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BOCG. Senado, serie III B, núm. 8-d, de 09/06/1997
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie III B: 9 de junio de 1997 Núm. 8 (d)
PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 22
DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Núm. exp. 122/000011)
PROPOSICION DE LEY
624/000005 Orgánica reguladora de la cláusula de conciencia de los
profesionales de la información.
DICTAMEN DE LA COMISION
624/000005
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes
Generales del Dictamen emitido por la Comisión Constitucional en la
Proposición de Ley Orgánica reguladora de la cláusula de conciencia de
los profesionales de la información.
Palacio del Senado, 6 de junio de 1997.--El Presidente del Senado, Juan
Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz
Rodríguez Saldaña.
La Comisión Constitucional, tras deliberar sobre la Proposición de Ley
Orgánica reguladora de la cláusula de conciencia de los profesionales de
la información, ha acordado aceptar como Dictamen el texto remitido por
el Congreso de los Diputados.
Palacio del Senado, 5 de junio de 1997.--El Presidente de la Comisión,
Pedro Agramunt Font de Mora.--El Secretario primero de la Comisión,
Esteban González Pons.
VOTOS PARTICULARES
624/000005
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes
Generales de los votos particulares formulados al Dictamen emitido por la
Comisión Constitucional, en la Proposición de Ley Orgánica reguladora de
la cláusula de conciencia de los profesionales de la información.
Palacio del Senado, 7 de junio de 1997.--El Presidente del Senado, Juan
Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz
Rodríguez Saldaña.
NUM. 1
De don José Nieto Cicuéndez y don José Fermín Román Clemente (GPMX).
Los Senadores José Luis Nieto Cicuéndez y José Román Clemente, IU-IC, al
amparo de lo previsto en el artículo 117 del Reglamento del Senado,
desean mantener como votos particulares al texto de la Proposición de Ley
Orgánica reguladora de la cláusula de conciencia de los profesionales de
la información, para su defensa ante el Pleno, la enmienda número:
2.
Palacio del Senado, 5 de junio de 1997.--José Nieto Cicuéndez y José
Fermín Román Clemente.