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BOCG. Senado, serie II, núm. 143-d, de 21/06/1999
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie II: 21 de junio de 1999 Núm. 143 (d)

PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 157

Núm. exp. 121/000157)

PROYECTO DE LEY

621/000143 Sobre concesión de un crédito extraordinario, por importe de

16.870.101.469 pesetas, para hacer efectivo el pago a las empresas

colaboradoras de asistencia sanitaria de la compensación económica

establecida en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 66/1997, de 30

de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

para 1998.


ENMIENDAS

621/000143

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES de las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley sobre concesión

de un crédito extraordinario, por importe de 16.870.101.469 pesetas, para

hacer efectivo el pago a las empresas colaboradoras de asistencia

sanitaria de la compensación económica establecida en la Disposición

Transitoria Sexta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 1998.


Palacio del Senado, 21 de junio de 1999.--La Presidenta del Senado,

Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María

Cruz Rodríguez Saldaña.


El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo

previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 4

enmiendas al Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito

extraordinario, por importe de 16.870.101.469 pesetas, para hacer

efectivo el pago a las empresas colaboradoras de asistencia sanitaria de

la compensación económica establecida en la Disposición Transitoria Sexta

de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social para 1998.


Palacio del Senado, 11 de junio de 1999.--José Fermín Román Clemente.


ENMIENDA NUM. 1

De don José Fermín Román Clemente (GPMX)

José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo

107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la

Exposición de Motivos.


ENMIENDA

De supresión.





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MOTIVACION

Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un

sistema público sanitario.


ENMIENDA NUM. 2

De don José Fermín Román Clemente (GPMX)

José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo

107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al artículo

1.


ENMIENDA

De supresión.


MOTIVACION

Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un

sistema público sanitario.


ENMIENDA NUM. 3

De don José Fermín Román Clemente (GPMX)

José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo

107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al artículo

2.


ENMIENDA

De supresión.


MOTIVACION

Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un

sistema público sanitario.


ENMIENDA NUM. 4

De don José Fermín Román Clemente (GPMX)

José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo

107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la

Disposición Final.


ENMIENDA

De supresión.


MOTIVACION

Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un

sistema público sanitario.


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

Reglamento del Senado, formula 4 enmiendas al Proyecto de Ley sobre

concesión de un crédito extraordinario, por importe de 16.870.101.469

pesetas, para hacer efectivo el pago a las empresas colaboradoras de

asistencia sanitaria de la compensación económica establecida en la

Disposición Transitoria Sexta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de

Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 1998.


Palacio del Senado, 11 de junio de 1999.--El Portavoz, Juan José Laborda

Martín.


ENMIENDA NUM. 5

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a

la Exposición de Motivos.


ENMIENDA

De supresión.


JUSTIFICACION

En coherencia con enmiendas posteriores.


ENMIENDA NUM. 6

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al

artículo 1.


ENMIENDA

De supresión.


JUSTIFICACION

El Proyecto de Ley supone el mantenimiento del sistema de colaboración de

empresas en la gestión de la




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asistencia sanitaria de la Seguridad Social, lo que, culminado el

proyecto de financiación del Sistema Nacional de Salud a través de

ingresos del Estado, es una situación anacrónica que no responde al

modelo sanitario previsto en la Ley General de Sanidad.


El cálculo del importe del crédito extraordinario es arbitrario. La

metodología seguida para este cálculo parte de equiparar el gasto medio

sanitario de los trabajadores protegidos por el sistema de colaboración

de empresas en la asistencia sanitaria al gasto medio de la población

cubierta por el Sistema Nacional de la Salud, cuando el riesgo de

aquellos es muy inferior al de la población en general. Además, ni el

coeficiente reductor por prestar asistencia sanitaria únicamente a

activos ni los demás criterios utilizados son adecuados.


ENMIENDA NUM. 7

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al

artículo 2.


ENMIENDA

De supresión.


JUSTIFICACION

En coherencia con la enmienda anterior.


ENMIENDA NUM. 8

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a

la Disposición Adicional Unica.


ENMIENDA

De supresión.


JUSTIFICACION

En coherencia con enmiendas anteriores.