Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 869, de 12/11/2003
PDF




CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2003 VII Legislatura Núm. 869

ECONOMÍA Y HACIENDA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTIAGO LANZUELA MARINA

Sesión núm. 91

celebrada el miércoles, 12 de noviembre de 2003



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (Número de expediente 121/000174.) ... (Página 27592)


Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre el proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (Número de expediente 121/000174.) ... (Página 27592)


Página 27592



Se abre la sesión a las cuatro y treinta y cinco minutos de la tarde.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL. (Número expediente 121/000174)


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.



El primer punto del orden del día es la ratificación de la ponencia designada para informar de la siguiente iniciativa legislativa. Proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social. ¿Se ratifica la ponencia?
(Asentimiento.) Queda ratificada.



EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL. (Número expediente 121/000174)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al segundo punto del orden del día: emitir dictamen sobre el mencionado proyecto de ley. De acuerdo con los portavoces, haremos cuatro bloques: en primer lugar, el título I; en segundo lugar, los títulos II
y III; en tercer lugar, los títulos IV y V, y en cuarto lugar, el resto.



Para la defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al proyecto de ley, tiene la palabra el diputado señor Bel.



El señor BEL I QUERALT: La primera cuestión que se puede destacar con respecto al título I de esta ley de acompañamiento es que, a diferencia de otros años, la sobrecarga de modificaciones en el sistema impositivo es bastante menor, lo
cual, desde la oposición, siempre es de agradecer al Gobierno. Es de agradecer que lo que es normal pase, porque hemos llegado a este punto, pero como lo que es normal no siempre pasa, este año estamos contentos de que este título I no se haya
convertido en una catarata de modificaciones normativas.



En relación con las enmiendas presentadas por mi grupo -lógicamente, no voy a detenerme en todas y cada una de ellas por mor de la brevedad-, quería señalar con un carácter muy específico cuatro de ellas porque creemos que de su aprobación
se derivaría una mejora sustancial tanto de líneas de investigación en universidades y otros centros de investigación como en la aplicación del IVA; un IVA más justo para los contribuyentes, sobre todo los de rentas medias y pequeñas, y también
para las administraciones locales.



Nuestra enmienda al artículo 2, sobre porcentajes de deducción en gastos de investigación, propone un aumento de los porcentajes de deducción de los gastos de investigación en el impuesto sobre sociedades. Nosotros hemos dicho en
determinadas ocasiones que nuestro grupo no es partidario de reducciones generalizadas e incondicionadas de la presión fiscal en el impuesto de sociedades porque creemos que esta estrategia, si alguna vez tuvo sentido, lo ha agotado. En cambio sí
somos partidarios de enfatizar el tratamiento fiscal de algunos gastos muy específicos, como los de investigación e innovación, puesto que se dirigen a intentar rellenar la brecha que en estos momentos tiene la economía española de forma muy acusada
en materia de productividad y de competitividad. De ahí nuestra enmienda para aumentar los porcentajes de deducción en gastos de investigación.



En materia de IVA, realizamos diferentes propuestas al artículo 6, y voy a señalar específicamente tres. En primer lugar (esto ya lo propusimos el año pasado, pero no fue aceptado), la aplicación de un IVA superreducido de las viviendas de
protección oficial. Nosotros creemos que una buena forma de promover el acceso a la vivienda de aquellos españoles y españolas que tienen más dificultad para ello es reducir la carga tributaria que establece la Administración sobre la adquisición
de viviendas; sin duda alguna, a la adquisición de viviendas de protección oficial es a la que se dirigen estos sectores con menor facilidad para el acceso a la vivienda. De ahí nuestra propuesta de aplicación de un IVA superreducido en materia de
vivienda de protección oficial.



En segundo lugar, proponemos, al igual que hicimos el año pasado, el cumplimiento de una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia del IVA, la prorrata del IVA en las subvenciones en general; en particular nos
preocupan las subvenciones que recibe el transporte público. Las administraciones locales están perdiendo recursos para servicios esenciales y preferentes, como es el del transporte público colectivo en virtud de la aplicación de una norma de
prorrata que ya incluso las instituciones europeas han considerado inadecuada en el marco europeo. Por ello presentamos otra vez la enmienda, aunque no creemos que vaya a ser aceptada.



La última enmienda a la que quería hacer una alusión específica plantea una aplicación del tipo superreducido del IVA a los bloques básicos de consumo doméstico de los servicios de telefonía fija, agua, gas y electricidad. Estos cuatro
servicios (telefonía fija, gas, agua y electricidad) son el núcleo de habitabilidad, de salud y de comunicabilidad de las familias españolas y están soportando en general unos tipos de IVA muy elevados. Nosotros creemos que las reducciones fiscales
han de ser ciertas y han de beneficiar a aquellos que menos se benefician de reducciones que se han realizado en alguna ocasión como en el impuesto sobre la renta, aunque hablar de reducciones fiscales bajo el Gobierno del PP es complicado, porque
acabamos como en la doctrina Gallardón: digo que no los subo,


Página 27593



pero los sigo subiendo. ¿Sabe a qué me refiero? Al asunto del señor Gallardón que, después de haber hablado con el señor Rajoy, dice que retira el único aumento de impuestos que legalmente era imposible empezar a aplicar el año que viene y
que por tanto no iba a provocar ningún efecto concreto, manteniendo los otros ocho aumentos de impuestos que se han aprobado en el Ayuntamiento de Madrid. El señor Gallardón ya está en la ortodoxia fiscal del PP. El PP dice que baja los impuestos
pero en la práctica los sube. Nosotros desearíamos que en algunas ocasiones estas reducciones de impuestos tuvieran una especial incidencia en las familias de clase media y de rentas más bajas. Por ello planteamos estas propuestas sobre impuestos
indirectos.



Como había dicho, no voy a extenderme más porque sería demasiado largo hacer alusión a cada una del resto de las enmiendas planteadas a este título y, por tanto, las doy por defendidas.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra su portavoz, señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ha presentado a este título I del proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social alrededor de 87
enmiendas, que van orientadas básicamente a modular, complementar e incorporar algunas medidas orientadas básicamente a todos aquellos aspectos que hacen referencia a la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, a la Ley del impuesto
sobre sociedades y a la Ley del impuesto sobre el valor añadido.



Después de escuchar atentamente las manifestaciones del actual secretario general del Partido Popular y futuro candidato a la presidencia en las próximas elecciones del mes de marzo del año 2004, pensamos sinceramente que si es verdad que el
Gobierno del Partido Popular piensa incorporar una serie de medidas para la próxima campaña electoral, teniendo en cuenta que algunas de las medidas que piensan proponer todavía están pendientes de poder complementarlas, todavía están pendientes de
ciertos compromisos que se han adquirido en la Cámara, valdría la pena que los diputados del Grupo Popular estuvieran atentos a los planteamientos que hemos hecho desde Convergència i Unió porque algunas de nuestras propuestas coinciden con las
propuestas que ellos han planteado para la futura campaña electoral. Lo más justo, lo más razonable, lo más objetivo sería aprovechar este trámite parlamentario para incorporar estas enmiendas que nosotros hemos presentado, que van orientadas
básicamente a hacer justicia en aspectos sociales, tanto a viudas como a jubilados o minusválidos -hay un cierto compromiso para que fueran aprobadas en este periodo de sesiones-, así como también a impulsar medidas que favorezcan la economía
productiva o para que los jóvenes que quieran adquirir viviendas o quieran independizarse de sus familias puedan adquirirlas a unos precios módicos razonables. Por ello, en mi intervención defenderé, de las 87 enmiendas presentadas, solamente las
más importantes a mi juicio, dando el resto por defendidas, puesto que ya tendremos tiempo en el trámite del Pleno del Congreso de los Diputados para entrar en ellas con más amplitud.



Desde esta perspectiva, nosotros volvemos a presentar en este trámite parlamentario una enmienda que va orientada a hacer justicia a todas aquellas personas que han sido objeto de indemnizaciones públicas y que hubieran sufrido privación de
libertad o hubieran sido presos políticos durante la guerra de 1936 a 1939, en el sentido de que todas estas indemnizaciones que se hayan producido y que no hayan quedado incluidas en la Ley general de presupuestos del año 1990 puedan estar exentas
de tributación. Pensamos que esta es una cuestión de justicia, puesto que algunas personas han quedado excluidas de estas bonificaciones y otras, las que pudieron incorporarse en los requisitos de la Ley del año 1990, sí tienen bonificaciones. Por
tanto, nos encontramos con una situación injusta en la que unas personas determinadas, que sufrieron igual que las otras, gozan de esta exención y otras no. Sería interesante que el Partido Popular tuviera la sensibilidad de extender esta exención
a todas aquellas personas que se vieron privadas de libertad durante la época de la Guerra Civil española, que abarcó del año 1936 a 1939.



Dentro de este capítulo hemos planteado la exención de las prestaciones económicas que otorguen las comunidades autónomas a las familias con hijos menores de seis años y con personas dependientes. Así como también planteamos que los pisos
que vayan destinados al uso y alquiler de los ciudadanos españoles puedan gozar de unos precios más asequibles. También hemos planteado una enmienda, al igual que en anteriores ocasiones, que pretende que sean deducibles todas aquellas cantidades
destinadas a la rehabilitación total o parcial de viviendas, siempre que se destinen a arrendamiento de vivienda habitual. Asimismo, hemos planteado algunas cuestiones orientadas a incrementar las prestaciones sociales de las personas viudas. En
este sentido, planteamos la posibilidad de no acumular las pensiones de viudedad a las rentas tributables de las familias monoparentales por viudedad. También desde la perspectiva de mejorar aquellos aspectos que hacen referencia a posibilitar unas
viviendas de alquiler más justas y más asequibles para la renta de todos los ciudadanos, quisiéramos volver a introducir la posibilidad de la deducción del alquiler del impuesto sobre la renta de las personas físicas para todas aquellas personas que
opten por una vivienda de alquiler. También hemos planteado un incremento del mínimo personal para las personas viudas con hijos a cargo o con otras personas


Página 27594



que formen parte de su unidad familiar, incrementando la base imponible de 6.000 a 11.000 euros.



Voy a referirme ahora a aquellas enmiendas que contienen aspectos que hemos planteado a lo largo de esta legislatura. Desde esta perspectiva hemos vuelto a presentar la supresión del tipo fijo de retención del 35 por ciento para las
retribuciones percibidas por los administradores y miembros de los consejos de administración, para que dicho tipo fijo pueda calcularse de acuerdo con el procedimiento existente para las retribuciones de trabajo, de forma que si una empresa pequeña
factura una cantidad limitada, los administradores no puedan verse gravados con unos tipos que a nuestro juicio están totalmente descompensados.



En este capítulo volvemos a incidir en un aspecto que no ha quedado resuelto. Todavía no está suficientemente claro cuáles son los gastos de muestrario, sobre todo de compañías textiles y dedicadas a la moda, que pueden deducirse del
impuesto sobre sociedades y que hacen referencia a cuestiones de inversión en investigación y desarrollo. En este sentido, viendo la experiencia de este último ejercicio, los diferentes sectores nos han planteado una serie de enmiendas para que
puedan quedar perfectamente clarificados ante la Administración Tributaria todos aquellos aspectos que hacen referencia a estas deducciones y no vuelvan a producirse las incidencias tremendas que se han producido a lo largo de estos últimos cuatro
años, ya que muchas empresas han tenido que recurrir ante los diferentes tribunales de la Administración para poder defenderse de una serie de actas que se habían producido por parte de la Agencia Tributaria.



También hemos presentado algunas enmiendas que van en la dirección de clarificar toda una serie de deducciones que vienen a complementar -y casi me atrevería a decir a mejorar- una ley recientemente aprobada en esta Cámara, la Ley de
financiación de las haciendas locales, en cuanto hacía referencia a la eliminación del IAE. Entendemos, y lo mantuvimos en la defensa de dichas enmiendas en el trámite parlamentario correspondiente, que la cifra de ventas para que los pequeños
negocios quedaran exentos de la tributación del IAE era muy baja, el umbral estaba en un millón de euros, lo que está provocando disfunciones importantes en las diferentes localidades del Estado español, pues hay comercios que facturan hasta un
millón de euros y están exentos de la tributación, y al lado mismo de estos comercios hay otros que facturan un millón un euro y están sujetos a la tributación del IAE. Esta es una medida injusta, va en contra de la competencia y a esto hay que
sumar que los ayuntamientos, para que sus recursos financieros continúen con el mismo volumen que tenían antes de dicha modificación, no solamente no han incrementado la tributación del IAE para estos comercios, sino que hay ejemplos claros en los
que en determinadas ciudades españolas y negocios la han incrementado entre un 30 y un 40 por ciento. Asimismo, seguimos intentado, como es habitual en nuestro grupo parlamentario, incorporar un tipo reducido del impuesto sobre beneficios para
todas aquellas microempresas de reducida facturación, a fin de poder dotarlas de una solvencia financiera suficiente. Igualmente, pretendemos introducir la deducción por inversiones en activos fijos para todas aquellas empresas de reducida
dimensión.



Hemos vuelto a presentar una serie de modificaciones importantes para la deducción de la base imponible del IVA en todos aquellos supuestos de impago y morosidad. Y desde esta visión política hemos vuelto a incorporar algunos acuerdos
adoptados en este Parlamento, en el sentido de que antes de que finalice esta legislatura sea una realidad la aplicación del IVA superreducido a todas las viviendas de protección oficial. Esta moción fue presentada por el Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió) y aprobada por el Grupo Parlamentario Popular y el resto de fuerzas políticas, y las viviendas de protección oficial aún no gozan de la aplicación de un IVA superreducido. Entendemos que si se aplican tres o cuatro
puntos de diferencial en cuanto a la aplicación del IVA reducido, sin ningún género de dudas se posibilitará el acceso, estará más al alcance de todos los ciudadanos. Creemos que sería muy interesante que se pudiera aplicar un tipo superreducido
del IVA a todas aquellas viviendas que se vayan a construir y se destinen a la primera vivienda, lo cual beneficiaría básicamente a los jóvenes, ya que así podrían gozar de estos precios módicos. Todos los grupos estamos de acuerdo en que el precio
de las viviendas en España ha experimentado un aumento considerable en los últimos cuatro años, llegando a alcanzar incrementos entre el 70 y el 80 por ciento y entendemos que esta es una gran oportunidad de poder aplicar IVA superreducidos a todas
aquellas viviendas que constituyan la primera vivienda de nuestros jóvenes.



Finalmente, dentro de este capítulo del plan Renove de las motos -es una necesidad imperiosa, una demanda insistente de los fabricantes de motocicletas cuyas cilindradas se encuentran entre los 125 y los 250 centímetros cúbicos-, solicitamos
la implementación de un plan Renove para todas aquellas motocicletas que después de un determinado uso se dediquen a la chatarra y tengan que ser sustituidas por una nueva. Esta es una cuestión que ya hemos tratado reiteradamente a lo largo de esta
legislatura y pensamos que este debate presupuestario sería una buena oportunidad para aprobarla.



Estas son básicamente las enmiendas más importantes que nuestro grupo ha presentado a este título I y damos por defendidas el resto.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Martínez-Pujalte.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Pido disculpas por no ser el día en que me encuentre mejor,


Página 27595



pero aún así quisiera hacer algunos comentarios acerca del título I.



Decía el señor Bel que este año la ley de acompañamiento, en lo que se refiere al título I, no viene muy cargada de reformas normativas. A lo largo de la legislatura, mi grupo parlamentario ha hecho un conjunto de reformas fiscales muy
importantes, desde una reforma del IRPF, bajando la tributación a las familias, a los rendimientos del trabajo, a todos los tipos en todos los tramos, a la supresión del IAE, a un cambio en la Ley General Tributaria, etcétera. Este año, la ley de
medidas que ahora debatimos tiene pocas reformas acumuladas, pero sigue avanzando en la rebaja de impuestos. Este año, en la ley de presupuestos y en la ley de medidas se rebajan de manera real los impuestos de las pymes al no actualizarse los
módulos, lo cual supone una rebaja en términos reales a la imposición de las mismas. Además, hemos presentado algunas enmiendas, incorporadas en el trámite de ponencia, que iban en la dirección de mejorar la imposición de algunos colectivos
concretos, por ejemplo, de los investigadores y de los que reciben indemnizaciones por delitos de terrorismo, y algunas medidas para evitar el fraude, por ejemplo, la inversión del sujeto pasivo en el IVA para algunos productos como la chatarra,
donde hay un fraude importante.



Mi grupo dejó viva la enmienda 250, que habla de una modificación en el artículo 7 del IRPF, que queremos incorporar en este trámite con alguna pequeña modificación, para que pueda ser asumida por todos los grupos políticos, y así se lo
solicitamos.



Preguntaba el señor Bel cuáles eran los objetivos del Partido Popular. Los objetivos del Partido Popular en materia impositiva -ahora que estamos acabando la legislatura se puede decir- son convertir al sistema tributario en un instrumento
al servicio del crecimiento y del empleo, a la vez que se avanza en una distribución más justa de la carga tributaria, rebajando los impuestos y a todos los contribuyentes, pero de modo especial a las familias, a los discapacitados y a los que
reciben rentas del trabajo, para conseguir una mayor equidad. Eso es lo que hemos hecho a lo largo de toda la legislatura: utilizar el sistema tributario para el crecimiento y el empleo. De he hecho, ha tenido una contribución muy positiva al
crecimiento y al empleo. Este año se puede decir que una parte del crecimiento diferencial de la economía española ha venido derivado de la bajada de impuestos que se practicó, tanto para las familias como para las empresas, con la supresión del
IAE, y también se ha distribuido con mayor equidad la carga tributaria. Nosotros vamos a seguir en esa dirección porque creemos que es la dirección correcta.
Convergència i Unió presenta hoy un grupo de enmiendas que pueden ser debatidas y
discutidas -y probablemente en el Pleno las debatiremos y las discutiremos-, pero creo que ha querido recopilar todo lo que a lo largo de la legislatura ha hecho como un fin de fiesta o como un principio de campaña electoral catalana. Lo que sí es
sorprendente es lo que leí ayer en un periódico catalán y es que uno de los puntos programáticos más importantes para las elecciones del domingo en Cataluña sea pretender suprimir el único impuesto en el que no tienen competencias normativas.

Ustedes tienen competencias en todo el sistema tributario, pues el único que pretendían rebajar es en el que no tienen competencias normativas, que es el impuesto sobre sociedades. Aquí se pretende a veces que las comunidades autónomas que tienen
competencias normativas en el impuesto sobre sucesiones no las utilicen y piden que las utilice la Administración central con el fin de que se haga pero compensando, cuando lo normal y lo responsable es el uso de las competencias normativas con lo
que esto conlleva, que es tener que redistribuir los gastos o tener que fomentar más el crecimiento para que haya más recaudación. Voy a estudiar todas las enmiendas, pero mi grupo en este trámite sólo está en condiciones de aprobar las enmiendas
que presentó y que ya se incorporaron en ponencia y la enmienda que quedó viva y que hoy, en su versión transaccional, en su pequeña modificación, vamos a aprobar también.



Por último, quiero referirme a dos enmiendas que se tramitaron en la ponencia y agradecerle a los grupos la amabilidad que tuvieron para que fueran tramitadas. Estas dos enmiendas no se recogen en este título, pero se incorporaron el otro
día en la ponencia y son las dos que quedan vivas. La primera enmienda propone mejorar la tramitación de los créditos FAD, es una reforma de los Fondos de Ayuda al Desarrollo para poder ayudar con mayor eficacia y eficiencia a los países con dichos
créditos.
Incorpora todas las medidas internacionales que han sido previstas de flexibilización e instrumentos para evitar que los FAD se usen para otros objetivos distintos de los que fueron diseñados, además de dar mayor participación a todas las
empresas y también a las pymes. La segunda enmienda está motivada por una exigencia de Bruselas sobre el marco normativo en las empresas privatizadas, sobre el cambio en algunas reformas del accionariado, lo que se ha denominado acción de oro. El
Tribunal de Luxemburgo nos pidió un cambio y hemos presentado una enmienda que lo modifica, con un marco que ya está aprobado y consolidado por la legislación europea, lo que va a permitir que se vigile para que las empresas privatizadas cumplan los
servicios públicos esenciales a favor de los consumidores.



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la defensa de las enmiendas correspondientes al segundo bloque. (El señor Bel i Queralt pide la palabra.)


Señor Bel.



El señor BEL I QUERALT: En primer lugar, solicito una aclaración. El señor Martínez-Pujalte ha hecho referencia a dos enmiendas cuya tramitación se inició


Página 27596



el lunes y no he entendido, dado que ha planteado su presentación en la discusión del título I, si dichas enmiendas van a incorporarse al título I o van a ser adicionales.



El señor PRESIDENTE: Van a ser adicionales, irán al final.



El señor BEL I QUERALT: Entonces solicitamos a los servicios que nos suministren en algún momento algún tipo de identificación o numeración.



En segundo lugar, solicitaríamos -si lo tienen a bien el resto de los grupos- un cambio de orden en la discusión, puesto que los dos diputados socialistas que van a intervenir en los títulos II y III, que se van a discutir conjuntamente,
están en la Comisión de Presupuestos. Por tanto, si no hay inconveniente, pasaríamos a la discusión de los títulos IV y V.



El señor PRESIDENTE: En consecuencia, pasamos a debatir los títulos IV y V. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Costa.



La señora COSTA CAMPI: Me voy a referir a las enmiendas a los artículos referentes al sistema financiero, a la sección cuarta y a la disposición adicional décima.



Nosotros hemos presentado a esta sección dos enmiendas -una de ellas bastante extensa-, al objeto de mejorar la transparencia en los mercados.
El actual marco normativo en materia de gobierno corporativo, que está regulado, recordemos, por
las leyes financieras y de reforma del mercado de valores y texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, padece de excesivas rigideces, en concreto cuando legisla directamente algunas entidades con una concreción que genera elevados costes
burocráticos y una simetría entre entidades que compiten en el mismo mercado; me estoy refiriendo a la concreción que se lleva a cabo en la disposición adicional de la Ley de reforma del mercado de valores sobre el tema de cajas de ahorros. Sin
embargo, estas rigideces van acompañadas de lagunas, que aparecen cuando se trata de abordar las reglas que deben seguir las empresas para tener un buen gobierno corporativo de cara a mejorar la transparencia de los mercados y, en definitiva, el
crecimiento del mercado de capitales y la seguridad del inversor. De ahí que mi grupo presente estas dos enmiendas que tienen como objetivo la mejora del gobierno corporativo. Desde un enfoque basado en el carácter complementario que la
autorregulación debe tener siempre en la legislación sobre esta materia, proponemos que los mecanismos de control de la gestión respondan en su concepción al diseño previsto por la doctrina y expresado en los diferentes códigos de buen gobierno.



En este sentido y de nuevo, porque ya lo defendimos en la Ley financiera, proponemos en nuestra enmienda 354 que los miembros del comité de auditorías sean en su totalidad independientes y no en su mayoría, como señala el texto del proyecto.
Este es, entendemos, el planteamiento correcto si se opta por legislar sobre la cuestión. Recordemos, señorías, que el texto de nuestra enmienda coincide con el informe Olivencia que proponía ya que todos los miembros del comité de auditorías
fueran independientes y también con el informe previo, del cual nacen todos los informes de buen gobierno europeos, que es el informe británico, el informe Cadbury. Esta composición en exclusiva por consejeros independientes aleja el riesgo de
conductas oportunistas por parte de los gestores en contra de los intereses de los accionistas -frecuentemente los más perjudicados son los pequeños accionistas-, en definitiva, que los gestores tomen decisiones que vayan en contra del buen
funcionamiento del mercado de capitales.



Con el mismo objetivo proponemos en nuestra extensa enmienda 355 varios aspectos que afectan a la Ley financiera y a la Ley de reforma del mercado de valores. De un lado, proponemos que las operaciones vinculadas pasen por un filtro más
riguroso que el actual, que sea preciso un acuerdo exante de la junta de accionistas y que esté apoyada la operación con un informe de una auditoría externa para que los miembros de la junta puedan pronunciarse con conocimiento de causa. A nadie se
le escapa que el crecimiento de las operaciones cruzadas que está habiendo en nuestros mercados -proceso, sin lugar a dudas, saludable y que indica que el mercado de capitales está creciendo- exige la puesta en funcionamiento de mecanismos
preventivos, de mecanismos prudenciales que impidan que los consejeros que se sientan en el consejo tomen decisiones que favorezcan sólo a sus intereses y vayan en contra de los accionistas que no tienen silla en el consejo porque tienen sólo la
propiedad de una cartera muy reducida. Por tanto, es necesario que el resto de accionistas conozca todas las operaciones que puedan realizarse y censuren, en su caso, si es pertinente, la operación vinculada que puede plantearse.



Los acuerdos tomados por la junta respecto a las operaciones vinculadas deben hacerse públicos semestralmente en los informes que es de rigor publicar y a los que debe accederse a través de la web de la entidad o de la web de la CNMV. Es
necesario que dicha información se ofrezca de forma individualizada, sabiendo en qué consiste cada operación vinculada, qué tipo de operación, cuál es la naturaleza de la operación y qué miembro del consejo, de la junta o de la asamblea de
accionistas es el que propone o se ve afectado por una operación vinculada. En el mismo sentido, debe hacerse pública la relación de los nombres de las personas del consejo o de la dirección de la empresa que tienen acceso a información
privilegiada, lo que se denomina en el lenguaje del sector insiders natos. La actual normativa fijada para cada operación ayuda a la opacidad y a la confusión, que es la normativa regulada por la ley financiera. El mercado debe conocer quiénes son
los


Página 27597



insiders natos con carácter general, ya que ésta es la única forma de impedir un uso de información privilegiada y así se aconseja en la doctrina y en los códigos de buena conducta.



El objetivo de transparencia y de defensa del accionista que no se sienta en el consejo -pequeño accionista- exige, a su vez, la eliminación de asimetrías y el actual marco normativo las introduce al exigir sólo a las cajas de ahorro
determinados requisitos, como son la creación de las comisiones de nombramientos y retribuciones, de un lado, y de estrategia e inversiones, de otro, además de la ya existente de auditorías. Nosotros proponemos que no sólo sean las cajas sino el
conjunto de empresas cotizadas las que estén obligadas a la constitución de estas comisiones.
Si bien estas dos comisiones, la de retribuciones y nombramientos y la de estrategia e inversiones, y por la propia naturaleza de las decisiones que toman
unas y otras, deben estar formadas sólo por miembros del consejo, a diferencia de las de auditoría, y así lo planteamos para todas las empresas cotizadas y para las cajas de ahorro. Igualmente, proponemos clarificar los deberes de lealtad y
responsabilidad de los consejeros y administradores, que quedan confusos en la Ley de reforma del mercado de valores, especialmente en el caso de estructuras piramidales, que es un modelo organizativo cada vez más importante y creciente, dado el
gran número de operaciones cruzadas que se producen en los mercados.



Por último, presentamos unas enmiendas, siempre dentro de la 355, a la disposición adicional segunda de la Ley de reforma del mercado de valores, disposición adicional que afecta a la normativa de las cajas de ahorro. Como ya dijimos
durante el debate de esta ley, el texto, en su redacción final, impide el normal funcionamiento de las cajas de ahorro.
Creemos que es preciso especificar qué se entiende por operación vinculada y, como he comentado, legislar las comisiones de
retribuciones e inversiones en un sentido horizontal, similar al resto de empresas, sin mayores rigideces y costes burocráticos. Entiendo que esta crítica que en su día hicimos en los debates en el Pleno, a través de artículos sobre esta cuestión
en los medios de comunicación y que dan contenido a nuestra enmienda, coincide y ha sido asumida por el Grupo Vasco, por el Grupo de Convergència i Unió y por el Grupo Popular, porque de hecho el argumentario utilizado en su día y que es el que
justifica la presentación de nuestras enmiendas justifica también las presentadas por los grupos referidos. La única excepción que debo señalar es la enmienda presentada por el Grupo Popular porque en el caso del artículo 66 bis se introduce un
punto uno que aleja esta enmienda presentada por el Grupo Popular de las que hemos presentado los otros grupos y, por tanto, nos posicionaríamos favorablemente sobre los puntos dos y tres del artículo 66 bis y no sobre el punto número uno, del que
pedimos, como ya se expresará posteriormente, votación separada.



Respecto a las enmiendas presentadas por los otros grupos a este apartado del sector financiero, adelanto que vamos a votar positivamente a las presentadas por el Grupo de Convergència i Unió, que son las 566, 567, 568, 569, 570 y 571, que
vamos a votar también positivamente a la 87, de Izquierda Unida, y negativamente a la 88 por una razón, porque Izquierda Unida es mucho más conservadora que nosotros en la propuesta que hscemos de la configuración del comité de auditoría. Nosotros
seguimos la propuesta de Olivencia y deben ser en su totalidad miembros independientes, miembros externos y, en cambio, la enmienda de Izquierda Unida no plantea esta exigencia. Vamos a votar favorablemente las enmiendas del Grupo Vasco 161, 162 y
163 y en contra a la 170 y 171, porque si bien es cierto, como dicen en su justificación, que el Consejo de Estado reclama una ley ex profeso para los cambios en los códigos de comercio, también es cierto que es urgente aplicar las nuevas normas de
contabilidad que han sido aprobadas para el año 2004 para las empresas españolas, y entendemos que deben incluirse excepcionalmente en el texto de esta ley de acompañamiento. Vamos a votar también favorablemente a las enmiendas de Coalición Canaria
201, 202, 207 y 200 y a las de Iniciativa per Catalunya-Verds, presentadas por el señor Saura, números 145, 146 y 147 y, por último, nos abstendremos en la presentada por el Grupo Andalucista, del señor Núñez, la 442.



El señor PRESIDENTE: Señor Segura, tiene usted la palabra.



El señor SEGURA CLAVELL: Hay un artículo en este título, el artículo 70, garantía financiera a buques que soliciten acceso a lugares de refugio, que no puede pasar desapercibido en modo alguno en la tramitación de este proyecto de ley de
acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado. Estamos hablando de una norma financiera que saca el Gobierno para definir los mecanismos económicos exigibles para dar cobijo, refugio, ayuda, auxilio a un buque en condiciones de emergencia,
recordemos todos el Prestige y, consiguientemente, es un tema de mucho calado, de importancia política y por ello el Grupo Socialista ha presentado una enmienda al mismo.



Señorías, la Directiva comunitaria 2000/59 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al establecimiento de un sistema comunitario de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo, establece literalmente en su artículo 20,
dedicado a lugares de refugio -y es una norma cuyo conocimiento se está hurtando a la opinión pública y que no se ejecuta por parte del Gobierno español- establece literalmente que los Estados miembros, previa consulta a las partes interesadas,
elaborarán, teniendo en cuenta las directivas pertinentes de la Organización Marítima Internacional, planes para albergar en las aguas bajo su jurisdicción


Página 27598



buques en peligro, ni más ni menos. Dichos planes, continúa diciendo la directiva, contendrán las disposiciones necesarias y los procedimientos que tengan en cuenta las limitaciones operativas y medioambientales para garantizar que los
buques en peligro puedan dirigirse inmediatamente a un lugar de refugio sujeto a la autorización de la autoridad competente.
Cuando los Estados miembros lo consideren necesario y factible, dichos planes incluirán disposiciones para facilitar los
recursos y equipos adecuados para la asistencia, el salvamento y las operaciones de intervención en caso de contaminación. Los planes para acoger buques en peligro deberán estar disponibles a petición del interesado, es decir, de las empresas
navieras, de las empresas transportistas, y, señorías, los Estados miembros -dice la directiva- informarán a la Comisión, a más tardar el 5 de febrero de 2004, de las medidas adoptadas en aplicación del primer párrafo. Es decir, que quede muy claro
que el Gobierno español, antes del 5 de febrero de 2004, tendrá que comunicar a la Organización Marítima Internacional los lugares de refugio en cualquiera de los puntos del litoral español, del litoral peninsular, del litoral de las islas o de
ciudades autónomas como Ceuta y Melilla, para dar cobijo, auxilio y ayuda a una nave en emergencia, una nave con pasajeros o una nave que transporte contenedores de distintas características, o un buque que transporte mercancías peligrosas del tipo
de cualquiera de los combustibles a los que pudiésemos referirnos.



Nos encontramos con que el Gobierno español ni ha establecido ni ha elaborado un plan de emergencia para el litoral español, ni ha diseñado puntos de refugio ni ha dotado a ninguno de esos potenciales puntos de refugio del equipamiento
correspondiente. En lugar de hacer eso, para enmascarar una realidad negligente que nos ha costado un profundo sufrimiento en un caso específico en el mes de noviembre de 2002, nos encontramos con que viene el artículo 70, titulado garantía
financiera a buques que soliciten acceso a lugares de refugio. Hay que leerlo y de la lectura se desprende que hace una faena de aliño financiera, estableciendo requisitos económicos exigibles al armador del buque, pero se queda ahí, no indica ni
los lugares, ni el equipamiento, ni los mecanismos de salvamento que se pondrán en operatividad inmediata ante la emergencia en cuestión.



Por ello, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una enmienda que sin duda el Grupo Parlamentario Popular votará en contra, como votó en contra una iniciativa parlamentaria que este diputado tuvo la oportunidad de defender en una
sesión plenaria de mayo pasado, en la que solicitábamos razonadamente la creación del servicio nacional de guardacostas, como se está haciendo en toda Europa, como lo hizo Suecia hace diez años, como lo tienen lo Estados Unidos, como lo tiene
Australia, Japón, Italia y tantos otros países, comunitarios o no.
Nosotros planteamos una enmienda de adición muy razonada, que invocamos con cierta dosis de ilusión que sea analizada in extremis al menos para que pueda ser aprobada en la sesión
plenaria de la semana próxima.
Pretendemos añadir todo un texto. Pretendemos que el texto del artículo 70 se complemente con un párrafo en el que se diga: El Ministerio de Fomento deberá elaborar -es decir, deberá cumplir una norma comunitaria
que no ha traspuesto a nuestro ordenamiento jurídico- un mapa de zonas de refugio para buques en estado de avería o situación de emergencia. Los lugares designados a tal fin deberán dotarse de un plan de contingencia -¡qué cosa tan elemental y
lógica estamos demandando!-, plan que prevea las medidas a tomar en función de los posibles casos, así como de los medios materiales, técnicos y humanos para poder desarrollarlo de forma eficaz. Y añadimos: el acceso a las zonas de refugio será
guiado y supervisado por las autoridades marítimas españolas a través de la capitanía marítima competente, en función de la ubicación geográfica de la zona de refugio correspondiente y en coordinación con Salvamento Marítimo; todo ello en los
términos previstos en el plan de contingencia previamente establecido. Y terminamos: la determinación de los lugares de refugio y de las actuaciones necesarias para su funcionamiento eficaz se desarrollará sin perjuicio de las recomendaciones y
normativas de carácter nacional e internacional sobre la materia. Y con una larga, justificada y razonable exposición de motivos se publica esta enmienda.
Señorías, les reiteramos la conveniencia de su análisis riguroso y su incorporación al
dictamen de esta Comisión, pero si hoy no lo conseguimos, porque intuyo que los mienbros del Grupo Parlamentario Popular tendrán que consultar a las autoridades pertinentes, que se deje abierto para la próxima sesión plenaria. Y cuando ocurran
emergencias de futuro, que no nos veamos en la obligación de recordar quiénes no han apoyado una iniciativa de una importancia como la que nosotros estamos planteando. Nuestro pasado inmediato lo justifica.



Señor presidente, las enmiendas que este diputado va a defender, a la mayor celeridad posible obviamente, se enmarcan dentro de los contenidos de los títulos que estamos debatiendo; son disposiciones adicionales recogidas como enmiendas
399, 400, 401, 402, 403, 404, 405 y 406. Son materias diferenciadas pero, a vuela pluma, voy a irme refiriendo a cada una de ellas. La 401 se refiere singularmente -y así la defendimos también en la pasada legislatura, con escaso éxito, y por ello
la reiteramos- a la ampliación de la utilización de la reserva para inversiones en Canarias. Como bien saben, se trata de un incentivo que recoge la Ley 19/1994, del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en la que los incentivos han de
materializarse en determinadas líneas de actuación. Nosotros planteamos que se puedan materializar con el objeto de financiar proyectos de investigación de los distintos departamentos de las universidades canarias o de los centros de investigación
dependientes unos del Consejo Superior


Página 27599



de Investigaciones Científicas, otros de convenios mixtos entre el Gobierno de España y otros gobiernos comunitarios a través, por ejemplo, del Instituto de Astrofísica de Canarias, con el Instituto Max-Planck, con el observatorio de Munich,
con el observatorio de Greenich, con el centro de investigación italiano Enrico Fermi y tantos otros que han convertido el Centro de Investigaciones Astrofísicas de Canarias en un lugar potente de la investigación astrofísica mundial. Se trata de
que si algún sector empresarial quiere utilizar esos beneficios fiscales para financiar proyectos de I+D+I pueda hacerlo, ya que hoy no existe cobertura.



Con las enmiendas números 402 y 403 hacemos referencia a la crítica situación de la calidad del servicio eléctrico en la Comunidad canaria.
Saben SS.SS. que con los parámetros el TIEPI, el NIEPI y otros situados de forma intermedia entre
ellos se valora, se cuantifica la calidad de prestación del servicio eléctrico, que obviamente es una magnitud difícilmente mensurable pero cuyas cuantías ponen de manifiesto las dificultades vinculadas al envejecimiento de los materiales en la red,
tanto en la producción como en la red de distribución. Pues lamentablemente la Comunidad canaria aporta, según datos del Ministerio de Economía, los valores más altos del TIEPI y pone de manifiesto que son los valores más altos de pobreza en el
suministro de energía eléctrica.
Es decir que la inferior calidad en prestación de servicio eléctrico de toda España se encuentra en todas y cada una de las siete islas de la Comunidad canaria. En consecuencia, siguiendo el mandato de los
contenidos en determinados artículos -que no voy a referenciar ni a leer- del Real Decreto 1955 del año 2000, es obligado que el Gobierno de España suscriba un convenio de colaboración, de coordinación con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Canarias y las empresas dedicadas a la distribución. Eso es lo que plantean estas dos enmiendas.



Con la enmienda 404 señor presidente, lo que pretendemos (no hay más que ver esas desgarradoras imágenes en televisión de centenares de personas hacinadas a bordo de pateras, seres humanos que se trafican como mercancías por las estructuras
mafiosas de países limítrofes, concretamente en Marruecos, y que arriban a las costas de las islas orientales de Canarias, Lanzarote y Fuerteventura), lo que pretendemos, repito, es que se produzca el equipamiento, para que el SIVE, con moderna
tecnología de visión nocturna, con tecnología dedicada esencialmente a la detección para posibilitar el salvamento de vidas en la mar, se convierta en realidad.



Paso a la enmienda 405. Las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se encuentran con importantes problemas vinculados a la movilidad, de tal manera que el Ministerio de Fomento acaba de construir en la ciudad de Ceuta un helipuerto. El
traslado por vía aérea a través de compañías que transportan personas con helicópteros requiere un nuevo tratamiento excepcional desconocido en España, y la directiva comunitaria con la que se regula el transporte de personas posibilita que aquellas
zonas aisladas puedan ser beneficiarias de un tratamiento de definición de rutas aéreas de interés público. Por ello planteamos que las rutas aéreas cubiertas por helicópteros con sistemas tarifarios adecuados, adaptados a la situación de la
economía de los ciudadanos que residen en Ceuta y su traslado por helicóptero, o los de Melilla a través de la única compañía aérea que presta el servicio, no se vean obligados los gobiernos autónomos de ambas ciudades a subvencionarlas y
consiguientemente violar la normativa de ayudas de Estado, como se viene produciendo, y que se ayude con la definición de ruta de interés público al traslado de los ciudadanos que residen en esas islas.



Señor presidente, con la enmienda 406, que es con la que termina la intervención de este diputado del Grupo Socialista, queremos poner de manifiesto que en la Ley 19, del año 1994, del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, existe una
disposición transitoria, la tercera, que no se ha convertido en normativa desarrollada reglamentariamente y que dice: atendiendo a la mejora de la calidad precisa para mantener la rentabilidad social del sector turístico en Canarias, la
Administración central del Estado en colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias y, en su caso, con las corporaciones locales afectadas elaborarán un plan especial de infraestructuras en las áreas turísticas que servirá de base para un
programa de inversiones públicas que permita alcanzar el nivel de calidad necesario del sector. ¿Qué planteamos nosotros? Sencillamente que el contenido de la disposición transitoria tercera de una ley que ya lleva diez años en vigor comience a
materializarse en el primer semestre del ejercicio próximo. Es decir que surja un mandato recogido como disposición adicional en la ley de acompañamiento con el objeto de que el Gobierno de la comunidad canaria pueda suscribir un convenio de
colaboración con el Gobierno de España, los cabildos insulares y las corporaciones municipales de cada una de las islas en cuyo municipio se produce un importante desarrollo turístico, lo que constituye la columna vertebral de la economía de esa
comunidad, en el que se desarrolle el contenido de esa disposición transitoria tercera.



El señor PRESIDENTE: Señor Bel, puede usted terminar este grupo de enmiendas.



El señor BEL I QUERALT: Sólo me voy a referir a una e intentaré fijar la posición de mi grupo con la máxima eficiencia temporal.



Querría aludir específicamente a nuestra enmienda de supresión del artículo 81 de la ley, que establece la declaración de urgente ocupación de bienes afectados para la expropiación a que dé lugar el trasvase del Ebro. Nosotros ya hemos
puesto de manifiesto en el pasado, y queremos volver a hacerlo hoy, que el trasvase del


Página 27600



Ebro tal como está planteado, tanto hacia el norte como hacia el sur, nos parece una concepción de política del agua más propia de principios del siglo XX que de principios del siglo XXI, que no es la forma de resolver los problemas del agua
del arco mediterráneo y, como planteamos en nuestro texto alternativo a la Ley del Plan Hidrológico Nacional, que existen otros mecanismos alternativos más rápidos y menos costosos para dar solución a los problemas del agua del arco mediterráneo.
Con esta enmienda volvemos a manifestar nuestra oposición a un proyecto que es la mayor subvención en la democracia al sector económico privado y una tremenda distorsión de la competencia en aquellos sectores económicos en los cuales va a tener
incidencia.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Nuestro grupo parlamentario ha presentado a los títulos IV y V alrededor de 20 enmiendas, de las cuales solamente voy a defender las que son verdaderamente importantes y que están referidas a aspectos
competenciales, y voy a dar por defendidas las demás.



Una de las enmiendas más importantes que ha presentado nuestro grupo parlamentario es la número 561, que hace referencia a la posibilidad de la gestión por parte de la Generalitat de Catalunya de los aeropuertos de interés general situados
en Cataluña. Nosotros entendemos que el pleno desarrollo de las competencias de la Generalitat en materia aeroportuaria previstas en el artículo 11.8 del Estatuto de Autonomía de Cataluña requiere la exclusión del ámbito de gestión directa de AENA
de los aeropuertos catalanes, ya que con la aplicación y en la profundización de dicho artículo pensamos sinceramente que el Gobierno de la Generalitat de Catalunya puede asumir perfectamente las competencias exclusivas en todas aquellas cuestiones
que hacen referencia a la gestión de los aeropuertos principales de Cataluña. Pensamos que con su disociación del ámbito de la gestión directa estatal, el Gobierno de la Generalitat de Catalunya puede hacer efectivas todas aquellas competencias
previstas, posibilitando al mismo tiempo la gestión descentralizada del sistema aeroportuario de acuerdo con un modelo de gestión con implicación de todos los agentes económicos, y pretendemos incorporar a todos aquellos agentes que puedan
representar a la sociedad civil, que no deja de ser un modelo promovido desde la Generalitat de Catalunya y las corporaciones locales en el ámbito institucional con el apoyo de entidades y organizaciones representativas del entorno económico y
social del país.



En cuanto a las enmiendas que hemos presentado al título V, defendemos aquellas que consideramos más importantes y que hacen referencia a la Ley de transparencia, recientemente aprobada por el Congreso de los Diputados, en cuanto a cuál es
el modelo a seguir en todas las instituciones financieras españolas. Dirigimos nuestras enmiendas a modificar, complementar y objetivar la reciente Ley de transparencia en aquellos aspectos que hacen referencia al modelo de gestión de las cajas.

En este sentido hemos presentado las enmiendas 569, 570 y 571, orientadas, en primer lugar, a restringir las operaciones propias de las cajas en cuanto a la información que debe constar en el informe del gobierno corporativo, así como a clarificar
qué información debe hacer pública en sus memorias sobre las instituciones públicas. También pretendemos clarificar que el responsable ante la asamblea de la política de personal es el consejo de administración y no la recién creada comisión de
retribuciones. En cuanto a los aspectos que hacen referencia a la Ley de transparencia, pretendemos limitar el objetivo de la comisión de inversiones de informar acerca de la adecuación al presupuesto de los planes estratégicos y no sólo la
adecuación a los principios fundacionales de la entidad, así como establecer que sus miembros deben ser personal experto en la materia y que su funcionamiento debe ser establecido por los estatutos y el reglamento interno de la entidad.
También
planteamos la incorporación del informe anual de la comisión de inversiones al informe de gobierno corporativo en la entidad.



Respecto a las enmiendas que planteó el Partido Popular y que incorporó en el trámite de ponencia, quisiéramos manifestar que en las enmiendas números 570 y 571 hacemos mención con gran claridad de todas las modificaciones que afectan a la
Ley de transparencia. Desde nuestra posición política entendemos que podrían ir en esta dirección, siempre y cuando se reflejara que una normativa de desarrollo no irá en detrimento de lo que hemos planteado en estas dos enmiendas. En una palabra,
lo que queremos que quede bien claro en las referidas enmiendas es que si existiera una normativa de desarrollo de la comunidad autónoma correspondiente sería la ley básica de las diferentes comunidades autónomas que tienen competencias en las
cajas, a fin de no vulnerar las competencias autonómicas en cuanto a lo que hace referencia a la normativa existente de la Ley de cajas. Son dos cuestiones muy importantes que queremos referenciar en este trámite de enmiendas, ya que si no se
incorpora este último párrafo 'y su propio reglamento interno, en defecto de la normativa de desarrollo', no podríamos estar de acuerdo con las enmiendas incorporadas por el Partido Popular en el trámite de la ponencia porque entenderíamos que la
Administración del Estado estaría vulnerando las competencias de las comunidades autónomas que han legislado sobre cajas.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra su portavoz señor Martínez Maillo.



Página 27601



El señor MARTÍNEZ MAILLO: Voy a tratar de ser lo más breve posible para argumentar las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular a los títulos IV y V. En la medida en que argumentemos las más importantes, las de mayor
trascendencia, daremos contestación a algunas de las enmiendas presentadas por otros grupos políticos sin pretender introducir debates nuevos ni caer en polémicas estériles, por cuanto estamos ante una ley de medidas fiscales, administrativas y de
orden social y no ante otros debates que se petenden dilucidar en esta Comisión; es una ley -reitero- en la que consideramos que no es procedente efectuar esos debates y menos aún reproducirlos, por mucho interés político que exista, como es por
ejemplo el debate de la catástrofe natural del Prestige, que en esta y en otras comisiones y en general en el Parlamento se ha debatido de manera reiterada pero que no es objeto de esta ley, por mucho que se introduzcan algunas modificaciones
puntuales, así como tampoco debates relativos al mercado de valores ni a la posición política de un grupo en torno a estas consideraciones, y mucho menos hablar de choque de competencias entre administraciones o la presentación de enmiendas que
puedan llevar a esa delimitación de competencias, como las que se han escuchado por parte de algún grupo político.



Las enmiendas presentadas por el Grupo Popular al título IV afectan fundamentalmente a dos consideraciones importantes: en primer lugar al artículo 42, que hace referencia a las Fuerzas Armadas. Creemos que se deben ampliar los supuestos
en los que procedería la llamada resolución de los contratos de las viviendas militares cuando exista una declaración de ruina técnica o cuando la rehabilitación o reforma de esos edificios sea antieconómica, tal y como establece la ley. Todo ello
debe hacerse en un proceso de racionalización y regularización jurídica de las situaciones administrativas que existen en el ámbito de las Fuerzas Armadas, teniendo en cuenta que esta resolución debe tener -y así lo establece esta enmienda- una
previa y expresa aceptación por parte del titular del contrato. Asimismo esta enmienda establece en sus conclusiones que en estos supuestos de resolución el titular también podría optar, como en el resto de los supuestos que establece el artículo
42, por recibir le indemnización que se fija en el apartado tres del mismo artículo o ser realojado en otra vivienda de similares características. Por tanto, es una enmienda importante que ha sido escasamente recogida por los demás grupos
políticos.



Presentamos otra enmienda al capítulo II con la pretensión de un artículo 56 bis nuevo, relativo a la Agencia de Protección de Datos. Esta enmienda pretende un cambio en la denominación de la agencia, teniendo en cuenta la nueva
transferencia de competencias a las distintas administraciones autonómicas. Es necesario evitar que pueda haber confusiones entre los ciudadanos a la hora de determinar qué dato debe ser protegido y qué fichero le corresponde, si el de la comunidad
autónoma o el de la Administración general del Estado. Repito que la enmienda que presentamos tiene como finalidad el cambio de denominación y se llame Agencia Española de Protección de Datos.



En cuanto al título V, que se refiere a la ordenación económica, se presentan enmiendas de adición que tratan de mejora técnicamente el conjunto de la ley. El artículo 65.1, que se presenta como nuevo, pretende una mejora técnica que
consiste en homogeneizar en materia de publicidad la normativa del Mercado de Valores. En el artículo 66 bis (nuevo), presentamos una enmienda de adición que pretende tres modificaciones importantes. En el apartado 1 -que parece que no va a ser
apoyada por el Grupo Socialista- se pretende mayor transparencia en la representación en las asambleas de las cajas de ahorros. En el apartado 2 se busca una mayor transparencia en las retribuciones de las cajas con la llamada comisión de
retribuciones, que tiene como función informar sobre la política general de retribuciones e incentivos para los miembros del consejo y del personal directivo, así como la constitución de una comisión de inversiones en el consejo de administración.
Nosotros pensamos que con esta configuración y con la constitución de estos comités sí se garantiza esa transparencia y esa autonomía por la que se ha manifestado el resto de los grupos políticos.



Presentamos una enmienda al artículo 68, sección quinta, apartado 1 nuevo.
Es una enmienda de adición y consiste en una modificación del Código de Comercio para garantizar una mayor seguridad jurídica en las inscripciones de carácter
registral. Otra de las enmiendas que presentamos pretende la creación de un capítulo II bis, relativo a la acción administrativa en materia de cultura. Esta enmienda propone la modificación de la Ley del patrimonio histórico español, una
modificación que creo que es entendida por todos y que consiste en declarar incompatible la deducción fiscal en relación con los bienes del patrimonio español que se adquieran en el extranjero -una deducción que existía y que debe seguir existiendo-
y la libertad de sacar de España dichos bienes durante 20 años. Se considera que el adquirente de esos bienes debe elegir entre una ventaja u otra: declarar la importación y gozar de la ventaja de poder sacar del país libremente esa obra o
acogerse a la deducción fiscal.



En cuanto al resto de las enmiendas, vamos a referirnos fundamentalmente a una enmienda de adición al artículo 77.3, que establece unos criterios básicos, unos parámetros comunes en la aplicación de la política agraria común. Como ustedes
saben, la competencia en la aplicación de esas normas comunitarias corresponde a las comunidades autónomas, pero para evitar la aparición de desigualdades entre la aplicación de estas ayudas comunitarias en función de la comunidad autónoma en que se
viva se establecen unas normas comunes, a desarrollar mediante real decreto, garantizando la


Página 27602



igualdad real entre las personas que viven en distintas comunidades autónomas a la hora de la aplicación de estas ayudas económicas.



Asimismo presentamos una enmienda de adición al artículo 77 bis, referente a la elaboración de contratos tipo compatibles con la normativa comunitaria en el sector de frutos y hortalizas, así como en el sector de los productos de la pesca, y
a la supresión del tope máximo de tres años de duración de estos acuerdos.



Igualmente, presentamos una enmienda de adición al artículo 83, un artículo 83.bis, relativo a la materia presupuestaria en el ámbito sanitario. Si bien es verdad que la Ley 21/2001 establecía la obligación de las distintas comunidades
autónomas de presentar a la Administración general del Estado los presupuestos de dichas comunidades autónomas, no es menos cierto que es preciso disponer por parte de la Administración general del Estado de una información no solamente del
presupuesto, que no es más que una previsión de futuro gasto, sino sobre la ejecución del presupuesto de las comunidades autónomas en materia sanitaria y su liquidación final para saber exactamente la cantidad destinada a la financiación de la
sanidad.



Finalmente presentamos una enmienda, también de adición, al capítulo V, referida a modificaciones concretas en el ámbito registral, y fundamentalmente de la Ley Hipotecaria, que damos por reproducidas, y sólo me referiré al último punto, el
apartado octavo, que establece el carácter suspensivo de los recursos frente a las decisiones de la Dirección General de Registros y del Notariado, salvo que el juez, a instancia del interesado y atendiendo a los intereses implicados, exija la
ejecución de dicha resolución aplicando una fianza determinada.



Estas enmiendas ayudan a mejorar técnicamente el texto definitivo e introducen modificaciones importantes para hacer eficaces los objetivos de la ley de presupuestos, y no vamos a entrar en un debate ajeno a este sobre las medidas fiscales,
complementario de la ley de presupuestos, por mucho que las elecciones catalanas sean el próximo domingo o algunos traten permanentemente de sacar provecho de ese tipo de debates.



El señor PRESIDENTE: Una vez vistos los títulos IV y V en un bloque, pasamos, tal como se había solicitado, a los títulos II y III, que se debatirán igualmente en un solo bloque. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra doña Iratxe García.



La señora GARCÍA PÉREZ: Tomo la palabra para hacer la defensa de las enmiendas que presenta el Grupo Parlamentario Socialista al título II de esta ley. Intentaré ser breve al defender las enmiendas que ha presentado nuestro grupo, pero
también haré referencia a alguna de las que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular.



Con las enmiendas que presentamos a esta ley pretendemos plasmar las actuaciones necesarias para resolver los problemas que el Grupo Parlamentario Socialista quiere atajar tanto en materia laboral como de Seguridad Social. A continuación
apuntaremos brevemente las cuestiones más esenciales que plantean nuestras enmiendas en materia de Seguridad Social. En cuanto a prejubilaciones, pretendemos equiparar mediante una enmienda los coeficientes de los prejubilados antes de la Ley
16/2001 con los establecidos en esta ley de jubilación gradual y flexible. No lo hacemos porque sea una recomendación del Pacto de Toledo, sino porque es una injusticia que nuestro grupo intentó corregir durante el trámite de la ley; luego
presentamos una proposición no de ley sobre el mismo tema y ahora traemos esta enmienda. Asimismo, volvemos a insistir en la reivindicación de compatibilizar la pensión SOVI con la de viudedad. No podemos continuar con un debate de este tipo en el
que el Partido Popular vota una y otra vez en contra de una propuesta a nuestro entender viable, realista y sobre todo de justicia para con estas mujeres que tienen derecho a que se les compatibilice estas dos pensiones. También pretendemos un
incremento de las pensiones mínimas de viudedad.



En materia de empleo, venimos insistiendo en la necesidad de revisar las políticas de bonificaciones sociales para la contratación estable, ya que vemos que la medida no propicia el aumento de este tipo de contratación.
Los últimos datos
reflejan que sólo 9 de cada 100 contratos que se firman en nuestro país son estables, y esta cifra no se ha modificado durante los últimos años; es decir que no han sido efectivas las políticas que el Partido Popular ha puesto en marcha sobre
bonificaciones sociales -de la Seguridad Social-, de modo que pensamos que el Gobierno debería revisar la medida. Nuestro planteamiento se basa en la bonificación exclusiva de los contratos dirigidos a determinados sectores de población con más
dificultades para incorporarse al mercado laboral, como pueden ser las mujeres desempleadas, los parados de larga duración y los de más de 45 años. Asimismo debemos tener en cuenta el elevado coste que tienen estas bonificaciones, que se financian
exclusivamente a través de la Seguridad Social, en contra de las recomendaciones del Pacto de Toledo.



Otra enmienda que queremos señalar por su importancia es la referida a eliminar las condiciones limitativas para acceder al pago único de prestación por desempleo, en el caso de asalariados que vayan a ser socios trabajadores, o de trabajo
en cooperativas o sociedades laborales, y en el de aquellos que quieren constituirse en autónomos. Hay que resaltar que esta es una reivindicación firme de las organizaciones que trabajan en el mundo de las cooperativas laborales, que han
denunciado la modificación que llevó a cabo el Partido Popular por medio de la Ley de reforma del mercado laboral y que nosotros consideramos injusta,


Página 27603



por lo que presentamos esta enmienda para que se elimine esta condición limitativa de la que hablamos.



A través de otra enmienda pretendemos posibilitar el acceso a la jubilación anticipada de los trabajadores por cuenta propia -autónomos- que se ven arrojados del mercado laboral. Con ello se avanza hacia la homogeneización del sistema
público de pensiones, recomendada también por el Pacto de Toledo. Por otro lado, también creemos necesario incentivar el autoempleo, para lo cual proponemos la reducción del coste de las cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen especial de
trabajadores por cuenta propia, sin que ello suponga una reducción de las prestaciones futuras.



Para finalizar, me gustaría hacer referencia a una serie de enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, ya que su actitud nos ha parecido muy poco seria. Me refiero a las enmiendas planteadas para cumplir con la obligación del
Gobierno relativa a la transcripción de las directivas europeas sobre aplicación del principio de igualdad de trato de las personas, independientemente de su origen racial o étnico, y sobre igualdad de trato en el empleo. Vuelvo a repetir que nos
parece sumamente irresponsable por parte del Gobierno que, en una cuestión tan importante como la que estamos tratando (el Gobierno ha incumplido los plazos porque estas directivas europeas tenían que haber sido traspuestas como fecha límite en el
mes de julio de este año), ahora intente tapar este error incorporándolo en la ley que en estos momentos estamos debatiendo, incluso a través de una enmienda del propio Grupo Parlamentario Popular.
Ni siquiera el Gobierno se había acordado de ello.
No sabemos si fue un olvido y a última hora, viendo el gran incumplimiento que había respecto a este tema, el grupo lo introduce a través de una enmienda. Por supuesto, mi grupo va a votar favorablemente estas enmiendas porque asumimos el contenido
de las mismas, pero queremos dejar en evidencia la irresponsabilidad del Gobierno y su falta de sensibilidad en este campo.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Martínez Sanjuán.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Señor presidente, el título III, personal al servicio de las administraciones públicas, reúne una serie de cambios normativos que a mi grupo parlamentario le parecen bastante deplorables, en términos de dialéctica
democrática, por aprovechar de nuevo la Ley de acompañamiento para modificar un sinnúmero de normas jurídicas que afectan a todo el personal de las administraciones públicas, bien sea la Administración local, la general del Estado, cuerpos de
seguridad, etcétera. Además, todos los cambios que propone el Gobierno, aparte de no tener nada que ver en algunos temas con la ejecución del presupuesto, van desde nuestro punto de vista en una dirección poco correcta y en línea de no mejorar ni
la transparencia ni las decisiones de cara a la provisión de los puestos de trabajo.



Se modifica la Ley 30/1984, de medidas de reforma para la Función pública, a través del artículo 28, en diferentes puntos. Por ejemplo, proponen que en las relaciones de puestos de trabajo, mas conocidas como RPT en la Administración
pública, tanto la Administración general del Estado como las comunidades autónomas y corporaciones locales tan sólo indiquen la denominación, el tipo y sistema de provisión de los puestos de trabajo, así como los complementos asignados y el régimen
jurídico aplicable. Es decir, con este cambio normativo sibilinamente se ha eliminado del actual marco normativo algo que venía en la legislación vigente, en la Ley 30/1984, como era la descripción de las características esenciales de los puestos
de trabajo, que en cierto modo la Administración ya estaba eliminando unilateralmente y sin rango legal a través de órdenes cuando establecía las RPT de los diferentes centros de trabajo. Ante las reclamaciones de muchos colectivos de todo tipo
(ciudadanos independientes y sindicatos o representantes de los empleados públicos), los tribunales estaban dando la razón a los afectados y a los reclamantes; es decir, que los tribunales estaban fallando en contra de la Administración general del
Estado. Así, antes de que hubiera una sentencia definitiva por parte del Tribunal Supremo al Gobierno no se le ha ocurrido otra cosa que modificar la Ley 30/1984 eliminando lo que es la descripción de las características esenciales de los puestos
de trabajo, tema que a todo el mundo (trabajadores, sindicatos, Consejo Económico y Social y también a mi grupo parlamentario) le parece muy importante y definitivo para determinar las características de la relación de puestos de trabajo; también
como un instrumento técnico que, recogiendo las características de estos puestos de trabajo, pueda dar virtualidad a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad a la hora de proveer los puestos en las
administraciones públicas. Porque si no se describen los puestos de trabajo; dicho en términos coloquiales lo mismo puede valer para un roto que para un descosido, y esto es algo que nadie en las debidas condiciones de cumplimiento de la ley, de
los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, quiere. Creemos que es más oportuno volver a la redacción actual del artículo correspondiente de la Ley 30/1984.



El Gobierno propone también en el artículo 28 cuatro añadir un nuevo párrafo a la Ley de medidas, computando a efectos de trienio el periodo de tiempo prestado en organismos o entidades del sector público, que hoy no computan, cuando un
empleado está en situación de excedencia voluntaria. A través de la enmienda 339 proponemos excepcionar los casos específicos en los que esa excedencia va dirigida a que un empleado público ocupe un puesto de trabajo en comisión de servicios en una
empresa pública; una empresa pública


Página 27604



que tiene condiciones laborales distintas, regímenes laborales distintos.
Posiblemente, cuando un empleado público decide irse a una empresa pública, lo hace con todas las de la ley, no solamente va por un servicio de voluntad a España,
sino que va a mejorar básicamente sus condiciones laborales. En esas condiciones y en esas excepcionalidades, señor presidente, proponemos que no se cumpla lo que prevé el artículo 28 cuatro de computar a efectos de trienio, porque, señores del
Partido Popular, puestos a hacer justicia, les diría que empiecen, por ejemplo, por un colectivo que está reclamando mucho más que este tipo de colectivos la consolidación de los trienios, como son los miles de interinos que desde hace muchos años
ocupan plaza en la Administración del Estado y que no tienen derecho a ello. Me imagino que el señor Delgado estuvo ayer en la Comisión del Defensor del Pueblo y podría comprobar que es una de las recomendaciones que el Defensor del Pueblo hace,
que se reconozcan los trienios a los interinos, que tienen derecho a ellos porque vienen ocupando un puesto de trabajo en la Administración pública. Por ello, presentamos esta enmienda de excepcionalidad.



Como consecuencia del último acuerdo de la Administración con los sindicatos, por fin, por lo menos durante los años 2003 y 2004, la oferta pública de empleo se va a hacer sobre el cien por cien de la tasa de reposición de efectivos.
Nosotros proponemos que esta loable y aceptable decisión, que mi grupo parlamentario lleva reclamando desde hace tiempo y que por fin se recogió en el acuerdo, se pueda llevar al artículo 18 de la Ley 30/1984; es decir, que este acuerdo no sea
coyuntural o efímero como una noche de verano, sino que se consolide como normativa básica o normativa de funcionamiento de las administraciones públicas. Gobierne quien gobierne, señores del Partido Popular, no podemos estar al albur de producir
permanentemente, por motivos de caja y por motivos estratégicos en función de disciplina presupuestaria, un proceso de adelgazamiento de las administraciones públicas. Nosotros proponemos trasladar a la Ley 30/1984 esta característica en relación
con el empleo público.



Con las enmiendas 342 y 343, similares a las que hemos presentado a la Ley de presupuestos, proponemos que se incorpore a la Ley 30/1984, concretamente al artículo 23, el concepto de lo que son pagas extraordinarias. Como consecuencia del
último acuerdo a que hacía referencia, los empleados públicos en los años 2003 y 2004 incorporan a la paga extraordinaria una parte de su complemento de destino. Sin embargo, curiosamente -si no lo cambiamos seguirá durante muchos años- la
descripción de lo que es paga extraordinaria a efectos jurídicos en la Ley 30/1984, auténtico marco estatutario para los empleados públicos, sigue diciendo que una paga extraordinaria de los empleados públicos será el sueldo base y los trienios; no
está establecido ni reconocido. Luego si se ha incorporado, por fin, una parte del complemento de destino, digamos que es paga extraordinaria a efectos jurídicos. ¿Por qué? Porque, si no cambiamos la ley, lo que hoy es una norma exclusivamente
coyuntural a efectos presupuestarios de cada uno de los años se puede no convertir en consolidable a efectos históricos. Es una enmienda bastante razonable, desde nuestro punto de vista.. Cambiemos hoy lo que es el concepto actual en la Ley
30/1984 de paga extraordinaria. Ya nos gustaría que siguiéramos avanzando -con el tiempo sería bueno hacerlo- y que se consolidara hasta el cien por cien el complemento de destino y posteriormente el complemento específico.



Proponemos que, al igual que la productividad se hace pública por ley (se dice expresamente que la productividad de los empleados públicos debe ser conocida y debe ser pública por lo menos en los centros de trabajo), otro componente que es
graciable, como son las gratificaciones, también puedan y deban ser conocidas públicamente en los centros de trabajo, al igual que la productividad. No hay nada que esconder; no debe haber nada que esconder en transparencia informativa a los
empleados públicos.



El artículo 29 pretende modificar el artículo 72 de la Ley de funcionarios civiles del Estado para poder conceder a los funcionarios en prácticas licencia retribuida durante el tiempo que duran los procesos selectivos o de prácticas.
Nuestra enmienda número 344 plantea no ya la posibilidad de que se puedan conceder estas licencias, sino que las obtengan automáticamente cuando las soliciten y que la concesión de las mismas no deba estar subordinada a las necesidades del servicio,
dado que una posible faceta de objetividad en nuestra interpretación, al igual que en otras de otros grupos, incluye la aplicación del artículo 74 de la Ley de funcionarios civiles del Estado. Creo que esta enmienda ha sido incorporada en términos
muy similares, me parece, por parte del Partido Popular en el trámite de ponencia, como me ha parecido ver en el informe, pero me gustaría conocer la opinión del señor Albendea.



Proponemos crear un nuevo artículo 30 bis, muy similar a una disposición adicional que ha presentado también el Partido Popular, me parece, y que constituye una sólida aspiración además de los empleados del Tribunal de Cuentas, que es el
cambio de denominación del cuerpo de contadores diplomados del Tribunal de Cuentas que pasará a llamarse cuerpo técnico de auditoría y control externo. También hemos incorporado una enmienda de modificación, a través de una disposición adicional
cuarta, de la Ley del Tribunal de Cuentas, aclarando la forma de acceso a los cuerpos de letrados y auditores, facultando a este cuerpo la llegada no sólo de los intendentes mercantiles y actuarios de seguros, que eran las titulaciones históricas,
sino la de licenciados, ingenieros superiores y arquitectos.



Voy terminando. A través de la enmienda 346 proponemos, como lo hemos hecho otros años aunque con nulo éxito, crear la escala ejecutiva de especialistas en


Página 27605



seguridad vial, dependiente de Tráfico, como colectivo especializado en una mayor seguridad vial, tan escasa por otra parte. A través de este colectivo y de esta escala se realizará la investigación de los accidentes, el aumento de las
mejoras de las inspecciones y el desarrollo práctico de las tan necesarias medidas de educación vial que detallamos en la enmienda y que no repetiré. Queremos integrar en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, en la especialidad de
psicopedagogía, a los funcionarios que procedentes del cuerpo de maestros y con la titulación oportuna obtuvieron ya plaza en los equipos psicopedagógicos, ocupando en la actualidad plazas del grupo B. Todo ello, proponemos en la enmienda número
347, con las cautelas necesarias y lógicas para no producir otra cosa que no sea una medida de justicia.



Por fin me voy a referir a un grupo de enmiendas que hemos presentado como nuevas disposiciones adicionales, pero que tienen que ver con la política de personal; es decir, que las plantearé, si me lo permite el señor presidente, para no
hacer referencia a ellas, en la parte final y que son enmiendas adicionales que tienen que ver con la política de las administraciones públicas. A través de la enmienda número 374 proponemos al Gobierno que adopte las necesarias medidas para ir
adaptando la jornada laboral en la Administración general del Estado hacia las 35 horas. Ustedes y yo sabemos que en el último acuerdo con los sindicatos se sigue manteniendo la jornada de 37 horas y media como una auténtica ficción; es decir, la
Administración mira a veces para otro lado sin sonrojarse ante los reales incumplimientos en materia de jornada laboral en las administraciones públicas. Proponemos y sugerimos al Gobierno que durante el año 2004, en el marco de la profundización
del diálogo social en la Administración pública, se adopten nuevas medidas tendentes a reducir la temporalidad en el empleo -lo hacemos con la enmienda número 376-, a consolidar el proceso de funcionarización de multitud de laborales que hoy
desempeñan cargos o puestos de funcionarios y superar así un corsé que se estableció ya hace mucho, como fue la Ley 30/1984. Ya que hablamos del acuerdo entre Administración y sindicatos, pedimos con la enmienda 379 que el Gobierno informe a la
Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas del Congreso y a la del Senado del grado de cumplimiento del acuerdo en materia de modernización y mejora como consecuencia de la ampliación de horarios, de la apertura de oficinas de atención al
público y del grado de cumplimiento de las medidas incluidas en el plan de choque de la Administración electrónica.



En definitiva, presentamos un conjunto de enmiendas que son medidas que no pretenden otra cosa que ayudar a corregir disfunciones en las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad durante el próximo año, tendentes a mejorar la
eficacia y eficiencia de la Administración y a dotarnos entre todos de un instrumento eficaz para que los ciudadanos podamos recibir de nuestra Administración servicios de calidad que mejoren nuestra vida y nuestras esperanzas como colectividad.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: El Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ha presentado a los títulos II y III una serie de enmiendas, entre ellas una referida al título II que pretende efectuar el traspaso a las comunidades autónomas
del patrimonio único afecto a la Seguridad Social, es decir todos aquellos bienes que en el momento de entrada en vigor de la norma se encontraran adscritos a las comunidades autónomas. Esta posible dualidad de titularidad resulta perfectamente
compatible, por tanto, con la afectación que dicho patrimonio ha de tener, la cual se mantiene unificando el régimen jurídico aplicable.



Hemos presentado otras enmiendas que hacen referencia a la Ley General de Seguridad Social. Pretendemos que sea compatible la percepción de una prestación no contributiva por discapacidad con la realización de diferentes actividades
remuneradas. En esta misma dirección hemos incorporado la posibilidad de que, dentro del capítulo de personas incapacitadas judicialmente, también se les dé la posibilidad de poder reducir su edad de jubilación. Al mismo tiempo, planteamos en
nuestra enmienda número 540 compatibilizar la pensión de jubilación de los pensionistas prejubilados con ingresos consecuencia de actividad remunerada siempre que no superen los 12.000 euros anuales.



Tal vez la enmienda más relevante que nosotros hemos planteado en el título II es aquella que hace referencia a compatibilizar la pensión de viudedad con la percepción del SOVI. Esta es una enmienda que ya aprobamos exactamente hace un año
en esta misma Comisión. Concretamente, el portavoz del Grupo Popular, señor Azpiroz, se comprometió a que el Gobierno a lo largo del año 2003 haría compatible la pensión del SOVI con la de viudedad. Finalmente, ha transcurrido un año y todas estas
personas, básicamente viudas (por cierto, tampoco son tantas ya que están limitadas por el tiempo; la legislación sobre Seguridad Social se refiere a unas épocas determinadas), están teniendo que renunciar a la pensión del SOVI, que es la más baja
que está pagando la Administración del Estado, y perciben única y exclusivamente las pensiones de viudedad, también en muchos casos mínimas, con lo cual no pueden llegar a final de mes para poder satisfacer sus necesidades. Es un compromiso
incumplido, es una promesa que por parte del Ejecutivo se nos dio tanto en Comisión como en el Pleno del Congreso de los Diputados en el sentido de que durante el año 2003 se arreglaría. Ha pasado un año, y esto no se ha arreglado.



Página 27606



Pensamos que se está cometiendo una gran injusticia con este colectivo de viudas, que no llegan a las 20.000, que tienen que percibir prestaciones miserables en unas condiciones económicas que no son las que correspondería a un país
desarrollado como es el Estado español, ya que tenemos unas potencialidades que no se corresponden con estas pensiones miserables. Por tanto, nosotros reclamamos en esta ocasión otra vez el compromiso del Partido Popular para que en Comisión o en
Pleno demos una gran satisfacción al colectivo de viudas españolas, que, repito, están viviendo con una pensión miserable porque han tenido que renunciar a la percepción de la pensión del SOVI.



A este capítulo también hemos presentado la enmienda número 548, que hace referencia a la Ley de infracciones y sanciones del orden social.
Nosotros proponemos la supresión de la modificación del grado de tipificación de la transgresión de
los límites legales o pactados en materia de horas extraordinarias. Asimismo, planteamos una reducción del cien por cien de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes para mujeres discapacitadas mayores de 45 años y de
un 90 por ciento para las menores de 45 años.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Montseny.



La señora MONTSENY MASIP: Voy a hacer una breve alusión a las enmiendas que ha planteado mi grupo parlamentario, ya que las mismas han sido incorporadas al informe de la ponencia y por tanto ya no son enmiendas vivas, sino derecho positivo.
En cuanto a la Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social, para no entrar en el debate que se viene produciendo con motivo de las enmiendas presentadas al texto articulado de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y a las
distintas secciones que componen los programas de los Presupuestos Generales del Estado, diré que se trata de flecos residuales que hay que incorporar al derecho positivo o que bien han sido objeto de tratamiento en otros textos jurídicos. Así
pues, mi intervención va a ser mucho más técnica que política, puesto que ya he defendido en la Comisión de Presupuestos las grandes líneas que inspiran los Presupuestos Generales del Estado.



Respecto al título II, el Grupo Parlamentario Socialista mantiene vivas tres enmiendas, las cuales no van a ser aceptadas por el Grupo Parlamentario Popular, ya que entonces entraríamos en contradicción con las políticas tanto de programas
de empleo como de acuerdos sociales que ha venido planteando el Gobierno con los agentes sociales. Me refiero, por ejemplo, a un eventual aumento del porcentaje, un 56 por ciento, aplicado a la base reguladora de la pensión de viudedad. La señora
García, como portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, debe conocer muy bien el acuerdo que se suscribió el 9 de abril del año 2001, el cual se trasladó luego al derecho positivo, habiendo sido objeto de cumplimiento estricto por parte del
Gobierno. Pues bien, en cuanto a dicho acuerdo social, durante los cuatro años de la presente legislatura se ha plasmado que el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad aumentaría de un 45 por ciento a un 46 y a un 47 por
ciento y para el próximo ejercicio económico se incrementaría en cuatro puntos, independientemente de que las pensiones mínimas de viudedad, cuando hay cargas que han podido sufrir un aumento en su cuantía mínima de hasta un 69 por ciento, hayan
sido objeto de tratamiento en cuanto a la revalorización del IPC. En la presente legislatura, esa reivindicación que ha sido y sigue siendo justa, puesto que hay pensiones escasamente dotadas todavía, ha sido objeto de un tratamiento preferente por
parte del Gobierno en base a esos acuerdos que han legitimado los agentes sociales que han intervenido en la firma del presente acuerdo.



La enmienda 336, del Grupo Parlamentario Socialista, en realidad intenta prorrogar el fomento de empleo para el año 2004 sobre la base del acuerdo del año 2001. Nosotros entendemos que las bonificaciones, que en este año podemos decir que
para el fomento de empleo han sido fijadas en 400 millones de euros -creo que no es ninguna cantidad baladí-, podrían poner trabas a la contratación indefinida, caso de retrotraer los efectos al plan de empleo del año 2001, por cuanto pensamos que
entra en contradicción con el programa del Gobierno y con los fines que persiguen los Presupuestos Generales del Estado presentados por el Gobierno.



En relación con las enmiendas planteadas por la señora García a las disposiciones adicionales, van a ser respondidas por el ponente del Grupo Parlamentario Popular señor Blancas, ya que así lo ha decidido el grupo y van a ser objeto de
tratamiento diferenciado.



También quiero ser muy breve en relación con las enmiendas que ha presentado el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Su representante ha dicho que, desde la perspectiva autonómica, año tras año, viene planteando la titularidad
de la propiedad de ciertos bienes-inmuebles que fueron transferidos en el momento de constituirse el Estado de las autonomías. A título de ejemplo puedo decir que esta diputada prestaba sus servicios como funcionaria en el Insalud en el momento de
su transferencia a la Generalitat de Cataluña. Prestaba sus servicios en un edificio emblemático, muy bonito, muy conocido en Barcelona: la sede del Instituto Nacional de Previsión, donde hoy está ubicado el Instituto Catalán de la Salud. Pero
una cosa es lo que confiere el principio de unidad de caja y el patrimonio que ostenta la Seguridad Social, dentro de la titularidad que tiene la Tesorería General de la Seguridad Social, y otra su uso, y ese ha sido el acuerdo a que se llegó en
cuanto a la racionalización y la adscripción


Página 27607



de la transferencia del uso de los bienes inmuebles, no sólo respecto de Cataluña, sino de otras comunidades autónomas. Así, pues, creemos que su pretensión significaría quebrar ese principio de unidad de caja que tan difícil ha sido de
mantener y el equilibrio presupuestario de la Seguridad Social, que tantos esfuerzos ha costado.



Hablaba también el señor Sánchez i Llibre de un trato diferenciado de discriminación positiva para favorecer el trabajo de la mujer en todas sus vertientes: la mujer con una cierta discapacidad, personas incapacitadas judicialmente, es
decir, la posibilidad de compatibilizar renta propia por un trabajo con la incapacidad o discapacidad. Desde ese punto de vista, he de decir que el Gobierno ha sido sensible sobre las discriminaciones positivas en cuanto a las bonificaciones, con
la cuantía que he mencionado antes cuando respondía a la señora García, y que han dado tantos frutos en la creación de empleo. En Cataluña concretamente, a lo largo de estos años, se han creado 750.000 empleos. Todos aquellos colectivos que tenían
una especial dificultad para insertarse en el mercado laboral han sido objeto de tratamiento diferenciado de discriminación positiva, gracias a las normas emanadas del Gobierno y presentadas en esta Cámara.



Asimismo, plantea la compatibilidad de las pensiones o prestaciones derivadas del seguro obligatorio de vejez e invalidez con las pensiones de viudedad. No es que el señor Azpiroz, que ha sido mencionado por su intervención en la defensa de
las secciones correspondientes a cuestiones sociales otros años en esta Cámara, en representación del Grupo Parlamentario Popular, no haya podido cumplir un compromiso que adquirió.
El problema de la compatibilidad del SOVI con la pensión de
viudedad, puesto que la pensión de viudedad ha sido objeto de mejoras a lo largo de estos años, estriba en que en el extinguido seguro obligatorio de vejez e invalidez las cotizaciones efectuadas por los distintos cotizantes antes del 1 de enero de
1967 son muy dispares. Pueden haber cotizado un mínimo de 5 años y un día, pueden haber cotizado un solo día al retiro obrero, pueden estar en trámite de cotización personas que ostentan dicha prestación o pueden haber cotizado durante 15 ó 20
años. Esta diputada ha propuesto al Ministerio de Trabajo que estudie distintas coyunturas que podrían solucionar este problema. Hoy no ha sido posible traer aquí una solución definitiva, pero seguiremos estudiando este tema para ver la forma de
solucionarlo y de posibilitar que quienes perciben una pensión de viudedad puedan compatibilizarla en algún grado con el SOVI, la extinguida pensión del seguro obligatorio de vejez e invalidez.



En la enmienda número 548 proponen que las horas extraordinarias no sean objeto de modificación en la regulación de las infracciones y sanciones.
Lamentamos no poder aceptar esta enmienda. También habla de la reducción de cotizaciones para
mujeres discapacitadas, que sería una vertiente de esa discriminación positiva a la que hacía antes referencia. Entendemos que ya han sido objeto de tratamiento diferenciado, ya que las personas con discapacidad tienen un estatuto que ha sido
aprobado recientemente y que dará resultados positivos para su integración laboral y social.



El señor PRESIDENTE: Para el último bloque, con el resto de las enmiendas, tiene la palabra... (El señor Albendea Pabón pide la palabra.)


Perdón


El señor ALBENDEA PABÓN: Señor presidente, todavía no hemos debatido el título III.



El señor PRESIDENTE: Sí.



El señor ALBENDEA PABÓN: Es que tenemos que hacerlo entre dos. La señora Montseny sólo ha debatido el título II.



El señor PRESIDENTE: No nos lo habían avisado, señor Albendea.



Tiene usted la palabra.



El señor ALBENDEA PABÓN: Antes de comentar las enmiendas del Grupo Socialista, quiero decir que hay numerosas enmiendas de otros grupos, fundamentalmente del Grupo Mixto, pero como sus representantes no están, voy a hacer la gracia de no
glosarlas, porque si ellos no las defienden aquí, no creo que merezca la pena que digamos por qué no las vamos a aceptar.



Las enmiendas 337 y 338, del Grupo Socialista, que ha comentado el señor Martínez Sanjuán, se refieren a las características de los puestos incluidos en la relación de puestos de trabajo. Quizás el término características esenciales, que es
el que actualmente rige en la Ley 30/1984, es más confuso o más indefinido que el que se propone en el proyecto de ley, que es el de tipo y sistema de provisión. De otra forma, introduciríamos algunos factores de confusión innecesarios, en un
momento en el que la Administración general del Estado precisa disponer más que nunca de mecanismos de adaptación para ajustar sus efectivos a las nuevas demandas y a la realidad resultante después del ajuste de las transferencias de personal a las
distintas administraciones con la intensidad con la que se está produciendo.



La enmienda 339, del Grupo Socialista, habla de computar a efectos de trienios el periodo de prestación de servicios en organismos o entidades del sector público. He comentado antes con el señor Martínez Sanjuán que les vamos a proponer una
enmienda transaccional para el Pleno, para que tengan oportunidad estudiarla con rigor. Creo que llegaremos a un acuerdo.



La enmienda 340 pretende establecer con carácter permanente que la oferta de empleo público sea como mínimo del cien por cien de la tasa de reposición de efectivos. Queremos decir, como saben SS.SS., que


Página 27608



esta política, que ha variado en los últimos años desde una tasa de reposición del 25 por ciento desde 1995 al 2002 a una del cien por cien en los dos últimos años, pretende que de una forma ordenada se posibilite una redistribución de los
empleados públicos para que resulten más eficaces en los servicios esenciales o en los servicios en expansión. La adecuación de esa política de reposición de efectivos plasmada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado se considera
más lógico y como un instrumento de planificación estratégico en la política de recursos humanos del sector público. Por tanto, creemos que el establecimiento con carácter permanente, como propone la enmienda, de un mínimo de tasas de reposición de
efectivos sea cual sea ese mínimo, introduce rigideces en el sistema que imposibilita la adecuación de la oferta de empleo público a la situación y necesidades de cada momento.



La enmienda número 341 propone que se dé una nueva redacción al artículo 20, apartado 1, letra c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, suprimiendo el último párrafo de la letra c), del mismo
apartado, sobre el traslado de funcionarios.
Nosotros creemos que en el artículo 36 de la Ley 14/2000, de 30 de diciembre, ya se introdujo un nuevo párrafo a la letra c) que suponía dar una nueva redacción a la letra d) e incluirlo como un párrafo
más. En él se autoriza a las administraciones públicas a trasladar a sus funcionarios por necesidades del servicio, respetando sus retribuciones y provincia o isla de destino. La enmienda propone volver a la redacción anterior. Lo que realmente
supone de novedoso en la enmienda es la exigencia de que los puestos a los que se podrán adscribir tengan el mismo sistema de provisión, nivel y complemento específico. Nosotros creemos que esa exigencia limita la potestad de autoorganización de
las administraciones públicas porque no siempre existen puestos vacantes idénticos en cuanto a características retributivas o al sistema de provisión. El nuevo modelo autonómico del Estado realmente ha significado un profundo cambio funcional de
las competencias de las distintas administraciones, lo que ha conllevado desajustes en la adscripción de empleados públicos en diferentes departamentos que precisan el incremento de medidas de movilidad funcional y geográfica, preservando todos los
derechos de los mismos especialmente, y eso es lo importante, el de estabilidad en el empleo.



La enmienda número 342 pretende que en los Presupuestos Generales del Estado se fije la cuantía del complemento de destino a percibir por el concepto de pagas extraordinarias. El artículo 25 del proyecto de ley de Presupuestos Generales del
Estado para este año -que acabamos de discutir en Comisión- incluye la cuantía del complemento de destino a incluir en cada paga extraordinaria, dando así cumplimiento al acuerdo de Administración y sindicatos para el período 2003-2004. Establecer
como obligatoriedad que en la ley de presupuestos de cada año se indique la cuantía del complemento de destino a incluir en pagas extraordinarias supone condicionar la evolución de las retribuciones desde esa dirección, lo que no parece conveniente.
Además, señor Martínez Sanjuán, el pacto con los sindicatos tiene vigencia dos años, 2003 y 2004. Naturalmente si de entrada se empieza a negociar para la renovación para el 2005 en adelante y se empieza ya a ceder posiciones, realmente la
Administración estaría en unas condiciones de inferioridad, lo cual no parece lógico.



La enmienda número 343 propone modificar el artículo 23.3 de la Ley 30/1984, de 2 agosto, en cuanto a gratificaciones extraordinarias.
Nosotros creemos que las gratificaciones extraordinarias están justificadas porque se realizan en
supuestos extraordinarios y fuera de la jornada normal, por lo que su publicidad -como pretende la enmienda- no está justificada, ya que puede dar lugar a confusiones e interpretaciones erróneas e incluso podría dar lugar a supuestos que afectaran a
la seguridad del Estado.



En la enmienda número 344, que se refiere a la concesión obligatoria de la licencia por estudios para los funcionarios en prácticas, señor Martínez Sanjuán, cabe la posibilidad de una transaccional. Efectivamente, nosotros hemos presentado
una enmienda donde se dice: Igualmente se concederá -es decir, se ha modificado el carácter potestativo que había en el proyecto de ley por un carácter imperativo- esta licencia a los funcionarios en prácticas. De todas formas la enmienda de
ustedes hay que matizarla. Por tanto, también propongo, igual que hemos hecho en el caso anterior, que dejemos para el Pleno la posibilidad de una enmienda transaccional a la enmienda 344.



La enmienda número 345, que propone un cambio al Cuerpo de Contadores Diplomados del Tribunal de Cuentas, vamos a aceptarla porque nosotros hemos planteado una enmienda muy similar, aunque algo más compleja, pero está en línea con la nuestra
y por tanto, vamos a apoyarla. Así que ya van tres-cero. (El señor Martínez Sanjuán: Me abrumas. Risas.)


La enmienda 346 propone la creación de la escala ejecutiva de especialistas en seguridad vial. Creemos que uno de los objetivos de la Ley 30/1984 era la racionalización de la estructura de los cuerpos y escalas existentes en la
Administración española, excesivamente fragmentada y no justificada en muchas ocasiones por las diferentes funciones encomendadas. Para solucionarlo, se produjo la unificación de un elevado número de estos cuerpos y escalas en la propia ley, como
fue el caso de la antigua escala ejecutiva de la Jefatura Central de Tráfico que se integró en la escala administrativa de organismos autónomos.
Creemos que la escala ejecutiva de especialistas en seguridad vial debería estar basada en la
existencia entre las funciones asignadas a los funcionarios del Grupo B de la Dirección General de Tráfico, no sustancialmente coincidentes en


Página 27609



su contenido profesional y su nivel técnico o actividades que constituyan el objeto de una peculiar carrera o profesión. Creemos que no existe una carrera o profesión que tenga por objeto la realización de estas actividades. Efectivamente,
las actividades realizadas en el ámbito de tráfico son específicas y distintas a las de otros ámbitos, pero no más distintas y específicas que las de cualquier otro ámbito u organismo. Por eso, entendemos que los conocimientos adicionales que los
funcionarios de los cuerpos generales necesiten para la realización de estas actividades los pueden adquirir en los procesos formativos que se realizan en el momento de la incorporación al puesto.



La enmienda 347 trata de posibilitar la integración de los funcionarios de los equipos psicopedagógicos en el Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, especialidad psicología y pedagogía. Vamos a rechazar esta enmienda por entender que
este tema ya ha sido objeto de regulación en el artículo 45 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, en el que se preveía el acceso de los funcionarios del Cuerpo de maestros que desempeñan plazas en la enseñanza primaria al Cuerpo de profesores de
secundaria, mediante la convocatoria de un concurso-oposición en turno especial.



En cuanto a las enmiendas de Convergència y Unió, las números 552 y 553 proponen que se hable de las características -prácticamente lo mismo que ha dicho antes el señor Martínez Sanjuán en nombre del Grupo Socialista-, que en la redacción
actual se fijen las características de los puestos incluidos en la relación de puestos de trabajo, tanto en la Administración general del Estado, que lo dice la 552, como en las comunidades autónomas y en la Administración local, a las que se
refiere la enmienda 553. Los mismos argumentos que hemos dado antes para rechazar la enmienda del Grupo Socialista nos sirven para rechazar estas dos enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió).



Las enmiendas 554, 555 y 556 se refieren a la promoción interna y proponen que para el acceso desde cuerpos o escalas de un grupo de titulación a otros del inmediato superior sea necesario que hayan transcurrido dos años desde el ingreso en
el cuerpo o escala a que pertenezcan los funcionarios, cuando realmente lo que se establece es la exigencia de haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años. El contenido del proyecto, como todos los aspectos que afectan a las
condiciones de trabajo, entre los que la promoción es significativa, ha sido objeto de debate con los sindicatos más representativos, que han dado su conformidad a las propuestas que contempla el proyecto de ley. Sí vamos a aceptar, como mejora
técnica, sustituir titulación exigida por titulación académica exigida. Eso se lo aceptamos, señor Sánchez i Llibre.



La enmienda 557 se refiere a la modificación de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de reforma de la Función pública. Para el personal docente que ocupe con carácter definitivo puestos de trabajo en la
Administración educativa supone que pueda consolidar grado personal si cumple tal requisito. La enmienda distingue entre el personal docente y el que ocupe puestos de trabajo en la Administración educativa con carácter definitivo, categoría que no
está reconocida en nuestro ordenamiento jurídico, ya que todo el personal docente, sin distinción, puede optar en cualquier momento por un puesto de trabajo en una institución docente aunque éstas estén transferidas a las comunidades autónomas, y en
todo caso su aceptación incrementa el coste de personal afectado.



La enmienda 558, de adición de un nuevo apartado seis al artículo 36, es para aplicar los límites de tiempo máximo de servicios y edad establecidos en los artículos 91 y 95, de la Ley 17/1999, para los militares de complemento y militares
profesionales de tropa y marinería ingresados en las Fuerzas Armadas después de la entrada en vigor de dicha ley, y sólo en el momento en que se alcancen o superen las plantillas legalmente establecidas para dicho personal. El modelo actual de
Fuerzas Armadas profesionales está aún en plena fase de desarrollo, estando previsto que culmine en el año 2014, momento en que deberán alcanzarse las cifras de efectivos que fija la Ley 17/1999, de 18 de mayo. No existen razones que revelen
imperfecciones en el modelo y que justifiquen una modificación de la ley que lo regula. Las definiciones actuales están referidas a factores externos como son, la situación del mercado laboral o las preferencias de los jóvenes que podrían cambiar
el futuro, pero que es preciso contener con acciones correctoras sin que ello implique cambiar el modelo establecido. Con esto doy fin a todas las enmiendas presentadas por el Grupo Socialista y por el Grupo Catalán (Convergència i Unió).



El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate del cuarto bloque, que es el resto de enmiendas. El Grupo Socialista dividirá su tiempo entre los señores Bel y Amarillo. En primer lugar, tiene la palabra el señor Bel.



El señor BEL I QUERALT: Fruto de una noticia inesperada, en primer término, debo expresar mi satisfacción por la aprobación de una enmienda del Grupo Socialista. Soy consciente de que con la enmienda número 345 no vamos a cambiar los
destinos de España, pero siendo este el tercer año en que ejerzo la responsabilidad de ponente de esta ley de acompañamiento, es la primera enmienda que nos es aceptada. Teniendo en cuenta que con toda seguridad el próximo año no seré ponente de la
ley de acompañamiento, entenderá el Grupo Popular mi grado de satisfacción, que no llega a dar las gracias pero queda cerca. Dicho esto, voy a hacer hoy referencia aquí a una enmienda que fue aprobada en ponencia, por tanto, no es derecho positivo,
será derecho positivo el día 2 de enero, si es que se publica en el BOE, sobre la cual es posible pronunciarse


Página 27610



en esta Comisión, no sobre la enmienda, pero sí sobre el artículo en el que se ha incluido la enmienda, como de hecho antes había explicado mi compañera Iratxe García. La enmienda a que hago referencia es la 319 del Grupo Popular que fue
aprobada, como decía, en Comisión. Esta enmienda viene a limitar la exención del IVA a los sellos en franqueo sólo a aquellos operadores que tienen máquinas de franqueo. Este es un proceso político interesante que les aseguro que estudiaré
académicamente el próximo año, puesto que la disposición que viene a sustituir fue aprobada por estas Cortes Generales hace tres semanas y entra en vigor hoy. Con esta enmienda se modifica una disposición que ha entrado en vigor hoy y que fue
objeto de un amplio acuerdo entre el Grupo Popular, el Grupo Socialista y Convergència i Unió, y al que se añadieron además otros grupos parlamentarios. ¿Por qué se aprueba esta enmienda, que ahora es la disposición adicional decimocuarta, con la
consecuencia de dejar a una parte de los operadores privados postales fuera de la exención del IVA? ¿Por qué la exención del IVA solo existirá, a partir del 2 de enero, para aquellos operadores que tengan máquinas de franqueo, que son concedidas
discrecionalmente por la Administración? ¿Es que se persigue que las empresas que tienen máquinas de franqueo, en cuanto que serán más competitivas, podrán comprar a pequeños operadores postales sin máquinas de franqueo que se verán en situación de
desventaja y posiblemente tentados a ser absorbidos? ¿Es una promoción de la pequeña empresa? ¿Es una promoción del empleo? ¿Es una promoción de la competencia?


Nos parece injustificable que en esta tramitación se modifique una disposición que entra hoy, precisamente hoy, en vigor; nos parece injustificable que esta disposición que hoy vamos a aprobar aquí provisionalmente perjudique a los pequeños
operadores postales privados, que no gozan de autorización discrecional para tener máquina de franqueo por parte de la Administración, y nos preguntamos con serias dudas de todo tipo por qué el Grupo Popular ha planteado esta enmienda en esta
tramitación cuando hace tres semanas se acordó con Convergència i Unió y con el Grupo Socialista el texto que hoy estamos modificando, aunque haya entrado en vigor hoy.



En segundo lugar, voy a hacer una referencia muy sucinta a la enmienda número 658 sobre el cambio en la regulación de la acción de oro. Nosotros no nos opusimos a la tramitación de esta enmienda, aunque entró fuera de plazo reglamentario,
porque entendemos que se trata de adaptar la normativa española a una sentencia de las instituciones comunitarias, por lo tanto, apreciamos la urgencia. Reprochamos al Gobierno no haber utilizado el tiempo disponible porque la sentencia hace tiempo
que es conocida y podría haberse tramitado por procedimiento legislativo normal, más normal al menos que éste. (El señor vicepresidente, García Breva, ocupa la presidencia.)


En tercer lugar, anuncio que nos vamos a abstener, puesto que, aún siendo conscientes de la urgencia de la adaptación, nosotros somos más liberales que el Gobierno y lo que queremos con la acción de oro no es que el Gobierno se agarre a los
resquicios que permite la sentencia de las instituciones comunitarias para retener el máximo control posible, sino que el Gobierno suelte, el Gobierno renuncie a ese control injustificable que sigue manteniendo vía este mecanismo sobre las empresas
privatizadas.
Para eso, para poder establecer el marco de intervención sobre empresas privatizadas está la regulación y no el uso, aunque sea disminuido, de un instrumento como la acción de oro.



Por último, quiero hacer referencia a una enmienda, que es la 361, que se va a votar probablemente por algún defecto técnico en la forma de presentarla el Grupo Socialista, en el título V, pero que estaba presentada con vocación de ser
adicional, y por esto aludo a ella ahora.
Se trata de nuestra propuesta de constitución de consorcios regionales para la gestión de los aeropuertos, en el bien entendido que no de la regulación del tráfico aéreo porque desde el Grupo Socialista
entendemos que la regulación del tráfico aéreo es más bien algo que debe tender a centralizarse a nivel europeo. Nosotros somos partidarios de que el cambio del sistema vaya hacia una participación consorciada de todas las administraciones, la
central, las regionales, las autonómicas y las locales afectadas en la zona del aeropuerto y que dé también cabida, entrada, a la cooperación con el sector privado en la gestión y explotación de los aeropuertos. Por tanto, es un planteamiento
diferente al que antes ha expuesto el ponente de Convergència i Unió. Nosotros vamos a votar su enmienda al título V, la vamos a votar porque no estamos en contra, pero con esta enmienda lo que planteamos es un año más, ya lo hicimos el año pasado,
nuestra postura específica a este respecto.



El señor VICEPRESIDENTE (García Breva): Tiene la palabra el señor Amarillo.



El señor AMARILLO CUADRADO: Dos palabras para defender la enmienda 397.
Esta es una enmienda que con franqueza mi grupo desearía que fuese aprobada en este trámite. Sin eufemismos de ninguna clase, nos llevaríamos una gran desilusión si
esta enmienda es rechazada. Proponemos con ella la creación de un fondo, de un fondo que afecta a muchas ciudades importantes de nuestro Estado y a algunas comarcas en las cuales el mundo del tabaco, lo que es la industria del tabaco y el cultivo y
la producción del tabaco significa casi el 70 por ciento del producto interior bruto. Eso está muy localizado en Extremadura, pero no estamos hablando solamente de Extremadura, estamos hablando del cierre de la factoría de Sevilla, estamos


Página 27611



hablando de otros cierres que hay en otras ciudades del Estado.



Estamos en un proceso de reconversión en el mundo del tabaco. Hay reconversión de la empresa Altadis que, como ustedes saben, es heredera de la antigua Tabacalera. Estamos ante el interrogante de lo que pueda ocurrir en Cetarsa, que es una
empresa pública dependiente de la SEPI para transformación del cultivo del tabaco. Estamos hablando también de 20.000 familias en la zona de Cáceres, localizadas en las comarcas de Arañuelo y La Vera, que viven exclusivamente del tabaco. En este
sentido, y para tranquilidad de sus conciencias, quiero decirles que no defendemos que el tabaco sea bueno para la salud y que es aconsejable fumar, estamos defendiendo que siendo nocivo, sus grados de nocividad son distintos, que lógicamente unos
tabacos son más nocivos que otros y que, por tanto, los primeros en desaparecer del mercado deberían ser los más nocivos.
Curiosamente, entre los tabacos menos nocivos están los de producción española, que deben merecer un tratamiento especial.
Ocurra lo que ocurra, lo cierto es que estamos ante un grave interrogante, que va a obligar en algunas zonas muy concretas a tomar medidas económicas. Lo ideal sería que lo que están defendiendo las comunidades autónomas interesadas -en este caso
la Comunidad Autónoma de Extremadura- y también la Unión Europea en estos momentos prevaleciese, para que la desaparición del cultivo del tabaco se hiciese de una manera ordenada.



Sería igualmente deseable que la reestructuración que hace Altadis, que es la heredera de una empresa que nació a finales del siglo XVII, una de las más antiguas de Europa, en la que invirtieron sus dineros muchísimas generaciones de
españoles, como fue Tabacalera en su momento, tuviera otro sesgo. Es cierto que en estos momentos estamos viviendo la desaparición de la fábrica más antigua de Europa como es la industria de tabaco de Sevilla, tan unida no solamente ya a la
producción del tabaco, sino también a la literatura e incluso a la lírica. Son muchas cosas las que se está llevando por delante, pero estamos en el siglo XXI, las medidas que tenemos que tomar tienen que ser de cara al futuro y desde luego más
vale prevenir que curar. No debiera ocurrir que si desgraciadamente no evoluciona la situación como sería lógico y deseable, no tuviésemos los instrumentos financieros necesarios para poder dar respuesta a la misma, máxime cuando los recursos que
recauda el Estado como consecuencia del impuesto del tabaco son muy cuantiosos. Estamos hablando casi de 800.000 pesetas de las de antes. Desde el punto de vista ético, si el Estado comparte los ingresos del tabaco, y el dinero que procede del
Tabaco es un buen dinero y, es un dinero que se considera honrado -y me parece muy bien-, hay que ser consecuente y llevar la argumentación hasta el final, lo que conlleva que la actividad tabaquera, la actividad de primera transformación, la
actividad de segunda transformación e industrial es también una actividad legítima. Si hay que hacer en ellas transformaciones, que habrá que hacerlas y seguro que tendrá que evolucionar, hay que tener un marco económico y legal para que esto se
pueda desarrollar.



La enmienda 397 propone justamente este marco, propone la creación de un fondo que permita hacer frente a la pérdida de actividad económica en el supuesto de que esta se produjese. Lo ideal es que no se produzca. Ya sabemos que es un hecho
que la reestructuración de Altadis implica la pérdida de miles de puestos de trabajo y, por tanto, a ese hecho hay que hacerle frente. Mucho nos tememos que la reestructuración de la empresa pública Cetarsa sea también un hecho. Hoy mismo se ha
hecho el traslado de la sede de Madrid. Si sólo consistiera en que la empresa se fuese a Extremadura, a la zona de Navalmoral de la Mata, nos parecería magnífico, pero mucho nos tememos que sigan después unas reestructuraciones que están ya en
marcha. Por otro lado, ya ha habido reestructuración de empleo en la empresa Cetarsa.



Los día 13 y 15 va a haber unas reuniones en Bruselas para ver cómo va a terminar el tema de la organización común del mercado del tabaco. No podemos adelantar cuál va a ser el resultado final. Ojalá no sea el que está anunciado y sea
otro. Por nuestra parte sería temerario que ignoráramos esta cuestión. De lo que se trata es de tener la previsión, porque legalmente somos conscientes del riesgo, que es lo que dice la enmienda 397, y conscientes de ese riesgo generamos un fondo
para que en un momento dado, si las circunstancias lo requieren, pueda ser dotado.
Esto es lo que se pide. A esto es a lo que les pedimos a ustedes que digan que sí. Yo me he alegrado mucho -lo acabo de oír- de que ustedes nos hayan aceptado una
enmienda. Pues bien, que no sea la única; acepten dos. Sería una magnífica cosa para todos porque no estamos hablando de incremento de dotación sino de previsión. Esta es una previsión lógica, enormemente realista. Ojalá, el fondo no tuviera
que dotarse porque las cosas fuesen bien, pero, a poco que se conozca la realidad en la cual nos estamos moviendo, sabemos que los riesgos que se corren son muchos y lo lógico es que tengamos el soporte legal para poder reaccionar de manera
inmediata en un momento dado, si las circunstancias lo requieren.



El señor VICEPRESIDENTE (García Breva): Por parte del Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señoras y señores diputados, voy a despachar rápidamente nuestras enmiendas, dado el éxito relevante que han tenido las anteriormente defendidas por un servidor y la gran aceptación que han tenido por parte del
Grupo Popular, a fin y efectos de poder terminar esta sesión rápidamente


Página 27612



y dedicarnos a labores más productivas en nuestros territorios correspondientes.



Desde esta perspectiva, nosotros volvemos a incidir en las disposiciones adicionales en la supresión del impuesto de sociedades y donaciones por parte del Estado y no, como pretende el Partido Popular, que las comunidades autónomas, con
recursos que ya provienen del último acuerdo de financiación, queden más mermadas en cuanto al volumen de recursos financieros. Por eso proponemos que dicha supresión se haga desde el Estado, que es el propietario de dicho impuesto, y no perjudique
todavía más a las comunidades autónomas.



Tenemos tres enmiendas orientadas básicamente a facilitar y modernizar la legislación de los trabajadores autónomos, por cierto, el Partido Popular está también comprometido, como lo estaba en el SOVI, a aprobarlas, ya que fueron acuerdos
adoptados en la reciente Comisión del estatuto del trabajador autónomo, microempresa y emprendedores. Una de ellas pretende posibilitar que los familiares de los trabajadores autónomos puedan incorporarse y afiliarse al régimen general de la
Seguridad Social, tanto las mujeres, como los esposos y los hijos, cosa que hoy no es posible y es una injusticia flagrante. En cambio, si es una sociedad limitada, los familiares pueden incorporarse al régimen general. Por tanto, pedimos esta
igualdad.



También planteamos otra promesa incumplida por el Partido Popular, como es la creación de un fondo de garantía para la cobertura del desempleo de los trabajadores autónomos. Esta es una cuestión que llevamos debatiendo desde hace dos años,
hace dos años que el Partido Popular está comprometido a la creación de dicho fondo, está a punto de finalizar la legislatura y vemos que este acuerdo que se tomó en la Comisión y que venimos reivindicando, no se va a cumplir.



Estas son las enmiendas más importantes que ha presentado nuestro grupo y esperamos de la sensibilidad aquí, en el Congreso, o en el Senado por parte del Grupo Parlamentario Popular.



El señor VICEPRESIDENTE (García Breva): Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Blancas.



El señor BLANCAS LLAMAS: También con la mayor brevedad que me sea posible contestaré a los portavoces de los distintos grupos parlamentarios en relación con las disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales del proyecto de
ley de medidas administrativas y de orden social que, como ustedes saben, complementan los objetivos de política económica de los Presupuestos Generales del Estado para una mejor ejecución de los programas en las materias citadas, tributarias,
administrativas y laborales.



A esta ley, que yo cariñosamente llamo minicódigo de leyes civiles porque ampara una normativa muy variada, en el primer trámite se han incorporado, junto a la exposición de motivos, cinco títulos, debatidos y aprobados, con 86 artículos y
con 11 disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatoria y 11 finales; en el trámite de ponencia se han implementado, y se han mejorado, a 18 adicionales, 3 transitorias y alguna que otra más disposición final.



El incremento de este tipo de dosposiciones no proviene del Grupo Parlamentario Popular. Me gustaría reseñar, sin analizarlas todas por supuesto, que han sido los distintos grupos parlamentarios de la oposición los que han presentado 150
enmiendas a este capítulo.
Curiosamente, la mayoría de ellas son de nueva creación creamos 25 nuevos artículos en estas disposiciones adicionales, y luego se nos critica que nosotros abusamos en materia legislativa. En este caso todos somos
pecadores, puesto que aprovechamos para incorporar enmiendas que vienen, como he dicho antes, a complementar los objetivos de política económica del Gobierno.



Pediría, en primer lugar, que se incorporasen las enmiendas a las que se ha referido mi compañero Martínez-Pujalte en el turno relativo al título I, sobre todo la relativa al fondo de ayuda al desarrollo, FAD, porque considero que es una
enmienda de suma trascendencia, y cuyo objeto, como SS.SS. conocen, es otorgar créditos y líneas de financiación en los términos concesionales, y excepcionalmente donaciones a favor de los países subdesarrollados. Además, el fundamento lógico del
desarrollo de este fondo no consiste más que en actualizarlo, canalizarlo de acuerdo con el mundo en el que estamos, con la globalización e internacionalización del mismo, y tiene un doble objetivo: por un lado, ordenar y sistematizar la
legislación existente en la actualidad; y, por otro, avanzar en la línea que nos recomiendan las directivas internacionales en esta materia.



Hay una enmienda, también defendida por mi compañero Martínez-Pujalte, que deseo que sea incorporada como adicional nueva, que modifica la Ley 5/1995, de 23 de marzo, sobre régimen jurídico de enajenación de participaciones públicas en
determinadas empresas; amplia enmienda, que no voy a detenerme en desarrollar, porque incluye el régimen de notificaciones, procedimientos, criterios de decisión de los órganos competentes, y que considero que es una buena regulación de esta Ley
5/1995. Ya he oído al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista que están de acuerdo, puesto que ellos son liberales y aceptarían esta enmienda. No sé si a la hora de votar se abstendrán o votarán a favor de la misma.



Voy a pasar a contestar al señor Segura, que ha defendido sus enmiendas de forma fundamentada, especialmente las que se circunscriben al archipiélago canario. En cuanto a la enmienda 404, donde pide la ampliación del sistema integral de
vigilancia exterior, conocido coloquialmente como SIVE, en las aguas del archipiélago canario, el Gobierno es sensible a esta problemática que se está planteando, no sólo en el archipiélago canario sino también en las costas andaluzas,


Página 27613



gaditana y malagueña principalmente. No se preocupe porque somos sensibles y en el anexo de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2004 hay una dotación de 24.268.000 euros y una prolongación plurianual porque
paulatinamente se va ordenando toda esta problemática que está produciendo la inmigración clandestina. Para años sucesivos hay una dotación de 98.234.000 euros. A final de año se concluirá la instalación del sistema de vigilancia exterior. Se
terminará en Fuerteventura y en su archipiélago se instalarán las tres estaciones sensoras. También se ubicará una estación móvil en Lanzarote y un hangar fijo para helicópteros en Fuerteventura. El Gobierno es sensible a esta política de
inmigración y quiere apoyar a estas personas que, engañadas por esas mafias clandestinas, salen de su país en una cantidad un poco alarmante.



En cuanto a la enmienda defendida meticulosamente por el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la creación de un fondo en 1994 para contrarrestar los efectos indeseables de la reestructuración de la industria tabaquera, somos
muy sensibles, especialmente en Extremadura y Andalucía. Pero por un por si acaso no se puede crear un fondo, porque hay que dotarlo con unos presupuestos y unas partidas. El Gobierno es sensible a esta situación, que trataremos de paliar, pero no
podemos anticiparnos y poner el parche antes de que salga, permítame la expresión, el grano.



En cuanto a las enmiendas defendidas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Sánchez i Llibre, efectivamente, la supresión del impuesto de sucesiones es un objetivo a largo plazo que mi grupo parlamentario tiene in
mente. Ya se ha explicitado por portavoces más cualificados que yo, pero quiero decirle que las comunidades autónomas tienen facultad normativa para regular este impuesto de sucesiones y donaciones. De hecho, ya hay comunidades, no voy a
repetirlas todas, pero, por ejemplo, Cantabria, La Rioja y alguna más, que dentro de su capacidad normativa ya tienen regulado este impuesto y han aplicado exenciones a los familiares en primer y segundo grado. No nos eche la pelota. Ustedes
tienen facultad normativa para regular y suprimir este impuesto en el territorio de la comunidad catalana.



Respecto a los autónomos, es un tema que están estudiando con cariño los compañeros que llevan el tema de pequeña y mediana empresa y autónomos.
Efectivamente, los hijos deben tener la misma consideración en el régimen autónomo de las
personas físicas que en el régimen de las personas jurídicas cuando trabajan con sus respectivos padres. Pero para evitar el fraude, hay que andar con muchas cautelas y estudiar minuciosamente la postura que apunta S.S. para que el empresario
tenga derecho como persona física, como todos los familiares que están trabajando en una empresa a título societario y no a título personal. En cuanto al fondo de garantía al desempleo de autónomos, también lo está estudiando la comisión creada al
efecto. He de decirle que la prestación por desempleo se paga, hablando claramente, cuando se ha contribuido a esta prestación. En el régimen general está clarísimo que, puesto que cotizan tanto la empresa como el trabajador por la prestación de
desempleo, se tiene derecho a esta ayuda cuando finalice, por circunstancias diversas, la relación laboral entre empresa y trabajador. En el caso del trabajador autónomo, se están llevando a cabo determinados estudios y en un futuro no muy lejano,
una vez que cotizen estas prestaciones por desempleo, tendrán también, derecho a ella, como todos los trabajadores por cuenta ajena.



No quiero extenderme más en mis manifestaciones. El Grupo Popular siempre está abierto al diálogo y en este caso más, dada la premura con la que se ha tramitado esta ley de medidas fiscales. En la segunda lectura, cuando esta ley -después
de su tramitación en el Senado, donde como todas SS.SS.
saben, las enmiendas que aquí se han planteado serán objeto de un estudio profundo por parte de mi grupo parlamentario- vuelva a esta Cámara para su aprobación definitiva, pienso que habrá
algunas mejoras sustanciales en esta ley de acompañamiento, como vulgarmente se la denomina.



El señor VICEPRESIDENTE (García Breva): Se suspende la sesión por cinco minutos para iniciar la votación. (Pausa. El señor presidente ocupa la presidencia.)


El señor PRESIDENTE: Comenzamos la votación por el título I, artículos 1 a 21. En primer lugar, votamos las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario Mixto, las del señor Saura Laporta. Votamos de la 127 a la 132, la 134 y la 135.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda 137.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del señor Saura.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 22; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas. (El señor Albendea Pabón pide la palabra.)


Página 27614



El señor ALBENDEA PABÓN: A partir de esta votación, en lugar de 21, somos 20. Lo digo para que no haya problemas con el recuento. Se ha ido el señor Mancha.



El señor PRESIDENTE: Votamos las enmiendas del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda 440, del señor Núñez Castain.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas del señor Rodríguez Sánchez. En primer lugar, las emiendas 211, 212, 214 y 216.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del señor Rodríguez Sánchez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 21; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; en primer lugar, las 175, 180, 186, 187.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, en segundo lugar las enmiendas 173, 174, 176 a 179, 183 y 184.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 29; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; en primer lugar, las 7, 9, 10, 11, 13, 24 a 26, 28 a 32 y 37.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmiendas 4, 8, 12, 14, 23, 36, 38 y 39.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 21; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); en primer lugar, las 448, 455, 457, 459, 461, 463 a 467, 475, 476 a 478, 484 a 486, 488, 489, 505, 512, 513, 516 a 518, 521, 522 a 524, 531 y 533.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



En segundo lugar votamos las enmiendas números 468 a 474, 481 a 483, 487, 490 a 504, 506 a 511, 514 y 534.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista al título I, artículos 1 a 21.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 20; abstenciones, una.



Página 27615



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda 250, transaccional, del Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos el texto del informe del artículo 1 al artículo 21; en primer lugar, los artículos 1, 3, 4 y 5.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos los artículos 2, 6 y 14 a 21.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, nueve; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Resto de artículos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos los artículos 22 a 27 del título II. En primer lugar, votamos la enmienda 136 del señor Saura, del Grupo Parlamentario Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la enmienda 138.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 11.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas 436 y 437 del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda 441 del señor Núñez Castain.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas 218 y 219, del señor Rodríguez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria votamos, en primer lugar, las enmiendas 190 y 191.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 11.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); enmiendas 154, 156 y 157.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; votos en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos a las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida; en primer lugar, las enmiendas 44, 45, 46, 54, 55, 57, 59, 60 y 61.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda número 63.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 21; abstenciones, nueve.



Página 27616



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); en primer lugar, las 537, 538, 539 a 542, 544 a 547 y 549 a 551.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmienda 548.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, nueve.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las tres enmiendas en bloque del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos el texto del informe del título II, del artículo 22 al artículo 27; en primer lugar, artículos 22 y 24.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, nueve; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



En segundo lugar, artículo 25, apartados 3, 4, 5, 6, 8, 8 bis, 8 ter, 11 bis y 11 ter.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, uno.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos, en tercer lugar, los artículos 23 a 23 octidecies, resto del artículo 25 y artículo 27.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Resto de artículos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Pasamos al título III, artículos 28 a 37. Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto correspondientes al señor Saura; en primer lugar, las enmiendas 140 y 141.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del señor Saura.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 21; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmienda número 438 del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 11.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas del señor Rodríguez; en primer lugar, las 220, 221, 223, 225, 227, 228 y 229.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas números 224 y 226.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del señor Rodríguez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 11.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; en primer lugar, la número 192.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 20.



Página 27617



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la 193 de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la enmienda número 158 del Grupo Parlamentario Vasco.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; en primer lugar, las enmiendas 64, 67, 69 a 71 y 73.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda 72 de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 21; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); en primer lugar, las enmiendas 552 a 556.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, en segundo lugar, la 558.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista; en primer lugar, la enmienda 345.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 30.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos a votar el texto del informe; en primer lugar, el artículo 28.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Votamos los artículos 29, 30, 31, 32, 32 bis y 33.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 30.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Resto de los artículos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Pasamos al título IV, artículos 38 a 56; en primer lugar, enmienda del señor Saura, del Grupo Parlamentario Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda 429 del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda 230 del señor Rodríguez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



Página 27618



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda 159, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas 74, 75 y 78, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 20; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 20.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista en bloque.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos el texto del informe, del artículo 38 al artículo 56; en primer lugar, los artículos 38, 44, 53, 54 y 56.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Resto de artículos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Pasamos al título V, artículos 57 a 86; en primer lugar, enmienda del señor Labordeta, del Grupo Parlamentario Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmiendas del señor Saura.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmienda del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda 442 del señor Núñez Castain.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del señor Núñez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 232 a 234 y 237 del señor Rodríguez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del señor Rodríguez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; en primer lugar, de la 200 a la 202.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



Página 27619



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos a las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco; en primer lugar, de la enmienda 161 a la 163 y la 165.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, en segundo lugar, las enmiendas 160, 167 y 168.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, en primer lugar, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, las enmiendas 83, 84, 86, 87, 90, 92 a 94, 96, 97, 99 y 100.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 85, 88 y 91.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); en primer lugar, las enmiendas 564 a 579, 582 y 583.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del Grupo Catalán.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos del Grupo Parlamentario Socialista, en primer lugar, la enmienda 355, puntos 9, 10 y 11.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos el resto de la enmienda 355.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; abstenciones, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos el texto del informe. Artículos 57 al 86. En primer lugar, artículos 66 bis, apartados 2 y 3; 66 ter y 85, apartado 2.



Efectuada la votación, dijo.



El señor PRESIDENTE: Por unanimidad, quedan aprobados.



En segundo lugar, artículo 77 ter.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Votamos los artículos 78, 81, 82, 83, 85.1, 86 y 66 bis, apartado 1.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Votamos el artículo 83 bis.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Resto de artículos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 10.



Página 27620



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.



Pasamos a las disposiciones adicionales primera a undécima y nuevas, transitorias primera y segunda y nuevas, derogatoria única; y finales primera a undécima y nuevas.



En primer lugar, dentro del Grupo Parlamentario Mixto, enmiendas del señor Saura.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 430 y 434, del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 431 y 432.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del señor Puigcercós.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del señor Nuñez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 240 y 242 a 247, del señor Rodríguez Sánchez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del señor Rodríguez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 205 y 206, de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 171 y 172, del Grupo Parlamentario Vasco.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas del Grupo Vasco.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, en primer lugar, las enmiendas 101 a 103, 107 a 110, 112 a 116, 650 y 651.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 104 y 122.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, diez.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, enmiendas 602 a 605, 608 a 610, 612, 614, 615, 617 a 626, 628, 629, 631 a 639, 653 y 654.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 606, 611, 627 y 630.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 29.



Página 27621



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Resto de enmiendas de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, diez.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos del Grupo Parlamentario Socialista, en primer lugar la enmienda 397.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar, la 657.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Votamos la 658, del Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, diez.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Pasamos a votar el texto del informe. En primer lugar, las disposiciones adicionales primera a sexta, octava a décima, decimoquinta y decimosexta y disposiciones finales primera, segunda, quinta y sexta.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



En segundo lugar, disposiciones adicionales duodécima y decimocuarta.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, diez.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Votamos ahora las disposiciones adicionales séptima, undécima y decimotercera, disposiciones transitorias y disposición final tercera.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, diez.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Resto de disposiciones.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, diez.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Votamos la exposición de motivos. En primer lugar la enmienda número 2, de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la enmienda número 3 de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 19; abstenciones, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos del texto del informe la exposición de motivos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Se levanta la sesión.



Eran las ocho y quince minutos de la tarde.



Corrección de error.-En el 'Diario de Sesiones' número 811, correspondiente a la sesión celebrada por esta Comisión de Economía y Hacienda el miercoles 17 de septiembre de 2003, por un error de imprenta, no se ha recogido la votación de la
exposición de motivos del proyecto de ley general tributaria, al final de la sesión -página 25574, segunda columna-. Por consiguiente, debe entenderse completada dicha página del siguiente tenor: 'Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos a favor, 20; en contra, 10.-El señor Presidente: Queda aprobada.-Se levanta la sesión.-Eran las tres y treinta minutos de la tarde'.