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BOCG. Senado, serie II, núm. 127-b, de 05/03/1999
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: 5 de marzo de 1999 Núm. 127 (b)
PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 122
Núm. exp. 121/000121)
PROYECTO DE LEY
621/000127 Sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de
7.673.674.489 pesetas, para compensar el déficit de la Compañía
Trasmediterránea, S. A., correspondiente al ejercicio de 1996, por la
explotación de los Servicios de Comunicaciones Marítimas de Interés
Nacional.
ENMIENDAS
621/000127
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley sobre concesión
de un crédito extraordinario por importe de 7.673.674.489 pesetas, para
compensar el déficit de la Compañía Trasmediterránea, S. A.,
correspondiente al ejercicio de 1996, por la explotación de los Servicios
de Comunicaciones Marítimas de Interés Nacional.
Palacio del Senado, 3 de marzo de 1999.--La Presidenta del Senado,
Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
Reglamento del Senado, formula 2 enmiendas al Proyecto de Ley sobre
concesión de un crédito extraordinario por importe de 7.673.674.489
pesetas, para compensar el déficit de la Compañía Trasmediterránea, S.
A., correspondiente al ejercicio de 1996, por la explotación de los
Servicios de Comunicaciones Marítimas de Interés Nacional.
Palacio del Senado, 2 de marzo de 1999.--El Portavoz, Juan José Laborda
Martín.
ENMIENDA NUM. 1
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS).
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al
artículo 1.
ENMIENDA
De adición.
Añadir «in fine»:
«... Correspondiendo la cantidad de 411,8 M de pesetas. Al déficit de
explotación y el de 7.673,6 M al déficit de inversiones que lleva
incluido las aportaciones a la reducción de plantilla habida en el
Ejercicio.»
JUSTIFICACION
Necesidad de diferenciar ambas cantidades de explotación de las líneas de
interés público de las que se vinculan a la liquidación de contratos de
personal de la plantilla y a la amortización de activos.
ENMIENDA NUM. 2
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS).
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al
artículo 2.
ENMIENDA
De adición.
Añadir «in fine»:
«Y que servirá para compensar la misma cuantía aportada por el Ministerio
de Fomento como anticipo de tesorería.»
JUSTIFICACION
Enmienda de naturaleza técnica.