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BOCG. Senado, serie III B, núm. 20-d, de 27/04/1998
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie III B: 27 de abril de 1998 Núm. 20 (d)

PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 112

DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Núm. exp. 122/000094)

PROPOSICION DE LEY

624/000014 Orgánica de modificación de la Ley Orgánica del Régimen

Electoral General.


ENMIENDAS

624/000014

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes

Generales de las enmiendas presentadas a la Proposición de Ley Orgánica

de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.


Palacio del Senado, 24 de abril de 1998.--El Presidente del Senado, Juan

Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz

Rodríguez Saldaña.


ENMIENDA NUM. 1

De don José María Fuster Muniesa, don Manuel Lorenzo Blasco Nogués y don

Luis Estaún García (GPP).


Los Senadores don José María Fuster Muniesa, don Manuel Lorenzo Blasco

Nogués y don Luis Estaún García, al amparo de lo previsto en el artículo

107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al artículo

único. Nueva Disposición Adicional.


ENMIENDA

De modificación.


«Para el año 1999, las Elecciones Locales, Elecciones a Asambleas

Legislativas de CC. AA. y Elecciones al Parlamento Europeo se celebrarán

el día 13 de junio, para lo cual los Decretos de convocatoria se

expedirán el día quinguagésimo quinto posterior al de la fecha anterior

al de la fecha en que deberían tener lugar las Elecciones al Parlamento

Europeo. Los referidos...» (Resto igual).


JUSTIFICACION

Si bien se admite la modificación para el año 1999, no puede legislarse

para el futuro reincidiendo en los errores cometidos en anteriores

modificaciones de la LOREG.


Palacio del Senado, 21 de abril de 1998.--José María Fuster Muniesa,

Manuel Lorenzo Blasco Nogués y Luis Estaún García.


ENMIENDA NUM. 2

De los Grupos Parlamentarios Popular en el Senado, Socialista, de

Senadores Nacionalistas Vascos y Mixto (GPP, GPS, GPSNV y GPMX).


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del




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Senado, formulan la siguiente enmienda al artículo único (nueva

Disposición Adicional).


ENMIENDA

De modificación.


Se propone la siguiente redacción:


«En el supuesto de que en el mismo año coincidan para su celebración, en

un espacio de tiempo no superior a cuatro meses, Elecciones Locales,

Elecciones a Asambleas Legislativas de Comunidades Autónomas que

celebraron sus elecciones el cuarto domingo del mes de mayo de 1995, con

las Elecciones al Parlamento Europeo, los decretos de convocatoria se

expedirán el día quincuagésimo quinto anterior al de la fecha en que han

de tener lugar las Elecciones al Parlamento Europeo, en orden a asegurar

la celebración simultánea. Los referidos decretos se publicarán al día

siguiente de su expedición en el «Boletín Oficial del Estado» o, en su

caso, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente y

entrarán en vigor el mismo día de su publicación. Los mandatos de los

miembros de las Corporaciones Locales terminarán en todo caso el día

anterior al de celebración de las siguientes Elecciones.»

JUSTIFICACION

En el actual marco normativo, la referencia al artículo 42.3 de la Ley

Orgánica de Régimen Electoral General es innecesaria y puede dar lugar a

confusión.


Palacio del Senado, 23 de abril de 1998.--El Portavoz del Grupo

Parlamentario Popular en el Senado, El Portavoz del Grupo Parlamentario

Socialista, El Portavoz del Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos y La

Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.