más adelante me referiré.



El proyecto de ley, según declara su exposición de motivos, regula dos aspectos fundamentales: por un lado, el marco legal de la relación con los derechos reconocidos por la propia ley para garantizar la conformidad de los bienes con el
contrato de compraventa -la garantía legal- y, por otro, articula la garantía comercial que adicionalmente puede ofrecerse al consumidor. Sin embargo, la disposición transitoria única del proyecto de ley excluye -a nuestro juicio, de manera
incorrecta- del régimen de garantía comercial en él regulado los productos puestos en circulación -expresión que nos parece poco correcta- antes de la entrada en vigor de la citada ley. Entendemos que esta referencia a puestos en circulación, como
otras que hemos advertido a lo largo del texto legal, provocan inseguridad jurídica al introducir en la norma conceptos tan indeterminados. Por ejemplo, en la redacción de los artículos 6 y 7 se alude a un plazo razonable o sin mayores
inconvenientes para el consumidor y, en eso sí, coincidimos con quien ha intervenido en nombre del grupo enmendante a la totalidad en que debe establecerse algún plazo, por lo menos entendido como máximo. En el artículo 13 se hace referencia a
conexión o vínculo estrecho con el territorio de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, y también nos parece excesivamente ambigua la redacción.



Por otro lado, consideramos que esta iniciativa que trata de trasponer una directiva se ha hecho sin tener para nada en cuenta que el Estado que la traspone es un Estado compuesto, es un Estado en el que existen comunidades autónomas y el
Gobierno se arroga para sí todas las competencias, con absoluto y total olvido de las competencias que en materia de protección del consumidor y de comercio interior corresponden a las comunidades autónomas. Mi formación política, repito,
entendiendo que el texto tiene muchos defectos, ha presentado enmiendas -hasta 11, en un proyecto que tiene 13 artículos- y no todas ellas son competenciales, como podrá temerse sin duda el señor ministro, sino que son de corrección y de precisión
técnica en la medida en que creemos que el proyecto adolece de estos defectos.



Antes me he referido a la disposición final segunda en la que se habilita al Gobierno para refundir textos. Se hace de la manera más amplia de las permitidas por el apartado 5.º del artículo 82 de la Constitución, ya que es una autorización
para regularizar, aclarar y armonizar y no solamente para refundir. Eso es correcto, pero se hace en términos que nos parecen poco acordes con el criterio que se emplea en este precepto que he citado, ya que no se citan expresamente las directivas
que van a ser objeto de refundición, sino que se dice: aquellas dictadas que incidan en los aspectos regulados en ella. Otra vez estamos ante una imprecisión y por esta vía no sabemos cuántos textos van a querer ser regulados sin pasar por estas
Cámaras por la vía reglamentaria, por la habilitación que se le concede al Gobierno para hacerlo mediante decreto-ley. Mucho me temo que volveremos a tener entonces motivo para el lamento. Pero, bueno, cada cosa a su tiempo.



Esperando que tengan alguna receptividad nuestras enmiendas preferimos hoy apostar por que se siga con la tramitación de la norma.



Muchas gracias, señora presidenta.



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La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Uría.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Gracias, señora presidenta.



Señor ministro, señorías, por una vez, sin que sirva de precedente y sin duda sin la práctica y la soltura necesaria, voy a situarme en el fácil terreno del centro. En ese sentido quiero decirle, señor ministro, que sería bueno que rebajara
gran parte del triunfalismo de la intervención en la presentación y en la defensa de la ley. Es legítimo, como no puede ser menos, que el responsable ministerial haga un elogio. Sin embargo, aunque desde nuestro grupo entendemos que este texto -al
que luego nos referiremos- tiene muchas virtudes, también tiene una serie de defectos que esperamos sean corregidos en la fase de tramitación de enmiendas, tal como han manifestado otros portavoces que me han precedido en el uso de la palabra. Por
lo tanto, no es bueno, como decía, ese exceso de triunfalismo.



Desde el respeto y desde la más absoluta cordialidad, nosotros entendemos que el Grupo Parlamentario Socialista se ha excedido en el tema de la enmienda a la totalidad, porque si bien es verdad que existen notorias y notables deficiencias
técnicas, al entender de nuestro grupo parlamentario -que, por otro lado, es muy habituado a las enmiendas a la totalidad-, en este caso entendemos que es difícil engancharla y justificarla. Por tanto, estamos ante un documento que, a nuestro
entender, es ilusionante porque viene a llenar un hueco que garantiza los derechos de los consumidores. Esperamos que a lo largo de la tramitación parlamentaria se perfeccione. El señor ministro lo ha dejado claro, ha dicho que en aquello en que
el texto se pueda perfeccionar, están abiertos al diálogo y al perfeccionamiento. Por tanto, yo espero que salga bien. Pero por encima de que salga bien, de que se corrijan aspectos como los competenciales e incluso de la misma redacción
haciéndola mucho cercana y comprensible al ciudadano y a la ciudadana, de que se introduzcan una serie de mejoras, desde luego lo importante aquí es -de la misma manera que dijimos en el debate sobre la carta de los derechos del justiciable- la
implicación de las distintas administraciones públicas. De ahí también la importancia del reconocimiento de los marcos estatutarios y de las competencias estatutarias de las distintas comunidades autónomas. Es importante la implicación de las
administraciones públicas en la divulgación para un mejor conocimiento de los ciudadanos y de las ciudadanas, al fin y al cabo de los usuarios, de sus derechos; deben tener el conocimiento de que tienen esos derechos y cuáles son los marcos de los
mismos.



Señorías, señor ministro, también hay que recabar de las administraciones el apoyo a muchos de los casos, de las denuncias y de las quejas que se puedan producir. Existen situaciones donde es mucho más costoso todo el proceso de denuncia
que el montante del propio bien adquirido. Es ahí donde debería de haber una mayor implicación, un mayor papel tutelar y garantista por parte de las distintas administraciones.



Concluyo como empezaba. Creo que es un proyecto ilusionante, es un proyecto que garantiza los derechos de los consumidores. Todos tenemos distintas interpretaciones sobre la posición de la Organización de Consumidores y Usuarios. Las
reuniones que hemos tenido con ellos y los distintos colectivos lo han sido para plantear algunas diferencias técnicas para entender y valorar el marco general. Otros han entendido que no es así y también nuestros respetos hacia ellos. No
obstante, lo que nos llama la atención curiosamente es que la mayoría de las enmiendas que estamos recibiendo para corregir las leyes provienen de la patronal del sector, algo muy indicativo, y espero que sigan siendo ellos los molestos en este
sentido.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rejón.



Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Estoy seguro de que SS. SS. agradecerán una intervención muy breve como la que voy a hacer. Es extraño discutir a través de una enmienda a la totalidad la trasposición de una directiva y además fundamentalmente de carácter técnico. Ya he
podido hacer alguna referencia también en otra intervención de esta mañana a la necesidad en cualquier caso de procurar que la trasposición no sea pura y simple traducción, que sea también adaptación no sólo a nuestro sistema sino además a nuestro
lenguaje jurídico. La conformidad con el espíritu y finalidad del proyecto está, por tanto, bastante claro.



En la medida en que tenemos un texto alternativo, lo que habría que hacer también es contemplar cuál es el contenido de este texto. Debo decirles a SS. SS. Que, sin perjuicio de reconocer la buena voluntad y la finalidad del texto
alternativo, nos da la impresión de que introduce unos elementos de inseguridad jurídica de un calibre tal que hacen que sea un texto que en modo alguno pueda asumirse. Pretender en estos momentos regular a través de este proyecto, como se señalaba
anteriormente, no sólo los bienes muebles corporales sino también los inmuebles, no sólo los derechos sino además las prestaciones y los servicios, eso sí, con una cláusula que de alguna manera permite todo, que es decir: esta ley sería supletoria
de cualquier otra y, en todo caso, se aplicaría preferentemente cuando ofrezca mayores derechos a los consumidores, nos parece que no es un buen esquema legislativo. Hay algún otro


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defecto que tampoco querría entrar a considerar habida cuenta de las circunstancias de este momento, pero en cualquier caso no se trata sólo de que manifestemos nuestra conformidad con el espíritu y finalidad el proyecto, sino que el
proyecto es bastante mejor que el texto alternativo.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Silva.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, señor Bueno.



El señor BUENO FERNÁNDEZ: Gracias, señora presidenta.



Señorías, en el transcurso de las intervenciones ha quedado clara la postura de todos los grupos y, en particular, la exposición clara y el desarrollo que ha planteado el ministro en su intervención. A continuación, hemos visto la
intervención del portavoz del Grupo Socialista en la cual voluntariosamente ha intentado contestar al ministro, cuando yo entendía que lo que iba a hacer era defender su enmienda a la totalidad. También nos ha sorprendido un poco una enmienda a la
totalidad a una trasposición de una directiva, cuyo planteamiento tiene poco sentido a no ser que sea para complementarla de alguna manera, y en ese aspecto se han planteado las intervenciones de todos los grupos.



Por tanto, para no alargar la situación más puesto que las posturas están bien definidas, nuestro grupo va a votar en contra de la enmienda a la totalidad del Grupo Socialista y está de acuerdo con lo manifestado por el señor ministro en su
intervención en cuanto a la apertura del diálogo para el posterior tratamiento de todos los artículos, dejando abierta la posibilidad de llegar a un entendimiento en todo aquello que sea posible.
Y quiero dejar claras tres cosas. La primera
-redundando en lo que antes comentaba-, no podemos modificar una directiva comunitaria al hacer la trasposición. Podemos incrementar, podemos complementar, pero no modificar. El segundo punto es que dentro de la enmienda a la totalidad del Grupo
Socialista se incorporan dos cuestiones que se excluyen de la propia directiva, el tema de los bienes inmuebles, agua y gas. Estábamos haciendo algo que no se correspondía con lo que es una trasposición, a pesar de la buena voluntad del ponente del
Grupo Socialista en este aspecto.



Por tanto y para terminar, solamente decir que participaremos con esa postura de diálogo y con ese espíritu de diálogo y de entendimiento que también se ha manifestado por el señor ministro, en todo el transcurso de los debates posteriores,
y ahí nos remitimos con todos los demás grupos para tomar las decisiones oportunas, e indudablemente encontrarán en el Grupo Popular la mejor voluntad de llegar a entendimientos para mejorar si es posible el texto que ha presentado el Gobierno.



Con nuestro voto en contra ya anunciado, muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Bueno.



Sometemos a votación la enmienda a la totalidad con texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario Socialista al proyecto de ley de garantías en la venta de bienes de consumo.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 248; a favor, 81; en contra, 166; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada la enmienda a la totalidad con texto alternativo.



Se levanta la sesión.



Eran las dos y cuarenta minutos de la tarde.