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BOCG. Senado, serie II, núm. 3-b, de 02/12/1996
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: Núm. 3 (b)
PROYECTO DE LEY 2 de diciembre de 1996 (Cong. Diputados, Serie A,
núm. 18 Núm. exp. 121/000017)
PROYECTO DE LEY
621/000003 De medidas fiscales, administrativas y del orden social.
TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
(Corrección de errores)
621/000003
PRESIDENCIA DEL SENADO
En el texto remitido por el Congreso de los Diputados referente al
Proyecto de Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social
(«B.O.C.G.», Senado, Serie II, número 3 (a), de fecha 26 de noviembre de
1996), se ha producido un error en el artículo 12, cuyo tenor literal se
inserta a continuación.
Lo que se publica para general conocimiento.
Palacio del Senado, 2 de diciembre de 1996.--El Presidente del Senado,
Juan Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
«Artículo 12.Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del
Impuesto sobre Sociedades
Para el ejercicio de 1997 se modifican los apartados 4 y 5 del artículo
35 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades,
que quedarán redactados así:
«4.Las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a
la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que eviten
la contaminación atmosférica procedente de instalaciones industriales,
contra la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas
para la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales
para el cumplimiento o, en su caso, mejora de la normativa vigente en
dichos ámbitos de actuación, darán derechos a practicar una deducción en
la cuota íntegra del 10 por 100 de las inversiones que estén incluidas en
programas, convenios o acuerdos con la administración competente en
materia medioambiental, quien deberá expedir la certificación de la
convalidación de la inversión.
Reglamentariamente se establecerán las condiciones y procedimientos que
regularán la práctica de dicha deducción.
5.La parte de la inversión financiada con subvenciones no dará derecho a
deducción.»»