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BOCG. Senado, serie II, núm. 100-c, de 19/10/1998
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie II: 19 de octubre de 1998 Núm. 100 (c)

PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 114

621/000100 Del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras

Normas Tributarias.


PROPUESTAS DE VETO

621/000100

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES de las propuestas de veto presentadas al Proyecto de Ley del

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas

Tributarias.


Palacio del Senado, 15 de octubre de 1998.--El Presidente del Senado,

Juan Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María

Cruz Rodríguez Saldaña.


El Senador José Nieto Cicuéndez (GPMX) y la Senadora Pilar Costa Serra

(GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del

Senado, formulan 1 propuesta de veto al Proyecto de Ley del Impuesto

sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.


Palacio del Senado, 7 de octubre de 1998.--José Nieto Cicuéndez y Pilar

Costa Serra.


PROPUESTA DE VETO NUM. 1

De don José Nieto Cicuéndez y doña Pilar Costa Serra (GPMX).


El Senador José Nieto Cicuéndez y la Senadora Pilar Costa Serra (GPMX),

al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,

formulan la siguiente propuesta de veto

Se propone vetar el Proyecto de Ley del Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas, por considerar que la reforma propuesta por el Gobierno

del PP tendrá los siguientes efectos:


1. Reducirá los ingresos del Estado en una cantidad entre 600.000 y

750.000 millones de pesetas anuales.


La reducción en los ingresos pone en grave peligro el mantenimiento de

las políticas de protección social (sistema público de pensiones,

subsidio de desempleo, ...), impide la mejora de los niveles de calidad

de las prestaciones del Estado de Bienestar (sanidad, enseñanza, ...) y

dificulta las inversiones en infraestructuras, políticas

medioambientales, inversiones en investigación y desarrollo tecnológico,

... necesarias para el desarrollo económico sostenible del país.


2. Disminuye la progresividad del impuesto.


El nuevo impuesto reduce de forma significativa la contribución de las

rentas más elevadas, convierte en regresivas la mayor parte de las

deducciones (por hijos, por ascendentes, por guardería, ...) y aumenta el

gravamen para algunos de los colectivos de menores niveles de renta: para

muchos de los que habitan en viviendas de alquiler o utilizan la

deducción por gastos de enfermedad.





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Las rentas más altas resultarán ampliamente favorecidas por el nuevo

impuesto significando reducciones en el pago de los impuestos superiores

al millón de pesetas para las rentas más elevadas.


La fundamentación del sistema de deducciones en la base del impuesto bajo

la fórmula del mínimo personal y familiar con la consiguiente eliminación

de las deducciones personales y familiares ahora operantes en la cuota

hace de éstas que operen regresivamente: la deducción efectiva aumenta

con el nivel de renta de los individuos. Así resultan hechos

inconcebibles como que las familias con rentas más altas se beneficiarán

de mayores deducciones fiscales por hijos y por gastos de guardería,

libros escolares o por cuidar de personas mayores, que aquellas familias

con menores recursos, contraviniendo cualquier lógica redistributiva y de

actuación del sector público.


Es una reforma que hará que algunas personas de rentas bajas y medias

paguen más impuestos, por ejemplo muchas de aquellas que viven en

viviendas de alquiler o que utilizan las deducciones por gastos de

enfermedad.


3. No resuelve la desproporcionada participación de los salarios en el

impuesto.


La inferior tributación de las rentas empresariales, profesionales y del

capital provoca la desproporcionada participación de los salarios en el

IRPF, que ha llevado a denominarlo como el impuesto sobre las nóminas, se

ve agravada por el mantenimiento de la desfiscalización de las plusvalías

y la mejora de la tributación de las rentas empresariales que como

anticipación de esta reforma ha sido aprobada en los años recientes;

rompiendo además con el principio de tratar equivalentemente las rentas

independientemente de su procedencia. Mantener el trato fiscal

superprivilegiado de gravar las plusvalías de más de dos años a un tipo

fijo del 20% no sólo atenta contra la progresividad del impuesto sino

que, además, constituye un paso más en exonerar a las rentas del capital

de su tributación. Igualmente, la creación de un nuevo sistema de

tributación (estimación directa simplificada) para las rentas

empresariales que permite disminuir su contribución al impuesto acentúa

su ya menor contribución.


4. No se ajusta adecuadamente a la capacidad económica de las personas.


El traslado de las deducciones personales y familiares a la base del

impuesto y su generalización a la totalidad de los contribuyentes

mediante la instauración del mínimo personal o familiar significa una

aproximación inadecuada del impuesto a la capacidad económica de las

personas.


Al universalizar las deducciones necesariamente éstas pierden la relación

directa con la capacidad económica particular de las personas.


Al operar en la base, las deducciones efectivas aumentan con los niveles

de renta y su correspondiente tipo marginal por lo que a mayor capacidad

económica se tiene derecho a una mayor deducción lo cual contraviene el

principio de ajuste a la capacidad económica. «Los hijos de los ricos

valen más que los hijos de los pobres.»

5. No afronta con decisión la lucha contra el fraude fiscal.


El elevado fraude fiscal es el principal problema del sistema tributario

español. Parece razonable que antes de proceder a cualquier reforma del

sistema fiscal se adopten medidas eficaces y contundentes en la lucha

contra el fraude fiscal. Pero en el actual debate de la reforma fiscal el

fraude es el gran ausente, como lo es en la política del Gobierno.


Paradójicamente, recientemente se ha aprobado el Estatuto del

Contribuyente que reduce los instrumentos de lucha contra el fraude.


6. No simplifica el impuesto.


La ampliación del derecho a no efectuar la declaración de la renta para

las rentas del trabajo inferiores a 3,5 millones de pesetas además de

debilitar la conciencia ciudadana hacia la obligación contributiva,

constituye una falacia por lo que respecta a la simplificación efectiva

del impuesto, tal como lo muestra las propuestas que se están barajando

para resolver la discrepancia entre las retenciones y la situación

particular de cada contribuyente.


De hecho obliga a los contribuyentes a tener que efectuar la declaración

y, bajo el pernicioso principio introducido, no presentarla solamente en

el caso que tal acción perjudique al contribuyente.


En caso contrario de no efectuar tal declaración siempre cabe la

posibilidad que aquellos que tienen derecho a devolución no se beneficien

de ello.


Igualmente, es rechazable el criterio que se propone para afrontar los

previsibles perjuicios a aquellas personas que se benefician actualmente

de deducciones por alquiler de la vivienda habitual o que estén pagando

un crédito hipotecario. Trasladar a los ciudadanos y ciudadanas la carga

de demostrar que la prevista reforma les perjudica respecto el anterior

tratamiento constituye una solución inaceptable.


7. No significa una verdadera política favorable para el empleo, la

familia y las personas más desfavorecidas.


El impuesto sobre la renta, como todos los instrumentos de política, se

comportan más adecuadamente para alcanzar determinados objetivos frente a

otros.


Así, la evidencia empírica no muestra una relación consistente entre

fiscalidad favorable y aumento del volumen del ahorro nacional. De hecho,

en países como los Estados Unidos y el Reino Unido donde a mediados de la

década de los años 80 se implantaron reformas del IRPF en las que se

inspira claramente la propuesta por el PP, la tasa del ahorro nacional

bruto han ido disminuyendo año tras año. Por otra parte, España con una

tasa de ahorro nacional bruta constantemente superior, desde principios

de los años 80, a la media de los países de la Unión Europea, no parece

enfrentarse a un problema especial de falta de ahorro, y en todo caso no

puede decirse que la fiscalidad de las últimas décadas haya perjudicado

relativamente la formación del ahorro.


La disminución de ingresos repercute en una reducción del gasto público,

de las políticas de protección social,




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gran parte de las cuales por su carácter redistributivo benefician a las

personas de menores niveles de renta. La creación de empleo, la

protección de las personas más desfavorecidas, la especial atención de

los niños, jóvenes y personas mayores requieren de políticas activas

auspiciadas desde el sector público que precisan de niveles adecuados de

financiación.


8. Nos aleja de los estándares europeos.


En un Estado donde en algunos aspectos los niveles asistenciales de la

sanidad, de la enseñanza se encuentran aún lejos de los estándares de

prestaciones y calidad deseables. Las listas de espera, la financiación

de medicamentos, la falta de los recursos óptimos para el correcto

desarrollo de la LOGSE... son resultado en parte de la falta de recursos

económicos por parte del sector público. En un Estado donde los niveles

de recursos dedicados a la protección social en áreas como las políticas

activas en prestaciones familiares, políticas activas en fomento de la

ocupación, o políticas en promoción de la vivienda se sitúan en valores

que significan solamente entre un 10% y un 25% con respecto al patrón

europeo. En un Estado donde los niveles de desigualdad son superiores al

promedio de países europeos.


Cualquier reforma del IRPF que conlleve una reducción de ingresos y la

disminución de la progresividad y del carácter redistributivo del

impuesto nos aleja de los estándares de prestaciones del sector público,

del nivel de calidad exigible de los servicios públicos y de los niveles

de igualdad presentes en los países europeos más avanzados.


9. Cuestiona el actual sistema de financiación autonómica e invalida la

corresponsabilidad fiscal

La reforma del IRPF que propone el Gobierno supone «dinamitar» el actual

modelo de financiación autonómica. La disminución de recaudación global

del IRPF hará inviable un aumento de ingresos de las CC. AA. por la vía

de la cesión del 30% del IRPF, invalida la actual capacidad de

corresponsabilidad fiscal que tienen las CC. AA y significará que la

Administración Central asumirá una parte importantísima del coste

financiero que supondrá la reforma para las CC. AA.


El sistema de financiación autonómica pasará de la «corresponsabilidad

fiscal» a la «compensación fiscal».


Por todas las razones expuestas, se propone el veto al Proyecto de Ley

del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, desde el

convencimiento de que es necesario una reforma del IRPF, pero no en la

dirección regresiva y desfiscalizadora que presenta la propuesta

conservadora del PP, sino una reforma que permita avanzar en:


Ñ Mantener y aumentar moderadamente el actual nivel de ingresos para

garantizar un sistema de servicios públicos de calidad, extenso y estable

en el tiempo. El sistema de ingresos fiscales no puede aislarse del tipo

de sociedad y Estado de Bienestar que se desea.


Ñ Una mejora en el trato fiscal de las rentas salariales a la vez que se

modifica los tratos privilegiados de las rentas del capital y

empresariales. Permitiendo ello, reequilibrar el peso de las diferentes

rentas en el impuesto, así como ampliar su carácter redistribuidor.


Ñ Mantener el carácter progresivo del impuesto. Configurando

coherentemente con ello, una tarifa con un número suficiente de tramos,

unos tipos marginales mínimos y máximos y las bases sobre los cuales se

aplican y establecer el sistema de deducciones en la cuota.


Ñ La lucha decidida contra el fraude fiscal, incorporando de forma

prioritaria en las propuestas de reforma del IRPF un plan de medidas

contundentes y eficaces contra el fraude fiscal.


Ñ La modificación de aspectos sustanciales de otras figuras fiscales como

el impuesto de sociedades en la consideración del carácter

interdependiente que existe entre las distintas partes del sistema

impositivo.


Ñ La consideración de nuevas figuras impositivas, como las ecotasas en la

dirección de introducir elementos de fiscalidad ecológica en el sistema

impositivo español.


Ñ Y, por último, la configuración de un sistema fiscal justo, no

arbitrario, comprensible para el contribuyente y donde los costes de

cumplimiento, gestión y control sean suficientemente bajos.


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

Reglamento del Senado, formula 1 propuesta de veto al Proyecto de Ley del

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas

Tributarias.


Palacio del Senado, 7 de octubre de 1998.--El Portavoz, Juan José Laborda

Martín.


PROPUESTA DE VETO NUM. 2

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS).


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente propuesta de

veto.


JUSTIFICACION

Con el Proyecto presentado, el Gobierno culmina el mayor ataque a la

progresividad de nuestro sistema fiscal desde que existe democracia en

España. El Proyecto no puede analizarse aislado de las medidas que ya ha

adoptado el Gobierno, y que en parte se consolidan en este Proyecto,

especialmente en tres asuntos: La tributación de las plusvalías a un tipo

único, con independencia de la renta total y las circunstancias

personales del contribuyente; el desmantelamiento en la práctica de los

impuestos de patrimonio y sucesiones y las ventajas consolidadas a la

tributación de las rentas empresariales.


Como resultado de estas medidas, las rentas del capital y las grandes

fortunas han visto rebajadas ya de forma sensible su contribución a la

financiación de los gastos generales del Estado. Ahora, roto ya el modelo

constitucional del IRPF al haber quebrado el principio de igual




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tributación a igual nivel de renta, con independencia del origen de la

misma, presentan una reforma que beneficia más a los contribuyentes de

mayor capacidad económica. Esto es así, por la confluencia de sus tres

elementos fundamentales:


* la introducción del mínimo vital, que al llevar las actuales

deducciones en cuota a reducciones de la base imponible hace que en lugar

de beneficiarse por igual, todos aquellos que tengan las mismas

circunstancias personales y familiares, se beneficien más quienes tengan

mayores rentas y un marginal más alto. Como resultado, el hijo de un rico

desgravará tres veces más que el de alguien con menores ingresos, lo que

constituye un atentado claro al principio de igualdad.


* la reducción en el número de tramos, ya no justificada por una falsa

simplificación, se convierte en regresiva al dar el mismo tratamiento a

rentas demasiado diferentes.


* la asimetría en la reducción de los marginales entre el máximo y el

mínimo.


* la indiscriminada supresión de deducciones, con independencia de que

algunas de las mismas sólo fueran aplicables hasta un determinado nivel

de renta.


Con el conjunto de medidas fiscales aprobadas por el Gobierno más la que

ahora se presenta, nuestro sistema tributario regresa conceptualmente a

la situación previa a la Reforma de 1978. No se ofrece, pues, una reforma

moderna sino muy antigua. Como tampoco se favorece, con la misma, ni la

generación de ahorro interno, ni mejoran las condiciones de inversión, ni

se creará más empleo como consecuencia de esta reforma. Es más, los

eventuales beneficios en forma de una mayor renta disponible de los

contribuyentes, peligran en los tramos más bajos de ingresos cuando junto

a la reforma, el propio Gobierno llama a la congelación salarial con lo

que los únicos beneficiarios de la reforma serán los empresarios o

propone recortes en las prestaciones públicas, como las medicinas, o

adelanta la necesidad de introducir tasas para el pago de la Televisión

Pública. Así pues, la mayor renta disponible que puedan obtener los

trabajadores tras esta reforma será neutralizada por el mayor gasto que

tendrán que realizar para pagar servicios públicos hoy gratuitos.


El Proyecto, además, crea inseguridad jurídica respecto a la tributación

de aquellos que viven en alquiler y ven como desaparece la deducción por

este concepto así como entre los tres millones de contribuyentes que

están pagando la compra de su vivienda y ven alteradas sus condiciones

fiscales. En ambos supuestos el Proyecto reconoce que salen perdiendo con

el nuevo sistema, hasta el punto de arbitrar una compensación inconcreta

que deja en la incertidumbre total a los millones de contribuyentes

afectados.


El GPS cree que hace falta una reforma del IRPF que rebaje la tributación

de las rentas del trabajo dependiente y reequilibre las aportaciones

fiscales de las otras rentas, pero dicha reforma no es la que presenta el

Gobierno. Estas razones se ven especialmente reforzadas por el hecho de

la nueva coyuntura económica internacional, que convierte la reforma en

especialmente inoportuna, y por el anuncio hecho público por el Gobierno

de que la recaudación por el Impuesto debe crecer, a pesar de la reforma,

para cuadrar las cuentas del Estado en 1999, consecuencia de lo cual se

ha elaborado una previsión presupuestaria deliberadamente exagerada,

repercutiendo asimismo el coste de la reforma en las Comunidades

Autónomas en contra de lo proclamado por responsables del Gobierno y de

éstas mismas. Por todo ello, pedimos su devolución.


El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo

previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la

siguiente propuesta de veto al Proyecto de Ley del Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.


Palacio del Senado, 7 de octubre de 1998.--José Fermín Román Clemente.


PROPUESTA DE VETO NUM. 3

De don José Fermín Román Clemente (GPMX).


El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo

previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la

siguiente propuesta de veto.


Se presenta esta propuesta de veto al Proyecto de Ley del Impuesto sobre

la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por no ser útil para hacer frente

a las deficiencias del actual IRPF: pérdida de igualdad por estar basado

en las rentas del trabajo y no efectividad a rendimientos de capital o

plusvalías; eliminación paulatina de progresividad por el incremento de

deducciones o gastos fiscales en la base; reducción de justicia

redistributiva por el incremento del fraude fiscal y la ocultación de

rentas y sobre todo dudas sobre la suficiencia de la imposición directa.


La propuesta del Gobierno profundiza las limitaciones actuales y junto a

una pérdida de recursos públicos no explicada con la minoración del gasto

público da un paso más en la contrarreforma fiscal con un recorte

efectivo de la progresividad y la igualdad fiscal que exige el artículo

31.1 de nuestra Constitución: «Todos contribuirán al sostenimiento de los

gastos públicos, de acuerdo con su capacidad económica mediante un

sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y

progresividad que, en ningún caso, tendrán alcance confiscatorio».


El Proyecto de Ley tiene como finalidad básica hacer el sistema fiscal

menos suficiente, más regresivo, reduciendo el gravamen de los

contribuyentes con mayores ingresos, y primando a las rentas del capital

y empresariales en detrimento de las del trabajo. Elaborado, además, con

el apoyo de una Comisión de expertos, como cobertura para una pretendida

neutralidad nunca alcanzada y ni siquiera perseguida que limita el apoyo

a la organización empresarial CEOE y provoca el rechazo social de las

centrales sindicales por su carácter regresivo y antisocial.





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El coste de la reforma del IRPF --plasmada en este Proyecto de Ley--

podrá superar los 600.000 millones de pesetas anuales como consecuencia

de una rebaja media del 11%, según ha estimado el gobierno del Partido

Popular. En este sentido hay que pensar en primer lugar, en los capítulos

de gasto público que verán mermada su financiación futura y el recorte

que sufrirán en cantidad y calidad los servicios públicos, pues esta

pérdida de recaudación no se podrá emplear en mejorar nuestra protección

social que, no lo olvidemos, es cinco puntos porcentuales del PIB

inferior a la media comunitaria. Con esos 600.000 millones de pesetas se

podría, por ejemplo, ampliar la cobertura al desempleo (más del 60% de

los parados y paradas no reciben prestación), aumentar la cuantía media

de las pensiones (el 70% de las mismas son inferiores al SMI) o dotar de

terminales informáticos en todas las aulas de colegios públicos para

integrar el uso de ordenadores en el umbral del siglo XXI.


En segundo lugar, la rebaja fiscal no va a afectar a todos los

contribuyentes por igual. De la pérdida de progresividad que se deduce

del Proyecto de Ley se van a beneficiar en mayor proporción los

contribuyentes de mayores rentas, no sólo porque obtendrán un ahorro

fiscal mayor, sino porque además son éstos los que menos necesitan

servicios y bienes públicos, cuando la presión fiscal en Europa en

relación al PIB es más de seis puntos superior a la española y en

impuestos directos sobre la renta y el patrimonio se detraen casi cuatro

puntos más del PIB.


La disminución de los tramos y tipos de la tarifa y la traslación de

deducciones de la cuota a la base conforman un reparto menos equitativo

de la carga del tributo. El tipo marginal máximo se reduce 8 puntos

porcentuales (del 56% al 48%) y es un regalo fiscal para aquellos

contribuyentes con rentas superiores a los 11 millones de pesetas; por el

contrario el tipo marginal mínimo disminuye 2 puntos porcentuales (del

20% al 18%). En este sentido, los ahorros para las rentas modestas --por

ejemplo, inferiores a los 2 millones de pesetas-- son más teóricos que

reales pues con la actual configuración del IRPF (cuya obligación para

declarar comienza a partir de 1,2 millones) y con las deducciones

actuales en la cuota, los supuestos beneficios disminuyen y en algunos

casos ni siquiera existen (por ejemplo para aquellos que pagan alquiler

por su vivienda habitual).


Por otro lado, el Proyecto de Ley no mejora el tratamiento

discriminatorio que sufren las rentas del trabajo pues no corrige el

sesgo favorable del que gozan las rentas empresariales y del capital que

se ha traducido en continuos beneficios fiscales de todo tipo,

fundamentalmente a partir de 1988. De particular importancia es el

tratamiento de las plusvalías pues se consolida con este Proyecto de Ley

su exclusión de la base general y de la progresividad del tributo,

haciéndolas tributar a un tipo proporcional del 20%. Es necesario lograr

una armonización fiscal de las rentas del capital distinta a la

desfiscalización total, estilo Luxemburgo.


Tampoco se hace nada para empezar a luchar de forma efectiva contra el

fraude fiscal, verdadero atentado contra la equidad y una profunda lacra

en nuestro sistema fiscal, y las medidas que se han introducido en los

últimos años han colaborado a consolidarlo: amnistía fiscal en 1991,

modificación en 1995 de la Ley General Tributaria y del delito fiscal o

el nuevo Estatuto del Contribuyente, que dificulta la lucha de la

Hacienda Pública contra el fraude fiscal. Es más, el Gobierno nos asegura

que disminuyendo el tipo marginal máximo del IRPF a los contribuyentes de

rentas elevadas se incentivará a un mayor número de personas a cumplir

con sus obligaciones tributarias. Vana ilusión, pues las rentas que

puedan seguir ocultándose --al no ser controlables por la

Administración-- se seguirán eludiendo al margen de cuál sea la carga

tributaria.


En suma, el conjunto del Proyecto de Ley supone una pérdida de justicia

tributaria al atacar la suficiencia y la progresividad. Significará menos

recursos y obtenidos éstos de forma menos equitativa. El pensamiento

conservador siempre ha apostado por disminuir los impuestos y por reducir

la progresividad del sistema tributario en su conjunto atendiendo a

teorías lafferianas que dan cobertura a la bondad de menores impuestos,

mayor actividad económica y mayor recaudación. Sin embargo estas teorías

han quedado oxidadas por su inoperancia y allá donde se han puesto en

práctica o bien han disparado el déficit público o bien han provocado un

aumento de la imposición indirecta que es --por definición-- más

regresiva.


La cuestión es que no existen motivos objetivos en nuestro país para

reducir la carga fiscal del IRPF y recortar su progresividad, básicamente

porque la presión fiscal general y la del IRPF en particular se sitúan

muy por debajo de la media comunitaria. En concreto, la presión fiscal

general es 6 puntos porcentuales inferior y la del IRPF se encuentra 3

puntos porcentuales por debajo. Pero además, peligra a medio plazo

nuestro sistema de protección social.


El coste recaudatorio puede verse en cierta medida enjugado a corto plazo

por la fase moderadamente expansiva del ciclo económico en la que se

encuentra nuestra economía, pero al agotarse ésta asistiremos a una

ofensiva que afirmará la imposibilidad de mantener --no ya mejorar-- la

protección social y los servicios públicos. En estos momentos nos

encontramos en plena euforia por nuestra integración en la zona euro,

pero el verdadero ajuste está por llegar como consecuencia tanto de los

esfuerzos creativos que han realizado los gobiernos para cuadrar las

cuentas públicas cuanto por el compromiso asumido de lograr el equilibrio

presupuestario cumpliendo el Pacto de Estabilidad.


En este contexto, el gobierno del Partido Popular quiere reducir la

presión fiscal y la progresividad impositiva aprovechando que crecen los

ingresos públicos como consecuencia del crecimiento económico; en la idea

de que cuando éste se ralentice --y los ingresos con él-- se reducirá el

gasto público. Así, cuando se recupere la actividad económica de nuevo,

se propondrán nuevas bajadas de impuestos y el gasto público soportará

nuevos ajustes. Los grandes derrotados serán la política redistributiva y

la cohesión social.


Izquierda Unida plantea la necesidad de elevar en nuestro país los

ingresos públicos de acuerdo con los criterios de progresividad y

capacidad económica, para potenciar las políticas de gasto público y para

fortalecer la cohesión y el desarrollo económico. Para Izquierda Unida




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el IRPF debe jugar un papel fundamental y por tanto entiende como

inaceptable cualquier reforma que recorte su progresividad y lamine la

suficiencia y equidad del sistema fiscal.


Este impuesto constituye un instrumento imprescindible para cumplir la

función redistributiva del Estado. No es el único, pero no puede existir

lo que se llama Estado de Bienestar sin un impuesto personal de la renta

con el suficiente potencial recaudatorio y que incorpore un aceptable

grado de progresividad o, lo que es igual, de justicia tributaria. Existe

una amplia coincidencia a la hora de diagnosticar el principal defecto de

nuestro actual sistema fiscal, en el sentido de que se trata de un

sistema profundamente injusto que descansa casi exclusivamente en las

rentas del trabajo dependiente. Si a eso le añadimos que nuestro gasto en

protección social es de los más bajos de Europa y que esos gastos hay que

financiarlos con criterios redistributivos, lo deseable sería una reforma

fiscal que mejorara la justicia tributaria y la capacidad financiera del

Estado. Exactamente lo contrario que pretende este Proyecto de Ley.


Izquierda Unida propone la devolución del Proyecto al Gobierno para su

reelaboración, siguiendo los siguientes criterios:


* Corregir el tratamiento discriminatorio de las rentas del trabajo en el

IRPF.


Para ello es preciso lograr una mayor tributación efectiva de los

rendimientos del capital y luchar activamente contra el fraude fiscal. La

lucha contra la elusión fiscal no sólo debe realizarse contra aquellos

que manifiestamente incumplen la ley sino también eliminando las puertas

legales que existen y que permiten eludir el pago de impuestos sin correr

riesgos. Es lo que eufemísticamente se llama ingeniería fiscal, que no es

otra cosa que la versión sofisticada del fraude fiscal. Además, es

inconcebible que la Unión Europea no avance en la armonización de la

tributación de las rentas del capital.


* Modificar el tratamiento fiscal de las plusvalías que no son sino

rentas del capital acumuladas, integrándolas en la base general del

tributo.


* Potenciar la progresividad efectiva del IRPF aumentando los tramos de

las tarifas y estableciendo tipos impositivos que aseguren mayor

tributación a medida que aumenta la capacidad económica del

contribuyente.


* Revisar y reducir el conjunto de bonificaciones y deducciones que

operan hoy en el tributo con objeto de simplificarlo y potenciar su

progresividad. En concreto, eliminar la deducción por doble imposición de

dividendos, eliminar la reducción en la base imponible por aportaciones a

planes privados de pensiones y revisar el gasto fiscal en vivienda y por

enfermedad.


* Trasladar a políticas activas ligadas a fondos obligatorios de

inversión generadores de empleo.


* Incrementar las retenciones de empresarios y profesionales para

equiparar sus rentas a la realidad efectiva, evitando sistemas de

camuflaje de rentas en otros impuestos.