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BOCG. Senado, serie III B, núm. 20-a, de 17/04/1998
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie III B: 17 de abril de 1998 Núm. 20 (a)

PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 112

DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Núm. exp. 122/000094)

PROPOSICION DE LEY

624/000014Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Régimen

Electoral General.


TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO

DE LOS DIPUTADOS

624/000014

PRESIDENCIA DEL SENADO

Con fecha 17 de abril de 1998, ha tenido entrada en esta Cámara el texto

aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, relativo a la

Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Régimen

Electoral General.


Al amparo del artículo 104 del Reglamento del Senado, se ordena la

remisión de esta Proposición de Ley a la Comisión Constitucional.


Declarada urgente, se comunica, a efectos de lo dispuesto en el artículo

135.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de

enmiendas terminará el próximo día 21 de abril, martes.


De otra parte, y en cumplimiento del artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación del texto de la mencionada Proposición

de Ley, encontrándose la restante documentación a disposición de los

señores Senadores en la Secretaría General de la Cámara.


Palacio de Senado, 17 de abril de 1998.--El Presidente del Senado, Juan

Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz

Rodríguez Saldaña.


PROPOSICION DE LEY ORGANICA DE MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE

REGIMEN ELECTORAL GENERAL

EXPOSICION DE MOTIVOS

Como consecuencia de la conveniencia política de reducir los excesivos

gastos generados por las convocatorias electorales, la Ley Orgánica

13/1994, de 30 de marzo, modificó diversos artículos de la Ley Orgánica

de Régimen Electoral General, incorporando una serie de medidas dirigidas

a aminorar directa o indirectamente los gastos de las campañas.





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La periodicidad fijada legalmente para la celebración de las Elecciones

Municipales y Autonómicas comprendidas en el artículo 42.3 de la LOREG, y

de las Elecciones al Parlamento Europeo hace que en determinados años

coincidan en un breve espacio temporal las convocatorias de unos y otros

procesos electorales, lo que provocaría un solapamiento de sus

respectivas campañas y prácticamente duplicaría, de manera innecesaria,

el coste de las mismas, tanto las institucionales como de las entidades

políticas concurrentes.


Así, en el año 1999 se producirá la coincidencia de estos procesos

electorales cuyas fechas de celebración corresponderían el 23 de mayo y

el 13 de junio, respectivamente.


Por todo ello, se hace necesario acometer la correspondiente reforma de

la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que permita la acumulación

y celebración conjunta de dichas elecciones en aquellos años en los que

coincidan los citados procesos electorales.


En consecuencia, se formula la siguiente Proposición de Ley Orgánica.


Artículo único

Nueva Disposición Adicional

En el supuesto de que en el mismo año coincidan para su celebración, en

un espacio de tiempo no superior a cuatro meses, Elecciones Locales,

Elecciones a Asambleas Legislativas de Comunidades Autónomas cuya fecha

de celebración está fijada en el artículo 42.3 de esta Ley, con las

Elecciones al Parlamento Europeo, lo decretos de convocatoria se

expedirán el día quincuagésimo quinto anterior al de la fecha en que han

de tener lugar las Elecciones al Parlamento Europeo, en orden a asegurar

la celebración simultánea. Los referidos decretos se publicarán al día

siguiente de su expedición en el «Boletín Oficial del Estado» o, en su

caso, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente y

entrarán en vigor el mismo día de su publicación. Los mandatos de los

miembros de las Corporaciones Locales terminarán en todo caso el día

anterior al de celebración de las siguientes Elecciones.