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BOCG. Senado, serie III B, núm. 29-b, de 21/10/1998
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie III B: 21 de octubre de 1998 Núm. 29 (b)

PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 218

DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Núm. exp. 122/000191)

PROPOSICION DE LEY

624/000019 Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

en materia de perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada

con el tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.


ENMIENDAS

624/000019

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES de las enmiendas presentadas a la Proposición de Ley Orgánica

de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de

perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada con el tráfico

ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.


Palacio del Senado, 20 de octubre de 1998.--El Presidente del Senado,

Juan Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María

Cruz Rodríguez Saldaña.


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

Reglamento del Senado, formula 1 enmienda a la Proposición de Ley

Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia

de perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada con el

tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.


Palacio del Senado, 19 de octubre de 1998.--El Portavoz, Juan José

Laborda Martín.


ENMIENDA NUM. 1

Del Grupo Parlamentario Socialista

(GPS).


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al

artículo 2, apartado 2, párrafo segundo.


ENMIENDA

De adición.


Se añade el siguiente texto:


«Ningún funcionario de la Policía Judicial podrá ser obligado a actuar

como agente encubierto.»

JUSTIFICACION

El derecho a la propia imagen es un valor constitucional, preservarlo nos

parece necesario en el caso del agente encubierto, y la presente

Proposición de Ley es el marco jurídico adecuado.