Ruta de navegación
Publicaciones
BOCG. Senado, serie II, núm. 142-c, de 16/06/1999
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: 16 de junio de 1999 Núm. 142 (c)
PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 155
Núm. exp. 121/000155)
PROYECTO DE LEY
621/000142 Sobre concesión de créditos extraordinarios, por un importe
total de 30.435.217.623 pesetas, para atender insuficiencias de crédito
en los ejercicios 1997 y 1998, por las subvenciones que se efectúan para
la cobertura de las diferencias de cambio de las divisas obtenidas en
préstamos concedidos a las sociedades concesionarias de autopistas de
peaje.
ENMIENDAS
621/000142
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley sobre concesión
de créditos extraordinarios, por un importe total de 30.435.217.623
pesetas, para atender insuficiencias de crédito en los ejercicios 1997 y
1998, por las subvenciones que se efectúan para la cobertura de las
diferencias de cambio de las divisas obtenidas en préstamos concedidos a
las sociedades concesionarias de autopistas de peaje.
Palacio del Senado, 14 de junio de 1999.--La Presidenta del Senado,
Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 3
enmiendas al Proyecto de Ley sobre concesión de créditos extraordinarios,
por un importe total de 30.435.217.623 pesetas, para atender
insuficiencias de crédito en los ejercicios 1997 y 1998, por las
subvenciones que se efectúan para la cobertura de las diferencias de
cambio de las divisas obtenidas en préstamos concedidos a las sociedades
concesionarias de autopistas de peaje.
Palacio del Senado, 11 de junio de 1999.--José Fermín Román Clemente.
ENMIENDA NUM. 1
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
ENMIENDA
De adición.
Creación de un nuevo artículo 2 bis con el siguiente texto:
«Beneficios fiscales y obligaciones a asumir por el Estado.
Los beneficios fiscales y las obligaciones a asumir por el Estado que con
arreglo a la normativa vigente son de aplicación a las operaciones
financieras que lleven a cabo las sociedades concesionarias, y en
particular las obligaciones derivadas de la garantía o seguro de cambio
de los préstamos concertados en el exterior en moneda extranjera, no se
asumirán en relación con las operaciones de endeudamiento (incluidas las
de refinanciación) que se realicen con posterioridad al vencimiento del
período máximo de financiación establecido para cada concesión.»
MOTIVACION
A las injustificadas ayudas públicas que ya percibe el sector se une la
práctica de refinanciar la deuda exterior en monedas con alto riesgo de
cambio a asumir por el Estado alargando artificialmente el período de
disfrute de las ayudas.
ENMIENDA NUM. 2
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Disposición Final.
ENMIENDA
De adición.
Añadir un segundo párrafo con el siguiente texto:
«No obstante, lo contemplado en el artículo 2 bis será de aplicación a
partir del 1 de enero de 1998.»
MOTIVACION
En coherencia con la enmienda anterior.
ENMIENDA NUM. 3
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA
De adición.
Añadir una Disposición Adicional con el siguiente texto:
«Disposición Adicional.
Hasta tanto no se modifique la normativa reguladora de las Haciendas
Locales, el Estado compensará a los municipios afectados por las
exenciones en los tributos locales que disfrutan las entidades
concesionarias de autopistas.»
MOTIVACION
Recoger una reiterada demanda de los municipios.