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BOCG. Senado, serie III B, núm. 9-c, de 19/06/1997
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie III B: 19 de junio de 1997 Núm. 9 (c)

PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 42

DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Núm. exp. 122/000030)

PROPOSICION DE LEY

624/000006 Sobre reforma de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de

conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.


PROPUESTAS DE VETO

624/000006

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES de las propuestas de veto presentadas a la Proposición de Ley

sobre reforma de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los

espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.


Palacio del Senado, 17 de junio de 1997.--El Presidente del Senado, Juan

Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz

Rodríguez Saldaña.


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

Reglamento del Senado, formula 1 propuesta de veto a la Proposición de

Ley de reforma de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los

espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.


Palacio del Senado, 16 de junio de 1997.--El Portavoz, Juan José Laborda

Martín.


PROPUESTA DE VETO NUM. 1

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS).


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente propuesta de

veto.


JUSTIFICACION

El objetivo básico de la Proposición es dar cobertura legal a la caza de

aves en su migración prenupcial o de primavera, «la contrapasa», dejando

en manos de las Comunidades Autónomas, o de las Diputaciones Forales, la

gestión de estas capturas.


Se trataría de legalizar una modalidad de caza difícilmente justificable

desde la perspectiva de la gestión de ese recurso cinegético y

potencialmente dañina para la conservación de otras especies animales.


Las aves migratorias objeto de aprovechamiento cinegético explotan la

alternativa climática y productiva de regiones muy separadas

geográficamente. Esto les lleva a realizar largos viajes de alcance

continental e incluso intercontinental.


Además existen dificultades objetivas del control de estas poblaciones en

paso, que hacen improbable la captura de aves bajo condiciones

estrictamente controladas, de modo selectivo y con limitaciones precisas.


La gestión de la caza debe recaer en las autoridades y administraciones

que la cuidan sobre el terreno, siempre que se trate de especies de caza

sedentarias y no se utilice para argumentar una mejor gestión de la caza

de las especies migratorias.