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BOCG. Senado, serie II, núm. 138-b, de 12/05/1999
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: 12 de mayo de 1999 Núm. 138 (b)
PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 150
Núm. exp. 121/000150)
PROYECTO DE LEY
621/000138 Orgánica de modificación del Código Penal de 1995, en materia
de protección a las víctimas de malos tratos, y de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal.
ENMIENDAS
621/000138
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley Orgánica de
modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las
víctimas de malos tratos, y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Palacio del Senado, 12 de mayo de 1999.--La Presidenta del Senado,
Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 9
enmiendas al Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal de
1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos, y de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Palacio del Senado, 10 de mayo de 1999.--José Fermín Román Clemente.
ENMIENDA NUM. 1
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 1.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir la expresión «... fuera de él...» por la de «... lugar de
trabajo...»
MOTIVACION
Eliminar un término que genera inseguridad jurídica e introducir otro de
los lugares que puede ser frecuentado por la víctima.
ENMIENDA NUM. 2
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda al artículo 1, punto 2.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir la expresión «... fuera de él...» por la de
«... lugar de trabajo...»
MOTIVACION
Eliminar un término que genera inseguridad jurídica e introducir otro de
los lugares que puede ser frecuentado por la víctima.
ENMIENDA NUM. 3
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 3.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir la expresión «... fuera de él...» por la de
«... lugar de trabajo...»
MOTIVACION
Eliminar un término que genera inseguridad jurídica e introducir otro de
los lugares que puede ser frecuentado por la víctima.
ENMIENDA NUM. 4
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 4.
ENMIENDA
De supresión.
Suprimir el término «... o fuera de él...» en el último inciso.
MOTIVACION
En coherencia con las enmiendas anteriores.
ENMIENDA NUM. 5
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 5.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir el término «... fuera de él...» por el siguiente
«... lugar de trabajo...»
MOTIVACION
Eliminar un término que genera inseguridad jurídica e introducir otro de
los lugares que puede ser frecuentado por la víctima.
ENMIENDA NUM. 6
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 6. Párrafo segundo.
ENMIENDA
De modificación.
«Se entenderá por habitualidad el que dos o más actos de violencia
resulten acreditados así como la proximidad temporal de los mismos,
independientemente de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma
o diferentes víctimas...», el resto del párrafo queda igual.
MOTIVACION
Concretar y cuantificar el concepto de habitualidad.
ENMIENDA NUM. 7
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 7.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir desde «... teniendo en cuenta...» hasta el final, por el
siguiente texto: «... siempre y cuando esta última no suponga un
significativo menoscabo pecuniario para la propia víctima.»
MOTIVACION
Evitar que una pena de multa impuesta al agresor implique un
empeoramiento de la situación económica de la víctima por depender en
este aspecto de su agresor.
ENMIENDA NUM. 8
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 1, punto 8.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir desde «... teniendo en cuenta...» hasta el final, por el
siguiente texto: «... siempre y cuando esta última no suponga un
significativo menoscabo pecuniario para la propia víctima. Estos hechos
serán perseguibles incluso si la denuncia parte de persona distinta del
agraviado o de su representante legal.»
MOTIVACION
Evitar que una pena de multa impuesta al agresor implique un
empeoramiento de la situación económica de la víctima por depender en
este aspecto de su agresor. Clarificación de quién puede partir la
denuncia.
ENMIENDA NUM. 9
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al artículo 2, punto 4.
ENMIENDA
De adición.
Añadir in fine el siguiente texto «... antes de que éstos se hagan
efectivos.»
MOTIVACION
Asegurar que la víctima quede lo más protegida posible.
La Senadora Pilar Costa Serra, Grupo Mixto, al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 2 enmiendas al
Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal de 1995, en
materia de protección a las víctimas de malos tratos, y de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal.
Palacio del Senado, 11 de mayo de 1999.--Pilar Costa Serra.
ENMIENDA NUM. 10
De doña Pilar Costa Serra (GPMX).
La Senadora Pilar Costa Serra, Grupo Mixto, al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
al artículo 169.3.
ENMIENDA
De adición.
«3.Con la pena de prisión de seis meses a dos años siempre que se
amenace, a cualquier persona a las que se refiere el artículo 153, con
armas y otros instrumentos peligrosos, o los saque en riña, como no sea
en justa defensa.»
JUSTIFICACION
Las amenazas con armas o instrumentos peligrosos al cónyuge, ex-cónyuge,
conviviente, ex-conviviente, hijos propios o del cónyuge o conviviente,
pupilos, ascendientes incapaces, coartan la libertad y seguridad, además
de dificultar el proceso de socialización de los menores de edad, los
cuales pueden ser víctimas tanto por la acción directa de la amenaza como
por presenciarla.
Los Juzgados de Instrucción siempre siguen por procedimientos de juicio
de faltas las amenazas de muerte cuando hay relación de parentesco o
convivencia.
ENMIENDA NUM. 11
De doña Pilar Costa Serra (GPMX).
La Senadora Pilar Costa Serra, Grupo Mixto, al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
al párrafo 3 del artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
ENMIENDA
De supresión.
JUSTIFICACION
Con la medida de alejamiento se intenta proteger la vida, o la integridad
de la víctima, y en la ponderación entre el derecho a la vida y/o
integridad de la víctima y los derechos sociales del inculpado,
necesariamente deben ceder estos últimos.