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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 306, de 27/09/2001
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 2001 VII Legislatura Núm. 306



CIENCIA Y TECNOLOGÍA



PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.a ELENA GARCÍA-ALCAÑIZ CALVO
VICEPRESIDENTA PRIMERA



Sesión núm. 18



celebrada el jueves, 27 de septiembre de 2001



ORDEN DEL DÍA:



- Comparecencias de personalidades al objeto de informar sobre el
proyecto de ley por la que se modifica la ley 11/1986, de 20 de
marzo, de patentes, para la incorporación al derecho español de la
Directiva 98/44/CE, del Parlamento Europeo (Número de expediente 121/
000025) . . . (Página 9482)



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Se abre la sesión a las cuatro y diez minutos de la tarde.




COMPARECENCIAS DE PERSONALIDADES AL OBJETO DE INFORMAR SOBRE EL
PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 11/1986, DE 20 DE MARZO
DE PATENTES, PARA LA INCORPORACIÓN AL DERECHO ESPAÑOL DE LA DIRECTIVA
98/44/CE, DEL PARLAMENTO EUROPEO. (Número de expediente 121/000025.)



- DE DON JAIME COSTA VILAMAJÓ, DIRECTOR DE REGISTRO DE LA EMPRESA
MONSANTO. (Número de expediente 219/000259.)



El señor VICEPRESIDENTE (Lissavetzky Díez): Buenas tardes. Vamos a
dar comienzo a la sesión de esta Comisión de Ciencia y Tecnología, en
primer lugar, agradeciendo la presencia de don Jaime Costa Vilamajó,
director de registro de la empresa Monsanto, que nos acompaña en esta
sesión de la Comisión. He de comunicarles que dado el número de
comparecientes en estos días queremos trabajar para que cada
comparecencia dure en torno a treinta minutos, con lo cual le
rogaríamos que hiciera una primera intervención que no sobrepasara
los quince minutos. Posteriormente también pido a los grupos que se
autorregulen el tiempo para hacer preguntas y consideraciones, pero
que no sean extensos en el uso de la palabra, y habría un segundo
turno para don Jaime Costa, para comentar o contestar a algunas de
las preguntas o comentarios que se hacen. Muchas gracias. Bienvenido
otra vez, y tiene la palabra don Jaime Costa.




El señor COSTA VILAMAJÓ:
Señorías, buenas tardes y mi agradecimiento por el honor de declarar
ante esta Comisión. Con la experiencia de 25 años de trabajo por la
agricultura española en el ámbito de la empresa privada, me complace
exponer algunos aspectos de la mejora de plantas relacionados con el
proyecto de ley para incorporar al derecho español la protección
jurídica de las invenciones biotecnológicas. La modificación genética
de plantas viene ocurriendo desde que el hombre practica la
agricultura, con creciente participación de empresas privadas durante
los últimos cien años. En este período se han modificado y mejorado
muchas especies, realizando cruces naturales, hibridaciones,
provocando o aprovechando mutaciones y empleando otras técnicas. Ha
sido un proceso con muy buenos resultados, a pesar del
desconocimiento de las bases moleculares responsables de las nuevas
características y de las escasas comprobaciones sobre seguridad
alimentaria antes de comercializar las nuevas plantas.

Con los avances en biología molecular durante los últimos treinta
años, los científicos son hoy capaces de identificar los genes con
precisión. Se trata de secuencias de unos centenares o miles de
bases, con un orden
concreto de cuatro bases ATGC, que son únicas para todos los seres
vivos, y que son responsables de una característica determinada,
generalmente codificando la producción de una proteína por la propia
planta. Esto implica un salto cualitativo importante en la precisión
del proceso, pues el tamaño del genoma de las plantas cultivadas va
desde los cuatrocientos millones de pares de bases en el arroz a los
3.000 millones de pares de bases estimados para el trigo. Una vez
identificada la secuencia es posible mediante técnicas de laboratorio
su inserción o injerto en los cromosomas de plantas donde queremos
introducir la nueva característica, aunque la especie donante del ADN
y la planta mejorada no pudieran intercambiar material genético en su
estado natural adulto. Esta última característica ha motivado la
implementación de rigurosos sistemas de autorización paso a paso y
caso por caso en Estados Unidos y otros países desarrollados que en
la Unión Europea empezaron a aplicarse después de la Directiva 90/220
recientemente reformada. Esta nueva forma de mejorar los cultivos ha
significado importantes aportes de valor para los agricultores sobre
todo, a juzgar por las crecientes superficies sembradas, que han
pasado de dos millones de hectáreas en 1996 a más de 45 millones en
el 2001, con unos resultados impecables desde el punto de vista de
seguridad alimentaria y de respeto al medio ambiente. Este proceso
más potente y preciso, que sirve para sustituir recursos escasos o no
renovables por información genética, requiere un esfuerzo innovador
muy superior a la situación anterior, ofreciendo numerosas
oportunidades para la novedad y su aplicación industrial que
justifican el proyecto de ley.

A modo de resumen, este proceso actualmente incluye: uno,
identificación y secuenciación del gen de interés. Los más empleados
hasta la fecha provienen de bacterias naturales del suelo, aunque
también hay un gen de maíz que ha sido reintroducido en el propio
maíz después de modificar el 0,7 por ciento de su secuencia. Dos,
estudio de la nueva proteína producida, su caracterización,
toxicidad, digestibilidad en jugos gástricos o intestinales,
similaridades con otras proteínas tóxicas o alergénicas, etcétera;
tres, construcción de vectores o ensamblajes del gen de interés con
secuencias reguladoras (promotor y terminador); cuatro, inserción o
injerto de los genes en células del cultivo a mejorar; quinto,
cultivo de tejidos y recuperación de plantas transformadas a partir
de las células que incorporan los nuevos genes; sexto, selección de
las plantas que contienen el nuevo gen, cultivadas en invernaderos
controlados, manteniendo intactas las características originales de
las plantas; séptimo, selección de una o pocas líneas que ofrecen
mayor potencial en ensayos de campo y que incluyen una sola inserción
del gen funcional; octavo, estudios de campo en los que se determina
la presencia de la nueva proteína en diferentes órganos y momentos,
así como el comportamiento y composición de la línea modificada en
relación



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con la línea de partida y otras variedades comerciales; noveno,
estudios con animales representativos para determinar la equivalencia
nutritiva de la línea modificada en relación con la línea de partida
y otras variedades; décimo, incorporación del gen de interés en
diferentes variedades comerciales de una o varias empresas mediante
cruces convencionales; once, evaluación de los datos de seguridad
medioambiental por las autoridades competentes, siguiendo los pasos
de las solicitudes B para ensayos y C de comercialización, de acuerdo
con la Directiva 90/220 en la Unión Europea. En España la evaluación
técnica corresponde a la Comisión Nacional de Bioseguridad, cuya
composición y permisos están disponibles en internet www.mma.es;
doce, evaluación de los datos sobre seguridad alimentaria por las
autoridades competentes (Reglamento 258/1997 de nuevos alimentos en
la Unión Europea); trece, en el caso de cultivo en España,
autorización para la comercialización por el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación de cada variedad que haya
demostrado ser distinta, homogénea y estable, incluyendo un
preceptivo plan de seguimiento en el caso de las que se derivan de
variedades genéticamente modificadas; y, catorce, en caso de que su
cultivo implique la aplicación de un herbicida también es necesaria
la autorización expresa por la dirección general de Agricultura,
después de evaluar ensayos de campo en condiciones representativas y
aprobando su uso en condiciones que no comprometan la seguridad de
aplicadores, consumidores o medio ambiente. Todo este proceso, que
implica más de ocho años de intenso trabajo de investigación y
desarrollo, representa una inversión de varios miles de millones de
pesetas para conseguir la autorización de una sola modificación
genética que pueda consumirse en Estados Unidos, Canadá, Japón y la
Unión Europea.

Con esta tecnología se han obtenido variedades de maíz y algodón
genéticamente protegidas contra insectos que sólo en Estados Unidos
han evitado la aplicación de más de un millón de litros de
insecticida por año desde 1996. También se han conseguido variedades
de soja, maíz, algodón y canola que pueden crecer libres de malas
hierbas aplicando con facilidad y cuando hace falta un herbicida sin
efecto residual que anteriormente sólo podía usarse antes de nacer el
cultivo. Esta mejora permite una importante reducción de labores
mecánicas, facilitando la siembra directa con rastrojos sobre el
suelo, lo que se llama agricultura de conservación, que a su vez
favorece la biodiversidad, evita la erosión del suelo y reduce las
emisiones de CO2 gracias al aumento de materia orgánica, a la vez que
ahorra centenares de millones de litros de gasóleo. El uso de las
nuevas variedades en el contexto de una agricultura integrada reduce
al mínimo el impacto medioambiental de cada kilo de alimento, pienso
o fibra producidos.

Esta tecnología ya ha demostrado muchos beneficios en sus
aplicaciones a la salud humana (insulina, hormona
del crecimiento, etcétera), para la alimentación, como quimosina
para fabricación de quesos, o en aplicaciones industriales, como
ocurre con los detergentes biodegradables, por lo que su aplicación
en la agricultura también debe contemplar el desarrollo de cosechas
con mejor calidad o que sustituyen eficientemente a algunas
producciones industriales. La protección de las invenciones
biotecnológicas propuesta en el mencionado proyecto de ley estimulará
la participación de investigadores públicos y empresas españolas en
todas o muchas de las actividades descritas anteriormente, por lo que
pensamos que va a fomentar la competitividad de nuestra economía y la
eficiencia y sostenibilidad de la agricultura española.




El señor VICEPRESIDENTE (Lissavetzky Díez): Muchas gracias, señor
Costa por atenerse al tiempo.

A continuación pasamos a un turno de intervenciones por parte de los
grupos, y tiene la palabra don Manuel Silva por el Grupo Catalán
(Convergència i Unió).




El señor SILVA SÁNCHEZ: Nos ha dado usted una explicación interesante
de las grandes ventajas que presentan no pura y estrictamente los
alimentos transgénicos o los cultivos transgénicos, sino también
algunos otros elementos. De todas formas, tampoco será usted ajeno a
las críticas que determinados sectores realizan a este mecanismo
biotecnológico. Por concretar algún aspecto del contenido del
proyecto de ley, le quería hacer alguna pregunta, aunque quizás los
posibles defectos aparezcan salvaguardados por el proyecto. Por
ejemplo, si estamos hablando de producciones vegetales, me gustaría
saber en qué medida la aplicación de estas técnicas biotecnológicas
permiten al agricultor la propia continuidad de la explotación y, por
tanto, el volver a sembrar las semillas y obtener el mismo producto,
o en qué medida estas técnicas determinan una vinculación del
agricultor cosecha a cosecha a la empresa suministradora. Esta es una
de las críticas que se han efectuado. Ya sé que la ley pretende
salvar este aspecto, pero tendría interés en que me lo aclarara.

En segundo lugar, me ha parecido muy interesante también la
observación que ha hecho usted respecto de la contribución de estas
técnicas al mantenimiento de la biodiversidad, porque una de las
críticas fundamentales que se hace a veces es la contraria: es
entender que estos mecanismos precisamente lo que acaban generando es
una reducción de esa biodiversidad. En ese sentido también me
gustaría conocer su opinión. Estas son las dos cuestiones que me
gustaría que me aclarara. Fundamentalmente son: una, autonomía del
usuario y, otra, si puede concretar más específicamente esa
contribución al mantenimiento de la biodiversidad y que, sensu
contrario, no contribuya a su reducción.( El señor secretario,
Reguera Díaz, ocupa lapresidencia.)



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El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Tiene la palabra el señor
Lissavetzky.




EL señor LISSAVETZKY DÍEZ: Igualmente, quiero agradecer a don Jaime
Costa su presencia aquí. Su intervención ha sido interesante, pero
quisiera hacerle unas preguntas que tienen que ver muy
específicamente con el tema que nos ocupa y nos preocupa, como es la
trasposición de la Directiva europea sobre la protección de las
invenciones biotecnológicas. Esta trasposición no está siendo fácil,
puesto que sólo hay cuatro países que la hayan traspuesto, hay otros
países -me parece que son siete- que tienen proyecto de ley, entre
los cuales nos incluimos, y hay otros tres o cuatro que no tienen ni
siquiera proyecto de ley. La intención de la Unión Europea era
potenciar la industria biotecnológica, hacerla competitiva como en
Estados Unidos, lo cual es un objetivo que compartimos desde el Grupo
Socialista; pero también había una serie de contrapuntos, como buscar
ese punto de equilibrio entre la potenciación de la industria y
permitir contemplar una serie de aspectos que son muy importantes en
muchos pueblos, en muchos países, fundamentalmente en aquellos que
están menos desarrollados que nosotros para que se pudiera preservar
esa situación.

En lo que se refiere al tema que usted ha tratado, llama la atención
una omisión por parte del proyecto de ley del Gobierno de nuestro
país, concretamente el considerando 27, que está dentro de la
directiva pero no figura en el proyecto de ley, que tiene que ver con
la materia biológica en vegetales o animales. Lo digo porque todas
estas comparecencias nos van a servir a los grupos parlamentarios
para poder plantear una serie de enmiendas y, por tanto, intentar
llevar una mejora a este proyecto de ley, que es manifiestamente
mejorable. Nosotros teníamos pensado una enmienda, que es la
trasposición de ese considerando 27. Nos gustaría conocer su opinión
sobre este tema. La enmienda dice lo siguiente: En la misma forma,
cuando la materia biológica sea de origen vegetal o animal, se deberá
indicar en las patentes el lugar de obtención del material biológico
y contemplar los derechos que puedan corresponder a los pueblos
indígenas cuya cultura o tradición haya dado lugar a la invención
patentada en los términos recogidos en los acuerdos internacionales
como el Tratado de biodiversidad. Este sería el contenido de la
enmienda, prácticamente el considerando 27, que no alcanzamos a
entender por qué el Gobierno español no lo incorpora. Está claro que
hay muchos recursos, fundamentalmente vegetales y animales, que están
en países que no tienen el desarrollo del nuestro, y, por tanto,
habría que preservarlo haciendo una mención específica.

También queríamos introducir alguna otra modificación sobre la que
querría saber su opinión. Observamos una omisión en el proyecto del
Gobierno y es no citar la Ley de régimen jurídico de la protección de
las obtenciones vegetales. Podría acotarse dentro del propio
proyecto, concretamente del artículo 53 bis 1. Porque omitir
citar esa ley no ayuda a aclarar la situación, sino que la complica.

Son dos aspectos muy puntuales, además de la reflexión general, y en
este sentido termino agradeciendo una vez más su intervención en esta
Comisión.




El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Por el Grupo Popular, tiene la
palabra la señora Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Bienvenido y honrados con su
presencia, como no podía ser menos, aunque no estamos acostumbrados a
escuchar tan brillantes ponentes en tan poco tiempo en una materia
tan compleja como la que nos ocupa esta tarde. Señor Costa, le voy a
hacer una serie de preguntas para aclarar un poco la situación,
aunque considero que algunas de las cosas que se han dicho aquí son
todas enriquecedoras, pero a veces como la materia es compleja nos
despistamos.

Por ejemplo, en lo que se refiere al considerando 27, está recogido
en el artículo 4.1.b) de la directiva. Puede ser un despiste mío,
pero como estamos jugando con unos términos muy asépticos, a veces
nos podemos despistar. Esta directiva de obligado cumplimiento por el
Tratado de Adhesión de la Unión se plantea en España como en muchos
otros países, incluso en los que tuvieron el recurso contra la
trasposición de la directiva, que ya ha sido resuelto y, por tanto,
tienen que trasponer la directiva en las condiciones que establezca
cada Gobierno. El asunto de los recursos y de los países que no se
adhirieron a la trasposición de la directiva ya ha quedado subsanado
y tendrán que adaptarla en función de lo que su legislación, su
biojurídica interna, su ley de patentes, les obligue, porque es de
obligado cumplimiento por el artículo 139 del Tratado de Adhesión
a la Unión Europea, creo recordar.

Le voy a hacer una serie de preguntas que se podrían resumir luego en
una contestación escueta. ¿Cree usted que mejora la situación de las
empresas de I+D en España con una normativa que clarifique, dentro de
la ley de patentes, las patentes biotecnológicas? ¿Cree que aporta
seguridad jurídica a las empresas de I+D en materia biotecnológica?
¿Puede de alguna manera afectar a favor o en contra de la viabilidad
empresarial en un momento determinado el que existan estas patentes
biotecnológicas en empresas biotecnológicas? Con respecto a su
empresa, le quería pedir los datos de inversión de I+D en el último
año y las ganancias que han supuesto para su empresa. ¿Cree que
mejora la capacidad de desarrollo de nuevos programas en materia
agrícola la seguridad jurídica que pueda aportar una normativa legal
adecuada? ¿Hay mejor situación en países con más claridad y seguridad
en biojurídica que en España? ¿La relación con los organismos
estatalesen los países en que esta normativa está más regulada



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son mejores? ¿Cree que aporta algo a España esta nueva normativa?



El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Tiene la palabra el señor Costa.




El señor COSTA VILAMAJÓ: Muchísimas gracias a todos por sus
preguntas.

Por lo que se refiere a las del señor Silva, pensamos que con este
tipo de modificaciones el agricultor siempre va a tener opción de
elegir la semilla que más le convenga: semilla que venga de una
modificación genética, semilla convencional o su propia semilla.

Somos conscientes de que este proyecto de ley contempla el privilegio
del agricultor, que va a significar que el agricultor pueda usar la
semilla modificada si la cultiva para su propio uso, lo que significa
desde el punto de vista de las empresas que habrá que concentrar los
recursos en aquellos cultivos en los que se usa semilla híbrida, en
los que el agricultor está usando semilla nueva todos los años. En
este sentido, quiero llamarle la atención sobre que durante los
últimos 80 años los aumentos de productividad que se han conseguido
en cultivos en los que la semilla se siembra todos los años, como el
maíz, son muy superiores a aquellos conseguidos en semillas como el
trigo, que se siembran todos los años y en los que el agricultor
frecuentemente guarda la semilla. En cualquier caso, el agricultor
siempre será libre de elegir la semilla que más le convenga.

Respecto a la biodiversidad, le agradezco mucho su pregunta porque
frecuentemente se plantean estas innovaciones como una amenaza a la
biodiversidad cuando no son otra cosa que una posibilidad de aumentar
esa biodiversidad. Por poner un ejemplo, en Estados Unidos antes
había unas mil variedades de soja y hoy día hay mil variedades de
soja convencionales y otras mil que tienen la opción de utilizar la
resistencia a la tolerancia al herbicida; es decir, ahora tenemos más
biodiversidad que antes de estas modificaciones: En cuanto a la
elección por parte de los agricultores de la variedad que más les
convenga, puede ocurrir después que, a pesar de todo esto, se reduzca
la biodiversidad, pero es ajeno a la disponibilidad de nuevas
opciones. En cualquier caso -insisto en lo que he dicho antes- la
posibilidad de aumentar la productividad y la eficiencia de las
semillas implica que necesitamos menos recursos para producir una
unidad de alimento, de fibra o de pienso; es decir, tendremos más
tierras naturales disponibles para conservar esa biodiversidad
natural que a todos nos preocupa conservar.

Respecto a la tercera pregunta del señor Lissavetzky quizá no pueda
darle mucha información de lo que ocurre en otros países, pero
respecto a lo del artículo 27 sobre si la ley debería prever algún
tipo de compensación para los países que son el origen del
descubrimiento, ustedes, los legisladores, tienen que pensar cuál es
el objetivo de la ley. Si se trata de motivar a las empresas
o a los investigadores públicos para que investiguen, quizás a
ellos deba ir la recompensa principal; si, por el contrario, se trata
de compensar a un país menos desarrollado por el hecho de haber sido
el origen de una especie de la que se ha descubierto una utilidad
nueva y que hasta que ha venido un investigador a descubrir su
utilidad nadie sabía qué hacer con ello, es un tema ajeno a la Ley de
patentes y que debería contemplarse pero a lo mejor por otros
caminos.

En cuanto a la ley de protección jurídica de variedades vegetales, mi
formación no es de jurista y ustedes estarán seguramente, mucho más
capacitados que yo, pero seguramente pueden contemplarse las dos en
paralelo sin necesidad de incluir una en otra. Insisto en que mi
formación no es en este campo.

Respecto a las preguntas de doña Blanca Fernández de Capel esta ley
aporta una mejora a la situación de la investigación y el desarrollo
en España porque en nuestro país desgraciadamente la consideración de
las patentes no está tan bien vista como debería estarlo; es decir,
alguien que tiene una patente parece que está escondiendo un
privilegio en lugar de haber tenido el mérito de encontrar algo útil
y nuevo que antes no existía. En este sentido sí aporta algo
importante. La propia existencia de la ley también da una seguridad
jurídica a todas aquellas empresas que han hecho inversiones
importantes. Si una empresa no ve claro que una inversión de muchos
millones de pesetas obtenga una seguridad de utilización en buenas
condiciones durante unos diez o veinte años, difícilmente va a
invertir. Esto me permite enlazar con la siguiente pregunta sobre
nuestros datos de recursos destinados a investigación y desarrollo y
agradezco que me la haga. Estoy muy orgulloso, porque la empresa
Monsanto, en el ejercicio de 2000 ha tenido unos beneficios de 149
millones de dólares a nivel mundial, mientras que la cifra dedicada
a investigación y desarrollo es de 588 millones de dólares, es decir,
estamos invirtiendo en investigación y desarrollo unas cuatro veces
más que nuestra cifra de beneficios, porque somos conscientes del
potencial que tiene esta tecnología y de los beneficios que está
aportando hoy día para los agricultores y el medio ambiente de todo
el mundo.

No sé si me queda alguna otra pregunta por contestar. Si es así les
rogaría, por favor, que me insistieran.




El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Señora Fernández de Capel, tiene
la palabra.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Quería hacer simplemente una
matización. Le había preguntado si mejoraba la situación en España
con relación a la que existe en otros países, solamente era esto. La
trasposición es para nuestro país y nosotros queremos estar muy
seguros de los beneficios que pueda ono pueda acarrear esta
directiva.




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El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Señor Costa, tiene la palabra.




El señor COSTA VILAMAJÓ: Perdón por haberme olvidado de esta
pregunta. En este sentido mejora claramente la posición de la
investigación en España porque nos coloca a nivel de los países en
los que este tipo de invenciones están más estimuladas por la propia
legislación.




El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Tiene la palabra el señor
Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Al haber abierto un segundo turno, querría
hacer una simple pregunta: ¿Han dejado ustedes de patentar alguna
invención biotecnológica porque no esté transpuesta esta ley en
España? Dicho de otra manera, según mis informaciones la Oficina
Europea de Patentes de Munich permite patentar estas invenciones sin
necesidad de tener la ley. Que quede bien claro que el Grupo
Socialista está a favor de que se trasponga la ley -votó así en el
Parlamento Europeo- pero también queremos trasponerla bien; no por
ser los primeros en trasponerla la vamos a trasponer mejor. Por
tanto, cuando se hacen preguntas o consideraciones sobre si así se da
más seguridad jurídica, la misma que si está la patente en la Oficina
Europea de Patentes, ¿es o no es así?; ¿Tienen ustedes algún caso de
alguna patente que no hayan podido registrar porque no esté
traspuesta la directiva en nuestro país?



El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Señor Costa.




El señor COSTA VILAMAJÓ: Según mis conocimientos -repito que son
decisiones a nivel global, la inversión es muy cuantiosa y por tanto
hay que valorar todo el mercado posible en todos los países en
desarrollo- hasta ahora eso no ha sido un obstáculo, pero estoy
hablando de una empresa que tiene su investigación centrada sobre
todo en Estados Unidos y con utilización de sus productos en todos
los países del mundo. Si la empresa fuera española, seguramente la
respuesta sería otra.




El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): Señor Costa, quiero agradecerle
su presencia en esta Comisión de Ciencia y Tecnología.




- DE DON JOSÉ FRANCISCO GARCÍA BUSTOS, DEL DEPARTAMENTO DE
INVESTIGACIÓN GLAXO SMITHKLINE. (Número de expediente 219/000260)



El señor SECRETARIO (Reguera Díaz): A continuación pasamos a la
siguiente comparecencia, de don Francisco Javier García Bustos.

Señor García Bustos, tiene usted la palabra.




El señor GARCÍA BUSTOS: Buenas tardes a todos. La verdad es que soy
nuevo en estas lides y no sé muy bien qué es lo que se espera de mí.

Al revés que el compareciente anterior, soy un científico de
investigación básica y, por tanto, no tengo muchas relaciones
institucionales. Me parece que el uso más útil de nuestro tiempo es
contestar a sus preguntas. (La señora vicepresidenta, García-Alcañiz
Calvo, ocupa la Presidencia.) De todas maneras les diré, para
comenzar, que echando cuentas para esta comparecencia me he dado
cuenta de que llevo veintiún años trabajando en biología básica de
microorganismos: en fisiología, genética, genómica, en tres países
distintos y no me parecía que hubiera pasado tanto tiempo. También
les quiero decir que cualquier opinión que exprese aquí es una
opinión propia; no estoy autorizado para hablar en nombre de mi
compañía, Glaxo Smithkline, que tiene un director de comunicación.

Las opiniones que tengo sobre el tema son las que se usan en la
compañía, las que se oyen en las reuniones y nunca he oído nada en
contra de lo que yo opino en esta materia.

No estaba al principio de la comparecencia anterior, pero me temo que
voy a repetir en parte lo que se ha dicho antes, a tenor de las
preguntas que ha habido. Hay un considerando de la directiva europea
que me ha llamado la atención sobre cuál es el objetivo de las
patentes. Pone que el objetivo es recompensar al inventor por su
esfuerzo o algo parecido. Personalmente discrepo. Me parece que la
principal función social de las patentes es promover la divulgación
de los descubrimientos, es decir, hacer que se publiquen los
descubrimientos. Para incentivar esto se recompensa al inventor por
un período de tiempo limitado para que explote económicamente la
invención en exclusiva. Me parece que la función principal del
sistema de patentes es que la gente no se calle y que no esconda lo
que descubre sino que lo publique; una patente es una publicación que
si no eres el inventor te limita la explotación comercial, pero nada
impide a un investigador utilizar los datos de una patente para
proveer su propia investigación y avanzar en el conocimiento. Me
parece que esa es la máxima utilidad del sistema de patentes. Quizá
podrían tener eso en cuenta en los considerandos de la ley.

Creo que se ha mencionado también que para las compañías que viven de
vender aplicaciones basadas en la investigación el sistema de
patentes es esencial. En la industria farmacéutica, que es la
industria en la que yo trabajo, un proyecto promedio desde que ocurre
el primer eslabón en la cadena, que generalmente es el mío, desde que
en mi empresa en España yo decido que un determinado gen es una diana
adecuada para un futuro medicamento, hasta que si todo va
absolutamente perfecto ese medicamento llega al mercado, pasa una
media de diez a quince años y requiere una inversión de unos 500
millones de dólares, que es algo así como unos 100.000 millones de
pesetas aproximadamente.




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La patente es lo único que da cierta seguridad a la empresa de que en
algún momento va a recuperar esa inversión.

Otra cosa que me ha surgido en mi experiencia profesional es que
cuando cumplí tres años como presidente de una plataforma europea de
industrias que usan levaduras vi que las patentes son también un
elemento muy importante para favorecer la interacción entre el mundo
académico y el industrial; la famosa transferencia de tecnología del
mundo académico a la industria se facilita mucho con una ley de
patentes parecida a la que he leído en la directiva europea y en el
proyecto de ley español. Por cierto, me parece un buen proyecto y no
tengo gran cosa que añadir.

Abundando un poco más en la transferencia de tecnología, diré que los
investigadores académicos -yo lo he sido hasta hace seis años- somos
un poco narcisistas intelectuales, una cosa que nos motiva mucho es
el reconocimiento de nuestros colegas, sobre todo de aquellos a los
que respetamos, y eso lo logramos publicando nuestros
descubrimientos. Un sistema que permita patentar descubrimientos
biológicos satisface la necesidad del investigador académico de dar
publicidad a sus resultados, primero, porque la patente es una
publicación en sí misma y, segundo, porque una vez patentado puede
publicarlo en una revista científica y, tercero, porque como he dicho
antes a la empresa le da la seguridad de que su inversión en ese tema
que quiere transferir del mundo académico la va a poder rentabilidad
en el futuro.

Para concluir mi introducción, quiero decir que no soy el indicado
para opinar sobre el texto del proyecto de ley, pero como casi
siempre tengo una opinión sobre todo no me resisto a decirles que me
choca ver en el artículo 5.1 del proyecto la referencia a las buenas
costumbres. Supongo que eso ya han considerado que abre una puerta
muy grande de interpretación; imagino que jueces más liberales o más
conservadores podrían fallar de manera muy distinta sobre el mismo
tema, según sus inclinaciones personales.

Hay otro artículo, el 5.1.b), en el que se habla de que se excluirá
todo tipo de invenciones que tenga que ver con la modificación de la
línea germinal humana. Eso a mí me parece estupendo, desde un punto
de vista ético me parece que es lo que hay que hacer, pero también me
lleva a reflexionar que eso implica que renunciamos a eliminar
enfermedades genéticas como la hemofilia o la fibrosis quística, de
las cuales se conocen unas 1.500 en estos momentos y se sospecha que
hay unas 4.000, es decir, enfermedades que se deben a mutaciones en
un solo gen y que podrían eliminarse de la descendencia del paciente
afectado, pero para eso hay que intervenir en la línea germinal. Yo
no digo que eso haya que hacerlo, opino que no se debe hacer, pero
debemos ser conscientes de que estamos renunciando a ello.




La señora VICEPRESIDENTA: Muchas gracias, señor García Bustos, por su
comparecencia y su intervención.




Vamos a dar la palabra al portavoz del Grupo Popular, que ha sido el
grupo que ha pedido su comparecencia. Tiene la palabra la señora
Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Bienvenido, señor García Bustos.

Muchas gracias por su presencia y por sus palabras.

Indudablemente la trasposición de la directiva en España se recoge no
sólo como una ley al margen sino como una ampliación y modificación
de la Ley de patentes, como un apartado especial, pero no como una
legislación distinta. En otros países puede encontrarse otro tipo de
camino para hacer la trasposición de la directiva, pero creemos que
en este momento España tiene buen criterio al considerar las patentes
biotecnológicas dentro de toda la normativa de patentes. Como usted
muy bien ha dicho, contra lo que se cree, como se ha considerado por
varios de los ponentes durante la intervención anterior, la patente
no es un efecto negativo, sino que, al contrario, significa poder
acceder y divulgar una serie de mecanismos, de conocimientos, de
situaciones que van a facilitar el desarrollo de una tecnología, de
una técnica o de un conocimiento. En este caso, señor García Bustos,
estamos totalmente de acuerdo con lo que usted ha expuesto.

Volviendo un poco a esta cuestión, un considerando que a todos nos
llama mucho la atención es el que dice: de acuerdo con la moral y las
costumbres. Yo siempre había señalado eso porque me parecía un
concepto un poco anacrónico, pero he visto que en la legislación
europea estaba puesto de esta manera, me refiero a la coordinación de
la directiva que se ha hecho con otros países, que era un requisito
que quizá en principio pudiera ser negativo pero que a la larga hacía
un planteamiento positivo de ese derecho, un concepto que relacionaba
esa moralidad con el orden público, con la propiedad intelectual, con
el comercio. Ese concepto está en todo el ámbito europeo, está
reconocido por más de 21 países en algunos convenios internacionales,
incluso en alguno que hemos tenido el honor de que se firmara en
España, como fue el Convenio de Oviedo. Ese concepto, teniendo en
cuenta el considerando 37, insistía sobre ese principio armónico en
relación a toda la legislación europea, pero desde luego es un
término si no desafortunado digamos que no está matizado
legislativamente, a veces por las traducciones propias que impone la
directiva para armonizar una palabra que sea común en todos los
idiomas y que no nos despiste mucho.

Quería hacerle una pregunta. La empresa biosanitaria tiene en España,
y en otros países, grandes dificultades para poder acceder a un nuevo
producto, a un nuevo medicamento, con grandes costes y con los
larguísimos procesos que todos conocemos. ¿Ha patentado su



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empresa algo en España o todo procede de patentes obtenidas en
organismos internacionales que luego pueden desarrollar
comercialmente en España? Esa es una de mis preguntas. ¿Facilitaría
en algo a las empresas que tienen filiales, o parte de la empresa, en
un país como España la situación en cuanto a que hubiera en este país
posibilidad de hacer patentes biotecnologicas? La diferencia de que
la patente se consiga en un país o en otro, ¿supone para este país
algún beneficio?
En otro orden de cosas, ¿podría usted decirme si mejora en algo la
situación de una empresa biosanitaria, en este caso empresas de
biotecnología, empresas de medicamentos como la suya, el que haya una
directiva uniforme en toda la Unión Europea que establezca un marco
legislativo único a la que todos los países de la Unión Europea en
los que esta directiva es de obligado cumplimiento tengan que
acogerse?



La señora VICEPRESIDENTA: ¿Grupos parlamentarios que deseen
intervenir? (Pausa.)
Señor Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Quiero agradecer al señor García Bustos su
presencia hoy aquí y su exposición.




Voy a hacer una pregunta, en la medida en que usted lo sepa (porque
ha dicho, entre comillas, que no representa, y se entiende
absolutamente, a Glaxo, que es una farmacéutica importante), que
tiene que ver con la necesidad de la ley. Vuelvo a repetir que la
posición del Grupo Socialista ha sido apoyar el texto que se tardó
diez años en acordar en Europa, por tanto, no fue un texto sencillo.

Posteriormente, ha sido, con una fecha tope de 30 de julio de 2000,
traspuesto sólo por cuatro países europeos, algunos los tienen en
proyecto de ley, como es nuestro caso, y otros no tienen por el
momento intención de trasponerlo. Además, hay un recurso, presentado
en la Corte europea por algunos países, concretamente por Holanda, al
que se ha adherido algún otro país. Por tanto, es algo lógicamente
polémico. Estamos hablando de patentar algo que tiene que ver con la
materia viva y, compartiendo la importancia que tiene impulsar a la
industria biotecnológica europea para que pueda competir con la de
Estados Unidos, una preocupación de este Grupo Socialista, una vez
dicho lo anterior, es que esa potenciación sea lo más respetuosa
posible, por un lado, con otros países, lo decía en la anterior
intervención, países que a lo mejor tienen una riqueza, que su
patrimonio es la agrupación de recursos biológicos, que es un
patrimonio de los pueblos y, por tanto, cuando traspongamos y
aprobemos este proyecto de ley, tiene que quedar reflejado lo más
claramente posible ese aspecto, pero también en otros aspectos tiene
que respetar algunos de los asuntos que usted, de alguna manera, ha
mencionado.

Estamos ante un proyecto de ley que consiste en la modificación de la
Ley de patentes y el Gobierno ha elegido esta vía, no es una
trasposición como tal, y como usted se ha referido a las patentes y
yo coincido en una parte importante de su intervención, sí me
gustaría preguntarle su opinión sobre dos aspectos concretos. ¿Usted
cree que sería positivo también para el sistema que se rebajase la
duración de la patente, como creo que ocurre en otros países? Es
decir, la explotación de la patente debe ser de unos veinte años, no
sé si me confundo. ¿Sería razonable rebajar el tiempo de duración de
la patente por una razón muy sencilla?. Estamos asistiendo en algunos
momentos a debates importantes, viendo cómo hay muchas personas que
mueren en países que están en mala situación, por ejemplo, con el
sida, y estamos viendo también que es necesario -y por
autorregulación de las propias industrias farmacéuticas se ha hecho
muchas veces- que puedan utilizar genéricos para poder dar respuesta
a esa situación que es muy preocupante en muchos países. En
consecuencia, yo no sé si en este sistema de patentes podría
rebajarse su duración. A lo mejor no es justamente en esta ley donde
se debería debatir, pero aprovechando que está usted aquí, le quería
preguntar eso.

En segundo lugar, como investigador de ciencia básica, en un
instituto del CSIC que tiene que ver, de alguna manera, con la
industria farmacéutica, en mi etapa de formación me acuerdo que uno
de los problemas que había era que cuando hacías una investigación y
se quería patentar esto impedía que publicaras, y para poder acceder
a un puesto estable en el CSIC o la universidad, lo que te computan
los tribunales es fundamentalmente las publicaciones científicas.

Pienso que Estados Unidos ha resuelto esto y lo ha resuelto bien,
porque creo que tiene una norma que permite que pasen 18 meses desde
la publicación científica a que se pueda registrar la patente. ¿Cree
usted que sería adecuado, en la línea en la que usted ha intervenido,
para salvaguardar los intereses del investigador entrar en una línea
de trabajo como la de Estados Unidos?
Por último, voy a hacerle otra pregunta. Obviamente, usted pertenece
a una industria farmacéutica importante, pero una de las reflexiones
que se hacen en Europa ahora mismo es que dentro de la industria
biotecnológica existe una gran concentración en manos de unas pocas
empresas biotecnológicas que son las más importantes y, por tanto,
aunque a lo mejor no sea usted la persona más adecuada para contestar
a esta pregunta, sería bueno que esta ley y las medidas que se vayan
tomando tuvieran en cuenta las pequeñas empresas biotecnológicas;
concretamente, en nuestro país hay empresas de base tecnológica.

¿Cree usted que sería bueno introducir algún tipo de medida para
favorecer a estas empresas, que la mayoría de las veces no son
multinacionales, que son empresas propias de nuestro país o de otros
países? Y si usted lo considera



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adecuado, ¿qué medidas podría sugerir que permitieran que también las
empresas españolas o de otros países que son más pequeñas, que muchas
veces son de base tecnológica, que tienen que ver con la universidad,
con el consejo, etcétera, pudieran llevar adelante su actuación?



La señora VICEPRESIDENTA: Tiene la palabra el señor García Bustos.




El señor GARCÍA BUSTOS: Empezando por sus preguntas, me parece que la
primera era qué mejoraba esta ley en cuanto a las empresas con
filiales en España, sobre todo; si la empresa multinacional patenta a
nivel internacional, si lo de España tiene alguna relevancia. Me
imagino que el fondo de la cuestión es ése. Absolutamente sí, sobre
todo porque esto tiene que ver con un cambio -me voy ceñir a la
industria farmacéutica- de la política de patentes anterior, en la
que se patentaban únicamente fármacos, compuestos químicos. Ahora nos
permiten patentar sistemas biológicos, por ejemplo, métodos de ensayo
para descubrir nuevos fármacos; esos métodos de ensayos son ensayos
biológicos, es un gen que expresa una proteína. Entonces, esa
búsqueda de nuevos fármacos mi compañía la puede hacer en un número
de países, puesto que tenemos centros de investigación en seis
países, entre ellos España, además -aprovecho la ocasión para
decirlo-; la tenemos en España porque la microbiología en España es
puntera en el mundo y por eso está, no porque les caigamos más
simpáticos. Si mi empresa quiere buscar nuevos medicamentos para una
determinada terapéutica empleando un sistema biológico que es
patentable en un país y no en España, eso, en lugar de hacerlo
nosotros, lo harán mis colegas de otro país, lo cual implica menos
puestos de trabajo para los científicos españoles. Entonces, sí es
importante. ¿Cómo mejora para la empresa esta legislación comunitaria
y tenerla en común? Para una empresa tan grande como la mía quizá el
cambio no es tan grande; nos va a facilitar las cosas, pero si no
hace -nosotros hablamos en espanglish- un screening, o sea, un
rastreo de nuevas moléculas en España, lo hace en otra parte y no
pasa nada. Pero sobre todo favorece -enlazando con la pregunta del
señor Lissavetzky- a las empresas más pequeñas. En las empresas más
pequeñas, su principal vía de éxito comercial, o una de las
principales, es la colaboración con las grandes. Una empresa pequeña
que tiene un descubrimiento biológico que ahora no puede patentar
está a merced de una grande que le pueda robar su idea, porque tiene
muchos más recursos y la va a desarrollar mucho más rápido. Si topa
con alguna empresa deshonesta, le pueden robar su descubrimiento.

Mientras que si va a la empresa grande con una patente en el
bolsillo, eso no se lo quita nadie, lo que le supone una herramienta
para establecer colaboraciones, que es una de las principales vías
que,
a día de hoy, utilizan las biotecnológicas pequeñas para sobrevivir.


En consecuencia, sí es importante.

En cuanto a las preguntas del señor Lissavetzky sobre la importancia
para las empresas de esta ley y si es necesario aprobarla cuanto
antes, vuelvo a mi contestación anterior. Para mí, como grupo de
investigación español de una empresa multinacional, toda legislación
que permita a España competir con nuestros colegas, y sin embargo
competidores, de otros países nos favorece. Eso permite crear puestos
de trabajo en España, por lo que decía antes, porque si un ensayo
está protegido en un país y no en otro, se usa en el país en el que
está protegido y no el otro.

Sobre la incidencia sobre el patrimonio natural, le diré que para mí
es difícil de valorar porque hay mucha diversidad biológica en países
emergentes. Por lo que he entendido de la directiva comunitaria y del
proyecto de ley español, pienso que no se pueden patentar
descubrimientos. Eso está ahí y nadie se lo va a quitar a nadie. Lo
que sí se puede patentar es qué se hace con ese descubrimiento.

Obviamente, los únicos que están en condiciones de hacer algo útil
son los países desarrollados. A mí me parece justo que parte de los
beneficios reviertan al país que más lo necesita. Lo que no entiendo
es cómo se puede articular esto en una ley de patentes, pero ustedes
son los expertos.

Duración de las patentes. A nosotros nos parece muy corta, por lo que
mencioné al principio...




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: ¿Cómo investigador o como empresario?
(Risas.)



El señor GARCÍA BUSTOS: Como empresario, obviamente. A un
investigador le es indiferente, porque para usos experimentales, y
está también recogido, todo el mundo es libre de usar lo que está
patentado y, de hecho, beneficia al investigador que haya cosas
patentadas porque están publicadas y las puede usar. Si no se patenta
no se publica, las empresas tendrían todo eso en los cajones y no le
serviría a nadie.

Los proyectos farmacéuticos duran de 10 a 15 años, seguro que usted
lo sabe. Yo no sé honestamente cuánto duran. Hubo un cambio en la
Organización Mundial. No sé si eran 17 años. Si se acorta el tiempo
de la patente obligará a las empresas a recuperar las inversiones en
un período de tiempo aún más corto, lo cual en mi campo encarecerá
los medicamentos, inevitablemente.




En cuanto a cómo afecta a países pobres que necesitan medicamentos
patentados, a mi entender es una cortina de humo. En el futuro, el
grupo de investigación de Glaxo Smithkline en España muy
probablemente se va a dedicar a enfermedades que afectan a países en
vías de desarrollo -hablo de malaria, tuberculosis-, enfermedades que
no dan dinero. Ahora estoy leyendo documentos de la OMS y de las
Naciones Unidas y resulta que el 90 por ciento de los



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medicamentos considerados esenciales por la OMS son genéricos, no
están patentados. Los problemas de muchos de esos países no están en
la disponibilidad de los medicamentos, que empresas como la mía han
ofrecido prácticamente gratis, sino en su distribución y en la
vigilancia de su correcta administración. Dado que mi empresa sabe
que no va a ganar dinero en esos países, no tiene ningún problema en
regalárselos; es mi opinión. (Risas.)
Empresas grandes frente a las pequeñas. Yo creo que esta ley a quien
más favorece es a las empresas pequeñas, por lo que decía antes:
favorece su capacidad de negociación con las grandes porque tendrán
algo que ofrecer, irán a ofrecer la licencia de esa patente y podrán
explotar su investigación según consideren oportuno. En fin, piense
que en estos días el valor de nuestra empresa biotecnológica señera,
que es Farma-Mar, del grupo Zeltia, se ha multiplicado por no sé
cuántos cuando ha hecho un acuerdo con la multinacional Johnson &
Johnson. Si ellos no pudieran patentar sus descubrimientos en España
y en el mundo, difícilmente le habrían contado a Johnson & Johnson lo
que tenían.

La última pregunta es medidas especiales para ofrecer a las empresas
pequeñas. Yo estoy en una empresa grande, no conozco la problemática
de las empresas pequeñas. A mi entender la aprobación rápida de esta
ley favorecería sobre todo a las empresas biotecnológicas pequeñas.




La señora VICEPRESIDENTA: Señor Lissavetzky, tiene la palabra.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Muy brevemente, un par de minutos. Voy a
hacer la misma pregunta que hice antes. Dos cosas muy breves: no he
hecho referencia a algo que dijo usted relativo a la moral y las
buenas costumbres. Yo no soy jurista y me llama muchísimo la
atención. Estoy totalmente de acuerdo, yo no sé si cabría hacer
alguna redacción un poco más ajustada, no lo sé sinceramente, es un
viejo debate que hemos tenido en la Comisión. Yo creo que es
pertinente que usted haya planteado la modificación de la línea
germinal humana, con las salvaguardas que dice doña Blanca Fernández
de Capel, que evidentemente recoge. A lo mejor se puede buscar una
redacción adecuada y que dé satisfacción a lo que dice doña Blanca
Fernández de Capel -y yo lo comparto y lo comparte la Unión Europea
y lo compartimos todos-, para que en causas específicas se pueda hacer
algún tipo de investigación.

La pregunta concreta era la siguiente. Yo no quiero irme ni hoy ni
estos meses con mala conciencia, entre comillas, del Congreso y yo no
intento, en absoluto, retrasar la aprobación de esta ley. Quiero
saber el punto en el que estamos. Realmente si no se traspone la ley
o si no se aprueba la ley, ¿qué pasa, qué ha pasado hasta ahora? Le
hago la misma pregunta que antes. ¿Glaxo
tiene alguna invención que haya hecho en materia biotecnológica que
no se haya podido patentar? Porque existe un sistema con la Oficina
Europea de Patentes de Munich por el que prácticamente están
patentando todas las empresas este tipo de invenciones. En ese
sentido, a veces ir deprisa hace que seamos menos acertados a la hora
de aprobar un proyecto de ley. No ha sido sencillo, ha tardado diez
años en Europa, hay países que lo han traspuesto, hay países que lo
han recurrido. No es una trasposición normal -entre comillas-, de
esas que se hacen muy rápido. Ante eso, para no perjudicar con
demoras en la aprobación de la ley, ¿conoce usted algún invento
biotecnológico de su empresa o de otras que no se haya podido
patentar porque no esté traspuesta la ley?



La señora VICEPRESIDENTA: Señor García Bustos.




El señor GARCÍA BUSTOS: Como ya le digo, yo creo que esto va a
afectar sobre todo a las empresas más pequeñas y no tengo
conocimiento. Lo que sí le digo es que en mi empresa, cuando hemos
desarrollado un ensayo para buscar nuevos medicamentos, un sistema
biológico, y luego las sociedades científicas de investigación han
tenido que decidir dónde se implementa, dónde se hace la búsqueda,
siempre se ha preguntado si ese ensayo es protegible en España o no,
y cuando se decide en dónde correr ese ensayo, se hace en un país
donde ese ensayo sea protegible.




La señora VICEPRESIDENTA: ¿Algún grupo parlamentario desea
intervenir? (Pausa.)
Damos por finalizada su intervención agradeciéndole no sólo
personalmente, que también, sino en nombre de la Mesa y de la propia
Comisión su presencia en esta Cámara. Muchísimas gracias, señor
García Bustos.




- DE DON JORGE RIECHMANN, DE LA FUNDACIÓN ISTAS Y PROFESOR DE LA
UNIVERSIDAD DE BARCELONA. (Número de expediente 219/000261.)



La señora VICEPRESIDENTA: Pasamos a continuación a la siguiente
comparecencia.

Señor Jorge Riechmann, le doy la bienvenida en nombre de la Mesa y de
la Comisión de Ciencia y Tecnología de esta Cámara. Quiero decir a
los señores comisionados que el señor Riechmann ha tenido la
generosidad de mandarnos una abundante documentación que se encuentra
en la sala, y está disponible para todos aquellos que quieran y
puedan utilizarla. Sin más, le cedo la palabra al señor Riechmann.

El señor RIECHMANN: Gracias por la oportunidad que me dan de
comparecer y expresar una opinión sobre el asunto que nos ocupa.

Les aclaro antes de empezar que mi campo profesional es la filosofía
moral, soy profesor titular de Filosofía



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moral en la universidad de Barcelona, pero también me ocupo, dentro
de un instituto de carácter técnicosindical, el Instituto Sindical de
Trabajo, Ambiente y Salud, de cuestiones de ecología y, en especial,
de biotecnologías y de agroalimentación y política agraria desde hace
unos años. Este instituto está vinculado a Comisiones Obreras. Me he
sentido también obligado a aportarles, efectivamente, una
documentación un poco extensa porque la opinión que voy a
manifestarles es muy negativa sobre la directiva europea y sobre la
trasposición que están debatiendo ahora. Por tanto, quería que por lo
menos contaran con esa documentación de apoyo, donde encontrarán
mejor argumentadas cosas que, por la limitación del tiempo, solamente
voy a poder mencionar.

Desde mi punto de vista -y es el de muchos millones de personas y de
muchas organizaciones sociales en todo el mundo- no son aceptables ni
los acuerdos internacionales actuales que regulan la protección de la
propiedad intelectual ni los acuerdos TRIP o ADPIC de la Organización
Mundial de Comercio, especialmente su artículo 27.3 b), que es el que
se refiere directamente a la patentabilidad de seres vivos y de
material biológico. No es aceptable tampoco la Directiva europea
9844, que ha tenido esa tramitación tan larga y accidentada no por
casualidad, sino porque se refiere a materias que no son, en
absoluto, objeto de un consenso social (y por buenas razones,
añadiría). Y no es aceptable tampoco, por tanto, el proyecto de ley
que estamos discutiendo hoy.

Creo que la concesión de patentes sobre material biológico tiene
consecuencias negativas sobre la seguridad alimentaria, nacional y
mundial, para el desarrollo rural y también para la protección
ambiental. Entraña un riesgo claro de incrementar todavía más los
procesos tan poderosos, actualmente en curso, de mercantilización, de
formación de poderes oligopólicos o casi monopólicos en la
agricultura, de esos enormes centros de poder que están haciéndose
con tantos, cada vez más, eslabones de toda la cadena alimentaria,
desde el gen hasta el plato del consumidor, y entraña también un
riesgo cierto de agravar todavía más los fenómenos de erosión de la
diversidad genética presente en los cultivos agrícolas. Todos estos
fenómenos son hoy muy preocupantes y una de las fuerzas que los
impulsa es esta normativa sobre protección de la propiedad
intelectual. Uno de los efectos de las patentes biotecnológicas es ir
forzando poco a poco a los agricultores a, por ejemplo, tener que ir
comprando nuevas semillas cada año; pérdida, en general, de control
sobre sus actividades por parte de los agricultores. Tienen, a pesar
de lo que se dice muchas veces, efectos obstaculizadores en la
investigación científica y el intercambio libre de datos científicos
y, sobre todo, aumentan todavía más el control por parte de las
grandes empresas transnacionales. Si los cultivos alimentarios o las
medicinas -y estamos hablando de productos encaminados a satisfacer
las necesidades más básicas de los seres humanos- se convierten
en mercancías patentadas, se puede negar su acceso a pueblos y a
países enteros. La extensión del derecho de patentes en los últimos
dos o tres decenios hasta abarcar seres vivos, material biológico y
procesos biológicos, en conexión con esos procesos socio-políticos,
económicos, de concentración empresarial en grandes conglomerados de
poder privado que se apropian de esas patentes, todo ello, los dos
procesos juntos, desemboca en una tendencia muy rápida hacia la
privatización del conocimiento técnico-científico por un lado y de la
propia vida y los procesos vitales por otro. Se trata de una enorme
acumulación de poder privado que, por tanto, plantea interrogantes de
hondo calado a la sociedad y para la protección de los intereses
generales. La indicación más clara de la naturaleza crecientemente
monopólica del sistema vigente es que -y son datos de Naciones
Unidas-, en la actualidad, al menos el 70 por ciento de los pagos de
derechos por patentes se está realizando entre subsidiarias de las
mismas empresas; al menos el 70 por ciento, no estamos hablando de un
porcentaje marginal. Eso evidencia que el juego no es primordialmente
impulsar el conocimiento, sino mantener alejada a la competencia.

Para estas grandes empresas, las patentes, el entramado actual de
protección de la propiedad intelectual funciona en buena medida como
una forma de acotar un terreno y mantener fuera de él a los
competidores. La concentración de estas empresas es impresionante y
no tengo que recordarles cifras que seguro que conocerán. En este
sector de las llamadas ciencias de la vida la explosión de
solicitudes de patentes es también impresionante; sólo les doy un
dato: en los primeros 200 años en que funcionó el sistema de patentes
en Estados Unidos -está recogido en su constitución-, es decir, entre
1791 y 1999, más de 200 años, el Gobierno de Estados Unidos reconoció
6 millones de patentes; en este último año, en 1999, había pendientes
3 millones de patentes más, la gran mayoría de las cuales son
patentes biotecnológicas. Eso indica la profundidad del fenómeno
económico al que hacemos referencia; es un fenómeno mucho más
económico que de investigación o de conocimiento, sobre eso pueden
caber pocas dudas.

No deberían concederse derechos monopólicos de propiedad intelectual
sobre seres vivos, partes de seres vivos o su material genético por
dos razones fundamentales: eso pervierte todo el sistema de defensa
de la propiedad intelectual, borra por completo la diferencia entre
invención y descubrimiento y, además, legaliza el expolio del Sur por
parte de las transnacionales del Norte. La vida, los seres vivos y la
herencia genética no deben ser mercancías negociables. Este sistema
de protección de la propiedad intelectual que se ha ido creando en
estos últimos años me parece injusto e inmoral. Es un terreno de
conflicto donde se están enfrentando,por un lado, lo privado con lo
público; por otro lado,



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los ricos con los pobres y, además, el Norte con el Sur. Pienso, por
tanto, que ha de revisarse ese sistema y, repito, no soy el único que
lo piensa. Entre la documentación que he aportado hay documentos que
están pensados para que vean las campañas mundiales que hay ahora por
parte de gobiernos de algunos países, centenares de organizaciones
sociales de todo el mundo y ciudadanos de muchos países para revisar
el sistema, tanto en su dimensión internacional, es decir, los
acuerdos TRIP de la OMC, como en su dimensión europea, la Directiva
europea de patentes biotecnológicas, y también aquí, en España.

Relean por favor, dos artículos del texto legal que tienen entre
manos. Si entra en vigor, el artículo 4.3 de la Ley española de
patentes va a decir: «La materia biológica aislada de su entorno
natural o producida por medio de un procedimiento técnico podrá ser
objeto de una invención, aun cuando ya exista anteriormente en estado
natural.» Y el artículo 5 bis 2, va decir: «Un elemento aislado del
cuerpo humano u obtenido de otro modo mediante un procedimiento
técnico, incluida la secuencia o la secuencia parcial de un gen,
podrá considerarse como una invención patentable, aun en el caso de
que la estructura de dicho elemento sea idéntica a la de un elemento
natural.» Entonces, basta con aislar de su entorno natural una
planta, un animal, un gen humano, una línea celular para que puedan
ser reconocidos como invención y patentados. Eso supone, de un solo
golpe, la reducción al absurdo del concepto de invención -explíquenme
ustedes dónde queda la diferencia entre invención y descubrimiento- y
la legalización de la biopiratería, tal y como se ha practicado. Si
hubiera tiempo, se podrían poner sobre la mesa montones de ejemplos
de lo más ilustrativos, sobre todo en el decenio de los noventa. Eso
es también lo que ha hecho que tanta gente en los gobiernos de los
países que son los grandes centros de biodiversidad del planeta se
sientan engañados por ese acuerdo TRIP que funciona a partir del año
1995.

Entre la documentación que he aportado, para que tengan idea de lo
que puede ser un enfoque radicalmente diferente a la hora de abordar
el problema del patrimonio genético de la humanidad, tienen, por
ejemplo, el borrador de una propuesta de tratado para compartir esa
herencia genética común, que impulsan actualmente muchas
organizaciones del mundo entero. Quiero leerles un par de párrafos de
un documento reciente, el informe que preparó el cuadro de expertos
eminentes sobre la ética en la alimentación y en la agricultura de la
FAO; es decir, un conjunto de diez especialistas mundiales en ética
de la agricultura y la alimentación que reunió la FAO con el encargo
de que elaborasen un informe sobre ésta y otras cuestiones. Es un
documento del año 2000, del año pasado. Dice: El cuadro consideró
-son investigadores y pensadores del Norte y del Sur; hay un noruego,
un norteamericano y gente de
otros países, conocidos por su independencia intelectual- que hay un
uso excesivo de los derechos de propiedad intelectual que es
perjudicial para la producción de alimentos y para el desarrollo de
la agricultura. Consideró también que las patentes de alcance amplio
que ofrecen protección, más allá de la utilidad comprobada de un
producto, desalientan la investigación y favorecen el desarrollo de
monopolios. El cuadro estimaba que no deberían autorizarse los
sistemas relacionados con los derechos de propiedad intelectual que
restringen el uso del material genético de origen natural en un
espectro muy amplio, desde los genes hasta los organismos y las
especies. El acceso de las instituciones internacionales y nacionales
de investigación agraria a las tecnologías y procesos básicos
importantes para la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria
no debería restringirse mediante el uso de sistemas de patentes. El
cuadro manifestó su preocupación por los actuales sistemas
reguladores de los derechos de propiedad intelectual, los cuales
están promoviendo la uniformidad de variedades, ya que las
disposiciones jurídicas del sistema suelen exigir esa característica.


También manifestó su preocupación de que la consecuencia involuntaria
de ello sea una pérdida progresiva de agrobiodiversidad.

Voy concluyendo. Les ruego que cuando tengan que decidir lo que van a
hacer en relación con este proyecto de ley tengan en mente tres
desarrollos internacionales muy recientes, pero de mucha importancia.


Primero, el movimiento mundial por la accesibilidad de los
medicamentos básicos a las poblaciones más desprotegidas y los
obstáculos normativos que supone el actual sistema de protección de
la propiedad intelectual, cortado a medida de los intereses del Norte
y, todavía más, de las grandes empresas de este sector en el Norte.

No necesito recordarles la importancia que ha tenido este movimiento
el año pasado. Tengan presente que hay un movimiento mundial muy
importante que cuestiona la actual normativa de los TRIP y de la OMC,
que propone declarar los recursos genéticos patrimonio común de la
humanidad y tengan también presente que, sobrecogidos como estamos
todos, después de lo que pasó en Estados Unidos el 11 de septiembre,
con esa idea a la que todos estamos dando vueltas de que se ha
sobrepasado el umbral decisivo y tienen que cambiar muchas cosas, es
de sentido común, aparte de la respuesta política y policial que haya
que dar a esos atentados atroces, y todo el mundo lo está diciendo,
aunque me temo que en este momento no estamos haciendo nada en ese
sentido, que no es posible avanzar hacia un mundo más seguro sin
avanzar hacia un mundo más justo y todavía más hacia el futuro,
teniendo en cuenta lo que va a ser el desarrollo de las ciencias de
la vida y de las actividades empresariales desarrolladas con las
ciencias de la vida en el siglo XXI. Una parte importantísima de esa
posible justicia o injusticia del mundo que tenemos ante los ojos
tiene que ver con esa normativa abusiva



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sobre propiedad intelectual que hemos impuesto desde el norte en años
anteriores a todo el mundo. En mi opinión, el proyecto de ley que
tienen sobre la mesa es una ley injusta e inmoral y no debería ser
aprobada por el Poder Legislativo de nuestro país.




La señora VICEPRESIDENTA: Concluida su exposición, tiene la palabra
la señora Urán.




La señora URÁN GONZÁLEZ: Buenas tardes, señor Riechmann, y, en nombre
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, bienvenido a la
Comisión de Ciencia y Tecnología.

Por su intervención se podría llegar a la conclusión de que al ser
tan negativa la posición en cuanto a la directiva y la trasposición
que se hace al ordenamiento jurídico español la misma y en cuanto a
todos los acuerdos internacionales que pueda haber sobre propiedad
intelectual se estuviera negando la posibilidad de un avance en la
investigación científica, porque el compareciente anterior nos decía
que precisamente el hecho de la necesidad de esta ley de patentes
estaba en la competitividad que se requiere entre los países para que
pueda producirse un avance tecnológico o de invención biotecnológica
para poder progresar.

A mí me gustaría que nos explicara un poco más e ilustrara a la
Comisión sobre cómo sería posible mantener ese avance técnico y esas
investigaciones científicas sin necesidad de que tuviéramos que
aplicar una directiva sobre la que desde bastantes ámbitos, no
solamente a nivel del Estado español sino europeo, se está diciendo
que no es buena y que puede ser perjudicial para la ciudadanía de la
Unión Europea en concreto.

También me gustaría que nos ampliara un poco más sobre que esta serie
de medidas nos llevan a la privatización del conocimiento científico
y a la monopolización de las investigaciones. Se nos ha dicho que
esta ley de patentes o una similar puede favorecer precisamente el
desarrollo tecnológico y de investigación de las pequeñas empresas,
que pueden ser, bajo nuestro punto de vista, las más perjudicadas con
esta ley.

En estos momentos, señora presidenta, mi grupo parlamentario no tiene
más preguntas que realizar.




La señora VICEPRESIDENTA: Si todos los grupos están de acuerdo, vamos
a agrupar todas las intervenciones y después contestará el señor
compareciente. Así utilizamos mejor el tiempo.

Tiene la palabra el señor Silva.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Yo le he escuchado con mucha atención y desde
luego leeré detenidamente la documentación que nos aporta el
compareciente. De su intervención distingo tres objeciones, por
decirlo de alguna manera, que me gustaría que nos aclarara un poco
más. Por un lado, alguna crítica del proyecto de ley está en función
de que algunas técnicas o aplicaciones biotecnológicas no deben
realizarse. Por ejemplo,
uno puede entender que está ante una auténtica invención, pero la
transgénesis en sí misma considerada es algo rechazable y, por lo
tanto, en la medida en que el proyecto da carta de naturaleza a sus
productos, debe quedar fuera. Por lo tanto le pregunto si entiende
que hay procedimientos, como puede ser la producción de vegetales o
de alimentos transgénicos, que no debieran en ningún caso realizarse.


En segundo lugar, hay otro planteamiento que hacía también el
compareciente, es decir, la confusión o no entre el descubrimiento,
la invención y, por lo tanto, entender que así como la invención es
patentable, el descubrimiento no debía de serlo. Él hacía referencia
al artículo 4.3 y al artículo 5.2, hablando de partes separadas del
cuerpo humano. Me imagino que estaríamos ante descubrimientos y no
realmente ante invenciones. Me gustaría que pusiera algún ejemplo de
algún descubrimiento de estas características o de alguna parte
separada del cuerpo humano que le conste que haya podido ser objeto
de patente o cuya patentación se ha intentado.

Hay un tercer aspecto. Ahora no estamos hablando estrictamente de
técnicas de transgénesis o de aplicaciones biotecnológicas que se
entienden peligrosas o no convenientes, no estamos hablando de
patentar descubrimientos, sino que estamos ante invenciones, como
pueden ser algunos productos farmacéuticos, que podrían ser
auténticas invenciones, si el compareciente cree que no debieran
patentarse. Respecto de esta última cuestión, la pregunta que le
formularía es si hay algún mecanismo alternativo a la patente para
fomentar de una manera similar a la patente la investigación y los
descubrimientos en este ámbito. Ciertamente, nos guste o no, el ánimo
de lucro es uno de los motores de este mundo y la cuestión es que ya
no estamos ante técnicas que puedan considerarse reprobables, no
estamos ante patentación de descubrimientos; estamos ante patentes de
invenciones, en la medida en que atribuye el derecho exclusivo a la
explotación. Eso puede resultarnos, entre comillas, no conveniente o
incluso - emplearé una expresión más fuerte- repugnante, ¿pero hay
algún mecanismo que pudiera permitir avances similares en los
descubrimientos científicos y por lo tanto poner a disposición de los
ciudadanos esos avances y que no fuese la patente? Mejor dicho, ¿cabe
la posibilidad -y lo he leído en algún artículo de un medio de
comunicación- de constituir un fondo para el rescate de patentes y
poner esos productos en el dominio público?
No sé si he acertado en la separación de esos tres aspectos, pero si
pudiese hacer una reflexión sobre ello se lo agradecería.




La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene
la palabra el señor Lissavetzky.




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El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Agradezco al señor Riechmann que haya
acudido a esta comparecencia del Congreso. Creo que está dando una
versión interesante y de algún modo distinta -y de ahí que sea bueno
esta diversidad de opiniones- a la de los anteriores comparecientes.

Yo quisiera hacerle un par de preguntas y una breve reflexión.

Estamos dentro de un sistema de patentes. Las patentes posiblemente
no sean el mejor instrumento para proteger las invenciones, pero son
el único. La pregunta sería: ¿qué alternativas hay para llevar
adelante un desarrollo que nos interesa, no sólo desde el punto de
vista de la investigación, sino también por parte de la propia
industria y los efectos que tiene? Dicho de otra manera, ¿qué haría
usted para proteger estas invenciones? Muchas veces las posiciones no
son solamente blancas o negras; evidentemente, en el medio hay grises
y el interés de mi grupo es mejorar en la medida de lo posible el
contenido de este proyecto de ley, en el supuesto de que se aprobara.


Usted ha citado alguno de los aspectos controvertidos. Ya estamos en
la fase de enmiendas parciales, con lo cual hay que ir afinando sobre
las propuestas de cada grupo. Uno de los planteamientos que
concretamente Holanda ha planteado en el recurso ante la Corte
Europea tiene que ver con que no se contempla la cláusula de
consentimiento. ¿Mejoraría este proyecto de ley con una enmienda que
hablara de la necesidad de esa cláusula de consentimiento para poder
luego explotar las patentes?



Por lo que se refiere a los aspectos que tienen que ver con la
convención de diversidad biológica, yo le decía al primer
compareciente que nosotros vamos a presentar algunas enmiendas que
incorporen dos considerandos, el 26 y el 27, que me llamaba la
atención que el proyecto de ley que ha presentado el Gobierno no
contemplase. El considerando 26 tiene que ver con que en las
invenciones que tengan por objeto una materia biológica de origen
humano o utilicen una materia de este tipo se deberá tener en cuenta
el consentimiento y el 27, en la misma forma, cuando la materia
biológica sea de origen vegetal o animal se deberá indicar en las
patentes el lugar de obtención del material biológico y contemplar
los derechos que puedan corresponder a los pueblos indígenas cuya
cultura o tradición haya dado lugar a la invención patentada en los
términos recogidos en los acuerdos internacionales como el Tratado de
biodiversidad. Un tercer aspecto que también comentaba tenía que ver
con que no se citaba una ley, que yo creo que es importante, de
régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales. En
este sentido, a mi grupo le llama la atención que no haya habido una
trasposición -y nunca mejor dicho- de esta trasposición por parte del
proyecto que ha presentado el Gobierno en aspectos concretos como
este que yo creo que en la medida de lo posible podrían mejorarlo.

Esas eran algunas de las reflexiones o preguntas que le hacía.

En cuanto a la patentabilidad del ser vivo, me consta que en un
documento de la UNESCO de diciembre de 2000 se hacía un buen resumen
del estado de la cuestión y -como usted decía y yo lo comparto- esto
no es tan sencillo, es la tercera vez que lo digo esta tarde. Si
hubiera sido sencillo, ya lo hubieran traspuesto todos los países. Lo
que sucede es que se ha tardado 10 años en llegar a este texto,
solamente lo han traspuesto unos cuantos países y de ahí las grandes
dudas que hay. Sin renunciar a nada en lo que creamos firmemente,
pero sí desde el punto de vista pragmático, le pregunto si podría
mejorarse el proyecto con estos aspectos que he planteado yo o con
algún otro en esta fase que estamos, que ya no es de una enmienda a
la totalidad sino de enmiendas parciales y si nos puede dar alguna
idea en esa dirección.




La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra el señor Pérez Corgos.




El señor PÉREZ CORGOS: Quería dar las gracias al señor Riechmann por
sus explicaciones. Al igual que los demás portavoces que me han
precedido en el uso de la palabra, he escuchado con atención su
intervención y al hilo de ella quería hacerle una serie de preguntas.





¿Considera usted con sinceridad que si España no traspone la
directiva o no aprueba este proyecto de ley, los españoles podríamos
sustraernos a lo que usted ha denominado la piratería biotecnológica?
Es decir, ¿nuestra agricultura o nuestra industria se verían más
expuestas a agresiones por parte de otros países investigadores? En
segundo lugar, ¿no cree usted que la protección de las invenciones
hace que la investigación se desarrolle no sólo en España, sino en
todo el mundo? Por último, al hilo de la crítica que usted ha hecho
al artículo 4.2, sobre las invenciones, el descubrimiento o la
patentabilidad del ser vivo, estamos ante el caso de la penicilina.

¿Considera usted que no debería ser patentable la penicilina?



La señora VICEPRESIDENTA: El señor Reichmann tiene la palabra para
contestar a las preguntas que le han sido formuladas.




El señor RIECHMANN: Ha sido un gran número de preguntas y la mayoría
de mucho interés que intentaré contestar de un forma un poco
ordenada. Varias preguntas, aunque con planteamientos un poco
diferentes, venían a incidir en lo mismo, la relación que existe
entre la protección de las invenciones y el estímulo para el
desarrollo científico y el desarrollo de la investigación. En ese
nivel de generalidad se puede contestar que sí, pero una cosa es
contestar que ha de haber algún tipo de protección para las
invenciones y otra cosa que tengamos que aceptar este sistema de
protección de los derechos de propiedad intelectual, que puede tener
un



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efecto global mucho más negativo que positivo cuando uno se pone a
analizar todo en conjunto. Con esta pregunta se relacionaban también
las referidas a las diferentes alternativas.

Gana uno bastante claridad sobre el asunto, como con casi todo, si
echa la vista atrás y ve cuál ha sido la evolución de los sistemas de
protección del inventor y de los derechos de propiedad intelectual
desde que existen. Si uno hace ese ejercicio de memoria histórica, lo
que ve es, primero, que partimos de un sistema y de una concepción
que no tiene nada que ver con la situación en la que nos encontramos
ahora; los sistemas modernos de patentes se desarrollan estrechamente
en conexión con la revolución industrial, la primera ley de patentes
moderna se da en Inglaterra en el siglo XVII en esa fase previa a la
revolución industrial por parte del país que iba a desarrollarla. Se
parte de un momento en el cual lo que tenemos es un interés en
fomentar la inventiva individual de inventores individuales y que eso
no cause costes al resto de la sociedad y para eso se idean los
sistemas de patentes a lo largo del siglo XIX y reciben luego la
forma contemporánea en el decenio de los años setenta del siglo XIX.

El panorama del señor Edison o del señor Pasteur haciendo
descubrimientos con la fuerza de su genio individual y ofreciéndonos
después a la sociedad en el mecanismo pautado por un sistema como el
que tenemos, no tiene nada que ver con el panorama con el que nos
encontramos en la actualidad. El conocimiento es más colectivo que
nunca y el genio individual cuenta poco frente a la potencia de los
grupos de investigadores. Insisto en que se pueden hacer análisis y
los hacen a veces las propias instituciones que regulan los sistemas
de patentes, en varios países se han hecho, en Estados Unidos, en
Canadá, que ponen en duda que globalmente el sistema de protección
como tal tenga un efecto impulsor del conocimiento mayor que un
efecto disuasor del conocimiento, que también lo tiene y reconocido
por todos, por esos manejos perversos de las patentes simplemente
para alejar a los competidores, patentando modificaciones menores de
algo que posee otra empresa. Eso tiene cada vez más peso en el mundo
real en el que nos movemos en la actualidad que lo otro.

Prácticamente todas las patentes son propiedad de grandes grupos
económicos y de ciudadanos de países del norte. En un 97 por ciento,
según Naciones Unidas, son propiedad de la OCDE y de las que no son
propiedad de países de la OCDE, las cuatro quintas partes son de
ciudadanos de esos países residentes en países del sur. Conviene que
miremos al cuerpo económico social real para ver cómo funciona de
hecho una normativa aparte de a los parágrafos de las leyes de las
que estemos hablando. ¿Es necesario este sistema concreto para
recompensar adecuadamente la inventiva y hacer progresar la ciencia y
la técnica? Mi respuesta es rotundamente no. Sus efectos negativos
sobrepasan a los positivos y son
concebibles sistemas alternativos de recompensa de los inventores y
de protección de la propiedad intelectual.

Hay esbozos, hay cosas funcionando, ya lo ha mencionado el señor
Lissavetzky. Está funcionado, por ejemplo, aunque tampoco es que eso
sea un modelo perfecto de nada, el sistema de protección de los
derechos de los obtentores vegetales o los fitomejoradores. Existen
otros mecanismos, algunos probados y otros propuestos, que pueden
funcionar perfectamente. La manera más sencilla de las concebibles
sería simplemente una oficina de registro de invenciones que
concediera licencias de tal manera que cada uso después de esa
licencia diera lugar a un rendimiento económico para el propietario
de la licencia, pero sin que este tuviera capacidad para imponer
monopolios exclusivos de una duración determinada ni nada.

Simplemente una persona puede inventar algo, va a su oficina y lo
registra, pero esta es una lógica diferente en un mundo que ya no
sería el mundo de estas grandes corporaciones en el que nos movemos.

Se puede pensar en sistemas alternativos y hay propuestas elaboradas
en ese sentido. Ustedes pueden ver que algunos de los documentos que
les he pasado por ejemplo, provienen de una fundación canadiense
llamada RAFI que tienen un trabajo extenso hecho sobre ese asunto y
fácilmente accesible.

Alguna pregunta del señor Silva parecía dar a entender que de mi
exposición había deducido - nada más lejos de mi intención- que me
oponía sencillamente a algunas aplicaciones tecnológicas como tales.

Yo no he dicho nada semejante. Me he referido a los sistemas de
protección de la propiedad intelectual, no a tecnologías concretas
que puedan dar lugar a aplicaciones patentables o no de esas
tecnologías. No pongo en duda el enorme potencial que tienen las
biotecnologías modernas y también la ingeniería genética para
producir avances para la humanidad. El problema es que son
tecnologías tan potentes que tienen un enorme potencial tanto para lo
malo como para lo bueno y entonces hace falta hilar muy fino para
llegar a resultados que sean socialmente beneficiosos para las
mayorías.

Preguntaba si había ejemplos. Sí, hace dos años había más de 100
ejemplos de líneas celulares humanas patentadas en oficinas de
patentes en Estados Unidos y algunas en la Unión Europea. ¿Basta con
aislar una línea celular determinada para decir que eso es invento de
alguien? El sentido común diría que no y yo creo que sería bastante
sano. Hay hondas razones -tampoco voy a ponerme ahora a dictar una
lección sobre eso-, pero hay buenas razones para pensar que no. Sí
que pienso que sea cual sea el sistema de protección del inventor y
de los derechos propiedad intelectual que se adopte, deberían
mantenerse unas fuertes restricciones para ese sistema en lo que
atañe a medicamentos y cultivos básicos. No me sirve de mucho lo que
contestaba -estaba presente al final- el compareciente anterior en
relación con eso, es un brindis al sol, decir: nuestra empresa les
regalaría los fármacos antisida a



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los países africanos. No es así. Se puede tirar de hemeroteca
y comprobar la pugna que hay alrededor de eso y las modalidades
concretas en el último año y, en fin, sobre la generosidad de este
tipo de colaboración, cualquiera que viniera de esos países podría
contar bastantes cosas.

Es verdad que ya estamos, como decía el señor Lissavetzky, dentro de
un sistema determinado de patentes, pero no hay que pensar que eso es
el estado final de la evolución humana. Solamente digamos que ha sido
una serie de decisiones judiciales en Estados Unidos en los años 70 u
80 que han ido allanando el camino para esa extensión abusiva de la
patentabilidad a regiones donde no debería alcanzar el derecho de
patentes. Ha sido después la fuerza, la capacidad de presión, del
Gobierno de los Estados Unidos con sus grandes empresas detrás la que
ha logrado llevar eso a las negociaciones del GATT e imponer el
acuerdo TRIP dentro de la OMC, pero no hay razón para pensar que
tenga que ser, insisto, el estadio último de la evolución humana.

Algunas de las cosas que he indicado, esa cláusula de consentimiento
sobre la cual se discutió tanto en el Parlamento Europeo durante la
tramitación de la directiva y que al final se cae, efectivamente, sí
mejoraría, de modo completamente marginal en mi opinión, el proyecto
de ley. Asimismo en los considerandos siempre se pueden añadir
declaraciones de intenciones que luego a la ahora de la verdad no
cuentan demasiado.

Claro que pienso, ya se ha mencionado, que la protección de las
invenciones tienen potencial para favorecer el desarrollo científico
pero no en la forma que tiene el entramado normativo actual. ¿Es
patentable la penicilina? No, como un medicamento básico, como un
antibiótico. O sea, la sociedad debe de recompensar de alguna forma
al señor que desarrolla ese antibiótico nuevo, por ejemplo, pero no
en la forma de concederle un monopolio exclusivo sobre eso, que debe
de ser inmediatamente accesible a un coste bajo a toda la humanidad
con el sistema actual.

No sé si olvido alguna cuestión, Han sido tantas preguntas...




La señora VICEPRESIDENTA: Muchas gracias, señor Riechmann por su
presencia en esta Cámara, por su intervención y lo que supone de
aportación y enriquecimiento para el trámite parlamentario de este
proyecto de ley.




- DE DON JOAN GUIXER GUILLÉN, DIRECTOR DE CALIDAD BIOKIT. (Número de
expediente 219/000262.)



La señora VICEPRESIDENTA: Quiero dar la bienvenida a don Joan Guixer
Guillén, director de calidad de BIOKIT. Sin más, tiene la palabra
iniciar su intervención.

El señor GUIXER GUILLÉN: Nuestra empresa, cien por cien española,
fabrica reactivos de diagnóstico humano in vitro. Nuestra posición es
la de agradecer que haya siempre un marco legal en el cual sepamos
perfectamente dónde nos tenemos que mover para saber dónde podemos
empezar a investigar y dónde podemos vender lo investigado. Creo que
esto es lo importante desde nuestra posición. También quiero
manifestar que es muy importante por nuestra parte poder saber al
cien por cien si lo que nosotros estamos investigando también lo
podremos vender en otros países, igual que del resto de los países
podrán venir a vender aquí. Entonces, creemos que como empresa
española, con 200 trabajadores en España, es importante que podamos
producir los productos aquí para vender aquí y para vender en el
resto del mundo, en lugar de que los mismos productos se produzcan
por ejemplo en Estados Unidos y se vengan a vender aquí. Ésta es
nuestra idea. No sé si vale la pena presentar nuestra empresa, somos
una empresa mediana, vendemos del orden de 5.500 millones de pesetas
de facturación y el 95 por ciento de nuestra facturación es
exportación a distintos países, en primer lugar a Europa, en segundo
lugar a Estados Unidos y en tercer lugar a Japón y estamos vendiendo
a 85 países del mundo. Quedo a su disposición para contestar a las
preguntas que deseen formularme.




La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra la señora Fernández de Capel Baños.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Bienvenido y gracias por su
amabilidad en atender nuestro requerimiento, señor Guixer.

Esta tarde, hemos escuchado a comparecientes procedentes de empresas
muy importantes a nivel internacional en todos los aspectos, pero
también por el número de personas y de los países en las que están
implantados, y tenemos la honra de recibirle a usted, como
representante de una empresa modélica, que rompe un poco la idea de
que la biotecnología solamente afecta a las grandes multinacionales.

Es una empresa seria, que aporta una importante ayuda al mundo de la
medicina, sobre todo porque el diagnóstico en los años venideros se
tendrá que hacer vía biotecnológica y no de otra manera y las
terapias indudablemente tendrán que ser también terapias génicas. Por
tanto, si el paradigma del siglo XXI con respecto a la ciencia va a
ser este cambio con respecto a la medicina del diagnóstico, ya hemos
pasado de la medicina sintomática a la medicina diagnóstica,
perfectamente estructurada, que en los próximos años sin duda alguna
va a producir una mayor y positiva ampliación. Me gusta que usted
haya dicho aquí el número de sus trabajadores y el número de las
personas que en España han podido desarrollar una empresa tan
importante como la que nos ocupa esta



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tarde. Por eso cubre un ámbito que también nos es grato. Voy a hacer
una serie de preguntas.

Las pequeñas y medianas empresas, pymes, tienen una capacidad de
movimiento a nivel internacional grande en su capacidad de
exportación, pero a veces pueden tener disfunciones en materia
organizativa cuando se relacionan con otros países. Con respecto a
esta mejora o esta modificación de la Ley de Patentes, ¿cree usted
que va a mejorar su relación jurídica, su relación comercial, de
claridad y de seguridad con el mundo internacional, sobre todo con
relación a Europa, que unificaría en todos los países europeos su
sistema de patentes y su sistema de relación? ¿Cree que en España
existen problemas para empresas como la suya en cuanto a la capacidad
de poder patentar y la diferencia que supone tener que patentar en la
Oficina Europea de Patentes o poder patentar en España?
Los datos en inversión en I+D, que en empresas como la suya son
también importantes, ¿podrían repercutir positivamente si se mejorara
la situación jurídica y legal a la que están sometidas las empresas?



La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Silva.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Gracias por su comparecencia. En el proyecto
de ley, en la modificación que se hace del artículo 4 bis de la Ley
de Patentes, se excluye del concepto de invención susceptible de
aplicación industrial los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo
humano o animal. ¿Eso les afecta a ustedes de alguna manera o es algo
absolutamente indiferente?
Quizá sea dar la vuelta a alguna de las preguntas que ha formulado la
señora Fernández Capel, pero ¿ven ustedes patentable en Estados
Unidos o en algún otro país invenciones o procedimientos que no
consiguen ustedes o entienden que no serían patentados en España o en
el ámbito de la Unión Europea?



La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra el señor Lissavetzky Díez.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Aunque no he escuchado su intervención, la
leeré con gran atención e interés, y obviamente mi compañera
Monserrat Palma me ha explicado rápidamente.

Simplemente quería hacer una pregunta que es muy genérica y que estoy
repitiendo sobre todo cuando vienen representantes de empresas o del
sector privado. ¿Qué urgencia tiene la aprobación de la ley? Todos
partimos de la base, y mi grupo la ha apoyado tanto en el Parlamento
Europeo, como en el debate de totalidad aquí en esta Cámara, de que
se traspusiera esta directiva, pero tenemos deseos de hacer una buena
trasposición para intentar mejorar si es posible este proyecto de
ley y evitar una serie de riesgos que pueda haber. También somos
conscientes por los datos que tenemos de que prácticamente todas las
invenciones biotecnológicas se pueden patentar, bien la Oficina
Europea de Patentes de Munich, bien -y luego preguntaré a su
director- en la Oficina Española de Patentes y Marcas. ¿Es tan
urgente realmente? ¿Va a tener unos beneficios tan grandes para las
empresas y por ende para la sociedad? ¿Cómo está la situación?
Quisiera conocer su opinión, porque lo que queremos es intentar
mejorar el proyecto de ley en la medida de lo posible. Sigue siendo
un proyecto de ley controvertido, ha habido comparecientes que se han
mostrado muy a favor, algunos otros se han mostrado muy en contra,
unos defienden unos lógicos intereses empresariales, otros defienden
intereses o aspectos que tienen que ver con temas de defensa de
países que están menos desarrollados y que este sistema les puede
afectar, y nosotros tenemos aquí la obligación, desde un cierto grado
de desconocimiento técnico, de intentar hacer lo que sea mejor para
nuestro país, para la sociedad, partiendo de la base de que es bueno
que las empresas funcionen bien, que se creen empleos de calidad, que
se creen empleos estables y que va a tener esa parte positiva.

Queremos eliminar los aspectos más negativos. Por eso muchas veces es
necesario hacer estos debates, enterarnos bien para luego intentar
acertar con las enmiendas. Entonces, simplemente le preguntaba si
cree usted que es tan urgente esta trasposición, para aclarar algunas
dudas que tenemos.




La señora VICEPRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Guixer.




El señor GUIXER GUILLÉN: Intentaré responder, quizá mezclaré un poco
las respuestas.

En el marco en que está definida en estos momentos, tal como dice la
directiva, nosotros creemos que es una ley que a nuestro sector por
lo menos nos puede ser útil y nos será útil. Por otra parte, tal como
está evolucionando la biotecnología, estoy convencido de que esta ley
en poco tiempo tendrá que dejar paso a otra modificación. Desde el
punto de vista legislativo, las empresas en el campo de la
biotecnología nos hemos acostumbrado poco a poco a cambiar con mucha
frecuencia, aunque tengo que reconocer que nos ha costado. Los
proyectos de hace cinco años no son los proyectos que tenemos en
estos momentos. El tipo de proteínas que se podían obtener hace
quince años, no son los de hace diez años, ni los de hace cinco, ni
los de ahora, ni los que se prevén en el futuro. Es mejor tener un
marco actual, pensando que posiblemente habrá que cambiarlo en poco
tiempo. Pero no habrá que cambiarlo porque no sea bueno ahora, sino
porque la biotecnología evolucionará de tal manera que nos obligará a
realizar este cambio para adaptarnos a lo que la ciencia



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pueda llegar a evolucionar. De cara a nuestra investigación, es muy
importante conocer el marco en el que tenemos que trabajar.

Posiblemente algunos de los proyectos tengan que descartarse porque
no estarán en el marco de la ley.

Un tema del que se está hablando mucho en estos momentos es el de la
terapia génica, sobre el que posiblemente tengamos interés de empezar
a trabajar en BIOKIT. Lo que es cierto es que si no se puede hacer en
un marco europeo, ya no digo español, es muy posible que tengamos que
hacer contratos con algún centro de Estados Unidos. El tema que se
derive de aquí puede ser muy interesante de cara a la
comercialización de estos productos. La globalización implica que
existe la facilidad de trabajar en uno u otro país. Nuestro interés
es poder trabajar en España, pero si hay imposibilidades legales y en
otros países no, siempre existen posibilidades de colaboración. No
digo que vayamos a hacer un contrato muy importante, pero alguno que
nos permita a posteriori comercializar los frutos de esta
investigación, sí nos interesa. En cuanto al tema de la urgencia, sí
lo es. Mejoras, tal como está la directiva es suficiente. Todo lo que
pide la ley quizá nos deja un poco cortos, pero tal como está la
directiva europea no puede haber otra posibilidad En cuanto a las
patentes, tenemos muy pocas porque en nuestro sector se patenta muy
poco. Es un sector con mucha facilidad de registro, pero con poco
tiempo de registro. Esto quiere decir que cada tres o cuatro años
estamos mejorando y actualizando nuestros productos. Por ello las
patentes hasta ahora no han sido importantes en nuestro sector.

Respecto a las proteínas de origen recombinante, estamos empezando a
patentar en estos momentos porque pueden ser una solución a muy largo
plazo. El hecho de tener una proteína específica con un origen
recombinante patentada nos puede ayudar.

Finalmente, lo que dice el artículo 4 bis, ya estaba en la ley
anterior. No soy un gran experto en este tema, pero interpreto que el
hecho de que diga que no se pueden patentar los métodos de
diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal, hace referencia al
tipo de muestras que se puedan sacar. No se puede patentar el suero
humano para hacer el análisis, ni se puede patentar algún tipo de
muestra especial en este tipo, pero la misma ley dice: Esta
disposición no será aplicable a los productos, especialmente a las
sustancias o composiciones ni a las invenciones de aparatos e
instrumentos para la puesta en práctica de tales métodos. Es decir,
lo que nosotros estamos fabricando son los productos. Entiendo que no
hay ningún tipo de incompatibilidad en este tema.




La señora VICEPRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Silva.

El señor SILVA SÁNCHEZ: Vinculado a una pregunta que he formulado,
que no sé si ha sido contestada por el compareciente. Le he
preguntado si hay
invenciones que son patentables en Estados Unidos y que no lo son en
España, o que son patentables en algún otro país de la Unión Europea
y no lo son en España. El compareciente ha hecho referencia a
determinadas investigaciones en materia de terapia génica que quizá
puedan realizarse en Estados Unidos y no en el ámbito de la Unión
Europea. ¿Podría concretar algún supuesto de estas características de
algún tipo de investigación?



El señor GUIXER GUILLÉN: Básicamente, el tema de las células madre.

Creo que viene de embriones tratados. En principio es un tema que en
Estados Unidos tampoco está excesivamente claro, pero en estos
momentos todas las compañías están trabajando o intentando trabajar
en ello.




La señora VICEPRESIDENTA: ¿Alguna pregunta más por parte de SS.SS.?
(Pausa.)
Señor Guixer, en nombre de la Comisión y en el mío propio quiero
agradecerle su presencia y el enriquecimiento que supone su
intervención para el trámite parlamentario de este proyecto de ley.




- DE DON FRANCISCO BAS MAESTRE, SECRETARIO GENERAL DE LA ASOCIACIÓN
ESPAÑOLA DE BIOEMPRESAS (ASEBIO). (Número de expediente 219/000263)



La señora PRESIDENTA:
Quiero dar la bienvenida a don Francisco Bas Maestre, secretario
general de la Asociación Española de Bioempresas (ASEBIO).

Tiene usted la palabra, señor Bas.




El señor BAS MAESTRE: Quiero agradecer, en nombre de la asociación,
la invitación para comparecer hoy ante SS.SS. en relación con el
proyecto de ley que permite trasponer la directiva europea sobre la
protección jurídica de las invenciones biotecnológicas.

Si me lo permiten, voy a distribuir mi tiempo en hablarles de tres
cosas, muy rápidamente. En primer lugar, por si alguien no conoce la
asociación, en dos minutos diré lo que es la Asociación Española de
Bioempresas por sus especiales particularidades. Después, hablaré de
lo que entendemos que son los retos y las oportunidades que destapa
la biotecnología para España y, finalmente, haré unos breves
comentarios en apoyo al proyecto de ley del que estamos hablando esta
tarde.

Respecto a ASEBIO, quisiera decirles que es la Asociación Española de
Bioempresas; está compuesta por 62 socios; fue promovida hace dos
años por la Comisión Europea y el Ministerio de Ciencia y Tecnología;
existen otros referentes en cada país europeo y tiene, básicamente,
tres funciones: por un lado, hacer una divulgación e información al
ciudadano sobre lo que es la complejidad de la biotecnología, que no
siempre es comprendida y una de nuestras funciones es



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divulgar e informar al ciudadano sobre los conceptos básicos de la
biotecnología; por otro lado, ayudar a las administraciones públicas
y apoyarlas en lo que es la información científica, técnica y de
carácter jurídico en el desarrollo de la biotecnología -para eso
tenemos un consejo científico que está formado por científicos de
empresas y científicos de universidades-; finalmente, ayudar a
desarrollar el mercado de la biotecnología, en sí mismo, puesto que
se trata de una asociación empresarial.




Lo que tiene de particular es que es una plataforma de encuentro en
la que hay socios que son empresas, que son los socios de pleno
derecho pero, desde el principio, la innovación es un aspecto clave
de la biotecnología. Por tanto hay socios que no son empresas, que
son universidades, centros de investigación, institutos, puesto que
uno de los objetivos es promover la innovación en este sector.

La biotecnología es horizontal, afecta a muchos sectores y por tanto
esta asociación es plurisectorial y multidisciplinar; aquí hay
grandes multinacionales, hay empresas españolas pequeñas, surgidas
del sistema público de investigación español de universidades. Esto
es importante, la asociación en este sentido es bastante
representativa y, al mismo tiempo, agrupa distintos sectores: hay
empresas que trabajan en la salud humana y animal, otras en
agroalimentación, otras en medio ambiente e, incluso, en temas
relacionados con la distribución y el mundo de los servicios. En el
fondo, la asociación no es más que un espejo de la complejidad y del
amplio impacto que tiene la biotecnología en la riqueza de un país
como el nuestro. ¿Por qué nace? Quizá esto es lo más relevante. Es un
vector de crecimiento económico y social importante y, en ese
sentido, entendemos que hay un potencial en España muy grande que
debemos explotar como país.

Lo que quiero transmitir hoy es la urgencia. El señor Lissavetzky ha
hecho una pregunta en relación con el tiempo y yo le contestaría que
la urgencia es, como solemos decir en mi pueblo, para ayer, por
decirlo en términos coloquiales y perdonen la expresión. La
biotecnología destapa tanta riqueza en los países que ya hay otros
muchos países en el mundo que se dieron cuenta de esto ya hace
algunos años y por tanto hay una carrera internacional por capturar y
generar esa riqueza para cada uno de ellos. Si me permiten una
parábola deportiva, si asimilamos esto a una carrera de 100 metros,
países como Francia, Alemania, Inglaterra y no digamos Estados
Unidos, llevarían ya 50 metros corriendo, con los pantalones cortos
puestos y las zapatillas y nuestro país estaría todavía en el
vestuario pensando si salimos o no a correr. Esta es la cruda
realidad que tenemos que presentar desde la asociación. Nosotros
tenemos muchas cosas que decir en esa carrera; tenemos, por ejemplo,
algo que no se puede comprar con ningún presupuesto público, tenemos
cien años de historia y de investigación en biología molecular y en
biomedicina. Esto es un activo incalculable que debemos saber
explotar; podemos crear muchas empresas y mucho empleo cualificado en
este país potenciando la biotecnología; hay sectores tradicionales
que tienen mucho peso en el producto interior bruto de nuestro país,
como es el sector químico farmacéutico o el sector agroalimentario,
cuyas tecnologías están ya maduras y, a través de la biotecnología,
estos sectores tienen la oportunidad de desarrollar nuevos productos
e innovar, manteniendo su competitividad. Si no lo hacemos -y no lo
hacemos ya- estos sectores irán perdiendo poco a poco competitividad
a nivel europeo y a nivel internacional porque otros países lo están
haciendo, especialmente en el sector agroalimentario, que empezará
a perder cuotas de competitividad con sectores agroalimentarios de
otros países que ganarán cuotas de competitividad entrando en España
y haciéndonos perder empresas que aportan valor al PIB.

El factor tiempo es un tema que quería comentar y también que en
manos de ustedes está utilizar el marco jurídico español como una
palanca que permita potenciar esto y simplificarlo. Nuestra petición
en este caso de la trasposición de las directivas europeas que son de
obligado cumplimiento es que se traspongan con la mayor urgencia
posible, en este caso me refiero a esta directiva que, como saben,
lleva diez años gestándose. Estando en esta situación lo menos que
podemos hacer es apoyar la trasposición definitiva, porque sí tiene
un impacto real en la economía del país.

Quiero expresar algunas razones por las que estamos de acuerdo con el
texto. Básicamente es un texto que armoniza las legislaciones
nacionales de los Estados en el ámbito de las invenciones
biotecnológicas. No consiste en ampliar el ámbito de lo que se puede
patentar, sino más bien al contrario, en el fondo es señalar con
mayor precisión cuáles son los límites que se imponen, en este caso
incluso hasta los límites que se imponen, por poner un ejemplo, por
orden público. No modifican sustancialmente el régimen vigente y creo
que se ha citado ya. Prácticamente el 80 por ciento de las patentes
que afectan al ámbito español se patentan en Munich, en la Oficina
Europea de Patentes. También prácticamente la mayoría de los países
europeos no se oponen a esta directiva. El caso de los recursos
presentados por Holanda, con la adhesión de Italia, ha sido revocado
por el Tribunal europeo. Por tanto a fecha de hoy no existe ningún
país que mantenga una oposición frontal a esta directiva.

Lo más importante es que esta ley va a permitir desarrollar, en un
marco estable y jurídico, la biotecnología en nuestro país, con lo
que implica, insisto, en términos de creación de empleo cualificado y
estable, de empresas con valor añadido, de economía real y también,
cómo no -y lo digo como ciudadano-, de retorno a las inversiones
públicas en I+D. Como ciudadano pago mis impuestos. Por ello prefiero
que mis impuestos valgan para que de alguna manera vuelvan hacia mí y
lo



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hagan en forma de investigación y desarrollo. Si no se transforma en
patentes, en productos y en servicios no retorna de forma óptima. Hay
algo que sí es importante y es que la biotecnología permite a
sectores que de alguna manera están estancados o están más maduros,
porque utilizan tecnologías que ya no dan más de sí, como el químico-
farmacéutico o el agroalimentario, que desarrollen nuevos productos,
controlen, por ejemplo, la calidad de las materias primas, controlen
la calidad del producto final y, en definitiva, no pierdan cuota de
mercado; implica también el mantenimiento de muchos empleos; incluso
permite generar nuevos sectores económicos. Se puede poner como
ejemplo la bioinformática, que sería un sector nuevo, en donde se
crearían empresas con profesionales nuevos, etcétera. Por poner sólo
un ejemplo diré que Australia está apostando fuertemente por esto, o
Alemania, que ha creado cerca de doscientas compañías en los últimos
tres años gracias a las políticas públicas productivas en este tema.

Para terminar, quiero decirles que la asociación está a su
disposición para aportarles toda la información que necesiten, desde
el punto de vista técnico, a través de nuestro consejo científico o a
través, por ejemplo, de un informe de situación que hacemos todos los
años, que se llama informe ASEBIO 2000 que publicamos, midiéndole la
temperatura al sector e identificando qué cosas están bien, qué cosas
se pueden mejorar, etcétera. También, cómo no, ofreciéndoles la
plataforma de encuentro que es ASEBIO, donde se puede hacer llegar
a la sociedad y a los ciudadanos el impacto que tiene la ley de
patentes en la sociedad y en la economía española.




La señora VICEPRESIDENTA: El portavoz de Convergència i Unió, señor
Silva, tiene la palabra.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias al compareciente por
asistirnos y por informarnos sobre esta materia.

Por razón de tiempo voy a limitar mi intervención a dos solicitudes.

En primer lugar, a través de una información que difundió ASEBIO, el
mes pasado tuvimos conocimiento de la desestimación del recurso que
había presentado el Gobierno holandés contra la directiva europea.

Quería saber si está en condiciones de informarnos sobre los
razonamientos del tribunal o, sin perjuicio de que lo solicitemos a
los servicios de la Cámara, si nos puede hacer llegar copia de esta
sentencia.




En segundo lugar, tuvimos conocimiento de la coorganización por parte
de ASEBIO el 31 de mayo de 2001 de una jornada sobre la patente
biotecnológica en la reforma de la Ley 11/1986. Le pregunto si está
en condiciones de resumirnos las conclusiones de aquella jornada y
si, en la medida en que ASEBIO fue coorganizador junto con el
Instituto de Empresa de estas jornadas,
nos puede hacer llegar las conclusiones si las formularon por
escrito y el contenido de alguna de las ponencias.

En cualquier caso, se ha manifestado a favor del proyecto y, sobre
todo, de una rápida tramitación del mismo. Si por parte de ASEBIO o
como conclusión de estas jornadas han entendido introducir algunas
modificaciones en el proyecto, quería saber si nos pueden formular
alguna propuesta de enmienda respecto al contenido del proyecto.




La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra el señor Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Agradezco su comparecencia, así como que
ponga a disposición asesoramiento técnico de los grupos, que muchas
veces nos hace falta.

Su discurso me ha sonado distinto a los anteriores, quizá porque
defiende, en todo caso legítimos, diferentes intereses. Me puede
parecer interesante que una multinacional venga a exponer aquí sus
opiniones y las tendremos en cuenta en la medida en que haga falta,
pero me gusta más oír su voz, que representa a una asociación que
tiene multinacionales, que tiene sector público y que tiene una mayor
variedad a la hora de exponer los planteamientos. Antes he hecho
alguna pregunta con la que no me he sentido muy a gusto, porque no
iba a preguntar a una representante de una multinacional qué hay que
hacer para intentar que las empresas pequeñas tiraran hacia delante,
y perdón por el casticismo. Este señor, en buena lógica, porque no
podía ser de otra manera, me ha dicho que esto le venía muy bien,
etcétera; pero no voy a entrar en ello. Me interesa más su opinión,
aunque las otras me merezcan el máximo respeto y mi agradecimiento
porque hayan venido aquí.

En primer lugar, le preguntaré sobre el futuro que tienen las
empresas pequeñas de base tecnológica. Este es uno de los sectores
donde hay más creación de empresas. En nuestro país se han creado muy
pocas. El ministerio nos habló de un número muy reducido, creo que es
un error. No sé si porque se quiere quitar méritos él mismo, pero nos
hablaba de cinco o seis empresas biotecnológicas. Creo que tiene que
haber alguna más, pero no voy a entrar en la guerra de cifras y menos
con usted, que no conoce las respuestas que nos manda el ministerio.

La pregunta es: ¿Cree usted que con esto se puede mejorar la
situación de estas empresas? ¿Por qué, cuál es la razón o la causa?
En segundo lugar, quería hacerle una reflexión sobre que no es casual
que hayan estado diez años discutiéndose estos aspectos. Aquí podemos
entrar en una situación que a lo mejor es incongruente porque
decimos: Esto es muy urgente. Le voy a poner un ejemplo. Sinosotros
estamos en el vestuario, en la carrera de cien



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metros y hay otros países como Francia o Alemania - ha citado usted
Gran Bretaña y Estados Unidos-, que están mucho más avanzados,
deberemos saber todos que Francia no va a trasponer esta directiva,
no tiene proyecto de ley, y Alemania, que tiene proyecto de ley, no
la ha traspuesto. Si hubiera una relación tan directa causa-efecto
para ver cómo se sale en la carrera de cien metros, no parece que
tenga una influencia decisiva. Imagino que usted se referirá más a
una apuesta biotecnológica de estos países y todo lo que eso
conlleva. Lo que de verdad quiero medir es si esto es una panacea, si
es un aspecto más y qué importancia tiene. Si es urgente deberíamos
trasponerla ya porque cada minuto que se pierde estamos impidiendo
que la industria española genere riqueza, cree más puestos de trabajo
estables, de calidad, etcétera. Tendríamos que adelantar las
comparecencias rápidamente.

En mi opinión la directiva tiene unos aspectos muy positivos, y es
que las empresas biotecnológicas europeas puedan competir con las de
Estados Unidos. Le voy a poner un ejemplo muy claro. Ahora estamos en
pleno debate de células madre embrionarias. Ayer le hice una pregunta
a la ministra sobre la posibilidad de investigar en España con
células madre obtenidas de embriones, de fecundación in vitro, porque
esto tiene un potencial biomédico enorme. Si hiciéramos una
traslación tan lineal como se está haciendo aquí, diríamos: Hágase ya
porque es bueno para la industria, vamos a crear mucha riqueza, vamos
a crear empleos cualificados y, además, va a ser bueno para la
sociedad porque vamos a curar muchas enfermedades. ¿Por qué no se
hace esto así? Porque hay unos planteamientos de carácter ético que
hay que analizar y hay que buscar el punto de equilibrio para ver si
estamos en disposición de llevar a cabo una serie de políticas. Me
gustaría hacer una reflexión en voz alta en esta Comisión sobre este
tema porque no es tan sencillo. Sabemos que va a tener unos efectos
positivos, pero queremos que los aspectos negativos que pueda tener
sean los menos posibles. ¿Qué efectos negativos puede tener? Lo hemos
dicho varias veces. Hay una serie de países donde no se contempla la
trasposición, el tratado de biodiversidad, y pueden ver afectada su
riqueza animal y vegetal. Hay muchos aspectos que no están aclarados.





Mi grupo votó en contra de la enmienda a la totalidad. Apoyamos el
texto globalmente porque mantenemos la posición que tuvimos en
Europa, pero lo que queremos realmente es mejorar el texto. ¿Cree
usted que este texto es mejorable o no? Queremos saberlo para ver si
podemos presentar enmiendas y reflexionar sobre estos aspectos.

Otro tema que me interesa mucho que me conteste es sobre las pequeñas
empresas, que le he comentado anteriormente.

La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra la señora Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Doy la bienvenida y las gracias
por su presencia esta tarde aquí al señor secretario general de la
asociación ASEBIO.

En primer lugar, más que hacer una intervención de tipo general
quería resaltar algún aspecto que usted ha mencionado. La
biotecnología es una disciplina horizontal que afecta a muchos
sectores de la vida y que va a afectar incluso a sectores de la
sociedad, como es el envejecimiento poblacional, a lo que se tenga
que plantear en la población con respecto a una serie de protecciones
del mundo de la tercera edad, como se llama eufemísticamente. Si se
avanza en una medicina y en una serie de aspectos técnicos, como la
cura de ciertas enfermedades, probablemente la curva de edad
generacional se transforme en unos años bastante más de lo que se ha
hecho en los últimos 50 años. Vamos a observar que muchos de nuestros
sistemas tradicionales de producción van a tener que cambiar en
virtud de la potencialidad de la biotecnología, aquello que Jeremy
Rifkin decía de que el siglo XXI es el siglo de la biotecnología. Eso
es algo que a veces no notamos. Cuando utilizamos un ordenador,
cuando utilizamos un teléfono móvil, nos damos cuenta de que ha
habido sectores del mundo de la comunicación que han avanzado
muchísimo, pero, por ejemplo, cuando comemos un yogur nadie se
pregunta cómo ha sido elaborado, por medio de qué técnica o quién
controla que la bacteria que está inmersa en el yogur se reproduzca
adecuadamente, contenga otro tipo de calidades y el estado adecuado.

Todo eso está siendo producto de la biotecnología; la biotecnología
la hemos insertado en nuestra vida, todos vivimos en torno a la
biotecnología, la depuración de las aguas, toda una serie de cosas.

En estos días en que el mundo se está transformando tanto se habla ya
de los biocombustibles y de hecho es uno de los potenciales
económicos más grandes que puede presentar la biotecnología.

Usted no representa aquí, como decía el señor Lissavetzky, ni a la
grande ni a la pequeña patronal sino a todo el mundo de la empresa en
España, empresas relacionadas con universidades, con el Consejo,
empresas grandes, empresas muy queridas en el ámbito agroalimentario
como -permítaseme la referencia personal- las de mi tierra, Granada,
que son punteras en estos temas biotecnológicos, empresas no
solamente alimentarias sino también científicas.

Hay algo que no hemos dicho hoy todavía. Algunos países pequeños
-siempre hacemos referencia a los grandes países europeos- se están
especializando en la obtención de suministros para la industria y ese
es un camino de riqueza muy grande que también puede ser importante.

Por otro lado, el diferente criterio que plantean



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las distintas empresas coincide en la necesidad de tener una
seguridad jurídica, una potencialidad de crecimiento y una reversión
de sus inversiones en I + D seguras, que les permita hacer un diseño
empresarial, un diseño de actuación a futuro con una cierta
seguridad. Yo quisiera que usted me dijera en qué va a repercutir,
con relación a las pequeñas empresas, puesto que hemos visto algunas
muy grandes, esas pequeñas empresas, que también pertenecen a su
asociación, esa seguridad cara al futuro crecimiento posible y si
usted supone que las diversas empresas de diferentes sectores que
están en la asociación a la que usted representa van a tener también
esa influencia decisiva en el cambio social y económico que se
plantea en España con cierta lentitud pero que ya se va manifestando,
más que nada, como usted decía, porque tenemos cien años de respaldo
científico y el suficiente impulso vital de la sociedad española para
lanzarse a los grandes riesgos de futuro que nos esperan en el
momento empresarial adecuado. Entiendo por riesgos los empresariales,
naturalmente.




Yo quisiera que usted aclarara si los países que hicieron el recurso
habían frenado de alguna manera su actividad industrial mientras se
ha visto el recurso que ha sido rechazado por el tribunal. ¿Estos
países fueron pioneros en algunas de las actividades mucho más
peligrosas, se supone, que la biotecnología, como pasó en Francia? Si
alguien se adelantó en el ámbito agroalimentario, fue Francia la
primera en hacerlo el ámbito biotecnológico. ¿No supone un poco de
contrasentido, más bien de inspiración política que realmente
empresarial, el hecho de que una nación que en el primer momento
-porque ya en años del general De Gaulle- se pusieron a trabajar en
aspectos de biología y de genética punteros, -por consideralo el
propio general De Gaulle, y es una anécdota muy conocida, que dijo:
Ese, ese es el futuro, cuando le estaban planteando una serie de
áreas de desarrollo-, en un momento determinado, haya sido la nación
que ha querido dar un paso atrás, pero su mundo empresarial se ha
distanciado de las decisiones políticas en ese sentido? ¿Qué supone
que esta directiva esté solamente, pienso, dando un marco regulador
homogéneo en toda Europa con respecto a lo que suponen las decisiones
jurídicas estadounidenses, que, todos sabemos que son muy distintas
porque existe una ley estatal, una ley federal y una serie de
normativas de distinto ámbito de aplicación en esta materia?¿ Qué
supone de ventaja para Europa que haya una aplicación homogénea en
una ley de biotecnología, ley que, como sabemos todos y como ya han
dicho algunos sectores empresariales, tendrá que ser modificada?
Porque hacer una legislación científica es casi una pasión estéril.

La ciencia se mueve más rápidamente que la ley y la ley también
tendrá que ir adecuándose, porque se basa sobre casuística, sobre
todo la ley española, a las normativas, según vaya avanzando la
ciencia.

La señora VICEPRESIDENTA: El señor Lissavetzky tiene la palabra para
hacer una aclaración.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Se me ha olvidado una cosa y quiero
decirla ahora porque así ahorro tiempo y no hago una segunda
intervención. Me refiero al rechazo de la Corte europea al recurso de
Holanda. Aclárenmelo. Yo tengo la opinión del abogado general Jackobs
en el caso 377/98, de Holanda, pero no hay una sentencia definitiva
del Tribunal de la Corte Europea, en mi opinión.No ha sido
desestimado ni rechazado. Lo digo simplemente para que lo tengamos en
cuenta. Me parece que el texto es bastante orientativo en una serie
de aspectos, en los que claramente éste, que podríamos llamar -y si
no estoy confundido- fiscal, por decirlo de alguna manera, rechaza el
recurso, pero es un fiscal y se tiene que ver dentro del Tribunal de
la Corte Europea. No nos equivoquemos al poner elementos -entre
comillas- falsos o no exactos en la mesa del debate. Esto es lo que
hay, si yo no estoy mal informado. Simplemente quería esa aclaración.





La señora VICEPRESIDENTA: Señor Bas, tiene la palabra.




El señor BAS MAESTRE: No sé de cuánto tiempo dispongo para responder,
porque ha habido muchas preguntas.




La señora VICEPRESIDENTA: Del que crea oportuno.




El señor BAS MAESTRE: Intentaré ser breve. Primero quiero agradecer
las preguntas de los tres intervinientes.




Respecto a las preguntas que ha hecho el señor Silva, me comprometo a
enviarle mañana mismo las razones en las que se sustenta lo último
que ha comentado el señor Lissavetzky; efectivamente es un rechazo no
formal de todo el tribunal, sino de alguien equivalente a lo que
sería un fiscal. Esto no significa, uniéndolo a lo que ha comentado
la señora Blanca Fernández de Capel, que esos países hayan retrasado
ni un solo minuto su desarrollo en biotecnología al mismo tiempo que
presentaban un recurso para realizar su desarrollo en Europa. Lo que
sí puedo decir es la situación en la que está ahora mismo el tema
comparativamente. En estos momentos Dinamarca, Irlanda, Reino Unido y
Finlandia ya han traspuesto la directiva -por tanto, hay cuatro
países que ya lo han hecho-; hay siete países que tienen proyecto de
ley -Alemania, Italia, Luxemburgo, Holanda, Austria, Portugal y
España- y hay cuatro países que no han traspuesto todavía la
directiva, como Bélgica, Francia, Grecia y Suecia. Insisto, ninguno
de estos países se han retrasado ni un solo segundo. En concreto,
Suecia, por ejemplo, que no tiene ni proyecto de ley, en los últimos
dos años ha tenido una intensa actividad en este terreno. Francia
igual. Bélgica



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probablemente sea uno de los países modelo en algunas políticas
públicas proactivas en biotecnología en términos de creación de
empresas, etcétera. No hay correlación entre el desarrollo de las
actividades económicas y sociales de la biotecnología con respecto al
marco jurídico como por otra parte puede ser razonable en un sector
que avanza de manera exponencial respecto de lo que es la evolución
del marco jurídico.

La jornada de la Ley de patentes la hicimos, efectivamente, el año
pasado y con mucho gusto le haré llegar las conclusiones. Esta es una
de las funciones de la asociación, promover un debate abierto sobre
estas cuestiones. Quizá lo único que recuerdo ahora mismo de manera
específica es la dificultad a la hora de valorar cada caso, a la hora
de ser patentado y la necesidad precisamente de hacer un análisis
caso por caso y no generalizar. Esta probablemente sería la
conclusión más importante, la necesidad de considerar que cada caso
es un caso particular y no se pueden crear normas generales y la
dificultad de ser restrictivo o generalista a la hora de aplicar los
criterios. Esto es lo que recuerdo ahora de lo que ocurrió hace un
año.

Respecto de las pymes, señor Lissavetzky, ASEBIO nació desde el
principio como una asociación que quiso ser igual que la
biotecnología, horizontal y multidisciplinar, y también, por decirlo
de alguna manera, no reducto de ningún sector empresarial en
concreto. Ahora mismo la asociación tiene un 42 por ciento de
pequeñas empresas, un 36 por ciento de medianas empresas y sólo un 22
por ciento son grandes empresas. Esta es la representatividad de la
asociación y, como he dicho antes, hay sectores de agroalimentación,
medio ambiente, distribución, salud humana y animal; es bastante
representativo.

Respecto al impacto que esto puede tener en la creación de pymes
españolas, les diré que para la creación de empresas de base
tecnológica en este sector se necesitan básicamente tres cosas:
capital humano, y en España lo tenemos y lo tenemos bueno y barato
-barato hasta que nos homologuemos con el euro, pero de momento es
barato en comparación con Alemania o Francia; los investigadores
españoles tienen la misma o más calidad que puede tener un alemán, un
francés o un inglés y son mucho más baratos-; capital financiero, que
es algo que básicamente existe y cada vez más orientado a este
sector, y captación de capacidades de gestión empresarial en
biotecnología, que es lo que no tenemos y que países como Francia
están potenciando. Por ejemplo, Francia promueve la captación de
gerentes de empresas fuera del país; existe una ley que lo incentiva,
cosa difícil de conseguir en este país. Es una actitud muy
inteligente como país. Hay que captar gente que sepa gestionar el
mundo empresarial en biotecnología y nosotros tenemos ahí un punto
débil que deberíamos potenciar. Países como Francia, que
jurídicamente puede parecer que están en otro sentido, ya lo están
haciendo. Francia tiene una ley de innovación que
ha facilitado muchísimo la creación de empresas desde el sistema
público, desde el mundo de las universidades. Gracias a esa ley de
innovación muchas personas que trabajan en la función pública en la
investigación forman parte de empresas; catedráticos, investigadores,
que a tiempo parcial han creado empresas y participan en ellas. Quizá
mi intervención va más por la estrategia como país, pero trato de
poner de manifiesto que esta carrera internacional por captar valor
internamente, conseguir riqueza real en el país a través de la
biotecnología ya existe a nivel estratégico en otros gobiernos que
actúan activamente en este sentido.

Me pregunta si es una panacea o no esto de la biotecnología; crear
empleo, crear empresas, etcétera. Le voy a poner un ejemplo sencillo.


La mayor feria del mundo de biotecnología se produce en Estados
Unidos. Acuden 10.000 personas, hay 750 stands y el año pasado fue la
primera vez en la historia de este certamen en que hubo un stand de
ASEBIO y tres o cuatro españoles más; en cambio, había 200 stands de
Francia, 200 de Alemania, 200 de Inglaterra, los gobiernos inglés,
francés y alemán, las embajadas de los tres países, las delegaciones
comerciales de esos países, la empresas, las universidades. ¿Qué
significa esto? Básicamente, que ven que a través de la biotecnología
se puede capturar mucho valor. Alemania ha creado muchas pymes,
-pequeñas y medianas empresas. Y, respondiendo a su pregunta, tengo
que decir que en España hay un potencial importante a través del
sistema público I+D. En cuanto a las cifras sobre las que se han
creado, diré que el informe ASEBIO revela que se empiezan a crear
pequeñas empresas y este año cada vez más. Diré también que, para que
el capital financiero se anime a invertir más, se necesita un marco
estable; un marco jurídico con la trasposición de esta ley o una
actitud más clara por parte de las instituciones públicas, incluido
el Gobierno, que transmita a través de mensajes públicos confianza en
la capacidad de este sector para crear riqueza en el país. Esta feria
de la que hablaba normalmente la clausura el presidente del Gobierno
de los Estados Unidos. Francia celebra otro acto y que también
clausura el presidente del Gobierno de Francia. Estos son signos que
ayudan a crear un clima de confianza en este sentido.

Respecto a la biodiversidad, y éste es ya un punto de vista personal,
le diría que es justo todo lo contrario. La biotecnología es una
tecnología que, lejos de destruir biodiversidad, porque es mucho más
exacta, más fina, más perfecta, nos va a permitir mantener la
biodiversidad que estamos destruyendo en el planeta desde hace miles
de años. Le pongo un ejemplo. En España una compañía que utiliza
biotecnología está construyendo un bosque en un desierto. Es
solamente un ejemplo, pero habría muchos otros. La biotecnología es
una tecnología que no tiene nada de mágica. Son unas tijeras que
cortan más perfectamente que antes, que se cogían dos animales, se
mezclaban y salían auténticas aberraciones.




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Ahora, con esta tecnología, conseguimos mezclar dos DNA, sabemos por
dónde cortamos, sabemos que hemos cortado bien, sabemos lo que
metemos y sabemos, con el cruce, lo que obtendremos. No hay que
mitificar esta tecnología, pero es cierto que está ahí y en muchos
casos es muy madura y va a permitir aportar valor y riqueza a los
países.

Si dejo de contestar alguna pregunta, discúlpenme y luego la
retomamos.

En cuanto a lo dicho por la señora Fernández de Capel, estoy
totalmente de acuerdo con las afirmaciones de que la biotecnología es
horizontal y que hay una biotecnología tradicional de la que
normalmente no se habla; la fermentación sería el ejemplo más
clásico. Yo le dije a mi abuela una vez que había bacterias en los
yogures y desde entonces no ha vuelto a tomar un yogur. Para eso
creamos ASEBIO, para informar a mi abuela y a otras muchas personas
de que, además de haber bacterias en el yogur, en su estómago, tiene
cerca de 500 millones de bacterias. Perdón por esta informalidad,
pero es que a veces sólo hace falta información.

Respecto a la seguridad jurídica, es fundamental. Este sector, además
de los tres temas que he tocado antes -he dicho que para crear
empresas hacía falta capital humano, capital financiero y capacidad
de gestión-, necesita algo en lo que nosotros tenemos un aprobado
raspadillo, algo en lo que tradicionalmente no estamos muy bien como
país: capacidad de emprender, mentalidad emprendedora. Lo que se
llama en este sector los bioemprendedores es algo que probablemente
las administraciones públicas tienen la capacidad de promover e
impulsar. La biotecnología es un paradigma en el sentido de que
podemos conseguir motivar a muchos bioemprendedores en este país si
se les dan determinadas facilidades instrumentales, financieras,
etcétera. Esta ley puede ayudar a que se cree un clima mucho más
proclive a estas cuestiones, pero, como digo, hacen falta incentivos
fiscales, bioincubadoras, flexibilizar determinadas estructuras de la
Administración pública a nivel de las universidades, modificar
algunas leyes, etcétera. Sin duda, por ahí van los tiros. Si España
tiene alguna oportunidad estratégica en los próximos años, si tiene
alguna oportunidad de jugar un papel importante en biotecnología -iba
a decir que no me escuche nadie, pero me temo que no es el sitio para
decirlo-, insisto, hay que hacerlo ya. Si no, probablemente dentro de
cinco años no tenga mucho sentido hacerlo; vuelvo al símil de la
carrera: los demás están corriendo muy deprisa y tenemos que empezar
ya. Lo podemos hacer, tampoco nos llevan tanto de ventaja, pero sí
que hay una estrategia, una coordinación institucional de los
distintos ministerios, gobiernos, incluso a nivel europeo, nacional,
autonómico y local. Si empezamos ya, tenemos oportunidades, pero,
insisto, si alguna oportunidad tenemos es creando medianas empresas
competitivas. No veo en el corto plazo muchas telefónicas en
biotecnología española. Veo
muchas más posibilidades de conseguir muy buenas zeltias, y perdón
por poner casos concretos. Es por tratar de explicar esto. El modelo
de negocio va por ahí. Este sector, que está en concentración con
grandes multinacionales, se apoyará en una red, en una plataforma
inmensa de medianas empresas y ahí tenemos muchas oportunidades.

Respecto de la paradoja europea que planteaba la señora Fernández de
Capel, en el sentido de la tradicional e inexplicable incapacidad de
Europa por explotar la buena investigación y desarrollo que hacemos,
tengo que decir que efectivamente es algo que ocurre en el resto de
Europa y el retraso en la trasposición de estas leyes no hace más que
acentuar esta cuestión. Por tanto, una vez más, pedimos que la
trasposición de estas directivas, que son de obligado cumplimiento,
se haga cuanto antes, porque el impacto en la creación de pequeñas y
medianas empresas es realmente importante.

Nada más. Muchas gracias.




La señora VICEPRESIDENTA: Muchísimas gracias, señor Bas Maestre.

Quiero reiterarle el agradecimiento de la Cámara, de la Comisión y el
mío propio por su valiosa contribución al desarrollo de este trámite
parlamentario y de trabajo de todos nosotros.




- DE DON JESÚS ÁVILA DEGRADO, PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE
BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR. (Número de expediente 219/000271.)



La señora VICEPRESIDENTA: Doy la bienvenida a don Jesús Ávila
Degrado, presidente de la Sociedad Española de Bioquímica y Biología
Molecular a esta Comisión.

Señor Ávila, tiene la palabra para su exposición.




El señor ÁVILA DEGRADO: Yo debo decir que no sabía muy bien a qué
venía, pero cuando he visto la hoja inicial que me han dado sobre las
patentes para incorporación al derecho español de la directiva del
Parlamento Europeo relativa a la protección jurídica de las
invenciones biotecnológicas, se me ha ocurrido hablar de lo que
nosotros patentamos o pensamos que es patentable.

Una de las primeras cosas que se suele hacer es patentar el genomano
o secuencias del genoma, pero siempre que no sea humano y siempre y
cuando se mezcle con otros fragmentos de genomas o de DNA. La segunda
cosa que se suele patentar, una vez que se conocen las secuencias o
los genes específicos, es lo que se llaman los ratones transgénicos;
introducir en un ratón, por ejemplo, genes humanos de los que
queremos saber cómo funcionan. De esa manera se expresa el gen en el
ratón y se ven diferencias en el comportamiento, metabolismo,
etcétera. Se puede meter el gen tal y como está en el ser humano o se
pueden meter genes mutados, que



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se sabe que van a producir algún aspecto patológico. Estos ratones
transgénicos o estos organismos transgénicos son como modelos para
luego probar fármacos. Generalmente, lo que se suele hacer es no
solamente tener el ratón o el organismo transgénico en sí, sino lo
que se llaman los organismos transgénicos condicionales. Es decir,
que nosotros podemos expresar el gen humano o provocar la patología
cuando queramos y cuando queremos podemos dejar de expresarlo. Si
nosotros hemos promovido una patología en un organismo de estos y al
quitar el efecto se pierde la causa, quiere decir que era reversible.


Y si es reversible posiblemente habrá fármacos que hagan el mismo
efecto, el mismo tipo de reversibilidad. Y esto es importante.

Al igual que se introducen genes, también se pueden quitar. Es lo que
en inglés se llaman los ratones o las organismos knock-out. De esta
manera se puede saber también cuál es la función del gen que se está
estudiando. Evidentemente, esto tiene algunos peligros. Por ejemplo,
si se tiene la secuencia de un gen humano, que es el que luego se
quiere estudiar y es el que se va a mirar en diferentes organismos,
pero la secuencia está mal, si alguien ha intentado patentar esa
secuencia cuya la secuencia está mal, habrá que hacer otra repatente.


Esto parece ser que es un peligro, que ya está sucediendo con el
clonaje hecho en una compañía llamada Acelera. Aproximadamente más
del 20 por ciento, hasta el momento, se está viendo que es erróneo.

Por otra parte, en cuanto a los genes humanos no todos tenemos la
misma expresión génica, lo que se llaman los alelos, por explicarlo
de alguna manera. Un gen da lugar a una proteína, la cual puede ser
ligeramente diferente, pero siempre normal. Hay personas que son más
altas, más bajas, otras que son rubias, otras morenas. Son
expresiones diferenciales; todos somos iguales, pero con esas
pequeñas diferencias. Habría que ver cuál es el clonaje o cuál es la
secuencia para estos genes, que pueden ser diferentes.

Otra cosa que es de gran importancia, y que ahora está bastante de
moda, es que podamos influir de alguna manera en la diferenciación
celular. Un organismo empieza a través de lo que es el huevo o
cigoto. Ese organismo tiene una serie de divisiones celulares hasta
convertirse en el organismo que somos cualquiera de nosotros, en el
caso de un ser humano. Las primeras divisiones dan lugar a lo que se
llama el embrión y algunas de las células del embrión son lo que se
llaman las células madre. Una célula madre se define como una célula
que siempre indefinidamente, puede seguir dividiéndose y que en su
división puede dar lugar a dos tipos celulares: a otra célula madre o
a una célula que se va a diferenciar dando lugar a una serie de
tejidos: el neuronal, el muscular, el epitelial, etcétera. Es muy
importante obtener protocolos, tecnologías, para saber cómo de una de
estas células sin diferenciar podemos crear esos tejidos, que pueden
ser muy importantes para reparaciones neuronales, o epiteliales,
etcétera.

Ahora bien, no solamente existen células madres embrionarias, sino
que también hay células madre que se pueden obtener de otros tejidos.


Sin embargo, la obtención de estas células madre de otros tejidos se
realiza en menor cantidad, el rendimiento es mucho más bajo y todavía
no se sabe y se discute si va a tener las mismas características
totipotentes, es decir si va a poder dar lugar también a todo tipo de
tejidos o no. Pero eso es una cosa que está por ver.

Por último, quería recalcar otra cuestión de las tecnologías
patentables sobre la que se está estudiando. Más que los
descubrimientos es el hecho de que durante el proceso de
diferenciación se producen expresiones diferentes de distintos genes.


Los genes que están expresando en el tejido nervioso no son los
mismos que están expresando, por ejemplo, en el tejido muscular o en
otro tipo de tejidos. Es muy importante saber cuáles son los genes
específicos que se expresan en cada tipo de tejido o en cada tipo de
patología. Por ejemplo, en células tumorales se expresan unos genes
diferentes que en células normales. Esto tiene una gran importancia
también desde un punto de vista farmacológico o terapéutico. Para
ello se está realizando la tecnología de lo que se llama los DNA
chips, que es diferenciar de un modo relativamente simple los genes
que se están expresando en un tipo celular o en otro tipo celular.

Así pues, en resumen existen cuatro aspectos del material biológico
que están entre lo que es el material patentable que son: secuencias
de genomas, siempre y cuando se utilicen mezcladas con otras
secuencias para obtener vectores, plásmidos o cualquier tipo de
vector; animales transgénicos o animales knock-out, animales que
carecen de algún gen; el estudio y la protocolización de las células
madres, la diferenciación de las células madres, fundamentalmente en
lo que respecta a formación de tejidos, y finalmente la tecnología
asociada al conocimiento de cómo se expresan diferencialmente los
genes en diferentes células.

Y ya no quiero ser más pesado.




La señora VICEPRESIDENTA: No es pesado, sino que es muy interesante
su intervención.

Vamos a pasar a la segunda parte, los señores diputados le van a
formular las preguntas que crean pertinente. Por el Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: En primer lugar, quiero agradecer a don
Jesús Ávila su presencia hoy aquí. La petición de comparecencia, y
por eso intervengo en primer lugar, fue del Grupo Socialista. Ayer
intenté ponerme en contacto con usted, pero no lo conseguí y es mi
culpa no haber explicado exactamente cuál era el motivo de la
comparecencia; pero a una persona con su capacidad creo que no es
necesario explicarle mucho, porque ha hecho usted una descripción que
nos es muy útil, al menos para mí.




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El Grupo Socialista quería saber cuál era la opinión desde el sector
público de la investigación y sobre todo de alguien que es el
presidente de la Sociedad Española de Bioquímica y Biología
Molecular. Su opinión, junto con otras veinte o veintitantas que van
a venir a lo largo de estos días, nos van a poder ayudar a tomar una
posición respecto al tema que nos ocupa y es esta trasposición de la
directiva europea. Hemos tenido antes a unos comparecientes de
multinacionales, de Asebio, a don Jorge Riechmann, etcétera, pero su
opinión es nueva en el sentido de que es el sector público en lo que
usted como investigador público pueda representar. La primera
pregunta es muy sencilla. Partiendo de la base que conozca usted esa
directiva que se quiere trasponer en un proyecto de ley de
modificación de patentes, ¿cree usted que debe trasponerse? Hubo una
mayoría, no unanimidad pero bastante consenso en Europa, después de
diez años de debate y ahora estamos en la fase de trasposición. Hay 4
países que la han traspuesto, hay 7 que están con proyecto de ley
entre los que estamos nosotros y hay otros 3 ó 4 que no la han
traspuesto todavía. Por tanto, ¿hay que trasponerla o no?
Evidentemente tiene unas ventajas para la industria biotecnológica de
nuestro país y eso redunda lógicamente en otros aspectos positivos,
pero también hay una serie de planteamientos por eso esa larga
duración de discusión de esta directiva en Europa que puede generar
algún tipo de problemas, bien sea en países por temas que tengan que
ver con la biodiversidad, etcétera. ¿Usted cree que la directiva debe
trasponerse o no? Nosotros estamos en la fase de presentar enmiendas
parciales, queremos enmendar esa directiva para ver cómo la podemos
mejorar. Por tanto, cualquier opinión que usted tenga también nos
sería útil en este sentido. ¿Qué enmiendas cree usted que se podrían
presentar para mejorar este proyecto de ley?
La descripción que usted ha hecho es muy clara y no sé hasta qué
punto casa totalmente con la descripción del proyecto, si el texto
está ajustado a lo que usted ha dicho para nosotros será una
tranquilidad y será una manera de ahorrarnos algún tipo de enmiendas,
porque yo creo que lo que usted manifiesta está bien reflejado en el
proyecto.

Por último, hablaba usted de cuatro aspectos para patentar y ha
tocado un tema del que no voy a hablar hoy aquí, porque venimos a
hablar de otra cosa, aunque un apartado importante es el tema de las
células madre y muy concretamente de las células madre embrionarias.


Usted ha hablado claramente de la diferencia que hay entre las
células madre adultas y las células madre de tejido fetal respecto a
las que pueden proceder de un embrión sobrante de fecundación in
vitro o del que pueda provenir de una clonación terapéutica. Yo no
quiero traer ese debate aquí hoy, tendremos oportunidad de hacerlo el
próximo miércoles con una proposición no de ley del Grupo Socialista
y lo hicimos ayer en el Pleno del Congreso, pero sí quiero hacerle
una
pregunta concreta -y creo que en Europa se está debatiendo esto
ahora-, ¿sería patentable una célula madre embrionaria? ¿Cabe la
posibilidad de la patentabilidad de las células madre embrionarias?



La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra la señora Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Muchas gracias por su presencia y
bienvenido, señor Ávila.

Para esta Cámara es un honor tener a quien preside una asociación que
tiene tan importantes publicaciones que seguimos con enorme interés
ya que conocemos perfectamente a algunos de los miembros que la
integran que tienen todo nuestro respeto, sobre todo científico
y personal y que en este caso usted representa tan dignamente.

Indudablemente, desde que las técnicas del ADN recombinante
modificaron todo los aspectos de la genética se han abierto unas
posibilidades en todos los campos de la investigación de tal magnitud
que las sociedades no son capaces de ir asimilando a la vez que se
van produciendo, de modo que la ciencia está llevando a los
legisladores a remolque de las situaciones. Este es el caso de esta
directiva; directiva, por otra parte, como todas ellas, de obligado
cumplimiento. España no puede eludir si traspone o no traspone,
puesto que el propio Tratado de la Unión así lo recoge. Las
directivas como marco jurídico son de obligado cumplimiento y suponen
nada más que un aggiornamento de la propia legislación de los Estados
respecto a la legislación europea y sobre todo la intención de
establecer un marco jurídico de mínimos donde las legislaciones
nacionales puedan a su vez imbricarse -permítaseme la expresión- y
adecuar su normativa. En este caso nuestra normativa de patentes
excluye de modo expreso alguno de los sectores que aquí se han
tocado, que son interesantísimos y que abren un ámbito enorme, pero
que en los cuatro apartados de los que consta la directiva quedan
algunas exclusiones hechas en las que yo no quiero entrar
científicamente.

Naturalmente, su sociedad va a tener mucho que decir en España,
porque tiene en su ámbito a personas que trabajan con una eficacia y
con una excelencia de primer orden en el mundo científico español,
que es un orgullo para todos los que nos movemos cercanos a él.

Evidentemente, también estamos sufriendo lo que se llama la paradoja
europea, por esa dificultad que ha tenido España muchas veces de
llevar a la práctica, de recoger los frutos de lo que científicamente
viene almacenando durante más de 100 años de ciencia española -como
han dicho aquí antes- de ciencia seria, de ciencia en la mejor
expresión de la palabra.

Usted ha mencionado antes lo que va a ser la revolución de las
terapias. Las terapias van a cambiar en unos



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años, el paradigma de la medicina europea mundial tiene que cambiar.

Ya no es la medicina sintomática, como hemos dicho antes, ya es una
medicina perfectamente diagnosticable a través de algo, como ha sido
el conocimiento del genoma humano y que abre además unas perspectivas
distintas pero que ya se iba viendo no solamente con unos estudios a
nivel génico, sino a nivel cromosómico, en muchas de las enfermedades
de malformaciones congénitas bien ligadas a factores de tipo somático
o a factores de tipo sexual, también enfermedades que no eran
simplemente cromosómicas sino génicas que se suponían sabíamos un
poco empíricamente por el árbol genealógico, por el estudio familiar
o por alguna indicaciones indirectas.

Todo esto nos va a suponer un gran beneficio y la Asociación Española
de Bioquímica y Biología Molecular es un ejemplo de la aportación
enorme que ha supuesto a la ciencia española sobre todo en los
últimos 20 años. Lo mismo que estamos viendo todo lo que eso va a
suponer, toda esa complicación enorme de presión génica, de
interacción génica, y que nos está dejando un poco desbordado,
imagínese usted lo que sufrimos los diputados con eso; estamos
sufriendo casi una conmoción en este momento.

Solamente le quiero hacer una pregunta casi de tipo práctico. Esta
transposición de la directiva que tenemos que hacerla naturalmente,
porque es una actitud ineludible (este Parlamento no puede decidir si
lo hace o no lo hace, lo tiene que hacer).¿supone un beneficio para
los investigadores del sector público la transposición de la
directiva? En el sentido que aclara, porque se está haciendo como una
modificación de la Ley de Patentes, tal como explicó el espíritu de
la directiva cuando se hizo no debería ser una ley aparte, sino una
modificación de la actual legislación de patentes; es decir, que las
patentes biotecnológicas fueran un apartado más dentro de la
legislación especialísima de patentes. Indudablemente se quedará
vieja enseguida porque ya casi nace vieja, por no pisarnos más la
moral pensando que nace vieja ya antes de que la aprobemos, tendrá
que ser modificada y tendrá que ser ampliada a la luz de los tiempos.


Pero, ¿los investigadores que están en el sector público, los que
están en el sector privado en España, los miembros de su asociación,
se verán beneficiados con esta directiva?



La señora VICEPRESIDENTA: Señor Ávila, tiene la palabra.




El señor ÁVILA DEGRADO: Me preguntaba si era partidario de
equipararnos con Europa para esta normativa de patentes. Creo que sí.


Todo lo que sea equipararnos con Europa creo que es bueno y
ventajoso, no hay lugar a dudas.

También preguntaba si me había leído esto, más o menos lo ha dicho de
otra manera mucho más fina, y si estaba de acuerdo con lo que decía.

Me lo he leído y
hay una cosa que no es que esté ni de acuerdo ni en desacuerdo es una
cosa que no entiendo, a lo mejor es que soy torpe. En el artículo 5
bis) cuando se habla de reemplazar el punto 1 y el punto 2, yo los
veo muy similares. Los puedo leer, dice: El cuerpo humano en los
diferentes estadios de su constitución y desarrollo, así como el
simple descubrimiento de uno de sus elementos incluida la
secuenciación o la secuencia parcial de un gen, no podrán constituir
invenciones patentables. Aquí dice que no. Luego, dice: Un elemento
aislado del cuerpo humano u obtenido de otro modo mediante un
procedimiento técnico, incluida la secuencia o la secuencia parcial
de un gen, podrá considerarse como una invención patentable, aun en
el caso de que la estructura de dicho elemento sea idéntica a la de
un elemento natural. Esto no lo entiendo mucho; la única diferencia
que veo fundamental es la introducción de mediante un procedimiento
técnico. Es quizás lo que comentaba antes, un gen no es patentable,
pero un gen unido a otro gen o a otra secuencia de DNA para crear un
vector, eso sí es patentable. Yo no sé si con solamente decir un
procedimiento técnico se ha dicho todo eso, no lo sé. Quizás a lo
mejor habría que extenderse un poco.

Por último, me preguntaba también el señor Lissavetzky si yo creía
que eran patentables o/no las células madre embrionarias en general.

Aunque es una opinión muy personal, yo creo que no. Creo que no
deberían ser patentables, aunque si se me permite hablar de algún
tipo de anécdotas creo que ha habido algunos problemas en esto. Hay
dos sistemas o dos criterios, uno es el norteamericano y otro es el
anglosajón. En principio en el norteamericano más que de lo que es
las células madre, se discutía mucho lo que eran las células
embrionarias o lo que es el embrión para después hablar de las
células madre. Durante un tiempo no hubo ningún tipo tampoco de
legislación sobre eso y era libre. Esto dio lugar a la creación de
según los institutos nacionales de salud de 64 empresas diferentes
que obtuvieron de estos embriones las células madre y como he dicho
antes son de división indefinida, con lo cual siempre las va a tener,
y esas 64 empresas han creado un auténtico negocio de esto. Ahora
este negocio se ha cortado con la directiva, pero esas 64 empresas
siguen haciendo negocio. Esto es malo porque ha dado lugar a
picarescas. Por ejemplo, eso está prohibido en Estados Unidos y no
está prohibido en la India. Ahora es un desastre porque la gente va a
la India a coger embriones de los indios y hacer lo mismo que no
pueden hacer en Estados Unidos. Esto me parece una hipocresía
tremenda; me parece muy mal que una cosa se pueda hacer en un sitio y
otra en otro.

Lo único que creo es que lo que es patentable, volviendo a la
pregunta, serían los protocolos de diferenciación y lo que sí sería
necesario es que sea una cosa unánime. No sé si en este sentido se
puede globalizar o no o sería muy difícil. Desde luego se va a
globalizar



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por la Unión Europea, pero lo que me parece mal es que en países no
del primer mundo, se puedan hacer cosas y en países del primer mundo
no se puedan hacer. Aquí tenemos que tener algún tipo de control.

Refiriéndome a la señora Fernández Capel, evidentemente creo que
tiene unos aspectos beneficiosos, depende de lo que se patente, y
otros que a lo mejor no serían tan beneficiosos. Afortunadamente, se
llegó por todos los países que por lo menos estaban más implicados en
la secuenciación del genoma humano, a que el secuencia humano era
intocable, que eso no era secuenciable. Creo que ha sido un avance
brutal, porque desde el punto de vista académico, que es un poco el
que yo quiero ofrecer aquí también, es muy importante tener el máximo
conocimiento. Sería nefasto que solamente dos o tres empresas
tuvieran el conocimiento de lo que nos importa para todos. Hay cosas
que no deberían ser patentables y se debe regular que no son
patentables, como se indica en este artículo 5 bis) primer punto, en
eso estamos totalmente de acuerdo. Ahora bien, creo que hay dos cosas
que son patentables y que por otra parte, pues obviamente si queremos
que los aspectos terapéuticos avancen lo más posible, tenemos que
ayudar lo más posible también a las industrias farmacéuticas
y tenemos que ir a favor de ellas. No me cabe la menor duda de que no
podemos ir en contra de las industrias farmacéuticas porque además
aceleran este tipo de avances.

Lo que comentaba por ejemplo de la patentabilidad de ratones
transgénicos que pueden ser modelo de enfermedades humanas y que
podemos hacer o podemos utilizar como modelos de ensayos de fármacos
y desarrollo de fármacos creo que eso sí, porque además hará que por
otra parte también las empresas farmacéuticas dediquen más a
investigación si lo pueden patentar y esto lo vamos a rentabilizar
todos. En ese sentido creo que sí, que desde el punto de vista de lo
que son los miembros de una sociedad es bueno que haya una Ley de
Patentes para indicar lo que es patentable y lo que no lo es, porque
tan importante es una cosa como otra, creo.




La señora VICEPRESIDENTA: ¿Alguna pregunta más?



La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Señora presidenta con su
beneplácito podría hacer una pequeña indicación si se me permite.

En realidad el artículo 5 nos trae de cabeza a todos, quizás porque
es muy difícil poner en un mismo idioma lo que se expresa igual, en
un idioma que entiendan todos los países que tenga el mismo matiz
para poder hacerlo. La verdad es que podía haber quedado redactado
mejor porque la directiva tiene cosas que, ahora que nadie nos
escucha, son por lo menos lingüísticamente mejorables y que deberían
ser retocadas en su
momento, pero como marco general supone algo importante.

De toda la parte que queda fuera del ser humano y que será motivo de
otro gran debate, concretamente en la última reunión que hemos tenido
en Bruselas hace muy poco, hace una semana, se decía y se aclaraba
que la secuencia génica, el gen -estábamos 170 países representados
en una reunión- el gen no se patenta, pero el producto, la forma, la
actuación, la invención o el descubrimiento de cómo ha funcionado ese
gen respecto a todo lo demás eso sí sería objeto de patente, porque
si no estaríamos cercenando la investigación al futuro. Nadie tendría
interés en saber como puede funcionar una cosa si no puede trasponer
y retornar hacia sus propias empresas toda esa investigación.

Se ponía el ejemplo de la penicilina. Estaba ahí, existía en la
naturaleza, pero hasta que no se vio cómo actuaba y se pudo patentar,
no pudo tener esa vehiculización.




El señor ÁVILA DEGRADO: Estoy totalmente de acuerdo, pero querría
saber es cómo se podía legislar lo siguiente. Le voy a poner un
ejemplo, tenemos un gen que es muy importante, que da como su
expresión un factor neurotrófico. Este factor neurotrófico es
importantísimo para que se mantengan unas células del cerebro, una
cosa que se llama la sustancia negra, no tiene nada que ver, pero que
esté implicado en el Parkinson. Hay gente que tiene un defecto en
este gen. Evidentemente, la secuencia del gen no es patentable, lo
que sí es patentable es ese gen bueno mezclarlo con lo que se llama
un vector que hace que cuando nosotros lo introduzcamos vaya al
cerebro y no vaya a otro tejido y que entonces cuando llegue a ese
sitio esa sustancia negra empiece a expresarse y empiece a hacer su
función terapéutica, que es posible, y esto es algo que se está
haciendo. Le estoy poniendo un ejemplo práctico de algo que existe en
la realidad o que se están investigando.




Obviamente estoy de acuerdo con que el gen del factor trófico no es
patentable pero todo este procedimiento y sobre todo lo que es el
vector, hacer que vaya hasta allí eso sí es patentable, y eso es algo
que con el tiempo se podrá comprar a lo mejor en las farmacias, esto
es ya un poco más de ciencia-ficción.

Esa tecnología y lo que es la combinación de un gen o de una
secuencia con otras cosas, que es lo que le da un valor terapéutico,
obviamente eso es patentable.




La señora VICEPRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ávila.

Es en interés de esta Cámara, de esta Comisión y de los grupos
políticos que aquí estamos representados, tratar de esclarecer estos
aspectos y mejorar como es natural nuestra obligación, no sólo la
trasposición sino para salga una ley lo más clara y mejor posible en
beneficio de toda la sociedad española.




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El señor ÁVILA DEGRADO: Sólo deseo añadir y ofrecer si es posible,
porque nosotros tenemos una gente que escribe muy bien, si en algún
momento requiere algún tipo de ayuda o de cómo poner esto para que lo
entendamos todos, estaríamos encantados de echar una mano en lo que
podamos.




La señora VICEPRESIDENTA: Muchas gracias de nuevo, señor Ávila. Le
reitero las gracias y cualquier contribución será sin duda alguna muy
bien acogida.

Muchas gracias, de nuevo.




- DE DON JOSÉ PÍO BELTRÁN, VICEPRESIDENTE DE ORGANIZACIÓN Y
RELACIONES INSTITUCIONALES DEL CSIC (Número de expediente 212/000627)



La señora VICEPRESIDENTA: Pasamos a la siguiente comparecencia, de
don José Pío Beltrán, que tiene la palabra para su exposición.




El señor PÍO BELTRÁN: Muchas gracias, señora presidenta.

El texto que se me remite fundamenta la incorporación al derecho
español de la Directiva 98/44, de la Comunidad Europea, referente a
protección jurídica de invenciones biotecnológicas.

En principio, tengo que decir que estudiada esta directiva y el texto
que se propone, en general se trata de una trasposición bastante
directa, porque oyendo las preocupaciones de SS.SS. en la
intervención anterior, hago una valoración global positiva de la
trasposición. Sin embargo, también tengo que decir que de su lectura
me surgen algunas dudas, que se refieren a la propia directiva y que
les paso a comentar.

Ha sido objeto de comentario en la intervención anterior que el texto
excluye claramente de la patentabilidad las secuencias génicas per
se, y creo que hay un consenso bastante generalizado en la comunidad
científica sobre esto. Es necesario que haya una invención asociada a
este descubrimiento y se distingue con bastante claridad lo que es
descubrimiento de invención. Está claro que para que algo sea
patentable y también las invenciones biotecnológicas deben suponer
novedad, invención y aplicación industrial, luego siempre vamos a
tener que estar pensando si llegamos a la aplicación o no para hablar
de patentabilidad. Por tanto, me parece muy correcta la definición de
materia biológica tal y como esta.

En cuanto al artículo 5 y las exclusiones, en el primer punto me
parece muy pertinente cuando se apostilla sobre la explotación
comercial contraria al orden público, las buenas costumbres, y dice:
sin que sea suficiente el mero hecho de que la explotación esté
prohibida por alguna disposición legal. Esto es importantísimo porque
evidentemente las buenas costumbres y el orden público son conceptos
interpretables y cambiables
en el tiempo, por tanto, si en un momento concreto alguna
disposición legal impidiera una aplicación industrial, se privaría
del derecho de patente a los inventores que a lo mejor al cabo de
unos años las leyes sí permiten la aplicación. Por tanto algo es un
descubrimiento, aunque eso pudiera dar lugar a una aplicación
industrial ilegal hoy pero esto puede ser legal dentro de unos años.

Esta diferencia creo que es importante. Me parece correcto también el
punto c) de este artículo que excluye la utilización de embriones
humanos con fines industriales o comerciales, y quiero entender,
porque no se menciona aquí pero aprovecho para decir mi opinión, que
esta exclusión no excluye el uso de embriones humanos con fines de
investigación.

En el punto 2 se nos dice que las variedades vegetales y las razas
animales no son patentables, y se nos aclara que son patentables las
invenciones que tengan por objeto vegetales o animales si la
viabilidad técnica de la invención no se limita a una variedad
vegetal o a una raza animal determinada. Esto es correcto porque si
se limitara a una sola variedad vegetal estaríamos hablando en
realidad de patentar una variedad vegetal que no es patentable, y el
derecho de protección sobre las variedades vegetales se rige por otra
legislación, el derecho de obtentor de variedades vegetales, y está
bien.

En el texto no se explica con claridad lo que es variedad vegetal,
aunque se hace referencia al artículo 5 del Reglamento 2100/94, donde
hay una definición bastante precisa. Digo bastante precisa porque al
final uno llega a la conclusión de entender casi qué es una variedad
vegetal, pero al menos hay un texto de referencia. No puedo decir lo
mismo respecto del concepto raza animal que expresa la ley. Lamento
no poder ayudarles en esto, pero mi especialidad son las plantas. He
intentado encontrar una buena definición sobre raza animal y no la he
encontrado. Por tanto, creo que es motivo de preocupación una ley
donde aparece un concepto en el que los propios expertos no
encuentran definiciones convincentes, y esto es una laguna. No es un
problema del Estado español; hay mucho debate incluso en la comunidad
científica internacional.

No tengo problemas con el artículo 5 bis. Es importante y remacha la
imposibilidad de patentar secuencias de genes o secuencias parciales
y además se especifica que lo que queda protegido es una aplicación
industrial derivada del uso de esa secuencia. Quiere decir que queda
el campo abierto para seguir investigando y proponer otras
aplicaciones industriales con la misma secuencia o con la misma
secuencia parcial. Me parece muy correcta la redacción.

En el punto 2, condiciones de depósito de la materia biológica no
accesible al público, el apartado b) exige que la solicitud que se
presente contenga la información relevante sobre las características
de la materiabiológica. El término relevante queda bastante ambiguo.




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Alguien tendrá que interpretar lo que es relevante y esto puede
provocar inseguridad jurídica.

Respecto de lo expuesto en el artículo 53 bis, sí me parece muy
relevante lo que se refiere al derecho del agricultor. Explica que la
venta o comercialización del material de reproducción vegetal al
agricultor implicará el derecho de éste último a utilizar el producto
de su cosecha para ulterior reproducción o multiplicación realizada
por él mismo en su propia explotación. Es importante esta protección
del agricultor. El problema es que tal y como está escrito no se
distingue entre pequeños agricultores y grandes agricultores. No se
define muy bien si la explotación es de su propiedad o es arrendada.

Es cierto que el 14 del Reglamento de la Comunidad Europea 2.100/94
explica algo sobre las condiciones que deben concurrir en esta
excepción. También es cierto que la legislación española, la Ley 3/
2000, de 7 de enero, recoge algunos aspectos referentes a esta
excepción. Por tanto, me sorprende que la ley en su redacción actual
haga mención al Reglamento de la Unión Europea y no mencione la Ley
española 3/2000, de 7 de enero, porque son puntos muy delicados y la
ley española podría sufrir modificaciones en el futuro. Por tanto, si
se aprueba esta ley como está, la Ley 3/2000 no sería referencia para
ella. Sería bueno que se incorporara la referencia de que esta
excepción se regulará también de acuerdo con lo establecido en la ley
española.

De nuevo no sé que es lo que pasa, porque en el caso de las plantas
parece que las cosas se clarifican más, pero si vamos al punto
segundo, que habla de animales de cría o de material de reproducción
animal a un agricultor o ganadero, no se hace referencia a ningún
reglamento que especifique los derechos de la excepción. Se dice que
los detalles de dicha excepción se fijarán reglamentariamente. A lo
mejor en estos momentos no es posible hacer esta referencia, pero hay
que ser muy conscientes de que queda tremendamente ambiguo. Como en
el caso de los agricultores, no es lo mismo un ganadero que tenga una
cabaña de cien ovejas que alguien que la tenga de millones. Es
importante hacer estas diferencias y esta regulación.

En el artículo 4 no entiendo bien la diferencia entre el
establecimiento de un marco regular de licencias obligatorias por
dependencia entre titulares de patentes de invenciones
biotecnológicas y titulares de derecho de obtención vegetal. Si se
fijan el artículo 1 dice: Cuando no sea posible la explotación del
invento protegido por una patente, sin menoscabo de los derechos
conferidos por una patente o por un derecho de obtención vegetal
anterior, el titular de la patente posterior podrá solicitar una
licencia obligatoria no exclusiva mediante el pago de un canon
adecuado. Sin embargo, el punto 3 dice: Si se trata de un
procedimiento para la obtención de sustancia química o farmacéutica
protegida por una patente en vigor, tanto el titular de la patente de
procedimiento como el de la patente de producto,
tendrá derecho a la obtención de una licencia obligatoria no
exclusiva sobre la otra. No comprendo bien por qué en un caso se dice
que tendrá derecho a solicitar y en otro caso a obtener. No sé si es
una mala traducción o si hay alguna intención que para mí no se
justifica.

Hay otras cuestiones que son ambiguas. Entre las condiciones para
solicitar las licencias obligatorias no exclusivas dice que se deberá
demostrar que su invención representa un progreso técnico
significativo -esto podríamos entenderlo- de considerable importancia
económica. A lo mejor para mí considerable importancia económica son
500.000 pesetas y para otro señor son miles de millones. Esto está
muy ambiguo. De la misma manera en el apartado f) se dice que ha
intentado obtener una licencia contractual en condiciones razonables.


Hay mucho de interpretación. Yo no entiendo mucho de leyes, a lo
mejor es difícil plasmar esto con mayor precisión, pero son aspectos
que no me quedan claros.




La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra la señora Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Gracias, señor Beltrán, por su
magnífica exposición que nos aclara algunos de los puntos. Esta ley,
que ha dado mucho que hablar, viene de un larguísimo debate de diez
años en la comunidad europea, también ha dado mucho que escribir.

Todos esos escritos a veces han aumentado nuestra claridad y otras
nuestra confusión. Pero, afortunadamente, en ocasiones hemos podido
leer escritos de personas que estuvieron implicadísimas no sólo en la
elaboración de la ley en su discusión, sino en la trasposición de la
directiva. Le remito a algunos artículos de don Agustín Carrasco, que
en este momento está en la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual, como usted sabe muy bien, en Ginebra. Ha dado
conferencias, ha trabajado en la trasposición de la ley y ha
analizado, como gran jurista que es, todos estos aspectos que para
los que no somos tan expertos en el tema nos confunden muchas veces.

De modo que yo cuando no entiendo un artículo busco sus reflexiones.

Concretamente el artículo 2, al que usted ha hecho referencia, habrá
que ajustarlo lingüísticamente, porque muchas veces tenemos la
dificultad de sacar un texto coordinado y lingüísticamente acorde en
los países de la Unión Europea donde el cambio de un tiempo verbal
puede suponer en inglés un presente con sentido de futuro y en España
una cosa muy distinta. Esto hace que muchas veces las directivas -
vuelvo a decir que me gustaría que ésta tuviera otros matices
lingüísticos- no tengan esa expresión tan clara que podríamos
esperar.

Concretamente, si volvemos al concepto de lo que el legislador dice
que se quiso hacer en relación con el artículo 2, se dice que se
trata de conceptos de materias



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biológicas, procedimientos biológicos, procedimientos esencialmente
biológicos de extensión vegetal o animal y variedad vegetal. Luego
hace una aclaración de estos conceptos, matizándolos, que nos ayuda
mucho a lo largo de la directiva a ir conociendo cómo y cuál fue ese
procedimiento; procedimiento muchas veces microbiológico, que utiliza
una materia microbiológica, que incluye una intervención sobre la
misma o que la produzca en la mayor parte de los casos. Ese concepto
resultó glosado en una decisión de la sala técnica de recursos de la
Oficina Europea de Patentes -concretamente ese contexto del artículo
2 al que usted hacía referencia- y a ello me remito por si fuera
posible conocerlo. El tiempo pasa rápido y no podemos aquí ir
aclarando esos conceptos, aunque queda bien claro, a través de esa
declaración de la sala técnica de recursos de la Oficina Europea de
Patentes, el plan Genetic Sistem, en el punto 3 donde se explican
estas ambigüedades que a todos nos suscita en algún momento la
directiva.

Tomo nota en el punto 2 de lo que usted nos ha dicho sobre la palabra
relevante, porque en este momento es como si nos sonara el timbre
avisándonos de que aunque la palabra la leemos una y otra vez y nos
acostumbramos a verla podría ser otra mejor; eso es importante.

También ha dicho usted que en la directiva no se detallan las
funciones. Naturalmente una directiva es una ley de mínimos y la
legislación internacional ha de encontrar un punto de conexión, pero
habrá una serie de detalles imposibles de introducir en una
directiva, como es todo lo que hemos hablado ahora. En esta directiva
no se incluye nada sobre células madres o células embrionarias y se
hacen exclusiones estrictas de muchos aspectos sobre los que
tendremos que seguir hablando, porque no hemos hecho más que dar el
disparo de salida en este Parlamento para legislar sobre
biotecnología, biología molecular y lo que va a suponer la aplicación
de las últimas técnicas que vayan apareciendo. Muchas veces no se
pueden recoger esos detalles y, de hecho, también viene recogido. Si
no recuerdo mal, en el artículo 3, se recogen algunas de las
decisiones de la sala técnica de recursos y se glosa cómo ha de estar
enfocado este asunto que en este momento no se puede recoger en la
directiva porque va a ser un marco mínimo.

Lo que ha pasado en relación con la Ley 3/2000, a la que usted hacía
referencia, es que la directiva se está gestionando como una
modificación de la Ley de Patentes y no como una ley expresa y
distinta. Es decir, algunos países van a hacerlo de una forma
jurídica y otros de otra, pero el marco jurídico tiene que ser el
mismo y de todas formas nunca podrá entrar en contradicción con la
legislación vigente en España o habrá que adecuar ésta para que no
haya intereses legislativos contrapuestos. Pero mi pregunta era otra.


Como usted es responsable de un organismo al que España mima
especialmente y al que todos queremos tanto, ¿cree
usted que todo lo que sea clarar a nuestros investigadores del
consejo el marco legislativo en biotecnología para mejorar su sistema
de patentabilidad (muchas veces los investigadores universitarios y
los del consejo no tienen la misma facilidad que las empresas a la
hora de patentar sus descubrimientos) mejoraría la situación de
nuestro personal investigador?



La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): Primero van a
formularle el resto de las preguntas los distintos grupos
parlamentarios y después usted tendrá la oportunidad de responder.

Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor
Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Quisiera agradecer a don Pío Beltrán que
haya venido hoy aquí a comparecer. Estoy básicamente de acuerdo con
todo lo que ha dicho, como no podría ser de otra manera porque usted
es vicepresidente del organismo del que formo parte como científico
titular y cualquiera se atreve a discrepar. Bromas aparte y una vez
dada la bienvenida, creo desde el punto de vista metodológico que ha
sido muy útil su intervención. Yo sólo me he quedado con alguna
pequeña duda. Nosotros echamos en falta dos considerandos que
formarían parte de la exposición de motivos, el 26 y el 27, que
intentaremos que se aprueben vía enmienda y que creo que aclaran
bastante la situación dentro de lo que es una exposición de motivos.

Estamos totalmente de acuerdo también -lo he dicho en otras
intervenciones- en añadir en el artículo 53 bis la referencia a la
Ley 3/2000. Creo que es fundamental, como usted ha dicho. ¿Le parece
correcto el 5.1? No he tomado nota bien -ya lo miraré en el «Diario
de Sesiones»-, pero me parece que ha dicho que le parecía correcto;
luego me lo aclara. Ha dicho usted que no queda clara la definición
de raza animal. Si nos puede suministrar, a través de quien entienda
más de estos temas, una definición que se ajuste más nos vendría
bien. Lo mismo le digo, como la señora Fernández de Capel, que sobre
la expresión relevante, que es un término ambiguo, si tiene alguna
idea nos vendrá muy bien. Evidentemente, creo que esta ley se puede
mejorar.

No le voy a hacer preguntas específicas porque vengo manteniendo a lo
largo de esta tarde -y mi grupo así lo ha hecho durante estos meses-
que nosotros estuvimos a favor de esta directiva que tardó en
aprobarse diez años en Europa, y no es una casualidad. La votamos a
favor en el Parlamento Europeo, hemos votado aquí en contra de la
enmienda a la totalidad y estamos por tanto de acuerdo con la
filosofía, pero yo dejo caer esta tarde, casi por enésima vez, que lo
que no vemos tan claro es que vaya a ser una panacea. Hay que
arreglar muchas cosas antes en este país que tienen que ver con las
patentes y con los investigadores. Doña Blanca Fernández de Capel le
hacía una pregunta interesante e inteligente como suele hacerlas ella
y que a



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mí me parece muy pertinente, pero hay otro tema. Si hay que
trasponerla la traspondremos. Unos aprobarán el proyecto de ley con
gran entusiasmo, otros lo haremos con un relativo entusiasmo, pero
son muchas otras cosas las que pueden mejorar la situación de los
investigadores del consejo y no voy a hablar de recursos humanos sino
del caso concreto de las patentes. Un investigador del consejo, a
pesar de que se ha planteado en esta Cámara por el Grupo Socialista,
no puede ni tiene -a diferencia de lo que ocurre con un investigador
de la universidad- participación en los derechos de la patente que
hace. Perdón por esta parte final que no tiene mucho que ver con su
intervención. Termino agradeciéndole su intervención, que nos ha
aclarado muchos temas.




La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): Tiene la palabra al
señor Beltrán, pero antes quisiera decirle y casi rogarle que si
tiene o encuentra en algún momento una definición acorde y que
clarifique el concepto de raza, del que hemos hablado, será bien
acogida por la mesa de esta Comisión.




El señor PÍO BELTRÁN: Sin ninguna duda, mi valoración de la
trasposición de la directiva a la legislación española es positiva y
es claro que específicamente, siendo el objeto de la ley clarificar
lo que se puede o no patentar en el campo de la biotecnología, creo
que nadie puede discutir que esto es bueno para los investigadores,
porque además es una legislación que se genera en un marco mucho más
amplio y que sin duda nos servirá a todos para tener las cosas más
claras.

Es cierto que no he comentado -mezclando en mis respuestas lo dicho
por el señor Lissavetzky- otros aspectos que se refieren
específicamente a la situación de los investigadores del CSIC o de
otros organismos públicos de investigación, pero también es cierto
que actualmente estos aspectos son objeto de modificaciones
legislativas que están también en el Parlamento. En estas
modificaciones propuestas -y si es pertinente en otro momento lo
podemos discutir- se atienden los aspectos que en este momento
perjudican grandemente a los investigadores del sector público, y no
sólo a estos sino a las propias instituciones responsables de los
mismos, para que el sector público español pueda patentar más de lo
que patenta, que es algo que nos reclama la sociedad permanentemente.


La contestación a las dos preguntas es afirmativa.

Simplemente he querido hacer esta sugerencia muy concreta, a pesar de
que entiendo las dificultades de recoger en este proyecto de ley con
todo detalle muchos puntos, de que no entiendo por qué no se hace
referencia a la ley española que se ha adecuado ya a la legislación
europea, porque creo que no estar incluida podría provocar confusión.


Incluso si esa ley, que ahora está vigente, la modificáramos, como
aquí no hay referencia, a la hora de la legislación de las patentes
no se
podría tomar como referencia; es decir, no costaría nada hacer
referencia a esa ley reciente española que ha incorporado muchas
cuestiones europeas.

Respecto a la raza animal, más que buscar una definición les prometo
que voy a buscar algún experto en genética humana o animal para que
pueda clarificar esto. Ya es bastante fuerte que a nivel de la
directiva de la Unión Europea esté así, que está como raza animal,
sin referencia y ninguna definición.

No sé si he contestado con precisión a todo lo que querían. Muchas
gracias por su atención.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Perdón, señora presidenta. Se me olvidaba
una cuestión. Con respecto al artículo 3, que modifica el artículo 5,
el apartado 1.b) dice: No podrán ser objeto de patentes... Y el
apartado 1.b) se refiere a los procedimientos de modificación de la
identidad genética germinal del ser humano. Un investigador de una
multinacional ha dicho que eso en algún momento determinado -aunque
está aprobado a nivel europeo- podría impedir la curación de
enfermedades como la fibrosis quística. Nosotros pensamos presentar
una enmienda que acabara diciendo de modificación no patológica. No
sé si nos puede dar su opinión sobre esto. Estamos de acuerdo con el
concepto del apartado b), pero queremos saber su opinión sobre si se
puede añadir: no patológica.

Con respecto a la modificación del CSIC, lo presentamos hace seis o
siete meses y lo votaron en contra.




El señor PÍO BELTRÁN: No es mi especialidad. En principio estoy
completamente de acuerdo con la redacción en su forma actual aunque
probablemente tras un debate podría matizarla. Tal y como está, en
principio me parece correcto que no sean patentables los
procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del
ser humano. Me da más seguridad que otra variante.




La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): Muchas gracias,
señor Beltrán, en nombre de la Cámara, de la Comisión y en el mío
propio. Recibiremos con complacencia sus sugerencias.




- DE DON CARLOS MARTÍNEZ ALONSO, JEFE DEL DEPARTAMENTO DEL CENTRO
NACIONAL DE BIOTECNOLOGÍA. (CSIC). (Número de expediente 212/000628.)



La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): La siguiente
comparecencia es la de don Carlos Martínez Alonso, jefe del
Departamento del Centro Nacional de Biotecnología del Consejo
Superior de Investigaciones Científicas. Tiene la palabra, señor
Martínez.




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El señor MARTÍNEZ ALONSO: Muchas gracias, señora presidenta. No sé si
voy a ser fiel a las expectativas, entre otras cosas porque a mí ni
siquiera se me mandó la normativa.




La señora VICEPRESIDENTA: Pido excusas porque los servicios de la
Cámara normalmente son muy solícitos y cumplen, pero habrá surgido
algún problema. A lo mejor le llega mañana a su casa. Pido disculpas
en nombre de la Cámara.




El señor MARTÍNEZ ALONSO: Perdón por este comentario.

Es pertinente, desde el punto de vista del investigador, hacer una
serie de matizaciones que espero que sean aclaratorias respecto a la
necesidad de patentar la investigación de ella derivada y los
beneficios que de esas patentes puedan generarse no sólo para mejorar
la calidad de vida de los ciudadanos, sino también para mejorar la
situación económica del país. Si uno hace una historia reciente de la
especie humana, claramente pone de manifiesto que en el último siglo
hemos duplicado las expectativas de vida media. Hemos pasado de 40 ó
50 años a los 80 u 82 años si vive en España y es mujer. Eso no
sucede, desgraciadamente, en el Tercer Mundo. Ese avance sustancial
ha sido debido a dos avances científicos fundamentales, y matizo lo
de avances científicos fundamentales. Uno es el descubrimiento de los
antibióticos, en los años cincuenta, y el otro es el descubrimiento a
principios de siglo de la vacunación. La acción conjunta de estos dos
hallazgos científicos supuso un extraordinario avance que supone la
duplicación de la vida media. En ese momento estos dos avances
sirvieron fundamentalmente para combatir las causas de la mortalidad
de los individuos, que eran los agentes infecciosos. Y estas dos
herramientas terapéuticas, estos dos logros científicos, permiten
eliminar los agentes causantes de esa mortalidad, que son los agentes
infecciosos. En los ochenta años que ahora logramos vivir, los
agentes infecciosos, aun cuando siguen siendo un problema serio para
nuestra calidad de vida, no representan la causa fundamental de
mortalidad que está esencialmente debida a alteraciones en nuestros
propios constituyentes, en aquello que define nuestra mayor identidad
o individualidad, que es el genoma humano. Por tanto, las
herramientas de esta nueva medicina, de la denominada medicina
molecular o medicina predictiva, tienen que estar basadas en esos
orígenes de las causas de las enfermedades que son las alteraciones
en el DNA. Consecuentemente, en estos cinco, diez, quince años se
está desarrollando una nueva serie de herramientas terapéuticas que,
basadas en los hallazgos de las alteraciones de esta molécula de la
vida, del DNA, calculamos que permitan no sé si duplicar las
expectativas de vida media en los próximos 15 ó 20 años, pero desde
luego hacer que nuestra vida sea mejor. Para ello se están
desarrollando dos
nuevos conceptos que han surgido en los últimos años, que constituyen
la pieza clave del diseño de las herramientas para combatir las
enfermedades de este tiempo: uno, las consecuencias derivadas de la
secuenciación del genoma humano y todo un sinfín de nuevas
tecnologías que ello ha permitido identificar; dos, el aislamiento y
la caracterización de las llamadas células madre en humanos, que
abren toda una serie de nuevas expectativas, que se supone que
contribuirán a la medicina de manera prácticamente inigualable a como
ha sido en nuestra historia pasada.

La secuenciación del genoma humano además ha puesto de manifiesto
muchos aspectos científicos y resaltaré uno en este momento que es
extraordinariamente importante como es la colaboración entre dos
sectores que son fundamentales para la base de la sociedad, el sector
privado y el sector público, que luego matizaré. Esa colaboración es
absolutamente fundamental para construir un país competitivo
científicamente y dueño y capaz de construir su propio futuro.

Esta secuenciación del genoma humano nos ha permitido a la comunidad
científica y a la comunidad médica por primera vez no ya sólo
identificar gen a gen o genes que estén asociados a enfermedades,
sino analizar simultáneamente los 40.000 ó 50.000 genes, de los
cuales estamos constituidos la especie humana. Esta capacidad
extraordinaria de análisis simultáneo de todos y cada uno de los
genes de los que estamos constituidos ha abierto unas posibilidades
absolutamente extraordinarias y únicas por primera vez a la especie
humana. La posibilidad de ejecutar este tipo de tecnologías se ha
hecho gracias al desarrollo de la nueva tecnología que, como ustedes
muy bien saben, son los chips de DNA. Estos chips se han desarrollado
gracias al desarrollo de patentes, que han permitido a las industrias
o al sector privado ofrecer a la sociedad tecnología, que permite
como digo identificar en lo que esperamos sea el futuro cada uno de
los genes que están aplicados en las enfermedades que hoy día son las
de mayor causa de mortalidad como el cáncer, enfermedades
neurodegenerativas o enfermedades autoinmunes.

El segundo aspecto que decía que era absolutamente fundamental y
puede contribuir a mejorar -incluso los más arrogantes científicos
dirían a extender la expectativa de vida media- es la utilización de
las células madre para su diferenciación in vitro y generación de
órganos y tejidos, que permitieran en el futuro abrir o desbloquear
uno de los cuellos de botella que en este momento es más importante
en la medicina actual como es la obtención de tejidos en donaciones
para aquellos enfermos que están pendientes de un trasplante.

Evidentemente, en el caso de las células madre nuestro conocimiento
es prácticamente absoluto en este momento, y la única forma de poder
implementar las posibilidades que esta nueva tecnología ofrece es
invertir y desarrollar un conocimiento que el día de mañana permita
hacer realidad lo que hoy día son puramente



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expectativas. Las únicas posibilidades para que ese sueño se
convierta en realidad es de nuevo una investigación, una patente de
los resultados obtenidos que permitan su explotación para que a la
vez el sector privado pueda obtener beneficios y de ellos pueda a su
vez beneficiarse el sector público. De nuevo aquí el sector privado y
el sector público en colaboración constituyen dos pies fundamentales
sobre los que, sin duda alguna, como sucedió en el genoma humano,
pivotará la implementación de estos nuevos desarrollos tecnológicos.

Si bien este es el panorama que uno vislumbra en los países más
adelantados, en aquellos países que son dueños de su futuro, como
ciertamente es el caso de Estados Unidos y algunos de la Unión
Europea, el caso de España es bastante desolador, sobre todo cuando
se compara con lo que a un país como el nuestro, en la octava o
novena posición económica mundial, le correspondería por rango. Digo
que es sorprendente porque en estas dos áreas, fundamentales y
críticas para el desarrollo de una medicina que permita vivir mejor y
si es posible más, las consecuencias de la secuenciación del genoma
humano y la obtención de las células madre como nuevas herramientas
terapéuticas en España son prácticamente desconocidas. Por tanto,
invertir en esta área es una necesidad fundamental.

El desarrollo de toda esta tecnología en el mundo competitivo ha sido
-y lo está siendo- gracias a la cooperación entre el sector privado y
el sector público. Desgraciadamente nuestro sector privado no es que
haya apostado por la investigación en el área biofarmacéutica como
modo de sobrevivir y de ser competitivo en el futuro, y esto lo
estamos padeciendo. En contrapartida, en el sector público tenemos
una generación de jóvenes investigadores, que en el área de la
biomedicina son los más y mejor formados de nuestra historia y, por
tanto, serían capaces de aportar al sector privado esa fuente de
conocimiento, ese know how, que es muy posible que gran parte del
sector privado no lo tenga. Esta simbiosis que, como decía, es
fundamental en el resto de los países científicamente competitivos,
podría, argumentando e instrumentalizando canales o mecanismos para
que ello fuera posible, llegar a ser competitiva y crear un área que
sin duda alguna nos pusiera en la situación que corresponde a nuestro
país. Frente a la necesidad, por tanto, de promover este tipo de
colaboración, frente a la necesidad además de promover la patente de
aquellas investigaciones que se hagan por parte del sector público
-que, como digo, es un sector altamente competitivo en esta área-, es
necesario fomentar y articular en las leyes pertinentes una nueva
legislación que permita también a este sector público desarrollar su
know how a base de utilizar las estrategias comerciales. De hecho
éstas se han puesto de moda en Estados Unidos -son pequeñas
industrias desarrolladas en torno a un conocimiento científico- y han
permitido ser casi tan competitivas -y se espera que en el futuro
sean más incluso- como el propio
sector de telecomunicaciones. Puesto que los investigadores que
conocen los problemas, la metodología y saben cómo utilizarlas están
en el sector público, arbitrar mecanismos que permitan patentar ese
conocimiento y explotarlo en condiciones en las que el propio
investigador participe en su propio desarrollo, pueden diseñar y
construir un país que en el futuro nos dé una capacidad para ser
dueños de nuestras posibilidades.




La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): Por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra su
portavoz, el señor Silva.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias al compareciente. Cuando mi
grupo propuso su comparecencia lo hizo sobre la base de que no sólo
es usted un gran investigador, sino, como ha podido quedar aquí
acreditado, un gran comunicador, y eso desde luego en esta materia
que nos ocupa es tremendamente importante. Por lo tanto, pocas
cuestiones tendría en estos momentos para formularle. Quizá sobre la
base no tanto de investigador -y me lo permitirá ahora-, sino de
comunicador y de científico que también aborda o plantea otros
problemas, querría conocer la opinión que le merecen las críticas
que, por ejemplo, se formulan al proyecto sobre la posibilidad de
patentar seres vivos o partes separadas del cuerpo humano. En la
medida en que usted tenga conocimiento de la situación en otros
países o en Estados Unidos, ¿le provoca, por así decirlo, algún tipo
de sorpresa o de rechazo o son aspectos que desde su punto de vista
deben abordarse con más naturalidad que la de algunos sectores?



La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): Por el Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Quiero dar la bienvenida a don Carlos
Martínez, agradecerle su exposición, que evidentemente ha sido clara,
y hacer alguna reflexión y quizá alguna pregunta. Estoy totalmente de
acuerdo con su exposición -lógicamente tiene mayor conocimiento del
tema que yo- sobre los aspectos de secuenciación del genoma humano y
el aislamiento de las células madre. Son aspectos que abren dos
puertas fundamentales para curar enfermedades que ahora mismo son
incurables, enfermedades crónicas, agudas, etcétera. No quiero
extenderme aquí, aunque este tema me interesa mucho, y sí quiero
centrarme en lo que es esta directiva.

En primer lugar, por supuesto, estoy a favor de las patentes; nadie
en su sano juicio va a estar en contra de un sistema de patentes y,
por supuesto, esa interacción entre el sector público y el sector
privado es fundamental. Esto es así y, de entrada, cualquier aspecto
que tenga que ver con que se modifique la Ley de Patentes para poder
trasponer esta directiva, sea bienvenido.




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Según su intervención, imagino que usted está de acuerdo en esto, lo
que ocurre también es que el sistema de patentes es manifiestamente
mejorable. Hay una serie de aspectos que pueden provocar situaciones,
efectos secundarios no deseados; cuando mi grupo plantee las
enmiendas intentará mejorar esos efectos. Usted definía muy bien la
relación sector público/sector privado en esta área y yo quiero que
el sector público, el conjunto de la sociedad, se beneficie de todo
esto. Me da la sensación de que, aparte de discusiones políticas
sobre quién gobierna, se está invirtiendo dinero de manera clara en
el sector público. Como ha dicho de una manera descarnada un
compareciente hoy aquí, España puede competir, y bien, porque tiene
mano de obra barata. Se refería a los investigadores y tenía razón;
lo ha dicho de manera descarnada y todos nos hemos sonreído, pero
tiene razón. Yo veo que siempre queda un poco descentrado el sector
público. Hemos invertido mucho dinero, hemos formado sobre todo en
estas áreas a bastante capital humano, y el sector privado muchas
veces no ha sido capaz de hacer esas inversiones. La pregunta, puesto
que en la filosofía en general estamos de acuerdo, es la siguiente:
¿Qué efectos va a tener la trasposición de esta directiva? He dicho
otras veces que no estamos en contra de esta trasposición, sino que
lo que queremos es poner los límites que permitan que los efectos
negativos sean los menores posibles y si puede no haber ninguno,
mejor. La siguiente cuestión es, por tanto, si podría indicarnos
alguna sugerencia con respecto a la directiva que pudiera mejorarla,
para poder presentarla vía enmienda parcial.

Hay otro aspecto concreto. El artículo 5.l.b) habla de los
procedimientos: No se considerarán patentables en virtud de lo
dispuesto en el párrafo anterior: los procedimientos de modificación
de la identidad genética germinal del ser humano. Preguntaba yo si
sería correcto añadir no patológico para casos concretos. No sé si
tiene sentido o no lo tiene; quería saber su opinión, si no es en
esta sesión, ya lo hablaríamos.

Por último, se está barajando la posibilidad de la patentabilidad de
las células madre. Tenemos alguna noticia de eso, el próximo
compareciente puede dar alguna información, pero si tiene alguna
noticia o quiere dar su opinión le estaríamos agradecidos.




La señora VICEPRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Fernández de
Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Bienvenido, don Carlos Martínez.

Me felicito por tenerle aquí esta tarde y poder dirigirme a usted. Le
he escuchado muchas veces, he seguido con mucho interés sus trabajos
y sus investigaciones, algunas las conozco vía artículos y otras
porque le he oído en muchas conferencias. Es para mí un honor como
universitaria y como diputada dirigirme a usted y un honor para esta
Cámara tenerle entre nosotros, entre otras
cosas porque conozco bien su buen hacer dentro del Centro Nacional de
Biotecnología, sus magníficas relaciones entre el mundo científico
español y su trabajo, digno del mejor elogio. Si hemos dicho algo
aquí varias veces es que en España tenemos científicos punteros que
compiten con los mejores del mundo de igual a igual. Usted es uno de
ellos y yo me felicito por poder dirigirme hoy a usted.

Volviendo a lo que nos ocupa, porque el tiempo es limitado y tenemos
mucho trabajo -yo quisiera hablar con usted largo y tendido de estos
temas; tengo la esperanza de que en algún momento pueda hacerlo-,
esta tarde hablamos de una directiva concreta, que nos sitúa en un
marco legislativo establecido previamente después de diez años de
reflexión, con lo cual la directiva ya nace viciada. Es así porque
Europa es lo que es. Igual que decía aquel clásico que en algunos
cafés europeos se discutía de teología en vez de discutir de fútbol,
a veces cuando se tiene que discutir de biotecnología los foros
internacionales europeos complican demasiado algunas de las
discusiones: en el tiempo, en la forma, en el modelo lingüístico y
ahondan poco en lo que de verdad se necesita, un instrumento de
trabajo para que los países puedan desarrollar su sistema de ciencia
y tecnología. Quizá por esto esta directiva viene ya tocada, puesto
que debió salir mucho antes, porque el marco que nos propone va a ser
enseguida pequeño, un marco en el que no podremos meter todo lo que
quisiéramos, pero -también volviendo a los clásicos- con estos bueyes
hay que arar. Lo que no creo que podamos plantearnos los legisladores
es perder la ocasión de hacer este pequeño aggiornamento de adaptar
la directiva al sistema de patentes español, con lo que eso va a
suponer de beneficio. Naturalmente, el señor Lissavetzky y yo luego
nos encargaremos de ir mejorando toda la legislación e ir colgando lo
que tengamos que colgar en la percha que corresponda. A todos nos
gustaría que en la directiva entrara todo lo que pudiera relativo a
la biotecnología, pero no es así. Nos dibuja un marco estable, un
marco en el que hace unas exclusiones y unas indicaciones, y no
podremos modificar ni unas ni otras. Podremos adaptarlas a nuestro
marco legislativo, pero, -no soy experta en muchas cosas y menos en
legislación europea-, según creo, 1a directiva pone el marco y sólo
se puede legislar en torno a lo que dice esa directiva y hacer esa
trasposición. Luego, la armonización con las leyes españolas tiene
otro proceso, que no es el que nos ocupa esta tarde.

Usted ha hablado aquí muy bien, y yo sé que en el Centro Nacional de
Biotecnología hay esa gran relación entre el mundo público y el mundo
privado, lo que hace que muchos de nuestros grandes investigadores
puedan aprovecharse del impulso privado y que dejen de ser
investigadores sólo del sector público; hay esa transferencia de
conocimientos que hace que España esté donde está. Existe la
necesidad de que nuestros investigadores del Consejo, del Centro
Nacional de



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Biotecnología, de las universidades tengan un marco legislativo de
patentes, aunque ya digo que no será el que nos gustaría a todos,
pero que exista y que exista con claridad. Esta tarde todos hemos
visto que esto va a relanzar a muchos de nuestros investigadores que
por el momento tienen que limitarse a publicar. Por el puro trámite
de la publicación que se les exige diariamente y en un plazo corto
-publicar o morir- a veces pierden la capacidad de patentar en un
momento determinado algo que podrían haber definido de una forma
mejor. De todas maneras todos estamos de acuerdo en que el Centro
Nacional de Biotecnología, todos los científicos que trabajan en el
mundo de la biotecnología, todo el futuro que se perfila de terapias
génicas, bien según lo que nos permita la directiva o lo que sea
posible hacer dentro de unos años habrá que ir adaptándolo porque ya
digo que el marco no es el perfecto, el tener que legislar sobre
ciencia es una aventura, un salto al vacío. Muchas veces no sabemos
si nos quedamos cortos, si cerramos caminos o abrimos otros. Por eso
muchas veces resulta más una pirueta bien intencionada. Europa
intentó en este sentido cortar ese salto que suponía y nos ha dejado
en inferioridad de condiciones con respecto a países como Estados
Unidos, que usted ha citado. Mi pregunta única es: tanto a la
interacción sector público-sector privado como a nuestro estricto
sector iivestigador público, el hecho de que haya un marco de
patentes biotecnológicas definido, aunque no sea el mejor posible,
¿supone una mejora?



La señora VICEPRESIDENTA (García-Alcañiz Calvo): Me van a permitir
que aunque he hecho la figura de colgar en la percha el Grupo
Socialista al Grupo Popular, vamos a dejar hueco en el perchero sin
duda ninguna a todos los otros grupos parlamentarios.

Voy a dar la palabra al señor Martínez Alonso y después se la daremos
al señor Silva, que por necesidades de trabajo, ya que se están
celebrando sesiones ahora, habrá tenido que ausentarse unos segundos
de esta Comisión.

Tiene la palabra, señor Martínez.




El señor MARTÍNEZ ALONSO: Muchísimas gracias por los comentarios de
los parlamentarios. Esto en inglés se dice unflattering, estoy
absolutamente nervioso y tenso por estos grandes halagos, que
evidentemente no sé digerir correctamente.

Por mencionar simplemente algunos de los aspectos que la señora
Fernández ha comentado es cierto, pero yo soy joven e impulsivo y me
gustaría que las cosas fueran más deprisa. Desgraciadamente, a veces
la realidad es de otra manera. Por contestar en el orden de las
preguntas, al representante de Convergència he de decir que en lo que
he leído a vuelapluma básicamente estoy de acuerdo. Hoy al menos
-sobre esto me gustaría matizar al final-, yo en particular y la
comunidad científica en general estamos de acuerdo en que los
procedimientos de clonación de los seres humanos no deberían estar
permitidos. Deberíamos estar abiertos a algunos planteamientos de
científicos con capacidad de ver el futuro, a veces equivocado; una
de las personas que sin duda alguna más ha influido en toda la
revolución en genética, en ingeniería molecular y en la biotecnología
asociada a ella, ha sido el premio Nobel, Jim Watson, descubridor de
la estructura del DNA. No en vano ya ha hecho aserciones de que a lo
mejor en el futuro, con las herramientas que hoy tenemos, podemos
mejorar la especie humana. Hay mecanismos y podemos entrar en ellos,
con lo cual a lo mejor no es ciertamente planteable ahora ni por
supuesto tendría ninguna cabida ni discusión en el contexto de esta
modificación de la ley, pero hay herramientas que sin duda alguna lo
permitirían hacer. Sabemos lo que hacen los tumores supresores; por
qué tener sólo dos, quizás sea mejor tener cuatro, y así
sucesivamente. Con el contenido tal como está formulado, repito, con
esta lectura a vuelapluma, estoy de acuerdo y básicamente está bien
contemplado. En la respuesta que dé después al diputado socialista
matizaré algunas cosas que he visto. Pero ciertamente ni los seres
vivos ni parte separada de los seres vivos como tales debe ser objeto
de paciente. La respuesta es que estoy absolutamente de acuerdo en
eso.

En cualquier caso, hay que tener precaución en cómo se establece la
ley porque ¿pueden considerarse partes del organismo humano moléculas
con la actividad biológica derivada del organismo? Son partes del
organismo humano y, sin embargo, pueden ser herramientas
extraordinariamente útiles para el tratamiento de enfermedades. Son
esta nueva familia de drogas denominadas drogas biotenológicas, que
es la primera herramienta terapéutica que la biotecnología está
utilizando, y son partes fundamentales del cuerpo humano que pueden
ser útiles para otros pacientes que necesiten estas drogas. Al hilo
de los comentarios del representante socialista después mencionaré
algunos aspectos en los que es posible que haya que ser cautelosos a
la hora de elaborar el texto final para permitir ese tipo de
introducciones. Matizando su pregunta, respondo rotundamente no a la
patente de los humanos ni enteros ni en partes.

En cuanto a la respuesta al diputado socialista, a todos nos gustaría
que el sector público hubiera hecho más. No creo que haya hecho mucho
desgraciadamente. No ha hecho mucho cuando lo comparamos con lo que
han hecho otros países, incluido Estados Unidos. El sector público es
cierto que ha hecho mucho comparado con el sector privado, pero no ha
hecho todo lo que al menos a la comunidad científica le gustaría que
hubiera hecho. Estoy seguro de que a algunos ciudadanos, si tuvieran
mayor educación científica, les gustaría que se hiciera más, y eso es
fundamental, porque la inversión en este capítulo supone la única
herramienta que hoy día tiene la sociedad para mejorar nuestra cali
dad



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de vida. No tenemos otra herramienta: o invertimos en este avance
científico y desarrollo tecnológico o estamos comprometiendo la
calidad de vida de nuestros ciudadanos.

El segundo aspecto es cómo desarrollar una colaboración, que se vea
reflejada en la ley que hoy es objeto de discusión, entre el sector
público y el sector privado, de forma que garantice el bienestar de
los ciudadanos. Evidentemente, esto siempre es objeto de matices,
pero hay un principio que es absolutamente claro: por muchas patentes
que en el sector público hiciéramos, si esas patentes no son
instrumentalizadas, no son explotadas y comercializadas por el sector
privado, de nada nos sirven. El mecanismo que mejor garantiza esa
transmisión entre la patente hecha por el investigador público y el
desarrollo o la utilización hecha por el sector privado, es que estos
dos sectores trabajen lo más unidos posible -esto es lo que quería
decir al principio de mi presentación-; es favorecer al máximo en un
país como el nuestro esa colaboración entre el sector público y el
sector privado, de forma que las patentes hechas por la mayor parte
de los científicos que hoy trabajan en el sector público puedan ser
explotadas en el menor tiempo y con la mayor rentabilidad por el
sector privado.

El último aspecto es la patentabilidad de las células madre. Lo que
claramente está patentado es el método de obtención de las células
madre -de hecho, hay dos empresas que en este momento tienen la mayor
parte de la propiedad- y la transferencia nuclear. Son las dos partes
que se piensa que pueden ser fundamentales para la obtención y
derivación de los tejidos a partir de las células madre y ésas han
sido patentadas. Aquí hay que abrir una ventana al optimismo y es que
está patentado un modelo, un mecanismo, un sistema para obtener esas
células madre. Pero, sin duda alguna, y me refiero a mis palabras
iniciales, puesto que lo desconocemos casi todo de las células madre
humanas, no es descabellado pensar que puede haber otros sistemas,
otros métodos de obtener estas células y que diferencien más
eficientemente de lo que hoy día está patentado. Por tanto, el
competir, el desarrollar nuevos conocimientos que permitan métodos
alternativos, sin duda alguna es una ventana abierta, por lo que
España no debería mirar para otra parte, sino tratar de competir en
esa área.

Por discutir aspectos concretos en los que la ley objeto de discusión
pueda obtener matices cuando uno la lee, mencionaré que en la página
número 4, artículo 5 bis, donde dice: El cuerpo humano en los
diferentes estados de su constitución y desarrollo, así como su
descubrimiento... habría que ser extraordinariamente cauteloso -y
vuelvo a la pregunta hecha por el diputado de Convergència i Unió-
para que no quedaran excluidas las moléculas constituyentes de los
seres humanos, que hacen un papel biológico fundamental y que pueden
ser útiles para el tratamiento de las enfermedades. El Interferón,
por ejemplo, es uno de los
casos en ciertas patologías, etcétera. Esto es extremadamente
importante porque estas moléculas constituyen la primera generación
de las nuevas herramientas biotecnológicas, que son las herramientas
o las drogas generadas a partir del conocimiento biotecnológico que
hemos adquirido en los últimos tiempos.

Haciendo referencia de nuevo a la pregunta del portavoz del Grupo
Socialista, en la página 5, en el artículo 51 bis, apartado 1, dice:
«Cuando la patente tenga por objeto una materia biológica que, por el
hecho de la invención, posea propiedades determinadas», y en el
apartado 2: «Cuando la patente tenga por objeto un procedimiento
que». Aquí se incide de alguna forma sobre la discusión que hemos
tenido anteriormente que es el método que en este momento está
patentado para la obtención y la derivación de las células. Yo creo
que hay que ser cuidadoso para no excluir métodos alternativos que de
alguna forma puedan ser útiles también a la sociedad en el futuro.

Por último, hay otro aspecto, en la página 3, en el artículo 4 bis,
apartado 3: los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del
cuerpo humano o animal no se considerarán susceptibles de aplicación
industrial en el sentido del apartado uno del artículo 4. Es
importante estar seguros de que con esto no se excluyen de manera
clara todas las modificaciones por terapia génica que en el futuro
puedan ser utilizadas. La terapia génica es una de las herramientas
que hoy día está debatida, pero que seguramente puede constituir una
pieza fundamental de cara a esta medicina que se nos avecina en el
nuevo siglo y que pensamos que puede no sólo mejorar nuestra calidad
de vida, sino incluso extenderla, si ello fuera posible.

Por último, pasaré a contestar a las preguntas de la diputada del
Grupo Popular. Es cierto que la ley puede nacer en un corsé limitado
que viene impuesto por discusiones anteriores, pero en esto hay que
tener la mentalidad abierta y lo que no podemos olvidar es que hoy
día, al menos en la biomedicina, la ciencia va por delante incluso de
las posibilidades que ofrece de cara a la aplicación terapéutica. Por
tanto, hay que tener una mentalidad abierta, lo más abierta posible
para no plantearla de forma que permita o que bloquee la
incorporación de nuevas alternativas, muchas de las cuales ni
siquiera conocemos. Tal y como está elaborada y con estos matices que
he dicho, yo creo que es perfectamente asumible. Evidentemente, todo
aquello que permita patentar los resultados que nuestra comunidad
científica obtiene, sin duda alguna contribuirá a mejorar la
competitividad de la sociedad española, a mejorar nuestra economía
porque esas patentes serán explotadas y, desde luego, a hacer un país
dueño de su futuro.

Para terminar, quiero volver a repetir que las cosas a veces van
despacio, pero los que somos jóvenes e impulsivos nos encargamos de
acelerar el proceso para que vaya más deprisa de lo que a todos nos
gustaría.




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La señora VICEPRESIDENTA: ¿Algún interviniente, además del señor
Silva, del Grupo de Convergència i Unió, quiere hacer alguna
pregunta?
Señor Silva, tiene la palabra.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Me había dejado una cuestión. Estamos
planteando que la patente contribuye decisivamente a la investigación
y al conocimiento científico en la medida que la explotación
económica permite esa reinversión en investigación. ¿Es cierto
también que la patente contribuye al conocimiento o a su difusión por
parte de otros investigadores? El hecho de que se patente un
determinado conocimiento, ¿facilita al mismo tiempo su adquisición o
la transmisión a otros investigadores y, por tanto, tiene ese efecto
secundario? Es decir, si no se patentasen los descubrimientos
quedarían en un cajón y, por el contrario, la patente es garantía de
esa publicación y de esa difusión. ¿O no es así?



La señora VICEPRESIDENTA: Señor Martínez Alonso, tiene la palabra.




El señor MARTÍNEZ ALONSO: La pregunta es extraordinariamente
pertinente. Lo que yo percibo, al menos por mis discusiones con mis
colaboradores en Estados Unidos, es que los métodos de difusión del
conocimiento están cambiando. A principios de siglo los métodos de
difusión de ese conocimiento obtenido a partir de la investigación
científica era la transmisión oral inicialmente, escrita
posteriormente en las publicaciones científicas, y en los últimos dos
o tres años en el área de la biotecnología y especialmente en el
campo asociado a la investigación se obtiene con estos chips de DNA
que mencionaba en mi intervención, que permiten analizar
simultáneamente los 40.000 genes de los cuales estamos constituidos.

La mayor parte de la información obtenida con esa tecnología no está
en los medios de publicación científica, está en las patentes. Por
tanto, cuando uno quiere saber los datos obtenidos con esa tecnología
acude a las patentes más que a las publicaciones científicas.

Evidentemente, la patente en sí misma no tiene como objetivo
diseminar el conocimiento, sino guardar unos datos que son
susceptibles de explotación y protegerlos. Pero hoy día además está
contribuyendo a diseminar el conocimiento científico. Por tanto, esto
está constantemente cambiando y de ahí mi interés en tratar de
elaborar una ley que fuera lo más permisiva posible, para no crear
obstrucciones de cara a la incorporación de los nuevos
descubrimientos que se están realizando prácticamente día a día, hora
a hora.




La señora VICEPRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martínez Alonso. En
nombre de la Cámara, de la Comisión y en el mío propio, quiero
reiterar nuestro agradecimiento. Usted nos ha hecho una contribución
extraordinaria y sus comentarios son valiosísimos, aunque han sido a
vuela pluma, de tal manera que le ruego
que después, si la vuelve a releer y estoy seguro de que será así,
tenga a bien hacernos llegar a la Mesa de la Cámara las sugerencias
que considere oportunas, que serán acogidas con mucha satisfacción
por todos los grupos parlamentarios. Muchas gracias de nuevo y
gracias por su contribución.




El señor MARTÍNEZ ALONSO: Muchísimas gracias y, por supuesto, cuente
con que se las enviaré.




- DE DON PERE PUIGDOMENECH ROSELL, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE BIOLOGÍA
MOLECULAR DE BARCELONA, CSIC. (Número de expediente 212/000632.)



La señora VICEPRESIDENTA: Bienvenido, señor Puigdomenech. Tiene la
palabra para realizar su intervención.




El señor PUIGDOMENECH ROSELL: Señora presidenta, señores diputados, a
estas horas de la discusión y a estas horas de la noche ya es difícil
intentar contribuir de forma muy significativa a esta discusión, que
me parece importante. Pero déjenme contribuir con tres puntos. En
primer lugar, quiero responder a la pregunta en la cual ustedes están
interesados: la trasposición de esta directiva es positiva para la
investigación. En Europa y en España el sistema de patentes es un
sistema de protección del inventor y, por tanto, de estimulo de la
inversión en investigación, en innovación, que es algo que nos
interesa a todos, y es también -como se acaba de decir- un estímulo
para la transparencia de la investigación. La alternativa a las
patentes es que el conocimiento no esté a disposición de todos y, por
tanto, en ese sentido mi opinión es que esa trasposición es positiva.


En segundo lugar, es positiva también porque Europa introduce
elementos innovadores como la distinción entre invención y
descubrimiento, el privilegio del agricultor, por ejemplo, las
licencias obligatorias. De hecho, gracias a la práctica de las
patentes en Estados Unidos han acabado reconociendo sus ventajas. Por
ello esta directiva ha entrañado una discusión tan larga, tan
compleja, porque ha sido fruto de compromisos muy complejos. En ese
sentido la trasposición es correcta. Hay otro aspecto y es que se
menciona también en esta directiva para el caso de Europa la
existencia de órganos consultivos, en particular se menciona la
existencia del grupo europeo de ética de las ciencias, del cual soy
miembro y quizás en este momento puedo aportar algo en este sentido.

La existencia de este tipo de organismos procede de algo que ha dicho
hace un momento mi compañero Carlos Martínez, y es que es complicado
legislar de forma concreta en un tema como es la investigación, que
está cambiando continuamente, sobre todo, la investigación en
biología, que está en un crecimiento explosivo y cuyas aplicaciones
llegan muy rápidamente a la clínica en



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particular y a la industria. La existencia de algunas instituciones
consultivas es algo que se introduce en la legislación europea y me
parece muy interesante.

Por ponerles un ejemplo, en este momento justamente el grupo de ética
está empeñado en producir una opinión sobre la patentabilidad de las
células madre. Por iniciativa del presidente de la Comisión Europea,
Romano Prodi, el grupo de ética está en este momento discutiendo este
tema, que es un tema complejo. Si a ustedes les interesa podría
avanzarles algunas de las ideas que en este momento se están
introduciendo. En cualquier caso, este aspecto es otro punto que les
quería mencionar.

El tercer punto que quería mencionar se refiere exactamente a lo que
la señora Fernández de Capel ha estado repitiendo, me parece bastante
oportuno y es que esta directiva de hecho nace vieja y este es un
problema complicado. Yo no sé hasta que punto desde este Parlamento
tiene margen en este punto para introducir algunas modificaciones que
desde Europa se ven complicadas por la misma complejidad del tema.

Déjenme darles algunos ejemplos, y con ello termino. Por ejemplo, hay
un tema que ha salido también hace un momento y es que puede haber en
algunos casos una contradicción entre la publicación de un texto
científico y la patente. Me parece que eso está mejor resuelto en la
legislación estadounidense que en la legislación europea, porque en
Estados Unidos hay un período de 18 meses en el cual se permite
patentar un descubrimiento. Este período no existe en Europa y es una
lástima porque esto es algo que estimularía más el conseguir los dos
objetivos, que son la publicación y la patentabilidad de los
resultados. Esto es, algo que sería relativamente fácil de introducir
en esta legislación y que, por desgracia, no está en la directiva
europea.

Hay otros temas que han ido apareciendo y que están relativamente
poco claros en la legislación de patentes. Por ejemplo, aquí se ha
mencionado hasta qué punto ciertas patentes ayudan o dificultan la
investigación posterior. El aspecto de transparencia es esencial y
esto sin duda favorece la investigación posterior. Pero existe un
problema que en materiales biológicos es muy importante y no es
únicamente el acceso a la información, sino a los materiales que se
producen en la investigación. Esto en la directiva europea no está
del todo claro y quizás hubiera sido más interesante dejar más claro
hasta qué punto hay accesibilidad al material, no únicamente a la
información. No están claras las condiciones de accesibilidad a este
material. Este es un tema que por ejemplo en el caso de células o en
el caso de materiales biológicos es muy importante.

Otros temas que han ido también apareciendo con este tipo de
reglamentos en patentes es, el de las licencias obligatorias. Está
muy claro en el caso de patentes vegetales, pero en caso de fármacos
u otro tipo de patentes esto no está tan claro. Se ha visto en
diferentes casos hace poco cómo a nivel internacional clarificar
hasta qué punto pueden ponerse en marcha, porque se utiliza poco este
mecanismo, sería también muy interesante.




Déjeme mencionar la protección del saber tradicional, por ejemplo,
que es un tema también importante, y otra cuestión muy importante que
también se está discutiendo internacionalmente es el conflicto que
puede haber entre diferentes patentes, sobre todo patentes muy
amplias. Se ha discutido a nivel internacional la posibilidad de la
existencia de un mecanismo de compensación entre patentes que
pudieran permitir navegar a través de las maraña compleja o la selva
de patentes que en algunos aspectos se está creando. Es un elemento
que no sé si es el momento de discutir aquí, pero ciertamente creo
que sería interesante que ustedes que son los legisladores
consideraran que a partir de aquí habría sin duda una serie de
cuestiones que valdría la pena tener en cuenta de cara al futuro.




La señora VICEPRESIDENTA: Voy a hacer un ruego antes de dar la
palabra a los portavoces parlamentarios, que tengan la bondad de ser
lo más concisos posible en la formulación de sus preguntas, dado lo
avanzado de la noche y también dado que el señor compareciente lleva
bastante tiempo en esta Comisión.

Tiene la palabra el señor Lissavetzky.




El señor LISSAVETZKY DÍEZ: Quisiera agradecer, en primer lugar, al
doctor Pere Puigdomenech el que nos haya acompañado hoy aquí, máxime
cuando se ha tenido que desplazar desde Barcelona, lo cual siempre es
un mérito adicional, y sobre todo gracias por la clarísima
exposición.

A mí, por supuesto, de una persona de su categoría científica me vale
mucho el que diga en el Parlamento que es positiva la transposición
de la directiva. No voy a comparar, pero no es lo mismo que me lo
diga el director de una multinacional que me lo diga una persona
comprometida con la investigación científica en el sector público. En
este sentido, su claridad creo que es buena y ha sido bien
transmitida a esta Comisión. No quiero hacerle muchas preguntas.

Coincido prácticamente con muchas de sus apreciaciones, lo único que
le agradecería es que concretara -no hace falta que sea hoy- al
conjunto de los grupos algunas de las cosas que ha dicho. Sería
interesantísimo que pudiéramos incluirlas, porque muchas veces a lo
mejor no tenemos la capacidad técnica ni de otro tipo para, vía
enmienda parcial, poder plasmarlo en el texto. Yo personalmente, que
he sido investigador y volveré a ser investigador en el sector
público y que estaba trabajando en un área ligada también a la
industria, veía esa contradicción entre la necesidad casi histérica
del que se está formando en hacer su publicación, porque si no
publicas, como decía la señora Fernández de Capel, no puedes obtener
luego tu plaza, y la presión de: vamos a esperar a patentarla porque
si lo publicas, y esto puede



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ser interesante, te crea problemas. Creo que ese modelo americano
puede ser útil u otro parecido, no sé si este es el momento oportuno.


Para no alargarme porque nos han pedido que seamos breves en nuestra
exposición, simplemente, y aunque sea abusando de su amabilidad
puesto que ha dicho que podría avanzar algunas ideas de cómo esta la
situación de la patentabilidad de las células madres que se está
discutiendo en el grupo de ética, estaríamos encantados de que nos
los dijera.




La señora VICEPRESIDENTA: En todo caso, sé que es muy trabajador y
anticipa ya las preguntas sobre un proyecto de ley que vamos a
estudiar. Ya vemos cómo se trabaja aquí de rápido.

Por Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Silva.




El señor SILVA SÁNCHEZ: Bona nit, señor Puigdomenech.




También por razón de tiempo me gustaría, por un lado, que nos
concretara e informara con brevedad en qué medida el régimen del
depósito de materia biológica (yo creo que ha hecho referencia a ello
el doctor en su intervención) que establece el proyecto de ley puede
no ser satisfactorio, porque es un tema que sé que está dentro de la
directiva y, en la medida que presenta algunos problemas, es algo que
podemos intentar enmendar rápidamente. Y, por otro, también en
función del tiempo que tenemos y aunque sea una cuestión puramente
enunciativa, sí tengo interés (nos ha realizado el doctor en su
intervención la oferta) en saber cuáles serían los puntos
conflictivos o que ha entendido el grupo de ética más relevantes,
desde una perspectiva bioética, que pueden tener que ver con la
directiva y el proyecto de ley. Ya sé que eso seguro que da para
hacer libros, pero por los menos si los puede diagnosticar, nos será
también de mucho interés.




La señora VICEPRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra la señora Fernández de Capel.




La señora FERNÁNDEZ DE CAPEL BAÑOS: Muchas gracias, señor Pere
Puigdomenech, por su presencia esta tarde aquí, sobre todo en virtud
de la hora, y por su paciencia también.

Indudablemente hemos hablado de muchas cosas. Lo que quisiera yo
aclarar en alguna medida es que la directiva nos va a dar un marco,
pero habrá mil cosas concomitantes que no sólo el grupo de ética sino
cualquier investigador del mundo de la ciencia y de la biología
molecular echará de menos en esta directiva, pero que arranca como el
instrumento primero para poder establecer luego una serie de
normativas. En ese sentido, me gustaría que usted dijera si esta
directiva puede ser un primer paso adecuado en el que poder ir
incorporando toda esta serie de trabajos de nuestros investigadores.

Naturalmente que la directiva recoge solamente lo que recoge y no
podemos ampliarla más, de modo que a mí me gustaría hablar con usted
largo y tendido del grupo de ética europea, porque en alguna medida
yo participo también en foros internacionales de ética. Creo entender
que está usted en el foro de ética europeo que preside madame Noel.

(Asentimiento.)



La señora VICEPRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Puigdomenech
Rosell. No obstante, ya que tiene que volver en avión a Barcelona,
vamos a procurar que pueda llegar a tiempo.




El señor PUIGDOMENECH ROSELL: Por suerte, el puente aéreo funciona
hasta tarde.

La patentabilidad de células madre tiene muchos aspectos, tiene
aspectos de tipo ético, por ejemplo. Tal como está escrita en este
momento la directiva puede interpretarse o no que de alguna forma
podría prohibir la patentabilidad de cualquier cosa que proceda de
embriones humanos, o no. Por ejemplo, si bien está claro que no se
puede patentar el cuerpo humano, por otra parte, están patentadas
células humanas. Por tanto, esta misma distinción podría aplicarse a
la actual directiva, es decir, está prohibido el uso de embriones
humanos, pero puede interpretarse que no está prohibido el uso de
productos derivados de embriones humanos. Ahí hay una distinción que
los juristas seguramente entenderán mucho mejor que yo, pero que
desde luego plantea cuestiones de tipo ético. Como ya saben ustedes,
en este momento la discusión en Alemania es vistísima en este
aspecto.

Por otra parte, hay otros aspectos más técnicos. ¿Cómo definir una
célula madre? No está claro, es decir, las patentes de procedimiento
pueden estar claras pero no suelen ser aquellas que las empresas
prefieren porque son fácilmente atacables, por decirlo así. En
cambio, las células madre no son células únicas, no son células
clonadas, sino conjuntos complejos de células que hacen muy difícil
que puedan ser definidas. Por tanto, hay aspectos técnicos que no
evidentes. De todas formas, como ya les he dicho, ahí la esperanza
terapéutica que tienen estas células es tan grande, las inversiones
que se necesitan para llegar a su uso clínico son tan considerables
que sin duda cualquier cosa que permita estimular la investigación en
ese sentido es positivo.

En segundo lugar, hay un aspecto que no está claro en la directiva y
es complejo de implementar que es el depósito de materiales. En
algunos aspectos ya estaba claro, por ejemplo, las colecciones
microbiológicas. Está la antigua Convención de Budapest que funciona
relativamente bien, en las bases de datos de secuencias de DNA el
sistema funciona relativamente bien, pero no es lo mismo, por
ejemplo, en cultivos celulares, no está claro cómo, quién, de qué
manera se podrían poner, por ejemplo, cultivos celulares, de hecho,
hay cultivos celulares patentados que no son accesibles. Por



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tanto, ahí hay una cierta necesidad de implementar algún sistema. El
grupo de ética participó en la discusión de esta directiva, por esto
en Europa se menciona, y ahí ya hubo una intervención de esas
cuestiones. El interés de subvención en esta directiva europea está
en la presencia continuada de ese tipo de discusiones en ese tipo de
foros.

Estoy de acuerdo con lo que usted ha dicho, porque efectivamente es
un buen primer paso. En ese sentido, he empezado diciendo que me
parece interesante, útil, la transposición actual tal como está, de
la directiva. Este es un buen primer paso, lo que nos gustaría es ir
un poco más allá a partir de ahora.

La señora VICEPRESIDENTA: Muchísimas gracias, señor Puigdomenech
Rosell.

Quiero, en nombre de todos los miembros de esta Comisión, de la
Cámara y en el mismo propio, agradecerle su presencia aquí y su
contribución a nuestro trabajo para la realización de este proyecto
de ley. También quiero reiterar mi agradecimiento a todos los
servicios de la Cámara por su esfuerzo y su dedicación. Muchas
gracias a todos.

Se suspende la sesión hasta mañana, a las diez de la mañana.




Eran las nueve de la noche.