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DS. Senado, Comisiones, núm. 513, de 11/11/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



SENADO



Año 1999 VI Legislatura
Comisiones. Núm. 513



COMISION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. AGUSTIN CONDE BAJEN



celebrada el jueves, 11 de noviembre de 1999



ORDEN DEL DIA:



Contestación por el Gobierno a las siguientes preguntas:



--De don José Castro Rabadán (GPS) sobre las medidas previstas por el
Gobierno para evitar el crecimiento del desempleo en la provincia de
Salamanca (Número de expediente 681/001482).




--De doña María Jesús Castro Mateos (GPS):



Sobre las previsiones del Gobierno en cuanto a dotación económica y
actuaciones con destino a las políticas activas de empleo durante 1999 en
la provincia de Cádiz (Número de expediente 681/001489).




Sobre la inversión y las actuaciones realizadas por el Gobierno en
políticas activas de empleo en la provincia de Cádiz durante 1998 (Número
de expediente 681/001490).




Sobre la dotación económica que el Gobierno tiene previsto destinar de
los Presupuestos Generales del Estado para 1999 al Pacto Territorial de
la Bahía de Cádiz (Número de expediente 681/001491).




--Del Grupo Parlamentario en el Senado de Convergència i Unió:



Sobre si el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está estudiando la
posibilidad de creación de una prestación específica para el colectivo de
discapacitados, en sustitución de la pensión no contributiva (Número de
expediente 681/001498).




Sobre si el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está estudiando la
posibilidad de establecer un sistema que permita la compatibilidad entre
pensión y salario para las personas con discapacidad, con vinculación a
la suma de los dos ingresos personales (Número de expediente 681/001499).




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Sobre las iniciativas que está estudiando el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales para poder destinar bonificaciones y ayudas de forma
excepcional al colectivo de discapacitados del régimen de autónomos de la
Seguridad Social, las cuales permitan iniciar el trabajo a domicilio a
través de las nuevas tecnologías (Número de expediente 681/001500).




--De don José Castro Rabadán (GPS) sobre el número de estudiantes de
bachillerato y de universidad que han sido dados de alta en la Seguridad
Social con número identificativo personal a través del impreso TA1, desde
1996 (Número de expediente 681/001508).




--Del Grupo Parlamentario en el Senado de Convergència i Unió:
Sobre la valoración que le merece al Gobierno la entrada en vigor del
Decreto-Ley 15/1998 sobre contratos a tiempo parcial de duración
indefinida, con indicación del número de los que se han realizado desde
entonces, desglosado por sexos (Número de expediente 681/001528).




Sobre las características y la fecha de finalización, en su caso, del
estudio que está realizando el Gobierno para la creación de un nuevo
sistema estadístico de medición de empleo (Número de expediente
681/001529).




Sobre el grado de cumplimiento que ha dado el Gobierno al contenido de la
moción aprobada el día 22 de febrero de 1998 por el Congreso de los
Diputados, sobre igualdad de oportunidades para personas con discapacidad
(Número de expediente 681/001530).




Sobre el importe de los salarios de tramitación pagados por el Estado a
las empresas durante 1997 y 1998 como consecuencia de haberse dictado la
sentencia que declara la improcedencia del despido pasados setenta días
desde la presentación de la demanda, con indicación del número de
empresas que han reclamado dichos salarios de tramitación y de las
previsiones del Gobierno para el supuesto de que sea el trabajador quien
reclame los mismos en lugar de la empresa (Número de expediente
681/001531).




Sobre la evolución experimentada desde 1996 hasta 1998 por los ingresos
de la Seguridad Social, especialmente los referidos a cotizaciones,
frente a los gastos cuya partida principal son las prestaciones, con
indicación de las previsiones para 1999 y de la repercusión en la
situación financiera de la Seguridad Social (Número de expediente
681/001532).




--De doña María Mercedes Pérez Schwartz (GPS) sobre el tipo de acuerdo
alcanzado con los sindicatos, la patronal y la Dirección General de la
Tesorería de la Seguridad Social, en virtud de la posible integración de
los trabajadores del empaquetado de plátanos en el Régimen General de la
Seguridad Social (Número de expediente 681/001542).




--De don Manuel Caballero Muñoz, doña María del Carmen Granado Paniagua y
don Manuel Nieto Ledo (GPS) sobre las previsiones del Gobierno acerca de
la creación y puesta en funcionamiento de una agencia de la Tesorería
General de la Seguridad Social en Azuaga (Badajoz), con indicación del
coste económico que supondría su creación y de la valoración de los
acuerdos que el pleno del ayuntamiento de Azuaga ha tomado en relación
con este asunto (Número de expediente 681/001550).




--De don Manuel Caballero Muñoz (GPS) sobre los ayuntamientos de la
provincia de Badajoz a los que se les ha concedido desde enero de 1997 la
creación de casas de oficio (Número de expediente 681/001563).




Comparecencia, a petición del Gobierno, de la Secretaria General de
Asuntos Sociales, doña Amalia Gómez Gómez, para que informe sobre la
incidencia del nuevo contrato a tiempo parcial estable en los colectivos
con mayores dificultades de inserción en el mercado laboral, en
particular jóvenes y discapacitados (Número de expediente 713/000712).




Dictaminar el Proyecto de Ley por la que se modifica el artículo 5 de la
Ley 25/1971, de 19 de junio, de protección a las familias numerosas
(Número de expediente 621/000157).




Debate y votación de la moción presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista por la que se insta al Gobierno a que, en un plazo no superior
a seis meses, de acuerdo con la Junta de Andalucía, apruebe el aumento
necesario de la plantilla de inspectores de trabajo en la Comunidad
Autónoma de Andalucía (Número de expediente 661/000234).




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Se abre la sesión a las once horas y cinco minutos.




El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Se abre la sesión.

Informamos a las señoras y señores Senadores que antes de la una de la
tarde no se va a efectuar ninguna votación en esta Comisión.

Por otra parte, quiero comunicar a sus señorías que se ha solicitado un
cambio en el orden de las preguntas respecto de cómo figuran en el orden
del día: la pregunta de doña María Mercedes Pérez Schwartz se formulará
en primer lugar, y las dos preguntas del Senador Castro Rabadán se
formularán en el último.

He de decir también a sus señorías que la Secretaria General de Asuntos
Sociales ha manifestado a esta Presidencia su imposibilidad absoluta para
comparecer en este día ante esta Comisión, por lo que pide excusas y
manifiesta su disposición a acudir en otra fecha en que las ocupaciones
de su cargo no le resulten incompatibles con su presencia en esta
Comisión.




CONTESTACION DEL GOBIERNO A DIVERSAS PREGUNTAS:



--DE DOÑA MARIA MERCEDES PEREZ SCHWARTZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
SOCIALISTA, SOBRE EL TIPO DE ACUERDO ALCANZADO CON LOS SINDICATOS, LA
PATRONAL Y LA DIRECCION GENERAL DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL,
EN VIRTUD DE LA POSIBLE INTEGRACION DE LOS TRABAJADORES DEL EMPAQUETADO
DE PLATANOS EN EL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (681/001542).




El señor PRESIDENTE: Por tanto, procedemos a continuación a la
formulación de las preguntas, indicando, como ya se ha dicho, que la
primera de ellas es la de la Senadora doña María Mercedes Pérez Schwartz,
a quien concedemos la palabra.




La señora PEREZ SCHWARTZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Reservándome para posteriores intervenciones, formulo mi pregunta en los
términos en que la misma ha sido redactada.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Senadora.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Muchas gracias, señor Presidente.

Como sin duda conoce la señora Senadora, el Presidente regional de
Asaga-Asaja, los representantes de los sindicatos Unión General de
Trabajadores y Comisiones Obreras y, asimismo el Director General de la
Tesorería General firmaron un acuerdo el día 8 de abril del presente año
con el fin de resolver un problema, sin duda grave, referente al
encuadramiento de cotización de los trabajadores dedicados a la
manipulación y empaquetado del plátano, una parte de los cuales están
encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social, en tanto que
otra parte lo están en el Régimen Especial Agrario, estableciéndose para
estos últimos, en función de este acuerdo, su inclusión en el Régimen
General de la Seguridad Social.

Las decisiones básicas del acuerdo consistían, en primer lugar, en
efectuar las modificaciones normativas necesarias con objeto de incluir a
los trabajadores dedicados a la manipulación y empaquetado del plátano
dentro del Régimen General de la Seguridad Social; fijar en el plazo de
dos meses a partir de la publicación de la norma que haga posible la
modificación del encuadramiento para llevar a cabo dichas modificaciones;
establecer la fecha de entrada en vigor de los efectos económicos de
tales medidas a partir del 1 de enero del año 2000 y, finalmente,
establecer en la Ley de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden
Social una bonificación proporcional, a lo largo de cuatro años, de los
tipos de cotización aplicables al Régimen General para aquellas empresas
que debían modificar el encuadramiento de sus trabajadores.

En coherencia con todo ello, en el proyecto de ley de medidas fiscales,
administrativas y del orden social, actualmente en tramitación
parlamentaria en el Congreso de los Diputados, en su Capítulo II, Sección
1.a, artículo 19.9, se incluye una nueva disposición adicional
vigesimonovena de la Ley General de la Seguridad Social, en la que,
entendemos, se da cumplimiento a los principios expuestos en dicho
acuerdo.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Tiene la palabra la Senadora Pérez Schwartz.




La señora PEREZ SCHWARTZ: Muchas gracias, señor Presidente. Muchas
gracias, señor Secretario de Estado.

Efectivamente, esta pregunta es consecuencia de otra anterior que
formulamos al Ministerio por escrito sobre el tipo de bonificación
previsto. Por cierto, en su respuesta, el Ministerio mencionaba también
una bonificación proporcional a lo largo de un período de cuatro años.

Precisamente en relación con esa bonificación proporcional repetimos de
nuevo la pregunta. Queremos saber de qué tipo de bonificación
proporcional se trata, es decir, qué tanto por ciento va a repercutir en
los empresarios del sector platanero a la hora de hacer a la Seguridad
Social las bonificaciones de sus trabajadores. Por eso mismo, pero más
concretamente en referencia especialmente a ese acuerdo, repito la
pregunta relacionándola con la bonificación, que nos parece es lo más
importante, sin olvidar --aunque esto no esté incluido en la pregunta--
que, como usted bien sabe, en el sector del plátano



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no está solamente el trabajador del empaquetado sino también el que
cultiva la tierra, el que trabaja directamente en la platanera y en el
campo, quien hasta este momento continúa manteniéndose en el Régimen
Especial Agrario.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Senadora.

Para dúplica, tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Evidentemente, el acuerdo afecta sustancialmente a aquellas empresas o
grupos de trabajadores que se hallaban en el Régimen Especial Agrario y
que van a pasar al Régimen General. Se acordó que dicha transición se
hiciese de manera gradual a lo largo de cuatro ejercicios y que
lógicamente las bonificaciones fuesen absorbiendo en una secuencia
prácticamente armónica a razón de un 25 por ciento anual estas
diferencias. Esa es la bonificación que reciben para que el impacto sea
el menor posible sobre el empleo y sobre los legítimos intereses
económicos de estas empresas, habida cuenta de que existía una gran
diversidad de situaciones, especialmente en lo relativo a las distintas
islas. Creemos que así se da plena satisfacción a antiguas aspiraciones,
tanto de los trabajadores, que entienden que en momentos en los que el
cultivo del plátano puede ser más rentable debe haber beneficios no sólo
salariales sino también derivados de una mayor y más intensa protección
social, evidentemente a mayor cotización son mejores las expectativas
prestacionales, como de empresarios o grupos de productores que entienden
que pueden estar produciéndose fenómenos de --entre comillas--
«competencia desleal». Ambos problemas quedan resueltos aplicando
criterios de gradualidad análogos a los que se han llevado a cabo siempre
que se ha emprendido algún proceso que podríamos denominar de destope o
de incremento gradual de cotizaciones.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.




--DE DOÑA MARIA JESUS CASTRO MATEOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA,
SOBRE LAS PREVISIONES DEL GOBIERNO EN CUANTO A DOTACION ECONOMICA Y
ACTUACIONES CON DESTINO A LAS POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO DURANTE 1999 EN
LA PROVINCIA DE CADIZ (681/001489).




El señor PRESIDENTE: Pregunta de la Senadora Castro Mateos.

Tiene la palabra la Senadora interrogante. (Pausa.)
No está presente.

Las siguientes preguntas son también de la Senadora Castro Mateos, que no
está presente, y por tanto decaen.

--DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALAN EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO
SOBRE:



SI EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ESTA ESTUDIANDO LA
POSIBILIDAD DE CREACION DE UNA PRESTACION ESPECIFICA PARA EL COLECTIVO DE
DISCAPACITADOS, EN SUSTITUCION DE LA PENSION NO CONTRIBUTIVA
(681/001498).




SI EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ESTA ESTUDIANDO LA
POSIBILIDAD DE ESTABLECER UN SISTEMA QUE PERMITA LA COMPATIBILIDAD ENTRE
PENSION Y SALARIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CON VINCULACION A
LA SUMA DE LOS DOS INGRESOS PERSONALES (681/001499).




LAS INICIATIVAS QUE ESTA ESTUDIANDO EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS
SOCIALES PARA PODER DESTINAR BONIFICACIONES Y AYUDAS DE FORMA EXCEPCIONAL
AL COLECTIVO DE DISCAPACITADOS DEL REGIMEN DE AUTONOMOS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, LAS CUALES PERMITAN INICIAR EL TRABAJO A DOMICILIO A TRAVES DE
LAS NUEVAS TECNOLOGIAS (681/001500).




El señor PRESIDENTE: Pregunta del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència i Unió.

Tiene la palabra el portavoz del Grupo.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias, señor Presidente.

En primer lugar, quiero agradecer la presencia del Secretario de Estado,
señor Aparicio, buenos días.

En el orden del día figuran una serie de preguntas, pero las tres
primeras van dirigidas al colectivo de discapacitados. Estas preguntas se
han presentado hace algún tiempo y puedo formularlas una a una o de forma
conjunta. Voy a formular la primera, pero la segunda y la tercera van
enlazadas, por lo que, si le parece, señor Presidente, formularé las tres
al mismo tiempo.




El señor PRESIDENTE: Perfectamente, Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Respecto a la primera, el colectivo de
discapacitados no acepta el actual sistema de pensiones no contributivas,
por lo menos esto es lo que yo he venido oyendo, porque consideran que el
sistema es injusto, dado que las personas con algún tipo de incapacidad o
disminución no pueden recibir estas prestaciones de forma individual,
siendo los padres o tutores los titulares de la prestación.

En este sentido, es importante destacar que desde la aprobación de la Ley
de, pensiones no contributivas, el colectivo de personas con disminución
ha perdido la libertad



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individual que está reconocida en la LISMI, Ley 13/1982. Hace tiempo que
este colectivo, concretamente en unas jornadas que se celebraron en
Girona el año pasado, hacía hincapié en el concepto de vida
independiente, que consiste en que las personas disminuidas puedan
obtener a través de cualquier sistema, sea trabajo o prestación
equivalente, unos medios económicos que les permitan vivir con una
calidad de vida suficientemente digna en la que el individuo pueda
resolver sus necesidades. Podría ser conveniente, si así lo estima el
Secretario de Estado o el Gobierno, establecer los mecanismos para que
las personas con algún tipo de discapacidad puedan recibir las pensiones
no contributivas de forma individual como prestación específica para así
recuperar la libertad individual, tal y como queda reconocido en la Ley
de 1982 llamada LISMI, y acercar estas prestaciones a los mínimos
establecidos para vivir, que yo diría que el Estado reconoce por lo menos
este año en alrededor de 850.000 pesetas al año, ya que las prestaciones
actuales están muy lejos de cubrir las necesidades de este colectivo,
teniendo en cuenta que la mayoría de discapacitados tienen unos gastos
complementarios a causa de su discapacidad.

Esta es, en resumen, la pregunta número uno, que en definitiva dice lo
siguiente: ¿El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está estudiando
la posibilidad de la creación de una prestación específica para el
colectivo de los discapacitados en sustitución de la pensión no
contributiva?



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Vidal i Perpiñá.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Muchas gracias, señor Presidente.

En este instante el Ministerio no está planteándose la creación de una
prestación específica puesto que estimamos que la pensión no contributiva
de invalidez, destinada y prevista para mayores de 18 años y menores de
65 años que tengan una minusvalía o una enfermedad crónica en grados
iguales o superiores al 65 por ciento, otorga una protección integral a
estos beneficiarios ya que a la protección económica se le añade la
asistencia médico-farmacéutica, el acceso a los servicios sociales y, en
su caso, las asignaciones familiares.

También reconocemos el importante paso intermedio que supuso la Ley de
Integración Social de los Minusválidos, en tanto que la protección que
otorgaban las prestaciones no contributivas representan un cualitativo
avance respecto a los postulados discrecionales de la tradicional
asistencia social y vienen a configurar el régimen público de Seguridad
Social previsto en el artículo 41 de nuestra Constitución.

Me permito recordarle a su señoría que recientemente ha habido un
acontecimiento positivo en esta misma línea: la elevación sustancial de
las pensiones mínimas del sistema de Seguridad Social, tanto en sus
categorías contributivas como no contributivas, siendo estas últimas las
que más directamente afectan a estas cuestiones, ha tenido reflejo en
este ámbito. Estamos hablando de que la pensión no contributiva para el
supuesto de invalidez o incapacidad será incrementada en un 6 por ciento,
que es una cifra superior a lo que van a ser incrementadas la práctica
totalidad de las prestaciones. Por otra parte, existe un doble juego en
la cuantía de la pensión no contributiva, juego por el cual se eleva lo
que percibe el discapacitado pero, además, el límite de rentas actúa como
límite de rentas compatible con la propia testación.

Por tanto, en la línea de lo que señalaba su señoría, yo creo que ha
habido un doble beneficio: se ha incrementado la prestación no
contributiva de incapacidad en un 6 por ciento, que es un incremento
superior a las previsiones inflacionarias y, por otra parte, ese
incremento, dado el segundo valor en el que opera la prestación no
contributiva, que es como límite de rentas, permite mejores o mayores
márgenes de rentas a estos discapacitados. Digamos que tiene un doble
efecto, en ambos casos beneficioso para ellos.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Tiene la palabra para réplica el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Gracias, señor Secretario de Estado.

El incremento del 6 por ciento, que es superior al de otros colectivos,
es una buena noticia. No obstante, yo pienso, y así lo piensa el
colectivo de discapacitados, que para poder hacer una vida independiente
no es suficiente este incremento; tendría que ser, tal y como he expuesto
en la pregunta, lo suficientemente importante, aunque no digo que este 6
por ciento no lo sea, para que los discapacitados pudiesen vivir de una
forma independiente porque, como todos sabemos, dependen de otras
personas y tienen unos gastos farmacéuticos y sociales distintos a otros.

Hubiera deseado que, aparte de este aumento, usted me hubiese contestado
que existe esa posibilidad, pero no ha sido así.

Si me lo permite, voy a enlazar con la segunda pregunta, que también
afecta a los discapacitados. El actual sistema de pensiones no resulta en
absoluto motivador para el colectivo de las personas con discapacidad,
porque dejar de ser pensionista y pasar al mercado del trabajo o, mejor
dicho, pasar a ser un trabajador con el sistema actual, repito, no es
motivador.

Un sistema que permitiera la compatibilidad entre pensión y salario, con
vinculación a la suma real de los dos ingresos personales, acabaría con
la actual situación y permitiría un tratamiento adecuado para poder
acceder a un puesto de trabajo, aunque no se haya conseguido la plena
adaptación.

También considero que deberían ser compatibles los contratos a tiempo
parcial y las pensiones. En ese sentido, le formulo la siguiente
pregunta: ¿Está estudiando el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la
posibilidad de establecer un sistema que permita la compatibilidad entre
pensión y salario de las personas con discapacidad,



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con vinculación a la suma de los dos ingresos a nivel personal?



El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Vidal i Perpiñá.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Muchas gracias, señor Presidente.

Coincido con su señoría en que existen imperfecciones o insuficiencias en
materia de protección a los discapacitados. A mí se me antojan también
insuficientes las cuantías establecidas actualmente para la protección de
estos discapacitados y el esquema de compatibilidad que presenta nuestro
sistema de Seguridad Social entre rentas de trabajo y la propia
incapacidad permanente.

Sin duda, es sorprendente para muchos españoles que, teniendo muchos
ciudadanos --miles de ellos-- la consideración de incapacitados totales,
absolutos o gran invalidez --todas ellas categorías permanentes--, puedan
producirse situaciones --de hecho se producen-- como que simultáneamente
a la percepción de dichas prestaciones se esté trabajando y obteniendo
rentas salariales. En algunos casos ha sido motivo --por decirlo de
alguna manera-- de alerta social comprobar que podía producirse
compatibilidad entre pensiones relativamente altas y salarios
relativamente altos. Tenga en cuenta su señoría que aplicamos la
expresión «relativamente altos» una vez que nos situamos por encima de la
cuantía media de las pensiones o del salario.

En el acuerdo social alcanzado en octubre de 1996 hubo una amplia
referencia a la necesidad de mejorar esta situación. Creo que sí deben
establecerse nuevas reglas de compatibilidad en esta percepción, puesto
que puede ser de muy difícil comprensión para un ciudadano normal que
aquellas personas que están incapacitadas para la realización de
cualquier tipo de trabajo perciban importantes rentas salariales. Como
sin duda sabe su señoría, la única limitación que se establece a las
actividades de las personas calificadas como incapaces, bien totales,
absolutos o grandes inválidos, es que ese trabajo remunerado no altere la
condición física por la que fue declarado incapaz. Eso, evidentemente,
abre ciertos márgenes.

La iniciativa más razonable es una correcta modulación que permita que no
toda renta, por ser simplemente renta salarial, o toda pensión de
incapacidad, por el mero hecho de ser pensión de incapacidad, sea
incompatible. Tenemos que ser capaces de entender cuáles son los niveles
razonables de ambos parámetros, el salarial y el prestacional, para saber
cuáles deben ser considerados incompatibles. Así debe entenderse. En
cualquier caso, del acceso a las actividades laborales deben tener un
adecuado conocimiento las autoridades sanitarias y de la Seguridad
Social.

Dado lo delicado de la materia, he de decirle que, aun existiendo un
importante nivel de acuerdo entre empresarios y sindicatos, no se ha
considerado oportuno poner sobre la mesa normativa este tipo de
disposiciones. Creemos que deben cuidarse al máximo los detalles para no
incidir negativamente ni en las situaciones de carácter personal ni en
las de carácter empresarial y organizativo que puedan existir en la
actualidad. Coincido plenamente con su señoría en la necesidad de
arbitrar nuevos mecanismos de compatibilidad, y en ese sentido se
expresaba el acuerdo social alcanzado con la Unión General de
Trabajadores y Comisiones Obreras.

Por otra parte, en relación con la discapacidad su señoría sabe que se
han dado importantes avances en estos últimos años para resolver la otra
cuestión que formulaba: la facilidad de acceso a las prestaciones cuando
una persona alterna la condición de receptor de prestaciones y de
trabajador. En algunas prestaciones, como las no contributivas, también
se ha buscado y se ha conseguido que haya una gran facilidad de
recuperación de las prestaciones cuando una persona pierde el puesto de
trabajo, si éste era temporal y no estable. En ese sentido, aun
reconociendo los importantes avances que se han producido en estos
últimos años, coincido con su señoría en la necesidad de seguir mejorando
y perfeccionando estos esquemas.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Senador Vidal i Perpiñá, tiene la palabra.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Gracias, señor Secretario de Estado, por su
respuesta.

Usted hace referencia a la incapacidad permanente, correspondiente a
aquella persona que no puede trabajar por haber sufrido un accidente,
habiendo quedado inválida, aunque anteriormente sí ha estado trabajando
durante muchos años. Entiendo todo lo que usted ha comentado al respecto.

Pero yo estoy hablando del colectivo de los discapacitados, sea cual sea
el porcentaje de su discapacidad; es decir, de aquellas personas que sí
pueden trabajar, que están en condiciones de poder realizar una serie de
tareas y que perciben la pensión no contributiva establecida. Lo que yo
le estoy demandando es si es posible que esta persona que cobra una
pensión mínima encuentre un trabajo, sea a tiempo parcial o a tiempo
completo, y pueda recibir ambos ingresos: la pensión no contributiva y el
salario correspondiente por su trabajo.

Esta es la pregunta que a mí me interesa. Porque, en caso de que esto no
sea posible, aquella persona que cobra 40.000 pesetas como pensión no
contributiva rechazará un puesto de trabajo en el que le paguen 45.000
pesetas; y es lo lógico, para cobrar lo mismo trabajando que sin
trabajar, se queda como está. Precisamente formulaba mi pregunta en ese
sentido, para saber si en el colectivo de los discapacitados es posible
percibir la suma de los dos ingresos, que es lo motivador a la hora de
realizar una actividad remunerada.

Estoy de acuerdo en que se ha mejorado mucho en el tema de los
discapacitados, pero creo que con su respuesta no contesta la pregunta
que yo le he formulado.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.




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Señor Secretario de Estado, tiene la palabra.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Espero ser más eficaz, pedagógicamente hablando, que en la ocasión
anterior.

En el caso de las pensiones no contributivas, sabe su señoría que una
persona puede cobrarla --y me permito recordar que ha tenido un
crecimiento más enérgico que el resto de pensiones, concretamente un 6
por ciento-- y, además, percibir rentas --y no se especifica su origen,
por tanto incluye el salario laboral-- por una cuantía anual equivalente.

Luego en el primer caso estaría resuelto hasta esos límites. El límite de
protección, el determinado por la pensión no contributiva, y el límite de
rentas, el establecido por la propia cuantía anual de la pensión no
contributiva.

También le he dicho que en el caso de las pensiones contributivas, que
protegen a muchísimos discapacitados, no existe en el ordenamiento
jurídico español otra limitación que la actividad, remunerada o no, no
altere la condición por la cual fue declarado incapaz. Por tanto, puedo
garantizarle que en este momento hay personas --debe haber unos 50.000
perceptores de prestaciones de incapacidad permanente-- que reciben la
pensión y las rentas salariales, que en algunos casos son considerables.

Le digo esto para que se sitúe y oriente.

Coincido con su señoría en que en ambos casos hay que arbitrar mecanismos
de facilidad de acceso a las prestaciones, si se produce la pérdida de
empleo, y de recuperación de derechos. En ese sentido, ha habido en los
últimos años importantes mejoras. Se ha considerado que cuando una
persona procede de la protección no contributiva debe tener un
tratamiento diferente del de aquellas personas que no han tenido esa
protección con carácter previo. Las mejoras normativas han sido amplias,
en consenso político y social, y oportunas.

En cuanto al segundo de los casos, quiero insistir en que estamos
hablando de una cuestión que no sólo ha llamado la atención de algunas de
sus señorías y de la propia Secretaría de Estado, sino también la de los
firmantes del acuerdo de octubre de 1996 sobre consolidación y
racionalización del sistema de Seguridad Social, donde se hizo una
llamada específica que creo que afortunadamente está en un elevado punto
de madurez; pero, precisamente por la trascendencia social, colectiva e
individual que tiene, parece oportuno alcanzar cotas superiores de
perfeccionamiento.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Para formular la siguiente pregunta, tiene la palabra el portavoz del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Hasta ahora hemos estado hablando del colectivo
de discapacitados que trabajan por cuenta ajena, pero creo que también
hay un problema con las personas que desean iniciar una actividad; es
decir, las personas discapacitadas que desean comenzar un negocio, una
actividad laboral que --hoy por hoy-- pueden hacer perfectamente, el
teletrabajo. Esta puede ser una actividad por cuenta propia y, por tanto,
las personas que desean iniciarse en esa actividad tienen que darse de
alta en el régimen de autónomos.

Actualmente no hay ningún tipo de bonificación en el pago de las cuotas
al régimen de autónomos, a diferencia de los que trabajan por cuenta
ajena y que, por lo tanto, cotizan por el régimen general con las
bonificaciones establecidas, que las hay y las están aprovechando. La
diferencia está en que las empresas tienen bonificaciones al contratar
personas discapacitadas pero, en cambio, si un discapacitado quiere
iniciar una actividad no tiene ninguna bonificación en el régimen de
autónomos.

Por todo ello, le pregunto sobre las iniciativas que está estudiando el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para poder destinar
bonificaciones y ayudas de forma excepcional al colectivo de
discapacitados del régimen de autónomos de la Seguridad Social, que
permitan iniciar determinadas actividades, especialmente ahora que existe
una transformación del mercado laboral con nuevas posibilidades, con el
trabajo a domicilio a través de las nuevas tecnologías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias, señor Presidente.

Su señoría conoce, sin duda, que las dificultades son especialmente de
seguimiento, pero no son específicas del grupo de discapacitados. La
existencia en España de un grupo de más de 2.500.000 trabajadores
autónomos ha llevado, no a este Gobierno pero sí a los anteriores, a
replantearse algunas políticas de ayuda por la dificultad de seguimiento
o de control de este tipo de ayudas.

En modo alguno me gustaría que diese la sensación de que no existen
ayudas o posibilidades de apoyo eficaz a los discapacitados que deciden
emprender su aventura personal de autoempleo o de promoción de su empleo
porque, además, algunas de las ayudas son muy recientes o de
actualización muy reciente. En concreto, estoy hablando de la Orden
Ministerial de 16 de octubre de 1998 que estableció básicamente dos
grandes líneas de ayuda: en primer lugar, la subvención parcial, que
supone que aunque no hay bonificación de cuotas, sí la hay de intereses
de préstamos hasta un máximo de tres puntos del tipo de interés fijado
por la entidad que concede el crédito, y con un tope de 750.000 pesetas,
salvo casos excepcionales y expresamente autorizados por el Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales; y, en segundo lugar, una subvención de hasta
650.000 pesetas por inversión en capital fijo.

La Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales --que contó con
el voto de su señoría, sin duda-- incluyó también a los trabajadores
minusválidos que se conviertan en autónomos en el ámbito de aplicación
del abono de las prestación por desempleo en su modalidad de pago único.




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Además de estas medidas, los minusválidos que realicen un trabajo por
cuenta propia se pueden beneficiar --al igual que el resto de
trabajadores autónomos-- de las bonificaciones a la contratación que se
pretenden incluir en la ley de, acompañamiento a los presupuestos del año
2000 --hablo del futuro-- y entre las que se contemplan bonificaciones
específicas para la contratación de un primer trabajador por parte de los
autónomos. Ese es un salto cualitativo ya que se pasa de contratar
solamente a la propia persona a contratar también a otro ciudadano.

En consecuencia, sin perjuicio de las mejoras de las líneas de ayuda y
protección a los discapacitados que deciden emprender su trayectoria como
trabajadores autónomos, es bueno recordar las recientes medidas incluidas
en el ejercicio anterior, y en éste, que pueden resultar de utilidad y de
apoyo. Indudablemente, se vuelcan más en los aspectos de financiación y
formación de capital que en otros, pero creo que también el Gobierno está
abierto a su perfeccionamiento y mejora.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Para réplica, tiene la palabra el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Estoy de acuerdo con la explicación que ha dado
el señor Secretario de Estado y realmente existen bonificaciones, como he
dicho antes, en préstamos y en inversiones, con un máximo de 650.000
pesetas. También es cierto --y me alegro por los 2.500.000 autónomos que
existen en este país-- que en la ley de acompañamiento se establece una
bonificación para la contratación de un primer trabajador en autónomos,
pero no podemos olvidar que el colectivo de los minusválidos es
diferente. Son un millón de personas, algunas de las cuales quieren
iniciar su propio trabajo y, por sus características --como ya está
ocurriendo cuando se trata de contratación por cuenta ajena, tendrían que
tener algo especial con relación a los demás trabajadores autónomos. Esto
es, de alguna forma, lo que le estoy solicitando.

Existen bonificaciones y, en especial, la de los presupuestos para el año
2000, pero insisto en que tendría que haber un trato especial y
diferencial para este tipo de minusválidos.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Para dúplica, tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias, señor Presidente.

Sin duda, coincido con la preocupación que manifiesta su señoría, y el
grupo al que representa, respecto a los minusválidos y a los
discapacitados.

Estos procesos de discriminación positiva, sin duda ninguna, han quedado
acreditados por actuaciones bien recientes, como las que citaba del
ejercicio 1998, las que están en curso en éste y las previstas para el
próximo año. También estoy seguro de que van a tener cabida políticas de
acompañamiento y complementarias en dos áreas que, además, estoy seguro
de que son de la competencia y capacidad de las Comunidades Autónomas y
de los ayuntamientos para mejorar y perfeccionar por la vía de la
cooperación y la coordinación.

No olvidemos que si se trata de actuar en el ámbito de los servicios
sociales, es decir, de políticas discriminatorias positivas y
complementarias para los grupos de mayor dificultad, estoy seguro de que
también las distintas Comunidades Autónomas y ayuntamientos sabrán
valorar cuáles son las especificidades y peculiaridades que nos pueden
llevar a una actuación complementaria y coordinada de mayor intensidad y
eficacia.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO SOBRE LA
VALORACION QUE LE MERECE AL GOBIERNO LA ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO-LEY
15/1998 SOBRE CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL DE DURACION INDEFINIDA, CON
INDICACION DEL NUMERO DE LOS QUE SE HAN REALIZADO DESDE ENTONCES,
DESGLOSADO POR SEXOS (681/001528).




El señor PRESIDENTE: Para formular la siguiente pregunta, tiene la
palabra el portavoz del Grupo Parlamentario en el Senado de Convèrgencia
i Unió.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Voy a pasar a tratar otro tema. Esta pregunta
fue presentada hace ya algunos meses y, aunque estaba destinada a la
comparecencia de la Secretaria General de Asuntos Sociales, se la voy a
formular a usted. ¿Qué valoración le merece al Gobierno la entrada en
vigor del Decreto-Ley 15/1998 sobre contratos a tiempo parcial de
duración indefinida? Y, ¿cuántos contratos de esta naturaleza se han
efectuado desde su entrada en vigor, con indicación del porcentaje que
corresponde a hombres y mujeres?



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias, señor Presidente.

Como conoce su señoría, fue el Decreto-Ley 15/1998 el que efectuó una
nueva regulación del trabajo a tiempo parcial a fin de mejorar la
calidad, la voluntariedad y la protección social, para contribuir así a
un mayor desarrollo de este tipo de actividad como mecanismo de fomento
de empleo y de adaptabilidad organizativa en el seno de las empresas.

La nueva regulación se afrontó, asimismo, desde el objetivo de dotar a
este tipo de contratos de unas características



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que propiciaran su carácter estable, constituyéndose como una de las
alternativas a la excesiva extensión de la temporalidad en España.

Se decidió el apoyo a esta estabilidad mediante una serie de incentivos
en forma de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, que para
1999 fueron aprobadas por la Ley 50/1998; incentivos, por tanto, que
comenzaron a aplicarse el 1 de enero de 1999, un mes después del comienzo
de la vigencia del Decreto-Ley ya citado.

Por ello, para analizar la evolución que han tenido los contratos a
tiempo parcial de carácter indefinido, conviene tomar como referencia el
período transcurrido desde enero de este año, que es aquel al que se han
aplicado los incentivos. En el período enero-septiembre de 1999, datos de
los que se dispone, hasta la fecha, con el desglose por sexos, se han
realizado un total de 135.157 contratos indefinidos iniciales, a tiempo
parcial. De ellos, 55.929 se efectuaron con hombres, el 41,4 por ciento;
y 79.228 con mujeres, el 58,6 por ciento.

Además, en este mismo período de nueve meses, se han convertido en
indefinidos 68.858 contratos a tiempo parcial existentes, aunque
evidentemente temporales, de los que 22.964 correspondieron a varones, el
33,3 por ciento, y 45.894 a mujeres, el 66,7 por ciento. En estos datos
sobre conversiones se están contemplando todos los contratos que se han
convertido en indefinidos desde un contrato a tiempo parcial, por lo que
se incluyen tanto los que una vez convertidos continúan siendo a tiempo
parcial como los que se han convertido en contratos a tiempo completo, ya
que los incentivos funcionan en ambos casos. Por tanto, sumando contratos
iniciales y conversiones, el número resultante es de 204.015 contratos
efectuados entre enero y septiembre de este año, de los que 78.893, el
38,7 por ciento, se realizaron con hombres y 125.122, el 61,3 por ciento,
con mujeres.

Comprobando estas cifras con las del mismo período de 1998, se aprecia un
incremento en 1999 de un 61,6 por ciento; incremento que es mucho mayor
en lo referente a transformaciones, las cuales han aumentado desde las
24.188 en el período de enero a septiembre de 1998 a las 68.858 en igual
período de 1999; sería, por tanto, un crecimiento del 184,7 por ciento.

El aumento de los iniciales ha sido también muy significativo, del 32,4
por ciento, desde los 102.070 de 1998 a los 135.157 de 1999. Se trata,
por consiguiente, de cifras de una cierta relevancia que constatan el
efecto beneficioso de la línea seguida; igualmente se constata la mayor
implicación del sexo femenino en este tipo de contratos aunque,
evidentemente, como sin duda no se le oculta a su señoría, no aparece un
carácter de exclusividad. Si algunos de estos datos son de su interés,
lógicamente quedarían a disposición de la Presidencia unos anexos que
pormenorizan y desglosan las cifras que he citado.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Para réplica, tiene la palabra el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL Y PERPIÑA: Gracias, señor Presidente.

Con estos datos que usted nos ha facilitado ha contestado a la pregunta
para comprobar la evolución que ha tenido este contrato desde su
implantación. Por todos ellos, se ve claramente que hay un porcentaje de
dos terceras partes en mujeres y otro en hombres. Pienso que la
implantación de esta medida o la aprobación de esta ley está dando sus
resultados, de lo que todos nos debemos alegrar.

Por tanto, continuemos en esta línea, y es de destacar, tal y como usted
ha dicho, ese 66 por ciento de incremento de un año en relación con el
otro.

Nada más.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,



El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

¿Desea hacer uso del turno de dúplica el señor Secretario de Estado?
(Pausa.)



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALAN EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO
SOBRE LAS CARACTERISTICAS Y LA FECHA DE FINALIZACION, EN SU CASO, DEL
ESTUDIO QUE ESTA REALIZANDO EL GOBIERNO PARA LA CREACION DE UN NUEVO
SISTEMA ESTADISTICO DE MEDICION DE EMPLEO (681/001529).




El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos a la siguiente pregunta,
para cuya formulación tiene la palabra el portavoz del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Esta quinta pregunta está relacionada con las
dos estadísticas que están funcionando en la actualidad para medir el
paro, el Inem y EPA. Parece que ambas no pueden dar resultados idénticos,
evidentemente, porque, para empezar, buscan objetivos y utilizan métodos
diferentes.

La EPA, Encuesta de Población Activa del INE, Instituto Nacional de
Estadística, pretende conocer la situación en relación con el mercado de
trabajo de la población en edad de trabajar, viviendo con la familia.

Tiene una periodicidad trimestral y se elabora a partir de los datos que
en una semana determinada del trimestre se obtienen a partir de una
encuesta, si no me equivoco, de 64.000 familias. Los datos que
proporciona el Ministerio de Trabajo, en cambio, reflejan el nombre de
las personas que el último día de cada mes constan en las oficinas del
INEM como demandantes de trabajo.

El principal motivo de la discrepancia es que la definición de parado de
la EPA es más amplia que la del Inem; mientras que en la EPA es requisito
inicial tener más de 16 años, declarar no tener ocupación continuada, no
haber trabajado en la semana de referencia, estar disponible y buscar
trabajo en esa semana, en el Inem es requisito solamente estar registrado
como demandante de trabajo en una oficina del Inem y no tener trabajo, lo
que lleva a una serie de discusiones entre un tipo de estadística y la
otra como la referida a que son demandantes de trabajo por una duración



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inferior a tres meses al año, o el debate sobre la jornada reducida, o
sobre los estudiantes o sobre los trabajadores agrícolas y eventuales,
etcétera, cuestiones que en el Inem no quedan contempladas.

Estos colectivos con los que el Inem no cuenta a la hora de calcular la
tasa de paro forman parte del concepto de parado de la EPA que sigue los
criterios de la OIT. Pero parece que en muchas ocasiones la validez de
estas dos estadísticas resulta cuestionada por diferentes grupos,
asociaciones y también por la gente de a pie que tampoco sabe cuántas
personas hay paradas en un sitio o en otro, porque conocen unos datos por
un lado y otros datos por otro.

Mi pregunta es la siguiente: ¿Está estudiando el Gobierno la creación de
un nuevo sistema estadístico de medición de empleo? En caso afirmativo,
¿en qué consiste y cuándo podría estar ultimado?
Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias, señor Presidente.

Comprendo la preocupación de su señoría, que también lo es de muchos
ciudadanos, al comprobar que existe una pluralidad de presentación de las
cifras especialmente relacionadas con el desempleo y cuya concordancia no
es plena o absoluta, aunque, como sin duda alguna conoce, los perfiles
que presentan estos registros cuando se llevan especialmente a una
representación gráfica son enormemente paralelos; por decirlo claro,
cuando se produce una reducción enérgica de paro medido en términos de
Encuesta de Población Activa también se produce una reducción enérgica
del paro registrado en el Inem; en este caso, obedecería más al concepto
de demandantes de empleo.

La utilidad de las estadísticas es bien distinta. Sin duda alguna, una
encuesta, en este caso la de población activa, que cumple --conviene
decirlo-- todos los requisitos exigidos por la Unión Europea en materia
estadística, esto es, la validada y convalidada por el Registro
Estadístico EUROSTAT, tiene una utilidad eminentemente estadística y de
conocimiento antes que nada cualitativo de los problemas relacionados
tanto con la evolución del paro como con la evolución de la actividad o
la del empleo. ¿Cuál sería el problema de una encuesta de población
activa, si es que se puede hablar de problemas? Su carácter anónimo, lo
cual la hace inoperante de cara a actuaciones concretas de la
Administración que, por otra parte, debe preservar el propio anonimato y,
como también sucede en toda encuesta, incluyendo las electorales, tiene
un importante componente de subjetividad, de apreciación personal de
aquella persona que es requerida, algunas de las 64.000 familias citadas.

Por tanto, debemos saber que es perfectamente útil y valiosa, pero para
los fines para los que está prevista y diseñada, tanto por el Gobierno
español como por la Unión Europea.

Situación bien distinta son los registros en los que se constatan
circunstancias, por el contrario, absolutamente precisas en lo personal.

Las características de un buen registro es que sea lo menos anónimo
posible para que podamos determinar con absoluta precisión qué personas
son las que aparecen allí, bien como demandantes de un empleo o bien como
demandantes de una mejora de empleo, y que lógicamente puedan construirse
y articularse políticas efectivas. De ahí que, por ejemplo, cuando se
habla de cuántos son los parados de larga duración mayores de 45 años en
España, se comprenda la importancia, antes que nada cualitativa, que
pueda dar la Encuesta de Población Activa, pero espero que se comprenda
que con dicho dato de la encuesta difícilmente se podría actuar desde la
Administración.

Hecha esta observación, y quizá anticipando algunas de las preguntas
posteriores, he de decir que también se ha querido utilizar como elemento
de discrepancia el propio registro de afiliación a la Seguridad Social
que es, sin duda alguna, un registro. Y además de los problemas que he
ido describiendo, quizá la inexistencia de un registro de empleo sea la
carencia más notoria del mercado laboral español, que es no conocer con
absoluta precisión no ya cuántos españoles están parados, sino cuántos
españoles están ocupados y en concreto cuál es su ocupación. Dicho
registro hoy no existe, y por ahí van las preocupaciones que se han
manifestado por parte de distintos responsables políticos, entre los
cuales naturalmente me incluyo. Se ha constituido un grupo de trabajo el
día 20 de marzo de 1998, por encargo de quien creo que tiene la máxima
responsabilidad en esta materia, que es el Consejo Superior de
Estadística, en concreto, la Comisión Permanente de dicho Consejo
Superior. En este grupo de trabajo, que lógicamente dirige el Instituto
Nacional de Estadística, organismo estatal máximo responsable de nuestras
estadísticas, han participado expertos de distintos organismos de la
Administración del Estado y naturalmente también expertos de la propia
universidad, Consejeros de la Comisión Permanente del Consejo Superior y
representantes de organizaciones empresariales y sindicales. Por parte
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en este trabajo hemos
participado desde la Secretaría General Técnica, Subdirección General de
Estadísticas Sociales y Laborales, de la Tesorería General de la
Seguridad Social, desde el Instituto Nacional de Empleo, desde la
Dirección General de Trabajo y desde la Subdirección General de Estudios
sobre el Empleo.

El grupo, que ha finalizado recientemente su tarea, ha analizado datos
referidos a 1998, encontrando, después de armonizar los datos, algunas
discrepancias sobre las que se han barajado algunas hipótesis que podrían
explicar estas discrepancias. Por ello, se ha propuesto seguir
profundizando en este estudio; dicho de otra manera, todavía nos hallamos
en una fase que se podría denominar de carácter cualitativo, de ver
cuáles son esos problemas, y, ciertamente, si como consecuencia de estos
estudios se derivase la necesidad de acometer nuevos sistemas, se
propondrían, en el bien entendido de que dichos cambios metodológicos
deben tener varios requisitos. Sin duda, uno de los requisitos sería lo
que podríamos denominar calidad estadística o utilidad funcional; en



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segundo lugar, y me alejo de lo que serían aspectos metodológicos, un
importante consenso o aceptación social y política, porque, desde luego,
al menos a este Gobierno en modo alguno le interesa distorsionar o
presentar una realidad distinta a la que la propia sociedad contempla, y
lo digo como objetivo. De ahí que sea consciente --dada la importancia
que también tienen las estadísticas y los datos en el debate político--
de que uno de los requisitos para abordar cambios sería no sólo la
calidad técnica, no sólo el cumplimiento de los requisitos exigibles por
las autoridades de la Unión Europea, sino también que pudiera hacerse en
un clima de entendimiento político y social.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Para réplica, tiene la palabra el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias, señor Presidente.

Tengo pocas cosas que añadir. Esta explicación que nos ha dado el
Secretario de Estado es muy ilustrativa. Quizá, mucha gente se
cuestionaba si este grupo había finalizado los trabajos, y, como nos ha
señalado el señor Secretario de Estado, parece que va por buen camino.

Por tanto, me satisface la contestación del Secretario de Estado.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

Señor Secretario de Estado, ¿desea hacer uso del turno de dúplica?
(Pausa.)



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALAN EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO
SOBRE EL GRADO DE CUMPLIMIENTO QUE HA DADO EL GOBIERNO AL CONTENIDO DE LA
MOCION APROBADA EL DIA 22 DE FEBRERO DE 1998 POR EL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS, SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
(681/001530).




El señor PRESIDENTE: La siguiente pregunta es también del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, para cuya
formulación tiene la palabra su portavoz, el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias, señor Presidente.

La pregunta que voy a formular a continuación es muy simple, y se
relaciona con una moción que se aprobó en el Congreso de los Diputados el
día 22 de febrero de 1998 y que hacía referencia también al colectivo de
los discapacitados.

En esta moción se aprobaron trece puntos de los cuales, seguramente,
alguno habrá tenido respuesta, pero yo diría que la gran mayoría, no;
quizá, también alguno esté contemplado en la ley de acompañamiento de
este año.

Por tanto, mi pregunta es: ¿qué grado de cumplimiento ha dado el Gobierno
a los trece puntos que contiene dicha moción?



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Muchas gracias, señor Presidente.

Pido disculpas a la Presidencia y a los miembros de la Comisión, pero
cuando se pide el grado de cumplimiento de trece puntos habré de ser
necesariamente extenso, aunque trataré de agilizar al máximo la
contestación.

La descripción de la iniciativa parlamentaria la ha hecho ya su señoría,
y el primer punto de dicha moción era la modificación del actual sistema
de coeficientes de valoración determinantes del grado de minusvalía a que
se refiere el artículo 11 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de
Integración Social de los Minusválidos, y a dicho fin le diré, en primer
lugar, que se ha elaborado ya un proyecto de real decreto sobre
reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, que
se encuentra en un avanzado estado de tramitación. En la actualidad, para
ser concretos, se encuentra en la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Administraciones Públicas, siguiendo los trámites previos
para su aprobación en Consejo de Ministros. Como anexo a dicho proyecto
de real decreto figuran los nuevos baremos para la calificación del grado
de minusvalía que actualizan la metodología para la valoración de las
nuevas patologías, de acuerdo con las técnicas más modernas que objetivan
la valoración de discapacidad. Dichos baremos han sido elaborados por los
profesionales del área de valoración del Imserso y por especialistas de
facultades de medicina, participando asimismo los profesionales
responsables de valoración de las Comunidades Autónomas que fueron
consensuados.

Igualmente fueron presentados para conocimiento y formulación de
sugerencias a las asociaciones que forman parte del Consejo Estatal de
Personas con Discapacidad. En su elaboración se han tenido también en
cuenta los criterios y principios de la Organización Mundial de la Salud
insertos en la International Classification of Impairtiments,
Disabilities and Handicaps. Por otra parte, se han realizado cursos de
formación especializada para la aplicación de dichos baremos dirigidos a
expertos en valoración de todas las Comunidades Autónomas.

En segundo lugar, en cuanto a la valoración de posibilidades reales de
integración laboral de las personas con discapacidad, el Imserso ha
desarrollado un método para la valoración de capacidades y orientación
profesional de los ciudadanos con discapacidad. Este método y su soporte
informático están siendo cedidos mediante convenios de colaboración a
distintos organismos de las Administraciones central, autonómica y local,
así como a organizaciones no gubernamentales de minusválidos. El número
de convenios firmados ya, en desarrollo de este primer punto, asciende a
un total de 103.




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Respecto al segundo punto de la moción, que tenía como objetivo
garantizar la correcta aplicación de criterios de valoración a que se
hace referencia en el apartado anterior, y con el fin de hacer posible un
seguimiento de los itinerarios personalizados de integración social, creo
que pueden hacerse una serie de afirmaciones de desarrollo desde el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Se están actualizando los
registros de trabajadores minusválidos; se han elaborado ya las bases
para la cooperación entre el Inem, el Imserso y las Comunidades
Autónomas; dichas bases se presentarán a la Conferencia Sectorial de
Trabajo y Asuntos Sociales para su aprobación, y se han implantado quince
nuevos servicios de intermediación laboral adaptados a las personas con
discapacidad. Esta es una medida incluida en el Plan de Acción para el
Empleo del Reino de España para 1998, en su Directriz 19.

El tercer punto se refiere a estudiar la posibilidad de reforzar la
compatibilidad con los controles correspondientes entre la pensión no
contributiva y el ejercicio de aquellas actividades compatibles con el
estado del discapacitado. Creo que de alguna manera, y por brevedad
procesal, esta cuestión ya ha sido respondida.

Respecto a los puntos cuarto y quinto, en los que se pedía aprobar un
proyecto de ley que modificara el artículo 38 de la ya citada varias
veces LISMI, en relación a cuota de reserva en el sentido de establecer
una graduación en el porcentaje exigible de cuota, y estudiar la
posibilidad de crear un canon que permitiera compensar la obligación de
contratar personas discapacitadas para aquellas empresas que no
cumplieran con el límite mínimo de reserva de puestos de trabajo para
personas con disminución física, etcétera, debo decir que, en primer
lugar, la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social, modificó el artículo 38, introduciendo las siguientes novedades:
Primero, la obligación de las empresas con 50 o más trabajadores de
reservar el 2 por ciento de los puestos de trabajo para personas con
discapacidad, computando a tal efecto el total de trabajadores dados de
alta en la empresa, sea cual sea su modalidad de contratación y
cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquélla.

También se contempla la posibilidad excepcional de que las empresas
queden exentas de esta obligación de forma parcial o total, bien a través
de acuerdos recogidos en la negociación colectiva, bien por opción
voluntaria del empresario, siempre que se apliquen en ambos casos medidas
alternativas a determinar reglamentariamente. A este respecto se ha
elaborado ya un borrador de real decreto por el que se establece un
control más exhaustivo del cumplimiento de la cuota de reserva, y se
proponen, como sin duda interesa a su señoría, medidas alternativas de
carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por
ciento en favor de trabajadores discapacitados en empresas con más de 50
trabajadores. Este proyecto de real decreto ha sido ya objeto de dictamen
por parte del Consejo de Estado, por lo que su aprobación creemos que
podrá hacerse también en breve plazo.

Las medidas contempladas en el proyecto se refieren a realización de
contratos mercantiles, tanto de suministros como de prestación de
servicios, con un centro especial de empleo o un trabajador autónomo
discapacitado. Entre tales medidas alternativas no se contempla la
posibilidad de establecer un canon que permita compensar la obligación de
contratar personas con discapacidad. Como decía, se centran más en la
posibilidad de realización de contratos mercantiles, bien de suministros,
bien de prestación de servicios con centros especiales de empleo, o la
ayuda a un trabajador autónomo discapacitado, vía contrato.

En segundo lugar, la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y
del Orden Social, ha efectuado en su artículo 35 una modificación de la
Ley 8/1988, sobre infracciones y sanciones en el orden social,
tipificando como falta grave el incumplimiento de la obligación de
reserva o de la aplicación, en su caso, de medidas alternativas.

Y, en tercer lugar, se contempla, asimismo, el establecimiento por parte
de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de un mayor control del
cumplimiento de estas medidas.

En relación a los puntos --y agrupo también por razones procesales-- 6,
7, 10 y 11, que básicamente es la aprobación de nuevas normativas
reguladoras de los servicios de apoyo, regulación de los criterios por
los que un trabajador de los centros especiales de empleo puede
integrarse en el mercado ordinario de trabajo, el estudio de fórmulas de
empresas mixtas y la aprobación de un proyecto de ley que regulase los
llamados enclaves temporales, con respecto a los servicios de apoyo se ha
elaborado ya un borrador de proyecto de real decreto para la regulación
del empleo con apoyo, como instrumento de incentivación del empleo de las
personas con discapacidad. En dicho borrador, se contempla el enclave
--entre comillas-- como una posibilidad más de trabajo en las empresas
privadas y como instrumento que facilite la transición del centro
especial de empleo al empleo ordinario, así como el derecho de retorno de
aquellas personas que no pueden integrarse en la empresa ordinaria.

Por otra parte, se ha procedido también a la remodelación parcial de los
centros especiales de empleo, flexibilizándoles en la composición de la
plantilla y dotándolos de un cierto carácter mixto, modulando así las
subvenciones en función del porcentaje de trabajadores con discapacidad y
extendiendo la subvención salarial a los contratos a tiempo parcial, por
lo que no se considera procedente regular otro tipo de empresas, que
tendrían una gran incidencia en los centros especiales de empleo.

Y con el fin de que las relaciones laborales de los trabajadores
discapacitados se acerquen lo más posible al régimen jurídico de la
relación laboral común, se ha aprobado un Real Decreto, en concreto el
427/1999, por el que se regula la relación laboral de carácter especial
de los minusválidos que trabajan en los centros especiales de empleo.

El punto octavo conllevaba la aprobación de un real decreto de
actualización de medidas específicas de fomento y ocupación de los
trabajadores discapacitados, así como la creación e impulso de otras
nuevas, con el fin de facilitar la integración al mercado laboral de los
mismos. Pues bien, el día 8 de enero de 1999 se ha aprobado el Real
Decreto 4/1999, por el cual se modificaba el artículo 7 del Real Decreto



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1451/1983, en el sentido de aumentar la cuantía de las subvenciones, de
500.000 a 650.000 pesetas para contratación indefinida y a tiempo
completo de minusválidos, así como para extender la aplicación de los
incentivos a los contratos indefinidos a tiempo parcial que se realizasen
con este colectivo, en cuyo caso se reduciría la subvención
proporcionalmente a la jornada pactada. Y, asimismo, en la Orden de 16 de
octubre de 1998 se actualizaron las ayudas y subvenciones destinadas al
fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros
especiales de empleo y trabajo autónomo.

En el punto noveno, que trataba de dar cumplimiento a lo previsto en el
artículo 34 de la Ley 13/1982, el acuerdo interconfederal para la
estabilidad en el empleo, fruto de la negociación entre las
organizaciones empresariales y sindicales más representativas, contempló
la regulación de un contrato para la formación. En dicho acuerdo no se
consideró oportuno regular un contrato específico e independiente para el
colectivo de discapacitados, sino establecer dentro de esta normativa
general determinadas peculiaridades de aplicación cuando el contrato se
concertaba con un miembro de este colectivo. El nuevo tipo de contrato
fue regulado por el Real Decreto-Ley 8/1997, convertido posteriormente en
Ley 63/1997. Tampoco lo consideró necesario el Comité Español de
Representantes de Minusválidos, al estimar que el contrato para la
formación vigente en la actualidad contiene suficientes normas
específicas cuando se realiza con minusválidos, convirtiéndola en
perfectamente adaptable a las características del colectivo.

Respecto al punto 12, y último, en este caso por la agregación que antes
he hecho, poner en marcha políticas activas, en colaboración y/o junto
con el resto de las administraciones públicas, empresas y fundaciones,
que repercutan de manera más directa en el beneficio social y laboral de
las personas discapacitadas, debo decir que el régimen de ayudas al
empleo, destinadas a minusválidos, es el más amplio, con diferencia, de
los contemplados para cualquier colectivo de desempleados porque, en
primer lugar, contiene subvenciones y bonificaciones a la contratación
indefinida, tanto a tiempo parcial como completo, cuyas cuantías han sido
actualizadas bien recientemente, mediante el Real Decreto 4/1999, de 8 de
enero. En segundo lugar, porque un amplio régimen de ayudas a centros
especiales de empleo y a la constitución de trabajadores en autónomos,
actualizadas también recientemente por la Orden de 16 de octubre. En
tercer lugar, porque existe un programa anual de fomento de empleo
temporal para este colectivo, como vía de inserción hacia un trabajo más
definitivo y que es aplicable con exclusividad al grupo. En cuarto lugar,
porque la actualización de las subvenciones para las personas con
discapacidad se ha realizado también con la debida frecuencia y, en
concreto, en la Orden de 29 de diciembre de 1998. Y, finalmente, porque,
además de las ayudas económicas, los minusválidos tienen preferencia de
acceso a todos los programas de apoyo al empleo y a la intermediación
laboral, como son los de formación profesional o los planes de apoyo a la
colocación y búsqueda de empleo, incluyéndose objetivos específicos y
ambiciosos sobre ellos en los planes anuales de acción para el empleo.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Tiene la palabra para réplica el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias, señor Presidente.

Sabía que esta pregunta era muy amplia porque esta moción contempla,
precisamente, 13 puntos. Yo sólo quiero recordar que esta moción data del
día 22 de septiembre de 1998 y que instaba al Gobierno para que, en un
plazo de seis meses, tomara toda esta serie de medidas. Por lo que veo,
prácticamente todas están encaminadas a lo mismo, aunque en un plazo
superior, a excepción, quizás, de los puntos 8, 10 y 11. De todas formas,
podemos comprobar que en este momento el Gobierno está desarrollando
punto por punto cada uno de los apartados de esta moción que se aprobó.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO SOBRE EL
IMPORTE DE LOS SALARIOS DE TRAMITACION PAGADOS POR EL ESTADO A LAS
EMPRESAS DURANTE 1997 Y 1998 COMO CONSECUENCIA DE HABERSE DICTADO LA
SENTENCIA QUE DECLARA LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO PASADOS «SESENTA DIAS»
DESDE LA PRESENTACION DE LA DEMANDA, CON INDICACION DEL NUMERO DE
EMPRESAS QUE HAN RECLAMADO DICHOS SALARIOS DE TRAMITACION Y DE LAS
PREVISIONES DEL GOBIERNO PARA EL SUPUESTO DE QUE SEA EL TRABAJADOR QUIEN
RECLAME LOS MISMOS EN LUGAR DE LA EMPRESA (681/001531).




El señor PRESIDENTE: Para formular la siguiente pregunta, tiene la
palabra el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergencia i Unió.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Esta pregunta hace referencia a la tramitación
de los salarios pagados por el Estado a las empresas como consecuencia de
una sentencia que declare la improcedencia del despido, dictada
transcurridos más de «sesenta días» hábiles desde la fecha en que se
presentó la demanda. Posteriormente el empresario podrá reclamar del
Estado el ahorro de la percepción económica, a la que se refiere el
párrafo b) del apartado 1 del artículo 56, satisfecha al trabajador,
correspondiente al tiempo que exceda de dichos «sesenta días».

Yo le pregunto: ¿Cuál es el importe de los salarios de tramitación
pagados por el Estado a las empresas durante los años 1997 y 1998, como
consecuencia de haberse dictado



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la sentencia que declara la improcedencia del despido más allá de los
«sesenta días»?
¿Cuántas empresas han reclamado a la Administración dichos salarios de
tramitación y --que es lo importante-- tiene previsto el Gobierno que en
caso de un despido sea el trabajador quien reclame directamente a la
Administración los salarios de tramitación que excedan de «sesenta días»
y no la empresa, como ocurre actualmente?



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez): En
cuanto a los datos conocidos y relacionados con los años citados por su
señoría, en 1997 se produjeron 726 resoluciones estimatorias, que han
supuesto el abono de 1.207 millones, 351.989 pesetas en salarios de
tramitación pagados por el Estado.

Durante 1998 las resoluciones estimatorias han sido de 817 y el importe
de los salarios ha ascendido a una cantidad en este caso inferior, de
1.161 millones 6.516 pesetas. Como verá, se produce una reducción.

En cuanto al hecho de que pudieran ser los trabajadores quienes
reclamasen directamente los salarios de tramitación, se señala que con
arreglo a la normativa anterior a 1990, artículo 1.a) del Real Decreto
924/1987, era el trabajador el que podía reclamar estos salarios de
tramitación, ya que el empresario no estaba obligado a su pago. Sin
embargo, fue la reforma de la Ley de Procedimiento Laboral de 1990 la que
estableció como novedad la obligación del empresario de abonar dichos
salarios y la posibilidad de éste, por tanto, de reclamarlos
posteriormente al Estado, salvo en el supuesto de insolvencia provisional
del empresario, en cuyo caso es el trabajador el que puede reclamar
directamente al Estado su abono. Esta reforma, que se ha mantenido en el
artículo 116 de la Ley de Procedimiento Laboral de 1995, Real Decreto
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, tiene su razón de ser en el artículo
56 del Estatuto de los Trabajadores, que se refiere a los salarios
dejados de percibir y a la obligación por parte del empresario --recojo
literalmente el Estatuto-- de mantener en alta al trabajador durante el
período comprendido entre la fecha del despido y la notificación de la
sentencia judicial. Esta es la razón por la que --insisto-- no está
previsto hacer una modificación superior a la ya descrita.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Para réplica, Tiene la palabra el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias.

Pienso que la explicación ha sido clara y que debemos continuar con la
Ley de 1990. He hecho esta pregunta porque he tenido diferentes
peticiones de muchos empresarios, pero, sobre todo, de pequeños
empresarios. En muchas ocasiones ellos no solicitan estos salarios y
quería saber si era posible, de alguna forma, trasladar la cuestión a los
trabajadores. Por la respuesta que usted me ha dado parece que debemos
mantenernos en la Ley y en el Estatuto del año 1990.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

¿Quiere hacer uso del turno de dúplica? (Denegaciones.)



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALAN EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO
SOBRE LA EVOLUCION EXPERIMENTADA DESDE 1996 HASTA 1998 POR LOS INGRESOS
DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ESPECIALMENTE LOS REFERIDOS A COTIZACIONES,
FRENTE A LOS GASTOS CUYA PARTIDA PRINCIPAL SON LAS PRESTACIONES, CON
INDICACION DE LAS PREVISIONES PARA 1999 Y DE LA REPERCUSION EN LA
SITUACION FINANCIERA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (681/001532).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente y última pregunta del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergencia i Unió para cuya
formulación tiene la palabra el portavoz del mismo.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias.

La pregunta es muy simple. Precisamente, esta pregunta hace referencia a
los ingresos de la Seguridad Social y, quizás, ya tengamos muchos datos.

La pregunta es: ¿Qué evolución han experimentado los ingresos de la
Seguridad Social, especialmente los referidos a cotizaciones, frente a
los gastos cuya partida principal son las prestaciones en los años 1996,
1997, 1998, y las previsiones para 1999, y cómo afecta a la situación
financiera del sistema de la Seguridad Social?



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Muchas gracias, señor Presidente.

Si antes procedía pedir disculpas por extensión, en este caso las pido
por el contenido estrictamente numérico y en cifras que le puedo dar a su
señoría.

Los ingresos totales del sistema en el año 1996 se situaron en 11
billones 487.337 millones de pesetas. En 1997 fueron de 12 billones
217.983 millones; en 1998, de 13 billones 44.435 millones; en 1999, de 13
billones 245.790 millones. Tal vez sea más fácil comprender que los
incrementos fueron, en el paso de 1996 a 1997, del 6,36 por ciento; en el
siguiente tránsito, de 1997 a 1998, del 6,76 y, en el último tránsito,
del 1,54.

Las cotizaciones en dichos ejercicios fueron de 7 billones, 23.432
millones en el primero de los casos; de 7 billones 436.801 millones en el
segundo; en el ejercicio 1998, 7 billones 886.934 millones y, en 1999, de
8 billones



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263.822 millones. Dejaré a disposición de la Presidencia y de los
servicios de taquigrafía de la Cámara el cuadro para facilitar esta labor
que entiendo si no tediosa sí por lo menos complicada.

Los gastos totales correspondientes a dichos ejercicios fueron, en 1996,
11 billones 560.883 millones de pesetas; en 1997, 11 billones 949.182
millones; 12 billones 653.783 millones en el ejercicio de 1998, y 13
billones 245.790 millones para el año 1999. Sobra decir que todos los
datos referidos al ejercicio de 1999 son una previsión, aunque nos
hallemos en el mes de noviembre y, en consecuencia, tengamos un
conocimiento más que razonable de la evolución del ejercicio.

Las pensiones contributivas también admiten una desagregación que queda a
su disposición en el cuadro que posteriormente le adjuntaré. También se
desagregan las demás prestaciones contributivas.

¿Cómo podría resumirse esta situación financiera? En el año 1996 hay una
desviación del total de recursos sobre gastos de 58.816 millones
negativos, puesto que fueron mayores los gastos totales que los ingresos.

En 1997, sin embargo, la situación es ya positiva y podemos hablar de
268.801 millones de pesetas. Y en 1998 la cifra es de 390.652 millones
positivos.

Las desviaciones por operaciones financieras, imprescindibles para
conocer esta situación, fueron respectivamente de 422.069 millones de
pesetas en el año 1996; de 505.042, en el año 1997, y de 475.419 en el
año 1998.

Por operaciones no financieras tenemos --todas son cifras negativas--
480.885 millones en el año 1996; 236.241 millones en el año 1997, y
84.767 en el año 1998.

Hechas estas observaciones y dejando --insisto-- el cuadro a disposición
de la Presidencia y de los servicios de la Cámara, me permitiría destacar
que, evidentemente, se ha producido un saneamiento muy significativo del
sistema. De una desviación, en este caso de un déficit, medido en
términos de Producto Interior Bruto, de aproximadamente el 72 por ciento
en el año 1995, equivalente a medio billón de pesetas, podríamos estar en
condiciones de alcanzar un equilibrio o de aproximarnos muchísimo al
equilibrio en el actual ejercicio del año 1999. El Presidente del
Gobierno ha anunciado la posibilidad de que frente al objetivo inicial de
0,1 por ciento del Producto Interior Bruto de déficit para este ejercicio
estuviésemos ya en la mitad o, incluso, en una cuantía inferior, esto es,
situándonos por debajo del 0,05 por ciento del Producto Interior Bruto.

Las previsiones son optimistas al contemplar, para el próximo ejercicio
del año 2000, en el proyecto de ley de presupuestos la existencia de un
excedente que permitiese la dotación del fondo de reserva. Dicho de otra
manera, podría hablarse de un esfuerzo de saneamiento superior al medio
billón de pesetas o superior, en este caso, a más de siete décimas del
Producto Interior Bruto, el que ha tenido el sistema en estos tres
últimos ejercicios como consecuencia de una correcta aplicación de las
premisas y metodologías contempladas; en el gran acuerdo político
denominado Pacto de Toledo.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Tiene la palabra el Senador Vidal i Perpiñá.




El señor VIDAL I PERPIÑA: Muchas gracias, señor Presidente.

Aquí se han dicho muchos números, pero lo que interesaba --a mí en
particular y a todos-- era saber la evolución en los últimos años y cómo
sería en los sucesivos.

Quería preguntar otra cosa más. ¿Cómo puede afectar el envejecimiento de
la población en este sistema en los próximos años? Todos sabemos que ésta
es una preocupación de los que estamos aquí y, sobre todo, de los que
están fuera de aquí. La Comisión Europea también ha hecho algunas
recomendaciones sobre el plan de estabilidad español y ha hecho hincapié
en introducir una mayor racionalización en el sistema de la Seguridad
Social. Vistos todos los datos que usted nos ha dado hasta el momento,
visto el resumen que, en definitiva, es lo que interesaba, ¿cómo puede
afectar el envejecimiento en los próximos años? Quisiera que me lo dijera
de una forma clara, sin cifras.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias.

Voy a intentar ser breve y conciso en una materia que, desde luego, es
importante, transcendente, compleja y en la que, naturalmente, hay que
hacer apuestas o hipótesis de futuro.

Allá por el año 2020 España puede tener por encima del 20 por ciento de
la población con edad igual o superior a 65 años. Este es un dato que nos
debe llevar a adoptar cuantas medidas permitan que lo que hoy es una
realidad, una situación solvente, consolidada y más racional del sistema
de Seguridad Social pueda seguir siéndolo en iguales fechas.

¿Cuál es la situación relativa de España? No es que España no vaya a
tener un problema de envejecimiento. A su favor está el hecho de que así
como la recuperación demográfica de todos los países implicados en la
Segunda Guerra Mundial fue prácticamente inmediata a la finalización de
dicho conflicto --ya se están produciendo las jubilaciones o están a
punto de producirse jubilaciones muy numerosas en estos países
centroeuropeos y norteamericanos--, en España la recuperación demográfica
no se lleva a cabo hasta bien entrados los años sesenta, como sin duda
ninguna conocen sus señorías.

Esto quiere decir, no que no vaya a haber un problema, que lo habrá en
España, sino que tenemos mucho más tiempo para poder organizar y
articular las medidas apropiadas. Y, por otra parte, tenemos también la
oportunidad de observar aquellos cambios racionales y lógicos que otros
países, que tradicionalmente han servido de referencia, llevan a cabo y
cuya experiencia puede ser útil para España.

Permítame, sin embargo, que le diga que no hay duda de que algún cambio
positivo sí ha habido, no sólo en las



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cifras sino también en el ánimo de los analistas. Quienes auguraban
problemas inmediatos en el sistema de Seguridad Social español, esto es,
a plazos tan breves como tres y cinco años, en los entornos de
elaboración del propio Pacto de Toledo --años 1994-1995--, han cambiado
radicalmente de opinión, puesto que ahora los más pesimistas auguran
problemas alrededor del 2020-2025. España tiene ante sí una oportunidad
muy clara. Puede y debe envejecer. A mí me alegra personalmente que los
españoles y las españolas vivan cada vez más años y con mayor calidad de
vida. Debe llevarnos a actuar en líneas de racionalidad. No parece
compatible que las carreras o períodos de cotización sean cada vez más
breves y, sin embargo, el período de disfrute de las percepciones sea
cada vez más largo. Por fortuna tenemos una legislación lo
suficientemente sensata y prudente, sobre todo en términos relativos
frente a otros países, como para no tener necesidad de plantearnos
grandes cambios sino simplemente administrar con prudencia y cordura
nuestro ordenamiento jurídico y nuestras posibilidades económicas, sobre
todo porque en estos tres últimos años --y esto es lo más positivo--
hemos podido comprobar que no estábamos sujetos a ninguna maldición
fatalista de imposibilidad de crear nuevo empleo y que, por otra parte,
ese empleo tuviese los perfiles de calidad y de contributividad, y me
refiero al hecho de cooperar y de contribuir al sostenimiento de la
Seguridad Social con la debida energía. Sinceramente, todavía queda un
importante trecho por recorrer, y al igual que debemos preocuparnos por
el hecho inquietante de que nuestra sociedad no sea capaz de mantener
siquiera su número de efectivos --hecho también inquietante--, y de que
ésta envejezca, creo que ante nosotros, de manera mucho más inmediata,
tenemos la obligación y la preocupación de intentar seguir creando
riqueza y empleo, especialmente para dar oportunidades a tantos jóvenes
como desean, en este caso, incorporarse al mercado de trabajo y, por qué
no decirlo, contribuir a la mejora de los sistemas de protección social.

Esos son los retos a más corto plazo y en los que no puede darse ningún
grado de desistimiento por parte de la sociedad española.

Es indudable que envejeceremos, pero le aseguro que ése no es el problema
más inmediato ni más urgente que tiene la Seguridad Social. Yo prefiero
verlo desde el lado positivo y feliz de que los españoles, y de manera
especial las españolas, viven cada vez más y con mejor calidad de vida.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.




--DE DON MANUEL CABALLERO MUÑOZ, DOÑA MARIA DEL CARMEN GRANADO PANIAGUA Y
DON MANUEL NIETO LEDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, SOBRE LAS
PREVISIONES DEL GOBIERNO ACERCA DE LA CREACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
DE UNA AGENCIA DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN AZUAGA
(BADAJOZ), CON INDICACION DEL COSTE ECONOMICO QUE SUPONDRIA SU CREACION Y
DE LA VALORACION DE LOS ACUERDOS QUE EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE AZUAGA
HA TOMADO EN RELACION CON ESTE ASUNTO (681/001050).




El señor PRESIDENTE: Pregunta de los Senadores Caballero Muñoz, Granado
Paniagua y Nieto Ledo. Veo presentes en la sala a dos de ellos: al
Senador Caballero Muñoz y a la Senadora Granado Paniagua. ¿Cuál de los
dos desea formular la pregunta? (Pausa.)
Tiene la palabra el Senador Caballero Muñoz.




El señor CABALLERO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente, señorías, señor
Secretario de Estado.

El día 25 de enero del año 1993, el Pleno del Ayuntamiento de Azuaga, por
unanimidad de todos los concejales y concejalas presentes, acordó la
cesión gratuita a la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de un
edificio de dos plantas situado en la calle Carolina Coronado, número 14,
de dicha localidad extremeña, edificio que tiene aproximadamente 477
metros cuadrados. Desde entonces, se instaló en ese edificio un centro de
atención e información de la Seguridad Social. Viene funcionando con un
resultado creo que bastante satisfactorio. Hay que decir que la zona de
influencia del centro se extiende a 22 municipios que superan en total
más de 39.000 habitantes. Durante el año 1998, según datos del propio
Gobierno, se atendió un total de 17.772 consultas presenciales y se
inició a través de la red informática, un total de 277 expedientes de
prestaciones, siendo la presión de demanda del centro, durante el pasado
año 1998, de 44 consultas por cada cien habitantes. Muy recientemente, el
día 29 de enero del año 1999, el Pleno del Ayuntamiento de Azuaga, de
nuevo, a instancias de la entonces alcaldesa del Partido Popular de esta
localidad, solicitó al Gobierno la ubicación en dicho edificio de una
Agencia de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por ello, señor Presidente, señorías, formulamos las siguientes
preguntas.

¿Qué previsiones tiene el Gobierno en torno a la creación y puesta en
funcionamiento de una Agencia de la Tesorería General de la Seguridad
Social en Azuaga (Badajoz).

En segundo lugar, ¿qué coste económico supondría la creación de dicha
oficina?
Por último: ¿Qué valoración hace el Gobierno sobre los acuerdos que el
Pleno del Ayuntamiento de Azuaga ha adoptado en relación con este asunto?
Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias. Presidente.

Comenzando por el final, diré que siempre se valora positivamente todo
ánimo de cooperación que exista entre



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las administraciones locales y la Seguridad Social. También hay que
considerar positivo el esfuerzo realizado por el Instituto Nacional de la
Seguridad Social de inversión y adaptación de los locales por valor de 33
millones de pesetas.

Por supuesto, estamos interesados en mejorar los aspectos no sólo
relativos a la prestación sino también a la recaudación de la Seguridad
Social, que es a lo que se referiría la posibilidad de establecer una
oficina de la Tesorería General. Pero también entenderá su señoría que
ahora que ya se están culminando ciertos procesos de adaptación
informática y de mejora de la gestión de la propia recaudación estemos
siendo especialmente, prudentes, no en el caso singular que me cita de
Azuaga, sino en el conjunto de actuaciones de la Tesorería, a la hora de
pensar en nuevas oficinas convencionales. Estoy seguro que conoce lo que
en su día fue proyecto y hoy es sistema red que permite, por ejemplo, que
cualquier pequeño o mediano empresario español, desde un simple ordenador
personal, pueda realizar las operaciones o transacciones clásicas para
las que antes debía acudir físicamente a una oficina de la Seguridad
Social, pueda dar altas, pueda dar bajas, pueda comunicar modificaciones,
pueda efectuar, además, los ingresos económicos a través de cualquier
entidad financiera del sistema privado español. Esta es la clave. Ya no
estaríamos ante oficinas tan clásicas o tan convencionales, sino
probablemente antes estructuras que pueden ser incluso alojadas o
acomodadas allá donde ya existe un centro de atención e información de la
Seguridad Social, esto es, donde ya existen centros del Instituto
Nacional de la Seguridad Social. Porque es indudable que también se ha
producido en estos años un avance, yo diría que importantísimo y
decisivo, en cuanto a aplicaciones tecnológicas e informáticas que,
felizmente, evitan la inmensa mayoría de presencias físicas en nuestras
oficinas de Tesorería. Por esa razón queremos extremar al máximo la
prudencia a la hora de poner en marcha nuevas oficinas, y no quiero
singularizarlo al caso de Azuaga, sino extenderlo al conjunto de la red
de la Tesorería, que está sujeta a una reformulación a la luz de estos
nuevos sistemas.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.




Tiene la palabra el Senador Caballero.




El señor CABALLERO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Gracias, señor
Secretario de Estado por su respuesta.

En primer lugar, debo decirle que no me ha contestado a la segunda de las
tres preguntas, que es la relativa al coste económico que, en su opinión,
conllevaría la posible creación de dicha oficina.

Todo lo que ha manifestado usted es verdad, pero yo conozco bien la
comarca de la campiña sur en Badajoz y puedo decirle que la mayoría de la
gente sí se tiene que seguir desplazando a Zafra o a Badajoz, que es
donde están las agencias de la Tesorería de la Seguridad Social más
cercanas, para hacer las gestiones.

Pensamos que no sería ninguna locura el aprovechamiento de este magnífico
edificio, que tiene cedido el Ayuntamiento --ya he comentado que son 477
metros cuadrados en Azuaga--, para instalar esta oficina. Además, en su
día, la alcaldesa y el grupo de gobierno del Partido Popular, hoy en la
oposición en esta localidad de Azuaga, tuvo razón al pedir al Gobierno
esta reivindicación.

Nosotros seguiremos reivindicando la creación en Azuaga de una Agencia de
la Tesorería General de la Seguridad Social, porque en las últimas
elecciones del día 13 de junio, en el programa electoral del Partido
Socialista en Azuaga, que fue ratificado por los órganos provinciales y
regionales competentes de mi partido en Extremadura, se decía, entre
otras cosas, que se iba a impulsar la ampliación de la oficina de la
Seguridad Social con los servicios de la Tesorería y Recaudación.

Comprenda que es un compromiso con los ciudadanos de esa localidad al que
los socialistas no vamos a renunciar en ningún momento, aunque
estuviéramos en la oposición en aquella localidad y mucho menos,
lógicamente, estando en el gobierno.

Y le agradecería, en último lugar, que me contestara en este próximo
turno la segunda pregunta relativa al coste económico, ya que no lo hizo
antes.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias, Presidente.

Supongo que a su señoría le causaría perplejidad que yo afirmase mi
compromiso de instalar una serie de farolas o de parques en Azuaga --que
me imagino que también es algo de lo que estarían encantados sus
habitantes--, es decir, que me parece perfecto que en los programas
electorales se incluyan competencias de otras Administraciones. Sepa
también su señoría que en el ánimo de la Seguridad Social está el dotar a
Azuaga, tanto en el área prestacional del INSS como de recaudación, de
los máximos y mejores servicios posibles; tenga la certeza de que está en
el ánimo de la Seguridad Social.

El coste económico no sería precisamente una cifra repetitiva o
reiterativa de la que en su día supuso adaptar un edificio de estas
características, puesto que, tal y como intentaba explicarle,
probablemente puedan optimizarse las instalaciones ya existentes por la
simple incorporación de nuevos elementos informáticos. Me permito
recordarle que el sistema Red permite que desde cualquier punto de
España, e incluso desde cualquier oficina de cualquier pequeño o mediano
empresario o graduado social, puedan llevarse a cabo todas las
transacciones de altas y bajas, convencionales y ordinarias; como, por
otra parte y sin duda sabe, el ingreso de las cotizaciones no requiere
tampoco acudir en la gran mayoría de los casos a las propias oficinas de
la Tesorería sino que es suficiente con acudir a cualquier entidad
financiera, estoy seguro de que podremos



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encontrar fórmulas que reduzcan --y también estoy seguro de que su
señoría lo considera positivo-- los gastos de administración
innecesarios. Porque supongo que su señoría comparte conmigo la idea de
que cuando estamos hablando de cotizaciones que tanto cuesta pagar a
empresarios y a trabajadores, y cuando estamos hablando de la posibilidad
de mejorar prestaciones, es deseable todo aquello que suponga economizar
o moderar los gastos administrativos y que pueda aplicarse a un menor
esfuerzo de quien cotiza o a unas mejores prestaciones de quienes las
perciben. Seguro que va a haber entendimiento entre ambas
Administraciones en esa línea de intentar ver si con simples adaptaciones
de proyectos informáticos y tecnológicos ya en marcha es posible dotar
también de las máximas y mejores condiciones a Azuaga.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.




--DE DON MANUEL CABALLERO MUÑOZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA,
SOBRE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ A LOS QUE SE LES HA
CONCEDIDO DESDE ENERO DE 1997 LA CREACION DE CASAS DE OFICIO
(681/001563).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente pregunta, del Senador don
Manuel Caballero Muñoz, que tiene la palabra para su formulación.




El señor CABALLERO MUÑOZ: Con toda brevedad, la doy por formulada en sus
propios términos.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias.

Señoría, entiendo que es la pregunta que se refiere a la creación de
casas de oficios desde el día 1.º de enero de 1997.

Los ayuntamientos a los que se ha aprobado casas de oficios desde el 1.º
de enero de 1997 hasta la fecha son los siguientes: Pueblo Nuevo,
Aceuchal, Villalba de los Barros, Solana de los Barros, Maguilla,
Calzadilla de los Barros, Calamonte, Oliva de la Frontera, Zahinos,
Granja de Torrehermosa, Alburquerque, Badajoz, Cabeza de Vaca,
Barcarrota, Alange, Llerena, Azuaga y Herrera del Duque.

Además se han aprobado otros proyectos de casas de oficios no promovidos
por un ayuntamiento específico sino por otras entidades, como son el caso
de la Fundación Formación y Empleo (Forem), en la localidad de Badajoz;
la Mancomunidad de Servicios de Espárragos, en Esparragosa de la Serena;
la Mancomunidad de Municipios Lacimurga, en Esparragosa de Lares y Puebla
de Alcocer; la Mancomunidad de Servicios de San Pedro de Mérida, en San
Pedro de Mérida, o la Federación Estatal de Trabajadores de la Tierra, en
Trujillanos. Existe también un listado de los proyectos que han
funcionado en la provincia de Badajoz en el período considerado y que,
lógicamente, dejo a disposición de la Presidencia.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Para réplica, tiene la palabra el señor Caballero.




El señor CABALLERO MUÑOZ: Con su permiso, señor Presidente.

Con toda brevedad, solamente quiero agradecer la respuesta del Secretario
de Estado, que analizaremos desde el punto de vista político en nuestra
provincia como nos parezca más conveniente.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

¿Quiere hacer uso del turno de dúplica el Secretario de Estado? (Pausa.)



--DE DON JOSE CASTRO RABADAN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, SOBRE
LAS MEDIDAS PREVISTAS POR EL GOBIERNO PARA EVITAR EL CRECIMIENTO DEL
DESEMPLEO EN LA PROVINCIA DE SALAMANCA (681/001482).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a las dos preguntas que anteriormente se
advirtió a la Comisión que quedaban para el final, que son las
presentadas por el Senador Castro Rabadán.

Para la formulación de la primera de ellas, tiene la palabra el Senador
preguntante.




El señor CASTRO RABADAN: Gracias, señor Presidente, por la atención de
haber retrasado las preguntas, con lo cual he podido cumplir con otras
obligaciones anteriores.

Voy a exponer brevemente al Secretario de Estado una pregunta que es del
11 de marzo y que, por lo tanto, ha cambiado formalmente, aunque el fondo
sigue teniendo vigencia.

El desempleo es uno de los problemas graves de la provincia de Salamanca,
si no el más grave, y según la Encuesta de Población Activa del tercer
trimestre de 1999 --que llegó a mi poder esta misma mañana-- la tasa de
paro alcanza la cifra de un 17,75 por ciento en hombres y en mujeres un
28,40 por ciento. En los dos últimos meses del año 1999, septiembre y
octubre, el número de desempleados inscritos en las oficinas del Inem ha
aumentado en Salamanca en más de 600.

La excesiva rotación y contratación temporal no ayuda a conseguir mejores
resultados. Estos datos deberían constituir una llamada de atención al
conjunto de las Administraciones, agentes sociales y económicos para
impulsar medidas de choque con el fin de evitar la tendencia en la
destrucción del empleo y la disminución de la población empleada en la
provincia de Salamanca. Sin embargo en la ciudad de Salamanca no hay
ninguna escuela-taller funcionando



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--me refería en la fecha de 11 de marzo--, ni se ha creado ninguna en los
últimos años, lo que indica cierta desidia ante este grave problema. En
una respuesta del Ministerio a una pregunta sobre escuelas-taller se me
contestó a principios de año lo siguiente: Desde el año 1995 únicamente
ha sido aprobada una escuela taller en la ciudad de Salamanca, denominada
«Ciudad de Salamanca», su fecha de inicio fue el 11 de diciembre de 1995
y terminó el 10 de diciembre de 1997, con una inversión de 155 millones
de pesetas. Posteriormente no tengo noticia de que se haya creado ninguna
otra y desconozco por el momento si hay alguna otra por iniciativa
provincial. Por ello pregunto al señor Secretario de Estado, es decir, al
Gobierno: ¿qué soluciones o medidas tomará el Gobierno para evitar el
crecimiento del desempleo en Salamanca, especialmente en la ciudad?
Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias, Presidente.

Ciertamente, coincido con su señoría en que ha habido una evolución, en
este caso positiva, de varios de los datos --los referidos a la población
afectada por el que sin duda es el principal problema de la sociedad
española, el desempleo-- y también novedades positivas sobre actuaciones
concretas de la Administración, en este caso del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales, en la provincia de Salamanca.

La tasa de paro que ofrece en este momento la Encuesta de Población
Activa en el segundo trimestre del año 1999 es del 19 por ciento, y no
del 23 o el 24, como en algún momento hemos visto que se hacía uso de ese
dato. Es verdad que la pregunta fue planteada en el mes de marzo de este
año, por lo que los datos se referían a períodos anteriores, pero aun
así, tanto en el cuarto trimestre de 1998 como en el primer trimestre de
1999 la tasa se situaba en torno al 21 por ciento, y un año antes, en el
cuarto trimestre de 1997, dicha tasa superaba el 26 por ciento. Por
tanto, en el último año y medio se ha producido una disminución
sustancial de la tasa de paro en Salamanca.

En cuanto al paro registrado, se trata de una variable en la que un
análisis que contemple sólo dos meses no es suficientemente preciso, ya
que el componente estacional de la economía española produce oscilaciones
en el número de parados registrados, tanto al alza como a la baja, en
función del período del año que se contemple; por ello, un análisis que
contemple un período un poco más largo va a indicar más adecuadamente la
tendencia. Si tomamos datos del año 1995 nos encontramos con que la media
mensual de paro registrado ese año era de 21.600 personas, en 1996 fue de
21.000, en 1997 bajó a 20.500 y en 1998 se situó ya en 18.800 personas;
en el presente año la media de enero a septiembre --que es la que puedo
ofrecerle-- estaría en 17.100 parados, siendo la cifra específica de
septiembre de 15.900. Por tanto, hay una tendencia clara a la disminución
que, a pesar de las oscilaciones al alza de algunos meses, muestra una
evolución razonablemente positiva.

Por lo que respecta a la pregunta concreta sobre actuaciones del Gobierno
para reducir el desempleo, le diré que los programas que se aplican son
los estructurados con carácter nacional para todo el territorio, con
independencia de los que pueda ejecutar además la Comunidad Autónoma de
Castilla y León con su propio presupuesto. Las asignaciones
presupuestarias que se han destinado a Salamanca para la ejecución de los
programas gestionados directamente por el Inem en el año 1999 han sido
los siguientes: en el programa Inem-Corporaciones Locales, una asignación
ordinaria de 493 millones de pesetas y una asignación para zonas rurales
deprimidas de 105 millones de pesetas; en el programa de Agentes de
empleo de desarrollo local e iniciativas locales de empleo, para el
primer supuesto, Agentes de empleo y desarrollo, 39.600.000 pesetas, y
para Iniciativas locales de empleo 15.500.000; acciones de orientación
profesional y asesoramiento para el autoempleo, incluidos los convenios
para realización de Servicios integrados para el empleo, denominados
SIPEs, más de 40 millones de pesetas, y con estas acciones creemos que se
atenderá, aproximadamente, a unos 2.160 beneficiarios.

A programas de escuelas-taller, casas de oficio y talleres de empleo se
han destinado 550 millones de pesetas. La previsión es que funcionen un
total de quince proyectos, entre escuelas-taller y casas de oficios, con
516 participantes. Asimismo, creemos que se van a crear cuatro talleres
de empleo que acogerían, al menos, a 85 participantes.

En programas de formación profesional ocupacional se han invertido 483
millones de pesetas. Por cierto, este programa fue transferido a la
Comunidad Autónoma de Castilla y León el 1 de marzo de 1999, por lo que a
partir de dicha fecha la gestión corresponde a la propia Comunidad
Autónoma.

Además de estos programas, el Estado aporta fondos para otros programas
cuya gestión se encuentra transferida a la Comunidad Autónoma de Castilla
y León y cuyo reparto provincial le corresponde, por tanto, a la misma.

Se trata de los programas de integración laboral de minusválidos,
promoción del empleo autónomo y fomento de la economía social.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Tiene la palabra el Senador Castro Rabadán.




El señor CASTRO RABADAN: Le doy las gracias por los datos que me ha dado.

De los mismos podríamos deducir que estamos en el mejor de los mundos
porque al parecer va a haber inversiones en empleo en Salamanca, pero los
datos son contumaces y seguimos siendo la provincia con más paro de toda
la región: un 17,75 por ciento a día de hoy --datos de la encuesta EPA,
tercer trimestre-- y un 28,40 por ciento de paro femenino.

Es cierto que se ha producido una disminución del paro en Salamanca --el
último año ha bajado el porcentaje,



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aunque no remontamos proporcionalmente respecto a otras provincias y
regiones--, pero cabe preguntarse si se debe a las políticas activas de
empleo que usted dice que se están poniendo en marcha, o si es porque se
está perdiendo población. Cada vez somos menos, y lógicamente hay menos
parados porque la gente activa se marcha de la provincia y de la región.

Esta es una realidad que se está dando en las provincias en desarrollo,
pero especialmente en Salamanca. Por lo tanto, hay menos desempleo porque
la mano de obra se va fuera.

En cuanto a las medidas de las políticas activas, no entiendo su
eficacia, dado que no consiguen doblegar los datos estadísticos.

No obstante, tomo nota de la contestación dada por el Secretario de
Estado. Haré un seguimiento de esas inversiones para ver si las
instituciones salmantinas (el Ayuntamiento, la Diputación y, a nivel
regional, la Junta de Castilla y León) se hacen eco de ellas y consiguen
doblar el Cabo de Hornos, en este caso de la desesperanza, del empleo en
la provincia de Salamanca.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Sin duda, todas las mejoras que se produzcan en materia de desempleo nos
parecen insuficientes, y en eso coincidimos su señoría y yo.

A mí me parece positivo que podamos hablar, en términos de paro
registrado, de una diferencia a la baja. En el año 1995 la cifra era
superior a las 21.000 personas, concretamente 21.600, y en el ejercicio
del año 1999 está por debajo de los 16.000, en concreto 15.900. Este dato
debe llevarnos a redoblar nuestros esfuerzos.

Ha hecho un análisis causal de los elementos que pueden influir en que la
evolución del empleo, de la creación de riqueza traducida a salarios, no
sea la deseable o tan intensa como en otras zonas. Me va a permitir hacer
una observación. Entiendo que también puede tener mucho que ver la enorme
carencia de infraestructuras de la provincia de Salamanca, que ha
conocido lo que es un kilómetro de autovía el pasado ejercicio. Digo esto
porque, tal vez, en ese análisis retrospectivo todos debamos ser
suficientemente exigentes y autocríticos, o todos sentirnos insatisfechos
de los progresos. Estoy seguro que su señoría reconocerá que el déficit
de inversiones en infraestructuras que ha sufrido esta provincia durante
muchos años dificulta, sin duda, la facilidad en la creación de empleo.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.




--DE DON JOSE CASTRO RABADAN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, SOBRE
EL NUMERO DE ESTUDIANTES DE BACHILLERATO Y DE UNIVERSIDAD QUE HAN SIDO
DADOS DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL CON NUMERO IDENTIFICATIVO PERSONAL A
TRAVES DEL IMPRESO TA1, DESDE 1996 (681/001508).




El señor PRESIDENTE: Damos paso a la última pregunta, que corresponde a
la formulada por el Senador Castro Rabadán.

Tiene la palabra su señoría.




El señor CASTRO RABADAN: No quiero entrar en un debate con ocasión del
final de la intervención del señor Secretario de Estado, porque creo que
no tendría sentido, pero no puedo dejar de afirmar que aunque la carencia
de infraestructuras de la provincia de Salamanca es por todos conocida,
las medidas que se tomaron en su momento para que se pusieran en marcha
nuevas infraestructuras vienen de atrás.




El señor PRESIDENTE: Señor Senador, cíñase a la cuestión, porque ese
asunto ha sido debatido en la anterior intervención.




El señor CASTRO RABADAN: Debatido, pero no aclarado.

Voy a centrarme en la siguiente cuestión. El Gobierno viene manifestando
de manera periódica la favorable evolución de la afiliación al Sistema
Nacional de la Seguridad Social. Hoy mismo un diario nacional recoge que
hay una afiliación de 14.600.000 asegurados. A pesar de esto, se viene
constatando que una gran parte de los estudiantes, tanto en Castilla y
León como en el resto de España, han recibido en su domicilio de manera
automática, sin mediar los afectados solicitud expresa al respecto, la
tarjeta con su número de afiliado a la Seguridad Social.

En el mes de junio de 1998, a la vista de que en julio de 1997 recibieron
los estudiantes por iniciativa del Gobierno la notificación de su
afiliación al sistema, hice una pregunta al respecto. La respuesta fue
que los estudiantes no estaban computados como afiliados en las
estadísticas de afiliación a la Seguridad Social, que respecto a dichos
estudiantes se estaba realizando un proceso de asignación de un número de
usuarios del sistema, NUSS, y que, al no haber finalizado el mismo, no se
disponía del dato numérico requerido en la pregunta.

Como ha pasado más de un año desde que se me contestó a la pregunta, el
12 de junio de 1998, imagino que esa estadística y la lista se ha
terminado --así lo anuncia la prensa--, y por eso le formulo una pregunta
que espero que me conteste. ¿Cuántos estudiantes de bachillerato y
universidad han sido dados de alta en la Seguridad Social con número de
identificación personal desde 1996 hasta el día de hoy?



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Muchas gracias, señor Presidente.




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Por situarnos en la cuestión que nos ocupa, le diré que cuando se asigna
a los estudiantes el número al que hace mención su señoría lo que se hace
es dar cumplimiento a una obligación normativa establecida por el
anterior Gobierno. Sin duda ninguna, su señoría sabe que la obligación de
facilitar un número, en este caso de pertenencia al sistema, de cara a la
obtención de la protección sanitaria, data del Real Decreto 84/1996, de
26 de enero, que a usted le resultará más familiar que a mí.

Creo que hacemos un flaco favor a la sociedad española si tratamos de
confundir los números que se relacionan con los afiliados a la Seguridad
Social ocupados y los que no lo están; hay que distinguirlos, y decir que
la cifra a la que su señoría hacía mención, 14.600.000, son afiliados
ocupados. Entendido en un sentido más amplio, también debería incluirse a
algo más de 800.000 personas que están en condición de desempleo y
protegidos por el Inem, y por los que se producen las cotizaciones desde
dicho Instituto. En modo alguno han sido tenidos en cuenta ni mezclados
aquellos estudiantes a los que, conforme al Real Decreto precitado, se
les debe asignar un número de identificación que permita, mientras estén
en la etapa de estudiantes, obtener las prestaciones sanitarias; así, el
día de mañana, cuando encuentren empleo, no tendremos que recurrir a
multiplicidades de dígitos o cifras. No sé si me he expresado con
claridad, pero lo repetiré.

En primer lugar, los estudiantes no están computados como afiliados en
las estadísticas de afiliación de la Seguridad Social.

En segundo lugar, se les está asignando un número de usuario del sistema,
llamado NUSS, para la identificación de los mismos en sus relaciones con
la Seguridad Social. Pero no sólo se les asigna a los estudiantes, sino
que todo ciudadano que lo desee puede solicitar dicho número. Este número
es personal y vitalicio y será utilizado en todas las relaciones que se
mantengan con el sistema, como señala el artículo 21 del Reglamento
General sobre la inscripción de empresas, la afiliación, altas y bajas y
variaciones de datos de trabajadores de la Seguridad Social.

Concretamente, los estudiantes incluidos en el ámbito del seguro escolar
están obligados a obtenerlo y la Tesorería General a facilitarlo a los
respectivos centros de enseñanza, de acuerdo con lo previsto en la
disposición adicional tercera del citado Reglamento General.

En tercer lugar, a los estudiantes, como usuarios del sistema, se les
asigna un número que no les identifica como a un colectivo específico,
que les distinga de otros a los que también se haya asignado número de
identificación. En consecuencia, no son extraíbles datos de segregación
porque se les aplica un número convencional, un número normal, insisto,
con utilidad para prestaciones sanitarias en su etapa docente y con
utilidad para una futura, pero en modo alguno confusa, relación laboral
posterior. Por tanto, a los estudiantes incluidos en el ámbito de
aplicación del seguro escolar no se les computa como afiliados y como
usuarios del sistema mediante asignaciones, que no son identificables en
un colectivo específico.

En la iniciativa de la que ahora se informa el señor Senador se pregunta
cuántos estudiantes de bachillerato y universidad han sido dados de alta
en la Seguridad Social con número identificativo personal a través de la
clave TAI desde 1996 hasta el día de hoy. Hace referencia a una clave que
no existe, entendemos que se refiere al documento TA 1/1, que es el que
se entrega a una persona a quien se asigna un número de Seguridad Social.

En consecuencia, la pregunta se puede traducir por cuál es el número de
estudiantes de bachillerato y universidad a quienes se ha dado número de
Seguridad Social y entregado el TA 1/1. De acuerdo con la información
escrita que se ha venido facilitando al señor Senador, se reitera que a
través de las bases de datos de la Seguridad Social no se puede conocer
dicho dato al figurar el estudiante dentro del fichero de personas
físicas como un registro más de persona con número de Seguridad Social,
sin clave específica que permita identificar al colectivo.

Señor Presidente, espero, abusando tal vez de mi tiempo, que haya quedado
claro que en modo alguno la asignación de número tiene la consideración
de afiliación al sistema de Seguridad Social, con perspectiva, dimensión
o contenido laboral.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Tiene la palabra el Senador Castro.




El señor CASTRO RABADAN: Muchas gracias, señor Presidente.

Señor Secretario de Estado, ha quedado claro lo que usted quiere dejar
claro, porque con su respuesta no ha quedado aclarada mi pregunta. Me
dice que a los estudiantes se les da de alta, aunque no se les considere
afiliados de primera, es decir, no se computan en las listas de ocupados.

Y, luego, aprovechando un error mecanográfico, al figurar TAI en vez de
TA1, no se me contesta cuántos estudiantes hay, cuando ya en una
respuesta del mes de junio de 1998 se me decía que se estaba realizando
la asignación de número de usuario del sistema NUSS, y que como no había
finalizado no se disponía del dato numérico; ahora, después de casi año y
medio, usted se ampara en no sé qué burladero y tampoco me da el número
total de estudiantes de bachillerato y de universidad que están
registrados en esa numeración de la Seguridad Social.

Aquí me parece que lo evidente se está manipulando, se intenta falsear, y
del resultado se está haciendo virtud. Porque, por otra parte, si se dice
que esos estudiantes están numerados, controlados o relacionados en un
listado para que tengan prestaciones sanitarias, yo me pregunto: ¿Es que
no las tenían antes?¿Es que la justificación de que los estudiantes estén
en un listado de Seguridad Social como afiliados, entre comillas --según
sus palabras--, es para que tengan prestación sanitaria? ¿Qué estudiante
español no tenía prestación sanitaria en estos últimos 14 años,
perniciosos, del Gobierno socialista, según sus criterios? No me
justifique lo injustificable, porque prestaciones sanitarias tenían,
primero, porque pagan el seguro de enfermedad y,



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segundo, porque están afiliados en las cartillas de sus padres y tienen
los derechos.

Por lo tanto, el hecho de que aparezcan en un nuevo listado no hay que
justificarlo de ninguna forma, sólo con que de acuerdo con tal decreto se
está haciendo un listado y son tantos. No ha lugar a errores, porque yo
no he dicho que se confundan con los afiliados cotizantes, aunque los
estudiantes, si apretamos las clavijas, también son cotizantes, pero del
seguro de enfermedad; no cotizan como un trabajador por cuenta ajena,
pero sí son cotizantes, lo cual no quiere decir que estén en la lista de
cotizantes, según sus palabras.

Pero otra parte, también podríamos seguir poniendo interrogaciones a su
respuesta, porque me quiere dar a entender que el número de afiliados a
la Seguridad Social va en aumento boyante, a pesar de que los estudiantes
no estén en ese listado, que yo, según sus palabras, doy por bueno,
aunque no lo comprenda y no me lo justifique. También le podía decir que
el Inem oculta un millón de parados --ésas son las noticias que salen en
los medios de comunicación--, y que los demandantes de empleo que tienen
contrato parcial no están incluidos en las estadísticas del Gobierno, y
que los que tienen 20 horas semanales de contrato tampoco aparecen en los
listados y son demandantes de empleo. Lo podemos dar por bueno desde el
punto de vista de la ingeniería estadística y del formalismo contable,
pero la realidad es tozuda.

Por tanto, le rogaría que me contestase a la pregunta estrictamente en
los términos en que está planteada: ¿Cuántos universitarios y alumnos de
bachillerato han sido dados de alta en el listado NUSS de la Seguridad
Social? Dígamelo y me daré por satisfecho, y si no me lo dice, después de
año y medio que llevan haciendo el listado, me parecerá que la eficacia
del Gobierno va muy lenta. Ustedes van a necesitar muchos años para hacer
un listado.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Tiene la palabra el Secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio Pérez):
Gracias.

Desde el conocimiento de antiguo de su señoría, que supongo que es mutuo,
algunas de las afirmaciones que ha realizado no las acepto, salvo que las
haga por su propia expresión personal, como confesión de parte, en
afirmaciones tales como que se están manipulando los datos. Entiendo que
sea por parte de su señoría y no por parte de quien le habla en este
momento, por parte de quien dice ciertas cosas, pero desde luego no de
este Secretario de Estado.

Ha utilizado nuevamente el término dar de alta, y vuelvo a repetirle:
¿Qué se está haciendo? Simplemente dar cumplimiento a un Real Decreto
aprobado en enero de 1996 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
del mismo año. ¿Por qué hago esta observación con cierta contundencia?
Porque ojalá cuando se puso en marcha esta norma se hubiesen puesto
también los dispositivos informáticos y técnicos necesarios para poder
suministrar los datos que ahora su señoría me solicita. Ojalá lo hubieran
hecho en aquel momento junto a esa obligación que ustedes crearon, y que
me parece correcta y le voy a decir por qué. Porque no es bueno que
quienes son mayores de edad parezca que son menores de edad. Pudieran
estar todos los estudiantes españoles en las cartillas de sus padres,
pero piense también que la cartilla de los padres cambia, por ejemplo, de
la condición de activo a la de pasivo, si felizmente se jubila, o por
otras condiciones, que también tiene repercusión sanitaria. Luego, no
tenga ninguna duda su señoría de que me parece correcta la decisión
inicial de que se asigne un número personal y vitalicio a los españoles
llegada cierta situación de edad o académica, que no tenga posteriormente
que cambiarse la numeración y trastornar lógicamente los esquemas de
funcionamiento.

Todo eso me parece correcto, lo único que no me parece correcto ni puedo
aceptar es que se esté dando la idea de que desde el Gobierno se mezclan
estudiantes y trabajadores, porque en los registros que usted ha citado
--la cifra asciende a 14.617.000 y espero que también su señoría se
alegre de que estemos hablando de más de 2.200.000 nuevos afiliados a la
Seguridad Social; espero que al menos en eso sí que coincidamos, en que
es mejor que haya más personas cotizando la Seguridad Social-- no hay, lo
subrayo, ni un solo estudiante, porque no sería activo, ni un solo
parado, porque no sería activo ocupado. Creo que esto se puede explicar
escasamente en 15 ó 20 segundos.

En cuanto a las otras afirmaciones de que se está manipulando, insisto en
que si se trata de aquel viejo principio argentino de la confesión de
parte relevo de prueba, podría ser admisible, pero, insisto, no en boca
de quien en este momento se siente satisfecho de poder explicar algunas
de las medidas. Y decía antes que yo en modo alguno he utilizado
adjetivos como pernicioso o indeseable, lo que he dicho precisamente es
que se está llevando a cabo una medida no prediseñada por el actual
Gobierno, que en modo alguno me parece alejada de la realidad y de lo
deseable. Insisto en que me parece lógico y deseable que los españoles
dispongan de un número personal de Seguridad Social, lo que no me parece
lógico es que se quiera hacer ver que existe manipulación alguna.

Finalmente, señoría, no tiren piedras a su propio tejado. Los criterios
de admisión en el Inem de una persona como demandante o no de empleo
datan de la época que datan. Ya sé que le hubiese encantado que este
Gobierno hubiese modificado alguno de los criterios, pero no ha sido así.

Luego si a usted le parece que se ocultan un millón de parados, admita
que se ocultaban un millón de parados, pero no me haga la afirmación de
que estamos aplicando criterios distintos a los que sostenía el Inem.

¡Bien que le hubiese gustado!
Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario de Estado.

Con esto concluye la comparecencia del Secretario de Estado para la
contestación de las preguntas. A continuación, interrumpimos la sesión
durante diez minutos antes de pasar al siguiente punto del orden del día.

(Pausa.)



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--DICTAMINAR EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTICULO 5 DE
LA LEY 25/1971, DE 19 DE JUNIO, DE PROTECCION A LAS FAMILIAS NUMEROSAS
(621/000157).




El señor PRESIDENTE: Señorías, continuamos la sesión con el siguiente
punto del orden del día, dictaminar el proyecto de ley por la que se
modifica el artículo 5 de la Ley 25/1971, de 19 de junio, de protección a
las familias numerosas.

A este proyecto de ley se ha presentado una enmienda por parte del Grupo
Parlamentario Socialista.

Para su defensa, tiene la palabra la Senadora Fernández Valenzuela.




La señora FERNANDEZ VALENZUELA: Muchas gracias, señor Presidente.

Efectivamente, vamos a debatir el proyecto de ley por la que se modifica
el artículo 5 de la Ley 25/1971, de protección a las familias numerosas.

En dicha ley, que es preconstitucional, puesto que data de 1971, se
establece que para la obtención del título de familia numerosa es
obligado tener la residencia en el Estado español, por lo que se produce
una incompatibilidad formal entre esta normativa de 1971 y los diferentes
reglamentos comunitarios, que determinan la igualdad de trato de los
ciudadanos comunitarios residentes en un país que no es el suyo con los
nacionales en lo que a ventajas sociales se refiere.

Pero existe otro grupo de personas, el de los extranjeros no comunitarios
--al que se refiere nuestra enmienda, de adición de un nuevo apartado al
artículo 5 de la citada Ley--, que creemos que también tienen derecho a
la protección social y a la educación, y ya existen normas según las
cuales esos derechos van unidos a sus contratos de trabajo. Por otro
lado, el espíritu de la Ley 7/1981 así lo recoge.

Por tanto, como he dicho, presentamos esta enmienda de adición, con el
siguiente tenor: «A estos efectos se extenderá el campo de aplicación de
la Ley a los extranjeros no comunitarios que residan o se encuentren de
manera regular en España.» He hablado con el Senador del Grupo Popular
que va a intervenir en relación con esta enmienda, que no se aceptó en el
Congreso, y que al parecer tampoco se va a aceptar aquí. Sin embargo, le
he dicho personalmente a dicho Senador, y lo manifiesto ahora
públicamente, que me parece una incoherencia que se presente un proyecto
para modificar un artículo de una ley --la cual, por otro lado, debería
reformarse completamente--, y que dicho artículo no se modifique en el
sentido que nosotros proponemos, siguiendo el espíritu de las leyes con
que contamos. Pero esto no sólo lo dice el Grupo Socialista, sino también
el Consejo Económico y Social y el Consejo del Estado, en las Memorias
que acompañan a este proyecto de ley.

Por tanto, en caso de que esta enmienda no sea aceptada por el Grupo
Popular y por otros Grupos, la mantendremos viva para su debate en el
Pleno.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora Fernández Valenzuela.

Para turno en contra, tiene la palabra el Senador Martín Iglesias.




El señor MARTIN IGLESIAS: Muchas gracias, señora Presidenta.

El proyecto de ley que hoy se presenta obedece a una adecuación como
consecuencia de un emplazamiento dirigido al Ministerio de Asuntos
Exteriores en abril de 1998, en el cual la Comisión Europea comunicaba la
apertura de un procedimiento de infracción por incompatibilidad de
nuestra legislación con la normativa comunitaria, como ha dicho la
Senadora que me ha precedido en el uso de la palabra.

Sabemos que se está ultimando un plan integral de apoyo a la familia, en
el que se incluye, entre los objetivos de mayor relevancia, la
actualización de la normativa relativa a la protección social de las
familias numerosas mediante la elaboración de un proyecto de ley que
recoja, como no podía ser de otra manera, las realidades sociales y
económicas de nuestro país, implementando en ellas el actual concepto de
familia numerosa, como tales realidades demandan, y estableciendo los
beneficios correspondientes.

Por tanto, cuando se elabore el nuevo proyecto de ley, tal como se
contempla en el plan integral de apoyo a la familia numerosa, se
introducirán las modificaciones correspondientes. Y en tanto eso se
produzca, el proyecto de ley que hoy estamos debatiendo obedece ni más ni
menos que a la exigencia comunitaria, en el sentido de conceder la misma
protección a los trabajadores de otros países que están realizando sus
actividades en España, aunque residan en aquéllos, y adaptarla a la
normativa española.

En consecuencia, vamos a votar en contra de la enmienda presentada por el
Grupo Parlamentario Socialista, pero de todas formas no nos cerramos, es
decir, vamos a seguir estudiando y analizando esta enmienda. De cualquier
manera, nos reservamos para defender el proyecto en el Pleno.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Se abre el turno de portavoces.

Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el Senador Cámara
Fernández.




El señor CAMARA FERNANDEZ: Sólo quiero intervenir para expresar mi
acuerdo. Si no me equivoco, Izquierda Unida en el Congreso de los
Diputados tenía una enmienda igual o parecida a la que presenta el Grupo
Parlamentario Socialista, que quizá por razones de fax no está incluida
en la discusión del Senado.

En cualquier caso, quería justificar mi apoyo sobre la base siguiente,
que es muy simple: Aunque está en trámites o se pretende hacer una nueva
ley de extranjería, que esperemos se discuta este año, en esta
legislatura --aunque no sé exactamente cómo está el calendario--, lo
cierto es que este proyecto de ley viene a cuento y, por tanto, tampoco
viene mal incluir en este proyecto una enmienda



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que trate de proteger a las familias, a los trabajadores de países
extracomunitarios ya que lo complementa perfectamente. En el momento en
que estamos es, en mi opinión, absurdo que se hable de los trabajadores
comunitarios y de los que legalmente, con permiso de trabajo, están en
nuestro país cuando ya hay iniciativas, normas, que regulan inclusive la
protección sólo en parte de esos trabajadores extracomunitarios, por lo
que no tiene mucho sentido que no se incluya en esta ley,
independientemente de que se apruebe otra y de que se contemplen más
derechos o se regule mejor la situación de los trabajadores emigrantes en
nuestro país. En cualquier caso, si algún portavoz ha dicho hace un
momento que se lo pueden seguir estudiando, está indicando de alguna
manera que se está de acuerdo y que por razones, que yo no llego a
comprender, se está en desacuerdo con incluir esta enmienda. Por tanto,
vaya por delante mi apoyo a esta propuesta del Grupo Parlamentario
Socialista, que es también la de Izquierda Unida, y desde el Grupo
Parlamentario Mixto en mi condición de Senador por Izquierda Unida, la
voy a apoyar.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: ¿Desea hacer uso de la palabra el Grupo
Parlamentario Catalán de Convergència i Unió? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la Senadora
Fernández Valenzuela.




La señora FERNANDEZ VALENZUELA: Muchas gracias, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Socialista no comparte los motivos dados por el
Senador del Grupo Parlamentario Popular, entre otras cosas --aparte de
las normativas existentes, como ha dicho el Senador de Izquierda Unida--
porque creemos que las leyes o el plan integral sobre la familia que ha
anunciado tendrá una demora en el tiempo y, desde luego, hay que
solucionarlo. No se puede hablar hoy de trabajadores comunitarios según
las normas y reglamentos existentes y no hacerlo de los no comunitarios
que residen o están de forma regular en España.

Además, a mí me anima bastante que digan que la van a seguir estudiando
y, por tanto, intentaremos de aquí al Pleno ver en qué nos podemos
acercar y la dejamos viva para el Pleno.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Martín
Iglesias.




El señor MARTIN IGLESIAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Simplemente me reitero en lo dicho anteriormente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

No habiendo sido admitida por el Grupo mayoritario la enmienda formulada
por el Grupo Parlamentario Socialista, no es preciso realizar su votación
concreta, sobre todo ante la manifestación de quedar viva para el Pleno
para su debate y votación.

Por tanto, se somete a votación el texto del proyecto de ley.




Efectuada, la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 14; en
contra, seis.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Procede la designación del representante de la Comisión para su
presentación ante el Pleno.

¿Hay alguna propuesta? (Pausa.--Varios señores Senadores: Proponemos al
señor Presidente.)
Muchas gracias señorías. La presentación será hecha por el señor
Presidente.




--DEBATE Y VOTACION DE LA MOCION PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
SOCIALISTA, POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A QUE, EN UN PLAZO NO
SUPERIOR A SEIS MESES, DE ACUERDO CON LA JUNTA DE ANDALUCIA, APRUEBE EL
AUMENTO NECESARIO DE LA PLANTILLA DE INSPECTORES DE TRABAJO EN LA
COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA (661/000234).




El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día, que es
la moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra el firmante de la moción.




El señor FERNANDEZ CHACON: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, los accidentes laborales se han convertido en los últimos años
en una mala noticia, a la que, desgraciadamente, por su frecuencia, nos
estamos llegando a acostumbrar.

Cada día mueren en España tres personas por accidentes laborales, 30
sufren secuelas importantes como causa de un accidente grave y más de
2.000 sufren un percance laboral de consecuencias leves.

Desde 1996 el crecimiento de estos accidentes ha sido espectacular. Así,
en 1997 ha aumentado en un 8,8 por ciento con respecto al año anterior;
en 1998 con respecto a 1997 fue del 11,2 por ciento y casi con toda
seguridad, cuando finalice 1999, si se cumplen las predicciones
estadísticas correspondientes al primer semestre de este año,
probablemente se va a alcanzar el 18 por ciento de aumento en accidentes
laborales respecto del año anterior. Con ello, señorías, se habrá
consumado un trienio negro en materia de seguridad en el trabajo, con un
incremento de los accidentes laborales del orden del 35 por ciento y una
cifra en valores absolutos de más de 200.000 accidentes laborales desde
1996.

En Andalucía, la secuencia del incremento de los accidentes laborales ha
sido similar. Así, en 1997 el crecimiento fue del 9 por ciento con
respecto a 1996; en 1998, del 14,5 con respecto a 1997 y una proyección
del 13 por



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ciento, si se cumplen esas estadísticas que mencionaba anteriormente, en
1999 sobre 1998. En consecuencia, el aumento alcanzará en estos tres años
casi el 40 por ciento.

El sector más castigado ha sido el de la construcción, con un 37 por
ciento de crecimiento en la siniestralidad laboral, y los asalariados con
contrato temporal, que representan el 33 por ciento del conjunto
nacional, han sufrido más del 60 por ciento de los accidentes laborales.

Y todo esto ocurre a pesar de contar con un edificio normativo,
homologable al europeo, desde 1995. Así, se aprobó la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales, fruto de la trasposición de numerosas directivas
europeas al ordenamiento jurídico español y del desarrollo normativo que
ha realizado este Gobierno en los tres últimos años.

Si la parte, llamémosla social, del accidente de trabajo es grave e
inadmisible para la sociedad en su conjunto, tampoco le va a la zaga el
coste económico de los mismos que, según los expertos, representan más de
dos billones de pesetas de pérdida para el Estado, las empresas, los
trabajadores, en definitiva, para el tejido productivo social español.

Tenemos --y así hay que reconocerlo-- un déficit en la cultura de
prevención del riesgo laboral y es necesario seguir haciendo un esfuerzo
importante en esa dirección a todos los niveles, desde las Comunidades
Autónomas, empresas, sindicatos, trabajadores, en definitiva, desde la
sociedad en su conjunto. Pero es el Gobierno quien tiene que tomar
iniciativas para coger las riendas de este caballo desbocado de la
siniestralidad, es quien más responsabilidades tiene porque así se le
asigna el papel en la Constitución, española, a través del artículo 40,
número 2 y es quien tiene las competencias precisas para vigilar,
controlar y sancionar, en su caso, el incumplimiento de la normativa
vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores, a través de
las Leyes 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y 42/1997, de
Ordenación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hoy por hoy,
de difícil control. Y digo esto, porque es casi imposible el cumplimiento
a través de la exigua plantilla de la Inspección de Trabajo, que en
España asciende a 635 inspectores y en Andalucía ronda la centena,
traduciéndose en unos ratios de un inspector de trabajo por cada 20.000
asalariados y en Andalucía, además, por cada 3.500 empresas radicadas en
no menos de 800 municipios andaluces.

Es, pues, urgente que el Gobierno asuma sus responsabilidades aumentando
convenientemente las plantillas de la Inspección de Trabajo para que
puedan cumplir decorosamente con el papel que les otorga el ordenamiento
jurídico y se reduzcan drásticamente los accidentes de trabajo.

A principios de este año el Grupo Parlamentario Socialista presentó en el
Senado la moción que estamos debatiendo hoy en la Comisión de Trabajo y
Seguridad Social, por la que instamos al Gobierno a que aumente en
Andalucía la plantilla de la Inspección de Trabajo, con la seguridad de
que un aumento sustancial de la misma --hoy por hoy es claramente
insuficiente como hemos visto-- va a significar un mayor control del
mundo laboral y, por tanto, se romperá la curva ascendente de los
accidentes de trabajo de nuestra Comunidad.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Fernández Chacón.

Para turno en contra, tiene la palabra el Senador Díaz Berbel.




El señor DIAZ BERBEL: Muchas gracias, señor Presidente.

Si no hay mala intención, sí hay al menos cierta intencionalidad en el
fondo de la moción. Lo digo porque se fundamenta en una pretendida
insuficiencia de los efectivos de la Inspección en relación con el número
de empresas y trabajadores existentes en Andalucía. Tengo que decir antes
de nada que los datos no coinciden. Los datos de la Seguridad Social, a
31 de diciembre último, no reflejan que sean 350.000 las empresas que hay
en Andalucía, sino 187.000. A pesar de la bonanza y del tiempo
transcurrido desde el 31 de diciembre de 1998 hasta la fecha, no creo que
sea posible asignar 350.000 empresas a nuestra Comunidad Autónoma. Las
empresas son exactamente 187.343, como decía antes.

Tampoco más de dos millones de trabajadores. Estamos hablando de
necesidades respecto de la seguridad y salud laboral y han de excluirse,
por tanto, los trabajadores por cuenta propia excluidos de la
correspondiente normativa: los autónomos del mar o los autónomos agrarios
en cuyo caso la cifra, a 31 de diciembre de 1998, es de 1.782.892
trabajadores.

En las cifras de siniestralidad se observan también notables errores. La
exposición de motivos de la moción habla de 103.924 accidentes
registrados en 1997; según las estadísticas oficiales fueron 93.919.

Parece claro que con el aumento de los datos, ya de por sí --como decía
al principio-- suficientemente preocupantes, se persigue presentar una
realidad un tanto distorsionada.

Por otro lado, hay que dejar claro que en ningún momento la Junta de
Andalucía se ha dirigido --que nos conste-- al Ministerio solicitando el
aumento de efectivos de inspectores, por lo que nos sorprende enormemente
el contenido de la moción presentada. A este respecto hay que señalar que
de las ocho veces que se ha reunido la Conferencia Sectorial de Asuntos
Laborales, solamente en la última, celebrada el 15 de marzo, posterior a
la fecha de registro de la moción, y en el punto octavo del orden del día
sobre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Consejero de
Trabajo de la Junta de Andalucía manifestó, a la vista del informe de
actuaciones que se acaba de presentar, que el número de inspectores era
insuficiente, sin entrar en más detalles y sin formular un planteamiento
más concreto al respecto.

Les recuerdo que la propia Ley 42/1997, Ordenadora de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, determina en su artículo 20, apartado 3, que
la materia de puestos de trabajo en dicha Inspección se determinará en la
citada Conferencia Sectorial en la medida que afecta simultáneamente



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a todas las administraciones autonómicas y del Estado.

Pretender un trato discriminatorio o de favor para una determinada
Administración, como parece que se deduce del contenido de la moción,
podría entenderse en detrimento de las demás Comunidades Autónomas. Antes
el Senador ha dicho que son 20.000 trabajadores --y en ese número
coincidimos, aunque son exactamente 20.781--los que tiene asignados cada
inspector de trabajo en Andalucía. Le diré que en Cataluña son 23.969; en
Madrid, 22.000; en Valencia, 24.000. Nosotros no estamos peor que nadie
en España, sino sensiblemente bastante mejor que otras Comunidades
Autónomas.

A 31 de octubre de 1999, en las ocho provincias andaluzas que se
encuentran en activo y dedicadas a la función inspectora hay 107
inspectores de trabajo, es decir, casi un tres por ciento más que dos
años antes. Esto refleja la preocupación del Gobierno de la nación por
dotarnos de los medios oportunos. No creo que con más inspectores vayamos
a tener una reducción de la siniestralidad. Hay otros componentes. Hay
muchísima más actividad empresarial, en la construcción y en otros
sectores, con motivo de la bonanza a la que me he referido antes sobre
todo, y al impulso del Gobierno de la nación. Naturalmente, al haber más
actividad hay muchas más ocasiones de riesgo desgraciadamente.

Otro factor puede ser que los empresarios y trabajadores no sean del todo
celosos. Es necesario que cada uno asuma su cuota de responsabilidad,
porque cuántas veces sucede que se marcha el inspector de trabajo de la
obra y uno se quita el casco, otro se desabrocha el cinturón, el
empresario no les exige que ambas cosas las utilice si está en un puesto
de riesgo, y vienen los accidentes, desgraciadamente, por esto. En esto
ocurre como con el tráfico, que no por tener más policías municipales en
una calle los ciudadanos van a dejar de cometer infracciones. Tendríamos
que tener un policía detrás de cada uno y ésta no es la solución. La
solución está, a lo mejor, en campañas de concienciación para prevenir
los accidentes laborales.

Desde luego aunque haya una mayor expansión de las plantillas actualmente
--como antes he demostrado con números-- no se acabarán los accidentes y,
además, la realidad no es tan negra como nos la ha querido presentar su
señoría. Por eso, nosotros nos vamos a oponer a esta moción.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Se abre el turno de portavoces.

¿Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convèrgencia i Unió?
(Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el Senador Cámara
Fernández.




El señor CAMARA FERNANDEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a hacer la siguiente reflexión. Aunque la propuesta se refiere a la
Inspección de Trabajo para una Comunidad Autónoma, aprovecho la ocasión
para decir --en su momento presentaré alguna que otra iniciativa que en
Baleares el promedio de trabajadores por inspector es de 32.000. Además,
con la desventaja --hay otras situaciones en el conjunto del Estado--, de
que son islas y, por tanto --como saben ustedes-- no se asignan
inspectores a las islas, sino a la capital de provincia, y al ser
Baleares uniprovincial aparece ese rasgo realmente lamentable que hace
que cuando va el inspector en barco o en avión lo sepa ya todo el mundo
y, lógicamente, son un desastre las denuncias que se presentan allí a la
vista de una actuación de esas características.

Yo no vengo a hablar de este tema porque no es el momento, pero sí quiero
decir que hay que asemejar los accidentes laborales con una guerra.

Suponen una guerra de trincheras para el trabajador, con muertos
incluidos y, lógicamente, con un montón de heridos. Este es un tema que
está proliferando y aumentando. No está disminuyendo. No sé en este
momento si las cifras de unos son más correctas que las de otros, pero lo
cierto es que aumenta la accidentalidad laboral. Este es un hecho
clarísimo al margen de que las cifras sean más justas o menos justas. Hay
instrumentos para ello. La Ley de Salud Laboral es, en mi opinión, muy
correcta. Es una Ley que ahorma perfectamente muchas cosas.

Me extraña que cuando se hace el discurso de los accidentes laborales,
más allá de esta cuestión parcial de los inspectores, no se haga sobre la
base del problema de la causalidad de los contrato o de las jornadas
excesivas. El discurso hay que hacerlo completo. Yo les digo a los amigos
del PSOE que la eliminación de la causalidad de los contratos se hizo en
el año 1984. Lógicamente, después otros gobiernos, como el de ahora,
tienen que profundizar o desarrollar políticas de empleo que afectan a
los accidentes laborales, pero el asunto viene desde 1984 hasta la fecha.

Por tanto, hay un tema de fondo que se trata de resolver.

Para la solución de los problemas hemos de contar con la formación, con
que se hagan de verdad los planes de prevención. Hemos de hacer, de
verdad, la evaluación de riesgos laborales. Hay que aplicar, de verdad,
las auditorías que existen en la propia ley. Hemos de centrarnos en la
contratación y en la estabilidad de los contratos para garantizar,
fundamentalmente, la disminución de accidentes. Está demostrado que en
empresas donde todos los trabajadores de la plantilla son eventuales o lo
son un porcentaje muy grande hay más accidentes laborales, porque el
trabajador tiene menos poder para reclamar y porque hay un montón de
horas extra. Eso está ya demostrado; está estudiado. Por tanto, hagamos
el discurso completo. En cualquier caso, yo estaré de acuerdo en fijar
una posición al Gobierno que diga que, en la Inspección de Trabajo, que
es otro instrumento más, se desarrollen, se amplíen esas plantillas,
porque están escasas, sea en Andalucía o sea en el conjunto del Estado.

Tengo datos de otras Comunidades, además de la mía, según los cuales
también siguen siendo muy escasas las plantillas de Inspección de
Trabajo. Por tanto, estoy de acuerdo con la moción que presenta el Grupo
Parlamentario Socialista, pero no porque considere que solamente es justo
hablar de la Inspección en Andalucía ni porque considere sinceramente que
el discurso



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está bien hecho, que es redondo porque se contempla todo, sino porque,
como hacen falta inspectores de trabajo en una cuantía superior a la que
existe actualmente en todas partes, estoy de acuerdo con esa reclamación,
igual que lo estaré, lógicamente, cuando ellos reclamen mayor plantilla
para Baleares. Pero nos gustaría que al menos hubiese una iniciativa que
permitiese dotar de medios suficientes a la Inspección de Trabajo para
que aumentase el Cuerpo de Inspectores en todos los lugares con el fin de
poder atender esta lacra que son los accidentes laborales, que insisto en
calificar como una guerra a la que el trabajador va continua y
permanentemente, sobre todo en algunos sectores o en algunos lugares
donde los excesos en la jornada de trabajo y la eventualidad es tan
grande que no basta solamente con medidas de concienciación. Señores, no
basta con hacer programas para que la gente se ponga el casco y las
botas; hacen falta muchas más cosas. La Inspección debe hacer una labor
preventiva, pero también de denuncia y, por tanto, de ejecución de esas
denuncias, pero no se hacen porque es imposible, como sucede, por
ejemplo, en mi comunidad, ya que con siete inspectores se debe atender al
conjunto del archipiélago Balear; es imposible, por muchas denuncias que
presenten y por mucha actuación profesional que lleven a cabo --que lo
hacen-- los inspectores de Trabajo. Es inútil discutir sobre estas
cuestiones si no se aborda el asunto más globalmente.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Cámara.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador
Fernández Chacón.




El señor FERNANDEZ CHACON: Muchas gracias, señor Presidente.

Lamento que el Grupo Parlamentario Popular sea insensible a esta moción,
según he podido deducir de las palabras de su portavoz en esta Comisión.

Sí me gustaría aclarar varios términos que pueden quedar confusos si no
lo hago.

Niego la intencionalidad que usted quiere atribuir a la moción. La única
atención que mueve al Grupo Parlamentario Socialista a presentar la
moción es precisamente ir al fondo de la cuestión y reducir, si es
posible, con medidas como éstas, el ascenso tan importante que está
sufriendo el riesgo laboral en España.

Entrando ya en la intervención del portavoz del Grupo Parlamentario
Popular, deseo decirle que los datos que he dado son rigurosos y ciertos.

Quizás no podamos coincidir en el número de empresas, pero yo creo que es
poco importante que sean 350.000 ó 187.000, o que me diga que, en vez de
dos millones de trabajadores, se trata de 1.782.000. De cualquier forma,
son muchísimas empresas y muchísimos trabajadores. Pero lo que sí son
rigurosamente ciertos, puesto que son contestaciones del Gobierno que
tengo aquí en mi mesa, son los datos sobre el aumento de la
siniestralidad laboral en España y en Andalucía y todos los datos que he
aportado en esta Comisión.

Usted acababa diciendo que la realidad no era tan negra como yo la
pintaba. Pues tengo que decirle que su propio Ministro de Trabajo, el
señor Pimentel, en una comparecencia que tuvo el 20 de mayo de este año
en el Congreso, decía textualmente: El propio Ministerio asume que hay
datos que no permiten entonar ningún canto de satisfacción, y esos datos
son los relativos a la siniestralidad laboral.

Y no voy a extenderme más. O sea, que su propio Ministro reconocía que
éste es un gran problema, no sólo para el Gobierno, aunque es el que
tiene más responsabilidades, sino para toda la sociedad.

Además, quiero añadir que con esta moción no pretendemos dar ningún trato
de favor a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta moción se presentaba
porque la Comunidad Autónoma andaluza --y ahí está mi mayor negativa a lo
que usted decía-- viene reivindicando desde hace años no sólo más
competencias en este sentido, sino un aumento sustancial de las
plantillas de inspectores de trabajo que por mucho que usted lo quiera
disimular, son claramente insuficientes para el problema tan grande que
hoy existe sobre la Inspección de Trabajo.

Le voy a dar cifras de su propio Gobierno. Paradójicamente, a pesar de
que los accidentes laborales en España, como le decía antes, habían
sufrido estos incrementos, el número de actas de infracción --le voy a
dar las cifras de su Gobierno-- en 1996 era de 90.137; en 1997, de
98.044, luego aumentó; pero en 1998, en el que estos accidentes de
trabajo habían aumentado sustancialmente y seguía la curva ascendente,
bajaron a 87.885. Repito que son datos de su propio Gobierno, es una
paradoja. Creciendo el número de accidentes laborales, como decía antes,
de una forma tan importante, la Inspección, que es la que tiene que velar
fundamentalmente por que se cumpla la ley y la normativa, ha
inspeccionado menos, y seguramente sea por la falta de plantilla tan
ostensible que tiene hoy la Inspección, que no da abasto para llevar a
cabo todos los cometidos que el ordenamiento jurídico español tiene
contraídos con todos los ciudadanos en cuanto a la exigencia de una mayor
seguridad en el trabajo.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Fernández Chacón.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Díaz
Berbel.




El señor DIAZ BERBEL: Gracias.

Señoría, si le parece poca la diferencia entre 350.000 empresas y
187.000, es que está flojo en matemáticas, porque la cifra supone casi la
mitad de la que usted ha citado. Creo que esa diferencia supone un
porcentaje bastante elevado en unos datos que son oficiales, como le
estaba diciendo. Respecto a los trabajadores digo lo mismo, y aunque en
este caso su cifra se acerca más a la real, tampoco es la exacta.

Claro que nosotros somos sensibles al aumento y al incremento de
accidentes laborales, pero no creemos --y



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quiero que esto quede bien claro-- que la consecuencia de estos
accidentes esté exclusivamente en lo que usted plantea aquí, que es
simplemente aumentar la plantilla de inspectores de trabajo. Por eso
nuestro Grupo va a votar en contra, porque pienso que es completamente
errático, completamente erróneo, el considerar que de esa forma vamos a
tener la posibilidad de eliminar esta lacra que nos sacude a todos y que
nos llena de preocupación. Pone de manifiesto una visión un tanto parcial
de esta cuestión, muy alejada de una concepción integral de la moderna
política preventiva, y que deriva de las directivas europeas a las que
corresponden todos los agentes preventivos, organismos públicos de las
distintas administraciones, agentes sociales especialmente, y una
responsabilidad que no puede suplir en solitario la labor inspectora, por
mucho que aumente el número de efectivos.

Respecto a la situación en Baleares, tampoco sería malo que se aconsejara
al Conseller de Trabajo de aquella Comunidad Autónoma que presentara en
la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales --me imagino que también la
tendrán-- una iniciativa al respecto, porque ése es el foro adecuado
donde se debe discutir si faltan inspectores, si no faltan, etcétera.

Con esto concluyo mi intervención, anunciando, naturalmente, nuestra
posición en contra de esta moción.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Procedemos a la votación de la moción.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, siete;
en contra, 13; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.




Eran las trece horas y cincuenta minutos.