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BOCG. Senado, serie II, núm. 1-b, de 11/11/1996
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie II: Núm. 1 (b)

PROYECTOS DE LEY 11 de noviembre de 1996 (Cong. Diputados, Serie A,

núm. 6

Núm. exp. 121/000004)

PROYECTO DE LEY

621/000001 De medidas fiscales urgentes sobre corrección de la doble

imposición interna intersocietaria y sobre incentivos a la

internacionalización de las empresas (procedente del Real Decreto-Ley

8/1996, de 7 de junio).


PROPUESTAS DE VETO

621/000001

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes

Generales de las propuestas de veto presentadas al Proyecto de Ley de

medidas fiscales urgentes sobre corrección de la doble imposición interna

intersocietaria y sobre incentivos a la internacionalización de las

empresas (procedente del Real Decreto-Ley 8/1996, de 7 de junio).


Palacio del Senado, 7 de noviembre de 1996.--El Presidente del Senado,

Juan Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María

Cruz Rodríguez Saldaña.


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

Reglamento del Senado, formula 1 propuesta de veto al Proyecto de Ley de

medidas fiscales urgentes sobre corrección de la doble imposición interna

intersocietaria y sobre incentivos a la internacionalización de las

empresas (procedente del Real Decreto-Ley 8/1996, de 7 de junio).


Palacio del Senado, 6 de noviembre de 1996.--El Portavoz, Juan José

Laborda Martín.


PROPUESTA DE VETO NUM. 1

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS).


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el

artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente propuesta de

veto.


JUSTIFICACION

El Proyecto de Ley modifica aspectos importantes de la Ley 43/1995, de

Impuestos de Sociedades, recientemente aprobada por las Cámaras con un

amplio acuerdo de los Grupos Parlamentarios.


En su tramitación en el Congreso de los Diputados, el Proyecto incorporó

a través de una enmienda la «legalización» del nuevo tributo sobre

actualización de balances establecido en abierta vulneración de la

Constitución por el artículo 5 del Real Decreto-Ley 7/1996. En su doble

contenido, el texto del Proyecto añade inseguridad sobre las normas

precedentes modificadas, y sobre los procedimientos de modificación.