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BOCG. Senado, serie II, núm. 16-b, de 07/03/1997
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie II: Núm. 16 (b)

PROYECTOS DE LEY 7 de marzo de 1997 (Cong. Diputados, Serie A, núm. 8

Núm. exp. 121/000006)

PROYECTO DE LEY

621/000016 Sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema

Nacional de Salud (procedente del Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de

junio).


PROPUESTAS DE VETO

621/000016

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes

Generales de las propuestas de veto presentadas al Proyecto de Ley sobre

habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud

(procedente del Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de junio).


Palacio del Senado, 5 de marzo de 1997.--El Presidente del Senado, Juan

Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz

Rodríguez Saldaña.


Los Senadores José Luis Nieto Cicuéndez y José Fermín Román Clemente

IU-IC (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento

del Senado, formulan propuesta de veto al Proyecto de Ley de habilitación

de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud.


Palacio del Senado, 3 de marzo de 1997.--José Luis Nieto Cicuéndez y José

Fermín Román Clemente.


PROPUESTA DE VETO NUM. 1

De don José Luis Nieto Cicuéndez y don José Fermín Román Clemente (GPMX).


Los Senadores José Luis Nieto Cicuéndez y José Fermín Román Clemente

IU-IC (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento

del Senado, formulan la siguiente propuesta de veto

MOTIVACION

La garantía de derecho a la salud de toda la población está formalmente

establecida por la CE. Entre los diferentes modelos de servicios

sanitarios, el Servicio Nacional de Salud caracterizado por la

titularidad, financiación, gestión y provisión pública, la gratuidad en

el momento de uso, la descentralización y la participación de la

población y de los trabajadores de la salud en el proceso de

planificación de los servicios y la universalidad en el acceso a los

mismos --es el que mejores resultados ofrece en la relación

coste-eficacia.


La calidad y eficacia de un modelo de servicios sanitarios, a cuya

financiación la sociedad en su conjunto --a través de los Presupuestos

Generales del Estado-- destina una considerable suma, se mide a través de

su capacidad para modificar positivamente el estado de salud de la

población. Este objetivo prioritario, al cual debe responder la

estructura y funcionamiento de los servicios sanitarios públicos, es

evaluable objetivamente a través de su




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influencia, --junto con la de otros factores socioeconómicos, culturales

y medio ambientales--, en la disminución de las principales causas de

enfermedad y de muerte, las cuales a su vez afectan de manera desigual a

los diferentes colectivos sociales.


La introducción de medidas de gestión empresarial en los servicios

sanitarios públicos y, más aún, su adjudicación a empresas privadas, --en

un marco de reducción del gasto público, fruto de políticas neoliberales

que obedecen básicamente a objetivos de desfiscalización de las rentas

del capital-- ha tenido como consecuencia un deterioro de la sanidad

pública y un incremento de las desigualdades, fruto de la progresiva

introducción de criterios de mercado en el acceso a la atención

sanitaria.


La gestión privada de servicios sociales básicos, como la sanidad, supone

la priorización de objetivos de beneficio económico, la práctica

desaparición de programas preventivos y de promoción de la salud --los

más eficaces para intervenir sobre las principales patologías

crónico-degenerativas y sobre las viejas/nuevas patologías infecciosas--

y, como se ha podido comprobar en nuestro país, un incremento del gasto

sanitario en aquellas Comunidades Autónomas con transferencias que más

han avanzado en la gestión privada, así como en un desmesurado gasto

farmacéutico, al margen de las necesidades de salud.


La parasitación de la empresa privada en la sanidad pública, su

influencia en la disminución de la calidad asistencial, en la

burocratización y en la elevación injustificada de los costes, la

distorsión que sobre el funcionamiento de la sanidad pública introduce el

hecho de que muchos profesionales ejerzan en la sanidad pública y en la

sanidad privada, exigen la adopción de medidas que establezcan la

titularidad, financiación, planificación, prestación de servicios y

ejercicio profesional, exclusivamente públicos en el sistema nacional de

salud. Todo ello en el marco de un modelo de financiación que garantice

un desarrollo progresivo de los servicios sanitarios públicos y, por

tanto, una disminución progresiva de los servicios sanitarios concertados

con la sanidad privada.