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BOCG. Senado, serie II, núm. 16-b, de 07/03/1997
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: Núm. 16 (b)
PROYECTOS DE LEY 7 de marzo de 1997 (Cong. Diputados, Serie A, núm. 8
Núm. exp. 121/000006)
PROYECTO DE LEY
621/000016 Sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema
Nacional de Salud (procedente del Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de
junio).
PROPUESTAS DE VETO
621/000016
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes
Generales de las propuestas de veto presentadas al Proyecto de Ley sobre
habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud
(procedente del Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de junio).
Palacio del Senado, 5 de marzo de 1997.--El Presidente del Senado, Juan
Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María Cruz
Rodríguez Saldaña.
Los Senadores José Luis Nieto Cicuéndez y José Fermín Román Clemente
IU-IC (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formulan propuesta de veto al Proyecto de Ley de habilitación
de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud.
Palacio del Senado, 3 de marzo de 1997.--José Luis Nieto Cicuéndez y José
Fermín Román Clemente.
PROPUESTA DE VETO NUM. 1
De don José Luis Nieto Cicuéndez y don José Fermín Román Clemente (GPMX).
Los Senadores José Luis Nieto Cicuéndez y José Fermín Román Clemente
IU-IC (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formulan la siguiente propuesta de veto
MOTIVACION
La garantía de derecho a la salud de toda la población está formalmente
establecida por la CE. Entre los diferentes modelos de servicios
sanitarios, el Servicio Nacional de Salud caracterizado por la
titularidad, financiación, gestión y provisión pública, la gratuidad en
el momento de uso, la descentralización y la participación de la
población y de los trabajadores de la salud en el proceso de
planificación de los servicios y la universalidad en el acceso a los
mismos --es el que mejores resultados ofrece en la relación
coste-eficacia.
La calidad y eficacia de un modelo de servicios sanitarios, a cuya
financiación la sociedad en su conjunto --a través de los Presupuestos
Generales del Estado-- destina una considerable suma, se mide a través de
su capacidad para modificar positivamente el estado de salud de la
población. Este objetivo prioritario, al cual debe responder la
estructura y funcionamiento de los servicios sanitarios públicos, es
evaluable objetivamente a través de su
influencia, --junto con la de otros factores socioeconómicos, culturales
y medio ambientales--, en la disminución de las principales causas de
enfermedad y de muerte, las cuales a su vez afectan de manera desigual a
los diferentes colectivos sociales.
La introducción de medidas de gestión empresarial en los servicios
sanitarios públicos y, más aún, su adjudicación a empresas privadas, --en
un marco de reducción del gasto público, fruto de políticas neoliberales
que obedecen básicamente a objetivos de desfiscalización de las rentas
del capital-- ha tenido como consecuencia un deterioro de la sanidad
pública y un incremento de las desigualdades, fruto de la progresiva
introducción de criterios de mercado en el acceso a la atención
sanitaria.
La gestión privada de servicios sociales básicos, como la sanidad, supone
la priorización de objetivos de beneficio económico, la práctica
desaparición de programas preventivos y de promoción de la salud --los
más eficaces para intervenir sobre las principales patologías
crónico-degenerativas y sobre las viejas/nuevas patologías infecciosas--
y, como se ha podido comprobar en nuestro país, un incremento del gasto
sanitario en aquellas Comunidades Autónomas con transferencias que más
han avanzado en la gestión privada, así como en un desmesurado gasto
farmacéutico, al margen de las necesidades de salud.
La parasitación de la empresa privada en la sanidad pública, su
influencia en la disminución de la calidad asistencial, en la
burocratización y en la elevación injustificada de los costes, la
distorsión que sobre el funcionamiento de la sanidad pública introduce el
hecho de que muchos profesionales ejerzan en la sanidad pública y en la
sanidad privada, exigen la adopción de medidas que establezcan la
titularidad, financiación, planificación, prestación de servicios y
ejercicio profesional, exclusivamente públicos en el sistema nacional de
salud. Todo ello en el marco de un modelo de financiación que garantice
un desarrollo progresivo de los servicios sanitarios públicos y, por
tanto, una disminución progresiva de los servicios sanitarios concertados
con la sanidad privada.